Parque Eólico Malleco
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 1 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Califica Ambientalmente el EIA del proyecto “Parque Eólico Malleco”.
Resolución Exenta Nº 240/2016
Temuco, noviembre 2 de 2016
VISTOS:
1°. El Estudio de Impacto Ambiental Parque Eólico Malleco, sus Adendas I, II y III, presentado por el Sr. Tomas Schröter Gálvez en representación de WPD Malleco SPA.
2°. Los pronunciamientos y observaciones de los órganos de la administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del EIA, y que se detallan en el Capítulo II del Informe Consolidado de Evaluación (ICE) del EIA del proyecto Parque Eólico Malleco.
3° Las Actas de las reuniones realizadas con grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas localizadas cercanas al área en que se emplazaría el proyecto Parque Eólico Malleco, conforme a lo previsto en el artículo 34 de la Ley indígena y que se detallan en el punto 2.6 del ICE.
4°. Las Actas de Evaluación N° 2 de fecha 24 de enero de 2014 y N° 10 de fecha 6 de septiembre de 2016 del Comité Técnico.
5°. El ICE del EIA del proyecto Parque Eólico Malleco de 11 de octubre de 2016.
6°. El Acta N°8 del 19 de octubre de 2016, de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía.
7°. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental del EIA del proyecto Parque Eólico Malleco.
8°. Lo dispuesto en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. Nº95, de 2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA); y la Resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de La República.
CONSIDERANDO:
1°. Que, Sr. Tomas Schröter Gálvez en representación de WPD Malleco SPA (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el EIA del proyecto Parque Eólico Malleco (en adelante, el Proyecto). Los antecedentes del Titular son los siguientes:
Nombre Titular : WPD Malleco SPA R.U.T. : 76.311.929-7 Domicilio : La Niña 3086, Las Condes Nombre Representante Legal : Sr. Tomas Schröter Gálvez R.U.T. : 13.550.677-K Domicilio : La Niña 3086, Las Condes
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 2 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 2°. Que, conforme se indica en el ICE de fecha 11 de octubre de 2016, el Director Regional (S) de la Región de La Araucanía ha recomendado aprobar el Proyecto, por cuanto: a. El proyecto EIA “Parque Eólico Malleco”, cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable para este tipo de proyectos. b. El proyecto EIA “Parque Eólico Malleco” cumple con los antecedentes señalados en los Arts. 90, 91, 93, 94, 96 y 102 del D.S. N° 95/01, existiendo pronunciamientos de conformidad vinculados a los siguientes servicios: Of. Seremi de Salud N° A20-2076/2016, Of. Seremi de Agricultura N° 7373/2016, Of. SAG N° 953/2016, Of. CONAF N° 3EA/2016. c. Según el literal b) del artículo 11 de la Ley N° 19.300, específicamente en los literales l y m del artículo 6 del RSEIA al poder existir afectación sobre fauna silvestre, producto de la perturbación, pérdida de hábitat provocado por la fragmentación del espacio aéreo y colisiones de avifauna y quirópteros. Ante ello el proyecto ha adoptado las medidas de mitigación, reparación y compensación para hacerse cargo de tales efectos según dan cuenta los informes favorables emitidos por los servicios técnicos durante la evaluación ambiental. d. Respecto de la eventual restricción o el aumento de los tiempos de desplazamiento asociados a la fase de construcción del proyecto, se deja claro que en ningún caso el proyecto tiene la capacidad de generar una obstrucción o restricción a la libre circulación a población existente o población protegida para los tramos involucrados y detallados en el ICE o parte de esta Resolución. e. Según el componente territorial regional, de los antecedentes presentes en el expediente de evaluación ambiental, hay que dar cuenta que no existen argumentos emitidos por el Gobierno Regional o la I. Municipalidad de Collipulli que den cuenta de un rechazo al proyecto.
f. El proyecto no cuenta con pronunciamientos inconformes a la fecha de elaboración del ICE, existiendo conformidad de las siguientes reparticiones: Of. Seremi de Salud N° A20-2076/2016, Of. Seremi de Agricultura N° 7373/2016, Of. SAG N° 953/2016, Of. CONAF N°3EA/2016, Of. Seremi Transportes N° 1423/2016, Of. DGA N°1526/2016, Of. Seremi de Energía N° 105/2016, Of. CONADI N°554/2016, Of. SERNAGEOMIN N°619/2016, Of. SERNATUR N° 76/2016, Of. SISS N° 138/2016, Of. SERNAPESCA N° 4582/2016, Of. SEREMI Medio Ambiente N° 152/2016 y Of. Seremi BBNN N° 125/2014.
3°. Que, en sesión de fecha 19 de octubre de 2016, la Comisión de Evaluación de la Región de La Región de La Araucanía acordó calificar favorablemente el proyecto Parque Eólico Malleco, aprobando el contenido del ICE de 11 de octubre de 2016, el que forma parte integrante de la presente Resolución, incluyendo las siguientes condiciones:
3.1. En atención al Of. N° 3191/16 de la I. Municipalidad de Collipulli se establece como exigencia que el Fondo Anual de Relacionamiento Comunitario informado en el punto VI de la Adenda 3 y que es parte de una medida voluntaria del titular, opere en su totalidad hacia los objetivos que se han definido y no sean incluidos o descontados los gastos administrativos como honorarios, arriendos u otros. 3.2. El titular previo a la fase de operación debe tener firmados acuerdos de relacionamiento comunitarios y ciudadanos asociados a las medidas MH4 y MH5. 4°. Que, la descripción del Proyecto es la que a continuación se indica:
4.1. Antecedentes generales Objetivo general El proyecto consiste en un parque eólico de 77 aerogeneradores de potencia máxima 3,45 MW cada uno, más una subestación elevadora. Todo ello emplazado en un predio de un solo propietario.
Tipología principal, así como las c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW - b) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 3 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” aplicables a sus partes, obras o acciones Subestación elevadora del Art. 3 del D.S. N° 95/01.
El proyecto requiere ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), por cuanto consiste en la construcción y operación de un parque eólico que genera 273 MW compuesto por 77 aerogeneradores de 3,54 MW, líneas de distribución eléctrica subterránea de 23 kV, una subestación elevadora de 23 kV a 220 kV y una sala de control, motivo por el cual el presente EIA es sometido al SEIA en virtud de las normas citadas para su evaluación.
Se ha eliminado la causal de ingreso de línea de transmisión de 66 kv.
Vida útil 20 años.
Inversión US$ 500.000.000
Proyecto se desarrollará por etapas SI NO No aplica
[X] Proyecto modifica un proyecto o actividad SI NO No aplica
[X] Proyecto modifica otra(s) RCA SI NO No aplica
[X]
4.2. Ubicación del Proyecto División político-administrativa Región de La Araucanía, Provincia de Malleco comuna de Collipulli. Descripción de la localización El proyecto se ejecutará en la Región de La Araucanía, en la provincia de Malleco, comuna de Collipulli, a 14,9 km al este de la zona rural de Collipulli. Superficie Se adjunta detalle de superficies involucradas en el proyecto.
a. Coordenadas Aerogeneradores:
Superficie y Coordenadas de Ubicación de los Aerogeneradores ID AG Superficie (m2) Coordenadas ID AG Superficie (m2) Coordenadas Este Norte Este Norte 1 314 740.990 5.787.978 40 314 738.778 5.790.647 2 314 741.293 5.787.773 41 314 739.086 5.790.676 3 314 741.602 5.787.816 42 314 739.389 5.790.740 4 314 741.993 5.786.720 43 314 739.691 5.791.038 5 314 742.302 5.786.933 44 314 740.000 5.790.850 6 314 742.615 5.787.451 45 314 740.308 5.790.705 7 314 742.957 5.787.436 46 314 738.246 5.792.818 8 314 743.264 5.787.397 47 314 738.663 5.792.544 9 314 743.765 5.786.853 48 314 742.158 5.794.832 10 314 743.176 5.785.758 49 314 742.553 5.794.681 11 314 742.870 5.785.839 50 314 742.861 5.794.497 12 314 742.564 5.785.452 51 314 743.168 5.794.326 13 314 742.244 5.785.577 52 314 743.475 5.794.194 14 314 741.921 5.785.703 53 314 743.779 5.793.952 15 314 741.596 5.785.829 54 314 744.085 5.793.879 16 314 741.271 5.785.952 55 314 741.408 5.794.550 17 314 740.948 5.786.079 56 314 741.551 5.793.286 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 4 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 18 314 740.626 5.786.206 57 314 741.875 5.793.625 19 314 740.304 5.786.335 58 314 742.510 5.793.561 20 314 739.998 5.786.437 59 314 742.817 5.793.406 21 314 739.682 5.786.559 60 314 743.121 5.793.219 22 314 738.930 5.786.833 61 314 743.425 5.793.072 23 314 738.618 5.786.913 62 314 743.736 5.792.939 24 314 737.958 5.787.781 63 314 740.277 5.792.365 25 314 738.266 5.788.043 64 314 740.662 5.792.242 26 314 737.459 5.789.881 65 314 741.277 5.791.981 27 314 737.793 5.789.695 66 314 741.910 5.791.815 28 314 738.128 5.789.504 67 314 742.219 5.791.702 29 314 738.433 5.789.232 68 314 742.528 5.791.868 30 314 738.749 5.789.029 69 314 742.830 5.791.475 31 314 739.054 5.788.772 70 314 741.546 5.790.489 32 314 739.364 5.788.556 71 314 741.919 5.790.275 33 314 739.671 5.788.484 72 314 742.284 5.790.319 34 314 739.978 5.788.395 73 314 742.650 5.790.219 35 314 740.286 5.788.090 74 314 740.757 5.790.013 36 314 739.706 5.789.724 75 314 741.243 5.789.406 37 314 739.397 5.789.730 76 314 741.719 5.789.230 38 314 740.013 5.789.535 77 314 742.176 5.788.782 39 314 738.470 5.790.785 Superficie Total 24.178 m2 WGS 84 Huso 18 S
b. Subestación Elevadora
c. Instalaciones de faena
-
Instalación de Faena N° 1
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Instalación de Faena N° 2
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Instalación de Faena N° 3
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Caminos de acceso El proyecto mantendrá dos accesos por las rutas pavimentadas R-49 y R-45, estos se irán alternando en las diferentes fases del proyecto según cronograma de trabajo (construcción) y operación Cronograma de trabajo
En concordancia con lo anterior, la Instalación de Faena 1, abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 1 al 19, la Instalación de Faenas 2 abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 20 al 47 y la Instalación de Faenas 3 abarcará de los aerogeneradores 48 al 77. Referencia al expediente de evaluación de los mapas, georreferenciación e información complementaria sobre la localización de sus partes, obras y acciones Anexo 1 de Adenda III da cuenta de set de planos finales asociados al proyecto, Anexo 2 de Adenda III set de análisis por receptores cercanos al proyecto, Anexo 10 de Adenda III curvas de ruido, Anexo 11 de Adenda III Estudio de efecto sombra, Anexo 12 de Adenda III obras de atravieso de canales y cauces.
4.3. Partes, obras y acciones que componen el Proyecto Descripción del proyecto
a. Aerogeneradores: En atención a las observaciones emitidas por la Autoridad y los Servicios involucrados en todo el proceso de evaluación ambiental, se realizan ajustes que se han manifestado en el ICE en el número original de aerogeneradores bajo la siguiente estructura:
EIA: proyecto original consideraba 90 aerogeneradores
Adenda N° 1: se eliminan 11 aerogeneradores y el replanteó en torno a 79 aerogeneradores se ajusta siempre a la misma área ambientalmente evaluada, es decir, dentro de las áreas de influencia de cada componente ambiental y dentro del polígono asociado al Proyecto.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 6 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Adenda N° 3: se eliminan dos aerogeneradores, con el fin de mejorar el contexto ambiental del Proyecto manteniéndose un número definitivo de 77 aerogeneradores.
Cuadro de Evolución de Aerogeneradores del Proyecto
ID Aerogeneradores ADENDA Nº 3 - ICE ID Aerogeneradores ADENDA Nº 2 ID Aerogeneradores ADENDA Nº 1 ID Aerogeneradores EIA 1 1 34 34 2 2 45 45 3 3 35 35 4 4 22 22 5 5 23 23 6 6 24 24 7 7 25 25 8 8 26 26 9 9 27 27 10 11 12 12 11 12 11 11 12 13 10 10 13 14 2 2 14 15 1 1 15 16 9 9 16 17 8 8 17 18 7 7 18 19 19 19 19 20 18 18 20 21 17 17 21 22 16 16 22 23 30 30 23 24 14 14 24 25 36 36 25 26 37 37 26 27 90 90 27 28 89 89 28 29 88 88 29 30 38 38 30 31 39 39 31 32 40 40 32 33 41 41 33 34 42 42 34 35 43 43 35 36 44 44 37 37 48 48 36 38 49 49 38 39 50 50 39 40 62 62 40 41 63 63 41 42 47 47 42 43 55 55 43 44 65 65 44 45 66 66 45 46 56 56 46 47 67 67 47 48 68 68 48 50 75 75 49 51 84 84 50 52 80 80 51 53 85 85 52 54 81 81 53 55 86 86 54 56 87 87 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 7 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 55 57 83 83 56 58 78 78 57 59 79 79 58 60 77 77 59 61 76 76 60 62 20 20 61 63 21 21 62 64 82 82 63 65 69 69 64 66 70 70 65 67 71 71 66 68 72 72 67 69 73 73 68 70 61 61 69 71 74 74 70 72 58 58 71 73 59 59 72 74 60 60 73 75 54 54 74 76 57 57 75 77 52 52 76 78 53 53 77 79 46 46 Aerogeneradores eliminados 10 - 49* 3 – 4 – 5 – 6 – 13 – 15 – 29 – 31 – 32 – 33 - 51 * Correspondía al aerogenerador Nº 28 del EIA y Adenda Nº1. ** Correspondía al aerogenerador Nº 64 del EIA y Adenda Nº 1.
b. Potencia del Parque Eólico Malleco
Como se menciona el proyecto original era de 90 aerogeneradores y se presentaba una potencia total del parque de 270 MW, cuya potencia unitaria por aerogenerador era de 3 MW. Con la disminución de aerogeneradores presentada en la Adenda N° 2 (90 a 79), la cual como se ha señalado se planteó con el fin de acoger los requerimientos y observaciones de parte de la Autoridad Ambiental y los Servicios involucrados en el proceso de evaluación, la potencia unitaria se elevó a 3,45 MW, siendo la potencia total del Proyecto de 272,55 MW.
En razón a la eliminación de dos nuevos aerogeneradores (aerogeneradores N° 10 y N° 49 de la Adenda N° 3), la potencia unitaria de cada uno de los 77 aerogeneradores definitivos es de 3,54 MW, por lo que la potencia total del parque se mantiene en torno a un máximo de 273 MW.
En términos concretos, si bien la potencia del parque en su totalidad se incrementó en un 1,1%, se debe considerar que respecto del Proyecto original presentado, una vez acogidos los requerimientos de la Autoridad Ambiental y de los Servicios respectivos, el número de aerogeneradores disminuyó en un 14,5%; en otras palabras, la disminución de dicho número de aerogeneradores fundamenta el aumento de la potencia con el fin de que el proyecto mantenga su producción final.
c. Cableado Eléctrico de Interconexión
El proyecto original consideraba la instalación de 8 torres de 18 m de altura y 35 postes. La Adenda Nº 2 informa que la Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) (66 kV) será en su totalidad subterránea y llevará una tensión de 23 kV en vez de 66 kV e irá dentro de las zanjas ya proyectadas de forma paralela a los caminos, por lo que no se considerará la construcción de torres y postes, dado la inexistencia de una LTE aérea, situación que se mantiene en la presente Adenda N° 3.
Asimismo, el EIA y la Adenda N° 1 consideraban dos puntos de elevación de energía internos del parque y una Subestación Eléctrica (S/E) Seccionadora para la conexión al Sistema Interconectado Central. De acuerdo a lo presentado en la Adenda N° 2 y en la presente Adenda Nº 3, sólo se considera una REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 8 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” subestación eléctrica (S/E) elevadora/seccionadora que cumplirá tanto la función de elevar como de seccionar la energía al Sistema Interconectado Central (SIC).
d. Instalaciones de Faena
A modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena señalada en el EIA y Adenda N° 1, a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción, situación planteada en la Adenda N° 2 y en la presente Adenda N° 3 como una forma de desagregar los efectos que se producían en el territorio y en las rutas de tránsito fundamentalmente locales.
Estas instalaciones, que poseerán las mismas características que la instalación de faenas presentada originalmente, determinan que la construcción del Proyecto se agrupe territorialmente en zonas denominadas “fases”, en las cuales cada instalación agrupa una serie de aerogeneradores vinculados a la misma; esto permite minimizar las alteraciones viales que inicialmente se consideraban en razón a la implementación de la totalidad del parque.
De este modo, la etapa de construcción del Proyecto se desarrollará en tres fases, considerando para ello el levantamiento de tres instalaciones de faena, a modo de utilizar la más cercana al área de avance de cada fase. De acuerdo a esto, en la etapa de construcción no implica necesariamente que finalice una de estas fases para iniciar la siguiente, ya que se contempla la ejecución de actividades distintas que se puedan desarrollar en forma paralela.
Para una mejor comprensión de lo descrito, se puede visualizar su detalle en el marco del Cronograma de Actividades de la Etapa de Construcción.
En concordancia con lo anterior, la Instalación de Faena 1, abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 1 al 19, la Instalación de Faenas 2 abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 20 al 47 y la Instalación de Faenas 3 abarcará de los aerogeneradores 48 al 77. Cabe señalar que esta situación no implica modificación en el número de la mano de obra a emplear en la etapa de construcción del Proyecto.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 9 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” e. Flujo vial de convoy
Tal como señaló en la Adenda N° 2, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, el Titular disminuye el número de viajes de los convoy de dos convoy al día por cada una de la rutas señalas a un convoy al día, acción que acoge la medida solicitada por la Autoridad y servicios involucrados en la evaluación ambiental.
f. Descripción física del proyecto
El proyecto consiste en la construcción y operación de un parque eólico más una subestación elevadora, donde la potencia unitaria de cada uno de los 77 aerogeneradores definitivos es de 3,54 MW, lo que daría una potencia total máxima de 273 MW. A continuación se describen las obras constructivas y las instalaciones que serán implementadas por el Proyecto, las que se clasifican en obras permanentes y obras transitorias.
f.1. Obras permanentes
Corresponden a las obras que permanecerán o continuarán en el área de emplazamiento del proyecto una vez que la etapa de construcción haya terminado. En este contexto, el proyecto, considera la construcción y/o montaje de las siguientes obras, equipos y componentes permanentes:
- Aerogeneradores y fundaciones
La principal obra del Proyecto es la instalación de 77 aerogeneradores con una capacidad máxima de 3,54 MW. Los aerogeneradores estarían constituidos, básicamente, por tres componentes: aspas, torre y góndola o nacela. Las aspas y góndolas están construidas de fibra de vidrio (CFRP) y resina reforzada, mientras que la torre está compuesta de acero tubular. Las aspas tendrán como máximo 137m de diámetro. La altura de las torres tendrán como máximo 120m.
Las aspas incorporan la energía del viento rotando y transmitiéndola hacia el eje principal. El eje gira y transmite la energía a través de una caja de cambios, la cual aumenta las revoluciones de giro de las aspas.
Es necesario mencionar que la selección del tipo de aerogenerador se realizará sobre la base de consideraciones técnico-económicas y ambientales. Por tanto, el aerogenerador cumplirá con los requisitos de generación de energía en relación a la dinámica de los vientos en la zona y provocara el menor impacto al medio ambiente. A este respecto, se señala que actualmente todos los aerogeneradores cuentan con los siguientes sistemas de reducción sonora:
- Estructura insonorizada en los sistemas de transmisión.
- Góndolas con sonido amortiguado.
- Aspas aerodinámicas de sonido menguado.
- Término de giro a los 25 m/s (10m) en 18 rpm.
-
Caja de transmisión de sonido reducido.
-
Fundaciones
Las fundaciones de cada aerogenerador corresponden a plataformas con una superficie aproximada de 21 m de diámetro (D Plate), que tienen un nivel de soporte de 3 metros de profundidad (h) (ver Figura) y un volumen unitario de excavación de 970m3, lo que corresponde a un movimiento de tierras total de +/- 74.700 m3. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 10 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Figura - Plano de fundación de un aerogenerador
La base de la fundación será construida de una armadura de mallas con barras radiales y anulares, rellenas de hormigón vibrado. De acuerdo a las condiciones geotecnias del suelo, se mejorará su resistencia para asegurar la estabilidad de las fundaciones, mediante mejoramiento de suelo, columnas de grava y/o pilotaje”. Esto, en virtud de lo señalado en la Adenda 1 respuesta 1.21 (pág. 22) y respuesta 6.1 (pág. 76).
- Subestación, patios de transformación y sala de control
Inicialmente, en el marco de la presentación del EIA, se contemplaba una Línea de Transmisión Eléctrica (LTE) aérea de 66 kV que consideraba un cableado de interconexión subterráneo de 23 kV, situación que no sufrió modificaciones en el marco de la Adenda N° 1. Sin embargo, en la Adenda N° 2 el Titular eliminó la LTE aérea y sólo consideró el cableado de interconexión subterráneo de 23 kV para la totalidad del Proyecto, el que se emplazará en las zanjas ya proyectadas y que se ubican de forma paralela a los caminos internos, situación que se mantiene en la presente Adenda N° 3.
Asimismo, el EIA y la Adenda N° 1 consideraban dos puntos de elevación de energía internos del parque y una Subestación Eléctrica (S/E) Seccionadora para la conexión al Sistema Interconectado Central. De acuerdo a lo presentado en la Adenda N° 2 y en la presente Adenda Nº 3, sólo se considera una subestación eléctrica (S/E) elevadora/seccionadora que cumplirá tanto la función de elevar como de seccionar la energía en 220 kV a la línea 220 kV Charrúa- Nueva Temuco, la cual cruza el terreno del proyecto (SIC).
En términos generales la S/E constará de un cerco de patio alta tensión con protección anti trepado, además se construirán canaletas para cables, bancos de ductos, sistemas de drenajes, colectores receptores de aceite y caminos internos. De la misma forma se contará con sistema de protección contra rayos o descargas que se emplearán en la protección de las instalaciones y consistirá en una malla de cable de acero de 3/8´´ que se apoyará en las estructuras metálicas altas (marcos de línea y marcos de barra). Para protección de equipos se utilizarán dispositivos tipo auto valvular que tienen la función de limitar las frecuentes apariciones de sobretensiones. El Anexo 4.4 Pas 96 Adenda 2 representa estructuras y su distribución en una superficie de 37.500 m2: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 11 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
(1) PARARRAYOS 245 kV (2) DESCONECTADOR TRIPOLAR CON PUESTA A TIERRA 245 kV (3) DESCONECTADOR TRIPOLAR SIN PUESTA A TIERRA 245 kV (4) DESCONECTADOR PANTÓGRAFO 245 kV (5) INTERRUPTOR TRIPOLAR DE ACCIONAMIENTO MONOPOLAR DE TANQUE MUERTO 245 kV (6) TRANSFORMADOR DE POTENCIAL 245 kV (7) AISLADOR DE PEDESTAL 245 kV (8) CONDENSADOR DE ACOPLAMIENTO 245 kV (9) TRAMPA DE ONDA 245 kV (10) TRANSFORMADOR 220/66/23 kV (11) TRANSFORMADOR 220/66 kV
La sala de control se construirá contigua a la S/E ubicada dentro del área del proyecto. Será el lugar de control remoto del proyecto y tendrá como objetivo agrupar y facilitar las tareas operativas, de control y de seguridad en todo el parque. De manera referencial, se construirá sobre fundación de hormigón, con revestimiento resistente al fuego tipo ‘siding’ en el exterior y techumbre de zinc-alum u otro material similar. Contará con sistema de agua potable y tratamiento de aguas servidas, además de un rack de comunicaciones, sala de tableros de control, un puesto de operador y un hall, completando una superficie total de aproximadamente 350m2.
Un sector especial será destinado a sala de baterías, celdas y/o bodega de acopio de sustancias peligrosas, que será independiente del resto de las instalaciones. Asimismo contará con una bodega de residuos peligrosos.
- Instalaciones sanitarias de Sala de Control
Las instalaciones sanitarias de la sala de control serán dos baños, dos duchas y dos lavamanos. El diseño y dimensionamiento de este sistema s e r á a b a s e d e u n a f o s a s é pt i c a considerando las disposiciones del D.S. 594/99, habilitadas para 9 trabajadores, por 3 turnos de 8 horas, cumpliendo además las normativas sobre calidad de agua potable y disposición de residuos líquidos domiciliarios, residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios.
Durante la fase de operación las aguas servidas serán tratadas mediante el empleo de fosa séptica, la cual se ubicará en la Sala de Control que se habilitará en la Subestación Eléctrica. La fosa séptica consiste en una cámara estanca, capaz de retener por un período determinado de tiempo las aguas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 12 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” servidas domésticas, producir su decantación, disolver, licuar, volatilizar parcialmente por un proceso de fermentación biológica, la materia orgánica contenida en suspensión, y dejar las aguas servidas en condiciones favorables para ser sometidas a algún proceso de oxidación. Las aguas tratadas serán dispuestas por infiltración en el subsuelo. La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos:
-
Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros y las más ligeras, las grasas, permanecen en suspensión o flotando.
-
Fermentación anaerobia: por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxigeno) y los SST (Sólidos en suspensión totales).
El efluente tratado sale de la fosa séptica cargado con materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, el que debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso corresponde a la infiltración en el suelo. Para determinar la cantidad de terreno necesario para filtrar, es decir la superficie a emplear para habilitar las zanjas de infiltración, se considera la tasa de infiltración del suelo, y la infiltración del 100% del efluente tratado (factor de recuperación de aguas servidas igual a 1).
El efluente tratado será de 0,9 m3/día (900 l/día), correspondiente a las aguas servidas provenientes de una dotación de 9 personas, y considerando una generación de 100 l/habitante/día.
Conforme a lo indicado, en el cuadro a continuación se indica el terreno necesario para filtrar las aguas tratadas en la fosa séptica a ser habilitada en la Sala de Control (Subestación Eléctrica) durante la fase de operación del Proyecto.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Sala de Control
PARÁMETRO UNIDAD OPERACIÒN Caudal a infiltrar l/día 900 Infiltración terreno l/m2/día 60 Terreno necesario para filtrar m2 15
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Sala de Control el terreno necesario para filtrar corresponde a 15 m2. Antecedentes en Anexo 9 de Adenda N° 3.
- Línea subterránea de transmisión
Los aerogeneradores se interconectan a través de un sistema colector de energía subterráneo, compuesto por cables de media tensión (23 KV), que se extienden en paralelo por los caminos internos que unen a los aerogeneradores. Para ello, se realizará la excavación de una zanja de aproximadamente 1m de profundidad y 1m de ancho, por donde se desplegarán los cables de poder hasta las estructuras de salida. La longitud total del cableado subterráneo será de 62,37 Km. con un volumen total aproximado de excavación de 62.370 m3. Adicionalmente el anexo 5 de la Adenda 1 da cuenta de las obras de soterrado y atravieso de cauces que son un total de 11 obras. A continuación, se presenta un cuadro con el detalle de los cruces considerados por el Proyecto.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 13 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro Detalle de Cruces ID CUERPO HÍDRICO POR ATRAVESAR COORDENADAS UTM H 18 S, DATUM WGS-84 TIPO DE CRUCE PROYECTADO NOMBRE TIPO ESTE NORTE 1 Quebrada Quebrada 742.211 5.794.700 Mixto 2 Estero Ñanco Estero 742.239 5.793.678 Mixto 3 S/I Estero 742.141 5.791.811 Cableado 4 Río Mininco Río 740.477 5.790.544 Mixto 5 Estero Estero 742.399 5.787.464 Mixto 6 Estero Callín Estero 741.914 5.786.152 Mixto 7 Estero Callín Estero 739.982 5.787.283 Cableado 8 Estero Siete Estero 739.322 5.786.459 Mixto 9 Estero Callín Estero 738.656 5.788.310 Cableado 10 Canal El Globo Canal 740.134 5.789.680 Mixto 11 Canal Boquihue Canal 739.011 5.792.309 Mixto
Las canalizaciones serán diseñadas para almacenar en la misma zanja los cables de control, fuerza, tensión y comunicaciones del parque eólico y cumplirán las disposiciones de la Norma NSEG 5.E.n.71, Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Anexo 1 de Adenda 3 incorpora planimetría del trazado del cableado soterrado.
- Línea aérea de transmisión
No APLICA - El EIA contaba con dos líneas aéreas de transmisión internas, las cuales tenían como objeto conducir la energía desde los patios de transformación (P/T1 y P/T2) hacia la S/E que evacúa la energía a la línea aérea Charrúa-Nueva Temuco mediante tap-off para ser integrada al Sistema Interconectado Central (SIC). Después de la Adenda 2 el proyecto se reconfigura y elimina las líneas de transmisión de 66 kV y los patios de transformación, por tanto se elimina la instalación de 8 torres de 18m de altura y 35 postes.
- Caminos internos del proyecto y habilitación de caminos
Red actual de caminos interiores del proyecto: En el área del predio existe una buena red de caminos, producto de la actividad agrícola y silvícola, tecnológica e intensiva del Fundo Agua Buena, algunos de los cuales se encuentran en muy buen estado y con mantenimiento periódico, tal como se muestra en Anexo 1 de Adenda 3.
Habilitación de Caminos internos: Para acceder al interior del polígono de emplazamiento de las turbinas se habilitarán caminos que permitirán el tránsito de los vehículos que transportan los insumos, equipos y maquinarias a los diferentes frentes de trabajo. Estos caminos, facilitarán la operación y mantenimiento de los aerogeneradores, subestaciones y los tendidos eléctricos cuando estén instalados y operando.
Se consideran dos tipos de habilitaciones la primera será el mejoramiento de caminos para lo cual se considera estabilizar la faja de caminos internos ya existentes. El segundo es el levantamiento de caminos: Considera construir una vía estabilizada y con un ancho promedio de 6 m, donde no existe actualmente camino.
Adicionalmente Anexo 1 de Adenda 3, presenta las rutas de tránsito, accesos al área de emplazamiento del proyecto con detalles de rutas a humectar. Se hace presente que a partir de las modificaciones sufridas por el proyecto, no existe impacto significativo sobre el flujo vial, en los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, sólo se producirá un leve aumento del flujo vehicular durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar una percepción de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 14 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual.
En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.). Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo aproximado de 5 minutos para la R-49 y 4 minutos para la R-35, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses).
Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy.
Considerando que se contempla un bajo aumento del flujo que influye sobre el tiempo de desplazamiento de la población, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte (MAC – MH1 y MAC – MH2, Programa subdividido en medida por ruta).
En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto y solo hará uso de caminos internos dentro del área de Proyecto. Además el Proyecto bajo ninguna condición utilizará el camino vecinal del sector El Diez, por lo que el Titular no considera la mantención y mejoramiento del puente existente en dicho camino.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular.
f.2. Obras transitorias
Son aquellas obras levantadas con la finalidad de facilitar las operaciones de la construcción y una vez que ésta ha finalizado son desmanteladas. Para la construcción del parque se contempla la ejecución de las siguientes obras de apoyo transitorias: Tres instalaciones de Faena, patio de almacenamiento de insumos y herramientas, patio de residuos o salvataje, patios de maniobras e izado de aerogeneradores, alimentación eléctrica a faenas y áreas de lavado de camiones mixer.
A continuación se realiza una caracterización que detalla cada uno de los componentes de las distintas obras antes mencionadas:
- Instalaciones de faenas
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 15 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El proyecto tendrá tres instalaciones de faena de las siguientes características:
INSTALACIÓN DE FAENAS Nº1 INSTALACIÓN SUPERFICIE (M2) VÉRTICES COORDENADAS ESTE NORTE Bodegas 400,00 Vértice A 741.591 5.785.787 Vértice D 741.616 5.785.777 Vértice C 741.622 5.785.791 Vértice B 741.596 5.785.801 Taller de trabajo 90,50 Vértice A 741.585 5.785.790 Vértice D 741.590 5.785.787 Vértice C 741.596 5.785.801 Vértice B 741.590 5.785.803 Vestuarios 30,00 Vértice A 741.610 5.785.805 Vértice D 741.614 5.785.803 Vértice C 741.617 5.785.809 Vértice B 741.612 5.785.811 Comedor 30,00 Vértice A 741.604 5.785.808 Vértice D 741.609 5.785.806 Vértice C 741.611 5.785.812 Vértice B 741.606 5.785.813 Primeros auxilios 15,00 Vértice A 741.600 5.785.809 Vértice D 741.603 5.785.808 Vértice C 741.605 5.785.814 Vértice B 741.603 5.785.815 Oficinas 60,00 Vértice A 741.588 5.785.814 Vértice D 741.598 5.785.810 Vértice C 741.601 5.785.816 Vértice B 741.591 5.785.820 Caseta de acceso 7,50 Vértice A 741.584 5.785.817 Vértice D 741.586 5.785.816 Vértice C 741.587 5.785.819 Vértice B 741.585 5.785.820 INSTALACIÓN DE FAENAS Nº2 INSTALACIÓN SUPERFICIE (M2) VÉRTICES COORDENADAS ESTE NORTE Bodega 400,00 Vértice D 738.895 5.789.163 Bodega Vértice C 738.890 5.789.177 Bodega Vértice B 738.916 5.789.187 Bodega Vértice A 738.921 5.789.173 Taller de trabajo 90,50 Vértice D 738.921 5.789.173 Taller de trabajo Vértice C 738.916 5.789.187 Taller de trabajo Vértice B 738.922 5.789.189 Taller de trabajo Vértice A 738.927 5.789.175 Vestuarios 30,00 Vértice D 738.911 5.789.153 Vestuarios Vértice C 738.908 5.789.159 Vestuarios Vértice B 738.913 5.789.161 Vestuarios Vértice A 738.915 5.789.155 Comedor 30,00 Vértice D 738.917 5.789.155 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 16 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Comedor Vértice C 738.914 5.789.161 Comedor Vértice B 738.919 5.789.163 Comedor Vértice A 738.921 5.789.157 Primeros auxilios 15,00 Vértice D 738.922 5.789.157 Primeros auxilios Vértice C 738.920 5.789.163 Primeros auxilios Vértice B 738.923 5.789.164 Primeros auxilios Vértice A 738.925 5.789.158 Oficinas 60,00 Vértice D 738.927 5.789.159 Oficinas Vértice C 738.925 5.789.165 Oficinas Vértice B 738.935 5.789.168 Oficinas Vértice A 738.937 5.789.162 Caseta de acceso 7,50 Vértice D 738.939 5.789.165 Caseta de acceso Vértice C 738.938 5.789.168 Caseta de acceso Vértice B 738.940 5.789.169 Caseta de acceso Vértice A 738.941 5.789.166 INSTALACIÓN DE FAENAS Nº3 INSTALACIÓN SUPERFICIE (M2) VÉRTICES COORDENADAS ESTE NORTE Bodega 400,00 Vértice A 741.279 5.791.878 Bodega Vértice D 741.306 5.791.878 Bodega Vértice C 741.306 5.791.892 Bodega Vértice B 741.279 5.791.892 Taller de trabajo 90,50 Vértice A 741.273 5.791.878 Taller de trabajo Vértice D 741.279 5.791.878 Taller de trabajo Vértice C 741.279 5.791.892 Taller de trabajo Vértice B 741.273 5.791.892 Vestuarios 30,00 Vértice A 741.290 5.791.900 Vestuarios Vértice D 741.295 5.791.900 Vestuarios Vértice C 741.295 5.791.907 Vestuarios Vértice B 741.290 5.791.907 Comedor 30,00 Vértice A 741.284 5.791.901 Comedor Vértice D 741.289 5.791.901 Comedor Vértice C 741.289 5.791.907 Comedor Vértice B 741.284 5.791.907 Primeros auxilios 15,00 Vértice A 741.280 5.791.901 Primeros auxilios Vértice D 741.283 5.791.901 Primeros auxilios Vértice C 741.283 5.791.907 Primeros auxilios Vértice B 741.280 5.791.907 Oficinas 60,00 Vértice A 741.268 5.791.901 Oficinas Vértice D 741.278 5.791.901 Oficinas Vértice C 741.278 5.791.907 Oficinas Vértice B 741.268 5.791.907 Caseta de acceso 7,50 Vértice A 741.263 5.791.902 Caseta de acceso Vértice D 741.265 5.791.902 Caseta de acceso Vértice C 741.265 5.791.905 Caseta de acceso Vértice B 741.263 5.791.905
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 17 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El objetivo de estas instalaciones no es otro que el de acondicionar las disposiciones provisorias que permiten ejecutar los trabajos constructivos. Corresponde a una obra menor y provisoria que no está destinada a materializar ningún uso o destino del suelo y, por lo tanto, no constituye una edificación permanente.
La instalación de faenas de forma general contendrá las siguientes componentes:
Oficinas: Se trata de la instalación de contenedores o similares de dimensiones estandarizadas, en donde se mantendrá la administración de las operaciones durante la etapa de construcción.
Oficina del proyecto: Corresponde a la oficina destinada a la Calidad, Seguridad y Medio Ambiente del Parque Eólico Malleco que será implementada durante la etapa de construcción. En esta oficina se velará por el cumplimiento de las normativas ambientales, laborales y sanitarias, y el perfecto cumplimiento de los compromisos de la RCA del proyecto. Será el lugar de emplazamiento del ITO del proyecto y el lugar donde se mantendrán los registros del mismo.
Comedor: Se trata de una construcción modular especialmente diseñada para estos fines. La construcción y operación del comedor se ejecutará de acuerdo a las disposiciones del Artículo 28 del Decreto Nº 594 del Ministerio de Salud. (Reglamento de condiciones sanitarias y ambientales básicas en lugar de trabajo). Por consiguiente, estas dependencias contarán con bancas y mesones, piso, ventilación y luminosidad necesaria.
Servicios Higiénicos: Cada una de las instalaciones de faenas contará con servicios higiénicos y duchas de carácter temporal, los cuales serán instalados en contenedores acondicionados para estos efectos. La construcción y el proyecto sanitario estará a cargo de una empresa contratista con autorización de la Autoridad Sanitaria. La cantidad y tipo de servicios higiénicos se determinarán de acuerdo a lo estipulado en el Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud. La empresa contratista asumirá el manejo, la gestión ambiental y la disposición de los residuos que se generen. No obstante, la empresa titular será quien velará por el estricto cumplimiento de las disposiciones del D.S. 594/99 del Ministerio de Salud y las restantes disposiciones sanitarias.
Durante la fase de construcción, en razón del cronograma de ejecución de las distintas obras y partes del Proyecto, se contempla la habilitación de tres instalaciones de faenas, correspondientes a la Instalación de Faenas 1, Instalación de Faenas 2 e Instalación de Faenas 3, cada una de las cuales contará con su propia Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS). Las PTAS estarán compuestas, de modo general, por un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), decantación y un sistema de cloración de aguas residuales tratadas. En el sistema a implementar, y por medio de la utilización de oxígeno, los microorganismos darán lugar a un proceso de digestión aeróbica de los sólidos digeribles presentes.
El funcionamiento general del sistema de tratamiento de aguas servidas, se compone básicamente de cinco etapas, las cuales se detallan a continuación.
Pretratamiento: Esta etapa ocurre en un estanque de pre-tratamiento, orientado por una parte a evitar el ingreso de elementos sólidos mayores e intratables, tales como plásticos o metales, y por otra parte, se retienen por un tiempo determinado las aguas servidas permitiendo que las masas sólidas presentes en el agua a tratar sedimenten al fondo del estanque originando un manto de lodo. En esta zona, la acción de las bacterias anaeróbicas degradan los sólidos orgánicos presentes en las aguas que ingresan al sistema, tanto física como bioquímicamente antes de pasar a la cámara de aireación.
Aireación: En esta etapa se lleva a cabo el proceso de digestión aeróbica, donde las aguas residuales pre- tratadas se mezclan con los lodos activados. Se realiza una etapa de inyección de aire para satisfacer la demanda de oxígeno requerida en este proceso. En el estanque de aireación se forma una colonia de bacterias aeróbicas que se reproduce y mantiene gracias al oxígeno inyectado y por la materia orgánica presente en las aguas servidas que ingresan al sistema. Las aguas son retenidas en la cámara de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 18 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” aireación para que ocurran los procesos biológicos de descomposición, previo paso a la cámara de sedimentación.
Sedimentación: En la cámara de sedimentación ocurre el proceso de clarificación de las aguas servidas tratadas. Las partículas en suspensión sedimentan al fondo del estanque, siguiendo la inclinación de las paredes de la cámara. La cámara de sedimentación cuenta con un sistema de retorno de lodos, mediante el cual una porción de este lodo es regresado como inóculo al estanque de aireación para ser nuevamente tratado. El líquido tratado y clarificado, es filtrado y descargado a la unidad de desinfección.
Desinfección: El efluente de la cámara de sedimentación es llevado hacia la cámara de desinfección por contacto. Al ingreso de esta cámara, el agua en tratamiento entra en contacto con tabletas de hipoclorito de calcio (cloración), desinfectándose y adquiriendo además un excedente de cloro. A la salida de la cámara de contacto, el agua que ha sido sometida a cloración, entra en contacto con tabletas de sulfito de sodio, siendo removido de esta manera el excedente de cloro (decloración).
Digestión de Lodos: El digestor de lodos es utilizado para acumular el lodo generado en el estanque de aireación, continuando la descomposición de la materia orgánica, dando tiempo a los lodos para se estabilicen. Las aguas tratadas serán dispuestas por infiltración en el terreno.
Capacidad de infiltración del terreno
PUNTO DE ENSAYO DE INFILTRACIÓN COORDENADAS DATUM WGS 84 HUSO 19 S INSTALACIÓN ASOCIADA TASA DE INFILTRACIÓN DEL SUELO (L/M2/DÍA) ESTE NORTE 1 741.256 5.791.795 Instalación de Faenas 3 135 2 738.960 5.789.270 Instalación de Faenas 2 60 3 741.615 5.785.767 Instalación de Faenas 1 63
Para determinar la cantidad de terreno necesario para filtrar, es decir, la superficie a emplear para habilitar las zanjas de infiltración, se considera la tasa de infiltración del suelo, y la infiltración del 100% del efluente tratado (factor de recuperación de aguas servidas igual a 1). El efluente tratado será de 11 m3/día (11.000 l/día), correspondiente a las aguas servidas provenientes de una dotación máxima de operarios de 110 personas, y considerando una generación de 100 l/habitante/día. Conforme a lo indicado, en los cuadros a continuación se indica el terreno necesario para filtrar las aguas tratadas en la PTAS a ser habilitada en cada una de las instalaciones de faenas durante la fase de construcción del Proyecto.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 1
PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 63 Terreno necesario para filtrar m2 174,6
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 1 el terreno necesario para filtrar corresponde a 174,6 m2.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 2 PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 60 Terreno necesario para filtrar m2 183,3
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 19 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 2 el terreno necesario para filtrar corresponde a 183,3 m2. Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 3 PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 135 Terreno necesario para filtrar m2 81,5
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 3 el terreno necesario para filtrar corresponde a 81,5 m2.
Bodegas de Herramientas: Se trata de construcciones provisorias instaladas en estructuras modulares. Estas instalaciones deberán tener la suficiente capacidad para poder almacenar materiales, herramientas y elementos de protección personal.
Servicios de Primeros Auxilios: Se habilitará en uno de los contenedores o estructuras modulares, un área que contará con todo el equipamiento necesario para primeros auxilios.
Estacionamientos: La instalación de faenas establecerá al menos 30 estacionamientos en el área. Detalle de cada una de las obras citadas en el Anexo 4.4 Adenda 2.
- Patio de almacenamiento de insumos
Son áreas destinadas al almacenamiento y disposición de los materiales requeridos para la construcción del parque. Al respecto, se requerirá de:
- Bodega de herramientas
- Barraca de Madera
- Barraca de fierro elaborado
- Bodega de almacenamiento general (partes del aerogenerador, pallets, tambores, etc.)
- Cancha de acopio de áridos
Como medida de minimización de impacto, de manera general, el proyecto priorizará el uso de componentes prearmados de forma de minimizar las operaciones constructivas en los patios de izado.
- Patio de Residuos o salvataje
El Patio de Residuos o salvataje considera 2 áreas de acopio, las cuales son:
- Patio de Residuos Peligrosos (Bodega de Acopio Temporal BAT)
En la etapa de construcción del proyecto se almacenarán residuos con categoría de peligrosos, tales como lubricantes, diluyentes, pinturas, huaipes, todos usados. Los residuos serán manejados con un sistema integrado de dos componentes. En un primer momento se dispondrán en contenedores primarios estancos y sellados en el lugar de generación, para posteriormente ser llevados a un contenedor secundario en una Bodega de Acopio Temporal (BAT), en espera de su traslado al sitio de disposición final (Ver PAS 93 Anexo 4 de Adenda II). Se espera una producción de residuos peligrosos durante la construcción de 0,2 t/mes.
La BAT contará con una base continua de hormigón armado, además de un pretil de retención de escurrimiento o derrames de 10 cm., el cual permite contener a lo menos el 20% del volumen total de los contenedores que serán almacenados. Sólo se permitirá el acceso al personal debidamente autorizado de acuerdo a las disposiciones del D.S. Nº148/03 del Minsal.
La construcción de esta bodega se realizará en estructura metálica, con techumbre de planchas tipo zincalum que evite la exposición directa a la luz solar y para sus paredes se utilizará un cerco estructural igual o similar a malla Acma de 1,88 metros de alto, alcanzando una altura total de 1,98 metros incluyendo el pretil. El acceso estará ubicado en uno de sus lados, el cual deberá permitir ser cerrado REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 20 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” para que su ingreso sea restringido. Los residuos que sean almacenados, serán envasados en recipientes cerrados, de manera de evitar derrames. A su vez, estos recipientes serán rotulados e identificados según la Nch 2190 Of93.
Por su ubicación y construcción, esta bodega contará con una adecuada ventilación considerando los tipos de sustancias que serán acopiadas. La bodega de insumos y residuos peligrosos presentará letreros de advertencia según lo dispuesto en el artículo 33 del D.S. N°148/03 y de acuerdo al nivel de peligrosidad establecido en la Nch 2190 Of93. Además contará con extintores para combatir incendios que pudiesen producirse.
Bodega de Acopio Temporal de Residuos Peligrosos (BAT)
La ubicación de la bodega de residuos peligrosos del Proyecto se localizará en cada instalación de faena durante la construcción y cierre. Durante la operación del proyecto, ésta se localizará aledaña a la sala de control.
Diseño: La bodega de residuos peligrosos del Parque Eólico Malleco se diseñó según los requisitos e indicaciones del D.S 148/2003 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos del MINSAL.
El diseño tipo de la bodega de residuos peligrosos del Proyecto, de carácter referencial, se presenta en la siguiente figura:
Características estructurales: Las características estructurales de la bodega de residuos peligrosos del Proyecto son: estructura metálica, Base continua de hormigón armado, Pretil de retención de derrames de 10 cm, Techumbre de planchas tipo zincalum, paredes de cerco estructural igual o similar a malla Acma de 1,8 m de altura, Sistema de ventilación natural mediante celosías.
Características de impermeabilización: Las características de impermeabilización de la bodega de residuos peligrosos del Proyecto son:
- Base de hormigón armado continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos peligrosos del Proyecto (aceites lubricantes aerogeneradores).
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 21 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Pretil de retención de derrames será de 10 cm, con lo cual tendrá una capacidad suficiente para retener escurrimientos o derra mes tal como se señala en el artículo 33 de D.S 148/2003 del Ministerio de Salud.
- Patio de residuos no peligrosos (residuos domiciliarios e industriales no peligrosos)
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán manejados por un sistema integrado de 2 componentes (Ver PAS 93 Capítulo 10 del EIA). Primero serán almacenados en contenedores primarios dentro de bolsas plásticas en su lugar de origen, posteriormente, en contenedores secundarios en el patio de residuos. Se espera una producción máxima de 55 kilos diarios, considerando una tasa de generación de 0,5 kg/trabajador/día.
Los residuos industriales no peligrosos provenientes del material de excavaciones de las fundaciones de los aerogeneradores se dispondrán temporalmente en zonas cercanas al frente de faena y posteriormente serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. De la experiencia de construcción parques eólicos en zonas similares, dada la calidad del sustrato, se espera una utilización completa del suelo. No obstante, si éste no fuera el caso y existiera material restante producto de las fundaciones, éste será llevado al sitio de disposición final autorizado más cercano. El total del volumen desplazado por las fundaciones de los aerogeneradores será de 87.300 m3. Las postaciones como se menciona anteriormente, no son parte del proyecto solo manteniéndose el material extraído de las zanjas de cables subterráneos (+/- 62 370 m3). Si eventualmente sobrara material de estas excavaciones, éste será trasladado directamente al sitio de disposición final a cargo de empresas autorizadas.
Los residuos provenientes de restos de madera, cables u otros provenientes de las faenas de construcción se acopiarán en un área destinada específicamente para estos materiales y estarán debidamente cercados y señalizados.
En total, todas las áreas antes descritas correspondiente a las obras de apoyo transitorias totalizarán una superficie de 5 ha aproximadamente, tal como se refleja en la Figura 1.17 del EIA.
Ubicación: Durante la construcción y cierre la ubicación de la zona de residuos industriales no peligrosos del Proyecto será en el patio de residuos cada instalación de faenas.
Diseño: Los residuos al ser de carácter no peligroso se depositarán directamente en una explanada compactada que contará con un cierre perimetral en las áreas del patio de acopio de residuos no peligrosos. Los residuos no peligrosos serán dispuestos de acuerdo a sus características.
Las características estructurales de la zona de residuos industriales del Proyecto son:
-
Cerco perimetral de 1,8 m de altura en base a perfiles tubulares y malla metálica o similar, que impida el libre acceso de personas y animales.
-
Señalética de clasificación y separación de residuos de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003).
-
No se considerará la instalación de estructura de techumbre.
Características de impermeabilización: Las características de impermeabilización de la zona de residuos industriales no peligrosos del Proyecto son:
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Durante la fase de construcción en los residuos no peligrosos que pudiesen lixiviar se colocará una capa de plástico tipo nylon sobre la superficie del patio de residuos.
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Patio de Maniobras e izado de aerogeneradores REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 22 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
El izado de los aerogeneradores requerirá de una superficie de trabajo menor a 1 ha. Las dimensiones finales para cada sitio de izado dependerán de sus características topográficas y la orientación de la plataforma se definirá al momento de la construcción, buscando optimizar en cada caso, el menor movimiento de tierra posible y la facilidad de la operación de izado. En la siguiente figura se presentan esquemas referenciales de las áreas requeridas para la maniobra de izado y distribución de las mismas en el predio.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 23 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Ej. de requerimientos mínimos para áreas para la plataforma de izado (aerogenerador 140 m).
Ejemplo de áreas para la plataforma de izado con aerogenerador con 4 secciones y almacenaje (aerogenerador 100 m).
Ejemplo de áreas para la plataforma de izado con aerogenerador sin áreas de almacenamiento (aerogenerador 80 m).
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 24 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Perfil y planta de un área típica de ensamble para aspas (perfil/planta).
El área achurada en el lado derecho debe estar libre de obstáculos y tener un gradiente no mayor a 1:30
- Área de lavado de camiones mixer
Se instalarán áreas de lavado de camiones mixer de hormigón de forma provisoria en cada patio de izado. Estas áreas serán desmanteladas una vez que los aerogeneradores sean instalados.
Estas áreas básicamente consisten en 1 o 2 piscinas decantadoras, cubiertas con una carpeta de HDPE de forma de evitar el deslizamiento y los derrames directos a la superficie del suelo o infiltración a napas freáticas.
Perfil y planta de una piscina de decantación de lavado de hormigón tipo
Las piscinas de decantación de residuos de cemento de camiones mixer se localizarán en cada patio de izado de los aerogeneradores. Una vez finalizada su utilización, fundamentalmente en el relleno de las fundaciones, se desmantelará n las piscinas. La estimación del caudal que será dispuesto en la piscina de evaporación se calculó sobre una base de 90camiones al día contabilizando un caudal medio de 100 litros de agua de lavado por cada camión, totalizando un caudal de 9 m3/día.
El periodo que se mantendrá la piscina de decantación en cada patio de izado corresponde al tiempo en que se construya la fundación, es decir, cerca de 3-4 semanas. En el contexto del proyecto integral, se utilizarán piscinas de decantación 16 meses, tal como se describe en la Tabla 1.4 del EIA.
La lechada eventualmente sobrante de las piscinas de decantación, serán trasladadas a un sitio de disposición autorizada previamente por la autoridad sanitaria manteniéndose un registro de estas operaciones para fiscalización de la Autoridad en faena.
Las medidas de acción para prevenir el rebase de las piscinas de decantación son: Los restos de cemento generados en las piscinas de decantación durante la fase de construcción serán removidos y dispuestos en un sitio autorizado con una frecuencia semanal. En caso de lluvias intensas se cubrirán las piscinas de decantación con una capa de plástico hermética de polímeros (tipo nylon). De persistir las precipitaciones se detendrá el funcionamiento del sistema de lavado de camiones mixer y los camiones serán devueltos con agua en su batea para realizar este lavado en instalaciones autorizadas propias de las empresas que brindan este servicio
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 25 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Alimentación eléctrica a faena
Para abastecimiento de energía eléctrica en los patios de izado se utilizarán cuatro grupos electrógenos de 400 kVA diésel, transmitiendo energía mediante redes eléctricas trifásicas de 380 V, de la cuales se obtendrá la energía en 220 V y 380 V que se requiere en la faena.
4.3.1. Fase de construcción
4.3.1.1. Contratación de mano de obra
Durante la etapa de construcción se estima la generación de 65 puestos directos de trabajo como promedio mensual, con una generación máxima de 110 empleos en el periodo de mayores obras.
Se estima una jornada laboral de 8 horas de lunes a viernes, y eventualmente se trabajará en turnos de semana corrida u otra modalidad, dependiendo de las necesidades constructivas del proyecto. Todas estas acciones serán debidamente informadas a la Dirección del Trabajo y a la Autoridad Ambiental.
Se realizarán inducciones y se desarrollará material gráfico referente a la prevención de riesgos y cumplimiento de medidas precautorias ambientales a todos los trabajadores del proyecto antes del inicio y durante la construcción, tal como se detalla en el Capítulo 5 del presente EIA.
4.3.1.2. Manejo preventivo de componentes ambientales
Se presentan a continuación algunas de las medidas de manejo precautorio de las componentes ambientales durante esta fase:
Medio Humano: es uno de los elementos ambientales que será considerado mediante manejo precautorio con la intención de evitar posibles afectaciones negativas durante la etapa de construcción del parque eólico. Dentro de las medidas precautorias en pre construcción se mencionan las siguientes:
- Inducción de trabajadores.
- Entrega de información mediante paneles en la ruta R-35 y R-49 que indicará el inicio de las labores de construcción. Esta medida tiene el objetivo de mantener informada, primero a la comunidad aledaña y segundo a toda persona que utilice esta ruta del tránsito.
- Reuniones con las comunidades más cercanas para informar acerca de los avances del proyecto. Se espera contar con al menos 3 reuniones durante la etapa de construcción. Éstas serán informadas a la Autoridad Ambiental.
- Se mantendrá en funcionamiento durante la construcción la oficina del proyecto que recibirá las sugerencias, comentarios o reclamos de la comunidad, tomándose las medidas pertinentes de acción a través de un mecanismo de quejas conocido.
Medio Biótico: Con respecto a la fauna y riqueza florística del área de emplazamiento del proyecto, en la etapa de pre construcción se tienen contempladas los siguientes manejos preventivos:
- Inducción de trabajadores sobre flora y fauna.
- Elaboración y distribución de material gráfico.
- Señaléticas en las zonas de interés biótico.
- Demarcación áreas de trabajo.
En la etapa de construcción se adoptarán las siguientes medidas:
- Se prohibirá realizar fogatas con la finalidad de evitar incendios accidentales que generen un daño al medio biótico.
- Prohibición de cazar, retener o recolectar huevos y crías. Se utilizarán carteles informativos en los distintos frentes de trabajo y oficina del proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 26 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
- Instalación de carteles informativos en los frentes de trabajo para difundir temáticas de conservación y preservación de la fauna local (períodos de visitas de aves migrantes, época reproductiva de especies, medidas de contingencias ante el registro de animales enfermos o heridos, etc.)
Medio Patrimonial:
- Inducción de trabajadores
- Elaboración y distribución de material gráfico.
4.3.1.3. Preparación del terreno y caminos acceso
La preparación del terreno y caminos de acceso tiene por objetivo adecuar la topografía del terreno a las especificaciones técnicas y constructivas de las obras proyectadas y facilitar el acceso de camiones de envergadura que transportan las piezas de los aerogeneradores.
La actividad consiste en el despeje y limpieza del terreno, de arbustos, matorrales y vegetación existente en las locaciones donde se emplazarán las obras y se habilitarán los caminos.
Cabe señalar que formará parte del contrato al contratista u otros, el cuidado de las operaciones de preparación del terreno y caminos de acceso, a fin de evitar una eliminación innecesaria de la vegetación o alteración de los sitios considerados de interés biótico.
4.3.1.4. Instalación de Faenas y Patios de Izado
Esta etapa tiene por objetivo habilitar e implementar las condiciones físicas que permitan desarrollar el proyecto constructivo. Las unidades de la instalación de faena y patios de izado fueron descritas en los puntos anteriores como obras transitorias.
Tal como se señaló, las oficinas serán de tipo modular y serán trasladadas a la obra mediante camiones equipados. Los baños y la dotación de agua en la instalación de faena y baños químicos en frentes de faena estarán a cargo de una empresa contratista, será previamente autorizada por la Autoridad Sanitaria. La electricidad en la faena y en los patios de izado será obtenida a través de equipos electrógenos.
Una vez terminados los trabajos constructivos, el titular verificará el retiro de todas las instalaciones de faenas y los residuos de los frentes de trabajo, de forma de restaurar los terrenos a sus condiciones originales.
La empresa, a través de su oficina, velará por el estricto cumplimiento de las disposiciones del D.S. 594/1999 del Ministerio de Salud y de todas las medidas y disposiciones anteriormente expuestas.
4.3.1.5. Transporte de material, insumos y personal requerido
Transporte
El transporte de materiales e insumos considera el acero, hormigón, agua para construcción, madera para los moldajes e insumos menores necesarios para la construcción de las obras. El transporte de estos insumos se realizará desde los diferentes lugares de oferta de materiales, preferentemente desde la Novena Región, Temuco o Victoria. Ambos a través de la Ruta 5 al Norte accediendo al proyecto ya sea por la Ruta R-35 o la R-49. También es posible recibir insumos desde la VIII Región utilizando también las rutas mencionadas anteriormente.
Los accesos para el traslado de los trabajadores en las distintas fases del proyecto serán fundamentalmente 2; desde la ciudad de Collipulli directamente por la R-35 o R-49 dependiendo de la obra en construcción del proyecto o desde el sur por Ruta 5 y los ramales señalados de acceso al REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 27 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” proyecto.
En atención a las observaciones de la Autoridad en la Adenda I, de la comunidad fruto de las Participaciones Ciudadanas Formales y comunicaciones propias realizadas por la empresa, el titular ha decidido no utilizar los caminos del sector Diez y construir un camino de entrada alternativo. De este modo, el proyecto no interferirá en el ejercicio de las actividades religiosas de la Iglesia Metodista Pentecostal de Chile. Adicionalmente, el titular cuenta con comunicación constante y permanente con el pastor de la Iglesia Metodista Sr José Alarcón y lo continuará teniendo durante la construcción y operación del proyecto de forma de evitar cualquier tipo de interferencia o molestia sobre las actividades religiosas que allí se realizan.
El transporte hacia los patios de izado se realizará utilizando los caminos internos de acceso ya habilitados.
A modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una (01) instalación de faena a tres (03) instalaciones de faena para la fase de construcción, las cuales poseerán las mismas características que la instalación de faenas presentada en el Estudio de Impacto Ambiental. Estas instalaciones determinan que la construcción del Proyecto se realice por etapas, minimizando así las afectaciones viales que inicialmente se consideraban en razón a la implementación de la totalidad del parque. Por otra parte, las instalaciones se emplazarán dentro de las áreas que inicialmente se emplazaban las subestaciones.
Con la finalidad de no afectar significativamente los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, el Titular disminuye el número de viajes de los convoy, es decir de dos (02) convoy al día por cada una de la rutas señalas, actualmente se contempla un (01) convoy al día por cada una de la rutas señaladas. Respecto del transporte de los aerogeneradores en camiones (convoy), que corresponden a los insumos de mayor tamaño a utilizar por el Proyecto (sobrelargo y sobreancho), estos se trasladarán en convoyes escoltados por Carabineros de Chile y los viajes serán coordinados con la Autoridad y población, tomando en consideración los horarios de salida y entrada de colegios, actividades sociales, etc. Se contempla que, en los períodos asociados al traslado de aerogeneradores, como máximo se desplazará un convoy por la Ruta R-49 y un convoy por la Ruta R-35 al día. La velocidad en los caminos pavimentados será como máximo de 60 km/h y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcciones es desde las 8 AM hasta las 8 PM.
Las mejoras presentadas pueden ser visualizadas en el Anexo Nº 1 “Planos del Proyecto”, donde se encuentra el detalle de las instalaciones. Estas mejoras toman en consideración las observaciones emitidas en el ICSARA Nº2 y que se relacionan con la distancia de los aerogeneradores a los receptores más cercanos, escenario ambiental que ha sido mejorado al disminuir el número de aerogeneradores y la eliminación de la LTE aérea. Es importante señalar, que todas las modificaciones realizadas, se encuentran en el área ambientalmente evaluada, es decir, dentro de las áreas de influencia de cada componente ambiental y dentro del polígono asociado al Proyecto.
Finalmente, se debe tener presente que la fase de construcción del Proyecto se desarrollará en tres etapas, considerando para ello el levantamiento de tres instalaciones de faena, a modo de utilizar la más cercana al área de avance de cada etapa. En concordancia con lo anterior, la Instalación de Faena 1, abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 1 al 19, la Instalación de Faenas 2 abarcará los trabajos asociados a los aerogeneradores del 20 al 47 y la Instalación de Faenas 3 abarcará de los aerogeneradores 48 al 77.
Estimación de equipamiento y maquinaria requerida en la construcción del proyecto
Equipos y Maquinarias Cantidad Frecuencia Camionetas 10 Diaria Bus-Minibus 2 Diaria REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 28 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Retroexcavadora 2 Diaria Retrocargadora mixta 2 Diaria Palas cargadora 2 Diaria Motoniveladora 2 Diaria Camión aljibe 2 Diaria Camión pluma 1 Diaria Gran Grúa de Montaje 1 Diaria Grúa auxiliar 1 Diaria Camiones hormigoneros 6 Diaria Grupo electrógeno 3 Diaria Camiones tolva 12 Semanal Otros: enrollador de cable, poleas, uniones, niveles, taquímetros, portacarretes -- - -
Sobre la base del flujo vehicular registrado, se establece que se incrementarían los tiempos de desplazamiento producto de los vehículos a utilizar por el Proyecto, los cuales se estima serán del orden de 150 vehículos diarios, que realizarán un viaje de ida y de regreso diariamente, lo que determina un volumen del orden de 300 viajes al día en la etapa de construcción, lo que se suman al flujo vial sin Proyecto.
El siguiente Cuadro presenta la estimación de viajes que aportará el Proyecto al sistema vial existente, conforme a los destinos considerados y su adicional a la situación base registrada:
Cuadro de Flujos vehiculares actuales y proyectados RUTA TOTAL FLUJO SITUACIÓN BASE (Vehículos) APORTE de FLUJO DEL PROYECTO (Vehículos) TOTAL (Vehículos) % DE AUMENTO R-49 396 152 548 38,3 R-35 355 148 503 41,7
De acuerdo al cuadro anterior, el aumento en el flujo vehicular alcanzaría un 38,3% para la ruta R-49 y un 41,7% para la ruta R-35, lo que no sería un efecto significativo toda vez que las rutas en su mayoría son esencialmente asfaltadas y garantizan buenas condiciones de tránsito.
En zonas sin pavimentar se exigirá una velocidad máxima de 30 km/h para todos los vehículos cargados. Los materiales transportados se cubrirán con una malla que evite la emisión de polvo y caída del material. Además, cuando sea necesario, se humectará el camino con un camión aljibe y se tratará con sales aglomerantes los caminos con mayor tránsito para evitar levantamiento de polvo.
Los aspectos ambientales y normativos de todas las operaciones de transporte serán caucionados contractualmente con las empresas colaboradoras y serán fiscalizados por el titular en terreno.
Suministro de insumos
a) Suministro de combustibles
Los combustibles y lubricantes requeridos en faena, durante el período de construcción de las obras, serán suministrados por las compañías distribuidoras del mercado nacional. Los combustibles que se utilizarán serán suministrados en estaciones de servicio existentes en las localidades cercanas. No obstante, para la maquinaria pesada se considera el transporte de combustible a la instalación de faenas y frentes de trabajo a través de terceros, por medio de un camión cisterna que cuente con la autorización del D.S. Nº 160/08, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 29 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” “Reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos”.
Se estima un consumo diario de combustibles de 2.500 l/día para el periodo de máxima construcción y una utilización de lubricantes cercana a los 350m3 durante todo el periodo de constrb) Suministro de agua
Agua potable: La instalación de faena estará dotada de un sistema de agua potable destinada a necesidades básicas de higiene y aseo personal. La dotación mínima de agua potable será de 100 l/persona/día, por lo que considerando que habrá un máximo de utilización de 110 personas, se estima un consumo máximo de 11 m3/d. Esta agua será abastecida mediante camiones aljibes por una empresa debidamente autorizada, que surtirá el estanque de regulación diaria dispuesto en la instalación de faena, los cuales tendrán una reserva para al menos 3 días (40 m3), donde posteriormente el agua será desinfectada por cloración de acuerdo a la Norma Chilena NCh409/1 of.2005 Requisitos de Calidad de Agua Potable.
Adicionalmente, para el consumo de los trabajadores que se encuentren en los frentes de trabajo, se contempla la provisión de agua potable envasada mediante la instalación de dispensadores sellados herméticamente y con una llave dosificadora. Dichos dispensadores serán suministrados por una empresa debidamente autorizada por la Autoridad Sanitaria y a la cual se le exigirá que entregue todos los documentos que certifiquen que el agua cumple con la calidad de agua potable y que los bidones se encuentran adecuadamente sanitizados.
El agua para consumo de los trabajadores, en ambos casos, cumplirá con lo establecido el D.S. Nº 735 de 1969 "Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano" del Ministerio de Salud Pública, modificado por el D.S. N° 131 de 2006, según lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S. N° 594 de 1999 del MINSAL, sobre las "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo".
Agua Industrial para obras civiles: En los frentes de trabajo se requerirá agua para la eventual preparación de hormigón, proceso de relleno compactado y humectación de caminos. Se estima consumo diario de 30 m3.
c) Suministro de energía eléctrica
Para el abastecimiento de energía eléctrica en los patios de izado e instalación de faena se utilizará cuatro grupos electrógenos de 400 kVA, que se irán desplazando según las necesidades de la construcción. Todas estas instalaciones eléctricas serán declaradas a la SEC de la Región de la Araucanía.
d) Suministro de insumos de construcción
A continuación, se describen los requerimientos de insumos constructivos:
Hormigón: principal insumo para la conformación de las fundaciones de cada turbina. Cada fundación utilizará aproximadamente 717m3 de hormigón (52m3 655m3 C35/45, 10m3 C50/60), es decir, el proyecto requerirá de un total de +/- 55.210m3.
Estabilizado: se requerirá para las fundaciones de los aerogeneradores, para el tendido subterráneo y para la habilitación de caminos, se utilizará un total de 15.000 m3.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 30 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Arena: se requerirá para la construcción del tendido subterráneo y en las fundaciones de los elementos del parque. Se utilizará un total de 15.000 m3.
Acero Estructural: corresponden a las barras de acero corrugadas fundamentales para la construcción del armado del hormigón de las zapatas de las fundaciones. Se estima que se necesitará un total de 72 t de acero por cada turbina, es decir, 5.544 t en total.
Estructuras metálicas: corresponden a las torres que soportan los aerogeneradores. Se estima que se necesitarán 16.401 t de estructuras metálicas (213t por cada aerogenerador).
Material mantenimiento. Se estima una utilización promedio de 0,4 t/mes de lubricantes (aceites y grasas). Vale señalar que los vehículos menores no serán mantenidos en la faena.
Áridos: A continuación se presenta la cubicación de los principales requerimientos de áridos en el proyecto.
OBRA CUANTIFICACIÓN JUSTIFICACIÓN Obras Edificación y otros rellenos 10.970 m3 Cálculo aproximado para obras de edificación y relleno de zanjas, patio de tensión, etc. Caminos 219.414,5 m3 Considerando espesores de 0,2 m y carpeta de rodado de 0,05 m
4.3.1.6. Construcción de las fundaciones de los aerogeneradores
La construcción de las fundaciones para los aerogeneradores implica la excavación de +/- 74.700m3 (970 m3 por cada fundación, considerando zapatas de 21 diámetros x 3 m profundidad)3.
