Parque Fotovoltaico Lagunillas-El Olivo
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE COQUIMBO CALIFICA AMBIENTALMENTE EL PROYECTO "PARQUE FOTOVOLTAICO LAGUNILLAS-EL OLIVO". RESOLUCIÓN EXENTA N* LA SERENA, 10 MAR 2015
VISTOS:
l. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 07 de noviembre de 2014 y su Adenda Complementaria de 12 de enero de 2015, del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” presentado por Grenergy Renovables Pacific Ltda., con fecha 20 de mayo de 2014.
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Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo”.
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El Acta de Evaluación N*5/2015 de 23 de febrero de 2015, del Comité Técnico de la Región de Coquimbo.
4, El ICE de la DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” de 23 de febrero de 2015.
S. La sesión N*002 de fecha 05 de marzo de 2015, de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo. 6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la
DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo”.
- Lo dispuesto en la Ley N19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N? 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N* 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N? 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
l. Que, Grenergy Renovables Pacific Ltda. (en adelante, el titular) ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del titular son los siguientes:
Nombre o razón social Grenergy Renovables Pacific Ltda.
Rut 76.257.813-1
Domicilio Avda. El Golf N%40, piso N*12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono 56 (2) 25947468
Nombre Representante Legal Max Boza Wilson.
RUT Representante Legal 7.015.683-0
Domicilio Representante Legal Avda. El Golf N40, piso N12, comuna de Las Condes, Región Metropolitana.
Teléfono Representante Legal
56 (2) 25947468
Correo Electrónico Titular o | rbaeza(Mgrenergy.eu ' Representante Legal 2. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 23 de febrero de 2015, la Directora Regional del
Servicio de Evaluación Ambiental (en adelante SEA) de la Región de Coquimbo ha recomendado aprobar el proyecto, por cuanto:
- El proyecto cumple con la Normativa Ambiental Aplicable.
- El titular del proyecto subsanó los errores, omisiones e inexactitudes durante el proceso de
evaluación.
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Ha identificado los permisos ambientales sectoriales aplicables al proyecto, y ha proporcionado satisfactoriamente los requisitos y contenidos técnicos de dichos permisos.
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No generaría ninguno de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N*19.300, por lo tanto, no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.
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Que, en sesión de fecha 05 de marzo de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo acordó calificar favorablemente el proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 23 de febrero de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas
en que se fundamenta.
4, Que, la descripción del proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. ANTECEDENTES GENERALES
Objetivo General.
Construir y operar un parque fotovoltaico de 40 MW en la comuna de Ovalle
Tipología Principal, así como las Aplicables a sus Partes, Obras O Acciones.
La tipología corresponde a la descrita en el artículo 3, letra c) correspondiente a “Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW”.
Vida Útil.
La vida útil del proyecto se considera indefinida.
Gestión, Acto o Faena Mínima que da cuenta
del Inicio de la Ejecución
El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto corresponde a la ejecución de movimientos de tierra para la habilitación o construcción de los caminos del proyecto. Para mayor detalle acerca del cronograma del proyecto donde se detallan las obras o acciones que dan inicio y término a cada una de las fases de este, ver los acápites “a.5.2.”, “a.5.3., “a.6.2.”, “a.6.3.” y “a.7.” de la DIA.
Proyecto modifica un Proyecto o Actividad
Proyecto modifica otras RCA
Si No XxX Si No Xx A nn
4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO
Se localiza en la comuna de Ovalle, a 11 km al Noreste y 67 km al Sur de los límites urbanos de Ovalle y La Serena, respectivamente, y
Localización
División Político- , . :
Administrativa el acceso al área de emplazamiento de este se realiza por la Ruta D- 595, a la cual se accede desde Ovalle hacia el Noreste por la Ruta-43 Ovalle-La Serena. La ubicación geográfica del proyecto se justifica básicamente debido a que la zona de emplazamiento presenta altos índices de
. o radiación, ausencia de nieblas, temperaturas moderadas, bajo índice Justificación de la
de polvo en suspensión y excelentes condiciones de conectividad, lo cual permite un alto potencial de generación de energía. Por otra parte, los terrenos involucrados han sido previamente intervenidos antrópicamente y, además, se encuentra cercano a líneas de
transmisión eléctrica del SIC y a centros de alto consumo energético.
Superficie
Se intervendrá una superficie de 67 hectáreas para el parque fotovoltaico (en adelante P/F) incluyendo caminos internos; 6,4 hectáreas para la línea de transmisión (en adelante LMT); 0,56 hectáreas para la subestación elevadora y seccionadora (en adelante S/E) y 1,07 hectáreas para la instalación de faena; es decir, aproximadamente 75 hectáreas en total (74 hectáreas para instalaciones permanentes y 1 hectárea para instalaciones temporales).
El límite del área de influencia del proyecto relacionada con la actividad de transporte de materias primas, personal, equipos y/o estructuras, sustancias peligrosas, residuos sólidos y/o carga en general, corresponde al acceso al proyecto desde la ruta pavimentada D-595. Al respecto, cabe hacer presente que las actividades de transporte y aprovisionamiento de todos los insumos y maquinarias a utilizar en el proyecto se consideran como parte de éste sólo a partir de su entrega en obras. Además, en el caso del traslado de trabajadores, cuyo origen puede ser desde la ciudad de Ovalle u otro sector cercano (debido a su jornada de trabajo diaria), dicha actividad no forma parte del proyecto y será de responsabilidad de quien provea el servicio hasta la intersección de la Ruta D-595 con la ruta D-489; desde dicho punto hasta el área del proyecto el traslado será responsabilidad del titular, para lo cual se utilizará la Ruta D-489 y caminos privados internos.
Los caminos que forman parte del área de influencia del proyecto corresponden a aquellos no pavimentados cuya longitud en total es de 4,76 Km, a saber: 0,2 Km que corresponden al tramo de camino no pavimentado de la ruta D-489 entre la ruta D-595 (pavimentada) y el acceso al proyecto; 1,76 Km que corresponden al tramo de camino no pavimentado de la ruta D-489 entre el acceso al proyecto y el cruce hacia la S/E; 1,6 Km que corresponden al tramo de camino no pavimentado entre la ruta D-489 y la S/E; y 1,2 Km que corresponden a la distancia entre el acceso al P/F y la instalación de faena.
Coordenadas UTM en Datum WGS84
El área de emplazamiento del proyecto queda definida por las coordenadas UTM que se presentan en las tablas 1 (P/F), 2 (LMT) y 3 (S/E) del acápite “a.3.2.” de la DIA.
Caminos de Acceso
El acceso al proyecto se realizará por las rutas D-595 y D-489, a las cuales se accede desde Ovalle hacia el noreste por la Ruta-43 (ruta Ovalle-La Serena).
Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones
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Acápites a.3.1., a.3.2., a.3.4. y a.3.5. de la DIA.
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Respuestas 1.5, 1.5.b), L6., 1.12., 1.16.8. y IV.2.5. de la Adenda.
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Figuras 1, 3, 4, 5 y 10 de la Adenda.
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Anexo 2 del Adenda.
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Respuestas IV.1. y IV.2. de la Adenda Complementaria.
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Anexo 4 de la Adenda Complementaria.
4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO
Consiste en la construcción y operación de un P/F constituido por 181.692 módulos fotovoltaicos (fijos y móviles) de 250W c/u, agrupados sobre estructuras metálicas, los que mediante un sistema de un máximo de 28 inversores proporcionarán una potencia aproximada de 40 MW nominales al Sistema Interconectado Central (en adelante SIC). Al respecto, la potencia máxima que se generará será de 45.423.000 Wp (Watts peak), lo cual se traduce en 40 MWn (mega watts nominales), es decir, un sobredimensionamiento del 11,9%.
La energía generada en el P/F será conducida a través de una LMT de 23 KV y de aproximadamente 3,2 km de longitud hasta una S/E elevadora y seccionadora desde donde se realizará la conexión al SIC mediante una línea existente de 110 kV (propiedad de la empresa TRANSNET). En resumen, el «proyecto se compone de tres partes principales: un P/F de una potencia máxima instalada de 40 MW
a ZN
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3
para generar alrededor de 88 GWh/año de energía eléctrica; una LMT de 23 kV; y una S/E tanto elevadora de 23 kV a 110 kV como seccionadora.
Comenzará a operar en el octavo mes de haber empezado la fase de construcción, cuando se hayan instalado y estén operativos 90.846 paneles fotovoltaicos con sus instalaciones asociadas, la LMT de 3,2 km, la S/E y uno de los dos transformadores de 25 MVA y 23/110 kV, generando de esta forma 20 MW. La capacidad total de generación del proyecto (40 MW) se completará luego de concluido el mes 14 de la fase de construcción, por lo tanto, existirá un traslape de las fases de construcción y operación durante los últimos 8 meses de la primera de ellas; finalizada la fase de construcción el P/F estará operando a su capacidad completa, es decir generando 40 MW de energía.
La LMT correrá paralela a la ruta D-489 (de Este a Oeste) por los lotes 2A, 12A, 3a y 10 y luego cruza la ruta D-489 y pasa al lote 1; luego, la línea continua paralela al lindero Norte del lote 1, hacia el extremo poniente donde llega a la S/E (ubicada dentro del lote 1). A la S/E se conectará una línea de aproximadamente 200 metros en 110 kV, también de propiedad de TRANSNET, para conectar la S/E con la línea de 110 kV existente de TRANSNET. Para el acceso desde la ruta D-489 hasta la S/E se construirá un camino de 1,6 km de largo y 10 m de ancho, desde el cual también se tendrá acceso a la franja de seguridad de la LMT. Para mayor detalle, ver las figuras 2 y 5 de los acápites, respectivamente, “a.3.2” y “a.3,4” de la la DIA y la respuesta 1.5.b) de la Adenda de la misma.
4.3.1. Obras o componentes principales: corresponden a aquellas que son indispensables para la generación y transmisión de la energía eléctrica hasta el punto en el que se conectará al SIC.
a) Paneles Fotovoltaicos: Son del tipo policristalinos (modelo JKM265P-60 o de similares características) que generan como máximo 250 W en corriente continua y tienen una alta eficiencia de conversión (hasta 16,19%); poseen un revestimiento anti-reflectante, lo que significa que mejora la absorción de la luz y reduce el polvo de la superficie. Para mayor detalle, ver la tabla 6 del acápite “a.4.1” de la DIA.
b) Estructuras para paneles fotovoltaicos: Corresponden a estructuras metálicas sobre las cuales se instalarán los paneles fotovoltaicos. Estos paneles pueden ser instalados ya sea sobre estructuras fijas orientadas al Norte, con un ángulo de inclinación que implique recibir el máximo de radiación solar, o sobre estructuras de seguimiento solar que orientan los módulos fotovoltaicos hacia el sol a lo largo del día, lo cual permite mayor exposición de estos al sol.
Las estructuras fijas se anclarán mediante tornillos estructurales; tendrán un ángulo de inclinación determinado por la latitud del emplazamiento; tendrán orientación norte; y su disposición será de forma lineal (un panel al lado del otro).
Las estructuras de seguimiento solar o móvil se instalarán en las partes más llanas del terreno; tendrán movimiento este-oeste para seguir el movimiento diario del sol; para la instalación también se utilizarán tornillos estructurales; y la forma de disposición de los paneles en el terreno no es lineal.
Para mayor detalle, ver el numeral 2 del acápite “a.4.1” de la DIA.
c) Cajas de agrupación (en adelante AE): Corresponden a cuadros eléctricos que conectan grupos de paneles fotovoltaicos en serie (llamados strings) para formar un sólo circuito de salida en corriente continua, el cual se dirige hacia el inversor que cambia la corriente continua en alterna. Para mayor detalle, ver el numeral 3 del acápite “a.4.1” de la DIA.
d) Modulo Inversor/Elevador (en adelante IT'S): Transformará la energía proveniente de las cajas de agrupación (generada en corriente continua por los paneles fotovoltaicos) a energía en corriente alterna y luego elevará dicha energía, por medio de transformadores de poder a un nivel de distribución en media tensión (23 kV), a la frecuencia de la red pública. Los IT'S serán instalaciones compactas autosoportadas (contenedores de 40 pies aproximadamente) y pre ensambladas con el equipamiento de potencia control e instrumentación necesarios. Para mayor detalle, ver el numeral 4 del acápite “a.4,1” de la DIA.
e) Cableado:
e.1) Cableado en corriente continua, correspondiente a la interconexión de los siguientes tramos:
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En cada estructura fotovoltaica en serie (para formar una string en cada estructura): Los cables montados en la estructura, la interconexión entre paneles y las cadenas de conexión estarán expuestos y se fabricarán para resistir los efectos de la radiación solar (UV), el viento, la humedad, la lluvia, el ozono y las fluctuaciones de temperatura.
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Desde las estructuras de módulos fotovoltaicos hasta llegar a las AE: Se desplazará por la superficie de forma integrada a la estructura del caballete, protegido tanto del sol por la canaleta integrada como bajo un tubo donde existan bordes cortantes, desde los paneles hasta la caja de conexión.
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Desde las AE a las estaciones del ITS se contempla una canalización subterránea.
e.2) Cableado en corriente alterna de media tensión, correspondiente a las líneas de media tensión subterráneas que interconectan los IT'S con la S/E:
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Esta canalización se realizará en forma subterránea a una profundidad mínima de 60 cm y 40 cm de ancho, aproximadamente.
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Se dispondrá una capa de arena (o material sobrante de excavación) de 10 cm de espesor sobre la que se colocará el cable. Por encima del cable irá otra capa de sustrato o arena de 10 cm de espesor. Ambas capas cubrirán la anchura total de la zanja, la cual será suficiente para mantener 5 cm entre el cable y las paredes laterales.
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Por encima de la arena se colocará una cinta de señalización que advertirá la existencia del cable eléctrico para baja tensión y se terminará el relleno de la zanja con material sobrante de la excavación.
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El emplazamiento de la línea subterránea seguirá el trazado al borde de los caminos interiores.
Para mayor detalle ver el numeral 5 del acápite “a.4.1” de la DIA.
f) Centro de seccionamiento: Las líneas de media tensión subterráneas de los anillos de los ITS llegarán al centro de seccionamiento desde donde se evacuará la energía a la LMT del parque. El equipo encargado de realizar esta tarea se encontrará pre ensamblado en un contenedor de 20 pies.
