Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores de Bodegas y Viñedos de Aguirre S.A.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VII REGIÓN DEL MAULE
Resolución Exenta N%127/2015
Califica Ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores".
Talca, 28 de Octubre del 2015.
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
1 La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 16 de Junio del 2015 y su Adenda Complementaria de 11 de Septiembre del 2015, del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores", presentado por Bodega y Viñedos de Aguirre S.A. a través de su Representante Legal don Rodrigo Luis de Aguirre Etcheberry, con fecha 19 de Febrero del 2015.
-
Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo TI, Antecedentes del Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del Informe Consolidado de Evaluación (ICE), de la DIA del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores".
-
El Acta de Evaluación del Comité Técnico de la Región del Maule, de fecha 08 de Octubre del 2015.
-
El ICE de la DIA del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" de 20 de Octubre del 2015,
D. El Acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule de fecha 28 de Octubre del 2015.
- La Resolución de Calificación Ambiental N” 461/2006, de fecha 12 de Diciembre del 2006, de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule, del proyecto “Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" que se modifica a través de la presente Resolución.
RCA(+) DIA "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores” PCT
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores".
-
Lo dispuesto en la Ley N? 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente: el D.S. N? 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N” 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N? 1,600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
1 Que, Bodega y Viñedos de Aguirre S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre o razón social Bodega y Viñedos de Aguirre S.A. RUT 96.997.500-9 Domicilio Avenida México 1199, Recoleta - Santiago Teléfono +56 2 25960000 Nombre representante legal Rodrigo Luis de Aguirre Etcheberry Rut representante legal 12.628.328-8 Domicilio representante legal Avenida México 1199, Recoleta - Santiago Teléfono representante legal +56 2 25960000 Correo electrónico representante legal rodrigoOsoldechile.cl 2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 20 de Octubre del 2015, el Director Regional de la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: ) El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; ii) El proyecto cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos
Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 139, 140 y 142 del D.S. N*40/2012;
y iii) El proyecto no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
- Que, en sesión del 28 de Octubre del 2015, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" aprobando íntegramente el contenido del ICE del 20 de Octubre del 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución.
RCA(+) DIA "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" PCT
- Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo general
Construcción, habilitación e instalación del Sistema de Tratamiento, con el que Bodega y Viñedos de Aguirre S.A., hará el manejo de los RILes, de modo que éstos sean aplicados al suelo agrícola,
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Artículo 3”, letra O) del DS N*40/12 "Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos, que contemplen dentro de sus instalaciones lagunas de estabilización, o cuyos efluentes tratados se usen para el riego o se infiltren en el terreno, o que den servicio de tratamiento a residuos provenientes de terceros, o que traten efluentes con una carga contaminante media diaria igual o superior al equivalente a las aguas servidas de una población de cien (100) personas, en uno o más de los parámetros señalados en la respectiva norma de descargas líquidas",
Vida útil
El proyecto se ha evaluado económicamente con una vida útil de 30 años, considerando la adecuación de las instalaciones y reposición y reemplazo de los componentes de este, por lo que no se planea un cierre propiamente tal.
Monto de inversión
Cien mil dólares americanos
Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
Obtenida la RCA favorable del proyecto, se comenzará la habilitación del Sistema de Tratamiento, con el movimiento de tierra requerido para la confección del tranque de acumulación.
Proyecto se desarrolla por etapas
Si No
XX]
Proyecto modifica un proyecto o actividad
Modificación del proyecto "Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" de
Si No
Viña de Aguirre, que fue calificado ambientalmente a través de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N? 461/2006
Xx]
Proyecto modifica otra
RCA
Si No | Consiste en la modificación del proyecto "Sistema de
Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" de Viña de Aguirre, que fue calificado ambientalmente a través de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N? 461/2006, y que consideró tratamiento físico de 20 m3/día de riles propios y disposición al suelo a través de micro aspersión en una superficie de 0,75 Há, entre los meses de marzo aabril. Contempla:
i) Mejorar las etapas de filtración y decantación. Incorporando un filtro rotatorio para la separación sólido líquido, y estanques cónicos para mejorar el proceso de decantación.
ii) Construcción de tranque de acumulación de 1.600 m3.
iii) Aplicar el RIL tratado durante todo el año, en 6,5 hectáreas de viñas por medio de un sistema de micro Micro Aspersión.
iv) Aplicación de RIL en temporada alta de 200 m*/día (meses de marzo a mayo): en temporada
Xx
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intermedia (post vendimia) de 100 m/día el mes de junio; y en temporada baja (resto del año, meses de julio a febrero) con una generación de 75 m/día
v) Que los residuos sólidos orgánicos que sean separados por el equipo de filtración, serán dispuestos al suelo como mejoradores. Los lodos separados de la etapa de decantación, serán deshidratados, estabilizados por medio de la adición de CAL, y aplicados al suelo agrícola (D.S. 03/2012 del MMA) (ver Capítulo IV del ICE
Descripción del Proyecto).
Las modificaciones del proyecto, en comparación con el que se encuentra calificado
favorablemente, serán:
Actual Proyecto Aprobado
Modificación Proyecto
Nombre del Proyecto: "Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Micro Aspersores"
Nombre del Proyecto:
"Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Micro Aspersores"
Caudal a Tratar:
Entre los meses de marzo a abril, se generan los mayores caudales del efluente general, siendo estos de alrededor de 20 m/día, mientras que en los restantes meses del año, las descargas alcanzan un caudal máximo de 2 m/día.
Caudal a Tratar:
Se definen nuevas temporadas, una de mayor producción donde se incluye la época de vendimia y otra de temporada baja. Los caudales para la actual tramitación, cambian a:
. RIL en temporada alta de 200 m*/día (meses de marzo a mayo)
. Temporada intermedia (post vendimia) de 100 m*/día el mes de junio
. Temporada baja (resto del año, meses de julio a febrero) con una generación de 75 m*/día
Ubicación de la Bodega de vinos Fundo Santa Ana de Liucura s/n Villa Alegre
Ubicación de la Bodega de vinos Fundo Santa Ana de Liucura s/n Villa Alegre
Tipo de Sistema de Tratamiento:
Sistema de Tratamiento Físico, para acondicionar el RIL de manera que sea aplicado al suelo, por medio de un sistema de micro Micro Aspersión en 0,75 hás de vides.
Tipo de Sistema de Tratamiento:
Sistema de Tratamiento Físico, para acondicionar el RIL de manera que sea aplicado al suelo, por medio de un sistema de micro Micro Aspersión. La presente modificación mejora las etapas de filtración y decantación, con la incorporación de mejor tecnología.
Forma de Aplicación de RILes: Riego en 0,75 hás de micro Micro Aspersión fija.
Forma de Aplicación de RILes:
El RIL tratado, será aplicado al suelo durante todo el año, en 6,5 hectáreas (aprox.) por medio de un sistema de micro Micro Aspersión diseñado para que funcione con RILes.
Zona de Riego:
La zona de riego se encuentra aledaña a la bodega de vinos (al oriente de esta), correspondiente a 0,75 hás de vides.
Zona de Aplicación:
El RIL tratado, será aplicado al suelo, en 6,5 hás de vides y pradera natural, en cuarteles ubicados al norponiente de la bodega de vinos.
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Actual Proyecto Aprobado
Modificación Proyecto
Acumulación del RIL:
La acumulación del RIL para cuando no sea posible realizar la aplicación, sería realizado en una piscina del sector con capacidad de acumulación de 60 m'.
Acumulación del RIL:
El RIL es aplicado en todo periodo del año, a excepción de los días donde el suelo se encuentre saturado por eventos de lluvias persistentes. Para esta acumulación, se construirá un nuevo tranque de 1.600 m', aledaña a la zona de aplicación de RILes.
Sistema de Tratamiento del RIL:
El tratamiento del proyecto original consta de operaciones físicas unitarias típicas tales como: separación sólido-líquido (realizado por un Filtro Rotatorio), decantación (en un pozo), acumulación (en una piscina de hormigón de 60 m?), neutralización, oxigenación, filtro de arena, caudalímetro, cámara de monitoreo de Ril y disposición del RILes mediante un sistema de micro Micro Aspersión fija.
Sistema de Tratamiento del RIL:
La modificación al proyecto, contempla la realización de las mismas etapas de tratamientos, aumentando la capacidad y calidad de estos, incorporando un filtro rotatorio para la separación sólido líquido, adicionando estanques cónicos para mejorar el proceso de decantación, aumentando la capacidad de acumulación, para periodos en donde no sea posible aplicar los Riles al suelo agrícola y aumentando la superficie de aplicación de estos.
Manejo de Residuos Sólidos
En la zona del Filtro Rotatorio, los orujos y pepas que se saquen, se utilizara como aporte al suelo. La cantidad total de orujos y pepas generados durante el año es 4. La frecuencia de retiro en vendimia es 0,5 m?* cada 7 días (durante la vendimia). Los residuos que se trataran serán solo del sistema de tratamiento y no del proceso de producción. Durante el periodo de vendimia los orujos y pepas serán almacenados en bins perforados y tapados en la zona de decantación, luego serán dispuestos en el suelo (vides) como aporte orgánico. En la zona de decantación, el decantado (lodo) que será retirado se utilizaran como mejorador al suelo. El sólido resultante del proceso de decantación noes lodo biológico ni tampoco es un lodo químico, sino que es un decantado, formado por agua, arenas y tierras filtrantes. Del total de decantado generado durante el año (4 al año) se reduce su volumen a un 20% (escurrimiento en bins perforados con grava y arena ubicados en la zona de pretratamiento).
