Evaluación SEA

Nuevo transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón

Rol 2129756178
SEA · DIA · Aprobado · 2014-09-22 · Región de Coquimbo · CGE TRANSMISION S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE COQUIMBO CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO “NUEVO TRANSFORMADOR 110/66 KV 30 MVA S/E EL PEÑÓN”. RESOLUCIÓN EXENTA N* 00 3 1173 LA SERENA, 20 MAR, 2015

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, su Adenda de fecha 11 de Diciembre de 2014 y su Adenda Complementaria de fecha 06 de Febrero de 2015, del proyecto denominado “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”, presentado por TRANSNET S.A., con fecha 29 de Agosto de 2014.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”.

  3. El Acta de Evaluación N*06/2015 de fecha 06 de Marzo de 2015, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.

  4. El ICE de la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” de fecha 09 de Marzo de 2015.

S. La sesión N*003 de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”.

  2. Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (Modificada por la Ley N20,417); el D.S. N%0, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

  1. Que, TRANSNET S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social _| TRANSNET S.A. Rut 96.719.210-4. -

Domicilio Av. Presidente Riesco N5.561 Piso N12, Santiago, Región | Metropolitana.

Teléfono (02) 22807000

Nombre Representante Legal | Gerardo Illanes Carrasco.

RUT Representante Legal 5.395.448-0.

Domicilio Representante Legal | Av. Presidente Riesco N*5.561

Metropolitana.

leSsléfono Representante Legal| (02) 22807000

Y

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 09 de Marzo de 2015, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el Proyecto, por

cuanto:

. El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.

. El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de evaluación.

. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.

. No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11

de la Ley N*19,300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Que, en sesión de fecha 17 de Marzo de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 09 de Marzo de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en

que se fundamenta.

  1. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES.

Objetivo General.

Descripción del Proyecto

Aumentar la tensión de la actual Subestación Eléctrica El Peñón, en adelante, S/E El Peñón, con lo cual se contempla el mejoramiento de la infraestructura eléctrica actualmente disponible a fin de mantener los estándares de calidad de servicio en el abastecimiento de los crecientes requerimientos energéticos de la población. Esto permitirá entregar una mayor cobertura, confiabilidad y flexibilidad para el desarrollo de la distribución de energía en la zona. Así, el proyecto mejorará la calidad de servicio existente y otorgará la capacidad de transformación de energía necesaria para absorber los crecimientos de corto y mediano plazo.

El proyecto consiste en el montaje de un nuevo transformador y en la construcción de la infraestructura eléctrica de alta tensión necesaria para la operación de este nuevo equipo. Este nuevo transformador y la infraestructura antes señalada, se anexarán a las instalaciones eléctricas de alta tensión existentes, dentro del terreno de TRANSNET, aprovechando así algunos de los componentes, instrumentos y equipos que hoy están operando en la subestación eléctrica El Peñón.

Además, el proyecto considera el aumento de tensión de 66 a 110 kV en el tramo de la Línea de Transmisión Eléctrica (en adelante, LTA) Pan de Azúcar - El Peñón. Dicho aumento de tensión no contempla la instalación o modificación de estructuras de la LTE, debido a que dicha LTE cuenta con las características necesarias para ser energizada a 110 kV. De acuerdo a lo anterior, la energización de la línea no involucra obras físicas que deban incluirse en la etapa de construcción.

La S/E El Peñón inició sus operaciones en forma previa a la entrada en vigencia del SEIA, razón por la cual no cuenta con una RCA que regule su operación integral. Esta infraestructura eléctrica actualmente en funcionamiento, presta el servicio de transformación y transmisión de energía eléctrica para las comunas del sector.

Actualmente la S/E cuenta con cuatro patios de alta tensión de 110, 66 y 110/23,2 kV y uno de media tensión de 13,2 kV. Estos patios son controlados desde dos salas eléctricas que constituyen una sala de comandos de 35,6 m* ubicada en el sector sureste de la subestación eléctrica. A la subestación eléctrica llegan seis líneas de alta tensión, una de 110 kV y otra de 66 kV provenientes de la S/E Pan de Azúcar; una de 110 kV y de 66 kV hacia la S/E Ovalle; una de 110 kV hacia la Minera Carmen de Andacollo y otra de 110 kV proveniente de la Central El Peñón. Además, cuenta con cuatro alimentadores de 23 kV hacia Las Tacas, Guanaqueros, Cerrillos y Tambillos.

Para mayor detalle, ver numerales 1.2.2 y 1.2.3, ambos de la DIA.

La tipología principal corresponde a la descrita en el artículo 3, literal b) correspondiente a “líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones”. En particular lo indicado en el numeral b,1) donde se señala que “se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV)” y lo indicado en el numeral b.2) donde se señala que “se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte”. Para mayor detalle, ver numerales 1.2.4 y 1.2.5, ambos de la DIA,

La vida útil del proyecto se estima por un período mínimo de 50 años. Sin embargo, debido a las características de este tipo de instalaciones, el período de funcionamiento de estas unidades podría extenderse en el tiempo, mediante la continua renovación de los equipos de acuerdo a los programas de inspección y mantención y a la incorporación de innovaciones tecnológicas. Para mayor detalle, ver numeral 1.2.7 de la DIA.

Tipología Principal, así como las Aplicables a sus Partes, Obras O Acciones.

Vida Útil.

Gestión, Acto O

Faena Mínima que da cuenta del Inicio de la Ejecución

El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto será la instalación de faenas. Para mayor detalle, ver numerales 1.2.8, 1.2.10, 1.4 y 1.5.1.2, todos de la DIA.

Proyecto modifica otras RCA

Proyecto se desarrolla por | SI | No etapas Xx Proyecto modifica | Si | No El proyecto ingresa por primera vez al SEIA, y consiste en el un Proyecto oO montaje de un nuevo transformador y en la construcción de la Actividad x | infraestructura eléctrica de alta tensión necesaria para la operación AN de este nuevo equipo. Además, el proyecto considera el aumento de i O

tensión de 66 a 110 kV en el tramo de la LTE Pan de Azúcar - El

Peñón.

La S/E El Peñón inició sus operaciones en forma previa a la entrada x [en vigencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, razón por la cual no cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental, en adelante RCA, que regule su operación integral.

Para mayor detalle, ver numeral 1.2.5 de la DIA.

4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

División Político- Administrativa

El proyecto se localiza en un predio ubicado a 20 km al Sur de la ciudad de La Serena, en la comuna de Coquimbo, Provincia del Elqui, Región de Coquimbo. Para mayor detalle de la localización del proyecto, ver numeral 1.3.1 y Figura N*1-1, ambos de la DIA.

