Evaluación SEA

Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres

Rol 2129734338
SEA · DIA · Aprobado · 2014-08-22 · Región de Los Ríos · Cumbres S.A.

REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE LOS RÍOS Califica Ambientalmente el proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”. Resolución Exenta N” 0 3 3 valdivia, 08 JUN 2015 VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha, 26 de febrero de 2015y su Adenda Complementaria de fecha, 05 de mayo de 2015 del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”, presentado por Cumbres S.A con fecha 20 de agosto de 2014.

  2. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II “Antecedentes del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental”, del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”.

  3. El Acta de Evaluación N? 10/002/2015 de fecha, 28 de mayo de 2015, del Comité Técnico de la Región de Los Ríos.

  4. El ICE de la DIA del proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”, de fecha 01 de junio de 2015.

  5. El Acta N? 11 de fecha 08 de junio de 2015, de la sesión Ordinaria N* 11 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos.

  6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”.

  7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SELA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N? 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República,

CONSIDERANDO:

  1. Que, Cumbres S.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto denominado “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”, (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Cumbres S.A. Rut 76.253.866-0 Domicilio Av. Vitacura 2969 of 901, Las Condes. Teléfono 02-32027360 Nombre representante legal | María Elena Delpiano Rut representante legal 15.382.230-1

_Domicilio representante legal | Av. Vitacura 2969 of 901, Las Condes. Teléfono representante legal | 02-32027360 Correo electrónico Titular o

maria.delpiano(Oscotta.cl

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  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 01 de junio de 2015 la Directora Regional de la Región de Los Ríos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto:

a) Cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

b) Cumple con los requisitos contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 119, 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

c) No genera los efectos características o circunstancias del artículo 11? de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Que, en sesión de fecha 8 de junio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos acordó calificar favorablemente el proyecto Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 01 de junio de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

4, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1, ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto corresponde a una central de pasada con una generación de 14,93 MW.

Tipología principal, así | El proyecto se somete al SEIA por cuanto se encuentra listado en el como las aplicables a sus artículo 3% literal c) del Reglamento del SEIA, relativo a O) partes, obras o acciones Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW (...)”.

Vida útil 50 años.

Monto de inversión US$: 50.000.000

Gestión, acto o faena | El inicio de ejecución del Proyecto estará determinado por la

. .. . ., .z mínima que da cuenta del | implementación de la instalación de faenas y con la construcción de los

inicio de la ejecución caminos de acceso asociados a la construcción del proyecto.

Proyecto se desarrolla por Si No

etapas Xx

Proyecto modifica un Si No

proyecto o actividad x

Proyecto modifica otra(s) Si No

RCA Xx

4.2, UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- El área en que se emplazará el Proyecto se encuentra en la Región de

administrativa Los Ríos, provincia de Ranco, comuna de Río Bueno, a unos 40 kilómetros al oriente de la localidad de Puyehue, en la ribera norte del lago.

Descripción de la El proyecto se desarrollará en un predio privado, con acceso

localización controlado desde la ruta 215-CH, comuna de Río Bueno. Sus

principales obras serán: + Instalación faena bocatoma. *e Acopios intermedios. + Campamento.

e Casa de máquinas.

  • Cámara de carga.

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Bocatoma. e Trazado de camino. e Trazado tubería.

e Trazado conjunto.

La superficie total utilizada por las instalaciones permanentes es de

Superficie 27,98 hectáreas. Por otro lado, las obras temporales tienen una superficie total de 7,46 hectáreas. Coordenadas UTM en Coordenada UTM Datum WGS84 Punto Este Norte Casa de Maquinas 736.150,1 5.496.726,48 Obra de restitución 736131,26 5496698,32

Información presentada en huso 18 Sur, Datum WGS-84.

Caminos de acceso

Acceso al emplazamiento del proyecto desde la ruta 215-CH.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

Los detalles de la ubicación se encuentran en los numerales 1.9, 1.10 y 1.11 del ICE. Adicionalmente, en el Anexo 7 de la DIA y Anexo 1 del Adenda N? 1 se encuentran disponibles los planos de ubicación y detalle de las distintas obras de la central.

EL PROYECTO

Instalaciones de apoyo a las actividades de la fase de construcción

Implica el campamento e instalación de faenas, frentes de trabajo y acopios de materiales y tierras.

Instalación de eliminación de residuos de la construcción.

Estos serán almacenados de forma transitoria en contendores de 20 m3 los cuales estarán dispuestos en un sector destinado para ello en la instalación de faena, éstos serán almacenados sólo de forma temporal y serán llevados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria por medio de empresa de transporte autorizada.

Bocatoma.

La Bocatoma, y en particular de la barrera, se realizará principalmente en los meses de verano, debido a que en él sector de bocatoma hay presencia de nieve en los meses de invierno. La construcción de la barrera se realizará una vez que se haya desviado el estero El Salto.

Tendido de las Tuberías

Corresponde a la instalación de las tuberías en las zanjas que se ejecutan para este fin. Comprende el relleno, la soldadura de las tuberías, y cubrir el terreno con la tierra previamente excavada.

Construcción de caminos de accesos permanentes y no permanentes y cierre de caminos no permanentes.

En relación a los caminos nuevos, el proceso de construcción de los caminos de acceso prevé: Roce y despeje de la faja de intervención, escarpe y movimiento de los excedentes de tierra a remover, creación base compactada, colocación carpeta de rodado y compactación: en casos necesarios se dispondrá de una carpeta de rodado de ripio y se compactará por medio de maquinaria, ejecución eventuales alcantarillas, cunetas y obras de desagiie,

El proyecto contempla la implementación de un puente carretero denominado Cenizo, que cruza el estero Cenizo. El mencionado puente se desarrolla en un solo tramo de 30 m, sin esviaje, que permite no alterar la quebrada de cruce del estero Cenizo. El ancho total es de 5,00 m y está formado por una calzada para simple vías

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de 4,40 m y barandas metálicas laterales de protección. Mayor información en el numeral 1.4.1.2 de la Declaración de Impacto Ambiental.

Casa de máquinas.

