Evaluación SEA

Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides

Rol 2130398781
SEA · DIA · Aprobado · 2015-04-21 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Limitada

REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

CALIFICA AMBIENTALMENTE FAVORABLE DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO “SISTEMA DE ACONDICIONAMIENTO DE RESIDUOS INDUSTRIALES LÍQUIDOS PARA RIEGO TECNIFICADO DE VIDES”

00063

RESOLUCIÓN EXENTA N* Rancagua, 03 de marzo de 2016.

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante DIA), sus Adenda N1 y Adenda Complementaria N%1 del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides” presentado por el señor Hugo Donoso Silva, representante legal de Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Ltda.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y sus Adendas, y que se detallan en el Capítulo II Antecedentes del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Informe Consolidado de Evaluación (en adelante ICE) de la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”.

  3. El Acta de Evaluación N*%6 de 2016 de la Sesión N“4 del Comité Técnico de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins de fecha 22 de febrero de 2016.

  4. El Informe Consolidado de Evaluación Ambiental de la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, publicado con fecha 24 de febrero de 2016.

  5. El acuerdo de la Sesión Ordinaria N*6 de la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O”Higgins, de fecha 3 de marzo de 2016.

  6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”.

  7. Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40 de 2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante Reglamento del SEIA); la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

  1. Que, el señor Hugo Donoso Silva, representante legal de Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

[Nombre Titular: | Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Ltda.

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Rut: 78.457,460-1.

Domicilio: Fundo El Roble, Camino Los Boldos s/n, comuna de Santa Cruz, Región del Libertador General Bernardo O "Higgins.

Teléfono: +56996448813.

Representante Legal: Hugo Donoso Silva.

Run: 4.720.704-5.

Domicilio: Fundo El Roble, Camino Los Boldos s/n, comuna de Santa Cruz, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Teléfono: +56996448813.

E-Mail: vinaelroble(Agmail.com

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 24 de febrero de 2016, el Director Regional del SEA Región del Libertador General Bernardo O”Higgins (en adelante Región de O”Higgins) ha recomendado aprobar la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, por cuanto:

El Proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, cumple con todos los requisitos contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixtos consagrado en el artículo 139 del D.S. N”40/2012, Reglamento del SEIA, y que en base a los antecedentes entregados durante la evaluación de impacto ambiental, el Proyecto no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Por último, todos los servicios con competencia ambiental que participaron de la evaluación se pronunciaron conforme a lo expresado en los párrafos anteriores, incluido el otorgamiento del permiso antes señalado.

  1. Que, en Sesión N? 6 de fecha 3 de marzo de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de O'Higgins acordó calificar favorablemente la DIA del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides” aprobando integramente el contenido del ICE publicado con fecha 24 de febrero de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

  2. Que, según lo señalado en la DIA y sus Anexos, en Adenda N1 incluido los Anexos, y en su Adenda Complementaria N1, y sus Anexos; los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, corresponde al “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, de Bodega El Roble, de propiedad de Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Ltda.

El Proyecto consiste en el acondicionamiento de los residuos líquidos, que se generan en el proceso vitivinícola, los cuales son acumulados en un tranque aireado de 1.200 m?, y que una vez tratados son dispuestos al suelo mediante un sistema de riego tecnificado (sistema por goteo) en 35 hectáreas de viñas del mismo predio donde se emplaza el Proyecto, de propiedad de Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Limitada.

Tipología principal, así como las | De acuerdo a las características antes señaladas el Proyecto se somete al aplicables a sus partes, obras o | Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SETA), de acciones acuerdo a lo establecido en el artículo 10 de la Ley N? 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, en su literal o) del D.S. N* 40/12, del Ministerio de Medio Ambiente (en adelante MMA) Reglamento SEIA, el cual indica: “Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de agua o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos. Se entenderá por Proyectos de saneamiento ambiental al conjunto de obras, servicios, técnicas, dispositivos o piezas que correspondan a:

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0.7. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que cumplan al menos alguna de las siguientes condiciones: 0.7.2. Que sus efluentes se usen para el riego, infiltración, aspersión y humectación de terrenos o caminos”.

Vida útil

El Proyecto contempla una vida útil estimada de 20 años.

Monto de inversión

La inversión total estimada para la ejecución del Proyecto asciende a US$ 100.000.

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

Instalación de cierre perimetral de la zona de ubicación del tranque de acumulación.

Proyecto se desarrolla por etapas Sí No Xx Proyecto modifica un Proyecto o Sí No actividad Xx Proyecto modifica otra(s) RCA | Sí No [sólo en caso de que el Proyecto sí modifique un Proyecto 0 Xx actividad]

4,2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político-administrativa

Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, provincia de Colchagua, comuna de Santa Cruz.

Descripción de la localización

El Proyecto se ubica en el Fundo El Roble, aproximadamente a 4 kilómetros al noreste de la comuna de Santa Cruz, en el sector Los Boldos s/n”, comuna de Santa Cruz, provincia de Colchagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

Rol de Avaluó del predio donde estará inserto el Proyecto corresponde al N* 520 -16.

Como Anexo a la Adenda Complementaria N*l, se presenta Certificado de Ruralidad emitido por la Dirección de Obras de la 1. Municipalidad de Santa Cruz, en el cual se señala que el Proyecto se encuentra fuera de los límites urbanos establecidos para dicha comuna.

Superficie

La superficie total del predio es de 35 hectáreas, con plantación de vides, dentro de la cual se construirá el tranque de acumulación aireada, utilizando una superficie de intervención de 500 m?. Las coordenadas del perímetro del Fundo El Roble, se presentan en respuesta N* 2 de la Adenda NO 1.

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Coordenadas UTM en Datum | En la siguiente Tabla se presenta las coordenadas de localización del WGS84 Proyecto: Coordenadas del predio del Proyecto Coordenadas Perímetro Predio Punto Este Norte 1 281512 6165817 2 281661 6165849 3 281793 6165882 4 281926 6165915 5 281871 6166369 6 281765 6166515 7 281737 6166529 8 281626 6166380 9 281551 6166235 10 281432 6166559 11 281213 6166562 12 281143 6166488 13 281153 6166302 14 281212 6166208 15 281290 6166162 16 281359 6166113 17 281433 6166098 18 281292 6165907 19 281356 6165757 Caminos de acceso El acceso al Proyecto es por la Ruta I -720, Barreales, para luego ingresar a la calle Camino Los Boldos s/n”, luego se ingresa al fundo, donde se llega al Sistema de Tratamiento de Riles. Las vías de acceso, se muestran en las Figuras N* 3 y 4 de la DIA. Referencia al expediente de | En Anexos 1, 2, 3 y 4 de la Adenda N” 1, se presenta la cartografía de evaluación de los mapas, | emplazamiento del Proyecto con cada una de las obras que lo

georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

conforman. Mientras que en el Anexo 12 de la Adenda N* 1, se presenta plano con emplazamiento general del Proyecto.

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Antecedentes generales

La Bodega El Roble se dedica exclusivamente al proceso de vinificación, que consiste en la recepción de uva, vinificación y el despacho de vinos a terceros, actualmente en operación, siendo su objetivo la elaboración de vinos a partir del viñedo de propiedad del mismo Titular, cuya producción total corresponde a 1.000.000 de kilos de uvas tintas para producir una cantidad de 750.000 litros de vino al año, siendo la mayor parte del desarrollo de la producción de vino entre los meses de Marzo a Mayo.

4.3.1.1. Etapa de Construcción

Partes, obras y acciones

El Proyecto durante su construcción comprende la instalación de los siguientes equipos, los cuales son dispuestos por personal técnico en la materia:

Instalación a la salida de la bodega de un Filtro Parabólico, cuyo paso de sólidos es menor a 1 mm. Instalación Tablero y Ductos Eléctricos. Trazado de ductos de conducción de los Riles desde la salida de la Bodega de Vinos, hasta el tranque de acumulación aireado.

La realización de excavación para construir el tranque aireado, que es recubierto con geomembrana de 1 mm de espesor.

Trazado de ductos de conducción de los Riles, desde el tranque de acumulación hasta la conexión con el sistema que permitirá la disposición de los Riles tratados al suelo, mediante un sistema de riego tecnificado por goteo.

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Instalación del Sistema de Aireación a través de una bomba y Venturi que evita la generación de malos olores.

Instalación caudalímetro para la cuantificación de los Riles a generar y de los Riles que son dispuesto al suelo previo al ingreso del sistema de riego tecnificado por goteo.

Instalación de Sistema de Bombeo que impulse los Riles desde el tranque de aireación hasta la zona de disposición de los Riles tratados, esto es el sistema de riego tecnificado por goteo.

En el Anexo 1 de la Adenda N* 1, se presenta imagen con el emplazamiento del sistema de tratamiento de Riles.

Cronograma de Actividades: El cronograma de las actividades que conforman el Proyecto, se presentan a continuación:

Cronograma etapas del Proyecto Mes 1 Mes 2 Mes 3 Mes 4

Actividad Walalalila alalilalalals Indefini

Etapa Construcción Trazado instalación Ductos E de conducción ril hacia y XX] desde tranque acumulación |. Excavación para construir tranque acumulación Instalación geomembrana Instalación Tablero y ductos eléctricos Instalación sistema de bombeo

Instalación sistema aireación

Instalación caudalímetro Etapa Operación

Puesta en Marcha (pruebas y correcciones)

Operación Sistema Riles y del sistema de disposición de los Riles tratados mediante riego tecnificado por goteo.

Horario de Trabajo: El horario de trabajo durante la construcción del Proyecto corresponde de lunes a viernes, entre las 08:00 y 17:30 horas.

Fechas, hitos de inicio y de término de la fase

Obra u acción que Establece el Inicio de la Construcción.

Hitos etapa de construcción

Fecha estimada de inicio Primer semestre del año 2016.

Parte, obra o acción que Instalación de cierre perimetral de la zona de establece el inicio ubicación del tranque de acumulación.

Fecha estimada de término Inicios del segundo semestre del año 2016.

Parte, obra o acción que Puesta en marcha del sistema de tratamiento de establece el término Riles.

Posterior al cercado del sitio de emplazamiento del tranque, se realizan las siguientes acciones:

Se hace el trazado donde se instalan los ductos que transportan los residuos líquidos desde el pozo de bomba del Filtro Parabólico hasta el tranque de acumulación.

Se hace el trazado de la conducción de los Riles desde el tranque de acumulación hasta sistema de disposición de los Riles tratados al suelo, en particular, mediante la utilización de un sistema de riego tecnificado por goteo.

Suministros básicos

La siguiente tabla detalla los insumos a utilizar por el Proyecto durante la etapa de construcción:

Energía: El suministro de energía para la planta vitivinícola, según los requerimientos en baja tensión es proporcionada por la Empresa Conafe.

Agua Potable y Alcantarillado: El suministro de agua potable y alcantarillado proviene de la red pública; para lo cual se realizan las conexiones necesarias.

Mediante Oficio ORD. N* 185 de fecha 21 de enero de 2016 la

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SEREMI de Salud de la Región de O”Higgins, señala la siguiente condición: “El agua de abastecimiento para consumo humano, de la bodega de vinos, deberá contar con un sistema de agua potable, proveniente de la red pública o un sistema particular, autorizado por la SEREMI de Salud de esta región, de acuerdo a lo establecido en el D.S. 594/09 del Ministerio de Salud”, Esto deberá materializarse previo al inicio de las actividades que requieran de este suministro. Sin embargo dicho sistema no forma parte del presente Proyecto.

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la Fase de Construcción

Para la construcción del sistema de acondicionamiento de los Riles, es necesario extraer 300 m? de parronal, equivalente a 0,03 hectáreas, lo cual no afecta mayormente a la superficie total del viñedo que corresponde a 35 hectáreas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo IV, punto 4.3 “Etapa de Construcción” del ICE.

Principales Emisiones, efluentes y resi

duos en etapa de construcción.

Emisiones

En la etapa de construcción se generan emisión de material particulado, por las actividades de movimiento de tierra, correspondiente a la construcción del tranque de acumulación, extracción de plantas de vides, en donde se construye el tranque de acumulación.

Estas actividades son realizadas por medio de una máquina retroexcavadora, que no demora más de dos semanas. Adicionalmente, se debe tener en consideración, que el predio se encuentra en una zona agrícola, por lo que las eventuales emisiones de material particulado, son menores a lo señalado en cuerpos normativos de referencia (exigentes para la Región Metropolitana), y a las que se desarrolla en relación a la actividad agrícola realizada en el predio y en los predios cercanos.

