Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS RÍOS CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "PLANTA DE COGENERACIÓN BIOENERGÍA DE LOS RÍOS". Resolución Exenta N° O R 9 Valdivia, 18 NOV 2015 VISTOS: 1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda, de fecha 07 de julio de 2015 y su Adenda Complementaria, de fecha 16 de octubre de 2015, del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos", presentado por Bioenergía de los Ríos S.A., con fecha 12 de diciembre de 2014. 2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus competencias legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos". 3. El Acta de Evaluación N° 15/2015, de fecha 29 de octubre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Los Ríos. 4. El ICE de la DIA del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos", de fecha 02 de noviembre de 2015. 5. El Acta N° 21/2015, de fecha 09 de noviembre de 2015, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos. 6. La Resolución Exenta N° 005, de fecha 23 de enero de 2015, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Los Ríos, que dispuso la realización de un proceso de participación ciudadana, conforme a lo previsto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. 7. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos". 8. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N° 19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República. 1/31 CONSIDERANDO: 1. Que, Bioenergía de los Ríos S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Bioenergía de Los Ríos S.A. Rut 76.379.618-3 Domicilio Avenida España N° 1000 Teléfono Nombre representante legal David Felipe Porflit Gutiérrez Rut representante legal 15.294.019-K Domicilio representante legal Avenida España N° 1000, Valdivia Teléfono representante legal Correo electrónico Titular o representante legal fporflit@bioenergiadelosrios.cl 2. Que, conforme se indica en el ICE, de fecha 02 de noviembre de 2015, el Director Regional de la Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: a) Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. b) Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Únicamente Ambientales señalados en los artículos 115 y 119 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. c) Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 139, 140, 142, 156 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA. c) No genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 3. Que, en sesión de fecha 09 de noviembre de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos", aprobando íntegramente el contenido del ICE, de fecha 02 de noviembre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución. 4. Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general El objetivo principal de este proyecto consiste en la construcción de una "Planta de cogeneración de energía eléctrica y vapor a partir de biomasa forestal no tratada". La energía eléctrica a generar corresponde a 10 MWe de potencia aproximadamente, parte de la cual, (9 MWe), se inyectará al Sistema Interconectado Central (SIC), mediante la conexión Tap 2/31 Off a una línea eléctrica de media tensión de 23 kV. Por su parte, el vapor extraído será vendido a terceros cercanos al
área de emplazamiento del proyecto. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones El proyecto se somete al SEIA por cuanto se encuentra listado en el artículo 3 literal c) del Reglamento del SEIA, contenido en el D.S. N° 40 del Ministerio del Medio Ambiente, relativo a "Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW". Vida útil 30 años Monto de inversión US$ 38.000.000 Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La gestión que da inicio a la ejecución del proyecto será la habilitación de la instalación de faenas y, el término de esta fase, dirá relación con las pruebas de puesta en marcha y sincronización. Proyecto se desarrolla por etapas Sí No X Proyecto modifica un proyecto o actividad Sí No X Proyecto modifica Sí No otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] 4.2. UBICACION DEL PROYECTO político- El proyecto se encuentra ubicado en la Región de Los Ríos, en la provincia de Valdivia, comuna de Valdivia. Descripción de la Específicamente, se ubica en el sector rural de Las Animas localización en un terreno de aproximadamente de 3 hectáreas, compuesto por 4 lotes prediales (Lote 2, Lote 121, Lote 122 y Lote 123. Superficie predio: 2,928 há. Superficie a utilizar: 1,165 há. Coordenadas UTM en Coordenadas UTM Vértices Datum WGS84 Edificaciones (Datum WGS-84, huso 18S) Este División administrativa Superficie Vértice Norte 1 651.602 2 651.508 3 651.507 4 651.377 5 651.342 6 651.471 7 651.411 8 651.425 9 651.441 5.592.513 5.592.402 5.592.403 5.592.251 5.592.287 5.592.439 5.592.500 5.592.523 5.592.523 5.592.618 10 651.499 Caminos de acceso Los caminos principales de acceso al proyecto son: Desde el Norte por Ruta 202: Ruta 202 — Avenida Pedro Aguirre Cerda — Avenida España — Calle Sevilla. Desde el Norte por Ruta T — 313: Ruta T — 313 — Ruta 202 — Avenida Pedro Aguirre Cerda — Avenida España — Calle Sevilla. 3/31 Desde el Oriente por Ruta T — 301: Ruta T — 301 — Ruta T — 313 — Ruta 202 — Avenida Pedro Aguirre Cerda — Avenida España — Calle Sevilla. Desde el Sur por Ruta 206: Ruta 206 — Avenida Ramón Picarte — Avenida Pedro Montt — Avenida Pedro Aguirre Cerda — Avenida España — Calle Sevilla. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Los detalles de la ubicación del proyecto se encuentran en los numerales 1.9, 1.10 y 1.11 del ICE. Adicionalmente se encuentran referidos en Figura 1-1 de la DIA, (Emplazamiento del Proyecto), en la Figura N° 4. Vista general de Ruteo de Flujos de Acceso al Proyecto desde distintos orígenes. Del Adenda N° 1, Coordenadas referenciales del proyecto en Tabla N° 1-3 de la DIA (Coordenadas del Proyecto) y Planimetría en detalle del proyecto en Anexo 2. Planos, Diagrama y Balances de la DIA. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
4.3.1. FASE DE CONSTRUCCION Instalación de faenas Incluye, a lo menos, las siguientes infraestructuras equipamientos: • Abastecimiento de agua potable. • Servicios higiénicos. • Energía eléctrica. • Comedores. • Contenedores y acopio de residuos. • Primeros auxilios. • Bodega para los materiales de construcción. • Oficinas. • Pañoles. Preparación del Terreno El suelo será retirado y sustituido por relleno. La cantidad de material para el relleno o compactación, se estima en 88.882 m3, mientras que el volumen de material a retirar se estima en 95.580 m3, los que serán sacados del sector de faena. A su vez, respecto al suelo vegetal removido (5.000 m3 aproximadamente), éste será destinado a áreas verdes dentro del predio del proyecto o entregado a la Ilustre Municipalidad de Valdivia u otro ente autorizado Construcción de Caminos Principales y Urbanización Mejoramiento Calle Sevilla entre fin de pavimento existente y acceso al proyecto. Señalización vertical y horizontal según recomendaciones de MINTRATEL, Manual de Señalización de Tránsito Capítulos 2 y 3 para la intersección Avenida España con Calle Sevilla y la intersección de Acceso a Proyecto. Diseño de Acceso a Proyecto y disposición de una señal RPI — 2 "Pare" para controlar el flujo de salida hacia Calle Sevilla. Construcción de fundaciones principales La sobre excavación bajo estructuras se rellenará hasta alcanzar la cota de fundación con hormigón de una dosis mínima de cemento de 170 kg-cem/m3. 4/31 Construcción de edificios generales, salas eléctricas, y bodegas. Dentro de éstas, según su función, se distinguen tres tipos de construcciones: galpones industriales, edificios de mantención, edificios administrativos. Montaje eléctrico Consiste en la instalación de los distintos equipos eléctricos y mecánicos en sus ubicaciones definitivas, la colocación de líneas de interconexión de equipos, instalación de líneas de electricidad para circuitos de fuerza, alumbrado y control. Instalación y montaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos Consiste en la instalación de los equipos de acuerdo con las especificaciones técnicas del proveedor de estos, considerando la utilización de grúas de levante y personal calificado. Montaje de cañerías Consiste en instalación de los soportes de cañerías, los cuales serán chequeados con topografía. Posteriormente, se inicia la instalación de las cañerías, considerando el tipo de unión especificado para cada línea, realizando todas las pruebas de uniones establecidas como ser ultrasonido y/o radiografías Corresponde a la instalación de los equipos eléctricos y motores que requieran conexionado y el correspondiente cableado a tablero o MCC que se requiera. El montaje instrumental corresponde a la instalación de los instrumentos con su correspondiente cableado y conexión a PLC o controladores que se soliciten. Montaje eléctrico e instrumentación Comisionamiento y puesta en marcha Los distintos equipos, sistemas y subsistemas del proceso serán probados en forma individual y colectiva, de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos durante la operación. Retiro de las instalaciones de faenas y limpieza final Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Recursos naturales renovables Consiste en que en la medida en que vayan concluyendo las faenas de construcción, los contratistas deberán hacer retiro de sus instalaciones, incluyendo contenedores, estructuras, bodegas y otros, dejando el área libre de residuos y materiales, nivelada y despejada. Capítulo IV del ICE numeral 4.2. Se estima el retiro de material en 95.580 ms, el que tendrá como destino final lugares autorizados dentro de la comuna. Respecto al suelo vegetal removido (5.000 m3 aproximadamente), éste será destinado a áreas verdes dentro del predio del proyecto o entregado a la Ilustre Municipalidad
