Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA
Califica Ambientalmente el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”
Resolución Exenta N* 0 3 i 5
Antofagasta, 04 A69 20%
VISTOS:
- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 19 de marzo de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 5 de junio de 2015, del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”, presentado por Enaex S.A. con fecha 29 de diciembre de 2014.
2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”.
3”. El Acta de Evaluación N* 012/2015 de fecha 16 de enero de 2015, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.
4?. El ICE de la DIA del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” de fecha 22 de julio del 2015.
5”. El Acuerdo N* 50 de fecha 31 de julio de 2015, de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”.
7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta N? 170 de fecha 6 de febrero del 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental que me nombra Director Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N* 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:
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CONSIDERANDO:
- Que, Enaex S.A., ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
_Nombre o razón social ] | Enaex S.A. i o ] O]
NT o o O] Domicilio o o El Trovador 444253, Las Condes, Santiago. |
| Teléfono (02)- 28377600 a]
| Nombre 1 representante legal ¡Juan Andrés Errázuriz Domínguez - o Ñ
| Rut representante legal 9. 350.009-1
| Domicilio representante legal | El Trovador 44253, Las Condes, Santiago. | | Teléfono representante legal | (02)-28377676 0% | | Correo electrónico Titular o | juanandres. errazurriz(Denaex. el | | representante legal| OOO]
2”, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 22 de julio de 2015, el Director Regional de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:
e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.
e Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dicho permiso, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
3”. Que, en sesión de fecha 31 de julio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 22 de julio de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SELA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.
4, Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
| pr L. ANTECEDENTES GENERALES
| Objetivo general El proyecto tiene por objetivo principal aumentar la tasa de producción | de matriz de emulsiones de ENAEX S.A de 21.600 ton/mes hasta | llegar a 29.900 ton/mes, de su planta Mejillones. Para lograr este | aumento, se realizarán mejoras y modificaciones a la planta matriz | original (planta construida y en operación desde antes del año 1989), | para que esta planta opere de manera permanente y produzca el mismo | tipo de emulsiones matriz evaluada en las Resoluciones Exentas N? | 066/2012 y 0394/2014, ambas de la Comisión de Evaluación de la | Región de Antofagasta.
Las actividades que se desarrollarán se indican a continuación:
| | | | e Las conexiones de tuberías y bombas necesarias para utilizar los equipos existentes para fabricar todos los tipos de emulsiones matriz: (AE-59, AE 57, NBX-07, UG-06 EP, UG-06RBT, UH-100, y DL-5) declaradas en la DIA “Nuevas Emulsiones Matriz” aprobada ambientalmente según la Resolución Exenta N* 0394/2015 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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e Mejorar el sistema de contención de derrames existentes: Las instalaciones donde se ubica la planta de matriz original se distribuyen entre un en edificio de dos plantas con suelo de hormigón, y una losa de hormigón donde se ubican equipos rotarios (bombas, enfriadores, receptores) y estanques de almacenamiento, actualmente el perímetro de las instalaciones cuenta con el sistema de contención para derrames. Con la ejecución del proyecto en evaluación se mejorará el sistema de contención de derrames a través de la reparación e impermeabilización de la losa de hormigón y la incorporación de pretiles de hormigón de 20 cm de manera perimetral, de tal forma se impedirá posibles rebalses por atoros en canaletas. Reubicación de dos estanques pertenecientes a la Planta Matriz Original: Los estanque que se reubicarán serán los siguientes:
- Estanque de NaOH Soda Cáustica (1 unidad): Estanque de acero inoxidable con capacidad de almacenamiento de 35 m, este contará con sistema de contención para derrames de 1,1 del volumen de estanque.
Estanque de ácido oleico (1 unidad): Estanque de acero inoxidable con capacidad de almacenamiento 25 m', este contará con sistema de contención para derrames de 1,1 del volumen de estanque.
Los procesos para la elaboración de las nuevas emulsiones serán similares a los descritos en los proyectos aprobados según Resoluciones Exentas N* 066/2012 y 0394/2014, ambas de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones
Tipología principal:
ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas.
Tipología secundaria:
ñ.1) Producción, disposición, o reutilización de sustancias tóxicas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a diez mil kilogramos diarios (10.000 kg/día).
ñ.4) Producción, disposición, o reutilización de sustancias corrosivas O reactivas que se realice durante un semestre o más, y con una periodicidad mensual o mayor, en una cantidad igual o superior a ciento veinte mil kilogramos diarios (120.000 kg/día).
| Vida útil El proyecto tendrá una vida útil total de 21 años y 10 meses. La vida útil se distribuirá entre las fases de construcción (9 meses), operación
(20 años y un mes) y cierre (1 año). Gestión, acto o faena | El inicio de la fase de construcción se establece con el inicio de
mínima que da cuenta del inicio de la ejecución
actividades de movimientos de tierra para el montaje e instalación de red de tuberías que permita la interacción con las materias primas.
Proyecto se desarrolla Si No
por etapas 4]
Proyecto modifica un Si No | El presente proyecto corresponde a una modificación | proyecto o actividad | de proyecto, generando cambios en instalaciones y la | | | vida útil de algunas de éstas, consideradas en la | | X] Resolución de Calificación Ambiental N* 066/2012,
IM | modificada posteriormente por la Resolución de
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|
| Calificación Ambiental N* 0394/2014, ambas de la | Comisión de Evaluación de la Región de | Antofagasta. Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto | no modifica compromisos de seguimiento ambiental adquiridos con ocasión de proyectos previos.
El proyecto contempla la evaluación de las modificaciones necesarias para su operación de forma continua de la planta de matriz original matriz y con esto aumentar la actual producción de matriz autorizada de emulsiones de 21.600 ton/mes hasta llegar a 29.900 ton/mes. Al respecto, se debe señalar que la planta matriz original entró en funcionamiento en 1989, antes de la entrada en vigencia de Ley de Bases del Medio Ambiente, por lo cual no se sometió a evaluación ambiental.
Según lo señalado en el proyecto “Ampliación y Automatización de la planta de emulsión matriz” aprobado según Resolución Exenta N* 066/2012 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, “La planta actual (original) funcionaría en el caso de que la planta proyectada falle y tenga que ser reparada durante un periodo largo, no se considera el funcionamiento simultáneo de ambas plantas, actual y proyectada”.
El Proyecto que se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por medio del presente documento considerando la Resolución Exenta N* 530/2014 del 10 de septiembre 2014 de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta, mediante la cual se resuelve la consulta de pertinencia de ingreso al SEIA del proyecto “Modificación de la Ampliación y Automatización de Planta de Emulsión Matriz", señalando que la continuidad de operación de la planta antigua por un periodo de 21 meses, constituye una operación habitual, más el hecho que esta planta no fue sometida al SEIA por que el inicio de su operación fue anterior al año 1989, por lo que la modificación solicitada debe someterse al SEIA.
Proyecto modifica otra(s) Si
No
| RCA
| 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO Ú panid —
Pocos mis | División político- | administrativa
El Proyecto se localiza en la Comuna de Mejillones, Provincia y Región de Antofagasta.
[ Ed | Descripción de la | localización
|
La ubicación del proyecto obedece al hecho que el proyecto contempla modificaciones y/o adecuaciones a instalaciones existentes que se encuentran dentro del complejo industrial de ENAEX en Mejillones, su localización se justifica por el hecho de que las modificaciones deben realizarse en el lugar donde se emplaza dicha planta matriz original.
