Evaluación SEA

Relleno Industrial de Residuos No Organicos

Rol 2129974932
SEA · EIA · Rechazado · 2014-11-26 · Región de Los Lagos · Dragados CVV Constructora S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente Estudio de Impacto Ambiental proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" RESOLUCIÓN EXENTA N° 316 Puerto Montt, 21 de Julio de 2016 VISTOS: 1°. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA), su Adenda de fecha 15 de Julio de 2015 y su Adenda Complementaria del 09 de Mayo de 2016, del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", presentado por Dragados CVV Constructora S.A. con fecha 17 de Noviembre de 2014. 2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos". 3°. El Acta de Evaluación N° 8 del 12 de Julio de 2016, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos. 4°. El ICE del EIA del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", de fecha 13 de Julio de 2016. 5°. El acuerdo de la sesión, de fecha 21 de Julio de 2016, de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos. 6°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos". 7°. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; Resolución Exenta N°106 del 31 de Julio de 2012, la que se refiere a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos; Resolución Exenta N° 407 de 4 de julio de 2014, aprueba reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos. CONSIDERANDO: 1°. Que, Dragados CVV Constructora S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) el EIA del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: 1 Identificación del Titular Razón Social DRAGADOS CVV CONSTRUCTORA S.A. RUT 76.097.787-K Domicilio Av. Vitacura 2939 of. 2201, Las Condes - Santiago Teléfono 02 - 2326606 Representante Legal Eduardo Martínez Ullan RUT 23.739.874-2 Domicilio Av. Vitacura 2939 of. 2201, Las Condes - Santiago Teléfono 02 - 2326606 Correo electrónico representante legal emartinezu@dragados.c1 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13 de Julio de 2016, el Director Regional de la Región de Los Lagos, ha recomendado rechazar el Proyecto, por cuanto el proyecto no acredita cumplimiento de la normativa ambiental vigente, específicamente la que se refiere a la disposición final de los lixiviados generados en la actividad Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, D.S. N°609/1998 MOP, que establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. 3°. Que, en sesión de 21 de Julio de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar desfavorablemente el proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 13 de Julio de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4°. Que, según lo señalado en el EIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones Adaptar lugar para la disposición de residuos provenientes del sector industrial, no orgánicos, inertes y no peligrosos. Se proyecta recibir aprox. un total de 4.000.000 m3 de residuos sólidos industriales, durante sus 20 años de vida útil, y que equivale a 96.000 Caño de residuos tratados, es decir, se contará con una capacidad de diseño de 8.000 t/mes. o.8) Sistemas de tratamiento, disposición y/o eliminación de residuos industriales I sólidos. Vida útil 20 años Monto de inversión USD$ 25 millones Gestión, acto o faena mínima ' La preparación del terreno para la posterior implementación de las obras asociadas al Relleno Industrial (caminos, cierre perimetral, entre otros). que da cuenta del inicio de la ejecución Proyecto se desarrolla por etapas Proyecto modifica un proyecto o actividad Proyecto modifica otra(s) RCA 2 — • 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- administrativa Descripción de la localización Superficie Coordenadas UTM en Datum WGS84 Región de Los Lagos, Provincia de Llanquihue, comuna de Maullín. Predio se ubica a 700 metros aproximadamente, de la Ruta 5 en el Km 1049, específicamente en el sector "El Empalme", comuna de Maullín. El área donde se propone instalar el proyecto, corresponde a un pozo de áridos. Tipo de Superficie Sector del Proyecto Superficie Relleno Industrial Superficie Relleno Industrial 19,6 ha Camino Operacional 1,3 ha Sector Piscinas de Lixiviados 1,4 ha Instalaciones Generales Galpón de Mantención Of. Administrativa Of. Operarios Báscula de pesaje 0,5 ha Galpón de almacenaje Galpón de almacenaje 0,5 ha Zona de Acopio Zona de Acopio 1,6 ha Área de Protección 3,9 ha Área de intervención futura complementaria de apoyo al funcionamiento del relleno industrial 8,2 ha Área total del Predio 37 ha Coordenadas de los vértices del proyecto Vértices Trazado Vértice Este Norte I 646.088,95 539.53.17,52 2 646.607,10 539.45.94,05 3 646.339,97 539.4391,86 4 645.650,57 539.50.96,80 5 645.876,59 539.52.76,44 6 645.932,28 539.51.92,31 Coordenadas de los vértices del relleno de RSINP Vértices Trazado Vértice Este Norte 646077 5394705 2 646322 5394898 3 646077 5395282 4 645934 5395108 5 645869 5395236 6 645698 5395099 Caminos de acceso Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Se accede inmediatamente al costado de la bifurcación de la ruta V-850, recorriendo 100 metros para acceder a una segunda bifurcación, la ruta V-852. Para acceder al sector donde se ubicaría el Relleno, se debe recorrer una distancia de 770 metros aproximadamente, por el camino hacia el sector El Llolle. Capítulo 1 del EIA, Adenda N°1 Tabla 1.1. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN 3 Preparación del terreno Considera la ejecución de obras, para la habilitación de un lugar donde se instalaría un proyecto de saneamiento en la forma de un relleno industrial para residuos inorgánicos. Para la fase de construcción, donde involucra la preparación del terreno, construcción de taludes, caminos, oficinas, áreas de estacionamientos y la construcción de la primera celda. Infraestructura del Relleno Construcción de la infraestructura que será parte del proyecto: Edificios Administrativos; Galpón de Almacenaje; instalaciones para el tratamiento de aguas servidas, estanque de agua, báscula o pesaje, bodega para residuos peligrosos. Construcóión de dependencias administrativas Se construiría una planta para oficinas administrativas y otra para los operarios, con una superficie total de 30 m2 cada una las cuales contendrían oficinas, servicios higiénicos, duchas, sala multipropósito. En la planta dispuesta para los operarios, se instalarían los vestidores del personal, servicios higiénicos y sector de duchas con lockers para todo el personal de faena. Galpón de almacenaje El proyecto contempla incorporar un área de acopio de materiales reciclables, que posteriormente serían vendidos. Bodega para residuos peligrosos Se propone una bodega de 15 m2 para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos, que pudieran generarse producto de la mantención de maquinaria y equipos. En el área de bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos como sustancias inflamables, combustibles, entre otros, se implementaría señalética de advertencia, de seguridad e instrucciones de seguridad que indiquen: prohibición de fumar, de dispositivos de llamas abiertas y cualquier otra sustancia susceptible de causar incendio. Instalación impermeabiliza ción base del Relleno Industrial La impermeabilización del relleno industrial se constituiría por:- Suelo natural compactado: Consiste en suelo natural compactado y nivelado. - Liner de Arcilla Sintética (GCL): Actúa como barrera secundaria de estanqueidad. Esta capa facilita la colocación de la geomembrana primaria. El coeficiente de permeabilidad es de k= I 0-9 cnVs. - Geomembrana Primaria: Consiste en un polietileno de alta densidad (HDPE) de 1,5 mm de espesor. Esta lámina se utilizará como contención primaria instalada directamente sobre la superficie del GCL. La geomembrana posee un coeficiente de permeabilidad de máximo k=10-12 cm/s y será la encargada de contener los líquidos lixiviados. Sobre esta lámina se incorporará un sistema de drenaje el que descargará, mediante una tubería perforada y por gradiente, a una cámara de recolección de lixiviados ubicada en el punto más bajo del relleno Industrial. - Geotextil antipunzonamiento: Consiste en un geotextil no tejido punzonado de 400 gr/m2 que servirá de colchón, absorberá y distribuirá la carga sobre el sistema de impermeabilización inferior generado por la operación y por la masa de residuos. - Adicionalmente, y previo ensayo in situ en la fase de relleno, se evaluará depositar sobre el geotextil, una capa homogénea de tierra de unos 10 cm de espesor. Construcción Sistema de Captación, Conducción y Evacuación de Lixiviados El proyecto contempla un sistema de captación, conducción y evacuación de lixiviados, el que contempla una red colectora de residuos líquidos, una planta elevadora e impulsión hacia lagunas de almacenamiento, las que serían diseñadas con un sistema de impermeabilización equivalente al del fondo del relleno industrial. Para la recolección y manejo de los lixiviados, se proyecta un sistema denominado de "espina de pescado", que consiste en una tubería central de HDPE de 315 mm ranurada, en cuya trayectoria y cada 100 metros se instalarían cámaras de regulación, a la cual llegarían los ramales correspondientes a las tuberías secundarias de HDPE de 110 mm de dren. Finalmente a los pies del talud interior del sector sur de la excavación, se colocaría un pozo de inspección de lixiviado de 2 m de diámetro, desde el cual saldría la tubería principal hacia las piscinas de almacenamiento. En la parte central del relleno, se implementaría una zanja, cuyas dimensiones y forma constructiva corresponden al sumidero diseñado para que confluyan las tuberías colectoras secundarias y geomallas con los líquidos lixiviados, y se dispondrían 5 cámaras. El sumidero estaría conformado por una zanja de sección regular, rellena con grava gruesa. En su interior, se colocarían verticalmente apoyándose en el fondo, tuberías y bombas sumergibles, que enviarían los líquidos recogidos hasta las piscinas de almacenamiento. Construcción Sistema de Piscinas de Lixiviados: La construcción de estas piscinas contempla un sistema de impermeabilización que consiste en: - Escarpe de la capa vegetal del terreno - Excavación de suelos - Libre de suelo vegetal o materia orgánica - Homogenización en toda su extensión, sin grietas y libre de sobretamaños - Nivelación de las pendientes - Compactación del subsuelo arcilloso con Proctor 95% y permeabilidad menor a 10-5 mis - Colocación de geomembrana de polietileno de alta densidad de espesor de 1,0 mm. Se construirían dos piscinas de almacenamiento para los líquidos lixiviados, provenientes del relleno industrial, de 12.000 m3 de capacidad cada una, para un total de almacenamiento de 24.000 m3. Estas piscinas serian techadas para evitar el ingreso de aguas lluvias al interior. El sistema de techumbre contaría con canaletas en todo su perímetro, para colectar toda el agua lluvia y encausarlas en la actual zanja de evacuación ubicada en la Ruta V-852. El volumen de lixiviados almacenados, no podría ser superior al volumen de lixiviado generado producto de la precipitación de un año normal en la superficie del Relleno Industrial. Asimismo en las piscinas de almacenamiento de lixiviados se debería mantener disponible una capacidad de seguridad, no menor al 30% de la capacidad total de éstas, para enfrentar contingencias. Los pretiles de las piscinas tendrían una dimensión de 30 cm de alto, que se distribuirían en el perímetro de cada una de 4 las piscinas. Disposición final de lixiviados El proyecto no considera el tratamiento de los lixiviados ni su disposición. Se propone que los lixiviados sean trasladados y descargados al sistema dealcantarillado. Construcción del Sistema de Para el control de las aguas lluvia, su captación se realizaría por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente, ambas redes perimetrales recolectarían las aguas lluvias, las Manejo y cuales serían evacuadas en distintos puntos del relleno y otra parte del agua lluvia que cae en la Evacuación de superficie del terreno se evaporaría. Aguas Lluvias Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias, se evaluó un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto considerando la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a esto se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal poniente tendría una altura de 0,8 metros y el oriente 0,85 metros y una zona de revancha de 0,2 metros, que es aquella que siempre se mantendría liberada de agua lluvia. Las aguas lluvias serían encausadas y descargadas a la actual zanja de evacuación, ubicada en la ruta V- 852. Las coordenadas por donde saldrían las aguas desde el relleno corresponden a: Punto de descarga Este Norte Salida Lateral 646.334 5.394.906 Salida Central 646.191 5.395.135 Nota: Huso 18, Datum WGS 84. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables. Emisiones y Emisiones a la atmósfera: efluentes Las actividades que generarían emisiones atmosféricas serían: Movimiento de tierra: Carga y Descarga de material en las áreas donde se desarrollará la construcción de las obras de infraestructura y en los caminos interiores dentro del sitio del proyecto. Excavación: Se realizará en el área donde se depositarán los residuos. Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados dentro y fuera del sitio del proyecto. Emisiones de gases y MP- I O por motores de vehículos (maquinarias, camiones y/o vehículos de transporte de personal) y grupo electrógeno dentro del sitio del proyecto. Emisiones por motores de vehículos fuera del sitio del proyecto Cálculo de emisiones material particulado y gases por funcionamiento de maquinarias en fase de Construcción Parámetros Emisión Anual (t/año) CO 0,036 HC 0,023 NOx 0,096 MPio 0,006 Emisiones Acústicas: Para la evaluación de los niveles de ruido generados en la fase de construcción se definieron tres faenas principales en cuanto a emisiones de ruido, en coherencia con las actividades que pudiesen ejecutarse paralelamente. De acuerdo al cálculo de emisiones sonoras, generadas por las actividades de construcción, se consideró el funcionamiento simultáneo de toda la maquinaria y equipos para la etapa de construcción, esto es, en la peor condición que pudiera ocurrir. El horario de funcionamiento del proyecto, en todas sus etapas será de lunes a viernes entre las 08:30 a las 19:00 hrs. y sábados de 8:30 a 12:30 hrs., lo cual corresponde a periodo diurno. Residuos, Aguas Servidas: productos químicos y otras sustancias Para las faenas, se contaría con baños químicos portátiles los seis primeros meses. Se generaría un 5 que puedan afectar el medio ambiente. volumen de 1.6001/día Residuos Sólidos Domésticos: del proyecto se estima que se generarían como máximo 0,34 trines de Durante la etapa de construcción residuos sólidos domésticos. Resumen de residuos líquidos y sólidos en etapa construcción Tipo de residuo Cantidad Composición Peligrosidad Manejo Lugar de disposici ón temporal Frecuen cia de retiro Lugar de disposic ión final Efluentes líquidos domiciliarios 3.520 1/día Aguas Servidas Baños quím icos y fosa séptica Baños quím icos y fosa séptica Semana 1 y 1 vez al año Sitio de disposic ión final autoriza da Residuos sólidos domiciliarios 336 Kg /mes Residuos generados por la alimentación del personal Bolsas plásticas en tambores con tapa Recipientes antivuelco 2 veces por semana Sitio de disposic ión final autoriza da Residuos indust riales no peligrosos 150 t Discos de corte, soldadura , restos de tubos de pvc, plásticos, cartones, despuntes de acero, hormigón endur ecido Tambores metálicos con tapa Patio tempo ral en faena Mensua 1 Sitio de disposic ión final autoriza da Residuos Industriales peligrosos Aceites y lubrica ntes 4730 I Restos de pintura, diluyen tes y adhesivos Tambores metálicos con tapa Patio temporal en faena Cada 6 meses Sitio de disposic ión final autoriza da Baterías de plomo 10 Unid Filtros de aceite 284 Unid Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 y Punto 4.1. del ICE 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN En términos generales la operación del relleno considera la recepción de residuos, disposición, manejo, cobertura diaria y final, con el material destinado para este fin. Celdas del Relleno Se ocupada una celda por año, contabilizando un total de 19 celdas en el proyecto. El relleno industrial, considera una profundidad máxima de excavación de 14 m desde la cota de terreno natural desarrollada en la zona sur y una sobre la celda de altura aproximada 10 metros, lo que configura el relleno máximo de 24 metros de espesor. La basura dispuesta será cubierta con una capa de material de cobertura de espesor de 30 cm al final de cada día de operación. El material de cobertura, su colocación y compactación deberían ser tales que la cobertura de la celda presente, una vez terminada, un coeficiente de conductividad hidráulica no mayor de 10 cm/s. Plan de Operación en el Relleno Industrial Se contemplarían 6 camiones recolectores, los cuales transitarían por la ruta 5 sur, para ingresar al área del proyecto por la Ruta V-850, en la cual se realizaría la construcción de la obra. Los viajes que se realizarían corresponden al transporte de material que se ocupada para la materialización de instalaciones administrativas. La frecuencia será de 24 viajes por día en promedio. En el frente de trabajo los residuos serian empujados con maquinaria adecuada, en capas definidas para obtener una alta densidad y mayor estabilidad. El material de cobertura diaria tendría un espesor de 30 cm, al final de cada día de operación. 6 Los camiones deberán ubicarse en el frente de trabajo que irán rellenando en forma horizontal hasta cubrir la primera capa, luego de la descarga, se deberán ordenar los desechos en la superficie del frente de manera de ir compactando en forma adecuada los residuos. Cada vez que se termine una celda de residuos o que el nivel vaya a ser cubierto por el nivel siguiente, se removerá casi la totalidad de la cobertura diaria y los residuos, de modo de facilitar su compactación. Cabe señalar que algunos residuos mayores vendrán ya previamente compactados de sector de compactación mediante prensa hidráulica. Plataforma de Inspección de Residuos La plataforma correspondería aun lugar destinado a la revisión de residuos. La plataforma será construida en base a un radier de hormigón de forma rectangular. Las dimensiones corresponden un largo de 20 metros por 5 metros de ancho y una profundidad de 30 cm. Se ubicaría luego del control de ingreso al Relleno. Ingreso vehículos con residuos al Relleno Industrial: Sistema de control y registro de ingreso de residuos, distinguiendo tipo, cantidad y origen Todo vehículo que ingrese al relleno debería ser controlado por un guardia o personal de seguridad que estaría en la garita de ingreso al recinto. La totalidad de los vehículos que ingresen al relleno, serán registrados solicitándole al menos la siguiente información: a. Procedencia del camión recolector b. Nombre del conductor c. Tipo de camión d. Marca, modelo y año del camión e. Placa patente f. Peso bruto, tara y peso neto del camión al ingresar y al salir del relleno g. Hora de ingreso h. Declaración de qué tipo de residuos pretende disponer en el relleno i. Exigible que cliente tenga documentación que acredite que los residuos vienen limpios (lavados), asegurando así que no contienen materia orgánica. La descarga de camiones recolectores, sería coordinada directamente por el supervisor de terreno sobre aquellas áreas de disposición que han sido previamente asignadas por el encargado del recinto, de acuerdo al programa de avance mensual. Al ingresar al Relleno Industrial, la carga sólo se dispondría en el frente activo de trabajo. El supervisor debe controlar que la descarga de los residuos se efectúe al mismo nivel del suelo, cuidando que los residuos mantengan el mayor confinamiento posible. En ningún caso, el personal, ya sea a vehículo o a pie, podrá subirse sobre los residuos que no tengan una cobertura intermedia. La secuencia de llenado es, a lo largo del frente de disposición. La salida de camiones se realizaría una vez que se ha procedido a descargar los residuos en el frente activo del relleno, de acuerdo a lo indicado por el supervisor del terreno, se pasaría el camión vacío, se emitiría el comprobante de pesos ingresado al recinto y se autorizaría la salida del vehículo de las instalaciones del Relleno Industrial. Método de compactación y cubrimiento diario de las basuras La forma para disponer, compactar y homogenizar la mezcla, sería a través de la utilización de una prensa compactadora hidráulica. De esta manera se aseguraría que los 30 cm de cobertura diaria sean suficientes para cubrir este material. La compactadora será capaz de compactar diversos tipos de chatarra metálica y plásticos. En caso que los residuos requieran de compactación debido a su tamaño y/o forma, este proceso se demoraría en promedio una hora y estaría a cargo de personal que realizaría las labores de compactación, entre los que se encuentran un encargado de la máquina compactadora y dos trabajadores más como personal de apoyo. Cabe destacar que a cada trabajador se le exigiría el uso de sus elementos de protección personal, además de tener que participar en las capacitaciones respectivas. La compactadora de residuos se ubicaría en el galpón de almacenamiento del Relleno, instalación cerrada. La fuente de energía para el funcionamiento de la compactadora sería a través del empalme eléctrico ya instalado del proyecto anterior de extracción de áridos. Como respaldo se contada con equipo autónomo de 97 kw de consumo. A objeto de garantizar condiciones mínimas de seguridad y estabilidad en el Relleno Industrial, la construcción de las celdas, se hará con la retroexcavadora dispuesta en el lugar, para lo cual se descargarán los residuos al pie de la celda, compactándolos desde abajo hacia arriba en capas con pendientes inferiores o iguales a 1V:3H, de no más de 60 cm de espesor y pasando dicha maquinaria al menos cuatro veces sobre cada capa de residuos. Sistema de evacuación lixiviados El proyecto considera un sistema de captación y drenaje de lixiviados en el fondo del relleno industrial, para permitir la evacuación de los mismos hacia dos piscinas para el almacenamiento de lixiviados. Red de drenaje El modelo de evacuación será de tipo "espina de pescado" y correspondería a una red basal de tuberías perforadas con laterales que descargan a una tubería principal, recibiendo la totalidad de los lixiviados 7 de lixiviados que se generen en el relleno. Está red basal descargaría en un colector que conduciría los lixiviados a una planta elevadora, desde donde serian impulsados a una laguna de acumulación y ecualización. La red de drenaje se instalaría sobre el sistema de impenneabilización basal, específicamente después del geotextil de protección antipunzonamiento, o geomembrana de HDPE de I mm, cuya función sería evacuar y controlar caudal de líquidos lixiviados. Esta conexión, habilitada con una tubería de HDPE de 315 mm, ranurada tiene por función evacuar los líquidos lixiviados, captados por la tubería central y ramales, mientras éstos se generen en la base de las áreas de disposición para remitirlos a las piscinas de lixiviados. Se calculó que el volumen máximo de lixiviado se producida el año 2038, correspondiente para un año húmedo, de 75.382 m3/año. En el talud interior del sector sur se colocará un pozo con una bomba (ubicación UTM, datum WGS 84: 5.394.789 Norte, 646.200 Este), que succionará los lixiviados desde la tubería de captación, la cual es la conexión entre el sistema de recolección basal de percolados, en el área de disposición de residuos no orgánicos, denominado como espina de pescado, para ser dirigidos a las piscinas de almacenamiento de lixiviados. Almacenamien to y ecualización de lixiviados crudos De acuerdo a simulación de balance hidrológico presentada en el EIA, se indica como datos para el año 1, ocupando una superficie de 9.633 m2, y considerando un año normal, se generarían 6.438 m3/año, para un año húmedo 7.112 m2/año y para un año seco 5.763 m3/año. Para el final de la etapa de operación, en la actividad final del llenado del relleno, se esperaría en la misma superficie, para un año normal 53.234 m3/año, para un año húmedo 58.665 m3/año y para un año seco 47.803 m3/año. Productos generados Habilitación del lugar para la recepción y disposición de residuos no orgánicos, teniendo la capacidad en el primer año de recibir 8.000 times de este tipo de residuos. El lugar también estará habilitado para el desempeño de sus trabajadores dentro del recinto, se contará con los servicios básicos para ellos. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes Emisiones a la atmósfera: serian: material en las áreas donde se desarrollará la construcción interiores dentro del sitio del proyecto. dentro del sitio del proyecto. de vehículos (maquinarias, camiones y/o vehículos de motor de compactadora de residuos, dentro del sitio del 14 t cada uno, para el traslado de residuos. Además el camión trasladará 56 t/día. En virtud de los antecedentes totales diarios de traslado de residuos, a lo que debe conclusión se consideran 48 viajes (ida y vuelta) para 8 por hora. ambiental del proyecto, se incorporó una máquina volumen de residuos mayores. A continuación se la proyección de las emisiones acústicas que se generarían del proyecto Las actividades que generarían emisiones atmosféricas Movimiento de tierra: Carga y Descarga de de las obras de infraestructura y en los caminos Tránsito de vehículos por caminos no pavimentados Emisiones de gases y MP- l0 por motores transporte de personal), grupo electrógeno y proyecto. Emisiones Acústicas Tránsito de camiones: Se consideran 6 camiones con capacidad de Proyecto considera 333 t/día, por lo que cada anteriormente expuestos, resultan 24 viajes adicionarse el viaje del camión sin carga. En horas laborales, resultando un flujo de 6 camiones Cabe señalar que durante la evaluación compactadora, la que se utilizada para disminuir detalla la maquinaria y actividad a realizar y en el Relleno Industrial: Emisiones Acústicas durante la etapa de operación Actividad Maquinaria Cantidad Nivel Potencia (Lw) dBA Descarga, esparcimiento y compactación de residuos Retroexcavadora Camión Aljibes Buldócer Camión articulado Camión tolva 2 1 1 1 3 115.1 Movimiento de material para cobertura Excavadora hidráulica Retroexcavadora Camión Aljibes Cargador Frontal Camión Tolva 1 2 1 1 3 114.7 Compactación chatarra metálicas y Compactadora 1 106.9 8 aleaciones de metal Plataforma de inspección de residuos Camión Tolva 1 107.0 Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. Aguas Servidas 1.152 It/día, de un en base a una máximo de 12 trabajadores. fosa séptica con dren de infiltración. paso de las aguas lluvias y su contacto con los residuos, (no orgánicos). residuos domésticos. tanto para las fases de construcción y operación, serían dispuestas en tambores o contenedores con tapa. de dos veces por semana, por un servicio autorizado en un sitio autorizado para ello. Se estima la generación de Se instalaría sistema particular Residuos Industriales Líquidos Se generarían lixiviados corno resultado del más la lenta descomposición de este tipo de residuos Residuos Sólidos Domésticos Durante la operación del proyecto se producirán El almacenamiento de los residuos sólidos domésticos se depositarían en bolsas plásticas las que Posteriormente serían retirados con una frecuencia para dichos fines. La disposición final se realizaría Residuos Sólidos Peligrosos Identificación del Residuo Fase Volumen de Generación Destino de los Residuos Generados Aceites y lubricantes Operación 800 L Serán dispuestos en un relleno de seguridad autorizado. Baterías de Plomo 6 Unid. Filtros de Aceite 120 Unid Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 y punto 4.2. del ICE 4.3.3. FASE DE CIERRE Cierre del Relleno Consiste en desmantelar las obras físicas y restituir las condiciones del emplazamiento, llegando a lograr el mismo aspecto que la zona tenía con anterioridad al desarrollo y operación del Proyecto. Se estima que esta fase tenga una duración aproximada de 1 atm, sin embargo una vez concluido el desarme de toda la infraestructura y las instalaciones y el término de la vida útil del proyecto se continuará el monitoreo post cierre. Desarme y retiro de instalaciones Las fundaciones de las estructuras serán removidas hasta una profundidad que dependerá del tipo de terreno y de las pendientes existentes, pero no será inferior a 30 cm. Todos los estanques que contengan aceites, lubricantes, combustibles así como también baterías, u otros elementos que puedan generar metales pesados serán vaciados y sus contenidos vendidos para su utilización por terceros, cumpliendo con la normativa vigente. Los materiales para los cuales no se encuentren interesados, serían llevados a rellenos sanitarios, o de residuos peligrosos, según corresponda. Levantamient o de concreto y radieres superficiales Se removerían o cubrirían todos los radiares y concretos superficiales. Nada de esto quedaría a la vista. Cobertura final del Relleno Se llevaría a cabo las faenas de sellado en el coronamiento y taludes de los residuos dispuestos sobre la superficie del terreno mediante una cobertura final de 60 cm de espesor. Se debería transportar el material del sector de acopio hasta los lugares de uso, para lo cual se utilizaría un camión y una retroexcavadora. Se procederá a efectuar las siguientes actividades: _ Colocar la cobertura final a la masa de residuos _ Retirar y desmantelar aquellas partes del sistema que pudieran ser reutilizadas en las futuras instalaciones de disposición de residuos _ Mantenimiento de la zanja de mitigación de escorrentías, cerco perimetral, taludes y cobertura final de la masa de residuos _ Sellado de grietas y recuperación de espesores para evitar el posible ingreso de aire a los residuos allí confinados. Desmantelami ento o aseguramiento Se inspeccionaría la zanja de mitigación de escorrentías y se retirarían aquellos objetos que pudieran atascar las aguas lluvias. Paralelamente se inspeccionaría el estado del cerco perimetral y portones, procediendo a su reparación en caso de encontrarse algún sector vulnerable. 9 de infraestructura Prevención de futuras emisiones Se monitorearía durante 1 año, después de finalizada la operación el estado de los taludes, y de la cobertura final. Este monitoreo tendría como finalidad la reparación de la cobertura final, que pudiera haber sido afectada por factores climáticos y que consecuentemente producida problemas en la conservación de la cobertura final. Recursos naturales renovables No se contempla la extracción, explotación o utilización de recursos naturales renovables. Emisiones y efluentes Emisiones Atmosféricas: Se prevé que en la eventual fase de cierre, las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de baja magnitud, ya que se restringen a las tareas de desmantelamiento de las instalaciones. Serían las mismas que las de la etapa de construcción del proyecto. Emisiones Acústicas Para la evaluación de los niveles de ruido generados en la fase de cierre se ha definido una faena principal en cuanto a emisiones de mido. Las actividades (frentes de trabajo) que se ejecutarían en la faena considerada serian: i. Cobertura Final i' Obras de mantención del recinto Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente. En la fase de cierre, durante el desmantelamiento de las obras, la cantidad generada de residuos sólidos domésticos dependerá del personal que se considere para esta fase y será similar a la fase de construcción. El manejo de residuos sólidos será similar al contemplado en la fase de construcción. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 4 y punto 4.3. del ICE 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO 4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN Fecha estimada de inicio Enero 2016 Parte, obra o acción que establece el inicio Preparación del terreno para la posterior implementación de las obras asociadas al Relleno Industrial (caminos, cierre perimetral, entre otros) Fecha estimada de término Octubre 2017 Parte, obra o acción que establece el término Construcción e implementación de cámara de muestreo de aguas. 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha estimada de inicio 2018 Parte, obra o acción que establece el inicio Recepción de Residuos. El inicio de la operación estará dado por el ingreso de los primeros residuos a disponer en el Relleno. Fecha estimada de término Año 2038 Parte, obra o acción que establece el término Cuando se complete el volumen total de la última celda construida. 4.4.3. FASE DE CIERRE Fecha estimada de inicio 2039 Parte, obra o acción que establece el inicio Cierre de las celdas del relleno industrial, construidas durante la primera fase de la etapa de Construcción. Fecha estimada de término 2040 Parte, obra o acción que establece el término Se considera el término del Plan de Cierre. 10 Impacto ambiental Aún cuando el proyecto Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental a través de un Estudio de Impacto Ambiental, señalando que lo hace de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 11 letra a) de la LBGMA y Artículo 5 del D.S. N° 40/13 que reglamenta el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, no se identificó dicho impacto como significativo durante la evaluación ambiental. Fase en que se presenta Impacto ambiental Construcción/Operación Alteración de los Flujos de Comunicación y Transporte 5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS Impacto ambiental j Alteración de los flujos de comunicación y transporte de los grupos Parte, obra o acción que lo genera Tránsito de Camiones; Traslado de materiales e insumos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones, por las rutas noipavimentadas V-850, V-852 yy-860. Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de material para cobertura diaria Fase en que se presenta Operación Referencia al ICE para mayores detalles sobre EIA, Anexo 4.1.; Adenda Complementaria Capítulo 5 este impacto específico El proyecto ingresa a evaluación ambiental a través de un EIA, considerando la afectación descrita en la literal b) del artículo 7 del Reglamento del SEIA, que dice relación en este caso con la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, por la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento. Integrando esta información a la identificación de impactos que realiza el titular (matriz de impacto EIA), se identifican impactos negativos sobre Medio Humano en la etapa de Construcción, por el tránsito de camiones y traslado de insumos, lo que afectaría el flujo de comunicación y transporte, generando efectos adversos significativos sobre la calidad de vida, en cuanto a la duración y magnitud respecto la obstrucción o restricción de los tiempos de desplazamiento. Así mismo en la etapa de Operación del proyecto, se identifica el impacto hacia la comunidad, por el movimiento de material de cobertura, generando alteraciones en el flujo de comunicaciones y transporte. Se destaca en esta evaluación y que dice relación con gestión para mitigar las molestias en relación a la conectividad y libre circulación, es que entre otros motivos, el titular asume compromiso ambiental voluntario de asfaltar ruta de acceso al Relleno, desde la Panamericana Ruta 5, hasta el portón de acceso al proyecto. 5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS 5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE Impacto ambiental 1 No se identifica impacto significativo durante la evaluación ambiental 5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que el Proyecto genera o presenta son los que a continuación se describen: 5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR Impacto ambiental No se identifica impacto significativo durante la evaluación ambiental. 5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA Impacto ambiental No se identifica impacto significativo durante la evaluación ambiental. 11 5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL Impacto ambiental No se identifica impacto significativo durante la evaluación ambiental. 6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los demás efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 6.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS Se identifica como Impacto ambiental no significativo , no obstante se evalúan medidas de gestión para su prevención o disminución y se considera su seguimiento ambiental Alteración de la Calidad del agua, acústica y del aire Parte, obra o acción que lo genera Construcción de la infraestructura que comprende el relleno Movimiento de maquinaria y camiones dentro y fuera del predio del proyecto Construcción de la impermeabilización del relleno Construcción Sistema de Captación, Conducción y Evacuación de Lixiviados Construcción de piscinas almacenamiento lixiviados Construcción de la red de manejo y evacuación de aguas lluvias Fase en que se presenta Construcción Se identifica como Impacto ambiental no significativo , no obstante se evalúan medidas de gestión para su prevención o disminución y se considera su seguimiento ambiental Alteración de la Calidad del agua, acústica y del aire Parte, obra o acción que lo genera Implementación de las celdas de relleno Ingreso vehículos con residuos al Relleno Industrial Plan de Operación en el Relleno Industrial Método de compactación y cubrimiento diario de los residuos Fase en que se presenta Operación Se identifica como Impacto ambiental no significativo , no obstante se evalúan medidas de gestión para su prevención o disminución y se considera su seguimiento ambiental Alteración de la Calidad del Aire Parte, obra o acción que lo genera Cobertura final del Relleno Desmantelamiento de las instalaciones Fase en que se presenta Cierre Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico Capitulo 4.3. del ICE En el Capítulo II del ICE, se presentan una serie de medidas de gestión que el titular entrega durante la evaluación, a propósito de la identificación de los señalados impactos no significativos en este proyecto. 7°. Que, las medidas de mitigación, reparación y/o compensación asociadas a los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 que genera o presenta el Proyecto son las que a continuación se describen: 7.1. Nombre de la Medida Instalación de señalética Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Construcción Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración a los flujos de comunicación y transporte. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Alertar de manera oportuna a conductores y peatones que transitan por las rutas a utilizar 12 Descripción: Se realizará instalación de señalética por parte del titular en los sectores aledaños a las rutas indicadas al momento de comenzar con el traslado de insumos y materiales y camiones y maquinarias. Justificación: Esta medida está orientada para alertar a conductores y vecinos del área de influencia de las nuevas condiciones que pueden afectar el tránsito, por la incorporación de un mayor flujo de vehículos, como camionetas, camiones y maquinarias, asociados al proyecto en un área de influencia acotada. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidades de El Llolle y El Jardín. Forma y Oportunidad: El titular deberá realizar la instalación de señalética previo al inicio de la etapa de construcción y procurar su mantenimiento y visibilidad de parte de peatones y usuarios durante la duración de dicha fase. Indicador de cumplimiento Registro fotográfico de las señaléticas instaladas previo al inicio de la etapa de construcción. Entrega de Informes adjuntando tal Registro, semestralmente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 7 del ICE, Tabla N°12. 7.2. Nombre de la Medida Traslado de materiales e insumos dentro de los horarios de faena Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Construcción Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración a los flujos de comunicación y transporte. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Restringir las alteraciones al flujo de comunicación y transporte a los horarios de faena establecidos por el titular. Descripción: Se definirá el traslado de insumos y materiales a los horarios comprometidos para la realización de las faenas. Justificación: Se han definido horarios de operación en las instalaciones de faena, por lo que los traslados de materiales debieran estar dentro de dichos márgenes.. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Ruta V-850, V-852 y V -860 Forma y Oportunidad: Al inicio de la fase de construcción, el titular informará los horarios de transporte de insumos, materiales y transporte de maquinaria en concordancia con los horarios establecidos para las faenas. Los conductores de dichos vehículos contarán con una bitácora en donde registrarán los ingresos o egresos desde el área del proyecto o hacia ésta. Indicador de cumplimiento Registro que dé cuenta de existencia y uso bitácoras de registro de tránsito. Para complementar el cumplimiento, el titular dispondrá de un libro de Reclamos y Sugerencias en la instalación de faenas, de acceso al público en general, en el cual se puedan registrar reclamos. Informe Semestral a la SMA, Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 7 del ICE, Tabla N°13. 7.3. Nombre de la Medida Reuniones informativas con localidades del área de influencia del proyecto Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Construcción 13 Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración a los flujos de comunicación y transporte. Objetivo, descripción y justificación Objetivo : Coordinar y realizar reuniones informativas con vecinos del área de influencia de los principales hitos del proyecto Descripción: Se realizarán reuniones informativas entre el titular y representantes de las 3 localidades del área de influencia para informar del inicio de la operación, de las rutas y horarios en los que se efectuará el movimiento de material. El titular deberá informar de cualquier modificación a dicho horario, o a las rutas a utilizar, a la comunidad de las localidades del área de influencia. Justificación: Proveer información de manera presencial de parte del titular del proyecto a los vecinos de las localidades del área de influencia, de forma de asegurar el conocimiento de éstos de las actividades del proyecto que pudieran afectar alguna de sus actividades cotidianas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidades de El Llolle y El Jardín Forma y Oportunidad: Un representante de parte del titular coordinará la realización de al menos una reunión de inicio del proyecto con los representantes de las organizaciones sociales vigentes en cada localidad del área de influencia, y como mínimo, una segunda reunión de actualización de los principales hitos del proyecto o modificaciones de éste durante la fase de construcción. Indicador de cumplimiento Minutas ejecutadas de cada reunión y listado de asistencia firmados. Entrega de informe con un plazo de 30 días hábiles posterior a la reunión correspondiente. Informe será enviado a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia ICE Capítulo 7 ICE, Tabla N°14 7.4. Nombre de la Medida Sistema de reclamos y sugerencias Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Construcción Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración a los flujos de comunicación y transporte. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Recoger y resolver de manera oportuna los aspectos relativos al tránsito de camiones e insumos y materiales que pudieran afectar a los habitantes de los sectores aledaños a las rutas V-852, V-850 y V-860. Descripción: Se dispondrá de un libro de reclamos y sugerencias en el lugar de emplazamiento del proyecto, el cual servirá para recabar situaciones relativas al tránsito por las rutas de ripio identificadas y su potencial afectación a los sectores poblados. Justificación: Esta medida busca generar un canal de comunicación entre el titular y la comunidad de forma periódica y constante para evitar mayores alteraciones a los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos del área de influencia. Lugar, forma y oportunidad de implementación Luga • Área de emplazamiento del proyecto, sector El Llolle. Forma y Oportunidad: Libro de reclamos y sugerencias, el cual será revisado semanalmente. El titular, definirá un profesional o técnico responsable de dicho registro, el cual acordará plazos de resolución con las partes interesadas. Indicador de cumplimiento Registro fotográfico de la disposición del libro en la oficina del titular en el área de emplazamiento del proyecto y de la sistematización de los reclamos recibidos. Se entregará Informe con la verificación del funcionamiento y la efectividad del sistema de reclamos y sugerencias, semestralmente a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia del ICE Capítulo 7 del ICE , Tabla N°15 14 7.5. Nombre de la Medida Reuniones informativas con localidades área de influencia Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutada la medida Operación Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración de los flujos de comunicación y transporte. En la fase de operación se manifiesta también como el menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos por el tránsito de camiones debido al movimiento de material para la cobertura diaria. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Coordinar y realizar reuniones informativas con vecinos del área de influencia de los principales hitos del proyecto Descripción: Se realizarán reuniones informativas entre el titular y representantes de las 3 localidades del área de influencia para informar del inicio de la operación, las rutas y horados en los que se efectuará el movimiento de material. El titular deberá informar de cualquier modificación a dicho horario o a las rutas a utilizar, a la comunidad de las localidades del área de influencia. Justificación: Proveer información de manera presencial de parte del titular del proyecto a los vecinos de las localidades del área de influencia, de forma de asegurar el conocimiento de éstos de las actividades del proyecto que pudieran afectar alguna de sus actividades cotidianas. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Localidades de El Llolle y El Jardín Forma y Oportunidad: Un representante de parte del titular coordinará la realización de al menos una reunión de inicio del proyecto con los representantes de las organizaciones sociales vigentes en cada localidad del área de influencia. Además, considerando la vida útil de 20 años del proyecto, se deberán realizar reuniones semestrales, al menos durante los 4 primeros años de operación. Indicador de cumplimiento Minutas de reunión y listado de asistencia firmados. Informe con la verificación del cumplimiento de las reuniones informativas, con un plazo de 30 días hábiles posteriores a la reunión correspondiente. Entrega de Informe a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia del ICE Capítulo 7 ICE, Tabla N°16. 7.6. Nombre de la Medida Sistema de reclamos y sugerencias Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Operación Componente ambiental de protección objeto Socioeconómico Impacto asociado Alteración de los flujos de comunicación y transporte. En la fase de operación se manifiesta también como el menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos por el tránsito de camiones debido al movimiento de material para la cobertura diaria. Objetivo, justificación descripción y Objetivo: Recoger y resolver de manera oportuna los aspectos relativos al tránsito de camiones e insumos y materiales que pudieran afectar a los habitantes de los sectores poblados aledaños a las natas V-852, V-850 y V-860. Descripción: Se dispondrá de un libro de reclamos y sugerencias en el lugar de emplazamiento del proyecto, el cual servirá para recabar situaciones relativas al tránsito por las rutas de ripio identificadas y su potencial afectación a los sectores poblados. Justificación: Esta medida busca generar un canal de comunicación entre el titular y la comunidad de forma periódica y constante para evitar o minimizar las alteraciones a los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos del área de influencia. 15 Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Área de emplazamiento del proyecto, sector El Llolle. Forma y Oportunidad: Libro de reclamos y sugerencias, el cual será revisado semanalmente. El titular definirá un profesional o técnico responsable de dicho registro, el cual acordará plazos de resolución con las partes interesadas. Indicador de Cumplimiento - Registro fotográfico de la disposición del libro en la oficina del titular en el área de emplazamiento del proyecto y de la sistematización de los reclamos recibidos. Informe semestral a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia ICE Capítulo 7 del ICE; Tabla N°17. 7.7. Nombre de la Medida Mantenimiento de caminos de ripio Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Operación Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración de los flujos de comunicación y transporte. En la fase de operación se manifiesta también como el menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos por el tránsito de camiones debido al movimiento de material para la cobertura diaria. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Realizar mantenimiento regular de las rutas de ripio, de uso habitual por los habitantes de las localidades del área de influencia. Descripción: En relación al tránsito de camiones y maquinarias y el efecto que esto pudiera provocar en el estado actual de las rutas de ripio V-850, V852 y V-860, se realizarán acciones de mantenimiento para procurar el tránsito en todas las épocas del año de los habitantes locales independiente de las acciones que el proyecto deba realizar o los efectos de las lluvias en dichas rutas. Justificación: El uso de maquinaria pesada en las rutas de acceso al proyecto pueden causar un detrimento en la calidad de la ruta, al ser ripiadas, y por ser una zona de altas lluvias, por lo que es necesario que el titular, junto con hacer uso de estos caminos públicos, que regularmente tienen escaso tráfico, además procure la mantención del estándar existente Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Rutas V-850, V-852 y V-860. Forma y Oportunidad: En relación con el uso de la ruta, el titular deberá verificar el estado de forma periódica, con frecuencia bimensual, para generar las mantenciones para asegurar el tránsito. Indicador de Cumplimiento Registro fotográfico mensual del uso de las rutas de ripio identificadas y su estado. Informe semestral a la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia ICE Capítulo 7 del ICE; Tabla N°18 7.8. Nombre de la Medida Vías con restos de material granular Tipo de medida Mitigación Etapa en que se ejecutaría la medida Operación Componente ambiental objeto de protección Geográfico Impacto asociado Alteración de los flujos de comunicación y transporte. En la fase de operación se manifiesta también como el menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, por el tránsito de camiones. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Minimizar la adherencia de material particulado fino en los neumáticos de los 16 Medida asociada Componente ambiental objeto de seguimiento Instalación de Señalética Geográfico 8.1.1. Variable ambiental: Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento de la comunidad vecina al proyecto. Impacto asociado Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y maquinaria camiones, transportadores de residuos y vehículos menores que salen y entran del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos. Descripción: Efectuar la limpieza de la carpeta asfáltica de Ruta V 852 desde la bifurcación camino "El Llolle" hasta el acceso al Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos. Justificación: Para evitar mayor preocupación de la comunidad vecina, y los riesgos que significan en el tránsito habitual de vehículos y maquinarias por las vías de acceso. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Rutas V-850, V-852 y V-860. Forma y Oportunidad: Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto Revisión periódica del terreno en caso que se requiera. Antes del inicio de las labores, el personal será informado de los trabajos a ejecutar y se analizarán los riesgos presentes en dichas labores. Se realizará charla de coordinación diaria de 5 minutos, que será impartida por el supervisor del área, destacando los riesgos involucrados en los trabajos de la ruta V 852. Para los trabajos de limpieza de la ruta se contará con bandereros que corten el tránsito de manera temporal, mientras el personal efectúa las labores de limpieza. En caso de depositarse material sobre la ruta V 852 en el acceso al Relleno Industrial se hará una limpieza periódica por parte del personal de la empresa que opere el Relleno. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Indicador de Cumplimiento Informe Contingencia por caída de material en la vía (ruta V852) de acceso al Relleno, el cual será dirigido a la Autoridad competente. Referencia ICE Capítulo 7 del ICE. Tabla N°19 8°. Que, el Plan de Seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental es el siguiente: 8.1. Seguimiento Ambiental en Fase de Construcción Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Rutas no pavimentadas V-850, V-852 y V-860. Parámetros a monitorear Resultado de inspecciones periódicas del cumplimiento de la medida. Duración y frecuencia de la Duración: Etapa de Construcción medición Frecuencia: Bimensual Método o procedimiento de Inspección periódica y registro fotográfico. medición de cada parámetro Plazo y frecuencia de entrega Plazo: Semestral de informes Frecuencia: Semestral 17 Traslado de materiales e insumos en horarios de faena. Geográfico Capítulo 10 del ICE. Referencia al ICE para mayores detalles 8.1.3. Variable ambiental: Impacto asociado Organismo destinatario de Superintendencia del Medio Ambiente informes Reuniones informativas con localidades del área de influencia: El Jardín y El Llolle. Geográfico Medida asociada Componente ambiental objeto de seguimiento Acceso a la libre circulación, tiempos de desplazamiento de la comunidad vecina al proyecto Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y maquinaria. Organismo destinatario de 1 Superintendencia del Medio Ambiente 1 informes 1 Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE. 8.1.2. Variable ambiental: Impacto asociado Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento de la comunidad vecina al proyecto. Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y maquinaria Rutas no pavimentadas V-850, V-852 y V-860. Medida asociada Componente ambiental objeto de seguimiento Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Parámetros a monitorear Duración y frecuencia de la medición Método o procedimiento de medición de cada parámetro Plazo y frecuencia de entrega de informes Resultado De inspecciones periódicas del cumplimiento de la medida y registro de reclamos y sugerencia de la comunidad. Duración: Bimensual Frecuencia: Bimensual Inspección periódica en faena y registro de reclamo y sugerencias. Plazo: Semestral Frecuencia: Bimensual Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Localidades de El Jardín y El Llolle Parámetros a monitorear Minuta ejecutada Duración y frecuencia de la medición Duración: Etapa de Construcción del proyecto Frecuencia: Entrega de informe con un plazo de 30 días hábiles posterior a la reunión correspondiente. Verificar el cumplimiento de las reuniones informativas Plazo: Entrega de informe con un plazo de 30 días hábiles posterior a la reunión correspondiente. Frecuencia: Depende de la periodicidad de las sesiones convocadas Superintendencia del Medio Ambiente Método o procedimiento de medición de cada parámetro Plazo y frecuencia de entrega de informes Organismo destinatario de informes Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE. 1 8.1.4. Variable ambiental: Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento Impacto asociado Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos 1 humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y 18 Capítulo 10 del ICE. Referencia al ICE para mayores detalles Medida asociada maquinaria. Sistema de reclamos y sugerencias


