Evaluación SEA

Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte

Rol 2129471769
SEA · DIA · Aprobado · 2014-05-22 · Región de Tarapacá · Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

REGIÓN DE TARAPACÁ Califica Ambientalmente el proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” Resolución Exenta N* 0 0 3) 4 8 Iquique, 08 JUL. 2015

VISTOS:

12

22.

3%

4%.

Se.

6".

72,

8".

. La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 19 de diciembre de 2014 y su Adenda

Complementaria de fecha 18 de mayo de 2015, del proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte”, presentado por la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile con fecha 13 de mayo de 2014.

Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto.

El Acta de la reunión realizada con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizados en el área en que se desarrollará el proyecto, conforme a lo previsto en el artículo 86 del D.S. N* 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

El Acta de Evaluación N*06 de 26 de junio de 2015, del Comité Técnico de la Región de Tarapacá.

El ICE de la DIA del proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” de fecha 6 de julio de 2015.

El Acta N%4 de fecha 7 de julio de 2015, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Construcción Centro de Entrenamierto Zona Norte”.

Lo dispuesto en la Ley N 19.300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SEIA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N” 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Tarapacá, aprobado por Resolución Exenta N? 00026, de 05 de mayo de 2015, de la Comisión de Evaluación de Tarapacá; y la Resolución N 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

1

Que, la Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:

Nombre o razón social Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile Rut 70.073.800-0

Domicilio Avda. Bustamante 86

Teléfono 02-2-8160093

Nombre representante legal Miguel Luis Reyes Núñez

Rut representante legal 5.111.013-7

Domicilio representante legal Avda. Bustamante 86

Teléfono representante legal 02-2-8160093

Correo electrónico representante legal carlavera(Mbomberos.cl

2*.Que, conforme se indica en el ICE de fecha 6 de julio de 2015, el Director Regional de la Región de

Y

Tarapacá ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable, incluidos los permisos ambientales sectoriales 138, 140 y 160 del RSEIA D.S. 40/2012, y no

| A

genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

3”.Que, en sesión de fecha 7 de julio de 2015, la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá acordó calificar favorablemente el proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 6 de julio de 2015, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del Reglamento del SEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones técnicas en que se fundamenta.

47, Que, según lo señalado en la DIA y sus anexos, en su Adenda, y en su Adenda Complementaria, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución, la descripción del Proyecto es la que a continuación se

indica:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

Objetivo general

El proyecto consiste en la construcción y operación de un centro de entrenamiento equipado para la capacitación y perfeccionamiento de los voluntarios de los diferentes cuerpos de bomberos desde las regiones de Arica- Parinacota hasta la Región de Copiapó.

Tipología principal, así como las aplicables a sus partes, obras o acciones

g.1) Proyectos de desarrollo urbano que contemplen obras de edificación y/o urbanización cuyo destino sea habitacional, industrial y/o de equipamiento.

Vida útil

50 años.

Gestión, acto O faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución

El hito de inicio del Proyecto corresponde al movimiento de tierra para la preparación del terreno e Instzlaciones de Faenas.

Proyecto se desarrolla por Si No etapas Xx] Proyecto modifica un Si No proyecto o actividad

Xx] Proyecto modifica otra(s) Si No RCA [X]

4.2. UBICACIÓN DEL PROYECTO

División político- administrativa

El proyecto se ejecutará en la Región de Tarapacá, en la Provincia de Tamarugal, en la Comuna de Pozo Almonte.

Descripción de la localización

El proyecto se ejecutará sobre terreno rural, específicamente en un predio propio ubicado a 3 km al sur oriente de la localidad de La Tirana.

El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta A-665 que conecta la localidad de La Tirana con la Comuna de Pica.

Superficie La superficie total del proyecto corresponde aproximadamente a 35,24 ha, de las cuales 4.274,66 m? corresponderán a la superficie construida. Coordenadas UTM en Coordenadas Polígono del Proyecto Norte Este

Datum WGS84 Punto E UTM

A 7747879,64 | 432096,11

B 7747955,51 | 432613,08

C 7747255,50 | 432843.71

D 7747235,72 | 432368,25

E 7747511,42 | 432221,30

F 7747510,59 | 432198,60

Caminos de acceso

El acceso al Proyecto se realizará desde la Ruta A-665 que conecta la localidad de La Tirana con la Comuna de Pica.

Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, Obras y acciones

Anexo A “Planimetría” de la DIA y Adenda 1.

a

4.3. PARTES, OBRAS Y ACCIONES QUE COMPONEN EL PROYECTO

4.3.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Instalaciones | El proyecto contempla una superficie de 272,72 m/ destinado a la planta de instalaciones de de Faenas. faena, cuyas instalaciones se detalla en el siguiente cuadro de superficie: Recinto o Instalación mi A Administrador 7,32 B IT.O 7,32 Cc Administrativos 14,64 D Proyectistas 7,32 E Portería 3,85 F Bodega 10,79 G Camarines-Baños 59,5 H1 Dormitorios 14,64 H2 Dormitorios 14,64 H3 Dormitorios 14,64 H4 Dormitorios 14,64 HS Dormitorios 14,64 I Cocina-Comedor 59,5 J Acopio Residuos Domésticos 7,32 K Acopio Residuos no Peligrosos 7,32 L Acopio Residuos Asimilables a 7,32 industriales M Bodega Combustible 7,32 Total 272,72 m Se considera además 5 estacionamientos para vehículos livianos y 4 estacionamientos para camiones, de acuerdo a lo especificado en el Plano denominado “Plano Instalaciones de Faena” del Anexo Emplazamiento Provisorio de la Adenda 1. Construcción | El camino de acceso es una senda de penetración de unos 100 metros de longitud, conectada

Camino de Acceso

a la ruta interurbana A-665, que conecta la localidad de la Tirana, con la Comuna de Pica. La conexión del camino de acceso a la ruta A-665 tendrá un diseño de la pista de desaceleración, ancho adecuado de esta, bermas, amplitud de giro y señalética en ambos extremos de la vía de acceso, lo anterior de acuerdo a la normativa vigente y según lo señalado en la respuesta 3.1 de la Adenda 1 del proyecto.

Construcción de Otras Instalaciones y Servicios

Las otras instalaciones y servicios corresponden a las siguientes:

Estacionamientos, Fuego Vehicular, Pretil Gas, Camión Hazmat, Pretil Manual, Estanque de Gas, Estanque de Agua, Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, Planta de Captación y Potabilización de Agua, Área Paneles Fotovoltaicos y Área Paneles Térmicos.

La ubicación respectiva de cada una de las instalaciones se detalla en el Anexo A “Planimetría” de la DIA y en los Anexos “Área Paneles Fotovoltaicos” y “Área Paneles Térmicos”, ambos de la Adenda 1.

Recursos naturales renovables

El Proyecto para su ejecución considera la extracción de agua de un pozo y un sondaje que se encuentran inscritos dentro del predio donde se emplazará el proyecto, y que están a título de la Junta Nacional de Bomberos. La ubicación y detalles del pozo y del sondaje se encuentran especificados en el Anexo C “Aguas” de la DIA, los cuales tiene una profundidad de 25 y de 45 m respectivamente.

El volumen máximo aproximado a utilizar en la etapa de construcción será de 2.000 L/día extraídos del Pozo 1 (Uso para Consumo Humano).

Emisiones y efluentes

  • Material Particulado y Otros Gases

De acuerdo a los antecedentes entregados en la DIA y sus respectivas Adendas, las principales fuentes de generación de material particulado (MP-10) y gases (CO, HC, NOx) provendrán de las actividades de: Transporte de áridos, Movimiento de tierra, Harneo, Circulación interna de vehículos y maquinarias y Emisiones por Acopios de material.

Al respecto, el cálculo de emisiones atmosférica para la etapa de construcción del proyecto será de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla y según lo estimado en el Anexo “Material Particulado” de la Acenda 1.

E CONTAMINANTE (ton/año) yartabla CO [HC [NOx [PM10! Extracción de material | l 7 15,113 ¡Emisión por carga de material L- L- 7 (0,775 [Emisión por descarga de material L L- - 0,775 [Emisión por tránsito de camiones pesados en camino no pavimentado l | E 1,795 [Emisión por tránsito de camiones pesados en camino pavimentado _ |- - 7 10,040

A.

[Emisión por operación de maquinaria 1,325 [0,599 [5,943 [0,470 [Emisión de gases de combustión por tránsitc de Camiones ,218 [0,126 10,873 [0,034 ¡Acopio E E E [0,365 [Total Proyecto 1,543 [0,725 (6,816 [6.910,46]

Por otra parte se tomarán las siguientes medidas de minimización y control de emisiones:

—Los camiones se mantendrán con sus mantenciones al día y certificados de emisiones de contaminantes, y permisos de circulación al día.

—El material extraido será transportado dentro del perímetro a trabajar. — Las tolvas serán llenadas solo a un 90% como máximo. —La maquinaria será mantenida bajo un programa de mantención.

-Se llevará un registro del control de la humectación para que quede a disposición de los organismos fiscalizadores

— La velocidad de los camiones por cam-nos no pavimentados no podrá ser superior a los 30 km/h.

-Se contará con cierres perimetrales para el área de extracción en buen estado, ya especificados en la descripción de proyecto, para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.

—Se prohibirá la quema de basuras o de cualquier otro material combustible. Ruido y Vibraciones

Durante la etapa de construcción el movimiento de tierra en el proyecto se producirá por maquinarias, aumentando los niveles sonoros existentes, no obstante las instalaciones aledañas están a más de 150 metros de las zonas a ser intervenidas por el proyecto, manteniendo las emisiones de ruido dentro del rango permitido y estipulado en la normativa ambiental vigente D.S. 38/11 “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuente que Indica” del Ministerio del Medio Ambiente. Por otra parte se considera que no se generará el fenómeno de reflectancia en la zona por lo que los niveles de contaminación acústica se encontrarán dentro de los estándares establecidos en la normativa. Sin perjuicio de lo anterior y de ser necesario, se considerarán medidas de minimización de emisiones de ruido si la autoridad lo solicita.