El material resultante de las excavaciones será dispuesto en conos de no más de 3 m de altura contiguo a la fundación y se utilizará como relleno directo de la fundación un total de +/- 726 m3. El material excedente (244 m3) será reutilizado como estabilizador y compactador en la habilitación de caminos y en otras obras de la construcción o simplemente como reparador de suelos agrícolas.
El material eventualmente sobrante producto de las excavaciones no será dispuesto en suelos de alta calidad y/o cercanas o quebradas o esteros. Vale señalar que el total del material excavado (74.700 m3 de las fundaciones; 62.370 m3 de la línea de trasmisión subterránea) será reutilizado en faenas de nivelado y como mejorador de la altura del suelo. Esto se basa en la experiencia de construcción de otros parques eólicos en Chile en la VIII, en donde prácticamente no existió material sobrante producto de las excavaciones, ya que éstos fueron utilizados completamente para aumento de espesor de suelo útil para la agricultura, obras de relleno de fundaciones/zanjas y emparejamiento de camino y/o plataformas.
Ahora bien, si eventualmente, existiera material sobrante de los movimientos de tierra, éste será manejado como residuo industrial no peligroso, tal como se describe en el punto A9 del Capítulo 10 del EIA, es decir será acopiado de forma primaria al costado de la excavación en conos no mayores de 3 m para posteriormente ser llevado al patio de residuos de la instalación de faenas o llevado directamente a un sitio de disposición final mediante camiones tolva. En cuanto, al interés de algunos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 31 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” propietarios de disponer de parte de este material como relleno de zonas bajas o mejorador de suelo, el titular manifiesta su disponibilidad de dar atención a esta solicitud en el marco de la comunicación permanente del proyecto una vez que la construcción esté próxima a su inicio.
Tal como se señaló, las fundaciones estarán cimentadas con hormigón vibrado, sobre una armadura compuesta de mallas de acero dispuestas de forma radial y anular. Una vez que la fundación esté cimentada, se rellenarán los contornos y la superficie de ésta, incorporando el material extraído. Las excavaciones se realizarán utilizando retroexcavadoras mixtas, palas cargadoras y camiones tolva.
4.3.1.7. Transporte y montaje de los aerogeneradores
a. Transporte
Los aerogeneradores llegarán al país, preferentemente al puerto de San Vicente o Lirquén. Se estima que la ruta más probable será: Puerto/Ruta 151/Ruta 152/Ruta 5 Sur. Además se tendrán otras alternativas como: Puerto/Ruta 151/Ruta O-50/Ruta 5 Sur.
El titular previo a la construcción solicitará a la dirección de Vialidad la Autorización para la circulación de vehículos con sobredimensión o sobrepeso en camino público, considerando que se tratan de cargas sobredimensionadas, considerando el DS Nº158/80 del MOP y Resolución Nº1/95 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establece dimensiones máximas a vehículos.
El transporte de los aerogeneradores en camiones (convoy), corresponden a los insumos de mayor tamaño a utilizar por el Proyecto (sobrelargo y sobreancho), estos se trasladarán en convoyes escoltados por Carabineros de Chile y los viajes serán coordinados con la Autoridad y población, tomando en consideración los horarios de salida y entrada de colegios, actividades sociales, etc. Se contempla que, en los períodos asociados al traslado de aerogeneradores, como máximo se desplazará un convoy por la Ruta R-49 y un convoy por la Ruta R-35 al día. La velocidad en los caminos pavimentados será como máximo de 60 km/h y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcciones es desde las 8 AM hasta las 8 PM. Además se contratará una empresa con experiencia en el transporte de cargas de grandes dimensiones y autorizada por la autoridad de vialidad para tales efectos, quienes tramitarán los permisos requeridos.
a.1. Análisis del flujo vehicular derivado del aumento de los vehículos del proyecto en la etapa de construcción.
El flujo vehicular que incrementaría sus tiempos de desplazamiento producto de los vehículos del proyecto en la etapa de construcción, corresponde a 396 vehículos para la ruta R-49 y 355 vehículos para la ruta R-35. De acuerdo a los antecedentes entregados en el Anexo Nº 5 Estudio de Flujo Vehicular presentado en la Adenda Nº2, estas cifras corresponden al flujo vehicular actual, registrado mediante una medición del volumen diario de vehículos en los segmentos definidos para la Ruta R-49 y R-35, realizada para un periodo de doce (12) horas entre los días 14 y 15 de marzo de 2016. Dicho flujo vehicular registrado, incrementaría sus tiempos de desplazamiento producto de los vehículos a utilizar por el Proyecto, los cuales se estima serán del orden de 150 vehículos diarios, que realizarán un viaje de ida y de regreso diariamente, lo que determina un volumen del orden de 300 viajes al día en la etapa de construcción, lo que se suman al flujo vial sin Proyecto.
El siguiente Cuadro presenta la estimación de viajes que aportará el Proyecto al sistema vial existente, conforme a los destinos considerados y su adicional a la situación base registrada:
Cuadro Flujos vehiculares actuales y proyectados RUTA TOTAL FLUJO SITUACIÓN BASE (Vehículos) APORTE de FLUJO DEL PROYECTO (Vehículos) TOTAL (Vehículos) % DE AUMENTO R-49 396 152 548 38,3 R-35 355 148 503 41,7 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 32 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
De acuerdo al cuadro anterior, el aumento en el flujo vehicular alcanzaría un 38,3% para la ruta R-49 y un 41,7% para la ruta R-35.
a.2. Análisis de condición de transito vehículos en fase de construcción (sinconsiderar convoy):
Se realiza un análisis de tiempos de desplazamiento considerando dos escenarios probables: uno de carácter esperado (o realista) y uno desfavorable. Lo anterior, de acuerdo a que, si bien el Programa Preliminar de Transporte del Proyecto establece que los vehículos vinculados a la etapa de construcción deberán transitar a un máximo de velocidad de 60 Km/h en caminos pavimentados, por lo cual el escenario más realista considera que existen tramos de adelantamiento, donde los vehículos particulares pueden adelantar y circular a la velocidad normal de las Rutas R-49 y R-35. En este sentido, los tramos de no adelantamiento considerados en el recorrido desde la Ruta 5 hasta el acceso al Proyecto, alcanzan los 3 Km en la Ruta R-49 (que se extiende en 21 Km) y 4 Km en la Ruta R-35 (respecto de los 17,50 Km de extensión. El escenario más desfavorable considera que el flujo vial existente (situación sin proyecto) éste siempre se mantenga detrás de los vehículos del Proyecto, sin adelantar.
Tomando en cuenta el escenario realista o esperado el cuadro siguiente refleja los resultados en cuanto a los tiempos de desplazamiento del flujo vial en la situación con y sin proyecto, considerando todos los vehículos asociados al Proyecto:
Cuadro Tiempos de desplazamiento flujo vial con y sin Proyecto, considerando vehículos en la etapa de construcción – Escenario Esperado RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00 SITUACIÓN CON PROYECTO ESCENARIO REALISTA Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 y 60 70 y 60 80 y 60 70 y 60 Tiempo desplazamiento (minutos) 20,50 24,43 18,13 21,57
De acuerdo a los resultados presentados en el cuadro anterior, para la Ruta R-49 el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la situación con Proyecto para los vehículos livianos corresponde a 0,75 minutos más del tiempo actual sin proyecto y para el caso de los vehículos pesados, el aumento en el tiempo de desplazamiento considerando la situación con Proyecto corresponde a solo 0,43 minutos más, es decir se eleva de 19,75 minutos a 20,50 y de 24 minutos a 24,43 para vehículos livianos y pesados, respectivamente.
Por otro lado, en la Ruta R-35 el tiempo se eleva en 1 minutos para vehículos livianos, es decir, que los actuales (situación sin Proyecto) 17,13 minutos aumentarán a 18,13 minutos; para el caso de los vehículos pesados, se elevará el tiempo de desplazamiento de 21 minutos a 21,57, es decir, 0,57 minutos.
El hecho que las velocidades de los vehículos livianos sean mayores a la de los vehículos pesados en la situación sin proyecto (80 Km/h versus 70 Km/h) determina que el aumento de los tiempos de los primeros sea mayor respecto de los pesados, teniendo en cuenta que las fluctuaciones de los livianos van entre 60 y 80 Km/h, en situación que los pesados van en torno a los 60 y 70 Km/h, es decir, más cercana a la situación actual (sin Proyecto).
Por otra parte, en el escenario más desfavorable se considera como variable principal que cualquier vehículo de la situación sin proyecto se mantenga siempre detrás de un vehículo del Proyecto que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 33 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” transita a 60 Km/h, sin poder realizar maniobras de adelantamiento. A continuación, se presentan los resultados obtenidos para dicho escenario:
Cuadro Tiempos de desplazamiento flujo vial con y sin Proyecto, considerando vehículos en la etapa de construcción – Escenario más desfavorable RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00 SITUACIÓN CON PROYECTO ESCENARIO DESFAVORABLE Velocidad desplazamiento (Km/h) 60 60 60 60 Tiempo desplazamiento (minutos) 25,00 27,00 21,50 23,50
En virtud de lo anterior, en un escenario desfavorable el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la Ruta R-49 alcanza 5,25 minutos más en comparación al actual tiempo para vehículos livianos y solo 3 minutos más al actual tiempo para los vehículos pesados. Respecto de la Ruta R-35 el tiempo se eleva en 4,37 minutos para vehículos livianos y 2,50 minutos para vehículos pesados en la situación con Proyecto respecto de la situación sin Proyecto.
Se reitera que para la obtención de dichos cálculos se toman en cuenta las velocidades señaladas en el Programa Preliminar de Transporte del Proyecto para los vehículos que forman parte del mismo en la etapa de construcción y en dicho programa se señala que éstos transitarán a una velocidad máxima de 60 Km/h en caminos pavimentados. Además, se deben considerar las capacidades de respuesta de los vehículos en terreno frente curvas, baches y otros eventos, con lo que se considera una mejor respuesta de los vehículos livianos por sobre los pesados (4 minutos versus 6 minutos adicionales en cada caso).
Para mayor detalle, se puede revisar el Anexo Nº 5 Estudio de Flujo Vehicular presentado en la Adenda Nº 2.
Así mismo y en forma complementaria, se entrega el siguiente análisis referido a las localidades de Curaco, Surco y Semilla, y a las Comunidades Indígenas que aledañas al Proyecto, tomando en cuenta la totalidad de los vehículos del Proyecto:
Cuadro Tiempo de desplazamiento Con y Sin Proyecto de Localidades Curaco (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 10,95 13,95 10,95 13,95 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 11,33 14,16 13,27 15,27 Surco y Semilla (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 16,85 20,68 16,85 20,68 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 17,45 21,03 21,13 23,13 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 34 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
De acuerdo a los resultados presentados dan cuenta que en un escenario desfavorable la demora máxima tomando en cuenta solo los vehículos del Proyecto, es de 4,28 minutos para la población de Surco y Semilla, mientras que para Curaco la demora será menor a este tiempo. Por consiguiente, se descarta un impacto significativo vinculado a las demoras en el flujo vial por parte del Proyecto durante la etapa de construcción. Cabe señalar que los máximos se han calculado en base a las mayores diferencias por Localidad que, para este caso, corresponde a los vehículos livianos.
Cuadro Tiempo de desplazamiento Con y Sin Proyecto de Comunidades Indígenas Comunidad Catrio Ñancul (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 18,90 23,02 18,90 23,02 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 19,90 23,59 23,86 25,86 Comunidad Choin Lafkenche (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,46 15,67 12,46 15,67 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 12,71 15,81 15,28 17,28 Comunidad Juan Reinao (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 8,19 10,78 8,19 10,78 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 8,44 10,93 9,58 11,58 Comunidad Juan Ahilla Varela 2 (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 10,38 13,29 10,38 13,29 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 10,63 13,43 12,50 14,50 Comunidad Juan Ahilla Varela (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,39 15,58 12,39 15,58 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 12,64 15,73 15,18 17,18 Comunidad Jose Chequenco (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehiculos Livianos Vehículos Pesados Vehiculos Livianos Vehículos Pesados REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 35 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,25 15,43 12,25 15,43 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 12,63 15,64 15,00 17,00 Comunidad Quilamapu (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 19,90 24,17 19,90 24,17 Tiempo Máximo Con Proyecto (Construcción) 20,65 24,60 25,20 27,20
Como se puede observar, en un escenario desfavorable la demora máxima tomando en cuenta solo los vehículos del Proyecto, es de 5,30 minutos para la Comunidad de Quilamapu, mientras que para las otras la demora será menor a este tiempo. Por consiguiente, se descarta un impacto significativo vinculado a las demoras en el flujo vial por parte del Proyecto durante la etapa de construcción.
Cabe señalar que los máximos se han calculado en base a las mayores diferencias por Comunidad que, para este caso, corresponde a los vehículos livianos.
a.3. Análisis de tiempo de desplazamiento del flujo vial, para la situación con y sin proyecto, considerando el convoy diario y vehículos del proyecto en la etapa de construcción.
La evaluación del tiempo de desplazamiento del flujo vial en situación con proyecto, esta vez considerando el convoy diario y los vehículos del proyecto en la etapa de construcción. En este sentido y tal como se indicó en la respuesta a la observación anterior, se visualizan dos escenarios, uno de carácter más realista y otro más desfavorable. En el contexto anterior, el escenario realista considera que los vehículos particulares pueden adelantar el convoy con la ayuda de la Autoridad (Carabineros de Chile), así como también adelantar a los vehículos del Proyecto y retomar la velocidad normal de circulación. Estas consideraciones están basadas en el Programa de Transporte incorporado en la Adenda N° 1 del EIA.
En virtud de lo anterior, el aumento del tiempo de desplazamiento del flujo vial producto del convoy alcanza solo 3,75 minutos para los vehículos livianos y 3,43 minutos para vehículos pesados en la Ruta R- 49. En tanto que para la Ruta R-35 el aumento en el tiempo de desplazamiento corresponde a 5 minutos para vehículos livianos y 4,57 minutos para vehículos pesados (ver Cuadro siguiente). Por otro lado, se deben considerar los tiempos señalados en la respuesta a la observación anterior respecto del aumento en los tiempos de desplazamiento del flujo vial, considerando vehículos en la etapa de construcción para el escenario realista o esperado, es decir se debe sumar 0,75 minutos para vehículos livianos y 0,43 minutos para los vehículos pesados en la R-49, y minuto para vehículos livianos y 0,57 minutos para vehículos pesado en la R-35.
De esta forma, los tiempos de desplazamiento del flujo vial, considerando un convoy diario y los vehículos del proyecto en un escenario realista se presentan en el siguiente cuadro.
Cuadro Tiempos de desplazamiento flujo vial con y sin Proyecto, considerando un convoy diario en la etapa de construcción y lo vehículos del proyecto – Escenario realista RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados
SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 36 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
SITUACIÓN CON PROYECTO
ESCENARIO REALISTA Velocidad desplazamiento (Km/h) 80, 60 y 30 70, 60 y 30 80, 60 y 30 70, 60 y 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 24,25 27,86 23,13 26,14
Respecto del escenario más desfavorable, es decir sin posibilidad de adelantar al convoy durante todo el recorrido hacia el acceso al Proyecto, los resultados se entregan en el cuadro siguiente:
Cuadro Tiempos de desplazamiento flujo vial con y sin Proyecto, considerando un convoy diario en la etapa de construcción – Escenario más desfavorable RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados
SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
SITUACIÓN CON PROYECTO
ESCENARIO DESFAVORABLE Velocidad desplazamiento (Km/h) 30 30 30 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 42,00 42,00 35,00 35,00
De este modo, se tiene que para la situación requerida (convoy diario) en un escenario desfavorable, es decir sin posibilidad de adelantar al convoy durante todo el recorrido hacia el acceso al Proyecto y sin considerar al resto de los vehículos del Proyecto que transitan a mayor velocidad según el Programa Preliminar de Transporte (60 Km/h), para la ruta R-49 los vehículos livianos que en la actualidad demoran 19,75 minutos en recorrer el tramo de 21 km, en situación que podría una vez iniciada la construcción del Proyecto, aumentar a 42 minutos, mismo tiempo que aumenta para los vehículos pesados, los que sin proyecto demoran 24 minutos en recorrer dicho tramo.
En cuanto a la ruta R-35, los 17,5 km de distancia podrán ser recorridos en dicha fase en un lapso de tiempo que alcance los 35 minutos, tanto para vehículos livianos como pesados, siendo que en la actualidad los primeros demoran 17,13 minutos en recorrer el tramo, mientras que para los vehículos pesados el tiempo de recorrido actual es de 21 minutos (situación sin proyecto).
Para la obtención de los cálculos anteriores se deben tomar en cuenta las velocidades señaladas en el Programa Preliminar de Transporte del Proyecto para el tránsito con convoy en la etapa de construcción y en dicho programa se señala que éstos transitarán a una velocidad máxima de 30 km/h. A su vez, los tramos de no adelantamiento considerados en el recorrido desde la Ruta 5 hasta el acceso al Proyecto, alcanzan un total de 3 km en la Ruta R-49, y 4 km en la Ruta R-35. Además, se consideran las mejores capacidades de respuestas de los vehículos livianos respecto de los pesados, frente a baches, eventos, curvas y similares.
Cabe señalar que en forma complementaria, se entrega el siguiente análisis referido a las localidades de Curaco, Surco y Semillas y Comunidades Indígenas que se relacionan con el Proyecto, tomando en cuenta la totalidad de los vehículos del Proyecto y el convoy diario:
Cuadro Tiempo de desplazamiento Con y Sin Proyecto de Localidades, tomando en cuenta los vehículos del Proyecto y el uso del convoy diario Curaco (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 10,95 13,95 10,95 13,95 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 37 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 13,20 15,87 18,54 18,54 Surco y Semilla (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 16,85 20,68 16,85 20,68 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 20,45 23,77 34,26 34,26
Los resultados dan cuenta que en un escenario desfavorable la demora máxima tomando en cuenta solo los vehículos del Proyecto, es de 17,41 minutos para la población de Surco y Semilla, mientras que para Curaco la demora será menor a este tiempo. Por consiguiente, se descarta un impacto significativo vinculado a las demoras en el flujo vial por parte del Proyecto durante la etapa de construcción, tomando en cuenta que con las medidas a implementar y que se han señalado en el marco del Programa de Transporte y del Capítulo Plan de Medidas, dicho escenario mejora ostensiblemente (alcanzando un máximo de solo 3,60 minutos para Surco y Semilla). Cabe señalar que los máximos se han calculado en base a las mayores diferencias por Localidad que, para este caso, corresponde a los vehículos livianos.
Cuadro Tiempo de desplazamiento Con y Sin Proyecto de Comunidades Indígenas, tomando en cuenta los vehículos del Proyecto y el uso del convoy diario Comunidad Catrio Ñancul (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 18,90 23,02 18,90 23,02 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 24,90 28,17 39,72 39,72 Comunidad Choin Lafkenche (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,46 15,67 12,46 15,67 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 13,96 16,95 22,56 22,56 Comunidad Juan Reinao (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 8,19 10,78 8,19 10,78 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 9,69 12,07 11,16 11,16 Comunidad Juan Ahilla Varela 2 Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 38 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” (R-35) Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 10,38 13,29 10,38 13,29 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 11,88 14,57 17,00 17,00 Comunidad Juan Ahilla Varela (R-35) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,39 15,58 12,39 15,58 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 13,89 16,87 22,36 22,36 Comunidad Jose Chequenco (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 12,25 15,43 12,25 15,43 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 14,50 17,36 22,00 22,00 Comunidad Quilamapu (R-49) Tiempo de Desplazamiento hasta Ruta 5 (minutos) Escenario Esperado Escenario Desfavorable Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados Tiempo Máximo Actual (Sin Proyecto) 19,90 24,17 19,90 24,17 Situación Máximo Con Proyecto (Uso Convoy) 24,40 28,03 42,40 42,40
Los resultados dan cuenta que en un escenario desfavorable la demora máxima tomando en cuenta solo los vehículos del Proyecto, es de 22,50 minutos para la población de Quilamapu, mientras que para el resto de las Comunidades la demora será menor a este tiempo. Por consiguiente, se descarta un impacto significativo vinculado a las demoras en el flujo vial por parte del Proyecto durante la etapa de construcción, tomando en cuenta que con las medidas a implementar y que se han señalado en el marco del Programa de Transporte y del Capítulo Plan de Medidas, dicho escenario mejora ostensiblemente (alcanzando un máximo de solo 3,86 minutos para Quilamapu).
Cabe señalar que los máximos se han calculado en base a las mayores diferencias por Comunidad que, para este caso, corresponde a los vehículos livianos.
Finalmente se da cuenta de las medidas ambientales asociadas al proyecto y que se presentan en la Adenda N° 3
CÓDIGO MEDIDA DESCRIPCIÓN MEDIDA MAC - MH1 Programa de Transporte Ruta R – 49 MAC - MH2 Programa de Transporte Ruta R – 35 MAC - MH3 Plan de Comunicación Junta de Vecinos Surco y Semilla REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 39 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” MAV - MH4 Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para la Ciudadanía MAV - MH5 Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para las Comunidades
b. Montaje
Para la operación de montaje, se requerirá de un área de trabajo total menor a 1 ha, detallada en el punto 1.3.1.2.41.2.4 “Patio de maniobras de izado de aerogeneradores” del EIA. En esta área, a 10 metros aproximadamente de la fundación, se instalará una plataforma de montaje de 35 x 40 m. Esta será un área estabilizada y nivelada, donde se apoyará la grúa telescópica principal y la auxiliar. La grúa principal tendrá una capacidad de 150 t y la auxiliar de 50 t, la primera montará in situ los aerogeneradores, mientras que la segunda cumplirá labores de armado y sujeción de la grúa principal.
Una vez que los componentes de cada aerogenerador sean ensamblados se retirará la plataforma de montaje, restituyendo el terreno a una condición similar a la original.
4.3.1.8. Construcción de los Subestación elevadora y sala de control
a. Construcción de los patios de transformación y subestación
La construcción de los dos patios de transformación ya no son parte del proyecto toda vez que el titular en la Adenda I reconfigura el proyecto a través de solo una subestación elevadora, esta inicia con la preparación del terreno, posteriormente se realiza la construcción del cierre de seguridad exterior. El cierre consistirá en la utilización de un cerco con una altura de 2,3m aproximadamente, además de vegetación baja, para ornamentar el área. En seguida, se instalará la malla de puesta tierra (al menos a 50cm de profundidad), se trazarán y construirán los canales de comunicación entre la sala de control y los equipos a instalar en el patio de alta tensión de la subestación.
Una vez finalizado el cierre, se construirán las fundaciones que soportarán las estructuras metálicas, los equipos eléctricos, transformadores de poder y equipos de protección y control. Se distribuirá una capa de gravilla uniforme a lo largo y ancho de toda el área de la subestación.
Posteriormente se montarán y conectarán los equipos eléctricos a los sistemas de protección y seguridad de la sala de control, testeando su correcto funcionamiento para dar término a los trabajos de terreno, cierre interior e instalaciones de los sistemas de vigilancia de seguridad.
Se contará, además, con un sistema de detección de humos y el equipamiento manual para la extinción de incendios.
b. Construcción de la sala de control
Contigua a la subestación, se construirá la sala de control y monitoreo del parque, con una superficie construida de alrededor +/- 350 m2. Su objetivo es agrupar y facilitar las tareas operativas y de seguridad de todo el parque.
Los servicios higiénicos del edificio serán diseñados considerando un sistema de fosa séptica. El diseño, construcción y presentación del proyecto a la autoridad estará a cargo de la empresa contratista y se adjunta en el anexo 9 de la Adenda N° 3 donde se establece una fosa séptica consiste en una cámara estanca, capaz de retener por un período determinado de tiempo las aguas servidas domésticas, producir su decantación, disolver, licuar, volatilizar parcialmente por un proceso de fermentación biológica, la materia orgánica contenida en suspensión, y dejar las aguas servidas en condiciones REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 40 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” favorables para ser sometidas a algún proceso de oxidación. Las aguas tratadas serán dispuestas por infiltración en el subsuelo en su totalidad. La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos: - Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros y las más ligeras, las grasas, permanecen en suspensión o flotando.
- Fermentación anaerobia: por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxigeno) y los SST (Sólidos en suspensión totales)
El efluente tratado sale de la fosa séptica cargado con materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, el que debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso corresponde a la infiltración en el suelo. Bases de Diseño:
Población máxima (N): 9. Dotación Agua Potable (D): 100 l/hab·día. Caudal Máximo Diario (Q): 900 l/día. Coeficiente de Recuperación (Cr): 1 Período de Retención del Agua Servida: 1 día Período de Extracción del Lodo: Cada 12 meses.
Detalle del Terreno necesario para filtrar Sala de Control
PARÁMETRO UNIDAD OPERACIÒN Caudal a infiltrar l/día 900 Infiltración terreno l/m2/día 60 Terreno necesario para filtrar m2 15
4.3.1.9. Construcción de canalizaciones de la línea subterránea
Los 77 aerogeneradores serán interconectados a un sistema colector de energía subterráneo, compuesto por cables de media tensión, que se extenderá en paralelo a los caminos interiores habilitados para el proyecto. Para ello se realizará la excavación de una zanja de aproximadamente un metro de profundidad y un metro de ancho, por donde se llevarán los cables de poder hasta las estructuras de salida. En paralelo con la línea de poder eléctrico se instalará un cable de fibra óptica, para conducir señales de comunicación de los sistemas de control de cada aerogenerador con la caseta de control. Adicionalmente se rellenará con arena compactada el lugar donde irán los cables y tierra del lugar la superficie de la canalización.
El trazado de la canalización se diseñó considerando el menor impacto constructivo en la zona, aprovechando los caminos existentes. Se generará aproximadamente 62.370m3 de material extraído, el cual será utilizado como relleno de la misma obra, al igual que en el caso de las fundaciones de los aerogeneradores: separando y disponiendo el material orgánico productivo, para su redistribución y utilizando la tosca y el material más pedregoso en las propias mezclas para ser utilizadas en las zanjas y canalizaciones. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 41 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
4.3.1.10. Construcción del tendido aéreo
El proyecto no se construirá los 7,95 kilómetros aproximadamente de tendido eléctrico aéreo dentro del predio ya que se eliminaron además los dos patios de tensión.
4.3.1.11. Mantenimiento de máquinas y equipos
El mantenimiento de los equipos de construcción se realizará en talleres y se exigirá a las empresas contratistas realizar cambios de aceites u otro tipo de mantenimiento de maquinarias y vehículos fuera de los frentes de trabajo y del área del proyecto.
En los casos donde esta situación sea improbable, se dispondrá en la instalación de faena o en el frente de faena una geomembrana de 1,5 mm que cubra la totalidad del área de trabajo y el chasis de la maquinaria. Esta geomembrana contará con una capa o cubierta de arena, por ambos lados, con la finalidad de absorber un eventual derrame durante la operación de recambio. Los aceites usados deberán quedar sellados y dispuestos en contenedores especiales, portátiles y señalizados, junto con la arena para ser conducidos a la Bodega de Acopio Temporal y ser posteriormente trasladados al sitio de disposición final por una empresa autorizada.
Lugar de mantenciones de urgencias de maquinarias y vehículos
Ubicación: Se contará en cada patio de izado de un lugar destinado a las mantenciones de urgencia de maquinaria y vehículos.
Diseño: El diseño del lugar de mantención de urgencias de maquinarias y vehículos contará con una superficie explanada compactada.
Características estructurales de impermeabilización: Las características estructurales y de impermeabilización del lugar de mantención de urgencias de maquinaria y vehículos del Proyecto son: Estará localizado lejos de cauces naturales superficiales, se contará con una base continua de geomembrana y contará con un pretil de contención que permita el escurrimiento.
4.3.1.12. Desarme y retiro de obras de apoyo transitorias
Una vez que la construcción del parque eólico haya finalizado, se procederá al desarme y retiro de las instalaciones temporales de la obra. Estas obras son descritas en el capítulo “Descripción física del proyecto” en el punto 0 sobre Obras transitorias.
4.3.1.13. Limpieza y restauración
Una vez que se hayan desarmado y retirado las obras transitorias, la empresa se compromete a restituir el terreno modificado o impactado a causa de la construcción. Estas actividades implicarán la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón, como cimientos de construcciones temporales y la reposición de los suelos, si existieren excedentes de suelo provenientes de las excavaciones.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 4.1. ICE
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 42 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
4.3.2. Fase de operación
Para describir la etapa de operación del Proyecto se considerarán las siguientes actividades y componentes:
4.3.2.1. Contratación de mano de obra
Durante la operación del proyecto se estima una generación de 9 puestos de trabajo directos, los cuales se organizarán en turnos rotativos de 8 horas. Asimismo, se requerirá de empresas contratistas en las labores de seguimiento, mantención y servicios de aseo.
4.3.2.2. Generación de electricidad y transmisión de energía
El Parque Eólico Malleco, generará +/- 800 GWh anuales por medio de 77 aerogeneradores de 3,54 MW cada uno con una potencia máxima de 273 MW. La transmisión de la energía del parque se llevará a cabo a través de líneas subterráneas energizadas a 23 kV, esta energía se elevará a 220 Kv en una subestación para finalmente evacuarla a la línea Charrúa-Nueva Temuco– Punta Colorada, donde ingresará al SIC.
4.3.2.3. Mantenimiento
A continuación se presentan las principales acciones de mantenimiento para el funcionamiento del parque:
Mantenimiento preventivo
La mantención preventiva comprende limpieza e inspección de los equipos e instalaciones, ejecución de reaprietes en equipos y componentes de estructuras, mediciones de verificación y chequeo, según lo establecido en catálogos de los equipos. El servicio de mantenimiento preventivo será realizado cada un año como mínimo. Éste consiste principalmente en la verificación de la calidad de los aceites de lubricación de la caja multiplicadora de velocidad del aerogenerador y los aceites dieléctricos de los transformadores de la subestación elevadora.
En la bodega de sustancias peligrosas de la sala de control se dispondrá de repuestos y herramientas, para contar de forma inmediata con los insumos necesarios para atender cualquier falla u operación de mantenimiento de emergencia que se requiera.
Tal como se señaló, la principal operación preventiva en los aerogeneradores es la lubricación de los sistemas mecánicos e hidráulicos. Los intervalos de lubricación estándares se presentan en la siguiente tabla.
Tabla Intervalos de recambio de aceites y líquidos
Sistema Intervalo de recambio Transmisión Cambio de aceite cada 5 años, en dependencia de pruebas de aceite. Sistema hidráulico Cada 5 años, en dependencia de pruebas de aceite. Descanso álabe y rotor principal Cada 1 año. Sistema de enfriamiento Cada 5 años, cambio del líquido refrigerante
En el caso de la subestación se requerirán labores de limpieza de interruptores, aisladores y verificación y, tal como se señaló, chequeo de aceite. Para la línea de transmisión ya no se realizarán inspecciones en terreno cada 12 meses, toda vez que esta ha sido eliminada. De la misma forma la empresa se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 43 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” compromete a mantener operativos la red de caminos internos y de acceso del proyecto, como también mantener en perfecto estado todas las instalaciones que comparte con la comunidad. Se realizarán estas labores al menos 1 vez al año o cuando la situación lo requiera.
Mantenimiento contra falla o correctivo
La mantención correctiva se refiere a las reparaciones que se realizarán al sistema en el caso de detectarse anomalías que puedan producir fallas, según observaciones registradas en inspecciones periódicas que realizará el personal encargado de mantenimiento o empresas especializadas.
Reparaciones ante eventos
La emergencia por falla del equipamiento en este tipo de sistemas es muy remota y en el evento de esta ocurrencia se requerirá de la participación de personal autorizado y especializado para la ejecución de las maniobras de reparación, comprobación de estados, lecturas de variables y todas las otras actividades relacionadas con la operación del sistema en su conjunto.
Para todas las labores de mantenimiento, el titular exigirá a sus contratistas los elementos de seguridad y la planificación de las operaciones de acuerdo a lo dispuesto por DS Nº594/1999 del Ministerio de Salud.
4.3.2.4. Insumos operacionales
Suministro de combustibles
El proyecto se abastecerá de combustible en las inmediaciones durante la operación. El consumo está asociado principalmente al uso de vehículos menores del titular y al gas de calefacción de los trabajadores en la sala de control.
Suministro de agua
La sala de control desarrollará una solución particular para el abastecimiento de agua potable. Se espera un consumo de 900 l/diarios.
Suministro de energía eléctrica
La energía eléctrica será proporcionada por un empalme al sistema eléctrico del mismo parque o una solución particular de suministro.
Suministro de insumos para la operación
El principal insumo para la operación del sistema son los aceites lubricantes. Cada aerogenerador requiere aproximadamente de 300 litros de lubricantes para todos sus sistemas y su duración media es de 2 años. La tendencia indica que el período de recambio para estos lubricantes de última generación puede aumentar aún más, haciendo más largos los períodos libres de re lubricación.
Los demás insumos utilizados, son menores y eventuales, y serán materiales y/o repuestos que serán requeridos por personal de mantenimiento.
4.3.2.5. Flujo vehicular
A continuación, en la siguiente tabla se presenta el flujo vehicular esperado durante la operación del proyecto:
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 44 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Tabla Flujo vehicular fase de operación.
VIAJE NÚMERO DE VEHÍCULOS TIPO DE VEHICULO FRECUENCIA RUTAS Residuos sólidos domésticos 4 Vehículo habilitado 2 veces por semana – de acuerdo a Adenda 3 observación 5 página 62. Desde el parque al sitio de disposición final Personal 48 Camioneta Diaria Desde Collipulli u otra comuna aledaña a obras Residuos industriales peligrosos - Vehículo habilitado 2 veces cada año Desde el parque al sitio de disposición final Residuos provenientes de la fosa séptica - Vehículo habilitado Cada 6 meses según Art .91 RSEIA. Desde el parque al sitio de disposición final
Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán recolectados, transportados y dispuestos, al menos, dos veces por semana, por una empresa especializada y autorizada para esta operación. Los residuos industriales peligrosos, serán cambiados y retirados, como promedio dos veces cada año, pudiendo disminuir esta frecuencia. El cambio será realizado por una empresa especializada en esta operación.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 4.2. ICE
4.3.3. Fase de cierre
4.3.3.1. Contratación de mano de obra
Se espera un promedio de 45 trabajadores durante el cierre del proyecto, con un máximo de 85 trabajadores. Se estima un periodo de 7 meses para dar cumplimiento al total de tareas de cierre. Las condiciones de trabajo serán similares a las descritas en la fase de construcción y se cumplirán las disposiciones presentes y futuras en cuanto a calidad y condiciones sanitarias y ambientales en los lugares de trabajo y las demás atingentes.
4.3.3.2. Instalación de faenas
Comprende la instalaciones de oficinas y dependencias, habilitación de agua para el desmantelamiento, habilitación de baños químicos, patios de maniobras, canchas de acopio de materiales. Cabe señalar que las dependencias serán de tipo modular.
El emplazamiento de estas instalaciones se decidirá una vez que se resuelva el cierre del proyecto, considerando, por cierto, las normativas correspondientes a las características de la acción y las modificaciones en el tiempo de los cuerpos normativos y se hará llegar previamente a la Superintendencia de Medio Ambiente.
4.3.3.3. Desarme de las construcciones permanentes
La acción tiene por objetivo retirar y desmantelar todo el mobiliario, estructuras y equipamiento de oficinas, talleres, dependencias y cualquier instalación existente construida al tenor del proyecto. Todas las construcciones que sean factibles de desmontar serán desmanteladas, especialmente las que sean prefabricadas. Las obras de hormigón se demolerán, de preferencia, enviando los residuos a sitios de disposición final autorizados, de manera que no produzcan REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 45 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” impacto negativo de ninguna especie.
4.3.3.4. Desarme y retiro de aerogeneradores y líneas de transmisión
Las fundaciones de las estructuras de los aerogeneradores, principal obra constructiva del proyecto, serán removidas hasta una profundidad no inferior de 30 cm. En toda esta superficie, la empresa se compromete a rellenar con sustrato orgánico proveniente de suelos cercanos que no provoquen alteración geomórfica.
La línea de transmisión subterránea será retirada y las zanjas excavadas serán rellenadas con suelo del lugar.
4.3.3.5. Transporte de material, insumos y maquinarias requeridas
A modo de aproximación, se estima que las maquinarias requeridas serán similares o menores a los descritos en la etapa de construcción. El equipamiento y maquinaria necesaria para las tareas de desarme y desmantelamiento del proyecto son descritos en la siguiente tabla:
Tabla Maquinarias y equipamiento requerido en la fase de cierre
Equipos y Maquinarias Cantidad estimada Periodo estimado uso (meses) 10 Minibus 2 7 Retroexcavadora 3 5 Palas cargadora 3 5 Motoniveladora 2 3 Camión aljibe 2 5 Camión grúa 2 5 Camiones tolva 8 5
4.3.3.6. Flujo vehicular
A continuación, se presenta el flujo vehicular esperado en la etapa de cierre del proyecto:
INSUMOS Nº DE VIAJES TOTAL VEHÍCULO DISTRIBUCIÓN DE FRECUENCIA DESTINOS Componentes aerogenerado res 900 en EIA y baja a 770 con Adenda. Camiones habilitados semanal 2 a 3 veces a la semana Desde las obras a disposición final Personal 336 Buses semanal 1 vez a la semana Desde Collipulli o comuna aledaña a las obras Combustible (Diésel) 33 Camión Semanal 2 a 3 veces a la semana Desde Collipulli o comuna aledaña a las obras Residuos Construcción 280 Camión recolector diario diario Desde las obras a sitio de disposición autorizado REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 46 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Residuos Sólidos Domiciliarios 126 Camión autorizado semanal 3 veces a la semana Desde las obras a sitio de disposición autorizado Residuos Industriales Peligrosos 5 Camión Autorizado mensual 1 vez cada 6 meses Parque a sitio de disposición autorizada
4.3.3.7. Cierre y clausura de las instalaciones
Tal como se ha señalado anteriormente, toda instalación será desarmada y/o vaciada de acuerdo a la normativa vigente en la época. Todos los estanques que contengan aceites, lubricantes, combustibles, así como también baterías, serán vaciados y sus contenidos vendidos para su utilización por terceros. Los materiales para los cuales no se encuentren interesados, serán llevados a vertederos autorizados.
Los componentes de los aerogeneradores, de las Subestaciones y de las líneas de transmisión, luego de ser desmantelados, serán reciclados o reutilizados, según sea su estado de conservación.
Referencia al ICE para mayores detalles Punto 4.3 del ICE
4.4. Descripción de las fases del Proyecto 4.4.1. Fase de construcción Fecha estimada de inicio Mes 1 de Construcción Parte, obra o acción que establece el inicio Implementación Instalación de Faena N° 1 Fecha estimada de término Mes 23-24 Parte, obra o acción que establece el término Marcha Blanca y Desmovilización constructiva y restauración. 4.4.2. Fase de operación Fecha estimada de inicio Mes 24 Parte, obra o acción que establece el inicio Termino Marcha blanca Fecha estimada de término Año 20 Parte, obra o acción que establece el término Inicio de instalación de oficinas e instalaciones de faena de des antelación. 4.4.3. Fase de cierre Fecha estimada de inicio Año 20 Parte, obra o acción que establece el inicio Desarme estructuras permanentes. Fecha estimada de término No informa REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 47 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Parte, obra o acción que establece el término Cierre y clausura de instalaciones
5°. Que, los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300 se debe dar cuenta que los resultados de la Predicción y Evaluación de Impactos y del Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 3, el Proyecto Parque Eólico Malleco presenta dos impactos significativos y dos medianamente significativo los que se describen a continuación:
COMPONENTE IMPACTO ETAPA DESCRIPCIÓN Fauna Pérdida de Hábitat Construcción Modificación o variación del hábitat que determina la presencia de las especies de fauna en el área del Parque Eólico como consecuencia de las obras, partes y acciones del Proyecto. Este impacto se califica como significativo. Colisión de Avifauna Operación Corresponde a la mortalidad de la avifauna producto de su colisión con los aerogeneradores. Este impacto se califica como significativo. Perturbación de Fauna Construcción Producto de las faenas de construcción de algunas obras, se podrían producir modificaciones del comportamiento de fauna (alimenticio y reproductivo) debido a perturbaciones del medio. Este impacto se califica como medianamente significativo. Pérdida de Hábitat Operación Modificación o variación del hábitat que determinan presencia de las especies de fauna en el área del Parque Eólico como consecuencia de las obras, partes y acciones del Proyecto. Este impacto se califica como medianamente significativo.
Las actividades del Proyecto eventualmente generarán impacto significativo y/o medianamente significativo sobre la fauna de vertebrados terrestres, por pérdida de hábitat en la etapa de construcción y sobre el impacto de la avifauna por colisión en la operación del Proyecto. Estos impactos son provocados por actividades como remoción de suelo, movimiento de maquinaria, excavaciones, instalación de estructuras y operación de aerogeneradores.
Durante la construcción, las actividades de movimiento de tierra para las instalaciones de faena, línea subterránea, fundación de aerogeneradores y subestación, provocarán pérdida de hábitat.
Durante la operación, los aerogeneradores suponen una barrera o cortina física para la movilidad de las aves, ya que eventualmente fragmentan la conexión entre las áreas de alimentación, invernada, cría y muda de las aves; además, los rodeos necesarios para esquivar los parques eólicos provocan un mayor gasto energético que puede llegar a mermar su estado físico, por estas razones este efecto se ha evaluado como causal de pérdida de hábitat. Por otra parte, el impacto de las turbinas relacionado con las colisiones sobre las avifauna ha sido estudiado en profundidad y existe un gran número de publicaciones de carácter científico en literatura peer review y oficiales1 que señalan que el número de colisiones esperada para un parque eólico es de alrededor 1-2 colisión/turbina/año (Winkelman 1985, SEO/BirdLife 1995, Osborn et al. 2000, Lucas et al. 2004, Petersson 2005).
La pérdida de hábitat en la etapa de construcción y la colisión de avifauna en la operación del Proyecto, se han considerado como Impactos significativos. Por lo tanto, tal como ha señalado el Titular, requieren de medidas de mitigación, reparación y/o compensación según proceda para la etapa de construcción y operación. Para ello se ha considerado incorporar algunas medidas de mitigación para el buen desarrollo del Proyecto y el control más eficiente de los efectos sobre el hábitat terrestre.
1 Las referencias se encuentran en el Apéndice Fauna del Capítulo 2 del EIA. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 48 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Adicionalmente, se contemplan dos impactos medianamente significativos, por una parte en la etapa de construcción se estima que algunas obras podrían producir modificaciones en el comportamiento de la fauna (alimenticio y reproductivo), debido a las perturbaciones del ambiente, por lo que se considera que habrá un impacto medianamente significativo en la perturbación de la fauna de vertebrados terrestres. Por otro lado en la etapa de operación debido a la modificación o variación del hábitat se podría contemplar una eventual pérdida de hábitat de especies de avifauna, impacto el cuál se cataloga como medianamente significativo.
Conforme a lo anterior, se presentan las medidas de mitigación MM-F1, MM-F2 Y MM-F3.
6°. Que, durante el proceso de evaluación se han presentado antecedentes que justifican la inexistencia de los siguientes efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley N° 19.300:
6.1. A objeto de evaluar de descartar que el Proyecto genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, se considerará lo establecido en el Artículo 5 del RSEIA:
Cuadro Análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 5 del D.S. N° 95/01
ARTÍCULO Art. 5 El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del presente Reglamento. Para evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso primero del artículo 5 del RSEIA el Titular del Proyecto ha recurrido a las siguientes normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes en el país. EFLUENTES LÍQUIDOS Se generarán efluentes líquidos provenientes de los servicios higiénicos los que serán enviados a las plantas de tratamiento de aguas servidas que se utilizarán durante la fase de construcción del Proyecto. El efluente tratado en estas plantas, cumplirá con lo establecido en la NCh Nº 1.333/1978 del INN y será posteriormente infiltrado en su totalidad. Durante la etapa de operación, los efluentes líquidos provenientes de los servicios higiénicos serán tratados mediante fosa séptica y luego serán infiltrados en su totalidad. Los antecedentes técnicos y formales asociados al cumplimiento de tratamiento de los efluentes líquidos se presentan en el Anexo Nº 9 Permiso Ambiental Sectorial Nº 91 del D.S. N° 95/01 de la Adenda Nº 3. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Las emisiones atmosféricas que generará el Proyecto estarán constituidas por material particulado y gases de combustión producto del tránsito de los vehículos, uso de maquinaria, excavaciones y movimientos de tierras. Los mayores aportes se generarán en la etapa de construcción, disminuyendo considerablemente durante la operación del Proyecto ya que en esta etapa se reducen al tránsito de vehículos sólo para el transporte del personal que operará el parque (9 personas) (Apéndice Nº 4.1 Estimación de Emisiones Atmosféricas del EIA). El Titular del Proyecto ha considerado las siguientes normas de calidad y emisión cuya forma de cumplimiento se detalla en el capítulo 7 del EIA: - D.S. Nº 59/98, de MINSEGPRES, establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10 - D.S. N° 12/11, del Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 49 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respirable MP2,5. - D.S. Nº 115/02, de MINSEGPRES, Establece Norma Primaria de Calidad de Aire para Monóxido de Carbono (CO). - D.S. Nº 114/02 de MINSEGPRES, Establece norma primaria de calidad de aire para dióxido de nitrógeno (NO2). - D.S. Nº 4/94 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y Fija los Procedimientos para su Control. - D.S. Nº 279/83, del Ministerio de Salud, Aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. - D.S. Nº 55/94, de MTT, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. - D.S. Nº 54/94, de MTT, Establece Normas de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica - D.S. Nº 211/91, de MTT, Establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. EMISIONES LUMÍNICAS Las emisiones lumínicas del Proyecto estarán acotadas durante la construcción de las instalaciones de faena mientras que en la etapa de operación estarán mayoritariamente emplazadas en la sala de control y en la subestación. El Titular se hará responsable del control de las emisiones lumínicas al dar cumplimiento a la siguiente normativa de emisión: - D.S. Nº 686/98 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Establece Norma de Emisión para la Regulación de la contaminación Lumínica. EMISIONES DE RUIDO Las emisiones de ruido del Proyecto serán generadas en la etapa de construcción por la utilización de maquinaria pesada y por el tránsito de vehículos principalmente; durante la operación la principal fuente de emisión acústica corresponderá al ruido de las aspas de los aerogeneradores (Anexo Nº 10 Estudio de Ruido de Adenda 3). El Titular dará cumplimiento a la siguiente normativa durante todas las fases del Proyecto: - D.S. Nº 38/2011, Ministerio de Medio Ambiente, Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones del componente ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida para acreditar no REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 50 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” afectación sobre esta. - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. EFECTO SOMBRA O SHADOW FLICKER Las emisiones de sombra intermitente o shadow flicker resultan del paso de las aspas girando entre el sol y un observador (receptor – vivienda). A falta de normativa nacional y considerando lo enunciado por al Artículo 7 de la Ley Nº 19.300, se tomará en consideración los estándares internacionales que fijan el efecto shadow flicker en 30 horas/año como límite en casas permanentemente habitadas o zonas residenciales (normativa internacional atingente). De acuerdo al Estudio de Shadow Flicker realizado (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3), sólo un receptor sobrepasa las 30 horas /año exigidas en la normativa internacional de referencia. Por lo anterior, el Titular ha considerado Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el efecto sombra. A continuación se indican las medidas asociadas al componente sombra: - MAC – S1: Detención de aerogenerador en horas y condiciones que puedan generar parpadeo para receptor N° 14 por aerogenerador N° 23 (Perfil_R14_A22_A23 Adenda N° 3). - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S6: Implementación de toldo - MAV – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que de acuerdo al análisis de las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes, el Proyecto no presenta riesgos para la salud de la población. b
La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera. EFLUENTES LÍQUIDOS Etapa de construcción, operación y cierre Composición: Durante la etapa de construcción y cierre del Proyecto se generarán aguas servidas las que serán sometidas a un sistema de tratamiento de aguas servidas para luego ser infiltradas en su totalidad. Este sistema contará con la aprobación de la Autoridad Sanitaria y será manejado por una empresa autorizada por los organismos competentes. En la etapa de operación las aguas servidas se trataran mediante fosa séptica para luego ser infiltradas en su totalidad. La composición del efluente tratado se muestra REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 51 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” en la siguiente tabla:
CONTAMINANTE O INDICADOR UNIDAD CONCENTRACIÓN DBO5 ( a 20ºc) mg/l <35 Coliformes fecales MP <1000/100 ml Sólidos suspendidos mg/l <80 pH - 6-8
Las aguas generadas no difieren en calidad a las aguas residuales urbanas y corresponderán a residuos líquidos domiciliarios generados por los trabajadores y eventualmente algunas visitas, por lo que se descarta la presencia de elementos tóxicos y/o residuos industriales líquidos. Para este efecto, se inducirá a los trabajadores y se instalará afiches informativos en los baños que indicarán la prohibición estricta de arrojar sustancias o elementos de otras características al alcantarillado particular del Proyecto. Peligrosidad: Estas aguas servidas no presentarán características de peligrosidad, dado que no contendrán sustancias ni residuos peligrosos de conformidad con la normativa vigente. Durante la construcción, en los frentes de trabajo alejados de las instalaciones de faenas, se instalarán baños químicos proporcionados por una empresa especializada, autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de la Araucanía, que además retirará periódicamente y manejará los residuos. Cantidad: El volumen de aguas servidas en las plantas de tratamiento durante la etapa de construcción será de aproximadamente 11 m3/diario al momento de máximo trabajo constructivo. Durante la etapa de operación el volumen considerado alcanza los 0,9 m3/día y será depositado directamente desde la sala de control a una fosa séptica, para luego ser infiltrada. Concentración: todos los efluentes tratados cumplirán con las concentraciones establecidas en la Norma NCh Nº 1.333. Los antecedentes técnicos y formales asociados al cumplimiento de tratamiento de los efluentes líquidos se presentan en el Anexo Nº 9 Permiso Ambiental Sectorial Nº 91 de la Adenda Nº 3. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Etapa Construcción, operación y cierre Composición: Las emisiones atmosféricas durante la etapa de construcción corresponden a material particulado (MP10) producto de los movimientos de tierra, carga, descarga y transporte de materiales, tránsito de maquinaria de construcción y vehículos livianos (Apéndice Nº 4.1 Estimación de Emisiones Atmosféricas del EIA). Asimismo, corresponden a gases (dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx) y monóxido de carbono (CO2) proveniente de la combustión interna de motores de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo. Durante la operación la composición de las emisiones atmosféricas serán idénticas a las de construcción, pero de muy baja generación, ya que solo se asociaran al uso de vehículos livianos para el transporte de los nueve (09) trabajadores que operarán el parque eólico. En tanto, las emisiones asociadas a la etapa de cierre, serán en el mismo orden o menores que las de la etapa de construcción. Peligrosidad: Las emisiones atmosféricas generadas en las etapas de construcción, operación y cierre, no revisten características de peligrosidad que pudieran implicar algún eventual impacto ambiental debido a su escaso volumen y a la capacidad de ventilación del área en la cual se encuentra emplazado el Proyecto. Cantidad: Dado al volumen emitido, el carácter puntual y esporádico de las obras, las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas. Las estimaciones se encuentran detalladas en el Apéndice Nº 4.1 del EIA, y se resumen en la siguiente tabla. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 52 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. EMISIONES SONORAS Etapa de Construcción Peligrosidad: Durante la construcción, se generarán ruidos propios de la maquinaria de construcción, los que en ningún caso tendrán el carácter de nocivos o superarán la normativa. El escenario de modelación contempla la maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además del grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el modelo acústico se sitúa un foco de ruido en la obra más próxima a cada receptor, representando así situaciones altamente conservadoras bajo el parámetro de distancia fuente- receptor. Considerando los valores de sonido basal del sector, uniformes y condicionados por el viento y follaje, el Proyecto durante la construcción no producirá impactos, debido al cumplimiento de la norma de emisión aplicable y a lo puntual de la emisión. Cantidad: Tal como se señaló anteriormente, el cambio en la calidad acústica del sector en la construcción será puntual, de muy breve temporalidad y bajo los valores de la norma D.S. Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, en un rango que va desde los 23 a los 43 dB(A). Etapa de Operación Peligrosidad: Durante esta etapa se producirán emisiones sonoras producto del roce de las aspas con el aire, los que en ningún caso serán nocivos ya que, incluso es altamente probable que sean enmascarados por los sonidos basales provocados altas velocidades de viento sobre el follaje. Cantidad: Según el estudio de impacto acústico (Anexo Nº 10 Estudio de Ruido de la Adenda Nº 3), el mayor valor esperado será de 50 dBA, el cual no representa un aumento diurno con respecto a la condición acústica basal del receptor. En este contexto, el Titular incorporará una configuración especial en los aerogeneradores Nº 18, 21, 22, 67, 68 y 69, de tal forma que no se sobrepasen los límites indicados en el D.S. Nº 38/11 en ningún punto de medición de ruido. De este modo, la proyección para esta etapa va en un rango de 38 a 59 [dB(A)] para la totalidad de receptores. Etapa Cierre Los antecedentes de emisiones de ruido para el caso del Proyecto pueden ser homologables con el aporte acústico provocado por la construcción. De esta forma no hay evidencia de alteración o impacto sobre la salud de las personas por ruido durante la fase de cierre del proyecto. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida para verificar no afectación sobre esta. - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 53 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” SHADOW FLICKER La ocurrencia de esta condición sólo se produciría durante la operación del Proyecto y depende de la localización del observador en relación al aerogenerador, la hora del día y las condiciones climatológicas y físicas del lugar (barreras de sombra, altura, ventanas, etc.). Por ejemplo, en el área donde se emplaza el Proyecto se reducen las probabilidades de shadow flicker, ya que cuenta con muchos días nublados. Según bibliografía, en áreas cercanas a la ciudad de Temuco la “neblina” abarca más de 76 días/año, en esta condición este fenómeno es poco probable. Asimismo las barreras vegetacionales de grandes arboledas que presentan los receptores limitan la ocurrencia del impacto. En este contexto, el Titular desarrolló una modelación utilizando el software WindPro considerando el peor escenario y arrojó sólo un receptor por sobre los 30 horas/año (ver Anexo Nº 11 de la Adenda 3). Adicionalmente, es relevante destacar que de acuerdo al reporte del panel de expertos que reunió la autoridad norteamericana del Estado de Massachusetts para evaluar este impacto sobre la salud de la población, concluye que no hay evidencia científica que sugiera que el shadow flicker constituye un riesgo que provoque daños a la salud, sólo ocasionaría incomodidad y molestia, y destaca el reporte que principalmente afecta sobre los vecinos que no participan en los beneficios del Proyecto. Adicionalmente, el Titular realizará un monitoreo precautorio durante los dos primeros años de operación del Proyecto de forma de corroborar el nulo impacto de los aerogeneradores sobre las casas más cercanas (< 500 m). Adicionalmente, el Titular ha considerado Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el efecto sombra. A continuación se indican las medidas asociadas al componente sombra: - MAC – S1: Detención de aerogenerador en horas y condiciones que puedan generar parpadeo para receptor N° 14 por aerogenerador N° 23 (Perfil_R14_A22_A23 Adenda N° 3). - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAC – S6: Implementación de toldo - MAC – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y emisiones a la atmósfera del Proyecto, este no presenta riesgos para la salud de la población. c
Frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y emisiones a la EFLUENTES LÍQUIDOS Etapa de construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Se generarán durante un periodo transitorio residuos líquidos, con un valor máximo de 11 m3/día. Estos residuos serán producidos durante el periodo de construcción y contarán, tal REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 54 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” atmósfera. como se mencionó, con sistemas de tratamiento de agua, para que ésta sea infiltrada en el terreno. Etapa de operación Frecuencia, duración y lugar de descarga: La generación de residuos líquidos será de carácter domiciliario. Con un valor máximo de 0,9 m3/día. Estos residuos serán producidos durante el periodo de operación del Proyecto y contarán, tal como se mencionó, con sistemas de tratamiento por fosa séptica para la infiltración. Etapa Cierre Frecuencia, duración y lugar de descarga: La generación de residuos líquidos será de carácter domiciliario. Con un valor máximo de 8,5 m3/día. Estos residuos serán producidos durante el periodo de cierre y tal como se mencionó, serán infiltrados tras su respectivo tratamiento. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Etapa de Construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones atmosféricas generadas por el Proyecto, son polvo resuspendido por el paso de vehículos y principalmente por movimiento de tierra y excavaciones, las cuales serán generadas con una frecuencia diaria durante los 24 meses de construcción y estarán circunscritas a las áreas de excavación y tránsito de vehículos. Además de su escaso volumen, estas emisiones serán disminuidas por la humectación y conglomerado del sustrato, uso de lonas y reducción de velocidad de viaje y principalmente por las condiciones óptimas de ventilación presentes en el área del Proyecto. En cuanto a las emisiones de gases, ésta no es de carácter significativo. Sin perjuicio de ello, se utilizarán y se exigirá a los contratistas la utilización de vehículos con revisión técnica al día. En este punto es relevante considerar la capacidad intrínseca de la subsubcuenca para ventilar el área de material suspendido. Etapa de Operación En esta etapa no se generarán emisiones atmosféricas significativas y estarán circunscritas al mínimo tránsito de los vehículos que trasladarán al personal que operará el Proyecto. Etapa de Cierre Dada la similitud de las actividades del cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende que las emisiones son homologables con las emisiones de la citada etapa y por tanto en el cierre se dará cabal cumplimiento a las disposiciones actuales y de la época en cuanto a frecuencia, duración y lugar de descarga. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. EMISIONES SONORAS Etapa de Construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones de ruido generadas en los frentes de trabajo durante esta etapa serán de carácter puntual, de corta duración y en áreas deshabitadas, presentándose con una frecuencia de emisión diaria durante los 24 meses que dura la etapa de construcción. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 55 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Adicionalmente, se llevarán a cabo medidas preventivas para evitar sonidos molestos, las que se describen en Anexo Nº 5 Plan de Medidas de Mitigación, Compensación y/o Reparación. Asimismo, se monitorearán los niveles de ruido, de forma precautoria, en el momento de mayor intensidad durante la construcción para protección de los trabajadores y evaluación del cumplimiento del D.S. Nº 38/11. Etapa de Operación Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones de ruido generadas en esta etapa serán permanentes, mientras se encuentren en operación los aerogeneradores. No obstante, la presión sonora de los aerogeneradores o la emisión, estarán directamente relacionada con la velocidad del viento. Por consiguiente, los niveles máximos de impacto sonoro no serán fijos, sino dependientes de dicha velocidad. A pesar de ello, los niveles sonoros permanecerán bajo los valores que dicta la normativa ambiental para este tipo de zonas, ya que se implementarán medidas con la finalidad de disminuir el aporte acústico. Etapa de Cierre Frecuencia, duración y lugar de descarga: Dada la similitud de las actividades del cierre con capacidad de generar ruido con la etapa de construcción, este EIA entiende que las emisiones sonoras son homologables y por tanto en el cierre se dará cabal cumplimiento a las disposiciones actuales y de la época en cuanto a frecuencia, duración y lugar de descarga de emisiones sonoras. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el aporte de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. SHADOW FLICKER Frecuencia, duración y lugar de descarga: La ocurrencia de esta condición, sólo se produciría durante la operación del Proyecto y depende de la localización del observador en relación al aerogenerador, la hora del día, y las condiciones climatológicas y físicas del lugar (barreras de sombra, altura, ventanas, etc). Por ejemplo, el área donde se emplaza el proyecto se reducen las probabilidades de shadow flicker, ya que cuenta con muchos días nublados. Según Cereceda, en áreas cercanas a la ciudad de Temuco la “neblina” abarca más de 76 días/año. En esta condición el fenómeno es poco probable. Asimismo, las barreras vegetacionales de grandes arboledas que presentan los receptores limitan la ocurrencia del impacto. En este contexto, el titular desarrolló una modelación utilizando el software WindPro utilizando el peor escenario, y arrojó que solo un receptor supera las 30 horas/año. Adicionalmente, es relevante destacar que de acuerdo al reporte del panel de expertos que reunió la autoridad norteamericana del Estado de Massachusetts para evaluar este impacto sobre la salud de la población, concluye que no hay evidencia científica que sugiera que el shadow flicker constituye un riesgo que provoque daños a la salud, sólo ocasionaría incomodidad y molestia, y destaca el reporte que principalmente afecta sobre los vecinos que no participan en los beneficios del Proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 56 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Adicionalmente, el Titular realizará un monitoreo precautorio durante los dos primeros años de operación del Proyecto de forma de corroborar el nulo impacto de los aerogeneradores sobre las casas más cercanas (< 500 m). Adicionalmente, el Titular ha considerado Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el efecto sombra. A continuación se indican las medidas asociadas al componente sombra: - MAC – S1: Detención de aerogenerador en horas y condiciones que puedan generar parpadeo para receptor N° 14 por aerogenerador N° 23 (Perfil_R14_A22_A23 Adenda N° 3). - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAC – S6: Implementación de toldo - MAC – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que la frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y emisiones a la atmósfera del Proyecto, este no presenta riesgos para la salud de la población. d
La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos Etapa de Construcción Los principales residuos o desechos sólidos y las consideraciones de manejo se exponen a continuación: Residuos de construcción: Consistirán en restos de embalajes, envases vacíos, clavos, restos de tuberías, escombros, alambres, metales, etc. Se estima un aproximado de 25 m3 /mes en el periodo de máxima construcción. Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de faenas, ya sea en canchas de acopio o en contenedores estancos, dependiendo de su naturaleza. Posteriormente, estos serán transportados a los patios de residuos en la instalación de faena, donde serán almacenados temporalmente y serán retirados para ser depositados por terceros autorizados en un sitio de disposición final. En cuanto al material –inocuo- producto de movimiento de tierra, éste será depositado temporalmente en la cancha de acopio de cada patio de izado o frente de faena y será utilizado posteriormente como relleno. El desplazamiento de tierra para cada fundación será de 970 m3, con un total de 87.300 m3. Los demás movimientos de tierra corresponderán a los necesarios para realizar la zanja de conducción de la línea subterránea y consideran un total de 62.370 m3. Respecto a la peligrosidad de los residuos de construcción, estos no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Estos materiales serán generados en los patios de izado, campamento e instalación de faenas y corresponden principalmente a restos de comida, envases, papeles, cartones, etc. Se estima una cantidad global del orden de 55 kg/día durante REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 57 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” la etapa de máxima actividad durante la construcción. Estos residuos serán almacenados en contenedores especiales localizados en cada punto de generación y posteriormente serán acopiados en el patio de residuos en contenedores estancos y herméticos, que serán retirados regularmente por el Contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. En el periodo punta de la construcción los residuos serán retirados cuatro veces a la semana. Además, los residuos sólidos domiciliarios no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Restos vegetales: Consistirán en restos de matorrales y arbustos retirados de los sitios de obras. Dadas las características de la cobertura vegetacional en la zona, se estima un volumen menor de generación, el que se producirá particularmente durante la instalación de faenas y de obras menores. Estos residuos serán tratados similarmente como residuos de construcción y serán dispuestos por empresas autorizadas para su disposición final. Los residuos vegetales anteriormente descritos no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Residuos Peligrosos: En la etapa de construcción se generarán aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos según las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Tomando en consideración experiencias de la empresa en construcción de parques eólicos similares en el mundo, la cantidad total de residuos será de 0,2 ton/mes. Etapa de Operación Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Durante esta etapa, los residuos sólidos generados serán principalmente domiciliarios y asimilables a domiciliarios asociados a las actividades del personal del parque eólico. La cantidad estimada de residuos será de 135 kg/mes, considerando la cantidad de personal destinado para operaciones. Dichos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores secundarios en el patio de residuos a la espera de su disposición final, siendo retirados regularmente (dos veces por semana) por el Contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Residuos peligrosos: Durante la fase operación se generarán aceites, lubricantes y refrigerantes utilizados por el equipamiento eléctrico. Aunque no existe una regla establecida para la periodicidad del recambio de estos aceites, ya que deben ser monitoreados y evaluados para su recambio, es posible señalar que, considerando experiencias de parques eólicos administrados por el Titular, el total de aceites lubricantes para aerogeneradores es de 300 l cada 5 años y una programación bianual (39 turbinas c/2 años), por lo tanto, se tendrá una generación de 11.700 l/2 años. Cabe destacar que la operación de cambio de aceite en los aerogeneradores es una maniobra sencilla y hermética, ya que todo el procedimiento de remplazo se realiza sin salir de la góndola e inmediatamente se dispone el aceite en un barril de 200 l, para ser llevada a la BAT o directamente al sitio de disposición final. En el caso de los aceites de transformadores, estos deben ser monitoreados permanentemente evaluando sus propiedades y el envejecimiento del aceite. De modo conservador, puede señalarse un cambio de aceite anual, con un volumen de recambio de 600 l/año. Ambas maniobras de recambio de aceite serán realizadas por una empresa autorizada, considerando la posterior disposición del aceite utilizado, en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Del análisis presentado se concluye que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos generados por el Proyecto no presenta riesgos para la salud de la población. Etapa de Cierre Dada la similitud de las actividades de cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos son homologables y por tanto en el cierre se dará cabal cumplimiento a las normativas relacionadas. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que la composición, peligrosidad y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 58 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” cantidad de residuos sólidos, el Proyecto no presenta riesgos para la salud de la población. e
La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos Etapa de construcción Durante esta etapa, los residuos domiciliarios y asimilables se generarán diariamente durante un periodo de 24 meses y serán almacenados temporalmente en cada punto de generación y posteriormente serán acopiados en el patio de residuos, desde donde serán retirados regularmente por el Contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. En el periodo punta de la construcción los residuos serán retirados 4 veces a la semana. En general las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los contenedores secundarios contarán con suelo estabilizado, techo y cierre perimetral de malla de forma de impedir el ingreso de animales y personas no autorizadas. Por su parte, los residuos de construcción serán almacenados temporalmente en los frentes de faenas. Posteriormente, estos serán transportados a los patios de residuos en la instalación de faena, donde serán almacenados temporalmente para finalmente ser retirados para depositarlos por terceros autorizados en un sitio de disposición final. Se generarán residuos peligrosos durante la etapa de construcción durante los 24 meses que se estima durarán las faenas constructivas. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, se requerirá de una Bodega de Acopio Temporal (BAT) ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh Nº 2.190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos, que no deberá extenderse más allá de los seis meses desde que es generado el residuo. Esta bodega cumplirá, al menos, con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del DS Nº148/2003 del Minsal. Mayores detalles sobre el manejo de residuos se entregan en el Anexo 4.2 de la Adenda N° 2, en los antecedentes para la tramitación del Permiso Ambiental Sectorial del artículo 93 del reglamento del SEIA. Etapa de operación Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables serán almacenados en el patio de residuos al igual que en la etapa de construcción, para posteriormente ser retirados regularmente (dos veces por semana) por el Contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Por su parte, los residuos peligrosos contarán con el mismo manejo que se utilizará en la etapa de construcción y se originarán principalmente en el recambio de aceites lubricantes y refrigerantes de los equipos eléctricos. La bodega de almacenamiento temporal estará ubicada en el área aledaña a la Sala de Control. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh Nº 2.190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Etapa de Cierre Dada la similitud de las actividades de cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos son homologables y por tanto en el cierre se dará cabal cumplimiento a las normativas relacionadas. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos generados por el Proyecto, este no presenta riesgos para la salud de la población. f La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con Proyecto o actividad y el Etapa de Construcción En la etapa de construcción se generarán emisiones de ruido debido al tránsito de vehículos (por el camino de acceso y al interior de la faena), los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 59 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” nivel de ruido de fondo representativo y característico
del entorno donde exista población humana permanente movimientos de tierra, montaje de los aerogeneradores y las actividades de construcción en general. De acuerdo a los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3), si bien para la etapa de construcción indica que el Proyecto presenta 10 [dB(A)] más como promedio, respecto de los resultados de fondo representativo, dicho aporte no es significativo y sus máximos se encuentran en conformidad para lo dispuesto en el D.S. Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, es decir, existe cumplimiento normativo. Etapa de Operación En esta etapa se generarán ruidos de origen mecánico y aerodinámico, asociados al movimiento de los engranajes del sistema de transmisión y generación de los aerogeneradores y al sonido producido por el flujo del viento sobre las aspas. A partir de las mediciones, modelación y análisis efectuados a las actividades de operación del Proyecto, a los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3) determinan que si bien el Proyecto aporta 14 [dB(A)] más como promedio respecto de los resultados de fondo representativo, dicho aporte no es significativo para la comunidad, puesto que la totalidad de los se encuentran en conformidad para lo dispuesto en el D.S. Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente, es decir, existe cumplimiento normativo. Etapa de cierre Dada la similitud de las actividades de cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende las inmisiones son homologables y, por tanto, en el cierre se dará cabal cumplimiento a las normativas relacionadas. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Se concluye que la diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido del Proyecto en relación al nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde existe población humana permanente, no presenta riesgos para la salud de la población. g Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad. El Proyecto no generará formas de energía, radiación o vibraciones que pudiesen impactar a la salud de la población. Esta aseveración se sustenta en las distancias en que se hallan las viviendas en relación con la sala de control y que la canalización eléctrica es subterránea (la vivienda más próxima se localiza a 500 m de la subestación). Por otra parte, existen investigaciones realizadas por 5 años de investigación sobre efectos biológicos de los campos magnéticos de frecuencia industrial por la Universidad de Valladolid, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, UNESA y Red Eléctrica de España (1995-2000) en las cuales se concluye que no hay antecedentes para inferir impactos sobre especies biológicas producto del magnetismo de frecuencia industrial. En lo que respecta al cableado subterráneo del parque, éste presenta las mismas características señaladas en la Adenda N°1, es decir cumplirá todas las disposiciones de la NSEG 5 E.n 71 Instalaciones de Corrientes fuertes de la SEC, irán enterrados a 1m de profundidad y como los conductores REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 60 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” subterráneos son apantallados, el campo eléctrico es nulo fuera de ellos en este caso (al estar la pantalla metálica conectada a tierra en ambos extremos se genera un efecto de “jaula de Faraday”). En los Anexos 2C y 2D de dicha Adenda se presentaron los planos de planta de la Subestación Eléctrica. Respecto de las emisiones de ruido, tanto en etapa de construcción como de operación y cierre, estas están en conformidad a los máximos permitidos por la normativa respectiva, es decir, dan cumplimiento al D.S. Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente (Anexo N° 10 de la presente Adenda N° 3). No obstante esto, el Titular plantea las siguientes Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación sobre esta. En cuento al efecto sombra, los resultados del estudio específico (Anexo N° 11 de la presente Adenda N° 3), utilizando el software WindPro para definir el peor escenario, arrojaron que solo un receptor superara las 30 horas/año, que es límite de la normativa internacional atingente; y tomando en consideración que no hay evidencia científica que sugiera que el shadow flicker constituye un riesgo que provoque daños a la salud, sólo ocasiona incomodidad y molestia. De este modo, el Titular ha considerado Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el efecto sombra. A continuación se indican las medidas asociadas al componente sombra: - MAC – S1: Detención de aerogenerador en horas y condiciones que puedan generar parpadeo para receptor N° 14 por aerogenerador N° 23 (Perfil_R14_A22_A23 Adenda N° 3). - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAC – S6: Implementación de toldo - MAC – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN: Se concluye que el proyecto no presenta riesgos para la salud de la población asociado a las formas de energía, radiación o vibraciones. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 61 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” h Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el Proyecto o actividad. Según lo expuesto en los literales anteriores, el Proyecto no emitirá ni generará, en ninguna de sus etapas efluentes, emisiones ni residuos cuya combinación e interacción puedan impactar a la salud de los trabajadores, la población cercana ni el medio ambiente. Lo anterior por cuanto los contaminantes emitidos por el proyecto no muestran riesgos o efectos conocidos a la salud de la población derivados de interacción o combinación, cumpliendo con todas las normativas de referencia. CONCLUSIÓN Se concluye que la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos por el Proyecto no presenta riesgos para la salud de la población. CONCLUSIÓN ARTÍCULO 5 El Proyecto “Parque Eólico Malleco” no presenta ni genera riesgos para la salud de la población ya que los efluentes, emisiones o residuos que produce cumplen con la normativa ambiental vigente y en el caso del shadow flicker estándares internacionales. Adicionalmente, de forma precautoria se realizarán las siguientes acciones que permitirán cumplir estrictamente lo señalado: - Las emisiones atmosféricas serán controladas mediante la humectación de caminos de poco tránsito, reducción de velocidad de tránsito de vehículos y estabilización de caminos no pavimentados mediante la adición de bishofita u otra sal aglomerante. Las emisiones de la maquinaria y vehículos serán controladas mediante la exigencia a la empresa contratista, del certificado de mantenciones y de las revisiones técnicas. - Los efluentes líquidos generados serán sometidos a un tratamiento antes de infiltrados. El efluente tratado cumplirá con los parámetros de calidad establecidos en la Norma NCh N º 1333 que establece la calidad de agua para riego. - Los residuos generados por el Proyecto serán manejados de acuerdo a la legislación vigente, separados y acopiados según la característica del residuo, en un lugar cercado e impermeabilizado para prevenir derrames para posteriormente ser enviados a sitios de disposición final autorizados. El Titular solicita en el presente EIA el permiso ambiental sectorial 93 para las instalaciones de manejo de residuos, cuyos antecedentes ambientales se presentan en el Anexo 4.2 de la Adenda N° 2 del EIA. Respecto a las emisiones de ruido, el análisis de cumplimiento normativo y el estudio acústico (Anexo Nº 10 de la Adenda N°3) da cuenta del cumplimiento de los niveles de presión sonora diurnos y nocturnos en todas las etapas del Proyecto, establecidos en el D.S. Nº 38/2011, para todos los puntos evaluados que incluyen la presencia de población que se ubica en las cercanías del proyecto. Adicionalmente, conocida la preocupación de la ciudadanía y comunidades por esta temática se realizará un monitoreo en la etapa de construcción en horario diurno y nocturno y con una periodicidad de trimestral, considerando 5 puntos de medición de ruido que corresponden a los puntos Nº 1, 3, 6, 13 y 41 (MAC – R2). En la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno en los puntos de medición Nº 6, 41, 25 y 3 (MAC – R3) durante los dos primeros años de operación del Proyecto para verificar que los valores se comporten conforme a lo presentado en el Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3), la periodicidad es trimestral. Adicionalmente se contempla incluir en los monitoreos de ruido descritos anteriormente, dos puntos pertenecientes a comunidades indígenas, los cuales son el receptor Nº 39 (Comunidad Choin Lafkenche)) y el Nº 55 (comunidad Quilampau, tanto para la etapa de construcción como de operación (MAC – R4). Se monitoreará de forma precautoria durante los dos primeros años de operación del Proyecto el shadow flicker para verificar y garantizar el nulo impacto sobre la ciudadanía y comunidades por esta causa. Se contempla el establecimiento de medidas en el receptor que supera las 30 horas según la norma internacional de referencia, que corresponde al receptor Nº 14, en el cuál se implementará un sensor de detención del aerogenerador (MAC – S1) Adicionalmente se contemplan medidas complementarias como reconfiguración de ventanas, implementación de toldos y la forestación y mantención de cortinas vegetales en el área de Proyecto o en los predios de receptores que puedan verse afectados por el efecto Shadow Flicker, para REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 62 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” otros receptores. El detalle de las medidas es el siguiente: - MAC – S1: Detención de aerogenerador en horas y condiciones que puedan generar parpadeo para receptor N° 14 por aerogenerador N° 23 (Perfil_R14_A22_A23 Adenda N° 3). - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAC – S6: Implementación de toldo - MAC – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación sobre esta. - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida. - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”.