Componente ambiental objeto de seguimiento


Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Parámetros a monitorear Duración y frecuencia de la medición Método o procedimiento de medición de cada parámetro Plazo y frecuencia de entrega de informes Organismo destinatario de informes Geográfico Localidades de El Jardín y El Llolle. Constancia de libros de reclamos y sugerencias Duración: Durante la etapa de Construcción Frecuencia: Bimensual Verificar el cumplimiento de las reuniones informativas Plazo: Semestral Frecuencia: Semestral Superintendencia del Medio Ambiente 8.2. Seguimiento Ambiental en la Fase de operación 8.2.1. Variable ambiental: Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento de la comunidad vecina al proyecto. Impacto asociado Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y maquinaria en las rutas no pavimentadas V-850, V-852 y V-860. Medida asoci Reuniones informativas con localidades del área de influencia: El Jardín y El Llolle ada Componente ambiental objeto de seguimiento Geográfico Ubicación de los puntos/zonas de medición y control Parámetros a monitorear Localidades de El Jardín y El Llolle. Verificar el cumplimiento de las reuniones informativas Duración y frecuencia de la medición Método o procedimiento de medición de cada parámetro Plazo y frecuencia de entrega de informes Organismo destinatario de informes Referencia al ICE para mayores detalles Duración: Durante toda la etapa de operación del proyecto Frecuencia: Entrega de informe con un plazo de 30 días hábiles posterior a la reunión correspondiente. Inspección de las minutas Plazo:30 días después de cada reunión Frecuencia: 30 días después de cada reunión. Superintendencia del Medio Ambiente Capítulo 10 del ICE 8.2.2 Variable ambiental: Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento de la comunidad vecina al proyecto Impacto asociado Dificultad y menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos, debido al traslado de insumos y materiales y al tránsito de camiones y maquinaria en las rutas no pavimentadas V-850, V-852 y V-860. Medida asociada Sistema de reclamos y sugerencias Componente ambiental objeto de seguimiento Geográfico Ubicación de los Área del emplazamiento, altura Ruta V-850 untos/zonas de medición y 19 control Parámetros a monitorear Límites permitidos o comprometidos Duración y frecuencia de la medición Constancia de libros de reclamos y sugerencias Duración: Durante toda la etapa de operación del proyecto Frecuencia: Bimensual. Superintendencia del Medio Ambiente Método o procedimiento de medición de cada parámetro Revisión e inspección del libro de reclamos y sugerencias Plazo y frecuencia de entrega Plazo: Semestral de informes Organismo destinatario de informes Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 10 del ICE r 1 8.2.3. Variable ambiental: Acceso a la libre circulación; tiempos de desplazamiento i Impacto asociado Alteración de los flujos de comunicación y transporte. En la fase de operación se ! I manifiesta también como el menoscabo de los flujos de comunicación y transporte de los grupos humanos por el tránsito de camiones debido al movimiento de material para la cobertura diaria. Medida asociada Mantenimiento de caminos de ripio Componente ambiental objeto de seguimiento Ubicación de los Ipuntos/zonas de medición y control Parámetros a monitorear Duración y frecuencia de la medición IMétodo o procedimiento de I medición de cada parámetro Geográfico Rutas V-850, V-852 y V-860. Constancia de libros de reclamos y sugerencias Duración: Durante toda la etapa de operación del proyecto Frecuencia: Inspección bimensual Registro fotográfico mensual del uso de las rutas de ripio identificadas y su estado. Plazo y frecuencia de entrega de informes Plazo: Semestral Frecuencia: Bimensual Organismo destinatario de [ Superintendencia del Medio Ambiente informes I Referencia al ICE para ( Capítulo 10 del ICE mayores detalles 9°. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 9.1. Permisos ambientales sectoriales de contenido únicamente ambiental 9.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario. El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población, del artículo 138 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la cual corresponde Etapa de Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Todas Condiciones o exigencias específicas para su a) Descripción del sistema de recolección y/o tratamiento. 20 otorgamiento El sistema de tratamiento que se utilizaría para la evacuación y disposición de aguas servidas sería a través de fosa séptica. b) Plano de localización del área de recolección y de la planta de tratamiento de aguas servidas. En el Anexo 1.4.5 del EIA — Layout Oficinas e Instalaciones Operarios, se presenta el área asociada a recolección y Planta de Tratamiento de Aguas Servidas. c) Generación de aguas servidas Se estima que durante los primeros 6 meses de la fase de construcción, se generarían 1.600 lid de aguas servidas domésticas, mientras que para los meses restantes (18 meses), se estima una generación de 1.920 I/día. Por su parte, para la fase de operación se espera la generación de 1.152 Ud y 1.440 litros para la fase de cierre. En la fase de construcción, se estima un consumo diario de 100 litros por persona y en la fase de operación y cierre de 150 litros. La diferencia se debe al consumo de agua para las duchas del personal. d) Características fisico - químicas de las aguas servidas La caracterización fisico - química correspondería a las concentraciones y los valores característicos indicados en las normas de emisión pertinentes. Cumpliría con los siguientes niveles máximos de contaminación para los siguientes parámetr Parámetro Expresión Niveles máximos permitidos Demanda Bioquímica de Oxígeno DBOs 35 mg/1 Sólidos Suspendidos Totales SST 80 mg/1 Coliformes fecales NMP/100 ml 1000 NMP/100 ml pH pH 6 a 8,5 e) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas El sistema de tratamiento primario consiste en una fosa séptica de hormigón armado que recibiría las aguas servidas generadas en forma gravitacional, la cual entregaría su carga hacia un sistema de drenes, mediante pozo absorbente para su filtración en el terreno. El sistema de tratamiento de las aguas servidas se conformaría por: Desagüe: Tuberías que provendrán desde cada artefacto (ducha, lavamanos, lavaplatos, e inodoro). _ Cámara Desgrasadora: Cámara a la que llegan las aguas provenientes del desagüe de la ducha, el lavamanos y el lavaplatos. Cámara de Inspección: Cámara a la que llegan las aguas provenientes de la cámara desgrasadora y del inodoro para juntarse y continuar a la fosa séptica. Fosa Séptica: Fosa de hormigón donde se produce la sedimentación de las materias orgánicas pesadas y la digestión de los lodos (decantación y fermentación bacteriana anaeróbica). Dren de infiltración: Tuberías ranuradas y enterradas a las cuales se envían las aguas provenientes de la fosa séptica para su infiltración. Descripción de la forma de disposición final del efluente tratado, según corresponda El efluente tratado sería descargado directamente al terreno a través de un sistema de drenaje, consistente en una cámara de distribución de drenes y tuberías de drenaje de 110 mm. Para ello se excavarían zanjas en el suelo, sobre las cuales se colocarían los tubos de drenaje. g) Indicación del período de retomo considerado para el diseño de los desagües de aguas lluvia. 21 El sistema de tratamiento de aguas servidas es independiente del sistema de aguas lluvias. Para efectos del análisis de frecuencia de precipitaciones máximas en 24 hrs. precipitaciones anuales y mensuales, se consideró los años que se encontraban con información completa. Para el análisis se obtuvieron datos de precipitaciones máximas en 24 hrs., precipitaciones anuales y mensuales entre los años 1983 y 2012, desde la estación pluviométrica más cercana del Proyecto denominada Puerto Montt de la DGA. h) Descripción del sistema de tratamiento de aguas servidas y disposición, de tratarse de una fosa séptica. La red de alcantarillado se propone ejecutar en tubos sanitarios de PVC rígido. Cabe destacar, que la profundidad de la napa subterránea, se encuentra aproximadamente 15 metros de profundidad según se indica en el Anexo 1.3 "Estudio Hidrológico e Hidrogeológico" del Capítulo I, y Adenda N'1, Anexo 4. El pozo absorbente se encontrará a más de 20 metros de cualquier capación de agua. La ventilación del pozo absorbente deberá tener una malla mosquetera en su extremo. Las aguas lluvias serán absorbidas por el terreno natural. i) Descripción general de la generación y manejo de lodos Se trataría de lodos inertes, y producto de la degradación del proceso se generaría lodo en el fondo de la fosa séptica, el cual será extraído cada año por un camión limpia fosas. Estos lodos, serían enviados a un lugar de disposición final autorizado. j) Programa de monitoreo No se considera un programa de monitoreo permanente, pero sí cada 6 meses se propone realizar inspecciones visuales y pruebas para asegurar la total impermeabilidad, buena ejecución y el funcionamiento de las tuberías. Se llevaría un registro para dar cuenta de las inspecciones realizadas. k) Plan de contingencias Cuando la fosa séptica se inunde o desborde, las acciones a seguir: _ Suspender descargas a fosas sépticas, cerrando el suministro de agua y cancelando de manera temporal las instalaciones sanitarias y comedor. Revisar si la tubería de desagüe o de infiltración de la fosa séptica está obstruida, de ser así se debe limpiar y restablecer su normal funcionamiento. En el caso de no poder limpiar la tubería de desagüe o de infiltración obstruida, solicitar de inmediato los servicios del camión de limpieza de fosas. En el caso de que existan desbordes de aguas servidas desde la fosa séptica al suelo, se deberá desinfectar inmediatamente el lugar y cortar el suministro y descargas de agua. 1) Plan de emergencia Después de la emergencia se inspeccionarían las partes del sistema de tratamiento de agua, poniendo especial énfasis en la filtración del sistema. En caso de daños, se procedería a la reparación o remplazo en función de la magnitud de los daños detectados. Pronunciamiento del La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Lagos no se pronuncia órgano competente ante este Permiso Ambiental Sectorial. Analizados los antecedentes del PAS, presentados en el EIA, éstos satisfacen los contendidos técnicos y formales necesarios para resolver sobre este Permiso. Las materias abordadas incluyen aquellas que el Reglamento solicita como requisitos para evaluar el otorgar esta autorización, y éstas fueron entregadas en el EIA. Cabe señalar que el lugar donde se dispondrán las aguas servidas es dentro del área de proyecto, a través de un sistema de drenes que se utiliza comúnmente para este tipo de tratamiento. Se ha considerado la profundidad de la napa de agua subterránea, que se ubica a 15 metros, siendo que el acuífero cercano al área del proyecto se ubica a más de 20 metros de profundidad. Por otra parte, no se considera un programa de monitoreo permanente, pero sí cada 6 meses se propone realizar inspecciones visuales y pruebas para 22 asegurar la total impermeabilidad, buena ejecución y el funcionamiento de las tuberías. Se llevaría un registro para dar cuenta de las inspecciones realizadas. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 14 del ICE 9.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, será el establecido en el artículo 71 letra b) segunda parte, del Decreto con Fuerza de Ley N°725 de 1967, del Ministerio de Salud Pública Códi Yo Sanitario, del artículo 139 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto a la Etapa de Operación cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Operación del sistema de lixiviados Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento a) Descripción de los procesos en los que se generan los residuos líquidos industriales o mineros, estimación de sus caudales y caracterización. Proceso generación RIL: El proceso por el cual se generarían RILes en este proyecto, corresponde al proceso de lixiviación; éstos son generados por las aguas lluvias que entran en contacto con la torta de residuos. Se debe señalar que los residuos que recibiría el Relleno, corresponderían a residuos de carácter inorgánico. Estimación de sus caudales. Dentro de las variables más influyentes sobre la generación de lixiviados se encuentra la precipitación, es por esto que la modelación se realizó con valores correspondientes a un año húmedo (Precipitación=1.947 mm). De esta manera, la cantidad de lixiviado a generar por año, considerando una superficie de 9.633 m2 (1 celda), corresponde a 7.112 m3. El sistema da inicio con la recolección de lixiviados, para luego pasar a través de colectores de captación de los lixiviados, hacia una red de drenaje de éstos. El modelo de evacuación será de tipo "espina de pescado" y corresponde a una red basal de tuberías perforadas, con laterales que descargan a una tubería principal, cuyo contenido será finalmente bombeado hacia dos piscinas de almacenamiento de lixiviados. En el talud interior del sector sur se colocaría un pozo con una bomba que succionaría los lixiviados desde la tubería de captación, para ser dirigidos a las unidades de almacenamiento de lixiviados. Las principales características constructivas de esta tubería, que además se utilizaría como punto de control del caudal de líquidos lixiviados, serían las siguientes: Tipo: Tubería de HDP E de 315 mm. Impermeabilización: Geomembrana de HDPE de 1 mm. Función: Evacuar y controlar caudal de líquidos lixiviados Ubicación UTM (datum WGS 84): 5.394.789 Norte, 646.200 Este. Se propone que la piscina de almacenamiento de lixiviados debería mantener disponible una capacidad de seguridad no menor al 30% de la capacidad total de éstas para enfrentar contingencia tales como fallas en el sistema de manejo lixiviados. b) Plano de emplazamiento del sistema de tratamiento No considera sistema de tratamiento de RILes; se instalarían dos piscinas para el almacenamiento de lixiviados. e) Diseño del sistema de tratamiento que incluya diagrama de flujo y de las unidades y equipamiento necesario para conducir, tratar y descargar el efluente. Para la recolección y manejo de los lixiviados, se proyecta un sistema denominado de "espina de pescado", que consiste en una tubería central de HDPE de 315 mm ranurada, en cuya trayectoria y cada 100 metros se instalarían cámaras de regulación a la cual llegarían los ramales correspondientes a las tuberías secundarias de HDPE de 110 mm de dren. Finalmente a los pies del talud interior del sector sur de la excavación se colocaría un pozo de inspección de lixiviado de 2 m de diámetro, desde el cual saldría la tubería principal hacia las piscinas de almacenamiento. Se construirían dos piscinas de almacenamiento de lixiviados provenientes del relleno, con una capacidad de 12.000 m3 de capacidad cada una para un total de almacenamiento de 23 24.000 M31, con lo cual se estima se cubriría la generación de lixiviados. Estas piscinas -1 estarían cubiertas para así evitar el ingreso directo de aguas lluvias. Respecto a la disposición final de los lixiviados, se propone sean enviados a una planta de tratamiento de una empresa sanitaria. d) Programa de monitoreo y control de parámetros operacionales, incluyendo parámetros críticos. En la Tabla N°3 del Adenda Complementaria se presenta la caracterización de lixiviados generados en el Relleno Industrial. El proyecto incluye monitoreo a realizar durante la fase de operación, que correspondería a la medición de los parámetros operacionales como son caudal, pH y temperatura. Además, se agregarían los parámetros críticos, los cuales corresponden a DB05, fósforo, nitrógeno amoniacal y sólidos suspendidos totales. En la siguiente tabla se presenta la frecuencia propuesta para realizar el monitoreo para cada parámetro: Parámetros de monitoreo del sistema de almacenamiento de lixiviados: Toma de muestra Caudal pH T° DB05 Fósforo Nitrógeno Amoniacal SST Cámara de muestreo Continuo 2 veces por día 2 veces por día 1 vez por día 1 vez por día 1 vez al día 1 vez al día e) Descripción y georreferenciación de las obras o infraestructura de descarga de los residuos tratados, si corresponde. No existiría tratamiento de lixiviados en el proyecto. Los RILes que generaría el proyecto, se propone sean retirados y dispuestos en planta depuradora de aguas servidas, de empresa sanitaria de la región. O Descripción y caracterización del cuerpo receptor superficial y/o subterráneo, identificando sus usos actuales y previstos. No existiría descarga de los residuos tratados. En relación al retiro y disposición final de lixiviados, serían realizados por empresas autorizadas para dichos fines. g) Efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando los usos identificados. En relación al retiro y disposición final de lixiviados sería realizado por empresas autorizadas para dichos fines. Por lo anteriormente descrito, no corresponde incorporar el efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, considerando el proyecto como se presenta. h) Plan de manejo de lodos y de cualquier otro residuo generado No aplica en este caso, ya que en el proyecto no se generarían lodos. i) Plan de contingencias Sólo se ha de considerar el Plan de Contingencias ante derrame de lixiviados y pérdida de techumbre de piscina de tratamiento. Cabe señalar que en el EIA se presentó Programa de Mantención de filtros, referidos a la instalación de una Planta de Tratamiento de lixiviados, la cual fue descartada del proyecto. j) Plan de emergencia Pronunciamiento del órgano competente No se presenta Plan de Emergencias durante la evaluación ambiental, que digan relación con el almacenamiento de lixiviados. La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Lagos, no se pronuncia ante este Permiso. Analizados los antecedentes que dicen relación con las condiciones y requisitos de este PAS, éstos satisfacen los contenidos técnicos y formales necesarios para resolver sobre este Permiso, toda vez que se ha detallado el sistema de recogimiento, evacuación y almacenamiento de los residuos industriales líquidos, en este caso, de los lixiviados generados en el proyecto. 24 Los antecedentes presentados señalan que los lixiviados generados en el proyecto, sólo se almacenarían temporalmente en el lugar, en 2 piscinas techadas, que contendrían adecuadamente el volumen de lixiviados, para luego ser transportados a su disposición final. El PAS señala que se debe evaluar finalmente que la calidad del agua del cuerpo receptor de los RILes tratados no ponga en riesgo la salud de la población. Al respecto el proyecto no considera tratamiento de RILes, sólo su almacenamiento temporal y luego el traslado de éstos a un lugar donde se dispondrían finalmente, debiendo dar cumplimiento a la normativa correspondiente. Referencia al ICE para Capítulo 14; Tabla N°4 del ICE. mayores detalles 79.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Fase del Proyecto a la cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Etapa de Construcción y Operación Construcción Impermeabilización Relleno Industrial Celdas del Relleno Plan de Operación en el Relleno Industrial Sistema de control y registro de ingreso de residuos, distinguiendo tipo, cantidad y origen Método de compactación y cubrimiento diario de los residuos. a) Generales a.l. Descripción y planos del sitio El relleno industrial, considera una profundidad máxima de excavación de 14 m desde la cota de terreno natural y una sobre la celda de altura aproximada 10 metros, lo que configura el relleno máximo de 24 metros de espesor. Los residuos dispuestos serían cubiertos con una capa de material de cobertura de espesor de 30 cm al final de cada día de operación. El material de cobertura, su colocación y compactación deberían ser tales que la cobertura de la celda presente, una vez terminada, un coeficiente de conductividad hidráulica no mayor de 10.4 cm/s. Para el caso del depósito de los Residuos Industriales no Orgánicos, su capacidad de recepción será de 3.962.771 m3, considerando un promedio de 8.000 times de disposición por 20 años. Los Planos asociados, se incorporan en el Anexo 1.4 — Plano Relleno Industrial del presente EIA. a.2. Descripción de variables meteorológicas relevantes: La zona en que se emplazaría el terreno posee un clima de tipo "Templado cálido lluvioso con influencia mediterránea". Este clima se extiende desde el paralelo 38° de latitud Sur, hasta la Isla Guafo por el litoral y hasta Puerto Montt por la depresión intermedia. La oscilación térmica anual se acerca a los 10°C y la temperatura promedio anual se sitúa en los 12°C. El sector de Puerto Montt presenta una amplitud térmica de 7°C entre el mes más cálido, Enero (14,3°C) y el mes más frío, Julio (6,6°C). Las precipitaciones anuales varían entre los 1.500 mm en la Depresión Intermedia y 4.000 mm en las cuencas cordilleranas, las que se concentran en el período de mayo a septiembre. En el sector de Puerto Montt el régimen de precipitaciones es alto, siendo el mes más lluvioso Mayo, con cifras de hasta 234 mm; en todos los meses del año caen sobre 90 mm y el promedio anual alcanza los 1.802,5 mm. La humedad relativa promedio es cercana al 80% alcanzando valores sobre el 90% en el mes de junio. Los vientos predominantes son del Oeste y Sur durante el verano y del Norte en invierno. a.3. Estimación y caracterización cualitativa y cuantitativa de los Residuos Los residuos que se dispondrían son no orgánicos, inertes y no peligrosos; éstos no son solubles ni combustibles, no reaccionan física, químicamente, ni de ninguna otra manera, 25 no son biodegradables, ni afectan negativamente a otras materias con las cuales entran en contacto. Los residuos que se podría disponer en el Relleno Industrial serían: Residuo Tipos de Residuos Chatarra de metales y de aleaciones de metales, en forma metálica Alambres, vigas, racks, láminas, chapas, barras, chatarra de cobre, chatarra de hierro y acero. Vidrios Fibra de vidrio, vidrio templado, vidrio impreso templado, vidrio antirreflejante, doble acristalamiento, vidrio laminado, vidrio laminar, vidrio serigrafiado, vidrio contrafuego. Policstileno de alta densidad Bidones, bins Cloruro de polivinilo Tubos de cañería, cables eléctricos Polipropileno Muebles (sillas, mesas) Polietileno Tubos y tuberías Policarbonato u otros Botellones de agua, bandeja de equipos de línea blanca Escorias de fundición de hierro Escorias de fundición de hierro Escorias de fusión de aluminio Escodas de fusión de aluminio Escorias de fusión de otros metales Escorias de fusión de otros metales a.4. Diseño de la planta de tratamiento que incluya diagrama de flujo y las unidades y equipamiento Ingreso camión recolector: Los camiones recolectores provenientes de las comunas y privados que depositen en el relleno residuos ingresarían y serían registrados, controlando su peso, tara y tipo de residuos. _ Registro y Báscula de Pesaje Descarga de Residuos Industriales en el frente de Trabajo Compactación y Distribución de los Residuos Industriales Pesaje de la Tara del Camión Cobertura diaria Celda de Operación Zona Relleno Industrial Oficinas Administrativas Zona de Acopio Piscinas de Lixiviados Caminos Galpón de Almacenaje Registro y Báscula de Pesaje a.5. Formas de abatimiento de emisiones y de control y manejo de residuos. La compactadora de residuos se ubicada de manera fija en un galpón dentro del Relleno Industrial, en el sector contrario al área del relleno, acercándose al sector panamericana. Dicha instalación seda cerrada, permitiendo reducir las emisiones a la atmósfera. La fuente de energía para el funcionamiento de la compactadora sería a través del empalme eléctrico, con que cuenta el proyecto previo. Como respaldo, se contaría con equipo autónomo de 97 kW de consumo. a.6. Descripción del sistema de manejo de rechazos. En relación a este punto, cabe hacer presente que antes de la recepción de losresiduos, se efectuaría una pre-factibilidad con la empresa que necesite disponer sus residuos. Esta pre- factibilidad tendría como función indicar si es posible la disposición final de los residuos a depositar y si éstos pueden ser dispuestos o no en el Relleno. Este sistema actuaría como barrera inicial o rechazo. a.7. Plan de verificación y seguimiento de los residuos a ser tratados y rechazados Se efectuaría una pre-factibilidad con la empresa que necesite disponer sus residuos. Esta prefactibilidad tendría como función indicar si es posible la disposición final de los residuos a depositar y si éstos pueden ser dispuestos o no en el Relleno. a.8. Plan de Contingencias 26 Durante la Operación, la contingencia de riesgo de contaminación de aguas subterráneas por infiltración de lixiviados. Plan de acción: 1. Diseño de impermeabilización 2. Diseño de ingeniería conforme a los estándares y adopción de tecnologías autorizadas para este tipo de instalación con sistema de captación y drenaje de lixiviados (red de drenaje, colectores de captación, sistema de limpieza de drenes y colectores y planta elevadora de impulsión de lixiviado). 3. Adicionalmente, se establecería una red de monitoreo de aguas subterráneas, con el objetivo de detectar cambios en la calidad de ésta. a.9. Plan de Emergencia La persona que detecte alguna infiltración con derrame, debería comunicar de inmediato al jefe subrogante y dejar una constancia de lo sucedido en el "Libro de contingencias del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" indicando lo siguiente: Fecha y hora del hecho _ Fecha y hora del comunicado al jefe o administrador del relleno _ Analizar las causas que lo originaron Cuantificación de la pérdida Descripción de lo sucedido Este Permiso considera en el caso de almacenamiento de residuos, además lo indicado en la literal e) del Artículo 140 del Reglamento del SETA: e.1. Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. Construcción Impermeabilización Relleno Industrial Para el conecto funcionamiento de Relleno Industrial como efectiva solución ambiental, es la impermeabilización de la base a modo de evitar la contaminación del suelo y las napas freáticas con los lixiviados contaminantes provenientes de la descomposición de la pila de residuos inertes. e.2. Capacidad máxima de almacenamiento Para el caso del depósito de los Residuos Industriales No Orgánicos, su capacidad de recepción será de 3.962.771 m3, considerando un promedio de 8.000 times de disposición por 20 años. e.3. Descripción del tipo de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores. Celdas del Relleno La celda es la unidad básica constructiva del relleno y en ella deben quedar completamente confinados los residuos. La determinación de las dimensiones características de la celda, permite programar el desarrollo del relleno. Se considerarán 19 celdas con superficie de I ha cada una, a razón de una por ano. Pronunciamiento del La Secretaria Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Lagos, no se pronuncia órgano competente ante este PAS. Analizados los antecedentes que dicen relación con las condiciones y requisitos que debe tener un lugar donde disponer residuos, en este caso inorgánicos, inertes y no peligrosos, se concuerda con que se han presentado las condiciones de impermeabilización suficientes para evitar la percolación de lixiviados hacia aguas subterráneas, y se han entregado antecedentes que explican cómo se ha de disponer a diario los residuos, aclarando el método tanto de recepción como de compactación y disposición en las celdas correspondientes. Así también resultan suficientes la descripción de los residuos que se ha entregado durante la evaluación, y su manejo dentro del relleno. Por otra parte se ha presentado, conocido y evaluado, los planes de contingencia referentes a esta temática, los que abordan adecuadamente las posibles situaciones en esta materia; así también los programas de monitoreo tanto de los lixiviados, y de pozos de muestreo, dentro y fuera del área del proyecto, que tienen como objetivo monitorear la calidad de las aguas subterráneas, respecto el buen funcionamiento del sistema de impermeabilización del 27 Referencia al ICE para mayores detalles relleno y las piscinas de acumulación de lixiviados. Con los antecedentes tenidos a la vista se acreditan los requ stos ambientales del PAS, considerando que se aseguran las condiciones de saneamiento y seguridad para evitar riesgo a la salud de la población. Capítulo 14 del ICE 9.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos. El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N° 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos; del artículo 142 del Reglamento del SETA Fase del Proyecto j Etapa de Construcción y Operación ala cual corresponde Parte, obra o acción a la que aplica Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Todas las que involucren utilización de maquinaria y vehículos pesados. a) Descripción del sitio de almacenamiento El sitio de almacenamiento para los residuos peligrosos consiste en una Bodega de Residuos Peligrosos, la cual se instalaría sobre una base de hormigón, cumpliendo los requerimientos del D.S. N°148/2003 MINSAL. b) Especificaciones técnicas de las características constructivas del sitio de almacenamiento y medidas de protección de condiciones ambientales. La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos cumplida los requerimientos del D.S. N°148/2003 del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, destacando entre otras, las siguientes características: Tendrá una base continua, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos. Contaría con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Estada techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar, utilizando para ello, planchas de zinc aluminio Garantizada minimizar la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. Tendría una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Contará con señalización de acuerdo a la NCh. 2.190 Of 93. Artículo 33°. _El sitio de almacenamiento de residuos peligrosos, estará a 15 metros de los deslindes de la propiedad. siduos, cantidades, capacidad máxima y periodo de almacenamiento: Fase Duración Fase (año) Aceites y Lubricantes (litros/año) Baterías de Plomo (unidad/año) Filtros de aceite (unidad/año) Huaipe (kg/año) Destino Construcción 2 6830 23 95 135 Serán dispuestos en un relleno de seguridad autorizado Operación 20 5000 65 15 90 Tal como se indica en la normativa vigente, los residuos no se mantendrían almacenados por má de 6 meses. d) Medidas para minimizar cualquier mecanismo que pueda afectar la calidad del agua, aire, suelo que ponga en riesgo la salud de la población. Los residuos peligrosos permanecerían siempre en contenedores herméticos, evitando emisiones a la atmósfera, debidamente rotulados. Aquellos contenedores se almacenarán temporalmente en una Bodega de Residuos Peligrosos, la cual se instalada sobre una base de hormigón, impermeable, resistente estructural y químicamente a los residuos, evitando el contacto con el suelo. Estas medidas impedirían cualquier emisión líquida o gaseosa al ambiente. Por otro lado, estos residuos peligrosos serían retirados periódicamente (tiempo máximo de almacenaje temporal es de 6 meses) por empresas autorizadas. 28 Pronunciamiento del órgano competente e) Capacidad de retención de escurrimientos o derrames del sitio de almacenamiento. La bodega de almacenamiento tendría una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad correspondiente a 200 L, ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados, como se indica en el artículo 33 del D.S. N°148/2003, Reglamento de Manejo de Residuos Peligrosos. O Plan de contingencias Derrames En el caso de derrames menores, se procedería a buscar elementos de contención (barreras de contención), para luego limpiar la zona afectada, desde las orillas hacia el centro. Se buscarían recipientes para almacenar la sustancia o residuo peligroso, se almacenaría y rotularía según clasificación indicada. Serían transportados y dispuestos por una empresa autorizada para éstos.

Se prepararía un informe sobre el accidente y se enviaría al jefe directo. g) Planes de Emergencias Emergencia por incendio El lugar contaría con extintores. Estos serían instalados en lugares accesibles y bien señalizados. Contarían con un sistema de mantención preventiva y se capacitaría a todo el personal para su uso conecto. También como forma de prevención, se mantendrían separados los residuos inflamables, de manera de evitar que un evento de incendio se expanda con mayor rapidez. En el caso que ocurra un incendio y afecte a la Bodega de Residuos Peligrosos, las acciones a seguir serán las siguientes: - La persona que detecte el siniestro debería inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al Inspector de la Obra (etapa de construcción) o personal supervisor, y combatir el accidente, con los medios que disponga a su alcance (extintores). - El Inspector de Obra o personal supervisor, sería el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a Bomberos acerca del incendio, en caso que la gravedad del mismo así lo amerita. Emergencia por derrames de residuos Debido a que los residuos se almacenarían en tambores estándar de 200 L, ésta sería la mayor cantidad de residuos en fase líquida susceptibles de ser derramados. Este tipo de derrames puede ser catalogado como menor, y en caso de ocurrencia se procedería de la siguiente manera: La sustancia peligrosa sería rápidamente confinada usando arena u otro material absorbente, de modo que el área a contaminar sea la mínima. En caso de un apozamiento o acumulación dentro de la Bodega, el personal equipado con los implementos de protección personal adecuados, debería intervenir para recuperar de inmediato la sustancia derramada por medios manuales, mecánicos o con material absorbente, evitando de esta forma la filtración a través del suelo en los casos que el derrame ocurra sobre suelo sin proteger. Los residuos recolectados y el material utilizado para absorber, se dispondrían en recipientes adecuados para su almacenamiento y disposición como residuos peligrosos. Los contenedores serían rotulados indicando el tipo de residuo contenido, la cantidad y la fecha de almacenamiento. Los contenedores con el residuo recolectado serían mantenidos en la bodega de acopio temporal. Ante cualquier accidente de las características señaladas, se debería llevar un registro, el cual estaría siempre a disposición de la autoridad cuando ésta lo estime conveniente. Una vez que el incendio haya sido controlado, se realizaría la recolección de los residuos nerados, los cuales serían almacenados y dispuestos de acuerdo a sus características. La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Los Lagos, no se pronuncia ante este Permiso Ambiental Sectorial. De los antecedentes que constan en el expediente, respecto la instalación de una bodega donde albergar residuos peligrosos, se acredita que ésta cumpliría con la normativa correspondiente, en lo que se refiere a sus características fisicas. En la bodega sólo se han de almacenar, temporalmente, los residuos peligrosos que pudieran generarse producto de la mantención de maquinaria y equipos del propio proyecto. Al respecto, se considerará el almacenaje temporal de baterías usadas, aceites, grasas y lubricantes, entre otros. Con los antecedentes tenidos a la vista se acreditan los requistos ambientales del PAS 142. 29 ' Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 14 del ICE. 10. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: 10.1 COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente Norma/Legislación aplicable D.S. N°40/13 MMA, Reglamento SETA Materia de la que trata Reglamento corresponde a las pautas a seguir correspondientes al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en el cual se detallan las características de los proyectos o actividades las cuales según el artículo 10 de la Ley 19.300 deben ingresar al SETA, en donde se establecen los criterios por los cuales un proyecto que ingresa al SEIA debe presentar un EIA. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica Todas Forma de Cumplimiento El Titular da cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley N° 19.300 y el presente Reglamento, mediante el ingreso del Proyecto al SEIA a través de un Estudio de Impacto Ambiental, dado que aquél presenta algunos de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los Artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Reglamento. Formas de control y seguimiento Lo que se disponga en el expediente de evaluación ambiental a fiscalizar por la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE. 10.2 COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente Norma/Legislación aplicable Artículo 19 N° 8 de la Constitución Política de la República (1980) Materia de la que trata El artículo 19 N° 8 de la Constitución asegura a todas las personas "El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza". "La ley podrá establecer restricciones especificas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente". Este derecho debe garantizar' la existencia de un ambiente que presente niveles de contaminación que no superen los límites establecidos en la normativa vigente, los cuales deben ser acordes a no afectar las formas de vida de las personas. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Fases de construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El Proyecto cumplirá con lo dispuesto en la Constitución, respetando las normas legales que regulan la actividad. La elaboración del presente Estudio de Impacto Ambiental tiene como objeto asegurar el cumplimiento de todas las garantías constitucionales y obligaciones legales correspondientes. Forma de Cumplimiento En cada una de las actividades desarrolladas por el presente proyecto, se respetará la garantía constitucional de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, en donde se compromete a no afectar o privar este derecho. Formas de control y seguimiento La fiscalización es ejercida por la SMA. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE. 10.3 COMPONENTE/MATERIA: Medio Ambiente Norma/Legislación aplicable Decreto Supremo N° 144/1961, Ministerio de Salud D.S. N° 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Materia de la que trata Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción y Operación del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Fase de Construcción: Durante la fase de construcción se humectarán las áreas de trabajo. Se exigirá a los contratistas que sus vehículos y camiones cuenten con sus revisiones técnicas al día, así como también que el transporte de materiales se realice de acuerdo a lo que establece el reglamento Fase de Operación: En esta fase se generarán emisiones de material particulado asociadas al paso de vehículos de transporte de personal y de supervisión, como 30 también relacionado al cubrimiento diario de los residuos recibidos, emisiones de gases de combustión de vehículos y maquinarias. Fase de Cierre: En esta fase se generará emisión de material particulado y gases de combustión principalmente por las obras de desmantelamiento y tráfico de camiones para lo cual se adoptarán las mismas medidas de la etapa de construcción. Forma de Cumplimiento Respecto de los gases de emisión, el titular hará exigible a los contratistas que todos los vehículos y maquinarias cuenten con su revisión técnica al día. Lo anterior será exigido y aplicable a todas las fases del proyecto, construcción, operación y cierre. En cuanto a las Emisiones de material particulado se indica el procedimiento para las siguientes fases: Fase construcción: Se humectarán los caminos internos en caso de ser necesario. Se utilizarán mallas protectoras en faenas para evitar la dispersión del polvo. Se exigirá lona de cobertura a los camiones que transporten materiales. Fase operación: La cobertura será realizada con material proveniente de la misma excavación, el cual se emplazará cercano a las celdas del relleno. Con lo anterior, se disminuye la longitud de transporte. Se humectarán los caminos internos en caso de ser necesario. Se exigirá lona de cobertura a los camiones que transporten materiales. Referencia al ICE para mayores detalles Capítulo 8 del ICE 10.4 COMPONENTE/MATERIA: Aire Norma/Legislación aplicable Decreto Supremo N° 138/05 del Ministerio de Salud, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica Materia de la que trata Esta norma es aplicable a todos los titulares que presenten en sus proyectos fuentes fijas de emisión de contaminantes, tales como generadores, para que entreguen a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, mencionado en los artículos 1 y 2 de este decreto. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción del proyecto, se contempla el abastecimiento de energía eléctrica a través de un generador diesel de aprox. 30 KVA. Durante la fase de operación se considera un equipo de respaldo de similares características. Adicionalmente se contempla la contratación de un empalme en baja tensión con la empresa distribuidora eléctrica SAESA, la cual suministrará la energía necesaria para desarrollar las obras de construcción y las actividades de operación del relleno industrial, por los que los grupos electrógenos serán de respaldo en caso de falla o corte. Forma de Cumplimiento Al inicio de la etapa de construcción se realizará la inscripción del equipo electrógeno que se utilizará para la ejecución de las faenas, para posteriormente declarar anualmente las emisiones en el portal de la autoridad sanitaria. De igual forma se procederá durante la etapa de operación del proyecto. Formas de control y seguimiento Fiscalización por parte de la Autoridad Sanitaria y Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia ICE Capítulo 8 del ICE. 10.5. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Norma/Legislación aplicable Decreto Supremo N° 594/1999 Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, artículos 17, 18, 19, 20, 24, 26 y 42. Materia de la que trata Disposición de aguas servidas, residuos industriales y peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, operación y cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto consiste en un Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, que producirá lixiviados. Forma de Cumplimiento En relación a las aguas servidas, durante la construcción habrá bajíos químicos debidamente autorizados. Para la fase de operación se instalará fosa séptica y 31 drenes.

