Evaluación SEA

Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región

Rol 2129877016
SEA · DIA · Aprobado · 2014-10-16 · Región de Antofagasta · Transportes RATKO y Cia. Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE

COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE ANTOFAGASTA Califica Ambientalmente el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Acido Sulfúrico por Carreteras de la II Región"

ña

Resolución Exenta N? 0 1 6 J Antofagasta, 24 ABR 2015

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (en adelante, DIA), su Adenda de 30 de enero de 2015 y su Adenda Complementaria de 23 de febrero de 2015, del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región", presentado por Sociedad de Transporte, Arrendamientos y Servicios Mecánicos Ratko Vulelija y Cía. Ltda. con fecha 10 de octubre de 2014.

2”. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región".

3". El Acta de Evaluación N* 52 de 14 de noviembre de 2014, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

4?, El ICE de la DIA del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" de 19 de marzo de 2015.

5%. El acuerdo N* 28/2015 de fecha 16 de abril de 2015, de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

6?. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Acido Sulfúrico por Carreteras de la II Región".

7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; La Resolución Exenta N? 170 de fecha 06 de febrero del año 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental que me nombra Director Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO: 19. Que, la Sociedad de Transporte, Arrendamientos y Servicios Mecánicos Ratko Vulelija y Cía. Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)

la DIA del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

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Nombre o razón social Sociedad de Transporte, Arrendamientos y Servicios Mecánicos Ratko Vulelija y Cía. Ltda.

Rut _1 78.781.590-1

Domicilio Colombia 872, Antofagasta

Teléfono 55-2 227380

Nombre representante legal Ratko Vulelija Ostoic

Rut representante legal 6.742.761-0

Domicilio representante legal Colombia 872, Antofagasta

Teléfono representante legal 55-2 227380

Correo electrónico Titular o | ratko(Mentelchile.net

representante legal

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 19 de marzo de 2015, el Director Regional (S) de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el proyecto:

  2. Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

  3. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3?. Que, en sesión de fecha 16 de abril de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 19 de marzo de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4”. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El Proyecto tiene por objetivo transportar ácido sulfúrico por carreteras, a través de tractocamiones, por las rutas definidas e indicadas en la Tabla N* 2 del Informe Consolidado de Evaluación.

Objetivo general

ñ.S. medios terrestres de sustancias tóxicas,

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

“Transporte por explosivas, inflamables, corrosivas o reactivas que se realice durante un semestre o más, en una cantidad igual o superior a cuatrocientas toneladas diarias (400 t/día), entendiéndose por tales a las sustancias señaladas en las letras anteriores”

Vida útil

Indefinida

Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

La fase de operación comenzará una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.

Proyecto se desarrolla por etapas

Proyecto modifica un proyecto o actividad

Si No (X] Si No | La presente modificación contempla lo siguiente: e Incorporar nuevos clientes en la Región de Antofagasta. e Aumentar la cantidad de ácido sulfúrico a [Xx] transportar.

e Aumentar la cantidad de tracto-camiones a

utilizar.

  • Hacer uso de una nueva instalación conformada

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por oficinas administrativas, taller de mantención y aparcamiento de camiones.

Proyecto modifica otra(s) | Si

No | “Transporte de Ácido Sulfúrico por Regiones 1, II y

RCA

(X]

TIT”, aprobado mediante Resolución Exenta N* 494/2007 de la Comisión Nacional del Medio Ambiente.

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se localiza en las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y María Elena, Región de Antofagasta.

Descripción de la localización

El Proyecto se desarrollará dentro de rutas y carreteras ubicadas entre las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y María Elena, en la Región de Antofagasta.

Además, se hará uso de una nueva instalación conformada por oficinas administrativas, taller de mantención y aparcamiento de camiones, ubicada en el sector industrial La Negra, comuna y región de Antofagasta.

Superficie

El Proyecto se desarrollará dentro de rutas y carreteras ubicadas entre las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y María Elena, en la Región de Antofagasta. Adicionalmente el proyecto contará con una nueva instalación que estará conformada por oficinas administrativas, taller de mantención y aparcamiento de camiones, ubicada en Héctor Gómez Cobo N* 850, sector industrial La Negra, Antofagasta, la cual abarcará una superficie de 1,2 ha.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

Debido a la naturaleza del proyecto, sólo se presentan las coordenadas UTM, Datum WGS84, de la localización de la nueva instalación que se situará en el sector industrial de La Negra. No obstante lo anterior, en el Anexo 1 del Adenda complementaria de la DIA se presenta un mapa con las rutas donde se desarrollará el proyecto.

Tabla N* 1: Coordenadas de localización de las instalaciones complementarias

qn de Norte Este Referencia NA 7.372.358,55 366.787,59 v2 7.372.453,11 366.823,10 v3 7.372.411,37 366.936,70 V4 7.372.317,00 366.901,83

Caminos de acceso

El Proyecto se desarrollará dentro de rutas y carreteras ubicadas entre las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y María Elena, en la Región de Antofagasta.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

En el Anexo 1 del Adenda complementaria de la DIA se presenta un mapa con las rutas donde se desarrollará el proyecto. Para mayor detalle, ver numerales 1.9, 1.10 y 1.11 del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3, PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

a) Descripción de proyecto

El Proyecto tiene por objetivo transportar ácido sulfúrico por carreteras, a través de tractocamiones, por las rutas definidas e indicadas en la Tabla N* 2 del presente Informe Consolidado de Evaluación. El presente proyecto abarcará nuevos clientes en la Región de Antofagasta, con un aumento en la cantidad de ácido sulfúrico a transportar y en los tractocamiones a utilizar. El

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trasporte se realizará, al igual que el proyecto original, con un flujo multidireccional de tractocamiones vacíos o cargados con ácido sulfúrico, desde los puntos de almacenamiento hacia los puntos de consumo y viceversa.

a.1) Características del ácido sulfúrico

Las características químicas y físicas del ácido sulfúrico se presentan en la Tabla N%3 de la DIA, mientras que en el Anexo 1 de la DIA se presenta la Hoja de Datos de Seguridad del ácido sulfúrico a transportar. Para mayor detalle, ver numeral 2.1 de la DIA.

a.2) Rutas de transporte

El transporte de carga en tracto-camiones se realizará a través de cualquier camino correspondiente a la red vial regional, salvo restricciones puntuales, debidamente justificadas por la autoridad competente. En Tabla N* 2 se describe el origen, destino, las rutas, número de viajes y la cantidad máxima de ácido a transportar, lo cual no necesariamente es simultáneo, sino que dependerá de la demanda de los clientes. Cabe señalar que la cantidad total de ácido sulfúrico a transportar será de 3.250 ton/día.

