Evaluación SEA

Desarrollo del pozo Tanu x-1

Rol 2129495824
SEA · DIA · Aprobado · 2014-05-28 · Región de Magallanes y de la Antártica Chilena · Gregorio Energy TDF SpA

REPÚBLICA DE CHILE - COMISIÓN DE EVALUACIÓN

XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA

VISTOS:

L

pa

Ln E te

Califica Ambientalmente el proyecto "Desarrollo del pozo Tanu x-1"

Resolución Exenta N* 305/2014

Punta Arenas, 11 de Noviembre de 2014

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 25/08/2014, y su Adenda Complementaria de fecha 08/10/2014, del proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1*%, presentado por GeoPark TDF 5.4, con fecha 22/05/2014,

Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo Il del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1% de 22/05/2014.

El Acta de Evaluación N*117,2014 de 29/10/2014, elaborada por el Comité Técnico,

El ICE de la DIA del proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1” de fecha 29/10/2014.

El Acta N*28 de fecha 11/11/2014, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena,

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del prayecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1%,

Lo dispuesto en la Ley N19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N%0, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSELA) y la Resolución N1,600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

ba

A

Que GeoPark TDF S.A, (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SELA) la DIA del proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1” (en adelante, el Proyecto), que consiste en la instalación de los equipos de superficie, tales como: calentador, separador, estanque de almacenamiento, entre otros; dispuestos en la plataforma del Pozo Tanu x-1, para lograr la producción del mismo,

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 29/10/2014, el Director Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalados en el artículo N137, del D.5. N40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental,

Que, en sesión de fecha 11/11/2014, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1", aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 29/10/2014, el que forma parte integrante de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones en que se fundamenta.

Que para efectos de lo establecido en el articulo 25 ter de la Ley N* 19.300 y en el artículo 73 del RSEIA, la gestión, acto o faena minima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la instalación de los equipos en superficie para producir el pozo.

Que, los antecedentes generales del Proyecto son los que a continuación se indican:

  1. Ubicación del Proyecto y de sus partes, obras o acciones Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego. Comuna de Primavera, especificamente en la Estancia Mirtana.

Coordenadas UTM / WGS 84

Punto de A . Referencia : isla Pozo Tanu x-1 4.137.582 474.406

2 Descripción de las etapas del Proyecto

2.1. Etapa de construcción

Fecha estimada de inicio

OA Obra o acción que establece el inicio de la tapa

22PEtapa de operación

e ¡echa estimada de inicio

E- 1 Obra o acción que establece el inicio de la etapa _— -

2,4 lapa de cierre

Z 3 Fecha estimada de inicio

AB

Agosto 2014 Instalación de equipos en la plataforma.

Septiembre 2014 Apertura de la llave del pozo.

| Agosto 2034 +

Obra o acción que establece el inicio de la etapa Abandono del pozo.

  • Interconexión piping

  • Montaje equipos

  • Gestión, acto o faena minima del Proyecto - Construcción de pretiles

  • Inspecciones

  • Puesta en marcha

  • — Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes obras, etapas o actividades que se señalan en la siguiente ficha:

Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos

Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo N*137 del RSETA

Etapa del Proyecto a la cual corresponde Cierre

Parte, obra o acción a que aplica Abandono de cada Pozo y Retiro de instalaciones de superficie,

Oficio ORD N*2776 de fecha 13 de junio de 2014 del Servicio de Geología y Minería, Zona Sur

Pronunciamiento del órgano competente

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Componente Materia: Monumentos Nacionales

Norma Ley N* 17,288 del Ministerio de Educación. Lev de Monumentos Nacionales, Fase del Proyecto a la que aplica Construcción

En lá eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, Forma de cumplimiento antropológico 0 paleontológico el titular denunciará e informará a las

autoridades pertinentes

En el caso de encontrar un hallazgo durante las actividades de construcción, se Indicador de cumplimiento informará a la autoridad y se mantendrá archivado el respectivo registro de aviso en las oficinas del departamento HSE de la Compañía. Componente/Materia: Condiciones Sanitarias v Ambientales

DS. N* 594, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitaras y Ambientales básicas en los lugares de trabajo.

Fase del Proyecto a la que aplica Construcción, Operación y Cierre

Art, 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales sólidos y líquidos dentro de su predio industrial. Los únicos residuos generados durante la etapa de construcción serán en una cantidad menor a 1% de despuntes metálicos. Para ello contrata el servicio de terceros, los cuales se encargarán del transporte y posterior disposición en el vertedero Autorizado,

Arto 19: GeoPark cuenta con una empresa contratista, encargada del almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos industriales que pudiese generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio. Por ende exige a su empresa contratista las autorizaciones Sanilarias correspondientes para realizar este tipo de faenas.

Junto con ello GeoPark presenta a la Autoridad Sanitaria los antecedentes que acreditan el transporte, tratamiento, y disposición final de dichos residuos industriales, si es que se generasen, En el caso de este provecto la empresa Forma de cumplimiento realizará la misma tramitación en cada oportunidad que se reguicra.

