Optimización transporte de hidrocarburo
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "Optimización transporte de hidrocarburo”
Resolución Exenta N* 317/2014
Punta Arenas, 25 de Noviembre de 2014
VISTOS:
1 La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 14 de julio de 2014 y su Adenda Complementaria de 24 de octubre de 2014, del proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo", presentado por Geopark Fell SpA.con fecha 21 de abril de 2014.
Z Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DÍA, y que se detallan en el Capítulo ll del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo" de 21 de abril de 2014.
- El Acta de Evaluación N*118/2014 de 05 de noviembre de 2014, elaborada por el Comité Técnico,
4 El ICE de la DIA del proyecto “Optimización Transporte de Hidrocarburo” de 13 de noviembre de 2014.
- El Acta N*29 de 25 de noviembre de 2014, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
5 Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del
proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo”.
Fo Lo dispuesto en la Ley N19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S, N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) y la Resolución N*1,600, de 2008, de la Contraloría General de la República,
CONSIDERANDO:
-
| Que Geopark Fell SpA. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo” (en adelante, el Proyecto), que consiste en la construcción de una red de poliductos con la finalidad de transportar los hidrocarburos liquidos desde sus polos productivos del área Konawentru y área Yagán, hasta la ampliación de la Planta Kimiri Aike.
-
Que, conforme se indica en el ICE de techa 13 de noviembre de 2014, la Directora Regional de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos señalados en los artículos 137 y 156 del D.S. N*40/2012 y no genera los efectos caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental
-
| Que, en sesión de 25 de noviembre de 2014, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo”, aprobando integramente el contenido del ICE de 13 de noviembre de 2014, el que forma parte integrante de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el articulo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones en que se fundamenta.
-
Que para efectos de lo establecido en el articulo 25 ter de la Ley N* 19,300 y en el artículo 73 del RSEIA, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la demarcación topográfica de los ducto y/o instalación de equipos.
-
— Que, los antecedentes generales del Proyecto son los que a continuación se indican:
1, Ubicación del Proyecto y de sus partes, obras o acciones | Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Magallanes, Comuna de San Gregorio Coordenadas UTM /WGS 54 Punto de Referencia Norte Este Pozos Área Konawentru Molina 8 4.209.959 444.571 Molino 5 4.211.068 444.456 Molino 9 4.211.657 444 393 Konawentru 14 4.210.215 447,834 Konawentru 2 4.209.627 447.431 Konawentru 3 4.209.627 447,431 Konawentru x-1 4.210.628 447.708 Konawentru Y 4.209.919 447.527 Konawentru 6 4.208.776 447,808 Konawentru 9 4.208.563 447,564 Konawentru 13 4.208.196 447.002 Konawentru Oeste x-1 4.209.574 446,381 Molino Norte x-1 4.211.823 445.586 IDE EVAJ)> Llegada a Konawentru 4-4 4.208.363 447,287 , A, Pozos Área Yagán DN Yagán 2 4.203.140 446.027 2 Manekenk 2 4.203.140 445,027 E A] Yagán XP-4 4.203.140 446.027 ECRETARIA Vagán Fx 4.203.545 445.014 Yagán 3D 4,203,545 448,014 | Yagán Norte 5 4,204,272 446.034 ] titanes ya
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Yagán Norte 2 4.204.739 446.867 Yagán Norte 1 4.204.909 447.124 Yagán Norte 4 4,205,271 447.277 Yagán Norte 6 4.205.271 447.277 Yagán Norte 9 4,205,271 447,277 Kiuaku x-1 4,206,369 448,440 Yagán Norte 10 4.205.604 447,634 Ovejero 3 4,203,363 442.139 Llegada a Yagán Norte 3 4.205.820 447,673
2, Descripción de las etapas del Proyecto
2,1, Etapa de construcción
Fecha estimada de inicio
Octubre de 2014
etapa
Obra o acción que establece el inicio de la | Demarcación topográfica de los ducto y/o
instalación de equipos
2.2 Etapa de operación
Fecha estimada de inicio
Noviembre de 2014
etapa
Obra o sección que establece el inicio de la | Apertura de la llave del primer pozo hacia el pozo
Konawentru 4-4 o Yagán Norte 4-3
2.3 Etapa de cierre
Fecha estimada de inicio
Noviembre 2034
etapa
Obra o acción que establece el inicio de la
La fase de abandono se inicia con el retiro de los equipos y finaliza con la con el sellado de los ductos.
- Gestión, acto o faena minima del Proyecto
Demarcación topográfica de los ducto y/o
instalación de equipos
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes obras, etapas o actividades que se señalan en la siguiente ficha:
Permisos Ambientales Sectoriales
Mixtos
Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, del artículo 137 del RSEÍA
Etapa del Proyecto a la cual corresponde
Cierre o Abandono
Parte, obra o acción a que aplica
Líneas, Ductos, Poliductos, Acueducto, Equipos y Estanques
Pronunciamiento del órgano competente
Oficio N*1824 DRGA de fecha 28 de abril de 2014 del Servicio de Geología y Mineria Zona Sur
Permiso para efectuar modificaciones de cauce, del artículo 156 del RSEÍA
Etapa del Proyecto a la cual corresponde
Construcción
Parte, obra o acción a que aplica
Ducto que atraviesan calices.
Pronunciamiento del órgano competente
Oficio N*307 de fecha 28 de julio de 2014 de la Dirección
General de Aguas
T. Que, de acuerdo a los antecedentes
que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de
la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Componente/Materia: Arqueología
Norma Ley N*17.288/70, Ley de Monumentos Nacionales Fase del Proyecto a la que Construcción aplica
Forma de cumplimiento
El proyecto contempla una zanja más 1 m a cada lado de ésta para alojar los horizontes del suelo durante el proceso de construcción, con un ancho promedio total de 5 metros, correspondiente al área de intervención de la zanja más la superficie para alojar los horizontes de suelo. El titular ha definido un ancho de zanja minimo con el fin de intervenir la menor porción de superficie. En la eventualidad de encontrar cualquier hallazgo de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico el titular denunciará e informará a las autoridades pertinentes
Indicador de cumplimiento
En el caso de encontrar un nuevo hallazgo durante las actividades de construcción, se informará a la autoridad y se mantendrá archivado el respectivo registro de aviso en las oficinas del departamento HSE de la Compañia.
Componente/Materia: Sanitaria
Norma D.5, N*594/99, Código Sanitario Fase del Proyecto a la que A aplica Construcción
Articulo 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales sólidos y líquidos dentro de
su predio industrial. Los Únicos residuos generados durante la etapa de construcción de los poliductos, serán en una cantidad menor a 15m3 mensuales de despuntes metálicos, Para ello contrata el servicio de terceros, los cuales se encargarán del transporte y posterior disposición en el vertedero Municipal de Punta Arenas.
Artículo 19: GeoPark cuenta con una empresa contratista, encargada del almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos industriales que pudiese generar durante el desarrollo del proyecto, fuera del predio, Por ende exige a su empresa contratista las autorizaciones Sanitarias correspondientes para realizar este tipo de
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Forma de cumplimiento
faenas. Junto con ello GeoPark presenta a la Autoridad Sanitaria los antecedentes que acreditan el transporte, tratamiento, y disposición final de dichos residuos industriales, si es que se generasen. En el caso de este proyecto la empresa realizará la misma tramitación en cada oportunidad que se requiera,
Artículo 24: Para la construcción del presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental.
Artículo 26: Las aguas servidas de los baños químicos producidas durante la construcción de los poliductos, son retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuestas adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria. GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.
Artículo 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente
Indicador de cumplimiento
Artículo 18: Los registros de ingreso al Vertedero Municipal se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.
Articulo 19: La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.
Artículo 24: 5se mantendrá archivados los registros asociados a los baños quimicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.
Artículo 26: Se mantendrá archivados los registros asociados a la limpieza de los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.
Artículo 42: Se mantendrá archivados los registros de almacenamiento de dichas sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Componente/Materia: Residuos Peligrosos
Norma
D.S. N*148, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación del proyecto son sólidos contaminados con hidrocarburos, tales como huaipes y guantes. Todos los residuos sólidos y liquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria. Por lo tanto, el manejo de los que eventualmente se puedan generar será el mismo.
Indicador de cumplimiento
Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía,
Componente/Materia: Cierre de Faenas Mineras
Norma
Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras
Fase del Proyecto a la que aplica
Cierre o Abandono
Forma de cumplimiento
Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de cierre del mismo, para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras.