Tabla N*2: Rutas utilizadas para el transporte de ácido sulfúrico desde el origen hasta su destino final.

o Origen Destino Comunas Rutas Ton/día Ñ suas Mejillones Mejillones, B262-—Ruta 1 Interacid Minera Spence Antofagasta, —B400 — 26 Sierra Gorda Ruta 5 — B25 Mejillones Mejillones, B262 — Ruta 1 Terminal Minera Spence Antofagasta, — B400 — 26 Mejillones Sierra Gorda Ruta 5 — B25 Mejillones Mejillones, Puerto Minera Spence Antofagasta, Pr PROA 26 Michilla Sierra Gorda Mejillones, Nasioda Alto, Minera Spence Sotiafigasta Ruta 5 — B25 26 Norte 4 Sierra Gorda 58 Mejillones, B262 — Ruta | Melones Minera Centinela Antofagasta, 400 —Bufa > 26 Interacid Sierra Gorda —B25-B229 — B227 B262 — Ruta 1 Mejillones Mejillones, —B400 — Terminal Minera Centinela Antofagasta, Ruta 5 — B25 — 3.250 26 Mejillones Sierra Gorda B229 — B227 Mejillones Mejillones, pa 200 - Puerto Minera Centinela Antofagasta, AS 26 Michilla Sierra Gorda | P29, 8229 B 227 Antofagasta, Ruta 5 — B25 — Noranda Alo Minera Centinela Sierra B229 — 26 Gorda B227 Mejillones Minera Sierra Peras B262 — Ruta 1 Interacid Gordá «ntofagasta, —B400 — 26 Sierra Gorda Ruta 5 — B25 Mejillones Minera Sierra Mejillones, B262 — Ruta 1 Terminal Gorda Antofagasta, —B400 — 26 Mejillones Sierra Gorda Ruta 5 — B25 Mejillones Minera Sierra Mejillones, Ruta 1- B400 — Puerto Gorda Antofagasta, Ruta 5 — 26 Michilla Sierra Gorda B25

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Noranda Alto

Minera Sierra

Antofagasta,

26

26

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Norte Gorda Sierra Gorda But ó—B2 Mejillones. aga Ka — Mejillones : A B400— Interacid pue Gaby a Ruta 5 — B385 nea —B255 Mejillones Mejillones, Ra82— Earl Ñ Ñ —B400 — Terminal Minera Gaby Antofagasta, Mejillones Sierra Gorda | Ruz S-B385 —B255 Mejillones Mejillones, Ruta 1 — B400 Puerto Minera Gaby Antofagasta, — Ruta 5 — Michilla Sierra Gorda B385 - B255 Terminal Rodoviario Minera Gaby Sierra Gorda B385 — B255 Baquedano Noranda Alto Minera Gab Antofagasta, Ruta 5 — B385 Norte mera vaby Sierra Gorda —B255 Mejillones Minera Mantos Mejillones, pa ! Interacid Blancos Antofagasta Ruta 5—B418 Nas Minera Mantos Mejillones, B262— Rural Yensinal Blancos Antofagasta -B400 — Mejillones E Ruta 5 — B418 Mejillones Minera Mantos Mejillones, Sua BOO Enea Blancos Antofagasta Bu Michilla B418 Noranda Alto Minera Mantos Norte Blancos Antofagasta Ruta 5 — B418 Sd Mejillones, — | B262—Ruta 1 Interacid x Minera Antucoya A e María Elena —B216 Michilla Mejillones Mejillones B262 — Ruta 1 Interacid x Minera Antucoya lat El sá - B242 - Mititus ale B-240 — B216 Mejillones, Mejillones Antofagasta, B262 — Ruta 1 Interacid x Minera Antucoya Sierra Gorda, — B400 — B400 María Ruta 5 Elena Mejillones Terminal a Mejillones, B262 — Ruta 1 Mejillones x Bases Anbioya María Elena -B216 Michilla Wejllones ss B262 — Ruta 1 Terminal . Mejillones, sa Minera Antucoya . - B242 — Mejillones x María Elena B240—B216 Mititus E Mejillones, e nia Antofagasta, B262 — Ruta 1 .3 Minera Antucoya Sierra Gorda, - B400- Mejillones x e María Ruta 5 B400 Elena Mejillones 38 Puerto Minera Antucoya Mejillones, B216 pda María Elena Michilla Antofagasta, Noranda Alto , Sierra Norte Minera Antucoya Gorda; María Ruta 5 Elena

26

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" , Mejillones, B262 — Ruta 1 pim e comas Antofagasta, —B400 — 26 y Sierra Gorda Ruta 5 -— B385 Mejillones Mi Loma Mejillones, B262 — Ruta 1 Terminal e as s Antofagasta, -B400 — 26 Mejillones Y Sierra Gorda | Ruta 5—B385 Noranda Alto Minera Lomas Antofagasta, _ Norte Bayas Sierra Gorda Dies =Ba8+ El és 5% B262 — Ruta 1 jura Minera Zaldívar Pr -B400— 26 ES molagasta Ruta 5 — B475 Mejillones Mejillones B262 — Ruta 1 Terminal Minera Zaldivar | crac -B400 — 26 Mejillones miotagasia | Ruta 5 -B475 E Minera Zaldívar Antofagasta Ruta 5 — B475 26 B262 — Ruta 1 Mejillones E Mejillones, -B400 — Interacid Ataca mineras Antofagasta Ruta 5 —- B55 — añ B605 ss B262 — Ruta 1 Mejillones 58 Terminal Atacama Minerals Mepllqnes: 2400 26 Mejill Antofagasta Ruta 5 — B55 — ejillones B605 Noranda Alto . Mejillones, Ruta 5 — BS55 — Norte pp ati Antofagasta B605 28 mn 2 B262 — Ruta 1 Mejillones | e ockwoodlithium | Millones, —B400 — 26 Interacid Antofagasta Ruta 5 Mejillones Mejill B262 — Ruta 1 Terminal | Rockwoodlithium Pr rt —B400— 26 Mejillones 5 Ruta 5 Nornda Alo Rockwoodlithium Antofagasta Ruta 5 26 Norte

a.3) Rutas alternativas de transporte

La ruta alternativa es un desvío de ruta que puede ser ocasionado por diferentes motivos como pueden ser: accidentes en ruta, reparaciones, entre otros. Desde este contexto no es posible determinar a priori cuáles serán las rutas alternativas que definirán las autoridades ante una contingencia. Cuando esto ocurra, el titular informará y planificará previamente con las autoridades respectivas, el tránsito por los desvíos definidos por las mismas. Además, ninguna de las rutas a utilizar cruzará cauces de agua. Por otra parte, se informará a la autoridad cuando la ruta a minera Antucoya sea enrolada.

En caso de transitar por zonas pobladas, se informará a las autoridades respectivas sobre este tráfico, para que tomen las medidas necesarias de precaución. En el caso de la Ruta 25 (vía principal de la localidad de Sierra Gorda), ésta cuenta con el control de Carabineros y es utilizada para todo tipo de carga, incluyendo otras sustancias peligrosas.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

El proyecto no contempla fase de construcción debido a que el proyecto cuenta con instalaciones existentes de administración, mantención y aparcamiento de camiones, localizadas en la ciudad de Antofagasta, específicamente en calle Colombia 872 y en Héctor Gómez Cobo N* 850, sector industrial La Negra, comuna de Antofagasta.

En el establecimiento de calle Colombia 872 se cuenta con 3 estacionamientos y sólo se utilizarán sus oficinas administrativas y el área de lavado de camiones.

Referencia al | Numeral 4.2 del Informe Consolidado de Evaluación. ICE para

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mayores detalles sobre esta fase.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Descripción

La fase de operación comprende el transporte de ácido sulfúrico dentro de la Región de Antofagasta, desde los puntos de origen y destino, por rutas señaladas en la Tabla N* 2 del presente Informe Consolidado. El circuito será continuo, es decir, sin efectuar paradas de tractocamiones cargados, sino sólo detenciones esporádicas de corta duración para maniobras e inspecciones de seguridad, descanso y alimentación, de acuerdo a lo indicado en el D.S. N“298/1994 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Los camiones en caso de detenerse durante el transporte por rutas concesionadas, lo harán en las áreas establecidas para ello, específicamente en el Área de Servicios de la concesionaria Autopistas de Antofagasta, ubicada en el kilómetro 35,6 de la Ruta 1, que cuenta con áreas de esparcimiento, estacionamientos y baños públicos para usuarios. En el resto de las rutas, lo harán en las Zonas de Descanso en Carreteras definidas por el Ministerio de Obras Públicas de la Región de Antofagasta.