Las acciones a adoptar, de acuerdo a las características del Proyecto y con el fin de minimizar las emisiones atmosféricas son las siguientes: Se riega el terreno en forma oportuna y suficiente durante el periodo en que se realicen movimientos de tierra en la ejecución del Proyecto.

Se hace uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.

Se mantienen húmedos los materiales que puedan desprender polvo.

Se transportan los materiales de construcción en camiones con carga cubierta.

Se mantiene la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente ubicados e identificados. No se permiten las quemas de ningún tipo de residuos.

Emisiones de ruido

La construcción de las obras no genera emisiones de ruido mayores, salvo las emitidas por la maquinaria que realiza el movimiento de tierra. Sin embargo, cualquier emisión que eventualmente se genere, se ve atenuada por la distancia existente entre la actividad proyectada y el deslinde del predio, cabe mencionar que esta zona es netamente agrícola.

Residuos líquidos

Los residuos líquidos a generar en la etapa de construcción son del tipo doméstico, de los trabajadores que construyen el tranque de acumulación, donde existen baños habilitados, los cuales son utilizados por el personal que trabaje durante la construcción. En cualquier caso se cumplen las normas que al respecto estable el D.S. N* 594/99 del MINSAL, sobre condiciones básicas de los lugares de trabajo.

Residuos sólidos

Residuos Asimilables a Domiciliarios: Son dispuestos en contenedores frente a los puntos de trabajo y son retirados por empresas autorizadas. Se estima que se generan 0,5 kg/persona.

Residuos Industriales No Peligrosos: Son dispuestos en sectores autorizados, dentro de la bodega, para su posterior retiro y disposición en un lugar autorizado.

Residuos Industriales Peligrosos: Son dispuestos en contenedores frente a los puntos de trabajo y son retirados por una empresa autorizada.

La cantidad de residuos industriales peligrosos es inferior a lo estipulado en el D.S. N* 148/03 del MINSAL, y corresponden a las pilas alcalinas de los equipos portátiles de autocontrol, los cuales son depositados en los puntos habilitados de reciclaje de éstos, en el retail de la Comuna de Santa Cruz.

En la Tabla N* 15 del ICE, se presenta el resumen de los Residuos sólidos en construcción.

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Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Punto 4.6 del ICE “Principales Emisiones, Descargas y Residuos a generar en la Etapa de Construcción”.

4.3.2, FASE DE OPERACIÓN

Descripción de la Fase de Operación

Proyección de la producción:

La Bodega El Roble tiene la capacidad para procesar 1.000.000 kilos de uva al año, con lo cual se estima una producción de 750.000 litros de vino anuales.

La bodega procesa vino todo el año, sin embargo, aumenta su producción en época de vendimia, es decir, entre los meses de Marzo y Mayo. Cabe destacar que la época de vendimia fluctúa en el tiempo en función del grado de madurez deseado de la uva, por lo que puede variar según las condiciones climáticas y las variables meteorológicas principalmente.

Descripción General del Sistema de Disposición de Riles:

El Proyecto corresponde a un sistema de acondicionamiento de residuos industriales líquidos (RILES), que contempla la instalación a la salida de la bodega de producción de vinos un Filtro Parabólico, que permite la retención de la fracción solida de los Riles de hasta un 1 mm, posteriormente por gravedad los Riles que se generan son conducidos a un tranque de capacidad máxima de 1.200 m' revestido por una geomembrana de HDPE 1 mm de espesor, que evita percolación de los Riles por infiltración, permitiendo la homogeneidad de los RILES en términos de caudal, carga orgánica y pH.

El sistema de disposición de los Riles al suelo contempla la reutilización, en 35 hectáreas de viñedos dentro del mismo predio. La aplicación de la disposición mediante un sistema de riego tecnificado por goteo, tiene por objeto la disminución del volumen aplicado debido a la evapotranspiración de los cultivos y el tratamiento de remanente que traspasa el suelo, que actúa como filtro biológico. Los Riles son utilizados como complemento al riego tecnificado que actualmente posee la viña, por lo tanto mediante el uso de una tubería, son conectados a éste. En la Figura N* 5 de la DIA se presenta el diagrama de flujo del sistema de disposición de los Riles tratados al Suelo.

Descripción de los Elementos del Sistema de Disposición de Riles

a. Separación Sólido — Líquido.

El separador de sólidos es instalado al final de la línea colectora de Riles proveniente de la Bodega de producción de vinos. Dicha unidad corresponde a un Filtro Parabólico, cuya malla tiene una ranura que permite separar los sólidos de diámetro superior a 1 mm, marca Nahuelco. Los sólidos generados en esta unidad son recibidos en bins para ser utilizados como acondicionador de suelo. Se estima que anualmente en el Filtro Parabólico se generan 10.000 kilos de residuo sólidos.

b. Tranque de Acumulación Aireado.

Para el cálculo de la capacidad del tranque de acumulación aireado se considera la acumulación de los Riles generados en el lavado de todos los estanques de acero inoxidable que están al interior de la Bodega de producción de vinos, con un margen de seguridad, teniendo una capacidad de 1.200 mé.

Luego los Riles sin sólidos se conduce gravitacionalmente al tranque de acumulación aireado, que permite la homogenización de estos, dicho tranque cuenta un sistema de aireación mediante un sistema Venturi, para evitar la generación de malos olores, además una bomba que impulsar los Riles hacia el ducto de conducción de la disposición de los Riles al Suelo, mediante el sistema de riego tecnificado del predio.

Los Riles que provienen de la bodega de producción de vinos son conducidos por cañerías de PVC directamente al tranque de acumulación aireado, en cuyo tramo se instala una cámara de registro para verificar el buen funcionamiento de la conducción, y de ser necesario limpiar este ducto; por lo tanto, la única agua lluvia que recibe el sistema es la que recepciona directamente el tranque de

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acumulación aireado, que no afecta la cantidad de recepción de Riles respecto de su capacidad.

La distancia entre el tranque de acumulación aireado y el sistema de disposición de Riles tratados por medio de riego tecnificado corresponde a 45 metros. Cabe señalar que se instala un filtro a la llegada al sistema tecnificado de riego (goteo).

Al construir el tranque de acumulación de Riles, la tierra extraída de la excavación se utiliza en el talud de éste para el sello del Tranque de Acumulación. El volumen a extraer es aproximadamente 900 m?. En la base del tranque se coloca arena para que la geomembrana se asiente en forma correcta, evitando roturas de ésta al momento de comenzar a llenar el tranque.

Para evitar la generación de olores molestos, se instala un sistema de aireación que utiliza una bomba conectada a un Venturi que capta el oxígeno del aire y lo entrega a los Riles mediante osmosis, lo cual produce la degradación de la materia orgánica y evita la posibilidad de generar malos olores.

c. Sistema de Aireación

El principio del funcionamiento del eyector, la bomba conectada al eyector genera un flujo primario (Ril). La menor sección transversal de la boquilla acelera el flujo al entrar en la zona de succión. El aumento de la velocidad origina una reducción de presión suficiente como para aspirar aire (flujo secundario). Cuando ambos flujos pasan por la zona de agitación, se mezclan completamente debido a la turbulencia y abandonan el difusor como un chorro de aguas con finas burbujas de aire.

La solubilidad o concentración de saturación del oxígeno en el agua es una propiedad de gran importancia en todos los procesos de aireación. La solubilidad del oxígeno en agua es limitada, donde la temperatura tiene un papel muy importante, ya que el agua a 0%C puede absorber aproximadamente el doble de oxígeno que a 309C

La transferencia de oxígeno del aire al agua se basa en el proceso físico de la difusión (combinación mutua de 2 o más gases, líquidos o soluciones). La difusión tiene lugar en la superficie límite entre el aire y el agua. La velocidad de difusión (agua/aire — aire/agua) depende del contenido de oxígeno en el agua.

La captación de oxígeno depende de la temperatura del agua, mientras más temperatura mayor captación de oxígeno. El valor de saturación de oxígeno disminuye al aumentar la temperatura.

A mayor profundidad de colocación del eyector mejor es la entrega de oxígeno que será la encargada de nutrir los microorganismos para degradación de la materia orgánica presente en los RILES provenientes de la Bodega de producción de vinos.

El sistema de aireación tiene anexado un timer que permite que la aireación funcione cada 45 minutos por hora, entre las 08:00 horas y las 20:00 horas. Entre las 20:01 horas hasta las 07:59 horas, funciona cada 30 minutos. De esta manera la inyección de aire en horario de 08:00 horas a 20:00 horas es de 45 minutos, mientras que en horario de 20:01 horas hasta las 07:59 horas, es de 30 minutos.

Cuantificación caudal a tratar:

LA producción de vino al interior de la Bodega de vinos del mismo Titular, es de un procesamiento de 1.000.000 kilos de uvas tintas al año, dicha cantidad permite producir una cantidad de 750.000 litros/año.

Para la producción de los 750.000 l/vino/año, se requiere un consumo de agua de 23 m'/día, dicho consumo proviene principalmente del lavado de cubas, equipos, materiales y pisos.

A continuación, se detalla la cantidad promedio por mes de Riles a generar que serán ingresados al Sistema de Tratamiento de Riles:

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Volumen descarga mensual

Mes Días Trabajados cuand VDM (m3/mes) Enero 21 3 63 Febrero 21 5 105 Marzo 23 7 161 Abril 24 23 552 Mayo 25 22 550 Junio 22 7 154 Julio 22 6 132 Agosto 22 o: 110 Septiembre 20 5 100 Octubre 21 3 105 Noviembre 22 5 110 Diciembre 20 3 60 Anual 263 96 2.202

Lo anterior se estimó considerando los siguientes cálculos: a) La relación entre vino producido y Riles generados:

Litros de vino Producido Anual 750.000 lts vino e = =2,9

lts de RIL/lts vino

m' de RIL descargado en forma anual = 2.202 m' de Riles al Sistema de Tratamiento de Riles

b) La relación entre kilos de uva procesados y los Riles generados corresponde a:

Kilos de uva Procesado Anual 1.000.000 kg uva = =22 lts de RIL/kilo uva m' de Riles descargado anual = 2.202 m' de Riles. Balance de masa Vino 22.500 1/d Materia prima Escobajo Uva s 1,600 k/d Residuos Ori rujos 30.000 k/d Vinificación o 8.000 k/d 2500/8 Sólidos en Ril 300 k/d Agua Riles 3 23 m/d 239

Del total de los residuos generados, corresponde a 1.600 kilos diarios de escobajos, respecto de su manejo son incorporados al suelo, en terreno del mismo Titular, en viñedos, al igual que los residuos sólidos que se generan en el Filtro Parabólico.

La temporalidad de acopio de los residuos orgánicos provenientes del proceso vitivinícola no sobrepasa los dos días, en caso de los orujos que se generan en el proceso de prensado no puedan ser dispuestos en suelo, se acumulan en bins cerrados y están protegidos sanitariamente para evitar la proliferación de vectores.

En el caso de los escobajos estos son dispuestos en el predio en forma diaria, por lo tanto, el acopio se realiza directamente en el coloso que transporta los residuos a los sitios de aplicación de estos residuos. Por lo anterior no existe un tratamiento previo. En el caso de los lodos éstos se secan dentro del mismo tranque de acumulación.

Caracterización de los Riles: A continuación se presenta la composición de los Riles que genera la

operación del Proyecto. Caracterización afluente Riles

Parámetro Valor Medido Unidad DBO5 7092 mg/l DQO 14475 mg/l Fósforo 3,06 mg/l Nitrógeno Amoniacal 1,46 mg/l

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Nitrógeno Total Kjendah! 13,4 mg/l Sólidos Totales 13100 mg/l pH 3,75 n/a

Sistema de acondicionamiento de Riles:

El sistema de tratamiento de los Riles, consta de una serie de operaciones unitarias: separación sólidos gruesos, homogenización y disposición.

Separación de Sólidos: El objetivo principal de la separación de sólidos es la remoción de los sólidos gruesos presentes en los Riles y consta de:

Pozo de Bombas:

Los Riles son conducidos desde la bodega a través de una red de canaletas que confluyen en una central que finalmente los vierte al pozo de bombas. Posteriormente se alimenta el sistema separador de sólidos a través de una bomba sumergible controlada por sonda de nivel. El volumen del pozo de bombas es de 10 m'.

El separador de sólidos consiste en un Filtro Estático tipo Parabólico que posee una reja tamiz de un caudal máximo de 10 m'/h, con la finalidad de separar los sólidos cuyo diámetro de partícula sea superior almm.

