LÍNEAS DE FLUJO PAD CABAÑA ZG 2, PAD CABAÑA ZG 4, RETAMOS 2, RETAMOS E, LIRCAY D, PELEQUEN A Y PUNTA BAJA 15
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
PE
2%
ge
E
ES
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Lal
Califica Ambientalmente el proyecto "LÍNEAS DE FLUJO PAD CABAÑA ZG 2, PAD CABAÑA ZG 4, RETAMOS 2,
RETAMOS E, LIRCAY D, PELEQUEN A Y PUNTA BAJA 15"
Resolución Exenta N" 100/2015
Punta Arenas, 2 de Junio de 2015
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 05 de mayo de 2015, del proyecto “Líneas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15”, presentado por la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes con fecha 17 de marzo de 2015.
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DÍA, y que se detallan en el Capítulo ll del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña 26 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15”.
El Acta de Evaluación N* 021/2015 de 22 de abril de 2015, del Comité Téenico de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
El ICE de la DÍA del proyecto “Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña 2G 4, Retamos 2, Retamos E. Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15” de 25 de mayo de 2015.
El acuerdo adoptado en la sesión N” 09 de 02 de junio de 2015, de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15".
Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SElA); la Ley N19,850, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado: la Ley N'18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N1.500, de 2008, de la Contraloría General de la República
CONSIDERANDO:
42
pia
EA
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Que, la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SElA) la DIA del proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña 26 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Empresa Nacional del Petróleo — Magallanes Rut 92.604.000 -6
Domicilio Josá Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas Telefono 512243477
Nombre representante legal | Juan Francisco Díaz Anaiz
Rut representante legal 6,368,245 -4
Domicilio representante José Nogueira 1101, Casilla 247, Punta Arenas legal
Teléfono representante legal | 612243477
Correo Electrónico fdiazisipetral el
Que, contorme se indica en el ICE de fecha 25 de mayo de 2015, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo 137 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos caracteristicas o circunstancias del articulo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de 02 de junio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto "Líneas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2. Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15”, aprobando integramente el contenido del ICE del 25 de amyo de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el articulo 60 inciso segundo del Reglamento del SElA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Ádenda, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
"4d, ANTECEDENTES GENERALES an interconectar mediante la construcción de siete lineas de flujo la Obi (E chia] producción de Gas de los pozos PAD Cabaña 2G-2, PAD Cabaña £G-4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15, RIA late | con la red de gases existente en el área del Bloque Arenal. me y Tipología de Proyecto: 1.4) Proyectos de desarrollo minero correspondientes a petróleo y gas.
Tipología principal, asi como las aplicables a sus partes, obras e acciones
Tipologías Secundarias: j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u
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otros análogos.
Vida útil
20 años
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Demarcación topográfica linea de flujo
Proyecto se desarrolla por
etapas sl NO Proyecto se desarrolla por x etapas
Proyecto modifica un proyecto x o actividad
Proyecto Modifica otra (s) Xx RCA
4.2, UBICACION DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Primavera
Descripción de la localización
El diseño del trazado de cada linea y central de flujo se ha realizado considerando la cercania a los Proyectos actuales y las proyecciones de los futuros pozos del área, de esta manera se busca minimizar la intervención de los suelos de la Región.
Superficie 38,48 herciáreas
Coordenadas UTM en Datum
WG6S584/5ADG9ato — Huso UTM E UTMN 1849
Coordenadas Geográficas y
UTM (Daturn VWGS84) LEM:E LN PAD Cabaña 2G-2 Inicio 4.149.180 448,495 PAD Cabaña ZG-2 Fin 4, 149,154 448,566 PAD Cabaña ZG-4 Inicio 4.145.959 449.544 PAD Cabaña 2G-4 Fin 4.148.050 449.605 Retamos 2 Inicio 4.148.028 451.658 Retamos 2 Fin 4,148,034 451.751 Retamos E Inicio 4.147.609 452.227 Retamos E Fin 4,148,034 451.751 Lircay D Inicio 4.140.823 454 737 Lircay D Fin 4.141.625 453.949 Palequen A Inicio 4.138.372 453.822 Pelequen A Fin 4.140.776 454,621 Punta Baja 18 Inicio 4.172.791 483.150 Punta Baja 15 Fin 4.171.522 462.207 Central de Flujo Cabaña ZG-4 4.146.050 449.605 E de Flujo Cabaña Sur 4149154 448.566
Caminos de acceso
Ruta CH-255, Ruta CH-257, Ruta Y-65.
