Piscicultura Trainel
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente el proyecto "Piscicultura Trainel". Resolución Exenta N° 5 6 Puerto Montt, j 4 1111k VISTOS: 1.- Lo dispuesto en la Ley N° 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N° 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N° 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y la Resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. 2.- La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), la Adenda y la Adenda Complementaria del proyecto "Piscicultura Trainel", presentados por el señor Igor Stack Lara, en representación de Salmones Tecmar S.A. 3.- Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II, Punto 2.3 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Piscicultura Trainel". 5.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto "Piscicultura Trainel" 6.- El Acta de Evaluación N°04-11 / 2015 de fecha 03 de septiembre de 2015, del Comité Técnico de la Región de Los Lagos. 7.- El ICE de la DIA del proyecto "Piscicultura Trainel", de fecha del 07 de septiembre de 2015. 8.- El acuerdo de la sesión de fecha 14 de septiembre de 2015 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos. CONSIDERANDO: 1.- Que, el señor Igor Stack Lara, en representación de Salmones Tecmar S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Piscicultura Trainel" (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes: Nombre o razón social Salmones Tecmar S.A. Rut 79.809.870-5 Domicilio Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual. Puerto Montt Nombre representante legal Rut representante legal Igor Horacio Stack Lara 12.248.102-6 Domicilio representante legal Correo electrónico Titular, o representante legal Ruta 226 Km. 8 Camino El Tepual. Puerto Montt
igor.stack@marineharvest.com 2.- Que, conforme se indica en el ICE de fecha 03 de septiembre de 2015, el Director Regional del SEA de la Región de Los Lagos ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto éste cumple con la normativa, incluidos los requisitos para el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales de los artículos 138, 139, 140, 156 y 157 del RSEIA; y no requiere de la elaboración de un EIA. 3.- Que, en sesión del 14 de septiembre de 2015 la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos acordó calificar favorablemente el proyecto, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 03 de septiembre de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SETA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta. 4.- Que, según lo señalado en la DIA, la Adenda y la Adenda Complementaria, las cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica: 4.1. ANTECEDENTES GENERALES Objetivo general Evaluar y regularizar los componentes ambientales de la Piscicultura Trainel, la cual está construida y operando desde el año 1988. Además, someter a evaluación la implementación del sistema de tratamiento de RILes y la planta de tratamiento de lodos. Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones n.5. Producción anual de engorda de peces 8 ton o cultivo de microalgas y/o juveniles de otros recursos hidrobiológicos que requieran el suministro y/o evacuación de aguas de origen continental, marina o estuarina, cualquiera sea su producción anual o.7. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales líquidos. Vida útil Indefinida Monto de inversión US$1.300.000.- Gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución La instalación de faenas de la empresa encargada de la implementación de los equipos del sistema de tratamiento de efluentes. Proyecto se desarrolla por etapas Si No X Proyecto modifica un proyecto o actividad Si No El proyecto corresponde a la regularización y modificación de una piscicultura que se encuentra construida y operando desde el año 1988. La piscicultura cuenta con unidades productiva con recirculación de agua y otras con flujo abierto, y mantiene una biomasa máxima instantánea de 220 toneladas de salmónidos. El proyecto contempla someter a evaluación una mejora en los sistemas de tratamiento de RILes, a través de la implementación de un sistema de rotofiltros y desinfección UV y una planta de tratamiento de lodos que deshidratará los lodos al 85% de humedad para su posterior retiro y disposición en un lugar autorizado. X Proyecto modifica otra(s) RCA [sólo en caso de que el proyecto sí modifique un proyecto o actividad] Si No X 4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO División político-administrativa Región de Los Lagos, Provincia de Chiloé, Comuna de Chonchi, específicamente en el Sector Huillinco. Superficie 5,5 hectáreas Coordenadas UTM en Datum WGS84 Las coordenadas UTM de referencia que definen la ubicación del predio (punto medio) son las siguientes: Este 590.921 Norte 5.276.128 10 (Datum WGS84, Huso 18 s). Caminos de acceso La accesibilidad al predio donde se emplazará el proyecto es por la ruta W-80, que une la ruta 5 con la localidad de Huillinco y desde esta localidad se accede por un camino vecinal. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, Figura 1 de la DIA se presenta croquis indicativo de la localización del proyecto y la figura 2 de las rutas de acceso al proyecto. georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones En el Anexo II de la DIA se presenta un plano de ubicación general de la piscicultura. 4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO 4.3.1. FASE DE CONSTRUCCION La infraestructura actual que posee la piscicultura consta de: • 7 salas para el proceso productivo (5 salas flujo abierto y 2 de recirculación), • Bodega de materiales, • Taller de mantención, • Sistema de ensilaje, • Rodiluvio, • Zona de almacenamiento de residuos domésticos, • Bodega de generadores y sala eléctrica, • Estanque de gas, • Estanques de combustible, • Oficinas administrativas, • Casa jefe piscicultura, • Casa de huéspedes, • Comedor y cocina, • Baños. Para visualizar la distribución espacial de bodegas y oficinas al interior del centro piscícola. 4.3.2. FASE DE OPERACIÓN El proyecto considera la regularización de una piscicultura de recirculación y flujo abierto, para mantener una biomasa máxima instantánea de 220 toneladas de engorda de peces entre 4 a 18 Kg. El programa de producción anual de la piscicultura incluye 2 líneas de proceso, Oncorhynchus kisutch (Coho) que comienza su producción a través de la recepción de ovas ojo, y Salmo Salar (Salmón Atlántico), que comienza con la recepción de alevines. Una vez alcanzado el peso deseado de ambas líneas de proceso, los peces son trasladados a centro de reproductores. 2.2.1 Descripción del Proceso Productivo El proyecto descrito en esta DIA contempla las siguientes salas, en N° y dimensiones que se detallan en la Tabla 9 de la DIA La distribución espacial de las instalaciones de esta piscicultura se presenta en el esquema general de la Figura 7 de la DIA. Se debe precisar que actualmente la Sala 7 de la figura posee infraestructura de cultivo pero se encuentra desconectada del sistema y en proceso de modificación para ser utilizada como taller mecánico. Etapa de cultivo: En la Piscicultura Trainel se realizan las siguientes etapas dentro del cultivo: Incubación, Alevinaje y Engorda, en 2 líneas de producción, las cuales se detallan a continuación: a) Salmo salar (Salmón Atlántico). La línea Salar comienza con la llegada de alevines proveniente de otros centros, con un peso en el rango de 10 a 300 gr, según necesidades de la empresa. Una vez ingresados al centro, comienzan a ser alimentados en función de las dietas y programas de alimentación que posee la piscicultura, los cuales están estrictamente supervisados por el departamento de nutrición. Luego, en su etapa de alevinaje, el pez alcanza 1 kg promedio, peso en el cual es derivado a salas de engorda hasta obtener un peso de 6 a 18 kg, definido por el programa de producción de la piscicultura que dura entre 3 y 4 años. Una vez alcanzado ese peso, los peces son enviados a los estanques de traslado, en el cual se procede a esperar su retiro hacia otros centros para su etapa final, hasta completar el ciclo de