Residuos Líquidos

Las instalaciones provisorias durante la etapa de construcción contempla el uso de baños químicos. El manejo y retiro de residuos líquidos será realizado por una empresa autorizada para estos fines y los desechos dispuestos en sitios de disposición autorizada. Residuos Sólidos

Los materiales de construcción en desuso, producto del término de la construcción del proyecto serán desagregados y reutilizados en las unidades que requieran aporte de instalación o en su defecto serán usados como alternativas para resguardar daños productos de eventos naturales no previstos, para ello serán almacenados en una bodega los que sean factibles de reusar. Los residuos que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en un relleno sanitario autorizado para cada tipo de residuo respectivamente.

En la siguiente tabla se muestran los elementos residuales que se podrán generar en la etapa de construcción con sus respectivas cantidades aproximadas:

Categoría Cantidad Origen Material Kg/Día ! . Papeles y cartones, maderas no 4 Tipos de erbalaje contaminadas (pallets) Envases de pinturas no contaminantes (al agua), envases de glicol para » Tipo de contenedores elaboración de humo o niebla RESINDOM plásticos artificial, envases de detergentes para loza y baño, embalaje de muebles, Lentes protectores y EPP deteriorado 1 Géneros de limpieza Guaipe, trapos, para limpieza de pintura y aseo de baños 5 Material para pisos | Restos de cerámica RESIND 2 Tipo de SS Envases de pinturas no contaminantes plásticos (al agua)

Mangos de madera de herramientas (palas, martillos, picos, etc.), restos metálicos de sierras, huinchas de

Materiales y medir, palas u otras herramientas 55 herramientas de restos de PBC, enfierradura de construcción construcción, perfiles metálicos,

metalcom, resto de yeso cemento, perfiles de aluminio, restos de calaminas para techumbre

SubTotal 64 Envases de detergentes para loza y baño, RESDOM 4 Áreas de construcción embalaje de muebles, envases de productos caseros de limpieza. 3,5 Areas de construcción | Restos orgánicos de alimentos SubTotal 7,5 TOTAL 71,5

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Acápite 4.2. Acciones, Obras y Partes del Proyecto Acápite 4.6.1. Emisiones y Residuos en Fase de Construcción Acápite 5.2. Agua

4.3.2. FASE DE OPERACIÓN

Partes, Obras y Acciones Asociadas

Edificaciones Principales + Portería: La superficie de esta instalación será de 37,16 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

e Edificio Principal: albergará las funciones propias de habitabilidad, y descanso, es decir, dormitorios, baños, comedores, además considera los distintos servicios asociados, cocina, oficinas de administración, laboratorios y aulas.

Esta construcción será una =dificación compuesta por módulos prefabricados mediante tabiquerías de madera, sobre una estructura en base a un chasis de acero para recintos principales y bajo una estructura principal con pilares y vigas de madera laminada. Para áreas de servicio y recintos húmedos exteriores se considera bloque prefabricados de hormigón. El envolvente o piel de los volúmenes se define con módulos prefabricados con diseño según requerimiextos por orientación generando una fachada ventilada.

La superficie de esta instalación será de 2.280,53 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Plar.imetría de la DIA del proyecto.

e Edificio de Transferencia: corresponde a camarines y sector de almacenaje de implementos y equipos espeziales necesarios para las prácticas. Para estas edificaciones de servicio y recintos húmedos exteriores se consideraran bloque prefabricados de hormigón. Una estructura Je cubierta en acero y revestimiento en Zinc Alum. Se contempla un patio techado sobre una estructura en base a pilares y vigas de madera laminada.

La superficie de esta instalación será de 458,24 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

  • Sala de Máquinas y Taller: La superficie de esta instalación será de 138,81 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

  • Área Instrucción y Compresor: La superficie de esta instalación será de 90,11 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

  • Área Recreación: El área de recreación considera la construcción de un quincho, . MS . ñ >. A A 2 . 0 cobertizo y piscina. La superficie de esta instalación será de 183,38 m” y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

e Sala de Calderas: La superficie de esta instalación será de 54,0 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto.

Simuladores y Zonas de Entrenamiento

eSimuladores y Campo de Entrenamiento: Corresponde a instalaciones y construcciones propias para los ejercicios de simulación de los distintos siniestros y catástrofes, asociados

| dl

a las actividades bomberiles. Desde el punto de vista constructivo se Cefinen tres tipologías para los simuladores.

a.- Estructura en base a bloque de hormigón prefabricado, con losas de entrepisos y cubiertas.

b.- Estructuras definidas en base a Container marítimo en distintas distribuciones C.- Estructuras en base a perfiles de acero y de hormigón prefabricadas.

Todas las construcciones consideran, radier de hormigón con sistemas de canalizaciones en su perímetro para recolectar y recircu'ar las aguas utilizadas durante los ejercicios.

eSimulador Estructural: La superficie de esta instalación será de 368,87 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eSimulador Gas Cilindro: La superficie ce esta instalación será de 54,0 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eSimulador Torre Instrucción: La superficie de esta instalación será de 54,0 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eSimulador Fuego Industrial: La superficie de esta instalación será de 54,0 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eSimulador Mina Subterránea: La superficie de esta instalación será de 54,0 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eSimulador Rescate Urbano: La superficie de esta instalación será de 54,0 m' y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

eCobertizo Zona ERA: La superficie de esta instalación será de 26,85 m? y su ubicación se encuentra detallada en el Anexo A Planimetría de la DIA del proyecto

Actividades de mantención

La etapa de operación del proyecto contempla un periodo de 50 años aproximadamente durante la cual se realizarán las siguientes actividades:

eMantención de los simuladores: se hará acorde a la utilización de ellos, según los programas de capacitación del Centro, esto contempla lavado, limpieza de las zonas a ser utilizadas.

eMantención de maquinarias: estas terdrán la mantención según la estipulación de catálogos de las mismas, la renovación de equipamiento estará sujeta a la vida útil de cada equipo, y según lo estipule el fabricante.

Principales Requerimiento Ss

+Agua Potable: El agua será captada de un pozo y un sondaje existentes en el predio, ya inscritos, que pasaran por sistemas de trazamiento para purificarla y potabilizarla para el consumo humano, de acuerdo a la normativa vigente.

eAgua para Actividades de Entrenamiento: El agua para las actividades de entrenamiento y simulación de labores bomberiles, serán captada de pozos existentes en el predio ya inscritos, tendrá un sistema de recolección, recirculación y tratamiento primario, para así bajar los consumos a su mínima expresión.

eElectricidad: La energía eléctrica será suministrada principalmente por red pública, dado que el predio cuenta con factibilidad, postzción etc. Además, se considera la generación de energía por medio de paneles fotovoltaicos que aporten al consumo de las instalaciones del establecimiento.

*Gas: El suministro de gas se hará con las empresas de distribución existentes en la zona, se acumulará en estanques entregados por una distribuidora autorizada y de acuerdo a las normativas existentes. Estos estanques serán tanto para las instalaciones de habitabilidad como para cubrir las necesidades de simulación de actividades bomberiles. En cuanto a la generación de energía para agua caliente sanitaria se considera la cogeneración mediante paneles solares térmicos, en un porcentaje mayor.

Recursos naturales renovables

El Proyecto para su ejecución considera la extracción de agua de un pozo y un sondaje que se encuentran inscritos dentro del predio donde se emplazará el proyecto, y que están a título de la Junta Nacional de Bomberos. La ubicación y detalles del pozo y del sondaje se encuentran especificados en el Anexo C “Aguas” de la DIA, los cuales tiene una profundidad de 25 y de 45 m respectivamente.

El volumen máximo aproximado a utilizar en la etapa de operación será de 22.500 L/día extraídos del Pozo 1 (Uso para Consumo Humano), mientras que del Pozo 2 se extraerá un máximo de 4.500-5.724 L/día para uso de Ejercicios de Entrenamiento)

Emisiones efluentes

y

  • Niebla o Humo Artificial

Durante la etapa de operación y entrenamiento del Centro, se inundará las estructuras de entrenamiento (Torre de Contenedores) con niebla o humo simulado mediante maquinas a control remoto y que usan como elemento generador glicerina. La estructura tiene una capacidad volumétrica total de 165,7 m'.

Las máquinas de humo generalmente producen la niebla vaporizando agua mezclada con un fluido basado en el glicol o glicerol, un líquido muy usado es la glicerina. Para generar la niebla de esta manera se inyecta el fluido sobre una base caliente que hace que se evapora rápidamente este procedimiento es conocido como flashing. El fluido se expande rápidamente forzando el vapor a través de la boquilla de la máquina. Cuando el vapor resultante entra en contacto con el aire frío del exterior forma instantáneamente un aerosol opaco llamada comúnmente niebla artificial.

La generación de este huma o niebla artificial no está considerada como un elemento contaminante y es de rápida decantación, esto implica que no habrá una proyección de ningún tipo de contaminante en el área circundante.

  • Emisiones de CO,

Para los ejercicios que requieran del uso de fuego, este tendrá como combustible Gas Licuado de Petróleo (GPL) el cual estará almacenado en dos estanques de 4 mí, lo que equivale a 1200 L o 1600 Kg.

Se plantea usar un valor promedio de consumo de GLP que será utilizado en un simulador para calcular el valor del CO, producido en un tiempo determinado (1 hora promedio). Las estimaciones de emisiones de CO2 producto de la combustión en las actividades serán aproximadamente las siguientes:

  • 1,036 kg de COy/hora x 6 = 6,216 kg de CO/semana +3,108 kg de CO,/semana x 4semanas =24,864 kg de CO,/mes
  • 12,432 kg de CO,/mes x 12 meses = 298,836 kg de COy/año Por lo tanto el aporte de CO: a la atmósfera será un promedio de 298.836 kg de CO,/año

Efluentes derivados de Ejercicios de Entrenamiento

Los efluentes serán generados principalmente en los ejercicios de manejo de mangueras para la extinción de fuego. Al respecto, las estructuras edificadas para los ejercicios están sobre radieres de superficie 400 m?, estos tienen en sus bordes una rejilla colectora del agua que deriven de los ejercicios, la cual será enviada a la planta de recuperación de agua de entrenamiento (PRAE) para ser filtrada y almacenada en los estanques de acumulación de agua y ser reutilizada en los mismos ejercicios.