Art. 24: Para el presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la facna. GcoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental.

Art 26: Las aguas servidas de los baños químicos producidas durante la consirueción, son retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuesta adecuadamente en Jugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.

Árt. 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente,

Art. 18: La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normaliva, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Art. 19: La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.

Ar 24: Se mantendrán archivados los registros asociados a los baños químicas en las oficinas del departamento de HSE de la compañía

Art. 26: Se mantendrán archivados los registros asociados a la limpieza de los baños quimicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.

Art. 42: Se mantendrán archivados los registros de almacenamiento de dichas h sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía. ¿Eemponente/Materia: Residuos Peligrosos orina DS Ne 148, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre manejo de dl residuos peligrosos.

tl Háse del Proyecto a la que aplica Operación

Norma

Indicador de cumplimiento

Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación y eventualmente en la etapa de abandono, son sólidos contaminados con

hidrocarburos, tales como hualpes y guantes generados por el operario de la unidad «de transporte, encargado de la carga y descarga de hidrocarburos desde y hacia el estanque de almacenamiento. Todos los residuos sólidos y liquidos Forma de cumplimiento que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, Por lo tanto, el manejo de los que eventualmente se puedan generar será el mismo.

Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañia, Componente/Materia: Cierre Faenas Mineras

Indicador de cumplimiento

Norma Ley 20,351, Ministerio de Minería, Cierre de faenas e instalaciones mineras. Fase del Proyecto a la que aplica Cierre Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de Forma de cumplimiento cierre del mismo. Para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras.

Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de

ica e cumplimient - En de z Indicador de cumplimiento faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía,

  1. — Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300, según se detalla a continuación:

|. En cuanto al riesgo para la salud de la población.

Las emisiones del Proyecto corresponden a las aguas servidas de los baños químicos utilizados durante la ctapa de construcción, que serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria, por lo que no presentan un riesgo para la salud de las personas,

En términos de cantidad y manejo de residuos, sólo se generarán residuos sólidos domiciliarios e industriales menores (restos de soldadura y restos de hormigón) en una cantidad inferior a 1 mí, y su manejo estará a cargo del servicio especializado de terceros, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas.

Respecto a productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas, Además, GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias.

Las residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación del proyecto son sólidos contaminados con hidrocarburos, tales como huaipes y guantes generados por el operario de la unidad de transporte. encargado de la carga y descarga de hidrocarburos. Estos residuos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, por lo tanto no se presenta un riesgo para la salud de las personas.

En términos de cantidad y manejo de residuos, sólo se generarán residuos sólidos domiciliarios e industriales menores, y eventualmente sólidos contaminados con hidrocarburos.

Estos residuos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, por lo tanto no se presenta un riesgo para la salud de las personas.

Fase de construcción

Fase de operación

Fase de cierre

  1. En cuanto a los electos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

Fase de construcción Pase de operación No hay impactos ya que no se intervendrán nuevas áreas. Fase de cierre 3. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

El proyecto no contempla la reubicación de población humana o alteración significativa de los sistemas de vida y/o afectación a costumbres de grupos humanos dado que se encuentra a unos 15.8 kilómetros de la comunidad más cercana. Dadas las caracteristicas del proyecto y el emplazamiento de éste, se estima que con la producción del pozo Tanu x-l no se causará una alteración significativa en la libre circulación, la conectividad y en los tiempos de desplazamiento, asi como, tampoco habrá alteración significativa al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios O infraestructura básica, y tampoco alteración significativa de la seguridad de la población, ya sca por la modificación de los patrones sociales existentes o el aumento de riesgos fisicos asociados; dificultad o impedimento para la manifestación de tradiciones, cultura, intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de Fase de operación arraigo del grupo humano. Las emisiones del Proyecto sólo corresponden a las aguas servidas de los baños químicos utilizados durante la etapa de construcción. que serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria, por lo que no se provocará reasentamiento de = a comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y Fase de cierre costumbres de grupos humanos. 4. En cuanto a la localización y valoración ambiental del territorio

Fase de construcción

E EVALAN La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas ya que se encuentra a ES La y 3 15,8 kilómetros de la comunidad o población más cercana,

ES de construcción La realización del proyecto no impactará a recursos, árcas protegidas, sitios P EA prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser alectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 20 kilómetros a la redonda del presente proyecto.

Por otra parte, a más de 40 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto, se encuentran los Monumentos Históricos de Cementerio San Sebastián, Cementerio Onaisin, Draga Russfin y Pozo Manantiales 1.

3/6

EN

Fase de operación

Fase de cierro

En el caso de los Humedales con categoría Ramsar el más cercano existente es el de Bahía Lomas emplazado al norte del área de emplazamiento del proyecto, distante a más de 30 Kilómetros,

Cabe señalar que no existen glaciares en el área de emplazamiento ni en árcas cercanas al proyecto que pudiesen verse afectados por la ejecución del mismo.