En caso de traslado de material producto del desmantelamiento de dependencias del proyecto empréstito, durante la etapa de construcción, se deberá realizar el traslado a lugar debidamente autorizado. No se dispondrán residuos peligrosos en el relleno industrial. No obstante se considera bodega para su almacenamiento temporal. Formas de control y seguimiento Fiscalización a cargo de la Superintendencia de Medio Ambiente. Se propone en Anexo sobre Estudio de emisiones Acústicas, implementación de Monitoreo de mido mensual tanto en la etapa de construcción como operación. Referencia ICE Capítulo 8 del ICE. 10.6. COMPONENTE/MATERIA: Aguas Servidas Norma/Legislación aplicable Decreto con Fuerza de Ley N° 725/67, del Ministerio de Salud. Código Sanitario. Materia de la que trata En su artículo 71 b) establece que; "la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros". Dicha autorización, respecto a las aguas servidas, se encuentran identificados en el artículo 138 del Reglamento del SE1A como permiso ambiental sectorial. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto contará con servicios de baños químicos, durante parte de la fase de construcción y fase de cierre. Además contará con Planta de Tratamiento de aguas servidas (fosa séptica). También se incluirá una Planta de Tratamiento de Riles, para lixiviados y para los RILes generados por el lavado de camiones. Forma de Cumplimiento Fase de Construcción: Se dispondrá de baños químicos para el personal durante la presente fase. La mantención de los baños químicos será realizada por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria. Fase de Operación: Las aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos para el personal durante la Fase de operación del proyecto, serán enviadas a una planta de tratamiento (fosa séptica). Lo anterior se solicitará a través del Permiso Ambiental Sectorial 138, que se detalla en el Capítulo 11, del EIA. Fase de Cierre: Durante esta etapa se utilizarán baños químicos debidamente autorizados. Formas de control y seguimiento No se considera un programa de monitoreo permanente, pero sí cada 6 meses se propone realizar inspecciones visuales y pruebas para asegurar la total impermeabilidad, buena ejecución y el funcionamiento de las tuberías. Se llevaría un registro para dar cuenta de las inspecciones realizadas. Referencia ICE Capítulo 8 del ICE. 10.7. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Norma/Legislación aplicable D.S. N° 01 de 2014; publicado el 02 de mayo de 2013; Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, RETC. Materia de la que trata Artículo 1°: Objeto.- "El Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes, en adelante RETC, es una base de datos accesible al público, destinada a capturar, recopilar, sistematizar, conservar, analizar y difundir la información sobre emisiones, residuos y transferencias de contaminantes potencialmente dañinos para la salud y el medio ambiente que son emitidos al entorno, generados en actividades industriales o no industriales o transferidos para su valorización o eliminación. Fase del Proyecto a la que aplica o en laque se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre Parte, obra o acción a la que aplica El proyecto cuenta con distintas fuentes emisoras las cuales se detallan en los puntos 1.5.8 y 1.5.9 para la fase de construcción y puntos 1.6.11 y 1.6.12 para la fase de operación (emisiones atmosféricas, residuos sólidos y efluentes líquidos). Forma de Cumplimiento Las fuentes contaminantes serán declaradas mediante la ventanilla única del Registro de emisiones y transferencia de contaminantes dispuesta en la página del Ministerio del Medio Ambiente Formas de control y seguimiento SEREMI de Salud y Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia ICE Capítulo 8 del ICE 32 10.8. COMPONENTE/MATERIA: Residuos Peligrosos Norma/Legislación aplicable Decreto Supremo N° 148/2003, Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Materia de la que trata Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre. Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción y cierre del proyecto, los principales residuos que pudieran generarse corresponderán a restos de lubricantes, aceites, filtros, baterías y otros elementos producto de la mantención de vehículos y maquinaria asociada. En la fase de operación, se generarán residuos peligrosos asociados a tubos fluorescentes, pilas, aceites, waipes con aceites y otros residuos provenientes de las mantenciones de maquinarias y equipos desde el taller de mantenimiento. Forma de Cumplimiento Fase de Construcción: En la fase de construcción se habilitará una zona de acopio temporal de residuos peligrosos. Posteriormente, los residuos se trasladarán y dispondrán finalmente utilizando empresas que cuenta con todos los permisos pertinentes. Fase de Operación: En fase de operación los residuos peligrosos generados al momento de realizarse las mantenciones serán almacenados en una bodega de residuos peligrosos que contará con su autorización sanitaria respectiva. Posteriormente se contratará una empresa que cuente con las autorizaciones correspondientes. La disposición final de estos residuos se realizará en un sitio que cuente con las autorizaciones necesarias para estos fines. Fase de Cierre: Los residuos peligrosos generados durante la etapa de cierre serán almacenados temporalmente para su posterior retiro y disposición en lugares autorizados. Formas de control y seguimiento Fiscalización a cargo de la Superintendencia de Medio Ambiente Referencia ICE Capítulo 8 del ICE 10.9. COMPONENTE/MATERIA: Monumentos Nacionales Norma/Legislación aplicable Ley 17.288 de 1970, sobre Monumentos Nacionales. Materia de la que trata Establece la entrega de la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales, y dentro de estos distingue los Monumentos Históricos, Públicos y Arqueológicos, zonas típicas o pintorescas y Santuarios de la Naturaleza declarados como tales a proposición del Consejo. El artículo 21° señala que por el sólo ministerio de la ley son Monumentos Arqueológicos de propiedad del Estado, los lugares, ruinas, yacimientos y piezas antropo-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional, incluidas las piezas paleontológicas. El artículo 26° (Ley 20.021 Art. único N°6, 1) y 2) D.O. 14.06.2005) de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre minas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos. Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Construcción, Operación y Cierre del proyecto Parte, obra o acción a la que aplica Durante la fase de construcción se realizarán movimientos de tierra y excavaciones Forma de Cumplimiento En caso que se realice un hallazgo de tipo histórico y/o arqueológico, se suspenderán las obras en el lugar del hallazgo, se demarcará el sitio y se informará a la autoridad competente según lo indica la ley. 1) En el caso de detectar cualquier hallazgo de patrimonio histórico y/o arqueológico durante las faenas que integran el proyecto, se suspenderán las obras, dando aviso inmediato al Consejo de Monumentos dentro de la Obligatoriedad que emana desde el artículo 26 de la Ley N°17.288. 2) Conjuntamente, se solicitará de forma inmediata la visita de un arqueólogo profesional para evaluar las medidas de resguardo o mitigación necesarias para dicho hallazgo. Estas se llevarán a cabo de acuerdo a lo establecido en la Ley N°17.288, su reglamento interno N°484, para lo cual deberán contar con la autorización de Consejo de Monumentos Nacionales para su ejecución. 33 Formas de control y seguimiento Referencia ICE Aviso al Consejo de Monumentos Nacionales en caso de hallazgo. Capítulo 8 del ICE. 10.10. COMPONENTE/MATERIA: Residuos líquidos Norma/Legislación aplicable D.S. MOP N°609/98 Tabla 4, para descargas de efluentes que se efectúan a redes de alcantarillado. Materia de la que trata Disposición final de lixiviados Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento Etapa de Operación y Cierre del proyecto. Parte, obra o acción a la que aplica Lixiviados generados en la acumulación de residuos Forma de Cumplimiento No se acredita cumplimiento de esta normativa. Se incumple con los requerimientos de la tabla N°4 de esta Normativa, en lo que se refiere a los parámetros Plomo, Arsénico y Sulfatos, de acuerdo a la siguiente tabla: Parámetro Unidad concentración Lixiviados Límite máx. permitido D.S.N°609/'98 As mg/1 0,048 — 0,724 0,5 Pb mg/1 0,043 — 3,12 Sulfatos ing/I (133-1.038) 1000 Formas de control y seguimiento Fiscaliza la Superintendencia de Medio Ambiente. Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Toda la normativa señalada se puede consultar en Capítulo 10 del EIA, y lo que se refiere al D.S. N°609/'98 MOP, fue presentado en el Adenda y Adenda Complementaria, en su Capítulo 4. La Superintendencia de Servicios Sanitarios, al revisar el Adenda Complementaria, señala a través de su Ord. N°180 del 01 de Junio de 2016, que se deberá indicar el tratamiento que tiene contemplado para abatir los contaminantes que se presentarían por sobre el límite establecido en la Tabla N°4 del D.S. MOP N°609/98, de acuerdo a la evaluación teórica que realiza, como son: Arsénico, Plomo y Sulfatos. A su vez al concoer el contenido del ICE en el Ord. que visa este la Superintyendia de Servicios Saniarios a través de Ord. N°255 del 14 de Julio de 2016, señala que el proyecto no demuestra que se está cumpliendo con la Norma D.S. MOP N°609/98. Referencia ICE Capítulo 8 del ICE. 11. Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios, y medidas de gestión ambiental: 11.1. Compromisos Ambientales Voluntarios 11.1.1. Asfaltado del camino Impacto asociado Impacto sobre las personas por accidentes ocasionados por levantamiento de piedras al paso de vehículos mayores. Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre. Objetivo, Descripción y justificación Objetivo: Disminuir la posibilidad de levantamiento de polvo y piedras al paso de vehículos mayores. Descripción: Aplicación de la carpeta de asfalto en el camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con el fin de disminuir el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas por el tránsito de camiones. Justificación: La medida se justifica pues disminuye el riesgo de accidentes en el sector de acceso a la ruta hasta el acceso al Relleno Industrial. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial. Forma: Aplicación de una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. 34 Oportunidad: Antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Camino asfaltado. Forma de control y seguimiento Verificación visual del camino asfaltado. Referencia del ICE Capítulo 10 del ICE. 11.1.2. Muestreo de Pozos Particulares Impacto asociado Contaminación de aguas subterráneas. Fase del Proyecto a la que aplica Antes del inicio de la etapa de Operación, etapa de Operación y Cierre. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Pesquisar cualquier posibilidad de alteración de las aguas subterráneas ocasionadas por el funcionamiento del Relleno Industrial. Descripción: Igual que Seguimiento Calidad Aguas Subterráneas Justificación: Disminución de riesgo y preocupación de la comunidad aledaña al Relleno. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Para aquellos pozos identificados y que se presentan en el Anexo 2.1 de la Adeuda Complementaria, se tomará contacto con los propietarios para solicitar autorización de muestreo. Para los pozos que no fueron identificados en la Adenda Complementaria , se dispondrá de un libro de registro de peticiones de la comunidad en la caseta de control del relleno, en la cual la ciudadanía podrá solicitar el muestreo de sus pozos particulares, siempre y cuando estos se encuentren en un radio de 1 km del deslinde del Proyecto. Forma y Oportunidad: El muestreo y seguimiento no podrá ser inferior a la de una muestra por pozo cada 6 meses. Los monitoreos deberán entregar información sobre la concentración de al menos los siguientes parámetros físico-químicos: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DB05; e) 000; O Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno kjeldahl; k) Sulfatos; I) Alcalinidad Total (CaCO3); m) Sodio. b) Para los pozos de los vecinos que deseen se incorporen en el muestreo, se dispondrá de un libro de registro de peticiones de la comunidad en la caseta de control del relleno, en la cual la ciudadanía podrá solicitar el muestreo de sus pozos particulares, siempre y cuando éstos se encuentren en un radio de I km del deslinde del Proyecto. Indicador que acredite su cumplimiento Los informes se entregarán en forma semestral a la Autoridad Sanitaria y a la Superintendencia de Medio Ambiente. Forma de control y seguimiento Para ambos casos, una vez que se tengan los resultados de los muestreos, estos serán enviados a la Autoridad y a cada propietario. Referencia ICE Capítulo 10 del ICE. 11.2. Medidas de Gestión comprometidas en la evaluación 11.2.1. Nombre de la Medida Disminución de emisiones a la atmósfera fase de construcción Componente ambiental de protección objeto Aire Impacto asociado Alteración en la calidad del aire por emisiones de material pa mutado y otros contaminantes. Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Mitigar las emisiones generadas producto de las actividades u obras de la fase de construcción. Descripción: Las actividades que involucran movimientos de tierra y tránsito de vehículos y maquinaria generan levantamiento de polvo que altera la calidad del aire. Las anteriores corresponden a emisión de polvo por los movimientos de material, gases de combustión de vehículos, emisiones por uso de grupo 35 electrógenos y por tránsito de caminos no pavimentados. Justificación: Lo que se busca con la medida es disminuir y/o mitigar las emisiones a la atmósfera producto de las actividades u obras correspondientes a la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto y vías de acceso. Forma y Oportunidad: Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones: Al interior del proyecto la velocidad de circulación de la maquinaria no superará los 20 lun/hr. Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, en las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna _Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. El transporte de materiales será realizado con carga cubierta con una lona impermeable, sujeta a la carrocería. _Revisión periódica del terreno en caso que se requiera humectación Revisión periódica de los vehículos del proyecto. Indicador de cumplimiento — No se entrega esta infonnación 11.2.2. Nombre de la Medida Disminución de emisiones a la atmósfera fase de construcción Componente ambiental objeto de protección Aire Impacto asociado Alteración en la calidad del aire en caso de vías con restos de material granular. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Disminuir riesgos que pudiesen provocar los restos de tierra, arena y áridos que se depositen en la mencionada Ruta. Descripción: De manera de minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V 852, específicamente en la zona de acceso al Relleno, el cual se asfaltará el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V852 hasta el acceso al Relleno, tramo donde pasarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial. En caso de depositarse material sobre la ruta V852 en el acceso al Relleno Industrial se hará una limpieza periódica por parte del personal de la empresa que opere el Relleno. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Justificación: Lo que se busca con la medida es disminuir y/o mitigar las emisiones a la atmósfera producto de las actividades u obras correspondientes a la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto y vías de acceso. Forma y Oportunidad: Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán éstas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. _Utilización de una lona o encamado de camiones para evitar la propagación de polvo. _Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino" El Holle". _Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. _El encargado del Relleno entregará la logística necesaria para ejecutar los trabajos en relación a personal, materiales y equipos Indicador de cumplimiento Informe Contingencia por caída de material en la vía (ruta V 852) de acceso al Relleno. 36 Se dará aviso de inmediato a su jefe directo o encargado de mantenimiento. 11.2.3. Nombre de la Medida Control de la calidad acústica de la fase de construcción Componente ambiental objeto de protección Aire Impacto asociado Alteración producida en la disminución de la calidad acústica. Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Disminuir el impacto acústico generado producto de las actividades u obras de la fase de construcción Descripción: Corresponde a la generación de ruidos propios de las actividades de construcción, transporte, movimiento de materiales, etc. Para efectos de constatar el cumplimiento de la normativa (D.S. N°38/11) se realizó el estudio acústico correspondiente estimando y evaluando para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. Justificación: Lo que se busca con la medida es la disminuir el impacto acústico generado producto de las actividades u obras correspondientes a la fase de construcción. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: _Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. _Los trabajos se realizarán en horario diurno. En el caso de ser necesario, se instalarían barreras acústicas temporales entre receptor y las faenas de trabajos, en los puntos sensibles. _Restricción de horarios para ciertas faenas o actividades, dependiendo de la sensibilidad del receptor. (Horario de clases; _ Uso de maquinaria en óptimas condiciones. Preferencia de maquinaria que cuente con sistemas de insonorización de fábrica. _Ubicación de maquinaria en lugares específicos para evitar molestias. _Eliminación de ruido de maquinaria ociosa. _Control de ruidos conductuales mediante capacitación a trabajadores en prevención de ruidos molestos (tocar bocina en forma innecesaria, usar alto parlante, etc...) Indicador de cumplimiento Informe de Monitoreo Acústico. 11.2.4. Nombre de la Medida Disminución de emisiones a la atmósfera durante la fase de operación Componente ambiental de protección objeto Aire Impacto asociado Alteración en la calidad del aire por emisiones de material particulado y otros contaminantes. Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Alteración de la calidad del aire. Debido a la emisión de polvo por la instalación de base de operaciones del contratista y el transporte por el desmontaje de las instalaciones del proyecto. También involucra alteración calidad aire por generación de olores molestos. Descripción: Las actividades que involucran movimientos de tierra y tránsito de vehículos y maquinaria generan levantamiento de polvo que altera la calidad del aire. Las anteriores corresponden a emisión de polvo por los movimientos de material, gases de combustión de vehículos, emisiones por uso de grupo electrógenos y por tránsito de caminos no pavimentados. Así también se identifica el impacto sobre las personas, por desprendimiento de piedras, al paso de vehículos de mayor tamaño. Justificación: Aminorar las emisiones generadas producto de las actividades u obras de la fase de operación. 37 Lugar, forma y oportunidad de Lugar: implementación Lo que se busca con la medida es disminuir y/o mitigar las emisiones a la atmósfera producto de las actividades u obras correspondientes a la fase de operación. Esta medida se desarrollará durante la fase de operación y constará de las siguientes acciones: Para disminuir emisiones de material particulado: _Transporte intemo en camiones donde la sección de carga deberá estar tapada con una lona; y _ Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. _Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. _ Pavimentación desde la Ruta 5 hasta el acceso del predio donde se ubicaría el proyecto. Para esto se consideran 5 cm de carpeta asfáltica sobre 15 cm de base granular. Mantención de esta ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Indicador de cumplimiento Revisión periódica del terreno en caso que necesite humectación. Revisión periódica de los vehículos del proyecto en relación a que cuenten con sus revisiones técnicas al día. Camino pavimentado desde la Ruta 5 hasta el acceso del predio del proyecto. Registro fotográfico mensual, donde se detallarán fallas y posterior solución. 11.2.5. Nombre de la Medida Disminución de emisiones odoríficas Componente ambiental objeto de protección Aire Impacto asociado Alteración en la calidad de vida y salud de las personas por emisiones odoríficas generadas en el proyecto. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mitigar las emisiones generadas en el relleno Descripción: Mitigación de olores molestos dentro del Relleno. Justificación: Lo que se busca con la medida es disminuir y/o mitigar las emisiones a la atmósfera producto de la disposición de residuos y almacenamiento de lixiviados. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: Limpieza diaria y total del área de emplazamiento del proyecto, incluyendo infraestructura complementaria y de servicios. Desplegar anticipadamente la cubierta diaria con el objeto de cubrir y contener el olor. Disminución de tiempo de estadía de lixiviados en las piscinas, adelantando el vaciado de éstas, a través de servicio externo autorizado. Indicador de cumplimiento una vez controlado el olor molesto e identificado su causa, se elaborará y entregará un informe a la Superintendencia de Medio Ambiente sobre dicho evento, para que esta cuente con la información necesaria. Este informé será entregado en tiempo no superiora 5 días de ocurrido el evento 38 11.2.6. Nombre de la Medida Manejo de Lixiviados Componente ambiental objeto de protección Calidad del Agua Impacto asociado Alteración en la calidad del agua. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Control de efluentes líquidos desde piscinas de tratamiento de lixiviados. Descripción: Alteración de la calidad del agua: Los impactos pueden contaminación de acuífero por lixiviados por rotura de sello basal de zona de disposición de residuos o en piscinas de acumulación de lixiviados. Justificación: Con un control eficiente de los efluentes líquidos desde piscinas de tratamiento, se evita la infiltración de los mismos a la napa freática. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: Para evitar la contaminación del acuífero con lixiviados, se realizarán inspecciones del sello basal y del estado de las piscinas de lixiviación. Además se implementarán sondajes de muestreo, uno aguas arriba y otra agua abajo del relleno industrial, para controlar la calidad de las aguas del acuífero. Los lixiviados acumulados en las piscinas serán trasladados por un tercero, a sitio de disposición final,de acuerdo a las condiciones que mandata la normativa. Indicador de cumplimiento Fichas de inspección, registros de retiro de lixiviados y muestreos de calidad de agua desde sondaje. 11.2.7. Nombre de la Medida Control de las emisiones acústicas en la fase de operación. Componente ambiental objeto de protección Calidad Acústica Impacto asociado Alteración producida en la generación de emisiones acústicas molestas. Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Mitigar o disminuir el impacto acústico generado producto de las actividades u obras de la fase de operación. Descripción: Disminución de la calidad acústica. Aumento del nivel base de ruido producto de la operación del proyecto. Estos se evaluarán a través de la normativa vigente, es decir el D.S. N°38/11. Justificación: Lo que se busca con la medida es la disminuir el impacto acústico generado producto de las actividades u obras correspondientes a la fase de operación. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: Esta medida se desarrollará durante la fase de operación y constará de las siguientes acciones. Los trabajos se realizarán en horario diurno. En el caso de ser necesario, se instalarán barreras acústicas temporales entre receptor y las faenas de trabajos, en los puntos sensibles. Restricción de horarios para ciertas faenas o actividades, dependiendo de la sensibilidad del receptor. (Horario de clases; reuniones juntas de vecinos) Uso de maquinaria en óptimas condiciones. Preferencia de maquinaria que cuente con sistemas de insonorización de fábrica. Ubicación de maquinaria en lugares específicos para evitar molestias. Eliminación de mido de maquinaria ociosa. Control de ruidos conductuales mediante capacitación a trabajadores en prevención de ruidos molestos (tocar bocina en forma innecesaria, usar alto parlante, etc...) Indicador de cumplimiento Informe de Monitoreo Acústico mensual. 11.2.8. Nombre de la Medida Disminución de emisiones a la atmósfera fase de cierre 39 Componente ambiental objeto de protección Calidad del Aire Impacto asociado Alteración en la calidad del aire por emisiones de material particulado y otros contaminantes. Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Alteración de la calidad del aire. Debido a la emisión de polvo por la instalación de base de operaciones del contratista y el transporte por el desmontaje de las instalaciones del proyecto. Descripción: Las actividades que involucran movimientos de tierra y tránsito de vehículos y maquinaria generan levantamiento de polvo que altera la calidad del aire. Las anteriores corresponden a emisión de polvo por los movimientos de material, gases de combustión de vehículos, emisiones por uso de grupo electrógenos y por tránsito de caminos no pavimentados. Justificación: Mitigar las emisiones generadas producto de las actividades u obras de la fase de cierre. Lugar, forma y oportunidad implementación de Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: Emisiones de material particulado Velocidad máxima de 30 km/h Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten. Indicador de Cumplimiento Revisión periódica del terreno en caso que necesite humectación. Revisión periódica de los vehículos del proyecto. 11.2.9. Nombre de la Medida Manejo de Lixiviados Componente ambiental objeto de protección Calidad del Agua Impacto asociado Alteración en la calidad del agua Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Control de efluentes líquidos durante la etapa de cierre del proyecto. Descripción: Alteración de la calidad del agua: la generación de lixiviados es posterior a la disposición de material, por lo que puede existir el riesgo de contaminar el acuífero existente. Justificación: Con un control eficiente de los efluentes líquidos desde piscinas de tratamiento, se evita la infiltración de los mismos a la napa freática. Lugar, forma y oportunidad implementación de Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma y Oportunidad: El control se realizará mediante la inspección de los niveles de las piscinas de lixiviación y de realizar la disposición final de dichos efluentes, de acuerdo a lo que establece la normativa. Indicador de Cumplimiento Registro con retiro de lixiviados y respaldos de autorizaciones de disposición final de los efluentes. Muestreo de calidad de agua desde cámaras de muestreo. 11.2.10. Nombre de la Medida Control de las emisiones acústicas durante la fase de cierre. Componente ambiental de protección objeto Calidad Acústica Impacto asociado Alteración de la calidad de vida de las personas por la generación emisiones acústicas molestas Objetivo, descripción justificación y Objetivo: Mitigar o disminuir el impacto acústico generado producto de las actividades u obras de la fase de cierre. Descripción: Disminución de la calidad acústica. Aumento del nivel base de mido producto de la fase de cierre del proyecto. 40 12.1.1. Plan de Prevención ante derrame de lixiviados Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica Parte, obra o acción asociada Almacenamiento de Lixiviados Acciones o medidas a Provisión de equipos y materiales necesarios para un rápido control de los derrames. implementar Todo el personal se encontrará capacitado y entrenado para el control de derrames. Esto se logrará mediante capacitaciones semestrales realizadas por institución validada y reconocida por la Autoridad. Revisión periódica, un vez al mes, de cada una de las estructuras que están relacionadas con los lixiviados, tanto para su traslado como en su disposición final. Ante presencia de al una falla o mal estado, será re arada o reem lazada inmediatamente. Forma de control y seguimiento Referencia al ICE o Anexo 4.1. de la Adenda Complementaria; Capítulo 8 del ICE. documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada Justificación: Para evitar las molestias de la comunidad más cercana al proyecto. Lugar, forma y oportunidad de implementación Lugar: Predio donde se desarrollará el proyecto. Forma: Esta medida se desarrollará durante la fase de cierre y constará de las siguientes acciones. Los trabajos se realizarán en horario diurno. En el caso de ser necesario, se instalarán barreras acústicas temporales entre receptor y las faenas de trabajos, en los puntos sensibles. Restricción de horarios para ciertas faenas o actividades, dependiendo de la sensibilidad del receptor. (Horario de clases; reuniones juntas de vecinos) Uso de maquinaria en óptimas condiciones. Preferencia de maquinaria que cuente con sistemas de insonorización de fábrica. Ubicación de maquinaria en lugares específicos para evitar molestias. Eliminación de mido de maquinaria ociosa. Control de ruidos conductuales mediante capacitación a trabajadores en prevención de ruidos molestos (tocar bocina en forma innecesaria, usar alto parlante, etc...) Indicador de Cumplimiento Informe Monitoreo Acústico 12. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes: 12.1. Plan de Prevención de Contingencias 12.1.2. Plan de Prevención ante derrame de hidrocarburos Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica Parte, obra o acción asociada Todas las que involucren uso de camiones u otros vehículos en el interior del Relleno. Acciones o medidas a Capacitar al personal en buenas prácticas relacionadas con el manejo de hidrocarburos. implementar Las máquinas en las que se observe pérdida de aceite, líquido de frenos y/o combustible se paralizarán hasta su reparación o sustitución realizándose las debidas reparaciones. No se utilizarán recipientes defectuosos para el transporte de hidrocarburos u otras sustancias peligrosas. Almacenar líquidos combustibles y/o inflamables en bodegas con el resguardo necesario para el control de derrame. Durante carga y descarga de tambores con hidrocarburos u otras sustancias peligrosas, no dejarlos caer desde altura, evitando rom imientos ue.urdan iniciar una emergencia 41 orma de control y segui derrame. Se establecerá un programa de inspecciones periódicas en la zona de almacenamiento de hidrocarburos, la cual será realizada por el prevencionista de riesgos de la empresa. Registro de la inspección en bitácora respectiva. En el Anexo 2 Adenda; Capítulo 8 del ICE. Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles a arición de vectores Etapa de Operación y Cierre Relleno Industrial a Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros al interior del relleno. Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. Control de perros: Se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación y maleza presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará carga del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizado. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación Mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Al ser una empresa externa la que realiza estas actividades, se le exigirá que al momento de ejecutar el servicio, este quede plasmado en un libro de registro dispuesto para ese fin. Además, un funcionario del relleno debe dar fe que el servicio fue realizado, firmando el libro antes mencionado. Todas y cada una de las actividades mencionadas son 100% auditables. Los registros que se mantendrán en las dependencias estarán a disposición para su revisión en el momento que lo desee o la Autoridad Sanitaria o cualquier otra lo re uiera. 52.1.4. Plan de Prevención ante incendios 12.1.3. Plan de Prevención po Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas implementar 1------ Referencia al expediente de Anexo 5 del Adenda y Anexo 8.1 de la Adenda Complementaria. Capítulo 8 del ICE. evaluación para mayores detalles 42 Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar Etapa de Construcción, Operación y Cierre Relleno Industrial Previo a la época estival y al inicio de las obras, se realizaría un llamado a la comunidad cercana y a los propietarios de los predios aledaños, escuelas rurales, juntas de vecinos, organizaciones en general del lugar, etc., para que participen en charlas de prevención de incendios forestales. Se coordinará la participación de la comunidad del El Empalme, El Llolle, El Jardín (localidades del área de influencia de Medio Humano) y otras como Salto Grande, para realizar las charlas de cómo actuar frente a incendios forestales. Se instruirá al personal del relleno acerca del uso adecuado de extintores. En las instalaciones administrativas, los galpones de almacenaje y mantención se dispondrán extintores, como también se dispondrá de las herramientas necesarias para hacer un combate inicial de un eventual incendio. En el área de bodegas de sustancias y residuos peligrosos de almacenamiento de sustancias inflamables, combustibles se implementará señalética de advertencia, de seguridad e instrucciones de seguridad que indiquen: prohibición de fumar, de dis ositivos de llamas abiertas y cual uier otra sustancia susceptible de causar incendio. Listado asistencia a las charlas. Adenda Complementaria. Capítulo 8 del ICE. Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles 12.2. Plan de Contingencias 2.2.1. Plan de Continencia ante derrame de lixiviados Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación a. lita Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Almacenamiento de Lixiviados a Identificación y delimitación del sector afectado. Cierre de bombas y válvulas. Prohibición de acceso a personal no autorizado Captación de derrame mediante construcción de diques de captación, utilizando material de cobertura. Recuperación del líquido derramado Absorción del líquido con ceniza o con polvo de cemento, o similar. Almacenamiento de material recuperado a tambores plásticos o similares. Re aración o reemplazo de piezas defectuosas. Informe de actividades referidas a estas contingencias. En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda; Anexo 4.1 de la Adenda Complementaria. Capítulo 8 del ICE. 12.2.2. Plan de Con Fase del Proyecto aplica Parte, obra o acción asociada in encia ante salida de techumbre de las tinas de almacenamiento de lixiviados a la que Etapa de Operación Piscinas para el almacenamiento de lixiviados. a De manera regular, una vez al mes, se recorrerán las instalaciones del Proyecto buscando identificar aquellas secciones de techumbre que presenten señales de degaste o deterioro. Una vez identificado, se procederá a reemplazar o reparar dichas secciones. Acciones o medidas implementar Se procederá a monitorear los pronósticos del tiempo para aquellos frentes de mal tiempo que pudieran ser riesgosos. Se capacitará, de manera semestral, a todo el personal para que en momentos de fuertes vientos, éstos no se acerquen a ventanas o transiten por lugares propensos a que se des renda algún objeto. 43 12.2.4. Plan de Con in Fase del Proyecto a la que lita Parte, obra o acción asociada Disposición de residuos industriales no orgánicos en las celdas. encia ante derrumbe de celdas Etapa de Operación Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Informe de actividades referidas a estas contingencias. [—Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N° Anexo 4.1. de la Adenda Complementaria. Capitulo 8 del ICE. 12.2.3. Plan de Contin encia ante derrame de hidrocarburos Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica

Parte, obra o acción asociada Todas las que involucren uso de camiones u otros vehículos en el interior del Relleno. Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de I evaluación para mayores I detalles En faena se contará con los elementos necesarios para poder contener los derrames, es decir, pala, bolsas plásticas, material absorbente, cinta de peligro, etc. La persona que detecte el derrame dará aviso inmediato a su jefatura directa, de acuerdo con el plan de comunicación, sin perjuicio de lo anterior, se proponen las siguientes acciones: Constituirse a la brevedad en el sitio del derrame, provisto de equipos de comunicación tales como teléfono móvil o radio. Aseguramiento del área de riesgos físicos y exposición accidental del personal. Aseguramiento de la fuente del derrame. Desviación de derrame para evitar contaminación de áreas ambientalmente sensibles. Utilización de uso del equipo de protección apropiado. Absorber los hidrocarburos derramados o sustancias peligrosas por medio de materiales absorbentes inocuos para el medio ambiente (trapos, esponjas, paños absorbentes). Determinación del limite físico del derrame. Recolección de material en contenedor apropiado Remoción de la fuente de contaminación. En caso de ser necesario, muestrear y analizar pozos de control de aguas subterráneas En caso de ser necesario, muestrear y analizar los alrededores del suelo Descontaminación de las áreas afectadas. Transporte y disposición de material en lugares autorizados. Descripción de incidente, incluyendo cronología, dibu. Informe de la contingencia En el Anexo 2 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N°1. Capítulo 8 del ICE. ersona Y ecursos utilizados. Notificación inmediata a jefatura directa Aislación completa del área con el propósito de identificar y evaluar daño Identificación y evaluación del derrame y tipo de sustancia. Revisión de hojas de seguridad conforme tipo de sustancia. Detención de derrame, sin es necesario y seguro. Habilitación de pretiles para evitar avance del derrumbe Comunicación con autoridades competentes. Ventilación del área, sin es necesario. Acordonamiento del área contaminada. Aplicación de materiales absorbentes. Retiro de material arrastrado para su predisposición y compactación en otras áreas seguras Neutralización y lavado del área. Almacenamiento de sustancias. Lavado de equipos y ropa utilizada. Verificación de contención del derrame. Inicio de trabajo de reparación. Reconstrucción del área afectada por derrumbe. Inspección de sellos banal de impermeabilización. Localización de material de cobertura nuevo e inerte. Informe de la Contingencia Capítulo 8 del Adenda, respuesta a consulta N°3; Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda. Capitulo 8 del ICE. 44 Etapa de Operación Tratamiento de lixiviados Detención completo del funcionamiento de la planta de tratamiento. Evaluación e identificación in sim del problema Acciones o medidas a implementar 12.2.5. Plan de Contingencia por inundación de instalaciones con potencial riesgo a sobrepasar la capacidad máxima de las uiscinas de lixiviados Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Fonna de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda. Capítulo 8 del ICE. En caso de no lograr reanudación del sistema de tratamiento en menos de 24 horas, envío de lí.uido lixiviado mediante camiones al 'be aun sitio de disposición final. Informe de la Contingencia 2.2.6. Plan de Contingencia por accidentes al Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación a. lica Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles e sonal Cualquier actividad de la etapa de construcción y operación del proyecto Detención completo del funcionamiento de la planta de tratamiento. Evaluación e identificación in sim del problema. En caso de no lograr reanudación del sistema de tratamiento en menos de 24 horas, envío de líquido lixiviado mediante camiones aljibe a un sitio de disposición final. En caso de ocurrencia de accidentes se dará aviso inmediato de acuerdo al procedimiento que se indica en la figura N°1 "Flujograma de Emergencias del proyecto", considerando en primera instancia dar aviso a la Su erintendencia del Medio Ambiente. Informe de la Contingencia En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N°1. Capítulo 8 del ICE. 12.2.7. Plan de Contingencia Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada or derrame accidental de sustancias contaminantes

Etapa de Operación Almacenaje de sustancias en bodega Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Identificación y evaluación del derrame y tipo de sustancia Revisión de hojas de seguridad conforme tipo de sustancia Detención de derrame, si es necesario y seguro Notificación inmediata a jefatura directa Comunicación con autoridades competentes Ventilación del área, si es necesario Acordonamiento del área contaminada Aplicación de materiales absorbentes Recuperación de la sustancia, si es posible Neutralización y lavado del área Almacenamiento de sustancias Lavado de equipos y ropa utilizada Informe de la Contingencia Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda. Capítulo 8 del ICE. 12.2.8. Plan de Contingencia poi

Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada filtración a través de sistema impermeabilización celdas Etapa de Operación Disposición de residuos inorgánicos en relleno industrial Acciones o medidas a implementar Aisración completa del área con el propósito de identificar y evaluar daño. Inicio de trabajo de reparación. 45 Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda. Capítulo 8 del ICE. 12.2.10. Plan de Continencia ante Generación de olores molestos Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica Parte, obra o acción asociada Relleno Industrial Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Limpieza diaria y total del área de emplazamiento del proyecto, incluyendo infraestructura complementaria y de servicios. Aplicación de aspersores con reactivos neutralizados de olores en planta de tratamiento, si fuese necesario. Desplegar anticipadamente la cubierta diaria con el objetivo de cubrir y contener el olor. De ser necesario, el tiempo de estadía en las piscinas se reducirá. Esto se logrará mediante el adelanto del vaciado de las piscinas a través de servicio externo calificado para dicha función. Una vez controlado el olor molesto e identificado su causa, se elaborará y entregará un informe a la autoridad competente sobre dicho evento para que ésta cuente con la

información necesaria. Este informé será entregado en tiempo no superior a 5 días contado desde el día del evento. Aviso a la autoridad competente Informe de la Contingencia EIA Anexo 1.7; Adenda, Capítulo 8; En el Anexo 1.8 de la Adenda Complementaria. Capítulo Idel ICE. Etapa de Operación Durante todo el proyecto Forma de control y seguimiento Habilitación de pretiles para evitar avance del derrumbe. Retiro de material arrastrado para su predisposición y compactación en otras áreas seguras. Reconstrucción del área afectada por derrumbe. Inspección de sellos basal de impermeabilización. Localización de material de cobertura nuevo e inerte. IReferencia al expediente de evaluación para mayores [detalles En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda. Capítulo 8 del ICE. 12.2.9. Plan de Contin eoeia •or rotura en la im ermeabilización de i cinas de lixiviados Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplic a Parte, obra o acción asociada Planta de tratamiento de lixiviados Acciones o medidas a Se detendrá la operación del proyecto, hasta tener la certeza de dónde se encuentra la im.Iementar a de los lixiviados. Forma de control y seguimiento Informe de la Contingencia 12.3. Plan de Emergencias F12—.5.1. Plan de Emergencias ante Incendios Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar 1 Encargado del Relleno Las principales características y funciones del encargado del relleno son: Persona encomendada de dirigir y coordinar la forma de actuar durante el transcurso de la emergencia. Tendrá atribuciones absolutas para disponer del personal, equipos y medios que estima necesarios para el mayor desarrollo de su función. Al oír la señal de alarma, se dirigirá al lugar de la emergencia para hacerse cargo del plan. 2 Jefe en Terreno 46 Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Acciones o medidas a implementar La persona que detecte el siniestro deberá inmediatamente, por cualquier medio, dar aviso al Inspector de la Obra (etapa de construcción) o personal supervisor, y combatir el accidente, con los medios que disponga a su alcance (extintores). Parte, obra o acción asociada Sistema recolección y almacenamiento de lixiviados 12.3.2. Plan de Emergencias an Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada El Inspector de Obra o personal supervisor, será el encargado de dar la señal de alarma y preocuparse de las comunicaciones, coordinar las acciones para el control del fuego e informar a Bomberos acerca del incendio, en caso que la gravedad del mismo así lo amerita. Una vez que el incendio haya sido controlado, se realizará la recolección de los residuos generados, los cuales serán almacenados y dispuestos de acuerdo a sus características. En el Capítulo 8 del EIA — Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Adenda Complementaria, Capítulo 4 sobre Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental y PAS. Capítulo 8 del ICE. Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Durante todo el proyecto e Incendios ue afecte Bode, a de Residuos Peligrosos Etapa de Operación 12.3.3. Plan de Emergencia techumbres Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica Acciones o medidas a Se detendrá la operación del proyecto, hasta tener la certeza de dónde se encuentra la implementar fuga de los lixiviados. Es colaborador directo del Encargado del Relleno. Es la persona que tendrá bajo su control y mando a todos los funcionarios que se encuentren en el lugar, debiendo velar por la seguridad y la integridad fisica de todas las personas. Al oír la señal de alarma, se dirigirá al Área que está bajo su responsabilidad y que está en situación de Emergencia. Si se trata de Derrame de materiales, evacuará a los operadores y mantendrá aislada la zona. Si se trata de siniestro correspondiente a incendio, inmediatamente se hará cargo del Equipo contra Incendio y dirigirá personalmente las actividades de extinción, teniendo atribuciones absolutas para disponer de todos los medios y equipos que posee el proyecto. Una vez informado de la clase y magnitud del Siniestro, bien por observación directa, o por información de un operario, o de cualquier otro colaborador y tras intercambiar

impresiones con el Jefe en Terreno, se ocupará de: Controlar y analizar los posibles efectos y repercusiones del siniestro en el proceso. Aislar y dejar en las mejores condiciones de seguridad las áreas colindantes a la afectada. Tener informado en todo momento al Encargado del Relleno de las situaciones anómalas que se puedan presentar. 3 Operarios Al oír la señal de alarma procederán a evacuar el lugar en el que se encuentra, por una zona expedita. Los operarios deberán:

4 Guardias Tendrá a mano el listado de los teléfonos de emergencia de los directivos del proyecto, así como también como las instituciones o entidades a recurrir en caso de Emergencia. Ante un incendio declarado: En caso de incendio declarado en el área del proyecto, se deberá presionar el pulsador de alarma más próximo a ese lugar, para comunicar la emergencia y deberá proceder de la siguiente forma: Romper el vidrio del pulsador de alarma. Presionar el botón negro del pulsador. Evacuar el lugar amagado alertando al superior más próximo. En el Capítulo 8 del EIA — Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias. Capítulo 8 del ICE. 47 Fase del Proyecto a la que aplica Parte, obra o acción asociada Todas las que involucren uso de camiones u otros vehículos en el interior del Relleno. Etapa de Operación Detención de la operación del Relleno hasta controlar y cuantificar posibles daños y cantidad de lixiviado derramado. Contención del derrame para evitar escurrimientos hacia sitios indebidos. Conducción hacia los sistemas diseñados para dicho objetivo. Si el derrame afecta algún cauce de agua esporádico, curso de agua superficial o agua subterránea; se implementará un plan de monitoreo, a fin de evaluar la evolución de la calidad de las aguas. Reportar a la Autoridad lo sucedido: posibles daños, causas y reparaciones Revisar estado de implementos utilizados en la emergencia y reponer aquellos que lo requieran Reporte a la Autoridad competente. En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N°1; Anexo 4 del Adenda Complementaria. Capítulo 8 del ICE. Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles. 12.3.4. Plan de Emergencia Destrucción de Techumbres por vientos Fase del Proyecto a la que Etapa de Operación aplica Piscinas de almacenamiento de lixiviados Todo personal presente en el Proyecto deberá buscar un lugar seguro para protegerse hasta que se acaben los fuertes vientos, según lo instruido en capacitaciones semestrales. De ser posible se detendrá la operación del Proyecto de manera temporal hasta que las condiciones mejoren Una vez terminado el temporal, se recorrerá la infraestructura del Relleno buscando identificar cualquier daño ocasionado por los fuertes vientos. Todo daño será reparado inmediatamente. Reporte a la Autoridad competente. En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N°I. Anexo 4 del Adenda Complementaria. Capítulo 8 del ICE. 12.3.5. Plan de Emergencia ante derrame de sustancias peligrosas Parte, obra o acción asociada Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles Identificación y evaluación del derrame y tipo de sustancia. Revisión de hojas de seguridad conforme tipo de sustancia. Detención de derrame, sin es necesario y seguro. Notificación inmediata a jefatura directa. Comunicación con autoridades competentes. Ventilación del área, sin es necesario. Acordonamiento del área contaminada. Aplicación de materiales absorbentes. Recuperación de la sustancia, si es posible, en recipientes adecuados para su almacenamiento y disposición como residuo peligroso. Los contenedores serán rotulados indicando el tipo de residuo contenido, la cantidad y la fecha de almacenamiento. Neutralización y lavado del área. Almacenamiento de sustancias en bodega destinada a este fin. Lavado de equipos y ropa utilizada. Verificación de contención del derrame. Los contenedores con el residuo serán mantenidos en la bodega de acopio temporal. Informes post Emergencia a las autoridades competentes, incluyendo a la Superintendencia de Medio Ambiente. En el Anexo 8 Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias del Adenda N°1; Adeuda Complementaria, Capítulo 4 sobre Plan de Cumplimiento de la Legislación Ambiental y PAS. Capítulo 8 del ICE. Acciones o medidas a implementar Forma de control y seguimiento Referencia al expediente de evaluación para mayores detalles 48 OBSERVANTES Vicente Joaquín Gallardo Mansilla. Margot Mansilla Ruiz. - Carlos Eduardo Gallardo Vera. - Paulina Gallardo Vera. - Mario Tcllez Silva. - Rosa Alvarado Ruiz. Rosa Elizabeth Mancilla Vargas. - Richard Perez Nanco. - Jaime Arturo Nail Mancilla. 13. Que, durante el proceso de participación ciudadana, desarrollado conforme a lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley N° 19.300, se formularon observaciones por parte de la comunidad respecto del Proyecto, las que han sido consideradas en el proceso de evaluación de la forma que a continuación se señala. 13.1 Admisibilidad de las observaciones ciudadanas Las observaciones que no cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N° 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SETA son las siguientes: Persona Natural PERSONA RAZON NO ADMISIBILIDAD No cumple con requisito de admisibilidad señalado en el artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por cuanto no indica dirección postal ni correo electrónico. 13.2 Evaluación técnica de las observaciones ciudadanas Las observaciones formuladas por la ciudadanía que cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley N° 19.300 y en el artículo 90 del Reglamento del SETA son las siguientes: 1. Observante: Sra. Berenice del Carmen Toledo Observación: (a)¿Cómo podemos estar seguros que no va a aumentar los malos olores, o que aumenten las plagas de ratones, moscas (peldes) y perros vagos con la construcción del relleno? Nos preocupa la salud de los niños, los adultos mayores y los niños de la escuela que se va a construir?. (b) ¿Cómo el titular dice que se hicieron encuestas a los vecinos, si no se acercaron a ninguna casa, nadie se acuerda que los hayan encuestado? (c) ¿Cómo asegurar que no aumente tanto el polvo en los caminos que son de pura piedra? Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Respecto a la primera parte de la consulta, en relación al tema de olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, 49 específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el 50 control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) Respecto a la realización de encuestas a vecinos, indica el titular en la Adenda, que como procedimiento metodológico, se confeccionó un instrumento de recolección de datos que consistió en una pauta de preguntas semi-estructuradas orientadas a la recopilación de información relacionada a las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico, con el objetivo de complementar la información obtenida mediante fuentes secundarias, es decir, información bibliográfica. La aplicación de entrevistas se llevó a cabo los días 22, 23 y 24 de Abril del año 2014 comenzando con un informante de la Municipalidad de Maullín, el cual entregó los contactos de otros actores, aplicando de esta manera la selección de la muestra a través de la técnica "bola de nieve". En total se entrevistaron a 13 personas, número que se estableció al llegar al punto de saturación de la información, que resulta cuando las entrevistas adicionales no aportan nueva información relevante. Posteriormente, se transcribieron las entrevistas, tabulando los contenidos por entrevistados de acuerdo a las temáticas correspondientes: dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico. Finalmente, se realizó un análisis de contenido donde se fue incorporando a la línea de base información nueva, y aquella que permitió confirmar los datos que habían sido levantados previamente. Por lo tanto, el análisis de las entrevistas se encuentra ya descrito en la caracterización del componente Medio Humano. A continuación se presenta un cuadro con la información de los entrevistados según la localidad y organización a la que pertenecen. Tabla N°1: Listado de entrevistados para análisis de Medio Humano Entrevistados Localidad Cargo Lorena Retamal Maullín Asistente social, Municipalidad de Maullín (DIDECO) Karina Urra Maullín Funcionaria Fomento Productivo Municipalidad de Maullín Margarita Villalón El Empalme Vecina ubicada al otro lado de la carretera, pertenecientela comuna de Calbuco Patricia Nanco El Empalme Presidenta comité Agua Potable Rural del Empalme Berenice Toledo El Empalme Presidenta Junta de Vecinos El Empalme Nancy Gallardo El Jardín Socia Taller Laboral Sergio Mansilla Ojeda El Jardín Presidente de la Junta de Vecinos de El Jardín Jorge Dimter El Vocal Ex Presidente de la Junta de Vecinos El Vocal. Eloisa Soto El Llolle Presidenta Junta de Vecinos El Llolle Rosa Antiñirre Soto El Llolle Manipuladora de alimentos escuela El Llolle María Hernández Perez El Llolle Expresidenta de la Junta de Vecinos El Llolle Elsa Lobos El Llolle Vecina Armando Uribe El Llolle Paramédico 51 (c) Respecto a la tercera interrogante planteada por la observante, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. 2. Observante: Sra. Blanca Ester Soto Toledo Observación: (a)¿Cómo puede el titular asegurar que no se va a contaminar el APR de la comunidad?. Durante el mes de octubre vinieron de Dragados a tomar muestras de agua, diciendo que era para compararlas con su pozo para tomar agua y no se nos explicó que era para el proyecto Relleno industrial de residuos no orgánicos. (b) Cuando llegó Rexin a nuestras ovejas las mataron los perros vagos. ¿Cómo vamos a estar seguros que con el relleno industrial de residuos no orgánicos no van a aumentar los perros y matar a nuestras ovejas? Preocupa que los perros vagos muerdan a la gente que anda a pie. Cómo asegurar que no aumenten aves carroñeras como el jote, el traro, las gaviotas, que perjudican hortalizas. (c)Los integrantes del APR no han sido consultados por el traslado o arreglo del APR ¿por qué no nos han consultado?. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Respecto de la primera interrogante planteada por la observante, es posible indicar, que el titular señala que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de 52 evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (b) Respecto a la preocupación planteada por la observante, en cuanto a la posibilidad de que con el funcionamiento del proyecto aumente la cantidad de perros vagos o aves carroñeras que perjudiquen su actividad agrícola-ganadera, el Titular indica que para ello, se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. En dichos apartados se hace mención a que el objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: - Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado - Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores - Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. 53 • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes fo las (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (c) Respecto de la tercera inquietud planteada por la observante, en Adenda el titular aclara que en ningún momento en el EIA, ni en las jornadas de PAC ha comprometido el traslado del Sistema de 54 APR del sector. Señala que lo que ha hecho es que si se llegara a implementar una medida como aquella por parte de la autoridad competente, la empresa se encuentra disponible en colaborar. Esto surge como parte del diálogo ciudadano en donde se reconoce como una inquietud dado la inconveniente ubicación del APR, que lo hace más sensible por su exposición en una vía de alto tráfico que expone estas estructuras a ser afectado por accidentes. 3. Observante: Sra. Mirta Paredes Oyarzo Observación: (a)¿Cómo el titular puede responder de toda la inquietud de los problemas que tiene cada vecino con sus animales por ejemplo pollos, gansos, patos? ¿Cómo este nuevo relleno puede asegurar que los perros, los ratones, los tiuques y los jotes no van a dañar a nuestros animales y plantaciones agrícolas?. (b)¿Cómo asegura que el relleno no va a generar malos olores?. Influye las moscas, los malos olores, el polvo en temporada de verano. (c)Cómo asegurar que en tiempos de invierno no se rebalsen las aguas (estanques de piscinas de agua —lixiviados). (d)Como vecina tan cerca del relleno, dígame Ud. cómo no se afectaría al colegio, por ejemplo la contaminación del aire, del agua, las moscas, ya que está a 400 m del relleno. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) En el Anexo 5 de la Adenda, se incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores una vez que entre en operación el proyecto. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en su Anexo N°8.1. En dichos apartados se hace mención a que el objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: - Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado - Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones 55 Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pve). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción 56 animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) Respecto a la inquietud planteada por la observante, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. Por otra parte, en el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. (c) Respecto a la interrogante planteada, se señala que el objetivo de las dos piscinas será el almacenamiento de líquidos lixiviados, es decir, los provenientes del relleno industrial, como resultado de la descomposición lenta de los residuos que se han de disponer y del arrastre de las aguas lluvias por el relleno propiamente tal, hasta llegar a la zona de intersección de éstos con el sistema de evaluación o "espina de pescado", desde donde serán dirigidos hacia las mencionadas piscinas, las cuales tendrán una capacidad de 12.000 m3 cada una. Estas piscinas serán techadas para evitar el ingreso de aguas lluvias al interior. El sistema de techado considera cubrir por completo cada una de las piscinas de acumulación de lixiviado. Este consiste en la utilización de planchas galvanizadas, considerando una estructura metálica como soporte. Las dimensiones de estas piscinas serían las siguientes: • Para la construcción de las piscinas se indica pendiente no inferior a 2%. • Largo: 100 metros • Ancho: 40 metros • Profundidad: 3 metros. Destaca también el titular que estas piscinas contemplan sistema de impermeabilización, el cual consiste en: • Escarpe de la capa vegetal del terreno • Excavación de suelos • Homogenización en toda su extensión, sin grietas y libre de sólidos mayores • Nivelación de las pendientes • Compactación del subsuelo arcilloso con Proctor 95% y permeabilidad menor a 10-5 m/s • Colocación de geomembrana de polietileno de alta densidad de espesor de 1,0 mm. 57 En la información del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) que trata del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) sobre los lixiviados en este caso (PAS N°139), se puede encontrar mayor información sobre este tema. Ahí se indica que las piscinas de almacenamiento de lixiviados deberán mantener disponible una capacidad de seguridad no menor al 30% de la capacidad total de éstas, de manera de hacer frente a contingencias tales como fallas en el sistema de manejo lixiviados. En caso de alguna contingencia o emergencia, para evitar el rebalse desde las piscinas, se ha de considerar que el volumen de lixiviados almacenados, no podrá ser superior al volumen de lixiviado generado producto de la precipitación de un año normal en la superficie del Relleno Industrial. (En el Adenda se indica, para aclarar esta información que se estima una generación de lixiviados diaria media de 139 m3/día, que puede ascender, en caso de presentarse años lluviosos, a un volumen de 153 m3/día). Asimismo, en las piscinas de almacenamiento de lixiviados se deberá mantener disponible una capacidad de seguridad, no menor al 30 % de la capacidad total de éstas, para enfrentar contingencias. No obstante lo anterior, se destaca que, en caso de rebalse desde las piscinas, es importante considerar que habrá un sistema de contención en base a pretiles, lo cual permite un rango de acción ante una emergencia. En el capítulo que dice relación con los Planes de Contingencia, también se consideran medidas al respecto, tanto lo que es rebalse como producto de alguna falla en el almacenamiento que genere desborde como inundaciones que puedan afectar las piscinas. Se destaca que se considera el aumento en la frecuencia del traslado de lixiviados desde las piscinas a la planta de ESSAL S.A. correspondiente. (d) Para descartar afectación a los estudiantes del colegio por posible contaminación de las aguas, se señala que de acuerdo a la Información recopilada durante la evaluación ambiental por parte del titular, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán 58 evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas, por lo tanto el abastecimiento de agua limpia del colegio no sería alterado por la operación del proyecto. 4. Observante: Sra. Patricia Cabero Vargas Observación: (a)¿Cómo se va a afectar el agua para nuestro consumo, de qué manera asegura que las capas subterráneas no van a ser contaminadas, tanto para consumo como riego y cultivo de la tierra? Porque los líquidos de la basura van a ,filtrarse en la tierra y en los curso de agua que están debajo y cercanos al relleno. (b)Cómo va a asegurar que el olor no va a contaminar todos los sectores, ya que según los vientos en distintas épocas del año llegan los olores a largas distancias. Al respirar estos olores se afecta la salud y causan problemas en el diario vivir, como por ejemplo, la ropa que se impregna del olor, el pelo, etc.... No se puede abrir ventanas, puertas y esto conlleva a un mal vivir, conduciéndonos a estrés, afección pulmonar, ocular. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Respecto de la inquietud planteada por la observante, es posible señalar que de acuerdo a la información recopilada durante el proceso de evaluación, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. 59 En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (b) El titular da respuesta a esta observación aludiendo el estudio de impacto de olores adjunto en el Anexo 1.7 del EIA. Al respecto en este se concluye que, de acuerdo a la modelación utilizada por el titular en este caso, no habría ningún receptor de los 14 identificados en el Estudio de Olores, que pueda ser afectado directamente por olores molestos. En el Estudio se concluye que la concentración máxima, en todo el territorio cubierto por el estudio (62 km x 62 km, área a modelar), es de 6 u.o./m3. Así mismo, la concentración más alta del percentil 98 en todo el territorio cubierto por el estudio es de 2 u.o./m3, es decir, sólo existe aprox. un 2% de los valores de concentración calculados que pueden ser superiores (175 horas/ acumuladas en un año) a las 2 u.o./m3. Estas concentraciones fueron calculadas al suroeste, a 47 metros del límite de la propiedad, no afectando directamente a ningún receptor discreto individualizado. No obstante se ha de considerar que es esta distancia hoy cuestionada debido a disimilitud entre este Estudio y las distancias de los receptores más cercanos, respecto las distancias de las viviendas indicadas en el Adenda. Se destaca en esta observación ciudadana que la comunidad vecina debe considerar el procedimiento de recepción de residuos, a través del cual y considerando las condiciones establecidas en este Informe, es exigente en cuanto a revisión de todos y cada uno de los vehículos que trasladan los residuos para su disposición en el Relleno Industrial. En relación al alcance de los olores más allá hacia sectores más alejados, esto podrá ser corroborado a través del Seguimiento Ambiental de los Olores que pudiese generar el proyecto, lo cual deberá ser informado a la Superintendencia del Medio Ambiente para su fiscalización. 5. Observante: Sra. Herna Cabero Vargas 60 Observación: (a) En relación a este proyecto mi opinión es la cercanía de mi propiedad a este proyecto, pues estoy a una distancia no más de 400 m donde los camiones y maquinarias pasarán todo el rato por frente y costado de mi propiedad provocando un impacto ambiental incontrolado. Luego vienen los olores irrespirables, las plagas de roedores (ratas), aves volando a baja altura, perros. (b)La empresa de este proyecto debe considerar la contaminación de las napas subterráneas pues en este amplio sector habitacional se vive un gran problema de agua pues hay una sola APR que abastece a la población y no hay más no existen vertientes "pozo" permanente. Todo se seca en temporadas de octubre a marzo aprox. El daño que esto nos causará será irreparable a la salud, vegetación, huertos familiares, aves domésticas, animales en general. (c)La empresa del proyecto dice haber hecho una encuesta a los vecinos cercanos para informar sobre éste pues es un engaño, no nos han hecho saber de ningún informe sólo pedimos que nos muestren el listado de los vecinos informados, "dicen tenerlo". (d)El sector ya se encuentra con un impacto de contaminación muy fuerte pues tenemos el lavado de camiones, la empresa Gelymar, Rexin — La Portada. Donde ya hay una fuerte contaminación en el aire y suelo. El río Gómez lo han transformado en una fuente de contaminación para los animales, aves, suelo y personas. ¿Qué es más valorado la vida de las personas, animales y vegetación de nuestro sector o un "vertedero"? (e)Los estudios nos indican que aquellos desechos a depositar es impactante su contaminación; el plástico libera químicos, tóxicos al suelo y aire a respirar; las chatarras, el óxido, pues todo esto se filtra a las napas subterráneas. El aire se vuelve irrespirable. Son años en que se a poco estaremos enfermando al respirar esta contaminación de gas metano. (fiEn que las mujeres embarazadas y niños y ancianos serán nuestros pacientes inmediatos. Además del impacto "paisajístico" donde tenemos un gran movimiento de visitantes del todo el país y extranjeros a la Isla. ¿Tendremos que regalarle unos kilómetros antes, máscaras para poder pasar por El Empalme?. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Respecto de la inquietud planteada, referida al tránsito de camiones y maquinarias por las cercanías del hogar de la observante, se presenta en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. 61 En cuanto al tema de olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, en relación a la inquietud sobre el posible aumento de plagas, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 62 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 63 (c) Indica el titular en la Adenda, que como procedimiento metodológico, se confeccionó un instrumento de recolección de datos que consistió en una pauta de preguntas semi-estructuradas orientadas a la recopilación de información relacionada a las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico, con el objetivo de complementar la información obtenida mediante fuentes secundarias, es decir, información bibliográfica. Se indica que la aplicación de entrevistas se llevó a cabo los días 22, 23 y 24 de Abril del año 2014 comenzando con un informante de la Municipalidad de Maullín, el cual entregó los contactos de otros actores, aplicando de esta manera la selección de la muestra a través de la técnica "bola de nieve". En total se entrevistaron a 13 personas, número que se estableció al llegar al punto de saturación de la información, que resulta cuando las entrevistas adicionales no aportan nueva infoimación relevante. Posteriormente, se transcribieron las entrevistas, tabulando los contenidos por entrevistados de acuerdo a las temáticas correspondientes: dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico. Finalmente, se realizó un análisis de contenido donde se fue incorporando a la línea de base información nueva, y aquella que permitió confirmar los datos que habían sido levantados previamente. Por lo tanto, el análisis de las entrevistas se encuentra ya descrito en la caracterización del componente Medio Humano. A continuación se presenta un cuadro con la información de los entrevistados según la localidad y organización a la que pertenecen. Tabla N°1: Listado de entrevistados para análisis de Medio Humano Entrevistados Localidad Cargo Lorena Retama] Maullín Asistente social, Municipalidad de Maullín (DIDECO) Karina Una Maullín Funcionaria Fomento Productivo Municipalidad de Maullín Margarita Villalón El Empalme Vecina ubicada al otro lado de la carretera, perteneciente a la comuna de Calbuco Patricia Nanco El Empalme Presidenta comité Agua Potable Rural del Empalme Berenice Toledo El Empalme Presidenta Junta de Vecinos El Empalme Nancy Gallardo El Jardín Socia Taller Laboral Sergio Mansilla Ojeda El Jardín Presidente de la Junta de Vecinos de El Jardín Jorge Dimter El Vocal Ex Presidente de la Junta de Vecinos El Vocal. Eloisa Soto El Llolle Presidenta Junta de Vecinos El Llolle Rosa Antill.-in-re Soto El Llolle Manipuladora de alimentos escuela El Llolle María Hernández Perez El Llolle Ex presidenta de la Junta de Vecinos El Llolle Elsa Lobos El Llolle Vecina Armando Uribe El Llolle Paramédico (d) Referente a la ipquietud planteada por la observante, y que dice relación con las principales actividades industriales que se realizan en el entorno del proyecto en evaluación, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original (anterior al empréstito). 64 El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. (e) La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto la consulta que dice relación con las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPlo y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Laño. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte, se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando 65 se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. (O En cuanto a la inquietud planteada sobre el posible impacto en el turismo, el titular indica que no existe sinergismo con los impactos generados por otras empresas que se encuentran cercanas al proyecto, la razón es que en su mayoría estas empresas operan con materias putrescibles, y el proyecto que actualmente se encuentra en evaluación dispondrá solamente residuos industriales sólidos, no orgánicos e inertes, con los cuales no se aumentará la carga de olores en el ambiente. Por lo tanto no se generarán molestias a los turistas que transiten por la ruta 5, ni tampoco se verá afectado el paisaje, pues el relleno no es posible de apreciar desde la ruta 5. 6. Observante: Sra. Malby del Carmen Hernández Vargas Observación: Por motivo de que ya existe un vertedero, el cual ya es molesto para la comunidad, al crear un nuevo vertedero será mas incómodo para las familias de la comuna, existirá un ambiente con aire contaminado el cual no será sano para todos los vecinos. No al vertedero! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo sefalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usIndolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando 66 mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 7. Observante: Sra. Claudia Alejandra Vargas Observación: Por los ruidos molestos, por el motivo de que por ejemplo pueden haber personas enfermas en los domicilios, los malos olores incomodan a la comunidad y los niños pueden pescar pestes o enfermedades. No al vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. En cuanto a olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el 67 Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 8. Observante: Sr. Rigo Víctor Hernández Observación: Por malos olores que incomodan a la comunidad, No al vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la inquietud planteada por el observante, aun cuando esta no está debidamente argumentada, obedece a una temática de carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado di; camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixivifidos, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forrha en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de confeti mar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 9. Observante: Sr. Rector Maximiliano Oyarzo Observación: (a)Me opongo a este proyecto por tener un efecto contaminación de olor, agua, ruidos, ratas. (b)El impacto en los caminos por el tránsito de camiones, peligro en la ruta por piedras. (c) La contaminación de las fuentes de agua, la proximidad al APR del Empalme. Existe un peligro de contaminación al romperse la cubierta del vaso, necesitamos planes de mitigación. Somos 68 campesinos y queremos un medio ambiente libre de contaminación, queremos que este proyecto no se realice. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)En relación a la preocupación por las posibles emanaciones de olor, el titular señala en la Adeuda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando, En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes, No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por su parte, en relación a los ruidos, con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los 69 niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Ante la consulta de cómo se dará cumplimiento a los horarios establecidos, cabe señalar que estos horarios fueron propuestos por el mismo titular y en la evaluación ambiental fue aceptada esta propuesta sin observaciones, quedando este horario como parte de los aspectos fiscalizables por la Autoridad pertinente. Cabe señalar que en caso de incumplimiento se debe dar aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente para realizar la correspondiente gestión a proceso sancionatorio, por incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de pen-os vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 70 I. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b)En cuanto al impacto en los caminos por el tránsito de camiones, es posible mencionar que en el Anexo 3 del Adenda, se propone un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Por otra parte indica, que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Dada la aplicación de la carpeta de asfalto mencionada se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. (c)En relación a la preocupación manifestada por posible contaminación del agua, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografia superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal 71 oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a la segunda parte de la presente observación, indica el titular en el Adenda y dando respuesta a esta inquietud del observante, que para prevenir la rotura del sistema impermeabilizante, se realizará una mantención de este sistema, en base a las siguientes acciones: • Instalación de sellos banales en estricto cumplimiento de las indicaciones establecidas por los fabricantes. • Inspección visual diaria de tuberías y bombas. • Inspección visual diaria del sello basal de las piscinas. • Limpieza semanal de tuberías y bombas. • Control diario de caudal de ingreso de líquidos lixiviados. • Control diario de volumen de acumulación de líquidos lixiviados. • Limpieza diaria de material flotante acumulado en la superficie. • Mantención semanal de áreas de anclaje de sello basal libre de especies vegetales o sobre tamaños que pudieran dañar el sistema de impermeabilización. • Habilitación e inspección de canales de desvío de aguas lluvias alrededor de piscinas de almacenamiento, en períodos de alta pluviosidad. No obstante lo anterior y en caso de ocurrir una rotura del impermeabilizado, se mantendrán pozos de inspección. La elección de la ubicación de estos pozos se realizó considerando que el sondaje actual se encuentra habilitado para la toma de muestras de agua. Según el mapa realizado con los datos de las calicatas, en la Campañas N°1 y N°2, el escurrimiento al interior del límite del terreno de Proyecto, es de sur a norte con una leve inclinación al este (mayor información en Anexo 4 de la Adenda, Informe Complemento Estudio Hidrogeológico). En este sentido, el Punto de muestreo 1 se utilizará para la evaluación aguas abajo del relleno, mientras que el sondaje lo hará aguas arriba. Adicionalmente, se contempla un pozo de monitoreo PM2 en la parte central del terreno entre la masa de Residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración de las piscinas. El monitoreo se realizará de forma trimestral a partir de la habilitación de los nuevos pozos. Si se detecta un incremento en los valores de los parámetros de interés, se aumentará la frecuencia de monitoreo a mensual, con el fin de determinar si el resultado anómalo corresponde a una situación real o al procedimiento utilizado en el muestreo. De verificarse el incremento, deberán implementarse las medidas correspondientes según el Plan de Contingencia. Los resultados de los monitoreos serán reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del Informe de avance, el cual tendrá una frecuencia mensual. Se incluirán los niveles piezométricos registrados y las mediciones de calidad de los siguientes parámetros: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DBO5; e) DQO; Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno Kjeldahl; k) Sulfatos; 1) Alcalinidad Total (CaCo3); m) Sodio. Además, se incluirán los parámetros indicados en la norma chilena de calidad de agua para riego (NCh N°1333 del año 1978). Añade el titular que al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. 72 Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 1cm alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía. 10. Observante: Sra. Norma del Carmen Vargas Toledo Observación: No quiero un relleno industrial mas bien un vertedero. No quiero mas contaminación, ya basta con las otras empresas que contaminan "Rexin", "La portada", quiero que mi familia no se enferme, un agua limpia, un aire respirable. ¡No al vertedero! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 11. Observante: Sra. Flor Magaly Vargas Toledo Observación: 73 Yo como vecina cerca del vertedero rechazo totalmente este proyecto por los malos olores. Quiero vivir unos años más con una salud buena. No al vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la felina en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una platafoima de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 12. Observante• Sr Ramóq Camilo Oyarzún Vargas Observación: No quiero un relleno industrial cerca do mi casa. Esto claramente afecta a mi calidad de vida y los que me rodean, a la flora y la fauna, q la calidad del aire, del agua y de la tierra y yo como agricultor y trabajador de la tierra ny afecta de manera directa. El devalúo de los terrenos cercanos nos preocupa demasiado, Jump a las enfermedades que traería junto a él el famoso relleno. Es dinero para ustedes pero una' pésima calidad de vida, laboral, de salud para nosotros, sus vecinos. No queremos relleno industrial "No al vertedero" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto a la preocupación manifestada por el observante sobre la flora y fauna, el Titular señala que se realizó revisión bibliográfica y además se trabajó en terreno para el levantamiento de información sobre flora, el cual fue realizado por un profesional Ingeniero Forestal y para el estudio de fauna se contó con un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. En los Anexos 9 y 10 de la Adenda se incorporó esta información, concluyéndose que el entorno vegetacional asociado al proyecto corresponde a una matriz vegetacional altamente intervenida, con indicios de bosques nativos, que en el pasado fueron talados y quemados. Como consecuencia se presenta una vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especies dominantes vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies 74 dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antartica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la fauna del lugar, en el Anexo 10 del Adenda, se entrega Informe al respecto, el cual, dentro de las conclusiones señala que en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase aves y mamíferos, no registrándose Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. En terreno se indica, no fue posible identificar especies con problemas de conservación. El área donde se pretende ejecutar este Proyecto corresponde a un lugar altamente intervenido, donde la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un Empréstito. Finalmente, se destaca que en el lugar donde se instalaría el proyecto no existe flora ni vegetación alguna a intervenir, ya que se trata de un pozo desde donde se extraen áridos y material similar, por ende se trata de un lugar totalmente intervenido. Por su parte, en relación a la calidad del aire, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación sobre la posible contaminación del agua y consecuentemente de la tierra, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de 75 evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Con lo cual se descarta el riesgo de aumento de enfermedades producto de la contaminación de las aguas y que la actividad agrícola se vea menoscabada. Finalmente, en la última parte de la observación, referente al devalúo de los terrenos cercanos, cabe señalar que ésta no corresponde a una temática de carácter ambiental, por lo tanto no es competencia del Servicio considerar dicha observación. 13. Observante: Sr. Pablo Sebastián Oyarzún Vargas Observación: (a)Existen una gran cantidad de motivos no favorables ya sea para las comunidades cercanas o las personas cercanas y también para la flora y la fauna. En primer lugar tenemos que tener claro que un relleno de este tipo llevará a la emisión de diversos gases, estos gases son de total peligro para los cercanos a este proyecto, unos de estos gases es el metano, un potente gas de invernadero, ayudando a la vez con la contaminación atmosférica, al cambio climático, siendo al mismo tiempo un potencial enemigo para el bienestar de los habitantes, afectando seriamente en la salud, y esto es aparte de lo maloliente, constituyendo una molestia de por vida. (b)Otro punto es la contaminación que se produce en el suelo ya que los diferentes residuos químicos se filtran, provocando consecuencias como la instalación del suministro de agua. Existen métodos modernos que ayudan a controlar esto, pero sólo son favorables hasta cierto punto. (c)Para dar fina esto, debemos recordar que un proyecto de esta monstruosidad afecta en el valor de los campos, propiedades cercanas, bajando el precio de una firma totalmente negativa para los correspondientes dueños. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)En cuanto a la preocupación sobre la flora y la fauna, se puede señalar que sobre esta materia existe información tanto en el EIA, como en los Anexos 9 y 10 del Adenda. En estos últimos se presenta esta información a través de los resultados del trabajo de gabinete que consistió en una revisión bibliográfica y el levantamiento de información en terreno. Para la realización de dichos informes se contó con un profesional Ingeniero Forestal para el estudio de flora y para fauna se contrató un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. 76 Sobre la presencia de flora en el área circundante al proyecto, y de acuerdo a los resultados de los estudios, se indica que sobre las formaciones presentes, se trata de un entorno vegetacional altamente intervenido, donde predomina vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especie dominante vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antártica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la presencia de Sphagnum magellanicum, dadas las características del sitio, en sectores con mayor humedad fue posible detectar la presencia del musgo Shpagnum magellanicum en dos puntos de muestreo. La presencia de este musgo no superó el 1% en relación al tamaño de la formación registrada. Sobre la diversidad de especies y su categoría de conservación En cuanto al estudio de flora se identificaron 64 especies en el área de estudio, 43 nativas y 21 introducidas. Dentro de las especies vegetales encontradas, 1 se encuentran en categoría de conservación en el listado oficial de la RCE: Blechnum chilense (Costilla de vaca) en categoría LC: "Preocupación Menor"; sin embargo esta especie se encuentra en forma abundante en el área de estudio y en la Región de Los Lagos. Sobre la fauna del sector se concluyó, durante la evaluación ambiental, que: en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase Aves y Mamíferos, no se registró Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas y, para el caso en particular del Conejo europeo. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. De estos registros, las especies pertenecientes al Orden Cathartiformes (Jote de cabeza negra y Jote de cabeza colorada) en total abarcan el 50% de los registros. El Tiuque (Milvago chimango) es otra especie que presenta una importante presencia en el lugar con un total de 49 registros. El Orden de los Passeriformes se encuentra representado con un total de 13 especies, donde el Chucao, Zorzal y Chercán son los más abundantes. En terreno no fue posible identificar especies con problemas de conservación. No obstante la información entregada, se concluye que el proyecto como tal no intervendrá flora ni fauna, dado que tanto las obras y acciones del proyecto se instalarán en un sector ya altamente intervenido, donde no existe especie alguna vegetacional, floral ni representativa de la fauna señalada, ya que en el lugar opera actividad de extracción de áridos (la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un empréstito). Por otra parte, en cuanto La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto la consulta que dice relación con las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP w y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida).. Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. 77 • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. (b)En cuanto a la preocupación por la posible contaminación de las aguas producto del funcionamiento del proyecto, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (c) Dado el carácter No Ambiental de la observación, no corresponde a este Servicio pronunciarse dado que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 14. Observante: Sr. néctar Andrés Oyarzún Vargas Observación: 78 (a)Diversos son los motivos por el cual no queremos un relleno industrial como lo llaman ustedes, mas bien dicho un vertedero. Todos saben los diversos ámbitos en que afecta estos desechos industriales en las cercanías de nuestros hogares. La calidad del aire se ve muy afectada, mas aún cuando aumentan los vientos en el sentido norte. (b)Los ruidos y el constante polvo y material particulado por el recorrido de camiones son motivos de una mala calidad de vida, orientada en la salud, el mal descanso y las enfermedades respiratorias. (c)No solo afecta a los habitantes de los lugares adyacentes, sino también a la flora y fauna del sector. (d)La calidad del agua disminuye por los diversos químicos industriales, muchos de ellos cancerígenos. La agricultura se ve claramente afectada (e)El devalúo de los terrenos. Dígame usted ¿quién querría un vertedero cerca de su hogar?, la respuesta es nadie. Por esto y muchos motivos más "No al relleno industrial", no al vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)En cuanto a la preocupación sobre la calidad del aire, es posible señalar que el titular da respuesta a esta observación aludiendo el estudio de impacto de olores adjunto en el Anexo 1.7 del EIA. Al respecto en este se concluye que, de acuerdo a la modelación utilizada por el titular en este caso, no habría ningún receptor de los 14 identificados en el Estudio de Olores, que pueda ser afectado directamente por olores molestos. En el Estudio se concluye que la concentración máxima, en todo el territorio cubierto por el estudio (62 km x 62 km, área a modelar), es de 6 u.o./m3. Así mismo, la concentración más alta del percentil 98 en todo el territorio cubierto por el estudio es de 2 u.o./m3, es decir, sólo existe aprox. un 2% de los valores de concentración calculados que pueden ser superiores (175 horas/ acumuladas en un año) a las 2 u.o./m3. Estas concentraciones fueron calculadas al suroeste, a 47 metros del límite de la propiedad, no afectando directamente a ningún receptor discreto individualizado. No obstante se ha de considerar que es esta distancia hoy cuestionada debido a disimilitud entre este Estudio y las distancias de los receptores más cercanos, respecto las distancias de las viviendas indicadas en el Adenda. Se destaca en esta observación ciudadana que la comunidad vecina debe considerar el procedimiento de recepción de residuos, a través del cual y considerando las condiciones establecidas en este Informe, es exigente en cuanto a revisión de todos y cada uno de los vehículos que trasladan los residuos para su disposición en el Relleno Industrial. En relación al alcance de los olores más allá hacia sectores más alejados, esto podrá ser corroborado a través del Seguimiento Ambiental de los Olores que pudiese generar el proyecto, lo cual deberá ser informado a la Superintendencia del Medio Ambiente para su fiscalización. (b)En cuanto al ruido, y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 79 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. Por otra parte, en relación al material particulado (levantamiento de polvo), se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. De esta forma, con las medidas propuestas, el titular asegura que debido al material particulado no se generarán efectos negativos sobre la salud de la población. (c) En relación a la posible afectación a la flora y la fauna, el Titular señala que se realizó revisión bibliográfica y además se trabajó en terreno para el levantamiento de información sobre flora, el cual fue realizado por un profesional Ingeniero Forestal y para el estudio de fauna se contó con un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. En los Anexos 9 y 10 de la Adenda se incorporó esta información, concluyéndose que el entorno vegetacional asociado al proyecto corresponde a una matriz vegetacional altamente intervenida, con indicios de bosques nativos, que en el pasado fueron talados y quemados. Como consecuencia se presenta una vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especies dominantes vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antartica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la fauna del lugar, en el Anexo 10 del Adenda, se entrega Informe al respecto, el cual, dentro de las conclusiones señala que en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase aves y mamíferos, no registrándose Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. En terreno se indica, no fue posible identificar especies con problemas de conservación. El área donde se pretende ejecutar este Proyecto corresponde a un lugar altamente intervenido, donde la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un Empréstito. Finalmente, se destaca que en el lugar donde se instalaría el proyecto no existe flora ni vegetación alguna a intervenir, ya que se trata de un pozo desde donde se extraen áridos y material similar, por ende se trata de un lugar totalmente intervenido. (d)Con el fin de garantizar que dada las obras y acciones del proyecto no se afectará el recurso agua tanto para consumo humano como animal, el titular indica que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de 80 Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (e) En relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 15. Observante: Sr. Luis Ermin Vargas cabero Observación: Malos olores, ruidos molestos, existe un vertedero, existe una planta de harina de pescado. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el 81 Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a los ruidos, es posible mencionar que con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. Finalmente, en cuanto a las actividades industriales que existen en el sector, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. 82 • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 16. Observante: Sr. Juvenal Sergio Velásquez Villarroel Observación: Me opongo al proyecto por las siguientes razones: Existe ya un vertedero, existe una planta de harina de pescado, malos olores, ruidos molestos. No al proyecto!!! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Finalmente, en cuanto a las actividades industriales que existen en el sector, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. 83 El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 17. Observante: Sra. Delma Vargas Cabero Observación: Me opongo al proyecto ya que actualmente existe un vertedero, existe una planta de harina de pescado y alta contaminación que producirá malos olores, ruidos molestos "No al proyecto" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a las actividades industriales que existen en el sector, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada 84 al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 kin del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En cuanto a los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a los ruidos, es posible mencionar que con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los 85 niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. 18. Observante: Sr. José Arnoldo Vargas Cabero Observación: Malos olores, contaminación, no al proyecto, no mas contaminación. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 19. Observante: Sra. María Raquel Vera Hernández Observación: (a)Considero que la construcción del proyecto es incompatible porque estaría ubicado en la entrada norte del territorio de la comuna de Maullín, siendo este un lugar turístico y agrícola. (b)Además en el impacto ambiental, se siente preocupación por el tránsito de 40 camiones durante 20 arios en el camino vecinal (c)Con respecto a las 7 casas que el proyecto dice que afectaría el relleno es una falsedad, porque 50 o más viviendas a menos de 1 km de distancia. (d)Como vecina cercana a este proyecto, estamos viviendo muchos años con los malos olores, ruidos y tengo entendido que el agua estaría contaminada. Yo persona de la tercera edad tengo la esperanza de que las personas que evalúen este proyecto consideren la salud de nuestros /dios, nietos y ancianos, porque merecemos respeto para vivir en un aire mas limpio, quiero expresar mi rechazo total a dicho proyecto. 86 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)El titular indica que no existe sinergismo con los impactos generados por otras empresas que se encuentran cercanas al proyecto, la razón es que en su mayoría estas empresas operan con materias putrescibles, el proyecto que actualmente se encuentra en evaluación dispondrá solamente residuos industriales sólidos, no orgánicos e inertes, con los cuales no se aumentará la carga de olores en el ambiente. Por lo tanto no se generarán molestias a los turistas que transiten por la ruta 5. En relación a la preocupación que existe dada la actividad agrícola por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 lcm desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 lcm buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 lcm alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambientales Voluntarios que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). (b) Para evitar el deterioro de caminos, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, la cual tendrá 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que accedan al Relleno Industrial. Por otra parte, en las medidas de mitigación tanto en la etapa de construcción, se considera la mantención de las vías utilizadas para este proyecto, tanto internas como externas. (c) El titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 Km a partir del área de influencia del proyecto. En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 km contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). (d) Dada la preocupación sobre los efectos sobre la salud, es posible indicar que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 87 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de confoiinar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Asimismo, La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Vario. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica, con lo cual se descarta que producto de las emisiones del proyecto se pudiese afectar la salud de la población. 20. Observante: Sra. María Cecilia Gallardo Vera Observación: (a)Yo considero que esto nos afecta en muchos ámbitos que son agua contaminada, olores, ruidos y vectores de contaminación (ratones, aves, perros, entre otras). (b)Otro de los puntos puede ser la posible contaminación de la APR del Empalme que afectaría a todos los pobladores del lugar que somos muchos. (c)Creo todo este proyecto es nocivo para el futuro de nuestros niños, porque nuestras tierras se devalúan y todo tipo de emprendimiento turístico no tiene futuro con esto. (d)El proyecto dice que existen siete casas, eso es falso totalmente, hay mucha gente que se ve afectada en todos los sentidos. (e)Ojalá al analizar el proyecto se piense en nosotros y la salud de nuestros hijos y no en el dinero, merecemos respeto ya estamos muy afectados por Rexin, la Portada, Gelimar y otros que nos hacen pésimo y nadie nos pregunta nada y vivimos afectados para siempre. 88 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) En cuanto a los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a los ruidos, es posible mencionar que con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se 89 cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. En relación a la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas 90 dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (c) En relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. (d) El titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 Km a partir del área de influencia del proyecto. En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 km contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). (e)En cuanto a las actividades industriales que existen en el sector, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 91 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 21. Observante: Sr. Jorge Alejandro Dimter Gallardo Observación: Considerando que en el sector ya existe un vertedero que afecta enormemente la calidad de vida nuestra y de los vecinos, no estoy de acuerdo que se realice este proyecto, pues nadie a futuro nos puede asegurar que este relleno se pueda transformar en un vertedero con residuos contaminantes, que afecte el aire y napas subterráneas. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: El titular señala en el Adenda que se descarta completamente la disposición de residuos orgánicos en este proyecto. Para asegurar aquello, en el Adenda Complementaria el titular describe el procedimiento de recepción de los residuos, donde habrá una plataforma de inspección, sector por donde pasarán todos los camiones y donde se realizará inspección visual. Será responsabilidad de los encargados del Relleno, el exigir a los transportistas la acreditación del origen de los residuos, tipo de residuos, y según indica el mismo titular en el Adenda Complementaria, exigir documentación donde se acredite que los residuos vienen "lavados" sin restos orgánicos. Mayores antecedentes de tal procedimiento se pueden revisar el Anexo 1 del Adenda Complementaria o el punto 4.1.2. del ICE. En relación a la preocupación por la contaminación del aire, se señala que la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPio y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos 92 negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Finalmente, en cuanto a la preocupación por posible contaminación de las aguas, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la 93 planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 22. Observante: Sra. Marianne Arleth Dimter Gallardo Observación: (a)No queremos por ningún motivo otro vertedero en el sector porque acrecentará los malos olores que ya existen en el lugar, la contaminación de las aguas, las plagas de insectos, roedores y lo peor de todos, los perros vagos los que provocan muchos daños a nuestros animales, con grandes pérdidas económicas, los que además son un peligro para las mismas personas de los alrededores. (b)Demás está decir lo feo que se ven los vertederos a la orilla de la carretera, esto no llama a los turistas, los espanta, es horrible pasar en vehículo por la carretera y sentir ese olor nauseabundo que se verá aumentado con un segundo vertedero. (c)A nosotros nadie nos convence que sólo será industrial no orgánico, ya que no existen los fiscalizadores suficientes en estos temas. Decidimos vivir aquí porque no queremos la contaminación de las urbes, deseamos y exigimos tener un aire puro para respirar, no tener montañas de basura, tenemos el derecho de vivir tranquilos y que también esa tranquilidad la tengan nuestros niños que se merecen un mundo limpio y un aire puro, por su bienestar y por el de todos decimos "No al relleno industrial de residuos no orgánicos" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección.del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la posibilidad que el agua sea contaminada por obras o acciones del proyecto, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua 94 Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1.d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852.La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Por otra parte, respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. 95 • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de pen-os a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) El titular indica que no existe sinergismo con los impactos generados por otras empresas que se encuentran cercanas al proyecto, la razón es que en su mayoría estas empresas operan con materias putrescibles, el proyecto que actualmente se encuentra en evaluación dispondrá solamente residuos industriales sólidos, no orgánicos e inertes, con los cuales no se aumentará la carga de olores en el ambiente. Por lo tanto no se generarán molestias a los turistas que transiten por la ruta 5. (c) En relación a los temas que trata la observación, se debe aclarar que lo señalado excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y competencias de este Servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 23. Observante: Sra. Ela del Tránsito Gallardo Coronado Observación: (a)Para empezar van a poner a cualquier persona a trabajar allí por lo cual dejarán pasar cualquier desecho. Lo segundo, los malos olores que se aumentarán con este segundo vertedero. (b)La crianza de perros vagos que existen en estos vertederos los que provocan mucho daño a nuestros animales que con tanto sacrificio tenemos y que vengan a matarlos da mucha impotencia. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: 96 (a) En Adenda, se presenta un Plan de Operación para el Relleno Industrial, cuyo objetivo es asegurar la adecuada inspección de los residuos, antes de su disposición. El responsable de que se cumpla a cabalidad el Plan de Operación en su conjunto será el Encargado del Relleno Industrial. Para lo cual se señala que se instruirá al personal encargado de operar el relleno industrial y cada trabajador que ingrese a desempeñar funciones dentro del mismo, sobre las características del funcionamiento del Relleno, la normativa asociada a su correcto funcionamiento y en detalle todos los procedimientos y rigor con que se debe desempeñar la función de cada trabajador. Asimismo, el titular señala que se exigirá el cumplimiento de: • El relleno ha sido proyectado únicamente para la disposición de residuos sólidos industriales no orgánicos y no peligrosos. • Estrictamente prohibido extraer residuos desde el Relleno Industrial. • Prohibido el acceso, permanencia y mantención de cualquier clase de animales o aves domésticas dentro del recinto de las instalaciones del relleno. • Prohibida la quema de residuos, hierbas u otras materias dentro de las instalaciones del relleno, debiéndose sofocar de inmediato el comienzo de cualquier combustión superficial o encubierta que aparezca dentro del recinto. • El recinto deberá permanecer cenado fuera del horario de operación. No se permitirá el ingreso de vehículos para depósito de residuos fuera del horario de funcionamiento. • Se debe mantener un acopio de material de cobertura que garantice la operación normal del Relleno Industrial durante al menos 15 días. • Los caminos de acceso e interiores, y sus zonas aledañas, deberán permanecer limpias y libres de residuos en todo momento. A continuación se sintetiza el Procedimiento de Recepción y Disposición de residuos en el relleno industrial: a) Ingreso vehículos con residuos al Relleno Industrial: Todo vehículo que ingrese al relleno deberá ser controlado por un guardia o personal de seguridad que estará en la garita de ingreso al recinto. Posteriormente, el personal de seguridad dará aviso al supervisor a cargo de las operaciones, quien evaluará la respectiva autorización. Si el supervisor debe realizar actividades anexas en las instalaciones, deberá dar orden de cerrar el portón de ingreso. La totalidad de los vehículos que ingresen al relleno, serán registrados solicitándole al menos la siguiente información: a. Procedencia del camión recolector b. Nombre del conductor c. Tipo de camión d. Marca, modelo y año del camión e. Placa patente f. Peso bruto, tara y peso neto del camión al ingresar y al salir del relleno g. Hora de ingreso h. Declaración de qué tipo de residuos pretende disponer en el relleno i. Exigible que cliente tenga documentación que acredite que los residuos vienen limpios (lavados), asegurando así que no contienen materia orgánica b) Plataforma de Inspección de Residuos: Se ubicará a continuación del control de ingreso al Relleno. 97 La plataforma correspondería a un lugar destinado a la revisión de residuos. La plataforma será construida en base a un radier de hormigón de forma rectangular. Las dimensiones corresponden un largo de 20 metros por 5 metros de ancho y una profundidad de 30 cm. Para permitir el ingreso al recinto de vehículos cargados con residuos, éste se dirigirá a la plataforma de inspección de residuos donde estará el Encargado del Relleno para la revisión. c) Residuos prohibidos en el Relleno: El encargado del control de acceso deberá verificar que no ingresen los residuos no incluidos en la Tabla N°2 del presente Informe. d) Recepción Residuos Libres de Materia Orgánica Para garantizar la recepción de residuos libres de materia orgánica, se realizará el siguiente procedimiento: - Previo al ingreso de residuos al relleno industrial, siempre se realizará revisión de los residuos de manera de asegurar que los residuos a disponer en el relleno no contengan materia orgánica. La revisión se realizará de manera acuciosa, no habiendo límites en el tiempo. - Adicional a la revisión por parte del titular del proyecto, se le exigirá al generador que requiera disponer sus residuos en el relleno, que éstos vengan limpios (lavados), asegurando que no tienen materia orgánica. Se exigirá la acreditación del procedimiento de lavado del generador, previo a su recepción. - Asimismo, se le exigirá al generador una declaración de los residuos que dispondrá en el relleno, en la cual dé cuenta de la procedencia y el tipo de residuos, - En caso que se detecte la presencia de residuos peligrosos o alguno de los residuos no permitidos en el Relleno, se rechazará su ingreso y se devolverán al generador. - En caso de tratarse de residuos ante los cuales exista duda acerca de su peligrosidad o toxicidad, se deberá solicitar informe que acredite su inocuidad antes de su disposición en el Relleno. - El procedimiento será actualizado y difundido por la Gerencia a quienes sean responsables de ejecutar dicha actividad, tanto de recepción como revisión de los residuos que se pretendan depositar en el relleno industrial. e) Autorización para disponer Residuos en Relleno Una vez verificado lo establecido en el punto anterior, se procederá el ingreso del vehículo, previo al registro de la información. Báscula de pesaje Luego de la revisión y la conformidad para que los residuos puedan ser dispuestos en el Relleno Industrial, se solicitará al vehículo que se traslade a la Báscula de Pesaje para registrar el peso inicial, incluido el tonelaje del camión. Posteriormente, y una vez depositados los residuos en el Relleno, se debe pesar nuevamente el camión en la báscula, para obtener la diferencia (tara del camión) y el pesaje total en residuos que se dispuso en el Relleno. Esta actividad la realizará un trabajador encargado exclusivamente de realizar esta labor. (Encargado Báscula de Pelaje). Por otra parte, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 98 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de confoonar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. (b) Para evitar la proliferación de perros vagos y otros vectores que afecten la actividad silvoagropecuaria de los vecinos, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad 99 sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 24. Observante: Sra. Liwsey Sidney Triviño Andler Observación: No estoy de acuerdo por los siguiente: olores malos, plagas de ratones y moscas ya existentes con el vertedero que existe y ya nos complica nuestro diario vivir. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Se realizó un Estudio de Olor, el cual es presentado en el Anexo 1.7 del ETA, éste tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, para evitar la proliferación de perros vagos y otros vectores que afecten la actividad silvoagropecuaria de los vecinos, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los 100 operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 25. Observante: Sra. Silene Karina Andler Valenzuela Observación: No estoy de acuerdo porque todos los vertederos empiezan igual y por la razón de olores malos, ratones y moscas se hacen imposible poder vivir bien y en particular la contaminación que se produce y estas plagas son perjudiciales para nuestros niños ya que producen enfermedades de todos tipos, etc. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En virtud de la preocupación planteada, es posible indicar que se realizó un Estudio de Olor, el cual es presentado en el Anexo 1.7 del EIA, éste tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. 101 No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, para evitar la proliferación de perros vagos y otros vectores que afecten la actividad silvoagropecuaria de los vecinos, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 26. Observante: Sra. Stefany Danay Triviño Andler Observación: No estoy de acuerdo por los olores que emanan y por las plagas de ratones y moscas que ya hay en el vertedero existente. Evaluación técnica de la observación: 102 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En virtud de la preocupación planteada, y en el marco del proyecto en evaluación es posible indicar que se realizó un Estudio de Olor, el cual es presentado en el Anexo 1.7 del EIA, éste tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adeuda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, para evitar la proliferación de perros vagos y otros vectores que afecten la actividad silvoagropecuaria de los vecinos, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. 103 Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 27. Observante: Sra. P Nuriz Magnolia Toledo Cabrera Observación: (a)Bueno primero que nada quiero decirles que no queremos otro lugar de acopio de material no orgánico en nuestra zona por las siguientes razones: al hacer esto se impedirá el reconstruimiento de la escuela para los niños de...contaminación al aire que respiramos ya que tenemos un vertedero (acopio de material orgánico) a menos de 1 Km 1/2 de las casas de las personas y el gas que emana este acopio nos pueden traer muchas enfermedades. (b)Contaminación al agua que consumimos ya que tenemos un pozo séptico de agua potable y el vertedero está a menos de 1 km de distancia y si abren el proyecto tendremos una contaminación al agua potable y eso provocará enfermedades a los habitantes. (c)Si abren el proyecto al pasar el tiempo se comenzará a acopiar material orgánico como pasó con Rexin y gracias a eso estamos en un lugar con el aire insoportable. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del Informe Consolidado de Evaluación. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de 104 emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Por otra parte, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. (b) Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las nanas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. 105 Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPIO y gases, a través de las actividades de Transporte por caminos no pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Paño. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. (c)Si bien es atendible la preocupación ciudadana sobre la posibilidad de que en el proyecto en evaluación se dispongan residuos orgánicos a futuro, cabe señalar que el titular, de ser aprobado el proyecto debe cumplir con todo lo dispuesto en la Resolución de Calificación Ambiental, en tanto no se podrá disponer de residuos que no sean inorgánicos, inertes y no tóxicos, y que eventualmente si ello en un futuro se pensase realizar, debe el proyecto ser sometido a nueva evaluación ambiental. 28. Observante: Sr. Leopoldo Mauricio Cottenie Hernández Observación: Por el mal olor y contaminación de aire y enfermedad a los niños y adultos de la tercera edad y otros. Contaminación al pozo profundo de agua potable. Evaluación técnica de la observación: 106 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPIO y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un 107 Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 29. Observante: Sr. Luiz Abello Observación: Manifiesto mis aprehensiones al proyecto Relleno industrial de residuos no orgánicos, ya que con la aprobación de este proyecto serán pasados a llevar nuestros derechos a vivir en un lugar libre de contaminación, trayendo como consecuencia un gran número de problemas y enfermedades que afectan a nuestra salud, teniendo que convivir día y noche con malos olores y emanaciones tóxicas, plagas de ratones, insectos y perros vagos, por todas estas razones y con el objeto de velar por la salud y el cuidado de la ciudadanía solicito la clausura de este proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: 108 Respecto de la primera inquietud planteada en la observación, es posible señalar que por tratarse de un derecho constitucional, es de carácter general y obligatorio de cumplir por personas naturales y jurídicas, sean estas públicas o privadas. Este derecho constitucional de vivir en un ambiente libre de contaminación, se materializa mediante el cumplimiento de las normas ambientales, las que consideran indicadores objetivos de cumplimiento. Para el caso de aquellas materias que están en el ámbito de lo no normado, son las medidas de mitigación, reparación y/o compensación, en el caso de impactos o efectos generados por el proyecto; y también cuentan los compromisos ambientales voluntarios, establecer compromisos que pueden ir más allá de la normativa, y que finalmente pasan a ser de cumplimiento obligatorio en la calificación ambiental del proyecto o actividad. En relación a lo anterior y haciéndose cargo de la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serian MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. 109 Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 30. Observante: Sra. Licha Coefulef Rubio Observación: No estoy de acuerdo porque ya tenemos un vertedero instalado muchos años, la cual nos ha traído malos olores, moscas, perros vagos, etc. Por temor a que hayan más enfermedades a futuro. Evaluación técnica de la observación: 110 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Atendiendo a la preocupación de la observante por los posibles olores y aumento de enfermedades, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así corno también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto, Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. 111 Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: I. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 31. Observante: Sra. María Inés Sepúlveda Pareja Observación: Por una vida digna para nuestros hijos, esto el único fin es deteriorar la vida en familia y una tremenda disminución en el valor de los terrenos y nuestras propiedades. Ya existe un vertedero con unos olores pestilentes. Evaluación técnica de la observación: En relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 32. Observante: Sr. Juan Osvaldo Vera Toledo Observación: Como ciudadano, me niego a que hagan el "Relleno Industrial de residuos no orgánicos". Ya que con el tiempo pueda convertirse en un vertedero y no queremos eso, ya que existe uno en la zona. Tenemos que vivir con el mal olor, las plagas de moscas, ratones y perros vagos que viven en ese sector. No queremos que nuestros niños se enfermen a causa de esto, queremos un Ambiente limpio y ¡No más contaminación! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Atendiendo a la preocupación de la observante por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 112 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 113 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 33. Observante: Sr. Yoany Rodrigo Oyarzo Toledo Observación: No se acepta relleno industrial de residuos no orgánicos por contaminación del medioambiente y posible contaminación del agua potable, por la salud de los niños, adultos mayores, plaga de ratones y moscas y como personas merecemos respeto y dignidad. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción en el Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la 114 planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán 115 semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 34. Observante: Sr. Manuel González Toro Observación: Ya existe la experiencia de un vertedero con resultados que están a la vista. Muchos olores y promesas incumplidas de parte de quienes están a cargo. Todos eliminamos basura, somos conscientes de este proceso, por ello la idea no es negarse y quedarse esperando respuesta, lo importante son las soluciones y éstas que sean amigables con el medio ambiente sustentables, limpias en su proceso. Por ello, propongo un proyecto distinto con las características antes mencionadas, donde sólo se emitirá vapor de agua. Con la separación del material orgánico e inorgánico, además de aprovechar el material inorgánico para producir energía. Señores, si realmente existe interés verdadero por el medio ambiente, propongo ser escuchado y ofrecer esta alternativa que se ocupa en países DESARROLLADOS. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adeuda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para 116 afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Finalmente, en relación a las propuestas que presenta el observante, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 35. Observante: Sra. Verónica Cecilia Cabero Lemus Observación: No estoy de acuerdo con otro vertedero en mi sector ya que nuestros terrenos han perdido su valor tanto comercial como turístico. Sólo tenemos malos olores y contaminación, también pienso que a futuro pueda contaminarse las aguas. Las autoridades que tienen que ver con el ambiente, tienen que ponerse a este proyecto. Tienen que respetar a nuestros adultos mayores y los niños, porque ellos son lo más vulnerables a enfermarse porque la basura trae muchas enfermedades. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de 117 conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA yen el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serian MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. 118 Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 36. Observante: Sra. Elia Mandina Soto Toledo Observación: No acepto un nuevo vertedero, porque ya tenemos uno, la cual ha traído mucha contaminación, malos olores, moscas, ratones. También me atemoriza por las enfermedades que puedan provocar a las personas. Se pierde valor a nuestros terrenos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que 119 serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP 10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. 120 • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad 121 sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Finalmente, en relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 37. Observante: Sra. Erika Edith Toledo Navarro Observación: Lo que quiero decir es que piensen en todas las personas que viven en el sector ya que todos sabemos el foco de contaminación y malos olores que esto genera. Yo viví cerca de un vertedero y se de lo que este genera, quiero pedirle que piensen en todos los niños, adultos mayores y en todas las personas en general, ya que nadie merece vivir cerca de un vertedero. Piensen que esto va a contaminar las aguas subterráneas. Somos seres humanos y no animales. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas 122 para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 38. Observante: Sra. Rubit de lo Urde Toledo Cabrera Observación: Bueno primero quiero decirle que no queremos otro acopio de material no orgánico a nuestra zona, por los siguientes puntos: Por la construcción de la escuela para los niños de... contaminación de aire que respiramos niños y adultos, por las enfermedades y temiendo que en un tiempo mas se contamine el agua que se consume. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Con respecto a la preocupación señalada sobre a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la 123 comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las 124 situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 39. Observante: Sr. Orlando Hijerra Hernández Observación: Yo como residente de este sector no estoy de acuerdo con el relleno de residuos no orgánicos por temor a que con el paso de los años se convierta en un nuevo vertedero como el que ya tenemos en este sector, por muchos años a causa de estos rellenos estamos cansados de tanta contaminación, como olores, plaga de moscas, perros vagos, y posibles enfermedades. Como ciudadanos tenemos el derecho de vivir dignamente Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: El titular señala en el Adenda que se descarta completamente la disposición de residuos orgánicos en este proyecto. Para asegurar aquello, en el Adenda Complementaria el titular describe el procedimiento de recepción de los residuos, donde habrá una plataforma de inspección, sector por donde pasarán todos los camiones y donde se realizará inspección visual. Será responsabilidad de los encargados del Relleno, el exigir a los transportistas la acreditación del origen de los residuos, tipo de residuos, y según indica el mismo titular en el Adenda Complementaria, exigir documentación donde se acredite que los residuos vienen "lavados" sin restos orgánicos. Mayores antecedentes de tal procedimiento se pueden revisar el Anexo 1 del Adenda Complementaria o el punto 4.1.2. del presente ICE. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el 125 Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adeuda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 40. Observante: Sra. Rubi Alexandra Hijerra Toledo Observación: 126 Yo no estoy de acuerdo con el relleno industrial de residuos no orgánicos ya que habría mucha contaminación, malos olores, muchas infecciones para niños, ancianos y en general para todas las personas. Tenemos derecho a vivir dignamente. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. 127 Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. 41. Observante: Sr. Henrry Bangobi Hijerra Toledo Observación: No estoy de acuerdo con otro vertedero en mi sector ya que tenemos mucha contaminación y más aun ya no. Además tenemos mucha gente y por sobre todo muchos niños que se puedan enfermar. Bueno espero tengan conciencia y recapaciten por el daños que nos quieren hacer eso. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 42. Observante: Sra. Miriam Ariela Ayancan Observación: Debería de no hacerse por el mal olor, ratones, moscas, pájaros, gas niños que pueden enfermedades y los seres humanos, etc. 128 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. 129 Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 43. Observante: Sra. Fidelia del Carmen Paredes Oyarzo Observación: Muchos años ya que no queremos tener otro vertedero por los ratones, mosquerío, etc., es muy molesto vivir en el sector y ya no al vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. 130 • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 44. Observante: Sr. Claudio Andrés Valenzuela Mancilla Observación: (a)Lo primero es decir que nos encontramos a menos de un kilómetro del futuro vertedero que va a generar demasiado ruido con todas las maquinarias que va a utilizar para moler los residuos. (b)Además decir que nada nos garantiza que el vertedero no va a contaminar nuestras napas subterráneas de agua, ya que los metales y sus derivados liberan sustancias químicas que se van a filtrar. (c)Y por último, ya contamos con un vertedero que genera malos olores y ruidos molestos que deterioran nuestra calidad de vida. Por eso solicitamos a la autoridad que vele por nuestra salud y detenga este proyecto que va a ser perjudicial para nuestra ya mala calidad de vida. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su 131 Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial seria de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. (b) En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. 132 Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (c) Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 45. Observante: Sra. María Angélica Vargas Paredes Observación: Yo creo que debería de no hacerse ese proyecto que tienen que hacer un vertedero, porque produce malos olores moscas, ratones, etc, además por las enfermedades y por los niños chicos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: 133 De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. 134 Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 46. Observante: Sr. José Rosamel Vargas Vargas Observación: No debería de hacerse por varias razones, los ratones, vichos, pájaros, enfermedades, los niños, los humanos, provocaría muchas cosas que perjudican al ser humano. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción, El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. 135 En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 47. Observante: Sr. Jorge Alirio Vargas Paredes Observación: No al vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera no pertinente la observación ciudadana, debido a que carece de fundamento ambiental. 48. Observante: Sra. Evelyn Nicol Vargas Paredes Observación: Estamos de 7 años ya no queremos el vertedero es muy molesto el aire es sucio, los pájaros se ensucia los techos, el agua, los ruidos, etc. No al vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el E1A se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio 136 de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y 137 dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las rapas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 138 Finalmente, en cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 49. Observante: Sr. Juan Alirio Vargas Peña Observación: Nos queremos el vertedero, es muy molesto para nuestros hijos vivir en el sector, no queremos vertedero! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Atendiendo la preocupación manifestada por el observante, el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de 139 emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 50. Observante: Sra. Edith Conejeros Sibel Observación: Nos oponemos al vertedero porque el actual ya ha generado mucho daño a nuestra comunidad y familia, mis animales han muerto por la contaminación y ello también se asocia los malos olores que existen, la gran cantidad de ruido que se genera el tráfico de camiones en el sector. Por eso solicitamos a la autoridad a suspender este proyecto de relleno industrial por el bien de nuestra salud. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y con ello la actividad agrícola ganadera que realizan, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 140 En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la última parte de la observación presentada, este Servicio aclara que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de sus competencias. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 51. Observante: Sra. Shirley Lissette Andler Valenzuela Observación: Mi opinión es que no se puede abrir otro vertedero ya que otro provocará malos olores desagradables, infecciones a los niños, contaminación. No es necesario que sigamos viviendo con este tipo de empresas que solo dañan el ambiente y a los habitantes de nuestro sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo corno objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se 141 elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. 52. Observante: Sra. Cintia Vanessa Valenzuela Toledo Observación: Mi punto de vista es que ese vertedero no se debe abrir, ya que se cuenta con un vertedero y no se cuál será la necesidad de tener otro, si lo único que van a provocar son más malos olores y contaminación. Espero que esta gente recapacite y se ponga en nuestros zapatos, porque no es muy agradable levantarse y acostarse con olores desagradables. Evaluación técnica de la observación: 142 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, la temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Vario. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. 143 En relación a la última parte de la observación presentada, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 53. Observante: Sra. María Yolanda Barría Villegas Observación: No al vertedero al mal olores. No a los ruidos molestos, a la contaminación de nuestro sector, queremos tranquilidad, paz en nuestro sector. Queremos que vuelva la escuela y por lo mismo deseamos ningún tipo de contaminación, queremos que nos escuchen las autoridades. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 144 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la última parte de la observación presentada, este Servicio aclara que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de sus competencias. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 54. Observante: Sr. Cesar Eliecer Cabrera Cabrera Observación: Primero que nada lo que hay que tener en consideración es que un vertedero acarrea un sin número de enfermedades e infecciones, con la acumulación de basura se atrae a los ratones, los cuales al haber casas cerca se allegan a ellas, lo cual pueden causar enfermedades a nuestros niños y seguido de esto también se sabe que la bomba de agua potable se encuentra muy cerca de donde se supone se instalará este vertedero, lo cual también causará enfermedades a las personas de la localidad, porque los pozos donde se botan los residuos contienen líquidos que desintegran la basura y éstos pozos pasarán muy cercanos al pozo del agua potable, donde se contaminaría el agua potable que nuestros hijos beben. Por último, los olores que emanan de esos pozos es realmente repudiable y sobre todo cuando hay calor. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. 145 • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) 146 "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Finalmente, en relación a la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 55. Observante: Sra. Blanca Ester Soto Toledo Observación: No quiero el relleno industrial, ya que tenemos un vertedero cerca de nuestro hogar. Tenemos contaminación y no podemos seguir soportando tanta basura, perros vagos, ratones, moscas. Además somos personas que merecemos vivir sin tanta contaminación y basura por respeto a las personas de edad y niños, por eso espero que las autoridades tomen cartas en este asunto. Quizás somos personas humildes pero también tenemos derechos por eso no estamos dispuestos a vivir en la basura. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 147 proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y 148 dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a la última parte de la observación presentada, este Servicio aclara que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de sus competencias. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 56. Observante: Sr. Adilso Yonathan Uribe Mansilla Observación: No estoy de acuerdo que se abra otro vertedero ya que hay uno, por los malos olores que hay. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta I km del deslinde del proyecto. Finalmente, en relación a la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos 149 y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 57. Observante: Sra. Berenice del Carmen Toledo Observación: (a)Como Junta de vecinos del sector el Empalme: No estamos de acuerdo con el relleno industrial no orgánico en este sector, por temor que a medida que vayan pasando los años se convierta en un nuevo vertedero, como el que ya tenemos por varios años en el lugar, ya que estamos cansados de vivir con malos olores y plagas de moscas, ratas y perros vagos. (b)A causa de esto nuestros terrenos han perdido el valor por el mismo motivo y también el temor de perder la oportunidad de que nos vuelvan a reconstruir nuestra escuela, por la contaminación o enfermedades que puedan sufrir los alumnos con el pasar del tiempo. Como comunidad les pedimos consideración por nuestras familias, ya que al igual que todos, tanto niños, jóvenes y adultos somos seres humanos y tenemos el derecho de vivir dignamente. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 lcm del deslinde del proyecto. El titular, declara que no se dispondrá bajo ningún caso de residuos orgánicos y aclara que en caso de que en un futuro el titular opte por esta opción, deberá ingresar su modificación al sistema de evaluación de impacto ambiental (SETA) como una modificación significativa, ya que se generarían impactos que no se han evaluado como tales en este proyecto. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. 150 En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al Interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán 151 semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) Respecto a la última parte de la observación presentada, en relación a la potencial disminución de los valores de los terrenos cercanos al proyecto, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 58. Observante: Sra. Yanet Deolinda Hernández Toledo Observación: (a) Contaminación del aire por el levantamiento de polvo, ya que es un sector con caminos de ripio, a su vez, generará el deterioro de dichos caminos por alto tránsito de vehículos pesados. También podemos tomar en cuenta el riesgo de accidentes de tránsito, ya que es un sector rural, con circulación de animales, personas a pie y vehículos de tracción animal. (b)Además de la contaminación acústica por el ruido que provocará el constante trabajo de máquinas pesadas y descarga de material. (c)Posibles medidas de mitigación y/o compensación: puede contemplarse el mejoramiento de los caminos a utilizar (asfalto) y proporcionar panderetas de cemento a los vecinos que puedan resultar más afectados con el levantamiento de polvo. (d)Confiamos y esperamos que dada la tipificación de "no orgánico" de este relleno, se cumpla con dicha característica y no tengamos que sufrir a futuro la contaminación de malos olores, napas de agua y otras consecuencias que acarrearían estos desechos a un sector de suelos agrícolas. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Se acoge observación por parte del titular y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Por otra parte, señala que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo 152 mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V- 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. (b) En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. (c) Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno, una vez aprobado el proyecto, el titular se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. Asimismo, El titular se compromete a colocar malla acma alrededor de todo el perímetro del proyecto, altura 1,8 metros (Adenda, Anexo 14 Plano B), y además instalación de panderetas con altura adecuada en los deslindes Sur y Norte del área del proyecto. Para minimizar el polvo producto del tránsito de vehículos el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas de mitigación ya descritas anteriormente y en el Capítulo sobre Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación del presente Informe, entre las cuales se menciona el asfaltado desde la bifurcación de la ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al proyecto. (d)EI titular señala en el Adenda que se descarta completamente la disposición de residuos orgánicos en este proyecto. Para asegurar aquello, en el Adenda Complementaria el titular describe el procedimiento de recepción de los residuos, donde habrá una plataforma de inspección, sector por donde pasarán todos los camiones y donde se realizará inspección visual. Será responsabilidad de los encargados del Relleno, el exigir a los transportistas la acreditación del origen de los residuos, tipo de residuos, y según indica el mismo titular en el Adenda Complementaria, exigir documentación donde se acredite que los residuos vienen "lavados" sin restos orgánicos. Mayores antecedentes de tal procedimiento se pueden revisar el Anexo 1 del Adenda Complementaria o el 153 punto 4.1.2. del ICE. Indica que en caso de que en el futuro un titular opte por esta opción, deberá ingresar su modificación al sistema de evaluación de impacto ambiental (SETA) como una modificación significativa, ya que se generarían impactos que no se han evaluado como tales en este proyecto. 59. Observante: Sra. Génesis Belén Vargas Vargas Observación: (a)Aquel proyecto que desea situarse en un sector vecino a mi domicilio va a provocar riesgos no solamente medio ambientales, sino también a nuestra flora y fauna. Aquella Empresa estaría a no más de un km del establecimiento Rexin que cumple la misma función; al instalarse esta próxima empresa los ancianos, enfermos, niños y los jóvenes y/o adolescentes no seríamos capaces de vivir tranquilos por esos aromas no agradables. (b)Todos los pequeños agricultores no podrán ejercer sus tierras por tan solo el hecho de tanta contaminación. Los animales beberán aguas del río, lo que en el desembocarán muchos desechos, y estos animales se verán con dificultades y como ya antes dicho dañará nuestra fauna. En fin en nuestro sector y alrededores serán grandes los riesgos, que tendrá al instalarse esta empresa, es por esto que no acepto dicho proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)En relación a la preocupación planteada por el posible daño a flora y fauna, es posible indicar que sobre esta materia existe información tanto en el EIA, como en los Anexos 9 y 10 del Adenda. En estos últimos se presenta esta información a través de los resultados del trabajo de gabinete que consistió en una revisión bibliográfica y el levantamiento de información en terreno. Para la realización de dichos informes se contó con un profesional Ingeniero Forestal para el estudio de flora y para fauna se contrató un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. Sobre la presencia de flora en el área circundante al proyecto, y de acuerdo a los resultados de los estudios, se indica que sobre las formaciones presentes, se trata de un entorno vegetacional altamente intervenido, donde predomina vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especie dominante vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antártica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la presencia de Sphagnum magellanicum, dadas las características del sitio, en sectores con mayor humedad fue posible detectar la presencia del musgo Shpagnum magellanicum en dos puntos de muestreo. La presencia de este musgo no superó el 1% en relación al tamaño de la formación registrada. En cuanto al estudio de flora se identificaron 64 especies en el área de estudio, 43 nativas y 21 introducidas. Dentro de las especies vegetales encontradas, 1 se encuentran en categoría de conservación en el listado oficial de la RCE: Blechnum chilense (Costilla de vaca) en categoría LC: "Preocupación Menor"; sin embargo esta especie se encuentra en forma abundante en el área de estudio y en la Región de Los Lagos. Sobre la fauna del sector se concluyó, durante la evaluación ambiental, que: en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase Aves y Mamíferos, no se registró Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas y, para el caso en particular del Conejo europeo. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. De estos registros, las especies pertenecientes al Orden Cathartiformes (Jote de cabeza negra y Jote de cabeza colorada) en total abarcan el 50% de los registros. El Tiuque (Milvago chimango) es otra especie que presenta una importante presencia en el lugar con un total de 49 registros. El Orden de los Passeriformes se encuentra representado con un total de 13 especies, donde el Chucao, Zorzal y 154 Chercán son los más abundantes. En terreno no fue posible identificar especies con problemas de conservación. No obstante la información entregada, se concluye que el proyecto como tal no intervendrá flora ni fauna, dado que tanto las obras y acciones del proyecto se instalarán en un sector ya altamente intervenido, donde no existe especie alguna vegetacional, floral ni representativa de la fauna señalada, ya que en el lugar opera actividad de extracción de áridos (la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un empréstito). Por otra parte, el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. (b) En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 kin alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). 60. Observante: Sra. Sonia Ruth Vargas Toledo Observación: Esta empresa afectará en varios ámbitos, tanto al sector ubicado como también sus alrededores. Algunos daños que provocará serán contaminación ambiental, también contaminación al río Gómez en el cual nuestros animales pueden digerir agua con tóxicos, donde sufrirán enfermedades. Este proyecto no será el único ubicado en el sector, sino que ya existe otra empresa llamada Rexin que ya provoca varios daños y otra empresa igual traería grandes ruinas. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 155 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N'XI del Informe Consolidado de Evaluación). 61. Observante: Sr. Juan Humberto Oyarzo Paredes Observación: El presente proyecto afectaría a las localidades aledañas en la calidad ambiental aún más de la ya existente, ya que en dicho lugar se encuentra un establecimiento de reciclaje de residuos industriales "Rexin", y otro establecimiento del mismo tipo generaría un mayor perjuicio a la calidad ambiental. Además de esto existen pequeños agricultores que se dedican a la ganadería y aprovechan las aguas de las napas subterráneas que vienen de dicho sector. Estas aguas desembocan a un río (río Gómez) que pasa a 1 km. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Referente a la primera parte de la observación, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas 156 subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, tales como el Río Gómez, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 kin alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N'XI del Informe Consolidado de Evaluación). 62. Observante: Sr. Juan Alfredo Vargas Oyarzún Observación: Este proyecto no lo acepto ya que traerá grandes enfermedades a nuestros ancianos y enfermos de nuestro sector. También nuestros terrenos se encontrarán contaminados en el cual nuestras siembras no serán efectivas y nuestro ganado se verá en grandes riesgos. Aquellos alimentos extraídos de animales y tierras no podrán ser vendidos, por lo que no tendremos como subsistir. En mi caso mis terrenos colindan con el río Gómez en el cual éste tendrá más desechos de los ya existentes. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Referente a la primera parte de la observación, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, tales como el Río Gómez, el titular garantiza que no 157 se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. 18°)CI del Informe Consolidado de Evaluación). 63. Observante: Sr. Christian Andrés Almonacid Cárdenas Observación: Levantamiento de polvo en suspensión, por aumento tránsito de vehículos. Deterioro de camino rural, por aumento tránsito de vehículos pesados. Ruidos molestos por descargas y trabajos de relleno industrial, vecinos colindantes. Riesgo inminente de accidentes del tránsito vehicular por ser un camino secundario, de ripio, con escaso ancho para el tránsito de vehículos menores y pesados: Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto del levantamiento de polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno y el eventual deterioro del camino rural, una vez aprobado el proyecto, el titular se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el 158 Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Finalmente, y dando respuesta a la última parte de la observación ciudadana señala el titular que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 64. Observante: Sra. Jessica Abarca Fredes Observación: (a) Considerando que el estudio menciona sólo la existencia de pocas casas alrededor del proyecto, en circunstancia que en realidad existen por lo menos 100 casas a menos de 1 Km de la ubicación del proyecto, solicito que el titular tenga en cuenta la totalidad de viviendas respecto de asegurar que no nos veamos afectados por olores, por vectores tales como moscas, ratones, perros vagos, ya que nos afecta en la salud, mi hija sufre enfermedad respiratoria como tantos otros vecinos de tercera edad. (b)Problemas de agua, ya que el pozo es imposible tomar el agua ¿por qué? ¿Qué medidas tomarían para que esta situación no se agrave más con el nuevo proyecto? Solicito una muestra de agua de todos los pozos ubicados a 1 km. (c)Por qué se eligió este sector y no se consideró otro lugar donde existan menos viviendas. Solicito las razones para considerar la ubicación en este sector. 159 (d)Solicito que el titular indique las medidas que se tomarán para evitar impacto negativo de camiones o vehículos pesados en los caminos de ripio, considerando que aun sin el proyecto aprobado camiones de la empresa Dragados CVV Constructora S.A circulan a alta velocidad y generando mucho polvo y siendo potencial riesgo de atropello y accidente de niños, adultos, animales. (e)Pido aclaración de horario de funcionamiento del relleno ya que en sector los vecinos usan el camino a diario para dirigirse diariamente a sus trabajos. (12En cuanto al ruido que producirán, porque la empresa quedará relativamente cercana a la escuela. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a) Indica el titular en la Adenda, que como procedimiento metodológico, se confeccionó un instrumento de recolección de datos que consistió en una pauta de preguntas semi-estructuradas orientadas a la recopilación de información relacionada a las dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico, con el objetivo de complementar la información obtenida mediante fuentes secundarias, es decir, información bibliográfica. Se indica que la aplicación de entrevistas se llevó a cabo los días 22, 23 y 24 de Abril del año 2014 comenzando con un informante de la Municipalidad de Maullín, el cual entregó los contactos de otros actores, aplicando de esta manera la selección de la muestra a través de la técnica "bola de nieve". En total se entrevistaron a 13 personas, número que se estableció al llegar al punto de saturación de la información, que resulta cuando las entrevistas adicionales no aportan nueva información relevante. Posteriormente, se transcribieron las entrevistas, tabulando los contenidos por entrevistados de acuerdo a las temáticas correspondientes: dimensiones geográfica, demográfica, antropológica, socioeconómica y de bienestar social básico. Finalmente, se realizó un análisis de contenido donde se fue incorporando a la línea de base información nueva, y aquella que permitió confirmar los datos que habían sido levantados previamente. Por lo tanto, el análisis de las entrevistas se encuentra ya descrito en la caracterización del componente Medio Humano. A continuación se presenta un cuadro con la información de los entrevistados según la localidad y organización a la que pertenecen. Tabla N°1: Listado de entrevistados para análisis de Medio Humano Entrevistados Localidad Cargo Lorena Retamal Maullín Asistente social, Municipalidad de Maullín (DIDECO) Karina Urra Maullín Funcionada Fomento Productivo Municipalidad de Maullín Margarita Villalón El Empalme Vecina ubicada al otro lado de la carretera, perteneciente a la comuna de Calbuco Patricia Nanco El Empalme Presidenta comité Agua Potable Rural del Empalme Berenice Toledo El Empalme Presidenta Junta de Vecinos El Empalme Nancy Gallardo El Jardín Socia Taller Laboral Sergio Mansilla Ojeda El Jardín Presidente de la Junta de Vecinos de El Jardín Jorge Dimter El Vocal Ex Presidente de la Junta de Vecinos El Vocal. Eloisa Soto El Llolle Presidenta Junta de Vecinos El Llolle Rosa Antiñirre Soto El Llolle Manipuladora de alimentos escuela El Llolle María Hernández Perez El Llolle Expresidente de la Junta de Vecinos El Llolle Elsa Lobos El Llolle Vecina Armando Uribe El Llolle Paramédico El titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 Km a partir del área de influencia del proyecto. 160 En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 km contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el 161 control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (b) En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cli, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). (c) Según información entregada en Adenda, se señala que el "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" se emplazará en un lugar ya intervenido por otro proyecto que cuenta con RCA favorable cuya Res. Ex. corresponde a la N°126/2011"Empréstito Cabero". Se destaca que una vez que el actual proyecto finalice, dejará un pasivo ambiental, cuya condición está relacionada con la pérdida del estado ambiental actual. El titular enfatiza que se pretende recuperar con el Relleno Industrial, la cota original previo a la extracción de áridos del mencionado empréstito. Por su parte, el área donde se emplazará el proyecto carece de interés turístico. Al ser un ex pozo de extracción de áridos y de no efectuarse el proyecto, y a pesar de ser parcialmente cubierto una vez finalizada su extracción con material de cobertura, no perderá su fisonomía de pozo de árido. Por otra parte, se destaca que a corta distancia del lugar de emplazamiento del proyecto se ubica un vertedero de residuos orgánicos e industriales y una planta de lavado de camiones, lo que da un carácter industrial al sector. Se hace énfasis, que dadas las características del proyecto, que está destinado a la disposición final de residuos no orgánicos, no se generarán afectaciones significativas a la salud de la población. (d) Respecto del levantamiento de polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la 162 aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra,

arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. Emisiones de material particulado: • Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto • Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Utilización de una lona o encarpado de camiones para evitar la propagación de polvo. Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno y el eventual deterioro del camino rural, una vez aprobado el proyecto, el titular se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. Señala el titular que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. (e) Cabe señalar que las actividades del proyecto, se desarrollarán a partir de las 8:30 horas., evitando el tránsito en períodos donde se produce el mayor movimiento vehicular (traslado de niños al colegio y/o hacia los lugares de trabajo), que con mayor frecuencia se realiza antes de las 08:30 A.M. (O En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles 163 máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 65. Observante: Sra. Helia Vargas Hernández Observación: (a)La empresa Dragados presentó un proyecto de relleno industrial de residuos no orgánicos en el sector del Empalme afectando los sectores adyacentes, el Llolle, el Salto Grande, Salto Chico, el Vocal, el Jardín, Misquihué, afectando la calidad de vida de las personas adultas, niños, ancianos y la contaminación de las aguas afectando a los animales. Olores, cuando nos levantamos, lo primero que nos pasa son los malos olores. (b)Ruidos molestos, las empresas están todas las noches trabajando, ya no se puede dormir tranquilos, se termina la paz de nuestros sectores, se termina la buena calidad de vida que teníamos. (c)La escuela del Empalme tiene que llegar a su sector ¿Qué calidad de vida van a tener los niños? (d)Cuando pasó la doble vía tuvo que moverse la escuela del Empalme, pero tiene que regresar porque el aumento de niños es necesario tener de nuevo la escuela, por la necesidad ya que se ve aumento de niños y nosotros os adultos tenemos que velar por la calidad de vida de ellos. Son: las empresas Dragado, la Portada y salmonoy, necesitamos que nos escuchen. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) El titular da respuesta a esta observación aludiendo el estudio de impacto de olores adjunto en el Anexo 1.7 del ETA. Al respecto en este se concluye que, de acuerdo a la modelación utilizada por el titular en este caso, no habría ningún receptor de los 14 identificados en el Estudio de Olores, que pueda ser afectado directamente por olores molestos. En el Estudio se concluye que la concentración máxima, en todo el territorio cubierto por el estudio (62 km x 62 kin, área a modelar), es de 6 u.o./m3. Así mismo, la concentración más alta del percentil 98 en todo el territorio cubierto por el estudio es de 2 u.o./m3, es decir, sólo existe aprox. un 2% de los valores de concentración calculados que pueden ser superiores (175 horas/ acumuladas en un año) a las 2 u.o./m3. Estas concentraciones fueron calculadas al suroeste, a 47 metros del límite de la propiedad, no afectando directamente a ningún receptor discreto individualizado. No obstante se ha de considerar que es esta distancia hoy cuestionada debido a disimilitud entre este Estudio y las distancias de los receptores más cercanos, respecto las distancias de las viviendas indicadas en el Adenda. Se destaca en esta observación ciudadana que la comunidad vecina debe considerar el procedimiento de recepción de residuos, a través del cual y considerando las condiciones establecidas en este Informe, es exigente en cuanto a revisión de todos y cada uno de los vehículos que trasladan los residuos para su disposición en el Relleno Industrial. 164 En relación al alcance de los olores más allá hacia sectores más alejados, esto podrá ser corroborado a través del Seguimiento Ambiental de los Olores que pudiese generar el proyecto, lo cual deberá ser informado a la Superintendencia del Medio Ambiente para su fiscalización. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). (b) En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. (c)Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus 165 respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas, (d) En relación a la última parte de la observación presentada, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 66. Observante: Sra. Rosa Villarroel Alvarado Observación: Me opongo a este proyecto por la contaminación del aire, por los ruidos molestos y también el agua que lo contaminan. Mi rechazo es total a este proyecto ya que existe un vertedero muy cerca de nosotros llamado Rexin y una planta de harina de pescado que estamos respirando sus malos olores, por eso yo mamá, abuela, por mis nietos digo que no apoyo este proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. 166 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, tales como el Río Gómez, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. EsteServicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N'XI del Informe Consolidado de Evaluación). Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 167 67. Observante: Sra. Sofía Magdalena Ojeda Naiman Observación: No acepto ni quiero este proyecto porque la contaminación sería muy grave en los diferentes ámbitos como malos olores, ruidos y agua. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. 168 - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, tales como el Río Gómez, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap, N'XI del Informe Consolidado de Evaluación). 68. Observante: Sra. Paulina Carola Oyarzo Ojeda Observación: Creo que lo primordial es la contaminación y los malos olores y ruidos molestos. Los roedores, además contaminan el agua, ya existe un vertedero, una planta de harina de pescado (La Portada) ya es suficiente la falta de respeto y la mugre. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos 169 y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda complementada en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. 170 • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, tales como el Río Gómez, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y 171 superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 69. Observante: Sr. Héctor González Marzan Observación: Creo que este proyecto es detestable y falta de respeto, nadie pregunta nada, ya tenemos que lidiar con Rexin que es un vertedero, la planta de harina de pescado la Portada, además el proyecto dice que sólo son siete casas, lo que es mentira, somos muchos y tenemos niños, nos contaminan el aire con el olor, el agua, la tierra, además de los camiones y ruido. Lo lógico es que se lleven su proyecto a otro lado donde no haya tanta mugre, respeto señores no somos tontos sabemos el impacto de esto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: La primera parte de la pregunta, excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. Respecto al número de viviendas cercanas al proyecto, el titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 1Cm a partir del área de influencia del proyecto. En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 km contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, 172 sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NIVIP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación que existe ante la posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados para bebida de animales. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor infonnación para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno, Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 lcrn alrededor del 173 perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. 19°XT del Informe Consolidado de Evaluación). 70. Observante: Sr. Luis Ricardo Rosas Asencio Observación: No estoy de acuerdo con este proyecto, las principales razones son: 1) malos olores, 2) ruidos molestos, 3) existe un vertedero llamado Rexin, 4) existe una planta de harina de pescado la Portada. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la foima en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/1I del MMA. 174 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 71. Observante: Sra. Pamela Alejandra Oyarzo Ojeda Observación: Me opongo por los malos olores, vectores, ratas, contaminación de agua, ruidos, peligro para los transeuntes por piedras, cercanía a APR del Empalme, contaminación de ruidos. Existe preocupación por mas fuentes de contaminación como Rexin y la Portada. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos 175 y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán 176 diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del Informe Consolidado de Evaluación, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico, Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: 177 - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la infoimación, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto al peligro al que pudiesen estar expuestos los transeúntes, señala el titular que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V- 852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 1cm del deslinde del proyecto. 72. Observante: Sr. Sergio Enrique Gallardo Coronado Observación: La principal causa para oponerse a este proyecto es el impacto ambiental y la contaminación de las capas de agua de la comunidad, además de los roedores. El proyecto dice que tiene prácticamente ningún problema porque hay pocas casas, según ellos son siete casas, lo que no es real, existen muchas casas por lo que se falta a la verdad. 178 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. 179 • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto al número de viviendas cercanas al proyecto, el titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 Km a partir del área de influencia del proyecto. En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 lcm contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). 73. Observante: Sra. Marcela Gallardo Vera Observación: (a)EI proyecto se contrapone con la vocación turística del territorio y de agrícola. 180 (b)Preocupación por la contaminación de las aguas, olores, ruidos y vectores. Preocupación por revestimiento del vaso, derrame de estanques debajo de los lixiviados, daño a la flora y fauna local, olores. (c)Los impactos viales, piedras en el camino, donde se emplaza el proyecto es de piedra, se debería tener planes de contingencia. El mundo rural necesita espacio, el desarrollo mal entendido no lo queremos, nos oponemos a esta iniciativa y denunciaremos irregularidades. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)El titular indica que no existe sinergismo con los impactos generados por otras empresas que se encuentran cercanas al proyecto, la razón es que en su mayoría estas empresas operan con materias putrescibles, el proyecto que actualmente se encuentra en evaluación dispondrá solamente residuos industriales sólidos, no orgánicos e inertes, con los cuales no se aumentará la carga de olores en el ambiente. Por lo tanto no se generarán molestias a los turistas que transiten por la ruta 5. Asimismo, se indica que el proyecto no será visible desde la ruta 5. Según información entregada en Adenda, se señala que el "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" se emplazará en un lugar ya intervenido por otro proyecto que cuenta con RCA favorable cuya Res. Ex. corresponde a la N°126/2011"Empréstito Cabero". Se destaca que una vez que el actual proyecto finalice, dejará un pasivo ambiental, cuya condición está relacionada con la pérdida del estado ambiental actual. El titular enfatiza que se pretende recuperar con el Relleno Industrial, la cota original previo a la extracción de áridos del mencionado empréstito. Por su parte, el área donde se emplazará el proyecto carece de interés turístico. Al ser un ex pozo de extracción de áridos y de no efectuarse el proyecto, y a pesar de ser parcialmente cubierto una vez finalizada su extracción con material de cobertura, no perderá su fisonomía de pozo de árido. Por otra parte, se destaca que a corta distancia del lugar de emplazamiento del proyecto se ubica un vertedero de residuos orgánicos e industriales y una planta de lavado de camiones, lo que da un carácter industrial al sector (b) En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal 181 oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. 182 - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetacióh presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras corno anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están 183 relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Indica el titular en el Adenda y dando respuesta a esta inquietud de la ciudadanía, que para prevenir la rotura del sistema impermeabilizante, se realizará una mantención de este sistema, en base a las siguientes acciones: • Instalación de sellos basales en estricto cumplimiento de las indicaciones establecidas por los fabricantes. • Inspección visual diaria de tuberías y bombas. • Inspección visual diaria del sello basal de las piscinas. • Limpieza semanal de tuberías y bombas. • Control diario de caudal de ingreso de líquidos lixiviados. • Control diario de volumen de acumulación de líquidos lixiviados. • Limpieza diaria de material flotante acumulado en la superficie. • Mantención semanal de áreas de anclaje de sello basal libre de especies vegetales o sobre tamaños que pudieran dañar el sistema de impermeabilización. • Habilitación e inspección de canales de desvío de aguas lluvias alrededor de piscinas de almacenamiento, en períodos de alta pluviosidad. No obstante lo anterior y en caso de ocurrir una rotura del impermeabilizado, se mantendrán pozos de inspección. La elección de la ubicación de estos pozos se realizó considerando que el sondaje actual se encuentra habilitado para la toma de muestras de agua. Según el mapa realizado con los datos de las calicatas, en la Campañas N°1 y N°2, el escurrimiento al interior del límite del terreno de Proyecto, es de sur a norte con una leve inclinación al este (mayor información en Anexo 4 de la Adenda, Informe Complemento Estudio Hidrogeológico). En este sentido, el Punto de muestreo 1 se utilizará para la evaluación aguas abajo del relleno, mientras que el sondaje lo hará aguas arriba. Adicionalmente, se contempla un pozo de monitoreo PM2 en la parte central del terreno entre la masa de Residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración de las piscinas. El monitoreo se realizará de forma trimestral a partir de la habilitación de los nuevos pozos. Si se detecta un incremento en los valores de los parámetros de interés, se aumentará la frecuencia de monitoreo a mensual, con el fin de determinar si el resultado anómalo corresponde a una situación real o al procedimiento utilizado en el muestreo. De verificarse el incremento, deberán implementarse las medidas correspondientes según el Plan de Contingencia. Los resultados de los monitoreos serán reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del Informe de avance, el cual tendrá una frecuencia mensual. Se incluirán los niveles piezométricos registrados y las mediciones de calidad de los siguientes parámetros: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DBO5; e) DQO; Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno Kjeldahl; k) Sulfatos; 1) Alcalinidad Total (CaCo3); m) Sodio. Además, se incluirán los parámetros indicados en la norma chilena de calidad de agua para riego (NCh N°1333 del año 1978). Añade el titular que al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía. (c) Respecto al peligro al que pudiesen estar expuestos los transeúntes, señala el titular que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta 184 información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 74. Observante: Sra. María Isabina Paredes Mansilla Observación: No queremos relleno industrial porque el punto principal es el mal olor, los ruidos molestos y como ya existe un vertedero llamado Rexin y una planta de harina de pescado no queremos mas basura en mi sector, por eso es NO. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 185 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas dedicadas a actividades silvoagropecuarias que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 75. Observante: Sr. Francisco Hernández Villarroel Observación: Me opongo al proyecto por los malos olores que se producen, por contaminar el medio ambiente y las aguas, porque afecta a la flora y fauna de nuestro sector. Evaluación técnica:de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 186 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación que existe ante la posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). Finalmente, en cuanto a la preocupación de que el proyecto pudiese afectar la flora y fauna del sector, se puede señalar que el Titular señala que se realizó revisión bibliográfica y además se trabajó en terreno para el levantamiento de información sobre flora, el cual fue realizado por un profesional Ingeniero Forestal y para el estudio de fauna se contó con un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. En los Anexos 9 y 10 de la Adenda se incorporó esta información, concluyéndose que el entorno vegetacional asociado al proyecto corresponde a una matriz vegetacional altamente intervenida, con indicios de bosques nativos, que en el pasado fueron talados y quemados. Como consecuencia se presenta una vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especies dominantes vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antartica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la fauna del lugar, en el Anexo 10 del Adenda, se entrega Informe al respecto, el cual, dentro de las conclusiones señala que en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase aves y mamíferos, no registrándose Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. En terreno se indica, no fue posible identificar especies con problemas de conservación. El área donde se pretende ejecutar este Proyecto corresponde a un lugar altamente intervenido, donde la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un Empréstito. Finalmente, se destaca que en el lugar donde se instalaría el proyecto no existe flora ni vegetación alguna a intervenir, ya que se trata de un pozo desde donde se extraen áridos y material similar, por ende se trata de un lugar totalmente intervenido. 76. Observante: Sra. Paula Carolina Oyarzo Ojeda Observación: 187 Me opongo a este proyecto de tener que vivir en un lugar donde me casé y que por decisiones de otros me obligan a convivir con ratones, el no saber si voy a poder beber agua y tener que aguantar mas malos olores de los ya existentes. Lo que no entiendo como otras personas pueden manejar mi proyecto de vida que tenía para mi futura familia. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad 188 sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, 189 sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 77. Observante: Sr. Víctor Oyarzo Ojeda Observación: Me opongo al relleno ya que esto significa tener en el patio de mi casa un punto de infección, malos olores, plaga de ratones, jauría de perros vagos. Me preocupa la contaminación de las fuentes de agua, que esto esté cerca del APR del Empalme Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una platafoima de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. 190 • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se 191 propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 78. Observante: Sr. Giovani Alexander Garrido Pereira Observación: Yo como joven habitante del sector y estudiante, no estoy de acuerdo con este proyecto. Me siento muy afectado porque con el que ya está (Rexin) me avergüenza invitar amigos y compañeros, ya que los olores que ya emite Rexin son muy fuertes y con otro mas, yo no querría estar viviendo ahí. Estas tierras fueron años de esfuerzo y sacrificio de mis padres, por lo que si aceptara este proyecto sería como si todo el esfuerzo hubiese sido en vano, además que hay personas que quieren respirar aire fresco y limpio y no se podría con este proyecto. Las plagas que atraería también serían peligrosas y ni imaginar enfermedades que traería. He pensado hacer cumpleaños grandes e invitar a muchos amigos, pero no se puede con este proyecto, confirmo diciendo no al proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la primera y última parte de la observación, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y competencias de este Servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: 192 • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 79. Observante: Sra. Mónica Patricia Garrido Pereira Observación: Como habitante del sector en cuestión, no estoy de acuerdo con el proyecto del nuevo vertedero, ya que este atraería problemas de malos olores y contaminación ambiental, además de las plagas que este conlleva. Sinceramente no es un ambiente grato para vivir y mucho menos criar un hijo. Me parece una situación vergonzosa y antihigénica vivir cerca de un vertedero, pudiendo arrastrar 193 enfermedades no solo para nuestros niños, sino que también para los jóvenes (hermanos y vecinos) y para nuestros ancianos, sin mencionar el daño que esto le provoca a la tierra y a nuestro medio ambiente me niego completamente a devaluar nuestra calidad de vida. Cabe destacar además que mi hijo y hermano poseen enfermedades de carácter respiratorio (asma, alergias) y no les favorecería que el aire se siga contaminando, la idea de vivir en un sector alejado es la tranquilidad, alejarse del aire de la ciudad y la contaminación ambiental. Por lo tanto, para concluir es un NO rotundo, como madre, hermana, hija y persona que merece una buena calidad de vida. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adeuda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los 194 operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Finalmente, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 80. Observante: Sra. Nuri Adriana Quelincoy Cortes Observación: Yo corno habitante del sector me niego rotundamente a este proyecto por razones de salud fisica, mental y social. Dado a que la abundancia de moscas, pestilencia y no conforme con los perros vago que la gente tiende a ir a botar a los vertederos que atraen plagas varias. Exijo corno ciudadana que las autoridades tomen conciencia que somos personas con derechos igual que ellos. O sea que mi opinión como ciudadano un "NO" rotundo a este proyecto. 195 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: I. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades 196 es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la parte final de la observación ciudadana, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y competencias de este Servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 81. Observante: Sr. Juan Carlos Pitleira Pérez Observación: (a)Obras que por su carácter ambiental constituyen un gran impacto en el medio ambiente, movimientos de tierra, polvo en el ambiente, ruidos molestos, trabajo de día y noche, vehículos traficando, en la mayoría de los casos por camino de tierra generando congestión y polución. Traslado de los residuos por caminos que cruzan lugares poblados, mal olor, contaminación en los sectores aledaños, contaminación de napas subterráneas. (b)Normativas permisivas ambientales, medidas de compensación, mitigación y/o reparación que no se cumplen por el nulo respeto por los compromisos que adquieren los administradores de estos proyectos en todo el país. Generando "mala calidad de vida" para los afectados por estos proyectos, por cuanto los que votan a favor de estas iniciativas no son en la mayoría de los casos afectados por éstos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Respecto de la preocupación por el levantamiento de polvo en caminos rurales, esta es acogida por parte del titular y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: 197 - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. 198 En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 82. Observante: Sra. Francisca Andrea Piñeira Muñoz Observación: (a)Considero que obras como vertederos que se construyan cerca de lugares en las cuales se advierte una amplia cantidad y variedad de flora y posiblemente .fauna puede ser un hecho de gran impacto. (b)Primero el hecho de que se vacíen cargas (residuos no orgánicos) conducirá a que se produzcan malos olores, se contamine la tierra y aire. Este punto además alude a que con los malos olores y contaminación de alrededores se pasará a llevar a las personas que viven en las cercanías. El vertedero podría ser un gran problema a la hora de considerar que se contaminaría también nuestra agua, nuestros hogares, tierras, entre otros. (c)La construcción de vertederos sin considerar a los ciudadanos y sus opiniones es algo que no corresponde. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a) En cuanto a la preocupación de que el proyecto pudiese afectar la flora y fauna del sector, se puede señalar que el Titular argumenta que se realizó revisión bibliográfica y además se trabajó en terreno para el levantamiento de información sobre flora, el cual fue realizado por un profesional Ingeniero Forestal y para el estudio de fauna se contó con un profesional Ingeniero en Recursos Naturales Renovables. En los Anexos 9 y 10 de la Adenda se incorporó esta información, concluyéndose que el entorno vegetacional asociado al proyecto corresponde a una matriz 199 vegetacional altamente intervenida, con indicios de bosques nativos, que en el pasado fueron talados y quemados. Como consecuencia se presenta una vegetación heterogénea y discontinua. Se presenta como especies dominantes vegetaciones nativas adaptadas a suelos delgados y excesivamente húmedos en invierno (Ñadis). Debido a esto fue posible diversificar formaciones en diferente grado de cobertura y composición. Las especies dominantes corresponden a Gaultheria mucronata (Chaura), Blechnum chilense (Costilla de vaca) y Gleichenia squamulosa (Hierba loza). En sectores con mejor drenaje está presente Nothofagus antartica asociados a especies del bosque Siempreverde formando parches o bosquetes achaparrados que no superan los 3 m de alto. Sobre la fauna del lugar, en el Anexo 10 del Adenda, se entrega Informe al respecto, el cual, dentro de las conclusiones señala que en terreno fue posible identificar un total de 21 especies pertenecientes a la Clase aves y mamíferos, no registrándose Herpetofauna (Reptiles y Anfibios). Fueron dos las especies de mamíferos registrados, donde ambas corresponden a especies introducidas. La avifauna fue el grupo faunístico más diverso presentando un total de 21 especies y 238 registros. En terreno se indica, no fue posible identificar especies con problemas de conservación. El área donde se pretende ejecutar este Proyecto corresponde a un lugar altamente intervenido, donde la vegetación y el suelo fueron removidos completamente debido a que actualmente el lugar corresponde a un Empréstito. Finalmente, se destaca que en el lugar donde se instalaría el proyecto no existe flora ni vegetación alguna a intervenir, ya que se trata de un pozo desde donde se extraen áridos y material similar, por ende se trata de un lugar totalmente intervenido. (b) De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adeuda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados por ejemplo para actividades silvoagropecuarias. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. 200 Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 lan alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (c) En cuanto a la observación relacionada con la consideración de las opiniones de los ciudadanos en la construcción de los proyectos como vertederos, es preciso indicar que justamente el espíritu de la Ley 19.300 y su Reglamento, DS. N°40/2012, en su artículo 83 en cuanto a la participación ciudadana establece el Derecho de los ciudadanos a acceder y conocer el expediente de la evaluación, formular observaciones y obtener respuesta fundada de éstas. Un ejemplo de lo que se menciona, es precisamente la observación presentada durante el proceso de PAC de un EIA y que ha sido conducida durante el proceso de evaluación ambiental, y finalmente es considerada por este Servicio en virtud de la información obtenida durante el proceso de evaluación ambiental. 83. Observante: Sra. Lidia de las Mercedes Letelier Barrios 201 Observación: Yo Lidia no estoy de acuerdo de hacer un vertedero porque: se acarrean muchas enfermedades a ancianos, niños y jóvenes, porque se contaminan las napas subterráneas tanto como el aire. La construcción de un vertedero no es una acción que pueda llegar a contribuir bajo ningún medio. Como mencionaba antes, esto podría ocasionar problemas tanto a nosotros los ciudadanos que vivimos en el sector (malos olores, ruidos molestos, etc) como al medio ambiente (contaminación de la tierra, napas subterráneas, aire, acústico, etc) Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños, jóvenes y ancianos es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. Mayor detalle de lo mencionado, en referencia a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. 202 Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanjó de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Por otra parte, de la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Finalmente, en cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto 203 generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 84. Observante: Sra. Roxana Valeska Garrido Hernández Observación: Yo me opongo por lo siguiente: por la contaminación ambiental que esto trae a la salud de las personas ya que tengo un hijo con leucemia "cáncer a la sangre" el por su tratamiento siempre está con las defensas bajas y ya ha tenido problemas por la contaminación del vertedero que ya existe "Rexin" que mas espera mi hijo con otro vertedero quién me asegura que mi hijo no viva enfrentándose a la contaminación de estos vertederos, la contaminación está jugando en contra de su tratamiento, acaso los propietarios de estos vertederos le van a devolver la salud o la vida a mi hijo se le llega a pasar algo por culpa de la contaminación que esto trae. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación manifestada por la salud del hijo, si bien el tema señalado excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales. Es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, razón por la cual se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Para mayor información revisar el capítulo IX del presente informe, sobre medidas y plan de seguimiento ambiental. 85. Observante: Sr. Manuel Alonso Leal González Observación: El ambiente se contamina y así provoca enfermedades, provoca malos olores y la contaminación acústica afectará directamente. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación 204 de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, en cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 86. Observante: Sra. Norka Beatriz Leal leal Observación: 205 Porque tenemos derechos a vivir en un ambiente limpio, y también porque contaminan las napas subterráneas, producen enfermedades a ancianos, niños y jóvenes. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, se materializa mediante el cumplimiento de las normas ambientales, las que consideran indicadores objetivos de cumplimiento. Para el caso de aquellas materias que están en el ámbito de lo no normado, son las medidas de mitigación, reparación y/o compensación, en el caso de impactos o efectos generados por el proyecto; y también cuentan los compromisos ambientales voluntarios, establecer compromisos que pueden ir más allá de la normativa, y que finalmente pasan a ser de cumplimiento obligatorio en la calificación ambiental del proyecto o actividad. Desde esta perspectiva, el titular, está obligado al cumplimiento normativo, de manera tal de no afectar la salud de la población. Por ello es que en cuanto a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las misiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, frente a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, y su consecuente efecto en la salud de la población, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para 206 la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas 87. Observante: Sra. Claudia Erna Galvarini Gómez Observación: Somos representantes del sector Las Parcelas a 800 mts del Empalme, estamos en desacuerdo con la ejecución del proyecto por diversas razones, comenzando los malos e inaguantables olor, infecciones, moscas enfermedades, ratas, etc. La contaminación fatal. Ya con el que hay es insoportable el diario vivir de nuestra gente y alrededores. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo 207 esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades 208 es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la cpmunklárl siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 88. Observante: Sra. Soledad del Carmen Ruiz Valdovinos Observación: Yo me opongo por lo siguiente: Creo que esto del vertedero me tiene muy mal ya que va a afectar mucho nuestro ambiente en el que estamos viviendo. Esta contaminación nos va a atraer muchas enfermedades y plagas de seres vivos que no son muy agradables vivir con esta suciedad cerca de este lugar en el que vivimos yo, mi familia y mis vecinos que nos rodean ya que tengo a mis nietos e hijos que nos acompañan no quiero tener este vertedero cerca de nosotros, me opongo a su nuevo proyecto que nos va a afectar mucho. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Además, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. 209 En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. 210 Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 89. Observante: Sr. Sergio Hernán Díaz Mansilla Observación: Yo me opongo rotundamente a la instalación de este vertedero ya que nos afectaría demasiado a nuestro medio ambiente ya que esto es producto de contaminación y malos olores. En este lugar hay muchas familias aparte de nuestros niños. Por lo tanto recalco que no a su proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que 211 serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto a la preocupación por los olores. se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. El último aspecto de su observación es de carácter no ambiental, por lo tanto está fuera de las competencias de este Servicio. 90. Observante: Sra. Patricia del Carmen Pereira Oses Observación: Me opongo rotundamente a la creación del vertedero, ya que convivimos hace años con uno y sería demasiada contaminación para nuestro sector y alrededores otro mas, así se acrecentarían plagas como ratones y perros vagos que abundan en el sector y sobre todo el aroma nada agradable que se siente por las tardes y mucho mas en las mañanas. "NO más contaminación en nuestro sector por favor" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. 212 • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto de la preocupación por la emanación de olores, se indica que el titular realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de 213 conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. El último aspecto de su observación es de carácter no ambiental, por lo tanto está fuera del ámbito de competencia de este Servicio y e la evaluación ambiental. 91. Observante: Sr. Rolando Desiderio Garrido Gómez Observación: No estoy de acuerdo con el nuevo vertedero por lo siguiente: soy de la tercera edad y mi salud se ve afectada por el actual vertedero Rexin, son insoportables los olores a mierda en las noches y en las mañanas, las plagas de moscas, jaurías de perros vagos, aves rapaces etc... Además de la plusvalía de nuestros terrenos se verán afectadas negativamente.