Tranque de Acumulación Aireado.

Posteriormente, los Riles ingresan al tranque de acumulación aireado, de 1.200 m', donde se homogeniza los Riles, tanto en caudal, pH y carga orgánica.

El tranque de acumulación aireado fue diseñado considerando un caudal máximo 23 m'/día como condición crítica durante el período de

vendimia. Dimensión de los recintos

Parámetro Valor Tranque de acumulación aireado (m') 3 20x 15x4m E200m Filtro Parabólico 10m?

Disposición del Efluente.

Consideraciones para la disposición de Riles tratados al suelo.

Para disponer los Riles tratados, estos son acondicionados, cumpliendo las siguientes consideraciones y/o aspectos más relevantes:

a. Separación de Sólidos: Previo a la disposición de los Riles tratados al suelo, es necesario realizar dos operaciones que consisten en la separación de sólidos y la homogenización del efluente. Tal como se indicó anteriormente, el sistema cuenta con un tamiz para remover los sólidos y posteriormente se homogenizan los Riles en el tranque de acumulación aireado.

b. Carga orgánica: Uno de los principales elementos de los Riles de la industria vitivinícola lo constituye la materia orgánica, medida a través de la demanda bioquímica de oxígeno (DBO5). Cuando el agua es distribuida en terrenos, parte de ella es consumida por las especies vegetales presentes y otra parte se infiltra, actuando el suelo, en este caso, como un filtro biológico de muy baja tasa. La remoción de la DBO del agua, una vez incorporada al suelo, se lleva a cabo por la absorción de compuestos orgánicos en solución y por oxidación bacteriana, ya que las capas superiores del suelo contienen microorganismos en abundancia.

De acuerdo al documento “Especificaciones técnicas para la utilización de Riles de la industria vitivinícola en suelos”, del SAG, se permite para la disposición de los Riles en suelos silvoagropecuarios una carga no superior a 112 Kg de DBOS /ha*día. Considerando que los Riles es complemento al riego tecnificado de 35 hectáreas de vides en el mismo predio, por lo tanto el Proyecto tiene una capacidad para disponer una carga orgánica inferior al límite máximo recomendado por el documento del SAG.

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Carga Añ Caudal (1/día) | DBOS (mg/l nie organica ño audal a m: e á a DO O ia | Eat ) ) 2015 23.000 7.092 163,11 4,66

Como se puede observar la carga orgánica a aplicar por hectárea es inferior al límite máximo recomendado por el documento del SAG.

c. Características de los suelos: Para los sistemas de baja carga, la disposición de los efluentes tratados de manera controlada debe considerar las características de los suelos. En tabla siguiente se indican los valores obtenidos en el análisis de suelo realizado en la zona de la plantación de Merlot y Cabernet Sauvignon, respecto de las zonas de disposición de los Riles tratados para el presente Proyecto:

Análisis de suelo

Bodega Bodega Parámetros Unidad El Roble E Roble Potrero Merlot | 7. reto Cabernet pH 6,3 6,6 mm Conductividad eléctrica (mm has/cm) | has/cm 0,23 0,17 Materia orgánica % 2,5 2,1 Nitrógeno Disponible mg/Kg 14 15 Fósforo Disponible (Olsen) mg/Kg 17 14 Potasio Disponible mg/Kg 225 235 Densidad Aparente g/co 1,43 1,47 Profundidad de napa (m) m Retención de Humedad:

0,3 bar (Capacidad de Campo) % 19,6 20,0 15,0 bar (Punto Marchitez Permanente % 9,6 94 Humedad aprovechable (peso) % 9,6 10,6 Textura: Franca Franca Arena % 28 26 Limo % 47 49 Arcilla % 25 25 Granulometría:

Arena> 1 mm % 1 1 Arena < 1 > 0,5 mm % 2 2 Arena < 0,5 mm % 97 97

d. Profundidad de la napa: Para la retención de las componentes de los Riles tratados y la acción bacteriana, es importante la altura de la columna del suelo antes de alcanzar la napa donde fluyen las aguas subterráneas o los estratos rocosos inferiores. De acuerdo a los antecedentes del predio donde son dispuestos los Riles tratados en suelo, la napa se encuentra a más de 10 metros de profundidad.

Según señala la literatura, la totalidad de la materia orgánica y sólidos suspendidos contenidos en el agua aplicada al suelo es retenida en los primeros centímetros de suelo. Por esta razón no existe un potencial peligro de afectación de la napa freática.

e. Carga hidráulica a aplicar y disponibilidad de terreno: El suelo donde se aplica la disposición de los Riles tratados en suelo, corresponde a un suelo de textura franca, olor terreo, plasticidad media, estado natural seco, de resistencia seca media, con consistencia media, de estructura homogénea, cementación nula, de origen natural sin indicios de materia orgánica.

La Tasa de Aplicación de los Riles es menor que la carga hidráulica calculada, considerando para ello la permeabilidad del suelo, a partir de un balance hídrico, en el cual la escorrentía superficial es igual a cero.

Expresión definida en la siguiente ecuación:

Lw(p) = ET —P + Wp

Dónde:

Lw(p) : Carga hidráulica basada en la permeabilidad del suelo (mm/día)

EY : Evapotranspiración del cultivo (mm/día)

P : Precipitación (mm/día)

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Wp : Velocidad de Percolación del suelo (mm/día)

La velocidad de percolación del suelo Wp, es la cantidad de Riles tratados que podría percollar desde el terreno hasta las aguas subterráneas. Se basa en el valor mínimo de la permeabilidad en condiciones saturadas.

Considerando la velocidad de percolación para el suelo franco arcilloso, presentes en el área, tiene Wp equivalente a 8,7 (mm/día) Utilizando un 4% como valor de la permeabilidad del suelo donde son dispuestos los Riles en el suelo, la velocidad mínima de percolación se estimó en 0,35 (mm/día)

En respuesta N 4 de la Adenda Complementaria Nl, se presenta el Balance Hídrico que da cuenta de la viabilidad de la disposición de los Riles tratados para los plantaciones de vides al interior del predio del mismo Titular.

En el Anexo N? 9 de la Adenda N* 1, se presenta plano y coordenadas del sitio de disposición de los Riles tratados, el cual se encuentra distribuido en cinco (5) cuarteles.

Los Riles tratados a disponer mediante la utilización de un sistema de riego por goteo no sobrepasan los 112 Kg.DBO5/ha/día;

Para verificar la condición anterior, se lleva un registro de las aplicaciones con fechas, dosis, superficies, el cual se mantiene en las instalaciones del Proyecto.

El Titular realiza posterior a la época de vendimia un análisis anual de las aguas subterráneas en el sector de aplicación de los Riles tratados, el cual deberá ser contrastado con la Tabla N 1 del D.S. N 46/2002 del MINSEGPRES, que Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. Este análisis deberá ser remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente como parte del seguimiento del Proyecto, dicha información se mantiene en las instalaciones del Proyecto.

El Titular previo a la operación del Proyecto informa acerca de la disposición de Riles al suelo mediante sistema de riego por goteo, a las Comunidades de Aguas de los Canales La Puerta y La Puerta Chica, las que se encuentran en el área de influencia del Proyecto.

Aplicación al suelo de residuos sólidos:

Los residuos sólidos orgánicos que se generan en vendimia (marzo a mayo) como son los escobajos y orujos que se generan posteriores al prensado. Dicha residuos sólidos se aplican en forma uniforme en el predio del Titular que corresponde a 35 hectáreas de vides tintas, el cual se encuentra distribuido en cinco (5) cuarteles, cuya superficie se ve representada en el Anexo N? 9 de la Adenda NO 1.

El acopio de los orujos se realiza en bins cerrados herméticos, por un tiempo no superior a dos días previo a la aplicación de dichos residuos sólidos en el predio, propiedad del Titular, a diferencia del escobajo cuya aplicación se realiza en forma diaria.

Considerando que la bodega tiene la capacidad de procesar 1.000.000 kilos de uva al año, particularmente en época de vendimia, considerando el procesamiento de la cantidad de kilos de uva señala, la cantidad a generar de orujos y escobajos corresponde a: escobajos 40 toneladas totales y de orujos se 200 toneladas totales.

De acuerdo al Plan de Operación de la Bodega Roble, el manejo de los orujos y escobajos se realiza de la siguiente forma:

La uva se cosecha en forma manual en gamelas trasladándose en bins hacia el área de recepción.

Con grúa horquilla se vacían los bins en pozo de recepción.

Una vez que las uvas estén en proceso de molienda, se separan los escobajos, los cuales se colocan en carros y son incorporados en el campo como material orgánico.

El mosto con los orujos son depositados en cubas de fermentación para su respectiva vinificación.

Una vez terminada la fermentación se separan los orujos del vino ya terminados.

Los orujos son prensados y transportados al campo incorporándose como material orgánico.

Una vez terminada la vendimia los orujos con los escobajos ya

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incorporados, se proceden taparse con rastra. Los orujos como los escobajos se reparten en el campo de forma uniforme, al interior del mismo predio del Titular.

El Titular realiza un monitoreo a los suelos en el área de aplicación de los residuos sólidos orgánicos, una vez al año, entre los meses de Julio y Noviembre, tomando como base los parámetros señalados en la Guía SAG “Especificaciones técnicas para la utilización de Riles de la industria vitivinícola en suelos.

Las borras generadas durante el proceso de vinificación son acopiadas en estanques herméticos de manera temporal, para ser retiradas posteriormente por una empresa autoriza.

Aplicación Lodos al suelo generados en el Tranque de Aireación:

Al momento de que entre en operación el sistema de tratamiento de Riles producidos a partir del proceso de producción de vinos, anualmente se verifica la condición de los lodos generados en el Tranque de Aireación.

Esto se realiza al término del primer año de operación, para lo cual el Tranque de Aireación es vaciado con los Riles tratados, en la disposición de estos por medio del sistema tecnificado de goteo, en un nivel adecuado para que se mantenga en funcionamiento la aireación, para comprobar la cantidad y calidad de lodo generado por el sistema. Se toma una muestra para efectuar una caracterización de los lodos de acuerdo al Decreto Supremo N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas.

Posteriormente se deja que los lodos se sequen al sol por medio de la evaporación del contenido de humedad , para luego tomar una segunda muestra para ser analizado en un laboratorio acreditado para demostrar que se ha efectuado una reducción de los Sólidos Volátiles y Contenido de Humedad, entre otros parámetros, para que posteriormente estabilizados, sean sacados en forma manual con palas siendo volteados frecuentemente para reducir la humedad y la proliferación de vectores, considerando que lo anterior permitirá la aireación de dichos lodos, y posteriormente según corresponda sean aplicados al suelo en el mismo predio o retirados por una empresa autorizada.

La producción máxima de lodos mineralizados que podría generar este sistema de tratamiento de Riles, considerando el caudal de diseño para el tratamiento de Riles generados en el proceso de vinificación, es del orden de las 36 ton/año.

A partir del año 2 de operación, los lodos estabilizados son retirados cada cinco (5) años y su destino es su utilización como mejorador de suelo, cumpliendo con lo establecido en el Decreto Supremo N? 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas. Cabe señalar que en el Tranque de Aireación se reduce el volumen de Riles hasta unos 90 cm de profundidad. Allí el lodo se mineraliza por acción de la aireación y ausencia de nutrientes y su volumen se reduce al 0,3%, quedando como un residuo con menos de 30% de volátil, como un sólido tipo arenoso en el fondo del tranque.

Manejo de los Lodos

a. Deshidratación de los lodos, se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 4? del D.S. N*3/2012 del MMA:

Los lodos se mantienen en estanque de aireación para su

deshidratación, al final del proceso operativo. Para esto el estanque

debe estar vaciado con los Riles tratados.

Durante este período el lodo se está volteando frecuentemente con

pala, para evitar la formación de costras, que sellen la superficie. Esta

operación es importante, ya que previene la formación de malos olores

y acelera el proceso de deshidratado.

Para esta operación el personal debe contar con elementos de

protección.

No se puede comer, fumar o contestar el celular mientras se realice la

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citada operación, para evitar riesgos sanitarios.

La distancia de ubicación del sitio de acopio de los lodos para su manejo de reducción de humedad y volteo es superior a 20 m. a cursos de agua superficial.

El sitio de manejo de los lodos no está emplazado en terrenos de inundación frecuente.

Muestreo:

Se toma una muestra al inicio del proceso de deshidratación de los lodos provenientes del Tranque de Aireación.

Se muestran los parámetros: humedad y sólidos volátiles.

