Evaluación SEA

Instalacion Kal Tire Antofagasta

Rol 2129693671
SEA · DIA · Aprobado · 2014-08-06 · Región de Antofagasta · Kal Tire S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ANTOFAGASTA

Califica Ambientalmente el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta"

Resolución Exenta N* 0 0 Y 3 Antofagasta, 1 0 MAR 2015

VISTOS:

1%. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 27 de noviembre de 2014 y su Adenda Complementaria de 30 de enero de 2015, del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta", presentado por Kal Tire S.A. con fecha 01 de agosto de 2014.

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta".

3”. El Acta de Evaluación N* 45 de 13 de noviembre de 2014, del Comité Técnico de la Región de Antofagasta.

42, El ICE de la DIA del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta" de 26 de febrero de 2015.

59, El acuerdo N* 019/2015 de fecha 06 de marzo de 2015, de la sesión ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

6”. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta".

  1. Lo dispuesto en la Ley N” 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; La Resolución Exenta N 170 de fecha 06 de febrero del año 2015 de la Dirección Ejecutiva de Servicio de Evaluación Ambiental que me nombra Director Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO: 1. Que, Kal Tire S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto

Ambiental (SEIA) la DIA del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Kal Tire S.A.

Rut 96.800.950-8

Domicilio El Yodo 8198, Antofagasta Teléfono 55-2642100

Nombre representante legal Carlos Zúñiga Fuentes

Rut representante legal 8.075.133-8

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Domicilio representante legal | El Yodo 8198, Antofagasta Teléfono representante legal 55-2642100

Correo electrónico Titular o | carlos_zuniga(Ukaltire.com representante legal

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 26 de febrero de 2015, el Director Regional (S) de la Región de Antofagasta ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto, en base a la opinión de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron del proceso de evaluación del Proyecto, y que a partir de sus informes se puede concluir que el Proyecto:

  2. Cumple con la normativa de carácter ambiental vigente aplicable.

  3. Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al Proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos, y no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión de fecha 06 de marzo de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta acordó calificar favorablemente el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta", aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 26 de febrero de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general El Proyecto consiste en la construcción y operación de un centro de comercialización de neumáticos y servicios relacionados.

Tipología principal, así | Tipología principal: como las aplicables a Sus | k.1) Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a partes, obras o acciones dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA).

Vida útil La fase de construcción del Proyecto tendrá una duración de 9 meses. Mientras que la fase de operación tendrá una duración aproximada de 30 años. Cabe señalar que si bien el titular indica que no se contempla el cierre de las instalaciones, se presenta una descripción de esta fase. La eventual etapa de cierre del Proyecto se considera con una duración de 90 días corridos.

Gestión, acto o faena | El acto que dará cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la mínima que da cuenta del | implementación de la instalación de faena. inicio de la ejecución

Proyecto se desarrolla por | Si No etapas

pr ES Proyecto modifica un | Si No Proyecto o actividad

[X]

Proyecto modifica otra(s) | Si No 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político- El Proyecto se localizará en la Comuna, Provincia y Región de administrativa Antofagasta.

Descripción de la localización | El Proyecto se localizará en el sector de La Negra, el cual es reconocido por ser un sector definido de uso exclusivamente industrial según el Plan Regulador Seccional La Negra. El área de emplazamiento se encuentra ubicada a aproximadamente a 25 km

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de la ciudad de Antofagasta, paralelo a la carretera Ruta 5 Norte. Para mayor detalle, ver Figura 1.1 de la DIA. Superficie La superficie total del predio será de 20.034,56 m?. Coordenadas UTM en Datum | Tabla N* 1: Coordenadas del Proyecto WGS84 PuIES de Norte Este Referencia a 7.373.733,5 367.284,76 b 7.373.674,1 367.453,29 Cc 7.373.627,86 367.246,69 d 7.373.568,79 367.415,42 Caminos de acceso Se accede al área del Proyecto principalmente a través de la Ruta 5. El kilometraje del acceso vial a las instalaciones del Proyecto por la Ruta 5 es 1.360,5 km, y sus coordenadas UTM (Datum WGS 84), corresponden a: 7.373.282,58 m N 367.064,9 m E. Referencia al expediente de La localización del Proyecto se presenta en numerales 1.5 y 1.6 de evaluación de los mapas, la DIA. Para mayores antecedentes ver numerales 1.9, 1.10 y 1.11 georreferenciación e del Informe Consolidado de Evaluación. información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1 Obras temporales

Las obras temporales son aquellas que serán montadas para efectuar la construcción y el abandono del Proyecto. Tanto para la fase de construcción como para la de abandono, el Proyecto no considera la utilización de campamentos para el personal. Lo anterior, debido a la cercanía con la ciudad de la Antofagasta. El desplazamiento de los trabajadores y profesionales a las áreas de construcción del Proyecto se realizará disponiendo de transporte diario desde los lugares de alojamiento a la instalación de faena. Las actividades a desarrollar en las obras temporales corresponderán principalmente a la instalación de faena, la cual consistirá en la instalación de oficinas, bodegas, y realización de obras de provisión de agua, electricidad y otros que se requieran. La instalación de faena ocupará una superficie estimada de 0,5 ha y contendrá la siguiente infraestructura general:

a) Oficinas administrativas, de profesionales, contratistas y de inspección técnica

Se contará con oficinas para el personal administrativo-operativo que se encargue de las diversas actividades de operación de las instalaciones y servicios requeridos para la construcción del Proyecto.

b) Comedores

No se considera la preparación de alimentos en la instalación de faena. La alimentación de los trabajadores será provista por una empresa local que cuente con las autorizaciones respectivas. En la Instalación de faenas se contará con comedores, en cantidad suficiente, que reúnan los requisitos del artículo 28 del D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud (MINSAL).

c) Patio de salvataje

La instalación de faena contará con un patio de salvataje donde se localizará la Bodega de Acopio Temporal de Residuos Peligrosos, Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales no Peligrosos y la Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos. Mayores antecedentes, se presentan en el numeral 2.1.1.3 de la DIA.

d) Área de acopio de equipos y materiales

Este patio se utilizará para almacenar principalmente las estructuras metálicas que se requieren para

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el Proyecto. Además, se almacenarán materiales propios de construcción habitacional tales como puertas, quincallería, pisos, cerámicos, sanitarios, lavamanos, etc.

e) Servicios sanitarios, vestidores y baterías de duchas

En la instalación de faena se dispondrán servicios higiénicos, vestidores y duchas en cantidad suficiente para dar cumplimiento al DS 594/99 del MINSAL. Se implementarán baños químicos durante los primeros cuatro meses, periodo en el cual se realizará la construcción de la red interna de agua potable y alcantarillado, incluyendo una planta de tratamiento de aguas servidas.