Las actividades asociadas a la fase de operación, que son de responsabilidad de las instalaciones de origen y destino son:

  • Carguío del ácido sulfúrico en su origen.
  • Descarga del ácido sulfúrico en su destino.

Transporte del ácido sulfúrico

Los camiones vacíos saldrán desde la base de operaciones del titular, por rutas preestablecidas, dependiendo de la demanda del servicio. Los camiones se dirigirán de a uno o en convoyes de dos (2) camiones o más, según quede establecido por los contratos que especifiquen la demanda del servicio. En el caso que se programen despachos de dos o más camiones, los conductores deben mantener una distancia entre ellos que no sea inferior a los 100 m (aproximadamente una cuadra) y no podrán agruparse en las detenciones obligadas del trayecto, como las señaléticas de ceda el paso, pare, semáforos o intersecciones de calles. Los conductores deberán encontrarse en condiciones óptimas y con las horas de descanso correspondientes. Las actividades que realizarán los operadores para este efecto, están estipuladas en el procedimiento operacional “Procedimiento de Transporte de Ácido Sulfúrico” el cual se presenta en el Anexo 3 del Adenda 1 de la DIA.

El transporte de ácido sulfúrico comenzará cuando el tractocamión y su carga salen de las instalaciones de carguío, transita por rutas indicadas en Tabla N%2 del presente Informe Consolidado de Evaluación y culmina cuando ingresa a las instalaciones donde se realiza la descarga, según los horarios de descarga que establezca el cliente. Si fuese necesario esperar para descargar, se estacionará en las áreas que las empresas disponen para ello.

Las salidas y rutas serán programadas de forma previa. Cuando exista inhabilitación de rutas declaradas por el titular y en su reemplazo se hayan autorizado otras rutas por los organismos correspondientes, se informará previamente a los conductores dichos cambios y los posibles lugares donde podrá detenerse para que el conductor pueda realizar sus necesidades básicas y de alimentación

La empresa contará con una planificación que permita asegurar que los camiones se encuentren adecuadamente habilitados para evitar inconvenientes de desperfectos en la carretera.

Previo al despacho de un camión cargado, se deberá evaluar las especificaciones de las rutas del proyecto (Tabla N? 5 de la DIA), puntos críticos identificados en rutas a recorrer (Tabla N? 6 de la DIA) y las siguientes condiciones del trayecto, que deberán estar en conocimiento del conductor:

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  • Pasos sobre y bajo nivel.

  • Señalizaciones camineras.

  • Túneles, puentes.

  • Anchura de calzadas.

  • Caminos de alternativa (cuando se encuentren autorizados).

  • Altura del tendido eléctrico, telefónico, etc.

  • Condiciones de visibilidad, aspectos climáticos.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.3.1 de la DIA.

Carga de ácido sulfúrico a los tractocamiones

La etapa de carguío de tractocamiones se llevará a cabo en instalaciones de origen, correspondientes a estanques de almacenamiento dispuestos en terminales ferroviarios, industrias o en plantas generadoras y consistirá en traspasar el ácido sulfúrico de los estanques de almacenamiento de los clientes al estanque del tractocamión. Esta labor se realiza de acuerdo a las indicaciones y controles que se establecen en la instalación de origen. En eventuales derrames, estas instalaciones cuentan con sistemas de manejo de derrames, donde el titular se someterá a las disposiciones de control que ellos establezcan. Las actividades que realizarán los operadores para este efecto, están estipuladas en el procedimiento operacional de “Procedimiento para Carga y Descarga de Ácido Sulfúrico”, que se presenta en el Anexo 4 de la DIA. En dicho procedimiento se definen las actividades a realizar para asegurar que la carga y descarga de ácido se realice bajo condiciones seguras y una de ellas es asegurarse que no existan derrames causados por sobrellenados, mal apriete de pernos o goteos. Además, se pesa al camión tanto a la entrada como a la salida de los puntos de carga y descarga para verificar que éste salga vacío o lleno.

Una vez que los camiones se encuentran cargados, sellados y revisados, el titular tomará la responsabilidad del transporte de la sustancia por las rutas que están definidas para esto. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.3.2 de la DIA.

Descarga de ácido sulfúrico a los estanques de

almacenamiento

Esta etapa del proyecto se inicia cuando el camión y su carga llegan al lugar de destino, y al igual que en el sitio desde donde se realizó la carga, el control de la operación es de exclusiva responsabilidad del recinto de destino.

En este sitio se procede a realizar la descarga, bajo la supervisión del receptor quien además realiza la maniobra de descarga, siendo exclusiva responsabilidad del titular la de posicionar el camión en el lugar adecuado. Antes de descargar, el conductor debe abrir lentamente la tapa del estanque, para liberar cualquier presión acumulada durante el transporte y debe inspeccionar las válvulas y otros accesorios del estanque y el lugar de descarga para detectar posibles evidencias de fallas o incompatibilidad entre estos equipos. Si esto ocurre, la operación debe suspenderse y llevar el camión a un lugar alejado donde no ofrezca peligro, para tomar las acciones que se indiquen para habilitar la descarga sin que se ofrezca riesgo para el proceso a realizar.

Posteriormente, el operador de planta debe acoplar la manguera de conexión a la válvula del camión estanque, cuidando que quede lo más firme y segura posible, de modo que se evite toda filtración. El conductor del camión debe abrir la válvula del camión lentamente continuando con las demás válvulas del circuito de los estanques de almacenamiento.

Terminada la descarga, se verificará por la escotilla, el vaciado total del ácido. Se debe cerrar la válvula del camión y las válvulas del circuito y luego sacar la manguera de conexión y colgarla. Luego de la descarga, el camión vacío realizará el viaje de regreso hasta el terminal predefinido o lugar de estacionamiento. Las actividades que realizarán los operadores están estipuladas en el procedimiento “Procedimiento para Carga y Descarga de Ácido Sulfúrico”, presentado en el Anexo 4 de la DIA.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.3.3 de la DIA.

Flota de

La empresa cuenta actualmente con una dotación de 22 tractocamiones para

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vehículos para transporte de ácido sulfúrico

realizar el servicio de transporte de ácido sulfúrico.

Los conductores contarán con telefonía celular y los tractocamiones contarán con sistema GPS, los cuales permiten llevar un control en línea desde las oficinas centrales, de la ubicación de cada tractocamión, de su respectiva velocidad, de sus detenciones y del ingreso y salida de las empresas de origen y destino.

a) Características del tractocamión

Los camiones a utilizar tendrán una antigiiedad acorde con las reglamentaciones legales vigentes y con las características indicadas en el numeral 26 de la sección Tdel Adenda 1 de la DIA.

b) Características del semirremolque

El semirremolque estará equipado con un tanque de acero al carbono o bien con uno de acero inoxidable con una vida útil de 15 años y con capacidad de 16 m'. Los estanques-semirremolques cuando no esten en uso, permanecerán en las instalaciones de La Negra. En la Tabla N* 8 de la DIA se presentan las características del semirremolque y la vigencia de los certificados para cada uno de los estanques.

c) Certificación de estanques de transporte de ácido

Se efectuarán revisiones con la frecuencia definida en cada certificado de los estanques, obteniéndose el respectivo certificado de calidad, emitido por instituciones como Cesmec, Idiem, Intecil, u otra entidad aprobada por el INN. En estas certificaciones se verifica espesor de estanque, soldaduras y condiciones generales. Los respectivos certificados de los estanques se adjuntan en Anexo 5 de la DIA.

d) Características generales de diseño de los estanques

  • Especificaciones de diseño: C.F.R. 49 DOT MC-412 Ed.98
  • Tipo de estanque: Semirremolque Autosoportante

  • Capacidad nominal: 16.000 Litros (Compartimento)

  • Material: Manto ASTM A-283 C Cabezales ASTM A-283 C

  • Forma: Manto Cilíndrico Cabezales Torisféricos

  • Espesor nominal: Manto 8,0 mm Cabezales 8,0 mm

  • Uniones Soldadas: Longitudinal manto TOPE Circunferencial manto TOPE Manto/Cabezal FILETE

  • Norma de revisión: NCh. 2136/0f. 89

  • Presión diseño MAWP: 25 Psi (176 Kpa)

  • Presión de prueba: 40 Psi (281Kpa)

  • Diámetro interior: 1.426 mm

  • Largo total: 10.487 mm

  • Rompeolas: 2

  • Anillos de refuerzo: 5

Las características específicas de diseño de los estanques se presentan en el numeral 2.4.4 de la DIA.

