Complejo asistencial Padre las Casas
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
Califica Ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”.
Resolución Exenta N£ 20 A [2015 Temuco, 2 5 A60,2015
VISTOS:
1”. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”, presentado por el Sr. Milton Moya Krause en representación del Servicio de Salud Araucanía Sur, con fecha 1 de abril de 2015; y su Adenda de fecha 2 de julio de 2015.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”.
3”. El Acta de Evaluación N? 9 de fecha 13 de abril de 2015 del Comité Técnico de la Región de La Araucanía.
4”. El ICE de la DIA del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas” de fecha 3 de agosto de 2015.
5”. La Sesión N? 6 de fecha 12 de agosto de 2015 de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”.
7”. Lo dispuesto en la Ley N* 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N2 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N2 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1” Que, el Servicio de Salud Araucanía Sur (en adelante el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto Complejo Asistencial Padre Las Casas (en adelante el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
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Nombre o razón social
Servicio de Salud Araucanía Sur
Rut 61.607.400-8 Domicilio Arturo Prat 969, Temuco Teléfono 45 - 2556462
Nombre representante legal
Milton Mario Moya Krause
Rut representante legal
8.697.600-5
Domicilio representante legal
Arturo Prat 969, Temuco
Teléfono representante legal
45 - 2556462
Correo electrónico Titular o representante legal | milton.moyaGasur.cl
2” Que, conforme se indica en el ICE de fecha 3 de agosto de 2015, el Director Regional (S) de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:
-
El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental que le es aplicable.
-
El proyecto ha presentado los antecedentes que son requisitos para los permisos ambientales sectoriales que le aplican al proyecto, los cuales corresponden a los Artículo N? 140, 142 y 160 del D.S. N” 40/2012 y han sido informados y complementados por los órganos evaluadores.
-
El proyecto da cuenta que a consecuencia de la ejecución del proyecto y sus acciones, no generará ninguno de los efectos características o circunstancias que se contemplan en el Artículo 11 de la actual Ley 19.300.
3” Que, en sesión del 12 de agosto de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente el proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 3 de agosto de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones Técnicas en que se fundamenta.
4” Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, y en su Adenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes Generales
Objetivo general El proyecto consiste en la construcción del Complejo Asistencial Padre las Casas Nodo de mediana complejidad inserto en la comuna de Padre las Casas, que proveerá de asistencia médica eficiente y oportuna a los habitantes de Padre las Casas, Cunco, Melipeuco, Vilcún y Freire
Tipología principal, así | Principal:
como las aplicables a sus | g) Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no partes, obras o acciones | comprendidas en alguno de los planes evaluados estratégicamente de conformidad a lo establecido en el párrafo 12 bis del Título li de la Ley. g.1) Se entenderá por proyectos de desarrollo urbano aquellos que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento, de acuerdo a las
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siguientes especificaciones:
g.1.2) Proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente a salud, educación, seguridad, culto, deporte, esparcimiento, cultura, comercio, servicios, fines científicos o sociales y que contemplen al menos una de las siguientes características:
a) superficie construida igual o mayor a cinco mil metros cuadrados (5.000 m?).
b) superficie predial igual o mayor a veinte mil metros cuadrados (20.000 m?).
c) capacidad de atención, afluencia o permanencia simultánea igual o mayor a ochocientas (800) personas.
d) doscientos (200) o más sitios para el estacionamiento de vehículos
Vida útil
50 años factiblemente prolongable
Gestión, acto O faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
La faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del proyecto corresponde a la Construcción de la Instalación de Faenas, la cual se mantendrá de forma permanente durante la etapa de construcción del proyecto.
Proyecto se desarrolla | Si No | El proyecto no se desarrollará por etapas.
por etapas X
Proyecto modifica un Si No | El proyecto no es la modificación de una actividad
proyecto o actividad que posea Resolución de Calificación Ambiental Xx previa.
4.2. Ubicación del Proyecto
División político -administrativa
Región de La Araucanía, Provincia de Cautín, Comuna de Padre Las Casas.
Descripción de la localización
El proyecto Complejo Asistencial Padre las Casas proyecta emplazarse en el predio denominado Lote-A de Rol de evalúo N? 3209-1, ubicado en el margen sur del Río Cautín, desde el lado poniente de la Ciudad de Padre las Casas, comuna de Padre Las Casas, provincia de Cautín, Región de La Araucanía.
Superficie
El predio sobre el cual se proyecta la construcción del Complejo Asistencia es denominado Lote A. Su superficie corresponde a 40.000 m2; con una superficie a construir de 30.151 m2.
Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas de los vértices de
ubicación del predio, referidas al Datum WGS 84 - Huso 18, corresponden a: Punto | Norte Este 5.706.295,88 | 707.253,62 5.706.425,20 | 707.180,58 5.706.369,10 | 707.033,75 5.706.310,21 | 706.880,61 5.706.226,21 | 706.888,35 F 5.706.261,28 | 707.065,22
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Caminos de acceso
Se accede a través del camino Boroa. Camino Padre Las Casas Aeródromo Maquehue.
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Referencia al expediente de evaluación de los | En punto 3.3 Localización, de la DIA se mapas, georreferenciación e información | establece con mayor detalle la ubicación de complementaria sobre la localización de sus partes, | cada una de las obras que contempla el obras y acciones proyecto.
4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto
4.3.1. El proyecto tiene como finalidad la construcción de obras físicas para la puesta en marcha y operación del Complejo Asistencial Padre las Casas, que contempla: - Instalación de faenas y trabajos preliminares - Trazado y movimiento de tierra
-
Hormigones
-
Acero estructural
-
Carpintería de obra gruesa
-
Tabiques y antepechos de tabiques vidriados
-
Cubiertas, hojalatería y aislación térmica
-
Impermeabilización
-
Revestimientos exteriores
-
Revestimientos interiores
-
Pintura
-
Obras metálicas y vinílicas de terminación
-
Carpintería fina
-
Cielos, vigones y pilastras falsas
-
Pavimentos interiores, guardapolvos y gradas
-
Vidrios, cristales y persianas
-
Artefactos sanitarios
-
Otros equipos
-
Muebles incorporados y adosados
-
Señalización y letreros
-
Paisajismo
-
Pavimentos y obras exteriores
-
Seguridad
-
Residuos sólidos
-
Protecciones radiológicas
-
Control centralizado
-
Circulaciones verticales (ascensor)
-
Instalaciones eléctricas y corrientes débiles
-
Instalaciones de gases clínicos
-
Instalaciones de alcantarillado y aguas lluvias
-
Instalaciones de gas
-
Instalaciones de correo neumático
-
Aseo y entrega
Instalación de | Comprende esta todos los trabajos preliminares a ta iniciación de la obra y la faenas y | presentación de elementos tendientes a dar protección y facilidades de higiene al trabajos personal técnico, administrativo y obrero que intervendrá en la obra. Esta obra preliminares corresponde a las siguientes partidas: derechos, aportes, otros gastos; instalación de faenas; energía y servicios; cuidado de árboles; cierros provisorios; demoliciones, limpieza del terreno; letreros de obra; adecuaciones funcionales y obras provisionales; y medidas de protección, seguridad y contra la contaminación.
Trazado y | En esta partida se debe considerar todos los movimientos de tierra necesarios movimiento para dejar el terreno en su forma definitiva que indican los planos respectivos, de tierra tales como excavaciones, taludes, drenajes, extracciones, rellenos, tendido de
instalaciones, rebajes y preparación de la subbase para caminos de vehículos y peatones, etc.
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Hormigones
Consiste en la preparación del moldaje (encofrado), enfierradura, mezcla, vertido, juntas en frío, sellado de uniones, ángulos en canterías y matacantos, cono, ingredientes, procedencia, colocación, vibrado, sellado, descimbre, protección y otras acciones, deben serán cuidadosamente consideradas, programadas y ejecutadas, por el personal, maquinaria y equipo adecuados.
Acero estructural
Los trabajos correspondientes a esta sección corresponden al acero de hormigón y estructuras metálicas, con especial énfasis en: barras (acero que cumpla con las indicaciones del plano de estructura y Normas Chilenas); perfiles (los perfiles que se utilizarán en las estructuras metálicas deberán ser de plancha doblada. Se deberá usar perfiles de calidad en cuanto a plegado y uniformidad de dimensiones); soldadura (para las uniones de los perfiles que forman los elementos estructurales como asimismo para toda la soldadura continua se deberá usar máquina soldadora eléctrica del tipo arco sumergido. El resto de las soldaduras, incluso las que se haga en terreno se ajustarán con máquinas soldadoras rotativas que aseguren una óptima calidad.
Carpintería de obra gruesa
Consiste en toda obra relacionada con encofrados y moldajes, andamios y construcciones provisionarías menores, se incluye en esta partida la construcción de carreras para el tránsito de carretillas, escaleras, bancos para trabajo en armaduras y carpintería, tolvas para transporte y vaciado de materia! y todos los útiles de trabajo que normalmente se fabrican en obra y que son indispensables para la ejecución de las diferentes faenas que se ejecutará durante el transcurso de la construcción.
Tabiques y | Consiste en la conformación de estructuras, placas, sellantes, antepechos de | impermeabilización, aislamiento térmico y acústico, encuentros con la estructura tabiques soportante del edificio, sellos, tratamiento de juntas, mallas de refuerzo, pastas, vidriados tornillos, absorción de agua, deformaciones, coeficientes de expansión térmica, resistencia a la indentación, a la flexión y al impacto, cumpliendo con los requisitos de resistencia al fuego, a la humedad, a los movimientos sísmicos y con las condiciones acústicas solicitadas. Con especial cuidado en la ejecución de refuerzos, verticales y horizontales, en los tabiques que son utilizados para la colocación de artefactos, muebles y revestimientos. Igualmente en la ejecución de refuerzos verticales y horizontales en los vanos de puertas y ventanas interiores. Cubiertas, Considera la instalación de los diversos elementos de cubierta y aislación térmica, hojalatería y | considerando las cubiertas de zinc-aluminio prepintado, papel aluminio, aistación policarbonato, estructura cubierta canales de aguas lluvia, forros caballetes, térmica bajadas de agua lluvia, canaletas de aguas lluvias rejillas tuberías de PVC pozo
absorbentes.
