Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN VII REGIÓN DEL MAULE
Resolución Exenta N*50/2015
Califica Ambientalmente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.".
Talca, 23 de Abril del 2015.
VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:
1 La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y sus Adendas, del Proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.", presentada por Productos Fernández S.A. a través de su representante legal don Max Alejandro Besser Jirkal, con fecha 13.10.2014.
- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.".
3 La publicación en el Diario Oficial con fecha 03.11.2014 por parte del Ministerio del Medio Ambiente, de la "Lista de los proyectos o actividades sujetos a Declaración de Impacto Ambiental que se han presentado a tramitación ante la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, conforme a lo previsto en el artículo 93 del D.S. N2 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
El Acta de Evaluación N*01 del 09.01.2015, del Comité Técnico de la Región del Maule.
-
El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.", de fecha 13.04.2015.
-
El Acta de la sesión Extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule de fecha 23.04.2015.
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.". PCT
- Lo dispuesto en la Ley N?2 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; el DS N40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RegSEIA): la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
- Que, Productos Fernández S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA) la DIA del proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre Titular ; PRODUCTOS FERNÁNDEZ S.A.
R.U.T. : 91.004,000-6
Domicilio : 11 Oriente N* 1470
Nombre Representante : Max Alejandro Besser Jirkal
R.U.T. ? 8.713.916-6
E-mail E max.besserEpf.cl
E- mail Contacto ; carlos.zamoranoOpf.cl
Fono ; +56 71 2224030 2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 13.04.2015, el Director Regional de la Región del Maule ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: 1) El proyecto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto; ii) El proyecto cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 140, 142 y 161 del D.S. N*40/2012; y iii) No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300,
que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
3, Que, en sesión del 23.04.2015, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule acordó calificar favorablemente el proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." aprobando el ICE de fecha 13.04.2015 con excepción de las consideraciones contenidas en el punto 10.2.3 al estimar que dichas observaciones ya estaban dilucidadas ante la autoridad sanitaria. En consecuencia, el ICE forma parte integrante de la presente Resolución con excepción de la consideración señalada.
- Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández 5.A.". PCT
GENERALES |
4.1. | Objetivo general | Ampliar la actual capacidad de producción de Pizzas en el Complejo | | | Industrial de Planta 3 de PF S.A., considerando el mismo personal actual, |
todo dentro del polígono considerado en la DIA original y sus | modificaciones aprobadas. De esta forma, PF S.A. de Talca podrá aumenta su capacidad de producción del producto final Pizzas, para abastecer | mayores requerimientos esperados de mercado para este producto en el futuro. — Consiste en la construcción de un edificio para la instalación de Una nueva línea para la Producción de Pizzas (3.000 (pizzas/h) equivalente a | 1.500 (kg/h)). Sus componentes principales serán: | Fermentador | Hornos | Silos de Almacenamiento de Harina | | | Áreas de Almacenamiento de Insumo para Pizzas | B| Área de Enfriamiento (EQF) bajo 0% A] | Tipología principal | Principal: k), instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, | | | textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos | | metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales. | | Secundaria: k.1), instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o | | superior a los 2.000 kVA, determinada por la suma de las capacidades de | los transformadores de un establecimiento industrial, po | El proyecto tiene una vida útil estimada de 20 años. Sin embargo, desde el | | punto de vista técnico, la vida útil del proyecto puede ser mayor, si la | | mantención es adecuada, requiriendo sólo de reparación y eventual mplazo de equipos.
|
] ll Í
Vida útil
| Gestión, acto o faena |La acción que establece el inicio de esta etapa, corresponde al envío del |
mínima que da cuenta del | Acta de Adjudicación de Obras a la empresa constructora respectiva, inicio de la ejecución | mientras que la finalización de esta etapa será la obtención de la | Recepción Provisoria de la Obra por parte del ITO de Construcción | momento en que se da por iniciada la operación, que se estima el año 2016
Proyecto se desarrolla por | Si
etapas ] [ |
Proyecto modifica un | si ¡ La Empresa Productos Fernández S.A. cuenta a la fecha proyecto o actividad | Con:
l 1) Resolución de Calificación Ambiental Favorable | de la DIA "Construcción de la Planta Industrial Planta 3 | PF S.A." (Resol. Ex. N87 del 13 de mayo de 2008), | ubicada en Ruta 5 N 2786, kilómetro 252, salida norte | de la ciudad de Talca. Dicha planta considera la | elaboración de productos derivados de la carne, y se | encuentra funcionando.
| ii) Resolución de Calificación Ambiental Favorable |
|---|
|
|
|
l
|
| de la DIA "Modificación Sistema de Tratamiento de | Riles de Planta 3 PF S.A.” (Resol. Ex. N%33 del 21 de
| marzo de 2013), el cual se encuentra operando.
ii) Resolución de Calificación Ambiental Favorable |
¡de la DIA "Modificación Proyecto Planta 3 PF S.A." | (Resol. Ex. N%188 del 24 de septiembre de 2013), |
iv) Resoluci
ificación Ambiental Favorable |
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A", PCT
Í pl li Í
ANTECEDENTES GENERALES
| Proyecto “modifica otra | Si No La presente DIA contempla la Ampliación de Capacidad RCA de Producción de Pizzas en el Proyecto de Planta 3 PF Lo es S.A. (sin superar la capacidad productiva aprobada).
de la DIA "Centro de Distribución Talca" (Resol. EX: N*120 del 04 de Agosto de 2014).
[ 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
| División
político- administrativa
Comuna de Talca, Provincia de Talca, Región del Maule.
Descripción de la localización
El proyecto se ejecutará en la Región del Maule, en la Pr
ovincia de Talca, Comuna de
Talca. Ruta 5 N* 2786, kilómetro 252 de la Ruta 5 Sur, en el Fundo Macal. Al interior
de la Planta 3 Productos Fernández S.A.