Mantención de camiones

En el desarrollo de la operación de mantención se ejecutan tres tipos de revisiones periódicas: inspección diaria y semanal; mantención preventiva y mantención correctiva. Las labores de inspección diaria y mantención preventiva menor de camiones se realizarán en instalaciones existentes localizadas en Héctor Gómez Cobo N* 850, Sector Industrial La Negra, Antofagasta, cuyo plano de planta se presenta en el Anexo 1 del Adenda 1 de la DIA.

Cabe señalar que la instalación del sector de La Negra ya está construida, y contiene las siguientes áreas:

e Container modular que conforman las oficinas administrativas, comedor

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para personal, baños, área de descanso para conductores y zonas de estacionamiento.

  • Galpón de mantenciones menores como son inspección preventiva, cambio de filtros y/o aceites, oficina.

El procedimiento para las mantenciones preventivas y correctivas se describe en el Anexo N* 7 de la DIA “Procedimiento de Mantención Mecánica”. Mientras que los residuos generados producto de las mantenciones, serán manejados de acuerdo al “Procedimiento Manejo y Disposición de Residuos Industriales” que se presenta en el Anexo 8 del Adenda 1 de la DIA. Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.4.5 de la DIA.

a) Inspección diaria

Esta inspección será efectuada por el chofer, utilizando una lista de verificación y se realizará cada vez antes de iniciar el recorrido. El chofer verifica mediante la lista:

  • Presión de neumático y su estado

  • Nivel de aceite motor

  • Nivel de agua de refrigeración

  • Estado y tensión de correas

  • Funcionamiento de luces y componentes electrónicos

  • Nivel de combustible

  • Funcionamiento de instrumentos y luces piloto

  • Nivel de líquido hidráulico

b) Inspección semanal

Esta inspección será efectuada por el Encargado de Planta o su reemplazante. En forma semanal se procederá a aplicar una pauta de chequeo a la revisión del estanque, en cuanto a:

e Tapa

. Válvulas

  • Recepción de goteos +. Letreros

c) Mantención preventiva de camiones

Se realizarán las siguientes mantenciones preventivas de camiones, que se detallan en el numeral 2.4.5 de la DIA:

  • Mantención Preventiva N* 1 - Kilometraje: 15.000 km
  • Mantención Preventiva N* 2 - Kilometraje: 30.000 km +. Mantención Preventiva N9 - Kilometraje: 45.000 km
  • Mantención Preventiva N%4 - Kilometraje: 60.000 km
  • Mantención Preventiva N* 5 - Kilometraje: 75.000 km

d) Mantenciones preventivas semirremolques estanques

Se realizarán las siguientes mantenciones preventivas a los semirremolques estanques, que se detallan en el numeral 2.4.5 de la DIA:

Mantención Preventiva N 1 — Kilometraje cada 10.000 Km Mantención Preventiva N? 2 - Kilometraje: 30,000 Km Mantención Preventiva N 3 - Kilometraje: 50.000 Km. Mantención Preventiva N 4 - Kilometraje: 100,000 Km Mantención Preventiva N 5 - Kilometraje: 200.000 Km,

e) Lavado de camiones

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Se realizará el lavado de camiones en las instalaciones ubicadas en la ciudad de Antofagasta. Este lavado corresponde solo a la limpieza exterior de los camiones por medio de sistema de agua a alta presión, lo cual permite optimizar el uso de agua potable desde la red pública y los tiempos de lavado. Estas aguas serán tratadas mediante un “Sistema de Decantación Triple Cámara”, y posteriormente serán descargadas al sistema de alcantarillado público mientras que los sólidos decantados serán dispuestos en un sitio autorizado.

Durante la operación del proyecto, se realizará una caracterización de los componentes presentes en las aguas a tratar y los resultados serán presentados ante la SEREMI de Salud y SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta. Para mayores antecedentes, ver Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

Documentación requerida para el transporte

Para el transporte de ácido sulfúrico, el conductor deberá tener la documentación correspondiente y vigente permanentemente. La documentación requerida se detalla en el numeral 2.4.6 de la DIA.

Equipamiento para emergencias

El conductor del vehículo debe estar debidamente entrenado en los tratamientos de las emergencias con ácido sulfúrico que puedan presentarse durante el transporte. Para el control operacional y atención de emergencias, se considera el uso de una unidad móvil de emergencia y unidades de apoyo, el cual contará con el equipamiento necesario.

Los vehículos que transportarán ácido sulfúrico deberán llevar, como mínimo, los siguientes equipos o elementos, adicionales a los que exige la reglamentación vigente:

  • Equipo de protección personal para el conductor y el auxiliar, si lleva acompañante.

o Calzado de seguridad

Guantes de PVC

Lentes de seguridad

Casco de seguridad

Máscara de full-face

Botas de PVC

Traje anti-ácido

Filtros para ácido sulfúrico

  • Un recipiente irrompible con solución de bicarbonato de sodio (NaHCO») al 2%, en agua para lavar y neutralizar. Además Diphoterine para neutralizar y detener la penetración del ácido a capas más profundas de la piel. Este recipiente debe tener una capacidad no inferior a 2 dm' y estar marcada, con letras de 2 cm. de altura, con las palabras USO EXTERNO — NO INGERIR.

  • Un bidón de agua potable, de capacidad no inferior a 5 dm?, renovable en cada viaje.

  • Unextintor de CO, o polvo químico seco de capacidad mínima de 10 kg, adicional al que exija la Ley de tránsito.

  • Elementos para reparaciones menores de emergencia del tanque, en caso de fugas de ácido, tales como:

o Tapones de caucho. o Resina epóxica de fraguado rápido (dos elementos), recomendada para uso en el control de ácido sulfúrico.

  • Dos balizas luminosas, de destello, de funcionamiento autónomo. Elementos de contención de fugas o derrames menores, que pueden ser una pala y un saco de cal apagada o de arena o una manta de PVC.

  • Elementos de demarcación tales como banderas o conos de protección, rollos de cintas de peligro u otros.

  • Un dispositivo de conexión a tierra.

0000000

Conductores

Cada conductor contará con experiencia en la conducción de tractocamiones, exámenes de salud ocupacional, evaluaciones psicosensométricas y capacitación en Manejo Defensivo y Transporte de Sustancias Peligrosas. Los registros de las capacitaciones realizadas, estarán disponibles para la autoridad.

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En caso de cambio de vehículo o conductor, se informará dicho cambio a la SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones.

Plan de Prevención de Contingencias

Para la prevención de contingencias, en el Anexo N? 8 de la DIA se presenta un Plan de Prevención de Contingencias, que incluye las acciones para prevenir las eventuales situaciones de riesgo o contingencias identificadas. Además en el numeral 43.1 del Adenda 1 se presenta un programa de capacitación en prevención y manejo de contingencias. Por otra parte, se incluye un Plan de Seguimiento de las medidas implementadas en el Plan de Prevención de las Contingencias, el cual se presenta en el numeral 43.8 de la sección I del Adenda 1 de la DIA.

