NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARÁN "LAGO TODOS LOS SANTOS"
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN X REGIÓN DE LOS LAGOS
Califica Ambientalmente el proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE — PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”"
Resolución Exenta N* 261
Puerto Montt, 30 de Abril de 2014
VISTOS:
1.-Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, en los artículos 1? y 39 transitorios del D.S. 40/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial del 12 de agosto de 2013; en el D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y en la Resolución N” 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
2.-La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARAN “LAGO TODOS LOS SANTOS”", presentada por el Señor Alberto Schirmer Roth, con fecha 23 de Diciembre de 2013.
3.-Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Referencia a los Informes de los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio N”12.600/297 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 21/01/2014; Oficio N“%45 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio NDF 15795 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio N71 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio N'086 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 24/01/2014; Oficio N17-EA/ 2014 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 24/01/2014; Oficio N125 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 27/01/2014; Oficio N226 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 30/01/2014; Oficio N'178 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 07/03/2014; Oficio N12.600/314 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Puerto Montt, con fecha 13/03/2014; Oficio N307 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 17/03/2014, Oficio NDF 17002 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos, con fecha 18/03/2014; Oficio N“209 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 18/03/2014, Oficio N”24-EA/2014 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con Jecha 19/03/2014; Oficio N(D.AC.) ORD. SEIA. N' 41 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 20/03/2014;
4.-El Acta de la Sesión N*4 de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 15 de abril de 2014.
5.-Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE — PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”".
CONSIDERANDO:
1.-Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE — PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”".
2.-Que, el derecho de el Señor Alberto Schirmer Roth a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
3.-Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE — PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”” consiste en:
3.1.- Descripción del Proyecto 3.1.1 Antecedentes Generales
El Proyecto NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE -— PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”, cuyo titular es el Sr. Alberto Schirmer Roth, consiste en cubrir la ruta Petrohue — Peulla, la cual se encuentra dentro del Parque Nacional Vicente Perez Rosales, con una nueva embarcación tipo catamarán.
El objetivo del proyecto es potenciar la localidad de Peulla como “destino turístico” y aumentar la ocupación de la capacidad hotelera del Titular, como también aumentar la oferta y frecuencia de cruce a doble del actual (2 viajes de ida y vuelta).
Para lo anterior el proyecto considera la construcción de una nave tipo Catamarán de Pasajeros, que consiste básicamente en dos cascos unidos por una estructura rígida y una superestructura de acero A-37-24-ES, equipado con dos motores marca Volvo de 450 HP c/u, ubicados en cada uno de los cascos, hélices de paso fijo, y diseñado para transportar hasta un total de 150 pasajeros.
3.1.2.- La vía de navegación
La ruta escogida se localiza en el lago “Todos los Santos”, al interior del Parque Nacional “Vicente Pérez Rosales” y constituye parte de la Ruta Internacional 225. El Proyecto no interviene ninguna zona del Parque que a la fecha no cuente con infraestructura suficiente para Su operación, dado que solo se utilizará la actualmente existente, tanto en la localidad de Petrohue como en la localidad de Peulla. Ambas localidades cuentan con la infraestructura necesaria para la operación de este tipo de embarcaciones, debido a que por una parte que se trata de una ruta internacional y por otra se cuenta con muelles habilitados para el efecto.
Respecto de la vía de navegación propiamente tal, se cuenta con terminales o muelles de propiedad fiscal, aptos para todo tipo de embarcaciones. La ruta es operada diariamente por la empresa “Andina del Sud” desde hace más de 10 años y localmente en el área del muelle fiscal de Petrohue, operan diversas embarcaciones menores pertenecientes a residentes, quienes se agrupan en sindicatos, pero que en su conjunto son conocidos como “Boteros de Petrohue”, quienes ofrecen paseos en lancha por los alrededores a los turistas que visitan Petrohue.
El lago “Todos los Santos”, corresponde a un curso de agua dulce que se origina en la desembocadura del río Peulla, afluente que se origina en las altas cumbres del Cerro Tronador, principal referente en altura del área (3.460 m.s.n.m.).
