Evaluación SEA

Subestación Electrica Atacama 1

Rol 2130074419
SEA · DIA · Aprobado · 2014-12-18 · Región de Antofagasta · Cerro Dominador CSP S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”

0254

Antofagasta, 24 JUN 2015

Resolución Exenta N*

VISTOS:

1?. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 06 de marzo de 2015 y su Adenda Complementaria de fecha 24 de abril de 2015, del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”, presentado por Abengoa Solar Chile SpA con fecha 17 de diciembre de 2014.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”.

3”. El Acta de Evaluación N* 009/2015 de fecha 16 de enero de 2015, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4*. El ICE de la DIA del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1” de fecha 09 de junio del 2015.

5”. El Acuerdo N* 44 de fecha 18 de junio de 2015, de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

7%. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”.

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; la Resolución Exenta N 170 de fecha 6 de febrero del 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental que me nombra Director Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

1/21

CONSIDERANDO:

1?. Que, Abengoa Solar Chile SpA, ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

¡Nombre o razón social____| Abengoa Solar Chile SpA | ¡Rut _ /76.237.256-8

[ Domicilio ll __| Avenida Apoquindo N? 3.001, piso 9, Las Condes, Santiago. [Teléfono 1 (562) 2928 5036

| Nombre representante legal Iván Araneda Mansilla

| Rut representante legal 8.731.360-3

¡| Domicilio representante legal| Carmen N? 8, piso 7, Santiago.

| Teléfono representante legal (56 2) 2928 5036

| Correo electrónico Titular o | carolina.millanVabengoa.com

| representante legal

2”. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 9 de junio de 2015, el Director Regional de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

e Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

e Ha identificado el permiso ambiental sectorial aplicable al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión de fecha 18 de junio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”, aprobando el contenido del ICE de fecha 9 de junio de 2015.

En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente

resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4". Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El proyecto consistirá en la construcción y operación de una subestación eléctrica seccionadora de 220 kV, llamada “Subestación Eléctrica Atacama 1", instalación destinada a permitir la interconexión y evacuación de la energía eléctrica generada por la “Planta Solar Cerro Dominador” en adelante (PSCD), aprobada según Resolución Exenta N* 0231/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING).

Tipología principal, así | Tipología principal: como las aplicables a sus

partes, obras o acciones b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones.

Vida útil La vida útil del proyecto será de 9 meses para la fase de construcción, 30 años para la fase de operación y el máximo de un año para la fase de cierre.

Gestión, acto o faena | El inicio de la fase de construcción se establece con la delimitación del mínima que da cuenta del | Sitio y movilización de la maquinaria al área de trabajo. El hito de inicio de la ejecución término de la fase de construcción es la energización de la subestación.

2/21

Proyecto se desarrolla por Si No etapas Xx] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

4] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA BS]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El Proyecto se localiza en la Comuna de María Elena, provincia de Tocopilla, Región de Antofagasta.

Descripción de la localización

La localización del proyecto se justifica dado que el objetivo del proyecto es la construcción y operación de una Subestación Eléctrica de Interconexión que permita la evacuación de la energía generada por la Planta Solar Cerro Dominador ( en adelante PSCD) al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING), la subestación debe estar cercana al proyecto PSCD y la líneas de transmisiones eléctricas del SING.

Superficie

El polígono total del proyecto considera un área de 3 ha aproximadamente. En el numeral 1.3.2 de la DIA se presentan coordenadas del proyecto.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Las coordenadas UTM, Datum WGS 84 del polígono del proyecto se presentan a continuación:

Tabla N* 2: Coordenadas del polígono del proyecto

Vértice Norte Este 1 7.480.864 453.519 2 7.480.864 453.706 3 7.480.702 453.714 4 7.480.702 453.529

Respecto al camino de acceso al proyecto, solo utilizará los accesos viales existentes, y no contempla la construcción de nuevos accesos a caminos y/o rutas públicas. Las coordenadas UTM (Datum WGS 84) del camino de acceso a utilizar, se presentan en el Anexo N* 4 del Adenda N? 1 de la DIA.

Caminos de acceso

Respecto al camino de acceso al proyecto, solo utilizará los accesos viales existentes, y no contempla la construcción de nuevos accesos a caminos y/o rutas públicas. Las coordenadas UTM (Datum WGS 84) del camino de acceso a utilizar, se presentan en el Anexo N?* 4 del Adenda N? 1 de la DIA.