6.2. Análisis de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire
Cuadro de Análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 6 del D.S. 95/01 ARTÍCULO Art. 6 El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. A objeto de evaluar si se generan o presentan los efectos adversos significativos a que se refiere el inciso anterior, se considerará: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigente. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del presente Reglamento. El Proyecto Parque Eólico Malleco no generará efectos sobre recursos protegidos por normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. Las emisiones de SO2 en la etapa de construcción producto del funcionamiento de los grupos electrógenos son insuficientes para alterar la calidad del aire del sector. Por su parte, durante la etapa de operación las emisiones de SO2 son mínimas y estarán representadas por las emisiones de los vehículos que trasladarán al personal al proyecto (9 personas). Atendido ello, es que se considera que la ejecución del Proyecto no pone en riesgo el cumplimiento de la norma secundaria de calidad ambiental para ese contaminante. De tal manera, el Proyecto dará cumplimiento a las normas de emisión que le resulten aplicables, las cuales se detallan en el Capítulo 7 del presente EIA. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 63 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. En cuanto a normas de ruido sobre fauna, el Proyecto cumple las disposiciones de” Effects of noise on wildlife and other animals (1971) de la United States Environmental Protection Agency (EPA)”, norma que ha sido considerada, en esta evaluación, para determinar el efecto del ruido sobre la fauna. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que de acuerdo al análisis de las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes el Proyecto no presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. b La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera. EFLUENTES LÍQUIDOS Etapa de construcción, operación y cierre Composición: Durante la construcción y cierre del Proyecto se generarán aguas servidas las que serán sometidas a un sistema de tratamiento para luego ser infiltradas (PTAS en construcción y fosa séptica en operación). Este sistema contará con la aprobación de la Autoridad Sanitaria y será manejado por una empresa con autorización sanitaria. La composición del efluente tratado se muestra en la siguiente tabla:
CONTAMINANTE O INDICAR UNIDAD CONCENTRACIÓN DBO5 (a 20 ºc) mg/l <35 Coliformes fecales MP <1000/100 ml Sólidos suspendidos mg/l <80 pH - 6-8
Las aguas generadas no difieren en calidad a las aguas residuales urbanas y corresponderán a residuos líquidos domiciliarios generados por los trabajadores y eventualmente algunas visitas, por lo que se descarta la presencia de elementos tóxicos y/o residuos industriales líquidos. Para este efecto, se inducirá a los trabajadores y se instalará afiches informativos en los baños que indicarán la prohibición estricta de arrojar sustancias o elementos de otras características al alcantarillado particular del Proyecto. Durante la operación los residuos líquidos serán enviados a una fosa séptica para luego ser infiltrados. Peligrosidad: Estas aguas servidas no presentarán características de peligrosidad, dado que no contendrán sustancias ni residuos peligrosos de conformidad con la normativa vigente. Durante la construcción, en los frentes de trabajo alejados de las instalaciones de faenas, se instalarán baños químicos proporcionados por una empresa especializada, autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de la Araucanía. El retiro periódico y manejo de los residuos será de cargo de dicha empresa y se mantendrán registros de estas actividades. Cantidad: El volumen de aguas servidas en la planta de tratamiento durante la fase de construcción será de aproximadamente 11 m3/diario en el momento de máximo trabajo constructivo. Durante la fase de operación el volumen considerado alcanza los 0,9 m3/día y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 64 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” será tratado mediante fosa séptica para luego ser infiltrada. Concentración: Los efluentes tratados cumplirán con las concentraciones establecidas en la Norma NCh Nº 1.333.
EMISIONES ATMOSFÉRICAS Etapa Construcción, operación y cierre Composición: Las emisiones atmosféricas durante la etapa de construcción corresponden a material particulado (MP10) producto de los movimientos de tierra, carga, descarga y transporte de materiales, tránsito de maquinaria de construcción y vehículos livianos. Asimismo, corresponden a gases (dióxido de azufre (SOx), óxido de nitrógeno (NOx) y monóxido de carbono (CO)) proveniente de la combustión interna de motores de vehículos y maquinaria en los frentes de trabajo. Durante la operación la composición de las emisiones atmosféricas serán idénticas a las de construcción, pero de muy baja generación. Peligrosidad: Las emisiones atmosféricas generadas en las etapas de construcción, operación y cierre, no revisten características de peligrosidad que pudieran implicar algún eventual impacto ambiental debido a su escaso volumen y a la capacidad de ventilación del área en la cual se encuentra emplazado el Proyecto. Cantidad: Dado al volumen emitido, el carácter puntual y esporádico de las obras, las emisiones atmosféricas se consideran poco significativas. Las estimaciones se encuentran detalladas en el Apéndice 4.1 del presente EIA, y se resumen en la siguiente tabla. CONTAMIN ANTE EMISIÓN ETAPA CONSTRUC CIÓN EMISIÓN ETAPA OPERACIÓN EMISIÓN ETAPA CIERRE UNIDAD MP10 45,73 2,72 1,34 t/fase CO 12,16 0,01 2,13 t/fase COV/HC 3,31 0,001 0,21 t/fase NOx 32,16 0,005 2,24 t/fase Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. EMISIONES SONORAS Etapa de Construcción Peligrosidad: Durante la construcción, se generarán los ruidos propios de la operación de maquinaria de construcción, los que - tal como se manifiesta en el Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3 en ningún caso tendrán el carácter de nocivos o superarán la normativa primaria. Adicionalmente, se presentan antecedentes en el Anexo Nº 4“Predicción y Evaluación de Impactos” de verificación del cumplimiento de los estándares sugeridos por” Effects of noise on wildlife and other animals (1971) de la United States Environmental Protection Agency (EPA)” que permiten aseverar el nulo impacto sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 65 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Considerando los valores de sonido basal del sector, los cuales son bastante uniformes y condicionados por el viento y el follaje, el Proyecto durante la construcción no producirá impactos, ya que se dará cumplimiento estricto a la norma secundaria de emisión aplicable. Cantidad: Tal como se señaló anteriormente y se profundiza en el Anexo Nº 10 de la Adenda N° 3, el cambio en la calidad acústica del sector en la construcción será puntual, de muy breve temporalidad y bajo los valores del estándar “Effects of noise on wildlife and other animals (1971)” de la United States Environmental Protection Agency (EPA)”. Etapa de Operación Peligrosidad: Durante esta etapa se producirán emisiones sonoras producto del roce de las aspas con el aire, los que en ningún caso tendrán el carácter de nocivos sobre los recursos naturales ya que, incluso es altamente probable que sean enmascarados por los sonidos basales provocados altas velocidades de viento sobre el follaje. Cantidad: Según el estudio de impacto acústico, el mayor valor esperado se señala un valor de 50 dBA, el cual no representa un aumento de ruido con respecto a la condición acústica basal del sector. Situación que ocurre en el caso del Proyecto. De la misma forma, puede consignarse el estándar EPA” Effects of noise on wildlife and other animals (1971) de la United States Environmental Protection Agency (EPA)” que se ve cumplido durante la operación y no provocarían impactos sobre la fauna. Adicionalmente, vale mencionar que este valor no se producirá de forma permanente, por el contrario, los niveles de presión sonora serán menores ya que están en función de la velocidad del viento. Etapa Cierre Los antecedentes de emisiones de ruido para el caso del Proyecto pueden ser homologables con el aporte acústico provocado por la construcción. De esta forma no hay evidencia de alteración o efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Del análisis presentado, se concluye que la composición, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 66 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera del Proyecto no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. c La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera. EFLUENTES LÍQUIDOS Etapa de construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Se generarán durante un periodo transitorio residuos líquidos en esta etapa. Con un valor máximo de 11 m3/día. Estos residuos serán producidos durante el periodo de construcción y contarán con sistemas de tratamiento de aguas servidas que luego serán infiltradas en su totalidad. Etapa de operación Frecuencia, duración y lugar de descarga: La generación de residuos líquidos será de carácter domiciliario, con un valor máximo de 0,9 m3/día. Se tratarán a través de una fosa séptica y el agua será infiltrada . Etapa Cierre Frecuencia, duración y lugar de descarga: La generación de residuos líquidos será de carácter domiciliario. Con un valor máximo de 8,5 m3/día. Estos residuos serán producidos durante el periodo de cierre y tras su proceso de tratamiento serán infiltradas. EMISIONES ATMOSFÉRICAS Etapa de construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones atmosféricas generadas por el proyecto, son polvo resuspendido por el paso de vehículos y principalmente por movimiento de tierra y excavaciones, las cuales serán generadas con una frecuencia diaria durante los 24 meses de construcción y estarán circunscritas a las áreas de excavación y tránsito de vehículos. Además de su escaso volumen, estas emisiones serán disminuidas por la humectación y conglomerado del sustrato, uso de lonas y reducción de velocidad de viaje y principalmente por las condiciones óptimas de ventilación presentes en el área del Proyecto. En cuanto a las emisiones de gases, ésta no es de carácter significativo. Sin perjuicio de ello, se utilizarán y se exigirá a los contratistas la utilización de vehículos con revisión técnica al día. En este punto es relevante considerar la capacidad intrínseca de la subcuenca para ventilar el área de material suspendido. Etapa de operación En esta etapa no se generarán emisiones atmosféricas significativas y estarán circunscritas al tránsito de los vehículos que trasladarán al personal que operará el Proyecto. Etapa de Cierre Dada la similitud de las operaciones con la etapa de construcción, este EIA entiende que las emisiones son homologables con las emisiones de la citada fase y por tanto en el cierre tampoco provocará efectos adversos sobre recursos naturales en cuanto frecuencia, duración y lugar de descarga. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 67 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”.
EMISIONES SONORAS Etapa de construcción Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones de ruido generadas en los frentes de trabajo durante esta etapa serán de carácter puntal, de corta duración y en áreas donde no existen sitios de reproducción o ambientes sensibles para la fauna nativa, presentándose con una frecuencia de emisión diaria durante los 24 meses que dura la etapa de construcción. Adicionalmente, se llevarán a cabo medidas ambientales complementarias para evitar sonidos molestos, las que se describen en el Anexo Nº 5 de la Adenda Nº 3. Asimismo, se monitorearán los niveles de ruido en el momento de mayor construcción para protección de los trabajadores y evaluación del cumplimiento del D.S. Nº 594/99. De esta forma, y tal como se señala en el Capítulo 4 del EIA, durante la construcción, se producirán ruidos que repercutirán sobre la fauna, no obstante no se considera como un impacto debido a la frecuencia o temporalidad de la actividad (24 meses). Etapa de operación Frecuencia, duración y lugar de descarga: Las emisiones de ruido generadas en esta etapa serán permanentes, mientras se encuentren en operación los aerogeneradores. No obstante, la presión sonora de los aerogeneradores estará directamente relacionada con la velocidad del viento. Por consiguiente, los niveles máximos de impacto sonoro no serán fijos, sino dependientes de dicha velocidad. A pesar de ello, los niveles sonoros permanecerán bajo los valores que menciona el estándar EPA respecto del ruido en la fauna. Etapa de Cierre Dada la similitud de las operaciones con capacidad de generar ruido con la etapa de construcción, este EIA entiende que las emisiones sonoras son homologables y por tanto no existe antecedentes para prever impacto en cuanto a frecuencia, duración y lugar de descarga de emisiones sonoras. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 68 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Compensación”. CONCLUSIÓN La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera del Proyecto, este no presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. d La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos. Etapa de Construcción Residuos de construcción: Consistirán en restos de embalajes, envases vacíos, clavos, restos de tuberías, escombros, alambres, metales, etc. Se estima un aproximado de 25 m3/mes en el periodo de máxima construcción. Estos residuos serán almacenados temporalmente en los frentes de faenas, ya sea en canchas de acopio o en contenedores estancos, dependiendo de su naturaleza. Posteriormente, estos serán transportados a los patios de residuos en la instalación de faena, donde serán almacenados temporalmente, y serán retirados para ser depositados por terceros autorizados en un sitio de disposición final. En cuanto al material –inocuo- producto de movimiento de tierra, éste será depositado temporalmente en la cancha de acopio de cada patio de izado o frente de faena y será utilizado posteriormente como relleno. El desplazamiento de tierra para cada fundación será de 970 m3, con un total de 74.690 m3. Los demás movimientos de tierra corresponderán a los necesarios para realizar la zanja de conducción de la línea subterránea y consideran un total de 62.370 m3. Respecto a la peligrosidad de los residuos de construcción, estos no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Estos materiales serán generados en los patios de izado, campamento e instalación de faenas y corresponden principalmente a restos de comida, envases, papeles, cartones, etcétera. Se estima una cantidad global de generación del orden de 55 kg/día durante la etapa de máxima actividad durante la construcción. Estos residuos serán almacenados en contenedores especiales localizados en cada punto de generación y posteriormente serán acopiados en el patio de residuos en contenedores estancos y herméticos, que serán retirados regularmente por el Contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. En el periodo punta de la construcción los restos serán retirados 4 veces a la semana. Los residuos sólidos domiciliarios no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Restos vegetales: Consistirán en restos de matorrales y arbustos retirados de los sitios de obras. Dadas las características de la cobertura vegetacional en la zona, se estima un volumen menor de generación, el cual se producirá particularmente durante la instalación de faenas y de obras menores. Estos residuos serán tratados similarmente como residuos de construcción y serán dispuestos por empresas autorizadas para su disposición final. Los residuos vegetales anteriormente descritos no presentan las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Residuos Peligrosos: En la etapa de construcción, se generarán aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos según las características de peligrosidad definidas en el D.S. Nº 148/04, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos. Tomando en consideración experiencias de la empresa en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 69 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” construcción de parques eólicos similares en el mundo, la cantidad total de residuos será de 0,2 ton/mes. Etapa de Operación Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios: Durante esta etapa, los residuos sólidos generados serán principalmente domiciliarios y asimilables a domiciliarios asociados a las actividades del personal del parque eólico. La cantidad estimada de residuos será de 135 kg/mes, considerando el personal destinado para operaciones. Dichos residuos serán almacenados temporalmente en contenedores secundarios en el patio de residuos a la espera de su disposición final para posteriormente ser retirados regularmente (dos veces por semana) por el contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Residuos peligrosos: Durante la etapa operación, se generarán aceites, lubricantes y refrigerantes utilizados por el equipamiento eléctrico. Aunque no existe una regla establecida para la periodicidad del recambio de estos aceites, ya que deben ser monitoreados y evaluados para su recambio, es posible señalar considerando experiencias de parques eólicos administrados por el Titular que el total de los aceites lubricantes para aerogeneradores son 300 l cada 5 años y una programación bianual (39 turbinas c/2 años), por lo tanto, se tendrá una generación de 11.700 l/2 años. Vale decir que la operación de cambio de aceite en los aerogeneradores es una maniobra sencilla y hermética, ya que todo el procedimiento de remplazo se realiza sin salir de la góndola e inmediatamente se dispone el aceite en un barril de 200 l, para ser llevada a la BAT o directamente al sitio de disposición final. En el caso de los aceites de transformadores, estos deben ser monitoreados permanentemente evaluando sus propiedades y el envejecimiento del aceite. De modo conservador, puede señalarse un cambio de aceite anual, con un volumen de recambio de 600 l/año. Ambas maniobras de recambio de aceite serán realizadas por una empresa autorizada, considerando la posterior disposición del aceite utilizado, en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria. Etapa de Cierre Dada la similitud de las actividades de cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos son homologables y, por tanto, no presenta efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. CONCLUSIÓN Del análisis presentado se concluye que la composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos del Proyecto no presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. e La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos Etapa de construcción Durante esta etapa, los residuos domésticos y asimilables se generarán diariamente durante un periodo de 24 meses y serán almacenados temporalmente en cada punto de generación y posteriormente serán acopiados en el patio de residuos, desde donde serán retirados regularmente por el contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. En el periodo punta de la construcción los residuos serán retirados cuatro veces a la semana. En general las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los contenedores secundarios contarán con REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 70 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” suelo estabilizado, techo y cierre perimetral de malla de forma de impedir el ingreso de animales y personas no autorizadas. Por su parte, los residuos de construcción serán almacenados temporalmente en los frentes de faenas. Posteriormente, estos serán transportados a los patios de residuos en la instalación de faena y serán retirados para ser depositados por terceros autorizados en un sitio de disposición final. Se generarán residuos peligrosos durante la etapa de construcción durante los 24 meses que se estima durarán las faenas constructivas. Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, se requerirá de una Bodega de Acopio Temporal (BAT) ubicada en la instalación de faenas. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación del tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos, que no deberá extenderse más allá de los seis meses desde que es generado el residuo. Esta bodega cumplirá, al menos, con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del DS Nº148/2003 del Minsal. Mayores detalles sobre el manejo de residuos se entregan en el Capítulo 10 del presente EIA, en los antecedentes para la tramitación del permiso ambiental sectorial del artículo 93 del reglamento del SEIA. Etapa de operación Los residuos sólidos domésticos y asimilables residuos serán almacenados en el patio de residuos al igual que en la fase de construcción, para posteriormente ser retirados regularmente (dos veces por semana) por el contratista para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. Por su parte, los residuos peligrosos contarán con el mismo manejo que para la etapa de construcción y se originarán principalmente en el recambio de aceites lubricantes y refrigerantes de los equipos eléctricos. La bodega de almacenamiento temporal estará ubicada en el área aledaña a la subestación y sala de control respectivamente. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh Nº 2.190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. Nº 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Etapa de Cierre Dada la similitud de las actividades de cierre con la etapa de construcción, este EIA entiende que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos son homologables y por tanto en el cierre se dará cabal cumplimiento a las normativas relacionadas. CONCLUSIÓN Del análisis presentado se concluye que la frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos del Proyecto no presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. f La diferencia entre los niveles estimados de ruido emitido por el proyecto o actividad y el nivel de ruido de Según lo presentado en el análisis del artículo 5 anterior, en el Anexo Nº 4 “Predicción y Evaluación de Impactos”, en conjunto con los niveles de presión sonora señalados en el Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3, se puede aseverar que el proyecto no causará impacto acústico sobre la fauna, debido a que no causará un cambio en la condición REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 71 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación. acústica actual del emplazamiento. Además, en el área no existen ambientes sensibles de relevancia para la reproducción de especies que puedan verse afectadas por la diferencia de los niveles de ruido estimados y su situación basal. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida Asimismo, el Titular considera Medidas de Mitigación (MM), asociados al componente Fauna: - MM – F1: Procedimiento perturbación de fauna - MM – F2: Medida mitigación colisión avifauna - MM – F3: Charlas de Inducción sobre fauna El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Adicionalmente, se presentaron en el Anexo Nº 4 “Predicción y Evaluación de Impactos” antecedentes de cumplimiento del estándar EPA para este impacto. CONCLUSIÓN Por lo anterior, se concluye que el Proyecto no genera efectos adversos significativos sobre hábitat de relevancia para la fauna nativa producto de los niveles estimados de inmisión de ruido. g
Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el proyecto o actividad. El Proyecto no generará formas de energía, radiación o vibraciones que pudiesen impactar a la salud de la población. Esta aseveración se sustenta en las distancias en que se hallan las viviendas en relación con la sala de control y que la canalización eléctrica es subterránea (la vivienda más próxima se localiza a 500 m de la subestación). Por otra parte, existen investigaciones realizadas por 5 años de investigación sobre efectos biológicos de los campos magnéticos de frecuencia industrial por la Universidad de Valladolid, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, UNESA y Red Eléctrica de España (1995-2000) en las cuales se concluye que no hay antecedentes para inferir impactos sobre especies biológicas producto del magnetismo de frecuencia industrial. En lo que respecta al cableado subterráneo del parque, éste presenta las mismas características señaladas en la Adenda N°1, es decir cumplirá todas las disposiciones de la NSEG 5 E.n 71 Instalaciones de Corrientes fuertes de la SEC, irán enterrados a 1m de profundidad y como los conductores subterráneos son apantallados, el campo eléctrico es nulo fuera de ellos en este caso (al estar la pantalla metálica conectada a tierra en ambos extremos se genera un efecto de “jaula de Faraday”). En los Anexos 2C y 2D de dicha Adenda se presentaron los planos de planta de la Subestación Eléctrica. Respecto de las emisiones de ruido, tanto en etapa de construcción REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 72 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” como de operación y cierre, estas están en conformidad a los máximos permitidos por la normativa respectiva, es decir, dan cumplimiento al D.S. Nº 38/11 del Ministerio de Medio Ambiente (Anexo N° 10 de la presente Adenda N° 3). No obstante esto, el Titular plantea las siguientes Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar las emisiones de ruido. A continuación se indican las medidas asociadas al componente ruido: - MAC – R1: Reducción de potencia de aerogenerador - MAC – R2: Monitoreo ruido etapa de construcción - MAC – R3: Monitoreo ruido etapa de operación - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAC – R5: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población no protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida En cuento al efecto sombra, los resultados del estudio específico (Anexo N° 11 de la presente Adenda N° 3), utilizando el software WindPro para definir el peor escenario, arrojaron que solo un receptor superara las 30 horas/año, que es límite de la normativa internacional atingente; y tomando en consideración que no hay evidencia científica que sugiera que el shadow flicker constituye un riesgo que provoque daños a la salud, sólo ocasiona incomodidad y molestia. De este modo, el Titular ha considerado Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV), con la finalidad de minimizar el efecto sombra. A continuación se indican las medidas asociadas al componente sombra: - MAC – S1: Detención de aerogenerador - MAC – S2: Monitoreo de sombra población no protegida - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAC – S4: Forestación y mantención en el predio del área del Proyecto - MAC – S5: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAC – S6: Implementación de toldo - MAC – S7: Reconfiguración de ventana - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida - MAV – S9: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población no protegida - MAV - S10: Forestación y mantención en el predio del área del proyecto - MAV – S11: Forestación y mantención en el predio del receptor - MAV – S12: Forestación en el predio del receptor El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Se concluye que el proyecto no presenta riesgos para la salud de la población asociado a las formas de energía, radiación o vibraciones. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 73 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” h Los efectos de la Combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el proyecto o actividad. Según lo expuesto en los literales anteriores, no existe evidencia que permita prever efectos producto de la combinación y/o interacción conocida de los residuos y emisiones generados por el Proyecto, ya que no se generará ninguno de los efectos mencionados. CONCLUSIÓN Se concluye que el Proyecto no presenta efectos debido a la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados. i La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el Proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables. Calidad del Agua Las actividades del Proyecto no generarán en ninguna de sus etapas cambios significativos en la calidad del agua. No existirán efluentes de aguas o descargas a acuíferos o cuerpos superficiales, ni se intervendrán cauces. Por otra parte, todas las instalaciones se encuentran a más de 100 m de los cursos de agua superficiales naturales y a más de 200 m de pozos de uso para consumo humano. Esto es analizado en el Anexo Nº 4 “Predicción y Evaluación de Impactos” en lo referente a los componentes hidrológicos e hidrogeológicos respectivos. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), con la finalidad de comprobar el nulo impacto del componente hidrología: - MAV – HI1: Monitoreo pozos de agua - MAV – HI2: Medidas para obras e cruces de cauces - MAV – HI3: Ficha de entrega de información monitoreo pozos Calidad del Aire Tal como se indicó en el análisis del artículo 5 anterior y se profundiza en Apéndice 4.1, el Proyecto no generará en ninguna de sus etapas emisiones atmosféricas significativas que alteren la calidad del aire del área, dado que son de muy baja magnitud, no permanentes y la capacidad de ventilación del lugar es alta. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), para minimizar el aporte de emisiones atmosféricas, estas corresponde a las siguientes medidas: - MAC – CA1: Medidas de Control de Emisión - MAC – MH1: Programa de Transporte Ruta R – 49 - MAC – MH2: Programa de Transporte Ruta R – 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Calidad de Suelo Aunque existirán actividades que impacten el suelo, éstas no son relevantes y de ningún modo generarán cambios significativos en la calidad del suelo. Las superficies que serán afectadas representan menos de un 5% sobre esta componente. En el Anexo Nº 4.4 de la Adenda N° 2 se presentó el Permiso Ambiental Sectorial Nº 96, asociado al cambio de uso de suelo. CONCLUSIÓN Se descarta que el Proyecto afecte la calidad ambiental de los recursos naturales renovables, en lo que respecta a emisiones de los contaminantes generados por el Proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 74 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” j La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del Proyecto o actividad. Tal como se ha demostrado, las emisiones producidas por el Proyecto en las etapas de construcción y operación, no causaran impacto a la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el lugar donde se emplazará el Proyecto, debido principalmente al control ambiental de las emisiones atmosféricas (humectación de caminos, estabilizado de caminos), efluentes (tratamiento y posterior disposición final por infiltración) y residuos (acopio en sitios cerrados y retiro frecuente). CONCLUSIÓN Se descarta que el Proyecto afecte la calidad ambiental de los recursos naturales renovables, puesto que no altera la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de estos. k La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación El área de emplazamiento del Proyecto se encuentra dentro del macrobioclima mediterráneo en el piso de vegetación de “Bosque caducifolio mediterráneo interior de Nothofagus obliqua y Persea lingue” (Luebert & Pliscoff 2006). En términos de su vegetación natural, la zona está altamente alterada por factores antrópicos dados principalmente por las actividades económicas preponderantes de esta región del país (agrícola, forestal y ganadera). El área del Proyecto se caracteriza por tener un bajo porcentaje de hectáreas con vegetación natural original, y por relegar a pequeñas áreas el bosque nativo, que se mantiene fragmentado entre los cultivos. De este modo, la pérdida de superficie nativa será causada por la remoción de especies en áreas destinadas a la línea eléctrica subterránea, plataformas caminos, instalaciones de faena y subestación eléctrica (mayor información en Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 2). Cabe señalar que, dadas las escasas dimensiones de las excavaciones de esta línea, el Titular se compromete a no cortar especies en alguna categoría de conservación, marcando los individuos en un buffer de 20 m desde el eje longitudinal de la zanja de excavación. Del área total de emplazamiento del Proyecto (3.704 ha), la superficie efectivamente intervenida que sostiene vegetación nativa será del orden de 2 ha. Por lo tanto, no se producirán impactos relacionados con la cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación. CONCLUSIÓN El Proyecto intervendrá vegetación nativa debido a la construcción de las obras, no obstante no se considera como un impacto significativo ya que corresponde a una cantidad mínima. Asimismo, el Titular presento en el Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 2 el Permiso Ambiental Sectorial Nº 102 con su respectivo plan de corta y reforestación para plantaciones y bosque nativo. l La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación. El estudio de este componente determinó 4 ambientes: Agrícola, bosque nativo, laguna y plantación forestal. De éstos, el ambiente con la mayor riqueza de especies es el ambiente agrícola y bosque nativo con 23 especies seguido de plantación forestal con 12 y finalmente el ambiente con menor riqueza fue laguna con 10 especies. Las aves correspondieron al taxón con mayor presencia, frecuencia y abundancia. La totalidad de ellas son consideradas especies benéficas para la mantención de los ecosistemas naturales y para el desarrollo de la actividad silvoagropecuaria. Se identificó un total potencial de 157 especies descritas por la REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 75 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” bibliografía para el área de estudio. Éstas se componen de 110 especies de aves, 30 especies de mamíferos, 7 especies de reptiles y 10 especies de anfibios. En terreno se observó un total de 40 especies: 4 de mamíferos, 32 especies de aves y 4 especies de anfibios. De las 40 especies observadas en el área de estudio, 7 de ellas (17,5%) se encuentran en alguna categoría de conservación. De ellas una es mamífero (zorro), dos son aves (torcaza y choroy) y cuatro son anfibios (ranita de antifaz, sapo de cuatro ojos, rana chilena, rana moteada). En el Anexo Nº 4 “Predicción y Evaluación de Impactos”, se evalúa el impacto a la fauna y se considera que podría existir alguna intervención sobre esta componente durante las tareas de construcción especialmente para los hábitats de especies de baja movilidad y en menor medida pérdida de las condiciones ecológicas para la avifauna (refugios y nidos en árboles). También durante la operación la avifauna puede verse afectada por colisión y por pérdida de hábitat en relación al efecto barrera. Las evaluaciones de estos impactos son categorizadas como significativas y medianamente significativas. Por lo anterior, el Titular considera Medidas de Mitigación (MM), asociados al componente Fauna: - MM – F1: Procedimiento perturbación de fauna - MM – F2: Medida mitigación colisión avifauna - MM – F3: Charlas de Inducción sobre fauna El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN De este modo, el Proyecto considera impactos significativos y medianamente significativos sobre la cantidad de fauna silvestre por perturbación y pérdida de hábitat durante la construcción, causada por la interacción de ruido, presencia humana, luces, etc., y se hace cargo de sus causales en el Plan de Medidas Ambientales en el Anexo Nº 5 de la Adenda Nº 3. Durante la operación se considera la generación de impactos sobre la pérdida de hábitat y la colisión de avifauna. m El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas. Flora El área de emplazamiento del proyecto se encuentra dentro del macrobioclima mediterráneo en el piso de vegetación de “Bosque caducifolio mediterráneo interior de Nothofagus obliqua y Persea lingue” (Luebert & Pliscoff 2006). En términos de su vegetación natural, la zona está altamente alterada por factores antrópicos dados principalmente por las actividades económicas preponderantes de esta región del país (agrícola, forestal y ganadera). El área del Proyecto se caracteriza por tener un bajo porcentaje de hectáreas con vegetación natural original y por relegar a pequeñas áreas el bosque nativo, que se mantiene fragmentado entre los cultivos. De este modo, la pérdida de superficie nativa será causada por la remoción de especies en áreas destinadas a la línea eléctrica subterránea, plataformas caminos, instalaciones de faena y subestación eléctrica (mayor información en Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 2). Cabe señalar que, dadas las escasas dimensiones de las excavaciones de esta línea, el titular se compromete a no cortar especies en alguna categoría de conservación, marcando REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 76 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” los individuos en un buffer de 20 m desde el eje longitudinal de la zanja de excavación. Del área total de emplazamiento del Proyecto (3.704 ha), la superficie efectivamente intervenida que sostiene vegetación nativa será de 2 ha. Por lo tanto, el Proyecto no intervendrá especies en estado de conservación, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas. El Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC), asociados al componente Flora y vegetación: - MAC – FV1: Prevención de posible pérdida de ejemplares de flora y vegetación El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Fauna En terreno se observó un total de 40 especies: 4 de mamíferos, 32 especies de aves y 4 especies de anfibios. De las 40 especies observadas en el área de estudio, 7 de ellas (17,5%) se encuentran en alguna categoría de conservación. De estas especies en categoría una es mamífero (zorro), 2 son aves (torcaza y choroy) y cuatro son anfibios (ranita de antifaz, sapo de cuatro ojos, rana chilena, rana moteada). El Titular considera Medidas de Mitigación (MM), asociados al componente Fauna: - MM – F1: Procedimiento perturbación de fauna - MM – F2: Medida mitigación colisión avifauna - MM – F3: Charlas de Inducción sobre fauna El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN No existen antecedentes para prever algún impacto sobre flora y fauna en estado de conservación. Adicionalmente, en el caso de avifauna y especies de baja movilidad, el Proyecto presenta medidas para mitigar impactos categorizados como significativos y medianamente significativos (Anexo Nº 5 de la Adenda Nº 3). n El volumen, caudal y/o superficie, segúncorresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en: n.1 vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y II, que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas; n.2 áreas o zonas de humedales que El Proyecto no contempla la intervención y/o explotación de recursos hídricos en ninguna de las áreas o zonas descritas. Los cruces de la línea eléctrica subterránea y caminos sobre cauces se realizarán en superficie u otro mecanismo que impida el contacto del caudal con la obra. Cabe señalar que el Proyecto no considera la extracción de ningún recurso hídrico desde humedales. De esta forma, no existe riesgo de que las obras contaminen entren en contacto o se introduzca en formaciones acuíferas, o en otros cuerpos permeables de agua. Adicionalmente, el Titular considera Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), con la finalidad corroborar el nulo impacto del componente hidrología: - MAV – HI1: Monitoreo pozos de agua - MAV – HI2: Medidas para obras e cruces de cauces REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 77 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales; n.3 cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles; n.4 una cuenca o subcuenca hidrográfica o transvasada a otra; n.5 lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles. - MAV – HI3: Ficha de entrega de información monitoreo pozos El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no genera impacto respecto de los cursos de agua subterráneos y/o superficiales asociados al área del Proyecto. ñ Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medio ambiente la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna; así como la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante otras El Proyecto no considera o contempla la introducción al territorio nacional de especies de flora o de fauna. Tampoco contempla el uso de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares. CONCLUSIÓN El Proyecto no genera alteración ya que no introducirá al territorio ninguna especie de flora, fauna u organismos modificados genéticamente. o La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación La superficie de suelo a ser afectada por las obras permanentes del Proyecto será de aproximadamente 2,42 ha. Debido a las obras temporales, se intervendrá un total de 0,06 ha de suelo, pero se considera como una acción reversible en el tiempo ya que estos lugares son de uso temporal en la construcción y posteriormente serán restaurados. CONCLUSIÓN La intervención a realizar sobre el suelo será de baja magnitud y provocada por excavaciones menores en relación a la envergadura del área del Proyecto. No existen antecedentes para prever impactos asociados a la erosión, compactación o contaminación del suelo. Se evalúa en detalle el impacto sobre el suelo en el Anexo Nº 4 “Predicción y Evaluación de Impactos” de la Adenda Nº 3. p La diversidad biológica presente en el área de influencia del Proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración. El impacto sobre la vegetación y fauna es localizado y de baja magnitud en relación a la superficie total donde se emplazará el Proyecto. Tal como se señaló la superficie de interés vegetacional y ecológico que será intervenida es de menos de 2 ha y 8,27 ha de plantaciones, lo que representa una baja intervención respecto del polígono del Proyecto. En cuanto a fauna, en terreno se observó un total de 40 especies: 4 de mamíferos, 32 especies de aves y 4 especies de anfibios. De las 40 especies observadas en el área de estudio, 7 de ellas (17,5%) se REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 78 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” encuentran en alguna categoría de conservación. De estas especies en categoría una es mamífero (zorro), dos son aves (torcaza y choroy) y cuatro son anfibios (ranita de antifaz, sapo de cuatro ojos, rana chilena, rana moteada). A pesar de que el proyecto manifiesta y categoriza algunos impactos sobre esta componente como significativos y medianamente significativos de ninguna manera, considerando la magnitud del impacto, ponen en riesgo la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto y su capacidad de regeneración. El Titular considera Medidas de Mitigación (MM), asociados al componente Fauna: - MM – F1: Procedimiento perturbación de fauna - MM – F2: Medida mitigación colisión avifauna - MM – F3: Charlas de Inducción sobre fauna El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN No existen antecedentes para prever impactos sobre la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto y su capacidad de regeneración.
La superficie o volumen de un glaciar susceptible de modificarse. No aplica, pues en el área donde se emplazan las obras e infraestructura del proyecto no existen glaciares. CONCLUSIÓN No se impactará a glaciares ya que en el área de emplazamiento del Proyecto y/o cercanos no existen glaciares. CONCLUSIONES ARTÍCULO 6 El Proyecto Parque Eólico Malleco generaría efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales, específicamente en lo relacionado a las siguientes letras del artículo 6: Letra l) El Proyecto durante la construcción, operación y cierre podría generar impacto sobre fauna silvestre, producto de la perturbación, pérdida de hábitat provocado por la fragmentación del espacio aéreo y colisiones de avifauna y quirópteros (Impactos Fau-1, Fau2 y Fau-3), para lo cual se han adoptado las medidas MFau1-a, MFau2-b, MFau2-c, MFau2-d, MFau2-e, MFau3-a y MFau3-b. En consecuencia, el Proyecto Parque Eólico Malleco podría presentar efectos adversos significativos y medianamente significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales (específicamente Fauna) y, por lo tanto, a juicio del Titular, este impacto justifica el ingreso al SEIA mediante el presente EIA de forma de evaluar en profundidad las los impactos sobre la componente.
6.3. Análisis de reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas e vida y costumbres de grupos humanos
Cuadro Análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 8 del D.S. N° 95/01 ARTÍCULO Art.8 El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. A objeto de evaluar si el Proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el área de influencia del proyecto o actividad o colindantes a este, incluidas sus obras y/o acciones asociadas. Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 79 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas, y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo. Asimismo, a objeto de evaluar si el proyecto o actividad genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, se considerará el cambio producido en las siguientes dimensiones que caracterizan dicho sistema de vida: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a En cuanto a la dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y transporte Como se ha mencionado el proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee una superficie 3.704 ha y que no cuenta con calidad indígena. El proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo como por ejemplo: Se redujo el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción; se complementó cronograma de construcción gradual y con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores). En cuanto a la dimensión geográfica, el Proyecto podría generar solamente algún efecto sobre los flujos de transporte en las rutas que utilizará durante la construcción, en donde se utilizarán las rutas 5 sur, R- 35 Collipulli-San Andrés y R-49 Collipulli-Curaco para el transporte de los componentes de los aerogeneradores, insumos varios y personal al sitio de las faenas. Según datos de Vialidad, por ejemplo, la Ruta R-49 tiene un flujo vehicular actual de 1.155 vehículos media diarios, donde más del 40% de los vehículos son camiones de más de 2 ejes, ligados estos últimos vehículos de carga a la industria forestal. Por otro lado, todas las calzadas públicas que utilizará el Proyecto están debidamente asfaltadas o en buen estado. Bajo este contexto, el aporte diario en el flujo vehicular esperado del Proyecto (Anexo N° 5 de la Adenda N° 2), tomando en consideración a los vehículos del Proyecto, más el convoy diario (peor escenario) es el siguiente:
RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados
SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
SITUACIÓN CON PROYECTO
ESCENARIO DESFAVORABLE Velocidad desplazamiento (Km/h) 30 30 30 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 42,00 42,00 35,00 35,00
De acuerdo a los resultados presentados en el cuadro anterior, para la Ruta R-49 el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la situación con Proyecto, en su peor escenario, para los vehículos livianos corresponde REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 80 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” a 22,25 minutos más del tiempo actual (sin proyecto) y para el caso de los vehículos pesados el aumento es de 18 minutos más. Por otro lado, en la R- 35 el tiempo se eleva para vehículos livianos en 17,87 minutos y para vehículos pesados en 14 minutos.
Sin embargo, en ambos casos corresponden a situaciones extremas, frente a las cuales un escenario más realista (tomando en cuenta las medidas a implementar, adelantamientos, coordinación con carabineros, estado de las rutas, etc.) es el siguiente: SITUACIÓN SIN PROYECTO
R-49 R-35 Veh. Livianos Veh. Pesados Veh. Livianos Veh. Pesado. Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
ESCENARIO REALISTA R-49 R-35 Velocidad desplazamiento (Km/h) 80, 60 y 30 70, 60 y 30 80, 60 y 30 70, 60 y 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 24,25 27,86 23,13 26,14
Adicionalmente en cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 se analizan los nuevos tiempos de desplazamiento por las rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación significativa sobre este componente ambiental (Analsis de Adenda N° 2 y N° 3). No obstante, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) asociadas al componente Medio Humano, específicamente en lo que respecta al transporte: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN: Del análisis realizado, específicamente en la Adenda N° 2 y N° 3 se puede concluir que bajo las nuevas condiciones de desplazamiento no existen antecedentes para prever impactos si g n i fi c at i vo s del Proyecto sobre la dimensión geográfica del área de influencia. Adicionalmente, se encuentra disponible el detalle de los tiempos de desplazamiento para las comunidades aledañas en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado por Comunidades” de la Adenda Nº 3. Asimismo, el proyecto respeta los criterios establecidos por CONADI para distanciamientos mínimos a aerogeneradores, por lo que su número se reduce a 77 aerogeneradores. b En cuanto a la dimensión demográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de El Proyecto no altera la dimensión demográfica del área de influencia, toda vez que requiere una dotación máxima de 110 trabajadores durante la etapa de construcción, lo que es marginal respecto de la población actual de la comuna de Collipulli.
El proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 81 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” actividad, categoría ocupacional y s t a t u s migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones. una superficie 3.704 ha y que no cuenta con calidad indígena.
La construcción del Proyecto no impactará significativamente la estructura urbana rural según rama de actividad económica y categoría ocupacional; ni otros indicadores demográficos. Por otra parte, en la etapa de construcción el contingente de trabajadores no modificará significativamente las variables que definen la dimensión demográfica del área. En la etapa de operación sólo se considera una dotación de 9 trabajadores permanentes que tampoco producen efectos negativos en cuanto a la dimensión demográfica.
CONCLUSIÓN Del análisis mencionado, puede concluirse que no existen antecedentes para prever impactos del Proyecto sobre la dimensión demográfica en el área de influencia del proyecto. c
En cuanto a la dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados. Cabe señalar que el Proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo. Se redujo el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción; con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores) y se eliminaron aerogeneradores que se encontraban cercanos a receptores de población protegida (384 y 392 m de distancia) aumentándose las distancias según requerimientos de CONADI a más de 500 metros por aerogenerador (receptores N° 34 y N° 39 a 511 m y 545 m de Aerogenerador N° 47 para la Comunidad Choin Lafkenche – receptores N° 50, N° 51, N° 55 a 646 m, 662 m y 692 m respectivamente de aerogenerador N° 10 y 9 en comunidad Quilamapu todo ello según cuadro 10 y 15 de Adenda N° 3).
El titular ha decidido no utilizar los caminos del sector Diez y para ello construir un camino de entrada alternativo de este modo, el proyecto no interferirá directamente en el ejercicio de las actividades religiosas de la Iglesia Metodista Pentecostal de Chile.
En el área de emplazamiento del Proyecto no existen o se realizan ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados. Tampoco el proyecto tiene la capacidad de interferir significativamente sobre este componente ambiental, toda vez que el proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee una superficie 3.704 ha y que no cuenta con calidad indígena. No obstante, próximo al Proyecto y de acuerdo a los antecedentes recabados y a la información recopilada en terreno, entrevistando a todas las comunidades indígenas, se constató la existencia aledaña de grupos humanos protegidos por leyes especiales, es decir, pueblos originarios organizados en comunidades o indígenas, de acuerdo a la Ley Indígena Nº 19.253 aledañas al área del Proyecto. Cabe destacar que en el Área de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 82 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” emplazamiento del Proyecto no se registra la presencia de población indígena, sino que esta es aledaña a la misma; en este sentido es importante mencionar que no existe ocupación actual o histórica, por lo que no se interfiere en prácticas culturales tradicionales de carácter étnico, culturales o religiosas, ni existe uso tradicional o sitios de significación cultural por parte de etnia mapuche sobre el terreno que corresponde al emplazamiento del Proyecto. De hecho, los terrenos no corresponden a propiedad de comunidades indígenas, así como tampoco se identifican demandas indígenas sobre dichos terrenos. De las entrevistas realizadas y actas de trabajo a las comunidades indígenas aledañas puede señalarse que no existen registros en el área de emplazamiento del Proyecto de sitios de significación cultural, como Gillatuwes, Menokos, Txayenko, Paliwe, u otros sitios simbólicos, ceremoniales o sagrados. En este contexto, es relevante señalar que no existe impacto directo durante la construcción u operación del Proyecto a sitios identificatorios, relacionales o históricos de las comunidades indígenas (De acuerdo a la categoría referida por Augé (1993). Por otra parte, la evaluación de esta componente fue realizada integrando los aspectos metodológicos de provisto por la guía voluntaria AKWE KON de la Convención de Biodiversidad. En términos de la evaluación del impacto cultural, el Proyecto no altera ni impacta negativamente valores, creencias, leyes consuetudinarias, idiomas, costumbres, economía, relaciones con el entorno local y especies particulares, organización social y tradiciones de las comunidades afectada. Tampoco impacta el patrimonio cultural – relacionados con las manifestaciones materiales de la comunidad, incluidos los lugares, edificios, y restos de valor o importancia arqueológica, arquitectónica, histórica, religiosa, espiritual, culturales, ecológica y lugares sacros. En este sentido, las actividades que se desarrollarán durante las distintas etapas del proyecto tampoco contemplan la alteración de las expresiones culturales asociadas a la forma de vida de los grupos humanos no indígenas, los cuales corresponden a asentamientos dispersos en los sectores de Ñanco y Canadá. El Proyecto no generará efectos que impidan o dificulten las relaciones sociales económicas, culturales o la manifestación de tradiciones, intereses comunitarios o sentimientos de arraigo de la población local. Durante la etapa de operación, las actividades estarán localizadas en el Área de Influencia de Proyecto, y no interferirá en ningún tipo de actividad cultural. No obstante, el Titular considera Medidas Ambientales Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano, específicamente en lo que respecta a la dimensión antropológica: - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades. Como también existen medidas de carácter complementario que permitirían garantizar e informar a la población protegida cercana que no tendrán afectaciones directas del tipo significativas en las diferentes fases del proyecto, se detallan: CÓDIGO MEDIDA DESCRIPCIÓN MEDIDA MAC - MH1 Programa de Transporte Ruta R – 49 MAC - MH2 Programa de Transporte Ruta R – 35 MAV - R4 Monitoreo de ruido Etapa población protegida para acreditar no afectación MAV - R6 Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida para acreditar no afectación MAV - S3 Monitoreo de sombra población protegida para acreditar no afectación MAV - S8 Ficha de Entrega de Información monitoreo de sombra REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 83 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” población protegida para acreditar no afectación
El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Considerando el análisis realizado del literal, las conclusiones de la evaluación del Impacto en el Anexo Nº 4 d, el Capítulo 2 del EIA en lo referente al medio humano, Anexo Nº 5 “Plan de Medidas” y Anexo Nº 6 ”Análisis Segregado por Comunidades” (todos adjuntos a la Adenda N° 3), puede concluirse que no se generará impacto sobre las características étnicas; manifestaciones de la cultura, ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados. d En cuanto a la dimensión socio- económica, considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa; o El proyecto no tiene la capacidad de generar impactos negativos sobre este componente ambiental, al contrario impactará positivamente dada la demanda de puestos de trabajo que requerirá especialmente en la fase de construcción del proyecto. En cuanto a las actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte de grupos humanos, en forma individual o asociativa; éstas no se verán afectadas ya que el proyecto no interviene ni afecta los superficie agrícola o forestal compartida, si no interviene un área muy reducida de un fundo agrícola particular.
CONCLUSIÓN Del análisis mencionado, puede concluirse que el Proyecto impactará positivamente la dimensión socioeconómica en el área de influencia del proyecto. e En cuanto a la dimensión de bienestar social básico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios. Cabe señalar que el Proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo. Se redujo el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción; y con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores) En cuanto a la dimensión de bienestar social básico, la ejecución del Proyecto no impactará el acceso a bienes, equipamientos o servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios asociados al bienestar básico. Por el contrario, el Proyecto contribuirá durante su operación con infraestructura eléctrica para generar mayor calidad y seguridad al sistema de subtransmisión eléctrica en la región, contribuyendo al abastecimiento de la demanda creciente de energía. En caso que las etapas del Proyecto generen demanda por servicios, éstos apuntarán a alojamiento y alimentación para los trabajadores, lo cual se concentrará en la localidad de Collipulli o en otros centros urbanos cercanos, sin causar impactos por lo reducido de la mano de obra durante la construcción (máximo 110 trabajadores). Por otra parte, tomando en cuenta el acceso a servicios, el Proyecto generaría efectos de retrazos menores por efecto sobre los flujos de transporte en las rutas que utilizará durante la construcción, en donde se utilizarán las rutas 5 sur, R-35 Collipulli-San Andrés y R-49 Collipulli- Curaco para el transporte de los componentes de los aerogeneradores, insumos varios y personal al sitio de las faenas. Según datos de Vialidad, REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 84 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” por ejemplo, la Ruta R-49 tiene un flujo vehicular actual de 1.155 vehículos media diarios, donde más del 40% de los vehículos son camiones de más de 2 ejes, ligados estos últimos vehículos de carga a la industria forestal. Por otro lado, todas las calzadas públicas que utilizará el Proyecto están debidamente asfaltadas o en buen estado. Bajo este contexto, el aporte diario en el flujo vehicular esperado del Proyecto (Anexo N° 5 de la Adenda N° 2), tomando en consideración a los vehículos del Proyecto, más el convoy diario (peor escenario) es el siguiente: RUTA R-49 R-35 Recorrido en km desde Ruta 5 hasta acceso al proyecto 21,00 17,50 Tipo de vehículo Vehículos Livianos Vehículos Pesados Vehículos Livianos Vehículos Pesados
SITUACIÓN SIN PROYECTO Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
SITUACIÓN CON PROYECTO
ESCENARIO DESFAVORABLE Velocidad desplazamiento (Km/h) 30 30 30 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 42,00 42,00 35,00 35,00 De acuerdo a los resultados presentados en el cuadro anterior, para la Ruta R-49 el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la situación con Proyecto, en su peor escenario, para los vehículos livianos corresponde a 22,25 minutos más del tiempo actual (sin proyecto) y para el caso de los vehículos pesados el aumento es de 18 minutos más. Por otro lado, en la R- 35 el tiempo se eleva para vehículos livianos en 17,87 minutos y para vehículos pesados en 14 minutos. Sin embargo, en ambos casos corresponden a situaciones extremas, frente a las cuales un escenario más realista (tomando en cuenta las medidas a implementar, adelantamientos, coordinación con carabineros, estado de las rutas, etc.) es el siguiente: SITUACIÓN SIN PROYECTO
R-49 R-35 Veh. Livianos Veh. Pesados Veh. Livianos Veh. Pesado. Velocidad desplazamiento (Km/h) 80 70 80 70 Tiempo desplazamiento (minutos) 19,75 24,00 17,13 21,00
ESCENARIO REALISTA R-49 R-35 Velocidad desplazamiento (Km/h) 80, 60 y 30 70, 60 y 30 80, 60 y 30 70, 60 y 30 Tiempo desplazamiento (minutos) 24,25 27,86 23,13 26,14
Adicionalmente en cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 se analizan tiempos de desplazamiento por rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 85 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” significativa sobre este componente ambiental por las nuevas medidas adoptadas en la Adenda N° 2 y N° 3 y que se han detallado brevemente en este punto. No obstante, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano, tanto para población protegida como no protegida: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAC – MH3: Coordinación Junta de Vecinos Surco y Semillas - MAV – MH4: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Ciudadanía - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades - MAV – MH6: Pago Patente Municipal en Ilustre Municipalidad de Collipulli El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN Del análisis mencionado, puede concluirse que el proyecto no impactará la dimensión bienestar social básico en el área de influencia del proyecto. CONCLUSIONES ARTÍCULO 8 Del análisis presentado se concluye que el Proyecto “Parque Eólico Malleco” no tiene la capacidad de generar reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos. Cabe señalar que el Proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo como el reducir el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; se eliminan torres de alta tensión, a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción; con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores) y se eliminaron aerogeneradores que se encontraban cercanos a receptores de población protegida (384 y 392 m de distancia) aumentándose la distancia a más de 500 metros según requerimientos planteados por CONADI (receptores N° 34 y N° 39 a 511 m y 545 m de Aerogenerador N° 47 para la Comunidad Choin Lafkenche – receptores N° 50, N° 51, N° 55 a 646 m, 662 m y 692 m respectivamente de aerogenerador N° 10 y N° 9 en comunidad Quilamapu todo ello según cuadro N° 10 y N° 15 de Adenda N° 3). Por otra parte los cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 analizan tiempos de desplazamiento por rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación significativa sobre este componente ambiental.
6.4. Análisis de localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 86 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro Análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 9 D.S. N° 95/01 ARTÍCULO Art. 9 El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad, incluidas sus obras o acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados, se considerará: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde habite población protegida por leyes especiales; Como se ha mencionado el proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee una superficie 3.704 ha y que no cuenta con calidad indígena. El proyecto se emplaza cercano a las comunidades indígenas Choin Lafkenche y Quilamapu, para lo cual se acogieron las observaciones de CONADI respecto de distanciamientos superiores a 500 metros, para lo cual el titular elimina los aerogeneradores que se encontraban cercanos a receptores de población protegida (384 m y 392 m de distancia). Así, los receptores más cercanos están a más de 500 metros y corresponden a N° 34 y N° 39 que se ubican a 511 m y 545 m del aerogenerador N° 47 para la Comunidad Choin Lafkenche – receptores N° 50, N° 51, N° 55 a 646 m, 662 m y 692 m respectivamente de aerogenerador N° 10 y N° 9 en comunidad Quilamapu todo ello según cuadro N° 10 y N° 15 de Adenda N° 3. Proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo. Se redujo el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; se eliminaron torres de transmisión, como se menciona a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres instalaciones de faena para la etapa de construcción; con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores). Bajo el escenario descrito, el Proyecto esta aledaño a las comunidades indígenas de Choin Lafquenche y Quilamapu, y compartirá las rutas R- 49 y R-35 con otras 5 comunidades constituidas bajo la Ley Indígena N° 19.253, durante la construcción, operación y cierre del Proyecto. Los cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 analizan tiempos de desplazamiento por rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación significativa sobre este componente ambiental. Asimismo, cabe destacar que en el Área de Influencia del Proyecto no se registra la presencia de población indígena, en este sentido es importante mencionar que no existe ocupación actual o histórica, por lo que no se interfiere en prácticas culturales tradicionales de carácter étnico, culturales o religiosas ni existe uso tradicional o sitios de significación cultural por parte de etnia mapuche, de cualquiera de las comunidades indígenas mencionadas, sobre el terreno que corresponde al emplazamiento del Proyecto. De hecho, los terrenos no corresponden a propiedad de comunidades indígenas, así como tampoco se identifican demandas o pretensiones territoriales por parte de comunidades indígenas sobre dichos terrenos, tal como puede verificarse en el Anexo Nº 6 del EIA “Carta CONADI”. De las entrevistas realizadas a las comunidades indígenas y actas de trabajo puede señalarse que no existen en el área de influencia del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 87 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Proyecto sitios de significación cultural, como Gillatuwes, Menokos, Txayenko, Paliwe, u otros sitios simbólicos, ceremoniales o sagrados. Por otra parte, la evaluación de esta componente fue realizada integrando los aspectos metodológicos de provisto por la guía voluntaria AKWE KON de la Convención de Biodiversidad. En términos de la evaluación del impacto cultural, el Proyecto no altera ni impacta negativamente valores, creencias, leyes consuetudinarias, idiomas, costumbres, economía, relaciones con el entorno local y especies particulares, organización social y tradiciones de las comunidades afectada. Tampoco impacta el patrimonio cultural relacionado con las manifestaciones materiales de la comunidad, incluido los lugares, edificios, y restos de valor o importancia arqueológicos, arquitectónicos, históricos, religiosos, espirituales, culturales, ecológicos y lugares sagrados. Adicionalmente en cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 se analizan los nuevos tiempos de desplazamiento por las rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación significativa sobre este componente ambiental (Analsis de Adenda N° 2 y N° 3). Durante la etapa de operación, las actividades estarán localizadas en el Área de Influencia del Proyecto y no interferirá en ningún tipo de actividad cultural. No obstante, el Titular considera Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano, específicamente en lo que respecta a su relación con población protegida: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no se encuentra en áreas consideradas protegidas por leyes especiales toda vez que se emplaza en un predio de un único dueño que no cuenta con calidad indígena. Como se ha presentado el proyecto se encuentra aledaño a población protegida y no sería afectada directamente respecto de este literal. Adicionalmente en cuadros del N° 23 al 30 de la Adenda N° 3 se analizan los nuevos tiempos de desplazamiento por las rutas principales para comunidades Catrio Ñancul, Choin Lafkenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Jose Cherquenco y Quilamapu dentro de los cuales se acredita que no existe afectación significativa sobre este componente ambiental (Analsis de Adenda N° 2 y N° 3).
b La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen recursos protegidos Se hallaron en el área del Proyecto especies de vegetación y fauna con algún grado de protección. No obstante, no se intervendrán individuos vegetales en categoría de conservación en ninguna de las fases del proyecto. En el caso de la fauna, no se impactarán ex profeso individuos en algún grado de conservación durante la construcción y cierre del proyecto. Existe una eventualidad de impactar por colisión a avifauna en estado de conservación, pero no existen antecedentes científicos para definir que la magnitud del impacto sea significativa. Considerando lo anterior, el Proyecto considera desarrollar medidas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 88 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” por leyes especiales. de mitigación para evitar colisiones de avifauna, de cualquier naturaleza sobre los aerogeneradores. El Titular considera Medidas de Mitigación (MM), asociados al componente Fauna: - MM – F1: Procedimiento perturbación de fauna - MM – F2: Medida mitigación colisión avifauna - MM – F3: Charlas de Inducción sobre fauna El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no intervendrá áreas donde existan recursos protegidos por leyes especiales. c La magnitud o duración de la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. No aplica, el Proyecto no se localiza en o alrededor de áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial susceptibles de ser afectadas por sus obras o actividades en cualquiera de sus etapas. CONCLUSIÓN El Proyecto no intervendrá áreas protegidas o colocadas bajo protección oficial. d La magnitud o duración de la Intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en o alrededor de áreas donde existen sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. No aplica, el Proyecto no se emplaza dentro del perímetro o alrededor de áreas donde existen sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos o glaciares susceptibles de ser afectados.
CONCLUSIÓN El Proyecto no intervendrá sitios prioritarios para la conservación, glaciares ni humedales protegidos. CONCLUSIONES ARTÍCULO 9 Como se ha mencionado el proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee una superficie 3.704 ha y que no cuenta con calidad indígena. El Proyecto ha considerado acciones que mejoraron los aspectos ambientales del mismo. Se redujo el número de aerogeneradores a 77; se canalizó la totalidad de la conexión eléctrica de forma subterránea; a modo de disminuir el flujo de transporte interno, se aumentó de una instalación de faena a tres 03 instalaciones de faena para la etapa de construcción; con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó a un 01 convoy al día por cada una de la rutas señaladas el transporte de envergadura (aerogeneradores) y se eliminaron REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 89 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” aerogeneradores que se encontraban cercanos a receptores de población protegida (384 y 392 m de distancia) acogiendo requerimientos planteados de distanciamiento mínimo por CONADI. De este modo, si bien el Proyecto “Parque Eólico Malleco” se localiza cercano a población protegida, no existe un impacto que afecte a población asociada a las leyes especiales, para lo cual se contemplan medidas complementarias y voluntarias que permitan garantizar la no existencia de impacto alguno.
6.5. Análisis de alteración significativa en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona
Cuadro de análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 10 ARTÍCULO Art. 10 El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad, en cualquiera de sus etapas, genera o presenta alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, se considerará: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a La intervención o emplazamiento del Proyecto o actividad en zonas con valor paisajístico y/o turístico. No aplica, en el sector de emplazamiento del proyecto no existen zonas con valor paisajístico y/o turístico en el área en el cual se inserta el Proyecto. No obstante, para evaluar el paisaje se realizó un estudio que lo describió y lo valorizó, a partir del análisis de factores físico- naturales, bióticos y de origen antrópico y se realizaron fotomontajes para evaluar el impacto que podría causar el Proyecto durante la operación (Anexo Nº 3 del EIA y Anexo Nº 6 de la Adenda 3). Se utilizaron metodologías que permitieron calificar, bajo distintos criterios, grados de calidad y fragilidad visual del paisaje, pudiendo definir de manera objetiva, la valoración del elemento escénico o paisaje. En este contexto la fragilidad del paisaje es media, la calidad visual desde todos los puntos de observación es media. Ambas basadas en niveles de antropización de las unidades paisajísticas, asociadas, preferentemente, a la actividad agrícola y forestal del sector, incluyéndose la presencia de algunas viviendas y de torres de tendido de alta tensión, que corren a través de la ruta R-49. Por otra parte, las características del área, presentan un escaso nivel de singularidad, situación que es repetitiva en todas las unidades paisajísticas analizadas. No obstante, las “barreras” que significan los pinos y eucaliptos, asociadas al uso forestal, más las especies vinculadas a los cursos de agua y los paisajes de escasa altura, asociados a la actividad agrícola, permite entregar una fragilidad visual del paisaje, tipificada con una clasificación media. Por tanto, dadas las características estéticas evidenciadas en el paisaje, se puede señalar que existe un área medianamente sensible en cuanto a valor paisajístico, y que, si bien es un área atractiva, no posee propiedades sobresalientes sobre los demás paisajes insertos en la región. En términos turísticos, el área en donde se emplazará el Proyecto, no posee valor en los términos expresados en este artículo, ya que esta área no tiene valor paisajístico, cultural y/o patrimonial, que atraiga flujos de visitantes o turistas hacia ella, por cuanto se trata de predios privados que se dedican REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 90 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” primordialmente a las labores agrícolas. Conforme a ello, en el área de emplazamiento del Proyecto, no hay presencia de algún atractivo turístico reconocido por el SERNATUR, por tanto no existe obstrucción de acceso ni alteración a zonas con valor turístico. Del mismo modo, en el área de influencia del Proyecto no se localiza en una superficie que atraiga turistas o con potencialidad de realizarlo. CONCLUSIÓN Por los antecedentes anteriormente descritos, se considera que el lugar de emplazamiento del Proyecto tiene valor paisajístico medio, de acuerdo a la letra f) del Artículo 2 del D.S. Nº 95/01 Reglamento del SEIA, ya que se trata, en general, de un área con poca visibilidad, donde no hay receptores del impacto y posee una baja singularidad escénica, asimismo no se encuentra inserto en un área con valores turísticos. Por consiguiente, el Proyecto no interviene ni se emplazamiento en zonas con valor paisajístico y/o turístico. b La duración o la magnitud en que se alteren recursos o elementos del medio ambiente de las zonas con valor paisajístico o turístico. Aun cuando la duración de la alteración al componente paisaje se extenderá durante la vida útil del Proyecto (20 años), el lugar no posee valor paisajístico y el valor turístico se verá incrementado por la operación de los parques eólicos. CONCLUSIÓN Por los antecedentes presentados, el Proyecto no interviene ni se emplazamiento en zonas con valor paisajístico y/o turístico, además de que la magnitud y duración de la alteración no es relevante. c La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico. El área es catalogada como una zona con escaso valor paisajístico. Adicionalmente, no se obstruye la visibilidad, que es muy menor, por los cercos vivos existentes en el contorno de las rutas que seccionan el Proyecto y no entregan profundidad a los lugares de observación. CONCLUSIÓN El Proyecto, en cuanto duración o magnitud, no obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico. d La intervención o emplazamiento del Proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley Nº1.224 de 1975. En el área de emplazamiento del Proyecto no existen zonas que hayan sido declaradas zonas o centros de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto Ley N° 1.224 de 1975. CONCLUSIÓN En el área de emplazamiento del Proyecto no existen zonas que hayan sido declaradas zonas o centros de interés turístico nacional. CONCLUSIONES ARTÍCULO 10 El área de emplazamiento del proyecto se localiza en un paisaje con poca singularidad, con fragilidad media y de poca calidad escénica, es decir sin mayor valor paisajístico según la letra f) del Artículo 2 del del D.S. 95/01 Reglamento del SEIA. Adicionalmente, considerando experiencias internacionales y nacionales, los parques eólicos tienen un impacto positivo en el valor turístico de las zonas en donde se implementan. Por tanto, el Proyecto “Parque Eólico Malleco” no presentará o generará una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 91 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 6.6. Análisis de la alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural
Cuadro de análisis de realización de un EIA o DIA según Artículo 11
ARTÍCULO Art. 11 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural. A objeto de evaluar si el proyecto o actividad, respecto de su área de influencia, genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se considerará: LETRA CONTENIDO CONSIDERACIONES a La localización en o alrededor de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. En el lugar de emplazamiento del Proyecto no existen Monumentos Nacionales definidos por la Ley 17.288. En este contexto, se realizó una prospección pedestre en el área de influencia del proyecto, cuyos resultados no indican la existencia de sitios o hallazgos arqueológicos en el área de los aerogeneradores. Sin embargo, se hallaron 3 hallazgos en zonas fuera del área de influencia del Proyecto (Apéndice 2.1 del EIA). Tampoco existen registros sitios de interés antropológico, histórico o relacionado con el patrimonio cultural en el área de emplazamiento del Proyecto. No obstante lo anterior, el Titular considera una Medida Ambiental Complementaria (MAC), asociada al componente Arqueología: MAC – A1: Ficha de entrega de información en caso de hallazgo arqueológico El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no se emplaza en o alrededor de algún Monumento Nacional. b La magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. El Proyecto no tiene la capacidad de remover, destruir, excavar, trasladar, deteriorar o modificar en forma permanente ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. No obstante lo anterior, el Titular considera una Medida Ambiental Complementaria (MAC), asociada al componente Arqueología: MAC – A1: Ficha de entrega de información en caso de hallazgo arqueológico El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no removerá, destruirá, trasladará, deteriorará o modificará algún Monumento Nacional. c La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones, lugares o El Proyecto no tiene la capacidad de modificar o deteriorar en forma permanente construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 92 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” sitios que, por sus características constructivas, por su antigüedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural. No obstante lo anterior, el Titular considera una Medida Ambiental Complementaria (MAC), asociada al componente Arqueología: MAC – A1: Ficha de entrega de información en caso de hallazgo arqueológico El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 de la Adenda N° 3, “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. CONCLUSIÓN El Proyecto no modifica o deteriora en forma permanente construcciones, lugares o sitios que pertenezcan al patrimonio cultural. d La proximidad a lugares o sitios en que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano. En el área del Proyecto no se realizan ceremonias religiosas. En el EIA el proyecto y su fase de construcción de los aerogeneradores del sector sur oriente en su condición original podrían generar dificultad o impedimento para el ejercicio de las actividades religiosas (jueves 19:30 horas y Domingo 14.00 horas) toda vez que el camino de tierra el DIEZ colinda con la iglesia. Al respecto en la Adenda 1, el titular ha decidido no utilizar los caminos del sector Diez y construir un camino de entrada alternativo de este modo, el proyecto no interferirá directamente en el ejercicio de las actividades religiosas de la Iglesia Metodista Pentecostal de Chile. Así, en el área de emplazamiento del Proyecto no se realizan ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados, ni tampoco serán interferidas por el Proyecto en sus distintas etapas de desarrollo toda vez que el proyecto con todos sus aerogeneradores y sus instalaciones complementarias se emplazan en un predio único de propiedad que posee una superficie 3.704 ha y que además no cuenta con calidad indígena. CONCLUSIÓN En el área del Proyecto no se realizan ceremonias religiosas. CONCLUSIONES ARTÍCULO 11 El Proyecto “Parque Eólico Malleco” no presenta ni genera alteración sobre monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y en general los pertenecientes al patrimonio cultural.