Señores pido a las autoridades tomar en cuenta la salud de la población de los alrededores "es nuestro deber" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de 214 utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto a las preocupaciones por el olor. Se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adeuda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. El último aspecto de su observación es de carácter no ambiental, por lo tanto está fuera de las competencias de este Servicio y de la Evaluación Ambiental. 92. Observante: Sra. Jessenia Soledad Díaz Ruiz Observación: Yo me opongo por lo siguiente: por la contaminación ambiental que va a ocurrir en este lugar y las enfermedades que se va a producir si llega el vertedero, ya que tengo un hijo el cual puede que se enferme por las contaminaciones que trae todo esto y las plagas de seres vivos que van a empezar a aparecer a menudo, creo que es muy mala la idea que traigan el vertedero ya que somos muchas familias que vivimos en este lugar. Realmente me alerta este tema a mi y a toda mi familia y a los vecinos que estamos aquí, esto nos afecta mucho, no al vertedero en este lugar. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación planteada en la observación, en cuanto a la posibilidad de que se generen enfermedades debido a la proliferación de plagas o vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. 215 • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 93. Observante: Sra. Yanina Valeria Díaz Ruiz Observación: Yo me opongo obviamente por los siguientes puntos: por la salud tanto de los adultos al igual que el de los niños por el olor y la contaminación. No es justo para las familias estemos rodeadas de plagas, de perros vagos, nadie quisiera vivir así. Es indignante que gente de mucho sacrificio que con esfuerzo tienen sus hogares tengan que tolerar vivir al lado de un vertedero. Por eso digo "no al vertedero" Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Con respecto a la primera parte de la observación, que se relaciona con la preocupación por daño a la salud de la población, es posible mencionar que el titular indica en el Adenda que dada las 216 características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, razón por la cual se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Por otra parte, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y competencias de este Servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 94. Observante: Sr. Raúl Alejandro Hernández Aburto Observación: Yo opino que no es justo por lo siguiente: devaluación de los terrenos que con sacrificio con mi familia hemos adquirido para sí tener una mejor calidad de vida, que con esto se convertiría en un sacrificio de por vida debido a la contaminación medioambiental, plagas otros. Con mi esposa adquirimos un terreno escapando del ajetreo de la ciudad y de la delincuencia para tener una vejez tranquila, mi opinión es No rotundo. Que con esto se acrecentarían enfermedades debido a los aromas y plagas, perros vagos que ya matan nuestras aves que con tanto sacrificio hemos adquirido Evaluación técnica de la observación: 217 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Sobre la devaluación de terreno, a pesar de que se trata de una observación recibida en el marco del proceso de Participación Ciudadana del EIA, y que se ingresó y admitió como tal, se destaca que se trata de una observación que no aborda temática ambiental. Para el caso de aquellas materias que están en el ámbito de lo no ambiental como por ejemplo la "devaluación de los terrenos de los vecinos del sector", el titular no puede hacerse cargo de aquello, producto que es un acuerdo entre privados la comercialización de terrenos y el valor monetario que se le otorgue a éste. Sobre la preocupación del ciudadano ante las enfermedades, el Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En el Anexo 5 de la Adenda, se incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores una vez que entre en operación el proyecto. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en el Anexo N°8.1. En dichos apartados se hace mención a que el objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07.Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores - Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. 218 • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 95. Observante: Sr. Rolando Segundo Garrido Hernández Observación: Somos representantes de 40 parcelas que estamos ubicados a 800 mts del empalme hacia Calbuco. Hablamos en representación de todas las familias que ahí vivimos. Por años hemos tenido que convivir con olores de mañana y tarde provocados por el actual vertedero de Rexin, además de las plagas de moscas, aves rapaces y perros vagos. No vemos que beneficio de mejora de vida nos traería un nuevo vertedero a tan pocos metros uno del otro. Además consideramos que ya ha sido suficiente castigo tener a Rexin por 20 años con todos los efectos nocivos de contaminación hacia la población de los alrededores. En definitiva.• No estamos de acuerdo que se realice este nuevo proyecto por todo lo expresado ya anteriormente. Por lo que hemos escuchado en reuniones anteriores "no hay garantías que protejan a la población". En esta instancia no confiamos en las entidades que llevan a cabo dicho proyecto. Solicitamos a las autoridades no acoger dicho proyecto ya que este conlleva riesgos a la salud de la población. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 219 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación manifestada, es posible señalar que el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afectaría la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, lo cual ha sido complementado en la evaluación ambiental con medidas de mitigación en el caso de impedimento del flujo normal de los ciudadanos, con su respectiva medida de seguimiento con indicativos de cumplimiento, para mayor transparencia. En el actual proyecto se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes y no peligrosos El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 lsm del deslinde del proyecto. Para mayor información revisar el capítulo IX del presente informe, sobre medidas y plan de seguimiento. Varios son los puntos que se abordan en la evaluación y que fueron atendidos tanto por el titular como por el Comité Técnico y que dicen relación con la protección de la salud en cuanto a emisiones a la atmósfera, ruido, olores y otros que se abordaron con detalle y que aunque no se identificaron como impactos significativos, el titular asoció medidas de gestión para su seguimiento en el tiempo. De esta forma en el Anexo 5 de la Adenda, se incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores una vez que entre en operación el proyecto. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en el Anexo N°8.1. En dichos apartados se hace mención a que el objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07.Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones 220 Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuídado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 96. Observante: Sr. Ery Benedicto Vargas S Observación: Por la distancia que nos afecta de mi casa es de 800 mes, no quiero, aparte ya tenemos una planta de alimento de pescado, no estamos por ningún motivo de acuerdo por el mal olor y la contaminación del agua, el ruido de camiones que transitan todo el día y la noche. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 221 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Finalmente, en cuanto a la preocupación por el ruido y los horarios de funcionamiento del Relleno, y por ende del tránsito de camiones, podemos señalar a Ud. que, con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el ETA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. Por otra parte el horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 222 Sobre la preocupación por la posible contaminación de aguas subterráneas, se contempla el monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Para mayor información revisar el capítulo IX del ICE, sobre medidas y plan de seguimiento. Cabe destacar que para los monitoreo de los pozos particulares, podrá estar presente un representante de la ciudadanía. Todos estos resultados estarán a disposición de la comunidad. 97. Observante: Sr. José del Carmen Vargas Asencio Observación: Este supuesto relleno me trae una y mil complicaciones, estoy 100% en DESACUERDO ya que contaminan nuestra aguas (ríos, vertientes), de la cual obtenemos agua para nuestros hogares, los olores y el pasar de los camiones que echan a perder nuestros caminos, por lo tanto exijo que no se de paso a este vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación manifestada, es posible señalar que el titular indica durante la evaluación ambiental lo que sigue: Sobre la contaminación de aguas, y en referencia a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las rapas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, que son utilizados por ejemplo para actividades silvoagropecuarias. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber 223 eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. Sobre el estado de los caminos, el titular se compromete a la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino sector "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. 98. Observante: Sr. Rolando Robinson Alvarado Vargas Observación: Me afecta en un 100%, me da dolores de cabeza, es insoportable el olor. Ya no doy mas y quieren hacer otro mas?, paren por favor ya estoy harto de ustedes y malditos vertederos Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación sobre olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. Por otra parte, en el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo 224 esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Dado el carácter No Ambiental de la última parte de la observación, no corresponde a este Servicio pronunciarse, considerando que se trata de un juicio y opinión del observante. 99. Observante: Sr. Juan de Dios Alarcón. Observación: (a) No acepto ni quiero otro vertedero en el sector ya que con lo que tenemos en el sector están perjudicando el medio ambiente, que se cansen de traer más basura, no se puede vivir así con tanta mugre, ojalá que nos escuchen, vivo a 500 mts de Dragados, yo soy una persona enferma y ya tengo mis años, no soporto el mal olor de día y de noche con Rexin y la Portada ya estamos cabreados. (b) La ratonada que se come la cosecha que uno siembra, los perros vagos no dejan chanchos ni ovejas, gallinas, animales vacunos y aguas contaminadas y si ponen otro vertedero así no se podrá vivir. (c) Me opongo rotundamente a este proyecto ya que a mi y mis vecinos están de acuerdo por todos los daños que vamos a tener, así ya no se podría vivir sí que no lo acepto, ojalá que nos escuchen nuestros sufrimientos y pérdidas que ocasiona esto, los de Dragados que se vayan a otra parte a hacer su basural. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Si bien, respecto de la primera parte de la observación, no es posible hacerse cargo de los efectos de otros proyectos como Rexin y La Portada, se debe indicar que según señala el titular, por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, 225 especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. (b)Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la 226 corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (c)En relación a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de las competencias de este servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 100. Observante: Sr. René Leonardo Cabero Soto Observación: Por ser colindante de este proyecto me opongo porque estoy viviendolo a 300 mts de mi casa igual que Rexin es algo insoportable el mal olor que hay, qué podemos hacer con tanta contaminación, sufrimos todos los vecinos, los niños, no se puede ni comer. Las aguas contaminadas, los animales muriéndose, ya se me murieron 10 animales este año, ovejas que se comen los perros vagos, no nos dejan nada aquí en el sector el Llolle. Por eso le pedimos a las autoridades que nos ayuden a terminar con estos basurales y que ya sea hora que nos escuchen. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal fauna que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre 227 en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. 228 Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fm de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de las competencias de este servicio. 101. Observante: Sra. Rina Mariluz Vargas Alvarado Observación: En el sector no se puede permitir otro vertedero ya que estamos muy contaminados, porque hay muchas empresas que contaminan, como ejemplo tenemos la planta de harina de pescado la Portada y el vertedero Rexin, que largan muchos olores y botan todos sus desechos al río, el agua no se puede tomar. Los animales mueren, peligra hasta la vida de nuestros hijos y de nuestros adultos mayores, los suelos están muy sucios, ya no crece ni siquiera pasto para que el ganado se pueda mantener. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Según señala el titular, por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto a la segunda parte de la observación, se puede indicar, que según información entregada en Adenda, se señala que el "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" se emplazaría en un lugar ya intervenido por otro proyecto que cuenta con RCA favorable cuya Res. Ex. corresponde a la N°126/2011 "Empréstito Cabero". Se destaca que una vez que el actual proyecto finalice, dejará un pasivo ambiental, cuya condición está relacionada con la pérdida del estado ambiental actual. El titular enfatiza que se pretende recuperar con el Relleno Industrial, la cota original previo a la extracción de áridos del mencionado empréstito. Por su parte, el área donde se emplazará el proyecto carece de interés turístico y no tiene relación alguna con las actividades silvoagropecuarias 229 de los vecinos, ya que no alteraría estas actividades. El predio donde se concentraría el Relleno Industrial es particular y abarca 37 ha, más no hay incidencia en las actividades señaladas de los vecinos. Se destaca, que dadas las características del proyecto, que está destinado a la disposición final de residuos no orgánicos, no se generarán afectaciones significativas a la salud de la población. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 230 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 102. Observante: Sr. Juan Heriberto Alvarado Villarroel Observación: El proyecto requiere construir a 1,5 km de mi domicilio y no se puede aguantar el olor de todos los días, cada vez es peor y con otro vertedero ya no se podría vivir. En el sector está ubicado entre medio del vertedero Rexin y la planta de harina de pescado la Portada, que bota sus desechos al Río Gómez y mueren los animales y los salmones y a la hora de que uno va a reclamar, los dueños de las empresas se hacen los tontos como que si nada pasara. Los caminos se llenan de agua y quedamos aislados y en el invierno no se puede salir a ningún lado. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, en referencia a la segunda parte de la observación, según señala el titular, por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Flidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la preocupación por inundaciones de caminos y aislamiento que ocurre en invierno, en el Anexo 3 de la Adenda, se incorpora un Plan de Mitigación en caso de vías con restos de material granular, de esta forma se evitarán molestias a los vecinos que circulen por la ruta V-852. Adicionalmente se indica que el titular compromete el asfaltado desde la bifurcación "El Llolle" hasta la entrada al relleno. A lo anterior se añade que existe un Plan de Manejo de aguas lluvias de 231 manera de canalizar por las vías adecuadas el agua lluvia que pase por el predio donde se desarrolla el proyecto, y éstas sean evacuadas por las vías hoy existentes en la ruta principal. 103. Observante: Sra. María Audalia Hernández Pérez Observación: Por ser residente del sector el Llolle no acepto ni apruebo el proyecto de residuos no orgánicos por la contaminación de las aguas que consumimos los malos olores y la contaminación acústica que significarían los ruidos y trajin de camiones, por lo tanto no acepto ni quiero otro vertedero en el sector. Solicitamos a la autoridad detener el proyecto porque somos un sector sobre contaminados ya que en esta puede puede perjudicar nuestra salud. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 232 De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto del levantamiento de polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, especificamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al 233 Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. Emisiones de material particulado: • Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto • Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Utilización de una lona o encarpado de camiones para evitar la propagación de polvo. En relación a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de las competencias de este servicio. 104. Observante: Sr. Pedro Orlando Alvarez Cifuentes Observación: Derrame de líquidos y residuos, los cuales contaminan los esteros y ríos donde los animales beben agua. Existencia de un vertedero en donde llega basura industrial y doméstica de la empresa Rexin, contaminación con malos olores de gases generados por ácidos de Rexin y la Portada. Contaminación de napas subterráneas, las cuales pueden contaminar el sistema de agua potable que es de pozo profundo. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 kin desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y 234 superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). En relación a la existencia de otros proyectos en la zona, tales como Rexin, según señala el titular, por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Finalmente en relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 105. Observante: Sra. Daisy Isabel Triviño Triviño 235 Observación: No estoy de acuerdo por los malos olores, contaminación del aire, enfermedades, moscas, ratones, ya con el que está es suficiente. No querernos mas contaminación en el sector el Empalme. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. 236 En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 106. Observante: Sra. Malvy Godoy Redlich Observación: Yo vivo a menos de 50 mts del futuro vertedero, lo que en primera instancia va a generar una gran contaminación acústica por el traslado de camiones que llegarán al vertedero mas las maquinarias que ahí opere, además de los olores que ya son molestos por el vertedero que ya existe, pero lo mas importante son los ruidos ya que ahí tienen maquinaria operando día y noche que hace imposible llevar una buena calidad de vida. Por eso solicitamos a la autoridad no autorizar este proyecto ya que pone en riesgo la salud de nuestros habitantes. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Dada la cercanía con respecto al proyecto y la preocupación por el ruido, según información proporcionada por el titular en cuanto a cumplimiento normativo y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. 237 En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En cuanto a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la fo a en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es travég de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anea() 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 107. Observante: Sra. Luz Melania Cabrera Pérez Observación: El motivo de este descargo es que la empresa Dragados presentó un proyecto de relleno industrial no orgánico, después del pozo que se sacó para la doble vía y no encontraron nada mejor que formar un vertedero. Y lo que significa son los malos olores, los ruidos, la contaminación del agua, 238 molestias del sector, enfermedades de las personas de la tercera edad, los niños y todos lo que significa tener un vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la primera parte de la observación, se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y las competencias de este Servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. Por su parte, en relación a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor corno impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles 239 máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la nomiativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Por otra parte, frente a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, y su consecuente efecto en la salud de la población, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evapación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas. 108. Observante: Sra. Blanca Ester Soto Toledo Observación: 240 Como Comité de agua potable no aceptamos el "Relleno industrial de residuos no orgánicos" por posible contaminación del APR del sector que está ubicado a pocos metros de dicho relleno, lo, cual suministra a mas de 70 viviendas del sector, en la cual tenemos adultos mayores, niños y personas enfermas. El otro motivo es que ya tenemos un vertedero instalado hace años en el sector, la cual nos ha traído malos olores, mosca, perros vagos, ratas y contaminación del rio con el veredero que ya tenemos creemos que es suficiente. Debieran buscar otro sector para su relleno. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, y su consecuente efecto en la salud de la población, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas. En cuanto a la presencia de otros proyectos que se encuentran instalados en las cercanías del proyecto en evaluación, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la 241 etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Asimismo, y para dar mayores antecedentes sobre la inquietud planteada por la observante, se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: 242 • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Finalmente, ante la inquietud sobre la posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto; los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. 243 Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. 1\1°XI del Informe Consolidado de Evaluación). 109. Observante: Sr. Alexis Pérez Nanco Observación: No mas contaminación en la comunidad el Empalme Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera la observación ciudadana no pertinente, debido a que no cuenta con argumento ambiental y sus alcances no corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. 110. Observante: Sra. Patricia Jeannette Nanco Molina Observación: No quiero mas olores en comunidad por la salud, molesta cuanto a mi trabajo con gente, a los niños chicos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación por los posibles olores, es posible indicar según información proporcionada en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos y efectos en la salud. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo 244 esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. 111. Observante: Sra. Yuri Danitza Nail Mancilla Observación: Por los malos olores, por la salud de los niños y ancianos, por ruidos molestos, por higiene a los domicilios. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: 245 - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. 246 Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 112. Observante: Sr. Hans Toledo Torres Observación: Totalmente en desacuerdo con el proyecto, ya que en el sector ya existe un vertedero y nos trae complicaciones, insalubridad para todos los vecinos cercanos, a la larga con el tiempo se producen enfermedades, aparte también se desvalorizan nuestras tierras. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. 247 Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de fonna adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto al devalúo de las tierras, es posible señalar que esta observación no tiene fundamentos ambientales, y por lo tanto están fuera de las competencias de este servicio, razón por la cual no es posible de ser considerada. 113. Observante: Sr. Francisco Galvarini Gómez Observación: Me parece muy mal el proyecto, ya que para todos los vecinos es desagradable tener a cambio de uno dos vertederos es inaceptable, todas las complicaciones que trae un sitio de estos para la comunidad, enfermedades, mosquerío, en ocasiones ni siquiera se puede comer y disfrutar alimentos ya que el mal olor es frecuente y muy desagradable. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. 248 • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 114. Observante: Sra. Daisy Nataly Canio Galvarini Observación: 249 No comparto la idea de otro vertedero y mis razones son porque contaminan nuestras tierras, aire y aguas subterraneas. Es importante destacar que un vertedero es símbolo de enfermedades para nuestros niños y ancianos. (fuera de que ya hay un vertedero en el sector sin resultados positivos) Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación sobre la posible contaminación del agua y consecuentemente de la tierra, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. Por su parte, en relación a la calidad del aire, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en pu Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicadp en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camioneP, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. 250 • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin ,cap poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 115. Observante: Sr. Darío Canio Vargas Observación: La instalación del relleno de residuos orgánicos en cualquier sector donde hay personas es malo porque cambia su forma de vida, por los olores, ruidos, contaminación de las napas subterráneas, el paso de los camiones por caminos de piedra producen polvos que daña a las personas en especial a los niños y enfermos, por lo tanto estoy en contra de esta construcción. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia 251 del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el ETA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 252 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad 11, considerando el flujo establecido en el ICE. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en el ICE. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. 253 El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto al levantamiento de polvo producto del tránsito el Titular se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán 254 diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de peros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 116. Observante: Sra. Norka Gregoria Letelier Barrios Observación: Yo en mi opinión no deberían hacer otro vertedero, ya que contamos con uno y ya hay mal olor, se contamina el agua, la tierra, el aire, afecta a residentes, niños y ancianos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. 255 • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 117. Observante: Sra. Rosa Ibáñez Observación: En desacuerdo lo que más me molesta es el mal olor y la contaminación que esto provoca al tema de agua subterránea. Perjudicial contamina el aire y la salud de los ancianos y niños del sector, en realidad a todos quienes vivimos cerca. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. 256 El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles 257 máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni 258 de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto al levantamiento de polvo producto del tránsito el Titular se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la 259 corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 118. Observante: Sr. Pedro Tringa Miranda Observación: Totalmente en desacuerdo con poner otro vertedero ya que aparte de que hay uno, es algo que afecta a la salud de las personas, malos olores contamina aire, aguas y todo aquello que cuesta tanto cuidar, nuestras tierras merecen estar limpias ya que ha ido creciendo la población por estos lados. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adeuda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta I km del deslinde del proyecto. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de 260 conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y 261 Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto al levantamiento de polvo producto del tránsito el Titular se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. 262 En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 119. Observante: Sra. Cynthia Galvarini Gómez Observación: Por los malos olores, la contaminación de las aguas subterráneas, la insalubridad que provocaría otro vertedero para nosotros y los vecinos, también producen enfermedades donde cada uno de nosotros está expuesto. No al vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. 263 De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, especificamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del 264 N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto al levantamiento de polvo producto del tránsito el Titular se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el 265 Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 120. Observante: Sra. Rosa Yeny Garrido Hernández Observación: Yo digo no al vertedero. Mis razones se basan en que no nos va a atraer ningún beneficio a nuestra calidad de vida como moradores del sector, sino que al contrario nos va a perjudicar en lo relacionado con el medio ambiente, salud de las personas, enfermedades, plagas, deterioro al medio ambiente. Evaluación técnica de la observación: 266 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas, Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente eh el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están 267 relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 121. Observante: Sra. Jennifer Nicole Bobadilla Garrido Observación: No estoy de acuerdo con el nuevo vertedero: por los malos olores que este provoca por las plagas de roedores y moscas que la misma basura atrae y para las personas que tenemos hijos no es un ambiente muy saludable para el crecimiento de nuestros niños y para la tercera edad que aquí vive. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. 268 • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 122. Observante: Sra. María Magdalena Contreras Cabero Observación: Debo decir que el supuesto proyecto que se desea construir se va a ubicar a 200 mts aproximado de mi hogar. En el sector nos encontramos saturados de malos olores por el vertedero de Rexin y la planta pesquera la Portada que día a día botan basura y nos siguen contaminando, en las mañanas no se puede respirar porque el olor es insoportable, botan sus desechos al río Gómez y han muerto muchos animales, nadie responde por nada. Por eso pedimos junto a todos nuestros vecinos que detengan este proyecto para que no nos contaminemos más, porque así nos están matando en vida y todos ya están muy enfermos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio 269 de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 123. Observante: Sra. Rosa Antiñirre Soto Observación: No estoy de acuerdo que se realice el proyecto de residuos no orgánicos en el sector el Llolle, porque puede provocar diversos factores de contaminación ambiental al igual que los ruidos de la empresa, los malos olores contraen plagas que conllevan diversas enfermedades e infecciones que pueden ser totalmente peligrosas para la salud de las personas. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 270 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 271 Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 124. Observante: Sr. Luis Martín Contreras Contreras Observación: Lo primero que debo decir es que este relleno sanitario se construirá a 200 mts de mi domicilio, nuestro sector se encuentra saturado de basura y muchos ruidos molestos, el vertedero municipal de Rexin se encuentra a 600 mts de mi domicilio, recibe toda la basura de Puerto Montt, Calbuco, 272 Maullín y forman malos olores, además de una fábrica de harina de pescado. También me queda agregar que los camiones de la empresa Dragados CVV constructora SA transitan a alta velocidad por el camino vecinal, levantando mucho polvo y siendo un peligro para las personas que transitan el lugar ya sea caminando o en vehículo. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 273 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la nounativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros pen-os que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 274 Respecto al transitar a alta velocidad de los vehículos de la empresa Dragados CVV constructora SA, cabe indicar que ello no guarda relación con la evaluación ambiental del EIA del proyecto Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos. No obstante, respecto del tránsito de vehículo asociado al proyecto, se contempla la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 125. Observante: Sra. Eloiza Soto Gallardo Observación: Yo como colindante de la empresa Dragados estoy muy molesta por el proyecto que hay en el sector, por lo tanto me opongo a este basural que nos está afectando a todos los vecinos, ruidos, olores, moscas, ratones, las aguas contaminadas terrible que tenemos Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por el mido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el 275 tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. 276 Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción en el ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. 277 Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 126. Observante: Sr. René Octavio Cabero Altamirano Observación: Señalar que soy vecino colindante con el terreno donde se construirá el vertedero, motivo por el cual me opongo ya que nuestro sector se encuentra saturado por el ruido, malos olores que a industria de la basura genera, ya que tenemos un vertedero al lado que recibe basura de Puerto Montt, Calbuco y Maullín, por cuanto el olor es insoportable y a eso se agrega una panta de harina de pescado que aumenta la pestilencia. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el ETA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Infoinie lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del 278 Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 127. Alvaro Luis Carrasco Ojeda Observación: Ya estoy aburrido con los malos olores que tengo en el sector es muy molesto vivir aquí en este lugar. Me gustaría irme de aquí pero no puedo dejar mi campo desabandonado por gente que viene de otro país a ensuciar nuestros campos, por eso les pido a las autoridades que nos escuchen, no estoy de acuerdo con este proyecto, no al basural. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto a la primera parte de la observación, el titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. Por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del 279 proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En relación a la segunda parte de la observación cabe señalar que ésta no corresponde a una temática de carácter ambiental, por lo tanto no es competencia del Servicio considerar dicha observación. 128. María Magdalena Rojas Vidal Observación: No acepto ni quiero otro vertedero en el sector, ya que con lo que tenemos en el sector están perjudicando el medio ambiente. Que se cansen de traer más basura que no se puede vivir con tantos residuos orgánicos. Yo y mis vecinos no estamos de acuerdo por todos los daños que vamos a tener y asi ya no se puede vivir en el Llolle, así que sugiero y les ruego que no se hagan más vertederos en el Sector El Llolle. Ya son muchas las personas enfermas y niños que no soportamos el mal olor del dia a día. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad En relación a la primera parte de la observación, referida a que la observante solicita que no se instalen más vertederos en el Sector El Llolle, se debe aclarar que la ubicación de un proyecto, mientras éste cumpla con la normativa ambiental y sectorial y con aspectos de compatibilidad territorial, no es una materia que pueda ser regulada por este Servicio. 129. José Mansilla Observación: 280 El proyecto atraerá animales vagos, ratones y otros ¿Cómo evitarán esto? Al hacer tráfico de camiones se verá afectado el camino de entrada ¿cómo lo van a solucionar? En el informe del proyecto se menciona que recogerán desechos plásticos como vasos, platos y servicios ¿estos vendrán limpios o sucios?, de ser sucios ¿cómo evitarán los malos olores? No al relleno industrial de residuos no orgánicos! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán 281 diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto de la preocupación por el tráfico de camiones y la eventual afectación a las personas del sector, se indica que como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno y el eventual deterioro del camino rural, una vez aprobado el proyecto, el titular se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. Señala el titular que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de las competencias de este servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 130. Belarmino Mansilla Observación: (a) Este proyecto nos contaminará mucho más el aire con el mal olor, habemos adultos mayores con problemas respiratorios ¿cómo van a hacer para mitigar este problema? (b) Aumentará la cantidad de perros vagos a mi me afectará porque tengo animales ¿Qué harán para evitarnos este problema? 282 (e) Si ya tenemos dos plantas que contaminan nuestros hogares, vertedero de Rexin y fábrica de harina de pescado la Portada ¿Por qué seguir contaminando a nuestra comunidad? ¿Cómo van a mitigar este problema? (d) Nuestra comunidad usa agua de pozos, este proyecto nos traerá más contaminación a las napas subterráneas ¿qué solución hay para este problema? (e) Habrá más contaminación acústica y de polvo en suspensión por el tránsito de camiones pesados ¿Cuál es la solución? (D No al relleno industrial de residuos no orgánicos! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. (b)Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. 283 • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. (c)Según señala el titular, por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. (d)En relación a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para 284 la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal unifonne de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. (e)En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 285 Respecto del levantamiento de polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. Emisiones de material particulado: • Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto • Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Utilización de una lona o encarpado de camiones para evitar la propagación de polvo. (f)En relación a la última parte de la observación se debe aclarar que lo señalado sobre esta materia excede el ámbito de aplicación de las normativas medioambientales y de las competencias de este servicio. Por lo anterior esta Dirección Regional considera no pertinente este aspecto de la observación. 131. María L. Vargas Mancilla Observación: (a) Toda mi familia tenemos casa por más de 200 metro de la supuesto proyecto, no estamos de acuerdo con mis hijos y familia por todo lo que ya vivimos con el vertedero de Rexin con los perros vagos, malos olores, ruido de camiones, el polvo de los camiones. Este es un nuevo vertedero aunque digan que no es orgánico ya no lo creemos porque Rexin nunca ha cumplido con su reglamento queremos un lugar limpio sin tener que andar con mascarilla de disfrutar un asado al aire libre, eso ya no lo podemos hacer, tener nuestro sector libre de malos olores. (b) Solicitamos a la autoridades detener el proyecto porque somos un sector sobre contaminado ya que en esto puede ser perjudicial la salud para todos nuestros vecinos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: (a)De la preocupación por los posibles olores, señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se 286 elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están 287 relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En cuanto a la preocupación por el ruido y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto del levantamiento de polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. Emisiones de material particulado: • Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto • Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. 288 • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Utilización de una lona o encarpado de camiones para evitar la propagación de polvo. (b)En relación a la observación, referida a la solicitud de detener el proyecto, dado que observante señala se trata de un sector ya contaminado, se debe aclarar que esto no corresponde a una facultad de este Servicio. 132. Observante: Sr. José Jorge Soto Gallegos Observación: Estimados, no estamos con su propuesta de relleno industrial de residuos no orgánicos, ya que llegan el mal olor, el ambiente se contamina con los gases y emana esta planta, también nos afectan los perros vagos ya que la gente se desase de sus mascotas como saben que hay un vertedero lo vienen a botar y se empiezan a hacer daños a nuestros animales para poderse alimentarse, también las ratas empiezan también a aumentar en gran cantidad, como ya saben hay mucha contaminación en el sector el Llolle, así que no estamos de acuerdo con su propuesta, desde ya quiero que acojan todas nuestras sugerencias para que no se lleve a efectuarse el vertedero ya basta de contaminación. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto la consulta que dice relación con las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPIO y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Laño. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida).. Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. 289 En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto, se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y 290 dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 133. Observante: Sr. Gustavo Daniel Linnebrink Tercilla Observación: En primer lugar no aceptamos mas vertederos, ya que estamos llenos de contaminación, ya no se puede respirar en las tardes ya que origina mucho mal olor en nuestro sector, ahí hay mucha contaminación, ya que tenemos un vertedero y una planta de harina de pescado, en las tardes hay demasiado olor. Quiero que acaten nuestras sugerencias, ya que somos personas humanas y necesitamos vivir en un ambiente que podamos respirar aire limpio y agradable, ya que tenemos nuestros hijos, también tenemos una escuelita donde nuestros hijos juegan y también necesitamos que ellos respiren aire limpio, necesitamos que acojan nuestras sugerencias y reclamos. No estamos de acuerdo con su propuesta y necesitamos de mucho apoyo, para que no se construya este relleno industrial de residuos no orgánicos esperando que acojan nuestras predicciones. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la primera parte observada, y a modo de explicar el tipo de proyecto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los 291 antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo (efecto combinado de una o más sustancias químicas es mayor que la suma de los efectos de cada elemento solo) es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 292 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Se acoge observación por parte del titular y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle" y coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Respecto a la segunda parte de su observación, se trata de un aspecto no ambiental. 134. Observante: Sra. Viviana Gallardo Mansilla Observación: Yo vivo en el sector el Llolle no estoy de acuerdo que pongan este basural ya estamos cabriados de sufrir con estos malos olores y vivo a 4 km de Rexin y de la portada, no se puede ni comer con el mal olor, sobre todo por las noches y en las mañana por eso me opongo a este proyecto, ojalá que nos puedan escuchar las autoridades. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. 293 El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 135. Observante: Sr. Juan Rivas Orellana Observación: Me encuentro en total desacuerdo con la industria de dicha planta, porque al igual que las demás que se encuentran en nuestro sector: Gelimar, Rexin, la Portada, han contaminado nuestro río Gómez. Desagradables olores para nuestro medioambiente por todo tipo de desechos (basura) generando plagas de moscas y perros vagos. Las autoridades no han hecho nada para evitar estas contaminaciones que ponen en esgo nuestra salud y creo que esta empresa no será la excepción. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la primera parte de su observación: como antecedentes del proyecto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia 294 del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. 295 Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: I. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a las emisiones de olor. Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al. Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la segunda parte de su observación es de carácter no ambiental. 136. Observante: Sr. Luis Alberto Cabero Soto Observación: Por la distancia que me afecta, que mi casa está 200 metro del supuesto relleno, el ruido, malos olores, perros vagos, ya que nos afecta por el vertedero de Rexin y más al fondo una planta de harina de pescado la Portada que igual produce malos olores, ruido, tenemos nuestro camino vecinal muy angosto, el polvo con los camiones se produce un peligro por nuestros vecinos que salen a trabajar. Esta dichosa planta contaminará nuestras aguas ya que no tenemos agua potable en nuestro sector, tenemos terreno pantanoso donde son fácil que se contamine por la capa subterránea. Solicitamos a las autoridades detener el proyecto ya que estamos sobre contaminados, ya que este puede ser perjudicial a nuestra salud de nuestros habitantes del sector. 296 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. 297 • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a la preocupación por la posible contaminación del agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. 298 En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 in el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de las emisiones de olor, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 299 137. Observante: Sra. Daniela Estefani Cabero Observación: No estoy de acuerdo que realice otro vertedero mas en el sector ya que afectará de las siguientes maneras: contaminación en el ambiente, contaminación en las napas subterráneas del agua, plagas de roedores, gaviotas, jotes, jaurías de perros vagos que matarán a los animales de los pequeños agricultores del sector. No al vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción en el ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posterionnente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede 300 concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 301 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. La segunda parte de su Observación es no ambiental. 138. Observante: Sra. Marisol Soledad Vargas Mansilla Observación: Yo como vivo tan cerca del sector el Llolle me opongo a este proyecto porque a pesar de vivir a 5 km de Rexin y Dragados nos afecta mucho porque llegan los olores, los ruidos, también nos afecta la Portada, las aguas ya nos se pueden tomar y si ponen otro basural va a ser peor porque así ya no se puede vivir. Lo único que quiero que me escuchen y paren con este proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de 302 utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. 303 El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Finalmente en cuanto a la preocupación por el agua potable, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maula, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes periinetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. La última parte de su Observación es no ambiental. 139. Observante: Sr. Jorge Leandro Alvarado Vargas Observación: Estoy en completo desacuerdo, debido a malísimos olores, contaminación de las aguas. No lo hagan!! 304 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la primera parte de su observación, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. 305 Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. La segunda parte de su observación es no ambiental. 140. Observante: Sr. Juan Alarcón Antiñirre Observación: No quiero que se realice el proyecto de la empresa de residuos no orgánicos por los diversos factores que se puede ver envuelto en malas consecuencias que serían fatales para la comunidad, la contaminación ambiental nos afectaría en la salud, las contaminaciones del agua y los animales. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. 306 Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/5 y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 141. Observante: Sr. José Ricardo Ulloa Mansilla Observación: La planta de residuos no orgánicos se encuentra a 1 Km de mi domicilio y mi familia ni el resto de los vecinos podemos estar aguantando mas malos olores porque hay además muchos niños y adultos mayores que sufren de enfermedades respiratorias y además que en el sector no hay ningún centro de atención, el mas cercano es la posta de Salto Grande y la posta de Misquihue, cuando se enferma algún vecino hay que salir caminando hacia el Empalme y mas encina esperar bus para poder dirigirse a algún centro de salud. Los camiones de la empresa Dragados pasan a alta velocidad por el camino vecinal y no disminuyen la velocidad cuando ven que alguien va pasando por el camino ya sea en vehículo o de pies, además van levantando mucho polvo y eso es un riesgo muy alto ya que puede producirse algún accidente. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 307 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 Inn del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto a las emisiones de olor igualmente fueron evaluadas, el titular realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adeuda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la segunda parte de su observación, el titular acogió la observación planteada durante el proceso de evaluación y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro 308 Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitarel levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. El titular acoge lo observado por la comunidad, y señala que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 142. Observante: Sra. Camila Fernanda Levicán Ulloa Observación: No puedo permitir que se construya otro vertedero en el sector porque ya estamos muy contaminados con la planta de harina de pescado la Portada y el vertedero de Rexin y los dos contaminan mucho nuestro sector y nuestros suelos están todos muy afectados, los ríos están todos contaminados y los animales ya no se pueden mantener como antes. Han muerto muchos animales y nunca nadie responde por nada, los caminos ya no son los mismos de antes, porque ahora ya no se puede caminar en el invierno y los ríos se llenan mucho y quedamos aislados. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. 309 El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Además, el titular incluirá los parámetros indicados en la norma chilena de calidad de agua para riego (NCh N°1333 del año 1978). El titular añade que, al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía. Titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. 310 Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la segunda parte de su observación, el titular acogió la observación planteada durante el proceso de evaluación y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. El titular acoge lo observado por la comunidad, y señala que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 143. Observante: Sra. Arida del Carmen Ulloa Mansilla Observación: 311 Mi casa se encuentra ubicada a mas de 1 km de la planta de residuos y yo como vecino no puedo permitir que se construya otra planta que contamine mas el sector, ya que aquí se encuentra ubicada la planta pesquera la Portada y el vertedero de Rexin. Los camiones pasan a alta velocidad por el camino vecinal levantando mucho polvo y cuando ven a alguien que va caminando o en vehículo y no disminuyen la velocidad y eso es un peligro ya que pueden atropellar a alguna persona. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto al segundo aspecto planteado en la observación, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. 312 De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle" y coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. El titular acoge lo observado por la comunidad, y señala que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 144. Observante: Sr. Eloy José Vargas Alvarado Observación: En mi sector no se puede aceptar ningún vertedero más ya que estamos muy contaminados con el vertedero de Rexin y la planta de harina de pescado la Portada. Los olores son insoportables porque en las mañanas no se puede ni respirar y en los pozos se crea un aceite espeso y hay que estar limpiando los pozos todas las mañanas. Hay animales que toman las aguas contaminadas y después se enferman, y hay que gastar plata en veterinarios y remedios y cuando no hay solución se mueren y después nadie responde por nada. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado 313 la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Por otra parte, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. 314 El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 145. Observante: Sr. Bernabé Vargas Alvarado Observación: Soy un pequeño agricultor y por lo tanto me dedico a la crianza de animales y cultivo del campo, con lo cual me gano la vida todos los días. Este relleno industrial que se pretende construir nos va a afectar aun mas de lo que ya nos está afectando la planta Rexin, ubicada en la entrada de nuestro sector y la planta la Portada. Nuestra calidad de vida ha cambiado mucho desde que ambas plantas están funcionando, los malos olores son insoportables, los ruidos por las noches son muy fuertes. La salud de todos los que vivimos en los alrededores se ha visto afectada porque los residuos químicos que trae el aire hace que nos sintamos mal, aparecen los vómitos, la irritación de los ojos y garganta, las náuseas, etc. Todos ser vivo que respira se ve afectado y se enferma con este aire contaminado, Estos residuos se van depositando en los suelos contaminando el pasto y las aguas que alimentan a nuestros animales provocando daño. Asimismo los cultivos de frutas y verduras sufren el mismo impacto. Frente a esta situación hago saber mi rechazo a la construcción de otro "basural" que solo nos va a traer mas problemas. Tengo y tenemos todo el derecho a vivir en un ambiente sano y limpio. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para 315 afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los 316 niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto la consulta que dice relación con las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 Paño. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cerrado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. 146. Observante: Sr. Daniel Alarcón Hernández Observación: Estoy en desacuerdo, que no se apruebe el proyecto en el sector el Llolle, porque las filtraciones de las aguas subterráneas se pueden contaminar y a través de ellas se verán afectadas los ríos. El agua de vertiente que se ocupan diariamente y también se encuentra 2 fábricas que están contaminando. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: 317 Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extrema§ que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Además, y en relación con los otros proyectos presentes en el sector, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 318 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 kin del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 156. Observante: Sra. Juana Asencio Gonzales Observación: No estoy de acuerdo por lo que voy a indicar: contaminación del terreno y las aguas, las plagas de roedores como ratones, guarenes, por la gran cantidad de perros vagos que ya existen en el sector. No acepto otro vertedero Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. 