La toma de muestra y el análisis es realizado por laboratorio autorizado y acreditado para los parámetros establecidos en el D.S. 3/2012 del MMA.

Terminado el proceso de deshidratado, se procederá a tomar una 22 muestra, de los mismos parámetros, Humedad y Sólidos Volátiles, al igual que el muestreo anterior la toma de muestra y el análisis es realizado por laboratorio autorizado y acreditado para los parámetros establecidos en el D.S. 3/2012 del MMA.

Frecuencia de muestreo:

Se tomarán dos muestras al año, al inicio del proceso de deshidratado y al final del proceso de deshidratado, antes de su aplicación en suelos.

Si la última muestra no arroja los valores esperados de deshidratado y sólidos volátiles establecidos en el D.S. 3/2012 del MMA, para la aplicación de lodos en suelo, se sigue seguir con el proceso de deshidratado por un tiempo más, dado según los resultados obtenidos en la muestra. Para verificar el cumplimiento del D.S. 3/2012 del MMA, antes de la aplicación en suelo, se deberá repetir el muestreo y análisis.

Periodicidad: El muestreo y análisis de estabilizado de lodos se realiza anualmente, correspondiente a la extracción de lodos desde el Tranque de Aireación.

Resultados.

Los resultados deben arrojar una pérdida del 38% de Sólidos Volátiles y 70% perdida de agua. Para verificar el cumplimiento del D.S. 3/2012 del MMA, antes de la aplicación en suelo, se deberá repetir el muestreo y análisis.

El cálculo de la pérdida de humedad y sólidos volátiles, lo deberá realizar el Jefe de Bodega. Para verificar el cumplimiento del D.S. 3/2012 del MMA, antes de la aplicación en suelo, se deberá repetir el muestreo y análisis.

b. Estado de las Instalaciones:

Se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 5% del D.S. N? 3/2012 del MMA.

Se deben evitar los escurrimientos de lodos en el proceso de deshidratación fuera de la zona destinada para este efecto, y previo al retiro para su aplicación en suelo o retiro por empresa autorizada.

Se mantiene la limpieza de la instalación y de toda el área tanto del sistema de tratamiento como de la zona de deshidratación del lodo.

Se implementa el programa de control de plagas y su verifica en forma permanente.

El acceso a las instalaciones es restringido y señalizado para evitar el acceso de animales y personas, evitando riesgos sanitarios.

c. La aplicación de lodos al suelo estabilizados, cumple con lo establecido en el artículo 8? del D.S. N* 3/2012 del MMA, esto es que previo a la aplicación de lodos al suelo, el generador debe presentar anualmente a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Aplicación de Lodos al Suelo, en adelante Plan de Aplicación. En caso de modificaciones del Plan de Aplicación, el generador deberá presentar éstas, al menos, un mes antes de su implementación. Por tanto no podrá aplicar dichos lodos si no cuenta con el pronunciamiento del SAG.

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El generador es el responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas contenidas en dicho Plan, el cual debe contemplar, además de los datos que identifiquen al generador, para cada predio o potrero donde se efectúe la aplicación, la Información indicada en las letras a, b, c, d, y e del artículo 8 del D.S. N 3/2012 del MMA.

El Titular del Proyecto, anualmente en el mes de enero presenta al Servicio Agrícola y Ganadero, un informe técnico (de modo de dar cumplimiento con el artículo 18 del D.S N* 3/2012) con la información de:

La cantidad de lodos generados en el Tranque de Aireación y el destino que han tenido dichos lodos;

La cantidad de lodos aplicados por hectárea en el predio del mismo Titular;

Los resultados de las mediciones realizadas para el cumplimiento del D.S. N? 3/2012 del MMA. Son enviada a las SMA, con copia al SAG y SEREMI de Salud, de la Región de O'Higgins;

El resumen de las situaciones anormales de funcionamiento y las medidas aplicadas, también deberán ser informados en forma inmediata a los citados Servicios.

Por todo lo anterior, el Titular al momento de aplicar los lodos al suelo da cumplimiento a lo indicado en el Título IV (De la Aplicación de los Lodos al Suelo” del Decreto Supremo N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas.

Descripción actividades de mantención y conservación

Mantención Maquinaria :

Los equipos que se consideran en el Proyecto están compuestos principalmente por bombas las cuales son mantenidas de acuerdo a lo establezca el proveedor.

El Plan de Mantenimiento del equipamiento que tiene el sistema de tratamiento de Riles, incluido el sistema de disposición por riego tecnificado mediante goteo, se basa en la revisiones de las bombas de impulsión desde el Filtro Parabólico al Tranque de Acumulación Aireado; y desde este ultimo al sistema de disposición por medio de riego tecnificado, por goteo. También se realiza: la mantención de las bombas impulsoras, y del Venturi que efectúa la aireación de los Riles acumulados en el Tranque de Aireación. Este programa de mantención se realiza de acuerdo a lo establecido por el proveedor de cada equipo, y la acreditación de dichas mantenciones está en las oficinas de la bodega de vinos.

Como el sistema de tratamiento de Riles, tiene como base la bomba que produce la recirculación de estos, a través de los eyectores, su mantenimiento se realiza una vez al año, cumpliendo el protocolo del fabricante, ante lo cual se mantiene en las instalaciones del Proyecto las fichas de registro de dichas mantenciones. Para cumplir lo anterior se considera tener una bomba de respaldo, para mantener el sistema en funcionamiento continuo.

Suministros básicos

a. Agua potable.

Agua Potable para Consumo Humano

Se estima una demanda de agua potable conforme a la normativa

aplicable y la dotación de personal de 100 litros de agua por persona

por día.

Para efectos de consumo humano (bebida), se cuenta con agua

envasada disponible para los trabajadores en los puntos de trabajo. Consumo agua potable

Consumo Agua Dotación Tasa Potable de (L/persona/día Escenarios Vendimia Resto Consu Vendi Rest del Año | mo mia o (L/día) del Año Bodega de 7 3 100 700 300 Vinos Sistema de 2 1 100 200 100 Riles

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Mediante Oficio ORD. N* 185 de fecha 21 de enero de 2016 la SEREMI de Salud de la Región de O”Higgins, señala la siguiente condición:

“El agua de abastecimiento para consumo humano, de la bodega de vinos, deberá contar con un sistema de agua potable, proveniente de la red pública o un sistema particular, autorizado por la SEREMI de Salud, de acuerdo a lo establecido en el DS. 594/09” del MINSAL. Esto deberá materializarse previo al inicio de las actividades que requieran de este suministro.

Agua Potable para Proceso Productivo — Agua Industrial.

El agua para el proceso productivo proviene del pozo, propiedad del Titular. El agua se deposita en un estanque de 5.000 litros, donde el agua se somete a un proceso de potabilización, para luego ser

distribuida a través de diferentes cañerías. Consumo agua industrial

ESCÓnAnOS Vendimia Resto del Año (m3/día) (m3/día) Bodega de Vinos 23 5

b. Energía Eléctrica

El suministro de energía para la planta vitivinícola, según los requerimientos en baja tensión es proporcionada por la Empresa CONAFE.

Fecha estimada e indicación de la parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase de operación

Hitos etapa de operación Inicios del segundo semestre del año 2016

Puesta en marcha del sistema de tratamiento de Riles.

Año 20 del Proyecto según carta gantt.

Parte, obra o acción que Aviso a la autoridad del término establece el término de la etapa de operación.

Fecha estimada de inicio

Parte, obra o acción que establece el inicio

Fecha estimada de término

Extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables para la Fase de Operación

El Proyecto no considera la extracción o explotación de recursos naturales renovables. Sin embargo, cabe señalar que los residuos sólidos orgánicos generados en el sistema de tratamiento de Riles, además de los lodos estabilizados son aplicados en suelo, en el predio del mismo Titular, así como también la disposición de los Riles tratados mediante sistema de riego tecnificado por goteo.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Punto 4.4 “Etapa de Operación” del ICE.

Principales Emisiones, efluentes y residuos en etapa de operación

Emisiones

Durante la operación el sistema no genera emisiones de gases y material particulado por fuentes móviles.

En el caso de contratar el servicio de un equipo generador, que utiliza petróleo como combustible se exigirá al proveedor la documentación que-acredite el cumplimiento del D. S. N* 138/2005.

En el caso del sistema de tratamiento de Riles, no existe probabilidad de generar emisiones odoríficas ya que posee un sistema de aireación y la zona de deshidratación de los lodos estos son volteados frecuentemente para permitir la inyección de oxígeno. Por otra parte los lodos aplicados al suelo cumplirán lo establecido en el D.S. 3/2012 del MMA, y los orujos y escobajos, deberán ser dispuestos en forma homogénea en las zonas de aplicación al interior del predio. Cuando el lodo no cumpla con las condiciones de los parámetros establecido para la disposición en suelo deberán ser retirados por una empresa autorizada para disposición final.

Emisiones de ruido

Durante la etapa de operación la emisión de ruido se genera por las bombas eléctricas, cuyos decibeles son bajos, considerando que dichos equipos están instalados dentro de las instalaciones de la empresa. Por lo que no hay terceras personas que se pudiesen ver afectadas.

Durante la etapa de operación, para el año 1 del Proyecto, el Titular realiza un monitoreo de ruido durante la época de vendimia, condición de máxima producción de vinos, para corroborar que los niveles de emisiones se encuentran dentro de los límites establecidos en el D.S. 38/11 del MMA. Dichos resultados son entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la SEREMI de

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Salud, de esta región.

Aguas servidas

El volumen de aguas servidas generadas, es variable y depende principalmente del número de trabajadores presentes en el proceso productivo de la bodega de vinos.

Considerando que el consumo de agua potable se estima en 100 Vpersona/día, se indica que el 90% del total de agua consumida corresponde a aguas servidas tratadas.

Al respecto se presenta la estimación de la generación se entrega en la

siguiente tabla: Tabla N* 17: Generación Aguas Servidas

Descarga Aguas Dotación qe Servidas Escenarios Genera EperonWala Vendimia | Resto e Vendimia | Resto del del ai Año Año (día) Bodega de y) 3 90 630 270 Vinos Sistema de 2 1 90 180 90 Riles

Residuos líquidos industriales

Los Riles que se generan durante el proceso productivo de elaboración de vino en la Bodega El Roble, se conducen al Filtro Parabólico, y desde ahí al Tranque de Acumulación Aireado, para la degradación de la materia orgánica, para luego utilizarlo en la disposición mediante el sistema de riego tecnificado del Fundo El Roble, propiedad del Titular. En el punto 4.4.2.6 “Disposición del Efluente” del presente ICE, se detalla el proceso de disposición al suelo de los Riles generados.

Residuos sólidos

Durante la producción de vinos y en particular, en la época de vendimia, se generan residuos sólidos orgánicos, orujos, escobajos provenientes del despalillado y prensado. Este material es acopiado en el patio de recepción, en bins herméticos, para luego ser utilizado como mejorador de suelo.

Las borras generadas durante el proceso de vinificación son retiradas por una empresa autorizada para dichos efectos.

Además, los bins utilizados se lavan en una zona cercana a los estanques de acero inoxidable, en la cual existen canaletas que conducen de los Riles hacia el pozo del Filtro Parabólico, donde se separan los sólidos superiores a 1 mm.

Resumen residuos sólidos generados durante operación del Proyecto

Residuos Cantidad Manejo

Escobajo 1.600 k/d Incorporación a suelo Orujos 8.000 k/d Incorporación a suelo Sólidos en filtro parabólico 300 k/d Incorporación a suelo

Del total de los residuos generados, los 1.600 kilos diarios de escobajos se incorporan directamente al terreno del viñedo, al igual que los sólidos que se generan en el Ril (300 kilos diarios), los cuales son atrapados por el Filtro Parabólico.

La temporalidad de acopio de los residuos orgánicos provenientes del proceso vitivinícola no sobrepasa los dos días en caso de los orujos que se generan en el proceso de prensado de éstos, los cuales se acumulan en bins cerrados y protegidos para evitar la proliferación de vectores.

En el caso de los escobajos la disposición en el predio es diaria por lo tanto el acopio se realiza directamente en el coloso, en el cual se transportan al predio. Por lo anterior no existe un tratamiento previo a su disposición. En el caso de los lodos éstos se secan dentro del mismo tranque de acumulación.

En cuanto a los lodos mineralizados, se estima que se generan en este sistema de tratamiento del orden de las 36 ton/año. A partir del año 2 de operación, los lodos son retirados cada cinco (5) años y su destino es su utilización como mejorador de suelo, cumpliendo con lo establecido en el D.S. N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y

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Hortalizas.

