Evaluación SEA

Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur

Rol 2128950059
SEA · DIA · Aprobado · 2013-12-19 · Región del Biobío · Sociedad Concesionaria Aeropuerto Carriel Sur S.A.

391

RESOLUCIÓN EXENTA N* 12014

Servicio de Evaluación

Ambiental

MATERIA: Resuelve Calificar Ambientalmente favorable la DIA del proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”

Concepción,

10 9 SEP 201%

ei Siobio

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1.- Lo dispuesto en la Ley N*19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y sus modificaciones; en el artículo segundo del D.S. N” 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N%W30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; en la Ley N? 19.880 del 29 de mayo de 2003 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, y en la Resolución N? 1600, de 2008 de la Contraloría General de la República, de la Contraloría General de la República; en la Resolución N? 96 de fecha 01 de junio de 2014 de la Dirección Ejecutiva del SEA , a través de la cual se designa en calidad de PT al Director Regional para el SEA Región del Biobío;

2.-La Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”, presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, con fecha 19 de diciembre de 2013; por el señor Javier Eduardo Osorio Sepúlveda, en representación de la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas.

3.-Los informes y/o pronunciamientos de los órganos competentes de la administración del Estado que participaron en el procedimiento de evaluación de impacto ambiental:

En relación a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”

. Oficio N*5.7/088 sobre la DIA, por Comisión Chilena de Energía Nuclear , con fecha 26/12/2013;

. Oficio N*%0052 GADR sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 10/01/2014;

. Oficio N*%033 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 13/01/2014;

. Oficio N%054 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 13/01/2014;

. Oficio N%2 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 13/01/2014;

. Oficio N*024 sobre la DÍA, por lustre Municipalidad de Hualpén, con fecha 14/01/2014;

. Oficio N*%0071 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con

fecha 14/01/2014;

. Oficio N9W3 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 14/01/2014;

. Oficio N*%099 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío, con fecha 15/01/2014;

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 1

. Oficio N*120 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 16/01/2014;

. Oficio N*%090 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Talcahuano, con fecha 16/01/2014;

. Oficio N*04/A/2/086/0401 sobre la DIA, por Dirección General de Aeronáutica Civil, con fecha 17/01/2014;

. Oficio N*100 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 20/01/2014;

. Oficio N*%226 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 21/01/2014;

. Oficio N*%146 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Biobío, con fecha 22/01/2014;

. Oficio N*288 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 29/01/2014;

. Oficio N2799 DRGA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 19/06/2014;

. Oficio N*1005 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 23/06/2014;

. Oficio N*%1008 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 23/06/2014;

. Oficio N*%895 sobre la Adenda 1, por lustre Municipalidad de Talcahuano, con fecha 25/06/2014;

. Oficio N*%1934 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 29/06/2014;

. Oficio N*847 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aeronáutica Civil, con fecha 30/06/2014;

. Oficio N*%2603 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 29/08/2014;

6.- El acta y los acuerdos que en ellos constan, levantadas con ocasión de la sesión N? 14 del 8 de septiembre de 2014, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, y el acta N* 40/2014 del comité técnico, ambos vinculados al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”, en la cual se resolvió la calificación ambiental de dicho proyecto.

5.- Las resoluciones emanadas del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío, dictadas con motivo del procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto a que se refiere el presente acto administrativo.

6.- El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” que es parte integrante de la presente resolución y sus respectivas ADENDA N*1 y 2 asociada al proceso de evaluación de impacto ambiental.

7.- Los demás antecedentes que obran en el expediente de evaluación de impacto ambiental del proyecto a que se refiere el presente acto administrativo.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 2

CONSIDERANDO:

1.- Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”, presentado por la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas, representado por el señor Javier Eduardo Osorio Sepúlveda.

2.- Que el derecho de la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas a emprender actividades se encuentra sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente, a la preservación de la naturaleza y a la conservación del patrimonio ambiental, así como también a las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables al proyecto y de los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

3.-Que, atendidos todos los antecedentes acompañados por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, en su Adenda N*1 y 2 que forman parte integrante de esta resolución, lo señalado en el Informe Consolidado de la Evaluación, el proyecto en general presenta las siguientes características:

3.1.- Descripción General del Proyecto.

Objetivo General: Ampliar y mejorar las instalaciones del Aeródromo Carriel Sur debido a la creciente demanda que ha experimentado dicha infraestructura durante los últimos años.

Según la DIA, el movimiento de pasajeros y operaciones aéreas del mismo, se han incrementado en los últimos diez años a una tasa promedio que supera el crecimiento nacional. Lo anterior, justifica la ampliación de sus dependencias teniendo en cuenta, ante todo, el alcance de los requerimientos de seguridad y nivel de servicio.

El proyecto encuentra su justificación en el estudio de demanda elaborado por su titular a partir de modelaciones basadas en datos históricos, donde se ha estimado un crecimiento sostenido en el número de viajes, en una proyección hasta el año 2032. La DIA manifiesta que se ha inferido que la infraestructura existente es insuficiente para prestar servicio al número de pasajeros por año, observándose una tasa de crecimiento proyectada para el periodo 2012 al 2032 es de un 4,5% anual.

3.1.1.- Tipología de proyecto, Localización, Monto de Inversión, Vida Útil, Mano de Obra y Superficies que involucra el Proyecto.

Tipología de proyecto

El Consorcio Aerosur S.A. en calidad de titular ingresó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Nueva Área Terminal de Pasajeros Aeródromo Carriel Sur de Aerosur S.A., el cual fue calificado favorablemente mediante Resolución Exenta N“233/1999.

Su actual titular estimó que las obras, acciones o medidas que intervienen y/o complementan el proyecto ya tramitado ambientalmente, generan un cambio significativo dado que las obras, acciones o medidas implican una alteración en las características propias del proyecto o actividad. Es decir, la intervención o complementación del proyecto contempla una ampliación sustantiva de su capacidad ante la mayor demanda, no correspondiendo a una mera labor de mantención o conservación, reparación o rectificación, reconstitución, reposición o renovación.

Por lo anterior, el proyecto en evaluación se presenta como una modificación de un proyecto existente, que se encuentra tipificado en la letra e) del Art. 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417, y en el Art. 3 del D.S. N30/97 (modificado por D.S. N*95/02) del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la cual indica:

“Artículo 3.- Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes.

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e) “Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas”.

Localización

El proyecto se localiza en la comuna de Talcahuano, y su punto representativo al centro de la ubicación del proyecto, en coordenadas UTM Datum WGS84, es el siguiente;

Coordenada punto Representativo del Proyecto Elemento Aeródromo Carriel Sur

Este (m) Norte (m) 672.842 5.928.499 Coordenadas Vértices del Proyecto Vértice Coordenadas WGS 84 18H Este (m) Norte (m)

vi 673.411,00 5.929.993,00 v2 673.903,00 5.929.755,00 v3 672.223,00 5.926.649,00 V4 672.251,00 5.927.856,00

Monto de Inversión: USD$ 38 Millones.

Vida Útil: En cuanto a la vida útil del proyecto, ésta se considera indefinida ya que si bien es cierto el periodo de concesión del edificio terminal e infraestructura horizontal tendrá término el año 2026 y 2032 respectivamente, el titular considera la mantención permanente de las instalaciones y/o el eventual mejoramiento y ampliación de las instalaciones proyectadas, de manera tal de no interrumpir el sistema transporte aéreo en la región y el

país, según el comportamiento de la demanda

Mano de obra por fase del Proyecto

Fase Mano de Obra Mensual | Mano de Obra Mensual Promedio Máxima

Construcción 70 130(D)

Operación 35 50 (2)

Cierre o abandono No aplica No aplica

(1) Corresponde al peak mensual durante la etapa de construcción (2) Corresponde al incremento de personal que generará el proyecto durante la etapa de operación.

Superficie que involucra el Proyecto

La superficie total construida considerada para el presente proyecto y la superficie predial que representa la propiedad del aeródromo.

Tipo de superficie Superficie Superficie Total Construida 80.869 m2 Superficie Predial 289 ha

3.1.2.- Definición de partes del Proyecto, acciones y obras físicas

El proyecto consiste en la ampliación, reubicación, y mejoramiento de diferentes instalaciones del aeródromo en operación. Específicamente considera las siguientes obras y actividades:

. Construcción, remodelación y reubicación de edificios destinados a la atención de pasajeros, oficinas, y edificios de apoyo o soporte del Aeródromo Carriel Sur.

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. Mejoramiento y construcción de vías de acceso, de circulación interior, y de estacionamientos capaces de responder al incremento de la demanda.

. Ampliación de la capacidad y/o relocalización de infraestructura sanitaria y energética. . Mejoramiento de la pista de aterrizaje aeronáutica; así como también, la

incorporación de pistas de rodaje y ampliación del área de estacionamiento de aviones.

Para definir y desarrollar las obras que se requieren durante el periodo de la próxima Concesión del Aeródromo, la Dirección Nacional de Aeropuertos (DAP) ha desarrollado un Anteproyecto Referencial, y en dicho estado es que ha sido ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, previo al inicio de las obras de construcción. Las principales obras se describen a continuación.

Infraestructura Horizontal . Modificación en Calles de Rodaje

Las calles de rodaje tienen como función conectar las plataformas de estacionamiento con la pista de aterrizaje, para permitir el desplazamiento de aeronaves. Las obras relativas a calles de rodaje se pueden observar en detalle en el plano Planta General de Obras adjunto en el Anexo 2 de Planos de Proyecto de la DIA. A continuación se describen las obras en las calles de rodaje, denominación y características:

Calle de rodaje Echo: La calle de rodaje “Echo” corresponde a una infraestructura existente, donde el proyecto contempla ejecutar un sobre ancho y márgenes de 10m, con el objeto de dejarlo habilitado para aeronaves Clave de Referencia D.

La calle de rodaje Echo es una calle de acceso al puesto de estacionamiento de aeronave dado que conecta la calle de rodaje existente Alfa con la plataforma PAPA.

Para el próximo período de Concesión, se proyecta ampliar la plataforma Papa hacia el sur, por lo que se deberá generar la curva de enlace correspondiente a calle de rodaje Echo.