Superficie
El Proyecto estará emplazado en los actuales terrenos que ENAEX S.A. posee en el barrio industrial de Mejillones, dentro de una superficie de 1.325 m?. Mayores detalles se presentan en el numeral A.3.3. de la DIA.
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Coordenadas UTM en Las coordenadas UTM (Datum WGS84, Huso 19) del proyecto de las
Datum WGS84 áreas involucradas en el proyecto, se presentan en la Tabla A-2 de la DIA. Caminos de acceso Respecto al camino de acceso al proyecto, solo utilizará los accesos
viales existentes, y no contempla la construcción de nuevos accesos a caminos y/o rutas públicas. La principal vía de acceso, tanto de Antofagasta como de Tocopilla es a través de la Ruta 1 que conecta con la Ruta B — 272 por el Sur y la Ruta B — 262 por el Norte.
Referencia al expediente | El detalle de la ubicación de las distintas obras se presenta en el de evaluación de los | numeral A.3.2 de la DIA, Anexo 1 de la DIA, Anexo 2 y 9 del Adenda mapas, georreferenciación e| información | complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones |
| 1 de la DIA.
| 43. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO El proyecto considera las siguientes obras:
| DA | | | |
Las obras permanentes que contempla el proyecto en evaluación serán:
b.
Las obras temporales que contempla el proyecto en evaluación serán:
Obras permanentes
Las conexiones de tuberías y bombas necesarias para utilizar los equipos existentes para fabricar todos los tipos de emulsiones matriz.
Mejorar el sistema de contención de derrames existentes.
Reubicación de dos estanques pertenecientes a la Planta Matriz Original.
Obras temporales
Instalación de faenas: Se contempla la instalación de contenedores con condiciones adecuadas para desarrollar actividades administrativas, bodegas u otra instalación menor temporal.
Construcción de piscinas de hormigonado: Todos los frentes de trabajo en los que se desarrollen actividades de hormigonado, deberán contar con una piscina para recibir las aguas del lavado de las canoas de los camiones mixer y restos de hormigón. Se deberá tener un indicador de la condición inicial del área, la cual deberá mantenerse al término de las operaciones y/o desmovilización.
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
La fase de construcción tendrá una duración de 9 meses y contempla las siguientes actividades:
|
¡ Actividades Para las actividades de construcción se considera la habilitación de una instalación |
de faena, consistente en contenedores modulares a utilizar como oficina y/o bodega | y la implementación de baños químicos. Para la construcción de las obras contempladas en el proyecto se realizará lo siguiente:
| l. Preparación del área de trabajo: Excavaciones, estos corresponderán a las excavaciones y rellenos necesarios para las fundaciones de, estanques, instalación de pretiles, cañerías enterradas y bancos de ductos eléctricos y para la ejecución de pavimentos que se deban reponer. El material excavado será apilado temporalmente en los alrededores de las excavaciones para su reutilización posterior como relleno, en caso de ser esto posible. En caso contrario, el material de descarte será transportado en
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camiones tolva debidamente encarpados hacia el interior de las instalaciones de Enaex. El material de relleno que sea seleccionado en terreno o bien transportado desde el exterior, será tratado, convenientemente humedecido para controlar la generación de polvo, así como durante el proceso de compactado de los rellenos.
Construcción de la piscina: La piscina debe contar con un tamaño apropiado, el cual debe ser calculado en función del requerimiento de uso de hormigón y lavado de canoas, previniendo retrasos productivos por colapso de esta. La piscina deberá permitir una operación cómoda, con accesos adecuados y seguros para el personal que la opere. La construcción de la piscina de lavado, se iniciará con la excavación del área, estableciendo una pendiente que permita que los líquidos fluyan sin dificultad. Se deberá utilizar una carpeta de HDPE resistente a los volúmenes de operación proyectados y que impida la infiltración de los residuos líquidos. La piscina una vez construida deberá estar correctamente señalizadas y contar con las protecciones necesarias para evitar caída de personas o equipos, o cualquier condición de riesgo adicional.
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- Obras civiles
Construcción de pretiles de hormigón. Construcción de radier.
Construcción de contenciones secundarias. Construcción de fundaciones de soporte. Instalación de pernos de anclaje.
35
Construcción de estructuras y montaje de equipos
e Instalación de estructuras metálicas de soporte de equipos.
e Instalación de cañerías y canalizaciones eléctricas.
e Instalación de instrumentación de procesos.
e Tendido y conexiones de conductores eléctricos y de instrumentación. e Monta de equipos industriales.
La instalación y montaje de los equipos que se sumarán a los existentes, se realizará de la siguiente manera:
| e Instalación piping: Los piping o cañerías serán instaladas según las
| normas de construcción aplicadas en el diseño de la modificación del
| Proyecto. Los piping se consideran para líneas de vapor, condensados, agua potable, agua desmineralizada, Solución Oxidante y Solución Combustible.
e Sistemas de control: El sistema de control, implica el uso de tecnología avanzada, con diseños adecuados al objetivo de permitir una operación segura, de fácil mantención, que asegure también la buena calidad de los productos del proceso que controla cada unidad. La automatización de los equipos permitirá operar la Planta desde la sala de control, donde el operador controlará todos los parámetros que rigen la fabricación de la emulsión.
e Instalaciones eléctricas: Éstas serán montadas según las modificaciones necesarias para la normalización según las normas nacionales y con sus planos inscritos y aprobados por el SEC, de esta forma la planta original y sus nuevas instalaciones quedarán aptas para su funcionamiento.
Cabe señalar La puesta en servicio de las obras eléctricas, incluidas las de autogeneración o de combustibles líquidos o gaseosos, deberán ser comunicadas y declaradas ante ésta SEC en forma previa a su puesta en servicio, al menos con 15 días de anticipación, por los profesionales competentes, adjuntando los antecedentes que correspondan. Su incumplimiento podrá dar lugar a la aplicación de las sanciones estipuladas en la ley eléctrica y de combustibles.
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Tr 7 . . . q. z | Insumos | Los principales insumos a utilizar en esta fase serán: | |
1
e Agua industrial: El agua será utilizada en la humectación de caminos y | áreas de trabajo asociadas a las nuevas actividades. El consumo total se estima en 13 m'/día de agua de mar.
e Agua potable: Los requerimientos de agua potable serán de 30 l/día para consumo de agua potable y 3 m/'/día para utilización de servicios higiénicos, los que serán abastecidos por proveedores autorizados.
e Combustibles: El proyecto contempla un consumo de 600 l/día de combustible, que será adquirido directamente de las estaciones de servicio cercanas a la obra.
e Hormigón: Se contempla un consumo de hormigón 30 m?, suministrado por terceros autorizados.