El agua potable requerida para los servicios higiénicos será adquirida a proveedores autorizados y transportada mediante vehículos autorizados para estos fines. Su almacenamiento se realizará en estanques de agua.

f) Recinto cercado con equipo electrógeno

Sistemas de alumbrado y fuerza provisorios para la instalación de faena (iluminación general, fuerza y alumbrado, alimentación a motores y máquinas en general, etc.). La energía eléctrica necesaria para abastecer la instalación de faena y los equipos asociados a ellas, será proporcionada mediante un grupo electrógeno de 30 KVA.

g) Taller de carpintería, soldadura y enfierradura

La instalación de faena contará con un taller para preparar los suministros que sean requeridos de obra: moldajes, estacas, enfierraduras, etc.

h) Estacionamientos de vehículos y maquinarias

Se dispondrán estacionamientos para vehículos y maquinarias. Se debe señalar que al interior de las instalaciones del Proyecto no se realizará el lavado de ningún tipo de vehículo ni la mantención de maquinarias. Se contará con una empresa externa contratada para prestar este servicio. La excepción será de los camiones mixer que transportan hormigón, ya que en obra se lavarán las canoas de dichos camiones. Para este propósito, se utilizará alrededor de 20 litros de agua (provistos en el mismo camión). Se dispondrá de tambores metálicos de 200 litros de capacidad para depositar el residuo del lavado. Los tambores serán almacenados en el patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, para luego ser enviado a un lugar de disposición final autorizado.

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Habilitación de | Una vez en terreno, personal de topografía trazará el área perimetral asignada instalación de | para emplazar dicha instalación, y marcará la posición de los contenedores faena oficinas, y bodegas para posteriormente trazar el área perimetral y así dejar en condiciones para instalar los cercos perimetrales. Una vez replanteada el área se proseguirá con la instalación de los módulos de oficinas y bodegas.

Movimiento de | Consistirá en la nivelación del terreno y su preparación para las faenas de tierra fundaciones. Dentro de lo posible, el material excavado será re-aplicado dentro del mismo sitio. De lo contrario, será dispuesto en un sitio autorizado, así como escombros que resulten de esta actividad. En caso que se requiera material adicional, se comprará a proveedores autorizados.

Instalación de | Las instalaciones del Proyecto estarán constituidas principalmente por estructuras estructuras de hormigón armado y acero, que serán montadas en terreno. Las actividades que se realizarán corresponden a la obra gruesa del Proyecto, la cual contempla: emplantillado; fundaciones; radier; estructuras de pilares, muros u cubierta; estructuras de acero; terminaciones, etc. Por otra parte, se implementará un cierre perimetral en toda el área del Proyecto, con el propósito de evitar el ingreso de fauna silvestre al área del Proyecto.

Equipamiento Corresponderá a la instalación en el recinto de los equipos a utilizar durante la fase de operación (ramplas, equipos de balanceo, etc.), red contra incendio y el mobiliario proyectado (estanterías en bodegas, etc.).

Insumos a) Suministro eléctrico: Se utilizará 1 grupo electrógeno diésel de 30 KVA.

b) Agua potable: El consumo mensual de agua potable, durante la fase de

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construcción, se estima en 210 m'/mes, la que será adquirida a una empresa autorizada.

c) Agua industrial: El abastecimiento de agua para uso industrial será mediante camión aljibe de proveedores autorizados, una vez definido el proveedor se informará oportunamente a la Autoridad. El uso de ésta será principalmente para la humectación de caminos como medida de control de emisiones. Se considera la humectación dos veces al día con 1 l/m?, es decir, 1.890 m* de agua total por un período de 30 días por 9 meses.

d) Servicios higiénicos: Durante esta fase, en la instalación de faena se implementarán servicios higiénicos que contarán con fosas estancas. El retiro de las aguas servidas acumuladas será realizado por empresas autorizadas y con una frecuencia adecuada a la capacidad de la fosa.

e) Alimentación: La alimentación de los trabajadores será provista por una empresa local autorizada por la autoridad sanitaria en Antofagasta, que adicionalmente cuente con un vehículo autorizado para el transporte de alimentos preparados. En la instalación de faenas se contará con comedores, en cantidad suficiente, que reúnan los requisitos del artículo 28 del D.S. N* 594/1999 del MINSAL.

f) Combustible: El combustible para las maquinarias será suministrado por una empresa autorizada. Se estima un consumo de 10 m'/mes. Una vez definidos los proveedores serán informados a la autoridad respectiva.

g) Hormigones: Se estima que se utilizarán aproximadamente 1.637 mé de hormigón para la construcción de fundaciones. Este será proporcionado por terceros autorizados.

h) Áridos: Se estima una cantidad de 38 m', necesarios como relleno estabilizado para el sector de la caldera. La cantidad de áridos a utilizar para la construcción será adquirida a proveedores autorizados.

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales

Recursos

naturales renovables.

renovables

Emisiones Durante esta fase se generarán tanto emisiones de material particulado como efluentes emisiones de gases de combustión. Dichas emisiones serán puntuales y están

asociadas principalmente a las siguientes labores: escarpe, excavación, erosión de material de pila, carguío y volteo de camiones, circulación de vehículos por caminos pavimentados y no pavimentados y emisiones de combustión de maquinarias y vehículos.

Tabla N* 2: Emisiones atmosféricas fase de construcción

Emisión kg/día Contaminante MP10 MP2,5 e) HC NOx Emisión 6,8 2,9 8,3 2,9 27

Se implementarán las siguientes medidas de control de emisiones:

  • Se contempla la humectación de los caminos no pavimentados por donde transiten vehículos al interior de la planta por lo menos dos veces al día, considerando 1 litro de agua por metro cuadrado de camino.

  • Se implementará un sistema de registro del agua utilizada en la humectación, indicando las zonas en las cuales se humectó, el día y la hora. Este registro estará estar disponible a la autoridad en caso de requerirlo,

  • Se considera un cierre perimetral que constituya una barrera para las emisiones, como por ejemplo malla rachel.

e El transporte de materiales se realizará en camiones con carga cubierta

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e Se controlará la velocidad al interior de la obra, no pudiendo superar los 30 km/h, para esto se instalarán señaléticas indicando la restricción de velocidad.

e Todos los vehículos y maquinarias a utilizar para la construcción del Proyecto deben contar con su revisión técnica al día y mantención correspondiente.

Se estimó las concentraciones de material particulado en la estación con representatividad poblacional, Estación Inacesa, mediante el modelo SCREEN3, indicando el aporte del Proyecto a las concentraciones de MP-10 y MP-2,5 en dicha estación. Se estimó una concentración de 0,011 g/m? de MP-10 y 0,005 1g/m? de MP-2,5. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA.

Respecto a los residuos líquidos, se estima una generación de 168 m'/mes de aguas servidas. Para la instalación de faena se implementarán baños químicos durante los primeros cuatro meses, periodo en el cual se realizará la construcción de la red interna de agua potable y alcantarillado, incluyendo una planta de tratamiento de aguas servidas. Dichos servicios serán habilitados para su uso durante el tiempo que resta de la etapa de construcción (5 meses).

