Evaluación SEA

Proyecto Mirador Souper - Inmobiliaria SUKSA Ltda.

Rol 2129423260
SEA · DIA · Aprobado · 2014-04-28 · Región Metropolitana de Santiago · Inmobiliaria SUKSA Ltda.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO

Califica Ambientalmente el proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda”

Resolución Exenta N* 502/2014 Santiago, 16 de septiembre de 2014

VISTOS:

1”

2".

3".

4”.

Se,

6”.

La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de fecha 09 de julio de 2014, su Adenda complementaria de fecha 12 de agosto de 2014 del proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda”, presentada por el Señor Armando Ide Nualart, en representación de la empresa Inmobiliaria SUKSA Ltda, con fecha 23 de abril de 2014, y admitida a trámite con fecha 25 de abril de 2014.

Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado, que sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda”.

El Acta de Evaluación N? 01/2014 de fecha 29 de agosto de 2014, elaborada por el Comité Técnico.

El Informe Consolidado de Evaluación de la DIA del proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda” de fecha 01 de septiembre de 2014.

Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda”.

Lo dispuesto en la Ley N” 19.300/94, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 40/12, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en el D.F.L. N 1/19.653, de 2000, del MINSEGPRES, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley N' 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en el Decreto Supremo N 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en la Resolución Afecta N* 69, de fecha 24 de abril de 2014, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental; y en la Resolución N” 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

CONSIDERANDO:

rr.

2.

Que, Inmobiliaria SUKSA Ltda. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda” (en adelante el Proyecto).

Que, conforme se indica en el ICE de fecha 01 de septiembre de 2014, la Señora Andrea Paredes Llach, Directora Regional (PT) Servicio de Evaluación Ambiental RM, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto:

. El proyecto acredita cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

. El proyecto no genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias contemplados en el Artículo 11 de la Ley 19.300 y en los artículos 5, 6, 7, 8, 9 y 10 del Decreto Supremo N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

. El proyecto aporta los antecedentes para la obtención de los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos contenidos en los artículos N140 y 142, señalados en el Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental, D.S. N 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente.

3”. Que, en sesión de fecha 09 de septiembre de 2014, la Comisión de Evaluación Ambiental RM acordó calificar favorablemente el proyecto “Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda”, aprobando integramente el contenido del ICE de fecha 01 de septiembre de 2014, el que forma parte integrante de la presente Resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente Resolución las consideraciones en que se fundamenta.

4%. Que, para efectos de lo establecido en el artículo 25 ter de la Ley N? 19.300 y en el artículo 73 del RSEIA, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es el inicio

de la instalación de faenas y preparación de faenas.

5, Que, los antecedentes generales del Proyecto son los que a continuación se indican:

  1. Ubicación del Proyecto y de sus partes, obras o acciones

El Proyecto se ejecutará en la Región Metropolitana de Santiago, provincia de Santiago, comuna de Estación Central, específicamente en la manzana conformada por las calles 5 de Abril, Coronel Souper, Toro Mazotte y Padre Alberto Hurtado. La dirección del loteo corresponde a la Calle Coronel Souper 4058-4060 y Calle 5 de Abril 4061.

A continuación, se presentan las coordenadas de la ubicación geográfica del Proyecto

Tabla N%1: Coordenada en UTM Huso 19 WGS 84, sector de emplazamiento del Proyecto.

Vértice Este Norte 1 342.887 6.296.764 2 342.861 6.296.755 3 342.904 6.296.660 4 342.912 6.296.662 5 342.923 6.296.641 6 342.931 6.296.644 7 342.921 6.296.665 8 342.930 6.296.668 9 342.918 6.296.694 10 342.916 6.296.693 11 342.891 6.296.747 12 342.894 6.296.750

Fuente: tabla 3 de la DIA.

En el Anexo 1.1 del Adenda, se presentan los certificados de Informaciones Previas para los lotes del Proyecto, emitidos por la Il. Municipalidad de Estación Central, donde se señala que el sector donde se emplazará el Proyecto corresponde a una zona habitacional mixta.

Descripción del Proyecto.

El Proyecto consiste en la construcción de 1.050 departamentos, con 222 estacionamientos (4 destinados a personas con movilidad reducida) distribuidos en 3 subterráneos. En el Anexo 2 de la DIA, se adjunta el plano de emplazamiento del Proyecto.

Definición de sus partes, acciones y obras físicas. El Proyecto contempla las siguientes obras: + Edificación Torre A.

La torre A contará con 30 pisos para la habilitación de un total de 539 departamentos, dos salas de basura. En la azotea del piso 30 el edificio contemplan 2 salas multiuso, 10 quinchos, un sector de lavandería y gimnasio.

  • Edificación Torre B.

La torre B contará con 30 pisos para la habilitación de un total de 511 departamentos y dos salas de

basura. En la azotea del piso 30 el edificio, se contemplan 2 salas multiuso, 10 quinchos, un sector de lavandería y gimnasio.

En el Anexo N*2 del Adenda, se presentan los planos con la distribución correlativa de cada uno de los 222 estacionamientos diseñado según lo indicado en el Manual de Vialidad Urbana, Recomendaciones para el Diseño de Elementos de infraestructura Vial Urbana (REDEVU).

En el Anexo N*1 del Adenda, se presenta el permiso de edificación vigente entregado por la 1. Municipalidad de Estación Central

  1. Descripción de las fases del Proyecto.

2.1. Fase de construcción.

Fecha estimada de | Se estima como fecha de inicio de la fase de construcción del Proyecto, el mes de inicio diciembre de 2014. La fase de construcción tiene una duración de 2 años.

Obra o acción que | Preparación del terreno e instalación de las faenas, para comenzar con las obras establece el inicio de la | constructivas. fase

2.2 Fase de operación.

Fecha estimada de | El Proyecto dará inicio a la fase de operación una vez concluida la fase de inicio construcción, la cual tiene una duración de dos años.

Obra o acción que | La fase de operación se iniciará al momento en que los primeros departamentos de. establece el inicio de la | conjunto habitacional sean entregados a los propietarios. fase

2.3 Fase de cierre.

Fecha estimada de | La vida útil del proyecto se considera indefinida. inicio

Obra o acción que | La vida útil del proyecto se considera indefinida. establece el inicio de la fase

  1. Gestión, acto o faena | De acuerdo a lo señalado en el cronograma, el acto o faena mínima que dará inicio mínima del Proyecto. al proyecto, corresponde al inicio de la instalación de faenas y preparación de! terreno.

  2. Modificaciones a | El proyecto no corresponde a una modificación de una actividad existente que otras Resoluciones de | cuente con alguna Resolución de Calificación Ambiental. Calificación Ambiental

  3. Que, resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes obras, etapas o actividades que se señalan en la siguientes fichas:

Permiso Ambiental Sectorial Mixto N* 140.

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase, o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario,

Fase del | Fase de construcción y operación.

Proyecto

Parte, obra o Sitios de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos, residuos no peligrosos,

acción a que inertes y domiciliarios.

aplica

Condiciones o Será responsabilidad del Titular, cumplir con lo establecido en el art. 79 del Código

exigencias Sanitario, en el sentido de que una vez obtenida la RCA favorable deberá solicitar la

específicas para | aprobación del proyecto y autorización de funcionamiento del sitio de almacenamiento

su otorgamiento | temporal de residuos no peligrosos, ambas otorgadas por la SEREMI de Salud. Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Anexo N99 de la DIA.

Pronunciamiento | La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N*4582 de fecha 21 de julio de 2014, señala que

3

del órgano competente

el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para dicho PAS.

Permiso Ambiental Sectorial Mixto N* 142.

Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.

Fase del | Construcción.

Proyecto

Parte, obra o Sitio de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos. acción a que

aplica

Condiciones o exigencias

específicas para su otorgamiento

La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos cumplirá con los requerimientos del D.S. N” 148/2003 del MINSAL y las características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

La bodega se construirá con una estructura metálica en ángulo de acero de 40x40x3 mm y piso de hormigón. El techo llevará una sección transversal con ángulo de acero 40x40x3 mm y se utilizará zinc liso o v, el cual se cubrirá con una malla acma c-139. El cierre perimetral estará constituido por malla tipo Ursus 740 y portón de acceso en perfiles 30x30x2 mm.

La bodega almacenará contenedores con tapa abatible y ruedas con capacidad de 360 L para almacenar:

i Contenedor 1: Envases vacíos de aerosoles y pegamentos ii Contenedor 2: Tubos fluorescentes.

iii Y contenedores cilíndricos metálicos de 200 L para almacenar algún derivado del petróleo (En caso de generarse).

iv Las señaléticas a implementar en la bodega, se muestran en la figura 8 del Adenda.

v El retiro de residuos peligrosos será efectuado por personal autorizado, y llevados a un depósito de seguridad autorizado por el MINSAL

Pronunciamiento del órgano competente

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N*4582 de fecha 21 de julio de 2014, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con los antecedentes presentados para dicho PAS.