Referencia al expediente

de evaluación de los mapas, georreferenciación e información

complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

El detalle de la ubicación de las distintas obras se presenta en el numeral 1.3.2 de la DIA.

| 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

3/21

El proyecto considera las siguientes obras permanentes y temporales: a) Obras temporales

El proyecto contempla solo la habilitación de instalaciones básicas (por ejemplo un par de contenedores) en el interior del área del proyecto para el almacenamiento de herramientas, equipos y Otros, así como también el abastecimiento de los servicios necesarios: luz, vigilancia, baños químicos, etc. Para el resto de los requerimientos del proyecto, tales como comedores, oficinas, campamento, almacenamiento de residuos, bodega de recepción de materiales, etc., se considera el aprovechamiento de las instalaciones existentes en el proyecto PSCD.

b) Obras permanentes

El proyecto contempla la habilitación de instalaciones eléctricas, infraestructura y servicios auxiliares que compondrán la Subestación Eléctrica Atacama 1.

b.1) Subestación de interconexión de 220 kV: Contará con un patio de alta tensión de 220 kV compuesta por los siguientes equipos:

e 4 Módulo híbridos, que contienen: 1 Interruptor de poder 252 KV/3150A/S0kA, 1 Desconectador sin puesta a tierra 252 kV/3150A/50KA y 1 Desconectador con puesta a tierra 252 kV/3150A/50kA.

e 1 Módulo híbridos, que contiene: 3 Transformadores de corriente 800/400/200/1-1A, 1

| Interruptor de poder 252 kV/3150A/S0KA y 2 Desconectador sin puesta a tierra 252

| kV/3150A/50kA.

12 Pararrayos 220 Kv.

12 Transformadores de potencial de 220 Kv.

9 Transformadores de corriente de 220 Kv.

33 Aisladores de pedestal de 220 Kv.

4 Desconectores sin puesta a tierra de 220 Kv.

3 Transformador de potencial para servicios auxiliares 2.220 Kv tipo TIP de ABB o similar.

1 Transformador de poder 220/33kV 12 MW.

1 Sistema BESS incluido, seis (6) bancos de baterías, seis (6) rectificadores/inversores, seis

(6) Transformadores de MT 33/0,4 kV 12 MW.

2 Condensador de acoplamiento.

2 Trampa de onda.

1 Grupo electrógeno de emergencias 50 KVA.

Mayores antecedentes de la infraestructura del patio de alta tensión, ver numeral 1.6.1.2 de la DIA.

| b.2) Sistema de baterías BESS: El sistema de baterías, en adelante “BESS”, consisten en una serie | de baterías recargables de ¡on-litio, las que se conectarán a la red a través de un convertidor de | potencia. El BESS será capaz de estabilizar frecuencia del sistema al cual se conectará, absorbiendo ¡O entregando energía. La finalidad de estos equipos es satisfacer la reserva requerida para el | proyecto PSCD, considerando una potencia de 12 MW, la que se entregará a potencia nominal durante un tiempo máximo de 20 minutos. El BESS proyectado estará constituido por:

e Seis (6) contenedores de baterías con una capacidad de 2 MW cada uno. e Seis (6) sistemas de conversión de potencia igual a 2 MW cada uno. e Seis (6) transformadores 33/0,4 kV, 2 MW cada uno.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

La fase de construcción tendrá una duración de 9 meses y contempla las siguientes actividades:

Actividades Las actividades a desarrollar durante la construcción del proyecto, se listan a continuación:

e Habilitación de instalación de faena: Se habilitarán

4/21

instalaciones básicas, como contenedores en el interior del área del proyecto para el almacenamiento de herramientas, equipos y otros. Servicios básicos: luz, vigilancia, baños, etc.

Movimiento de tierra.

Construcción de fundaciones.

Implementación malla puesta a tierra.

Montaje de estructuras y equipos.

Tendido del conductor.

Mayores antecedentes, ver numeral 1.5.1 de la DIA.

Insumos

Los principales insumos de la fase serán: agua potable e industrial, hormigón, áridos, combustible, sustancias peligrosas, y energía eléctrica.

e Agua industrial: Los requerimientos de agua industrial serán de 350 m' para la construcción del proyecto. El abastecimiento será por una empresa autorizada. El titular se compromete a que una vez definido el proveedor de agua, se informará a la Dirección Regional de aguas (DGA), el nombre de la fuente de suministro, volúmenes (caudal en l/s), localización geográfica (coordenadas UTM) y las autorizaciones sectoriales y ambientales correspondientes. Los informes serán enviados al inicio de cada fase del proyecto y luego trimestralmente, de acuerdo a lo requerido.

e Agua potable: Los requerimientos de agua potable serán de 2,25 m'/día durante fase de construcción del proyecto. Se dispondrán de bidones y aguas embotelladas.

e Hormigón y áridos: El hormigón necesario para la construcción de fundaciones será proporcionado a través de las instalaciones de la PSCD autorizados. Se requerirá un total aproximado de 1.000 m' de hormigón para fase la construcción del proyecto. Por otro lado, se requerirán 1.200 m* de áridos. Una vez seleccionados los proveedores autorizados de hormigón y áridos, serán informados a la autoridad (SEREMI de Bienes Nacionales).

e Combustible: El consumo de combustible durante la construcción será de 79.800 1. El abastecimiento será realizado por una empresa autorizada. No se contempla el almacenamiento de combustible durante esta fase.

e Sustancias peligrosas: Para la construcción se requerirá de lubricantes, pinturas, grasas y solventes, en una cantidad total estimada de 150 kg. Durante la fase de construcción no se contempla el almacenamiento de sustancias peligrosas al interior de las instalaciones, dado que se utilizaran las instalaciones del proyecto “Planta Solar Cerro Dominador”.

e Energía eléctrica: La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena y los equipos asociados a ellas, será proporcionada mediante un grupo electrógeno de 40 kVA y 3 de 10 kVA repartidos en predio según necesidades.

