Evaluación SEA

Perforación de Pozos Hidrocarburíferos en Área Yowhen

Rol 2129506726
SEA · DIA · Aprobado · 2014-06-02 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Gregorio Energy TDF SpA

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

Califica Ambientalmente el proyecto "Perforación de Pozos Hidrocarburíferos en Área Yowhen"

Resolución Exenta N* 263/2014

Punta Arenas, 9 de Septiembre de 2014 VISTOS:

l. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 04/08/2014, del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURIFEROS EN ÁREA YOWHEN”, presentado por Geopark TDF S.A, con fecha 26/05/2014,

  1. Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DÍA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURIFEROS EN ÁREA YOWHEN” de 26/05/2014.

  2. El Acta de Evaluación N*083/2014 de 27/08/2014, elaborada por el Comité Técnico.

  3. ELICE de la DIA del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN” de 29/08/2014,

5, El Acta N*22 de 09/09/2014, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURIFEROS EN AREA YOWHEN”.

  2. Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D,S, N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) y la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Ll. Que GEOPARK TDF 5.A (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN AREA YOWHEN” (en adelante, el Proyecto), que consiste en la perforación de 28 pozos en el poligono denominado Yowhen, para lo cual, en cada pozo, se deberá realizar la construcción de la locación, camino de acceso, perforación del pozo propiamente tal, evaluación de su potencial hidrocarburifero y el cierre de éste si es que corresponde. El proyecto no contempla la extracción de agua de formación.

  1. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29/08/2014, el Director Regional (S) de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 137 y 138 del D,S, N"40/2012 y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  2. Que, en sesión de 09/09/2014, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN”, aprobando integramente el contenido del ICE de 29/08/2014, el que forma parte integrante de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSELA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones en que se fundamenta,

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1, Ubicación del Proyecto y de sus partes, obras o acciones Región de Magallanes, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Porvenir Coordenadas Geográficas y UTM (Datum WG584)

Punto de Referencia Este Norte 1 515983 4115757 2 515202 4116059 3 514807 4116469 El 514530 4116301 5 514034 4117257 ó 513504 4117618 7 513545 4118187 8 3513604 4118800 9 3514460 4119661 10 514663 4119735 11 515113 4119774 12 516799 4119764 13 517517 4119626 14 517917 4119433 15 518011 4119082 16 518095 4118093 17 518011 4117801 18 517640 4117410 19 517280 4116493 20 516826 4115856

  1. Descripción de las etapas del Proyecto 2.1. Etapa de construcción

Fecha estimada de inicio Septiembre de 2014 0 A Je: ión E fica de la ubicación del Obra o acción que establece el inicio de la etapa O opoerahes cea uo icación:de

2.2 Etapa de operación Fecha estimada de inicio Noviembre de 2014 Obra o acción que establece el inicio de la etapa | Montaje equipo

2.3 Etapa de cierre Fecha estimada de inicio Noviembre de 2034

Obra o acción que establece el inicio de la etapa | Abandono del pozo

Actividades de scouting asociadas a la construcción de caminos y locaciones

3, Gestión, acto o faena mínima del Proyecto

  1. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes obras, etapas o actividades que se señalan en la siguiente(s) ficha (s):

Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

Permiso de cierre de una faena minera, del artículo 137 del RSEÍA Etapa del Proyecto a la cual corresponde

Etapa de Cierre o Abandono del proyecto

z : Abandono de cada Pozo y Retiro de instalaciones en Parte, obra o acción a que aplica z

superficie Pronunciamiento — del órgano | Oficio 2777 de fecha 14 de Junio de 2014 del Servicio de competente Geología y Minería, Zona Sur

Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o | particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desaglles, aguas servidas de cualquier naturaleza., del artículo 138 del RSEIA

Etapa del Proyecto a la cual corresponde

Etapa de Operación del Proyecto

Aplica a las aguas generadas desde los baños y cocina del campamento utilizado durante la operación o perforación de cada pozo, Las aguas servidas serán recolectadas por un sistema de canalización. Todas ellas confluirán a una planta de tratamiento ubicada dentro de la plataforma de

Parte, obra o acción a que aplica

perforación. Pronunciamiento — del órgano | Oficio 913 de fecha 18 de Agosto de 2014 de la Secretaria competente Regional Ministerial de Salud

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Componente/Materia: Caza

Norma

Ley N* 4.601, de Caza

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

El guanaco (Lama guanicoe), no se ve afectado por el desarrollo del presente proyecto, porque presenta una gran movilidad.