7%. Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:

Componente/Materia: Aire

Norma Decreto Supremo N% 144/1961 del MINSAL, establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza

Fase del

Proyecto a la Construcción

que aplica

Forma e Forma de cumplimiento: Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga y

Indicador de el movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias para captar y

cumplimiento eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar hacia la comunidad o en los lugares de trabajo. Indicador de cumplimiento: se mantendrán registros de las actividades en la obra.

Norma Decreto Supremo N* 66/2009 del MINSEGPRES, reformula y Actualiza Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace

Fase Construcción y Operación

Forma e Forma de cumplimiento: El Titular en el Anexo 2 del Adenda complementaria, presenta el

Indicador de cálculo de las emisiones atmosféricas para la fase de construcción y operación del

cumplimiento Proyecto, indicando la forma de cumplimiento a dicho Decreto. Los cuales se resumen en

las siguientes tablas.

Indicador de cumplimiento:

Componente/Materia: Aire

Tabla N%2: Resumen de emisiones de MP10 y gases de combustión para la fase de

construcción. Actividades fase de MP10 (t/año)| CO (año) | NOx (t/año) | HC (año) construcción Total (t) 1,4 0,538 1,55 0,17 Máximo permitido según Art. 98 2,5 8 D.S.66/2009

Fuente: tabla 32 anexo 2 del Adenda complementaria.

Tabla N*3: Resumen de emisiones atmosféricas anuales para la fase de operación.

Actividad MP10 co NOx HC SOx (tlaño) (t/año) (t/año) (t/año) (t/año) Combustión de vehículos. 0,00207 20,122 1,155 1,039 Tránsito de vehículos 0,3359 - - - Grupo electrógeno 0,003752 0,01137 0,0526 0,0035 TOTAL 0,341722 20,13337 | 1,2076 1,039 0.0035 Máximo permitido según 25 Lo 8 Lo Art. 98 D.S.66/2009 > calculado calculado

Fuente: tabla 33 anexo 2 del Adenda complementaria.

Norma Decreto Supremo N*75/1987 del MINTRATEL Fase Construcción Forma e Forma de cumplimiento: El Titular cumplirá con las exigencias señaladas en la presente

Indicador de cumplimiento

normativa, mediante la utilización de los vehículos adecuados y la ejecución de acciones que eviten el escurrimiento o dispersión de los contaminantes, tales como cubrimiento con lonas de los materiales transportados, humidificación de los mismos, carga y descarga adecuada.

Indicador de cumplimiento: registros de las actividades en la faena a disposición de la Autoridad.

Norma Decreto Supremo N* 55, Norma de emisión a vehículos motorizados pesados, del 8 de marzo de 1994 y modificaciones posteriores Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Fase Construcción

Forma e Forma de cumplimiento: El Titular del Proyecto se compromete a operar con vehículos con

Indicador de revisión técnica al día. Así como también las mantenciones de camiones, maquinarias y

cumplimiento diferentes equipos de la fase de construcción, se realizarán en locales establecidos, ubicados fuera del área del Proyecto.

Indicador de cumplimiento: Se mantendrán los registros de las mantenciones en el lugar de emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad.

Norma Decreto Supremo N*18/2001 del MINTRATEL

Fase Construcción

Forma e Forma de cumplimiento: Los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e

Indicador de insumos desde y hacia el Proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo

cumplimiento Américo Vespucio.

Indicador de cumplimiento: El Titular presenta en la figura 7 del Adenda las vías alternativas por donde circularán los camiones.

Norma Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, o aquel que lo reemplace, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material.

Fase Construcción

Forma e Forma de cumplimiento:

Indicador de a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las

cumplimiento faenas de demolición, relleno y excavaciones.

Componente/Materia: Aire

b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.

c) Transpertar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.

e) Manterer la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.

f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. Indicador de cumplimiento: se mantendrán registros de dichas actividades en el lugar de emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad.

Indicador de cumplimiento: se mantendrán registros de cada una de las actividades en el lugar de emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad.

Norma Decreto Supremo N? 4/92 del Ministerio de Salud, que Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales (uso de calderas y grupos electrógenos).

Fase Operación

Forma e Forma de cumplimiento: En el Anexo N*2 del Adenda Complementaria, el Titular presenta

Indicador de el cálculo de las emisiones de los grupos electrógenos de respaldo durante la fase de

cumplimiento operación del Proyecto.

Indicador de cumplimiento: En la tabla N*33 del Anexo 2 del adenda complementaria, presenta la estimación de emisiones de los grupos electrógenos.

Norma Decreto Supremo N* 138, de 10 de 2005 del Ministerio de Salud. Publicado en el Diario Oficial con fecha 17 de noviembre de 2005 y Modificado por el Decreto Supremo N” 90 de fecha 25 de agosto de 2010. Publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de Enero de 2011. Establece Obligación de Declarar Emisiones de Fuentes Fijas.

Fase Operación

Forma e Forma de cumplimiento: El Titular declarará las emisiones de los grupos electrógenos de

Indicador de respaldo que se utilizarán durante la fase de operación.

cumplimiento Indicador de cumplimiento: El Titular mantendrá los registros de las declaraciones en el

lugar de emplazamiento del Proyecto.

Componente/Materia: Ruido.

Norma Decreto Supremo N' 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Fase Construcción y operación

Forma e Indicador de | Forma de cumplimiento: En el Anexo 4 del Adenda se presenta el cálculo de las

cumplimiento

emisiones sonoras para la fase de construcción y operación del Proyecto.

Indicador de Cumplimiento: En el Anexo 4 del Adenda, se adjunta la memoria de cálculo archivo digital .mrv de MINERVA para corroborar los parámetros considerados en las proyecciones del Proyecto para cada una de las fases.

A continuación, se presentan las emisiones sonoras del Proyecto durante las diferantes etapas de la fase de construcción.

Tabla N%4: Evaluación normativa de las etapas de la fase de construcción.

Demolición Construcción Obra Límite Exceso Receptor [dBA] Nivel Suelo Gruesa normativo [dB] ¿Cumple? [dBA] Total [dBA] | [dBA] RI 56 65 65 65 0 Sí R2 61 54 55 65 0 Sí R3 64 65 65 65 0 Sí R4 60 63 63 65 0 Sí R5 60 63 64 65 0 Sí R6 62 58 59 65 0 Sí R7 57 60 60 65 0 Sí R8 55 62 62 65 0 Sí

Fuente: tabla 15, tabla 16 y tabla 17 del Anexo 4 Adenda.

En la fase de operación los niveles de ruido no superarán los 45 dBA tanto en los propios receptores interiores del Proyecto como en la comunidad (puntos receptores), cumpliendo con la normativa para todo horario.

Componente/Materia: Residuos líquidos.

Norma Decreto Supremo N? 594/1999 del MINSAL, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Fase Construcción.

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: El Titular dispondrá de baños químicos bajo administración de empresas autorizadas. Las aguas servidas serán manejadas mediante un sistema de alcantarillado particular existente, en faena. La disposición final se realizará mediante retiro y disposición en sitio final autorizado (camión recolector de aguas servidas) por la Autoridad Sanitaria.

Indicador de cumplimiento: se mantendrá en la faena, los registros de retiro de los residuos líquidos por una empresa autorizada, a disposición de la Autoridad.

Norma

Decreto Fuerza Ley N* 725/67, Código Sanitario y el Decreto con Fuerza de Ley N? 1 del Ministerio de Salud

Fase

Construcción

Forma e Indicador de cumplimiento

El Titular solicitará las autorizaciones que correspondan. Durante el proceso atenderá y responderá observaciones, comentarios y solicitudes de la Autoridad, entregando toda la información necesaria.

Componente/Materia: Residuos sólidos.

Norma Decreto Supremo N*148/2003 del MINSAL. Reglamento Sobre el Manejo Sanitario de los Residuos Peligrosos. Fase Construcción

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: Se utilizarán contenedores rotulados para este tipo de residuos, los cuales estarán debidamente sellados. Serán retirados por empresa autorizada en el manejo y disposición final de ellos.

Indicador de Cumplimiento: Comprobante de retiro de residuos peligrosos por parte de transportistas y destinatarios autorizados.

Norma

D.F.L. N* 725/67. Código Sanitario. El artículo 80 señala que “Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase”.

Fase

Construcción.

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: Los residuos que se generen en la fase de construcción serán acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. Los

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residuos serán llevados a lugares de disposición final autorizado por la Autoridad Sanitaria. En la fase de operación, se contará con salas de basuras, diseñada especialmente para la acumulación de residuos. Los residuos domiciliarios se acumularán por un periodo máximo de dos días, para luego ser retirados por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados.

Indicador de Cumplimiento: Comprobante de ingreso de residuos a sitios de

disposición final autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios en la fase de construcción y operación.