Transporte

El transporte de personal, materiales, combustible, hormigón, áridos, agua potable, estructuras y equipos no serán parte del proyecto en su fase de construcción.

Recursos naturales renovables

Durante la fase de construcción no se extraerá o explotarán recursos naturales renovables.

5/21

1] Ducisa | Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Las emisiones de material particulado y gases que se generarán en la fase de construcción corresponderán principalmente a:

Movimiento de tierra.

Operaciones de carga y descarga. Tránsito de vehículos y maquinaria. Funcionamiento de grupos generadores.

Para cuantificar las emisiones de material particulado respirable | (MP-10), se utilizaron los factores de emisión desarrollados por | U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión | K£ AP 42, Quinta Edición, 1995. De acuerdo a lo anterior, para la | fase de construcción se estima generar 7,19 ton/año de MP-10. Mayores detalles de la estimación de emisiones, se presentan en el Informe de Calidad del Aire del Anexo N? 1 del Adenda N? 1 de la DIA.

El proyecto considera medidas de control de emisiones para la fase de construcción, las cuales se listan a continuación:

e Todos los vehículos contarán con su revisión técnica, permiso de circulación y seguro obligatorio al día. Además serán inspeccionados periódicamente para mantenerlos en perfectas condiciones.

e Se priorizará el uso de caminos externos que posean pavimento o carpeta asfáltica para todos los traslados. Cuando estos se realicen en caminos de tierra se transita a baja velocidad, para minimizar las emisiones de polvo y ruido.

e El transporte de materiales a granel al exterior del área del proyecto se efectuará con la sección de carga de los camiones tapada con lonas, de manera de impedir la dispersión de polvo.

e Estará estrictamente prohibida la quema de residuos y materiales combustibles (maderas, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo).

e El límite de velocidad máximo permitido al interior del área del proyecto será 40 km/h.

e Se realizará humectación los caminos exteriores y frentes de trabajos a utilizar por el proyecto en su área de influencia, considerando una frecuencia acorde con la radiación solar del sector.

Cabe señalar, que el proyecto q no se emplaza dentro del área saturada por material particulado respirable de María Elena y Pedro de Valdivia.

Ruido

Se emitirán ruidos por faenas constructivas, principalmente por el | funcionamiento de maquinaria, tránsito vehicular y las actividades | de construcción en general. El sector poblado más cercano está | localizado a 18 km correspondiente al poblado de Sierra Gorda.

Los niveles de ruido estimados sobre los puntos receptores durante

6/21

la fase de construcción se encuentran muy por debajo de 20 dBA, que corresponde al umbral auditivo del ser humano.

Electromagnetismo

No se prevé la generación de campos electromagnéticos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos

Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domésticos y sólidos asimilables a domésticos, se estima una generación máxima de 37,5 kg/día de residuos sólidos domésticos. Los residuos serán almacenados en áreas de acumulación temporal autorizados del proyecto PCSD. Dicha instalación cuenta con sus respectivas autorizaciones. En el caso de ser necesario se aumentará la frecuencia de retiro de los residuos para no sobrepasar la capacidad de los lugares de almacenamiento temporal de residuos.

Los residuos sólidos no peligrosos generados durante esta fase corresponderán a: fierros, plásticos, cartón, escombros, etc., se estima una generación de 10 m'/mes, dichos residuos serán manejados y dispuestos temporalmente en áreas de acumulación temporal autorizados del proyecto PSCD, desde donde serán retirados y transportados para su uso en otras faenas O para la disposición final, según sea el caso. Además, se generarán 8.198 m' de material de excavaciones durante toda la fase de construcción, dicho material se utilizará para la nivelación del terreno dentro del área del proyecto.

Los residuos sólidos peligrosos generados durante esta fase corresponderán a: Restos de pintura y solventes, guaipes contaminados, aceite, otros. Los residuos serán almacenados en áreas de acumulación temporal autorizados del proyecto PSCD, se estima una generación de 200 kg/semestre de residuos sólidos peligrosos durante esta fase.

Residuos líquidos

Los únicos residuos líquidos a generar durante esta fase, corresponderán a las aguas servidas provenientes de los baños. Se estima que estos efluentes serán del orden de 9 m'/día cuando se encuentren en faena el máximo de trabajadores (75 personas). Los baños estarán conectados con una fosa séptica para la fase de construcción del proyecto para disponer y tratar finalmente las aguas servidas.

Además, el retiro de lodos será realizado por una empresa externa especializada, debidamente autorizada por la autoridad sanitaria, con camión aljibe cerrado apto para el traslado de lodos y dispuesto en botadero autorizado.

| Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numerales 4.2 y 4.5 del ICE.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

La fase operación tendrá una duración de 30 años.