WGS 84, Huso 19 S) son:
Punto Ubicación Coordenada Este Coordenada Norte A Suroeste 261.100 6.077.373 B Sureste 261.321 6.077.356 C Noroeste 261.269 6.077.805 D Noreste 261.415 6.077.792
Las coordenadas en sistema UTM (Datum
Superficie
Cuadro de superficie de las instalaciones existentes
Instalación existente
Superficie (m2)
Portería 321 Servicios Administrativos 350 Casino y CCID 1173 Planta de procesos cárnicos + oficinas 5.011 Planta de pizza 592 Planta de jamones + oficinas 6.093 Sala caldera a gas 49 Sala caldera biomasa 349 Sala de máquinas 507 Sala de agua 123 Planta de Tratamiento de Riles 1285 Centro de Distribución Talca (CDT) 28.000 SUBTOTAL 43.853 Jardines 10.000 Áreas de tránsito 7.147 TOTAL 61.000
Cuadro de superficie de las instalaciones nuevas proyectadas
Instalación nueva proyectada
Superficie (m2)
Edificio Pizzas (primer piso) 3.200 Áreas de tránsito y otros menores 1.000 TOTAL 4,200
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.". PCT
Coordenadas
WOGES 84, Huso
19
Caminos acceso
Referencia expediente evaluación
E
al de
de |
| Dentro de la superficie del predio, que es de aproximadamente 8 hectáreas, se encuentran emplazadas 3,3 hectáreas ya construidas, y se encuentra aprobada la construcción de las nuevas instalaciones del Centro de Distribución de Talca con aproximadamente 2,8 hectáreas. Con todo, la superficie con aprobación a la fecha, es de 6,1 hectáreas. La diferencia restante es aproximadamente de 1,9 hectáreas y corresponde a sitios sin uso actual.
| | Las coordenadas en sistema UTM (Datum WGS 84, Huso 19 S) de ubicación de las UTM, — Datum |
nuevas instalaciones serían:
Punto Ubicación Coordenada E Coordenada N A Norceste 261221 6077528 B Noreste 261297 6077511 Cc Suroeste 261179 6077400 D Sureste 261254 6077384
Fundo Macal, Ruta 5 N*2786, kilómetro 252 de la Ruta 5 Sur.
Construcción y funcionamiento de una nueva edificación para la instalación de
una línea de producción de Pizzas. Toda esta nueva línea tendrá una capacidad | para producir 3.000 (pizzas/h) equivalente a 1.500 (kg/h). Este edificio de pizzas recibirá productos intermedios de las plantas de PF S.A. en Talca (para la producción de las pizzas), manteniéndolos enfriados hasta su utilización final. Se reubicará en este mismo nuevo edificio, la actual línea de producción | de pizzas de 500 (pizzas/h) y queda como respaldo productivo, ante fallas de producción de la nueva línea.
los mapas, | ' georreferenci
ación información
el
complementari
a sobre localización
la de
| Se mantendrá la dotación de personal de 46 personas que trabajan en la actual planta de pizzas.
El nuevo fermentador y hornos se abastecerá desde la actual matriz energética disponible en el recinto productivo de PF S.A. La estimación del consumo de Gas Licuado de Petróleo (GLP), a capacidad máxima de producción, | será:
sus partes, |
obras acciones
y!
Maquinaria Potencia (kWh) Consumo (kCal/h) Consumo GLP (kg/h)(*) | Prehorno 200 172.000 15,2 | Horno 523 450.000 39,8
| (*) Considerando un poder calorífico del GLP equivalente a 11.300 kCal/kg.
| El complejo Planta 3 PF S.A., donde se incorporará la Ampliación de Capacidad de | Producción de Pizzas, corresponde a Zona Industrial de acuerdo al Plan Regulador de la Comuna de Talca. Dicha localización se encuentra dentro del predio El Macal perteneciente a la empresa Productos Fernández S.A.
¡ De acuerdo a lo presentado en la DIA de Construcción de Planta 3 PF S.A., DIA Original | aprobada, el predio presenta las siguientes características: = No Se encuentra recurso, área protegida y/o monumento nacional en el entorno
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández SA.". PCT
[ 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
de la zona de disposición
-
El área de emplazamiento del proyecto no presenta zonas con valor paisajístico y/o turístico o zonas declaradas de interés turístico nacional
-
No se encontraron vestigios que pudieran indicar la presencia de recursos arqueológicos ni patrimoniales de ningún tipo en la zona del proyecto.
$ En el entorno no se encuentran evidencias de lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclor de algún pueblo, comunidad o grupo humano.
La flora y fauna del sector no será intervenida por la ejecución del presente proyecto.
ETAPA DE
CONSTRUCCIÓN
RESUMEN
Partes, Obras y Acciones
La etapa de construcción contempla las siguientes actividades: . Instalación de faenas
. Construcción de obras civiles
. Conectividad de servicios
. Patio de maniobras y estacionamiento de camiones . Dotación de sistemas de frío y energía.
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase.
Acción Inicio : Envío del Acta de Adjudicación de Obras
Acción Finalización: Recepción provisoria de la obra por el ITO de Construcción
Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos
Agua Potable: considera conexión a la red existente del complejo Planta 3, para el abastecimiento de agua permanente en el sector. Alcantarillado: Este proyecto es parte del complejo PF, que fue aprobado según DIA “Construcción de la Planta Industrial Planta 3 PF S.A.”, de acuerdo a la Resolución Exenta N*087 del 13 de mayo de 2008, y fue factibilizado de acuerdo a carta con fecha 05 de marzo del 2008.
Electricidad: Se utilizarán las actuales instalaciones de carácter eléctrico existentes y aprobadas para el recinto PF3.
Gas: Se utilizará un combustible que actualmente está siendo usado para las instalaciones de PF3, sin embargo, se instalarán nuevos tanques y redes de alimentación de GLP. Todo lo anterior, aprobado por la SEC conforme a la normativa vigente.