Calle de Rodaje “Hotel”: se proyecta al norte de la plataforma PAPA y unirá la calle de rodaje proyectada India y la calle de rodaje existente Alfa. Dicha calle de rodaje será de 18m de ancho y tendrá 10m de margen, además cumplirá con los distanciamientos laterales para letra de clave E (42,5m mínimo).

Calle de Rodaje India: conectará las plataformas PAPA y la Nueva Plataforma de Aviación General. La calle de rodaje será de 15m de ancho.

La condición de existente o proyectada, la ubicación y denominación de las calles de rodaje se puede observar en el Anexo 2 Planos de Proyecto de la DIA.

e Plataforma de Estacionamiento de Aviones

Plataforma Papal Existente: Actualmente la plataforma puede recibir a 4 aviones A320 o A321 de contacto y 1 avión A320 o A321 estacionado de manera remota, se estima ampliar esta plataforma para 2 puestos de estacionamiento adicionales para aeronaves del tipo A320 o A321 , los cuales incorporarán puentes de embarque.

Uno de los puestos proyectados eventualmente, podrá recibir un B767. Nueva Plataforma Aviación General Quebec: Esta plataforma estará ubicada en el sector Este del

aeródromo, y se encontrará conectada con la Plataforma PAPA mediante la calle de rodaje India. La Plataforma tendrá una extensión de 110m de ancho por 185m de largo.

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e Estacionamientos Express

El Aeródromo Carriel Sur tiene actualmente 335 unidades de estacionamientos tipo express. El Manual de Desarrollo Aeroportuario define estos estacionamientos como aquellos que se utilizan por un periodo de tiempo no superior a los 30 minutos. Generalmente se estaciona el acompañante de los pasajeros que solo permanece hasta que el pasajero se embarca.

Para determinar el número de estacionamientos que serán requeridos al año 2026 se ha considerado los siguientes antecedentes obtenidos del Estudio de Estadísticas y Proyecciones de Demanda realizado por el Titular, y como resultado de la proyección se estima 409 estacionamientos tipo express.

e Proyección de estacionamientos Custodia

En proyecto contempla 155 estacionamientos tipo Custodia, de ellos 75 para Renta Car. También se ha considerado como criterio de diseño lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción que determina integrar 7 estacionamientos para personas de movilidad reducida, cada uno de ellos deberá tener un ancho mínimo de 3.6 m el cual contempla una franja de seguridad de 1.5 m de ancho. Estos estacionamientos deben estar ubicados en un lugar accesible con respecto al acceso del Edificio Terminal y con circulaciones de fácil recorrido.

Instalaciones Verticales + Terminal de Pasajeros

La implementación del próximo periodo de Concesión, según la DIA requiere de un aumento de la superficie construida en el edificio Terminal, según los datos que entrega el Estudio de Demanda realizado por el titular del proyecto. El Edificio Terminal existente requiere de una superficie adicional de 832,46 m2.

Los niveles de intervención dentro del edificio recogen requerimientos de optimización de los espacios como de mejoramiento de las condiciones existentes, además de las futuras ampliaciones necesarias.

Las intervenciones principales dentro del edificio son:

  • Reordenamiento de la planta interior y nueva sectorización, en el edificio existente.

  • Se amplía el edificio en una prolongación de la misma estructura y lenguaje arquitectónico, con una intervención en el interior que de cuenta de una renovación del edificio.

  • Enel primer nivel nuevas oficinas de servicios (PDI, SAG, Aduana) que aseguran y optimizan todo el proceso vinculado a Hall de Llegadas.

e Enel segundo nivel nuevas áreas de espera y la conexión a un nuevo puente de embarque, según estudio de Demanda.

e Instalaciones de Apoyo

Edificios Anexos

El proyecto propone la generación de una unidad de Edificios reconocibles como Apoyo Aeronáutico, conformado por nuevas instalaciones ubicadas en un sector al norte del Edificio Terminal, adyacente al límite de terreno de la Armada, definiendo un área de terreno para todas las instalaciones Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC)

Estos edificios reemplazarán a las actuales instalaciones que ocupan el Terminal antiguo, en el sector Plataforma Sierra. Esta plataforma debe ampliarse hacia el nuevo edificio Terminal, para la operación de los nuevos puentes de embarque 6 y 7 de acuerdo al plano Planta General de Obras adjunto en el Anexo 2 de Planos de Proyecto de la DIA.

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Los nuevos edificios están asociados además, a la construcción de una nueva plataforma de Aviación General. Esta nueva plataforma y su área asociada a nuevas concesiones, permitirá el traslado de algunas de las áreas que se deben despejar para la conectividad vial desde el complejo de edificios hasta la Calle de Rodaje Alfa.

Este nuevo Complejo de edificios, requiere de un replanteo de la infraestructura vial asociada a su acceso. La calle existente debe demolerse, pues además se ve afectada por la construcción de la nueva plataforma de aviación general, y su conexión a plataforma Papa.

La nueva vialidad propuesta, conecta desde un punto cercano del acceso al aeródromo, hasta el sitio de DGAC. Esta nueva calle empalma en sentido oriente-poniente, con la calle existente de servicio.

El crecimiento del nuevo Edificio Terminal hacia el sur, en un nuevo edificio que prolonga las áreas de espera y embarque, requiere de la demolición de las siguientes instalaciones adyacentes:

e Demolición de Edificio DGAC existente.

e Demolición de Edificio Logístico existente.

e Demolición de Torre de Control (TWR) existente. e Demolición de Subestación Eléctrica 1.

  • Demolición de Estanque de Agua en sector sur.

Esta operación de despeje de terrenos para la implementación requiere de la relocalización de las instalaciones de:

e Edificio DGAC en nueva ubicación e Nueva Torre de Control en nueva ubicación

Nueva Torre de Control

Corresponde a un volumen propuesto único cuyo diseño del soporte estructural es de Hormigón Armado a la vista y una Sala de Control en el piso superior, en estructura metálica.

La Torre de Control se emplaza de manera de generar una relación funcional cercana y directa con el edificio de la DGAC.

En cuanto a su distribución interior, corresponde a una serie de pisos que se distribuyen en bodegas y salas de equipos en sus primeros niveles y hacia la parte superior se organiza en áreas más privadas y restringidas, como lo son la sala de estar y la misma Sala de Control.

Edificio Subcentro Zonal de Mantenimiento

El edificio Subcentro Zonal de Mantenimiento consiste en un volumen en un solo nivel. El acceso peatonal por el lado oriente se conecta a través de un paso cubierto hacia el Patio Central que organiza el resto de las instalaciones.

Casino

El edificio Casino es un volumen en un solo nivel, que busca generar una imagen unitaria en su simpleza. El volumen se vincula con las otras instalaciones a través de pasos cubiertos peatonales que protegen el tránsito peatonal en días de lluvia.

Edificio Logístico

El edificio se organiza en un solo nivel, en base a un pasillo que genera una distribución hacia los recintos en doble crujía.

El acceso peatonal por el lado poniente se conecta a través de un paso cubierto hacia el Patio Central que organiza el resto de las instalaciones. En el Anexo 2.5 de la DIA denominados “Planos de Proyecto” se exponen las plantas, elevaciones y cortes del edificio logístico.

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Subestación Eléctrica

La Obra Gruesa de este edificio será de Hormigón Armado, con estructura metálica para la cubierta y elementos secundarios. En el Anexo 2.5 de la DIA denominado “Planos de Proyecto” se exponen las plantas de la Subestación Eléctrica.

Síntesis de la Situación Existente y de las Obras Proyectadas

Instalaciones Verticales

Instalaciones Verticales Existentes

  1. Edificio SSEI Antiguo 13. Terminal de Carga Lan

  2. Hangar Banco Estado 14. Terminal de Carga Sky

  3. Hangar Ejercito De Chile 15. Centro de Eventos Los Castaños

  4. Hangar Ejercito De Chile 16. Club Aéreo Los Aromos

  5. Hangar Carabineros De Chile 17, Oficinas DAP

  6. Edificio SSEI Nuevo 18. Viviendas

  7. Hangar Club Aéreo 1 19. Planta de Combustibles

  8. Hangar Club Aéreo 2 20. Hangar Heliworks Ltda.

  9. Hangar 21. Hangar Siderúrgica Huachipato

  10. Hangar Armada De Chile 22. Bombas Impulsión Alcantarillado Existentes
  11. Subestación Eléctrica 2

  12. Sala Máquina de Rayos

Instalaciones Verticales Proyectadas

A. 2 Puentes de Embarque y 1 Remoto

B. Ampliación Edificio Terminal de Pasajeros Nuevo

C. Nuevo TWR

D. Nuevo Edificio DGAC

E. Nuevo Casino

F. Reubicación Edificio Logístico

G. Reubicación De Subestación Eléctrica 1

H. Nueva Zona Carga de Combustible

J. Nuevo Subcentro Zonal de Mantenimiento

K. Nuevo Edificio Centro de Control

L. Nueva Zona Excluidos

M. Estanque de Agua y Sala de Bomba

N. Área Estacionamientos

P. Nuevo Espacio Concesión Hotelera

Instalaciones Horizontales

Instalaciones Horizontal Existentes Instalaciones Horizontal Proyectadas

  1. Pista 1”. Sobreancho Calle de Rodaje Echo

  2. Calle de Rodaje Alfa 2”. Calle de Rodaje Hotel

  3. Calle de Rodaje Foxtrox 3”. Calle de Rodaje India

  4. Calle de Rodaje Bravo 4”. Plataforma de Aviación General Quebec

  5. Calle de Rodaje Charlie 5”. Vialidad Perimetral a Estacionamientos Vehiculares

  6. Calle de Rodaje Delta 6. Vialidad Acceso Sector DGAC

  7. Calle de Rodaje Echo

  8. Plataforma Sierra Existente

  9. Plataforma Papa Existente

3.1.3.-.- Descripción Fase de Construcción

A continuación se describen las acciones y actividades constructivas requeridas para la instalación y operación del Proyecto:

Etapa de Levantamiento de Información

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Durante la etapa de levantamiento de información del proyecto, previo a su ejecución y en el contexto del desarrollo del estudio de ingeniería se realizarán diversas acciones, tanto en terreno como en gabinete, incluyendo:

e Levantamiento topográfico y aerofotogramétrico

e Visita de especialistas a terreno

e Estudios de mecánica de suelos

e Levantamiento de información ambiental

  • Elaboración de anteproyectos y proyectos definitivos de vialidad, accesos y servicios (agua potable, electricidad, gas)

Etapa de Construcción

Esta etapa, comprende las actividades e instalaciones para ejecutar las obras de mejoramiento y ampliación del Aeródromo Carriel Sur.