Manejo de Residuos Sólidos
Los residuos sólidos orgánicos que serán separados por el equipo de filtración, serán dispuestos al suelo como mejoradores. Adicionalmente, los lodos separados de la etapa de decantación, serán deshidratados, estabilizados por medio de la adición de CAL, de manera de poder aplicarlos al suelo agrícola, cumpliendo con lo estipulado en el D.S. 03/2012 del Ministerio de Medio Ambiente. Finalmente los residuos peligrosos, generados por los productos de neutralización, del sistema de tratamiento son almacenados en una bodega de la empresa, especialmente habilitada, hasta la entrega a un prestador especializado y autorizado, para que efectúe el retiro, traslado y eliminación de los residuos, según el DS 148.
Autocontrol
El programa de autocontrol para los RILes, se basará en el artículo 6.3 del D.S. 90/00 MINSEGPRES. Se tomarán seis muestras entre Marzo y Mayo (periodo de mayor producción de RILes) y seis muestras en el resto del año. Los parámetros a controlar serán:
pH.
DBO5 mg/lit. ( informando Kg. dispuestos por Hectárea )
Autocontrol
Se controlarán los RILes vertidos sobre el terreno y las aguas subterráneas para comprobar su estado y verificar que la disposición en el terreno no tiene incidencia en su estado.
El control realizado al Efluente Aplicado se basará en lo descrito en la Guía SAG, analizando los parámetros que permitan evidenciar de manera más clara, la correcta operación del sistema son los siguientes:
. pH.
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Actual Proyecto Aprobado
Modificación Proyecto
N keldal (mg/L).
Sólidos Suspendidos Totales (mg/L).
Nitratos (mg/L).
Nitritos (mg/L )
El caudal será registrado con un medidor propio (Caudalímetro), con el cual se llevará un registro del RIL dispuesto. La información recolectada en cada uno de los monitoreos, serán remitidas a los entes fiscalizadores respectivos (Servicio Agrícola Ganadero, CONAMA VIT Región, Superintendencia de Servicios Sanitarios y SEREMI de Salud del Maule).
Para el control de las aguas subterráneas, se analizarán junto con la muestra de los RILes, una muestra del agua del pozo existente en el predio, para la cual se analizarán:
Nitrógeno total
Nitritos
Nitratos
Se llevará un registro de todas las mediciones realizadas tomadas por personal capacitado y analizadas por un laboratorio autorizado,
DBO5 mg/L. (informando Kg. aplicados por
Hectárea)
Nitrógeno Total (mg/L).
Sólidos Suspendidos Totales (mg/L). Aceites y Grasas
Detergentes - SAAM (mg/L). Fenoles
El caudal será registrado con un medidor propio (caudalímetro), con el cual se llevará un registro del RIL aplicado.
Para el control de las Aguas Subterráneas, con frecuencia de monitoreo de 2 veces por año (en Temporada Alta y Temporada Baja), para la cual se analizarán:
Nitrógeno kjeldahl
Nitritos
Nitratos
DBO5 mg/L
Sólidos Suspendidos Totales (mg/L).
Adicionalmente se realizará el Monitoreo de Suelos, de modo de efectuar el control de los parámetros relevantes para la disposición de riles en el suelo. Se
realizará de manera anual temporada alta, un análisis del
antes de entrar en suelo de sus
principales características agronómicas de modo de
evidenciar que se cuenta con
las condiciones
adecuadas para la mantención del cultivo, como son:
Capacidad de campo,
Punto de Marchitez Permanente, Densidad aparente y
Materia Orgánica.
4,2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
División político-administrativa
Región del Maule, Provincia de Linares, Comuna de Villa Alegre
Descripción de la localización
El proyecto de Sistema de Tratamiento para disponer RILes al suelo, se localiza en Fundo Santa Ana de Liucura s/n Villa Alegre
Superficie
Etapa Superficie Requerida Construcción Pretratamiento: Filtración y Decantación 50 m2 Tranques de Acumulación y aireación 1.200 m2 Zona de Aplicación de Efluentes 65.000 m2 Operación 67.000 m2
Coordenadas UTM en Datum
W6S84
Componente
Coordenadas USO 19H Norte Este
Bodega de Vinos
6.045.077 254.643
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Pre tratamiento (Filtración y Decantación) 6.045.161 254.713 Acumulación 6.045.540 254.620 Zona de Aplicación de Efluentes 6.045.427 254.499 Caminos de acceso Ruta 5 Sur, ruta L-16 (para ingreso a la ciudad de Villa Alegre) y en la
intersección con la ruta L-214 virar al Sur, tomar finalmente la ruta L- 202 por aproximadamente 2,8 kilómetros.
Referencia al expediente de | Ver Capítulo IV del ICE Descripción del Proyecto.
evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
El proyecto consiste en la construcción, habilitación e instalación del Sistema de Tratamiento, con el que Bodega y Viñedos de Aguirre S.A., hará el manejo de los RILes, de modo que estos sean aplicados al suelo agrícola. Para lo cual desarrollará las siguientes acciones:
Losa Pretratamiento, para las etapas de Filtración y Decantación.
Filtro Rotatorio para la separación de los sólidos de tamaño mayor a 2 mm.
Estanques cónicos de decantación (Volumen de 15 m?).
Implementación de sistema de Deshidratado de Lodos (contenedor dotado de material pétreo). Equipos de impulsión, desde Pre tratamiento a Tranque de Acumulación.
Ducto desde Pre tratamiento a Acumulación.
Construcción de Tranque de Acumulación de RIL,
Implementación de Sistema de Aireación del RIL.
Implementación de sistema de Neutralización del RIL.
Implementación de Control de Caudal a aplicar al campo.
Habilitación de sistema de aplicación de RILes al suelo (6,5 hás de vides y pradera natural).
Requerimiento | Se requerirá el uso de maquinaria manual, para los operarios que efectué las tareas
s
para la | (taladros, esmeriles angulares, etc.), además del uso de una retroexcavadora, que
Materializació | ejecutará las tareas de confección del tranque de acumulación (escarpes y excavaciones)
n
de las | y las excavaciones para la instalación de las tuberías de conducción del RIL y de las
Obras matrices del sistema de Riego Tecnificado.
Establecimien | Obtenida la RCA favorable del proyecto, se comenzará la habilitación del Sistema de to del Inicio | Tratamiento, con el movimiento de tierra requerido para la confección del tranque de de la Etapa de | acumulación.
Construcción
Mano de Obra | Se utilizarán los suministros básicos con que cuenta la bodega de vinos, tal como energía Requerida eléctrica y agua potable. Adicionalmente, para los trabajadores que efectúen las obras
de construcción del sistema de aplicación de RILes, que se efectuará en el campo, se habilitará un baño químico tipo agrícola (caseta sanitaria con un estanque de agua potable) por el tiempo que dure los trabajos. En caso de que se requiera energía eléctrica, se utilizará la que se encuentra en las distintas instalaciones del predio (bodega de vinos y el área agrícola).
Los trabajadores que efectúen las tareas de construcción del Sistema de Tratamiento y Aplicación de Riles al suelo agrícola, efectuarán las tareas en horario diurno, trasladándose diariamente al predio donde se ubica la empresa, en una camioneta, no efectuando en este recinto alojamiento o alimentación.
Sistema de | El tratamiento para acondicionar el RIL, que permita que este sea aplicado
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Tratamiento del RIL
homogéneamente al suelo, mediante un sistema de Micro Aspersión, considera operaciones físicas unitarias tales como: separación sólido-líquido, extracción y deshidratado de decantado, acumulación, aireación, medición de caudal y aplicación del RILes mediante un sistema de Micro Aspersión.
Se efectuará el acondicionamiento de los RILes, en todas las temporadas productivas, tratando un caudal máximo de 200 m/día, entre los meses de marzo a mayo, una temporada intermedia con una generación estimada de 100 m/día, mientras que durante la temporada baja de producción, la generación máxima de RILes que van a tratamiento es de 75 m/día. El RIL a tratar se encuentra crudo, con una concentración máxima de 6.000 mg O2/L, y luego de pasar por las distintas etapas de acondicionamiento tendrá una concentración de 3.500 mg O2/L. En ningún caso se aplicará ril tratado con una carga superior a 112 kg de DBO5/hadía.
Teniendo en consideración la relación de los volúmenes de las distintas instancias del sistema de tratamiento y los tiempos de residencia, en base a los caudales de RILes generados, se tiene:
Tiempo de Tiempo de Tiempo de
Capacidad del Residencia Residencia Residencia
Componente | componente
(mé) Post Vendimia
Vendimia (hr) (hr) Sin Vendimia (hr)
Cámaras de Recepción y Bombeo a Tratamiento
2 0,24 0,16 0,21
Cámara RIL
Filtrado 2 0,24 0,16 0,21
Estanques de
Decantación 15 18 12 160
Tranque
Acumulación* 1600 192 128 170,67
(*) El RIL solo será almacenado en el tranque, cuando no sea posible aplicarlo al suelo, debido a presencia de lluvias persistentes, por lo que los tiempos de residencia para esta etapa de tratamiento solo son para el caso de la acumulación. La operación normal, implica que todo el RIL generado en la bodega de vinos será aplicado.
Recursos naturales renovables
La zona donde se ubica el sistema de tratamiento se encuentra aledaña a la planta elaboradora de vinos, al norte de esta. Desde allí se llevarán los RILes acondicionados a través de la filtración, decantación, aireación y neutralización, a la zona de aplicación, que se encuentra ubicada en el mismo predio, hacia el norponiente de la bodega de vinos. El tratamiento realizado antes de la aplicación de los efluentes, minimizará la emisión de olores, preparará el RIL para ser aplicado, permitiendo además que el sistema disponga de capacidad de acumulación del RIL, para los días de lluvias intensas, donde no sea posible realizar la aplicación. La planta se encuentra ubicada en una zona Rural, netamente agrícola, según lo establecido en el Plan Regulador Comunal de Comuna de Villa Alegre.