La casa de máquinas se emplazará en el costado derecho del estero. La casa de máquinas tiene 19,5 m de ancho y 22,50 m de largo; ella albergará las dos turbinas Pelton de 9,5 MW cada una, junto con los equipos eléctricos de generación, mecánicos auxiliares y equipos de control y mando.

Canal de descarga.

Se contempla la entrega de las aguas desde el foso de turbinas hasta el estero Cenizo mediante una tubería de descarga con un diámetro de 1,80 m y longitud de 27 m, a la cota 290,00 Mm.S.N.M.

Recursos naturales renovables

Durante la etapa de construcción se contempla la corta de 35,44 hectáreas de bosque nativo para la instalación de obras temporales y permanentes. Detalles en Anexo 1 del Adenda Complementaria.

Emisiones y efluentes

Se registrarán emisiones de material particulado y gases producto de la combustión de los vehículos, maquinarias y equipos utilizados, particularmente emisiones de MP10 asociado a la combustión de los motores de vehículos, maquinarias y equipos, en conjunto con otros gases contaminantes como CO, NOx y SOx entre otros.

Las emisiones líquidas asociados al manejo de los baños químicos ubicados en instalación de faenas y en obra, los cuales se estiman serán del orden de 250 m'. De igual forma se contempla la generación de aguas servidas en la cantidad de 18.000 L/día para un promedio de 150 trabajadores y 30.000 L/día para un máximo de 200 trabajadores, considerando una dotación de 150 L/persona/día.

No se generará RIL por lavado de camiones transportadores de hormigón, dada la implementación de piscinas de lavado construidas en los frentes de trabajo mayores (construcción de casa de máquinas, bocatoma y subestación eléctrica) sobre suelo con impermeabilización mediante polietileno de alta densidad.

Se contempla la emisión de Ruido durante esta etapa, la cual, de acuerdo a las modelaciones presentadas da cumplimiento al D.S 38/2011 “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”.

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

En relación a los residuos sólidos, se contempla la generación de 5.300 kg/año de residuos sólidos asimilables a domiciliarios. Los residuos industriales no peligrosos ascenderán a 4.000 kg/año.

Se generaran residuos de excavaciones, donde el 87% aprox. Será reutilizado, mientras que el 13% restante será dispuesto en los botaderos permanente. Los detalles se exponen a continuación:

Actividad Cantidad (m')

Excavación 329.760 Relleno 285.940

Excedente 43.820

Los residuos peligrosos se estiman en 83 Kilogramos al año. Estos principalmente corresponderán a restos de aceites usados, líquidos de frenos, filtros, imprimantes asfálticos, pinturas, desmoldantes y sus envases, combustibles y gas licuado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Mayor información en el numeral 4.1.3 y 4.6.1 del Informe Consolidado de la Evaluación.

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Caudal mínimo de operación

El caudal mínimo de operación corresponde a 100 l/s, lo que considera la operación con solo una turbina. Es preciso destacar que la central no funcionara si el caudal disponible es igual al caudal ecológico.

Caudal de diseño

El caudal de diseño corresponde a 2 m”/s, que corresponde al máximo con que operará la central, conforme a los derechos de agua con que cuenta (Mayor información en el Anexo 1 de la DIA). El Proyecto contempla una generación de 14,93 MW. Lo anterior, considerando los datos de caída bruta de 761 metros y un caudal máximo de diseño de 2 m'/s (que corresponden al máximo caudal turbinable.

En el numeral 4.1.4.6 del Informe Consolidado se establece el caudal mínimo ecológico para el estero El Salto. Dichos caudales se oscilan entre 0,400 L/s para el mes de febrero (menor valor) y 0,500 L/s entre los meses de mayo a enero como mayor valor de caudal,

Productos generados

Se producirá una generación de 14,93 MW.

Recursos naturales renovables

Se utilizaran las aguas del estero El Salto, en una cantidad máxima de 2 L/s, de acuerdo a los derechos de agua adquiridos por el Titular.

Emisiones y efluentes

Se generarán residuos líquidos de tipo domiciliario asociado a los baños de la central dispuestos para los trabajadores, considerando una generación de 600 L/día.

Durante la etapa de operación se generarán sólo residuos domésticos, que serán acopiados en forma temporal en el área destinada para ello en contenedores con tapa y posteriormente trasladados hasta un sitio de disposición autorizado.

Residuos, productos químicos y Otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Durante la etapa de operación se generarán sólo residuos domésticos, que serán acopiados en forma temporal en el área destinada para ello en contenedores con tapa y posteriormente trasladados hasta un sitio de disposición autorizado.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Mayores antecedentes en el 4.1.4. del Consolidado.

numeral Informe

Desmantelamiento o aseguramiento de infraestructura

Para el desmantelamiento se estima un equipo menor a 25 personas en diversas actividades de retiro, desmontaje, demoliciones y cubrimientos. Durante el cierre de las instalaciones se procederá a desarmar y retirar todas aquellas estructuras que sean factibles de desinstalar sin causar problemas, las que corresponden principalmente a equipos electromecánicos y a estructuras de acero o metálicas. Se deberán establecer las acciones de clausura de las áreas de bocatoma, canales abiertos, tuberías, restituciones y accesos, estableciéndose la factibilidad de demoler las estructuras de hormigón, retirar o colapsar in situ las estructuras prefabricadas, de forma de evitar que se constituyan en espacios residuales riesgosos,

Restauración

Se procederá a restituir las características del terreno, para el caso de los suelos en las áreas intervenidas, los que serán reconformados y descompactados, así mismo se deberán desarrollar las acciones necesarias para su estabilización de acuerdo a los usos de suelo compatibles presentes en el entorno.

Se deberá reforestar o revegetar, según corresponda, con especies nativas de acuerdo al tipo de formación o formaciones vegetacionales que existan en los alrededores en las áreas libres de estructuras y construcciones, evitando la generación de espacios

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vacíos o sitios eriazos, si es que entonces no se considera su utilización en otro tipo de obras.

Prevención de futuras

emisiones

Mantención, conservación y supervisión

Recursos naturales renovables

No se contempla la extracción, explotación, o utilización de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Ante la eventualidad de producirse un cierre del Proyecto, se generarán emisiones atmosféricas que corresponderán a material particulado y gases de combustión de motores, producidos en las actividades de reacondicionamiento del terreno y desmantelamiento de estructuras. Estas fuentes emisoras serán transitorias, por lo que se estima serán poco significativas.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Los residuos a generar serían semejantes a los generados durante la fase de construcción en términos de cantidad y características, por lo que se implementarán similares medidas de manejo a las

mencionadas en la etapa de construcción.

Referencia al

fase,

ICE para mayores detalles sobre esta

Mayor información en el numeral 4.1.5 y 4.6 del Informe consolidado de la evaluación.

4.4, CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO

Fecha estimada de inicio

Junio 2015

Parte, obra o acción que establece el inicio

Implementación de la instalación de faenas y con la construcción de los caminos de acceso asociados a la construcción del proyecto

¡ Fecha estimada de término

Diciembre 2016 (18 meses).

Parte, obra o acción que establece el término

Retiro de todas las obras temporales asociadas a la instalación de obras.

Fecha estimada de inicio

Diciembre 2016

Parte, obra o acción que establece el inicio

La puesta en operación de la central se realizará una vez instalados todos los equipos electromecánicos necesarios para el funcionamiento (turbinas, generadores, etc.)

Fecha estimada de término

Diciembre 2066

Parte, obra o acción que establece el término

Cierre de la Central Hidroeléctrica.

Fecha estimada de inicio

Diciembre 2066

Parte, obra o acción que establece el inicio

Cierre de la Central Hidroeléctrica.

Fecha término

estimada de

Parte, obra o acción que establece el término

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  1. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS.

Impacto ambiental Emisiones liquidas: El proyecto genera efluentes líquidos domiciliarios y aguas servidas.

Parte, obra o acción que lo genera Campamento e instalación de faenas durante la etapa de : construcción y Casa de máquinas durante la etapa de operación.

Fase en que se presenta Fase de construcción y operación.

Impacto ambiental Residuos sólidos: Durante la etapa de construcción se generaran residuos domésticos, residuos industriales no peligrosos, residuos de excavaciones y residuos

peligrosos.

Parte, obra o acción que lo genera Instalaciones de apoyo a las actividades de la fase de construcción.

Fase en que se presenta Fase de construcción.

Referencia al ICE para mayores Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe

detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.

De acuerdo a los antecedentes tenidos a la vista en el proceso de evaluación, sobre la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no genera un riesgo para la salud de la población, considerando el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y la ausencia de población o núcleos poblados en el área de emplazamiento del proyecto.

5.2, EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE.

Impacto ambiental Corta y despeje de vegetación y niveles de ruido que generado en la etapa de construcción.

Componente(s) ambiental(es) Flora y Fauna

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera Instalación de tuberías enterradas, bocatoma y Casa de máquinas

| Fase en que se presenta Etapa de Construcción.

Impacto ambiental Remoción de suelo.

Componente(s) ambiental(es) Suelo.

afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera El proyecto contempla tuberías enterradas, bocatoma y una

sala de máquinas, ésta última contempla la compactación de una superficie menor de suelo, que no posee características ni uso agrícola.

Fase en que se presenta Construcción.

Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.

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En relación a los efectos sobre la fauna y sus hábitats, el Titular señala medidas pará rescatar especies de anfibios, perturbar de forma controla el hábitat de fauna de forma tal de que el ruido generado no interfiera sobre las condiciones mencionadas.

El proyecto contempla reponer la vegetación en los sectores donde se tuvieron que hacer corta de vegetación y que no corresponda a la zona de servidumbre que debe quedar desprovista de vegetación.

El proyecto ha considerado la tubería en forma enterrada, reponiendo las formas actuales del terreno. Se reutilizará la capa de suelo orgánico para reutilizarlo en la recuperación de las zonas de instalaciones de faenas y de acopios temporales.

Dada la naturaleza, composición y cantidad de las emisiones del presente proyecto, la combinación y/o interacción de estas emisiones no generarán efectos adversos significativos sobre la cantidad y . calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

15.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS | HUMANOS.

| Impacto ambiental -

Parte, obra o acción que lo genera -

| Fase en que se presenta -

“Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.

El proyecto no afecta la libre circulación, conectividad o los tiempos de desplazamiento de algún grupo humano, así como tampoco altera el acceso a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, por cuanto el proyecto se desarrollará en un predio privado, con acceso controlado desde la ruta 215-CH,

Adicionalmente, en el área de influencia del proyecto no se estableció la presencia de comunidades o grupos humanos o población indígena. Por otro lado, las viviendas más cercanas se ubican a 830 m en línea recta, considerado la presencia de barreras naturales que impiden la incidencia de obras, ruido u otros elementos del proyecto sobre esta vivienda.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR.

Impacto ambiental -

' Componente(s) ambiental(es) - ' afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera -

Fase en que se presenta -

Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.

En el área de influencia del Proyecto no existe población protegida por leyes especiales; recursos

protegidos en forma oficial o áreas protegidas o bajo protección oficial, que sean susceptibles de ser afectados.

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El proyecto no contempla la intervención o la susceptibilidad de afectación sobre los grupos humanos próximos al área de emplazamiento del proyecto. La Comunidad Indígena más cercana es la Comunidad Ñielay Mapu, emplazada a 3,5 Km de distancia del proyecto.

De igual forma, no afectará áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial y sus alrededores, como tampoco sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, ni glaciares, toda vez que las obras y actividades del proyecto serán efectuadas en un terreno particular de propiedad del Titular, El proyecto se emplaza adyacente al Parque Nacional Puyehue, cuya obra más cercana se encuentra a 0,5 Km de dicha área protegida.

5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA.

Impacto ambiental -

Componente(s) ambiental(es) - afectado(s)

Parte, obra o acción que lo genera -

Fase en que se presenta -

Referencia al ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto o actividad no requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental”.

El proyecto no obstruirá o alterará atributos a zonas con valor paisajístico, puesto que las obras se desarrollaran al interior del predio utilizado para el proyecto, donde se cuentan con barreras naturales que impiden la visualización de los elementos del proyecto. Al respecto, en el Adenda N*1 se presentó el análisis realizado en base a una simulación 3D que contiene las instalaciones de la | central a escala e insertas en el contexto en el que se emplaza, de manera de asegurar y justificar que el Proyecto no genera una afectación visual para los observadores que transitan por la ruta internacional 215-CH, en ambos sentidos de dirección. Adicionalmente se establecieron puntos de observación y análisis de visibilidad basados en cuencas visuales, emplazados desde la Ruta 215- CH. Los criterios para la localización de los PO consistieron en buscar los sectores con mejor visibilidad hacia las partes y obras del Proyecto, priorizando los sectores desprovistos de vegetación en ambos sentidos de dirección de la ruta CH-125 (PO 1 y PO2). A su vez, se escogió el puente que cruza el río Golgol como un lugar potencial para un observador (PO 3). El análisis realizado permite descartar la afectación visual de las obras y elementos del proyecto.

Respecto de la cercanía del proyecto al Área Protegida “Parque Nacional Puyehue”, se descartan eventuales efectos del proyecto sobre el valor ambiental del territorio en que se emplaza, contemplando" todas aquellas medidas ambientales que permiten el desarrollo adecuado del | proyecto, sin establecer efectos eventuales dados su duración y magnitud. Se contempla la distancia al área protegida (0,5 km), modelaciones de ruido, y barreras naturales. Cabe señalar que en la respuesta N* 27 del Adenda Complementaria, el Titular realiza una cartografía tomando en consideración los deslindes del Plan de Manejo “Parque Nacional Puyehue” del Departamento de Areas Protegidas y Medioambiente Región de Los Lagos, 2008 de la CONAF. Se puede establecer de la información presentada que todas las obras (temporales y permanentes) y actividades del proyecto se ejecutarán fuera de los límites de esta área protegida.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL.

Impacto ambiental -

' Parte, obra o acción que lo genera -

Fase en que se presenta -

Referencia_ al_ ICE para mayores | Mayores antecedentes en el Capítulo VI del Informe

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detalles sobre este impacto específico | Consolidado “Antecedentes que justifiquen que el proyecto

o actividad no requiero de la presentación de un estudio de impacto ambiental”

En el área donde se ejecutará el proyecto no existen monumentos o sitios con valor antropológico, arqueológico o histórico, y en general que pertenezcan al patrimonio cultural, así como tampoco se localiza en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones culturales o folclóricas de algún pueblo, comunidad o grupo humano, que puedan ser afectados por éste.

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. AMBIENTAL.

PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES DE CONTENIDO ÚNICAMENTE

6.1.1. Permiso para realizar pesca de investigación, del artículo 119? del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Le es aplicable debido a que el proyecto contempla realizar pesca de investigación en el estero El Salto, con el fin de realizar un seguimiento de la fauna íctica en estado de conservación presente.

Parte, obra o acción a la que aplica

Barrera transversal en el estero El Salto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en preservar los recursos hidrobiológicos con motivo de la realización de la pesca de investigación.

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, se Subsecretaria de Pesca y Acuicultura se pronunció conforme a través de Oficio (D.A.C) Ord. SEIA N* 207, de fecha 20 de

mayo de 2015,

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”.

6.2. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS.

6.2.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza del artículo 138? del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Le es aplicable, debido a que el proyecto considera un sistema particular de alcantarillado compuesto por una fosa séptica (1,06 m?, para la etapa de operación y 35,4 m?, para la etapa de construcción) El tratamiento de aguas servidas se realizará por medio de una fosa séptica que contará con drenes de infiltración.

Parte, obra o acción a la que aplica

Aplica en la construcción de fosa séptica de 35,4 m* (construcción) y 1,06 m' (operación), el cual contará con un relleno en todo el fondo y perímetro compuesto de arena, para evitar así posibles espacios de aire.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en que la disposición de aguas servidas no amenace la salud de la población,

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronunció conforme a través de Ord. N? 415, de fecha 12 de marzo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”.

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6.2.2, Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de

tratamiento de basuras y

destinado a la acumula:

y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar ción, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y

desperdicios de cualquier clase., del artículo 140" del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

El proyecto contempla la habilitación de áreas para el almacenamiento temporal de los residuos no peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto. Particularmente se contempla una superficie de 5 m? para residuos sólidos asimilables a domiciliarios y 286 m? para residuos inertes de la construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Al área de almacenamiento temporal de residuos no peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronunció conforme a través de Ord. N? 415, de fecha 12 de marzo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”.

6.2.3. Permiso para to 142? del Reglamento de

do sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del. artículo el SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Es aplicable debido a que el proyecto considera el almacenamiento de residuos peligrosos e industriales.

Parte, obra o acción a la que aplica

Área de almacenamiento temporal de residuos peligrosos generados durante la etapa de construcción del proyecto.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en que las condiciones de saneamiento y seguridad eviten un riesgo a la salud de la población.

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la SEREMI de Salud se pronunció conforme a través de Ord. N? 415, de fecha 12 de marzo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias

específicas”.

6.2.4. Permiso para la

caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines

de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, del artículo 146" del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Le aplica debido a que el proyecto durante la etapa de construcción considera la intervención sobre áreas donde habita fauna silvestre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Al área de instalación de faenas, e intervención de terreno para la instalación de tuberías.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en que el proyecto de caza o captura sea adecuado para la especie y necesario para los fines indicados.

Pronunciamiento del

Al respecto, el Servicio Agrícola y Ganadero se pronunció conforme a

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Órgano.competente

través de Ord. N* 324, de fecha 18 de mayo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”.

6.2.5, Permiso para corta de bosque nativo, del artículo 148? del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Le aplica debido a que el proyecto considera la intervención de 35,44 hectáreas sobre bosque nativo durante la etapa de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Obras para habilitar accesos para vías y caminos, y para la instalación de la tubería (faja de intervención).

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en reforestar o regenerar una superficie de terreno igual, a lo menos, a la cortada o explotada, con especies del mismo tipo forestal.

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la Corporación Nacional Forestal se pronunció conforme a través de Ord. N%9 EA/2015, de fecha 18 de mayo de 2015. :

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”.

