Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA Califica ambientalmente el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" 0 a .D /2014 , VISTOS ESTOS ANTECEDENTES: 1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica", presentada por el Señor Julio Ignacio Valenzuela Ramírez, en representación de SERVIU Región de Arica y Parinacota, con fecha 23 de Diciembre de 2013. 2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos: Oficio N°50 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, con fecha 13/01/2014; Oficio N°6 sobre la DIA, por SERNATUR, Región de Arica y Parinacota, con fecha 13/01/2014; Oficio N°074 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Arica y Parinacota, con fecha 22/01/2014; Oficio N°122 sobre la DIA, por Dirección Regional de SERNAGEOMIN, Región de Arica y Parinacota, con fecha 22/01/2014; Oficio N°06-2014-A sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota, con fecha 22/01/2014; Oficio N°97 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Arica y Parinacota, con fecha 22/01/2014; Oficio N°0015 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota, con fecha 23/01/2014; Oficio N°0059 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota, con fecha 23/01/2014; Oficio N°29 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Arica y Parinacota, con fecha 23/01/2014; Oficio N°217/2014 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Arica, con fecha 24/01/2014; Oficio N°292 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/01/2014; Oficio N°201 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacional, Región de Arica y Parinacota, con fecha 31/01/2014; Oficio N°573 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Arica y Parinacota, con fecha 16/06/2014; Oficio N°472 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota, con fecha 17/06/2014; Oficio N°415 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota, con fecha 17/06/2014; Oficio N°101 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Arica y Parinacota, con fecha 17/06/2014; Oficio N°1348 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacional, Región de Arica y Parinacota, con fecha 17/06/2014; Oficio N°10-2014-A sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota, con fecha 17/06/2014; Oficio N°100 sobre la Adenda 1, por SERNATUR, Región de Arica y Parinacota, con fecha 19/06/2014; Oficio N°410 sobre la Adenda 1, por Gobierno Regional, Región de Arica y Parinacota, con fecha 20/06/2014; Oficio N°568 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Arica y Parinacota, con fecha 27/08/2014; Oficio N°12-08-2014-A sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota, con fecha 27/08/2014; Oficio N°2160 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Bienes Nacional, Región de Arica y Parinacota, con fecha 28/08/2014; Oficio N°129 sobre la Adenda 2, Resolución Exenta N'
Mica, 2 2 SEP 2011 por SERNATUR, Región de Arica y Parinacota, con fecha 29/08/2014; Oficio N°3191 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/08/2014; 3. El Acta de la Sesión Ordinaria N° 5 de la Comisión de Evaluación de la XV Región de Arica y Parinacota, de fecha 15/09/2014. 4. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica". 5. Lo dispuesto en la Ley N° 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2° del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N° 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N° 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N° 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto. CONSIDERANDO: Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica". Que, el derecho de SERVIU Región de Arica y Parinacota a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado. 3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" consiste en: 3.1 Superficie a) Superficie de intervención en polígono urbano. Etapa Superficie requerida (Has, Km, m2) Área 3 36.486 m2 Área 4 60.541 m2 Área de intervención (Área 3 y 4) Retiro de materiales. 116.275 m2 b) Superficie del depósito en Q° Encantada Alta. (tabla 1-10 de la Adenda 1) Depósito Actual Depósito Proyectado Buffer 100 m NORTE ESTE NORTE ESTE NORTE ESTE P1 368.118 7.958.521 368.118 7.958.521 368.117 7.958.373 P2 368.009 7.958.638 368.200 7.958.622 367.739 7.958.784 P3 368.118 7.958.725 368.034 7.958.820 368.015 7.958.994 P4 368.200 7.958.622 367.950 7.958.755 368.334 7.958.620 Superficie Ha. 2,11 8,30 17 3.2 Tipología del Proyecto: 0.11) Reparación o recuperación de terrenos que contengan contaminantes, que abarquen, una superficie igual o mayor a 10000m2. 3.3 Localización El proyecto se ejecutará en la Región de Anca y Parinacota, en la provincia de Anca, comuna de Anca, específicamente en El proyecto se localiza en el sector contiguo al Sitio F y corresponde a las etapas 3 y 4 del "Plan de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes" el cual se realiza en el Área 3 y además el área aledaña, denominada Área 4, que incluye a las poblaciones Industriales III y IV, así como también sectores de las áreas 1 y 2, que se ejecutarán en esta Etapa y que se incorporan en este nuevo estudio. En términos generales el sector a intervenir corresponde a un polígono que incluye principalmente zonas industriales, con presencia de parques lineales y plazas puntuales. Sus límites son Av. Renato Rocca por el sur; Av. Azola y Av. Argentina por el Poniente; Calle Antártica por el Norte y la avenida Capitán Ávalos por el Oriente. Además a raíz de las nuevas áreas a ser intervenidas, es que surge la necesidad de contar con un depósito con capacidad suficiente para la disposición de material contaminado, el cual se proyecta para el Lote B, aledaño al depósito de reapertura de Quebrada Encantada 3.4 Justificación de su localización Históricamente la ciudad de Anca ha sido un lugar de tránsito y acopio de minerales y residuos sólidos con altos contenidos de metales pesados y arsénico, producto del transporte histórico de minerales que ha existido entre el vecino país de Bolivia y el puerto de Anca, utilizando para ello la línea férrea, además de la internación a través del Puerto de Anca de residuos peligrosos con altos contenidos de plomo, arsénico, entre otros, cuyo acopio se materializó entre los años 1984 y 1985 en el denominado Sitio F del Barrio Industrial de Arica, que se ubica al noreste del centro de la ciudad. Específicamente, entre 1984 y 1985 la empresa Promel de Chile importó a la ciudad de Arica cerca de 20.000 toneladas de desechos catalogados como "Barro con contenidos metálicos", estos residuos provenían de la empresa Boliden Metal de Suecia. Posteriormente se verificaría que el contenido del producto tenía altas concentraciones de arsénico, fierro y plomo, además de la presencia de otros metales pesados como cadmio, mercurio, cobre y cinc. A pesar de que el sector tenía un uso de suelo destinado a actividades industriales, comenzaron a instalarse poblaciones aledañas al sitio contaminado. En ese tiempo el Plan Regulador no consideraba la zona dentro del radio urbano. Para el año 1995 ya estaban instaladas las poblaciones 'Los Industriales IV', 'Villa Los Laureles', 'Cerro Chuño', 'Villa El Solar' y 'Villa El Amanecer', por lo que el Servicio de Salud de Anca comenzó a gestionar el traslado de la fuente de contaminación que se encontraba en el medio de los nuevos residentes. En 1996 se declaró "Emergencia Sanitaria Ambiental", se constató que el riesgo de la población estaba dado principalmente por el tiempo de exposición a los residuos, la cercanía a ellos, la dirección de los vientos, y la edad de las personas expuestas. Posteriormente, en 1998, se programa el traslado de los residuos en un acuerdo denominado "Plan de Manejo de los Residuos Minerales de la Empresa Promel en Arica" elaborado por el Servicio de Salud de la ciudad. El material fue trasladado a un sector denominado Quebrada Encantada, lugar que contaba con las condiciones adecuadas para la disposición final de los residuos según el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN). En 1999 se realizó un cierre perimetral en el Sitio F, se niveló la superficie y se cubrió transitoriamente con una capa de arcilla de 20cm de espesor, para impedir la dispersión de los contaminantes a causa del viento. Las obras de remediación concluyeron con la pavimentación de la zona donde se depositaron los residuos. 3.5 Coordenadas En la Tabla 11-5 de la DIA: Coordenadas de ubicación del área de intervención Vértice Este Norte A 364.211 7.959.264 B 364.754 7.959.274 C _ 364.817 7.958.532 D 364.704 7.958.073 E 364.597 7.958.234 F 364.081 7.957.635 G 364.437 7.957.363 H 364.665 7.957.307 I 364.650 7.957.264 J 364.408 7.957.325 K 363.662 7.957.929 L 364.294 7.958.692 M 363.961 7.958.972 Punto Medio 364.290 7.958.228 Datum WGS 84 Huso 18 3.6 Descripción del proyecto La declaración de impacto ambiental corresponde a una modificación de proyecto concerniente a la realización de acciones tendientes a complementar el proyecto "Reposición de espacios públicos y áreas verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a sitio F, etapas 1 y 2, Arica", aprobado ambientalmente mediante Resolución Exenta N°014 del 28.01.2013. Es así como el proyecto original sufre cambios al aumentar las áreas a ser intervenidas, debiendo ser sometido al sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N° 3 del Reglamento del SETA en la letra o.11. Reparación o recuperación de terrenos que contengan contaminantes, que abarquen, en conjunto, una superficie igual o mayor a diez mil metros cuadrados (10.000 m2). A raíz de lo anterior, el presente documento corresponde a la descripción de las actividades del Proyecto "Ampliación del Proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como Medida de Mitigación de Sectores Contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4,Arica", en donde la necesidad de saneamiento se debe a la existencia de concentraciones de metales en el suelo que superan los límites aceptables para la salud de las personas, en especial la concentración de Arsénico que se encuentra por sobre las concentraciones naturales del suelo (valores basales o background del área), y por sobre los límites máximos establecidos por la Autoridad Ambiental de la Región de Arica y Parinacota (As = 20 mg/Kg). Por lo anterior, es necesario aplicar diferentes medidas de mitigación en el suelo del espacio público, de manera de evitar el contacto entre la población y el suelo, inhibiendo así la existencia de riesgo para la salud de las personas, medidas que consisten básicamente en remoción de la capa superficial de suelo y sellado de superficies mediante la repavimentación de veredas, pasajes y calles. Además se contempla la instalación de mobiliario urbano y luminarias, y la construcción de ciclovías en distintas áreas colindantes al Sitio F. Además como parte del proyecto se contempla la ampliación del depósito evaluado en la DIA ya señalada, habilitando el terreno contiguo (Lote B) a Quebrada Encantada como lugar de depósito de suelo contaminado. • Objetivo El objetivo del proyecto es la Ampliación de la Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de Mitigaciónde Sectores contiguos a sitio F, Etapas 3 y 4 Arica, producto de las operaciones de la Planta Promel que contaminó los alrededores del Sitio F en la Ciudad de Arica con metales pesados, entre ellos arsénico y plomo principalmente. El proyecto consiste en el retiro de pavimentos y la primera capa de suelos potencialmente contaminados con polimetales y la posterior repavimentación de calzadas con asfaltos. Páralas aceras se ha considerado la utilización de hormigones platachados, baldosas prefabricadas de hormigón en las vías contiguas al Sitio F. Se considera también obras de protección de taludes e instalación de señalética de demarcación vial. El proyecto considera además la intervención de áreas verdes a través de la construcción y mejoramiento de las existentes, con nuevo mobiliario urbano, iluminación y áreas de verdes del tipo desérticas. Los lugares a intervenir se describieron en el punto 2.2.1.1. de la DIA. El trabajo de Reposición de Espacios públicos se considera abordar en dos Fases; una Primera Fase (sucia) donde se considera toda la manipulación con el material potencialmente contaminado (retiro de pavimentos y escarpes de suelos), y una Segunda Fase (limpia), que corresponde a la pavimentación y reposición de mobiliario urbano y áreas verdes, que no se describe dado que sólo considera obras de pavimentación y construcción de áreas verdes que no tienen un impacto ambiental significativo sino por el contrario mejoran la calidad de vida de los vecinos beneficiados. La descripción que se desarrolla a continuación corresponde a la Primera Fase. a) Frentes de Trabajo Para la fase de retiro de los residuos de pavimentos y suelos potencialmente contaminados se instalarán pantallas antipolutivas cuyo objetivo es minimizar las emisiones de polvo del proyecto y la dispersión de contaminantes hacia las viviendas vecinas. Dentro de esta área se instalarán frentes de trabajo que tendrán un área de acceso única, en ella se instalará una unidad de cambio de ropa para los trabajadores, un baño químico, un dispensador de agua, un sector para lavado de ruedas. Mientras se ejecutan los trabajos de retiro de pavimentos y suelos se coordinará con los habitantes de las viviendas que enfrenten el área de trabajo, que durante el día de intervención no será posible acceder al espacio público, debido a que se encontrará instalada las barreras antipolutivas, las cuales impedirán el acceso a o salida desde las viviendas. En la medida de lo posible se les solicitará a los habitantes de las casas con frente a los lugares de intervención activo en su Fase Sucia, que abandonen la vivienda por el período de intervención que será entre 9:00 y 18:00 hrs, o en caso contrario se les solicitará que se mantengan dentro de sus habitaciones con puertas y ventanas cerradas. El tamaño del frente de trabajo donde se instalará la barrera antipolutiva, y por tanto el número de viviendas que enfrenta dicha área será determinado en terreno con el ITO y éste depende, en términos generales, del tipo de pavimento a remover, la superficie de veredas pavimentadas, la presencia de mobiliario urbano y otras variables que se determinen. El objeto de fijar esta área de faena es minimizar las molestias a los vecinos (especialmente en la fase de remoción de pavimentos), de manera que la instalación de las pantallas antipolutivas frente a cada vivienda, la afecte por sólo un día. Luego del retiro de los pavimentos, soleras y suelo, serializarán labores de compactado de manera de dejar el suelo preparado para la intervención de pavimentación, la que corresponde a la Fase Limpia, donde no se requiere de barreras antipolutivas. b) Retiro de Pavimentos, Suelos y Soleras El proyecto consulta el retiro de pavimentos, y luego el escarpe del primer horizonte de suelos contaminados bajo las calzadas y veredas, con una profundidad de excavación promedio de 17 cm en una superficie de aproximadamente 188.315.200 m2, con una generación de residuos cercana a los 32.000 m3 de suelos contaminados, y cerca de 7.300 m3 de escombros de pavimentos. Ver detalle de volúmenes y superficies por área de intervención en la Tabla 11-20 de la DIA: Resumen Generación de Residuos del proyecto. b.1) Retiro de pavimentos El procedimiento para esta demolición deberá ser en forma manual o mecanizada según el género del estrato, el cual será evaluado en terreno. Se deberá poner especial cuidado en no dañar los pavimentos y capas de materiales subyacentes contiguos a los de las áreas a demoler. Todo pavimento cuyo retiro no haya sido indicado y que resulte afectado, será reparado o removido. El nivel y superficie de cada demolición tendrá que ser determinado según las cotas descritas en las plantas y perfiles de los planos de pavimentación. Especial cuidado se deberá tener con los niveles de las instalaciones sanitarias y los criterios de las especificaciones particulares de estos proyectos. Para el cálculo del volumen de pavimentos a retirar se ha considerado un espesor promedio de 8 cm, estos incluyen pavimentos asfálticos de calles y pasajes y pavimentos de hormigón, pastelones o embaldosado de veredas. Los escombros resultantes de las remociones serán retirados de la zona de faena mediante excavadora o cargador frontal, cargados a camiones y llevados de inmediato al depósito de residuos de Quebrada Encantada autorizado para estos efectos. Se llevará un control mediante guía de despacho señalando el origen de los residuos y el volumen despachado a vertedero. Las guías de despacho serán registradas diariamente en el libro de obras. b.2) Retiro de suelo El suelo escarpado bajo veredas, pasajes y calles, se realiza para llegar a las cotas de proyecto, en general se trata del escarpe de 15 a 20 cm bajo el pavimento retirado. Este suelo se retirará mediante excavación con bobcat, retroexcavadora excavadora. El suelo retirado será dispuesto en maxisacas (Bigbags), los que serán cargados mediante un buzón (chute) con la excavadora o el cargador frontal, una vez llenos serán cargados a camión para ser llevados a lugar de disposición final. Toda esta faena será realizada en cada frente de trabajo, en un área debidamente confinada (Ver Sección° de la DIA). b.3) Remoción de Soleras Consiste en la remoción de soleras y elementos de mobiliario urbano y señalética, si es que corresponde, existentes en los sectores de intervención. Las soleras que sean removidas que sean reutilizables y que no sean colocadas, se acopiarán en los lugares indicados por la Inspección Técnica. Los escombros y soleras resultantes de la remoción deberán ser llevados de inmediato al depósito de residuos de Quebrada Encantada. Se contempla poner especial cuidado en la conservación y protección de la vegetación existente en terreno, si es que hubiera, que se mantendrá durante el desarrollo de la obra, para consolidar su plantación según proyecto. b.4) Recapado de Pavimentos Asfálticos Consiste en la remoción de una capa superficial de pavimento asfáltico de aproximadamente 3 cm., la cual es retirada por maquinaria especializada. Los residuos de este recapado serán llevados a Quebrada Encantada en camión tolva, ya que es un material inerte que no ha estado en contacto con el subsuelo. El recapado se realizará en aproximadamente 25.000 m2 y generará 5.000 m3 de residuos. c) Residuos En la faena se generan tres tipos principales de residuos, y para cada uno de ellos se requiere de un manejo distinto. Los residuos son: • Residuos de pavimentos y soleras. Los pavimentos y los escombros de soleras corresponden a residuos sólidos inertes que serán cargados en los frentes de trabajo directamente a camiones tolva y conducidos a lugar de disposición final en el depósito de Quebrada Encantada con su carga cubierta. • Residuos de suelos contaminados. El suelo escarpado en áreas de suelos desnudos o bajos pavimentos y veredas, genera el residuo de "suelos contaminado", el que será vaciado en Maxisacas dentro de los frentes de trabajo, empleando para ello un mini cargador o cargador frontal. Una vez llenos serán cargados en camión para ser dispuestos en el depósito de Quebrada Encantada. • Residuos de la limpieza (Polvos aspirados y trajes usados). Los residuos sólidos que se generarán en las aspiradoras utilizadas para la limpieza de polvos de las pantallas antipolutivas (ver sección2.6.1). El polvo contenido en la bolsa de la aspiradora será retirado junto a los suelos contaminados (dentro de maxisacos), con máximas precauciones para evitar su dispersión. Para ello se sacara el filtro y la bolsa de la aspiradora y se sacudirá dentro de un contenedor con doble bolsa de polietileno, la que posteriormente será depositada dentro de la maxisaca. Otro tipo de residuo que debe ser enviado al Depósito de Seguridad de Quebrada Encantada son los trajes que utilizarán los trabajadores en las áreas sucias (tipo TYVEK PRO-SAFE), los que se acopiarán en un contenedor especial ubicado en el sector de cambio de indumentaria. Todos los residuos sólidos resultantes de las actividades de limpieza serán almacenados en cada frente dentro de bolsas de polietileno, para su posterior disposición dentro de maxisacos y envió a Quebrada Encantada. Caracterización de los Residuos Respecto de la definición de la tipología de residuos de que se tratan para efectos de su forma de disposición, el estudio de Aura, 2012 realizó un Test de Lixiviación Inorgánico (Test TCLP Inorgánico Método EPA 1311), a cuatro muestras de suelo representativas de la peor condición esperable en cuanto a concentración de metales, con objeto de evaluar la solubilidad de éstos. Los resultados que se obtuvieron indican que bajo el método analizado las lixiviaciones de estos metales son muy bajas, y todas ellas se encuentran bajo el límite de Concentración Máxima Permisible según el D.S. 148, por lo que según la caracterización de estos suelos, para los efectos de su eliminación, se consideran como "Residuos No Peligrosos". Por su parte, el estudio realizado por Fundación Chile en el año 2010 ("Estudio de Factibilidad Técnico-Económico de Tecnologías de Remediación de Suelos en Arica", Febrero 2010), que analizó 3 muestras de suelo del área de estudio bajo el método de TCLP; y el estudio elaborado por AGQ América S.A (AGRIQUEM 2) en el año 2011 ("Estudio de la actualización de la presencia de metales pesados en el suelo, subsuelo y aire en el entorno poblacional Los Industriales, sitio F, de la ciudad de Arta", Agosto 2011), que analizó 4 muestras del suelo del área de estudio bajo el método de TCLP, llegan a los mismos resultados y conclusiones de Aura 2012 (ver Tabla siguiente). De hecho, AGRIQUEM 2, 2012 concluye "Según el Test de Lixiviación (Test TCLP Inorgánico Método EPA 1311) especificado para la caracterización de residuos peligrosos según el D.S. 148/03 MINSAL Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (Título II de dicho Reglamento) y los resultados obtenidos para este ensayo , se establece que las cuatro muestras seleccionadas cumplen con los niveles regulatorios establecidos, por lo que, bajo este criterio de caracterización, estos suelos, bajo el concepto de residuos, no corresponden a "residuos peligrosos" dado que no lixivian metales sobre los límites establecidos en el documento normativo". d) Volumen de Residuos La estimación de volúmenes de residuos a generar corresponde a diversas calles presentes en las áreasl, 2, 3 y 4, y que se disponen en el nuevo depósito de Quebrada Encantada, los cuales se presentan en las tablas 11-16, 11-17, 11-18, 11-19 y II- 20 de la DIA. El resumen de los residuos se indica en la tabla 11-20 y 11-21 de la DIA, como sigue: TABLA 11-20 de la DIA: RESUMEN GENERACIÓN DE RESIDUOS DEL PROYECTO ÁREAS INERTES SUELO CONTAMINADO P. ASFALTICOS VOLUMEN TOTAL A DISPONER Superficie Intervención Volumen Escombros Sup. Bajo Inerte Volumen Escarpe Bajo Inerte Superficie Suelo Desnudo Volumen Escarpe Suelo Desnudo Volúmen Total Suelo Contaminado Superficie Recapado Volumen recapado m2 m3 m2 m3 m2 m3 m3 m2 m3 m3 1 4.954 111 418 4.954 495 27.037 5.407 5.903 6.321 2 12.664 1.303 12.664 1.266 46.636 9.137 10.406 14.650 4.664 16.373 3 13.041 1.128 12.250 1.304 24.233 4.688 5.992 10.425 313 7.433 4 60.541 4.454 55.870 9.498 4.671 934 10.432 14.886 TOTAL 91.200 7.303 85.739 12.563 102.576 20.166 32.734 25.075 4.977 45.013 Adicionalmente a los volúmenes presentados se considera el desmantelamiento completo de la población denominada Cerro Chuño, sector que aportará un volumen de escombros cercano a los 100.850 m3, sumado entre las demoliciones y retiro de pavimentos del sector. A su vez en la tabla que se muestra a continuación, se presentan los volúmenes totales de disposición de residuos del proyecto. TABLA 11-21 DE LA DIA: RESUMENVOLUMEN DE DISPOSICIÓN DE RESIDUOS DEL PROYECTO INERTES(m3) CONTAMINADO(m3) TOTAL(m3) Cantidad de residuos 7.303 37.710 45.013 % esponjamiento 70% 30% Residuos con esponjamiento 12.415 49.023 61.438 Compactación 20% 9.932 39.219 49.150 Volumen Demoliciones C. Chuño 73.173 122.323 Volumen Pavimentos C. Chuño 27.677 150.000 Volumen de Reserva 10.000 160.000 Se ha considerado un volumen de diseño para el depósito de 160.000 m3. e) Transporte de residuos El carguío del material se realizará siempre dentro de un área debidamente confinada (frente de trabajo) dentro del cierre antipolutivo. Para el transporte del material a granel (residuos inertes) se considera el uso de camiones tolva. Para el material envasado en maxisacos o bigbags, podrá usarse camiones con rampla plana. En ambos casos deberá considerarse el encarpado del camión y un adecuado estibaje y eslingado de la carga, según corresponda. Fuera del límite urbano (camino de tierra de acceso al depósito Quebrada Encantada), los camiones cargados con residuos deberán ser conducidos con precaución y a una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora, se debe tener especial precaución en el paso de varias hondonadas existentes en el trayecto. En las zonas más cercanas a la población se debe extremar las precauciones por presencia de niños jugando. Cabe mencionar, que se ha considerado un plan de contingencia en caso de accidentes en el traslado y disposición de los residuos (ver sección O y Anexo D, Plan de Contingencia Transporte). A continuación se muestra una tabla de resumen con la cantidad total de residuos a transportar y número de camionadas requeridas (Se considera para el cálculo del transporte un esponjamiento del 70% para residuos inertes (escombros) transportados a granel, y un 30% para suelos contaminados transportados en maxisacos. Para el cálculo de n° de viajes se considera un camión con capacidad para 7 m3/viaje): TABLA 11-22 DE LA DIA: GENERACIÓN DE RESIDUOS Y N° DE VIAJES EN LAS ÁREAS DE INTERVENCIÓN ÁREAS Inertes Suelo Contaminado Ne de Viajes Volúmenes Esponjamiento en Transporte (70%) N2 Viajes / Granel Volúmenes Esponjamiento en Transporte (30%) Ne Viajes / Maxisacos m3 m3 Ne m3 m3 N2 N9 1 418 711 1 t 5.903 7.674 1.096 ' 1.198 2 1.303 2.215 315 ' 15.070 19.591 2.799 3.115 3 1.128 1.917 2 6.305 8.197 1.171 1.445 4 4.454 7.572 1.08 10.432 13.562 1.9 Total 5.582 9.489 1.356 16.737 21.759 3, -6, 8.778 Dado que la intervención será gradual se estima que se tendrá un tiempo efectivo de 8 meses en transporte del material extraído de la totalidad del Área durante la Fase Sucia, lo que da un promedio de 45 viajes diarios a depósito Quebrada Encantada. f) Rutas de Traslado de Residuos Las rutas urbanas pavimentadas que se utilizarán para el traslado de los residuos desde las áreas 1, 2, 3 y 4 hacia el inicio de la ruta de tierra que conduce al Depósito de Quebrada Encantada se muestran en azul, que corresponde al trazado de la ruta por vías de tierra que se encuentran fuera de los límites urbanos de la comuna de Anca. El camino rural comienza en la intersección de la calle San Francisco con Morrillos en el sector El Tofo, y desde allí se llega al depósito de los residuos en la Quebrada Encantada. • Rutas de traslado de residuos dentro del límite urbano Desde el Área 1 Al este por Avenida Renato Roca hasta Rotonda en la intersección con Avenida Capitán Ávalos al norte hasta la esquina con calle Morrillos, se sube hasta el límite urbano, se sigue por caminos vecinales fuera del área urbana hasta empalmar con la ruta al depósito (descrita más adelante). Ver detalles en Figura II - 25 de la DIA Desde el Área 2 Dependiendo del lugar de intervención (el más alejado es Parque Tupungato) vehículos cargados toman al noreste por Avenida Antártica luego viran a la derecha (al sur este) por avenida Capitán Ávalos hasta la Rotonda en la intersección con Avenida Renato Roca retorna al Norte por Avenida Capitán Ávalos hasta la esquina con calle Morrillos, se sube hasta el límite urbano, se sigue por caminos vecinales fuera del área urbana hasta empalmar con la ruta al depósito (descrita más adelante).Ver detalles en Figura II — 26. Desde el Área 3 Dependiendo del lugar de intervención (el más alejado es Avenida La Paz) vehículos cargados toman al sureste por Avenida Alejandro Azola luego viran a la izquierda por Avenida Renato Rocca hasta la Rotonda en la intersección con Avenida Capitán Ávalos retorna al Norte por Avenida Capitán Ávalos hasta la esquina con calle Morrillos, se sube hasta el límite urbano, se sigue por caminos vecinales fuera del área urbana hasta empalmar con la ruta al depósito (descrita más adelante).Ver detalles en Figura II —27 Los restantes lugares de intervención se encuentran en las vecindades de la Avenida Alejandro Azola por lo que la ruta primaria es llegar a la Av. Azola y seguir el recorrido señalado. Desde el Área 4 Vehículos cargados toman Avenida Capitán Ávalos hasta la Rotonda en la intersección con Avenida Renato Roca retorna al Norte por Avenida Capitán Ávalos hasta la esquina con calle Morrillos, se sube hasta el límite urbano, se sigue por caminos vecinales fuera del área urbana hasta empalmar con la ruta al depósito. Ver detalles en las Figuras II — 28,11-29, 11-30 y 11-31 de la DIA g) Ruta de traslado de residuos fuera del límite urbano (sector El Tofo) hacia Depósito Las rutas en el área rural serán demarcadas cada 50 metros con una estaca con banderín para evitar el extravío de los conductores. • Los camiones cargados llegan a la Calle Morrillos (Km 0.000 puntos 219 — 220) toma huella y sigue hasta el depósito. • En el punto 221 (Km 0,666) existe un badén que al momento de la visita presentaba gran cantidad de basuras. • El camino no presenta mayores problemas en el trazado (señalados con el Punto 221 a 235 Km 1,930 en la siguiente figura) en esa esquina se gira a la derecha y se avanza por la parte alta del sector de invernaderos hasta el punto 233 (Km 2,640) • Entre el punto 233 (Km 2,650) y 224 (Km 2,800) se encuentra la zona con mayor pendiente aproximadamente 20% (11°). • En el punto 224 (Km 2,800) se encuentra el cruce de la ruta con un oleoducto, se recomienda precaución. • Desde punto 231 en adelante el trayecto se hace más plano y sin inconvenientes de ninguna naturaleza. • Cabe mencionar que el camino descrito fue utilizado anteriormente por los camiones que dispusieron residuos en el Depósito de Quebrada Encantada. En la Figura 11-32 de la DIA, se indica la Ruta de Camiones desde límite urbano hasta depósito de Quebrada Encantada (trazado en Azul). 3.6.1. Lugar de Disposición Final La disposición se realizará en el Depósito de Quebrada Encantada, lugar ya existente, que cuenta con las autorizaciones correspondientes para su reapertura. No obstante lo anterior, dado los volúmenes de residuos que se estima serán depositados y considerando que se están depositando los residuos de las áreas 1 y 2, se ha estimado desarrollar y habilitar la ampliación del depósito de manera de cubrir las necesidades que se plantean en la presente DIA, en términos de la disposición final de los residuos que se generarán en las áreas 1,2, 3 y 4, así como también los que se generarán posteriormente por el desmantelamiento de la población en Cerro Chuño. En el punto 2.d) del presente informe, la tabla 11-21, se ha estimado un volumen total de 160.000 m3 de diseño, para la disposición de los residuos. En la Adenda 2, se indican las dimensiones detalladas del depósito de quebrada Encantada Alta, que en específico considera las siguientes medidas aproximadas: Largo del recinto: 350 mt. Ancho del recinto: 170 mts. Largo del terreno total considerando 100 mts de buffer a ambos lados: 545 mts Ancho del terreno total considerando 100 mts de buffer a ambos lados: 370 mts. a) Infraestructura mínima en el lugar de disposición El depósito de residuos cuenta con una infraestructura mínima que considera las siguientes instalaciones, dentro del área de intervención a modo de no alterar áreas aledañas ajenas al proyecto, a saber: (En la Fotografía 11-14 de la DIA, se ilustran las Instalaciones existentes en Quebrada Encantada). • Oficina administrativa: Se cuenta con la implementación de una oficina administrativa, donde se dispone de una copia plastificada de los planos, especificaciones técnicas y bases administrativas de la operación de depósito. Esta oficina será de uso particular del Contratista, pudiendo el ITO hacer uso eventual de la instalación con ocasión de sus visitas periódicas a la obra. En ella se mantendrá el registro de los vehículos que ingresen al depósito, libro de obras y novedades. • Recinto para obreros: Con vestidores y comedor habilitado de acuerdo a D.S. 594/99, que permita cambiarse ropa, dejar sus objetos personales, y por ello que sirva de vestuario, estar, etc. para cumplir con los requisitos que la Ley Laboral exige. • Dotación de Agua Potable: La dotación de agua potable de los trabajadores que se encuentren en obras es a través de dispensadores de agua purificada en la cantidad necesaria para cumplir con los requerimientos mínimos por persona. Esta agua se encuentra disponible en forma oportuna y con fácil acceso para cada uno de los trabajadores que se encuentren en la obra, en cumplimiento del DS 594/99 MINSAL. • Servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas: La empresa contratista cuenta con baños químicos en la faena con la finalidad de dar solución al problema de la disponibilidad de servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas, contratando el servicio de una empresa especializada en la comuna de Arica para facilitar de esta forma que la mantención de este servicio sea siempre oportuna. Los servicios higiénicos para los trabajadores se implementan de acuerdo a lo señalado en el DS 594/99, para servir los requerimientos del personal de obra. Contando al menos con: Inodoro (WC), lavamanos, espejo, porta rollo papel higiénico, papelero, y suministro de agua. En la Fotografía 11-15 de la DIA se muestra el Recinto para los trabajadores en Quebrada Encantada • Rodoluvio (lavado de ruedas): La empresa contratista cuenta con un rodoluvio, ya construido, para la descontaminación de las ruedas de los vehículos que salen del depósito. El lodo del rodoluvio será empacado en bolsas de polietileno y dispuesto en el frente de trabajo de los residuos. • Cierre Perimetral: La empresa contratista deberá construir un cierre perimetral alrededor dela superficie de ampliación del depósito. • Portones de Acceso y Salida de Camiones La empresa contratista deberá trasladar el actual portón y construir además uno nuevo de acceso en la parte alta del relleno, el portón de salida deberá estar en las cercanías del rodoluvio para que los camiones tras descontaminar las ruedas salgan del depósito. • Habilitación del Depósito La empresa contratista deberá realizar un escarpado y compactación de la base del terreno a través de placa vibradora o rodillo de 400 a 500kg./cm2, manteniendo las especificaciones de la RCA 166/2001 (en Anexo F de la DIA). En la Fotografía 11-16 de la DIA se ilustra el Rodoluvio e Instalaciones de Quebrada Encantada b) Diseño del lugar de disposición Para ello se considera la situación original que corresponde a la reapertura de Quebrada Encantada, cuyo diseño actual se aprecia en las siguientes figuras: 11-33 Diseño Actual Quebrada Encantada y Plano Topográfico depósito Actual se adjunta en Anexo H Topografía. Teniendo en consideración que el anterior diseño estaba formulado para recibir los residuos provenientes delas áreas 1 y 2, se procedió a diseñar una ampliación del depósito considerando como escenario base el presentado en la figura anterior, es decir, el diseño final de la reapertura de Quebrada Encantada considera la situación actual más un volumen aproximadamente 160.000 m3 correspondientes a los requerimientos para depositar los residuos de los trabajos de mejoramiento no considerados en la etapa anterior de las Áreas 1, 2 y 3, además de los que se realizarán en el Área 4 que no fue evaluada en la DIA Anterior, los que en total suman un poco menos de 45.000 m3. También se ha considerado reservar espacio para la disposición de los residuos y escombros del sector Cerro Chuño área que será demolida en un futuro cercano, el volumen estimado de residuos que se generaran de ese sector alcanza a los 100.850 m3. Además se ha considerado un factor de seguridad de un 6,6% equivalente a 10.000 m3, como volumen de reserva para captar o asumir diferencias que pudieran generarse. El diseño del nuevo relleno y los perfiles correspondientes se pueden apreciar en las figuras siguientes de la DIA: - Figura 11-1: Diseño Final Ampliación Quebrada Encantada - Los Planos correspondientes a este diseño se adjuntan en Anexo H-Topografía - Figura 11-2: Perfil LONGITUDINAL Diseño Final Ampliación Quebrada Encantada - Figura 11-3: Perfiles trasversales Diseño Final Ampliación Quebrada Encantada El cierre final considera la colocación de una geomembrana de HDPE texturada de 1 mm de espesor sobre la cual se colocará material inerte en un espesor no inferior a los 30 cm, sobre esta capa de material inerte se colocará material granulado bajo 3" de manera de evitar que el viento erosione la superficie del depósito. c) Monitoreo En el adenda 2 el titular, se compromete a realizar un monitoreo de suelo y su respectivo seguimiento en el sector de disposición final; esto puede contemplar un muestreo de suelo radial incluyendo los analitos Pb y As, en las direcciones norte, sur, este y oeste, considerando un distanciamiento desde el cierre perimetral de 10, 30, 60, 90 y 120 metros. Se realizará un muestreo antes de iniciar la construcción y posteriormente durante un periodo de 3 años. Una vez al año realizará dicho muestreo de seguimiento, continuidad que será evaluado por esta Autoridad Sanitaria y ambiental 3.6.2. Áreas de Trabajo Como se describió anteriormente las áreas de trabajo consideran la ejecución de obras de retiro de pavimentos, recapado de asfaltos, retiro de soleras y de suelos. Para la correcta ejecución de las obras se considera en las cercanías del área la habilitación de una instalación de faenas permanente durante toda la ejecución de las obras, donde se guarden las maquinarias, los trabajadores puedan cambiarse de ropa, almorzar y asearse una vez finalizada la faena diaria. Por otra parte en cada frente de trabajo se habilitará una instalación transitoria que será empleada durante la fase sucia de las obras de mejoramiento la que será instalada antes de iniciar el retiro de pavimentos y soleras a) Instalación de Faenas. El contratista deberá habilitar las siguientes instalaciones y servicios de faena, dentro del área de intervención a modo de no alterar áreas aledañas ajenas al proyecto, a saber: • Oficinas Administrativas • Bodega de materiales. • Recinto para Obreros • Dotación de Agua Potable y Servicios Higiénicos • Caseta para Cuidador • Talleres de Trabajo Las que se describen a continuación: • Oficina administrativa: Se considera la implementación de una oficina administrativa, donde se dispondrá en forma cómoda de una copia plastificada de los planos, especificaciones técnicas y bases administrativas. Esta oficina será de uso particular del Contratista, pudiendo el ITO hacer uso eventual de la instalación con ocasión de sus visitas periódicas a la obra. Su materialidad puede ser del tipo contenedores habilitados. • Bodega de materiales: Para el acopio de materiales, custodia de herramientas, equipos y materiales, serán las que la empresa determine, siempre que aseguren la buena conservación de los materiales y permitan realizar un fácil inventario de los elementos a pie de obra. Se tendrá especial cuidado a fin de evitar accidentes con los elementos inflamables, explosivos o corrosivos que se mantengan en obra, los cuales serán acopiados de acuerdo a las recomendaciones del proveedor. Los elementos de alto riesgo tales como Oxigeno, acetileno, etc. serán expresamente controlados y se debe verificar el perfecto estado de los equipos y estanques, así como su correcto uso. • Recinto para obreros: Que permita cambiarse ropa, dejar sus objetos personales, y por ello que sirva de vestuario, estar, etc. para cumplir con los requisitos que la Ley Laboral exige. Su materialidad puede ser del tipo contenedores habilitados. • Dotación de Agua Potable y Servicios higiénicos: Debe considerar la dotación de agua potable de los trabajadores que se encuentren en obras, contar con dispensadores de agua purificada en la cantidad necesaria para cumplir con los requerimientos mínimos por persona. Esta agua se encontrará disponible en forma oportuna y con fácil acceso para cada uno de los trabajadores que se encuentren en la obra. La empresa contratista considerará la instalación de baños químicos en la faena con la finalidad de dar solución al problema de la disponibilidad de servicios higiénicos y evacuación de aguas servidas. Deberá contratar el servicio con una empresa especializada en la comuna de Arica para facilitar de esta forma que la mantención de este servicio sea siempre oportuna. Los servicios higiénicos para los trabajadores se implementarán de acuerdo a lo señalado en el DS 594/1999MINSAL,para servir los requerimientos del personal de obra. Se incluirá a lo menos: Inodoro (WC), lavamanos, espejo, porta rollo papel higiénico, papelero, suministro de agua potable. Se considerará la instalación de un área de aseo personal, zonas de cambio de ropa y contenedores de basura. Como medida de control, no se permitirá comer, beber y fumar en áreas donde sólidos o líquidos conteniendo compuestos de plomo o arsénico sean manejados, procesados, o almacenados. Su materialidad puede ser del tipo contenedores habilitados. • Caseta para Cuidador: Será determinada por el Ingeniero a cargo de la obra y debe contar con un lugar apto para descansar y distinto del lugar para preparar alimentos, podrá usar el mismo sistema de servicios higiénicos del resto del personal de obra. La caseta del cuidador podrá ser reemplazada por un lugar para el Rondín que a la vez cumpla funciones de portero y vigilante. b) Frente Trabajo Diario durante Etapa Sucia Los frentes de trabajo tendrán un área de acceso única, en ella se instalará una unidad de cambio de ropa para los trabajadores, un baño químico, un dispensador de agua, un sector para lavado de ruedas de camiones y maquinaria, todo ello dentro del área confinada (barrera antipolutiva). • Unidad de Cambio de Ropa: La empresa deberá construir una instalación para cambio de ropa de los trabajadores antes del ingreso a la faena sólo para la etapa de remoción de material contaminado que estará dividida en un área limpia, por donde acceden los trabajadores provenientes desde la instalación de faena con ropa de trabajo (por ejemplo un buzo de tela), el que deberá cambiarse por el traje tipo TYVEK PRO- SAFE, para el ingreso al área de trabajo. Estos trajes son desechables y se deben cambiar a diario. Al término de la faena, el trabajador accederá por el Área Sucia, en la unidad de Cambio de Ropa, procediendo en ella a sacarse el traje utilizado durante el día, para su disposición en un contenedor habilitado, para luego pasar hacia el Área Limpia y colocarse su ropa de trabajo normal con la cual saldrá del frente de trabajo. Los trajes usados deberán ser dispuestos y manejados como residuos contaminados, llevándolos posteriormente a disposición final en Quebrada Encantada. Cada uno de los trabajadores que se encuentre presente en la obra, deberá contar con al menos un traje diario y no podrá circular con ellos fuera de las áreas de faena. • Instalación área de lavado de ruedas: Se debe construir un área de lavado de ruedas dentro del área a intervenir, para los camiones que retiran los residuos de pavimentos desde el área de faena. Se ha diseñado una estructura móvil que consiste en una cubeta impermeable, con capacidad para 1 eje por vez, rodeada de un murete de 10 cm de altura, para contener el agua utilizada en el lavado. Las ruedas serán lavadas por cada eje con hidrolavadora y se cuidará que las aguas de lavado caigan dentro de la cubeta impermeabilizada. El agua remanente será utilizada en la humectación del suelo trabajado. La cubeta del área de lavado será barrida al final del día para retirar los residuos sólidos que serán posteriormente llevados a Quebrada Encantada. En la figura 11-38 de la DIA se muestra el plano esquemático frente de trabajo / área confinada. 3.63. PLAN DE CONTINGENCIA EN TRANSPORTE DE RESIDUOS Se ha considerado un plan de contingencia en caso de accidentes en el traslado y disposición de los residuos (ver Anexo D, de la DIA, Plan de Contingencia Transporte) para abordar posibles accidentes que ocurran durante el proceso de transporte, que incluye los siguientes aspectos: • Evaluación del derrame. • Contención del derrame. • Recuperación del material. • Metas de limpieza. • Traslado a depósito Quebrada Encantada. • Organismos a los que se avisará. 3.6.4. COORDINACIÓN CON LA COMUNIDAD / PLAN COMUNICACIONAL Se implementará un Equipo Asesor Comunicacional que establezca conjuntamente con el comité técnico, una estrategia de información permanente a la comunidad. Para ello es recomendable actuar con un alto grado de transparencia sobre todo considerando el nivel de afectación, los problemas y deseos de la comunidad respecto las condiciones ambientales sanas. El Plan Comunicacional y de Gestión con la Comunidad contempla lo siguiente: • Informar sobre la necesidad de intervención. • La programación de ejecución de las obras, cronograma de actividades donde se señale de manera clara las fechas de intervención en cada uno de los lugares. • Coordinar con cada junta vecinal y con las viviendas de cada cuadra o pasaje que será intervenido, la necesidad de que durante los trabajos no exista tránsito de personas por los distintos frentes de trabajo. Desde el inicio del proyecto existirá un acompañamiento permanente en las obras de terreno de profesionales del área social, los cuales informarán mediante diversos recursos las acciones emprendidas y responderán las inquietudes de la comunidad en torno a los avances del proyecto. Se encargarán de resolver in situ cualquier complejidad que surja en la ejecución de las obras. De la misma forma, se informará oportunamente a las autoridades políticas de toda situación que amerite un apoyo gubernamental. Se contempla la entrega de material informativo-didáctico para los pobladores. Empleando un lenguaje directo, transparente, explicativo y simple, se entregarán los siguientes productos o acciones: • Asamblea informativa de inicio del proyecto donde se informará de cada una de las etapas de proyecto. • Diseño y entrega de dípticos y cartillas puerta a puerta en conjunto con vecinos y dirigentes comunitarios para informar y sensibilizar a los vecinos/as. • Notas en paneles informativos ubicados en lugares de cotidiana concurrencia en el sector pob laciona I. • Generación de comunicados periódicos para que difunda las actividades que se están llevando a cabo y de esta manera se informe a los medios de comunicación de la comuna, región y del país. 3.7. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS 3.7.1. Emisiones de Material Partículado y Gases El proyecto generará emisiones de material particulado producto del movimiento de maquinaria y camiones al interior del área de proyecto, y debido a las faenas propias de remoción de pavimentos y suelos, además de las emisiones asociadas al carguío de suelos en maxisacos y del carguío de escombros inertes en camiones. Para garantizar que las emisiones generadas por el proyecto no superen la situación basal del área de proyecto (promedio inferior a 50 pg/m3 de MP10. Ver Anexo A, Calidad del Aire), se aplicarán las siguientes medidas: • Previo a la intervención (retiro de pavimentos existentes y remoción de suelo superficial) se debe implementar en el área de trabajo una instalación de protecciones provisorias a fin de confinar los trabajos de remoción de pavimentos a un área mínima, esto para evitar la dispersión de los contaminantes presentes en el suelo que se retirará. Esta instalación se implementará sólo en la etapa de remoción de suelos y pavimentos no es aplicable a la etapa de pavimentación y construcción de veredas, áreas verdes y ciclovías. Las medidas a implementar e instalaciones serán las siguientes: • Humectación de superficies Con el objeto de minimizar las emisiones de polvo en suspensión se aplicará durante las faenas de remoción de pavimentos y suelos, agua pulverizada con hidrolavadora o similar donde estén operando máquinas. • Instalación área lavado de ruedas Consiste en una superficie cubierta por una lona impermeable, donde se efectúa el lavado de ruedas de los camiones con hidrolavadora. Se contempla la habilitación de un área de 2 x 3 m, en HDPE de 2 mm mínimo, rodeada de un murete de 10 cm de altura, para contener el agua utilizada en el lavado. Se contempla el lavado de un eje por vez. El agua remanente almacenada diariamente en la cubeta será utilizada en la humectación del suelo trabajado. • Instalación de Pantallas Antipolutivas En el área de trabajo se instalarán pantallas atrapa polvos en los frentes de trabajo, separando los frontis de cada vivienda/comercio con el área de trabajo inmediatamente contigua. Estas pantallas consisten en estructuras metálicas conformadas por un pilar sostenido en una base de cemento de una altura mínima de 3 m, y barras transversales donde se instala, mediante amarras y tensores, una lona engomada con la cara lavable hacia el sector de la faena. Esta lona debe cubrir todo el frontis de la vivienda y sobre pasar el frontis de la misma en altura, al menos en 50 cm. por sobre el primer piso. Su ancho será variable dependiendo de cada situación particular. En los frontis de las viviendas cuyos moradores no puedan retirarse durante el día de intervención, y en los extremos del área confinada que colinden con lugares habitados, se deberá colocar en su parte baja barreras de OSB de 3,6 metros de altura para el control de ruido y polvos fugitivos. • Limpieza diaria de protecciones provisorias. Diariamente las estructuras y las lonas serán aspiradas a fin de remover el polvo, para ello se utilizará una aspiradora industrial con filtro HEPA, y de ser necesario se realizará una limpieza con paños húmedos o esponjas a fin de retirar residuos remanentes, en la limpieza de sólidos es importante utilizar elementos desechables y serán tratados como residuo que se dispone en Q. Encantada. Como regla general, siempre se realizará la limpieza "de arriba hacia abajo" y siempre desde zonas limpias hacia zonas sucias para evitar la dispersión de la contaminación. Para verificar la efectividad de las medidas de abatimiento de polvo resuspendido se implementará un monitoreo continuó con estaciones de monitores móviles. En caso de que existan reclamos de los vecinos, se aplicarán las siguientes medidas adicionales: • Reforzamiento de la humectación de superficies Se reforzará la actividad de humectación de la superficie, antes, durante y después de la ejecución de las faenas de remoción de pavimentos y suelos, sumando a la humectación con hidrolavadora, riego manual ajustable, con el fin de minimizar la resuspensión del material particulado por la acción del viento. • Restricción de trabajos en paralelo Se restringirá la ejecución de las faenas que se realicen en paralelo. 3.7.2. Emisiones de Ruido Debido a que las áreas a intervenir se encuentran un área urbana y altamente antropizada, los niveles de ruido corresponden a valores que fluctúan entre 56 y 66 dBA, con niveles instantáneos entre 44 y 80dBA, mientras que en la zona del depósito de Quebrada Encantada los niveles equivalentes son considerablemente menores producto de la ausencia de fuentes de ruido típicas de un área consolidada, con valores entre 42 y 45 dBA e instantáneos entre 34 y 58 dBA. Para la proyección de los niveles de ruido se considera el peor escenario sonoro, con un frente de trabajo que representa todas las fuentes de ruido al mismo tiempo, frente a cada punto receptor. Las distintas edificaciones existentes que enfrentan a los espacios a intervenir se ubican entre 4 y 20 m de distancia, lo cual es variable en toda el área del proyecto, no existiendo una tendencia única. Es decir, los niveles de ruido estimados en la comunidad y equipamiento corresponden a los proyectados entre 4 y 20 m de distancia. De acuerdo a las memorias de cálculos se proyectan el nivel de ruido a 4 m de 83 dBA y a 20 m de 69 dBA. Debido a que los niveles de ruido proyectados en el retiro de material de la áreas 1,2, 3 y 4, pueden exceder el límite establecido por el D.S.38/11 del MMA, se indican las siguientes medidas de control a fin de minimizar las molestias sobre los vecinos. Tomando en consideración que las faenas se desarrollan a nivel del suelo, se construirá un cierre parcial en torno a la faenas, mitigando el nivel de ruido sobre receptores afectados. Para mitigar los efectos del ruido se construirá una barrera parcial de 3.6 metros de altura, un panel tipo Sándwich que estará compuesto por dos placas OSB, una de 15mm de espesor y otra de 10mm de espesor, contando de ésta manera con distintas frecuencias de resonancia. Los paneles estarán separados al menos 50mm por una viga de madera o metal y deberá estar rellena interiormente con lana mineral o fibra de vidrio. El cierre parcial deberá situarse en el caso de existir receptores a una distancia menor a la señalada como crítica, cuyos moradores no puedan retirarse durante el día de intervención, y en los extremos del área confinada que colinden con lugares habitados. Se debe tomar en cuenta 3.7.3. Residuos Líquidos El lavado de ruedas de maquinarias y camiones que salgan de los frentes de trabajo se realizará con hidrolavadora y sobre una cubeta de HDPE (impermeabilizada). La escasa agua generada (20 It.máx por camión), será utilizada en la humectación del suelo trabajado. 3.7.4. Aguas Servidas Se instalarán baños químicos móviles en el frente de trabajo y en las instalaciones de faena, cumpliendo con la distancia y cantidad necesaria según la normativa vigente (D.S. 594/99 del Ministerio de Salud), cuyos residuos serán retirados como mínimo dos veces por semana. De la misma manera se dotara al lugar de disposición final en Q°. Encantada Alta. 3.7.5. Residuos Sólidos • Residuos de pavimentos y soleras Los pavimentos y los escombros de soleras son residuos sólidos inertes que serán cargados en los frentes de trabajo directamente a camiones tolva y conducidos a lugar de disposición final (Q. Encantada) con su carga cubierta. • Residuos de suelo El suelo escarpado en áreas de suelos desnudo o bajos pavimentos y veredas, genera el residuos de "suelos contaminado", el que será vaciado en maxisacas dentro de los frentes de trabajo, y llevados al depósito de Q. Encantada para su disposición final. • Residuos de la limpieza Estos residuos corresponden a lo que se almacenará en las aspiradoras utilizadas para la limpieza de polvos de las pantallas antipolutivas, el que será retirado junto a los suelos contaminados (dentro de maxisacas), con máximas precauciones para evitar su dispersión. Para ello se sacara el filtro y la bolsa de la aspiradora y se sacudirá dentro de un contenedor con doble bolsa de polietileno, la que posteriormente será depositada dentro de la maxisaca. Otro tipo de residuo que debe ser enviado al Depósito de Seguridad de Q. Encantada son los trajes que utilizarán los trabajadores en las áreas sucias (tipo TYVEK PRO- SAFE), los que se acopiaran en un contenedor con bolsas de polietileno, para su posterior disposición dentro de maxisacas y envió a Q. Encantada. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Anca" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Anca" cumple con: 4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales: 4.1.1. Asociado a Emisiones Atmosféricas a) Decreto Supremo N° 144/61 MINSAL, Establece normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza Materia El presente decreto contiene un mandato general al señalar en su artículo 1° que "los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario". Relación con el Proyecto El proyecto contempla el retiro de pavimentos y suelos potencialmente contaminados con polimetales y la posterior repavimentación de calzadas con asfaltos, lo que conjuntamente con las faenas de limpieza, carguio y descarga para disposición final de los suelos contaminados, provocará levantamiento de material particulado producto de la remoción y movimiento de tierras. Cumplimiento Con la finalidad de captar o eliminar el material particulado y polvos que se generan con el movimiento de tierras, en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario", durante la etapa de limpieza, se contará con sistemas móviles de mitigación y abatimiento de emisiones de material particulado y de control de las mismas, tanto para las faenas de remoción como de carguío de los vehículos, según se describe en el Capítulo II de la presente DIA. b) Decreto Supremo N° 47/92 MINVU, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), Artículos 5.8.3, 5.8.5 Materia En el capítulo referido a las Faenas Constructivas, estos artículos de la Ordenanza General establecen una serie de medidas de manejo destinadas a evitar las emisiones de polvo en las faenas de construcción. Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material durante la construcción, dispone, en lo aplicable al presente proyecto, que en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar, entre otras, las siguientes medidas: a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. Relación con el Proyecto Si bien no se trata de una faena constructiva propiamente tal, el proyecto contempla el retiro de pavimentos y suelos potencialmente contaminados con polimetales y la posterior repavimentación de calzadas con asfaltos, por lo que se ha considerado analógicamente aplicable esta normativa al referirse a faenas de movimientos de tierra asimilables a los de las construcciones. Además se desarrollarán actividades de limpieza, carguío y descarga para la disposición final de los suelos contaminados. Cumplimiento En cumplimiento de lo anterior, y con la finalidad de captar o eliminar el material particulado y polvos que se generan con el movimiento de tierras, en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario, durante la etapa de limpieza, se contará con sistemas móviles de mitigación y abatimiento de emisiones de material particulado y de control de las mismas, tanto para las faenas de remoción como de carguío en los vehículos de carga, según se señala en la descripción del proyecto. b) D.S. N° 12, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente. Materia Establece la norma primaria de calidad ambiental para material particulado fino, MP2,5 cuyo objetivo es proteger la salud de las personas de los efectos agudos y crónicos de dicho contaminante, con un nivel de riesgo aceptable. La norma primaria de calidad del aire para MP2,5 es 20 pg/m3, como concentración anual, y 50 pg/m3, como concentración de 24 horas. En su artículo 4° se establecen los criterios de superación de la norma de calidad primaria. Este Decreto ha sido considerado por el Proyecto de Optimización con el objetivo de evaluar e informar los impactos relacionados con las emisiones atmosféricas durante las fases de construcción y operación. Relación con el proyecto. El proyecto contempla el retiro de pavimentos y suelos potencialmente contaminados con polimetales y la posterior repavimentación de calzadas con asfaltos, reposición de veredas y habilitación de espacios públicos, lo que conjuntamente con las faenas de limpieza, carguío y descarga para disposición final de los suelos contaminados, provocará levantamiento de material particulado fino, MP 2,5 producto de las actividades de excavación, transferencia de material, resuspensión de MP por circulación de vehículos en caminos pavimentados y caminos no pavimentados, además de la combustión por vehículos y maquinaria. En el Anexo B se encuentra la estimación de emisiones de material particulado y gases, la incluye los resultados del MP2,5. Cumplimiento Durante la ejecución del proyecto "Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como Medida de Mitigación en Sectores Contiguos al Sitio F, Áreas 3 y 4, Anca", se tomarán varias medidas orientadas a mantener la situación basal, respecto de las emisiones atmosféricas, en la zona que se va intervenir, tales como instalación de barreras o mallas antipolutivas, monitoreo mediante equipos portátiles de medición PM10. Previo a la intervención (retiro de pavimentos existentes y remoción de suelo superficial) se implementará en el área de trabajo una instalación provisorias a fin de confinar los trabajos de remoción de pavimentos a un área mínima, esto para evitar la dispersión de los contaminantes presentes en el suelo que se retirará, minimizar los impactos acústicos y proteger a la población. Esta instalación se implementará sólo en la etapa de remoción de suelos y pavimentos no es aplicable a la etapa de pavimentación y construcción de veredas, áreas verdes y ciclovías. Además se considera el uso del Supresor para los Caminos Externos no pavimentados, un Supresor Químico cuyo porcentaje de abatimiento es de un 95%, según lo indicado por el proveedor del producto, empresa Dust Control S.A. quien realiza actualmente la aplicación del supresor en el camino hacia Quebrada Encantada y realiza la mantención del camino según corresponde. La ficha técnica del producto se adjunta en Apartado II del Anexo B del adenda 1. El material de escombro se transportará en camiones con la tolva cubierta mediante lona hermética, impermeable y sujeta a la carrocería y se exigirá que todos los vehículos utilizados se encuentren con su revisión técnica al día. Se realizará el lavado de las ruedas de todos los camiones que salgan del depósito de Quebrada Encantada. Por último, las faenas de limpieza que se realizarán durante cada actividad, como es el caso del barrido y levantamiento de escombros, se efectuarán previa humectación del sector. Cabe destacar que las emisiones de MP 2,5 corresponden básicamente a emisiones por Combustión y Resuspensión en los viajes que realizarán los camiones con los suelos extraídos desde las Etapas a remediar hacia el Depósito de Quebrada Encantada. Por lo que la mayor parte de las emisiones, aprox. 30% se generarán fuera del área intervenida, por lo que impactaría a los potenciales receptores sería 1,2 ton/año, en un periodo que tendrá una duración aproximada de 8 meses (aprox. 0,8 kg/h). Independiente de las emisiones que generará el proyecto, al aplicar las medidas previamente descrita se disminuirá al máximo el polvo resuspendido en las áreas intervenidas, lo que queda demostrado en los informes técnicos de Cuantificación de Emisiones Fugitivas de MP10, realizados por Empresa Dust Control, elaborados para la primera etapa ya evaluada del proyecto, en donde se demuestra que las concentraciones promedios de 24 horas no superan el límite de 50 pg/m3 de MP10 propuesto en esta DIA. Se adjunta en Apartado III del Anexo B el último informe del mes de abril. De igual manera, para acreditar el cumplimiento de esta norma (Norma Primaria de Calidad del Aire para Material Particulado Fino, MP2,5), conjuntamente con los monitoreas que se realizarán al MP10, se medirán también las concentraciones en el aire de MP2,5 y sus resultados se presentarán en informes mensuales que quedan a disposición de la autoridad en la misma obra. En el caso que el monitoreo indique que se han superado los niveles de concentraciones promedios de 24 horas, de 50 pg/m3, se implementarán las mimas medidas de control propuestas para la superación del límite del MP10, señaladas en la DIA. 4.1.2. Aire Asociado a Ruido a) Decreto Supremo N° 38/2011 MMA, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Materia El objetivo de esta norma es proteger la salud de la comunidad mediante el establecimiento de niveles máximos de emisión de ruido generados por las fuentes emisoras de ruido que regula. Relación con el Proyecto Tal como se ha señalado en el Capítulo II punto 2.3.1.2 sobre Ruido, los trabajos y actividades a desplegarse con ocasión del proyecto, generará emisiones de ruido. Debido a que las áreas a intervenir se encuentran un área urbana y altamente antropizada, los niveles de ruido corresponden a valores que fluctúan entre 56 y 66 dBA, con niveles instantáneos entre 44 y 80 dBA, mientras que en la zona del depósito de Quebrada Encantada los niveles equivalentes son considerablemente menores producto de la ausencia de fuentes de ruido típicas de un área consolidada, con valores entre 42 y 45 dBA e instantáneos entre 34 y 58 dBA. Cumplimiento Se contemplan medidas de control y minimizar las molestias sobre los vecinos, conforme se indica en el Capítulo II y en el Anexo 2 Ruido / Estudio Acústico de la DIA y lo indicado en el adenda N° 1, se realizarán mediciones al momento de realizar las obras a fin de controlar las emisiones acústicas. 4.1.3. Residuos a) Decreto Supremo N° 148/2003 MINSAL, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos Materia Este Reglamento establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberán someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos, los que define y establece de acuerdo a distintas categorías. El artículo 3° de este Reglamento define Residuo o desecho como la sustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone eliminar o está obligado a eliminar. Adicionalmente, conforme al artículo 10 de este Reglamento, un residuo o una mezcla de residuos es peligrosa si presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar alguna de las características que se definen en el artículo 11 siguiente. El artículo 11 señala que, para los efectos del reglamento, las características de peligrosidad son las siguientes: a) Toxicidad Aguda, conforme al artículo 12; b) Toxicidad Crónica, conforme al artículo 13; c) Toxicidad Extrínseca, conforme al artículo 14; d) Inflamabilidad, conforme al artículo 15; e) Reactividad, conforme al artículo 16 y f) Corrosividad, conforme al artículo 17. Añade que basta la presencia de una de estas características en un residuo para que sea calificado como residuo peligroso. A esta lista taxativa, se añaden los residuos incluidos en los artículos 18 y 19, que resultan ser peligrosos sólo presuntivamente, puesto que se consideran peligrosos, como la norma señala, sólo mientras su generador no demuestre, ante la autoridad sanitaria, que no presentan ninguna característica de peligrosidad. En consecuencia, los residuos pueden ser clasificados como peligrosos al estar incluidos en los listados del artículo 12 al 17, o peligrosos al estar incluidos en las listas de los artículos 18 y 19, casos estos últimos, en los cuales los residuos pueden perder su condición de peligrosidad mediante antecedentes o estudios señalados en dichos artículos. De la revisión del Artículo 12, 13, 15, 16 y 17, del Reglamento, se concluye que el arsénico no corresponde a Residuos Tóxicos Agudos ni Crónicos, ni a residuos Inflamables, Reactivos o Corrosivos. Por su parte, según el artículo 18 "Los residuos incluidos en los siguientes listados de categorías se considerarán peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad. El generador podrá proponer a la Autoridad Sanitaria los análisis de caracterización de peligrosidad a realizar sobre la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos que los generan, sin perjuicio de lo cual, la Autoridad Sanitaria podrá exigir análisis adicionales a los propuestos conforme a lo señalado en los artículos 12 al 17." En la Lista II del Art. 18, se incluyen como residuos peligrosos, los residuos que tengan como constituyentes 11.6 Arsénico, compuestos de arsénico. En la lista III de este artículo, numeral 111.4, se consideran los "Suelos o materiales resultantes de faenas de movimientos de tierras contaminadas por alguno de los constituyentes listados en la Categoría II." Asimismo, conforme al artículo 19, "Los residuos incluidos en la Lista A del artículo 90 se considerarán igualmente peligrosos. No obstante el generador podrá demostrar ante la Autoridad Sanitaria, conforme a lo establecido en los artículos 12 al 17 del presente reglamento, que tales residuos no son peligrosos. A la inversa, se considerará que los residuos incluidos en la Lista B del artículo 90 no son peligrosos." La Autoridad Sanitaria tendrá siempre la facultad de comprobar que un residuo cualquiera es peligroso por presentar alguna característica de peligrosidad conforme a lo establecido en los artículos 12 al 17." En la Lista A del art. 90, se consideran como residuos peligrosos, dentro de la clase Al residuos metálicos o que contengan metales, subclase A1010 Residuos metálicos y residuos que contengan aleaciones de Arsénico y subclase A1030 Residuos que tengan como constituyentes contaminantes Arsénico o compuestos de arsénico. Relación con el proyecto El presente proyecto contempla la remoción de suelos contaminados con polimetales. En las faenas se generarán tres tipos principales de residuos: • Residuos de pavimentos. • Residuos de suelos contaminados. • Polvos aspirados y trajes usados. Detalles del tipo de residuos se encuentran en el punto 2.5.4 y 2.5.5 del Capítulo II Descripción del Proyecto. Respecto de los suelos contaminados que serán intervenidos, se constató la presencia de arsénico en niveles que superan los límites establecidos como recomendables por parte de la Autoridad Ambiental, y que provienen del proyecto de Reposición de Espacio Público en torno al sitio F. Estos suelos constituyen Residuos Peligrosos según los Artículos 18 y 19 del D.S. N° 148/2003 MINSAL, mientras no se demuestre que no corresponden a ninguno de los definidos en los artículos 12 al 17. En este sentido, cabe consignar que con objeto de evaluar la solubilidad de los metales presentes en el suelo del área estudiada, que pudieran generar infiltraciones producto del riego de las áreas verdes futuras, además de poner a disposición de las plantas el contaminante en forma soluble, se realizó un Test de Lixiviaciónl Inorgánico (Test TCLP Inorgánico Método EPA 1311), en cuatro muestras de suelo que presentaban altos contenidos de arsénico y plomo. Este test también se realizó para determinar cuáles serían las condiciones técnicas de disposición de este suelo, si en el marco de un plan de remediación, debiese procederse a su eliminación. Los resultados que se obtuvieron indican que bajo el método analizado las lixiviaciones de estos metales son muy bajas, y todas ellas se encuentran bajo el límite de Concentración Máxima Permisible según el D.S. 148, por lo que la caracterización de estos suelos, para los efectos de su eliminación en el suelo, pueden ser considerados "Residuos No Peligrosos". Cumplimiento La disposición de los residuos señalados se realizará en un lugar debidamente autorizado, como es el Depósito de Residuos Sólidos de Quebrada Encantada, existente. Los protocolos de almacenaje, transporte y disposición serán concordantes con lo dispuesto en la normativa aplicable. Respecto específicamente de los residuos de suelos contaminados, cabe consignar que, como lo señala la norma, para los efectos explícitos de la eliminación mediante su disposición en el suelo, se puede establecer que estos residuos no son peligrosos, dado que el resultado del test reglamentario (Test de Lixiviación Inorgánico, o Test TCLP Inorgánico Método EPA 1311) no arrojó resultados que los califiquen como tales. Sin perjuicio de lo anterior, el titular presentará un proyecto específico que asegure el control de todos los riesgos que puedan afectar la salud de la población. La Autoridad Sanitaria podrá fijar las restricciones de uso a que quedarán sometidos estos suelos así como los procedimientos de monitoreo y mantención a que dichos sitios deberán ser sometidos. Los sistemas propuestos deberán garantizar la retención, inmovilización, aislamiento o solidificación de los residuos o, en su defecto, su tratamiento, de tal manera de minimizar la migración de los contaminantes al medio ambiente. Además, el proyecto deberá contar con un detallado plan de las operaciones incluyendo todos los controles necesarios para evitar la dispersión o migración de contaminantes a través del suelo, el aire o el agua, que puedan significar un riesgo para la salud y/o seguridad de la población y de los trabajadores que participen en el manejo de estos residuos. b) Decreto Supremo N° 298/1994 MINTRATEL, Reglamento de Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos Materia El presente reglamento establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. Relación con el proyecto La disposición de los residuos que genere la operación del proyecto, dentro de los que se consideran los suelos contaminados que serán retirados, se realizará en un lugar debidamente autorizado, como es el vertedero de Residuos Sólidos de Quebrada Encantada. Para este efecto, se requerirá el transporte de aquéllos hasta el sitio de disposición final. Cumplimiento El carguío del material se realizará siempre dentro de un área debidamente confinada con el cierre antipolutivo descrito en el punto 2.7 del Capítulo II. Si el material es transportado a granel deberá considerarse el uso de camiones con batea, y si el material es envasado previamente en maxisacos o bigbags, podrá usarse camiones con rampla plana. En ambos casos deberá considerarse el encapado del camión y un adecuado estibaje y eslingado de la carga. En las áreas rurales los camiones cargados con residuos serán conducidos con precaución y a una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora, se debe tener especial precaución en el paso de varias hondonadas existentes en el trayecto. En las zonas más cercanas a la población se extremarán las precauciones por presencia de niños jugando. La senda cruza un oleoducto en la parte alta del camino en las cercanías del depósito, este cruce se hará con precaución dado que presenta un desnivel importante. c) LEY N° 20.590, MINSEGPRES, Establece Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales en la Comuna De Arica. Materia. Esta ley establece un Programa de Intervención en Zonas con Presencia de Polimetales en la comuna de Arica, promulgada el 14-05-2012 y publicada en el Diario Oficial con fecha 29-05-2012. El Decreto 113, MINSECGREP, publicada el 24-10- 2013, reglamenta esta ley establece las disposiciones por las cuales se regirá la evaluación de riesgo para la salud de la población por presencia de polimetales en la comuna de Arica, así como los criterios que se deberán cumplir para tal efecto, al igual que para la determinación de la o las Zonas con Presencia de Polimetales a que se refiere el artículo 3 de la ley, la cual comprende la o las Zonas Contaminadas por Polimetales o Zonas con Presencia de Polimetales para efectos del artículo 16 de la ley, la o las Zonas de Riesgo o Zonas en Situación de Riesgo de Contaminación por Polimetales y el o los Perímetros de Intervención respectivos. Se ha efectuado el análisis del proyecto en base a la Ley N°20.590 aún cuando no corresponde a una Política, Plan o Programa de desarrollo, pero que tiene por objetivo establecer un programa de acción en las zonas o terrenos específicos con presencia de polimetales en la comuna de Arica y en sus habitantes que cumplan la calidad de beneficiarios. En el Artículo 3°.- se define a la Zona con presencia de polimetales como aquella zona geográfica o territorio específico contaminado o en situación de riesgo de contaminación por polimetales, emplazada geográficamente en la comuna de Arica y que debe ser establecida por el Comité Técnico. El Artículo 4°.- señala que la Autoridad Coordinadora. Será nominada por el Presidente de la República, mediante un decreto supremo expedido a través del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, designará a una Autoridad Coordinadora, quien será la responsable de velar por el fiel cumplimiento de todos los programas establecidos en la presente ley, así como ejecutar la coordinación de las tareas que, en el ámbito de la presente ley, correspondan a las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, Vivienda y Urbanismo, Educación, Planificación y Medio Ambiente, así como de los servicios públicos creados por ley, para el cumplimiento de sus respectivas. Una resolución conjunta del Ministro del Medio Ambiente y el Ministro de Vivienda y Urbanismo señalará las zonas y las acciones específicas que se llevarán a cabo en conformidad a lo señalado en este artículo. Artículo 11.- Acciones en materia de Vivienda y Urbanismo. Las prestaciones en materia de vivienda y urbanismo consistirán en la relocalización de familias, reparación de viviendas y ejecución de proyectos de barrio que apunten a la remediación de las zonas con presencia de polimetales. Artículo 14.- Programa de mejoramiento de barrios. Las zonas de emplazamiento de las viviendas afectadas que no sean objeto de relocalización serán beneficiadas mediante el programa de mejoramiento de barrios. El programa de mejoramiento de barrios consistirá en la realización de las siguientes acciones: 1) Remediación y sellado en calles y veredas a través de asfaltado y obras con adocreto, y 2) Ejecución de proyectos de áreas verdes y equipamiento comunitario y deportivo. Artículo 15.- Organismo ejecutor de las acciones de vivienda y urbanismo. El conjunto de acciones de vivienda y urbanismo dispuestas en este título serán ejecutadas por el Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Arica y Parinacota. El Servicio de Vivienda y Urbanización de la Región de Arica y Parinacota deberá disponer de los recursos necesarios para llevar a cabo las acciones de su competencia en favor de quienes sean declarados beneficiarios por el programa establecido en esta ley. Relación con el proyecto. El presente proyecto contempla la remoción de suelos contaminados con polimetales. Aun cuando el proyecto no obedece o responde a una Política, Plan o Programa de desarrollo, se ha elaborado teniendo en consideración las especificaciones señaladas por la ley. Cumplimiento Se contempla cumplir con las especificaciones señaladas en los artículo 11, 14 y 15 de la ley, especialmente en relación a lo especificado en el artículo 14 que dice relación con el mejoramiento de barrios consistente en la remediación y sellado de calles y veredas con asfalto y obras de adocreto, construcción de áreas verdes, equipamiento comunitario y deportivo. 4.1.4 Residuos líquidos a) Decreto Supremo N° 594/1999 MINSAL, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo (baños químicos y efluentes) Materia Los artículos 24, 25 y 26 del presente reglamento se refieren a: • Artículo 24:En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. • Artículo 25: Los servicios higiénicos y/o las letrinas sanitarias o baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 metros de distancia del área de trabajo, salvo casos calificados por la autoridad sanitaria. • Artículo 26: Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Relación con el proyecto El proyecto contempla faenas temporales y móviles consideradas lugares de trabajo, reguladas por este reglamento. Cumplimiento El titular mantendrá en obras, artefactos y condiciones suficientes de acuerdo a lo siguiente: i) El número mínimo de artefactos se calculará sobre la base de la tabla del artículo 23. ii) Los baños químicos serán instalados a menos de 75 m del área de trabajo correspondiente. iii) El titular acreditará el punto de descarga de las aguas servidas, manteniendo en obra, copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio de Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del titular del proyecto. 4.1.5. Patrimonio Cultural a) Ley N° 17.288, Sobre Monumentos Nacionales, Ministerio de Educación, D.O. 04.02.70 Materia Define y entrega la tuición al Consejo de Monumentos Nacionales, de los denominados Monumentos Nacionales. Además, el artículo 13 señala que ninguna persona natural podrá hacer en el territorio nacional excavaciones de carácter científico sin haber obtenido previamente la autorización del Consejo en la forma establecida por el Reglamento. El artículo 26 de la ley señala que, independientemente del objeto de la excavación, toda persona que encuentre ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico, está obligada a denunciarlo inmediatamente al Gobernador de la Provincia, quien ordenará que Carabineros se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de los hallazgos. Relación con el Proyecto Las obras de movimientos de tierra pudieran, eventualmente, dar lugar a hallazgos de monumentos nacionales. Cumplimiento En el área del proyecto no se encontraron ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico o arqueológico. Sin embargo, si durante las faenas de remoción y movimiento de tierras tuvieren lugar hallazgos de los que deban denunciarse a Monumentos Nacionales, se detendrá la faena en ese sector y se denunciará al Gobernador de la Provincia y a Carabineros de Chile. El titular en la Adenda 1, señala que a partir de la revisión bibliográfica de los datos, y a la integración de ellos en una cartografía que incluye la presente inspección arqueológica, pudo determinarse que todos aquellos hallazgos descritos por el Sr. Romero no se verán afectados por la presente obra, y que las evidencias que le permitieron definir una adscripción cronocultural a las evidencias detectadas en su inspección, no fueron detectadas en la presente campaña arqueológica. Sin embargo en caso de encontrarse evidencias arqueológicas, protegidas por la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales (Artículo 1°), se deberá dar de inmediato aviso a las autoridades correspondientes (Carabineros de Chile y Comisión Asesora del Consejo de Monumentos Nacionales, Anca y Parinacota CAMN-AP). Adicionalmente el CMN mediante Of. Ord. N° 3191, de 29 de Agosto de 2014, señala que "Debido a la presencia de evidencias arqueológicas protegidas oficialmente en las proximidades del área del proyecto, durante la etapa de construcción se deberá incluir una inducción a todos los trabajadores respecto a la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y la identificación y protección del Patrimonio Arqueológico". 4.2 Permisos ambientales sectoriales: Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Anca" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 93, 96 y 99 del D.S. N°95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N° 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. 6. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: 1.- Las especies consideradas para plantar, en los espacios públicos, en las áreas 3 y 4 además de Cerro Chuño, serán consensuadas previamente con CONAF, privilegiando especies nativas. 7. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la XV Región de Arica y Parinacota y a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones. 8. Que, para que el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables. 9. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la XV Región de Arica y Parinacota, y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos. 10. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la XV Región de Arica y Parinacota, la individualización de cambios de titularidad. 11. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero. 12. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la XV Región de Arica y Parinacota RESUELVE: 1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica". 2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 93, 96 y 99 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental D.S. 95/2001. de Evaluación ión de Anca y Parinacota Director R gi Secr Regi opez aluación Ambiental Evaluación y Parinacota Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno. Notifíquese y Archívese RAR Distribución: • Titular por carta certificada • (Interregional) Consejo de Monumentos Nacionales • (Interregional) Superintendencia de Servicios Sanitarios • (XV) Comisión Asesora de Monumentos Nacionales • (XV) Corporación Nacional Forestal, Región de Anca y Parinacota • (XV) Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Anca y Parinacota • (XV) Dirección General de Aguas, Región de Arica y Parinacota • (XV) Dirección Regional SAG, Región de Anca y Parinacota • (XV) Dirección Regional de SERNAGEOMIN, Región de Arica y Parinacota • (XV) Dirección Regional de Vialidad, Región de Anca y Parinacota • (XV) Gobernación Provincial de Arica. • (XV) Gobierno Regional Región de Anca y Parinacota • (XV) I. Municipalidad de Arica. • (XV) SEREMI Energía, Región de Arica y Parinacota • (XV) SEREMI de Agricultura, Región de Anca y Parinacota • (XV) SEREMI de Salud, Región de Arica y Parinacota • (XV) SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región XV • (XV) SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Anca y Parinacota • (XV) SERNATUR, Región de Anca y Parinacota • (XV) Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Anca y Parinacota • (XV) Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Anca y Parinacota. • (XV) Superintendencia de Medio Ambiente C/c: • Encargada Participación Ciudadana • Archivo - SEA Dirección Regional • Expediente del Proyecto "Ampliación proyecto de Reposición de Espacios Públicos y Áreas Verdes como medida de mitigación de sectores contiguos a Sitio F, Etapas 3 y 4 Arica" • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XV Región de Arica y Parinacota.