Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra
== REPÚBLICA DE CHILE Servicio COMISIÓN DE EVALUACIÓN de Evaluación REGIÓN DEL BIOBÍO Ambiental
Califica Ambientalmente el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra"
Región del Biobio
Resolución Exenta N” 3 5 Y
Concepción, 16 de Septiembre de 2014
VISTOS:
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley 20.417; en el Decreto Supremo N? 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, que implementa el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); en la Ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado y la Resolución N 1600/2008, del 30 de octubre de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma Razón. La Resolución Exenta N 96/2014 de fecha 01 de junio de 2014 de la Dirección Ejecutiva del SEA, mediante la cual se designa en calidad de PT el Director Regional para él SEA región del Biobío y la Resolución Exenta N 267/2014 de fecha 21 de julio de 2014 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío mediante la cual se aprueba el reglamento de sala.;
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra", presentada por el Señor José Aurelio Rivera Arriagada, en representación de CONSTRUCTORA RIVERA LIMITADA, con fecha 11 de Febrero de 2014.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: :
e Oficio N*15191E sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 24/02/2014;
e Oficio N*%19 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 25/02/2014;
e Oficio N*%45 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío, con fecha 26/02/2014;
e Oficio N"226 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 27/02/2014,
e Oficio N*125 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con Jecha 28/02/2014;
e Oficio N“276 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 03/03/2014;
Oficio N*05 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 03/03/2014;
Oficio N*176 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 04/03/2014;
Oficio N%W31-EA/2014 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 04/03/2014;
Oficio N'768 GADR sobre la DIA,por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 04/03/2014;
Oficio N*388 sobre la DIA,por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 05/03/2014;
Oficio N%390 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 05/03/2014;
Oficio N%0543 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 06/03/2014;
Oficio N*872 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 07/03/2014;
Oficio N*831 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 10/03/2014;
Oficio N*%125/2014 sobre la Adenda 1,por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 12/05/2014;
Oficio N'“2076 DRGA sobre la Adenda 1,por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 12/05/2014;
Oficio N*11 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 14/05/2014;
Oficio N*118 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 15/05/2014,
Oficio N%716 sobre la Adenda 1,por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 15/05/2014;
Oficio N%315 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 15/05/2014;
Oficio N%783 sobre la Adenda 1,por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 15/05/2014, Oficio N*373 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 15/05/2014;
Oficio N%359 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 15/05/2014;
Oficio N*16682 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 16/05/2014;
Oficio N*1473 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 20/05/2014;
Oficio N*%649 sobre la Adenda 1,por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 22/05/2014;
Oficio N*987 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 19/06/2014;
Oficio N*1002 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 20/06/2014;
Oficio N%62-EA/2014 sobre la Adenda 2, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 20/06/2014;
Oficio N*70-EA/2014 sobre la Adenda 3, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 17/07/2014;
. El Acta N 07/2014 y los acuerdos que en ella constan de la Sesión N 07 del Comité Técnico de la Región del Biobío, de fecha 20 de mayo del año 2014.
. El Acta de la Sesión N*14 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 02/09/2014.
- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra".
CONSIDERANDO:
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Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra".
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Que, el derecho de CONSTRUCTORA RIVERA LIMITADA a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra” consiste en:
El proyecto se ejecutará en la Región del Biobío, en la provincia de Biobío, comuna de Tucapel, especificamente en el proyecto se ubica en la comuna de Tucapel, provincia del Biobío, Región del Biobío, próximo a la localidad de Huépil, en las cercanías del Río Laja.
El proyecto tiene por objetivo el aumento de la extracción y procesamiento de áridos, proveniente de un pozo lastrero, ubicado en el sector Cruz de Piedra, región del Biobío, cuyos terrenos pertenecen a la empresa Constructora Rivera Ltda.; los cuales serán destinados principalmente como material para la construcción de obras civiles. El volumen total a remover corresponde a 1.504.355 m' durante un período de 10 años
El árido será extraído con maquinaria pesada (excavadora) directamente del pozo; posteriormente se cargará en camiones tolva (14 m' de capacidad) y será transportado a la planta chancadora. Para lo anterior se dará cumplimiento con el volumen total de extracción señalado en el proyecto de extracción, el cual contempla un volumen total aproximado de 1.504.355 mé, durante un período de 10 años, como se declaró anteriormente.
En la Tabla 3.1 se presenta en detalle los volúmenes de material a extraer.
Tabla 3.1. Volumen de extracción de material.
Item Volumen Volumen Total Removible 1.504.355 Volumen Total Extraíble 1.504.355 Volumen Total Aprovechable 1.408.581 Volumen Total Rechazo 95.774
La ejecución del proyecto se desarrollará a través de las fases siguientes:
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Fase de construcción: Corresponde a la disposición del equipamiento e infraestructura necesaria para iniciar las actividades de operación. Dentro de las principales instalaciones se encuentran una planta de procesamiento de material (chancado) y los elementos e instalaciones complementarias tales como, bodegas, oficinas, cabaña, sala de control. El plano general con las instalaciones y el área de explotación se presenta en el Anexo 11 de la DIA.
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Fase de operación: Las actividades a desarrollar durante la etapa de operación son principalmente la extracción y procesamiento de áridos, su posterior almacenamiento en la zona de acopio y finalmente su despacho.
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Fase de abandono: La etapa de abandono de un proyecto tiene que ver con el desarrollo de las distintas acciones y actividades asociadas al levantamiento de las instalaciones y al término de la actividad productiva. Esta fase considerará el desmantelamiento de los equipos, instalaciones y la restauración natural del entorno.
Las principales obras físicas que se desarrollaran en el proyecto se detallan en la Tabla 3.2 siguiente, por otro lado también se detalla la fase en la que se desarrollará dicha obra.
Tabla 3.2. Obras a desarrollar.
Fase Obras
Oficinas
Caminos internos
Señalización Construcción Fosa Séptica Piscinas de decantación
Caseta de guardia
Cabaña de hospedaje Equipamiento para Cuña de extracción
Operación Caminos internos Señalización
Abandono Cierre de pozos de Señalización
El árido será extraído con maquinaria pesada (excavadora) directamente del pozo; posteriormente se cargará en camiones tolva (14 mé de capacidad) y será transportado a la planta chancadora. Para lo anterior se dará cumplimiento con el volumen total de extracción señalado en el proyecto de extracción, el cual contempla un volumen total aproximado de 1.504.355 m', durante un período de 10 años, como se señaló anteriormente.
Los trabajos de extracción se realizarán mediante excavadora, formando franjas longitudinales. El material extraído se irá acumulando en pequeños acopios para ser despachado en camiones hacia el sector de acopio definitivo. Durante la operación del proyecto, se mantendrá un talud de trabajo extracción iguales o menores a (2:1) (H:V). Además, se propone como criterio, tanto para la época de invierno y estival, el realizar la faena en seco por lo cual, en caso que en invierno la cuña presentara acumulaciones de agua en su fondo, será preciso suspender la faena mientras esta agua se infiltre.
Una vez extraido el material, este será acopiado transitoriamente en el sitio de extracción para luego ser enviado a un sector de acopio definitivo previo al
procesamiento. El material resultante podrá ser utilizado como integral o procesado en la planta chancadora. Para este último caso, el material se depositará en el buzón de alimentación, pasando posteriormente a un chancador primario para luego ser transportado en dos cintas hasta las cribas que seleccionan el material en tres granulometrías. A su vez, estas tres granulometrías son transportadas mediante cintas hacia los molinos o chancadores secundarios, los que realizan el procesamiento para obtener base chancada, gravas y gravillas. Estas últimas podrán ser trasladas al área de acopio definida en el proyecto para su posterior despacho o bien ingresar a un proceso de chancado terciario, el cual rebaja aún más el tamaño del material. En este último proceso y durante el tamizado se necesita el lavado de material (gravillas finas). El agua producto de este lavado fluye por un canal trapezoidal hacia la piscina de decantación, donde sedimenta el material fino y se obtiene los subproductos finos. El agua de lavado, posterior a la sedimentación, es recirculada, por lo que no existe la descarga de dichas aguas.
Dado que algunos productos requieren el lavado de áridos, dichas aguas de proceso serán conducidas a través de un canal trapezoidal para ser tratadas en una piscina de decantación. El material fino sedimentará y el agua tratada se inyectará nuevamente al proceso. Las dimensiones de esta piscina son: 6,10 (m) de ancho, 18,30 (m) de largo y 1,5 (m) de altura.
La piscina será impermeabilizada con dos capas compactadas de 15 (cm) de arcilla y polvo roca, mientras que las paredes laterales solo utilizarán arcilla, debido al bajo ángulo de fricción natural del polvo de roca.
En función de los volúmenes de diseño y considerando la relación de 0,7 m' de agua por tonelada de material, se obtiene que si el promedio de material extraído, procesado y a lavar es de 21,52 ton/h (15 % de la producción), se estima que el caudal de agua requerido es 15, 06 m//h, resultando un piscina de volumen igual a 167,35 m'. Esta agua será recirculada y considerando las pérdidas de agua asociadas al proceso (5 %), solo se requerirá una inyección de agua de 6,7 m'/d para el funcionamiento normal de la Piscina. En el Anexo 13 de la DIA se presentan mayores detalles de la piscina de decantación.