reproductores. Oncorhynchus kisutch (Coho) La producción comienza con la recepción de ovas preferentemente en estado de ojo, ya que son más resistentes al movimiento, no descartándose el uso de ovas verdes. Una vez recepcionadas las ovas, éstas son dispuestas en 25 bateas de incubación con 8 canastillos. Luego, el pez comienza su etapa de alevinaje, hasta alcanzar los 150 gr promedio, peso en el cual es derivado a salas de engorda, hasta obtener un peso definido por el programa de producción de la piscicultura, el cual se encuentra en el rango de los 4 a 6 kg. Una vez alcanzado ese peso, los peces son enviados a los estanques de traslado, en el cual se procede a esperar su retiro hacia otros centros para su etapa final, hasta completar el ciclo de reproductores. Sistemas de Recirculación El sistema de recirculación de agua considera dos sistemas espejos de 6 estanques cada uno, los cuales cuentan con su propio sistema de tratamiento que es parte del proceso productivo de la piscicultura. Los sistemas realizan el acondicionamiento de sus efluentes líquidos que salen de cada circuito para ser reingresadas nuevamente a cada sistema de cultivo de peces. El proceso de recirculación considera un tratamiento de acuerdo al siguiente esquema: • Sistema de filtro rotatorio: Un rotofiltro por sistema, destinado a la retención de los sólidos que provienen de los estanques de cultivo. La malla micrométrica que contienen ambos filtros es de 60 um. Biofiltro: Un biofiltro por sistema de tratamiento biológico para eliminar parte de los productos metabólicos de los peces, principalmente amonio. • Retenedor de Sólidos: Sistema destinado a retener los sólidos provenientes de los Biofiltros. • Microtamiz: Medida de seguridad para evitar el paso de sólidos a los estanques de cultivos. La malla micrométrica que posee el tamiz es del0 um • Sistema de desgasificación y mezcla: Un desgasificador por sistema, destinado a desgasificar el agua eliminando el contenido de CO2 presente. • Sistema UV: Desinfección UV de canal abierto para ambos sistemas, que permite la eliminación de cualquier patógeno antes de reingresar las aguas a las unidades de cultivo, asegurando la inocuidad del agua utilizada en el proceso. El agua que sale de los estanques puede ingresar a la línea médica, solo ante contingencias. Línea diseñada como sistema de seguridad y de tratamiento sanitario en caso de contaminación. Se precisa que esta agua no conecta con el pipping que recircula el agua, sino que se dirige al sistema de tratamiento de lodos; o puede ingresar al rotofiltro para la retención de sólidos. Si ingresa a este último, el 80% de las aguas se dirigen luego al desgasificador y mezcla, y el agua restante, el 20%, se dirige hacia el biofiltro, al retenedor de sólidos y al microtamiz, para luego unirse en el desgasificador con el resto de las aguas. Del desgasificador, un 30% pasa al sistema UY para la eliminación de patógenos, para que finalmente toda el agua se dirija hacia los estanques. (Ver figura 10 de la DIA). En cuanto a la línea de agua limpia, ingresa y salen 2.592 m3 /d de agua al sistema, la cual es descargada el río Trainel cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3. Actualmente los lodos producidos en el rotofiltro, biofiltro y microtamiz son enviados a un cono de decantación de 15 m3 para la sedimentación y acopio de los lodos. Posteriormente se retiran mediante un servicio autorizado con frecuencia mensual o quincenal. La figura 10 de la DIA presenta un esquema general de los sistemas de recirculación implementados. El caudal máximo a descargar por la piscicultura corresponde a 48.592 m3/día. Requerimientos de Alimentación: La alimentación de los peces se hace en forma manual, hasta saciedad por 24 horas, cuya cantidad se calcula de acuerdo a la etapa de cultivo y la cantidad de los peces dispuestos en el estanque. Las cantidades máximas de alimento por día son 2 toneladas, la cual es almacenada en cada una de las salas de la piscicultura en un lugar seco, fresco y sin exposición directa a la luz, lo que permitirá mantener la calidad del alimento. Requerimientos de Energía: Los requerimientos energéticos de la piscicultura son cubiertos por Empalme de SAESA, y 3 generadores: 2 generadores de 130 KVA para bombeo de agua desde pozos; 1 generador de 300 KVA, para el sistema de recirculación. Para el almacenamiento de combustible se cuenta con dos estanques de 1.000 litros cada uno para abastecimiento de petróleo para el generador, y un estanque de 4 m3 para abastecimiento de gas, inscrito ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Ver Anexo III. Requerimientos de Agua: a) Consumo Humano Actualmente, todos los trabajadores se abastecen de agua de pozo mediante un sistema particular, el cual se encuentra en tramitación sectorial para obtención de resolución de Agua Potable. Además, Aguas Manantial, les proporciona diariamente a la piscicultura agua embotellada. b) Consumo Productivo La piscicultura cuenta con fuentes de agua de pozos y del Río Trainel, los cuales alimentan tanto a las instalaciones con sistemas de flujo abierto y sistema de Recirculación. La demanda total de agua para abastecer la Piscicultura a una máxima biomasa de producción es de 530 L/s.De este máximo caudal a utilizar una parte proviene del río Trainel por medio de un canal de aducción de 0,5 m3 /s. Los antecedentes para la aprobación del proyecto de construcción de bocatoma se encuentran en tramitación sectorial, ver Anexo VIII de la DIA. Otra parte de los requerimientos de agua serán cubiertos por pozo profundos ubicados dentro del predio en el cual se instala el proyecto. Cabe señalar que las aguas a utilizar para el proceso de cultivo de la Piscicultura provienen de un derecho no consuntivo de agua superficial sobre el río Trainel, y 5 derechos consuntivos de aprovechamiento subterráneos, todos otorgados por la Dirección General de Aguas de la Región de Los Lagos (ver tabla 6 de la DIA). Insumos: en la Tabla 1 del adenda se indican las Sustancias y productos químicos utilizados en Piscicultura Trainel. Cabe señalar que la piscicultura considera la utilización de cloruro de sodio (NaCl) para la realización de tratamientos terapéuticos antifungicos, estas soluciones en las cuales se realizan los baños para peces, pueden variar en concentraciones del 1 al 2% de NaCl. Se aclara que estas soluciones son evacuadas desde los estanques y dirigidas al sistema de tratamiento de RILes junto con el caudal efluente para ser descargado al río Trainel, cumpliendo con la tabla 3 de D.S. 90, el cual regula este tipo de descargas. Se estima que el consumo promedio mensual de NaCl en la piscicultura corresponde a 38 mil kilos de este producto. Se aclara además que la piscicultura cumple con tabla 3 del D.S.90, donde no se solicita evaluación del parámetro cloruro, sin embargo, en base a los análisis presentados en el informe de Línea de Base Acuática adjunto en el anexo IV de la Declaración de Impacto Ambiental, se observó que los parámetros de cloruro en el medio natural, varían en el orden de los 18 mg/1 hasta los 36 mg/1 aguas abajo del cauce del río Trainel. Cabe señalar que se evidenció una tendencia al aumento del parámetro cloruro aguas abajo del cauce fluvial, es decir más cercano al área del lago Huillinco, lo cual se debe a la existencia en el lago de una capa inferior de agua salobre como condición natural, el cual en algunos puntos se obtienen valores de 425 mg/L de concentración. Es por lo anterior que los organismos vivos que existe y transitan en el cuerpo receptor, como también en el lago, están biológicamente preparados para este tipo de condiciones ya que es parte natural del entorno donde se emplaza el centro. Además de lo indicado, es importante señalar que estos análisis se realizaron en la operación actual de la piscicultura, cuyos caudales y consumos de NaCl no variaran con la incorporación del sistema de tratamiento de efluente y el sistema de tratamiento de lodos del proyecto en evaluación. Residuos Líquidos: Los residuos líquidos generados por el proyecto son los siguientes: • Aguas servidas domésticas. • Aguas