Componente/Materia: Emisiones y residuos

Norma Decreto Supremo 1/2013 del Ministerio del Medio Ambiente Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) Fase Todas

Forma e Indicador de cumplimiento

Cumplimiento: El Titular declarará las emisiones, residuos y transferencias de contaminantes generados en su proyecto según corresponda a través del sistema de Ventanilla Unica del RETC (www.retc.cl).

Indicador de Cumplimiento: Registros en el lugar de emplazamiento del Proyecto, de la declaración de sus emisiones y residuos.

Componente/Materia: Vialidad

Norma

Decreto Supremo 298/95, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones

Fase

Construcción.

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a los procedimientos para el transporte de cargas de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.

Indicador de cumplimiento: registro de la ejecución de los procedimientos señalados.

Norma Decreto Supremo N” 200/93 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del País. Fase Construcción.

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, cumplan este decreto.

Indicador de Cumplimiento: Porcentaje de camiones que cumplen con los límites máximos de carga permitidos.

Norma

Decreto Supremo N* 158/80 del MOP.

Fase

Construcción.

Forma e Indicador de cumplimiento

Forma de cumplimiento: En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de camiones con carga hacia y desde la obra. El Titular velará porque en todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las etapas del Proyecto cumplirán con esta normativa.

Indicador de cumplimiento: Porcentaje de camiones que cumplen con los límites máximos de carga permitidos.

Componente/Materia: Patrimonio Cultural

Norma Ley N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación, sobre Monumentos Nacionales Fase Construcción

Forma e Indicador de cumplimiento

En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N” 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos

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Nacionales y al Gobernador Provincial, para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el Titular del proyecto.

Cumplimiento: Si durante la ejecución de cualquiera de las fases del Proyecto, se produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

Indicadores de cumplimiento: paralización inmediata de obras por hallazgos arqueológicos e información del hallazgo al CMN y Carabineros.

8”. Que, durante el procedimiento de evaluación se establecieron las siguientes condiciones o exigencias y compromisos voluntarios adicionales al Proyecto:

Compromisos voluntarios Medio Humano.

Fase de construcción del Proyecto

El Titular solicitará a un profesional del área social establecer un Plan de Comunicación y Manejo con la comunidad aledaña. El Plan contará con una garita donde permanecerá una persona a cargo quien recibirá reclamos y facilitará información a la comunidad que lo solicite, información con respecto al cronograma, horarios, número de personal, potenciales focos de ruido molestos por actividad, entre otros. Además, esta información será entregada a la comunidad por medio de folletos u otro que determine el profesional.

Indicador de cumplimiento:

El Titular mantendrá en la obra el informe del Plan de Manejo y Comunicación que será elaborado a disposición de quien lo solicite.

Compromisos voluntarios Vectores sanitarios.

Fase de construcción del Proyecto

i Los vehículos encargados del retiro de residuos salgan cubiertos y cuenten con revisión técnica al día.

ii La basura doméstica será depositada en bolsas plásticas dentro de tarros de basura doméstica con tapa.

Indicador de cumplimiento: Se tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o eliminar la presencia de vectores sanitarios.

Condición o exigencias

referidas a Emisiones Atmosféricas.

Fase de construcción del Proyecto

i Humectación del material de excavación, caminos de accesos no pavimentados, caminos interiores ubicados en la zona de emplazamiento del Proyecto. En la tabla 5 del Adenda, se presenta la caracterización cuantitativa de las zonas que serán humectadas durante la fase de construcción. Y en el Anexo 1.2 del Adenda complementaria, se adjunta un plano en formato .pdf, con las zonas a humectar en las diferentes obras de la fase de construcción.

ii Se estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada y de camiones y de acopio de material.

iii Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones humedeciendo previamente la superficie del suelo.

iv Se contará con la revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto.

v Se realizarán mantenciones de los equipos y maquinarias en caso de ser requeridos.

vi Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera.

vii El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada será de 30 km/hr. y para vehículos livianos 60 km/hr,

Indicador de cumplimiento: El Titular mantendrá en el interior de la obra una ficha del registro de cada una de las medidas indicadas, las cuales estarán a disposición de la Autoridad.

Condición o exigencias

referidas a Ruido

Fase de construcción

i La frecuencia de mantención de los equipos que se utilizarán durante la fase de

del Proyecto

construcción será cada 3 meses o antes, en caso de surgir una eventualidad o ruido molesto.

ii Durante la etapa de construcción en altura, los paneles se deberán ubicar en los vanos con planchas de madera OSB de mínimo 15 mm de espesor, con el objeto de controlar el nivel de ruido al exterior orientados hacia todas las caras Cel Proyecto, orientado a atenuar los niveles de ruido generados hacia todos los puntos receptores.

iii Se construirá un cierre perimetral en todo el perímetro del Proyecto.

Indicador de cumplimiento.

i El Titular mantendrá en el interior de la obra una ficha de registro de la mantención de los equipos. En la página 27 del Adenda, el Titular presenta la ficha de registro que tendrá en el Proyecto a disposición de la Autoridad en todo momento.

ii El Titular señala en el Adenda complementaria que enviará de forma mensual los resultados del monitoreo de ruido que se realizará de forma quincenal en los receptores evaluados, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Seremi de Salud RM.

Condición o exigencias

referidas a Residuos Sólidos

Fase de construcción del Proyecto

i Si durante las faenas de demolición, se identifican materiales que contengan asbesto, el Titular dará cumplimiento a los procedimientos sectoriales establecidos por la Seremi de Salud. Además, deberá disponer los residuos generados de esta actividad en un lugar autorizado según su clasificación por la Autoridad Sanitaria.

ii Para la disposición de los residuos domiciliarios, escombros y material de escarpe deberá mantenerse un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

iii La adquisición de los materiales de construcción para el correcto desarrollo de la obra gruesa del Proyecto (hormigón, árido), serán adquiridos en forma importante en locales de la comuna de Estación Central y /o en comunas aledañas.

iv El Titular exigirá contractualmente a los contratistas el cumplimiento a cabalidad de las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigen:e. También se exigirá el cumplimiento de las Ordenanzas u otras disposiciones municipales aplicables a las faenas de construcción.

v Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, deberán ser dispuestos =n rellenos sanitarios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

vi Los residuos sólidos inertes generados, deberán ser eliminados en actividades

autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros por la

Autoridad Sanitaria.

Con respecto a los residuos industriales no peligrosos (escombros, chatarra,

cables, maderos, etc.) productos de la fase de construcción, se almacenarán en un

Patio de Acopio Temporal.

viiiConfigurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.

vi

Indicador de cumplimiento: El Titular tendrá presente el listado disponible en la página web www.asrm.cl y mantendrá los registros de los retiros de los diferentes tipos de residuos en el área del Proyecto a disposición de la Autoridad.

Condición o exigencias

referidas Residuos Líquidos.

Fase de construcción del Proyecto

i El Titular será el responsable de la instalación, limpieza y transporte de los baños químicos para los trabajadores.

ii La obra contempla un máximo de 160 trabajadores, por lo que según el artículo 23 y 24 del D.S. N* 594/99 del MINSAL, se contará con un total de 10 baños químicos al interior de la obra.

iii Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

iv La disposición de los baños químicos será tal que ningún trabajador deberá caminar más 75 m para asistir al baño, cumpliendo con el Art. 25 del D.S. N* 594/99 MINSAL.

10

Indicador de cumplimiento:

i El Titular mantendrá en el interior de la obra una copia de la factura que respalde la disposición adecuada de las aguas servidas o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, a disposición de la autoridad fiscalizadora.

El Titular mantendrá en el interior de la obra una ficha de registro para el transporte de los residuos producto de la mantención de baños químicos.

ii

Condición o exigencias

referidas a Materias Primas.

Fase de construcción del Proyecto

En caso que el Titular adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el Titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.

Indicador de cumplimiento: se mantendrá registros de los proveedores que abastecen de áridos en la faena a disposición e la Autoridad.

Condición o exigencias

en relación a Vialidad.

Fase de construcción y operación

i Se considerarán las restricciones horarias que exige la Municipalidad por la circulación de los vehículos. Igualmente, durante la fase de construcción, se evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 horas. y de 18:00 a 20:00 horas).

ii Se considerarán y emplearán las medidas de seguridad y señalizaciones transitorias establecidas en el Manual de Señalización de Tránsito (Capitulo N*5), en sus puntos señales verticales, canalización, demarcaciones, sistemas de control de tránsito y elementos para aumentar la visibilidad de trabajadores y vehículos.

iti El Titular mantendrá en el lugar de emplazamiento del proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones. Este registro estará a disposición de la Autoridad cuando ella lo requiera.

Compromisos, condición o exigencias referidas a Sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no

peligrosos.

Fase de construcción del Proyecto

El Titular señala en el Adenda, que construirá la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos con materiales que aseguren una resistencia mínima a la acción del fuego correspondiente a la clase F-180 y en forma continua a partir del terreno hasta por lo menos 0,50 m más arriba de la cubierta. Por otro lado, garantizará la protección de los residuos almacenados de las condiciones climáticas externas y vectores sanitarios.