El detalle de las partes, obras y acciones asociadas al proyecto se detallan a continuación:
3.1. Fase de construcción. Hito de inicio de Faenas
El proyecto “Ampliación de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra” dará inicio a sus actividades con la preparación del terreno, que abarca las labores de demarcar el terreno, señalizar, limpiar y despejar.
3.1.1. Preparación de terreno:
Antes de comenzar con las obras de ejecución del proyecto se debe realizar el despeje y limpieza de la zona, como su demarcación y señalización.
- Demarcación del terreno, señalización: se efectuará el estacado del área de extracción, como asimismo las áreas destinadas para las instalaciones y elementos asociados, de acuerdo al proyecto de extracción que se encuentra adjunto en el Anexo 3 de la DIA
e Limpieza y despeje: una vez definidas las áreas destinadas a las instalaciones y extracción, se realizará el despeje de matorrales y el corte de plantaciones de tipo forestales. Para lo anterior se presenta en Anexo 10 de la DIA los antecedentes para la tramitación del permiso ambiental establecido en el
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artículo N 149 del D.S. N40/2014, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en el cual se detalla el Plan de Manejo Forestal. Posteriormente, se realizará el retiro de material de escarpe, el que será reutilizado durante la etapa de abandono de dichos pozos de extracción.
3.1.2. Montaje e instalación de faenas:
Durante esta etapa se implementará toda la infraestructura e instalaciones necesarias para el desarrollo de la actividad, cumpliendo con lo establecido con la normativa de seguridad y condiciones ambientales en los lugares de trabajo, D.S. N* 594/99, Las principales instalaciones y actividades asociadas a la planta se detallan a continuación:
e Cabaña del personal: se considerará la instalación de una cabaña de 133,76 m?, con alojamiento para 8 personas. Contará con un baño, 3 oficinas, una bodega, un patio cubierto, una sala de estar y un comedor que cumpla con el D.S. N* 594/99, Artículo 28. Respecto de los baños, más adelante se entregan los antecedentes necesarios para solicitar y dar cumplimiento con el Permiso Ambiental Sectorial 138 relativo a la instalación del proyecto sanitario. En el Anexo 11 de la DIA se observan la instalación recién descrita.
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Caseta de control: corresponde a una caseta de 6 m? que se instalará a la entrada del proyecto y tendrá como principal finalidad controlar la entrada y salida de vehículos. En el Anexo 11 de la DIA se observan la instalación recién descrita.
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Galpón taller de mantención: Lugar destinado a la mantención y reparación de vehículos, maquinarias y equipamiento de la planta. Este comprende un galpón de 67,6 m?. En el Anexo 11 de la DIA se observan la instalación recién descrita.
e Bodega de almacenamiento de residuos y sustancias peligrosas: se habilitará una bodega de 10 m/ para almacenar residuos peligrosos, tales como restos de lubricantes, huaipes contaminados, pilas y baterías usadas, entre otros, provenientes de la mantención de maquinaria y/o equipamiento. Mientras que las sustancias peligrosas corresponderán a aceites, lubricantes y combustible, que serán utilizados en las maquinarias y equipamientos que serán utilizadas en las faenas. Dichos residuos serán dispuestos en contenedores cerrados y rotulados como residuos peligrosos, para luego ser trasladados aun sitio de disposición final autorizada, en cumplimiento del D.S. N 148/03, Art 10, 25 y 28 “Reglamento Sanitario de Residuos Peligrosos”. Por su parte, la bodega de almacenamiento de sustancias peligrosas, cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N 78/09. Ambas bodegas estarán separadas por un tabique. En el Anexo 11 dela DIA se observan la instalación recién descrita.
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Sala de control: Esta consiste en un conteiner de 15 m? que se utilizará para operar, mediante un computador, los equipos y controlar el proceso productivo.
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Sala multiuso, baños y vestidores: corresponde a un contenedor de 33 m?, que se habilitará con baños y camerinos. Para ello se entregarán los antecedentes del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo N? 138 del D.S. N*40/2014, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, relativo a la instalación del proyecto sanitario.
e Servicios higiénicos temporales: durante la etapa de construcción del proyecto se dispondrán de baños químicos mientras se habilitan las instalaciones sanitarias definitivas. Los baños químicos serán suministrados por una empresa autorizada ambientalmente que se hará cargo de la disposición de las aguas servidas generadas por el proyecto durante esta fase. La cantidad de baños será de acuerdo al número de trabajadores que
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opere en esta etapa del proyecto y según lo establecido en el D.S. N* 594/99, específicamente en los Artículos 22 y 23. Para chequear que los residuos producto de la mantención de los baños químicos se dispongan en una planta de tratamiento de aguas servidas, se desarrollará un procedimiento que consistirá en que cada vez que el proveedor del servicio proceda a la mantención de los baños químicos se le solicitará que dé cuenta de la disposición de los residuos de la mantención previa. Esto se logrará a través de un registro (formulario) donde se señale que los residuos han sido dispuestos en la planta de tratamiento de aguas servidas correspondiente. Este registro estará a disposición de las autoridades que lo requieran. El responsable de solicitar y mantener estos registros será el “Jefe de Faena”.
e Patios de acopio: Estos consisten en sectores destinados al acopio de material de extracción y procesamiento, además de sectores destinados al acopio de residuos industriales no peligrosos (fierros y chatarras). Ubicación del patio de acopio se aprecian en el plano de planta general del Anexo 4 de la DIA.
- Montaje e instalación de la planta de chancado: corresponde a la instalación de una planta que contará con un buzón de entrada, chancador primario, secundario y terciario, harneros y cintas transportadoras y tendrá una capacidad máxima de producción de 20.000 m3/mes. Ubicación del patio de acopio se aprecian en el plano de planta general del Anexo 4 de la DIA.
3.1.3. Insumos para la etapa de construcción:
e Abastecimiento de agua: El agua utilizada en la etapa de construcción será suministrada en bidones por una empresa autorizada, cumpliendo así con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la NCh. N* 409/1984 Sobre Requisitos del agua para Consumo Humano.
e Abastecimiento de energía: La energía utilizada en la etapa de construcción será suministrada mediante un generador diésel de 550 kVA.
e Servicios higiénicos: Los servicios higiénicos consistirán en baños químicos, los cuales serán proporcionados por una empresa autorizada por la autoridad competente, esta misma gestionará el transporte y lugar de destino hacia un sitio autorizado para su tratamiento. Lo anterior, mientras se habilite las instalaciones sanitarias definitivas.
3.2. Fase de operación.
Las actividades a desarrollar durante la etapa de operación (considerando un período de operación de 10 años) son principalmente la extracción y procesamiento de áridos, su posterior almacenamiento en la zona de acopio y finalmente su despacho. Esto se realizará en horario de 8:00 a 20:00 hrs.. Para el desarrollo de las faenas de extracción y procesamiento de áridos se utilizará la siguiente maquinaria: 01 cargador frontal, 01 excavadora, 2 camiones tolvas de 14 mé, 01 chancadora y 01 generador eléctrico.
3.2.1. Cuña de extracción:
Mediante un levantamiento topográfico se realizó un reconocimiento de la zona a intervenir y se proyectó la cuña de extracción. Esta quedó definida en 30,02 ha de superficie (ver detalles en Anexo 3, Proyecto de extracción de la DIA). La zona de extracción se mantendrá demarcada en forma visible y adecuada para
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que queden definido en forma clara los límites de extracción para todos los trabajadores; esta demarcación se realizará con estacas y cumpliendo todos los procedimientos internos de la empresa. La profundidad de la cuña de extracción quedó condicionada y definida a los resultados complementados por el titular en la Adenda N? 1 y Adenda N*2.
3.2.2. Proceso de extracción y carguío de áridos hacia la zona de proceso:
El árido será extraído con maquinaria pesada (excavadora) directamente del pozo; posteriormente se cargará en camiones tolva (14 mé de capacidad) y será transportado a la planta chancadora. Para lo anterior se dará cumplimiento con el volumen total de extracción señalado en el proyecto de extracción, el cual contempla un volumen total aproximado de 1.504.355 mi, durante un período de 10 años, el cual considera un volumen total de rechazo de 95.774 mí.
3.2.3. Método de extracción:
El método de extracción se detalla en el informe de extracción incluido en el Anexo 3 de la DIA. La explotación del material se realizará por etapas, las cuales consisten en la explotación de polígonos contiguos dentro del predio de explotación. Durante el último trimestre de cada período se acondicionará el terreno asociado al siguiente periodo (emparejamiento, delimitación y escarpe), permitiendo llevar a cabo el abandono de una etapa y, simultáneamente, comenzar las faenas de la siguiente.
Los trabajos de extracción se realizarán mediante excavadora, formando franjas longitudinales. El material extraído se irá acumulando en pequeños acopios para ser despachado en camiones hacia el sector de acopio definitivo. Durante la operación
del proyecto, se mantendrá un talud de trabajo extracción iguales o menores a (2:1) (4:V).