Impermeabiliz ación
Considera la impermeabilización de cada uno de los elementos que por su ubicación y función recibirá agua o humedad. Serán ejecutadas por personal altamente calificado, evitando todo tipo de daño por faenas posteriores. Cuando se requiera el uso de impermeabilizante tipo membrana elastomérica sobre muros y/o tabiques, se colocará sobre ésta una emulsión adhesiva para mezcla como puente de adherencia. Sobre este tratamiento se colocará el revestimiento de terminación.
Revestimiento sexteriores
Considera la instalación de placas de poliestireno expandido de alta densidad y placas estratificadas de alta presión. Todos los elementos y superficies de hormigón en general serán revestimiento con 100 mm. poliestireno expandido de densidad 20Kg/m3 sobre capa base adherente, con malla de refuerzo y terminación elastomerica o tipo Sistema EIFS (External Insulation Finish System) / PROFINISCH. Las placas son laminados de alta presión durómeros (HPL), conforme a ONEN 438, tipo CGF, con una protección especial adicional frente a la intemperie extremadamente eficaz. Esta protección a las agresiones medioambientales está constituida por resinas especiales de acrilo-poliuretano doblemente endurecidas.
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Revestimiento s interiores
Consiste en la colocación de estuco y revoques, cerámicos de 30 x 45 cm, porcelanato 60 x60 cm y placas de madera ranurada acústica. Presentando las terminaciones de superficies y aplomado, cerámico 30 x 45 rectificada para servicios higiénicos, vestidores y donde indiquen los planos de arquitectura y porcelanato de 60 x 60 desde el guardapolvo hasta guardamuro en zona hall atención abierta, los muros externos de baños lo llevan hasta el cielo.
Pintura
En esta partida se incluyen todas las pinturas interiores y exteriores del edificio, incluso las pinturas anticorrosivas para las diversas estructuras y elementos metálicos; las pinturas protectoras de materiales y hojalatería y las pinturas de los diversos elementos que forman parte de las obras exteriores.
Obras metálicas y vinílicas de terminación
Consiste en perfiles de planchas de acero dobladas de los espesores indicados y de procedencia previamente certificada. Incluyendo elementos de vinil-acrílico, con sus respectivos soportes de aluminio: guardamuros, pasamanos, cantoneras. Considerando todas las ventanas y puertas con celosías que correspondan a Central de Alimentación, Sedile, Residuos Sólidos, Casino Personal, Esterilización deberán llevar rejilla mosquitera.
Carpintería fina
Considera la instalación de puertas de madera, puertas de madera corredoras, quincalleria, celosías de puertas marcos interiores de madera diario mural- ficheros pizarra blanca y closet.
Cielos, vigones y pilastras falsas
Se incluye la ejecución de todos los cielos falsos, horizontales e inclinados, tanto en cartón yeso como en cielo desmontable y otros; todos los vigones y pilastras falsas que tapen instalaciones (placa de homogénea de fibrocemento y estructura metálica).
Pavimentos interiores, guardapolvos y gradas
Se considera la provisión y colocación de todos los pavimentos y gradas exteriores. Especificando el pavimento de cada recinto de acuerdo a la nomenclatura. Ei edificio llevará sólo un tipo de pavimento: baldosa microvibrada. Las baldosas serán en base cemento gris o cemento blanco, con franjas de diferentes colores, según sector. Se incluye baldosa estriada antideslizante para no videntes y lisas del tipo industrial.
Vidrios, cristales y persianas
Incluye la provisión y la colocación de todos los vidrios y cristales tanto exteriores como interiores, para completar las obras que aparecen en los planos. Se incluye también todos los elementos de fijación de los vidrios cualesquiera que ellos sean.
Artefactos sanitarios
Consiste en la instalación de todos los artefactos sanitarios estándar y especiales y de los accesorios correspondientes y de acuerdo con las características que se detalla en las presentes especificaciones y aquellas que exigen los catálogos o instrucciones de los fabricantes. Todos los artefactos serán nuevos, blancos, de primera selección, con válvulas, combinaciones, desagiúes y sifones cromados. Además de llave de paso del recinto, todos los artefactos tendrán llaves de paso cromadas (Fría y Caliente).
Otros equipos
Consiste en la instalación de sillas de espera, silla auditorio, rieles de cielo para cortinas, rieles para equipos porta sueros, mudador empotrado, lockers, ducha lava ojos de emergencia, silla porta bacinica y casillero sala cuna.
Muebles incorporados y adosados
Consiste en la instalación de todo tipo de muebles de tipo doméstico, oficina y clínico.
Señalización y letreros
Consiste en la instalación de material informativo de índole explicativo y seguridad. Considerando letreros interiores, letreros exteriores, rótulos y balizas.
Paisajismo
Consiste en la preparación del suelo, estratificación de especies arbóreas, arbustivas, césped, basureros, asientos, gravillas, bebederos e instalación del sistema de riego. Incluye especies nativas como canelo, avellano, notro, roble, coihue y además de especies ornamentales como lavanda, erica, hebe, ceanoto y michay.
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Pavimentos y obras
Consiste en la concertación de obras como pastelón In-situ, Baldosas, calzada de hormigón, adocretos, soleras de tipo A, solerillas, sumideros, canaleta ulma, asta
exteriores de bandera, rejas de acero, placas de hormigón, portones de acero barreras de acceso y muros de contención.
Seguridad Se refiere a la implementación del sistema de seguridad relacionada con el sistema de detección de incendios incluyendo extintores, sistema de audio evacuación, rociadores automáticos, red húmeda, sistema de seguridad electrónica.
Residuos Incluye la instalación y el equipamiento relacionado con el manejo de residuos
sólidos sólidos domiciliaros asimilables y peligrosos.
Protecciones radiológicas
La instalación e incorporación de todas las medidas de protección radiológicas.
Control centralizado
La instalación de del sistema de automatización, que permite regular y controlar en tiempo real el consumo energético de un edificio, de forma automática y con parámetros definidos por el usuario. Considerando Temperatura, iluminación y energía, sistema sanitarios, servicios y seguridad.
Circulaciones verticales (ascensor)
Consisten en la instalación de 9 ascensores y 3 montacargas.
Instalaciones eléctricas y corrientes débiles
La red local se construirá en conformidad a la norma ElA/TIA 568, reglamento y normas establecidas por el SEC, definiéndose como componentes un Centro Principal de Conexiones, el Cableado de Distribución y los Centros de Conexión. Se instalaran las redes de cables y elementos necesarios para construir el Sistema de Cableado de datos y de telefonía. Para esto se considera: construcción de ductería externa, construcción de ductaciones y canalización horizontal, instalación y suministro de enlaces de fibra óptica, instalación y suministro de enlaces telefónicos, instalación y suministro de cableado estructurado, instalación de los equipos de comunicaciones, sistema de telefonía IP, y puesta en marcha de la red.
Instalaciones de gases clínicos
Referido a la instalación de la red de cañerías que presenta un flujo de gases de oxígeno, óxido nitroso, aire comprimido, aire dental, dióxido de carbono, Nitrógeno y vacio. Para todos los Gases con presión positiva, se deberá usar cañería de cobre nacional o importada, sin costura, del tipo “K”, de acuerdo a ASTM B-819, con fittings de cobre para soldar de acuerdo a ANS! B16.22, en la red de vacío en tanto, se usará cañería de cobre tipo “L” Según NCh 2196.
Instalaciones de alcantarillado y aguas lluvias
Instalación terminadas que incluyen pozo, canales, ductos, (PVC /PVCH / Cu), rejillas; cámaras de inspección, cámara decantadora, cámara desgrasadora, redes; pruebas, picados, pasadas, sujeciones; instalación de los artefactos, válvulas, ventilaciones, entre otros.
Instalaciones de gas
Referente a la instalación de la red cañería de gas y los 4 estanques de almacenamiento. La distribución de gas, desde los recipientes de almacenamiento hasta los artefactos de consumo, se hará a través de cobre tipo L. Se consultan los diámetros, ubicación, material y recorridos que indica el plano correspondiente.
Instalaciones de correo neumático
Se refiere a la instalación del sistema de trasporte de artículos variados impulsado por aire, mediante el uso de modernas tecnologías, garantiza envíos asiduos, rápidos y confiables de elementos como: muestras de sangre, muestras de tejidos, resultados de análisis, medicamentos, radiografías, y documentos.
Aseo y entrega
La obra se entregará aseada y libre de escombros, basuras, sobrantes, y suciedad en general. Los vidrios y cristales estarán totalmente lavados, limpios y secos, así como todos los componentes de las fachadas, celosías, elementos metálicos, accesorios, equipos y artefactos incorporados.
Recursos naturales renovables
En relación al suelo, específicamente asociado al movimiento de tierra durante la construcción del proyecto, se establece que se reutilizarán tanto la tierra y el material de escarpe, el cual podría ser utilizado como material de relleno en el terreno del proyecto, según los horizontes edáficos y las características
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geomecánicas lo permitan. Además, se encuentra considerada su utilización en obras de jardinería y proyectos paisajísticos dentro del Complejo Asistencial.
El acopio está contemplado dentro del predio para uso de rellenos en un área de 10.000 m2, los cuales serán cubiertos por una membrana permeable en caso de lluvia para evitar su dispersión, mientras que el material sobrante se clasificará según su composición para posteriormente ser llevado a sitios de disposición final autorizados.