La siguiente descripción se ha estructurado describiendo la secuencia constructiva de las obras del proyecto y posteriormente las instalaciones de faenas. Cabe señalar que durante la etapa de construcción de las obras, el servicio de transporte de aéreo no se verá interrumpido.

Expropiaciones

Las obras asociadas al mejoramiento y ampliación del Aeródromo Carriel Sur se ejecutan integramente al interior de los límites aeroportuarios, por lo que el proyecto no requiere de terrenos adicionales y el proceso expropiatorio relacionado.

Instalación de Faenas

Para una adecuada ejecución de las obras y coordinación de las actividades asociadas a la fase de construcción, se deberán habilitar las instalaciones de faenas. La instalación de faenas estará ubicada al interior del polígono del proyecto. Estas instalaciones estarán operativas durante todo el periodo de construcción del proyecto.

En particular las instalaciones de faenas serán del tipo contenedor y contemplan implementar lo siguiente:

e Oficinas del Contratista

e Oficinas de la Inspección Fiscal de Obras e Instalaciones sanitarias

e Lockers

  • Comedores

e Laboratorio

e Zona de estacionamiento de vehículos y maquinarias e Bodega general — pañol

e Patio de salvataje

e Zona de acopio temporal de residuos

e Taller de carpintería

e Taller de enfierradura

  • Área de primeros auxilios

Preparación del Área de Trabajo

Esta actividad se realiza previa a las operaciones de movimiento de tierra y consiste principalmente en los trabajos de despeje y limpieza del área de trabajo y en la eliminación de cualquier otro material de desecho, dentro del área de trabajo necesaria para la ejecución de las obras.

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Cierres provisorios y señalética

El proyecto colocará los cierres provisorios necesarios para limitar las áreas de trabajo e impedir el ingreso de personal ajeno a las obras o a sectores específicos de las mismas. También se instalará la señalización de seguridad.

Movimiento de Materiales

Una vez validados los puntos topográficos se procederá a trazar las zonas a intervenir. Posteriormente de realizada esta tarea se procederá con los trabajos de movimientos de tierra. Con los cortes y excavaciones realizadas se procederá al retiro del material a sitio de disposición final autorizado por la autoridad sanitaria regional. En la siguiente tabla se detallan los volúmenes de movimientos de tierra asociados a la ejecución del proyecto.

Movimiento de Material

m3 a Mover Escarpe 17,496 Excavaciones 50.797 Terraplenes 59.996

Todo el material excedente será transportado a través de camiones batea de 20 Ton y dispuesto en botaderos autorizados por la autoridad sanitaria de la Región del Biobío.

Insumos de construcción

No se considera la instalación de plantas de asfalto u hormigón en obra, todo el material necesario para la etapa de construcción será suministrado por un proveedor autorizado de la zona.

El material extraído de la excavación, será utilizado para la formación de terraplenes y para el resto de material de relleno necesario será suministrado por un distribuidor autorizado de la zona.

El proyecto utilizará de áridos para conformar las capas granulares (base y subbase) de las plataformas de estacionamiento de aeronaves y calles de rodaje, requiriendo para ello un volumen total de 43.648,4 m3 de subbase granular y 5.968 m3 de base granular. Su titular se compromete que los áridos y en general todos los materiales para la obra serán adquiridos exclusivamente a aquellos proveedores que cuenten con las autorizaciones pertienenetes.

se encuentren debidamente autorizados por las autoridades pertinentes.

Particularmente respecto de los áridos, si eventualmente se adquirieran a un proveedor que extrae desde cauces naturales, le serán solicitadas todas las autorizaciones sectoriales y ambientales que correspondan.

Suministros y Servicios Básicos Sistema de abastecimiento de agua potable y servicios higiénicos

Según la DIA, la instalación de faenas cumplirá con lo dispuesto en el D.S. N*594/00 del MINSAL, que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, en los artículos referidos a faenas temporales o de carácter transitorio.

Los requerimientos sanitarios de servicios higiénicos y de evacuación de aguas servidas en los frentes de trabajos, se resolverán por medio del uso de Baños Químicos que cumplirán con las exigencias establecidas en el Decreto Supremo N*594/00, del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Ambiental en los Lugares de Trabajo. Estos serán mantenidos por una empresa autorizada por la autoridad sanitaria, quienes descargarán estos residuos en la planta de tratamiento de aguas servidas de la empresa sanitaria que corresponda. De igual forma, el agua potable será suministrada a través de camiones aljibe de agua potable provista por una empresa autorizada en las cantidades establecidas por el Reglamento citado.

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Para el manejo de desechos domiciliarios se considera su acumulación en contenedores estancos y con tapa, y su retiro y disposición final a sitios autorizados por la SEREMI de Salud, por medio de camiones habilitados para estos fines (Recolección Municipal).

Para los desechos de talleres y mantención de vehículos (residuos peligrosos) se considera almacenamiento hasta su disposición en sitio autorizado, el cual deberá estar cerrado, adecuadamente señalizado y tener extintor. En el caso de residuos peligrosos, el almacenamiento será realizado de acuerdo a lo señalado por el Art. 33 del D.S. 148/2003 del MINSAL.

Sistema de Abastecimiento Eléctrico

El suministro eléctrico para las actividades de construcción será abastecido por la red eléctrica existente del aeródromo. Si eventualmente se requiere el uso de generador eléctrico, el Titular informará oportunamente a la autoridad ambiental y declarando las emisiones según la normativa vigente.

Abastecimiento de Combustible

Durante la fase de construcción se requerirá el suministro de combustible para la maquinaria que se utilizará, la cual podrá ser suministrada en forma diaria por la estación de servicio al interior del aeródromo, o podrá optar por realizar un convenio con alguna otra empresa de expendio de combustible, que instale un estanque para el suministro de la maquinaria. En caso de requerir la instalación provisoria de un estanque de combustible, se presentarán y solicitarán los permisos necesarios ante la autoridad sanitaria y ambiental.

Término de Actividades y Limpieza

Una vez finalizadas las obras de construcción se procederá a retirar las instalaciones de faenas y restituir las condiciones originales del terreno, sin dejar vestigio alguno de la obra.

Horarios de trabajo

Respecto al horario y días de la semana en los que se ejecutarán las obras de la etapa de construcción, éstas se ajustarán a lo que autorice la Municipalidad de Talcahuano. Sin perjuicio de lo anterior y de manera preliminar, el titular estima que el horario de trabajo durante la etapa de construcción será de lunes a viernes desde las 8:00 hrs hasta las 18:30 hrs y los sábados desde las 8:00 hrs hasta las 14:00 hrs.

Ruta de transporte de carga pesada

A . | Frecuencia Número Tipo de Frecuencia Semanal Fase Actividad de po Diaria de Rutas Preferentes : Camiones ' de Camiones Camiones A Camiones Transporte de

material de Av. Jorge Alessandri -

descarte a 3 Ei e dj Ruta 152

botadero

Transporte de ñ Av. Jorge Alessandri -

hormigón ' Mixer 6 30 Ruta 154 Construcción | Transporte de Camió e a e A Asfalto y 2 amión 7 34 uta - Av. Jaime Pequeño Repullo - Calle Carriel

relleno Norte plis had Camión Av. Jorge Alessandri - 1 > 1 S Av. Paicavi - Av. Los para la Pequeño C % 'arrera construcción

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 11

3.1.4.-.- Descripción fase operación

Durante la etapa de operación se mantendrán las mismas actividades que se realizan en las diferentes oficinas, instalaciones y operaciones del Aeródromo Carriel Sur.

La demanda de agua potable se verá satisfecha con las instalaciones actuales y proyectadas, mientras que el sistema de alcantarillado actual el cual, es suministrado por una empresa sanitaria, será el que preste servicio a las nuevas instalaciones de acuerdo a la demanda de funcionarios, pasajeros y otros usuarios totales y en hora punta.

Los residuos sólidos serán manejados de una manera similar a la actual, es decir siendo almacenada en contenedores herméticos, para posteriormente ser retirados por empresa autorizada que preste servicios en el sector, de acuerdo a la normativa vigente.

En forma similar, toda actividad que se desarrolle al interior del aeródromo, en especial los servicios de expendio, preparación y manipulación de alimentos, se mantendrá en estricto cumplimiento de la normativa ambiental y sectorial correspondiente a cada caso, para lo que se mantendrá un estricto control y seguimiento del cumplimiento de estas normativas por parte de quienes operen al interior del recinto, solicitando las autorizaciones de los Servicios que correspondan.

Plan de Mantenimiento

El Plan de Mantenimiento a implementar durante la etapa de operación, considerará las siguientes labores:

  • Mantención de mobiliario, señalética, demarcaciones y otras,

  • Mantener el buen estado de cintas transportadoras de equipaje, sistemas de climatización, equipos de rayos x, equipo detector de metales, pesas Chek-in,

e Servicios de electricidad que incluye mantenimiento de generador eléctrico, subestación eléctrica, montacargas, puertas automáticas, entre otras.

e Mantención de muros, techos, cielos, puertas, ventanas, pisos, estructuras metálicas, pavimentos, equipos electromecánicos, de las obras civiles del aeródromo,

  • Mantenimiento y conservación de estanques de agua potable e infraestructura sanitaria,

  • Mantenimiento de extintores, sistemas automáticos de extinción de incendios y red húmeda,

e Asimismo estará a cargo del retiro de basura, que incluye sistema de retiro y mantención de áreas de depósito,

  • Mantenimiento de áreas verdes

e Limpieza y aseo del terminal de pasajeros y baños.

El proyecto contará con un Plan de mantenimiento general de toda la infraestructura y equipamiento del aeródromo que indica procedimientos específicos, responsables, equipos asociados, frecuencias de mantenimiento, estándares de conservación, entre otros.