Mayores antecedentes sobre los insumos se presentan en el numeral 1.13 del Adenda 1 de la DIA. ransporte El transporte de materias primas no forma parte del proyecto, este será realizado por empresas externas. El Titular velará que los vehículos se encuentren debidamente autorizados y que cuenten con todas las mantenciones y revisiones técnicas al día. Además, se asegurará que estas empresas transportistas cumplan cabalmente todas las exigencias indicadas DS 298/94 del Ministerio de Transportes | y Telecomunicaciones que establece el Reglamento sobre el Transporte de Cargas | Peligrosas por Calles y Caminos... i Recursos Durante la fase de construcción no se extraerá o explotarán recursos naturales naturales | renovables.
renovables
Emisiones y | Emisiones atmosféricas
1]
| efluentes | a) Fase de construcción | | Con la ejecución de la fase de construcción del proyecto, se generarán emisiones de | | material particulado (MP10 y MP2,5) por actividades tales como la construcción de | las nuevas instalaciones, resuspensión de polvo por tránsito vehicular y combustión de equipos. Asimismo, se estima la emisión de gases, por actividades asociadas a la | combustión de maquinaria y equipos.
Tabla N? 1. Estimación de emisiones en fase de construcción.
Emisión
(kg/día) | Contaminante | MP10 | MP2,5 NO, CO SO, | Emisión 2,5 0,755 2,14 0,74 0
Entre las medidas de control de emisiones de material particulado, se contempla:
e El material de excavación que luego se utilizará como material de relleno, será apilado a un costado de la excavación, por lo que la frecuencia de humectación corresponderá a 4 veces al día. Cuando se utilice como relleno deberá cumplir los niveles de humectación y compactación necesarias para ejecutar correctamente el relleno.
e La velocidad de los vehículos al interior de la planta será de 20 km/h tanto para camionetas como para camiones.
e La frecuencia de riego diario para las pilas de acopio será de 4 veces al día
| para lograr una eficiencia del 25%.
| | e La frecuencia de regadío de los caminos al interior de la planta ENAEX
| Mejillones será de 1 vez al día.
| e Se mantendrá un registro de los caminos humectados, cantidad de agua
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utilizada, etc.
e El transporte de materiales se realizará con la carga cubierta.
e La utilización de mallas tipo raschell a sotavento de las actividades generadoras de material particulado.
Ruido
Se generarán emisiones de ruidos molestos en la fase de construcción; estos ruidos provendrán del uso de los trabajos de construcción y tránsito de vehículos. Los trabajos se realizarán durante el día y que la modificación de la planta se emplazará en un área de la empresa, donde no existen poblados contiguos, el vecindario más cercano se encuentra a más de 1.000 metros desde el área de construcción que corresponde a los poblados de Mejillones.
Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, el proyecto dará cumplimiento con la normativa ambiental aplicable, ya que el nivel de impacto de las emisiones sonoras con proyecto en los receptores más cercano, no debería superar los 50 db(A), valor que está muy por debajo de los 70 dB (A) exigidos para Zona IV (Aquellas cuyo uso de suelo corresponde a industria inofensiva y/o molesta).
Residuos, productos químicos otras sustancias
afectar medio ambiente.
y
que puedan
el
|
¡| manejados y dispuestos finalmente en las instalaciones de ENAEX. las | autorizaciones que posee el titular son las siguientes:
Residuos sólidos
Los residuos sólidos que se generarán con la ejecución del proyecto serán
e Los residuos industriales no peligrosos en todas sus fases, serán enviados a Patio de salvataje de Enaex S.A., para su disposición temporal. Este patio de residuos industriales sólidos no peligrosos está autorizada bajo la Resolución N* 3085 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud de Antofagasta, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos no peligrosos (RISNP). Ver Anexo N? 4 del Adenda N? 1 de la DIA.
e El titular indica que los residuos peligrosos en todas sus fases serán almacenados de manera en patio de residuos peligrosos, Este patio de residuos industriales sólidos peligrosos está autorizada bajo la Resolución N?* 3083 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos peligrosos (RISP). Ver Anexo N? 5 del Adenda N? 1 de la DIA.
Tabla N? 2. Residuos sólidos que se generarán en fase de construcción.
Tipo de Descripción Cantidad | Unidad Forma de Disposición | Disposición residuo Manejo temporal final sólido Domésticos | Plásticos, papel | 50 kg/mes Acopio semanal | _ Reciclaje y cartón en contenedor de faena, retiro semanal en camión Residuos 100 Acopio en Vertedero inorgánicos contenedores, autorizado asimilables a retiro diario | domiciliarios para evitar | presencia de vectores No Restos de 1 ton/obra | Acopio diario Recinto Venta como peligrosos chatarra y en faena, retiro | temporal chatarra despuntes diario en sólo para la metálicos camión hasta faena
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Hormigón y 4 recinto Vertedero concreto temporal Autorizado Madera, pallet 0,1 Acopio y retiro de origen diario de la nacional faena en grúa horquilla hasta recinto temporal Madera, pallet 0,1 Acopio y retiro | Patio de Se informará de origen diario de la Salvataje de | al Servicio internacional faena en grúa Enaex S.A. Agrícola y horquilla. Ganadero para su manejo. Peligrosos Envases de 50 kg/obra Escurrimiento Bodega de Manejado por pintura, en tambor, Residuos una empresa lubricantes para compactación y | sólidos especialista equipos acopio en peligrosos autorizada contenedores Enaex S.A. Envases de 50 cerrados y diluyentes rotulados, retiro semanal. Materiales 50 Acopio en sucios con contenedores, diluyentes retiro semanal. | Materiales 50 contaminados con pintura, lubricantes para equipos
Residuos líquidos
Existirá un aumento de generación de aguas servidas ya que la dotación aumentará a un máximo de 15 trabajadores adicionales, estimándose una generación de 2,2 m'/día de aguas servidas, las que serán manejadas a través de baños químicos. Posteriormente una empresa autorizada se encargará de la limpieza de los baños químicos y del manejo y disposición de dichos residuos.
Cabe señalar, que el titular cuenta con un sistema particular de aguas servidas en sus instalaciones, autorizado bajo Resolución N* 777 del 18 de marzo 2009 del SEREMI de Salud Antofagasta.
Además se contempla la actividad de lavado de camiones mixer que transportan el hormigón que se utilizará en las actividades de construcción, las acciones generales para el lavado de las canoas de los camiones mixer estarán detalladas en un procedimiento de la empresa. El cual será:
e Luego de vaciado el camión mixer, se deberá proceder al lavado de las canoas, para esto la mezcla restante se debe depositar en la piscina destinada en obra para esa función. Cuando la piscina se encuentra con la mezcla restante endurecida en su límite de capacidad, ésta debe ser removida completamente mecánicamente y el residuo generado debe ser trasportado a su disposición final (RESCOM), recordar que este transporte requiere de permiso del SEREMI de salud.
e Los residuos generados, se deberán clasificar como industriales (no deberán tener ningún otro tipo de residuos), deberán ser dispuestos como tales por una empresa autorizada.
e Se deberá realizar un registro mensual donde se indique la generación de hormigón residual, solo considerado como tal, el resultado del lavado de canoas de camiones mixer, otros descartes, etc.
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Referencia al | Numerales 4.1 y 4.4 del ICE.