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
Capitulo | y Il
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO [Deben describirse las Partes, obras y acciones que generan algún impacto descrito en la tabla 5, o requieren algún PAS o pronunciamiento]
431 FASE DE CONSTRUCCIÓN
Apertura de zanjas
Esta etapa involucra la preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá cada ducto. El movimiento de tierra para abrir la zanja se planificará a fin de que este espacio sea el minimo necesario, además en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de excavaciones.
Soldado de tubería
Se efectúa la soldadura de las tuberías
Etapa de pruebas
Prueba de Uniones Soldadas
Prueba de porosidad
Prueba de Revestimiento
Prueba de Resistencia
Tapado y cierre de zanjas. Aplicación de sistema contra incendios y condiciones de seguridad
Instalación de la cinta de advertencia
Relleno y Tapado de la zanja que contendrá los ductos
Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada
Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción
Acciones y requerimientos para la materialización de las obras fisicas
Aprobación de RCA
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término
de la fase
Inicio: Demarcación topográfica línea de flujo (Julio de 2015)
Término: Tapado y cierre de zanja (Septiembre de 2015).
Descripción de cómo se roveerán los suministros básicos El
Los insumos y materiales serán transportados a través de camiones con rotulación y hoja de datos de seguridad según corresponda, los camiones a utilizar para el transporte de materiales serán de acuerdo alas dimensiones establecidas por la normativa vigente.
DUbicación y cantidad de
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recursos naturales renovables a extraer o explotar
El Proyecto contempla la extracción, segregación y tapado de los horizontes presentes en el suelo, en una superficie total de 8,48 ha.
Emisiones (abatimiento y control)
Polvo en suspensión emisiones de maquinarias y ruido de motores, todos de baja magnitud que por encontrarse en áreas abiertas podrán disiparse rápidamente.
Residuos, Químicos y otros [cantidad y manejo)
Aguas Servidas; Residuos Sólidos domésticos; Residuos peligrosos.
Referencia al Capitulo del ICE para mayores detalles
Capitulo Mv
43,2 FASE DE OPERACIÓN
Operación de las instalaciones.
Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, el Proyecto requiere de operación continua, vale decir, 365 días del año durante las 24 horas del día.
Plan de emergencia ambiental.
El control del proceso coresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación.
Seguimiento ambiental de la cubierta vegetal,
Tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas. De no presentar una recuperación superior al 60% del porcentaje original de cobertura vegetacional.
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase
Inicio: Instalación Centrales de flujo (Julio de 2015).
Término: limpieza y abandono de las tuberias; transporte de Centrales de flujo (año 2035).
En caso que el proyecto contemple actividades de mantención y conservación se deberán indicar aquellos aspectos considerados para las actividades generales
En el caso de ser necesario un cambio de tramo en las lineas de flujo, se aplicará el mismo procedimiento constructivo señalado en el Capítulo Il, donde se incluye lo estipulado en el Plan de Intervención de Cubierta Vegetal (Anexo W). Para las centrales de flujo existe una mantención preventiva diaria que tiene relación a verificación de empaques y bombas entre otros aspectos.
Reterencia al Capítulo del ICE para mayores detalles
Capitulo MW
433 FASE DE CIERRE
Cierre de Linea
Los ductos permanecerán enterrados
Cierre de Centrales
Las centrales de flujo permanecerán en su totalidad sobre un patin para su transporte, se contempla el retiro de todas las instalaciones que estén sobre superficie para su traslado, instalación a otro lugar o destino que corresponda.