Plan de Emergencia

En caso de incidentes en la carretera se procederá según indica el Plan de Emergencia (Anexo 9 de la DIA y Anexo 10 del Adenda 1) establecido por la empresa, el cual estipula las acciones de prevención, operación y situaciones de emergencia. Para el control operacional y atención de emergencias, se contará con una Cuadrilla de Emergencias debidamente entrenada y se realizarán actividades de capacitación y entrenamiento de los conductores de tractocamiones de ácido sulfúrico. Se considera además el uso de vehículos menores de apoyo que serán utilizados para el transporte de personal entrenado para atender emergencias.

En caso de emergencias se notificará y mantendrá permanente informada a las autoridades sobre el desarrollo del evento. Adicionalmente, el incidente será notificado a la SEREMI del Medio Ambiente, utilizando para ello la ficha de inspección que se adjunta en la Resolución N* 406 de 2013 de la Subsecretaría del Medio Ambiente, cuyo alcance contempla zonas de derrame o accidentes químicos.

Dentro del Plan de Emergencia para Transporte de Ácido Sulfúrico (Anexo 9 DIA) se incluye el Anexo 7 “Procedimiento Operativo Plan de Contingencia Específico Recursos Naturales Renovables” cuyo objetivo es controlar y minimizar los efectos negativos sobre los recursos naturales producidos durante y después de la contingencia.

Cabe señalar que el titular, cuenta con un contrato anual con la empresa SUATRANS para la asistencia en ruta en caso de emergencias, que tendría un tiempo de respuesta de 2,5 horas a cualquier comuna. En el Anexo 9 del Adenda 1 de la DIA se adjunta el Certificado de Contrato con SUATRANS.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.8 de la DIA y numerales 43 y 44 de la sección 1 del Adenda 1 de la DIA.

Insumos

En las instalaciones de la ciudad de Antofagasta no se realizan mantenciones, por lo que no hay utilización de insumos. No se consideran insumos adicionales para las actividades de transporte de ácido sulfúrico. Por otra parte, en la instalación localizada en el sector de La Negra los insumos utilizados en las actividades de mantención se detallan en el numeral 25 de la sección I del Adenda 1 de la DIA.

Recursos naturales renovables

El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales.

Emisiones y efluentes

a) Emisiones atmosféricas

La cuantificación de las emisiones atmosféricas por las actividades de transporte de ácido sulfúrico fue calculada para cada distancia, considerando un transporte simultáneo de ácido sulfúrico por todas las rutas declaradas y una frecuencia máxima de transporte de 26 viajes por día. Sin embargo, lo valores expresados van a depender de la frecuencia de transporte y distancias diarias recorridas, por lo que el valor exacto a generar anualmente dependerá directamente del requerimiento de ácido sulfúrico de cada cliente. La estimación de emisiones se presenta en detalle en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA.

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Tabla N? 3: Emisiones atmosféricas totales fase de operación Emisión Ton/año

MP10 7,8

CO 92,4

HC 15,7

NOx 403,2

Contaminante Emisión

Para el control de emisiones se contempla aplicar las siguientes medidas:

  • Los camiones que serán utilizados para el transporte de ácido sulfúrico poseen tecnología EURO IV y V.

e Los camiones se encontrarán con la revisión técnica al día, así como también sus mantenciones.

  • Dentro de la instalación del sector La Negra, el área de mayor flujo vehicular cuenta con aplicación de bischofita, la cual corresponde a un total de 4.600 m? tratados. Cada vez que se requiera mantención de la carpeta de bischofita, como por ejemplo, por deterioro de ésta, se contratarán los servicios de empresa externa para realizar las mejoras correspondientes. El respaldo de esta actividad quedará archivado en registros. La empresa evaluará la aplicación de carpeta de bischofita u otra alternativa de mitigación en otras áreas. Esta alternativa será aplicada e informada durante el transcurso del presente año a la autoridad. Mientras tanto este sector contará diariamente con un plan de riego de 2 veces por día el cual quedará registrado.

b) Ruido

Las emisiones de ruido en la etapa de operación en las instalaciones en el sector industrial de La Negra son despreciables, ya que la única fuente de emisión serían los tractocamiones que ingresan a dichas instalaciones y se estacionan con motor apagado, a la espera de ingresar al taller para su mantención menor o estacionamiento. Las actividades de mantención que corresponden principalmente a cambios de aceite, no generan emisiones de ruido.

c) Residuos líquidos

c.1) Aguas servidas: Se estima una generación de 739 m' de aguas servidas en instalaciones localizadas en la ciudad de Antofagasta, que serán dispuestas en la red de alcantarillado público. Mientras que en las instalaciones del sector La Negra, se estima una generación de 739 m' de aguas servidas. El sistema de disposición de aguas servidas aprobado por la SEREMI de Salud corresponde a fosa séptica más drenes de infiltración. Se adjunta en Anexo 7 del Adenda 1 de la DIA, la Resolución N* 4219/2014 que aprueba este sistema. Respecto a los conductores, se estima una generación de 810 m'/año de aguas servidas. Los conductores harán uso de instalaciones establecidas en las rutas de transporte.

c.2) Residuos industriales líquidos: Estos corresponden a los generados por el lavado de camiones que se realizará en las instalaciones ubicadas en la ciudad de Antofagasta. La cantidad estimada de RILES será de 6 m'/año y la cantidad de lodos a generar será de 12 m'/año. Estas aguas serán tratadas mediante un “Sistema de Decantación Triple Cámara”, y posteriormente serán descargadas al sistema de alcantarillado público mientras que los sólidos decantados serán dispuestos en un sitio autorizado. Para mayores antecedentes, ver Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En el Anexo 8 del Adenda 1 se presenta un “Procedimiento de Manejo y Disposición de Residuos Industriales”. Los residuos sólidos que se generarán y su forma de manejo se presentan a continuación:

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Tabla N? 4: Residuos sólidos fase de operación

Tipo Descripción Cantidad Forma de manejo y Instalación Instalación disposición final ciudad de | sector La Antofagasta | Negra

Dispuestos en bolsas Papeles, a a E 20 1.000 kg/año | 2.000 kg/año | de basura al interior plásticos, otros . de contenedores, Residuos 211 con tapa y rotulados. sólidos y a Serán almacenados domésticos temporalmente Empaquetadura, Ene dentro de las asimilables mangueras de $5 : : : 2 80 kg/año instalaciones de la a aire, agua, sellos ¿a empresa y domésticos de goma : posteriormente dispuestos en un sitio autorizado. Residuos Serán almacenados sólidos en un sitio de industriales almacenamiento no mm 2. | temporal dentro de Ñ Neumáticos - 4.500 kg/año po ca peligrosos la instalación y posteriormente serán dispuestos en un lugar autorizado. 1,39 ton z Serán almacenados 7 hs sulfato de Acido sulfúrico calcio or temporalmente en la neutralizado con - Pp zona de emergencia, tonelada de cal hn: en bolsas de ácido e d polietileno, cerradas Exrimado rotuladas y en un Ácido sulfúrico Su el coo Y s z plazo máximo de 24 con arena, tierra generación : ueoiras dependerá horas enviados a otra: epencera sitios autorizados de sustancias de la di cia y isposición final, absorbentes emergencia. Implementos de a is A - 700 kg/año temporalmente en seguridad AÑ tambores metálicos, con tapa y rotulados dentro del sitio de almacenamiento . temporal de residuos Filtros y trapos s . y Map 540 industriales contaminados _ filtros/año eligrosos Residuos con aceite peligrosos. 213 Posteriormente sólidos serán enviados a peligrosos ÓN Ñ Linea sitios de disposición final autorizados. Almacenados temporalmente en bins de 1 mé dentro del sitio de almacenamiento Aceites usados - 8.100 - temporal de residuos litros/año industriales peligrosos. Posteriormente serán enviados a sitios de disposición final autorizados. Almacenados temporalmente en Baterías Ñ 48 sobre pallets dentro baterías/año | del sitio de

almacenamiento temporal de residuos

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industriales peligrosos. Posteriormente serán enviados a sitios de disposición final autorizados. Estos residuos serán dispuestos en La bidones cerrados y generación rotulados, los que RILES de ácido de o ácido | permanecerán en la SUMICó sulfúrico zona de emergencia dependerá y en un plazo de la | máximo de 24 horas emergencia. | serán enviados a un sitio de disposición final autorizado. Referencia al ICE para mayores Numerales 4.3 y 4.5 del Informe Consolidado de Evaluación. detalles sobre esta fase.