En cuanto a las emisiones de ruido, el área en la cual se emplaza el Proyecto queda inserta en un área definida como Zona Industrial por el Plan Regulador Comunal de Antofagasta. Las emisiones de ruido serán temporales, de carácter puntual y poco significativo y no existen receptores sensibles en las inmediaciones del Proyecto. Las principales actividades de emisión de ruido son las asociadas a la excavación para la nivelación del terreno y el hormigonado de fundaciones y radieres. Se estimó un nivel máximo de presión sonora de 63,9 dB. Para mayores antecedentes, ver Anexo 15 del Adenda 1 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Tabla N? 3: Residuos sólidos fase de construcción

Tipo Descripción Cantidad Forma de manejo y disposición final Residuos Restos de | 2,1 ton/mes Serán retirados diariamente de los sólidos comida, envases frentes de trabajo y acopiados de asimilables a | y envoltorios, manera temporal en los colectores domésticos papeles, ubicados en el Bodega de desechos de Almacenamiento Temporal de alimentos y Residuos Domésticos de la artículos de aseo instalación de faena en personal, etc contenedores herméticos para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2-3 veces por semana y enviados a rellenos sanitarios autorizados. Residuos Cartones, 0,4 ton/mes Serán acopiados temporalmente sólidos maderas, en la Bodega de almacenamiento industriales escombros, de residuos no peligrosos ubicada no peligrosos | pallets, puntas en el patio de salvataje de la de fierros, instalación de faena para luego ser plástico, transportado a un sitio de elementos de disposición final autorizado. protección personal, neumáticos, etc. Residuos Envases de | 0,037 Serán retirados y almacenados en sólidos lubricantes ton/mes receptáculos o tambores peligrosos usados, huaipes debidamente sellados y rotulados y arenas y dispuestos al interior de una contaminadas bodega de acopio temporal de provenientes de residuos peligrosos. El transporte la limpieza y y la disposición final se realizará contenciones de a través de una empresa derrames por autorizada. mal

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funcionamiento de maquinaria y

equipos de

construcción

Aguas de lavado | 460 l/mes Se dispondrá de tambores de canoas metálicos de 200 litros de

camiones mixer capacidad para depositar el residuo del lavado. Los tambores serán almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos y dispuestos

en un lugar autorizado.

Referencia al

ICE para mayores

detalles sobre esta fase.

Numerales 4.2, 4.5.1 a), 4.5.2 a), 4.5.3 a) y 4.5.4 a) del Informe Consolidado de Evaluación.

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Recepción y almacenamiento de neumáticos

Los neumáticos que ingresan a la planta de recauchaje y/o reparación en las plantas PL (neumáticos de sobrecarretera) y OTR (neumáticos de equipos que operan fuera de carretera) serán de clientes de Kal Tire en el rubro industrial, minería y transporte procedentes de las regiones de Antofagasta y Atacama. Estos neumáticos serán ingresados a la planta PL y OTR y registrados a través de una guía de despacho del cliente. Tanto los neumáticos reparados como los no admitidos (rechazados para recauchaje y/o reparación) serán devueltos al clientes. Cabe señalar que el transporte de insumos y productos no forma parte del Proyecto.

Por otra parte los neumáticos nuevos, importados para su comercialización, ingresarán mediante camiones, típicamente portacontenedores, provenientes de instalaciones portuarias, que ingresan a los nichos de descarga. Este abastecimiento se realizará mediante la forma de contenedor cerrado y OT (Open Top) y/o contenedor abierto (Flat Rack) o carga ancha.

e Contenedor Cerrado y OT (Open Top): La carga será llevada a bodega indicada por el titular donde serán desconsolidada, almacenándose los neumáticos, según se indica en el Anexo 02, Lámina EAKT-101-002 de la DIA.

  • Contenedor Abierto (Flat Rack) o carga ancha: Los neumáticos sobredimensionados marca Michelin son importados por Michelin y vendidos en el mercado local a Kal Tire. Por tanto el transporte terrestre desde sus bodegas hasta el Proyecto será gestionado por Michelin directamente. Para el almacenaje se contará con una bodega denominada “Área Bodega PL”, la cual se muestra en Anexo 02, Lámina EAKT-101- 002 de la DIA. Esta área constará de 1.100 m?, y tendrá la capacidad de almacenar de 3.500 neumáticos. El sistema de apilamiento de neumáticos, será a través de estanterías selectivas Rack, en pallet de 8 neumáticos como máximo.

Además se contará con una bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas. Las Hojas de Datos de Seguridad de las sustancias peligrosas a almacenar se presentan en el Anexo 7 del Adenda 1 de la DIA.

Venta de neumáticos

Se realizará la comercialización de neumáticos para las líneas de equipos mineros fuera de carretera (OTR), la línea para vehículos de carreteras (Camiones y Buses) así como para equipos industriales. Respecto de la recepción de neumáticos importados para su comercialización, estos corresponderán a neumáticos nuevos.

Recauchaje, Planta PL

En el proceso de recauchaje del neumático se volverá a utilizar un neumático gastado, sustituyendo la banda de rodadura, duplicando la vida útil del neumático. El área de recauchado será de 483 m?, permitiendo producir 1.000 neumáticos recauchados/mes. Este proceso se aplicará a neumáticos de

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sobrecarretera (neumáticos de Camiones o Buses y/o Transporte Urbano de Carga y Pasajeros), especificamente a neumáticos que van desde el aro 16" hasta el aro 24,5". El proceso de recauchaje se describe a continuación:

a) Inspección inicial: Se verificará que el neumático esté preparado para llevar una nueva banda de rodamiento. De existir averías que atenten contra el correcto funcionamiento del neumático, este será rechazado y no seguirá en el proceso. Los neumáticos que sean rechazados en la etapa de inspección inicial serán devueltos al cliente, siendo éste quien decide sobre su forma de manejo y disposición final.

b) Raspado: Se retirará la banda de rodamiento desgastada hasta que el neumático logre las dimensiones correctas que permitan adherir la nueva banda de rodamiento.

c) Escareado: En esta etapa se preparará el neumático de tal manera de reparar las averías que se detecten en la carcasa del neumático.

d) Preparación de la banda: En esta etapa se preparará y dimensionará el largo de la banda que debe cubrir correctamente el perímetro del neumático que ha sido raspado y escariado.

e) Embandado: En esta etapa se aplica al neumático la banda de rodamiento que se ha preparado según el diseño adecuado de cada neumático, además de considerar los requerimientos del cliente.

f) Vulcanización: El neumático con su nueva banda de rodamiento aplicada en su perímetro, se deberá ingresar a una cámara presurizada y temperada en condiciones que permitan vulcanizar la unión del conjunto.

g) Inspección final: El proceso culmina cuando se inspecciona cada neumático que termina el proceso, y en caso que se detecte alguna desviación, ésta se corrige de inmediato o de lo contrario el neumático culmina exitosamente el proceso.

Los equipos que se utilizarán en esta sección se detallan en la Tabla 1.5 de la DIA. Mientras que en la Figura 1.7 de la DIA se presenta un diagrama de distribución del área de recauchado.

Área recauchaje y reparación de neumáticos OTR

Consiste en la reparación sectorial de daños en neumáticos de transporte de carga o equipos que operan fuera de carretera (OTR), los que pueden ser de carácter preventivo o de carácter correctivo de acuerdo a la envergadura de éstos. El área de recauchado y reparaciones de neumáticos OTR será de 1.800 m?, que permitirá procesar mensualmente aproximadamente 180 neumáticos de aro 25” a 63”.