6.7. CONCLUSIONES DEL ANÁLISIS REALIZADO AL ARTÍCULO 11 DE LA LBGMA
Habiendo realizado el análisis de los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del D.S. Nº 95/01, basados en los literales a) al f) del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, se concluye que dadas las características del Proyecto “Parque Eólico Malleco” y del área donde se emplazará el Proyecto, hacen procedente que éste deba someterse al SEIA bajo la modalidad de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), debido a que generaría efectos adversos significativos y medianamente significativos en: Recursos naturales renovables, incluido suelo, agua y aire, específicamente aquellos identificados en el artículo 6 letras l) del D.S.Nº 95/01.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 93 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 7°. Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del Proyecto puede concluirse que se han adoptado las siguientes medidas ambientales de carácter voluntarias o complementarias asociadas al proyecto:
COMPONENTE IMPACTO ETAPA TIPO DE MEDIDA Medio Humano No aplica Construcción y cierre Medidas Ambientales Complementarias y Medidas Ambientales Voluntarias Arqueología No aplica Construcción Medida Ambiental Voluntaria Ruido No aplica Construcción y operación Medidas Ambientales Complementarias y Medidas Ambientales Voluntarias Calidad del Aire No aplica Construcción y cierre Medida Ambiental Complementaria Hidrología No aplica Construcción, Operación y Cierre Medida Ambiental Voluntaria Flora y Vegetación No aplica Construcción Medida Ambiental Complementaria Shadow Flicker No aplica Operación Medida Ambiental Complementaria y Medida Ambiental Voluntaria
Se detallan:
a. MAC-MH1
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 49” MAC – MH1 Componente ambiental Medio Humano y Construido – Dimensión Bienestar Social Básico Afectación ambiental Posible demora en traslados por alteración del flujo vial en Ruta R - 49 Lugar de ocurrencia Área de influencia Medio Humano y Construido del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Programa de Transporte Ruta R – 49 (MAC – MH1) Objetivo Disminuir las alteraciones y/o perturbaciones en los trayectos o viajes de la población por la Ruta R - 49 Descripción de la medida Esta medida, es la consolidación de las medidas precautorias y preventivas para el transporte de aerogeneradores en la Ruta R - 49. En base a la Normativa Vigente, se contará con la escolta de Carabineros y autorización de la Dirección de Vialidad. Si se juntan más de dos autos detrás de los camiones de transporte de los aerogeneradores, estos se orillarán y permitirán el adelantamiento en zonas aceptadas por la escolta o existentes en la ruta. Se mantendrán banderilleros que señalizarán la maniobra y se señalizará el viraje con antelación al cruce con la R-49. En términos específicos, se realizará un Plan de Tránsito y un Programa de Comunicación con las Comunidades Indígenas que forman parte del área de emplazamiento del Proyecto, las medidas y acciones previas de comunicación son: Se informará a la cada una de las comunidades Indígenas que puedan verse afectadas, mediante una reunión u otro medio de comunicación, las Rutas que utilizará el Proyecto para el transporte de los aerogeneradores. Se informará a la Población Mapuche afectada, mediante una reunión u otro medio de comunicación, las fechas y horarios presupuestados para el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 94 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 49” MAC – MH1 transporte de los aerogeneradores del Proyecto. Las fechas y horarios definitivos serán informados a Carabineros, la Dirección de Vialidad y la Superintendencia de Medio Ambiente. Además como una medida complementaria de las actividades previas de comunicación, se incitará y colaborará con los comuneros mapuches eventualmente afectados, a utilizar la Ruta que no esté siendo utilizada durante el transporte de los aerogeneradores del Proyecto. Una vez iniciada la etapa de construcción, se programarán reuniones trimestrales con los comuneros mapuches eventualmente afectados por el Proyecto, en la cuales se informará sobre el avance de las obras, el funcionamiento de la logística de transporte de los aerogeneradores y verificar si el Programa de comunicación y la logística de esta actividad está operando correctamente. También se realizará un Plan de Comunicación para las localidades de Curaco y Surco y Semilla, detallado en el programa de transporte. Asimismo, se adoptarán las precauciones necesarias para evitar accidentes, manteniendo en todo momento la señalización adecuada, tanto diurna como nocturna, según los establecido por la Dirección de Vialidad, cumpliendo con la normativa vigente. Justificación de la medida Los grupos humanos y las comunidades indígenas aledaños al Proyecto, utilizan la Ruta R - 49 que el Proyecto empleará para comunicarse, desplazarse y acceder a servicios y equipamientos de los centros urbanos. De acuerdo al Estudio de Flujo Vehicular (Anexo Nº 5 de la Adenda Nº 2), para la Ruta R - 49 el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la situación con Proyecto, en considerando el escenario esperado, para los vehículos livianos corresponde a 20,5 minutos más del tiempo actual (sin proyecto) y para el caso de los vehículos pesados el aumento es de 24,43 minutos más. En tanto los tiempos de desplazamiento variaran en los periodos que transite un convoy diario por la ruta y los aumentos en los tiempos serán de 24,25 minutos para vehículos livianos y 27,86 minutos para vehículos pesados. Los receptores identificados por el Proyecto y que utilizan la Ruta R – 49 corresponden a: 1, 3, 6, 8, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 35, 36, 37, 38, 40, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 66, 67, 68, 69, 70. En tanto, las comunidades son: Curaco, José Millacheo Levio Chequenco, Surco y Semilla, Sector el 10 y Quilamapu. No obstante, la medida aplica para toda la ciudadanía y/o comunidades que requieran utilizar la Ruta R – 49. Lugar de implementación Ruta R - 49 Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Previo y durante la etapa de construcción Forma: El “Programa de Transporte” se desarrollará de forma definitiva previo al inicio de la construcción de forma consensuada con Municipio, Dirección de Vialidad y Carabineros, e incorporará entre sus alcances las siguientes medidas: Señalética a un costado del camino para indicar la velocidad máxima permitida por el Proyecto. Se señalará en rutas locales sin pavimentar una velocidad máxima. Horarios diferidos considerando el ingreso y salida de establecimientos educacionales, iglesia y actividades productivas. Se definirán horarios apropiados para aquellos vehículos especiales para el transporte de piezas sobredimensionado o sobrepeso. Apostamiento de banderilleros en intersecciones de caminos relevantes para tránsito de vehículos con sobredimensión. Se incorporarán requisitos especiales para el conductor como manejo a la defensiva, charlas de inducción en materias de medio ambiente, seguridad para el transporte de ruta. Se reforzarán las vías de acceso con elementos de seguridad para el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 95 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 49” MAC – MH1 desplazamiento de vehículos. Se dictarán charlas de inducción específicas en el caso de prevención y emergencias en accidentes en ruta. Se prohibirá el uso de bocinas, en lugares donde pernocte población. Se mantendrá una comunicación transparente y periódica con la comunidad y las autoridades locales, con el encargado de medio ambiente durante la etapa de construcción, tal como se ha realizado antes del ingreso del Proyecto al SEIA, en el Plan de Relacionamiento Comunitario, lo anterior en base al Protocolo de trabajo con las comunidades. Habilitación de accesibilidad provisoria producto del movimiento de máquina y circulación de vehículos. Se avisará mediante reuniones informativas y medios de radiodifusión los horarios a transitar. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: - Registro de las Charlas de Inducción - Registro del Programa de Transporte - Actas de reuniones de Comunicación, incluyendo comentarios y quejas recibidas, respuestas entregadas y medidas adoptadas.
b. MAC – MH2
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 35” MAC – MH2 Componente ambiental Medio Humano y Construido – Dimensión Bienestar Social Básico Afectación ambiental Posible demora en traslados por alteración del flujo vial en Ruta R - 35 Lugar de ocurrencia Área de influencia Medio Humano y Construido del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Programa de Transporte Ruta R – 35 (MAC - MH2) Objetivo Disminuir las alteraciones y/o perturbaciones en los trayectos o viajes de la población por la Ruta R - 35 Descripción de la medida Esta medida, es la consolidación de las medidas precautorias y preventivas para el transporte de aerogeneradores en la Ruta R - 35. En base a la Normativa Vigente, se contará con la escolta de Carabineros y autorización de la Dirección de Vialidad. Si se juntan más de dos autos detrás de los camiones de transporte de los aerogeneradores, estos se orillarán y permitirán el adelantamiento en zonas aceptadas por la escolta o existentes en la ruta. Se mantendrán banderilleros que señalizarán la maniobra y se señalizará el viraje con antelación al cruce con la R - 35. En términos específicos, se realizará un Plan de Tránsito y un Programa de Comunicación con las Comunidades Indígenas que forman parte del área de emplazamiento del Proyecto, las medidas y acciones previas de comunicación son: Se informará a la cada una de las comunidades Indígenas que puedan verse afectadas, mediante una reunión u otro medio de comunicación, las Rutas que utilizará el Proyecto para el transporte de los aerogeneradores. Se informará a la Población Mapuche afectada, mediante una reunión u otro medio de comunicación, las fechas y horarios presupuestados para el transporte de los aerogeneradores del Proyecto. Las fechas y horarios definitivos serán informados a Carabineros, la Dirección de Vialidad y la Superintendencia de Medio Ambiente. Además como una medida complementaria de las actividades previas de comunicación, se incitará y colaborará con los comuneros mapuches eventualmente afectados, a utilizar la Ruta que no esté siendo utilizada durante REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 96 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 35” MAC – MH2 el transporte de los aerogeneradores del Proyecto. Una vez iniciada la etapa de construcción, se programarán reuniones trimestrales con los comuneros mapuches eventualmente afectados por el Proyecto, en la cuales se informará sobre el avance de las obras, el funcionamiento de la logística de transporte de los aerogeneradores y verificar si el Programa de comunicación y la logística de esta actividad está operando correctamente. También se realizará un un Plan de Comunicación para las localidades de Curaco y Surco Semilla, detallado en el programa de transporte. Asimismo, se adoptarán las precauciones necesarias para evitar accidentes, manteniendo en todo momento la señalización adecuada, tanto diurna como nocturna, según los establecido por la Dirección de Vialidad, cumpliendo con la normativa vigente. Justificación de la medida Los grupos humanos y las comunidades indígenas aledaños al Proyecto, utilizan la Ruta R - 35 que el Proyecto empleará para comunicarse, desplazarse y acceder a servicios y equipamientos de los centros urbanos. De acuerdo al Estudio de Flujo Vehicular (Anexo Nº 5 de la Adenda Nº 2), para la Ruta R - 35 el aumento en el tiempo de desplazamiento del flujo vial en la situación con Proyecto, en considerando el escenario esperado, para los vehículos livianos corresponde a 18,13 minutos más del tiempo actual (sin proyecto) y para el caso de los vehículos pesados el aumento es de 21,57 minutos más. En tanto los tiempos de desplazamiento variaran en los periodos que transite un convoy diario por la ruta y los aumentos en los tiempos serán de 23,13 minutos para vehículos livianos y 26,14 minutos para vehículos pesados. Los receptores identificados por el Proyecto y que utilizan la Ruta R – 35 corresponden a: 2, 4, 5, 7, 9, 10, 11, 12, 21, 22, 23, 34, 39, 41, 53, 54, 64, 65, 71, 72. En tanto, las comunidades son: Choin Lafquenche, Juan Reinao, Juan Ahilla Varela, Juan Ahilla Varela 2, Comité de Desarrollo Agrícola y Social Unión Mapuche y Catrio Ñancul. No obstante, la medida aplica para toda la ciudadanía y/o comunidades que requieran utilizar la Ruta R – 35. Lugar de implementación Ruta R - 35 Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Previo y durante la etapa de construcción Forma: El “Programa de Transporte” se desarrollará de forma definitiva previo al inicio de la construcción de forma consensuada con Municipio, Dirección de Vialidad y Carabineros, e incorporará entre sus alcances las siguientes medidas: Señalética a un costado del camino para indicar la velocidad máxima permitida por el Proyecto. Se señalará en rutas locales sin pavimentar una velocidad máxima. Horarios diferidos considerando el ingreso y salida de establecimientos educacionales, iglesia y actividades productivas. Se definirán horarios apropiados para aquellos vehículos especiales para el transporte de piezas sobredimensionado o sobrepeso. Apostamiento de banderilleros en intersecciones de caminos relevantes para tránsito de vehículos con sobredimensión. Se incorporarán requisitos especiales para el conductor como manejo a la defensiva, charlas de inducción en materias de medio ambiente, seguridad para el transporte de ruta. Se reforzarán las vías de acceso con elementos de seguridad para el desplazamiento de vehículos. Se dictarán charlas de inducción específicas en el caso de prevención y emergencias en accidentes en ruta. Se prohibirá el uso de bocinas, en lugares donde pernocte población. Se mantendrá una comunicación transparente y periódica con la comunidad y las autoridades locales, con el encargado de medio ambiente durante la etapa de construcción, tal como se ha realizado antes del ingreso del Proyecto al SEIA, en el Plan de Relacionamiento Comunitario, lo anterior en base al Protocolo de trabajo con las comunidades. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 97 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE TRANSPORTE RUTA R – 35” MAC – MH2 Habilitación de accesibilidad provisoria producto del movimiento de máquina y circulación de vehículos. Se avisará mediante reuniones informativas y medios de radiodifusión los horarios a transitar. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: - Registro de las Charlas de Inducción - Registro del Programa de Transporte - Actas de reuniones de Comunicación, incluyendo comentarios y quejas recibidas, respuestas entregadas y medidas adoptadas.
c. MAC – MH3
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “COORDINACIÓN JUNTA DE VECINOS SURCO Y SEMILLA” MAC – MH3 Componente ambiental Medio Humano y Construido Afectación ambiental Posible demora en traslados por alteración del flujo vial en Ruta R – 49 Lugar de ocurrencia Área de influencia Medio Humano y Construido del Proyecto. Área de emplazamiento Junta de Vecinos Surco y Semillas Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Plan de Comunicación Junta de Vecinos Surco y Semillas (MAC – MH3) Objetivo Mantener informada y establecer un plan de comunicación con la Junta de Vecinos Surco y Semilla Descripción de la medida Se realizará un Plan de Comunicación con la Junta de Vecinos Surco y Semillas, a través de reuniones generales informativas, reunión de inicio de obra, reunión de avance del Proyecto y reunión de finalización del Proyecto. En la reuniones se presentarán los participantes, el Titular, el Proyecto y el cronograma de las actividades a realizar en la etapa de construcción el Proyecto. Con lo anterior se estudiaran en conjunto con la Junta de Vecinos los mejores horarios y días para el traslado de los aerogeneradores. Justificación de la medida El sector de Surco y Semilla se emplaza en áreas donde transitarán vehículos livianos y pesados por caminos no pavimentados, los cuales transportarán los insumos hacia los frentes de faena y dentro del Proyecto. Lugar de implementación Surco y Semilla Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Durante la etapa de construcción Forma: Se avisará mediante carta respecto de las fechas y horarios de las reuniones informativas. Indicador de cumplimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: - Registro de asistencia a reuniones - Actas de reuniones de Comunicación, incluyendo comentarios y quejas recibidas, respuestas entregadas y medidas adoptadas. - Registro gráfico (fotos y/o videos) de la realización de reuniones. - Folletos de invitación e informativos.
d. MAV – MH4
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL CIUDADANÍA” MAV – MH4 Componente ambiental Medio Humano y Construido – socioeconómica Afectación ambiental El Proyecto no se asocia a algún impacto sobre los vecinos cercanos al Proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 98 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL CIUDADANÍA” MAV – MH4 Lugar de ocurrencia Área de influencia Medio Humano y Construido del Proyecto Etapa del Proyecto Construcción, Operación y Cierre Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para la Ciudadanía (MAV – MH4) Objetivo Generar un Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo de Proyectos locales, con foco en el desarrollo productivo de los vecinos aledaños al Proyecto del Parque Eólico. A partir de ello, aportar en el mejoramiento de la calidad de vida y bienestar de cada familia del Sector del 10 y de Surco y Semilla. Descripción de la medida La descripción de la medida, se desarrollará de a acuerdo a la particularidad que defina cada familia perteneciente a dichas agrupaciones individualizadas en el sector.
Los vecinos del Sector del 10, adoptarán una medida la cual consiste en la constitución sistemática de una “mesa de trabajo”, que estará compuesta por personas del sector, representantes formales de los vecinos y representantes del proyecto wpd Malleco S.p.A., sin perjuicio que para el apoyo de proyectos específicos, se pueda contar con terceros. Estas reuniones, serán sostenidas trimestralmente, en las cuales se llevará registro de ella a través de un formulario de “Asistencia”, el cual debe ser firmado por todos los integrantes de la mesa y asistentes a la reunión. Cada reunión tendrá compromisos adquiridos de manera voluntaria, a través de un documento llamado “Acta”. Los puntos a establecer en este documento, deben ser leídos después de cada reunión y sistematizados por la empresa, la cual hará entrega a los representantes de los vecinos, en un plazo de 5 días hábiles pasada la reunión, para su revisión y firma de recepción conforme. En estas mesas de trabajo, se desarrollarán los proyectos socio productivos, los cuáles contarán con el apoyo de un profesional permanente por parte de la empresa y por los actores que sean necesarios para la asistencia técnica en cada proyecto que se defina. La medida contribuye a proyectos de corto, mediano y largo plazo, según el estado de avance del parque eólico. En su etapa de corto plazo, se establecen proyectos de corto plazo, los cuales se están desarrollando entre el año 2016 y 2017. Respecto de los proyectos de mediano y largo plazo, éstos serán abordados en las actas. Este proceso de Relacionamiento se ha generado desde el año 2013, donde hemos realizado este tipo de actividades, constando de reuniones, diagnósticos, apoyo en proyectos y ayudas sociales, por lo que establece la necesidad de seguir haciéndolo en base a un instrumento que regule el desarrollo de proyectos y la comunicación entre ambas partes. Para el presente protocolo, las comunidades se comprometen a participar en una comisión de trabajo, a través de personas designadas por ella para tal efecto, sin perjuicio de la posibilidad de poder realizar alguna sesión de trabajo con la Ausencia de todos los vecinos, cuando se trate de aclarar o explicar algún tema en particular. Con los vecinos de Surco y Semilla, se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo, según consta en las actas de reuniones asistidas por los vecinos, sin embargo, no ha existido un acuerdo de establecer el formato de protocolo como medida para el Relacionamiento Comunitario, este ha sido tácito y consta desde el año 2013. Justificación de la medida Relacionamiento comunitario – apoyo local Lugar de implementación Los vecinos de Sector del 10 y Surco y Semilla. La documentación asociada al escrito de los protocolos correspondientes a los distintos vecinos que consideraron acuerdos previos con el Titular del Proyecto, se encuentran en el Anexo Nº 8 de la Adenda Nº 2, es importante mencionar REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 99 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL CIUDADANÍA” MAV – MH4 que dichos protocolos fueron firmados ante el notario conservador Hugo Marín Díaz, en la comuna de Collipulli correspondiente a la Región de la Araucanía, con las siguientes fechas: El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a los vecinos del “Sociedad Agrícola Sector del 10”, fue firmado con fecha 16 de Marzo del 2016. Por último, en torno a lo anterior, cabe añadir que no existe protocolo firmado con los vecinos de “Comité de Pequeños de Agricultores Surco y Semilla“, sin embargo, se declara la intención de trabajar de manera conjunta, bajo la misma metodología. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: - Durante las etapas de construcción y operación del Proyecto, sin perjuicio que dadas las dinámicas de organización local esto puedan ser implementados posteriormente. Forma: - Mesa de trabajo. - Actas de acuerdos. - Asesorías Técnicas a través de expertos en materias socio productivas. - Habilitación de Fondos para proyectos socio productivos, de acuerdo a los cronogramas establecidos en las actas trimestrales. Estos fondos están basados en una metodología que contiene las siguientes variables:
Variable Justificación % Integrantes de las familias A partir de la firma del Protocolo, se establece la cantidad de socios de las PJ correspondientes a las familias que integran el sector, la cual puede revisarse cada 5 años, con un máximo de crecimiento del 15% por familia. 55 Vulnerabilidad de las familias. Datos obtenidos a partir de información de la FPS a actualizar cada 5 años. 35 Asistencia a Reunión / Talleres Se contemplará que los dirigentes de los vecinos, deben tener un 75% de asistencia a las mesas de trabajo. Esto se evaluará todos los años. 10 Un profesional para el Relacionamiento Comunitario permanente, perteneciente al área de Asuntos Públicos de la empresa Titular. Indicador de cumplimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: - Informe de seguimiento a 1 año de implementado el programa, donde se incluyan las familias involucradas (Surco y Semilla y Sector El Diez), líneas de trabajo priorizadas y asignación de fondos.
e. MAV – MH5
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL COMUNIDADES” MAV – MH5 Componente ambiental Medio Humano – Socioeconómica Afectación ambiental El Proyecto no se asocia a algún impacto sobre Comunidades Indígenas (MAV - MH5) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 100 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL COMUNIDADES” MAV – MH5 Lugar de ocurrencia Área de influencia Medio Humano y Construido del Proyecto Etapa del Proyecto Construcción, Operación y Cierre. Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria. Nombre Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades Objetivo Objetivo General: Generar un Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo de Proyectos locales, con foco en el desarrollo productivo de las familias pertenecientes a las comunidades indígenas aledañas al Proyecto del parque eólico. A partir de ello, aportar en el mejoramiento de la calidad de vida y bienestar de cada familia de las comunidades indígenas, las cuales son: Choin Lafquenche, Ahilla Varela, Quilamapu, José Millacheo Levio Chequenco, Comunidad Ahilla Varela 2, Juan Reinao y Catrio Ñancul. Descripción de la medida La descripción de la medida, se desarrollará de a acuerdo a la particularidad que defina cada familia perteneciente a dichas comunidades individualizadas en el sector.
Las comunidades Choin Lafquenche, Comunidad Indígena Ahilla Varela 2, Comunidad Juan Reinao, Ahilla Varela y Quilamapu adoptarán una medida la cual consiste en la constitución sistemática de una “mesa de trabajo”, que estará compuesta por personas de la comunidad, representantes formales de la comunidad y representantes del proyecto wpd Malleco S.p.A., sin perjuicio que para el apoyo de proyectos específicos, se pueda contar con terceros. Estas reuniones, serán sostenidas trimestralmente, en las cuales se llevará registro de ella a través de un formulario de “Asistencia”, el cual debe ser firmado por todos los integrantes de la mesa y asistentes a la reunión. Cada reunión tendrá compromisos adquiridos de manera voluntaria, a través de un documento llamado “Acta”. Los puntos a establecer en este documento, deben ser leídos después de cada reunión y sistematizados por la empresa, la cual hará entrega a la comunidad, en un plazo de 5 días hábiles pasada la reunión, para su revisión y firma de recepción conforme. En estas mesas de trabajo, se desarrollarán los proyectos socio productivos, los cuales contarán con el apoyo de un profesional permanente por parte de la empresa y por los actores que sean necesarios para la asistencia técnica en cada proyecto que se defina. La medida contribuye a proyectos de corto, mediano y largo plazo, según el estado de avance del parque eólico. En su etapa de corto plazo, se establecen proyectos de corto plazo, los cuales se están desarrollando entre el año 2016 y 2017. Respecto de los proyectos de mediano y largo plazo, éstos serán abordados en las actas. Este proceso de Relacionamiento se ha generado desde el año 2013, donde hemos realizado este tipo de actividades, constando de reuniones, diagnósticos, apoyo en proyectos y ayudas sociales, por lo que establece la necesidad de seguir haciéndolo en base a un instrumento que regule el desarrollo de proyectos y la comunicación entre ambas partes. Para el presente protocolo, las comunidades se comprometen a participar en una comisión de trabajo, a través de personas designadas por ella para tal efecto, sin perjuicio de la posibilidad de poder realizar alguna sesión de trabajo con la Ausencia de la Comunidad, cuando se trate de aclarar o explicar algún tema en particular. Con la comunidad de José Millacheo Levio Chequenco, se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo, habiendo trabajado en un proyecto productivo el año 2016, según consta en Declaraciones Juradas del 08 de Febrero y el 28 de Marzo del 2016, sin embargo, no ha existido un acuerdo de establecer el formato de protocolo como medida para el Relacionamiento Comunitario, este ha sido tácito y consta desde el año 2013. También se reconoce como agrupación de familias al Comité de Desarrollo Agrícola y Social Unión Mapuche y se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo de proyectos corto, mediano y largo plazo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 101 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL COMUNIDADES” MAV – MH5 Justificación de la medida Relacionamiento comunitario – apoyo local. Lugar de implementación Comunidades de Ahilla Varela, Ahilla Varela 2, Comité de Desarrollo Agrícola y Social Unión Mapuche, Juan Reinao, Choin Lafquenche, Quilamapu.
La documentación asociada al escrito de los protocolos correspondientes a las distintas Comunidades Indígenas que consideraron acuerdos previos con el Titular del Proyecto, se encuentran en el Anexo Nº 8 de la Adenda Nº 2, es importante mencionar que dichos protocolos fueron firmados ante el notario conservador Hugo Marín Díaz, en la comuna de Collipulli correspondiente a la Región de la Araucanía, con las siguientes fechas:
El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a la comunidad Indígena “Choin Lafquenche” fue firmado con fecha 8 de marzo de 2016. El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a la Comunidad Indígena “Ahilla Varela” fue firmado con fecha 15 de abril de 2016. El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a la Comunidad Indígena “Juan Reinao” fue firmado con fecha 07 de octubre de 2015. El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a la Comunidad Indígena “Ahilla Varela 2” fue firmado con fecha 15 de marzo 2016. El protocolo de relacionamiento comunitario perteneciente a la Comunidad Indígena “Quilamapu”, el cual fue firmado con fecha 16 de Agosto del 2016 (Ver Anexo Nº 13). Por último, en torno a lo anterior, cabe añadir que no existe protocolo firmado con la Comunidad Indígena “José Millacheo Levio Chequenco”, sin embargo, se declara la intención de trabajar de manera conjunta, bajo la misma metodología, en declaración jurada con fecha 22 de Febrero del 2016. Tampoco existe un acuerdo firmado con la comunidad Catrio Ñancul, sin embargo se mantiene una relación desde el año 2013. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación:
Durante las etapa previa operación del Proyecto, sin perjuicio que dadas las dinámicas de organización local esto puedan ser implementados posteriormente.
Forma:
Mesa de trabajo. Actas de acuerdos. Asesorías Técnicas a través de expertos en materias socio productivas. Habilitación de Fondos para proyectos socio productivos, de acuerdo a los cronogramas establecidos en las actas trimestrales. Estos fondos están basados en un algoritmo que contiene las siguientes variables: Variable Justificación % Integrantes de la Comunidad A partir de la firma del Protocolo, se establece la cantidad de socios de la comunidad, la cual puede revisarse cada 5 años, con un máximo de crecimiento del 15% por familia. 55 Vulnerabilidad de la comunidad Datos obtenidos a partir de información de la FPS a actualizar cada 5 años. 35 Asistencia a Reunión / Talleres Se contemplará que los dirigentes de la comunidad, deben tener un 75% de asistencia a las mesas de trabajo. Esto se evaluará todos los años. 10
Un profesional para el Relacionamiento Comunitario permanente, perteneciente al área de Asuntos Públicos de la empresa Titular. Indicador de cumplimiento Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 102 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PROGRAMA DE RELACIONAMIENTO COMUNITARIO Y DESARROLLO LOCAL COMUNIDADES” MAV – MH5 - Informe de seguimiento a 1 año de implementado el programa, donde se incluya las familias de las comunidades involucradas, líneas de trabajo priorizadas y asignación de fondos..
f. MAV – MH6
PLAN DE MEDIDAS DE MEDIO HUMANO Y CONSTRUIDO “PAGO PATENTE MUNICIPAL EN ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE COLLIPULLI” MAV – MH6 Componente ambiental Medio Humano y Construido Afectación ambiental Ninguna Lugar de ocurrencia Ilustre Municipalidad de Collipulli Etapa del Proyecto Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Pago de Patente Municipal en Ilustre Municipalidad de Collipulli (MAV – MH6) Objetivo Contribuir con el crecimiento económico de la Comuna de Collipulli Descripción de la medida El Titular realizará el pago anual de la patente municipal en la Ilustre Municipalidad de Collipulli, con la finalidad de fomentar el crecimiento económico de la comuna. Justificación de la medida El Titular obligatoriamente debe pagar la patente municipal de forma anual, por lo que considera necesario el aporte económico mediante el pago de la patente a la Ilustre Municipalidad de Collipulli, para contribuir con el crecimiento de la comuna. Lugar de implementación Ilustre Municipalidad de Collipulli Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Una vez al año durante la etapa operación del Proyecto Forma: El Titular se acercará a la Oficina de Rentas y Patentes de la Municipalidad de Collipulli una vez al año para realizar el pago de la patente municipal. Indicador de cumplimiento Se mantendrá el registro de los pagos de la patente municipal anual.
g. MAV – A1
PLAN DE MEDIDAS DE ARQUEOLOGÍA “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN EN CASO DE HALLAZGO ARQUEOLÓGICO” MAV – A1 Componente ambiental Medio Patrimonial - Arqueología Afectación ambiental Eventual hallazgo arqueológico Lugar de ocurrencia En los frentes de trabajo asociados a excavación y movimiento de tierra Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Ficha de Entrega de Información en Caso de Hallazgo Arqueológico (MAV –A1) Objetivo Mantener informada a la ciudadanía y comunidades indígenas respecto de un eventual hallazgo arqueológico. Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, en caso de detectar un hallazgo arqueológico no previsto en el área de emplazamiento del Proyecto. La ficha se encuentra en el Apéndice Nº 2 del presente Anexo Nº 5 sobre Plan de Medidas de Mitigación, Compensación y/o Reparación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 103 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE ARQUEOLOGÍA “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN EN CASO DE HALLAZGO ARQUEOLÓGICO” MAV – A1 Justificación de la medida Preservar el patrimonio arqueológico e implementar medidas de acción en caso de hallazgos arqueológicos no previstos. Lugar de implementación En las reuniones de relacionamiento comunitario se realizará la entrega de la información Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Durante la etapa de construcción, específicamente durante las excavaciones y movimiento de tierra. Forma: - En caso de un hallazgo arqueológico no previsto, se procederá a cercar y señalizar el sitio. - Un arqueólogo o licencia en arqueología, procederá a llenar la ficha de registro de hallazgo arqueológico. - Se informará al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir en caso de encontrar un hallazgo arqueológico no previsto Indicador de cumplimiento - Se mantendrá el registro de hallazgos arqueológicos no previstos en las Instalaciones de Faena correspondientes. - Se mantendrá el registro de entrega de la ficha de hallazgo arqueológico no previsto a la ciudadanía y comunidades indígenas. - Se dará aviso al Consejo de Monumentos Nacionales.
h. MAC – R1
PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “REDUCCIÓN DE POTENCIA DE AEROGENERADORES” MAC – R1 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia En el emplazamiento de los Aerogeneradores Nº 18, 21, 22, 67, 68 y 69 Etapa del Proyecto Operación Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Reducción de Potencia de Aerogenerador (MAC – R1) Objetivo Reducir los niveles de presión sonora generados por los Aerogeneradores en la etapa de operación. Descripción de la medida Reducción de la emisión acústica a través de la configuración especial de aspas de los aerogeneradores, considerando una geometría optimizada además de bordes traseros dentados tipo serrucho (en inglés “serrated trailing edge”) con forma, orientación y distribución también optimizada. Adicionalmente, se considerará en caso de ser necesario la configuración de los modos de operación del aerogenerador. Justificación de la medida De acuerdo al Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de Adenda Nº 3) 4 receptores presentaron incumplimiento en el análisis preliminar sin medidas de control: puntos 3, 6, 25 y 41 (correspondiente a los receptores Nº 3, 6, 25 y 41). Por lo que al aplicar la presente medida dichos puntos se encuentran en cumplimiento Normativo, tal como se indica en el Reporte de Impacto Acústico, el cual se presenta en una apéndice del Anexo Nº 10. Lugar de implementación Se implementará en la ubicación de los Aerogeneradores Nº 18, 21, 22, 67, 68 y 69, de forma previa a su operación Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: De forma previa a la operación, al finalizar la etapa de construcción. Forma: Se configurarán de forma especial las aspas de los aerogeneradores, considerando una geometría optimizada además de bordes traseros dentados tipo serrucho (en inglés “serrated trailing edge”) con forma, orientación y distribución también optimizada. Adicionalmente, se considerará en caso de ser necesario la configuración de los modos de operación del aerogenerador. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 104 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “REDUCCIÓN DE POTENCIA DE AEROGENERADORES” MAC – R1 Indicador de cumplimiento - Fotografía del tipo (modelo) de aerogenerador a implementar. - Informe de monitoreo de ruido de forma trimestral los dos primeros años de operación del Proyecto de los receptores Nº 3, 6, 25 y 41.
i. MAC – R2
PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “MONITOREO RUIDO ETAPA CONSTRUCCIÓN” MAC – R2 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia Área de influencia Ruido del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Monitoreo de Ruido Etapa Construcción (MAC – R2) Objetivo Verificar que los niveles de presión sonora generados por las actividades del Proyecto, en la etapa de construcción se comporten, conforme a las modelaciones realizadas y a la Normativa. Descripción de la medida A objeto de verificar el cumplimiento de los estándares normados en lo referido a niveles máximos de presión sonora, se realizarán monitoreos de ruido en la Etapa de construcción del Proyecto en horario diurno y nocturno, con una frecuencia trimestral. El Titular remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe trimestral con el detalle de las actividades de monitoreo realizados y los resultados obtenidos en dicho periodo. Justificación de la medida Se ha establecido que no existe impacto asociado al ruido tanto para la etapa de construcción como de operación del Proyecto, sin embargo, a pesar lo anterior y a que los niveles de ruido cumplen con los límites establecidos en el D.S. Nº 38/12 del MMA, se realizará un monitoreo con la finalidad de verificar que no se incumple con la normativa. Lugar de implementación Se realizará en un total de 5 puntos, los cuales corresponde a: Receptor Nº 1, 3, 6, 13, 41, de acuerdo al avance de los frentes de faena. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: En la construcción, de forma trimestral en horario diurno y nocturno. Forma: En la etapa Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 12 de junio de 2012, en el Título IV Artículo 7º, se establecen los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos, de acuerdo al Tipo de Zona y Horario y funcionamiento de la fuente emisora de ruido, evaluados en la ubicación del receptor afectado. Indicador de cumplimiento Los informes de monitoreo de ruido serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente.
j. MAC – R3
PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “MONITOREO RUIDO ETAPA OPERACIÓN” MAC – R3 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia Área de influencia Ruido del Proyecto. Etapa del Proyecto Operación Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Monitoreo de Ruido Etapa Operación (MAC – R3) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 105 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “MONITOREO RUIDO ETAPA OPERACIÓN” MAC – R3 Objetivo Verificar que los niveles de presión sonora generados por las actividades del Proyecto, en la etapa de operación se comporten, conforme a las modelaciones realizadas y a la Normativa. Descripción de la medida A objeto de verificar el cumplimiento de los estándares normados en lo referido a niveles máximos de presión sonora, se realizarán monitoreos de ruido en la etapa de operación del Proyecto en horario nocturno, con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad del monitoreo a los resultados obtenidos. El Titular remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe trimestral con el detalle de las actividades de monitoreo realizados y los resultados obtenidos en dicho periodo. Justificación de la medida Se ha establecido que no existe impacto asociado al ruido tanto para la etapa de construcción como de operación del Proyecto, sin embargo, a pesar lo anterior y a que los niveles de ruido cumplen con los límites establecidos en el D.S. Nº 38/12 del MMA, se realizará un monitoreo con la finalidad de verificar que no se incumple con la normativa. Lugar de implementación Se realizará en un total de 4 puntos, los cuales corresponde a: Receptor Nº 3, 6, 25 y 41. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: En la operación, de forma trimestral en horario nocturno. Forma: En la etapa de operación se medirán de forma nocturna. Todas las mediciones serán realizadas en base al Decreto Supremo Nº 38 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 12 de junio de 2012, en el Título IV Artículo 7º, se establecen los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos, de acuerdo al Tipo de Zona y Horario y funcionamiento de la fuente emisora de ruido, evaluados en la ubicación del receptor afectado. Indicador de cumplimiento Los informes de monitoreo de ruido serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente.
k. MAV – R4 PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “MONITOREO RUIDO POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – R4 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia Área de influencia Ruido del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción y Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Monitoreo de Ruido Etapa Población Protegida (MAV – R4) Objetivo Verificar y acreditar de manera demostrable que los niveles de presión sonora generados por las actividades del Proyecto, en la etapa de construcción y operación se comporten, conforme a las modelaciones realizadas y a la Normativa están muy por debajo de la normativa aplicable. Descripción de la medida A objeto de verificar el cumplimiento de los estándares normados en la población protegida más cercanas en lo referido a niveles máximos de presión sonora, se realizarán monitoreos de ruido en la etapa de construcción en horario diurno y nocturno y con una frecuencia de trimestral y en la etapa de operación del Proyecto en horario nocturno, con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad del monitoreo a los resultados obtenidos. El Titular remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente un informe trimestral con el detalle de las actividades de monitoreo realizados y los resultados obtenidos en dicho periodo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 106 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “MONITOREO RUIDO POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – R4 Justificación de la medida Se ha establecido que no existe impacto asociado al ruido tanto para la etapa de construcción como de operación del Proyecto, sin embargo, a pesar lo anterior y a que los niveles de ruido cumplen con los límites establecidos en el D.S. Nº 38/12 del MMA, se realizará un monitoreo con la finalidad de verificar que no se incumple con la normativa en la población protegida más cercana al Proyecto. Lugar de implementación Se realizará en un total de 2 puntos (receptores), los cuales corresponde a población protegida: Receptor Nº 39 (Comunidad Choin Lafquenche) y 55 (Comunidad Quilamapu). Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: En la construcción de forma trimestral en horario diurno y nocturno y en la operación, de forma trimestral en horario nocturno, por dos años. Forma: En la etapa de construcción se medirá de forma diurna y nocturna y en la etapa de operación se medirán de forma nocturna. Todas las mediciones serán realizadas en base al Decreto Supremo Nº 38 del Ministerio del Medio Ambiente, publicado en el Diario Oficial el 12 de junio de 2012, en el Título IV Artículo 7º, se establecen los Niveles Máximos Permisibles de Presión Sonora Corregidos, de acuerdo al Tipo de Zona y Horario y funcionamiento de la fuente emisora de ruido, evaluados en la ubicación del receptor afectado. Indicador de cumplimiento Los informes de monitoreo de ruido serán remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente.
l. MAC – R5
PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREOS DE RUIDO POBLACIÓN NO PROTEGIDA” MAC – R5 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia Área de Influencia de ruido Etapa del Proyecto Construcción y Operación Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población No Protegida (MAC – R5) Objetivo Mantener informada a la ciudadanía respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de ruido en las etapas de construcción y operación del Proyecto Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de ruido en las etapas de construcción y operación del Proyecto. La ficha será entregada a los siguientes receptores del Proyecto: Receptor Nº 1, 3, 6, 13, 25, 41. En el Apéndice Nº 3, del presente documento se encuentra el modelo de la ficha que se entregará a la ciudadanía. Justificación de la medida Mantener a la ciudadanía informada, respecto del cumplimiento normativo del componente ruido. Lugar de implementación En las reuniones de relacionamiento comunitario se realizará la entrega de la información, de forma trimestral para la etapa de construcción y operación. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Una vez finalizados los monitoreos, se realizará la entrega de la ficha a la ciudadanía. Forma: - En las reuniones de relacionamiento comunitario, donde se dejará registro de la entrega. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá el registro de entrega de la ficha de del monitoreo de ruido.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 107 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” m. MAV – R6
PLAN DE MEDIDAS DE RUIDO “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREOS DE RUIDO POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – R6 Componente ambiental Medio Físico - Ruido Afectación ambiental Posible alteración del nivel basal de ruido por aumento de los niveles de presión sonora. Lugar de ocurrencia Área de influencia de ruido Etapa del Proyecto Construcción y Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población Protegida (MAV – R6) Objetivo Mantener informada y acreditar a las comunidades indígenas respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de ruido en las etapas de construcción y operación del Proyecto, con el fin de demostrar que los valores están por debajo de la normativa aplicable y que no se generan efectos significativos por este componente ambiental. Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de ruido en las etapas de construcción y operación del Proyecto. La ficha será entregada a los siguientes receptores del Proyecto: Receptor Nº 39 y 55. En el Apéndice Nº 3, del presente documento se encuentra el modelo de la ficha que se entregará a la población protegida. Justificación de la medida Mantener a la población protegida informada, respecto del cumplimiento normativo del componente ruido. Lugar de implementación En las reuniones de relacionamiento comunitario se realizará la entrega de la información, de forma trimestral para la etapa de construcción y operación. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Una vez finalizados los monitoreos, se realizará la entrega de la ficha a los receptores Nº 39 y 55. Forma: - En las reuniones de relacionamiento comunitario, donde se dejará registro de la entrega. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá el registro de entrega de la ficha de del monitoreo de ruido.
ñ. MAC – CA1
PLAN DE MEDIDAS DE CALIDAD DEL AIRE “MEDIDAS DE CONTROL DE EMISIÓN” MAC – CA1 Componente ambiental Calidad del Aire Afectación ambiental Aumento de la concentración de partículas y polvo Lugar de ocurrencia Área de influencia del Proyecto: Calidad del Aire Etapa del Proyecto Construcción y cierre Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Medida de Control de Emisión (MAC – CA1) Objetivo Aminorar las emisiones de material particulado y polvo en las etapas de construcción y cierre. Descripción de la medida Se consideran las siguientes medidas durante la etapa de construcción y cierre: Tratamiento de caminos no pavimentados de alto uso con bischofita u otro aglomerante en rutas internas del Proyecto. Humectación de caminos internos del Proyecto evitando levantamiento de polvo en los caminos con menor tránsito, la periodicidad será de dos veces al día en días con ausencia de precipitación en los caminos utilizados según avancen los frentes de trabajo (plano de humectación disponible en Anexo Nº 1 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 108 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE CALIDAD DEL AIRE “MEDIDAS DE CONTROL DE EMISIÓN” MAC – CA1 de la Adenda Nº 3). Se exigirá que los camiones que transporten materiales, sean tapados con lonas y homogenicen la distribución de carga durante su tránsito en rutas internas y enroladas. Se exigirá maquinaria y vehículos con revisión técnica al día durante su uso en rutas internas y enroladas. En caminos internos y enrolados que no se encuentren pavimentados se mantendrá una velocidad máxima de 30 km/h, para los camiones cargados y 40 km/h para camiones sin carga. Los demás vehículos mantendrán una velocidad reducida que evite el alzamiento de polvo. Se mantendrán limpios los accesos a la obra. Se utilizarán equipos y maquinarias con precaución y a velocidad moderada. En lo que respecta a operación, solo se contempla como medida la limitación de la velocidad, en tanto se contempla mayoritariamente el tránsito de vehículos livianos Justificación de la medida El Proyecto emitirá emisiones de material particulado y polvo durante todas sus etapas, estando estas concentradas en mayor cantidad en las etapas de construcción y cierre del Proyecto, no obstante que los valores obtenidos no son significativos, se establecen medidas de manejo ambiental para minimizarlo. Lugar de implementación Área de Influencia calidad del aire del Proyecto, específicamente en las rutas enroladas y caminos internos a emplear por parte del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante las etapa de construcción y cierre. Durante la operación solo se contempla la restricción de la velocidad. Forma: Se realizarán controles aleatorios a los camiones y maquinaria para verificar la revisión técnica al día y certificado de gases, cuyos registros de controles se mantendrán en la obra. Durante la construcción y cierre, en aquellos días con ausencia e precipitación se humectarán los caminos internos no pavimentados correspondientes a los cercanos a instalaciones de faenas y sector de Surco y Semillas. Indicador de cumplimiento -Registros de los controles aleatorios de revisión técnica y de control de gases. -Registro de recorridos del camión aljibe, indicando fecha, vehículo, chofer y ruta humectada.
o. MAV – HI1
PLAN DE MEDIDAS DE HIDROLOGÍA “MONITOREO DE POZOS DE AGUA” MAV – HI1 Componente ambiental Medio Físico – Hidrología Afectación ambiental Posible riesgo de alteración de la cantidad y calidad de aguas superficiales y subterráneas Lugar de ocurrencia Pozos destinados al consumo humano Nº 4, 9 y 10 emplazados aledaños al área del Proyecto (Ver Planimetría en Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 3) Etapa del Proyecto Construcción y Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Monitoreo de Pozos de Agua (MAV – HI1) Objetivo Corroborar la no generación de impactos sobre la calidad y cantidad del agua de los pozos para consumo humano. Descripción de la medida El Titular considera el monitoreo de parámetros físicos (pH y Temperatura) y nivel freático en los pozos de agua destinados a consumo humano (3 pozos, que corresponden al Nº 4, 9 y 10), de forma previa a comenzar con la etapa de construcción, durante el desarrollo de dicha etapa y una vez finalizada dicha etapa. En cuanto a la etapa de operación, el Titular realizará un seguimiento de los pozos cercanos (Pozos Nº 4, 9 y 10, ver Planimetría de pozos en Anexo Nº 1 de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 109 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE HIDROLOGÍA “MONITOREO DE POZOS DE AGUA” MAV – HI1 la Adenda Nº 3), con una frecuencia de una vez al año durante los dos primeros años de operación, en época invernal. La finalidad de dichos monitoreos es corroborar el nulo impacto a los pozos, en tanto las condiciones iniciales se deben mantener durante la etapa de construcción y al finalizarla y en el caso de la operación se espera comprobar el nulo impacto con la implementación del Proyecto en el área. En caso de existir efectos negativos en su cantidad y calidad el titular deberá adoptar las medidas necesarias para restaurar la condición original u otras medidas de carácter alternativos (dotar de agua u otra de carácter definitiva preferentemente acordada con los involucrados). Justificación de la medida La finalidad de la medida es establecer el nulo impacto de los pozos, en tanto las condiciones iniciales se deben mantener durante la etapa de construcción y al finalizarla y en el caso de la operación se espera comprobar el nulo impacto con la implementación del Proyecto en el área. Lugar de implementación En los pozos de agua para consumo humano (3 pozos, correspondientes al Pozo Nº 4, 9 y 10), que se ubican aledaños al área de Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Medición de parámetros físicos (pH y Temperatura) y nivel freático de los pozos de forma previa a comenzar con la etapa de construcción, durante el desarrollo de dicha etapa y una vez finalizada dicha etapa y una vez al año los dos primeros años en la etapa de operación. Forma: A través de medición de parámetros físicos en cada uno de los tres (3) pozos. Indicador de cumplimiento Una vez finalizado cada monitoreo se entregará a la Superintendencia de Medio Ambiente un Informe con los resultados obtenidos.
p. MAV – HI2
PLAN DE MEDIDAS DE HIDROLOGÍA “MEDIDAS PARA OBRAS DE CAUCES” MAV – HI2 Componente ambiental Medio Físico – Hidrología Afectación ambiental Posible riesgo de alteración de la cantidad y calidad de aguas superficiales debido a las obras de cruce en los cauces. Lugar de ocurrencia Área de influencia Hidrología del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Medidas para Obras de Cruces de Cauces (MAV – HI2) Objetivo Verificar el nulo impacto en la cantidad y calidad de las aguas superficiales debido a las obras de cruce en los cauces Descripción de la medida Se implementará barreras que impidan el arrastre de finos en las obras de cruce de los cauces. Dentro de las barreras se consideran siembras de pasto, fardos, sacos con paja y/o mallas rachel. Se prohibirá el vertido de cualquier residuo líquido y/o lodos asociado al Proyecto en terrenos superficiales, canales, cauces o acuíferos aledaños a los frentes de faena. Cuando se detecte cualquier filtración o derrame de aguas asociado a los frentes de faena en las obras de cruce deberá darse oportuno aviso al supervisor para corregir inmediatamente la condición y controlar el incidente. Justificación de la medida La finalidad de la medida es evitar un impacto de las aguas producto de las obras de cruce a los cauces. Lugar de implementación Área de influencia de hidrología 100 metros en torno a los cuerpos de agua donde se realizarán obras de cruce. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de construcción, específicamente durante las obras de cruce de cursos de agua. Forma: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 110 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE HIDROLOGÍA “MEDIDAS PARA OBRAS DE CAUCES” MAV – HI2 Mediante la implementación de barreras que impidan el arrastre de finos y mediante el adecuado manejo de los residuos. Indicador de cumplimiento Se tendrá la Resolución Sanitaria de la solución de baños aprobada. Se mantendrán los registros en la obra de los envíos de lodos residuales por la empresa autorizada. Registros fotográficos de la implementación de las barreras.
q. MAV – HI3 PLAN DE MEDIDAS DE HIDROLOGÍA “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREO POZOS” MAV – HI3 Componente ambiental Medio Físico – Hidrología Afectación ambiental Posible riesgo de alteración de la cantidad y calidad de aguas superficiales Lugar de ocurrencia Área de influencia Hidrología del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción y Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Pozos de Agua Objetivo Mantener informados a los dueños de los pozos (Nº 4, 9 y 10) de los resultados obtenidos de los monitoreos de los pozos en las etapas de construcción y operación del Proyecto. Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de los pozos en las etapas de construcción y operación del Proyecto. La ficha será entregada a los dueños de los pozos. En el Apéndice Nº 5, del presente documento se encuentra el modelo de la ficha que se entregará. Justificación de la medida Mantener a los dueños de los pozos informados respecto de los resultados de la calidad de las aguas. Lugar de implementación En los pozos de agua para consumo humano (3 pozos), que se emplazan en el área del Proyecto. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Una vez finalizados los monitoreos, se realizará la entrega de la ficha a los dueños de los pozos. Forma: En las reuniones de relacionamiento comunitario, donde se dejará registro de la entrega. Indicador de cumplimiento Se mantendrá registro de la entrega de la ficha del monitoreo de los pozos.
r. MAC – FV1
PLAN DE MEDIDAS DE FLORA Y VEGETACIÓN “PREVENCIÓN POSIBLE PÉRDIDA DE EJEMPLARES DE FLORA Y VEGETACIÓN” MAC – FV1 Componente ambiental Flora y Vegetación Afectación ambiental Posible pérdida de ejemplares de flora y vegetación Lugar de ocurrencia Área de influencia Flora y Vegetación del Proyecto. Etapa del Proyecto Construcción del Proyecto Tipo de medida Medida general de manejo ambiental. Nombre Prevención Posible Pérdida de Ejemplares de Flora y Vegetación (MAC - FV1) Objetivo Evitar la pérdida de ejemplares de flora REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 111 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE FLORA Y VEGETACIÓN “PREVENCIÓN POSIBLE PÉRDIDA DE EJEMPLARES DE FLORA Y VEGETACIÓN” MAC – FV1 Descripción de la medida Inducción de todo el personal respecto a la vegetación y flora local y sus cuidados. Prohibición de extraer especies de flora en categoría de conservación. Prohibición de realización de fogatas y otros elementos de riesgo que contemplen el uso de fuego. Prohibición de circular fuera de los caminos habilitados ya sea por personas a pie como en vehículos o maquinarias Se utilizarán carteles informativos en los distintos frentes de trabajo y oficina del Proyecto para difundir temáticas de conservación y preservación de la vegetación local Justificación de la medida En el área de emplazamiento de Proyecto existen especies de flora en categoría de conservación, las cuales potencialmente pueden ser dañadas. El Proyecto contempla la corta de 2,0 ha de bosque nativo y la reforestación de 2,0 ha de bosque nativo del tipo forestal roble-raulí-coigüe y 8,27 ha de corta de plantaciones y 8,27 ha de forestación de plantaciones mediante especies de Eucaliptus globulus y Pinus radiata. En el Anexo Nº 4.5 A y 4.5 B de la Adenda Nº 2 se presentaron los Planes de Manejo de Corta y Reforestación de Bosque Nativo y Plantaciones. Lugar de implementación En los frentes de trabajo. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: En los frentes de trabajo cercanos a vegetación. Forma: A través de inducciones y letreros informativos. Indicador de cumplimiento - Registro de charla de inducción.
s. MAC – S1
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “DETENCIÓN DE AEROGENERADOR” MAC – S1 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a que la sombra sobrepasa las 30 horas al año de acuerdo a la norma referencial internacional en el receptor Nº 14, dando como resultado 34 horas con 39 minutos. Lugar de ocurrencia Receptor Nº 14 Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Detención de Aerogenerador Nº 23 Objetivo Detener las aspas del aerogenerador Nº 23 al sobrepasar los límites de sombra establecidos en la norma internacional de referencia (30 horas al año) para evitar el parpadeo sobre el receptor, mediante un sensor de detección automática. Descripción de la medida La medida ha considerar para este receptor es la utilización de un sensor de detección automática (shadow detection system). Este sistema está integrado con el sistema de control de las turbinas. Si la unidad registra Shadow Flicker más allá de un cierto límite, las aspas serán detenidas para evitar el parpadeo sobre viviendas cercanas. El equipo comprende 2 sensores, instalados en los lados este y oeste de la turbina. Una unidad controlador de sombra mide las diferencias de intensidad entre las dos indicaciones y calcula que tan pronunciada está la sombra en cada momento. El detector de sombra se configura de forma única para cada turbina. Están programados con la ubicación de las viviendas y también con tablas de tiempo indicando cuándo el shadow flicker debe ser evitado. La medida será aplicada al receptor Nº 14, no obstante en caso de que las medidas propuestas para el receptor Nº 17 no tengan efectos, se considerará esta medida como una posible alternativa. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 112 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “DETENCIÓN DE AEROGENERADOR” MAC – S1 Justificación de la medida La sombra sobrepasa las 30 horas al año en el receptor Nº 14 según la norma internacional de referencia, dando como resultado 34 horas con 39 minutos, en el análisis de Shadow Flicker. Lugar de implementación En el aerogenerador Nº 23 que provoca un efecto sombra al receptor Nº 14 analizado en el componente Shadow Flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3) Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Se instalará un sensor de detección automática en el aerogenerador Nº 23 previo a la etapa de operación y durante esta etapa se llevará a cabo la medida. Forma: Mediante un Sensor de Detección Automática en el aerogenerador Nº 23. Indicador de cumplimiento Registro de incorporación de Detector en aerogenerador Nº 23. Reporte anual o informe emitido por el sensor.
t. MAC – S2
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN NO PROTEGIDA” MAC – S2 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores de población no protegida Lugar de ocurrencia En los receptores de población no protegida emplazados en el área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Monitoreo de Sombra Población No Protegida (MAC – S2) Objetivo Establecer que no se genera impacto del efecto sombra mediante la realización de un monitoreo en base a un sensor de detección automática de las horas de sombra Descripción de la medida Se llevará a cabo un monitoreo de shadow flicker (efecto sombra) en los aerogeneradores (mediante sensor de detección automático) asociados a los receptores de población no protegida: Receptor Nº 14 y 17.
Dicho monitoreo se realizará de forma anual durante los dos primeros años de operación del Proyecto. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores de población no protegida. Lugar de implementación En Aerogeneradores Nº 23 asociados a los receptores Nº 14 y 17. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Se instalará un sensor de detección automática previo a la etapa de operación y durante los dos primeros años de la etapa se llevará a cabo la medida. Forma: Mediante un Sensor de Detección Automática. Indicador de cumplimiento Informe anual con resultados de sombra efectivas durante los dos primeros años de operación del Proyecto.
u. MAV – S3
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – S3 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores de población protegida Lugar de ocurrencia En los receptores de población protegida emplazados en el área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 113 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – S3 Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Monitoreo de Sombra Población Protegida (MAV – S3) Objetivo Establecer y acreditar que no se genera impacto del efecto sombra mediante la realización de un monitoreo en base a un sensor de detección automática de las horas de sombra Descripción de la medida Se llevará a cabo un monitoreo de shadow flicker (efecto sombra) en los aerogeneradores (mediante sensor de detección automático) asociados a los receptores de población protegida: Receptor Nº 39 (Comunidad Choin Lafquenche) y 55 (Comunidad Quilamapu). Dicho monitoreo se realizará de anual durante los dos primeros años de operación del Proyecto. Justificación de la medida Asegurar y demostrar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores de población protegida. Lugar de implementación En Aerogeneradores Nº 47 y 9 asociados a los receptores Nº 39 y 55 respectivamente. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Se instalará un sensor de detección automática previo a la etapa de operación y durante los dos primeros años de la etapa se llevará a cabo la medida. Forma: Mediante un Sensor de Detección Automática. Indicador de cumplimiento Informe anual con resultados de sombra efectivas durante los dos primeros años de operación del Proyecto.
v. MAC – S4
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN Y MANTENCIÓN EN EL PREDIO DEL ÁREA DEL PROYECTO” MAC – S4 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores insertos en el predio del Área del Proyecto Lugar de ocurrencia En los receptores emplazados en el predio del área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Forestación y Mantención en el predio del Área del Proyecto (MAC – S4) Objetivo Mantener una cortina vegetal asociada a los receptores, para evitar el efecto de sombra Descripción de la medida El Titular realizará un forestación con especies frutales y/o arbóreas en el predio del área del Proyecto, a modo de mantener una cortina vegetal en el receptor y evitar el efecto sombra. Adicionalmente, el Titular se encargará de realizar las mantenciones necesarias en dicha cortina vegetacional con el fin de mantenerla en el tiempo. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el predio del área de emplazamiento del Proyecto, en los el receptores Nº 17 y 21. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el predio donde se emplaza el Proyecto Forma: A través de la forestación y mantención de vegetación asociada al receptor Indicador de cumplimiento Informe de especialista, el cual contengan registro fotográfico de implementación de especies arbóreas y de las mantenciones realizadas. Será remitido un informe anual en la etapa de operación del Proyecto a la Superintendencia del Medio Ambiente con el cumplimiento de la medida indicada. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 114 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” w. MAC – S5
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN Y MANTENCIÓN EN EL PREDIO DEL RECEPTOR” MAC – S5 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores insertos en el predio del receptor. Lugar de ocurrencia En los receptores emplazados fuera del predio del área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Complementaria Nombre Forestación y Mantención en el predio del receptor (MAC – S5) Objetivo Mantener una cortina vegetal asociada a los receptores, para evitar el efecto de sombra Descripción de la medida El Titular realizará un forestación con especies frutales y/o arbóreas en el predio del receptor inserto fuera del área del Proyecto, a modo de mantener una cortina vegetal en el receptor y evitar el efecto sombra. Adicionalmente, el Titular se encargará de realizar las mantenciones necesarias en dicha cortina vegetacional con el fin de mantenerla en el tiempo. La medida será aplicada al Receptor Nº 14, no obstante, en caso de que las medidas asociadas al receptor Nº 17 no sean efectivas, se considerará esta medida como posible alternativa Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el predio del receptor Nº 14 y como alternativa en el predio del receptor Nº 17. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el predio donde se emplaza el Receptor. Forma: A través de la forestación y mantención de vegetación asociada al receptor. Indicador de cumplimiento Informe de especialista, el cual contengan registro fotográfico de implementación de especies arbóreas y de las mantenciones realizadas. Será remitido un informe anual en la etapa de operación del Proyecto a la Superintendencia del Medio Ambiente con el cumplimiento de la medida indicada.
x. MAV – S6
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “IMPLEMENTACIÓN DE TOLDO” MAV – S6 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de ocurrencia En los receptores que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Implementación de Toldo (MAV – S6) Objetivo Evitar el efecto de sombra, mediante la implementación de un toldo en el receptor, en caso de que las otras medidas no funcionen y que el receptor este de acuerdo con su implementación Descripción de la medida El Titular implementará un toldo en algunos receptores, con la finalidad de disminuir el efecto asociado al efecto sombra,. La medida se implementará en los receptores 1, 3, 14, 19, 24, 25 y 28, siempre y cuando las otras medidas consideradas para cada receptor no sean efectivas y el receptor este de acuerdo con la implementación de la medida. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 115 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “IMPLEMENTACIÓN DE TOLDO” MAV – S6 Lugar de implementación De forma alternativa en los receptores Nº 1, 3, 14, 19, 24, 25 y 28. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el receptor. Forma: A través de la implementación de un toldo, siempre y cuando las otras medidas no surjan efectos o bien si el receptor prefiere la implementación de toldo, antes de otra medida. Indicador de cumplimiento Registro fotográfico de implementación de toldo
y. MAV – S7
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “RECONFIGURACIÓN DE VENTANA” MAV – S7 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de ocurrencia En los receptores que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Reconfiguración de Ventana (MAV – S7) Objetivo Evitar el efecto de sombra, mediante la reconfiguración de las ventanas en el receptor, en caso de que las otras medidas no funcionen y que el receptor este de acuerdo con su implementación Descripción de la medida El Titular implementará la reconfiguración de ventana en el receptor Nº 3, no obstante en el receptor Nº 14 se considera como alternativa en caso de que las otras medidas consideradas para dicho receptor no sean efectivas y el receptor este de acuerdo con la implementación de la medida. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el receptor Nº 3 y de forma alternativa en el receptor Nº 14 Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el receptor. Forma: A través de la reconfiguración de las ventanas en el receptor Nº 3 y en el receptor Nº 14 siempre y cuando las otras medidas no sean efectivas o bien si el receptor prefiere la reconfiguración de ventanas, antes de otra medida. Indicador de cumplimiento Registro fotográfico de reconfiguración de ventanas
z. MAV – S8
PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – S8 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de ocurrencia En los receptores de población protegida del Proyecto Etapa del Proyecto Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Sombra Población Protegida REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 116 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN PROTEGIDA” MAV – S8 (MAV – S8) Objetivo Mantener informada a la población protegida respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de sombra en la etapa de operación del Proyecto Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, respecto de los resultados obtenidos del monitoreo de sombra en la etapa de operación del Proyecto. La ficha será entregada a los siguientes receptores del Proyecto: Receptor Nº 39 (Comunidad Choin lafquenche) y 55 (Comunidad Quilamapu). En el Apéndice Nº 4, del presente documento se encuentra el modelo de la ficha que se entregará a la población protegida Justificación de la medida Mantener a la población protegida informada, respecto de los monitoreos y resultados realizados para el componente sombra con el fin de demostrar que no existe superación de norma internacional de 30 horas año u otra afectación significativa sobre este componente ambiental. Lugar de implementación En las reuniones de relacionamiento comunitario se realizará la entrega de la información, de forma anual para la etapa de operación. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Una vez finalizados los monitoreos, se realizará la entrega de la ficha a la población protegida. Forma: - En las reuniones de relacionamiento comunitario, donde se dejará registro de la entrega. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá el registro de entrega de la ficha de del monitoreo de sombra.
a1.Cuadro de Medidas a Implementar en “Shadow Flicker” Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Sombra Población No Protegida MAV – S9 PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FICHA DE ENTREGA DE INFORMACIÓN MONITOREO DE SOMBRA POBLACIÓN NO PROTEGIDA” MAV – S9 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de ocurrencia En los receptores de población no protegida del Proyecto Etapa del Proyecto Operación Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Sombra Población No Protegida (MAV – S9) Objetivo Mantener informada a la población no protegida respecto de los resultados obtenidos de los monitoreos de sombra en la etapa de operación del Proyecto Descripción de la medida Se realizará una ficha de entrega de información, respecto de los resultados obtenidos del monitoreo de sombra en la etapa de operación del Proyecto. La ficha será entregada a los siguientes receptores del Proyecto: Receptor Nº 14 y 17. En el Apéndice Nº 4, del presente documento se encuentra el modelo de la ficha que se entregará a la población no protegida. Justificación de la medida Mantener a la población no protegida informada, respecto de los monitoreos realizados para el componente sombra. Lugar de implementación En las reuniones de relacionamiento comunitario se realizará la entrega de la información, de forma anual para la etapa de operación. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de implementación: Una vez finalizados los monitoreos, se realizará la entrega de la ficha a la población no protegida. Forma: - En las reuniones de relacionamiento comunitario, donde se dejará registro de la entrega. Indicador de cumplimiento - Se mantendrá el registro de entrega de la ficha de del monitoreo de sombra. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 117 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
b2. Cuadro de Medidas a Implementar en “Shadow Flicker” Forestación y Mantención en el Predio del Área del Proyecto MAV – S10 PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN Y MANTENCIÓN EN EL PREDIO DEL ÁREA DEL PROYECTO” MAV – S10 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores insertos en el predio del Área del Proyecto. Lugar de ocurrencia En los receptores emplazados en el predio del área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Forestación y Mantención en el predio del Área del Proyecto (MAV – S10) Objetivo Mantener una cortina vegetal asociada a los receptores, para evitar el efecto de sombra Descripción de la medida El Titular realizará un forestación con especies frutales y/o arbóreas en el predio del área del Proyecto, a modo de mantener una cortina vegetal en el receptor y evitar el efecto sombra. Adicionalmente, el Titular se encargará de realizar las mantenciones necesarias en dicha cortina vegetacional con el fin de mantenerla en el tiempo. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el predio del área de emplazamiento del Proyecto, en los el receptores Nº 1 y 13 y como alternativa en el receptor Nº 3 siempre y cuando no sean efectivas las otras medidas aplicadas a dicho receptor. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el predio donde se emplaza el Proyecto Forma: A través de la forestación y mantención de vegetación asociada al receptor Indicador de cumplimiento Informe de especialista, el cual contengan registro fotográfico de implementación de especies arbóreas y de las mantenciones realizadas. Será remitido un informe anual en la etapa de operación del Proyecto a la Superintendencia del Medio Ambiente con el cumplimiento de la medida indicada.
c2. Cuadro de Medidas a Implementar en “Shadow Flicker” Forestación y Mantención en el Predio del Receptor MAV – S11 PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN Y MANTENCIÓN EN EL PREDIO DEL RECEPTOR” MAV – S11 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores insertos en el predio del receptor. Lugar de ocurrencia En los receptores emplazados fuera del predio del área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Forestación y Mantención en el predio del receptor (MAV – S11) Objetivo Mantener una cortina vegetal asociada a los receptores, para evitar el efecto de sombra Descripción de la medida El Titular realizará un forestación con especies frutales y/o arbóreas en el predio del receptor inserto fuera del área del Proyecto, a modo de mantener una cortina vegetal en el receptor y evitar el efecto sombra. Adicionalmente, el Titular se encargará de realizar las mantenciones necesarias en dicha cortina vegetacional con el fin de mantenerla en el tiempo. La medida será aplicada al Receptor Nº 19, 24, 25 y 28, no obstante, en caso de que las medidas asociadas al receptor Nº 13 no sean efectivas, se considerará esta medida como posible REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 118 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN Y MANTENCIÓN EN EL PREDIO DEL RECEPTOR” MAV – S11 alternativa siempre y cuando el propietario así lo requiera. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el predio del receptor Nº 19, 24, 25 y 28 y como alternativa en el predio del receptor Nº 13. Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el predio donde se emplaza el Receptor. Forma: A través de la forestación y mantención de vegetación asociada al receptor. Indicador de cumplimiento Informe de especialista, el cual contengan registro fotográfico de implementación de especies arbóreas y de las mantenciones realizadas Será remitido un informe anual en la etapa de operación del Proyecto a la Superintendencia del Medio Ambiente con el cumplimiento de la medida indicada.
d2. Cuadro de Medidas a Implementar en “Shadow Flicker” Forestación en el Predio del Receptor MAV – S12 PLAN DE MEDIDAS DE SHADOW FLICKER “FORESTACIÓN EN EL PREDIO DEL RECEPTOR” MAV – S12 Componente ambiental Shadow Flicker (efecto sombra) Afectación ambiental Posible alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores insertos en el predio del receptor. Lugar de ocurrencia En los receptores emplazados fuera del predio del área del Proyecto y que puedan verse afectados por la sombra Etapa del Proyecto Operación del Proyecto Tipo de medida Medida Ambiental Voluntaria Nombre Forestación en el predio del receptor (MAV – S12) Objetivo Minimizar posible alteración de a calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores Descripción de la medida El Titular realizará una forestación de tres individuos de especies frutales y/o arbóreas (especies de rápido crecimiento) en el predio del receptor inserto fuera del área del Proyecto. La medida será aplicada al Receptor Nº 6, 8, 15, 16, 18, 20, 22, 26, 27, 29 y 30 siempre y cuando el propietario este de acuerdo con la implementación de esta medida. Justificación de la medida Asegurar la no alteración de la calidad de vida debido a la sombra que generan los aerogeneradores en los receptores. Lugar de implementación En el predio del receptor Nº 6, 8, 15, 16, 18, 20, 22, 26, 27, 29 y 30 Forma y oportunidad de implementación Oportunidad de Implementación: Durante la etapa de operación en el predio donde se emplaza el Receptor. Forma: A través de la forestación de tres individuos de especies frutales y/o arbóreas (especies de rápido crecimiento) en el predio del receptor. Indicador de cumplimiento Informe de especialista una vez implementada la medida en cada receptor, el cual contenga registro fotográfico de implementación de especies arbóreas. El informe será remitido una vez implementada las medidas a la Superintendencia del Medio Ambiente.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 119 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 8°. Que, el plan de seguimiento de las variables ambientales relevantes que fueron objeto de evaluación ambiental son las siguientes:
8.1. Resumen de actividades plan de seguimiento componente fauna
MEDIDAS UBICACIÓN PARÁMETRO FRECUENCIA Y DURACIÓN INDICADOR DE CUMPLIMIENTO Procedimiento perturbación fauna Área de influencia fauna de vertebrados terrestres - Presencia y abundancia de ejemplares en el área de captura - Presencia y abundancia de ejemplares en áreas de a perturbar. - Presencia de ejemplares accidentados en caminos internos y de acceso Primer monitoreo un día después de la perturbación controlada. Segundo monitoreo una semana después de la perturbación controlada. Tercer monitoreo un mes después de la perturbación controlada. Luego de estos tres monitoreos se procederá con monitoreos trimestrales hasta completar dos años, tiempo estimado que durarán las obras de construcción del Parque Eólico Malleco. Informes trimestrales por dos años que serán entregados a:
- SAG (IX Región)
Superintendencia de Medio Ambiente Medida mitigación colisión avifauna Área de influencia fauna de vertebrados terrestres, considerando exclusivamente el área de emplazamiento de aerogeneradores - Registro de mortandad de ejemplares de avifauna Registro semanal de colisiones de avifauna, el cual contendrá la fecha, el lugar del evento, especie, aerogenerador más cercano y número de ejemplares impactados. Sistematización de los monitoreos semanales cada tres meses, durante los primeros dos años de operación del Proyecto. Informes trimestrales por dos años durante la operación que serán entregados a:
- SAG (IX Región)
Superintendencia de Medio Ambiente Charlas de inducción y señaléticas sobre fauna Área de influencia fauna de vertebrados terrestres - Registro de asistencia a capacitaciones - Fotografías de señalética implementada Charla de inducción a todo el personal nuevo, durante el inicio de la etapa de construcción. Las señaléticas se implementaran al inicio de la habilitación de cada una de la tres instalaciones de faena. Registro de asistencia a capacitaciones y fotografías de señalética implementada se entregará de forma trimestral junto con los informes de monitoreo de la perturbación de fauna durante los dos años que dura la etapa de construcción.