Requerimientos para la materialización de las obras físicas
Dejar fuera de servicio los ductos
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término
Inicio: Limpieza de ducto y transporte de centrales de flujo (año 2035)
Término: abandono de las tuberias (año 2035)
de la tase Mantención, Conservación y No se realizarán mantenciones o supervisiones, ya que el ducto Supervisión permanecerá enterrado
Reterencia al Capítulo del ICE para mayores detalles
Capitulo IW
4.4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO
4.441, Fase de Construcción
Fecha estimada de inicio
Mayo 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
Demarcación topográfica linea de flujo
Fecha estimada de término
Junio 2015
Parte, obra o acción que establece el término
Instalación de las centrales de flujo
- Fase de Operación
Fecha estimada de inicio
Junio 2015
Parte, obra o acción que establece el inicio
instalación de las centrales de flujo
Fecha estimada de término
Año 2035
Parte, obra o acción que establece el término
Limpieza, abandono de las tuberias y transporte de las centrales de flujo
443 Fase de Cierre
Fecha estimada de inicio
Año 2035
Parte, obra o acción que establece el inicio
Limpieza, abandono de las tuberias y transporte de las centrales de fuja
Fecha estimada de término
Año 2035
Parte, obra o acción que establece el término
Abandono de las tuberías
Tr a
ESE
$e durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los Ses efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300
ECRETARIA 37 1 RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD A | Y | DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
V Referencia al ICE para
XA yores detalles sobre este el tapes ao
Ri
Capitulo VI
impacto especifico [
Las emisiones contempladas corresponden a las aguas servidas de los baños químicos de faena, las cuales serán retiradas por un contratista, quien las dispondrá en un lugar autorizado. De esta manera no se generarán riesgos para la salud de la población, derivados de efluentes, emisiones o residuos,
Las emisiones a la atmósfera, serán de corta duración y de baja magnitud y no constituye un riesgo para la Salud de la población.
Además, debe considerarse que los trabajos especificos que comprenden el Proyecto se desarrollarán en las estancias, ubicadas aproximadamente a 21 km de la localidad de Cerro Sombrero, el cual corresponde al centro poblado más cercano, por lo tanto, no existe riesgo de etectos sobre la salud humana a raíz de la ejecución del presente Proyecto.
5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Intervención de la Cubierta Vegetal
Impacto ambiental ; - - E Se debe intervenir la cubierta vegetal para enterrar los ductos
Festuca gracillima
Chiliotrichura aifusum
Componente Ambiental Empetrum rubrum
atectado , - Senecio patagonicus
Hordeumn comosurmn
Parte, obra o acción que lo
genera Trazado de las Lineas de Flujo
Fase en que se presenta Construeción
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este Capitulo WI impacto específico
Para el tratamiento del suelo se cuenta con un Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal, el cual indica los procedimientos a seguir en las etapas de construcción y abandona,
En los trazados de los siete ductos con las dos centrales de flujo, se registraron 3 comunidades vegetales, el Matorral de Cáiotrichum diffuscum, Wega de Hordeum comosum, Brezal de Empetrumn rubrum. En ellas no existen plantas endémicas de Chile ni especies en categoría de conservación según los criterios de Benoit (1989), UICN (Walters y Gillett 1998) y Baeza et al. (1998).
En cuanto a fauna respecta, se logró registrar un total de 3 especies de mamiferos y 5 especies de aves. Se realizaron inspecciones de faunísticas del área de emplazamiento del Proyecto.
En cuanto a recursos hidricos, el área de estudio no considera el atravieso de cauces,
Las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto serán de corta duración y de baja magnitud, estimándose en dos meses para la etapa de construcción. Junto a lo anterior es importante señalar que todos los vehiculos utilizados durante la construcción, se encontrarán con las respectivas revisiones técnicas al día.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este Capitulo WI impacto especifico
Las siete líneas de flujo con las dos centrales que componen el Proyecto, se encuentran aproximadamente a 21 km de Cerro Sombrero, localidad que conforma el centro poblado más cercano al Proyecto, sin existir una reubicación de población humana o alteración de los sistemas de vida, así como tampoco afectación de costumbres de grupos humanos. En este sentido, el proyecto no generará impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, como tampoco se verá alterado el acceso o la calidad de los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. En la zona de emplazamiento del proyecto no existen asentamientos de comunidades indigenas.