El agua que pueda caer fuera de la placa de ejercicios al terreno no lleva contaminantes y solo humectará un mínimo porcentaje alrededor de esta, aproximadamente 250 a 300 m?, el volumen de agua que se ocupará en los ejercicios en promedio será de 3.500 litros diarios (agua extraída del pozo N*2) más el agua recuperada de los ejercicios y almacenadas en los estanques de acumulación que se calcula en aproximadamente un 80% 2.800 L, ya que un porcentaje de esa agua se evaporaría y se prevé que un promedio de 200 L de esa agua que caería fuera de la placa, percolaría hasta una profundidad máxima de 0,5 m.

La periodicidad de los ejercicios sería semanal tal como se mencionó en emisiones a la atmósfera ver las imágenes de los ejercicios de la respuesta 1 del capítulo 1 descripción del proyecto.

Residuos de Lodos de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y de Recuperación (PRAE).

Los lodos derivados de las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas y de la Planta de Recuperación de Aguas de Entrenamiento serán tratados y secados mediante filtro prensa y quedarán en el estanque de la planta hasta su etapa de retiro.

Los lodos no serán dispuestos en ninguna cancha de secado, serán retirados cada 3 meses aproximadamente, mediante un camión especializado en la extracción de lodos perteneciente a una empresa autorizada y trasladado a un recinto autorizado dentro o

| Ou

fuera de la región.

Los lodos resultantes de la Planta de recuperación de agua de entrenamiento (PRAE), no contendrán ningún tipo de grasa, aceite u otra sustancia peligrosa ya que es una planta de recuperación de agua de los ejercicios q.1e impliquen extinción de fuego el cual tiene por fuente gas licuado. La función de esta planta es recuperar parte del agua utilizada en los ejercicios la cual será conducida a través de canaletas a un estanque acumulador para pasar por la planta recuperadora quedando como materia decantada el material que consiste en una mezcla de arena arcillosa, arena limosa y guijarro perteneciente al tipo de sedimento del terreno mismo.

Residuos Sólidos

Los residuos sólidos generados serán, residuos domiciliarios (RESDOM) y residuos industriales asimilables a domiciliarios (RESINDOM). Estos serán almacenados en contenedores señalizados y tendrán las características mecánicas y de seguridad acorde al tipo de desecho.

Los contenedores que reciban los residuos del casino serán de material resistente y a prueba de filtraciones, además, los residuos orgánicos provenientes del casino, serán puestos en bolsas para basuras para facilitar su puesta en el contenedor y su posterior entrega al camión de retiro municipal. Los recipientes que estarán protegidos en contenedores de 10 pies, se encontrarán uno en el área de los simuladores y el otro cercano al edificio principal donde se encontrará el casino.

Los residuos industriales no contaminados y asimilables a domiciliarios serán generados producto de la utilización de elementos de limpieza como lava-loza, detergente para baño, embalajes, ampolletas led, elementos de escritorio como cartuchos de tinta, papel, recipientes o contenedores de glicol para fabricar humo artificial, material de uso en Bomberos que esté en estado de deterioro como pitones, mangueras, guantes, embalajes o contenedores metálicos no contaminados, metales no contaminados, etc.

Por otra parte los residuos generados en los ejercicios del simulador de rescate vehicular serán los componentes estructurales del vehículo (metales, gomas, vidrios, plásticos). Los vehículos a utilizar estarán desprovistos de los distintos líquidos contaminantes (aceites, grasas, líquido refrigerante, líquido de freno), ya que estos vehículos ingresarán al centro de entrenamiento sin esos componentes.

Los residuos generados de los ejercicios serán dispuestos en los sitios de almacenamiento temporales de residuos se calcula un promedio de 50 kilos diarios para luego, ser dispuestos en recintos de disposición final autorizados.

En la siguiente tabla se muestran los el2mentos residuales que se podrán generar en la etapa de operación con sus respectivas cantidades aproximadas:

Categoría Cantidad Origen Tipo Kg/Día Aluminio, Vidrios, ] fierro, lástico, RESIND 600 Simulador AScHE tapicería, ns solo vehicular ] por (dos días a la semana) o . Papeles y cartones, 3 Tipcs de embalaje plásticos Elementos de Géneros para limpieza, 2 A escobas en desuso, Limpieza , géneros RESINDOM 1 Edificio principal Ampolletas led, loza, Equipos de extinción 3 Simuladores y de incendio bodegas Mangueras, Pitones, EPP. 9 Casino Restos de alimento RESDOM 7 Edificio de Ropa, Zapatos (de transferencia entrenamiento TOTAL 625

e Residuos Peligrosos

Dado el tipo de diseño y materialidad del proyecto, no se generarán ni almacenarán residuos peligrosos (RESPEL) en ninguna de las etapas.

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase.

Acápite 4.2. Acciones, Obras y Partes del Proyecto

Acápite 4.4. Descripción Etapa de Operación

Acápite 4.6.2. Emisiones y Residuos en Fase de Operación Acápite 5.2. Agua

4.3.3. FASE DE

CIERRE/ABANDONO

Partes, obras y acciones asociadas

El proyecto de construcción del centro de entrenamiento zona norte, tendrá una vida útil de a lo menos 50 años, dado que la propiedad es particular y corresponde al titular en representación de la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos de Chile, el destino final de éste, no se ha visualizado a un mediano plazo cambiar o modificar el proyecto, pese a ello, si se decidiera dar termino a la actividad, se informaría con antelación al órgano competente con la finalidad de realizar la tramitación respectiva con relación a un posible nuevo uso, destino o propietario del bien.

En el caso de que se cierren las instalaciones se contemplará las Acciones de Cierre en Zona de Simuladores, realizando actividades conducentes al desmantelamiento de las construcciones, equipos y otras acciones que se hayan realizado para el funcionamiento de estos. Además se realizarán las siguientes acciones:

e Se catastrará cada elemento Je construcción que a ese periodo exista y se evaluará su desarme y posible uso o tipo de residuo para reciclaje o disposición final.

  • Se mantendrá el cuidado de las especies forestales protegidas para evitar que sean dañadas. Igualmente, se indicará a los equipos encargados del cierre, el cuidado de las especies silvestres de fauna que puedan habitar en el terreno para evitar alguna afectación.

e Con relación a los elementos de infraestructura proyectados en la actual DIA, los elementos correspondientes a estructuras tipo contenedores metálicos como el de la torre de rescate serán desmontados y trasladados para otro uso.

e Con relación al edificio destinado a residencia de los voluntarios su estructura será desmontada y evaluada para según su estado venderse como material para otro uso o, en su defecto sus partes serán trasladadas a recintos destinados para disposición final que estén autorizados, las placas y estructuras de hormigón armado serán demolidos y sus restos serán trasladados a sitics de disposición final autorizados, las tuberías de gas y agua serán vaciadas previo a su desmonte, las que estén al aíre serán desmontadas y trasladadas a sitios de disposición final. Las que estén enterradas serán dejadas en su lugar para evitar las excavaciones en el terreno

e Las instalaciones eléctricas que no sean necesarias serán des-energizadas y posteriormente retiradas para su uso en otro lugar o entregadas a la venta para su reciclaje.

e El área de ejercicio de mina subterránea será rellenado y cubierto manteniéndose el nivel del terreno y la estructura paisajística del mismo.

e Las estructuras metálicas serán desmanteladas y entregadas para reciclaje.

e Se tendrá especial cuidado con la protección de los registros arqueológicos indicados en el informe de arqueología anexado a la DIA.

Recursos naturales renovables

e Una vez terminado el desarm> y retiro de estructuras seleccionadas y residuos se revisará el terreno y el suelo para recuperar su estado original al inicio del proyecto.

e Los volúmenes máximos de agua a extraer en la etapa de cierre serán de 3.750 L/día del Pozo ly de 3.000 L/día del Pozo 2.

e Los pozos serán mantenidos para si eventualmente el terreno es vendido o utilizado para otro proyecto puedan ser utilizado asumiendo el traspaso legal de derechos de agua acorde a la normativa imperante en d.cho periodo.

Emisiones y efluentes

e Material Particulado

El terreno donde se proceda a desmantelar las estructuras, será humectado para evitar el aumento de material particuladc existente en la zona. e Residuos Sólidos

En el caso de que se cierren las instalaciones se contemplará las Acciones de Cierre en Zona

Q

de Simuladores, realizando actividades conducentes al desmantelamiento de las construcciones, equipos y otras acciones que se hayan realizado para el funcionamiento de estos.