4.3.3. FASE DE CIERRE

El proyecto no contempla fase de cierre. Sin embargo, en el caso de un eventual cierre, se procederá al desmontaje de las instalaciones y se realizarán las siguientes acciones finales:

  • Todos los materiales, equipos y sistemas usados en las labores de mantención de vehículos, serán retirados del lugar a instalaciones propias de la empresa, asegurando que no quede ningún residuo correspondiente a las actividades que se hayan desarrollado por la empresa, este traslado se realizará en contenedores plásticos cerrados, cuando sea posible.

  • Los eventuales residuos que no revistan algún riesgo para el medio ambiente (restos de madera, fierros, papeles u otros de características no peligrosas) serán llevados a los botaderos autorizados por la empresa mandante del servicio. Aquellos de carácter peligroso serán dispuestos en lugares autorizados y según las disposiciones de almacenamiento que sea requerida.

  • El terreno que sirvió como superficie de trabajo para las operaciones de almacenamiento de carga y mantención de los vehículos, será limpiado completamente, dejándolo tal como se encontró al momento de iniciarse el contrato realizando una restauración del lugar hasta dejarlo en la misma condición inicial para lo cual, cuando se inicien las labores, se tomará un registros fotográfico del lugar de tal manera de establecer la evidencia de la condición basal del lugar.

Referencia al | Numeral 4.4 del Informe Consolidado de Evaluación. ICE para

mayores

detalles sobre

esta fase.

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

¡No se contempla fase de construcción debido a que el proyecto cuenta con instalaciones existentes de administración, mantención y aparcamiento de camiones.

4.4.2. FASE DE OPERACIÓN

Parte, obra o acción que | La fase de operación comenzará una vez obtenida la Resolución de establece el inicio Calificación Ambiental.

Parte, obra o acción que | A su vez, no se contempla etapa de abandono, en consecuencia de que establece el término el proyecto no tiene asociado instalaciones exclusivas para el desarrollo de la actividad.

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5%. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N*

19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

El proyecto no generará riesgo para la salud de la población.

Se generarán emisiones atmosféricas debido a las actividades de transporte de ácido sulfúrico. Todos los camiones contarán con sus mantenciones y revisión técnica al día. Además, el transporte de ácido sulfúrico se realizará solamente por las rutas establecidas en la Tabla N*2. En caso de transitar por rutas alternativas, se informará y planificará de forma previa con las autoridades correspondientes.

De acuerdo al inventario de emisiones presentado en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA, se estimó una emisión de 7,8 ton/año de MP-10; 92,4 ton/año de CO; 15,7 ton/año de HC y 403,2 ton/año de NOx. Cabe señalar que la estimación se realizó considerando el peor escenario, con un transporte simultáneo por las rutas indicadas y una frecuencia máxima de 26 viajes/día. Estas emisiones serán continuas y permanentes durante la vida útil del proyecto, a lo largo de las rutas de transporte, dentro de los límites permisibles avalados por los permisos de circulación. Todos los camiones de transporte de ácido sulfúrico contarán con sus revisiones técnicas al día y respectivas mantenciones; cumpliendo con la normativa ambiental aplicable.

Dentro de la instalación del sector La Negra, el área de mayor flujo vehicular cuenta con aplicación de bischofita, la cual corresponde a un total de 4.600 m? tratados. Además, se evaluará la aplicación de carpeta de bischofita u otra alternativa de mitigación en otras áreas. Mientras tanto estas áreas contarán diariamente con un plan de riego de 2 veces por día el cual quedará registrado.

Las emisiones de ruido en la etapa de operación en las instalaciones en el sector industrial de La Negra son despreciables, ya que la única fuente de emisión serían los tractocamiones que ingresan a dichas instalaciones y se estacionan con motor apagado, a la espera de ingresar al taller para su mantención menor o estacionamiento. Las actividades de mantención que corresponden principalmente a cambios de aceite, no generan emisiones de ruido.

En cuanto a los efluentes, se generarán aguas servidas y efluentes de lavado de camiones en las instalaciones complementarias, las que serán manejadas de acuerdo a la normativa ambiental aplicable.

Adicionalmente, el titular cuenta con un “Plan de Emergencias para el Transporte de Ácido Sulfúrico”, que se presenta en el Anexo 9 de la DIA. En caso de incidentes en la carretera se procederá según indica este Plan, el cual estipula las acciones de prevención, operación y situaciones de emergencia. Adicionalmente, dentro del Plan de Emergencia para

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Transporte de Ácido Sulfúrico se incluye el Anexo 7 “Procedimiento Operativo Plan de Contingencia Específico Recursos Naturales Renovables” cuyo objetivo es controlar y minimizar los efectos negativos sobre los recursos naturales producidos durante y después de la contingencia.

Todos los residuos generados por el proyecto serán manejados de acuerdo a la normativa ambiental aplicable. Estos serán dispuestos en sitios temporales de almacenamiento y posteriormente enviados a sitios de disposición final autorizados. Los residuos generados por derrames de ácido sulfúrico serán almacenados temporalmente en la zona de emergencia, en recipientes cerrados y rotulados y posteriormente enviados a sitios autorizados de disposición final en un plazo máximo de 24 horas.

Parte, obra o acción que lo genera

Transporte de ácido sulfúrico

Fase en que se presenta

Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto | específico

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 5.3 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

El proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables.

El transporte de ácido sulfúrico se realizará sólo por rutas establecidas (Tabla N* 2) y no se contempla el tránsito por áreas relevantes para la biodiversidad. En caso de utilizar rutas alternativas, se informará con antelación a las autoridades correspondientes. Por otra parte, el proyecto presenta un Plan de Emergencias en caso de que ocurran derrames durante el transporte de ácido sulfúrico. Dentro del Plan de Emergencia para Transporte de Ácido Sulfúrico (Anexo 9 DIA) se incluye el Anexo 7 “Procedimiento Operativo Plan de Contingencia Específico Recursos Naturales Renovables” cuyo objetivo es controlar y minimizar los efectos negativos sobre los recursos naturales producidos durante y después de la contingencia.

El proyecto cumplirá con las normativas asociadas al transporte de ácido sulfúrico, por lo que las emisiones de ruido del proyecto no afectarán fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Los residuos se generan esporádicamente como producto de la neutralización del ácido sulfúrico con cal en caso de derrames o durante el carguío y descarga. Estos residuos serán manejados de acuerdo al procedimiento del Plan de Emergencias “Procedimiento Operativo Plan de Contingencia Específico Recursos Naturales Renovables” presentado en el Anexo 9 de la DIA.

El proyecto no contempla la intervención de recursos hídricos ni la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas o ecosistemas determinados.