Indicador de cumplimiento

GeoPark dará cumplimiento a las prohibiciones establecidas en la norma, lo que hará extensivo a sus trabajadores y contratistas,

Componente/Materia: Protección Agrícola

Norma

Decreto Ley N* 3,557, Establece disposiciones sobre protección agrícola

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Durante la ejecución del proyecto se tomarán las medidas necesarias para evitar la contaminación de la agricultura.

Adicionalmente, se debe hacer presente que en caso de la ocurrencia de algún incidente sobre suelos de uso agrícola, se procederá a evaluar el evento con el apoyo un profesional ingeniero agrónomo con especialización y experiencia en dicha materia, y en los sistemas productivos agropecuarios de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, quien luego formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo.

Indicador de cumplimiento

En el eventual caso de requerir, se formulará un plan de recuperación del sitio afectado, de forma de devolver su capacidad agroproductiva al mismo

Componente'Materia: Arqueología

Norma

Ley N* 17.288/70 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales.

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Forma de cumplimiento

En la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontolágico el titular denunciará e informará a las autoridades pertinentes.

Indicador de cumplimiento

informar a la autoridad y se mantendrá archivado el respectivo registro de aviso en las oficinas del departamento HSE de la Compañía

Componente/Materia: Aguas Servidas

Norma

D.S. N*236, Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

La ejecución del proyecto contempla la instalación y operación de una planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) cuyo fin es tratar las aguas servidas generadas por el personal que labora simultáneamente en la faena, estimando un máximo de 40 personas durante la fase de operación,

Indicador de cumplimiento

El Proyecto considerará las medidas establecidas en la presente normativa.

Componente/Materia: Condiciones Sanitarias

Norma

D.S. N* 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Art. 15%. Se tendrá agua en estanques que permitirá cubrir las necesidades básicas de higiene y aseo personal, cumpliendo con las calidades que establece la reglamentación vigente.

Además se debe destacar que a pesar que el agua está potabilizada, en los equipos se cuenta con bidones de agua potable para el consumo humano.

Art. 16%, Este proyecto en ningún caso considera la descargada de sustancias radicactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables a una red pública de desagúe de aguas

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Forma de cumplimiento

servidas, ya que el objetivo del proyecto es la construcción de caminos, plataformas y perforación de pozos. Por otra, parte en el área de influencia del proyecto no existe red pública de desagiles de aguas servidas y/o sistema de alcantarillado,

Art, 177, El proyecto no incorpora ningún tipo de relave minero o industrial o aguas contaminadas con productos tóxicos de cualquier naturaleza a los cuerpos de aguas antes mencionados.

Art. 18%. El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales líquidos dentro de la plataforma de perforación. GeoPark cuente con una empresa contratista, encargada del almacenamiento, transporte y disposición final de los residuos industriales que se pudiesen generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende, exlge a su empresa contratista las autorizaciones Sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas,

Los residuos industriales no peligrosos son dispuestos por una empresa especializada, y se mantiene documentación de los registros de ingreso al Vertedero Municipal,

GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos industriales peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.

Art, 19% GeoPark, exige a su empresa contratista las autorizaciones Sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.

Art. 20%, Actualmente, GeoPark en cada oportunidad que requiere la disposición final o tratamiento de sus residuos peligrosos, presenta a la Autoridad Sanitaria una declaración que establece la cantidad y tipo de los residuos generados.