3.2.4. Acopio de material, proceso y despacho:
Una vez extraído el material, este será acopiado transitoriamente en el sitio de extracción para luego ser enviado a un sector de acopio definitivo previo al procesamiento. El material resultante podrá ser utilizado como integral o procesado en la planta chancadora. Para este último caso, el material se depositará en el buzón de alimentación, pasando posteriormente a un chancador primario para luego ser transportado en dos cintas hasta las cribas que seleccionan el material en tres granulometrías. A su vez, estas tres granulometrías son transportadas mediante cintas hacia los molinos o chancadores secundarios, los que realizan el procesamiento para obtener base chancada, gravas y gravillas. Estas últimas podrán ser trasladas al área de acopio definida en el proyecto para su posterior despacho o bien ingresar a un proceso de chancado terciario, el cual rebaja aún más el tamaño del material. En este último proceso y durante el tamizado se necesita el lavado de material (gravillas finas). El agua producto de este lavado fluye por un canal trapezoidal hacia piscinas de decantación, donde sedimenta el material fino y se obtiene los subproductos finos. El agua de lavado, posterior a la sedimentación, es recirculada, por lo que no existe la descarga de dichas aguas.
Respecto al despacho y para mantener un control de acceso al predio, se
llevará un control y registro de todos los vehículos (maquinarias, camiones y vehículos menores) que ingresan o salen del recinto, para ello se instalará una
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romana para controlar el peso de los camiones que sean despachados. Además, el control de vehículos incluye el comprobar que los camiones, que se despachan con material, se encuentren debida y correctamente encarpados (para efectos de evitar la suspensión de material particulado y la caída de materiales durante el transporte).
3.2.5. Lavado de áridos:
De acuerdo a lo señalado en la etapa de operación, algunos productos requieren el lavado de áridos, dichas aguas de proceso serán conducidas a través de un canal trapezoidal para ser tratadas en una piscina de decantación. El material fino sedimentará y el agua tratada se inyectará nuevamente al proceso. Las dimensiones de esta piscina son: 6,10 (m) de ancho, 18,30 (m) de largo y 1,5 (m) de altura.
La piscina serán impermeabilizadas con dos capas compactadas de 15 (cm) de arcilla y polvo roca, mientras que las paredes laterales solo utilizarán arcilla, debido al bajo ángulo de fricción natural del polvo de roca.
En función de los volúmenes de diseño y considerando la relación de 0,7 mé de agua por tonelada de material, se obtiene que si el promedio de material extraído, procesado y a lavar es de 21,52 ton/h (15% de la producción), se estima que el caudal de agua requerido es 15,06 m*/h, resultando un piscina de volumen igual a 167,35 m'. Esta agua será recirculada y considerando las pérdidas de agua asociadas al proceso (5%), solo se requerirá una inyección de agua de 6,7 m'/d para el funcionamiento normal de la Piscina. En el Anexo 13 de la DIA se presentan mayores detalles de la piscina de decantación. En ningún caso se contempla la descarga de las aguas de lavado en el río Laja..
3.2.6. Insumos para la etapa de operación:
Abastecimiento de agua potable: El agua potable en la etapa de operación provendrá de un sistema particular de agua potable. Este consiste en una puntera, la cual está ubicada en el interior de la planta ya no menos de 100 metros del sistema de drenes, tal como lo establece el D.S N* 236/04. Esta agua será depositada en un estanque de almacenamiento para proceder a su correspondiente proceso de tratamiento y así dar cumplimiento a la NCh 409. La fuente de agua potable será tramitada por el titular en un corto plazo una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental.
El sistema de abastecimiento de agua potable contará con los siguientes componentes principales:
e Estanque de almacenamiento: Corresponde al reservorio de agua potable (clorada nuevamente durante el llenado). El estanque contará con un sistema de impulsión para conducir el agua potable hasta los artefactos instalados. El estanque será abastecido de agua por medio de un sistema de puntera, la cual será clorada dependiendo del volumen de agua del estanque.
e Sistema de cloración: Este corresponde a un sistema de inyección de cloro al estanque. Este tendrá un proceso de pre-mezcla en un estanque contiguo, se asegurará que una vez depositada la mezcla clorada en el estanque de acumulación, tenga un tiempo de residencia tal que permita la acción del cloro para la potabilización del Agua.
e Red de suministro: Esta red nace desde el estanque de acumulación. Alcanza el sistema de impulsión instalado y luego alimenta los artefactos proyectados para el abastecimiento de agua potable para el consumo humano, tales como los que se encuentran en los containers baños proyectados.
Abastecimiento de agua para el lavado de áridos: El agua para el lavado de áridos será abastecida por proveedores autorizados para su venta, a quienes se les comprará. Estos proveedores contarán con las autorizaciones correspondientes. Se debe señalar que dicha alternativa será implementada mientras se tramiten derechos de agua de uso consuntivo para la instalación de un pozo profundo para el lavado de los áridos, la cual será informada a las autoridades sectoriales y ambientales con el fin de que tomen conocimiento y la autoricen. En caso de no ser autorizados los derechos solicitados por el titular, éste deberá presentar a la respectiva modificación de proyecto, indicando el origen del agua destinada al lavado de áridos.
En la siguiente Tabla, se detalla los requerimientos de aguas del proyecto:
Tabla 3.3. Consumo de agua del proyecto.
Requerimiento hídrico Fuente de abastecimiento | Caudales | Unidad : Compra a empresa con producto
Agua de bebida. certificado. 10 L/hab/d Agua consumo humano. Compra a proveedor externo 140 L/hab/d Agua de proceso. Compra a proveedor externo 6,7 m/d Requerimiento inicial del Compra a proveedor externo 167,4 mM proceso. Pin parlnncctación Compra a proveedor externo 20 m'/d
e caminos.
Abastecimiento de energía eléctrica: La energía eléctrica en una primera
instancia será suministrada a través de un generador alimentado con petróleo diésel de 550 kVA, dicho generador cumplirá con lo establecido en el D.S. N* 138, Declaración de emisiones para fuentes fijas. Por otro lado, el titular hará las gestiones para la instalación eléctrica mediante un transformador con la empresa del sector, este proyecto se informará oportunamente al SMA y al SEA, para sus antecedentes, además de contar con los permisos que establece la Ley 18.410/1985, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y la normativa aplicable.
Abastecimiento de combustible: El abastecimiento de combustible a las maquinarias se realizará a través de camiones surtidores que cuentan con los permisos respectivos, por lo que se le exigirá al proveedor contratado dar cumplimiento al D.S. 298 que “Reglamenta transporte de cargas peligrosas por calles y caminos”. Servicios higiénicos: La planta contará con soluciones sanitarias particulares en las oficinas y en la cabaña de hospedaje, estas contarán con un sistema de tratamiento de sus aguas, consistente en una fosa séptica.
3.3. Actividades de Mantención.
Durante la operación se contará con un encargado de faena que vigilará y controlará que tanto la maquinaria como los camiones cumplan con la normativa aplicable. La maquinaria que no cumpla con las condiciones mecánicas que garanticen su buen funcionamiento al interior del sector de trabajo, no será admitida por el encargado, quien contará con la facultad de controlar el ingreso y salida de los vehículos y maquinarias dentro del recinto. Esto está orientado a evitar que circulen camiones o máquinas con pérdidas de aceite u otros problemas que pudieren causar algún derrame en la zona de emplazamiento del
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proyecto. Adicionalmente, en la etapa de operación se contemplan las siguientes actividades:
3.3.1. Mantención de maquinarias fijas y móviles:
La mantención de la maquinaria fija, correspondiente al grupo electrógeno y la chancadora, se realizará in-situ, por profesional especializado. Al finalizar la mantención se retiraran y dispondrán todos los residuos resultantes (envases de lubricantes, huaipes, entre otros) en tambores claramente identificados y serán almacenados en la bodega de RESPEL contemplada en el proyecto. En relación a la mantención de los camiones y maquinarias, ésta se realizará en el taller habilitado dentro del área de emplazamiento del proyecto; los residuos generados durante esta actividad serán almacenados temporalmente en la bodega de residuos peligrosos, para finalmente disponerlos en lugares autorizados. Mayores antecedentes de la bodega, tales como planimetría y características, se presentan en el Anexo 11 de la DIA.
Por otra parte, en el Anexo 14 de la DIA se entrega un procedimiento para la mantención de maquinarias móviles y fijas que incluye las medidas para evitar infiltraciones de aceites y lubricantes hacia los acuíferos o escurrimientos a cursos superficiales.
3.3.1. Mantención de caminos de acceso y vías interiores:
La mantención de caminos de acceso y vías interiores se realizarán periódicamente según las necesidades que se verifiquen durante la ejecución del proyecto.
Mayores antecedentes respecto a las actividades de mantención y conservación que se desarrollarán referirse al Anexo 14 de la DIA, sobre procedimiento de mantención de maquinarias móviles y fijas.
3.4. Etapa de abandono.
La etapa de abandono de un proyecto da cuenta del desarrollo de las distintas acciones y actividades asociadas al levantamiento de las instalaciones y al término de la actividad productiva. Esta fase considerará el desmantelamiento de los equipos, instalaciones y la restauración natural del entorno, en los sectores de procesamiento y extracción de áridos.
Entre las actividades principales se pueden mencionar: + Movimiento de equipos, maquinarias y vehículos. e Manejo de residuos sólidos domésticos, industriales o de demolición. + Reacondicionamiento del terreno.