El proceso de recauchutado se inicia con la inspección minuciosa de las carcasas para comprobar la ausencia de daños (poros, fallos de material, pequeñas ralladuras) y que, por tanto, no se ve comprometido ni el rendimiento ni la seguridad del neumático. El siguiente paso es el proceso de recauchaje, el cual se describe a continuación:

a) Recepción del neumático: El neumático recepcionado llegará en porta- neumáticos especiales. Los neumáticos serán movilizados con una grúa horquilla

y posicionados en un atril para ser inspeccionados.

b) Inspección inicial: Se inspeccionará el neumático en 7 partes, en su totalidad, buscando separaciones, cortes pasados u otros daños al neumático.

c) Sección de reparación (Parches): Se realizará la reparación del neumático en caso de ser necesario, con parches de refuerzo.

d) Rapado (buffing): Se realizará el pelado y raspado del neumático, de todo el

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caucho que se encuentra viejo y contaminado con tierra u otros.

e) Biselado (skiving): Se realizará el biselado del neumático de todos los sectores donde la máquina buffing no pudo llegar.

f) Cemento: Se realizará la aplicación de cemento en todo el contorno exterior.

g) Relleno biselado: Se realizará el relleno de caucho de todos los sectores biselados por skiving.

h) Construcción: Se realizará la construcción del neumático en toda su circunferencia, con caucho nuevo.

i) Veneer: Se realizará el tapizado de la Banda Lateral del Neumático con caucho en lámina, solo moldes.

j) Ranura manual: Se realizará el corte de los diferentes tipos de escultura de acuerdo al tipo de neumático original

k) Autoclave: Se posicionará el neumático en el interior de la autoclave para el curado de neumático, de los cuales no se tiene molde.

1) Molde: Se posicionará el neumático en el interior del molde para el curado del neumático, su aspecto será idéntico a un neumático nuevo.

m) Inspección final: Se recogerán los neumáticos de la autoclave y molde, y se inspeccionarán en busca de errores, se cortarán rebarba y etiquetarán para ser enviado al cliente.

n) Despacho: El neumático será embalado con una cubierta de material plástico alrededor de todo su contorno para evitar contaminaciones y deterioro por acción del polvo y la luz durante su transporte a la mina y su posterior almacenamiento.

Los equipos que se utilizarán en esta sección se detallan en la Tabla 1.6, 1.7, 1.8 de la DIA. Mientras que en la Figura 1.9 de la DIA, se presenta un diagrama de distribución del área de recauchado y reparaciones de neumáticos OTR.

Servicios al | Corresponderá a la realización de servicios asociados a la venta de neumáticos, O

cliente bien otros de menor significancia, tales como: Montaje / Desmontaje, Alineación y Balanceo.

Área de | Se contará con un edificio de 1.700 m? que contará con dos niveles. El primer

administración

nivel contará con sala de reuniones y sala de capacitación, área común de cafetería, casino y baños. Además se contará con un área de ventas y servicios; y recepción. El segundo nivel contará con áreas relacionadas a atención de clientes, proveedores, apoyo a las áreas operativas y de recursos humanos. Mayores antecedentes, se presentan en el numeral 2.1.10.6 de la DIA.

Área de almacenamiento de residuos

La fase de operación contará con un patio de almacenamiento de residuos donde se localizará la Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos peligrosos, la Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos industriales no peligrosos y la Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos:

a) Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos

Se considera el retiro diario desde las áreas de trabajo y acopiados de manera temporal en la bodega de almacenamiento temporal de residuos domésticos, en contenedores herméticos, para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2-3 veces por semana por una empresa autorizada y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados. Esta bodega contará con un cierre perimetral para evitar el ingreso de fauna silvestre hasta el área del Proyecto.

b) Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Industriales No Peligrosos

Los residuos industriales no peligrosos serán acopiados temporalmente en la

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bodega de almacenamiento temporal de estos residuos para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados.

c) Bodega de Almacenamiento para Residuos Peligrosos

Esta bodega se emplazará separada de otras bodegas conforme indica el D.S N*148/03. El transporte y disposición final de los residuos peligrosos, se realizará por una empresa autorizada. Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of. 2003, además estará señalizada con letreros visibles, en los que se indicará si corresponde a sustancias peligrosas o residuos peligrosos.

Insumos

a) Agua potable: Se contará con una provisión de 150/litros/persona/día. El agua potable para consumo humano será suministrada por camiones aljibes debidamente autorizados, que será almacenada en estanques de agua potable que cumplan con la NCh 2794.

Para garantizar la potabilidad del sistema, se contará con proveedores autorizados los cuales suministrarán el agua necesaria al Proyecto. Junto con lo anterior, el titular llevará un registro tanto de los proveedores como de las cantidades suministradas por estos.

b) Agua industrial: Se requerirá de 530 m'/mes para el funcionamiento de una caldera de vapor. Esta agua será abastecida por una empresa autorizada mediante camiones aljibes. El agua se almacenará en un estanque de 100 m',

c) Energía eléctrica: La energía eléctrica requerida durante la fase de operación, será suministrada por la empresa de suministro eléctrico de Antofagasta. En el Anexo 1 del Adenda 1 de la DIA, se presenta el documento que acredita la factibilidad de suministro de energía eléctrica. La potencia total instalada se estima del orden de 2.300 KVA y corresponde principalmente al funcionamiento de una caldera de vapor.

d) Servicios higiénicos: Se contará con servicios higiénicos en número correspondiente a lo establecido en DS 594/99 MINSAL.

e) Alimentación: La alimentación de los trabajadores será provista por una empresa local autorizada por la autoridad sanitaria.

f) Combustible: Con respecto al combustible a utilizar este será suministrado por un tercero autorizado. Se almacenará en un estanque de 50 m' de capacidad. El consumo de combustible será de 130 m'/mes.

g) Caucho y neumáticos: Los principales insumos para las instalaciones de Proyecto corresponden al caucho como materia prima de reparación y recauchaje en las plantas PL y OTR, y a los neumáticos para la sección de ventas de la empresa.

No obstante, el total del consumo de caucho de las plantas OTR y PL corresponde a 12.368 Kg/mes, el almacenamiento que se tendrá de este insumo en las instalaciones de Proyecto, corresponde a la suma del consumo más un stock que equivales a tres veces el consumo de caucho, es decir el almacenamiento de caucho será de 49.471 Kg/mes.

En el caso del almacenamiento de neumáticos, se considera los neumáticos almacenados para venta (77.500 Kg/mes) más los neumáticos que estarán en espera de recauchaje o reparaciones en las plantas OTR y PL, los que se estiman en 248.000 kg/mes y 2.800 Kg/mes, respectivamente. Con esto el almacenamiento de neumáticos en las instalaciones será de 328 ton/mes.

h) Otros insumos: Se considera el uso de solvente, cemento, silicona, pintura y lubricante. La cantidad a utilizar de cada insumo se presenta en el Tabla 20 del Adenda 1 de la DIA, mientras que en el Anexo 7 del Adenda 1 de la DIA se

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presentan las Hojas de Datos de Seguridad de éstos.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales.

Emisiones y efluentes

Las emisiones atmosféricas consideradas son las debidas al funcionamiento de la caldera. Además, se considera el tránsito de vehículos, principalmente el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados al interior (emisiones directas) y por caminos pavimentados al exterior (emisiones indirectas) del sitio donde se emplaza el Proyecto.

Tabla N? 4: Emisiones atmosféricas fase de operación Emisión kg/día co 8,7

MP10 44

HC 0,27

NOx 19,7

Contaminante Emisión

MP2,5 0,91

Como medida de control se realizará la estabilización con bishofita del camino de ingreso. Se realizará una mantención anual de la bishofita y se mantendrá un registro de la medida aplicada (fecha, firma del responsable, metros lineales y/o superficie de aplicación). Para el caso de la zona de almacenamiento de neumáticos se utilizará carpeta estabilizada con asfalto. Para la zona de mantención, carga y descarga de camiones de utilizará carpeta estabilizada con radier.

Se estimó las concentraciones de material particulado en la estación con representatividad poblacional, Estación Inacesa, mediante el modelo SCREEN3, indicando el aporte del Proyecto a las concentraciones de MP-10 y MP-2,5 en dicha estación. Se estimó una concentración de 0,007 g/m? de MP-10 y 0,001 ug/m? de MP-2,5. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA.