Antes de dar inicio a las actividades de construcción, el Titular acreditará que tanto el transporte como el sitio de disposición final de residuos se encuentren debidamente acreditados y de este modo contar con la Autorización Sanitaria. Además mantendrá en el lugar de emplazamiento del Proyecto fichas de registro de todas las actividades a disposición de la Autoridad.

Los residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento con el D.S N148/03, Artículos 10, 25 y 28 “Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos”. Por otro lado la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, cumplirá con lo dispuesto en el D.S N78/09.

=

Indicador de cumplimiento: Construcción de las bodegas de acuerdo a la normativa aplicable y los registros de los lugares de disposición final en el área de emplazamiento.

Condición o exigencias referidas Aguas potable y Alcantarillado

Fase de construcción del Proyecto

Forma de cumplimiento: Los dispensadores de agua provistos por empresas externas, estarán presente por un periodo máximo de 6 meses.

Indicador de cumplimiento: Conexión al sistema de agua potable y alcantarillado

11

antes de los 6 meses.

9”. Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N* 19.300, según se detalla a continuación:

  1. En cuanto al riesgo para la salud de la población.

El Proyecto no genera ni presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos, en ninguna de sus fases.

  1. En cuanto a los efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables

El Proyecto no genera ni presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, en ninguna de sus fases.

a a E an 5 AO ARA DEA Ra E de LAS E he A, la,

  1. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

El Titular señala en el Adenda que las edificaciones presentes en el área de emplazamiento del Proyecto corresponden a estructura de galpones vacíos en desuso, sin habitantes, los cuales serán demolidos. En la figura 5 y 6 del Adenda, se presentan fotografías de dicha instalaciones.

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, en ninguna de sus fases.

A ASUS A A

  1. En cuanto a la localización y valoración ambiental del territorio

El Proyecto no afectará poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares; tampoco afectará el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, en ninguna de sus fases. A - 7

  1. En cuanto al valor paisajístico y turístico.

El Proyecto no generará alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisaj:stico o turístico de la zona, en ninguna de sus fases.

  1. En cuanto a la alteración del patrimonio cultural

El Titular en el Anexo $5 de la DIA, presenta un Estudio Arqueológico, donde se realizó una ravisión bibliográfica de literatura especializa referente a la presencia de sitios arqueológicos en el sector de emplazamiento del Proyecto y una inspección visual del terreno, concluyendo que en el área de influencia del proyecto existe una ausencia de sitios arqueológicos en superficie.

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, en ninguna de sus fases.

10”. Que, las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las siguientes:

Medidas relevantes del plan de contingencia

Situación de emergencias o contingencia Acciones o medidas a implementar

Plan de Prevención de Contingencias De la descripción del Proyecto, y de su lugar de emplazamiento, no se deducen eventuales situaciones de

riesgo al medio ambiente que den origen a proponer un plan de prevención de contingencias, según lo indicado en el Título VI, párrafo 2 del D.S. N40/2013, Reglamento del Sistzma de Evaluación Ambiental.Sin embargo, por el uso de grupos electrógenos durante la fase de operación, el Titular señala en el Adenda, las medidas de contingencias que implermentará por eventuales eventos que puedan ocurrir, como:

i El personal que utilice el equipo debe conocer las normas de seguridad y de uso, además no debe utilizar prendas holgadas.

Las operaciones de mantenimiento deben efectuarse con gafas de protección y el operario debe quitarse el reloj, las

12

pulseras, etc. Por otro lado, el mantenimiento a realizar incluirá: revisiones; cambio de filtros y cambio de lubricantes.

Plan de Emergencias

De la descripción del Proyecto, y de su lugar de emplazamiento, no se deducen eventuales situaciones de riesgo al medio ambiente que den origen a proponer un plan de emergencias, según lo indicado en el Título VI, párrafo 2 del D.S. N”40/2013, Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

11 Que, de acuerdo a las fichas a que se refiere el literal m) del artículo 56 del RSEIA, se establece la

siguiente tabla:

IDENTIFICACIÓN DEL TITULAR Y REPRESENTANTE LEGAL

Titular Inmobiliaria SUKSA Ltda

RUT 77.882.890-1

Representante Legal Armando Ide Nualart

RUT 7.005.950-9.

Domicilio Avda. Andrés Bello 2777 of. 604, Las Condes.

Correo Electrónico

ain(Osuksa.cl

ANTECEDENTES GENERALES DEL PROYECTO

Nombre del Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda

Proyecto

Descripción El Proyecto consiste en la construcción de 1050 departamentos, con 222

Breve estacionamientos (4 destinados a personas con movilidad reducida) distribuidos en 3 subterráneos.

Objetivo El Proyecto consiste en la construcción de 1050 departamentos, con 222 estacionamientos (4 destinados a personas con movilidad reducida) distribuidos en 3 subterráneos.

Tipología Tipología principal:

principal y h.1.3. que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la

secundaria construcción de 300 o más viviendas.

De acuerdo a lo anterior, el Proyecto debe ingresar al SETA, ya que contempla la construcción de 338 departamentos o viviendas en total.

Tipología secundaria: no tiene.

Monto de la US$40.000.000

Inversión

Vida Util Vida útil es de carácter indefinido.

Proyecto

Vida Util Partes | Fase construcción 2 años, fase de operación y cierre de carácter indefinido.

u Obras

LOCALIZACIÓN

Región Región Metropolitana de Santiago

Provincia Santiago

Comuna Estación Central

Coordenadas Tabla N*1: Coordenada en UTM- Huso 19 WGS 84, sector de emplazamiento

Geográficas y del Proyecto

SU Vértice Este Norte 1 342.887 6.296.764 2 342.861 6.296.755 3 342.904 6.296.660 4 342.912 6.296.662 5 342.923 6.296.641 6 342.931 6.296.644 7 342.921 6.296.665 8 342.930 6.296.668 9 342.918 6.296.694 10 342.916 6.296.693 1 342.891 6.296.747 Dn 342.894 6296 750

Fuente: tabla 3 de la DIA.

Superficie Total | La superficie predial del área donde se emplazará el Proyecto será de 2.460,58 m?.

13

del Proyecto

Justificación de la Localización

La ubicación del Proyecto, según el Instrumento de Planificación Territorial correspondiente, se encuentra en un área sin restricciones para este tipo de Proyecto, es decir, el Proyecto se emplazará en una zona urbana denominada IPB: Zona Mixta, según el Plan Regulador vigente para Estación Central, donde se define como una zona en la cual es posible emplazar actividades de Vivienda, Equipamiento y Actividades

Inofensivas. Fase de Resumen Cap/Pto DIA construcción Partes, Obras y | Se estima que para la ejecución de las obras se contratará con un | Capítulo 1.5.4 Acciones promedio de 150 trabajadores mediante contratación directa y | de la DIA subcontratos. Acciones y Instalación de Faenas: Corresponde a las instalaciones de apoyo a las requerimientos | actividades propias de la ejecución de la obra, como instalaciones para la para oficinas administrativas y para trabajadores, bodegas de | Capítulo 1.5.1.1 materialización | herramientas, bodegas de almacenamiento de materiales e insumos, | de la DIA de las obras bodega de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas, patio fisicas de acopio transitorio de materiales, escombros y excedentes de la | Capítulo 1.5.1.3

construcción, entre otros. La instalación de faenas estará ubicada en el terreno del Proyecto. El Titular exigirá contractualmente a los contratistas el cumplimiento a cabalidad de las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigente.

Preparación del terreno: La ejecución del Proyecto involucrará movimientos de tierras y demolición de galpones para dar cabida a las obras conforme las indicaciones del Proyecto.

de la DIA

Fecha estimada e indicación de parte, obra o acción que establezca el inicio y término de la fase

Se estima como fecha de inicio de la fase de construcción del Proyecto, el mes de diciembre de 2014, donde se dará inicio a la preparación del terreno e instalación de las faenas, para comenzar con las obras constructivas, por otro lado se estima como fecha de término el mes de enero de 2017, lo cual estará marcado por la entrega de las obras

Capítulo 1.5.5 de la DIA

Descripción de cómo se proveerán los suministros básicos

Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado: Los requerimientos sanitarios de servicios higiénicos y de evacuación de aguas servidas en los frentes de trabajos, se resolverán por medio del uso de baños Químicos que cumplirán con las exigencias establecidas en el Decreto Supremo N? 594, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Ambiental en los Lugares de Trabajo. De igual forma, el agua potable será suministrada a través de conexión a la red de alcantarillado existente. Mientras se realice la conexión al sistema de agua potable, se utilizarán dispensadores de agua provistos por una empresa externa autorizada, en la cantidad necesaria para el número de trabajadores que se encuentren en la obra, dando cumplimiento al D.S 594/99 en sus artículos 13, 14 y 15 del presente reglamento. Abastecimiento Eléctrico: Se solicitará empalme eléctrico provisorio de la empresa del sector.

Sistema de transporte: El transporte hacia la zona del Proyecto se realizará con vehículos particulares y locomoción colectiva.