En cuanto al recurso agua, durante el proceso de evaluación se establece que si se utiliza agua de un cauce natural o de un pozo, para la etapa de construcción, se deberán tramitar previamente el correspondiente derecho de aprovechamiento de aguas de uso consuntivo, ante la Dirección General de Aguas Región de La Araucanía,
Emisiones efluentes
y
a) Emisiones atmosféricas
Las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto durante la etapa de corresponden a material particulado, producto de los quipos y maquinaria circulando en el recinto y material inerte suspendido por el tránsito de vehículos pesados. El nivel máximo de emisiones en la etapa de construcción, se estimó considerando un rendimiento máximo de la retroexcavadora, y el tiempo de operación de la maquinaria y camiones. También se consideró que las distancias máximas que recorren los camiones están en función del área de construcción. Las principales fuentes de emisión asociadas a esta fase de construcción, corresponden a:
Actividad Contaminante
PM10 | NOX | CO | HC
Escarpe Xx
Excavaciones Xx
Carga y descarga de material Xx
Tránsito de camiones por caminos no X
pavimentados
Emisiones de combustión maquinaria y vehículos Xx Xx Xx XxX
Las emisiones atmosféricas en toneladas anuales estimadas para el proyecto año 1, corresponden a:
Actividad MP10 co NOX HC
Equipo electrógeno 0,0393624 0,308616 1,34904 0,00227304
Movimiento de | 0,0089775 - - -
material
Escarpe 0,00938384 - - -
Tránsito de | 0,13408626 - - -
maquinarias en recinto
Combustión de | 0,00382214 | 0,01365063 | 0,06747013 | 0,00675416
motores
Excavación 0,0455221 - - -
Total 0,24115424 | 0,32226663 | 1,41651101 | 0,0090272 3
Las emisiones atmosféricas en toneladas anuales estimadas para el proyecto año 2, corresponden a:
Actividad MP10 [0] NOX HC
Tránsito de | 0,13408626 - - -
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maquinarias en recinto
Combustión de | 0,00382214 | 0,01365063 | 0,06747013 | 0,00675416 motores
Total 0,1379084 | 0,01365063 | 0,06747013 | 0,00675416
Las emisiones atmosféricas en toneladas anuales estimadas para el proyecto año 3, corresponden a:
Actividad MP10 co NOX HC
Tránsito de | 0,13408626 - - -
maquinarias en recinto
Combustión de | 0,00382214 | 0,01365063 | 0,06747013 | 0,00675416
motores
Total 0,1379084 ¡ 0,01365063 | 0,06747013 | 0,00675416 b) Ruido
La emisión de ruido provendrá principalmente por la operación de maquinaria, la cual funcionara en un horario diurno, especificamente entre las 08:00 a 17:00 hrs.
Aun cuando el proyecto se encuentra emplaza fuera del radio urbano, durante la etapa de construcción se tomarán medidas preventivas para minimizar el ruido se realizaran las siguientes actividades:
-
Se minimizarán al máximo la realización simultánea de faenas generadoras de ruidos (volteos de materiales, perforaciones, movimiento de tierra, trasporte de camiones), de manera que no aumenten en demasía la presión sonora.
-
Se capacitan a los trabajadores sobre el uso adecuado de la maquinaria generadora de ruidos molestos, tratando de minimizar el uso simultaneo de maquinarias ruidosa, como también de conductas adecuadas que no generen ruidos que afecten a la comunidad.
-
No se efectuarán arreglo de maquinaria, ni se realizaran ruidos de prueba en el área del proyecto.
Los niveles de ruido para el punto de inmisión corresponden a:
Maquinaria LW dB Ruido de | Nivel de ruido en el punto Fondo de inmisión dB
Movimiento de Tierra 115 52,5 54,4
Movimiento de | 103 52,5 52,7
materiales
Equipos estacionarios 98 52,5 52,5
Maquinaria de impacto 126 52,5 61,7
Manipulación de | 95 52,5 52,5
materiales
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan
afectar el medio ambiente.
a) Residuos líquidos
En la etapa de construcción no se prevé la generación de residuos líquidos, solo aguas servidas producto de uso de servicios higiénicos que en primera instancia y de manera provisoria se instalaran baños químicos cuya permanencia no sobrepasará 3 meses, mediante servicios que serán contratados a una empresa externa autorizada. Posterior a los primeros 3 meses, el proyecto contará con conexión al alcantarillado público. Dichos baños químicos se implementaran según la normativa vigente, D.S. 594/99 del Ministerio de Salud. Estos serán retirados por una empresa autorizada exigiendo al contratista la documentación
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que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado. Lo anterior dará cumplimiento con las disposiciones establecidas en los art. 24, 25 y 26 del D.S. N2 594 de 1999 por D.S. 201 de 2001 ambos del MINSAL. Sobre las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo".
Durante la etapa de construcción no se verterá o escurrirá ningún tipo de material, productos o desechos generados a causa de las actividades del proyecto. Toda actividad que signifique arreglo o limpieza de maquinaria o herramientas, se realizara fuera de los terrenos en que se llevará a cabo este proyecto. De esta misma manera el proyecto no considera el lavado de camiones dentro del recinto.
b) Residuos sólidos
La actividad de construcción genera residuos sólidos ya que involucra movimientos de tierra y la utilización de insumos, que a lo largo del proceso constructivo, se trasforman en parte en desechos, estos serán enviado al sitios de disposición final que cuenten con sus autorizaciones al día.
Los residuos sólidos generados en las etapas de construcción y operación del proyecto serán manipulados de acuerdo al procedimiento de manejo de residuos. Para esto los residuos serán separados (Residuos peligrosos (RESPEL), no peligrosos, domiciliarios, etc.), clasificados, almacenados en diferentes contenedores y dispuestos transitoriamente en un sector habilitado para esto (Bodega de RESPEL, contenedor de residuos domiciliarios, etc.). Una vez que se cumpla con la cantidad estipulada de almacenamiento o con el tiempo establecido se enviaran a empresas de disposición autorizadas por la Autoridad Sanitaria.
Referencia al ¡CE para mayores detalles
Capítulo IV. Descripción del Proyecto, ftem 4.2.1.
4.3.2. Fase de operación: La operación del proyecto consiste en el funcionamiento simultáneo del Complejo Asistencial, con una duración estimada de 50 años factiblemente prolongable.
Obras y | La puesta en marcha y operación del proyecto dispondrá de un centro de Acciones responsabilidad que es una unidad de gestión que decide sobre recursos humanos, infraestructura, tecnológicos, insumos, fármacos y otros, para el logro del propósito de la unidad. Comprenderá, entre ellos: - Centro de Responsabilidad de Gestión Clínica Atención Cerrada - Centro de Responsabilidad de Gestión Clínica Atención Abierta - Centro de Responsabilidad de Apoyo Clínico - Centro de Responsabilidad de Apoyo Logístico y Administrativo - Dirección Recursos En cuanto al recurso agua, durante la evaluación se establece que si se utiliza agua naturales de un cauce natural o de un pozo, para la etapa de operación, se deberán tramitar renovables previamente el correspondiente derecho de aprovechamiento de aguas de uso consuntivo, ante la Dirección General de Aguas Región de La Araucanía. Emisiones y | a) Emisiones atmosféricas efluentes Las emisiones atmosféricas en toneladas anuales estimadas corresponden a: Actividad MP10 ¡e0) NOX SOX Grupo electrógeno 0,014058 0,11022 0,4818 0,000811 8 Caldera 0,000680 0,000680 0,007040 | 0,000760
10
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Combustión de | 0,000416 0,000289 0,000896 - ambulancias 7 Total 0,015154 0,1118 0,48973 | 0,001571 7 8 Máximo permitido 1 Sin límite 8 50 (100)
b) Efluentes Líquidos
Se prevé la generación de residuos líquidos de tipo domiciliario, además de los provenientes de lavandería, central de alimentación, lavado de equipamiento utilizado, entre otros. Estos efluentes se conectaran al sistema de alcantarillado de la Comuna de Padre las Casas, debido a su condición de aguas orgánicas y biodegradables.
Los residuos líquidos serán evacuados al Alcantarillado Público a través de un colector de diámetro 600 mm., ubicado a una profundidad de 3,8 m; para lo cual el proyecto cuenta con certificado de factibilidad de la empresa Aguas Araucanía.
De lo anterior se informa, los Residuos Líquidos no contendrán sustancias radiactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables, como lo estipula el D.S. MOP N” 609/98.
Los residuos líquidos generados en laboratorio considerados peligrosos serán trasportados, almacenados y eliminados por la Sociedad de Trasporte y Gestión de Residuos SA, PREVENSUR u otra empresa que cuente con todas las autorizaciones de los órganos correspondientes.
El titular habilitara un lugar de muestreo, al que concurran sus residuos líquidos y al que puedan tener acceso los órganos a cargo de la fiscalización del D.S. MOP N* 609/98, para ello, las cámaras ubicadas en la vía pública y aquellas cuya profundidad sea mayor a 1,85 m, se considerarán públicas del tipo “a”, “b” y especiales de acuerdo al plano tipo HB — e — 1 del ex - SENDOS. Estas cámaras (radieres, pies derechos, conos y chimeneas) se ejecutarán en hormigón de 170 kg.cem/m3, siendo estucadas con mortero de 510 kg.cem/m3 hasta una altura de 0,20 m sobre la banqueta y un espesor de 2 cm. La parte interior de la cámara que no lleve estuco deberá quedar con la superficie lisa, debiéndose usar molde metálico o de madera revestido con metal.
La evacuación de las aguas lluvias de las techumbres, de los pavimentos duros y las aguas lluvia que caen sobre los jardines, escurrirán gravitacionalmente.
c) Ruido
Dada las características del proyecto, durante la etapa de operación no existirán emisiones importantes de ruido.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan atectar el medio ambiente.
a) Residuos sólidos
Al momento de su generación, los residuos deberán ser segregados y almacenados en contenedores de acuerdo a la clasificación detallada según sean: residuos peligrosos, residuos radioactivos de baja intensidad, residuos especiales, residuos patológicos, sangre y productos derivados, corto punzantes, residuos sólidos asimilables a domiciliarios.
- Residuos Peligrosos: se dispondrá en contenedores de Polietileno de Alta
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Densidad de color rojo de capacidad de 20 y 60 litros, en el establecimiento no se realizará ninguna labor de tratamiento a estos residuos.
- Residuos Especiales
Residuos Patológicos: se dispondrán en doble bolsa amarilla debidamente rotulada en contenedores de acero inoxidable de capacidad 20 litros, se despachará por medio de personal designado a la central interna de residuos y se dispondrá en congelador ubicado en la Sala de Residuos del Centro Asistencial, previo despacho por medio de empresa autorizada.