provenientes de los estanques de cultivo. a) Aguas servidas domésticas Las aguas servidas generadas en la etapa de operación, provenientes de las instalaciones del personal, son canalizadas mediante un sistema de alcantarillado particular, hasta una fosa séptica, para posteriormente ser infiltradas por medio de drenes La capacidad de la fosa considera el máximo de trabajadores por turno, es decir las 15 personas, si se estima una dotación de agua de 250 L/día por persona, se obtiene un volumen aproximado de 4,7 m3 /día de aguas servidas domésticas a descargar, utilizando un factor de recuperación del 100%, considerado el peor escenario previsto. El titular presentará de forma sectorial los antecedentes y requisitos técnicos relativos a la autorización para el proyecto de alcantarillado particular del proyecto ante el organismo competente (Autoridad Sanitaria Regional). En el Anexo V de la presente declaración se adjuntan especificaciones técnicas del proyecto de Alcantarillado particular y su respectivo plano. b) RILes A continuación se presenta un esquema de las principales descargas y residuos del proyecto en su etapa de implementación futura: Figura 12. Esquema de Descargas y Residuos etapa de Operación El volumen total de efluentes líquidos es equivalente al agua proveniente del sistema de flujo abierto con la cual se abastecen 5 salas de la piscicultura (510 Lts/seg) y al agua que se renueva en los sistemas de recirculación. Una vez las aguas salen de cada sala, se dirigen por 2 canales de descarga hacia el Río Trainel, cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3. Cabe señalar que el sistema de flujo abierto de la piscicultura posee la capacidad de reutilizar sus aguas en época estival, las cuales salen de las salas impulsadas por una bomba de reúno hacia un estanque de acumulación de 30 m3 , pasando por un filtro de retención de sólidos e ingresando nuevamente al sistema. La capacidad de re-uso alcanza el 20%. Existen otros caudales generados por rebalse del río y overflow (aguas limpias) de los sistemas de recirculación, los cuales son dirigidos al río a través de un tubo de descarga independiente o descarga 2. Además, confluyen en dicha descarga líquidos clarificados provenientes del cono de decantación de lodos. Sumado a lo anterior la descarga 1, se encuentra actualmente fuera de funcionamiento debido a condiciones de operación. El titular del proyecto informará oportunamente a la autoridad respectiva a través de sus autocontroles, cuando esta descarga entre en operación. Los puntos de descarga están determinados por las siguientes coordenadas UTM (m). Tabla 17.Coordenadas Geográficas Puntos de descargas Piscicultura a Río Trainel. Etapa de implementación. La incorporación de mejoras al sistema de tratamiento de Riles, la planta de tratamiento de Lodos y sus hitos de implementación forman parte de esta etapa y representan la situación de operación futura de la planta. Las obras de adecuación para la instalación del equipamiento, se realizarán dentro de la infraestructura existente por lo que no se contempla la ejecución de obras civiles durante este periodo. Actualmente los efluentes de la piscicultura son descargados por 3 descargas diferentes. Con la implementación del sistema de tratamiento de RILes, consistente en un sistema de rotofiltros y desinfección UV, se considera una única descarga al río Trainel cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3. A su vez, actualmente los lodos producidos en el rotofiltro, biofiltro y microtamiz, todos componentes del sistema de recirculación, son enviados al cono de decantación para la sedimentación y acopio de los lodos generados. Sin embargo, una vez implementados los equipos de tratamiento de RILes se desea incorporar simultáneamente, un sistema de tratamiento de lodos, para deshidratar el sólido que retienen los rotofiltros, sirviendo además, para deshidratar los lodos provenientes de los sistemas de recirculación. A continuación se detallan los procesos de cada uno de los sistemas y las obras menores para la implementación de los equipos. Figura 17. Layout Implementación Sistema de Tratamiento de Riles y Planta de Lodos Sistema de Tratamiento de Riles: El sistema de tratamiento de riles provenientes del proceso productivo, tiene como objetivo tratar los efluentes generados en los estanques de la piscicultura y que serán descargados al río Trainel. Está compuesto por: • Filtro Rotatorio(2): que logra la remoción de sólidos suspendidos • Sistema de Desinfección UV: para garantizar la eliminación de cualquier patógeno, previo a su descarga al Río Trainel cumpliendo con la normativa reguladora. Para ver la distribución espacial del sistema y sus componentes ver figura 17. El caudal máximo de agua del efluente a tratar, 1000 L/s, proveniente de los estanques de cultivo (incubación, alevinaje, engorda), será conducido por tuberías de desagüe hasta un sistema de microfiltración compuesto por 2 filtros rotatorios y desinfección UV. Finalmente se enviarán a estanques de acumulación para el tratamiento de Lodos. Este sistema tendrá la cualidad principal de disminuir el contenido de líquido del material filtrado y, en definitiva, de los lodos, mientras que las aguas efluentes del filtro se descargarán al Río Trainel previo paso por el sistema de desinfección. Respecto al uso de filtro rotatorio, cabe indicar que es uno de los sistemas de microfiltración más utilizados en pisciculturas, el que opera bajo el simple principio de colador mecánico, con una trama de 60 p.m, con lo que se logra la remoción de sólidos suspendidos al quedar retenidos en la malla micrométrica. Los filtros serán instalados en canales abiertos. Las partículas serán atrapadas en el lado interno de la malla de filtración, escurriéndose el agua filtrada hacia fuera de la malla de filtrado. El filtro permanecerá en su posición inicial, es decir, estático. A medida que las partículas son retenidas, la malla comenzará a saturarse, lo que provocará que el nivel del agua en el interior del filtro suba. Al alcanzarse el nivel máximo establecido, una señal eléctrica generada por los sensores de nivel del tipo varilla, accionará el tambor rotatorio conjuntamente con la bomba de retrolavado. El tambor rotatorio girará en 180 grados, con lo que la parte limpia de la malla quedará sumergida en el agua, continuando la filtración. La bomba de retrolavado inyectará agua limpia a presión alta sobre la parte superior de la malla, con lo que se retiraran los residuos de la misma. Cabe señalar que una vez implementado este proceso el titular del proyecto contempla la unificación de las 3 descargas de la piscicultura, descritas en la etapa de operación, cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3 que regula los límites máximos permitidos de concentración de residuos líquidos a cuerpos de agua Lacustre. El caudal a tratar por los filtros rotatorios y por el sistema de desinfección UV se desglosa como sigue: Tabla 23.Resumen de caudales de afluentes y efluentes de rotatorios Lugares Caudal (L/seg) Carga (kg/h) Envío Afluente filtros rotatorios 852 51 A filtros rotatorios (2) Caudal lodo salida rotatorios 6,4 9,9 Estanque acumulación 50 m3 Caudal agua filtrada rotatorios 845 1,8 Río Trainel. El plano layout del proyecto se adjunta en el anexo II de la DIA donde se detalla los equipos a implementar. Sistema de tratamiento de lodos: tiene como objetivo deshidratar los residuos del sistema de recirculación y los filtros rotatorios detallados anteriormente, mediante el equipamiento y los procesos necesarios para obtener un lodo de acuerdo a la normativa vigente. El ril proveniente del estanque de acumulación de 50 m3, alimentará la planta de tratamiento de Lodos en forma continua, se tratará con polímeros (coagulante y floculante) para aumentar su concentración y tamaño de partículas, mejorando su capacidad de sedimentación. El ril floculado es llevado a una etapa de sedimentación constituida por sedimentadores. El lodo sedimentado y acumulado en el fondo de los estanques, por gravedad son bombeados al deshidratado en un filtro prensa. La planta de tratamiento consta de