Plan de Emergencia

En lo referido al Plan de Emergencia, este contiene las medidas y coordinaciones que deben adoptarse durante una emergencia que puede ocurrir en el Aeródromo o en sus inmediaciones y tiene como propósito responder en forma rápida y eficiente, de modo de permitir que las víctimas resultantes de la emergencia sean inmediatamente rescatadas del área del siniestro, reciban una oportuna asistencia médica y sicológica, así como tomar las medidas necesarias para contener la emergencia de manera tal de evitar mayores daños a la infraestructura aeroportuaria.

La estructura del plan está diseñada de manera que cada participante comprenda la importancia de éste, identifique su participación y la responsabilidad que le asiste, de modo que el esfuerzo a realizar en alguna de las situaciones estipuladas, sea aprovechada eficientemente y en coordinación con el resto de los esfuerzos desplegados por los otros organismos.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 12

Las especificidades del Plan de Emergencia se presentan en el Anexo 6 de la DIA. Cabe indicar que el plan considera las siguientes emergencias:

e Accidente de aeronaves dentro del aeródromo

e Accidente de aeronaves fuera del aeródromo

e Averías, emergencias e incidentes de aeronaves en vuelo

e Incendios estructurales, pastizales y vehiculares

e Emergencia debido a actos de interferencia ilícita (sabotajes y/o amenazas de bomba; apoderamiento ilícito; sabotajes y/o amenazas en instalaciones de servicio)

  • Emergencias por mercadería peligrosa

e Desastres naturales y terremotos.

3.1.5.- Etapa de Abandono

La infraestructura aeroportuaria representa un importante servicio de transporte para el país, motivo por el cual el titular no prevé el abandono del proyecto el cual será sometido a permanentes labores de mantención.

No obstante lo anterior, según los criterios adoptados y en atención a que la concesión del aeródromo considera la mantención y restauración permanente, la vida útil mínima de las instalaciones se proyecta para el año 2026, y que éste siga operando por al menos 10 años posterior a esa fecha.

En este sentido, el proyecto deberá efectuar lo indicado en el artículo 10 de la ley N* 19.300 para los proyectos susceptibles de causar impacto ambiental en cualquiera de sus etapas. Por lo cual, en caso de tener que ejecutar un abandono total del proyecto, deberá evaluar ambientalmente los potenciales impactos de dicha actividad, especialmente los efectos a los componentes ambientales. En este caso, se actuará de manera de tratar de restaurar las condiciones originales del área de influencia directa del Proyecto.

3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.1.5.1.- Emisiones Atmosféricas

Etapa de Construcción

Durante la etapa de construcción, las emisiones atmosféricas estarán asociadas a las actividades de movimientos de tierra para la construcción, erosión de acopio, tránsito de vehículos y maquinaria, motores de vehículos y maquinaria. Las actividades anteriormente descritas son propias de una

etapa de construcción.

Emisión para la etapa de construcción Emisiones

(Ton/Año) Año 1 Año 2 MP10 2,80 0.201 [ele] 1,039 0,175 HC 0,433 0,070 NOx 4,687 0,798

Para minimizar la emisión de material particulado, se implementarán las siguientes medidas para su control:

e Los acopios de material serán cubiertos con plásticos para evitar la resuspensión de material particulado, solo se descubre en los momentos que las actividades propias de la faena lo requieran, y esto no se extenderá por más de 1 hora, volviéndose a cubrir.

e El proyecto inspeccionará que la circulación de camiones se realice a baja velocidad, particularmente en caminos de tierra.

e El proyecto utilizara vehículos y maquinarias con sus revisiones técnicas vigentes.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 13

Los camiones circularán con las tolvas cubiertas para el transporte de materiales que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, áridos y otros, deberá efectuarse cubriendo en forma total y eficaz los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión en el aire.

Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo, las que deberán cubrir en forma permanente todos los acopios de materiales y escombros que se encuentren inactivos.

Uso de mallas protectoras en las faenas para evitar la dispersión de polvo, las que estarán compuestas por una Malla raschel de h=3,0m más postes de eucaliptus 3 m. Estas deberán

ser ubicadas en todo el perímetro de la obra.

La velocidad máxima de circulación de vehículos y maquinarias será de 30 km/hr, lo que será señalizado.

Los materiales de construcción serán debidamente humectados y cubiertos, con lona o malla Raschel en buen estado de conservación con el objeto de controlar y minimizar las

emisiones de material particulado en la etapa de construcción.

El terreno y accesos no pavimentados, afectos al tránsito de vehículos, serán humectados periódicamente

El proyecto llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo.

Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios.

Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles

Etapa Operación

Durante la etapa de operación no existirán emisiones mayores que las actuales. Debe considerarse que el flujo vehicular asociado a la operación del proyecto es despreciable en cuanto a emisiones, el que además sufrirá aumentos paulatinos en el tiempo y se realizará sobre pavimento de asfalto.

Las emisiones generadas en la etapa de operación son las provenientes de un equipo electrógeno de emergencia, las cuales son despreciables y fueron estimadas según se indica en el anexo 4 de la

DIA.

Emisión para la etapa de construcción y Operación

Emisiones Construcción + Operación Operación (Ton/Año) Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 MP10 2,80 0,201 0,008 0,008 CO 1,039 0,175 0,047 0,047 HC 0,433 0,070 0,017 0,017 NOx 4,687 0,798 0,219 0,21

3.1.5.2.- Efluentes Líquidos

RCA

Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 14

Etapa de Construcción

Manejo de Aguas Servidas Domésticas: en esta etapa la única fuente de residuos líquidos diferente a los que se producen durante el funcionamiento normal del aeródromo es la descarga que se generará en el uso de baños químicos. La instalación de los baños químicos se realizará conforme a lo establecido en los artículos 23 y 23 del D.S. 594/00 de MINSAL, especialmente en lo relativo a cantidad y distancia al puesto de trabajo. A la empresa que retire las aguas servidas se le exigirá que la disposición final de éstas sea en un lugar autorizado por la autoridad sanitaria.

En la etapa de construcción se generarán 7 m3/día de estos residuos.

Para lo anterior, el titular del Proyecto, mantendrá un sistema de registro de control de la mantención y disposición final. Este registro será llenado por el personal de la empresa contratista que retirará los residuos y contendrá la fecha, frecuencia del retiro y firma del funcionario a cargo. Este registro estará a disposición de la Autoridad, cuando ésta lo requiera.

Las aguas servidas generadas, serán manejadas a través de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región del Biobío, disponiéndose los residuos de estas unidades de acuerdo a la normativa vigente y en un lugar autorizado. Sin perjuicio de lo anterior se procederá según la normativa vigente a:

e Acreditar ante la Autoridad Sanitaria de la Región Biobío, la empresa que será contratada para el retiro y disposición de los residuos líquidos domésticos, previo al inicio de las faenas.

e Mantener en la faena, una copia del contrato vigente u orden de compra entre la empresa contratada y el servicio sanitario respectivo, en el cual se indicarán los puntos autorizados para el vertimiento de los residuos, sus características fisicoquímicas y demás condiciones en que se deben efectuar dichos vertidos.

  • Mantener en faena una copia del convenio con la empresa sanitaria respectiva, que debe autorizar dichas descargas.

e Efectuar o acreditar la mantención de los baños químicos al menos dos veces por semana, y

  • Cumplir con todos los ítems referidos a un adecuado control de las aguas servidas domésticas contenidas en el D.S. N* 594/00 del MINSAL.

No se realizarán en obra o faena las actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros, ni preparación de hormigón In Situ. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas proveedoras en lugares habilitados (externos al sitio de faena), o serán adquiridas, en el caso del hormigón, de manera que se entregue en obra.

No habrá almacenamiento de combustibles para las maquinarias y equipos durante la etapa de construcción. La provisión de combustibles líquidos para dichas maquinarias, equipos, camiones y cualquier otro material rodante se efectuará en estaciones de Servicio con la periodicidad que corresponda.

Etapa de Operación

Manejo de aguas servidas: El único efluente líquido generado durante la etapa de operación, corresponde a las aguas servidas utilizadas por los operarios del terminal y pasajeros del ALC. También se sumarán las descargas provenientes de los edificios de la DGAC, de las oficinas de apoyo y los baños químicos evacuados desde las aeronaves. Considerando la mano de obra estimada para la etapa de operación del proyecto, se espera la generación de 23m3/día de estos residuos.

Todas estas descargas serán colectadas y conducidas al sistema de recolección existente conformado por colectores, que descargan a sentinas luego son impulsadas mediante plantas

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 15

elevadoras a la red de alcantarillado público, administrado por la empresa ESSBIO, la cual cuenta con la factibilidad de recepción de aguas servidas tratadas.

3.1.5.3.- Emisiones Acústicas

Etapa de Construcción

Según los antecedentes aportados por el estudio de Impacto Acústico adjunto en el Anexo 5 de la DIA y complementados en la ADENDA 1 y 2, durante la etapa de construcción de las obras se dará

pleno cumplimiento a la normativa vigente como se indica a continuación.

En las tablas siguientes se observa el nivel de cumplimiento normativo de las emisiones de ruido para los receptores sensibles descritos, en la situación más desfavorable asociadas a la construcción y Operación del proyecto, con respecto a los límites máximos permisibles establecidos por el D.S. N* 38/11 del MMA.

Evaluación Operación Actual (En tierra)

Receptor Nivel de ruido Límites ¿Cumple norma? estimado Diurno / Nocturno D/N D.S. N* 38/11 MMA RI 18,3 60 / 45 Si/Si R2 20,5 60/45 Si/Si R3 32,8 60/45 Si/Si R4 31,2 65/50 Si/Si RS 13,5 60/45 Si/Si

Evaluación Construcción + Operación Actual.

Receptor Nivel de ruido Límites ¿Cumple norma? total Diurno / Nocturno D/N D.S. N 38/11 MMA RI 21,3 60/45 Si/Si R2 25,4 60/45 Si/Si R3 43,3 60/45 Si/Si R4 33,7 65/50 Si/Si RS 16,9 60/45 Si/Si Evaluación Operación Aeródromo Ampliado Receptor Nivel de ruido Límites ¿Cumple norma? total Diurno / Nocturno D/N D.S. N 38/11 MMA RI 20,3 60/45 Si/Si R2 22,6 60/45 Si/Si R3 34,5 60/45 Si/Si R4 33,1 65/50 Si/Si RS 15,2 60/45 Si/Si

En relación a la etapa de construcción del proyecto, en base a las faenas asociadas y la respectiva modelación de los niveles de ruido, se concluye que ésta cumple integramente con los valores establecidos por la normativa nacional asociada (D.S N” 38/2011).