Residuos Corto Punzantes: serán dispuestos en contenedores de características rígidas, algunas alternativas de almacenaje primario: cajas safebox, envases plásticos y de hojalata, además de cajas de fármacos, sueros, todas las anteriores de carácter desechable junto con su contenido. Los contenedores una vez completada su capacidad deben ser sellados y envasados en bolsas de color amarillo, debidamente rotuladas "corto punzantes” y serán retirados por el auxiliar designado y entregado a la central interna de residuos del Centro Asistencial.
Residuos Especiales (Excepto Patológicos y Corto Punzantes): deberán ser dispuestos en contenedores de acero inoxidable accionados por pedal de 20 litros de capacidad, recubiertos en su interior con bolsa plástica de color amarillo. Estos contenedores se simbolizan y se indica una propuesta de recorrido para su traslado a la central interna de residuos del Centro Asistencial para su almacenamiento y tratamiento por medio de autoclave.
- Residuos Asimilables a Domiciliarios: todos los recintos tales como oficinas administrativas, secretarias, salas de espera, estaciones de enfermería, salas de hospitalización, patios exteriores, etc. se dotarán de contenedores con capacidad de 20 litros de color gris. En las salas de servicios higiénicos se dotarán cada WC con contenedores de plástico con tapa, de capacidad de 20 litros. Estos contenedores también serán de color gris.
Cálculo de peso y volumen de los residuos sólidos hospitalarios por tipo de residuos:
Tipo de Residuo | % Peso Unitario | Densidad | Peso Volumen (kg/cama) (ke/1) total (kg) | Total (1)
Asimilable a|80 |0,36 0,4 835 2.090
domiciliarios
Especiales 16 |0,72 - 167 566
Peligrosos 4 0,18 0,25 41,76 165
Total 100 | 4,5 - 1.044 2.820
Tipo de Residuo Total Mensual (ton) | Total Anual (ton)
Asimilable a domiciliarios | 25,05 300,6
Especiales 5,02 60,24
Peligrosos 1,24 14,88
Total 31,32 375,84
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo IV. Descripción del Proyecto, ítem 4.2.2.
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4.3.3. Fase de cierre
El diseño del proyecto no contempla fase de abandono, ya que como parte de la infraestructura pública puede ser concesionada nuevamente o en su efecto pasar a ser responsabilidad del Estado para hacerse cargo de su operación, en caso de suspenderse o extinguirse la administración de esta por parte del Servicio de Salud Araucanía Sur y en base a lo anterior, las medidas a implementar en caso de ejecutarse la etapa de abandono del proyecto, considera el termino de las actividades del Complejo Asistencial y el acondicionamiento de la infraestructura para un nuevo uso estatal, donde el nuevo proyecto o uso de la edificación pública. La etapa de abandono considera un periodo de 7 meses, contando desde el término de actividades del Complejo Asistencial Padre las Casas. La mano de obra en ta fase de abandono se estima asciende a 80
trabajadores.
Referencia al ICE para mayores detalles
Capítulo IV. Descripción del Proyecto, ítem 4.2.3.
4.4. Descripción de las fases del Proyecto
4.4.1. Fase de construcción
Fecha estimada de inicio
Noviembre 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
El inicio de la fase de construcción está determinado por la instalación de faenas.
Fecha estimada de término
Esta etapa dura aproximadamente 3 años.
Parte, obra o acción que establece el término
Término de la obra de construcción, específicamente con la etapa de aseo y entrega.
4.4.2. Fase de operación
Fecha estimada de inicio
Noviembre de 2018.
Parte, obra o acción que establece el inicio
El inicio de la fase de operación está determinado por el término de la obra, específicamente con el término de la etapa de aseo y entrega, correspondientes a la etapa de construcción del proyecto.
Fecha estimada de término
2068, factiblemente prolongable.
Parte, obra o acción que establece el término
Declaración del termino de actividades por parte del Complejo Asistencial Padre las Casas.
4.4.3. Fase de cierre
Fecha estimada de inicio
La vida útil del proyecto se estima por un periodo mínimo de 50 años, factiblemente prolongable.
Parte, obra o acción que establece el inicio
En lo que dice relación a la gestión, acto o actividad, que dé cuenta del inicio a la ejecución de la etapa de abandono se considera la declaración del termino de actividades por parte del Complejo Asistencial Padre las Casas, el cual será el hito que da inicio formal al cierre y abandono del proyecto. Realizando el retiro de la maquinaria hospitalaria e insumos hospitalarios y efectuando la clausura-cierre de todas las salas de usos especiales. Finalizando con el contrato de los proveedores de insumos y servicios, dando paso al cierre perimetral.
Fecha estimada de término
Se estima un tiempo de 7 meses aproximadamente.
Parte, obra o acción que establece el término
Carta de aviso a Comisión de Evaluación y a la Superintendencia de Medio Ambiente.
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5” Que, durante el proceso de evaluación se han presentado los antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300:
5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y
residuos
Impacto no significativo
El proyecto no genera emisiones significativas de compuestos que de acuerdo a su composición, frecuencia y duración sean peligrosos para la salud de la población,
En cuanto a los niveles de ruido, el proyecto cumple con la normativa vigente.
El proyecto no presenta exposición de emisiones y efluentes significativos sobre recursos naturales renovables.
Los valores mencionados anteriormente se encuentran pormenorizados en el punto 4.3.1 y 4.3.2 de la presente Resolución.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo Vi. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, punto 6.1.
Considerando el expediente de evaluación ambiental se puede concluir que el proyecto no generará riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de sus emisiones, dando cumplimiento a la normativa ambiental vigente, toda vez que éstos son de baja envergadura y que estarán contralados. Lo anterior además es manifestado por la SEREMI de Salud en su Ord. N* A20-1731 de fecha 29 de julio de 2015, en el que establece su conformidad con el
proyecto.
5.2. Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Impacto no significativo
E! predio de ubicación planteada para el proyecto es colindante con el centro urbano de Padre Las Casas. El proyecto contempla la edificación sobre una superficie de 4 ha, que si bien tiene una clase de uso de suelo de aptitud agrícola presenta limitaciones. Actualmente no presenta ningún uso agrícola producto de limitantes definidas en la clase de uso que lo hacen poco productivo.
La ejecución del proyecto no afectaría la diversidad biológica ni su capacidad de regeneración. El predio está constituido en su totalidad por praderas de origen natural de antigua actividad agrícola con presencia de arbustos de zarzamora (Rubus Spp.), sin indicios de especies silvestres en estado de conservación.
Las actividades a desarrollar durante las fases de construcción y operación, lo niveles de ruido no alterarán significativamente el hábitat de la fauna nativa del entorno; considerando las características propias del sector y la movilidad de las especies que lo utilizan.
El proyecto no genera impacto por la utilización de productos químicos o residuos ya que en la etapa de operación se generaran residuos sólidos domicifiarios que serán recolectados por el servicio municipal, para su adecuada disposición final; y los residuos hospitalarios serán almacenados en salas especialmente acondicionadas para ser retirados por una empresa que cumpla con las normativas de traslado y disposición, otorgados por la autoridad sanitaria.
El proyecto no intervendrá recursos hídricos considerablemente, respecto al aporte de aguas lluvias se debe dar cuenta que estas serán captadas y eliminadas por zanjas y pozos de infiltración.
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Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación.
Referencia al ¡CE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, punto 6.2.
Considerando el expediente de la evaluación ambiental se concluye que el proyecto no generará ni presentará efectos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
5.3. Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Impacto no significativo
El proyecto no generara ningún cambio en el sustento económico o en el uso tradicional ya que no se encuentran grupos humanos en el área de emplazamiento propuesta para el proyecto; adicionalmente se debe considerar que actualmente el predio no presenta ningún uso.
El área del proyecto y sus actividades no tienen influencia significativa sobre la condiciones de circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento; ni sobre la calidad de bienes, equipamientos, servicios básicos e infraestructura básica.
No existen antecedentes que den cuenta que en el predio propuesto para el emplazamiento del proyecto se realizan manifestaciones de tradiciones, cultura o intereses comunitarios. Si bien en el predio continuo existen instalaciones que son usadas por distintas Asociaciones Indígenas, aunadas en el Consejo Maquehue; en reunión sostenida el día 25 de abril de 2015 (Acta de Visita SEA N* 379 /2015), los integrantes de dicho consejo manifestaron conocer los alcances del proyecto y apoyar esta iniciativa, toda vez que considerar que este Complejo Asistencial, vendrá a satisfacer necesidades asociadas a requerimientos de Salud Pública.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, ítem 6.3.
Considerando los pronunciamientos de los servicios técnicos involucrados y el expediente de evaluación ambiental se puede concluir que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Lo anterior además es manifestado por CONADI en su Ord. N? 639 de fecha 21 de julio de 2015, en el que establece su conformidad con el proyecto.
5.4, Localización próxima a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar
impacto no significativo | El proyecto no afecta significativamente ninguna población o comunidad, porque se emplazará en un sector rural colindante con el centro urbano de Padre Las Casas, alejada de recursos o áreas protegidas, susceptibles a ser afectadas. Si bien en el predio continuo existen instalaciones que son usadas por distintas Asociaciones Indígenas, aunadas en el Consejo Maquehue; en reunión sostenida el día 25 de abril de 2015 (Acta de Visita SEA N” 379/2015), los integrantes de dicho consejo manifestaron conocer los alcances del proyecto y apoyar esta iniciativa, toda vez que considerar que este Complejo Asistencial, vendrá a satisfacer necesidades asociadas a requerimientos
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de Salud Pública.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación.
Referencia al [CE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo Vi. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, punto 6.4.
El proyecto no se ubica en o próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como tampoco altera el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. Respecto de la cercanía a áreas protegidas, en este caso población indígena, hay que dar cuenta que no existe afectación respecto de extensión, magnitud o duración en las áreas donde estos habitan, por lo demás en reuniones de trabajo sostenidas sus habitantes manifestaron conocer el proyecto y estar de acuerdo con dicha iniciativa (Acta de Visita SEA N* 379/2015).
5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la Zona
Impacto no significativo | La zona de emplazamiento del proyecto ya presenta intervención antrópica, por lo que no posee un valor paisajístico y/o turístico significativo que pueda verse afectado por la realización del proyecto.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Capítulo VI. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, punto 6.5.