8.2. Cuadro resumen de leyenda de medidas asociadas al proyecto.
CÓDIGO MEDIDA DESCRIPCIÓN MEDIDA MAC - MH1 Programa de Transporte Ruta R – 49 MAC - MH2 Programa de Transporte Ruta R – 35 MAC - MH3 Plan de Comunicación Junta de Vecinos Surco y Semilla MAV - MH4 Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para la Ciudadanía MAV - MH5 Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para las Comunidades MAV - MH6 Pago de Patente Municipal en Ilustre Municipalidad de Collipulli MAC - R1 Reducción de Potencia de Aerogenerador MAC - R2 Monitoreo de Ruido Etapa Construcción MAC - R3 Monitoreo de Ruido Etapa Operación MAV - R4 Monitoreo de Ruido Etapa Población Protegida MAC - R5 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población No Protegida MAV - R6 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población Protegida MAC - S1 Detención de Aerogenerador Nº 23 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 120 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” MAC - S2 Monitoreo de Sombra Población No Protegida MAV - S3 Monitoreo de Sombra Población Protegida MAC - S4 Forestación y Mantención en el predio del Área del Proyecto MAC - S5 Forestación y Mantención en el predio del receptor MAC - S6 Implementación de Toldo MAC - S7 Reconfiguración de Ventana MAV - S8 Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Sombra Población Protegida MAV - S9 Ficha de Entrega de Información Monitoreo de Sombra Población No Protegida MAV – S10 Forestación y Mantención en el predio del Área del Proyecto MAV – S11 Forestación y Mantención en el predio del receptor MAV – S12 Forestación en el predio del receptor LEYENDA MAC Medida Ambiental Complementaria MH Medio Humano MAV Medida Ambiental Voluntaria R Ruido S Sombra
8.3. Cuadro resumen de fichas de receptores y medidas asociadas al proyecto y sus diferentes fases
ID RECEPTOR INSTALACIÓN DEL PROYECTO MÁS CERCANA DISTANCIA A LA INSTALACIÓN MÁS CERCANA (m) CORTINA VEGETAL MEDIDA DE SOMBRA RUIDO OTRAS MEDIDAS ASOCIADAS OPERACIÓN CONSTRUCCIÓN OPERACIÓN CONSTRUCCIÓN OPERACIÓN 1 23 252 Existente MAV - S10 (alt: MAV- S6) MAC - R2 / MAC - R5
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 2 74 288 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 3 22 303 Existente MAV - S7 (alt: MAV - S10 / MAV - S6) MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 4 45 309 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 5 57 314 Existente
MAC
MH2/MAV- MH4 MAV - MH4 6 21 315 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 7 45 320 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 8 23 321 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 9 45 330 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 10 45 334 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 11 45 349 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 12 45 352 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 13 21 355 Existente MAV - S10 (alt: MAV - S11) MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 121 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 14 23 363 Existente MAC - S1 / MAC - S5 (alt: MAV - S6 / MAV - S7) / MAC - S2 / MAV - S9 MAC - R2 / MAC - R5
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 15 24 372 Existente MAV - S12
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 16 21 377 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 17 21 384 Existente MAC - S4 (alt: MAC - S5 / MAC - S1) / MAC - S2 / MAV - S9 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV- MH4 MAV - MH4 18 21 385 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/ MAV - MH4 MAV - MH4 19 18 391 Existente MAV - S11 (alt: MAV - S6)
MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 20 21 399 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 21 45 402 Existente MAC - S4
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 22 64 407 Existente MAV - S12
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 23 74 409 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 24 18 426 Existente MAV - S11 (alt: MAV - S6)
MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 25 18 443 Existente MAV - S11 (alt: MAV - S6)
MAC
R1/MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 26 24 445 Existente MAV - S12
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 27 18 447 Existente MAV - S12
MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 28 21 465 Existente MAV - S11 (alt: MAV - S6) MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 29 18 466 Existente MAV - S12
MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 30 21 475 Existente MAV - S12 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 31 25 486 No existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 32 24 503 Existente
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 33 21 503 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 34 47 511 Existente
MAC
MH2/MAV
MH5 MAV - MH5 35 24 528 Existente
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 36 10 530 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 37 24 540 Existente
MAC - MH1/MAC
MH3/MAV
MH4 MAV - MH4 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 122 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 38 10 541 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 39 47 545 Existente MAV - S3/MAV - S8 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 MAC - MH2/MAV - MH5 MAV - MH5 40 25 548 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 41 69 581 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH2/MAV - MH4 MAV - MH4 42 21 584 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 43 10 589 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 44 10 590 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 45 10 611 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 46 20 622 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 47 9 624 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 48 21 625 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 49 21 627 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 50 10 646 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 51 10 662 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 52 21 668 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 53 69 675 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH2/MAV - MH4 MAV - MH4 54 69 683 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH2/MAV - MH4 MAV - MH4 55 9 692 Existente MAV - S3/MAV - S8 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 MAC - MH1/MAV - MH5 MAV - MH5 56 10 707 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 57 9 708 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 58 21 708 Existente
MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 59 20 722 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 60 10 732 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 61 10 749 No existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 62 10 752 No existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 123 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 63 9 793 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 64 43 827 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 65 63 844 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 66 9 993 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 67 9 994 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 68 10 1083 Existente
MAC
MH1/MAV
MH4 MAV - MH4 69 9 1204 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 70 9 1246 Existente
MAC
MH1/MAV
MH5 MAV - MH5 71 69 1394 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4 72 69 1416 Existente
MAC
MH2/MAV
MH4 MAV - MH4
8.4. Componente ruido
A continuación se indica el plan de seguimiento de ruido, el cual tiene en consideración las instrucciones generales dispuestas en la Resolución Exenta N°223 de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) según Anexo 10 - Plan de seguimiento de ruido.
Metodología Para el monitoreo de ruido se utilizará la metodología establecida por el D.S. 38/11 del MMA o la normativa que la reemplace, contemplando lo indicado en su procedimiento de medición con respecto a las características técnicas y la ubicación del equipo de medición, además de los procedimientos asociados y las consideraciones relevantes para la medición.
Los contenidos mínimos del informe serán: Fecha, hora e identificación del lugar de medición con descripción, fotografía, y coordenada UTM en Datum WGS-84 o equivalente; Identificación del tipo de ruido en el momento de la medición, tanto perteneciente a la faena a evaluar o ajenas a ella; Valores de NPSeq, NPSmín y NPSmáx, con ponderación en frecuencia A, para periodos diurno y nocturno; Certificado de calibración de instrumental utilizado; Identificación de persona que realiza la medición.
Puntos de medición y periodicidad Etapa de construcción Para la etapa de construcción del Proyecto la periodicidad del monitoreo será cada 3 meses, realizando el primer monitoreo durante el segundo mes una vez iniciadas las faenas. Se deberá medir en los receptores que presentaron un cumplimiento normativo con una holgura menor a 10 [dB] en periodo nocturno, es decir, en los puntos 13, 6, 41, 3 y 1, completando un total de 5 puntos de medición. Se deberá medir en periodo diurno y/o nocturno según el horario en que se encuentren faenas en ejecución al momento de realizar el seguimiento. Etapa de operación Por su parte, para la etapa de operación del Proyecto, el seguimiento se llevará a cabo mediante mediciones con periodicidad trimestral durante el periodo nocturno, contemplando los 4 receptores que REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 124 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” presentaron incumplimiento en el análisis preliminar sin medidas de control: puntos 6, 41, 25 y 3, completando así un total de doce (12) mediciones al año. Se deberá comenzar durante los primeros 4 meses de entrada en operación el Proyecto. El seguimiento se llevará a cabo durante los dos primeros años de la etapa de operación del Proyecto, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos.
Criterio de verificación de cumplimiento El criterio de evaluación y verificación de cumplimiento a utilizar consiste en la no superación de los máximos permitidos definidos en el estudio acústico (Adenda 3) para cada uno de los receptores. Con esto se verifica además la correcta implementación de las medidas de control propuestas para la etapa de operación. Los resultados de cada campaña de medición del plan de seguimiento estarán disponibles para la comunidad en un informe técnico, 20 días hábiles una vez terminadas dichas mediciones. Éste deberá contar con el formato y contenido dispuesto en las fichas de medición de la Resolución Exenta N°693 de la SMA2.
En caso que durante el seguimiento se detecte un exceso a los máximos permitidos, se llevarán a cabo las siguientes acciones: - Revisión de la implementación correcta de las medidas de control propuestas y su corrección en caso de evidenciarse errores.
- Si fuese necesario, proponer medidas de control adicionales realizando un nuevo estudio, el cual además incluirá en el análisis a otros receptores potencialmente afectados en un radio de al menos 500 metros.
Dichas medidas adicionales podrán enfocarse tanto en reducir la emisión acústica del Proyecto (disminución de cantidad de maquinaria en uso simultáneo y/o restricción de potencia acústica) como también en la aplicación de soluciones tipo barrera acústica de mayor altura y cumbreras (etapa de construcción) o de aislamiento acústico a viviendas específicas según su grado de afectación (etapa de operación).
Cuadro resumen de componente ruido por receptores: Nº RECEPTOR COORDENADAS WGS 84 INSTALACIÓN MÁS CERCANA DISTANCIA A INSTALACIÓN MÁS CERCANA (m) TIPO DE CONS TRUC CIÓN
ESTE (m) NORTE (m) RUIDO (dB(A)) RUIDO Nivel de Presión Proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo. ETAPA CONSTRUCCIÓN Nivel de Presión Proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo. ETAPA OPERACIÓN PERIODO DIURNO NPC Máximo permitido [dB(A)] PERIODO NOCTURNO NPC Máximo permitido [dB(A)] Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. ETAPA CONSTRUCCIÓN Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. ETAPA OPERACIÓN CONSTRUCCION OPERACIÓN 3 739.106 5.786.587 22 303 sede quem ada 42 47 65 48 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 6 739.634 5.786.870 21 315 casa habita da 40 46 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 13 739.328 5.786.587 21 355 casa habita da 43 46 64 48 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5
2 Resolución Exenta N°693: “Aprueba contenido y formatos de las fichas para informe técnico del procedimiento general de determinación del nivel de presión sonora corregido”. SMA. 21 de Agosto de 2015. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 125 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 16 739.455 5.786.860 21 377 casa habita da 41 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 17 739.303 5.786.625 21 384 casa habita da 42 46 64 48 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 18 739.428 5.786.849 21 385 casa habita da 41 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 19 740.408 5.785.882 18 391 casa habita da 35 47 56 49 Cumple Cumpl e
MAC - R3 / MAC - R5 20 739.587 5.786.947 21 399 casa habita da 39 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5 24 740.403 5.785.842 18 426 casa habita da 34 46 56 49 Cumple Cumpl e
MAC - R3* / MAC - R5 25 740.539 5.785.771 18 443 casa habita da 34 46 58 46 Cumple Cumpl e
MAC - R1/MAC - R3* / MAC - R5 27 740.402 5.785.819 18 447 casa habita da 34 46 56 49 Cumple Cumpl e
MAC - R3 / MAC - R5 28 739.443 5.786.958 21 465 casa habita da 39 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5 29 740.466 5.785.768 18 466 casa habita da 34 46 58 46 Cumple Cumpl e
MAC - R3 / MAC - R5 30 739.556 5.787.017 21 475 casa habita da 38 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 33 739.430 5.786.994 21 503 casa habita da 38 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 39 739.046 5.792.932 47 545 casa habita da 36 43 51 50 Cumple Cumpl e MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 41 743.407 5.791.544 69 581 casa habita da 35 41 49 41 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 42 739.508 5.787.116 21 584 casa habita da 37 44 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 48 739.959 5.787.119 21 625 casa habita da 33 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 49 739.982 5.787.109 21 627 casa habita da 33 45 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 52 739.947 5.787.172 21 668 casa habita da 31 44 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 53 743.475 5.791.276 69 675 casa habita da 31 41 49 41 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 54 743.495 5.791.319 69 683 casa habita da 33 41 49 41 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 55 744.436 5.786.687 9 692 casa habita da 30 41 50 46 Cumple Cumpl e MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 58 739.971 5.787.205 21 708 casa habita da 31 44 51 46 Cumple Cumpl e MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 126 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Resumen Programa de Seguimiento Ruido
ID RECEPTOR MONITOREO ETAPA DE CONSTRUCCIÓN MONITOREO ETAPA DE OPERACIÓN 1 MAC - R2 / MAC - R5
3 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 6 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 8 MAC - R2 / MAC - R5
13 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 14 MAC - R2 / MAC - R5
16 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 17 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 18 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 19
MAC - R3 / MAC - R5 20 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 24
MAC - R3 / MAC - R5 25
MAC - R3 / MAC - R5 27
MAC - R3 / MAC - R5 28 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 29
MAC - R3 / MAC - R5 30 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 33 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 39 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 41 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 42 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 48 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 49 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 52 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 53 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 54 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 55 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 58 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 NOMENCLATURA DE MEDIDAS DE RUIDO SEÑALADAS EN CUADRO MAC - R2 Monitoreo de Ruido Etapa Construcción MAC - R3 Monitoreo de Ruido Etapa Operación MAV - R4 Monitoreo de Ruido Etapa Población Protegida MAC - R5 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población No Protegida MAV - R6 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población Protegida
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 127 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 8.5 Componente sombra.
Nº RECEPTOR COORDENADAS WGS 84 INSTALACIÓN MÁS CERCANA DISTANCIA A INSTALACIÓN MÁS CERCANA (m) TIPO DE CONSTRUCCIÓN CORTINA VEGETAL EXTENSION (m2) HORAS MEDIDAS ESTE NORTE SOMBRA (HH) SOMBRA OTRAS MEDIDAS OPERACIÓN OPERACIÓ N CONSTRUCCIÓN OPERACIÓ N 1 738.371 5.786.962 23 252 casa habitada Existente 27.3 00:00 MAV - S10 (alt: MAV- S6) MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 3 739.106 5.786.587 22 303 sede quemada Existente 23.4 00:00 MAV - S7 (alt: MAV - S10 / MAV - S6) MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 6 739.634 5.786.870 21 315 casa habitada Existente
00:00 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 8 738.333 5.787.060 23 321 casa habitada Existente
00:00 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 13 739.328 5.786.587 21 355 casa habitada Existente 274.0 00:00 MAV - S10 (alt: MAV - S11) MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 14 738.273 5.787.028 23 363 casa habitada Existente 471.7 34:39 MAC - S1 / MAC - S5 (alt: MAV - S6 / MAV - S7) / MAC - S2 / MAV - S9 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 15 737.753 5.787.470 24 372 casa habitada Existente
18:53 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 16 739.455 5.786.860 21 377 casa habitada Existente
18:21 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 17 739.303 5.786.625 21 384 casa habitada Existente 66.5 26:38 MAC - S4 (alt: MAC - S5 / MAC - S1) / MAC - S2 / MAV - S9 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV- MH4 MAV - MH4 18 739.428 5.786.849 21 385 casa habitada Existente
00:34 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/ MAV - MH4 MAV - MH4 19 740.408 5.785.882 18 391 casa habitada Existente 588.5 02:01 MAV - S11 (alt: MAV - S6) MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 20 739.587 5.786.947 21 399 casa habitada Existente
15:02 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 21 740.652 5.790.496 45 402 oficina Existente 57.7 26:30 MAC - S4 MAC - MH2/MAV - MH4 MAV - MH4 22 741.033 5.792.412 64 407 casa habitada Existente
20:37 MAV - S12 MAC - MH2/MAV - MH4 MAV - MH4 24 740.403 5.785.842 18 426 casa habitada Existente 423.9 09:53 MAV - S11 (alt: MAV - S6) MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 25 740.539 5.785.771 18 443 casa habitada Existente 96.8 00:00 MAV - S11 (alt: MAV - S6) MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 26 737.772 5.787.376 24 445 casa habitada Existente
00:00 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 27 740.402 5.785.819 18 447 casa habitada Existente
02:21 MAV - S12 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 28 739.443 5.786.958 21 465 casa habitada Existente 492.6 00:00 MAV - S11 (alt: MAV - S6) MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 29 740.466 5.785.768 18 466 casa habitada Existente
00:00 MAV - S12 MAC - MH1/MAV - MH4 MAV - MH4 30 739.556 5.787.017 21 475 casa habitada Existente
00:35 MAV - S12 MAC - MH1/MAC - MH3/MAV - MH4 MAV - MH4 39 739.046 5.792.932 47 545 casa habitada Existente
15:50 MAV - S3/MAV - S8 MAC - MH2/MAV - MH5 MAV - MH5 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 128 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 55 744.436 5.786.687 9 692 casa habitada Existente
00:00 MAV - S3/MAV - S8 MAC - MH1/MAV - MH5 MAV - MH5
- Que resultan aplicables al Proyecto los siguientes permisos ambientales sectoriales, asociados a las correspondientes partes, obras o acciones que se señalan a continuación:
9.1. Antecedentes en atención al Art. 90 del RSEIA: En la fase de construcción el proyecto utilizará hormigón que será entregado en la faena en camiones mixer, los cuales una vez descargados requerirán del lavado de las canoas. El lavado de canoas generará un efluente que es una mezcla de agua y hormigón también conocido como lechada la cual será enviada a 1 o 2 piscinas de decantación/evaporación que permitirá por una parte la decantación de los sólidos de hormigón y por otra permitirá la reutilización de las aguas en las mismas actividades de lavado.
El permiso es solicitado solamente para la etapa de construcción del proyecto, específicamente para el periodo de utilización de hormigón, periodo que no se extenderá más allá de un año.
a. Caracterización físico-química y microbiológica correspondiente al residuo industrial de que se trate. Los desechos industriales líquidos, que se generarán durante la etapa de construcción, corresponden a aguas de lavado de las canoas de camiones mixer.
Tal como señala la Guía para el Control y Prevención de la Contaminación Industrial –Rubro Productos de Cemento y Hormigón- de CONAMA, Región Metropolitana, elaborado en 1988, las aguas residuales provenientes de plantas de hormigón pueden presentar una elevada cantidad de sólidos disueltos (hidróxido de sodio y potasio) y suspendidos (carbonato de calcio), alta alcalinidad, posibilidad de autofraguado y calor residual. Además, el efluente líquido proveniente de la mantención y limpieza de las plantas y camiones, puede aportar grasas y aceites de las distintas maquinarias y vehículos.
La caracterización de los Riles (RIL característico) se ha expresado en términos de la variación de concentración o niveles esperados de cada parámetro considerado en la siguiente Tabla del D.S. Nº 90/00 MINSEGPRES, la que es tomada de una caracterización de riles crudos de la Central Hidroeléctrica La Higuera y se indica a continuación.
Tabla Caracterización de Riles según parámetros esperados
Parámetro Rango de variación Valores según DS 90 (Tabla 2) Aluminio (mg/l) 10-27 10 Arsénico (mg/l) 0,02-0,1 1 Boro (mg/l) 0,17 3 Cadmio (mg/l) < 0,005 0,3 Cianuro (mg/l) <0,05 1 Cloruro (mg/l) 3-7 2000 Cobre total (mg,/l) 0,05-0,14 3 Coliformes Totales NMP/100 ml <2 1000 Índice de fenol (mg/l) 0,001-0,007 1 Cromo Hexavalente (mg/l)
0,01 0,2 DBO5 (mgO2/l) 6,8-10 300 Fluoruro (mg/l) 0,1-0,35 5 Fósforo (mg/l) 0,5-6 15 Hidrocarburos fijos (mg/l) <0,1 50 Hierro Disuelto (mg/l) 0,1-15 10 Manganeso (mg/l) 0,7-4 3 Mercurio (mg/l) <0,001 0,0 Molibdeno (mg/l) <0,01 2,5 Níquel (mg/l) 0,002-0,05 3 Nitrógeno Total kJ (mg/l) 1-7 75 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 129 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Pentaclorofenol (mg/l) ND 0,0 pH 9-11,5 6,0 Plomo (mg/l) 0,08-0,15 0,5 Poder Espumógeno (mm) <1 7 Selenio (mg/l) <0,004 0,1 Sólidos suspendidos (mg/l) 1.500 - 5.000 30 Sulfatos (mg/l) 1-50 20 Sulfuros (mg/l) <0,5 10 Tolueno (mg/l) ND 40 Triclorometano (mg/l) <0,01 0,4 Temperatura (ºC) 10 7 Xileno (mg/l) ND 5 Zinc (mg/l) 0,1-0,8 20
Fuente: Caracterización RIL Central Hidroeléctrica La Higuera
Del mismo modo, es relevante mencionar que el proyecto no generará residuos industriales líquidos durante la etapa de operación y cierre.
b) La cuantificación del caudal a tratar, evacuar o disponer.
La estimación del caudal que será dispuesto en la piscina de evaporación se calcula sobre una base de 6 camiones al día contabilizando un caudal medio de 100 litros de agua de lavado por cada camión, totalizando un caudal de 0,6 m3/día.
c) Tipo de tratamiento de los residuos industriales y mineros.
El sistema de tratamiento de las aguas de lavado de canoas contará con 1 o 2 piscinas de decantación/evaporación, compuestas por una geomembrana sobre sustrato compactado, en donde las aguas de lavado se clarificarán por sedimentación y se recuperará el agua clarificada para ser utilizada nuevamente para el lavado de camiones mixer. No obstante lo anterior, se podría generar la eventual evaporación gracias a las condiciones climáticas de la época estival, pero la principal meta es recuperar el agua para reutilizar en el lavado de las mismas canoas.
d) La evacuación y disposición final de los residuos industriales y mineros, considerando, entre otros, los olores.
Las aguas de lavado de camiones mixer no presentan olores. Las aguas no serán evacuadas a ningún cauce y serán recirculadas al proceso de lavado de camiones. Las aguas no recirculadas continuarán en la piscina donde se evaporarán.
e) El efecto esperado de la descarga sobre el cuerpo o curso receptor, identificando los usos actuales y previstos de dicho receptor. Como se señaló anteriormente, las aguas de lavado no serán dispuestas en cauces superficiales ni en otros cuerpos de agua o cursos receptores.
f) La identificación de existencia de lodos, su cantidad y su caracterización físico-químico y microbiológica. Los residuos semisólidos depositados en la piscina producto de la sedimentación, serán identificados como lodos, cuya composición característica corresponde en general a cemento hidratado.
g) Las características del tratamiento, disposición o evacuación de los lodos.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 130 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Una vez finalizadas las obras que requieren hormigón, y ya utilizada en el lavado o evaporada toda el agua de la piscina, el material sedimentado será secado dentro de la misma piscina y posteriormente será enviado a un botadero de escombros autorizado.
9.2. Antecedentes en atención al Art. 91 del RSEIA.
Contenidos técnicos y formales FASE DE CONSTRUCCIÓN
Durante la fase de construcción, en razón del cronograma de ejecución de las distintas obras y partes del Proyecto, se contempla la habilitación de tres instalaciones de faenas, correspondientes a la Instalación de Faenas 1, Instalación de Faenas 2 e Instalación de Faenas 3, cada una de las cuales contará con su propia Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS).
La PTAS estará compuesta, de modo general, por un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), decantación y un sistema de cloración de aguas residuales tratadas. En el sistema a implementar, y por medio de la utilización de oxígeno, los microorganismos darán lugar a un proceso de digestión aeróbica de los sólidos digeribles presentes.
El funcionamiento general del sistema de tratamiento de aguas servidas, se compone básicamente de cinco etapas, las cuales se detallan a continuación.
Pretratamiento: Esta etapa ocurre en un estanque de pre-tratamiento, orientado por una parte a evitar el ingreso de elementos sólidos mayores e intratables, tales como plásticos o metales, y por otra parte, se retienen por un tiempo determinado las aguas servidas permitiendo que las masas sólidas presentes en el agua a tratar sedimenten al fondo del estanque originando un manto de lodo.
En esta zona, la acción de las bacterias anaeróbicas degradan los sólidos orgánicos presentes en las aguas que ingresan al sistema, tanto física como bioquímicamente antes de pasar a la cámara de aireación.
Aireación: En esta etapa se lleva a cabo el proceso de digestión aeróbica, donde las aguas residuales pre- tratadas se mezclan con los lodos activados. Se realiza una etapa de inyección de aire para satisfacer la demanda de oxígeno requerida en este proceso. En el estanque de aireación se forma una colonia de bacterias aeróbicas que se reproduce y mantiene gracias al oxígeno inyectado y por la materia orgánica presente en las aguas servidas que ingresan al sistema. Las aguas son retenidas en la cámara de aireación para que ocurran los procesos biológicos de descomposición, previo paso a la cámara de sedimentación.
Sedimentación: En la cámara de sedimentación ocurre el proceso de clarificación de las aguas servidas tratadas. Las partículas en suspensión sedimentan al fondo del estanque, siguiendo la inclinación de las paredes de la cámara.
La cámara de sedimentación cuenta con un sistema de retorno de lodos, mediante el cual una porción de este lodo es regresado como inóculo al estanque de aireación para ser nuevamente tratado. El líquido tratado y clarificado, es filtrado y descargado a la unidad de desinfección.
Desinfección: El efluente de la cámara de sedimentación es llevado hacia la cámara de desinfección por contacto. Al ingreso de esta cámara, el agua en tratamiento entra en contacto con tabletas de hipoclorito de calcio (cloración), desinfectándose y adquiriendo además un excedente de cloro. A la salida de la cámara de contacto, el agua que ha sido sometida a cloración, entra en contacto con tabletas de sulfito de sodio, siendo removido de esta manera el excedente de cloro (decloración).
Digestión de Lodos: El digestor de lodos es utilizado para acumular el lodo generado en el estanque de aireación, continuando la descomposición de la materia orgánica, dando tiempo a los lodos para se estabilicen.
Las aguas tratadas serán dispuestas por infiltración en el terreno. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 131 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
A continuación se señalan los antecedentes requeridos para solicitar el Permiso Ambiental Sectorial N° 91, considerando para la fase de construcción los literales a) En caso de disposición de las aguas por infiltración, y, c) En casos de plantas de tratamiento de aguas servidas del Artículo 91 del RSEIA D.S. Nº 95/01.
La profundidad de la napa en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante (Art. 91 a.1)
En cuanto a la profundidad de la napa, conforme a las características hidrogeológicas del sector, se puede mencionar que de acuerdo al DGA SIT 297- Dic 2012 Estudio Hidrogeológico Biobío presentado en el Anexo 14c de la Adenda Nº 1, para la Instalación de Faenas 1 la napa se encuentran entre los 5-10 m de profundidad; en el caso de las Instalación de Faenas 2 e Instalación de Faenas 3, la napa se encuentra entre los 10 – 25 m.
Sin perjuicio de lo indicado, se realizó un ensayo de infiltración conforme a las indicaciones del Reglamento General de Alcantarillados Particulares en cada lugar de emplazamiento de los sistemas de absorción. Para ello se realizó una calicata cúbica de 30x30 cm, en la zona destinada para la infiltración, a una profundidad mínima de 1 metro, se llenó con agua hasta una altura de 15 centímetros, y se dejó que ésta filtre totalmente. Posteriormente, se colocó agua nuevamente y se tomó el tiempo medio que tarda en bajar 2,5 centímetros; con este tiempo se entra a una tabla en la cual se determina el Índice de Absorción. El informe del ensayo se encuentra en el Apéndice I del presente documento. Junto con el ensayo se realizó una excavación con maquinaria, en relación a lo cual se indica que no existe presencia de napa freática a 3 m de profundidad en ninguno de los tres puntos donde se realizó el ensayo.
Los puntos de ejecución del ensayo para las instalaciones de faena pueden observarse en la Figura N° 1 del presente documento.
La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción (Art. 91 a.2)
El suelo en donde se proyectan las tres (03) instalaciones de Faena (subestación) corresponde a la serie Mayulermo que se caracteriza por presentar suelos formados sobre cenizas volcánicas recientes (post glaciales: 8.000 – 10.000 BP) depositadas sobre un substrato no relacionado constituido por materiales fluviales o fluvioglaciales difícilmente detectables por la profundidad a que ocurre. Son suelos muy profundos, bien drenados (Clase II), de texturas medias, generalmente franco limosa en todo el perfil, bien estructurado, de buen arraigamiento, muy poroso y libre de gravas.
El color de los primeros 45 cm del suelo varía de pardo oscuro en matiz 7.5YR a pardo rojizo oscuro en matiz 5YR o pardo rojizo a rojo amarillento en matiz del 5YR. El suelo se presenta en una topografía casi plana que muestra profundas disecciones producto de los cursos de agua que cortan el paisaje.
En relación a la calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción, se realizó un ensayo de infiltración conforme a las indicaciones del Reglamento General de Alcantarillados en puntos asociados a la ubicación de cada una de las instalaciones de faenas. El informe del ensayo se encuentra en el Apéndice I del presente documento. Con la medición realizada se ingresó a la tabla respectiva para obtener la constante de cañerías filtrantes ya que corresponde a un valor más conservador respecto a la constante para pozos absorbentes. El valor referido corresponde a la tasa de infiltración del suelo en l/m2/día a emplear para zanjas de infiltración. En relación a la prueba de infiltración realizada, en el siguiente cuadro se indican las coordenadas de ubicación, instalación del Proyecto asociada y tasa de infiltración del suelo obtenida en cada punto.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 132 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro Capacidad de infiltración del terreno PUNTO DE ENSAYO DE INFILTRACIÓN COORDENADAS DATUM WGS 84 HUSO 19 S INSTALACIÓN ASOCIADA TASA DE INFILTRACIÓN DEL SUELO (l/m2/día) ESTE NORTE 1 741.256 5.791.795 Instalación de Faenas 3 135 2 738.960 5.789.270 Instalación de Faenas 2 60 3 741.615 5.785.767 Instalación de Faenas 1 63
La cantidad de terreno necesario para filtrar (Art.91 a.3)
Para determinar la cantidad de terreno necesario para filtrar, es decir, la superficie a emplear para habilitar las zanjas de infiltración, se considera la tasa de infiltración del suelo, y la infiltración del 100% del efluente tratado (factor de recuperación de aguas servidas igual a 1).
El efluente tratado será de 11 m3/día (11.000 l/día), correspondiente a las aguas servidas provenientes de una dotación máxima de operarios de 110 personas, y considerando una generación de 100 l/habitante/día.
Conforme a lo indicado, en los cuadros a continuación se indica el terreno necesario para filtrar las aguas tratadas en la PTAS a ser habilitada en cada una de las instalaciones de faenas durante la fase de construcción del Proyecto.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 1 PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 63 Terreno necesario para filtrar m2 174,6 Fuente: Elaboración propia, 2016
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 1 el terreno necesario para filtrar corresponde a 174,6 m2.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 2 PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 60 Terreno necesario para filtrar m2 183,3 Fuente: Elaboración propia, 2016
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 2 el terreno necesario para filtrar corresponde a 183,3 m2.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Instalación de Faenas 3 PARÁMETRO UNIDAD CONSTRUCCIÓN Caudal a infiltrar l/día 11.000 Infiltración terreno l/m2/día 135 Terreno necesario para filtrar m2 81,5 Fuente: Elaboración propia, 2016
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Instalación de Faenas 3 el terreno necesario para filtrar corresponde a 81,5 m2.
La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas (Art. 91 a.4)
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 133 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” En el siguiente cuadro se indican las características físico-químicas que habitualmente poseen las aguas servidas domésticas previo ingreso a la PTAS.
Cuadro Características físico-químicas y bacteriológica aguas residuales a tratar
Parámetro Concentración mg/l ARU débil ARU media ARU fuerte Sólidos Totales 350 720 1200 - disueltos totales 250 500 850 - sólidos en suspensión 100 220 350 - sólidos sedimentables 5 10 20 DBO5 100 200 300 COT 80 160 290 DQO 250 500 1000 Nitrógeno total 20 40 85 - orgánico 8 15 35 - amoníaco libre 12 25 50 - nitritos 0 0 0 - nitratos 0 0 0 Fósforo total 4 8 15 - orgánico 1 3 5 - inorgánico 3 5 10 Oxígeno Disuelto 0,2 0,1 0 Cloruros 30 50 100 Sulfato 20 30 50 Alcalinidad 50 100 200 Aceites y grasas 50 100 150 Coliformes totales 106 -107 NMP 107 - 108 107 - 109 COV < 100 μg/l 100-400
400
Fuente: Metcalf & Edy, Inc. Ingeniería de Aguas Residuales. McGraw Hill 3° Edición (1995). (*) ARU: Agua Residual Urbana.
La caracterización físico-química y microbiológica del caudal a tratar (Art. 91 c.1)
Ver punto anterior.
El caudal a tratar (Art. 91 c.2)
El caudal máximo a tratar se estima en 11 m3/día (11.000 l/día), correspondiente a las aguas servidas provenientes de una dotación máxima de operarios de 110 personas, considerando una generación de 100 l/habitante/día y el tratamiento del 100% del efluente generado.
Caracterización físico-química y bactereológica del efluente tratado a descargar al cuerpo o curso receptor (Art. 91 c.3)
El efluente tratado no será descargado a cauces o cursos receptores, debido a que será infiltrado en el terreno.
Las principales características físico-química y bacteriológicas del efluente tratado en una PTAS se muestran en el siguiente cuadro.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 134 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro Características físico-químicas y bacteriológica aguas residuales a tratar PARÁMETROS VALOR UNIDAD Concentración DBO5 ≤35 mg/l Sólidos Suspendidos Totales ≤80 mg/l Coliformes Fecales ≤1.000 NMP / 100 ml Fuente: Elaboración propia, 2016.
La caracterización y forma de manejo y disposición de los lodos generados por la planta (Art. 91 c.4)
El lodo generado cumplirá con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados por la PTAS, se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
Los lodos tendrán las características estándares de un lodo resultante de un sistema de PTAS. Estas características se presentan el siguiente cuadro:
Cuadro Características tipo de lodos PARÁMETROS VALOR ESPERADO UNIDAD pH 5,5 – 6,5
Nitrógeno 4,0-6,0 % Fósforo 1,5-2,5 % Grasas 3,0-5,0 % Sólidos volátiles 70 %
Contenidos técnicos y formales FASE DE OPERACIÓN
Durante la fase de operación las aguas servidas serán tratadas mediante el empleo de fosa séptica, la cual se ubicará en la Sala de Control que se habilitará en la Subestación Eléctrica.
La fosa séptica consiste en una cámara estanca, capaz de retener por un período determinado de tiempo las aguas servidas domésticas, producir su decantación, disolver, licuar, volatilizar parcialmente por un proceso de fermentación biológica, la materia orgánica contenida en suspensión, y dejar las aguas servidas en condiciones favorables para ser sometidas a algún proceso de oxidación. Las aguas tratadas serán dispuestas por infiltración en el subsuelo.
La fosa séptica permite realizar un primer tratamiento de las aguas servidas mediante dos procesos:
Separación física: Las partículas pesadas se depositan en el fondo para formar barros y las más ligeras, las grasas, permanecen en suspensión o flotando.
Fermentación anaerobia: por la acción de bacterias que prosperan en un medio privado de oxígeno, la fosa descompone una parte de la materia orgánica biodegradable de los barros y los flotantes. Esta descomposición conlleva producción de gas metano y dióxido de carbono que se acumula en la parte superior de la fosa creando una sobrepresión que se aprovecha para agitar la masa líquida residual y favorecer la licuefacción. Con esto se logra reducir la DBO5 (Demanda Biológica de Oxigeno) y los SST (Sólidos en suspensión totales)
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 135 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El efluente tratado sale de la fosa séptica cargado con materia orgánica en suspensión, finamente dividida, en estado coloidal y en solución, el que debe ser sometido a un tratamiento posterior (secundario) que en este caso corresponde a la infiltración en el suelo.
A continuación se señalan los antecedentes requeridos para solicitar el Permiso Ambiental Sectorial N° 91, considerando para la fase de operación, lo indicado en el literal a) En caso de disposición de las aguas por infiltración del Artículo 91 del RSEIA D.S. Nº 95/01.
La profundidad de la napa en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante (Art. 91 a.1)
En cuanto a la profundidad de la napa, conforme a las características hidrogeológicas del sector, se puede mencionar que de acuerdo al DGA SIT 297- Dic 2012 Estudio Hidrogeológico Biobío presentado en el Anexo 14c de la Adenda Nº 1, para la Subestación Eléctrica (Sala de Control) la napa se encuentra entre los 10 – 25 m de profundidad.
Sin perjuicio de lo indicado, se realizó un ensayo de infiltración conforme a las indicaciones del Reglamento General de Alcantarillados Particulares en el lugar de emplazamiento de los sistemas de absorción. Para ello se realizó una calicata cúbica de 30x30 cm, en la zona destinada para la infiltración, a una profundidad mínima de 1 metro, se llenó con agua hasta una altura de 15 centímetros, y se dejó que ésta filtre totalmente. Posteriormente, se colocó agua nuevamente y se tomó el tiempo medio que tarda en bajar 2,5 centímetros; con este tiempo se entra a una tabla en la cual se determina el Índice de Absorción. El informe del ensayo se encuentra en el Apéndice I del presente documento. Junto con el ensayo se realizó una excavación con maquinaria, en relación a lo cual se indica que no existe presencia de napa freática a 3 m de profundidad en ninguno de los tres puntos donde se realizó el ensayo.
Los puntos de ejecución del ensayo para la sala de control pueden observarse en la Figura N° 1 del presente documento.
La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción (Art. 91 a.2)
El suelo en donde se proyectan la sala de control (subestación) corresponde a la serie Mayulermo que se caracteriza por presentar suelos formados sobre cenizas volcánicas recientes (post glaciales: 8.000 – 10.000 BP) depositadas sobre un substrato no relacionado constituido por materiales fluviales o fluvioglaciales difícilmente detectables por la profundidad a que ocurre. Son suelos muy profundos, bien drenados (Clase II), de texturas medias, generalmente franco limosa en todo el perfil, bien estructurado, de buen arraigamiento, muy poroso y libre de gravas.
El color de los primeros 45 cm del suelo varía de pardo oscuro en matiz 7.5YR a pardo rojizo oscuro en matiz 5YR o pardo rojizo a rojo amarillento en matiz del 5YR. El suelo se presenta en una topografía casi plana que muestra profundas disecciones producto de los cursos de agua que cortan el paisaje.
En relación a la calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción, se realizó un ensayo de infiltración conforme a las indicaciones del Reglamento General de Alcantarillados en el punto asociado a la ubicación de la sala de control. El informe del ensayo se encuentra en el Apéndice I del presente documento. Con la medición realizada se ingresó a la tabla respectiva para obtener la constante de cañerías filtrantes ya que corresponde a un valor más conservador respecto a la constante para pozos absorbentes. El valor referido corresponde a la tasa de infiltración del suelo en l/m2/día a emplear para zanjas de infiltración. En relación a la prueba de infiltración realizada, en el siguiente cuadro se indican las coordenadas de ubicación, instalación del Proyecto asociada y tasa de infiltración del suelo obtenida en cada punto.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 136 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro Capacidad de infiltración del terreno PUNTO DE ENSAYO DE INFILTRACIÓN COORDENADAS DATUM WGS 84 HUSO 19 S INSTALACIÓN ASOCIADA TASA DE INFILTRACIÓN DEL SUELO (l/m2/día) ESTE NORTE 2 738.960 5.789.270 Subestación Eléctrica - Sala de Control 60
La cantidad de terreno necesario para filtrar (Art.91 a.3)
Para determinar la cantidad de terreno necesario para filtrar, es decir la superficie a emplear para habilitar las zanjas de infiltración, se considera la tasa de infiltración del suelo, y la infiltración del 100% del efluente tratado (factor de recuperación de aguas servidas igual a 1).
El efluente tratado será de 0,9 m3/día (900 l/día), correspondiente a las aguas servidas provenientes de una dotación de 9 personas, y considerando una generación de 100 l/habitante/día.
Conforme a lo indicado, en el cuadro a continuación se indica el terreno necesario para filtrar las aguas tratadas en la fosa séptica a ser habilitada en la Sala de Control (Subestación Eléctrica) durante la fase de operación del Proyecto.
Cuadro Terreno necesario para filtrar Sala de Control PARÁMETRO UNIDAD OPERACIÒN Caudal a infiltrar l/día 900 Infiltración terreno l/m2/día 60 Terreno necesario para filtrar m2 15
Conforme lo indicado en el cuadro anterior, en la Sala de Control el terreno necesario para filtrar corresponde a 15 m2.
En cuanto al tamaño de la fosa séptica a ser implementada en la Sala de Control, a continuación se indican los parámetros de diseño considerados.
a) Bases de Diseño
Población máxima (N): 9. Dotación Agua Potable (D): 100 l/hab·día. Caudal Máximo Diario (Q): 900 l/día. Coeficiente de Recuperación (Cr): 1 Período de Retención del Agua Servida: 1 día Período de Extracción del Lodo: Cada 12 meses.
b) Cálculo del volumen de la Fosa Séptica.
El volumen se obtiene aplicando la fórmula siguiente: V = N·D·T +100·N·Lf
Donde: NDT= Volumen de agua de la dotación servida incluyendo período de retención. 100N Lf = Volumen de lodos generados por la dotación servida ñ Detallando cada una las variables se tiene que: V: Volumen total de la fosa, en litros. N: Número de habitantes servidos (9 personas) D: Dotación de aguas servidas, en litros por habitante en un día (100l/hab./día) T: Período de retención en días. (1 día). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 137 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Lf: Contribución de lodos frescos.
La contribución de lodos frescos se obtiene de la siguiente ecuación: Lf =1,8·10 -3 D = 1,8·10 -3 x 100 = 0,18 l/hab.
Considerando este valor el volumen de lodos generado para la dotación servida sería: 100N Lf = 10090,18 = 162 l
De esta forma el volumen mínimo de la fosa séptica (V) será de: V = N·D·T +100·N·Lf = (91001) + (10090,18) = 1.062 litros, es decir, 1,062 m³.
c) Dimensiones de la Fosa Séptica
Para un volumen mínimo de 1 m³, se considera una fosa séptica de geometría cilíndrica horizontal fabricada en PE, autorizada por la autoridad competente. Se proyectará una fosa de 1.200 litros para sobrestimar y dar mayor autonomía al sistema. Las dimensiones aproximadas de la fosa séptica se indican a continuación:
Largo: 1.800 mm. Altura: 1.070 mm. (con tapa) Diámetro: 855 mm.
La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas según Art. 91 a.4 ya ha sido presentada en la etapa de construcción.
9.3. Antecedentes en atención al Art. 93 del RSEIA:
A.1. Definición del tipo de tratamiento
El Proyecto generará residuos sólidos demésticos, asimilables a domiciliarios e industriales peligrosos y no peligrosos durante la construcción y cierre, y residuos sólidos domésticos, asimilables a domiciliarios e industriales peligrosos durante la operación. Para su manejo se contempla la instalación de áreas y facilidades para el almacenamiento temporal de estos residuos hasta su retiro, transporte y disposición final realizado por una empresa autorizada.
Es importante señalar que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas.
Tal como se detallará más adelante, todos los residuos se almacenarán en forma diferenciada y segregada, en estanques herméticos o áreas habilitadas delimitadas, cuando sea pertinente y posible; todos serán identificados, manejados y serán retirados por una empresa autorizada y dispuestos finalmente en lugares igualmente autorizados.
Los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, serán almacenados temporalmente en contenedores herméticos y estancos en los puntos de generación (instalación de faenas 1, 2 y 3 y frentes de trabajo) y serán posteriormente almacenados en contenedores mayores en un área habilitada en las instalaciones de faena 1, 2 y 3, en espera de su recolección y retiro final.
Los residuos industriales no peligrosos, provenientes de las tareas de construcción, se dispondrán en áreas de acopio temporal en los frentes de faenas y posteriormente serán trasladados a los patios de residuos de la instalación de faenas 1, 2 y 3 según corresponda, donde serán seleccionados para favorecer su reutilización o reciclaje y su disposición final o serán retirados directamente desde los frentes de faena.
Los residuos industriales peligrosos, serán almacenados temporalmente en las Bodegas de Acopio Temporal (BAT), aledañas a cada una de las instalaciones de faenas (Instalación de Faenas 1, 2 y 3) REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 138 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” durante la construcción y cierre y cerca de la sala de control (subestación) durante la operación del Proyecto, considerando las disposiciones del Título IV del DS 148/03 del Ministerio de Salud.
A.2. Localización y características del terreno Localización El almacenamiento de residuos durante la construcción y cierre se localizará en las áreas destinadas a las instalaciones de faenas y durante la operación en áreas aledañas a la sala de control (subestación) y operación. Se presenta en la Figura la disposición de las instalaciones de faena y Subestación (Sala de Control), donde se encontraran las áreas de acopio de residuos señaladas.
Características del terreno
Según el Sistema Nacional de Información Territorial (SNIT, 2003), el sector donde se emplazará el proyecto es clasificado como una plataforma con depósitos piroclásticos, constituyendo un valle con una topografía fuertemente ondulada e interrumpida por cursos de agua profundos, formada principalmente por materiales sedimentarios fluvioglaciovolcánicos no consolidados, donde las pendientes disminuyen hacia el poniente (SANCHEZ & MORALES, 2004); provocados por fenómenos de arrastre de las aguas o aluvial; por efecto de avance y retroceso de glaciares o bien por la actividad volcánica de la zona. Estos materiales (bloques, rodados, arenas, limos y arcillas) se distribuyen en la cuenca en forma de cono (DGA, 2004).
Según Luzio et all 1990, el área de estudio se encuentra en suelos de la depresión intermedia de la Región Centro Sur (38° a 43°2’ Lat. Sur). En donde predominan los suelos de materiales volcánicos del Holoceno y del Pleistoceno muy evolucionados. Se distinguen los tipos de suelos que serán descritos a continuación.
Suelos desarrollados a partir de cenizas volcánicas, profundos, de textura franca, franco limosa o franco arcillosa, con altos niveles de fertilidad, ocupando sectores de lomajes suaves y de terrazas aluviales y lacustres.
Son suelos del Orden Hapludands, que corresponden a los suelos derivados de cenizas volcánicas conocidos localmente como trumaos. Ocupan un sector importante de la precordillera de los Andes hasta la ciudad de Los Ángeles aproximadamente, para ocupar al sur de la ciudad de Temuco casi la totalidad de la depresión intermedia. Son suelos profundos, de texturas franca a franco arcillosa y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 139 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” colores pardo a pardo amarillento, friables, alto contenido de materia orgánica y una alta capacidad de retención de agua. Se encuentran ocupando posiciones de lomajes suaves y de terrazas.
Según CIREN 2002, el área de estudio se encuentra en una zona en donde se presentan las siguientes series de suelo: Serie Ercilla, Serie Mayulermo (MYO).
A.3) Caracterización cualitativa y cuantitativa de los residuos
Los residuos a generar en los frentes de faena e instalaciones de faena, durante la construcción y cierre y los frentes de trabajo durante la operación, son los siguientes:
Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, Residuos industriales peligrosos, Residuos industriales no peligrosos.
Se clasificarán los residuos de acuerdo a la definición legal de los D.S. 148/2003, el D.S.189/2005, D.S. 594/1999 y el D.S. 006/2009 se tiene que3:
Residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios4: residuos sólidos, basuras, desechos o desperdicios generados en procesos industriales u otras actividades, que no son considerados residuos peligrosos de acuerdo a la reglamentación sanitaria vigente y que, además, por su cantidad composición y características físicas, químicas y bacteriológicas, pueden ser dispuestos en un relleno sanitario sin interferir con su normal operación.
Residuo industrial: todo aquel residuo sólido o líquido, o combinación de éstos, provenientes de los procesos industriales, y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asociarse a residuos sólidos domésticos (D.S. 594/1999).
Residuos peligrosos: residuo o mezcla de residuos que presenta riesgo para la salud pública y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar algunas de las características señaladas en el artículo 11 del D.S. 148/2003, es decir toxicidad aguda, toxicidad crónica, toxicidad extrínseca, corrosividad, reactividad, inflamabilidad5.
Para un mejor entendimiento y clasificación de tipos de residuos, se señalará la siguiente clasificación de los residuos industriales: Residuo industrial peligroso: Corresponde a aquel residuo de origen diferente al domiciliario, que presenta algunas de las características señaladas en el artículo 11 del Decreto Supremo 148 del año 2003.
Residuo industrial no peligroso: Corresponde a aquel residuo de origen diferente al domiciliario, que no es residuo peligroso y que no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas, no es soluble ni combustible, ni reacciona física ni químicamente ni de ninguna otra manera, no es biodegradable, no afecta negativamente a otras materias con las cuales entra en contacto de forma que pueda dar lugar a contaminación del medio ambiente o perjudicar a la salud humana. La lixiviación y contenido de contaminantes del residuo y la ecotoxicidad del lixiviado deberán ser insignificantes, y en particular no deberán suponer un riesgo para la calidad de las aguas superficiales o subterráneas.
3 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos (D.S. 148/2003), Reglamento de Rellenos Sanitarios (D.S. 189/2005), Reglamento de Manejo de Residuos de Establecimientos de Atención a la Salud (REAS) (D.S. 006/2009) 4La definición del D.S. 189/2005 no está referida a las actividades de construcción, industriales u otra similar, pero para una mejor conceptualización y entendimiento de los mismos, se adopta y adapta tal definición. 5 Consecuente con la definición del D.S. 148/2003. Este texto será modificado probablemente en un futuro cercano, agregándose nuevas características de peligrosidad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 140 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios:
Durante la fase de construcción se generarán residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios, los que serán almacenados temporalmente en bolsas plásticas dentro de contenedores primarios cerrados en sus lugares de generación, para posteriormente ser acopiados en contenedores secundarios en el patio de residuos ubicado en cada una de las instalaciones de faenas.
Se estima una producción de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios de 0,5 kg/trabajador/día, con un máximo estimado de 55 kilos diarios en el momento de mayor generación. Se recolectarán 3 veces a la semana, en máxima actividad, y serán dispuestos en un lugar autorizado por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía.
Durante la fase de operación se generará este tipo de residuos sólidos desde la sala de control (subestación). Se estima una producción de residuos domésticos de 4,5 kg/día. Se recolectarán estos desechos dos veces a la semana para su disposición final en un lugar autorizado a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria de la Región de La Araucanía.
Durante la fase de cierre se producirán residuos similares a la fase construcción.
Residuos Industriales
Residuos Industriales No Peligrosos
Los residuos industriales no peligrosos serán: restos de clavos, cartones de embalaje, residuos metálicos, soldaduras, aceros, estructuras, tierra de excavación y escombros.
El principal residuo sólido industrial, indiscutiblemente, durante la construcción serán los excedentes estériles producto de la excavación de las fundaciones. Estos volúmenes serán dispuestos primeramente en un sector delimitado en las áreas de instalación de los aerogeneradores, en una zona plana y estabilizada, cuya función será el almacenamiento temporal de estos residuos para posteriormente ser utilizado en el relleno de la fundación y en otras áreas del predio por lo que no se considera la disposición final de estos ya que serán utilizados en el mismo terreno.
Los restantes residuos de construcción (restos de moldajes, despuntes de metales, puntales, maderas y otros) que sean reciclables, serán vendidos a empresas de reciclaje debidamente autorizadas. Los residuos de construcción no reciclables serán dispuestos en sitios autorizados por empresas con permiso de la Autoridad Sanitaria de la Región de la Araucanía.
En cuanto al hormigón y escombros excedentes producto de la construcción será recolectado desde los sitios de acopio de residuos locales (en cada fundación) para ser trasladado al sitio de acopio principal ubicado en cada una de las instalaciones de faenas y posteriormente a un sitio autorizado.
El volumen generado es difícil de estimar, pero de forma referencial puede tomarse como valor los volúmenes mensuales de proyectos similares (proyecto Ucuquer/proyecto Negrete Cuel), en el período punta de construcción aproximadamente 25 m3/mes.
En la fase de operación, el proyecto no generará residuos industriales no peligrosos. Durante la fase de cierre se producirán residuos similares a la fase construcción.
- Residuos Industriales Peligrosos En la fase de construcción, se generarán aceites, lubricantes y otros residuos considerados como peligrosos en cantidades menores. Tomando en consideración experiencias de la empresa en construcción de parques eólicos similares en el mundo y que muchos de las operaciones de mantención no se realizarán en el emplazamiento, la cantidad total de residuos será de 0,2 ton durante la fase de construcción.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 141 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Durante la etapa de operación se producirán residuos correspondientes a los aceites minerales de lubricación de los aerogeneradores y dieléctricos de los transformadores de poder. Algunos de estos aceites deben ser renovados completamente cada año.
En el caso de los aerogeneradores, los aceites deben ser renovados completamente cada 5 años según su desgaste, y considerando los protocolos de mantenimiento mecánicos e hidráulicos de las unidades. El volumen total de aceites residuales por aerogenerador es 0,3 m3. Si se considera un cambio cada 5 años de los de aceites generadores por las turbinas y una programación bianual (38 turbinas c/2 años), se tendrá una generación de +/- 11,4 m3/2 años.
Vale decir que la operación de cambio de aceite en los aerogeneradores es una maniobra sencilla y hermética, ya que todo el procedimiento de remplazo se realiza sin salir de la góndola e inmediatamente se dispone el aceite en un barril de 200 lt para ser llevada a la BAT de cada instalación de faenas o directamente al sitio de disposición final. Estas maniobras serán realizadas por una empresa autorizada, considerando la posterior disposición, del aceite utilizado, en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria de la Región de la Araucanía.
Finalmente, durante la fase de cierre se producirán residuos similares a la fase construcción por lo que para tener un mayor detalle de los residuos que producirán, se debe tomar como referencia lo estimado para la fase de construcción.
Tabla Resumen residuos generados por el proyecto Residuos Fase Construcción Fase Operación Fase Cierre Cantidad Unidad Cantidad Unidad Cantidad Unidad Residuos sólidos domiciliarios 1,6 t/mes 135 k/mes 1,6 t/mes Residuos Industriales No Peligrosos (promedio) 25 m3/mes 0 m3/mes 25 m3/mes Residuos Industriales Peligrosos 0,2 t/mes 11,4 m3/2 año 0,2 t/mes
A.4) Obras civiles proyectadas y existentes Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios
Tal como se señaló en el punto anterior, durante la construcción y operación, los residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios serán acopiados temporalmente en contenedores secundarios en el patio de residuos de cada instalación de faenas a la espera de su disposición final. Esta área estará delimitada y contendrá letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. Las áreas de almacenamiento en donde se dispondrán los contenedores secundarios contarán con suelo estabilizado, techo y cierre perimetral de malla de forma de impedir el ingreso de animales y personas no autorizadas. En la siguiente tabla son descritas las características de los contenedores.
Elemento Cantidad Capacidad 1.100 l Instalación Sobre explanada, posee ruedas y tapa Materialidad HDPE Dimensiones referenciales 1360 mm x 1030 mm x 1290
Residuos Industriales No Peligrosos
Los residuos al ser de carácter no peligroso se depositarán directamente en una explanada compactada que contará con un cierre perimetral en las áreas del patio de acopio de residuos no peligrosos de la instalación de faenas correspondiente, la cuales serán de a lo menos 1,80 metros de altura, en base a perfiles tubulares y malla metálica o similar, que impida el libre acceso de personas y animales y contará REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 142 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” con señalética de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003). No se considerará la instalación de estructura de techumbre.
Residuos Industriales Peligrosos
Para el almacenamiento temporal de residuos industriales peligrosos, tanto en construcción como operación, se requerirá de una bodega de acopio temporal (BAT) en cada una de las instalaciones de faena (1, 2 y 3). Allí, se mantendrán los residuos en contenedores identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos. Finalmente, la bodega cumplirá al menos con las disposiciones técnicas exigidas en el artículo 33 del DS Nº148/2003 del Minsal que se mencionan a continuación.
Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos. Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales. Estará techada y protegida de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar. Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población. Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados. Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 2003 y contará con medidas de seguridad y equipamiento contra incendios.
A.5. Vientos predominantes Los vientos predominantes se presentan con dirección oeste, entre los cuales se destacan los seguidos por el sistema de presiones y producidos por las diferencias térmicas. Entre los primeros, se tienen los vientos fuertes con componente norte en invierno y vientos moderados con componente sur en verano; entre los segundos se destaca el denominado “puelche” producido por la diferencia térmica entre el valle y la montaña, este se caracteriza por una gran tempestuosidad en invierno además de desecar el aire en verano.
La estación meteorológica de Los Ángeles proporciona datos entre los años 2009 y 2012 en los cuales la dirección del viento se presenta predominantemente como noreste con episodios de cambio de dirección al suroeste.
En cuanto a las velocidades de viento, el promedio anual entregado por el modelo geofísico de viento de la Universidad de Chile alcanza un promedio superior a los 7 m/s a los 94 m de altura. Además, el comportamiento del viento durante el día, presenta las siguientes variaciones diurnas y nocturnas.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 143 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Figura Promedios de horarios diarios de velocidad del viento a 94 m de altura6
A.6. Formas de control y manejo de material particulado, de las emisiones gaseosas, de las partículas de los caminos de acceso e internos que se pretenda implementar, y de olores, ruidos, emisiones líquidas y vectores.
Se tomarán las siguientes medidas, las cuales serán veladas por la oficina CASEM durante la construcción:
Medidas de control de material particulado y emisiones gaseosas
Se controlarán las emisiones de material particulado, mediante la disposición de aglomerante en los caminos relacionados al proyecto, para así mitigar el levantamiento de polvo en el lugar de faena y cancha de acopio. Los camiones con carga que se desplacen fuera de los patios de izado serán cubiertos con lonas para evitar el desprendimiento de material. Se realizará una adecuada mantención mecánica de equipos, maquinarias y vehículos, por concepto de eficiencia operacional y minimización de emisiones atmosféricas. La maquinaria utilizada contará con su documentación al día, especialmente en lo referido a los certificados de emisiones y revisión técnica. Se prohibirá la quema de residuos y materiales combustibles (madera, material vegetal, papeles, hojas o desperdicios de cualquier tipo). Los camiones que se encuentren detenidos al interior de las obras por un tiempo prolongado deberán mantener sus motores apagados. Cada trabajador que ingrese a la obra, será capacitado en las medidas ambientales aplicables al Proyecto.
Medidas de control de Vectores Sanitarios y Olores
El almacenamiento de residuos domiciliarios se realizará en tambores con tapa los cuales se mantendrán sellados para evitar la emisión de olores molestos, efluentes líquidos y de atracción de vectores sanitarios. Estos contenedores estarán dispuestos en una superficie sólida con cierre perimetral para evitar el ingreso de perros, ratones e insectos. Los residuos domiciliarios serán retirados de la instalación de faena correspondiente tres veces a la semana en períodos de mayor producción y serán derivados por personal autorizado hacia un sitio de disposición final.
Medidas de control de ruido
6 Informe de viento utilizando el modelo WRF (Weather Research and Forecasting Versión 3.2). Explorador de energía eólico. Departamento de Geofísica de la Universidad de Chile. Ernc.dgf.uchile.cl/Explorador REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 144 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
El almacenamiento temporal de residuos no generará emisiones de ruidos.
Medidas de control de efluentes líquidos
El almacenamiento temporal de residuos no generará residuos líquidos. Por otro lado, el Titular se compromete a mantener en buenas condiciones de orden y limpieza los lugares degeneración y almacenamiento temporal de residuos, especialmente en los sectores donde se colocarán contenedores o acopiarán escombros. De la misma forma, se inducirá a todos los trabajadores a un manejo responsable de los residuos y basuras domiciliarias.
Es importante indicar, que todo residuo domiciliario o asimilable a domiciliario será dispuesto en los contenedores de acopio (o secundario según el punto A9) en bolsas completamente herméticas. De este modo, los contenedores no producirán lixiviados u otro tipo de líquido percolado que deberían ser lavados. Por lo que no se espera lavado durante la construcción. Durante la operación los volúmenes de residuos domiciliarios son menores, por lo que tampoco se requerirá de lavados.
En la eventualidad de lavado de contenedores secundarios durante la construcción o cierre, éste será realizado por empresas autorizadas y el destino de las aguas de lavado será en una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas que cuente con autorización sanitaria.
A.7. Características hidrológicas e hidrogeológicas
El área de estudio y su sistema hídrico, se ubican en la subsubcuenca del río Mininco, subcuenca del Renaico, hoya hidrográfica del Biobío. La cuenca del río Mininco posee un clima del tipo mediterráneo, de estación seca breve, correspondiendo a un clima de transición entre el clima mediterráneo y el clima templado lluvioso que continúa al sur. En cuanto a su morfometría, se puede señalar que el sistema hídrico del Mininco presenta las típicas características de una cuenca asociada a la depresión intermedia. Su configuración geométrica incide, por ejemplo, en aspectos como tiempos de respuestas a crecidas o la velocidad de circulación.
Según DGA (1986), el área corresponde a sectores con predominio de depósitos no consolidados, sedimentarios y volcánico-sedimentarios, poseyendo acuíferos de extensión variable, generalmente estratificada, con napas libres a semiconfinadas. Se caracterizan por una permeabilidad y calidad química variable. Esto permite señalar que estos pozos tienen una productividad que puede ser catalogada como elevada a media. Las napas subterráneas del sector se alimentan por los cauces superficiales, derretimientos e infiltración directa de lluvias, ocupando amplios sectores del relleno cuaternario no consolidado en sectores de escasa pendiente. En este sector predomina un material heterogéneo, estando constituido, principalmente, por material de origen fluvial. El escurrimiento de estas napas se produce fundamentalmente en forma paralela al escurrimiento superficial, en dirección Cordillera-Mar. Este es posee un carácter libre a semiconfinada, y localmente confinada, a causa de la existencia de depósitos impermeables arcillosos y/o volcánicos (DGA, 1986).
A.8. Planes de prevención de riesgos y planes de control de accidentes, enfatizando las medidas de seguridad y de control de incendios, derrames y fugas de compuestos y residuos
Se presenta, un resumen de los planes de prevención de riesgos y control de accidentes con las medidas aplicables en las áreas de almacenamiento transitorio de los residuos.
Riesgo de incendios
Los riesgos de incendio se encuentran asociados principalmente a un manejo inadecuado de residuos combustibles y comburentes. Las siguientes medidas de seguridad permitirán minimizar el riesgo asociado a incendios:
Cada vehículo que opere en el recinto contará con un extintor en operación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 145 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Se contará con una red de protección de incendios, entre los cuales se consideran extintores en cantidad suficiente según lo establecido en el D.S. N°594/99, los que serán instalados en lugares accesibles y señalizados, y contarán con un sistema de mantención preventiva. Inducción a todo el personal para la utilización de estos extintores y prevención de incendios. Se instalará señalética que establezca la prohibición de fumar, encender fogatas, portar fósforos u otros elementos que produzcan chispas en las áreas de acopio. Las empresas colaboradoras deberán regirse por las obligaciones impuestas por el titular, para minimizar el riesgo de incendio, las cuales serán incluidas en las cláusulas contractuales. Los aceites utilizados por el proyecto durante la operación no presentan condiciones de inflamabilidad.
Todas estas acciones estarán bajo la supervisión de la oficina de la empresa Titular.
Riesgos por Transporte
Se llevará un registro en cada Instalación de Faena, que permita cuantificar los volúmenes almacenados en la cancha de acopio y las cantidades que serán transportadas. Asimismo, el transportista llevará un registro de las cantidades que transporta, de modo de adecuar las medidas de seguridad a la cantidad de productos almacenados y transportados. El proyecto proveerá todos los recursos que aseguren un transporte seguro para este tipo de elementos.
A.9. Manejo de residuos generados dentro de la planta
El manejo de cada uno de estos residuos se detalla a continuación:
Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios
Los residuos sólidos domiciliarios y asimilables a domiciliarios (RSD) serán manejados en un sistema de dos componentes (ver Figura posterior). El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas.