En el tranque se reduce el volumen de Riles hasta unos 90 cm de profundidad. Allí el lodo se mineraliza por acción de la aireación y ausencia de nutrientes y su volumen se reduce al 0,3%, quedando como un residuo con menos de 30% de volátil, como un sólido tipo arenoso en el fondo del tranque.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Punto 4.6 del ICE “Emisiones y formas de abatimiento y control en la fase de operación”.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Etapa de Abandono

Dada las condiciones económicas del rubro vitivinícola, no se contempla la fase de abandono ya que, mediante el mantenimiento y reparaciones constantes, según las necesidades operacionales y la incorporación de nuevas tecnologías que signifiquen una mejora productiva y ambiental en el desarrollo del proceso, la vida útil de las instalaciones se extiende el Proyecto tiene una proyección 20 años.

De ser necesario dar cierre y abandono se realizará una consulta de pertinencia de ingreso al SEIA, a modo de resolver si dichas obras y/o acciones requieren ser evaluadas ambientalmente. Posterior se efectuará el desmantelamiento del sistema de acondicionamiento, que comprenderá principalmente el retiro de bombas de impulsión, sistema de aireación. En el caso del retiro de la geomembrana no será necesario retirarla ya que el tranque de acumulación puede ser destinado a otro fin.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Punto 4.5 “Etapa de Abandono” del ICE.

4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FAS

ES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha estimada de inicio

Primer semestre del 2016.

Parte, obra o acción que establece el inicio

Instalación de cierre perimetral de la zona de ubicación del tranque de acumulación de aireación.

Fecha estimada de término

Al mes 4 desde inicio de la etapa de construcción.

Parte, obra o acción que establece el término

Puesta en marcha del sistema de tratamiento de Riles.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Fecha estimada de inicio

Inicios del segundo semestre del año 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

Puesta en marcha del sistema de tratamiento de Riles

Fecha estimada de término

Al año 20 desde inicio de la etapa de operación.

Parte, obra o acción que establece el término

Aviso a la autoridad del término de la etapa de operación.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Capítulo 4 “Descripción de Proyecto” del ICE.

  1. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes técnicos, que justifican la

inexistencia de los siguientes efe 19,300:

ctos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto ambiental

La temporalidad de acopio de los residuos orgánicos provenientes del proceso vitivinícola no sobrepasa los dos días, en caso de los orujos que se generan en el proceso de prensado de éstos, se acumulan en bins cerrados y protegidos para evitar la proliferación de vectores. En el caso de los escobajos la disposición en el predio es diaria por lo tanto el acopio se realiza directamente en el coloso, en el cual se transportan al predio. Por lo anterior no existe un tratamiento previo a su disposición. En el caso de los lodos éstos son deshidratado dentro del mismo Tranque de Acumulación Aireado. A partir del año 2 de operación del Proyecto, los lodos son retirados cada cinco (5) años desde el Tranque de Acumulación Aireado, y su destino será la utilización como mejorador de suelo, cumpliendo con lo establecido en el Decreto Supremo N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y

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Hortalizas.

Durante su operación el Proyecto se generan riles de la limpieza de vasijas y equipos. El caudal máximo de estos es 23 m'/día, estos Riles son tratadas en el sistema de tratamiento, para luego ser dispuestas en el suelo por medio de un sistema de riego tecnificado por goteo, según lo indicado en el punto 4.4.2.6 “Disposición del Efluente” del presente ICE, cumpliendo con los parámetros de la Guía Condiciones Básicas para la Aplicación de Riles Vitivinícolas en Riego”, elaborada por el SAG,

Se indica que el Proyecto declara no tener emisiones odoríferas, ya que la adición de oxígeno en el Tranque de Acumulación Aireado.

La gestión de almacenamiento de los residuos sólidos orgánicos que no sean aplicados en forma diaria será en contenedores cerrados siendo un tiempo máximo de dos días, para luego ser dispuesto según consta en la presentación del Plan de Aplicación como mejorador de suelo presentado al SAG de la región, en suelo del mismo predio del Titular. En el punto 4.6 del ICE “Principales Emisiones, Descargas y Residuos”, se presenta el detalle de la cuantificación de las emisiones, residuos y efluentes generados por el Proyecto en sus diferentes etapas y la forma de manejo que se les da a estos.

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras permanentes y obras temporales, así como también las actividades de operación del Proyecto,

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del ICE.

D.S. 40/2012 del MMA.

De acuerdo a lo expresado anteriormente, es posible afirmar que el Proyecto no constituye un riesgo para la salud de la población según lo establecido en artículo 10 literal a) de la Ley N? 19,300, y del artículo 5 del

5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Componente(s) ambiental(es) afectado(s)

Suelos

El Proyecto o actividad no genera pérdida de suelo o de su capacidad para sustentar la biodiversidad por degradación, erosión, impermeabilización, compactación o presencia de contaminantes, ya que el área se utiliza con fines agrícolas (viñedo).

La aplicación de los Riles tratados al suelo es realizada de acuerdo a la Guía Pauta de Evaluación Plantas de Tratamiento de Riles Actividad Vitivinícola Región de O”Higgins, siendo el parámetro representativo a cumplir 112 kg DBOS/ha/día.

La aplicación de los residuos sólidos orgánicos como mejorador de suelo son aplicados de acuerdo al Plan de Aplicación presentado en el SAG.

Flora

En el área de Proyecto no se encuentra superficie con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota intervenida, explotada, alterada o manejada, ni la presencia de especies silvestres, en estado de conservación.

Fauna

Se considera que el aumento en emisión sonora producto de la realización del Proyecto no presenta una alteración sobre el componente fauna, considerándose que el aumento no supera lo establecido en la normativa vigente.

Agua

El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos, como tampoco la intervención y/o explotación de aguas subterráneas que contienen aguas fósiles o áreas o zonas de humedales, estuarios y turberas, viéndose afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales,

Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras permanentes y obras temporales, así como también la operación y cierre del Proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

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Parte, obra o acción que lo genera

Construcción de las obras permanentes y obras temporales, así como también durante la etapa de operación y cierre del Proyecto.

Fase en que se presenta

Construcción, operación y cierre.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del ICE,

El análisis realizado al literal b) artículo 10 de la Ley N* 19.300, y a lo señalado en el artículo 6 del D.S. 40/2012 del MMA, permiten afirmar que el Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto ambiental No aplica.

Componente(s) El Proyecto no contempla reasentamientos de comunidades humanas o afectado(s) alteración significativa de los sistemas de vidas y costumbres de grupos humanos que habitan el área de influencia del Proyecto, incluidas sus obras y/o acciones asociadas.

ambiental(es)

Por su naturaleza, el Proyecto no altera la dimensión antropológica, ya que no influye en manifestaciones culturales tales como, ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones. Por otra parte, dada las características del Proyecto, la magnitud de la intervención y la mano de obra en las diferentes etapas no se genera una modificación en la demografía del sector.

El Proyecto no considera las modificaciones de la dimensión socio- económica, ya que no influye en el desarrollo del empleo, y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa.

Construcción de las obras permanentes y obras temporales, así como también durante la etapa de operación y cierre del Proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.

Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad detalles sobre este impacto | no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del específico ICE.

Referencia al ICE para mayores

El análisis realizado al literal c) artículo 10 de la Ley N* 19,300, y a lo señalado en el artículo 7 del D.S. 40/2012 del MMA, es posible concluir que el Proyecto no produce ni producirá el reasentamiento ni la alteración de los sistemas de vida y costumbres de ningún grupo humano.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto ambiental No aplica.

Componente(s) El Proyecto no se localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas afectado(s) protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados u otras áreas protegidas bajo protección oficial.

ambiental(es)

Parte, obra o acción que lo genera No Aplica.

Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad detalles sobre este impacto | no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del específico ICE.

Referencia al ICE para mayores

El análisis realizado al literal d) artículo 10 de la Ley N? 19.300, y a lo señalado en el artículo 8 del D.S. 40/2012 del MMA, el Proyecto no afecta a poblaciones, recurso y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, del mismo modo que tampoco afecta el valor ambiental del territorio en la zona de su emplazamiento y su área de influencia; puesto que además, se trata de una zona con una marcada intervención antrópica.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto ambiental Intervención en el paisaje

En el área de emplazamiento del Proyecto no existen zonas de valor paisajístico o turístico, definido por el Plan regulador comunal o el MINVU.

Componente(s) ambiental(es)

afectado(s)

Construcción de las obras permanentes y obras temporales, así como también durante la etapa de operación y cierre del Proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera

Fase en que se presenta Construcción, operación y cierre.

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Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad detalles sobre este impacto | no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del específico ICE,

El análisis realizado al literal e) artículo 10 de la Ley N* 19.300, y a lo señalado en el artículo 9 del D.S. 40/2012 del MMA, es posible concluir que el Proyecto no produce una alteración significativa del valor paisajístico ni turístico de la zona; ni en términos de su visibilidad ni en términos de sus atributos.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto ambiental No aplica. Componente(s) ambiental(es) El emplazamiento del Proyecto no se encuentra próximo a algún afectado(s) Monumento Nacional definidos en la Ley N* 17.288, ni requiere

remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o modificar en forma permanente este tipo de monumentos.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, se procederá según lo establecido en los artículos N26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N%20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto.

Parte, obra o acción que lo genera Construcción de las obras permanentes y obras temporales del Proyecto.

Fase en que se presenta Etapa de construcción.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI “Antecedentes que justifiquen que el Proyecto o actividad detalles sobre este impacto | no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental” del específico ICE.

El análisis realizado al literal f) artículo 10 de la Ley N* 19,300, y a lo señalado en el artículo 10 del D.S. 40/2012 del MMA, De acuerdo al análisis realizado, es posible afirmar que el Proyecto no produce ninguna alteración o afectación del patrimonio cultural, en ninguna de sus manifestaciones.

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales mixtos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial Mixto, consagrado en el artículo 139, del D.S. N* 40/2012, Reglamento del SEIA.

El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, será establecido en el artículo 71 letra b) segunda parte, del Decreto con Fuerza de ley N* 725/1967, Código Sanitario, del Ministerio de Salud Pública.

Fase del Proyecto a la cual Construcción, operación. corresponde Contenidos técnicos y formales Los antecedentes técnicos y formales para el otorgamiento de este PAS

se presentan en el Capítulo 8 de la DIA, complementado con respuesta 36 a la 40 de la Adenda N*1, y de la Adenda Complementaria N? 1,

Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. La generación de Riles se producen a partir de la producción de vinos en la Bodega de Vinos Los Robles, y está dado por el gasto de agua en el lavado de equipos, estanques y pisos, en un periodo marcado entre Marzo y Mayo, donde se produce la vendimia, el resto del año sólo se realizan trabajos menores dentro de la bodega.

Proceso Productivo que genera los Riles:

Recepción:

Se recibe la uva transportada en colosos, realizando la prueba de riqueza de azúcar con un refractómetro, previo a la pesada de control en la romana.

Despalillado: El despalillado es un proceso mediante el uso de la máquina

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despalilladora, la cual separa los granos del escobajo (palo del racimo de uva). La cantidad de escobajo obtenida varía entre 2 a 5% del peso del producto recepcionado, este es retirado del equipo mediante una cinta trasportadora que permite manejar el escobajo, a fin de incorporarlo nuevamente en el suelo del viñedo.

Para la producción de “vino tinto”, la uva proveniente de la despalilladora, es depositada directamente a los estanques fermentadores, donde se le adicionan levaduras seleccionadas para producir el proceso fermentativo. La fermentación dura hasta que se consume todo el azúcar de las uvas (aproximadamente 15 días) y durante este periodo debe mantenerse el estanque a temperatura controlada, con el objeto de realizar la fermentación a temperatura adecuada.

Cuando el azúcar de la uva es transformada en alcohol, se obtiene un vino de 12 a 13? de alcohol, el cual posteriormente se estabilizan para mantenerlo previo al despacho a granel.

Se estima que en la despalilladora se generan aproximadamente un 4 % de sólidos, equivalente a 40.000 kilos anuales.

Prensado:

En la prensa se recupera el mosto o vio, quedando una masa húmeda de hollejos y semillas llamada orujos, que varía un 12 y 17% de la masa que entra en la prensa.

Este producto puede ser utilizado como materia prima para otras industrias pero, en este caso es usado para ser incorporado al suelo del viñedo como materia orgánica.