El Proyecto no afectará el flujo vehicular de forma significativa y tampoco utilizará como vías de tránsito de maquinarias u operadores, el acceso directo a la estancia involucrada en él, por lo que es posible señalar que no se generará obstrucción o retracción de la libre circulación, conectividad 0 aumento significativo de los tiempos de desplazamiento,
Asu vez, el Proyecto no considera el establecimiento de un campamento de faena, utilizándose como base el campamento de ENAP Magallanes en Cerro Sombrero.
El Proyecto, no causará una alteración a la dimensión geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica o de bienestar social básico de la población, debido a las caracteristicas de emplazamiento y constructivas del mismo, ya que además no se consideran alteraciones en la conectividad, permitiéndose una libre circulación en cuanto a transporte respecta, sin que a su vez se presenten alteraciones en cuanto a bienes, equipamiento y servicios tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios, ya que utilizará las instalaciones existentes en el campamento de ENAP Magallanes en Cerro Sombrero.
La actividad exploratoria contemplada a desarrollar se localizará en un sector definido como rural que se destina preferentemente al uso ganadero.
- LOCALIZACIÓN EN O PROXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y AREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Reterencia al ICE para mayores detallas sobre este Capitulo WI impacto específico
el área de desarrollo del Proyecto no existen poblaciones susceptibles de ser afectadas, debido que dicha área se encuentra distante a 21 Km de la localidad de Cerro sombrero, el cual fesponde al centro poblado más cercano. É uanto a áreas protegidas respecta, la más cercana corresponde especificamente al Humedal Lomas, el cual se encuentra aproximadamente a 28 km del área del Proyecto en evaluación. EU Vez, de acuerdo a los antecedentes recopilados a partir del servicio Nacional de Turismo, el de influencia directa del Proyecto no se encuentra dentro de los núcleos o polos de desarrollo inidos por dicha institución, Además, el área de emplazamiento del Proyecto, no presenta zonas
E
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6.1
TE
que estén en o próximas a glaciares y humedales protegidos, ni sectores considerados dentro de
las categorías del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, en especial aquellos que
puedan ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o Monumentos Nacionales o ue por sus características puedan ser catalogados como Patrimonio Nacional.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TERMINOS DE MAGNITUD O DURACION, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este Capitulo Wi impacto especifico
De acuerdo a lo estipulado en el documento "Plan Regional de Desarrollo Urbano Región de Magallanes y la Antártica Chilena" se extrae que las zonas de influencia directa para este Proyecto son: “Áreas de desarrollo Preferentemente Turístico”, las que corresponden a territorios que han sido incluidos en las áreas de interés turistico establecidas por el Plan Maestro de Turismo. Asimismo, existen también “Áreas Preferentemente Turísticas en Áreas Snaspe", aproximadamente a 54 Km del área de emplazamiento del Proyecto, que corresponde especificamente al Monumento Natural Laguna Los Cisnes. Cabe mencionar que el área de influencia directa del Proyecto no se encuentra emplazada dentro de ninguna de las áreas turisticas recién mencionadas, por lo que se puede afirmar que la realización de este Proyecto no tendría efectos significativos en el desarrollo turistico de la comuna,
Respecto al valor paisajistico de la zona, lo descrito en el documento “Modificación Plan Regional de Desarrollo Urbano Región de Magallanes y la Antártica Chilena", señala que el valor del recurso escénico tiene un diagnóstico donde predomina el paisaje de pampa con topografía plana a ondulada, muy uniforme, para la zona de emplazamiento del Proyecto, tomando como referencia en dicho documento para esta caracterización el poblado más cercano que es la localidad de Cerro Sombrero.