Etapa de Operación

Según lo indicado en el estudio de emisiones acústicas adjunto en el Anexo $ de La DIA, la evaluación para el ruido en relación a la norma utilizada (FAR Parte 150 — FAA EEUU - Referencial) asociado a las operaciones aéreas permitió determinar, en la situación actual, la existencia de sectores habitacionales bajo los contornos mayores a 65 dB(A) del descriptor LDN que define como criterio la FAR Parte 150. Sin embargo este impacto se reduce significativamente en la modelación de la situación proyectada al 2026, dada la eliminación programada de ciertos modelos de aeronaves más ruidosos de la flota de las aerolíneas que operan en Carriel Sur.

3.1.5,4.- Residuos Sólidos

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 16

Etapa de Construcción

Durante la construcción de las obras del proyecto se prevé la generación de tres tipos de residuos: domiciliarios, industriales y peligrosos.

Residuos Domiciliarios: Estos se generarán en la Instalación de Faenas (oficinas, baños, comedor, etc.) y son, principalmente, del tipo orgánicos, plásticos, papeles, cartones y similares, no contaminados. Se estima que se generará aproximadamente 28kg/día. Estos residuos serán acopiados en contenedores herméticos con tapa que se ubicarán en las distintas áreas de trabajo. Estos residuos serán retirados, por una empresa contratista autorizada para disponerlos en un relleno autorizado en la región, con una frecuencia mínima de tres veces por semana.

Residuos Industriales: Se descartará madera y plástico de embalaje; envases; varillas de soldadura usadas; despuntes de fierro, ropa de trabajo desechable; y otros. Se estima que la generación de estos desechos alcanzará un total de 6m3/mes. Los residuos serán acopiados en contenedores de forma temporal con una frecuencia máxima de retiro de tres días, para ser trasladados posteriormente a sectores habilitados para su disposición final.

Residuos Peligrosos: Se estima para el proyecto generar no más de 370 kg/año de residuos peligrosos. Cabe señalar que no se prevé la generación de 12 toneladas de residuos peligrosos al año, dado que la tipología de proyecto no involucra la generación de tales cantidades durante el periodo de construcción establecido en el cronograma de obras.

Residuos Peligrosos Cantidad máxima estimada (kg/mes) Aceites y lubricantes usados 10 kg/mes

Filtros de aceite $ kg/mes

Baterías 10 kg/mes

Trapos o huaipes contaminados 2 kg/mes

Restos metálicos contaminados 4 kg/mes

Para el almacenamiento de estos residuos se habilitará un patio de acopio temporal que cumplirá lo establecido en el DS N*148/2003 MINSAL, en el que se consideran las siguientes especificaciones:

e Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

  • Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

e Estará techado y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

e Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente.

e Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

e Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93

Los residuos peligrosos serán retirados al menos en forma quincenal para su transporte y disposición final por una empresa autorizada y especializada en sitio autorizado para este tipo de residuos de la región, quienes deberán proveer dentro de la documentación de obras, los respectivos certificados de recepción y/o disposición de dichos residuos.

Asimismo, se mantendrán en la obra los tickets o vales de la empresa transportista autorizada donde se indican los m3 de material retirado y los certificados de botadero autorizado sobre de disposición final de residuos inertes de la construcción que indican origen y m3 de material recibido

Etapa de Operación

Residuos domésticos o asimilables a domésticos: Durante la etapa de operación el principal residuo que se generará corresponderá a residuos sólidos domésticos que provendrán de oficinas, baños, y

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 17

edificios de equipamiento en general. Este tipo de residuos corresponderá básicamente a restos de comida, envases, papeles, cartones, etcétera.

Estos residuos serán almacenados en recipientes especiales localizados estratégicamente al interior del Edificio de Pasajeros u Oficinas de Apoyo. Diariamente se recolectarán esos residuos y serán dispuestos en contenedores de mayor capacidad, los cuales serán retirados y cambiados por otros limpios, por una empresa del rubro, para ser dispuestos finalmente en un relleno sanitario autorizado. El proyecto de basuras se describe en el presente capítulo, sobre instalaciones de apoyo. Se estima que los residuos domiciliarios generados en la etapa de operación son del alrededor de 94Akg/día.

4.- Que en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” y sobre la base de las antecedentes que constan en el expediente del proceso de evaluación de impacto ambiental, debe indicarse que la

ejecución de dicho proyecto cumple con:

4.1.- Normas de emisión y otras normas ambientales:

Texto Legal

Establece

Forma de Cumplimiento

Artículo 19 N* 8

La disposición aludida establece que la Constitución asegura

El respeto de esta garantía constitucional se realiza

de la | atodas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente | precisamente con el cumplimiento de la normativa vigente y Constitución libre de contaminación; y que es deber del Estado velar para | el reconocimiento de la institucionalidad creada al efecto. Al Política de la | que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de | someter este proyecto al SELA se consigue lo anterior, ya República la naturaleza. que el Estado, en uso de sus atribuciones y mediante los (1980) organismos creados para ello, evaluará ambientalmente el

presente proyecto, velando porque el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación no sea afectado.

Ley N” 19.300

La Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente

El Proyecto da cumplimiento a estas disposiciones

sobre Bases | establece en su Art. 8? que los proyectos o actividades | precisamente a través de su ingreso al Sistema de Generales del | señalados en el Art. 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse | Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), bajo la forma de Medio previa evaluación de su impacto ambiental, de acuerdo a lo | una Declaración de Impacto Ambiental, ya que éste no Ambiente, establecido en la presente Ley. produce ninguno de los efectos, características O

modificada por Ley N* 20,417

A su vez, el Art. 10 de la Ley señala que los proyectos o

que crea el | actividades que enumera y que son susceptibles de causar Ministerio, — el | impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, son los que Servicio de | se enuncian entre las letras (a) a la (q), los cuales deberán Evaluación someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Ambiental y la | (SEIA). Este Artículo entrega un listado de los proyectos o

Superintendenci

actividades cuya ejecución requiere la presentación de un

circunstancias a que se refiere el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

a de Medio | Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según Letra e)

Ambiente, Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles,

Ministerio vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos

Secretaría públicos que puedan afectar áreas protegidas.

General de la | Si los proyectos o actividades señalados generan o presentan

Presidencia alguno de los efectos, características o circunstancias del

(Publicada en el | artículo 11 de la Ley, requerirán de la elaboración de un

D.O. el 26 de | Estudio de Impacto ambiental (ELA). En caso contrario, y si

enero de 2010). | no reúnen ninguna de las características del artículo 11, sólo

Aprueba y | deberán presentar una Declaración de Impacto Ambiental

modifica la Ley | (DIA).

sobre Bases

Generales del

Medio

Ambiente.

D.S. N 30/97, | Este Reglamento hace plenamente operativo al SEIA | En cumplimiento a lo establecido en el citado Reglamento, modificado por | establecido en la Ley N” 19.300, modificada por Ley N | este Proyecto se somete al Sistema de Evaluación de el DS. N” | 20.417. Ello implica que todos los proyectos contemplados | Impacto Ambiental a través de la presente Declaración de 95/01, ambos | en el artículo 10 de la Ley, en forma previa a su ejecución o | Impacto Ambiental,

del Ministerio | modificación, deberán ser evaluados ambientalmente

Secretaría mediante una Declaración o un Estudio de Impacto

General de la | Ambiental, según corresponda. Especifica cuáles son los

Presidencia, que | proyectos o actividades contemplados en el artículo 10 de la

fijó el texto | Ley, que tienen la obligación de someterse al SEIA antes de

refundido, su ejecución. Aclara y desagrega los criterios del artículo 11

coordinado y sistematizado del Reglamento

de la Ley para determinar la procedencia de los Estudios de Impacto Ambiental. Establece los contenidos mínimos que deberán contener

del SEIA tanto las Declaraciones como los Estudios de Impacto Establece Ambiental. Fija el procedimiento administrativo al que deberán ceñirse tanto las Declaraciones como los Estudios de Impacto Ambiental. Establece la lista de permisos considerados como ambientales sectoriales. los que de ser aplicables a algún RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 18

proyecto, deberán ser incluidos en el documento

correspondiente, ya sea un EIA o una DIA.

D.S. N” 41/2006

Declara Zona Latente por Material Particulado Respirable

Medidas de control de abatimiento de material particulado

MINSEGPRES MPI0, la zona geográfica comprendida por las comunas de Lota, Coronel, San Pedro de la Paz, Hualqui, Chiguayante, | El transporte de materiales en la etapa de construcción se Concepción, Penco, Tomé Hualpén y Talcahuano. realizará con carga cubierta con una lona impermeable, sujeta a la carrocería. Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos. Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles. Se limpiaran las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faenas. Las medidas de control se describen en el considerando 3.1.5.- “Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto” en el acápite “Emisiones Atmosféricas” de la presente resolución y complementadas tanto el DIA como las respectivas ADENDASs, asociado al proceso de evaluación de impacto ambiental. D.S. N” 144 de | Establece en su artículo 1% que los gases, vapores, humos, | Para el cumplimiento de esta normativa se contempla en la 1961 Ministerio | polvo, emanaciones O contaminantes de cualquier | etapa de construcción las medidas de control que se de Salud | naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o | pormenorizan en el considerando 3.1.5.- “Principales Establece lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal | emisiones, descargas y residuos del proyecto” en el acápite normas para | que no causen, daños o molestias al vecindario. “Emisiones Atmosféricas” de la presente resolución y evitar complementadas tanto el DIA como las respectivas emanaciones O ADENDAS, asociado al proceso de evaluación de impacto contaminantes ambiental, atmosféricos de cualquier naturaleza. D.O. 02.01.61 DS 47 | Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones | El titular compromete que el transporte de material en Ministerio de | Establece Medidas de Manejo destinadas a evitar las | camiones sea con la carga cubierta, con lonas sujetas a la Vivienda y | emisiones del Polvo carrocería y otras medidas que se detallan en el Urbanismo considerando 3.1.5.- “Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto” en el acápite “Emisiones Atmosféricas” de la presente resolución y complementadas tanto el DIA como las respectivas ADENDASs, asociado al proceso de evaluación de impacto ambiental. D.S. N 38 de | Fija los niveles máximos de presión sonora corregidos que | Las emisiones de ruido generadas en la etapa de 2011 Establece | se obtengan de la fuente fija emisora de ruido, medidos en el | construcción, serán de carácter transitorio y estarán bajo el Norma de | lugar donde se encuentre el receptor nivel basal actual del Aeropuerto. Lo anterior es acreditado Emisión de de acuerdo a los antecedentes aportados por el estudio de Ruidos Impacto Acústico adjunto en el Anexo 5 de la DIA y Generados por complementados en la ADENDA 1 y 2. Para mayor detalle Fuentes que ver el considerando 3.1.5.- “Principales emisiones, Indica descargas y residuos del proyecto” en el acápite “Emisiones elaborada a Atmosféricas” de la presente resolución partir de la revisión del Para la etapa de operación no se contempla el incremento de Decreto N 146, los niveles actuales de presión sonora. de 1997.