de Valdivia u otro ente autorizado. Emisiones y efluentes Las emisiones estarán constituidas por gases de combustión emitidos por vehículos y polvo producto de las actividades de excavación, movimientos de tierra y tránsito de vehículos, camiones y maquinaria. Las principales fuentes generadoras de ruido serán excavadoras, motoniveladoras, camiones, compactadoras, esmeriles, entre otras maquinarias utilizadas. Se generarán aguas servidas provenientes de los baños químicos utilizados por los trabajadores estimándose un máximo de aguas servidas generadas de 13,04 m3/día. Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos que corresponden a plásticos, papel, cartones, entre otros, que serán dispuestos en lugares autorizados, alcanzando un volumen de 700 kg/semanal. 5/31 Obtención y alimentación La captación de aguas crudas se obtendrá desde un pozo ubicado en la coordenada UTM 5.592.247N y 651.359 E (Datum WGS84 - Huso 18S). Las aguas frescas a captar serán de un caudal de 71,1 m3/h (20 m3/h para caldera y 52 m3/h para las torres de enfriamiento aproximadamente). Se requerirá de un tratamiento previo de éstas antes de su utilización en el proceso. Contemplando un pretratamiento del agua para, posteriormente, ser tratada en un proceso de Osmosis Inversa. de agua a la caldera Residuos industriales: corresponden principalmente restos de madera, recortes de acero, entre otros, serán segregados cuando sea factible y almacenados en un sitio de acopio temporal para, posteriormente, ser vendidos o comercializados a terceros, o bien, dispuestos en lugares autorizados. Residuos peligrosos: corresponden principalmente a tarros de pintura al aceite, elementos de protección personal contaminados con aceites, paños con aceites y otros, cuyo volumen se estima en 2 m3/mes Referencia al ICE para Capítulo IV del ICE numeral 4.5. mayores detalles sobre esta fase. 4.12. FASE DE OPERACIÓN El proceso parada cogeneración compuesta de energía está dado por una caldera a biomasa forestal y una turbina con extracción lateral y con etapa de condensación. La turbina de extracción y condensación genera aproximadamente 10 MWh brutos y, en su condición normal de operación, se alimenta de 65 t/h de vapor sobrecalentado a 480 C y 64 barg. Tiene una etapa de extracción de aproximadamente 34,4 ton/h a 22 barg y 385°C y el saldo del vapor es dirigido hacia la etapa de condensación de ésta. Producción de vapor Contempla una caldera acuotubular que utiliza biomasa como combustible. La caldera, de 65 t/h de capacidad, generará vapor sobrecalentado a una presión de 64 barg y una temperatura de 480° C. La biomasa forestal es alimentada a través del sistema de alimentación a la parrilla reciprocante de la caldera. El calor generado por la combustión de la biomasa produce la ebullición del agua proveniente del desaireador, desde donde es impulsada hacia la caldera mediante una bomba de alta presión. Adicionalmente, la caldera cuenta con ventiladores para inyectar aire, tanto bajo la parrilla, como en algunos sectores del hogar. Los gases de combustión que abandonan la caldera pasan a través del economizador y del precalentador de aire, para, posteriormente, ser alimentados al sistema de tratamiento de .ases. Recepción, Manejo y La biomasa es recibida en la planta a través de camiones, los Proceso productivo 6/31 e cuales pueden traer material chipeado y no chipeado. El material no chipeado será depositado en una cancha de trozos impermeabilizada, mientras que los chips serán almacenados en silo edificio de 5.000 m3 st. [ Almacenamiento Biomasa Materiales, requerimientos e insumos Servicios básicos Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Productos generados Los requerimientos de materiales e insumos se resumen en la siguiente tabla. Requerimientos de Materiales Insumos y Suministros. Material o Insumo Referenciales Cantidades Biomasa (m3 st/hr) 99 Agua de Proceso (m3/h) 71,1 Energía eléctrica (MW) 9 Aire para combustión (kg/h) 127.924 Productos para tratamiento de agua (kg/día) 173,2 Flujo de Camiones (veq/h) 25 Almacenamiento de Biomasa m3 t) 5.000 Adicionalmente, contará con un sistema de respaldo de cargadores y batería redundantes para respaldo de cargas críticas y un grupo generador de 350 kW que operará con diésel para permitir una parada segura de la planta ante fallas en los sistemas o emergencias. Este grupo generador contará con un estanque de 1.370 L de capacidad. La demanda de personal durante la etapa de operación se ha estimado en 35 puestos de trabajo, de los cuales 9 trabajarán en horario administrativo y 24 lo harán en un sistema de 4 turnos de 6 personas cada uno. Se habilitarán servicios higiénicos estimados en una descarga de 4,2 m3/día, conectados al sistema de alcantarillado local a través de la empresa sanitaria, el agua potable se ha estimado en 5,3 m3/día, la que será obtenida a través de la empresa sanitaria. En lo que se refiere al servicio de alimentación del personal, éste se realizará en lugares autorizados en la ciudad de Valdivia o en comedores al interior la planta. Capítulo IV del ICE numeral 4.3 Generar energía térmica en forma de vapor para procesos industriales y electricidad para ser inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC), con una potencia estimada de 9 MW. El volumen recepcionado se estima en 99 m3st/h, cuya distribución de almacenamiento es de un 83% - en la cancha de trozos (material no chipeado) y un 17% como chips en el silo. Recursos renovables naturales La producción de vapor se realizará en una caldera acuatubular alimentada con biomasa de origen forestal, cuyo consumo es de 99 m3st/h. Adicionalmente, las aguas frescas a captar serán de un caudal de 71,1 m3/h (20 m3/h para Caldera y 52 m3/h para las Torres 7/31 de Enfriamiento aproximadamente). Emisiones y efluentes Se estima la generación de un caudal de 25,05 m3/hora (601.2 m3/día) el que será descargado mediante un emisario submarino al río Calle-Calle. Emisión atmosférica por la combustión de Biomasa no tratada (MPlo , MP2.5 NO2, SO2) Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Se estima la generación de: Residuos domiciliarios: 200 kg/semana. Papeles y cartones: 5 kg/semana. Plásticos: 5 kg/semana. Madera: 50 kg/mes. Chatarra metálica: 1.000 kg/año. Correas y artículos de caucho: 100 kg/año. Escoria y cenizas: 7,1 Ton/día. RESPEL: 3.500 kg/año. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV del ICE numeral 4.5 4.3.3. FASE DE CIERRE Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura e- Ante la eventualidad de ocurrir un abandono de las instalaciones, al menos un año antes de ello, se presentará un Plan de Cierre y Abandono a la autoridad ambiental para su aprobación, sin embargo, identifica las siguientes actividades asociadas a esta etapa del proyecto: a) Instalación de faenas: procediendo, de igual manera, que en la etapa de construcción. b) Desmantelamiento de la planta: desglosándose en las siguientes actividades: - Desmontaje eléctrico e instrumentación. - Desmontaje de cañerías. - Desmontaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos. - Desmontaje electromecánico. - Desmantelar edificios generales, salas eléctricas, bodegas y muelle. Restauración Una vez retiradas las instalaciones y rellenados los espacios, el proponente cubrirá la superficie con una capa de suelo proveniente de los sectores aledaños, de manera de restituir las geoformas originales, correspondientes a zonas aptas para pastos estacionales y uso forestal (capacidad de uso de suelo VIIw2). Prevención de futuras emisiones Ante un eventual cierre, los residuos y emisiones a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de manejo, siendo consideradas estas emisiones como poco significativas. Mantención, conservación ysupervisión N/A. Recursos naturales renovables En esta etapa el Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes Se evaluará al año 30 y se informará a la Autoridad Ambiental. 8/31 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el ambiente. En esta etapa no se generarán y/o utilizarán productos químicos que pudieran dañar al medioambiente. Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase. Capítulo IV del ICE numeral 4.5 4.4. CRONOLOGIA DE LAS FASES DEL PROYECTO