las siguientes operaciones unitarias y equipos correspondientes: a) Recepción, ecualización e impulsión de aguas. • Bombas de Impulsión. • Sensores de Nivel. • Sistema de agitación y/o aireación. b) Dilución y dosificación de polímero. • Mezclador polímero (para el floculante) • Bombas dosificadora de polímeros (coagulante y floculante) c) Floculación y espesador de cal. • Tubo floculador (a suministrar por el mandante) • Agitador lento. • Estanque Espesador (a suministrar por el mandante) d) Sedimentación. • Estanques Sedimentadores. (a suministrar por el mandante) e) Deshidratado de lodos. • Bomba neumática de lodos. • Compresor de aire. • Filtro Prensa. El requerimiento de humedad considerado en el lodo deshidratado de esta planta considera la ausencia de agua libre, con un promedio de aproximadamente 85 % en sólidos secos, es decir, lodo sólido en condiciones de ser transportado hasta el lugar de disposición fmal, sin que este exude ni disponga de agua libre para la generación de reacciones bioquímicas de degradación no deseadas. El filtrado clarificado resultante del deshidratado caerá en un vertedero de un material impermeable como por ejemplo hormigón o PVC, para ser conducido a través de tuberías al inicio del Sistema de Tratamiento de Riles, con el fin de ser nuevamente tratado y desinfectado antes de la descarga. (Ver anexo I del Adenda, layout de proyecto). 4.3.3. FASE DE CIERRE El proyecto no considera etapa de abandono, sólo se contempla las mantenciones necesarias a fin de que las instalaciones sigan desempeñando sus funciones de manera eficiente, además se implementarán los ajuste necesarios para extender la vida útil del proyecto. Aunque no se contempla el cierre de las instalaciones, en caso de ocurrir por algún evento se procederá a retirar y trasladar toda la biomasa a otras pisciculturas, posterior a esto, se desmantelarán las instalaciones y se trasladarán a una bodega para su almacenamiento. 4.4. CRONOLOGÍA DE LAS FASES DEL PROYECTO Cronograma etapa de implementación Etapa Duración Etapa Instalación 4 meses Etapa Puesta en marcha 2 meses 5°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300: 5.1. Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones y residuos Impacto ambiental Emisión de material particulado, gases, ruido y residuos sólidos y líquidos. Parte, obra o acción que lo genera Proceso productivo y tránsito vehicular. Fase en que se Rana o • eración Las emisiones de gases en la etapa de operación están ligadas a la frecuencia de transporte de carga y el uso de vehículos livianos. Estas emisiones se consideran mínimas dado el uso intermitente y acotado de camiones y vehículos durante el día. Las emisiones producto del funcionamiento del grupo electrógeno de respaldo a petróleo, se consideran eventuales y mínimas dado que el uso es sólo en casos de emergencia, y además existe ventilación en el lugar de emplazamiento. Por otro lado, la principal fuente de emisión de polvo particulado durante la etapa de operación es el tránsito de vehículos pesados hacia y desde la piscicultura, para lo cual se restringe la velocidad máxima a 20 km/h dentro del camino vecinal sector Pinda. Asimismo, la alta pluviometría de la zona mitiga en gran cantidad el levantamiento de polvo durante la operación de la piscicultura. Similar situación se suscita en la etapa de implementación, donde las emisiones de gases y material particulado se consideran mínimas, debido a que provienen del tránsito de vehículos livianos con frecuencia baja utilizados para el transporte de un determinado material o trabajador, y a la ausencia de obras civiles o movimientos de tierra. Además, las condiciones de operación de la piscicultura se mantienen por lo que el volumen y cantidad de residuos no presenta variaciones en cuanto a su cuantificación. Desde el punto de vista acústico, las principales fuentes de ruido asociadas a la piscicultura corresponden a las bombas del sistema de reúso y al grupo electrógeno de respaldo frente a eventuales cortes de energía de red. En menor grado se consideran las fuentes localizadas en la sala de sopladores, estanques, canteras, etc. De acuerdo a la evaluación del agente físico ruido para la etapa de operación del Proyecto, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. 38/11). Lo precedente se referencia a los antecedentes técnicos del Proyecto, lo declarado por el titular, ubicación de puntos críticos, distancia asociada entre fuente — punto receptor y los resultados obtenidos de la modelación matemática de proyección de ruido (Anexo IV de la DIA). Las aguas servidas generadas en la etapa de operación, son canalizadas mediante un sistema de alcantarillado particular, hasta una fosa séptica, para posteriormente ser infiltradas por medio de drenes según lo indicado en el capítulo II de la DIA. El volumen estimado de este tipo de efluente equivale a 4,7 m3 /día. El plano y proyecto de alcantarillado se adjunta en el anexo V de la DIA. Los RILes generados en la etapa de operación actual son equivalentes al agua proveniente del sistema de flujo abierto con los cual se abastecen 5 salas de la piscicultura (510 Lts/seg), y al agua que se renueva de los sistemas de recirculación. Una vez las aguas salen de cada sala, se dirigen por 3 canales de descarga hacia el Río Trainel, cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3. Existe otro caudal generado por rebalse del río y overflow (aguas limpias) de los sistemas de recirculación, los cuales son dirigidos directamente a una de las descargas. Cabe señalar que estas aguas no reciben ningún tipo de tratamiento debido a que poseen una calidad apta para cultivo. Actualmente Piscicultura Trainel cuenta con Resolución SISS 50-07 que fija los límites máximos de caudales considerando todas las descargas y los límites máximos permisible en concentración para los contaminantes asociados a cada descarga. El actual proceso de evaluación contempla mejoras a los sistemas existentes, por lo tanto, una vez implementado el sistema de tratamiento los RILes, la descarga al río Trainel se realizará previo paso por filtros rotatorios y un sistema de desinfección LTV, cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3, Dado lo anterior no se prevé riesgo para la salud de la población. Los residuos domésticos generados en la operación e implementación de la Piscicultura, son depositados en un contenedor hermético claramente identificado y emplazados en la zona de acopio de residuos No Peligrosos que posee la piscicultura, para ser retirado por una empresa autorizada y dispuestos en un lugar autorizado de forma quincenal. Los lodos generados en la etapa de operación del proyecto, provenientes del tratamiento de las aguas de recirculación, alcanzan un volumen total de 15 m3 /mes con una humedad del 98%. Estos lodos son almacenados en un cono de decantación y retirados con frecuencia mensual o quincenal, a través de un servicio externo para su disposición final en un lugar autorizado En la etapa de implementación los lodos tratados alcanzarán un volumen estimado de 16 m3 /mes, con un porcentaje de humedad del 85%, en condiciones de ser transportado hasta el lugar de disposición final, sin que este exude ni disponga de agua libre para la generación de reacciones bioquímicas de degradación no deseadas. Los residuos peligrosos que se originan en la operación de la piscicultura Trainel son enviados de manera inmediata a base Teupa de acuerdo a Resolución RESPEL que autoriza el almacenamiento transitorio de residuos peligrosos generados por las actividades del titular. Sin perjuicio de lo anterior, el titular del proyecto trabaja actualmente en la implementación de una bodega de almacenamiento de residuos peligrosos siguiendo el D.S. 148/2003 (Almacenamiento de Residuos Peligrosos) en su Art. 33, que especifica los requisitos que cumplirá la bodega. La mortalidad es enviada a un sistema de ensilaje, descrito en el punto 2.2.7.3 de la DIA, para ser posteriormente enviada a plantas reductoras autorizadas como materia prima. Considerando los antecedentes anteriormente expuestos, que los residuos tanto líquidos como sólidos presentan un manejo ambiental adecuado y las condiciones ambientales del lugar de emplazamiento del proyecto, se concluye que la ejecución del proyecto no generará riesgo para la salud de la población. Asimismo, no generará, en ninguna de sus fases, efluentes, emisiones ni residuos que presenten riesgo para la salud de la población. 5.2. Efectos adversos significativos sobre incluidos el suelo, agua y aire Impacto ambiental la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, . Alteración de calidad del agua del curso fluvial y lago Parte, obra oacción que lo genera Fase en que se presenta Producción de fecas por los peces y alimento no consumido. . Operación Referencia para mayores detalles sobre este impacto específico Punto 5 del Adenda N°1. El manejo de las aguas servidas en la etapa de operación considera su canalización mediante un sistema de alcantarillado particular, hasta una fosa séptica, para posteriormente ser infiltradas por medio de drenes de infiltración. Las aguas provenientes de la operación de la Piscicultura son descargadas hacia el Río Trainel cumpliendo con el DS 90 Tabla N°3. Existe otro caudal generado por rebalses del río y overflow (aguas limpias) de los sistemas de recirculación, el cual es dirigido directamente a una descarga dada su calidad de agua apta para sistemas de cultivo. Respecto a los RILes generados en la etapa de implementación estos serán descargados al río Trainel a través de una única descarga, previo paso por filtros rotatorios y un sistema de desinfección UV. Además, y como se indica en el Informe de Línea de Base Ambiental Acuática (Anexo IV), considerando todas las variables analizadas sobre el río Trainel, se puede sostener que si bien se modificaron las características del curso natural del agua con la construcción de la bocatoma y la restitución de aguas, la condición de calidad no se ve alterada aguas debajo de las descargas, en donde las variables físico-químicas expresan una buena calidad de agua, y en donde la comunidad de invertebrados acuáticos se muestra saludable, con la presencia de especies que indican una buena calidad ambiental. La características generales de los efluentes descargados no cambian de manera significativa respecto a lo que actualmente se realiza en la piscicultura, considerando que la presente DIA tiene por objeto implementar un sistema de tratamiento de RILes y Lodos, unificando todas las descargas, por lo que no hay cambios en las actividades productivas que actualmente se realizan. Por lo tanto, las características de la descarga actual, se considera un peor escenario respecto a la condición futura, considerado por ejemplo que actualmente no existe desinfección en el efluente final del centro. Sobre la base de los antecedentes contenidos en la DIA se logró identificar el área donde se obtiene empíricamente la autodepuración del río Trainel luego de las descargas del efluente de la piscicultura, como asimismo, demostrar, que los efectos de la piscicultura no alcanzan al lago Huillinco. Los resultados que se presentan, permiten concluir que el efecto ambiental de la piscicultura está circunscrito exclusivamente al área comprendida entre el punto de descarga (PD) y la estación DD3. A partir de la estación DD3 - ubicada aguas abajo de DD2 — todas las variables fisicoquímicas y biológicas del cuerpo receptor retoman la condición natural prístina observable en los sectores muestreados antes de la bocatoma, es decir en las estaciones AB. En particular, los resultados obtenidos mediante el análisis de componentes principales (PCA), ha permitido evaluar en forma integral todas las variables levantadas in situ - físicas, químicas y biológicas — y obtener resultados que evidencian y permiten visualizar gráficamente zonas en el río Trainel y en Lago Huillinco. En el anexo I de la Adenda complementaria, el titular presenta los resultados de la estimación de la concentración del parámetro cloruro en el efluente de la piscicultura, considerando para ello la peor condición para la realización del tratamiento, es decir, la aplicación simultánea a todas las unidades de cultivo. El titular aclara que operativamente no es factible la ocurrencia de este escenario, sin embargo los cálculos se estimaron bajo estas condiciones. Cabe señalar que la Piscicultura Trainel, se basa en una estrategia de aplicación de tratamientos terapéuticos con cloruro de sodio, determinada por el médico veterinario de la empresa, la cual permite programar y coordinar los tratamientos de manera mensual. Junto a los cálculos anteriores, se presenta la estimación de la concentración del parámetro cloruro en el cuerpo receptor posterior a la descarga de la piscicultura. En base a los resultados obtenidos, si bien existe un aporte del parámetro cloruro al medio receptor, al comparar estos valores con la normativa aplicable, la cual controla los contaminantes asociados a residuos líquidos que se descargan a aguas continentales estableciendo límites para éstos de manera que se mantengan las condiciones ambientales libres de contaminación, los valores de concentración del parámetro cloruro aportados por la piscicultura no son significativos. Si se considera el límite máximo permitido para descargas de residuos líquidos a aguas continentales superficiales según indica el D.S. N° 90/00, el valor más exigente, lo establece la Tabla N°1, con un valor de 400 mg/l, valor que está sobre la concentración estimada en la descarga de efluente de la piscicultura. Considerando además el contenido natural del parámetro en el cuerpo receptor y que el punto de descarga se encuentra cercano a la desembocadura del río Trainel al lago Huillinco, el cual además, naturalmente posee una capa inferior de agua salobre. La Piscicultura Trainel se encuentra dividida en cinco sectores de flujo abierto y un sector (divido en dos áreas) con sistema de recirculación de aguas, aclarando que unidades de cultivo que se amparan bajo este tipo de sistemas, no son sometidas a tratamientos terapéuticos con bronopol o formaldehído. De acuerdo a la programación de tratamientos por parte del médico veterinario de empresa, la piscicultura realiza mensualmente hasta 4 tratamientos con bronopol y 8 tratamientos con formaldehído debidamente programados por área de cultivo, estos químicos son altamente usados por la industria para el tratamiento antifúngico de los peces. Cabe mencionar que mensualmente estos tratamientos son informados al Servicio Nacional de Pesca, tal como lo solicita la Autoridad. Se aclara además que los productos utilizados están debidamente autorizados por las Autoridades competentes, tal como se respalda en el anexo I del presente documento. Es necesario considerar que la metodología de aplicación de estos tratamientos, consiste en mantener las unidades de cultivo a flujo cerrado, aplicando el químico en un volumen de agua menor al volumen útil de cultivo, posteriormente se aplica el químico en el agua y se mantiene esta condición por una hora. Una vez que se cumple el tiempo estimado, las unidades de cultivo comienzan a ser liberadas y sus flujos de agua reestablecidos, caudales que comienzan a unirse con los efluentes de las otras áreas de cultivo que no se encuentran en tratamiento, ocurriendo aquí una primera dilución del químico, previo a la descarga de la piscicultura al cuerpo receptor natural de agua. Se considera además que el recambio de agua en cada estanque es aproximadamente de 0,8 a 1 vez/hora, lo que se traduce en un aporte puntual al sistema de estos químicos en un horario acotado al día según programación, por lo que se asume que en un día, la dilución de este químico es mayor. La estrategia sanitaria de cultivo relacionada con el uso de bronopol y formaldehído utiliza una concentración de tratamiento de 40 mg/1 y 180 mg/1, respectivamente, las cuales son estándar para la industria. Para el cálculo de la concentración de ambos químicos en el efluente, se asumió que el único aporte al medio natural de estos químicos es por parte de la piscicultura, asumiendo con esto que el valor de estos parámetros en el cuerpo receptor es cero. De esta manera, en el anexo I se adjuntan los cálculos respectivos. Sumado a esto, en el anexo VII de la Adenda 1, se adjuntó un informe de bioensayo de toxicidad realizados antes de la descarga de la piscicultura en el medio, posterior a la descarga y al RIL de la piscicultura, dando como resultado que las muestras de agua de río y del efluente de la piscicultura Trainel, carecen de toxicidad aguda para el organismo sometido a exposición, por lo que se podría deducir, que en base a los resultados obtenidos y presentados en el anexo I, estas concentraciones no provocarían una alteración en el medio. Finalmente, para el titular es importante aclarar que a nivel de industria, no se han aplicado herramientas que permitan dimensionar un efecto real en el medio respecto al uso de estos químicos a lo largo del tiempo. 