CE para mayores | |
[ | |
| detalles sobre | esta fase. |
4.3.2. FASE DE OPERACIÓN
| No se contempla mano de obra adicional a la que ya se utiliza. Sin embargo, se contemplan las | siguientes actividades de inspección y mantenimiento: [ e .. >. .
| Actividades | a) Elaboración de emulsión matriz | |
Los procesos que serán realizados para la elaboración de las nuevas emulsiones | serán: | e Recepción de las materias primas. e Elaboración de solución oxidante. e Elaboración de solución combustible. e Elaboración de emulsión. e Almacenamiento de las emulsiones. Cada uno de los procesos mencionados, fueron descritos en el numeral 1.6 del ICE.
| b) Mantenciones:
| | e Limpieza de equipos: Se realizará limpieza de equipos con aire a presión,
| para limpiar reactor, líneas de transferencia de productos, bombas,
| intercambiador de calor y línea de transferencia de producto a almacenamiento. Este tipo de limpieza no genera residuos, ya que se “arrastra” con aire la emulsión (producto), hasta el almacenamiento.
e Mantenimiento preventivo: Estas mantenciones se determinarán de acuerdo a las pautas definidas por el fabricante y derivadas de las horas de
| servicios y/o por valores medidos en el equipo y síntomas característicos
| detectados con instrumentación especializada.
| | e Mantenimiento correctivo: Se refiere a las reparaciones que se ejecutarán
| | en caso de fallas detectadas en el sistema, que comprometan la producción de emulsiones.
e Mantenciones no programadas: Es el mantenimiento que se debe ejecutar después de detectar anomalías durante la operación normal de los equipos.
e Reparación de emergencia: Comprende aquellas reparaciones no programadas y que podrían requerir del uso de equipo mayor y de personal adecuado, lo cual afectaría temporalmente el funcionamiento de parte de la
| planta y dependiendo del tipo de emergencia puede ser de la totalidad de la
planta.
Insumos Durante la operación del proyecto, se utilizarán los siguientes insumos:
a) Combustibles: Se estima un consumo promedio de 402 ton/mes, el cual se almacenará en 1 estanque de 40 m' de acero carbono existente.
| b) Emulsificante: Se estima un consumo de 87,4 ton/mes, el cual se almacenará en | 3 estanques de 50 m' c/u, de acero al carbono.
| c) Nitrato de sodio: Se estima un consumo de 560 ton/mes de nitrato de sodio, los que serán almacenados en una bodega de almacenamiento de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores, en sacos con contenido neto de 25 kg cada uno o maxi de 1 ton.
d) Tiurea: Se estima un consumo de 10 ton/mes de tiurea, los que serán almacenados en una bodega de almacenamiento de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores, en sacos con contenido neto de 25 kg cada uno.
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| Transporte
| D) Vapor: El vapor será suministrado desde las actuales instalaciones de ENAEX, a
e) Aceite mineral: Se estima un consumo de 103,6 ton/mes de aceite mineral, que será almacenado en un estanque de 50 m', de acero carbono. | f) SPAN-80: Se estima un consumo de 1,8 ton/mes que será almacenada en un contenedor BINS de 1 m', dentro de las bodegas de almacenamientos de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores.
g) Acetato de sodio: Se estima un consumo de 0,02 ton/mes de acetato de sodio, que será recepcionado en sacos con contenido neto de 25 kg cada uno, y almacenado dentro de las bodegas de almacenamientos de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores.
h) Ácido cítrico: Se estima un consumo de 0,01 ton/mes de ácido cítrico, que será recepcionado en sacos con contenido neto de 25 kg cada uno, y almacenado dentro de las bodegas de almacenamientos de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores.
i) Agua desmineralizada: Se estima un consumo de 1.174 ton/mes de agua desmineralizada, la cual será abastecida a través de la planta de tratamiento de agua por líneas de transferencias que posee el titular.
j) Nitrato de calcio: Se estima un consumo de 11,8 ton/mes de nitrato de calcio, que será recepcionado en sacos con contenido neto de 25 kg cada uno, y almacenado dentro de las bodegas de almacenamientos de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores.
k) Experse (Mezcla de aceite de tensioactivo polimérico soluble e hidrocarburos de petróleo): Se estima un consumo de 3,3 ton/mes de experse, que serán almacenadas en un contenedor LIX de 1 mi, y almacenado dentro de las bodegas de almacenamientos de insumos existentes, ya evaluada en proyectos anteriores.
través de las tuberías y conexiones contempladas en el presente proyecto, se estima un consumo de 100 kg/h de vapor.
m) Energía eléctrica: La energía se obtendrá suministrada por Enaex S.A. desde sus instalaciones actuales. Se estima un consumo de 43 kVA.
Cabe señalar, que los procesos productivos del proyecto en evaluación requerirán del suministro de las materias primas y los sistemas de almacenamiento ya aprobados resolución N* 0398/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta para Proyecto “Nuevas Emulsiones Matriz Planta Prillex América”.
El transporte de materias primas no forma parte del proyecto, este será realizado por empresas externas. El Titular velará que los vehículos se encuentren debidamente autorizados y que cuenten con todas las mantenciones y revisiones técnicas al día. Además, se asegurará que estas empresas transportistas cumplan cabalmente todas las exigencias indicadas DS 298/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece el Reglamento sobre el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos.
Recursos naturales renovables
Durante la fase de operación no se extraerá o explotarán recursos naturales renovables.
| Emisiones y
Le — |
|
| efluentes
Emisiones atmosféricas Durante la fase de operación se generarán emisiones de material particulado y gases producto de las actividades de tránsito vehicular, por el traslado de insumos
para la elaboración de emulsiones matriz.
Tabla N? 3. Estimación de emisiones en fase de operación.
Emisión
kg/día Contaminante MPI0 | MP2,5 NO, CO SO, Emisión 3,7 0,4 0,2 0,1 0
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Entre las medidas de control de emisiones de material particulado, se contempla:
e La velocidad de los vehículos al interior de la planta será de 20 km/h tanto para camionetas como para camiones. La frecuencia de regadío de los caminos al interior de la planta ENAEX Mejillones será de 1 vez al día. El agua utilizar para las actividades de humectación en las faenas de movimiento de tierra y caminos no pavimentados deberá cumplir con la Nch 1.333/78 Requisito de calidad del agua para diferentes usos.
e Se mantendrá un registro de los caminos humectados, cantidad de agua utilizada, etc.
Ruido
La generación de ruido estará asociada principalmente a la operación de la planta, y dichas emisiones al igual que en la fase de construcción el nivel de impacto de las emisiones sonoras con proyecto en los receptores más cercano, no debería superar los 50 db(A), valor que está muy por debajo de los 70 dB (A) exigidos para Zona IV (Aquellas cuyo uso de suelo corresponde a industria inofensiva y/o molesta).
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos
Los residuos sólidos que se generarán con la ejecución del proyecto serán manejados y dispuestos finalmente en las instalaciones de ENAEX. las autorizaciones que posee el titular son las siguientes:
e Los residuos industriales no peligrosos en todas sus fases, serán enviados a Patio de salvataje de Enaex S.A., para su disposición temporal. Este patio de residuos industriales sólidos no peligrosos está autorizada bajo la Resolución N* 3085 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud de Antofagasta, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos no peligrosos (RISNP). Ver Anexo N? 4 del Adenda N? 1 de la DIA.
e El titular indica que los residuos peligrosos en todas sus fases serán almacenados de manera en patio de residuos peligrosos, Este patio de residuos industriales sólidos peligrosos está autorizada bajo la Resolución N? 3083 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos peligrosos (RISP). Ver Anexo N? 5 del Adenda N? 1 de
la DIA. Tabla N? 4. Residuos sólidos que se generarán en fase de operación. Tipo de Descripción | Cantidad | Unidad | Forma de Disposición Disposición residuo manejo temporal final sólido Peligrosos | Envases de | 60 kg/mes | Acopio en Bodega de Manejados por productos contenedor Residuos una empresa químicos especial en la sólidos especialista planta peligrosos autorizada Enaex S.A., ya Utensilios 9 kg/cada | Depositados en | £xistente y sucios 6 contenedores autorizada meses rotulados Envases de | 30 lubricantes para equipos
Residuos líquidos
Durante la fase de operación no se generarán residuos líquidos domésticos
12/27
adicionales a los que se generan actualmente y que ya se encuentran autorizados, debido que no se requerirá personal adicional.