Capítulo 1.5.5 de la DIA

Ubicación y

No se contempla la extracción de recursos naturales renovables en la

Capítulo 1.5.6

cantidad de fase de construcción de este Proyecto. de la DIA

recursos

naturales

renovables a

extraer O

explotar

Emisiones Emisiones a la Atmósfera: Según la Estimación de Emisiones | Capítulo 1.5.7

(abatimiento y Atmosféricas modificado presentadas en el Anexo 2 del Adenda | de la DIA

control) complementaria, el Proyecto cumple con los niveles máximos establecidos en el PPDA, por cuanto no se encuentra obligado a | Anexo 2 del compensar emisiones Adenda Emisiones de ruido: El Proyecto implementará las medidas de | complementaria

minimización sonoras indicadas en el Anexo 4 que contiene el Estudio de Ruido actualizado. Con el correcto uso de estos se obtendrán niveles de ruido igual o inferiores al límite normativo.

14

Residuos, Químicos y otros (cantidad y manejo)

Residuos Líquidos domiciliarios: Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán emisiones líquidas producto de las actividades diarias de los trabajadores, los cuales serán evacuados temporalmente a través del uso de baños químicos, hasta que exista la conexión al sistema de alcantarillado.

Residuos Sólidos domiciliarios: Durante la fase de construcción del Proyecto alcanzarán un promedio de 60 kg/día, puesto que el promedio de trabajadores durante la construcción del Proyecto será de 150, considerando que cada uno genera aproximadamente 0,4 kg/día. Estos residuos serán dispuestos en contenedores claramente identificados (basureros), para posteriormente ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado.

Residuos sólidos industriales no peligrosos. Los residuos sólidos industriales no peligrosos estarán compuestos principalmente por excedentes de las excavaciones, restos de hormigón, madera, despuntes metálicos usados en las obras civiles. Dichos residuos serán enviados a un sitio de disposición autorizado

Residuos sólidos peligrosos: Se estima una emisión de 10 kg/mes de aerosoles y pegamentos, además de tubos fluorescentes. Se almacenarán en recipientes herméticos y debidamente identificados según lo indica la NCh 2190/93, dentro de un área destinada para esta función.

Capítulo 1.5.7 de la DIA Capítulo 1.5.8 de la DIA

Fase de operación

Resumen

Cap/Pto DIA

Partes, Obras y Acciones

a) Administración y recepción de departamentos: una vez concluida la construcción del Proyecto, se dará inicio a la recepción y entrega de departamentos, por lo tanto, al desarrollo de la operación del mismo. El tiempo de duración de dichas actividades estará supeditado a la entrega de las últimas viviendas del Proyecto.

b) Conserjería y administración de equipamiento: el Proyecto inmobiliario contará con una conserjería que cumplirá las funciones de control de acceso a los departamentos y administrar las actividades de mantención y funcionamiento de las instalaciones destinadas a actividades sociales y de servicios, como es el caso de las salas de eventos, gimnasio y lavandería.

c) Sistema de seguridad: desde el inicio de la fase de operación, se contempla mantener el sistema de guardias en el área de emplazamiento del Proyecto con la finalidad de resguardar los departamentos que aún no han sido habitados.

Capítulo 1.6.1 de la DIA

Requerimientos para la materialización de las obras físicas

Mano de Obra: Para esta fase se considera una mano de obra promedio de 15 personas

Capítulo 1.6.3 de la DIA

Fecha estimada e indicación de parte, obra O acción que establezca el inicio y término

La fase de operación se iniciará al momento en que los primeros departamentos del conjunto habitacional sean entregados. El Proyecto dará inicio a la fase de operación una vez concluida la fase de construcción

Capítulo 1.6.2 de la DIA

de la fase

En caso que el Durante la operación del Proyecto la mantención se relacionará con | Capítulo 1.6.4 Proyecto la infraestructura de los edificios de departamentos y del | de la DIA contemple equipamiento del mismo.

actividades de mantención y conservación se deberán indicar aquellos aspectos considerados para las actividades generales

Descripción de cómo se proveerán los

Sistema de Abastecimiento eléctrico: La factibilidad de suministro de energía eléctrica, será a través de la empresa del sector y estará de acuerdo a las normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad

Capítulo 1.6.5 de la DIA

15

suministros

y Combustibles (SEC).

básicos Abastecimiento de Agua Potable y servicios higiénicos: Para esta fase, el suministro de agua potable y alcantarillado será a través de la empresa sanitaria del sector, para lo cual el Proyecto cuenta con certificado de factibilidad emitido por la empresa Aguas Andinas. Cuantificación | De acuerdo a las características del Proyecto, este no contempla la | Capítulo 1.6.6 y forma de generación, producción ni manejo de ningún tipo de producto en esta | de la DIA manejo de los fase. productos generados, así como el transporte considerado para su entrega o despacho Ubicación y Este Proyecto no tiene previsto extraer o explotar recursos naturales Capítulo 1.6.7 cantidad de renovables para satisfacer sus necesidades de la DIA recursos naturales renovables a extraer O explotar Emisiones Según la Estimación de Emisiones Atmosféricas modificado | Capítulo 1.6.8 (abatimiento y | presentada en el Anexo 3, de la Adenda, el Proyecto cumple con los | de la DIA. control) niveles máximos establecidos en el PPDA, por cuanto no se encuentra obligado a compensar emisiones. Anexo 2 del Adenda Las emisiones líquidas que se generarán durante la operación del | complementaria Proyecto, corresponderán a las aguas servidas producto de las actividades diarias de los habitantes del conjunto habitacional, las | Anexo 4 del cuales serán descargadas a través del sistema de alcantarillado que | Adenda dispondrá el Proyecto y procesadas por la Planta de Tratamiento de Aguas Andina. Ruido: Según el Estudio de Impacto Acústico modificado presentado en el Anexo 4, el presente Proyecto no supera los niveles máximos permisibles de ruido, según el D.S, N*38/2012 MMA. Cantidad y No se manejaran residuos con productos químicos. Capítulo 1.6.9 manejo de de la DIA residuos, productos químicos y otras sustancias que puedan afectar el medio ambiente Fase de cierre_ | Resumen Cap/Pto DIA

Partes, Obras y Acciones

No contempla

Capítulo 1.7 de la DIA

Planes de contingencias

Resumen

Cap/Pto DIA

Plan de Prevención de Contingencias.

De la descripción del Proyecto, y de su lugar de emplazamiento, no se deducen eventuales situaciones de riesgo al medio ambiente que den origen a proponer un plan de prevención de contingencias, según lo indicado en el Título VI, párrafo 2% del D.S. N”40/2013, Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental.

Sin embargo, por el uso de grupos electrógenos durante la fase de operación, el Titular señala en el Adenda, las medidas de contingencias que implementará por eventuales eventos que puedan ocurrir, como:

I El personal que utilice el equipo debe conocer las normas de seguridad y de uso, además no debe utilizar prendas holgadas.

II Las operaciones de mantenimiento deben efectuarse con gafas de protección y el operario debe quitarse el reloj, las pulseras, etc. Por otro lado, el mantenimiento a realizar incluirá: revisiones; cambio de filtros y cambio de lubricantes.

Capítulo 1.8 de la DIA y Página 12 del Adenda.

Plan de

De la descripción del Proyecto, y de su lugar de emplazamiento, no

Capítulo 1.9 de

16

Emergencias se deducen eventuales situaciones de riesgo al medio ambiente que la DIA den origen a proponer un plan de emergencias, según lo indicado en el Título VI, párrafo 2” del D.S. N*40/2013, Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental. Normativa Resumen Cap/Pto DIA Ambiental Aplicable Norma Ley 19.300 y el Reglamento Servicio de Evaluación Ambiental (D.S 40/2012). Forma de Dar cumplimiento en todo momento el artículo 8 de la Ley 20.417 Tabla 15 de la cumplimiento en caso de realizar una modificación. La zona de emplazamiento del | DIA Fase de Proyecto se encuentra actualmente sin edificaciones a excepción de construcción, una estructura de galpón que serán derribados.

operación y cierre

Indicadores de cumplimiento fase de construcción y operación y cierre.

El Titular presenta en el Adenda, fotografías del estado actual del terreno, las cuales fueron tomadas con fecha 19 de Junio del 2014.

Página 28 del Adenda.