En la zona de localización del tratamiento y aplicación de RTLes se tiene:
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i En la zona de emplazamiento del proyecto no se encuentran recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados.
ii. El suelo es de característica agrícola, y la zona es rural.
iii, La diversidad biológica del lugar se mantendrá, puesto que los terrenos seguirán siendo utilizados, en la plantación de vides y de Pradera Natural.
iv. No se localiza en una zona con valor paisajístico o turístico, ni que haya sido declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el DL N* 1,224 de 1975.
Emisiones, Descargas Residuos
Y
Se tendrán las siguientes emisiones:
si e Actividad o Cuerpo ! acción que lo Forma de Abatimiento y Control legal descarga y ' Residuo genera aplicable Emisiones Movimiento de | + Se regará el terreno en forma | Decreto de material | tierra y | oportuna y suficiente durante el | Supremo
particulado | generación de | período en que se realicen | 144/61, del gases, producto | movimientos de tierra en la | Ministerio
de la combustión | ejecución del proyecto. de Salud.
de la maquinaria | - Se hará uso de procesos húmedos
a utilizar. en caso de requerir faenas de | Decreto molienda y mezcla de materiales | Supremo para su construcción. N? 138,
- Se mantendrán húmedos los | Ministerio materiales que puedan desprender | de salud.
polvo.
-
Se transportarán los materiales | D.S 59, de la construcción en camiones con | Secretaría carga cubierta. General de
-
Se mantendrá la obra aseada y sin | la desperdicios mediante la colocación | Presidencia. de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
-
Se realizará un mantenimiento adecuado de la maquinaria utilizada en la obra para prevenir las emisiones de gases producto de la combustión incompleta.
-
No se permitirán las quemas de ningún tipo de residuo.
-
Se mantendrán en óptimas condiciones y con sus revisiones al día toda la maquinaria. Adicionalmente, el titular se compromete a Declarar de manera anual sus emisiones.
Ruido Maquinaria que | Las acciones de implementación del | D.S. 38 año realizará el | sistema, no generará emisiones de | 2011 movimiento de | ruido mayores a la actividad
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tierra. agrícola al interior de un predio, las que son atenuadas por la ubicación de la empresa en una zona netamente agrícola.
Líquidos Trabajadores de | Baños habilitados para contratistas | D.S. la etapa de 594/99 construcción Sólidos Obras y montaje | Recolección y disposición de estos | D.S. de equipos. residuos, para ¡juntarlos y | 594/99 disponerlos con los de la bodega de vinos.
Los residuos líquidos generados por la bodega de vinos de Bodega y Viñedos De Aguirre S.A., serán tratados tal como se señala en la presente Declaración de impacto Ambiental, efectuando el tratamiento y aplicación de RILes al suelo agrícola.
Por otra parte, los residuos sólidos generados por el proceso productivo, son separados como residuos peligrosos y no peligrosos, almacenando estos en una bodega de RESPEL y disponiendo los primeros de estos a través de una empresa especializada y autorizada, mientras que los no peligrosos son manejados según el tipo de residuo, disponiendo los residuos asimilables a domésticos en un relleno sanitario autorizado (a través de un prestador especializado), mientras que los residuos orgánicos separados del proceso de elaboración de vino, son aplicados en el predio, como mejoradores de suelo.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Ver punto 4.7.1. Capítulo IV del ICE Descripción del Proyecto.
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
Se realizarán las siguientes actividades: Puesta en marcha del sistema de tratamiento y de aplicación de RILes al suelo agrícola. . Operación del sistema de tratamiento (filtración, decantación, deshidratado de lodos, aireación y neutralización), llenado de registros y análisis de autocontrol del sistema. Operación del Sistema de Aplicación de RILes al suelo agrícola. Q Supervisión constante y mantenciones a los equipos y componentes.
Inicio de la
Una vez terminada la implementación, comenzará la operación del proyecto con la puesta
Etapa de | en marcha, donde se efectuarán pruebas a los componentes del sistema, realizando las Operación correcciones necesarias, de modo que cada equipo del sistema, funcione de manera adecuada. Las fechas estimadas para el inicio de esta fase, se presentan en la siguiente tabla: Etapa Fecha de Inicio Fecha de Termino
Etapa de Puesta en Marcha 01-04-2016 01-05-2016
Etapa de Operación 02-05-2016 Indefinido Sistema de | El tratamiento para acondicionar el RIL, que permita que este sea aplicado Tratamiento | homogéneamente al suelo, mediante un sistema de Micro Aspersión, considera del RIL operaciones físicas unitarias tales como: separación sólido-líquido, extracción y
deshidratado de decantado, acumulación, aireación, medición de caudal y aplicación del RILes mediante un sistema de Micro Aspersión.
Se efectuará el acondicionamiento de los RILes, en todas las temporadas productivas,
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tratando un caudal máximo de 200 m/día, entre los meses de marzo a mayo, una temporada intermedia con una generación estimada de 100 m/día, mientras que durante la temporada baja de producción, la generación máxima de RILes que van a tratamiento es de 75 m/día. El RIL a tratar se encuentra crudo, con una concentración máxima de 6.000 mg O2/L, y luego de pasar por las distintas etapas de acondicionamiento tendrá una concentración de 3.500 mg O2/L. En ningún caso se aplicará ril tratado con una carga superior a 112 kg de DBOs/hadía.
Teniendo en consideración la relación de los volúmenes de las distintas instancias del sistema de tratamiento y los tiempos de residencia, en base a los caudales de RILes generados, se tiene:
. Tiempo de Tiempo de Tiempo de Capacidad del Residencia Residencia Residencia Componente | componente 3 (m*) Vendimia (hr) Post A Sin Vendimia (hr) Cámaras de Recepción y 2 0,24 0,16 0,21 Bombeo a Tratamiento Cámara RIL Filtrado 2 0,24 0,16 0,21 Estanques de 15 18 12 150 Decantación Tranque 1600 192 128 170,67 Acumulación”
(*) El RIL solo será almacenado en el tranque, cuando no sea posible aplicarlo al suelo, debido a presencia de lluvias persistentes, por lo que los tiempos de residencia para esta etapa de tratamiento solo son para el caso de la acumulación. La operación normal implica que todo el RIL generado en la bodega de vinos será aplicado.
Descripción de los elementos Sistema de Tratamiento de RILes
i) Separación Sólido - Líquido. Esta etapa de pre tratamiento será realizado por un Filtro Rotatorio de 4 m?, para separar de manera automática los sólidos de tamaño mayor a 2 mm. Este es íntegramente de acero inoxidable y posee la
ventaja de que realiza la deposición de los sólidos, de manera automática en el recipiente de acumulación. El RIL que llegue a este equipo será impulsado por los equipos existentes, tanto en la bodega de vinos, como en la sección de envasado. — La impulsión del RIL hacia el equipo es realizado por dos equipos de bombeo, desde dos puntos de la bodega de vinos (recogiendo los RILes desde la zona de producción y de la de envasado). Por otra parte, el RIL filtrado es enviado por medio de una bomba de impulsión hasta los estanques de decantación.
ii) Decantación del RIL. La decantación consiste en la separación, por acción de la gravedad, de las partículas suspendidas cuyo peso específico sea mayor que el del RIL. Esta operación se emplea para la eliminación de tierras, arenas y materia en suspensión. Los RILes Pre-tratados provenientes del Filtro Rotatorio, son impulsados a un par de estanques decantadores de 15 m?* de capacidad total. El tiempo de residencia es de alrededor de 1,8 horas en temporada alta (época donde el funcionamiento de la bodega, transcurre durante todo el día y la noche), con un caudal
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máximo de 8,3 m*/hr, en temporada de vendimia. Desde aquí los RILes serán sacados por rebalse hasta el tranque de acumulación, donde serán neutralizados y aireados.
Adicionalmente, de modo de poder efectuar el deshidratado de los lodos, del sistema de decantación, se dispondrá de un sistema de extracción del exceso de agua, habilitando bins con material pétreo en su interior, de modo de que escurra la fracción líquida de estos. Los bins, se instalarán en la misma losa de pre tratamiento, que recoja el líquido por medio de una canalización y lo devuelva al sistema de tratamiento. Debemos señalar que el decantado, corresponde básicamente a tierra que es arrastrada por los lavados de equipos e instalaciones, además de arenas diatomeas utilizadas en los procesos de producción de vino y en menor medida a restos de materia prima, debido a que esta es retenida en el sistema de filtración, anterior a esta etapa de tratamiento, por lo que el tiempo para que los sólidos presentes en el RIL decanten, es menor a 1 hora. Pruebas de campo realizadas al RIL vitivinícola, demuestran que con tiempos de decantación inferiores a 40 minutos, se logra que sedimenten más del 90% de los sólidos presentes en el RIL.