La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del proyecto, quienes tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será a lo menos de dos veces por semana y diaria en los períodos de máxima generación.
Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en cada instalación de faenas, estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios será realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente.
El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domiciliarios, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores.
Durante la construcción y en su período de máxima producción, los residuos se recolectarán cuatro veces a la semana y serán dispuestos en un lugar autorizado por una empresa permitida por la Autoridad Sanitaria. Durante la fase de operación, se recolectarán estos desechos una vez a la semana para su disposición final en un lugar permitido a cargo de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
Los residuos durante la fase de cierre se manejarán con un sistema similar al de la fase de construcción.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 146 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Figura Manejo de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios
Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos
Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes (Figura 6). El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a las áreas de almacenamiento temporal ubicadas en las instalaciones de faenas (1,2 y 3), denominada Patio de Residuos o Patio de Salvataje, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados.
Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva u otros que se emplean en la obra.
Figura de Manejo de residuos industriales no peligrosos
Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuos para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes, serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 147 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cerca de los frentes de faenas para posteriormente ser llevados a los patios de residuos o salvataje correspondiente y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado.
Residuos Industriales Peligrosos
Los residuos peligrosos que sean generados por el Proyecto, serán gestionados mediante un sistema de manejo de dos componentes (ver 5). El primer componente del sistema de manejo tiene por objetivo el almacenamiento temporal en los puntos de generación de los residuos. Para este fin se utilizarán contenedores primarios, dispuestos en los frentes de trabajo e instalaciones menores generadoras de estos residuos (oficinas, talleres, etc.). Todos estos contenedores serán herméticos, sellados con tapa, de fácil traslado y tendrán capacidad suficiente para contener el volumen de residuos peligrosos generados en el período de frecuencia de retiro.
Posteriormente, los residuos serán trasladados a las Bodegas de Acopio Temporal (BAT) al interior de la instalación de faenas correspondiente durante la construcción y aledaña a la sala de control (subestación) durante la operación. Estas bodegas representan el segundo componente del sistema de manejo. Allí, se mantendrán los residuos en contenedores secundarios identificados y etiquetados de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la NCh 2190 Of.2003 y las características de peligrosidad indicadas en el artículo 11 del D.S. 148/2003. Este etiquetado se mantendrá desde el almacenamiento hasta la eliminación de los residuos.
El manejo de los residuos dentro de las bodegas se regularizará mediante la elaboración de fichas de ingreso y egreso de residuos para mantener un control periódico de los residuos peligrosos.
Se exigirá que el lugar seleccionado para la disposición final de los residuos peligrosos generados por el Proyecto, cuente con la infraestructura adecuada para el manejo y procesamiento de éstos y con la autorización correspondiente de la SEREMI de Salud para su funcionamiento. Se llevará el registro de los certificados de recepción de los residuos peligrosos.
Los residuos peligrosos menores, tales como aceites y grasas, paños, huaipes contaminados, tubos fluorescentes, toners, etc., se depositarán diariamente en contenedores primarios debidamente etiquetados en los frentes de trabajo y oficinas. Periódicamente, estos residuos serán retirados y dispuestos en la BAT de la instalación de faena correspondiente o de la sala de control (subestación), para luego ser depositados en los sitios de eliminación autorizados por una empresa autorizada de transporte. Se llevará un registro interno del movimiento de residuos peligrosos hacia y desde la bodega de almacenamiento de los mismos.
El período de almacenamiento de los residuos peligrosos, desde su generación hasta la salida de la BAT, en ningún caso excederá de 6 meses.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 148 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Figura de Manejo de residuos industriales peligrosos.
b) Tratándose de una estación de transferencia, además de lo señalado en la letra a), la forma de carga y descarga de residuos, el control de material particulado, gases y olores, producto de la descarga de residuos y operación de la estación; y residuos líquidos producto del lavado de superficie, así como el escurrimiento de percolados.
No aplica, debido a que no existirán estaciones de transferencia.
c) Tratándose de plantas de compostaje, además de lo señalado en la letra a): c.1. Sistema de manejo de líquidos lixiviados, c.2. Sistema de manejo de los rechazos.
No aplica, debido a que no existirán plantas de compostaje. d) Tratándose de una planta de incineración, además de lo señalado en la letra a), el manejo de los residuos sólidos, cenizas y escorias y residuos líquidos generados, el control de las temperaturas de los gases de emisión, el manejo de los gases de emisión, y control de la operación de la planta de incineración. No aplica, debido a que no existirán plantas de incineración.
e) Tratándose de un relleno sanitario y de seguridad, además de lo señalado en la letra a): e.1. Sistema de impermeabilización lateral y de fondo. e.2. Control y manejo de gases o vapores. e.3. Definición del sistema de intercepción y evacuación de aguas lluvias. e.4. Calidad y espesor de material de cobertura. e.5. Sistema de monitoreo de la calidad del agua subterránea. e.6. Control y manejo de lixiviados o percolados. e.7. Plan de cierre. No aplica, debido a que no existirá relleno sanitario y de seguridad.
f) Tratándose de almacenamiento de residuos, además de lo señalado en la letra a):
F.1.: Características del recinto. Los patios de residuos se encontrarán delimitados y sectorizados, se ubicarán aledaños a cada instalación de faena. Se encontrará señalizada y en condiciones de orden y aseo periódico. Se evitará el acceso de personas ajenas y animales.
Se presentan algunos detalles sobre las características del recinto en la letra a4. Obras civiles proyectadas y existentes del presente documento.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 149 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” F.2.: Establecimiento de las formas de almacenamiento, tales como a granel o en contenedores Al interior del patio los residuos serán dispuestos, en forma ordenada, dentro de contenedores y a granel.
Residuos Domiciliarios y asimilables a domiciliarios
Este tipo de residuos será dispuesto en contenedores secundarios herméticos de HDPE en la instalación de faenas correspondiente con capacidad de 1.100 litros con tapas apropiadas para impedir el ingreso de vectores sanitarios y la proliferación de olores molestos. Y estarán señalizados como “Basura Domiciliaria”. Se presenta una imagen referencial del tipo de contenedor secundario para el almacenamiento de residuos domiciliarios y asimilables a domiciliarios. (ver Figura)
Residuos Industriales No Peligrosos
Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del área demarcada con cerco perimetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades.
A modo de detalle, los excedentes de excavación serán dispuestos a granel. La madera residual será ordenada en pilas de no más de tres metros mantenida a la intemperie, el fierro será apilado, de la misma forma, a la intemperie y los despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable”. Otros restos, como escombros y residuos menores serán acopiados en los frentes de faenas y posteriormente en el patio de residuos o salvataje de cada instalación de faenas (1, 2 y 3) según corresponda, para ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado.
Residuos Sólidos Industriales Peligrosos
Los residuos sólidos industriales peligrosos, que corresponderán principalmente a aceites, serán almacenados en tambores de 200 litros de capacidad, los que se ubicarán al interior de la bodega de acopio temporal de la instalación de faenas correspondiente (1, 2 y 3). Estos residuos serán trasladados a un sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El transporte y disposición final será llevado a cabo por una empresa especializada que cuente con las autorizaciones respectivas (Ver Figura ).
Los residuos peligrosos menores, huaipes, restos de pintura, diluyentes, brochas, etc., serán depositados en contenedores estancos y herméticos y serán llevados a la BAT correspondiente en espera de su transporte y disposición final.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 150 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Figura Contenedores primarios y secundarios referenciales para el almacenamiento de residuos industriales peligrosos en BAT
Tabla Resumen de formas de almacenamiento por tipo de residuos Residuos Almacenamiento Domiciliarios En contenedores primarios y secundarios No peligrosos A granel en Patio de Residuos Peligrosos En contenedores primarios y contenedores secundarios en BAT
9.4. Antecedentes en atención al Art. 94 del RSEIA. a. Memoria técnica de características de construcción y ampliación
En relación al cableado subterráneo del parque, éste cumplirá todas las disposiciones de la NSEG 5 E.n 71 Instalaciones de Corrientes fuertes de la SEC. Estos cables irán enterrados a 1m de profundidad. Debido a que los conductores subterráneos son apantallados, el campo eléctrico es nulo fuera de ellos en este caso (al estar la pantalla metálica conectada a tierra en ambos extremos se genera un efecto de “jaula de Faraday”).
b. Plano de planta
La siguiente figura se da cuenta del plano de planta del proyecto con las obras fijas permanentes de mayor relevancia que corresponden a los aerogeneradores y sala de control (subestación), mayor detalle, se presentan los planos del Proyecto en el Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 2.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 151 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
c. Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma
En la fase de construcción no habrá actividades que pudiesen considerarse procesos de producción. En la fase de operación existirá una conversión de energía eólica en energía eléctrica. Se presenta a continuación el diagrama de flujo de transformación energética del Proyecto:
d. Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química
Tal como se señaló en el capítulo 1 del EIA, la construcción, operación y cierre del Proyecto, sólo utilizará en volúmenes menores aceites, los que de ningún modo –por su volumen y manejo- serían causales de contaminación.
No obstante, se entregan en el Anexo Nº 4.2 de la Adenda Nº 2 los antecedentes para el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial Nº 93 y que indica que se cumplirá las disposiciones del Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas DS 78/10, en cuanto a las disposiciones en pequeñas cantidades.
Asimismo, se trata de un proyecto de generación eléctrica en base a aerogeneradores, los que por su materialidad constructiva no poseen elementos en su composición que puedan ser causales de contaminación biológica, física y/o química.
e. Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar
Viento Aerogeneradore s (Energía eólica a Energía Eléctrica) Electricidad Patios de Control y Subestación. Envío al SIC REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 152 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Tal como se ha señalado las sustancias calificables como peligrosas en el proyecto serán los aceites lubricantes, estos serán cambiados y retirados, como promedio, 2 veces cada año, totalizando unos 13,5 m3/2 año. El cambio será realizado por una empresa especializada en esta operación.
f. Medidas de control de riesgos a la comunidad
Por una parte, el Proyecto se desarrollará en una zona aislada de los centros urbanos (aproximadamente a 15 km de Collipulli). Por otro lado, tal como se ha señalado en el EIA y sus estudios Anexos no existen riesgos plausibles de la operación del Proyecto sobre alguna componente ambiental. Por lo tanto, no se requieren medidas de control de riesgos a la comunidad adicional a lo presentado en el EIA.
9.5. Antecedentes en atención al Art. 96 del RSEIA. Detalle de superficie y coordenadas de ubicación de los aerogeneradores ID AG Superficie (m2) Coordenadas ID AG Superficie (m2) Coordenadas Este Norte Este Norte 1 314 740.990 5.787.978 40 314 738.778 5.790.647 2 314 741.293 5.787.773 41 314 739.086 5.790.676 3 314 741.602 5.787.816 42 314 739.389 5.790.740 4 314 741.993 5.786.720 43 314 739.691 5.791.038 5 314 742.302 5.786.933 44 314 740.000 5.790.850 6 314 742.615 5.787.451 45 314 740.308 5.790.705 7 314 742.957 5.787.436 46 314 738.246 5.792.818 8 314 743.264 5.787.397 47 314 738.663 5.792.544 9 314 743.765 5.786.853 48 314 742.158 5.794.832 10 314 743.176 5.785.758 49 314 742.553 5.794.681 11 314 742.870 5.785.839 50 314 742.861 5.794.497 12 314 742.564 5.785.452 51 314 743.168 5.794.326 13 314 742.244 5.785.577 52 314 743.475 5.794.194 14 314 741.921 5.785.703 53 314 743.779 5.793.952 15 314 741.596 5.785.829 54 314 744.085 5.793.879 16 314 741.271 5.785.952 55 314 741.408 5.794.550 17 314 740.948 5.786.079 56 314 741.551 5.793.286 18 314 740.626 5.786.206 57 314 741.875 5.793.625 19 314 740.304 5.786.335 58 314 742.510 5.793.561 20 314 739.998 5.786.437 59 314 742.817 5.793.406 21 314 739.682 5.786.559 60 314 743.121 5.793.219 22 314 738.930 5.786.833 61 314 743.425 5.793.072 23 314 738.618 5.786.913 62 314 743.736 5.792.939 24 314 737.958 5.787.781 63 314 740.277 5.792.365 25 314 738.266 5.788.043 64 314 740.662 5.792.242 26 314 737.459 5.789.881 65 314 741.277 5.791.981 27 314 737.793 5.789.695 66 314 741.910 5.791.815 28 314 738.128 5.789.504 67 314 742.219 5.791.702 29 314 738.433 5.789.232 68 314 742.528 5.791.868 30 314 738.749 5.789.029 69 314 742.830 5.791.475 31 314 739.054 5.788.772 70 314 741.546 5.790.489 32 314 739.364 5.788.556 71 314 741.919 5.790.275 33 314 739.671 5.788.484 72 314 742.284 5.790.319 34 314 739.978 5.788.395 73 314 742.650 5.790.219 35 314 740.286 5.788.090 74 314 740.757 5.790.013 36 314 739.706 5.789.724 75 314 741.243 5.789.406 37 314 739.397 5.789.730 76 314 741.719 5.789.230 38 314 740.013 5.789.535 77 314 742.176 5.788.782 39 314 738.470 5.790.785 Superficie Total 24.178 m2 Fuente: Elaboración propia, 2016
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 153 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” b. Subestación Elevadora
c. Instalaciones de faena - Instalación de Faena N° 1
-
Instalación de Faena N° 2
-
Instalación de Faena N° 3
De acuerdo a lo anterior, en lo que respecta al PAS N° 96, existe pronunciamiento conforme según Of. SAG N° 953/2016 y Of. Seremi de Agricultura N° 7373/2016.
9.6. Antecedentes en atención al Art. 102 del RSEIA.
Roles de avalúos contiguos al predio ROL PREDIO Nº ROL DE AVALÚO CONTIGUO A LOS PREDIOS OBJETO DE INTERVENCIÓN 196-4 1 196-134 211-4 2 211-99;211-112;211-190;211-150 211-140 3 211-142;211 211-84 4 211-85;211-57;21159;211-60;211-83 211-57 5 211-85;211-84;211-59;211-56;211-95 211-59 6 211-57;21184;21160;211-58;211-54;211-53 211-53 Lote C 7 211-179;211-60;211-59;211-54 211-52 8 211-63;211-181,211-153-1 211-14 9 211-99;196-134 196-134 10 196-4;211-4:211-99;211-14 211-150 11 211-192;211-113;211-191;200-190;211-4 211-142 12 211-143;211-140;211-191;211-150; 263-95 13 211-57;211-85; 211-55 14 211-54;211-58;211-56 211-54 15 211-53C;211-59;211-58;211-55,211-106;211-32 211-53 Lote 1 16 211-81;211-60;211-79;211-52 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 154 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Descripción de superficie y especies introducidas a intervenir. ROL PREDIO Nº ÁREA SUPERFICIE (HA) AÑO CLASE
DE CAPACIDAD DE USO DE SUELOS ESPECIE A INTERVENIR 196-4 1 1 1,34
2017 II Eucaliptus globulus
196-4 2 4,52
2017 II Pinus radiata
211- 2 1 0,51 2017 II Pinus radiata 211-140 3 1 0,37
2017 IV Pinus radiata
211-84 4 1 0,01
2017 II Pinus radiata
211-57
5 1 0,01
2017 II Pinus radiata
211-59
6 1 0,03
2017 II Pinus radiata
211-53 Lote C
7 1 0,04
2017 II Pinus radiata
211-52
8 1 0,09
2017 II Pinus radiata
211-14
9 1 0,03 2017 II Pinus radiata
196-134
10 1 0,07
2017 IV Pinus radiata
196-134
2 0,04
2017 IV Pinus radiata
211-150
11 1 0,03
2017 II Pinus radiata
211-142
12 1 0,01
2017 II Pinus radiata
263-95
13 1 0,06
2017 II Pinus radiata
211-55
14 1 0,59
2017 II Pinus radiata
211-54
15 1 0,24
2017 II Pinus radiata
211-53
16 1 0,28
2017 II Pinus radiata
Reforestación:
-
La superficie de reforestación corresponderá a 8,27 hectáreas, las cuales serán del tipo forestal Roble- raulí-Coigue, donde las unidades que se seleccionarán para reforestación corresponderán a áreas que presenten vegetación de tipo herbácea con presencia de arbustos y árboles aislados, con capacidad de uso de suelo predominantes VI, VII y VIII.
-
Se llevará a cabo en suelos de aptitud preferentemente forestal y será mediante plantación utilizando plantas producidas en vivero, en macetas o speedling, que permiten asegurar el éxito de las plantaciones.
-
Se establecerá a partir del año 1, después de verificada la corta.
-
Se propone reforestar con una mezcla de Raulí (Nothofagus alpina), Roble (Nothofagus obliqua), Coihue (Nothofagus dombeyi), con una densidad de reforestación de 3.000 plantas/hectáreas, debido principalmente al escaso conocimiento y experiencias de reforestación en terrenos descubiertos para el REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 155 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” tipo forestal Roble- Raulí-Coihue.
- Los predios serán definidos sectorialmente de acuerdo a los contenidos citados en la Guía de Evaluación Ambiental CONAF (2014).
Detalle Superficie de corta de bosque nativo, año de la intervención, clase de capacidad de uso y tipo forestal de las áreas de intervención
PREDIO Nº ÁREA A INTERVENIR AÑO CLASE DE CAPACIDAD DE USO TIPO FORESTAL Y/O ESPECIE A ELIMINAR Nº SUPERFCIE DE CORTA DE BOSQUE NATIVO(HA) 1 1 0,04 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica 2 1 0,24 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica 3 1 0,001 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica 2 0,02 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica 4 1 0,002 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 2 0,11 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 3 0,04 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 5 1 0,21 2017 VII Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 2 0,29 2017 VII Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 156 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PREDIO Nº ÁREA A INTERVENIR AÑO CLASE DE CAPACIDAD DE USO TIPO FORESTAL Y/O ESPECIE A ELIMINAR Nº SUPERFCIE DE CORTA DE BOSQUE NATIVO(HA) Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 6 1 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 2 0,26 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 7 1 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 8 1 0,03 2017 II Ro-Ra-Co; Drimys winteri- Nothofagus alpina- Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua-Persea lingue-Podocarpus salignus -Nothofagus antarctica- Gevuina avellana 9 1 0,03 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 10 1 0,03 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 11 1 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 12 1 0,05 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 157 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PREDIO Nº ÁREA A INTERVENIR AÑO CLASE DE CAPACIDAD DE USO TIPO FORESTAL Y/O ESPECIE A ELIMINAR Nº SUPERFCIE DE CORTA DE BOSQUE NATIVO(HA) 2 0,02 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 3 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 13 1 0,03 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 2 0,02 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 3 0,14 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 4 0,02 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 14 1 0,04 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 15 1 0,001 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 2 0,04 2017 II Ro-Ra-Co; Luma apiculata- Nothofagus antarctica - Nothofagus dombeyi- Nothofagus obliqua- Persea lingue 16 1 0,04 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 2 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 158 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” PREDIO Nº ÁREA A INTERVENIR AÑO CLASE DE CAPACIDAD DE USO TIPO FORESTAL Y/O ESPECIE A ELIMINAR Nº SUPERFCIE DE CORTA DE BOSQUE NATIVO(HA) 17 1 0,08 2017 II Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 18 1 0,06 2017 VII Ro-Ra-Co; Drymis winteri- gevuina avellana-Luma apiculata-Myrceugenia planipes- Nothofagus dombeyi-Nothofagus obliqua 19 1 0,1 2017 II Ro-Ra-Co; Aextoxicon punctatum-Drimys winteri - Nothofagus obliqua- Nothofagus antarctica 20 1 0,01 2017 II Ro-Ra-Co; Aextoxicon punctatum-Drimys winteri - Nothofagus obliqua- Nothofagus antarctica
De la reforestación
La superficie de reforestación corresponderá a 2,0 hectáreas, las cuales serán del tipo forestal Roble- raulí-Coigue.. Las unidades que seleccionarán para reforestación corresponderán a áreas que presenten vegetación de tipo herbácea con presencia de arbustos y árboles aislados, con capacidad de uso de suelo predominantes VI, VII y VIII.
En el Cuadro siguiente se presenta los detalles del área a reforestar, no obstante a esto, es importante indicar que en éste no se presentan los predios los predios finales a reforestar, ya que en rigor, los predios a utilizar para reforestación se encuentran actualmente en evaluación por parte del Titular. Del acuerdo a la Guía de Evaluación Ambiental CONAF (2014), no es necesario presentar el sector a reforestar, siendo requisito solamente en la tramitación sectorial.
Cuadro Programa de reforestación del presente Plan de Manejo
PREDIO ÁREA A REFORESTAR AÑO CLASE CAPACIDAD USO TIPO DE VEGETACIÓN ACTUAL EN EL LUGAR A REFORESTAR ESPECIE DENSIDAD PLA/HA Nº SUPERFICIE (ha) Por definir R1 2,0 2018 VI-VII - Roble- Raulí- Coigüe 3.000
- Que, de acuerdo a los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, la forma de cumplimiento de la normativa de carácter ambiental aplicable al Proyecto es la siguiente:
a. NORMAS GENERALES APLICABLES AL PROYECTO
Constitución Política de la República de Chile
Nombre Texto Normativo Constitución Política de la República de Chile REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 159 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Fase de Aplicación Construcción, operación y cierre. Artículo y/o Materia En el Capítulo III, sobre los derechos y deberes constitucionales, en su artículo 19 N°8, señala el derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente y la preservación de la naturaleza, estableciendo el deber del Estado de velar por su respeto y tutelar la preservación de la naturaleza. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Dada las características de las actividades y obras que involucra el proyecto se presenta a trámite para su evaluación en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante el presente Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en cumplimiento a la Ley N°19.300 y sus modificaciones, que es la normativa que da cuerpo a la garantía constitucional del artículo 19 N°8. Forma de cumplimiento El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante un Estudio de Impacto Ambiental en donde el titular del proyecto evalúa y se hace cargo de los impactos ambientales que generará. Además indica que cumple con la legislación ambiental vigente, asegurando con esto el cumplimiento de las garantías constitucionales correspondientes.
Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente
Nombre Texto Normativo Ley Nº19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente. Fecha de Publicación: 9 de Marzo de 1994. MINSEGPRES modificada por la Ley 20.417 Ministerio Medio Ambiente. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente
Artículo y/o Materia Artículo 1°.- El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental se regularán por las disposiciones de esta ley, sin perjuicio de lo que otras normas legales establezcan sobre la materia. Por otra parte, el párrafo 2 entrega los lineamientos del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto se encuentra en el listado de proyectos que deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por tratarse de un proyecto de generación eléctrica de más de 3 MW y líneas de alta tensión y sus subestaciones. Forma de cumplimiento El proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental mediante el presente EIA. El EIA entrega los antecedentes necesarios que avalan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente, por lo que se demuestra el cumplimiento de las materias incluidas en la Ley N°19.300.
D.S. N°30/97, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N°95/01,ambos de MINSEGPRES.
Nombre Texto Normativo D.S. N°30/97, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N°95/01,ambos de MINSEGPRES Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 160 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Nombre Texto Normativo D.S. N°30/97, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el D.S. N°95/01,ambos de MINSEGPRES Artículo y/o Materia El D.S. N°95/02 reglamenta el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Al respecto, el artículo 2 letra b) señala que se entiende por ejecución de proyecto o actividad la realización de obras, acciones o medidas contenidas en un proyecto o actividad, y la adopción de medidas tendientes a materializar una o más de sus fases de construcción, aplicación u operación y/o cierre.
Entre otras materias, el reglamento incorpora la tipología de los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Indica los criterios para determinar si los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental generan o presentan algunos de los efectos características o circunstancias mencionadas en el artículo 11 de la Ley. En su artículo 12 señala los contenidos mínimos que deben considerarse para la elaboración de un EIA. Enumera los permisos ambientales sectoriales, señala los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación De acuerdo a lo establecido en el artículo 3 letra b) y c) del Reglamento, el proyecto debe someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Forma de cumplimiento El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental bajo la forma de un Estudio de Impacto Ambiental.
b. NORMAS DE EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS APLICABLES AL PROYECTO
Emisiones atmosféricas
D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de
Cualquier Naturaleza.
Nombre Texto Normativo D.S. N°144, de 1961 establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes de Cualquier Naturaleza. Fecha de Publicación: 18 de mayo de 1961. Ministerio de Salud Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 1: Los gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes de cualquiera naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 161 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Forma de cumplimiento Durante las etapas de construcción, operación y cierre del p royecto, se generarán emisiones de material particulado y gases provenientes de las siguientes actividades y equipos: Etapa de construcción: Excavación, carga y descarga de material, transporte de material en caminos no pavimentados, motor de vehículos y maquinarias. Etapa de operación: Transporte de personal en caminos no pavimentados, motor de vehículos de transporte (camionetas). Etapa de cierre: Desmantelamiento de instalaciones, circulación de vehículos, carga y descarga de materiales, emanaciones de gases de vehículos y maquinaria pesada. Las emisiones de material particulado y gases son menores, distribuidas en una extensión territorial relevante y en su mayoría son acotadas a las etapas de construcción y cierre del proyecto, tal como se presentan en el Capítulo 1 y en Apéndice 4.1 del EIA. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el titular considera las siguientes medidas: -Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavaciones. -Humectar y/o aplicar tratamiento, cuando sea necesario, con sales aglomerantes en los caminos de acceso a las faenas para proveer superficies de rodaje estables. -Se exigirá una cobertura a los materiales que son transportados en camiones. -Se controlará la velocidad de los vehículos dentro del área de faena. Para el control de emisiones de gases el proyecto considera las siguientes medidas: -Los grupos electrógenos utilizados en la etapa de construcción, tendrán sus revisiones técnicas al día, para que se desempañen de acuerdo con los parámetros del fabricante. -Los vehículos livianos, medianos, pesados y maquinaria de combustión interna contarán con las mantenciones recomendadas por el fabricante y con su revisión técnica al día; lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción y cierre del Proyecto. Artículo y/o Materia Artículo 7: Prohíbase la circulación de todo vehículo motorizado que emita humo visible por su tubo de escape. Relación con el Proyecto
El proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes.
D.S. N°47/92, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija Nuevo
Texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones
Nombre Texto Normativo D.S. Nº47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fecha de Publicación: 5 de Junio de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 162 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas. 1.Con el objeto de mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material: a. Regar el terreno en forma oportuna y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones. b. Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6. c. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d. Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena. e. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. f. Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos. g. La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. h. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. El Director de Obras Municipales podrá excepcionalmente eximir del cumplimiento de las medidas contempladas en las letras a), d) y h), cuando exista déficit en la disponibilidad de agua en la zona en que se emplace la obra. No obstante, estas medidas serán siempre obligatorias respecto de las obras ubicadas en zonas declaradas latentes o saturadas por polvo o material particulado, en conformidad a la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Durante las etapas de construcción y cierre del proyecto, se generarán emisiones de material particulado provenientes de las siguientes actividades: Etapa de construcción: Excavación, carga y descarga de material, transporte de material en caminos no pavimentados. Etapa de cierre: Desmantelamiento de instalaciones, movimientos de materiales y tránsito de vehículos de carga en caminos no pavimentados. Forma de cumplimiento Las emisiones de material particulado y gases serán menores, distribuidas en una amplia extensión territorial, tal como se presenta en el Apéndice 4.1. Adicionalmente, con el fin de disminuir las emisiones de material particulado, el titular considera las siguientes medidas: Humectar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de excavaciones. Humectar y/o aplicar tratamiento, cuando sea necesario, con sales aglomerantes en los caminos de acceso a las faenas para proveer superficies de rodaje estables. Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados. No se contemplan retiro de escombros por lo que no se aplicarán las medidas dispuestas en las letras d) y f) del punto 1 del Artículo 5.8.3 del presente cuerpo normativo. Las medidas dispuestas en la letra e) serán abordadas en el análisis del cumplimiento de normativa aplicable a Residuos Sólidos.
D.S. N°138, Establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica.
Nombre Texto Normativo D.S. N°138, establece Obligación de Declarar Emisiones que Indica. Fecha de Publicación: 17 de Noviembre de 2005. Ministerio de Salud; Subsecretaría de Salud Pública. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 163 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 1º.- Todos los titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente decreto deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes, de acuerdo con las normas que se señalan a continuación. Artículo 2º.- Estarán afectas a la obligación de proporcionar los antecedentes para la determinación de emisión de contaminantes las fuentes fijas que correspondan a los siguientes rubros, actividades o tipo de fuente: calderas generadoras de vapor y/o agua caliente producción de celulosa fundiciones primarias y secundarias centrales termoeléctricas producción de cemento, cal o yeso producción de vidrio producción de cerámica siderurgia petroquímica asfaltos equipos electrógenos. Artículo 3º.- Para la estimación de las emisiones proveniente de los rubros, actividades o tipo de fuentes señalados en el artículo precedente, la autoridad sanitaria utilizará los factores de emisión existentes, ya sea nacionales o internacionales, según corresponda para cada fuente. Para tales efectos, la información sobre los procesos, niveles de producción, tecnologías de abatimiento y, cantidades y tipo de combustibles que empleen las fuentes sujetas a declaración, deberá proporcionarse anualmente a la correspondiente Secretaría Regional Ministerial de Salud en los formularios que ésta proveerá para ello. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Para abastecimiento de energía eléctrica en los patios de izado se utilizarán cuatro grupos electrógenos de 400 kVA los cuales transmitirán energía mediante redes eléctricas trifásicas de 380 V, de la cuales se obtendrá la energía en 220 V y 380 V que se requiere en la faena. Forma de cumplimiento Previo al inicio de la etapa de construcción el titular entregará a la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía los antecedentes necesarios para declarar con exactitud las emisiones provenientes de los grupos electrógenos. En la instalación de faenas quedará una copia del ingreso a trámite y de resolución de la SEREMI de Salud sobre estas materias, ante visitas de fiscalización de la Superintendencia de Medio Ambiente.
Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito.
Nombre Texto Normativo Decreto con Fuerza de Ley Nº1, fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito. Fecha de Publicación: 29 de Octubre de 2009. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; Subsecretaría de Transportes; Ministerio de Justicia; Subsecretaría de Justicia. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 78.- Los vehículos motorizados deberán estar equipados, ajustados o carburados de modo que el motor no emita materiales o gases contaminantes en un índice superior a los permitidos. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 164 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el proyecto tendrán su revisión técnica al día y se les hará mantenimientos de forma regular. Se impedirá el paso a las instalaciones del proyecto a todo vehículo que no cuente con su revisión técnica vigente. Lo anterior se exigirá bajo cláusulas contractuales con las empresas contratistas a cargo de las faenas de construcción, operación y cierre del proyecto.
D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control.
Nombre Texto Normativo D.S. Nº4, establece Norma de Emisión de Contaminantes Aplicables a los Vehículos Motorizados y fija los Procedimientos para su Control. Fecha de Publicación: 29 de Enero de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Artículo 1º.- La emisión de contaminantes por el tubo de escape de los Materia vehículos motorizados de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/HP-h, o gr/kw-h, no podrá exceder las concentraciones máximas siguientes: Monóxido de carbono (CO) e Hidrocarburos (HC)
Los años de uso del vehículo, se contabilizarán como la diferencia entre el año en que se efectúa el control y el año de fabricación del vehículo más una unidad. Humo visible; sólo motores de 4 tiempos; se permitirá solamente la emisión de vapor de agua. La emisión de monóxido de carbono de los vehículos motorizados de dos ruedas de encendido por chispa (ciclo Otto) de dos y cuatro tiempos, no podrá exceder la concentración máxima de 4,5%. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Las etapas de construcción, operación y cierre del proyecto consideran la utilización de vehículos y camiones para el transporte de materiales y maquinarias. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
Contenido máximo de HC en partes por millón (p.p.m.); sólo motores de 4 tiempos Años de uso del vehículo %Máximo de CO (en volumen) 13 y más 4,5 800 12 a 7 4,0 500 6 y menos 4,0 300
D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de
Año de fabricación del vehículo % máximo de CO en volumen Anterior y hasta 1980; 4,5 1981 y 1982; 3,5 Desde y posterior a 1983; 3,0
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 165 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Vehículos Motorizados de Combustión Interna.
Nombre Texto Normativo D.S. Nº279, aprueba Reglamento para el Control de la Emisión de Contaminantes de Vehículos Motorizados de Combustión Interna. Fecha de Publicación: 17 de Diciembre de 1983. Ministerio: Salud. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 3°.- Prohíbese la emisión de contaminantes, por el tubo de escape de vehículos motorizados de combustión interna, en concentración superior a los máximos que se señalan: a) Monóxido de carbono, solamente en vehículos bencineros. La comprobación se efectuará con el vehículo detenido, motor funcionando a régimen normal de temperatura de trabajo y sin acelerar (en ralentí). b) Humos visibles (partículas en suspensión). b.1) Vehículos bencineros: Se permitirá solamente la emisión de vapor de agua. b.2) Vehículos petroleros: El Índice de Ennegrecimiento medido conforme al método señalado en el artículo 4° del presente decreto, deberá ser inferior o igual al Índice de Ennegrecimiento correspondiente a la potencia del motor del vehículo, determinado en la curva señalada como "máximo" del siguiente gráfico:
Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento Todos los vehículos relacionados con el proyecto contarán con su revisión técnica al día y se revisará la vigencia de las mantenciones recomendadas por los fabricantes. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
D.S. Nº55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados
Pesados. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Nombre Texto Normativo D.S. Nº55/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Pesados. Publicación: 16 de abril de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Construcción, operación y cierre. Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 166 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Determina los niveles de emisiones para motores diésel y a gasolina. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Durante todas las fases del proyecto se utilizarán vehículos y maquinaria motorizada pesada. Forma de cumplimiento El titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados pesados cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
D.S. Nº54/1994, establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados
Medianos que Indica
Nombre Texto Normativo D.S. Nº54/1994, Establece Normas de Emisión aplicables a Vehículos Motorizados Medianos que Indica. Publicación: 03 de Mayo de 1994. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Construcción, operación y cierre. Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Establece las normas de emisión aplicables a vehículos motorizados pesados. Adicionalmente determina los niveles de emisiones para motores diesel, gas licuado de petróleo, gas natural comprimido y a gasolina. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Durante todas las fases del proyecto se utilizarán vehículos medianos. Forma de cumplimiento El titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados medianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
D.S. Nº211, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos.
Nombre Texto Normativo D.S. Nº211, establece Normas sobre Emisiones de Vehículos Motorizados Livianos. Fecha de Publicación: 11 de Diciembre de 1991. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 3°: Todos los vehículos motorizados livianos cuya primera inscripción se solicite a contar del 1° de Septiembre de 1992, deberán llevar un rótulo incorporado o adherido en forma permanente y claramente visible en la parte interior del compartimiento del motor, que indicará, a lo menos que el vehículo cumple con las normas nacionales de emisión y, el lugar y método en virtud del cual se certificó el nivel de emisiones. Este rótulo será colocado en los vehículos por su fabricante o armador o su representante legal y deberá reunir las características que señale el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 167 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto para sus distintas fases requerirá de vehículos motorizados. Forma de cumplimiento El titular del proyecto cumple con las disposiciones del presente cuerpo normativo ya que exigirá que los vehículos motorizados livianos cuenten con su revisión técnica al día y mantenciones recomendadas por el fabricante, además del correspondiente certificado de emisión de contaminantes, con el cual se acredita el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
D.S. Nº75, establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica.
Nombre Texto Normativo D.S. Nº75, establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Fecha de Publicación: 7 de Julio de 1987. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 2. Los vehículos que transporten desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En las zonas urbanas, el transporte de materiales que produzcan polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Las actividades de construcción, operación y cierre del proyecto requerirán de materiales e insumos enumerados en el artículo 2 del cuerpo legal analizado en la presente ficha, el cual será transportados por las rutas de acceso al proyecto. Forma de cumplimiento El titular exigirá que los camiones o vehículos propios, del contratista y de sus proveedores, que transporten los materiales señalados precedentemente, deberán circular cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos o con cualquier otro sistema que impida la dispersión de polvo a la atmósfera (descartando uso de malla Rachel), lo cual será revisado periódicamente. Del mismo modo se exigirá que los vehículos que transporten líquidos o sólidos con porcentaje de humedad lo realicen en camiones 100% estancos que impidan el escurrimiento y posterior caída de éstos al suelo. Esto se hará exigible por el titular a las empresas contratistas a través de cláusulas contractuales.
Emisiones de ruido
D. S. Nº47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones
Nombre Texto Normativo D.S. Nº47, Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones – Fija nuevo texto de la Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones. Fecha de Publicación: 5 de Junio de 1992. Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 168 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 5.8.3. En todo proyecto de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, el responsable de la ejecución de dichas obras deberá implementar las siguientes medidas:
Por constituir las faenas de construcción fuentes transitorias de emisión de ruidos y con el objeto de controlar su impacto, el constructor deberá entregar, previo al inicio de la obra, un programa de trabajo de ejecución de las obras que contenga los siguientes antecedentes: Horarios de funcionamiento de la obra.
Lista de herramientas y equipos productores de ruidos molestos, con indicación de su horario de uso y las medidas consideradas.
Nombre del constructor responsable y número telefónico de la obra, si lo hubiere. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto generará emisiones de ruido durante la fase de construcción debido a las actividades de preparación de terreno, montaje de estructuras y construcción de obras civiles. De manera similar se generarán emisiones de ruido en la fase de cierre principalmente producto de las actividades de desarme de estructuras, obras civiles y restauración del terreno. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, el titular del proyecto entregará a la autoridad un programa de trabajo de ejecución de las obras. Este programa incluirá las medidas establecidas en las letras a), b) y c) del punto 4 del artículo 5.8.3 del D.S. Nº47/97 Ordenanza General de la Ley de Urbanismo y Construcciones.
D.S 38/2012. Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica
Nombre Texto Normativo D.S 38/2012. Establece Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica, Elaborada a Partir de la Revisión del Decreto Nº 146, de 1997, del Ministerio Secretaría General De La Presidencia. Fecha de Publicación: 12 de Junio de 2012. Ministerio del Medio Ambiente. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Este Decreto, en su numeral IV, establece los Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos. Artículo 7º.- Los niveles de presión sonora corregidos que se obtengan de la emisión de una fuente emisora de ruido, medidos en el lugar donde se encuentre el receptor, no podrán exceder los valores de la Tabla Nº 1:
Artículo 9º.- Para zonas rurales se aplicará como nivel máximo permisible de presión sonora corregido (NPC), el menor valor entre: a) Nivel de ruido de fondo + 10 dB(A) b) NPC para Zona III de la Tabla 1. Este criterio se aplicará tanto para el período diurno como nocturno, de forma separada. Artículo 10º.- Los niveles generados por fuentes emisoras de ruido deberán cumplir con los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos, correspondientes a la zona en que se encuentra el receptor.
Zona de 7 a 21 Hrs. de 21 a 7 Hrs Zona I 55 45 Zona II 60 45 Zona III 65 50 Zona IV 70 70
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 169 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto generará ruidos durante la fase de construcción y cierre debido al funcionamiento de maquinarias y el tránsito de vehículos. Durante la fase de operación, el proyecto generará emisiones de ruido producto del funcionamiento de los aerogeneradores del parque eólico. Forma de cumplimiento FASE DE CONSTRUCCIÓN: Durante la fase de construcción los principales aportes de ruido serán el uso de maquinaria pesada durante las excavaciones, movimiento de tierras y hormigonado operando en forma conjunta. Para la evaluación de esta inmisión sobre receptores, se utilizaron datos empíricos recolectados de la peor condición sonora en la construcción de un parque eólico en la región del Biobío. Con esta información, se simuló los niveles de presión sonora (NPSeq) para estas operaciones sobre el receptor más cercano, considerando la peor situación, en términos de propagación del ruido y número de fuentes sonoras, es decir, se modeló 6 frentes de faena operando simultáneamente sobre el receptor más cercano. En este escenario se alcanzaron valores de inmisión
que cumplen cabalmente el DS 38/11.
Adicionalmente, y aunque el estudio de ruido concluye en el cumplimiento cabal de los niveles máximos permitidos por el D.S. Nº 38/11, se realizarán las siguientes prácticas de control ambiental como medidas precautorias:
Se privilegiará el uso de maquinaria de baja emisión sonora y con el menor uso posible.
Se controlará la emisión de ruidos innecesarios, en especial en las actividades de carga y descarga de materiales.
Se inducirá al personal de manera de evitar las tareas ruidosas y el mal uso de equipos y herramientas. Se informará a la comunidad del tipo de obra a ejecutar y su duración.
Se mantendrá expedita comunicación por parte de la empresa a la comunidad para articular cualquier tipo de sugerencias o reclamos.
Se monitoreará el sonido durante la etapa de mayor emisión para verificar in situ el cumplimiento normativo. En consecuencia, considerando el estudio acústico, las medidas ambientales propuestas por el titular, la extensión de la jornada de construcción, la duración y el carácter transitorio del impacto, se concluye que el proyecto en su etapa constructiva cumplirá la normativa y no ocasionará impactos negativos.
FASE DE OPERACIÓN: Para evaluar del efecto del ruido de los aerogeneradores, se realizó un estudio de magnitud y profundidad a cargo de 2 ingenieros en sonido de la empresa CIBEL. Se monitoreó el sonido basal en áreas colindantes del proyecto en 18 puntos sensibles (los receptores más cercanos a los aerogeneradores del proyecto) y posteriormente se modeló la inmisión producto de la operación conjunta del parque sobre estos receptores, considerando la peor situación y las instrucciones de cálculo de la ISO 9613, a través de un modelo matemático y el uso del software “SoundPlan v.7.2”.
De este modo y de acuerdo a las mediciones de ruido basal y la modelación recién presentada, se manifiesta total cumplimiento de la normativa, en periodo diurno y nocturno, según lo establece el D.S. Nº 38/11 del Ministerio del Medio Ambiente.
FASE DE CIERRE: Dada la similitud de las operaciones con la fase de construcción, se considera que en el cierre se dará cabal cumplimiento a las disposiciones actuales y de la época, considerando en esta referencia el mejoramiento sonoro de las maquinarias de 20 años más y el menor uso de ellas durante esta etapa.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 170 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Cuadro resumen de componente ruido por receptores y normativa aplicable, junto con sus medidas asociadas:
Nº RECEPTOR COORDENADAS WGS 84 INSTALACIÓN MÁS CERCANA DISTANCIA A INSTALACIÓN MÁS CERCANA (m) TIPO DE CONS TRUC CIÓN
ESTE (m) NORTE (m) RUIDO (dB(A)) RUIDO Nivel de Presión Proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo. ETAPA CONSTRUCCIÓN Nivel de Presión Proyectado [dB(A)]. Aporte exclusivo. ETAPA OPERACIÓN PERIODO DIURNO NPC Máximo permitido [dB(A)] PERIODO NOCTURNO NPC Máximo permitido [dB(A)] Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. ETAPA CONSTRUCCIÓN Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. ETAPA OPERACIÓN CONSTRUCCION OPERACIÓN 3 739.106 5.786.587 22 303 sede quem ada 42 47 65 48 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 6 739.634 5.786.870 21 315 casa habita da 40 46 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 13 739.328 5.786.587 21 355 casa habita da 43 46 64 48 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 16 739.455 5.786.860 21 377 casa habita da 41 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 17 739.303 5.786.625 21 384 casa habita da 42 46 64 48 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 18 739.428 5.786.849 21 385 casa habita da 41 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 19 740.408 5.785.882 18 391 casa habita da 35 47 56 49 Cumple Cumple
MAC - R3 / MAC - R5 20 739.587 5.786.947 21 399 casa habita da 39 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5 24 740.403 5.785.842 18 426 casa habita da 34 46 56 49 Cumple Cumple
MAC - R3* / MAC - R5 25 740.539 5.785.771 18 443 casa habita da 34 46 58 46 Cumple Cumple
MAC - R1/MAC - R3* / MAC - R5 27 740.402 5.785.819 18 447 casa habita da 34 46 56 49 Cumple Cumple
MAC - R3 / MAC - R5 28 739.443 5.786.958 21 465 casa habita da 39 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5 29 740.466 5.785.768 18 466 casa habita da 34 46 58 46 Cumple Cumple
MAC - R3 / MAC - R5 30 739.556 5.787.017 21 475 casa habita da 38 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 33 739.430 5.786.994 21 503 casa habita da 38 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 39 739.046 5.792.932 47 545 casa habita da 36 43 51 50 Cumple Cumple MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 171 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 41 743.407 5.791.544 69 581 casa habita da 35 41 49 41 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R1/MAC - R3 / MAC - R5 42 739.508 5.787.116 21 584 casa habita da 37 44 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 48 739.959 5.787.119 21 625 casa habita da 33 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 49 739.982 5.787.109 21 627 casa habita da 33 45 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 52 739.947 5.787.172 21 668 casa habita da 31 44 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 53 743.475 5.791.276 69 675 casa habita da 31 41 49 41 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 54 743.495 5.791.319 69 683 casa habita da 33 41 49 41 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 55 744.436 5.786.687 9 692 casa habita da 30 41 50 46 Cumple Cumple MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 58 739.971 5.787.205 21 708 casa habita da 31 44 51 46 Cumple Cumple MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3* / MAC - R5
Resumen Programa de Seguimiento Ruido
ID RECEPTOR MONITOREO ETAPA DE CONSTRUCCIÓN MONITOREO ETAPA DE OPERACIÓN 1 MAC - R2 / MAC - R5
3 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 6 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 8 MAC - R2 / MAC - R5
13 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 14 MAC - R2 / MAC - R5
16 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 17 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 18 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 19
MAC - R3 / MAC - R5 20 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 24
MAC - R3 / MAC - R5 25
MAC - R3 / MAC - R5 27
MAC - R3 / MAC - R5 28 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 29
MAC - R3 / MAC - R5 30 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 33 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 39 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 41 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 42 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 172 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 48 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 49 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 52 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 53 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 54 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 55 MAV - R4 / MAV - R6 MAV - R4 / MAV - R6 58 MAC - R2 / MAC - R5 MAC - R3 / MAC - R5 NOMENCLATURA DE MEDIDAS DE RUIDO SEÑALADAS EN CUADRO MAC - R2 Monitoreo de Ruido Etapa Construcción MAC - R3 Monitoreo de Ruido Etapa Operación MAV - R4 Monitoreo de Ruido Etapa Población Protegida MAC - R5 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población No Protegida MAV - R6 Ficha de Entrega de Información Monitoreos de Ruido Población Protegida Fuente: Elaboración propia, 2016.
Residuos líquidos
D.F.L. Nº725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº 725
Nombre Texto Normativo D.F.L. Nº725, Código Sanitario. Fecha de Publicación: 31 de Enero de 1968. Rectificación: 06 de Febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 71°.- Corresponde al Servicio Nacional de Salud aprobar los proyectos relativos a la construcción, reparación, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a: b) la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales o mineros. Antes de poner en explotación las obras mencionadas, ellas deben ser autorizadas por el Servicio Nacional de Salud. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Se considera la generación de aguas servidas, durante la fase de construcción específicamente en las dependencias de la instalación de faenas y en los frentes de faenas en baños químicos. Además se generarán residuos líquidos industriales no peligrosos provenientes de las faenas de limpieza de las canoas de los camiones mixer. Durante la fase de Operación se producirán aguas servidas en la sala de control del parque eólico. En la fase de cierre la situación puede ser homologable a la construcción y se solicitarán los permisos respectivos a la Autoridad Sanitaria una vez definido el cierre del proyecto. Forma de Cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el Titular realizará las siguientes acciones: Una vez obtenida la RCA favorable, realizará el trámite sectorial, correspondiente a la habilitación del sistema de recolección y disposición de aguas servidas (planta de tratamiento) y a la habilitación del sistema de tratamiento de las aguas de lavado de canoas de camiones mixer, ante la SEREMI Salud de la Región de La Araucanía. Por lo anterior, el titular entrega en el capítulo 10 del presente EIA los antecedentes necesarios para obtener los permisos ambientales sectoriales N°90 y N°91.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 173 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” D.S. N°236, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras
Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias.
Nombre Texto Normativo D.S. N°236, Reglamento General de Alcantarillados Particulares Fosas Sépticas, Cámaras Filtrantes, Cámaras de Contacto, Cámaras Absorbentes y Letrinas Domiciliarias. Fecha de Publicación: 23 de Mayo de 1926. Ministerio de Higiene; Asistencia; Previsión Social y Trabajo. Fase de Aplicación Aplicable a la fase de operación Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 5°.- Para disponer las aguas servidas caseras en algún cuerpo o curso de agua, será menester someterlas previamente a un tratamiento de depuración que permita obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible y su contaminación bacteriana debe ser inferior a 1.000 coliformes fecales por 100 mililitros, tratamiento que se efectuará por medio de fosa séptica aparejada a cámaras filtrantes o cámaras de contacto simple o de múltiple acción, o por cualquier sistema de tratamiento de aguas servidas en que su efluente cumpla con lo establecido anteriormente. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto considera la implementación de un sistema de alcantarillado particular que enviarán las aguas a servidas a una planta de tratamiento que se ubicará contigua a la sala de control del parque eólico. Forma de Cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo producto que el titular realizará las siguientes acciones: Una vez obtenida la RCA favorable, realizará el trámite sectorial, correspondiente a la habilitación del sistema de recolección y disposición de aguas servidas (planta de tratamiento), ante la SEREMI Salud de la Región de La Araucanía en atención al l permiso ambiental sectorial involucrado.
D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Nombre Texto Normativo D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 24: En aquellas faenas temporales en que por su naturaleza no sea materialmente posible instalar servicios higiénicos conectados a una red de alcantarillado, el empleador deberá proveer como mínimo una letrina sanitaria o baño químico, cuyo número total se calculará
dividiendo por dos la cantidad de excusados indicados en el inciso primero del artículo 23. El transporte, habilitación y limpieza de éstos será responsabilidad del empleador. Una vez finalizada la faena temporal, el empleador será responsable de reacondicionar sanitariamente el lugar que ocupaba la letrina o baño químico, evitando la proliferación de vectores, los malos olores, la contaminación ambiental y la ocurrencia de accidentes causados por la instalación. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Durante el inicio de la etapa de construcción se utilizarán baños químicos para el personal encargado de habilitar las instalaciones de faenas y sistemas higiénicos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 174 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo legal a través de las siguientes acciones: El titular exigirá a la empresa contratista que se haga cargo de reacondicionar las áreas donde se instalarán los baños químicos y prohibirá todo tipo de descarga del contenido líquido de éstos en lugares no autorizados. Artículo y/o Materia Artículo 26: Las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto considera la implementación de un sistema de alcantarillado particular que enviarán las aguas a servidas a una planta de tratamiento de aguas servidas que se ubicará contigua a la sala de control del parque eólico. Forma de cumplimiento Se dará cumplimiento a este cuerpo normativo porque el titular realizará las siguientes acciones: Una vez obtenida la RCA favorable, realizará el trámite sectorial, correspondiente a la habilitación del sistema de recolección y disposición de aguas servidas (planta tratamiento), ante la SEREMI Salud de la Región de La Araucanía en atención al l permiso ambiental sectorial involucrado
Residuos sólidos
D.F.L. Nº725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725
Nombre Texto Normativo D.F.L. Nº725, Código Sanitario Decreto con Fuerza de Ley Nº725. Fecha de Publicación: 31 de Enero de 1968. Rectificación: 06 de Febrero de 1968. Ministerio de Salud Pública. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 80: Corresponde al Servicio Nacional de Salud autorizar la instalación y vigilar el funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto generará residuos sólidos domiciliarios, asimilables a domiciliarios e industriales –peligrosos y no peligrosos- durante la construcción y cierre, y residuos sólidos domiciliarios, asimilables a domiciliarios e industriales peligrosos durante la operación. Para su manejo se contempla la instalación de áreas y facilidades para el almacenamiento temporal de estos residuos hasta su retiro, transporte y disposición final realizado por una empresa autorizada. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable del proyecto, el titular solicitará ante la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, la autorización de las siguientes instalaciones destinadas al manejo de residuos:
Patio de acopio residuos domiciliarios y asimilables, y residuos industriales no peligrosos; Bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras del patio de acopio de residuos y de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se entregarán en atención al l permiso ambiental sectorial involucrado.
D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 175 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Nombre Texto Normativo D.S. Nº594, aprueba Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 18: La acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuo industrial todo aquel residuo sólido o líquido, o combinaciones de éstos, provenientes de los procesos industriales y que por sus características físicas, químicas o microbiológicas no puedan asimilarse a los residuos domésticos. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El Proyecto generará residuos sólidos industriales tanto en la etapa de construcción, operación y cierre. Forma de cumplimiento Los residuos industriales no peligrosos serán almacenados temporalmente sobre el suelo y/o en contenedores, dentro del área demarcada con cerco perimetral. Para el transporte y la disposición final se contratarán los servicios de una empresa especializada y autorizada para este tipo de actividades. Los residuos sólidos industriales peligrosos, que corresponderán principalmente a aceites, serán almacenados en tambores de 200 litros de capacidad, los que se ubicarán al interior de la bodega de acopio temporal. Estos residuos serán trasladados a un sitio de disposición final conforme a la legislación sanitaria vigente D.S. 148/03 “Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”. El transporte y disposición final será llevado a cabo por una empresa especializada que cuente con las autorizaciones respectivas. Los residuos peligrosos menores, huaipes, restos de pintura, diluyentes, brochas, etc., serán depositados en contenedores estancos y herméticos y serán llevados a la BAT en espera de su transporte y disposición final. Los antecedentes ambientales del permiso de las obras del patio de acopio de residuos y de la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, se entregan en atención al l permiso ambiental sectorial involucrado. Artículo y/o Materia Artículo 19: Las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio, sea directamente o a través de la contratación de terceros, deberán contar con autorización sanitaria, previo al inicio de tales actividades. Para obtener dicha autorización, la empresa que produce los residuos industriales deberá presentar los antecedentes que acrediten que tanto el transporte, el tratamiento, como la disposición final es realizada por personas o empresas debidamente autorizadas por el Servicio de Salud correspondiente. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto contempla la generación y disposición de residuos industriales sólidos tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de operación. Estos residuos, si no son asimilables a residuos domésticos serán transportados a lugares de disposición autorizada afuera de la faena. Forma de cumplimiento El titular dará cumplimiento a este cuerpo legal mediante la presentación, ante la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía, de los antecedentes que acrediten que la empresa contratista, seleccionada para realizar el transporte de residuos industriales no peligrosos, y el sitio de disposición final cuentan con autorizaciones sanitarias vigentes.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 176 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 20: En todos los casos, sea que el tratamiento y/o disposición final de los residuos industriales se realice fuera o dentro del predio industrial, la empresa, previo al inicio de tales actividades, deberá presentar a la autoridad sanitaria una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que genere, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. Para los efectos del presente reglamento se entenderá por residuos peligrosos los señalados a continuación, sin perjuicio de otros que pueda calificar como tal la autoridad sanitaria:
Antimonio, compuestos de antimonio
Arsénico, compuestos de arsénico Asbesto (polvo y fibras) Berilio, compuestos de berilio Bifenilospolibromados Bifenilospoliclorados Cadmio, compuestos de cadmio Cianuros inorgánicos Cianuros orgánicos Compuestos de cobre Compuestos de cromo hexavalente Compuestos de zinc Compuestos inorgánicos de flúor, con exclusión del fluoruro cálcico Compuestos orgánicos de fósforo Dibenzoparadioxinaspolicloradas Dibenzofuranospoliclorados Desechos clínicos Eteres Fenoles, compuestos fenólicos, con inclusión de clorofenoles Medicamentos y productos farmacéuticos Mercurio, compuestos de mercurio Metales carbonilos Nitratos y nitritos Plomo, compuestos de plomo Productos químicos para el tratamiento de la madera Selenio, compuestos de selenio Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida Soluciones básicas o bases en forma sólida Solventes orgánicos Sustancias corrosivas Sustancias explosivas Sustancias infecciosas Sustancias inflamables Talio, compuestos de talio Telurio, compuestos de telurio Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto contempla la generación y disposición de residuos sólidos tanto en la etapa de construcción, como en la etapa de operación. Algunos de estos residuos serán clasificados como peligrosos, especialmente aquellos derivados de hidrocarburos. Forma de cumplimiento Una vez obtenida la RCA favorable, el Titular presentará a la SEREMI de Salud de la Región de La Araucanía una declaración en que conste la cantidad y calidad de los residuos industriales que generará, diferenciando claramente los residuos industriales peligrosos. La diferenciación de los residuos se realizará tomando en consideración lo prescrito en el presente artículo y lo establecido en el D.S. N°148/03, Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.
D. S. Nº148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 177 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Nombre Texto Normativo D. S. Nº148 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 16 de Junio de 2004. Ministerio de Salud. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 4: Los residuos peligrosos deberán identificarse y etiquetarse de acuerdo a la clasificación y tipo de riesgo que establece la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 of.93.- Esta obligación será exigible desde que tales residuos se almacenen y hasta su eliminación. Artículo 6: Durante el manejo de los residuos peligrosos se deberán tomar todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas su separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo capaz de provocar tales efectos. Además, durante las diferentes etapas del manejo de tales residuos, se deberán tomar todas las medidas necesarias para evitar derrames, descargas o emanaciones de sustancias peligrosas al medio ambiente. Artículo 7: En cualquier etapa del manejo de residuos peligrosos, queda expresamente prohibida la mezcla de éstos con residuos que no tengan ese carácter o con otras sustancias o materiales, cuando dicha mezcla tenga como fin diluir o disminuir su concentración. Si por cualquier circunstancia ello llegare a ocurrir, la mezcla completa deberá manejarse como residuo peligroso, de acuerdo a lo que establece el presente reglamento. Artículo 8: Los contenedores de residuos peligrosos deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) tener un espesor adecuado y estar construidos con materiales que sean resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones, b) estar diseñados para ser capaces de resistir los esfuerzos producidos durante su manipulación, así como durante la carga y descarga y el traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados, c) estar en todo momento en buenas condiciones, debiéndose reemplazar todos aquellos contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención, d) estar rotulados indicando, en forma claramente visible, las características de peligrosidad del residuo contenido de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93, el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento. Los contenedores sólo podrán ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos. Si dicho peso fuere superior, se deberán mover con equipamiento mecánico. Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 178 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Artículo 18: Los residuos incluidos en los siguientes listados de categorías se considerarán peligrosos a menos que su generador pueda demostrar ante la Autoridad Sanitaria que no presentan ninguna característica de peligrosidad. El generador podrá proponer a la Autoridad Sanitaria los análisis de caracterización de peligrosidad a realizar sobre la base del conocimiento de sus residuos y de los procesos que los generan, sin perjuicio de lo cual, la Autoridad Sanitaria podrá exigir análisis adicionales a los propuestos conforme a lo señalado en los artículos 12 al 17. Artículo 25: Las instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a más de 12 kilogramos de residuos tóxicos agudos o a más de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra característica de peligrosidad deberán contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos presentado ante la Autoridad Sanitaria. El Generador deberá presentar dicho plan ante la respectiva Autoridad Sanitaria. Las instalaciones, establecimientos o actividades que se encuentren en esta situación serán identificados por dicha autoridad mediante un número identificatorio. El plan deberá ser diseñado por un profesional e incluirá todos los procedimientos técnicos y administrativos necesarios para lograr que el manejo interno y la eliminación de los residuos se realicen con el menor riesgo posible. Toda modificación del Plan deberá ser previamente presentada ante la Autoridad Sanitaria. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación En la fase de construcción, se generarán aceites, lubricantes y otros residuos menores considerados como peligrosos. Tomando en consideración experiencias de la empresa en construcción de parques eólicos similares en el mundo y que muchos de las operaciones de mantención no se realizarán en el emplazamiento, la cantidad total de residuos será de 0,2 t/mes. Durante la etapa de operación, se generarán aceites dieléctricos y lubricantes utilizados por el equipamiento eléctrico. El volumen total de aceites residuales por aerogenerador es 0,3m3. Si se considera un cambio cada 5 años de los de aceites generadores por las turbinas y una programación bianual (39 turbinas c/2 años), se tendrá una generación de 11,5m3/2 años. Durante la fase de cierre se producirán residuos similares a la fase construcción.
Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos serán almacenados en contenedores de 200 L de capacidad, herméticos y debidamente rotulados de acuerdo a lo establecido en la NCh 2190 of. 93 “Sustancias Peligrosas-Marcas para Información de Riesgos”. Luego serán enviados y almacenados en la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos cuyas características se presentan en mayor detalle en atención al l permiso ambiental sectorial involucrado (art. 93 RSEIA) . Los residuos peligrosos serán ubicados en la bodega considerando la Incompatibilidad de éstos. Además, la bodega estará emplazada en una zona alejada de fuentes de calor. La mayoría de los residuos peligrosos generados por el proyecto corresponden a residuos que se encuentran en la lista I y II del artículo 18 del D.S. N°148/03, por lo tanto su manejo cumplirá con las disposiciones del presente decreto.
Resoluciones Exentas N°359/05 y N°499/05, aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos y Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos, respectivamente.
Nombre Texto Normativo Resolución Exenta N°359/05, aprueba Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 05 de julio de 2005. Ministerio de Salud. Resolución Exenta N° 499/06, Aprueba Documento Electrónicos de Declaración de Residuos Peligrosos. Fecha de Publicación: 17 de agosto de 2006 REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 179 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia
Fija el formato del Documento de Declaración de Residuos Peligrosos. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto generará residuos peligrosos. Forma de cumplimiento Los residuos peligrosos generados serán declarados bajo el formato de alguna de las resoluciones indicadas.
c. NORMAS RELACIONADAS CON MANEJO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS
D. S. Nº298, reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos
Nombre Texto Normativo D.S. Nº298, reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. Fecha de Publicación: 11 de Febrero de 1995. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 1°.- El presente reglamento establece las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente. Las disposiciones del presente decreto son sin perjuicio de la reglamentación especial que sea aplicable a cada producto peligroso en particular. El transporte de productos explosivos y materiales radiactivos debe efectuarse conforme a las normas específicas dictadas por el Ministerio de Defensa Nacional y el Ministerio de Minería, respectivamente, y por las disposiciones del presente reglamento, siempre que no sean incompatibles con dichas normas específicas. Las sustancias peligrosas que se transporten en remolques o semirremolques, deberán cumplir todos los requisitos contemplados en el presente reglamento y, en particular, no podrán transportar dichas sustancias, conjuntamente en el vehículo tractor o el remolque con los bienes señalados en el artículo 9º. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto utilizará sustancias peligrosas tales como aceites y lubricantes, principalmente en la etapa de operación y en menor medida en las etapas de construcción y cierre. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a las empresas contratistas a cargo del transporte de cualquier sustancia peligrosa que cumpla con todas las disposiciones del presente decreto entre las que se destacan: Vehículos que no excedan 15 años de antigüedad. Utilización de rótulos según NCh 2120 Of 2004. Utilización de registro de velocidad, tiempo y distancia recorrida. Sistema de telecomunicaciones con cobertura en toda la ruta.
Nombre Texto Normativo D.S. N° 160, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. Fecha de Publicación: 7 de Julio de 2009. Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 180 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 13º.- Los propietarios y operadores de las instalaciones de combustibles líquidos, según corresponda, serán responsables de dar cumplimiento a las disposiciones generales y específicas que regulen materias propias de la instalación de su propiedad o a su cargo establecidas en el presente Reglamento. Deberán, asimismo, mantener las instalaciones en buen estado y en condiciones de impedir o reducir cualquier filtración, emanación o residuo que pueda causar peligro, daños o molestias a las personas y/o cosas, cursos de aguas superficiales, subterráneas, lagos o mares. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto utilizará combustibles diésel en sus etapas de construcción y cierre. Forma de cumplimiento Para el abastecimiento de combustibles y lubricantes se hará un convenio con una de las estaciones de combustible localizada en la comuna de Collipulli o alguna otra cercana. De esta manera, se evitará la recarga de elementos orgánicos en el emplazamiento del proyecto. Se exigirá que los contratistas que proporcionen este insumo cumplan con las disposiciones del DS 160/2009 del Ministerio de Economía el cual estipula requisitos para seguridad y manipulación de combustibles.
D.S. N°160, aprueba Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
D.S. Nº594, aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo Nombre Texto Normativo D.S. Nº 594/00, Aprueba Reglamento Sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Fecha de Publicación: 29 de Abril de 2000. Ministerio de Salud. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 42: El almacenamiento de materiales deberá realizarse según los procedimientos correspondientes y en lugares apropiados y seguros para los trabajadores. Las sustancias peligrosas deberán almacenarse sólo en recintos específicamente destinados a tales efectos; en las condiciones adecuadas a las características de cada sustancia y estarán identificadas de acuerdo a las normas chilenas oficiales en la materia. El empleador mantendrá disponible permanentemente en el recinto de trabajo, un plan detallado de acción para enfrentar emergencias, y una hoja de seguridad donde se incluirán, a lo menos, los siguientes antecedentes de las sustancias peligrosas: nombre comercial, fórmula química, compuesto activo, cantidad almacenada, características físico químicas, tipo de riesgo más probable ante una emergencia, croquis de ubicación dentro del recinto donde se señalen las vías de acceso y elementos existentes para prevenir y controlar las emergencias. Con todo, las sustancias inflamables deberán almacenarse en forma independiente y separada del resto de las sustancias peligrosas, en bodegas construidas con resistencia al fuego de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Los estanques de almacenamiento de combustibles líquidos deberán cumplir las exigencias dispuestas en el Decreto Nº90 de 1996, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto contará con instalaciones para el almacenamiento temporal de sustancias peligrosas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 181 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento Las instalaciones de almacenamiento de materiales peligrosos se ubicarán debidamente señalizadas. El diseño estructural de las instalaciones será proyectado en base a lo estipulado en la normativa vigente en el caso, considerándose como tal, la Norma Chilena NCh 382/2004 Sustancias Peligrosas – Clasificación General. Se contempla un piso impermeable y no poroso con un borde para evitar fugas en caso de derrames. Una estructura sólida con pilares de acero y cercada con malla Acmafor y un techo liviano de planchas de zinc para el escape de energía de forma vertical en caso de incendio, con aireación natural. Se instalarán extintores de polvo químico seco para combatir oportunamente un siniestro. Habrá una carpeta con un listado y con las hojas de datos de seguridad de todas las sustancias. A partir de estas hojas se entregará la información de los aspectos asociados a riesgos inherentes a estas sustancias, indicando los elementos de seguridad y los cuidados que se deben mantener para resguardar la salud de las personas y la protección del medio ambiente.
d. NORMAS RELACIONADAS CON COMPONENTES AMBIENTALES
Flora, vegetación y fauna
Decreto Ley N° 2565 Sustituye Decreto Ley 701, de 1974, que Somete los Terrenos
Nombre Texto Normativo Decreto Ley N° 2565 Sustituye Decreto Ley 701, de 1974, que Somete los Terrenos Forestales a las Disposiciones Que Señala. Fecha de Publicación: 3 de Abril de 1979. Ministerio de Agricultura. Fase de Aplicación Aplicable a las fase de construcción. Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 21.- Cualquier acción de corta o explotación de bosque nativo deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. La misma obligación regirá para las plantaciones existentes en terrenos de aptitud preferentemente forestal. No obstante, para cortar o explotar plantaciones efectuadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal, ubicadas desde la Región V de Valparaíso hasta la Región X de Los Lagos, ambas inclusive, se requerirá solo la previa presentación y registro en la Corporación del respectivo plan de manejo, el que deberá contemplar, a lo menos, la reforestación de una superficie igual a la cortada o explotada, con una densidad adecuada a la especie ocupada en la reforestación de acuerdo a criterios técnicos de carácter general, propuestos por la Corporación y las medidas de protección establecidas en el reglamento. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto considera la corta de plantaciones forestales y la presentación de un plan de manejo forestal (PMF) para esta actividad. Forma de cumplimiento El titular presenta en el Anexo 4 de este EIA un Plan de Manejo Forestal que da cuenta de la superficie a cortar y reforestar por la instalación de los patios de izado de aerogeneradores, habilitación de la franja de servidumbre, habilitación de caminos y otras obras. La corta de vegetación se efectuará conforme a las normas y procedimientos que fija el Decreto Ley Nº 701/74 sobre Fomento Forestal y se iniciará sólo después que el titular reciba de parte de la CONAF la resolución aprobatoria del PMF correspondiente.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 182 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Ley N° 20283 Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal.
Nombre Texto Normativo Ley N° 20283 Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fecha de Publicación: 30 de Julio de 2008. Ministrio de Agricultura. Fase de Aplicación Aplicable a la fase de construcción Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 5º.- Toda acción de corta de bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el decreto ley Nº 701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la Corporación para quien lo solicite. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto considera la corta de bosque nativo y la implementación de un plan de manejo forestal para esta actividad. Forma de cumplimiento El titular presenta en el Anexo 4 de este EIA un Plan de Manejo Forestal que da cuenta de la superficie a cortar y reforestar por la instalación de los patios de izado de aerogeneradores, habilitación de la franja de servidumbre, habilitación de caminos y otras obras. La corta de vegetación se efectuará conforme a las normas y procedimientos que fija el Decreto Ley Nº 701/74 sobre Fomento Forestal y se iniciará sólo después que el titular reciba de parte de la CONAF la resolución aprobatoria del PMF correspondiente.