Evacuación aguas lluvias: Las aguas lluvias serán manejadas en forma independientes de las aguas servidas. Se proyecta canalizar las aguas lluvias mediante nuevo colector, y hacerlas llegar al sistema de recolección existente construido en complejo Planta 3.
Ubicación y cantidad de recursos naturales renovables a extraer o explotar
No aplica
RCA(+) DIA “Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A. PCT
Emisiones (abatimiento y control)
Ñ
Residuos Líquidos ] La única generación de residuos líquidos corresponderá a las aguas servidas generada por los trabajadores, para lo cual se usarán 2 a 4 baños químicos, según dotación de personal de construcción, que estarán a cargo de empresa autorizada para realizar su retiro y disposición final en lugar autorizado, El agua potable se obtendrá de la red existente del complejo Planta 3.
Residuos Sólidos
La generación de residuos corresponderá a domiciliarios producto de la actividad de los trabajadores, lo que se estima en aproximadamente 30 kg/día. Los residuos propios de la construcción, aproximadamente 15 ton., serán acumulados temporalmente en un área aledaña al proyecto para su posterior retiro a lugar autorizado.
Emisiones Atmosféricas El resumen de las Emisiones Atmosféricas es posible identificarlo en la Tabla 4.3-27 del Anexo N*6 de la DIA
| Cantidad y manejo de
dean productos La cantidad y manejo de residuos, sustancias y productos químicos es q Y posible identificarlas en la Tabla N%1 de la Adenda N%1 y Tabla N9 de sustancias que puedan : :
Adenda Complementaria de DIA Pizza. afectar el medio | ambiente.
ETAPA DE OPERACIÓN
RESUMEN
Partes, Obras y Acciones
Inicio Funcionamiento
Pruebas y Marcha blanca: De las distintas instalaciones, dentro de las cuales se tiene: limpieza de los filtros de todas las válvulas del circuito de la planta, regulación de las válvulas de control de refrigerante, ajuste de los set points de todos los elementos de control, ajuste de todas las válvulas de control de flujo del circuito, regulación de la frecuencia de ciclos del horno fermentador y los tiempos de cada etapa del ciclo, pruebas de presión. . Inicio de la Operación de Hornos: Se realiza el aumento de temperatura de los hornos en un día hasta llegar a 370 *C. Se revisan el buen funcionamiento y distribución de temperaturas, y el correcto funcionamiento de elementos de control y seguridad
Inicio de la Operación de Frío: Se realiza el descenso de temperatura como sigue:
a) Sala de Proceso hasta llegar a 5 a 8 (PC)
b) Cámara de Frío Insumos hasta llegar a0 a 5 (*C)
c) Cámara de Frío Producto Terminado Enfriado O a5(c)
d) Cámara de Frío Producto Terminado Congelado -25 a -18 (*C)
Operación de la Planta
Recepción del Insumos Harina:se realiza el registro y almacenamiento de Harina en Silo especial, se controlan permanentemente la presencia de gorgojo con sistema especial denominado EntoleterO
. Recepción del Insumos - Otros:se realiza el registro de insumos y almacenamiento en el sistema de los Siguientes insumos:
De otras plantas PF SA (chorizos, jamón, etc.)
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.". PCT
-
Vegetales
-
Condimentos
-
Otros
. Elaboración de Pizzas:Conforme a la demanda comercial de cantidad y tipo de producto (tipo de Pizzas), se elaborará en Horno Fermentador la cantidad y calibre de las base de Pizzas, luego se desarrollará la configuración de relleno con los insumos necesarios según el tipo de pizza requerido.
. Almacenamiento de Producto Final: el producto final se palletiza y se trasladada mediante traspaletas a su lugar de almacenamiento, hacia el interior de la cámara de frío (-25%C a -18 *€) o hacia la cámara de mantención (09€ a 6%C) por un período de tiempo definido por la empresa. Finalmente, se prevé su envío al CDT (Centro de Distribución de Talca)
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase.
Inicio: Agosto 2015
Acción: Con la obtención de la Recepción Provisoria de la Obra por parte del ITO de Construcción
Término: No Aplica
En caso que el proyecto contemple actividades de mantención y conservación se deberán indicar aquellos aspectos considerados para las actividades generales.
Se realizará mantención de acuerdo a los lineamientos internos de Productos Fernández
Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos
L
Consumo de Agua
Edificio Pizza contemplan un consumo de agua de 0,86 (L/s), lo que sumado al consumo de las instalaciones existentes del complejo Planta 3 ya evaluadas ambientalmente (que es del orden de 7,3 L/s), da un total de 8,16 (L/s). El abastecimiento de agua es mediante un pozo profundo, cuyos derechos de agua se encuentran regularizados ante la DGA mediante Resol. DGA N*180, la que se adjunta en anexo N%7, y donde se autoriza el caudal máximo de extracción de 28 L/s. Y tal como lo indica la normativa D.S. 594/99, para el consumo humano se ha considerado asegurar como mínimo los 100 L/hab/día.
Servicios Higiénicos
De igual forma, los servicios higiénicos corresponden a lo establecido de acuerdo al número de trabajadores y requisitos que establece el Artículo 25 del D.S. 594/99. El complejo cuenta con servicios higiénicos existentes para 400 personas, a los que se suman los nuevos vestidores a construir, una vez aprobados, con lo cual se alcanzará un total servicios higiénicos para 1000 personas. Además, en el interior del Edificio de Pizzas habrá baños para el personal, dando cumplimiento a la normativa vigente.
Consumo Energía Eléctrica
Para las nuevas instalaciones, y al igual que para el resto de las instalaciones existentes en el complejo Planta 3, la energía eléctrica será suministrada por la empresa autorizada CGE Distribución, utilizando el empalme de 2000 kVA aprobado para el proyecto CDT. Se estima un consumo total de la planta de Pizzas de 300 MWh/mes para la proyección a producción máxima.
