Construcción de Línea de flujo pozo Primavera Sur x-1
REPÚBLICA DE CHILE )
COMISIÓN DE EVALUACIÓN :
XI REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA Califica Ambientalmente el proyecto “Construcción de Línea de flujo pozo Primavera Sur x-1” Resolución Exenta N* 190/2014 Punta Arenas, 1 de Julio de 2014
VISTOS:
—
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 05 de mayo de 2014 y su Adenda Complementaria de 04 de junio de 2014, del proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1*, presentado por Geopark TDF S.A. con fecha 20 de marzo de 2014.
-
Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1” de 18 de junio de 2014.
-
El Acta de Evaluación N*53 de 18 de junio de 2014, elaborada por el Comité Técnico.
-
— ElICE de la DIA del proyecto “Construcción de Linea de Flujo Pozo Primavera Sur X- 1” de 18 de junio de 2014.
5, El Acta N*14 de 01 de julio de 2014, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur XI”
-
Lo dispuesto en la Ley N*19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S.,
N*%40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de
Evaluación de Impacto Ambiental (RSELA) y la Resolución N*1.600, de 2008, de la
Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
- Que, Geopark TDF S.A. (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1” (en adelante, el Proyecto), que consiste en poner en producción el Pozo Primavera Sur X-1, para lo cual se considera emplazar las instalaciones de superficie necesarias para lograr este fin. Si el pozo resulta ser producto de hidrocarburo líquido las instalaciones de superficie serán variables, como Calentador (es), Separador Bifásico, Estanques de Almacenamiento, Equipo de Absorción con TEG (trietilenglicol), Inyección de metanol, Sistema de Extracción Artificial o Aparato Individual de Bombeo. Si el pozo resulta ser producto de Hidrocarburo Gaseoso, se instalará una Línea de Flujo con una profundidad de enterramiento que oscilará entre 1,0 y 1,5 metros, una longitud de aproximadamente 178 m y en un diámetro nominal entre 3 a 8 pulgadas, desde el borde de la plataforma del Pozo Primavera Sur X-1 hasta llegar a una línea de flujo existente. Los equipos a interconectar en superficie, siempre estarán restringidos al área de operación del pozo.
2, Que, conforme se indica en el ICE de fecha 18 de junio de2014, Director Regional (S) de
la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena ha recomendado aprobar el Proyecto,
por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial
DO señalado en el artículo 137 del DS. N*%40/2012 y no genera los efectos
| j , en sesión de 0l de julio de 2014, la Comisión de Evaluación de la Región de allanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto
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“Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1”, aprobando integramente el contenido del ICE de 18 de junio de 2014, el que forma parte integrante de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones en que se fundamenta. Que para efectos de lo establecido en el artículo 25 ter de la Ley N* 19.300 y en el artículo 73 del RSEIA, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la demarcación topográfica de la línea de flujo y'o con la instalación de los equipos en superficie para producir el pozo.
Que, los antecedentes penerales del Proyecto son los que a continuación se indican:
1, Ubicación del Proyecto y de sus partes, obras o acciones Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Primavera, especificamente en la Estancia Sindro. Coordenadas UTM / WGS $4
Punto de Referencia Norte Este Pozo Primavera Sur X-1 4,141,963 483.072 Inicio de Línea 4.141.963 483.024 Inicio de Línea 4.141.847 482,902
2, Descripción de las etapas del Proyecto 2.1. Etapa de construcción Obra o acción que establece el inicio de la etapa
Hidrocarburo Gas Demarcación topográfica de la linea de flujo Hidrocarburo Liquido Instalación de los equipos en plataforma
2.2 Etapa de operación Obra o acción que establece el inicio de la etapa | Apertura de la llave del pozo
2.3 Etapa de cierre Obra o acción que establece el inicio de la etapa Abandono del pozo
Demarcación topográfica de la linea de flujo
- Gestión, acto o faena mínima del Proyecto y/o con la instalación de los equipos en
superficie para producir el pozo
Que resulta aplicable al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociado a la
correspondiente obra, etapa o actividad que se señala en la siguiente ficha:
Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
Permiso para la Aprobación del Plan de Cierre de una Faena Minera, del artículo 137 del RSEIA
Etapa del Proyecto a la cual corresponde | Etapa de Cierre o Abandono
Abandono de la Locación del Pozo Primavera Sur X-l y Abandono de la Linea de Flujo Primavera Sur X-1
Oficio 1319 de fecha 02 de abril de 2014, del Servicio Nacional de Geologia y Mineria. VII región, Zona Sur Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Parte, obra o acción a que aplica
Pronunciamiento del órgano competente
Arqueologia
Norma Ley N? 17.288, Ley de Monumentos Nacionales.
Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción
El titular ha definido un ancho de zanja mínimo con el fin de
intervenir la menor porción de superficie. En la eventualidad de
Forma de cumplimiento encontrar — cualquier — hallazgo de carácter arqueológico,
antropológico o paleontológico el titular denunciará e informará a
las autoridades pertinentes.
En el caso de encontrar un nuevo hallazgo durante las actividades
de construcción, se informará a la autoridad y se mantendrá
archivado el respectivo registro de aviso en las oficinas del
departamento HSE de la Compañía,
Condiciones Sanitarias y Ambientales
DS, N*% 594, Reglamento sobre Condiciones Sanitaras y
Ambientales básicas en los lugares de trabajo,
Fase del Proyecto a la que aplica | Construcción
Art. 18: El proyecto no contempla la acumulación, tratamiento y
disposición final de residuos industriales sólidos y líquidos dentro
de su predio industrial. Los únicos residuos generados durante la etapa de construcción de la línea de flujo, serán en una cantidad
o 5% menor a Im! de despuntes metálicos. Para ello contrata el servicio
Ñ na de cumplimiento
de terceros, los cuales se encargarán del transporte y posterior
Indicadores de cumplimiento
Norma
T 4 E ps ] disposición en el sitio Autorizado. lA. * Art. 19: GeoPark cuenta con una empresa contratista, encargada del = ó E
almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos industriales que pudiese generar durante el desarrollo del
217
proyecto, fuera del predio. Por ende exige a su empresa contratista las autorizaciones Sanitarias correspondientes para realizar este tipo de faenas. Junto con ello GeoPark presenta a la Autoridad Sanitaria los antecedentes que acreditan el transporte, tratamiento, y disposición final de dichos residuos industriales, si es que se generasen, En el caso de este proyecto la empresa realizará la misma tramitación en cada oportunidad que se requiera,
Art 24: Para la construcción del presente proyecto GeoPark contrata a terceros y ellos disponen los correspondientes baños químicos para el personal a cargo de la faena, GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista y se asegura de la adecuada disposición final de los residuos, reacondicionamiento sanitario y limpieza con el objetivo de evitar la proliferación de vectores, malos olores y contaminación ambiental
Art 26: Las aguas servidas de los baños químicos producidas durante la construcción de la línea de flujo, son retiradas por una empresa contratista especializada en la materia y dispuesta adecuadamente en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria, GeoPark exige el cumplimiento de esta exigencia sanitaria a la empresa contratista.
Art. 42: Las sustancias peligrosas son almacenadas acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente. Además GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias correspondiente,
Indicadores de cumplimiento
Ar 18: Los registros de ingreso al Vertedero Municipal se mantendrán archivados en las oficinas del departamento de HSE de la compañía,
Art. 19: La documentación de la empresa que acredite que se cumple con la normativa, se mantendrá archivada en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Art. 24: Se mantendrán archivados los registros asociados a los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Art. 26: Se mantendrán archivados los registros asociados a la limpieza de los baños químicos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Art. 42: Se mantendrán archivados los registros de almacenamiento de dichas sustancias en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Residuos Peligrosos
Norma
D.5 N* 148, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción * Operación / Abandono
Forma de cumplimiento
Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación del proyecto son sólidos contaminados con hidrocarburos, tales como huaipes y guantes generados por el operario de la unidad de transporte, encargado de la carga y descarga de hidrocarburos desde y hacia el estanque de almacenamiento. Todos los residuos sólidos y liquidos que genera GeoPark, están siendo actualmente retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, Por lo tanto, el manejo de los que eventualmente se puedan generar será el mismo.
Indicadores de cumplimiento
Se mantendrán archivados los registros de disposición final de los residuos peligrosos en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Cierre Faenas Mineras
Norma
Ley 20.551, Ministerio de Minería, Cierre de faenas e instalaciones mineras,
Fase del Proyecto a la que aplica
Cierre o Abandono
Forma de cumplimiento
Una vez finalizada la vida útil del proyecto, GeoPark, procederá a la etapa de cierre del mismo. Para lo cual, tramitará el respectivo plan de cierre de faenas mineras,
Indicadores de cumplimiento
A
Se mantendrá archivado el documento de aprobación del plan de cierre de faena minera en las oficinas del departamento de HSE de la compañía.
Que, durante el procedimiento de evaluación el Titular del Proyecto propuso los
socavaciones.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Lugar y momento en que se verificarán
En el trazado de la línea de flujo y durante la apertura y cierra de la zanja
Indicadores de cumplimiento
La cañería instalada en el subsuelo no provocará socavaciones. Esto se verificará una vez finalizada la construcción de cañería.
Se compactará y restituirá la geometría de la zanja, para que no se afecte el sistema de drenaje local.