Es importante destacar que el sector del proyecto quedarán con algunas instalaciones tales como indicada posteriormente, las cuales serán consideradas mejoras al terreno de propiedad del titular para usos futuros del predio:
e Cabaña
e Puntera
e Instalaciones sanitarias
3.4.1. Abandono del pozo lastrero.
a) Recomposición vegetal.: El material de escarpe se utilizara como material de relleno, de esta forma facilitar la recolonización vegetal con especies presentes en la zona, teniendo como objetivo homologar las condiciones de
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b)
d)
e)
flora iniciales. Se realizará en una primera instancia cubriendo con el material de escarpe, recuperando dependiendo de la altura del escarpe de 0,5 a 1 metro. Por otro lado, se contempla la utilización del material fino suspendido seco, los cuales demuestran un gran contenido de fosforo y nitrógeno.
La recolonización vegetal será facilitada mediante la siembra y/o plantación de todo el terreno de especies herbáceas nativas Romero (Fabiana imbrica) y Romerillo (Baccharis linearis), fomentando el desarrollo de la flora autóctona de la región, aportando una mejora a la calidad ecológica y ambiental que caracteriza el terreno.
Además, aclarando que el marco normativo actual carece de una regulación respecto a la cantidad de plantas que debiera plantarse en un sector, con motivo de contribuir a la recuperación de la cobertura vegetal y las propiedades del suelo, el titular propone la plantación con una densidad aproximada de 150 plantas por hectárea con especies arbóreas esclerófilas nativas como Quillay (Ouillaja saponaria), Litre (Lithraea caustica) y Peumo (Cryptocarya alba)
Dentro de las medidas culturales para lograr su establecimiento se indica que se aplicará una dosis de fertilizante NPK (8:24:16) de liberación lenta (50-60 er/pl), con el fin de mejorar el desarrollo durante la etapa de establecimiento. Posteriormente, se recomienda fertilizar cada 3 meses, a base de compuestos adaptados a estados de desarrollo más avanzados.
Para asegurar un correcto establecimiento se llevará a cabo la actividad de plantación durante los meses de invierno, ya que la planta se encuentra en parada vegetativa.
Se efectuará un Plan de seguimiento donde se evaluará el correcto establecimiento de las plantas, teniendo en cuenta el porcentaje de prendimiento en los 6 meses y al año, se llevará a cabo la misma evaluación, siendo el porcentaje de prendimiento mínimo admisible para la última fecha del 70 %, el cual define el éxito de la repoblación.
Retiro de equipos y maquinaria: Corresponde al retiro de la planta, maquinaria, equipos e instalaciones transitorias asociadas, además de la remoción de los restos de materiales de construcción, chatarra, escombros, acopios excedentes, etc.
Compactación, suavización, emparejamiento y recomposición topográfica del terreno: Tiene por objetivo generar superficies estables y regulares, que no impliquen un riesgo para personas y/o animales. Para lo cual se escarificará el terreno 30 [cm] en las zonas de extracción y áreas de faenas, para luego aplicar una cobertura de material de escarpe, posterior a esto se emparejara y compactara.
Estabilización de taludes: Corresponde a operar y abandonar los taludes con una relación de aspecto de 2H:1V, lo que permite un ángulo de estabilidad de 26,5", proporcionando un desarrollo seguro y que no implica peligro para personas y/o animales. Además, se dispondrá de una cobertura vegetal que permita generar transiciones suaves y homogéneas entre la superficie plana y el talud, lo que permitirá entregar un terreno apto para la realización de actividades humanas.
Plantación en Taludes: e Especies: Se contempla la posibilidad de empelar estas especies
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arbustivas en los taludes ya que, dado su temperamento robusto y su adaptación a la aridez, pueden desarrollarse con eficiencia en las superficies de los mismos, cumpliendo con un objetivo protector en el control de la erosión, a través del efecto de cosido y sujeción que realizan las raíces. Tras este filtro, atendiendo a un criterio de conservación genética y de conservación, se ha propuesto el empleo de las especies nativas Romero (Fabiana imbrica) y Romerillo (Baccharis linearis), fomentando el desarrollo de la flora autóctona de la región, aportando una mejora a la calidad ecológica y ambiental que caracteriza el terreno.
Superficie: 17,5 ha
Densidad: Marco de plantación de 2x2 metros, al tresbolillo (triangular), y generando un pequeño surco en la superficie, que por un lado, servirá de microcuenca receptora de agua para la planta, y por otro, aportará rugosidad superficial frente a la erosión. Con esta disposición, la cantidad de plantas correspondiente a la superficie ocupada es de 1000 plantas.
Proporción de especies: 50/50.
Preparación del terreno: El suelo estará formado por material de escarpe retirado previamente a la extracción del material integral útil. Durante este proceso éste perderá cohesión, de tal manera que al disponerse sobre la superficie del talud presentará buenas condiciones para llevar a cabo la apertura de hoyos y la plantación de forma manual. La pendiente de los taludes será de 26 * lo que supone una pendiente bastante suave ya que la diferencia de cotas será aproximadamente de 6 a4 m.
Tipo de planta: Planta (1+0) cultivada en contendor (200 cm*) procedente de vivero cercano al lugar en caso de estar disponible, ya que la adaptación de la planta será mejor cuanto más similares sean las condiciones ambientales del origen y del destino.
Cuidados culturales: Incorporación de una dosis de abono NPK (8:24:16) de liberación lenta (50-60 gr/pl), con el fin de mejorar el desarrollo durante la etapa de establecimiento-
Época de plantación: Para asegurar un correcto establecimiento se recomienda llevar a cabo la actividad de plantación durante los meses de invierno, ya que la planta se encuentra en parada vegetativa. Plan de seguimiento: En primer lugar se evaluará el correcto establecimiento de las plantas, teniendo en cuenta el porcentaje de prendimiento en el primero, segundo y tercer mes. Este valor se establecerá en 50%, que en caso de no cumplirse, se procederá con la reposición del número de plantas necesario para alcanzar dicho porcentaje. A los 6 meses, al año, se llevará a cabo la misma evaluación, siendo el porcentaje de prendimiento mínimo admisible para la última fecha del 50%, el cual define el éxito de la repoblación. En caso de que en alguno de los controles periódicos, el porcentaje de prendimiento sea menor al 50%, se analizarán las causas y se revisará la factibilidad de la metodología de la repoblación propuesta, aplicando medidas que permitan solucionar la situación.
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f) Cierre perimetral: Se emplazara un cerco que bordee el perímetro del proyecto, para así evitar el ingreso de animales y/o personas.
£) Señalización: Comprende la actividad de explicitar por medio de señaléticas las precauciones que deben tenerse en el sector de proyecto.
h) Caminos de acceso: Estos serán reacondicionados, manteniendo un estándar igual o superior al observado previa ejecución del proyecto de extracción.
3.4.2. Mantención, conservación y supervisión que sean necesarias
Al finalizar el proyecto se presentará un documento informando las condiciones del terreno a la autoridad ambiental. A partir de un levantamiento topográfico y fotográfico, a partir del cual se verificará el cumplimiento de lo estipulado en el presente ítem.
3.5 Principales Efluentes, Emisiones y Descargas asociadas al Proyecto
3.5.1.
a)
b)
3.5.2.-
- Emisiones líquidas
Etapa de construcción:
Los residuos líquidos domésticos corresponden a aquellos generados en los servicios higiénicos utilizados por el personal a cargo de la instalación de faena, quedarán en los baños químicos y serán retirados por una empresa que cuente con autorización sanitaria, mientras se habilite las instalaciones sanitarias definitivas.
Etapa de operación:
En esta fase se generarán residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos. Estos se gestionarán a través de una solución particular de aguas servidas, por lo cual en el Anexo 15 de la DIA se adjunta los antecedentes, tales como la Memoria de Cálculo y Planos respectivos, para la obtención del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo N 138 del D.S. N40/2014, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto, para las instalaciones incluidas en la cabaña para los trabajadores, se considerará una emisión de efluentes líquidos de 200 [l/cama/d]. En el caso de las instalaciones sanitarias en el área de faena, se considerará una emisión de efluentes líquidos de 150 [1/hab/d].
Se debe señalar además, tal como se mencionó anteriormente, que no existirá emisión de efluentes líquidos derivados del procesamiento de materiales, ya que
los provenientes del lavado de áridos serán recirculados
Emisiones atmosféricas
Etapa de construcción
Estas emisiones se producirán por las emisiones de material particulado durante el tránsito de los camiones y maquinarias, junto a las actividades presentadas en la Tabla 3.4; las que además se clasifican en emisiones directas e indirectas.
Tabla 3.4. Actividades generadoras de emisiones atmosféricas, fase de construcción.
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Actividad que generara emisiones Sustancia 20p ato emisión Escarpe MP Transferencia de material MP Acopio de material MP: Tránsito de vehículos pesados por caminos no MP pavimentados dentro del recinto ' Tránsito de vehículos livianos por caminos no MP Emisiones pavimentados dentro del recinto 10 directas Funcionamiento de motores de camiones dentro del recinto MP0, CO, HC y NOx Funcionamiento de motores de maquinaria dentro del recinto |[MPjo, CO, HC y NOx Funcionamiento de motores de vehículos livianos dentro MPjo, CO, HC del recinto y NOx Tránsito de camiones por caminos no pavimentados fuera MP del recinto 10 Tránsito de vehículos livianos por caminos no pavimentados MP Emisiones fuera del recinto al indirectas Funcionamiento de motores de los vehículos y maquinarias MP10, CO, fuera del recinto HC y NOx
Las emisiones atmosféricas producto de las actividades anteriores podrán ser minimizadas y controladas a través de medidas que incluirán la humectación de zonas de intervención, la estabilización de caminos no pavimentados, la mantención preventiva de los vehículos y maquinaria utilizada.