Art. 23% En la fase de construcción del proyecto, previo a la instalación y habilitación del sistema de recolección y tratamiento de aguas servidas, se requerirá la operación de baños químicos en los frentes de trabajo.

Los baños químicos se instalarán en los frentes de trabajo que lo requieran y en las cantidades indicadas en los articulos 23? y 24% del D.S. N* 594, de 1999, del Ministerio de Salud. La instalación, operación y limpieza de estos baños será contratada a una empresa especializada que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Art. 24%, Para la construcción del presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación

Art. 267. Las aguas servidas de los baños químicos producidas durante la etapa de construcción, son retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuestas adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista,

Art. 42%. Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente,

Árt.15?. 5e contará con suministro de agua a través de estanques de almacenamiento.

Art. 16%. No se descarga a la red pública de desagiles de aguas servidas sustancias radioactivas, corrosivas, venenosas, infecciosas, explosivas o inflamables o que tengan carácter peligroso en conformidad a la legislación y reglamentación vigente,

Árt. 17, No se considera la generación relave minero O

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industrial o aguas contaminadas con productos tóxicos.

Art. 18%, La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Indicador de cumplimiento

Art. 19%, La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.

Art. 20%, La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Art. 23%, Se proveen baños químicos en la fase construcción según lo establecido por la normativa vigente,

Art. 24%, 5e mantendrá archivados los registros asociados a los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Art. 26%. Se mantendrá archivados los registros asociados a la limpieza de los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Art 42% $e mantendrá archivados almacenamiento de dichas sustancias departamento de HSE de la compañía,

los registros de

en las oficinas del

Componente/Materia: Residuos Peligrosos

Norma

D.S, N* 148, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en este proyecto, al igual que todos los residuos sólidos y liquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria.

Por lo tanto, el manejo de los residuos peligrosos que se pudiesen generar durante el presente Proyecto será el mismo,

Indicador de cumplimiento

Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Componente/Materia: Emisiones atmosféricas

Norma

D.S. N* 144, Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, incluyendo gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Respecto de las emisiones atmosféricas generadas por los vehículos (gases y particulas), éstas deberán estar acordes con las regulaciones ambientales de emisión vigentes, situación que se verificará a partir de las revisiones técnicas respectivas y por el adecuado mantenimiento que se hará a los vehículos que sean utilizados en la obra

Respecto de las emisiones de gases y partículas generadas por los equipos y maquinarias utilizadas por el Proyecto, se contempla que éstas sean sometidas a mantenciónes periódicas que garanticen un adecuado funcionamiento.

Los camiones que transportarán material proveniente de excavaciones hacia puntos de acopio yfo relleno, lo harán cubriendo toda la carga a objeto de evitar la dispersión de particulas.

Indicador de cumplimiento La,

El Proyecto implementa medidas preventivas de las emisiones de gases y material particulado,

E EVa Se

¿émrponente/Materia: Condiciones sanitarias

Sana

D.F.L. N*725, Código Sanitario

Fay” del Proyecto a la que j

Operación

de cumplimiento

S S, 4 | SECRETA Va

SA

Artículo 71% letra a). El Proyecto requerirá abastecer de agua potable a los trabajadores, tanto en su fase de construcción, como

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de operación, estimándose que la demanda de consumo por trabajador será inferior o igual a 0,1 m3'dia. El agua potable necesaria para el equipo se almacenará en un estanque y la obtención de este recurso será desde algún curso de agua cercano, para lo cual el Titular del presente proyecto, arrendará los derechos de aprovechamiento de agua al titular correspondiente.

Los camiones que transportan el agua para este fin, cuentan con los permisos correspondientes de la Autoridad Sanitaria,

Artículo 71% letra b). El titular del proyecto presentará a la Autoridad Sanitaria regional, cuando corresponda, los antecedentes técnicos y formales necesarios de la planta de tratamiento de aguas servidas, a objeto de obtener la aprobación para el funcionamiento de las mencionadas instalaciones.

