CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN
I REGIÓN DE TARAPACÁ Califica Ambientalmente el proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL: (CITA) TARAPACÁ" Resolución Exenta N? 0 0 0 2 0 Iquique, 7 MAR. 2014 Ñ VISTOS:
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Lo dispuesto en el artículo 19 N? 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. N 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;
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El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACA”, presentada por el Señor Armin Bascur Cid, en representación de HERA TARAPACA S.A., al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SETA);
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Los Organismos de la Administración del Estado con competencia ambiental invitados a participar de la Evaluación Ambiental del Proyecto 'CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ, no emitieron pronunciamiento, dado que no se ha podido continuar con el proceso de evaluación, considerando que el proyecto no ha dado cumplimiento a la normativa aplicable. Fueron invitados a participar, los siguientes órganos de la administración del Estado, con competencia ambiental:
Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá
Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá
Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá
Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá
Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá Gobierno Regional, Región de Tarapacá
Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte
SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
SEREMI de Salud, Región de Tarapacá
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
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El acta N*1/2014 de la sesión de Comité Técnico de la región de Tarapacá, de fecha 14 de enero de 2014.
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El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACA”, de fecha 22 de Enero de 2014;
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Las visaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:
ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD. ORD.
N938, del 23/01/2014, Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá.
N*137, del 23/01/2014, SEREMI de Salud, Región de Tarapacá.
N930, del 23/01/2014, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá. N935, del 23/01/2014, SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá.
N0158, del 24/01/2014, Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá. N%22, del 24/01/2014, Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá. N140039/2014, del 24/01/2014, SEREMI del Medio Ambiente, Región de Tarapacá. N*163, del 27/01/2014, Superintendencia de Servicios Sanitarios.
N981, del 27/01/2014, SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá. N*46/2014, del 28/01/2014, Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá.
N'98, del 28/01/2014, Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá.
N*58, del 28/01/2014, SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá.
N2216, del 28/01/2014, SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá. N*10-EA/2014, del 28/01/2014, Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá. N%287, del 29/01/2014, Consejo de Monumentos Nacionales.
N9323, del 05/03/2014, Gobierno Regional.
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El acuerdo de la Sesión Ordinaria N%4 de la Comisión de Evaluación de la región de Tarapacá, de fecha 7 de marzo de 2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACA".
CONSIDERANDO:
. Que, la Comisión de Evaluación 1 Región de Tarapacá debe velar por el cumplimiento de todos los
requisitos
ambientales aplicables al Proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO
AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ" cuyo titular es HERA TARAPACA S.A.
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Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.
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Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ" posee las siguientes características:
4.1.
Antecedentes generales
4.1.1. Localización: el proyecto se ubicaría en el km 23,2 de Ruta A-687 de la comuna de Pozo
Almonte, provincia del Tamarugal, Región de Tarapacá.
Las coordenadas UTM (Datum WGS 84) de los vértices del área del proyecto serían:
Vértice Norte Este
A 7.761.759,58 439.919,97 B 7.761.759,55 440.505,95 (e 7.761.338,16 440.505,93 D 7.761.037,08 440.384,82 E 7.761.037,17 439.919,96
4.1.2. Superficie: 40,5 hectáreas
4.1.3. Monto Estimado de la Inversión: US$10.000.000.-
4.1.4. Vida Útil: 40 años
4.1.5. Mano de Obra:
Fase Mano de Obra | Mano de Obra Promedio Máxima Construcción 20 30 Operación 20 31 Cierre o abandono 9 9
4.2. Descripción del proyecto
El proyecto correspondería a la construcción y montaje de un centro de Tratamiento, Valorización y Disposición Final de Residuos Industriales Peligrosos y no peligrosos provenientes de la industria minera y otras industrias.
Se consideraría la recepción durante el primer año, un flujo promedio de aproximadamente 2.500 ton/mes de residuos industriales peligrosos y no peligrosos.
Las instalaciones se irían implementando gradualmente de acuerdo a los volúmenes a manejar, considerando una capacidad instalada inicial acorde a los flujos esperados para el segundo año. Esta capacidad iría aumentando según el flujo de recepción de residuos.