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández 5.A.!. PCT
Cuantificación y forma de manejo de los productos generados, así como el
Los productos generados en Planta Pizza, serán transportados dentro del Complejo PF3, hacia el Centro de Distribución Talca (CDT), aprobado mediante Resolución Exenta N*120/2014,
transporte considerado
para su entrega o
despacho
Ubicación y cantidad de | No aplica. recursos naturales renovables a extraer o
explotar
Emisiones (abatimiento y control)
Residuos Sólidos: La generación de residuos está descrita en la Pregunta 1.1 de la Adenda Complementaria y en el Anexo ADO! de la Adenda N*1
Residuos Líquidos: Los residuos líquidos que se generarán durante la operación serán las aguas servidas y los riles (incluidas las aguas limpias), aprox. 0,79 L/s, cuya descarga al alcantarillado se realizará en el mismo punto de conexión actual, según lo indicado en el punto 3.3.9 de la DIA. Emisiones Atmosféricas: El resumen de las Emisiones Atmosféricas es posible identificarlo en la Tabla 4.3-28 del Anexo N'6 de la DIA.
Cantidad y manejo de
residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
Las sustancias peligrosas utilizadas, se detallan en la Tabla 9 del Adenda Complementaria.
La cantidad de residuos peligrosos, se encuentra detallada en Tabla 2 de la Adenda N*1 de Planta Pizza. A su vez, el manejo de dichos residuos se encuentra explicado en la pregunta 1.9 de dicha Adenda.
ETAPA DE CIERRE
RESUMEN
1, Lavado de Unidades 2. Desmontaje de Equipos e Instrumentos Partes, Obras y Acciones 3. Demolición de Estructuras 4. Eliminación y Relleno de Zanjas u otra alteración del terreno 5. Revegetación
Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y
término de la fase.
Desde el punto de vista de la evaluación económica, el proyecto tiene una vida útil mínima de 20 años.
Emisiones y Residuos
En Anexo ADO7, Complejo PF3.
se presenta el Plan de Cierre para el
Desmantelamiento o aseguramiento de la | En Anexo ADO7, se presenta el Plan de Cierre para el estabilidad de la infraestructura utilizada Complejo PF3.
por el proyecto o actividad
Restauración de la morfología, vegetación | En Anexo ADO7, se presenta el Plan de Cierre para el y cualquier otro componente ambiental que | Complejo PF3.
haya sido afectado durante la ejecución
del proyecto
Prevención de futuras emisiones para | En Anexo ADO7, se presenta el Plan de Cierre para el evitar la afectación del ecosistema Complejo PF3,
incluido aire, suelo y Agua
Mantención, Conservación y Supervisión, En Anexo ADO7, se presenta el Plan de Cierre para el
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A., PCT
10
| Complejo PF3.
5, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la
Ley N? 19.300:
ANTECEDENTES DONDE SE ACREDITA QUE EL PROYECTO NO REQUIERE INGRESAR AL SETA A |] TRAVÉS DE UNA ETA (D.S. N*40/12
Determinación y Justificación del área de influencia del proyecto o actividad.
Polígono Complejo Planta PF3
Artículo 5, Riesgo para la Salud de la Población
Etapa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción, no genera ni presenta emisiones, descargas o residuos cuya concentración o niveles de generación pueda afectar a la salud de las personas.
Etapa de Operación
El proyecto, en su etapa de operación, no genera ni presenta emisiones, descargas o residuos cuya concentración o niveles de generación pueda afectar a la salud de las personas.
Etapa de Cierre
No aplica
Artículo 6, Efecto Adverso Significativo sobre Recursos Naturales Renovables
Etapa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. La superficie que ocupa el proyecto está considerada dentro del Plan Regulador vigente de la ciudad de Talca y se considera como una zona industrial. Además, se encuentra dentro del predio ya intervenido en el Complejo Planta 3 PF S.A.
Etapa de Operación
El proyecto, en su etapa de operación no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables. La superficie que ocupa el proyecto está considerada dentro del Plan Regulador vigente de la ciudad de Talca y se considera como una zona industrial. Además, se encuentra dentro del predio ya intervenido en el Complejo Planta 3 PF S.A.
Etapa de Cierre
No aplica
costumbres de grupos humanos
Artículo 7, Reasentamiento de Comunidades Humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y
Etapa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción, no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres e grupos humanos, ya que se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada.
Etapa de Operación
El proyecto, en su etapa de operación, no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres e grupos humanos, ya que se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada.
Etapa de Cierre
No aplica
artículo 8, Localización y valor ambiental del territorio
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11
[Fasa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción, no se localiza en o | próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada,
Etapa de Operación
El proyecto, en su etapa de operación, no se localiza en o próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o a un territorio con valor ambiental, ya que se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada,
Etapa de Cierre
No aplica
Artículo 9, Valor paisajístico o turístico
Etapa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción, no generará obstrucción de la visibilidad ni generará alteración de los atributos de zonas con valor paisajístico y/o valor turístico. El proyecto se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada,
Etapa de Operación
El proyecto, en su etapa de operación, no generará obstrucción de la visibilidad ni generará alteración de los atributos de zonas con valor paisajístico y/o valor turístico. El proyecto se encuentra dentro del predio perteneciente a la empresa PF S.A., donde se encuentra la Planta 3, con DIA aprobada.
Etapa de Cierre
No aplica
Artículo 10, Alteración del Patrimonio Cultural
Etapa de Construcción
El proyecto, en su etapa de construcción, no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, debido a que no se encuentra próximo a algún monumento nacional, histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en la ley N*17.288 de Monumentos Nacionales.
El titular procederá conforme a la ley, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto. Las acciones a seguir ante cualquier hallazgo serán de la Siguiente manera:
-
Se paralizarán completamente las obras asociadas al área del hallazgo.
-
Se dará aviso inmediatamente al Consejo de Monumentos Nacionales.
-
Se dará aviso inmediatamente al SEA.