Se puede establecer que el proyecto no generará o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona. Lo anterior además es manifestado por SERNATUR en su Ord. N” 86 de fecha 27 de abril de 2015, en el que establece su conformidad con el proyecto.
5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en
general, los pertenecientes al patrimonio cultural
Impacto no significativo
El proyecto no se localiza próximo a monumentos nacionales definidos por la Ley N2 17.288.
En la prospección arqueológica realizada en la zona en la que se plantea la construcción del proyecto, no se encontraron evidencias de existencia de algún elemento que tenga valor antropológico, arqueológico, histórico, ni algún elemento pereciente al patrimonio cultural.
En el sitio del proyecto no se desarrollan manifestaciones habituales propias de la cultura o folclore como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados ya que no se evidencian elementos indicadores de la realización de dichas actividades ni existen antecedentes de las mismas. Si bien en el predio continuo existen instalaciones que son usadas por distintas Asociaciones Indígenas, aunadas en el Consejo Maquehue; en reunión sostenida el día 25 de abril de 2015 (Acta de Visita SEA N* 379 /2015), los integrantes de dicho consejo manifestaron conocer los alcances del proyecto y apoyar esta iniciativa, toda vez que considerar que este Complejo Asistencial, vendrá a satisfacer necesidades asociadas a requerimientos de Salud Pública.
Parte, obra o acción que lo genera
Construcción en instalación de faenas, Construcción y Operación del Complejo Asistencial.
Fase en que se presenta
Construcción y Operación.
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Referencia al ICE para | Capítulo VI. Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad mayores detalles sobre | no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, este impacto específico | punto 6.6.
El proyecto no se encuentra próximo a ningún monumento nacional, histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en la ley N217.288 de Monumentos Nacionales. No genera o presenta alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio.
6” Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos Ambientales Sectoriales mixtos
6.1.1. Permiso Ambiental Sectorial N 140. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, de acuerdo a lo establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley N 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario, y siempre que no corresponda la aplicación de otro permiso ambiental sectorial por la misma acción.
Fase del Proyecto | Construcción y Operación a la cual corresponde
Parte, obra O¡ Operación del sistema de tratamiento de residuos sólidos. acción a que
aplica Condiciones o | La estimación de residuos durante la etapa de construcción corresponde a: exigencias específicas para || Tipo de residuos Volumen su otorgamiento Fierros y chatarra 13.928 m3/año Residuos inertes de construcción | 1.661 m3/año Residuos domiciliarios 51.114 m3/año Residuos sólidos peligrosos 2.926 m3/año
Para la reducción, reutilización, recuperación, reciclaje o posterior disposición final de los residuos sólidos y dar cumplimiento con el DS N” 594/00 del MINSAL, se definirán áreas en las que se clasifique y acumule transitoriamente y se contratarán empresas que se preocupen de la disposición final. De esta manera en la construcción de este proyecto se optará por la recuperación para reutilización, reciclaje y/o disposición final previo tratamiento.
Los fierros y chatarras serán clasificados según las posibilidades de ser reutilizados, los que no son factibles de reutilizar serán enviados a reciclaje o serán enviados a empresas de disposición de materiales inertes.
Residuos inertes de construcción serán separados por origen, para un posterior acopio dentro de las instalaciones. Mientras que para el trasporte los camiones destinados a ello cumplirán, el artículo N2 30 del D.F.L 850/1997, que da cumplimiento al peso máximo por eje establecido y el artículo N2 36 del D.S. 75/1987, ser debidamente cubiertos para impedir el vertido hacia cualquier ruta o vía. La disposición final se realizara por empresas de disposición de materiales inertes debidamente autorizadas.
Restos de pinturas y solventes serán almacenados en una bodega para residuos peligrosos, la cual cumplirá con las exigencias establecidas en el D.S.148, que consideren suelo impermeable, señalética, sistema de contención de derrames, equipo para extinción de fuego, etc. El almacenaje será en los envases originales.
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De esta bodega serán trasladados, en transportes autorizados para el traslado de residuos peligrosos, a una empresa de disposición final que cuente con la autorización de la Autoridad Sanitaria correspondiente.
Los residuos domésticos serán almacenados en contenedores cerrados para eliminar el contacto con vectores y serán retirados por el servicio municipal para ser llevados a los vertederos autorizados. Estos residuos serán dispuestos en contenedores de 110 Litros, previo a su retiro.
Dentro de las medidas generales de manejo, se establecerán zonas de acopio diferenciadas, en las cuales los residuos sólidos estarán en contenedores hasta que se presente el servicio de disposición final con autorización correspondiente. Como destino final de estos residuos se utilizarán empresas de disposición que cuenten con la autorización vigente de funcionamiento, mientras que el traslado se realizará en camiones y contenedores adecuados para cada tipo de desecho. Las empresas de transporte deberán contar con las autorizaciones de la Autoridad Sanitaria.
La estimación de residuos durante la etapa de operación corresponde a:
Tipo de Residuo Total Mensual (ton) Total Anual (ton) Asimilable a domiciliarios 25,05 300,6 Especiales 5,02 60,24 Peligrosos 1,24 14,88 Total 31,32 375,84
Para los residuos de procesos clínicos el servicio de almacenamiento, retiro, trasporte y eliminación de residuos peligrosos y especiales en establecimientos SSAS, será realizado por empresas que cuenten con sus respectivas autorizaciones sanitarias.
El proyecto no se considera planta de tratamiento de residuos, los contenedores en donde se manejen los residuos corresponden a recipientes cerrados (tiempo máximo 48 horas), por lo que no existirán emisiones.
No se considera sistema de rechazo, solo se considera un sistema de selección que permita que solo los residuos de carácter no peligroso sean dispuestos en los receptáculos, esto se realizara con inspecciones y capacitación periódica del personal.
Existirá una sala de almacenamiento, destinadas al acopio de residuos sólidos previo a su envío a eliminación o disposición final en una instalación externa. Contempla áreas o sectores delimitados y debidamente señalizados, éstos son: Sector de Residuos Asimilables a Domiciliarios, Sector de Residuos Peligrosos y Especiales, Sectores de Lavado de Carros y Contenedores, Sector para personal, área cambio de ropa, servicios higiénicos.
En el sector de Residuos Asimilables a Domiciliarios, se establece un área de acumulación y un área de lavado de carros y contenedores. Lo capacidad proyectada de almacenamiento contempla al menos dos días de generación como factor de seguridad.
En la sala se considera un área separada, para los residuos especiales: cortopunzantes y patológicos, y otros que lo requieran, los cuales serán acumulados para tratamiento posterior por medio de trituración y autoclave o despacho al sistema de disposición final preestablecido del Centro Asistencial.
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La capacidad máxima de almacenamiento está considerada en 600 kg.
Se almacenará en contendores cerrados con tapa con ruedas, del tipo que permite levantar y descargar en el camión de recepción de basuras, será cerrado a las inclemencias del tiempo y se ubicará sobre las losas existentes.
Pronunciamiento del órgano competente
El PAS 140, ha sido informado favorable por la SEREMI de Salud mediante su Ord. N? A20-1731de fecha 29 de julio de 2015.
6.1.2. Permiso Am
biental Sectorial N* 142.- Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de
residuos peligrosos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N” 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto
Construcción
a la cual
corresponde
Parte, obra o |¡ Operación de la bodega de residuos peligrosos
acción a que
aplica
Condiciones o | El sitios de almacenamiento corresponde a una salas de acopio para la totalidad de exigencias residuos peligrosos descritos en el Decreto 148/2004 de Ministerio de Salud, específicas para | presentando un cierre perimetral con un techo a una altura de 2,30 m, con piso
su otorgamiento
permeable, ventilación, iluminación, rotulación y plan de emergencia y contingencia. El diseño de la sala de acopio contempla:
-
Puerta con cierre ajustado, provista de cerrojo
-
Ventanas con malla mosquetera para evitar el ingreso de vectores de interés sanitario.
-
Piso y revestimiento de muros con material permeable de color claro
-
Cielo con pintura epóxica que permitirá la limpieza oportuna y completa
-
Sectores de lavado y desinfección de contenedores con acceso a red de agua potable y evacuación al alcantarillado
-
Mueble para guardar elementos de aseo e implementos para realizar control de derrames de acuerdo a lo descrito en el Plan de Manejo
-
Lavamanos para personal
-
Sensores de humo en los distintos puntos de almacenamiento
-
Extintores de polvo químico seco ABC de 4 kg. (Control de posibles incendios)
-
Luz natural y artificial.
-
Rótulos externos e internos, que indiquen las clases y divisiones de las sustancias almacenadas
La generación de residuos peligrosos durante la etapa de construcción se estimados en 2.926 m3/año. La capacidad máxima de almacenamiento de la sala corresponde a 90 m3/mes.
Los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega de uso exclusivo, con restricción de acceso a sólo personal autorizado. Dichos residuos serán almacenados en contenedores de 110 litros, de alta densidad, estabilizados contra la degradación debido a los rayos UV.
Como medio de aislación de las sustancias peligrosas del medio natural, los residuos serán almacenados en una bodega acondicionada y en contenedores adecuados, por lo tanto también están ajenos a las condiciones meteorológicas exposición solar, intensidad de lluvias y dirección de vientos.
La bodega de almacenamiento presenta un piso permeable, con un perímetro completamente cerrado, contará con equipamiento para el control de derrames.
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La generación de residuos peligrosos durante la etapa de construcción se estima, corresponden a 2.926 m3/año.
Pronunciamiento del órgano competente
El PAS 142, ha sido informado favorable por la SEREMI de Salud mediante su Ord. N* A20-1731de fecha 29 de julio de 2015.
viviendas sociales o
informes favorables con Fuerza de Ley
6.1.3. Permiso Ambiental Sectorial N” 160.- Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de
de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los
requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e
que se establecen respectivamente en los incisos 3 y 4” del artículo 55 del Decreto N 458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de
Urbanismo y Construcciones.
Fase del Proyecto
Construcción y Operación.
su otorgamiento
a la cual
corresponde
Parte, obra o | Habilitación del Centro Asistencial
acción a que
aplica
Condiciones o | Superficie de 4 ha correspondientes al emplazamiento del Complejo Asistencial de exigencias Padre Las Casas, predio denominado Lote-A de Rol de evalúo N” 3209-1, ubicado específicas para | en el margen sur del Río Cautín.
