Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
XII REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
VISTOS:
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Califica Ambientalmente el proyecto "Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento par. Proyecto Colector Arenal"
Resolución Exenta N* 143/2014
Punta Arenas, 14 de Mayo de 2014
La Declaración de Impacto Ambiental (DIA), su Adenda de 24 de marzo de 2014 y su Adenda Complementaria de 11 de abril de 2014, del proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal”, presentado por ENAP Magallanes con fecha 20 de enero de 2014.
Los pronunciamientos y observaciones de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y que se detallan en el Capítulo 11 del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la DÍA del proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal” de 20 de enero de 2014.
El Acta de Evaluación N*037/2014 de 02 de mayo de 2014, elaborada por el Comité Técnico.
El ICE de la DIA del proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal” de 05 de mayo de 2014.
El Acta N*10 de 13 de mayo de 2014, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal”.
Lo dispuesto en la Ley N19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSETA) y la Resolución N*1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
CONSIDERANDO:
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», 1 Ubicación del Pmyecto y de sus partes, obras o acciones
Que ENAP Magallanes (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la DIA del proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal” (en adelante, el Proyecto).
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 05 de mayo de 2014, el Directo Regional(S) de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable al proyecto, cumple con los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial Mixto señalado en el artículo N137 del D.S. N40/2012; y no genera los efectos características o circunstancias del artículo 11 de la Ley 19,300, que dan origen a la necesidad de elaborar un Estudio de Impacto Ambiental.
Que, en sesión de fecha 13 de mayo de 2014, la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena acordó calificar favorablemente el proyecto “Reemplazo de Instalaciones de Producción en Superficie Existentes y Construcción de Complemento para Proyecto Colector Arenal”, aprobando íntegramente el contenido del ICE de fecha 05 de mayo de 2014, el que forma parte integrante de la presente resolución. Por lo tanto, conforme a lo indicado en el artículo 60 inciso segundo del RSEIA, se excluyen de la presente resolución las consideraciones en que se fundamenta.
Que para efectos de lo establecido en el artículo 25 ter de la Ley N” 19,300 y en el artículo 73 del RSEIA, la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución del Proyecto es la demarcación topográfica, la que se realizará en el área buffer evaluada para el desarrollo del levantamiento de los componentes ambientales (30 m de ancho total).
Qe los antecedentes generales del Proyecto son los que a continuación se indican: 2
Región de Magallanes y Antártica Chilena, Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Primavera, cspecíficamente al interior de Las Estancias La Araucana, Bahía Felipe y Rancho Grande.
Pb Descripción Coordenadas UTM / WGS 84 Ducto Longitud Punto Este Norte 10.420 m Inicio: Conexión Colector 447.985 4.148.298 Complemento -
a
1/6
6.
7.
| Colector Arenal |
| Fin: Trampa de Conexión | 439257 | 4143886 |
- Descripción de las etapas del Proy
eclo
2.1. Etapa de construeción
Fecha estimada de inicio
Mes | y 2 desde que se cuente con RCA.
Obra o acción que establece el
inicio de la etapa Inicio: Demarcación Topográfica
2.2 Etapa de operación
Fecha estimada de inicio
Julio de 2014
Obra o acción que establece el
inicio de la etapa Se inicia con el transparte del gas por el ducto
2.3 Etapa de cierre
Fecha estimada de inicio
Año 2034
Obra o acción que cslablece el
ánicio de la etapa Cierre del paso del gas
3, Gestión. acto o faena minima del Proyecto
Demarcación Topográfica
Que resultan aplicables al Proyecto el siguiente permiso ambiental sectorial, asociado a las
correspondientes obras, etapas o
actividades que se señalan en la siguiente ficha:
Permisos Ambientales Sectoriales Mixtos
Permiso para la aprobación del plan de cierre de una faena mincra, del artículo N?137 del RSEIA
Etapa del Proyecto a la cual corresponde
Abandono
Parte, obra o acción a que aplica
Ducto permanecerá enterrado
su otorgamiento
Condiciones o exigencias especificas para
No hay
Pronunciamiento del órgano competente
Oficio ORD N*1317 DRGA de fecha 01 de abril de 2014 de SERNAGEOMIN Zona Sur,
Que. de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de
cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
Componente Materio: Código Sanitario Norma D.F.L. N*725 Fase del Prosecto a la que aplica Construcción
Forma de cumplbniento
Se dispondrá de baños químicos y serán retirados por medio de camión aljibe auna instalación con permiso de la autoridad para tal efecto,
Indicador de cumplimiento
Manteniendn un registro de retira y disposición.
Componente/Materia: Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo
Narma
D.S. N?594/99
Fase del Proyecto a la que aplica
Conswucción
Forma de cumplimiento
Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y transportados vertedero autorizado de Punta Arenas por una empresa autorizada.
Para la etapa de construcción, se utilizarán haños químicos, donde las aguas servidas serán retiradas para la disposición final en un lugar autorizado.
indicador de cumplimiento
Manteniendo un registro de retiro y disposición.
Componentc/Materia: Seguridad Minera
Norma.
D.S. N*132/2004
Fase del Provccto a la que aplica
Todas las Fases
Forma de cumplimiento
Se presentará a SERNAGEOMIN el proyecto de explotación y RCA asociada.
Indicador de cumplimiento
Recepción por parte de SERNAGROMIN del respectivo proyecto de explotación y RCA Asociada.
Componente: Materia: Manejo de Residuos Peligrosos
Norma
D.S. N*148:03
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Forma de cumplimiento
Los residuos serán rotulados y almacenados de Inrma temporal en la bodega de almacenamiento temporal con que cuenta ENAP — Magallanes en Cerro Sombrero destinada para dicho efecto.
Indicador de cumplimiento
Sistema de Declaración y Seguimiento de Residuos Peligrosos, SIDREP.
Componente/Matcria: Ruido
Norma
D.S. N*146/97
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Forma de cumplimiento
Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo, éstas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Provecto y al tipo de máquinas a utilizar en esta clapa
Indicador de cumplimiento
Cumplimiento de ta normativa aplicable.
Componente;Materia: Cierre Faenas
Mineras
Norma
Ley N“20.351
Fase del Provecto a la que aplica
Cierre
Fonna de cumplimiento
El Títular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.531 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el articulo 4 de la ley.
Indicador de cumplimicmo
Recepción por parte de SERNAGEOMIN del respectivo plan de cierre de acuerdo a lo señalado cn cl artículo 4 de la ley.
Componente/Materia: Monumentos Nacionales
Norma
Ley N*17.288
Fase del Proyecto a la que aplica
Construcción
Forma de cumplimiento
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la
etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establcec en tos Artículos N26 y 27 de la Ley N17,288.
2/6
| Indicador de cumplimiento
| Monitoreo Arquenlógico remitido a la Superintendencia del Medio Ambiente. |
8, Que, durante el procedimiento de evaluación el Titular del Proyecto propuso los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
Compromiso voluntario: Se desarrollarán las obras relacinmadas, de tal manera de no alterar ni interrumpir el escurrimiento natural de aguas lluvias y deshiclos, evitando la formación de cuerpos de aguas artificiales en los terrenos aledaños.
Fase del Proyecto a la que aplica Forma de cumplimiento La acciíín se verificará en el lugar de la obra, una vez finalizada ésta. Iadicador de cumplimiento No existencia de cuerpos de aguas superficiales, posterior a las ohras. Compromiso voluntarin: Monitorear la construccifin, posterinr a la inducción al personal, con el objeto de reiterar la importancia de nn afectar áreas ajenas a la ejecución del Proyecto y asegurar de mejor forma la no alteración de los mecanismos de drenaje.
Construcción
Fase del Proyecto a la que aplica Cinstrucción E e El encargado de ENAP verificará la acción en el lugar de la obra, durante la 'orma de cumplimiento - >: construcción.
Indicador de cumplimiento No existencia de árcas afectadas ajenas al Proyecta,
-
Que, el Proyecto no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental, por cuanto no genera los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N” 19.300, según se detalla a continuación:
-
En cuanto al riesgo para la salud de la población.
El Proyccta no superará Ins valores establecidos en las normas primarias de calidad ambiental ni los valnres de ruído establecidos en Ja normativa ambiental vigentes. Las emisiones a la atmósfera serán en la forma de polvo en suspensión producto del movimiento de tierra y de la maquinaria requerida, la cual contará con sus revisiones técnicas al día. Las emisiones serán mínimas y no superarán los 2 meses,
Los efluentes liquidos corresponderán al tipo doméstico, específicamente a aguas servidas a alinacenar en estanques entre 12 y 15 m3 que serán retirados entre 3 y $ días por una empresa habilitada por la entidad sanitaria y los dispnndrá en la Planta de Tratamiento Primario de aguas servidas de Porvenir. El Proyecto no generará Residuos Industriales Liquidos.
Los residuos sólidos no peligrosos serán producto de soldaduras y despuntes metálicos, inferiores a 10 m3, mientras que los peligrosos serán guaipes, paños empetrolados, aceites y grasa, equivalentes a 35kg. Ambos serán almacenados temporalmente y rotulados señalando su clasificación y/o composición, los primeros, trasladados a vertedero autorizado, y los RESPEL, trasladados a la bodega de almacenamiento de Cerro Sombrero (Res, N”027/09),
Respecto a la presencia de población en el árca de influencia del proyecto, se puede señalar, que el poblado más cercano es Cerro Sombrero, el cual se localiza a 32,8 km. No hay impactos ya que no se generan emisiones ni residuos y la línea es subterránea No hav impactos ya que no se generan emisiones ni residuos y la línea es subterránea
Fasc de construcción
Fase de operación Fase de cierre
- En cuanto a los electos adversos significativos sobre recursos naturales renovables
La estepa presenta una susceptibilidad alta a la erosión del suelo, por lo tanto, se procurará un adecuado manejo de la vegetación para protegerlo, mediante la aplicación del Plan de intervención de la Cubierta Vegetal (PICV), que durante la ctapa de construcción de ta línea de flujo involucrará un uso efectivo de una franja de 12 m de ancho a lo largo de todo cl ducto, con una servidumbre autorizada por el propictario del predio, la cual se reducirá a un ancho de uso máximo de 6 m durante la etapa de operación. Mediante la aplicación de este plan durante las obras, se va a recuperar la cubierta vegetal intervenida en un 60% durante la segunda temporada de crecimiento del pastizal y de esta manera restituir las propiedades mecánicas del suclo y cl relicve natural de la pradera, posterior a la ejecución de las obras, evitando pérdidas o degradación del suclo por crosión, No se encontraron formaciones vegetales y flora silvestre co alguna categoría de conservación o riesgo. En cuanto a los Recursos Hidricos Superficiales presentes cn el árca de emplazamiento del Proyecto determinados mediante la identificación de la red de drenaje local, se puede concluir que las obras descritas atravcsarán 4 cauces naturales superficiales permanente que requerirán de los respectivos permisos sectoriales de atravieso de cauces ante la DGA.
Fase de operación No hay impactos ya que no se gcocran emisiones ni residuos y la línea es subterránea
Fase de cierre No hay impactos va que no se generan emisiones ni residuos y la linea es subterránea 3. En cuanto al reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos
Fase de construcción
No habrá rcasentamiento de Comunidades Humanas ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. La comuna de Primavera cuenta con 804 habitantes según el Censo más reciente cfcctuado el añn 2012, mientras que el centro urbano más cercano corresponde a Cerro Sombrero, ubicado a 32,8 km del Proyecto. el cual cuenta con una población estable de 420 habitantes y una población s, flotante que bordca las 1.200 personas.
_ Fase de operación No hay impactos ya que no se generan emisiones ni residuos y la línea es subterránea
Fasc de cierro No hay impactos ya que no se generan emisiones ni residuos y la línea es sublerránea
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