Los resultados reportados para emisiones directas, presentadas se presentan en la Tabla 3.5, y para el caso de las emisiones indirectas en la Tabla 3.6.
Tabla 3.5. Resumen de emisiones directas, fase de construcción.
en ¡Emisión MP | Emisión Emisión Emisión Actividad (ton/año) NOx CO HC (ton/año) | (ton/año) | (ton/año) Escarpe 0,06 = Sa a Transferencia de material 0,003 mn = = Tránsito de vehículos pesados por caminos no 0.006 pavimentados dentro del pl = = = recinto Tránsito de vehículos livianos por caminos no pavimentados dentro del 0,001 — — — recinto Funcionamiento de motores de camiones 0,0001 0,005 0,001 0,0002 dentro del recinto
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Funcionamiento de motores de maquinaria 0,08 0,97 0,25 0,12 dentro del recinto
Funcionamiento de
vehículos livianos dentro 0,001280 0,000036 0,000001 0,000515 del recinto
Generador eléctrico (500 0,003 0,129 0,009 _ hp)
Total 0,154 1,104 0,26 0,121
Tabla 3.6 Resumen de emisiones directas, fase de construcción.
Emisión MP. | Emisión Emisión Emisión (ton/año) NOx (elo) HC (ton/año) | (ton/año) | (ton/año)
Actividad
Tránsito de vehículos pesados por caminos no
pavimentados fuera del 0,16 = = = recinto
Tránsito de vehículos
livianos por caminos no
pavimentados fuera del 0,034 Se = = recinto
Funcionamiento de
aa wetículos y 0,002 0,052 0,009 0,0019 recinto
Total 0,196 0,052 0,009 0,019
En la Tabla siguiente se presentan los resultados de las emisiones totales en la fase de construcción
Tabla 3.7. Resumen de emisiones totales, fase de construcción.
Acúvidad Emisión MP; | Emisión Emisión Emisión (ton/año) NOx co HC (ton/año) (ton/año) | (ton/año) Emisiones directas 0,154 1,104 0,26 0,121 Emisiones indirectas 0,196 0,052 0,009 0,019 Total 0,352 1,156 0,269 0,14
b) Etapa de operación:
Esta etapa es la que generará las mayores emisiones atmosféricas. Se producirán por las emisiones de material particulado durante el tránsito de los camiones y maquinarias desde la zona de extracción hacia la zona de procesamiento y viceversa, las que además se clasifican en emisiones directas e indirectas.
Las emisiones atmosféricas producto de las actividades descritas en la Tabla 3.8 para la etapa de operación, serán minimizadas y controladas a través de medidas que incluirán la humectación del material a ser procesado, la estabilización de caminos no pavimentados, la mantención preventiva de los vehículos y maquinaria utilizada.
Los resultados reportados para emisiones directas, presentadas se presentan en la Tabla 3.8, y para el caso de las emisiones indirectas en la Tabla 3.9.
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Tabla 3.8. Resumen de emisiones directas, fase de operación.
Emisión MP, | Emisión Emisión Emisión Actividad (ton/año) NOx co HC (ton/año) (ton/año) | (ton/año) Excavaciones 1,52 2 = na Transferencia de material 0,06 un = Erosión material de acopio 0,038 > = = Maquinaria procesadora 3 de áridos = = = Tránsito de vehículos pesados por caminos no 152 pavimentados dentro del > = = 3 recinto Tránsito de vehículos livianos por caminos no pavimentados dentro del 0,06 >” de > recinto Funcionamiento de motores de camiones 0,008 0,408 0,074 0,022 dentro del recinto Funcionamiento de motores de maquinaria 0,21 2,41 0,63 0,29 dentro del recinto Funcionamiento de vehículos livianos dentro 0,001280 0,000036 0,000001 0,00002 del recinto Generador eléctrico (500 0.011 0,052 0,004 _ hp) Total 6,452 2,870 0,708 0,312 Tabla 3.9. Resumen de emisiones directas, fase de operación. His Emisión MP; | Emisión Emisión Emisión Actividad + q (ton/año) NOx co HC (ton/año) | (ton/año) | (ton/año) Tránsito de camiones por caminos no pavimentados 10,64 =s as a fuera del recinto Tránsito de vehículos livianos por caminos no 0.41 _ pavimentados fuera del ? recinto Funcionamiento de motores de vehículos y 021 2,41 0,63 0,29 maquinaria fuera del recinto Total 11,26 2,41 0,63 0,29
En la Tabla siguiente se presentan los resultados de las emisiones totales en la fase
de construcción
Tabla 3.10. Resumen de emisiones totales, fase de construcción.
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Actividad Emisión MP;o | Emisión NOx | Emisión CO | Emisión HC (ton/año) (ton/año) (ton/año) (ton/año) Emisiones directas 6,452 2,870 0,708 0,312 Emisiones indirectas 11,26 2,41 0,63 0,29 Total 17,712 5,28 1,338 0,602
Finalmente los factores de emisión por dispersión eólica se presentan en la Adenda N?1. Luego, la emisión total de material particulado sedimentable, proveniente de la cancha de acopio durante los 10 años de proyecto, los cuales se resumen en la siguiente Tabla.
Tabla 3.11. Emisión de Material Particulado Sedimentable desde la Pila de Acopio
Constante Unidad Valor Factor de mitigación por días de lluvia - 1,38 Porcentaje del tiempo con vientos superiores a 5,4 % 0,41 Nivel de Actividad Há 1 Factor de Emisión kg/Ha 0,0029 Emisión anual Ton/año 4,041x1 y Emisión 10 años Ton/año 4.041x1 0 Emisión 10 años g/10 años 40,041 Emisión mensual g/mes 0,333
3.5.3. Emisiones de ruido
a) Etapa de construcción:
Debido a que durante la fase de construcción se utilizarán materiales, maquinaria y equipos similares a los utilizados durante la etapa de operación, los cuales fueron evaluados junto con las emisiones correspondientes a chancadores y harneros, generando una mayor presión sonora que la emitida durante la construcción, por lo que se evaluó solamente la fase de operación.
b) Etapa de operación:
Las proyecciones de ruido se realizaron considerando dos escenarios, los cuales se presentan dependiendo de la distancia entre los frentes de extracción y los receptores más cercanos en dos escenarios, los cuales tienen relación con la ubicación de los receptores respecto a los puntos distales de la ubicación de las faenas dentro del polígono de extracción. El detalle de la ubicación de los receptores
y las mediciones del ruido de fondo se encuentran detallados en la Sección 3.6.9.2 de la DIA
Los niveles de ruido proyectados en la etapa de operación del proyecto (horario diurno) en los dos escenarios evaluados, se presentan en la siguientes Tablas
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Tabla 3.11. Evaluación de los niveles proyectados según D.S. N* 38/2011 del MMA
— Escenario 1. Punt Nivel Ruido de Nivel Máximo| Cumplimiento Proyectado Fondo Permisible D.S. N 38 dB(A) dB(A) dB(A) 1 49 41 51 Cumple 2 48 41 51 Cumple 3 42 39 49 Cumple Tabla 3.12. Evaluación de los niveles proyectados según D.S. N 38/2011 del MMA — Escenario 2. Punto] Nivel Ruido de | Nivel Máximo| Cumplimiento unt ES o Proyectado Fondo Permisible D.S. N*38 dB(A) dB(A) dB(A) 1 49 41 S Cumple 2 45 41 5 Cumple 3 41 39 4 Cumple
Tomando en consideración el nivel máximo permisible para una zona rural, según lo establecido en el D.S. N* 38/12, se ve que los niveles no son superados en ninguno de los puntos receptores durante la etapa de operación del proyecto.
3.5.4.- Residuos sólidos
a)
b)
Etapa de construcción:
Se estiman 3 kg/d de residuos domiciliarios, los que serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) con rueda y tapa. Estos serán trasladados a puntos de recolección municipal más cercana a la zona de emplazamiento del proyecto. El cálculo se realizó considerando una tasa estimada por trabajador de 0,5 kg/d.
Por otro lado, se estiman en hasta 80 kg/mes de residuos no peligrosos de tipo industrial (fierros y trozos de madera) durante la etapa de construcción, los cuales serán acumulados en un patio de acopio para finalmente ser dispuestos en un lugar autorizado
Etapa de operación:
b.1) Residuos sólidos peligrosos: Los residuos industriales del tipo peligrosos en la etapa de operación podrán alcanzar los 20 L/mes de aceites usados y hasta 40 kg de elementos contaminados con aceite producto de las mantenciones (huaipes, filtros, correas). En la zona de emplazamiento del proyecto se implementará una bodega de residuos peligrosos, en la cual se almacenará los residuos generados por las mantenciones de las maquinarias o producto de algún mantenimiento de emergencia. Para mayores antecedentes, se presenta dentro del Anexo 11 de la DIA las características constructivas y planimetría de la bodega de RESPEL.
b.2) Residuos sólidos asimilables a domiciliarios: Durante la etapa de operación se estima una generación de 4 kg/d de residuos sólidos asimilables a domiciliarios,
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basado en una estimación que considera una generación de residuos domésticos de 0,5 kg/persona*d, considerando 8 personas en promedio.