Ministerio del Medio Ambiente

DS, N” 594 de 2000 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo Ministerio de Salud

Establece los niveles de presión sonora máxima permitida y la exposición de los trabajadores a ella.

Todos aquellos trabajadores que se vean expuestos a altos niveles de emisión sonora, como aquellos que manejen taladros hidráulicos u otros, harán uso de protectores de ruido acordes con su labor, Para ello el titular verificará permanentemente que el contratista provea de los elementos de seguridad necesarios para proteger la vida y salud de sus trabajadores

D.S. N” 594 de 2000 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo Ministerio de

Establece que las aguas servidas de carácter doméstico deberán ser conducidas al alcantarillado público, o en su defecto, su disposición final se efectuará por medio de sistemas o plantas particulares en conformidad a los reglamentos específicos vigentes.

El aeródromo va cuenta con un sistema de agua potable y alcantarillado, dando cumplimiento a dicha normativa

RCA

Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 19

Salud

S. 594 de 2000 Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales de los lugares de trabajo Ministerio de Salud

Artículos 18, 19 y 20: Señala que la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos industriales dentro del predio industrial, local o lugar de trabajo, deberá contar con la autorización sanitaria.

En la etapa de construcción el titular exigirá al contratista proporcionar todo lo necesario para el cumplimiento.

Durante la etapa de operación se generarán residuos domésticos y eventualmente residuos peligrosos, que serán dispuestos en una bodega debidamente autorizada, de acuerdo a la naturaleza de los residuos.

D.F.L 1 de 1989 Establecz las

Dispone que la acumulación de residuos no peligrosos dentro del predio requiera de autorización sanitaria expresa,

La disposición final de los residuos industriales no peligrosos generados durante las etapas de construcción, se realizará en exclusivamente en sitios que se encuentren autorizados por la SEREMI de Salud, de acuerdo a lo detallado en el considerando 3.1.5.- “Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto” en el acápite “Residuos Sólidos” de la presente resolución

Artículos 78, 79, 80 y 81: Regula el manejo de basuras y desperdicios de cualquier clase, y disposiciones relativas a los vehículos y sistemas de transporte de ciertos materiales que puedan causar peligro o molestia.

Residuos Sólidos Domiciliarios:

El proyecto cumplirá con las normas contenidas en este cuerpo normativo aplicables a los lugares destinados a la disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, así como los medios de transporte de ellas.

Los residuos domésticos, serán almacenados en contenedores cerrados, para luego ser retirados y dispuestos en un lugar autorizado.

Residuos Industriales no Peligrosos:

Éstos serán almacenados en un sector especialmente habilitado mientras dure la construcción.

Su cumplimiento se respaldará con el registro de todas las salidas y los respectivos certificados de ingreso a vertedero autorizado.

Reglamento sanitario sobre las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reutilización, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

Para el almacenamiento de estos residuos se habilitará un patio de acopio temporal que cumplirá lo establecido en el DS N*148/2004 MINSAL:

Tendrá una base continua, impermeable y resistente estructural y

Contará con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

Estará techado y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

Garantizará que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente.

Tendrá una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior al volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados.

Contará con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93

Los residuos serán retirados al menos en forma quincenal para su disposición final por una empresa especializada en el centro de residuos peligrosos de la región, quienes deberán proveer dentro de la documentación de obras, los respectivos certificados de recepción y/o disposición de dichos residuos.

Prohíbe la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente protegidos, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas,

Dadas las características de obras que serán ejecutadas íntegramente en sectores cuyo uso actual es aeroportuario, no se generarán efectos negativos sobre fauna.

Esta ley tiene como objetivos la protección, la recuperación y el mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental.

El su artículo 5”, se establece que toda acción de corta de

El Proyecto no afectará bosques nativos mi formaciones xerofíticas en ninguna de sus actividades.

materias que requieren autorización sanitaria expresa Ministerio de Salud D.O. 21/02/1990 D.F.L. 725 Código Sanitario Ministerio de Salud DO. 31.01.68 D.S. N” 148 de 2003 Reglamento Sanitaric sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Ministero de Salud. D.O. 16.06.2004 Ley N* 19.473, Ley de Caza Ministerio de Agricultura Do. 27.09.96 Ley sobre Recuperación del Bosque Nativo y RCA

Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”20

Fomento Forestal. Ley N* 20.283/2008 Ministerio de Agricultura. D.O. 30.07.2008

bosque nativo, cualquiera sea el tipo de terreno en que éste se encuentre, deberá hacerse previo plan de manejo aprobado por la Corporación. Deberá cumplir, además, con lo prescrito en el decreto ley N* 701, de 1974. Los planes de manejo aprobados deberán ser de carácter público y estar disponibles en la página web de la Corporación para quien lo solicite.

DS. N* 5/98 Reglamento de la Ley de Caza. Ministerio de Agricultura

Artículo 2, 8, 18

Sus disposiciones se aplicarán a la caza, captura, crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre. Queda prohibido, en toda época levantar nidos, destruir madrigueras o recolectar huevos o crías, con

No se permitirá la caza en el área del proyecto

D.O. 09/01/98 excepción de los pertenecientes a las especies declaradas

dañinas. Sin perjuicio de lo anterior, en casos calificados el

Servicio podrá autorizar la recolección de huevos y crias

con fines cientificos. DS 151/2007 | Establece Reglamento para la clasificación de Especies | Sin perjuicio de que el área de proyecto se encuentra Ministerio Silvestres completamente intervenida siendo imposible encontrar flora Secretaría Tipo y fiscalización y fauna silvestre, corresponde al titular del proyecto adoptar General de la todas las medidas necesarias para cumplir con la

Presidencia

conservación de las especies contenidas en el DS 151

Ley N” 17.288 sobre

Artículos 13, 22, 31, 42 y 44 Prohibición de efectuar excavaciones científicas de carácter

Dadas las características de obras que serán ejecutadas íntegramente en sectores cuyo uso actual es aeroportuario,

Monumentos arqueológico, antropológico o paleontológico en el territorio | no se generarán efectos negativos monumentos nacionales.

Nacionales nacional, sin autorización previa del Consejo de | Asimismo, como se informa en la Caracterización

Ministerio de | Monumentos Nacionales Ambiental del Capítulo 2 de Descripción del Proyecto, en el

Educación D.O. área no se identifican elementos de valor patrimonial.

04.02.70.

Establece Sin embargo, su titular se compromete ante eventuales

hallazgos de patrimonio arqueológico proceder conforme lo establecido por los artículos N” 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288.

Decreto N*484 Las prospecciones y/o excavaciones arqueológicas, | En el evento que durante la ejecución del Proyecto, se antropológicas y paleontológicas, en terrenos públicos y | produce un hallazgo de cualquier tipo de ruinas o restos privados, como asimismo las normas que regulan la | arqueológicos se paralizará inmediatamente sus obras y se autorización del Consejo de Monumentos Nacionales para | dará aviso Carabineros y al Consejo de Monumentos realizarlas y el destino de los objetos o especies encontradas, | Nacionales, conforme lo indicado en los presentes cuerpos se regirá por las normas contenidas en la Ley N” 17.288 y | legales y normativos en este reglamento.

Asimismo, prescribe que las personas naturales o jurídicas

que al hacer

prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del

territorio nacional y con cualquiera finalidad encontrare

ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter

arqueológico, antropológico o paleontológico, están

obligadas a denunciar de inmediato al descubrimiento al

Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se

haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de

Monumentos Nacionales se haga cargo de D.F.LN* 850 de | Establece reglamentación sobre los caminos públicos, usos | No se cerraran, obstruirán o desviaran caminos públicos, no 1997 Fija el | permitidos, condiciones de uso, además de | se extraerán tierras, no se derramaran aguas, no se

texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 15.840, de 1964 y del D.FL. N206, de 1960 Ministerio de Obras Públicas D.O. 25.02.1998

responsabilidades e instituciones responsables de hacer cumplir la normativa (párrafo 3, especialmente lo relacionado a los artículos N? 30 al N*40)

depositará materiales, desmontes, escombros ni basura en ellos, ni en sus espacios laterales.

Tampoco se contempla dentro del proyecto la conducción de aguas sobre los caminos. La maquinaria pesada cumplirá con toda su documentación al día y no se permitirá que estas sobrepasen los límites de peso estipulados.

El titular se hará responsable en caso de que ocurra algún perjuicio y responderá frente a tal hecho, también dará aviso de inmediato a la dirección de vialidad.

4.2.- Indicación de los Permisos Ambientales Sectoriales Asociados al Proyecto

4.2.1.-Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93 del D.S. N*"95/2001 MINSEGPRES

Artículo 93.- En los permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

Requisitos formales que acreditan el Permiso Ambiental Sectorial

RCA

Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”21

Dichos antecedentes necesarios para poder desarrollar este Permiso Ambiental Sectorial se presentan en el capítulo 5 de la DIA y a la vez son complementados en ADENDA NC1 y 2.

La SEREMI de Salud informa a través de su Ord. N* 2603 de 29 de agosto 2014 manifiesta que el Titular ha acreditado satisfactoriamente los requisitos del PAS del Artículo 93 del Reglamento del SEIA.

5.- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias. Lo cual se pormenoriza a continuación;

5.- Salud de la Población

Artículo 5. El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad genera o presenta riesgos para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará:

Letra a) Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en el Estado que se señala en el artículo 7 del presente Reglamento.