319 • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a la preocupación por la posible contaminación de las aguas, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. 320 Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 148. Observante: Sra. Nadia Valentina Cabreras Vargas Observación: Yo vivo muy cerca de Dragados, me opongo a este proyecto por los malos olores, las aguas contaminadas, ratones, moscas, no podemos vivir así toda la vida. Este lugar está totalmente asqueroso, tenemos pura mugre a nuestro alrededor. Los perros vagos que nos comen las ovejas, animales vacunos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del ETA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 321 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el 322 Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 149. Observante: Sr. Sergio Antonio Báez Barría Observación: No acepto otro vertedero en el sector, ya que hemos tenido uno por 20 años. Por la contaminación del sector, malos olores, las aguas contaminadas, aumentan las plagas de ratones, los pájaros (jotes, gaviotas). Los perros vagos causan muerte a los animales de los pequeños agricultores. 323 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las 324 precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. 325 En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la noimativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a los suelos, el titular incluirá los parámetros indicados en la norma chilena de calidad de agua para riego (NCh N°1333 del año 1978). El titular añade que, al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía. 150. Observante: Sra. Camila Francisca Ibaceta Observación: No acepto otro vertedero en el sector ya que tenemos uno por 20 años aprox. Y la gran contaminación ha sido demasiada. En el actuar se ha derramado líquidos percolados al rio Gómez contaminándolo en su totalidad, además de todos los malos olores, la mala calidad del aire ya que no se aguanta los malos olores. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia 326 del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En relación a las emisiones de olor, específicamente el titular realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a las emisiones atmosféricas, se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto a las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MPIO y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. 327 En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. 151. Observante: Sr. Iván Marcelo Contreras Rojas Observación: No requiero de mas vertederos en el sector ni alrededor, basta con toda la enfermedad que ya tengo producto de toda la emanación del mal olor, ya no tengo ni animales por la suciedad que hay alrededor, ya somos muchas las personas que estamos enfermas e incluyendo a los niños. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada 328 al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En relación a las emisiones de olor, el titular presentó un estudio de impacto de olores adjunto en el Anexo 1.7 del EIA. En el Estudio se concluye que la concentración máxima, en todo el territorio cubierto por el estudio (62 km x 62 km, área a modelar), es de 6 u.o./m3. Así mismo, la concentración más alta del percentil 98 en todo el territorio cubierto por el estudio es de 2 u.o./m3, es decir, sólo existe aprox. un 2% de los valores de concentración calculados que pueden ser superiores (175 horas/ acumuladas en un año) a las 2 u.o./m3. Estas concentraciones fueron calculadas al suroeste, a 47 metros del límite de la propiedad, no afectando directamente a ningún receptor discreto individualizado. Se destaca que la comunidad vecina debe considerar el procedimiento de recepción de residuos, a través del cual y considerando las condiciones establecidas en este Informe, es exigente en cuanto a revisión de todos y cada uno de los vehículos que trasladan los residuos para su disposición en el Relleno Industrial. En relación al alcance de los olores más allá hacia sectores más alejados, esto podrá ser corroborado a través del Seguimiento Ambiental de los Olores que pudiese generar el proyecto, lo cual deberá ser informado a la Superintendencia del Medio Ambiente para su fiscalización. 152. Observante: Sra. Miriam Odette Ulloa Mansilla Observación: Yo vivo a cuatro kilómetros de la empresa Dragados y de Rexin y la Portada, por eso me opongo a este proyecto porque a pesar de la distancia nos llegan los malos olores sobre todo en las noches, también por los perros vagos que debido al vertedero que hay en el sector del Llolle que nos está contaminando desde hace 20 años y si colocan otro ya no se podrá vivir... que vamos a hacer con tanta basura y hediondeces que hay aquí. le pedimos que alguien nos escuche, no se puede vivir con tanta contaminación. Los huertos ya no producen, las verduras se secan antes de tiempo, no queremos mas basurales, hagan algo las autoridades, paren el proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación planteada en la observación, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 329 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En cuanto a la preocupación por el posible aumento de vectores, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. 330 Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por el suelo, el titular señala que incluirá los parámetros indicados en la norma chilena de calidad de agua para riego (NCh N°1333 del año 1978). El titular añade que, al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 1cm alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía. 153. Observante: Sr. Nelson Valdemar Vargas Vargas Observación: Yo como vecino del sector el Bolle me opongo a este proyecto por el motivo que ya no soportamos los malos olores que se cansen de hacer basurales en nuestro sector, ya es demasiado. Estamos atrapados en tres empresas cochinas, ya no tenemos aire puro y así quieren hacer otro, no es justo, tenemos olores de mierda y pescado que no es agradable para nosotros es molesto ya que todo huele mal, por eso hacemos los reclamos para que nos escuchen ya que aquí estamos desamparados, nadie se pone en nuestro lugar, ruidos que no nos dejan dormir, trabajan día y noche sin parar y nosotros no podemos hacer nada por no tener autoridad, solamente los grandes pueden invadir donde ellos quieran, por favor escúchenos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la 331 etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Además, respecto de las emisiones de olor, el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 332 Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 154. Observante: Sr. Raúl Mauricio Levicán Cheuquepil Observación: Los camiones andan por el camino vecinal, levantando mucho polvo y no disminuyen la velocidad al ver a una persona que transite por el lugar, ya sea de a pies o en vehículo, y eso es sinónimo de que puedan producirse accidentes y ser un riesgo muy alto para la comunidad. Los caminos se llena de agua y en el invierno no se puede pasar porque quedamos aislados, botan sus desechos al río y no se puede tomar agua, los animales mueren y los suelos están todos malos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. 333 • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 1cm del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. El titular acogió la observación por parte del titular y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle". Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. El titular acoge lo observado por la comunidad, y señala que para evitar accidentes, una vez aprobado el proyecto, se iniciará la colocación de señalética que indique zona de Peligro Entrada y Salida de Camiones a 200 metros, en ambos sentidos de la calzada (ruta V-852). Además se colocará un disco Pare para todo vehículo mayor (camiones) o de menor envergadura que se detenga antes de salir del recinto del relleno. Se destaca además que esta información se detalla en el Anexo 6 del Adenda en documento "Plano Conexión Vial y Tránsito al Interior y al exterior del Relleno Industrial". 334 Adicionalmente, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto en el camino desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, con esto se disminuirá el riesgo de accidentes por piedras que puedan ser lanzadas a orillas del camino. 155. Observante: Sra. Nancy Pamela Vargas Vargas Observación: El supuesto proyecto se quiere construir a mas o menos 1 km de mi domicilio. En el sector no se puede construir otro proyecto porque hay un vertedero en el Empalme que produce muchos malos olores y un poco mas abajo se encuentra ubicada la planta que produce harina de pescado llamada la Portada y no se puede ni respirar porque sale de las chimeneas un humo negro con un olor insoportable. En el sector hay niños y adultos mayores con problemas de enfermedades respiratorias y no pueden estar aguantando mas malos olores. Hay animales que han muerto por tomar aguas contaminadas y después nadie responde por nada, por eso en el sector no se puede permitir ninguna otra empresa que genere mas contaminación. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de 335 utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Asimismo, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por el posible aumento de olor, señala el titular en la Adeuda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían 336 olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación que existe por la posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, por lo tanto no se afectaría la actividad agrícola. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 lcm desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N ° XI del ICE). 156. Observante: Sr. Alex Toledo Muños Observación: No quiero que se construya el vertedero por los malos olores que se generará en el ambiente Afectando a la agricultura y ganadería del sector por la gran contaminación que se generará Afectará el turismo del sector ya que no se realizarán actividades por estos problemas. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: 337 Señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, el Titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también entrega información adicional en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y 338 dispuesto de forma adecuada para evitarproliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a I km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N ° XI del presente Informe). En relación a la preocupación por el Turismo, el titular indica que no existe sinergismo con los impactos generados por otras empresas que se encuentran cercanas al proyecto, la razón es que en su mayoría estas empresas operan con materias putrescibles, el proyecto que actualmente se encuentra en evaluación dispondrá solamente residuos industriales sólidos, no orgánicos e inertes, con los cuales no se aumentará la carga de olores en el ambiente. Por lo tanto no se generarán molestias a los turistas que transiten por la ruta 5. 157. Observante: Sr. Juan Mansilla Observación: Este proyecto va a traer muchos inconvenientes para la comunidad del sector ya que tenemos el vertedero de Rexin y la empresa la Portada, lo cuales estamos invadidos de malos olores y ruidos molestos que contaminan el aire. Es muy preocupante el tema por la contaminación de las capas subterráneas de la tierra, ya que en el sector no contamos con suministro de agua potable para las personas y animales (El Llolle) Ya que es un sector de ganadería y agricultura y contaminar de esta manera ya no queremos mas contaminación para el sector, estamos todos los habitantes del sector en completo desacuerdo. No al relleno de Residuos industriales no orgánicos. Evaluación técnica de la observación: 339 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adeuda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 lcm del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto a las emisiones de olor, el titular en la Adenda, indica que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. 340 Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. } No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Continuando en relación a los impactos por mido. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la preocupación por la contaminación de las aguas, el titular señala que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un 341 pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto, por lo tanto no se vería afectada la actividad ganadera. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de I km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.cl/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). 158. Observante: Sra. Selfa Gina Opazo Alvarez Observación: 342 El proyecto nos afecta en el sentido de que vamos a quedar rodeados de plantas que nos contaminan con malos olores que provienen del vertedero Rexin y planta de harina de pescado La portada. El paso de camiones que transportan estos elementos, la contaminación de las napas subterráneas y la contaminación acústica. Me encuentro en total desacuerdo, ya que nuestros hogares se encuentran a muy pocos metros de dichas plantas y la instalación de una mas va a significar mas problemas de los que tenemos. No al relleno industrial de residuos no orgánicos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta I km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto a la preocupación por los caminos, el titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, la cual tendrá 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que accedan al Relleno Industrial. Por otra parte, en las medidas de mitigación tanto en la etapa de construcción, se considera la mantención de las vías utilizadas para este proyecto, tanto internas como externas. 343 Respecto de las aguas. Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del presente informe, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a la preocupación por posible contaminación acústica, y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de nido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. 344 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fluentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41,, para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la última parte de su observación es de carácter no ambiental. 159. Observante: Sr. Mario Núñez Vidal Observación: a) Este proyecto nos afectará acústica y ambientalmente, estoy muy cerca de la empresa y el ruido de los camiones, el polvo en suspensión, la contaminación del agua se verá aumentada ¿Qué harán para mitigar este problema? b) La planta se encontrará ubicada muy cerca de la escuela, lo que representa un problema pues el paso de los camiones será una gran distracción para los niños c) Este proyecto traerá como consecuencia el aumento de perros vagos, lo que pone en peligro a mis animales y en nosotros también, ¿qué solución habrá para evitar esto? d) Según la dirección del viento, los malos olores llegarán directamente a nuestro hogar ¿qué medidas implementarán para evitar esto? e) Qué medidas tomará la empresa para evitar el deterioro del camino de nuestra comunidad, el que además conecta con los vecinos de Misquihué )) No al relleno industrial de residuos no orgánicos! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la parte a) de su Observación: Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: 345 - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno, una vez aprobado el proyecto, se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. El titular se compromete a colocar malla acma alrededor de todo el perímetro del proyecto, altura 1,8 metros (Adenda, Anexo 14 Plano B), y además instalación de panderetas con altura adecuada en los deslindes Sur y Norte del área del proyecto. Para minimizar el polvo producto del tránsito de vehículos el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas de mitigación ya descritas anteriormente y en el Capítulo sobre Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación del presente Informe, entre las cuales se menciona el asfaltado desde la bifurcación de la ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al proyecto. Indica el titular en el Adenda que para prevenir la contaminación de las napas subterráneas ante la posible la rotura del sistema impermeabilizante, se realizará una mantención de este sistema, en base a las siguientes acciones: • Instalación de sellos basales en estricto cumplimiento de las indicaciones establecidas por los fabricantes. • Inspección visual diaria de tuberías y bombas. • Inspección visual diaria del sello basal de las piscinas. • Limpieza semanal de tuberías y bombas. • Control diario de caudal de ingreso de líquidos lixiviados. • Control diario de volumen de acumulación de líquidos lixiviados. • Limpieza diaria de material flotante acumulado en la superficie. • Mantención semanal de áreas de anclaje de sello basal libre de especies vegetales o sobre tamaños que pudieran dañar el sistema de impermeabilización. • Habilitación e inspección de canales de desvío de aguas lluvias alrededor de piscinas de almacenamiento, en períodos de alta pluviosidad. No obstante lo anterior y en caso de ocurrir una rotura del impermeabilizado, se mantendrán pozos de inspección. La elección de la ubicación de estos pozos se realizó considerando que el sondaje actual se encuentra habilitado para la toma de muestras de agua. Según el mapa de isopiezas realizado con los datos de las calicatas realizadas en la Campañas N°1 y N°2, el escurrimiento al interior del límite del terreno de Proyecto, es de sur a norte con una leve inclinación al este (mayor 346 información en Anexo 4 Informe Complemento Estudio Hidrogeológico, de la Adenda). En este sentido, el Punto de muestreo 1 se utilizará para la evaluación aguas abajo del relleno, mientras que el sondaje lo hará aguas arriba. Adicionalmente, se contempla un pozo de monitoreo Punto de muestreo 2 en la parte central del terreno entre la masa de Residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración de las piscinas. El monitoreo se realizará de forma trimestral a partir de la habilitación de los nuevos pozos. Si se detecta un incremento en los valores de los parámetros de interés, se aumentará la frecuencia de monitoreo a mensual, con el fin de determinar si el resultado anómalo corresponde a una situación real o al procedimiento utilizado en el muestreo. De verificarse el incremento, deberán implementarse las medidas correspondientes según el Plan de Contingencia. Los resultados de los monitoreos serán reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del Informe de avance, el cual tendrá una frecuencia mensual. Se incluirán los niveles piezométricos registrados y las mediciones de calidad de los siguientes parámetros: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DBO5; e) DQO; Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno Kjeldahl; k) Sulfatos; 1) Alcalinidad Total (CaCo3); m) Sodio. Añade el titular que al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía al respecto. En relación a la parte b) de su Observación: Una parte de esta observación, la que dice relación con el compromiso del titular con la comunidad respecto a escuela proyectada, no es ambiental y no tiene relación alguna con la temática que se aborda desde ese punto de vista. No obstante se da respuesta a ésta. El Titular señala en el Adenda que el terreno Rol de Avaluó 521-58 a nombre de Sistema de Transmisión del Sur S.A en el que se encontraban construidas La Escuela Rural Los Pinos y la sede social de la Junta vecinal El Empalme a la que hacen referencia los vecinos, fue expropiada por el MOP para la construcción del Proyecto Concesión ruta 5, Tramo Puerto Montt —Pargua. De acuerdo al Informe de Tasación Ref. Resolución de Expropiación Fiscalía Exenta MOP N°374, los dineros correspondientes a expropiación fueron entregados a dicho propietario. De acuerdo a la Solicitud hecha por la Municipalidad de Maullín con fecha 30 de marzo del 2012, con el objeto de disponer de material estabilizador en el terreno expropiado, la Empresa Dragados Constructora S.A se pronunció y materializó (Ver Anexo 15 Certificado N°78 del Adenda). Se aclara lo siguiente, lo que la autoridad solicitó al titular fue el relleno y la disposición de material con el fin de aumentar la cota del terreno para que ellos pudieran reconstruir la escuela Rural y Junta Vecinal. En el Anexo 15 se presenta Informe de Tasación Res. Expropiaciones Fiscalía Exenta N° 374 con fecha 27 de mayo 2011, Carta Entregada por la Municipalidad de Maullín con Solicitud de Disposición de Material y Certificado N°78 que acredita la recepción favorable de lo solicitado. Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. En relación a la parte c) de su Observación: En el Anexo 5 de la Adenda, se incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores una vez que entre en operación el proyecto. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en su Anexo N°8.1. 347 En dichos apartados se hace mención a que el objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. - Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. 348 En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la parte d) de su Observación: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adeuda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. El Titular indica en el Adenda Complementaria que no se generarán olores molestos en el Relleno y las medidas que se tomarán para evitar toda emanación de olores molestos son las siguientes: • Limpieza diaria y total del área de emplazamiento del proyecto, incluyendo infraestructura complementaria y de servicios. • Aplicación de aspersores con reactivos neutralizados de olores en planta de tratamiento, si lo fuese necesario. También se proponen las siguientes medidas de contingencia sobre esta temática: Desplegar anticipadamente la cubierta diaria con el objetivo de cubrir y contener el olor. - De ser necesario, el tiempo de estadía en las piscinas se reducirá. Esto se logrará mediante el adelanto del vaciado de las piscinas a través de servicio externo calificado para dicha función. Una vez controlado el olor molesto e identificado su causa, se elaborará y entregará un informe a la autoridad competente sobre dicho evento para que ésta cuente con la información necesaria. Este informe será entregado en tiempo no superior a dos semanas de ocurrido el evento. En relación a la parte e) de su Observación: El titular se compromete a la aplicación de una carpeta de asfalto desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, la cual tendrá 15 cm de base granular sobre 5 cm de 349 carpeta asfáltica, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que accedan al Relleno Industrial. Por otra parte, en las medidas de mitigación tanto en la etapa de construcción, se considera la mantención de las vías utilizadas para este proyecto, tanto internas como externas. En relación a la parte final de su Observación es de carácter no ambiental. 160. Observante: Sra. Mabel Vargas Soto Observación: a) Este proyecto afecta en cuanto a acústica y polvo, ya que quedará a pasos de la escuela El Llolle, los niños con la bulla no podrán concentrase para sus clases ¿Qué medida tomarán para enviar esto? b) Con el paso de camiones con carga se destruirá el camino de entrada a la comunidad El Llolle ¿Cómo evitará la empresa que esto suceda? c) ¿Cómo evitarán la contaminación de nuestra agua?. Usamos agua de pozo, ya están presentando problemas debido a las empresas ya existentes. d) ¿Cómo evitarán que siga aumentando la cantidad de perros vagos y aves de rapiña con el relleno de sus residuos? En el estudio que presenta la empresa se menciona plásticos como vasos, platos, servicios y otros, los que obviamente no vendrán limpios. e) No al relleno industrial de residuos no orgánicos! Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la parte a) de su Observación: Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo 14itual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles Itle mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, 350 considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Cabe señalar que estos horarios fueron propuestos por el mismo titular y en la evaluación ambiental fue aceptada esta propuesta sin observaciones, quedando este horario como parte de los aspectos fiscalizables por la Autoridad pertinente. Cabe señalar que en caso de incumplimiento se debe dar aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente para realizar la correspondiente gestión a proceso sancionatorio, por incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental. Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el ETA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. En relación a la parte b) de su Observación: Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno, una vez aprobado el proyecto, se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. El titular se compromete a colocar malla acma alrededor de todo el perímetro del proyecto, altura 1,8 metros (Adenda, Anexo 14 Plano B), y además instalación de panderetas con altura adecuada en los deslindes Sur y Norte del área del proyecto. Para minimizar el polvo producto del tránsito de vehículos el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas de mitigación ya descritas anteriormente y en el Capítulo sobre Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación del presente Informe, entre las cuales se menciona el asfaltado desde la bifurcación de la ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al proyecto. En relación a la parte c) de su Observación: Indica el titular en el Adenda que para prevenir la contaminación de las napas subterráneas ante la posible la rotura del sistema impermeabilizante, se realizará una mantención de este sistema, en base a las siguientes acciones: Instalación de sellos banales en estricto cumplimiento de las indicaciones establecidas por los fabricantes. • Inspección visual diaria de tuberías y bombas. • Inspección visual diaria del sello basal de las piscinas. • Limpieza semanal de tuberías y bombas. • Control diario de caudal de ingreso de líquidos lixiviados. • Control diario de volumen de acumulación de líquidos lixiviados. • Limpieza diaria de material flotante acumulado en la superficie. • Mantención semanal de áreas de anclaje de sello basal libre de especies vegetales o sobre tamaños que pudieran dañar el sistema de impermeabilización. Habilitación e inspección de canales de desvío de aguas lluvias alrededor de piscinas de almacenamiento, en períodos de alta pluviosidad. No obstante lo anterior y en caso de ocurrir una rotura del impermeabilizado, se mantendrán pozos de inspección. La elección de la ubicación de estos pozos se realizó considerando que el sondaje actual se encuentra habilitado para la toma de muestras de agua. Según el mapa de isopiezas realizado con los datos de las calicatas realizadas en la Campañas N°1 y N°2, el escurrimiento al interior del límite del terreno de Proyecto, es de sur a norte con una leve inclinación al este (mayor información en Anexo 4 Informe Complemento Estudio Hidrogeológico, de la Adenda). En este sentido, el Punto de muestreo 1 se utilizará para la evaluación aguas abajo del relleno, mientras que el sondaje lo hará aguas arriba. Adicionalmente, se contempla un pozo de monitoreo Punto de muestreo 2 en la parte central del terreno entre la masa de Residuos y las piscinas de acumulación 351 de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración de las piscinas. El monitoreo se realizará de forma trimestral a partir de la habilitación de los nuevos pozos. Si se detecta un incremento en los valores de los parámetros de interés, se aumentará la frecuencia de monitoreo a mensual, con el fin de determinar si el resultado anómalo corresponde a una situación real o al procedimiento utilizado en el muestreo. De verificarse el incremento, deberán implementarse las medidas correspondientes según el Plan de Contingencia. Los resultados de los monitoreos serán reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del Informe de avance, el cual tendrá una frecuencia mensual. Se incluirán los niveles piezométricos registrados y las mediciones de calidad de los siguientes parámetros: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DBO5; e) DQO; Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno Kjeldahl; k) Sulfatos; I) Alcalinidad Total (CaCo3); m) Sodio. Añade el titular que al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía al respecto. En relación a la parte d) de su Observación: En el Anexo 5 de la Adenda, el titular incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores para ser implementado una vez que el proyecto entre en Operación. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en su Anexo N°8.1 El objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: - Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. - Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado - Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. 352 • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En Adenda, se presenta un Plan de Operación para el Relleno Industrial, cuyo objetivo es asegurar la adecuada inspección de los residuos, antes de su disposición. El responsable de que se cumpla a cabalidad el Plan de Operación en su conjunto será el Encargado del Relleno Industrial. Para lo cual se señala que se instruirá al personal encargado de operar el relleno industrial y cada trabajador que ingrese a desempeñar funciones dentro del mismo, sobre las características del funcionamiento del Relleno, la normativa asociada a su correcto funcionamiento y en detalle todos los procedimientos y rigor con que se debe desempeñar la función de cada trabajador. Asimismo, el titular señala que se exigirá el cumplimiento de: • El relleno ha sido proyectado únicamente para la disposición de residuos sólidos industriales no orgánicos y no peligrosos. • Estrictamente prohibido extraer residuos desde el Relleno Industrial. • Prohibido el acceso, permanencia y mantención de cualquier clase de animales o aves domésticas dentro del recinto de las instalaciones del relleno. Prohibida la quema de residuos, hierbas u otras materias dentro de las instalaciones del relleno, debiéndose sofocar de inmediato el comienzo de cualquier combustión superficial o encubierta que aparezca dentro del recinto. 353 • El recinto deberá permanecer cerrado fuera del horario de operación. No se permitirá el ingreso de vehículos para depósito de residuos fuera del horario de funcionamiento. Se debe mantener un acopio de material de cobertura que garantice la operación normal del Relleno Industrial durante al menos 15 días. Los caminos de acceso e interiores, y sus zonas aledañas, deberán permanecer limpias y libres de residuos en todo momento. A continuación se sintetiza el Procedimiento de Recepción y Disposición de residuos en el relleno industrial: a) Ingreso vehículos con residuos al Relleno Industrial: Todo vehículo que ingrese al relleno deberá ser controlado por un guardia o personal de seguridad que estará en la garita de ingreso al recinto. Posteriormente, el personal de seguridad dará aviso al supervisor a cargo de las operaciones, quien evaluará la respectiva autorización. Si el supervisor debe realizar actividades anexas en las instalaciones, deberá dar orden de cenar el portón de ingreso. La totalidad de los vehículos que ingresen al relleno, serán registrados solicitándole al menos la siguiente información: a. Procedencia del camión recolector b. Nombre del conductor c. Tipo de camión d. Marca, modelo y año del camión e. Placa patente f. Peso bruto, tara y peso neto del camión al ingresar y al salir del relleno g. Hora de ingreso h. Declaración de qué tipo de residuos pretende disponer en el relleno i. Exigible que cliente tenga documentación que acredite que los residuos vienen limpios (lavados), asegurando así que no contienen materia orgánica b) Plataforma de Inspección de Residuos: Se ubicará a continuación del control de ingreso al Relleno. La plataforma correspondería a un lugar destinado a la revisión de residuos. La plataforma será construida en base a un radier de hormigón de forma rectangular. Las dimensiones corresponden un largo de 20 metros por 5 metros de ancho y una profundidad de 30 cm. Para permitir el ingreso al recinto de vehículos cargados con residuos, éste se dirigirá a la plataforma de inspección de residuos donde estará el Encargado del Relleno para la revisión. c) Residuos prohibidos en el Relleno: El encargado del control de acceso deberá verificar que no ingresen los residuos no incluidos en la Tabla N°2 del presente Informe. d) Recepción Residuos Libres de Materia Orgánica Para garantizar la recepción de residuos libres de materia orgánica, se realizará el siguiente procedimiento: - Previo al ingreso de residuos al relleno industrial, siempre se realizará revisión de los residuos de manera de asegurar que los residuos a disponer en el relleno no contengan materia orgánica. La revisión se realizará de manera acuciosa, no habiendo límites en el tiempo. - Adicional a la revisión por parte del titular del proyecto, se le exigirá al generador que requiera disponer sus residuos en el relleno, que éstos vengan limpios (lavados), asegurando que no tienen materia orgánica. Se exigirá la acreditación del procedimiento de lavado del generador, previo a su recepción. - Asimismo, se le exigirá al generador una declaración de los residuos que dispondrá en el relleno, en la cual dé cuenta de la procedencia y el tipo de residuos. - En caso que se detecte la presencia de residuos peligrosos o alguno de los residuos no permitidos en el Relleno, se rechazará su ingreso y se devolverán al generador. - En caso de tratarse de residuos ante los cuales exista duda acerca de su peligrosidad o toxicidad, se deberá solicitar informe que acredite su inocuidad antes de su disposición en el Relleno. 354 - El procedimiento será actualizado y difundido por la Gerencia a quienes sean responsables de ejecutar dicha actividad, tanto de recepción como revisión de los residuos que se pretendan depositar en el relleno industrial. e) Autorización para disponer Residuos en Relleno Una vez verificado lo establecido en el punto anterior, se procederá el ingreso del vehículo, previo al registro de la información. Báscula de pesaje Luego de la revisión y la conformidad para que los residuos puedan ser dispuestos en el Relleno Industrial, se solicitará al vehículo que se traslade a la Báscula de Pesaje para registrar el peso inicial, incluido el tonelaje del camión. Posteriormente, y una vez depositados los residuos en el Relleno, se debe pesar nuevamente el camión en la báscula, para obtener la diferencia (tara del camión) y el pesaje total en residuos que se dispuso en el Relleno. Esta actividad la realizará un trabajador encargado exclusivamente de realizar esta labor. (Encargado Báscula de Pesaje). En relación a la parte final de su Observación es de carácter no ambiental. 161. Observante: Sr. José Atilio Mansilla Vargas Observación: Porque nos afecta demasiado los insoportables olores que tenemos que aguantar diariamente y por las noches, no acepto que funcione otro vertedero a tan corta distancia de mi hogar y por la contaminación de las aguas, las moscas, perros vagos que hacen daño a nuestros animales no lo apruebo, Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental, Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 355 Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. En relación a la preocupación por la contaminación de las aguas, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el 356 depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 162. Observante: Sr. José Nelson Contreras Cabero Observación: a) Solicito que el titular indique las medidas que se tomarán para evitar impacto negativo de camiones o vehículos pesados en los caminos de ripio, considerando que aun sin el proyecto aprobado camiones de la empresa Dragados CVV Constructora S.A circulan a alta velocidad y generando mucho polvo y siendo potencial riesgo de atropello y accidente a niños, adultos y animales. b) Pido aclaración de horario de funcionamiento del relleno ya que en sector los vecinos usan el camino a diario para dirigirse diariamente a sus trabajos. c) En cuanto al ruido que producirán, porque la empresa quedará relativamente cercana a la escuela rural del sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 357 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Como medida de mitigación ante el aumento en la circulación de camiones y vehículos que transitarán al relleno, una vez aprobado el proyecto, se compromete el asfaltado de la ruta, desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. El titular se compromete a colocar malla acma alrededor de todo el perímetro del proyecto, altura 1,8 metros (Adenda, Anexo 14 Plano B), y además instalación de panderetas con altura adecuada en los deslindes Sur y Norte del área del proyecto. Para minimizar el polvo producto del tránsito de vehículos el titular se compromete a dar cumplimiento a las medidas de mitigación ya descritas anteriormente y en el Capítulo sobre Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación del presente Informe, entre las cuales se menciona el asfaltado desde la bifurcación de la ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al proyecto. El titular señala como medida de mitigación para el levantamiento de polvo y evitar otros riesgos como el levantamiento y golpes con piedras, el asfaltado desde la bifurcación ruta V-852 camino "El Llolle" hasta el acceso al Proyecto, con 15 cm de base granular sobre 5 cm de carpeta asfáltica. Además se destaca Medida de Mitigación en caso de vías con restos de materia granular, evitando depositación de tierra y piedras o algún objeto que pueda significar riesgo hacia las personas en el libre tránsito de la ruta V-852. Este aspecto es abordado en Adenda, en la cual se señala que en caso de depositarse material sobre la ruta V-852 en el acceso al Relleno Industrial se hará una limpieza periódica por parte del personal de la empresa que opere el Relleno. Todos los camiones que circulen vendrán con su carga segura y cumpliendo todos los requerimientos para evitar caídas accidentales de material en la ruta. Esta medida se desarrollará durante la fase de construcción y constará de las siguientes acciones. Emisiones de material particulado: • Velocidad máxima de 20 km/h dentro del recinto • Humectación de caminos, mediante uso de camiones aljibe cuando las condiciones climáticas lo ameriten, a través de un camión aljibe de preferencia al comenzar la jornada laboral. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Utilización de una lona o encarpado de camiones para evitar la propagación de polvo. Cabe señalar que las actividades del proyecto, se desarrollarán a partir de las 8:30 horas., evitando el tránsito en períodos donde se produce el mayor movimiento vehicular (traslado de niños al colegio y/o hacia los lugares de trabajo), que con mayor frecuencia se realiza antes de las 08:30 A.M. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1,9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 358 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de mido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. (b)E1 horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Ante la consulta de cómo se dará cumplimiento a los horarios establecidos, cabe señalar que estos horarios fueron propuestos por el mismo titular y en la evaluación ambiental fue aceptada esta propuesta sin observaciones, quedando este horario como parte de los aspectos fiscalizables por la Autoridad pertinente. Cabe señalar que en caso de incumplimiento se debe dar aviso a la Superintendencia de Medio Ambiente para realizar la correspondiente gestión a proceso sancionatorio, por incumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental. (c)Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el ruido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. Con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el EIA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la 359 comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. 163. Observante: Sra. Adeliana Cabero Altamirano Observación: a) Considerando que el estudio menciona sólo la existencia de pocas casas alrededor del proyecto, en circunstancia que en realidad existen por lo menos 100 casas a menos de 1 Km de la ubicación del proyecto, solicito que el titular tenga en cuenta la totalidad de viviendas. b) Respecto de asegurar que no nos veremos afectados por olores, por vectores tales como moscas, ratones, perros vagos. Ya que nos afecta en la salud, por mi parte sufro de enfermedades respiratorias, tanto como a otros vecinos del sector. c) Problemas de agua, ya que el pozo es imposible tomar el agua ¿por qué? ¿Qué medidas tomarían para que esta situación no se agrave más con el nuevo proyecto? Solicito una muestra de agua de todos los pozos ubicados a 1 km. d) Por qué se eligió este sector y no se consideró otro lugar donde existan menos viviendas. Solicito las razones para considerar la ubicación en este sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la parte a) de su Observación. El titular corrige en Adenda Complementaria el plano con las distancias y ubicación de las viviendas aledañas, que contiene lo solicitado por la ciudadanía. Se detalla la información a escala 1:6.000 para un área buffer de 1 Km a partir del área de influencia del proyecto. En este plano se presenta tabla con las distancias desde las instalaciones del proyecto hacia las viviendas aledañas, en un área buffer de 1 km contabilizándose 113 viviendas. Cabe señalar que la vivienda más cercana se ubicaría a 38,3 metros (vivienda 2); sigue a esta la que se ubica a 64,7 metros (vivienda 110) y la tercera más cercana a 64,9 metros (vivienda 65). En relación a la parte b) de su Observación. Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de 360 conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto a Vectores. En el Anexo 5 de la Adenda, el titular incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores para ser implementado una vez que el proyecto entre en Operación. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en su Anexo N°8.1 El objetivo y alcance de la medida es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Vectores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: - Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos 361 especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto a las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP 10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida).. Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. En relación a la parte e) de su Observación. Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros 362 desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones , su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Se realizará Plan de seguimiento a los pozos que se ubican dentro del área del proyecto (3 pozos). Cabe mencionar que se realizó un primer muestreo al pozo del APR El Empalme, los resultados fueron incluidos en el Anexo 1.3 del EIA Pág 78. Por otra parte, si la ciudadanía lo autoriza y lo solicita, se realizarán muestreos a los pozos particulares ubicados a 1 km del deslinde del predio del proyecto. El titular, señala que acogiendo la solicitud de los vecinos de contar con un ministro de fé para el monitoreo de pozos, propone que en cada monitoreo se contacte a un ministro de fé que podrá ser el presidente (a) de la Junta de Vecinos o el presidente (a) del APR del sector "El Empalme". En el caso de que ninguno de éstos pueda acudir, se les solicitará que designen a cualquier persona mayor de 18 años residente del sector "El Empalme", que pueda ir como testigo del muestreo. En relación a la parte d) de su Observación. Según información entregada en Adenda, se señala que el "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" se emplazará en un lugar ya intervenido por otro proyecto que cuenta con RCA favorable cuya Res. Ex. corresponde a la N°126/2011 "Empréstito Cabero". Se destaca que una vez que el actual proyecto finalice, dejará un pasivo ambiental, cuya condición está relacionada con la pérdida del estado ambiental actual. El titular enfatiza que se pretende recuperar con el Relleno Industrial, la cota original previo a la extracción de áridos del mencionado empréstito. Por su parte, 363 el área donde se emplazará el proyecto carece de interés turístico. Al ser un ex pozo de extracción de áridos y de no efectuarse el proyecto, y a pesar de ser parcialmente cubierto una vez finalizada su extracción con material de cobertura, no perderá su fisonomía de pozo de árido. Por otra parte, se destaca que a corta distancia del lugar de emplazamiento del proyecto se ubica un vertedero de residuos orgánicos e industriales y una planta de lavado de camiones, lo que da un carácter industrial al sector. Se hace énfasis, que dadas las características del proyecto, que está destinado a la disposición final de residuos no orgánicos, no se generarán afectaciones significativas a la salud de la población. 164. Observante: Sr. Belarmino Segundo Mansilla Miranda Observación: Porque vivo a 1 km de distancia del actual vertedero y porque nos afecta a mí y a mis padres que son personas de muy avanzadas edad no aceptamos otro vertedero tan cerca por los malos olores que tenemos que aguantar todos los días y por la contaminación de los ríos y aguas de pozos no queremos ni aceptamos este proyecto. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación por la contaminación del recurso agua, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez 364 y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones , su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. 165. Observante: Sra. Lilia Maribel Vargas Mansilla Observación: Yo vivo cerca de Dragados y me molestan mucho los ruidos, no se puede tomar ni el agua, porque está toda contaminada, los malos olores, la planta de Rexin, no se puede vivir en esté sector. Amanecen trabajando por eso no queremos otro basural porque están echando a perder los campos. No acepto otro vertedero con engaños nos quieren poner otra planta de residuos, pero no lo voy a aceptar, me opongo rotundamente. También tenemos la portada que es una planta de harina de pescado que también estamos aburridos de tanta mugre. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre 365 los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Los demás aspectos de su observación son de carácter no ambiental. 166. Observante: Sr. Jaime Ernesto Pérez Vidal Observación: a) El proyecto gue se va a construir está a 150 mts aproximado de mi domicilio, el cual se encuentra cerca de( vertedero municipal, lo que afectará directamente a los riachuelos y especialmente a la 4anadería. b) El sector se encuentra afectado igualmente por los olores del vertedero de Rexin y más al fondo se encuentra la pesquera la Portada, que al igual que el vertedero botan sus desechos al Río Gómez y nos afecta porque no se puede tomar agua de los pozos por la misma contaminación c) Hay muchos niños y adultos mayores en nuestro sector y ellos no pueden vivir con esos olores porque es muy peligroso, pueden hasta producirse enfermedades respiratorias. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la parte a) de su observación: En relación a la preocupación que existe por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano 366 que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 lcm alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°X del Informe Consolidado de Evaluación). En relación a la parte 19 de su observación: En relación a la preocupación por los olores. Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Por otra parte, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. 367 El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. En relación a la parte c) de su observación: Adicionalmente, con respecto a la preocupación señalada respecto a la salud de los niños que asisten a dicha escuela y adultos mayores, es posible señalar, que de acuerdo a la información entregada tanto en el ETA como en sus respectivas Adendas, el proyecto no generaría impactos significativos en relación a las emisiones de partículas, polvo y las que se generarían serían mitigadas. Sobre las emisiones acústicas, se entrega información a través de la cual se acredita se dará cumplimiento con esta normativa en todo momento. Lo mismo con los olores, lo cual se indica no serán percibidos como una molestia por la comunidad. No obstante lo indicado también el titular compromete seguimiento ambiental de las emisiones acústicas y odoríferas. 167. Observante: Sr. Marcos Antonio Contreras Contreras Observación: Mi domicilio se encuentra ubicado a 200 mts aproximado de la supuesta planta y me afecta directamente porque botan desechos a los ríos y se han muerto animales y después nadie responde cuando alguien va a reclamar, andan muchos perros vagos, llegan moscas y malos olores. La planta pesquera la Portada siempre bota sus desechos al río Gomez, contamina mucho con unos humos que salen todos los días y casi no se puede respirar. El vertedero de Rexin es el que mas contamina porque traen basura de Puerto Montt, Calbuco y Maullín. Mi abuela tiene que estar siempre controlada porque ahora tiene enfermedades respiratorias y todo por los malos olores. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: 368 • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Por otra parte, y respecto al segundo aspecto de la observación, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 369 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serian cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Finalmente en cuanto a la preocupación por los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en qqe el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a travé4 de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del 370 Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así corno también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 168. Observante: Sra. Janett de Tránsito Vargas Soto Observación: Vivo cerca como a 1 km hacia debajo de la supuesta planta, las aguas que corren llegarían a mi pozo de agua que consumimos, son terreno blando y mal olores, moscas, ruido que ya nos aquejan por el vertedero de Rexin y la planta de la portada, no queremos mas contaminación, necesitamos un aire limpio, una vida sana que mis nietos crezcan libres de malos olores, es peligroso que se exponen ya que andan muchos perros vagos y los ratones que llegaría, el camino de ripio que los camiones producen mucho polvo. Solicitamos a las autoridades detener el proyecto ya que estamos sobre contaminados, ya que este puede ser perjudicial a nuestra salud de nuestros habitantes del sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la 371 construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones , su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852, La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a su preocupación por las emisiones de olor señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. 372 • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a su preocupación por las emisiones acústicas y con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de ruido de fondo, línea banal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. 373 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la preocupación por el material particulado, se presenta en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle" y coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. 169. Observante: Sra. Vanessa Polett Vargas Soto Observación: El proyecto nos afecta de distintas maneras en mi caso personal me encuentro a 200 mts del vertedero Rexin y del nuevo proyecto "Relleno sanitario" a 300 mts, entonces el olor es un foco importante que por Ips noches no se puede respirar debido a los malos olores, atrayendo con estos diversas plagas que afectan tanto a vecinos como al medio ambiente, por ejemplo moscas, perros vagos, pájaros carroñeros, ratones, etc, y esto con los años puede derivar a problemas serios de salud porque en nuestra comunidad viven niños, ancianos que son las personas de alto riesgo y con mas posibilidades de enfermarse. Yo creo que la mejor manera de ayudar a nuestra comunidad es no hacer este relleno sanitario porque si bien sabemos existen muchos lugares para hacer el relleno y nuestra comunidad está en total desacuerdo por la sencilla razón de ya encontrarnos cerca de un vertedero y a lo largo de los años no vamos a poder vivir en este sector así que creo que deberían estudiar una manera de ver la posibilidad de comprar los terrenos de la gente que le afecta directamente, o sea, los vecinos mas cercanos siempre y cuando ellos quieran y así se puede hacer un barrio o sector industrial y nadie se vería afectado. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la 374 etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Por su parte, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: 375 • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. La última parte de su observación es de carácter no ambiental. 170. Observante: Sra. Marta Emelina Vidal Hernández Observación: El relleno sanitario se construirá a menos de 300 mts de mi domicilio, lo que va a afectar directamente los riachuelos que sirven para sostener la agricultura, el criado de ganado de nuestros habitantes, además señalar que en nuestro sector ya existe un vertedero que recibe basura de Puerto Montt, Maullín y Calbuco, generando malos olores, además de la gran cantidad de ruidos y polvo que generan el tráfico de camiones que van al vertedero y a la planta de harina de pescado que existe y se vería incrementado con el nuevo vertedero. Solicitamos a la autoridad detener este proyecto que pone en riesgo la mala calidad de vida de nuestros habitantes y su salud. 376 Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 kin desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.sea.gob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el ETA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 lin alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromisos Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N'XI del Informe Consolidado de Evaluación). Señala el titular en la Adenda, que en el ETA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del E1A, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Se acoge observación por parte del titular y se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la 377 aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle"; Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del mido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. El último componente de su observación es de carácter no ambiental. 171. Observante: Sra. Jessica Andrea Yañez Toro Observación: No quiero otro vertedero en el sector el Llolle, ya basta con los que hay están perjudicando el medio ambiente y el mal olor que emana nos están perjudicando a mi y mi familia. Mis animales la mayoría están enfermos por la contaminación del río, yo y mis alrededores no estamos de acuerdo por todos los daños que nos están causando por el vertedero. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente 378 proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. En relación a la preocupación que existe por parte de la comunidad aledaña por posible contaminación de los cursos de agua existentes, el titular garantiza que no se afectarán los cursos de aguas aledaños al proyecto. Tal aseveración tiene como sustento estudios realizados en el marco de la evaluación ambiental de este proyecto, los que contemplaron tanto revisión bibliográfica, como información obtenida de manera directa a través de campaña de terreno, la que consideró un buffer de 1 km desde el límite del área del proyecto. Con la información obtenida se pudo constatar que no existe curso de agua cercano que se pueda ver afectado por la operación del proyecto. Para mayor detalle ver el Anexo 8 Plano N°4 "Cursos de agua 1 km buffer del proyecto" del Adenda, se adjuntan los respectivos archivos, los cuales están publicados en el sitio http://www.seagob.c1/, en el proyecto respectivo. Por otra parte, coincidiendo con la visión del titular, este Servicio destaca que el proyecto fue revisado por la Dirección General de Aguas, cuya función justamente es velar por el resguardo de los cursos de agua. Este Servicio al revisar el EIA y Adenda solicitó mayor información para establecer claramente si se verían o no afectados cuerpos de agua de los alrededores, pronunciándose finalmente conforme al respecto, luego de revisar el Adenda Complementaria, ya que el titular no intervendrá curso de agua alguno. Se añade a lo anterior el Seguimiento Ambiental de los pozos cercanos al lugar, considerando inclusive los pozos particulares que se ubiquen dentro del área correspondiente a 1 km alrededor del perímetro del proyecto, los cuales también serían monitoreados, siempre que exista solicitud y autorización del particular. De esta manera de espera hacer seguimiento de las condiciones de las aguas de napas ubicadas en el área, de manera de resguardar la calidad de las aguas subterráneas y superficiales (Compromiso Ambiental Voluntario que se puede revisar en Cap. N°XI del Informe Consolidado de Evaluación). Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. 379 • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. Método de Control En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exteiininadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 172. Observante: Sr. Richard Sebastián Cabero Soto Observación: No estoy de acuerdo ya que afecta a toda la comunidad del lugar, por contaminación de las napas subterráneas, los malos olores, las plagas de ratones, pájaros (jotes), la contaminación de todo el sector. Los perros en manadas mataron al ganado, les hacen daño a todos los animales, matan solo ellos y a causa de esto van en gran pérdida para los agricultores del sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: 380 Señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable flural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a la preocupación por los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos 381 y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respect va que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 382 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 173. Observante: Sra. Zunilda del Tránsito Alvarado Mansilla Observación: No estoy de acuerdo con el relleno que quieren colocar en el Llolle por ser una persona enferma de los bronquios ya que no puedo respirar cuando sale los olores de Rexin, estamos tomando pura mugre las aguas no sirven ni para lavar la ropa queda toda manchada, ya que nosotros tenemos pozo. Quien nos tiene compasión a nosotros, nadie escucha, todos se hacen los sordos, tenemos la Portada que también nos está contaminando con las hediondeces ya no podemos vivir, qué hacemos con nuestras tierras quién nos paga todos los daños habidos y por haber, tienen que parar esto se lo pedimos con muchas razones, pónganse en nuestro lugar las autoridades Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. 383 • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Por otra parte, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. 384 Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. La última parte de su observación es de carácter no ambiental. 174. Observante: Sra. Sonia Herpica Soto Gallardo Observación: El proyecto que se construirá está a menos de 3 km de mi hogar, el cual ya se encuentra cerca del vertedero municipal que genera malos olores y los ruidos de camiones que habitualmente transitan en el sector por las labores del mismo vertedero y las industrias aledañas que nos contaminan a diario generando una situación de molestia que dura día y noche durante los 365 dias del año. Por eso solicitamos a la autoridad que detenga este proyecto ya que nuestro sector está saturado de contaminación y otro vertedero mas pone en riesgo nuestra salud. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. 385 En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de nudo generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de ruido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el mido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la preocupación por los camiones, se presenta en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle"; Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsito. Adicionalmente, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia 386 del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de tnatpria orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 175. Observante: Sra. Ciria del Carmen Mansilla M. Observación: Les pido a las autoridades que nos escuchen por todas estas empresas que de hace años no podemos vivir tranquilos con todas las empresas que nos están perjudicando nuestra salud, ya no podemos respirar aire puro, las aguas están todas contaminadas, los olores entran hasta donde uno duerme. Ahora nos afecta Rexin y la empresa de harina de pescado que se llama la Portada, yo vivo a 2 Km. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado 387 la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto a las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cerrado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de considerar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire: • Humectación de sectores a intervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:Q0 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantene ones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Por otra parte, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre 388 en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1 d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a la preocupación por los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. 389 176. Observante: Sra. María Andrea Vargas Vargas Observación: No estamos de acuerdo con el proyecto que quieren realizar, ya que me veo afectada con la siguiente manera: no podríamos respirar el aire porque estaría contaminado, también me afectará el agua ya que el campo colinda con el mismo lado en que se construirá el proyecto porque no se sabe hasta donde llegarán las capas subterráneas, ya que no tenemos conocimiento si seguridad. Afectará al ganado porque aumentarán las jaurías de perros, los perros se acercarán a las casas mas cercanas y provocarán daños, bajará el nivel de los animales en las comunidades cercanas. Ya habiendo 2 empresas que contaminan la localidad: un vertedero situado en Salto Grande y una planta de desecho de pescados aumentan las plagas de ratones, también aumentan el enjambre de insectos (moscas, peldes) Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: La temática de las emisiones atmosféricas se presenta en el Anexo 1.5 del EIA y en el Anexo 1.7 del Adenda Complementaria, describiéndose las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto en sus distintas etapas. Respecto la consulta que dice relación con las emisiones que se generarían durante la etapa de operación del proyecto, se indica que los contaminantes que se generarían principalmente serían MP10 y gases, a través de las actividades de Transporte por Caminos No Pavimentados, vehículos pesados con 0,150 t/año. El titular indica que todas aquellas actividades que digan relación con el transporte propiamente tal, se realizarán en lugares que cuenten con aquellas condiciones que minimicen los posibles efectos negativos (como es la humectación previa de los suelos donde se puede levantar polvo u otra medida). Así también el titular se ha comprometido a asfaltar la ruta de acceso al Relleno, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el ingreso al Relleno Industrial, aplicando una carpeta de asfalto en el camino de mayor tránsito hacia el Relleno Industrial. Este asfaltado se realizará antes del inicio de la etapa de construcción del proyecto. En el Adenda Complementaria se añade entre otras actividades generadoras de emisiones, la acción de la Compactadora de residuos, y se destaca que se ubicará de manera fija en un lugar cenado, correspondiente al Galpón de almacenaje del proyecto, por ende no se generarían emisiones directamente liberadas hacia el medio. Por otra parte se han de qpnsiderar las medidas de mitigación contempladas para esta etapa en relación a la calidad del aire] • Humectación de sectores a iptervenir y caminos de circulación mediante camión aljibe. • Los frentes de trabajo serán humectados a través de un camión aljibe en las mañanas de preferencia, antes de las 09:00 A.M. • Se exigirá una velocidad máxima de desplazamiento de los vehículos de 20 km/h dentro del área del proyecto. • Zonas de acopio de material: cuando se realicen las acciones de acopio se mantendrán estas humectadas cuando las condiciones climáticas así lo ameriten. • Mantención de ruta en óptimas condiciones, verificando constantemente el estado de ésta y realizando las mantenciones necesarias. Al respecto se puede concluir que, dada la naturaleza del proyecto, y el tipo de residuos a disponer en el relleno, donde las emisiones de las chatarras, óxido y plásticos sólo se han de generar cuando se compacten, y esta actividad se destaca se realizaría en un lugar cenado, específicamente en el galpón de almacenaje, donde se ubicará la compactadora hidráulica. Respecto a la preocupación por la posible contaminación del agua, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. 390 Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozq de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones, su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retomo de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Respecto a los olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo 391 esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. 392 Adicionalmente, como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 177. Observante: Sr. Walter Vargas Vargas Observación: Por la distancia que nos afecta a mi casa es de 800 mts a parte ya tenemos un vertedero y también una planta de alimento de pescado. No estamos por ningún motivo de acuerdo, por el mal olor y la contaminación del agua, el ruido de los camiones que transitan toda la noche y día y todo el polvo que levantan los camiones. Solicitamos a la autoridad que detengan el proyecto porque estamos sobre contaminados ya que este puede ser perjudicial para la salud de nuestros ambiente del sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: 393 • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 kin del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Atendiendo la preocupación por el posible aumento de olores, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de 394 conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Respecto a la preocupación por la posible contaminación del agua, señala el titular que de acuerdo a la Información recopilada, el Comité de Agua Potable Rural El Empalme cuenta con un Derecho de aprovechamiento de agua autorizado por la Dirección General de Aguas, se trata del N°8 del 10 de Marzo 2015 (revisar el Anexo N°2 del Informe Complemento Hidrogeológico, presentado en el Anexo N°4 del Adenda), el cual establece en su informe técnico y en el punto 4 de la misma resolución un área de protección definida por un perímetro de 200 metros desde el centro del pozo. Aclarado esto, el proyecto se encuentra diseñado de tal forma que las áreas dispuestas para el depósito de los residuos y las piscinas de lixiviados se encuentran a más de 600 metros del pozo de captación de agua. De acuerdo al estudio Complemento Hidrogeológico, se identificó la dirección del flujo de aguas subterráneas y se concluyó que la napa freática escurre de sur a norte, lo que significa que escurre en dirección a los cursos de agua principales cercanos al área de estudio, como lo son el río Gómez y río Maullín, es decir siguiendo la topografía superficial. En virtud de esta información, se puede concluir que el APR no podría ser afectado producto del funcionamiento del relleno industrial. En relación a posible contingencia de rotura del sistema de impermeabilización del Relleno, que genere el desplazamiento hacia las napas de los lixiviados por arrastre de las aguas lluvias, se propone la implementación de pozos de monitoreo de aguas subterráneas, los que se utilizarán para la constante evaluación tanto aguas arriba como aguas abajo del relleno. También se contempla un pozo de monitoreo en la parte central del terreno, entre la masa de residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración. Asimismo, cabe señalar que existe un Plan de manejo de aguas lluvias, el cual se desarrolla el ítem Etapa de Construcción del ICE, en el subpunto 4.1.1. d) "Construcción del Sistema de Manejo y Evacuación de Aguas Lluvias". El diseño del proyecto de evacuación de aguas lluvias, contempla la construcción de canales en todo el perímetro del área de proyecto, de manera de encauzar y guiar éstas hacia un punto de evacuación final. Mayores antecedentes se pueden encontrar en el Anexo 16 del Adenda, donde se adjunta el "Diseño del Sistema de Evacuación de Aguas Lluvias", en el cual se indica que para el control de las precipitaciones , su captación se realizará por medio de la construcción de dos redes llamadas canal oriente y canal poniente; ambas redes perimetrales recolectarán las aguas lluvias, las cuales serán evacuadas posteriormente, hacia la zanja dispuesta para aquello en la ruta V- 852. La otra parte del agua lluvia que cae en la superficie del terreno se evaporará. Las aguas lluvias que caen directamente sobre los residuos se infiltrarán y escurrirán hasta tocar la impermeabilización, la que tendrá una pendiente transversal uniforme de 3% para encausar hasta la planta elevadora e impulsión de lixiviados, hasta las piscinas de acumulación, las que se encontrarán cubiertas en su totalidad (techadas), para impedir que se mezcle con el agua lluvia. Para el diseño del sistema de evacuación de aguas lluvias se consideró un periodo de retorno de lluvias de 100 años, esto de acuerdo a la infraestructura que caracteriza este Relleno, como las situaciones extremas que pueda soportar el proyecto. En base a éste se diseñó una zanja de, en el caso del Canal Poniente de 0,39 m3/s y el Canal Oriente de 0,43 m3/s. El canal tendría una altura de 0,8 m el poniente y el oriente 0,85 m y una zona de revancha de 0,2 metros que es aquella que siempre se mantendría liberada. Con lo anteriormente expuesto, se puede concluir que no existiría, en el manejo del Relleno Industrial, riesgo de contaminación del APR, ni de las aguas superficiales, menos de las aguas subterráneas, las cuales serán monitoreadas, además, como parte del Plan de Seguimiento Ambiental de calidad de aguas. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. 395 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. Respecto a la preocupación por el polvo, se establece en el Anexo 3 del Adenda, un Plan de Mitigación en "caso de vías con restos de material granular", para minimizar la existencia de tierra y barro en invierno y el levantamiento de polvo en verano producto del tránsito de camiones en la Ruta V-852, específicamente en la zona de acceso al Relleno. Por otra parte, se compromete la aplicación de carpeta asfáltica en el tramo comprendido desde la bifurcación Ruta V-852 hasta el acceso al futuro Relleno, tramo donde transitarán los camiones, vehículos menores y maquinarias que acceden al Relleno Industrial, de esta forma se minimizarán las emisiones de material particulado producto del tránsito de camiones y vehículos. De este Plan de Mitigación para evitar el levantamiento de polvo, se destacan las siguientes acciones propuestas por el titular: Mantención y limpieza permanente de la vía en el acceso al Relleno, que contenga principalmente material grueso, el cual no se adhiera a los neumáticos de vehículos que transiten por la ruta V852, camino "El Llolle"; Coordinar las actividades de barrido de la Ruta V 852 en caso de producirse depositación de tierra, arenas, áridos o algún otro objeto que intervenga en el libre tránsitp. 178. Observante: Sra. Viviana Contreras Cabero Observación: Qué medidas se adoptarán para evitar o disminuir la proliferación de moscas, ratones y perros vagos en el sector del proyecto, en especial el Llolle, cómo me aseguro de la eficiencia y resultados efectivos de esa medida, se solicita también el seguimiento de dichas medidas. En mi casa hay un pozo de agua que ya está contaminado, entonces me preocupa que aseguren que no va a contaminar, solicito que se haga un muestreo de todos los pozos ubicados en un perímetro de mil metros, de manera que se asegure la calidad de las aguas, este mondare° tendría que repetirse durante la operación del proyecto. Qué medidas va a adoptar para evitar malos olores en el sector. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Respecto de la preocupación por proliferación de vectores, en el Anexo 5 de la Adenda, el titular incorpora un Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores para ser implementado una vez que el proyecto entre en Operación. Al respecto mayor información, considerando la presentada en Adenda Complementaria, se puede encontrar en su Anexo N°8.1 El objetivo y alcance de la medida 396 es lograr un amplio control sobre la población e incidencia de estos organismo "Plagas y Veptores" durante la operación del Relleno, mediante el seguimiento y cumplimiento de actividades de control a fin de reducir los riesgos en la salud de la comunidad sin causar un impacto ambiental. Las acciones de control estarán coordinadas por el encargado del Relleno. El Marco legal que sustenta el plan propuesto considera el Decreto N° 157/07 Reglamento de pesticidas de uso sanitario y doméstico, el D.S 594/00 Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de trabajo. Para implementar este Plan, el titular tendrá a su disposición una vez que entre en funcionamiento el Relleno, recursos destinados a la realización de actividades con el fin de cumplir los indicadores y metas propuestas para este plan, se subcontratarán externos o proveedores para los servicios de fumigación general y otras actividades de plagas debe tener reconocida experiencia en el manejo y control de plagas, contar con los permisos exigidos por la autoridad sanitaria, manejar de dosis adecuadas contar con personal capacitado. Las funciones del grupo responsable del Plan de Control de Plagas y Vectores serán las siguientes: Coordinar las actividades internas de control sobre el relleno y otro tipo de plagas con la sección. Realizar las actividades de mantenimiento de la infraestructura a fin de generar barreras físicas contra los vectores o mantenerlas en buen estado Realizar inspecciones a fin de identificar posibles vectores Presentar informes mensuales sobre las inspecciones Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohíbe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. 397 En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Indica el titular en el Adenda que para prevenir la contaminación de las napas subterráneas ante la posible la rotura del sistema impermeabilizante, se realizará una mantención de este sistema, en base a las siguientes acciones: • Instalación de sellos basales en estricto cumplimiento de las indicaciones establecidas por los fabricantes. • Inspección visual diaria de tuberías y bombas. • Inspección visual diaria del sello basal de las piscinas. • Limpieza semanal de tuberías y bombas. • Control diario de caudal de ingreso de líquidos lixiviados. • Control diario de volumen de acumulación de líquidos lixiviados. • Limpieza diaria de material flotante acumulado en la superficie. • Mantención semanal de áreas de anclaje de sello basal libre de especies vegetales o sobre tamaños que pudieran dañar el sistema de impermeabilización. Habilitación e inspección de canales de desvío de aguas lluvias alrededor de piscinas de almacenamiento, en períodos de alta pluviosidad. No obstante lo anterior y en caso de ocurrir una rotura del impermeabilizado, se mantendrán pozos de inspección. La elección de la ubicación de estos pozos se realizó considerando que el sondaje actual se encuentra habilitado para la toma de muestras de agua. Según el mapa de isopiezas realizado con los datos de las calicatas realizadas en la Campañas N°1 y N°2, el escurrimiento al interior del límite del terreno de Proyecto, es de sur a norte con una leve inclinación al este (mayor información en Anexo 4 Informe Complemento Estudio Hidrogeológico, de la Adenda). En este sentido, el Punto de muestreo 1 se utilizará para la evaluación aguas abajo del relleno, mientras que el sondaje lo hará aguas arriba. Adicionalmente, se contempla un pozo de monitoreo Punto de muestreo 2 en la parte central del terreno entre la masa de Residuos y las piscinas de acumulación de lixiviados, que permitirá complementar la información y detectar alguna filtración de las piscinas. El monitoreo se realizará de forma trimestral a partir de la habilitación de los nuevos pozos. Si se detecta un incremento en los valores de los parámetros de interés, se aumentará la frecuencia de monitoreo a mensual, con el fin de determinar si el resultado anómalo corresponde a una situación real o al procedimiento utilizado en el muestreo. De verificarse el incremento, deberán implementarse las medidas correspondientes según el Plan de Contingencia. Los resultados de los monitoreos serán reportados a la Superintendencia de Medio Ambiente dentro del Informe de avance, el cual tendrá una frecuencia mensual. Se incluirán los niveles piezométricos registrados y las mediciones de calidad de los siguientes parámetros: a) Conductividad Eléctrica; b) Cloruro; c) Turbiedad (color); d) DBO5; e) DQO; Sólidos Suspendidos Totales; g) Hierro; h) Magnesio; i) Nitrógeno Amoniacal; j) Nitrógeno Kjeldahl; k) Sulfatos; 1) Alcalinidad Total (CaCo3); m) Sodio. Añade el titular que al tratarse de un relleno de residuos inertes, los lixiviados que se generen provienen del paso de las aguas lluvias por la masa dispuesta en el relleno. La capa impermeable, la cual evita la contaminación del suelo y las napas freáticas con estos líquidos, está compuesta por diferentes capas de materiales específicos que se instalan sucesivamente desde el fondo hacia la superficie y que asegura condiciones superiores de impermeabilidad que las exigidas en el art. 20 letra a) del D.S. N°189/08. 398 Con estas medidas de prevención mencionadas, más las medidas de mitigación descritas en el respectivo capítulo, y el seguimiento ambiental que se extiende a todos los pozos existentes en 1 km alrededor del perímetro del relleno, se estaría dando respuesta a la ciudadanía, y el titular haciéndose cargo de la inquietud de la ciudadanía al respecto. Se realizará Plan de seguimiento a los pozos que se ubican dentro del área del proyecto (3 pozos). Cabe mencionar que se realizó un primer muestreo al pozo del APR El Empalme, los resultados fueron incluidos en el Anexo 1.3 del EIA Pág 78. Por otra parte, si la ciudadanía lo autoriza y lo solicita, se realizarán muestreos a los pozos particulares ubicados a 1 km del deslinde del predio del proyecto. El titular, señala que acogiendo la solicitud de los vecinos de contar con un ministro de fé para el monitoreo de pozos, propone que en cada monitoreo se contacte a un ministro de fé que podrá ser el presidente (a) de la Junta de Vecinos o el presidente (a) del APR del sector "El Empalme". En el caso de que ninguno de éstos pueda acudir, se les solicitará que designen a cualquier persona mayor de 18 años residente del sector "El Empalme", que pueda ir como testigo del muestreo. Respecto de las medidas a implementar para evitar olores, el Titular indica en el Adenda Complementaria que no se generarán olores molestos en el Relleno y las medidas que se tomarán para evitar toda emanación de olores molestos son las siguientes: • Limpieza diaria y total del área de emplazamiento del proyecto, incluyendo infraestructura complementaria y de servicios. • Aplicación de aspersores con reactivos neutralizados de olores en planta de tratamiento, si lo fuese necesario. También se proponen las siguientes medidas de contingencia sobre esta temática: Desplegar anticipadamente la cubierta diaria con el objetivo de cubrir y contener el olor. De ser necesario, el tiempo de estadía en las piscinas se reducirá. Esto se logrará mediante el adelanto del vaciado de las piscinas a través de servicio externo calificado para dicha función. Una vez controlado el olor molesto e identificado su causa, se elaborará y entregará un informe a la autoridad competente sobre dicho evento para que ésta cuente con la información necesaria. Este informe será entregado en tiempo no superior a dos semanas de ocurrido el evento. 179. Observante: Sr. Oscar González Almonacid Observación: (a)Se solicita aclarar inconsistencia debido a que en el punto 4.1 del estudio se declara que los material a disponer son no solubles ni combustibles, posteriormente en el detalle de los materiales a disponer (4.2 estimación de residuos) se incluyen cartones y papeles al igual que todo tipo de derivado de hidrocarburos como bolsas, botellas, bidones, entre otros pertenecientes a la clase 4, sólidos inflamables de la clasificación de materiales peligrosos para transporte y almacenamiento. (b)Se consulta si es necesario tramitar la concesión minera de la zona de emplazamiento del relleno, debido a la presencia de sphagnum y por ende del recurso mineral turbera, según detalla informe agronómico del estudio. (c)El informe agronómico no cuenta con la firma del profesional responsable, tampoco se menciona un profesional Ad Hoc al propósito del informe (ingeniero agrónomo) en el listado de profesionales formuladores. (d)Se solicita el trámite correspondiente en la dirección de obras municipales relacionadas a la construcción de habitabilidad, bodegas, garitas y otras obras descritas en la declaración. Se solicita aclarar inconsistencia debido a que en el informe agronómico se declara la presencia de Sphagnum, en tanto que en la descripción del proyecto (1.5.7) se declara que no se considera la expoliación ni extracción de recursos renovables. Se consulta además si es necesario plan de manejo. (e)El plan de emergencia carece de información referente a la coordinación con entidades respondedoras de emergencia, ambulancia, bomberos, carabineros, onemi, autoridad sanitaria, entre otras, en caso de incidentes dentro o en tránsito al relleno. 399 (f)La participación ciudadana sólo contempló la comuna de Maullín, tomando en cuenta que el relleno es de carácter inter comunal, cuya localización se ubica escasos 600 metros de la comuna de Calbuco, compartiendo la ruta 5 y la V 85 entre ambas comunas para el acceso al relleno. Por lo anterior se solicita ampliar la participación ciudadana a las comunidades de la comuna de Calbuco, al menos a las localidades que el proyecto influye de manera directa como los sectores de El Empale, Las Parcelas, Los Pinis, y Huayun Alto. (g)El relleno se emplaza en una zona de alta incidencia de incendios forestales de acuerdo a la clasificación de riesgo de CONAF, en enero del 2015 la ONEMI declara alerta roja por incendio sin control a metros de los terrenos del relleno. ¿Se contemplan corta fuego o zonas intermedias para controlar un incendio si este se produce? (h)EI estudio declara que el fondo del relleno será impermeabilizado (1.5.2 Obras del relleno / Descripción del proyecto) para la gestión de lixiviados, por lo que se consulta si este tratamiento es contemplado para residuos no orgánicos o se pretende realizar el impermeabilizado para operar en un futuro próximo con residuos orgánicos? (i)En la zona de influencia del relleno (en frente, solo a metros) se encuentra en plena operación el vertedero industrial de la empresa Rexin que en la actualidad se encuentra bajo sumario sanitario, un proyecto mas de residuos terminará por saturar la zona de forma irreversible en relación al tránsito de camiones y en cuanto a toneladas de material dispuesto en un solo punto geográfico de la provincia, lo que resulta contraproducente con el derecho constitucional de vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por el observante, se puede indicar lo siguiente: (a)Los residuos que se recibirán en el Relleno Industrial se aclaran a través de Tabla N°1 del Adenda Complementaria (Tabla N°4 del ICE). Se indica que el Relleno Industrial estará implementado para recibir residuos sólidos industriales no orgánicos y no peligrosos, entendiéndose que el origen de éstos es industrial, referidos a los procesos y actividades de la misma. Se recibirán residuos sólidos urbanos de la construcción, demolición y siniestros, siempre y cuando los residuos a disponer estén incluidos en la tabla N°1 del Adenda Complementaria señalada. Para cumplir con esto el encargado del relleno solicitará el estudio de toxicidad respectivo al generador de dichos residuos, previo al ingreso al lugar de disposición. Los residuos de cartón y madera serán acopiados en el galpón de almacenaje, los que posteriormente serán vendidos a una empresa que cuente con todas las autorizaciones respectivas. Se insiste en que los residuos que se han de recepcionar en el Relleno son los indicados en la Tabla aludida, y que habrá un procedimiento de revisión, tanto visual (ver materia sobre plataforma de inspección, punto 4.1.2. del presente ICE) como certificada mediante documentación, para asegurar que lo que se haya de ingresar al relleno industrial es lo comprometido en la tabla señalada. (b)De acuerdo a información proporcionada en el Informe complementario de Flora y Vegetación, contenido en el Anexo 9 de la Adenda, es posible señalar que en el área circundante al proyecto no existen turberas productivas. Si bien, colindante al proyecto existe una industria donde se realiza el secado de la turba para su posterior distribución y comercialización, la materia prima proviene de diversas turberas de la región y en ninguna circunstancia de superficies aledañas al proyecto. Indica el titular que los resultados descritos en el informe complementario de Flora y Vegetación, en el Anexo 9 de la Adenda y Fauna, en el Anexo 10 de la Adenda, indican que tanto en el área de influencia como en el área circundante al proyecto no existen turberas productivas. Se aclara que de las 35,9 ha evaluadas, el musgo Sphagnum magellanicum se encuentra escasamente representado en las formaciones vegetales circundantes, registrándose sólo en dos puntos del muestreo, en fragmentos que no superan 1m2 de superficie. Este musgo forma parte de matorrales de Nothofagus antartica (Ñirre) y matorrales de Blechnum chilense. Se registró bajo ejemplares aislados de Pilgerodendron uviferum (Ciprés de las Guaitecas). El estado que presenta la especie aludida no posee las condiciones para ser considerada una turbera productiva. De acuerdo a lo anterior, indica 400 el titular que no se solicitará bajo ninguna circunstancia concesiones mineras, puesto que la extracción de Sphagnum magellanicum no es objetivo del proyecto en evaluación. Por otro lado, se aclara que lo descrito en el informe agronómico (Anexo 1.8 del EIA) corresponde a una tabla referencial con la descripción de un perfil típico de un suelo Ñadi de la región de Los Lagos, los cuales dependiendo de las condiciones particulares del sitio, pueden presentar este musgo en el primer horizonte orgánico. Este no es el caso de lo presentado en el informe agronómico (punto N°6 Recursos agua, suelo y vegetación, letra f: Perfil de suelo), los cuales corresponden a la caracterización del perfil del suelo en base a 5 calicatas dentro del área del proyecto. Aclarado lo anterior resulta entonces comprensible que en ningún caso ha de corresponder la tramitación de concesión minera para este tipo de explotación, la cual no se pretende realizar ni es parte del proyecto en evaluación. (c)En el Listado de Profesionales del EIA se detalla el nombre del Profesional que elaboró el Informe Agronómico, adicionalmente en el Anexo 7 del Adenda se adjunta su firma y copia del título profesional. (d)Esta es una observación de carácter sectorial, aun así el titular señala que una vez que el proyecto obtenga RCA favorable, se solicitará el correspondiente permiso de edificación a la Dirección de Obras Municipales. (e)Se acoge lo observado por la ciudadanía. El titular en Adenda señala que efectivamente existió tal inconsistencia y corresponde a información referencial de la Tabla 2 del Informe Agronómico (Anexo 1.8 del EIA), que debió ser presentada en el marco teórico del documento y no en los resultados del mismo. Esta tabla cualitativamente describe las características morfológicas de los suelos de la X región (Fuente: CIREN "Estudio agrológico descripción de suelos, materiales y símbolos de la X región") y no forma parte de los muestreos que se realizaron dentro del área del proyecto. Además contenía un error de digitación y describía un horizonte "R" Roca madre o regolito en vez de un horizonte "O" orgánico propio de la superficie. Se adjunta en el Adenda la tabla referencial en cuestión (tabla 2) y al pie de página la cita correspondiente. Los resultados específicos y propios del área del proyecto se encuentran en el Anexo 1.8 Informe Agronómico del EIA, punto N°6 Recursos agua, suelo y vegetación, letra f: Perfil de suelo y corresponden a la caracterización del perfil del suelo en base a cinco calicatas. De acuerdo a los resultados, en las calicatas no se registró la presencia de Sphagnum sp., lo que ratifica lo declarado en la descripción del proyecto capítulo 1.5.7 que no se considera la explotación ni extracción de recursos renovables. Se reitera que el proyecto en evaluación se emplazará en un lugar ya intervenido con la implementación de una actividad que cuenta con RCA favorable RES. EX. N°126/2011 "Empréstito Cabero". Cabe señalar que para la implementación del Relleno Industrial no se intervendrán recursos naturales, ni siquiera se realizará despeje de terreno, ya que existe actualmente en ese lugar un pozo desde el cual se extrae árido, y que fue evaluado ambientalmente. Por lo tanto no se requeriría de plan de manejo. (0E1 titular acoge lo planteado por el observante, y señala que para mejorar la coordinación con las distintas Instituciones, en caso de presentarse un incidente dentro o en tránsito al relleno, se presenta un Flujograma de Emergencias del Proyecto, el cual se presenta en la figura 1 del Adenda. El procedimiento interno indica que en caso de accidente de trayecto de los trabajadores, se dará aviso de inmediato a su jefe o supervisor, aún si se trata de una lesión menor. Este deberá comunicar vía telefónica a la administración del relleno. A continuación se indican los procedimientos a seguir: • En caso que corresponda se derivará al trabajador a la Asociación Chilena de Seguridad, ACHS. • El traslado será de responsabilidad del funcionario. Si es absolutamente necesario requerir una ambulancia, se solicita a la Asociación Chilena de Seguridad o el recinto hospitalario más cercano. • Al respecto y en caso de verse envuelto en un accidente de trayecto, se deberá actuar de la siguiente forma: - El conductor del vehículo debe proteger el sitio del suceso con señaléticas de seguridad, triángulos y chaleco reflectantes. El conductor del vehículo o la persona que se encuentre bien debe reportar el accidente al encargado o supervisor de Relleno Industrial. 401 De ser un accidente Leve, el supervisor o encargado del relleno en terreno se dirige al sitio del suceso y evalúa la situación. El encargado o supervisor del relleno se comunicará con el Administrador del contrato. En cada vehículo de la empresa se mantendrá un Flujograma de Emergencias del Proyecto y una ficha actualizada con los encargados de las emergencias y sus respectivos teléfonos de contacto. (g) Se indica que las actividades PAC fueron convocadas a través de avisos radiales, sumado a las publicaciones del extracto del proyecto en diversos periódicos de circulación nacional, por lo cual los ciudadanos de dichos sectores podrían haber sido partícipes de las actividades realizadas, toda vez que estas fueron abiertas. Por otra parte, se aclara que las actividades de participación ciudadana se desarrollan en el área de influencia del proyecto, obstante aquello, cualquier ciudadano o ciudadana, independiente de su domicilio, puede presentar observaciones ciudadanas al proyecto, siempre y cuando éstas se realicen dentro de los plazos establecidos. (h)Según información proporcionada en Adenda se plantea como medida de resguardo, una zona de protección de 16 metros alrededor de todo el deslinde del proyecto, la que se mantendrá como zona de transición sin vegetación, cumpliendo un rol de cortafuegos en caso de producirse incendios forestales en los predios aledaños. Debido a que la mayor ocurrencia de incendios forestales se da en los meses de verano, se propone: Previo a la época estival y al inicio de las obras, se realizará un llamado a la comunidad cercana y a los propietarios de los predios aledaños, escuelas rurales, juntas de vecinos, etc., para que puedan participar en charlas de prevención de incendios forestales Las medidas que se tomarán frente a la incidencia de incendios forestales son las siguientes: Se coordinará la participación de la comunidad del El Empalme, El Llolle, El Jardín, Salto Grande (localidades del área de influencia de Medio Humano) para realizar las charlas de cómo actuar frente a incendios forestales. Se instruirá al personal del relleno acerca del uso adecuado de extintores. En las instalaciones administrativas, los galpones de almacenaje y mantención se dispondrán extintores, como también se dispondrá de las herramientas necesarias para hacer un combate inicial de un eventual incendio. En el área de bodegas de sustancias y residuos peligrosos de almacenamiento de sustancias inflamables, combustibles se implementará señalética de advertencia, de seguridad e instrucciones de seguridad que indiquen: prohibición de fumar, de dispositivos de llamas abiertas y cualquier otra sustancia susceptible de causar incendio. Aparte de las medidas señaladas el SEA indica que se ha de considerar que habrá un procedimiento claro y habitual en la actividad diaria del Relleno, en lo que se refiere a la recepción de residuos, no recibiendo aquellos que no se contemplan recibir de acuerdo a la tabla N°1 del Adenda Complementaria o tabla N°4 del presente Informe, y que en este caso puedan ser inflamables, comburentes o tendientes a provocar riesgo de inflamación. (i)El sistema de impermeabilización presentado y evaluado es para el tipo de residuos que se propone disponer en este Relleno Industrial (listado en tabla N°4 del ICE), llamados en forma generalizada como lugar destinado a la disposición de residuos no orgánicos, inertes y no peligrosos.. Se descarta completamente la disposición de residuos orgánicos. Entre otros factores que justifican este sistema de impermeabilización, es el evitar que los lixiviados, que se producirán por la lenta descomposición de este tipo de residuos y el desplazamiento de las aguas lluvias a través del relleno, puedan filtrar hasta llegar a las napas subterráneas. En caso de que en el futuro el titular opte por esta opción, deberá ingresar su modificación al sistema de evaluación de impacto ambiental (SETA) como una modificación significativa, ya que se generarían impactos que no se han evaluado como tales en este proyecto. El titular señala en el Adenda que se descarta completamente la disposición de residuos orgánicos en este proyecto. Para asegurar aquello, en el Adenda Complementaria el titular describe el 402 procedimiento de recepción de los residuos, donde habrá una plataforma de inspección, sector por donde pasarán todos los camiones y donde se realizará inspección visual. Será responsabilidad de los encargados del Relleno, el exigir a los transportistas la acreditación del origen de los residuos, tipo de residuos, y según indica el mismo titular en el Adenda Complementaria, exigir documentación donde se acredite que los residuos vienen "lavados" sin restos orgánicos. Mayores antecedentes de tal procedimiento se pueden revisar el Anexo 1 del Adenda Complementaria o el punto 4.1.2. del ICE. (j)Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores es muy relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el ETA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 lcm del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. 180. Observante: Sra. Katherinne Silene Triviño Andler (sitio web) Observación: En la presente, dejo saber mi total rechazo al proyecto, ya que esto estancaría nuestro proceso de desarrollo social; debido que estamos en proceso de integrar un colegio en la comunidad y es inviable establecerlo al lado de un vertedero. Esto es solo un punto ya que nuestras vidas se verán deterioradas por las plagas, olores y ruidos, porque a pesar de que este proyecto va dirigido a productos no orgánicos esto puede variar solo con el cambio de una clausula en el papel, esto ya paso con la empresa REXIN y hemos vivido con esto ya mucho tiempo y no queremos seguir haciéndolo. Desde ya muchas gracias. Evaluación técnica de la observación: 403 El Servicio de Evaluación Ambiental, considera pertinente la observación ciudadana, debido a su carácter ambiental y sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto, excepto cuando se indique. Respecto de lo observado y de acuerdo a los antecedentes del proceso de evaluación, en relación a lo referido por la observante, se puede indicar lo siguiente: Como elementos del contexto, el titular en el Adenda destaca algunos puntos relevantes que se exponen a continuación: • El pozo o empréstito que se opera actualmente quedará como una explotación de áridos, el cual puede parcialmente ser recuperado, pero que en este caso se ha decidido, en lugar de implementar la etapa de cierre de un proyecto ya evaluado ambientalmente, utilizarlo para la generación de otro proyecto o actividad de inversión. • De acuerdo a lo señalado en el punto anterior, el proyecto que se presenta a evaluación ambiental busca recuperar esta área usándolo como un Relleno de tipo Industrial para materiales inertes, entre los que se pueden contar escombros, chatarra, vidrios. Referente a esto último ver Tabla N°1 del Adenda Complementaria o Tabla N°4 del presente Informe. • Se trata de un proceso de largo plazo, pues no solo existe disposición final, sino que la idea es poder recuperar para reciclaje y/o reutilización buena parte de este material, para lo cual se suscribirán convenios con empresas del rubro. • Terminada la vida útil del proyecto, se espera recuperar estos terrenos de forma tal que el terreno se acerque a su forma original. El titular indica en el Adenda que dada las características del proyecto no se afecta la salud de la población ni los sistemas de vida y costumbres de las personas que habitan en el área de influencia del proyecto, y es por ello que se descarta la disposición de residuos peligrosos y de materia orgánica, y sólo se permitirá la disposición final de materiales inertes. El contexto que se indica en los puntos anteriores relevante, pues por la propia naturaleza del proyecto no existiría, en las condiciones evaluadas del proyecto, sinergismo con los impactos generados por otras empresas, o con las actividades que se desarrollan actualmente en el lugar, dado la naturaleza de los residuos a disponer. Cabe señalar que en el EIA se presenta las fichas con los antecedentes principales de cada uno de los proyectos hoy operando y cercanos al Relleno, que serían cuatro. Los más cercanos son Rexin con dos actividades en su interior, una empresa dedicada al lavado de camiones y la Planta Procesadora de Recursos Hidrobiológicos La Portada. Para afirmar que no se generará sinergismo es que se ha de considerar el seguimiento en materia de emisiones odoríferas, a través del cual el titular podrá acreditar que su proyecto no está generando mayor impacto al medio en este ámbito. Lo mismo con la potencial contaminación de aguas subterráneas, donde también se contempla monitoreo de 3 pozos en el interior del relleno y todos aquellos particulares que se ubiquen hasta 1 km del deslinde del proyecto. Respecto de la emisión de material particulado durante la fase de construcción, ésta será de menor magnitud que la generada por la explotación de áridos del Pozo Cabero, aunque de mayor duración por la vida útil del proyecto. En todo caso siempre se ha de tratar de emisiones ajustadas al cumplimiento normativo. No obstante lo anterior existen medidas de mitigación que se han de utilizar, además de la pavimentación con asfalto de camino, desde la bifurcación Ruta V - 852 camino "El Llolle" hasta el acceso del predio. Respecto de la preocupación por posible aumento de vectores en el área de influencia, el titular indica que se aplicará el Plan de Manejo de Control de Plagas y Vectores, el cual se detalla en el Anexo 5 de la Adenda y también ingresa información complementaria en Anexo 8.1 del Adenda Complementaria. Dentro de las principales acciones de prevención se contemplan las siguientes: • Para el caso de moscas y cucarachas se contratará una empresa externa con experiencia para realizar servicios de fumigación, siempre cumpliendo con la normativa ambiental aplicable a este caso. La frecuencia y metodología a aplicar quedará sujeta a la empresa contratada para tal fin. • Se establecerá un cerco perimetral que impedirá el ingreso de perros vagos al interior del relleno. • Se prohibe la tenencia de perros al personal del Relleno, además de alimentar a otros perros que se acerquen al Relleno. • Para aquellos perros que logren ingresar al Relleno, estos serán capturados a fin de poder gestionar su adopción a través de una institución o fundaciones dedicadas a la adopción. El titular deberá asumir los costos asociados. • De manera mensual se mantendrá controlado el crecimiento de la vegetación presente en el área del Proyecto a fin de evitar posible hábitat que favorezcan el crecimiento de vectores. • Para el control de roedores será solicitado a una empresa externa, la que se encargará de la instalación de venenos mediante cebos colocados en recipientes (tubos de pvc). Esta misma empresa se hará cargo del monitoreo de las trampas y de la mantención de las mismas. • Se realizará una limpieza diaria a las instalaciones del Relleno, en especial aquellas áreas donde se manipularán alimentos. Los residuos domésticos generados producto de restos de comida de los 404 operarios, serán dispuestos en el frente de trabajo en contenedores con tapa, para ser retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizados. En el Plan de Manejo mencionado, se indica que para minimizar el riesgo de que se generen casos de proliferación de vectores, se utilizarán métodos de control que se detallan a continuación: Físicos: Consistente en barreras como anjeos que serán utilizados donde puedan ser colocados, como por ejemplo ventanas, alrededor de piscinas de lixiviados, planta de bodegaje. Mecánicos: Consiste en uso de dispositivo que atrapa al ratón o insectos para luego ser trasladado o retirado por una empresa autorizada para este tipo de retiros. Químicos: Consiste en la aplicación de sustancias o plaguicidas en diferentes formas (líquidos, polvos y sólidos) a través de mecanismos aspersores o nebulizadores que van dirigidos especialmente al control de insectos rastreros como cucarachas, los cebos envenenados para el control de rastreros y polvos químicos actúan al contacto que tiene acción exterminadora sobre estos vectores. Culturales: Consiste en mantener informada a la comunidad sobre las buenas prácticas en el manejo de alimentos, residuos y autocuidado que pueden ser controles efectivos sobre plagas y vectores. Por ejemplo la recolección del material vegetal de la poda de zonas arbóreas debe ser recogida y dispuesto de forma adecuada para evitar proliferación de plagas, evitar el acopio de basura industrial en los patios de las casas. En síntesis, al interior del sitio del Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos, se realizarán de forma periódica las siguientes acciones de prevención y control: 1. Fumigaciones, se realizarán semestralmente, no obstante de ser necesario se podrán ejecutar con mayor frecuencia. Se utilizarán diversos plaguicidas de acuerdo a las exigencias dispuestas por la normativa vigente y la autoridad sanitaria. 2. Control de malezas, aunque no se define como plaga o vector, las plagas también están relacionadas con ellas por este caso se controlará dentro del recinto del relleno mensualmente la corta y mantención de la vegetación. 3. Control de perros, se coordinarán actividades de control de perros a través de mecanismo trampa, con el fin de disminuir su población. Una de las actividades es la entrega a fundaciones de adopción animal y la adopción responsable por parte de la comunidad siempre y cuando el animal no genere un peligro de salud a persona que lo adopta. Respecto a las emisiones de olor, señala el titular en la Adenda, que en el EIA se consideró el parámetro olor como impacto ambiental. Por esto mismo, es que se realizó un Estudio de Olor presentado en el Anexo 1.7 del EIA, el cual tuvo como objetivo el análisis de la modelación de la dispersión de olores en los escenarios en situación actual (sin proyecto) y la proyectada, es decir con el Proyecto operando. En el Adenda el titular alude a que no se generarían olores al haber eliminado como actividad del Relleno el lavado de camiones. En el Adenda Complementaria se elimina del proyecto, la planta de tratamiento de lixiviados, lo cual representaba otro foco de potenciales olores molestos. En relación a la forma en que el titular acreditará que no ingresarán residuos orgánicos, ni restos de éstos al Relleno, es a través de un procedimiento que fue descrito en el Adenda Complementaria, específicamente en su Anexo 1.1. En este se detalla que existirá una plataforma de inspección, sección del proyecto ubicada en el acceso al Relleno y donde se realizará inspección visual a todos y cada uno de los camiones, así como también se exigirá la documentación que asegure que los residuos que se dispondrán en el Relleno no tienen restos orgánicos. Asimismo, en relación al procedimiento de recepción de residuos, el titular indica que se ha de exigir que los residuos estén libres de materia orgánica y estén previamente "lavados". Para todo esto se exigirá, por parte del encargado del Relleno, la documentación respectiva que acredite estos antecedentes. No obstante lo anterior, en el Capítulo de Seguimiento Ambiental del proyecto, se ha incorporado seguimiento de las emisiones odoríferas generadas por el proyecto. Con este muestreo se ha de conformar y acreditar, por parte del titular, la no generación de olores molestos por parte de esta actividad. Con el fin de acreditar que no se generarán efectos negativos significativos para la salud respecto las emisiones acústicas que genere el proyecto, en el Adenda Complementaria, en su Anexo 1.9, se presenta Informe Acústico. Este se reitera, de manera de incluir toda la maquinaria y trabajo de ésta, que no se presentó en el EIA ni Adenda, y que dice relación con la disposición de en zanjas y compactación de residuos mayores. En este Informe lo que se presenta es una modelación del ruido que ha de generar el proyecto, sobre el mido de fondo habitual en el sector. Las principales conclusiones presentadas en dicho estudio son las siguientes: - Se midieron los niveles de mido de fondo, línea basal diurna y nocturna, en cada receptor identificado en la zona aledaña al Proyecto. 405 - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de ruido generados en la fase de construcción del Proyecto, contemplando 3 faenas, en coherencia con el cronograma de actividades. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA en los receptores considerados. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados en la fase de operación del Proyecto, considerando simultaneidad de fuentes de mido. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles (NMP) para el periodo diurno establecidos por el D.S. N°38/11 del MMA. - Se estimaron y evaluaron para cada receptor los niveles de mido generados por el tránsito de camiones durante la fase de operación del Proyecto. Los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles dados por la norma Suiza de referencia OPB814.41, para una zona con grado de sensibilidad II, considerando el flujo establecido en este informe. - Para evaluar los niveles de ruido generados en la fase de cierre/abandono se consideraron los valores obtenidos para la Faena 3 de la fase de construcción. Los valores obtenidos no exceden los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA en los receptores considerados. Finalmente, se concluye que el ruido generado por el Proyecto "Relleno, Industrial de Residuos No Orgánicos" no superaría los niveles máximos permisibles establecidos por el D.S. 38/11 del MMA, considerando la información, entregada por el mandante y contenida en este informe. Además se cumple con la normativa de referencia Suiza OPB814.41., para evaluar el impacto generado por el tránsito vehicular hacia la comunidad. El horario de funcionamiento del Relleno Industrial sería de lunes a viernes, entre 08:30 a las 19:00 hrs. y los días sábados de 08:30 a 12:30 hrs. 14. Que, conforme a lo señalado en el artículo 16 inciso final de la Ley N° 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, "el Estudio de Impacto Ambiental será aprobado si cumple con la normativa de carácter ambiental y, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas. En caso contrario, será rechazado". En el Adenda Complementaria el titular presenta la caracterización de los lixiviados, proponiendo disponerlos en una planta depuradora de aguas servidas de empresa sanitaria de la región, no cumpliendo con la concentración normada por el cuerpo legal mencionado en el párrafo siguiente, específicamente en los parámetros Arsénico, Plomo y Sulfatos, tal como se presenta en la Tabla 10.9 sobre Normativa Ambiental atribuible al proyecto, en el Capítulo 10 de la presente Resolución. Atendido lo anterior, corresponde rechazar el proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", de Dragados CVV Constructora S.A, por cuanto el proyecto no cumple con la nonnativa ambiental vigente, en lo que se refiere a la disposición final de lixiviados que propone el titular, al sistema de alcantarillado, no dando cumplimiento a la Tabla N°4 del D.S. N°609/'98 MOP, que establece Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado. RESUELVO: 1. Calificar desfavorablemente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", de Dragados CVV Constructora S.A., por las razones expuestas en los Considerandos 10 y 14 de la presente Resolución. 2. Hacer presente que el proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", de Dragados CVV Constructora S.A. no se podrá ejecutar y que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental no podrán otorgar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón del impacto ambiental del referido proyecto, aun cuando se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique pronunciamiento en contrario. 3. Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a los artículos 20 y 29 de la Ley N° 19.300 ante el Comité de Ministros. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. 406 • a Sanhueza e dente Comisión Regió J •

dente e Evalu e Los Int- eh Ambiental cio de Evaluación ión de Evaluación Los Lagos Leonardo De La PRESIDEUTE Notifíquese y Archívese /0 x.,1.11 á G n Ambiental de la OS Or. r ,,LuA61,04, SECRETARIO 4, 41, -*/ de losd Alfre 6.'0/4, , e e, Regional del Se Secretario Com Región d D Sr. EDUARDO MARTÍNEZ ULLÁN; Dragados CVV Constructora S.A. • VIII) Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur • (X) CONADI, Región de Los Lagos • (X) Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos • (X) Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos • (X) Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos • (X) Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Lagos • (X) Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos • (X) SEREMI MOP, Región de Los Lagos • (X) SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos • (X) SEREMI de Salud, Región de Los Lagos • (X) SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos • (X) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos • (X) SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos • (X) Sematur, Región de Los Lagos • (X) Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos • (X) Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Los Lagos • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios C/c: Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Relleno Industrial de Residuos No Orgánicos", de Dragados CVV Constructora S.A. Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos. 407