La operación de la subestación será desatendida, es decir, sin presencia de personal permanente. Esta será monitoreada y comandada en forma remota. Sin embargo se contemplan las siguientes

7/21

actividades de inspección y mantenimiento:

Actividades

a) Puesta en marcha: La puesta en marcha de la subestación, se inicia con las pruebas iniciales, descritas a continuación:

e Pruebas locales de equipos in situ: Se realizarán las pruebas locales de los equipos ya instalados en la subestación. Con ello se pretende verificar la correcta instalación y montaje conforme a la documentación técnica del proyecto y del proveedor. Además, se pretende verificar el buen funcionamiento del equipo tras ser trasladado desde fábrica al lugar del montaje. Se realizarán los controles indicados en las normas respectivas, manuales de fabricante y toda especificación técnica al respecto.

e Pruebas de sistemas asociados: El segundo paso de las pruebas de puesta en marcha comprenderá conjuntos de equipos con sus correspondientes conexiones, los cuales deben constituir unidades funcionales diferenciadas y completas por sí misma. Estas unidades se consideran completas e indivisibles a efectos de pruebas, cada una con los protocolos de ensayos respectivos.

e Pruebas globales: Estas pruebas globales comprenderán la totalidad de la subestación junto con la interacción de las instalaciones a las que se conecta, interactuando simultáneamente. Para ello se desarrollarán protocolos de actuación para cada una de las pruebas o protocolos, incluyendo limpieza de aisladores y equipos de la subestación y revisión final y total de los equipos, verificación de sistemas generales, pruebas de comunicaciones, simulación de maniobras, etc.

b) Evacuación de energía: Durante su operación, la “Subestación Eléctrica Atacama 1” evacuará la energía eléctrica generada en el “Planta Solar Cerro Dominador” al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING).

c) Inspecciones visuales instalaciones puesta a tierra: Visualmente se realizarán las comprobaciones e inspecciones de instalaciones de puesta a tierra.

d) Mantenimiento preventivo: La mantención preventiva comprenderá las actividades que aplicadas a la instalación deben permitir mantener dentro de límites aceptables las condiciones de funcionamiento, prestaciones, protección y durabilidad de la misma.

e) Mantenimiento correctivo: El mantenimiento correctivo considerará las reparaciones a las instalaciones del proyecto cuando se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía eléctrica. La envergadura de estas reparaciones dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada y resultan directamente de la ejecución de los trabajos que se incluyen en las mantenciones preventivas. El mantenimiento se realizará por personal técnico cualificado bajo la responsabilidad del operador.

Insumos

Durante la operación del proyecto, se utilizarán como insumos agua y energía eléctrica:

e Agua potable: Debido que no se contempla la presencia permanente de personal en la subestación, no se contempla

8/21

el abastecimiento de agua potable y alcantarillado. Cabe señalar que el caso de necesitar personal para atender alguna situación puntual, esta será provista por las instalaciones del proyecto PSCD. El titular se compromete a que una vez definido el proveedor de agua, se informará a la Dirección Regional de aguas (DGA), el nombre de la fuente de suministro, volúmenes (caudal en l/s), localización geográfica (coordenadas UTM) y las autorizaciones sectoriales y ambientales correspondientes. Los informes serán enviados al inicio de cada fase del proyecto y luego trimestralmente, de acuerdo a lo requerido.

e Energía Eléctrica: La subestación, al estar conectada a la red existente, tendrá energía para alimentar a los servicios que durante la operación lo requieran mediante un transformador de potencial integrado en subestación. Para casos de emergencia se contará con un grupo electrógeno de 50 KVA,

Transporte

La subestación eléctrica será manejada de manera remota, por lo cual, los flujos vehiculares estarán asociados a actividades esporádicas de mantención.

Recursos naturales renovables

Durante la fase de operación no se extraerá o explotarán recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

Durante la fase de operación, no se generarán emisiones de material particulado o gases de combustión, salvo las mínimas que se producirán por el flujo ocasional de vehículos que desarrollen labores de mantención y reparación de la subestación.

Ruido

Las emisiones de ruido generadas por el proyecto, durante la fase de operación, corresponderán a la operación de la Subestación | Eléctrica Atacama 1. El sector poblado más cercano está localizado | a 18 km correspondiente al poblado de Sierra Gorda.

Los niveles de ruido estimados sobre los puntos receptores durante la fase de operación se encuentran muy por debajo de 20 dBA, que corresponde al umbral auditivo del ser humano.

Electromagnetismo

El campo magnético de la Subestación Eléctrica Atacama 1, en el límite perimetral será de 2,18 1 T, menor que lo indicado por norma del estado de New York, Estados Unidos, el cual indica que es de 20 uT. Por lo anterior, se puede estimar que el proyecto no superaría los valores máximos tolerables por las personas, definidos por la International Comision on Non-lonizing Radiation Protection (ICNIRP), que corresponden a 5.000 [Volts/m] para campo el campo eléctrico y 1.000 [mili Gauss] para el campo magnético.

Por lo tanto, no habría afectación a la población y/o recursos naturales.

E —

Residuos, productos químicos

y Otras sustancias que puedan |

afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos

| Durante la fase de operación solo se generarán residuos sólidos | peligrosos que corresponderán a: Baterías de ion-litio (cada 10 o

9/21

15 años de uso). Las baterías serán empaquetadas y trasladadas para realizar el reciclaje por el proveedor original de este sistema o un proveedor específico de este tipo de servicios

No se considera sector de almacenamiento, ya que serán retiradas por el proveedor al momento en que termine su vida útil.