La función del centro es agrupar la energía generada por el parque para evacuarla a la LMT, lo cual se inicia con la entrada de las líneas de anillos de los ITS, de parte del parque fotovoltaico, a las celdas de fusibles con Relle, luego pasan a una celda de medida, posteriormente a una celda de protecciones y finalmente a la LMT.
El centro de evacuación estará compuesto por varias celdas de media tensión (MT), interruptores, fusibles y reconectadores.
Para mayor detalle, ver el numeral 6 del acápite “a.4.1” de la DIA. g) Línea de transmisión aérea de media tensión (LMT) de 23 kV:
g.1) Tendrá una extensión de 3,2 km y una franja de seguridad de 20 m de ancho (10 m hacia cada lado desde el eje de la línea en todo el recorrido); además, contará con estructuras de apoyo, cables conductores, aisladores y elementos eléctricos de soporte.
g.2) Los componentes principales de la LMT entre otros son los siguientes:
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Cables conductores: Su función es la transmisión eléctrica y existirán tres conductores por fase.
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Cable de comunicaciones: Será de fibra óptica con 24 filamentos y tendrá como función transmitir las señales de estado, control remoto y otras; estará situado por debajo de los conductores de potencia.
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Postes de hormigón: Corresponderán a la estructura soportante de la línea de transmisión. Los postes serán instalados dentro de la excavación, la cual será rellenada con el mismo material extraído y compactado (90% Proctor modificado) en capas de 20cm. En el caso de postes de celosía metálica se cimentarán con un mono bloque de hormigón.
Para mayor detalle, ver el numeral 7 del acápite “a.4.1” de la DIA.
NOE COS
h) Subestación elevadora y seccionadora (S/E):
h.1) Tiene como función transformar el voltaje desde el nivel de media tensión, proveniente desde los transformadores de los módulos ITS, hasta el nivel que se utilizará para la transmisión de la energía generada (110 kV).
h.2) Estará constituida por 2 secciones (20 MW cada una) en cada una de las cuales existirá el siguiente equipamiento: barra de 110 kV, desconectador, interruptores, transformadores de medida, transformador de poder, barra de 23 kV, sistema de puesta a tierra (subterránea y aérea) y pararrayos.
h.3) El patio de alta tensión tendrá un cerco metálico de 2 metros de altura y 60 metros por lado, aproximadamente, con protección anti trepado de alambre de púa galvanizado.
h.4) En el interior de la subestación se construirán las canaletas para cables, bancos de ductos, caminos interiores, sistemas de drenajes.
h.5) La S/E será alimentada desde el sistema de servicios auxiliares, que consiste en un transformador, protecciones y cableado, dando cumplimiento a toda normativa vigente. Un contenedor montado sobre apoyos, contendrá los equipos de control, protecciones y comunicaciones asociados a la S/E.
Para mayor detalle, ver el numeral 8 del acápite “a.4.1” de la DIA.
4.3.2. Obras complementarias: son aquellas obras que sin formar parte indispensable del proyecto son necesarias para su funcionamiento, ya sea para su construcción, operación y mantención.
4.3.2.1. Obras complementarias permanentes: son aquellas que se mantendrán durante la fase de operación.
a) Caminos internos y externos:
a.1) Como caminos externos se consideran aquellos que están fuera del área del P/F y cumplen el objetivo de conectar el parque y la S/E con la carretera más cercana.
Al respecto, se construirá un camino de servicio de aproximadamente 1,6 Km de longitud y 10 m de ancho para conectar la S/E elevadora con la ruta D-489, el cual tendrá una carpeta de ripio u otro material similar; este camino será utilizado principalmente para la construcción de la S/E y la LMT y durante la fase de operación será esporádicamente utilizado para la mantención de dichas obras. Se habilitará un acceso permanente para el camino interno de servidumbre de la LMT que conectará la S/E con la ruta D-489 el cual se tramitará sectorialmente con la Dirección Regional de Vialidad una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable.
Para mayor detalle acerca del acceso al predio y caminos de acceso permanente desde la ruta D-489 hacia la S/E y desde la ruta D-489 hacia el parque, ver el anexo 2 de la Adenda de la DIA.
a.2) Los caminos internos son aquellos que están dentro del área del P/F y cumplirán con la función principal de dar conectividad al proyecto, tanto en la fase de construcción como en la fase de operación y mantención de las obras.
a.3) Se habilitarán 5 cruces de quebradas que consistirán en badenes y/o alcantarillas con el objetivo de permitir el escurrimiento natural de las aguas por las correspondientes quebradas.
a.4) Debido a que los paneles cuentan con sistema anti-reflectante, no se producirá un efecto reflectante que pueda afectar a conductores que transiten por los caminos públicos cercanos a las áreas del proyecto (ruta D-43, ruta D-489 y ruta D-595); además, los paneles se encontrarán con exposición norte, por consiguiente no afectarán visualmente a los conductores que transitarán por las referidas rutas.
Para mayor detalle, ver tanto las respuestas 1.3., 1.16.9. y 111.4. como los anexos 1.1., 1.2., 3.1. y 5.6 de la Adenda de la DIA.
b) Casetas de vigilancia/inspección:
b.1) Se instalarán dos casetas, una principal en el ingreso al área del P/F (en la zona de descarga y tránsito) y una caseta secundaria (elevada) ubicada en el vértice “H” del polígono del área del PF. Para mayor detalle ver tanto las figuras 4 y 24 de la DIA como la figura 6 y anexo 5.1. de la Adenda de la misma.
b.2) Estarán dimensionadas para 2 a 4 personas y se mantendrán operativa tanto en las fases de construcción y operación como en una eventual fase de abandono del proyecto.
b.3) La caseta principal contará con las instalaciones necesarias para su funcionamiento, en todas las fases del proyecto, considerando para ello una dotación máxima de 4 operarios, a saber:
- Agua potable: Se instalará un estanque para el almacenamiento de agua potable que será abastecido mediante camión aljibe y tendrá capacidad para una dotación de 150 1/hab./día, considerando una población de 2 a 4 operarios, en cumplimiento del D.S. N* 594/1999 - Aguas servidas: Los servicios higiénicos para el personal que se ocupe de las labores de vigilancia, operación y mantenimiento, serán diseñados considerando una capacidad de 4 personas con una dotación de 150 l/hab/día y un coeficiente de recuperación de 0,9.
Durante la fase de construcción operará un sistema de tratamiento y disposición final de aguas servidas que consistirá en una fosa séptica y drenes de infiltración para una capacidad máxima de 4 usurarios; las aguas servidas crudas son separadas en la fosa (los sólidos decantan y las grasas se mantienen en la superficie) y luego pasa a la etapa siguiente sólo la fase líquida que es dispuesta en el suelo por un sistema de infiltración. Este sistema se diseñará considerando lo establecido el D.S. N*239/1925, Reglamento General de Alcantarillados Particulares. La fosa séptica será limpiada cada seis meses mediante camiones limpia fosas autorizados para tales efectos. La dotación considerada para el diseño de estas unidades es de 150 1/hab/día, y el coeficiente de recuperación que se utiliza es de 0,9. Este sistema será de carácter permanente, puesto que permanecerá durante la fase de operación del proyecto.
b.4) La caseta de vigilancia secundaria se instalará en altura y se utilizará unas horas al día o cuando exista algún indicador de ruidos extraños, por lo cual, corresponderá sólo a un observatorio y no contará con alguna instalación adicional a la estructura.
e) Cercado perimetral: Corresponderá a un cerco con malla de simple torsión que se instalará en el perímetro completo del área del PF y su función será obstaculizar el acceso a personas ajenas al recinto. Será instalado previo al inicio de la etapa de construcción.
Para mayor detalle, ver la figura 24 del acápite “a.4.2” de la DIA.
4.3.2.2. Obras complementarias temporales: son aquellas que cumplen el objetivo de permitir realizar la construcción del proyecto, pero que no se requiere mantener para la fase de operación, por lo tanto son desmanteladas luego de que el proyecto entre en puesta en marcha.
a) Instalación de faena:
a.1) Se localizará en el sector norte del P/F y ocupará una superficie aproximada de 1,07 hectáreas. Para mayor detalle, ver la figura 25 del acápite “a.4.2” de la DIA.
a.2) Albergará las siguientes obras y servicios: i. Oficinas administrativas: Serán del tipo contenedor y estarán equipadas con servicios higiénicos y agua potable suministrada a través dispensadores de agua purificada proveídos por una empresa
debidamente certificada.
ii. Comedor para los trabajadores: No se preparará alimentos sino que éstos serán suministrados por una empresa externa debidamente autorizada.
ti1. Servicios higiénicos: Se encontrarán en un área específica e incluirán duchas, vestidores y agua potable a través de dispensadores para el consumo personal. El suministro de agua para los servicios
¿ESNO Refhigiénicos se abastecerá mediante camiones aljibes, almacenándose el agua en un estanque desde Sn
donde se destinará a baños y servicios higiénicos, considerando una dotación de 150 l/hab./día para una población de 64 habitantes.
El proyecto sanitario asociado a las instalaciones de agua potable, será presentado sectorialmente ante la SEREMI de Salud Región de Coquimbo una vez obtenida la RCA del proyecto.
iv. Estacionamiento para buses y vehículos livianos: Se implementará una zona con 20 estacionamientos..
v. Estacionamiento de maquinaria: Serán utilizados durante la fase de construcción por la siguiente maquinaria: excavadora caterpillar, cargador frontal, manitou, grúa descarga, camión tolva, compactadora e hincadora.
vi. Almacenamiento de combustible: Se utilizarán como máximo 2 tambores de petróleo diesel con el cual se abastecerá la maquinaria de baja escala (herramientas, maquinaria menor) y grupos electrógenos; los tambores tendrán 500 litros de capacidad y se identificará claramente el
combustible contenido en ellos, lo cual será visible a lo menos a 3 metros de distancia. l
Los tambores de combustible se ubicarán en una zona al aire libre cercada que contará con un sistema de contención de derrames y señalética apropiada visible a lo menos a 3 metros de distancia; se establecerá un área de seguridad de 2 metros alrededor de ellos donde se prohibirá la existencia de fuegos abiertos y fumar. Además, el área contará con acceso restringido y sólo podrá entrar personal autorizado para la manipulación del combustible. |
Para mayor detalle, ver la figura 7 y el anexo 5.2. de la Adenda de la DIA.
vii. Zona de descarga de material: Se habilitará un área para disponer temporalmente cualquier insumo o material usados durante la construcción del proyecto, los cuales corresponderán principalmente a paneles fotovoltaicos que serán utilizados a medida que se vaya cumpliendo el programa del proyecto. Esta zona será utilizada sólo en caso de saturación de la zona de descarga y tránsito ubicada en el extremo sur del P/F.
viii. Patio de almacenaje y rechazo: Se utilizará para almacenar temporalmente productos que | lleguen en mal estado (paneles rotos, estructuras en mal estado) hasta acumular un stock: considerable para ser devueltos al proveedor correspondiente.
ix. Áreas de almacenamiento de residuos:
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Residuos No peligrosos: Se habilitará un patio de salvataje en el que se almacenarán temporalmente residuos no peligrosos generados por el proyecto durante la fase de construcción, en conformidad con lo establecido en el artículo 18 del D.S. N594/1999 del Ministerio de Salud. Los materiales se ordenarán y segregarán para su posterior reutilización, reciclaje o disposición final en sitios autorizados acorde a lo establecido en el artículo 19 del D.S. N594/1999,
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Residuos Peligrosos: Se habilitará una bodega para el almacenamiento temporal de estos residuos (aceites usados, grasas, filtros, etc.), los cuales serán generados durante la fase de construcción. Dicha bodega cumplirá con las condiciones establecidas en el D.S. N*148/2004, “Reglamento Sanitario Sobre Manejo De Residuos Peligrosos”.
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Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos: Estos residuos se dispondrán en recipientes (con tapa y debidamente rotulados) que se ubicarán en sectores clave de la instalación de faena (como el comedor y oficinas administrativas) y serán almacenados temporalmente en un área especialmente habilitada en dicha instalación durante la etapa de construcción; durante la etapa de | operación serán almacenados de manera separada en el sector de los residuos sólidos no peligrosos; | desde los sitios de almacenamiento serán retirados al menos 2 veces por semana y transportados por | una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria hasta su disposición final en un sitio autorizado.
x. Sistema de tratamiento de aguas servidas: Durante la fase de construcción, al interior de la instalación de faena, operará una planta de tratamiento de aguas servidas en base a lodos activados con una capacidad total equivalente a un volumen generado por 64 personas, prestando servicio a las instalaciones sanitarias de baños y duchas de oficinas y personal.
El efluente tratado de la planta cumplirá con los parámetros del D.S. N*%90/2002 y será utilizada para humectación de caminos durante la etapa de construcción. Los lodos generados en la planta serán retirados por empresa autorizada mediante un camión limpia fosa y dispuestos finalmente en un
lugar autorizado.
En caso que se produzca una falla en la planta de tratamiento, las aguas tratadas serán retiradas mediante camiones limpia fosas y dispuestas en un lugar autorizado por la empresa sanitaria local hasta que se repare dicha falla.
xi. Grupos electrógenos: La energía eléctrica requerida durante la fase de la construcción del proyecto provendrá de dos grupos electrógenos de 15 kW de potencia (45 horas semanales) que se instalarán próximos a los lugares de faena.
b) Zona de descarga y tránsito: Estará ubicada aledaña a la caseta de vigilancia principal, ocupará una superficie de 0,09 hectáreas aproximadamente y tendrá como función operar como área de recepción y descarga de los paneles fotovoltaicos a medida que lleguen los camiones de transporte de estos, los cuales, de forma inmediata se irán instalando en su ubicación final. En caso que la llegada de camiones supere a la descarga e instalación inmediata de los paneles, se dispondrá de un área secundaria de descarga de material ubicada al interior de la instalación de faena. Para mayor detalle ver la figura 26 del acápite “a.4.2” de la DIA.
4.3.3. Transporte de combustible: Se exigirá al contratista que cuente con un plan de contingencia para el transporte de combustibles, el cual deberá incluir las medidas en caso de derrame e incendios.