Pa de Operación
L
El proyecto, en su etapa de construcción, no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, debido a que no se encuentra próximo a algún monumento nacional, histórico o de aquellos pertenecientes al patrimonio cultural, todo ello de acuerdo a las definiciones contenidas en la
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12
ley N*17.288 de Monumentos Nacionales.
El titular procederá conforme a la ley, ante el hallazgo de materiales arqueológicos con ocasión de cualquier excavación o movimiento de tierra del proyecto. Las acciones a seguir ante cualquier hallazgo serán de la siguiente manera:
- Se paralizarán completamente las obras asociadas al área del
Etapa de Cierre
No aplica
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales mixtos, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a
continuación:
6.1. Permiso del artículo N%140 del Reglamento del SETA
Identificación del PAS
Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, — selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, será el establecido en los artículos 79 y 80 del Decreto con Fuerza de Ley N? 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario.
Etapa del Proyecto a la cual corresponde
Construcción / Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Manejo de Residuos
Contenidos Técnicos y Formales que acreditan el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial
Los residuos generados con la modificación que representa el Edificio Pizzas (ver puntos 3,3.10 y 4.2 de la DIA), están dentro de la estimación de residuos presentados en las distintas evaluaciones ambientales ya calificadas anteriormente. Ver Anexo 10 de la DIA y en Anexo AD12 del Adenda 1
Indicadores de Cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial
Adjunto en Anexo AD12 del Adenda 1
Pronunciamiento del órgano competente
En Ord 481 de la SEREMI de Salud del 18.03.2015, entrega su conformidad
6.2. Permiso del artículo N*142 del Reglamento del SEIA
Identificación del PAS
El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N*148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos. El requisito para su otorgamiento consiste en que el almacenamiento de residuos en un sitio no afecte la calidad de las aguas, suelo y aire que pueda poner en riesgo la salud de la población.
Etapa del Proyecto a la cual corresponde
Construcción / Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Sitio de almacenamiento de Residuos
Contenidos Técnicos y Formales que acreditan el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial
Características técnicas y constructivas del sitio de almacenamiento de los residuos generados con la modificación del Edificio Pizzas. Ver Anexos AD9, ADÍ1 y AD13, todos del Adenda 1
| Indicadores de Cumplimiento del Permiso
Adjunto en Anexo AD13 del Adenda 1
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13
[Ambiental Sectorial
Pronunciamiento del órgano competente
O
En Ord 481 de la SEREMI de Salud del 18.03.2015, entrega su conformidad
| 6.3. Permiso del artículo N*161 del Regla
ento del SETA
Identificación del PAS
Permiso de Calificación de Instalaciones Industriales y de
Bodegaje. Pronunciamiento a que se refiere el artículo 4.142 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Etapa del Proyecto a la cual corresponde Operación
Parte, obra o acción a que aplica
Planta PF3 y Edificio Pizzas
Contenidos Técnicos y Formales que acreditan el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial
La empresa ya cuenta con Calificación de Actividad Económica Tnofensiva para las Plantas del Complejo Planta PF3. Sin embargo, con esta presentación, se modificaron los antecedentes ya presentados,
Indicadores de Cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial
Obtención de Calificación de Actividad Económica
Inofensiva,
Pronunciamiento del órgano competente
En Ord 481 de la SEREMI de Salud del 18.03.2015, entrega
su conformidad
ra Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Nombre Normativa Materia Forma de cumplimiento
Constitución Política de la
Constitución Política de la
Establece el derecho constitucional a vivir
República de Chile República, en un medioambiente Ministerio del libre de contaminación. Interior
Ley Bases del Medio Ley 19.300/94 Establece el Sistema
Ambiente MINSEGPRES de Evaluación de modificada por Ley | Impacto Ambiental 20.417/10
Nuevo Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental
D.S. 40/ 2012MMA
Establece disposiciones por las
modificando al D.S. 95/01
cuales se rige el SETA,
El presente proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de acuerdo al Artículo 10 letra k de la Ley de Bases del Medio Ambiente, y artículo 3 letra k.1 del Reglamento de Evaluación Ambiental, bajo la modalidad de DIA, conforme a los requisitos establecidos en artículo 19 del Nuevo Reglamento de Evaluación Ambiental,
Ley General de Urbanismo y Construcciones
D.F.L. N* 458/76 MINVU
Aprueba Nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones (Art, 62 y 160).
De acuerdo a lo señalado en el Plan Regulador de la Comuna de Talca, el complejo Planta 3 PF S.A. se encuentra ubicada en una zona industrial en la cual se permite la actividad que en dicho complejo se desarrolla.
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Código Sanitario
D.F.L 725/67
Recolección, almacenamiento y disposición autorizada de escombros, residuos sólidos domésticos conjuntamente con los residuos industriales.
Se cuenta con las autorizaciones respectivas para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos, otorgadas por la SEREMI Salud Maule.
Condiciones ambientales y sanitarias en lugares de trabajo
D.S. 594/99 MINSAL
Establece normas sobre condiciones básicas en los lugares de trabajo: provisión agua potable, disposición residuos sólidos y líquidos, exposición a distintos agentes, etc.
El complejo Planta 3 da cumplimiento a esta normativa entregando las condiciones necesarias para el abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos que para el caso de la etapa de construcción será mediante baños químicos a cargo de empresa autorizada. Durante la etapa de operación se asegura el abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos de acuerdo a lo exigido por la normativa y la disposición al alcantarillado de sus aguas servidas y riles generados, los residuos sólidos son manejados dentro de la empresa con autorización de bodegas para almacenamiento transitorio de residuos asimilables a domiciliarios y autorización de bodega para almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, cada uno de estos tipos de residuos son transportados por empresas autorizadas y dispuestos fuera de la empresa en lugares autorizados, según lo exige la normativa.
Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas
D.S. 38/2011 Ministerio del Medio Ambiente
146/97 MINSEGPRES
que modifica a D.S.
Establece los límites máximos para la emisión de ruidos por fuentes fijas.
Para dar cumplimiento a esta normativa se consideran como aislación para toda la estructura del galpón, con lo cual no se sobrepasan los niveles exigidos.
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Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado
D.S. MOP N*609/98
Establece norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos industriales líquidos a sistemas de alcantarillado,
El proyecto generará aguas servidas y riles proveniente de los baños del Edificio Pizzas y de la limpieza de la línea productiva, descargas que se harán llegar al alcantarillado y que cumplirán el D.S. 609/98 por su característica de aguas servidas,
Ordenanza general de urbanismo y construcciones
D.S. 47/92 MINVU
Establece implementar medidas para disminuir emisiones de polvo al ambiente
El titular ha cumplido y cumplirá todos los requisitos en relación a la construcción del proyecto y las emisiones generadas por éste.
Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza
D.S. 144/61 MINSAL
Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza
En la etapa de construcción el proyecto contempla la generación de emisiones a la atmósfera que se consideran poco significativas y temporales, para lo cual de todas formas se han tomado medidas de mitigación. Durante la operación las emisiones generadas por el flujo vehicular son poco significativas, de acuerdo al informe de estimación de emisiones presentado.
Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos
D.S. 148/03 MINSAL
Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
El complejo cuenta con autorización de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, los cuales son retirados y dispuestos en lugar autorizado.
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Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas
D.S. 78/10 MINSAL
Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento desustancias peligrosas.
El almacenamiento de sustancias peligrosas corresponde a pequeñas cantidades las que son almacenadas en instalaciones adecuadas para ello.
Declaración de emisiones contaminantes de fuentes fijas
D.S. N*138/05, MINSAL
Establece obligación de declarar emisiones de fuentes fijas
Se dará cumplimiento a lo establecido en esta normativa, realizando la declaración de emisiones correspondiente a cada año según lo estipulado en el D.S.138/05.
Regulaciones cuaternarias para el ingreso de embalajes de madera
Resol. Exenta N? 133/05 modificada por Resol. Exenta 2859/07 , SAG
Regula el ingreso y tránsito de madera de embalaje extranjera en el país y establece los mecanismos para su cumplimiento.
El proyecto no contempla el ingreso y tránsito de equipos con embalaje de madera extranjera en el país, sin embargo, en el caso que se llegara a presentar esta situación el titular dará aviso a través de medios escritos, al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), oficina de Talca, al momento del ingreso de madera de embalaje extranjera para su inspección.
Resolución Exenta N%223 de la Superintendencia del Medio Ambiente de fecha 26.03.2015 que "Dicta Instrucciones Generales sobre la Elaboración del Plan de Seguimiento de Variables Ambientales, los Informes de Seguimiento Ambiental y la Remisión de Información al Sistema Electrónico de Seguimiento Ambiental".
-
Que, para ejecutar o mantener la operación del Proyecto, la Comisión de Evaluación estableció las siguientes condiciones o exigencias para su aprobación:
-
En atención a que la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), según lo señalado en el Art. 11 B de la Ley N” 18,902, debe proceder a dictar una Resolución de Monitoreo que aprueba el programa de autocontrol, el industrial deberá avisar a la Superintendencia de Servicios Sanitarios con 90 días de anticipación, el inicio de la operación de su sistema de tratamiento de Riles, de acuerdo al formato de aviso que se encuentra en la página web www.siss.cl .
8.2. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N? 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales (CMN), para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto. Además, dicha información deberá ser
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remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), según lo establecido en el inciso 2” de la Ley Orgánica de la SMA y la Resolución Exenta N* 844 del 14.12.2012.
9 Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA, Productos Fernández S.A. se obligó voluntariamente a que en un plazo de 90 días de recepcionada la presente resolución, desarrollará e incorporará al Plan de Emergencias, la cantidad de residuos que podrían generarse, detallando su manejo y las reparaciones al medio ambiente en caso que alguna de las contingencias afecten al suelo, aire o agua, para la Sustancia Peligrosa Amoniaco, en todo el Complejo PF3, y enviarlo a la Autoridad Sanitaria para su correspondiente validación.
- Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
10.1. Plan de Contingencias.
Las medidas a tomar en caso de ocurrencia del evento indicado serán (ver Anexo AD9 del Adenda 1):
a) En el caso de no poder realizar descargas de los riles tratados al sistema de alcantarillado. Se aclara que los residuos líquidos generados por este proyecto son aguas servidas de baños y aguas limpias de los evaporadores del CDT, por lo cual no serán tratadas. Estas aguas se harán llegar a la salida del sistema de tratamiento existente y que trata los Riles que se generan en las instalaciones existentes: todo descargará en el punto de conexión actual entregado por la sanitaria. En el caso de no poder realizar descarga al alcantarillado se tomarán las siguientes medidas:
. Detención inmediata del proceso generador de Riles existente y de las aguas servidas y aguas limpias del CDT,
. Coordinación con la sanitaria para que autorice la recepción de los residuos líquidos en PTAS de Talca u otra que ella defina.
. Coordinación con empresa autorizada para el transporte y disposición final de los residuos líquidos en camiones aljibes
. Aviso del inicio y término de la ejecución de esta operación a la Superintendencia de Servicios Sanitario y a la Superintendencia de Medio Ambiente.