Pronunciamiento del órgano competente
El PAS 160, ha sido informado favorable por la SEREMI de Agricultura, a través de su Ord. N* 6578 de fecha 23 de abril de 2015
7” Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la
siguiente:
Normativa aplicable y cumplimiento
Componente Aire
- Norma Decreto Supremo N2 144/61
Materia regulada
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza
Organismo regulador
Ministerio de Salud
Etapa del proyecto correspondiente
Construcción y Operación
Materia
El principio general de esta normativa, se encuentra en su artículo 1, que expresa "Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes, de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario."
Relación con el proyecto
Movimiento de tierra, excavaciones y en general las actividades relacionadas con la etapa de construcción y operación del proyecto.
Forma en que cumple
En la estimación de emisiones atmosféricas, se especifican las estimaciones realizadas y las medidas que se tomarán para minimizar las emisiones atmosféricas, de modo tal que los problemas que se generen a la comunidad sean los menores posibles.
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Indicador de cumplimiento
-
Registro de salida de los camiones con encarpado.
-
Registro de mantenciones: Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaría existente en el proyecto
-
Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro de humectación de caminos, la realización de esta práctica disminuye la emisión por resuspensión de material particulado.
-
Decreto Supremo N* 138/05
Materia regulada Establece obligación de declarar emisiones Organismo regulador Ministerio de Salud Etapa del proyecto correspondiente Operación
Materia
Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto, deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan a continuación.
Estarán afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes, las fuentes fijas que correspondan a los siguientes rubros, actividades o tipo de fuente:
-
Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente
-
Producción de celulosa
-
Fundiciones primarias y secundarias
-
Centrales termoeléctricas
-
Producción de cemento, cal o yeso
-
Producción de vidrio
-
Producción de cerámica
-
Siderurgia
-
Petroquímica
-
Asfaltos
-
Equipos electrógenos
Relación con el proyecto
Las emisiones se declararán anualmente debido a:
-
Calderas generadoras de vapor y/o agua caliente, cuyo consumo energético de combustible sea igual o superior a 1 Mega Joule por hora.
-
Equipos electrógenos (mayores a 20 KW)
Forma en que cumple
Se Ingresará al sitio: www.retc.cl "Declaración de Fuentes Fijas Atmosféricas” y luego se realizará la declaración del proyecto completando la información de los Formularios.
Indicador de cumplimiento
-
Verificar el ingreso al sistema de Declaración de Fuentes fijas atmosféricas (www.retc.cl) de forma anual.
-
Decreto Supremo N?2 78/00
Materia regulada Establece el Plan de descontaminación atmosférica de Temuco y Padre Las Casas. Organismo regulador Ministerio Secretaría General de Gobierno Etapa del proyecto correspondiente Construcción y Operación Materia
Plan de Descontaminación Atmosférica por MP10 para Temuco y Padre Las Casas.
Relación con el proyecto
Movimiento de tierra, excavaciones y en general las actividades relacionadas con la etapa de construcción y operación del proyecto.
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RCA N”204/2015 DIA proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”
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Forma en que cumple
En la estimación de emisiones atmosféricas, se especifican las estimaciones realizadas y las medidas que se tomarán para minimizar las emisiones atmosféricas, de modo tal que los problemas que se generen a la comunidad sean los menores posibles.
Indicador de cumplimiento
-
Registro de salida de los camiones con encarpado.
-
Registro de mantenciones: Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto
-
Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro de humectación de caminos, la realización de esta práctica disminuye la emisión por resuspensión de material particulado
Componente Ruido
- Decreto Supremo N238/2011
Materia regulada Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas Organismo regulador Ministerio Secretaria General de la Presidencia de la Republica Etapa del proyecto correspondiente Construcción Materia
Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora continuos equivalentes y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados a la comunidad por las fuentes fijas.
Los niveles de presión sonora establecidos en este decreto rigen en el radio urbano de una comuna, aplicándose el estándar de calidad sonora de la Zona Afectada por los ruidos molestos, de acuerdo al uso de suelo.
Nivel corregido de inmisión de ruido
Tipo de zona | Uso de suelo permitido Día 7 a 21 horas | Noche 21 a 7 Hrs Zona | Habitacional y equipamiento a escala 55 45 Zona Il Habitacional y equipamiento a escala 60 A5 Zona ll Como Zona |! + Industria 65 50 Zona IV Industria exclusivo 70 70 Zona Rural Agrícola, etc. Nivel de ruido de fondo + 10dB(A)
Zonalll65 | Zonalll50
Relación con el proyecto
En la etapa de construcción genera emisiones de ruidos típicas a este tipo de actividades, las que se deben principalmente al uso de maquinarias.
Forma en que cumple
Junto a la Declaración de Impacto Ambiental, se presentan los valores que permiten determinar que tas emisiones generadas cumplen con la normativa en las distintas etapas que componen el proyecto.
Indicador de cumplimiento
- De acuerdo a las proyecciones de ruido, presentadas en el Anexo 7 de la DÍA, incorporando las medidas de control propuesta en dicho informe, se establece que en ninguna de las fases se supera la normativa. Aunque de igual manera se contemplan al menos dos mediciones de ruido durante la etapa de construcción.
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Normativa asociada a Residuos Sólidos
- D.F.L N2 725/67 Código Sanitario
Materia regulada Disposición Residuos Sólidos
Organismo regulador Ministerio de Salud
Etapa del proyecto correspondiente Construcción y Operación Materia
El artículo 80 señala que "Corresponde al servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase".
Relación con el proyecto
En la etapa de construcción se generan los residuos típicos que se asocian a las actividades de construcción (tierra, escombros, desechos de materiales, entre otros). En la etapa de operación se generaran residuos de tipo domiciliario y asociados a los establecimientos de salud.
Forma en que cumple
Los residuos asociados a las actividades constructivas (tierras, escombros y desechos) serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito, los residuos serán retirados para ser llevados a lugares autorizados de disposición final.
El titular se preocupará que los camiones utilizados para el trasporte de estos residuos reúnan las condiciones técnicas señaladas en el DS N*2 75/87 del Ministerio de Trasporte y Telecomunicaciones y que los residuos se dispongan en lugares debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.
En la etapa de operación se generarán residuos de tipo domiciliario, contenidos en los artículos 79 y 80 del D.F.L N2 725/67, Código sanitario. Respecto al retiro de los residuos domiciliarios, este estará a cargo del servicio municipal.
Indicador de cumplimiento
- Autorización sanitaria para las bodegas de almacenamiento de residuos peligroso y no peligroso.
- Registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos.
-
Registro de disposición en un sitio autorizado, para los residuos no peligrosos.
-
Decreto Supremo 148/03
Materia regulada Manejo de Residuos Peligrosos Organismo regulador Ministerio de Salud Etapa del proyecto correspondiente Operación
Materia
Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, trasporte, tratamiento, reutilización, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
Relación con el proyecto
De acurdo al Artículo 18, los residuos hospitalarios se consideran peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad.
Forma en que cumple
El titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las etapas del proyecto cumplan con la normativa vigente (MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de residuos Peligrosos)
Indicador de cumplimiento
- Autorización sanitaria para las bodegas de almacenamiento de residuos peligroso y no peligroso.
- Registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos.
-
Registro de disposición en un sitio autorizado, para los residuos no peligrosos.
-
Reglamento sobre manejo de residuos de establecimiento de atención de salud (REAS) Decreto N? 6 DE 2009
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Materia regulada Residuos Sólidos Organismo regulador Ministerio de Salud Etapa del proyecto correspondiente Operación
Materia
Reglamento sobre manejo de residuos en establecimientos de salud
Relación con el proyecto
Artículo 1* El presente reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad básicas a las que deberá someterse el manejo de los residuos generados en establecimientos de atención de salud.
Forma en que cumple
El proyecto contemplará todas las condiciones, sanitarias y de seguridad dispuestas en dicho reglamento.
Indicador de cumplimiento
- Autorización sanitaria para las bodegas de almacenamiento de residuos peligroso y no peligroso.
- Registro del retiro y disposición final de los residuos peligrosos.
- Registro de disposición en un sitio autorizado, para los residuos no peligrosos.
Normativa asociada a Vialidad
- Decreto Supremo 158/80
Materia regulada Fija el peso máximo de vehículos permitidos en caminos públicos Organismo regulador Ministerio de obras públicas Etapa del proyecto correspondiente Construcción Materia
Con el objeto de evitar el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos, la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas por medio del presente Decreto Supremo, estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de carga podrán circular por los caminos del país.
Asimismo, establece que para trasportar carga indivisible con peso bruto superior a 45 toneladas debe solicitar permiso especial en la Dirección de Vialidad.
Relación con el proyecto
En la etapa de construcción del proyecto se contempla el trasporte de camiones con carga hacías y desde la obra.
Forma en que cumple
El titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las etapas del proyecto cumplirán con esta normativa.
Indicador de cumplimiento
- El proyecto cumplirá con las dimensiones máximas de los vehículos registrando sus dimensiones en toda la etapa de construcción.
-
Ficha de registro dimensiones de camiones.
-
Decreto Supremo N? 75/87
Materia regulada Establece condiciones para el trasporte de carga Organismo regulador Ministerio de Trasporte y Telecomunicaciones Etapa del proyecto correspondiente Construcción Materia
El Artículo 2, que establece que los vehículos que trasporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caer al suelo, debe estar constituidos de manera que ese escurrimiento o caída no se produzca por causa alguna.
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Relación con el proyecto
Todas las actividades relacionadas con el trasporte de materiales (insumos y desechos) durante la etapa de construcción del proyecto.
Forma en que cumple
Los camiones que trasporten materiales, serán cubiertos correctamente con un material impermeable, por lo que se intentara minimizar los escurrimientos o caídas involuntarias, adicionalmente se controlara el nivel de carga de los camiones antes de salir de la zona del proyecto.
Indicador de cumplimiento
- Registro de salida de los camiones con encarpado.
- Registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de los camiones involucrados en esta fase.