Indicador de cumplimiento
Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañia.
adicionales al Proyecto:
Que, durante el procedimiento de evaluación se establecieron las siguientes condiciones o exigencias
Condición o exigencia: El titular deberá dar cumplimiento a las medidas de protección de todos aquellos sitios y concentraciones arqueológicas que se encuentren a 30 metros o más de las obras proyectadas (15 metros a cada lado del eje del ducto), a excepción de los hallazgos aislados. Estas medidas corresponden al cercado perimetral de los sitios, mediante un cerco visible de caracteristicas simple [mallas y postes) y 1,20 metros de altura como minimo.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Los cercados deberán implementarse dejando un buffer de 10 metros alrededor de los hallazgos de acuerdo a la dispersión superficial de material arqueológico. Esta actividad deberá ser supervisada por un arqueólogo o Licenciado en Arqueología e informada al Consejo de Monumentos Nacionales a través de un informe. Estos cercos deberán ser instalados previos al inicio de las obras (considerando la habilitación de caminos) y deberán durar hasta el final de las mismas, de tal manera de proteger los sitios arqueológicos durante la etapa de
dr
ejecución de las obras del proyecto. Los cercos son provisionales y por lo tanto deberán ser retirados una vez que finalicen las actividades del proyecto.
Indicador de cumplimiento
Se deberá entregar un informe acerca de la implementación de estas medidas de protección, al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual deberá incluir fotografias para cada uno de los sitios y concentraciones.
El titular que se deberá realizar un monitoreo arqueológico permanente por arqueólogo (s) y/o licenciado (s) en arqueología, por cada frente de trabajo durante las obras de escarpe del terreno y en todas las actividades que consideren la remoción de la superficie.
Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los
efectos, caracteristicas O circu
nstancias del articulo 11 de la Ley N? 19.300, según se detalla a continuación:
1, En cuanto al riesgo para |
a salud de la población.
Fase de construcción
Las emisiones del Proyecto corresponden a las aguas servidas de los baños quimicos utilizados durante la etapa de construcción, que serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria, por lo que no presentan un riesgo para la salud de las personas.
En términos de cantidad y manejo de residuos, sólo se generarán residuos sólidos domiciliarios e industriales menores en una cantidad inferior a 18m3 mensuales, y su manejo estará a cargo del servicio especializado de terceros, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas. Respecto a productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un nesgo para la salud de las personas. Además, GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias,
Fase de operación
Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación del proyecto son sólidos contaminados con hidrocarburos, tales como huaipes y guantes Estos residuos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, por lo tanto no se presenta un riesgo para la salud de las personas.
Fase de cierre
No hay impactos ya que no se generan emisiones ni residuos.
- En cuanto a los efectos a
dwersos significativos sobre recursos naturales renovables
Fase de construcción
El proyecto considera impactos no significativos y que están asociados principalmente a la etapa de construcción. En este sentido la construcción de la cañeria contempla apertura y cierre de zanja, que se realizará de acuerdo
Fase de operación
al plan de intervención de cubierta vegetal expuesto, con el fin de no producir impactos significativos sobre los recursos del sector. El proyecto cuenta con un Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal, Las evaluaciones de flora, fauna e hidrología, anexados en la DIA, dieron como resultado, que las
Fase de cierre
actividades del proyecto no afectarán la calidad y cantidad de los recursos naturales y en el área no existen especies en categorias de conservación ni hábitat singulares.
- En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Fase de construcción
El proyecto no contempla la reubicación de población humana o alteración significativa de los sistemas de vida y/o afectación a costumbres de grupos humanos dado que se encuentra a unos 5,3 kilómetros de la comunidad más cercana.
Fase de operación
Dadas las caracteristicas del proyecto y el emplazamiento de éste, se estima que no se causará una alteración significativa en la libre circulación, la conectividad y en los tiempos de desplazamiento, asi como, tampoco habrá alteración significativa al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica, y tampoco alteración significativa de la
Fase de cierre
seguridad de la población, ya sea por la modificación de los patrones sociales existentes o el aumento de riesgos fisicos asociados; dificultad o impedimento para la manifestación de tradiciones, cultura, intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo del grupo humano.
- En cuanto a la localizació
n y valoración ambiental del territorio
Fase de construcción
La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas ya que se encuentra a 5,3 kilómetros de la comunidad o población más cercana. La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 5 kilómetros a la redonda del presente proyecto.