Cabe señalar, que el titular cuenta con un sistema particular de aguas servidas en sus instalaciones, autorizado bajo Resolución N* 777 del 18 de marzo 2009 del SEREMI de Salud Antofagasta.
Durante la fase de operación se generarán residuos industriales líquidos productos de las actividades lavado de reactor, condensado y lavado de piso, en un total estimado de 0,08 m'/día. Además, se generarán residuos industriales líquidos en un total estimado de 1 m* cada 6 meses, por el lavado de membranas.
Los residuos industriales líquidos serán enviados a un sistema de separación de sólidos, ya que éstos contendrán trazas de emulsión y compuestos orgánicos. La fase orgánica se almacenará en tambores cerrados de 180 L, los cuales se almacenarán temporalmente en la Bodega de Residuos Industriales Sólidos Peligrosos para luego ser retirados por una empresa autorizada y la fase Inorgánica se envía a un pozo acumulador de RIL para ser destinados a un pozo de neutralización donde se agrega amoníaco o ácido nítrico según corresponda para lograr su neutralización. El RIL neutralizado se distribuye en las piscinas de evaporación solar, las que permiten evaporar parte del líquido dejando sales las que son recicladas y devueltas al proceso. No se producirán descargas de los residuos líquidos generados en las distintas etapas y fases del Proyecto, ya que serán manejados y tratados adecuadamente las piscinas de evaporación (RILes).
Cabe señalar, que dicho sistema de tratamiento de Riles está debidamente autorizado bajo la Resolución N4871 del 26 de octubre de 2000 y la Resolución N1008 del 05 de abril de 2010 por la seremi de salud, este no tendrá modificaciones. Las obras asociadas al proyecto son en relación las contenciones e impermeabilización de la planta de matriz original.
Referencia al | Numerales 4.2 y 4.4 del ICE. ICE para mayores detalles sobre esta fase.
4.3.3. FASE DE CIERRE
La duración de la fase de cierre será de un máximo de 1 año.
La planta de matriz original al ser parte integrada de las nuevas emulsiones, (modificación y ampliación de la planta de emulsión matriz), cerrará al mismo tiempo y se le aplicará el mismo plan de cierre aprobado para estos proyectos.
La planta de Matriz original no considera un abandono propiamente tal de las instalaciones, ya que estas pueden ser reacondicionas con la instalación de infraestructura que albergue otros procesos o actividades, de acuerdo a las necesidad el titular. Para esto se empleara un plan de preservación que consiste en el sellado de todos los estanques, el retiro de equipos Rotatorios (bombas, válvulas y motores) e instrumentación para ser almacenados en bodega. Se les realizará una inspección una vez por año para observar las condiciones de preservación.
En el caso que se realice el cierre o abandono de las instalaciones del proyecto, se contemplarían las siguientes actividades:
Actividades | En el caso que se contempla el cierre o abandono del proyecto, el plan de cierre considerará llevar a cabo las siguientes actividades en forma parcial o total:
e Retiro del estanque de almacenamiento de materia prima, estanque mezclador y estanque almacenamiento de solución oxidante.
e Desconexión de las líneas eléctricas
Retiro de líneas soporte, líneas de agua y aire.
e Retiro de todas las líneas de alcantarillado.
13/27
e Demolición de pavimentos con cotas sobre el nivel del terreno natural.
e Limpieza general de las áreas y emparejamiento para asimilarlo al terreno natural.
e Cierre de caminos y accesos.
Insumos
a) Agua industrial: El agua será utilizada en la humectación de caminos y áreas de trabajo asociadas a las nuevas actividades. El consumo total se estima en 13 m*/día de agua para riego, abastecida por proveedores autorizados.
b) Agua potable: Los requerimientos de agua potable serán de 20 l/día y 5 m'/día para consumo de agua potable, que serán suministrados a través de bidones de 20 1 almacenadas en el contenedor de faena y desde estanques de ENAEX respectivamente, los que serán abastecidos por proveedores autorizados.
c) Combustibles: El proyecto contempla un consumo de 1.000 l/día de combustible, que será adquirido directamente de las estaciones de servicio cercanas a la obra.
Recursos naturales renovables
Durante la fase de cierre no se extraerá o explotarán recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
Emisiones atmosféricas
Las emisiones durante la fase de cierre estarán asociadas al retiro de infraestructura, razón por la cual serán similares a las declaradas en el proyecto Ampliación y automatización de planta de emulsiones matriz RCA N* 066/2012, considerando que ambos proyectos tienen similar envergadura, es decir, una emisión de 4,82 kg/día de MP10. Para el control de las emisiones de material particulado (MP10), se contemplarán las siguientes medidas:
e La velocidad de los vehículos al interior de la planta será de 20 km/h tanto para camionetas como para camiones. La frecuencia de regadío de los caminos al interior de la planta ENAEX Mejillones será de 1 vez al día. El agua utilizar para las actividades de humectación en las faenas de movimiento de tierra y caminos no pavimentados deberá cumplir con la Nch 1.333/78 Requisito de calidad del agua para diferentes usos.
e Se mantendrá un registro de los caminos humectados, cantidad de agua utilizada, etc.
Ruido Para la fase de cierre, se estima que las emisiones de ruido serán equivalentes a la
fase de construcción. Por tanto, se dará cumplimiento a la normativa ambiental aplicable.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Residuos sólidos
Los residuos sólidos que se generarán con la ejecución del proyecto serán manejados y dispuestos finalmente en las instalaciones de ENAEX. las autorizaciones que posee el titular son las siguientes:
e Los residuos industriales no peligrosos en todas sus fases, serán enviados a Patio de salvataje de Enaex S.A., para su disposición temporal. Este patio de residuos industriales sólidos no peligrosos está autorizada bajo la Resolución N 3085 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud de Antofagasta, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos no peligrosos (RISNP). Ver Anexo N 4 del Adenda N? 1 de la DIA.
e El titular indica que los residuos peligrosos en todas sus fases serán almacenados de manera en patio de residuos peligrosos, Este patio de residuos industriales sólidos peligrosos está autorizada bajo la Resolución
14/27
N? 3083 del 28 de septiembre de 2007 de la SEREMI de Salud, la cual ha autorizado un sitio de 2.500 m? para el almacenamiento de residuos industriales sólidos peligrosos (RISP). Ver Anexo N? 5 del Adenda N? 1 de
la DIA.