En la siguiente tabla se muestran los elementos residuales que se podrán generar en la etapa de cierre de dichas instalaciones, con sus respectivas cantidades aproximadas:

Categoría o Origen Tipo Paneles, tubería de PBC, pilares de acero, restos de fiting, techumbre de Zinc 100 Edificio principal | Alum, estructuras de hormigón prefabricado, RESINDOM marcos de ventana, vidrios| de ventana Edificio de Pilares de madera, 50 Transferencia Estructuras de acero y hormigón prefabricado 50 Simuladores y | Perfiles y estructuras de bodegas hormigón prefabricado, TOTAL 150

Referencia al ICE para mayores detalles sobre esta fase,

Acápite 4.5, Descripción Etapa de Cierre y/o Abandono Acápite 4.6.3. Emisiones y Residuos en Fase de Cierre y/o Abandono Acápite 5.2. Agua

4.4, DESCRIPCIÓN DE LAS FASES DEL PROYECTO

4.4.1. FASE DE CONSTRUCCIÓN

Fecha Item Meses estimada de 1213l4[s|5 7 8[9|10111/12 113) 14]15| 16/17/18] 19 inicio

Instalación de Faenas

Construcción Edificaciones a 7

Principales

Construcción Simuladores 5

Supervisión de Avances

Recepción de obras

Levantamiento de Faenas

inauguración Parte, obrao | El hito de inicio del Proyecto corresponde al movimiento de tierra para la preparación del acción que terreno e Instalaciones de Faenas establece el inicio Fecha Aproximadamente 19 meses después del hito de inicio del Proyecto estimada de término Parte, obrao | Inauguración del Centro de Entrenamiento. acción que establece el término 4.4.2. FASE DE OPERACIÓN Fecha ETAPA DE OPERACIÓN Año2 | Año... | Año 50 estimada de inicio Capacitaciones

Mantención de Simuladores Mantención de Maquinaria y Equipamiento

Parte, obrao | Inauguración acción que establece el inicio

Fecha No Indicada estimada de término

Parte, obrao No Indicada acción que

establece el

término

4.4.3. FASE DE CIERRE

Fecha No Indicada estimada de inicio

Parte, obra o | No Indicada acción que establece el inicio

Fecha No Indicada estimada de término

Parte, obra o | No Indicada acción que establece el término

57.Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300:

5.1. RIESGO PARA LA SALUD DE LA POBLACIÓN, DEBIDO A LA CANTIDAD Y CALIDAD DE

EFLUENTES, EMISIONES Y RESIDUOS

Componente Ambiental Afectado

Calidad de Aire

Impacto no significativo

Las principales emisiones atmosféricas que generará el proyecto serán de material particulado (MP10) y gases (CO, HC, NOx) producto de las actividades de: Transporte de áridos, Movimiento de tierra, Harneo, Circulación interna de vehículos y maquinarias y Emisiones por Acopios de material. Al respecto, el cálculo de emisiones atmosférica para la etapa de construcción del proyecto será de acuerdo a lo señalado en el Anexo “Material Particulado” de la Adenda 1, estimado un máximo de CO de 1,543 (ton/año); HC: 0,725 (ton/año); NOx: 6,816 (ton/año) y MP10: 6.910,46 (ton/día) durante la etapa de construcción.

El proyecto se hace cargo de dichas emisiones

comprometiéndose a implementar medidas de minimización y

control de emisiones atmosféricas, entre las cuales se destacan:

—Los camiones se mantendrán con sus mantenciones al día y certificados de emisiones de contaminantes, y permisos de circulación al día.

—El material extraído será transportado dentro del perímetro a trabajar.

—Las tolvas serán llenadas solo a un 90% como máximo.

—La maquinaria será mantenida bajo un programa de mantención.

—Se llevará un registro del control de la humectación para que quede a disposición de los organismos fiscalizadores.

—La velocidad de los camiones por caminos no pavimentados no podrá ser superior a los 30 km/h.

—Se contará con cierres perimetrales para el área de extracción

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en buen estado, ya especificados en la descripción de proyecto, para impedir la dispersión de polvo y caída de material al ex-erior del área de faenas. —Se prohibirá la quema de basuras o de cualquier otro material combustible. En la etapa de operación solo se contemplan emisiones de CO, producto de las actividades de entrenamiento que contemplen combustión de Gas Licuado, las cuales serán aproximadamente de 1,036 kg de CO,/hora x 6 = 6,216 kg de COy/semana.

Por otra parte, se utilizará humo o niebla artificial para los simulacros la cual es de rápida decantación, manteniendo su alcance dispers-vo sólo restringido a los simuladores dentro del centro de entreramiento.

Al respecto, el proyecto indica las formas y mecanismos con que se hará cargo de sus emisiones atmosféricas presentando los antecedentes técnicos y formales sobre el tipo y control de emisiones atmcsféricas, para evitar una eventual dispersión a sectores circurdantes al proyecto. Dichos antecedentes se describen en la Adenda 1, Anexo “Material Particulado” de la Adenda 1 y en la Adenda 2.

Parte, obra o acción que lo genera Transporte de áridos, Movimiento de tierra, Harneo, Circulación interna de vehículos y maquinarias y Emisiones por Acopios de material.

Fase en que se presenta Fase de Construcción

Componente Ambiental Afectado Calidad del Aire

Impacto no significativo En la etapa de operación solo se contemplan emisiones de CO,

producto de las actividades de entrenamiento que contemplen combustión de Gas Licuado, las cuales serán aproximadamente de 1,036 kg de COyhora x 6 = 6,216 kg de CO,/semana.

Por otra parte, se utilizará humo o niebla artificial para los simulacros la cual es de rápida decantación, manteniendo su alcance dispersivo sólo restringido a los simuladores dentro del centro de entrenamiento.

Parte, obra o acción que lo genera Ejercicios de Entrenamiento en Canchas y Simuladores Combustión de (Sas Licuado

Fase en que se presenta Fase de Operación Referencia al ICE para mayores detalles Acápite 4.6.1. Emisiones y Residuos en Fase de Construcción sobre este impacto específico Acápite 4.6.2. Emisiones y Residuos en Fase de Operación

Acápite 5.3 Aire Acápite 6.1. Letra a) del artículo 11 de la Ley 19.300

Dichos antecedentes se describen en la Adenda 1, Anexo “Material Particulado” de la Adenda 1 y en la Adenda 2.

El proyecto indica las formas y mecanismos con que se hará cargo de sus emisiones atmosféricas presentando los antecedentes técnicos y formales sobre el tipo y control de emisiones atmosféricas, para evitar una eventual dispersión a sectores circundantes al proyecto. De acuerdo a las estimaciones realizadas por el titular en el Anexo “Material Particulado” de la Adenda 1, los valores estimados para gases y MP10 se encontrarán bajo los límites señalados en la normativa vigente, implementado además medidas de minimización y control de emisiones para evitar la dispersión de partículas a los sectores circundantes del proyecto.

Asimismo, las emisiones de ruido en todas sus etapas cump-irán con los límites establecidos en el D.S. N? 38/2011, del MMA, no afectando a la población circundante al área del proyecto

Finalmente, respecto de los efluentes líquidos y residuos que generará el proyecto, se presentaron todos los antecedentes técnicos y formales sobre el manejo, almacenamiento y disposición de éstos residuos y que permiten establecer que no se generarán efectos adversos o riesgos para la salud de la población circundantes al proyecto.

Al respecto, se concluye que el proyecto no generaría efectos, características o circunstancias que afecten la salud de la población circundante, producto de la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genere o produzca el proyecto en ninguna de sus etapas.

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5.2. EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA CANTIDAD Y CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, INCLUIDOS EL SUELO, AGUA Y AIRE

Componente ambiental afectado

Suelo

Impacto no significativo

El proyecto considera una baja intervención al recurso Suelo asociada principalmente a las actividades de movimiento de tierra, excavaciones acopios y escarpes solo durante la etapa de construcción. Durante la etapa de operación no se consideran intervenciones sobre el componente suelo, no obstante, se prevé que un promedio de 200 L del agua utilizada para las actividades de entrenamiento caería fuera de la placa radier recolectoras, percolando al suelo con una profundidad máxima de 0,5 m. Al respecto, el proyecto indica las formas y mecanismos con que se hará cargo de sus residuos líquidos y sólidos presentando todos los antecedentes técnicos y formales sobre el manejo, almacenamiento y disposición de éstos, evitando un eventual degradación del recurso suelo. Dichos antecedentes se describen en la Adenda 1, Anexo Agua Potable y Alcantarillado de la Adenda 1 y Anexo “Degradación de Tierra” de la Adenda 2.

Parte, obra o acción que lo genera

Movimiento de tierra, excavaciones, acopios y escarpes

Fase en que se presenta

Etapa de Construcción

Componente ambiental afectado

Agua

Impacto no significativo

El Proyecto para su ejecución considera la extracción de agua de un pozo y un sondaje que se encuentran inscritos dentro del predio donde se emplazará, y que están a título de la Junta Nacional de Bomberos. La ubicación y detalles del pozo y del sondaje se encuentran especificados en el Anexo C “Aguas” de la DIA, los cuales tiene una profundidad de 25 y de 45 m respectivamente.

Los volúmenes máximos aproximados a utilizar en cada una de las etapas del proyecto serán:

  • Para el Pozo 1 (Uso para Consumo Humano): Etapa de Construcción: 2.000 L/día Etapa de Operación 22.500 L/día Etapa de Cierre: 3.750 L/día
  • Para el Pozo 2 (Sondaje) (Uso de Ejercicios de Entrenamiento): Etapa de Operación 4.500-5.724 L/día Etapa de Cierre: 3.000 L/día

El proyecto considera un sistema de recuperación de aguas producto de los ejercicios de entrenamiento, estimando una recuneración de 2.800 l aproximadamente.

El agua que se recuperará en la planta de recuperación de agua de entrenamiento (PRAE), no contendrá ningún tipo de grasa, aceite u otra sustancia peligrosa ya que será una planta de recu eración de agua de los ejercicios que impliquen extinción de fuego el cual tiene por fuente gas licuado. El agua ocupada en los ejercicios será conducida a través de canaletas a un estanque acumulador para pasar por la planta recuperadora quedando como materia decantada una mezcla de: arena arcillosa, arena limosa y guijarro perteneciente al tipo de sedimento del terreno mismo y que por acción del viento se acumulan en la placa de hormigón radier, así como en las estructuras o edificio donde se ejecutarán los simulacro. No obstante se prevé que un promedio de 20 L del agua utilizada para las actividades de entrenamiento caería fuera de la placa radier recolectoras, percolando al suelo con 1na profundidad máxima de 0,5 m.

Al respecto, el proyecto indica las formas y mecanismos con que se hará cargo de sus residuos líquidos y sólidos presentando todos los antecedentes técnicos y formales sobre el manejo, almacenamiento y disposición de éstos, evitando un eventual degradación del recurso agua en el sector. Dichos antecedentes se describen en la Adenda 1, Anexo “Agua Potable y

o Ch.

Alcantarillado” de la Adenda 1 y en la Adenda 2.

Parte, obra o acción que lo genera Extracción de Agua de Pozos 1 y 2.