iii) Procedimiento de Estabilizado de Lodos. Luego de pasar por un periodo de reposo en los estanques de decantación, se saca la fracción sólida por una válvula inferior (en la parte cónica), depositándola en el lecho de deshidratado, compuesto de material pétreo. Desde el lecho, se sacará la capa de lodo que quede en la parte superior, para depositarlo en un contenedor cerrado, donde se efectuará el proceso de estabilizado del lodo, por medio de la adición de material alcalino (cal apagada superfina), en este contenedor se hará la medición del pH, para garantizar que el lodo se mantienen a valores cercanos a 12, de modo de evitar la proliferación de vectores y/o generación de lodos. Cuando se cuente con una cantidad adecuada (alrededor de 70% de la capacidad del contenedor), se efectuará el ajuste del pH del lodo, de modo de que se cumpla con lo señalado en el artículo 6 del Decreto 4/2009 "Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas": Durante 72 horas antes de efectuar el despacho de los lodos, se medirá nuevamente pH para ajustarlo, en caso de que sea necesario, de modo de lograr valores de 12 o más, mediante agregación de material alcalino. Sin adición de más material alcalino, el pH deberá mantenerse a 12 o más por 2 horas y posteriormente a 11,5 o más por 22 horas adicionales. Este sistema de estabilizado de lodos, se encontrará ubicado en la losa de pre tratamiento, donde estará ubicado también el filtro rotatorio y los estanques cónicos (figura 09). Esta zona, cumple con los requerimientos señalados en el artículo 5 del D.S N* 3/2012, encontrándose a más de 20 metros de cuerpos de aguas superficiales (canal de riego que pasa por el oriente de la bodega de vinos), tanto como del pozo profundo de la empresa. La zona donde se realizará el estabilizado de los lodos y el almacenamiento transitorio de estos, se encuentra libre de inundaciones, además el titular del proyecto se compromete a mantener estos tapados, de manera de evitar la generación de olores molestos y proliferación de vectores de interés sanitario, para lo que se cuenta con el servicio contratado de una empresa, que efectúa el control de plagas, reforzando esta zona, una vez que el sistema entre en operación.
iv) Neutralización del RIL. El sistema de neutralización, está compuesto por una bomba de dosificación automática y un instrumento electrónico de medición de pH. Como complemento el sistema contará con dos estanques de 500 litros, cada uno donde se prepararán las soluciones con soda cáustica o con ácido (cítrico o sulfúrico) para la neutralización, conectados a la bomba dosificadora, la cual enviará la solución al sistema de acumulación de Riles (tranque de 1.600 m3). Cabe señalar que los RILes una vez neutralizados se descargan de una sola vez (descarga batch).
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Los productos químicos que se utilizaran en el sistema de neutralización son soda cáustica y ácido cítrico. El almacenamiento de los productos usados para efectuar la neutralización, cumplirán con el D.S.78/09 "Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas", contando con una bodega de almacenamiento de productos, misma utilizada para los productos químicos que se utilizan en el proceso productivo. Cada envase que se encuentre en esta bodega estará rotulado con las indicaciones técnicas del producto, nombre comercial, formula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características física - química, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de la ubicación dentro del predio, señalando accesos y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias. Para prevenir emergencias se efectuarán las siguientes medidas generales, sacadas de las fichas técnicas de los productos, según la NCh 2.245:
. Se mantendrán los recipientes herméticamente cerrados.
. Estiba de las fundas o sacos, en arrumes de máximo tres metros de alto.
. No se colocaran los sacos o fundas directamente sobre pisos húmedos.
. Uso de pallets.
. Se evitará polvos contaminantes.
. Se evitará el daño físico a los empaques.
. Se aislarán las sustancias incompatibles,
. Almacenamiento bajo techo, en lugar fresco, ventilado y con buen drenaje.
. No se almacenarán estos productos junto a materiales de rápida ignición.
. No se mezclarán con ácidos o materiales orgánicos.
. No se almacenarán junto al aluminio o magnesio.
. Los sacos o fundas vacíos de este material pueden ser peligrosos por cuanto pueden tener residuos, además no deben ser limpiados para uso en otros propósitos temporales.
. Se instalarán avisos de precaución donde informe los riesgos y la obligación de usar los equipos de protección personal.
. Se deberá disponer de una ducha de emergencia y una estación lavaojos cerca al lugar de trabajo.
. Los productos se transportarán en vehículos con plataforma cerrada. Siempre
añada el hidróxido de sodio al agua, mientras agita, nunca lo contrario.
Considerando que normalmente el RIL solo requiere ajuste de pH mediante la aplicación de una solución básica, los volúmenes almacenados en la bodega de insumos, perteneciente a la planta elaboradora de vinos, serán 100 kilos de soda cáustica y 25 kilos de ácido cítrico (en sacos de 25 kg producto).
v) Sistema de Acumulación. Este corresponde a un Tranque de Acumulación, que será construído por medio de una excavación, la que luego de ser preparada, se revestirá con geomembrana, para garantizar su impermeabilización. El funcionamiento normal de esta etapa del sistema de acondicionamiento del RIL, será solo para el paso del RIL, es decir que saldrá todo el RIL que ingrese a disposición en el campo, por medio del sistema de riego tecnificado por Micro Aspersión. Con esto se garantizará que siempre se dispone de la capacidad suficiente, para efectuar la acumulación cuando se requiera.
vi) Características técnicas del tranque de acumulación. Para efectuar la acumulación del RIL cuando no sea posible realizar la aplicación de los efluentes al suelo (periodo de lluvias persistentes), se confeccionará un tranque por medio de una excavación en la tierra, conformación de taludes con el material que se extraiga e
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impermeabilizado por medio de geomembrana de PVC de 1 mm de espesor. La capacidad utilizable es de 1600 m?, teniendo como dimensiones 35 x 20 metros en su boca superior y una altura total de 3 metros (de los cuales alrededor de 1,2 metros serán conformados sobre el piso). Este se ubicará aledaño a la zona de pretratamiento, al sur de la planta elaboradora de vinos (ver Anexo B de la DIA).
Las coordenadas de la ubicación de éste son: USO 19 H, N: 6045540, E: 254620.
a) Coronamiento y taludes. Coronamiento de 2,3 m de ancho, con taludes a 45”, es decir aguas afuera de 1:1 (H:V) y aguas adentro de 1:1 (H: v). b) Muros y Piso. Construcción en capas no superiores a 20 cm. y una
densidad relativa superior a 85%. En cada una de estas capas, se extraerán los bolones de más de 15 cm. de diámetro. Se realizará compactación por vibración.
c) Revestimiento de tranque. Se utilizará una geomembrana de PVC, de 1mm de espesor (ver Anexo E de la DIA). d) Capacidad del tranque. Para el cálculo de la capacidad del sistema de
acumulación, se considera el almacenamiento de RILes sólo cuando ocurran lluvias, y por consiguiente no es posible aplicar los efluentes en el suelo. El volumen de agua del tranque corresponde a la acumulación de RILes, más la precipitación caída sobre este (ver anexo F de la DIA). — El llenado del tranque de acumulación, sería:
Llenado de tranque por Precipitaciones +RIL Producido (m/día) Mes Días por mes | RIL (m/día) Llenado Enero 31 75 75,00 Febrero 28 75 75,00 Marzo 31 200 200,94 Abril 30 200 202,79 Mayo 31 200 208,06 Junio 30 100 111,22 Julio 31 75 86,11 Agosto 31 75 80,76 Septiembre 30 75 77,93 Octubre 31 75 77/05 Noviembre 30 75 76,39 Diciembre 31 75 75,85 e) Aireación para eliminación de malos olores. Se aportará oxígeno para
eliminar los malos olores producto de reacciones anaeróbicas, por medio de un equipo Soplador que aporte un caudal de aire de alrededor de 70 a 100 m*/hr que varía según altura de líquido dada por la cantidad de RIL que se encuentre almacenado en el tranque. El equipo soplador seleccionado, alimentará una Parrilla de alrededor de 14 difusores de membrana fina, los que serán instalados por medio de tubería de PVC, a una altura de más menos 30 cm, sobre el fondo del tranque de acumulación, anclados por medio de pollos de cemento.
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f Cuantificación del Caudal. El medidor de caudal se ubicará a la salida del tranque de acumulación (etapa final del sistema de tratamiento), para realizar la cuantificación antes de que los RILes sean enviados a la zona de aplicación, con esto se registrarán los RILes tratados que se dispondrán en el suelo (6,5 hectáreas de vides), dichos valores serán registrados diariamente.
9) Válvula de Monitoreo. La empresa, en su planta elaboradora de vinos, colocará una válvula de monitoreo a la salida del tranque de acumulación (antes de que los RILes sean descargados al campo), con coordenadas UTM, USO 19 H, N: 6045540, E: 254620, para cumplir el programa de seguimiento ambiental (monitoreo de autocontrol).
4.2.4, Sistema de Aplicación de RILes al Suelo Agrícola.
El titular ha elegido para su proyecto, la aplicación de Riles tratados al suelo, considerando un sistema de Micro Aspersión, en 6,5 hectáreas de Pradera Natural, superficie requerida para aplicar un máximo de 200 m? de RIL por día, en Temporada de vendimia, a excepción de periodos de lluvias persistentes (en cuyo caso se acumulará en un tranque de 1.600 m?), con una concentración de DBO5 de 3500 mg/L, ajustándose al requerimiento de disponer menos de 112 kg. DBO5 / díaxHá, establecido por el SAG en la guía de Evaluación Ambiental Aplicación de Efluentes al Suelo. La carga aplicada se basa en normativas internacionales ("Land Treatment of Municipal Wastewater Effluents" y "Wastewater Treatment and Reuse by Land Application", publicados por la EPA), que recomiendan, según diversas experiencias, límites de carga aceptable de sustancias orgánicas biodegradables a aplicar en el suelo un valor de 112 Kg. de DBO5/ háxdía.
Productos generados
-
La aplicación de efluentes (Riles tratados) se realizará por medio de Micro Aspersores fijos
-
Los residuos sólidos generados por el proceso productivo, son separados como residuos peligrosos y no peligrosos, almacenando estos en una bodega de RESPEL y disponiendo los primeros de estos a través de una empresa especializada y autorizada, mientras que los no peligrosos son manejados según el tipo de residuo, disponiendo los residuos asimilables a domésticos en un relleno sanitario autorizado (a través de un prestador especializado), mientras que los residuos orgánicos separados del proceso de elaboración de vino, son aplicados en el predio, como mejoradores de suelo.