5.3. Reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos En la localidad de Huillinco, si bien está presente de manera importante un Grupo Humano Indígena, algunos organizados, otros no, no se evidenció un apego a la etnia mapuche importante, en relación al rescate y mantención de aquellos elementos constitutivos de su cosmovisión (religión, organización social, medicina, entre otros). Sólo se apreció la existencia de elementos tradicionales como la gastronomía, artesanía y sistemas productivos de subsistencia, los cuales son considerados por la propia comunidad como característicos de la cultura chilota. Tales sistemas productivos ya no tienen la importancia económica de antaño, en cuanto a desarrollarse a menor escala y ser básicamente de autoconsumo especialmente cultivando papas y hortalizas y desarrollándose en las tierras que cada familia posee con algunas excepciones como son pequeños agricultores, algunos pertenecientes a las Comunidades indígenas, que participan del proyecto de INDAP "Desarrollo Territorial Indígena" con quienes desarrollan planes de manejo para la actividad forestal y la fabricación y cultivo en invernaderos. Si bien próximo al proyecto, existen terrenos y Grupo Humano Indígena, no se evidenció la presencia y realización de manifestaciones o sitios de significancia cultural para tal grupo, ni tampoco se observaron elementos materiales o símbolos que patenten la presencia de la etnia mapuche en el lugar. Por ende el centro piscícola no está próximo y no afecta sitios de significación cultural. En cuanto a afectación en sus modos de vida, actualmente, la configuración de las dinámicas sociales y los sistemas de vida se desarrollan coexistiendo, conviviendo y vinculándose con la piscicultura, la cual forma parte ya del cotidiano del grupo humano presente en el área de influencia, siendo manifiesta por parte de los entrevistados, la existencia de una buena relación con representantes de la piscicultura. Bajo esas directrices se han desarrollado programas de vinculación con la comunidad, a través del apoyo de proyectos e iniciativas con un enfoque participativo y promocional. Respecto a los modos de vida relacionados con el trabajo de la tierra, estos son desarrollados dentro los predios de propiedad de las distintas familias existente en el lugar, territorios donde el proyecto no tiene ninguna incidencia, ya que este también desarrolla sus actividades dentro de los límites prediales y el acceso de camiones se realiza por camino público que es la ruta W-80 y el camino vecinal sector Pinda, ambos ya habilitados y utilizados por ella y por lo tanto el proyecto no genera reasentamiento humano. Finalmente aquellos sitios culturales que tienen una importancia para los actores locales, como son cementerio, la iglesia, infraestructura comunitaria y los fogones donde se preparan comidas típicas, no se ven afectados por el proyecto, pues se ubican entre 1.000 y 1.500 m de éste, alejándose del área de influencia. Es importante señalar que la piscicultura se encuentra aislada de la localidad, pues entre las casas cercanas identificadas y el proyecto, existe una importante cortina vegetal y hacia el sur, un tramo de 400 m sin uso habitacional, entre el lugar de emplazamiento de la infraestructura y la primera vivienda identificada y a 1500 m del sector con mayor concentración de población de la localidad. Aquel factor que podría generar relación con el proyecto, es el tránsito de camiones principalmente aquel realizado por el camino vecinal sector Pinda. Este último es de ripio y es el acceso directo a la piscicultura. En él se emplazan sólo dos familias que viven todo el año en el lugar y el resto de viviendas sólo son de uso ocasional, con fines de descanso y/o veraneo, es decir como segunda residencia. Si bien el titular hace uso del camino a través de vehículos menores, el flujo de vehículos pesados, llámese camiones es más bien bajo, estimado en 10 camiones día. Existen aún familias que se abastecen del agua de los ríos para consumo del hogar, sin embargo el punto de donde extraen el agua desde el río Trainel es aguas arriba al punto de ubicación de la bocatoma desde donde se alimenta la piscicultura, no viéndose afectada por las actividades de ella. Respecto a aguas abajo de la zona de descarga, no se identificó un uso actual de ellas. Asimismo, en la posible incidencia en recursos naturales de uso en los sistemas productivos, tampoco se observó afectación significativa, ya que en cuanto a bosques que son uno de los recursos utilizados, son explotados en áreas alejadas a la piscicultura. Los campos, son de propiedad de cada familia que desarrolla sus actividades agrícolas y en los cuales el proyecto no realiza ningún tipo de intervención y el lago, si bien es alimentado por el río Trainel, lugar donde se descargan las aguas de la piscicultura, este no tiene un uso con fines productivos sino más bien turísticos, relacionados a la navegación. 5.4. Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar El proyecto se emplaza a más de 12 km en línea recta al sureste del área silvestre protegida más cercana, el Parque Nacional Chiloé. En proyecto se encuentra inmerso en un terreno de 12,5 hectáreas, de las cuales sólo se encuentran construidas aproximadamente 5 há., en un terreno de propiedad de la empresa Salmones Tecmar S.A. Si bien próximo a la piscicultura, existen terrenos y Grupo Humano Indígena, no se evidenció la presencia y realización de manifestaciones o sitios de significancia cultural para tal grupo, ni tampoco se observaron elementos materiales o símbolos que patenten la presencia de la etnia mapuche en el lugar. En cuanto a afectación en sus modos de vida, actualmente, la configuración de las dinámicas sociales y los sistemas de vida se configuran coexistiendo, conviviendo y vinculándose con la piscicultura, la cual forma parte ya del cotidiano del grupo humano presente en el área de influencia, siendo manifiesta por parte de los entrevistados, la existencia de una buena relación con representantes de la piscicultura. Aquellos sitios culturales que tienen una importancia para los actores locales, como son cementerio, la iglesia, infraestructura comunitaria y los fogones donde se preparan comidas típicas no se ven afectados por el proyecto, pues se ubican entre 1.000 y 1.500 m de éste, alejándose del área de influencia. Conforme a lo antes indicado, el proyecto no genera efectos adversos en el territorio donde es emplazado, así como tampoco en el valor ambiental del mismo. 5.5. Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona Según lo extractado en el punto 1.3.6.4 de la DIA y que se complementa con el informe de Línea de Base Paisaje y Recursos Escénicos, adjunto en anexo IV de laDIA, se concluye lo siguiente: El paisaje estudiado en este proyecto presenta características habituales a lo que se observa en la zona central de la isla de Chiloé, en la Región de Los Lagos. Se destaca la intervención humana en el área de estudio y sus inmediaciones. El relieve es plano, dominado principalmente por praderas (matriz principal), aunque existen amplias áreas con vegetación y bosque nativo. El área de estudio se encuentra en una zona intervenida, en donde existe una mixtura entre parches de praderas naturalizadas y parches de bosque nativo, quedando de manifiesto la intervención humana en el área de la piscicultura y sus alrededores. En relación al uso de suelo, no existen regulaciones (IPTs) que influyan en la realización del proyecto, además no se relaciona con ninguna de las áreas bajo protección oficial, ya que se encuentra a más de 12 km en línea recta al sureste del área silvestre protegida más cercana, el Parque Nacional Chiloé. En relación a la accesibilidad visual, se puede apreciar que el proyecto tiene un potencial de observadores muy bajo, dado por la alta restricciones tanto físicas (límites antrópicos) como naturales (cobertura arbórea), además, se debe considerar que las actividades de la piscicultura se llevan a cabo dentro del sector donde ya se encuentra emplazada, por lo que el paisaje no tendrá alteraciones adicionales a las ya existentes. Con los antecedentes antes señalados y teniendo en consideración las implicancias y objetivos que tiene el proyecto en el área, se puede concluir que no se establecen restricciones a la materialización de este, referente al componente de paisaje. En otras palabras, los resultados de este informe concluyen que el área de estudio es capaz de incorporar las estructuras del proyecto sin cambiar los atributos básicos del paisaje. 5.6. Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural De acuerdo a los resultados del Informe de Línea de Base de Patrimonio Cultural (Anexo IV de la DIA), se concluye que la revisión de antecedentes y la inspección arqueológica no dieron cuenta de la existencia de elementos patrimoniales protegidos por ley en el área donde se emplaza el proyecto. Cabe destacar que la piscicultura, la cual se encuentra construida y operando, no se emplaza cercana, ni considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos en la Ley N° 17.288; o la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigüedad, valor científico, contexto histórico o por su singularidad pertenecen al patrimonio cultural. 6°. Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación: 6.1. Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos 6.1.1. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza, del artículo 138 del Reglamento del SEIA Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de alcantarillado particular Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Pronunciamiento Pronunciamiento del competente Las aguas servidas generadas en el proyecto se canalizarán gravitacionalmente mediante tuberías hasta una fosa séptica para luego ser infiltradas en el suelo a través de drenes. La po blación atendida se estima en 15 personas. SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, oficio Ord. N° 889 del 1 __...___.___..__,... e diciembre de 2014. Referencia para mayores detalles Anexo 5 de la DIA; Punto 3.2 del Adenda. 6.1.2. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros, del artículo 139 del Reglamento del SEIA Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de tratamiento de residuos líquidos Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento Tratamiento físico mediante rotofiltros. El volumen tratado corresponderá a 510 1/s proveniente del sistema de flujo abierto y las descargas provenientes del sistema de recirculación. Punto de Descarga (UTMWGS-84) E 590.910 N 5.276.082 Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, oficio Ord. N° 889 del 1 de diciembre de 2014. Referencia para mayores detalles Punto 6.2, PAS 139, de la DIA; Punto 3.3. del Adenda. 6.1.3. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del Reglamento del SEIA Parte, obra o acción a la que aplica Sistema de ensilaje de mortalidad Condiciones o exigencias específicas ara su otorgamiento La capacidad máxima de almacenamiento (silo) corresponde a 10 m3. La generación máxima de ensilado se estima 164 Kg/día de mortalidad (60 ton/año). Pronunciamiento del órgano competente SEREMI de Salud de la Región de Los Lagos, oficio Ord. N° 889 del 1 de diciembre de 2014. Referencia para mayores detalles Punto 6.2, PAS 140, de la DIA; Punto 3.4. del Adenda. 6.1.4. Permiso para efectuar ......_. Parte, obra o acción a la que aplica modificaciones de cauce, del artículo 156 del Reglamento del SEIA Obra de captación y restitución de las aguas Condiciones o La barrera fija consistente en un muro de hormigón armado transversal al cauce exigencias específicas con una compuerta metálica para regular caudales. La función de esta obra es para su otorgamiento peraltar el eje hidráulico con el objetivo de que ingrese agua a la bocatoma lateral ubicada aguas arriba de la barrera fija. La profundidad al lecho es de 1.16 m aguas arriba y la compuerta es de 1.1 x 0.8 m la cual se acciona de forma manual y permite regular el flujo de agua así como también la evacuación de los sedimentos suspendidos y depositados en el lecho. Dicha obra también presenta una escalera de peces que permite comunicar la zona de aguas de la barrera fija con la de aguas arriba. La piscicultura restituye las aguas captadas al río Trainel a través de dos tuberías de HDPE corrugado de 1000 y 700 mm de diámetro, las cuales están insertas en un muro de alas (tipo boca) y un dado de hormigón respectivamente. Pronunciamiento del órgano competente DGA, oficio Ord. N° 1035 del 19 de agosto de 2015, Referencia para mayores detalles Adenda (Anexo VII) y Adenda Complementaria (Anexo II) Respecto a los permisos de los artículos 116 y 157 del RSEIA, éstos no resultan aplicables al proyecto, por cuanto éste no involucra una concesión o autorización de acuicultura y no comprende obras de regularización o defensa de cauces. 7.- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente: Normativa Forma de cumplimiento Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente El proyecto se somete a Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental bajo la forma de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA). D.S. N° 40/12 del Ministerio de Medio Ambiente "Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental", artículo 1° transitorio. La DIA incorpora los contenidos comunes y mínimos para su elaboración que refiere el Título III del D.S. N° 95/01 "Reglamento del sistema de Evaluación de Impacto Ambiental". D.S. N° 725/67 "Código Sanitario". Ministerio de Salud Para el manejo de las aguas servidas se contará con un sistema de alcantarillado particular. Las características y antecedentes técnicos del sistema de alcantarillado particular se encuentran contenidos en la DIA y Adenda. El Titular ha indicado las condiciones y especificaciones técnicas que reunirán los lugares destinados a la acumulación y disposición final de las basuras y desperdicios del proyecto. Los residuos sólidos domiciliarios, residuos industriales no peligrosos y residuos peligrosos serán almacenados transitoriamente en contenedores o bodegas, para su posterior envío a sitios de disposición final autorizados de acuerdo al tipo de residuo que se trate. D.S. (MINSAL) N° 594/99, Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo. El titular describe en la DIA las acciones para dar cumplimiento a las disposiciones contenidas en el Párrafo III referidas al manejo y disposición de residuos industriales líquidos y sólidos, así como al artículo 26 del Reglamento referida al manejo de las aguas servidas. El Titular señala que los residuos domiciliarios y aquellos no peligros serán almacenados transitoriamente en contenedores con tapa en lugares habilitados. Respecto a los residuos sólidos peligrosos serán segregados y almacenados transitoriamente en bodega que cuenta con Autorización Sanitaria. Las características y antecedentes técnicos de la bodega de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos encuentran contenidos en el punto 2.2.7.3. de la DIA El Titular deberá llevar un control y registro documentado de la disposición final de los residuos industriales peligrosos y no peligrosos, que acredite su disposición final en lugar autorizado. D.S. (MINSAL) N°138/05 Establece obligación de declarar emisiones que indica, modificado por el D.S (MINSAL) N° 90/10. El proyecto considera la utilización de grupos electrógenos de respaldo para la generación de energía eléctrica. Por lo