4.3.4, Fase de construcción:
La fase de construcción tendrá una duración de 15 meses (en etapas diferenciadas por sobreposición con la fase de operación) y la actividad que dará inicio a la misma será la ejecución de movimiento de tierra para la habilitación o construcción de los caminos del proyecto. La parte, obra y/o acción que pondrá término a esta fase será la finalización del desarme o retiro de la instalación de faenas, luego que se haya instalado y se encuentre operativa toda la infraestructura, obras, equipos, etc. que permiten producir 40 MW para entregarlo al SIC,
Durante esta fase se instalarán 181.692 paneles fotovoltaicos de 250 W cada uno, con sus instalaciones asociadas correspondientes a 2.884 mesas fotovoltaicas (63 paneles por cada mesa) y se construirá tanto la LMT de 3,2 km y 23 kV como la S/E donde se instalarán dos transformadores de 25 MVA y 23/110 kV.
A continuación se detallan las diferentes actividades y requerimientos durante esta fase:
- Preparación del terreno y caminos de acceso:
a) Consistirá en el despeje y limpieza del terreno, en la compactación y nivelación Partes, obras | de los sectores donde se emplazarán las obras y en la habilitación de caminos.
y acciones. b) La limpieza del terreno consistirá en la remoción y/o intervención de capa vegetal y será la mínima necesaria para permitir la instalación fotovoltaica.
c) Se elaborará un proyecto de acceso al predio para habilitar los accesos permanentes y temporales, el cual será presentado a la Dirección de Vialidad Región de Coquimbo (para su aprobación sectorial) previo al inicio de la ejecución del proyecto.
d) Se exigirá contractualmente atodo contratista y/o subcontratista tanto específicamente el cuidado de las operaciones de preparación del terreno y caminos de acceso como, en general, el cuidado del medio ambiente y del cumplimiento de compromisos ambientales en la zona del proyecto; además, se realizarán campañas para evitar la eliminación innecesaria de vegetación y existirá una supervisión permanente de los trabajos que realicen los operarios.
Para mayor detalle acerca el programa de capacitaciones preventivas a los trabajadores, ver la respuesta 1.16.1.b) del Adenda de la DIA.
- Instalación de faena:
a) Se construirán, instalarán y/o habilitarán oficinas, comedor, servicios básicos de agua, luz y servicios higiénicos, zona de descarga de material, patio de almacenaje y rechazo estacionamientos, zonas de almacenamiento temporal de residuos, sistema | de tratamiento de aguas servidas y grupos electrógenos. Estas instalaciones serán retiradas una vez terminados los trabajos constructivos.
b) Existirá una pequeña zona donde se almacenará provisionalmente áridos y otros materiales inertes. Lo anterior, sólo en el caso que no sea posible instalar las estructuras para paneles fotovoltaicos de forma anclada en el suelo (mediante | tornillos estructurales) u alguna otra actividad que requiera de materiales inertes; | esta zona se localizará en el área de almacenaje y rechazo, la que contendrá una tolva para alojar el material que será utilizado. I
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Sin perjuicio de lo anterior, en caso de requerirse áridos, estos se comprarán a | proveedores autorizados con documentación al día (se les solicitará una copia de la autorización la cual se mantendrá en la oficina de proyecto) o con RCA vigentes que acrediten la autorización de extracción del recurso; la empresa proveedora será responsable de la extracción y su disposición en las áreas definidas del proyecto. Por otra parte, no se acumulará el material que se haya excavado durante la ejecución del proyecto (generado en las áreas por donde va el cableado y los caminos internos del parque fotovoltaico) ya que la totalidad de dicho material será reutilizado en labores de nivelación de terrenos en la zona de faena.
c) Se cumplirá con las exigencias establecidas en el D.S. N*594/1999, del Ministerio de Salud, “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.
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Frente móvil de trabajo: Será instalado a medida que las obras avancen con el objetivo de tener disponibilidad de herramientas e insumos a corta distancia. Dichas instalaciones móviles estarán equipadas con agua potable, baños químicos y unidades de herramientas móviles que irán avanzando en conjunto con las labores de construcción. Para mayor detalle, ver la figura 27 del acápite “a.5.1” de la DIA y la respuesta [.16.2.b) de la Adenda de la misma.
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Habilitación de zonas de descarga y almacenamiento de material: Se dividirá un área de 3.700 m? de superficie en tres zonas acondicionadas con material sobrante de los movimientos de tierra y sobre el cual se instalará una membrana impermeable que tendrá la función de evitar la infiltración de elementos no deseados que puedan generarse en faenas de descarga; esta área será nivelada y compactada durante el periodo de construcción de los caminos internos y contendrá cunetas en los bordes para permitir el escurrimiento de las aguas lluvia. Las zonas antes mencionadas serán destinadas a la descarga y almacenamiento temporal de los materiales utilizados en la fase de construcción del parque, a saber:
a) Zona de descarga y tránsito: Estará ubicada aledaña a la caseta de vigilancia del parque y se utilizará para almacenar paneles fotovoltaicos, las estructuras donde irán montados los paneles fotovoltaicos, entre otros.
b) Zona de descarga: Estará ubicada al interior de la instalación de faena y se utilizará en caso de saturación de la zona de descarga y tránsito.
c) Patio de almacenaje y rechazo: Estará ubicada al interior de la instalación de faena y se utilizará para almacenar materiales que lleguen en mal estado.
- Instalación de estructuras metálicas ancladas para fijación de paneles: Corresponden a las mesas fotovoltaicas soportantes de los paneles fotovoltaicos. Al respecto, considerando las características del terreno, en lugar de realizar obras de fundación para la fijación de los paneles, se utilizarán estructuras metálicas ancladas o fijadas (Schletter) que soportarán los paneles fotovoltaicos, para lo cual, se utilizará maquinaria especializada para instalar dichas estructuras |
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directamente en el suelo (ver la figura 28 del acápite “a.5.1” de la DIA).
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Transporte y montaje de paneles fotovoltaicos: El transporte de paneles hacia la obra se realizará mediante camiones rampa. Una vez montadas las mesas fotovoltaicas en los perfiles hincados comienza el proceso de montaje de los paneles fotovoltaicos sobre éstas.
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Construcción de canalizaciones de la línea subterránea: La canalización entre el conjunto ITS y el centro de seccionamiento del parque se realizará a través de una zanja subterránea (60 centímetros de profundidad mínima y aproximadamente 40 centímetros de ancho) bajo los caminos interiores, transportándose la energía generada mediante cables de media tensión (23 kV).
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Construcción del tendido aéreo y servidumbre: La LMT tendrá una extensión aproximada de 3,2 kilómetros, con una franja de servidumbre de 20 metros de ancho (10 metros por cada lado). La línea se realizará en circuito triple (conductor tipo AAACDarien o similar) en postes de hormigón de aproximadamente 18 metros de altura.
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Construcción de subestación elevadora:
a) El primer trabajo a realizar en la construcción de la S/E es el cierre de seguridad exterior consistente en un cerco con una altura sobre 2 metros.
b) Una vez construido el cerco, se instalará la malla de puesta a tierra de los equipos, a una profundidad no menor de 0,6 metros, para luego construir los canales de comunicación entre la caseta de control y los equipos a instalar en el patio de la subestación.
c) Una vez que el terreno esté en condiciones, con la malla de puesta a tierra instalada y los canales de comunicación en su lugar, se montarán e interconectarán los equipos eléctricos.
d) Una vez finalizada la etapa de montaje e interconexión, se pasará a una etapa de pruebas con el objetivo de comprobar que todo opere correctamente antes de la puesta en marcha de la subestación.
e) El sistema de protección y seguridad corresponderá a equipamiento de control, dispuesto en la sala de control, que permitirá registrar todos los eventos producidos en los equipos de la subestación.
- Salas de control:
a) Se construirán dos de estas salas en el sector de la S/E: la primera al completar la instalación de 90.186 paneles fotovoltaicos con sus instalaciones asociadas, la LMT, la S/E y un transformador de 25 MVA y 23/110 kV; y la segunda al finalizar la fase de construcción.
b) Cada sala contará con equipos de control y monitoreo para variables eléctricas y equipos de protección de la S/E; serán del tipo conteiner, apoyado sobre base de concreto y soportes de madera para su nivelación, y tendrán una superficie aproximada de 100 m?.
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Desarme y retiro de instalaciones temporales: Una vez finalizada la fase de construcción del P/F, se desarmarán todas las instalaciones provisorias de la obra lo cual será verificado por el titular, al igual que el retiro de las mismas y de cualquier residuo desde los frentes de trabajo.
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Otras acciones relacionadas con la construcción:
a) Se realizarán mantenciones menores (como cambios de lubricantes, entre otros) de las herramientas y equipos hidráulicos en un área reservada para tal efecto
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al interior de la instalación de faena. Dicha área estará provista tanto de una superficie no resbaladiza, impermeable y no porosa, de tal manera que facilite la limpieza oportuna y completa en caso de algún derrame, como de un pozo para realizar cambios de aceite; además, se tomarán las siguientes precauciones:
a.1) El área estará acondicionada con una protección del suelo (ejemplo: planchas metálicas, arena, lona impermeable), la que actuará como aislante en el caso que durante el mantenimiento de los equipos de construcción se derramen pequeñas cantidades de lubricantes, aceites o cualquier residuo contaminado, tomando las precauciones necesarias para no provocar ningún tipo de contaminación del suelo. a.2) Terminada la reparación, el área será aseada y los residuos serán recolectados, almacenados temporalmente en el P/F y dispuestos finalmente en vertederos autorizados en la comuna de Ovalle.
a.3) Los residuos peligrosos serán transportados por empresas autorizadas hasta sitios de disposición final que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes. Se exigirá que el contratista de especial atención a la metodología de mantenimiento y reparación de equipos en general.
b) Las mantenciones de mayor envergadura, como por ejemplo reparaciones y cambios de aceite de maquinarias o vehículos, se realizarán en talleres mecánicos autorizados que se encuentren fuera del área del proyecto (en la ciudad más cercana que cuente con el correspondiente servicio de mantención), por lo cual no se generarán residuos líquidos industriales. Al respecto, se solicitará a los contratistas y operadores el registro y la factura del taller en donde realizan tales mantenciones.
Para mayor detalle, ver las respuestas 1.5.d) y 1.7. de la Adenda de la DIA. 13. Cierre de la fase de construcción:
a) Desarme y retiro de instalaciones temporales: Las construcciones temporales serán desarmadas y, junto con la totalidad de los materiales de desecho remanentes de fases precedentes, serán retirados, transportados y dispuestos finalmente en lugares autorizados en la Comuna de Ovalle. Además, se retirarán los equipos y las maquinarias utilizados en faenas de construcción que quedasen en el terreno.
b) Limpieza y restauración general del terreno: Una vez finalizadas las actividades señaladas en el párrafo precedente, los terrenos serán limpiados y se realizarán actividades tendientes a restaurar la superficie original del terreno. Estas actividades corresponderán al arado de la superficie compactada y nivelación de la misma. Para mayor detalle, ver la respuesta 16.5.a) de la Adenda de la DIA y la letra
d) del numeral 10.1. del ICE.
e) Material de excavación de caminos: El diseño de los caminos se realizará de tal manera que el material de corte o excavación sea utilizado en el relleno de los mismos evitando la generación de residuos (material sobrante) de excavación.
- Insumos:
14.1. Energía: El suministro de energía eléctrica será de 500 KVA, a través del CONAFE (como cliente regulado), desde el alimentador “Recoleta” que pasa por el frente del lote 2A. Además, se dispondrá de 2 grupos electrógenos de 15 KW de
potencia 45 horas semanalmente. |
Por otra parte, aproximadamente en el mes 8 de la fase de construcción, cuando se inicie la fase de operación, la energía necesaria para seguir con las labores | constructivas será obtenida de la generación eléctrica de la fase de operación. 1
14.2. Agua potable:
a) La cantidad de agua a utilizar para consumo humano estará determinada según lo señalado en el D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud, considerando el consumo
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en servicios higiénicos y agua potable. Sobre el particular, considerando la mano de obra requerida en la fase de construcción y un consumo de 150 litros/habitantes/día, el requerimiento de agua potable para consumo humano, duchas, lavamanos y baños en obra será de 9.600 litros/día, en periodo punta, lo que implica que se contará con una capacidad de almacenamiento de 10 mé.
b) Será suministrada en estanques de agua potable o dispensadores de agua purificada provistos por una empresa local debidamente certificada, cumpliendo con todos los requerimientos fisicoquímicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en NCh N*409/1 Of.05 sobre requisitos del agua potable.
14.3. Agua para otros usos: El agua destinada a las actividades de humectación de caminos o excavaciones será suministrada 4 veces al día en camiones aljibe de 10 m' de capacidad. La fuente prioritaria de agua para este uso corresponderá al efluente tratado en la planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de la instalación de faenas y será complementada con la compra a proveedores que cuenten con una fuente de extracción aprobada por la autoridad correspondiente para lo cual se solicitará la documentación que acredite tal situación (derechos de agua); en caso de no encontrarse proveedores locales, se comprará agua a granel a la empresa sanitaria local. Esta información se mantendrá disponible en obra.
14.4. Otros insumos:
a) El suministro de combustible, áridos, hormigón y otros insumos estará a cargo de empresas locales externas que cumplan con los permisos de la autoridad pertinente.
b) Los áridos y hormigón se usarán sólo en casos justificados cuando la instalación de las mesas fotovoltaicas no sea posible mediante el anclaje de tornillos estructurales; la probabilidad que esto último ocurra es bastante baja debido al tipo de suelo del sector del P/F, por lo cual se utilizará un solo camión en esta actividad.
Cc) Al interior de la instalación de faena existirá una bodega de almacenamiento de combustibles en donde se almacenará como máximo 2 tambores de petróleo.
- Servicios sanitarios:
a) La instalación de faenas y la caseta de vigilancia principal contarán con los servicios higiénicos adecuados para el funcionamiento de las faenas, de acuerdo al D.S. N*594/1999 del Ministerio de Salud.
b) Se habilitarán baños químicos portátiles para el personal que se encuentre trabajando en los frentes de trabajo y el servicio de instalación y mantención de los mismos será contratado a una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
máxima para 64 personas, en el cual, si bien estará dotado de agua potable, no se preparará alimentos sino que éstos serán suministrados por una empresa externa debidamente autorizada. Sin perjuicio de lo anterior, el titular adoptará todas las medidas necesarias para mantener dicha instalación en condiciones higiénicas adecuadas y cumplirá con los requisitos establecidos para esta materia en el D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud.