Justificación de la Localización

El proyecto se ubica al Este de la Central Termoeléctrica El Peñón y al Norte de la S/E El Peñón. Esta ubicación es Óptima para la conexión directa entre las instalaciones actuales y el nuevo transformador, así como para transmitir la energía a las comunas del sector. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.5 de la DIA.

Superficie

El terreno de la S/E El Peñón (preexistente), posee una superficie aproximada de 7.100 m?, y el terreno a utilizar por el nuevo transformador y su infraestructura asociada, que estará emplazado inmediatamente al Norte del terreno de la subestación eléctrica actual, cuenta con un área a utilizar de aproximadamente 4.000 m?”. Para mayor detalle de la superficie, ver numeral 1.3.3 de la DIA.

Coordenadas UTM en Datum WGS84

En el numeral 1.3.2 de la DIA, se presentan las coordenadas del polígono de ubicación del proyecto. La Figura N*%2 de la DIA, muestra el plano del polígopez

SNS de Acceso vo, Y

del proyecto. ASA Actualmente, el acceso a la S/E El Peñón se realiza a través de la Ruta dl

kilómetro 29 del camino que une Coquimbo y Ovalle. Junto al montaje transformador, se implementará un nuevo acceso a la S/E El Peñón,

ay

desarrollará a través de un camino que empalma. con la Ruta 43 ubicado a 150 metros de la actual entrada. Para mayor detalle, ver numeral 1.3.4 de la DIA.

Referencia al

expediente de

evaluación de los

mapas,

georreferenciación | En el numeral 1.3.2 de la DIA, se presentan las coordenadas del polígono de e información | ubicación del proyecto. La Figura N“2 de la DIA, muestra el plano del polígono complementaria del proyecto.

sobre la

localización de sus partes, Obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 2] La S/E El Peñón actualmente cuenta con cuatro patios, tres de alta tensión y uno de media tensión.

Estos son controlados desde una sala de comandos ubicada en la S/E EL Peñón. A la subestación

eléctrica llegan seis líneas de alta tensión y cuenta con cuatro alimentadores, de acuerdo a lo señalado

anteriormente. Además, cuenta con un cierre perimetral de hormigón, siendo su acceso controlado a

través de un portón. La Tabla 1-4 de la DIA, indica las fases del proyecto y una descripción general del

alcance de cada una de ellas.

a) Obras Temporales.

La instalación de faenas contemplará las siguientes dependencias: oficinas; zona de estacionamientos para vehículos y maquinarias; bodegas de almacenamiento de materiales; baños; planta de tratamiento de aguas servidas; estanque de almacenamiento de aguas de tratamiento; piscina para el lavado de canoas y materiales; y patio de salvataje. En el Anexo F de la Adenda de la DIA, se presenta plano en coordenadas UTM donde se muestra la ubicación de las distintas instalaciones que contempla la faena.

Se dispondrá de movilización diaria para los trabajadores, desde los lugares de alojamiento en ciudades y localidades cercanas a la S/E El Peñón. No se considera la habilitación de casinos o comedores, por lo que los trabajadores se alimentarán en las instalaciones de venta de alimentos cercanos al área del proyecto, que cuenten con autorización sanitaria.

Para mayor detalle, ver numeral 1.4.1 y Figura 1-3, ambos de la DIA; y numeral 1.1 y Figura N*1 de la Adenda de la DIA.

b) Obras Permanentes.

El proyecto contempla el montaje de un transformador de 110/66 kV de 30 MVA, sus instalaciones asociadas y un foso de aceite en caso de emergencia de derrames para los trasformadores existentes y el nuevo. Además, se considera el aumento de tensión de 66 a 110 kV en el tramo de la LTE Pan de Azúcar - El Peñón.

b.1) Obras en la S/E El Peñón.

e Equipos Eléctricos: tienen por finalidad maniobrar la energía para distribuirla a distintas zonas. Los principales equipos que se instalarán en la S/E El Peñón corresponderán a un transformador de poder de 110/66 kV, interruptores, transformadores de medida y seccionadores cuchillo.

  • Ampliación Patios de 66 kV y 110 kV: se ampliarán los patios de 66 kV y 110 kV existentes, consistente en la instalación de las estructuras necesarias que permitan el montaje del nuevo transformador de poder 110/66 kV y los equipos anexos que ayudarán en la administración operacional de este equipo. Estará formado por estructuras metálicas montadas sobre fundaciones de hormigón armado, y contendrá los equipos eléctricos indicados en el punto anterior.

e Cierre Perimetral y Fundaciones: el actual cerco de placas prefabricadas de hormigón será modificado de forma que abarcará las obras consideradas en el presente proyecto. Las fundaciones de las estructuras y equipos serán confeccionadas con hormigón armado y sus dimensiones variarán dependiendo de los equipos y/o estructuras que soporten.

  • Estructuras Metálicas: se montarán estructuras metálicas sobre las fundaciones, para sostener

EH de los equipos eléctricos y el cableado de los paños.

  • Sables de Control y Canalización Subterránea: los cables de control llevarán las señales de los

equipos eléctricos al tablero de control, para su operación y medida. Las canalizaciones subterráneas para los cables de control asociados a los equipos estarán formadas por ductos de PVC. Para las canalizaciones subterráneas se construirán cámaras de acceso de albañilería y de hormigón armado. Todas estas instalaciones estarán confinadas al terreno del proyecto.

e Malla de Puesta a Tierra: se ampliará la malla existente en la S/E El Peñón hacia el terreno anexo de la subestación eléctrica. En caso de eventuales fallas, esta instalación conducirá las descargas eléctricas a tierra, manteniendo la seguridad del personal y de las instalaciones. Esta malla estará ubicada bajo tierra y confinada al terreno del proyecto.

  • Foso de Aceite: esta obra será de hormigón armado impermeable, tendrá una capacidad de 87,8 m', utilizará una superficie de 24,4 m” y tendrá una profundidad de 4 metros. El foso separador agua- aceite, será un colector que se localizará en el sector poniente de la subestación eléctrica, contigua al actual límite de la subestación eléctrica. La finalidad del foso de aceite será el control de eventuales derrames de aceite que podrían generarse en la zona de los transformadores. El foso tendrá la capacidad de contener la totalidad del aceite contenido en un transformador, y estará conectado a los transformadores existentes y futuros mediante un sistema de ductos de salida que conducirán los eventuales derrames que podrían generarse. El manejo del aceite se encontrará a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria y el acopio será breve en el sitio de obra, puesto que se utilizarán en la medida que estos sean recepcionados en la subestación eléctrica.

