Evaluación SEA

Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad

Rol 2128930310
SEA · EIA · Aprobado · 2013-12-18 · Región del Biobío · Enel Generación Chile S.A

REPÚBLICA DE CHILE

Servicio COMISION DE EVALUACIÓN

Ad REGIÓN DEL BIOBÍO

Califica ambientalmente Estudio de Impacto

Ambiental del proyecto "Optimización Central Ragión de abro Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad"

128

Resolución Exenta N* 12015

Concepción, 02 de abril de 2015

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 N 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley N 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 1? transitorio del D.S. N 40, de 2013, del Ministeriode Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado,en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República y en la Resolución N 60 de fecha 02 de febrero de 2015 de la Dirección Ejecutiva a través de la cual se designa al Director Regional de la Región del Biobío;

  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, y sus Adendas, presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile), representada por el señor Valter Moro.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N137 sobre la ELA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 07/01/2014; Oficio N136 sobre la EIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/01/2014; Oficio N%043 sobre la EIA, por Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío, con fecha 21/01/2014; Oficio N“0225 GADR sobre la EIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 22/01/2014; Oficio N144 sobre la EIA, por Gobierno Regional, con fecha 22/01/2014;Oficio N016 sobre la EIA, por SEREMI de Energía, Región del Biobío, con fecha 30/01/2014; Oficio N“087 sobre la EIA, por Dirección Regional de turismo, Región del Biobío, con fecha 30/01/2014; Oficio N105 sobre la EIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 31/01/2014; Oficio N“0226 sobre la EIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 31/01/2014; Oficio N% sobre la EIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 03/02/2014; Oficio N238 sobre la ELA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 04/02/2014; Oficio N167 sobre la EIA, por Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 04/02/2014; Oficio N0305 sobre la EIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 04/02/2014; Oficio N12600/42 sobre la EIA, por Gobernación Marítima de Talcahuano, con fecha 04/02/2014; Oficio N%15009 E sobre la EIA, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 07/02/2014; Oficio N351 sobre la EIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 03/02/2014; Oficio N%316 sobre la EIA, por Subsecretaría de Pesca y

Acuicultura, con fecha 04/02/2014; Oficio N115 sobre la EIA, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 19/02/2014; Oficio N%128 sobre la EIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 24/02/2014; Oficio N81 sobre la Adenda 1,por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 02/10/2014; Oficio N"1666 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 07/10/2014; Oficio N1033 sobre la Adenda 1,por Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 14/10/2014; Oficio N6619 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío, con fecha 14/10/2014; Oficio N4303 DRGA sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 15/10/2014; Oficio N53716 sobre la Adenda 1, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 16/10/2014; Oficio N22 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 15/10/2014; Oficio N104 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Energía, Región del Bío Bío, con fecha 17/10/2014; Oficio N'1761 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 17/10/2014; Oficio N12.600/471 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Talcahuano, con fecha 17/10/2014; Oficio N%663 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 20/10/2014; Oficio N19677 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 21/10/2014; Oficio N1144 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 21/10/2014; Oficio N(D.AC.) ORD. SEIA. N 352 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 21/10/2014; Oficio N3282 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 21/10/2014; Oficio N794 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Biobío, con fecha 30/10/2014; Oficio N2986 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 18/11/2014; Oficio N388 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional, CONADI, con fecha 24/12/2014; Oficio N60882 sobre la Adenda 2, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 04/02/2015; Oficio N60 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional, CONADI, con fecha 06/02/2015; Oficio N22208 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 10/02/2015; Oficio N152 sobre la Adenda 2, por Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 12/02/2015; Oficio N112 sobre la Adenda 2, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 12/02/2015; Oficio NY(D.AC.) ORD. SEIA. N 90 sobre la Adenda 2, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 13/02/2015; Oficio N12600/53 sobre la Adenda 2, por Gobernación Marítima de Talcahuano, con fecha 13/02/2015; Oficio N12600/55 rectifica Oficio N12600/53 sobre la Adenda 2, por Gobernación Marítima de Talcahuano, con fecha 16/02/2015.

  1. El Acta N013/2015 de la Sesión N4 del Comité Técnico de la Región del Biobío, de fecha 05 de marzo de 2015.

  2. El Acta y los acuerdos que en ella constan de la Sesión de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 16 de marzo de 2015, vinculadas al procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, en la cual se resolvió su calificación ambiental.

  3. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad", de fecha 06 de marzo de 2015;

  4. Las visaciones y observaciones al contenido del Informe Consolidado de Evaluación emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que han participado en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N107 sobre el ICE, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 10/03/2015; Oficio N630 sobre el ICE, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 11/03/2015; Oficio N%020 sobre el ICE por SEREMI de Energía, Región del Bío Bio,

con fecha 13/03/2015; Oficio N“236 sobre el ICE, por Ilustre Municipalidad de Coronel, con fecha 10/03/2015; Oficio N219 sobre el ICE, por SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 12/03/2015; Oficio N12600/74 sobre el ICE, por Gobernación Marítima de Talcahuano, con fecha 12/03/2015;Oficio ORD. N307/2015 sobre el ICE, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 13/03/2015; Oficio N (D.AC.) ORD. SEIA. N 128 sobre el ICE, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 13/03/2015; Oficio N%23497 sobre el ICE, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 13/03/2015; Oficio N'23635 sobre el ICE, por Servicio Nacional de Pesca, con fecha 16/03/2015; Oficio N679 sobre el ICE, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 16/03/2015; Oficio N919 GADR sobre el ICE, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 16/03/2015; Oficio N127 sobre el ICE, por Dirección Regional, CONADI, con fecha 17/03/2015; Oficio N%436 sobre el ICE, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 17/03/2015; Oficio N0436 sobre el ICE, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 19/03/2015; Oficio N236 sobre el ICE, por Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío, con fecha 20/03/2015; Oficio N*370 sobre el ICE, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 20/03/2015.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”.

CONSIDERANDO:

1 Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad" cuyo titular es la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile).

  1. Que el derecho del titular del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad", a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.

  2. Que debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

  3. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” posee, en general las siguientes características:

4.1. ANTECEDENTES GENERALES

El proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” considera la optimización de la Segunda Unidad de la Central Termoeléctrica (CT) Bocamina, a través de modificaciones al diseño y a la ubicación de sus obras permanentes. Ello, respecto del diseño y disposición de las obras indicadas en el proyecto “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)”, en adelante “el proyecto original”, calificado favorablemente mediante la Resolución Exenta N* 206/2007, de 2 de agosto de 2007 (en adelante la RCA original), de la Comisión Regional del Medio Ambiente (COREMA) de la Región de Biobío hoy Comisión de Evaluación, y sus posteriores modificaciones.

Estudios de ingeniería de detalle realizados a partir de 2008, indicaron que se podían implementar mejoras en el diseño original de la Segunda Unidad. Estas mejoras se obtuvieron a través de la aplicación de un conjunto de modificaciones detalladas más adelante, como por ejemplo: el cambio del tipo de caldera (reemplazando la caldera del tipo “circulación natural” por una caldera del tipo “circulación asistida”), lo que derivó en la redistribución de los equipos y obras de la Segunda Unidad, traduciéndose en un ahorro en los consumos de energía internos y mejoras ambientales, entre otras. El titular optimizó el diseño de la Segunda Unidad, lo que permitió mejorar su funcionamiento en términos ambientales y de seguridad (tanto para el suministro energético como para sus instalaciones), sin modificar las características esenciales del proyecto aprobado, lo que, a la vez, permitía un aumento de potencia en 20 MW adicionales a lo autorizado el año 2007 en el proyecto original, requiriendo si para ello un aumento de caudal de agua de refrigeración y descarga al mar de 5.000 m'/h adicionales. Requerimiento que sería posteriormente desistido como se verá más adelante.

Atendiendo a lo anterior, Endesa Chile presenta al SEIA el ELA del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina, Segunda Unidad”. Esta evaluación ambiental consideró la suma de los impactos provocados por la modificación y el proyecto ya aprobado (proyecto existente).

Además de lo anterior, se optimizó el manejo de insumos y residuos, y se aumentó la eficiencia y seguridad del suministro eléctrico de la Segunda Unidad. Cada una de estas adecuaciones requirió de otras modificaciones menores, todas necesarias para la operación de ésta.

Es preciso mencionar que la optimización de la Segunda Unidad de la CT Bocamina, no modifica el objetivo principal del proyecto aprobado, que corresponde a la construcción y operación de una central de generación eléctrica a carbón.

Como parte del proceso de evaluación ambiental del proyecto de “Optimización CT Bocamina Segunda Unidad”, en particular según lo descrito en la adenda N*1 del EIA, Endesa Chile, mantiene, se desiste y complementa las siguientes obras y acciones:

Desistimiento de las solicitudes de aumento de caudal de agua de refrigeración y de potencia, quedando en conformidad con lo indicado en la Resolución Exenta N* 206/2007

a) Desistir de la solicitud de captar un caudal adicional de 5.000 mé/h de agua de refrigeración. Con ello, el caudal de agua de refrigeración se mantendrá en los 45.000 m'/h autorizado por la RCA original.

No obstante que no se produzca la descarga de 5.000 m'/h adicionales, Endesa Chile mantendrá las medidas de manejo ambiental que había diseñado para hacerse cargo de dicho impacto. Por ello mantendrá el diferencial de temperatura entre la succión y la descarga de 8,17%C y el límite de temperatura máxima absoluta en la descarga de 26C, más exigente que lo establecido en la Tabla N4 del D.S, N” 90/00, del Minsegpres, aplicable a este proyecto.

Cabe destacar que el proyecto de Optimización ingresó al SEIA mediante un Estudio de Impacto Ambiental, debido a que el aumento de captación de agua de mar y su posterior descarga en el medio marino generaba efecto adverso significativo al medio receptor. No obstante, el desistimiento individualizado en el presente literal permite eliminar la significancia del impacto, por cuanto la descarga al medio marino volverá a ser aquélla que fue calificada ambientalmente favorable mediante Res. Ex N*206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío.

b) Desistir de la solicitud para aumentar la potencia autorizada en 20 MW. Como resultado del desistimiento a utilizar 5.000 m3/h adicionales de agua de refrigeración, la potencia instalada bruta máxima de la Segunda Unidad quedará limitada a 350 MW, tal como está establecido en la Res. Ex. N” 206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío.

Mejoras Ambientales Adicionales planteadas en este Proyecto Optimizado.

a) Instalar filtros de tecnología avanzada en la succión de agua de refrigeración. Con el objeto de minimizar el riesgo de ingreso de organismos hidrobiológicos de cierto tamaño al sistema de enfriamiento, se incorporará en la aducción de agua de mar filtros de tecnología avanzada que serán instalados tanto en la Segunda Unidad (objeto de la presente evaluación), como en la Primera Unidad. El sistema de filtros seleccionados tendrá un tamiz de 3 mm y, la velocidad de succión será, como máximo, de 0,15 m/s. Esta velocidad cumple con las recomendaciones realizadas por la Agencia para la Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA). Esta velocidad permite que la succión no sea activa (no haya ingreso forzado) y no se atraigan organismos marinos hacia la bocatoma.

En el Apéndice 11 del Anexo 1 del Adenda N*1 del EIA se presenta el Informe Técnico de Implementación Sistemas de Filtros en Aducción con el detalle de sus características, construcción y funcionamiento.

Actualmente, la CT Bocamina, en la Primera y Segunda Unidad, cuenta con sistemas de mallas y burbujas destinadas a minimizar el ingreso de biota en la succión y con protocolo de monitoreo de biomasa, aprobados por la Autoridad.

Tales medidas seguirán implementándose durante la operación de la Segunda Unidad, en el intertanto, hasta que se encuentren instalados los filtros de alta tecnología mencionados.

b) Techar las canchas de carbón. Corresponderá a la construcción de una estructura metálica del tipo geodésica, montada sobre un muro de hormigón armado de aproximadamente 3,5 m de altura, con ventilación requerida por el sistema de manejo de carbón y la construcción de un radier de hormigón armado.