-
Comedor y suministro de alimentos: El comedor tendrá una capacidad
-
Maquinaria y vehículos de apoyo: Para el montaje de equipos en la S/E se usarán camiones, grúas, maquinaria y herramientas adecuadas para la especialidad que se está desarrollando; para el tendido de los conductores y cable de fibra óptica se usarán camiones, grúas y equipo de tendido y freno, adecuados para el tipo de conductor a emplear.
Recursos El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales naturales renovables.
renovables.
Emisiones y | 1. Material particulado (MP) y partículas totales en suspensión (PTS):
efluentes.
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a) Estas emisiones serán temporales (durante 15 meses) y se generarán principalmente tanto en las actividades de carga, descarga y transporte de materiales por caminos no pavimentados como por el tránsito de maquinaria de construcción y vehículos livianos por los mismos; en menor medida se generarán como resultado de los movimientos de tierra por construcción de zanjas (canalizaciones) y caminos de servicio. Para mayor detalle acerca de la estimación de emisiones de ver el anexo 7.1. (Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas) de la Adenda de la misma.
b) El titular implementará las siguientes medidas para disminuir la generación de polvo resuspendido:
b.1) Se humectarán dos veces al día los siguientes caminos no pavimentados, a saber: 0,2 Km que corresponden al tramo de la ruta D-489 entre el camino pavimentado de la ruta D-595 y el acceso al P/F; 1,76 Km que corresponden al tramo entre el acceso al P/F y el camino no pavimentado de la ruta D-489 hasta el cruce hacia la S/E; 1,6 Km que corresponden al tramo entre la ruta D-489 y la S/E; y 1,2 Km que corresponden al tramo entre el acceso al P/F y la instalación de faena.
Se dará preferencia de humectación a los lugares más sensibles respecto del flujo | vehicular y del personal que se encuentre laborando en la zona, es decir, la longitud total se humectará parcializadamente de acuerdo a los frentes de trabajo. Por otra parte, para lograr una eficiencia de abatimiento de material particulado de 75% se requerirán 2,7 litros/m? u 89,964 m'/día, considerando la demanda hídrica de los sectores a ser humectados, la superficie total a humectar (33.320 mó) y una frecuencia de humectación de dos veces al día.
Para mayor detalle ver, la respuesta 1.16.10.d) de la Adenda de la DIA. b.2) Se restringirá la velocidad de circulación de camiones a 30 km/h.
b.3) Los camiones que transportarán el material para la construcción cumplirán con las disposiciones correspondientes del D.S. N%75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas, para cuyos efectos los materiales de construcción serán debidamente humectados y cubierto, con el objetivo de controlar y minimizar las emisiones de material particulado.
b.4) Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día y la mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.
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Gases de combustión: Se generarán debido a los procesos de combustión interna de los motores de vehículos livianos, camiones, equipos electrógenos y de la maquinaria utilizada. La mayor emisión corresponderá a NO, producto del funcionamiento de maquinaria y grupos electrógenos generando 14,62 ton/año de dicho elemento. Para mayor detalle ver tanto el acápite “a.5.7” de la DIA como el anexo 7.1. (Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas), la figura 1 (Udentificación de caminos a utilizar durante las etapas del proyecto) y las respuestas 1.16.9. y 11.3. y IV.2.1. de la Adenda de la misma.
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Ruido:
a) Debido a que el proyecto comenzará a operar a 20 MW en el octavo mes de haber empezado la fase de construcción, las emisiones de ruido se traslaparán tomando en cuenta la suma acústica (energética) que ocurrirá durante el desarrollo simultáneo de ambas fases en dicho periodo. En consideración a lo anterior, para la fase de construcción se analizaron dos escenarios y para el estudio de ruido se definieron $5 puntos de muestreo de ruido que caracterizaron el área de estudio. Sobre el particular, el escenario 1 corresponde a la fase de construcción desde el mes 1 al 8 y fue evaluado respecto del periodo diurno solamente, ya que las obras de construcción se realizarán exclusivamente en este periodo; por su parte, el escenario 2 corresponde a la fase de construcción desde el mes 8 al 15 más la fase de |
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operación a 20 MW.
b) Los niveles de ruido proyectados se encuentran por debajo de los máximos establecidos por la norma vigente, excepto en la ubicación definida como punto 3, sobre la cual se proyecta un exceso de 10 dB y 5 dB para los escenarios 1 y 2, respectivamente. Al respecto, se implementarán medidas de control de ruido consistentes en la instalación de pantallas acústicas móviles en la ubicación relacionada con el receptor del punto 3 y permitirán cumplir los umbrales que define la normativa aplicable en todos los receptores sensibles; dichas pantallas serán de madera tipo OSB de 18mm de espesor, la cual proporciona un aislamiento acústico cuantificado igual a 27 dB.
Para mayor detalle, ver tanto las tablas 15 y 16 del el acápite “a.5.7” y el anexo 5 de la DIA como la respuesta 11.4. de la Adenda y la respuesta 11.2. de la Adenda Complementaria de la misma.
- Aguas Servidas:
Para mayor detalle ver el anexo 6.1 (PAS 138) de la DIA y las respuestas 1.16.10. y TII.1 de la Adenda de la misma.
a) Se generarán en la instalación de faena (8,34 m'/día), en la caseta de vigilancia principal (0,3 m'/día) y baños químicos de los frentes de trabajo móviles (0,96 m'/día), es decir, un caudal total de 9,6 m'/día considerando un personal máximo (en época punta) de 64 trabajadores/día y un factor de recuperación de 0,9.
b) Los baños químicos portátiles serán proporcionados, operados y mantenidos por una empresa autorizada, bajo vigilancia expresa del titular. Los efluentes generados por los baños químicos serán retirados con una frecuencia semanal por una empresa autorizada y transportados a un sitio de disposición final autorizado.
c) La caseta principal de vigilancia (o caseta de ingreso al P/F) contará con un baño completo, el cual continuará funcionando durante la fase de operación (para un máximo de 4 personas). Las aguas servidas generadas en esta instalación sanitaria se descargarán a una fosa séptica para la degradación de la materia orgánica y la parte líquida resultante será infiltrada en el terreno a través de un sistema de drenes.
La fosa séptica tendrá un volumen total de capacidad de 2 m' (equivalente al volumen de aguas servidas generado por un máximo de 6 personas), será de material de fibra de vidrio y la limpieza (extracción de lodos degradados) de esta será realizada cada seis meses por una empresa autorizada mediante un camión limpia fosas cuyos residuos extraídos serán dispuestos en un lugar autorizado para tales efectos; además, se mantendrá en faenas tanto un registro de cada uno de los retiros(en el que constará, fecha, hora y cantidad de lodos retirados) como la copia del contrato celebrado con la empresa encargada del retiro, empresa que contará con autorización sanitaria. La disposición final de lodos se realizará en un sitio autorizado.
d) La instalación de faena contará con duchas, lavamanos y WC; las aguas servidas generadas en estas instalaciones sanitarias serán conducidas a una planta de tratamiento mediante lodos activados (modalidad aireación extendida), localizada en el área de instalación de faenas, cuyo efluente cumplirá el D.S. N*90/2002 y será utilizado para humectación de caminos no pavimentados. Para mayor detalle ver la respuesta 1.16.10.c) de la Adenda de la misma.
Los lodos que se generen en esta planta de tratamiento serán manejados y retirados periódicamente por una empresa especializada autorizada para tales fines; el retiro de lodos se realizará mediante un camión limpia fosa para ser dispuestos en un lugar autorizado.
En caso que se produzca una falla en la planta de tratamiento, las aguas tratadas serán retiradas mediante camiones limpia fosas y dispuestas en un lugar autorizado
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por la empresa sanitaria local hasta que se repare dicha falla.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
- Residuos sólidos domésticos y asimilables:
a) Corresponden a aquellos generados, principalmente, en la instalación de faena por el consumo de alimentos como son restos de comida, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc., y se generará un máximo de 32 kg/día y 0,768 ton/mes, considerando 0,5 kg/trabajador/día de residuos y 64 trabajadores/día durante 24 días laborales al mes.
b) Serán dispuestos en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticamente cerrados (con tapa) y debidamente rotulados, los cuales se almacenarán temporalmente en un área de la instalación de faena para luego ser retirados regularmente por una empresa autorizada y ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. El manejo de estos residuos será realizado por una empresa especializada y autorizada y el periodo máximo de almacenamiento será de 4 días.
c) Se instalarán contenedores menores en los frentes móviles de las labores de construcción.
d) La basura orgánica generada en el horario de almuerzo será recogida y retirada diariamente por la empresa que suministra el servicio de almuerzo.
Para mayor detalle, ver las respuestas 1.15.e) y 111.2. de la Adenda y 111.2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
- Residuos sólidos industriales no peligrosos:
a) Se generará un cantidad máxima de 76 m'/mes y corresponderán principalmente a sobrante de cables, tornillos, alambres, metales, entre otros, y se generará una cantidad de 76m*/mes durante el periodo punta de la fase de construcción.
b) Serán dispuestos en contenedores que se almacenarán (clasificados según tipo) temporalmente en una zona habilitada especialmente para este efecto (patio de salvataje) en la instalación de faena; posteriormente, serán retirados por una empresa certificada por la autoridad sanitaria y dispuestos finalmente en sitios autorizados en función de su naturaleza.
c) El patio de salvataje será habilitado cumpliendo las siguientes características:
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Contará con piso compactado o no poroso.
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Habrá separación por tipo de residuos (a enviar a un sitio autorizado, reciclaje, chatarra, etc.).
-
Tendrá señalética e instrucciones respecto del tipo y características de los residuos almacenados, destacando los peligros inherentes, las medidas de prevención y de primeros auxilios eventualmente aplicables
-
Estará delimitado con un cerco de 2 metros de altura.
Para mayor detalle, ver tanto las respuestas 1.15.e), 111.2. y !IL3. de la Adenda como la respuesta 111.2 y el anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
- Residuos peligrosos:
a) Se generará una cantidad aproximada de 200 kilogramos/mes y corresponderán principalmente a envases y filtros de aceites usados, paños contaminados con grasas O aceites, entre otros. No se realizará ningún tipo de tratamiento de tales residuos, sólo su almacenamiento temporal previo al transporte hacia un lugar de disposición final autorizado.
b) Para el almacenamiento y manejo de dichos residuos se habilitará un área o sitio dentro de la instalación de faena que cumplirá con los requisitos del D.S. N*148/2003, “Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud.
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c) El almacenamiento temporal de cada tipo de residuo, previo a su retiro cada seis meses, se realizará en concordancia con las características de cada uno de ellos; el manejo de estos se realizará mediante empresas certificadas por la autoridad competente para su retiro, acumulación, tratamiento y disposición final. Por otra parte, el sitio de almacenamiento tendrá acceso restringido, pudiendo ingresar sólo personal debidamente autorizado por el responsable de la instalación y contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh. 2.190 Of. 93.
d) Los contenedores que se utilicen contarán con las siguientes especificaciones, de acuerdo al D.S. N148/2003, a saber: tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales resistentes al residuo almacenado en ellos y a prueba de filtraciones; estarán diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados; estarán en todo momento en buenas condiciones, reemplazándose todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención; y estarán rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido (de acuerdo a la NCh N2.190 Of 93), el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.
Para mayor detalle ver tanto el anexo 6.3. de la DIA como las respuestas 1.15.e) y 11.3. de la Adenda y II1.3. de la Adenda Complementaria de la misma.
Referencia al ICE para mayores detalles
sobre esta fase.
Numerales 8.1., 8.2., 8.3., 8.4., 8.5., 8.6., 8.11., 9.1., 9,2., 9.3., 9.4. y 9.5.
4.3.5. Fase de
operación:
Partes, obras y acciones.
La fase de operación tendrá una duración indefinida y durante 7 meses se sobrepondrá con el desarrollo de la fase de construcción. La actividad que dará inicio a esta fase será el inicio de la operación del P/F generando 20 MW, al octavo mes de haber empezado la fase de construcción. La actividad que pondrá término a esta fase será el cese de operación de los paneles fotovoltaicos (se aplica según término de concesión de conexión o renuncia voluntaria a concesión de conexión). Para mayor detalle acerca del cronograma de actividades en la fase de operación, ver la respuesta 17.4. de la Adenda de la DIA.
A continuación se detallan las diferentes actividades y requerimientos durante esta fase:
- Descripción del proceso:
a) El proyecto comenzará a operar al octavo mes de haberse iniciado la fase de construcción, cuando ya se encuentren instalados tanto 90.846 paneles fotovoltaicos con sus instalaciones asociadas como la LMT, el 50% de la capacidad de la S/E con uno de los dos transformadores de 25 MVA y 23/110 kV y generando de esta forma 20 MW en una primera etapa. Para mayor detalle ver la respuesta 1.17.1. de la Adenda de la DIA.
b) La capacidad total de generación de 40 MW se completará luego de concluido el mes 14 de la fase de construcción, una vez que estén instalados y en operación la totalidad de los 181.692 paneles solares de 250 W contemplados en el proyecto.
c) La transmisión de la energía comienza con la operación del parque a 20 MW y se realizará a través de líneas subterráneas en 23 kV hasta el centro de seccionamiento, y luego a través de la LMT se conectará a la línea de 110 kV del SIC (que atraviesa el Lote 1) después de elevar su voltaje en la S/E construida para que entre en funcionamiento al momento de operar a 20 MW.
- Operación de la S/E: Será monitoreada y telecomandada de forma remota desde
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una oficina de operaciones (localizada en la sala de operaciones de la S/E), a través de enlaces de telecomunicaciones vía fibra óptica y microondas, por lo cual, la presencia de personal en ella se deberá sólo al desarrollo de actividades de mantenimiento. Para mayor detalle ver el acápite “a.6.1” de la DIA y la respuesta 17.2. de la Adenda de la misma.
-
Monitorización del estado de las instalaciones solares fotovoltaicas: Se realizará mediante un sistema global que permite realizar estudios de la producción | de los campos (de un modo individual por cada inversor o conjunta por cada grupo | de inversores totalmente configurable), consultar datos y tratamiento predictivo del P/F (estudios de la evolución de la producción con el cual detectar diferencias de producciones y, por tanto, posibles defectos en alguna instalación como cadenas, inversor, etc.), elaborar estadísticas comparativas de las producciones de los distintos inversores (o grupos de inversores) en diferentes escalas de tiempo, y generar la facturación de cada medidor.