Para el relleno de seguridad correspondería una superficie de 33,7 hectáreas y su capacidad de almacenamiento sería de 6.837.878 m3. De acuerdo a lo anterior y según la tasa esperada de recepción de residuos la vida útil del relleno sería de 40 años.
4.2.1. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto El proyecto consideraría las siguientes instalaciones:
Relleno de Seguridad: unidad destinada a recibir residuos no peligrosos y sólidos peligrosos inertizados, provenientes directamente de la actividad minera e industrial externa o desde la planta de inertización considerada en el proyecto. En Apéndice DP-3 del EIA, se incluye plano esquemático de instalación.
Zona de Almacenamiento Temporal: en esta instalación permanecerían aquellos residuos industriales peligrosos y no peligrosos en espera de ser gestionados a alguna de las instalaciones de la planta, en esta misma instalación se acondicionaría un sector donde se almacenarían temporalmente los residuos que puedan ser recuperados o reutilizados como materia prima en alguna actividad productiva, como baterías, neumáticos y contenedores plásticos y metálicos no contaminados. En Apéndice DP-4 del EIA se adjunta plano esquemático de instalación.
Zona de Almacenamiento de Inflamables: en donde se almacenarían todos los productos inflamables que puedan tener un valor comercial como lubricantes, aceites y combustibles.
Zona de Estabilización: consideraría la implementación de dos fosos de inertización, destinados a procesar los residuos líquidos y sólidos de tal forma que puedan ser dispuestos en el relleno de seguridad. En Apéndice DP-5 del EIA se incluye plano esquemático de instalación.
Zona de Almacenamiento de Insumos: en esta área se almacenaría cal, cemento y otros insumos que se utilizarían para estabilizar, inertizar o solidificar, los residuos peligrosos.
Zona Tratamiento Riles y Lixiviados: esta unidad estaría destinada a los procesos que se aplicarían a los residuos líquidos de tal forma que se puedan revalorizar o reutilizar en el proceso productivo y humectación. En Apéndice DP-6 del EIA se adjunta plano esquemático de instalación.
Zona Almacenamiento Temporal PCB: La zona proyectada para el almacenamiento de temporal de PCB líquidos y sólidos comprendería un contenedor dentro del cual se almacenarían los residuos. Usándose tambores sellados para PCB líquidos y cajas de madera para PCB sólidos, todo sobre pallet de madera.
Patio de Chatarra: en esta área se dispondrían todos los residuos compuestos de chatarra y estructuras metálicas no contaminadas que puedan ser reutilizadas y comercializadas a terceros. Área de Carga de Combustible: para el suministro de combustible de la maquinaria pesada y vehículos que operan al interior de las instalaciones, se implementaría una isla de carga con un surtidor y un estanque de 50 m3 (50.000 litros).
Báscula: Este elemento corresponde a una romana y una caseta de control y sería utilizado para pesar los camiones que transportan la carga. Esto se realizaría tanto a la entrada de las instalaciones como a la salida. En Apéndice DP-7 del EIA se entregan características de la
báscula a implementar, obras civiles relacionadas y valores relacionados a sus obras asociadas y su implementación. En Apéndice DP-8 del EIA se adjunta plano esquemático de instalación.
Patio de Operaciones: esta instalación correspondería al patio central donde se ubicarían las instalaciones de almacenamiento temporal y las otras instalaciones de tratamiento y manejo de residuos. A este patio llegarían los camiones de terceros donde serían descargados para comenzar la gestión de los residuos.
Galpón de Maquinaria: en esta instalación se realizarían todas las mantenciones y reparaciones menores a las maquinarias y camiones de transporte interno, además se almacenarían insumos, herramientas y otros equipos.
Almacenamiento de Agua: se contaría con un estanque de 50 m' para el almacenamiento de agua industrial y de procesos y dos estanques de 15 m3 cada uno para el almacenamiento de agua potable. En Apéndice DP-26 del EIA se adjunta plano esquemático de instalación y en Apéndice DP-33 del EIA se adjuntan las Bases de Cálculo de Agua Potable y Agua Servida.
Instalaciones Administrativas: el centro contaría además con unidades auxiliares, áreas anexas, de servicios y oficinas, entre las que se encuentran: laboratorio de análisis y caracterización, servicios sanitarios, aula ambiental y comedor.
Servicios de Apoyo: El proyecto contaría con instalaciones de apoyo para su normal funcionamiento, dentro de las que se encuentran los caminos, la fosa séptica, el lavado de camiones, estacionamientos y otras. En Apéndice DP-29 del EIA se adjunta detalle área de lavado camiones.
En Apéndice DP-9 del ElA, se incluye el layout de las instalaciones, donde se detallaría cada una de las instalaciones y su localización en el predio. Las dimensiones y superficies asociadas a las instalaciones se incluyen en la Tabla DP-2 del EIA.
Descripción de la etapa de construcción
Las actividades durante la etapa de construcción del proyecto, las cuales se encuentran detalladas en la descripción del proyecto, corresponderían a:
Instalación de faenas y movilización
Movimientos de Tierra
Replanteo, Trazado y Niveles
Obras Civiles: correspondería a la ejecución de las excavaciones, fundaciones y pavimentación, montaje de Estructuras Galpones Estructuras de Acero, Montaje de Estructuras Galpón de Inflamables, Montaje Instalaciones Administrativas y de Servicios, Habilitación Celda N*1 Relleno de Seguridad.
Cabe señalar, que el proyecto contemplaría intervenciones viales de cinco tipos:
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Regularización acceso hacia ruta A-687: correspondiente al acceso existente utilizado por vehículos pesados y livianos que operan en las faenas de extracción de áridos existentes en las inmediaciones del proyecto.
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Camino de servidumbre: El camino de servidumbre iría desde la ruta A-687 hasta la entrada de las instalaciones.
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Camino perimetral: Se construiría un camino en tierra, perimetral al relleno de seguridad.
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Caminos de tránsito interno permanente: Estos caminos corresponderían a aquellos que conectan las instalaciones operacionales, administrativas, de apoyo y auxiliares que conforman las instalaciones del proyecto CITA.
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Caminos provisionales (de explotación) los accesos de descarga serían caminos provisionales desviados del camino perimetral, que permitirían acceder a las plataformas de descarga.
Para las distintas actividades correspondientes a la etapa de construcción del proyecto, se utilizarían las maquinarias detalladas en la Tabla DP-7 del EIA.
Los insumos y materiales que se requerirían para la etapa de construcción serían:
- Hormigón: para la ejecución del proyecto se requeriría de 890 m3 hormigón, los cuales serían suministrados mediante camión mixer.
e Energía Eléctrica: durante la etapa de construcción se utilizaría un grupo generador cuyo tamaño máximo sería de 50 KVA.
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Agua Potable: se consideraría agua envasada para consumo humano en los frentes de trabajo.
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Agua Industrial: se estimaría el uso de 5.000 día los días que se realicen faenas de construcción y movimientos de tierra. Esta agua sería abastecida mediante camión aljibe por empresas autorizadas.
e Alimentación de los Trabajadores: la alimentación de los trabajadores se efectuaría en el área de casino habilitada dentro de la instalación de faenas.
- Combustible: El proyecto no contemplaría almacenamiento de combustible durante la etapa de construcción. Tampoco se contemplaría realizar mantención de equipos y/o maquinaria en el lugar de faenas.
e Otros Insumos: el fierro estructural de acuerdo a especificaciones de proyecto, las soleras destinadas al trazado de caminos interiores permanentes y los elementos y láminas de impermeabilización de las celdas de disposición se almacenarían en un área de acopio señalada en el área de instalación de faenas definida y adjunta en Apéndice DP-12 del ElA.
Descripción de la etapa de operación
El proyecto consideraría la recepción y manejo de residuos industriales, entendiendo materia prima, aquellos residuos, subproductos o productos no deseados, que la planta sería capaz de tratar de tal forma de ser recuperados, revalorizados, tratados y dispuestos finalmente.
Las instalaciones estarían acondicionadas para el manejo, tratamiento y disposición final de los residuos señalados en las listas 1, II y III del D.S. 148/2004 así como para las operaciones de las tablas A y B de este mismo reglamento.
Cabe señalar, que no se consideraría la recepción de los siguientes residuos peligrosos:
- Deshechos clínicos provenientes de la atención médica prestada en hospitales, centros médicos y clínicas.
e Deshechos resultantes de la producción y preparación de productos farmacéuticos. Deshechos de medicamentos y productos farmacéuticos.
- Deshechos resultantes de la producción, preparación y utilización de biocidas y productos fitofarmacéuticos y explosivos.
El procedimiento contemplaría:
- Recepción de una muestra del residuo para su caracterización y análisis en los laboratorios del CITA.
e Establecida su potencial reutilización o revalorización, con o sin tratamiento previo, se formalizaría la aceptación del residuo con la fuente generadora del residuo (empresa generadora);
e El transporte de dichos residuos al CITA se realizaría a través de empresas de transporte autorizadas contratadas por las empresas generadoras de los residuos.
- Los productos resultantes de las operaciones de revalorización y recuperación se enviarían a clientes previamente contactados y que se encuentren autorizados para recibir estos elementos.
Las actividades a realizar en cada una de las instalaciones serían:
Zona de Almacenamiento Temporal: se realizaría el almacenamiento temporal de residuos para su caracterización y posterior tratamiento, disposición interna y/o transferencia a instalaciones o medios de transporte de terceros legalmente habilitados; una vez que los residuos ingresan a esta instalación, se clasifican y se define la instalación a la cual corresponde enviarlos.
Laboratorio: las principales funciones del laboratorio serían:
e Caracterización básica de los residuos.
Ensayo, formulación y modelación a pequeña escala de los procedimientos de operación de las instalaciones específicas de tratamiento de residuos del CITA.
e Análisis de los afluentes líquidos de las instalaciones de tratamiento, de los vertidos ocasionales que pudieran producirse en las operaciones de trasiego y manipulación de residuos, análisis de restos líquidos de operaciones de limpieza y aguas lluvias recogidas en áreas en operación, determinando los parámetros de vertido y/o los tratamientos de depuración necesarios para su reutilización en tareas de riego y limpieza.
Zona de Riles y Lixiviados: se implementaría una zona de almacenamiento de riles y lixiviados provenientes de distintas industrias de la región y del relleno de seguridad, los cuales se mantendrían aislados y controlados en el interior del recinto.
Planta de Tratamiento Físico Químico: esta unidad está destinada a los procesos a aplicar a los residuos líquidos de tal forma que la calidad del efluente se pueda disponer en cuerpos receptores cumpliendo las normativas ambientales vigentes.
Para realizar esta actividad, se emplearían: reactores, equipos complementarios, equipos auxiliares y equipos de abatimiento de parámetros que excedan los límites establecidos en la normativa vigente, de acuerdo al proceso detallado en la Tabla DP-13 del EIA.
Zona de Estabilización: su objetivo es estabilizar mediante reacciones químicas, aglomeración y solidificación, aquellos residuos sólidos, pulverulentos o pastosos no valorizables.
Zona de Inflamables: las sustancias inflamables serían almacenadas temporalmente para luego ser transferidas a empresas de terceros para su reutilización o uso como combustible alternativo. Todos los solventes o mezclas de solventes, solventes usados, pinturas y mezclas de pinturas, o residuos con las características mencionadas no se tratarían en las instalaciones de la empresa, sino que serían derivadas para su tratamiento a empresas debidamente autorizadas.
Patio de Chatarra: estaría destinado a contener residuos inertes valorizables. Su superficie sería una carpeta de rodado granular confinada por soleras de hormigón o similares.
Relleno de Seguridad: destinado a la disposición final a los residuos industriales peligrosos y no peligrosos que no sean valorizables y aquellos que provengan de las instalaciones de inertización.
Área de Extracción de Material de Cobertura: las actividades de extracción de material de cobertura sobre el área propuesta, se realizaría a partir del primer año de operación. El material sería extraído desde el propio sitio del avance del relleno, utilizando inicialmente el material extraído antes del inicio de la etapa de construcción de las instalaciones y el material extraído durante la etapa de construcción y habilitación de la celda N%1.
Planta de Tratamiento de Aguas Servidas: las aguas servidas generadas desde los baños, duchas y comedor serían tratadas mediante el uso de una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS), del tipo compacta prefabricada.
Los insumos para la operación del proyecto en los procesos de inertización y físico — químico serían los señalados en la tabla DP-16 del EIA.
Descripción de la etapa de cierre y abandono del proyecto
Cierre: de acuerdo al diseño del relleno de seguridad, el cierre se realizaría en etapas sucesivas, estimándose en etapas de 10 años.
Una vez que se alcancen las cotas superiores definitivas de residuos se colocaría una capa de asentamiento y emparejamiento. Encima de esta capa se colocaría una capa de arcillas. Encima se coloca una lámina sintética impermeabilizante, mecánicamente resistente y de 1.5 mm de espesor.
Posteriormente, encima de la lámina se instalaría un nivel drenante continuo, con una permeabilidad superior o igual a 1x10-2 m/s y sobre la capa drenante se pone una capa de tierra capaz de soportar la vegetación y una última capa de tierra vegetal abonada convenientemente.
Abandono: se desmantelaría la totalidad de las instalaciones. Las actividades a realizar serían: desconexión de Equipos, desmontaje de los sistemas de bombeo, limpieza de equipos, disposición de equipos, disposición de residuos de construcción, transporte de residuos.
4.2.2. Descripción de emisiones, descargas y residuos del proyecto Residuos Sólidos y Líquidos
Durante la etapa de construcción se generarían residuos sólidos como restos de fierro, despuntes de madera y PVC, también residuos asimilables a domiciliario y aguas servidas domésticas de acuerdo al detalle de la Tabla DP-22 del EIA.
Durante la etapa de operación, se generarían residuos domésticos provenientes del comedor, oficinas, baños y servicios sanitarios de los operadores.
Se generarían residuos sólidos industriales no peligrosos (como plásticos, despunte de maderas, envases de vidrio y cartón, los que serían segregados y almacenados transitoriamente en tambores de 200 litros debidamente rotulados), piezas, repuestos usados y chatarra entre otros (como filtros de aire limpios, correas y mangueras limpias, partes y piezas libres de hidrocarburos, chatarra y otros libres de hidrocarburos).
Además, se generarían residuos sólidos industriales peligrosos constituidos básicamente por aceites y grasas lubricantes usados, materiales contaminados con éstos, baterías de vehículos usadas, tarros con restos de pinturas. El detalle y estimación de éstos sería de acuerdo a lo descrito en la Tabla DP-27 del EIA.
En la etapa de operación también se generarían lodos provenientes de fosa séptica, lodos de riles ácido-base y lodos de riles grasos.
Emisiones Atmosféricas
Las emisiones al aire durante las faenas de construcción serían principalmente debido a los trabajos de excavación, despeje y nivelación del terreno. En Apéndice DP-23 del EIA, se entrega una estimación de las emisiones de material particulado y gases.
Las emisiones al aire durante la operación serían principalmente a los trabajos de excavación y disposición de residuos. Las emisiones de material particulado y gases estimadas se detallan en Apéndice DP-25 del EIA.
Ruido Las emisiones de ruido asociadas al proyecto serían producto del uso de maquinarias en la etapa de construcción (excavadora, camión tolva, betonera, compactadora, sierra circular, soldadora)
detalladas en la Tabla DP-23 del EIA.
En la etapa de operación se considerarían como principales fuentes de emisión de ruido dos grúas horquillas, un Bulldozer, una retroexcavadora, 2 camiones en el patio de maniobras, 3
camionetas que circulan por instalaciones, 10 camiones que transitan hacia el relleno, un grupo generador y una sala de bombas (Tabla DP-28 del EIA).
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Que del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto denominado "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ" no puede concluirse si las medidas propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, dado que no se ha podido continuar con el proceso de evaluación, considerando que el proyecto no da cumplimiento a la normativa ambiental aplicable.
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Que con relación al cumplimiento de la legislación aplicable al proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ”, y sobre la base se los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto no da cumplimiento a la Normativa Aplicable al proyecto por cuanto:
6.1. En el Párrafo 3? de la Ley 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente, que dice relación con la Participación de la Comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, en su Artículo 26, señala que: “Corresponderá a las Comisiones de Evaluación o el Director Ejecutivo, según el caso, establecer los mecanismos que aseguren la participación informada de la comunidad en el proceso de calificación de los Estudios de Impacto Ambiental y de las Declaraciones cuando correspondan”;
6.2. Que, en este sentido: el Artículo 28 de la misma Ley, establece que: “Para los efectos previstos en el artículo 26, la Comisión establecida en el artículo 86 o el Director Ejecutivo ordenará que el interesado publique a su costa en el Diario Oficial y en un diario o periódico de la capital de la región o de circulación nacional, según sea el caso, un extracto visado por ella del Estudio de Impacto Ambiental presentado. Dichas publicaciones se efectuarán dentro de los diez días siguientes a la respectiva presentación. ”
6.3. Que el Artículo 29 de la Ley 19.300 establece que: “Cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, ante el organismo competente, para lo cual dispondrán de un plazo de sesenta días, contado desde la respectiva publicación del extracto.”
6.4. Que el artículo 16, inciso final de la Ley 19.300, establece lo siguiente: “El Estudio de Impacto Ambiental será aprobado si cumple con la normativa de carácter ambiental y, haciéndose cargo de los efectos, características o circunstancias establecidos en el artículo 11, propone medidas de mitigación, compensación o reparación apropiadas. En caso contrario, será rechazado”.
6.5. Que el titular del proyecto ha efectuado la publicación del extracto en el diario oficial con fecha
10 de enero de 2014, siendo el plazo máximo para efectuar dicha publicación el día 8 de enero de 2014.
6.6. Que a la luz de los antecedentes, el titular no ha efectuado la publicación del extracto visado del Estudio de Impacto Ambiental en el Diario Oficial en el plazo establecido en la Ley, es decir, dentro de los diez días siguientes a la presentación del EIA, por lo cual no se da cumplimiento a la normativa ambiental aplicable.
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Que, respecto de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos de D.S. N*95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ", no puede concluirse si se han presentado en conformidad, todos los requisitos para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales aplicables al proyecto, dado que no se ha podido continuar con el proceso de evaluación, considerando que el proyecto no da cumplimiento a la normativa aplicable.
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Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Tarapacá:
RESUELVE:
IL.
Moda
CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ”, presentado por el Señor Armin Bascur Cid, en representación de HERA TARAPACA S.A., condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.
El titular no podrá ejecutar el proyecto en ninguna de sus partes. Asimismo, los Órganos de la Administración del Estado, en las materias relativas al respectivo proyecto o actividad, quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su Impacto Ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de pronunciamiento contrario.
en la Ley N? 19,300 en el Artículo 20, guyo plazo para intérponerlo es de 30 días hábiles, contados
DEJAR constancia que contra la 15 ds io; procede el Recurso de Reclamación establecido ción. — /
desde la notificación de la presente e
Dtifíquese y Archívese
Miguel Angel que : Presidente (S) Comisión de-Ev4
Región de Ff
Distribución:
Cle:
Armin Bascur Cid
Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, Región de Tarapacá Corporación Nacional Forestal, Región de Tarapacá
Dirección Regional, SERNAGEOMIN, Región de Tarapacá Dirección Regional de Aguas, Región de Tarapacá
Dirección Regional de Turismo, Región de Tarapacá
Dirección Regional de Vialidad, Región de Tarapacá
Dirección Regional SAG, Región de Tarapacá
Gobierno Regional, Región de Tarapacá
Ilustre Municipalidad de Pozo Almonte
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Tarapacá SEREMI de Agricultura, Región de Tarapacá
SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Tarapacá
SEREMI de Salud, Región de Tarapacá
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Tarapacá SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Tarapacá
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Encargado Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "CENTRO INTEGRAL DE TRATAMIENTO AMBIENTAL (CITA) TARAPACÁ" Archivo Servicio Evaluación Ambiental, 1 Región de Tarapacá