Ante el requerimiento de la Autoridad, Endesa Chile ha analizado esta materia y ha encontrado una solución técnica, mediante techado, que permite ajustarse a las condiciones del terreno y que supone un mejor estándar de control de material particulado en el aire.

Además, Endesa Chile reduce la solicitud de ampliación de capacidad de almacenamiento de las canchas de carbón de 309.000 ton, planteadas en el EIA, a 290.000 ton.

Asimismo, Endesa Chile se ha comprometido a que, en el intertanto no esté operativo el sistema de techado en las canchas de carbón, su capacidad de acopio se restringirá hasta un máximo de 175.000 ton, valor autorizado mediante Res. Ex. N”206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío.

En el Apéndice 12 del Anexo 1 del Adenda N*1 del EIA se presenta el Informe Técnico Techado Canchas de Carbón

e) Monitoreo MP2,5. Se instalará monitoreo de MP2,5 en las 3 estaciones de calidad de aire que actualmente tiene la central. Además, se agregará una cuarta estación meteorológica y de calidad del aire, de acuerdo a los criterios que fije la Autoridad, a fin de que pueda servir como una estación monitora con representatividad poblacional (EMRP).

d) Descarga de agua: En relación a la descarga de las aguas de refrigeración, el proyecto de Optimización considera la solución de descarga a orilla de playa, ya que los resultados de las modelaciones de dispersión de pluma térmica demuestran que la descarga a orilla de playa tiene un área de afectación menor que descargando a 30 m al interior del mar.

Respecto al Cronograma de actividades se indica lo siguiente:

  • La fase de operación del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” (o proyecto optimizado) se estima en 30 años.

  • Respecto de la instalación de los sistemas piloto para evitar o disminuir la biomasa en ambas unidades, éste se realizó en cuatro semanas. Actualmente operativos.

  • En el Adenda N*1 del EIA del proyecto optimizado, Endesa Chile introdujo mejoras ambientales adicionales a las indicadas en el EIA del proyecto, a saber: instalar filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades y techar ambas canchas de carbón.

La construcción del sistema filtros para ambas unidades demorará aproximadamente 13 meses a partir de la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental de este proyecto. Posterior al término de la construcción se considera un periodo de 6 meses para la puesta en marcha (operación en marcha blanca), que permitirá poner a punto el sistema y lograr las características requeridas.

En el Anexo J del Adenda N%2 del EIA se presenta el cronograma de construcción actualizado de la construcción del techado de las canchas de carbón. Se estima que la construcción de los techos para las canchas de carbón demorará aproximadamente 24 meses a partir de la obtención de los respectivos permisos.

422 DEFINICIÓN DE ETAPAS, OBRAS Y ACTIVIDADES DEL PROYECTO

4.2.1 Fases del proyecto

Las fases de construcción, operación y cierre o abandono del proyecto optimizado no se modifican respecto de lo presentado en el proyecto original aprobado “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)”.

En el Adenda 1 del proyecto optimizado, Endesa Chile introdujo mejoras ambientales adicionales a las indicadas en el EIA del proyecto, a saber: instalar filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades y techar ambas canchas de carbón.

Por lo anterior, el proyecto optimizado contempla la construcción de estas nuevas obras.

Tabla N*1 Fases del proyecto original y del optimizado

Fases del proyecto “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)”.

Fase Descripción general

Construcción Contempla la construcción de las obras físicas de la Segunda Unidad, los montajes, la puesta en servicio de los equipos, el desmantelamiento de las obras temporales y la restauración ambiental de todas las zonas utilizadas por las obras y actividades temporales.

Operación Contempla todas las actividades asociadas a la generación de energía eléctrica, la mantención de los equipos y de las instalaciones.

Fases del proyecto “Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)”.

Fase Descripción general

Cierre Una vez que las obras construidas cumplan su vida útil o por razones comerciales, se procederá a desmantelar y restituir las condiciones del lugar, lo más similar posible a la del terreno actual.

Fase del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”

Construcción Contempla la construcción de las obras físicas comprometidas en el Adenda 1 del ELA: instalar filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades y techar ambas canchas de carbón, incluyendo su montajes, la puesta en servicio de las nuevas obras, el desmantelamiento de las obras temporales.

Endesa Chile se ha comprometido a que, en el intertanto no esté operativo el sistema de techado en las canchas de carbón, su capacidad de acopio se restringirá hasta un máximo de 175.000 ton, valor autorizado mediante Res. Ex. N*206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío.

eración Contempla todas las actividades asociadas a la operación de las nuevas pi

obras del proyecto (filtros de alta tecnología para la succión de agua de

refrigeración en ambas unidades y techos en ambas canchas de carbón).

Cierre Una vez que las nuevas obras construidas cumplan su vida útil o por razones comerciales, se procederá a desmantelar y restituir las condiciones del lugar, lo más similar posible a la del terreno actual.

Con todo, la central podrá operar en el intertanto finalizan las obras de construcción de los filtros de tecnología avanzada en la succión de agua de refrigeración y del techado de las canchas de carbón.

4.2.2 Obras del proyecto

La optimización de la Segunda Unidad considera las obras o actividades modificadas en comparación con el proyecto aprobado, además de tres obras nuevas y una instalación eliminada. Es preciso indicar que el proyecto optimizado no considera obras temporales distintas a las ya señaladas en el proyecto aprobado.

En el Adenda 1 del proyecto optimizado, Endesa Chile introdujo mejoras ambientales adicionales a las indicadas en el EIA del proyecto, a saber: instalar filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades y techar ambas canchas de carbón.

4.2.2.1 Obras modificadas respecto del proyecto original aprobado

La optimización de la Segunda Unidad de la CT Bocamina, respecto del proyecto aprobado, consideró la modificación de las siguientes obras, las cuales se encuentran agrupadas en torno a una modificación principal.

Obras relacionadas con la optimización de la Segunda Unidad

Con el fin de optimizar la generación de energía, se realizó el cambio del tipo de generador de vapor (caldera), lo cual, a la vez, requiere modificar el caudal de agua de mar para su refrigeración y del turbogenerador.

Manejo de insumos y residuos

Carbón: Modificación del sistema de transporte, almacenamiento y manejo en cancha de carbón;

Caliza: Optimización en el sistema de almacenamiento de caliza;

Agua industrial: Modificación de los estanques de almacenamiento de agua industrial;

Petróleo diésel: Modificación de los estanques de almacenamiento de petróleo diésel N“2; Otros insumos: Modificación en la capacidad de las bodegas de almacenamiento de insumos; Cenizas: Optimización del sistema de abatimiento de material particulado y sistema de almacenamiento de cenizas volantes y de fondo; y

Residuos líquidos: Integración del sistema de tratamiento de Riles.

Otras adecuaciones de seguridad y respaldo

Planta de agua desmineralizada;

Transformadores eléctricos;

Sistema de generación de aire comprimido; y

Generador diésel de emergencia.

4.2.2.2 Obras nuevas respecto del proyecto aprobado

Sistemas de reducción de ingreso de biomasa;

Canal de devolución de biomasa;

Sistema de colección y tratamiento de agua lluvia para el sistema de manejo de carbón; Filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades; y Techos en ambas canchas de carbón

4.2.2.3 Obras que se eliminan respecto del proyecto aprobado Estanque de almacenamiento de petróleo ASTM N“6 de 1.000 nr. 4.2.3 Actividades del proyecto

A continuación se presentan las principales actividades identificadas para cada etapa del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, las cuales no se modifican respecto a las actividades indicadas en el proyecto aprobado.

4.2.3.1 Fase de construcción

Las actividades durante la fase de construcción de la Segunda Unidad no fueron modificadas respecto de lo indicado en el proyecto original aprobado.

Respecto de los áridos requeridos para la construcción de las obras que forman parte de la optimización de la Segunda Unidad de la Central Termoeléctrica (CT) Bocamina, éstos no variaron respecto de los volúmenes declarados en el ELA del proyecto aprobado, el cual fue suministrado por empresas autorizadas.

En relación a la implementación del sistema para la reducción de ingreso de biomasa, dado que las variables ambientales no evolucionaron de acuerdo a lo previsto en el ElA del proyecto aprobado, y considerando que la solución propuesta es sitio - específica, se implementaron sistemas pilotos para evitar o disminuir el ingreso de biomasa por ambas unidades (sistema primario de burbujas y sistema de retención secundario de mallas). La ejecución de las pruebas piloto para evitar o disminuir la biomasa entrante en la Primera y Segunda Unidad fue aprobada por la Res. Ex. N* 241/2013, de 27 de septiembre de 2013, del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.

Es preciso mencionar que no fue necesario contar con una instalación de faenas y sus obras y/o acciones fueron desarrolladas en los actuales predios de la CT Bocamina, no interviniendo superficies adicionales a ésta. Lo anterior, ya que los materiales fueron abastecidos directamente desde la bodega del proveedor, donde se realizó su montaje en blanco (montaje en la bodega del proveedor), para su instalación en el mar.

En el Adenda 1 del proyecto optimizado, Endesa Chile introdujo mejoras ambientales adicionales a las indicadas en el EIA del proyecto, a saber: instalar filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades y techar ambas canchas de carbón. Por lo anterior, se contemplan las siguientes actividades para la construcción de las nuevas obras:

Filtros de alta tecnología para la succión de agua de refrigeración en ambas unidades: Contratación de mano de obra temporal;

Transporte de personal, equipos, maquinaria, insumos y materiales; y

Instalación, mantención y levantamiento de instalaciones de faenas

Techado de ambas canchas de carbón:

Contratación de mano de obra temporal;

Transporte de personal, equipos, maquinaria, insumos y materiales; Instalación, mantención y levantamiento de instalaciones de faenas; y Retiro de carbón, movimientos de tierra y hormigón de obras civiles.

4.2.3.2 Fase de operación

Contratación de personal y de servicios complementarios;

Transporte de materiales e insumos;

Transporte y almacenamiento de petróleo diésel;

Extracción, transporte y acondicionamiento de agua de mar; Almacenamiento y acondicionamiento de agua industrial (agua de pozo); Generación eléctrica;

Manejo y disposición de cenizas; y

Mantención de equipos y obras civiles

Estas actividades son descritas con mayor detalle mas adelante en esta misma Resolución. 4.2.3.3 Actividades en la etapa de cierre

Las actividades identificadas para la fase de cierre no se modifican respecto a las actividades indicadas en el proyecto aprobado.

43 DESCRIPCIÓN DE LAS OBRAS DEL PROYECTO

A continuación se detallan las obras permanentes que conforman el presente proyecto, agrupadas según el tipo de modificación al que están asociadas. Estas obras corresponden a aquellas modificadas respecto del proyecto original aprobado, así como aquellas obras nuevas

no descritas en él.

4.3.1 Obras relacionadas con la optimización de generación de energía

El proyecto original aprobado contemplaba la instalación de una caldera de circulación natural, mientras que la optimización del proyecto considera una caldera del tipo circulación asistida. Si bien, ambos tipos de caldera (natural y asistida) son similares, se identifican las siguientes diferencias:

Tabla N%2 Comparación de las características de la caldera del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” respecto del proyecto aprobado.

Parámetro Proyecto aprobado Proyecto optimizado Circulación de agua Natural Asistida

10

Parámetro Proyecto aprobado Proyecto optimizado Carbón sub-bituminoso y Carbón sub-bituminoso y bituminosos (4.200 — 7.000 | bituminoso (poder calorífico Combustibles kcal/kg) superior de 6.900 kcal/kg), Petróleo pesado N“6 y'|como recibido

petróleo liviano ASTM N2 | Petróleo liviano ASTM N2

Molinos de carbón 5x 25% 4X 34% Silos de carbón E 4 Alimentadores de carbón 5 4 Consumo de carbón (ton/h) 225 124 Generación de vapor (ton/h) 1.190 1.141

Tasa de generación de vapor

(ton vapor/ton carbón) 5,29 9,20

Como se observa en la figura anterior, la modificación del tipo de caldera implicó un aumento en la tasa de generación de vapor de la caldera, con menor consumo de combustible y, por tanto, menores emisiones totales en operación normal. Además, el proyecto optimizado eliminó el uso de petróleo pesado para las partidas y detenciones de la caldera, empleando únicamente petróleo liviano ASTM N? 2, lo que se traduce en la disminución de las emisiones por el uso de este combustible.