-
Mantenciones:
a) Consisten en trabajos puntuales de algunas horas o días de duración en un mes determinado e incluyen aspectos como mantenimiento de áreas, mantenimiento de equipos eléctricos y de potencia.
b) No se realizará limpieza de los paneles fotovoltaicos para evitar posibles erosiones del material depositado sobre los vidrios que generaría la acumulación de polvo y deterioro de la capacidad de absorción de la luz; asimismo, tampoco se lavarán los paneles ya que basta con las precipitaciones de la zona considerando que no hay exceso de polvo en suspensión en el sector.
Cc) La periodicidad de las mantenciones será la siguiente:
c.1) Mantención bianual: Sólo contempla el control del estado de los dispositivos mecánicos para la manipulación del transformador de BajaTensión/MediaTensión (BT/MT).
c.2) Mantención semestral: Los objetivos de esta mantención serán mantener la limpieza interna y externa de los componentes de los inversores, verificar el correcto funcionamiento del ventilador de enfriamiento de los inversores y realizar mantenimiento del tallo verde en el campo fotovoltaico del terreno solar.
c.3) Mantención anual (principalmente de equipos eléctricos):
-
Cajas agrupadoras: Limpieza de la caja de conexiones; reemplazo de fusibles; termografía; y comprobación de corrosión y estanqueidad.
-
Inversores: Revisión del funcionamiento general (parámetros, cableado, ventilación y termostatos) y comprobación de ausencia de corrosión y estanqueidad.
-
S/E, interruptores y transformadores: Comprobación visual de buen estado y de ausencia de corrosión, agua e infiltraciones; verificación del estado de los fusibles; comprobación de funcionamiento adecuado; y limpieza.
-
Operación de la LMT: |
a) Se realizarán inspecciones visuales, en recorridos terrestres, tanto de los | conductores como de las estructuras y del conjunto suspensión/anclaje de las | mismas. Lo anterior, con el objetivo de detectar posibles fallas en los materiales así | como problemas de erosión de suelo en las bases de las estructuras y huellas de | acceso que pudiesen afectar la estabilidad de las estructuras y la continuidad del | servicio de la obra.
b) La frecuencia de dichas inspecciones será anual y la duración de las mismas será | por un periodo de 1 0 2 meses o ante cualquier aviso de terceros. :
- Actividades de mantención y/o conservación. 6.1. Mantenimiento preventivo básico (o menor) de las líneas eléctricas:
a) Consiste en el lavado de aisladores con línea energizada (utilizando la metodología habitual aplicable a líneas de alta tensión), en la inspección visual de estructuras y cadenas de aisladores, y en la realización de mediciones de termografía, verificación y mantenimiento de pinturas. Al respecto, el lavado de aisladores se realizará con agua desmineralizada (encargada a un proveedor especializado), la inspección de aisladores y estructuras a lo largo de toda la línea se realizará en forma pedestre y vehicular, y la medición de termografía se realizará al menos una vez cada tres años a lo largo de toda la LMT.
b) Sólo se utilizarán herramientas de mano y equipos de medición a distancia como el termovisor, es decir, no se utilizará ningún equipo mayor.
6.2. Mantenimiento correctivo: Corresponde a las reparaciones que se ejecutarán a las instalaciones por fallas detectadas en el sistema y su complejidad o profundidad dependerá de la magnitud de la falla o de la anomalía que exista. Sin perjuicio de lo anterior, en algunos casos se requerirá emplear una mayor cantidad de personal y de maquinaria pesada, como grúas y camiones.
6.3. Reparaciones de emergencia: Podrán requerir el uso de maquinaria pesada y de personal adecuado, no obstante que la ocurrencia de una emergencia o de un mantenimiento mayor es de baja probabilidad. Una vez terminadas estas reparaciones, se recolectarán los desechos industriales y residuos domésticos generados y serán llevados inmediatamente a un lugar de disposición final
?
autorizado en la ciudad de Ovalle.
6.4. Mantenimiento de la faja de seguridad: En caso de ser necesario, se realizarán labores de despeje de la faja de seguridad con el objetivo de mantener la huella de la LMT en óptimas condiciones; la necesidad de esta acción se verificará en las inspecciones que se realicen a la faja de seguridad.
6.5. Recambios de paneles fotovoltaicos: Si bien no está previsto que se realicen estos recambios, en caso de ocurrir esta situación se gestionará directamente con el proveedor, quien mantendrá un stock de paneles en sus dependencias en caso de que sea necesario algún recambio. Para mayor detalle, ver la respuesta 1.1. de la Adenda de la DIA.
6.6. Mantención del P/F: Se verificará periódicamente el centro de transformación, centro de media tensión, transformador BT/MT aceite/resina, cuadro de baja tensión, cuadro de agrupamiento DC, inversores, módulos fotovoltaicos y el terreno solar. Para mayor detalle, ver la tabla 1 (Pauta de Mantenimiento del Parque Fotovoltaico) presentada en la respuesta 1.1. de la Adenda de la DIA.
- Insumos operacionales:
a) Energía eléctrica: Será auto-suministrada por el sistema de servicios auxiliares del proyecto y utilizada para el funcionamiento de los equipos del parque e iluminación. Los referidos sistemas auxiliares serán suministrados por la compañía eléctrica local y corresponden a dos trasformadores de 630 kVA, los cuales cumplirán funciones como soporte al parque fotovoltaico en su etapa de operación (también tendrán la función de suministrar energía eléctrica al parque para su correcta operacionalidad en la etapa de construcción, tanto para oficinas como para iluminación como medida de seguridad). Los artefactos de iluminación estarán localizados en la zona de descarga de material, oficinas, portería, bodegas y estacionamientos.
b) Agua potable y servicios sanitarios: Continuará operativa la caseta de vigilancia instalada durante la fase de construcción (a un costado de la zona de descarga y tránsito) la cual estará equipada para 2 a 4 personas y tendrá servicios de agua
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potable y baños.
c) Insumos para mantenimiento: Corresponderán a materiales y/o repuestos requeridos por personal de mantenimiento para reparaciones por eventuales fallas en equipamientos eléctricos o paneles, es decir, serán insumos menores y eventuales.
$. Alimentación: a) Durante las mantenciones del parque fotovoltaico, donde trabajarán simultáneamente como máximo 4 personas, una empresa externa proveerá las
colaciones a los trabajadores.
b) En el caso de la persona encargada de la vigilancia, será ella misma quien se proveerá su alimentación.
c) En la caseta de vigilancia existirá un área destinada para dicha actividad. 9. Transporte: Corresponderá principalmente tanto al traslado de personal para mantenciones del P/F y la S/E como al transporte de insumos cuando sea necesario.
Para mayor detalle ver la tabla 21 del acápite “a.6.6” de la DIA.
- Cuantificación y forma de manejo de los productos generados: Se generará 88 GWh/año de energía eléctrica la cual será inyectada al SIC.
Recursos naturales renovables.
El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes
- Material particulado, partículas totales en suspensión y gases de combustió
a) Se generarán principalmente como resultado del transporte del personal de mantenciones, tanto por la combustión de los motores de los vehículos utilizados en dicha actividad como por la resuspensión de partículas debido al tránsito de los vehículos por caminos no pavimentados. Sin perjuicio de lo anterior, dichas emisiones no se consideran significativas.
b) Debido a que el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados será mínimo (con una frecuencia máxima de una vez por día para la actividad de traslado de trabajadores y dos veces a la semana para la actividad de retiro de residuos), la única
medida de control de emisiones que se implementará será la limitación de velocidad | en el interior del parque a 30 km/h como máximo; la distancia de caminos a recorrer |
será de 0,2 Km desde la ruta D-595 hasta el acceso al P/F y 1,2 Km desde el acceso hasta la instalación de faena.
Para el cumplimiento de la restricción de velocidad, se instalarán señaléticas en distintos puntos del parque; además, en el control de ingreso al parque se informará
las medidas de seguridad y restricciones de velocidad a cada uno de los operarios, |
los cuales deberán firmar una planilla para tales fines.
Para mayor detalle, verel anexo 7.1. (Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas), la figura 1 (Identificación de caminos a utilizar durante las etapas del proyecto) y las respuestas I1.3. y IV.2.1. de la Adenda de la DIA.
- Ruido: a) Debido a que el proyecto comenzará a operar a 20 MW (al octavo mes de haber empezado la fase de construcción), se consideraron tres escenarios de emisiones y
para el estudio de ruido se definieron 5 puntos de muestreo que caracterizaron el área de estudio. Los referidos escenarios corresponden a los siguientes:
- Escenario 1: Fase de operación a 20 MW simultánea a la fase de construcción
durante el periodo diurno, tomando en cuenta la suma acústica (energética) que |
ocurrirá durante el desarrollo simultáneo de dos fases.
Í
20
-
Escenario 2: Fase de operación a 20 MW en periodo diurno; lo anterior, durante fines de semana sin ejecución de labores constructivas (parte del sábado y todo el día domingo) o en eventos especiales de paralización temporal de las mismas donde no se producirá el desarrollo simultáneo de dos fases como en el escenario 1.
-
Escenario 3: Fase de operación a 40 MW en periodo diurno, es decir, el proyecto operando a un 100% (generando los 40 MW de energía) y sin fase de construcción simultánea.
b) Respecto del estudio de ruido presentado, cabe mencionar que la estimación de las emisiones para el escenario 1 son las mismas presentadas en el numeral 4.2.8.3. del ICE para la fase de construcción (bajo las mismas condiciones de simultaneidad de fases), por lo cual, no se reitera dicho análisis para esta fase.
Por otra parte, para los escenarios 2 y 3, si bien también se realizaron mediciones nocturnas, sólo se consideró en el análisis de evaluación de impactos las emisiones en periodo diurno debido a que durante la noche el P/F deja de operar. Sobre el particular, en ambos escenarios los niveles de ruido generados se encuentran por debajo de los límites exigidos por la normativa vigente, cumpliendo a cabalidad durante el periodo diurno.
Para mayores detalles, ver el acápite “a.6.9” y las tablas 23 y 24 de la DIA. 3. Aguas servidas:
a) Se generarán producto del uso de los servicios higiénicos existentes en la caseta de vigilancia principal, por parte de la persona encargada de la vigilancia del parque y por el personal que realizará las mantenciones del mismo.
b) El caudal promedio diario a generar será de 0,27 m'/día considerando una dotación de 150 litros/habitante/día y un coeficiente de recuperación de 0,9. Al respecto, el máximo de trabajadores en forma simultánea que se considera durante la fase de operación corresponde a 4 personas, sin embargo, sólo 2 trabajadores utilizarán los servicios higiénicos de forma regular ya que las mantenciones serán ocasionales.
c) Serán tratadas y dispuestas en el terreno mediante el sistema de fosa séptica y drenes de infiltración, ubicado contiguo a la caseta principal de vigilancia, habilitado en la fase de construcción. La fosa séptica tendrá un volumen total de capacidad de 2 mí (equivalente al volumen de aguas servidas generado por un máximo de 6 personas), será de material de fibra de vidrio y la limpieza (extracción de lodos degradados) de esta será realizada cada seis meses por una empresa autorizada mediante un camión limpia fosas cuyos residuos extraídos serán dispuestos en un lugar autorizado para tales efectos; además, se mantendrá en faenas tanto un registro de cada uno de los retiros(en el que constará, fecha, hora y cantidad de lodos retirados) como la copia del contrato celebrado con la empresa encargada del retiro, empresa que contará con autorización sanitaria. La disposición final de lodos se realizará en un sitio autorizado.
Para mayor detalle, ver el numeral 9.1. del ICE y las respuesta 111.1 de la Adenda de la DIA y IL] de la Adenda Complementaria de la misma.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio inbiente.
Y,
- Residuos sólidos asimilables a domésticos:
a) Se generarán tanto por la persona encargada de la vigilancia del parque como por el personal que realizará las mantenciones ocasionales del mismo y corresponderán a restos de envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio y/o aluminio.
b) La cantidad máxima a generar será de 30 kg/mes, considerando hasta 0,5 kg/díia/persona y 2 trabajadores en forma simultánea.
c) Serán dispuestos en bolsas plásticas dentro de contenedores herméticamente cerrados (con tapa) y debidamente rotulados, siendo retirados y transportados por
)
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una empresa externa especializada y autorizada hacia un relleno sanitario autorizado en la comuna de Ovalle al menos dos veces por semana. El manejo de estos residuos * será realizado por una empresa especializada y autorizada. i
d) El lugar de almacenamiento temporal de estos residuos corresponderá a la bodega de residuos industriales no peligrosos (implementada durante la fase de construcción), pero de manera separada de los residuos industriales.
Para mayor detalle, ver tanto la respuesta 111.2. de la Adenda como la respuesta 11.2 y el anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
- Residuos sólidos industriales no peligrosos:
a) Se generarán como resultado de las mantenciones de las instalaciones del P/F y S/E en una cantidad de 0,5 m'/mes y corresponderán a restos de materiales como pernos, tornillos y alambres.
b) Serán recolectados inmediatamente por el personal encargado de las mantenciones y dispuestos en tambores cerrados que serán almacenados temporalmente hasta finalizadas las actividades de mantención para luego ser retirados por una empresa debidamente autorizada que se encargará de la disposición final en un sitio autorizado.
c) El lugar de almacenamiento temporal de estos residuos corresponderá al patio de salvataje implementado durante la fase de construcción, pero de manera separada de los residuos domésticos y asimilables.
Para mayor detalle, ver tanto las respuestas 1.3., 111.2. y MIL3. de la Adenda como la respuesta III.2 y el anexo 3 de la Adenda Complementaria de la DIA.
- Residuos peligrosos: Corresponderán a paneles fotovoltaicos defectuosos que requieran ser desechados o reemplazados y serán dispuestos en el mismo sitio de almacenamiento construido en la fase de construcción.
Parta mayor detalle, ver la respuesta 1.1.y el anexo 6 (Actualización Permiso Ambiental Sectorial 142) de la Adenda Complementaria de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles
sobre esta fase.
Numerales 8.1., 8.2., 8.3., 8.4., 8.5., 9.1., 9,2., 9.3., 9.4. y 9.5.
4.3.6. Fase de
cierre:
Partes, obras y acciones.
-
Si bien la vida útil del proyecto se proyecta como indefinida, en caso que se considere o fuese necesario una fase de cierre/abandono esta tendrá una duración aproximada de 8 meses. La actividad que dará inicio a esta etapa será el desmantelamiento de instalaciones y la actividad que pondrá término a la misma será el cierre y clausura de las instalaciones.