Tabla N? 5. Residuos sólidos que se generarán en fase de cierre.
de salvataje
Tipo de Descripción Cantidad | Unidad Forma de Disposición | Disposición residuo sólido manejo temporal final Domésticos Plásticos, 10 kg/mes Acopio Reciclaje papel y cartón semanal en contenedor de faena, retiro semanal en camión Residuos 90 Acopio en Vertedero inorgánicos contenedore autorizado asimilables a s, retiro domiciliarios diario para evitar presencia de vectores No peligrosos | Chatarra 40 ton/obra Acopio Patio de Vertedero diario en Salvataje de | autorizado faena, retiro | Enaex S.A. Hormigón y 30 dino Es concreto ON hasta patio
Residuos líquidos
En la fase de cierre se generará 3 m'/día de aguas servidas domésticas, considerando 10 trabajadores para dicha fase. Las aguas servidas serán manejadas a
través de baños químicos y retirados por una empresa autorizada.
Además, durante la fase de cierre se generarán residuos industriales líquidos por las actividades de desmantelamiento de instalaciones (limpieza de equipos y pisos), se estima una generación de 40 m' de residuos industriales líquidos, que serán
manejados de igual forma como se indicó en la fase de operación.
Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.
Numeral 4.3 y 4.4 del ICE.
4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN
Parte, obra o acción que
establece el inicio
El hito de inicio de la fase de construcción del proyecto corresponderá al comienzo de actividades de movimientos de tierra para el montaje e instalación de red de tuberías que permita la interacción con las
materias primas.
Parte, obra o acción que establece el término
El hito de término de la fase de construcción será el término de las instalaciones eléctricas, construcción de piping y cañerías de proceso y
servicio.
15/27
| 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE | EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
| Impacto no | Variación en aportes de gases y material particulado a la atmósfera | significativo |
|
4.4.2. FASE DE OPERACIÓN
| [
| 4.43. FASE DE CIERRE
| establece el término | vez cumplida la duración de la fase de operación, a la paralización de
Parte, obra o acción que | El hito asociado al inicio de la fase de operación corresponderá al inicio establece el inicio de las pruebas de puesta en marcha de las instalaciones.
Parte, obra o acción que | El hito asociado al término de la fase de operación corresponderá a, una
las faenas o se realizarán las modificaciones para extender la vida útil.
|
| establece el inicio estanques y desconexiones eléctricas.
| establece el término áreas, emparejamiento para asimilarlo al terreno natural y cierre de
Parte, obra o acción que | El inicio de la fase de cierre corresponderá al inicio del retiro de
Parte, obra o acción que | El hito de término de la fase de cierre será la limpieza general de las
| caminos y accesos.
5”. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:
De acuerdo al inventario de emisiones presentado en el Anexo N? 4 de la DIA y lo señalado en el numeral 1,5 del Adenda Complementaria “Para la fase de cierre, se estima que las emisiones a la atmósfera serán equivalentes a las declaradas en el proyecto Ampliación y automatización de planta de emulsiones matriz RCA N“066/2012, considerando que ambos proyectos tienen similar envergadura. ”, las mayores emisiones de MP-10 se generarán en la fase de cierre (4,82 kg/día de MP10), seguido de la fase de operación (3,7 kg/día de MP-10), mientras que durante la fase de construcción del proyecto, las emisiones de MP-10 serán menores (2,5 kg/día de MP10). En virtud de los resultados, se puede indicar que el proyecto en su fase de cierre acotada de 1 año aproximadamente generará las principales emisiones atmosféricas, asociada a tránsito de vehículos en caminos no pavimentados, combustión interna de camiones pesados y maquinarias. |
El titular realizó la comparación con un proyecto de mayor magnitud que | se evaluó para el área del proyecto con un modelo Calpuff (un peor escenario al contemplado en el proyecto en evaluación) y en dicho escenario no se afectó de manera significativa la calidad del aire de la población más cercana. Por tanto, el proyecto no afectaría tampoco de manera significativa de la ciudad de Mejillones. El área del proyecto se encuentra a una distancia de 1 km en línea recta hasta las viviendas más cercanas. Sin perjuicio de ello, el titular considera medidas de control indicadas en el numeral 4.4.1 del Informe Consolidado de Evaluación.
Los resultados de concentración de material particulado MP10 en las casas más próximas al proyecto (Mejillones) serán menores a 1 ug/m'. Respecto al resultado anterior. De lo anterior se puede concluir que el material particulado que se generará en la Planta Mejillones no afectará a la población.
En relación a la magnitud de las obras y actividades del proyecto, así como las emisiones asociadas analizadas por medio del modelo de calidad de aire, es posible aseverar que el proyecto no generará riesgo para la
16/27
| [
salud de la población.
Parte, obra o acción que lo genera
Tránsito de vehículos y maquinarias
|
|
| Fase en que se presenta
Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico
Construcción, operación y cierre
Capítulo V, numeral 5.3 del ICE.
| 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS | RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE
Impacto no significativo
| Cabe señalar, que en El área del proyecto corresponde a un área industrial,
Afectación de fauna por emisiones atmosféricas y ruido
a) Ruido
El proyecto no causará impacto acústico sobre la fauna, debido principalmente a que en el área no existen ambientes sensibles de relevancia para la reproducción de especies que puedan verse afectadas por la diferencia de los niveles de ruido estimados y su situación basal. El área del proyecto se localizará en un área industrial, por lo que no concentra fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación, que puedan ser afectados por ruido. Respecto a las emisiones de ruido, se indica que éstas se encuentran asociadas en su mayor parte a la maquinaria utilizada y al tránsito de camiones utilizados para el transporte. |
b) Emisiones atmosféricas
La fase de mayor generación de emisiones corresponde a la fase de cierre del proyecto, fase que es acotada en el tiempo (1 año) por lo que las interferencias son de baja magnitud en términos de tiempo. Durante la fase | de operación del proyecto las emisiones atmosféricas serán de menor magnitud y poco significativas.
que se encuentra desprovista de vegetación, por lo que no se generará una intervención significativa sobre la fauna, flora y vegetación.
El proyecto no contemplará intervenir ni explotar vegetación nativa, ni extraer, explotar, alterar o manejar especies de flora y fauna incluyendo aquellas que se encuentran en alguna categoría de conservación.
c) Residuos líquidos
Para el abastecimiento de recursos hídricos se utilizarán los recursos que actualmente se utilizan ENAEX S.A. Por otra parte, se informa que los residuos líquidos domésticos serán tratados y dispuestos en lugares autorizados. Respecto a los riles que se generarán durante la fase de operación no serán evacuados a aguas de jurisdicción nacional, estos serán tratados mediante el sistema de tratamiento de riles autorizado.
| Parte, obra o acción que lo genera
Tránsito de vehículos y maquinaria, operación de la planta, etc.
| Fase en que se L
Construcción, operación y cierre
17/27
| presenta
| Referencia al ICE | Capítulo IV, numeral 4.4.1 y 4.4.4 del ICE y Capítulo VI del ICE. | para mayores detalles | |
| sobre este impacto |
|---|
| específico
| 53. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN | SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS
Impacto no | El proyecto se realizará en un área industrial donde no se reconocen zonas significativo donde se realice el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o | intereses comunitarios. Considerando lo anterior, el proyecto no dificultará | o impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o | intereses comunitarios que pueda afectar a los sentimientos de arraigo o la
| cohesión del grupo humano cercano al área del proyecto.
Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE. para mayores detalles | ¡sobre este impacto
| específico |
(sa. - LOCALIZACIÓN EN o PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS | PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES | PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL ¡| VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR
impacio | Las obras tendrán lugar dentro del área donde actualmente se desarrollan | significativo | las actividades de ENAEX (dentro de un sector definido como área | industrial), sin ampliar el área de influencia. La faena no se desarrollará en | | O cerca de áreas protegidas, recursos protegidos ni tampoco cerca de | poblaciones con igual carácter (la población más cercana se emplaza a 1.000 m del área del proyecto). Además, no existen grupos humanos indígenas en el área de influencia del proyecto, por lo tanto, no existirá una o | alteración en las formas de organización social particular. — |
| Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE. | para mayores detalles | | sobre este impacto | | específico |
- ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no Dada la localización y la existencia de actividades previas, el proyecto no significativo alterará el valor paisajístico o turístico de la zona. Se estima que el | proyecto no genere alteraciones a los atributos de zonas con valor | paisajístico o turístico, principalmente debido a que el emplazamiento del proyecto no se encuentra en zonas con valor paisajístico y tampoco se afectarán el acceso a sitios de patrimonio histórico ubicados en la comuna y no se afectará la visibilidad del área.
Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE. para mayores detalles | sobre este impacto | | específico | ]
ss. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON | VALOR - ANTROPOLÓGICO, | | ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL | PATRIMONIO CULTURAL
Í Impacto no | El proyecto no contempla la remoción, destrucción, excavación, traslado, | significativo deterioro, intervención o se modificación en forma permanente algún Monumento Nacional.
De acuerdo a inspecciones arqueológicas realizadas en proyectos ya
aprobados (Resolución Exenta N* 066/2012 de la Comisión de Evaluación
| de la Región de Antofagasta), demuestran que en el área no existen restos arqueológicos de tipo patrimonial protegidos por la Ley N* 17.288 de Monumentos Nacionales, que pudieran ser impactados directamente por
| estas obras.
I
1]
|
|
Las obras tendrán lugar dentro del área donde actualmente se desarrollan las actividades de ENAEX (dentro de un sector definido como área industrial), sin ampliar el área de influencia.
| Por lo anteriormente señalado, el proyecto:
e No modificará ni deteriorará en forma permanente construcciones, ni lugares o sitios del patrimonio cultural. | e No dificultará o impedirá el ejercicio o la manifestación habitual | propia de la cultura o folclore de alguna comunidad o grupo | humano. Debe considerarse que el proyecto se localiza en un área | desprovista de población.
| Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE.
| para mayores detalles | | sobre este impacto | | |
| específico |
-
Al proyecto no le es aplicable ningún tipo de permiso ambiental sectorial de contenido únicamente ambiental o mixto (que tiene contenidos ambientales y no ambientales), de los contenido en el D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
-
Que, la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, emitió el pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.14.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, calificando la actividad como Molesta.
8”. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
8, COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.
Fa ase del Proyecto a Construcción, operación y cierre. la que aplica o en la | que se dará |
|
19/27
a
cumplimiento
Forma de Se dará cumplimiento a esta normativa mediante las medidas señaladas en cumplimiento el proyecto.
| Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
| acredita su
cumplimiento A ; cs E e Se mantendrá un registro del programa de humectación de
caminos no pavimentados, en el cual se indicará, el tramo del camino humectado, cantidad de agua utilizada, horario de la | actividad de regadío, etc. | e Se instalará señalética indicando control de velocidad de vehículos al interior de Planta Prillex. e Cláusula en contrato que establece obligación de cumplir con la revisión técnica de todo vehículo que ingresa a la Planta y registro ingreso de vehículos a la planta.
L _ | Referencia al ICE Numeral 8.1.1. del ICE. | para mayores | detalles
EX COMPONENTE/MATERIA: Aire
NORMA e Decreto Supremo N* 47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones;
| | e Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y | | Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de | | cargas que indica.
(A —— O — _ | Fase del Proyecto a | Construcción, operación y cierre.
| la que aplica o en la
| que se dará |
| cumplimiento | |
Forma de Se tomarán medidas para el control de emisiones en la atmósfera, tales cumplimiento como humectación de superficies, zonas de remoción y áreas de tránsito vehicular. Además, aquellos vehículos que transporten arena, ripio, tierra u otros materiales similares llevarán su carga cubierta.
Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
acredita su e Registro y control de mantención de vehículos y revisión técnica cumplimiento al día.
e Control de transporte de cargas que entren y salgan de Enaex
Referencia al ICE Numeral 8.1.1. del ICE. para mayores detalles
| 8.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido
| NORMA . ] Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
| | Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes emisoras que | indica.
| Fase del Proyecto a | Construcción, operación y cierre.
¡la que aplica o en la
| que se dará cumplimiento
| Forma de El proyecto se emplaza dentro de un área industrial y cumple con los | cumplimiento valores exigidos por la normativa ambiental aplicable (el receptor más | | cercano se ubica a 1 km). Mayores antecedentes se presentan en el
20/27
| _ | numeral 4.4.4 del ICE.
| Indicador que | Se mantendrá un registro y control de emisión de ruido de fuentes fijas en | acredita su la planta. | cumplimiento
Referencia al ICE Numeral 8.1.2. del ICE. para mayores detalles
r | 8.4. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos
| NORMA | -Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código | Sanitario; | -Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre O | condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. | Fase del Proyecto a | Construcción y cierre.
la que aplica o en la |
que se dará | ' cumplimiento
| Forma de Las aguas servidas en la fase de construcción y cierre serán manejadas en | cumplimiento baños químicos y retiradas por empresas autorizadas. Durante la fase de | operación no se generarán aguas servidas adicionales a las que ya se | encuentran evaluadas y autorizadas en proyecto anteriores. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.4.2 del presente Informe Consolidado de Evaluación.
Indicador que Se mantendrá un registro con los antecedentes de las empresas autorizadas acredita su que realizarán el retiro y disposición final de las aguas servidas.
| cumplimiento
|
Í Referencia al ICE Numeral 8.1.4. del ICE. | para mayores | detalles
| 8.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos
| NORMA -Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;
-Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; -Decreto Supremo N” 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Fase del Proyecto a | Construcción, operación y cierre.
la que aplica o en la que se dará
| cumplimiento
| Forma de Los residuos sólidos generados en todas las fases del proyecto serán | cumplimiento | manejados de acuerdo a su caracterización. Cabe señalar que las | instalaciones de ENAEX cuentan con lugares autorizados para almacenar
l
|
| . . . . . .
| y disponer temporalmente residuos industriales no peligrosos y peligrosos,
la disposición se realizará en lugares autorizados. Referido a los residuos domésticos, estos serán almacenados en tambores herméticos y retirados periódicamente para su disposición final fuera de la faena. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.4.3 del presente Informe Consolidado de Evaluación.
AA ==
| Indicador que | acredita su
Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
21/27
| cumplimiento | e Registros de ingreso y salida de RESPEL desde los recintos | internos de Prillex.
e Registros del SIDREP para el despacho a neutralización y disposición final a través de empresas autorizadas.
domésticos y sólidos no peligrosos.
| | | e Registros de portería con ingreso y salida de camión con residuos [
| Referencia al ICE Numeral 8.1.5. del ICE. | para mayores | detalles
| 8.6. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias | NORMA | -Decreto Supremo N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y
| Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, poo | distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
| Fase del Proyecto a | Construcción, Operación y cierre.
la que aplica o en la | que se dará | cumplimiento
| Forma de | Durante la fase de construcción y cierre, se utilizará combustible líquido, | cumplimiento | derivado del petróleo, para su uso en faenas, tanto para la movilización | | del personal y trabajadores y operación de maquinaria que se obtendrá de | | estaciones de servicio cercanas al área del proyecto. Para la operación | (fase de operación) de las plantas productoras se usará las actuales | instalaciones de almacenamiento de combustible, las cuales están
autorizadas por la autoridad competente.