P ¡Referencia al ICE para mayores

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, 5.1, 5.2, 5.3, 5.4 y

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detalles sobre este impacto | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación específico |

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo | El proyecto no generará reasentamiento de comunidades | humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y | costumbres de grupos humanos.

El transporte de ácido sulfúrico se realizará por rutas establecidas y las mantenciones se realizarán en instalaciones que contarán con todas las autorizaciones correspondientes

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación detalles sobre este impacto específico

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo El proyecto no se localizará próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares o territorio con valor ambiental en que se pretende emplazar.

El transporte de ácido sulfúrico se realizará por rutas establecidas y no se localiza próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares o territorio con valor ambiental en que se pretende emplazar

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación detalles sobre este impacto | específico |

Do ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Impacto no significativo El proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona.

El transporte de ácido sulfúrico se realizará sólo por rutas establecidas.

Referencia al ICE para mayores | Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación detalles sobre este impacto específico

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTORICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo El proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural,

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El proyecto sólo contempla el transporte de ácido sulfúrico y mantenciones en instalaciones ya construidas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Numeral 5.5 y Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1, PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Sistema de disposición particular de aguas servidas, que contará con una fosa séptica y drenes de infiltración en instalaciones complementarias localizadas en el sector La Negra.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N” 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el Anexo 10 de la DIA y Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del Reglamento del SETA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Losa de lavados de los camiones de transporte de ácido sulfúrico ubicada en calle Colombia N*872 en la ciudad de Antofagasta.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 139 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

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Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de un sitio de disposición temporal de residuos industriales no peligrosos, en la instalación complementaria ubicada en el sector industrial La Negra.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del Órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

6.1.4. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de un sitio de disposición temporal de residuos industriales peligrosos, en la instalación complementaria ubicada en el sector industrial La Negra.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el Anexo 10 de la DIA y Anexo 5 del Adenda 1 de la DIA.

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: AIRE

NORMA

  • Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza;

  • Decreto Supremo N* 55/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados que indica.

  • Ley 18.290/1984 Ley de Tránsito y sus reglamentos, del Ministerio de Justicia. Modificado por Ley N? 20.068.

cumplimiento

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

Operación

Forma de cumplimiento

Los tractocamiones se someterán periódicamente a la revisión técnica exigida para la renovación de permisos de circulación. Los vehículos y maquinaria contarán con las revisiones técnicas y mantención adecuada para operar en buenas condiciones, emitiendo así gases de acuerdo a las normas de emisión vehicular autorizadas.

cumplimiento

Indicador que acredita su .

Revisión técnica de tractocamiones

  • Registros de mantenciones

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Referencia al ICE para mayores detalles

Numerales 4.5.1 y 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación

7.2, COMPONENTE/MATERIA: RUIDO

NORMA

  • Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por

fuentes emisoras que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Las emisiones de ruido en la etapa de operación en las instalaciones en el sector industrial de La Negra son despreciables, ya que la única fuente de emisión serían los tractocamiones que ingresan a dichas instalaciones y se estacionan con motor apagado, a la espera de ingresar al taller para su mantención menor o estacionamiento. Las actividades de mantención que corresponden principalmente a cambios de aceite, no generan emisiones de ruido.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentos de revisiones técnicas y mantenciones de

tractocamiones

Referencia al ICE para mayores detalles

Numerales 4.5.4 y 8.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación

7.3. COMPONENTE/MATE

RIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

NORMA

Decreto 43/12. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N* 686/1998 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

En las instalaciones de La Negra no se trabaja en horario nocturno por lo que solo se cuentan con luminarias para vigilancia; estas corresponden a tres en la entrada principal, cuatro a la entrada del galpón de mantención, y dos más en el sector área de descanso de los choferes. Todas se encuentran dirigidas en ángulo hacia el suelo, con protector en la parte superior, para evitar la dispersión del haz luminoso hacia los cielos nocturnos. En el caso que se requieran de nuevas luminarias se exigirá el certificado que acredita que cumple con lo exigido en la presente normativa lo cual será informado a las autoridades correspondientes.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificaciones de laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación

7.4, COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS LÍQUIDOS

NORMA

  • Decreto con Fuerza de Ley N” 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario; Decreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. D.S. N 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas, Establece

norma de emisión para la regulación de contaminantes

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asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

El manejo de aguas servidas cumplirá con lo dispuesto en la normativa aplicable. Por otra parte, la empresa contará con un sistema de tratamiento para los RILES generados por el lavado exterior de camiones. El efluente que será dispuesto a la red de alcantarillado será previamente caracterizado y la empresa Aguas Antofagasta realizará la fiscalización del efluente para comprobar cumplimiento de la norma de emisión citada

Indicador que acredita su cumplimiento

+. Certificado otorgado por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta que autoriza el retiro y transporte de las aguas servidas de camiones limpiafosas.

  • Registros de fiscalización de efluentes

Referencia al ICE para mayores detalles

Numerales 4.5.2 y 8.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación

7.5. COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS SÓLIDOS

NORMA

  • Decreto con Fuerza de Ley N 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario; Decreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto Supremo N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Se contará con sitios de almacenamiento autorizados por la SEREMI de Salud de Antofagasta, de acuerdo a normativa ambiental vigente. La generación de residuos peligrosos se tratará en forma separada de los demás residuos y se transportarán y dispondrán en lugares autorizados para su eliminación.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Oficio de SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta que autoriza proyecto y funcionamiento de sitio de almacenamiento

temporal de residuos industriales no peligrosos y peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 4.5.3 y 8.1.5 del Informe Consolidado de Evaluación

7.6. COMPONENTE/MATERIA: TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

NORMA

  • Decreto Supremo N? 298/94, y sus modificaciones, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Resolución Exenta N?* 163/08 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Establece restricción de vías y horarios para la circulación de camiones con sustancias peligrosas en la ciudad de Antofagasta

Resolución Exenta N* 656/ 2008, SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones de Antofagasta. Establece prohibición de circular por vía y tipos de vehículos que indica.

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Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con todas las condiciones y exigencias técnicas dispuestas por esta normativa.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentación asociada al cumplimiento de las normativas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación

7.7. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL

NORMA

  • Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;

Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o

prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

En caso de producirse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir. Su implementación será efectuada por el titular

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentación asociada al cumplimiento de la normativa

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.7 del Informe Consolidado de Evaluación

7.8. OTRAS NORMATIVAS

NORMA

Ordenanza Local de Medio Ambiente y Salubridad N* 98/2004, 16/01/2004, Ilustre Municipalidad de Mejillones.

Ordenanza Municipal de Sierra Gorda. Decreto Exento N 1954, 26/10/2011, Mustre Municipalidad de Sierra Gorda Resolución N 1.001/97 del Servicio de Salud Antofagasta, que establece obligatoriedad de notificar al Servicio de Salud Antofagasta accidentes por derrames de productos químicos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Forma de cumplimiento

Se cumplirá con todas las condiciones y exigencias indicadas en estas normativas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Documentación asociada al cumplimiento de la normativa

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación

8”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. Cruce de cauces de aguas

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Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Evitar derrames de ácido sulfúrico sobre cauces de aguas corrientes o detenidas

Descripción: En ningún caso las rutas originales ni las alternativas cruzarán cauces de aguas corrientes ni detenidas.

Justificación: Evitar impactos negativos sobre ecosistemas acuáticos.

| Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Rutas de transporte

Forma: Se informará con antelación a la Dirección Regional DGA respecto de la utilización de rutas alternativas,

Oportunidad: Se informará con antelación a la Dirección Regional DGA respecto de la utilización de rutas alternativas.