Se estima que en la etapa de prensado se generan aproximadamente un 20% de sólidos, equivalente a 200.000 kilos anuales.

Envasado, Etiquetado y Despacho:

Esta etapa del proceso productivo no se considera ya que los vinos ya elaborados comercializan y son trasladados en camiones estanques hacia los clientes.

Caracterización correspondiente al residuo industrial de que se trate: Caracterización Ril

Parámetro Valor Medido Unidad DBO5 7092 mg/L DQO 14475 mg/l Fósforo 3,06 mg/l Nitrógeno Amoniacal 1,46 mg/l Nitrógeno Total Kjendahl 134 mg/l Sólidos Totales 13100 mg/L pH 3,15

En Anexo 11 de la Adenda N* 1, están los certificados de una caracterización de los Riles a tratar. Al finalizar el año 1 de operación del Proyecto, el Titular enviará a la Superintendencia del Medio Ambiente la caracterización del lodo generado en el Tranque de Acumulación Aireado con copia a la SEREMI de Salud de la Región de O Higgins.

La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer

Riles generado por el Proyecto, para cada mes del año:

% y VDD VDM Mes Días Trabajados (m3/día) (m3/mes) Enero 21 3 63 Febrero 21 S 105 Marzo. 23 7 161 Abril 24 23 552 Mayo 25 22 550 Junio 22 7 154 Julio 22 6 132 Agosto 22 5 110 Septiembre 20 $ 100 Octubre 21 5 105 Noviembre 22 a 110 Diciembre 20 3 60 Anual 263 96 2.202

En el Capítulo 8 de la DIA, se presenta plano con el emplazamiento del

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sistema de tratamiento de Riles y la georreferenciación de las obras de descarga de los residuos tratados, así como también el diagrama de este.

Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos.

Parámetros a monitorear en el Proyecto

Parámetros / Punto Muestreo A EFLUENTE DBOS XxX XxX

NTK XxX Xx

SST XxX XxX

Aceites y Grasas xXx Detergentes — Saam x

Fenoles x

pH X Xx Frecuencia Mensual Mensual

En las instalaciones del Proyecto se mantiene una planilla en donde se registran los caudales generados por la bodega como también aquellos aplicados al predio mediante el riego tecnificado, como también la zona de aplicación, la cual está distribuida en cinco (5) cuarteles. Se implementa un análisis de DQO en forma semanal, para conocer la concentración en términos de DQO que aplica al predio.

Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos.

Los Riles acondicionados, no son descargados a curso de agua superficial ni subterráneo, sino que se utilizan como complemento al riego tecnificado de 35 hectáreas de vides, propiedad del Titular. El sistema de acondicionamiento de los Riles, está diseñado para que no se altere el cultivo, es más la constante aplicación de agua, materia orgánica y nutriente que los Riles posee, se espere que mejore aún más el terreno y las plantaciones de vides.

Plan de Manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado.

La producción máxima de lodos mineralizados que podría generar este sistema de tratamiento es del orden de las 36 ton/año. A partir del año 2 de operación, los lodos son retirados cada cinco (5) años y su destino es su utilización como mejorador de suelo, cumpliendo con lo establecido en el Decreto Supremo N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas.

En el tranque se reduce el volumen de Riles hasta unos 90 cm de profundidad. Allí el lodo se mineraliza por acción de la aireación y ausencia de nutrientes y su volumen se reduce al 0,3%, quedando como un residuo con menos de 30% de volátil, como un sólido tipo arenoso en el fondo del tranque.

Por las características del sistema de tratamiento y al retirar los lodos, cada cinco (5) años (desde el año 2 de operación), estos no necesitan ser deshidratados o secados al aire, evitando la proliferación de olores y vectores.

A continuación, se detalla la caracterización esperada de los lodos.

Caracterización referencial de lodos

Descripción Muestra o 3660! — Rilés Nueva urora

Parámetros Unidad Valor Medido

Arsénico mg/kg <0,006

Cadmio mg/kg <0,002

Cobre mg/kg 110,2

Mercurio mg/kg <0,001

Níquel mg/kg 115,9

Plomo mg/kg 9,837

Selenio mg/kg <0,004

Zinc mg/kg 186,2

Coliformes Fecales NMP/g base seca <3

Salmonella spp NMP/4g/base seca <3

Huevos de Helminto 10g/base seca 2

pH 6,33

Materia Orgánica mg/kg 80,4

Conductividad Específica umho/cm 4320

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Sólidos Totales Mg/kg, 943577

Porcentaje Humedad % 6,47

TCLP inorgánico, EPA

1311 < Plomo mg/l <0,2 «+ Cadmio mg/l <0,05 *% Mercurio mg/l <0,01 % Cromo mg/l <0, 1 % Bario mg/l <5,.0 «e Selenio mg/l <0,05 «% Arsénico mg/l <0,2 + Plata mg/l <0,2

El Titular se compromete al término del año 1 de operación del Proyecto, según lo indicado en el punto 4.4.2.8. “Aplicación Lodos al suelo” del presente ICE, a realizar la caracterización del lodo de acuerdo a lo indicado en la letra d del PAS 139.

Plan de Contingencia

Un plan de contingencia es un plan esencialmente organizativo que proporcionan las respuestas necesarias ante situaciones de emergencia. Los objetivos de éste son establecer las líneas básicas de actuación en el caso de un episodio de emergencia ambiental y coordinar los medios técnicos y humanos para contrarrestarlo.

Acciones relevantes Plan de Contingencia

Situaciones de Riesgo o Acciones o Medidas a Implementar

Contingencia

Ocurrencia de temblores de | - Suspensión de la descarga de los Riles para gran magnitud o terremotos evitar derrames de volúmenes excesivos ante

posibles daños en el sistema.

  • Revisión de las estructuras de distribución de Riles (cámaras, tuberías, válvulas, bombas, etc.).

  • Reparación O reemplazo de estructuras dañadas.

  • Ante inevitables derrames de Riles, se dará aviso inmediato a las autoridades pertinentes.

Muerte de especies vegetales o | - Análisis de posibles causas de muerte,

animales - Adopción de medidas para evitar nuevas muertes, basándose en la causa detectada.

  • Reposición de las especies perdidas.

Generación de malos olores | - Se verificará el sistema de aireación. por la ocurrencia de procesos | - Se aumentarán los días de residencia para la anaeróbicos aireación de los Riles en el tranque de

acumulación.

  • Se efectuará una recirculación hacia el interior del tranque con la bomba sumergida instalada en éste.

  • En caso que el problema persista y la condición es apta para su descarga, se vaciará el tranque para posteriormente remover todo el sólido decantado y entregándolo a una empresa especializada para su disposición

final. Medidas Relevantes del Plan de Emergencia Emergencias Acciones a Implementar Rotura de Ducto de Aplicación | - Dilución y/o limpieza de equipos o de la de producto de Neutralización zona, ingresando este líquido a la cámara de

bombas. De esta forma el producto de neutralización, al ingresar al sistema de tratamiento, será diluido, ajustado y tratado junto con el Ril. En consecuencia, el líquido derramado pasará a convertirse en Ril. Rotura de saco y/o Caída de | Dadas las características del Ril, generalmente la producto de Neutralización neutralización será realizada aplicando soda cáustica, producto que se adquiere de un proveedor autorizado, en forma de polvo que se provee en sacos de 25 kg. Por tanto, en caso de derrames durante el transporte y/o manipulación de este producto: - Colocar el producto en una bolsa o saco que no presente roturas. - Barrer lo que cayó y enviándolo a la bolsa, junto con el producto, Este procedimiento se debe realizar conforme a la hoja de seguridad, utilizando todos los elementos de protección personal, exigidos para la manipulación de este tipo de productos, como son: guantes, careta o en su defecto antiparras y overol.

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  • En caso de que el producto tenga contacto con la piel, se lavará la zona con abundante agua corriendo.

  • En caso que se requiera el uso del ácido, lo cual, tal como se ha indicado es muy poco probable, se optará por la utilización de ácido cítrico, producto que también es utilizado en las bodegas de vino para efectuar el lavado de cubas, principalmente, por lo que el personal de producción, también se encuentra habituado y entrenado en la manipulación de

este.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Obtención del permiso por parte de la SEREMI de Salud Región de O Higgins.

Habilitación del sistema de tratamiento de Riles según las condiciones establecidas en la presente Resolución.

Pronunciamiento del órgano competente

Oficio Ord. N 185 de fecha 21 de enero de 2016, rectificado mediante Oficio ORD N 486 de fecha 23 de febrero de 2016, de la SEREMI de Salud, Región de O'Higgins.

Referencia al ICE para mayores detalles

La información ha sido presentada en el Capítulo 9, punto 9.1 del ICE.

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1 Normativa ambiental de carácter general

Norma

Ley 19.300, Ley de Bases Generales de Medio Ambiente. Última modificación a través de la Ley 20.473.

Forma de cumplimiento

El Proyecto consiste en la construcción y operación de una planta de tratamiento de Riles, la cual se emplaza en el sector rural de la comuna de Santa Cruz, por lo que corresponde a la tipología o) del artículo 10 que establece esta ley, y que indica que deben someterse a evaluación ambiental a través del SEIA.

El Proyecto es ingresado a evaluación ambiental como una DIA, ya que se ha constatado que no se presentarán los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Resolución de calificación ambiental.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S N* 40/12 Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Ministerio de Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

El Proyecto consiste en la construcción y operación de una planta de tratamiento de Riles, la cual se emplaza en el sector rural de la comuna de Santa Cruz, por lo que corresponde a la tipología o) del artículo 10 que establece esta ley, y que indica que deben someterse a evaluación ambiental a través del SEIA.

El Proyecto es ingresado a evaluación ambiental como una DIA, ya que se ha constatado que no se presentarán los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Resolución de calificación ambiental.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma Resolución N“223/2015 Dicta instrucciones generales sobre la elaboración del Plan de Nómbie Seguimiento de Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento ton Ambiental y la remisión de información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental. Autoridad Superintendencia de Medio Ambiente Fase Construcción, operación y cierre.

Relación con el Proyecto

El Proyecto, una vez obtenida Resolución de Calificación Ambiental favorable, queda sujeto a fiscalización por parte de la Superintendencia de Medio Ambiente.

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Forma de cumplimiento

El Titular da cumplimiento a la Resolución de Calificación Ambiental aprobatoria del Proyecto y facilita la labor de los fiscalizadores en una eventual fiscalización.

Indicador de cumplimiento

Registro de visitas e inspecciones de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) al Proyecto, las cuales quedan publicadas en la Plataforma de la SMA.

Norma Decreto Supremo N” 30/2013. Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Auto denuncia Nombre y y Planes de Reparación. Autoridad Superintendencia de Medio Ambiente Fase Construcción, operación.

Relación con el Proyecto

Procedimiento para presentación de programas de cumplimiento, auto denuncia y planes de reparación ambiental según lo corresponda.

Forma de cumplimiento

Ante algún procedimiento sancionatorio se procede de acuerdo a lo indicado en este decreto.

Indicador de cumplimiento

Resolución de término de procedimiento administrativo, plan de reparación, si corresponde con su Informe Técnico y/o Resolución de la Superintendencia, respecto a conformidad por ejecución satisfactoria del mismo.

Norma Decreto Supremo N* 31/2013. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de Nombre Fiscalización Ambiental y de los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental de Sanciones. Autoridad Superintendencia de Medio Ambiente Fase Construcción, operación.

Relación con el Proyecto

El presente Reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Superintendencia de Medio Ambiente y la Ley N* 19.300, LBGMA.

Forma de cumplimiento

Información a la superintendencia, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8 de este decreto.

Indicador de cumplimiento

Una vez ingresada la información al sistema, es a través del mismo registro en el cual debe aparecer la fase en que se encuentra el Proyecto según lo establecido en el Artículo 15 de este decreto.

7.2 Normativa Ambiental Aplicable.

Norma

D.S. N*144/61. Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes atmosféricos de cualquier Naturaleza.

Forma de cumplimiento

Las principales emisiones a la atmósfera emitidas por el Proyecto, corresponden a material particulado o polvo suspendido producto de las actividades de movimiento de tierras, relacionadas con excavaciones, carga, descarga y transporte de materiales inertes. Para cumplir con la norma señalada, se implementan a objeto de prevenir y controlar la generación de emisiones a la atmósfera, las siguientes acciones: - Los vehículos a utilizar cumplirán con su certificado de revisión técnica al día.; - El tránsito de vehículos será a una velocidad máxima permitida de 50 Km/h, en los sectores de obra; - Toda maquinaria y vehículos utilizados cumplirán con la normativa de emisiones vigentes; pe Toda acumulación temporal de tierra será menor a 1,5 m. de

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altura, esto para disminuir el arrastre de material particulado por acción de vientos;

  • Cada camión que transporte tierra u otro material que pueda ser dispersado a la atmosfera, será tapado con lona;

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación y cierre.