-
Se desmantelarán las obras físicas y se retirarán los elementos mecánicos u otros en desuso, luego, se trasladarán para su reutilización, reciclaje o se dispondrán conforme a la normativa vigente en un lugar autorizado; además, se restituirán las condiciones del emplazamiento, llegando a lograr el mismo aspecto que la zona tenía con anterioridad al desarrollo y operación del proyecto. Una vez concluida la limpieza del terreno, este se entregará al propietario conforme con las cláusulas del contrato de arriendo.
-
El contratista encargado del cierre de las instalaciones utilizará los mismos terrenos e instalaciones del proyecto.
-
Desmantelamiento de construcciones permanentes: Todas las construcciones que
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sean factibles de desmontar serán desmanteladas; las obras de hormigón se | demolerán y se considerarán material de escombro para su retiro y disposición final en el relleno sanitario más cercano; además, se retirarán todos los equipos y aparatos que fueron usados en la operación del proyecto. Por otra parte, las instalaciones de la S/E serán cedidas al SIC, el cual podrá disponer de su operacionalidad bajo las circunstancias que estime conveniente.
4.1. Desarme y retiro de paneles y línea de transmisión: Se desmontará tanto la totalidad de los paneles fotovoltaicos con sus respectivas estructuras de acero (hasta una profundidad que dependerá del tipo de terreno y de las pendientes existentes, pero no será inferior a 30 cm) como el cableado interno del parque; una vez desmontado los materiales y re-embalados para su posterior reciclaje, se comenzará con la eliminación de las obras de arte (casetas de vigilancia, mirador, caminos interiores, etc.).
4.2. Levantamiento de radieres y concretos superficiales: La totalidad de estas estructuras serán removidas y retiradas como escombros al relleno sanitario más cercano.
4.3. Cierre y clausura de instalaciones: Cualquier tipo de contenedor que contenga aceites, lubricantes, combustibles, etc., será vaciado de su contenido para ser vendidos a terceros; los materiales para los cuales no se encuentren interesados serán llevados a vertederos autorizados.
Sin perjuicio de lo anterior, una vez que finalizada la vida útil del proyecto, la S/E será debidamente protegida y mantenida como parte de la infraestructura del SIC, la cual podría, eventualmente, ser utilizada para proyectos futuros.
-
Restauración de la geoforma o morfología: Debido a que para soportar los paneles fotovoltaicos se utilizaron estructuras metálicas fijadas al suelo, en lugar de realizar obras de fundación para la instalación de estos, no se realizaron excavaciones o movimiento de tierra considerables, por lo cual, no se realizarán actividades mayores para restaurar las geoformas, a excepción de lo señalado en el numeral 4.4.1. del ICE.
-
Mantención, conservación y supervisión: Una vez que se realice el desmantelamiento de las construcciones permanentes y se restaure la geoforma del área afectada por el proyecto, no será necesario realizar actividades de mantención, conservación y/o supervisión en las zonas involucradas.
Recursos naturales renovables.
El proyecto no contempla la extracción o explotación de recursos naturales renovables.
Emisiones y efluentes.
- Material particulado (MP), partículas totales en suspensión (PTS) y gases de combustión: Se prevé que en la eventual fase de cierre y abandono, las emisiones de MP, PTS y de gases de combustión, en general, serán de baja magnitud y menores que en la fase de construcción, ya que se restringen a las tareas de desmantelamiento de las instalaciones y no se ejecutarán movimientos de tierra; además, tales emisiones se generarán sólo durante 8 meses. Las medidas a implementar para disminuir la generación estas emisiones serán las mismas adoptadas durante la fase de construcción en consideración al tipo de actividad que se desarrolle.
Para mayor detalle, ver tanto el acápite “a.7.3” de la DIA como el anexo 7.1. (Informe de Estimación de Emisiones Atmosféricas) y las respuestas 11.3. y IV.2.1. de la Adenda de la misma.
- Ruido: Se estima que la generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras será similar a la de la fase de construcción. Al respecto, cabe hacer presente que la modelación y evaluación de la emisiones de ruido en la fase de cierre/abandono del proyecto está contenida en la modelación y evaluación de la fase de construcción, debido a que las obras de desmantelamiento generalmente contemplan la utilización de maquinaria equivalente técnicamente respecto a la
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utilizada en la etapa de construcción (en igual o menor cantidad) y con la misma distribución espacial, por lo que la emisión acústica es de igual o menor proporción. Sin perjuicio de lo anterior, en el momento que se requiera el eventual desmantelamiento (fase de cierre/abandono) del proyecto, se verificará la existencia de nuevos receptores sensibles cercanos al mismo respecto a los receptores ya considerados en la DIA. En caso que existieran nuevos receptores sensibles, éstos serán incorporados a un plan de monitoreo de ruido a realizar para la verificación normativa y en caso de sobrepasar los niveles máximos permitidos se! implementarán las medidas de control de ruido necesarias para dar cumplimiento a la normativa pertinente.
É
- Residuos líquidos domésticos: :
a) En caso de cierre del proyecto, al inicio de dicha fase, se retirará la fosa séptica de la caseta de vigilancia principal (una vez vaciado su contenido mediante un camión limpia fosas) y luego se restituirá el terreno a su geoforma inicial. En consideración a lo anterior, se implementará una nueva instalación de faena donde a su vez se instalará una planta de tratamiento de aguas servidas.
b) Como resultado del desarrollo de las actividades propias de la fase de cierre/abandono, se generarán aguas servidas en cantidad similar a la que se producirá en la fase de construcción y el manejo de dichos residuos también será similar a lo implementado en dicha fase. Al respecto, las aguas servidas se generarán por el uso tanto de los baños y duchas habilitados en la instalación de faena que se implemente para efectos del desmantelamiento del parque como de los baños químicos que se instalen en los frentes de trabajo móviles (si ameritan estos frentes); además, se generarán aguas servidas por el lavado de comedores de la instalación de faena.
c) Los baños químicos portátiles y las aguas servidas generadas en estos serán manejados y retirados por una empresa autorizada para ello y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado.
d) Las aguas servidas generadas en la instalación de faena serán tratadas en una planta de tratamiento para ser utilizadas en la humectación de los caminos no pavimentados contemplados en el proyecto.
e) Tanto en la instalación de faena como en los frentes de trabajo los servicios higiénicos darán cumplimiento a lo establecido en el D.S. N*594/1999 del MINSAL.
Para mayor detalle ver las respuestas 1.18.6. y II1.1. de la Adenda de la DIA.
Residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente.
- Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domésticos:
a) Se generarán durante el desmantelamiento de las obras y corresponderán a restos de alimentos, envoltorios, papeles, envases de plástico, cartón, vidrio, aluminio, etc. Si bien la cantidad de estos residuos dependerá del personal que se considere para esta fase, será de aproximadamente 120 Kg/mes.
b) Serán almacenados en contenedores herméticamente cerrados y la frecuencia de retiro de los mismos será de al menos 2 veces por semana por parte de la empresa sanitaria del municipio correspondiente.
- Residuos sólidos industriales no peligrosos:
a) Corresponderán a escombros, chatarra, restos de materiales como pernos, tornillos, alambres, hormigón y arquetas; la cantidad a generar (1.000 Kg/mes) será el resultado directo del desmontaje de las obras.
b) Serán trasladados al recinto sanitario autorizado más cercano por una empresa externa de transporte autorizada, la cual deberá presentar certificados o documentos que acrediten la disposición final de los mismos en un el lugar autorizado.
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- Materiales reciclables:
a) Corresponderán a paneles, estructuras de acero, cables, inversores y transformadores, y la cantidad a generar será de 1.200 Ton/mes. Todos ellos serán reciclados ya sea por la misma empresa proveedora como por alguna empresa local.
b) Estos elementos reciclables serán almacenados temporalmente (periodo no mayor a 24 horas) en una zona definida para su posterior embalaje (en el caso de paneles), carguío y transporte. Esto se realizará por medio de una empresa contratista externa o bien por el proveedor (en el caso de paneles).
- Residuos peligrosos: Si bien se estima que no se generará este tipo de residuos en esta fase del proyecto, en caso que esto suceda se habilitará un área de manejo y almacenamiento temporal que cumplirá con los requisitos del D.S. N*%148/2003 (Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud) y serán retirados con una frecuencia máxima de 6 meses.
Para mayor detalle, ver las respuestas 1.18.7., IIL.2. y II1.3. de la Adenda y IL2 de la Adenda Complementaria de la DIA.
Referencia al ICE para mayores detalles
sobre esta fase.
Numerales 8.1., 8.2., 8,3., 8.4. y 8.5.
4.3.7. CALENDARIZACIÓN FASES DEL PROYECTO Y FAENA MÍNIMA.
El acto o faena mínima que dará inicio a la ejecución del proyecto corresponde a la ejecución de movimientos de tierra para la habilitación o construcción de los caminos del proyecto.
Para mayor detalle acerca del cronograma del proyecto donde se detallan las obras o acciones que dan inicio y término a cada una de las fases de este, ver los acápites “a.5.2.”, “a.5.3, “a.6.2,, “a.6.3.” y “a.7.” de la DIA.
S. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:
5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
El mayor nivel de emisiones a la atmósfera del proyecto en la fase de construcción será de 14,62 ton/año de NO, y en la fase de operación serán 0,92 ton/año de partículas totales suspendidas (PTS); además, las emisiones en la fase de cierre/abandono serán de carácter temporal y acotado, siendo el mayor aporte las PTS con 1,49 ton/año. Al respecto, es posible concluir que las emisiones atmosféricas del proyecto no son significativas en ninguna fase de desarrollo de éste y cumple con los niveles establecidos en la normativa | vigente, l
Durante la fase de construcción los niveles de ruido proyectados se encuentran por debajo de los máximos establecidos por la norma vigente, excepto en la ubicación definida como punto 3; al respecto, se implementarán medidas de control de ruido consistentes en la instalación de pantallas acústicas móviles en la referida ubicación. Durante la fase de operación los niveles de ruido proyectados se encuentran por debajo de los límites exigidos por la normativa vigente y durante la eventual fase de cierre/abandono la generación de ruido (como resultado del desmantelamiento de las obras) será similar a la de la fase de construcción.
Impacto no significativo
Los efluentes corresponderán sólo a las aguas servidas domésticas generadas en |
cada una de las fases del proyecto, las cuales, debido a la baja cantidad a.
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5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS
: fase de construcción; Durante la fase de operación se estima una generación de |
Se generarán residuos peligrosos durante la fase de construcción en una
| de cierre/abandono se estima que no se generará este tipo de residuos.
generar y el sistema tratamiento y la disposición final que tendrán no presentan | riesgo para la salud de la población. |
Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domésticos en la instalación de faena y corresponden principalmente a restos de comida, envases, papeles, cartones, entre otros, respecto de los cuales se estima una cantidad a generar de aproximadamente 0,768 ton/mes; Durante la operación, la cantidad estimada de estos residuos será de 30 kg/mes, considerando el personal destinado a vigilancia y mantenciones esporádicas.
Se generarán residuos sólidos industriales no peligrosos durante la fase de construcción y corresponden a sobrante de cables, tornillos, alambres, metales, ' elementos de protección personal, restos de embalajes, módulos dañados, etc., y | se estima una cantidad aproximada de 76 m*/mes durante el periodo punta de la
0,5 m”/mes de estos residuos, asociados a la mantención de las instalaciones | del P/F y S/E, y corresponden a restos de materiales como pernos, tornillos y alambres.
cantidad estimada de 200 kg/mes y se almacenarán en una bodega de residuos peligrosos autorizada. Durante la fase de operación estos residuos corresponderán a paneles fotovoltaicos defectuosos que requieran ser desechados o reemplazados y serán dispuestos temporalmente en el mismo sitio de almacenamiento construido en la fase de construcción. Durante la fase
Referencia al ICE
para — MAYOrS 4332 439.1, 43.10, 4.3.11., 443.1, 44.32. 4.4.4., 4.4.5, 44.6, 5.1.1., detalles sobre este >
. + 5.1.2.,5.1.3.,5.1.4. y 5.1.5.
tmpas o ¡ - Artículo 5 del Capítulo VI.
especifico 1
- Numerales 4.2.8.1., 4.2.8.2., 4.2.8,3., 4.2.9.1., 4.2,10., 4.2.11., 4.3.8.1.,
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de sus efluentes, emisiones y residuos.
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y
AIRE.
Impacto no significativo
El terreno existente en el área de influencia del proyecto se encuentra altamente modificado e intervenido en su condición basal, principalmente por la ganadería doméstica (caprinos), cultivos agrícolas y por el uso de depósito de basura sin regulación. Además, de acuerdo a las características constructivas de los paneles fotovoltaicos, estos se instalarán sobre pivotes y no se removerá la primera capa del suelo y, en general, debido al escaso volumen de material a remover se evitarán efectos erosivos en el componente suelo.
No se descargarán efluentes de ningún tipo a cursos superficiales o subterráneos y las aguas servidas generadas en las fases de construcción y operación serán tratadas y dispuestas en lugares autorizados; así mismo, los residuos sólidos y peligrosos se dispondrán en contenedores cerrados y almacenarán transitoriamente en sitios habilitados de acuerdo a la normativa vigente, no relacionados con cursos o fuentes de agua. Por otra parte, los requerimientos de agua para distintos usos serán abastecidos por terceros y no habrá extracción desde fuentes propias.
Debido a que el área del proyecto está altamente intervenida, la vegetación remanente corresponde a parches de vegetación discretos en el espacio con una baja diversidad biológica de flora; además, la dinámica evolutiva de dicha vegetación corresponde a una fase ecológica regresiva, lo que en términos del valor ambiental se traduce en una baja calidad basal. En consideración a lo anterior, los hábitats adecuados para fauna son escasos y se encuentran
26
5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y
AIRE.
severamente perturbados. Por otra parte, debido a las características constructivas de los paneles solares, no se removerá la totalidad de la vegetación presente en el área de instalación de los mismos ya que se realizará una intervención localizada en función de la ubicación puntual del sistema de sujeción de éstos.