71.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Una vez obtenida la RCA favorable (noviembre 2015). Parte, obra o acción que establece el inicio El hito del inicio de la fase de construcción será la habilitación de la instalación de faenas y el término de esta fase serán las pruebas
de puesta en marcha y sincronización. Fecha estimada de término El proyecto contempla un plazo de construcción de 16 meses. Parte, obra o acción El hito de término de la fase de construcción será el que establece el término comisionamiento, pruebas, puesta en marcha y sincronización de la planta, es decir, a los 16 meses (marzo 2017). 4.4.2. FASE DE OPERACION Fecha estimada de inicio A los 16 meses después de obtenida la RCA favorable marzo 2017). Parte, obra o acción _que establece el inicio Puesta en servicio de la planta. Fecha estimada de término Marzo 2047. Parte, obra o acción que establece el término Un año antes de la fecha estimada de término se debería presentar un Plan de Cierre y Abandono a la Autoridad Ambiental para su aprobación. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio Marzo 2047. Parte, obra o acción que establece el inicio Inicio del Plan de Cierre y Abandono. Fecha estimada de término Julio 2049. Parte, obra o acción que establece el término Restitución de la Geoforma. 5. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300: 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Impacto ambiental Aumento de emisiones atmosféricas por la combustión de Biomasa no tratada (MP10, MP2.5, NO2, SO2). Parte, obra o acción que lo genera Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores Capítulo IV del ICE numeral 5.3 detalles sobre esta fase. Producción de vapor 9/31 De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación, sobre la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no genera un riesgo para la salud de la población, considerando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y la ausencia de población o núcleos poblados en el área de emplazamiento del proyecto. 15.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental Disposición de un caudal de 25,05 m3/hora (601.2 m3/día) de RIL tratado a 24,8 °C que será descargado mediante un emisario submarino al río Calle-Calle. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Biota íctica en el río Calle-Calle cercana al punto de descarga del RIL tratado. Parte, obra o acción que lo genera Producción de vapor Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo IV del ICE numeral 5.2 De acuerdo a lo anteriormente señalado, puede concluirse que el proyecto no genera un impacto significativo sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental Congestión vehicular ya que el proyecto contempla un flujo vehicular de 25 camiones por hora. Parte, obra o acción que lo genera Materiales, requerimientos e insumos Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE numeral 6.4. De acuerdo a lo anteriormente señalado, puede concluirse que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. 5.4. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental Intervención parcial en un área declarada como zona o centro de interés turístico nacional, denominada ZOIT Valdivia-Corral. Componente(s) ambiental(es) afectado(s) Afectación al paisaje. Parte, obra o acción que lo genera Instalación y montaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos. Fase en que se presenta Construcción y operación. Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capítulo VI del ICE numeral 6.5. y capítulo X del ICE numeral 10.2.7 No obstante, el proyecto no se contrapone con el objetivo ambiental de dicha ZOIT por cuanto no afectará los valores y lugares de interés local, histórico, artístico o de otra 10/31 connotación especial, como asimismo, no intervendrá ninguno de las atractivos turísticos, no interferirá con la actividad turística y no obstruirá el acceso o la visibilidad a los recursos o elementos del ambiente, toda vez que las instalaciones se apostarán alejadas del sector céntrico de la ciudad de Valdivia. Además, se emplazará en un predio de propiedad que se encuentra intervenido por actividades antrópicas, dentro de un polígono industrial, según el Plan Regulador Comunal de Valdivia, siendo compatible con los usos de suelo determinados para dicha zona. Adicionalmente, es dable señalar que a fin de minimizar la afectación al paisaje, el proyecto contempla el diseño de un proyecto de paisajismo basado en cortinas vegetales de especies nativas y el uso de colores armónicos con el entorno. 6. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE AMBIENTAL 6.1.1. Permiso del artículo energía o sustancias jurisdicción nacional. 115 del RSEIA. Permiso para introducir o descargar materias, nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la Fase del Proyecto a la cual corresponde Este permiso ambiental sectorial aplica a toda la etapa de operación del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica El ducto para la descarga de RILes desde la "Planta de RILes corresponde a un dueto de 6" de diámetro con una longitud aproximada de 525 m. El trazado de esta línea será aéreo cuando el paso de la línea sea por terrenos propios del proyecto, en estos tramos la materialidad será de acero carbono. Para los casos de paso de la línea por terrenos exteriores a la planta, se considerará dueto enterrado, de materialidad HDPE. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que en que la introducción o descarga de materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, no genere efectos adversos en las especies hidrobiológicas o en los ecosistemas acuáticos.
Al respecto, Gobernación Marítima de Valdivia se pronunció conforme a través de Oficio N° 12.600/93, de fecha 22 de julio de 2015. Pronunciamiento del órgano competente Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 9.1.1 del Capítulo IX del ICE 6.1.2. Permiso del artículo 119 del RSEIA. El permiso para realizar pesca de investigación necesaria para el seguimiento de las poblaciones de especies hidrobiológicas, será el establecido en el artículo 99 del Decreto Supremo N° 430, de 1991, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.892, de 1989 y sus modificaciones, Ley General de Pesca y Acuicultura. Fase del Proyecto a Este permiso ambiental sectorial aplica a la etapa de operación del la cual corresponde proyecto. Parte, obra o acción Antecedentes para plantear un Plan de Vigilancia Ambiental, que a la que aplica incluye el seguimiento de especies hidrobiológicas. Condiciones o El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos exigencias hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de específicas para su otorgamiento investigación. 11/31 Pronunciamiento del órgano competente Al respecto la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura otorga el permiso mediante Res. Ex. N° 405, de fecha 28 de octubre de 2015. Referencia para detalles al ICE mayores Mayores antecedentes en el numeral 9.1.2 del Capítulo IX del ICE 6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS 6.2.1. Permiso del artículo 139 del RSEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros. Fase del Proyecto a la cual corresponde Este permiso ambiental sectorial aplica a toda la etapa de operación del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Los principales RILes generados en la planta cogeneradora propuesta en este estudio son las purgas de las calderas, del sistema de enfriamiento y del sistema de tratamiento de agua (unidades de osmosis y unidad EDI). Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que la calidad del agua del cuerpo receptor no ponga en riesgo la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Oficio N° 1923, de fecha 26 de octubre de 2015. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 9.1.3 del Capítulo IX del ICE 6.2.2. Permiso del artículo 140 del RSEIA. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier "Planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase". Fase del Proyecto a la cual corresponde Este permiso ambiental sectorial aplica a toda la etapa de construcción y operación del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción, el proyecto habilitará patios de acopio de desechos de la construcción y sitios de acopio temporal para los residuos domiciliarios. Estos últimos, se ubicarán al costado de las oficinas temporales de la instalación de faena. Durante el proceso productivo se dispondrá de 2 galpones destinados al almacenaje de residuos, el galpón de cenizas y el de residuos peligrosos. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Oficio N° 1923, de fecha 26 de octubre de 2015. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 9.1.4 del Capítulo IX del ICE 12/31 6.2.4. Permiso del artículo 156 del RSEIA. Permiso para efectuar modificaciones de cauce. Fase del Proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Este permiso ambiental sectorial aplica a toda la etapa de operación del proyecto. Las obras que se proyectan corresponden a un muelle de 18 m. de longitud, conformado por estructura de acero, el cual se estructura mediante perfiles del tipo tubular para los pilotes y vigas tipo H, en el extremo del muelle se emplazará una casa de bombas, la cual se materializará en acero del tipo tubular, cajón y ángulos. La cañería de succión de las aguas será de 6" de diámetro, materializada en acero, la cual descargará las aguas de proceso materializado en HDPE. Este emisario se introducirá 10 ms. desde la orilla norte hacia el río Calle-Calle. El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas. Al respecto, la Dirección General de Aguas de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Oficio N° 694, de fecha 13 de julio de 2015. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento del órgano competente Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 9.1.6 del Capítulo IX del ICE. 6.2.3. Permiso del artículo 142 del RSEIA. Permiso para todo sitio destinado al