Fase en que se presenta Etapa de Construcción, Operación y Cierre

Componente ambiental afectado Vegetación y Fauna

Impacto no significativo En la superficie asociada al proyecto se encontraron 80

ejemplares entre Prosopis tamarugo y Prosopis alba, de distinta data, es factible que estos ejemplares correspondieran a forestaciones debido a que el 80% de ellos presentan un marco o distribución de plantación de 15 metros entre ellos.

El titular entrega el listado corregido con toda la información requerida con relación a la ubicación de la totalidad de grupos de Algarrobos y Tamarugos dentro del predio y que es detallada en el Anexo “nforme degradación de Tierra y Lista Georreferenciada de Árboles en terreno del proyecto”, y señalando que no se generarán impactos adversos sobre el sistema vegetacional producto de la construcción del proyecto considerando cue la intervención no afectará la población vegetacional existente.

Sin perjuicio de lo anterior el titular solicitará la autorización de corta simple al órgano competente (CONAF) para realizar podas y raleos de manera de mejorar las condiciones de vigorosidad de las especies existentes en el terreno, sin alterar la ubicación de los individuos. Por otra parte se considerará la plantación de vegetación de tipo Atriplex, o Algarrobo, para la generación de un cerco vivo, lo que contribuirá a la forestación y al paisaje del sector.

Respecto a los impactos del componente fauna, en el sector se detectó la presencia el lagarto Microlophus theresoides (Corredor de Teresa) especie que se encuentra en categoría de conservación y que podría ser perturbada durante la etapa de construcción. Al respecto, el proyecto contempla un Plan de Medidas de Prevención y Contingencia de Fauna, que incorpora capacitaciones e inducciones a todos los trabajadores y voluntarios respecto al cuidado del medio ambiente y medidas preventivas y de contingencias para no afectar a especies protegidas que puedan ingresar al recinto (Anexo “Plan de Contingencia Fauna” de la Adenda 1).

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de tierra, excavaciones, acopios y escarpes Fase en que se presenta Etapa de Construcción, Operación y Cierre Referencia al ICE para mayores detalles | Acápite 5.1. Suelo sobre este impacto específico Acápite 5.2 Agua Acápite 5.4 Biota

Acápite 6.2. Letra b) del artículo 11 de la Ley 19.300 Dichos antecedentes se describen en

Anexo “Agua Potable y Alcantarillado” de la Adenda 1 y en la Adenda 2.

Anexo “Plan de Contingencia Fauna” de la Adenda 1.

De acuerdo a las características del proyecto y los antecedentes presentados por el titular, respecto de sus efluentes, emisiones y residuos, así como del cumplimiento de la normativa ambiental, que el proyecto no generaría o presentaría dichos efectos, características o circunstancias del presente literal del articulo 11 de la Ley 19.300. Lo anterior, dado que:

El proyecto tendrá una baja intervención al recurso suelo y que estará acotada principalmente a las actividades de movimiento de tierra, excavaciones durante la etapa de corstrucción.

El titular cuenta con aprovechamiento de derechos de agua correspondientes a un pozo y un sondaje inscritos dentro del predio, de los cuales se extraerán volúmenes de agua autorizados y de acuerdo a los procedimientos y criterios establecidos por el órgano competente.

El proyecto no contempla la remoción de arboles de la especie protegida Prosopis tamarugo (tamarugo), considerando solo su raleo o poda para mejorar sus cond:ciones fisiológicas, solicitando la autorización correspondiente al órgano del Estado competente.

Además se implementará un Plan de Medidas de Prevención y Contingencia de Fauna, que incorpora

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capacitaciones e inducciones a todos los trabajadores y voluntarios respecto al cuidado del medio ambiente y medidas preventivas y de contingencias para no afectar a especies en estado de conservación (Anexo “Plan de Contingencia Fauna” de la Adenda 1).

5.3. REASENTAMIENTO DE COMUNIDADES HUMANAS O ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA DE LOS SISTEMAS DE VIDA Y COSTUMBRES DE GRUPOS HUMANOS

Componente ambiental afectado Grupos Humanos próximos al proyecto

Impacto no significativo El proyecto se emplazará en terrenos particulares a título de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, por lo no se reasentará ningún grupo humano existente en el sector.

Por otra parte, el titular se compromete a paralizar las obras y actividades de construcción, en lo referente al tránsito de camiones con materiales, en los períodos de festividades en las localidades de la Tirana y de la Comuna de Pica, dado que la Ruta A-665, es la única vía de tránsito establecida para los poblados de la Tirana, La Huayca, y la Comuna de Pica, no generando de esta forma alteración significativa a los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos de La Tirana y sus alrededores.

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de Tierra, Transporte y Ejercicios de Entrenamiento.

Fase en que se presenta Etapa de Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este | Acápite 6.3 Letra c) del artículo 11 de la Ley 19.300

impacto específico Mayores Antecedentes en Adenda 1 y Adenda 2 del proyecto.

Es posible indicar que, atendiendo la naturaleza y características del proyecto, y los antecedentes presentados por el titular, no se generarían reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

5.4. LOCALIZACIÓN EN O PRÓXIMA A POBLACIONES, RECURSOS Y ÁREAS PROTEGIDAS, SITIOS PRIORITARIOS PARA LA CONSERVACIÓN, HUMEDALES PROTEGIDOS Y GLACIARES, SUSCEPTIBLES DE SER AFECTADOS, ASÍ COMO EL VALOR AMBIENTAL DEL TERRITORIO EN QUE SE PRETENDE EMPLAZAR

Componente ambiental afectado Grupos Humanos Indígenas próximos al proyecto

Impacto no significativo En el área circundante del proyecto existen grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas protegidos, pertenecientes a la etnia Aymara, distantes a menos de 1 km del proyecto. Al respzcto, el titular en su Adenda 2 complementaria, entrega toda la información que permite establecer la no afectación de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena (ADD), ni organizaciones indígenas del sector, describiendo la ubicación específica, actividades y usos de recursos naturales de las dos asociaciones indígenas más cercanas al proyecto, identificadas como Asociaciones Indígena Machaj Oraje y Asociación Indígena Marka Masis.

Por otra parte, el predio donde se emplazará el proyecto es de propiedad privada particular a título de la Junta Nacional de Bomberos de Chile, no existiendo títulos individuales ni coleztivos de terrenos indígenas en el área del proyecto. No obstante los terrenos alrededor del área del proyecto son particulares (principalmente de esparcimiento, agrícolas y terrenos sin uso) y terrenos pertenecientes a Bienes Nacionales donde existen plantaciones de tamarugos del bosque pertenecientes a La Reserva Nacional Pampa del Tamarugal

o On

protegida por CONAF.

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de Tierra, Transporte y Ejercicios de Entrenamiento.

Fase en que se presenta Etapa de Construcción y Operación

Referencia al ICE para mayores detalles | Acápite 6.3 Letra d) del artículo 11 de la Ley 19.300 sobre este impacto específico Acápite 10.1 Compromisos Ambientales Voluntarios

Acápite 11 Difusión del proyecto en el marco del artículo 86 del RSEIA (D.S. 40/2012).

Mayores Antecedentes en Adenda 1 y Adenda 2 del proyecto.. Acta de Reuniones con Grupos Humanos Indígenas..

La información presentada por el titular, concuerda con los antecedentes recogidos por el Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá, producto de las reuniones tempranas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas de la localidad de La Tirana, efectuadas en el marco de lo mandatado por el Art. 86 D.S. 40/2012 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA). Las observaciones hechas por los asistentes de la reunión fueron incluidas dentro del proceso de evaluación y fueron respondidas por el titular siendo detalladas en los literales precedentes del análisis del artículo 11 de la Ley 19.300 (Literal a, b y c).

En este sentido, se concluye que el proyecto no altera los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos indígenas cercanos al área de influencia, dado a que el titular implementará las medidas apropiadas para mantener sus emisiones atmosféricas y residuos líquidos de acuerdo a los limites establecidos en la normativa vigente y comprometiéndose a paralizar sus actividades constructivas durante los periodos de festividades religiosas para no afectar los sistemas de vidas y costumbres de los habitantes de La Tirana.

5h ALTERACIÓN SIGNIFICATIVA, EN TÉRMINOS DE MAGNITUD O DURACIÓN, DEL VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO DE UNA ZONA

Componente ambiental afectado Zona Típica de La Tirana

Impacto no significativo Al respecto, se señala que el proyecto no generará alteración significativa al valor turístico de la zona dado a que éste se emplazará distarte a 3 km al sur de la Localidad de La Tirana, cuyo casco histó-ico tiene categoría de Zona Típica de acuerdo al D.S. 1.752 de 1571 del Ministerio de Educación y al Decreto N* 511 del 10 de octubre de 2013 que fija sus límites respectivos de protección.

Por otra parte el proyecto considerará la plantación de vegetación típica de la zona (Atriplex, o Algarrobo), para la generación de un cerco vivo, lc que contribuirá a la forestación y al paisaje del

sector. Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de Tierra y Transporte de Materiales Fase en que se presenta Etapa de Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles | Acápite 6.5. Letra e) del articulo 11 de la Ley 19.300. sobre este impacto específico Mayores antecedentes en la Adenda 1 y Adenda 2 del proyecto.

En este sentido, se concluye que el proyecto no producirá alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona de La Tirana.

5.6. ALTERACIÓN DE MONUMENTOS, SITIOS CON VALOR ANTROPOLÓGICO, ARQUEOLÓGICO, HISTÓRICO Y, EN GENERAL, LOS PERTENECIENTES AL PATRIMONIO CULTURAL

Componente Ambiental Relevante Hallazgos Históricos

Impacto no significativo En el área de emplazamiento del proyecto se registraron 9 elementos de tipo histórico, definidos como paradero histórico, pozos artesanales abandonados, fragmentos de botellas y cerámicas. Al respecto el titular excluirá todas las zonas identificadas con hallazgos arqueológicos e históricos no siendo

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alteradas e incorporando todas las recomendaciones indicadas por el órgano competente para su debido resguardo.

Parte, obra o acción que lo genera Movimiento de Tierras, escarpes, excavaciones, acopios

Fase en que se presenta Etapa de Construcción

Referencia al ICE para mayores detalles sobre este impacto específico

Acápite 6.5. Letra f) del artículo 11 de la Ley 19.300. Mayores antecedentes en la Adenda 1 y Adenda 2 del proyecto.