Referencia al ICE
para mayores detalles sobre este 5.2.2., 5.2.3., 5.2.4. y 5.2.5. impacto - Artículo 6 del Capítulo VI. especifico
- Numerales 4.2.2.2., 4.2.2,3., 4,3.3., 5.1.1., 5.1.2., 5.1.3., 5.1.4., 5.1.5., 5.2.1.,
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo,
agua y aire,
5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS
HUMANOS.
Impacto no significativo
El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no contempla reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los: sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Referencia al ICE
para mayores | - Numeral 5.3.
detalles sobre este
impacto - Artículo 7 del Capítulo VI. específico
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR. I
Impacto no significativo
El proyecto de acuerdo a su lugar de emplazamiento, no se localiza en o: próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.
Referencia al ICE
para mayores - Numeral 5.4.
detalles sobre este
impacto - Artículo 8 del Capítulo VI. específico
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no se localizará en o próxima a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.
5.5, ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA
Impacto no significativo
El área de influencia del proyecto corresponde a un sector descampado en las faldas de un cerro que colinda con el embalse “Recoleta” y la misma está inserta en un paisaje de tipología rural, donde predominan las áreas de uso agrícola y áreas sin uso, las cuales suelen encontrarse altamente intervenidas. Lo anterior, implica que los elementos del paisaje originales han sido modificados, por lo tanto, éstos no imprimen u otorgan un valor sobresaliente a la unidad de paisaje local.
El paisaje evaluado no presenta condiciones escénicas destacadas, únicas, ni elementos que aporten singularidad al mismo, ya que la zona del proyecto no posee atributos naturales que le otorguen una calidad que la hace única y representativa; lo anterior, sin perjuicio que el propio proyecto no genera
27
5.5. ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN,
DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA obstrucción de la visibilidad del paisaje circundante. Referencia al ICE para mayores - Numeral 5.5. detalles sobre este | impacto - Artículo 9 del Capítulo VI. específico
' De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración significativa, ¡ en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL ' Se constató la presencia de un sólo elemento patrimonial correspondiente a un “contexto de data subactual e histórica (SH-1), ubicado en el área de ¡emplazamiento de la S/E, sin embargo, no se identificaron evidencias o sitios | Impacto no | de valor patrimonial en el área. Al respecto, los restos de basura histórica | significativo | presentes dentro del corral subactual corresponden a restos históricos descontextualizados, por cuanto se trata de un remache asociado a líneas de ferrocarriles y restos de aislador eléctrico, para los cuales se solicitará su recolección.
Referencia al ICE
para mayores | - Numeral 5.6.
detalles sobre este | impacto ¿ - Artículo 10 del Capítulo VI. ' específico
De acuerdo a lo anterior, se concluye que el proyecto no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes ¡al patrimonio cultural.
La
- Que resultan aplicables al proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
6.1. Permisos Ambientales Sectoriales:
6.1.1. Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiies, aguas servidas de cualquier naturaleza.
Fase del proyecto a | Construcción, operación y cierre.
la cual corresponde Parte, obra o acción a Permiso aplicable al proyecto ya que en la fase de construcción se ' que aplica implementará un sistema de tratamiento de aguas servidas mediante fosa séptica y drenes de infiltración en el sector de la caseta de vigilancia | principal y una planta de tratamiento mediante lodos activados en la ¡instalación de faenas. Durante la dase de operación continuará funcionando sólo el sistema de tratamiento de aguas servidas del sector de la caseta de vigilancia principal.
Pronunciamiento del | La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, en órgano competente Oficio N*06 de fecha 19 de enero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 138 del RSEIA.
6.1.2. Artículo 140: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de | cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o | disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. i Fase del proyecto a Construcción, operación y cierre.
la cual corresponde : Parte, obra o acción a | Permiso aplicable al proyecto, ya quese implementarán lugares de.
que aplica almacenamiento temporal de residuos, tanto para los domésticos y!
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asimilables como para los residuos industriales no peligrosos durante las fases de construcción y operación. El retiro de residuos estará siempre a cargo de una empresa contratista debidamente autorizada, la que se encargará de la disposición final de estos residuos en un sitio autorizado.
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, en Oficio N%06 de fecha 19 de enero de 2015, se pronunció conforme condicionando respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso
: Ambiental Sectorial del artículo 140 del RSEIA, a saber:
Durante la etapa de construcción se deberá habilitar un sitio para el
almacenamiento de residuos domésticos en el área del proyecto, el cual deberá estar cercado, de acceso restringido y contar con la respectiva Autorización Sanitaria.
6.1.3. Artículo 142: _peligrosos. El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos.
Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos
Fase del Proyecto a la cual corresponde
Construcción y operación.
Parte, obra o acción a que aplica
Permiso aplicable al proyecto ya quese generarán residuos peligrosos durante la fase de construcción que serán almacenados temporalmente en una bodega habilitada para tales fines ubicada dentro de la instalación de faena. Por otra parte, durante la fase de operación los paneles fotovoltaicos defectuosos que requieran ser desechados o reemplazados serán dispuestos en la misma bodega utilizada en la fase de construcción.
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Coquimbo, en Oficio N*06 de fecha 19 de enero de 2015, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 142 del RSEIA.
6.1.4. Artículo 156: Permiso para efectuar modificaciones de cauce.
Fase del proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a que aplica
Permiso aplicable al proyecto, ya que se ejecutarán obras correspondientes a alcantarillas y/o badenes para 5 atraviesos de caminos internos por sobre quebradas existentes.
Pronunciamiento del órgano competente
La DGA de la Región de Coquimbo, en Oficio N*866 de fecha 21 de noviembre de 2014, se pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 156 del RSEIA.
6.1.5. Artículo 160: Permiso para construcciones fuera de los límites urbanos.
subdividir y urbanizar terrenos rurales 0 para
Fase del proyecto a _la cual corresponde
' Construcción
Parte, obra o acción a que aplica
Permiso aplicable al proyecto, ya que se construirán obras correspondientes a instalación de faena y casetas de vigilancia que requieren el referido PAS, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, artículo 55 del DFL N*458/1975 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
Pronunciamiento del órgano competente
La Secretaría Regional Ministerial de Agricultura de la Región de Coquimbo, en Oficio N*%560 de fecha 24 de noviembre de 2014, se
1 pronunció conforme respecto de los requisitos para el otorgamiento del
| Permiso Ambiental Sectorial del artículo 160 del RSEIA.
7.
Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto es la siguiente:
| 17. 1, EMISIONES A LA ATMOSFERA.
Norma
- Decreto Supremo N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece Normas | para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier ' Naturaleza.
Ml Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud. Establece | Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
29
-
Decreto Supremo N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos.
-
Decreto Supremo N*55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicable a Vehículos Motorizados Pesados.
-
Decreto Supremo N*1/2013 del Ministerio de Medio Ambiente. Aprueba
Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, ' RETC.
Forma de cumplimiento
a) Fase de construcción:
a.1) Respecto de las emisiones por combustión de motores, el titular del proyecto se compromete a exigir el cumplimiento de las normas de emisión aplicables.
a.2) Respecto de la emisión de material particulado, se implementarán las siguientes medidas:
¡) Humectación de los caminos no pavimentados dos veces al día.
ii) Restricción de la velocidad de circulación de camiones a 30 km/h.
lili) Los camiones que transportarán el material para la construcción | cumplirán con las disposiciones correspondientes del D.S. N%75/1987 del ' Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que Establece Condiciones ' para el Transporte de Cargas, para cuyos efectos los materiales de ¡| construcción serán debidamente humectados y cubiertos (tolva o sección de | carga tapada con lonas), con el objetivo de controlar y minimizar tanto las emisiones y dispersión de material particulado a la atmósfera como el |
escurrimiento de materiales hacia el suelo,
| 1y) Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día y la mantención de ¡la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en
talleres mecánicos autorizados.
a.3) Debido a que los dos grupos electrógenos que se utilizarán en la fase de construcción tendrán una potencia de 15 kW cada uno, no es aplicable el D.S. N138/2005, pero si el Decreto Supremo N1/2013, “Aprueba Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, RETC” del Ministerio de Medio Ambiente, y se declararán las emisiones de éstos dos grupos electrógenos a través del sistema de ventanilla única del RETC (http://vu.mma.gob.cl/). Para mayor detalle ver la respuesta 11.2. de la Adenda de la DIA.
Sin perjuicio de lo anterior, se informará sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y cantidades y tipo de combustibles, de acuerdo a lo indicado en los artículos 1%, 2? y 3 del D.S. N*138/2005.
b) Fase de operación: En caso de subcontratar servicios de transporte, se señalará expresamente en los contratos que se suscriban la obligación de cumplir con las disposiciones de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos (D.S. N*S4/1994, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones), a través del certificado de revisión técnica al día. Por otra parte, debido a que el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados durante la fase de operación será mínimo, la única medida de control de emisiones que se implementará será la limitación de velocidad en el interior del parque a no más de 30 Km/hr.
c) Fase de cierre/abandono: Las emisiones de material particulado y de gases de combustión serán de baja magnitud y menores que en la fase de construcción. Las medidas a implementar para disminuir la generación de
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' en consideración al tipo de actividad que se desarrolle.
Indicadores de cumplimiento
a) Realización de inspección visual de todos los vehículos que salgan con carga de la faena y/o planta, a modo de verificar que el material esté humedecido y cubierto con lona; se mantendrá una bitácora con dicha información.
b) Vehículos con revisiones técnicas y mantenciones correspondientes
|] realizadas, cuya copia de documentación pertinente se mantendrán en la
faena y/o planta.
c) Todos los vehículos que circulen por la faena y/o planta estarán inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados.
d) Humectación de caminos no pavimentados realizada dos veces al día, respecto de lo cual se mantendrá un registro interno de ingreso y salida del camión cisterna designado para dicha tarea. Además, se mantendrá un registro diario de humectación, donde se detalle: cantidad de agua utilizada,
horas del día en la cual se realizará la humectación de los caminos y
frecuencia de humectación.
e) Señalética de restricción de velocidad instalada (30 Km/hora) y controles visuales inspectivos realizados.
f) Declaración anual de emisiones de todas aquellas fuentes fijas a las que aplique el D.S, N*138/2005, lo cual se archivará digitalmente.
Referencia al ICE
' Numerales 4.2.8.1., 4.3.8.1., 4.4.3.1.,5.1.1.y 8.1. para mayores detalles | 7
7.2. RESIDUOS LÍQUIDOS.
Norma
-
Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
-
Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
Forma de cumplimiento
a) Fase de construcción:
a.1) Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos de la caseta de vigilancia principal serán tratadas mediante un sistema de fosa séptica y drenes de infiltración. Las aguas servidas generadas en los servicios higiénicos de la instalación de faenas serán tratadas mediante un sistema de lodos activados para ser utilizadas en la humectación de caminos del
¡ proyecto.
a.2) Los frentes de trabajo a la vez contarán con baños químicos cuyas aguas servidas generadas serán retiradas por una empresa autorizada, para ser dispuestas en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria. Sin perjuicio de que el correcto manejo de las aguas servidas es responsabilidad del titular.
b) Fase de operación: Las aguas servidas generadas por el personal (máximo 4 personas) serán tratadas mediante el sistema de fosa séptica y drenes habilitado en la fase de construcción.
c) Fase de cierre/abandono:
c.1) Se generarán aguas servidas por el uso tanto de los baños y duchas habilitados en la instalación de faena que se implemente para efectos del desmantelamiento del parque como de los baños químicos que se instalen en los frentes de trabajo móviles (si ameritan estos frentes) además, se generarán aguas servidas por el lavado de comedores de la instalación de faena.
c.2) Los baños químicos portátiles y las aguas servidas generadas en estos
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serán manejados y retirados por una empresa autorizada para ello y serán llevados a un sitio de disposición final autorizado.
c.3) Las aguas servidas generadas en la instalación de faena serán tratadas en una planta de tratamiento a implementar en esta fase para ser utilizadas en la humectación de los caminos no pavimentados contemplados en el proyecto.
c.4) Tanto en la instalación de faena como en los frentes de trabajo los servicios higiénicos darán cumplimiento a lo establecido en el D.S. N*594/1999 del MINSAL.
Indicadores de cumplimiento
a) Sistema de alcantarillado particular aprobado por la autoridad sanitaria.
b) Sistema de tratamiento de aguas servidas mediante fosa séptica y drenes aprobado por la autoridad sanitaria.
c) Sistema de tratamiento de aguas servidas mediante de lodos activados aprobado por la autoridad sanitaria.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numerales 4.2.9.1., 4.3.9.1., 4.4.4. y 8.3.
7.3. RESIDUOS SÓLIDOS.
-
Decreto con Fuerza de Ley N*725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
-
Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los
Norma Lugares de Trabajo. | un relleno sanitario autorizado. semana. para la fase de construcción. Forma de
Cumplimiento
b.1) Fase de construcción: Serán almacenados en contenedores, acopiados (clasificados según tipo) temporalmente en una zona habilitada
salvataje) localizada en la instalación de faena y retirados por una empresa ¡certificada por la autoridad sanitaria para ser dispuestos finalmente en sitios
a) Residuos sólidos domésticos y asimilables:
a.l) Fase de construcción: Serán almacenados temporalmente en contenedores cerrados (con tapa) y debidamente rotulados, localizados en un área especialmente habilitada en la instalación de faena y retirados regularmente por una empresa autorizada para ser dispuestos finalmente en
a.2) Fase de operación: Serán dispuestos en recipientes plásticos debidamente cerrados y almacenados temporalmente en una bodega común con los residuos industriales no peligrosos, pero de manera separada, siendo retirados y transportados por una empresa externa especializada y autorizada hacia un lugar autorizado en la comuna de Ovalle al menos dos veces por
a.3) Fase de cierre/abandono: El manejo de estos residuos será el mismo que
b) Residuos sólidos industriales no peligrosos:
especialmente para este efecto (bodega o patio de acopio temporal o de
autorizados en función de su naturaleza.
b.2) Fase de operación: Serán recolectados inmediatamente por el personal encargado de las mantenciones y dispuestos en tambores cerrados que serán almacenados temporalmente (en la bodega de residuos industriales no peligrosos implementada durante la fase de construcción) hasta finalizadas las actividades de mantención para luego ser retirados por una empresa debidamente autorizada que se encargará de la disposición final en un sitio autorizado.
b.3) Fase de cierre/abandono: El manejo de estos residuos será el mismo que | para la fase de construcción.
a) Obtención del PAS 140, respecto del cumplimiento de los requisitos de un
. 1 de di ición de residuos de cualquier tipo. Indicadores de ugar sposición de residuos ualquier tipo
cumplimiento 0 ante ns P b) Obtención de autorización sanitaria para las empresas de transporte y
disposición final de residuos.