En el intertanto no esté operativo el sistema de techado en las canchas de carbón, su capacidad de acopio se restringirá hasta un máximo de 175.000 ton, valor autorizado mediante Res. Ex. N*206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío.

Respecto de las características del carbón a emplear, la Segunda Unidad de la CT Bocamina empleará carbón térmico, cuyas características físico químicas se lograrán de los diferentes proveedores a nivel nacional e internacional de carbón bituminoso y sub bituminoso, los que combustionados puros o en diferentes porcentajes de mezclas, siempre permitirán cumplir con los límites establecidos en el D.S. N” 13/11, Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas y las exigencias de diseño del fabricante de la caldera. En la tabla siguiente se especifican los porcentajes máximos de azufre y cenizas del carbón que permitirán dar cumplimiento a los compromisos y exigencias de Endesa Chile.

Tabla N%3 Porcentaje máximos de azufre y cenizas del carbón a emplear en el proyecto

Parámetro diseño Primera Unidad Segunda Unidad % Azufre base seca 1,33 1,20 % Cenizas base seca 17 17

A su vez, el cambio en el tipo de caldera, introdujo modificaciones al sistema de refrigeración con agua de mar y al turbogenerador, las que se describen a continuación:

Sistema de refrigeración con agua de mar

Atendido que el proyecto de Optimización incrementaba la capacidad de generación de energía (20 MW adicionales), se requería aumentar el consumo de agua de mar para su sistema de refrigeración. A objeto de minimizar el incremento de consumo de agua de mar se procedió a introducir modificaciones al aludido sistema de refrigeración a objeto de limitar el consumo adicional de agua de mar, el cual llegaría a 5.000 mu */h adicionales a lo aprobado en el poryecto original.

Cabe destacar que el sistema de refrigeración del proyecto optimizado es equivalente, en cuanto al diseño, al sistema del proyecto original aprobado: consta de un sifón para la

Ie

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captación de agua de mar, una casa de bombas para la refrigeración del condensador, una tubería de impulsión de agua de mar hacia el condensador, una línea de impulsión de agua de refrigeración hacia el sistema de refrigeración de componentes, sus respectivas líneas de descarga hasta un pozo de sello y un canal abierto que finalmente devuelve el agua al mar.

El trazado de la tubería de aducción (sifón) fue modificado respecto de lo indicado en el proyecto original. La Res. Ex. N* 324/2009, de la Corema de la Región del Biobío señaló que esta modificación no es de consideración desde el punto de vista ambiental.

En el Adenda 1 del EIA, Endesa Chile ha desistido de la solicitud de captar 5.000 m/h de agua de refrigeración. Con ello, el caudal de agua de refrigeración se mantendrá en los 45.000 m'/h autorizado por la Res. Ex. N* 206/2007, de la Corema de la Región del Biobío.

No obstante que no se produzca la descarga de los 5.000 m'/h adicionales, Endesa Chile mantendrá las medidas de manejo ambiental que había diseñado para hacerse cargo de dicho impacto. Por ello mantendrá el diferencial de temperatura entre la succión y la descarga de 8,17 C y el límite a la temperatura máxima absoluta en la descarga de 26 "C, más exigente que lo establecido en la Tabla N%4 del D.S. N 90/00 del Minsegpres.

Con el objeto de mitigar la ocurrencia de efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables presentes en el medio receptor, debido a la temperatura de la descarga, el proyecto optimizado ha definido la instalación de equipamiento especial para conseguir la aludida mitigación, a saber: un condensador con mayor capacidad de enfriamiento, el cual además posee un sistema de limpieza automático que optimiza la transferencia de calor, dos bombas de refrigeración principal en configuración 2 x 60%, y una bomba de llenado de línea. Además, el nuevo sistema incorpora dos intercambiadores de calor en configuración 2 x 100% (uno en servicio y uno en stand by) para la transferencia de calor al circuito primario (agua de mar) del sistema de refrigeración de componentes, y tres bombas para el enfriamiento de componentes en configuración 3 x 60% y un circuito de distribución de las mismas.

Cabe destacar que la instalación y operación de los equipos antes individualizados permitirán limitar el diferencial de temperatura, entre el agua de entrada y el agua de salida del sistema de refrigeración, de manera tal que éste no supere los 8,17"C, diferencial de temperatura menor al empleado en las modelaciones presentadas en el proyecto original aprobado (equivalente a 9 20).

Por su parte, y al igual que en el proyecto original aprobado, el nuevo sistema de refrigeración se compone, además, de sistemas auxiliares como:

Sistema de filtrado y control de succión: éste no difiere del sistema de filtrado del proyecto aprobado;

Sistema de inyección de antifouling: compuesto por un tren de inyección de hipoclorito de sodio ubicado en la campana de succión y en la casa de bombas. Dado el alto contenido de coliformes fecales y materia orgánica presente en el agua de mar, el sistema opera en forma continua con peaks de inyección de hipoclorito de sodio, el cual es almacenado en dos estanques de 180 m' cada uno. Dichos estanques cuentan con un pretil de contención y un tren de bombas de dosificación continua y peak; y

Sistema de limpieza automática del condensador: compuesto por un sistema de inyección y recuperación de esferas de esponja abrasiva biodegradables, las que limpian los tubos del condensador de material orgánico y sedimentos que se puedan acumular, optimizando la transferencia de calor en el condensador.

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Tal como se indicó anteriormente, el sistema de filtrado y control de succión del proyecto optimizado no difiere del sistema de filtrado del proyecto original aprobado, el cual en el punto de captación de agua de mar, cuenta con una rejilla vertical perimetral en torno a la bocatoma del sifón. El objetivo es captar agua con un flujo radial y horizontal, para así disminuir la velocidad de entrada de agua al sifón, entre 0,32 y 0,36 m/s, permitiendo al necton alejarse sin ser succionado. El diámetro de la campana es de 6,4 m, e incorporó una rejilla de protección cuyos barrotes generan espacios de 20,4 cm de ancho y 1,25 m de alto. Estos barrotes, restringen el paso de animales medianos y grandes, permitiendo una velocidad de captación de agua de mar similar a la velocidad promedio de las corrientes de la zona. Para una visualización referirse a la figura 1-3 del EIA que muestra el plano en elevación de la campana de succión.

Por otro lado, la tabla siguiente muestra las características constructivas del canal de descarga de agua de mar de la Segunda Unidad de la CT Bocamina correspondiente al proyecto

optimizado.

Tabla N%4 Caracteristicas canal de descarga del proyecto optimizado.

Altura 3,2 m

Ancho 3,6 m

Largo 242 m

Nivel máximo de agua 2,6 m

Caudal de diseño 50.000 m'/h

Material constructivo Hormigón armado H-30 Coordenadas descarga (Datum WGS 84) S a

En relación a la velocidad de succión para la protección de organismos acuáticos, el estudio de Vásquez ef al., 2008, recomienda una velocidad en el punto de aducción menor a 0,5 m/s, mayor a aquella considerada por la Segunda Unidad (0,32 y 0,36 mvs).

Adicionalmente, como parte de las obras de optimización, y con la intención de realizar los mayores esfuerzos para evitar el ingreso de especies a través de la aducción de agua de mar de la Primera y Segunda Unidad de la CT Bocamina, Endesa Chile ha instalado un sistema de reducción de ingreso de biomasa. Dado que el diseño de estas soluciones son sitio — específicas se instalaron dos sistemas piloto de control para evitar o disminuir el ingreso de biomasa, consistentes en un sistema primario de burbujas y una red de retención secundaria (sistema de mallas), localizados en los sifones de cada unidad. Al respecto, es preciso mencionar que el sistema de burbujas tiene como finalidad desviar a peces y otras especies de los alrededores de las bocatomas, actuando como primera barrera, mientras que las mallas, permiten retener aquellos elementos o especies que logren traspasar la cortina de burbujas evitando que éstos sean succionados.

El sistema primario de burbujas consiste en la implementación de un anillo conectado a una manguera de alimentación de aire, la cual generará una cortina de burbujas de aire alrededor del cada bocatoma de la CT Bocamina, permitiendo el desvío de la biomasa (peces, jaibas, langostinos y otros invertebrados) susceptible de ingresar. Estos sistemas se encuentran a 27 m y 24 m del punto de succión de la Primera y Segunda Unidad respectivamente (distancias aproximadas). Dichas distancias fueron determinadas considerando el radio mínimo necesario para evitar el ingreso de burbujas por el sifón de ambas unidades, lo cual ocasionaría problemas técnicos del sistema de vacío del sifón que forma parte del circuito de refrigeración de la CT Bocamina.

La red de retención secundaria (sistema de mallas) es un sistema fijo que tiene por finalidad retener la biomasa que logre atravesar la barrera de burbujas de aire, impidiendo que ésta sea

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succionada por el sifón de las unidades de la CT Bocamina. Este sistema fue localizado aprovechando las obras soportantes del sifón de ambas unidades, generando una envolvente alrededor de las bocatomas de ambas unidades. Las figuras 1.5 a 1.8 del EIA muestran un esquema conceptual de dicha instalación, donde en ambos casos, se ha dispuesto el sistema primario de burbujas en un radio mayor al sistema de retención secundario (sistema de mallas).

Respecto de la materialidad de los sistemas que forman parte del presente proyecto, el sistema primario de burbujas está compuesto por un anillo de material microporoso, anclados al fondo marino mediante bloques de hormigón y con boyas para marcar su ubicación en superficie. Los dispositivos fueron localizados 27 y 24 m de la bocatoma de la Primera y Segunda Unidad respectivamente (distancias aproximadas). La generación de burbujas se realiza con ayuda de un compresor eléctrico localizado en el sector de casa de bombas de la CT Bocamina. Respecto de la red de retención secundaria, las mallas son de 9/16” y están localizadas alrededor de las bocatomas, formando un rectángulo de 17 x 13,5 m para la Primera Unidad, y un círculo de 17 m de diámetro para la Segunda Unidad.

Como se indicó anteriormente, dado que estas soluciones son sitio específicas y su eficacia debe ser corroborada en terreno, la prueba piloto tendrá una duración de un año. Durante este periodo se busca comprobar la efectividad del presente sistema de control a través de un monitoreo por el mismo periodo, a fin de obtener registros que permitan elaborar las estadísticas que reflejen el comportamiento estacional de la biomasa y la eficiencia del sistema (detalles en Anexo T). Una vez finalizado el tiempo proyectado para esta prueba piloto, y de acuerdo a los resultados de efectividad, se evaluará su implementación definitiva. De comprobarse que los sistemas no han sido efectivos para evitar la entrada de peces, jaibas, langostinos u otros organismos invertebrados por los sifones de ambas unidades, Endesa Chile propondrá una optimización de éste o un nuevo sistema de mayor eficacia, lo cual será informado oportunamente a la Autoridad competente.

Respecto de la potencia necesaria para el sistema de retención de ingreso de biomasa, ésta es de 110 KW, asociados a los dos compresores eléctricos necesarios para proporcionar aire al sistema de burbujas a ambas unidades.

Es preciso indicar que el montaje de estos sistemas fue realizado en blanco (en las bodegas del proveedor) y, posteriormente, instalados en el mar. Por lo anterior, las obras y/o acciones realizadas con ocasión de la Prueba Piloto fueron realizadas en los actuales predios de la CT Bocamina, no interviniendo superficies adicionales a éstas.

En el Adenda 1 del ELA, Endesa Chile incorporó mejoras ambientales al proyecto optimizado, dentro de las cuales se considera el reemplazo del actual sistema por la instalación de filtros de tecnología avanzada en la succión de agua de refrigeración, a objeto de minimizar el ingreso de organismos hidrobiológicos al sistema de enfriamiento en la Primera y Segunda Unidad. El sistema de filtros seleccionado tendrá un tamiz de 3 mm y, la velocidad de succión será, como máximo, de 0,15 m/s. Esta velocidad cumple con las recomendaciones realizadas por la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA). Esta velocidad permite que la succión no sea activa (no haya ingreso forzado) y no se atraigan organismos marinos hacia la bocatoma.