Norma D.S. 66/2009 del MINSEGPRES o el que lo reemplace, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana Forma de En el Anexo N?2 del Adenda Complementaria, el Titular presenta el | Anexo 2 del cumplimiento cálculo de las emisiones del Proyecto durante la fase de construcción | Adenda fase de y operación. El Proyecto no requiere compensar sus emisiones complementaria construcción y | atmosféricas debido a que no supera los límites establecidos en el Operación artículo 98 de la misma normativa Indicadores de Tabla N%2: Resumen de emisiones de MP10 y gases de Anexo 2 del cumplimiento combustión para la fase de construcción. Adenda fase de complementaria construcción y ión. Actividades fase de MP10 7 NOx > Pon construcción (t/año) CO (año) (t/año) HC (Uaño) Total (t) 1,4 0,538 1,55 0,17 Máximo permitido según Art. 98 2,5 8 D.S.66/2009 Fuente: tabla 32 anexo 2 del Adenda complementaria. En la tabla 33 del Anexo 2 del Adenda complementaria, se presentan el cumplimiento normativo para las emisiones durante la fase de operación. Norma D.S N” 18 de 2001 y sus modificaciones del Ministerio de | Tabla 15 de la Transportes y Telecomunicaciones, el cual prohíbe la circulación | DIA de vehículos de carga por las vías al interior del Anillo Américo Vespucio. Forma de Los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos | Tabla 15 de la cumplimiento desde y hacia el Proyecto, no circularán por las vías ubicadas al | DIA etapa de interior del Anillo Américo Vespucio Construcción Indicadores de | El Titular presenta en la figura 7 del Adenda las vías alternativas por | Figura 7 del cumplimiento donde circularán los camiones Adenda fase de Construcción Norma D.S N*144/1961 del Ministerio de Salud Tabla 15 de la DIA Forma de Los movimientos de tierra, las actividades de carga y descarga, y el | Tabla 15 de la cumplimiento movimiento de camiones se realizará tomando las medidas necesarias | DIA fase de para captar y eliminar el polvo que tales actividades pudieran generar Construcción hacia la comunidad o en las áreas de trabajo Indicadores de | Porcentaje de camiones que cumplirán las medidas. Tabla 15 de la cumplimiento DIA fase de Construcción Norma D.S N? 55, Norma de emisión a vehículos motorizados pesados, Tabla 15 de la

17

del 8 de marzo de 1994 y modificaciones posteriores Ministerio DIA

de Transportes y Telecomunicaciones Forma de El Titular del Proyecto se compromete a operar con vehículos con Tabla 1 del cumplimiento revisión técnica al día. Así como también las mantenciones de Adenda. fase de camiones, maquinarias y diferentes equipos de la fase de Construcción construcción, se realizarán en locales establecidos, ubicados fuera del

área del Proyecto. Indicadores de | Se mantendrán los registros de las mantenciones en el lugar de Tabla 1 del cumplimiento emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad. Adenda fase de Construcción Norma D.S N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la | Tabla 1 del

“Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, o aquel Adenda

que lo reemplace, específicamente a lo indicado en el artículo

5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones

de polvo y material Forma de a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período | Tabla 1 del cumplimiento en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. Adenda fase de b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos Construcción estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas

en el artículo 3.2.6.

c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.

d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la

faena.

e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación

de recipientes recolectores, convenientemente identificados y

ubicados.

f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema

que contemple las precauciones necesarias para evitar las

emanaciones de polvo y los ruidos molestos.

g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o

parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del

polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.

h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de

molienda y mezcla. Indicadores de | Se mantendrán registros de dichas actividades en el lugar de Tabla 1 del cumplimiento emplazamiento del Proyecto a disposición de la Autoridad. Adenda fase de Construcción Norma D.S N* 4/92 del Ministerio de Salud, que Establece Norma de

Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias

Puntuales y Grupales (uso de calderas y grupos electrógenos). Forma de En el Anexo N2 del Adenda Complementaria, el Titular presenta el | Anexo del cumplimiento cálculo de las emisiones de los grupos electrógenos de respaldo | Adenda fase de durante la fase de operación del Proyecto. complementaria operación Indicadores de Resultados bajo la norma de emisión. Anexo del cumplimiento Adenda fase de complementaria operación Norma D.S N 138, de 10 de 2005 del Ministerio de Salud. Publicado en | Anexo del

el Diario Oficial con fecha 17 de noviembre de 2005 y Modificado | Adenda

por el Decreto Supremo N” 90 de fecha 25 de agosto de 2010. | complementaria

Publicado en el Diario Oficial con fecha 20 de Enero de 2011.

Establece Obligación de Declarar Emisiones de Fuentes Fijas Forma de El Titular declarará las emisiones de los grupos electrógenos de Anexo del cumplimiento respaldo que se utilizaran durante la fase de operación Adenda fase de complementaria operación Indicadores de | El Titular mantendrá los registros de las declaraciones en el lugar de | Anexo del cumplimiento emplazamiento del Proyecto Adenda fase de complementaria operación Norma D.S 38 /2011 del MMA Anexo 4 del

Adenda

Forma de En el Anexo 4 del Adenda se presenta el cálculo de las emisiones | Anexo 4 del cumplimiento sonoras para la fase de construcción y operación del Proyecto. Adenda fase de

18

Construcción

Indicadores de Tabla N%3: Evaluación normativa de las etapas de la fase de Anexo 4 del cumplimiento construcción. Adenda fase de Construcción Demoli- on Obra Límite Recept . . Gruesa | normat | Exceso | ¿Cum- or ción Nivel Total ivo [dB] ple? [dBA] Suelo [dBA] [dBA] [dBA] Ri S6 65 65 65 0 Sí R2 61 54 55 65 0 Sí R3 64 65 65 65 0 Sí R4 60 63 63 65 0 Sí RS 60 63 64 65 0 Sí R6 62 58 59 65 0 Sí R7 57 60 60 65 0 Sí R8 55 62 62 65 0 Sí Fuente: tabla 15, tabla 16 y tabla 17 del Anexo 4 Adenda. En la fase de operación los niveles de ruido no superarán los 45 dBA tanto en los propios receptores interiores del Proyecto como en la comunidad (puntos receptores), ampliendo con la normativa para todo horario. Norma D.S 1/2013 del MMA. Página 55 del Adenda Forma de El Titular declarará Las emisiones atmosféricas y residuos que se | Página 55 del cumplimiento generarán en su Proyecto como lo indica el Decreto indicado. Adenda fase de construcción Indicadores de | Registros en el lugar de emplazamiento del Proyecto, de la | Página 55 del cumplimiento declaración de sus emisiones y residuos Adenda fase de construcción Norma D.S N*148/2003 del MINSAL. Reglamento Sobre el Manejo | Tabla 15 de la Sanitario de los Residuos Peligrosos DIA Forma de Se utilizarán contenedores rotulados para este tipo de residuos, los | Tabla 15 de la cumplimiento cuales estarán debidamente sellados. Serán retirados por empresa | DIA fase de autorizada en el manejo y disposición final de ellos. construcción Indicadores de Comprobante de retiro de residuos peligrosos por parte de | Tabla 15 de la cumplimiento transportistas y destinatarios autorizados DIA fase de construcción Norma D.F.L. N” 725/67. Código Sanitario. El artículo 80 señala que | Tabla 15 de la “Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la | DIA instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio 0 disposición final de basuras y desperdicio de cualquier clase”. Forma de Los residuos que se generen en la fase de construcción serán | Tabla 15 de la cumplimiento acumulados en una zona especialmente habilitada para este propósito. | DIA fase de Los residuos serán llevados a lugares de disposición final construcción debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria. En la fase de

operación, se contará con salas de basuras, diseñada especialmente para la acumulación de residuos. Los residuos domiciliarios se acumularán por un periodo máximo de dos días, para luego ser retirados por el servicio de recolección municipal, quienes trasladarán estos residuos a rellenos sanitarios autorizados.

Indicadores de

Comprobante de ingreso de residuos a sitios de disposición final

Tabla 15 de la

cumplimiento autorizados. Registro de recolección de residuos sólidos domiciliarios | DIA

fase de en la fase de construcción y operación.

construcción

Norma Ley 17.288 de Monumentos Nacionales Tabla 15 de la DIA

Forma de Si durante la ejecución de cualquiera de las fases del Proyecto, se | Tabla 15 de la

19

cumplimiento fase de construcción

produce algún hallazgo de ruinas o cualquier tipo de restos arqueológicos se paralizarán inmediatamente las obras y se dará aviso a Carabineros y al Consejo de Monumentos Nacionales.