Patrimonio Arqueológico
- Ley 17.288 de Monumentos Nacionales
Materia Regulada Patrimonio arqueológico y monumentos nacionales Organismo regulador Ministerio de educación Etapa del proyecto correspondiente Construcción Materia
El artículo 21, señala que por el solo Ministerio de la Ley son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado, los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropo-arqueológicas que existen sobre o bajo la superficie del territorio nacional, incluidas las piezas paleontológicas. Por ello el Artículo 26 de la Ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos.
Los objetos que formen por parte o pertenezcan a un monumento histórico no podrán ser removidos sin autorización del Consejo, el cual indicará la forma de proceder en cada caso. Si el monumento fuere un lugar o sitio eriazo, este no podrá excavarse o edificarse sin haber obtenido previamente autorización del Consejo de Monumentos Nacionales.
Forma en que cumple
El Trabajo en terreno no entregó resultados positivos en cuanto a la identificación en superficie de bienes patrimoniales ni arqueológicos en el área de influencia directa del proyecto.
De acuerdo a los antecedentes analizados en conjunto con la vista a terreno se concluye que no existe evidencia de materiales culturales o asentamientos arqueológicos ni tampoco elementos relevante del patrimonio cultural en el área del proyecto.
Finalmente y en conformidad a la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto, se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo y se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.
Indicador de cumplimiento
Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a to dispuesto en el artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la citada Ley; cuyo documento (carta /oficio) será mantenido como registro.
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Ambiente Laboral. Condiciones ambientales, de higiene y seguridad en los lugares de trabajo
- D.S N2594/00 - Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo
Materia regulada Condiciones de los lugares de trabajo Organismo regulador Ministerio de Salud Etapa del proyecto correspondiente Construcción
Materia
En materia de condiciones sanitarias, el reglamento establece las normas sobre provisión de agua potable, disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, servicios higiénicos, de evacuaciones de aguas servidas y guardarropía y comedores.
En materia de condiciones ambientales. El reglamento establece las prohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos capaces de provocar efectos adversos en el trabajador, la contaminación ambiental.
Forma en que cumple
Durante la etapa de construcción se dispongan instalaciones temporales que contemplan la conexión al sistema público de agua potable de manera de proveer a los trabajadores de agua potable en cantidad suficiente para su consumo particular y el proyecto.
Asimismo, durante la etapa de construcción se construirán con carácter temporal, instalaciones sanitarias en número y condiciones conforme a los artículos 20 a 25 del Reglamento en comento, de manera de proveer a los trabajadores de servicios higiénicos suficientes para su uso particular. Por último, durante la etapa de construcción se construirán y mantendrán, guardarropías y comedores suficientes, de manera de dotar a los trabajadores que se mudan y consumen alimentos, de las condiciones adecuadas para tales fines.
En materia de condiciones ambientales, el reglamento establece las prohibiciones y los límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos capaces de provocar efectos adversos en el trabajador y la contaminación ambiental.
Agentes Químicos: Las actividades del proyecto no contemplan el uso de ninguno de los elementos químicos prohibidos en el Artículo 59 del reglamento, ni la superación de ninguna de las concentraciones ambientales de las sustancias químicas que se señalan en el Artículo 60 del mismo Código.
Agentes Físicos Ruido: Las actividades del proyecto se enmarcaran dentro de las normas sobre exposición ocupacional al ruido, tanto continuas como de impacto, establecidos en los Artículos 64 al 72 del Reglamento. Los trabajadores expuestos usarán los elementos de seguridad (protectores auditivos, audífonos, etc.) recomendados para este tipo de faena.
Vibraciones: las actividades del proyecto cumplirán con los Artículos 76 y 77 reglamento, relativos a los límites de vibración oscilatoria.
Iluminación: Las actividades del proyecto se realizaran preferentemente a luz natural, de conformidad con el Artículo 91 del reglamento. Las actividades del proyecto se realizaran (preferentemente) en días hábiles y en horario diurno. No existirá exposición ocupacional a otros agentes o factores físicos ni biológicos.
Indicador de cumplimiento
-
Registro entrega de EPP: Durante todas las fases del proyecto se le exigirá a la empresa así como a las empresas contratistas la entrega de los EPP exigidas por la normativa vigente
-
Registro de Capacitaciones e inducciones
-
Registro contrato con empresa de mutualidad.
-
Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro de humectación de caminos: La realización de esta práctica disminuye la emisión por resuspensión de material particulado
-
Autorización empresa prestadora del servicio de baños químicos y factura por arriendo de los servicios.
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D.S 594/00 | Etapa Construcción Operación Cierre
Articulo 16 | Ninguna sustancia | Ninguna sustancia | Ninguna sustancia peligrosa será vertida | peligrosa ni residuos | peligrosa será eliminada en el sistema de | hospitalarios serán | por el sistema de alcantarillado, ya que en | eliminadas por el sistema | alcantarillado ya que en esta etapa el proyecto | de alcantarillado, en esta | esta etapa se prevé que el contempla . la | etapa se contempla ta |cese de funciones del construcción de una | utilización de una sala de | hospital por lo cual no sala de acumulación de | residuos peligrosos ' y | generaría desechos residuos peligrosos para | hospitalarios las cuales | hospitalarios y los residuos su posterior trasporte y | contaran con la | peligrosos se almacenaran retiro por una empresa | autorización pertinente de | en la sala de residuos pertinente. funcionamiento, para su | peligrosos (hasta su
próximo retiro y | clausura) para su posterior disposición final por parte | disposición final por medio de una empresa | de una empresa certificada. pertinente.
Articulo 17 | No se utilizarán las | No se utilizarán las napas | No se utilizarán las napas napas subterráneas, | subterráneas, para la |subterráneas, para la para la eliminación de | eliminación de ningún tipo | eliminación de ningún tipo ningún tipo de residuos | de residuos líquidos. de residuos líquidos. líquidos.
Artículo 18 | Se considera solicitar | Se considera solicitar PAS | Se considera utilizar la sala PAS 140 y 142. 140 y 142. de residuos peligrosos
hasta su clausura.
Articulo 19 | La disposición final de | La disposición final de los | La disposición final de los los residuos generados | residuos generados por el | residuos generados por el por el proyecto serán | proyecto serán efectuados | proyecto serán efectuados efectuados a través de | a través de la contratación | a través de la contratación la — contratación de | de una empresa certificada | de terceros para dar terceros para dar | PREVENSUR. cumplimiento al D.S cumplimiento al D.S 594/00.
594/00.
Articulo 20 | En esta etapa se | En esta etapa se considera | En esta etapa se considera considera el registro y | el registro y seguimiento | el registro y seguimiento seguimiento de los | de los residuos peligrosos | de los residuos peligrosos residuos peligrosos | generados, para su | generados, para su generados, para su | posterior declaración, a la | posterior declaración, a la posterior declaración, a | autoridad sanitaria. autoridad sanitaria. la autoridad sanitaria.
Articulo 24 | Se divisa la instalación | No aplica No aplica transitoria de letrinas sanitarias, dotando 12 WC, 12 lavatorios y 20 ducha según lo establece el artículo 23.
Por menos de 60 días. Las cuáles serán sanitizadas.
Articulo 26 | En primera instancia | Las aguas domesticas serán | Las aguas domesticas serán serán eliminadas en las | eliminadas por el sistema ¡ eliminadas por el sistema letrinas sanitarias para | de alcantarillado. de alcantarillado. posteriormente ser eliminadas por el
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sistema de alcantarillado.
Articulo 42 | El almacenamiento ser | El. almacenamiento ser | El almacenamiento ser realizado en bodegas y | realizado en bodegas y | realizado en bodegas y salas con la autorización salas con la autorización ambiental pertinente. ambiental pertinente.
Las cuales cumplirán para los materiales peligrosos el cumplimiento del D.S. 78/2009 MS. y el D.S. 160/2008 para el almacenamiento de combustibles.
salas con la autorización ambiental pertinente.
- D.S N2 133/84 - Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radioactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes.
Materia Regulada Reglamento sobre autorizaciones para instalaciones radioactivas o equipos generadores de radiaciones ionizantes, personal que se desempeña en ellas, u opere tales equipos y otras actividades afines.
Organismo regulador Ministerio de salud Etapa del proyecto correspondiente Operación Materia
El presente reglamento establece las condiciones y requisitos que deben cumplir tas instalaciones radiactivas o los equipos generadores de radiaciones ionizantes, el personal que se desempeñe en ellas u opere estos equipos, la importación, exportación, distribución y venta de las sustancias radiactivas que se utilicen o mantengan en las instalaciones radiactivas o en los equipos generadores de radiaciones ionizantes y el abandono o desecho de sustancias radiactivas.
Relación con el proyecto
El proyecto contempla el uso de equipos de rayos X de diagnóstico médico a ser utilizados en el Complejo Asistencia! de Padre Las Casas, Región de La Araucanía
Forma en que cumple
Se dará cumplimiento de acuerdo a Decreto N” 133/84 correspondiente al proyecto Complejo Asistencial Padre las Casas de acuerdo a lo estipulado en el decreto mencionado a laboratorios de Segunda categoría.
indicador de cumplimiento
-
Autorización sanitaria para la manipulación de equipo radiactivo.
-
D.S N2 3/85 - Reglamento de protección radiológica de instalaciones radiactivas.
Materia Regulada Establece las medidas de protección personal radiológicas y los límites de dosis radiactivas que pueden recibir las personas ocupacionalmente expuestas, con el objeto de prevenir y evitar la sobreexposición a las radiaciones ¡ionizantes y sus efectos en la salud.
Organismo regulador . Ministerio de Salud Etapa del proyecto correspondiente Operación Materia
El presente reglamento establece las medidas de protección personal radiológicas y los límites de dosis radiactivas que pueden recibir las personas ocupacionalmente expuestas, con el objeto de
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prevenir y evitar la sobreexposición a tas radiaciones ionizantes y sus efectos en la salud.