El sistema de filtros estará constituido por una batería de 21 unidades (14 para la Segunda Unidad y siete para la Primera Unidad), donde cada uno de ellos tendrá las siguientes características:

  • — Filtro cilíndrico de malla metálica en aleación Cupro - Níquel (CuNi).
  • Espaciamiento de la malla o barra: 3 mm.
  • Diámetro: 1,9 m.

Ki

14

  • Largo: 3,25 m.

En el caso de la Primera Unidad, los siete filtros se adosarán a dos (2) manifold recolector ( con cuatro y tres filtros respectivamente) y estos últimos se conectarán a la tubería de succión existente.

En el caso de la Segunda Unidad, los 14 filtros se adosarán a dos (2) manifolds recolectores, con siete filtros cada uno, y estos últimos se conectarán de forma independiente a la cañería de succión.

Con el fin de soportar el peso de los manifolds y los filtros, se instalarán en el lecho marino seis pilotes para la Primera Unidad y ocho pilotes para la Segunda Unidad, los que formarían un marco estructural para soportar dichas cargas.

El sistema de limpieza para los filtros en ambas unidades corresponde a una inyección de aire a presión a través de una cafiería, ubicada al interior de cada filtro, que permite desprender los sólidos que puedan estar adheridos a la malla, luego de un tiempo determinado. El tiempo de duración y frecuencia del pulso de aire es regulado por el operador en forma manual. La limpieza de los filtros se realiza con las unidades generadoras en funcionamiento. De esta forma, se disminuye el riesgo de bloqueo del filtro por basura o cualquier tipo de elemento que pueda impedir el normal ingreso del agua a través de las ranuras.

La Primera Unidad contará con 7 filtros y la Segunda Unidad contará con 14 filtros de succión. En el Anexo 1 Apéndice 11 del Adenda 1 del EIA del proyecto optimizado, se proporcionan los detalles de los filtros a ser incorporados en el sistema de aducción de la Primera y Segunda Unidad de la CT Bocamina.

En el Anexo A, Apéndice A2 de la Adenda N*1 del EIA, se adjunta figura en formato visualizado en Google Earth, en donde identifican las coordenadas a saber::

  • — Punto de descarga Segunda Unidad: 663.006 E 5.900.730 N

  • — Punto medio de succión de filtro Primera Unidad: 662.897,0088 E 5.900.507,6811 N

  • Punto medio 1 del succión de filtro Segunda Unidad: 662.988,3590 E 5.900.333,5820'N
  • — Punto medio 2 del succión de filtro Segunda Unidad: 662.997,9933 E 5.900.320,6569 N

Atendido lo anterior, en la figura contenida en el Anexo A, Apéndice A2 se identifican los puntos medios de la superficie de succión de ambas Unidades de la CT Bocamina, correspondientes cada una de ellas a 7 filtros (1 punto medio para la Primera Unidad que dispondrá de 7 filtros, y 2 puntos medios para la Segunda Unidad que dispondrá de 14 filtros).

Además, el diseño del proyecto incorporó un canal de devolución al mar de la biomasa que es captada por los filtros rotatorios de la casa de bombas. Dicho canal conduce la biomasa hacia el canal de devolución de agua de mar de la Primera Unidad, para posteriormente ser descargado al mar, evitando su retención.

El canal de devolución de biomasa es de sección cuadrada, de 500 mm de lado, con una longitud aproximada de 60 m desde el borde oriente de la casa de bombas de la Segunda Unidad, y es de hormigón H-25. El caudal que transporta este canal corresponde a una porción marginal del agua de mar captada por el sifón, aproximadamente 10 1s, suficientes para la utilización en los filtros rotatorios ya descritos, no adicionando ningún elemento químico a este caudal. Para detalles del canal de devolución de biomasa ver Esquema ES- ACB-OIF-AC-000 VO adjunto en el Anexo G del EIA.

Para la toma de muestra se cuenta con una cámara o dispositivo de fácil acceso habilitada para tal efecto, que no es afectada por el cuerpo receptor, cuyas coordenadas son E: 663.011 m/N: 5.900.767 m (Datum WGS 84, Huso 18). En el Anexo G, Planos 07287-14-01-IIC-PLN-001

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001 VA y 07287-14-01-IIC-PLN-001 002 VA se adjunta detalle del dispositivo de toma de muestras para acreditar el cumplimiento del D.S. N” 90/00 en el canal de descarga de la Segunda Unidad. Adicionalmente, el Titular realiza el monitoreo del efluente a la salida de la planta de tratamiento de aguas del desulfurizador y previo a la descarga, el que también cumple con los valores límites establecidos en la Tabla 4 del D.S. N 90/00, del MINSEGPRES. Asimismo, el Titular compromete voluntariamente un límite máximo de 1,0 mg/l de cloro libre residual previo a la descarga del efluente, valor propuesto para la modificación de la Tabla 4 del citado decreto, en la Res. Ex. N 135/10, del MINSEGPRES.

Respecto de las coordenadas de la descarga de agua de refrigeración, éstas fueron precisadas respecto de lo presentado en el proyecto original aprobado, pues el sistema de georeferenciación de dicho punto no fue preciso en el ELA presentado en el 2006, ya que se localizaba a aproximadamente 38 m de las coordenadas reales (proyecto optimizado). Se hace presente que la descarga del efluente de la Segunda Unidad corresponde a una descarga a orilla de playa.

La tabla siguiente muestra un resumen de las diferencias entre el sistema de refrigeración del proyecto aprobado y del sistema de refrigeración del proyecto optimizado.

Tabla N*5 Comparación de las características del sistema de refrigeración con agua de mar del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” respecto del proyecto aprobado.

. Proyecto Proyecto Parámetro aprobado optimizado Número de bombas de refrigeración principal 3 x 50% 2 x 60%() Número de bombas de refrigeración circuito cerrado |1x 100% 3 x 60% Número de bombas para llenado en línea 0 1x 100% Número de intercambiadores de calor circuito 1 x100% 2x 100%() cerrado Capacidad estanque de almacenamiento hipoclorito 34 2x 180 de sodio (m”)

Caudal total agua de mar (m”/h) 45.000 50.000 Diferencia de temperatura in/out condensador (*C) |9 8,17%)

E: 663.030 m E: 663.006 m Coordenadas UTM de la descarga, Datum WGS 84 N: 5.900.700 m (N:5.900.730 m

(*): Correspondiente a medidas de mitigación incorporadas a la descripción del proyecto.

En el Anexo D del ElA se presenta la modelación de la pluma térmica del proyecto optimizado, realizando una comparación respecto de la dispersión del caudal de agua de refrigeración considerada en el proyecto original aprobado.

En el Adenda 1 del ELA, Endesa Chile ha desistido de la solicitud de captar 5.000 m'/h de agua de refrigeración. Con ello, el caudal de agua de refrigeración se mantendrá en los 45.000 m'/h autorizado por la Res. Ex. N” 206/2007, de la Corema de la Región del Biobío.

No obstante que no se produzca la descarga de los 5.000 m'/h adicionales, Endesa Chile mantendrá las medidas de manejo ambiental que había diseñado para hacerse cargo de dicho impacto. Por ello mantendrá el diferencial de temperatura entre la succión y la descarga de 8,17 C y el límite a la temperatura máxima absoluta en la descarga de 26 “C, más exigente que lo establecido en la Tabla N%4 del D.S. N* 90/00 del Minsegpres.

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En el Anexo B del Adenda 1 del EIA del proyecto, se complementan las modelaciones de la pluma térmica del proyecto optimizado, realizando una comparación respecto de la dispersión del caudal de agua de refrigeración considerada en el proyecto original aprobado.

Turbogenerador

El turbogenerador tiene por función convertir energía térmica (en la forma de vapor) en energía cinética y luego, mediante un generador, transforma la energía cinética en energía eléctrica.

La tabla siguiente muestra las modificaciones realizadas al turbogenerador de la Segunda Unidad.

Tabla N*%6 Comparación de las características del turbogenerador del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” respecto del proyecto aprobado.

Parámetro Proyecto original Proyecto optimizado aprobado

Potencia bruta 350 MW 370 MW *

Consumos auxiliares de la planta 35 MW 29 MW

Generación neta 315 MW 341 MW

Tal como se indica en la tabla anterior, el proyecto optimizado contempló el aumento en la capacidad del turbogenerador, repercutiendo en un aumento de la capacidad nominal (potencia bruta) de la Segunda Unidad.

  • No obstante en el Adenda 1 del EIA, Endesa Chile ha desistido de la solicitud de captar 5.000 m/h de agua de refrigeración. Como resultado del desistimiento a utilizar 5.000 m/a adicionales, la potencia instalada bruta máxima de la Segunda Unidad quedará limitada a 350 MW, tal como está establecido en Res. Ex. N” 206/2007, de la Corema de la Región del Biobío, hoy comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

4.3.2 Obras relacionadas con el manejo de insumos y residuos

A continuación se describe la optimización del proyecto en relación al manejo de insumos y residuos de la Segunda Unidad.

4.3.2.1 Carbón

El proyecto original aprobado consideraba el almacenamiento de carbón en tres canchas de acopio, dos para el acopio de carbón sub-bituminoso y una para carbón bituminoso, además de un sistema de recuperación de carbón mediante un buzón, un harnero y un molino triturador. Para el abatimiento de material particulado, el proyecto aprobado incorporaba un sistema de riego automático para la humectación del carbón en cancha.

Sin embargo, como parte del proceso de ingeniería de detalle de las obras de la Segunda Unidad de la CT Bocamina, se incluyó la optimización de la cancha de carbón, almacenándola en dos grandes canchas (Norte y Sur), permitiendo el acopio de 309.000 ton. Por otra parte, producto de una exigencia de la Res. Ex. N” 206/07, que obliga a transportar el carbón bajo la Av. Pedro Aguirre Cerda (mediante un sistema soterrado), se realizó la redistribución de la disposición del sistema de manejo de carbón, eliminando además, las correas de transporte e instalaciones existentes. Las diferencias principales entre ambos sistemas son:

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  • Se eliminó el triturador de carbón, reemplazándolo por un sistema de clasificación de tamaño del tipo harnero;

  • Se modificó el tipo de apilador de carbón: de un apilador longitudinal (estático), por apiladores de pivote vertical y horizontal en ambas canchas;

  • Se modificó el tipo de alimentadores, de subterráneos a superficiales en ambas canchas; y

  • Se incorporó sistemas de abatimiento de material particulado fugitivo en los puntos de transferencia de carbón (detalles en Anexo E del EIA).

Adicionalmente, se implementaron dos edificios de servicios (uno en cada cancha), cuya función es albergar las instalaciones para mantenimiento menor de las máquinas, baños, sala de merienda y botiquín de primeros auxilios.

El Anexo E del EIA detalla el sistema de transporte, manejo y almacenamiento de carbón del proyecto optimizado.

El proyecto optimizado incorporó en su diseño un sistema combinado de monitores y mangueras en las canchas de acopio de carbón para el rociado de las pilas, además de un sistema de rociadores para el abatimiento de polvo en las torres de transferencia de carbón.

El sistema de control de emisiones de material particulado en las canchas de carbón se basa en dos principios: prevención y supresión. Éstos son aplicados mediante la adición de agua en los focos de generación de polvo de carbón, tales como chutes de descarga y faldones de las correas, zonas de reclamo de carbón, y las áreas de trabajo alrededor de las pilas de carbón.

El sistema de adición de agua cuenta con una estación de bombeo, compuesta por dos bombas, ubicadas en las proximidades del estanque de agua de proceso. La Cancha Norte y Cancha Sur cuentan con un anillo de distribución, el cual alimenta las boquillas de aspersión en las descargas y faldones, lavado de piso en pasillos y torres de transferencia, rociadores fijos para las pilas y conexiones para mangueras de cancha en el perímetro de cada pila.