. Registro de los m3 retirados y dispuestos en el lugar autorizado a definir por la
sanitaria, Respaldo guía de despacho/factura.
b) Fallas en el sistema de refrigeración por generación de gases y/o derrame de líquidos en planta, y también derrames durante el transporte.
b.1) Fuga y/o derrame de amoníaco en planta El sistema de amoníaco debe estar sectorizado por medio de válvulas aisladoras, para así reducir la cantidad de filtración del amoníaco en caso de falla en el sistema esto es realizado por personal capacitado de la empresa. De producirse filtración, deberá tomarse todas las precauciones que permitan reducir el escape a la mínima cantidad. Por ejemplo, cerrar las válvulas aisladoras situadas a ambos lados de la filtración, o traspasar el refrigerante a un recipiente para almacenar líquidos. Al detectarse una fuga o derrame, el procedimiento a aplicar deberá ser el siguiente: b.11) Detención inmediata de toda la planta de refrigeración, motores eléctricos y otros equipos generadores de chispas, como también apagar cualquier flama abierta en el sector. Debe recordarse que el amoníaco puede formar mezclas explosivas con el aire,
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.". PCT
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b.12) Se aislará el área de riesgo, impidiendo el ingreso de personal ajeno al control de la emergencia.
b.13) Antes de ingresar a la zona contaminada, para proceder a controlar el escape producido, se deberá evaluar la magnitud del escape y decidir el tipo de protección respiratoria a usar.
b.1.4) Una vez evaluado el escape, deberá colocarse el equipo de protección completo y proceder a ingresar al recinto contaminado para su control,
b.15) Se accionarán los sistemas de ventilación natural o forzado y rociadores.
b.1.6) Cuando el amoníaco se disuelve en agua, se genera calor, de modo que dicha solución disminuye su capacidad para disolver más amoníaco. Por lo tanto, no se debe arrojar agua directamente sobre el amoníaco líquido, puesto que tal acción generará un alto desarrollo de gases. Se deberá aplicar cortinas de agua en forma de neblina al gas en la dirección del viento, teniendo extremo cuidado en que la llovizna jamás caiga sobre el amoniaco en estado líquido. b.17) Si la fuga se originó en un cilindro, y no se puede detener en el lugar, se deberá trasladar el cilindro a un sitio seguro, al aire libre, para reparar el escape o dejar que el cilindro se vacíe. b.1.8) Se deberá restringir el acceso de personas, que no tengan su equipo y ropa protectora. b.1.9) Una vez controlada la fuga: Para reducir la evaporación del líquido que pueda haberse derramado en el suelo, los bomberos (grupo HAZMAT) podrán cubrirlo con espuma. Se deberá ventilar y esperar antes de ingresar al recinto, hasta que la concentración de gas este por debajo del límite inferior de explosión (16% vol.). Lo anterior, también se aplica al uso de trajes de protección total. En el caso de derrames mayores se debe neutralizar el amoníaco líquido y contenerlo haciendo uso de bandejas móviles o dique, y asegurarse de disponer el líquido recolectado en lugar autorizado evitando de esta forma su descarga ya sea al alcantarillado, colector de aguas lluvias o a algún cuerpo de agua.
b.2) Derrame de refrigerante durante el transporte Corresponderá a la empresa transportista, autorizada, la ejecución de su plan de contingencia y emergencia frente a derrames durante el transporte, para lo cual se les exigirá la presentación de dichos planes al momento de su contratación. Se solicitará que se contemple dar aviso inmediato al encargado de Mitigación Ambiental y al jefe de Emergencia del Complejo Planta 3 PF S.A. en caso de ocurrir un evento de este tipo durante el transporte de amoniaco a dicha planta. los camiones cargan solo una parte del contenido en PF. El resto va a otras plantas. En realidad lo que PF debiera exigir es que la empresa proveedora directamente avise. Tanto en el caso de producirse lo descrito en b1) como en b2) se dará aviso a la Superintendencia de Servicios Sanitario y a la Superintendencia de Medio Ambiente.
c) En el caso de derrame de sustancias peligrosas. El derrame de amoníaco se encuentra descrito en la letra b) precedente, y su clasificación de sustancia peligrosa de acuerdo a la NCh382.0f 2004 es:
. N? UN = 1005 Amoníaco Anhidro
. Clase = 2
. División = 2.3
. Riesgo secundario = 8
. Líquidos inflamables = 6.1
. Disposiciones especiales = 23 riesgo de inflamación sólo existe en caso de incendio
violento en lugar cerrado.
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d) En el caso de olores molestos. El proyecto no contempla procesamiento de ningún tipo, sólo corresponde a mantención en frío/congelado de producto terminado, y contempla en caso de corte de energía el uso de generador para respaldar el CDT en un 25% de su funcionamiento, con lo cual se evita la descomposición del producto y los malos olores. Las cámaras sin ser abiertas permanecen a baja temperatura durante 4 días y la autonomía del generador también es de 4 días, por lo que durante 8 días desde iniciado el corte de energía no se producirá ningún tipo de descomposición. Llegado ese tiempo, las medidas a tomar serían las siguientes:
. Al día 7 desde el inicio de corte de energía se comenzará a realizar reparto de los productos terminados almacenados en el CDT a diferentes locales de la empresa PF S.A. u otros que cuenten con energía, así mismo como a los trabajadores y vecinos.
. En caso de no poder hacer la entrega total de dichos productos se harán llegar a lugar autorizado para su disposición final. . Se harán llegar los respaldos de la disposición final de los productos a la autoridad
sanitaria y ambiental respectiva.
10.2. Plan de Emergencias El Plan considera los siguientes casos (ver Anexo ADI1 del Adenda):
la- Incendios 9.- Explosión de caldera
b.- Fugas de amoniaco (NH) h.- Robo con asalto
c.- Derrame de sustancias peligrosas ¡.- Inundaciones
d.- Accidente grave j.- Apagón o corte del suministro eléctrico. e.- Movimiento sísmico k.- Emergencia en el CCID
f.- Intoxicación alimentaria
Procedimientos Operativos
) Evacuación. Luego de la activación de la señal de alerta emitida por las balizas/sirenas del recinto, podría decretarse la "Evacuación" total o parcial a través de los Líderes Operativos y/o Jefes de Sección, quienes comunicarán la orden de evacuar el recinto, ante lo cual todo el personal deberá realizar las Siguientes acciones, en caso de:
ii) Incendios
a) Por Sistema de Detección automático.Si se confirma la existencia de fuego, el "Vigilante interno" deberá comunicar por radio a portería dicha situación; luego el personal de portería efectuará el: llamado a Bomberos y a continuación comunicar la situación al Jefe de Emergencia del Recinto Macal y del edificio CCID.
b) Por Detección humana. Si algún funcionario, se ve enfrentado a un principio de incendio, deberá comunicar de inmediato la situación a su líder operativo, jefe de sección o jefe de producción para dar aviso a portería (5305). El guardia de portería, deberá llamar a bomberos (132) y comunicar el evento, identificando el nombre y ubicación de la empresa, Luego, deberá informar la situación al Jefe de Emergencia.