Emisiones efluentes
y
Se tendrán las siguientes emisiones:
e Actividad o Cuerpo Ú acción que lo Forma de Abatimiento y Control legal descarga y licable Residuo genera aplica! Malos Generación de | + Sedimentaciones que se van | Guía SAG Olores decantado en | produciendo y quedando en el fondo de las cámaras y | las unidades. piscinas de las | + Eficaz separación de los sólidos etapas de | presentes en el RIL, en las etapas de tratamiento filtrado, y extracción y secado de lodos * Sistema de aireación, que mantendrá el RIL en movimiento de modo de evitar la generación de reacciones anaeróbicas Emisiones Traslado de | + Se regará los caminos de acceso al | D.S. N” de material | los residuos | proyecto. N*144/ particulado | sólidos, desde | - Se realizará un mantenimiento | 1961
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la planta de | adecuado de los vehículos que|D.S. N*
tratamiento a | transporten residuos. 138, lugar de | + No se permitirán las quemas de ningún | MINSAL disposición tipo de residuo. DS 59, final. + Los residuos serán transportados en | SEGPRES vehículos tapados. Ruido Equipos del | Las acciones de operación del sistema, | D.S. 38
sistema de | no generará emisiones de ruido mayores | año 2011 tratamiento y | a la actividad agrícola al interior de un Vehículos predio, las que son atenuadas por la usados para el | ubicación de la empresa en una zona transporte de | netamente agrícola.
residuos.
Líquidos Proceso Aplicación del RIL con una DBOs, con un | Guía SAG Productivo de | máximo de 112 Kg. x hectárea por día. vino
Sólidos Residuos Los sólidos separados del sistema de | D.S N*
separados del | tratamiento (Filtración y Decantación en | 3/2012 sistema de | la planta de tratamiento), serán tratamiento utilizados como material de aporte al suelo, en el mismo predio pero en cuarteles distintos a los que serán utilizados para la disposición
. Cantidad y Manejo de Residuos. Los residuos que se generarán una vez que el Sistema de Tratamiento de RILes comience a operar, serán de tipo Peligrosos y No peligrosos. Los residuos Peligrosos, generados por el sistema, solo corresponderán a los envases de los productos utilizados para la neutralización del RIL, como son la soda cáustica y el ácido cítrico, productos que son usados en la bodega de vinos, para efectuar el lavado de las cubas, por lo que no son distintos a los manipulados por los operarios de la empresa. Debemos señalar, que dado las características del RIL vitivinícola, generalmente se requerirá la aplicación de soda, por lo que este producto será generalmente el único usado. Estos serán manejados de la misma forma que los residuos generados por el proceso productivo, almacenándolos en una bodega de RESPEL y siendo entregados a una empresa autorizada para el transporte y manejo de Residuos Peligrosos.
Por otra parte los Residuos Sólidos separados en las etapas de filtración y decantación, corresponderán solo a residuos orgánicos, como son restos de la materia prima arrastrados por los Riles y retenidos en las etapas de separación sólido líquido, y el lodo decantado (luego de deshidratado y estabilizado), retenido en el estanque decantador y separado en el bins dotado de material pétreo. Estos residuos se jumtarán con los orujos, escobajos y pepas, separados durante el proceso de elaboración de vino, en la bodega, disponiéndolos en el campo como mejoradores de suelo.
Para el caso de la aplicación de los lodos decantados, separados en la etapa de sedimentación que contempla el sistema, serán aplicados según lo que se indica en el D.S N? 3/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.
. El proyecto no contempla extraer ni explotar Recursos Naturales Renovables de ninguna especie, ya sean estos suelo, agua y aire.
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Referencia al | Ver Capítulo IV del ICE Descripción del Proyecto. ICE para mayores detalles sobre esta fase.
4.3.3. FASE DE CIERRE
El proyecto no tiene contemplado etapa de cierre o abandono, considerando la mantención y reposición de los componentes del Sistema de tratamiento y aplicación de RILes al suelo. Pese a esto, y en consideración a las dimensiones del proyecto y características de los componentes del sistema (cámaras, tranque y sistema de aplicación de RILes al suelo), el abandono del proyecto no generará impactos adversos sobre el medio ambiente, dado el tamaño de las obras, las que solo contemplan la des- habilitación de las instalaciones (se efectuará solo el desarme del tranque de acumulación (conformado en tierra), dejando el resto de los componentes en la zona, como son los ductos y cámaras de conducción del RIL, debido a que están enterrados. De esta forma los residuos generados serian básicamente ductos de PVC, la geomembrana del tranque y otros desechos del sistema de aireación, que en su mayoría serán plásticos, los que serían dispuestos de manera final en rellenos sanitarios autorizados. Para el caso de las emisiones atmosféricas y el ruido, dado que la única unidad que debe ser des-habilitada es el tranque de acumulación, serán menores o a lo más iguales, a los estimados para la etapa de construcción de esta unidad de tratamiento, dado a que los trabajos corresponderían a movimiento de tierra que debería ser realizado por un retroexcavadora, de modo de derribar los muros que conformaban el tranque, depositando la tierra en la excavación realizada para dar profundidad al tranque.
4.4. Programa de Control del Proyecto
La disposición de Riles en el suelo será controlada de modo de alcanzar su tratamiento y remover los constituyentes que normalmente contienen dichos RILes, para ello se aceptará una carga no superior de 112 Kg. de DBO; / haxdía. Se utilizarán los sistemas de distribución que permitan la generación de los procesos físicos, biológicos y químicos en el interior de la matriz del suelo, en un tiempo determinado, de acuerdo a las características del RIL aplicado y así lograr su tratamiento, evitando la contaminación del medio. En el sistema de disposición de RILes en el suelo que se emplea en planta elaboradora de vinos de Bodega y Viñedos De Aguirre S.A., contempla prácticas agronómicas y culturales tales como:
1) Se utilizarán tratamientos mínimos de tipo primario (filtración sólido -líquido y decantación).
ii) Se considerará un valor máximo de carga orgánica del RIL de 112 Kg. de DBOs/haxdía y un volumen adecuado que permita la distribución del RIL en forma adecuada.
iii) La aplicación de los Riles será realizada de manera paulatina, realizando la disposición en 6,5 hás, donde será distribuido el RIL por tandas durante todo el día, de modo de eliminar cualquier escurrimiento no deseado, considerando que el sistema de riego es por micro aspersión, lo cual no generará erosión de suelos o escurrimiento superficial del RIL a otros sectores.
iv) Capacitación anual, al personal encargado de la operación del sistema de disposición, en temas relativos al manejo agronómico, trabajo seguro, etc.
4.5. Programa de Autocontrol
Se controlarán los RILes vertidos sobre el terreno y las aguas subterráneas para comprobar su estado y verificar que la disposición en el terreno no tiene incidencia en su estado.
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El programa de autocontrol para los RILes, se basa en lo expresado en el artículo 6.3 del D.S. 90/00 MINSEGPRES, el cual señala la frecuencia de las tomas muestra y los análisis estarán en directa relación al caudal vertido por el establecimiento industrial. Adicionalmente, como el proyecto se basa en la utilización de la guía SAG, para efectuar la correcta aplicación de los RILes al suelo agrícola, los parámetros de control del RIL, son los aplicables al tipo de proyecto, obtenidos de la NCh 1333 "Requisitos de Calidad del Agua para Diferentes Usos", específicamente en los puntos 6.1, referido a agua de riego. Según los procedimientos de monitoreo y los controles establecidos en la normativa, la cual señala que para aquellas fuentes emisoras que descargan un volumen menor a 5.000.000 m*/año, el número mínimo de días de monitoreo anual es de 12, y debe distribuirse mensualmente, determinándose el número de días de toma muestra por mes en forma proporcional a la distribución del volumen de descarga de residuos líquidos en el año. La muestra será tomada por personal capacitado y analizada en un laboratorio autorizado.
Tal como se ha señalado, el control realizado se basará en lo descrito en la Guía SAG, analizando los parámetros que permitan evidenciar de manera más clara, la correcta operación del sistema son los siguientes:
. pH.
. DBO5 mg/L. (informando Kg. aplicados por Hectárea) . Nitrógeno Total (mg/L).
. Sólidos Suspendidos Biodegradables (mg/L).
. Sólidos Suspendidos Totales (mg/L).
. Aceites y Grasas
. Detergentes - SAAM (mg/L).
. Fenoles
Los valores de carga asociados a las concentraciones y detallados a continuación, son los que se usarán para el control y registros:
Parámetros Carga Máxima Temporada Alta Carga Máxima temporada Carga Máxima temporada Baja (kg/Háxdía) Intermedia (kg/Háxdía) (kg/Háxdía) Aceites y Grasas 0,31 0,15 0,12 DBO5 (*) 107,69 53,85 40,38 Detergentes (SAAM) 0,02 0,01 0,01 Fenoles 126 0,63 0,47 SST 6,15 3,08 2,31
El nitrógeno total, se determinará por la suma del Nitrógeno kjeldahl más nitratos y nitritos.
El caudal será registrado con un medidor propio (caudalímetro), con el cual se llevará un registro del RIL dispuesto. Adicionalmente el pH será registrado diariamente, en la planilla de control, junto con el caudal diario dispuesto, medido a través del sistema de control de neutralización, con el que cuenta el sistema de tratamiento.