Durante la etapa de construcción el proyecto genera emisiones atmosféricas de material particulado y gases, las que son de carácter temporal, no peligrosas y de impacto local limitado, según lo descrito en la presente resolución y en el Anexo 4 en donde se adjunta el Estudio de Emisiones Atmosféricas.

e Las fuentes de emisión durante la etapa de construcción son principalmente fugitivas aplicándose las siguientes medidas de control:

e La velocidad máxima de circulación de vehículos y maquinarias será de 30 km/hr, lo que será señalizado.

e Los camiones que transportarán el material de construcción cumplirán con las disposiciones del DS N* 75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.

e Los materiales de construcción serán debidamente humectados y cubiertos, con lona o malla Raschel en buen estado de conservación con el objeto de controlar y minimizar las emisiones de material particulado en la etapa de construcción.

e El terreno y accesos no pavimentados, afectos al tránsito de vehículos, serán humectados periódicamente, según una frecuencia conveniente dependiendo de la estación del año y avance de la obra.

e El proyecto llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

e La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo.

e Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”22

e Todo vehículo inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1994, portará el sello que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten, no serán admitidos en la obra.

e El transporte de materiales en la etapa de construcción se realizará con carga cubierta y humedecida con una lona sujeta a la carrocería. Además se mantendrá una distancia mínima de10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta.

e El proyecto mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. + El proyecto prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

En la etapa de operación las emisiones provienen del uso de un equipo electrógeno de emergencia.

Respecto a las emisiones de ruido descritas en el en el considerando 3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto de la presente resolución y complementadas tanto el DÍA como las respectivas ADENDASs, asociado al proceso de evaluación de impacto ambiental, para las faenas de construcción y operación, estas no superarían los límites máximos establecidos por la norma.

Letra b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera.

Durante la etapa de construcción las emisiones atmosféricas corresponden a material particulado, gases de motores de combustión y ruido emitidos, sobre las cuales se aplicarán las medidas de control detalladas en el análisis del articulo 5 la letra a) y en los Anexos 4 y 5, ambos complementarios a la DIA.

Asimismo, este tipo de emisiones atmosféricas son propias de la etapa de construcción y son de carácter temporal, no peligrosas y de impacto local limitado. Adicionalmente, su titular implementará las siguientes medidas:

e La velocidad máxima de circulación de vehículos y maquinarias será de 30 km/hr, lo que será señalizado.

e Los camiones que transportarán el material de construcción cumplirán con las disposiciones del DSN* 75/87 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que Establece Condiciones para el Transporte de Cargas.

e Los materiales de construcción serán debidamente humectados y cubiertos, con lona o malla raschel en buen estado de conservación con el objeto de controlar y minimizar las emisiones de material particulado en la etapa de construcción.

e El terreno y accesos no pavimentados, afectos al tránsito de vehículos, serán humectados periódicamente, según una frecuencia conveniente dependiendo de la estación del año y avance de la obra.

e El proyecto llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.

e La ejecución de los movimientos de tierra y excavaciones se realizará humectando previamente la superficie del suelo.

e Los vehículos poseerán las revisiones técnicas al día. La mantención de la maquinaria se realizará de acuerdo a las especificaciones del fabricante, en talleres mecánicos autorizados.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”23

e Todo vehículo inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados después del 1 de septiembre de 1994, portará el sello que acredite el cumplimiento de los límites máximos de sus emisiones y aquellos que no lo porten, no serán admitidos en la obra.

  • El transporte de materiales en la etapa de construcción se realizará con carga cubierta y humedecida con una lona sujeta a la carrocería. Además se mantendrá una distancia mínima de 10cm entre la superficie de la carga y la cubierta.

e El proyecto mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. e El proyecto prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles.

e En la etapa de operación las emisiones provienen del uso de un equipo electrógeno de emergencia.

Respecto a las emisiones de ruido, según lo indicado en la Evaluación Acústica adjunto en Anexo 5 de la DIA, durante la construcción de las obras, el proyecto generará niveles de ruido que no superarán los límites máximos establecidos por la norma.

Respecto a los efluentes líquidos, durante la construcción se generarán 7 m3/día de residuos líquidos domiciliarios en los frentes de trabajo de la obra, los que serán captados en baños químicos, retirados, tratados y dispuestos por contratista autorizado.

En la etapa de operación se generarán 23 m3/día, estas descargas serán colectadas y conducidas al sistema de recolección existente conformado por colectores, que descargan a sentinas luego son impulsadas mediante plantas elevadoras a la red de alcantarillado público, administrado por la empresa ESSBIO.

Letra c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.

Durante la etapa de construcción el proyecto genera emisiones atmosféricas de material particulado y gases, las que serán de carácter temporal, poco significativas -en horario diurno y de lunes a viernes según lo descrito en el considerando 3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto de la presente resolución, capítulo 2 de la DIA y Anexo 4 de la DIA. Estas emisiones atmosféricas serán generadas en los frentes de trabajo.

En la etapa de operación las emisiones provienen del uso de un equipo electrógeno de emergencia.

Respecto a la descarga de efluentes líquidos, para la etapa de construcción del proyecto se generarán residuos líquidos domiciliarios en los frentes de trabajo instalaciones de faenas, los que serán captados en baños químicos, retirados, tratados y dispuestos por contratista autorizado.

En la etapa de operación, los residuos líquidos domiciliarios generados serán colectados y conducidos al sistema de recolección existente conformado por colectores, que descargan a sentinas luego son impulsadas mediante plantas elevadoras a la red de alcantarillado público, administrado por la empresa ESSBIO.

Letra d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.

Durante las etapas de Construcción y Operación, la recolección traslado y disposición final de los residuos sólidos domésticos será realizado en un relleno sanitario autorizado, por una empresa autorizada. Éstos serán restos de papel, restos de comida, envases de bebidas, entre otros. Durante la construcción, se estima una generación de 28 kg/día de residuos sólidos domiciliarios.

Durante la construcción, el proyecto generará 75 Vmesde residuos sólidos peligrosos, como aceites y lubricantes usados, filtros de aceite, baterías, trapos o huaipe contaminados, habilitándose un patio de acopio temporal que cumplirá con la normativa vigente (DS N*148/2003 MINSAL).

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” 24

Durante la fase de operación no se generarán residuos sólidos peligrosos. Letra e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.

En la etapa de construcción, diariamente se generarán residuos sólidos inertes en todos los frentes de trabajo de la obra. Éstos serán almacenados adecuadamente, en sectores específicos de los frentes de trabajo, en condiciones en que no generen la suspensión de material particulado, para ser retirados con una frecuencia necesaria por empresas autorizadas para la labor. Para el almacenamiento se humedecerán y cubrirán las pilas de tierra y escombros, con lona o malla raschel en buen estado de conservación.

Durante la etapa de operación el principal residuo que se generará corresponderá a residuos sólidos domésticos que provendrán de oficinas, baños, y edificios de equipamiento en general. Este tipo de residuos corresponderá básicamente a restos de comida, envases, papeles, cartones, etcétera.

Se estima que durante la etapa de operación no se generarán residuos sólidos peligrosos.

Durante la etapa de construcción los residuos sólidos peligrosos serán almacenados en sectores específicos dando cumplimiento a lo señalado por el DS N*148/204 MINSAL, para su posterior retiro, transporte y disposición final en sitios autorizados por la autoridad sanitaria.

Letra f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con Proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde exista población humana permanente.

Durante la etapa de construcción, el ruido será generado por las obras asociadas al movimiento de tierras, movimiento de materiales, tránsito de maquinarias, entre otras. El ruido emitido en la etapa de construcción y operación cumplirán con las normativas aplicables según se indica en la Evaluación Acústica contenido en el Anexo 5 de la DIA y en el considerando 3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto de la presente resolución,.

Las conclusiones del mencionado estudio indican que los niveles de ruido modelados sobre la comunidad durante la etapa de construcción cumplen con el límite diurno y nocturno establecido por elD.S.38/11 del MINSEGPRES.

Letra g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el Proyecto o actividad.

El proyecto no generará formas de energía, radiación y vibraciones en la etapa de construcción u operación.

Letra h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos o generados por el Proyecto o actividad.

No se generan efectos que se puedan combinar o interactuar en ninguna de sus etapas.

Recursos Naturales

Artículo 6 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos

naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

A objeto de evaluar los efectos adversos significativos a que se refiere el inciso anterior, se considera:

Letra a) Lo establecido en las normas secundarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en el Estado que se señala en el artículo 7 del presente Reglamento.

Dado que en el área de proyecto no se encuentra aplicables normas secundarias, la construcción y operación del Proyecto no afecta a recursos protegidos por ellas.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”25

Letra b) La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera.

Aplica respuesta de Artículo Sliteral b).

Letra c) La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera.

Aplica respuesta de Artículo $ literal c).

Letra d) La composición, peligrosidad y cantidad de residuos sólidos.

Aplica respuesta de Artículo 5 literal d).

Letra e) La frecuencia, duración y lugar del manejo de residuos sólidos.

Aplica respuesta de Artículo 5 literal e).

Letra f) La diferencia entre los niveles estimados de inmisión de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Aplica respuesta de Artículo $ literal f).

Por otro lado, según lo indicado en el numeral 2.4 del capítulo 2 de la DIA y el acápite de Medio Biótico, el área del proyecto corresponde a una zona altamente intervenida, siendo imposible encontrar concentración de fauna nativa asociada a hábitat de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación.

Letra g) Las formas de energía, radiación o vibraciones generadas por el Proyecto o actividad.

Aplica respuesta de Artículo 5 literal g).

Letra h) Los efectos de la combinación y/o interacción conocida de los contaminantes emitidos y/o generados por el Proyecto o actividad.

No se generan efectos que se puedan combinar o interactuar en ninguna de sus etapas.

Letra i) La relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el Proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables.

Las emisiones contaminantes del proyecto son debidamente controladas en todas sus fases, dando cumplimiento a la normativa ambiental aplicable. Asimismo, se observa un terreno con una alta acción antrópica, siendo imposible observar sectores donde se desarrollen o puedan desarrollarse formaciones naturales.

Letra j) La capacidad de dilución, dispersión, autodepuración, asimilación y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el área de influencia del Proyecto o actividad.

