Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN I REGIÓN DE TARAPACÁ
Califica Ambientalmente el proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio"'
Resolución Exenta N -Y O 0050 Iquique, — 13 JUL. 2015
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio”, presentada por el Señor Sergio Patricio Fuentes Farías, en representación de Aguas del Altiplano S.A, con fecha 23 de Diciembre de 2013.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Oficio N%0090 sobre la DIA, por Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá, con fecha 21/01/2014; Oficio N5 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 22/01/2014; Oficio N%34 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 23/01/2014; Oficio N140037/2014 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 23/01/2014; Oficio N135 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 23/01/2014; Oficio N20 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 23/01/2014; Oficio N71 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá, con fecha 24/01/2014; Oficio N52 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 24/01/2014; Oficio N92 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 28/01/2014; Oficio NSE01-237-2014 sobre la DIA, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 29/01/2014; Oficio N%098 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Alto Hospicio, con fecha 31/01/2014; Oficio N165 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 31/01/2014, Oficio N%423 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 05/02/2014; Oficio N156 sobre la DIA, por Gobierno Regional, con fecha 04/02/2014; Oficio N214 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Iquique, con fecha 25/02/2014; Oficio N“2303 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá, con fecha 16/06/2014; Oficio N183 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 19/06/2014, Oficio N274 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá, con fecha 19/06/2014; Oficio N486 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 20/06/2014; Oficio N1292 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 20/06/2014, Oficio N140209 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 20/06/2014; Oficio N%227 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá, con fecha 20/06/2014; Oficio N%795 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 25/06/2014; Oficio N1065 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Tarapacá, con fecha 26/06/2014; Oficio N432 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 27/06/2014; Oficio N3693 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAPESCA, Región de Tarapacá, con fecha 03/07/2014, Oficio N12600/160 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Iquique, con fecha 09/07/2014: Oficio N227 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 11/07/2014; Oficio N2454-A sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 11/07/2014; Oficio N4044 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SERNAPESCA, Región de Tarapacá, con fecha 30/10/2014; Oficio N140384 sobre la Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 04/11/2014; Oficio N%690 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 05/11/2014; Oficio N2848 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá, con fecha 06/11/2014; Oficio N“%4317 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá, con fecha 06/11/2014; Oficio N268 sobre la Adenda 2, por Gobernación Marítima de Iquique, con fecha 10/11/2014; Oficio N*1483 sobre la Adenda 2, por
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Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá, con fecha 10/11/2014; Oficio N292 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá, con fecha 10/11/2014; Oficio N995 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 11/11/2014; Oficio N“995 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá, con fecha 11/11/2014; Oficio N(D.AC.) ORD. SEIA. N 377 sobre la Adenda 2, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 12/11/2014; Oficio N%4093/14 sobre la Adenda 2, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 12/11/2014, Oficio N12.600/385 sobre la Adenda 3, por Gobernación Marítima de Iquique, con fecha 22/06/2015; Oficio N“209 sobre la Adenda 3, por DGA, Región de Tarapacá, con fecha 22/06/2015; Oficio N150242 sobre la Adenda 3, por SEREMI Medio Ambiente, Región de Tarapacá, con fecha 23/06/2015; Oficio N1855/15 sobre la Adenda 3, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 30/06/2015.
La Resolución de Calificación Ambiental N16/98 de fecha 9 de abril de 1998, del proyecto “Construcción Sistema de Alcantarillado Alto Hospicio — Construcción Planta de Tratamiento de Aguas Servidas” y la Resolución de Calificación Ambiental N72/02 de fecha 22 de abril de 2002, del proyecto “Ampliación Alcantarillado y Agua Potable Alto Hospicio Iquique”, ambas de la COREMA de la Región de Tarapacá, que se modifican a través de la presente Resolución.
La Resolución Exenta N* 00102, de fecha 18 de noviembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de Tarapacá, que calificó desfavorablemente la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio".
La Resolución Exenta N*%0448, de fecha 25 de abril de 2015, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, que, resolviendo un recurso de reclamación interpuesto por el titular del proyecto, ordenó retrotraer el proceso de evaluación ambiental del proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio” al día número 83 de la evaluación.
El acuerdo de la Sesión N%4 de la Comisión de Evaluación de la 1 Región de Tarapacá, de fecha 7 de julio de 2015.
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N? 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Evaluación de Tarapacá, aprobado por Resolución Exenta N 00026, de fecha 05 de mayo de 2015, de la Comisión de Evaluación de Tarapacá; la Resolución N 1.600 de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio".
CONSIDERANDO:
L.
Que, la Comisión de Evaluación debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio".
Que, el derecho de Aguas del Altiplano S.A a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" consiste en:
3.1. Localización
El proyecto se ejecutará en la Región de Tarapacá, provincia de Iquique, comuna de Alto Hospicio y Comuna de Iquique. En la comuna de Alto Hospicio, se ubica al costado sur de la antigua ruta de acceso a Iquique, por el zig-zag, en el sector denominado El Boro, sector en el que también se localiza parte del sistema de conducción hacia Iquique. En la Comuna de Iquique se encuentra una
continuación de la tubería de conducción de aguas servidas, hasta su empalme con las redes de recolección de Iquique (intersección de las calles Tadeo Haenke con El Tamarugal). Las coordenadas UTM (Datum WGS84, Huso 19) de ubicación del proyecto son:
Sector E S PTAS Alto Hospicio 385.309 7.759.769 385.079 7.760.000 385.219 7.760.142 385.354 7.760.145 385.401 7.760.090 385.456 7.759.908 Sistema de conducción de AS Iquique 385.045 7.759.954 384.441 7.760.070 384.008 7.760.340 383.445 7.760.168 382.543 7.760.992 382.300 7.761.770
3.2. Descripción del proyecto
La empresa Aguas del Altiplano S.A. tiene actualmente en operación una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) para los habitantes de la Ciudad de Alto Hospicio. Las redes de colectores de aguas servidas de la ciudad confluyen hacia dicha planta, la cual opera mediante un tratamiento primario (remoción de grandes sólidos), tratamiento secundario (cuatro lagunas aireadas seguidas de lagunas de sedimentación) y tratamiento terciario de desinfección por cloro. Parte del efluente de la PTAS, se destina a riego de un área verde y un Parque Forestal ubicado alrededor del recinto y de una plantación de olivos ubicada en el sector norte de la ciudad. El caudal restante de aguas tratadas es transportado hacia la ciudad de Iquique, mediante una impulsión de la planta elevadora denominada Boro 1 y luego por una aducción que empalma con la red de alcantarillado de dicha ciudad.
Cabe señalar que la PTAS de Alto Hospicio fue evaluada ambientalmente, a través de la presentación de dos Declaraciones de Impacto Ambiental, las que cuentan con calificación ambiental favorable. A saber:
e DIA “Construcción Sistema de Alcantarillado Alto Hospicio — Construcción Planta de Tratamiento de Aguas Servidas”, calificado favorablemente mediante Resolución Exenta N*16/98 de la COREMA de la Región de Tarapacá, de fecha 9 de abril de 1998. En este proyecto, se evaluaron los sistemas asociados a las dos lagunas del sector norte de la PTAS (denominadas lagunas “Alto Hospicio”).
e DIA “Ampliación Alcantarillado y Agua Potable Alto Hospicio Iquique”, calificado favorablemente mediante Resolución Exenta N*72/02 de la COREMA de la Región de Tarapacá, de fecha 22 de abril de 2002. En este proyecto, se evaluaron los sistemas asociados a las dos lagunas ubicados en el sector sur (denominadas lagunas “Plan Integral”).
La presente Declaración de Impacto Ambiental corresponde a una modificación de los dos proyectos citados y consistirá en la ejecución de obras y acciones necesarias para dejar fuera de servicio el tratamiento de aguas servidas correspondientes a las lagunas denominadas Alto Hospicio, dejando solamente en operación las lagunas llamadas Plan Integral, que tratarán únicamente el volumen destinado a riego. El excedente de aguas servidas será enviado a la ciudad de Iquique.
El proyecto contempla la habilitación de nuevas obras en la PTAS de Alto Hospicio y un sistema de conducción de agua a Iquique. La superficie a modificar en el sector de la PTAS será aproximadamente de 0,25 ha (correspondiente a un 3%, de una superficie total de 8,43 ha) y en la conducción de aguas servidas a Iquique, la superficie que comprende será de aproximadamente 0,55 há (correspondiente al 71%, de la superficie total ocupada por el sistema de conducción de aguas servidas, el cual ocupa una superficie de 0,78 há).
3.2.1. Descripción de Partes, Acciones y Obras Físicas del Proyecto
k a) Partes, Acciones y Obras Existentes
ll A :
La PTAS cuenta actualmente con una línea de agua y otra línea de lodos:
Línea de agua: la PTAS cuenta con cuatro lagunas de tratamiento de aguas servidas en operación, dos de las cuales (lagunas Alto Hospicio) se ubican en el sector norte de la PTAS, cuyo efluente ingresa a una cámara de contacto para luego ser derivada a la Planta de Elevación de Agua Servidas (PEAS) “Alto Hospicio”, que impulsa agua servida tratada para riego para las diferentes plantaciones que actualmente mantiene Aguas del Altiplano. Por otro lado, el efluente de las lagunas Plan Integral, de construcción más reciente, también ingresa a cámaras de contacto (adicionales), para luego ser enviadas a otra planta de elevación, denominada PEAS “Boro 1”. Esta PEAS impulsa el excedente no utilizado en riego del sistema de lagunas Alto Hospicio y el agua tratada de las Lagunas Plan Integral, hacia una cámara al borde del farellón (ubicada hacia el nororiente de la PTAS de Alto Hospicio), desde donde las aguas escurren gravitacionalmente hasta la red de colectores de la ciudad de Iquique (tubería de aducción).
Línea de los lodos: los lodos son obtenidos desde las cuatro lagunas de sedimentación, transportados a un espesador de lodos y posteriormente a una centrífuga de lodos para finalmente, ser dispuestos en canchas de secado y luego en acopios para su envío mediante camiones autorizados a rellenos sanitarios o sitios de disposición autorizados.
Las obras actualmente existentes son: e Cámara de llegada
Como primera parte del sistema, la PTAS de Alto Hospicio cuenta con una cámara de llegada para las aguas servidas de 2,5 x 3,25 m de área y 2,38 m de altura interior, donde se interceptan los tres colectores existentes, denominados El Boro, Alto Hospicio y Plan Integral (Ilustración 4 de la DIA). En esta cámara se unifican las aguas para luego realizar su tratamiento preliminar de remoción de grandes sólidos.
e Tratamiento preliminar (pre-tratamiento)
El tratamiento preliminar consiste en la remoción de grandes sólidos en cámaras de rejas. La cámara de rejas gruesas se utiliza para la limpieza previa de las aguas servidas que ingresan al tratamiento principal e incluye la remoción de sólidos gruesos (palos, vidrios, trozos de género, plásticos, etc.). Luego, el caudal pasa a un edificio de hormigón de dos niveles (cámara encapsulada con tratamiento de gases), que cuenta con un tamiz filtrante auto-limpiante. Se cuenta además con un By-Pass de reja fina manual y un canal de aforo del tipo Palmer. Este último elemento se utiliza para la medición de los caudales al ingreso del sistema de tratamiento mediante un equipo medidor de flujo ultrasónico.
Para la reja mecánica se dispone de un tornillo compactador de sólidos helicoidal, el que entrega los sólidos retenidos a un contenedor de basura con tapa, para su posterior retiro y disposición a un sitio autorizado. La cámara de rejas automáticas cuenta con un sistema de control de olores (desodorización) basado en carbón activado.
e Alimentación a las lagunas
Luego del tratamiento preliminar, las aguas servidas ingresan a las lagunas mediante una red de cañerías, las cuales están asociadas a las cámaras de distribución y de inspección.
e Lagunas Alto Hospicio y Plan Integral
En las lagunas de la PTAS se produce la depuración de las aguas en términos de disminución de la carga orgánica por acción simbiótica de la población microbiana aerobia/facultativa, ayudada por la aireación artificial mediante equipos aireadores superficiales y la sedimentación de los sólidos suspendidos totales presentes. El conjunto se divide en dos pares de lagunas, las de construcción más antigua denominadas lagunas “Alto Hospicio” y las de más reciente construcción denominadas lagunas “Plan Integral”.
- Sistemas de desinfección
El efluente de cada conjunto de lagunas (Alto Hospicio y Plan Integral) es desinfectado mediante proceso de cloración en cámaras de contacto, para cumplir con la norma de riego, pues parte de ellas se
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utilizan para regar áreas verdes y un parque forestal, ambas en un sector aledaño al recinto de la PTAS, y una plantación de Olivos emplazados al norte de la ciudad.
Como desinfectante en el proceso de tratamiento de estas aguas servidas se utiliza cloro gas. La desinfección se realiza en el efluente final de las lagunas de sedimentación en la cámara de contacto de paso y al momento de iniciar el ingreso al canal de entrada de la cámara de contacto de cada sistema de tratamiento.
e Plantas de Elevación de Aguas Servidas (PEAS) e impulsiones
Luego de la cloración en las cámaras de contacto de las lagunas Alto Hospicio, el agua servida tratada se transporta a la Planta de Elevación de Aguas Servidas (PEAS) denominada “Alto Hospicio”, cuyo destino final es el riego de áreas verdes y un Parque Forestal, ubicados ambos alrededor del recinto, y para regar una plantación de Olivos en la parte norte de la ciudad de Alto Hospicio. El excedente de aguas servidas tratadas, es enviado hacia las redes de colectores de la ciudad de Iquique, por medio de la PEAS “Boro 1”.
e Tubería de aducción a Iquique
La tubería de aducción a Iquique actualmente en funcionamiento es de acero, se inicia en 250 mm. y reduce su diámetro a medida que avanza hacia Iquique, llegando a esta ciudad en 150 mm. La longitud entre el recinto de los estanques Alto Hospicio y la cámara disipadora existente antes de la conexión a la redes de recolección de Iquique es de aproximadamente 2,6 km. La capacidad aprobada para esta conducción fue de 68,8 1/s (R.E. N*16/98).
El desnivel que considera la conducción de bajada desde Alto Hospicio a Iquique es muy alto, de aproximadamente 420 m. en total, teniendo una pendiente especialmente fuerte los primeros 600 m., entre la salida de los estanques Alto Hospicio hasta pasado la ruta que une Iquique con Alto Hospicio (con un desnivel de 240 m aproximadamente en este tramo).
+. Colectores Cercanos a Bajada hacia Iquique
Adicionalmente a lo antes descrito y de manera complementaria a lo evaluado ambientalmente en las R.E N16/98 y N72/02, cabe mencionar que cercano al recinto de los estanques Alto Hospicio, se emplaza un conjunto habitacional, cuyas aguas servidas son dispuestas en la tubería (aducción) que baja hacia Iquique. De este modo, las aguas servidas de este conjunto habitacional no se envían a la PTAS (lagunas) de Alto Hospicio, sino que van directamente hacia las redes de recolección de aguas servidas de la ciudad de Iquique.
e Línea de lodos
Los lodos acumulados en las lagunas de sedimentación son succionados y transportados por una bomba de purga, derivándolos a la unidad de espesamiento de lodos. La línea de lodos se encuentra evaluada ambientalmente (R.E. N16/98 y R.E. N72/02). Posteriormente se han adicionado mejoras, que se encuentran aprobadas por la autoridad sanitaria (Resolución Sanitaria 46/12 del MINSAL), la cual aprueba “Proyecto de Ingeniería de Manejo de Lodos para la PTAS de Alto Hospicio”.
e Instalaciones eléctricas
El conjunto de instalaciones antes descritas se encuentran conectadas desde redes de media tensión de la empresa eléctrica Eliqsa, a través de tres empalmes independientes.
- Insumos de sustancias químicas
La PTAS Alto Hospicio requiere del abastecimiento de una serie de sustancias peligrosas, que contemplan:
Y Cloro gas para desinfección
Y” Polímero para deshidratación de lodos Y” Cal apagada (hidratada) para lodos
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e Sistema de riego del Olivar
El riego de Olivos corresponde a un sistema de goteros cilíndricos de flujo regulado con un caudal aprox. de 20 l/s.
- Sistema de Riego de Áreas Verdes y Parque Forestal
Las aguas servidas tratadas del efluente de las Lagunas Alto Hospicio son utilizadas en el riego de las áreas verdes en el recinto de las PTAS (R.E. N*16/98). Además, se ha puesto en marcha el proyecto del Parque Forestal, el que consideró la plantación de 8.000 unidades aproximadamente de especies arbóreas (árboles, arbustos y cubre suelos) sobre suelo estabilizado y mediante el uso de camellones en una superficie de terreno de 13 há. aledaña a la PTAS (sectores Sur, Este y Oeste). Dicha superficie se somete al riego con aguas tratadas y desinfectadas de la planta, utilizando un caudal entre 10 y 30 l/s, dependiendo de las condiciones climáticas y de la evapotranspiración.
hb) Mejoramiento Integral de la PTAS
Las “Lagunas Plan Integral” (que quedarán en operación) sólo tratarán el volumen destinado a riego, y se enviarán las aguas servidas excedentes (sin tratar) hacia Iquique.
Las modificaciones requeridas en el sistema de tratamiento y disposición de las aguas servidas de Alto Hospicio se pueden resumir en:
e Dispositivo de Control de Caudal Hacia Lagunas Plan Integral
El dispositivo de control de caudal hacia las lagunas Plan Integral se construirá sobre el colector existente entre la salida de la cámara (caseta) de rejas finas automáticas de ingreso a la PTAS y la cámara de distribución de caudales hacia las lagunas existentes (Anexo B de la DIA).
- Obras para Dejar Fuera de Servicio Lagunas Alto Hospicio
Se materializará una compuerta en la salida de la cámara de inspección N%3 (esquina poniente de la laguna N? 3 del Plan Integral), de modo de cortar el flujo de alimentación hacia las lagunas Alto Hospicio. Se considera una compuerta, y no un sellado definitivo, ante la eventualidad de tener que reutilizar las lagunas Alto Hospicio (que se dejan fuera de servicio) ante una emergencia producida aguas abajo de la cámara de rejas existente. Dado su eventual uso, se dispondrá de algunos aireadores en las instalaciones para el correcto funcionamiento.
- By-Pass Lagunas Plan Integral hasta PEAS Boro 1
Las aguas servidas que no ingresen a las lagunas Plan Integral, para acondicionarlas para riego, se desviarán hacia la PEAS Boro 1 por medio de un nuevo colector, denominado By-Pass Lagunas Plan Integral hasta PEAS Boro 1. Este colector tendrá una longitud aproximada de 400 m., diseñado para un caudal máximo afluente a la PTAS de 459,4 1/s, desde el Dispositivo de Control de Caudal hacia Lagunas Plan Integral hasta la cámara de entrada de la PEAS Boro 1, contará con cámaras de inspección.
e Interconexión Directa desde Lagunas Plan Integral a PEAS Boro 1
Se considera la construcción de una obra de respaldo operacional, consistente en un sistema de bombeo directo desde las lagunas de mezcla completa (Lagunas Plan Integral) hacia la PEAS Boro 1, a través de una impulsión entre la balsa flotante y la cámara de entrada a la PEAS Boro 1, materializada en tuberías de HDPE y longitud aproximada de 140 m.
- Interconexión Efluente Lagunas Plan Integral a PEAS Alto Hospicio
Las aguas servidas tratadas en las Lagunas Plan Integral, y en su respectiva cámara de contacto (desinfección) que serán destinadas a riego, se enviarán a la PEAS Alto Hospicio, la que bombeará hacia el área verde y el Parque Forestal, y hacia la plantación de Olivos del lado norte de Alto Hospicio. Para ello, se construirá un nuevo colector desde la cámara de salida de la cámara de contacto de las Lagunas Plan Integral hasta la PEAS Alto Hospicio, de 106 m de longitud aproximada
e
y 78,1 l/s de capacidad. Se considera una conexión a la tubería de entrada a la PEAS Alto Hospicio por su lado suroriente, la que actualmente está fuera de servicio.
- Aumento de Capacidad PEAS Boro 1 e Impulsión
Se contempla el reemplazo de los 4 equipos de bombeo instalados en las PEAS Boro 1 por unos de mayor capacidad. Además, se contempla el refuerzo de las impulsiones a través de una nueva impulsión de una longitud aproximada de 1.570 m. Con lo anterior, los nuevos equipos de bombeo estarán dimensionados para un punto de operación de 229,7 l/s. El trazado de la nueva impulsión de la PEAS Boro 1, será en forma paralela a la impulsión existente, hasta el recinto de los estanques Alto Hospicio.
En el recinto de las cámaras (estanques) de Alto Hospicio, se construirá una cámara de descarga para las aguas. Desde esta nueva cámara, se iniciará la nueva conducción de bajada de las aguas servidas de Alto Hospicio a Iquique.
- Aumento de Capacidad Bajada de Aguas Servidas de Alto Hospicio a Iquique
Se construirá una nueva tubería de bajada para las aguas servidas desde Alto Hospicio a la ciudad de Iquique, que reemplazará a la actual tubería, se emplazará unos 2 m. al sur de la tubería existente, desde el recinto de los estanques (cámaras) de Alto Hospicio hasta el sector de la intersección de las calles Tadeo Haenke con El Tamarugal en la ciudad de Iquique, donde las aguas servidas se descargarán a la red de recolección. El caudal de diseño de esta conducción será de 459,4 l/s, correspondiente al caudal máximo afluente a la PTAS, será de acero y tendrá una longitud aproximada de 2,6 km.
Al final de la conducción de bajada de las aguas servidas (Tadeo Haenke con El Tamarugal), se contempla una obra de disipación de energía que reemplace a la existente. Lo anterior, dado que las aguas servidas llegarán con una velocidad aproximada de 5 m/s (para el caudal de diseño).
En el Anexo A de la Adenda 1, se presenta un plano con el trazado de la actual tubería y la futura. + Obras Eléctricas Requeridas
Se contempla la instalación de tableros, canalizaciones y alumbrado de salas para las lagunas del Plan Integral y PEAS Boro 1.
e Disposición de lodos en plantación de Olivos
Se considera utilizar parte de los lodos generados (aproximadamente 15 m) en la plantación de Olivos, ésto sin perjuicio que podrán disponerse en un relleno sanitario autorizado. En el Anexo D de la Adenda 1 se presenta el Plan de Aplicación de Lodos Al Suelo, el cual considera los mejoramientos a la PTAS y los requerimientos expresados en el DS 4/09 y en el Anexo E de la Adenda 1 se encuentra el “Proyecto Ingeniería Lodos PTAS Alto Hospicio” (2014) conforme a las exigencias normativas del D.S. N4 de 2009 “Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”, en el marco de la evaluación ambiental del proyecto.
3.2.2. Descripción de las Fases del Proyecto a) Fase de Construcción Las actividades de la fase de construcción serán:
e Habilitación de instalación de faenas: contará con pañoles de herramientas, bodegas, taller de enfierradura, oficina para la administración de la obra, inspección, estacionamiento de maquinaria pesada y camiones, entre otros.
- Transporte de materiales y personal: el transporte de todo lo requerido para el desarrollo de la fase de construcción (como equipos, materiales, etc.), se realizará mediante camiones de carga,
debidamente autorizados según normativa vigente. El transporte del personal requerido se realizará mediante buses de acercamiento autorizados. A 7
- Disposición de servicios básicos (Energía eléctrica, Combustible, Agua, Servicios higiénicos):
Energía eléctrica: será suministrada por el actual sistema de funcionamiento en la PTAS de Alto Hospicio. En caso de requerimientos muy específicos y puntuales, se utilizarán equipos electrógenos móviles.
Combustible: se realizará por medio de las estaciones de servicio próximas a las áreas de trabajo.
Agua: se estima un abastecimiento de agua potable de 5 m“/día por concepto de consumo humano, el cual será abastecido por los sistemas de agua potable existentes en las instalaciones de la PTAS, y en caso de requerirse, mediante camión aljibe por empresa contratista autorizada.
Servicios higiénicos: se contempla la utilización de los baños existentes en el área de la PTAS de Alto Hospicio, que cuentan con Resolución Sanitaria. Para los trabajos que así lo requieran (p.e. construcción de tubería de aducción a Iquique), se habilitarán baños químicos, los que serán mantenidos por empresa autorizada.
+. Despeje y limpieza: se considera la remoción de escombros, equipamiento superficial y/o a cualquier otro elemento que se encuentre en superficie para posterior habilitación de estructuras, caminos, etc. Esta actividad se realizará con maquinaria liviana y/o manualmente.
- Movimiento de tierras: se refiere a la ejecución de las excavaciones para la construcción de las obras proyectadas, se estima un volumen total aproximado de movimiento de tierra para la construcción del Proyecto de 10.875 mi, siendo los movimientos del aumento de capacidad de la PEAS Boro 1 y el aumento de capacidad de bajada de aguas servidas desde Alto Hospicio a Iquique, los que consideran un mayor volumen.
Construcción de obras civiles e instalación de equipos: luego de las excavaciones, se procederá a la construcción de las obras civiles, como la construcción del By-Pass y tubería de aducción, y la instalación de bombas de impulsión entre otros. En esta etapa también se realizarán los trabajos eléctricos necesarios y las pruebas de funcionamiento del sistema.
Entrega de Obras: una vez finalizadas las obras y las pruebas de funcionamiento, se procederá a desinstalar y retirar todas las instalaciones y equipos utilizados en la fase de construcción, quedando las obras en funcionamiento.
-
Solución a interferencias con infraestructura de servicios: considera las actividades y obras necesarias para no interferir con el suministro de servicios como agua potable, alcantarillado, gas y electricidad. En este sentido, toda actividad será desarrollada en acuerdo y coordinación con las empresas que proveen cada uno de los servicios.
-
Colocación de tuberías: contempla la instalación de las tuberías que formarán parte del sistema de conducción. Estos corresponderán a tubos de las siguientes características de acuerdo a las necesidades de cada tipo de tubería:
Y” By-Pass PTAS: habilitación de tuberías de HDPE de una longitud aproximada de 400 m.
y” Interconexión directa desde lagunas Plan Integral a PEAS Boro 1: habilitación de tubería de HDPE de una longitud aproximada de 140 m.
Y Interconexión efluente lagunas Plan Integral a PEAS Alto Hospicio: habilitación de tuberías de
HDPE de longitud aproximada de 106 m.
Tubería desde PEAS Boro 1 a estanques Alto Hospicio.
Nueva tubería de aducción a Iquique: tubería que va desde estanques Alto Hospicio a la ciudad
de Iquique. La tubería será de acero de una longitud de aproximadamente 2,6 km. Cabe señalar,
que la nueva tubería de aducción desde Alto hospicio hacia Iquique es una obra que se
encontrará colindante a la antigua existente, no proyectándose el retiro de esta última y sus obras
acompañantes.
SÑ
o Instalación de infraestructura: considera el desarrollo de actividades para la instalación de las obras, que contempla:
Y” Dispositivo de Control de Caudal y” Habilitación de compuerta en cámara de inspección N%3
y” Estructuras para el mejoramiento de la PEAS Boro 1
Y” Nueva cámara de descarga en estanques Alto Hospicio
Y” Nueva cámara en estanques Alto Hospicio (para ingreso de caudal de edificios y recintos del norte de Alto Hospicio)
Y” Obras de disipación de energía en empalme de tubería de conducción con alcantarillado en Iquique
- Actividades para dejar fuera de servicio a las lagunas Alto Hospicio: se retirará la mayor cantidad de lodo posible, para luego realizar el trasvasije de agua hacia las Lagunas Plan Integral, realizando agitación para trasladar hidráulicamente el lodo que aun quede. Esto impide la generación de olores molestos en la fase de secado de las lagunas Alto Hospicio y generará un aumento puntual en la generación de lodos, debido a que se deberá retirar el existente en dichas lagunas.
Cabe señalar, que las lagunas Alto Hospicio quedarán fuera de servicio para el tratamiento de aguas servidas, no obstante, en caso de emergencia podrán ser habilitadas abriendo la válvula de la tubería afluente a esas lagunas. La situación de emergencia corresponde a la eventualidad de que se requiera recibir un mayor afluente por problemas en la bajada de aguas servidas hacia la ciudad de Iquique, o cualquier otro problema operacional de las instalaciones.
Las lagunas Alto Hospicio se mantendrán con agua proveniente del sistema de agua potable (desde las conducciones de agua cruda y/o directamente de la red de agua potable de Alto Hospicio), y además contarán con aireadores. Se ha estimado que estas lagunas otorgarán un periodo de al menos 24 horas para ejecutar trabajos de mantenimiento. Terminada la contingencia, el agua almacenada será conducida a la planta El Boro para su disposición a las redes de Iquique.
hb) Descripción de la Fase de Operación
Los tres colectores de aguas servidas (El Boro, Alto Hospicio y Plan Integral) ingresarán a la cámara de llegada (unificadora) de los caudales. Posteriormente, se realizará el tratamiento primario, es decir, el agua pasará a la cámara de rejas gruesas para la remoción de grandes sólidos. Luego, el caudal entrará a un dispositivo de control que enviará parte del caudal hacia el By-Pass, cuyo último destino es el alcantarillado de Iquique, mientras que un caudal promedio de 50 l/s, será ingresado a las lagunas del Plan Integral mediante las tuberías existentes. En estas lagunas se realizará aireación a mezcla completa, primero con una laguna de aireación y luego una laguna de sedimentación.
Las lagunas Plan Integral contarán con una interconexión directa desde la laguna de aireación hacia la PEAS Boro 1, que se utilizará en caso de emergencia. Por otro lado, en caso de fallas aguas abajo de la cámara de rejas, se abrirá la compuerta del acceso de efluentes hacia las lagunas de Alto Hospicio, la que tiene una capacidad de retención de dos días de producción comunal de Alto Hospicio.
El agua efluente de las lagunas será derivada a cámaras de contacto (“Plan Integral”), donde se aplicará gas cloro para la disminución de la concentración de microorganismos. Estas estarán conectadas con las cámaras de contacto no utilizadas (“Alto Hospicio”) que serán utilizadas en caso de ser requeridas para la operación.
Desde la laguna de sedimentación, mediante bombas de extracción se derivará el lodo activado hacia el espesador. Mediante una bomba de purga, el lodo será trasladado hacia el sistema de deshidratación, que consta básicamente de la centrifugación de los lodos y adición de un polímero de deshidratación. Luego, el lodo deshidratado se dispone en canchas de acopio para su secado final para finalmente ser dispuesto en la plantación de Olivos en la zona norte de Alto Hospicio o en rellenos autorizados para dichos fines (Anexo E de la Adenda 1 se encuentra el Proyecto Ingeniería Lodos PTAS Alto Hospicio (2014) conforme a las exigencias normativas del D.S. N%4 de 2009 “Reglamento para el manejo de lodos generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”).
Por otro lado, desde las cámaras de contacto del “Plan Integral”, las aguas servidas tratadas serán conducidas a la PEAS Boro 1, que bombeará el agua hacia los estanques Alto Hospicio (ubicados hacia el noroeste de la PTAS de Alto Hospicio), desde donde el agua servida será conducida hacia la ciudad de Iquique mediante una tubería de aducción de acero. Esta tubería empalmará con las redes de recolección de Iquique (intersección de las calles Tadeo Haenke con El Tamarugal), sector donde se encontrará una cámara que recibirá el caudal y estructuras para la disipación de energía.
El volumen enviado desde las Lagunas hacia la localidad de Iquique será registrado por un medidor
E
electromagnético instalado en el recinto de las Lagunas, al inicio de la impulsión proyectada. Se remitirán trimestralmente a la autoridad ambiental los antecedentes de las mediciones de volúmenes mensuales trasladados desde Alto Hospicio a Iquique (Anexo H, Adenda 2).
Durante la etapa de operación, se llevará a cabo el Plan de Seguimiento Ambiental (Anexo H de la DIA), cuyo objetivo fundamental es asegurar que las variables técnicas y/o ambientales relevantes del Proyecto evolucionen de acuerdo a lo establecido en éste. Dicho Programa de Monitoreo incluye lo siguiente:
Medición y Control de Lodos
Monitoreo de Olores
Monitoreo de Oxigenación de Lagunas Monitoreo de Cloro Libre Residual (CLR)
3.2.3. Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto o actividad e Material Particulado
Durante la etapa de construcción del Proyecto se generarán emisiones de material particulado (MP10) producto de las actividades de movimientos de tierra. Estas emisiones serán puntuales y de corta duración. Se realizó una estimación de emisiones de MP10, determinándose que el emisor que generará mayor cantidad de emisiones de MP10 corresponde a las actividades de excavación para el aumento de la capacidad de la PEAS Boro 1. Además, se contempla aplicar como medida la utilización de una cobertura a los materiales que son transportados en camiones y el control de la velocidad de los vehículos dentro del área de faena.
Durante la etapa de operación no se producirán emisiones de material particulado adicionales a las existentes actualmente.
e Olores
El Proyecto no contempla obras o acciones en cualquiera de sus fases que puedan generar olores. No obstante lo anterior, en Anexo H de la DIA se presenta un plan de seguimiento de ésta y otras variables.
e Ruido
Durante la fase de construcción, se generarán ruidos en los frentes de trabajo asociados al movimiento vehicular y movimiento de tierra para la ejecución de las obras, las que no superarán la normativa vigente. En la fase de operación, dado a las características del Proyecto, no se considera la generación de ruido adicional a los actuales.
e Residuos Líquidos
Las únicas descargas líquidas que se generarán durante la fase de construcción como efecto de la mejora de la PTAS de Alto Hospicio, serán las aguas servidas generadas por los trabajadores de la obra, la cual se estima en 3,6 m'/día de aguas servidas en base a un consumo de 150 l/hab./d. En los trabajos dentro del predio de la PTAS Alto Hospicio los trabajadores ocuparán las instalaciones sanitarias existentes. Los frentes de trabajo relacionados con el mejoramiento y construcción de tuberías contarán con baños químicos, los cuales serán operados y mantenidos por empresas autorizadas.
Para la fase de operación, se estima la generación de 0,3 m'/día, para lo cual se utilizarán los servicios higiénicos existentes.
- Residuos Sólidos
Para la fase de construcción se espera la generación de residuos sólidos asimilables a domésticos, y residuos industriales no peligrosos y peligrosos.
La generación de residuos sólidos domésticos y asimilables estará constituida por envases, envoltorios y restos de comidas, papeles, desechos de artículos personales, entre otros. Éstos se estiman en 24
qnp
Kg/día, utilizando una tasa de generación de 1 kg/hab./día y considerando una dotación máxima de 24 trabajadores durante la etapa de construcción. Los residuos serán almacenados en contenedores tapados para su retiro y disposición final en un sitio autorizado.
Durante la etapa de operación, se estima la generación de 2 kg/día, utilizando una tasa de 1 kg/hab./día y considerando una dotación de 2 trabajadores.
Los residuos industriales no peligrosos corresponderán a cables en desuso, chatarra de acero, maderas, gomas, neumático, metales, escombros, entre otros. Se estima en 100 kg/día y para su manejo se utilizarán los sistemas existentes. En la etapa de operación se estima en 50 kg/día.
Los residuos industriales peligrosos corresponden a restos de aceites y lubricantes usados, paños contaminados con aceites y grasas, envases y/u otros. Estos residuos se estiman en 10 kg/mes y serán manejados de acuerdo al DS 148/03 y a los procedimientos establecidos en la PTAS de Alto Hospicio. Durante la etapa de operación se estima en 7 kg/mes, aproximadamente.
3.2.4. Principales Insumos, Maquinarias
- Insumos: el Proyecto requerirá para su fase de Operación un total de 3,6 m'/día de agua potable para el consumo por parte de los trabajadores.
e Vehículos y Maquinaria: el Proyecto contempla la utilización para las actividades de construcción de un vehículo liviano, dos camiones para el trasporte de insumos, 2 maquinarias para los movimientos de tierra y 1 camión para el retiro de los excedentes de tierra no utilizados en la construcción de terraplenes.
3.3. Planes de Control y Contingencias
El proyecto acompaña en el Anexo G de la DIA, un Plan de Control y Contingencias para las etapas de construcción y operación del proyecto, el cual contiene: Plan General de Comunicación, Operación de la planta, Control para incrementos de caudal, Verificación sistema de aireación, Control de olores en el entorno, Control de escapes de gas cloro, Derrame de Polímero, Derrame de lodos, Traslado de lodos. Mantenimiento y reparaciones de las Unidades de Proceso, Proliferación de vectores.
Este Plan de contingencias es complementado en su Adenda 1, 2 y 3, incorporando las medidas de control y plan de contingencia a implementar para evitar el fenómeno de remoción en masa que podría generarse producto de alguna rotura/falla del sistema de conducción de aguas en el recorrido Alto Hospicio-Iquique, las medidas a implementar que velen por la estabilidad física del sector por donde atravesará la tubería de conducción de aguas en el recorrido Alto Hospicio-Iquique, las medidas de control tendientes a evitar la infiltración, acumulación de aguas, escurrimientos y aparición de vectores.
Cabe señalar, que en la Adenda 3, se presenta el “Plan de prevención de Contingencias y Emergencias”, el que contiene principalmente:
(1) La identificación de las situaciones de riesgo o contingencia que puedan afectar el medio ambiente o la población con motivo de la ejecución del Proyecto;
(ii) La descripción de las acciones o medidas a implementar para evitar que las situaciones de riesgo o contingencia se produzcan y/o para minimizar su probabilidad de ocurrencia;
(iii) La descripción de las acciones a implementar en caso que se verifique una situación de riesgo o contingencia;
(iv) Los programas de capacitación para el personal de la empresa frente a los escenarios antes descritos y; (v) La oportunidad y vías de comunicación a las autoridades competentes de la activación de este Plan.
3.4. Evaluación de la Eficiencia del riego de áreas verdes
En la Adenda 2, se indica las medidas que se implementará con la finalidad de verificar la saturación del suelo y evaluar la eficiencia del riego, para así evitar infiltración de aguas tratadas en la zona de riego. Dentro
de estas actividades destacan la mantención eficiente del riego y la revisión de quebradillas. Al respecto, el A
11 á
titular elaborará un informe anual que detallará todos los aspectos relacionados con la plantación y sistema de riego, que incluirá, a lo menos, los antecedentes sobre mortalidad de plantas, problemas fitosanitarios, caudales de riego y contingencias ocurridas en el período, el cual será remitido a la autoridad ambiental.
Adicionalmente, en Adenda 3, se complementa con la instalación de un red de pozos de monitoreo con el fin de dar alerta temprana de potenciales infiltraciones producto del riego proyectado y procedimiento a realizar en caso que detecte humedad fuera de lo normal en alguno de los pozos. La red constará de un total de 14 pozos de monitoreo ubicados en las partes bajas de la zonas previamente definidas a través de una análisis de las curvas de nivel, sectores en los cuales se espera el natural flujo de las potenciales infiltraciones.
3.5. Plan de Vigilancia Ambiental (PVA)
Producto de la variación en términos de la calidad de las aguas servidas que serán descargadas al medio marino, se ejecutará un PVA del medio acuático, que considera parámetros ambientales asociados a la actividad, contemplando estaciones de monitoreo dentro y fuera de la Zona de Protección Litoral. Lo anterior, con la finalidad de verificar la eventual afección de ésta.
En Adenda 3, se presenta dicho Plan, el cual será implementado durante la ejecución del Proyecto, y que se encuentra asociada a las descargas de los emisarios (Punta Negra y Playa Brava), éste incluye los parámetros asociados a la actividad a monitorear, la identificación de los puntos de descarga y ZPL, los informes a la autoridad, etc.
En base a las características del Proyecto se propone 3 estaciones de monitoreo por cada emisario, con un total de 16 estaciones. En específico, para cada emisario se consideran 5 estaciones de monitoreo fuera de la Zona de Protección de Litoral (ZPL) y 3 estaciones dentro de la ZPL. Se considera también el análisis de Columna de Agua (T”, pH, oxígeno disuelto, solidos suspendido, entre otros), Análisis de Comunidades Bentónicas, Análisis de Sedimentos (Carbono orgánico total, Materia orgánica total, Hidrocarburos totales).
Este Plan de Vigilancia Ambiental podrá ser modificado, dependiendo de los resultados que se obtengan del estudio que considera la "Publicación SHOA 3201, Análisis de dispersión mediante uso de rodamina WT, deriva litoral para los puntos de descarga, e incorporación de coeficiente de determinación en la modelación numérica para el área de estudio".
3.6. Componente arqueológica
Sin perjuicio que el proyecto se encuentra en un área intervenida, el titular realizará una charla de inducción arqueológica a los trabajadores que se desempeñen en obras que signifiquen movimientos de tierra. Esta Charla será dictada por un arqueólogo o licenciado en arqueología y se realizará al primer mes de inicio del Proyecto.
El Titular remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia al Consejo de Monumentos Nacionales, un informe con los contenidos de la inducción realizada y la constancia de los asistentes a más tardar un mes de efectuada dicha inducción.
En el mismo sentido, y en virtud a que las actividades contempladas en el área de influencia del proyecto se encuentran próximas al Santuario de la Naturaleza Cerro Dragón (Decreto Exento N* 419 del 18.04.2005 del Ministerio de Educación), se ha considerado, como medida precautoria, con el fin de prevenir efectos que pudieran alterar el estado natural de las características geomorfológicas del Santuario, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 31% de la Ley de Monumentos Nacionales, la aplicación de un Protocolo de Procedimiento de Manejo de Áridos, dado que tanto las excavaciones como todas las actividades que impliquen movimiento de tierras pueden generar efectos en la dinámica de las arenas al interior del Santuario de la Naturaleza, iniciando o reactivando el flujo de áridos producto de procesos antropogénicos.
En Anexo 1 de la Adenda 3, se presenta el “Protocolo de Excavaciones y Manejo de Áridos”, el cual contiene, entre otros, lo siguiente:
(i) las medidas necesarias para evitar, por medios físicos y/o mecánicos, la dispersión del material durante la fase de construcción del Proyecto.
Cabe señalar, que respecto al control de resuspensión de material particulado producido por el tránsito y funcionamiento vehicular y de maquinaria, y potencial resuspensión por erosión eólica en pilas temporales de acumulación de material de excavaciones, se contempla como medida la humectación durante la fase de
Y
construcción, descrita en el punto 5.2 de “Control de Aspectos Ambientales” del Anexo 01 de la Adenda 3, la cual en caso que resulte insuficiente se incrementará la frecuencia de humectación, y se implementará la disposición transitoria de barreras de contención tipo murallas de material ligero, esto con el objetivo de evitar la dispersión de áridos hacia el área del Santuario de la Naturaleza Cerro Dragón.
(ii) las medidas necesarias para asegurar que el material excedente no será dispersado en el área de influencia del proyecto, sino que será extraído de la zona y depositado en un lugar autorizado por la autoridad y alejado del área protegida.
En ese sentido, el retiro y transporte de áridos excedentes se informará al Consejo de Monumentos Nacionales de manera previa a su realización, y una vez finalizada la etapa de construcción del proyecto. La disposición final del material será en un centro de residuos debidamente autorizado por la autoridad competente y en zona alejada del área protegida.
El titular enviará, dentro de los 30 días siguientes a la finalización de dichas actividades un informe final de los resultados de la ejecución del “Protocolo de Excavaciones y Manejo de Áridos” del proyecto, con registros fotográficos de las actividades de movimientos de tierra, que dará cuenta de la situación previa, durante y posterior a dichas actividades al Consejo Monumentos Nacionales y la Superintendencia del Medio Ambiente.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" cumple con:
4.1.Normas de emisión y otras normas ambientales:
-
Decreto Supremo N*144/61 del Ministerio de Salud. Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de cualquier Naturaleza.
-
Decreto Supremo N” 20/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma Primaria de Calidad del aire para material particulado respirable MP10.
e Decreto Supremo N*12/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece la Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino MP2,5.
-
Decreto Supremo N* 113/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma primaria de calidad de aire para dióxido de azufre (SO2).
-
Decreto Supremo N* 114/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno (NO2).
-
Decreto Supremo N* 115/02 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma primaria de calidad de aire para monóxido de carbono (CO).
-
Decreto Supremo N*4/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece Normas
de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control.
-
Decreto Supremo N*47/92 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
-
Decreto Supremo N*38/11 del Ministerio del Medio Ambiente. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica.
-
Decreto Supremo N” 594/00 del Ministerio de Salud y sus modificaciones. Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
Residuos Peligrosos. Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá
DA
2 + Decreto Supremo N? 148/03 del Ministerio de Salud. Reglamento Sanitario sobre Manejo de
someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
-
Decreto Supremo N*90/00 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales.
-
Ley N*17.288/70 Ley de Monumentos Nacionales y su Reglamento D.S. N%484/90, ambos del Ministerio de Educación.
-
D.F. L. N” 850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 15.840/64 y del DFL N 206/60, en sus artículos N*930, 36, 39, 40 y 41.
-
D.F.L. N1/2007 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito N18.290 en sus Art. N* 62, 63, 64 y 136.
-
D.S. 75/87 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece las Condiciones para el Transporte de Carga de Sólidos en Camiones.
-
Decreto Supremo N* 1.910/03 que modifica el Decreto Supremo N? 158/80 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, estableciendo pesos por eje, rodados y toneladas.
4.2. Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" no requiere de alguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII, artículos 68 al 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Al respecto, se puede señalar lo siguiente:
e Conrelación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11 de la Ley 19.300, la cual señala que se deberá presentar un EIA si “el proyecto o actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”, es posible indicar de acuerdo a las características del proyecto, que las emisiones atmosféricas se generarán principalmente en la etapa de construcción y serán de carácter puntual y temporal, circunscritas al área de trabajo. En ese sentido, se contempla la humectación de caminos internos para el control de estas emisiones y control de la velocidad. Además, se generarán residuos asimilables a domiciliarios, industriales no peligrosos y peligrosos en cantidades no significativas, los que serán manejados de acuerdo a la normativa vigente.
» Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b) del artículo 11 de la Ley 19.300, la cual señala que se deberá presentar un ElA si “el proyecto genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables. incluidos el suelo, agua, aire”, es posible indicar de acuerdo a las características del proyecto y los antecedentes evaluados respecto de los efluentes, emisiones y residuos generados por el proyecto y del cumplimiento de la normativa ambiental, que el proyecto no generaría o presentaría dichos efectos, características o circunstancias.
e Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra c) del artículo 11 de la Ley 19.300, la cual señala que se deberá presentar un EIA si “el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”, es posible indicar que, atendiendo la naturaleza y características del proyecto, no se generarían reasentamientos de comunidades humanas o alteración significativa
de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. A 9 MH 1
6.
10.
LL.
12;
e Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en las letras d) del artículo 11 de la Ley 19.300, el cual señala que el proyecto deberá ser presentado mediante un ElA si éste se “localiza en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”, es posible indicar que sin perjuicio que actividades contempladas en el área de influencia del proyecto se encuentran próximas al Santuario de la Naturaleza Cerro Dragón, se implementará un “Protocolo de excavaciones y manejo de áridos” con la finalidad de prevenir efectos que pudieran alterar su estado natural.
-
Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en las letras e) del artículo 11 de la Ley 11 de la Ley 19.300, el cual señala que el proyecto deberá ser presentado mediante un ElA si éste “genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”. Al respecto, es posible indicar que en el área donde se pretende emplazar el proyecto no existen zonas con valor paisajístico o turístico.
-
Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra f) del artículo 11 de la Ley 11 de la Ley 19.300, el cual señala que el proyecto deberá ser presentado mediante un ELA si “genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general los pertenecientes al patrimonio cultural”, es posible indicar que el proyecto se emplazará en un área previamente intervenida, donde no se presentan sitios arqueológicos, históricos o pertenecientes al patrimonio cultural en superficie. Sin perjuicio de lo anterior, se considera contar con un arqueólogo en las obras asociadas a movimiento de tierra y además se implementará un Protocolo de excavaciones y manejo de áridos en la etapa de construcción.
Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que, para que el proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Secretaría de la Comisión de Evaluación de la Región Tarapacá y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Tarapacá, la individualización de cambios de titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá
RESUELVE:
l.
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio".
. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto
"Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio” cumple con la normativa de carácter ambiental.
. Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la
Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular
2 Ho
Distribución:
e... .... .. ...... ... (1.
Cle:
Sergio Patricio Fuentes Farías
DGA, Región de Tarapacá
Dirección de Vialidad, Región de Tarapacá Gobernación Marítima de Iquique
Gobierno Regional, Región de Tarapacá
Nustre Municipalidad de Alto Hospicio
Hlustre Municipalidad de Iquique
SAG, Región de Tarapacá
SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá SEREMI de Salud, Región de Tarapacá
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá SEREMI Medio Ambiente, Región de Tarapacá SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá
Servicio Nacional de Pesca, Región de Tarapacá Consejo de Monumentos Nacionales
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Encargado Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Mejoramiento Integral de la PTAS Alto Hospicio" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, I Región de Tarapacá
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