De acuerdo al documento "Plan de Desarrollo Comunal 2009 - 2013" de la Comuna de Primavera, el Proyecto en evaluación, no contradice el espiritu de lo plasmado en dicho PLADECO sobre la dependencia de la Comuna con la estatal, sólo es parte de la estrategia exploratoria de la empresa con plena independencia del plan Comunal que por su formulación y declaración nunca serán antagonistas ni en la forma ni en el espiritu del documento, es más ENAP como Empresa del Estado, pretende como objetivo final un mejor bienestar energético no solo para la Comuna, la Región sino que para el país.
En el área de influencia directa del Proyecto, no se presentan sectores que estén considerados dentro de las categorias del Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado, aquellos que puedan ser clasificados como Áreas Protegidas, Parques Nacionales y/o Monumentos Nacionales o que por sus características puedan ser catalogados como Patrimonio Nacional. Las únicas actividades que se realizan en el área de influencia directa del Proyecto corresponden a labores de tipo ganadera y petrolera, por lo tanto, el desarrollo del Proyecto no generará impacto alguno sobre áreas protegidas por Ley.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTEMECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este Capitulo WI impacto especifico
En la DÍA, se encuentra disponible el Informe Arqueológico realizado en el área de emplazamiento del Proyecto, en el cual se menciona la identificaron hallazgos de material arqueológico fuera del área de intervención del Proyecto, En caso de efectuarse un hallazgo arqueológica a paleontológico durante la etapa constructiva, el Titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los artículos N26 y 27 de la Ley N17.288.
Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
El
las
6.1.1. Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del Reglamento del SEIA.
Fase del Proyecto a la cual
corresponde Cierre o Abandono
Parte, obra o acción a que aplica Linea de Flujo y Centrales
Oficio N* 24 del Servicio de Geología y Mineria,
Pronunciamiento del órgano Magallanes y Antártica Chilena de fecha 06 de abril de competente 2015
Referencia al ICE para mayores
detalles Capitulo 1X
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento
de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Norma D.S. N* 132/2004; Reglamento de Seguridad Minera Fase del Proyecto a la que
aplica o en la que se dará Operación, Construcción y Abandono
cumplimiento
Parte, Obra o Acción a la que
Aplica Lineas de Flujo y Centrales
Artículo 67: De acuerdo a lo señalado, en forma previa a la fase de 3 construcción, ENAP enviará a SERNAGEOMIN la Resolución de [ZA Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.
- ] Artículo 68: Será cumplido ya que forman parte de la Política F] Ambiental de la Empresa. Respecto a las emisiones asociadas a la
5/0
Forma de cumplimiento
maquinaria es importante señalar que todos los vehículos utilizados durante la construcción y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día.
Artículo 69: Será cumplido debido a que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa, donde se destaca que para cada etapa descrita en la Declaración de Impacto Ambiental, ENAP — Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a los compromisos ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA.
Artículo 70: El presente Proyecto dará cumplimiento a todas las disposiciones relativas a componentes ambientales establecidos en el Reglamento de Seguridad Minera.
Artículo 312 y 313: Los reglamentos antes señalados corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años sctualizándolo e incorporando nueva normativa.
Artículos 493, 497", 498, y 499%. Corresponden a procedimientos que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa.
Artículo 500: Durante la etapa de construcción, se generará desechos menores los cuales serán retirados y dispuestos oportunamente en lugares autorizados,
Indicador que acredita su cumplimiento
Artículo 67: Presentación de proyecto de explotación y Resolución de Calificación Ambiental que califica favorablemente al Proyecto.
Artículo 68: Durante las etapas de construcción y operación del Proyecto se mantendrán en las obras los Registros del Plan de Manejo de Residuos y Revisiones Técnicas al día.
Artículo 69: Planes y programas asociadas a los compromisos ambientales y listas de asistencias a inducciones se mantendrán durante las fases en que aplica la norma.
El Articulo 70: Será cumplido ya que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa,
Artículos 493, 497, 498 y 499: En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa
Articulo 312 y 313: En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa.
Articulo 500: Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera aprobado.