El lago también recibe el aporte de otros cursos de agua de menor envergadura, que nacen de los variados glaciares existentes alrededor de la cuenca. De hecho, se estima que en un principio el lago “Todos los Santos” era solo un cauce fluvial, que luego se ensancho y profundizo por la fuerza erosiva de los glaciares. Finalmente, el nivel de las aguas del lago, fluctúa alrededor de los 190 metros sobre el nivel del mar. La diferencia de cota varía entre 1 metro a 2,2 metros.
3.1.3.- Componentes principales de la Nave:
La embarcación contara con 3 cubiertas para la acomodación o uso de los pasajeros, de las cuales en la principal y superior se encontraran la totalidad de los asientos y en la pulpito (de sol), solo podrá permanecerse de a pie.
-Superestructura en Cubierta principal:
« Bajo techo
- Ventanas panorámicas de 1,2 m de alto
+» 96 asientos
» Cafetería
-
4 baños
-
2 accesos laterales
» 2 escaleras para el desplazamiento a las cubiertas superiores » 2 escotillas acceso a maleteros
- 2 escotillas acceso a los motores
-Superestructura en Cubierta Superior:
-
Bajo techo
-
Ventanas panorámicas de 1,2 m de alto
-
54 asientos
-
3 escaleras para desplazamiento hacia cubierta de sol y principal
-
Cabina exterior
-
Puente de mando
-Cubierta pulpito o de sol:
-
Cubierta provista de un toldo y/o cielo abierto
-
Sin asientos
-
l escalera
- 2 gruas
- Botes salvavidas
-Puente de Gobierno:
El puente de mando de la nave, constara con el equipamiento necesario para garantizar una navegación segura y confiable Los componentes principales serán los siguientes:
- Radar marino de 24 millas c/antena, pantalla de 12”, marca Raimarine
-
Equipo VHF Clase A c/antena
-
Radio marina HF con intercomunicador
-
Video ecosonda, marca Raimarine
» Navtel c/impresora
-
GPS/Chartplotter, marca Raimarine
-
Compás Magnético: un compás magnético con compensador diámetro de 6".
- Luces de navegación: Babor y Estribor, Tope, Ostela, Deriva y Fondeo
-
Escandallo con plomada de 50 m.
-
Banderas internacionales completo con caja.
» Pito de aire comprimido.
-
Pito manual.
-
Campana del barco en bronce con escuadra y nombre.
» Lámparas de señales diurnas
-
Lámparas morse.
-
Sistema de comunicación interna (citófono) con parlantes en diversas zonas de la nave (ver detalles en anexos).
-
Otros (equipamiento reglamentario completo, etc.)
-Seguridad:
El equipo de salvamento, está de acuerdo con los requerimientos de la Autoridad Marítima para este tipo de embarcaciones y consistirá básicamente en lo siguiente:
= 6 balsas salvavidas para 25 personas c/u
-
Bote de rescate c/motor
-
150 chalecos salvavidas adulto
-
30 chalecos salvavidas niños
-
2 Botiquín de primeros auxilios
-
6 aros salvavidas con luz y dos con ribaza3
-Equipos de Combate de Incendio
La nave constará con un completo equipamiento para el combate de incendio, el cual cumplirá con la normativa y reglamentos establecida por la Dirección General de territorio Marítimo y Marina (D.G.T.M.). Se instalará el circuito a manifold en cada una de las salas de máquinas y 4 grifos de 1 W' de diámetro (38 mm) en las cubiertas principales. Además, se considera la instalación de extintores de fuego a base de polvo químico y de espuma, siguiendo igualmente los reglamentos establecidos por la D.G.T. M.
El equipamiento será el siguiente:
- 6 Extintores de espuma de 6,5 k PQS
» 4 Extintores de CO2
*» 4 Hachas de mano
» 4 Grifos contra incendio
-
4 Mangueras angus de 2”
-
12 Detectores de humo
-
2 Sistemas de CO2 en salas de máquinas
Se hace presente, que el Proyecto contará con un Plan de Contingencia ante la institución responsable de supervigilar la operación de la embarcación. Este plan debe ser presentado como un requisito para la navegación y se realiza ante la Gobernación Marítima, lo cual se materializará al momento de presentar los antecedentes y solicitar los permisos para la operación.
Maquinarias de propulsión:
La nave posee dos motores principales, sus cajas reductoras e inversoras, accesorios como silenciadores y flexibles para el escape, los cuales serán adecuados para este tipo de naves e incluyen sistemas de alarma y accesorios que permiten su instalación y comandos.