  1. En cuanto al valor paisajístico y turistico,

Fase de construcción

El proyecto no generará alleraciones significativas al componente paisaje ya que las actividades se llevarán a cabo en la plataforma de producción del pozo Tanu x-L.

En relación al turismo, se debe hacer presente que el área de emplazamiento del proyecto, tiene un valor del recurso escénico bajo donde predomina el paisaje de pampa plana con topografía plana a ondulada, muy uniforme.

Fase de operación

No hay impactos

Fase de cierre

No hay impactos

6 El

uanto a la alteración del

patrimonio cultural

Fase de construcción

El proyecto no alterará monumentos, sitios con valor arqueológico o antropológico e histórico, que pertenecen al patrimonio cultural.

Como se mencionó anteriormente, el proyecto no intervendrá nuevas áreas, sino que se emplazará sobre una plataforma de producción existente.

Fase de operación

No hay impactos

Fase de cierre

Mo hay impactos

Que, las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las siguientes:

| Medidas relevantes del plan de contingencia

Workaver - Incendio forestal

  • Incendio por Surgencia
  • Incendio estructural

Situación de riesgo o contingencia Acciones o medidas a implementar Incendio en instalaciones de | El plan de acción, posce procedimientos específicos descritos en anexo 2.8 de Producción, Perforación y | la DÍA, para:

  • Incidente con lesión a las personas | - bh) Incendio por combustión de hidrocarburos y vegetación en la fosa de
  • Surgencia de Gas de Hidrocarhuro antorcha

manación de ácido sulfhidrico - Emanación de ácido sulfhidrico

  • Emergencia de incendio
  • a) Estruetural o Forestal

  • €) Incendio por combustión de hidrocarburos en el pozo

  • Accidente con lesión a las personas

Medidas relevantes del plan de emergencia

Emergencia

Acciones a implementar

Derrames y/o Pulverizados

Emergencia y Contingencia ante

El plan de acción, en su anexo 2,9 de la DÍA, posee procedimientos especificos para: - Ántes que ocurra un derrame y/0 pulverizado - Detección - Comunicaciones - Acciones inmediatas a) Control del incidente b) Recolección del incidente en tierra - Evaluación del incidente a) Magnitud del incidente - Restauración ambiental 3) Limpieza bi Disposición final de residuos peligrosos - Plan de acción ante incidentes con afectación de suelo a) Remediación del suelo Definición de área afectada Extracción mecánica hidrocarburo vertido Evaluación del nivel de hidrocarburo presente en los componentes involucrados (básicamente suelo y, eventualmente agua), antes y después del proceso de remediación aplicado Plan de remediación; Establecimiento de una cubierta vegetal protectora:

Monitoreo y seguimiento.

  1. Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N*844, de 2012,

modificada por la Resolución Exenta N*690, de 2013, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que “Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental”, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, audito plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental.

, eomplimiento de metas o

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la

  • gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el tE ¿Considerando N*4 de la presente resolución.

    Que, para que el proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas

'as'nlormas vigentes que le sean aplicables.

ordarlos,

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de ——Mhgallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de inipactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para

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14, Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

  1. Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2* letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA y tratándose de modificaciones que no constituyan cambios de consideración, el Titular podrá, previa respuesta a la solicitud de pertinencia evacuada por el Director Regional, en conformidad al artículo 26 del RSEÍA, solicitar a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena del SEA que, previo informe favorable del Director Regional, en su caso, se actualice la presente resolución, cuando corresponda,

  2. Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVE:

L Calificar favorablemente la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1”, de GeoPark TDF S.A.

  1. Certificar que el proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto.
  2. Certificar que el proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1" cumple con los requisitos de carácter

ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el artículo N137 del D.S, N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4 Certificar que el proyecto “Desarrollo del Pozo Tanu x-1 no genera los efectos, caracteristicas 0 cireunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

  1. Definir como gestión, acto o faena minima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N*4 del presente acto.

  2. — Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.

Intendente (S) Presidente Comisión de Evaluación Ambiental de la ADE EVA) Región de Magallanes y Antártica Chilena

TARFCOB A

Distribución: + Salvador Harambour Superintendencia del Medio Ambiente Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena e Dirección de Obras Hidráulicas. Magallanes y Antártica Chilena meros Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena SAO sobiemo Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena AT "a. Muistre Municipalidad de Primavera = Sgertiaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena eerctaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena

  • Secretaría Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena

» Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena

» Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena

» Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena

  • Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena
  • Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena

  • Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Magallanes y Antártica Chilena

  • Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena

Cie:

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E

  • Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena
  • Comisión Chilena de Energía Nuclear

  • Consejo de Monumentos Nacionales

  • Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Desarrollo del pozo Tanu x-1" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena

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