tanto, el Titular deberá proporcionar a la autoridad competente, la información sobre emisiones, conforme a lo establecido en el citado Decreto y su modificación. D.S. (MINSAL) N° 144/61 Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquiera naturaleza Durante la etapa de construcción se producirá emisión de material particulado y gases producto de las excavaciones, movimientos de tierra, operación de plantas de materiales, circulación de vehículos y maquinaria, combustión de los motores de los vehículos y uso de grupos electrógenos. El Titular presenta en la DIA medidas tendientes al control de las emisiones de polvo y gases, no obstante deberá efectuar la humectación de caminos y áreas donde se realicen excavaciones y movimientos de material, y la utilización de camiones cubiertos durante el trasporte de los mismos. D.S. (MINSAL) N° 148/03 del Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos El Titular indica y describe la realización de un manejo diferenciado de los residuos sólidos peligrosos respecto del resto de los residuos. Señala a además, que los residuos peligrosos serán acopiados en recipientes, tapados y etiquetados, y almacenados transitoriamente en bodega que cumple con las condiciones señaladas en el Reglamento. En la DIA se consigna que los residuos serán retirados y enviados a lugar de disposición final autorizado. D.S (MINSAL) N°78/10 aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Los lugares para el almacenamiento transitorio de sustancias peligrosas deberán cumplir con todas las exigencias técnicas indicadas en el Reglamento. D.S. (MINSEGPRES) N° 38/11 Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. La DIA acompaña, en el Anexo IV de la DIA, una evaluación de ruido e impacto acústico del proyecto. El proyecto se desarrolla en sector rural, por lo que deberá cumplir con los límites máximos de presión sonora establecido para dicha área. D.S. (MINECON) N°160/08 aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. El proyecto requerirá de combustibles líquidos derivados del petróleo, fundamentalmente petróleo diésel, cuyo almacenamiento se realiza en dos estaques de 1000 1, además almacenará gas en un estanque de 4 m3, ambos inscritos en la SEC. En conformidad con lo establecido en los artículo 13, 15, 31 y 32, del presente Decreto el Titular deberá: - Mantener las instalaciones donde se almacene combustible en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro o daño al medio incluyendo los cursos de aguas superficiales o subterráneas - Velar por la correcta operación, mantenimiento e inspección de las instalaciones, a objeto de desarrollar las actividades en forma segura, eliminando o controlando los eventuales riesgos que la operación presente para las personas y cosas. - Contar con un Plan de Emergencia registrado por escrito y versionado. - Informar a la Superintendencia de Electricidad de Combustible, como a cualquier otro organismo público que lo requiera para el ejercicio de sus funciones, los accidentes que ocurran en sus equipos o instalaciones, de acuerdo a lo señalado en los artículos 33 y 34 del Reglamento. D. S . (MINSEGPRES) N° 90/01 "Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales." La Declaración contiene la información y antecedentes necesarios para evaluar el cumplimiento a la normativa. Los residuos líquidos de los estanque de cultivo será tratado en el sistema de recirculación de la piscicultura y mediante filtros rotatorios previo a su descarga el rio Trainel. Los lodos extraídos desde distintos puntosserán conducidos a los estanques de acumulación y decantación desde donde serán retirados. La descarga deberá cumplir con los límites máximos de contaminantes establecidos en la Tabla N°3 del citado Decreto. El monitoreo del RIL deberá realizarse en una cámara o dispositivo posterior a su tratamiento y previo a su descarga al cuerpo receptor. Para la medición de caudal, deberá utilizar un caudalímetro con registro diario, según lo dispone el numeral 6.3.2. fi. del D. S. MINSEGPRES N°90/00. Res. Ex. (SMA) N°117/13 Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre Procedimiento de Caracterización, Medición y Control de Residuos Industriales Líquidos En virtud de lo preceptuado en los artículos segundo y tercero de la Resolución, el Titular deberá presentar a la Superintendencia del Medio Ambiente, en la forma que ésta indique y con anterioridad al inicio de sus descargas, una caracterización de ella. Además, deberá solicitar a la Superintendencia del Medio Ambiente, un Programa de Monitoreo donde se establezcan las condiciones específicas del monitoreo de sus descargas de residuos industriales líquidos, en conformidad a la norma de emisión respectiva. Dicha solicitud deberá ser presentada, por escrito y en formato digital, con a lo menos noventa días de anticipación al inicio de la descarga de residuos industriales líquidos en la forma que establezca la Superintendencia del Medio Ambiente. La Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo a la información presentada por la fuente emisora, fijará por medio de una resolución las condiciones específicas para el monitoreo de las descargas de residuos líquidos industriales. Ley N° 18.892 "Ley General de Pesca y Acuicultura El titular ha descrito en la DIA las medidas necesarias para evitar introducir al cuerpo de agua superficial, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos. Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122/81 (modificado por Ley 20.017) Código de Aguas, El Titular acompaña los antecedentes para la evaluación del contenido ambiental del PAS N°156 del Reglamento del SETA, necesarios para la obtención de las autorizaciones por parte de la Ministerio de Justicia DGA para la construcción de las obras hidráulicas del proyecto. Dichas obras deberán concluir su trámite sectorial acompañando los antecedentes técnicos necesarios para aquello. 8.- Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte. 9.- Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución. 10.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. 11.- Que, para que el proyecto "Piscicultura Trainel" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 12.- Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos. 13.- Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del SEA Los Lagos la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA. 14.- Que, se hace presente al Titular que cualquier cambio al Proyecto que constituya una modificación de proyecto, en los términos definidos en el artículo 2° letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA. 15.- Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero. RESUELVO: 1.- Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Piscicultura Trainel", de Salmones Tecmar S.A. 2.- Certificar que el proyecto "Piscicultura Trainel" cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable. e La P ida Sanhueza Intendente te de la Comisión de Evaluación Región de Los Lagos 3.- Certificar que el proyecto "Piscicultura Trainel" cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 136, 137, 140 y 156 del D.S. N° 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.- Certificar que el proyecto "Piscicultura Trainel" no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental. 6.-. Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto. 7.- Hacer presente que contra esta Resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Dir o de o de la Región ctor Regi 71 valua. ón Ambiental fisión de Evaluación e Los Lagos / SA/ VC
D ib c. n CONADI, Región de Los Lagos DGA, Región de Los Lagos - DOH, Región de Los Lagos - Gobernación Marítima de Castro - Gobierno Regional, Región de Los Lagos - Ilustre Municipalidad de Chonchi - SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos - SEREMI de Salud, Región de Los Lagos - Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos - Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos - Subsecretaría de Pesca y Acuicultura - Superintendencia de Servicios Sanitarios - Superintendencia del Medio Ambiente. Cc - Expediente proyecto "Piscicultura Trainel" - Archivo SEA Los Lagos