Es posible indicar que el proyecto no se encuentra en o próximo a algún Monumento Nacional definido por la Ley 17.288, además el proyecto implementará medidas de protección y resguardo de todos los hallazgos registrados, manteniendo un seguimiento de los mismos de acuerdo a las especificaciones del órgano del Estado competente. Por lo que se concluye q.ue el proyecto no generará alteraciones a sitios de valor arqueológico, histórico o de patrimonio cultural en el área de influencia del proyecto.

6”. Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:

6.1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES MIXTOS

6.1.1. PAS 138. Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagiles, aguas servidas de

cualquier naturaleza.

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se habilitaran canchas de secado de Lodos derivados de la Planta de tratamiento de Aguas Servidas ni de la Planta de recuperación de Aguas de Entrenamiento.

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Tarapacá órgano del Estado que otorga dicho permiso, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados, mediante Oficio ORD. N*118 de fecha 2 de Junio de 2015.

6.1.2. PAS 140. Permiso

para la construcción o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación,

selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Instalación de Faena y Área de Simuladores y Área de Casino

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

No se indican

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud de la Región de Tarapacá órgano del Estado que otorga dicho permiso, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados, mediante Oficio ORD. N*118 de fecha 2 de Junio de 2015.

límites urbanos

6.1.3. PAS 160. Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los

Fase del Proyecto a la cual corresponde

Construcción y Operación

Parte, obra o acción a que aplica

Predio y Construcciones del Centro de Entrenamiento.

Condiciones o exigencias específicas para su otorgamiento

Solicitar en la SEREMI de Agricultura el Informe Favorable para la construcción en zona rural de acuerdo al artículo 55 de la LGUC

Pronunciamiento del órgano competente

Por su parte la SEREMI de Agricultura de la Región de Tarapacá órgano del Estado que otorga dicho permiso, se pronunció conforme mediante Oficio ORD

N211 del 2 de junio Je 2015.

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyeczo es la siguiente:

7.1. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Ley N* 19.300. Sobre Bases Generales del Medio Ambiente

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

A través de su ingreso al SEIA, bajo la forma de una DIA, ya que éste no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N” 19.300 SBGMA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se presenta a tramitación al SEA Región de Tarapacá, la presente DIA, para obtener una Calificación Ambiental Favorable.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.2. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Reglamento del Sistema dz Evaluación de Impacto Ambiental. Decreto Supremo N* 40/2012 Ministerio del Medio Ambiente.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Da cumplimiento a estas disposiciones precisamente a través de su ingreso al SEIA, bajo la forma de una DIA, ya que éste no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias a que se refieren los artículos 5%, 6%, 7, 89, 9? y 10 del Decreto en análisis, Reglamento del SEIA.

Indicador que acredita su cumplimiento

Presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.3. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Decreto Supremo N* 30/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

El proyecto dará cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Presentación de una Autodenuncia, Programa de Cumplimiento, y/o Plan de Reparación en caso de proceder.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.4, COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamen:ario Ambiental

NORMA

Decreto Supremo N* 31/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de información a la SMA, según corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIM y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.5. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Resolución Exenta N* 844/2012 Ministerio del Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de información a la SMA, según corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.6. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Resolución Exenta N 1.518/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 574/2012 MMA, que “Requiere Información que Indica e Instruye la Forma y el mcdo de Presentación de los Antecedentes Solicitados”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.

Indicador que acredita su cumplimiento

Entrega de información a la SMA, según corresponda

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.7. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Resolución Exenta N 1.518/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 574/2012 MMA, que “Requiere Información que Indica e Instruye la Forma y el mcdo de Presentación de los Antecedentes Solicitados”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

Una vez que se obtenga una RCA favorable, el titular dentro del plazo de 15 días de que se le notifica la Resolución ingresará a http://www.sma.gob.cl, se realizarán las gestiones para obtener el usuario y contraseña y se completará el formulario presente en la plataforma web, del modo exigido por la Resolución.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de 1suario y contraseña en el sistema web de la SMA y carga de la informaciór: requerida en la forma y plazos establecidos

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

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7.8. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamentario Ambiental

NORMA

Resolución Exenta N* 276/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación”.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida, en todas las fases del mismo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permitir actividades de fiscalización y entrega de información a la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.9. COMPONENTE/MATERIA: Marco Legal y Reglamertario Ambiental

NORMA

Resolución Exenta N* 277/2013 Ministerio del Medio Ambiente. Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y Deja Sin Efecto Resolución N? 769 Exenta, de 2012.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida, en todas las fases del mismo.

Indicador que acredita su cumplimiento

Permitir actividades de fiscalización y entrega de información a la SMA.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.10. COMPONENTE/MATERIÍA: Condiciones Sanitarias y Ambientales de los trabajadores

NORMAS

Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967. Código Sanitario. Ministerio de Salud Pública

Decreto Supremo N*594/1999 Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre.

Forma de cumplimiento

El proyecto considera lugares de trabajo que se encuentran afectos a este Código, por lo que durante las etapas de construcción, operación y cierre, se mantendrán limpios de residuos, ruido y olores que afecten la salud o pongan en riesgo la seguridad de las personas.

El proyecto no considera afectación directa sobre el medioambiente, con relación a la generación de contaminación atmosférica, se han tomado las precauciones necesarias pera la utilización de tecnología tal que no genere contaminantes al medio.

La planificación de instalación de faenas estará diseñada según la normativa vigente. El Titular dará cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto en análisis. En relación al cumplimiento de los artículos 18, 19 y 20, el Titular dará cumplimiento dado el transporte, tratamiento o disposición final de los residuos generados, estará a cargo de una empresa que contará con la debida autorización extendida por la Autoridad Sanitaria, lo que se complementará con la presentación de los antecedentes pertinentes.

Las aguas servidas, producto del uso de los baños químicos en la etapa construcción, serán retiradas por una empresa autorizada para ello y llevados a un sitio de disposición final autorizado, mientras que durante la

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etapa de operación los residuos de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y Planta Recolectora de Agua serán manejados y retirados por una empresa autorizadas y dispuestos en un sitio autorizado dentro o fuera de la región.

Respecto a la generación de residuos peligrosos, es importante señalar que no se prevé su generación.

Indicador que acredita su Registros de limpieza e inspección visual.

cumplimiento «Copia de las autorizaciones sanitarias de empresas transportistas y disposición final de residuos.

Referencia al ICE para Capítulo VI! y Capítulo XII (Punto 12.3)

mayores detalles

7.11. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas

NORMA Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza. Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud

Fase del Proyecto a la que Construcción, Operación y Cierre

aplica o en la que se dará

cumplimiento

Forma de cumplimiento Debido a la ubicación y a las rosas de viento, el proyecto en la etapa de

construcción no contempla la emanación de contaminantes atmosféricos, sin embargo se generará actividad que generara material Particulado, el que se considera priorizar la ejecución en los horarios que el viento no aporte al traslado de este tipo de partículas en suspensión, además se considera la Fumectación de toda la zona a intervenir para minimizar el impacto, con zespecto a los vecinos, estos se encuentran fuera de la zona de directa intervención lo que minimiza un impacto que pudiere

presentarse. Indicador que acredita su Se mantendrá un sistema de control interno de velocidades consiste en cumplimiento señalética (provisoria). Refuerzo de la señalización.

Copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos. Registro de humectaciones.

Referencia al ICE para Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3) mayores detalles

7.12. COMPONENTE/MATERIA: Emisiones Atmosféricas y Transporte

NORMA » Decreto Supremo N*54/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunizaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos que indica.

  • Decreto Supremo N*55/1994, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.

» Decreto Supremo N"4/1994 Ministerio de Transportes y Telecomunizaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

» Decreto con Fuerza de Ley N1/20007Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.

Fase del Proyecto a la que Construcción, Operación y Cierre

aplica o en la que se dará

cumplimiento

Forma de cumplimiento Esta norma resulta aplicable al Proyecto pues requieren del uso de

vehículos motorizados (livianos y pesados) para su ejecución, como es el caso del traslado de trabajadores y de transporte de materiales. El Titular procurará que las condiciones técnicas y las emisiones de gases de los vehículos mozorizados medianos, ya sean propios, de los contratistas, subcontratistas o de los proveedores, sean las establecidas en esta normativa, a través de las revisiones técnicas al día, distintivos, rótulos,

a Qu

entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia de las revisiones técnicas y mantenciones de los vehículos utilizados

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VHI y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.13. COMPONENTE/MATERIA: Aire y Emisiones Atmosféricas

NORMA

Decreto Supremo N*47/1992 Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a estas medidas en todas las etapas del proyecto. El Titular exigirá a los contratistas que adopten las medidas establecidas en esta norma con el fin de minimizar las emisiones de polvo u otros materiales al ambiente.

El proyecto contempla ur. nivel de humectación permanente tanto en las vías de circulación interra como también en las zonas de intervención directa para la construcción de las edificaciones. Todo material que sea requerido en la etapa de construcción será transportado en vehículos tapados para disminuir la posibilidad de caídas, derrames, voladuras u otras que impacten el medio ambiente.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Se realizará una inspección visual y registro de todos los vehículos que circulen con carga desde y hacia el proyecto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.14. COMPONENTE/MATERIA: Ruido

NORMA

Decreto N38/2011Ministerio del Medio Ambiente. Establece norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N146 de 1997del Ministerio Secretaría General de la Presidencia

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto contempla un aumento en los niveles de ruido, en la etapa de construcción y operación, no obstante las viviendas y parcelas aledañas están a más de 150 metros de las zonas a ser intervenidas por el proyecto, además de considerar que no se genera el fenómeno de reflectancia en la zona, lo que permiten definir que los niveles de ruido proyectados en los puntos receptores más cercanos durante la etapa de ejecución del Proyecto no superarán los niveles máximos permitidos por la norma de emisión vigente

Indicador que acredita su cumplimiento

»Copia de las revisiones técnicas de los vehículos utilizados. »Copia de las mantenciones realizadas a todo tipo de maquinaria.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VI y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.15. COMPONENTE/MATERIA: Suelo y Uso de Suelo

NORMA

  • Decreto Ley N%3.557/1980 Ministerio de Agricultura. Establece disposiciones sobre protección agrícola.