Para el control de polvo en las transferencias de las correas se emplean aspersores de agua a presión ubicados estratégicamente en el chute de descarga y en el faldón de la correa. Los aspersores son del tipo “hollow cone” (cono hueco), de acero inoxidable.

En cada transferencia se emplea un total de 4 aspersores; 2 en el chute de descarga y 2 en el faldón. Este sistema es controlado automáticamente, disponiendo también de la opción de control manual.

Las conexiones para mangueras de lavado de pisos están ubicadas en los pasillos de las correas y en cada uno de los niveles de las torres de transferencia.

Los rociadores fijos están ubicados en la cercanía de cada reclamador y son utilizados en forma intermitente para mojar el carbón acumulado y así evitar las emisiones de polvo de carbón causadas por el viento.

Estos rociadores a presión, conocidos como “pistolas de lluvia”, tienen un radio de alcance de 35 m y una trayectoria de giro entre 20? y 25".

El sistema permite la operación por tipos de rociador y zonas en forma flexible, modular e independiente, accionando grupos o combinaciones de rociadores y mangueras, de acuerdo a las necesidades específicas de la operación de la cancha, para asegurar la supresión de polvo. La Figura 1.13 y la Figura 1.14 del EIA muestran esquemáticamente la distribución de los elementos del sistema.de humectación para mitigar la emisión de material particulado en la cancha de acopio de carbón.

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Dentro de las mejoras ambientales adicionales al proyecto optimizado, Endesa Chile ha comprometido techar ambas canchas de carbón a través de una estructura metálica del tipo geodésica, montada sobre un muro de hormigón armado de aproximadamente 3,5 m de altura, con ventilación requerida por el sistema de manejo de carbón y la construcción de un radier de hormigón armado.

Cabe destacar que ante el requerimiento de la Autoridad, Endesa Chile ha analizado esta materia y ha encontrado una solución técnica, mediante techado, que permite ajustarse a las condiciones del terreno y que supone un mejor estándar de control. Respecto a la ventilación, se contempla celosías regulables automáticas, ubicadas en la parte superior del muro en su perímetro y además, la incorporación de lucarnas para la ventilación en el techo. El dimensionamiento de estos elementos cumplirá con el D.S. N* 594/99, del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en su última versión.

Además, Endesa Chile reduce la solicitud de ampliación de capacidad de almacenamiento de las canchas de carbón de 309.000 ton, planteadas en el EIA, a 290.000 ton.

Asimismo, Endesa Chile se ha comprometido a que, en el intertanto no esté operativo el sistema de techado en las canchas de carbón, su capacidad de acopio se restringirá hasta un máximo de 175.000 ton, valor autorizado mediante Res. Ex. N*206/2007, de la COREMA, de la Región del Biobío. Lo anterior, pues el sistema propuesto no modifica el sistema de manejo de carbón actual.

El detalle de los techos para las canchas de carbón se adjunta en el Apéndice 12, del Anexo I del Adenda 1 al EIA del proyecto Optimizado.

Por otra parte, debido a la ampliación de las instalaciones portuarias, propiedad de Portuaria Cabo Froward S.A., el carbón necesario para la operación del proyecto optimizado es descargado en su totalidad a través de dicho puerto. A diferencia de lo indicado en el proyecto aprobado, donde se indicó que el carbón sería descargado desde Cabo Froward S.A. y Puerto Coronel, ahora sólo en casos de indisponibilidad del primero, se empleará Puerto Coronel para la descarga de combustible.

4.3.2.2 Caliza

La piedra caliza es el principal reactivo en el proceso de mitigación de óxidos de azufre presentes en los gases de escape de la Segunda Unidad. El proyecto original aprobado contemplaba un sistema de almacenamiento de piedra caliza en cancha, ubicado a aproximadamente 100 m del desulfurizador. El sistema contaba con molinos de bolas para la pulverización de la caliza y con cargadores frontales para su manejo.

Luego de una revisión de detalle de las áreas necesarias para la instalación de esta cancha y el uso del equipo auxiliar asociado (cargadores frontales, molinos de bolas, cintas transportadoras en altura), se determinó optimizar el sistema de almacenamiento, cuyas características son:

Eliminación de los molinos de bola;

Descarte del uso de cargadores frontales; y

Eliminación de la cancha de acopio, reemplazándola por un silo de caliza pulverizada de 1.500 mé de capacidad.

Asimismo, el proyecto aprobado contemplaba el transporte de piedra caliza en barcos, llegando en un 50% a Puerto Coronel (desde donde se transportaba por camiones a la

1

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central) y en un 50% por correas transportadoras desde Puerto Cabo Froward. Sin embargo, producto de la optimización del sistema de almacenamiento, la caliza se provee pulverizada (de modo de poder almacenarla en silos), siendo transportada en camiones silos (herméticos) desde las instalaciones del proveedor, evitando la dispersión de material particulado.

De esta forma, el proyecto optimizado disminuye las emisiones de material particulado y ruido, por el manejo y transporte de caliza.

4.3.2.3 Agua de proceso

Como consecuencia del proceso de análisis de detalle de la operación de la Segunda Unidad, se contemplan los siguientes estanques de almacenamiento de agua de proceso:

Tabla N*7 Comparación de los estanques de almacenamiento de agua de proceso del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” respecto

del proyecto aprobado. Capacidad del Parámetro estanque o Capacidad del estanque, proyecto original | proyecto optimizado (m”) aprobado (mé) Estanque de almacenamiento de 1.000 3.600 agua desmineralizada Estanque de almacenamiento de 1.500 2.500 agua industrial Estanque de agua de lavado Sin antecedentes 125 precalentador de aire Estanque de almacenamiento de Sin antecedentes 9 condensado Estanque de agua de reposición : desulfurizador lechada de caliza Sin antecedentes 4 Estanque para flash de caldera Sin antecedentes 37 Estanque para partida de caldera Sin antecedentes 1

4.3.2.4 Petróleo diésel

En el EIA del proyecto original aprobado, se indicó que la Segunda Unidad contaría con un sistema de manejo de combustibles líquidos (petróleo diésel ASTM N%2 y petróleo pesado ASTM N*6), el que consistía en estanques, sistemas de contención, instalaciones para el llenado de los estanques, sistema de bombeo a la caldera y un sistema de calefacción para las líneas de petróleo pesado. Para ello, se instalaría un estanque de 500 m para petróleo diésel y de 1.000 mo para petróleo pesado.

A consecuencia de las modificaciones realizadas, la caldera de la Segunda Unidad emplea sólo petróleo diesel ASTM N? 2 (estanque de 735 m) durante las partidas y detenciones, descartando el uso de petróleo pesado.

Adicionalmente, el proyecto aprobado consideraba un estanque de 50 m' para el grupo de emergencia, con una autonomía de 24 horas. Sin embargo, se rediseñó la capacidad de este estanque, entendiendo que sólo será ¿empleado en situaciones de emergencia, reemplazándose por un estanque de 3,5 m', respaldado por una conexión al estanque de petróleo diésel de 735 m.

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Tabla N*8 Comparación de los estanques de almacenamiento de petróleo diésel del proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” respecto del proyecto aprobado.

Parámetro Capacidad del estanque Capacidad del estanque, proyecto aprobado (m”) |proyecto optimizado (m”) Estanque de almacenamiento de petróleo ASTM N“2 500 735 Estanque de uso diario .z : 50 3,5 generador diésel de emergencia Estanque de purgas de petróleo - 4,5 Estanque de almacenamiento de 1.000 - petróleo ASTM N*6 :

Dadas las condiciones y el diseño del proyecto no se prevé riesgo por eventuales derrames, debido a que los estanques de almacenamiento de petróleo y otros insumos, cuentan con pretiles de contención con una capacidad equivalente al 110% del contenido de cada estanque. Éstos cumplen con lo establecido en el D.S. N* 78/10, del Ministerio de Salud (MINSAL); D.S. N” 160/08, de la Superintendencia de Electricidad y Combustible (SEC); y el D.S. N” 90/96, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Están inscritos en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y cuentan con las medidas de seguridad que la normativa aplicable establece (detalles en Anexo I del ELA). Adicionalmente, los sistemas de almacenamiento cuentan con procedimientos de respuesta ante emergencia, los cuales son conocidos por el personal a cargo de las operaciones.

En el Anexo N del ELA se presenta el Plan de Contingencias de la Segunda Unidad, el cual establece los procedimientos a seguir en caso de un eventual derrame de combustible.

4.3.2.5 Otros insumos

Durante la construcción de la Segunda Unidad, se revisó y analizó la condición de almacenamiento de insumos y repuestos, detectándose que la capacidad de almacenamiento de la bodega existente no sería suficiente para las necesidades del proyecto optimizado.

Bajo esta premisa, se determinó la construcción de una nueva bodega con un área de 1.300 mé para el almacenamiento de insumos no peligrosos y repuestos, y dos bodegas para el almacenamiento transitorio de insumos peligrosos con un área de 160 m? cada una.

Estas bodegas se localizan según lo muestra el Plano Disposición General de Obras, 07287- 07-04-IMA-PLN-001-001 Version 0, Anexo G del EIA, Su ubicación y la cercanía de sus instalaciones permite minimizar el tránsito de vehículos al interior de la CT Bocamina, mejorar la capacidad de supervisión frente a eventuales derrames y otros accidentes en las bodegas de insumos peligrosos y asegurar una gestión de bodegaje más segura y eficiente.

El diseño e implementación de las dos bodegas de 160 m? consideró los requerimientos señalados en el D.S. N” 78/10, del MINSAL y se ajusta a lo indicado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, siendo las principales características de éstas las siguientes:

Poseen rótulos externos e internos, que indican las clases y divisiones de las sustancias almacenadas, de acuerdo a la Norma Chilena Oficial N*2190 de 2003, siendo éstos visibles a una distancia de 10 m;

Consideran una estructura semi-abierta en base a muros tipo método EXACTA, vigas y pilares de hormigón armado, cerradas en su perímetro por muros sólidos, resistentes a la

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acción del agua, incombustibles, piso sólido lavable y resistente estructural y químicamente. La terminación de estos muros corresponde a ESTUCO EXACTAO grueso. El espesor del estuco es de 2,5 cm, incorporando mallas adicionales para aumentar su espesor de carga (según recomendaciones del fabricante). Su diseño y características de construcción se ajusta a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo Construcción; El tipo de fundación es un radier armado de 15 cm de espesor, con una zarpa en todo el perímetro, en los cuales hay muros de 100 x 60 cm;

La estructura de techo es en base a paneles prefabricados del tipo TE-130 (EXACTAD), los cuales se encuentran apoyados en los muros, vigas enrejadas y de hormigón armado;

La estructura de hormigón armado (frente solamente) contempla, como revestimiento, la instalación de paneles metálicos PV-6, adernás de contar con perfiles metálicos adicionales a la estructura con el propósito de aplomar y soportar los paneles;

Las puertas de carga y descarga, así como las de evacuación, tienen un 75% de Resistencia al Fuego (RE) de los muros que las contienen y están ubicadas en muros externos;

Las puertas de escape tienen un ancho mínimo de 90 cm, y consideran apertura hacia el exterior de la instalación;

Las puertas de escape tienen manillas antipánico;

Cuentan con ventilación natural y un sistema automático de detección de incendios, además de pasillos internos demarcados con líneas amarillas, con un ancho mínimo 1,2 m y de 2,4 m para la eventual circulación de grúas horquilla;

Poseen un sistema manual de extinción de incendios (extintores de 12 kg embutidos en muros de acuerdo a las Normas Chilenas);

Poseen un sistema de contención de derrames con una capacidad de un 110% respecto al volumen de los líquidos almacenados en cada bodega, además de piso con pendiente no inferior al 0,5%, que permite el escurrimiento de derrames hacia una zona de contención perimetral;

Al exterior de las bodegas se dispone de duchas y lavaojos de emergencia;

El diseño considera un sistema automático de alumbrado de emergencia, para los efectos de iluminar las vías de escape;

Se dispone de cierre de malla tipo Acmafor 3D Galvanizado de Prodalam o equivalente técnico. El cerco está constituido por malla galvanizada en módulos de 1,8 m de alto por 2,5 m de ancho, con fijación galvanizada para perno coche. Los postes son galvanizados en perfil 75 x 75 x 2 mm, embebidos en el radier de las bodegas. Las fundaciones de los postes son de hormigón, de dimensiones según estudios de mecánica de suelos y cálculo estructural. El cierre cuenta con un portón metálico de dos hojas, de 1,5 m de ancho cada una, también de Acmafor 3D, las fijaciones y accesorios son de línea;

Todos los tubos fluorescentes son de 5.000 “K luz blanca cálida; y

Respecto de la instalación eléctrica, ésta se ha realizado según normativa vigente.