Esta tramitación es de carácter sectorial y la obtención de ésta no es parte de la presente Declaración de Impacto Ambiental.

Artículo 80%. Durante la construcción y operación del Proyecto se generaran residuos sólidos de tipo domiciliario, asimilables a domiciliarios e industriales, de acuerdo a lo indicado anteriormente en esta DÍA

Indicador de cumplimiento

Articulo 71* letra a). La documentación pertinente al sistema de potabilización, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía

Artículo 71% letra b). La documentación pertinente a la PTAS, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía

Artículo 80%, El Proyecto cumplirá con las condiciones sanitarias y de seguridad que establezca la Autoridad Sanitaria

Componente/Materia: Transpo:

re

Norma

D.5. N?75, Condiciones para el Transporte de Carga

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Los desperdicios que pudiesen generarse durante la ejecución del proyecto, son transportados por una empresa contratista que cumple con todo lo estipulado anteriormente, cubriendo los desperdicios con lonas que impiden la dispersión de estos al aire. El Proyecto no contempla el transporte de arenas, ripios u otros materiales

Indicador de cumplimiento

Los vehículos que transporten desperdicios no tendrán perdidas de éstos,

Componente/Materia: Transpo:

rte Carga Peligrosa

Norma

D.S. N*298, , Establece Normas para el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla que las actividades de transporte de los reactivos e insumos peligrosos sean realizadas por agentes autorizados,

Indicador de cumplimiento

GeoPark verificará que el transporte de las sustancias peligrosas de estricto cumplimiento a las disposiciones de seguridad establecidas en la norma citada, las que se exigirán contractualmente a las empresas especialistas que realizarán el transporte.

Componente/Materia: Seguridad Minera

Norma

D.S, N*152 de 2002, Reglamento de seguridad minera

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Artículo 68*. Para la ejecución del proyecto, el titular tendrá bajo control permanente las emisiones que se generen a causa de las actividades desarrolladas. Por otra parte, cuenta con contenedores habilitados para disponer los residuos generados durante el proyecto los cuales serán transportados y llevados a lugar autorizado.

Articulo 69*. Periódicamente se imparten inducciones al personal que ingresan a laborar en GeoPark 9 como parte de sus empresas

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contratistas, en dichas inducciones se les dará a conocer a las personas participantes de los compromisos asumidos en el proyecto en evaluación, para que de esta manera estén en conocimiento de estos y de su forma de cumplimiento,

Por otra parte, cada vez que sea necesaria la contratación de un tercero quedarán establecidos en las bases de licitación los requerimientos y solicitudes para cumplir con los compromisos asumidos por el titular.

Artículo 70*, GeoPark cuenta con empresas especializadas, que se encargan de los desechos generados, y verifica que estas cumplan con la legislación vigente.

Indicador de cumplimiento

Artículo 68%. Los registros de ingreso al lugar autorizado, se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía

Artículo 69”, Los registros de asistencia a las inducciones básicas de seguridad y medio ambiente, se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía

Artículo 70%. La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa pertinente, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Componente/Materia: Ruido

Norma

D.S. N”38/11. Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.

Fase del Proyecto a la que aplica

Operación

Forma de cumplimiento

Las obras y actividades que se desarrollarán en el área del Proyecto, tanto para la fase de construcción, como de operación, no constituyen un factor relevante de emisiones de ruido, que pudieran contribuir a generar un deterioro de la calidad acústica de la población que se emplaza en el entorno inmediato de las rutas de acceso, dado que los receptores más próximos se encuentran a más de 21,4 Km de distancia, lo que hace que las emisiones de ruido sean imperceptibles.

Cabe consignar que las emisiones de ruido generadas por los vehículos que realizarán el transporte estarán acordes con los estándares establecidos por el fabricante de éstos, lo cual se logrará a partir de las revisiones técnicas respectivas y por el adecuado mantenimiento que se hará a los vehículos.

Indicador de cumplimiento

El Proyecto ho generará ruidos molestos por fuentes fijas,

Componente/'Materia: Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras

Norma

Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras.

Fase del Proyecto a la que aplica

Cierre

Forma de cumplimiento

Una vez finalizada la vida útil del proyecto, se procederá a la etapa de cierre del mismo, para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras,

Indicador de cumplimiento

Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Componente/Materia: Almacenamiento Sustancias Peligrosas

Norma

D.S. N*7E, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.

Fase del Proyecto a la que Operación aplica Forma de cumplimiento Durante la operación del proyecto se considera el

almacenamiento de sustancias peligrosas.

El almacenamiento de sustancias químicas en los equipos de perforación, está compuesto por materiales sólidos y líquidos almacenados en tambores; cada producto químico está almacenado de manera adecuada y etiquetado con su respectiva ficha de seguridad o MSDS del producto,

Cada producto químico sólido se encuentra embolsado y protegido por cubiertas plásticas, y contenido sobre pallets, de

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manera de facilitar la manipulación, evitar el deterioro y humedecimiento del mismo.

Indicador de cumplimiento El proyecto cumplirá con todas las exigencias de seguridad establecidos en el reglamento para el adecuado manejo de las sustancias químicas, minimizando así el riesgo de la población.

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación se establecieron las siguientes condiciones o exigencias adicionales al Proyecto:

En el punto 10,1,2,2 del ICE se debe incorporar la siguiente información: Esquema final del pozo indicando las zonas de cementación y entubamiento Perfil litoestratigráfico. Dicha información debe ser entregada una vez definido el punto de perforación.

Fase del Proyecto a la que

: Construcción aplica Lugar y momento en que se : 7 JE verificarán Posterior a la perforación del pozo Indicador de cumplimiento Informe Enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente

Que al no describir actividades de fracturación de pozos, esta actividad no podrá realizarse sin previa evaluación ambiental, Fase del Proyecto a la que aplica

Lugar y momento en que se verificarán

Indicador de cumplimiento Informe Enviado a la Superintendencia del Medio Ambiente

Construcción

Posterior a la perforación del pozo

  1. Que, durante el procedimiento de evaluación el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

En cada oportunidad que se defina un punto de perforación, se remitirá a la Superintendencia del medio Ambiente un Informe Medio Ambiental, con la ubicación de la plataforma y el correspondiente camino de aceeso de un pozo, previo a iniciar la etapa de construcción de cada pozo, en Relación del Area de Emplazamiento con:

  • Población, Recursos y Áreas Protegidas

  • Sistemas de Vida y Costumbres de los Grupos Humanos

  • Valor Paisajístico y Turístico

  • Vegas y Humedales

  • Flora y Fauna

  • Recursos Hídricos

  • Monumentos Nacionales, Sitios de Valor Antropológico, Histórico y Perteneciente al Patrimonio Cultural.

  • Pozo, Plataforma de Perforación y Camino de Acceso Áridos.

Fase del Proyecto a la que | Etapa de construcción y operación, previo a iniciar la etapa de aplica construcción en cada pozo

Realizando las prospecciones previo a iniciar la etapa de construcción de cada pozo

La confirmación del ingreso del informe Medio Ambiental a la Indicador de cumplimiento Superintendencia de Medio Ambiente, estará en las oficinas del departamento de HSE

Forma de cumplimiento

  1. Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19,300, según se detalla a continuación:

IO En cuanto al riesgo para la salud de la población. | A ] BATAN o Existirá generación mínima de emisiones a la atmósfera, que ES NS ; corresponden a partículas y gases, generados por el movimiento de o i tierra, tráfico vehicular y por la combustión de vehículos y maquinarias, la SECRETAIRÍA pe los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la |

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Fase de construcción

legislación chilena,

La generación de aguas servidas de los baños químicos (de acuerdo al D.5.594 del MINSAL).

Generación mínima de residuos sólidos industriales menores, ya que en esta etapa los residuos son materiales de construcción que son reutilizados por la empresa Constructora.

Fase de operación

Generación mínima de emisiones a la atmósfera, que corresponden a partículas y gases, generados por el movimiento de tierra, tráfico vehicular y por la combustión de vehículos y maquinarias, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena.

Residuos no peligrosos, corresponden a un volumen no superior a los 20m3 por cada pozo perforado, los cuales serán dispuestos en el lugar autorizado.

Residuos peligrosos, corresponden a un volumen máximo de 10m3 por pozo perforado, los cuales serán Manejados de acuerdo a lo que se establece en el D,S 148 del Minsal,

Productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas.

Fase de cierre

Todos los residuos que se pueden generar en esta etapa, serán manejados de acuerdo a la legislación chilena.

  1. En cuanto a los efectos

adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Fase de construcción

Existirá generación mínima de emisiones a la atmósfera, que corresponden a particulas y gases, generados por el movimiento de tierra, tráfico vehicular y por la combustión de vehiculos y maquinarias, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena,

Generación de aguas servidas de los baños químicos (de acuerdo al D.5.594 del MINSAL).

Generación minima o nula de residuos sólidos industriales menores, ya

que en esta etapa los residuos son materiales de construcción que son |

reutilizados por la empresa Constructora,

Fase de operación

Generación mínima de emisiones a la atmósfera, que corresponden a partículas y gases, generados por el movimiento de tierra, tráfico vehicular y por la combustión de vehículos y maquinarias, los cuales cumplen con las normas de emisión permitidas por la legislación chilena.

Residuos no peligrosos, corresponden a un volumen no superior a los 20m3 por cada pozo perforado, los cuales serán dispuestos en lugar autorizado,

Residuos peligrosos, corresponden a un volumen máximo de 10m3 por pozo perforado, los cuales serán Manejados de acuerdo a lo que se establece en el D.S 148 del Minsal.

Productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas.

Fase de cierre

Todos los residuos que 5e pueden generar en esta etapa, serán manejados de acuerdo a la legislación chilena.

  1. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

a

de construcción

El Proyecto no contempla la reubicación de población humana o alteración significativa de los sistemas de vida y/o afectación a costumbres de grupos humanos dado que se encuentra a unos 21,4 kilómetros de la comunidad más cercana.

Dadas las características del Proyecto y el emplazamiento de éste, se

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estima que no se causará una alteración significativa en la libre circulación, la conectividad y en los tiempos de desplazamiento, asi como, tampoco habrá alteración significativa al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, y tampoco alteración significativa de la seguridad de la población, ya sea por la modificación de los patrones sociales existentes o el aumento de riesgos Fase de cierre físicos asociados; dificultad o impedimento para la manifestación de tradiciones, cultura, intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo del grupo humano.

4, En cuanto a la localización y valoración ambiental del territorio

La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas ya que se encuentra a 21,4 kilómetros de la comunidad o población más cercana.

Fase de operación

Fase de construcción La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 20 kilómetros a la redonda del presente proyecto.

Por otra parte, a más de 20 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto, se encuentran los Monumentos Históricos de Cementerio San Sebastián, Cementerio Onaisin, Draga Russfin y Pozo Manantiales 1,

Fase de operación

En el caso de los Humedales con categoría Ramsar el más cercano existente es el de Bahía Lomas emplazado al norte del área de emplazamiento del proyecto, distante a 46,5 kilómetros.

Fase de cierre Cabe señalar que no existen glaciares en el área de emplazamiento ni en áreas cercanas al proyecto que pudiesen verse afectados por la ejecución del mismo.

  1. En cuanto al valor paisajístico y turístico.

El Servicio Nacional de Turismo ha definido sus núcleos o polos de desarrollo Regional, donde no se identificó ninguna área del polígono Yowhen

Fase de construcción

Fase de operación

Por lo que se concluye que el Proyecto no genera alteración Fasedeciére significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico y turístico de la zona.

  1. En cuanto a la alteración del patrimonio cultural

Una vez definido el punto exacto de perforación de un pozo, para respaldar que la ejecución del Proyecto no causara impactos sobre el patrimonio cultural, se realizará un informe arqueológico que contemple la información de una inspección arqueológica a los lugares definidos para el emplazamiento de los pozos, construcción de planchadas o plataforma de perforación y caminos de acceso, con Fase de operación anterioridad al inicio de las obras o desarrollo de cualquier actividad que genere alteración de subsuelo o movimiento de tierra, el informe será elaborado por un arqueólogo o licenciado en arqueología.

Fase de cierre No hay alteración del Patrimonio Cultural

Fase de construcción

11, Que, las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las siguientes:

Medidas relevantes del plan de contingencia El plan está compuesto de:

Plan de Acción

Plan de Emergencia y Evaluación del derrame Contingencia ante Derrame

Restauración ambiental (Limpieza y Disposición final de residuos peligrosos)

Medidas de seguimiento y monitoreo

El Plan Contiene:

  • — Prevención de Incendios Forestales

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  • — Presupresión de Incendios Forestales

Plan de Protecciones Contra

incendios Forestales - — Supresión de Incendios Forestales

  • Recursos Disponibles para el Ataque de Incendios El plan pretende explicitar un procedimiento técnico agronómico que permita restituir la cobertura vegetacional de suelo se vean afectadas por incendios

Plan de Restauración de Áreas Afectadas por Incendio

Plan de Emergencia y - Incendio en Planta de Tratamiento de Aguas Servidas Contingencia para planta de tratamiento de Aguas Servidas - Perdida o Derrame de Aguas Servidas

El Titular informará a la Superintendencia del Medio Ambiente ante cualquier tipo de incidentes e informará de cualquier

Informes a la Autoridad derrame producido o descarga de RILes en curso superficial y/o que se genere algún grado de infiltración hacia la napa subterránea.

Medidas relevantes del plan de emergencia Contingencias Cubiertas por el Plan

Incendios en instalaciones de Producción, Perforación y Workover

Incendio forestal

Incidente con lesión a las personas Surgencia de Gas de Hidrocarburos . ; Incendio por surgencia

Plan de Emergencia General Pp E

Incendio estructural

Emanación de ácido sulfhidrico Plan de Acción

Emergencia de incendio (Estructural o forestal, incendio por combustión de hidrocarburos y vegetación en la fosa de antorcha y/o incendio por combustión de hidrocarburos en el pozo)

Accidente con lesión a las personas

Emanación de ácido sulfhidrico

12, Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N844, de 2012, modificada por la Resolución Exenta N690, de 2013, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que “Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental”, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto,

según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental.

  1. Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N*4 de la presente resolución.

  2. Que, para que el proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables,

Ak Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de GOEEVA Da gallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de eS impactos ambientales no previstos en la DÍA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para ES 0 S

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titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2* letra d) del RSEIA, deberá someterse al SELA.

  2. Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

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L. Calificar favorablemente la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN?, de Geopark TDF S.A.

  1. Certificar que el proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto.

  2. Certificar que el proyecto “PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137 y 138 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  3. Certificar que el proyecto "PERFORACIÓN DE POZOS HIDROCARBURÍFEROS EN ÁREA YOWHEN” no genera los efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  4. Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de mado sistemático y permanente los mencionados en el considerando N*4 del presente acto,

  5. Hacer presente que contra esta resolución esfrocedente ePrgcurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivodel Servicio de Evaluación Ambiental.

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6 Cuélafio Comisión de Evaluación Ambos OS múle Magallanes y Antártica Chilena

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Distribución:

Salvador Harambour

Superintendencia del Medio Ambiente

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Obras Midráulicas, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena

Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena

Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena

lustre Municipalidad de Porvenir

Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena

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ln. +. ..1M...—“.- ...+.000.s0.s80

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Geología y Minería, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena

Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

  • Encargada Participación Ciudadana ;
  • Expediente del Proyecto "Perforación de Pozos Hidrocarburíferos en Área Yowhen" +* Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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