Además, se dispondrá de señalética indicando peligro por alto voltaje y prohibición de ingreso a personas ajenas al recinto. Una vez puesto en servicio el proyecto, la S/E El Peñón estará cerrada, sin personas en su interior de forma permanente, siendo el ingreso a ella sólo de manera esporádica, con visitas estimadas de una vez al mes, en operación normal.

Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.1 de la DIA. b.2) Habilitación Nuevo Camino de Acceso a la S/E El Peñón.

El proyecto contempla la habilitación de un nuevo camino paralelo a la Ruta 43, desde el camino de acceso de la Central Termoeléctrica El Peñón hasta la S/E. Este camino tendrá una longitud de 170 metros aproximadamente y un ancho de cinco metros. El camino se ubicará sobre una huella existente por lo que la habilitación corresponderá únicamente a una nivelación y ensanchamiento. Para mayor detalle, ver numeral 1.4.2.2 y Figura 1-4, ambos de la DIA.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

La etapa de construcción tendrá una duración aproximada de ocho meses, y será desarrollada en una etapa. Las actividades serán desarrolladas en horario diurno de 08:00 a 18:00 horas de lunes a viernes. Para mayor detalle, ver numerales 1.5.1.3 y 1.5.1.4, ambos de la DIA; y numeral 1.4 de la Adenda de la DIA.

Las actividades y acciones asociadas a esta etapa son las siguientes:

a) Instalación de Faena: contempla las siguientes dependencias: oficinas; zona de estacionamientos para vehículos y maquinarias; bodegas de almacenamiento de materiales; baños; planta de tratamiento de aguas servidas; estanque de almacenamiento de aguas de tratamiento; piscina para el lavado de canoas y materiales; y patio de salvataje.

b) Transporte de Personal: el transporte de personal se realizará diariamente en dos buses contratados a terceros. El traslado se realizará entre los lugares de alojamiento y la zona de obras, incluyendo el traslado en el horario de colación.

c) Transporte de Materiales: el transporte de los materiales (hormigón, fierro y áridos) se realizará desde los lugares de venta o almacenamiento hasta la S/E El Peñón, y estará a cargo de empresas autorizadas.

d) Preparación del Terreno y Movimientos de Tierra: para construir las obras del proyecto, se despejará y preparará el terreno. Posteriormente, se procederá al escarpe del terreno (retiro de piedras y promontorios de tierra) que consiste en el retiro de 20 cm de la capa vegetal en una superficie total de 0,4 ha. En seguida se realizará la nivelación, relleno y compactación del terreno con material estabilizado de 50 cm en la misma superficie.

e) Construcción de Fundaciones: las fundaciones para el soporte de los equipos y estructuras eléctricas se construirán en hormigón armado de acuerdo a las dimensiones y especificaciones de, diseño de cada equipo y estructura.

f) Montaje de las Estructuras de Patios: se montarán las estructuras metálicas sobre las fundacjógs

para sostener parte de los equipos eléctricos y el cableado de los paños. Las estructuras ff

8)

h)

3)

k)

diseñadas para sostener los equipos, barras y líneas de transmisión.

Montaje de Equipos Eléctricos y Obras Menores: una vez concluida la plataforma del nuevo transformador y de las fundaciones de los equipos, se procederá al montaje electromecánico de los equipos y a la ejecución de otras obras civiles menores, tales como vías de circulación, canalizaciones, etc. Además, se procederá al alambrado, conexionado y pruebas de las instalaciones incluyendo tanto equipos eléctricos, como los instrumentos de control, protección, supervisión, telecomunicaciones, entre otros.

Pruebas de Energización y Puesta en Servicio: se revisará el correcto funcionamiento de los equipos instalados, la continuidad eléctrica del sistema, la conexión a tierra, las secuencias de fases, la instrumentación de control y se realizarán las pruebas con cargas, las que incluyen la protocolización de pruebas de montaje, pruebas eléctricas y mecánicas de todos los equipos e instrumentos.

Terminaciones de Terreno: se desarrollarán vías de circulación internas para permitir el tránsito de peatones, vehículos livianos y de carga, las cuales estarán debidamente demarcadas por soleras de hormigón.

Habilitación del Nuevo Camino de Acceso a la S/E El Peñón: se contempla la habilitación de un camino paralelo a la Ruta 43, desde la entrada de la Central Termoeléctrica El Peñón hasta la S/E, Este camino tendrá una longitud de 170 metros aproximadamente y un ancho de cinco metros. El actual acceso será clausurado.

Retiro de las Instalaciones de Faena y Restauración del Terreno: una vez terminadas las obras civiles e instalados los equipos eléctricos se retirarán todas las instalaciones provisorias.

Para mayor detalle, ver numeral 1.5.1 de la DIA.

a) Insumos: la Tabla 1-6 de la DIA señala los insumos )s requeridos para esta fase del proyecto (agua industrial, hormigón, armaduras, material de relleno, gravilla, etc.).

b) Maquinaria: las características de los equipos y maquinarias se presentan en el numeral 1.5.1.5.1 de la DIA.

c) Combustible: el proyecto contempla almacenar 3.500 litros de combustible, el que se almacenará en la bodega de la instalación de faenas. Para mayor detalle, ver numeral 4,3.10 de la DIA y 2.5 de la Adenda de la DIA.

d) Energía: la energía eléctrica para operar los equipos y maquinarias será proporcionada mediante un grupo electrógeno de 75 kVA.

e) Agua: se requerirán aproximadamente 108 m'/mes de agua potable. Dicho abastecimiento se realizará a través de bidones de 20 litros sellados, etiquetados y debidamente autorizados, que serán ubicados en el interior de la instalación de faenas. La provisión de agua será contratada a una empresa autorizada. El agua de uso industrial será proporcionada por una empresa autorizada mediante camiones aljibes y se usará para evitar la polución en el

Provisión de proceso de excavaciones, elaboración del hormigón, limpieza de herramientas Suministros y lavado de canoa de camiones mixer. Se utilizará una cantidad de 33,4 Básicos en la m'/mes.

Etapa de | f) Servicios Higiénicos: se utilizará una planta de tratamiento para el manejo de Construcción. las aguas servidas.

g) Alimentación del Personal: el servicio de almuerzo para los trabajadores se realizará en establecimientos autorizados.

h) Alojamiento: el proyecto no considera alojar trabajadores en las instalaciones del proyecto.