Referencia al ICE Numerales 4.2.10.1., 4.2.10.2., 4.3.10.1., 4.3.10.2., 4.4.5.1., 4.4.5.2. y 8.4. para mayores detalles
7.4, RUIDO.
- Decreto Supremo N*38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma
a) Fase de construcción: Debido a que en la ubicación del receptor definida i como punto 3 se proyecta un exceso de 10 dB y 5 dB para los escenarios 1 y | 2 de desarrollo de dicha etapa, sin y con fase de operación simultánea, respectivamente, se implementarán medidas de control de ruido consistente en la instalación de una pantalla acústica móvil en la ubicación definida como punto 3 la cual proporciona un aislamiento acústico cuantificado igual a27dB.
Forma de Cumplimiento b) Fase de operación: Considerando que el P/F deja de operar durante la noche, los niveles de ruido diurno estarán por debajo de los límites exigidos por la referida normativa para los escenarios 2 y 3 de desarrollo de dicha etapa, sin fase de construcción simultánea, pero operando a 20 MW y 40 MW, respectivamente.
c) Fase de cierre/abandono: La generación de ruido durante el desmantelamiento de las obras será similar a la de la fase de construcción.
Indicadores de
o. a) Pantallas acústicas instaladas en el punto 3. cumplimiento
Referencia al ICE Numerales 4.2.8.3., 4.3.8.2., 4.4.3.2. y 8.2. para mayores detalles
' 7.5. RESIDUOS PELIGROSOS. Ñ I - Decreto Supremo N*148/2003 del Ministerio de Salud. Reglamento
Norma Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos.
Se generarán principalmente en la fase de construcción del proyecto y para su almacenamiento y manejo se habilitará un área que cumplirá con los requisitos del D.S. N*148/2003. El almacenamiento temporal de cada tipo de residuo en dicha área, previo a su retiro cada seis meses, se realizará de acuerdo con las características de cada uno de ellos. Durante la fase de : operación corresponderán a paneles fotovoltaicos defectuosos que requieran : ser desechados o reemplazados y serán dispuestos temporalmente en el | Forma de mismo sitio de almacenamiento construido en la fase de construcción. I Cumplimiento Durante la fase de cierre/abandono se estima que no se generará este tipo de residuos.
En caso de generarse cualquier residuo peligroso durante las actividades de mantención a desarrollarse en el parque fotovoltaico, éstos serán manejados de acuerdo a las exigencias contenidas en el D.S. N*148/2003 MINSAL y, además, para su almacenamiento, transporte y disposición final se contará con las respectivas autorizaciones sanitarias.
a) Obtención del PAS 142, respecto del cumplimiento de los requisitos de un sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.
Indicadores de cumplimiento | b) Retiro de los residuos peligrosos por una empresa transportista autorizada, manteniendo, además, la documentación pertinente de registro de realización de dicha actividad.
Referencia al ICE Numerales 4.2.11., 4.3.11., 4.4.6. y 8.5. | para mayores detalles
33
' 7.6. CONTAMINACIÓN LUMÍNICA.
Norma
Decreto Supremo N43/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, que Establece Norma de Emisión para la Regulación de la Contaminación Lumínica, Elaborada a partir de la Revisión del Decreto N686, de 1998, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.
Forma de Cumplimiento
La totalidad de las instalaciones de exteriores del proyecto, en cada una de las fases de desarrollo del mismo, corresponderán a equipos certificados y fijados con la inclinación reglamentaria y cumpliendo con las restricciones horarias, de modo de dar cumplimiento a lo establecido en la referida normativa. Por otra parte, todas las luces exteriores que se empleen en las obras, incluyendo focos halógenos, luminarias y postes móviles de iluminación, letreros exteriores, etc., serán declaradas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de la Región de Coquimbo.
Indicadores de cumplimiento
a) La totalidad de los equipos e instalaciones utilizados en el proyecto contarán con certificación vigente, respecto de lo cual, además, el titular mantendrá un registro documental.
b) Declaraciones ante la SEC realizadas en los plazos establecidos por la correspondiente normativa, respecto de lo cual, además, el titular mantendrá un registro documental.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.8.
Norma
-
Ley N*%17.288 del Ministerio de Educación. Ley de Monumentos Nacionales.
-
Decreto Supremo N484/1990 del Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.
Forma de Cumplimiento
Se constató la presencia de un sólo elemento patrimonial correspondiente a un contexto de data sub-actual e histórica (SH-1), ubicado en el área de emplazamiento de la S/E, sin embargo, no se identificaron evidencias o sitios de valor patrimonial en el área. Al respecto, los restos de basura histórica . presentes dentro del corral subactual corresponden a restos históricos : : descontextualizados, por cuanto se trata de un remache asociado a líneas de : | ferrocarriles y restos de aislador eléctrico, para los cuales se solicitará su | : recolección.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de cualquier hallazgo arqueológico o paleontológico que se pudiera realizar con ocasión de la ejecución de las obras o actividades del proyecto, se procederá según lo establecido en los artículos 26 y 27 de la Ley N17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. ' Asimismo, se deberán paralizar las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos y notificar de inmediato al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir.
Indicadores de cumplimiento
Mantención de un registro del sector en que se realiza el movimiento de tierra y de los objetos arqueológicos encontrados en él.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numerales 5.6. y 8.7.
7.8. SUSTANCIAS PELIGROSAS.
- Decreto N*78/2010, Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento
Cumplimiento
Norma de Sustancias Peligrosas. Corresponderán a aceites y grasas lubricantes (tipo WD40) para la Forma de mantención de herramientas y equipos durante la fase de construcción y
serán almacenadas en estantes de acuerdo a lo indicado en la referida normativa para almacenamiento en pequeñas cantidades.
Indicadores de cumplimiento
Sistema de almacenamiento de acuerdo a la normativa. :
Referencia al ICE para mayores detalles
Numeral 8.11.
7.9. COMBUSTIBLE
S
- Decreto Supremo N*160/2009 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Establece Reglamento de seguridad para las instalaciones y
Norma : “a 2 . operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
Sólo durante la fase de construcción se almacenará petróleo diésel y se Forma de realizará en tambores de 500 L (máximo 2) que se dispondrán en una zona
Cumplimiento
cercada que contará con señalética apropiada y un sistema de contención de derrames. Los tambores tendrán una identificación clara del combustible que contienen, la cual será visible a lo menos a 3 metros.
Indicadores de cumplimiento
a) Tambores con identificación y rotulación clara y legible, lo cual tendrá el | correspondiente registro fotográfico.
¡ b) Condiciones de almacenamiento (medidas de prevención y control de
emergencias) en cumplimiento de la referida normativa. .c) Hoja de seguridad pertinente presente en la zona de almacenamiento.
.d) Señalética instalada en la zona de almacenamiento, lo cual tendrá el correspondiente registro fotográfico.
Referencia al ICE
| para mayores detalles
Numerales 4.1.2.2, (acápite “a.2” vi.) y 8.6.
"7,10. RECURSOS HÍDRICOS.
Norma
- Decreto con Fuerza de Ley N* 1.122/1981 Ministerio de Justicia, Código de Aguas.
Forma de Cumplimiento
Para efectos de la configuración de caminos internos, se implementarán 5 cruces de quebradas en forma de badenes y/o alcantarillas con el objetivo de no impedir el escurrimiento natural de las aguas por las quebradas.
Indicadores de cumplimiento
Obtención del PAS descrito en el artículo 156 del D.S. N* 40/2012 “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”.
Referencia al ICE para mayores detalles
Numerales 4.1.2.1., 8,10. y 9.4.
7.11, FAUNA.
Norma
-Ley N19.473 del Ministerio de Agricultura, Ley de Caza. -Decreto Supremo N5/1998 del Ministerio de Agricultura, modificado por el Decreto N*%53/2003, Reglamento de la Ley de Caza.
Forma de Cumplimiento
Si bien en el área del proyecto se registraron dos especies de baja movilidad clasificadas en categoría de conservación, las cuales corresponden al “cururo” (Spalacopus cyanus; En peligro) y a la lagartija lemniscata falsa (Liolaemus pseudolemniscatus; Fuera de peligro), por una parte, antes del inicio de la fase de construcción se evaluará la ubicación de las “curureras” para determinar si es necesario implementar un plan de ahuyentamiento en el área de los paneles y, durante el desarrollo de la construcción de la LMT, el proyecto contará con un inspector ambiental encargado de evitar la afectación de curureras antes de instalar los postes; por otra parte, debido a que la lagartija lemniscata falsa se encuentra clasificada en categoría de Fuera de Peligro no se encuentra amenazada actualmente.
Además, durante las etapas de construcción y operación se establecerá un programa de educación ambiental para los trabajadores involucrados, respecto de la presencia de fauna con problemas de conservación, mediante capacitaciones y/o inducciones a los trabajadores.
a) Evaluación de la ubicación de las “curureras” en el área de los paneles
35
cumplimiento realizada antes del inicio de la fase de construcción.
b) Presencia en terreno de un inspector ambiental durante el desarrollo de la construcción de la LMT encargado de evitar la afectación de “curureras” antes de instalar los postes.
; ]
c) Capacitaciones y/o inducciones efectivamente realizadas a los trabajadores durante las fases de construcción y operación, respecto de la presencia de fauna con problemas de conservación, incluyendo registro de o realización de las mismas. Referencia al ICE ' Numerales 5.2.5. y 8.9.
| para mayores detalles
- Que, el proyecto contempla la siguiente condición para ser ejecutado: Se deberá habilitar un sitio, en el área del proyecto, para el almacenamiento durante la etapa de construcción de residuos domésticos, el cual deberá estar cercado, de acceso restringido y contar con la
respectiva Autorización Sanitaria
- Que, el proyecto contempla los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
9.1. Inducciones y/o capacitaciones al personal: Antes de comenzar las obras y durante las fases de construcción y operación se realizarán inducciones, capacitaciones, programas de educación ambiental (respecto a la presencia de fauna con problemas de conservación) al personal contratista en temáticas relacionadas sobre la protección del medio ambiente natural y cultural.
Forma de
. > Copia de las presentaciones de las inducciones y/o capacitaciones realizadas. verificación
Indicadores de Registros de fecha, lugar y firma de participantes de tales inducciones, cumplimiento capacitaciones y programas. Referencia al ICE Numeral 10.1.a) para mayores detalles
9.2. Se incorporará el complejo fotovoltaico como un potencial recurso que atraiga visitantes.
Señalética informativa, sobre el funcionamiento y sustentabilidad de la generación de energía solar, instalada en miradores ubicados en las rutas D- 541 y D-595,
Indicadores de La señalética ubicada en las rutas indicadas anteriormente se visualizará cumplimiento claramente.
Referencia al ICE Numeral 10.1.b) para mayores detalles
Forma de verificación
9.3. Se realizará una campaña de terreno de evaluación de “curureras” antes del inicio de la etapa de
' Contratación de un especialista en fauna quien después de realizada la campaña de terreno elaborará un informe respecto al estado de las “curureras”.
Forma de verificación
Informe completo de evaluación de las “cururera” presentado a la Superintendencia de Medio Ambiente antes del comienzo de la etapa de construcción.
Indicadores de cumplimiento
Referencia al ICE Numeral 10.1.c) para mayores detalles
9.4. Habilitación de un mirador para fines turísticos y educacionales con el objetivo de promover la utilización de las energías renovables no convencionales y acercar estas tecnologías a la comunidad
estudiantil de la provincia; este mirador permitirá tener una vista panorámica de las instalaciones E ovottalcas y de la ciudad de Ovalle, lo cual se complementará con información del funcionamiento : “del parque fotovoltaico y sus principales características.
Referencia al ICE | Numeral 10.1.d)
36
| para mayores detalles | I
10, Que, el proyecto contará con un “Plan de prevención de riesgos y control de accidentes”, el cual estará enfocado a tres líneas de acción: a) Identificación y control de riesgos ambientales; b) Identificación y control de riesgos de accidentes laborales; y c) Medidas de contingencia frente a riesgos ambientales y accidentes laborales. Estas líneas de acción incluyen la implementación de medidas de prevención y contingencias para enfrentar riesgos y peligros relacionados con la ocurrencia de eventos sísmicos, incendios, accidentes de tránsito, derrame de sustancias peligrosas e inundaciones, lo cual se detalla en el anexo 4 de la Adenda de la DIA.
En caso de generarse alguna interacción negativa con la flora, vegetación y/o fauna producto de los riesgos identificados en el área de influencia del proyecto, se procederá a dar aviso en forma inmediata a las autoridades competentes. En el caso particular de la fauna terrestre, se informará directamente al SAG Región de Coquimbo y en el caso de la flora y vegetación terrestre, se informará a CONAF Región de Coquimbo.
Para mayor detalle, ver las respuestas 1.11. y 1.19. de la Adenda de la DIA.
-
Que, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
-
Que, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
-
Que, para que el proyecto “Parqúe fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
15, Que, el titular deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.
-
Que, se hace presente al titular que cualquier modificación al proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos en el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SETA.
-
Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente
resolución, son de responsabilidad del titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
37
RESUELVO:
-
Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo”, de Grenergy Renovables Pacific Ltda.
-
Certificar que el proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.
-
Certificar que el proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 140, 142, 156 y 160 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
4, Certificar que el proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El Olivo” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
- Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando4.1 del. presente acto. N ns Y
4 eS N 6. Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servigio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es/de treinta días contados desde /a notificación del presente acto. A ! 7
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A ” A A CC o - > o A - Presidenta Comisión de Evaluación — Región de Coquimbo SN pod Secretaria Comisión de Kyart aci vo , Región de Coquim ISENS/RRG/RIB.- Distribución:
- Sr. Max Boza Wilson, Representante legal Grenergy Renovables Pacific Ltda.
- — Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
-
— Gobierno Regional, Región de Coquimbo.
-
— Tlustre Municipalidad de Ovalle.
-
Sr, Superintendencia de Medio Ambiente.
-
Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.
-
Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo.
-
Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.
-
Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.
-
— Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo.
-
Consejo de Monumentos Nacionales.
C/e:
- Expediente electrónico de evaluación ambiental del proyecto “Parque fotovoltaico Lagunillas-El “Olivo”. A, Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.