Indicadores de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S N*38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del DS 146/97 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Ministerio del Medio Ambiente.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a la naturaleza del Proyecto, no se contempla superar los niveles máximos contemplados en ella, más aún cuando su instalación es en una zona rural alejada de poblaciones humanas

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos en obra.

Los receptores se ubican, según la normativa actual, en zona rural cuyos límites máximos permisibles en el defecto desfavorable se homologan a Zona III.

Por lo que los límites normativos del D.S. 38/11 del MMA tanto para período diurno como nocturno serán cumplidos en todas las fases del Proyecto.

Durante la etapa de operación del Proyecto (año 1) el Titular realizará un monitoreo de ruido en periodo de máxima producción para corroborar que los niveles de emisiones se encuentran dentro de los límites establecidos. Dichos resultados deberán ser entregados a la Superintendencia del Medio Ambiente.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S N*211/91 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Norma sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.

Forma de cumplimiento

Se exige a los vehículos que ingresen al Proyecto los permisos al día.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S N*54/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que indica.

Forma de cumplimiento

Se exige a los vehículos que ingresen al Proyecto los permisos al día.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S N*55/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece las Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados que indica.

Forma de cumplimiento

Se exige a los vehículos que ingresen al Proyecto los permisos al día.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones vigentes de los vehículos.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Ley N” 19.821/2002, del MOP que introduce modificaciones a la Ley N” 18.902 (que crea la Superintendencia de Servicios Sanitarios), en materia de residuos industriales líquidos.

Forma de cumplimiento

Una vez aprobado el Proyecto, se informa a la autoridad con 90 días de anticipación de la entrada en operación del sistema de disposición. En caso de emergencias o contingencias que impliquen descargas a cursos

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de agua superficial, se da aviso a la autoridad en el plazo que corresponda.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Registro de aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de la entrada en operación el sistema de disposición.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.F.L N?725/67. Código Sanitario.

Forma de cumplimiento

A través de la implementación y operación del sistema de Riles, se acondicionan para su correcta disposición final. De acuerdo a lo expresado en esta DIA, el efluente tratado y su disposición final da cumplimiento a lo establecido en la Guía “Condiciones Básicas para la Aplicación de Riles Vitivinícolas en Riego”, elaborada por el SAG.

Fase de cumplimiento

Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre.

Indicadores de cumplimiento

Autorización SEREMI de Salud sobre el Proyecto y funcionamiento de sistema de alcantarillado particular.

Autorización SEREMI de Salud sobre el Proyecto y funcionamiento de patio de residuos domiciliarios, asimilables e industriales no peligrosos. Autorización SEREMI de Salud sobre el Proyecto y funcionamiento de bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Declaración de residuos peligrosos.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Norma Chilena N* 1.333/1978, modificada en 1987, del MOP, sobre Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos.

Forma de cumplimiento

Según los antecedentes expuestos en la DIA, los Riles se utilizan en el riego tecnificado del viñedo, propiedad del Titular, el cual se monitorea una vez al mes, teniendo en cuenta los parámetros: DBOS; Sólidos Suspendidos Totales; NTK; Fósforo; pH y temperatura.

Fase de cumplimiento

Aplicable a las fases de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Informes Análisis, de Laboratorio Acreditado con los resultados de los parámetros DBOS; Sólidos Suspendidos Totales; NTK, Fósforo, pH y Temperatura.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.S. N594/99 del Ministerio de Salud. Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Forma de cumplimiento

Los residuos domésticos asimilables a los domiciliarios son recolectados por el servicio de recolección comunal.

En cuanto a los residuos orgánicos provenientes del proceso enológico, de la etapa despalillado serán utilizados como mejorador de suelo,

En el caso del prensado y borras pasta son enviados a Industrias Vínicas.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Registros de guías de despacho o facturas según corresponda, de acuerdo a la disposición final de cada residuo.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Decreto Supremo N” 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas.

Forma de cumplimiento

Los lodos se mantendrán en el tranque donde se originan, para la pérdida de humedad.

Deshidratación de los lodos, se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 4 del D.S. N%3/2012 del MMA:

  • Los lodos se mantienen en estanque de aireación para su deshidratación, al final del proceso operativo. Para esto el estanque debe estar sin ril.

— Durante este período el lodo se está volteando diariamente con pala, para evitar la formación de costras, que sellen la superficie. Esta operación es importante, ya que previene la formación de malos olores y acelera el proceso de deshidratado.

— Para esta operación el personal debe contar con elementos de

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protección.

— No se puede comer, fumar o contestar el celular mientras se realice la operación, para evitar riesgos sanitarios.

= La distancia de ubicación del sitio de acopio de los lodos es superior a20 m. a cursos de agua superficial.

— El sitio no está emplazado en terrenos de inundación frecuente.

Muestreo:

= Se toma una muestra al inicio del proceso de deshidratación.

= Se miden los parámetros: Humedad y Sólidos Volátiles.

  • La toma de muestra y el análisis debe ser realizado por laboratorio autorizado y acreditado para éste tipo de análisis.

  • Terminado el proceso de deshidratado, se procederá a tomar una 2% muestra, de los mismos parámetros, Humedad y Sólidos Volátiles,

Frecuencia de muestreo:

  • Se toman dos muestras al año, al inicio del proceso de deshidratado y al final.

= Si la última muestra no arroja los valores esperados de deshidratado y sólidos volátiles, se deberá seguir con el proceso de deshidratado por un tiempo estimado, dado según los resultados. Para verificar el cumplimiento se deberá repetir el muestreo y análisis.

Periodicidad:

— El muestreo y análisis de estabilizado de lodos se realiza anualmente, correspondiente a la extracción de lodos desde el estanque de aireación.

Resultados.

— Los resultados deben arrojar una pérdida del 38% de Sólidos Volátiles y 70% perdida de agua.

— El cálculo de la pérdida de humedad y sólidos volátiles, lo deberá realizar el Jefe de Bodega.

Estado de las Instalaciones: Se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 5% del D.S. N? 3/2012 del MMA.

— Se deben evitar los escurrimientos de lodos fuera de las instalaciones, durante el despacho.

— Se debe mantener la limpieza de la instalación y de toda el área de la planta de tratamiento.

— Se debe implementar el programa de control de plagas y su verificación permanente en el tiempo.

= Elacceso a las instalaciones está restringido y señalizado para evitar el acceso de animales y personas para evitar riesgos sanitarios.

La aplicación de lodos al suelo cumple con lo establecido en el artículo 8? del D.S. N? 3/2012 del MMA, esto es que previo a la aplicación de lodos al suelo, el generador debe presentar anualmente a la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero un Plan de Aplicación de lodos al suelo, en adelante Plan de Aplicación. En caso de modificaciones del Plan de Aplicación, el generador debe presentar éstas, al menos, un mes antes de su implementación.

El generador es el responsable del cumplimiento de los requisitos y condiciones técnicas contenidas en dicho Plan, el cual debe contemplar, además de los datos que identifiquen al generador, para cada predio o potrero donde se efectúa la aplicación, la Información indicada en las letras a, b, c, d, y e del artículo 8% del D.S. N* 3/2012 del MMA.

El Titular del Proyecto, anualmente en el mes de enero presenta al Servicio Agrícola y Ganadero, un informe técnico (de modo de dar cumplimiento con el artículo 18 del D.S N* 3/2012) con la información de: e La cantidad de lodos generados y su destino; e La cantidad de lodos aplicados por predio o potrero (Solo en caso que aplique); Los resultados de las mediciones realizadas; El resumen de las situaciones anormales de funcionamiento y las medidas aplicadas.

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Por todo lo anterior, el Titular al momento de aplicar los lodos al suelo da cumplimiento a lo indicado en el Título IV (De la Aplicación de los Lodos al Suelo” del Decreto Supremo N* 3/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para el Manejo de Lodos provenientes de Plantas de Tratamiento de Efluentes de la Industria procesadora de Frutas y Hortalizas.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación,

Indicadores de cumplimiento

Análisis de humedad de los lodos y sólidos volátiles, realizado por laboratorio acreditado.

Resolución sanitaria autorizada del transporte y disposición final.

Guías de despacho de lodos.

Autorización Sanitaria de las instalaciones.

Cumplimiento de las condiciones dispuestas en la RCA referidas a esta norma, constituyendo la verificación el Registro de Clase de lodos, certificados de disposición final de lodos.

Resolución Sanitaria para la construcción y operación, del permiso ambiental sectorial mixto consagrado en los artículos 139 del D.S. 40/2012 del MMA.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

D.L N? 3.557/81 Establece disposiciones sobre Protección Agrícola. Ministerio de Agricultura.

Forma de cumplimiento

Se compromete el manejo sanitario adecuado de los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución y operación del Proyecto, de forma tal de no perjudicar los recursos naturales del ámbito silvoagropecuarios.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación y cierre.

Indicadores de cumplimiento

Tal como establece el Artículo 9%, del Decreto Ley, a mantener el entorno del tranque de acumulación aireado, libre de malezas.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Decreto Ley N” 18.755/1989, modificada por Ley N” 19.283/1994, del MINAGRI, establece Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero

Forma de cumplimiento

Se mantiene un cuaderno de registros con programa de aplicaciones de Riles al riego tecnificado. Además se incluye análisis de suelos comprometidos, todo con el fin de demostrar a la autoridad que no se está afectando el recurso suelo.

Fase de cumplimiento

Etapas de construcción, operación.

Indicadores de cumplimiento

Registros de la aplicación disponibles en las instalaciones del Proyecto.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Resolución Exenta N” 133/2005, modificada por Resolución Exenta N” 2.859 del MINAGRI.

Forma de cumplimiento

El Titular se compromete a dar aviso por medio escrito al SAG, al momento del ingreso de equipos y materiales embalados en madera para su inspección.

Fase de cumplimiento

Etapa de construcción.

Indicadores de cumplimiento

Registros de productos, equipos provenientes desde el extranjero.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

Norma

Ley N17.288/1970, legisla sobre Monumentos Nacionales. D.S. 484/1991 Reglamento de la Ley N 17.288, Sobre Excavaciones. Ministerio de Educación.

Forma de cumplimiento

Esta ley define y entrega a la tuición y protección del Estado, los monumentos nacionales y dentro de éstos distingue: monumentos históricos, públicos y arqueológicos y santuarios de la naturaleza. Además de definir el Consejo de Monumentos Nacionales y sus funciones. Al respecto, se indica que el desarrollo del Proyecto no modifica, ni altera ningún Monumento Nacional.

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, se procederá según lo establecido en los artículos N%26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo

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determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del Proyecto.

Fase de cumplimiento

Etapa de construcción.

Indicadores de cumplimiento

Lo dispuesto en la RCA respecto a la materia.

Fiscalización

Superintendencia del Medio Ambiente.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. Monitoreo Aguas subterráneas

Impacto asociado

No afectación de aguas subterráneas producto de la disposición en suelo de los efluentes tratados por el Proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Análisis anual de las aguas subterráneas en el sector de aplicación de los RILES tratados.

Descripción: El Titular se compromete a realizar posterior a la época de vendimia un análisis anual de las aguas subterráneas en el sector de aplicación de los RILES tratados, el cual debe ser contrastado con la Tabla N* 1 del D.S. N” 46/2002 del MINSEGPRES, que Establece Norma de Emisión de Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas. Este análisis deberá ser remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente como parte del seguimiento del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Posterior a la época de vendimia (junio a julio)

Indicador que acredite su cumplimiento

Envío a la Superintendencia del Medio Ambiente de los monitores efectuados.

Forma de control y seguimiento

Notificación a la Superintendencia del Medio Ambiente de los monitoreos efectuados, en un plazo no superior a un mes de realizado el análisis.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X del ICE CONDICIONES O

EXIGENCIAS”.

“COMPROMISOS,

8.2. Monitoreo Suelos

Impacto asociado

No afectación de suelos producto de la disposición en suelo de los efluentes tratados por el Proyecto.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación.

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Monitoreo a los suelos en el área de aplicación, una vez al año, entre los meses de Julio y Noviembre.