Los residuos provenientes de oficinas, comedor y baños serán acumulados en basureros rotulados de PVC de 200 L con tapas y ruedas. Los residuos corresponden principalmente a papeles, envoltorios plásticos de alimentos y botellas plásticas. Los residuos serán almacenados temporalmente en un sector especialmente habilitado, donde serán dispuestos en tambores claramente identificados (basureros) y serán trasladados a puntos de recolección municipal más cercanos a la zona de emplazamiento del proyecto.
b.3) Residuos sólidos industriales: Se generarán hasta 80 kg/mes de residuos industriales no peligrosos, los que serán trasladados a la bodega de residuos no peligrosos por el personal de la planta a medida que se generen. Los residuos pequeños serán dispuestos en pequeños contenedores que se ubicarán en algunos sectores de la planta rotulados como “Residuos No Peligrosos”. Una vez que estos contenedores se completen se trasladarán a la bodega de residuos no peligrosos..
En la Tabla siguiente se entrega en detalle la cantidad estimada de la generación de residuos sólidos, peligrosos y no peligrosos generados durante la etapa de
operación.
Tabla 3.13. Caracterización residuos industriales sólidos por fase de
operación. Tipo de Cantidad/ | Almacenamie | Forma de Etapa ha Fuente Les P Residuo Volumen ¡nto Disposición Recolección Basureros rotulados o Domiciliarig|. sonal (basuras 4kg/d | depvede200L | "unicipal y domésticas) Relleno con tapas y ruedas. o sanitario. Correas, manqueras Industrial limpias y partes de 5 Operación no IPIezas libre del g kg/mes [Patio de acopio Re no li hidrocarburos, Sanitario peligrosos trozos de madera, fierros Residuos Si Pelierosos contaminados con| 40kg/mes [Bodega de o gr aceites (huaipes, | 20 L/mes |[¡RESPEL sur d filtros) y aceites autorizado 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al
proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" cumple con la normativa ambiental aplicable al proyecto, cuyo detalle sobre la normativa, forma de cumplimiento e indicadores de cumplimiento se encuentra contenidas en el Capítulo 4.1. del informe Consolidado de Evaluación, y sistematizada en las fichas de fiscalización que forman parte del presente acto administrativo.
Que las principales medidas relacionada a los planes contingencias y emergencias
asociadas al proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra", se encuentran contenidas en las siguientes tabla
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Objeto Contingencia Motivo Acción
Fosa Séptica contenedor, con el fin de dar
e Dar aviso a encargado Dar aviso a la autoridad
En caso de que no se realicen sanitaria Desborde de la
f las mantenciones a la fosa | e Dar aviso a empresa limpia fosa osa
Vaciar estanque en un
capacidad a la fosa.
En caso de que no se realicen| e Dar aviso a encargado.
Malos Olores [las mantenciones a la fosa Dar aviso a empresa limpia fosa.
Sedimentador
Detener el caudal de ingreso Dar aviso a encargado
o Dar aviso a la autoridad sanitaria Desborde de la | Mayor utilización de agua Vaciar estanque piscina con
piscina en el lavado bomba a un estanque, con el fin de dar capacidad ésta.
Bodega producto, hoja de seguridad,
Eliminar el origen del derrame e Utilizar algún tipo de barrera para evitar la extensión de éste Error en el vaciado del e Absorber el producto con algún Derrames . material inerte disponible, luego menores producto o en el manejo recogerlo y depositarlo en el del contenedor. contenedor de residuos peligrosos +e Dar aviso a encargado
e Identifique el producto y sus riesgos a través de guía del
rombos o placas de UN y/o guía de emergencia.
e Elimine toda fuente de ignición y corte los servicios energía del
área. D Error en el vaciado del + Dar aviso a encargado.
errames producto o en el manejo e Evite que el producto llegue al mayores del contenedor. agua, áreas donde exista la
posibilidad de infiltración para evitar mayor contaminación
e Si las condiciones lo permiten contenga el derramen con barreras de contención para evitar la dispersión del derrame.
- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación,
debe indicarse que la ejecución del proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" requiere de los permisos ambientales mixtos contemplados en los artículos de los artículos 138, 139, 142, 146, 149 y 160 del D.S. N*40/12 del Ministerio de Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto, se indica lo siguiente:
Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 138: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza.
El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de
cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagies, aguas servidas de cualquier naturaleza, será el
21
establecido en el artículo 71 letra b) primera parte, del Decreto con Fuerza de Ley N' 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.1, en la Adenda N15 de la DIA, e informados favorablemente por la SEREMI de Salud, a través del Of. ORD. N 1473 de fecha 20 de mayo de 2014.
Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 139: Permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros.
El permiso para la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento O disposición final de residuos industriales o mineros, será el establecido en el artículo 71 letra b) segunda parte, del Decreto con Fuerza de Ley N* 725, de 1967, del Ministerio de Salud Pública, Código Sanitario.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.2 de la DIA, e informados favorablemente por la SEREMI de Salud, a través del Of. ORD. N” 1473 de fecha 20 de mayo de 2014.
Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 142: Permiso para todo sitio destinado al almacenamiento de residuos peligrosos.
El permiso para los sitios de almacenamiento de residuos peligrosos, será el establecido en el artículo 29 del Decreto Supremo N* 148, de 2003, del Ministerio de Salud, Reglamento sanitario sobre manejo de residuos peligrosos.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.3 de la DIA, e informados favorablemente por la SEREMI de Salud, a través del Of. ORD. N* 1473 de fecha 20 de mayo de 2014.
Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 146: Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso.
El permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas para fines de investigación, para el establecimiento de centros de reproducción o criaderos y para la utilización sustentable del recurso, será el establecido en el inciso 1* del artículo 9% de la Ley N” 4.601, sobre Caza, modificada por la Ley N? 19.473, que sustituye el texto de la Ley N” 4.601, sobre Caza, y artículo 609 del Código Civil.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.4 de la DIA, e informados favorablemente por el Servicio Agrícola y Ganadero a través del Of. ORD. N* 11 de fecha 16 de mayo de 2014.
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Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 149: Permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal.
El permiso para la corta de plantaciones en terrenos de aptitud preferentemente forestal, cuya corta o explotación sea necesaria para la ejecución de cualquier proyecto o actividad de las señaladas en el artículo 3 del presente Reglamento, con excepción de los proyectos a que se refiere el literal m.1, será el establecido en el artículo 21 del Decreto Ley N 701, de 1974, del Ministerio de Agricultura, que fija régimen legal de los terrenos forestales o preferentemente aptos para la forestación, y establece normas de fomento sobre la materia, cuyo texto fue reemplazado por Decreto Ley N” 2.565, de 1979, del Ministerio de Agricultura, que sustituye el Decreto ley N 701, de 1974, que somete terrenos forestales a las disposiciones que señala.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.5 de la DIA y en la Adenda N?2, informados favorablemente por CONAF a través del Of. ORD. N” 70-EA/2014 de fecha 17 de julio de 2014.
Permiso Ambiental Sectorial Mixto del Artículo 160: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales o para construcciones fuera de los límites urbanos.
El permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento algún sector rural o habilitar un balneario o campamento turístico o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 Unidades de Fomento que cuenten con los requisitos para obtener un subsidio del Estado, así como para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones fuera de los límites urbanos, corresponderá a la autorización e informes favorables que se establecen respectivamente en los incisos 32 y 4” del artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley N” 458, de 1975, del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Durante la evaluación ambiental del proyecto, el titular acreditó el cumplimiento de los requisitos técnicos y formales para la acreditación del citado permiso, los cuales fueron presentados en el capítulo 5.3.1.5 y el Anexo 10 de la DIA, otorgado previamente por la SEREMI de Agricultura a través de la Resolución Exenta N*8 de fecha 27 de enero de 2014.
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" no genera ni presenta alguno de tales efectos, características y circunstancias. La justificación de este punto se desarrolla en extenso en el capítulo VI del Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) y en resumen en la ficha de fiscalización que se presenta a continuación.
. Que el resumen y sistematización de los principales hitos y medidas de cumplimiento establecidos durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra", se encuentran contenidas en las siguientes fichas de fiscalización:
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Identificación del titular
Razón Social Constructora Rivera Ltda. Rut 76.004.890-9 Dirección Carriel Norte Parcela 1, Lote 5 Fono 041-25701397 / 041-25070155 Representante legal José Aurelio Rivera Arriagada Rut 9.985.968-7 Dirección Carriel Norte Parcela 1, Lote 5 Fono 041-25701397 / 041-25070155 Antecedentes Generales Nombre del Proyecto “Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo
lastrero, Cruz de Piedra”.
Descripción breve del Proyecto
El proyecto consiste en el aumento de extracción y procesamiento de material pétreo proveniente de un pozo latrero ubicado en el sector de Cruz de Piedra, región del Biobío. Cabe señalar que en este pozo ya se realizó la extracción de material por un volumen inferior a 100.000 mí, razón por la cual no ingresó al SETA, contando para ello con el Decreto Alcaldicio N*569/2013.