DIA

Indicadores de cumplimiento fase de

Porcentaje de hallazgos arqueológicos reconocidos e informados al CMMN y Carabineros

Tabla 15 de la DIA

construcción Norma D.S N' 200/93 del MOP. Establece pesos máximos a los vehículos | Tabla 15 de la para circular en las vías urbanas del País DIA Forma de El Titular velará porque en todo momento los vehículos que circulan | Tabla 15 de la cumplimiento por las vías urbanas del área de influencia directa del Proyecto, | DIA fase de cumplan este decreto construcción Indicadores de | Porcentaje de camiones que cumplen con los límites máximos de | Tabla 15 de la cumplimiento carga permitidos DIA fase de construcción Norma D.S. N” 158/80 MOP. Peso Máximo de Vehículos. A fin de evitar | Tabla 15 de la el deterioro prematuro del pavimento de calles y caminos, la | DIA Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas por medio del presente Decreto Supremo, estableció los límites de peso máximo por ejes con que los vehículos de carga podrán circular por los caminos del país Forma de En la fase de construcción del Proyecto se contempla el transporte de | Tabla 15 de la cumplimiento camiones con carga hacia y desde la obra. El Titular velará porque en | DIA fase de todo momento los camiones involucrados en cualquiera de las etapas construcción del Proyecto cumplirán con esta normativa Indicadores de Porcentaje de camiones que cumplen con los límites máximos de | Tabla 15 de la cumplimiento carga permitidos. DIA fase de construcción Permisos Resumen Cap/Pto DIA sectoriales aplicables. Identificación | Permiso para la construcción, reparación, modificación y | Anexo 9 de la del PAS ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y | DIA desperdicios de cualquier clase o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, del artículo 140 del RSEIA Contenidos Los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en | Anexo 9 de la Técnicos y el Anexo N99 de la DIA. DIA

Formales que acreditan el

cumplimiento

del Permiso

Ambiental

Sectorial

Indicadores de La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N%4582 de fecha 21 de julio | Anexo 9 de la Cumplimiento de 2014, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la | DIA

del Permiso documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con

Ambiental los antecedentes presentados para dicho PAS.

Sectorial

Identificación | Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos | Página 58 del del PAS peligrosos, del artículo 142 del RSETA. Adenda Contenidos La bodega de almacenamiento de residuos peligrosos cumplirá con | Página 58 del Técnicos y los requerimientos del D.S. N* 148/2003 del MINSAL y las | Adenda

Formales que acreditan el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial

características constructivas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.

La bodega se construirá con una estructura metálica en ángulo de acero de 40x40x3 mm y piso de hormigón. El techo llevará una sección transversal con ángulo de acero 40x40x3 mm y se utilizará zinc liso o v, el cual se cubrirá con una malla acma c-139. El cierre perimetral estará constituido por malla tipo Ursus 740 y portón de acceso en perfiles 30x30x2 mm.

La bodega almacenará contenedores con tapa abatible y ruedas con capacidad de 360 L para almacenar:

I Contenedor 1: Envases vacíos de aerosoles y pegamentos

20

ii Contenedor 2: Tubos fluorescentes.

lii Y contenedores cilíndricos metálicos de 200 L para almacenar algún derivado del petróleo (En caso de generarse).

Iv Las señaléticas a implementar en la bodega, se muestran en la figura 8 del Adenda.

V El retiro de residuos peligrosos será efectuado por personal autorizado, y llevados a un depósito de seguridad autorizado por el MINSAL

Indicadores de Cumplimiento del Permiso

La SEREMI de Salud RM, mediante Ord N*4582 de fecha 21 de julio de 2014, señala que el Titular del Proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme con

Página 58 del Adenda

Ambiental Sectorial

los antecedentes presentados para dicho PAS

ANTECEDENTES DONDE SE ACREDITA QUE EL PROYECTO NO REQUIERE INGRESAR AL SEIA A TRAVES DE UN EIA (D.S.

N*40/12)

Determinación y justificación del área de influencia del Proyecto o actividad

Artículo 5, Riesgo para la Salud de la Población

  • Fase de construcción

El Proyecto no generará riesgo a la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, misiones o residuos que se generarán, debido a que no son significativos, serán controlados (capítulo 2.7 de la DIA).

  • Fase de Operación

No aplica

  • Fase de Cierre

No aplica

Artículo 6, Efecto Adverso Significativo sobre Recursos Naturales Renovables

  • Fase de Construcción

No se generarán riesgos sobre los recursos naturales, ya que cumple con la normativa ambiental aplicable (capítulo 2.8 de la DIA).

  • Fase de Operación

No aplica

  • Fase de Abandono

No aplica

Artículo 7, Reasentamiento de Comunidades Humanas o alteración significativa de los sistemas de

vida y costumbres de grupos humanos

  • Fase de Construcción

El Titular señala en el Adenda que las edificaciones presentes en el área de emplazamiento del Proyecto corresponden a estructura de galpones vacíos en desuso, sin habitantes, los cuales serán demolidos. En la figura 5 y 6 del Adenda, se presentan fotografías de dicha instalaciones.

El Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos (capítulo 2.9 de la DIA).

El proyecto no se emplaza en o las cercanías de tierras indígenas, áreas de desarrollo indígena c pueblos indígenas, ene 1 Anexo 6 de la DIA se presenta un Informe de Medio Humano.

  • Fase de Operación

No aplica

  • Fase de Cierre

No aplica

Artículo 8, Localización y valor ambiental] del territorio

  • Fase de Construcción

El Proyecto se emplazará en una zona intensamente intervenida, la cual no se localiza próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio que se pretende resguardar (capítulo 2.10 de la DIA).

  • Fase de Operación

No aplica

  • Fase de Cierre

No aplica

Artículo 9, Valor paisajístico o turístico

  • Fase de Construcción

El Proyecto no alterará atributo alguno, al no estar situado en una zona con valor paisajístico o turístico. (capítulo 2.11 de la DIA)

  • Fase de Operación

No aplica

  • Fase de Cierre

No aplica

Artículo 10, Alteración del patrimonio cultural

Fase de El Titular en el Anexo

construcción

sitios arqueológicos en

2.12 de la DIA).

una revisión bibliográfica de literatura especializa referente a la presencia de sitios arqueológicos en el sector de emplazamiento del Proyecto y una inspección visual del terreno, concluyendo que en el área de influencia del proyecto existe una ausencia de

El Proyecto no generará alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural (capítulo

5 de la DIA, presenta un Estudio Arqueológico, donde se realizó

superficie.

Fase de

No aplica

21

Operación Fase de Cierre No aplica Compromisos | Resumen Cap/Pto DIA ambientales voluntarios. Descripción El Titular solicitará a un profesional del área social establecer un Plan | Página 84 del Compromisos de Comunicación y Manejo con la comunidad aledaña. El Plan | Adenda Ambientales contará con una garita donde permanecerá una persona a cargo quien Voluntarios recibirá reclamos y facilitará información a la comunidad que lo fase de solicite, información con respecto al cronograma, horarios, número construcción de personal, potenciales focos de ruido molestos por actividad, entre

otros. Además, esta información será entregada a la comunidad por

medio de folletos u otro que determine el profesional. Lugar y El Titular mantendrá en la obra el informe del Plan de Manejo y | Página 84 del momento en Comunicación que será elaborado a disposición de quien lo solicite Adenda que se verificarán Indicadores de | Registros de los planes de comunicación. Página 84 del cumplimiento Adenda Descripción Manejo de vectores de acuerdo al art. 11 del D.S. N” 594/1999, | Página 80 del Compromisos modificado por D.S. N* 201 de 2001, ambos del MINSAL Adenda Ambientales Voluntarios fase de construcción Lugar y Durante la fase de construcción. Página 80 del momento en i Los vehículos encargados del retiro de residuos salgan cubiertos y | Adenda que se cuenten con revisión técnica al día. verificarán ii La basura doméstica será depositada en bolsas plásticas dentro de

tarros de basura doméstica con tapa. Indicadores de | i Se tendrá un sistema de control de vectores sanitarios a través de | Página 80 del cumplimiento una empresa debidamente autorizada y se mantendrá los lugares de | Adenda

trabajo en buenas condiciones de orden y limpieza para evitar o

eliminar la presencia de vectores sanitarios. Condiciones Resumen Cap/Pto DIA Condición fase | Minimizar emisiones atmosféricas, para asegurar cumplimiento al | Anexo 2 del de Construcción | D.S. 66/2009 del MINSEGPRES Adenda

complementaria

Lugar y Fase de construcción Anexo 2 del momento en Adenda que se complementaria verificarán Indicadores de | i Humectación del material de excavación, caminos de accesos no | Anexo 2 del cumplimiento pavimentados, caminos interiores ubicados en la zona de | Adenda

emplazamiento del Proyecto. En la tabla 5 del Adenda, se presenta la | complementaria

caracterización cuantitativa de las zonas que serán humectadas

durante la fase de construcción. Y en el Anexo 1.2 del Adenda

complementaria, se adjunta un plano en formato pdf, con las zonas a

humectar en las diferentes faenas de la fase de construcción.

ii Se estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada y de

camiones y de acopio de material.

iii Ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones

humedeciendo previamente la superficie del suelo.

iv Se contará con la revisión técnica al día de todos los equipos y

maquinarias a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto.

v Se realizarán mantenciones de los equipos y maquinarias en caso de

ser requeridos.

vi Los camiones circularán cubriendo total y eficazmente los

materiales con lonas o plásticos impidiendo la dispersión de polvo a

la atmósfera.

vii El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria

pesada será de 30 km/hr. y para vehículos livianos 60 km/hr, Condición fase | Sobre los residuos sólidos Tabla 1 del de Construcción | i Si durante las faenas de demolición, se identifican materiales que | Adenda

contengan asbesto, el Titular dará cumplimiento a los procedimientos

sectoriales establecidos por la Seremi de Salud a este respecto.