Las sustancias requeridas por la Segunda Unidad de la CT Bocamina almacenadas en las bodegas de 160 m” se detallan en la siguiente tabla.

Tabla N99 Detalle de las sustancias peligrosas almacenadas en las bodegas de 160 m? del proyecto “Optimización CT Bocamina Segunda Unidad”.

Producto Cantidad Polielectrolito 2nP Sulfato ferroso 80.000 kg Cloruro férrico 21m Sulfato orgánico 2m Amoniaco 200 kg Fosfato 1.040 kg Hidracina 2.200 kg Permanganato de potasio 3 m' Bisulfito de sodio 1 mó

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Producto Cantidad

Hipoclorito de sodio 1m'

Endesa Chile ha solicitado a la Autoridad Sanitaria Regional la autorización para el funcionamiento de las dos bodegas destinadas para los insumos peligrosos, según lo señalado en el artículo 5 del D.S. N* 78/10, del MINSAL.

4.3.2.6 Sistemas para el Manejo de Cenizas Sistema de abatimiento de material particulado

El proyecto aprobado consideraba la instalación de un filtro de mangas en la Segunda Unidad de la CT Bocamina, cuya función era recolectar el material particulado presente en los gases de combustión de la caldera. La eficiencia del filtro de mangas del proyecto era superior al 99,8% y permitía retener 30,64 ton/h de cenizas volantes, emitiendo 0,068 ton/h a la atmósfera (1,63 ton/día).

Sin embargo, producto de la optimización del diseño de la Segunda Unidad, estudios determinaron que la emisión de material particulado emitido es de 1,1 ton/día, inferior en un 33% a lo declarado en el proyecto aprobado. Esta emisión fue informada a la COREMA de la Región del Biobío mediante la carta GEP-ACBO-194/10, de 7 de enero de 2010, siendo aprobada por dicha entidad mediante la carta N' 028/2010, de 15 de enero de 2010 y ratificada, en conjunto con el respectivo Plan de Compensación, a través de la Res. Ex. N* 289, de 20 de diciembre de 2011, de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío.

Desde el punto de vista operacional, el filtro de mangas del proyecto optimizado es equivalente al filtro de mangas del proyecto aprobado.

Sistema de manejo de cenizas y escoria

En el proyecto aprobado, la Segunda Unidad contaba con un silo de almacenamiento de cenizas volantes y de fondo (escoria) de 1.348 ton de capacidad.

Con el fin de hacer más eficiente el almacenamiento de ambos tipos de cenizas, y eventualmente su posterior venta a terceros, se determinó la segregación de éstas en silos independientes, para cenizas de fondo y cenizas volantes, con capacidades de 160 ton y 1.200 ton respectivamente. Lo anterior representa un leve aumento en la capacidad de almacenamiento respecto de lo declarado en el proyecto aprobado (equivalente al 0,9%).

En el caso de las cenizas de fondo, éstas son extraídas de la caldera, enfriadas y trituradas por medio de un sistema de correas de acero encapsuladas y dispuestas en el silo de 160 ton de capacidad. Dicho silo dispone de un sistema de acondicionado de las cenizas, obteniendo una humedad final aproximada del 25%. Esta humedad ayuda a minimizar las emisiones de material particulado fugitivo durante la descarga hacia camiones del tipo “ecotolva”. Estos camiones se caracterizan por disponer de una tolva cerrada, evitando las emisiones fugitivas de cenizas durante su traslado al depósito autorizado.

En el caso de las cenizas volantes, el sistema de extracción desde las tolvas de la caldera y el filtro de mangas es neumático por fase diluida (presión negativa), disponiendo de las cenizas en el silo de 1.200 ton de capacidad. Este silo cuenta con dos sistemas de descarga: un sistema de acondicionado de las cenizas, equivalente al mencionado anteriormente (descarga hacia camiones del tipo “ecotolva”); y un sistema de extracción seco para descarga a camiones tipo silo.

23

4.3.2.7 Sistemas asociados al manejo de Residuos líquidos

Sistema de tratamiento de aguas oleosas desde área edificio de caldera, nave de turbina y otros

Las aguas oleosas no forman parte del sistema de tratamiento de Riles. El proyecto optimizado considera en su diseño un sistema de colección ante eventuales derrames de aceite en el foso de transformadores. Este sistema incluye una piscina de separación primaria agua aceite (320 m' de capacidad) y un sistema de separación de agua aceite (Skid separador agua aceite), cuyo objetivo es remover el aceite, grasas e hidrocarburos presentes en el agua.

El Skid está constituido por placas de filtros fabricados en polipropileno con carbonato de calcio que permite capturar la totalidad de las trazas de aceite que pudieren permanecer después de la piscina de separación o del agua con bajo contenido de aceite, las que son recolectadas para ser gestionadas como residuo sólido peligroso. Por lo tanto, el agua que sale de este equipo queda en condición de ser utilizada en el proceso de la planta, por estar libre de aceites y grasas. Es por ello que estas aguas pueden ser enviadas a la planta de tratamiento de agua del desulfurizador y, en consecuencia, los lodos (yeso) generados durante la desulfuración, tampoco contienen aceites y grasas.

Los lodos generados en el Skid, dado su carácter peligroso de acuerdo al D.S. N” 148/08, del MINSAL (pues su composición es en gran parte aceite), se estiman serán eventuales (0,75 ton/año). Son colectados en tambores para ser dispuestos en sitios autorizados para tales fines. Estos residuos no son tratados en la planta de tratamiento de Riles del desulfurizador, siendo segregados en una etapa anterior.

Sistema integrado de tratamiento de Riles

La planta de tratamiento de agua de desecho del proyecto aprobado, consistía en una estación dedicada a tratar sólo los residuos industriales líquidos (Riles) generados por el desulfurizador de la Segunda Unidad.

En el proyecto optimizado se decidió tratar la totalidad de los Riles que genera la Segunda Unidad en un único sistema, el cual incluye el tratamiento del sistema colector de agua lluvia de la Segunda Unidad (primeras agua lluvia).

La figura siguiente muestra el sistema integrado de tratamiento de Riles del proyecto optimizado. Dado el desistimiento de Endesa Chile a la solicitud de 5.000 m3/h de agua de refrigeración, el diagrama de flujos fue actualizado en la Adenda 1 al ElA del proyecto Optimizado es el que se muestra en la próxima figura.

El sistema integrado de Riles de la Segunda Unidad contempla los siguientes componentes:

Sistema de tratamiento de Riles de la planta de agua desmineralizada (regeneración de

resinas)

Este sistema consiste en descargar a una piscina de neutralización (35 mé) los Riles generados en la planta de agua desmineralizada. En esta piscina se realiza el ajuste de pH mediante la adición de ácido clorhídrico y soda cáustica (consumo de 0,005 y 0,0025 m”/h respectivamente), pata posteriormente ser enviado al estanque de colección de la Planta de Tratamiento de Riles del desulfurizador (Planta de tratamiento de agua de desecho) o a la piscina de segunda aguas lluvia.

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Sistema de tratamiento de agua lluvia, diferenciadas en “primera lluvia” y “segunda lluvia”

El proyecto optimizado incorpora un sistema de colección de agua lluvia para la Segunda Unidad, el cual permite segregar el agua lluvia en “primera lluvia” en un estanque de 200 nY y luego el estanque de * “segunda lluvia” con 100 mé de capacidad. Como primera lluvia se consideran los primeros 200 m? que pudiesen arrastrar aceite u otros elementos. Este volumen es colectado y posteriormente tratado en la planta de tratamiento de aguas oleosas. Se precisa que al estanque de 200 m también se conducen los caudales de rechazo de la planta de prefiltrado y planta de osmosis inversa, cuyos caudales equivalen a 1,25 m/h y8 m'/h respectivamente, En caso que las aguas lluvias recolectadas posean un contenido de aceite superior a 5 ppm, el sistema automáticamente deriva el flujo hacia el Skid de separación agua aceite para su tratamiento. De lo contrario, es enviado a la piscina de “segunda agua lluvia”.

La “segunda lluvia”, la cual colecta el agua ya tratada de la “primera lluvia”, aquella agua lluvia que no arrastra aceite u otros elementos, y aquella proveniente del sistema de tratamiento de aguas de desecho, se descarga directamente al mar valiéndose de bombas que toman el agua desde el estanque de colección de 100 m?, conduciéndola al canal de descarga del agua de refrigeración principal, para finalmente ser descargado al mar.

Sistema de tratamiento de Riles provenientes del lavado del precalentador de aire de caldera

Este sistema corresponde a una piscina de decantación con capacidad de 450 mé, cuya función es colectar y promover una decantación natural del agua utilizada para el lavado del precalentador de aire, drenajes menores desde el área de caldera y drenajes menores desde el filtro de mangas. Es preciso indicar que el efluente de esta piscina (17,7 m'/h), es discontinuo y sólo se genera durante las labores de limpieza de la caldera. El lodo que se decanta (cenizas) es removido por medio de un cargador frontal, mientras que el agua es enviada al estanque de colección de Riles del desulfurizador (estanque de agua de desecho, de 80 m' de capacidad) para su posterior tratamiento. Los lodos (cenizas) son enviados al depósito de cenizas de la CT Bocamina, cuya ampliación fue calificada ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N” 017/2010, de la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región del Biobío.

Sistema de tratamiento de Riles del desulfurizador

Tal como se mencionó anteriormente, el proyecto aprobado consideraba un sistema para el tratamiento del Ril proveniente del desulfurizador de la Segunda Unidad.

Como parte de la optimización realizada a la Segunda Unidad, el sistema fue redimensionado para atender el flujo de Riles, tanto del desulfurizador como de otros puntos de la planta (aguas provenientes del Skid separador agua aceite, planta de agua desmineralizada, aguas de la primera lluvia, purgas de la caldera y lavado del precalentador de aire de la caldera).

La planta de tratamiento de Riles del desulfurizador de la Segunda Unidad es, en términos de proceso, equivalente a la presentada en el proyecto aprobado, con la diferencia que su capacidad de tratamiento aumentó de 40 m/h a 51 m/h.

La optimización consideró no reinyectar los lodos resultantes del proceso en la caldera, sino que colectarlos independientemente, para posteriormente ser dispuestos en el depósito de

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cenizas de la Segunda Unidad. Tal como se indicó en la DIA del proyecto “Ampliación del vertedero Central Termoeléctrica Bocamina”, Endesa Chile ha realizado un análisis físico- químico que demuestra que el residuo en cuestión no presenta características de peligrosidad de las establecidas en el D.S. N” 148/04 del Ministerio de Salud (MINSAL). Detalles en Anexo O del EIA.

El sistema de tratamiento de Riles del desulfurizador está compuesto por las siguientes obras y actividades:

Estanque de colección de agua de desecho de la Segunda Unidad (almacenamiento transitorio): Este estanque cuenta con un agitador para evitar la precipitación de sólidos presentes en los efluentes (en particular la purga del desulfurizador).

Estanque de neutralización: En este estanque se aumenta el pH mediante la dosificación de cal hidráulica, iniciándose el proceso de coagulación - floculación de sólidos por medio de la adición combinada de cloruro férrico (agente coagulante) y lodos obtenidos del clarificador (que operan como promotores de la floculación).