  • Ley N18.378/1984 Ministerio de Agricultura. Deroga la Ley N15.020 y el Decreto con Fuerza de Ley NR.R.A. 26, de 1963, y establece sanciones que señala

» Ley N18.755/1988Ministerio de Agricultura. Establece Normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, y deroga la Ley N16.640 y otras disposiciones

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  • Decreto cor Fuerza de Ley N*458/1975 Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

El Titular del proyecto considera la regularización del permiso sectorial aludido, para lo cual presentará los antecedentes ante la SEREMI de Agricultura, con la finalidad de obtener el informe favorable, para cambiar el destino de uso de suelo, considerando que todo terreno rural, fuera de un instrumento de planificación autorizado y protocolizado, es de aptitud agrícola.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Autorizacioxes sanitarias de las empresas transportistas de residuos.
  • Registro de las facturas y/o guías de despacho de los residuos.

  • Autorizaciones sanitarias de las empresas de disposición final de los residuos..

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.16. COMPONENTE/MATERIA: Uso de Suelo

NORMA

Plan regulador Pozo Almonte, Decreto Supremo N*52/1984, Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El proyecto se encuentra emplazado fuera del límite urbano establecido en el Plan Regulzdor Comunal vigente.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • No Aplica

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.17. COMPONENTE/MATERIA: Flora y Fauna

NORMA

  • Decreto Supremo N%4,363/1931 Ministerio de Tierras y Colonización. Aprueba Texto Definitivo de la Ley de Bosques

  • Ley N* 20.283/2008Ministerio de Agricultura. Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.

» Ley N“4.601/1996, Ministerio de Agricultura. Ley de Caza. Texto remplazado por la Ley 19.473, de 1996).

» Decreto Supremo N*5/1998 Ministerio de Agricultura Reglamento de la Ley de Caza

  • Decreto Supremo N*13 Ministerio Medio Ambiente. Aprueba y Oficializa Novena Clasificación de Especies Silvestres según su Estado de Conservación.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

De acuerdo con el estudio de Línea Base de Flora y Vegetación, se identificaron ajemplares de Prosopis tamarugo y Prosopis alba, estos ejemplares fueron georeferenciados identificados, los cuales no serán trasladados o cortados, solamente se realizará un sistema de poda, el cual tiene por finalidad mejorar su calidad vegetativa.

Para esto, se solicitará a CONAF, la aprobación de una Autorización de Corta Simple de las especies protegidas, para su protección, debiendo considerar que estos son el resultado directo de un proceso de forestación antigua.

Con relación a la fauna, solamente se encontraron ejemplares de lagartijas nortinas, Microlophus theresoides y Microlophus tarapacensis, al respecto

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se implementarán induzciones y capacitaciones ambientales y de conservación de especies protegidas dirigidas a todos los trabajadores y voluntarios del proyecto en sus diferentes fases de ejecución de manera de resguardar la integridad de cualquier especie y en especial las que se encuentren en categorías de conservación.

Indicador que acredita su

«Registros de campañas de terreno y de corta simple, registro de

cumplimiento inducciones a los trabajadores sobre plan de prevención de fauna, fotografías. Referencia al ICE para Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

mayores detalles

7.18. COMPONENTE/MATERIA: Patrimonio Arqueológico

NORMA

«Ley N*17.288/1970 Ministerio de Educación Pública. Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719; Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925.

Decreto Supremo N484/1990. Ministerio de Educación. Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre Excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico se procederá según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17,288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato por escrito y telefónicamente al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el titular

Todas las zonas identificadas con hallazgos fueron excluidas de las zonas de intervención del proyecto, por cuanto se excluyen por sí mismas y no serán alteradas.

Se mantendrá un monitoreo arqueológico a cargo de un profesional arqueólogo tanto para la instalación de los cercos, como para la revisión y mantención de los cercadas de protección y zonas de exclusión, así como la revisión permanente durante las actividades de excavación, escarpe y remoción del terreno.

Indicador que acredita su cumplimiento

*»Actas de prospección arqueológica realizada.

*Registro de entrega al Consejo de Monumentos Nacionales del informe mensual y final de monitoreo.

«Actas de prospección arqueológica realizada. «Registro de movimiento de tierra y hallazgos arqueológicos encontrados.

*Registro de entrega al Consejo de Monumentos Nacionales de informe mensual y final de monitoreo.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12,3)

7.19. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley N%1 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito de la Ley de tránsito N*18.290,

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

En la etapa de construcción el titular adoptará todas las medidas necesarias para que las cargas no superen los pesos máximos establecidos en la Ley, y que durante el transporte de éstas se encuentren debidamente aseguradas, de modo que no generen peligros de accidentes.

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Indicador que acredita su cumplimiento

»Registros de las guías de despacho de la carga. »Acta de inspección y seguimiento de la tenencia de licencias de conducir.

*Autorización Vialidad para vehículos que excedan las dimensiones o pesos máximos.

»Autorización Vialidad para realizar virajes desde 2* pista

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.20. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

Decreto con Fuerza de Ley N 850/1997Ministerio de Obras Públicas. 25 de febrero de 1998. Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840 (Orgánica del Ministerio de Obras Públicas) y del D.F.L, N 206/60 sobre construcción y conservación de caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular cumplirá con la prohibición de circular por caminos públicos con vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos, e instruirá a los transportistas para cumplir con esta prohibición. En caso de ocupar o romper algún camino, se solicitará permiso a la Dirección de Vialidad.

Indicador que acredita su cumplimiento

» Registros de las guías de despacho de la carga que será transportada, asociada al viaje en camión realizado.

  • Obtención del permiso de Vialidad, en tanto aplique.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.21. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

«Decreto Supremo N158/1980 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija peso máximo de los Vehículos que pueden Circular por Caminos Públicos y su modificación Decreto Supremo N1910/2003 MOP.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El titular cumplirá, a través de sus contratistas, con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos; y en caso que sea necesario transportar materiales o piezas que sobrepasen los límites exigidos, el titular solicitará los permisos correspondientes a la Dirección de Vialidad.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de las guías de despacho de la carga que será transportada, asociada al viaje en camión realizado

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.22. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

«Decreto Supremo N*200/1993 Ministerio de Obras Públicas. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular la exigirá a sus contratistas que cumplan con el peso máximo de los vehículos que pueden circular por vías urbanas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Registros de las guías de despacho de la carga que será transportada, asociada al vigje en camión realizado.

qu

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.23. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

Resolución N*1/1995 Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece dimensiones máximas a vehículos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular exigirá a sus contratistas que cumplan con las dimensiones máximas para la circulación de vehículos por vías públicas. Se solicitarán los permisos, con anticipación, en caso de sea necesario

Indicador que acredita su

Para control de dimensiones se inspeccionará visualmente los camiones.

cumplimiento Autorizaciones de circuleción pertinentes emanadas de la Dirección de Vialidad. Referencia al ICE para Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

mayores detalles

7.24. COMPONENTE/MATERIA: Transporte de material y Vialidad

NORMA

Decreto Supremo N“75/1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece condiciones para el transporte de carga que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se adoptarán medidas tales como: encarpado de camiones con materiales que abandonan las obras y la restricción de la velocidad a vehículos en los caminos interiores indicada a través de la señalética que corresponda

Indicador que acredita su cumplimiento

Inspección visual de todos los vehículos que circulen y/o salgan con carga de la faena.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.25. COMPONENTE/MATERIA: Embalajes de Madera

NORMA

Resolución Exenta N* 133/2005 Ministerio de Agricultura, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

Se dará cumplimiento a los parámetros señalados en este cuerpo normativo, ya que se utilizarán embalajes de madera certificados, para los materiales y/o equipos que serán importados durante la etapa de construcción.

Indicador que acredita su cumplimiento

El embalaje de madera que ingrese al país tendrá la Marca exigida en el presente cuerpo normativo

Se mantendrá un registro de lo anterior.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.26. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas

NORMA

*Decreto Supremo N“298/1994. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará

Construcción, Operación y Cierre

26

cumplimiento

Forma de cumplimiento

En principio, el Proyecto no contempla la utilización de sustancias peligrosas; sir. embargo, en el evento que se contemple, el Titular exigirá que sus contratistas cumplan con las condiciones de transporte de cargas peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, la seguridad pública o el medio ambiente, y que se indiquen en las disposiciones citadas.

Indicador que acredita su cumplimiento

Copia de autorizaciones sanitarias de empresas transportistas Registro de las facturas y/o guías de despacho.

Copia de los acuerdos con las empresas transportistas, en relación al cumplimiento de este Decreto.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.27. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas

NORMA

«Resolución exenta N* 610/1982 Superintendencia de Servicios Eléctricos y de Gas. Que prohíbe el uso de los aceites refrigerantes y aislantes de la clase “Askareles”, “Bifenilospoliclorinados CB”, “Pyranol”, “Aroclor”, “Piralene” y otros.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Proyecto ro considera la aplicación de las sustancias descritas en la norma. De todas formas, el Titular exigirá a sus contratistas que no se utilicen productos que contengan PCB. Sin perjuicio de anterior, se aclara que en caso de contar con otra alguna alternativa de aceite a utilizar, el titular se compromete a siempre escoger aquellos que estén libre de PCBs.

Indicador que acredita su

Se mantendrá copia de los certificados que garanticen que los equipos

cumplimiento utilizados en el Proyecto se encuentren libres de PCB. Los análisis químicos y emisión de certificados serán realizados por Laboratorios debidamente zcreditados.

Referencia al ICE para Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

mayores detalles

7.28. COMPONENTE/MATERIA: Sustancias Peligrosas

NORMA

Decreto Supremo N656/2000 Ministerio de Salud. Prohíbe el uso de asbesto en productos que indica.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción, Operación y Cierre

Forma de cumplimiento

El Proyecto no considera la utilización de insumos que contengan las sustancias descritas. De todas formas, el Titular exigirá a sus contratistas la no utilización de productos que contengan asbesto.