D.S. N°93 Reglamento General de la Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y
Fomento Forestal
Nombre Texto Normativo D.S. N°93 Reglamento General de la Ley sobre Recuperacion del Bosque Nativo y Fomento Forestal. Fecha de Publicación: 5 de Octubre de 2009. Ministerio de Agricultura; Subsecretaría de Agricultura. Fase de Aplicación Aplicable a la fase de construcción Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 3°. Toda acción de corta de bosque nativo o de corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas obligará a la presentación y aprobación previa de un plan de manejo forestal o de un plan de trabajo, según corresponda, los que deberán considerar las normas de protección ambiental establecidas en la Ley y sus reglamentos. Se exceptuarán de esta obligación las medidas adoptadas por el Servicio Agrícola y Ganadero con relación a la erradicación de plagas de control obligatorio señaladas en el artículo 5° de este reglamento. La corta de bosque nativo o corta, destrucción o descepado de formaciones xerofíticas en cualquier tipo de terreno, obligará al interesado a asegurar la regeneración, reforestación y resguardo de los bosques nativos y formaciones xerofíticas contenidos en el área objeto de su acción, de conformidad a lo establecido en el artículo 22 del Decreto Ley N° 701, de 1974. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El proyecto considera la corta de bosque nativo y la implementación de un plan de manejo forestal para esta actividad. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 183 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento El titular presenta en el Anexo 4 de este EIA un Plan de Manejo Forestal que da cuenta de la superficie a cortar y reforestar por la instalación de los patios de izado de aerogeneradores, habilitación de la franja de servidumbre, habilitación de caminos y otras obras. La corta de vegetación se efectuará conforme a las normas y procedimientos que fija el Decreto Ley Nº 701/74 sobre Fomento Forestal y se iniciará sólo después que el titular reciba de parte de la CONAF la resolución aprobatoria del PMF correspondiente.
Ley Nº19.473, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil y D.S. Nº5, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de Diciembre de 1998
Nombre Texto Normativo Ley Nº 19.473, sustituye Texto de la Ley N°4.601, sobre Caza, y Artículo 609 del Código Civil. Fecha de Publicación: 27 de Septiembre de 1996. Ministerio de Agricultura. D.S. Nº5, aprueba Reglamento de la Ley De Caza. Fecha de Publicación: 7 de Diciembre de 1998. Ministerio de Agricultura. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 3º Ley: Prohíbase en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerables, raras y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas. El reglamento señalará la nómina de las especies a que se refiere el inciso anterior. Asimismo, respecto de las demás especies, podrá establecer vedas, temporadas y zonas de caza y captura; número de ejemplares que podrán cazarse o capturarse por jornada, temporada o grupo etario y demás condiciones en que tales actividades podrán desarrollarse. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación Si bien el proyecto no contempla ninguna de las actividades reguladas, el personal debe estar en conocimiento de acciones de captura u otro que pueda afectar a la fauna silvestre Forma de cumplimiento El proyecto dará cumplimiento a los requerimientos de la normativa, mediante inducciones a su personal con respecto a dichos temas, exigiendo el cumplimiento de las prohibiciones señaladas en la normativa. Se especificará contractualmente a los contratistas, la prohibición de cazar o capturar ejemplares de fauna silvestre, destruir madrigueras o nidos o recolectar huevos o crías en los terrenos donde se realicen las faenas. Por su parte, se implementarán señaléticas en caminos y otras medidas asociadas al tránsito de vehículos y maquinarias de construcción, a fin de capacitar al personal para una prudente conducción de protección de la fauna nativa existente.
Resolución N°133 Exenta, establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de
Embalajes de Madera
Nombre Texto Normativo Resolución N°133 Exenta, establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera. Fecha de Publicación: 26 de Enero de 2005. Ministerio de Agricultura; Servicio Agrícola y Ganadero; Dirección Nacional. Fase de Aplicación Aplicable a las fases de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 184 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia 1. Los embalajes de madera de un espesor superior a los 5 mm, utilizados para el transporte de cualquier envío procedentes del extranjero o en tránsito por el territorio nacional, incluida la madera de estiba de carga, deberán ser fabricados con madera descortezada y tratada en el país de origen de la madera con alguno de los tratamientos siguientes: 1.1 Tratamiento térmico, en adelante HT: El embalaje de madera deberá calentarse en horno conforme a una curva específica de tiempo/temperatura, mediante la cual el centro de la madera ha alcanzado una temperatura mínima de 56°C durante un período mínimo de 30 minutos. El Secado en Estufa, en adelante KD y la Impregnación Química a Presión podrá considerarse como tratamiento térmico, en la medida que cumpla con las especificaciones del HT. 1.2 Fumigación con Bromuro de Metilo, en adelante, MB: La norma mínima para el tratamiento de fumigación con Bromuro de Metilo aplicado a embalajes de madera es la siguiente:
- Todo embalaje de madera que ingrese al país deberá presentar la siguiente Marca para certificar que ha sido sometido a alguno de los tratamientos fitosanitarios aprobados, señalados precedentemente. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
El proyecto recibirá insumos y equipos con embalajes de madera provenientes del extranjero. Forma de cumplimiento El Titular exigirá a las empresas distribuidoras que cumplan con lo exigido en este cuerpo normativo mediante contrato, esto es, que los embalajes de madera provenientes del extranjero presenten la certificación que avalúe que fueron sometidos a alguno de los tratamientos dispuestos en el punto 1 de la Resolución N°133 Exenta.
Patrimonio Cultural
Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales y D.S. N°484, Reglamento de la Ley N°17.288, sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas Nombre Texto Normativo Ley N°17.288, legisla sobre Monumentos Nacionales; Fecha de Publicación: 4 de Febrero 1970. Ministerio de Educación. D.S. 484 Reglamento de la Ley N° 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. Fecha de Publicación: 02 de Abril de 1991. Ministerio de Educación. Fase de Aplicación Aplicable a la fase de construcción Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 185 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Artículo y/o Materia Artículo 1° Ley: Son monumentos nacionales y quedan bajo la tuición y protección del Estado, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo. Su tuición y protección se ejercerá por medio del Consejo de Monumentos Nacionales, en la forma que determina la presente ley.
Artículo 26° Ley: Toda persona natural o jurídica que al hacer excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquier finalidad, encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, antropológico, arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. La infracción a lo dispuesto en este artículo será sancionada con una multa cinco a doscientas unidades tributarias mensuales, sin perjuicio de la responsabilidad civil solidaria de los empresarios o contratistas a cargo delas obras, por los daños derivados del incumplimiento de la obligación de denunciar el hallazgo.
Artículo 27° Ley: Las piezas u objetos a que se refiere el artículo anterior serán distribuidos por el Consejo en la forma que determine el Reglamento.
Artículo 23° Reglamento: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él. Los objetos o especies encontradas se distribuirán según se determina en el artículo 21° de este reglamento. Relación con el Proyecto Durante la etapa de construcción se realizarán movimientos de tierra y Excavaciones. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 186 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento En el Capítulo 2 de Línea Base y en Apéndice 2.1 del presente EIA, se entregan los antecedentes de la prospección arqueológica realizada en las áreas que serán intervenidas por el Parque Eólico Malleco. Como resultado de la prospección arqueológica de los diferentes polígonos implicados en el proyecto no se observó la presencia de sitios arqueológicos en el área de influencia directa e indirecta. Sin embargo se detectó la presencia de tres hallazgos fuera del área del proyecto. Asimismo, también se localizaron tres animitas fuera del área de influencia del proyecto. Pese a que no se encontraron elementos pertenecientes al patrimonio cultural en las zonas que ocupará el proyecto, el titular adoptará las siguientes medidas de protección: Utilización permanente de senderos o huellas existentes realizadas por vehículos motorizados que ya han disturbado el área. Diseño de un mapa de circulación donde se establezcan los caminos de acceso hacia y dentro del proyecto utilizando senderos o huellas existentes. Realizar una inducción de todo el personal por un Licenciado en Arqueología o Arqueólogo Titulado antes de iniciar la construcción. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, el Titular procederá según lo establecido en la Ley N° 17.288 (artículos 26 y 27) y en el D.S. N°484/90 (artículo 23); es decir, se dará aviso al Gobernador Provincial de Malleco para que ordene a Carabineros que se haga responsable de la vigilancia del hallazgo hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo del mismo. Además, el Titular dará aviso inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, de cuya implementación será responsable el titular.
Población Protegida por Leyes Especiales
Ley N°19253, establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los
Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo
Nombre Texto Normativo Ley N° 19253, establece Normas Sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y crea la Corporación Nacional de Desarrollo. Fecha de Publicación: 05 de Octubre de 1993. Ministerio de Planificación y Cooperación. Fase de Aplicación Aplicable a la fase de construcción, operación y cierre Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia La Ley señala que “son los descendientes de las agrupaciones humanas que existen en el territorio nacional desde tiempos precolombinos, que conservan manifestaciones étnicas y culturales propias siendo para ellos la tierra el fundamento principal de su existencia y cultura”, reconociendo las principales etnias indígenas.
Por otra parte, establece una serie de normas sobre reconocimiento, protección y desarrollo de las tierras y de la identidad indígena. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación El artículo N°1 de la Ley, reconoce al pueblo Mapuche como una de las principales etnias indígenas de Chile.
Se suma a lo anterior, el artículo N°19 -Ley 19253- donde se les otorga el derecho a los pueblos originarios a ejercer usos de tipo cultural, religioso y recreativo en terrenos que sean propiedad del Estado.
En este contexto, se debe considerar a la etnia Mapuche en relación con la proximidad que el proyecto presenta con algunas comunidades mapuches.
Art. 34 se han realizado reuniones de trabajo con población protegida cercana al proyecto. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 187 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento Se han realizado reuniones de trabajo e información con población protegida asociada al proyecto.
El proyecto ha logrado sostener propuesta de acuerdos asociados a componentes voluntarios de relacionamkento comunitarios detallados en el presente informe.
El proyecto cuenta con pronunciamiento conforme de CONADI según Of. 554/2016.
Decreto Supremo Nº 236 del 02 de Octubre de 2008, promulga el Convenio N° 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo
Nombre Texto Normativo Decreto Supremo Nº236 del 02 de Octubre de 2008. Publicado en el Diario Oficial con fecha 14 de octubre de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores. Promulga el Convenio N° 169, sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes de la Organización Internacional del Trabajo. Fase de Aplicación No aplica Fiscalización Superintendencia del Medio Ambiente Artículo y/o Materia Artículo 6: Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los gobiernos deberán: a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. Relación con el Proyecto y/o Justificación de su Aplicación
No aplica ya que el proyecto no genera afectación directa sobre este componente ambiental.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 188 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Forma de cumplimiento Que, se ha podido establecer que el Proyecto no genera o presenta los efectos, características o circunstancias que obligen a la aplicación del Convenio N° 169 de la OIT cabe tener presente antes que todo, que ella no es una institución separada del resto del ordenamiento, sino que viene a complementar la normativa indígena y, que guarda perfecta armonía con las normas del SEIA, en el entendido que dichos espacios de participación se abren cuando hay afectación directa a las comunidades presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión. A su vez se reconoce que la obligatoriedad que subyace para los organismos del Estado para aplicar dicho procedimiento existe desde la ratificación del referido Convenio por nuestro país, por lo que la aplicación de la Consulta Indígena no se restringe, ni limita hasta la dictación de reglamentos u otros.
Efectivamente los principios que informan el SEIA son perfectamente conciliables con el Convenio N° 169, en el entendido que el derecho y deber de consulta establecida en el artículo 6 N° 1 letra a) y N° 2, opera bajo la lógica que el derecho a consulta se hace exigible para el Estado, en el evento que la medida legislativa o administrativa sean susceptibles de afectación directa en las comunidades indígenas, las que para el SEIA se traduce en impactos significativos, a las comunidades presentes en el área de emplazamiento del proyecto en cuestión, de aquellos contemplados en el Artículo 11 de la Ley N° 19.300 y en los correlativos artículos del RSEIA. Así, tal como lo consagra la propia definición del procedimiento de evaluación ambiental, la piedra angular de dicho procedimiento, es el impacto ambiental. Siendo su principal objetivo el reconocer los efectos ambientales que pueden generar un determinado proyecto o actividad en un área determinada, y de otorgarles el adecuado tratamiento ambiental según nuestra legislación vigente.
Conclusión: Así, de acuerdo a la normativa ambiental el proyecto Parque Eólico Malleco ingresa como Estudio de Impacto Ambiental. Así, de los efectos del artículo 11 de la Ley 19.300 no se afecta directamente y de manera significativa a población protegida, en especial en lo que se refiere a reasentamiento de comunidades indígenas, o cambios en sus sistemas de vida, proximidad a población protegida, susceptible de verse afectada, o bien afectación al patrimonio cultural;
- Que, durante el procedimiento de evaluación del EIA se establecieron las siguientes condiciones o exigencias adicionales al Proyecto:
11.1. Ajuste Medida MAV – MH4 Programa de relacionamiento comunitario y desarrollo local Ciudadanía
Impacto asociado Exigencia no está asociada a un impacto significativo, toda vez que la Medida MH4 es de carácter voluntaria.
Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Precisar el Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo de Proyectos locales que plantea el titular del proyecto con cada familia del Sector del 10 y de Surco y Semilla.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 189 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Condiciones adicionales aplicadas: a. En atención al Of. N° 3191/16 de la I. Municipalidad de Collipulli se establece como exigencia que el Fondo Anual de Relacionamiento Comunitario informado en el punto VI de la Adenda 3 y que es parte de una medida voluntaria del titular, opere en su totalidad hacia los objetivos que se han definido y no sean incluidos o descontados los gastos administrativos como honorarios, arriendos u otros. Antecedentes validados
b. El titular previo a la fase de operación debe tener firmados acuerdos de relacionamiento asociados a la medida.
Antecedentes validados por la Comisión de Evaluación al momento de calficar el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo XV del ICE
11.2. Ajuste Medida MAV – MH5 Programa de relacionamiento comunitario y desarrollo local de comunidades
Impacto asociado Exigencia no está asociada a un impacto significativo, toda vez que la Medida MH5 es de carácter voluntaria.
Fase del Proyecto a la que aplica Operación y cierre Objetivo, descripción y justificación Objetivo: Precisar el Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo de local hacia comunidades indígenas cercanas al proyecto (Choin Lafquenche, Ahilla Varela, Quilamapu, José Millacheo Levio Chequenco, Comunidad Ahilla Varela 2, Juan Reinao y Catrio Ñancul).
Condiciones adicionales aplicadas: En atención al Of. N° 3191/16 de la I. Municipalidad de Collipulli se establece como exigencia que el Fondo Anual de Relacionamiento Comunitario informado en el punto VI de la Adenda 3 y que es parte de una medida voluntaria del titular, opere en su totalidad hacia los objetivos que se han definido y no sean incluidos o descontados los gastos administrativos como honorarios, arriendos u otros.
b. El titular previo a la fase de operación debe tener firmados acuerdos de relacionamiento asociados a comunidades cercanas al proyecto.
Antecedentes validados por la Comisión de Evaluación al momento de calficar el proyecto. Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo XV del ICE
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 190 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 12. Que, las medidas relevantes del Plan de Prevención de Contingencias y del Plan de Emergencias, son las siguientes:
12.1. Identificación de Riesgos Ambientales Como forma de reforzar le evaluación y considerar todo tipo de potencial impacto, a continuación se describen los siguientes riesgos ambientales para las Etapa de construcción, operación y cierre del Proyecto, los cuales han sido tratados en el Capítulo 11 del EIA donde se proponen medidas de prevención de los mismos.
Tabla Identificación de Riesgos Código Riesgo identificado RA-01 Riesgo de derrame de sustancias peligrosas RA-02 Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos RA-03 Riesgo de generación de efluentes líquidos que puedan afectar suelos RA-04 Riesgo de incendio en el área de las faenas RA-05 Riesgo por accidentes de tránsito asociados al Proyecto. RA-06 Riesgo de accidentes laborales y emergencias médicas RA-07 Riesgos por eventos naturales
12.2. Evaluación de Riesgos La evaluación de riesgos ambientales es un término genérico que integra una serie de herramientas y técnicas que permiten a través de información disponible estructurar y organizar la evaluación de riesgos y así realizar un juicio acerca de ellos7. EIA y ERA son dos conceptos muy similares, tienen los mismos objetivos que es entregar información a los tomadores de decisiones sobre la frecuencia y magnitud de las consecuencias ambientales adversas o significativas.8. De este modo se estimarán los riesgos de acuerdo a la siguiente: Tabla Estimación de Riesgos Ambientales Probabilidad Magnitud Alta Media Baja Alta Muy alto riesgo Alto riesgo Moderado riesgo Media Alto riesgo Moderado riesgo Bajo riesgo Baja Moderado riesgo Bajo riesgo Muy bajo riesgo Fuente: Elaboración propia a partir de Morris et al. 2010 Considerando, entonces, la metodología expuesta anteriormente, se presenta la estimación de riesgos desarrollada. Tabla Evaluación de Riesgos Ambientales Código Riesgo identificado Probabilidad Magnitud Evaluación de riesgo RA-01 Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Media Media Moderado riesgo RA-02 Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos Media Baja Bajo riesgo RA-03 Riesgo de generación de efluentes líquidos que puedan Media Media Moderado riesgo
7 http://archive.defra.gov.uk/environment/quality/risk/eramguide/ 8 DoE 1995 A guide to risk assessment and risk management for environmental protection. London: HMSO REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 191 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Código Riesgo identificado Probabilidad Magnitud Evaluación de riesgo afectar suelos RA-04 Riesgo de incendio en el área de las faenas Baja Alta Moderado riesgo RA-05 Riesgo por accidentes de tránsito asociados al Proyecto. Media Media Moderado riesgo RA-06 Riesgo de accidentes laborales y emergencias medicas Media Media Moderado riesgo RA-07 Riesgos por eventos naturales Baja Alta Moderado riesgo
12.3. Medidas de prevención para los Riesgos identificados A continuación se presentan las medidas de prevención que se aplicarán para minimizar la magnitud de los riesgos durante las diferentes fases del proyecto.
Tabla Medidas de prevención para minimizar la magnitud de los riesgos
Código Riesgo Fase Medidas de Prevención RA-01 Riesgo de derrame de sustancias peligrosas Construcción, operación y cierre - Los equipos de gran escala que eventualmente requieran de combustible o cambio de aceite serán cargados en la zona de seguridad habilitada por el proyecto. Las operaciones serán realizadas por distribuidores debidamente autorizados, los que cuentan con procedimientos de control. -Se procederá a impermeabilizar las superficies de la zona de seguridad con geotextil a modo de crear una capa impermeable al suelo, la cual pueda ser removida y acopiada en la bodega de residuos peligrosos si existe derrame accidental. - El almacenamiento y manipulación de sustancias peligrosas se realizará acorde con la normativa vigente. - Se capacitará al personal no habilitado para estas operaciones respecto de la prohibición absoluta de manejo de este tipo de sustancias en el lugar de faenas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 192 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” RA-02 Riesgo de alteración accidental de sitios arqueológicos Construcción - Aunque no hubo evidencia de hallazgos arqueológicos en el área de influencia del proyecto. Existe un riesgo, como en cualquier sitio, de encontrar durante las excavaciones hallazgos culturales. Se realizará una inducción a todos los trabajadores que participen en las labores constructivas sobre la importancia de los sitios arqueológicos del país y las acciones a realizar ante un hallazgo o sitio encontrado. -En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico, durante la faena, se procederá según lo establecido en los artículos N° 26 y 27 de la Ley N° 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N° 20 y 23 del Reglamento de la Ley N° 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Además se informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine el procedimiento a seguir. - En la eventualidad de hallazgo, un licenciado o profesional arqueólogo estará presente en las labores constructivas del proyecto, para evaluar el resguardo de los posibles nuevos hallazgos. - En esta eventualidad, se presentarán antecedentes al CMN para resguardar el material cultural, ya sea con la implementación de cercos de malla y señalética en los hallazgos arqueológicos que prohíba el paso, por el tiempo que duren las faenas de construcción o con recolección del material. RA-03 Riesgo
de generación de efluentes líquidos que puedan afectar suelos Construcción - Se impermeabilizarán con concreto las plataformas donde se instalará la grúa principal y secundaria. - Se impermeabilizará con geotextil las piscinas decantadoras de lavado de camiones mixer y betoneras. RA-04 Riesgo
de incendio en el área de las faenas Construcción ,operación y cierre Todos los trabajadores se regirán por las medidas y obligaciones establecidas por el titular del proyecto, para minimizar el riesgo de incendio. - En la instalación de faena se dispondrá de los elementos básicos requeridos para combatir cualquier amago de fuego o incendio, según lo establecido por la normativa vigente en esta materia (extintores, tambores con arena, etc.). - Se prohibirá encender fogatas, fumar y/o portar elementos que produzcan chispas. - Se capacitará a los trabajadores en procedimientos de trabajo seguro para las actividades que puedan presentar riesgos de incendios. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 193 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” RA-05 Riesgo por accidentes de tránsito asociados al proyecto Construcción ,operación y cierre - Se capacitará a todo trabajador cuya función sea la operación de vehículos y/o maquinaria sobre el reglamento del tránsito que elaborará el titular y sobre el procedimiento de emergencia en caso de accidentes de tránsito. - El personal a contratar para manejar los camiones, buses o maquinarias, será personal calificado, con licencia de conducir al día. Se les exigirá licencia según lo señalado en la Ley de Tránsito (Nº 18.290). - Los vehículos que transporten maquinaria y materiales al área de trabajo contarán con las señalizaciones exigidas por la legislación vigente. Estos vehículos contarán con escolta. - Los vehículos cumplirán con la legislación de tránsito aplicable, como contar con revisión técnica al día, seguros vigentes, permiso de transporte vigente, reglamentación de transporte de personal, etc. - Se implementará la señalización adecuada en el área de construcción y bandereros en las intersecciones que presenten mayor riesgo de accidente, las que serán identificadas por el experto en Prevención de Riesgos en la faena. - El peso de los camiones cargados con equipos o materiales no excederá los máximos permitidos de acuerdo a las rutas que se estén utilizando. En caso contrario, se obtendrán los permisos correspondientes de la Dirección de Vialidad en cada caso. - Toda vez que sea necesario el paso de carga sobredimensionada por caminos, calles de ciudades o pueblos, se coordinará con Carabineros de Chile y las autoridades locales correspondientes. - Los cruces peatonales existentes se mantendrán permanentemente habilitados durante la ejecución de las obras. - Se dispondrá señalización especial en los lugares de acceso a las áreas de trabajos. Para ello se utilizarán señales, barreras, luces intermitentes eléctricas y cilindros delineadores. - En toda la vialidad inmediatamente cercana al proyecto, la velocidad de los camiones se restringirá a 40 Km/h cuando estén sin carga y a 30 km/h cargados y se estipulará en los respectivos planes específicos de obras. - La maquinaria y vehículos que operen en las áreas de trabajo se mantendrán en óptimas condiciones de funcionamiento. - En caso de generarse un accidente se informará inmediatamente por radio al supervisor general, quien dará la información y ubicación a Carabineros de Chile. RA-06 Riesgo de accidentes laborales y emergencias médicas Construcción ,operación y cierre - Se evaluará permanentemente la efectividad de los sistemas de riesgos, ocupacionales y operacionales, de tal forma de hacer las mejoras correspondientes para garantizar una operación segura desde el punto de vista laboral, técnico y ambiental. Para estos efectos, se levantará un detallado inventario de peligros y evaluación de riesgos. Además se realizará un estricto control en las operaciones críticas, especialmente los trabajos en altura. Riesgos por eventos naturales Construcción ,operación y cierre - En el capítulo 2 del presente EIA, se realiza un análisis de eventuales riesgos por fenómenos naturales. La conclusión es que existe una probabilidad baja para este tipo de procesos. - Se presentan en el punto siguiente las medidas en caso de accidentes relacionados con eventos naturales.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 194 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Referencia al ICE para mayores detalles Capitulo VIII del ICE
- Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 bis de la Ley Nº 19.300 antes citado, el titular informa en el EIA que no han existido, en forma previa al proceso de evaluación del presente Proyecto, negociaciones con los interesados con el objeto de acordar medidas de compensación o mitigación ambiental.
Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto considera en ANEXO Nº 8.2 de la Adenda N° 2 un Borrador de protocolo de relacionamiento comunitario con las comunidades cercanas al proyecto, además el Anexo N° 7 de la Adenda N° 3 entrega una sistematización de cada uno de los aspectos referidos a las inquietudes planteadas por las Comunidades Indígenas cercanas al Proyecto, ante las cuales el Titular se hace cargo de entregar las respuestas pertinentes en relación a la actual realidad del Proyecto en evaluación ambiental, tomando en cuenta las mejoras implementadas.
Por otra parte, en el Capítulo Plan de Medidas adjunto en la Adenda N° 3, se detallan las medidas de carácter voluntario referidas al relacionamiento comunitario. Estas medidas detalladas, se operacionalizan a través de la habilitación de un fondo anual asociado a un valor mínimo por aerogenerador, desde el inicio de la operación del parque eólico Malleco hasta su vida útil, fondo que deberá abordar la gestión y desarrollo de proyectos socio productivos. La descripción de la medida se específica en el Programa de Relacionamiento Comunitario y aplica para las familias identificadas de la ciudadanía y las comunidades aledañas al proyecto y se presentan a continuación:
a. Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para la Ciudadanía se define en detalle en la MAC – MH4 y será de a acuerdo a la particularidad que defina cada familia perteneciente a dichas agrupaciones individualizadas en el sector. Por lo demás, este proceso de relacionamiento se ha generado desde el año 2013, donde el titular informa haber realizado reuniones, diagnósticos, apoyo en proyectos y ayudas sociales, por lo que establece la necesidad de seguir haciéndolo en base a un instrumento que regule el desarrollo de proyectos y la comunicación entre ambas partes. Para el presente protocolo, las comunidades se comprometen a participar en una comisión de trabajo, a través de personas designadas por ella para tal efecto, sin perjuicio de la posibilidad de poder realizar alguna sesión de trabajo con la Ausencia de todos los vecinos, cuando se trate de aclarar o explicar algún tema en particular:
-
Para el caso de los vecinos del Sector del 10, adoptarán una medida la cual consiste en la constitución sistemática de una “mesa de trabajo”, que estará compuesta por personas de la comunidad, representantes formales de los vecinos y representantes del proyecto wpd Malleco S.p.A., sin perjuicio que para el apoyo de proyectos específicos, se pueda contar con terceros. Estas reuniones, serán sostenidas trimestralmente, en las cuales se llevará registro de ella a través de un formulario de “Asistencia”, el cual debe ser firmado por todos los integrantes de la mesa y asistentes a la reunión.
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Para el caso de los vecinos de Surco y Semilla, se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo, según consta en las actas de reuniones asistidas por los vecinos, sin embargo, no ha existido un acuerdo de establecer el formato de protocolo como medida para el Relacionamiento Comunitario, este ha sido tácito y consta desde el año 2013.
Además, se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: Informe de seguimiento a 1 año de implementado el programa, donde se incluyan las familias involucradas (Surco y Semilla; Sector El Diez), líneas de trabajo priorizadas y asignación de fondos.
b. Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local para las Comunidades (MAV – MH5): La descripción de la medida, se desarrollará de a acuerdo a la particularidad que defina cada familia perteneciente a dichas comunidades individualizadas en el sector:
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 195 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Las comunidades Choin Lafquenche, Comunidad Indígena Ahilla Varela 2, Comunidad Juan Reinao, Ahilla Varela y Quilamapu adoptarán una medida la cual consiste en la constitución sistemática de una “mesa de trabajo”, que estará compuesta por personas de la comunidad, representantes formales de la comunidad y representantes del proyecto wpd Malleco S.p.A., sin perjuicio que para el apoyo de proyectos específicos, se pueda contar con terceros. (Anexo 8 de Adenda 2 y Anexo 13 Adenda 3 incluye protocolos de relacionamiento comunitarios).
-
La comunidad de José Millacheo Levio Chequenco, se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo, habiendo trabajado con el titular en un proyecto productivo el año 2016, según consta en Declaraciones Juradas del 08 de Febrero y el 28 de Marzo del 2016, sin embargo, no ha existido un acuerdo de establecer el formato de protocolo como medida para el Relacionamiento Comunitario, este ha sido tácito y consta desde el año 2013.
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La comunidad Catrio Ñancul, se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo, sin embargo no ha existido un acuerdo formal para el formato de protocolo, sin embargo se reconoce un relacionamiento desde el año 2013. También se reconoce como agrupación de familias al Comité de Desarrollo Agrícola y Social Unión Mapuche y se tiene en consideración que existe el mismo objetivo de desarrollo socio productivo de proyectos corto, mediano y largo plazo.
Se mantendrá a disposición de la autoridad los siguientes antecedentes como forma de cumplimiento: Informe de seguimiento a un año de implementado el programa, donde se incluya las familias de las comunidades involucradas, líneas de trabajo priorizadas y asignación de fondos.
- Que, respecto del proceso de participación ciudadana e información ambiental proporcionada a los intersados se puede establecer:
14.1. Proceso de participación ciudadana La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 31/12/2013 en el diario Oficial y en el diario El Austral, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día lunes 02 de enero de 2014 y se extendió hasta el día miércoles 26 de marzo de 2014. Con el propósito de asegurar el acceso a la información oportuna por parte de la ciudadanía se realizaron las siguientes actividades. 14.1.1 Difusión del Derecho a PAC Con fecha del 26 de diciembre de 2013, mediante la Resolución N° 355/2013, se envía una copia en papel del proyecto "Parque Eólico Malleco" para dejarlo a disposición de las organizaciones ciudadanas y las personas naturales que solicitaran información referente al proyecto en el marco del proceso de participación ciudadana. Mediante aviso radial en la Radio Viaducto de la comuna de Collipulli, se informa a la ciudadanía que el proyecto se encuentra en evaluación ambiental y que con fecha 02 de enero de 2014 se inició el proceso de participación ciudadana, oportunidad en que se informa de los deberes y derechos que dicho proceso significa y la disponibilidad de medios electrónicos para revisar el Proyecto. 14.1.2 Reuniones con comunidades En el marco del proceso de Participación Ciudadana, se realizaron diversas reuniones con organizaciones sociales, comunidades mapuche y ciudadanía en general para informar acerca de las características del proyecto y de sus alcances ambientales, explicando la posibilidad de presentar observaciones ciudadanas en el proceso de evaluación ambiental. Analizados los antecedentes de diagnóstico del territorio y del área de influencia del proyecto, se determinó que el territorio o localidad a focalizar en el desarrollo del proceso de Participación Ciudadana REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 196 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” fuera el sector rural de “El Diez”, sector Surco y Semilla, Comunidad Quilamapu, Comunidad Chequenco y Comunidad Choin Lafkenche, todos de la comuna de Collipulli. El cronograma de actividades y reuniones de participación ciudadana para el proyecto "Parque Eólico Malleco" se presenta a continuación. N° Actividad N° Acta en expediente electrónico Fecha Descripción Instituciones públicas participantes
Ingreso EIA al SEIA
23/12/2013 Test de admisibilidad
1 Reunión con Municipalidad de Collipulli (Apresto) 53 27/01/2014 Coordinación proceso PAC SEA 2 Reunión con Comunidad Mapuche Quilamapu 54 27/01/2014 Informar del proyecto en evaluación ambiental, de los deberes y derechos de la PAC SEA Titular 3 Reunión con Iglesia Metodista Pentecostal 55 27/01/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones, se coordina futura reunión. SEA 4 Reunión con Surco y Semilla 56 27/01/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones, se coordina futura reunión. SEA 5 Reunión con Iglesia Metodista Pentecostal 60 25/02/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones SEA Titular Municipalidad 6 Reunión con Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla 59 25/02/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones SEA Titular Municipalidad 7 Reunión con Municipalidad de Collipulli (Coordinación – Apresto) 62 28/02/2014 Coordinación de actividades de Participación Ciudadana y reunión Titular - Ciudadanía SEA Municipalidad 8 Reunión con Comunidad Indígena Quilamapu 66 02/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 9 Reunión con Directiva comunidad indígena Choin Lafkenche 81 06/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA/CONADI/ Municipalidad 10 Reunión con Directiva comunidad 82 07/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar SEA CONADI REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 197 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” indígena Chequenco dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. Municipalidad 11 Reunión con Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla 39 07/03/2014 Se informan antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, se recepcionan fichas de observaciones ciudadanas. SEA Titular 12 Reunión con Comunidad indígena Chequenco 84 15/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 13 Reunión con Comunidad Indígena Quilamapu 85 16/03/2014 Se informan antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, se recepcionan fichas de observaciones ciudadanas. SEA Titular 14 Reunión con Comunidad Indígena Ailla Varela 86 18/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular 15 Reunión Titular - Ciudadanía de Collipulli 87 18/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 16 Reunión Comunidad indígena Choin Lafkenche 88 19/03/2014 Informar características del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de información. SEA Titular Municipalidad 17 Reunión con Comunidad Indígena Ailla Varela 2 79 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 18 Reunión con Comunidad Indígena Juan Reinao 77 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 19 Reunión con Comité Agrícola y Social “Unión Mapuche” 78 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 20 Reunión con Comunidad Indígena Juan Reinao 96 02/07/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular
14.1.3 Reunión Titular – Ciudadanía en Collipulli Con fecha del 18 de marzo de 2014 se realiza la reunión Titular – Ciudadanía en el marco del proyecto “Parque Eólico Malleco”, a la cual asisten 10 personas principalmente del sector urbano de la comuna de Collipulli. Además, participan de la reunión el Jefe de del Departamento de Obras de la Municipalidad. Del mismo modo, participaron dos funcionarios del SEA y el Director Regional del organismo. Por parte del titular del proyecto, participaron 4 profesionales. En ésta reunión, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) expone los deberes y derechos de la ciudadanía en el marco del proceso de participación ciudadana y se distribuyen informativos del proyecto como fichas de observaciones ciudadanas a los asistentes a la reunión. Por su parte, el titular del EIA expone los antecedentes del proyecto y sus alcances ambientales. Se responden todas las REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 198 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” consultas realizadas por los asistentes y se insiste en la posibilidad de elaborar consultas por escrito a través de las observaciones ciudadanas. En dicha reunión se señala que se han tenido reuniones con la mayoría de las comunidades y personas susceptibles de ser afectadas por el proyecto. Como apoyo y reforzamiento a la convocatoria de la reunión Titular – Ciudadanía, el SEA realizó la radio difusión del encuentro a través de “Radio Viaducto”, la principal radio con señal en la comuna de Collipulli, convocatoria radial que permitió informar de la realización de la reunión a los interesados. 14.2. OBSERVACIONES CIUDADANAS Durante el proceso de participación ciudadana, se recepcionaron 15 fichas de observaciones ciudadanas, de las cuales 15 son vinculadas a personas naturales. De estas todas fueron acogidas en el proceso admisibilidad de acuerdo a su pertinencia ambiental. De este modo, en el presente documento se incluyen las observaciones ciudadanas, de carácter ambiental, planteadas por la ciudadanía a los diversos componentes ambientales como también los efectos del proyecto y como han sido abordadas en la evaluación ambiental: 14.2.1. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 1: SRA. MARÍA ISABEL HERRERA MORAGA (SURCO Y SEMILLA) Observación textual: Quiero que los encargados del proyecto cumplan plenamente sus promesas, que nos arreglen y mejoren los caminos para tener mejor conectividad con Collipulli, que en la medida de lo posible se instalen luminarias públicas en las cercanías de las casas, que nos arreglen y mantengan el canal vecinal para asegurarnos agua, quiero que el impacto ambiental sea el mínimo en cuanto a ruidos molestos, polvo en suspensión y basura y/o residuos generados por la obra o sus trabajadores, todo esto durante y después de la construcción. Finalmente quisiera pedir que la empresa genere una oportunidad laboral y de desarrollo para las personas que lo requieran. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. María Isabel Herrera Moraga es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: RESPUESTAS: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. María Isabel Herrera Moraga, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77, los cuales fueron reubicados dentro del área ambiental evaluada. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 199 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, a continuación, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. María Isabel Herrera Moraga: Respecto de la mantención y mejoramiento de caminos, la construcción del Proyecto, no generará un impacto significativo en los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y ésta sólo se producirá durante la etapa de construcción. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no generará ningún efecto en dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, sólo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto. En la figura siguiente se presentan los caminos internos a utilizar por el Proyecto, así como también las instalaciones de faenas: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 200 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Por otra parte, el Titular contempla una serie de medidas ambientales complementarias a modo de prevenir cualquier efecto sobre la comunidad, el entorno y los caminos a utilizar (tanto públicos como del proyecto):
- El camino de acceso y los caminos internos se mantendrán acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante durante toda la construcción del Proyecto. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 201 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Respecto de las condiciones de conectividad y los tiempos de desplazamiento, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.), sólo en la etapa de construcción. En este sentido, el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 5,25 minutos para la R-49 y 4,37 minutos para la R-35, tomando en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5. Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Este tiempo es similar para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5, en que se estima que se ampliarán entre 3 y 13 minutos más los actuales tiempos de desplazamiento. Durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo, se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. La velocidad máxima permitida para los vehículos del Proyecto será de 60 km/h en los caminos pavimentados y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcción es desde las 8 AM hasta las 8 PM. Para la fase de operación no se considera relevante el efecto sobre los flujos viales y tiempos de desplazamientos, en tanto para las actividades de mantenimiento se requiere de un número muy acotado de operarios, empleando por consiguiente un bajo número de vehículos y mayoritariamente livianos. Respecto de la posibilidad de instalar luminarias públicas en las cercanías de las casas ésta se encuentra a cargo de las Autoridades competentes en el tema y la empresa no puede intervenir en su ejecución directa, no obstante que este tema puede ser analizado dentro del marco del Programa de Desarrollo que se pretende realizar en conjunto con las comunidades como parte de la Política de Responsabilidad Social Empresarial. Respecto de la posibilidad de mejoramiento y mantención del canal vecinal, dicha acción es factible de trabajar en el marco de los programas de desarrollo a implementar por parte del Titular en conjunto con REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 202 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” la ciudadanía (Medida Ambiental Voluntaria MAV-MH4). Complementariamente, se señala que el Proyecto no contempla efectos en cursos de aguas naturales y/o artificiales utilizados para riego y/o consumo humano, por lo que no corresponde presentar medidas de mejoramiento y mantención, debido a que todas las instalaciones del Proyecto se encuentran a más de 200 metros de los pozos de agua destinados a consumo humano y a más de 100 metros de los cursos naturales de agua (ver figura siguiente). Para mayor tranquilidad, el Titular considera el monitoreo del nivel freático y de la calidad de agua (parámetros físicos, pH y Temperatura) en los pozos de agua destinados a consumo humano, de forma previa a comenzar con la etapa de construcción, durante el desarrollo de dicha etapa y una vez finalizada dicha etapa, con el fin de verificar que no existe alteración alguna del nivel freático. Durante el desarrollo de la etapa de construcción, el monitoreo se ejecutará a medida del avance de los frentes de faenas y su relación con los pozos inmediatamente cercanos. En cuanto a la etapa de operación, el Titular realizará un seguimiento de los pozos cercanos (ver Planimetría de pozos en Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 3), con una frecuencia de una vez al año durante los dos primeros años de operación, en época invernal. La finalidad de dichos monitoreos es establecer que no existan efectos en los pozos, en tanto las condiciones iniciales se deben mantener durante la etapa de construcción y al finalizarla y, en el caso de la operación, se espera comprobar que no existen efectos con la implementación del Proyecto en el área. En ambos casos se contempla la entrega de fichas protocolares de los resultados de los monitoreos a los titulares de los pozos.
Cabe señalar que en caso de que el caudal y/o calidad del agua de dichos pozos se vea alterada debido a una emergencia causada por el Proyecto, se considerará el abastecimiento temporal de agua potable a él/los afectado/s mediante un camión aljibe, hasta solucionar dicha emergencia. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 203 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 204 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la Adenda 3.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 205 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 206 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactará a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 207 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de la generación de residuos del proyecto, ésta no corresponde a un efecto significativo a generar por el Proyecto, por lo que no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación para dicha actividad. En este sentido y respecto de la observación, efectivamente el Proyecto generará durante todas sus etapas (construcción, operación y cierre) residuos sólidos del tipo domiciliarios asimilables a domésticos, residuos provenientes de materiales de la construcción (o sólidos industriales no peligrosos) y residuos líquidos del tipo domiciliario, por lo que se contemplan acciones para su adecuado manejo, retiro y disposición final, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Es importante indicar, que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos (salvo los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 208 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” líquidos del tipo domiciliario) y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas. El manejo de cada uno de estos residuos tanto para la etapa de construcción operación y cierre se detalla a continuación: Almacenamiento, manejo y disposición de residuos sólidos de tipo domiciliario (Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios o RSD) Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas herméticamente cerradas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas. La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será de dos veces por semana y diaria en los periodos de máxima generación. Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en las instalaciones de faenas estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios serán realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domésticos, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Almacenamiento, manejo y disposición de residuos provenientes de materiales de construcción (Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos o RISES) Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto y que corresponden a materiales de construcción, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, cartón, papel, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en cada instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva que se emplean en la obra. En el caso de los lodos, provenientes del lavado de los camiones mixer, éstos serán almacenados en las áreas contiguas a las piscinas de decantación ubicadas en la instalación de faena, favoreciendo su secado y serán derivadas una vez que se alcance su volumen crítico a los sitios de disposición final por una empresa autorizada. Los excedentes de la construcción serán dispuestos en las proximidades de los sitios de las fundaciones en conos de no más de 3 m. Posteriormente estos residuos serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. En el evento que haya sobrante de estos residuos, serán trasladados a la cancha de acopio o serán llevados directamente a sitios autorizados. Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuo para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 209 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cercanos a los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Manejo y disposición de residuos líquidos de tipo domiciliario (Residuos Líquidos del Tipo Domiciliario) El Proyecto generará residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos en las tres etapas del Proyecto. Los residuos líquidos serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la etapa de construcción y fosa séptica para la etapa de operación, y en ambos casos su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo. Los lodos generados de las PTAS cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
Respecto de la mano de obra requerida por el proyecto y su priorización en la zona de emplazamiento del proyecto. La mano de obra requerida por el proyecto se presenta en la siguiente tabla. Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima Construcción 65 110 Operación 9 9 Cierre o abandono 45 85
En la etapa de construcción, se requerirá el mayor número de mano de obra del Proyecto. Se crearán más de 110 puestos de trabajo, algunos de ellos, idealmente a través de un programa de contratación de mano de obra local, con la finalidad de establecer acciones dirigidas para beneficiar directamente la mano de obra desocupada de las localidades más cercanas al área de emplazamiento del Proyecto. Este impacto es clasificado como positivo, ya que se observa que en la zona no existe una gran diversificación de empleos.
Respecto de la etapa de operación, la generación de empleos será menor que durante la construcción. Se estima la creación de 9 puestos de trabajo directo relacionados con las actividades de mantención y manejo de la sala de control del Parque Eólico. Estos empleos son de mayor especialización pero tienen la gran ventaja de ser a largo plazo. En cuanto a los trabajos relacionados con la comunidad cercana, se mantendrán eventualmente algunas fuentes de trabajo relacionados con la prestación de servicios, por ejemplo, jardinería, limpieza y mantenimiento.
El Titular se compromete a informar y solicitar a los contratistas que prioricen la contratación de mano de obra local, para lo cual tomará contacto con la Municipalidad de Collipulli, a través de su oficina respectiva (OMIL), y así poder coordinar esta medida.
14.2.2. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 2: SRA. MARÍA MAGDALENA HERRERA MORAGA Observación textual: Mis observaciones a este proyecto son que nos aseguren a todos los vecinos buenos caminos y buenos accesos a nuestras viviendas, haciendo adecuada limpieza de estos y ripiados y REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 210 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” compactados de buena calidad, se arreglen y mejoren los puentes y señaléticas, lo que nos asegure buena conectividad sobre todo en invierno. Quiero que se respete el bienestar social y ambiental de nosotros evitando contaminarnos con polvo, ruidos molestos o desechos de la empresa y los propios trabajadores. Me gustaría que la empresa instalara en la cercanía de cada vivienda luminarias de alumbrado público, además que se comprometiera a hermosear y mantener el entorno con bosque y vegetación nativa propia de la zona. Por ultimo quisiera pedir que el proyecto se comprometiera a integrar laboralmente a aquellos miembros de nuestra comunidad aptos para trabajar generar oportunidad laboral y desarrollo mediante empleo para nosotros. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. María Magdalena Herrera Moraga es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. Herrera Moraga, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. María Magdalena Herrera Moraga: Respecto de la mantención y mejoramiento de caminos, la construcción del Proyecto, no generará un impacto significativo en los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y ésta sólo se producirá durante la etapa de construcción. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no generará ningún efecto en dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, solo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto (ver Figura siguiente). El Titular contempla una serie de medidas ambientales complementarias a modo de prevenir cualquier efecto sobre la comunidad, el entorno y los caminos a utilizar (tanto públicos como del proyecto): REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 211 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 212 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las condiciones de conectividad y los tiempos de desplazamiento, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.), sólo en la etapa de construcción. En este sentido, el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 5,25 minutos para la R-49 y 4,37 minutos para la R-35, tomando en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5. Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 213 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5. Durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo, se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. La velocidad máxima permitida para los vehículos del Proyecto será de 60 km/h en los caminos pavimentados y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcción es desde las 8 AM hasta las 8 PM. Durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Para la fase de operación no se considera relevante el efecto sobre los flujos viales y tiempos de desplazamientos, en tanto para las actividades de mantenimiento se requiere de un número muy acotado de operarios, empleando por consiguiente un bajo número de vehículos y mayoritariamente livianos. Respecto de la mantención y/o mejoramiento de puentes, el Proyecto no considera esta acción puesto que no existe algún tipo de efecto sobre dicha infraestructura. Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 214 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 215 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de la generación de residuos del proyecto, ésta no corresponde a un efecto significativo a generar por el Proyecto, por lo que no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación para dicha actividad. En este sentido y respecto de la observación, efectivamente el Proyecto generará durante todas sus etapas (construcción, operación y cierre) residuos sólidos del tipo domiciliarios asimilables a domésticos, residuos provenientes de materiales de la construcción (o sólidos industriales no peligrosos) y residuos líquidos del tipo domiciliario, por lo que se contemplan acciones para su adecuado manejo, retiro y disposición final, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Es importante indicar, que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos (salvo los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 216 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” líquidos del tipo domiciliario) y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas. El manejo de cada uno de estos residuos tanto para la etapa de construcción operación y cierre se detalla a continuación:
Almacenamiento, manejo y disposición de residuos sólidos de tipo domiciliario (Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios o RSD) Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas herméticamente cerradas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas. La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será de dos veces por semana y diaria en los periodos de máxima generación. Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en las instalaciones de faenas estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios serán realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domésticos, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Almacenamiento, manejo y disposición de residuos provenientes de materiales de construcción (Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos o RISES) Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto y que corresponden a materiales de construcción, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, cartón, papel, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en cada instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva que se emplean en la obra. En el caso de los lodos, provenientes del lavado de los camiones mixer, éstos serán almacenados en las áreas contiguas a las piscinas de decantación ubicadas en la instalación de faena, favoreciendo su secado y serán derivadas una vez que se alcance su volumen crítico a los sitios de disposición final por una empresa autorizada. Los excedentes de la construcción serán dispuestos en las proximidades de los sitios de las fundaciones en conos de no más de 3 m. Posteriormente estos residuos serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. En el evento que haya sobrante de estos residuos, serán trasladados a la cancha de acopio o serán llevados directamente a sitios autorizados. Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuo para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cercanos a los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Manejo y El Proyecto generará residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos en las tres etapas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 217 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” disposición de residuos líquidos de tipo domiciliario (Residuos Líquidos del Tipo Domiciliario) del Proyecto. Los residuos líquidos serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la etapa de construcción y fosa séptica para la etapa de operación, y en ambos casos su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo. Los lodos generados de las PTAS cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
Respecto de la posibilidad de instalar luminarias públicas en las cercanías de las casas está se encuentra a cargo de las Autoridades competentes en el tema y la empresa no puede intervenir en su ejecución directa, no obstante que este tema puede ser analizado dentro del marco del Programa de Desarrollo que se pretende realizar en conjunto con las comunidades como parte de la Política de Responsabilidad Social Empresarial. Respecto de la posibilidad hermosear y mantener el entorno con bosque y vegetación nativa propia de la zona, si bien el Titular contempla la corta de bosque nativo y plantaciones forestales dentro de predios autorizados para tal efecto, esta acción determinó que se presentara un Plan de Manejo de Corta y Forestación de Bosque Nativo y Plantaciones (especies exóticas, ver en Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 2). Dicho Plan indica que se reforestarán 2 hectáreas (ha) con especies Roble-Raulí y Coigüe, considerando una densidad de 3.000 plantas por ha. En tanto, el Plan de Manejo de Plantaciones, indica que se reforestarán 1,41 ha con Eucaliptus globulus considerando una densidad de 1.108 plantas por ha y 6,86 ha con Pinus radiata considerando la misma densidad anterior. Adicionalmente, y a modo de hermosear la zona y darle un valor turístico, el Titular ha sostenido reuniones con la Ilustre Municipalidad de Collipulli, para implementar un mirador turístico relativo al Parque Eólico, pero que de alguna manera está circunscrito como parte del proyecto municipal “Miradores del Malleco”. En términos generales, el Titular propone áreas de detención segura que permitan al turista contemplar los aerogeneradores a resguardo del tránsito de las rutas y sus características generales mínimas serán las siguientes: - Aparcamiento para 4 autos y un bus de turismo. - Asientos. - Área techada a resguardo de sol y lluvia. - Panel informativo. - Señalética. - Vegetación nativa en los costados.
Se propone ubicar un área de detención en la entrada del Sector El Diez (Ruta R-49) en la zona con la cota más alta del proyecto y otra área de detención de las mismas características 500 m antes del acceso al Fundo Agua Buena (Ruta R-35).
No obstante, en el Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 2 se presentó un plano que contiene la ubicación de los miradores considerados, el cual se presenta nuevamente en el Anexo Nº 1. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 218 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respecto de la mano de obra requerida por el proyecto y su priorización en la zona de emplazamiento del proyecto. La mano de obra requerida por el proyecto se presenta en la siguiente tabla. Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima Construcción 65 110 Operación 9 9 Cierre o abandono 45 85
En la etapa de construcción, se requerirá el mayor número de mano de obra del Proyecto. Se crearán más de 110 puestos de trabajo, algunos de ellos, idealmente a través de un programa de contratación de mano de obra local, con la finalidad de establecer acciones dirigidas para beneficiar directamente la mano de obra desocupada de las localidades más cercanas al área de emplazamiento del Proyecto. Este impacto es clasificado como positivo, ya que se observa que en la zona no existe una gran diversificación de empleos.
Respecto de la etapa de operación, la generación de empleos será menor que durante la construcción. Se estima la creación de 9 puestos de trabajo directo relacionados con las actividades de mantención y manejo de la sala de control del Parque Eólico. Estos empleos son de mayor especialización pero tienen la gran ventaja de ser a largo plazo. En cuanto a los trabajos relacionados con la comunidad cercana, se mantendrán eventualmente algunas fuentes de trabajo relacionados con la prestación de servicios, por ejemplo, jardinería, limpieza y mantenimiento.
El Titular se compromete a informar y solicitar a los contratistas que prioricen la contratación de mano de obra local, para lo cual tomará contacto con la Municipalidad de Collipulli, a través de su oficina respectiva (OMIL), y así poder coordinar esta medida.
Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 219 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la Adenda 3.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 220 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 14.2.3. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 3: SRA. MARIA LEONOR MORAGA JARA
Observación textual: Con respecto al proyecto deseo que este se haga cargo y mantenga todos los caminos vecinales manteniéndolos en buenas condiciones para nuestra comunidad, esto es de gran ayuda para nuestra comunidad, esto es de gran ayuda para nuestra comunidad. Deseo que el impacto ambiental sea mínimo en cuanto a ruidos molestos y polvo en suspensión por el tránsito de vehículos pesados ya que actualmente el Fundo Agua Buena, no se preocupa de esto y genera una gran contaminación con el tráfico de su maquinaria agrícola. De mi interés también es que dicho proyecto asegure el constante suministro de agua fresca de nuestro canal vecinal, comprometiéndose a limpiarlo y mejorarlo para asegurarnos el vital elemento. Dentro de mi interés también está que se mejore la infraestructura vial de nuestra zona, es decir, señaléticas y puentes. Además deseo expresar que si para estos fines es necesario expropiar parte de terrenos privados estos sean pagados justamente a los afectados. Por ultimo me gustaría que el proyecto se comprometiera a cuidar y proteger la flora y fauna local, esto me gustaría que fuera visible a través de la forestación y plantación de bosque nativo que genere un punto verde en la región y genere un foco de turismo aprovechando lo imponente de las torres eólicas, haciendo de este proyecto tan atractivo en lo económico, un verdadero parque donde se viva y se enseñe a vivir en verde, tomando como ejemplo la utilización del viento para generar energía sin contaminantes. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. María Leonor Moraga Jara es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. Moraga Jara, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77, los cuales fueron reubicados dentro del área ambiental evaluada. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. María Leonor Moraga Jara: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 221 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respecto del uso y mantención de caminos vecinales, el Proyecto no generará ningún efecto en dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, ya que sólo se hará uso de caminos internos dentro del área de Proyecto, por lo que no se contempla su mantención. En la figura siguiente se presentan los caminos internos a utilizar por el Proyecto, así como también las instalaciones de faenas.
Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 222 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la Adenda N° 3.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 223 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 224 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 225 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de la posibilidad de que el proyecto mantenga y asegure el suministro de agua del canal vecinal, el Proyecto no contempla efectos a los cursos de aguas naturales y/o artificiales utilizados para riego y/o consumo humano, por lo que no corresponde presentar medidas de mejoramiento y mantención, debido a que todas las instalaciones del Proyecto se encuentran a más de 200 metros de los pozos de agua destinados a consumo humano y a más de 100 metros de los cursos naturales de agua (ver Figura siguiente). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 226 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Para mayor tranquilidad, el Titular considera el monitoreo del nivel freático y de la calidad de agua (parámetros físicos, pH y Temperatura) en los pozos de agua destinados a consumo humano, de forma previa a comenzar con la etapa de construcción, durante el desarrollo de dicha etapa y una vez finalizada dicha etapa, con el fin de verificar que no existe alteración alguna del nivel freático. Durante el desarrollo de la etapa de construcción, el monitoreo se ejecutará a medida del avance de los frentes de faenas y su relación con los pozos inmediatamente cercanos. En cuanto a la etapa de operación, el Titular realizará un seguimiento de los pozos cercanos (ver Planimetría de pozos en Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 3), con una frecuencia de una vez al año durante los dos primeros años de operación, en época invernal. La finalidad de dichos monitoreos es establecer que no existan efectos en los pozos, en tanto las condiciones iniciales se deben mantener durante la etapa de construcción y al finalizarla y, en el caso de la operación se espera comprobar que no existen efectos con la implementación del Proyecto en el área. En ambos casos se contempla la entrega de fichas protocolares de los resultados de los monitoreos a los titulares de los pozos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 227 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” En caso de que el caudal y/o calidad del agua de dichos pozos se vea impactada da debido a una emergencia causada por el Proyecto, se considerará el abastecimiento temporal de agua potable a él/los afectado/s mediante un camión aljibe, hasta solucionar dicha emergencia. Respecto de la instalación de señaléticas, mejoramiento y mantención de puentes, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo, se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. La velocidad máxima permitida para los vehículos del Proyecto será de 60 km/h en los caminos pavimentados y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcciones es desde las 8 AM hasta las 8 PM.
Por otra parte, no se contempla el mejoramiento de puentes, puesto que dicha acción es responsabilidad de la Dirección de Vialidad. Asimismo, cabe señalar que en las vías públicas por las que transitarán los vehículos del Proyecto, no se presentan puentes. Respecto de la posible expropiación de terrenos y su respectivo pago, la totalidad de las instalaciones del Proyecto se encuentran dentro del Fundo Agua Buena, por lo que no se contemplan expropiaciones de terreno, por lo que tampoco se ha considerado algún pago al respecto. Respecto de la posibilidad de que el proyecto se comprometa a cuidar y proteger la flora y fauna local, a través de la forestación y plantación de bosque nativo, el Titular contempla la realización de capacitaciones a los trabajadores del Proyecto respecto del cuidado de la flora y vegetación y fauna existente en el área, para lo cual existirá un registro de dichas capacitaciones, tanto en sus contenidos como en su asistencia. Por otra parte, si bien el Titular contempla la corta de bosque nativo y plantaciones forestales dentro de predios autorizados para tal efecto, esta acción determinó que se presentara un Plan de Manejo de Corta y Forestación de Bosque Nativo y Plantaciones (especies exóticas, ver en Anexo Nº 4 de la Adenda Nº 2). Dicho Plan indica que se reforestarán 2 hectáreas (ha) con especies Roble-Raulí y Coigüe, considerando una densidad de 3.000 plantas por ha. En tanto, el Plan de Manejo de Plantaciones, indica que se reforestarán 1,41 ha con Eucaliptus globulus considerando una densidad de 1.108 plantas por ha y 6,86 ha con Pinus radiata considerando la misma densidad anterior. Adicionalmente, y a modo de hermosear la zona y darle un valor turístico, el Titular ha sostenido reuniones con la Ilustre Municipalidad de Collipulli, para implementar un mirador turístico relativo al Parque Eólico, pero que de alguna manera está circunscrito como parte del proyecto municipal “Miradores del Malleco”. En términos generales, el Titular propone áreas de detención segura que permitan al turista contemplar los aerogeneradores a resguardo del tránsito de las rutas y sus características generales mínimas serán las siguientes: - Aparcamiento para 4 autos y un bus de turismo. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 228 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Asientos. - Área techada a resguardo de sol y lluvia. - Panel informativo. - Señalética. - Vegetación nativa en los costados.
Se propone ubicar un área de detención en la entrada del Sector El Diez (Ruta R-49) en la zona con la cota más alta del proyecto y otra área de detención de las mismas características 500 m antes del acceso al Fundo Agua Buena (Ruta R-35). No obstante, en el Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 2 se presentó un plano que contiene la ubicación de los miradores considerados, el cual se presenta nuevamente en el Anexo Nº 1. Respecto de la mano de obra requerida por el proyecto y su priorización en la zona de emplazamiento del proyecto. La mano de obra requerida por el proyecto se presenta en la siguiente tabla. Fase Mano de Obra Promedio Mano de Obra Máxima Construcción 65 110 Operación 9 9 Cierre o abandono 45 85 En la etapa de construcción, se requerirá el mayor número de mano de obra del Proyecto. Se crearán más de 110 puestos de trabajo, algunos de ellos, idealmente a través de un programa de contratación de mano de obra local, con la finalidad de establecer acciones dirigidas para beneficiar directamente la mano de obra desocupada de las localidades más cercanas al área de emplazamiento del Proyecto. Este impacto es clasificado como positivo, ya que se observa que en la zona no existe una gran diversificación de empleos.
Respecto de la etapa de operación, la generación de empleos será menor que durante la construcción. Se estima la creación de 9 puestos de trabajo directo relacionados con las actividades de mantención y manejo de la sala de control del Parque Eólico. Estos empleos son de mayor especialización pero tienen la gran ventaja de ser a largo plazo. En cuanto a los trabajos relacionados con la comunidad cercana, se mantendrán eventualmente algunas fuentes de trabajo relacionados con la prestación de servicios, por ejemplo, jardinería, limpieza y mantenimiento.
El Titular se compromete a informar y solicitar a los contratistas que prioricen la contratación de mano de obra local, para lo cual tomará contacto con la Municipalidad de Collipulli, a través de su oficina respectiva (OMIL), y así poder coordinar esta medida.
10.2.4. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 4:
SR. HERIBERTO MIERES RUIZ
Observación textual: Evitar polvo cerca de las casas que perjudica a las plantas no acumular residuos de basura y la empresa que se preocupe de mantener la limpieza de los trabajos que realice. Los ruidos de las torres no perjudiquen demasiado. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Heriberto Mieres Ruiz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 229 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. Heriberto Mieres Ruiz, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. Heriberto Mieres Ruiz: Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 230 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular.
Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 231 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros).
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 232 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la presente Adenda 3. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 233 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respecto de la generación de residuos del proyecto, ésta no corresponde a un efecto significativo a generar por el Proyecto, por lo que no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación para dicha actividad. En este sentido y respecto de la observación, efectivamente el Proyecto generará durante todas sus etapas (construcción, operación y cierre) residuos sólidos del tipo domiciliarios asimilables a domésticos, residuos provenientes de materiales de la construcción (o sólidos industriales no peligrosos) y residuos líquidos del tipo domiciliario, por lo que se contemplan acciones para su adecuado manejo, retiro y disposición final, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Es importante indicar, que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos (salvo los líquidos del tipo domiciliario) y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas. El manejo de cada uno de estos residuos tanto para la etapa de construcción operación y cierre se detalla a continuación: Almacenamiento, manejo y disposición de residuos sólidos de tipo domiciliario (Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios o RSD) Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas herméticamente cerradas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas. La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será de dos veces por semana y diaria en los periodos de máxima generación. Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en las instalaciones de faenas estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios serán realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domésticos, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Almacenamiento, manejo y disposición de residuos provenientes de materiales de construcción (Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos o RISES) Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto y que corresponden a materiales de construcción, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, cartón, papel, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en cada instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva que se emplean en la obra. En el caso de los lodos, provenientes del lavado de los camiones mixer, éstos serán almacenados en las áreas contiguas a las piscinas de decantación ubicadas en la instalación de faena, favoreciendo su secado y serán derivadas una vez que se alcance su volumen crítico a los sitios de disposición final por una empresa autorizada. Los excedentes de la construcción serán dispuestos en las proximidades de los sitios de las fundaciones en conos de no más de 3 m. Posteriormente estos residuos serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. En el evento que haya sobrante de estos residuos, serán trasladados a la cancha de acopio o serán llevados directamente a sitios autorizados. Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuo para posteriormente ser dispuestos en REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 234 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cercanos a los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Manejo y disposición de residuos líquidos de tipo domiciliario (Residuos Líquidos del Tipo Domiciliario) El Proyecto generará residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos en las tres etapas del Proyecto. Los residuos líquidos serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la etapa de construcción y fosa séptica para la etapa de operación, y en ambos casos su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo. Los lodos generados de las PTAS cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
14.2.5. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 5: SR. JOSÉ SANDOVAL JIMÉNEZ Observación textual: Una de las observaciones o consulta es sobre cómo va a impactar los movimientos de los camiones en el campo, ya que donde vivo, hay tres niños los cuales todos los días tengo que ir a dejar al pueblo. Si van a construir caminos externos, ya que no sería agradable toparme con esas maquinarias. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. José Sandoval Jiménez es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. Sandoval Jiménez, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. José Sandoval Jiménez: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 235 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respecto del movimiento de camiones, este tipo de vehículos se contempla sólo para la fase de construcción y el aumento en el flujo vehicular se ha evaluado de un mínimo efecto, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R- 49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no generará ningún impacto a dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, solo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto. Cabe señalar que, dentro del predio de proyecto, así como también en el tránsito de caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será de 60 km/h para vehículos livianos: 60 km/h. y 30 km/h para vehículos pesados (camiones). Asimismo, las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel. Respecto de las condiciones de conectividad y los tiempos de desplazamiento, el tránsito de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.), sólo en la etapa de construcción. En este sentido, el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 5,25 minutos para la R-49 y 4,37 minutos para la R-35, tomando en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5. Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Este tiempo es similar para el trayecto entre Surco y Semilla y la Ruta 5, en que se estima que se ampliarán entre 3 y 13 minutos más los actuales tiempos de desplazamiento. Durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo, se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. La velocidad máxima permitida para los vehículos del Proyecto será de 60 km/h en los caminos pavimentados y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcción es desde las 8 AM hasta las 8 PM. Para la fase de operación no se considera relevante el efecto sobre los flujos viales y tiempos de desplazamientos, en tanto para las actividades de mantenimiento se requiere de un número muy acotado de operarios, empleando por consiguiente un bajo número de vehículos y mayoritariamente livianos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 236 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 14.2.6. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 6: SR. RICARDO CABRERA BENAVIDES
Observación textual: Necesitamos buena agua arreglo de caminos Recolectador de basura contaminante Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Ricardo Cabrera Benavides es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. Ricardo Cabrera Benavides, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. Ricardo Cabrera Benavides: Respecto de la posibilidad de que el proyecto mantenga y asegure el suministro de agua del canal vecinal, el Proyecto no contempla efectos de los cursos de aguas naturales y/o artificiales utilizados para riego y/o consumo humano, por lo que no corresponde presentar medidas de mejoramiento y mantención, debido a que todas las instalaciones del Proyecto se encuentran a más de 200 metros de los pozos de agua destinados a consumo humano y a más de 100 metros de los cursos naturales de agua (ver Figura siguiente). REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 237 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Para mayor tranquilidad, el Titular considera el monitoreo del nivel freático y de la calidad de agua (parámetros físicos, pH y Temperatura) en los pozos de agua destinados a consumo humano, de forma previa a comenzar con la etapa de construcción, durante el desarrollo de dicha etapa y una vez finalizada dicha etapa, con el fin de verificar que no existe alteración alguna del nivel freático. Durante el desarrollo de la etapa de construcción, el monitoreo se ejecutará a medida del avance de los frentes de faenas y su relación con los pozos inmediatamente cercanos. En cuanto a la etapa de operación, el Titular realizará un seguimiento de los pozos cercanos (ver Planimetría de pozos en Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 3), con una frecuencia de una vez al año durante los dos primeros años de operación, en época invernal. La finalidad de dichos monitoreos es establecer que no existan efectos en los pozos, en tanto las condiciones iniciales se deben mantener durante la etapa de construcción y al finalizarla y, en el caso de la operación, se espera comprobar que no existen efectos con la implementación del Proyecto en el área. En ambos casos se contempla la entrega de fichas protocolares de los resultados de los monitoreos a los titulares de los pozos. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 238 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” En caso de que el caudal y/o calidad del agua de dichos pozos se vea alterada debido a una emergencia causada por el Proyecto, se considerará el abastecimiento temporal de agua potable a él/los afectado/s mediante un camión aljibe, hasta solucionar dicha emergencia. Respecto de la mantención y mejoramiento de caminos la construcción del Proyecto, no generará un impacto significativo en los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y ésta sólo se producirá durante la etapa de construcción. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no generará ninguna alteración en dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, sólo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto (ver Figura siguiente). El Titular contempla una serie de medidas ambientales complementarias a modo de prevenir cualquier efecto sobre la comunidad, el entorno y los caminos a utilizar (tanto públicos como del proyecto): - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 239 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de la generación de residuos del proyecto y recolectador de basura contaminante, ésta no corresponde a un efecto significativo a generar por el Proyecto, por lo que no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación para dicha actividad. En este sentido y respecto de la observación, efectivamente el Proyecto generará durante todas sus etapas (construcción, operación y cierre) residuos sólidos del tipo domiciliarios asimilables a domésticos, residuos provenientes de materiales de la construcción (o sólidos industriales no peligrosos) y residuos líquidos del tipo domiciliario, por lo que se contemplan acciones para su adecuado manejo, retiro y disposición final, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Es importante indicar, que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos (salvo los líquidos del tipo domiciliario) y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 240 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El manejo de cada uno de estos residuos tanto para la etapa de construcción operación y cierre se detalla a continuación: Almacenamiento, manejo y disposición de residuos sólidos de tipo domiciliario (Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios o RSD) Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas herméticamente cerradas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas. La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será de dos veces por semana y diaria en los periodos de máxima generación. Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en las instalaciones de faenas estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios serán realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domésticos, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Almacenamiento, manejo y disposición de residuos provenientes de materiales de construcción (Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos o RISES) Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto y que corresponden a materiales de construcción, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, cartón, papel, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en cada instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva que se emplean en la obra. En el caso de los lodos, provenientes del lavado de los camiones mixer, éstos serán almacenados en las áreas contiguas a las piscinas de decantación ubicadas en la instalación de faena, favoreciendo su secado y serán derivadas una vez que se alcance su volumen crítico a los sitios de disposición final por una empresa autorizada. Los excedentes de la construcción serán dispuestos en las proximidades de los sitios de las fundaciones en conos de no más de 3 m. Posteriormente estos residuos serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. En el evento que haya sobrante de estos residuos, serán trasladados a la cancha de acopio o serán llevados directamente a sitios autorizados. Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuo para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cercanos a los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Manejo y disposición de residuos líquidos de tipo domiciliario (Residuos Líquidos del Tipo El Proyecto generará residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos en las tres etapas del Proyecto. Los residuos líquidos serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la etapa de construcción y fosa séptica para la etapa de operación, y en ambos casos su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo. Los lodos generados de las PTAS cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 241 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Domiciliario) Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
14.2.7. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 7: SR. CESAR HUENTENAO CABRERA
Observación textual: Limpieza de caminos para mejorar visibilidad poner un camión aljibes para el polvo, ya que el polvo contamina la salud de todos los vecinos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Cesar Huentenao Cabrera es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. César Huentenao Cabrera, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77, los cuales fueron reubicados dentro del área ambiental evaluada. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. César Huentenao Cabrera: Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto producto del tránsito de camiones, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 242 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 243 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
14.2.8. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 8: SR. JOSÉ ADÁN SANDOVAL CARTES
Observación textual: Camino vecinal. Evitar levantar polvo durante faena. Basura ¿Dónde quedará al final? REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 244 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Baños durante la faena Protocolo de información a vecinos. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. José Adán Sandoval Cartes es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. José Adán Sandoval Cartes, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. José Adán Sandoval Cartes: Respecto de la mantención y mejoramiento de caminos, la construcción del Proyecto, no generará un impacto significativo en los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos públicos Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y ésta sólo se producirá durante la etapa de construcción. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no generará ningún efecto en dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, sólo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto (Ver Figura siguiente).