Estanque de reacción: El efluente neutralizado es conducido a este estanque para adicionar cal hidráulica para aumentar el pH, continuando con el proceso de coagulación — floculación, por medio de la adición de polielectrolito aniónico (agente floculante) y sulfuro orgánico, el cual promueve la precipitación de elementos más pesados.

Estanque de floculación: En este estanque los efluentes provenientes del estanque de neutralización y del estanque de agua clara de lodos son tratados por medio de sulfato ferroso y polielectrolito aniónico (promotores de floculación y precipitación).

Clarificador y estanque de rebose: En esta etapa los efluentes provenientes del estanque de floculación son separados en efluente líquido y lodos. El efluente liquido se envía al estanque de rebose, donde se le adiciona ácido clorhídrico para neutralizar el pH, previo a su descarga. En esta etapa existe un monitoreo de pH y sólidos suspendidos totales. En caso que el efluente no cumpla con los límites de pH y sólidos suspendidos totales exigidos en la Tabla 4 del D.S. N? 90/00, del MINSEGPRES, éstos son recirculados a la planta para su tratamiento. Los lodos se envían en gran parte al filtro prensa, mientras que una pequeña cantidad se envía al estanque de neutralización para operar como promotores de floculación.

Filtro prensa y estanque de agua clara de lodos: En esta etapa los lodos son separados en. efluente líquido (el que se envía al tanque de floculación) y sólidos. Dadas las características de no peligroso de este lodo (de acuerdo al D.S. N? 148/04, del MINSAL), y su composición (el 92% de éste corresponde a yeso y cenizas, mientras que el resto (8%) corresponde a caliza y sus derivados. En base a estos antecedentes, se considera que estos lodos son asimilables a los residuos dispuestos en el depósito de cenizas de la CT Bocamina, cuya ampliación fue calificada ambientalmente favorable mediante Resolución Exenta N* 017/2010, otorgada por la Comisión Regional de Medio Ambiente de la Región del Biobío. La citada Resolución permite la disposición de las cenizas, escoria y los residuos provenientes del sistema de desulfurización de gases de la CT Bocamina. Sin perjuicio de lo anterior, Endesa Chile ha realizado una caracterización de estos lodos previo a su disposición en el mencionado depósito. En el Anexo O del EIA se adjunta la caracterización de las cenizas y yeso generados durante la operación de la Segunda Unidad, comprobándose que éste no constituye un residuo peligroso de acuerdo al D.S. N” 148/04, del MINSAL.

242

Materia relacionada : Forma de Materia Cuerpo legal con aspectos e Ñ cumplimiento ambientales Ley N 17.283 sobre | cualquier punto del|santuarios de la excavaciones y/o [territorio nacional y con | naturaleza de prospecciones cualquiera finalidad acuerdo a la arqueológicas, encontrase ruinas, normativa antropológicas y | yacimientos, piezas uJexistente. paleontológicas. objetos de carácter Art. N” 23. arqueológico o paleontológico, está obligada a denunciar inmediatamente el descubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros de Chile que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo se haga cargo de él. DS. N 47/92 |Establece que los|El proyecto (Ordenanza general | establecimientos consistía, según el de Urbanismo y | industriales y de¡EIA presentado en Construcciones) bodegaje son calificados | diciembre de 2013, Ministerio de|caso a caso por el|en la operación de Vivienda y |SEREMI de Salud en[una central Urbanismo consideración a los|generadora de riesgos que estos puedan [energía de 370 ocasionar a sus | MW, por lo que se trabajadores, vecindario | contempla la o comunidad; solicitud del Define infraestructura | permiso ambiental energética, tales como | sectorial de centrales de generación | calificación o distribución de|industrial (PAS 94) energía, de gas y de|para la Segunda telecomunicaciones, Unidad (Anexo E, gasoducto, etc., e indica| Apéndice 4 de la que los instrumentos de | Adenda N*1 del planificación territorial | EIA, se presenta la Urbanismo y pueden establecer | actualización de construcción condiciones que | estos permitan el | antecedentes). emplazamiento de las instalaciones o|En el marco de la

edificaciones para este tipo de uso, sin perjuicio del cumplimiento de las normas ambientales y

Adenda N*1 del EIA, Endesa Chile se desiste de la solicitud para

243

Materia

Cuerpo legal

Materia con ambientales

relacionada aspectos

Forma de

cumplimiento

Urbanismo construcción (continuación)

y

demás normativas.

aumentar la potencia autorizada en 20 MW. Como resultado del desistimiento a utilizar 5.000 m' adicionales de agua de refrigeración, — la potencia instalada bruta máxima de la Segunda Unidad quedará limitada a 350 MW, tal como está establecido en Res. Ex. 206/2007, de la COREMA de la Región del Biobío, e incorpora techos a ambas canchas de carbón.

Resolución Ne 171/2003, Gobierno Regional, Región del Biobío

Promulga Regulador Metropolitano Concepción” (PRMC)

“Plan

de

De acuerdo al Plano PRMC-01, el área del proyecto se define como una zona industrial,

denominada Zona Industrial de Coronel, lo cual se encuentra en concordancia con los usos señalados en artículo 3,2.3* del PRMC, que permite en estas áreas las industrias inofensivas o molestas,

calificadas por la autoridad

competente. En el Anexo E, Apéndice E4 del Adenda N*1 del EIA se presenta la actualización de

244

Materia

Cuerpo legal

Materia relacionada

con ambientales

aspectos

Forma de cumplimiento

Urbanismo construcción (continuación)

y

los antecedentes técnicos y formales para la calificación proyecto respecto del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) establecido en el Artículo 94 del RSEIA.

Decreto Alcaldicio N* 2465, del 27 de

marzo de Ilustre Municipalidad Coronel.

2013.

de

Promulga

“Plan

Regulador de Coronel”

El proyecto corresponde a infraestructura energética, emplazada en la Zona ZAP-3 Zona de Actividad Productiva del Plan Regulador Comunal de Coronel. La zonificación indicada permite las actividades productivas de industria inofensiva y molesta, y prohíbe las centrales de generación de energía, como también prohíbe la aplicación del inciso tercero del artículo 2.1.28 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, es decir, la posibilidad de asimilar el emplazamiento de las instalaciones o edificaciones destinadas a infraestructura en

245

Materia relacionada

Materia Cuerpo legal con aspectos Forma . de : cumplimiento ambientales aquellas zonas donde el instrumento de planificación

territorial permite la actividad de industria.

Sin perjuicio de lo anterior, y en razón a que la Central Bocamina existía con anterioridad a la fecha de publicación del PRC Coronel, es factible la aplicación del Artículo 62 de la Ley General de

Urbanismo y Construcciones, para lo cual su autorización

dependerá de si las obras que conlleva esta modificación van en el sentido que señala dicho artículo.

El proyecto “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, solo contempla mejoras ambientales, en los términos establecidos en el artículo 62 inciso primero de la Ley General de Urbanismo y Construcción, que autoriza aumentos

246

Materia relacionada : Forma de Materia Cuerpo legal con aspectos Ps Ñ cumplimiento ambientales constructivos con el objeto de mitigar impactos ambientales de las actividades desarrolladas en inmuebles congelados. Biodiversidad [Ley 18.892, Ley|EL Art. 136 de la Ley|El proyecto no General de Pesca y|18.892 Impone | contempla la Acuicultura (LGPA) | sanciones al que [introducción de y el D.S. N*430/92 y |introdujere o mandare |ningún tipo de sus modificaciones. introducir en el mar,|especies o Ministerio de ríos, lagos o cualquier | sustancias que Economía otro cuerpo de aguas, |causen daño sobre agentes contaminantes | las especies químicos, biológicos o |hidrobiológicas. físicos que causen daño | Durante la a los recursos | construcción no se hidrobiológicos, sin que | realizarán previamente hayan sido | descargas al mar. neutralizados para evitar | Durante la tales daños. operación la descarga cumple

con la norma de emisión (D.S. N” 90/00, del Minsegpres, Tabla 4). Para verificar su cumplimiento se ha implementado un programa de monitoreo anual en el punto de descarga al mar. De acuerdo a las

evaluaciones realizadas la solución de descarga a orilla de playa, tal como está en la actualidad, tiene un mejor comportamiento

desde el punto de vista de dispersión

247

Materia — relacionada : Forma de Materia Cuerpo legal con aspectos Ps ambientales cumplimiento de la pluma térmica con respecto a la descarga a 30 metros de la línea de más baja marea (señalado en la Res. Ex. 206/2007), lo que se traduce en menores afectaciones al entorno. En Anexo B del Adenda 1 del EIA se encuentran los detalles de los resultados de las modelaciones efectuadas. Biodiversidad D.S. N 225/95, [Establece protección de | Endesa Chile, a (Continuación) |Ministerio delos reptiles, aves y|objeto de Economía mamíferos marinos. minimizar el D.S. N 765/04, Establece protección del | ingreso de Ministerio de ¡lobo marino común. organismos Economía hidrobiológicos al Ley N 20.256,|Ley de pesca recreativa | sistema de Ministerio de | y caza submarina. enfriamiento, Economía incorporará en la Ley N 20.293,|Ley que protege a los aducción de agua Ministerio de | cetáceos. de mar, filtros de Economía tecnología D.S. N* 179/08, |Establece prohibición de avanzada que serán Ministerio de | captura de especies de | instalados tanto en Economía cetáceos que se indican |la Segunda

en aguas de jurisdicción nacional.

Unidad, como en la Primera Unidad. En el Anexo Ll,

Apéndice 11 del Adenda N“1 del EIA, se proporcionan los detalles de los filtros a ser incorporados en el sistema de

aducción de la

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Materia — relacionada Forma de Materia Cuerpo legal con aspectos o. ambientales cumplimiento Primera y Segunda Unidad de la CT Bocamina. Cabe hacer presente que Endesa Chile continuará realizando la operación, mantención y monitoreo del actual sistema de mallas y burbujas, hasta que el sistema de filtros esté operativo Finalmente, el proyecto no contempla la captura de especies de cetáceos, como tampoco de aves y mamíferos marinos, ni actividades de pesca recreativa, ni caza submarina. Transporte de|Resolución N 1, de| Establece que los|Durante la fase de materiales 1995, del Ministerio | vehículos que circulen | construcción y de de Transporte y|en las vías públicas, no | operación, el Telecomunicaciones | podrán exceder las /|transporte de dimensiones materiales no establecidas. excederá el peso o D.S. N” 158/80, del| Establece los pesos |dimensiones Ministerio de|máximos para los|establecidas. En Transportes y [vehículos que circulen|caso de transporte Telecomunicaciones | por las vías públicas. de bultos grandes o D.S. N 200/93, Establece los pesos|Con sobrepeso que Ministerio de | máximos para los|H0 sean Transportes y [vehículos que circulen transportados vía Telecomunicaciones | por las vías urbanas. maritima, se D.F.L. N 850/97|Establece la prohibición | SOlicitará. las Ley Orgánica del[de circulación por 2UfoTizaciones Ministerio de Obras | caminos públicos de correspondientes a Públicas. vehículos que|la Dirección de

sobrepasen los límites de peso máximos.

Vialidad.

249

11.- Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto 'Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad", éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los siguientes artículos N 73, 90, 93, 94 y 95, contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. De lo anterior se puede observar lo siguiente:

11.1- Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 73: Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna.

En el proyecto original aprobado el permiso fue solicitado para la descarga de un caudal de 46.096 m3/h. El efluente estaba compuesto por los residuos industriales líquidos provenientes del sistema de refrigeración por agua de mar, de la planta desmineralizadora, purgas de caldera, purgas del estanque de agua potable y planta de desulfurización.

Las aguas provenientes del desulfurizador serían tratadas en unidades de floculación, neutralización y clarificación. Las aguas provenientes de la planta de agua desmineralizadora y de las purgas de caldera serían neutralizadas hasta pH 7.

La disposición de estas aguas en el mar se haría en las coordenadas UTM (Datum WGS84, Huso 18): + 663.030 m Este; y + 5.900.770 m Norte.