Relación con el proyecto
El proyecto contempla el uso de equipos de rayos X de diagnóstico médico a ser utilizados en el Complejo Asistencial de Padre Las Casas, Región de La Araucanía. -
Forma en que cumple
Se dará cumplimiento de acuerdo a Decreto N” 3/85 correspondiente al proyecto Complejo Asistencial Padre las Casas de acuerdo a lo estipulado en el decreto mencionado a laboratorios de Segunda categoría
Indicador de cumplimiento
- Autorización sanitaria para la manipulación de equipo radiactivo.
Reglamento de Aeródromos DAR-14, aprobado mediante D.S. N * 173/04.
Materia Regulada Reglamento de Aeródromos Organismo regulador DGAC Etapa del proyecto correspondiente Operación
Materia
Reglamento de Aeródromos
Relación con el proyecto
El proyecto se encuentra emplazado bajo el área “d” o superficie horizontal interna del plano de protección N2 PP-94-02 del Aeródromo Maquehue, aprobado por Decreto Supremo N* 339 de fecha 25 de Marzo de 1997.
Forma en que cumple
El proyecto muestra que el edificio comienza a construirse bajo el nivel de terreno natural del sector, esto corresponde a 17,10 m. por sobre el nivel umbral de pista más cercano. Se certifica que el proyecto con altura máxima de 28,12 m, no constituye obstáculos del tipo aeronáutico.
No obstante lo anterior y como medida de seguridad, se deberá instalar 4 luces de obstrucción fijas (2 luces en cada torre de 6 pisos) de color rojo ubicadas en los vértices superiores del edificio, tal como lo señalan los planos visados adjuntos; estas luces tendrán una intensidad luminosa igual o superior a 100 candelas, activadas mediante celda fotoeléctrica que estarán además conectadas a la fuente de energía de emergencia del edificio.
Indicador de cumplimiento
- Autorización sanitaria para la manipulación de equipo radiactivo.
8” Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA se establecieron las siguientes condiciones adicionales al Proyecto:
8.1. Medidas de seguridad asociadas al tránsito peatonal
Impacto asociado Medio Humano
Fase del Proyecto a la | Construcción y Operación
que aplica
Objetivo, descripción y | Objetivo: evitar accidentes de peatones por acceso al centro asistencial. justificación Descripción: implementar medidas de seguridad en el sector carretera
ruta 5Sur y ruta Temuco — Boroa. Justificación: aumento de tránsito peatonal por puesta en marcha del centro asistencial.
Lugar, forma y | Lugar: carretera ruta 5Sur y ruta Temuco — Boroa. oportunidad de implementación Forma: diseñar en conjunto con la Municipalidad de Padre Las Casas,
medidas de seguridad.
Oportunidad: Durante la etapa de construcción y operación del proyecto.
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indicador que acredite su cumplimiento
Documento con medidas diseñadas.
Forma de control y seguimiento
Verificación de contenidos indicados en documento de diseño de medidas de seguridad.
8.2. Definición de medidas de contingencia por aumento de cota de aguas Jluvia
Impacto asociado
Recursos Naturales
Fase del Proyecto a la que aplica
Previo a la etapa de Construcción
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: definir medidas de contingencia frente al aumento de cota de aguas lluvia.
Descripción: se deberá definir un plan de contingencias que prevenga situaciones de aumento de aguas lluvia.
Justificación: en función del estudio de mecánica de suelos, en atención al alto porcentaje de finos que conforma estratos de suelo casi impermeables,
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Lugar: área del proyecto.
Forma: se deberán establecer medidas de contingencias eficientes y eficaces en caso de aumento en la cota de las aguas lluvias.
Oportunidad: previo a la etapa de construcción del proyecto.
Indicador que acredite su cumplimiento
Documento con medidas de contingencia aprobado por SERVIU.
Forma de control y seguimiento
Documento validado por Autoridad Competente.
8.3. Altura de construcción, en función de su ubicación dentro del área “d” o Superficie Horizontal Interna del Plano de Protección N* PP-94_02 del Aeródromo Maquehue.
Impacto asociado
Seguridad Aérea.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Objetivo, descripción y justificación
Objetivo: definir cota de construcción sobre la pista del Aeródromo Maquehue.
Descripción: En Of. “O” N” 09727172859 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de fecha 10 de junio de 2015; se establece que el proyecto se emplaza bajo el área “d” o Superficie Horizontal Interna del Plano de Protección N* PP-94_02 del Aeródromo Maquehue, aprobado por Decreto Supremo N? 339 de echa 25 de marzo de 1997.
El proyecto muestra que el edificio comienza a construirse bajo el nivel de terreno natura! del sector, esto corresponde a 17,10 m., por sobre el nivel del umbral de pista más cercano. Por tanto la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil certifica que el proyecto con altura máxima de 28,12 m., no constituye obstáculo de tipo aeronáutico.
No obstante, lo anterior como medida de seguridad, se deberán instalar 4 luces de obstrucción fijas (2 luces de cada torre de 6 pisos) de color rojo ubicadas en los vértices superiores del edificio; estas luces tendrán una intensidad luminosa igual o superior a 100 candelas, activadas mediante celda fotoeléctrica que estarán además conectadas a la fuente de energía de emergencia del edificio.
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Justificación: El proyecto se emplaza bajo el área “d” o Superficie Horizontal Interna del Plano de Protección N” PP-94_02 del Aeródromo
Maquehue. Lugar, forma y | Lugar: Superficie de 4 ha correspondientes al emplazamiento del oportunidad de ¡ Complejo Asistencial de Padre Las Casas, predio denominado Lote-A de implementación Rol de evalúo N* 3209-1, ubicado en el margen sur del Río Cautín. Forma:
El edificio comienza a construirse bajo el nivel de terreno natural del sector, esto corresponde a 17,10 m., por sobre el nivel del umbral de pista más cercano. Por tanto la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil certifica que el proyecto con altura máxima de 28,12 m., no constituye obstáculo de tipo aeronáutico.
Se deberán instalar 4 luces de obstrucción fijas (2 luces de cada torre de 6 pisos) de color rojo ubicadas en los vértices superiores del edificio; estas luces tendrán una intensidad luminosa igual o superior a 100 candelas, activadas mediante celda fotoeléctrica que estarán además conectadas a la fuente de energía de emergencia del edificio.
Oportunidad: Durante la etapa de construcción del proyecto.
Indicador que acredite | Certificado de la Dirección General de Aeronáutica Civil. su cumplimiento
Forma de control y | Documento validado por la Autoridad correspondiente, a saber: seguimiento Dirección General! de Aeronáutica Civil.
9” Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso Compromisos Ambientales Voluntarios.
10* Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
Plan de Emergencia
El Plan de Emergencias, adjunto en Anexo N* 9 de la DIA, proporciona un conjunto de directrices e información destinadas a la adopción de procedimientos lógicos, técnicos y administrativos estructurados, para facilitar respuestas rápidas y eficientes en situaciones de emergencia.
La Organización de Emergencia para el edificio estará conformada por: Comité de Administración, Comité Paritario, y Coordinadores de Seguridad o líderes de piso.
El complejo asistencial podrá contar con un comité de emergencia que tendrá la tarea de reunirse periódicamente y en el momento de una emergencia, para decidir las acciones
para seguir frente a un evento, con el fin de mitigar, neutralizar o atender la situación.
Los sistemas de seguridad y extinción de incendio considerados en este proyecto son los siguientes:
-
Sistemas de protección contra incendio: sistema de detección de incendios, audio evacuación, extintores, rociadores de agua, y altavoz.
-
Sistemas de Seguridad electrónica: control de asistencia, control de intrusión CCTV, luces de emergencia, y 3 Grupos electrógenos de 660 kw.
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El Plan de emergencias, considera procedimientos de evacuación parcial o total, en casos de sismos o temblor, inundaciones, escape de gas, incendios o explosiones, control de derrame de compuestos peligrosos, aviso de amenaza de bomba o artefacto explosivo, y asalto.
Plan de Contingencia
El Plan de Emergencias, adjunto en Anexo N? 13 de la DIA y complementado en el Anexo N* 8 de la Adenda N” 1, establece las medidas que la contratista deberá seguir en situaciones de contingencia mediante la prevención y control de sucesos no planificados pero previsibles, describiendo la capacidad y las actividades de respuesta inmediata para que sean controladas de manera oportuna y eficaz.
Los roles definidos corresponden a: Jefe de la Unidad de Contingencia, Personal de la Unidad de Contingencia, y el resto del Personal.
Para la implementación del Plan de Contingencias, se deben considerar: personal capacitado en primeros auxilios, unidades móviles de desplazamiento rápido, equipos contra incendios y de primeros auxilios, y equipos de protección.
Se considerar como contingencias potenciales: sismos, incendios, accidentes laborales, accidentes vehiculares, derrames de hidrocarburos.
Considera como revisión y seguimiento por parte del encargado de prevención y calidad, la siguiente frecuencia:
- Primer semestre: mensual
- Segundo semestre: trimestral
- Después del primer año: semestral
11” No aplica proceso de Participación Ciudadana, sin perjuicio de ello durante la evaluación se realiza reunión con grupos humanos pertenecientes a pueblos Indígenas (Art. 86 D.S. N 40/12), con fecha 25 de abril de 2015 y según da cuenta el Acta de Visita N 379/2015, el Consejo Maquehue que agrupa a comunidades indígenas del sector de Maquehue manifestaron conocer los alcances del proyecto y apoyar esta iniciativa, toda vez que considerar que este Complejo Asistencial, vendrá a satisfacer necesidades asociadas a requerimientos de Salud Pública.
12” Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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RCA N*204/2015 DIA proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA
13” Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1. de la presente Resolución.
14” Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
15” Que, para que el proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
16” Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
17” Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.
18” Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2” letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEA.
19” Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
1”. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas”, presentado por el Sr. Milton Moya Krause en representación del Servicio de Salud Araucanía Sur.
2”. Certificar que el proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 140, 142, y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4”. Certificar que el proyecto “Complejo Asistencial Padre Las Casas” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N”19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de
su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4.1. del presente acto.
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6”. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de Proyectos con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, Región de La Araucanía, la ocurrencia de impactos ambientales No Previstos en ta Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
7”.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de Proyectos, Región de La Araucanía, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.
8”.- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación
del artículo 20 de la Ley N219.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.
ANÓTESE, NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
Secretario Comisión de Evaluación Región de La Araucanía