E
| Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento: | acredita su e Certificados de las instalaciones actuales emitidos por la SEC. cumplimiento e Registro y control de almacenamiento de combustibles líquidos,
| | mediante empresa certificada.
e Se deberán mantener los certificados y documentos emitidos por la autoridad competente, que autoriza la utilización y operación de cada uno de los estanques a manejar para el almacenamiento
de combustible y sustancias peligrosas a utilizar en la | elaboración de emulsiones. Dicha documentación deberá estar a | disposición de la autoridad, durante toda la vida útil, en las | instalaciones del proyecto.
| Referencia al ICE | Numeral 8.1.6. del ICE. | para mayores | | detalles
8.7. COMPONENTE/MATERIA: Fauna
| NORMA | -Ley N” 19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su | Reglamento (D.S. N? 05/98);
-Decreto Supremo N 5/1998 del Ministerio de Agricultura, modificado por Decreto Supremo N 53/2004. Aprueba reglamento de la Ley de Caza.
Fase del Proyecto a | Construcción, Operación y cierre.
la que aplica o en la que se dará cumplimiento
Forma de El proyecto corresponde a una normalización de una instalación existente cumplimiento ubicada al interior de la planta de Prillex América que tiene medidas
22/27
adecuadas para su protección y seguimiento con el objeto de conservar la fauna que eventualmente pudiese verse afectada producto de sus actividades. En general, las medidas consisten en capacitar a los trabajadores a través de instructivos e información. En todo caso, el Proyecto no contempla la caza de ejemplares de fauna silvestre, aún más, en el contrato que suscriba el titular con cada contratista, se especificará | que está prohibido a su personal cazar ejemplares de la fauna silvestre en los predios donde se realicen las faenas.
Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
| Indicador que
| acredita su
| cumplimiento e Señalética de prohibición de caza.
| e Instructivos para la protección de la fauna al interior del sitio de Prillex,
___ e Registros de capacitación a operadores y contratistas. Numeral 8.1.7. del ICE.
| Referencia al ICE
| para mayores
| detalles
| 8.8. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural
NORMA [ -Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre | Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;
-Decreto Supremo N? 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento ¡de la Ley N* 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones
__| arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
| Fase del Proyecto a | Construcción | la que aplica o en la | que se dará cumplimiento
Forma de En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá cumplimiento proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N | 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del | Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones | arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento: | acredita su | | cumplimiento e Ante hallazgos se dará aviso al Consejo de Monumentos
Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente mediante | cartas, manteniéndose los registros de dicha actividad.
| Referencia al ICE Numeral 8.1.8. del ICE.
| para mayores
| detalles
| 8.9. COMPONENTE/MATERIA: Fauna
NORMA | Resolución Exenta N 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio | Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N 2.859/2007. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de | madera y sus modificaciones.
| Fase del Proyecto a | Construcción, Operación y cierre. |
|
|
la que aplica o en la que se dará | cumplimiento |
Í Forma de En caso de recibir equipos con embalajes originales, se exigirá a los | cumplimiento proveedores de que los embalajes de equipos y materiales no tengan
corteza y estén fumigados para evitar el ingreso de nuevas plagas al país 23/27
| y se solicitarán los certificados que acrediten cumplimiento a esta | normativa.
| Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
| acredita su
| cumplimiento e Guías de ingreso de equipos o insumos embalados con madera.
| e Copia de los informes al SAG solicitando el tratamiento y la L ] disposición final de estos embalajes. | | Referencia al ICE | Numeral 8.1.9. del ICE. |
| detalles
8.10, COMPONENTE/MATERIA: Otras normativas
para mayores
NORMA | Resolución Exenta N* 1001/1997 del Servicio de Salud de Antofagasta
| (actual SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta). Establece obligatoriedad de notificar al Servicio de Salud de Antofagasta accidentes por derrames de productos químicos.
|
| Fase del Proyecto a | Construcción, operación y cierre
la que aplica o en la que se dará
| cumplimiento | Forma de Enaex comunicará al Servicio de Salud de Antofagasta (actualmente cumplimiento SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta) dentro de las 24 horas
posteriores de ocurrido, todo derrame u otro tipo de accidente, en los cuales estén involucradas sustancias químicas, que ocurran tanto al interior de las instalaciones o predios industriales, como al exterior, o durante el transporte desde Enaex S.A. y hacia la industria, de materias primas O productos peligrosos, el informe preliminar sobre la contingencia, incorpora coordenadas UTM Datum WGS 84 del lugar del accidente, cantidad, tipo de sustancia derramada y codificación. Cuando los accidentes afecten a cursos o masas de agua que se utilicen para bebida, recreación o riego, la comunicación deberá realizarse en forma inmediata y por la vía más rápida posible. El personal de HSEC se encarga de dar aviso por la vía más rápida y expedita al Servicio de Salud de Antofagasta (actualmente SEREMI de Salud de la Región de | Antofagasta).
| LE
Indicador que Se mantendrán los siguientes indicadores de cumplimiento:
acredita su
cumplimiento e Se mantendrá un registro del o los avisos que se informen a la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta. |
e Se mantendrá una copia del Informe preliminar sobre la. contingencia
| Numeral 8.1.9, del ICE,
Referencia al ICE para mayores detalles |
_ |
-
Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.
-
Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS
10.1.1. Respuesta y preparación ante emergencias
Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, operación y cierre.
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| Parte, obra o acción asociada Operación de la Planta de emulsiones.
| Acciones a implementar -Procedimiento general de emergencia.
En el Anexo 3 de la DIA se presenta el procedimiento general de emergencia de ENAEX, dirigido al personal de ENAEX y colaboradores. En el plan se incluye una descripción de las acciones que se deben realizar en caso de incendio, lluvia, sismo, fugas y derrames de sustancias peligrosas, intoxicación alimentaria, atentado, tsunami, entre otros.
-Plan de contingencia para el manejo de residuos industriales no peligrosos.
Se presenta una metodología de acción que permitirá minimizar la ocurrencia de emergencias en la. actividad de segregación, transporte y disposición de residuos industriales. El procedimiento se presenta en el Anexo 3 de la DIA.
Cabe señalar, que ante cualquier eventualidad que implique una descarga de Riles en curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea, Enaex informará por escrito a la Superintendencia de Medio Ambiente, en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.
| Referencia al ICE o documentos del | Capítulo VII del ICE. | expediente de evaluación que contenga la | descripción detallada
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Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N? 19.300.
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Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá
informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, para que el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A”, de Enaex S.A.
2”. Certificar que el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
3". Certificar que el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” no requiere ninguno de permisos ambientales sectoriales contenidos D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4*. Certificar que la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Antofagasta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 del Reglamento del SEIA, calificó la actividad industrial como molesta
5”. Certificar que el proyecto “Normalización Planta de Emulsiones Original Planta Prillex América, Enaex S.A” no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias establecidas en el del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
6”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.
- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.
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Notifíquese y Archívese
S tendente Regional Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta
LERZUNDI RIVA A tor Regional SEA (S) Secretario
Distribución: Proponente. Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente proyecto.
Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.
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