Fase de operación
El área protegida más cercana al proyecto es el Parque Nacional Pali Aike que se encuentra a 12,5 kilómetros aproximadamente de distancia del proyecto.
El sitio prioritario para la conservación más cercano al proyecto es Buque Quemado, que se Ubica aproximadamente a 4 kilómetros de distancia del
se de cierre
proyecto,
Además, distante a unos 25,7 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto se encuentra el Monumento Nacional Estancia San Gregorio,
En el caso de los Humedales con categoría Ramsar el más cercano existente es el de Bahía Lomas emplazado en Tierra del Fuego distante a más de 24,9 kilómetros.
- En quanto al valor paisají
stico y turistico T
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El proyecto no generará alteraciones significativas al componente paisaje ya que la instalación del ducto en la etapa de construcción es subterránea.
Fase de construcción En relación al turismo, se debe hacer presente que el área de emplazamiento del proyecto, tiene un valor del recurso escénico bajo donde predomina el paisaje de pampa plana con topografía plana a ondulada, muy uniforme
Fase de operación Fase de cierre 6. En cuanto a la alteración del patrimonio cultural El proyecto no alterará monumentos, sitios con valor arqueológico o antropológico e histórico, que pertenecen al patrimonio cultural, Se realizó una inspección arqueológica que respalda que la ejecución del proyecto no causará impactos sobre el patrimonio cultural.
No hay impactos.
Fase de construcción
Fase de operación Fase de cierre
No hay impactos.
- Que, las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las siguientes:
Medidas relevantes del plan de contingencia Antes que ocurra un derrame y/o pulverizado
Detección Plan de Emergencia y Comunicaciones Contingencia ante Derrames y/o Acciones inmediatas Pulverizados Evaluación del incidente
Restauración ambiental
Plan de acción ante incidentes con afectación de suelo Capacitación del Recurso Humano
Control de Accesos
Evitar Actitudes de Riesgo
Planificar Trabajos de Soldadura
Plan de Evacuación
Ubicación de las Antorchas de Quema
Orden y Aseo de las Áreas de Trabajo
Sistemas Contra Incendio en areas de potencial riesgo Análisis y Zonificación de Áreas de Riesgo
Vías de Acceso en Buen Estado
Caminos sin Barreras
Prioridades de Acción, elaboración de cortafuegos y el confinamiento del mismo con el objetivo de proteger la formación vegetal
Prevención de Incendios Forestales
Presupresión de Incendios
Forestales Fuentes de Agua Condiciones Climáticas Línea de Defensa Trabajos de Soldadura con al menos un extintor del tipo ABC en el lugar Plan de Restauración de Cubierta | Procedimiento técnico agronómico que permita restituir la cobertura | Vegetal Afectada por Incendio vegetacional del suelo en áreas que se vean afectadas por incendios Medidas relevantes del plan de emergencia Supresión de Incendios Al detectarse un incendio forestal se activará inmediatamente el Plan Forestales de Contingencia, dándose inicio al combate del fuego.
-
Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N844, de 2012, modificada por la Resolución Exenta N690, de 2013, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que “Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental”, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental.
-
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena minima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N*4 de la presente resolución.
-
Que, para que el proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo” pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.
-
Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2? letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEA
-
Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son
de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
SECRETARÍA |érnlificar favorablemente la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Transporte de ——————— |Hidfocarburo”, de Geopark Fell SpA. Celtificar que el proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarbura" cumple con la normativa de carácter
BTICO
ambiental aplicable al Proyecto.
3.
Cerlificar que el proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo” cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 137 y 156 del D.S. N* 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Certificar que el proyecto "Optimización Transporte de Hidrocarburo” no genera los efectos, caracteristicas 0 circunstancias del articulo 11 de la Ley N* 19.300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Definir como gestión, acto o faena minima del proyecto para dar cuenta del inicio de su ejecución de modo
istribudón: Ñ Sandra Mendéz Superintendencia del Medio Ambiente Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena Gobierno Regional. Región de Magallanes y Antártica Chilena llustre Municipalidad de San Gregorio Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Mineria, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Geología y Minería, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear Consejo de Monumentos Nacionales Superintendencia de Servicios Sanitarios
Cia:
....0..0(00000.000000s0.o0.«<0.«0u:0.0.u00
Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Optimización transporte de hidrocarburo" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
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