Objetivo General
Aumentar la extracción y procesamiento de áridos, proveniente de un pozo lastrero, cuyos terrenos pertenecen al titular de la empresa Constructora Rivera Ltda.; los cuales serán destinados principalmente como material para la construcción de obras civiles.
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Tipología del Proyecto
“i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda.”
“1.5. Se entenderá que los proyectos o actividades de extracción de áridos o greda son de dimensiones industriales cuando:
1.5.1. Tratándose de extracciones en pozos o canteras, la extracción de áridos y/o greda sea igual o superior a diez mil metros cúbicos mensuales (10.000 m*/mes), o a cien mil metros cúbicos (100.000 m?) totales de material removido durante la vida útil del proyecto o actividad, o abarca una superficie total igual o mayor a cinco hectáreas (5 ha);
1.5.2. Tratándose de extracciones en un cuerpo o curso de agua, el volumen total de material a remover durante la vida útil del proyecto o actividad sea igual o superior a veinte mil metros cúbicos (20.000 m!) tratándose de las Regiones de Arica y Parinacota a Coquimbo, o a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m?), tratándose de las Regiones de Valparaíso a Magallanes y Antártica Chilena, incluida la Región Metropolitana de Santiago;
1.5.3. Tratándose de extracciones de arena en playa, entendiéndose por ésta aquella porción de territorio comprendida entre la línea de baja y alta marea, la extracción sea igual o superior a cincuenta mil metros cúbicos (50.000 m3) durante la vida útil del proyecto.”
Monto Estima de Inversión
US$1.300.000
Vida útil del Proyecto
Un período de 10 años.
Localización
División político- administrativa. a nivel regional, provincial y comunal
Región del Biobío, provincia del Biobío, Comuna de Tucapel, sector de cruz de piedra.
aj Coordenadas UTM WGS84 —-H18 Ubicación - Representación Norte (m) Este (m) cartográfica en Datum 1 5.874.488 765.006 WGS384 2 5.873.649 765.510 3 5.876.566 765.533 4 5.873.496 765.200 5 5.873.667 764.858 6 5.873.815 764.744 7 5.873.990 764.716 8 5.874.092 764.758 9 5.874.233 764.754 47,8 Há.
La superficie total que comprenderá
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Vías de acceso
Ruta N-965 (Cholguán — Huepil), posteriormente tomar camino de ripio, hacia el sur, de aproximadamente 3,7 km.
¡La justificación de la misma
El proyecto corresponde a un aumento del volumen de extracción de áridos desde un pozo lastrero existente. La demanda de este material, ha aumentado debido al rápido crecimiento de la zona y sus ciudades.
Descripción de las partes, acciones y obras físicas que lo componen
El proyecto consta de 3 fases (construcción, operación y abandono), dónde cada una de estas será oportunamente informada al SEA.
Etapa de construcción
Indicación de las partes, obras o
Preparación de terreno Montaje e instalación de faenas
acciones Vehículos y Excavadora (1) Cargador frontal (1) Camión Tolva 14 m*(1) maquinaria Fecha Estimada 15 días de notificada la Resolución de Calificación Ambiental Inicio de Construcción Fecha estimada 31 de agosto 2014 con el término del montaje de la planta de chancado término de construcción
Preparación de terreno 31 de mayo 2014 — 30 de junio de 2014 Cronograma Montaje e instalación de faenas 1 de Julio de 2014— 31 de agosto de
2014
Servicios básicos
6 — 8 mano de obra máximo.
Agua: Bidones por empresa autorizada.
Energía: generador diésel 550 kVA.
Servicios higiénicos: Baños químicos por empresa autorizada, mientras se habilitan las instalaciones particulares.
Alimentación: responsabilidad de cada trabajador
Transporte: responsabilidad de cada trabajador
Alojamiento: en las faenas no se podrá pernoctar.
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Emisiones Atmosféricas
Producto del movimiento de tierra, maquinaria, camiones, generador eléctrico. Existe estudio atmosférico de emisiones y de modelación presentado junto a la DIA, para lo cual se adjunta el resultado para cada etapa de construcción: MP10: 0,352 ton/año CO: 0,269 ton/año NOx: 1,156 ton/año
e HC:0,14 ton/año De acuerdo a lo indicado en el informe de modelación del anexo 16 de
la DIA no sobrepasa la norma, sin embargo se consideran las siguientes medidas de mitigación.
- Humectación de caminos (1 diaria).
e Mantención de caminos (cuando se requiera)
e Revisiones y mantención periódica de cada equipo (semanal.)
Ruido
Las tareas normales para este tipo de proyecto, no supera la normativa ambiental vigente de ruidos permitidos por la normativa ambiental.
Efluentes Líquidos
El proyecto no contempla la descarga de RIL a cursos de aguas, las aguas de lavados serán recirculadas.
Residuos sólidos
Los residuos: Tambores plásticos, paños de limpieza, papel filtrante, etc.
Los residuos industriales no peligrosos: Papeles, cartones, plásticos, metales, residuos domiciliarios, contenedores de plástico, etc.
Estos elementos no podrán estar sucios con aceites ni lubricantes
Los residuos asimilables a domiciliarios: estos sin almacenados en sectores que cumplirán los estándares pedidos por la autoridad y que se establecen de acuerdo al D.S. N148 y el D.S. N594, asegurando de éste modo el almacenamiento seguro y confiable, evitando el daño a la salud tanto de trabajadores como de terceos, así como también del medio ambiente
Fase de Abandono
Descripción de la
Al finalizar el proyecto se presentará un documento informando las condiciones del terreno. A partir de un levantamiento topográfico y
Fase de Abandono | fotográfico se verificará el cumplimiento de lo estipulado en el presente ítem.
¡Oronogramade 1 de septiembre de 2024 a 1 de octubre de 2024
abandono
Mano de obra
6-8 mano de obra máximo.
Insumos
Agua Potable Sistema particular de agua
Combustible Camiones surtidores
Energía Eléctrica Generador alimentado con petróleo diésel
Servicios Higiénicos Sistema particular/ baños químicos
Alimentación Responsabilidad de cada trabajador.
Alojamiento En el proyectono se podrá pernoctar.
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Emisiones Líquidas | El proyecto no contempla descargas de ningún tipo. Emisiones Acústicas Serán menores que la proyección de la fase de operación Emisiones Las emisiones estimadas para el proyecto en Ton/año en la etapa de Atmosféricas operación son:
e PMio A 2,325
e CO:6,508
e NO,: 1,765
e HC:0,78 Plan de Plan de emergencia, se encuentra detallado en el Anexo 4 de la contingencia y Adenda N*3 emergencia
Antecedentes para evaluar que el proyecto o actividad no requiere presentar un estudio de impacto ambiental.
Antecedentes que justifiquen la inexistencia de aquellos efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley que pueden dar origen a la necesidad de efectuar un Estudio de Impacto Ambiental
Basados en el análisis de cada uno de los artículos, junto con los nuevos estudios presentados como antecedentes: Informe de emisiones (Anexo 12 de la DIA), Modelación atmosférica (Anexo 16), estimaciones de emisión de Residuos sólidos, no habrá emisión de RILES.
¡Área de Influencia
Ruidos: 343 [há] Emisiones atmosféricas |1.111 [há] Agua No Aplica Flora 1.111 [há] Fauna 343 [há] Suelo 47,8 [há]
Descripción Artículo 5. Riesgo para la salud a la población
No se generarán riesgos para la salud
Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Descripción Artículo 6. Efecto |No se generaran riesgos sobre los recursos naturales adverso sobre los recursos
naturales renovables
Descripción Artículo 7. |No se generaran reasentamientos de comunidades,
así como tampoco modificación de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
y valor ambiental del territorio.
Descripción Artículo 8. Localización
El proyecto en el sitio donde se emplaza y en su área de influencia no generará pérdida del valor ambiental que tiene el sector
Descripción Artículo 9. Valor paisajístico valor ambiental del territorio.
El proyecto no generará pérdidas del valor paisajístico o turístico de la zona. Al respecto se mantendrá una franja arbórea por todo el perímetro del predio, impidiendo la visión de terceros.
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Descripción Artículo 10. Alteración El proyecto no genera alteración del patrimonio
del patrimonio cultural.
cultural, ya que no tendrá efectos sobre ninguna forma de relación social del sector.
Plan de cumplimiento de la legislación ambiental aplicable
Se indica la normativa aplicable y su forma de cumplimiento en el Anexo 8 de la
Adenda.
Legislación Ambiental de carácter General Aplicable al Proyecto
Ley N*19.300/1994, sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada por la ley 20.417/2010)
El proyecto será sometido al SEIA, mediante una Declaración de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo señalado en el literal 1.5, del artículo 3 correspondiente al D.S. N”40/2012 MMA
Reglamento del SEIA (D.S. N? 40/2012)
El proyecto se somete al SEIA, mediante Declaración de Impacto Ambiental, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 19 del reglamento del SEIA.
Por otro lado los permisos y pronunciamientos ambientales sectoriales, aplicables al proyecto, que se tramitarán dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA)
Legislación Ambiental Específica Aplicable al Proyecto
Decreto Supremo N* 144/1961 del Ministerio de Salud
Registro de mantenciones y revisiones técnicas. Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Procedimiento de Humectación de Caminos y| Registro de humectación de caminos:
La realización de esta práctica disminuye la emisión por resuspensión de material particulado.
Señalética asociada al control de velocidad: Contribuye a la disminución de la emisión por levantamiento de material particulado por resuspensión, así como también a la disminución de consumo de combustible, que conlleva a la mayor emisión de gases de combustión
Decreto Supremo N? 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Registro de despacho de material procesado.
Se establece un registro de los camiones que salen de la planta, en el que se incluye como observación su el camión despachado va cubierto
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Decreto Supremo N? 4/1994 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Registro de mantenciones y revisiones técnicas.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Decreto Supremo N* 69/1989 del Ministerio de Minería
Registro de mantenciones y revisiones técnicas.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Resolución N 1.215/78. Ministerio ide Salud, Modificados por los D.S. N110, 113 y 114 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Resolución N* 1.215.
Registro de mantenciones y revisiones técnicas.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Decreto Supremo N? 54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Registro de mantenciones y revisiones técnicas.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Decreto Supremo N” 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones
Registro de mantenciones y revisiones técnicas.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de la maquinaria existente en el proyecto.
Por otro lado, para el caso de los vehículos pesados y livianos se tendrá el registro de la fecha de su revisión técnica, junto con la patente del vehículo.
Señalética asociada al control de velocidad: Contribuye a la disminución de la emisión por levantamiento de material particulado por resuspensión, así como también a la disminución de consumo de combustible, que conlleva a la mayor emisión de gases de combustión
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Decreto Supremo N? 47/1992 y sus modificaciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
¡Registro salida de camiones:
Consistente en detallar los camiones de salida, los cuales incluirán como observación si el camión va con su encarpado.
Decreto Supremo N? 138/2008 del Ministerio de Salud
Registro de declaración de emisiones.
Consistente en declarar las emisiones que el proyecto tendrá, las cuales vendrán exclusivamente del grupo generador.
Decreto Supremo N* 59/1998 del Ministerio General de la Presidencia
Procedimiento de Humectación de Caminos y Registro de humectación de caminos:
La realización de esta práctica disminuye la emisión por resuspensión de material particulado.
Decreto Supremo N? 38/2011
El estudio acústico ingresado por el titular acredita el cumplimiento de dicha normativa para mayor detalle ver Anexo 5 de la DIA.
Decreto Supremo con Fuerza Ley 725/1968 del Ministerio de Salud
Registro de entrega de EPP.
Consiste en el registro de la entrega de EPP a cada trabajador, la cual deberá está firmada por cada uno.
Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud
Registros de mantención a las chancadoras.
Consiste en un registro de las mantenciones tanto correctivas como preventivas de las chancadoras existente en el proyecto, con la finalidad de que se mantenga en las mejores condiciones para su operación.
Registro de entrega de EPP.
Consiste en el registro de la entrega de EPP a cada trabajador, la cual deberá está firmada por cada uno.
Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud
Certificados de autorización del proveedor de agua potable.
Consiste en solicitar esta autorización a la empresa proveedora del producto.
Autorización del sistema particular de agua potable. Consiste en la aprobación por parte de la autoridad
del proyecto y posteriormente de la recepción de éste.
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Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud
Registro de número de baños químicos.
Consiste en el conteo de baños químicos y su comparación con el número de trabajadores.
Resolución de aprobación y funcionamiento de las instalaciones sanitarias en la etapa de operación.
Consiste en la aprobación por parte de la autoridad para el funcionamiento de las instalaciones sanitarias.
Decreto Supremo con Fuerza Ley 725/1968 del Ministerio de Salud
Autorización de empresa transportista de residuos, para su transporte y disposición. Consiste en la aprobación por parte de la autoridad
sanitaria para que la empresa pueda realizar el transporte de residuos.
Autorización de funcionamiento del proyecto sanitario particular.
Consiste en la aprobación por parte de la autoridad para el funcionamiento de las instalaciones sanitarias.
Decreto Supremo N? 594/1999 del Ministerio de Salud
Procedimiento de Gestión de Residuos, presente en el Anexo 17 DE LA dia. El jefe de planta, encargado de planta o
prevencioncita de riesgo de la planta, deberá velar por el cumplimiento de éste procedimiento.
Decreto Supremo N? 148/2003 del Ministerio de Salud
Registros de residuos en la bodega:
Se mantendrá un registro de los residuos que se generan en la planta de procesamiento de áridos, con la finalidad de mantener un control de éstos, contenido en el respectivo plan de manejo de residuos peligrosos.
Registro de retiro y transporte y disposición de; residuos.
Se mantendrá un registro del retiro, transporte y disposición final de los residuos.
Resolución de la bodega de RESPEL por la Autoridad Sanitaria.
Consiste en la aprobación de la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos, que emite la autoridad sanitaria.
Decreto Supremo N? 46/2002 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia
Resolución de funcionamiento del proyecto particular de aguas servidas.
Consiste en la aprobación del sistema particular de aguas servidas por parte de la autoridad sanitaria.
Decreto Supremo N* 75/1987 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones
Registro de despacho de material procesado.
Se establece un registro de los camiones que salen de la planta, en el que se incluye como observación su el camión despachado va cubierto.
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Decreto Supremo N?* 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas (modificado por D.S. N” 1910/2003)
Registro de despacho de material procesado.
Se establece un registro de los camiones que salen de la planta, se registrarán las patentes
de los camiones de salida, donde cada patente al estar asociada a 1 camión y este tendrá un peso definido y de acuerdo a la cantidad de material que pueda transportar se determinará su peso.
Decreto Supremo N* 17.288/1970 del Ministerio de Educación Monumentos Nacionales
Se comunicará el hallazgo al Gobernador Provincial, de acuerdo a lo dispuesto en ell artículo 26 de la Ley sobre Monumentos Nacionales y el artículo 23 del Reglamento de la| citada Ley.
Consiste en la emisión de una carta, dirigida al
Consejo de Monumentos Nacionales, indicando el hallazgo de elementos con valor histórico.
Decreto Supremo N* 484/1990 del Ministerio de Educación Monumentos Nacionales
Registro de capacitación a trabajadores. Consistirá en la realización de una capacitación que detallará el tipo de elemento con interés arqueológico que se pudiesen encontrar en el área de proyecto.
Ley N* 19.473 Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)
Señalización adecuada.
Consiste en la instalación de señalética dentro del predio que indique la prohibición de cazar especies.
DL N* 701/1974: Fija régimen legal de los terrenos forestales Q preferentemente aptos para la forestación, y establece normas del fomento sobre la materia.
Resolución de CONAF.
Consiste en la aprobación sectorial del plan de manejo forestal.
D.S N*366/44: Regula la Corta o Explotación del Quillay
Autorización del SAG.
Consiste en una autorización para la corta de Quillaja saponaria, en donde se establecerán los plantes de compensar esta corta.
Ley N*18.892. Ley General de Pesca y Acuicultura, Artículo 1.
Inspección visual.
Consiste en la inspección del borde suroeste del proyecto, el cual mantendrá las condiciones topográficas iniciales.
Ley N*18.892. Ley General de Pesca y Acuicultura, Artículo 136.
Inspección visual.
Consiste en la inspección del borde suroeste del proyecto, el cual mantendrá las condiciones topográficas iniciales.
Decreto Supremo N*878/2011.
Inspección visual.
Consiste en la inspección del borde suroeste del proyecto, el cual mantendrá las condiciones topográficas iniciales.
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Para efectos de los proyectos que se someten al SEIA, el legislador ha establecido que los Permisos Ambientales permisos ambientales sectoriales son aquellos descritos en los artículos 138, 139, 142, 146, 149, 156 y 160
Compromisos Ambientales El titular no presenta ningún compromiso Voluntarios. ambiental Voluntario.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.
-
Que, para que el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío y al organismo fiscalizador que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Biobío, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.
-
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío
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RESUELVE:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra", presentado por Constructora Rivera Ltda., Rut: 76.004.890-9, representada legalmente por el Sr. José Aurelio Rivera Arriagada, Rut: 9.985.968-7, cuyo domicilio es Carriel Norte Parcela 1, Lote 5, Talcahuano.
-
DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.
-
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 138, 139, 142, 146, 149 y 160 del Decreto Supremo N 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N 19.300 modificada por la Ley N* 20.417.
-
Hacer presente que la autorización otorgada por este acto administrativo, no exime a Constructora Rivera Ltda. o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.
-
Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.
-
Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.
-
Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan en la materia a la Ilustre Municipalidad de Tucapel.
-
Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El
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plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportu
Anótese, Notifíquese, Zomunjquése y Archívese
Rodrigo Ggrizalo Wórner Intenderíte omisión de Evaltyación egión del Biopío
la. p A hesio Javier Rivas|Martínéz
rio (PT) Comisión de Evaldación Región del Biobío
DIRECCIÓN E
IO IN Y Distribución: |
José Aurelio Rivera Arriagada, Representante Legal del Proyecto Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío
Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío
Dirección Regional del SAG, Región del Biobío
Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío
Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío
Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Gobierno Regional, Región de Biobio
Ilustre Municipalidad de Tucapel
SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío
SEREMI de Minería, Región del Biobío
SEREMI de Salud, Región del Biobío
SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
SEREMI MOP, Región del Biobío
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Cc:
+. Encargada de Participación Ciudadana
-
Expediente del Proyecto "Aumento de extracción y procesamiento de áridos de pozo lastrero, Cruz de Piedra"
-
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Biobío
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