Para el control de las aguas subterráneas, con frecuencia de monitoreo de 2 veces por año (en Temporada Alta y Temporada Baja), para la cual se analizarán:
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. Nitrógeno kjeldahl
. Nitritos
. Nitratos
. DBO; mg/L
. Sólidos Suspendidos Totales (mg/L).
Se llevará un registro de todas las mediciones realizadas tomadas por personal capacitado y analizadas por un laboratorio autorizado (El nitrógeno total, se determinará por la suma del Nitrógeno kjeldahl más nitratos y nitritos).
Adicionalmente se realizará el Monitoreo de Suelos, de modo de efectuar el control de los parámetros relevantes para la disposición de riles en el suelo. Se realizará de manera anual antes de entrar en temporada alta, un análisis del suelo de sus principales características agronómicas de modo de evidenciar que se cuenta con las condiciones adecuadas para la mantención del cultivo, como son:
. Capacidad de campo,
. Punto de Marchitez Permanente,
. Densidad aparente y
. Materia Orgánica.
- Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican
la inexistencia de los siguientes efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19,300:
5.1, RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
Con relación a los efectos, características y circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11 de la Ley 19.300, riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, es posible indicar que:
5.11, Nose generará riesgos a la salud de la población por las emisiones y descargas del proyecto, dando cumplimiento a la normativa nacional ambiental vigente.
5.1.2. Según lo descrito en el capítulo 5 de la DIA, el proyecto no generará niveles de ruido por sobre la normativa vigente de tal forma que pueda considerarse un riesgo para la salud de la población (ver Anexo A del Adenda Complementario).
5.13, Los volúmenes de emisiones y efluentes generados dependen principalmente de los lavados realizados a las instalaciones y equipos, identificando dos temporadas de generación de efluentes, una "Temporada Alta" desarrollada desde los meses de marzo a mayo, donde se generará un caudal máximo de 200 m/día. El resto del año "Temporada Baja" se genera un caudal máximo de 75 m/día.
i) Al respecto la caracterización de diseño del RIL será:
Parámetro Unidad Valor Máximo Valor Comprometido Recomendado
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Caudal Temporada Alta dr , Ea (Marzo a Mayo) m/día Sin Requerimiento 200 Cduida ¡temporada Enter meca m/día Sin Requerimiento 100 (Junio) Caudal Temporada Baja O A "7 (Julio a Febrero) m/día Sin Requerimiento 75 Aceites y Grasas mg/L 10 10 DBO;5 kg DBOs/ Há x Día 112 «112 Detergentes (SAAM) mg/L 0,5 05 Fenoles mg/L 41 41 Sólidos Suspendidos Totales mg/L 80 200 pH Unidad 6a9 6a9 Temperatura 26 35 35 ii) Los valores de carga a aplicar, que sirve como referencia y parámetros de autocontrol, son: Parámetros Carga Máxima Temporada Carga Máxima temporada | Carga Máxima temporada Alta (kg/Háxdía) Intermedia (kg/Háxdía) Baja (kg/Háxdía) Aceites y Grasas 0,31 0,15 0,12 DBO;5(*) 107,69 53,85 40,38 Detergentes (SAAM) 0,02 0,01 0,01 Fenoles 126 0,63 0,47 SST 6,15 3,08 2,31
5.1.4. El presente proyecto, incorpora dentro de sus anexos un Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos, incluidos los residuos peligrosos que se generarán una vez que el sistema de tratamiento de RILes entre en operación, que corresponderán a los envases de los productos usados para la neutralización del RIL.
El Titular del proyecto, habilitará las instalaciones adecuadas, para efectuar el almacenamiento transitorio de estos residuos, además de contratar a empresas especializadas y debidamente autorizadas para que efectúe el manejo final.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Con relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11, de la Ley 19.300, efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posible indicar que:
5.21, El proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. Las aplicaciones de RIL tratado al suelo se harán en concordancia a los documentos de referencia, de modo de proteger este recurso. La modificación de este proyecto, busca mejorar la forma de aplicación del RIL, por medio de un sistema de riego tecnificado con RILes, que aplique este en una lámina homogénea. El proyecto no contempla superficies de suelo susceptibles de afectarse.
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5.2.2. El proyecto no afectará de ninguna forma la diversidad biológica de la zona. Debemos señalar que la planta procesadora de vinos, se encuentra en operación, por lo que este proyecto viene a completar la operación de la empresa de manera amigable con el medio ambiente y con la población.
5.2.3. Por la naturaleza del proyecto, no se prevé la generación de emisiones atmosféricas contaminantes ni olores desagradables que pudieran generar efectos adversos significativos sobre la calidad y cantidad de los recursos naturales renovables, debido a que estos serán controlados por medio del mismo sistema de acondicionamiento del RIL. En cuanto a los residuos líquidos éstos serán aplicados al suelo agrícola, bajo las condiciones estipuladas en las guías de referencia.
5.2.4. Enel entorno del proyecto no se encuentra fauna nativa. De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se contempla superar los niveles máximos permitidos en la legislación vigente. Los equipos de impulsión del RIL, en las distintas etapas de tratamiento, corresponderán a equipos sumergidos, por lo que el ruido será mitigado por el mismo RIL. Finalmente, debemos señalar que la bodega de vinos encuentra en operación, por lo que es posible asegurar que la modificación del proyecto no incrementará de ninguna forma el nivel ruido en más de 10 dB(A).
5.2.5. Los únicos productos utilizados por el sistema de tratamiento de Riles, corresponden a los que se adicionarán en la etapa de neutralización, que dadas las características del RIL vitivinícola corresponderá a soda cáustica. Este producto, es usado de manera regular en la bodega de vino, como producto para efectuar la limpieza de las cubas, por lo que su manejo no es desconocido por el personal que labora en el centro productivo. Los residuos de este producto (envases), serán manejados tal como se señala en el Plan de Manejo Integral de Residuos Sólidos, adjunto a la DIA. Por otra parte, las aplicaciones de RIL tratado al suelo se harán en concordancia con balance hídrico y carga orgánica según se explicó en los capítulos precedentes, no afectando los recursos naturales renovables.
5.2.6. Los recursos renovables que pudiesen afectarse son el recurso agua y suelo. Según los antecedentes presentados en la evaluación, el proyecto no generará ningún impacto sobre las Aguas Superficiales, que si bien alrededor del predio cruzan canales de regadío se han determinado zonas de seguridad para evitar cualquier escurrimiento de RIL hacia éstos, además de la aplicación controlada de los RILes, por medio de un sistema tecnificado, que aplique una lámina homogénea. En cuanto a las Aguas Subterráneas no existe posibilidad de contaminación de la napa subterránea, según la carga aplicada por hectárea y por día, además de que ésta se encuentra por debajo de los 6 metros de profundidad, siendo evapotranspirada o quedando acumulada en los primeros metros del suelo.
5.2.7. El proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Con relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11, de la Ley 19.300, reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, es posible indicar que e proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración alguna de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, ya que se encuentra dentro del predio de propiedad del titular y actualmente en operación, debido a que la bodega de vinos se encuentra operando.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES,
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SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
Con relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra d) del artículo 11, de la Ley 19.300, localización próxima a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, es posible indicar que el proyecto no se localiza en lo próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que se encuentra dentro del predio de propiedad del titular, encontrándose la planta en operación desde hace años en el mismo lugar.
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Con relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra e) del artículo 11, de la Ley 19.300 (alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de una zona), es posible indicar que:
. El proyecto no generará obstrucción de la visibilidad ni generará alteración de los atributos de zonas con valor paisajístico.
. El proyecto no generará obstrucción del acceso ni alteración de zonas con valor turístico.
. El proyecto se desarrolla dentro del predio, propiedad del titular, encontrándose en operación en la
zona, desde hace varios años.
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL
Con relación a los efectos características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11, de la Ley 19.300, alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, es posible indicar que el proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, debido a que no se encuentra próximo a algún monumento nacional, histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales. El titular procederá conforme a la Ley, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de la excavación o movimiento de tierra requeridos para la habilitación del proyecto. Las acciones a seguir ante cualquier hallazgo serán de la siguiente manera:
. Se paralizarán completamente las obras asociadas al área de hallazgo.
. Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales.
Se concluye que el proyecto no generará ni presentará los efectos características o circunstancias contemplados en el artículo 11 de la Ley 19,300,
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales:
6.1. Permiso Ambiental Sectorial Mixto, del artículo 139 del Reglamento del SEIA
Fase del Proyecto a la | Construcción cual corresponde
Condiciones o | a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos exigencias específicas | industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización.
para su otorgamiento b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento.
c) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar el
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efluente.
d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos.
e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde.
f) Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos.
9) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando los usos identificados.
h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado. En la etapa de operación se generarán sólidos en el Filtro de separación de sólidos y en el sistema de decantación.
i) Plan de contingencias.
j) Plan de emergencia.
Pronunciamiento del órgano competente
Ord N*1775 de la SEREMI de Salud de fecha 23.09.2015
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Capítulo TX. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas
6.2. Permiso Ambiental
Sectorial Mixto, del artículo 140 del Reglamento del SETA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
a.1. Descripción y planos del sitio.
a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes.
a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos a tratar.
a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento.
a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos
a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados.
a.8. Plan de contingencias.
a.9. Plan de emergencia.
Pronunciamiento del órgano competente
Ord N*1775 de la SEREMI de Salud de fecha 23.09.2015
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Capítulo TX. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas
6.3. Permiso Ambiental
Sectorial Mixto, del artículo 142 del Reglamento del SETA
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Operación
Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento
a) Descripción del sitio de almacenamiento. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales.
c) Clase de residuos, cantidades, capacidad máxima y período de almacenamiento. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la
calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población.