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Lugar y momento en que se verificarán
En el trazado de la línea de flujo y durante la apertura y cierra de la zanja
Indicadores de cumplimiento
La cañería instalada en el subsuelo, no afectará el sistema de drenaje local. Esto se verificará una vez finalizada la construcción de cañería,
debería ser apartado en la etapa de sector,
Tapar la zanja de colocación de cañería con material vegetal, similar al que existía anteriormente, que
excavación, así favorecer el crecimiento de la vegetación natural del
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Lugar y momento en que se
En el trazado de la línea de flujo y durante la apertura y cierra de la
verificarán zanja
El material vegetal sobre la zanja, será similar al que existia anteriormente. Esto se verificará una vez finalizada la construcción de cañería.
s de excavación o de material de acopio en zonas de empozamiento. Construcción
En el trazado de la línea de flujo y durante la apertura y cierra de la zanja
En zonas de empozamiento no se acumularán excedentes de excavación o de material de acopio. Esto se verificará cuando se termine la zanja.
Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N*
19.300, según se detalla a continuación:
Indicadores de cumplimiento
Evitar la acumulación de excedente: Fase del Proyecto a la que aplica
Lugar y momento en que se verificarán
Indicadores de cumplimiento
1.- Riesgo para la Salud de la Población
Las emisiones del Proyecto corresponden a las aguas servidas de los baños químicos utilizados durante la etapa de construcción, que serán dispuestas según lo que establece la Autoridad Sanitaria, por lo que no presentan un riesgo para la salud de las personas.
En términos de cantidad y manejo de residuos, sólo se generarán residuos sólidos domiciliarios e industriales menores (restos de soldadura y restos de hormigón) en una cantidad inferior a 1m3, y su manejo estará a cargo del servicio especializado de terceros, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas.
Respecto a productos químicos, éstos son almacenados acorde a las exigencias estipuladas en la normativa chilena vigente, por lo que no se presenta un riesgo para la salud de las personas. Además, GeoPark cuenta para todos sus proyectos con un Plan de Emergencias.
Los residuos peligrosos que se pudiesen generar en la etapa de operación del proyecto son sólidos contaminados con hidrocarburos, tales como huaipes y guantes generados por el operario de la unidad de transporte, encargado de la carga y descarga de hidrocarburos, Estos residuos serán retirados y posteriormente dispuestos por empresas autorizadas que cuentan con los permisos otorgados por la Autoridad Sanitaria, por lo tanto no se presenta un riesgo para la salud de las personas.
No se generan emisiones ni residuos.
ficativo sobre Recursos Naturales Renovables
El proyecto considera impactos no sienificalivos y que están asociados principalmente a la etapa de construcción. En este sentido la construcción de la cañería contempla apertura y cierre de zanja, que se realizará de acuerdo al plan de intervención de cubierta vegetal expuesto en él, con el fin de no producir impactos significativos sobre los recursos del sector. El proyecto cuenta con un Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal.
Las evaluaciones de flora, fauna e hidrología, dieron como resultado, que las actividades del proyecto no afectarán la calidad y cantidad de los recursos naturales y en el área no existen especies en categorías de conservación ni hábitat singulares.
asentamiento de Comunidades Humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y bres de grupos humanos
Etapa de Construcción
Etapa de Operación
Etapa de Cierre 2.- Efecto Adverso Signi
Etapa de Construcción
Etapa de Operación
po de Abandono
Se
a
10.
Etapa de Construcción
Etapa de Operación
Etapa de Cierre
El proyecto no contempla la reubicación de población humana o alteración significativa de los sistemas de vida y/o afectación a costumbres de grupos humanos dado que se encuentra a unos 10 kilómetros de la comunidad más cercana.
Dadas las características del proyecto y el emplazamiento de éste, no se causará una alteración significativa en la libre circulación, la conectividad y en los tiempos de desplazamiento, asi como, tampoco habrá alteración sienificativa al acceso o calidad de bienes, equipamientos, servicios 0 infraestructura básica, y tampoco alteración significativa de la seguridad de la población, ya sea por la modificación de los patrones sociales existentes o el aumento de riesgos fisicos asociados; dificultad o impedimento para la manifestación de tradiciones, cultura, intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo del grupo humano.
4.- Localización y valor ambiental del territorio
Etapa de Construcción
Etapa de Operación
Etapa de Cierre
La localización del proyecto no afectará a poblaciones humanas ya que se encuentra a 10 kilómetros de la comunidad o población más cercana.
La realización del proyecto no impactará a recursos, áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, debido a la ausencia de estos en un radio mayor a 20 kilómetros a la redonda del presente proyecto.
A más de 35 kilómetros del área de emplazamiento del proyecto, se encuentran los Monumentos Históricos de Cementerio San Sebastián, Cementerio Onaisin, Draga Russfin y Pozo Manantiales 1.
En el caso de los Humedales con categoría Ramsar el más cercano existente es el de Bahía Lomas emplazado al norte del área de emplazamiento del proyecto, distante a 22 kilómetros.