Residuos líquidos

Debido a que no existe personal de manera permanente en la “Subestación Eléctrica Atacama 1”, no se contempla la generación de aguas servidas en esta fase. Solamente se utilizarán 8 m'/trimestre de agua industrial para limpieza de equipos, la cual será abastecida por un camión aljibe con sus autorizaciones correspondientes.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numerales 4.3 y 4.5 del ICE.

4.3.3. FASE DE CIERRE

La duración de la fase de cierre

será de un máximo de 1 año.

Pese a que se contempla una fase de cierre para el proyecto, se pretende extender indefinidamente la

vida útil del proyecto, a través embargo, ante un eventual esce serán las siguientes:

de la actualización tecnológica de las instalaciones y equipos. Sin nario de cierre o finalización del proyecto, las actividades a realizar

Actividades

Se contemplan las siguientes actividades durante la fase de cierre:

a) Desconexión de líneas y equipos: Se desergenizarán las líneas conectadas a la Subestación Eléctrica Atacama 1 y los equipos correspondientes.

b) Desmantelamiento de los equipos y estructuras: Se procederá a desmontar los equipos y estructuras de la Subestación Eléctrica Atacama 1, incluyendo cables eléctricos y tuberías, entre otras. Se evaluará el potencial de reutilización de los equipos, y en caso de no poder ser reutilizado se dispondrán en botadero autorizado.

c) Retiro de obras civiles y limpieza de terreno: las obras civiles y fundaciones serán demolidas en su totalidad, posteriormente se realizará la limpieza de toda el área. Los residuos generados serán | dispuestos en lugares autorizados.

Insumos

| e Agua industrial: Los requerimientos de agua industrial | serán de 8 m'/trimestre para la fase de cierre del proyecto. El abastecimiento será por una empresa autorizada. Dicho insumo está dentro del consumo de la Planta Solar Cerro Dominador. El titular se compromete a que una vez definido el proveedor de agua, se informará a la Dirección Regional de aguas (DGA), el nombre de la fuente de suministro, volúmenes (caudal en l/s), localización geográfica (coordenadas UTM) y las autorizaciones sectoriales y ambientales correspondientes. Los informes serán enviados al inicio de cada fase del proyecto y luego trimestralmente, de acuerdo a lo requerido.

Agua potable: Los requerimientos de agua potable serán de 0,6 m'/día durante fase de cierre del proyecto. Se dispondrán de bidones y aguas embotelladas. Combustible: El consumo de combustible durante la fase de cierre será de 26.000 l. El abastecimiento será realizado

10/21

por una empresa autorizada. No se contempla el almacenamiento de combustible durante esta fase.

Energía eléctrica: La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena y los equipos asociados a ellas, será proporcionada mediante un grupo electrógeno de 40 kVA y 3 de 10 kVA repartidos en predio según necesidades.

| Recursos naturales renovables

Durante la fase de cierre no se extraerá o explotarán recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Emisiones atmosféricas

El proyecto no contemplaría una fase de cierre propiamente tal, debido a que se proyecta que se mantenga vigentes mediante la sucesiva actualización tecnológica de las instalaciones y equipos. Sin embargo, ante un eventual escenario de cierre o finalización del proyecto, las actividades correspondientes al desmantelamiento de las instalaciones, retiro de obras civiles y limpieza de terreno, generarán emisiones de material particulado MP10 estimadas en 0,10 ton/año aproximadamente.

Ruido

Durante la fase de cierre se emitirán ruidos por efecto del funcionamiento de maquinaria, tránsito vehicular, y las actividades de demolición en general, las emisiones serán similares a las evaluadas en la fase de construcción.

Por tanto, los niveles de ruido estimados sobre los puntos receptores durante la fase de operación se encuentran muy por

debajo de 20 dBA, que corresponde al umbral auditivo del ser humano.

Electromagnetismo

No se prevé la generación de campos electromagnéticos.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan

afectar el medio ambiente.

Residuos sólidos

Durante la fase de cierre se generarán residuos sólidos domésticos y sólidos asimilables a domésticos, se estima una generación máxima de 30 kg/día de residuos sólidos domésticos. Con el fin de evitar la dispersión de residuos, éstos serán almacenados en contenedores con tapa en distintos puntos del proyecto. Los residuos serán recolectados cada 2 o 3 días y trasladados hacia un lugar de disposición final autorizado, por una empresa autorizada.

Los residuos sólidos no peligrosos corresponden a madera, vidrio, plásticos, etc. Los residuos serán almacenados en áreas de acumulación temporal autorizado del proyecto PSCD. Se estima una generación de 3,3 m'/día de residuos sólidos no peligrosos.

Para mayores antecedentes sobre los residuos sólidos que se generarán en la fase de cierre, ver Anexo N? 6 del Adenda N?* 1 de la DIA.

Residuos líquidos

Se generarán residuos líquidos que corresponderán a aguas servidas provenientes de baños. Se estima una generación de promedio del orden de 2,4 m'/día. Los baños estarán conectados

1121

con una fosa séptica para la fase de cierre del proyecto para disponer y tratar finalmente las aguas servidas.