Descripción: El Titular se compromete a realizar un monitoreo a los suelos en el área de aplicación, una vez al año, entre los meses de Julio y Noviembre, tomando como base los parámetros señalados en la Guía SAG “Especificaciones técnicas para la utilización de Riles de la industria vitivinícola en suelos.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Entre los meses de Julio y Noviembre.

Indicador que acredite su cumplimiento

Envío a la Superintendencia del Medio Ambiente de los monitores efectuados.

Forma de control y seguimiento

Notificación a la Superintendencia del Medio Ambiente de los monitoreos efectuados, en un plazo no superior a un mes de realizado el análisis.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X del ICE “COMPROMISOS, CONDICIONES O

EXIGENCIAS”.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias,

son las siguientes:

9.1. Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias

9.1.1. Plan de Contingencia y emergencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación.

Parte, obra o acción asociada

Obras Temporales y Permanentes.

Acciones o medidas a implementar

Plan de Prevención Contingencias Prevención de riesgos en piscina de acumulación e El tranque de acumulación está delimitado para evitar el ingreso de

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personas ajenas a la propiedad y/o animales, evitando que se produzcan daños a la estructura.

El tranque está revestido por geomembrana de 1 mm, evitando filtraciones e infiltraciones.

Para evitar la posible generación de olores molestos la piscina cuenta con un sistema de aireación,

Anualmente se efectúa una revisión visual para verificar el comportamiento de la geomembrana que recubre el tranque, cada vez que el tranque se vacíe.

Prevención de riesgos en la conducción del RIL hacia la Piscina de Acumulación

Para evitar que se produzcan pérdidas del RIL por percolación la conducción de los Riles hacia la piscina de acumulación está realizada con tubería de PVC, clase 10.

Se realizan chequeos periódicos de los ductos de conducción para detectar posibles fugas del Ril.

Se realiza una limpieza anual al ducto para evitar posibles embancamiento que pudiese alterar el caudal que se aporta al sistema.

Prevención de riesgos en el área de disposición

Se capacita en forma permanente al personal encargado de la operación del sistema de aplicación, los indicadores que dan cuenta de esta acción se encuentran a disposición en las dependencias del Proyecto.

Como la disposición de Riles se hace por disposición al suelo, se efectúa un chequeo periódico del sistema de riego tecnificado, pretiles, platabandas, para no afectar la correcta distribución del agua en el área de riego.

Medidas relevantes del Plan de Contingencia

Situaciones de Riesgo o Acciones o Medidas a Implementar

Contingencia

Ocurrencia de temblores de | - Suspensión de la descarga de los Riles para gran magnitud o terremotos evitar derrames de volúmenes excesivos ante

posibles daños en el sistema.

a Revisión de las estructuras de distribución de Riles (cámaras, tuberías, válvulas, bombas, etc.).

  • Reparación o reemplazo de estructuras dañadas.

  • Ante inevitables derrames de Riles, se dará aviso inmediato a las autoridades pertinentes.

Muerte de especies vegetales | - Análisis de posibles causas de muerte.

o animales - Adopción de medidas para evitar nuevas muertes, basándose en la causa detectada.

  • Reposición de las especies perdidas.

Generación de malos olores | - Se verificará el sistema de aireación. Si fuese por la ocurrencia de procesos necesario se agregará otra bomba de anaeróbicos recirculación con el Venturi para aumentar la

capacidad de aireación.

  • Se aumentarán los días de residencia para la aireación de los Riles en el tranque de acumulación,

“ Se efectuará una recirculación hacia el interior del tranque con la bomba sumergida instalada en éste.

  • En caso que el problema persista y la condición es apta para su descarga, se vaciará el tranque para posteriormente remover todo el sólido decantado y entregándolo a una empresa especializada para su disposición final.

Rebalse del Tranque - Si se llegase a producir un rebalse del tranque, inmediatamente se suspenderá la generación de Riles y si por motivos operacionales no pudiese realizarse se utilizará un estanque de la bodega para acumular los Riles generados, mientras se realiza la disposición de los Riles acumulados en el tranque, hasta bajar a nivel adecuado, dando cuenta a la autoridad sanitaria de la anomalía.

Plan de Emergencia

Medidas Relevantes del Plan de Emergencia

Emergencias Acciones a Implementar

Rotura de Ducto de |- Dilución y/o limpieza de equipos o de la zona,

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Aplicación de producto de ingresando este líquido a la cámara de bombas. Neutralización De esta forma el producto de neutralización, al ingresar al sistema de tratamiento, será diluido, ajustado y tratado junto con el Ril En consecuencia, el líquido derramado pasará a convertirse en Ril. Rotura de saco y/o Caída de | Dadas las características del Ril, generalmente la producto de Neutralización neutralización será realizada aplicando soda cáustica, producto que se adquiere de un proveedor autorizado, en forma de polvo que se provee en sacos de 25 kg. Por tanto, en caso de derrames durante el transporte y/o manipulación de este producto:

  • Colocar el producto en una bolsa o saco que no presente roturas.

  • Barrer lo que cayó y enviándolo a la bolsa,

junto con el producto. Este procedimiento se debe realizar conforme a la hoja de seguridad, utilizando todos los elementos de protección personal, exigidos para la manipulación de este tipo de productos, como son: guantes, careta o en su defecto antiparras y overol,

  • En caso de que el producto tenga contacto con la piel, se lavará la zona con abundante agua corriendo.

  • En caso que se requiera el uso del ácido, lo cual, tal como se ha indicado es muy poco probable, se optará por la utilización de ácido cítrico, producto que también es utilizado en las bodegas de vino para efectuar el lavado de cubas, principalmente, por lo que el personal de producción, también se encuentra habituado y entrenado en la manipulación de este.

Medidas de Acción ante Emergencias

Ocurrencia de temblores de gran magnitud o terremotos

  • Suspensión de la aplicación de los Riles para evitar derrames de volúmenes excesivos ante posibles daños en el sistema.

e Revisión de las estructuras de distribución de Riles (cámaras, tuberías, etc.), para verificar sus estados.

e Reparación o reemplazo de estructuras dañadas.

e Ante inevitable derrames de Riles, se dará aviso inmediato a las autoridades pertinentes

e Lluvia

e El tranque de acumulación tiene la capacidad para soportar lluvias intensas.

Rotura o detección de fugas en canales. Reparación de canales, compuertas, tuberías, válvulas, etc.

e Detección de la causa que originó la rotura o fuga para evitar nuevos daños.

Suspensión de la disposición en inicio de la acumulación Cortes de energía eléctrica.

e Enel caso de producirse cortes de energía eléctrica, la totalidad del sistema no operará, si esto ocurre la bodega de vinos tampoco por lo que se interrumpe la generación de Riles.

Medidas de seguridad

La operación del sistema de tratamiento, resultará ser bastante sencilla,

ya que los componentes de estos se accionan de manera automática, por

peras de nivel, por lo que las principales actividades del operario a

cargo del sistema, será el registro de los parámetros de control y las

continuas revisiones que deben efectuarse al sistema de tratamiento.

Ahora bien, si fuese necesario efectuar regulación de pH, esto se realizará en forma automática, aunque implica manipulación de productos químicos, que involucran el tener que proceder con medidas de seguridad.

Para el caso de las medidas de seguridad para el personal que labora en la planta de tratamiento, en relación a los productos químicos usados para el sistema de neutralización, se debe señalar que estas no difieren de las que normalmente se aplican para los operarios de la bodega de vino, ya que ellos trabajan con los mismos productos, utilizados en los lavados de los equipos, vasijas e instalaciones.

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Las medidas de seguridad, corresponden a:

Operaciones diarias del Sistema de Tratamiento

  • Instalar letreros de precaución, en los estanques de neutralización y restricción de acceso “Solo Personal Autorizado”, en la planta de tratamiento y el tranque de acumulación.

+» Usar los elementos de protección personal: Zapatos de seguridad, overol, guantes, lentes.

  • Mantener el área colindante a la planta de tratamiento, despejado, libre de objetos y/o malezas que interfieran el paso.

  • Manipular los tableros eléctricos, solo con las perillas externas. Nunca abrir los tableros, para manipular los componentes internos de este. En caso de falla, comunicarse con personal de mantenimiento de la empresa.

  • Al revisar el nivel de los estanques de neutralización, usar guantes de goma y antiparras.

  • Disponer de agua corriente, cerca de los estanques de neutralización, de modo de lavarse manos y ojos, en caso de salpicadura.

  • Una vez recibida la orden de retiro y preparación de la solución de Soda o Ácido, para neutralización, utilice al menos los siguientes elementos de protección personal: Overol, Zapatos de Seguridad, guantes de goma (pvc; látex o neopreno), mascarilla, antiparras y careta.

  • Retirar el producto de la bodega de insumos, en un bins movido por una grúa horquilla o traspaleta. Nunca cargue los productos al hombro, Levantar los sacos entre dos personas y depositar en el interior del bins con precaución.

  • Lleve los productos de neutralización hasta el lugar donde se encuentran los estanques, en la planta de tratamiento.

e Lene el estanque de neutralización con alrededor de 450 litros de agua. La solución a preparar es al 30%, por lo que se deben adicionar alrededor de 175 kilos de soda al estanque.

  • Con precaución, habrá el saco y deposite en el estanque, procurando no levantar polvo. Evite la exposición directa con el producto. Evite respirar el polvo que puede levantar el producto. En caso de contacto con la piel u ojos, lavar con abundante agua.

  • Agite vigorosamente, la solución del producto por die (10) minutos, por medio de una tubería de pvc. Posteriormente, lave la tubería de pve con abundante agua corriente.

  • Deposite los sacos vacíos de los productos de neutralización, en una bolsa plástica y lleve hasta la bodega de residuos peligrosos. Deposite la bolsa en el contenedor indicado.

  • Lave y sáquese los elementos de protección personal. guardando estos en la bodega de mantenimiento.

Referencia al ICE o documentos Según se presenta en el Capítulo VII del ICE, del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

  1. Que, el Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides” fue publicado en el Diario Oficial de la República de Chile con fecha 1 de junio de 2015 y en un Diario de circulación regional en la misma fecha antes señalada. La Difusión Radial se efectuó por medio de la Radio Santa Cruz FM, los días 2, 3, 4, 5 y 8 de junio de 2015, según consta en el certificado emitido por la misma radio el día 9 de junio de 2015 firmado y timbrado por su representante legal de dicho medio de radiodifusión.

Con fecha 15 de junio de 2015, 10 días hábiles después de la publicación en el Diario Oficial, se venció el plazo indicado en el Artículo 30 bis de la ley N*19,300, para la solicitud de realización de un proceso de Participación Ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental que se presenten a evaluación y que generen cargas ambientales para las comunidades próximas.

Al respecto, no se presentaron y/o recibieron en la oficina de partes del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins observaciones ciudadanas por parte de personas afectadas u Organizaciones Ciudadanas.

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones,

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reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular debe informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, pueda ejecutarse, debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

15, Que, el Titular debe informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de O”Higgins, y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, y en la Adenda, incluidos sus Anexos, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto debe comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región de O”Higgins, la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA,

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SELA, debe someterse al SEIA.

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,

RESUELVO:

l. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, presentado por el señor Hugo Donoso Silva, representante legal de Sociedad de Inversiones y Servicios Apalta Ltda.

  1. Certificar que el Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  2. Certificar que el Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial mixto que se señalan en el artículo 139 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

4, Certificar que el Proyecto “Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides”, en virtud de los antecedentes presentados durante la evaluación de impacto ambiental, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

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  1. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando N? 4.4 en el punto denominado “Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución” de la presente resolución.

  2. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 y 30 bis de la Ley N* 19.300, ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

e ¡o RVIQÍO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SECRE E LA COMISIÓN DE EVALAUCIÓN AMBIENTAL REGIÓN DEL LIBERT. ph ORGENERAL BERNARDO O”HIGGINS

CoN PAR

General Bernardo O'Higgins, vinaelroble(Agmail.com. gl

Distribución:

  • CONAF, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • DGA, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • DOH, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Gobierno Regional, Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins

  • Ilustre Municipalidad de Santa Cruz

  • SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
  • SEREMI Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Servicio Nacional Turismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Consejo de Monumentos Nacionales

Cle:

  • Encargado Participación Ciudadana, Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

  • Superintendencia del Medio Ambiente, contactorca(Ysma.gob.cl

  • Oficial de Partes Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins esanchez.6(Usea.gob.cl

  • Expediente de evaluación del Proyecto "Sistema de Acondicionamiento de Residuos Industriales Líquidos para Riego Tecnificado de Vides".

  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

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