No existen recursos naturales renovables que puedan ser afectados por el proyecto.

Letra k) La cantidad y superficie de vegetación nativa intervenida y/o explotada, así como su forma de intervención y/o explotación.

No existe vegetación nativa en el área del proyecto Letra |) La cantidad de fauna silvestre intervenida y/o explotada, así como su forma de

intervención y/o explotación;

Aplica respuesta anterior,

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”26

Letra m) El estado de conservación en que se encuentren especies de flora o de fauna a extraer, explotar, alterar o manejar, de acuerdo a lo indicado en los listados nacionales de especies en peligro de extinción, vulnerables, raras o insuficientemente conocidas.

El proyecto no contempla la extracción, explotación, alteración o manejo de especies de flora y fauna que se encuentren en las categorías mencionadas

Letra n) El volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en:

n.1) Vegas y/o bofedales ubicados en las Regiones I y Il, que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas.

n.2) Áreas o zonas de humedales que pudieran ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales.

n.3) Cuerpos de aguas subterráneas que contienen aguas milenarias y/o fósiles.

n.4) Una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra.

n.5) Lagos o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

El Proyecto no se ubica en zonas indicadas en este artículo. El aeródromo se abastece de la red pública de Agua Potable que distribuye la Empresa ESSBIO, la que complementa con agua subterránea desde captaciones construidas al interior del recinto.

Letra ñ) Las alteraciones que pueda generar sobre otros elementos naturales y/o artificiales del medioambiente la introducción al territorio nacional de alguna especie de flora o de fauna; así como la introducción al territorio nacional, o uso, de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares:

El proyecto no contempla, dado su objetivo como equipamiento, en ninguna de sus etapas o actividades, la introducción a territorio nacional de especie alguna de flora, fauna u organismo genéticamente modificado.

Letra 0) La superficie de suelo susceptible de perderse o degradarse por erosión, compactación o contaminación.

Las obras de ampliación del proyecto se limitan a sectores que ya son utilizados como espacios aeroportuarios, por lo tanto se estima que no se pierde suelo y no habrá degradación por erosión, compactación o contaminación, dado que además en el proceso constructivo se tomarán todos los resguardos para prevenir eventuales derrames.

Letra p) La diversidad biológica presente en el área de influencia del Proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración.

El área de proyecto no presenta atributos de singularidad en cuanto a su diversidad biológica. Según lo mencionado en la DÍA, se observa un terreno con una alta acción antrópica, siendo imposible observar sectores donde se desarrollen o puedan desarrollarse formaciones naturales.

Comunidades Humanas

Artículo 8 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad generare asentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

A objeto de evaluar si el Proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas, se considerará el desplazamiento y reubicación de grupos humanos que habitan en el lugar de emplazamiento del Proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas.

Se entenderá por comunidades humanas o grupos humanos a todo conjunto de personas que comparte un territorio, en el que interactúan permanentemente, dando origen a un sistema de vida formado por relaciones sociales, económicas, y culturales, que eventualmente tienden a generar tradiciones, intereses comunitarios y sentimientos de arraigo.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”27

Asimismo, a objeto de evaluar si el Proyecto o actividad, incluidas sus obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus etapas, genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, se considerarán:

Letra a) Dimensión geográfica, consistente en la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones, considerando la densidad y distribución espacial de la población; el tamaño de los predios y tenencia de la tierra; y los flujos de comunicación y transporte;

Se estima que la distribución de grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones no se verán afectadas, puesto que el proyecto se emplaza en un sector urbano donde no se consideran expropiaciones ni relocalizaciones de población. Asimismo se señala que los habitantes más cercanos no se verán afectados por la construcción u operación del proyecto, a la luz de los antecedentes presentados en el ítem en el considerando 3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto de la presente resolución exenta y en el anexo 5 “Estudio de Ruido2.

Por último, la población más cercana y en general no verá afectado el flujo de comunicación y transporte puesto que la vialidad pública será repuesta de manera tal que se garantice la conectividad ante la ejecución del proyecto.

Letra b)Dimensión demográfica, consistente en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, considerando la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones;

El proyecto se emplaza en un sector urbano en el cual no se generarán expropiaciones ni relocalizaciones de población. Asimismo, el proyecto no generará efectos significativos sobre la población más cercana, según los antecedentes presentados en el en el considerando 3.1.5.- Principales emisiones, descargas y residuos del proyecto, Capítulo 2 de la DIA, en el anexo 5 de estudio de ruido y anexo 4 sobre estimación de emisiones atmosféricas.

Por lo anterior, se estima que la construcción y operación del proyecto no generará efectos en la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio, la estructura urbano rural; la estructura según rama de actividad económica y categoría ocupacional; la población económicamente activa; la estructura de edad y sexo; la escolaridad y nivel de instrucción; y las migraciones.

Letra c) Dimensión antropológica, considerando las características étnicas; y las manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinación es, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados;

La ejecución de obras se realiza en superficies destinadas actualmente a la actividad aeroportuaria, motivo por el cual no es posible afectar el desarrollo de ceremonias religiosas o cualquier otro tipo de manifestaciones propias de la cultura o del folklore del pueblo, comunidad o grupo humano.

Letra d) Dimensión socio-económica, considerando el empleo y desempleo; y la presencia de actividades productivas dependientes de la extracción de recursos naturales por parte del grupo humano, en forma individual o asociativa; o

El proyecto no afectará ni interferirá con sistemas productivos o acceso a recursos naturales por parte de la población, dado que se desarrolla en superficies destinadas actualmente a la actividad aeroportuaria.

Letra e) Dimensión de bienestar social básico, relativo al acceso del grupo humano a bienes, equipamiento y servicios, tales como vivienda, transporte, energía, salud, educación y sanitarios. El proyecto no afecta el acceso de población, comunidades o grupos humanos a los servicios y equipamientos básicos, dado que se desarrolla al interior del terreno del aeródromo.

Áreas Protegidas

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”28

Artículo 9 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

El Proyecto no se localiza próximo a ninguna área protegida.

Turismo — Paisajismo

Artículo 10 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad genera alteración significativa, en términos de magnitud y duración, del valor

paisajístico o turístico de una zona.

Letra a) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

El proyecto no interviene, obstruye ni se emplaza en zonas con valor paisajístico o turístico, el área de proyecto se sitúa en sectores altamente intervenidos y no ostenta ningún valor paisajístico o turístico en la zona.

Letra b) La duración o la magnitud en que se obstruye la visibilidad a zonas con valor paisajístico.

Aplica respuesta anterior.

Letra c) la duración o la magnitud en que se obstruye el acceso a los recursos o elementos del medioambiente de zonas con valor paisajístico o turístico; o

El proyecto no alterará la accesibilidad a recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico, las obras consideran la reposición de la vialidad pública garantizando

la conectividad para la comunidad.

Letra d) la intervención o emplazamiento del proyecto o actividad en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el decreto ley N* 1.224 de 1975.

El emplazamiento del proyecto no se encuentra en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el Decreto N*1.224 de 1975.

Patrimonio

Artículo 11 El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su Proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

A objeto de evaluar si el Proyecto o actividad, respecto a su área de influencia, genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural, se considerará:

Letra a) La proximidad a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la ley 17.288.

El proyecto no se localiza en o alrededor de algún Monumento Nacional

Letra b) la magnitud en que se remueva, destruya, excave, traslade, deteriore o se modifique en forma permanente algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288;

Las obras no consideran la intervención de monumentos nacionales. Letra c) La magnitud en que se modifique o deteriore en forma permanente construcciones,

lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural; o

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”29

La construcción y operación del proyecto no contempla la modificación, deterioro o localización en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigiiedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.

Letra d) La proximidad a lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

El proyecto no se emplazará en lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones de comunidades o grupo humanos especiales.

Análisis de la letra d), artículo11 de la ley de Bases (modificada por la Ley 20.417).

La Ley 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, modificó la letra d) del artículo 11 de la Ley19.300.Esta letra quedo como sigue:

d) Localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.

El proyecto no se localiza próximo a poblaciones, recursos y áreas protegidas, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados.

En resumen, según antecedentes aportados por DIA y las respctivas ADENDASs, se considera que el Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur de Concepción” no produce ninguno de los efectos, características o circunstancias mencionados en el artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 5, 6, 8, 9, 10 y 11 del Título H del Reglamento del SEIA, y en la letra d) del artículo 11 que fue modificada por la ley 20.417.

6.- Que, señor Javier Eduardo Osorio Sepúlveda, en representación de la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas o quien en sus derechos le suceda, deberá remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde su emisión, una copia de los permisos, autorizaciones o pronunciamientos ambientales sectoriales otorgados o emitidos por los órganos del estado competentes.

7.-Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a esta Comisión, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a la descripción del mismo.

9.- Que, para que el Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

10.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, con copia a esta Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

12.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

13.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

14.- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío;

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”30

=>

Y

RESUELVE

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la DIA del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur” cuyo titular corresponde a la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas RUT 61.202.000-0, representada para estos efectos por don Javier Eduardo Osorio Sepúlveda RUT 9.963.273-9.

2.- CERTIFICAR que el Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”” de la Dirección General de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas, acredita y cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N” 19.300.

3.- Hacer presente que la presente Resolución no exime a Don Javier Eduardo Osorio Sepúlveda o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones O permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes.

4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

5.- Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.

6.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia.

7.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días hábiles contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.

Er vir omisió:

N E Región del Biobío hssucciba SE < Ny Bo

Distribucción.

RCA Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur”31

Sr. Javier Eduardo Osorio Sepúlveda Director General de Obras Públicas del Ministerio de Obras

Clc

Señores Miembros de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío

Dirección Regional de Aeropuertos, Región Biobío Dirección Regional SEC, Región del Biobío Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío Dirección Regional del SAG, Región del Biobío Gobierno Regional, Región de Biobío

Ilustre Municipalidad de Concepción

Ilustre Municipalidad de Hualpén

Ilustre Municipalidad de Talcahuano

Comisión Chilena de Energía Nuclear

Consejo de Monumentos Nacionales

Dirección General de Aeronáutica Civil Superintendencia de Medio Ambiente

Expediente del Proyecto “Ampliación y Mejoramiento Aeródromo Carriel Sur ” Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío

RCA

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