Evaluación SEA

AMPLIACIÓN AL PROYECTO MODIFICACIÓN EN EL MANEJO Y DISPOSICIÓN DE AGUAS DE LAVADO, ORUJO Y ESCOBAJO DE PLANTA AGROINDUSTRIAL SALAMANCA DE CAPEL Ltda.

Rol 2128969771
SEA · DIA · Aprobado · 2013-12-23 · Región de Coquimbo · Cooperativa Agrícola Pisquera Elquí Limitada ó Capel Limitada

Servicio de Evaluación

AS Ambiental

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.".

0089 RESOLUCION EXENTA No YY * La seRENA, 084 201 VISTOS: 1. Lo dispuesto en la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente,

modificada por la Ley N“20.417; el Decreto Supremo N95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1.600/2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y las demás normas aplicables al proyecto.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y sus Adenda del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.”, presentada por el Señor Roberto Salinas Morán, en representación de Cooperativa Agrícola Pisquera Elqui Ltda. (en adelante, indistintamente, el titular o Capel Ltda.), con fecha 12 de marzo de 2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Pronunciamientos a la DIA:

» Oficio Ord. N*%00020 de la Dirección de Obras Hidráulicas, Región de Coquimbo, de fecha 02-01-2014.

» Oficio Ord. N*%13/ACC.929049 de la Corporación Nacional Forestal, Región de Coquimbo, de fecha 07-01-2014.

» Oficio Ord. 4-EA/2014 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Región de Coquimbo, de fecha 07-01-2014.

  • Oficio Ord. N*036 de la |. Municipalidad de Salamanca, de fecha 13-01-2014.

  • Oficio Ord. N%93 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 15-01-2014.

  • Oficio Ord. N%089 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 16-01-2014.

  • Oficio Ord. N*%014 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 17-01- 2014.

» Oficio Ord. N*“98 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 20- 01-2014.

« Oficio Ord. N*51 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha de fecha 20-01-2014.

01-2014. Oficio Ord. N%046 de la |. Municipalidad de Salamanca, de fecha 20-01-2014.

  • Oficio Ord. N%48 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 20-01-2014.

» Oficio Ord. N*%030 de la SEREMI de Agricultura, Región de Coquimbo, de fecha 20-01- 2014.

  • Oficio Ord. N*%107 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 22-01-2014.

  • Oficio Ord. N%251 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 23-01-2014.

» Oficio Ord. N“081 de la |. Municipalidad de Salamanca, de fecha 07-02-2014.

» Oficio Ord. N*214 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 14-02-2014.

  • Oficio Ord. N*%0172 de la SEREMI de Desarrollo Social, Región de Coquimbo, de fecha 13-02-2014.

» Oficio Ord. N*%1457 del Gobierno Regional, Región de Coquimbo, de fecha 09-04- 2014.

3.2. Pronunciamientos al Adenda N*1 de la DIA:

» Oficio Ord. N*038 de la SEREMI de Salud, Región de Coquimbo, de fecha 24-03- 2014.

» Oficio Ord. N*264 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 25-03- 2014.

» Oficio Ord. N%0448 de la SEREMI de Obras Públicas, Región de Coquimbo, de fecha 27-03-2014.

  • Oficio Ord. N*513 del Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo, de fecha 28-03-2014.

» Oficio Ord. N*242 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha de fecha 31-03-2014.

  • Oficio Ord. N*133 de la SEREMI de Medio Ambiente, Región de Coquimbo, de fecha 31-03-2014.

» Oficio Ord. N*%503 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Coquimbo, de fecha 02-04-2014.

3.3. Pronunciamientos al Adenda N*2 de la DIA:

Oficio Ord. N*470 de la Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo, de fecha de fecha 05-06-2014.

  1. El acta de la sesión del Comité Técnico de la Región de Coquimbo, de fecha 26 de junio de 2014.

  2. El Informe Consolidado de Evaluación, en adelante ICE, de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.”, de fecha 26 de junio de 2014.

  3. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo, de fecha 01 de julio de 2014.

  4. Los demás antecedentes, que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.”.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto a emprender actividades está sujeto al ES rez cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la

Y N GA

protección del medio ambiente y a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales.

  1. Que, según los antecedentes señalados en la DIA respectiva y sus Adenda, el proyecto consiste en obras, procesos y actividades que modifican el proyecto en operación denominado “Modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de Planta Agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” (calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N%66 de fecha 18-05-2011, de la Comisión de Evaluación Región de Coquimbo), el cual su vez modificó en su oportunidad el proyecto “Sistema de tratamiento y disposición de aguas de lavado y manejo de orujo y escobajo en Planta Agroindustrial Salamanca” (calificado ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N%139 de fecha 05-06-2009, de la COREMA Región de Coquimbo).

Sobre el particular, respecto de las aguas de lavado, el proyecto “Modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de Planta Agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” complementó la unidad de pre-tratamiento existente (pozo ecualizador-tamiz parabólico) del proyecto “Sistema de tratamiento y disposición de aguas de lavado y manejo de orujo y escobajo en Planta Agroindustrial Salamanca” con la implementación de un sedimentador y la incorporación de una unidad de neutralización de pH, con el objetivo de generar un efluente apto para su disposición en suelo, previo a ser mezclado con agua de canal; lo anterior, cumpliendo con los límites de carga orgánica establecidos en la “Guía para proyectos de industrias vitivinícolas que aplican RlLes al suelo” (Abril, 2006), del Servicio Agrícola y Ganadero.

Por otra parte, respecto del manejo de orujo y escobajo, el proyecto “Modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de Planta Agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” modificó el manejo de dichos residuos establecido en el proyecto “Sistema de tratamiento y disposición de aguas de lavado y manejo de orujo y escobajo en Planta Agroindustrial Salamanca” ya que los mismos, en vez de ser tratados mediante solarización modificada en la planta agroindustrial Salamanca se estableció su traslado hasta planta agroindustrial Punitaqui del titular para realizar en esta el mismo tratamiento.

La mano de obra corresponderá a 8 personas para la etapa de construcción y 2 personas durante la operación. Debido a que el titular considera para el proyecto una vida útil indefinida, no contempla mano de obra para las etapas de cierre y abandono. Para mayor detalle, ver el numeral 1.8. de la Declaración de Impacto Ambiental.

El proyecto se localizará en la parcela N*39, Santa Rosa, a las afueras de la ciudad de Salamanca (Comuna de Salamanca, Provincia del Choapa, Región de Coquimbo), en la misma área de ubicación de la “Planta Agroindustrial Salamanca” existente de la Cooperativa Agrícola Pisquera Elqui Ltda., ocupando una superficie aproximada de 3,81 hectáreas de un total de 7,9 hectáreas de superficie predial de la referida planta agroindustrial. Para mayor detalle de la localización del proyecto y coordenadas UTM (Datum WGS84; Huso 19), ver el numeral 1.3. de la DIA.

El proyecto tendrá una vida útil indefinida y la inversión estimada para la ejecución de este será de USD $ 165.000.-

3.1. Descripción de las partes, obras y acciones del proyecto.

A continuación se definen y describen las obras físicas e instalaciones que el proyecto considera a partir de lo existente:

3.1.1. Sistema de tratamiento de las aguas de lavado:

a) Se incorporará una unidad de tratamiento modular por Osmosis Inversa (en adelante planta Ol) al sistema de tratamiento actual de las aguas de lavado generadas en la plant.

pr

aguas y con el objetivo de obtener un producto (en adelante “permeado”) apto para su reutilización en diferentes usos.

La planta Ol corresponde a una planta modular que se inserta completamente en un contenedor tipo marítimo ocupando una superficie de 20 m? al interior de un galpón de 103 m? existente en la planta agroindustrial Salamanca. Para mayor detalle, ver el plano presentado en el anexo 10 de la DIA.

b) Para lograr una mayor eficiencia de la planta Ol en el abatimiento de contaminantes (por ejemplo DBO; ), ésta tendrá los siguientes componentes:

b.1) Contará con dos set de módulos (uno de 12 módulos y uno de 4 módulos) que funcionarán en serie para permitir el afino del líquido entrante hasta su descarga como “permeado”.

b.2) Contará con una unidad de nano filtración para afinar el producto final obtenido tras el paso del líquido en tratamiento por el último set de módulos.

c) Previo a su ingreso a la planta Ol, las aguas de lavado continuarán pasando primero por las unidades de tamizado, sedimentación y neutralización del sistema de tratamiento actual desde donde serán conducidas a uma cuba de acumulación de 400 m* de capacidad (para su almacenamiento transitorio) y desde esta serán bombeadas a la planta Ol.

El caudal máximo de aguas de lavado que serán tratados en la planta Ol será de 50 m”/día.

d) Posterior al tratamiento en la planta Ol, el efluente resultante (“permeado”) equivaldrá al 85% del volumen tratado de aguas de lavado y será almacenado transitoriamente en una cuba de 400 m* de capacidad desde donde se destinará a los usos que a continuación se señalan.

d.1) La primera alternativa será la entrega a terceros y el criterio de adopción de esta será el siguiente:

i) Siempre que opere la planta Ol y equivaldrá al 100% del volumen de “permeado” generado si la demanda lo requiere.

La entrega se realizará sólo en la planta Salamanca, descargando directa y gravitacionalmente el “permeado” desde la cuba de acumulación a una cisterna o contenedores que el interesado proveerá y cuyo manejo y trasporte será responsabilidad del mismo.

d.2) Reutilización en procesos internos de la planta agroindustrial Salamanca (como limpieza de cubas de proceso y pisos) y humectación de zonas de tránsito en áreas de producción y guarda de dicha planta (lo cual corresponde a una superficie de 0,51 hectáreas).

Los criterios de adopción de esta alternativa serán los siguientes:

i) Siempre que opere la planta Ol y equivaldrá al 50% del volumen de “permeado” generado.

ii) En caso de entrega a terceros, el volumen de permeado que se utilizará en humectación/reutilización será el 50% del volumen de “permeado” que restare.

Para mayor detalle, ver el plano de ubicación presentado en el anexo | del Adenda N*2 de la DIA.

agroindustrial Salamanca, donde existe una formación boscosa con ejemplares de eucaliptus, especies locales, matorrales y empastada. La superficie antes señalada corresponde a la suma de la superficie estimada de 0,25 hectáreas de eucaliptos, 1 hectárea de empastada y 0,45 hectáreas de especies perennes.

El riego se realizará mediante tendido, utilizando mangas o mangueras de riego que podrán ser desplazadas desde un lugar a otro, dentro de los mismos sectores, para el riego respectivo.

Los criterios de adopción de esta alternativa serán los siguientes:

i) Siempre que opere la planta Ol y equivaldrá al 50% del volumen de “permeado” generado.

ii) En caso de entrega a terceros, el volumen de permeado que se utilizará en riego será el 50% del volumen de “permeado” que restare.

Para mayor detalle acerca de las alternativas de utilización del “permeado”, ver las respuestas 1.9.d) y 1.18. del Adenda N%1 de la DIA y el plano de ubicación presentado en el anexo IV del Adenda N?2 de la misma.

e) Como resultado del tratamiento de las aguas de lavado en la planta Ol, se generará un residuo denominado “rechazo” en una cantidad máxima de 10 m'/día (equivalentes al 15% del volumen de agua de lavado), el cual se almacenará transitoriamente en dos estanques que permiten 40 m* de capacidad total y que se localizarán al interior del mismo galpón de ubicación de la planta Ol (ver plano presentado en el anexo 10 de la DIA). El manejo del “rechazo” tendrá dos alternativas, a saber:

e.1) Disposición mediante aspersión en suelo de terreno de 1,6 hectáreas que se encuentra contiguo a la planta agroindustrial Salamanca, donde antiguamente (de acuerdo a la RCA N*%139/2009) se realizaba el tratamiento de los orujos y escobajos, en adelante OEs, generados en esta planta, mediante solarización modificada (cancha de solarización).

La disposición de “rechazo” en la referida cancha se realizará de manera normal en periodo de post vendimia (julio a febrero) y en vendimia (marzo a junio) sólo ante eventuales contingencias operacionales que puedan estar relacionadas tanto a situaciones que afecten el normal desarrollo de la solarización modificada en la planta Punitaqui como a situaciones que impidan o dificulten el transporte del “rechazo” desde planta Salamanca a planta Punitaqui.

Sobre el particular, las eventuales contingencias operacionales que pudiesen afectar el desarrollo de la solarización modificada en la planta Punitaqui, se refieren, por ejemplo, a precipitaciones que impidan disponer sobre las parvas en tratamiento, fallas en el sistema de aplicación de líquidos a las parvas en tratamiento y cualquier otra que impida la aplicación inmediata del “rechazo”. Para mayor detalle, ver la respuesta 1.1.c) del Adenda N?2 de la DIA.

e.2) Envío a la planta agroindustrial Punitaqui de manera normal en la época de vendimia (marzo a junio) para su incorporación en el tratamiento de OEs (mediante solarización modificada) que se lleva a cabo en esta; el traslado o transporte se realizará en estanques IBC de 1 m? de capacidad en los mismos vehículos que continuarán transportando los OEs hasta la planta Punitaqui, utilizando las rutas establecidas en la RCA N*66/2011.

Sin perjuicio de lo anterior, en caso de contingencias durante el transporte de IBC se informará inmediatamente tales situaciones tanto al Director Regional de Vialidad Región de Coquimbo como al SEREM de Obras Publicas Región de Coquimbo, vía telefónica, correo electrónico y por oficio; en caso de transitar por rutas concesionadas se dará aviso... a la correspondiente empresa concesionaria. %

Para mayor detalle acerca de las alternativas de utilización del “rechazo”, ver la respuesta 1.18. del Adenda N%1 de la DIA y la tabla | del Adenda N*2 de la misma.

Para mayor detalle acerca del trazado de tuberías, sistema de bombeo, materialidad y especificaciones técnicas de tuberías y bombas de conducción e impulsión del agua de lavado hasta planta Ol, de rechazos y permeado hasta sitios de disposición, ver los planos presentados en los anexos | y Il del Adenda N*1 de la DIA.

f) Sólo como opción secundaria, en caso de paradas de la planta Ol por mantenciones o la ocurrencia de contingencias ajenas a Capel, desperfectos, exceso oferta hídrica, u otras, se mantendrá como alternativa la disposición en suelo de las aguas de lavado tratadas mediante tamizado, sedimentación y neutralización en un predio agrícola (parcela N1) ubicado en el sector de Llimpo (distante 18 Km al Este de la planta Salamanca), tal como se establece en la RCA N66/2011.

Al respecto, sólo si en el año calendario se dispone aguas de lavado en el predio en Llimpo (tratadas sólo de acuerdo a lo establecido en la RCA N*66/2011, es decir, sin pasar por la planta Ol), se realizará una vez al año el monitoreo de aguas subterráneas en dicho lugar establecido en la referida RCA y la frecuencia de entrega de un informe de monitoreo también será anual.

Por otra parte, en caso de verificar desviaciones respecto de los valores base de los parámetros analizados, para el año que efectivamente se aplique aguas de lavado en Llimpo, se tomarán las siguientes medidas:

  • Aviso a las Autoridades respectivas.

  • Suspensión temporal de la aplicación en Llimpo.

  • Aumento de la frecuencia de monitoreo de los parámetros en seguimiento.

  • Definir en conjunto con la autoridad fiscalizadora un plan de acción, que a partir de su cumplimiento permita reanudar la disposición de agua de lavado en Llimpo.

Los resultados del monitoreo serán enviados a la Superintendencia de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver la repuesta 11.2.a) del Adenda N*2 de la DIA.

3.1.2. Manejo de orujos y escobajos: La cantidad actual de orujos y escobajos (en adelante OEs) que se generan en la planta agroindustrial Salamanca no se modificará con el presente proyecto en evaluación (el volumen total generado durante la temporada 2013 fue de 2.871 toneladas) y tampoco la infraestructura física asociada existente en dicha planta. El manejo de OEs será el siguiente:

a) Continuarán siendo enviados (de acuerdo a lo establecido en la RCA N66/2011) a la planta agroindustrial Punitaqui donde serán tratados en una cancha de solarización modificada para ser transformados en compost (de acuerdo a lo establecido en la RCA N79 de fecha 26-03-2009 que califica ambientalmente el proyecto “Ampliación del sistema de tratamiento y disposición de vinaza y manejo de orujo y escobajo en Planta Agroindustrial Punitaqui”).

b) En caso de ser necesario el acopio temporal en la planta Salamanca, esto se realizará en un sitio de acopio existente autorizado (sector de patio de OEs) en la planta agroindustrial Salamanca y por un periodo no superior a 3 días. Lo anterior, sólo en caso de eventuales contingencias operacionales o discontinuidades en el servicio de transporte durante fines de semana.

Para mayor detalle, ver el anexo XVII de la DIA y el plano de ubicación presentado en el anexo V del Adenda N%1 de la DIA.

c) El traslado de OEs se realizará en camiones tolva.

Para mayor detalle acerca del proceso productivo y de apoyo y de la generación de aguas lavado y OEs en la planta agroindustrial Salamanca (con y sin proyecto), ver tanto los

numerales 2.0. y 2.1. de la DIA como los anexos lll y VI del Adenda N*1 de la misma. Para mayor detalle acerca de las cantidades generadas en la temporada 2013 y características físicas y químicas de aguas de lavado y OEs, ver los numerales 2.1.1. y 2.1.2. de la DIA.

3.1.3. Sistema de distribución y disposición de “permeado y “rechazo”:

a) Para la distribución y disposición del “rechazo” y del “permeado” se instalarán dos líneas de tuberías de PVC. Estas líneas irán enterradas y tendrán una longitud aproximada de 120 metros, respecto de lo cual, en la actualidad existe una excavación equivalente a 40 metros por lo que se realizará una excavación adicional de 80 metros de longitud que permitirá la instalación de las líneas antes mencionadas; esta excavación única de 80 metros de largo tendrá una profundidad de 0,5 m y un ancho de 0,3 m. Ambas líneas se conectarán a una cámara de distribución existente.

Todas las partes, funciones y materialidades de las unidades a utilizar a partir de la cámara antes mencionada, corresponderán a aquellas aprobadas mediante la RCA N*139/2009, por lo cual no se generarán cambios, alteraciones o impactos ambientales asociados al sistema de distribución para la disposición del “permeado” y “rechazo”.

Para mayor detalle, ver tanto la tabla IV de la respuesta |.7 del Adenda N%1 de la DIA como los anexos | y Il del Adenda N%1 de esta y los anexos 1, II, 111 y IV del Adenda N*2 de la misma.

b) Desde la referida cámara de distribución, el “permeado” y “rechazo” serán conducidos por separado a sus sectores de disposición, pero utilizando una única línea de conducción. Sobre el particular, la disposición del “permeado” y “rechazo” se realizará en periodos de tiempo distintos dada la existencia de un sistema de válvulas en la cámara de distribución que permitirá programar su manejo, es decir, mientras se lleve a cabo la disposición de “permeado” no se descargará “rechazo” desde los estanques de almacenamiento de este y mientras se lleve a cabo la disposición “rechazo” no se descargará “permeado” desde la cuba de almacenamiento de este. Al respecto, se mantendrá un registro de la distribución y disposición de los mismos.

Para mayor detalle acerca del manejo y distribución del “permeado” y “rechazo” a partir de la cámara común de distribución de estos, ver la respuesta 1.1. del Adenda N2 de la DIA.

c) El “rechazo” se conducirá gravitacionalmente hasta un estanque de hormigón existente (de sección circular y con una capacidad de almacenamiento de 28 m1) desde el cual será bombeado hasta el sistema de aspersión para su disposición en suelo; este sistema de aspersión tendrá 12 líneas de riego con 100 aspersores por línea y cada uno de estos tendrá una capacidad de riego de 25 litros/hora. Por su parte, el “permeado” será conducido gravitacionalmente hasta mangas de polietileno que lo dirigirán a las zonas de riego cada vez que se requiera. Además, debido al bajo volumen de “rechazo” generado, su disposición será inmediata y la línea de conducción de líquidos permanecerá gran parte del día disponible para conducir el “permeado” cuando corresponda; considerando lo anterior, bajo ninguna circunstancia el “rechazo” será conducido al área de riego de bosque.

Para mayor detalle acerca de los caudales promedios diarios probables de “rechazo”, ver la tabla | del Adenda N%2 de la DIA.

d) El sistema de distribución generará la intervención de una superficie de sólo 30 m? aproximadamente.

3.1.4. Obras aprobadas mediante la RCA N66/2011 y RCA N%139/2009 que no serán modificadas y continuarán cumpliendo funciones relacionadas con el presente proyecto en evaluación:

ZE O REG

contención en el sector de riego en bosque. Para mayor detalle acerca de las características de diseño y funciones de dicha obras, ver la tanto la respuesta 1.14. como el anexo | del Adenda N%1 de la DIA.

3.2. Descripción de las etapas del proyecto. 3.2.1. Etapa de construcción:

a) Debido a que la planta Ol es de tipo modular y todas sus partes y accesorios se conforman dentro de una estructura tipo container no se requerirán obras civiles; por otra parte, dicho container estará emplazado en un galpón existente (con losa) de 103 m?.

Para mayor detalle, ver los anexos IX y X de la DIA.

b) Se instalará un medidor de caudal al ingreso a la planta Ol, uno a la salida del estanque de “permeado” y uno a la salida del rechazo, de tal manera de llevar el control de disposición.

c) Se instalará el piping de bombeo (principalmente PVC hidráulico de 32 mm), distribución y descarga.

d) El agua potable para los trabajadores que instalarán y montarán los equipos del sistema de tratamiento será suministrada por la red de agua potable domiciliaria existente en la misma planta.

e) Los servicios higiénicos y sanitarios corresponderán a los existentes en planta Salamanca, los cuales se encuentran conectados a la red pública de alcantarillado de Salamanca.

f) La alimentación será suministrada en un lugar autorizado que actualmente presta servicios a la planta Salamanca.

3.2.2. Etapa de operación:

a) Los efluentes provenientes del lavado y limpieza de equipos e instalaciones (utilizadas en las operaciones de recepción, molienda, maceración, decantación y vaciado) de la planta agroindustrial Salamanca, serán tratados en primer lugar en las unidades de tamizado, sedimentación y neutralización del sistema de tratamiento actual de dicha planta, desde donde serán conducidos a una cuba de acumulación existente de 400 m* de capacidad para su almacenamiento transitorio.

b) Desde la cuba de 400 mf? las aguas de lavado tratadas primariamente serán bombeadas a la planta Ol a través de una tubería de PVC hidráulico.

La planta Ol tendrá una capacidad de tratamiento de 50 m*/día y operará durante 22 horas al día, más dos horas que se destinarán a mantención y/o retrolavado. Sin perjuicio de lo anterior, si bien la planta Ol operará durante todo el año esto se traducirá entre 1 a 23 días al mes de funcionamiento dependiendo de la etapa productiva o dinámica operacional de la planta agroindustrial Salamanca.

Esta cuba actuará como estanque pulmón, ya que en el periodo de máxima producción de la planta agroindustrial (abril a mayo) permitirá almacenar las aguas de lavado y en el periodo de baja producción permitirá reunir los 50 m? necesarios para operar la planta Ol o en periodo de post vendimia permitirá acumular el volumen necesario para operar la planta 2 veces por semana.

c) El “permeado” generado será bombeado a una cuba de acumulación de 400 m* de capacidad (de cemento con revestimiento epóxico) y desde esta se conducirá gravitacionalmente, mediante tuberías de PVC hidráulico o HDPE, al área de riego del bosque propio existente en el terreno cercano al de emplazamiento de la planta roindustrial Salamanca. En caso de utilización del “permeado” en humectación de

O,

zonas de tránsito y/o reutilización en lavado de cubas y pisos, este será impulsado mediante bomba centrífuga hasta las correspondientes áreas.

En el periodo marzo-junio el volumen de “permeado” generado permitirá su utilización diaria, sin embargo, el menor volumen generado el resto del año (meses de reducción de actividad de la planta agroindustrial Salamanca) sólo permitirá su utilización al menos una vez a la semana.

Para la ejecución de la utilización del “permeado” en riego se implementarán las siguientes acciones:

i) Definición de regueros: corresponderán a zonas o sectores de riego de acuerdo a las curvas de nivel del terreno (sectorización). Para mayor detalle, ver el anexo | del Adenda N91 de la DIA.

ii) Uso de mangas de polietileno para conducir el permeado a los regueros o sectores específicos: uso de mangas de polietileno (una por sector) que conducirán gravitacionalmente el permeado hasta el sector específico; cada sector dispondrá de una manga de riego que estará conectada a una tubería superficial existente. Para mayor detalle, ver la tabla IV del Adenda N%1 de la DIA.

iii) Implementación de válvulas para conducir el permeado entre regueros: el uso de llaves de paso o válvulas de cierre permitirá dirigir el permeado al sector respectivo y definir la frecuencia de riego.

iv) Tiempos de riego: estarán acorde a la velocidad de infiltración característica del sector.

v) Manejo de frecuencia por válvulas: el uso de válvulas y/o llaves de cierre permitirá definir la frecuencia y tiempo de riego de cada sector.

vi) Suspensión del riego cuando existan precipitaciones. vii) Capacidad de almacenamiento en cuba de 400 m'.

d) El “rechazo” generado en la planta Ol será bombeado a los dos estanques de almacenamiento transitorio (40 m? de capacidad total) desde donde será bombeado a través de dos líneas de tuberías, ya sea al punto carga de contenedores IBC para su traslado a la planta Punitaqui o a la cámara común de distribución de “permeado” y “rechazo” desde donde será conducido a un estanque de acumulación para ser bombeado al sistema de aspersión para disposición en suelo.

Debido a que el sistema de aspersión para la disposición de “rechazo” tendrá una capacidad de riego de 25 litros/hora, se podrá disponer hasta un máximo de 30 m”/hora en el terreno de 1,6 hectáreas disponible para tales fines (caudal que supera por sobre 3 veces el caudal a disponer diariamente). En consideración a lo anterior, los 10 m*/día de “rechazo” que se generarán como máximo podrán ser dispuestos homogéneamente en la referida superficie de suelo en alrededor de 20 minutos.

En caso de una contingencia que impida la disposición del “rechazo” en alguna de las alternativas mencionadas en los párrafos precedentes, existirá una capacidad de almacenamiento transitorio de 68 m?, permitido por la suma de las capacidades de almacenamiento de los dos estanques de fibra de vidrio (40 m! en total) localizados en la planta Ol y del estanque circular (28 m) de almacenamiento para la disposición en suelo. Considerando tanto el volumen total disponible de almacenamiento como la tasa máxima de generación de 10 mí será posible almacenar el rechazo hasta un máximo de 7 días. En caso de una contingencia mayor en que se proyecte un mayor requerimiento de tiempo y volumen de almacenamiento, la osmosis inversa se suspenderá y el agua de lavado será enviada a Llimpo para su aplicación en suelo de acuerdo a la RCA N66/2011. .

10

Para mayor detalle respecto al esquema general de operación del sistema de manejo de aguas de lavado, “permeado” y “rechazo”, ver los anexos l, Il y VI del Adenda N%1 de la DIA y los anexos 1, II, 11l y IV del Adenda N*2 de la misma.

3.3. Emisiones, descargas y residuos del proyecto. 3.3.1. Etapa de construcción:

3.3.1.1. Emisiones atmosféricas: No se generarán emisiones significativas a la atmósfera que se traduzcan en una alteración o cambio respecto a la situación actual, ya que no se incrementa el flujo vehicular y tampoco se llevarán a cabo procesos de combustión ni operaciones que generen este tipo de emisiones.

3.3.1.2. Residuos líquidos:

a) Aguas servidas: se generarán en los servicios higiénicos y sanitarios existentes en la planta agroindustrial Salamanca, los cuales se encuentran conectados a la red pública de alcantarillado de Salamanca. Al respecto, no se generará una cantidad adicional de aguas servidas distinta a las actuales ya que las actividades necesarias para implementar el proyecto en evaluación se hará con trabajadores que regular y continuamente se desempeñan en la planta Salamanca.

3.3.1.3. Residuos sólidos:

a) Domésticos y asimilables a domiciliarios: No se generará una cantidad adicional a los actuales volúmenes de dichos residuos ya que las actividades necesarias para implementar el proyecto en evaluación se hará con trabajadores que regular y continuamente se desempeñan en la planta Salamanca.

b) Industriales no peligrosos: Se generarán como resultado del montaje de la planta Ol y las tuberías (piping) de agua asociadas y corresponderán a restos de materiales de construcción (como despuntes metálicos y madera), adhesivos de PVC secos, plásticos, material de embalaje y otros residuos inertes. Se generará un volumen total estimado de 100 litros.

Estos residuos que se generarán en la zona de obras y que puedan tener algún uso posterior (como despuntes metálicos y maderas, entre otros) serán acopiados diariamente en un tambor metálico de 200 litros de capacidad; por su parte, los plásticos y cartones serán destinados a un sitio autorizado de disposición o de reciclaje en la comuna de Salamanca.

Una vez terminada la fase de montaje de la planta Ol, el contenedor de 200 litros será trasladado al Patio de Salvataje (existente y autorizado) de la planta Salamanca y en caso que los residuos no sean reutilizados en esta planta serán entregados a un gestor autorizado para su reutilización y/o reciclaje.

Para mayor detalle acerca de la ubicación del patio de salvataje, ver el plano presentado en el anexo | del Adenda N?2 de la DIA.

c) La cantidad de material generado producto de las excavaciones para la instalación de las tuberías de conducción y distribución de “rechazo” y “permeado” será de 12 m?; este material será dispuesto en la misma excavación una vez instaladas las tuberías correspondientes.

3.3.1.4. Ruidos: No se generarán niveles de ruido que se traduzca en una diferencia con los actuales niveles de ruido en la planta agroindustrial Salamanca ya que en esta etapa sólo se ejecutarán obras menores.

3.3.1.5. Contaminación lumínica: Los trabajos de construcción se realizarán de día y no se contempla ningún tipo de sistema de iluminación durante la jornada nocturna, nuevo o istinto a lo actualmente en uso en la planta Salamanca.

11

3.3.2. Etapa de operación:

3.3.2.1. Emisiones atmosféricas: No se generarán emisiones significativas a la atmósfera que se traduzcan en una alteración o cambio respecto a la situación actual, ya que no se incrementa el flujo vehicular y tampoco se llevarán a cabo procesos de combustión ni operaciones que generen este tipo de emisiones.

3.3.2.2. Residuos líquidos: a) “Permeado”:

a.1) El volumen diario máximo que se generará será de 42,5 m? y el volumen anual aproximado que se generará será de 2.900 m'; la calidad de este residuo cumplirá con el D.S. N90/2000, Norma de emisión de residuos líquidos a cuerpos de aguas superficiales continentales.

Para mayor detalle acerca de la calidad y cantidad estimadas del “permeado” a generar, ver las tablas XV y XVI del numeral 2.1.5. de la DIA y la figura 6 del numeral 2.1.3. de la misma.

a.2) Las operaciones de la planta agroindustrial Salamanca que requieren mayor volumen de agua corresponden a la limpieza y arrastre de borras desde las cubas de almacenamiento de jugos y mostos y la humectación de las zonas de tránsito de vehículos (para evitar el levantamiento de polvo); al respecto, de acuerdo a las características del “permeado” y los requerimientos de calidad del agua para limpieza se espera cubrir hasta el 50% del consumo total anual estimado de agua tanto para limpieza de cubas y pisos (1.515 m? de requerimiento y 750 m'/año de aporte de “permeado”) como para humectación de zonas de tránsito (905 m de requerimiento y 450 m/año de aporte de “permeado”).

Para mayor detalle, ver tanto la tabla XVIl del numeral 2.1.5. de la DIA como la respuesta 1.9.c) y anexo | del Adenda N*1 de la DIA.

a.3) En relación con la alternativa de riego de bosque propio, con el objetivo de evitar saturación del suelo o apozamientos, el “permeado” será aplicado de manera controlada y de acuerdo a balance hídrico. Al respecto, la demanda hídrica ha sido estimada y definida considerando el máximo probable a disponer en caso de necesidad operativa. Por lo anterior, el balance se ha calculado en base a una superficie estimada de 0,25 há de eucaliptos, 1 há de empastada y 0,45 há de especies perennes.

La cantidad de “permeado” que se destinará a uso en riego será de 1.600 m*/año, lo cual es 15 veces menor al requerimiento hídrico necesario para este fin, por lo cual, considerando el máximo de producción de “permeado” y el número de zonas de riego (3) se destinarán 7,5 m'/día a aplicar por sector.

En eventos de precipitaciones o meses lluviosos se suspenderá el riego con “permeado” (durante el día o días en que efectivamente se manifieste el evento climático), utilizándose el mismo en las otras alternativas contempladas en el presente proyecto en evaluación. Sumado a lo anterior, se contará con una cuba de almacenamiento de “permeado” de 400 m? de capacidad, distinta e independiente de la cuba de almacenamiento de aguas de lavado tratadas previo a su ingreso a la planta Ol.

Para mayor detalle, ver tanto el numeral 2.1.5. de la DIA como las respuestas 1.9.c) y 111.2.3. y el anexo | del Adenda N%1 de la misma.

12

a.5) Control del “permeado” a disponer:

  • Se realizarán monitoreos voluntarios, basados en lo establecido en el D.S. N*90/2000 “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.

  • El punto de muestreo será la descarga desde la cuba de acumulación de “permeado”.

  • Se tomará una muestra mensual (enero a diciembre de cada año) del “permeado” desde la cuba de almacenamiento y se determinarán las concentraciones de los siguientes parámetros: DBO;, sólidos suspendidos, pH y conductividad.

  • Con la información de monitoreo y análisis de los líquidos aplicados al suelo se mantendrá un registro de la información relativa a la entrega del producto.

  • Los resultados de análisis serán enviados a la Superintendencia del Medio Ambiente una vez terminada la temporada productiva cada año.

  • Se mantendrá en la planta agroindustrial Salamanca registros de la siguiente información: volumen de “permeado” destinado según alternativa; y fecha, destinatario, volumen.

b) “Rechazo”:

b.1) En función de la operación de la planta Ol (50 m*/día máximo) y la eficiencia de esta, se generará un volumen diario máximo de “rechazo” de 10 m'/día aproximado y un volumen anual total aproximado de 500 m?.

Para mayor detalle acerca de la calidad y cantidad estimadas del “rechazo” a generar, ver tanto la figura 6 del numeral 2.1.3. y las tablas XIII, XV y XVI del numeral 2.1.5. de la DIA, como la respuesta 1.7. del Adenda N%1 de esta y la tabla | del Adenda N*2 de la misma.

b.2) Para el almacenamiento del “rechazo” se instalarán dos estanques de fibra de vidrio de un volumen total de 40 m* de capacidad sobre la losa existente del mismo galpón donde se localizará la planta Ol.

b.3) El “rechazo” generado tendrá dos alternativas de manejo y la operación de una u otra de estas (o ambas en forma paralela) dependerá de las decisiones operativas que se tomen, a saber:

b.3.1) Envío en contenedores tipo IBC de 1 m? de capacidad (ver anexo XI de la DIA), cargados en camiones, a la planta agroindustrial Punitaqui con una frecuencia de un viaje diario como máximo en periodo de vendimia, transportando una cantidad total de de 5 m* en 5 contenedores IBC para ser utilizado en el tratamiento de OEs mediante solarización modificada. En el periodo de post vendimia se realizará 1 viaje por semana, es decir, el envío de 5 m' en 5 contenedores IBC.

El traslado de los contenedores IBC a la planta Punitaqui se realizará en camiones utilizando las rutas señaladas en el anexo XII de la DIA.

b.3.2) Disposición por aspersión en terreno de la planta agroindustrial Salamanca:

i) En dicho terreno, antiguamente (según RCA N*139/2009), se llevaba a cabo el tratamiento de OEs mediante solarización modificada en una cancha de 16.000 m? de superficie, la cual será utilizada para la disposición de “rechazo”; dicha cancha está constituida de una base de material arcilloso de 20 cm de espesor, compactada hasta una densidad mínima equivalente al 95% de la DMCS (densidad máxima seca de compactación), con el objetivo de reducir la posibilidad de infiltración de aguas lluvias. Para mayor detalle, ver los anexos XIII (Estudio de Suelo) y XIV (Plano de aplicación) de la DIA.

13

ii) El sistema de aspersión tendrá 12 líneas de riego con 100 aspersores por cada línea y cada aspersor tendrá una capacidad de riego de 25 L/h.

iii) La disposición cumplirá con lo establecido en la “Guía para proyectos de industrias vitivinícolas que aplican RlLes al suelo” (Abril, 2006) del Servicio Agrícola y Ganadero, en particular, respecto del límite diario de carga orgánica y el área a cubrir correspondiente a 112 Kg de DBO5/ha*día.

iv) Para dar seguridad de una aplicación controlada del “rechazo” y evitar la generación de escurrimientos fuera de la zona de aplicación, el predio se utilizará de manera sectorizada, disponiendo el “rechazo” en dos sectores de 0,8 hectáreas (del total de 1,6 hectáreas) de manera intercalada. Se debe considerar que luego del tratamiento por ósmosis inversa de las aguas tratadas la carga orgánica es sólo de 70 kg de DBOy/día.

v) Con el objetivo de evitar el ingreso de escurrimientos superficiales de aguas lluvia al área de disposición de “rechazo”, se habilitará un canal de rebalse existente que recorre longitudinalmente la misma a una distancia de siete metros por su borde. Para mayor detalle, ver el anexo X de la DIA.

vi) Se llevará a cabo un programa de monitoreo voluntario de suelos que tendrá las siguientes características:

  • Parámetros a controlar: Materia orgánica, granulometría, nitrógeno total, fósforo, conductividad eléctrica y pH.

  • Frecuencia de muestreo: Se realizará un monitoreo anual (al finalizar cada año) de todos los parámetros a controlar.

  • Toma de muestra: Se tomarán 3 muestras compuestas (a los 15, 30 y 60 cm de profundidad) que serán enviadas a un laboratorio de suelos. Cada muestra estará conformada por 10 submuestras obtenidas a intervalos regulares (mediante recorrido tipo zig-zag), de manera de representar las características promedio del área de aplicación. Para mayor detalle, ver el literal “h” del título “Manejo de Rechazo” del numeral 2.1.5. de la DIA

  • Los resultados serán remitidos anualmente a la Superintendencia de Medio Ambiente.

vii) Se llevará a cabo un programa de monitoreo voluntario de agua subterránea que tendrá las siguientes características:

  • Lugar de monitoreo: Pozo existente en la sector de disposición de “rechazo”, en la planta agroindustrial Salamanca.

  • Parámetros a monitorear: pH; Nitratos; Nitritos; Fósforo total; Conductividad eléctrica.

  • Frecuencia de monitoreo: Se realizará un muestreo anual luego de finalizada la temporada productiva, sólo en caso que dicha opción de disposición del “rechazo” en terreno de la planta agroindustrial Salamanca efectivamente se lleve a cabo; en caso contrario se suspenderá el monitoreo.

  • Se realizará un monitoreo previo al inicio del proyecto en evaluación, a modo de línea base, el que se comparará con los resultados del seguimiento propuesto.

  • En caso de verificar desviaciones respecto de los valores base de los parámetros analizados, se tomarán las siguientes medidas: aviso a las Autoridades respectivas; suspensión temporal de la aplicación en el sector de disposición de “rechazo” en la planta ile Salamanca; aumento de la frecuencia de monitoreo de los parámetros en

14

  • Los resultados serán remitidos anualmente a la Superintendencia de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver los anexos XV y XVI de la DIA.

3.3.2.3. Residuos sólidos: Corresponderán sólo a membranas saturadas (camisas de celulosa) en un volumen total aproximado de 50 litros cada tres años. Las membranas reemplazadas serán almacenadas en bolsas de basura estándar dentro de un contenedor de 100 litros y, considerando las características y cantidad de dichas membranas, serán dispuestas finalmente en un sitio autorizado.

3.3.2.4. Ruidos: No se generarán niveles de ruido que se traduzca en una diferencia con los actuales niveles de ruido en la planta agroindustrial Salamanca, ya que la operación del proceso productivo y el tráfico de camiones para el traslado de OEs se realizará en horario diurno. Por otra parte, el flujo vehicular se mantendrá igual a la operación actual ya que no se incorporan cambios en las cantidades de OEs generados y sólo cambia el destino de éste.

3.3.2.5. Olores: La alternativa de manejo de residuos líquidos propuesta considera todas las medidas técnicas y operativas para evitar la generación de olores.

Al respecto, la disposición del “rechazo” en el terreno de la planta Salamanca se realizará de manera normal sólo en la época de post vendimia con una frecuencia de una vez por semana y en la época de vendimia se realizará sólo en caso de emergencia ya que lo normal en dicha época será su traslado a la planta Punitaqui. Sobre el particular, considerando tanto los caudales a disponer como las condiciones meteorológicas, climáticas y de aspersión, se prevendrá el apozamiento o saturación del suelo facilitando la degradación natural de la carga orgánica contenida en el “rechazo” por lo cual se evitarán olores molestos en la planta Salamanca y sus alrededores. Además, en el periodo de post vendimia, el “rechazo” generado, debido a su bajo volumen y un tiempo máximo de 5 días de almacenamiento, no sufrirá cambios en su calidad físico-química y/o en sus propiedades organolépticas como el olor.

Sin perjuicio de lo anterior, suponiendo la disposición en suelo del volumen máximo de “rechazo” a generar (10 m*/día), esto se realizará en un tiempo máximo de 20 minutos y durante los periodos en que los vientos son de menor o casi nula intensidad (generalmente horario de mañana) lo cual también contribuirá a no generar molestias a la población cercana por emisión de olores.

Por otra parte, de acuerdo a las características fisicoquímicas (baja carga orgánica y ausencia de sólidos suspendidos) del “permeado” este podrá estar almacenado indefinidamente en la cuba de 400 m?* de capacidad y no se generarán olores, sin perjuicio de lo cual el titular estima un máximo de 30 días de almacenamiento.

3.3.2.6. Aerosoles: Se generarán aerosoles como resultado de la disposición de “rechazo” en el área de la antigua cancha de solarización modificada, sin embargo, dichas partículas (gotas) no traspasarán los límites del terreno de la planta Salamanca ya que, considerando el rango de diámetro de las mismas (relacionado con el tipo de aspersor a utilizar de gota grande) y las velocidades y direcciones predominantes de los vientos del sector, la distancia máxima que viaje de estas partículas será de 4 metros aproximadamente, para una velocidad de vientos máximos hacia el Oeste de 7 m/s.

Para mayor detalle, ver la repuesta !.1.a) del Adenda N?2 de la DIA. 3.4. Plan de prevención de riesgos y manejo de contingencias. 3.4.1. Se implementarán las siguientes medidas de prevención de riesgos:

a) Se realizará una mantención anual general al sistema de tratamiento antes del inicio de la vendimia, la cual incluirá la revisión de equipos electromecánicos y limpieza.

15

b) Se dedicará diariamente un periodo de 2 horas de autolimpieza y retrolavado de la planta Ol durante la operación diaria de esta; los residuos líquidos resultantes se reingresan a la cabecera de planta.

c) Se verificará continuamente que no existan fugas de “rechazo” desde las tuberías de transporte.

d) Se realizará capacitación del personal a cargo del sistema de tratamiento y todo nuevo operario de este será oportunamente capacitado.

e) Se realizarán chequeos periódicos del cumplimiento de lo establecido en el proyecto, del adecuado estado de mantención de los equipos e instalaciones y del estado de los suelos en que se aplicará el “rechazo”.

3.4.2. Se implementará un plan de medidas de contingencia que, en resumen, estará enfocado a enfrentar las siguientes situaciones:

  • Rotura de tuberías.

  • Corte eléctrico.

  • Falla de equipos (bombas, registradores de caudal, entre otros).

  • — Fallas de los componentes de la planta Ol.

  • Acumulación de aguas de lavado.

  • Acumulación de “rechazo”.

  • Acumulación de permeado.

  • Apozamientos de “permeado” en zona de riego.

  • Derrames.

  • — Vertimiento de OEs durante su traslado.

  • Falla de equipos.

  • Detención de la planta Ol.

  • Derrame de “rechazo” desde contenedores IBC.

Para mayor detalle, ver el anexo IV del Adenda N%1 de la DIA y la respuesta 1.2. del Adenda N*2 de la misma.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, para que el proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables:

5.1. Emisiones a la atmósfera:

  • Decreto N*144/1961 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza.

  • Decreto Supremo N*138/2005 del Ministerio de Salud. Establece la obligación de declarar las emisiones de contaminantes de fuentes fijas.

Forma de cumplimiento:

Debido a que el “rechazo” será dispuesto en suelo cumpliendo con los requisitos establecidos en la “Guía para proyectos de industrias vitivinícolas que aplican RlLes al suelo (Abril, 2006)” del Servicio Agrícola y Ganadero, se evitará la saturación del suelo y el inicio de procesos anaeróbicos de descomposición de la materia orgánica que pudiesen generar olores molestos.

No obstante que los caminos interiores de la planta agroindustrial Salaman encuentran estabilizados, se humectarán las vías de tránsito o caminos internos planta al menos dos veces a la semana.

ORE,; gan S/

16

El proyecto no considera un grupo electrógeno adicional al que actualmente opera en la planta Salamanca para periodos punta. Al respecto, la declaración de emisiones se realiza todos los años en el portal www.declaracionemision.cl y en el futuro será considerado operando con la planta Ol para la respectiva declaración de emisiones.

Para mayor detalle, ver los numerales 3.3.1.1., 3.3.2.1., 3.3.2.5. y 3.3.2.6. de la presente Resolución.

5.2. Ruido:

» Decreto Supremo N38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del D.S. N146, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Forma de cumplimiento:

En la etapa de construcción no se generarán ruidos que superen los niveles máximos permitidos por la referida normativa debido a que las obras a ejecutar son menores.

En la etapa de operación el proceso de transporte de “permeado”, “rechazo” y OEs se realizará en horario diurno y no se diferenciará del movimiento actual de maquinarias en la planta agroindustrial Salamanca.

Para mayor detalle, ver los numerales 3.3.1.4. y 3.3.2.4. de la presente Resolución. 5.3. Residuos Sólidos:

  • Decreto con Fuerza de Ley N*%725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario.
  • Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud. Aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Forma de cumplimiento:

Los principales residuos sólidos que se generarán corresponderán a OEs los cuales no aumentarán en cantidad respecto de la operación actual de la planta agroindustrial Salamanca. Para mayor detalle, ver los numerales 3.1.2., 3.3.1.3. y 3.3.2.3. de la presente Resolución.

5.4. Residuos líquidos:

+» Decreto con Fuerza de Ley N%725/1967 del Ministerio de Salud. Código Sanitario. » Decreto N*”594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

Forma de cumplimiento:

Para ver la forma de manejo, cantidades a generar y disposición/utilización de los residuos líquidos del proyecto, ver los numerales 3.1.1., 3.1.3., 3.2.1., 3.2.2., 3.3.1.2., y 3.3.2.2. de la presente Resolución.

  1. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” no requiere Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en el Decreto Supremo N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Te Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Ampliación al proyecto

17

modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.”, no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar dentro de 24 horas y por escrito a la Superintendencia de Medio Ambiente, una vez constatada, ya sea por medios visuales o instrumentales, la ocurrencia de cualquier hecho, circunstancia, accidente y/o contingencia, previstas o no, y sus posibles efectos o impactos ambientales.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo, actualizando el cronograma de actividades presentado durante la evaluación ambiental a la época de obtención de la presente Resolución. :

  3. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  4. Que, la DIA, sus respectivas Adenda y el Informe Consolidado de Evaluación se consideran oficiales y partes integrantes de la presente Resolución, por lo tanto, todas las medidas y acciones señaladas en dichos documentos se consideran asumidas por el titular, el que se obliga a su cumplimiento, en lo que corresponda y a las modificaciones a que quede sujeto por la presente Resolución.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental Región de Coquimbo y a la Superintendencia de Medio Ambiente, la individualización de cambios de titularidad o domicilio.

  6. Que, conforme a lo establecido en el artículo segundo de la Resolución Exenta N*844 de fecha 14 de diciembre de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General Sobre la Remisión de los Antecedentes Respecto de las Condiciones, Compromisos y Medidas Establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, el titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental. Lo anterior, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas al respecto en el presente acto.

  7. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  8. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo,

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE la DIA del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.” del

titular Capel Ltda., representada legalmente por el Señor Roberto Salinas Morán. -— ES YN:

  1. CERTIFICAR, que el proyecto cumple con la normativa de carácter ambj e aplicable y que mo requiere Permisos Ambientales Sectoriales contemplados fa

18

Decreto Supremo N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

de en contra de la presente Resolución, el recurso de artículo 20 de la Ley de Bases Generales del Medio s del citado

  1. Hacer presente que pro reclamación, contemplado en el Ambiente, en el plazo y ante quien corresponda según las artículo.

AS PEYRIN de Coquimbo

Secretaria Comisión de Evaluación Región de Coquimbo

Distribución:

  • Sr. Roberto Salinas Morán, Representante legal Capel Ltda.
  • Sres. Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región de Coquimbo.
  • Ilustre Municipalidad de Salamanca.

  • Gobierno Regional, Región de Coquimbo.

  • Dirección General de Aguas, Región de Coquimbo.

  • Servicio Agrícola y Ganadero, Región de Coquimbo.

  • Servicio Nacional de Turismo, Región de Coquimbo.

  • Consejo de Monumentos Nacionales.

  • Superintendencia de Servicios Sanitarios.

  • Superintendencia de Medio Ambiente.

Clc:

  • Expediente de evaluación ambiental del proyecto “Ampliación al proyecto modificación en el manejo y disposición de aguas de lavado, orujo y escobajo de planta agroindustrial Salamanca de Capel Ltda.”.

e Archivo Comisión de Evaluación Región de Coquimbo.