Indicador que acredita su cumplimiento

Se incluirá ura clausula especial para este efecto (prohibición de uso de materiales que contengan asbesto) en los contratos que se celebren.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.29. COMPONENTE/MATERIA: Energía Eléctrica y Combustibles

NORMA

  • Decreto con Fuerza de Ley N 4/2006. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

; a

Forma de cumplimiento

Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular tramitará las concesiones y/o permisos correspondientes. Previo a la puesta en servicio de las obras de generación y transmisión se comunicará a la SEC, con a lo menos 15 días de anticipación, en los términos señalados en el Reglamento General de Servicios Eléctricos.

Indicador que acredita su cumplimiento

  • Obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la Línea.

+Comprobante de remisión de información a la SEC (previo a la puesta en servicio).

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.30. COMPONENTE/MATERIA: Energía Eléctrica y Combustibles

NORMA

Decreto Supremo N? 160, de 2008, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción y Operación

Forma de cumplimiento

El Titular dará cumplimiento a las normas de materia de combustibles citadas por la autoridad. El proyecto contempla la tramitación de todo permiso sectorial, de manera de cumplir con la normativa vigente, en lo referente a las instalaciones y transporte, carga y recarga de sectores afectos a lo establecido en los instrumentos normativos mencionados anteriormente

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de los respectivos permisos y/o concesiones para la Línea.

*Comprobante de remisiór. de información a la SEC (previo a la puesta en servicio).

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIH y Capítulo XII (Punto 12.3)

7.31. COMPONENTE/MATERIA: Energía Eléctrica y Combustibles

NORMA

Resolución Exenta N*4677/1999 Ministerio de Obras Públicas. Aprueba Normas para la Aplicación del Artículo 41 del DFL MOP N? 850, de 1997

Fase del Proyecto a la que aplica o en la que se dará cumplimiento

Construcción

Forma de cumplimiento

El Titular solicitará la autorización pertinente para los atraviesos de caminos en caso que aplique.

Indicador que acredita su cumplimiento

Obtención de los respectivos permisos para los atraviesos de caminos por Vialidad, en caso que aplique.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VIII y Capítulo XII (Punto 12.3)

8”. Que, durante el procedimiento de evaluación de la DIA el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

8.1. El Titular del Proyecto asume su responsabilidad de disminuir al mínimo todo tipo de emisión de material particulado, resguardando el traslado de materiales con camiones tapados.

realizando un proceso de humectación de los sectores a intervenir, y

Impacto asociado a

Calidad del Aire

Fase del Proyecto a la

que aplica

Construcción

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Indicador que acredite su cumplimiento

Registro de Aplicación de Medidas de Minimización de Emisiones de Material Particulado y Gases.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X Punto 19.1 del ICE

8.2. Con respecto a la utilización de recursos hídricos en las distintas etapas del proyecto se considera siempre mantener coordinación con la DGA, de manera de salvaguardar la normativa vigente

Impacto asociado a

Recurso Hídrico

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Indicador que acredite su cumplimiento

Procedimientos y criterios establecidos para la aprobación de proyectos de extracción de recursos hídricos de acuerdo a lo señalado por el órgano competente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X Punto 10.1 del ICE

8.3. Las obras serán paralizadas en lo referente a tránsito de camiones con materiales, en los periodos de festividades en las localidades de la Tirana y de la Comuna de Pica, dado que la Ruta A-665, es la única vía de transito establecida para los poblados de la Tirana, La Huayca, y la Comuna de Pica.

Impacto asociado a

Sistemas de vida y costumbres de Grupos Humanos cercanos al proyecto

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción y Cierre

Indicador que acredite su cumplimiento

Instructivo a todo personal, trabajador o contratista sobre la medida comprometida y medios de Verificación de la aplicación de la misma.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X Punto 19.1 del ICE

9”. Que, para ejecutar el Proyecto deben cumplirse las siguientes condiciones o exigencias

9.1. El titular deberá informar a CONADI la eventual presencia de población indígena, o de patrimonio cultural en la zona de ejecución directa del proyecto, así como la socialización del proyecto con la población Indígena interesada en cualquier estado de ejecución del mismo.

Impacto asociado a

Grupos humanos indígenas próximos al proyecto

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Indicador que acredite su cumplimiento

Entrega de información y/o actas de reuniones con grupos humanos indígenas al Organo del Estado Competente

Referencia al ICE para mayores detalles

Oficio N*218 sobre la Adenda 2, por CONADI, Subdirección Nacional Norte, con fecha 02/06/2015

9.2. El titular deberá instruir a todo el personal transitorio o permanente, la prohibición de alimentar o mantener animales domésticos dentro del área del proyecto, en todas las etapas de este. Asimismo, se requiere el compromiso de realizar una inducción a todos los trabajadores, relacionada con la protección de

la fauna silvestre, de manera de evitar cualquier afectación a esta durante la ejecución del proyecto

Impacto asociado a

Fauna Silvestre

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Indicador que acredite su cumplimiento

Procedimientos y Actas de Inducciones Realizadas al personal sobre el Plan de medidas de Prevención y Contingencia de Fauna

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l $

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo VII Punto 7.1. del ICE Capítulo X Punto 10.2 del ICE

9.3. En relación al sistema de control de extracción de los Pozos 1 y 2 de donde el proyecto se abastecerá de agua, se deja constancia que la Dirección General de Aguas posee procedimientos y criterios establecidos para la aprobación de proyectos de este tipo, por lo que el titular deberá ajustarse a estos.

Impacto asociado a

Recurso Hídrico

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción, Operación y Cierre

Indicador que acredite su cumplimiento

Procedimientos y criterios establecidos para la aprobación de proyectos de extracción de recursos hídricos de acuerdo a lo señalado por el órgano competente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X Punto 10.2 del ICE

9.4. Resguardo del patrimonio arqueológico e histórico hallado en el área de influencia del proyecto:

Impacto asociado a

Hallazgos Arqueológicos e históricos

Fase del Proyecto a la que aplica

Construcción

Indicador que acredite su cumplimiento

Inspección y observación directa, Registros Fotográficos, Envío de informes al órgano del Estado Competente

Forma de control y seguimiento

  • Las zonas identificadas con hallazgos arqueológicos serán excluidas de las zonas de intervención del proyecto y no serán alteradas

  • Se incluirá señalética adecuada en cada uno de los sitios arqueológicos detectados junto a los cercos perimetrales de protección. Oficiándose con el informe respectivo de dichas :mplementaciones al órgano competente

Se mantendrá un monitoreo arqueológico a cargo de un profesional arqueólogo tanto para la instalación de los cercos como para la revisión y mantención de los cercados, así como la revisión permanente durante las actividades de excavación, escarpe y remoción del terreno. Contemplándose la elaboración de los respectivos informes del monitoreo incluyendo los antecedentes solicitados, de acuerdo a lo especificado en la Adenda 1 del Proyecto. Se deberán remitir en los informes de monitoreo hacia el órgano competente

De recuperarse materiales arqueológicos, la propuesta de destinación definitiva deberá ser indicada al momento de entregar el informe final del monitoreo, para lo cual, se remitirá un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.

El titular deberá realizar Chartas de inducción por un arqueólogo o licenciado en arqueología a los trabejadores del proyecto, sobre el componente arqueológico que se podría er.contrar en el área y los procedimientos a seguir en caso de hallazgo, antes del inicio de cada obra. Se deberán remitir en los informes de monitoreo los contenidos de la inducción realizada y la constancia de asistentes a la rr.isma hacia el órgano competente.

Referencia al ICE para mayores detalles

Capítulo X Punto 10.2 del ICE

10%. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, se encuentran en los siguientes planes: Plan de medidas de Prevención y Contingencia de Fauna y Plan de Contingencia y Prevención de Almacenamiento Temporal de Residuos El detalle de dichas medidas y planes se describen en el capítulo VII del ICE.

11%, Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias a que se refiere el artículo 86 del Reglamento del SEIA, en base a las opiniones y aportes obtenidos de las reuniones y entrevistas realizadas con los Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos

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Indígenas que se localizan en las cercanías del área donde se desarrollará el Proyecto, las cuales fueron sistematizadas en el Acta de Reunión y consideradas en el ICASARA 1 del proceso de evaluación del proyecto.

12*,Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.

13” Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto O faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.1 de la presente Resolución.

14*, Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.

15.Que, para que el proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

17%.Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Tarapacá y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

18”.Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Ejecutiva del SEA / Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, de acuerdo a lo establecido en el inciso tercero del artículo 162 y artículo 163, ambos del Reglamento del SEIA.

19%.Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración, en los términos definidos er. el artículo 2? letra g) del Reglamento del SEIA, deberá someterse al SEIA,

20”. Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

RESUELVO:

19 Calificar favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte”, del titular Junta Nacional de Cuerpos de Bomberos de Chile.

2*.Certificar que el proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable.

3” Certificar que el proyecto “Construcción Cenro de Entrenamiento Zona Norte” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138%, 140 y 160? del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

4?.Certificar que el proyecto “Construcción Centro de Entrenamiento Zona Norte” no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

6” Definir como gestión, acto o faena mínima del Proyecto, para dar cuenta del inicio de su ejecución de

modo sistemático y permanente, a los mencionados en el considerando 4.1 del presente acto.

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7”.Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N* 19.300 ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto.

Notifíquese y Archívese

Intendente Regional Presidente Ci pmisión de Evaltación Ambiental

R se > PEDRO VALENZUELA DIEZ DE MEDINA E GIÓN TARAPAS Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental

Secretario Comisión de Evaluación Región de Tarapacá

co

Distribución

Sr. Miguel Luis Reyes Núñez

Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá

Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá

Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá

Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá

Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá

Dirección Regional, SEC, Región de Tarapacá

Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá Gobierno Regional, Región de Tarapacá

Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte

SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá

SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá

SEREMI de Salud, Región de Tarapacá

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá Consejo de Monumentos Nacionales

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