Además, el retiro de lodos será realizado por una empresa externa especializada, debidamente autorizada por la autoridad sanitaria, | con camión aljibe cerrado apto para el traslado de lodos y dispuesto en botadero autorizado.

Referencia al ICE para | Numeral 4.4 y 4.5 del ICE.

mayores detalles sobre esta fase.

a, 4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

— A —

| 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

| Parte, obra o acción que | | El inicio de la fase de construcción se establece con la delimitación del | establece el inicio | sitio y movilización de la maquinaria al área de trabajo.

A A

| Parte, obra o acción que | El hito de término de la fase de construcción es la energización de la |

| establece el término | subestación,

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Parte, obra o acción que | El hito asociado al inicio de la fase de operación corresponde a la

establece el inicio integración de la subestación energizada al sistema eléctrico. | Parte, obra o acción que | El hito asociado al término de la fase de operación corresponde a la | establece el término desconexión de las instalaciones y desenergización de la subestación eléctrica.

4.4. 3 FASE DE CIERRE

Parte, obra o acción que | El inicio de la fase de cierre corresponde a la desconexión de las

establece el inicio instalaciones y desenergización de la subestación eléctrica.

Parte, obra o acción que | El hito de término de la fase de cierre será la finalización de las

| establece el término | actividades de limpieza y despeje de los terrenos ocupados por el | proyecto.

5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

ls, le “RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A ALA CANTIDAD Y CALIDAD DE | EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no | Variación en aportes de gases y material particulado a la atmósfera

| significativo Las emisiones atmosféricas que generará el proyecto estarán constituidas por material particulado y gases de combustión producto del tránsito de la maquinaria y vehículos que circularán en el área del proyecto, así como por excavaciones y movimientos de tierras. De acuerdo al inventario de emisiones presentado en el Informe de Calidad del Aire del Anexo N? 2 de la DIA, las mayores emisiones de MP-10 se generarán en la fase de construcción (7,19 ton/año de MP-10) que se extiende por un corto periodo de tiempo (9 meses), mientras que durante la fase de operación del proyecto, las emisiones de MP-10 serán poco significativas, debido que la subestación será manejada de manera remota y en ocasiones puntuales se realizarán actividades de mantención. Respecto a la fase de cierre, se | estimó una emisión de 0,10 ton/año de MP-10. El titular implementará una

serie de medidas de control de emisiones, como humectación de caminos | exteriores y frentes de trabajo en la fase de construcción del proyecto. | Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.5.1 del presente

]

12/21

| que lo genera

Parte, obra o acción

Fase en que se

presenta

| Informe Consolidado de Evaluación.

| Tránsito de vehículos y actividades de construcción

Construcción

| Referencia al ICE para | Capítulo V, numeral 5.3 del ICE.

este impacto específico

| mayores detalles sobre |

| 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS | RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

l Impacto

significativo

no | Afectación de fauna por emisiones atmosféricas y ruido

a) Ruido

El proyecto no causará impacto acústico sobre la fauna, debido principalmente a que en el área no existen ambientes sensibles de | relevancia para la reproducción de especies que puedan verse afectadas por la diferencia de los niveles de ruido estimados y su situación basal. Adicionalmente, la mayor generación acústica se realizará de forma puntual durante la construcción que es una situación acotada en el tiempo (9 meses). Durante la fase de operación la generación de ruido es prácticamente nula. Durante la fase de cierre del proyecto la emisión de ruido será igual o menor que en la fase de construcción (máximo 12 meses).

Cabe señalar, que los niveles estimados de ruido son imperceptibles al oído humano (en los puntos receptores más cercanos) y no existe concentración de fauna en el área de emplazamiento del proyecto.

b) Emisiones atmosféricas

La fase de mayor generación de emisiones corresponde a la fase de construcción del proyecto, fase que es acotada en el tiempo (9 meses) por lo que las interferencias son de baja magnitud en términos de tiempo. Durante la fase de operación del proyecto la actividad es mínima y no habrá emisiones significativas.

| Parte, obra o acción | que lo genera

Actividades fase de construcción

Fase en presenta

que

Construcción

| Referencia al ICE Capítulo IV, numeral 4.5.1 y 4.5.4 del ICE y Capítulo VI del ICE. | para mayores detalles | sobre este

específico

impacto

  1. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto

significativo

no | El proyecto se realizará en un área desértica donde no se reconocen zonas

| donde se realice el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o | intereses comunitarios. Considerando lo anterior, el proyecto no dificultará | O impedirá el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses

13/21

| | comunitarios que pueda afectar a los sentimientos de arraigo o la cohesión | | del grupo humano cercano al área del proyecto. Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE. para mayores detalles sobre este impacto específico

SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASI COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

| Impacto no | El proyecto no se emplazará en o próximo a áreas protegidas, ni tampoco | significativo existen en las cercanías del proyecto humedales protegidos y glaciares.

| Por otro lado, el proyecto se ubica a fuera del área de desarrollo indígena,

| por lo que no se afectarán áreas donde habitan pueblos indígenas

o | (poblaciones protegidas).

