Evaluación SEA

PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS

Rol 2128970758
SEA · DIA · Aprobado · 2013-12-23 · Región de Los Lagos · INMOBILIARIA Y AGROINDUSTRIAL DEL LAGO LTDA.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN

X REGIÓN DE LOS LAGOS Califica Ambientalmente el proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" Resolución Exenta N* 357 Puerto Montt, 12 de Junio de 2014 VISTOS:

1.- Lo dispuesto en la Ley N'” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2" del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N” 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

2.-La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS", presentada por el Señor VÍCTOR EUGENIO WELLMANN, en representación de INMOBILIARIA Y AGROINDUSTRIAL DEL LAGO LTDA., con fecha 23 de Diciembre de 2013.

3.-Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N'47 sobre la DIA, por Sernatur, Región de Los Lagos, con fecha 16/01/2014; Oficio N0077 GADR sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 16/01/2014; Oficio N14_EA/ 2014 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos, con fecha 17/01/2014; Oficio N158 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 21/01/2014; Oficio N%34 sobre la DIA, por CONADI, Región de Los Lagos, con fecha 22/01/2014; Oficio N%101 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos, con fecha 22/01/2014; Oficio N"57 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio N%43 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio N87 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 23/01/2014; Oficio N124 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 27/01/2014; Oficio N%090 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 27/01/2014; Oficio N41 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 29/01/2014; Oficio N1312 DRGA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 01/04/2014; Oficio N697 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos, con fecha 07/04/2014; Oficio N305 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 14/04/2014; Oficio N616 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos, con fecha 15/04/2014; Oficio N787 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos, con fecha 15/04/2014; Oficio N%417 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos, con fecha 15/04/2014; Oficio N152 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 16/04/2014; Oficio N*284 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 16/04/2014; Oficio 800 responde solicitud especial de pronunciamiento de fecha 22 de mayo de 2014 por la SEREMI de Vivienda y Urbanismo Región de Los Lagos; Oficio 365 responde solicitud especial de pronunciamiento de fecha 26 de mayo de 2014 por la SEREMI de Agricultura Región de Los Lagos

4.-El Acta de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos, de fecha 4 de junio de 2014

5.-Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS".

CONSIDERANDO:

1.-Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS".

2.-Que, el derecho de INMOBILIARIA Y AGROINDUSTRIAL DEL LAGO LTDA. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

3.-Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" consiste en:

3.1.- Descripción del Proyecto 3.1.1.- Antecedentes Generales

El proyecto corresponde a un loteo, subdivisión y urbanización del Parque Empresarial Puerto Varas. El proyecto abarca una superficie de 17 há. de un predio de 119 há. como una primera etapa de un máximo de cuatro como máximo, las cuales se concretarán en la medida que se establezcan las futuras demandas, y sólo si existiera factibilidad económica para ello. En caso de modificarse la superficie inicial, el titular someterá a evaluación ambiental la nueva superficie a declarar. Además, una vez realizada la venta de las parcelas, cada actividad industrial particular evaluará la pertinencia de su ingreso al SELA, si correspondiera.

El terreno de 170.000 m? será dividido para habilitar 30 parcelas industriales de aproximadamente 5.000 m? cada una, de dominio exclusivo: 16 parcelas a orilla de carretera, y 14 parcelas en segunda línea, separadas por un camino de 16 metros asfaltado, con un bandejón central de área verde donde se ubicará la red de alumbrado público. Además, contará con áreas e instalaciones de dominio colectivo de todos los copropietarios, tales como garita de seguridad, vialidad interior, y cerca de áreas verdes.

Este proyecto, no contempla etapa de operación porque su fin último es la urbanización de terreno, para permitir la posterior instalación de actividades industriales individuales que califiquen como molestas o inofensivas, las que de acuerdo a sus características particulares, evaluarán una a una, su presentación al SEIA, si correspondiera.

La construcción del parque empresarial comenzará con la extracción de maleza, chacay, junquillo, tocones, entre otros. A continuación, se realizará movimiento de tierras para aplanar las parcelas y emparejar la capa vegetal.

Posteriormente, se construirá un camino con estabilizado, y se realizarán los estudios de suelo para su posible pavimentación.