Forma de control y
seguimiento
A través de Fiscalizaciones del Servicio de Geología y Minería
Norma
Decreto 280, Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas Natural
Fasa del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Operación
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Lineas de Flujo
Forma de cumplimiento
En el caso puntual del Proyecto, de acuerdo al Artículo 12, las normas internacionales serán cumplidas de forma óptima ya que corresponde al estándar de la industria y se actualizan a medida que son perfeccionadas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Mantención de Registros de chequeo de normas ANSI/ASME,
Forma de control y seguimiento
Fiscalizaciones de la Autoridad Sanitaria y informes sectoriales
Norma
Ley N* 20,551/2011; Regula el Cierre de Instalaciones y Faenas Mineras
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Cierre o Abandono
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Lineas de Flujo y Centrales
Forma de cumplimiento
El titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4%.
Indicador que acredita su cumplimiento
Presentación de Plan de cierre en proyecto de explotación.
Forma de control y seguimiento
Ejecución tal y como se indica en el plan de cierre.
Norma
D.F.L. NM? 725, Código Sanitario
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Construcción
SE ES > Ez] pS
o ¡Rarte, Obra o Acción a la que Ablica
Líneas de Flujo y Centrales
Articulos TO? y 71% El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños quimicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Para la etapa de construcción las aguas servidas serán
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retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto
Artículos 72* y 73” Se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas Forma de cumplimiento serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en ríos o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.
Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de Indicador que acredita su baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho cumplimiento y recepción de aguas servidas. Documento de distribución de agua potable y de consumo en bidones.
Forma de control y | seguimiento Norma Ley 17.288; Ley sobre Monumentos Nacionales Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Construeción cumplimiento
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Registros en reglamentos y procedimiento interno
Líneas de Fluj
En la prospección Arqueológica del Proyecto, no se detectaron bienes patrimoniales protegidos en el área de emplazamiento del Proyecto. Sin embargo, en caso de efectuarse un hallazgo
Forma de cumplimiento arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N26 y 27 de la Ley N17,28B,
El titular del Proyecto se compromete a respetar todo lo enunciado en la Ley de Monumentos Nacionales su Reglamento, realizando para cada Proyecto un levantamiento Arqueológico, el cual da cuenta de los antecedentes arqueológicos, antropolégicos a paleontológicos de la zona a intervenir. De esta manera, el Titular del Proyecto se compromete en la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico de dar aviso o informar a las autoridades pertinentes. De acuerdo a lo señalado por las leyes mencionadas.
Indicador que acredita su cumplimiento
Forma de control y
seguimiento Informe arqueológico
D.S. N* 594/99; Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los
Norma Lugares de Trabajo
Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará Construcción cumplimiento
Parte, Obra o Acción a la que Aplica
Lineas de Flujo y Centrales
En todas las etapas se cumplirá con las disposiciones que se establecen en el decreto, solicitando las autorizaciones respectivas para la disposición de residuos sólidos fuera del predio, disponiéndose en todo caso un lugar autorizado.
Para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado.
Documentos de despacho y recepción de residuos.
Indicador que acredita su Documento de acreditación de transporte, habilitación, retiro de cumplimiento baños químicos y saneamiento del sector. Documentos de despacho y recepción de aguas servidas,
Forma de cumplimiento
Forma de control y
seguimiento A través de fiscalizaciones de la autoridad Sanitaria
Referancia al ICE para
mayores detalles Capítulo VIII
e” Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios;
8.1, [Nombre del Compromiso Voluntario]
Impacto asociado (si aplica) Alteración del Patrón de Drenaje Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Objetivo: Con el Compromiso Ambiental Voluntario, se evita la generación de apozamientos o acumulación de escorrentía que en la actualidad no existe.
y Descripción: A través del método constructivo:
| “Objetivo, descripción y E Retiro y disposición en sector especial de la cubierta vegetal
ustificación proveniente de la zanja marcada por el trazado de la linea de <,
j de | = 1 flujo. Lange nó
[de] 1] oO Es] 2 ha 2
-
Excavación de zanja y acopio de material por estrato.
-
Construcción de cama de apoyo compactada donde se dispondrá la tubería
TÍO
gr
10*
11%;
12:
13.
147.