Los motores principales (dos) son convencionales y presentan las características siguientes: » Marca Volvo Penta, Modelo D13 MH
» Potencia: 450 HP a 1.800 r.p.m.
-
Cantidad de Cilindros: 6
-
Sistema de enfriamiento: INTERCOOLER (Agua de Mar)
» Sistema de arranque: 24 Volt D.C.
- Sistema de Escape: Múltiple de escape. Codo a 90” para descargas húmeda de gases
» Sistema de Control: Electrónico ECU
Para mayor información, en el Anexo IV de la DIA, se incorpora un informe detallado con las características de los motores.
Grupos electrógeno y Bombas
-
2 grupos electrógenos de 30 y 40 KV refrigerados por intercambiador de calor
-
Bomba de trasvasije de petróleo de 24 volt JABCO
-
Bomba petróleo 220 volt (respaldo)
-
2 Bombas eléctricas central autocebante de 2 1/2” (Circuito de achique e incendios)
-
2 Bombas central autocebante de 2” (respaldo)
-
2 Bombas eléctricas Pedrolo CTM 158 1x1” (Circuito de aguas aceitosas)
-
Bomba trituradora de aguas servidas
-Sistema de Agua de Bebida y Sanitarios:
Se contempla, un set de presión de agua dulce compacto, del tipo domiciliario, que permitirás la captación de agua directamente desde el lago para las necesidades de la cafetería, baños y otros. No se contempla un estanque acumulador.
Para el consumo humano, se dispondrá de dispensadores. Para la purificación de las aguas servidas (negras y grises), se utilizará una planta de tratamiento ORCA III 50, con capacidad de tratamiento de 5.000 /día.
La planta de tratamiento considerada cubre con holgura las necesidades derivadas del uso del agua en la nave.
El sistema ORCA III, es una planta de tratamiento de aguas físico-químicas, especialmente diseñada para el tratamiento de aguas negras (aguas fecales) y aguas grises (aguas residuales de las duchas, cocinas, fregaderos, etc.). El sistema permite a todo tipo de embarcaciones, dar tratamiento y descargar al medio acuático todas las aguas residuales generadas por pasajeros y la tripulación, sin peligro para la salud o el medio ambiente acuático. La ORCA III está diseñada para cumplir con los requisitos de la OMI MEPC 159 (55) de la Organización Marítima Internacional (OMD), que especifica la calidad del agua descargada libre de residuos y contaminantes desde las plantas de tratamiento marinas. La planta opera en forma continua y solo bajo demanda, es totalmente automática en funcionamiento normal y requiere de bajos insumos.
3.1.4.- Etapas de Proyecto -Etapa de construcción
La construcción del Catamarán “Lago Todos los Santos”, no forma parte integrante del Proyecto, ya que su construcción ha sido encargada a la Sociedad Astilleros y Maestranza Skorpios S. A., empresa naviera de amplia experiencia en el rubro y de reconocido prestigio a nivel nacional como internacional con instalaciones en el sector de Chinquihue de la ciudad de Puerto Montt. Una vez terminada la nave, será entregada llave en mano a su mandante.
La Sociedad Astilleros Tenglo Ltda., será responsable además de realizar todas las pruebas y ensayos necesarios para garantizar el correcto funcionamiento de los sistemas mecánicos, eléctricos, estabilidad, tratamiento y evacuación de aguas sucias, de modo que cuando se ejecute la Prueba de Muelle, se pueda verificar en forma fehaciente el buen funcionamiento de todos los equipos. Finalmente, cumplidos todas las etapas, se procederá a la Prueba de Mar (lago).
De la misma manera, la constructora será responsable de utilizar los equipos, maquinarias y materiales requeridos por la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante para embarcaciones mayores.
Los plazos de construcción se estiman en 10 meses, luego de la firma del contrato respectivo. En consecuencia, la puesta en marcha del Catamarán “Lago Todos los Santos”, será en enero de 2.015.
-Etapa de operación
El Proyecto, consiste en la operación de un Catamarán de Pasaje que unirá las localidades de Petrohue y Peulla a través de la Ruta 225 en su tramo lacustre del lago “Todos los Santos”. El resumen del Proyecto de navegación, se muestra en el Cuadro siguiente:
Inicio de Operación Dentro de 2015
N? de pasajeros 150
N? de tripulantes 8
Lugar Lago “Todos los Santos”
Ruta Ruta internacional 225
Localidades Petrohué - Peulla
Amarre 2 Boyas (Petrohue y Peulla)
NP de viajes 2 viajes/día (ida y vuelta)
Horarios (*) 9:00 — 11:00 y 12:30— 18:00 Destinatarios Turistas nacionales e internacionales
Requerimientos de los consumos. A continuación se entrega una estimación de los consumos máximos y fuentes para el conjunto de ambas etapas operando a capacidad completa
ITEM N* HORAS L/HORA CONSUMO AÑO Petróleo 6 160 960 350.400 Aceites y lubricantes reses 48 17520
agua 2.342 litros 854.830 litros
El abastecimiento de petróleo, será efectuado a través de camiones especialmente acondicionados para el traslado de combustibles y que son propiedad de los distintos servicios de abastecimiento de combustibles, los cuales a través de mangueras conectadas directamente a los estanques de la nave entregarán el combustible necesario para las operaciones.
Los cambios de aceites y lubricantes serán efectuados de acuerdo a los programas de mantenimiento y los residuos serán acumulados en receptáculos especiales para luego ser entregados a una empresa especializada en residuos peligrosos para su disposición final. Esta actividad, será debidamente documentada.
La energía eléctrica para los requerimientos de la nave, provendrá de los alternadores que se ubican en los motores principales de la nave, cuando se trate de la carga de las baterías utilizadas en la partida de motores y de un alternador adicional para los consumos que se generen con la iluminación del Catamarán.
Tratamiento del agua para uso humano. El Catamarán no contara con servicio de preparación de alimentos o comidas y por lo tanto, no se considera una dependencia como cocina. Para consumo humano, se dispondrá de dispensadores y para los requerimientos de la cafetería y baños, se utilizará agua de lago.
Tratamiento de efluentes y disposición final de aguas tratadas. Para el tratamiento de las aguas negras y grises provenientes de los baños y cafetería, se instalará una planta de tratamiento de aguas residuales ORCA II 50 dimensionada para procesar 5.000 litros/día, lo cual excede con creces los requerimientos diarios calculados en 2.342 litros. Los detalles de la planta de tratamiento, sus componentes y funcionamiento han sido ampliamente detallados anteriormente y en el Anexo V, se entregan las especificaciones completas.
Retiro y disposición de Sólidos. El manejo de los sólidos provenientes de uso doméstico al interior de la nave, considera su almacenamiento en contenedores portátiles de 50 litros de capacidad y basureros distribuidos en toda la nave. Los receptáculos de basura, serán limpiados después del término de cada viaje y dispuestos en el basurero municipal de Petrohue.
A su vez, la cantidad de basura no será mayor, si se considera que habitualmente una persona genera del orden de 0,67 kg/día. En consecuencia, se espera que a plena capacidad la cantidad de basura será de aproximadamente (ida y vuelta), por lo cual al realizar una proporción de la cantidad de basura que deposita habitualmente una persona (0,67 kg./día), se tiene que aproximadamente de 12 kg.
- Etapa de Abandono
Al cumplirse la vida útil de 30 años, se considerará el traslado de la nave a otro destino para lo cual se dispondrán las medidas para no ocasionar derrames de combustibles u otros residuos, dando aviso con anticipación a las autoridades competentes. Por otro lado también está la opción de disponer su venta, para lo cual también se avisará a las autoridades competentes.
3.2.- Descargas y Residuos del Proyecto: -Aguas Servidas:
La embarcación incluye una Planta de tratamiento y disposición de aguas tratadas, ORCA III 50, con capacidad de tratamiento de 5.000 litros al día. Está diseñada para el tratamiento de aguas negras (aguas fecales), y aguas grises (aguas residuales de duchas, cocinas, etc). Las aguas residuales se descargan al mar (o al lago en este caso). La planta cumple con ordenanza DIRECTEMAR 12.600/931 y con el DS 90/2000
-Residuos Sólidos:
Residuos domiciliarios: Se calcula que se genera un promedio de 12 k de residuos por viaje, los cuales serán dispuestos en contenedor de residuos en Petrohue, los que finalmente son dispuestos en vertedero autorizado.