¡Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE.

| para mayores detalles | sobre este impacto |

í | específico : |

| 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

| Impacto no | No se estima que el proyecto genere alteraciones a los atributos de zonas

significativo | con valor paisajístico o turístico, principalmente debido a que el | emplazamiento del proyecto no se encuentra en zonas con valor paisajístico

| Referencia al ICE | Capítulo VI del ICE. | para mayores detalles |

| sobre este impacto |

| específico

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, | ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO | CULTURAL

|

¡E — | Impacto no [En el terreno en el cual se emplaza el proyecto no se detectaron | significativo | monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en | general, a los pertenecientes al patrimonio cultural. Solo se identificó en la

periferia un pozo calichero, el cual no será intervenido por el proyecto. | Para ello, se realizará un cercado de este pozo para protegerlo. La | implementación de esta medida deberá ser supervisada por un profesional | arqueólogo, quien deberá emitir un informe al Consejo de Monumentos | Nacionales, describiendo las actividades realizadas. Para mayores | antecedentes, ver informe arqueológico adjunto en anexo 2 de la DIA.

E

¡| Referencia al ICE Capítulo VI del ICE. | para mayores detalles

¡sobre este impacto |

| específico |

14/21

| ' | |

| EP A OS

| órgano competente | 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el

| servidas de cualquier naturaleza.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas

Fase del Proyecto a Construcción y cierre la cual corresponde

Parte, obra o acción a | Este permiso se requerirá para la fosa séptica para la disposición temporal que aplica ¡y final de aguas servidas en las fases de construcción y cierre. Los | antecedentes para su otorgamiento se presentan en el numeral 1.1 del | Adenda Complementaria de la DIA.

Condiciones o No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del exigencias | presente permiso. específicas para su

otorgamiento

Pronunciamiento del La SEREMI de Salud, mediante ORD N* 683 de fecha 8 de mayo de

titular el Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N? 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

7". Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Aire

NORMA Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

F

| Fase del Proyecto a Construcción, operación y cierre. la que aplica o en la

| que se dará | cumplimiento | Forma de Se dará cumplimiento a esta normativa mediante las medidas señaladas en cumplimiento el proyecto. | Indicador que | En consideración a las características de las emisiones (temporales en | acredita su | algunos casos y de bajo impacto), sólo se considera contar con registros de cumplimiento | medidas de minimización de emisión y recepción de reclamos por exceso

de polvo en el área, como forma de acreditar el bajo impacto de las emisiones atmosféricas.

| | l

Referencia al ICE Numeral 8.1.1. del ICE. para mayores detalles |

| 7.2. COMPONENTE/MATERIA: Aire

LA BO

NORMA Decreto Supremo N* 138/2005 del Ministerio de Salud. Declaración de emisiones de fuentes fijas.

| mi 54 3 Fase del Proyecto a Construcción, operación y cierre.

la que aplica o en la que se dará cumplimiento

; cumplimiento

El titular realizará las mediciones y posterior declaración de las emisiones generadas por los grupos electrógenos que se utilicen en las distintas fases _ del proyecto, a través del sitio web Registro de Emisiones y

Forma de

15/21

| Transferencias Contaminantes (www.retc.cl).

| Indicador que ¡ acredita su cumplimiento

Referencia al ICE | para mayores | | detalles

| Registro de las actividades realizadas a través del portal www.retc.cl

| Numeral 8.1.1. del ICE.

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes emisoras que indica.

| Fase del Proyecto a

| la que aplica o en la | que se dará | cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

| Forma de

cumplimiento

|

| | Indicador que acredita su | sumplimiento

| | Referencia al ICE para mayores | detalles

El receptor más próximo es la localidad de Sierra Gorda a 18 km de distancia al área del proyecto. Con esta consideración, el aporte acústico durante las faenas de construcción sobre el receptor en la peor condición acústica será de 20 dBA. No se consideran emisiones sonoras relevantes durante la fase de operación del proyecto. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 4.5.4 del ICE.

T

Numeral 8. 1 VA del ICE.

7, A COMPONENTE/MATERIA: Contaminación Lumínica

NORMA

  • | Decreto 43/2012. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N* 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

| Forma de cumplimiento

|

Se dará pleno cumplimiento a las exigencias contenidas en el presente decreto. En particular, la luminaria afecta al decreto cumplirá con los límites de emisión establecidos, lo cual será debidamente certificado en laboratorio autorizados por la SEC, tal como lo señala la norma. Por otra | parte, la empresa informará al Sistema Nacional de Información de | Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente lo referente a la cantidad de fuentes emisoras a instalar y entregará copia de los certificados emitidos por el laboratorio autorizado por la SEC.

| Indicador que acredita su cumplimiento

Se mantendrá copia de los certificados emitidos por la SEC y registro de la realización de actividad de informar al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental de la Superintendencia del Medio Ambiente lo referente a la cantidad de fuentes emisoras a instalar.

| Referencia al ICE | para mayores | detalles

  1. S. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Líquidos

Numeral 8.1.3. del ICE.

16/21

| NORMA

-Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

-Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.

| | Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará | cumplimiento

Construcción y cierre.

| Forma de | cumplimiento

Para la construcción contará con un sistema de manejo y tratamiento de aguas servidas compuesto por plantas compactas de tratamiento de aguas servidas del tipo lodos activados.

| Indicador que | acredita su | cumplimiento

Autorizaciones sectoriales por la implementación de fosa séptica para el manejo de aguas servidas.

| Referencia al ICE para mayores | detalles

Numeral 8. 1.4. del ICE.