DS
Instalación de tuberia.
- Relleno por capas de material excavado con compactación adecuada.
Instalación de cubierta vegetal original, y compactación evitando
montículos o depresiones de la superficie del cauce para mitigar o
evitar procesos de socavación local,
Lugar: Sobre el trazado de la Linea de fuja
Forma: Aplicando el métdo construcitvo
Oportunidad: Cuando de instale la tubería
El indicador es la no existencia de apozamientos generados a la
construcción de la linea de flujo y la inexistencia del efecto barrera
sobre el patrón de drenaje del área del proyecto.
Lugar, forma y oportunidad de implementación
Indicador que acredite su cumplimiento
Referencia al ICE para
mayores detalles Capítulo X
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS
3.1.1. Incendio en pastizales Fase del Proyecto a la que aplica Todas
Parte, obra o acción asociada | Todas
Determinación de Zonas Prioritarias de Protección
Medidas de Prevención, Presupresión y Supresión de Incendios de Pastizal
Acciones o medidas a
planeta Personal de Brigada Contra Incendios y Recursos Disponibles Detección de Incendios Esta actividad se lleva a cabo una vez realizado el primer ataque y Forma de control y contenido el frente principal del fuego. Posteriormente, se delimitará seguimiento todo el sector del incendio por medio de lineas corta fuego, para
impedir de esta manera que el foco continúe su propagación.
Referencia al ICE para mayores detalles
9,2, PLAN DE EMERGENCIAS
Capítulo WII
EEAR Fugas en ductos de transporte de gas Fase del Proyecto a la que + aplica Operación
Parte, obra o acción asociada | Transporte de gas natural
Aislar el ducto mediante las válvulas más cercanas
Ubicar el punto de fuga
Aislar el lugar donde se produce la fuga evitando riesgos de explosión o incendio
Aviso a la línea de supresión
Notificación a la autoridad competente su aplica (DS 280)
Acciones a implementar
Oportunidad y vias de comunicación a la SMA de la activación del Plan Referencia al ICE para mayores detalles
Dentro de las primeras 24 horas de ocurrido un incidente, se dará aviso telefónico a la Supertintendencia de medioambiente.
Capitulo WI
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto a faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
Que, para que el proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña 2G 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DÍA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad,
As) “representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del SAS aíticulo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
16" , Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de
CRETAR 4 Wpeuersción, en los términos definidos en el artículo 2* letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse
al'SEIA,
8/9
- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero,
RESUELVE:
q Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15" de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes.
2%. Certificar que el proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3”. Certificar que el proyecto "Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el articulo 137 del D.S. N" 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4% Certificar que el proyecto “Lineas de Flujo Pad Cabaña ZG 2, Pad Cabaña ZG 4, Retamos 2, Retamos E, Lircay D, Pelequen A y Punta Baja 15” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de-etaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
E Definir como gestión, acto o faena minima del pfoyecto paráwdar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en él considerandh N“4 del presente acto,
6 Hacer presente que contra esta resolución es procedente elffecúrso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Eyaluac] ón Ambiental.
dd
Intépdént si valuación Aarbpiental de la fagallan Antártica Chilena
stribución:
Juan Francisco Díaz Anaiz
CONADI, Región de Magallanes y Antártica Chilena
CONAF, Región de Magallanes y Antártica Chilena
DGA, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Región de Magallanes y Antártica Chilena
DOH, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
llustre Municipalidad de Primavera
SAG, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEC, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Agricultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Energla, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Mineria, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Salud, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI Medio Ambiente, Región de Magallanes y Antártica Chilena SEREMI MOP, Región de Magallanes y Antártica Chilena
SERNAGEOMIN, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional Turismo, Región de Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear
Consejo de Monumentos Nacionales
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Cie: * Encargada Participación Ciudadana e Expediente del Proyecto "LÍNEAS DE FLUJO PAD CABAÑA ZG 2, PAD CABAÑA ZG 4, RETAMOS 2, RETAMOS E, LIRCAY D, PELEQUEN A Y PUNTA BAJA 15" + Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena