Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N°pert 213111059, XI Región
REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE AYSÉN
MAT.: Califica Ambientalmente Desfavorable el proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región”.
Resolución Exenta N* 304
Coyhaique, 30 de septiembre de 2014
VISTOS:
3.1.
Lo dispuesto en la Ley N 19,300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2” del Decreto Supremo N? 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N” 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19,880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 239, de fecha 15 de julio de 2014, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 001, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 2 de enero de 2014, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y Resolución Exenta N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.
La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA del proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región”, presentada por la Sra. Marcela Elizondo y el Sr. Pedro Pablo Laporte, en representación de SALMONES BLUMAR S.A., con fecha 23 de diciembre de 2013,
Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Pronunciamientos a la DIA:
Institución ORD. N* Fecha
Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región | 31 16/01/2014
de Aysén.
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 9-EA/2012 08/01/2013 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura 181 22/01/2014 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/37 28/01/2014 Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén 112 20/01/2014 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 37 22/01/2014 Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén 4919 06/01/2013 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 59 28/01/2014
Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal
Institución ORD. N* Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/13 05/02/2013 Gobierno Regional, Región de Aysén 26 07/01/2014
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El Acta N* 47/2014 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 22 de septiembre de 2014.
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El Informe Consolidado de la Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región”, de fecha 29 de septiembre de 2014.
-
El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N* 01-09/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén, de fecha 30 de septiembre de 2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región ".
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho de SALMONES BLUMAR S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental.
-
Que, según los antecedentes señalados en la DIA, el proyecto consiste en:
3.1. TIPOLOGÍA DE PROYECTO
En atención al artículo 3 del D.S. N* 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEIA:
e n3. Producción anual igual o mayor a (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.
+. 0.8.Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el titular presenta como parte integrante de su proyecto un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.
- p. Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquier otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. En cuanto el centro se localiza en el límite marino de la Reserva Nacional las Guaitecas.
3.2. MONTO DE INVERSIÓN
La inversión estimada para la ejecución del proyecto es de US$ 2.000.000.-
3.3. VIDA ÚTIL Y CRONOGRAMA DEL PROYECTO La vida útil del proyecto sería indefinida.
A continuación se presenta el cronograma de actividades del proyecto:
Actividad Duración Fecha de inicio Fecha de término Levantamiento de información 3 meses Diciembre 2013 Marzo 2014 Construcción Adición Anual Abril 2014 Abril 2019 Operación Indefinida Abril 2014 Etapa de abandono Indefinida - L -
3.4, MANO DE OBRA
La mano de obra se detalla en la siguiente tabla:
Etapas Mano de obra proyectada Levantamiento de la Información 2 Etapa de Construcción 3 Etapa de Operación 5
3.5. LOCALIZACIÓN
El proyecto se localiza en la Isla Williams, Comuna de Cisnes, Provincia de Aysén, Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo. En una zona preferencial para la Acuicultura, según lo establecido en Decreto Supremo (M) N* 153, de 2004, del Ministerio de Defensa Nacional.
3.5.1. Coordenadas geográficas
Coordenadas Geográficas de los Vértices de la Concesión de Acuicultura referidas a la carta SHOA 801.
Punto Latitud (S) Longitud (W) Distancias entre
Vértices A 4454'16,59” 7422'47,46” 316,18 m B 44%54'22,41” 74%22'29,93” 176,71 m e] 4454'26,64” 7422'32,81” 293,15 m D 44%54'19,97" 74%22'52,84” 442,58 m D 44%5411,17” 74%22'56,16” 539,48 m D 44%54'14,28” 74%22'46,08" 298,95 m
Coordenadas Geográficas de los Vértices de la Concesión de Acuicultura Referidas al Datum WGS 84,
Punto Latitud (S) Longitud (W) A 4454'10,03" 74%22'53,51” B 44%54'15,87” 7422'35,96” C 4454'20,10” 7422'38,85” D 44%54'13,42” 74%22'58,91” D 4454'04,60" 7423'02,23” D 4454'07,72” 74%22'52,14”
3.5.2. Superficie La superficie involucrada, para la concesión de acuicultura corresponde a 9,5 hectáreas. 3.5.3. Compatibilidad territorial del proyecto
El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. Para mayor detalle, ver Oficio Ord. N 26 del Gobierno Regional, Región de Aysén, de fecha 07/01/2014; y el Oficio Ord. N 12600/13 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 07/01/2014.
3.6. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto consiste en la modificación del centro de cultivo, código de centro 110763, mediante la solicitud de acuicultura 213111059, autorizado originalmente a través de la Resolución (SUBPESCA) N” 3171 de 2007. La Modificación consiste en el aumento del nivel máximo de producción de 1.680 a 4.000 toneladas de salmónidos, la instalación de 20 balsas jaulas de 30 x 30 x 20 metros y la instalación de un sistema de tratamiento de las mortalidades generadas al interior del centro de cultivo.
Algunos antecedentes del centro de acuicultura:
- La Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada por la COREMA XI Región corresponde al N” 05 del 04 de enero de 2006.
+. Para su identificación en los informes estadísticos mensuales cuenta con código de centro N*110763, otorgado por el Servicio Nacional de Pesca.
- El número de ingreso al Servicio Nacional de Pesca por la ampliación de la biomasa del centro, corresponde al N* Pert 213111059.
3.6.1 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN. Balsas de cultivo:
Número de jaulas y sus características
Año Periodo Máxima Biomasa (5 año) Numero balsas 20 Dimensiones de las estructuras 30 x 30 x 20m Área de mar total a ocupar 18.000 m” Volumen máximo a ocupar 360.000 m*
Redes: En el centro se manejarán tres tipos de redes de nylon:
e Cultivo: Estas irán variando su abertura de malla dependiendo del tamaño de los salmones. Sus dimensiones serán de 30 m x 30 m x 20 m, con una apertura que variará de 1'a2”.
- Loberas: Estas evitarán pérdidas de salmones por ataques y roturas de red por Lobos de Mar u otros depredadores. Tendrán una apertura de 10”, la que evitará que los depredadores se enmallen.
+. Pajareras: Estas tendrán doble propósito de proteger la superficie de la balsa-jaula de posibles escapes de salmones y ataques de pájaros. Tendrán una apertura de malla de 2”.
Pontón flotante:
El proyecto no contempla la instalación de infraestructura en tierra, por lo cual se instalará una estructura flotante (artefacto naval), la que contará con habitabilidad para 5 personas y bodegas para los insumos.
Abastecimiento de agua potable:
La fuente de abastecimiento será a través de una planta desalinizadora que ocupa el sistema de osmosis inversa y/o por medio externos como barcazas desde las ciudades de Quellón o Puerto Montt o Melinka. En caso de utilizar otras fuentes de abastecimiento de agua solicitará las autorizaciones, permisos correspondientes y/o los derechos de aprovechamiento asociados a este Uso.
En caso de obtener el agua potable de una red rural, el titular se compromete a presentar un informe técnico favorable de que el agua es realmente potable y un certificado de autorización otorgado por el Ministerio de Obras Publicas y a establecer un convenio con el comité de agua potable (APR) de la localidad.
Adicionalmente, el abastecimiento de agua potable se realizará a través de dispensadores de agua, los que estarán dispuestos en un área de libre acceso dentro del pontón, y serán cargados cuantas veces sea necesario mediante botellones retornables de policarbonato o plástico PET, por lo que será necesario ir reabasteciendo periódicamente el suministro de agua. Cabe señalar que las características del agua embotellada permiten su almacenaje por períodos superiores a los 6
S
meses. El abastecimiento de estos botellones de agua, se realiza por mar a través de una embarcación de logística del centro.
Requerimientos energéticos
Se requerirá de energía para el funcionamiento del centro y para el funcionamiento de los blower para alimentar a los peces.
Estos requerimientos serán cubiertos por el generador existente que utiliza el centro de cultivo y su estructura flotante (pontón). El generador utiliza combustible Diésel el cual es almacenado en un estanque de 10.000 litros.
Almacenamiento de insumos y materiales
Los insumos de importancia en el centro serán principalmente: alimento, combustible y desinfectantes. Tanto los insumos como los materiales serán mantenidos en la estructura flotante, el que tendrá un área específica para su almacenamiento.
En relación al almacenamiento de combustible, éste será almacenado en un estanque de 10.000 L de capacidad de acero de 4 mm de espesor, de bajo contenido de carbono. Este estanque no va pintado en su interior, dado que el mismo petróleo moja las paredes actuando como inhibidor de corrosión. El combustible será aprovisionado mediante barcazas, las que contarán con todas las medidas de seguridad garantizando el traslado seguro del combustible. Para el trasvasije de combustible se emplean bombas eléctricas que funcionan con 12 VDC y/o bombas manuales tipo reloj.
Finalmente, los desinfectantes serán mantenidos en una bodega, y contenidos en recipientes cerrados y debidamente identificados.
3.6.2. ETAPA DE OPERACIÓN
La etapa de operación del proyecto consiste en el desarrollo del cultivo de salmónidos en su etapa de engorda. El período de máxima biomasa estipulado de producción implica 4.000 t/ciclo, con un peso promedio de salmónidos de 4,5 Kg.
Resumen situación con proyecto original y modificación
Variables Proyecto Original Proyecto Modificado
Área Solicitada 9,5 Ha 9,5 Ha
Número de jaulas 10 20
Tipo de jaulas Circulares Cuadradas
Dimensión de jaulas 14 m alto 30 x 30 x 20m 30 m diámetro
Producción 1.680 t 4.000t
Aguas Servidas | -- 50 m/año
Domésticas *
Aguas residuales de | -- 130 m/año
lavamanos, duchas y
cocinas *
Residuos de |-- 190 L/año
lubricantes
Alimento no |-- 260 t/ciclo
Consumido (ANC)
Fecas -- 494 t/ciclo
Bolsas de alimento - 4.160 unidades/año de maxi-sacos
Mortalidad 252 t/ciclo 400 t/ciclo
Residuos sólidos | -- 0,9 t/ciclo
domésticos *
*
Se establece que el proyecto actual considera 5 trabajadores. Ingreso de peces:
El ingreso de los smolt será con un peso inicial promedio de 90 a 120 grs., provenientes de pisciculturas autorizadas, ubicadas principalmente en la Novena, Décima, Decimocuarta y Undécima Región. Esta actividad se realizará mediante el traslado de los peces desde los centros de smoltificación que cuenten con las acreditaciones correspondientes.
El traslado de los peces se realizará por vía marítima, mediante una barcaza de transporte con estanques para ingreso. El arribo de los smolt será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los peces y procederá a retirar los que se encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en forma permanente.
El servicio de ingreso de peces será encargado a terceros. Sin perjuicio de ello, el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.
Manejo de peces en engorda
Durante la etapa de engorda, se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 4,5 Kgs. promedio, Para lograr esto los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales especificas de estos. También se utilizarán alimentadores automáticos y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente de 12 a 18 meses.
Los peces serán mantenidos a una densidad en torno a los 17 kg/m*, densidad de cultivo recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedades y además permite mantener las condiciones de calidad de agua óptimas para los peces.
Se realizarán monitoreos de los peces, evaluando la calidad en las distintas balsas, y registrando parámetros como peso y talla. Esta información permitirá realizar una selección de los peces de acuerdo a su talla con el fin de proporcionarles alimento de acuerdo a su peso.
Cuando finalice un período productivo se dejarán las jaulas vacías, se realizará cambio de redes y se desinfectarán todos los equipos, descansando por un perlodo de 3 meses, con el fin de evitar la transmisión de enfermedades.
Alimentación
Método de alimentación:
La alimentación se realizará mediante blowers que permitirán alimentar en forma más eficiente a los peces. Con el fin de regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento.
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Alimento:
El alimento que se suministrará a los peces será el de mejor calidad en el mercado, teniendo en cuenta que el alimento satisfaga los requerimientos de los peces durante su crecimiento y que cumpla con características deseadas de estabilidad de almacenamiento, contenido de finos, velocidad de hundimiento controlada, alta estabilidad en el agua, alto valor energético, alta digestibilidad y reducidos niveles de fósforo.
Almacenamiento de alimento
El alimento será mantenido en silos, los cuales se encontrarán en la estructura flotante. Estos silos permitirán mantener el alimento en un lugar seco, fresco y sin exposición directa a la luz, lo que permitirá mantener la calidad del alimento, cumpliendo así con las recomendaciones de los fabricantes.
Respecto al alimento medicado, éste no será “manipulado” por personal del centro, sino que será almacenado en silos independientes el cual será suministrado a los peces mediante sistema de alimentación automática.
Por otra parte, cabe indicar que en la actualidad no existe almacenamiento de fármacos debido a que las recetas que genera el veterinario se ajustan a la cantidad de alimento medicado fabricado y a las dosis calculadas que tiene que comer cada pez, por lo que el alimento medicado es suministrado en su totalidad y, por ende, nunca sobra. En caso de que eso ocurriese, el titular retirará el alimento del centro de cultivo y lo almacenará en un lugar alejado.
El registro para la recepción de fármacos, al igual que para el alimento medicado y el normal, se contará con un sistema de doble guías, en el que se registre toda la información relevante, vale decir: tipo de producto, cantidad, factura o guía de despacho asociada, fecha de recepción, barcaza de entrega y encargado de la misma y observaciones, receta del veterinario, entre otros. Esto con el objeto de agregar a la cadena de trazabilidad la información de esta fase del ciclo de vida de dicho producto, que permita un seguimiento adecuado del mismo.
El registro para el uso de alimento medicado, consistirá en la recopilación detallada de las jaulas a las que se les suministró el alimento, el tipo de antibiótico, las cantidades utilizadas en cada caso, el tiempo y dosis de suministro de este alimento, el tiempo restante de entrega, los tiempos de carencia, observaciones relevantes y todo dato que permita al veterinario supervisar el correcto procedimiento de tratamiento de la patología.
El titular cubrirá las necesidades de frecuencia de recepción de alimento medicado, programando adecuada y oportunamente los viajes de las barcazas con dicho alimento.
Medidas de prevención y tratamientos de patologías Medidas de prevención:
El titular comprende que la aplicación de medidas de prevención, como un manejo adecuado y simple de los peces, una alimentación segura y de la mejor calidad, y una muy buena calidad del ambiente (agua) donde se cultivan los peces, entre otras medidas, da como resultado una disminución drástica de la aplicación de tratamientos con antibióticos.
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Se tomarán las siguientes precauciones:
e Se vacunarán contra las enfermedades más recurrentes en fase de mar como: IPN, Vibrio, Aeromona y la Pisciricketsiosis (SRS). Para el caso de los salares, estos ingresarán vacunados además contra ISA.
- Sesuministrará a los peces, alimento de la mejor calidad presente en el mercado.
+. Se retirarán en forma permanente los peces muertos y mórbidos, y los implementos utilizados durante la actividad serán desinfectados con desinfectantes autorizados por la Autoridad.
+. Serealizará la necropsia de mortalidades frescas 2 veces por semana y si corresponde se enviarán muestras al laboratorio.
- Se contará con la visita del médico veterinario de la empresa.
e Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico.
e El centro se tomará un período de descanso de 3 meses para limpieza, desinfección y seguridad, para reducir la transmisión enfermedades.
Tratamiento de patologías
Las medidas preventivas serán mantenidas en forma permanente, pero frente a un incremento de la mortalidad se enviarán muestras al laboratorio, y el médico veterinario evaluará la necesidad de aplicar tratamientos terapéuticos.
El titular, como una forma de minimizar la ocurrencia de eventos epidemiológicos y sus efectos implementará las siguientes medidas.
- La totalidad de los peces llegarán vacunados al centro, por lo que requerirán menos medicamentos,
e La smoltificación se realizará en estanques (y no sistemas abiertos), lo que logra un estatus sanitario mejor (además que la vacunación es más efectiva con este sistema), y
- Una correcta gestión sanitaria de los peces, un correcto manejo productivo y la introducción de mejoras continuas en dicho manejo con el objetivo de evitarle estrés a los peces (por ej. en la recepción de los peces, en los cambios de redes, en los muestreos de talla y peso, etc.), y minimizan la posibilidad de un brote infeccioso.
Adicionalmente, se empleará antibióticos inyectables en reemplazo de los por vía oral, como una forma de asegurar la incorporación de las dosis prescritas a los peces.
Para mayor información, ver literal 2.1.11.3 de la DIA. Cosecha
La cosecha de salmones se realizará, según lo indica el Proyecto Técnico, cuando los peces alcancen un peso promedio de 4,5 Kg.
Previo al inicio de la cosecha se mantendrá en ayuno a los peces durante 3 a 5 días. Luego, se procederá a una evaluación del estado y calibre de los peces, una vez procesada esta información, y si procede, se realizará el traslado de los peces vivos desde el centro a una planta de proceso debidamente autorizada, ubicada tanto en la décima como de la undécima Región.
El traslado de los peces consistirá en trasladar los peces vivos desde el centro hasta la planta de proceso. Los peces vivos cosechados serán trasladados en Wellboats, embarcaciones que cuentan con estanques acondicionados para la mantención y traslado de los peces. Esta actividad será subcontratada a terceros, no obstante el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con certificados y un protocolo de desinfección, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.
Manejo de Mortalidad
La mortalidad que se producirá en el centro durante la etapa de engorda será retirada diariamente de forma manual por los buzos y/o conos de extracción de mortalidad, actividad que será seguida de una desinfección para evitar trasmitir enfermedades a las otras jaulas.
Ingreso de mortalidad al triturador y trituración
La mortalidad que se retira del centro de cultivo es llevada en contenedores cerrados a la plataforma de ensilaje. La persona abre la puerta del triturador y trasvasija la mortalidad dentro del estanque. Con la tapa cerrada, enciende el triturador e inicia la molienda por tiempos de 30 minutos aproximadamente (dependiendo de la cantidad de mortalidad trasvasijada); se debe continuar con el ciclo de molienda y trasvasije hasta que todo el pescado haya sido transformado a silo (pasta homogénea de color café rojizo homogénea).
Se recomienda siempre tener un nivel de silo en el estanque triturador para la partida, por lo menos 150 litros, esto generará mejores condiciones para la partida de cada nuevo proceso de ensilaje.
Aplicación de ácido fórmico
Una vez producida la molienda en el estanque triturador el operador debe colocar en el tablero eléctrico de la bomba dosificadora semiautomática de ácido fórmico la cantidad de mortalidad trasvasijada en kilos y ésta automáticamente libera el ácido fórmico necesario para procesar los kilos de mortalidad y asegurar un pH inferior a 4.
Considerando una biomasa máxima total aprobada de 4.000 t/ciclo los volúmenes de solución tamponada de ácido fórmico serán los siguientes:
Total Mortalidad Anual Aproximada: 400.000 kilos Consumo: 3 L por 100 kilos mortalidad = 12.000 litros Presentación: bidones de 60 L = 200 bidones por ciclo
Dosificación de ácido fórmico según kilos de pescado a ensilar (de acuerdo al proveedor).
Mortalidad_(kg) Ácido Fórmico (L) 50 2 100 3 150 5 200 6 250 8 300 9 350 11 400 12 450 14 500 15
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550 17 600 18 650 20 700 21 750 23 800 24 850 26 900 27 950 29 1000 30
Ensilaje en estanque acumulador
Una vez triturada y acidificada la mortalidad, el ensilaje es traspasado al silo o contenedor acumulador. En este estanque el ensilado puede permanecer por meses sin generar olor ni descomposición. A fin de mantener el producto estable, bien mezclado y fluido, es necesario recircularlo en el estanque acumulador mediante la bomba destinada a ello y descrita anteriormente. Con el transcurso de los días, el pH subirá levemente pero siempre deberá mantenerse bajo 4,0 considerando que el proceso se hizo como se describe. Si el pH ha subido de 4,0, será necesario agregar más ácido gradualmente y recircular sucesivas veces hasta verificar llegar al rango correcto.
Del retiro del silo
El trasvasije consiste en coordinar el retiro del ensilado lo que implica bombear el producto desde el estanque acumulador hacia estanque de la empresa que retire. Esta operación se podrá efectuar, alternativamente, con bomba instalada en el transporte o con bomba de recirculación.
La frecuencia de retiro se relaciona exclusivamente a la generación de ensilado y a la capacidad de acopio del centro. Ello permitirá programar adecuadamente el servicio
Calculando que por cada 1000 kg de mortalidad se generan 1040 kg de silo, y que la mortalidad total por ciclo es de 400,000 kilos da un total de 416.000 kilos de ensilado/ciclo.
En promedio se producen aproximadamente 23.000 kilos de mortalidad al mes, lo que genera un total de 23.920 kilos de ensilado/mes, por lo que se generarán aproximadamente 2 a 3 retiros de silos al mes.
La empresa contratista cuenta con una flota de embarcaciones adaptadas y equipadas para el transporte en el mar del material ensilado, contando con estanques receptores de silo sobre cubierta y una bomba capaz de succionar el silo acumulado en los estanques de acopio ubicados en las plataformas de ensilaje.
Esta actividad será subcontratada a terceros, para lo cual el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación, que cuenten con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima. Asimismo, el servicio de retiro se ha diseñado para cumplir con todas las nuevas normativas de barrios y zonas de bioseguridad.
Limpieza y desinfección de silos y contenedores de mortalidad
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Para la limpieza y desinfección se utilizará una bomba de aspersión especifica para este fin, de modo que la solución desinfectante se rocíe sobre la superficie en forma de una lluvia fina, obteniéndose una distribución homogénea de la solución. Realizada toda la aplicación se deberá esperar el tiempo de acción recomendado por el fabricante del desinfectante.
En cada retiro de ensilaje se realizará una desinfección externa del equipo, pipping y loza donde se ubica el sistema de ensilaje.
Además se realizará un aseo del piso donde está ubicado el triturador con una frecuencia mínima de una vez por semana y para evitar acumulación de agua.
Control de derrame de ácido fórmico
El sistema de ensilaje cuenta con áreas definidas para el almacenamiento de sustancias tales como el ácido fórmico. Este será mantenido en recipientes cerrados herméticamente, debidamente identificados y sobre dos contenedores estancos de acero galvanizado de capacidad para 6 bidones de 60 litros y su reabastecimiento se realizará resguardando todas las medidas de seguridad con el fin de evitar todo tipo de derrames y pérdidas accidentales.
Se prevendrán los derrames revisando frecuentemente los procedimientos, la operación de ensilado, el estado de los equipos y diseño de las instalaciones.
Cambio de redes
La operación del centro de engorda de salmones involucra el recambio de redes, la limpieza, la reparación y la impregnación de éstas, en algunos casos, con pintura antifouling, con el fin de evitar la fijación de organismos incrustantes. El manejo de las redes será realizado por una empresa externa que cuente con una Resolución de Calificación Ambiental favorable (RCA).
El cambio y mantención de las redes del centro se efectuará una vez por ciclo, las que serán removidas de las jaulas y posteriormente trasladadas con ayuda de una barcaza al taller de redes correspondiente.
3.6.3. PLANES DE CONTINGENCIA
e Escape de peces.
e Mortalidades masivas.
e Fallas en el sistema de ensilaje y no factibilidad de ensilar.
e Derrame de ensilaje.
- Derrames, volcamientos u otros análogos, en relación a productos de lavado, limpieza y desinfección.
e Control de sustancias y derrame de hidrocarburos.
- Pérdidas masivas de alimento (normal y medicado).
Medidas de Prevención y Contingencias en caso de captura en redes de cultivo del Huillin o Nutria de río (Lontra provocax).
3.6.4. ETAPA DE ABANDONO
El proyecto no considera etapa de cierre o abandono, ya que se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación
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de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción.
Si bien la actividad tiene una vida útil indefinida, existe una probabilidad no mayor de que se encuentre pertinente el cierre del centro. En este caso, se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas a un centro donde puedan ser reutilizadas, pasando previamente por un proceso de limpieza y desinfección.
El titular se compromete a cumplir con el artículo 4? letra c) del D.S. 320/01 "Reglamento Ambiental para la Acuicultura y todas sus modificaciones”.
3.6.5. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
3.6.5.1. EMISIONES A LA ATMÓSFERA. Generación de gases
Se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad, fundamentalmente durante la etapa de operación.
La emisión de los motores fuera de borda tendrán una duración de 8 horas diarias, pero su utilización será en forma intermitente.
El centro de engorda contará con 2 generadores, uno de 275 Kva y otro auxiliar de 65 Kva, los que serán una fuente fija de emisión constante. El generador de 275 Kva tendrá un consumo de combustible de 25 L/hora y el de 65 Kva, 10 L/hora, para ambos generadores el combustible a utilizar será Petróleo Diésel. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir la mínima cantidad de gases y residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.
Emisión de ruido
Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación.
Anteriormente, los motores fuera de borda bencineros (de 50 HP) generaban un nivel de ruido del orden de los 85 dbA, no obstante, con la reciente implementación de combustible GLP, los motores fuera de borda trabajarán de manera más silenciosa, ya que los niveles de ruido se verán reducidos significativamente. La emisión de ruido se generará durante la actividad diurna, en forma intermitente.
Al interior del pontón se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79,4 dbA, lo que da cumplimiento al Artículo 74 del D.S. N* 594/1999. Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante, las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del pontón con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas. En todo caso, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la sala donde se ubican.
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3.6.5.2. EFLUENTES LÍQUIDOS
Resumen de efluentes líquidos generados anualmente durante el periodo de máxima biomasa
Identificación del Cantidad de Tipo de Manejo de los Residuo Residuos/Año Residuos Aguas servidas 50 m/año Planta de tratamiento
domésticas (sistema de tratamiento)
Residuos de 190 L/año Almacenamiento en
lubricantes recipientes sellados y debidamente identificados
3.6.5.3. RESIDUOS SÓLIDOS
Resumen de efluentes líquidos generados anualmente durante el periodo de máxima biomasa
Identificación del Residuo | Cantidad de Residuos/Año
Alimento no Consumido 260 t/ciclo
Fecas 494 t/ciclo
Bolsas de alimento 4.160 maxi-sacos al año
Mortalidad ensilada 416 t/año
Residuos sólidos 0,9 ton/ciclo
domésticos
Envases de ácido fórmico | 200 bidón/ciclo
Para mayor información, ver literal 3.3 de la DIA.
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Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región” sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto no cumple con la normativa ambiental aplicable.
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Que, para que el proyecto pueda ejecutarse necesariamente debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
El Art. 19” de la Ley 19.300, se indica que, "Si la Comisión establecida en el artículo 86 o el Director Ejecutivo, en su caso, constataré la existencia de errores, omisiones o inexactitudes en la Declaración de Impacto Ambiental, podrá solicitar las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que estime necesarias, otorgando un plazo para tal efecto...". Asimismo el Inciso 3” del Art. 29 del D.S. N” 95/01 MINSEGPRES, señala que "De ser necesario, se solicitarán fundadamente, las
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aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones que se estimen pertinentes para la adecuada comprensión de dicha Declaración".
Por otra parte, el inciso 1? del Art. 30 del D.S. N” 95/01 MINSEGPRES, dispone "Si se hubiere solicitado aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones a la Declaración de Impacto Ambiental, y una vez recibidos todos los informes solicitados o transcurrido el plazo señalado en el inciso primero del artículo anterior, se elaborará un informe consolidado de las mismas".
Finalmente el Art. 19” de la Ley 19.300, también señala en su inciso 3”: "Se rechazarán las Declaraciones de Impacto Ambiental cuando no se subsanaren los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca".
De lo expuesto se desprende que es deber del titular aportar los antecedentes para que los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental se pronuncien respecto de los permisos ambientales sectoriales y evalúen si el impacto ambiental asociado al proyecto o actividad se ajusta a las normativas ambientales vigentes, considerándose la instancia, para el caso de que los antecedentes aportados no sean suficientes, pudiendo realizarse observaciones fundadas al titular requiriéndosele aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones de información a la DIA, por medio de la elaboración de un informe consolidado de las mismas, situación que fue contemplada en el marco de la evaluación del presente proyecto y que consta en su respectivo expediente. En este contexto, podemos señalar que:
a) Con fecha 04 de febrero de 2014, el Servicio de Evaluación Ambiental elabora el Primer Informe Consolidado de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones de Información a la DIA del proyecto ICSARA N” 40, donde se incluyeron las observaciones realizadas por los servicios con competencia ambiental.
b) Con fecha 14 de marzo de 2014, el Servicio de Evaluación Ambiental emite la Primera Resolución de extensión de la suspensión de plazos N” 112, estableciéndose como fecha límite para la presentación del Adenda N' 1, el 10 de junio de 2014.
e) Con fecha 11 de junio de 2014, el Servicio de Evaluación Ambiental emite la Segunda Resolución de extensión de la suspensión de plazos N” 213, estableciéndose como fecha límite para la presentación del Adenda N” 1, el 01 de septiembre de 2014.
d) Con fecha 02 de septiembre de 2014, se comprueba que el titular no presenta la Adenda N” 1 en el plazo de evaluación acordado.
En consecuencia y de acuerdo a lo expuesto anteriormente, es posible concluir que el titular no ha aportado los antecedentes necesarios que permitan a los órganos competentes evaluar si su impacto ambiental se ajusta a las normas ambientales vigentes, configurándose la causal de rechazo de Declaración de Impacto Ambiental señalada en el inciso 3* del Art. 19? de la Ley 19.300 al no subsanarse los errores, omisiones o inexactitudes de que adolezca por parte del titular.
- PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región”, requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplado en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Sobre lo establecido en el Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 68, la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, mediante ordinario N* 12600/37 de fecha 28 de enero de 2014, informó favorablemente de los antecedentes aportados por el titular en la DIA.
En relación al Permiso Ambiental Sectorial establecido en el artículo 74 y dado que el titular no subsano las observaciones realizadas por la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura en ordinario N* 181 de fecha 22 de enero de 2014, no es posible efectuar un pronunciamiento sobre dicho PAS.
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Que, en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales “a”, "y", “e”, “a”, “e” y "f' del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que no se ha podido evaluar si el proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N? pert 213111059, XI Región”, genera dichos efectos, características y circunstancias.
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Que, en el proceso de evaluación del proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región”, el titular adquirió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:
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El titular se compromete a no intervenir el tránsito de embarcaciones ni actividades que eventualmente pudiesen realizarse en las cercanías del proyecto.
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El titular se compromete a dar libre acceso a lugares de resguardo o campamentos de pescadores artesanales que se llegasen a instalar en el sector o si así lo requirieran. Siempre y cuando dichos campamentos no impliquen daños o perjuicios para la empresa de manera directa y/o hacia el medio ambiente, para lo cual se dará aviso a las autoridades pertinentes
9 Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la
Región de Aysén. ¿
RESUELVE:
1.- CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N? pert 213111059, XI Región”.
2.- En consecuencia el proyecto “Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059, XI Región” presentado por la Sra. Marcela Elizondo y el Sr. Pedro Pablo Laporte, en representación de Salmones Blumar S.A., no se podrá ejecutar. Asimismo, los órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental, en las materias relativas al proyecto en concreto, quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se notifique de pronunciamiento en contrario.
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3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N” 20 de la Ley N” 19,300 procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el titular estime pertinente. N
Ñ
N Notifíquese y Archívese.
Ñ ] e ¡W Ñ ' dle MA XIMENA ORDENES NEIRA lIntendenta | eo Comisió de E Ambiental de la a Ñ Región de Aysén ,
CHRISTIAN B TANCC R JJ
Director Regional (S) del S de Evaluación Ambiental A Comisión de Evaluación
4 E Región de Aysén SST/GGP/RRL/rrl
Distribución:
Marcela Elizondo
Pedro Pablo Laporte
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén
Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Gobierno Regional, Región de Aysén
Ilustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región de Aysén Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Clc:
Encargada Participación Ciudadana Superintendencia del Medio Ambiente
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Expediente del Proyecto "Ampliación de la producción del centro de engorda de Salmones, Bahía Adventure, Costa Norte de Isla Williams, N* pert 213111059"
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Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Aysén
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