almacenamiento de residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la cual corresponde Este permiso ambiental sectorial aplica a toda la etapa de construcción y operación del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Se implementarán lugares de almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante las fases de construcción y operación. Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población. Pronunciamiento del órgano competente Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Oficio N° 1923, de fecha 26 de octubre de 2015. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 9.1.5 del Capítulo IX del ICE. 7. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 7.1. COMPONENTE/MATERIA: Ruido. Norma 1 D.S. N° 38/2011 (MINSEGPRES), Establece Nonna de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Construcción y operación. Preparación del terreno, construcción de caminos principales y urbanización, construcción de fundaciones principales, 13/31 construcción de edificios generales, salas eléctricas, y bodegas. Instalación y montaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos. Proceso productivo, producción de vapor, recepción, manejo y almacenamiento de biomasa. Forma de cumplimiento Se efectuaron mediciones de ruido para cuatro receptores cercanos, ubicados a distancias variables del área de emplazamiento del proyecto de entre 300 a 1.500 m. Dichos puntos sensibles corresponden a dos viviendas familiares (P3 a 320 m y P4 a 1.500 m de distancia) y dos establecimientos comerciales/industriales (P1 y P2 a 300 m de distancia). Indicador que acredita su cumplimiento Mantener los niveles de ruido bajo los límites establecidos en la normativa. Forma de control y Monitoreo de Ruido en receptores P1 y P2. seguimiento Referencia al ICE para ! Mayores antecedentes en el numeral 6.1 del Capítulo VI y mayores detalles 1 1 numeral 8.1 del capítulo VIII del ICE. 7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 48/1984 (MINSAL), Aprueba Reglamento de calderas y generadores de vapor. Fase del Proyecto a la Operación. que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la i Producción de vapor. que aplica Forma de cumplimiento i Se solicitarán todas las autorizaciones correspondientes a los organismos pertinentes. Indicador que acredita su cumplimiento I Autorización sanitaria de la caldera y de los operadores. Forma de control y seguimiento Aprobación sectorial del funcionamiento de la caldera. Referencia al ICE para mayores detalles = Mayores antecedentes en el numeral 4.3.3 del Capítulo IV y numeral 8.2 del capítulo VIII del ICE. 7.3. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 144/1961 (MINSAL), Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Fase del Proyecto a que aplica o en la que dará cumplimiento Parte, obra o acción a que aplica la j Construcción y Operación. se la Preparación del Terreno. Construcción de caminos principales y urbanización. Construcción de fundaciones principales. Construcción de edificios generales, salas eléctricas, y bodegas. Instalación y montaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos. Proceso productivo. Producción de vapor. Recepción, manejo y almacenamiento de biomasa. 14/31 Forma de cumplimiento Durante la etapa de construcción, los camiones que transporten materiales que sean susceptibles de esparcirse deberán cubrir el material con una lona. En la etapa de operación, se realizará la declaración anual de emisiones a la atmósfera de la caldera. Indicador que acredita su Construcción: inspecciones en terreno. cumplimiento Operación: declaración anual de emisiones a la atmósfera de la caldera. Forma de control y Copia de la revisión técnica al día de todos los vehículos que seguimiento se utilicen en las obras o en su defecto registro en el libro de obras. Declaración anual de emisiones a la atmósfera de la
caldera durante la etapa de operación. Referencia al ICE para Í Mayores antecedentes en el numeral 4.3.3 del Capítulo IV y numeral 8.2 del capítulo VIII del ICE. mayores detalles 7.4. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones atmosféricas. Norma D.S. N° 138/2005 (MINSAL), Establece obligación de declarar emisiones que indica. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Producción de vapor. Forma de cumplimiento Entregará a la Autoridad Sanitaria la correspondiente declaración de las emisiones. Indicador que acredita su cumplimiento Formulario de declaración de emisiones, asociado a la operación de la caldera. Forma de control y seguimiento Comprobante de ingreso de datos vía web. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 4.3.3 del Capítulo IV y numeral 8.2 del capítulo VIII del ICE. 7.5. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias peligrosas. Norma D.S. N° 78/2009 (MINSAL), Aprueba Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Materiales, requerimientos e insumos. Forma de cumplimiento Tramitación de la autorización respectiva. Indicador que acredita su cumplimiento Autorización sanitaria correspondiente. Forma de control y seguimiento N/A. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 4.3.4 del Capítulo IV y numeral 8.3 del capítulo VIII del ICE. 8.6. COMPONENTE/MATERIA: Residuos peligrosos. Norma ÍD.S. N° 148/2003, (MINSAL), Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos y Resolución N° 292/2005, Ministerio de Salud que Fija las Metodologías de Caracterización de Residuos Peligrosos. Fase del Proyecto a la Operación. 15/31 que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Proceso productivo. Producción de vapor. Recepción, manejo y almacenamiento de biomasa. Forma de cumplimiento Tramitación de la autorización respectiva. Indicador que acredita su cumplimiento El proyecto contempla la habilitación de bodegas de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, las cuales cumplirán con esta normativa. Forma de control y seguimiento Autorización sanitaria correspondiente. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 4.3.4 del Capítulo IV y numeral 8.3 del capítulo VIII del ICE. 7.7. COMPONENTE/MATERIA: Flora y vegetación. Norma R.E. N° 133/2005 del MINAGRI y sus modificaciones. Fase del Proyecto a la 1 Construcción. que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la que aplica Construcción de edificios generales, salas eléctricas, y bodegas. Instalación y montaje de la caldera, turbogenerador, sistema de transporte de biomasa y otros equipos. Forma de cumplimiento En caso que ingresen a las faenas insumos en embalajes de madera provenientes del extranjero, se dará aviso al SAG para informar sobre esta internación. Indicador que acredita su Tramitación de la autorización respectiva. cumplimiento Forma de control y N/A. seguimiento Referencia al ICE para Mayores antecedentes en el numeral 4.2.1 del Capítulo IV y mayores detalles numeral 8.4 del capítulo VIII del ICE. 7.7. COMPONENTE/MATERIA: Aguas continentales. Norma Decreto Supremo N° 90/2000. Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales superficiales. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Operación. Parte, obra o acción a la que aplica Las aguas de descarte que corresponderán a las purgas de la caldera, la purga de la pileta del sistema de enfriamiento y la purga del sistema de tratamiento de agua (unidades de osmosis y unidad EDI). Se estima la generación de un caudal de 25,05 m3/hora (601.2 m3/día). Forma de cumplimiento La descarga cumplirá con la Tabla N° 1 del D.S. N° 90/00. Indicador que acredita su cumplimiento Muestreo mensual de las aguas de descarte y entrega del informe correspondiente a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Resultados del monitoreo semestral durante el primer año de operación (Otoño-Invierno y Primavera-Verano) durante los períodos de mayor oscilación mareal, la cual se produce preferentemente en los períodos de Sicigia y anualmente en 16/31 período de estiaje, por la vida útil del proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Mayores antecedentes en el numeral 4.5.1 del Capítulo IV, numeral 8.5 del capítulo VIII y numeral 10.1 del Capítulo X del ICE. 7.8. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio arqueológico y cultural. Norma Ley N° 17.288/70 modificada por la Ley N° 20.021/05, Ministerio de Educación Pública, Sobre Monumentos Nacionales. Fase del Proyecto a la Construcción. que aplica o en la que se dará cumplimiento Parte, obra o acción a la Instalación de faenas. que aplica Preparación del terreno. Construcción de caminos principales y urbanización. Construcción de fundaciones principales. Forma de cumplimiento En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá, según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que éste determine los procedimientos a seguir. Indicador que acredita su Informe semestral del especialista que indique que el estado cumplimiento de los movimientos de tierra durante la etapa de construcción y será entregado al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Referencia al ICE parar Mayores antecedentes en el numeral 8.6 del capítulo VIII del mayores detalles ICE. 8. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N° 19.300: 8.1 Se informa al proponente que deberá mantener un registro actualizado y disponible para la fiscalización de toda la biomasa forestal no tratada que ingresa a la Planta, donde se identificará la fecha de recepción, tipo de biomasa recepcionada, origen, cantidad en toneladas y equivalencia en mi. 8.2 Se informa al proponente que los residuos generados deberán ser transportados por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria cuando corresponda, a lugares de destino final también autorizados. 8.3 El proponente deberá respetar el horario de trabajo para el chipeado de madera, que será de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas. 8.4 Se informa al proponente, que el transporte de materiales e insumos, sólo podrá ser realizado por Avda. Pedro Aguirre Cerda, Avda. España y Calle Sevilla. 8.5 El proponente deberá mantener un registro semanal del volumen de suelo vegetal removido (aproximadamente 5.000 m3 en total) utilizando un registro similar al que se 17/31 muestra en la Tabla N° 1 del Adenda Complementaria, dejando constancia que se removió suelo vegetal, según fecha, origen del suelo, volumen, responsable y destino final de acopio. 8.6 Respecto al plan de mejoramiento vial de la Calle Sevilla, se informa al proponente que será de su responsabilidad mantener en buen estado los caminos interiores de la planta y de la prolongación de la calle de acceso a la calle Sevilla. 8.7 La fachada del edificio deberá contemplar proporciones adecuadas al paisaje circundante, incluyendo colores coherentes con el lugar de emplazamiento, a fin de que el edificio sea asimilado por el paisaje existente y no como un agente ajeno a lo propio del lugar. Lo anterior, utilizando una gama de gris con verde, asimilando los tonos del cielo y el río en las distintas estaciones. Este mismo criterio deberá ser implementado en el revestimiento exterior para la cubierta, muros perimetrales, galpones industriales, oficinas y áreas de servicio. 8.8 Dado que el Titular ha adquirido el compromiso de compensar el 110% de las Emisiones de MPio, el proponente deberá presentar, dentro de 60 días corridos de la obtención de la resolución de calificación ambiental (RCA), un Plan de Compensación de MPio y MP2.5, indicando: Medidas de compensación, cronograma, base de cálculo de reducción de emisiones, método de compensación propuesto, propuesta de medios de verificación y seguimiento, referencias, fuentes probables de emisión a reducir, forma de aplicación, cantidades a reducir. Dicho plan deberá ser enviado a las SEREMI de Salud y de Medio Ambiente, ambas de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia de Medio Ambiente. 9. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios: Componente Ambiental Calidad del Aire Compromiso Voluntario Instalación de equipos de medición de MP2.5, de forma complementaria a la Estación Valdivia y con las mismas condiciones de frecuencia de registro de datos que la estación existente. Etapa de Implementación Construcción. Duración 3 años después de iniciada la etapa de operación. Resultado esperado Registro diario de MP2.5. Lugar de aplicación Estación Valdivia. Forma de Implementación Cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 12/2011, del MMA, Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5. Indicador de cumplimiento Registro en línea de las mediciones realizadas. Componente Ambiental Calidad del Aire Compromiso Voluntario Compensación del 110% de las emisiones de MPio y MP2.5 generadas por el proceso de combustión de la caldera a biomasa. Además, incluirán fuentes probables de emisión a reducir, forma de aplicación, cantidades a reducir, fecha de implementación, medios de verificación y seguimiento, los cuales serán enviados a las SEREMI de Salud y de Medio Ambiente, ambas de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia de Medio Ambiente. Implementación Operación. Duración Vida útil del proyecto. Resultado esperado Disminución de las emisiones de MPio en la comuna de 18/31
Valdivia. Lugar de aplicación Comuna de Valdivia. Forma de Implementación Se elaborará un Plan de Compensación de MP10 y MP 2,5 generado por combustión que será presentado a la SEREMI de Medio Ambiente y al SEA para su aprobación. Este plan contendrá la(s) fuente(s) de emisión que serán compensadas, forma de aplicación, cantidad de emisiones que se reducirán, fecha de implementación, métodos de verificación de la efectividad de la reducción, entrega de informes de seguimiento, entre otros tópicos
que se acuerden con la autoridad. Indicador de cumplimiento Aprobación de Plan de Compensación por parte de la autoridad. Registro de reducción de las emisiones de MP10 de la(s) fuente(s) contenida(s) en el Plan de Compensaciones, ya sea con muestreos isocinéticos u otros medios comprobatorios, para los 3 primeros años de aplicación, según la frecuencia que determine el Plan de Compensación. Informe de seguimiento presentado a las SEREMI de Salud y de Medio Ambiente, ambas de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia de Medio Ambiente. Componente Ambiental Arqueología Compromiso Voluntario
movimientos de tierra. Monitoreo arqueológico durante las faenas de Etapa de Implementación: Construcción. Duración
terreno natural. Período en que se efectúen movimientos de tierra sobre el Resultado esperado Identificación de sitios arqueológicos en el caso que
existan dentro del área de intervención. Lugar de aplicación Área de emplazamiento del proyecto. Forma de Implementación Presencia de un arqueólogo durante las actividades de
movimientos de tierra en el terreno natural. Indicador de cumplimiento Informe único emitido por el arqueólogo en el que conste el resultado del Monitoreo Arqueológico, el cual deberá ser aprobado por el Consejo de Monumentos Nacionales. Componente Ambiental Infraestructura Vial Compromiso Voluntario Mejoramiento Vial sobre Calle Sevilla entre fin de pavimento existente y acceso al proyecto, ejecutando
señalización vertical y horizontal. Etapa de Implementación Construcción. Duración Durante toda la vida útil del proyecto. Resultado esperado
de Tránsito Capítulos 2 y 3. Presencia de señalización según Manual de Señalización Lugar de aplicación
Proyecto. Calle Sevilla entre fin de pavimento existente y Acceso al Forma de Implementación
salida hacia Calle Sevilla. Señalización vertical y horizontal, según recomendaciones de MINTRATEL, Manual de Señalización de Tránsito Capítulos 2 y 3 para la intersección Avenida España con Calle Sevilla y la intersección de Acceso a Proyecto y considerando diseño de Acceso a Proyecto y disposición de una señal RPI — 2 "Pare" para controlar el flujo de Indicador de cumplimiento Autorización municipal. 