1) Transporte: el servicio de transporte de insumos, equipos, maquinaria, personal y carga en general, serán realizados por servicios externos autorizados. Para mayor detalle, ver numeral 1.5.1.5.8 de la DIA y numeral 1.3 de la Adenda de la DIA.

3) Sustancias Peligrosas: el proyecto para la etapa de construcción requerirá el uso de sustancias peligrosas, tales como: aceite dieléctrico, igol pinel (sustancia impermeabilizante para hormigones), pinturas, etc. En la Tabla N*15 de la Adenda de la DIA, se entrega un listado de las sustancias que serán utilizadas por el proyecto.

Para mayor detalle de la provisión de suministros básicos para la etapa de Construcción, ver numerales 1.5.1.5 y 4.3.3.1, ambos de la DIA. El proyecto no explotará recursos naturales renovables para “satisfacer sus necesidades. No obstante, debido a las obras del proyecto (construcción) se

Renovables. despejará y preparará el terreno donde éstas se emplazarán. Para mayor detalle, ver numerales 1.5.1.6, 1.5.2.6, 2.2, 3.1.1.2, 3.3, 6 y Anexo C.4, todos de la DIA; numeral 4.1, Anexo D y F, todos de la Adenda de la DIA; y numeral 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la construcción corresponderán a material particulado resuspendido, producido durante las actividades de tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavación, carga y descarga de materiales; además, de gases, provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y vehículos.

Emisiones y

Efluentes. Residuos Líquidos Domésticos: el proyecto generará aguas servidas en la

construcción producto de los servicios higiénicos. Se estima una cantidad de 81 mé/mes de aguas servidas para la etapa de construcción.

Residuos Industriales Líquidos: se contempla sólo para la etapa de construcción la generación de agua de lavado. El agua de lavado será proveniente de la limpieza de herramientas y canoas de camiones mixer, donde se estima un volumen total de 6 mí.

Residuos Sólidos Domiciliarios: corresponderán (540 kilos/mes) a restos de alimento, envases, papeles, desechos de artículos de aseo personal, etc.

Residuos Industriales no Peligrosos: corresponderán (250 kilos/mes) a restos de embalaje, chatarra, cartones y material inerte proveniente de la piscina de evaporación de agua de lavado, etc.

Residuos Peligrosos: corresponderán a tambores vacíos con restos de aceite dieléctrico, restos de grasas y aceites, restos de pinturas y solventes, baterías y pilas (0,1 ton/mes y 150 tambores vacíos una única vez durante la vida útil del proyecto).

Residuos, Productos Químicos y otras Sustancias que puedan afectar el Medio Ambiente.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Para mayor detalle, ver numerales 4.2 y Capítulo V, ambos del ICE.

La operación de las instalaciones del proyecto no requerirá de la contratación de mano de obra permanente, ya que será operada en forma remota desde el Centro de Operación de Transmisión de TRANSNET y las actividades de inspección y mantenimiento serán realizadas por personal que actualmente realiza estas labores en la S/E El Peñón.

La S/E El Peñón seguirá siendo operada bajo sistema de telecomando y sólo será visitada para realizar inspecciones periódicas, mantenciones programadas y reparaciones en caso de emergencias eléctricas.

La actividad de operación estará ligada con las actividades de mantenimiento de las instalaciones, donde se emplea equipamiento mecánico menor.

Las actividades de inspección y mantenimiento, que se desarrollarán son:

  • Inspección Periódica: se realizarán inspecciones mensuales de rutina a las instalaciones de la S/E, a fin de detectar prematuramente cualquier potencial falla y programando las mantenciones preventivas. Estas inspecciones se realizarán al interior del predio de la S/E El Peñón.

  • Mantenimiento Preventivo: se realizará el mantenimiento preventivo de los equipos del proyecto con una frecuencia que dependerá del tipo de equipo y de instalación. Éste comprenderá la limpieza de los equipos e instalaciones, la inspección de los equipos y estructuras eléctricas, mediciones de verificación y el chequeo según lo establecido en los catálogos de cada equipo.

  • Mantenimiento Correctivo: el mantenimiento correctivo considera las reparaciones a las instalaciones cuando se detecten fallas que comprometan la transmisión de energía eléctrica. La envergadura de estas reparaciones dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía detectada.

  • Reparaciones de Emergencia: corresponde a las reparaciones no programadas, producto de daños cometidos por personas, a consecuencia de accidentes o provocados por fenómenos naturales. Estas actividades no son predecibles, por lo que se programarán de acuerdo a la ocurrencia de los eventos

antes señalados Pp " as DE

S os bre o JE Actualmente, se opera una línea de transmisión eléctrica de doble circuito de 19,4 km sue)

Sibestaciones Pan de Azúcar y El Peñón en la Región de Coquimbo. La línea contiene uy/ tifcutibs T

110 kV y otro de 66 kV. A fin de mejorar la capacidad de transmisión de la línea, se aumentará la tensión del segundo circuito, de 66 kV a 110 kV. Dicha modificación permitirá otorgar un mayor respaldo y flexibilidad al suministro eléctrico. Cabe señalar que sólo se energizará el actual conductor de 66 kV en 110 kV, manteniéndose inalterado el trazado de la línea y sin requerir modificaciones en las estructuras, conductor y subestaciones.

| Para mayor detalle, ver numeral 1.5.2 de la DIA,

a) Energía: el suministro de energía será a través de los servicios auxiliares de la S/E El Peñón. b) Agua: no se contempla el uso de agua potable, así como tampoco agua industrial para la fase de operación. c) Servicios higiénicos: dado que la actual S/E no contemplará mano de obra Provisión de para su operación, no existirán instalaciones sanitarias, así como tampoco Ps áreas de almacenamiento de residuos. Por lo tanto, cuando se efectúen Suministros : a : , 5 A Básicos en la mantenciones o limpiezas en la S/E, se dispondrá de agua y baños químicos a Etapa de los trabajadores, así como el transporte y disposición final de los residuos “a generados en dichas actividades serán realizados por empresas autorizadas. Operación. : . : d) Combustibles: no se requiere el uso de combustible. e) Transporte: no se requiere transportar elementos ni mano de obra permanente en la S/E El Peñón. Para mayor detalle de la provisión de suministros básicos para la etapa de __ | operación, ver numerales 1.5.2.4 y 4.3.3.1, ambos de la D o a El proyecto no explotará recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. Renovables. A o Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la operación corresponderán a material particulado resuspendido producto de la circulación de vehículos asociados a las actividades de mantención de los equipos. Emisiones y |En la etapa de operación del proyecto, no se generarán residuos líquidos Efluentes domésticos, dado que no considera mano de obra para su operación. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones o limpiezas en la subestación eléctrica, se dispondrá de agua y baños químicos a los trabajadores, así como del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades. Además, en la etapa de operación no se generarán residuos líquidos industriales. Residuos Sólidos Domiciliarios: no se generarán residuos sólidos domésticos Residuos, durante la operación del proyecto, dado que no se considera mano de obra para su Productos operación. Químicos y otras | Residuos Peligrosos: cada vez que se realicen las actividades de mantención y se Sustancias que | generen residuos peligrosos asociados a esta actividad, éstos serán trasladados al puedan afectar el | sitio de almacenamiento temporal de TRANSNET S.A., ubicado en Avenida Los Medio Ambiente. | Talleres N*1.831, Barrio Industrial, comuna de Coquimbo. La resolución sanitaria del sitio mencionado se adjunta en el Anexo B de la Adenda de la DIA, Referencia al ICE para Mayores | para mayor detalle, ver numeral 4.3 y Capítulo V, ambos del ICE. detalles sobre esta | Fase.

4.3.3, FASE DE CIERRE

La vida útil del proyecto se estima port un período mínimo de 50 años. Sin embargo, debido a las características de las instalaciones se podría extender el período de funcionamiento de estas unidades en el tiempo mediante actualizaciones tecnológicas y así prolongar su fase de operación.

En caso que por alguna razón deba implementarse el cierre del proyecto, se procederá de la siguiente forma:

  • Desconexión de Líneas y Equipos: se procederá a desenergizar las líneas conectadas a los paños de la S/E El Peñón y los equipos.

e Desmantelamiento de los Equipos y Estructuras: se desmontarán equipos y estructuras. Los

is que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados y los que no, se dispondrán en un

tio autorizado para ello.

E

  • Retiro de Obras Civiles y Restitución del Terreno: las obras civiles podrán ser demolidas en su totalidad o parcialmente para obras bajo superficie.

Para mayor detalle de las actividades de la etapa de cierre, plazos estimados de ejecución, medios de verificación e indicadores de cumplimiento, ver numeral 1.5.3 de la DIA y numeral 1.2 del Adenda de

la DIA. Recursos El proyecto no explotará recursos naturales renovables para satisfacer sus Naturales necesidades. Renovables. Las emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de reacondicionamiento del terreno. ones Y | Residuos líquidos domésticos: serán semejantes a los generados durante la fase : de construcción, correspondientes a aguas servidas provenientes de los servicios higiénicos, por lo que se implementarán las mismas medidas definidas para la fase de construcción. Residuos industriales líquidos: no se generarán residuos líquidos industriales. Residuos, Productos Residuos sólidos domésticos e industriales: los residuos a generar serían de Químicos y otras | naturaleza similar a los generados durante la fase de construcción en términos de Sustancias que | cantidades y características, por lo que se implementarán las mismas medidas de

puedan Afectar el Medio Ambiente.

manejo.

Referencia al ICE

para Mayores Detalles sobre esta Fase.

Para mayor detalle, ver numeral 4,4 y Capítulo V, ambos del ICE,

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

La fase de construcción tendrá una duración aproximada de 8 meses. El cronograma de las fases del proyecto, se muestra en los numerales 1.5.1.3 y 1.5.2.2, ambos de la DIA.

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha Estimada | Para mayor detalle de la calendarización de las fases del proyecto y/o cronograma de Inicio de sus actividades, ver numerales 1.5,1,3 y 1.5.2.2, ambos de la DIA.

Parte, Obra O

Acción que ix

Establece el Inicio Instalación de faenas. _y Término

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

Fecha Estimada | Para mayor detalle de la calendarización de las fases del proyecto y/o cronograma de Inicio de sus actividades, ver numerales 1.5.1.3 y 1.5.2.2, ambos de la DIA. | Parte, Obra oO

Acción que a

establece el Inicio Pruebas de energización y puesta en marcha.

y Término.

4.4.3. FASE DE CIERRE

pa Estimada Ver numeral 1.5.3 de la DIA y numeral 1.2 de la Adenda de la DIA. Parto, obra ol, Desconexión de Líneas y Equipos. acción que

establece el inicio y Término.

e Desmantelamiento de los Equipos y Estructuras. e Retiro de Obras Civiles y Restitución del Terreno.

S. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y | CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la construcción corresponderán a material particulado resuspendido, producido durante las actividades de tránsito de vehículos por caminos no pavimentados, excavación, carga y descarga de materiales; además, de gases, provenientes de la combustión interna de los motores de las maquinarias y vehículos. Las principales emisiones a la atmósfera provenientes de la operación corresponderán a material particulado resuspendido producto de la circulación de vehículos asociados a las actividades de mantención de los equipos.

La fuente de ruido predominante en la etapa de construcción corresponderá al tránsito de vehículos y funcionamiento de maquinarias en las actividades de excavación, movimiento de material, construcción de obra gruesa, armado de estructura y montaje de equipos. La fuente de ruido predominante en la etapa de operación corresponderá al transformador. Dichas emisiones de ruido, no Impacto no variarán considerablemente respecto del ruido emitido actualmente en la significativo subestación eléctrica El Peñón, considerando que serán puntuales y acotadas a la operación del nuevo transformador.

El proyecto generará aguas servidas en la construcción producto de los servicios higiénicos, las cuales serán tratadas en una planta de tratamiento de aguas servidas. Además, se contempla sólo para la etapa de construcción la generación de agua de lavado, para la cual se construirá un pozo revestido con polietileno donde se realizará esta actividad. En ella, el componente líquido se evaporará y los restos de hormigón que quedarán en el sistema, serán picados luego de que el agua ya se ha evaporado del todo y posteriormente acopiados en el área de manejo de residuos y enviados a un sitio autorizado por la autoridad sanitaria. En la etapa de operación del proyecto no se generarán residuos líquidos domésticos ni residuos líquidos industriales.

Los residuos sólidos serán manejados de acuerdo a la normativa vigente.

Fase en que se q Construcción, Operación y Cierre.

_presenta - Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este Ver Artículo 5 del Capítulo VI del ICE.

impacto específico A De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera O presenta riesgo para la salud de la | población, debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones y residuos.

[5.2 EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

En el área del proyecto no existen recursos naturales renovables que puedan ser objeto de la exposición a contaminantes debido al impacto de las emisiones y efluentes. Además, en el área de emplazamiento del proyecto no existen cauces de agua y/o quebradas que pudieran verse afectadas por las actividades del

Impacto no significativo

A | proyecto. _

Fase en que se Construcción.

presenta L —. = Referencia al ICE

para mayores

Ver Artículo 6 del Capítulo VI del ICE. detalles sobre este impacto específico | o

De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto | no. genera | o presenta efectos adversos. significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

10

(5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS.

El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Impacto no significativo

Fase en que se

presenta o | No ES presenia en ninguna de ld Slapas: o o A Referencia al ICE. para mayores

detalles sobre este Ver Artículo 7 del Capítulo VI del ICE.

| impacto específico ÓN o De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera | 0 presenta reasentamiento de. comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4, LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no se localiza en o próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.

Impacto no significativo

Fase en que se

presenta | NOS Presenta en ninguna de las etapas, A Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este Ver Artículo 8 del Capítulo VI del ICE.

_ impacto específico _ o

De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto 1 no se localizará en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar,

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.

En el sector donde se emplazará el proyecto no existe una Zona de Interés Turístico Nacional (ZOIT). El proyecto no presentará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Impacto no significativo

Fase en que se : q No se presenta en ninguna de las etapas.

presenta o A == A Referencia al ICE. para mayores

detalles sobre. este Ver Artículo 9 del Capítulo VI del ICE.

impacto específico

De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

De acuerdo a los antecedentes presentados, el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Impacto no significativo

Fase en que se

Construcción. presenta Leia ii q == Referencia al ICE | para mayores

detalles sobre. este Ver Artículo 10 del Capítulo VI del ICE.

| impacto específico Ñ Ñ ' De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración de ma

ios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al L

SA o o

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos.

6.1.1. ARTÍCULO 138: PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER OBRA PÚBLICA O PARTICULAR DESTINADA A LA EVACUACIÓN, TRATAMIENTO O DISPOSICIÓN FINAL DE DESAGUES, AGUAS SERVIDAS DE CUALQUIER NATURALEZA. |

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Parte, Obra o Acción _a que aplica

Construcción.

El proyecto contempla para la etapa de construcción una planta de tratamiento de aguas servidas, _ La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*13 de fecha 17 de Febrero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. (6.12. ARTÍCULO 140: PERMISO PARA LA CONSTRUCCIÓN, REPARACIÓN, MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DE CUALQUIER PLANTA DE TRATAMIENTO DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER CLASE O PARA LA INSTALACIÓN DE TODO LUGAR DESTINADO A LA ACUMULACIÓN, SELECCIÓN, INDUSTRIALIZACIÓN,

COMERCIO O DISPOSICIÓN FINAL DE BASURAS Y DESPERDICIOS DE CUALQUIER

Pronunciamiento del Organo Competente

_la cual corresponde | Parte, Obra o Acción _a que aplica

Pronunciamiento del Organo Competente

Fase del Proyecto al,

_de residuos durante la construcción,

Construcción.

El proyecto contempla | la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal |

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*13 de fecha 17 de Febrero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

6.1.3. ARTÍCULO

| ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS.

PERMISO PARA TODO

142: SITIO DESTINADO AL

Fase del Proyecto a _la cual corresponde | Parte, Obra o Acción a que aplica

Pronunciamiento del Organo Competente

| de Impacto Ambiental.

Construcción.

El pr proyecto contempla la habilitación de dos áreas. para. el almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la construcción proyecto.

La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, mediante Ordinario N*13 de fecha 17 de Febrero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso

Ambiental Sectorial del artículo 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación

  1. Que, de acuerdo

a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de

cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: EMISIONES A LA ATMÓ

Norma

Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

Decreto Supremo N%47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos.

Decreto Supremo N%55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados. _Decreto Supremo N”75/1987 del Ministerio

de Transportes

y

12

Telecomunicaciones. Establece Condiciones para el Transporte de Carga. e Decreto Supremo N%138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.

Fase del Proyecto a

la que Aplica

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de Cumplimiento

Indicador que Acredita su Cumplimiento

Forma de Control y

Durante la construcción del proyecto - se implementarán entre otras las siguientes medidas de control:

  • Humectación del camino de acceso a las instalaciones de faenas, con una frecuencia de humectación de una vez al día (camino de 170 metros de largo por un ancho de 5 metros), y dependiendo de las condiciones ambientales (lluvia). El agua requerida para la humectación provendrá de las aguas de tratamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas. Se mantendrá un registro diario de humectación con detalle de: cantidad de agua utilizada, horario y frecuencia en que se realizó la humectación. Estos registros estarán disponibles en faena para efectos de las actividades de seguimiento y fiscalización ambiental del proyecto.

e Delimitación del área de intervención del proyecto mediante el cierre perimetral de pantallas contraviento (malla rachel) en todo el contorno de la faena de construcción. El cierre tendrá una altura de 2 metros. Para verificar el funcionamiento de la medida se realizará una primera inspección una vez instalada la barrera, permaneciendo con inspecciones semanales durante la construcción del proyecto. Se mantendrá en las instalaciones de faena registro de las inspecciones realizadas, los desperfectos detectados y las acciones realizadas para su reparación, mediante ficha de inspección y fotografías de esta actividad.

e El transporte de material de construcción se realizará en camiones encarpados con lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería. Se mantendrá como medio de verificación una lista de chequeo en el despacho y recepción de los materiales de construcción. Además, se realizará un registro fotográfico aleatorio de los camiones, ya sea en despacho o recepción. Estos registros estarán disponibles en faena para efectos de las actividades de seguimiento y fiscalización ambiental del proyecto.

e Se humectarán las zonas de excavación cuando se realice la construcción de fundaciones, actividad que será verificada por medio de un registro fotográfico y será registrado en el libro de obras de la faena.

e Se controlará la velocidad de circulación de vehículos al interior de la obra. Se instalará señalética indicando la velocidad máxima establecida para

Seguimiento circular al interior de la obra, se mantendrá registro fotográfico asociado a la instalación de la señalética como medio de verificación. e Revisión técnica al día de vehículos livianos, camiones y maquinarias. Además, se declarará en forma anual, las emisiones generadas por los equipos electrógenos a utilizar en la etapa de construcción del proyecto. Las emisiones asociadas a estos equipos serán declaradas a través del sitio web: www.declaracionemision.cl. Referencia al ICE

| para mayores detalles

Ver numeral 8.1 del Capítulo VIII del ICE.

7.2. COMPONENTE/MATERIA: EFLUENTES LÍQUIDOS.

Norma

Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento. sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Fase del Proyecto a |

la que Aplica

Construcción y Cierre.

Forma de Cumplimiento

En la etapa d de operación del proyecto, no se generarán sabe ¡qu

El proyecto generará aguas servidas en la construcción producto de los servicios higiénicos. Dichos residuos serán tratados en una planta de tratamiento de aguas |

servidas. Se estima una cantidad de 81 m'/mes de aguas servidas para la SIDE > de construcción. A

Indicador que Acredita su Cumplimiento

Forma de Control y Seguimiento

Referencia al ICE

Norma

Fase del Proyecto a —— la que Aplica

_para mayores detalles

NTE/MATERIA: RESIDUOS SÓLIDOS.

domésticos, dado que no considera mano de obra para su operación. Por lo tanto, cuando se efectúen mantenciones o limpiezas en la S/E, se dispondrá de agua y baños químicos a los trabajadores, así como del transporte y disposición final de los residuos generados en dichas actividades.

Residuos Industriales Líquidos: se contempla sólo para la etapa de construcción la generación de aguas de lavado de camiones mixer, donde se estima un volumen total de 6 m'. Para lo anterior, se contará con un pozo revestido con polietileno donde se realizará dicha actividad. El componente líquido se evaporará y los restos de hormigón que quedarán en el sistema, serán picados luego de que el agua ya se ha evaporado del todo y posteriormente acopiados en el área de manejo de residuos y enviados a un sitio autorizado por la autoridad sanitaria. En la etapa de operación no se generarán residuos líquidos industriales. o j

Ver numeral 8,2 del Capítulo VIII del ICE.

Decreto con Fuerza de Ley N*”725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.

Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento _Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Construcción, Operación y Cierre,

Forma de Cumplimiento

Indicador que Acredita su Cumplimiento

Forma de Control y Seguimiento

a Y

O, Y

Etapa de Construcción:

Residuos Sólidos Domiciliarios: los residuos (540 kilos/mes) serán almacenados en un patio de acopio temporal dentro de la instalación de faena, desde donde serán retirados por una empresa autorizada para su transporte y disposición final. El retiro de estos residuos se realizará tres veces a la semana, llevándose un control de los retiros.

Residuos Industriales no Peligrosos: los residuos (0,25 ton/mes) serán acumulados temporalmente en el sitio destinado para la acumulación temporal de residuos dentro de la instalación de faena, para luego ser retirados y manejados por empresas autorizadas. El retiro de estos residuos se realizará mensualmente y se llevará el control de los retiros a través de los registros con que cuente el sitio de disposición final. En relación a los pallet de madera y los carretes de conductor, se dará aviso a la autoridad competente para que proceda a su inspección según lo establece la normativa correspondiente. Una vez que sean retirados los residuos, estos serán controlados en una hoja de salida para posteriormente anexar el documento entregado por el botadero autorizado (control de salida y destino final).

Residuos Peligrosos: se contará con dos áreas que serán para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos: una será utilizada para el almacenamiento temporal de residuos peligrosos en general, mientras que la otra será utilizada para el almacenamiento temporal de tambores vacíos con restos de aceite dieléctrico. La superficie del sitio de almacenamiento de residuos peligrosos en general será de 16,9 m?, mientras que la superficie de almacenamiento de tambores vacíos de aceite dieléctrico será de 60 m?. Los sectores de almacenamiento de residuos peligrosos serán diseñados de acuerdo a las exigencias establecidas en la normativa vigente. El tiempo de almacenamiento no superará lo indicado en la normativa correspondiente y su disposición final será en un lugar autorizado. El transporte y la disposición final serán realizados por empresas autorizadas. Se mantendrá registro de autorización de las empresas que retiren, manipulen y transporten los residuos, Registro de la disposición final de residuos generados.

Etapa de Operación:

14

Residuos Sólidos Domiciliarios: no se generarán residuos sólidos domésticos durante la operación del proyecto, dado que no se considera mano de obra para su operación.

Residuos Industriales Peligrosos: no se generarán residuos sólidos industriales durante la operación del proyecto. Cada vez que se realicen las actividades de mantención y se generen residuos peligrosos asociados a esta actividad, los residuos serán trasladados al sitio de almacenamiento temporal de TRANSNET S.A., ubicado en Avda. Los Talleres N*1831, Barrio Industrial, Comuna de Coquimbo.

Referencia al ICE _para mayores detalles

Ver numeral 8.3 del Capítulo VIII del ICE.

7.4, COMPONENTE/MATERIA: RUIDO.

Norma

Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica.

Fase del Proyecto a

Construcción, Operación y Cierre.

la que Aplica - o La fuente de ruido predominante en la etapa de construcción corresponderá al tránsito de vehículos y funcionamiento de maquinarias en las actividades de Forma de excavación, movimiento de material, construcción de obra gruesa, armado de

Cumplimiento

Indicador que Acredita su Cumplimiento

Forma de Control y Seguimiento

estructura y montaje de equipos. En el numeral 1.5.1.7.1 y Anexo C.2, ambos de la DIA, se muestran los niveles de ruido para la etapa de construcción (periodo diurno), acreditándose que los niveles de ruido asociados a esta etapa cumplen con la normativa vigente.

La fuente de ruido predominante en la etapa de operación corresponderá al transformador. Dichas emisiones de ruido, no variarán considerablemente respecto del ruido emitido actualmente en la S/E El Peñón, considerando que serán puntuales y acotadas a la operación del nuevo transformador. En el numeral 1.5.2.7.1 y Anexo C.2, ambos de la DIA, se muestran los niveles de ruido para la etapa de operación (periodo diurno y nocturno), acreditándose que los niveles de ruido asociados a esta etapa cumplen con la normativa vigente.

Además, el nivel de emisión acústica que generará la energización de la Línea de Transmisión Eléctrica Pan de Azúcar - S/E El Peñón dado que habrá un aumento de tensión a 110 KV, esta cumple con la normativa vigente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Ver numeral 8.4 del Capítulo VIII del ICE.

7.5. COMPONENTE/MATERIA: ALMACENAMIENTO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS.

Norma

Decreto Supremo N?*78/2009 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción.

Forma de Cumplimiento

Indicador que Acredita su Cumplimiento

El proyecto para la etapa de construcción requerirá el uso de sustancias peligrosas, tales como: aceite dieléctrico, igol pinel (sustancia impermeabilizante para hormigones), pinturas, etc. En la Tabla N%15 de la Adenda de la DIA, se entrega un listado de las sustancias que serán utilizadas por el proyecto.

Las sustancias peligrosas, excepto el aceite dieléctrico, serán almacenadas en una bodega de insumos al interior de la instalación de faenas que cumplirá con lo establecido en el decreto antes mencionado.