K 7.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

NORMA

| -Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código | Sanitario;

-Decreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; -Decreto Supremo N 148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

cumplimiento

Construcción, operación y cierre.

Forma de cumplimiento

P _——

¡La forma de manejo y disposición final, de los residuos sólidos | domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos generados por la ejecución del proyecto, se ajustarán a las normativas aplicables. Mayores | antecedentes se presentan en el numeral 4.5.3 del presente Informe

| Consolidado de Evaluación.

| Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de cantidad de residuos dispuestos en sitios de disposición final.

Referencia al ICE para mayores | detalles

| [Numeral 8.1.5. del ICE. | I

  1. de COMPONENTE/MATERIA: Vialidad

| Fase del Proyectos. a la que aplica o en la que se dará

| cumplimiento

| Forma de ' cumplimiento implementación de accesos a caminos y/o rutas públicas. Pese a lo antes Lo o | señalado el titular se compromete a que todo acceso a caminos públicos

| Decreto con Fuerza de Ley N 850/97 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N

| 15.840/64 y del D.F.L. N* 206/60, sobre Construcción y Conservación de

| Caminos;

| -Resolución Exenta N* 232/02 del Ministerio de Obras Públicas.

| Aprueba nuevas normas de acceso a caminos públicos que indica.

| Construcción, Operación y cierre.

| El proyecto no contempla la realización de obras de intervención o

17/21

|

utilizados en el proyecto cumplirán con la normativa señalada y en el

caso de ser necesario se solicitarán las autorizaciones necesarias en forma previa a la construcción u realización de obras en dichos caminos a la Dirección de Vialidad.

| Indicador que | acredita su | cumplimiento

En caso que correspondan, se mantendrán los registros de las autorizaciones correspondientes.

| Referencia al ICE | para mayores detalles |

Numeral 8.1.7. del ICE.

7.8. COMPONENTE/MATERIA: Fauna

| NORMA

Resolución Exenta N 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N 2.859/2007. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera y sus modificaciones.

Fase del Proyectoa | la que aplica o en la | que se dará

| cumplimiento

Construcción, Operación y cierre.

| Forma de | | cumplimiento

| verificará que éstos cumplan con las disposiciones establecidas en la

Respecto de los embalajes de madera provenientes del exterior, se

Resolución N* 133 de 2005, en lo que dice relación con el tratamiento de la madera y las marcas de certificación de los tratamientos fitosanitarios.

| Indicador que | acredita su cumplimiento

Certificación de tratamiento fitosanitario en embalajes provenientes del extranjero.

| Referencia al ICE | para mayores detalles

Numeral 8.1.8. del ICE.

| 7.9. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Cultural

NORMA

p —

-Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;

-Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

| Fase del Proyecto a

la que aplica o en la que se dará cumplimiento

| Forma de | cumplimiento

Construcción

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Indicador que | acredita su | cumplimiento

Ante hallazgos se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente mediante cartas, manteniéndose los registros de dicha actividad.

Referencia al ICE para mayores | detalles

Numeral 8.1.6. del ICE.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto no propuso compromisos ambientales voluntarios.

18/21

9.1.1. Respuesta y preparación ante emergencias

Parte, obra o acción asociada

| Acciones a implementar

| Referencia al ICE o documentos del Numeral 7.1 del ICE.

| descripción detallada

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

9.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Y EMERGENCIAS

Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción, operación y cierre.

Operación de la subestación eléctrica.

El Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias contiene las disposiciones básicas a seguir para actuar ante emergencias por fallas humana, emergencias naturales, ambientales y/o rescate, así como definir responsabilidades en todos los niveles organizacionales para el control oportuno y eficaz ante situaciones de Emergencias que se podrán presentar, en el desarrollo del “Proyecto Subestación Eléctrica Atacama 1”:

e Asignación de responsables en todos los

| niveles.

| e Procedimientos en caso de

| emergencias:

1) Por fallas humanas (accidentes leves, | incendios, explosiones, derrames, fallas

| y accidentes vehiculares).

| 2) Por emergencias naturales (terremotos,

tormentas, neblinas, desplazamientos de

tierra, lluvias fuertes, tormentas

eléctricas).

| Para mayor detalle de los procedimientos a seguir ante cualquier tipo de contingencia que | se genere en el área del proyecto, Anexo N* 2.6 | | de la DIA.

|

expediente de evaluación que contenga la

  1. Que, no se solicitó la apertura de proceso de participación ciudadana, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N* 19.300.

  2. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

19/21

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

  3. Que, para que el proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  6. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  7. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1”, de Abengoa Solar SpA.

2*. Certificar que el proyecto Subestación Eléctrica Atacama 1” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3?. Certificar que el proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 138 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?. Certificar que el proyecto “Subestación Eléctrica Atacama 1” no genera ni presenta los efectos, características o circunstancias establecidas en el del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el/la Director/a Ejecutivo/a del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

20/21

Notifíquese y Archívese

“Ú Intendente Regional Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

FRENO D/rrd. Proponente.

Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

21/21