El proyecto optimizado considera la descarga de un caudal de 50.185 m3/h, el cual proviene, principalmente, del sistema de refrigeración con agua de mar (99,63%), de planta de desulfurización, las aguas libres de aceites y grasas provenientes del foso de lavado precalentador de aire y sistema de colección de aguas oleosas (0,05%), además del sistema de colección de aguas lluvia (0,32%).

A excepción del efluente del sistema de refrigeración, los Riles serán tratados en una planta integral de tratamiento. Posteriormente, junto con el efluente del agua de refrigeración, son descargados al mar mediante un canal abierto. Tanto a la salida del sistema de tratamiento del desulfurizador, como en la descarga al mar, el efluente cumple con los límites establecidos en la Tabla 4 del D.S. N* 90/00, del MINSEGPRES.

Las coordenadas UTM (Datum WGS84, Huso 18) del canal de descarga son:

. 663.006 m Este; y . 5.900.730 m Norte.

Los antecedentes técnicos y formales necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial establecido en el Artículo 73 del D.S. N* 30/97 del Minsegpres fueron presentados en el Apéndice E2 del Anexo E del Adenda 1 al ElA del proyecto de “Optimización Central Termoeléctrica Bocamina, Segunda Unidad”. En el numeral E2.4 se indican las disposiciones contenidas en el Anexo II del “Protocolo para la protección del

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Pacífico Sudeste contra la contaminación de fuentes terrestres y sus anexos L, II y HI de 1983”.

En la Adenda 1 Endesa Chile manifiesta que ha decidido limitar la operación del Turbogenerador a 350 MW, según lo aprobado por la Resolución Exenta N* 206/2007, de la COREMA de la Región del Biobío, lo cual implicará no exceder el caudal de agua de refrigeración por sobre los 45.000 m”/h.

Lo anterior implica que el caudal total de descarga al mar alcanzará los 45.185 m'/h, manteniéndose las proporciones de aguas residuales provenientes del sistema integrado de tratamiento de Riles y de la piscina de segunda agua lluvia.

Mediante oficio G.M THNO. ORD. N 12.600/55, de fecha 16 de febrero de 2015, e ingresado en oficina de partes de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental con fecha 17 de febrero de 2015, la Autoridad Marítima de pronuncia conforme según indica “c) Se da conformidad a los contenidos técnicos y formales para el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial N 73 presentados por el titular, sin perjuicio de que la caracterización del efluente deberá efectuarse bajo los términos que establece la Resolución Exenta N 117, de fecha 11 de febrero de 2013, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre Procedimiento de Caracterización, Medición y Control de Residuos Industriales Líquidos, modificada por la Resolución Exenta N 93 del 2014, de la Superintendencia de Medio Ambiente. ”

11.2- Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 90: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros

El proyecto original aprobado solicitó el PAS 90 para el tratamiento de las aguas provenientes de la planta desmineralizadora de agua y de las purgas de caldera. El tratamiento consistía en la normalización del efluente por medio de la adición de hidróxido de sodio y ácido sulfúrico, hasta alcanzar un pH de 7. La evacuación de los residuos tratados se realizaría por un canal abierto de hormigón que penetraría 30 m al mar desde el borde de playa.

El proyecto optimizado consiste en la integración de las plantas de tratamiento de Riles de la Segunda Unidad, diseñadas para tratar los efluentes provenientes del planta de desulfurización, sistema de colección de aguas lluvia, y las aguas libres de aceites y grasas provenientes del foso de lavado precalentador de aire y sistema de colección de aguas oleosas, en una sola planta de tratamiento de Riles.

Posteriormente, las aguas tratadas son enviadas a un pozo de sello, para ser descargadas al mar mediante un canal de descarga a orilla de playa.

Los contenidos técnicos y formales para este PAS se adjuntan en el numeral 10.3 del ELA.

En el Anexo E, Apéndice E3 de la Adenda N*1 se actualizaron todos los antecedentes para acreditar el cumplimiento de este Permiso Ambiental Sectorial.

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Mediante oficio ORD. N* 3282, de fecha 21 de octubre de 2014, la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme al proyecto y mediante ORD. N” 630, de fecha 11 de marzo de 2015 visa el ICE además de indicar “Se da cumplimiento con el PAS 90 se entregan todos los antecedentes, la evaluación netamente técnica se realizará en forma sectorial”.

11.3- Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 93: Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario.

Al respecto, para la fase de construcción de las solución techada de las canchas de carbón de la CT Bocamina y la instalación de los filtros en las aducciones de la Primera y Segunda Unidad, se habilitarán dos bodegas de acopio temporal (BAT) para el acopio de residuos industriales peligrosos, una por cada instalación de faenas, y dos patios de salvatajes para el acopio de los residuos sólidos no peligrosos.

Dado lo anterior, en el Anexo E, Apéndice ES de la Adenda N?1 se presentan los requisitos y contenidos técnicos y formales para la tramitación de este Permiso Ambiental Sectorial.

Mediante oficio ORD. N* 3282, de fecha 21 de octubre de 2014, la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme.

11.4- Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 94: Permiso para la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2., del D.S. N*47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

El permiso fue solicitado para la construcción y operación de una central termoeléctrica de 350 MW de potencia. El proyecto optimizado consideró inicialmente la operación de una central termoeléctrica de 370 MW de potencia. Los contenidos técnicos y formales para este PAS se adjuntan en el numeral 10.4 del EIA. O obstante en Adenda N*1 la empresa titular desistió de los 20 MW considerados adicionales quedando en una central generadora de 350 MW de potencia.

En el Anexo E, Apéndice E4 de la Adenda N?1 se actualizaron todos los antecedentes para acreditar el cumplimiento de este Permiso Ambiental Sectorial.

Mediante oficio ORD. N* 3282, de fecha 21 de octubre de 2014, la Autoridad Sanitaria se pronuncia conforme al proyecto y mediante ORD. N” 630, de fecha 11 de marzo de 2015 visa el ICE además de indicar “La empresa entrega todos los antecedentes respecto al PAS 94, de la evaluación se informa que la actividad se Califica como Molesta”.

11.5- Permiso Ambiental Sectorial del Artículo 95: Permiso para realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental, a que se refiere el Título VII de la Ley N” 18,892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.S. N 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

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Mediante oficio Ord N* 90, de fecha 13 de febrero del 2015, Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, informa:

“En consideración a que el titular complementa el plan de seguimiento presentado en el ElA y adenda N? 1 con el monitoreo de plancton a través del análisis de la dinámica, vitalidad y de asentamiento larval del plancton afectado por la utilización de agua de mar en el proceso de generación de energía; y que el titular Identifica correctamente el Permiso Ambiental Sectorial N” 95 entregando los antecedentes necesarios que la norma indica, esta Subsecretaría se manifiesta conforme del otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial N* 95 requerido por el titular y necesario para la ejecución del plan de seguimiento. Cabe destacar que el titular descarta de las modificaciones originalmente propuestas, la captación adicional de 5.000 m3/h de agua de mar, por ende, se desiste del aumento de potencia en 20 MW.”

12.- Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, en atención a las características del proyecto, los impactos ambientales que se han establecido que este generará y en consideración al Plan de Medidas establecido durante la evaluación ambiental, ha estimado que para que éste pueda ejecutarse, junto con dar cumplimiento a las normas vigentes que le sean aplicables, debe dar cumplimiento a las siguientes condiciones y/o exigencias:

12.1 En relación a las paradas de planta programadas por el titular del proyecto y que dependan únicamente de su programación, y la consiguiente puesta en marcha de ellas, deberán llevarse a acabo en periodos que no coincidan con episodios críticos de calidad del aire en la comuna de Coronel. Considerando que se está en una zona declarada Latente por PM10 se deberán programar para el periodo primavera verano, temporada que presenta las mejores condiciones de dispersión en el aire, de tal forma de no afectar la calidad del aire en la comuna de Coronel. ésta exigencia no rige para aquellas paradas de planta imprevistas no programadas por el titular de proyecto...

  1. Que, considerando que los plazos para la implementación de los sistemas de filtros de tecnología avanzada en la succión y el techado de las canchas de carbón deben contar todos los permisos sectoriales para su construcción y operación, la empresa deberá realizar todas las gestiones pertinentes a partir de la notificación de la presente resolución , a objeto de tramitar con celeridad la obtención de estos permisos administrativos y con ello cumplir con los plazos de ingeniería presentados en este acto administrativo.

  2. Que, la empresa titular deberá presentar a la brevedad posible un plan de cierre para el vertedero de cenizas que actualmente está operativo no obstante que tiene vida útil pronta a concluir. Se requiere que la empresa titular presente con anticipación el consiguiente proyecto, que diga relación con la correcta disposición final de las cenizas del complejo termoeléctrico. Sin perjuicio de lo anterior, el titular deberá contar con todos los permisos ambientales y/o sectoriales, según corresponda, para la disposición final de las cenizas antes de que la vida útil del proyecto calificado mediante R.E N* 017/2010 se cumpla.

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  1. Que, en relación a hitos relevantes de la construcción y operación del proyecto, el titular deberá tener presente lo establecido en el considerando 7.11 de la R.E. N* 206 del 2 de agosto de 2007. Incluidas las paradas de planta tanto programadas como no programadas.

  2. Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.

17.- Que Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile), o quien en sus derechos le suceda, deberá remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente y con copia de carácter informativa al Secretario de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, en un plazo no mayor a diez días hábiles contados desde su emisión, una copia de los permisos, autorizaciones o pronunciamientos ambientales sectoriales otorgados o emitidos por los órganos del estado competentes.

18.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas de construcción y operación de cada etapa o fase del proyecto.

19.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

20.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

21.- Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad", presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile), R.U.T. 91.081.000-6, representada por el señor Valter Moro R.U.T. 24.789.926-k, condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias, normas y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

2.- CERTIFICAR que el proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad", de la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile), en la medida que se ejecute en el marco de los requisitos, condiciones, exigencias, normas y obligaciones establecidas en la presente Resolución, cumple con la normativa de carácter

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ambiental aplicable, con los requisitos ambientales de los permisos mencionados en los artículos N 73, 90, 93, 94 y 95 del Reglamento del SEIA y que respecto de los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N 19.300, se han establecido las medidas de mitigación, reparación y compensación apropiadas,

3.- Hacer presente que la presente Resolución no exime a la Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile) o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes. Debiendo enviar copia de ellas, a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, dentro de un plazo de 10 días, desde su obtención.

4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

5.- Hacer presente que el proyecto calificado ambientalmente por la resolución Exenta N* 206/2007, precedentemente individualizada, en todo lo demás que no hubiere sido modificada por el presente acto administrativo, debe ejecutarse de acuerdo a lo que en ella está establecido, pasando la presente resolución a formar parte integrante de aquella.

  1. Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.

T.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia

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8.- DEJAR constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N* 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 días, contados desde la notificación de la presente resolución, para ante el Consejo de Ministro.

ANOTESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE

7) ÁN VW, La] nOs

p A ERAS ARTINEZ Secretario : Comisión de Evaluación Región del Biobío

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Distribución:

  • Titular del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, Empresa Nacional de Electricidad S.A. (Endesa Chile)

  • Personas Naturales y Jurídicas que realizaron observaciones ciudadanas al EIA del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad".

  • Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío

  • Dirección Regional SEC, Región del Biobío

  • Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

  • Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Obras Portuarias, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío

  • Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

  • Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

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  • Dirección Regional, CONADI

  • Gobernación Marítima de Talcahuano

  • Gobierno Regional, Región de Biobío

  • lustre Municipalidad de Coronel

  • SEREMI MOP, Región del Biobío

  • SEREMI de Bienes Nacionales, Región del Biobío

  • SEREMI de Energía, Región del Biobío

  • SEREMI de Minería, Región del Biobío

  • SEREMI de Salud, Región del Biobío

  • SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío

  • SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío
  • SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío

  • Servicio Nacional de Pesca

  • Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

  • Superintendencia de Servicios Sanitarios

C/o: - Expediente de Evaluación Ambiental del Proyecto " Optimización Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad” - Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Región del Biobío - Encargada de Participación Ciudadana SEA Biobío.

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