El aceite dieléctrico será almacenado en tambores sellados de una capacidad de 200 litros y debidamente etiquetados según lo establece la normati: tambores se acopiarán sobre una base impermeabilizada, con ) contención ante potenciales derrames de material y cubiertos pi impermeable. El sitio de almacenamiento del aceite dieléctris

Forma de Control y Seguimiento

sistema de control de derrames y con un Plan de Emergencias. Los 31.000 litros de aceite dieléctrico requerido para el llenado del transformador (equivalente a 150 tambores de 200 litros), serán requeridos una sola vez durante toda la vida útil del proyecto. Además, los tambores llenos de aceite se mantendrán en la faena un máximo de diez días. Se mantendrán en las instalaciones de faena los siguientes registros: despacho del proveedor, guías del transportista, documento que acredite la fecha de ingreso a la faena y el retiro de los tambores en desuso y registro de su disposición final.

_para mayores detalles

Referencia al ICE

Ver numeral 8.5 del Capítulo VII del ICE.

7.6. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL.

Norma

  • Ley N"17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales.

e Decreto Supremo N484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas,

Antropológicas y Paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción.

Forma de Cumplimiento

para mayores detalles

Referencia al ICE

De acuerdo a los antecedentes presentados, el proyecto no generará o presentará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. No obstante lo anterior, en caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la ejecución de las obras del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Asimismo, se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir. Además, se realizarán charlas de inducción por parte de un arqueólogo o licenciado en arqueología a los trabajadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se pudiera encontrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Asimismo, se remitirá un informe a la Superintendencia del Medio Ambiente con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la misma, a más tardar un mes después de realizada la charla,

Ver numeral 8.6 del Capítulo VIII del ICE,

7.7. COMPONENTE/MATERIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA.

Norma

| Fase del Proyecto a la que Aplica

Decreto Supremo N43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

Construcción, Operación y Cierre,

Forma de Cumplimiento

El sistema de iluminación será proyectado de modo de dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma. Todas las luces exteriores que se empleen en las obras, serán declarados en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo conjuntamente con el proyecto eléctrico. Antes del inicio de cualquier fase del proyecto, se presentará a la autoridad los certificados de control luminométricos correspondientes a todas las luminarias instaladas en el proyecto, junto con una declaración simple del instalador autorizado a cargo de la ejecución de las instalaciones, en donde se indicará el cumplimiento del ángulo de montaje de dichas luminarias, en concordancia al respectivo certificado.

Referencia al ICE para mayores detalles

Ver numeral 8.7 del Capítulo VIII del ICE.

16

7.8. COMPONENTE/MATERIA: COMBUSTIBLE LÍQUIDOS.

Norma

Decreto Supremo N*160/2008 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción.

Forma de Cumplimiento

El proyecto contempla almacenar 3.500 litros de combustible, el que se almacenará en la bodega de la instalación de faenas, que cumplirá con lo establecido en el decreto antes mencionado.

Referencia al ICE _para mayores detalles

Ver numeral 8.8 del Capítulo VIII del ICE.

7.9, COMPONENTE/MATERIA: RECURSOS NATURALES.

Norma

e Ley N”20.283 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

e Decreto Supremo N*93/2008 del Ministerio de Agricultura, Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

e Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza.

e Decreto Supremo N“29/12 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación.

e Decreto Supremo N151/06; Decreto Supremo N50/08; Decreto Supremo N51/08; Decreto Supremo N 23/09 todos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y Decreto Supremo N33/11; Decreto Supremo N41/11; Decreto Supremo N42/11; Decreto Supremo N?19/13; y Decreto Supremo N13/13, todos del Ministerio de Medio Ambiente, que Aprueban y Oficializan Procesos de Clasificación de Especies Según su Estado de Conservación.

| Fase del Proyecto a la que Aplica

Construcción y Operación.

Forma de Cumplimiento

El proyecto no explotará recursos naturales renovables para satisfacer sus necesidades. No obstante, debido a las obras del proyecto (construcción) se despejará y preparará el terreno donde éstas se emplazarán. Las especies de flora en categoría de conservación que serán objeto de las medidas de protección corresponden a:

e Porlieria chilensis clasificada como Vulnerable según el Decreto Supremo N*51/08 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y

e Alstroemeria diluta ssp. chrysantha clasificada como Preocupación Menor según el Decreto Supremo N*13/13 del Ministerio del Medio Ambiente.

La medida dice relación con plantar 100 individuos de guayacán provenientes de viverización. Para lo anterior, se recolectarán y viverizarán semillas de las especies de Porlieria chilensis. Lo cual implicará la recolección, tratamiento pregerminativo, siembra y establecimiento de plántulas de dichas especies, con la finalidad de ser trasplantadas en el área definida como de trasplante. Esto con el fin de mantener la diversidad genética de la especie dentro del mismo sitio. Para mayor detalle de la Medida, ver Anexo D de la Adenda de la DIA y numeral 3.1 de la Adenda Complementaria de la DIA.

Además, respecto de la presencia de la especie geophyta en el área de intervención del proyecto (Alstroemeria diluta ssp. Chrysantha), se desarrollará un protocolo de recolección de los 12 individuos detectados, trasladándolos a la zona de plantación y trasplantándolos en la zona definida en la Figura N? 14 de la Adenda de la DIA,

Referencia al ICE para mayores detalles

Ver numeral 8.9 del Capítulo VIII del ICE.

10.

11,

12.

13,

14,

15,

16.

17.

Que, el proyecto no contempla condiciones o exigencias para ejecutar el proyecto. De igual forma la Comisión de Evaluación no estableció condiciones o exigencias para la aprobación del Proyecto.

Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se detallan en el numeral 1,5,4 y Anexo E, ambos de la DIA.

Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

Que, para que el proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones. necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SETA.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2” letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”, de TRANSNET S.A.

Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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  1. Certificar que el proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  2. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4-4-del presente acto.

  3. Hacer presente que contra esta resolugión es procedeíite el recurso de reclamación dle acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N919.300 antg/el Director Ejecutivo del Servigío de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer esté recurso es de treinta días contados desdeÍa notificación del presente acto.

y

sti Comisión de Evaluación Región de Coquimbo

otr Regionar$ rvicio de Evaliación Ambie S Mora (TE

Distribución: Sr, Gerardo Illanes Carrasco, Representante legal de TRANSNET S.A. Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. Sr, Superintendente de Medio Ambiente.

Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.

Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo. Consejo de Monumentos Nacionales.

Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

Ilustre Municipalidad de Coquimbo.

Cle:

  • Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Nuevo Transformador 110/66 kV 30 MVA S/E El Peñón”.

  • Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.

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