Respecto a la generación de residuos líquidos, se estima una generación máxima de 160 m'/mes de aguas servidas. El Proyecto contará con una planta de tratamiento de aguas servidas. El agua tratada será utilizada para riego y en caso de exceder la demanda, se contará con un estanque para almacenar el agua que deba desviarse en caso de emergencia y/o reparación, para lo cual en el caso que no sea agua tratada, se hará retiro con camión limpia fosas y posteriormente se hará una desinfección de aquel estanque. En el caso que sea agua tratada la que se va a almacenar, se cumplirá con NCh 1333.0f.78, en donde se hará un seguimiento de nivel de cloro residual, para cumplir con la normativa. Finalmente el agua tratada se utilizará para riego de las áreas verdes del Proyecto.

En cuanto a las emisiones de ruido, las principales operaciones/equipos generadores de ruido son: escareado, caldera, vulcanización y embandado. Se considera una atenuación producto de las paredes del galpón de 48 dB. Se estimó un nivel máximo de presión sonora de 58,9 dB. Para mayores antecedentes, ver Anexo 15 del Adenda 1 de la DIA. En cuanto al ruido generado que pueda afectar al entorno, cabe hacer notar, que no existen receptores sensibles en las inmediaciones del Proyecto.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Tabla N* 5: Residuos sólidos fase de operación

Tipo Descripción Cantidad Forma de manejo y

disposición final

Serán retirados diariamente en bolsas de basura de las áreas de trabajo y acopiados de manera temporal el sitio de almacenamiento temporal de residuos domésticos. en

Restos de comida, | 2 ton/mes

cartones y papeles

Residuos sólidos asimilables a domésticos

11/27

contenedores herméticos, para posteriormente ser retirados con una frecuencia de 2-3 veces por semana por una empresa autorizada y dispuestos en rellenos sanitarios autorizados.

de las plantas de reparación y recauchaje (PL y OTR

Residuos Chatarras 7,5 ton/mes | Serán acopiados

sólidos metálicas, caucho temporalmente el sitio de

industriales no | molido, EPP no almacenamiento temporal de

peligrosos contaminados, estos residuos para trapos no posteriormente ser enviados a contaminados, rellenos sanitarios repuestos en autorizados. desuso, madera, plásticos etc. Tonners y | 0,6 ton/mes | Serán almacenados en una cartuchos, EPP bodega de almacenamiento contaminados, temporal de residuos chatarras metálicas peligrosos. El transporte y la y trapos disposición final se realizarán contaminados, a través de una empresa provenientes de la autorizada. limpieza y

. contenciones de Residuos sólidos derrames por mal Ñ uncionamiento de

peligrosos E maquinaria y equipos de operación Restos de solventes | 2 m*/mes Estos se almacenarán en la

Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos y posteriormente dispuestos en un lugar autorizado.

Referencia al

ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Numerales 4.3, 4.5.1 b), 4.5.2 b), 4.5.3 b) y 4.5.4 b) del Informe Consolidado de

Evaluación.

4.3.3. FASE DE CIERRE

Descripción de actividades

No se contempla el cierre del Proyecto. Sin embargo, ante una eventual fase de cierre, las actividades a realizar serían el desmantelamiento de las instalaciones y retiro de los equipos asociados.

Desmantelar o asegurar la estabilidad de la infraestructura

utilizada por el

En caso efectuarse la fase de cierre, se desmontarán equipos y estructuras. Los equipos que puedan ser reutilizados serán embalados y guardados en bodegas que disponga en titular del Proyecto y, los que no, se dispondrán en un sitio autorizado para ello.

Proyecto o

actividad.

Restaurar la | Las obras civiles serán demolidas en su totalidad, se retirará todo el hormigón geoforma o | del terreno, se restablecerán las condiciones iniciales del lugar. morfología,

vegetación y

cualquier otro

componente

ambiental que

haya sido

afectado

durante el

Proyecto (Y)

12/27

actividad.

Prevenir futuras emisiones desde la ubicación del

Proyecto o actividad, para evitar la afectación del ecosistema,

incluido el aire, suelo y agua.

Para prevenir futuras emisiones, el titular dará cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable en ese momento.

Mantención, conservación y supervisión que sea necesaria

Por la naturaleza del Proyecto, no se consideran implementar actividades de mantención ya que no se consideran obras remanentes, así como tampoco actividades de conservación y supervisión mientras se desarrollan las actividades de cierre.

Recursos naturales renovables

El Proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.

Emisiones y efluentes

Durante la fase de cierre se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión. Estas emisiones estarán asociadas al tránsito por caminos pavimentados y caminos no pavimentados, operación de maquinarias y operación de vehículos.

Tabla N* 6: Emisiones atmosféricas fase de cierre Emisión kg/día (90) S,/4

HC 2,2

NOx 17,1

Contaminante MP10 Emisión 3,1

MP2,5 1,81

Se estimó las concentraciones de material particulado en la estación con representatividad poblacional, Estación Inacesa, mediante el modelo SCREEN3, indicando el aporte del Proyecto a las concentraciones de MP-10 y MP-2,5 en dicha estación. Se estimó una concentración de 0,005 ug/m de MP-10 y 0,003 ug/m de MP-2,5. Mayores antecedentes se presentan en el Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA.

Respecto a la generación de residuos líquidos, se estima una generación de 96 m'/mes de aguas servidas, que serán manejadas mediante el uso de baños químicos. Estos residuos serán retirados directamente de los baños químicos con una periodicidad de tres veces por semana por una empresa autorizada. Además se generarán residuos industriales líquidos que corresponde al agua industrial acumulada en el estanque para la caldera y en la caldera misma. Se estima una cantidad total de agua industrial de 25 mi, los cuales serán retirados directamente por camiones estanque autorizados.

En cuanto a las emisiones de ruido, ante un eventual cierre de las instalaciones, las principales actividades que se realizan en dicha etapa corresponden principalmente al retiro de equipos, el que implica el desmontaje de recubrimientos y corte de estructuras de acero. Se estimó un nivel máximo de presión sonora de 63,4 dB. Para mayores antecedentes, ver Anexo 15 del Adenda 1 de la DIA.

Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.

Tabla N* 7: Residuos sólidos fase de cierre Tipo Descripción Cantidad

Forma de manejo y disposición final

Serán retirados diariamente de los frentes de trabajo y acopiados de manera temporal en los colectores ubicados en el Bodega de

restos de comida, | 4,8 ton/fase envases y envoltorios,

papeles, desechos

de alimentos y

Residuos sólidos asimilables a domésticos

13/27

artículos de aseo personal, etc.

Almacenamiento Temporal de Residuos Domésticos de la instalación en contenedores

combustibles, lubricantes y restos de insumos sin uso

cerrados herméticos para posteriormente ser enviados a rellenos sanitarios autorizados. Residuos Cartones, maderas, | 93,2 Serán acopiados sólidos escombros, restos | ton/fase temporalmente en la Bodega industriales no | de hormigón, de almacenamiento de peligrosos plástico, EPP no residuos no peligrosos de la contaminado, instalación para luego ser equipos y transportado a un sitio de maquinarias etc. disposición final autorizado. Respecto a los equipos y maquinarias estos serán retirados de la planta y dispuestos en sitios de disposición final autorizada. Restos de | 2 ton/fase Serán almacenados en una combustibles, bodega de residuos peligros. envases de El transporte y la disposición lubricantes usados, final se realizarán a través de huaipes y arenas una empresa autorizada por la contaminadas autoridad sanitaria provenientes de la limpieza y Residuos contenciones de sólidos derrames de peligrosos maquinaria y equipos durante el cierre. Restos de | 800 litros Serán almacenados en

tambores de 200 litros en la bodega de residuos peligros. El transporte y la disposición final se realizarán a través de una empresa autorizada.