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11) Movimientos Sísmicos. En caso de ser necesaria la evacuación (si el movimiento se prolonga por más de 30 segundos), el personal deberá dirigirse a la zona de seguridad, por la vía de evacuación que corresponda a su área.
iv) Fugas de amoniaco (NH3)
a) Por Detección Automática. En caso de que se active un sensor de NH, el sistema alertará al personal de SADEMA y Taller de mantención, por lo que los encargados de FRIO deberán acudir al sector indicado en la pantalla del sistema y verificar la magnitud de la fuga. En este caso, si fuese necesario el operador solicitará vía radial el corte del flujo de amoníaco en la matriz. A continuación se efectuarán las maniobras de control y contención de la fuga.
b) Por Detección humana. En caso de que se detecte una fuga de amoniaco (olor), quien detecta este olor, deberá comunicar de manera inmediata a su Lider Operativo, Jefe de Sección, Producción o jefe directo de esta situación, para que éste de aviso al encargado de SADEMA de turno, quién deberá cerrar la válvula matriz de líquido de la planta. Además deberá comunicar al Jefe de Emergencia, quien evaluará la magnitud del evento. También se deberá informar al encargado de Mitigación Ambiental.
Derrame de sustancias peligrosas. Los derrames accidentales se clasificarán en mayores y menores. Los derrames menores corresponderán al vertimiento en cantidades inferiores a 200 Lts (tambor).
v) Accidente grave. Se entenderá por accidente grave o fatal de acuerdo a:
a) Accidente del trabajo fatal, aquel accidente que provoca la muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.
b) Accidente del trabajo grave, cualquier accidente del trabajo que:
Obligue a realizar maniobras de reanimación, u
Obligue a realizar maniobras de rescate, u
Ocurra por caída de altura, de más de 2 mts., o
Provoque, en forma inmediata, la amputación o pérdida de cualquier parte del cuerpo, o . Involucre un número tal de trabajadores que afecte el desarrollo normal de la faena afectada.
ama wn
vi) Intoxicación Alimentaria. En caso de que se presente en forma consecutiva, para una misma jornada de trabajo al menos dos casos con síntomas de intoxicación alimentaria (nauseas, mareos, vómitos, fiebre, dolor estomacal), se sospechará la existencia de una intoxicación masiva producto del consumo de alimentos en el casino de la empresa (colación). Ante este hecho el Paramédico comunicará esta situación al Jefe de Emergencias y al encargado de acciones de inocuidad. Si aplica, este último efectuará los contactos con la unidad médica de la ACHS, con la idea de adoptar las medidas que esta pueda sugerir.
vii) Explosión de Caldera. En caso de producirse una explosión de caldera o de cualquiera de los componentes del sistema de distribución de vapor, será necesario que cualquier persona que presencie el hecho, lo comunique inmediatamente al Jefe de Mantención y Jefe de Emergencia. El jefe de emergencia, tomará las medidas necesarias para evitar la propagación del evento hacia las instalaciones cercanas.
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viti) Robo con asalto. Una vez finalizado los hechos y encontrándose el personal seguro, el jefe de Seguridad de PF.S.A. actuará como relacionador entre las Policías y personal que se vio afectado directamente en los hechos, como así mismo se les brindará apoyo psicológico.
ix) Inundación. — Por precipitaciones; por escorrentía, o desbordamiento de cauces de ríos, canales, otros: por roturas, operación incorrecta o fallas de obras de infraestructuras hidráulicas.
x) Apagón General (corte de energía eléctrica).
xi) Emergencia en el CCID.
En resumen, ver:
[ Planes de Contingencia Referencia | | Plan de Prevención de Contingencias Ver Anexo N23 de DIA Pizzas | Plan de Emergencias Ver Anexo ADI1 de la Adenda N1
- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la
información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
12, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo,
- Que, para que el proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean
aplicables,
14, Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.”. PCT
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impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SETA, deberá someterse al SETA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
RESUELVO:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.", presentada por Productos Fernández S.A. a través de su representante legal don Max Alejandro Besser Jirkal.
-
CERTIFICAR que el proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
CERTIFICAR que el proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140, 148 y 161 del D.S. N?* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
-
CERTIFICAR que el proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A." no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A.". PCT
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- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.
NOTIFÍQUESE Y ARCHÍVESE
GO VELOSO CASTRO Intendente
retario Comisión de Evaluación Región del Maule /
RCF/ PCT/JPJ/pct /
Distribución:
. Max Alejandro Besser Jirkal
. DGA, Región del Maule
. Dirección de Vialidad, Región del Maule
. Gobierno Regional, Región del Maule
. Tlustre Municipalidad de Talca
. SAG, Región del Maule
. SEC, Región del Maule
. SEREMI de Agricultura, Región del Maule
. SEREMTI de Salud, Región del Maule
. SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Maule . SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule . SEREMI Medio Ambiente, Región del Maule
. SEREMI MOP, Región del Maule
. Servicio Nacional Turismo, Región del Maule
. CONADI, Región del Biobío
. SERNAGEOMIN, Zona Sur
. Consejo de Monumentos Nacionales
. Superintendencia de Servicios Sanitarios
RCA(+) DIA "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de P-oductos Fernández S.A.". PCT
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C/c:
. Encargada Participación Ciudadana
. Expediente del Proyecto "Ampliación Capacidad de Producción de Pizzas de Productos Fernández S.A."
. Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VIT Región del Maule
. Superintendencia del Medio Ambiente
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