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e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento.
f) Plan de contingencias.
9) Plan de emergencia.
Pronunciamiento del
órgano competente
Ord N*1775 de la SEREMI de Salud de fecha 23.09.2015
Referencia al ICE para mayores detalles
Ver Capítulo IX. Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: Mera Forma y fases en | Indicadores Mecanismos | Ente encargado ambientales < Componente ; las que se dará de de de la aplicables al -. de aia in RE cumplimiento cumplimiento | Verificación Fiscalización proyecto Ingresando al Ingreso de la E Sistema de información en Resolución Si . la Seguimiento el Sistema Exenta N , 4 Ambiental toda la | Nacional de P 844/2012, de la |. y Ss Comprobante Carácter información Información SEREMI de SMA, respecto ' de Ingreso al ' - General contenida en la de Medio Ambiente del reporte de oe de SNIFA o moromisda RCA Fiscalización MS DA correspondiente - | Ambiental - i Etapa de SNIFA Operación. Necro No existencia | No existencia DS 458 y 47 Ley J de de construcciones s A s y Ordenanza de A construcciones | construcciones Carácter h ajenas a las 2 y eE Urbanismo y . ajenas a las ajenas a las SAG Específico dl requeridas para la Ñ A Construcciones, requeridas requeridas . zona - Etapa de respectivamente. e para esta zona | para esta zona Construcción. rural rural Adopción de os 144/1961 — | Medidas de mitigación de Normas para E , ; Emisión a la | evitar e anexistencia Ausencia de tmósfera, . Veimanacionesiá atmosféricas. de problemas saya SEREMI Salud - q , , Control de Olores, | ambientales, Y SEREMI de calidad del | contaminantes , procesos de : ' / 2, por el sistema de — | por las >Z Medio Ambiente aire atmosféricos de ] Hd sanción daIouión Tratamiento. - emisiones ñ Fase de atmosféricas naturaleza lA Construcción y y olores Operación. molestos. Producción y | DS 594/1999 Los residuos Contrato con | Guías de jo d Regl 4 domésticos sas que |despach manejo e eg amen 'o de domésticos e ) empre as qu pac o de SEREMI de Salud residuos las Condiciones | industriales, serán | manejan los retiro de sólidos Sanitarias y recolectados por | Residuos Sólidos.
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Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo
empresa autorizada, disponiendo de estos en lugares autorizados - Etapa de Operación.
Sólidos.
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Producción y manejo de residuos sólidos
DL 3557/1982 Disposiciones sobre protección agrícola
Se compromete el manejo sanitario adecuado de los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución y operación del proyectos, de forma tal de no perjudicar los recursos naturales del ámbito silvoagropecuario. - Fase de Construcción y Operación.
Contrato con empresas que manejan los Residuos Sólidos.
Guías de despacho de retiro de Sólidos.
SAG
Residuos líquidos de origen industrial
Ley N* 19.821 Ministerio de Obras Públicas
Una vez aprobado el proyecto, se informará a la autoridad con 30 días de anticipación de la entrada en operación del sistema de Aplicación de Efluentes - Etapa de Operación.
Cumplimiento del programa de Autocontrol, establecido en la tramitación del Proyecto.
Registros de Autocontrol, mantenidos al día.
SISS
Residuos líquidos de origen industrial
DFL 725 "Código Sanitario".
De acuerdo a lo expresado en esta DIA no existirán descargas a ningún cuerpo o masa de agua, no obstante lo cual, el titular se compromete a no incurrir en la conducta causal infraccional señalada en el Código Sanitario. - Etapa de
Cumplimiento del programa de Autocontrol, establecido en la tramitación del Proyecto.
Registros de Autocontrol, mantenidos al día.
SEREMTI de Salud
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Operación.
NCH 1.333/78
A través de la implementación y operación del sistema de
Cumplimiento del programa
Residuos Rericttos da tratamiento y e Registros de | SEREMI Salud - líquidos de A. aplicación de Autocontrol, | SGA - SEREMI ] calidad del agua Autocontrol, ] / origen » RlLes, se ' mantenidos al | de Medio Ñ . para diferentes ES : establecido en |, H industrial acondicionarán có. Pcia. Ambiente usos la tramitación para su correcta y : EA E del Proyecto. disposición final. - Etapa de Operación. De acuerdo a la naturaleza del proyecto, no se contempla superar DS 38/2011 los niveles máximos Norma de contemplados en Hojas técnicas | Inexistencia q. Emisión de ella, más aún de de Sanciones | Superintendencia Emisión de : Eb será , euida Ruidos cuando su equipamiento | por emisión de | del Medio Generados por — [instalación será en | del sistema de | Ruido Ambiente Fuentes que una zona rural disposición. Molestos Indica alejada de poblaciones humanas. - Etapa de Construcción y Operación. El desarrollo del proyecto no Patrimonio modificará, ni arqueológico, | Ley N*17.288 y | alterará ningún histórico - | Decreto Monumento Registros de .
A A cultural y Supremo N*484 | Nacional. Hallazgos. Ho-Aplica ap santuarios de 1990 Compromiso de dar naturales aviso en caso de
hallazgos arqueológicos El proyecto ha sido diseñado, adoptando Tnexistencia criterios, medidas | de problemas
DL 3557/1982 El ]
, e técnicas y ambientales. Protección pos prácticas, que No alteración sobre protección : No Aplica SAG
agrícola
agrícola, articulo 11
garanticen que la aplicación de los RILes al suelo agrícola, no contaminen la producción agrícola
de la producción agrícola de la zona.
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de la zona.
Se hará el manejo de los lodos, deshidratándolo, estabilizándolos
con cal, y Plan de ¿ Registro del . es aplicación de Manejo de aplicándolos al lodos Plan de lod ñ o Ps D. S. 3/2012 melo, según lo presentado al Aplicación de Superintendencia provenientes | señalado el cuerpo lodos, : Ministerio de . SAG, en enero |. de Medio de plantas : q normativo. e ingresado al : Medio Ambiente de cada año. : Ambiente de Anualmente, se Análisis de SAG. Registro tratamiento presentará un plan de análisis o lodos y suelo, . de aplicación de : realizados. realizados.
lodos y se
efectuarán los
análisis
correspondientes. 9. Que, para ejecutar el Proyecto debe cumplirse la siguiente condición o exigencia, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300: 9.1. Entregar al Servicio Agrícola y Ganadero y Superintendencia del Medio Ambiente un
informe con la caracterización de los riles comprometida para la próxima vendimia, la determinación de las cargas a aplicar al suelo y entrega de nuevos balances, junto a la adecuación de la superficie de aplicación, en caso de ser necesario.
- Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular se obliga voluntariamente a:
COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS
10.1. En caso de presencia de alguna situación de emergencia, que pueda ocasionar la aplicación de RIL en un lugar no considerado a través del proyecto, se suspenderá la generación de RILes, de manera de poder realizar la reparación de la falla. No realizará descargas de RILes a cursos de aguas superficiales.
10.2 No efectuar descargar de RILes, a los cursos de agua presentes en el predio, bajo ningún motivo. Se debe precisar que estos corresponden a canales de riego, que atraviesan el predio, pasando uno de estos al sur de la bodega de vinos y otro por el sur de la zona de aplicación de RILes.
10.3 Contratar el servicio a laboratorios acreditados por el INN y de preferencia certificado en la ISO 17025, en las matrices correspondientes (RILes, agua subterránea, suelo, etc.), que incluyan el servicio de muestreo y análisis.
10.4 En caso de efectuar el vaciado del tranque y la remoción de los lodos que puedan estar acumulados en este, utilizará a empresas autorizadas para el retiro y disposición final de este tipo de residuos. Estos residuos serán tratados antes de ser retirados para ser dispuestos de manera final, según lo exigido por la legislación vigente. Se compromete además a dejar registro por medio de
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facturas y guías de despacho, de los volúmenes de residuos extraídos y el destino final de estos. Esta información, estará dispuesta para las partes interesadas y será remitida a los servicios pertinentes en caso de que esto sea requerido.
10.5. Efectuar la medición de los RILes una vez que el proyecto sea habilitado y en época de vendimia, cuando se cuente con la infraestructura adecuada para realizar un monitoreo compuesto de 24 horas a cargo de un laboratorio especializado y acreditado para la matriz RIL, enviando el resultado de estas mediciones a todos los organismos competentes. Además subirá la información de dicho monitoreo, junto con lo de los autocontroles propuestos en el presente proyecto, al sistema de ventanilla única, que mantenga disponible el Ministerio de Medio Ambiente.
10.6 En caso que la construcción del sistema de tratamiento coincida con la utilización de las habitaciones de la construcción del área agrícola (receptor 3), se confeccionaran las barreras acústicas propuestas en el estudio de impacto acústico (ver anexo A del Adenda Complementario).
10.7 Efectuar un Plan de Monitoreo de Ruidos (ver Capítulo 7 del Anexo A del Adenda Complementario), consistente en dos campañas de mediciones para la etapa de construcción (con un periodo entre ellas de un mes una vez que se estén ejecutando las obras de construcción) y otra durante la etapa de operación, con el fin de establecer la concordancia entre lo simulado y las instalaciones finales. La metodología de cada uno de los estudios deberá ser la establecida en el D.S. N 38/11 MMA. Los resultados se entregarán a la autoridad pertinente mediante un documento con todos los requerimientos especificados en el D.S. N 38/11 MMA, detallando el cumplimiento o no de cada uno de los puntos en el horario en que se realizaron las mediciones, de acuerdo a la citada normativa.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
11.1 Plan de Prevención Ambiental
Los riesgos ambientales son determinados principalmente por amenazas, definidas como eventos de posible ocurrencia con capacidad de afectar negativamente al medio ambiente y consecuentemente la imagen del proyecto.