Indicador que acredite su cumplimiento

Documentación asociada a la condición.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.2,1 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.2. Mantención de la carpeta de bichofita

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Controlar emisiones atmosféricas.

Descripción: Se informará a la autoridad ambiental durante el presente año, la frecuencia de mantención de la carpeta de bichofita que actualmente existe en las instalaciones de La Negra, dicha frecuencia deberá ser respaldada por un certificado del proveedor. Por otra parte, se deberá llevar un registro de la aplicación de la medida (fecha, firma del responsable, metros lineales y/o superficie de aplicación).

Justificación: Controlar las emisiones atmosféricas debido al tránsito de vehículos en la instalación ubicada sector La Negra.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Instalación localizada en el sector de La Negra

Forma: Se informará a la autoridad ambiental durante el presente año, la frecuencia de mantención de la carpeta de bichofita que actualmente existe en las instalaciones de La Negra, dicha frecuencia deberá ser respaldada por un certificado del proveedor. Por otra parte, se deberá llevar un registro de la aplicación de la medida (fecha, firma del responsable, metros lineales y/o superficie de aplicación).

Oportunidad: Se informará durante el presente año la frecuencia de mantención de la carpeta de bichofita.

Indicador que acredite su cumplimiento

Informe enviado a la autoridad ambiental sobre frecuencia de mantención de la carpeta bichofita y registros de mantención de la misma.

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Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.2.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.3. Informe de Emergencia

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Mantener informada a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda en caso de emergencias

Descripción: Frente a una potencial emergencia en la comuna de Sierra Gorda, se enviará a las autoridades de dicha comuna, una copia del Informe de Emergencia al cual hace referencia el Anexo 9 de la DIA “Plan de Emergencia para Transporte de Ácido Sulfúrico”.

Justificación: Mantener informada a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda en caso de emergencias

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Rutas de transporte

Forma: Se enviará una copia del Informe de Emergencia a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda.

Oportunidad: En caso de ocurrir una emergencia en la comuna de Sierra Gorda.

Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de envío de Informe de Emergencia a la Ilustre Municipalidad de Sierra Gorda

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.3.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.4. El Titular deberá elaborar una Tabla Consolidada indicando el tiempo de respuesta ante una emergencia dependiendo de la distancia de cada ruta de transporte de ácido sulfúrico desde el punto de origen hacia el punto de destino. Esta Tabla deberá ser enviada a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia al Servicio de Evaluación Ambiental de forma previa a la ejecución de la fase

de operación del proyecto.

9”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Restitución de material del Cuerpo de Bomberos de la comuna de Sierra Gorda

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Cooperar con las labores de Bomberos en caso de emergencias asociadas al proyecto.

Descripción: El titular se compromete a restituir todos los materiales y elementos utilizados por el Cuerpo de Bomberos de la comuna de Sierra Gorda, ante una posible emergencia en esta comuna en que se requiera la presencia del cuerpo de Bomberos de las localidades de Baquedano y/o Sierra Gorda.

Justificación: Cooperar con las labores de Bomberos en caso de emergencias asociadas al proyecto.

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Lugar, forma y Lugar: Rutas de transporte

oportunidad de implementación

Forma: Se restituirá todos los materiales y elementos utilizados por Bomberos de la comuna de Sierra Gorda en caso de ocurrir una emergencia y se requiera la presencia éstos.

Oportunidad: En caso de ocurrir una emergencia debido a las actividades de transporte

Indicador que acredite | Documentación asociada al cumplimiento del presente compromiso.

su cumplimiento

Referencia al ICE para | Numeral 10.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

mayores detalles

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las

siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

10.1.1. Derrames y/o filtraciones de ácido sulfúrico; choque, colisión, volcamiento y/o filtración durante el transporte; incendios y/o explosión; lluvias; temblor o terremoto

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Transporte de ácido sulfúrico

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Emergencias para el Transporte de Ácido Sulfúrico presentado en el Anexo 9 de la DIA, proporciona una herramienta de planificación, que permite diseñar de una manera uniforme y racional, una estructura de respuesta a las emergencias que puedan ocurrir.

Para el control operacional y atención de emergencias, se contará con una Cuadrilla de Emergencias debidamente entrenada y se realizarán actividades de capacitación y entrenamiento de los conductores de tractocamiones de ácido sulfúrico. Se considera además el uso de vehículos menores de apoyo que serán utilizados para el transporte de personal entrenado para atender emergencias.

En caso de emergencias se notificará y mantendrá permanente informada a las autoridades sobre el desarrollo del evento. Adicionalmente, el incidente será notificado a la SEREMI del Medio Ambiente, utilizando para ello la ficha de inspección que se adjunta en la Resolución N* 406 de 2013 de la Subsecretaría del Medio Ambiente, cuyo alcance contempla zonas de derrame o accidentes químicos.

Dentro del Plan de Emergencia para Transporte de Ácido Sulfúrico (Anexo 9 DIA) se incluye el Anexo 7 “Procedimiento Operativo Plan de Contingencia Específico Recursos Naturales Renovables” cuyo objetivo es controlar y minimizar los efectos negativos sobre los recursos naturales producidos durante y después de la contingencia.

Cabe señalar que el titular, cuenta con un contrato anual con la empresa SUATRANS para la asistencia en ruta en caso de emergencias, que tendría un tiempo de respuesta de 2,5 horas a cualquier comuna. En el Anexo 9 del Adenda 1 de la DIA se adjunta el Certificado de Contrato con SUATRANS.,

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Mayores antecedentes se presentan en el numeral 2.8 de la DIA y numerales 43 y 44 de la sección I del Adenda 1 de la DIA.

Forma de control y seguimiento

  • Notificación a las autoridades en caso de que ocurra una emergencia

  • Simulacros de emergencia.

  • Registros de capacitaciones y entrenamiento al personal.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Numeral 7.2 del Informe Consolidado de Evaluación.

10.2. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.2.1. Situaciones de riesgo o contingencia que puedan afectar el medio ambiente o la población.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Parte, obra o acción asociada

Transporte de ácido sulfúrico

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Prevención de Contingencias (Anexo 8 de la DIA) tendrá como objetivo general identificar las situaciones de

riesgo o contingencia que puedan afectar el medio ambiente o la población y describir las acciones o medidas a implementar para evitar que éstas se produzcan o minimizar la probabilidad de ocurrencia. Además en el numeral 43.1 del Adenda 1 se presenta un programa de capacitación en prevención y manejo de contingencias. Por otra parte, se incluye un Plan de Seguimiento de las medidas implementadas en el Plan de Prevención de las Contingencias, el cual se presenta en el numeral 43.8 de la sección I del Adenda 1 de la DIA.

Forma de control y seguimiento | + Registros de capacitaciones al personal.

  • Plan de seguimiento de las medidas implementadas en el Plan de Prevención de Contingencias

Referencia al ICE o documentos | Numeral 7.1 del Informe Consolidado de Evaluación. del expediente de evaluación que contenga la descripción

detallada

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá

informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

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  1. Que, para que el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  2. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

16, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  2. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

1?. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Acido Sulfúrico por Carreteras de la II Región", de Sociedad de Transporte, Arrendamientos y Servicios Mecánicos Ratko Vulelija y Cía. Ltda.

  1. Certificar que el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable y vigente.

3". Certificar que el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4. Certificar que el proyecto "Modificación de Transporte Terrestre de Ácido Sulfúrico por Carreteras de la II Región" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5%. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al

artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

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Notifíquese y Archívese

DÁ ALENTIN VOLTA VALENCIA Uintendente Regional Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

EDLUSA VVV, LR/EVC/ /NMM/nmm. Distribytión: Proponente. A

Organos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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