Además, deberá disponer los residuos generados de esta actividad en

22

un lugar autorizado según su clasificación por la Autoridad Sanitaria. ii Para la disposición de los residuos domiciliarios, escombros y material de escarpe deberá mantenerse un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.

iii La adquisición de los materiales de construcción para el correcto desarrollo de la obra gruesa del Proyecto (hormigón, árido), serán adquiridos en forma importante en locales de la comuna de Estación Central y /o en comunas aledañas.

iv El Titular exigirá contractualmente a los contratistas el cumplimiento a cabalidad de las condiciones de protección ambiental que establece la normativa vigente. También se exigirá el cumplimiento de las Ordenanzas u otras disposiciones municipales aplicables a las faenas de construcción.

v Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Autoridad Sanitaria.

vi Los residuos sólidos inertes generados, deberán ser eliminados en actividades autorizadas para la disposición de residuos de la construcción y escombros por la Autoridad Sanitaria.

vii Con respecto a los residuos industriales no peligrosos (escombros, chatarra, cables, maderos, etc.) productos de la fase de construcción, se almacenarán en un Patio de Acopio Temporal

Lugar y momento en Fase de construcción Tabla 1 del que se Adenda verificarán Indicadores de | El Titular tendrá presente el listado disponible en la página web | Tabla 1 del cumplimiento www.asrm.cl y mantendrá los registros de los retiros de los diferentes | Adenda

tipos de residuos en el área del Proyecto a disposición de la

Autoridad Condición fase | Los dispensadores de agua provistos por empresas externas, estarán | Página 17 del de Construcción | presente por un periodo máximo de 6 meses de acuerdo al artículo 32 | Adenda

del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y

Alcantarillado (RIDAA). Lugar y fase de construcción Página 17 del momento en Adenda que se verificarán Indicadores de | Conexión al sistema de agua potable y alcantarillado antes de los 6 | Página 17 del cumplimiento meses Adenda Condición fase | Emisiones sonoras: Anexo 4 del de construcción | i La frecuencia de mantención de los equipos que se utilizarán | Adenda

durante la fase de construcción será cada 3 meses o antes en caso de

surgir una eventualidad o ruido molesto.

ii Durante la etapa de construcción en altura, los paneles se deberán

ubicar en los vanos con planchas de madera OSB de mínimo 15

mm de espesor, con el objeto de controlar el nivel de ruido al exterior

orientados hacia todas las caras del Proyecto, orientado a atenuar los

niveles de ruido generados hacia todos los puntos receptores.

iii Se construirá un cierre perimetral en todo el perímetro del

Proyecto Lugar y fase de construcción Anexo 4 del momento en Adenda que se verificarán Indicadores de | i El Titular mantendrá en el interior de la obra una ficha de registro | Anexo 4 del cumplimiento de la mantención de los equipos. En la página 27 del Adenda, el | Adenda

Titular presenta la ficha de registro que tendrá en el Proyecto a disposición de la Autoridad en todo momento.

li El Titular señala en el Adenda complementaria que enviará de forma mensual los resultados del monitoreo de ruido que se realizara de forma quincenal en los receptores evaluados a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Seremi de Salud RM

Condición fase de construcción.

Respecto a la Vialidad. i Se considerarán las restricciones horarias que exige la Municipalidad por la circulación de los vehículos. Igualmente,

Página 14 y 82

del Adenda

23

durante la fase de construcción, se evitará la circulación de camiones relacionados con el Proyecto, en las horas de alto flujo vehicular (de 7:00 a 9:00 horas. y de 18:00 a 20:00 horas).

ii Se considerarán y emplearán las medidas de seguridad y señalizaciones transitorias establecidas en el Manual de Señalización de Tránsito (Capitulo N*5), en sus puntos señales verticales, canalización, demarcaciones, sistemas de control de tránsito y elementos para aumentar la visibilidad de trabajadores y vehículos.

iii El Titular mantendrá en el lugar de emplazamiento del proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones. Este registro estará a disposición de la Autoridad cuando ella lo requiera.

Lugar y Fase de construcción Página 14 y 82 momento en del Adenda.

que se

verificarán

Exigencias Resumen

Exigencia fase de Construcción

Sobre los Sitios de almacenamiento de residuos peligrosos y no peligrosos:

¡ El Titular señala en el Adenda, que construirá la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos con materiales que aseguren una resistencia mínima a la acción del fuego correspondiente a la clase F-180 y en forma continua a partir del terreno hasta por lo menos 0,50 m más arriba de la cubierta.,. Por otro lado, garantizará la protección de los residuos almacenados de las condiciones climáticas externas y vectores sanitarios.

ii Antes de dar inicio a las actividades de construcción, el Titular acreditará que tanto el transporte como el sitio de disposición final de residuos se encuentren debidamente acreditados y de este modo contar con la Autorización Sanitaria. Además mantendrá en el lugar de emplazamiento del Proyecto fichas de registro de todas las actividades a disposición de la Autoridad.

tii Los residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para posteriormente ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado, en cumplimiento con el D.S N148/03, Artículos 10, 25 y 28 “Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos”. Por otro lado la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, cumplirá con lo dispuesto en el D.S N78/09

Lugar y fase de construcción

momento en

que se

verificarán

Indicadores de | Construcción de las bodegas de acuerdo a la normativa aplicable y los registros de los cumplimiento lugares de disposición final en el área de emplazamiento

Exigencia fase de construcción

Respecto de los residuos líquidos

i El Titular será el responsable de la instalación, limpieza y transporte de los baños químicos para los trabajadores.

ii La obra contempla un máximo de 160 trabajadores, por lo que según el artículo 23 y 24 del D.S. N* 594/99 del MINSAL, se contará con un total de 10 baños químicos al interior de la obra.

iii Las duchas portátiles contarán con un sistema de conducción y recolección, que evite el escurrimiento por el terreno de las aguas generadas, evitando apozamientos y focos de insalubridad.

iv La disposición de los baños químicos será tal que ningún trabajador deberá caminar más 75 m para asistir al baño, cumpliendo con el Art. 25 del D.S. N” 594/99 MINSAL.

Lugar y Fase de construcción.

momento en

que se

verificarán

Indicadores de | i El Titular indica que se mantendrá en el interior de la obra una copia de la factura que

cumplimiento respalde la disposición adecuada de las aguas servidas o copia del Convenio Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, a disposición de la autoridad fiscalizadora. li El Titular mantendrá en el interior de la obra una ficha de registro para el transporte de los residuos producto de la mantención de baños químicos

Monitoreo/ Resumen Cap/Pto DIA

seguimiento

Descripción de | Monitoreo quincenal hacia los receptores de ruido | Página 27 del Adenda

Monitoreo evaluados en el Anexo 4 del Adenda.

Seguimiento

24

Temporalidad Quincenal Página 27 del Adenda

Norma Decreto Supremo 38 /2011 del MMA Página 27 del Adenda

Asociada

Indicadores de | Monitoreo dentro del límite normativo. Página 27 del Adenda Cumplimiento

12, Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N* 844, de 2012,

13%

142,

15%.

16".

17,

18".

modificada por la Resolución Exenta N* 690, de 2013, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que “Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental”, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental.

Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4? de la presente Resolución.

Que, para que el proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda" pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.

Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana la ocurrencia de cambios de Titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.

Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2? letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.

Tratándose de modificaciones que no constituyan cambios de consideración, el Titular podrá, previa respuesta a la solicitud de pertinencia evaluada por el Director(a) Regional, en conformidad al artículo 26 del RSEIA, solicitar a la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana que, previo informe favorable del Director(a) Regional, se actualice la presente resolución, cuando corresponda.

Que, todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

SE RESUELVE:

¡A

2".

3".

4

so

6”.

Calificar favorablemente la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda ” de la empresa Inmobiliaria SUKSA Ltda.

Certificar que el proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda", cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto.

Certificar que el proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda", cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Disponer el otorgamiento de los permisos ambientales sectoriales mixtos que se señalan en los artículos 140 y 142 del D.S. N” 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Certificar que el proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda", no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.

Definir como gestión, acto o faena minima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando 4? del presente acto.

25

7.

Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19.300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

dota

chives!

áudio Orrego aran Intendente “Presidente Comisión de Evaluación de la Región Métropolitana de Santiago

Elach ] Evaluación Ambiental Á DIRESeoretarig $ i de Evaluación 2 ES Ni Estfopolitana de Santiago

Distribución:

Representante Legal de la Inmobiliaria SUKSA Ltda Superintendencia del Medio Ambiente SMA.

Intendente RM

lustre Municipalidad de Estación Central.

Dirección Regional de Aguas, RM.

Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM.

Gobierno Regional, Región Metropolitana.

Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales. Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social RM. Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM. Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM.

Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM. Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM. Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM. Consejo de Monumentos Nacionales.

Superintendencia de Servicios Sanitarios.

Cle:

.

Expediente del proyecto "Mirador Souper Inmobiliaria SUKSA Ltda". Archivo Servicio Evaluación Ambiental RM

26