El plan de prevención de riesgos tiene como objetivo evitar el desarrollo de estas amenazas, para lo cual se adoptan ciertos procedimientos en las distintas etapas del proceso,
Prevención de riesgos en la conducción del RIL hacia el predio
. Se realizan chequeos periódicos de los ductos de conducción y Micro Aspersores, para detectar posibles fugas de RILes.
Prevención de riesgos en el área de aplicación de efluentes
. Se capacitará en forma permanente al personal encargado de la operación del sistema de tratamiento.
. Se observará el suelo y de las especies vegetales, si existieran, para detectar posibles efectos por elementos que contienen los Riles.
. Se realizará un continuo mantenimiento del cultivo objeto de aplicación de efluentes, cortándola de modo de facilitar la aplicación del RIL en la zona.
11.2 Plan de Contingencias y Emergencias, medidas de mitigación Medidas Del Plan De Contingencia Y Emergencias Las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las siguientes:
Medidas relevantes del plan de Contingencia Situación de riesgo o contingencia Acciones o medidas a implementar Ocurrencia de temblores de gran Suspensión de la aplicación de los Riles para evitar magnitud o terremotos. derrames de volúmenes excesivos ante posibles daños en
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el sistema.
Revisión de las estructuras de distribución de Riles (cámaras, tuberías, Micro Aspersores, válvulas, etc.) Reparación o reemplazo de estructuras dañadas.
Ante inevitables derrames de Riles, se dará aviso inmediato a las autoridades pertinentes.
Muerte de especies vegetales o animales
Análisis de posibles causas de muerte.
Adopción de medidas para evitar nuevas muertes, basándose en la causa detectada.
Reposición de las especies perdidas.
Saturación de la capacidad de tratamiento de RILes.
Disminución o suspensión de generación de RILes, cabe señalar que solo en el tranque de acumulación se produciría saturación de la capacidad de tratamientos de los RILes, en el caso que existieran lluvias persistentes en el periodo de Temporada Alta, no se podría aplicar RILes al suelo.
El sistema de acumulación (1.600 m?) puede acumular por más de 7 días consecutivos, considerando 200 m? de RIL al día propuesto en el sistema se debe considerar que esto es en Temporada Alta, la cual es desarrollada principalmente en época estival (con la excepción de los meses de mayo). Mientras el periodo más crítico en el resto de los meses de invierno, dada la capacidad del tranque, la acumulación puede realizarse por más de 20 días.
Saturación del Suelo
En caso de lluvias u otros problemas que no permitan la aplicación de lo RILes al suelo agrícola, se procederá a la acumulación en el Tranque, actuando de la siguiente forma:
Cuando el RIL se esté acumulando, debido a que el suelo se encuentra saturado, y el nivel del tranque llegue al 50 % de su capacidad, de manera de aumentar los días de acumulación, se disminuirá el consumo de agua en la Bodega de Vinos, usando agua sólo para lo indispensable, como son el lavado de cubas y bombas. De esta forma, en caso de emergencia (por saturación del suelo y diminución de la capacidad de acumulación de un 50%), se espera usar alrededor de 20 m? por día, destinando el 70% para el lavado de cubas y equipos, y el 30% restante, para el lavado de las instalaciones.
Finalmente, se debe indicar que cuando la acumulación llegue al 90%, el Titular del proyecto se compromete a enviar el RIL a un tercero autorizado, o se efectuará la detención de la producción de la Bodega de Vinos, de modo de suspender la generación de RILes.
Generación de malos olores por la ocurrencia de procesos anaeróbicos.
Se verificaran el estado del Sistema de Aireación.
Se aumentaran los días de residencia para la Aireación de los Riles en el tranque de acumulación.
Se buscará agitar el RIL que se encuentra acumulado en el Tranque, por medio de la bomba sumergida que se
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encuentra instalada, haciendo un recirculación al interior del tranque.
En caso de que el problema persista, se vaciará el tranque removiendo el decantado y entregándolo a una empresa especializada, para su disposición final. Dentro de las empresas con las que se ha coordinado para que presten este servicio, se encuentra Ecomaule y Biodiversa.
Medidas relevantes del plan de Emergencia
Emergencia
Acciones a implementar
Derrame de lodo, en losa de las etapas de pre tratamiento
-
Demarcar la zona afectada, delimitando el perímetro.
-
Evitar el contacto con el lodo.
-
Usar los elementos de protección personal (guantes, antiparras, botas, etc.)
-
Contener el derrame, con arena o aserrín, de modo de que se propague por el sector, evitando en todo momento que alcance los lodos.
-
Comunicar problema al jefe directo (Jefe de Bodega).
- Disponer el lodo y el material usado para contener el derrame, en el recipiente de almacenamiento transitorio.
- Reparar el Bins que sufrió la avería y recomponer el lecho de deshidratación.
Ocurrencia de Derrames de combustible o lubricantes, de la maquinaria usada para la etapa de construcción.
En caso de la ocurrencia de derrame de hidrocarburo o aceite, demarcar la zona afectada, delimitando el perímetro.
Evitar el contacto con el producto.
Usar los elementos de protección personal (guantes, antiparras, botas, etc.)
Contener el derrame, con arena o aserrín, de modo de que se propague por el sector.
Comunicar problema al jefe directo .
Retirar los productos absorbentes, almacenándolo en la bodega de productos peligrosos.
o Reparar la maquinaria que sufrió la avería, o cambiarla y retomar las labores de construcción.
Rotura de estanques de solución del sistema de Neutralización
Dilución y/o limpieza de equipos o de la zona, ingresando este líquido a la cámara de neutralización del sistema de tratamiento de RILes. De esta forma el producto de neutralización, al ingresar al sistema de tratamiento, será diluido y ajustado y tratado junto con el RIL. En consecuencia, el líquido derramado pasará a convertirse en RIL.
NOTA: Antes de hacer la aplicación del RIL al suelo agrícola, se verificará el pH del RIL en el tranque de acumulación, de modo de que este cumpla con los requisitos establecidos en las condiciones establecidas en la Guía SAG. Se homogenizará el RIL, hasta que este cumpla con las condiciones de riego.
Rotura de ducto de aplicación de producto de Neutralización
Dilución y/o limpieza de equipos o de la zona, ingresando este líquido al tranque de acumulación. De esta forma el producto de neutralización, al ingresar al sistema de
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tratamiento, será diluido y ajustado y tratado junto con el RIL. En consecuencia, el líquido derramado pasará a convertirse en RIL.
NOTA: Antes de hacer la aplicación del RIL al suelo agrícola, se verificará el pH del RIL en el tranque de acumulación, de modo de que este cumpla con los requisitos establecidos en las condiciones establecidas en la Guía SAG. Se homogenizará el RIL, hasta que este cumpla con las condiciones de riego.
Rotura de saco y/o Caída de producto de | Dadas las características del RIL, generalmente la neutralización neutralización será realizada aplicando soda cáustica, producto que se adquiere de un proveedor autorizado, en forma de polvo que viene en sacos de 25 kg. Por tanto, en caso de derrames durante el transporte y/o manipulación de este producto:
Colocar el producto en una bolsa o saco que no presente roturas
Barrer lo que cayó y enviándolo a la bolsa, junto con el producto.
Este procedimiento se debe realizar conforme a la hoja de seguridad, utilizando todos los elementos de protección personal, exigidos para la manipulación de este tipo de productos, como son: guantes, careta o en su defecto antiparras y overol.
En caso de que el producto tenga contacto con la piel, se lavará la zona con abundante agua corriendo.
En caso que se requiera el uso de ácido, lo cual tal como se ha indicado es muy poco probable, se optará por la utilización de ácido cítrico, producto que también es utilizado en las bodegas de vino para efectuar el lavado de cubas, principalmente, por lo que el personal de producción, también se encuentra habituado y entrenado en la manipulación de este.
Referencia al Expediente para mayores Ver Cap. 8.2 DIA, Cap. 8.3 DIA y Anexo C, Adenda 1 detalles
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.
14, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores", presentado por Bodega y Viñedos de Aguirre S.A..
-
CERTIFICAR que el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3% CERTIFICAR que el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer
Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 140 y
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142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4, CERTIFICAR que el proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
B. DEFINIR como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4” del presente acto.
- Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N? 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto,
NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
sión de Evaluación Ambiental de la Región del Maule
Distribución:
- Rodrigo Luis de Aguirre Etcheberry. Representante Legal de Bodega y Viñedos de Aguirre S.A.
-
CONAF, Región del Maule;
-
DGA, Región del Maule;
-
DOH, Región del Maule;
-
Dirección de Vialidad, Región del Maule;
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-
Gobierno Regional, Región del Maule;
-
Tlustre Municipalidad de Villa Alegre;
-
SAG, Región del Maule;
-
SEREMI MOP, Región del Maule;
-
SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule;
-
SEREMI de Agricultura, Región del Maule:
-
SEREMI de Desarrollo Social, Región del Maule;
-
SEREMI de Salud, Región del Maule;
-
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule;
-
Servicio Nacional Turismo, Región del Maule;
-
CONADI, Región del Biobío;
-
Superintendencia de Servicios Sanitarios
C/c:
e Encargada Participación Ciudadana
- Expediente del Proyecto "Modificación al Sistema de Tratamiento para Disponer Riles al Suelo Mediante Micro Aspersores"
e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIT Región del Maule
e Superintendencia del Medio Ambiente
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