6.2.6. Permiso para efe.

ctuar modificaciones de cauce, del artículo 156" del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Le aplica debido a que el proyecto considera la intervención de 35,44 hectáreas sobre bosque nativo durante la etapa de construcción.

Parte, obra o acción a la que aplica

Le aplica debido a que el proyecto considera obras de atravieso en quebradas por cruce de tubería y caminos (11 por tubería y 9 por caminos) y 1 obra correspondiente a la restitución. Particularmente el PAS se refiere a la obra de restitución, Cruce tubería tipo 1 en quebrada sin nombre Q1, y 9 alcantarillas para cruce de camino.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

El requisito para su otorgamiento consiste en no afectar la vida o salud de los habitantes, mediante la no contaminación de las aguas

Pronunciamiento del órgano competente

Al respecto, la Dirección General de Aguas se pronunció conforme a través de Ord. N* 477, de fecha 18 de mayo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”,

límites urbanos, del art

6.2.7. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los

iculo 160? del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

El proyecto considera la implementación de la Casa de Maquinas durante la etapa de construcción, con una superficie de 600 m?,

Parte, obra o acción a la que aplica

Casa de Máquinas del proyecto, que albergará los equipos para la generación de electricidad y la subestación eléctrica.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Los requisitos para su otorgamiento consisten en no originar nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana y no generar pérdida o degradación del recurso natural suelo.

Pronunciamiento del

Al respecto, la SEREMI de Agricultura de la Región de Los Ríos se

órgano competente

pronunció conforme a través de Ord. N* 100, de fecha 13 de marzo de

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2015.

La SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Ord. N* 215, de fecha 13 de mayo de 2015.

El Servicio Agrícola y Ganadero de la Región de Los Ríos se pronunció conforme a través de Ord. N? 324, de fecha 18 de mayo de 2015.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo X del Informe Consolidado de la Evaluación “Permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, precisando la parte, obra o acción, así como las condiciones o exigencias específicas”,

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA:

Norma :

Ley N* 19.300/1994 (modificada por Ley N? 20.417) (MINSEGPRES), “Ley de Bases Generales del Medio Ambiente”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todo el proyecto.

Forma de cumplimiento

El Titular ha señalado que de acuerdo a lo establecido en la Ley, este proyecto se somete al SEIA a través de una Declaración de Impacto Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable.

Forma de control y seguimiento

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VII del Informe Consolidado “Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”,

Norma

D.S. N*40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Todo el proyecto.

Forma de cumplimiento

El proyecto ha ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de una Resolución de Calificación Ambiental favorable.

Forma de control y seguimiento

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VIII del Informe Consolidado “Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”.

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7.2. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas.

Norma'

D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Parte, obra o acción a la que aplica

Instalación de faenas, frente de obras, funcionamiento casa de máquinas.

Forma de cumplimiento

De acuerdo a los resultados de la modelación acústica realizada indican que durante la etapa de construcción y operación se dará cumplimiento a dicho cuerpo normativo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Mantener los niveles de ruido bajo los límites establecidos en la normativa.

Forma de control y seguimiento

Fiscalizaciones sectoriales SEREMI de Salud Región de Los Ríos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VIII del Informe Consolidado

“Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental

aplicable”.

7.3 COMPONENTE/MATERIA: Residuos Sólidos

NORMA

D.S. N* 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Instalación de Faena.

Parte, obra o acción a la que aplica

Construcción

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos serán almacenados en una bodega de acopio

' temporal, debidamente identificados y clasificados, en conformidad con el D.S. 148/03 del MINSAL. El transporte y la disposición final

de estos residuos, se realizará a través de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, cumpliendo con lo señalado en el mencionado decreto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de la Res, Sanitaria de funcionamiento.

Forma de control y seguimiento

Fiscalizaciones sectoriales SEREMI de Salud Región de Los Ríos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VIII del Informe Consolidado “Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”.

7.4 COMPONENTE/MATERIA: Fauna lctica.

NORMA

Respecto de la Ley N? 20.657 del Ministerio de Economía. “Ley General de Pesca y Acuicultura”,

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Operación

Parte, obra o acción a la que aplica

Se contempla la Construcción de escalera de peces en la bocatoma según lo descrito en el Anexo 3 de la Adenda 1, “Memoria de Cálculo para el Paso del Caudal Ecológico”.

Forma de cumplimiento

Se prevé la inserción de una escalera de peces para que puedan

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remontar este tramo de estero sin encontrar como obstáculo la barrera del proyecto

Indicador que acredita su cumplimiento

Presencia de fauna íctica a ambos lados de la barrera.

Forma de control y seguimiento

| Registro fotográfico de la construcción en obra.

Referencia al ICE para mayores detalles

¡Mayores antecedentes en el Capítulo VIII del Informe Consolidado “Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”.

7.5 COMPONENTE/MATERIA: Monumentos nacionales.

NORMA

Ley N* 17.288/1970 Ministerio de Educación Pública. Ley de Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Obras permanentes y temporales.

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este determine los procedimientos a seguir.

Indicador que acredita su cumplimiento

Envío de informe, preparado por un Arqueólogo, al Consejo de Monumentos Nacionales.

Forma de control y seguimiento

Registro fotográfico en obra e informe de monitoreo.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VII del Informe Consolidado “Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”.

7.7 COMPONENTE/MATERIA: Bosque Nativo.

NORMA

Respecto de la Ley N* 20.283 del Ministerio de Agricultura sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Parte, obra o acción a la que aplica

Intervención de 35,44 hectáreas sobre bosque

nativo por construcción de obras temporales y permanentes.

Forma de cumplimiento

Presentación del Plan de Manejo Forestal.

Indicador que acredita su cumplimiento

Aprobación del Plan de Manejo Forestal por la Corporación Nacional Forestal.

Forma de control y seguimiento

Plan de Manejo presentado y aprobado por la Corporación Nacional Forestal.

Referencia al ICE para mayores detalles

Mayores antecedentes en el Capítulo VIII del Informe Consolidado

“Forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable”.

  1. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias, en concordancia con el artículo 25 de la Ley N* 19.300:

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a) Se informa al proponente deberá incluir en el plan de seguimiento de la calidad de las aguas durante la fase de construcción de las 9 alcantarillas y obra de restitución, la medición de los mismos parámetros que señala en la Tabla N? 9 del Adenda Complementaria, con frecuencia de 1 vez antes de la construcción y 1 vez durante la construcción en puntos ubicados a unos 50 m aguas abajo de la salida de las alcantarillas y 100 m aguas abajo en el caso de la obra de restitución. En especial, en la obra de restitución, el monitoreo deberá realizarse en la fase de excavación y realización de protección en tierra y enrocado.

En relación a lo anterior, se informa al proponente que la medición de los parámetros contenidos en la Tabla N%9 del Adenda Complementaria, deberá ser realizada durante la etapa construcción del proyecto.

b) Se informa al proponente, que posterior al tercer año del seguimiento ambiental de la fauna íctica en la etapa de operación, y en caso de analizar la continuidad del monitoreo, deberá proceder a

realizar dicha solicitud a la Superintendencia del Medio Ambiente, a partir de los resultados obtenidos.

c) Se informa al proponente que los “Acopios Temporales” corresponden a los 7. sectores identificados (A, B, C, D, E, F y G) en el Plano de corta de obras civiles, contenido en el Anexo 1 del Adenda Complementaria.

d) Se informa al proponente que en todas las áreas de reforestación, identificadas en el Punto 6.2 del Plan de Manejo Forestal, contenido en el Anexo 1 del Adenda Complementaria, deberá dar cumplimiento a lo estipulado en el artículo 21 de la Ley N? 20.283, en el sentido de que las especies a utilizar en el programa de reforestación deberán pertenecer al mismo tipo forestal intervenido.

e) El Programa de Reforestación y Monitoreo, entregado en el Anexo 1 del Adenda Complementaria, deberá ser parte integrante del Plan de Manejo de Corta y Reforestación de Bosques Nativos para Ejecutar Obras Civiles a presentar ante la CONAF de la Región de Los Ríos.

f) Se informa al proponente que deberá ingresar a la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Ríos, de manera previa al comienzo de las obras, todos los antecedentes del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción para la tramitación y obtención del permiso considerado en el artículo 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del SEIA.

g) En relación al plan de captura y relocalización de anfibios, se informa al proponente que las capturas se deberán hacer en periodos de mayor actividad de los anfibios (etapa adulta) teniendo en consideración el ciclo de vida de cada una de las especies a capturar.

En línea con lo anterior, y respecto de los indicadores de éxito propuestos para la medida de rescate y relocalización, se indica que solo se considerará exitosa si es posible re-capturar el 30% de individuos marcados presentes en el lugar de relocalización.

h) Se recuerda al proponente que deberá incluir rejillas para impedir la entrada de peces al canal de aducción según las especificaciones técnicas señaladas en la página 61 del Adenda Complementaria.

i) Se informa al proponente que la implementación de la escalera de peces en la barrera del proyecto, a objeto de posibilitar el desplazamiento de fauna íctica por el paso de caudal ecológico, deberá ser realizada de acuerdo a las especificaciones técnicas detalladas en la memoria de cálculo de paso por caudal ecológico del Anexo 3 del Adenda Complementaria.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

a) El proponente compromete una superficie adicional de reforestación, de un 50% de la superficie originalmente cortada según lo indica en la respuesta N108 del Adenda N1. Dicha reforestación adicional es complementaria al cumplimiento de la normativa (17,72 hectáreas adicionales a las 35,44 de bosque nativo a reforestar por corta, en total 53,16 hectáreas).

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b) Se contempla que el 30% de los trabajadores que se contraten para la construcción de la central sean habitantes de la comuna de Río Bueno, durante el periodo de máxima demanda, que corresponde al periodo de tendido de la tubería, construcción de bocatoma y casa de máquinas.

c) En los meses sin precipitaciones se humectarán los caminos utilizados para el tránsito de los vehículos y maquinarias del proyecto mediante camiones aljibes debidamente autorizados, igualmente el agua a utilizar provendrá de una fuente autorizada a definir previo al inicio de la construcción del proyecto.

d) Realizar campañas de caracterización de fauna durante la construcción de la central, y posteriormente, por dos años de operación. Estas campaña se realizarán en forma estacional y se muestrearán las mismas taxas que fueron analizadas durante esta tramitación (aves diurnas, aves nocturnas, micromamíiferos, mesomamíferos, reptiles y anfibios).

e) Realizar perturbaciones controladas previas al inicio de las obras para promover el desplazamiento de fauna por sus propios medios, es decir, el traslado activo propio de los ejemplares de fauna a sectores que no serán intervenidos por el proyecto, dejando o permitiendo vías de escape hacia áreas contiguas favorables,

f) Para caso de los anfibios, se realizará un rescate previo en los sectores de bocatoma, restitución y puente sobre el Estero Cenizo, previo al inicio de estas obras. Los individuos rescatados serán relocalizados en un sector aledaño a su lugar de origen a una distancia mínima de 200 metros del sector a intervenir.

g) Se repondrá la vegetación en los sectores donde se realice corta de vegetación y que no corresponda a la zona de servidumbre que debe quedar desprovista de vegetación.

h) En relación a la fauna íctica, el Titular realizará un monitoreo de calidad de aguas durante la etapa de construcción, considerando la ausencia de registros de fauna durante la etapa de levantamiento de información. Para la fase de operación se contempla una campaña durante la crecida y una durante el estiaje del río en el primer año. En caso de detectarse fauna íctica se ampliará el monitoreo durante la fase de operación a 3 años con la misma frecuencia.

  1. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:

10.1. PLÁN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Derrames accidentales de combustible y/o aceites:

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción Parte, obra o acción asociada Todas las obras Acciones o medidas a implementar Control de derrames Forma de control y seguimiento 1. El personal que detecte el derrame dará

aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo).

  1. Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado según el tipo de peligrosidad indicado en la hoja de seguridad correspondiente.

  2. Se delimitará el área afectada.

4, Se deberán utilizar los implementos de absorción correspondiente, en el caso de residuos líquidos no inflamables se procederá con arena O aserrín y para el caso de residuos

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líquidos inflamables se procederá con carbón activado para derrames sobre el suelo; también se podrán utilizar almohadillas absorbentes universales, cordones, telas o paños para derrames sobre agua. Si el residuo es sólido se recogerá por medio de pala y escoba.

S. El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.

  1. Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VII del Informe Consolidado “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”, numeral 1.8.1 y 1.8.2 de la DIA y en el Anexo 6 del Adenda N1.

10.1.2 Proteccion de cauces y sus riberas:

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

  • Casa de Máquinas:
  • Bocatoma: +. Instalación de la Tubería:

  • Obras Varias (puente carretero)

Acciones o medidas a implementar

' mantenciones, revisiones técnicas y permisos de

Derrames

Se realizarán mantenciones preventivas a todas las maquinarias y camiones que sean utilizados en sectores cercanos a cuerpos de agua.

Se mantendrá en obra registro de todas las

circulación de las maquinarias y camiones utilizados en la obra.

Cuando sea necesario realizar carga de combustible en los sectores identificados en el punto

Se realizará en sectores alejados al cuerpo de agua y se dispondrá de una cubierta plástica en el suelo para evitar eventuales derrames y así contener de forma oportuna.

Todo grupo electrógeno será instalado sobre suelo impermeabilizado por medio de polietileno de alta densidad para evitar la contaminación del suelo y cuerpos de agua producto de eventuales derrames.

Remoción en masa

Cruce quebrada Tipo 1: Aplica para los cruces de quebrada por instalación de tuberías del tipo 1descritas en la Memoria de Cálculo Quebradas y Atraviesos de Cauce.

Profundizar el enterramiento de la tubería de

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acuerdo a normas y tipo de suelo para evitar que la erosión alcance el nivel de la tubería;

Reponer el terreno en la zanja para que se compacte correctamente y reducir el proceso de erosión;

Proteger la tubería enterrada:

  • Recubrirla con una viga de concreto armado por debajo de la quebrada en todo su recorrido.

  • Recubrir el fondo del cauce mediante enrocado de protección. Éste debe ser instalado 1 metro antes y 1 m después del trazo de la tubería.

Cruce quebrada Tipo 2: Aplica para los cruces de quebrada por instalación de tuberías del tipo 2 descritas en la Memoria de Cálculo Quebradas y Atraviesos de Cauce.

Elevar la tubería sobre el nivel máximo con un periodo de retorno de 100 años (diferencia mayor de 1 m), con una altura suficiente para evitar ser golpeada por los escombros que podría arrastrar,

Ubicar los soportes alejados del borde las quebradas que cruzan. Esta distancia depende dela disponibilidad de espacio en cada caso particular y de la resistencia del terreno.

Si es necesario proteger a los taludes de la erosión producida por el incremento del caudal y la socavación de la base de los apoyos de los tramos aéreos; para ello se pueden usar:

  • Muros de gaviones como protección de taludes o disipadores de energía a lo largo de las quebradas;

  • Restablecimiento de la cobertura vegetal en las orillas de las quebradas.

Alcantarillas:

Aplica para las obras de aguas lluvias como lo son las alcantarillas.

Construcción muros de cabeza con aleros para desviar el agua y prevenir la erosión del talud de la plataforma del camino.

| Construcción dentellón de protección abajo la alcantarilla para impedir problemas de

socavación.

Derrapado de maquinarias o camiones

Se deberá verificar la estabilidad del talud previo a la intervención por maquinaria.

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No se ubicará maquinaria pesada a la orilla de los caminos o taludes que por presión puedan ceder y provocar el derrapado de la maquinaria o camión.

Se evitará mantener maquinaria en las faenas en estado ocioso que entorpezcan la circulación de las maquinarias y camiones en funcionamiento.

Forma de control y seguimiento

Registro y envío de información a la Superintendencia de Medio Ambiente en caso de ocurrir la contingencia.

Referencia al ICE o documentos del

expediente de evaluación que contenga la

descripción detallada

Capítulo VII del Informe Consolidado “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”, numeral 1.8.1 y 1.8.2 de la DIA y en el Anexo 6 del Adenda Nel.

10.2. PLAN DE EMERGENCIAS

10.2.1. Incendio.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Parte, obra o acción asociada

Construcción:

i. Instalación de faena. li. Frentes de trabajo. iii. Fuentes generadoras de residuos.

Operación:

i. Turbinas de generación.

li. Transformadores, sala de baterías y motores eléctricos.

iii. Sala de mando y oficinas.

Acciones a implementar

Deberá estar informado dentro y fuera de la bodega, además de las oficinas del prevencionista de riesgos, administrador de la obra y capataces los teléfonos de bomberos, carabineros y ambulancias entre otros.

El personal que detecte la emergencia dará aviso inmediatamente al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo) y a Bomberos, de no encontrarse el Responsable en la obra al momento de la emergencia el aviso se dará inmediatamente a Bomberos y Carabineros y se procederá con el Plan de Emergencias.

Seguidamente el encargado dispondrá las medidas correspondientes como el uso de los implementos de abatimiento de incendios con extintor o agua (dependiendo de la fuente de origen del incendio, cabe destacar que dependiendo de la composición química del residuo o elemento que se inflame será el tipo de extintor o medio con el cual se abata el incendio), además determinará la evacuación parcial o total de la obra y sectores aledaños de ser necesario.

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En caso de que el Responsable en Obra no se encuentre disponible al momento de una emergencia de incendio se procederá de la siguiente forma:

  1. Dar aviso a Bomberos y Carabineros de Chile de forma INMEDIATA.

  2. De ser posible, abatir o intentar abatir el incendio con extintores de acuerdo a la clase de fuego (véase Tabla 2).

  3. Esperar la llegada de Bomberos al área afectada.

  4. De salirse de control el incendio se procederá a evacuar a todo el personal y habitantes de las viviendas y predios aledaños a la zona afectada.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

A través de la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Capítulo VI del Informe Consolidado “Medidas relevantes de los planes de contingencias y emergencias”, y en el Anexo 6 del Adenda N*l.

10.2.2. Proliferación de vectores de interés sanitario.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

i. Instalación de faena. li. Frentes de trabajo. iii. Fuentes generadoras de residuos.

Acciones a implementar

Quien detecte los contenedores en mal estado deberá informar de forma inmediata al responsable.

Cada vez que se reporte contenedores en mal estado se deberán reponer en el menor tiempo posible.

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

A través de la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Capítulo VII del Informe Consolidado “Medidas relevantes de los planes de

contingencias y emergencias”, y en el Anexo 6 del Adenda N*1.

10.2.3. Derrames y/o percolación de líquidos asociados a residuos domiciliarios.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

i. Instalación de faena. li. Frentes de trabajo. iii, Fuentes generadoras de residuos.

Acciones a implementar

Identificación de elementos

de protección personal requeridos

El personal que detecte la situación de contingencias dará aviso al Responsable en

Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo). |

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Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado.

El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el residuo líquido o sólido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada.

Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.

En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y recuperar en contenedor apropiado.

El material recogido de un derrame (recuperado) será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final en lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria competente.

Se dará aviso a las autoridades pertinentes frente a cualquier accidente

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

A través de la página web de la Superintendencia del Medio Ambiente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 del Adenda N*1.

10.2.4. Accidentes.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Parte, obra o acción asociada

i. Instalación de faena. li. Frentes de trabajo. iii. Fuentes generadoras de residuos.

Acciones a implementar

Conservar la calma y actuar rápidamente sin hacer caso a los curiosos.

Examen general del lugar y estado de la victima (inundaciones, electrocución, fracturas, hemorragias, etc.)

Manejar a la víctima con suavidad y precaución.

Tranquilizar al accidentado dándole animo (si este está consciente)

Dar aviso en la forma más rápida posible pidiendo ayuda (responsabilizar a una persona por su nombre) indicando la mayor cantidad de información.

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No retirar al accidentado a menos que su vida esté en peligro (incendios, electrócución, derrumbes, contaminación, asfixia, ahogamiento, etc.)

El control de hemorragias y la respiración tienen prioridad.

Si hay pérdida de conocimiento no dar de beber jamás.

Cubrir al herido para que no se enfríe previniendo el shock.

Realizar traslados del afectado cuidadosamente

Oportunidad y vías de comunicación a la SMA de la activación del Plan

A través de la página web de la

Superintendencia del Medio Ambiente.

Referencia al ICE o documentos del expediente de evaluación que contenga la descripción detallada

Anexo 6 del Adenda N*1.

10.2.5. Sismo.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y operación

Parte, obra o acción asociada

Todos los elementos del proyecto.

Acciones a implementar

Ante la ocurrencia de un sismo, se debe permanecer en el lugar de trabajo, tratando de mantener la calma y de cumplir con las siguientes recomendaciones:

Apenas comience el sismo, el personal deberá ser evacuado, si es que es posible, desde su lugar :

de trabajo hacia las Zonas de Seguridad establecidas. Se deberá tener especial cuidado para que durante la evacuación, el personal no se exponga a aplastamientos, caída de cables eléctricos o a cualquier otro tipo de riesgo ocasionado por el sismo.

Si es posible, se debe intentar de desconectar equipos eléctricos que se encuentren funcionando o, cortar la energía eléctrica y el suministro de gas licuado o, de gases utilizados por mantenimiento, los cuales puedan ocasionar incendios o explosiones.

Alejarse de las ventanas, para evitar la exposición a cortes por vidrios que caigan, se quiebren o se desprendan de los ventanales.

Alejarse de estanterías que contengan objetos susceptibles de quebrarse o caer que puedan ocasionar lesiones cortantes o golpes en el rostro.

Mantenerse alejado de áreas que contengan objetos suspendidos, tales como lámparas, enrejados, o cualquier equipo susceptible de

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caer,

En general, alejarse de toda área o zona que contenga objetos que puedan volcarse y provocar aplastamiento, golpes o cualquier tipo de lesión.

Una vez comenzado el sismo, se procurará abrir todas las puertas, por si fuera necesario salir del

2 e” or recinto. Oportunidad y vías de comunicación a la SMA | A través de la página web de la de la activación del Plan Superintendencia del Medio Ambiente. Referencia al ICE o documentos del Anexo 6 de la Declaración de Impacto expediente de evaluación que contenga la Ambiental.

descripción detallada

11, Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4 de la presente Resolución.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Ríos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos

ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  1. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Región de Los Ríos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  2. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  3. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

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RESUELVO:

l. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Central de Pasada Cumbres”, del Titular Cumbres S.A.

  1. Certificar que el proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

  2. Certificar que el proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119, 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 119, 138, 140, 142, 146, 148, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  4. Certificar que el proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”, no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  5. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el Considerando 4 del presente acto. l

Notifíquese y Archívese

DN] j Egon Montesinos Montecinos Intéhdente Presidente Comisión de Evaluación Región de Los Ríos

y

clyn andoval Parra

irectóra Regional (S) Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación

Región de Los Ríos

AR/LEX/ler

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Distribución:

e Sra. María Elena Delpiano, Representate Legal Cumbres S.A. e Servicio Nacional de Geología y Minería, Zona Sur.

  • Consejo de Monumentos Nacionales.

e Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

e Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Los Ríos. + Corporación Nacional Forestal, Región de Los Ríos.

  • Dirección General de Aguas, Región de Los Ríos.

e Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Ríos.

e Gobierno Regional, Región de Los Ríos.

  • lustre Municipalidad de Río Bueno.

e Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Los Ríos.

  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Los Ríos.

e SEREMI MOP, Región de Los Ríos.

*e SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Ríos.

  • SEREMI de Agricultura, Región de Los Ríos.

  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Ríos.

  • SEREMI de Energía, Región de Los Ríos.

  • SEREMI de Salud, Región de Los Ríos.

  • SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Ríos. e SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Ríos.

e Servicio Nacional Turismo, Región de Los Ríos.

e Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Ríos.

Cc:

» Superintendencia del Medio Ambiente, Macro Zona Sur. e Expediente del proyecto “Central Hidroeléctrica de Pasada Cumbres”. e Archivo SEA, Región de Los Ríos.

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