No existen glaciares en el área de emplazamiento ni en áreas cercanas al proyecto que pudiesen verse afectados por la ejecución del mismo.
5.- Valor paisajístico o turístico
Etapa de Construcción
El proyecto no generará alteraciones significativas al componente paisaje ya que la instalación del ducto en la etapa de construcción es de corta duración, En relación al turismo, se debe hacer presente que el área de emplazamiento del proyecto, tiene un valor del recurso escénico bajo donde predomina el paisaje de pampa plana con topografía plana a ondulada, muy uniforme,
Etapa de Operación
Etapa de Cierre
No habrá afectación del valor paisajístico y turístico, ya que la intervención es sólo durante la etapa de construcción
6.- Alteración del patrimonio cultural
Etapa de Construcción
El proyecto no alterará monumentos, sitios con valor arqueológico o antropológico e histórico, que pertenecen al patrimonio cultural. Se realizó una inspección arqueológica que respalda que la ejecución del proyecto no causará impactos sobre el patrimonio cultural.
Etapa de Operación
Etapa de Cierre
No habrá afectación del patrimonio cultural, ya que la intervención es sólo durante la etapa de construcción
Que, las medidas relevantes de los planes de contingencia y emergencias son las
siguientes:
Medidas relevantes del plan de contingencia
Plan de Emergencia y
Contingencia ante Derrames y/o
Pulverizados
Antes que ocurra un derrame y/o pulverizado Detección
Comunicaciones
Acciones inmediatas
Evaluación del incidente
Restauración ambiental
Plan de acción ante incidentes con afectación de suelo
Prevención de Incendios Forestales
Capacitación del Recurso Humano Control de Accesos
Evitar Actitudes de Riesgo
Planificar Trabajos de Soldadura
Plan de Evacuación
Ubicación de las Antorchas de Quema Orden y Asco de las Áreas de Trabajo
| Presupresión de Incendios
Forestales
Sistemas Contra Incendio en áreas de potencial riesgo
Análisis y Zonificación de Áreas de Riesgo
Vias de Acceso en Buen Estado
Caminos sin Barreras
Prioridades de Acción, elaboración de cortafuegos y el confinamiento del mismo con el objetivo de proteger la formación vegetal
Fuentes de Agua
Condiciones Climáticas
537
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
Linea de Defensa
Trabajos de Soldadura con al menos un extintor del tipo ABC en el lugar
Procedimiento técnico agronómico que permita restituir la cobertura vegetacional del suelo en áreas que se vean afectadas por incendios
Medidas relevantes del plan de emergencia
Al detectarse un incendio forestal se activará inmediatamente el Plan de Contingencia, dándose inicio al combate del fuego.
Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N844, de 2012, modificada por la Resolución Exenta N690, de 2013, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente, que “Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental”, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental.
Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando N%4 de la presente resolución.
Que, para que el proyecto “Construcción de Linea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1* pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la DIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico, Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2? letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA y tratándose de modificaciones que no constituyan cambios de consideración, el Titular podrá, previa respuesta a la solicitud de pertinencia evacuada por el Director Regional, en conformidad al artículo 26 del RSEIA, solicitar a la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena del SEA que, previo informe favorable del Director Regional, en su caso, se actualice la presente resolución, cuando corresponda.
Que todas las medidas, condiciones, exigencias y disposiciones establecidas en la presente resolución, son de responsabilidad del Titular, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
Plan de Restauración de Cubierta Vegetal Afectada por Incendio
Supresión de Incendios Forestales
RESUELVE:
1.
- — 4, OE Eva,
S.
cbr
Calificar favorablemente la Declaración del Impacto Ambiental del proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1”, de Geopark TDF S.A.., Certificar que el proyecto “Construcción de Linea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto. Certificar que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1 cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo 137 del D.S, N 402012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, Certificar que el proyecto “Construcción de Línea de Flujo Pozo Primavera Sur X-1” no genera los efectos, caracteristicas o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19,300, -.que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Definir como gestión, acto o faena mínima del proyecto para dar cuenta del inicio de su
SECRETAR'A ejecución de modo sistemático y permanente los mencionados en el considerando N%4 del
peepente acto. e
67
- Hacer presente que contra esta resolución es procedente el recurso de reclamación del artículo 20 de la Ley N* 19,300, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental.
Notifíquese Archívese
Región de Magallanes y Antártica Chilena
' Distribución:
e. ...o......
£...0x00:x.0u0000000s0wm0s0wmsw8
Salvador Harambour Palma
Superintendencia del Medio Ambiente
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Obras Hidráulicas, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
Ilustre Municipalidad de Primavera
Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Energia, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agrícola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear
Consejo de Monumentos Nacionales
Encargada Participación Ciudadana
Expediente del Proyecto "Construcción de Línea de flujo pozo Primavera Sur x-1" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
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