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 245 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 246 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 247 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de la generación de residuos del proyecto, ésta no corresponde a un efecto significativo a generar por el Proyecto, por lo que no presenta medidas de mitigación, reparación y/o compensación para dicha actividad. En este sentido y respecto de la observación, efectivamente el Proyecto generará durante todas sus etapas (construcción, operación y cierre) residuos sólidos del tipo domiciliarios asimilables a domésticos, residuos provenientes de materiales de la construcción (o sólidos industriales no peligrosos) y residuos líquidos del tipo domiciliario, por lo que se contemplan acciones para su adecuado manejo, retiro y disposición final, de acuerdo a la legislación ambiental vigente. Es importante indicar, que el Proyecto no contempla realizar tratamientos para ninguno de sus residuos (salvo los REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 248 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” líquidos del tipo domiciliario) y se privilegiará la reutilización y reciclaje de los residuos, lo que es evidente en el caso de la tierra desplazada para relleno, los despuntes de metales y trozos de maderas. El manejo de cada uno de estos residuos tanto para la etapa de construcción operación y cierre se detalla a continuación:
Almacenamiento, manejo y disposición de residuos sólidos de tipo domiciliario (Residuos Domiciliarios y Asimilables a Domiciliarios o RSD) Los residuos domiciliarios y asimilables a domésticos serán manejados en un sistema de dos componentes. El primer componente será el almacenamiento en contenedores primarios en el lugar de generación, en bolsas plásticas herméticamente cerradas dentro de tambores cerrados y posteriormente serán almacenados en contenedores secundarios herméticos y cerrados, a la espera de su retiro, transporte y disposición final por empresas autorizadas. La recolección interna de los RSD estará a cargo del personal de aseo que se encuentre destinado a dichas funciones en cada unidad del Proyecto, los cuales tendrán la función de recolectar las bolsas de residuos y derivarlas a los contenedores secundarios para su almacenamiento temporal a la espera de que sean retirados. Las bolsas que contendrán los residuos, serán cerradas al momento de ser retiradas desde los contenedores y una bolsa nueva será inmediatamente repuesta en el contenedor vacío. La frecuencia mínima de retiro de los residuos sólidos domiciliarios en contenedores primarios será de dos veces por semana y diaria en los periodos de máxima generación. Las áreas de acumulación, en contenedores secundarios, ubicados en las instalaciones de faenas estarán delimitadas y contendrán letreros que señalen que el sitio es utilizado para el “Almacenamiento Residuos Domiciliarios”. La recolección de los residuos que se encuentren almacenados en los contenedores secundarios serán realizada por camiones especializados, los cuales serán contratados a empresas privadas que cuenten con autorización vigente. El personal a cargo contará con inducción para el manejo de residuos domésticos, conductas de higiene responsable y se le entregarán los implementos de seguridad necesarios para estas labores. Almacenamiento, manejo y disposición de residuos provenientes de materiales de construcción (Residuos Sólidos Industriales No Peligrosos o RISES) Los residuos industriales sólidos no peligrosos generados por el Proyecto y que corresponden a materiales de construcción, tales como, residuos metálicos, soldaduras, aceros, cartón, papel, restos de cable, carretes, estructuras, tierra de excavación y escombros; serán manejados mediante un sistema de dos componentes. El primer componente de gestión se realizará directamente en los frentes de trabajo, donde los residuos serán seleccionados y acopiados. En este lugar se determinará la factibilidad de reutilización inmediata de los materiales, directamente en los frentes de trabajo. En caso que ello no sea posible, los residuos serán enviados a un área de almacenamiento temporal ubicada en cada instalación de faenas, denominada Patio de Residuos, el que representa el segundo componente del sistema. En este patio los residuos serán segregados y se evaluará nuevamente su potencialidad para ser reciclados. Los residuos serán transportados al patio de residuos en la medida que éstos se vayan generando, utilizando para ello los mismos camiones tolva que se emplean en la obra. En el caso de los lodos, provenientes del lavado de los camiones mixer, éstos serán almacenados en las áreas contiguas a las piscinas de decantación ubicadas en la instalación de faena, favoreciendo su secado y serán derivadas una vez que se alcance su volumen crítico a los sitios de disposición final por una empresa autorizada. Los excedentes de la construcción serán dispuestos en las proximidades de los sitios de las fundaciones en conos de no más de 3 m. Posteriormente estos residuos serán reutilizados en faenas de nivelación, compactación y habilitación de caminos y fundaciones. En el evento que haya sobrante de estos residuos, serán trasladados a la cancha de acopio o serán llevados directamente a sitios autorizados. Toda la madera generada en terreno, será seleccionada según su posibilidad de reutilización. La madera que pueda ser reutilizada será acopiada en forma ordenada y embalada para su posterior uso en la obra. El resto, será trasladado al patio de residuo para posteriormente ser dispuestos en sitios autorizados. Todo fierro considerado como reciclable y despuntes serán depositados en contenedores identificados como “Metal Reciclable” para luego ser entregados a una empresa autorizada y certificada que se dedique al reciclado del fierro. Otros restos, como escombros, residuos menores, etc., serán acopiados cercanos a los frentes de faenas para posteriormente ser llevados al patio de residuos y ser trasladados a un sitio de disposición final autorizado. Manejo y El Proyecto generará residuos líquidos provenientes de los servicios higiénicos en las tres etapas REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 249 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” disposición de residuos líquidos de tipo domiciliario (Residuos Líquidos del Tipo Domiciliario) del Proyecto. Los residuos líquidos serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) en la etapa de construcción y fosa séptica para la etapa de operación, y en ambos casos su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo. Los lodos generados de las PTAS cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas, éste se efectuará cada 6 meses.
Respecto de la instalación y operación de baños en la faena, el Proyecto implementará en cada una de sus faenas, baños destinados al uso por el personal involucrado en la etapa de construcción. El uso de estos baños generará residuos líquidos, los cuales serán tratados mediante una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) y su disposición final corresponde a la infiltración en el suelo, dando así cumplimiento a la normativa respectiva aplicable. El tratamiento de estos residuos en PTAS consiste en un sistema de pre-tratamiento, un reactor biológico (con modalidad de lodos activados de aireación extendida), decantación y un sistema de cloración de aguas residuales tratadas. En el sistema a implementar, y por medio de la utilización de oxígeno, los microorganismos darán lugar a un proceso de digestión aeróbica de los sólidos digeribles presentes. Una vez tratadas las aguas se infiltran en el suelo y los lodos que se generan en el proceso cumplirán con lo establecido en el D.S. N° 4, del Ministerio de Salud, “Reglamento para el Manejo de Lodos Provenientes de Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas”. La verificación de la calidad de los lodos generados se realizará mediante un análisis físico, químico, bacteriológico cuyos resultados estarán disponibles para revisión de la autoridad sanitaria. La instalación, operación, manejo y disposición final de lodos de la PTAS será realizada por una empresa externa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. En cuanto al servicio de limpia fosas para retiro de lodos, éste se efectuará cada 6 meses. Respecto de los protocolos de información del proyecto hacia los vecinos, en el Plan de Comunicaciones que desarrollará el Titular se contempla la entrega de toda la información respectiva al transporte y uso de caminos a la población, especialmente cuando se desarrolle el traslado de los aerogeneradores (etapa de construcción). Este plan contempla reuniones y el uso de otros medios de comunicación para la entrega de la completa información a las comunidades y ciudadanía, para así garantizar que los distintos actores sociales tengan posibilidades equitativas para ejercer la participación, continuando con las acciones de información, consulta y gestión que ha desarrollado la Empresa. Además, está orientado a informar a la comunidad ubicada en el área de influencia directa del proyecto a través de reuniones generales informativas, reunión de inicio de obra, reunión de avance de proyecto y reunión de finalización del proyecto. El plan se ejecutará en base a reuniones, entrega de folletos y personal informante del Titular en terreno. 14.2.9. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 9: SR. PEDRO CID S.
Observación textual: Podrían ser molestos los ruidos Se puede arreglar el camino que entra a mi propiedad Propongo que se haga la oficina de la empresa en el terreno de nuestra comunidad para que después quede como sede. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 250 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Pedro Cid S. es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. Pedro Cid S., es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos convoy al día a un convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. Pedro Cid S.: Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 251 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la Adenda
Respecto de la posibilidad de arreglar el camino que ingresa a la propiedad, en el marco de la evaluación ambiental del Proyecto al Titular no le corresponde hacerse cargo de dicha solicitud. Corresponde realizar dicho requerimiento a otro tipo de instituciones (Municipio, Vialidad si correspondiese), no obstante, solicitudes como las descritas podrán ser analizadas dentro del marco del Programa de REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 252 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Relacionamiento Comunitario que se realizará en conjunto con las comunidades como parte de la Política de Responsabilidad Social Empresarial. Respecto de la construcción de oficinas del proyecto en terreno de la junta de vecinos, en la actualidad las mejoras al Proyecto han contemplado la necesidad de requerir tres instalaciones de faenas que se emplazan en otros lugares distintos al punto de emplazamiento de la sede vecinal, por lo que no se considera factible su uso, tanto parcial como totalmente durante la ejecución de las faenas. No obstante, lo anterior y en el marco del Programa de Relacionamiento Comunitario que se realizará en conjunto con las comunidades como parte de la Política de Responsabilidad Social Empresarial, se pueden eventualmente coordinar acciones de apoyo orientadas a la infraestructura comunitaria. 14.2.10. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 10: SRA. ROSA DEL C. PILQUIL SEPÚLVEDA –COMUNIDAD QUILAMAPU
Observación textual: - Principal, ruido molesto durante el día y la noche. - Transito prudente de los camiones por el camino vecinal a una hora prudente y velocidad prudente. - Tema del polvo para la gente que vive en el lugar y como me afectará a mi casa. - Las personas al menos sean respetuosas con la gente del lugar. - Aclarar si se visualizaran estos generadores desde mi casa. - Efecto de sobra sobre mi casa de los generadores - Bosques si los llegan a botar, como me afectará o perjudicará.
Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 253 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda: Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores. Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido. Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la presente Adenda 3. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 254 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 255 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto de las condiciones de conectividad y los tiempos de desplazamiento, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.), sólo en la etapa de construcción. En este sentido, el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 5,25 minutos para la R-49 y 4,37 minutos para la R-35, tomando en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Quilampau y la Ruta 5. Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Este tiempo es similar para el trayecto entre Quilamapu y la Ruta 5, en que se estima que se ampliarán entre 3 y 17 minutos más los actuales tiempos de desplazamiento. Durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se esté realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo, se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. Adicionalmente, el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. La velocidad máxima permitida para los vehículos del Proyecto será de 60 km/h en los caminos pavimentados y en los caminos no pavimentados de 30 km/h y el horario de tránsito de camiones para la etapa de construcción es desde las 8 AM hasta las 8 PM. Para la fase de operación no se considera relevante el efecto sobre los flujos viales y tiempos de desplazamientos, en tanto para las actividades de mantenimiento se requiere de un número muy acotado de operarios, empleando por consiguiente un bajo número de vehículos y mayoritariamente livianos. En cuanto a los caminos vecinales, el Proyecto no contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto y solo hará uso de caminos internos dentro del área de Proyecto. Además el Proyecto bajo ninguna condición utilizará el camino vecinal del sector El Diez, por lo que el Titular no considera la mantención y mejoramiento del puente existente en dicho camino.
Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactarán a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 256 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3). - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos no pavimentados, actividad que se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Respecto de las relaciones de respeto de las personas del proyecto con las personas del lugar, uno de los temas de la “Política de Buen Vecino” del Proyecto es el respeto hacia las comunidades y su entorno, por lo que será preocupación especial de la empresa establecer los acuerdos necesarios con todos los prestadores de servicios durante la etapa de construcción y en las etapas siguientes del proyecto, con el objeto que su personal respete a las personas del lugar, no dando pie a ninguna manifestación que menoscabe a las personas y en particular a los miembros de las Comunidades Mapuches. Para esto, se les solicitará a los prestadores de servicios que realicen, entre otras acciones, inducción, entrega de folletos explicativos y mantener canales de comunicación para realizar denuncias ante posibles hechos no adecuados. Respecto del posible impacto visual de los aerogeneradores desde la vivienda, el emplazamiento de los aerogeneradores no genera impacto sobre el paisaje local, ya que gran parte de este se encuentra intervenido y además presenta vegetación existente. De forma específica y en lo que respecta a la inquietud de la Sra. Rosa Pilquil, su vivienda se encontraba ubicada al este de un aerogenerador (Nº 28 en el EIA y Nº 10 en la numeración presentada en la Adenda N° 2), situación que ya no existe puesto que dicho aerogenerador se eliminó en la actualidad, por lo que la particular no se verá impactada visualmente por el Proyecto. De hecho, en la actualidad su vivienda se encuentra a 691 metros del aerogenerador más cercano, situación que puede ser verificada en el perfil adjunto a la Observación siguiente. Respecto del posible efecto de sombra de los aerogeneradores sobre la vivienda, el aerogenerador que era inmediatamente cercano a la residencia de la Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda fue eliminado en las modificaciones realizadas al proyecto inicial, por lo que no se generará el efecto sombra en la casa de la señora Rosa, que se encuentra a 691 metros del aerogenerador más cercano y presenta cortinas vegetales, lo que determina que no se generen horas de sombra. Para verificar, se monitoreará el efecto de sombra con un sensor como acción voluntaria del Titular, a pesar de que no corresponde la aplicación de algún tipo de medida de mitigación, compensación y/o reparación. REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 257 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Complementariamente y para una mejor comprensión de la situación que inquieta a la particular, se adjunta el perfil en el que se visualiza la situación en la que se encontrará a partir de la operación del Proyecto. Respecto del posible impacto sobre la propiedad producto de la corta de bosque, no se contempla corta de bosque nativo y/o plantaciones en el predio de la Sra. Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda.
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LA ARAUCANÍA 258 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 0,0 50,0 100,0 150,0 200,0 250,0 300,0 350,0 400,0 450,0 500,0 550,0 600,0 650,0 691,0 380,00 390,00 400,00 410,00 420,00 Aerogenerador N 9 X: 743.764,50 Y: 5.786.853,05 Receptor N ° 55 X: 744.436,00 Y: 5.786.687,00 0,0 m 50,0 100,0 150,0 188,0 PERFIL LONGITUDINAL ENTRE AEROGENERADOR Y RECEPTOR. N S E O S i s t e m a d e C o o r d e n a d a s R e f e r i d o a U T M - W G S 8 4 Z o n a 1 8 s u r . PERFIL E N PL A NTA -
I M A G E N SATELI T AL TOMADA
EN FEBRRO E 20 1 6 FUNTE : DI I TAL GLBE / SATÉLI E WORL WEW- 2 S I M B O L O G Í A Receptor Aerogenerador Cono d e Po y ecci ón Som b r a Deslinde Caminos Proyecto Cortina Vegetacional D E S L I N D E P R O Y E C T O P R O Y E C C I Ó N
S O M B R A
E F E C T I V A N O T A : C O N O D E P R O Y E C C I Ó N S O M B R A E F E C T I V A , T A M A Ñ O D E L S O L D E S D E R E C E P T O R : 0 , 5 ° SISTEMA D E DE T ECCI ÓN AUT O MÁT I CA DE S OMBR A MEDIDA : MAV-S3 VER DETALLE Detalle del Sensor de Detección d e So m br a Aerogenerador Vista Frontal Vista Lateral A E R O G E N E R A D O R
259 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 14.2.11. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 11: SR. JOSÉ EDUARDO ALARCÓN MUÑOZ – COMUNIDAD QUILAMAPU
Observación textual: Respecto del flujo de camiones, se requiere precisar el flujo, horario y a la vez establecer un protocolo de información del camino “el 10” camino Curaco. Ver si hay un efecto visual Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. José Eduardo Alarcón Muñoz es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. José Eduarco Alarcón Muñoz, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. José Eduarco Alarcón Muñoz: Respecto de las condiciones de conectividad y los tiempos de desplazamiento, asociados al camino “el 10”, es importante señalar que el Proyecto no utilizará el camino vecinal del sector El Diez, como tampoco su puente, debido a que utilizará los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos, por lo que no se consideran medidas específicas para dicha vía. Asimismo, tampoco se consideran medidas para otros caminos vecinales, puesto que sólo se utilizarán los caminos internos existentes en el área de Proyecto (ver Figura siguiente). Complementariamente y en lo que respecta al flujo actual entre Quilamapu y la Ruta 5, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población rural a los servicios básicos de las zonas urbanas de Collipulli (centros de salud, escuelas, oficinas públicas, etc.), sólo en la etapa de construcción. En este sentido, el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 5,25 minutos para la R-49 y 4,37 minutos para la R-35, tomando en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Este tiempo es equivalente para el trayecto entre Quilampau y la Ruta 5.
260 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 18 minutos en la R-49 y 14 minutos en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Este tiempo es similar para el trayecto entre Quilamapu y la Ruta 5, en que se estima que se ampliarán entre 3 y 17 minutos más los actuales tiempos de desplazamiento. Respecto del protocolo de información a las personas que viven próximas al camino “el 10” camino Curaco, es importante señalar que el Proyecto no utilizará el camino vecinal del sector El Diez, debido a que utilizará los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos, por lo que no se considera algún flujo vehicular a precisar. Por otro lado, en el Plan de Comunicaciones que desarrollará el Titular se contempla la entrega de toda la información respectiva al transporte y uso de caminos a la población, especialmente cuando se desarrolle el traslado de los aerogeneradores. Este plan contempla reuniones y el uso de otros medios de comunicación para la entrega de la completa información a las comunidades y ciudadanía. Dentro de estas medidas, se pueden señalar las siguientes: - Durante el transporte de aerogeneradores se contará con la escolta de Carabineros y autorización de la Dirección de Vialidad. - Si se juntan más de dos autos detrás de los camiones de transporte de los aerogeneradores, estos se orillarán y permitirán el adelantamiento en zonas aceptadas por la escolta o existentes en la ruta. - Se mantendrán banderilleros que señalizarán la maniobra y se señalizará el viraje con antelación al cruce con la R-49. - Se implementará un Plan de Tránsito y un Programa de Comunicación con las Comunidades Indígenas que forman parte del área de emplazamiento del Proyecto, que contempla la ejecución de una reunión u otro medio de comunicación, para informar las Rutas que utilizará el proyecto para el transporte de los aerogeneradores, sus fechas de uso y horario de transporte, entre otras. - Complementariamente se incitará y colaborará con los comuneros mapuches eventualmente afectados, a utilizar la Ruta que no esté siendo utilizada durante el transporte de los aerogeneradores del Proyecto. - Se programarán reuniones trimestrales con los comuneros mapuches eventualmente afectados por el Proyecto, en la cuales se informará sobre el avance de las obras, el funcionamiento de la logística de transporte de los aerogeneradores y verificar si el Programa de comunicación y la logística de esta actividad está operando correctamente. - También se realizará un Plan de Comunicación para las localidades de Curaco y Surco y Semilla, y además se adoptarán las precauciones necesarias para evitar accidentes, manteniendo en todo momento la señalización adecuada, tanto diurna como nocturna. - Considerar el tránsito de camiones en horario prudentes y a velocidad prudente.
Respecto del posible impacto sobre el paisaje, el Proyecto ha desarrollado las evaluaciones correspondientes y en este sentido, el principal efecto se generaría en la etapa de operación, pero siendo un paisaje ya intervenido, con presencia de vegetación, árboles, actividades agrícolas y con una línea de alta tensión existente, no existe efecto importante a las actuales condiciones presentes. No obstante, la experiencia nacional e internacional señala que los parques aerogeneradores se convierten en importantes hitos positivos a la larga en lo que respecta a los paisajes y el turismo.
261 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 10.2.12. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 12: SRA. BETZABÉ SÁEZ ÑANCUL - COMUNIDAD QUILAMAPU Observación textual: Cuáles serán las condiciones y medidas que van a mantener el camino “el 10” frente al flujo actual de niños que van al colegio a pie, ciclistas, motociclistas y otros. Camino tendrá cortes producto del mejoramiento del camino. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. Betzabé Sáez Ñancul es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. Betzabé Sáez Ñancul, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. Betzabé Sáez Ñancul: Respecto de las condiciones de conectividad y medidas a considerar en el camino “el 10”, Es importante señalar que el Proyecto no utilizará el camino vecinal del sector El Diez, como tampoco su puente, debido a que utilizará los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos, por lo que no se consideran medidas específicas para dicha vía. Asimismo, tampoco se consideran medidas para otros caminos vecinales, puesto que sólo se utilizarán los caminos internos existentes en el área de Proyecto (ver Figura siguiente). Respecto del corte de caminos, tal como se señaló anteriormente, no se contempla dicha acción, ya que la única actividad que pudiese generarla corresponde al uso de convoy de gran envergadura para el transporte de los aerogeneradores. En este sentido y tal como se detalló anteriormente, se han definido y contemplado medidas en coordinación con las autoridades y la ciudadanía para que esta acción no afecte en demasía a la población y los usuarios de las vías.
262 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 14.2.13. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 13: SR. JOSE ROLANDO BARBOZA HUICHALEO – COMUNIDAD QUILAMAPU Observación textual: Como la empresa va a enfrentar el puente del camino “el 10” de manera que resista el tonelaje de los camiones y si ello va a significar cortes para los integrantes del sector y comunidad. La empresa mantendrá el estado del camino a los largo de los años (aclarar). Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Jose Rolando Barboza Huichaleo es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el Sr. Jose Rolando Barboza Huichaleo, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. Jose Rolando Barboza Huichileo: Respecto del uso y mantención del puente del camino “el 10”, es importante señalar que el Proyecto no utilizará el camino vecinal del sector El Diez, como tampoco su puente, debido a que utilizará los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos, por lo que no se consideran medidas específicas para dicha vía. Asimismo, tampoco se consideran medidas para otros caminos vecinales, puesto que sólo se utilizarán los caminos internos existentes en el área de Proyecto . Respecto del uso y mantención del camino “el 10” a lo largo de los años, como no se utilizará el camino del sector El Diez, no se prevé una mantención y mejoramiento del mismo. Respecto de las rutas públicas a usar (R-5, R-49 y R-35), el mantenimiento de éstas es de responsabilidad de la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas.
263 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 10.2.14. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 14: SRA. MARIANELA V. BARBOZA OLIVA - COMUNIDAD QUILAMAPU
Observación textual: Mi mayor preocupación pasa por el ruido que se genera mientras se está realizando el proyecto durante las noches. Si se puede generar un plan de trabajo en cuanto a horario, sugerencia 6:30 am y 24:00 hrs. También es súper importante tener en cuenta el levantamiento de polvo que se puede generar por el paso de los camiones. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación de la Sra. Marianela V. Barboza Oliva es pertinente debido a su carácter ambiental y a que sus alcances corresponden al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia la Sra. Marianela V. Barboza Oliva, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres (3) las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos (02) convoy al día a un (01) convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por la Sra. Marianela V. Barboza Oliva: Respecto de las emisiones de ruido del proyecto, según los resultados del Estudio de Ruido (Anexo Nº 3 de la presente Adenda 3), no existe ningún tipo de impacto relacionado con la emisión de ruido, ya sea en lo que respecta a la etapa de construcción, operación o cierre, por lo que no se contemplan medidas de mitigación, compensación o reparación. En este sentido, se tomaron en consideración el peor escenario de emisión de ruido, que en el caso de la etapa de construcción contempló maquinaria con el mayor nivel de potencia sonora para las obras asociadas a Aerogeneradores y Subestación eléctrica, correspondiente a las faenas de descarga con Camión Mixer (Lw de 103.1 [dB(A)]), además de un grupo electrógeno en cada Instalación de faena. En el caso de la operación se contempló el funcionamiento simultáneo de todas las fuentes de ruido con tal de representar la condición más desfavorable para los receptores.
264 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Complementariamente, durante la fase de operación se ejecutará el cambio en el modo de operación de algunos aerogeneradores, incorporando aspas que permiten reducir las emisiones (específicamente el Nº 18, N° 21, N° 22, N° 67, N° 68 y N° 69). Lo anterior puede ser visualizado en la Figura siguiente. Cabe señalar que al no generarse impacto por ruido la medida descrita para dichos aerogeneradores, corresponde a una medida ambiental complementaria que aplicará el Titular a modo de cumplir con lo indicado en la normativa vigente respecto del ruido máximo permitido.
265 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Asimismo, para la etapa de construcción se realizará un monitoreo de ruido diurno y nocturno con una frecuencia trimestral, y en la etapa de operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral, durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta la continuidad de dicho monitoreo a los resultados obtenidos. Adicionalmente, el Titular incorporará un protocolo de entrega de información de los resultados obtenidos en dichos monitoreos a los involucrados (propietarios), el cuál incorporará la identificación del receptor y las condiciones de medición (fecha, lugar de medición, identificación del ruido de fondo, entre otros). Finalmente, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas, mientras que durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, esta se podría exceder en horario nocturno. En base a esto, se contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, para la etapa de construcción como operación. Para mayor información, la ficha se encuentra disponible en el Anexo Nº 3 Estudio de Ruido de la Adenda 3. Respecto de los horarios de trabajo del proyecto, durante la etapa de construcción se contempla un horario de trabajo que abarca desde las 8 AM hasta las 8 PM, salvo en los casos de las labores de hormigonado en las cuales, debido a la imposibilidad de suspender dicha actividad, ésta se podría exceder en horario nocturno. En cuanto a la etapa de operación, el horario de funcionamiento de los aerogeneradores (etapa de operación) abarca las 24 horas. Estas actividades no presentan impactaos, ya que no se sobrepasan las normas establecidas de emisión acústica, sin embargo, el Titular en forma complementaria contempla el desarrollo de las actividades de monitoreo de ruido tanto diurno como nocturno, en periodo de construcción y de operación, cuyos resultados entregará a la población monitoreada para verificar que existe cumplimiento legal y normativo en lo referente a las emisiones de ruido. Respecto de las emisiones de polvo en suspensión del proyecto, originado por el tránsito de vehículos, combustión de motores y movimiento de tierras durante la etapa de construcción no corresponden a un efecto significativo, ya que no impactará a la salud de la población y a los sistemas de vida de los habitantes, siendo estos puntuales y acotados en el tiempo (etapa de construcción) ya que en la etapa de operación las emisiones son despreciables. Complementariamente, el Titular considera realizar las siguientes acciones de modo de prevenir cualquier impacto sobre la comunidad y el entorno: - Se exigirá a los contratistas, mediante cláusulas incluidas en los contratos, la obligación de mantener las maquinarias en perfecto estado de modo de evitar emisiones por motores con fallas. - Todo vehículo utilizado tendrá la revisión técnica al día cumplimiento con la Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados D.S. Nº 55/94 Mintratel. - Para los caminos que no se mantengan acondicionados con bischofita u otra sal aglomerante, se realizará una humectación los días con ausencia de precipitación con una periodicidad de dos veces al día, dejando registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente (ver Plano Anexo N° 1 de Adenda N° 3).
266 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” - Dentro del predio o durante el transporte por caminos sin pavimentación, la velocidad de desplazamiento máxima será la siguiente: Velocidad máxima vehículos livianos: 60 km/h - Velocidad máxima vehículos pesados: 30 km/h. - Las tolvas de los camiones que eventualmente carguen escombros u otro tipo de material será cubierto completamente con una lona según DS Nº75/87 Mintratel.
Adicionalmente, el Titular realizará una humectación del camino no pavimentado inserto en el área de los Vecinos del Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla, específicamente en el área sur del Proyecto en la etapa de construcción y cierre y complementariamente se realizará la humectación del camino de acceso del Proyecto hasta los frentes de trabajo a medida que estos vayan avanzando. En total se contempla realizar la humectación de 12,8 km de caminos. Es importante indicar que esta actividad se llevará a cabo los días con ausencia de precipitación en la zona y se realizará con una periodicidad de dos veces al día, además de dejar su registro en el libro de obra de la instalación de faena correspondiente, indicando el camino, tramo, fecha y hora de la humectación. Para mayor información, en la siguiente figura se visualizan los caminos a humectar por parte del Titular.
267 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
14.2.15. OBSERVACIÓN CIUDADANA N° 15: SR. PEDRO CID SALAZAR (COMITÉ SURCO Y SEMILLA) Observación textual: 1.- Solicita mejoramiento de la sede social: nuestra sede está en malas condiciones, la obra gruesa está podrida.
268 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” 2.- Solicita mejoramiento de caminos interiores y de servidumbre con ripio ya en el invierno el camino es inaccesible. 3.- Antena para celular e internet: nuestro sector tiene problemas de conectividad; la cobertura para celular es muy deficiente hay que buscar lugares estratégicos para poder comunicarse, lo que en invierno trae serios problemas con los vecinos, en cuanto a internet nuestros hijos no cuentan con los medios para realizar sus trabajos escolares 4.- Nuestro sector dispone de dos terrenos de bien común uno de 1.4 hetc. y otro de 0.70 hect. Que los vecinos ofrecen poner a disposición de la Empresa para la ubicación de la instalación de faenas de acuerdo a lo manifestado por la empresa que tendría una permanencia de 3 años; para que una vez terminada la faena estas instalaciones (oficinas, bodegas) queden disponibles para la Junta de Vecinos del sector. 5.- Solicitarnos que se considere la instalación de un mirador en el segundo terreno propiedad de la Junta de Vecinos, el cual podría ser compartido con los vecinos del sector para ellos comercializar sus productos. 6.- Todas las familias del sector cuentan con luz eléctrica propia, por lo que nos gustaría que la empresa pudiera subsidiamos mensualmente un porcentaje del consumo diario. Evaluación técnica de la observación: El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) estima que la observación del Sr. Pedro Cid Salazar es pertinente debido a que tienen alcances con respecto al proceso de evaluación ambiental del presente proyecto. De éste modo, a partir de los antecedentes tenidos a la vista durante el proceso de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental, incluidas sus respectivas Adendas, se puede indicar lo siguiente: Respuesta: Antes de proceder a responder cada uno de los aspectos a que hace referencia el representante del Comité, es necesario señalar que el Titular ha modificado sustantivamente el Proyecto inicial, para así atender las observaciones emitidas por la Ciudadanía, Comunidades, Autoridad y Servicios involucrados en la evaluación ambiental. En este sentido, del Parque Eólico original se eliminaron 13 aerogeneradores, llegando a un total de 77 con ello el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu. Asimismo, se eliminó el cableado eléctrico superficial y se definió que la totalidad de dichas conexiones fuese subterránea. Por otra parte, se debe considerar que, con el fin de minimizar los flujos de vehículos asociados al Proyecto, se optó por aumentar a tres las instalaciones de faenas de modo tal que en cada una de ellas se agrupe una serie de aerogeneradores, reduciendo así las distancias de transporte y tránsito del personal, maquinarias y vehículos. Complementariamente, con la finalidad de disminuir las demoras en los desplazamientos de la comunidad por las Rutas R-35 y R-49, se disminuyó el número de viajes del convoy, pasando de dos convoy al día a un convoy al día, por cada una de las rutas señaladas. Tomando en consideración lo anterior, se pasa a dar respuestas a las inquietudes planteadas por el Sr. Sr. Pedro Cid Salazar: Respecto del posible mejoramiento de la sede social, en la actualidad las mejoras al Proyecto han contemplado la necesidad de requerir tres instalaciones de faenas que se emplazan en otros lugares
269 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” distintos al punto de emplazamiento de la sede vecinal, por lo que no se considera factible su uso, tanto parcial como totalmente durante la ejecución de las faenas. No obstante, y en el marco del Programa de Relacionamiento Comunitario que se realizará en conjunto con las comunidades como parte de la Política de Responsabilidad Social Empresarial, se pueden eventualmente coordinar acciones de apoyo orientadas a la infraestructura comunitaria. Respecto del mejoramiento de caminos interiores y de servidumbres con ripio, el Proyecto no generará ningún impacto a dichos caminos, ya que no se contempla su utilización en ninguna de las etapas del Proyecto, sólo haciendo uso de caminos internos dentro del área de Proyecto o las rutas públicas R-5, R- 49 y R-35 (ver figura siguiente).
270 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Respecto de la antena para celular e internet que permita conectar a internet y teléfono celular, el Titular indica que dentro de los temas principales de la “Política de Buen Vecino” es el generar vínculos con autoridades, prestadores de servicios, entre otros, para poder hacer llegar este tipo de inquietudes, por lo que se realizarán gestiones con las empresas prestadoras de servicios para que realicen las acciones necesarias y se pueda mejorar la cobertura en la zona. Respecto de la ubicación de la instalación de faenas en terrenos del comité, en la actualidad las mejoras al Proyecto han contemplado la necesidad de requerir tres instalaciones de faenas que se emplazan en otros lugares distintos al punto de emplazamiento de la sede vecinal, por lo que no se considera factible su uso, tanto parcial como totalmente durante la ejecución de las faenas. Respecto de la instalación de un mirador en terreno propiedad de la Junta de Vecinos, el Titular ha sostenido reuniones con la Ilustre Municipalidad de Collipulli, para implementar un mirador turístico relativo al Parque Eólico, pero que de alguna manera está circunscrito como parte del proyecto municipal “Miradores del Malleco”. En términos generales, el Titular propone áreas de detención segura que permitan al turista contemplar los aerogeneradores a resguardo del tránsito de las rutas y sus características generales mínimas serán las siguientes: - Aparcamiento para 4 autos y un bus de turismo. - Asientos. - Área techada a resguardo de sol y lluvia. - Panel informativo. - Señalética. - Vegetación nativa en los costados.
Se propone ubicar un área de detención en la entrada del Sector El Diez (Ruta R-49) en la zona con la cota más alta del proyecto y otra área de detención de las mismas características 500 m antes del acceso al Fundo Agua Buena (Ruta R-35). No obstante, en el Anexo Nº 1 de la Adenda Nº 2 se presentó un plano que contiene la ubicación de los miradores considerados.
271 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
Respecto del subsidio mensual de un porcentaje del consumo diario de luz eléctrica, el Proyecto no contempla el subsidio de algún porcentaje de consumo diario de luz eléctrica, toda vez que escapa a su competencia.
14.3. Antecedentes complementarios asociados al trabajo con comunidades indigenas En el marco del proceso de información ambiental y participación ciudadana se realizaron actividades detalladas las siguietes actas de terreno: N° Actividad N° Acta en expediente electrónico Fecha Descripción Instituciones públicas participantes
Ingreso EIA al SEIA
23/12/2013 Test de admisibilidad
1 Reunión con Municipalidad de Collipulli (Apresto) 53 27/01/2014 Coordinación proceso PAC SEA 2 Reunión con Comunidad Mapuche 54 27/01/2014 Informar del proyecto en evaluación ambiental, de SEA Titular
272 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Quilamapu los deberes y derechos de la PAC 3 Reunión con Iglesia Metodista Pentecostal 55 27/01/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones, se coordina futura reunión. SEA 4 Reunión con Surco y Semilla 56 27/01/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones, se coordina futura reunión. SEA 5 Reunión con Iglesia Metodista Pentecostal 60 25/02/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones SEA Titular Municipalidad 6 Reunión con Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla 59 25/02/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones SEA Titular Municipalidad 7 Reunión con Municipalidad de Collipulli (Coordinación – Apresto) 62 28/02/2014 Coordinación de actividades de Participación Ciudadana y reunión Titular - Ciudadanía SEA Municipalidad 8 Reunión con Comunidad Indígena Quilamapu 66 02/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 9 Reunión con Directiva comunidad indígena Choin Lafkenche 81 06/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA/CONADI/Muni cipalidad 10 Reunión con Directiva comunidad indígena Chequenco 82 07/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA CONADI Municipalidad 11 Reunión con Comité Pequeños Agricultores Surco y Semilla 39 07/03/2014 Se informan antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, se recepcionan fichas de SEA Titular
273 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” observaciones ciudadanas. 12 Reunión con Comunidad indígena Chequenco 84 15/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 13 Reunión con Comunidad Indígena Quilamapu 85 16/03/2014 Se informan antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, se recepcionan fichas de observaciones ciudadanas. SEA Titular 14 Reunión con Comunidad Indígena Ailla Varela 86 18/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular 15 Reunión Titular - Ciudadanía de Collipulli 87 18/03/2014 Exponer antecedentes ambientales del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, resumen ejecutivo y fichas de observaciones. SEA Titular Municipalidad 16 Reunión Comunidad indígena Choin Lafkenche 88 19/03/2014 Informar características del proyecto, aclarar dudas, informar de los deberes y derechos de la PAC, entrega de información. SEA Titular Municipalidad 17 Reunión con Comunidad Indígena Ailla Varela 2 79 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 18 Reunión con Comunidad Indígena Juan Reinao 77 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 19 Reunión con Comité Agrícola y Social “Unión Mapuche” 78 24/04/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular 20 Reunión con Comunidad Indígena Juan Reinao 96 02/07/2014 Reunión informativa acerca del estado del proyecto en evaluación ambiental. SEA Titular
Al respecto, de la información citada con comunidades indígenas cercanas y no tan cercanas al proyecto, se ha realizado una sistematización para atender a sus inquietudes, la cual se detalla a continuación:
274 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” COMUNIDAD OBSERVACIONES RESPUESTAS Quilamapu a) Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto podría generar la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que parte del camino denominado el Diez será utilizado por la empresa para la etapa de construcción de los aerogeneradores 10, 11, 12, 26, 27 y 28. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales y detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, ciclistas, motociclistas, control de polvo, ruido, ensanches de camino, movimiento de cercos, entre otros. b) Considerar que en el sector existe flujo de niños de la comunidad que transitan al colegio a pie, establecer medidas para hacerse cargo de esta condición frente al flujo de vehículos y eventuales cortes de tránsito. c) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por el camino denominado el Diez, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica en este sector. d) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontajes para los aerogeneradores 10, 11, 12, 26, 27 y 28 desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Quilamapu. e) Respecto a la eventual superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, el titular ha identificado 5 receptores cercanos a frentes de faena y/o aerogeneradores, al respecto deberá identificar cuáles son los asociados a la comunidad Quilamapu, complementando con un programa de seguimiento específico para la etapa de a) En el marco de la evaluación ambiental del Proyecto, el Titular indicó que se utilizaría un tramo del camino del sector El Diez para acceder a algunos aerogeneradores, sin embargo, debido a las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto en el marco de la Adenda Nº 1 y Nº 2 ya no se contempla su utilización, por lo que sólo se utilizarán los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos. Por lo anterior, no se considera algún flujo vehicular a precisar o la obstrucción o restricción a la libre circulación por dicha ruta. Por otro lado, el Proyecto utilizará la Ruta pública R – 49, Ruta que es utilizada por los vecinos del sector el diez (Comunidad Quilamapu) por lo que se estima que en dicha ruta podrían demorarse 4,37 minutos más en los trayectos respecto del tiempo de demora actual. Es importante indicar que el Titular ha considerado como medida el establecimiento de un Plan de Comunicaciones asociado a la entrega de información sobre el transporte y uso de caminos, especialmente cuando se desarrolle el transporte de aerogeneradores (1 convoy al día por la Ruta R-35 y R-49). A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. b) Tal como se indicó en la respuesta precedente, el Proyecto no considera el uso del camino vecinal El Diez, por lo que no existirá transito de vehículos que genere un impacto en el transito de los peatones. Sin embargo, el Titular coordinará con la Autoridad y la comunidad a través de su Plan de Comunicaciones los horarios en los que circulará el convoy que trasladará los aerogeneradores. c) Tal como se indicó el Proyecto no considera el uso del camino vecinal del sector El Diez, por lo que no se producirá alguna alteración a los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura asociada al sector. d) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, en la actualidad los aerogeneradores han sido reenumerados, tal como se presenta en el siguiente Cuadro: AE EIA AE ADENDA Nº 3 (ACTUAL) 10 12 11 11 12 10 26 8 27 9
275 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” construcción y operación y un protocolo específico de trabajo para la comunidad aludida. Así mismo, incorporar medidas complementarias en el caso que el proyecto genere incumplimiento de norma u alguna alteración significativa derivada de este efecto ambiental. f) Del mismo modo se solicita realizar una nueva medición de ruidos en el punto de medición 4 de la tabla 2.20, toda vez que analizada las condiciones en terreno se presentan diferencias sustanciales en el Lq Diurno derivados de un máximo de 71,9 db. g) Respecto del efecto shadow flicker, detallar las viviendas relacionadas a la comunidad Quilamapu, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando los aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se deberá considerar para el caso el punto 2 que en el sector se intervendrá la vegetación existente. De igual forma, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las viviendas. 28 (aerogenerador fue eliminado)
En virtud de lo anterior, se realizó un análisis de visibilidad mediante un fotomontaje asociado a la Comunidad Quilamapu y los aerogeneradores cercanos, entre los que se encuentran los aerogeneradores Nº 12, 11, 10, 8 y 9. El fotomontaje se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas” de la Adenda 3. e) El Titular realizó un nuevo Estudio de Ruido, el cuál se presenta en el Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3 e incluye todas las modificaciones realizadas al Proyecto. Los receptores asociados a la comunidad Quilamapu corresponden a Receptor Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70 y el ruido evaluado en dichos puntos se encuentra en cumplimiento con la normativa ambiental vigente (D.S. Nº 38) tanto en la etapa de construcción como operación. Si bien se cumple con la normativa, para el receptor Nº 55 (Receptor de Comunidad Quilamapu) se contempla la realización de monitoreo de ruido diurno y nocturno en la etapa de construcción con una frecuencia trimestral y en la operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta su continuidad a los resultados obtenidos. Adicionalmente se contempla una ficha de entrega de información de los resultados obtenidos al propietario. A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 55 de la comunidad Quilamapu: - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida f) Tal como se indicó en la respuesta anterior, se realizó un nuevo Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3), el cuál indica que todos los receptores asociados al Proyecto considerando la Comunidad Quilamapu (Receptor Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70) presentaron ruidos bajo los límites establecidos por la normativa ambiental vigente (D.S. Nº 38). Adicionalmente, tal como se presento en la respuesta precedente se consideran medidas voluntarias para el Receptor Nº 55 asociado a la comunidad Quilamapu. g) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Las viviendas asociadas a la comunidad Quilamapu corresponden a los receptores Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70 y en ningún caso se supera la normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra, por lo que no existe un impacto respecto del componente sombra sobre la comunidad. No obstante, lo anterior, para el receptor Nº 55 (Comunidad Quilamapu) se consideró la realización de un monitoreo durante los dos
276 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. Sin embargo, se presentan a continuación las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 55 de la comunidad Quilamapu: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor.
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279 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Choin Lafquenche a) Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto podría generar la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que parte del camino R- 35 será utilizado por la empresa para la etapa de construcción de los aerogeneradores de la zona norte. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Aclarar si el tránsito de vehículo durante la etapa de construcción por la Ruta R – 35, producirá alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamiento, servicios y en especial infraestructura básica presente en este sector. c) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores 64, 67, 68, 69, 70, 71, 75, 77, 78, 79 y 83 desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Choin Lafkenche. d) Durante la evaluación se establece que el aerogenerador 77 y 79 son los más cercanos a las viviendas de la comunidad Choin Lafkenche, luego respecto del efecto shadow flicker, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las a) La construcción y operación del Proyecto, no genera impacto a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población asociada a la comunidad Choin Lafquenche. Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,71 minutos para vehículos livianos en la R-35 y 15,81 minutos para vehículos pesados en la R-35, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 13,96 minutos para vehículos livianos y 16,95 minutos para vehículos pesados en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC - MH2 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los
280 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” viviendas. e) Aclarar si el proyecto en alguna de sus etapas pudiese generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo presente en la comunidad ChoinLafkenche. f) Respecto efecto shadow flicker, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las viviendas. trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Tal como se indicó anteriormente, el aumento de tránsito en las rutas a utilizar por el Proyecto no es considerado como un impacto significativo, por lo que no se contempla alteración de bienes, equipamiento, servicios y/o infraestructura. No obstante, se debe considerar las medidas planteadas en la respuesta precedente. c) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, en la actualidad los aerogeneradores han sido reenumerados, tal como se presenta en el siguiente Cuadro: AE EIA AE ADENDA Nº 3 (ACTUAL) 64 (aerogenerador fue eliminado) 67 46 68 47 69 63 70 64 71 65 75 48 77 58 78 56 79 57 83 55
En virtud de lo anterior, se realizó un análisis de visibilidad mediante un fotomontaje asociado a la Comunidad Choin Lafkenche y los aerogeneradores cercanos. El fotomontaje se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas” de la Adenda 3. d) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3), ya que se eliminaron dos aerogeneradores en base a lo observado por CONADI, por lo que todos los receptores asocaidos a las comunidades indígenas en la actualidad se encuentran a más de 500 metros de los aerogeneradores. Las viviendas asociadas a la comunidad Choin Lafquenche corresponden a los receptores Nº 34 y 39, en ningún caso se supera la
281 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra. No obstante, para el receptor Nº 39 se consideró la realización de un monitoreo durante los dos primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. No obstante, a continuación se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 39 de la comunidad Choin Lafquenche: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor. e) Todas las actividades relacionadas con las manifestaciones de las tradiciones de la comunidad Choin Lafkenche, se realizan dentro de los límites de su comunidad. Se suma a ello, el eventual desplazamiento de la comunidad hacia otras comunidades para realizar rogativas, juegos de palín u otras relacionadas con su cultura. En este evento podría ocasionarse alguna dificultad en el desplazamiento sólo durante la construcción y sólo durante el traslado de los aerogeneradores, para lo cuál se presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Se presentan a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades
282 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. f) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Los resultados indican que en ningún caso se supera la normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra en algún receptor asociado a la comunidad Choin Lafkenche. No obstante lo anterior, para el receptor Nº 39 que forma parte de la comunidad se consideró la realización de un monitoreo durante los dos primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Debido a que no se superan los valores normados internacionalmente, no es necesaria la implementación de otras medidas ambientales. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 39 de la comunidad Choin Lafquenche: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor.
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285 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” José Millacheo Levio Chequenco a) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por la Ruta R-35 o R-49, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios y en especial infraestructura básica presentes en este sector. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco. a) La construcción y operación del Proyecto, no generan impacto a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población asociada a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco que utiliza la Ruta R-49. Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,63 minutos para vehículos livianos y 15,64 minutos para vehículos pesados para la R-49, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 14,50 minutos para vehículos livianos y 17,36 para vehículos pesados en la R-49, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC – MH1 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte.
286 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, se generó un análisis de visibilidad mediante fotomontajes asociados a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco. Los fotomontajes se presentan en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas Asociadas al Proyecto” de la Adenda 3.
287 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO”
288 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Juan Ailla Varela a) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por la Ruta R-35 o R-49, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios y en especial infraestructura básica presentes en este sector. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Comunidad Juan Ailla Varela. a) La construcción y operación del Proyecto, no generan impactos a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial asociada a la Comunidad Juan Ailla Varela quienes utilizan la Ruta R-35. Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,64 minutos para vehículos livianos y 15,73 minutos para vehículos pesados, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 13,89 minutos para vehículos livianos y 16,87 minutos para vehículos pesados, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R- 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC – MH2 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los
289 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Es importante indicar que de acuerdo a los modificaciones realizadas al Proyecto, se generó un análisis de visibilidad mediante fotomontajes asociados a la Comunidad Juan Ailla Varela y los aerogeneradores cercanos, entre los que se encuentran los aerogeneradores Nº 43, 44, 39, 42, 45, 41, 40, 74, 37, 36, 38, 34, 28, 27, 26, 33, 29, 30, 31, 32, 66, 64, 63, 65, 47 y 46. Los fotomontajes se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas Asociadas al Proyecto” adenda 3.
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291 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” COMUNIDAD OBSERVACIONES RESPUESTAS Quilamapu a) Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto podría generar la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que parte del camino denominado el Diez será utilizado por la empresa para la etapa de construcción de los aerogeneradores 10, 11, 12, 26, 27 y 28. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales y detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, ciclistas, motociclistas, control de polvo, ruido, ensanches de camino, movimiento de cercos, entre otros. b) Considerar que en el sector existe flujo de niños de la comunidad que transitan al colegio a pie, establecer medidas para hacerse cargo de esta condición frente al flujo de vehículos y eventuales cortes de tránsito. c) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por el camino denominado el Diez, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica en este sector. d) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontajes para los aerogeneradores 10, 11, 12, 26, 27 y 28 desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Quilamapu. e) Respecto a la eventual superación de los valores de ruido establecidos en la normativa ambiental vigente, el titular ha identificado 5 receptores cercanos a frentes de faena y/o aerogeneradores, al respecto deberá identificar cuáles son los asociados a la comunidad Quilamapu, complementando con un programa de seguimiento específico para la etapa de a) En el marco de la evaluación ambiental del Proyecto, el Titular indicó que se utilizaría un tramo del camino del sector El Diez para acceder a algunos aerogeneradores, sin embargo, debido a las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto en el marco de la Adenda Nº 1 y Nº 2 ya no se contempla su utilización, por lo que sólo se utilizarán los caminos internos del área del Proyecto y caminos públicos. Por lo anterior, no se considera algún flujo vehicular a precisar o la obstrucción o restricción a la libre circulación por dicha ruta. Por otro lado, el Proyecto utilizará la Ruta pública R – 49, Ruta que es utilizada por los vecinos del sector el diez (Comunidad Quilamapu) por lo que se estima que en dicha ruta podrían demorarse 4,37 minutos más en los trayectos respecto del tiempo de demora actual. Es importante indicar que el Titular ha considerado como medida el establecimiento de un Plan de Comunicaciones asociado a la entrega de información sobre el transporte y uso de caminos, especialmente cuando se desarrolle el transporte de aerogeneradores (1 convoy al día por la Ruta R-35 y R-49). A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. b) Tal como se indicó en la respuesta precedente, el Proyecto no considera el uso del camino vecinal El Diez, por lo que no existirá transito de vehículos que genere un impacto en el transito de los peatones. Sin embargo, el Titular coordinará con la Autoridad y la comunidad a través de su Plan de Comunicaciones los horarios en los que circulará el convoy que trasladará los aerogeneradores. c) Tal como se indicó el Proyecto no considera el uso del camino vecinal del sector El Diez, por lo que no se producirá alguna alteración a los bienes, equipamientos, servicios o infraestructura asociada al sector. d) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, en la actualidad los aerogeneradores han sido reenumerados, tal como se presenta en el siguiente Cuadro: AE EIA AE ADENDA Nº 3 (ACTUAL) 10 12 11 11 12 10 26 8 27 9
292 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” construcción y operación y un protocolo específico de trabajo para la comunidad aludida. Así mismo, incorporar medidas complementarias en el caso que el proyecto genere incumplimiento de norma u alguna alteración significativa derivada de este efecto ambiental. f) Del mismo modo se solicita realizar una nueva medición de ruidos en el punto de medición 4 de la tabla 2.20, toda vez que analizada las condiciones en terreno se presentan diferencias sustanciales en el Lq Diurno derivados de un máximo de 71,9 db. g) Respecto del efecto shadow flicker, detallar las viviendas relacionadas a la comunidad Quilamapu, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando los aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se deberá considerar para el caso el punto 2 que en el sector se intervendrá la vegetación existente. De igual forma, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las viviendas. 28 (aerogenerador fue eliminado)
En virtud de lo anterior, se realizó un análisis de visibilidad mediante un fotomontaje asociado a la Comunidad Quilamapu y los aerogeneradores cercanos, entre los que se encuentran los aerogeneradores Nº 12, 11, 10, 8 y 9. El fotomontaje se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas” Adenda 3. e) El Titular realizó un nuevo Estudio de Ruido, el cuál se presenta en el Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3 e incluye todas las modificaciones realizadas al Proyecto. Los receptores asociados a la comunidad Quilamapu corresponden a Receptor Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70 y el ruido evaluado en dichos puntos se encuentra en cumplimiento con la normativa ambiental vigente (D.S. Nº 38) tanto en la etapa de construcción como operación. Si bien se cumple con la normativa, para el receptor Nº 55 (Receptor de Comunidad Quilamapu) se contempla la realización de monitoreo de ruido diurno y nocturno en la etapa de construcción con una frecuencia trimestral y en la operación se realizará un monitoreo nocturno con una frecuencia trimestral durante los dos primeros años de operación, quedando sujeta su continuidad a los resultados obtenidos. Adicionalmente se contempla una ficha de entrega de información de los resultados obtenidos al propietario. A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 55 de la comunidad Quilamapu: - MAV – R4: Monitoreo ruido población protegida - MAV – R6: Ficha de entrega de información monitoreos de ruido población protegida f) Tal como se indicó en la respuesta anterior, se realizó un nuevo Estudio de Ruido (Anexo Nº 10 de la Adenda Nº 3), el cuál indica que todos los receptores asociados al Proyecto considerando la Comunidad Quilamapu (Receptor Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70) presentaron ruidos bajo los límites establecidos por la normativa ambiental vigente (D.S. Nº 38). Adicionalmente, tal como se presento en la respuesta precedente se consideran medidas voluntarias para el Receptor Nº 55 asociado a la comunidad Quilamapu. g) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Las viviendas asociadas a la comunidad Quilamapu corresponden a los receptores Nº 50, 51, 55, 56, 57, 61, 62, 63, 66, 67, 69 y 70 y en ningún caso se supera la normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra, por lo que no existe un impacto respecto del componente sombra sobre la comunidad. No obstante, lo anterior, para el receptor Nº 55 (Comunidad Quilamapu) se consideró la realización de un monitoreo durante los dos primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la
293 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. Sin embargo, se presentan a continuación las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 55 de la comunidad Quilamapu: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor.
Finalmente, el distanciamiento se ha incrementado a +/- 646 metros a la vivienda mas cercana con el aerogenerador N° 10 y +/- 692 m al aerogenerador N° 9 para el caso de la Comunidad Quilamapu.
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296 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Choin Lafquenche a) Durante la evaluación se ha establecido que el proyecto podría generar la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o el aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, toda vez que parte del camino R- 35 será utilizado por la empresa para la etapa de construcción de los aerogeneradores de la zona norte. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Aclarar si el tránsito de vehículo durante la etapa de construcción por la Ruta R – 35, producirá alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamiento, servicios y en especial infraestructura básica presente en este sector. c) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores 64, 67, 68, 69, 70, 71, 75, 77, 78, 79 y 83 desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Choin Lafkenche. d) Durante la evaluación se establece que el aerogenerador 77 y 79 son los más cercanos a las viviendas de la comunidad Choin Lafkenche, luego respecto del efecto shadow flicker, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las a) La construcción y operación del Proyecto, no genera impacto a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población asociada a la comunidad Choin Lafquenche. Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,71 minutos para vehículos livianos en la R-35 y 15,81 minutos para vehículos pesados en la R-35, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 13,96 minutos para vehículos livianos y 16,95 minutos para vehículos pesados en la R-35, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC - MH2 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los
297 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” viviendas. e) Aclarar si el proyecto en alguna de sus etapas pudiese generar dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios, que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social del grupo presente en la comunidad ChoinLafkenche. f) Respecto efecto shadow flicker, presentar un análisis a escala de mayor detalle que la figura 4.8 del EIA, individualizando aerogeneradores involucrados, con curvas de exposición en horas año de sombra y su relación con las viviendas cercanas. Así mismo, se solicita complementar con medidas como cortinas vegetales u otras que tiendan a generar una impermeabilización visual de las viviendas. trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Tal como se indicó anteriormente, el aumento de tránsito en las rutas a utilizar por el Proyecto no es considerado como un impacto significativo, por lo que no se contempla alteración de bienes, equipamiento, servicios y/o infraestructura. No obstante, se debe considerar las medidas planteadas en la respuesta precedente. c) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, en la actualidad los aerogeneradores han sido reenumerados, tal como se presenta en el siguiente Cuadro: AE EIA AE ADENDA Nº 3 (ACTUAL) 64 (aerogenerador fue eliminado) 67 46 68 47 69 63 70 64 71 65 75 48 77 58 78 56 79 57 83 55
En virtud de lo anterior, se realizó un análisis de visibilidad mediante un fotomontaje asociado a la Comunidad Choin Lafkenche y los aerogeneradores cercanos. El fotomontaje se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas” de la Adenda 3. d) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3), ya que se eliminaron dos aerogeneradores en base a lo observado por CONADI, por lo que todos los receptores asocaidos a las comunidades indígenas en la actualidad se encuentran a más de 500 metros de los aerogeneradores. Las viviendas asociadas a la comunidad Choin Lafquenche corresponden a los receptores Nº 34 y 39, en ningún caso se supera la
298 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra. No obstante, para el receptor Nº 39 se consideró la realización de un monitoreo durante los dos primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. No obstante, a continuación se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 39 de la comunidad Choin Lafquenche: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor. e) Todas las actividades relacionadas con las manifestaciones de las tradiciones de la comunidad Choin Lafkenche, se realizan dentro de los límites de su comunidad. Se suma a ello, el eventual desplazamiento de la comunidad hacia otras comunidades para realizar rogativas, juegos de palín u otras relacionadas con su cultura. En este evento podría ocasionarse alguna dificultad en el desplazamiento sólo durante la construcción y sólo durante el traslado de los aerogeneradores, para lo cuál se presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Se presentan a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R - 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades
299 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. f) El Titular realizó un nuevo Estudio de Shadow Flicker considerando las mejoras y/o modificaciones realizadas al Proyecto (ver Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Los resultados indican que en ningún caso se supera la normativa internacional de referencia que permite como máximo las 30 horas al año de sombra en algún receptor asociado a la comunidad Choin Lafkenche. No obstante lo anterior, para el receptor Nº 39 que forma parte de la comunidad se consideró la realización de un monitoreo durante los dos primeros años de la etapa de operación de forma anual, adicionalmente se hará entrega de una ficha con la información de los resultados obtenidos de los monitoreos realizados al propietario. Debido a que no se superan los valores normados internacionalmente, no es necesaria la implementación de otras medidas ambientales. Del análisis realizado se puede concluir que el Proyecto no impacta visualmente a la comunidad respecto del componente shadow flicker (Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3). Debido a que no existe impacto asociado al efecto sombra ya que se encuentra por debajo de la normativa internacional de referencia (30 horas/año) no se contemplan medidas ambientales de mitigación, compensación y/o reparación. A continuación, se presentan las Medidas Ambientales Voluntarias (MAV), asociadas al Receptor Nº 39 de la comunidad Choin Lafquenche: - MAV – S3: Monitoreo de sombra población protegida - MAV – S8: Ficha de entrega de información monitoreo de sombra población protegida En el Anexo Nº 11 de la Adenda Nº 3, se presenta el Estudio de Shadow Flicker, el plano de la modelación con las horas año de sombra en cada receptor y los calendarios gráficos horarios anuales en los que se muestra el detalle del aerogenerador que aporta sombra a cada receptor. José Millacheo Levio Chequenco a) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por la Ruta R-35 o R-49, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios y en especial infraestructura básica presentes en este sector. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de a) La construcción y operación del Proyecto, no generan impacto a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial de la población asociada a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco que utiliza la Ruta R-49. Sin embargo, cabe señalar
300 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco. que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,63 minutos para vehículos livianos y 15,64 minutos para vehículos pesados para la R-49, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 14,50 minutos para vehículos livianos y 17,36 para vehículos pesados en la R-49, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH1: Programa de transporte Ruta R - 49 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC – MH1 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Es importante indicar que, de acuerdo a las modificaciones realizadas al Proyecto, se generó un análisis de visibilidad mediante fotomontajes asociados a la Comunidad José Millacheo Levio Chequenco. Los fotomontajes se presentan en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas Asociadas al
301 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Proyecto” adenda 3. Juan Ailla Varela a) Aclarar si el tránsito de vehículos durante la etapa de construcción por la Ruta R-35 o R-49, produciría alguna alteración al acceso o a la calidad de bienes, equipamientos, servicios y en especial infraestructura básica presentes en este sector. Considerar esta situación en la identificación y valoración de los impactos ambientales, detallar medidas de mitigación, compensación y reparación asociadas a este componente ambiental en específico y en especial a las condiciones de seguridad vial para peatones, cortes de tránsito, incorporar protocolos de información específicos para esta comunidad, entre otros. b) Complementar con un análisis de visibilidad que considere fotomontaje para los aerogeneradores desde las vistas de las viviendas más cercanas pertenecientes a la comunidad Comunidad Juan Ailla Varela. a) La construcción y operación del Proyecto, no generan impactos a los caminos, ya que sólo se contempla un aumento del flujo vehicular sobre los caminos público Ruta R-35 Collipulli-San Andrés, R-49 Collipulli-Curaco y Ruta 5 Norte, y sólo se producirá durante la etapa de construcción. El flujo de vehículos estará principalmente asociado a las actividades de movimiento de material, insumos y personal el cuál podría causar incomodidad en la población aledaña al Proyecto, debido a que los desplazamientos por dichas rutas podrían demorar un poco más de lo habitual. En este contexto, el tráfico de vehículos livianos y pesados alterará temporalmente el flujo vial asociada a la Comunidad Juan Ailla Varela quienes utilizan la Ruta R-35. Sin embargo, cabe señalar que el aumento del tiempo que podrían demorarse en los trayectos por dichas rutas, respecto del actual, se estima en un máximo de 12,64 minutos para vehículos livianos y 15,73 minutos para vehículos pesados, tomando solo en cuenta los vehículos que se requieren durante la construcción (camionetas, camiones y buses). Por otra parte, se debe considerar el uso de un convoy de envergadura que amplía los tiempos actuales en 13,89 minutos para vehículos livianos y 16,87 minutos para vehículos pesados, sin embargo, este convoy solo transitará una vez al día durante algún período y su uso no es permanente, es decir, no es todos los días, además de implementarse una serie de medidas y coordinaciones con Carabineros para la definición de horarios en los que se pueda proceder con la circulación del convoy. Debido a que no corresponde a un impacto significativo, el Titular presenta a continuación las Medidas Ambientales Complementarias (MAC) y Voluntarias (MAV) asociados al componente Medio Humano y a la Comunidad: - MAC – MH2: Programa de transporte Ruta R- 35 - MAV – MH5: Programa de Relacionamiento Comunitario y Desarrollo Local Comunidades El detalle de las medidas puede ser consultado en el Anexo Nº 5 “Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación”. Las medidas MAC – MH2 indica que el Titular presenta como medida ambiental complementaria la ejecución de un Programa de Transporte que permitirá disminuir los efectos adversos del transporte, especialmente el del transporte de los aerogeneradores (mediante convoy). Este programa, consta además de un Plan de Comunicación que permitirá al Titular estar en contacto con la Autoridad, con la comunidad indígena y
302 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” ciudadanía en general, y así poder coordinar adecuada y anticipadamente los movimientos de transporte. Adicionalmente, durante la etapa de construcción, se contempla la implementación de señalética alusiva a los trabajos que se este realizando en las rutas y banderilleros, para alertar a los peatones que circulen por la berma de las rutas, asimismo se contempla instalar franjas de seguridad en caso de realizar excavaciones y/o actividades de remoción de vegetación en la orilla de las rutas. b) Es importante indicar que de acuerdo a los modificaciones realizadas al Proyecto, se generó un análisis de visibilidad mediante fotomontajes asociados a la Comunidad Juan Ailla Varela y los aerogeneradores cercanos, entre los que se encuentran los aerogeneradores Nº 43, 44, 39, 42, 45, 41, 40, 74, 37, 36, 38, 34, 28, 27, 26, 33, 29, 30, 31, 32, 66, 64, 63, 65, 47 y 46. Los fotomontajes se presenta en el Anexo Nº 6 “Análisis Segregado para Comunidades Indígenas Asociadas al Proyecto” de adenda 3.
303 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” En atención al ACTAS SEA N° 81/2014, N° 82/2014 Asimismo, durante la evaluación ambiental y fundamentalmente en procesos de participación ciudadana, las comunidades mapuches Choif Lafkenche y Chequenco han manifestado que el proyecto se emplaza dentro de territorio que está dentro de un proceso de reivindicación territorial. Al respecto, considerando que el predio tiene una superficie de 3.704 ha, que pertenece a un único propietario que no cuenta con calidad indígena y teniendo presente el Anexo 6 del Estudio de Impacto Ambiental que adjunta Carta CONADI N°2026 de fecha 16 de diciembre de 2013, párrafo tercero que señala que de la revisión de la base de datos de CONADI no se encontró información oficial, acta o carta, de presentación formal que mencione reclamación territorial del área destinada al proyecto, siendo dicha autoridad quien debe acreditar si las tierras en cuestión alguna vez tuvieron calidad indígena, y/o que sean materia de reivindicación mediante la aplicación del Fondo de Tierras de la CONADI (materia que claramente escapa a la ponderación ambiental que está llamada a realizar el Servicio de Evaluación Ambiental), se puede concluir que el área de emplazamiento del proyecto, incluidas todas sus instalaciones, no existe población protegida por leyes especiales, ya que las propiedades involucradas no poseen calidad indígena según la Ley 19.253. Adicionalmente el proyecto cuenta con pronunciamiento conforme de CONADI N° 554/16, por lo que el desarrollo de procesos reivindicatorios no es parte del procedimiento de evaluación ambiental. 15. Que, el Titular deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y las Resoluciones Exentas que al respecto dicte la Superintendencia del Medio Ambiente. De igual forma, y a objeto de conformar el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), el Registro Público de Resoluciones de Calificación Ambiental y registrar los domicilios de los sujetos sometidos a su fiscalización en conformidad con la ley, el Titular deberá remitir en tiempo y forma toda aquella información que sea requerida por la Superintendencia del Medio Ambiente a través de las Resoluciones Exentas que al respecto ésta dicte.
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Que, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente la realización de la gestión, acto o faena mínima que da cuenta del inicio de la ejecución de obras, a que se refiere el Considerando 4.4 de la presente Resolución.
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Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del Proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo.
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Que, para que el proyecto Parque Eólico Malleco pueda ejecutarse, deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el Titular deberá informar inmediatamente a la Dirección Ejecutiva del SEA / Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía y a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el EIA, asumiendo inmediatamente las acciones necesarias para abordarlos.
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Que, el Titular del Proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región de La Araucanía la ocurrencia de cambios de titularidad, representante legal, domicilio y correo electrónico.
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Que, se hace presente al Titular que cualquier modificación al Proyecto que constituya un cambio de consideración en los términos definidos en el artículo 2° letra d) del RSEIA, deberá someterse al SEIA.
305 RCA N°240/2016. EIA PROYECTO “PARQUE EÓLICO MALLECO” Ilustre Municipalidad de Collipulli Superintendencia de Medio Ambiente CONADI, Subdirección Nacional Temuco SERNAGEOMIN, Zona Sur Gobierno Regional, Región de La Araucanía SEREMI MOP, Región de La Araucanía SEREMI Medio Ambiente, Región de La Araucanía SEREMI de Agricultura, Región de La Araucanía SEREMI de Bienes Nacionales, Región de La Araucanía SEREMI de Energía, Región de La Araucanía SEREMI de Salud, Región de La Araucanía SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de La Araucanía SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de La Araucanía SEC, Región de La Araucanía CONAF, Región de La Araucanía DGA, Región de La Araucanía DOH, Región de La Araucanía Servicio Agrícola y Ganadero, Región de La Araucanía Dirección de Vialidad, Región de La Araucanía Servicio Nacional Turismo, Región de La Araucanía Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de La Araucanía Consejo de Monumentos Nacionales Of. Regional Superintendencia de Servicios Sanitarios
Participación Ciudadana: Sra. Rosa del C. Pilquil Sepúlveda. Comunidad Quilamapu. Sr. José Eduardo Alarcón Muñoz. Comunidad Quilamapu. Sra. Betzabé Sáez Ñancul. Comunidad Quilamapu. Sr. Jose Rolando Barboza Huichaleo. Comunidad Quilamapu.
Sra. Marianela V. Barboza Oliva. Comunidad Quilamapu. Sra. María Isabel Herrera Moraga Sra. María Magdalena Herrera Moraga
Sra. Maria Leonor Moraga Jara
Sr. Heriberto Mieres Ruiz
Sr. José Sandoval Jiménez
Sr. Ricardo Cabrera Benavides
Sr. Cesar Huentenao Cabrera Sr. José Adán Sandoval Cartes
Sr. Pedro Cid Salazar Comunidad Indígena Quilamapu Comunidad Indígena Choin Lafquenche Comunidad indígena Ahilla Varela Comunidad Indígena Ahilla Varela 2 Comunidad Indígena Juan Reinao Comunidad Indígena José Millacheo Levio Chequenco Comunidad Indígena Catrio Ñancul
Publicación en Diario Oficial Publicación en Diario Circulación Regional
C/c: - Expediente del EIA Proyecto “Parque Eólico Malleco” - Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de La Araucanía