Referencia ICE mayores detalles esta fase.

al para

sobre

Numerales 4.4, 4.5.1 c), 4.5.2 c), 4.5.3 c) y 4.5.4 c) del Informe Consolidado de

Evaluación

4.4. DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Parte, obra o acción que establece el inicio

La fase de construcción tendrá como actividad de implementación de la instalación de faena, ya que corresponde a la primera actividad que indica que el Proyecto comienza a ejecutarse de manera sistemática y permanente.

inicio, la

Parte, obra o acción que establece el término

El término de esta fase corresponderá al desmantelamiento de la instalación de faena.

4.4.2, FASE DE OPERACIÓN

Parte, obra o acción que establece el inicio

La fase de operación comenzará con la puesta en marcha de la planta.

Parte, obra o acción que establece el término

Se evaluará el cierre del Proyecto luego de 30 años de operación.

14/27

5%, Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N?

19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Impacto no significativo

Contaminación atmosférica

Se generarán emisiones de material particulado y gases de combustión. Sin embargo, según inventario de emisiones presentado en Anexo 6 del Adenda 1 de la DIA, dichas emisiones serán mayores durante la fase de construcción (6,8 kg/día MP-10 y 2,9 kg/día MP-2,5) y cierre (3,1 kg/día MP-10 y 1,81 kg/día MP-2,5) las que serán acotadas en el tiempo. Mientras que en la fase de operación, las emisiones atmosféricas serán menores y estarán asociadas al funcionamiento de la caldera.

Según modelo de calidad de aire, se obtiene que el Proyecto aportará en promedio con 0,011 g/m? de MP-10 y 0,005 ug/m? de MP-2,5 en la fase de construcción. Dicha fase es la que tiene asociadas mayores emisiones, las que disminuyen en la fase de operación y eventual cierre. En la fase de operación, las emisiones no superan 0,007 .g/m' y 0,003 g/m? para MP- 10 y MP-2,5, respectivamente, mientras que en la fase de cierre el valor de concentración será de 0,005 ug/m? de MP-10 y 0,003 ug/m* de MP-2,5.

Respecto del ruido generado, los niveles más altos se presentarán durante la fase de construcción debido a actividades asociadas a la excavación para la nivelación del terreno y el hormigonado de fundaciones y radieres, estimándose un nivel máximo de presión sonora de 63,9 dB. Mientras que durante la fase de operación, se estimó un nivel máximo de presión sonora de 58,9 dB. Además, el Proyecto se localiza en una Zona de Uso Industrial Exclusiva según el Plan Regulador Comunal.

Parte, obra o acción que lo genera

Actividades relacionadas con la construcción, operación y cierre del Proyecto.

Fase en que se presenta

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Construcción, operación y cierre.

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Impacto no significativo

El Proyecto no generará efectos adversos significativos sobre los recursos naturales renovables.

No habrá pérdida de suelo, el Proyecto se encuentra emplazado en una Zona de Uso Industrial Exclusiva según el Plan Regulador Comunal. No se generarán emisiones o descargas que puedan afectar este componente. Por otra parte, el Proyecto contará con plan de contingencias y emergencias que considera una serie de medidas en caso de derrames de sustancias peligrosas.

15/27

En la zona del Proyecto no se presentan superficies con plantas, algas, hongos, animales silvestres y biota. No obstante lo anterior y en caso de cualquier contingencia, el titular presenta un plan de contingencia para fauna silvestre el cual se presenta en el Anexo 2 del Adenda 1 de la DIA.

La zona donde se emplazará el Proyecto se considera zona de uso industrial, destinada a industrias molestas y peligrosas, que se encuentra actualmente intervenida y que presenta baja biodiversidad. No obstante lo anterior, no se generarán emisiones y descargas que pudieran afectar la condición de línea base de agua, suelo o aire. Respecto al uso de agua, esta será adquirida sólo a proveedores autorizados, mientras que el suelo no se verá afectado debido a que el Proyecto se emplazará en una zona intervenida y de uso exclusivo industrial. En cuanto a las emisiones atmosféricas, estas serán de baja magnitud y se generarán en mayor cantidad durante la fase de construcción, la que tendrá una duración de nueve meses, donde se implementarán medidas de control de emisiones.

En la zona de desarrollo del Proyecto no se concentran fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. El D.S. N* 38/2011 establece 70 dB como límite máximo de presión sonora para zona de uso industrial exclusivo. Los niveles de ruido más altos se presentarán durante la fase de construcción, estimándose un nivel máximo de presión sonora de 63,9 dB. Mientras que durante la fase de operación, se estimó un nivel máximo de presión sonora de 58,9 dB.

Todos los residuos generados y sustancias químicas utilizadas por el Proyecto serán manejados de acuerdo a la normativa vigente. Tanto los residuos sólidos y líquidos serán retirados por empresas autorizadas y dispuestos en sitios autorizados.

El Proyecto no intervendrá recursos hídricos. El uso de recursos hídricos será realizado mediante proveedores autorizados.

El Proyecto no contempla la introducción de especies exóticas al territorio nacional o en áreas, zonas oO ecosistemas determinados.

Referencia al ICE para mayores

detalles sobre este específico

impacto

Numerales 4.5.1, 4.5.2, 4.5.3, 4.5.4, Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación.

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Impacto no significativo

El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

El Proyecto no generará reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. El Proyecto se encuentra emplazado en una Zona de Uso Industrial Exclusiva según el

16/27

| Plan Regulador Comunal.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Impacto no significativo

El Proyecto no se localizará próximo a poblaciones, recursos, áreas protegidas sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares o territorio con valor ambiental en que se pretende emplazar.

El Proyecto se encuentra emplazado en una Zona de Uso Industrial Exclusiva. No se ubica próximo a población protegida por leyes especiales. No se emplaza en un área protegida, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares o territorios con valor ambiental o recursos protegidos.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA VALOR PAISAJÍSTICO O TURISTIC

, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL O DE UNA ZONA

Impacto no significativo

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración del valor paisajístico o turístico de la zona

El Proyecto se encuentra emplazado en una Zona de Uso Industrial Exclusiva según el Plan Regulador Comunal. No se identificaron zonas de interés turístico. Además, no se generará alteración del valor paisajístico del área del Proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

S.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL

PATRIMONIO CULTURAL

Impacto no significativo

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural

El Proyecto se encuentra emplazado en una Zona de Uso Industrial Exclusiva según el Plan Regulador Comunal, que no está próxima a algún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288, ajustándose al uso de suelo permitido por el instrumento de planificación territorial vigente. De acuerdo a la prospección arqueológica realizada en el área de emplazamiento del Proyecto (Anexo 8 del Adenda 1 de la DIA), el sector prospectado y las áreas aledañas se encuentran muy intervenidos antrópicamente por lo que no existen evidencias patrimoniales superficialmente.

17/27

| Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Capítulo VI del Informe Consolidado de Evaluación

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

( 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra

| pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 138 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el numeral 3.3.1 de la DIA, numeral 1 de la sección IMI del Adenda 1 de la DIA.

6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de sitio de almacenamiento temporal de residuos sólidos no peligrosos

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del presente permiso.

Pronunciamiento del Órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 140 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el numeral 3.3.2 de la DIA, numeral 2 de la sección III del Adenda 1 de la DIA.

| 6.1.3. Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos, del artículo 142 ¡ del Reglamento del SEIA.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción a que aplica

Habilitación de un sitio para el almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos.

Condiciones o

No existen condiciones o exigencias asociadas al otorgamiento del

18/27

específicas para su otorgamiento

exigencias presente permiso.

Pronunciamiento del | La SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta se pronunció conforme órgano competente respecto de los requisitos entregados por el titular al Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 142 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales que acreditan su cumplimiento se presentan en el numeral 3.3.3 de la DIA, numeral 3 de la sección III del Adenda 1 de la DIA y Anexo 1 del Adenda complementaria de la DIA.

7?. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: AIRE

[NORMA

e Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud. Norma para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza.

e Decreto Supremo N* 138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de declarar emisiones que indica.

e Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de cargas que indica.

e Decreto Supremo N? 48 del Ministerio de Salud. Reglamento de Calderas y Generadores de Vapor.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación, cierre

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá con todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente normativa, adoptando medidas que impiden el escurrimiento de materiales y la dispersión de polvos.

Se declararan las emisiones de fuentes fijas del Proyecto. La información se proporcionará anualmente a la correspondiente SEREMI de Salud.

Se contempla que para la operación de vehículos de transporte, cuya carga de ripio o arena u otros materiales a ser transportados no escurran y caigan al suelo, se cubrirán con lona u otro material para impedir su dispersión al aire. Se exigirá el cumplimiento de la presente normativa a la empresa encargada del transporte, a través de contrato la supervisión y control que sea necesario.

Durante la etapa de operación se realizarán las mantenciones respetivas de la caldera, además de respetarse las condiciones de operación y seguridad especificadas en cada caso. Se mantendrá un registro de mantenciones de la caldera.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Registros de humectación de caminos.

e Registros de declaración de emisiones de fuentes fijas. e Registros de mantenciones de la caldera.

e Certificados de revisión técnica de vehículos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación

7.2. COMPONENTE/MATERIA: RUIDO

NORMA

  • Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes emisoras que indica.

19/27

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto cumplirá con lo señalado en la presente normativa, referido a niveles máximo permisibles de presión sonora corregido (NPC). Se mantendrá un registro de mediciones de ruido en la fase de operación.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registro de mediciones de ruido en la fase de operación.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.2 del Informe Consolidado de Evaluación

7.3. COMPONENTE/MATE

RIA: CONTAMINACIÓN LUMÍNICA

NORMA

e Decreto 43/12. Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica a partir de la revisión del Decreto Supremo N* 686/1998 del Ministerio de Economía,

Fomento y Reconstrucción

Fase del Proyecto a la que

¡aplica o en la que se dará

cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

Toda la iluminación exterior proyectada cumplirá con la presente normativa. Esto para evitar el encandilamiento de aves silvestres en la zona del Proyecto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Certificaciones de cumplimento de la normativa, por parte de laboratorios autorizados por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.3 del Informe Consolidado de Evaluación

7.4. COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS LÍQUIDOS

NORMA

  • Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario;

Decreto Supremo N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas

en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Las aguas servidas que se generarán en la fase de construcción serán manejadas mediante el uso de baños químicos durante los primeros cuatro meses, periodo en el cual se realizará la construcción de la red interna de agua potable y alcantarillado, incluyendo una planta de tratamiento de aguas servidas, que será utilizada durante toda la operación del Proyecto. Durante la fase de cierre se utilizarán baños químicos.

Indicador que acredita su cumplimiento

o Registros de retiro y disposición final en sitio autorizado de

aguas residuales de baños químicos.

Registros de mantenciones de la planta de tratamiento de aguas servidas.

Autorización de SEREMI de Salud para el funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas.

Referencia al ICE para

Numeral 8.1.4 del Informe Consolidado de Evaluación

20/27

| mayores detalles

7.5. COMPONENTE/MATE

RIA: RESIDUOS SÓLIDOS

NORMA

  • Decreto con Fuerza de Ley N 725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario; Decreto Supremo N 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo; Decreto Supremo N* 148/2003 del Ministerio de Salud.

Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto contará con sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos domésticos, industriales no peligrosos y peligrosos. Todos los residuos serán almacenados, retirados y transportados hasta un sitio de disposición final autorizado.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Registros de retiro y disposición final en sitio autorizados.

e Autorización de SEREMI de Salud para el funcionamiento de los sitios de almacenamiento temporal de residuos sólidos

domésticos, industriales no peligrosos e industriales peligrosos.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.5 del Informe Consolidado de Evaluación

7.6. COMPONENTE/MATE

RIA: SUSTANCIAS PELIGROSAS

NORMA

e Decreto Supremo N* 160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de seguridad para las instalaciones y Operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos;

Decreto Supremo N* 78/2009 del Ministerio de Salud.

Reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, operación y cierre

Forma de cumplimiento

El titular considera almacenar combustible líquido en un contenedor de 50 m?. Se tomarán todas las medidas de seguridad que establece el presente decreto y será responsabilidad del profesional del área de prevención de riesgos asegurar su cumplimiento. Como indicador de cumplimiento el titular exigirá a la empresa contratista de abastecimiento de combustible, contar con todas las autorizaciones pertinentes para realizar la actividad. La bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, cumplirá cabalmente con lo establecido en la normativa.

| Indicador que acredita su ' cumplimiento

e Autorizaciones de la empresa contratista para realizar

abastecimiento de combustible.

Autorización por parte de la SEREMI de Salud para el almacenamiento de sustancias peligrosas.

| Referencia al ICE para

mayores detalles

Numeral 8.1.6 del Informe Consolidado de Evaluación

21/27

7.7. COMPONENTE/MATERIA: FAUNA

NORMA

e Ley N” 19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley de Caza y su Reglamento (D.S. N* 05/98);

  • Decreto Supremo N 5/1998 del Ministerio de Agricultura, modificado por Decreto Supremo N 53/2004. Aprueba reglamento de la Ley de Caza.

| cumplimiento

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción, operación y cierre

| Forma de cumplimiento

Indicador que acredita su

En el sector no se encuentran especies con problemas de conservación. El Proyecto no contemplará la caza o captura de animales de fauna silvestre. No obstante lo anterior, se presenta un plan de contingencia para fauna silvestre y se establecerá la prohibición de tenencia de fauna doméstica (ej. perro, gatos) en el área del Proyecto, a los trabajadores y contratistas; así como también la prohibición de alimentación a la fauna silvestre o doméstica por parte de los mismos.

cumplimiento

e Registros de capacitaciones a trabajadores y contratistas.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.7 del Informe Consolidado de Evaluación

7.8. COMPONENTE/MATERIA: PATRIMONIO CULTURAL

NORMA

e Ley N” 17.288/1970 del Ministerio de Educación. Ley sobre Monumentos Nacionales Legisla sobre Monumentos Nacionales;

e Decreto Supremo N 484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N 17.288 relativo a excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

| Forma de cumplimiento

Indicador que acredita su

Ante un hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá según la presente normativa. De producirse la anterior situación, el titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.

cumplimiento

e Registro de envío de correspondencia al Consejo de

Monumentos Nacionales.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.8 del Informe Consolidado de Evaluación

7.9. OTRAS NORMATIVAS

NORMA

e Resolución Exenta N 133/2005 del Ministerio de Agricultura Servicio Agrícola Ganadero, modificada por Resolución Exenta N? 2.859/2007. Establece Regulaciones Cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera y sus modificaciones.

aplica o en la que se dará

Fase del Proyecto a la que

cumplimiento

Construcción y operación

Forma de cumplimiento

En la eventualidad que equipos y/o maquinarias provengan del

22/27

extranjero y vengan embalados con madera, se avisará con 10 días de anticipación a la Dirección Regional SAG indicando el Puerto de Ingreso. En el caso de los materiales del Proyecto que se encuentren en almacén, se entregará a la Dirección Regional SAG los documentos pertinentes del ingreso al país, debidamente visados.

Indicador que acredita su cumplimiento

e Registros de envío de correspondencia a la Dirección Regional

SAG.

e Documentación de ingreso de materiales.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 8.1.9 del Informe Consolidado de Evaluación

8”, Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias:

8.1. Hallazgo arqueológico o paleontológico

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la | que aplica

Construcción

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Proceder según lo establecido en normativa aplicable en caso de hallazgo arqueológico o paleontológico.

Descripción: En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N* 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular deberá paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir. Su implementación deberá ser efectuada por el titular del Proyecto.

Justificación: Protección del patrimonio cultural

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este organismo disponga los pasos a seguir.

Oportunidad: Construcción del Proyecto

Indicador que acredite su cumplimiento

e Registro de envío de correspondencia al Consejo de Monumentos

Nacionales.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.2.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

8.2. Abastecimiento de agua industrial

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Control de abastecimiento de agua industrial

Descripción: Se mantendrá un registro y control sobre el punto de

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abastecimiento de agua industrial a emplear por los camiones aljibes que suministrarán al Proyecto, el cual deberá incluir la documentación que permite tal extracción. Se deberá remitir a la Dirección Regional DGA un primer informe al inicio de la construcción y luego en forma trimestral una copia del citado registro.

Justificación: Mediante los registros se controlará el suministro de agua industrial, el cual debe ser de proveedores autorizados.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se remitirá a la Dirección Regional DGA informes periódicos con los registros de abastecimiento de agua industrial.

Oportunidad: Se remitirá a la Dirección Regional DGA, un primer informe al inicio de la construcción, y luego en forma trimestral una copia del citado registro.

Indicador que acredite su cumplimiento

e Registros de abastecimiento de agua industrial.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.3.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

9.1. Colaboración con bomberos en caso de siniestros

Impacto asociado

No aplica

Fase del Proyecto a la | que aplica

Construcción, operación y cierre

Objetivo, descripción y justificación

Objetivo: Colaborar con bomberos en caso de siniestros dentro del área del Proyecto.

Descripción: En el caso de haber algún siniestro el titular se compromete a devolver los insumos y equipos, u otros elementos que bomberos hiciera uso en la contingencia. Además, informar mediante informe técnico, en un plazo no superior a 7 días hábiles de los antecedentes del accidente. El Informe Técnico usará formato OREMI.

Justificación: Se colaborará con bomberos y autoridades en caso de ocurrir un siniestro que afecte las instalaciones del Proyecto.

Lugar, forma y oportunidad de implementación

Lugar: Área del Proyecto.

Forma: Se devolverá a bomberos los insumos y equipos que se usarán durante la contingencia y se informará a las autoridades sobre ésta.

Oportunidad: Se informará a las autoridades en un plazo no superior a 7 días hábiles de ocurrido en accidente.

Indicador que acredite su cumplimiento

e Registros de adquisición de insumos y equipos para bomberos. e Informe técnico del accidente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Numeral 10.1.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

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10%. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y Emergencias, son las

siguientes:

10.1. PLAN DE PREVENCIÓN DE CONTINGENCIAS

10.1.1. Sismo, incendio, emergencia en caso de accidente con daño a persona, emergencias ambientales, contingencias asociadas a fauna silvestre.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Planta PL, Planta OTR, Patio de Servicio, Oficinas, Instalaciones en General.

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Contingencias establece una serie de medidas preventivas y acciones inmediatas que podrán ser adoptadas por el titular frente a desastres o emergencias que se pueden presentar en las instalaciones de manera local, de esta manera reducir el riesgo, para que no puedan ser vulneradas las personas, equipos instalaciones y alrededores. Mientras que el Plan de Contingencias de Fauna Silvestre indica la forma de actuar y proceder en caso de hallazgos y rescate de fauna en el área del Proyecto, lo que posteriormente dará paso a la rehabilitación y liberación en hábitat natural de él o los individuos rescatados.

Forma de control y seguimiento

Se entregará un informe preliminar a las autoridades correspondientes, que señale el tipo contingencia y la actividades que se realizaron, dentro de las 24 horas de ocurrida la contingencia. Luego se enviará un informe que detalle las contingencia sucedida, las actividades que se desarrollaron, los componentes afectados, residuos generados, disposición de ellos, si existieron personas heridas, etc., dentro de 5 días hábiles de ocurrida la contingencia.

En caso de que se registren hallazgos de individuos de

fauna silvestre, se dará aviso inmediato a la Dirección Regional SAG.

expediente de evaluación que

contenga la descripción detallada

Referencia al ICE o documentos del | Anexo 2 del Adenda 1 de la DIA, Anexo 1 del Adenda

complementaria de la DIA, Numeral 7.1 del Informe Consolidado de Evaluación.

10.2. PLAN DE PREVENCIÓN DE EMERGENCIAS

ambientales.

10.2.1. Sismo, incendio, emergencia en caso de accidente con daño a persona, emergencias

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, operación y cierre

Parte, obra o acción asociada

Planta PL, Planta OTR, Patio de Servicio, Oficinas, Instalaciones en General.

Acciones o medidas a implementar

El Plan de Emergencias establece la forma mediante la cual el titular identifica y evalúa las situaciones de emergencias, así como define los planes necesarios para controlar y mitigar los efectos de éstas.

Forma de control y seguimiento

Se entregará un informe preliminar a las autoridades correspondientes, que señale el tipo contingencia y la actividades que se realizaron, dentro de las 24 horas de ocurrida la contingencia. Luego se enviará un informe que detalle las contingencia sucedida, las actividades que se desarrollaron, los componentes afectados, residuos generados, disposición de ellos, si existieron personas heridas, etc., dentro

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de 5 días hábiles de ocurrida la contingencia.

Referencia al ICE o documentos | Anexo 1 del Adenda complementaria de la DIA, Numeral 7.2 del expediente de evaluación del Informe Consolidado de Evaluación. | que contenga la descripción | detallada

| ] 1] | | |

  1. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

  2. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

14, Que, para que el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  1. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Antofagasta la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

  3. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA.

  4. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

  1. Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta", de Kal Tire S.A.

2*. Certificar que el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3”, Certificar que el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta' cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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4?, Certificar que el Proyecto "Instalación Kal Tire Antofagasta" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

5”. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.4 del presente acto.

6”. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo al artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

TIN VOLTA VALENCIA

ntendente Regional Presidente

Comisión de Evaluación

Región de Antofagasta

Región de Antofagasta

A , An n

VVV/R /FLR/EV amm. Distribución: Propopnénte. Órgános de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente. Expediente Proyecto. Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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