19/31 Componente Ambiental Calidad de las aguas Compromiso Voluntario Plan de Vigilancia Ambiental en río Calle-Calle (PVA). Etapa de Implementación Operación. Duración Semestralmente, durante el primer año de operación (Otoño-Invierno y Primavera-Verano) en los períodos de mayor oscilación mareal, la cual se produce preferentemente en los tiempos de Sicigia y anualmente en período de estiaje, por la vida útil del proyecto. Detalle del cronograma de actividades de muestra en la Tabla 3: Cronograma de actividades de monitoreos ambientales ejecutables en el río Calle-Calle, del Anexo 5 del Adenda complementaria. Resultado esperado Confirmar la no afectación en la calidad del agua y biota del cuerpo receptor (río Calle-Calle). Lugar de aplicación De acuerdo a lo indicado en la Tabla 1: Estaciones de monitoreo calidad de agua y fauna acuática. Datum WGS 84. Huso 18 H. y Tabla 2: Estaciones de instalación de mareógrafos. Datum WGS 84. Huso 18H, del Anexo 5 del Adenda Complementaria. Forma de Implementación Instalación de estaciones de monitoreo de calidad de agua y fauna biótica de acuerdo a los indicado en el numeral 6 del Anexo 5 del Adenda Complementaria. Enviar informe con los resultados del PVA a la SEREMI de Medio Ambiente de la Región de Los Ríos con una periodicidad anual. Indicador de cumplimiento Tabla 5: Medidas de cumplimiento, indicadores de deterioro ambiental y medidas de control para cada componente evaluado del Anexo 5 del Adenda Complementaria. Componente Ambiental Paisaje Compromiso Voluntario Plantación de árboles nativos en los límites del predio donde se ubicará el proyecto detallado en la respuesta 23 del Adenda Complementaria. Etapa de Implementación En la siguiente temporada invernal, una vez concluida la etapa de construcción, a fin de establecer una cortina vegetal con una densidad inicial de 5.000 planta/há. Duración Durante la vida útil del proyecto. Resultado esperado Prendimiento del 75% de la planta, es decir, 3.750 planta/há. Lugar de aplicación En los límites del predio (973,5 m), a excepción del acceso a éste (7,1 m), como se muestra en la Figura N° 2 del Adenda Complementaria. Forma de Implementación Las plántulas se adquirirán en un vivero de la Región de Los Ríos y se establecerán en casillas construidas de forma manual de dimensiones 0,3x0,3x0,3m. Se les aplicará fertilizante (N, P, K) en dosis según recomendación de los viveros donde se adquirieron y, en caso de ser necesario, se les aplicará riego en época estival. Indicador de cumplimiento Densidad final de plantación de 3.750 (plantas/há), asumiendo un 75% de prendimiento. 20/31 10. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS Durante la evaluación del presente proyecto se han planteado una serie de planes de contingencias que se describen en el numeral 7.1 del capítulo VII del ICE y que se enuncian a continuación. Etapa de Construcción: - Accidentes de vehículos en caminos dentro del predio del proyecto. - Derrame de sustancias químicas. - Fallas en el suministro eléctrico. Etapa de operación: - Derrame de sustancias peligrosas. - Situación de incendio. - Situación de sismo. - RILes fuera de especificaciones. - Falla en las bombas de agua de pozo. - Falla sistema de tratamiento emisiones gaseosas - Falla en la planta de tratamiento de agua. - Accidentes que puedan ocurrir en la vía pública. - Falla en las bombas de agua de pozo. 10.2. PLAN DE EMERGENCIAS Durante la evaluación del presente proyecto, se ha planteado una serie de planes de emergencia que se describen en el numeral 7.2 del capítulo VII del ICE y que se enuncian a continuación. Etapa de construcción y operación: - Situaciones de incendios. - Situaciones de sismo. - Cortes de energía eléctrica que impidan el sistema de tratamiento de RILes. - Falla en el sistema de tratamiento de gases. - Estanque de agua industrial sin inventario. 21/31 11. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala. La totalidad de las observaciones cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA. 11.1 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas. Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 30 bis de la Ley N° 19.300 y en el artículo 95 del Reglamento del SEIA son las siguientes: Pregunta N° 1. Nombre: Guillermo Pérez Garrido, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". Observación: 1. El proyecto presenta una discrepancia en los resultados que indica el porcentaje de plantas introducidas, nativas y endémicas, ya que el texto dice una cosa y el gráfico dice otra. Solicita, por favor, que esta información deba ser corregida o reevaluada. 2. Por otro lado, se debe incorporar una descripción transversal de los tipos de vegetación encontrados con sus relativas edades y alturas. Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Guillermo Pérez, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se puede informar que, respecto a las discrepancias en los resultados planteados, el proponente acoge la observación rectificando la discrepancia entre los valores del texto (página 17) y el gráfico N° 5 del Anexo 13, correspondiente a la Línea Base de medio biótico de la DIA, dado que en el texto se señala la presencia de especies introducidas con un 62,8% seguido de las nativas con un 34,9% (página 17), mientras que en el gráfico N° 5 (figura N° 5, página 22) se indica que las nativas se encuentran en una proporción de 62,8% y las introducidas en un 34,9%. En concreto, acorde a lo señalado por el proponente, se reemplazó el gráfico N° 5 del Anexo 13 de la DIA por el gráfico N° 1 de la Adenda Complementaria, estableciéndose que en el área de influencia del proyecto las especies introducidas se encuentran presentes con un 62,8% , mientras que las nativas con un 34,9%. En cuanto a la descripción transversal de los tipos de vegetación encontrados con sus edades relativas y alturas, en el área de influencia del proyecto se registraron 3 tipos de hábitat con los siguientes porcentajes: vega (con un 60%), arboleda (con un 10%) y área industrial (con un 30%). De esta forma, en base a los antecedentes levantados, se acredita que no se requiere la realización de una descripción transversal de los tipos de vegetación encontrados, toda vez que la mayor parte del terreno está cubierta por vegetación herbácea y juncos, propia de los entornos de vega y praderas húmedas (información detallada en pregunta 14 del Adenda Complementaria). 22/31 En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 2. Nombre: Guillermo Pérez Garrido, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". Observación: 1. En relación a estudio de fauna, es importante considerar las condiciones climáticas y hora(s) del día en el que se desarrolla el estudio. En este sentido, es oportuno detallar la temperatura y velocidad del viento, así como también, detallar el porcentaje de la cobertura de nubes y copa vegetal. Lo anterior, sustentado en antecedentes de estándares internacionales (https://www.pwrc.usgs.gov/bbs/), donde se establece que no se deben hacer muestreos de aves en días con lluvia o con vientos sobre cierta velocidad. Además, el horario recomendado para realizar muestreos de aves es de media hora antes de la salida del sol, con una duración de 5 horas. Por otro lado, los reptiles se activan con el calor (son exotérmicos), por lo que el día nublado descrito hace cuestionar la validez de dicho muestreo. De acuerdo a lo anterior, ¿Cuál es la justificación científica de desarrollar el estudio en los días y horas efectuadas, con respecto a las aves y reptiles? ¿Por qué se desarrolló el estudio durante una mañana y dos tardes? ¿Qué estándares de muestreo de fauna utilizaron? ¿Cómo se puede conseguir una comparabilidad entre este estudio y otros? Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Guillermo Pérez, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se puede informar que, respecto a la justificación fundada de las condiciones climáticas en las que se realizó el muestreo de la fauna, el período considerado (los días 21, 22 y 23 de septiembre de 2014), fue determinado a partir de un estudio y análisis previo de las condiciones climáticas de la zona, así como de una revisión bibliográfica respecto de las condiciones idóneas para la identificación de aves y reptiles, antecedentes a partir de los cuales se constató que la fecha antes señalada cumplía con los estándares necesarios, dado que corresponde a un período de transición invierno-primavera, momento que favoreció la observación de especies en conductas típicas de alimentación, desplazamiento, descanso, interacción e, incluso, en algunos casos, comportamiento reproductivo (información detallada en el Anexo 13 de la DIA). Junto con lo anterior, cabe destacar que durante el período de observación no se registró ninguna de las condiciones consideradas desfavorables para la realización de muestreos, acorde los estándares internacionales, tales como altas precipitaciones, vientos fuertes, temperaturas extremas, entre otros (para mayor detalles, ver pregunta 1 de Adenda Complementaria). En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 3. Nombre: Guillermo Pérez Garrido, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". 23 /3 1 Observación: 1. ¿Por qué se llevó a cabo el estudio de aves, reptiles y anfibios fuera del período de reproducción? 2. El Fío-Fío, un ave migratoria, abundante y común en la zona de Valdivia durante el verano, no fue registrada en el reporte, por lo que indica que debiera existir una justificación del por qué se desarrolló el estudio el 21 y 22 de Septiembre y no más tarde. Del mismo modo, aves y anfibios están más activos (cantan) en ciertas temporadas comparadas con otras, por lo que se debe justificar la época del año en que se ejecutó el estudio. 3. ¿Por qué no se incluyó una metodología para detectar especies nocturnas o crepusculares, como, por ejemplo, búhos? Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Guillermo Pérez, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se puede informar que, en relación al estudio de aves, reptiles y anfibios, cabe destacar que el proponente realizó el muestreo en un período de transición invierno-primavera, tomando en consideración (a partir de una revisión bibliográfica respecto a las condiciones idóneas) que septiembre sí forma parte del período reproductivo de las aves locales. Cabe destacar que la actividad reproductiva, además, depende de otros factores, como la antropización del lugar, características del ecosistema, entre otros. Pese a lo anterior, en el área de influencia en que se realizó el estudio, se detectaron individuos con conductas asociadas a esta etapa, como es el caso del Chercán de Las Vegas (Cistothorus platensis), el cual fue registrado en lo alto de las ramas con su plumaje erizado y cola erguida, comportamiento común durante la reproducción (figura 17 del Anexo 13 de Informe Línea Base Medio Biótico de la DIA, página 55). En este sentido, cabe destacar que la determinación de este período favoreció la observación y registro fotográfico de aves que, durante otros períodos del año, no son tan evidentes, tales como el Cistothorus platensis (Chercán de Las Vegas), así como otras aves en conductas asociadas a la reproducción, tales como Hymenops perspicillatus (Run-Run) y Gallinago paraguaie (Becacina). Es importante señalar que, se destacan principalmente estas tres especies ya que la mayor parte del hábitat en torno al proyecto constituye vega (60% aproximadamente), ambiente idóneo para la nidificación de este tipo de aves (ver detalles en Anexo 13 de Informe Línea Base Medio Biótico de la DIA). En cuanto a la falta de registro del ave Fio-Fio, cabe destacar que, acorde a la bibliografía científica, es una especie visitante con una alta presencia, principalmente, entre primavera y verano, sobre todo en el mes de noviembre, siendo avistada hasta enero. Acorde a los antecedentes recopilados, se reconoce que es una especie que habita mayormente entre el follaje de los árboles y arbustos, condiciones ausentes en el área de estudio. Respecto a la identificación de especies nocturnas o crepusculares, dadas las condiciones del área de estudios, se evidencia que no constituye una zona idónea para su avistamiento, dado que la literatura especializada indica que dichas especies habitan preferentemente zonas boscosas, con una alta presencia de árboles y matorrales, aspectos ausentes en el área donde se instalará el proyecto observado. Asimismo, respecto al reconocimiento de reptiles, dadas las características del territorio, se evidencia que no es un hábitat idóneo para este tipo de especies, razón por la cual durante el levantamiento de información para la Línea Base no fueron observados (información detallada en la respuesta 14 del Adenda Complementaria). 24/31 En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 4. Nombre: Guillermo Pérez Garrido, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". Observación: 1. En relación al índex de diversidad (H') presentado, ¿qué significa el tener un índex de diversidad de 3,152? Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Guillermo Pérez, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenido a la vista, se puede informar que, el índice de diversidad ecológica H' mide el contenido de información por individuo en muestras obtenidas al azar proveniente de una comunidad mayor de la que se conoce el número total de especies (S). También puede considerarse como una medida de la incertidumbre para predecir a qué especie pertenecerá un individuo elegido al azar de una muestra de S especies y N individuos. El índice H' aumenta en la medida que se incrementa el número de especies presentes en la unidad muestreada y los individuos se distribuyen más homogéneamente entre las especies presentes. De esta forma, el índice H varía entre 0,5 y 5, aunque su valor normal está entre 2 y 3, valores inferiores a 2 se consideran bajos y superiores a 3 son altos en relación a la riqueza (número de especies) y abundancia de las especie (para mayor detalle, ver respuesta 5 del Adenda N° 1). En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 5. Nombre: Guillermo Pérez Garrido, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". Observación: 1. El estudio de fauna encontró 4 especies vulnerables (Bandurria, Becacina, Sapito de Antifaz y Sapito de Cuatro Ojos) y una en Peligro (4 individuos de Rana Chilena). Sin embargo, el reporte no discute la importancia de estos hallazgos en términos de la conservación y protección de estas especies, por lo que se solicita ampliar la información incluyendo dichos contenidos. 2. Se requiere contar con una sólida justificación científica sobre el posible impacto del proyecto sobre la ecología y biología de estas especies antes de tomar cualquier medida. Por ejemplo, ¿Tienen tolerancia a fragmentación? ¿Tienen movimientos estacionales? ¿Existen corredores biológicos? ¿Existe fidelidad a este sitio para reproducirse? Además, estas medidas tienen que considerar un enfoque ecosistémico más allá de las 3 hectáreas en cuestión. 25/31 Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Guillermo Pérez, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenido a la vista, se puede informar que, en cuanto a las aves identificadas consideradas como especies vulnerables (Becacina y Bandurria), cabe destacar que ambas presentan un amplio rango de distribución en Chile, siendo observadas en diferentes zonas de la ciudad, por lo que se concluye que la construcción del proyecto no generará efectos irreversibles o significativos en la distribución de la especie (mayores antecedentes en respuesta 8 del Adenda N° 1). En cuanto a los anfibios identificados, dado que no se prevé un impacto significativo, no corresponde la elaboración de un plan o programa de conservación, toda vez que, si bien son especies de baja movilidad, las características del territorio y la baja abundancia identificada durante la elaboración de la Línea Base ratifican que es un área poco favorable para su desarrollo, no así las zonas aledañas con alta presencia de juncos y cuerpos de aguas estancadas. No obstante lo antes señalado, el proponente se compromete a contactar al Servicio Agrícola y Ganadero de La Región de Los Ríos, toda vez que, durante el proceso de construcción de la planta se encuentren individuos de las especies Calyptocephale-lla gayi, Batrachyla taeniata, Pleurodema thaul, de tal forma, que sean dispuestos en otros lugares con todos los requerimientos necesarios para la especie (mayores antecedentes en respuesta 8 del Adenda N 1). Junto con lo anterior, el proponente ha informado que si durante el período de construcción se encuentra con algún anfibio de baja movilidad, aplicará la medida de "perturbación controlada", buscando de esta forma promover el desplazamiento de la especie por sus propios medios (mayores antecedentes, pág. 23 del Adenda Complementaria). En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 6. Nombre: Dominique Aló, representante "Corporación Alianza Global para Animales y Personas". Observación: 1. La evaluación limnológica carece de información adecuada. En particular, los métodos de la caracterización biológica de la fauna íctica no fueron suficientemente exhaustivos. 2. Se solicita al proponente incorporar métodos adecuados para la caracterización biológica de la fauna íctica. El muestreo exclusivo por pesca eléctrica que se efectuó en esta evaluación de impacto ambiental no necesariamente refleja la diversidad y abundancia íctica del sitio, porque no toma en cuenta la variabilidad del hábitat. Un muestreo exhaustivo debería comprender distintos hábitats y distintos métodos de pesca (incluyendo redes de arrastre y redes agalleras pelágicas multitrama). Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por doña Dominique Aló, a nombre de la organización "Corporación Alianza Global para Animales y Personas", es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenido a la vista, se puede informar que, a partir de la observación realizada, en el Adenda N° 1 ingresada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de fecha 7 de julio de 2015, el proponente señala 26/31 haber acogido la solicitud, mejorando el esfuerzo y arte de pesca (Anexo 11 de dicha Adenda). En ese sentido, el esfuerzo de pesca se aumentó a 1 hora por lugar de muestreo y se incluyó el estudio de otros microhábitats. Acorde a lo solicitado, se incorporan nuevos métodos complementarios al muestreo por pesca eléctrica, tales como redes de cerco y agalleras las cuales se dispusieron en intervalos de 24 horas, durante tres días. La campaña de muestreo se realizó en temporada estival, entre los días 2 al 6 de marzo del presente año, contando con condiciones adecuadas para el levantamiento de información (días parciales a nublado y temperaturas ambientales promedio de 15 °C). De esta forma, se encontró una mayor abundancia y diversidad de individuos, representada por 6 especies: Pocha (Cheirodon australe), Perca trucha (Percichthys trucha), Puye (Galaxias maculatus), Pejerrey chileno (Basilichthys australis), Carpa (Cyprinus carpio) y Anchoveta (Engraulis ringens), ninguna de las cuales se encuentra en alguna categoría de conservación o de importancia para la pesca recreativa. No obstante, dichas especies no se verán afectadas de manera significativa producto de las obras o acciones del proyecto, por cuanto las obras de construcción de la planta intervendrán la ribera norte del río Calle-Calle para la habilitación e instalación del emisario. De igual forma, debe tenerse en consideración la dilución del caudal del río Calle-Calle (promedio histórico de 473 m3/s de caudal), para efectos de la descarga del efluente (0,025 m3/s), siendo posible inferir que no se producirán efectos adversos sobre la biota presente en el río Calle-Calle producto de la concentración de los efluentes líquidos, teniendo presente su frecuencia y duración. Adicionalmente, el proponente implementará un Plan de Monitoreo de la fauna íctica con el fin de verificar en el tiempo el comportamiento de las especies observadas. Lo anterior, permitirá verificar variaciones en la abundancia y presencia o ausencia de dichas especies detectadas, con el objetivo de aplicar medidas en caso de disminución de las poblaciones observadas, en la eventualidad de que dichas modificaciones sean atribuibles a la operación de la planta (detalles en Anexo 5 del Adenda Complementaria). Ante esta respuesta, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. Pregunta N° 7. Nombre: Vladimir Riesco Bahamondes. Observación: 1. El proyecto sólo realiza referencias genéricas y claramente autocomplacientes respecto de los impactos relacionados con el Plan de Descontaminación Ambiental, ya que Valdivia fue declarada zona saturada. Se solicita aclarar de qué manera el proyecto va a respetar los parámetros de calidad del aire, considerando que la comuna fue declarada zona saturada y que, por lo tanto, el proyecto deberá ser consistente con el Plan Regulador y con el Plan de Descontaminación Ambiental, sobre el que las autoridades estén trabajando. 2. Se verterán frente a la costanera de Valdivia, los residuos industriales líquidos, (RILes), a una temperatura promedio de 28 °C, este volumen de agua impactará en los procesos físico químicos y biológicos que se producen en la columna de agua del estuario, pudiendo gatillar un proceso de eutroficación, que sin lugar a dudas sería desastroso, no sólo para los ecosistemas acuáticos del estuario, sino que para el turismo y, por lo mismo, para la economía local. Se solicita aclarar cómo protegerá el sistema de estuarios conformado por los ríos Calle-Calle, Valdivia y Cau-Cau. 27/31 Consideración: Este Servicio considera que la observación presentada por don Vladimir Riesco es pertinente con la evaluación del proyecto y, de acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista, se puede informar que, en cuanto a los parámetros de calidad del aire, los antecedentes recopilados permiten afirmar que durante la etapa de construcción (18 meses), el proyecto emitirá un total de 1,21 toneladas de material particulado, lo cual no generará un impacto significativo. Por otra parte, en la etapa de operación, acorde a los antecedentes, la caldera combustionará en promedio 99 m3/st/hora de biomasa forestal no tratada (base seca), constituida por chips y trozos de madera, lo cual no posee características significativas según lo establecido en la "Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA". En este sentido, cabe destacar que el porcentaje de emisión de MP2,5 Percentil 98 de 24 horas del Proyecto será menor a un 2,5% del valor de la Norma de Calidad, específicamente, un 2,36% respecto del valor autorizado del límite de la Norma (para mayores antecedentes, ver capítulo VI del presente documento, relativo a las emisiones a la atmósfera que justifican que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental). Junto con lo anterior, en cuanto a las emisiones de MPio, el proponente establece como compromiso voluntario compensar el 110% de las emisiones resultante de la operación del Proyecto, reduciéndola desde otras fuentes de emisiones contaminantes. Compromiso que deberá llevarse a cabo a través de la elaboración de un Plan de Compensación de MPio que será presentado, aprobado y coordinado con las autoridades correspondientes (SEREMI de Medio Ambiente y SEREMI de Salud de la Región de Los Ríos). En relación a la posible eutroficación del Río Calle-Calle por efecto de la descarga del efluente de Bioenergía de los Ríos S.A., acorde a los antecedentes recopilados y la bibliografía citada, se concluye que dadas las condiciones del río Calle-Calle y las características físico-químicas del efluente, no se generan las condiciones suficientes para el desarrollo de procesos de eutroficación del cauce (para mayores antecedentes, ver pregunta 10 del Adenda N° 1). Junto con lo anterior, cabe destacar que el tratamiento de RIL generado durante la etapa de operación de la planta da cumplimiento a la Tabla N° 1 del D.S. N° 90/2000 (MINSEGPRES), descendiendo la temperatura de la descarga mediante torres de enfriamiento hasta lograr 28 °C y eliminando el cloro residual mediante el uso de fierro, lo cual al ser modelado permite concluir que la dilución completa del RIL en el río Calle-Calle, en el escenario más desfavorable, se alcanza a una distancia de 10 ms. desde el punto de descarga, lo cual asegura la no generación de efectos eutróficos del estuario conformado por los ríos Calle-calle, Valdivia y Cau-Cau (para mayor antecedentes, ver capítulo VI del presente documento, relativo a los efluentes líquidos que justifican que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental). En consideración a lo anterior, el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Ríos, estima que la observación ciudadana se encuentra adecuadamente abordada durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto. 12. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma y, a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella 28/31 información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 13. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4° de la presente Resolución. 14. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 15. Que, para que el proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 16. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 17. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA de la Región de los Ríos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA. 18. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2 letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 19. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos", de Bioenergía de los Ríos S.A. 2. Certificar que el proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. 3. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 115 y 119 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 4. Certificar que el proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 139, 140, 142, 156 y 160 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5. Certificar que el proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, qué dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 29/31 “Zz> • SECRETARIO • COMiSION 1-21 oreno Burgols or Regio luación Ambiental. *sión de Evaluación e Los Ríos 6. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4° del presente acto. 7. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo y 30 bis de la Ley N° 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación iental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificac el presente acto. Notif y Archívese Egon Mon Presidente C Regió cinos Montecinos tendente isión de Evaluación de Los Ríos PCF/ Distribución: • Sr. David Felipe Porflit Gutiérrez, Representante Legal Bioenergía de Los Ríos S.A. • Ilustre Municipalidad de Valdivia. • Gobierno Regional Región de Los Ríos. • Consejo de Monumentos Nacionales. • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura. • Superintendencia de Servicios Sanitarios. • CONADI, Región de Los Ríos. • Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos. • Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos. • Gobernación Marítima de Valdivia. • SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos. • SEREMI de Energía, Región de Los Ríos. • SEREMI de Obras Públicas, Región de Los Ríos. 30/31 • SEREMI de Salud, Región de Los Ríos. • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos. • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos. • SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Ríos. • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos. • Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Ríos. • Servicio Nacional de Turismo, Región de Los Ríos. Cc: • Superintendencia del Medio Ambiente, Macro Zona Sur. • Expediente del proyecto "Planta de Cogeneración Bioenergía de los Ríos". • Archivo SEA, Región de Los Ríos. 3 1 /3 1