Lodos de la planta de tratamiento: Los lodos acumulados en la planta de tratamiento, serán debidamente registrados e informados a las autoridades de los Servicios competente. Para la mantención la planta será detenida y el estanque de recolección drenado y limpiado. Esta actividad será debidamente documentada e informada en el Reporte Ambiental semestral, que será enviado a las autoridades competentes. Los lodos serán retirados por una empresa autorizada y dispuesto en lugar autorizado.
Así mismo la Autoridad Marítima requiere que se cuente con: Un registro de las retiro de los lodos de su planta de tratamiento, donde se señale, fecha, hora volumen de lodo retirado y su destinatario, además debe mantener un registro de las personas capacitadas en la mantención de la referida planta.
4.-Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE -— PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS” cumple con:
4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:
¿ i
i
Forma de cumpl
_Materia _ ] Texto : Establece Medio Ambiente ' Constitución Política El derecho a vivir en un Sometimiento del proyecto a lo. e ambiente libre de ¡ establecido en la legislación vigente. Institucionalidad MA Vigente Ley 19.300 Bases del Í Normas generales y: El proyecto se somete al Sistema; Medio Ambiente y su | entrega de los ¿ de Evaluación de Impacto Ambiental ' modificación Instrumentos de Gestión | (SEIA). l
17
Ley ntal
D. S. N
e. |
95/02 ; Especifica los proyectos
Se presenta Declaración de Impacto | Reglamento del | que deben ingresar al | Ambiental la cual adjunta los : SEIA. SEIA, los criterios para | antecedentes que justifican que no se |
requiere un Estudio de Impacto: Ambiental, presenta la normativa __Ambiental_a cumplir, de que se requieren
decidir entre estudio o declaración de impacto ambiental (DIA__ o!
Paleontológicas i
EIA), los plazos y | de permisos ambientales y los procedimientos de | compromisos ambientales voluntarios. evaluación, los permisos | : ambientales sectoriales y | i otros antecedentes que se _ Ml | deberán cumplir. Protección de | Ley de Bosques del | Conservación de bosques | El Proyecto no afecta los recursos Bosques, año 1931 y sus | y protección de las aguas forestales Patrimonio actualizaciones A o o H Silvestre y áreas | Convención de | Protección de la Flora y ¡ El Proyecto considera los conceptos y | protegidas Washington, la que | Fauna y las Bellezas | estipulaciones de la referida norma fue ratificada por | Escénicas Naturales de + Decreto Supremo N” | América 531 de 23 de agosto de 1967, del Ministerio de Relaciones : Exteriores E ¡ Ley N? 18.362 del | Definiciones y objetivos | El Proyecto considera absolutamente los | ¡ año 1984, que crea el de las Reservas | conceptos y estipulaciones de la referida * Sistema Nacional Nacionales (Forestales) norma de Áreas — Silvestres Protegidas del Estado . a 2. Convenio sobre ; Conservar la diversidad l El Proyecto considera la conservación y Diversidad Biológica | biológica ' mantenimiento de la diversidad biológica. ' D, S. N' 1963 del año 1995 e. - ml A Ley N' 20.283, sobre | Proteger, recuperar y | El Proyecto no afecta los recursos Recuperación del ; mejorar este recurso : forestales. Bosque Nativo y | forestal Fomento Forestal 1. . D.S. N? 459/92 del | Declara que el lago | El Titular reconoce la tuición de la Ministerio de Bienes | Todos Los Santos está ¡ CONAF en las materias administrativas Nacionales i sometido a la Normativa | que señala la normativa. ¡ : legal y Reglamentaria l | que señala, y que SU El proyecto es compatible con las : ¡Administración actividades que están permitidas dentro : : corresponde a CONAF, | del Parque Nacional Vicente Perez como parte del Parque Rosales. A objeto de resguardar la ; Nacional Vicente Pérez | integridad del parque, se firmará un o _ Jj Rosales. __) convenio entre las partes. a DS 369/94 ' Actualiza deslindes del | El Titular reconoce la tuición de la Parque Vicente Perez | CONAF en las materias administrativas . Ñ Rosales que señala la normativa. e ; Patrimonio | Ley N” 17.288 de En la realización de las | Según los antecedentes tenidos a la | i obras, el titular deberá | vista, no se encontraron evidencias de Cultural i Monumentos informar a las | restos arqueológicos u otros. ' Nacionales y el autoridades — pertinentes ¡Artículo 23% del sobre cualquier hallazgo En todo caso se establece que el Titular Reglamento de deberá dar aviso a las autoridades : Excavaciones competentes ante el hallazgo de restos i y/o Prospecciones | arqueológicos, dando cuenta de cualquier | Arqueológicas, hallazgo arqueológico a las autoridades : Antropológicas y! competentes, cumpliendo así con lo i |
establecido en los artículos 26? y 27" de la *
¡Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y |
I en los artículos 20% y 23% de su! Reglamento sobre Excavaciones y/o: Prospecciones Arqueológicas, |
Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, : todos los cuales deberán ser
a e a a implementado ¡Residuos D.F.L. N* 725/67 Requisitos para ! El proyecto dispondrá de retiro de los ; Sólidos disposición final de | residuos que se generen en sus distintas | i
residuos sólidos etapas, disponiéndolos finalmente en lugares autorizados para tal efecto. Entr i | estos los lodos de la planta de tratamient ¡ i de la embarcación como los residuos | sólidos domiciliarios que se on la operación de la embar
Código Sanitário
| i
roducirán
4.2 Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VIL artículos 68 al 106 del D.S. N"95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5.-Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE -— PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior en consideración a los siguientes argumentos:
a) Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos.
Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no generará Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos en consideración a:
e Los residuos sólidos que se generen serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria cumpliendo la normativa vigente.
-
Lasaguas servidas que se generan serán dispuesta en sistema de tratamiento.
-
Las emisiones de ruido se ajustarán a la normativa vigente (DS 38/2011)
b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no provocará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.
Respecto al Recurso Agua:
El proyecto no afectará en forma significativa la cantidad y la calidad del recurso agua (Lago Todos Los Santos) ya que los residuos líquidos serán tratados. Así mismo no serán arrojados al Lago ningún tipo de residuos sólido.
c) Reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no provocará reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptible de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
En proyecto se ubica dentro del Parque Nacional Vicente Perez Rosales, sin embargo según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no afectará en forma significativa esta área protegida.
e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una ZONA.
Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que no habrá alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.
f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental no habrá alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
En todo caso se establece que el Titular deberá dar aviso a las autoridades competentes ante el hallazgo de restos arqueológicos, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26” y 27* de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20% y 23% de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el proponente.
6.-Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:
Se otorgará a la CORPORACION NACIONAL FORESTAL (CONAF,) y los jóvenes de Peulla que estudian en Petrohue o Puerto Varas, el traslado gratuito en el catamarán “Lago Todos los Santos”, como también personas adultas enfermas que requieran traslado desde Peulla a Petrohue.
7.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las
etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
-Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
- Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
10.-Que respecto a los planes de contingencia y medidas de seguridad del centro, se debe llevar un registro de las medidas propuestas y un registro de la aplicación del plan de seguimiento ambiental, en caso que corresponda. No obstante, en caso de los Planes de Contingencia, previo a su aplicación, debe notificar a la autoridad competente.
11.-Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, Autoridad Marítima y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.
12.-Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados desde el centro, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o sitios de disposición final autorizados.
13.-Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N” 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto. deberá ser entregada por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http:// www.sma.gob.cl. Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N*178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
14.-Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.
15.-Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
16.-Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos
RESUELVE:
1.-CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”",
2.-CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE -— PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”" cumple con la normativa de carácter ambiental, y que no requiere de ninguno de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
3.-Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Nofal Abud Maeztu”
Intendente nte Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos
Secretario Comisión de Evaluación
Región Ne jps Locos yS
AWSIJHS/MSA/LFAB Distribución:
- Alberto Schirmer Roth
Superintendencia de Medio Ambiente
Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos Dirección de Obras Portuarias, Región de Los Lagos Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos Dirección Regional de Pesca y Acuicultura, Región de Los Lagos Gobernación Marítima de Puerto Montt
Gobierno Regional, Región de Los Lagos
Ilustre Municipalidad de Puerto Varas
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Lagos SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos
SEREMI de Salud, Región de Los Lagos
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos SEREMI MOP, Región de Los Lagos
Sernatur, Región de Los Lagos
Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
C/c:
Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "NAVEGACIÓN Y TRANSPORTE DE PASAJEROS PETROHUE - PEULLA. CATAMARÁN “LAGO TODOS LOS SANTOS”"
e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos