Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DEL MAULE
Califica Ambientalmente el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro"
Resolución Exenta N2 35
Talca, 25 de Febrero de 2015
VISTOS:
1.
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro", presentada por el Señor Julio Javier Santivañez Nogales, en representación de Nuevosur S. A., con fecha 23 de Diciembre de 2013.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
- Oficio N*008 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 16/01/2014
-
Oficio N278 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 16/01/2014
-
Oficio N2108 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 17/01/2014
e Oficio N2134 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 17/01/2014
e Oficio N2178 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 20/01/2014
e Oficio N*68 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 20/01/2014
-
Oficio N253 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 20/01/2014
-
Oficio N2169 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 20/01/2014
» Oficio N209 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 22/01/2014
e Oficio N2405 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 04/02/2014
e Oficio N2201 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 14/02/2014
-
Oficio N21391 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 06/10/2014
-
Oficio N21391 sobre la Adenda 1, por Servicio Evaluación Ambiental, Región del Maule, con fecha 06/10/2014 e Oficio N21996 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 10/10/2014
-
Oficio N21887 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 10/10/2014
- Oficio N273 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 10/10/2014
e Oficio N2856 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 13/10/2014
- Oficio N2647 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/10/2014
e Oficio N2106 sobre la Adenda 2, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 29/01/2015
e Oficio N252 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 02/02/2015
e Oficio N2145 sobre la Adenda 2, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 06/02/2015;
El Acta de Evaluación del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" de fecha 17 de Octubre del 2014
El Informe Consolidado de Evaluación ICE del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro"
El Acta de la Sesión Ordinaria N2002 de la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, de fecha 25 de Febrero del 2015.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro".
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- Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 22 del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; el artículo 1” transitorio del D.S. 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N? 1.600, de 2008 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
CONSIDERANDO:
-
Que, la Comisión de Evaluación debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro".
-
Que, el derecho de Nuevosur S. A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
-
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" consiste en:
3.1.- Antecedentes del Titular
- Nombre Titular : Nuevosur S. A.
e RUT. :96.963.440-6
e Domicilio : Monte Baeza S/N
e Rep. Legal : Julio Javier Santivañez Nogales e R.U.T. :14.580.611-9
- Domicilio : Monte Baeza S/N Talca
3.2.- Monto de Inversión: El monto de inversión señalado por el titular es de US$ 754.716 3.3.- Vida útil: La vida útil señalada por el titular es de 17 años
3.4.- Mano de Obra: El titular ha señalado la siguiente mano de obra involucrada en el proyecto, dado que el proyecto se encuentra en operación se señalan las cifras de personal adicional al ya existente.
Etapa Número de Personas Tiempo Construcción 50 6 meses Operación 5 14 años
3.5.- Superficie: El titular ha señalado que la superficie total del predio donde se ubica el proyecto es de 5.678 m”, de los cuales al final del proyecto la superficie construida alcanzará a 765 m?.
Etapa Superficie total predio m? Construcción 5.678 Operación 5.678
3.6.- Tipología del Proyecto: El proyecto ha ingresado al SEIA por la tipologíao.4) Plantas de tratamiento de aguas de origen domiciliario que atiendan a una población igual o mayor a 2500 habitantes
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3.7.- Localización: El proyecto se ejecutará en la Región del Maule, Provincia de Linares, Comuna de Retiro, específicamente se localiza en la Ciudad de Retiro, sector Norte de la ciudad, al costado Este de la Ruta que conecta dicha localidad con la Ruta 5 Sur entre Parral y Linares.
3.8.- Justificación de su localización: El mejoramiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas en adelante, PTAS, de Retiro tiene contemplado la ampliación de las instalaciones actuales aprovechando parte de la infraestructura existente tales como las obras de llegada de las aguas servidas y las obras de descarga del efluente en el Estero Piguchén, además que se cuenta con el terreno necesario para efectuar dichas modificaciones, aprovechando que dichos terrenos ya cuentan con el Cambio Uso de Suelos según Resolución del Ministerio de Agricultura N* 329 del año 2002.
3.9.- Coordenadas:
Las coordenadas UTM Datum WGS 84 Huso 19 Sur del proyecto son:
Vértice NORTE (m) ESTE (m) 1 6.008.675,83 252.645,00 2 6.008.647,00 252.672,00 3 6.008.672,13 252.687,83 4 6.008.693,48 252.664,68
3.10.- Descripción del proyecto
El Proyecto corresponde a una modificación de la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas, en adelante PTAS, de Retiro, aprobada ambientalmente mediante la R.E. N* 144/2002, la modificación consiste en la ampliación y separación de las unidades de sistema, pasando de un sistema compacto de Lodos Activados en media carga (aireación convencional), con desinfección final del efluente mediante gas cloro y digestión aerobia de lodos, a nuevas unidades que funcionarán de forma separada como, sedimentación secundaria incluyendo los sistemas de recirculación, purga y deshidratado de lodos de manera de cumplir con el D.S. N2 4/2009 que regula el manejo de lodos en una PTAS.
El proyecto se incluye la modificación e incorporación de nuevas obras civiles, modificaciones hidráulicas y la ampliación de las instalaciones eléctricas existentes.
El diseño de todas las unidades de proceso se ha efectuado para las condiciones de borde al horizonte del periodo de previsión al año 2028, que corresponde a la atención de las aguas servidas de 4.500 personas.
3.11.- Objetivo
El objetivo del proyecto “Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro” es lograr la optimización de la actual planta de tratamiento de aguas servidas (PTAS) de la localidad de Retiro, dicha PTAS fue calificada favorablemente por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región del Maule, a través de la R.E. N2 144/2002. La modificación y/o incorporación de nuevas unidades a la PTAS tiene como finalidad aumentar la cobertura de tratamiento de las aguas servidas que actualmente tiene una capacidad de tratamiento de 3500 personas (2012) a 4500 personas proyectadas al 2028.
3.12.- Partes, acciones y obras físicas del proyecto 3.12.1- Instalaciones actuales
La planta actualmente en funcionamiento fue diseñada para tratar las aguas servidas de aproximadamente 3500 personas en el año 2012 con un caudal medio anual de 5,7 L/s y con un caudal máximo anual de 15,8 L/s.
Las aguas servidas son bombeadas desde una Planta Elevadora de Cabecera ubicada a aproximadamente 2,0 km al Norte del recinto de la PTAS.
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3.12:
La PTAS de Retiro se compone básicamente de una unidad compacta, en la cual se alberga el reactor biológico y el digestor de lodos. Existe una unidad separada correspondiente al clarificador secundario, al cual se encuentra adosada la cámara de contacto.
El tratamiento biológico (estanque de aireación más clarificación secundaria y recirculación de lodos) opera con la modalidad de flujo continuo a mezcla completa, seguido de clarificación secundaria separada, con recirculación de lodos a través de un sistema de Air Lift. El reactor biológico, Digestor de Lodos y Cámara de Contacto, se encuentran construidos en estanques de estructura metálica.
A continuación se indican los principales componentes de la Línea de Agua y Línea de Lodos:
Línea de Agua
-
Tratamiento Preliminar: Rejas Gruesas.
-
Tratamiento Secundario: Reactor Biológico y Sedimentador Secundario.
-
Cámara de Contacto.
Línea de Lodos
- Digestor de Lodos.
2.- Instalaciones proyectadas
La modificación de la PTAS de Retiro consiste en la ampliación del sistema actual. Para ello se construirán unidades de tratamiento independientes cuya capacidad hidráulica responda al aumento de caudales y cargas asociados al afluente calculado en un periodo de previsión para el año 2028, y que corresponde a un caudal medio de 12,7 l/s y un caudal máximo horario de 28,4 l/s, considerando un caudal de infiltración medio anual de 5,9 l/s.
Los requerimientos de ampliación del sistema están relacionados con la capacidad hidráulica de las instalaciones, por lo cual es necesario ampliar todas aquellas unidades en donde el parámetro de diseño principal es el caudal, tal como es el caso del clarificador secundario, bombas de Recirculación de lodos (RAS) y cámara de contacto.
Se presentan las incorporaciones y/o modificaciones y una breve descripción de ellas.
Mejoramientos PTAS Retiro
Incorporación y/o Modificación
Breve Descripción
Sistema de Pre-tratamiento Compacto
Incorporación de nueva unidad
Incorporación de Selector Biológico
Incorporación de nueva unidad (se aprovecha estructura de cámara de contacto)
Estanque de Aireación
Ampliación estanque de aireación aprovechando digestor de lodos.
Clarificador Secundario
Se incorpora una nueva unidad de clarificación secundaria.
Cámara de Contacto
Se incorpora una nueva cámara de contacto.
Mejoramiento Sistema de Cloración
Cambio de equipos a otros nuevos.
Bombas de Recirculación RAS/WAS
Se incorpora nueva planta elevadora que reemplaza al sistema actual.
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Incorporación y/o Modificación
Breve Descripción
Planta Elevadora de Espumas
Se proyecta una planta elevadora de espumas asociada al clarificador secundario.
Espesamiento de Lodos
Se incorpora un espesador de lodos antes de la unidad de digestión.
Caseta de Preparación de Polímeros para Espesador
Se incorpora una caseta que albergará los equipos para la preparación de polímeros.
Digestor de Lodos
Ex clarificador. Se transforma a digestor de lodos.
Planta Elevadora de Lodos Digeridos
Se incorpora planta elevadoras de lodos digeridos que impulsa hacia prensa tornillo.
Deshidratación
Se incorpora una prensa tornillo compacta para deshidratación.
Ampliación Sistema de Aireación
Se incorpora una unidad exclusiva para la aireación del reactor biológico.
El sistema de tratamiento estará compuesto por un Tratamiento Preliminar del tipo planta compacta, seguido por un tratamiento biológico aeróbico. Luego las aguas servidas serán ingresadas a un sedimentador secundario y posteriormente a una cámara de contacto en donde se efectúa su desinfección y posterior descarga al curso
receptor, el que corresponde a un canal cercano.
A continuación se indican los principales componentes de la Línea de agua y Línea de Lodos, y sistema de
control de los mismos:
Línea de Agua
- Planta Elevadora de Cabecera (ubicada fuera del recinto de la PTAS).
e Pretratamiento Compacto.
-
Tratamiento Secundario.
-
Reactor Biológico.
e Sistema de Aireación.
e Sedimentador Secundario.
-
Planta Elevadora de RAS/WAS
-
Sistema de Cloración y Cámara de Contacto.
Línea de Lodos
- Espesador de Lodos.
-
Digestor Aeróbico de Lodos.
-
Prensa Tornillo (deshidratado de lodos).
- Sistema de extracción de olores (biofiltro)
3.13.- Características del tratamiento propuesto
Tratamiento preliminar: El tratamiento preliminar estará conformado por las siguientes unidades:
- Desbaste fino (1 Reja de limpieza automática + 1 Manual de by-pass).
e Desarenador tipo Aireado.
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Las unidades indicadas se configuran en un sistema de tratamiento compacto, el cual además posee lavador y compactador de residuos, lavador de arenas y remoción de grasas flotantes.
a.- Desbaste Fino: El sistema de desbaste fino contará con limpieza mecánica. El paso de la reja será inferior a 10 mm en la línea del agua. La operación de la reja se realizará por medio de la medición de diferencias de nivel aguas arriba/aguas abajo, tiempo predeterminado o control de nivel aguas arriba mediante sensores ultrasónicos o por tiempo. Se incluirán instalaciones y equipamiento necesario para la compactación, deshidratación y lavado de los residuos, así como también contenedor necesario para la descarga del material removido y deshidratado.
El sistema de transporte, lavado y compactación de residuos: Los sólidos recolectados en la reja mecanizada serán transportados hacia un lavador/ compactador, donde se separarán los sólidos de la materia orgánica, para su posterior lavado y compactado. Los sólidos serán recogidos en contenedores para su traslado a lugares autorizados ambiental y sanitariamente, mientras que el agua de lavado será incorporada al caudal de aguas servidas.
La Reja Manual es un sistema de respaldo que permanece en Stand By de la Reja Mecánica Fina, asegurará un tamaño máximo de partículas inferior a 20 mm en la línea del agua. Operará como rebase de emergencia del canal de la reja mecánica principal. La cota de piso estará por sobre la cota de piso del canal de la reja mecánica de tal forma de asegurar su vaciado en operación normal del sistema.
b.- Desarenador: La remoción de arenas se realizará mediante un Desarenador Aireado, diseñado para las condiciones de caudal máximo.
Tratamiento Secundario proyectado:
a.- Selector biológico: Se ha considerado adecuado el aprovechamiento del estanque que configura la actual cámara de contacto, como Selector Biológico. En esta componente se mezclan las aguas servidas provenientes del pretratamiento y el lodo de recirculación proveniente del clarificador secundario. Se ha establecido que la sedimentabilidad del lodo puede ser enormemente mejorada con el uso de un selector de un período de retención pequeño, en el cual se permite que el lodo recirculado se mezcle con las aguas servidas crudas. El selector favorece el crecimiento de organismos formadores de flóculos, en la primera fase del proceso biológico al asegurar un nivel elevado en la relación alimento - microorganismos (F/M), a concentraciones de oxígeno disuelto controladas. El selector se ubicará inmediatamente aguas abajo del tratamiento preliminar y se diseña con un volumen de 12 m?,
b.- Estanque de aireación: Se considera unir la actual unidad de digestión con el estanque de aireación, de tal manera de conformar un volumen mayor para el tratamiento biológico principal. Por esta razón se considera un volumen disponible para el estanque de aireación de 305 m', correspondiente a la suma del volumen actual del estanque de aireación y el digestor de lodos, considerando una altura de operación 3,0 metros. En el estanque de aireación se logra una edad del lodo de entre 4,9 a 5,0 días. Se debe destacar que tanto los sopladores que abastecen al Reactor como al Digestor, operarán normalmente en conjunto, reemplazándose en caso de fallas y rotando alternadamente según sea necesario.
c.- Estanque de sedimentación o Clarificador Secundario: Las aguas tratadas en el estanque de aireación serán derivadas en forma gravitacional a una unidad de sedimentación proyectada, la cual consiste en un estanque circular de hormigón armado. Desde este estanque se tienen dos salidas: el agua clarificada y los lodos sedimentados. El agua clarificada va a desinfección y se caracteriza por los bajos niveles de Demanda Biológica de Oxigeno (DBO) y Sólidos Suspendidos Totales (SST). Desde el fondo del clarificador los lodos son recirculados al selector biológico mediante bombas centrífugas ubicadas en la planta elevadora de lodos RAS. En esta planta también se encuentran las bombas de lodos en exceso (WAS). Desde esta línea (conocida como WAS) se extrae el lodo en exceso generado en la planta producto de la transformación biológica del sustrato. Se ha diseñado un estanque clarificador robusto, con área superficial suficiente que permite seguridad y flexibilidad operativa ante cambios de caudal y concentraciones de sólidos en la unidad
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o %
de aireación. La profundidad del estanque permitirá una buena acumulación y compactación de sólidos en el fondo.
El clarificador secundario tiene las siguientes dimensiones:
- Volumen: 509 m e Profundidad: 4,5m e Área: 113 m
e Diámetro interior: 12m
.- Desinfección: Las aguas clarificadas serán sometidas a una desinfección mediante cloro gas en la una nueva
cámara de contacto, la que está subdividida en dos compartimentos que en conjunto están diseñados para tratar el caudal máximo horario permitiendo un tiempo de contacto de 30 minutos al horizonte de previsión. La cámara de contacto cuenta con una canaleta Parshall que mide las aguas que ingresan a la unidad. Cada unidad de contacto, posee desagúes independientes para cada cámara.
Línea de Lodos: La línea de lodos nace en el estrato inferior del sedimentador secundario, desde donde se captará el lodo sedimentado para ser impulsado hacia el selector y reactor biológico como recirculación (RAS), y hacia el espesador de lodos y digestor aeróbico de lodos como descarte (WAS). El lodo espesado se alimentará el digestor aeróbico de lodos, luego el lodo digerido se conducirá hacia la prensa tornillo para su deshidratación, El lodo deshidratado será retirado desde la PTAS mediante camiones limpia fosas debidamente autorizados, y trasladado posteriormente al un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.
f.- Sistema de extracción de olores (Biofiltro): La PTAS contará con todas las unidades encapsuladas cuyos
gases odorantes serán tratados en un sistema de tratamiento de olores, que consiste básicamente en un ventilador centrífugo o soplador, un sistema de humidificación y la unidad de biofiltración propiamente tal. Los gases odorantes generados son encapsulados y conducidos a través de cañerías al ventilador el que impulsa los gases por la parte inferior del sistema de humidificación. El humidificador pone en contacto íntimo el gas que asciende con agua que es ingresada por la parte superior a través de una boquilla de aspersión la que genera finas gotas de modo de aumentar el área de transferencia y conseguir que el gas salga saturado en agua hacia el biofiltro. Posteriormente el gas ingresa por la parte inferior del biofiltro, (en cuyo interior se mantendrá una humedad óptima para favorecer el crecimiento de los microrganismos). Finalmente el gas tratado sale por la parte superior del equipo.
Modificación de Instalaciones eléctricas: El suministro eléctrico, luego de la implementación del proyecto, se mantendrá desde la red de media tensión la empresa distribuidora de electricidad local, se aumentará la capacidad de la subestación eléctrica particular (150 kVA). Las instalaciones eléctricas en baja tensión serán ampliadas para satisfacer el proceso de tratamiento mejorado además los servicios requeridos por dicho proceso. Se aumentará el respaldo de energía en baja tensión con un nuevo grupo electrógeno diésel de 110 kVA.
Automatización de la PTAS: La ampliación y separación de las unidades de sistema, obliga a modificar el sistema de control debido a la incorporación de las nuevas unidades. Por lo anterior, el nuevo sistema de control comandado por el PLC (Controlador Lógico Programable), considera que controle a lo menos las siguientes unidades:
e Pretratamiento.
-
Sopladores reactores.
-
Puente barredor del sedimentador secundario. e Cloración.
-
Recirculación de Lodos.
-
Digestor Aeróbico.
-
Sopladores digestor.
e Planta Elevadora de retornos.
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3.14.- Etapa de Construcción
La ele
etapa de construccion incluye: Instalacion de faenas, obras civiles y estructurales, montaje de ctromecánicos de equipos nuevos, comisionamiento y puesta en mancha. La duracion aproximada de esta
etapa será de 6 meses.
a.-
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C.
a j
o 4
Instalación de Faenas: La instalación de faenas corresponde a las instalaciones provisorias que dispondrá el contratista a cargo de la construcción y montaje de los nuevos equipos, la cual contará con oficinas, patio de materiales y equipos de faena, bodega de herramientas, área destinada como comedor y baños químicos. La instalación de faenas estará localizada dentro de las mismas áreas de emplazamiento del proyecto, y dará cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. N2 594/99, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
.- Agua Potable: Para el suministro de agua potable se contará con bidones con dispensador manual, los que
serán provistos por una empresa autorizada. Estos bidones se distribuirán diariamente y con la frecuencia que sea necesario de acuerdo con la demanda de los trabajadores. El contratista deberá asegurar que las características físico-químicas y bacteriológicas del agua cumplan con lo establecido en la Nch 409 y se asegurará una cantidad mínima de 100 l/hab/d según lo establecido en el DS N2 594/99.
Servicios Higiénicos: Se utilizarán baños químicos, los cuales serán provistos por una empresa externa encargada de la instalación y limpieza. Se le exigirá al contratista que la empresa cuente con las resoluciones sanitarias respectivas en cuanto al manejo, transporte y disposición final de aguas servidas. La cantidad de baños químicos será la necesaria según el número de trabajadores de la obra. Debido a que trabajarán como máximo 50 personas en la etapa de construcción, se dispondrán un mínimo de 2 baños químicos. Las autorizaciones deberán permanecer en planta para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
.- Energía Eléctrica: El suministro de energía eléctrica será a través de la red de la PTAS de Retiro.
Alimentación: En lo que se refiere al servicio de alimentación del personal que trabaje en las obras de construcción, ésta se realizará en lugares establecidos distintos al lugar de faena, o bien, en un sector especialmente adaptado para dichos fines provisto por la empresa a cargo de las obras y será de tipo comedor, ya que no se elaborarán alimentos en las instalaciones.
f.- Alojamiento: No se contempla la instalación de campamentos, dado que el proyecto está inmerso dentro de
8g-
h.-
un área urbana. Los trabajadores se trasladarán a través de transporte público o privado de acuerdo a lo que disponga el contratista.
Preparación del sitio: Se considera la limpieza y despeje del terreno en donde se ejecutarán las obras. Contempla la remoción de vegetales, escombros, urbanización Interior (retiro de cerco, colocación de aceras, etc.).
Movimiento de Tierras: Comprende todas las partidas del movimiento de tierras necesario para la construcción de las obras civiles, colocación de cañerías y accesorios. La construcción de las unidades requeridas contempla la ejecución de cortes, excavaciones y rellenos, con el fin de adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas. En caso de ser necesario utilizar áridos y materiales empréstito, estos provendrán de lugares autorizados. Las autorizaciones deberán permanecer en planta para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Retiro y transporte de excedentes: Dentro de los excedentes de la construcción se cuentan: el material extraído en los cortes y excavaciones que no puede ser utilizado para el relleno; los restos de vegetación removidos durante el despeje del terreno y los escombros generados en la obra. Se estima que los excedentes serán de aproximadamente 981 m', los que serán transportados en camiones tolva con capacidad mínima de 10 m' y dispuestos en un lugar debidamente autorizado, siendo el contratista responsable de obtener la autorización municipal correspondiente, lo cual será supervisado por NuevoSur
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S.A. Lo anterior no implica que NuevoSur S.A. se desligue de responsabilidades ya que es el titular el último responsable de que el proyecto cuente con todas las autorizaciones necesarias para ejecutarse. Las autorizaciones deberán permanecer en planta para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
j.- Montaje y Prueba de Equipos: Comprende la instalación y verificación de los equipos utilizados en las operaciones unitarias de la planta de tratamiento. Consiste en la instalación de los distintos equipos eléctricos y mecánicos en sus ubicaciones definitivas, la colocación de líneas de interconexión de equipos, instalación de líneas de electricidad para circuitos de fuerza, alumbrado y control.
k.- Almacenamiento y Transporte de Materiales: Se requerirá el almacenamiento de materiales tales como: cemento, sustancias bituminosas, fierro, etc., además de tapas de cámara, escaleras, machones, válvulas, equipos motobomba, pinturas, grifería, etc.
l.- Prueba de equipos: Previo a la entrada a operación, los distintos equipos, sistemas y subsistemas del proceso serán probados en forma individual y colectiva de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos durante la operación.
m.- Abandono de faenas:Se realizará al término del período de construcción, y contempla el desarme de las instalaciones de faenas, devolviendo el sitio intervenido a condiciones similares del sitio antes de su intervención. Todos los residuos serán retirados y dispuestos en lugares autorizados. Las obras físicas que deban ser retiradas (contenedores, estructuras de madera, etc.) serán vendidas a terceros o reutilizadas en obras del mismo contratista cuando sea posible.
3.15.- Etapa de Operación
a.- Afluente de la PTAS: La PTAS de Retiro recibe las aguas servidas de la localidad de Retiro, corresponden a aguas servidas domésticas y aguas que cumplan con la Norma de Regulación de Emisiones de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado, D.S. N” 609/98. Estas podrán provenir tanto de la red de alcantarillado existente, como de fuentes móviles autorizadas.
b.- Curso receptor: El actual curso receptor del efluente de la PTAS es el Estero Piguchen estero afluente de la cuenca del Río Longaví.
Las coordenadas UTM del punto descarga, respecto del Datum WGS 84: 252.735 m E, 6.008.723 m N. No se modifica el punto de descarga existente
Según el estudio “Usos del recurso hídrico en cauces, aguas abajo de la planta de tratamiento de aguas servidas Nuevosur S.A., Comuna de Retiro, Provincia de Linares, Región del Maule” se tiene que:
-
Aguas abajo de la PTAS de Retiro las aguas del Estero Piguchén son utilizadas en su mayoría en cultivo de maizales, trigo, remolacha y empastadas
-
Enel tramo de los 5.000 metros recorridos no se visualizan Balnearios artesanales o formales que hagan pensar que existe un uso recreacional del recurso superficial
-
Entodo el tramo en estudio no se registran en la DGA solicitudes de derechos de aprovechamientos de aguas superficiales en trámite ni aprobadas.
El proyecto no contempla modificación alguna en las obras de descarga de la planta de tratamiento de Retiro, ni del curso receptor.
C.- Programa de monitoreo del efluente: El mejoramiento de la PTAS de Retiro tiene como finalidad asegurar el cumplimiento de los límites máximos permitidos para descargas de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales, establecidos en la Tabla N” 1 de la “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales” (D.S. N2
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90/2000). La evaluación y seguimiento de la calidad del efluente del sistema de tratamiento, se efectúa actualmente según las exigencias del Ordinario SISS N* 1056 del 19 de Junio de 2003, para un caudal <570 m'/h. Esto es, a través de campañas intensivas de monitoreo de 24 horas de duración, las cuales se desarrollarán con la frecuencia que determine la autoridad competente.
d.- Calidad del lodo y programa de monitoreo de lodos: Se ampliará el volumen de acumulación de lodos a 66 m? que permitirá una edad del lodo de 18 días al final del período de previsión, para posteriormente transportarlo en recipientes herméticos a una planta de mayor capacidad para su deshidratado y posteriormente disponerlos lugares autorizados y, de esta forma, cumplir con el D.S. N”4/2009 que establece el “Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”
3.16.- Etapa de abandono.
El proyecto no contempla una etapa de abandono, ya que una vez cumplida la vida útil de 14 años puede realizarse un mejoramiento en las tecnologías para asegurar la continuidad del proceso en el tiempo.
Sin embargo, ante la eventualidad de ocurrir un abandono de las instalaciones, al menos seis meses antes de ello, se presentará un Plan de Abandono a la Autoridad Ambiental para su aprobación.
3.17.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto
3.17.1.- Emisiones a la atmosfera
3.17.
3.17
1.1.- Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se generarán emisiones de polvo a la atmósfera poco significativas, las cuales se deberán principalmente a la preparación de los terrenos donde se instalarán las obras.
También se generaran emisiones producto del tráfico de maquinarias y transporte de materiales de construcción así como a emisiones de partículas y gases provenientes de los gases de combustión de las maquinarias empleadas.
Estas emisiones deberán estar limitadas al área de trabajo y serán esporádicas.
Con respecto al control de las emisiones atmosféricas generadas en la etapa de construcción, se adoptarán, al menos, las siguientes medidas de atenuación:
e Los caminos de tierra que serán utilizados para el tráfico de camiones al interior de la planta, se humectarán cuando las condiciones climáticas lo ameriten (época en que no haya lluvias).
e Se exigirá a los contratistas que toda la maquinaria cuente con las autorizaciones y revisión técnica al día, según corresponda.
Durante la etapa de construcción no se podrán generar olores distintos a los evaluados en el proyecto original. Por otra parte, para evitar la presencia de vectores debido al almacenamiento de residuos domésticos por las faenas de construcción, todos estos residuos serán depositados en tolvas cerradas y retiradas al menos 2 veces por semana por empresas autorizadas. Además se contratarán los servicios de empresas autorizadas para el control de plagas que harán procesos de desratización y desinsectación.
1.2.- Etapa de operación Durante la etapa de operación no se considera la presencia de fuentes fijas relevantes, desde el punto de vista
de las emisiones que generarán. El único equipo que genera emisiones a la atmósfera corresponde a un Grupo electrógeno de emergencia de 110 kVA capaz de suministrar la energía necesaria para el normal
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funcionamiento de la Planta. Este equipo no tiene funcionamiento continuo y sólo entrara en operación como equipo de respaldo en caso de corte de suministro eléctrico.
La planta actualmente posee una unidad compacta de tratamiento de olores denominada Biotrickling en donde los gases odoríferos conducidos desde las zonas encapsuladas mediante un ventilador y son alimentados a la unidad. Dichos gases son acondicionados en temperatura y humedad mediante un calefactor/humidificador interno y ascienden a través de un lecho inorgánico dispuesto en una serie de bandejas internas de baja altura lo que permite que el gas entre en contacto con el biofilm que se desarrolla alrededor y en el interior del relleno, facilitando así la degradación de los compuestos odoríferos por la acción de los microorganismos. Existe una adición de nutrientes que se inyecta junto al agua de irrigación que humecta al relleno que asegura disponibilidad de alimento en caso de que los gases tengan un bajo contenido de los contaminantes necesarios, finalmente los gases tratados son dispuestos a la atmósfera.
Dado que el aumento de capacidad implica un aumento de volumen de las unidades actuales, se ha previsto la utilización de un equipo que tratará la generación de gases asociada al proyecto utilizando un sistema de Biofiltración de similares características a las descritas previamente.
En general, el diseño de la PTAS no prevé la emanación de malos olores producto de su operación, sin embargo pudiera ocurrir eventualmente una contingencia de malos olores esta podría ser producto del manejo de los sólidos retirados del pretratamiento, lo cual es poco probable ya que esta unidad será limpiada periódicamente.
Aun así, si se registrara un episodio de este tipo, se procederá a agregar cal a los residuos de rejas y serán dispuestos en contenedores cerrados, los que serán llevados al sitio de disposición final, autorizado por la autoridad sanitaria.
Se consideran las siguientes medidas para evitar la proliferación de olores:
e Disponer los contenedores cerrados y una recolección periódica de los residuos provenientes del pre- tratamiento.
- Aplicación del Plan de Contingencia ante eventuales incidentes (Fallas mecánicas entre otros) que pudiesen producir generación de olores
Además se colocara una cortina vegetal, lineal al perímetro de la PTAS de Retiro, para crear una barrera visual respecto del entorno. Estas barreras además pueden atenuar la dispersión de material particulado y arrastre de olores por viento en la medida que tengan follaje persistente, denso y se planten a lo menos tres corridas de árboles.
Los olores se pueden contrarrestar o mitigar con la emisión de olores agradables, como los que genera una masa boscosa y arbustiva de especies aromáticas, como las coníferas pino y ciprés, eucalipto, aromo chileno, lavanda y romero, entre otras.
El titular realizará las labores de mantención que sean necesarias para asegurar la mantención de la cortina vegetal en el estrato arbóreo, arbustivo y herbáceo.
El funcionamiento normal de la planta no constituirá un foco de atracción de vectores dado que los procesos de tratamiento del agua se desarrollan en estanques de hormigón, con agitación y control de procesos, además se consideran las siguientes medidas a implementar durante la operación:
- Mantención de áreas limpias y ordenadas.
-
Mantención de áreas verdes, evitando el crecimiento excesivo de pasto.
-
Aobjeto de evitar la presencia de algún tipo de vectores más frecuentes, se ha considerado que la Planta de Tratamiento contará con sistemas de control para roedores.
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- En caso que se presente algún evento de proliferación de insectos, se procederá a evacuar los restos de lodo, se lavará y tratará con cal los sitios afectados y se dispondrá la fumigación inmediata, del sector afectado.
3.17.2.- Efluentes líquidos
3.17.2.1.- Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se dispondrá en terreno como máximo de 25 trabajadores quienes deberán contar con servicios higiénicos del tipo de baño químico. Para el abastecimiento de agua potable se instalará un arranque provisorio en la planta, es decir, la procedencia del agua potable será de la red pública.
Efluente líquido aproximado para la etapa de Construcción. Fuente de Descarga Caudal de la Descarga Aguas Servidas 5.000 l/día
La empresa que provea los baños químicos estará debidamente autorizada y se encargará de su mantención y limpieza, descargando las aguas servidas directamente a la planta de tratamiento existente, cumpliendo así con el D.S. N2 594/99, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
3.17.2.2.- Etapa de operación
Al no existir variación en la cantidad de trabajadores en esta etapa se considera que se mantendrá el volumen de aguas servidas provenientes de los servicios sanitarios en 240 litros/hombre-día. Producto de las nuevas instalaciones aumentarán las aguas de lavado de equipos las que serán ingresadas a la cabecera de la PTAS.
Efluente líquido aproximado para la etapa de operación. Fuente de Descarga Caudal de la Descarga Aguas Servidas (litros/hombre-día) 400
Aguas tratadas Caudal Medio (l/s) 12,7 Caudal Máximo (l/s) 28,4
Durante la etapa de operación, el efluente de la planta de tratamiento será descargado al Estero La Rana. Dicha descarga cumplirá con los límites máximos permitidos para descargas de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales, establecidos en la Tabla N? 1 (sin capacidad de dilución) del D.S. N2 90/2000.
3.17.3.- Residuos Solidos
3.17.3.1.- Etapa de construcción
Durante la etapa de construcción se producirán desechos producto de los materiales de construcción, desembalaje de los equipos, etc.; los que serán debidamente acopiados según tipo para, posteriormente, ser dispuestos en lugares autorizados. Además, se generarán desechos sólidos a raíz de la instalación de faenas. Los tipos de desechos a generar en la etapa de construcción son los siguientes:
Residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados en la etapa de Construcción.
Residuo. Tipo de residuo Cantidad Estimada Aman Destino Final Temporal
Residuos domiciliarios No peligroso 12,5 kg/persona/día
Lugares autorizados ambiental y sanitariamente
Contenedor plástico de basura tipo estándar
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7 A ¿ E Almacenamiento d s Residuo. Tipo de residuo Cantidad Estimada e Destino Final Temporal Papeles y cartones, as : e Reciclaje en lo posible y/o! Plásticos (bolsas, Pes dá a e A Tambor plástico, pallet disposición en lugar recipientes que no No peligroso 50 kg/mes a , S s A y/o caja de cartón autorizado ambiental y contienen productos ERA R sanitariamente peligrosos) G Lugar autorizado Trapos, huaipe, ropa y . . : No existe ambiental y papeles contaminados . + me q Peligroso 34 kg/mes almacenamiento sanitariamente para con aceite, solventes, y e O! . rasás temporal disposición de residuos 8 peligrosos. Reciclado en empresa No existe autorizada y/o Aceites usados Peligroso 75 l/mes almacenamiento disposición en lugar temporal autorizado ambiental y sanitariamente
3.17.3.2.- Etapa de operación
Durante la operación se generaran residuos domesticos y/o asimilables a domesticos los cuales seran almacenados en contenedores bien tapados para luego ser dispuestos en lugares autorizados.
Esporádicamente se generarán residuos peligrosos producto de la mantención de los equipos de planta (aceites usados y otros elementos contaminados con aceite), los cuales seran retirados inmediatamente una vez generados para luego ser dispuestos en lugares autorizados, por lo que no existira almacanamiento de estas sustancias dentro de la PTAS de Retiro.
En caso de derrames se aplicará el Plan de Contingencia respetivo.
La generación total de residuos peligrosos es menor a 12 ton/año, por lo que no aplica la generación de un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos. Los residuos industriales serán manejados en función de la normativa vigente; esto es, los residuos industriales no peligrosos según lo establecido en el D.S. N2 594/99, y los residuos industriales peligrosos según el D.S. N” 148/04. Además, para éstos últimos la Planta cumplirá con lo dispuesto en los D.F.L. N2 725/1967 y D.F.L. N* 1/1989 y se hará la correspondiente declaración de retiro, transporte y disposición final a la Autoridad Sanitaria.
Todas las mantenciones de las maquinarias móviles se harán fuera de la planta en lugares autorizados. Respecto de los envases que almacenaron los productos químicos usados en los tratamientos de las aguas de la planta
serán retirados inmediatamente por el proveedor por lo que no habrá almacenamiento en planta.
Se presentan los residuos sólidos generados en la etapa de operación, esto sin considerar aquellos generados directamente por el tratamiento de las aguas servidas:
Residuos sólidos peligroso y no peligrosos generados en la etapa de operación.
S > le antid: Imacenamiento E . Residuo Tipo de residuo € EL) craconemíe Destino Final Generadas Temporal Residuos domiciliarios No peliciosó 2,5 Contenedor plástico de Lugares autorizados peIB kg/persona/día basura tipo estándar |ambiental y sanitariamente Papeles y cartones Plásticos po Reciclaje en lo posible p y , . Tambor plástico, pallet y/o! eciclal op Al y/o (sin contienen productos No peligroso 10 kg/mes : , en lugar autorizado : pa caja de cartón . ro peligrosos) y Chatarra metálica ambiental y sanitariamente : Lugar autorizado ambiental Trapos, huaipe, ropa y papeles S : o . Ñ . No existe almacenamiento] y sanitariamente para contaminados con aceite, Peligroso 20 kg/mes a Sd : temporal disposición de residuos solventes, y grasas S peligrosos
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Cantidad Almacenamiento
Residuo Tipo de residuo ES Temporal
Destino Final
Lugar autorizado ambiental
No existe almacenamiento] y sanitariamente para temporal disposición de residuos
peligrosos
Tambores y Trapos, huaipe, ropa y papeles contaminados Peligroso 4 unidades con aceites y solventes
Lugar autorizado ambiental Aceites usados, Grasas y : No existe almacenamiento] y sanitariamente para Peligroso 50 l/mes 4 LE ] solventes temporal disposición de residuos peligrosos
a.- Residuos sólidos de la PTAS: El tratamiento de las aguas servidas genera una serie de residuos sólidos producto de los diversos tratamientos que se le aplican a las aguas servidas:
b.- Residuos Sólidos retenidos en la cámara de rejas: Durante la operación de la planta se generaran residuos en la cámara de rejas. Estos residuos son asimilables a los Residuos Sólidos Urbanos. Se espera una generación de residuos del orden de los 70 litros por 1000 metros cúbicos de agua tratada. Como se indicó anteriormente, el material retenido en la reja mecánica es estrujado luego depositado en un contenedor cerrado ubicado a nivel de terreno, para luego ser transportados en el mismo contenedor y dispuestos en lugares autorizados. El retiro y traslado a disposición final, de los residuos de rejas se realizará cada 15 días.
C.- Generación de lodos: Durante la operación de la PTAS la mayor cantidad de residuos sólidos corresponde a los lodos generados producto del tratamiento de las aguas servidas. Como se indicó en los puntos anteriores, En lo que respecta a los lodos se acumularán en un estanque el cual tendrá una parrilla de difusores y posteriormente se extraerán en camiones herméticos autorizados por la autoridad para transportarlo a una planta de mayor capacidad debidamente autorizada de manera de cumplir con el D.S. N2 4/2009 que regula el manejo de lodos en una PTAS.
d.- Arenas retenidas en el desarenador: De acuerdo a la experiencia en plantas de tratamiento afines, se espera una generación de arenas del orden de los 40 litros por 1.000 metros cúbicos de agua tratada. Las arenas luego de ser lavadas en un clasificador, son depositadas en un contenedor cerrado para luego ser transportados y dispuestos en lugares autorizados. El retiro de los contenedores y disposición final de las arenas se realizará cada 15 días
e.- Aceites y grasas: Considerando las concentraciones históricas de aceites y grasas afluentes a la planta, así como la eficiencia de los equipos en su retención, se espera una tasa de generación de aceites y grasas del orden de 25 litros por 1.000 metros cúbicos de agua tratada. Las grasas y aceites son enviadas al digestor para su tratamiento.
3.17.4.- Generación de ruido
La aplicación del D.S. N*”38/11 de MMA para la emisión total de la etapa de construcción y para la etapa de operación de la PTAS están en conformidad con los valores señalados en dicha norma, sobre los receptores evaluados.
3.17.5.- Generación de energía:
En el evento de ocurrir una falla en el suministro eléctrico, el tratamiento no podría efectuarse y por consiguiente las aguas no podrían ser tratadas. Para evitar un escenario así, el proyecto contempla la utilización de un generador de 100 kVA de potencia. El estanque de combustible del generador le permite operar con una autonomía mínima de 8 horas.
El suministro de combustible se realiza mediante camionetas autorizadas para dicho fin. Para evitar derrames en el área de suministro de combustible se contara con una superficie impermeable y pretilizada, la cual cuenta
con canaletas y cámaras ciegas, hacia las cuales el producto derramado es canalizado y recolectado. Se dará RCA 34/2015 califica ambientalmente el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" ; Página 14 de 26
cumplimiento al D.S.N* 160/2009 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, el cual reglamenta la seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" deberá cumplir con:
Conclusiones respecto a la normativa ambiental aplicable al proyecto o actividad.
Ley N2 19.300/1994, Ministerio General de la Presidencia de la República, “Bases Generales del Medio Ambiente” y su modificación Ley N2 20.417 y reglamento, Decreto
Texto Legal Supremo N? 95/2001, Ministerio General de la Presidencia de la República, que modifica y fija el texto refundido “Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental”. Aspectos básicos relativos al medio ambiente y a su protección y preservación. Entrega los
¡Materia Regulada instrumentos de gestión ambiental, entre ellos, el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental
'Ámbito de Aplicación Nacional
Fase del Proyecto Todas sus fases
Las disposiciones referidas son aplicables a cualquier proyecto o modificación de una actividad existente, que se desarrolle dentro del territorio de la República. Regula los Relación con el Proyecto proyectos que deben ingresar al SEIA, los criterios para decidir entre estudio o declaración de impacto ambiental, los plazos y procedimientos de evaluación y los permisos ambientales sectoriales.
Las disposiciones referidas son aplicables a cualquier proyecto o actividad o modificación de una actividad o proyecto existente, que se desarrolle dentro del territorio de la República. Regula los proyectos que deben ingresar al SEIA, los criterios para decidir entre Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, los plazos y procedimientos de evaluación y los permisos ambientales sectoriales.
En el Artículo 8 de la Ley se establece: “Los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo establecido en la presente ley”.
Forma de cumplimiento
Decreto Supremo N? 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”, y sus modificaciones.
Regula el procedimiento administrativo, el proceso de planificación urbana, el proceso de urbanización, el proceso de construcción, y los estándares técnicos de diseño y de construcción exigibles en los dos últimos.
¡Materia Regulada Según el Art. 5.8.3 (Título 5, Cap. 8, Faenas Constructivas), en todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar medidas, con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material:
Ámbito de Aplicación Nacional
Fase del Proyecto Construcción
¡Texto Legal
El proyecto considera la construcción y/o modificación de las obras, por lo que se generan emisiones debido a excavaciones, movimiento de materiales, carga y descarga de materiales, y también por el tránsito de vehículos livianos y pesados en caminos no pavimentados y movimiento de tierras necesarios para la ejecución del proyecto.
Relación con el Proyecto
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Forma de cumplimiento
[Con respecto al control de las emisiones atmosféricas generadas en la etapa de construcción, se adoptarán, al menos, las siguientes medidas de atenuación:
e Los caminos de tierra que serán utilizados para el tráfico de camiones al interior de la planta, se humectarán cuando las condiciones climáticas lo ameriten (época en que no haya lluvias).
e Seexigirá a los contratistas que toda la maquinaria cuente con las autorizaciones revisión técnica al día, según corresponda.
Disminuir el transporte de excedentes al exterior del recinto de la planta, privilegiándose que los excedentes se aprovecharen en áreas verdes dentro del predio y el material sobrante será trasportado a lugares autorizados.
[Texto Legal
Decreto Supremo N? 158/1980, Ministerio de Obras Públicas, “Establece los pesos brutos máximos en carreteras y en vías urbanas”
Materia Regulada
Pesos máximos por eje para los camiones que circulan por las carreteras y calles del país.
Ámbito de Aplicación
Nacional
[Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Reglamenta los pesos máximos por ejes de los camiones involucrados en la etapa de construcción y en la etapa de operación del proyecto.
Forma de cumplimiento
El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en este reglamento. Se exigirá dentro de los contratos que el transporte de equipos y materiales de construcción debe cumplir con estos límites y se exigirá a la empresa transportista los respaldos correspondientes.
Texto Legal
Decreto Supremo N*55/94, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados”.
Materia Regulada
Establece los valores máximos de emisión de gases y partículas generados por la combustión interna de los motores de los vehículos motorizados pesados
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y operación
Relación con el Proyecto
Regulación de las emisiones asociadas al uso de maquinaria como buses y camiones en la etapa de construcción como de operación.
Forma de cumplimiento
Se exigirá tanto a los contratistas que posean camiones como a los que utilicen maquinaria pesada el correspondiente plan de mantención y la revisión técnica vigente.
Los camiones y maquinarias portarán el sello autoadhesivo que acredite la certificación del cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones.
Texto Legal
Decreto Supremo N275/1987, Ministerio de Transporte, Subsecretaría de Transporte “Condiciones para el Transporte de Cargas”
Materia Regulada
Condiciones de trabajo con vehículos de carga
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción
Relación con el Proyecto
Regula el transporte de desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales susceptibles de escurrir, ya sean sólidos, o líquidos, utilizando vehículos de carga. Dispone que éstos deben estar acondicionados en forma tal que su carga no pueda escurrir o caer al suelo, y en las zonas urbanas, el transporte de materiales susceptibles de producir polvo, como escombros o material fino, deberá realizarse siempre con una cubierta de lona de PVC con dimensiones adecuadas u otro sistema para evitar totalmente su dispersión o esparcimiento al exterior.
Forma de cumplimiento
Los camiones que transporten excedentes de excavaciones, material de relleno, áridos, etc., deberán cubrir el material con una lona. Para verificar el cumplimiento de esta medida se realizarán inspecciones por parte del personal encargado; y/o del portal de control de accesos, en cada salida y entrada de éstos.
En los vehículos de carga no se utilizará el techo de la cabina para sobreponer la carga, tampoco se llevará de forma tal que exceda el ancho de la carrocería. La carga no sobrepasará el extremo anterior en los vehículos motorizados.
Por la parte posterior, la carga no arrastrará ni sobresaldrá del extremo del vehículo más de 2 metros. Cuando sobresalga más de 0,50 m,, llevará en el extremo de la carga una luz
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roja, si fuere de noche y un banderín del mismo color, si fuere de día. Este banderín será de género o de material plástico, de 0,50 m. de largo por 0,40 de ancho, colocado en forma adecuada y que se amarrará al extremo de la carga. Cuando los objetos que constituyan la carga tengan gran longitud, se cuidará que estén fuertemente sujetos unos a otros, y también al vehículo, de manera tal que las oscilaciones que el movimiento produzca no den lugar a que sobresalgan lateralmente de aquél.
Texto Legal
Decreto Supremo N2144/1961, Ministerio de Salud, “Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”.
Materia Regulada
Emisiones a la Atmósfera de contaminantes
Regula las emanaciones de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo. Dispone que éstos deban captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y operación
Relación con el Proyecto
Durante la construcción existirá emisión atmosférica producida por los movimientos de tierra y emisiones de CO, NOx, y HC, producto de los gases de escape de los vehículos y maquinarias
En la etapa de operación habrá emisiones producidas por el flujo vehicular producido por los camiones que se utilizaran para el traslado de los residuos generados en la PTAS, también por vehículos menores que ingresaran a la PTAS en labores de mantención y toma de muestras.
Forma de cumplimiento
Para mitigar estas emisiones en la etapa de construcción, se exigirá a la empresa contratista adoptar medidas tales como: humedecer periódicamente el área de trabajo, usar carpetas cobertoras en tolvas que transporten material, además de una adecuada mantención de las carrocerías de los camiones de carga de modo de evitar derrames en la vía pública.
Con respecto al control de las emisiones atmosféricas generadas en la etapa de construcción, se adoptarán, al menos, las siguientes medidas de atenuación:
- Loscaminos de tierra que serán utilizados para el tráfico de camiones al interior de la planta, se humectarán cuando las condiciones climáticas lo ameriten [época en que no haya lluvias).
Se exigirá a los contratistas que toda la maquinaria cuente con las autorizaciones y revisión técnica al día, según corresponda.
Texto Legal
Decreto Supremo N%4/94, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece normas de emisión de contaminación aplicables a vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control”.
Materia Regulada
Establece las concentraciones máximas de monóxido de carbono (CO) e hidrocarburos (HC), así como el humo visible emitido a través del tubo de escape de los vehículos diesel.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y operación
Relación con el Proyecto
Regulación de las emisiones asociadas al uso de vehículos motorizados encendidos por chispa de 2 y 4 tiempos y vehículos con motor diesel.
Forma de cumplimiento
Para dar cumplimiento a esta norma, las emisiones de gases de hidrocarburos y monóxido de carbono generadas por los equipos pesados y vehículos de transporte diesel, serán controladas mediante su revisión técnica al día.
Se exigirá a todos los contratistas que los vehículos que utilicen en faena cuenten con la revisión técnica vigente, solicitando previamente los documentos del vehículo para su constatación.
Texto Legal
| Decreto Supremo N2300/94, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece
Requisitos de Antigiiedad Máxima a Vehículos”.
Materia Regulada
Establece requisitos de antigiedad máxima a vehículos de carga
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y operación
Relación con el Proyecto
Regula a aquellos vehículos de carga con una capacidad de carga útil de 1750 Kg o más, que
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efectúen transporte de carga entre puntos que disten más de 130 kilómetros entre si y que utilicen los caminos (Ruta M-40 entre otros). Dichos vehículos deberán tener una antigúedad inferior o igual a 28 años.
Forma de cumplimiento
Los vehículos pesados contarán con sus revisiones técnicas al día. Todos los vehículos tendrán una antigúedad inferior o igual a 28 años.
NO
SALUD Y SEGURIDAD
RMATIVA AMBIENTAL ESPECÍFICA
Texto Legal
Decreto con Fuerza de Ley N2 725/1967, Ministerio de Salud; Código Sanitario, y su Reglamento (Decreto Supremo N2 594/2000).
Materia Regulada
El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Establece la competencia del Servicio Nacional de Salud para velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Código y sus reglamentos.
Forma de cumplimiento
El proyecto dará cumplimiento a lo establecido en el reglamento Decreto Supremo N2 594/2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” y sus modificaciones.
Las aguas servidas generadas en la etapa de construcción será responsabilidad de la empresa que provea los baños químicos estará debidamente autorizada y se encargará de su mantención y limpieza, descargando las aguas servidas directamente a la planta de tratamiento existente, mientras que en la operación mantendrá el sistema de alcantarillado que actualmente opera en la PTAS.
Durante la etapa de operación, el efluente de la planta de tratamiento será descargado al Estero La Rana. Dicha descarga está autorizada y cumplirá con los límites máximos permitidos para descargas de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales, establecidos en la Tabla N” 1 (sin capacidad de dilución) del D.S. N2 90/2000.
Los residuos sólidos generados en la etapa de construcción serán dispuestos en lugares autorizados, en la Tabla N2 19 se entregan las cantidades estimadas, almacenamiento temporal y destino final de los residuos sólidos peligrosos y los no peligrosos generados en esta etapa.
Durante la operación se generarán residuos domésticos y/o asimilables a domésticos, los cuales serán almacenados en contenedores bien tapados para luego ser dispuestos en lugares autorizados.
Se presenta en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia.20 los residuos sólidos generados en la etapa de operación, esto sin considerar aquellos generados directamente por el tratamiento de las aguas servidas, los que se detallan en la Tabla N2 21.
Texto Legal
Decreto Supremo N? 594/2000, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
Materia Regulada
Condiciones sanitarias básicas en los lugares de trabajo. Agua Potable, Servicios Higiénicos y Aguas Servidas.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación.
Relación con el Proyecto
Reglamenta los aspectos relacionados con la provisión de agua potable, servicios higiénicos, evacuación de aguas servidas, exposición al ruido y vibraciones.
Forma de cumplimiento
El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en este reglamento, por cuanto se dispondrá de una dotación de agua potable de 100 L/día por trabajador, proporcionada a través de bidones ubicados próximos a faenas.
Para la etapa de construcción se considera la implementación de baños químicos, debido a que se trata de una faena temporal. Los residuos de los baños químicos, estimados en 2000 L/día, serán retirados y dispuestos por empresas autorizadas.
Además, se supervisará que los trabajadores del contratista usen los elementos de protección que se requieran.
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[N
Durante la operación se utilizarán las instalaciones sanitarias existentes.
Texto Legal
Decreto Supremo N? 298/94, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”, y Decreto Supremo N2 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”.
Materia Regulada
Transporte de Sustancias Peligrosas: Establecen las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente, y las condiciones de transporte de materias primas y productos.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Durante la construcción y operación se necesitara el transporte de una serie de insumos considerados peligrosos.
Durante la operación se traslada el lodo generado a lo largo del tratamiento del agua servida.
Forma de cumplimiento
Se exigirá el cumplimiento de esta normativa para el transporte de cualquier sustancia o producto peligroso, requeridos por el proyecto; en cualquiera de sus etapas. Para ello se le exigirán las correspondientes autorizaciones a las empresas que le presten el servicio a NuevoSur o a cualquiera de sus contratistas
Texto Legal
Res. Ex. N2 133/2005 del MINAGRI y sus modificaciones
Materia Regulada
Establece regulaciones cuarentenarias para el ingreso de embalajes de madera
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción
Relación con el Proyecto
Establecen las condiciones aplicables al ingreso de embalajes de madera por parte de distribuidores internacionales.
Forma de cumplimiento
En caso que ingresen a las faenas insumos en embalajes de madera provenientes del extranjero, se dará aviso al SAG para informar sobre esta internación.
NIVEL SONORO
Texto Legal
Decreto Supremo N? 38/2012, Ministerio del Medio Ambiente, “Norma de Emisión de Ruidos generados por Fuentes que indica”.
Materia Regulada
Regula la emisión de ruidos molestos generados durante la construcción de la obra y Operación de las instalaciones.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Durante la etapa de construcción, producto de la operación de la maquinaría de construcción, se generarán emisiones de ruido.
La operación normal de la planta de tratamiento generará una emisión de ruido, producida fundamentalmente por el funcionamiento de las bombas de la planta elevadora, sopladores, centrifuga y eventualmente el generador de emergencia.
Forma de cumplimiento
De acuerdo lo especificado en el estudio de ruido presentado, se puede concluir que las emisiones de ruido del Proyecto “Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro”, estarán en conformidad con el D.S. N*38/11 de MMA, sobre los receptores evaluados, tanto en la etapa de construcción como operación.
AGUA
Texto Legal
Decreto Supremo N? 90/2000 “Norma de emisión para la regulación de contaminantes asociados a las descargas de residuos líquidos a aguas marinas y continentales
| superficiales”.
Materia Regulada
Esta norma tiene como objetivo de protección ambiental prevenir la contaminación de las aguas marinas y continentales superficiales de la República, mediante el control de contaminantes asociados a los residuos líquidos que se descarga a estos cuerpos receptores.
RCA 34/2015 califica ambientalmente el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" ; Página 19 de 26
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Operación
Relación con el Proyecto
Las aguas tratadas por la PTAS de Retiro serán descargadas al Estero La Rana, estero afluente de la cuenca del Estero Retiro.
Forma de cumplimiento
El objetivo del presente proyecto es mejorar el actual tratamiento de aguas servidas de la ciudad de Retiro, de modo de asegurar el cumplimiento de los límites máximos permitidos para descargas de residuos líquidos a cuerpos de agua fluviales, establecidos en la Tabla N* 1 de la “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.
No obstante, para asegurar a la autoridad ambiental el cumplimiento de esta norma, se realizará Programa de monitoreo del efluente, cuyos resultados serán informados a la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de acuerdo a lo indicado en este decreto y alo autorizado en Ord. SISS N” 1056, del 19 de junio de 2003.
Texto Legal
Decreto con Fuerza de Ley N? 725/1967, Ministerio de Salud; Código Sanitario
Materia Regulada
El Código Sanitario, en su artículo 71, establece que corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública y particular destinada a:
a) la provisión o purificación de agua potable de una población, y
b) la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
Agrega que antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud.
Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción
Relación con el Proyecto
El proyecto considera el mejoramiento de obras destinadas a tratar las aguas servidas de la localidad de Retiro
Forma de cumplimiento
Para el cumplimento de esta disposición, una vez construidas las instalaciones, se solicitará la autorización de funcionamiento al SEREMI de Salud de la Región del Maule, para lo cual se presentará los antecedentes técnicos necesarios para que este organismo se pronuncie.
RESIDUOS SÓLIDOS
Texto Legal
Decreto Supremo N? 594/1999, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.
Materia Regulada
Condiciones sanitarias básicas en los lugares de trabajo. Residuos Sólidos.
¡Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Establece que el transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos industriales dentro o fuera del predio debe hacerse con empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria; además, se debe presentar a dicha Autoridad una declaración en la que conste la cantidad y calidad de estos residuos.
Forma de cumplimiento
Todos los residuos Sólidos generados tanto en la construcción como operación serán transportados por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria, lo mismo para su tratamiento y destino final.
¡Texto Legal
Decreto Fuerza de Ley N? 1/1989, Ministerio de Salud, “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”.
Materia Regulada
Artículo 1: Determínense las siguientes materias que, conforme a lo dispuesto en el artículo
7.? del Código Sanitario requieren autorización sanitaria expresa:
. Funcionamiento de obras destinadas a la provisión o purificación de agua potable de una población o a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros.
. Instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.
'Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Operación
RCA 34/2015 califica ambientalmente el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" ; Página 20 de 26
Relación con el Proyecto
El proyecto consiste en la ampliación de una PTAS, por tal motivo se producirán basuras y desperdicios propios de las actividades de construcción y operación.
Durante la operación destaca la generación de lodos producto del tratamiento de las aguas servidas
Forma de cumplimiento
Se solicitará y se entregarán los antecedentes necesarios para obtener la autorización sanitaria expresa a la autoridad correspondiente.
Texto Legal
Decreto Supremo N? 4/09, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Reglamento para el Manejo de Lodos Generados en Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”.
Materia Regulada
Tiene por objetivo regular el manejo de lodos generados en las instalaciones. Para dicho efecto, establece su clasificación sanitaria y las exigencias mínimas para su manejo, además de las restricciones, requisitos y condiciones técnicas para la aplicación de lodos en determinados suelos.
lÁmbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Operación
Relación con el Proyecto
Lodo generado a lo largo del tratamiento de las aguas servidas Lodo sedimentado en el sedimentador secundario.
Forma de cumplimiento
Durante la operación de la planta de tratamiento la mayor cantidad de residuos sólidos| [corresponde a los lodos generados producto del tratamiento de las aguas servidas. ¡Se presenta además en el anexo F el Plan de manejo de Lodos PTAS De Retiro.
Texto Legal
Decreto Ley N? 3557/82, Ministerio de Agricultura, Establece disposición sobre protección agrícola.
Materia Regulada
El artículo 9 establece la obligación a los propietarios, arrendatarios o tenedores de predios rústicos o urbanos pertenecientes al Estado, al fisco, a empresas estatales o particulares, a destruir, tratar o procesar las basuras, malezas o productos vegetales perjudiciales para la agricultura, que aparezcan o se depositen en caminos, canales o cursos de agua, vías férreas, lechos de ríos o terrenos en general, cualquiera sea el objeto a que estén destinados.
lÁmbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción, operación y abandono
Relación con el Proyecto
Durante la etapa de construcción se producirán desechos producto de los materiales de construcción, desembalaje de los equipos, etc.
Durante la etapa de operación se generaran residuos sólidos tales como: Arena retenidas en el desarenador, generación de los provenientes del tratamiento de las aguas servidas y residuos sólidos retenidos en la cámara de rejas.
Forma de cumplimiento
Los residuos serán debidamente acumulados para, posteriormente, ser retirados y dispuestos en lugares autorizados, según se detalla en las Tablas N2 19 y 20.
su:
STANCIAS QUÍMICAS Y RESIDUOS PELIGROSOS
exto Legal
| Decreto Supremo N2 78/2010, Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de
Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.
Materia Regulada
Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas.
¡Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
| Construcción y operación
Relación con el Proyecto
El proyecto considera la utilización de sustancias químicas tales como hipoclorito de sodio.
Forma de cumplimiento
El hipoclorito de sodio, será almacenado en cobertizo metálico existente en la PTAS de Retiro.
RCA 34/2015 califica ambientalmente el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro” ; Página 21 de 26
Texto Legal
Decreto Supremo N% 148/2003, Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos” y Resolución N2 292/2005, Ministerio de Salud, “Fija las Metodologías de Caracterización de Residuos Peligrosos”.
Materia Regulada
Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reuso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.
¡Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
Durante las mantenciones de algunas unidades (equipos) de la planta de tratamiento, se genera aceite, elemento tipificado como residuo peligroso.
Forma de cumplimiento
Respecto de la mantención de maquinarias durante la construcción, éstas serán efectuadas| fuera de la planta en lugares autorizados para ello, por lo que no se generarán residuos comal aceites y lubricantes asociados a esta actividad al interior del área de faenas.
Por otra parte, los residuos peligrosos generados durante la operación, por labores de mantención serán llevados inmediatamente por los encargados de la mantención cada vez que se realicen estas actividades para luego ser dispuestos en lugares autorizados, dando cumplimiento al D.S. N* 148/03.
[Texto Legal
D.S. N* 01/2013 MMA, Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes
Materia Regulada
Administrar un Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes en el cual se registrará y sistematizará, por fuente o agrupación de fuentes de un mismo establecimiento, la naturaleza, caudal y concentración de emisiones de contaminantes que sean objeto de una norma de emisión, y la naturaleza, volumen y destino de los residuos sólidos generados que señale el reglamento.
¡Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Construcción y Operación
Relación con el Proyecto
El proyecto producirá residuos sólidos durante las etapas de construcción y operación
Forma de cumplimiento
El proyecto cuenta con Certificado de Registro de Emisiones y Transferencias de
Contaminantes (RECTC)
EMISIONES ATMOSFÉRICAS
F
[Texto Legal
Decreto Supremo N*138/ Establece Obligación de Declarar Emisiones
Materia Regulada
Establece la obligación de declarar emisiones a la atmósfera de grupos electrógenos.
'Ámbito de Aplicación
Nacional
Fase del Proyecto
Operación
Relación con el Proyecto
Se utilizará un grupo electrógeno para evitar la interrupción de tratamiento de aguas servidas en caso de corte de energía eléctrica.
Forma de cumplimiento
El Proyecto proporcionará a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones que emanarán del grupo elect'rgeno cuando corresponda.
ISCALIZACION
¡Texto Legal
[D.S N* 31/2013, Superintendencia de Medio Ambiente, Aprueba Reglamento del Sistema de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones.
Materia Regulada
Este reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente y la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Ámbito de Aplicación
Nacional.
Fase del Proyecto
¡Construcción y Operación.
Relación con el Proyecto
Una vez aprobado el Proyecto “Mejoramiento de planta de tratamiento de aguas servidas de Retiro” y emitida su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable se acogerá a las indicaciones de este Decreto Supremo y en los casos que sea aplicable.
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Forma de cumplimiento
Para la etapa de Operación el titular proporcionará a la Superintendencia los antecedentes identificados en el Párrafo 2” de la presente en conformidad con el artículo 8, 9 y 10 de la misma. Los plazos, forma y modo de proporcionar información se realizará de acuerdo con las instrucciones de carácter general de la Superintendencia, privilegiando los medios felectrónicos.
¡Texto Legal
Resolución Exenta N* 844/2012, Superintendencia de Medio Ambiente, Respecto a reporte de compromisos ambientales.
Materia Regulada
Esta resolución señala que los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental, sujetos a un plan de seguimiento o monitoreo de las variables ambientales en base a las cuales fueron establecidas las normas, condiciones, compromisos o medidas de la Resolución de Calificación Ambiental, deberán remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimiento de las metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto o actividad. La información deberá ser remitida dentro del plazo, en la forma, y con la frecuencia y periodicidad establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.
'Ámbito de Aplicación
Nacional.
Fase del Proyecto
Construcción y Operación.
Relación con el Proyecto
Una vez aprobado el Proyecto “Mejoramiento de planta de tratamiento de aguas servidas de Retiro” y emitida su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable se acogerá a las indicaciones de este Decreto Supremo y en los casos que sea aplicable.
Forma de cumplimiento
En caso de establecerse un Plan de Seguimiento o monitoreo de las variables ambientales en la Resolución de Calificación Ambiental, el Titular se compromete a remitir información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad respecto de las condiciones, ¡compromisos o medidas a la Superintendencia de Medio Ambiente los antecedentes [comprometidos en la RCA, destinados al seguimiento ambiental.
¡Texto Legal
Resolución Exenta N* 277/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente, Dicta e instruye Norma de Carácter General sobre Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y deja sin efecto Resolución Exenta 769/2012.
Materia Regulada
Dicta e instruye normas sobre los procedimientos de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental que debe realizar y deja sin efecto la Resolución Exenta N*769/2012.
¡Ámbito de Aplicación
Nacional.
Fase del Proyecto
Construcción y Operación.
Relación con el Proyecto
Las disposiciones referidas son aplicables a cualquier proyecto o modificación de una jactividad existente, que se desarrolle dentro del territorio de la República.
¡Forma de cumplimiento
!
Durante la etapa de Operación, el Titular se someterá al actuar de los funcionarios fiscalizadores del Ministerio del Medio Ambiente cada vez que se lleve a cabo un procedimiento de Fiscalización Ambiental de la Resolución.
4.2.- Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo N2 91 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
,
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N2 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características o circunstancias.
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10.
11.
12.
13.
14.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Que, para que el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad, según los señalado en el Artículo N*163 del D.S. 40/2012 del Ministerio de Medio Ambiente que aprueba el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
El proponente deberá mantener especial cuidado cuando realice las obras de excavación que son parte del proyecto, dando cuenta de cualquier hallazgo arqueológico a las autoridades competentes, cumpliendo así con lo establecido en los artículos 26” y 272 de la Ley 17.288 y en los artículos 20” y 232 de su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Además deberá informar de inmediato y publicado por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir.
Los áridos a ser utilizados en el proyecto serán provistos por una empresa autorizada, de tal modo que el titular mantendrá un registro escrito que así lo acredite.
Una vez que el proyecto entre en operación definitiva el titular deberá aplicar lo señalado en la Nch3212 para realizar durante el primer año de la etapa de operación del proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" dos mediciones de olor, durante febrero y junio a través de un equipo de panelistas o jueces sensoriales según NCh. 3190, utilizando la metodología Verein Deuscher Ingenieure VDI 3940 “Medición del Impacto de Olor vía Mediciones en Terreno” y aplicando los criterios de la Guía GOAA “Guideline on Odour in Ambient Air (1999)”. En caso de que el estudio realizado, entregue como resultado la existencia de un impacto odorante en la comunidad del área circundante al proyecto, el titular deberá generar una propuesta de medidas a implementar, que deberá ser visada por la Superintendencia de Medio Ambiente en forma previa a su implementación, por lo tanto con el fin de verificar la efectividad de las medidas, se deberá realizar en el año siguiente hasta no generar un impacto en la comunidad. Dichos informes deberán permanecer en planta para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule
RESUELVE:
1.
2.
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro".
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los
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requisitos de carácter ambiental contenidos en el permiso ambiental sectorial que se señala en el artículo N2 91 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Región del Maule
RCF/PCT/MFA
Distribución:
Julio Javier Santivañez Nogales
Corporación Nacional Forestal, Región del Maule
Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule
Dirección General de Aguas, Región del Maule
Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule
Gobierno Regional, Región del Maule
lustre Municipalidad de Retiro
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule SEREMI de Agricultura, Región del Maule
SEREMI de Salud, Región del Maule
e SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule
e SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule
e SEREMI MOP, Región del Maule
e Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
e Servicio Nacional de Pesca, SERNAPESCA, Región del Maule
-
Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule
-
Superintendencia de Electricidad y Combustible, Región del Maule e Consejo de Monumentos Nacionales
e Superintendencia de Servicios Sanitarios
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C/c: e Encargada Participación Ciudadana
- Expediente del Proyecto "Mejoramiento de Planta de Tratamiento de Aguas Servidas de Retiro" e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Maule
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