El proyecto además, considera realizar los drenajes necesarios, para evacuar las aguas superficiales,

Junto a ello, se trabajará con el proyecto de red de agua que será abastecida por un pozo profundo; y con el proyecto de red eléctrica abastecida por la empresa eléctrica CRELL de forma aérea.

El Proyecto considera que la grava y la arena que se requiera serán adquiridas a un distribuidor autorizado. Una vez terminado el proceso de construcción y la obtención de los permisos necesarios, se comenzará con el proceso de reservas a clientes y su posterior escrituración.

Se contará con un portal de acceso de estructura metálica y una garita de control de acceso cuando el conjunto de parcelas se encuentren en pleno funcionamiento.

El loteo contará con un reglamento interno inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, que no permitirá la operación de empresas contaminantes. Además, se espera formar una Junta de Vecinos que tenga una administración conjunta.

De acuerdo al objetivo del proyecto, lo que se indica a continuación corresponde a las acciones realizadas, y a las obras de infraestructura y urbanización a ejecutar en el parque empresarial, esto es: electrificación e iluminación, pavimentación y evacuación de aguas lluvias, con sus correspondientes proyectos, que permitirán la instalación de actividades industriales independientes, en forma posterior.

3.2.-Etapas del Proyecto: 3.2.1 Levantamiento de Información

Esta actividad considera las inspecciones de terreno, la revisión bibliográfica relacionada, y la realización de los informes específicos, entre ellos: ruido, antropológico, hidrográfico, flora y fauna, vial.

3.2.2 Etapa de Construcción

En esta etapa, que considera 11 meses de duración, se procederá a realizar la preparación del terreno necesario para la construcción de las 30 parcelas industriales contenidas en 17 há. Las actividades de construcción del proyecto se realizarán de lunes a viernes en período diurno, específicamente, entre las 8:00 a 18:00 hrs., para evitar molestias en horarios y días de descanso de la población aledaña.

La fase de construcción estará dada principalmente, por las siguientes actividades y obras: Fase movimiento de tierra y limpieza

Fase construcción de camino

Fase pavimentación de camino

Fase de construcción de drenajes

Fase de construcción red de agua

Fase de construcción red eléctrica

Fase de construcción garita y portal de acceso

3.2.2.1 Características de la Etapa de Construcción -Terreno y superficie

Las superficies generales del proyecto se indican a continuación:

Descripción Superficie en m? Terreno 170.000

Total de Parcelas 152.763

Total loteo caminos 17.237

En Anexo II de la DIA, Planimetría se muestra “Plano de Loteo Superficie Acceso”, con información de todas las áreas y unidades vendibles señaladas.

Tabla: Cuadro de Superficies del Proyecto Parque Empresarial Puerto Varas.

Lote Superficie en m2 l 5.112 2 5.082 3 5.027 4 5.076 5 5.181 6 5.169 7 5.165 8 5.159 9 5.158 10 5.156 11 5.150 12 5.145 13 5.143 14 5.145 15 5.137 16 5.127 39 5.011 40 5.042 41 5.068 42 5.090 43 5.015 44 5.032 45 5.044 46 5.052 47 5.056 48 5.025 49 5.020 50 5.009 51 5.074 52 5.093

Lote 17.237

Camino Total 170.000

3.2.2.2 Instalaciones y Obras de Urbanización Se realizarán las siguientes instalaciones y obras: Sistema de agua Potable

Instalaciones eléctricas

Pavimentación interior

Evacuación de Aguas lluvias

3.2.2.3 Instalación de Faenas

Se implementarán las instalaciones provisorias señaladas a continuación, que serán construidas por una empresa contratista, que cumplirá con toda la normativa aplicable al proyecto.

-Servicios sanitarios para personal de faena: (1) lavamanos y (1) WC químico. Se considerará servicio de limpieza semanal, por parte de una empresa autorizada por la autoridad sanitaria.

-Oficina de inspección técnica -Depósito de herramientas

El proyecto requerirá de agua potable para abastecer a 13 trabajadores como máximo en todas sus actividades, los cuales trabajarán en turnos de 3 a 7 personas en cada jornada. El requerimiento se estima en 100 litros diarios por persona, conforme al D.S. 594 de 1999, Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Además, se habilitará un espacio techado que sirva de bodega de materiales para los elementos que requieran de protección ambiental, y eventualmente, mantener provisoriamente un contenedor de residuos peligrosos en caso de existir algún incidente dentro de la obra. No obstante ello, el proyecto no considera la generación de residuos industriales

peligrosos.

El titular velará por el cumplimiento de lo establecido en el Decreto N*594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, por parte de la empresa contratista que se adjudique la construcción de estas obras provisorias.

Además, en el contrato que se establezca con dicha empresa, se exigirá el cumplimiento de toda la normativa pertinente, se encargará la administración y el cuidado de las instalaciones, y la obtención de todos los permisos municipales que correspondan.

El mantenimiento de las instalaciones se realizará semanalmente, y considerará las siguientes acciones: extracción del líquido residual desde el estanque del WC; reposición del líquido químico para estanque de WC, reposición del papel higiénico, reposición de agua para el lavamanos, reposición del jabón líquido, alcohol gel y toalla absorbente; asco general del sanitario.

En el acceso de salida, se implementará un sistema de limpieza de neumáticos, de manera tal que los vehículos que salgan del predio no lleven ningún tipo de desperdicio (principalmente material pétreo) entre las bandas de rodadura.

En caso fortuito en que las vías quedaren con restos de material, el conductor del vehículo dará aviso inmediato al encargado de las obras del proyecto, quien dispondrá la limpieza de los restos que se encuentren en la carpeta de rodado, implementando para ello, las medidas de seguridad vial respectivas, las que se señalan en el Anexo N*1 Lámina N? 2/2 del Estudio de Impacto Vial Conceptual adjunto a la DIA.

Finalmente en cuanto al acceso al proyecto y para un control más eficiente del acceso al Parque Empresarial, que contará con un sistema de acceso automático, mediante claves numéricas para los usuarios.

3.2.3 Etapa de Operación

El proyecto no considera etapa de operación, ya que luego de la habilitación y construcción del loteo serán puestas a la venta a terceros.

3.2.4 Etapa de Abandono

El proyecto no considera etapa de abandono.

3.3. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.3.1. Emisiones atmosféricas

Las emisiones atmosféricas asociadas al Proyecto son las siguientes:

Etapa de Construcción

Material particulado suspendido asociado a la utilización de vehículos y movimiento de tierra.

Ruido.

Etapa de Operación

El proyecto en evaluación, no considera etapa de Operación.

Etapa de Abandono

El proyecto en evaluación, no se considera etapa de abandono.

3.3.1.1 Emisiones de gases y levantamiento de polvo por tránsito vehicular

Durante la etapa de construcción del loteo se emitirá polvo fugitivo, asociado principalmente al tránsito de vehículos y a los movimientos de tierra necesarios para construir y habilitar las parcelas, (nivelación del suelo, obras de pavimentación, construcción de red eléctrica, entre otros). Estas emisiones se producirán de forma esporádica y tendrán un alcance limitado.

Asimismo, se generarán emisiones gaseosas debido a la combustión en los motores de los vehículos y maquinarias utilizadas por el proyecto. Sin embargo, este tipo de emisiones no serán significativas debido a la baja cantidad de maquinarias y vehículos que se utilizarán durante la etapa de construcción (Ver Tabla N” 16 de la DIA, Demanda Vehicular del Proyecto, según actividad en proyecto Parque Industrial Puerto Varas).

No obstante lo anterior, el titular implementará las siguientes medidas de control, a fin de reducir al mínimo las emisiones a la atmósfera:

Se verificará y controlará que los vehículos livianos, camiones utilizados por el contratista tengan su revisión técnica al día, y que la maquinaria utilizada sea mantenida según las especificaciones del fabricante;

En caso de ser necesario, se realizará la humectación de las áreas intervenidas y/o transitadas;

El transporte de materiales se realizará a baja velocidad, cumpliendo con toda la normativa que le es aplicable; y

El transporte de materiales a granel se realizará con la sección de carga de los camiones tapada, de forma de impedir la dispersión de polvo en el aire, y evitar la caída de materiales.

Ver detalles de Emisiones en Anexo IV, Emisiones Atmosféricas.

3.3.1.2 Caracterización de Ruido

Se evaluó en cumplimiento del D.S. 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente, MMA, y del tránsito de camiones, a través de una norma de referencia (Suiza) en ausencia de una de carácter nacional.

Las mediciones de la línea basal de ruido se efectuaron el día 28 de septiembre de 2013. En ambos períodos (diurno y nocturno) se identificaron como fuentes predominantes de ruido al generado por el tránsito vehicular presente en la Ruta 5 Sur, el roce de follaje y el trinar de aves.

Esta evaluación se desarrolla en cuatro receptores identificados como representativos del sector aledaño a la zona de emplazamiento del proyecto, en los cuales, se midieron niveles de ruido de fondo con el objetivo de establecer los niveles máximos permisibles (NMP) en cada uno de ellos.

Se consideraron seis tipos de faena, las que incluían las correspondientes maquinarias suponiendo los peores escenarios, esto es, un funcionamiento simultáneo.

Faena 1: Preparación del terreno.

Faena 2: Nivelación y orden de superficie

Faena 3: Construcción de caminos

Faena 4: Construcción de foso en sector lateral de camino Faena 5: Asfaltado de caminos

Faena 6: Obras complementarias.

De acuerdo a la modelación obtenida de los niveles de ruido en horario diurno y nocturno, se observa que los valores calculados no exceden los niveles máximos permisibles establecidos para el periodo diurno por el D.S. 38/11, normativa nacional aplicable.

En el período nocturno, el nivel de presión sonora excedería el máximo permitido por norma para las Faenas 3 y 5. Respecto a lo anterior, el titular se compromete a no ejecutar dichas faenas en el período en cuestión, dando de esta forma cumplimiento normativo. (Ver detalles de informe acústico en Anexo III Línea Base Ambiental de la DIA).

3.3.2 DESCARGAS DE EFLUENTES LIQUIDOS

Construcción

Durante la construcción del proyecto se generarán residuos líquidos domésticos en las instalaciones de faenas, debido a la utilización de un baño químico, un lavamanos, considerando una generación máxima de 1,5 m/día.

Dichas instalaciones serán realizadas por empresa autorizada, la que prestará servicios de instalación, retiro, transporte y disposición final.

Operación

No hay descargas durante esta etapa

3.3.3 RESIDUOS SÓLIDOS

Construcción

Los residuos sólidos generados por este proyecto consisten básicamente en: Residuos sólidos domiciliarios. Residuos industriales no peligrosos.

Residuos del tipo lubricantes y combustibles.

3.3.3.1 Residuos sólidos domiciliarios

Corresponden a los desechos tales como restos de comida, papeles, cartones, envases de plástico y/o vidrio, etc., y serán generados principalmente por los trabajadores durante sus actividades diarias.

Durante la etapa de construcción, se estima una generación máxima de aproximadamente 78 kg./mes, considerando una producción aproximada de residuos de 0,3 kg/persona/día, y 13 trabajadores como máximo. Cabe hacer presente que los turnos de trabajo simultáneo, contemplarán de 3 a 7 trabajadores como promedio.

Estos residuos serán almacenados temporalmente en tambores o contenedores con tapa. El retiro, transporte y disposición final de estos residuos estará a cargo de una empresa especializada, autorizada para llevar a cabo dicha labor, y depositado en lugar autorizado.

3.3.3.2 Residuos industriales no peligrosos

Estos residuos corresponden a los materiales sobrantes de las faenas de construcción, envoltorios plásticos, de sacos de cemento, envases plásticos, otros desechos inertes, por lo cual se estima una generación de 200 kg/mes como máximo, los que serán almacenados temporalmente en un sector especialmente habilitado en la instalación de faenas.

La disposición final de los residuos generados durante la construcción del proyecto, se realizará exclusivamente en sitios que se encuentren autorizados.

3.3.3.3 Residuos del tipo lubricantes y combustibles

Los residuos industriales peligrosos a considerar en la fase de construcción corresponden a restos de aceites, combustibles, lubricantes, suelo o elementos contaminados con estos combustibles.

El proyecto no considera la generación de este tipo de residuos. En efecto, durante esta etapa, el titular velará porque se realicen todas las mantenciones de sus equipos, maquinarias y vehículos en talleres mecánicos o estaciones de servicio, y no en la misma obra.

Ante cualquier eventualidad por fallas en vehículos o maquinarias desde donde emanaran hidrocarburos o aceites de cualquier tipo, se realizarán las siguientes acciones:

Delimitar el área contaminada con arena, conteniendo el derrame.

Retirar la sustancia del suelo contaminado y depositar en tambores o contenedores especialmente destinados para ello;

Etiquetar el contenedor con el tipo de residuo, y almacenarlo temporalmente en un lugar específico en la instalación de faenas.

Retirar el contenedor por una empresa debidamente autorizada.

El titular velará porque su contratista cuente con los contenedores necesarios para afrontar esta eventualidad, y porque los trabajadores conozcan el procedimiento.

3.3.4 ENERGÍA

Durante la realización del proyecto, no se generará energía, radiaciones ni vibraciones especiales de ningún tipo.

4,-Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

“Materia Regulad.

Se Sienta las bases de la protección ambiental.

Medio Ambiente Libre | Art. 19 N 8 Constitución ro A de Contaminación Política de la República o >, y Cumplimiento Operación Cumplimiento de normativa ambiental vigente. Integro Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambientemodificada por | Crea y desarrolla los siguientes instrumentos de gestión Ley N* 20.417 que crea el | ambiental aplicables a la modificación de proyecto: Ministerio, el Servicio de | Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, normas de . . Evaluación Ambiental y la | calidad ambiental, normas de emisión, etc. Etapa de Sistema de Evaluación Superintendencia del Construcción — y de Impacto Ambiental Medio Ambiente Operación

Secretaría General de la República,

D.O. 26.01.10

Cumplimiento

Se presenta a tramitación Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

. Text Normativo o

D.S. N* 95/2001 Ministerio Secretaría General de la República

Integro

Establece normas y procedimientos a que debe sujetarse el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Asimismo, indica los requisitos de las Declaraciones de Impacto Ambiental.

Reglamento del Sistema Etapa de de Evaluación de | Reglamento del Sistema de Construcción y Impacto Ambiental Evaluación de Impacto Cumplimiento Operación Ambiental Se presenta a tramitación DIA para su calificación D.O. 07.12.02 ambiental, presentando los antecedentes que dan cuenta que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental, del cumplimiento de las normas ambientales y los antecedentes de que no requiere de los permisos ambientales aplicables. Integro Establece los niveles máximos de presión sonora D.S. N* 38/2012 corregidos de emisión de fuentes fijas, de acuerdo a cada zona homologada. Etapa de Emisión de Ruido Construcción y Operación Cumplimiento Según los antecedentes presentados el proyecto cumple con esta norma. Cumplimiento Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales Etapa de Patrimonio Cultural Construcción y En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o | Operación

D.O. 04.02.70.

paleontológico deberá proceder según lo establecido en los artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N* 20 y 23 del Reglamento de la Ley N” 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales, para que este

organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.

Residuos Sólidos

Código Sanitario D.F.L N* 725 del Ministerio de Salud

D.O. 31.01.68

Artículo 78 y 80

Regula condiciones de acumulación, industrialización, selección, comercio, disposición o transporte de desperdicios y basuras.

Cumplimiento

Todos los residuos sólidos generados por el proyecto serán manejados y transportados de acuerdo a la normativa vigente y dispuestos en lugar autorizado.

Etapa Construcción Operación

de y

Residuos

Peligrosos

DS 148de 2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministerio de

Salud. D.O. 16.06.2004

Cumplimiento

No se considera la generación de este tipo de residuos en el Proyecto. Encaso de existir alguna eventualidad en que se generen residuos peligrosos por fallas en vehículos o camiones, quecontengan aceites, hidrocarburos uotros, se implementarán las siguientes medidas:

-Delimitar el área contaminada con aserrín o arena, de forma de contener el derrame.

-Retirar del suelo contaminado y depositar en tambores o contenedores destinados para ello;

-Etiquetar el tambor o contenedor con el tipo de residuo y se sellar almacenándolo temporalmente en un sitio acondicionado para este efecto enla instalación de faenas.

  • Retirar el material contaminado y disponer en lugar autorizado.

:xto Normativo

Los camiones que transportarán los materiales de construcción del proyecto y los residuales serán | Construcción habilitados de forma de prevenir los derrames y las caídas | operación

de material.

Establece Condiciones para el Transporte | DS 75/87 que Indica.

y

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.-Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo anterior en consideración a los siguientes argumentos:

a) Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no generará Riesgos para la salud de la población, debido a la calidad y cantidad de efluentes, emisiones o residuos en consideración a:

e Los residuos sólidos que se generen serán dispuestos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria cumpliendo la normativa vigente.

  • Se generarán aguas servidas solo en etapa de construcción para lo cual se utilizará un baño químico (contratado a un empresa externa autorizada).

  • Las emisiones de ruido se ajustarán a la normativa vigente (DS 38/2011)

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no provocará efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

e) Reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Según los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no provocará reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptible de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

En proyecto se ubica dentro del Parque Nacional Vicente Perez Rosales, sin embargo según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que el proyecto no afectará en forma significativa esta área protegida.

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental se concluye que no habrá alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación de impacto ambiental no habrá alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

En todo caso se establece que el Titular deberá dar aviso a las autoridades competentes ante el hallazgo de restos arqueológicos, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26% y 27% de la Ley 17,288 de Monumentos Nacionales y en los artículos 20 y 23% de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, todos los cuales deberán ser implementados por el proponente.

6.-Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular no ha asumido compromisos ambientales voluntarios.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  3. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  4. Que en caso de emergencias producidas por materiales o sustancias peligrosas, o que puedan afectar, pudiendo ser o no alguna de las establecidas en los planes de contingencia, el Titular dará aviso al Cuerpo de Bomberos y Carabineros de Chile, más cercano al lugar, a la Autoridad Sanitaria, y a la Superintendencia de Medio Ambiente. De igual forma se dará acceso expedito al área del incidente a los Servicios señalados precedentemente y facilitar las labores de estos a objeto de controlar dicha emergencia.

  5. Que el Titular debe mantener condiciones adecuadas en el manejo y disposición de los residuos sólidos, para lo cual llevara un registro o bitácora donde se establezcan todos los despachos relativos a los residuos retirados, en el cual se consignará, a lo menos fecha, hora, cantidad, procedencia, destino tipo de transporte, placa patente y antecedente del conductor del vehículo de transporte; además de datos del operador que despacha. Los residuos sólidos que genere el proyecto, sólo podrán disponerse en plantas reductoras establecimientos y/o vertederos autorizados.

  6. Que, en virtud de lo instruido por Resolución Exenta N? 844 de 14 de Diciembre de 2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial de 2 de enero de 2013, la información relativa a monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios auditorias, cumplimiento de metas, o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto. deberá ser entregada por el Titular a la Superintendencia del Medio Ambiente dentro de los plazos y con la frecuencia establecidas en la presente Resolución, ingresándola al Sistema de Seguimiento Ambiental de dicha Superintendencia al cual se accede a través de la página web http:// www.sma.gob.cl. Una vez ingresada dicha información, una copia impresa del comprobante, debidamente firmada por el Titular o su representante legal, deberá remitirse a la oficina de partes de la Superintendencia del Medio Ambiente ubicada en calle Miraflores N*178, piso 7, comuna y ciudad de Santiago. El incumplimiento de la obligación a que se refiere el presente numeral, configurará la infracción de las letras a) y e) del artículo 35 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.

  7. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.

  8. Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

  9. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Los Lagos

RESUELVE: 1.-CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS".

2.-CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, que el proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" cumple con la normativa de carácter ambiental, y que no se requieren de los permisos ambientales sectoriales que se señalan en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental,

3.-Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental . El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

,

AN Notifíquese y Archívese EN

fal Abud Maeztu Intendente

87 ga Lo,

pp

AWS/JHS/MSA/LFAB Distribución:

  • VÍCTOR EUGENIO WELLMANN

C/c:

Superintendencia de Medio Ambiente

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

CONADI, Región de Los Lagos

Corporación Nacional Forestal, Región de Los Lagos Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Los Lagos Dirección General de Aguas, Región de Los Lagos Dirección Regional de Vialidad, Región de Los Lagos Gobierno Regional, Región de Los Lagos

Ilustre Municipalidad de Puerto Varas

SEREMI de Agricultura, X Región de Los Lagos SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Los Lagos SEREMI del Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos

SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Los Lagos SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Los Lagos SEREMI MOP, Región de Los Lagos

Sernatur, Región de Los Lagos

Servicio Agrícola Y Ganadero, Región de Los Lagos Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "PARQUE EMPRESARIAL PUERTO VARAS" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos