Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN XIl REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA
Califica Ambientalmente el proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo"
Resolución Exenta N* 014/2014
Punta Arenas, 14 de Enero de 2014 VISTOS:
1.- La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto “Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo”, presentada por el Señor José Luis Jainaga Mallagaray, en representación de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes, con fecha D6d e diciembre de 2013;
ZE Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1.- Con Relación a la Declaración de Impacto Ambiental
Oficio N702, publicado por Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/12/2013; Oficio N084, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Minería, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 09/12/2013; Oficio N383, publicado por Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 10/12/2013; Oficio N5727 DRAMA, publicado por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 11/12/2013; Oficio N5.7/077, publicado por Comisión Chilena de Energía Nuclear , con fecha 16/12/2013; Oficio N526/2013, publicado por Secretaria Regional Ministerial del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 18/12/2013; Oficio N1571, publicado por Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 19/12/2013, Oficio N2033, publicado por Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 23/12/2013; Oficio N112-EA/2013, publicado por Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 24/12/2013; Oficio N1495, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/12/2013; Oficio N459, publicado por Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/12/2013, Oficio N325, publicado por Secretaria Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena, con fecha 26/12/2013; Oficio N“4954, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 26/12/2013;
3.- El Acta de la Sesión N*02 la Comisión de Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, de fecha 24 de enero de 2014; de Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental
de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo".
S.- Lo dispuesto en la Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N*1600/2008, de la Contraloría General de la República; y las demás normas aplicables al proyecto,
CONSIDERANDO:
1.- Que, la Comisión de Evaluación de Magallanes y Antártica Chilena debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo”;
2- Que, el derecho de la Empresa Nacional del Petróleo - Magallanes a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado,
3.- Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo" consiste en
DE GA construcción de una línea de flujo de 1.140 metros de longitud y 3" a 14" de diámetro SE minal para transportar los hidrocarburos desde el Pozo Chañarcillo 37 hasta el empalme con
ntral 4 Chañarcillo. 3.1.- ¡Superficies Para la etapa de construcción se considera una superficie de 1,37 ha, es decir, un ancho náximo de faja a ocupar de 12 metros. Para la intervención del suelo, al momento de la ¿Pnstrucción, es decir, para la apertura de la zanja, se estima un ancho de 1,2 m (ancho * máximo de la pala excavadora), por lo tanto, la superficie se reduce efectivamente a0,14 hectáreas de intervención,
E Hago a
3.2.- Localización El Proyecto se localiza en la Provincia de Tierra del Fuego, Comuna de Primavera, especificamente al interior de la Estancia Ida Irene.
3.2.1.- Coordenadas
Las coordenadas geográficas son: Coordenadas UTM WGS584
Punto de Referencia Norte Este
Pozo Chañarcillo 37 4.164.126 475.464
Central 4 Chañarcillo 4.165.192 475.802
Definición de sus partes, acciones y obras fisicas
Componentes del Proyecto Caracteristicas de la Linea
Las principales características de la linea de flujo proyectada:
- Longitud: 1.140 m
5 Diámetro: exterior de 10"
-
Material: Cañeria metálica API 5L grado B
-
Revestimiento exterior: Poliuretano tricapa (HDPE)
-
Presión de Operación: 45 kg/cm?
-
Temperatura de Trabajo: 20*C
-
Flujo de Operación: 100.000 S méd
-
Fluido: mezcla gas/líquido
-
Profundidad de enterramiento: 1 metro, en todo el trazado correspondiente a las unidades vegetacionales de (1) Coironal de Festuca gracillima y (2) Matorral Empetrum rubrum.
El Proyecto no considera la instalación de equipos calentadores u otras obras
anexas,
3.3.:1.2.- Equipos de Mantención
Se utilizará la misma infraestructura y personal especializado existente en la localidad de Cerro Sombrero destinados al mismo propósito, para efectuar los mantenimientos programados y preventivos del sistema de ductos e instalaciones de ENAP en Magallanes actualmente en operación. 3 Etapa de Construcción A.- Construcción del Ducto La etapa de construcción estará conformada por una secuencia de actividades relacionadas entre sí y que deben ser correlativas. Para minimizar el efecto en el ambiente se aplicará el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal. De esta manera, la construcción de la línea de flujo se iniciará con los siguientes aspectos: 332:1L- Demarcación Topográfica Se realizará en el área buffer evaluada para el desarrollo del levantamiento de los componentes ambientales (30 m de ancho total), donde se efectuó el levantamiento arqueológico, de flora, de fauna e hidrológico.
3.3.2.1.2.- Apertura de Zanjas
Esta etapa involucra la preparación de la pista y excavación de la zanja que contendrá el ducto. Cabe destacar que el movimiento de tierra necesario para abrir la zanja, se planificará a fin de que este espacio sea el mínimo necesario, con el objeto de acotar el impacto a la menor superficie de suelo posible, además, en el área de trabajo no se dispondrán materiales sobrantes de las excavaciones. Para la instalación de la tubería se realizará la excavación de la zanja segregando los horizontes orgánicos (Horizonte A) de los minerales (Horizonte BJ. Posteriormente a la instalación de la tubería, se procederá a tapar la zanja en el mismo orden en que fue hecha la excavación.
3.3.2.1.3.- Etapa de Pruebas
Terminada la construcción, comenzará la fase de prueba del ducto, dentro de la
cual se tienen las siguientes tareas:
-
Prueba de Uniones Soldadas: Se efectuará la inspección de todas las uniones soldadas del trazado, lo anterior mediante técnicas de radiografía, las cuales permitirán obtener una interpretación mediante una imagen fotográfica producida al incidir rayos X sobre una placa sensible, después de haber atravesado una unión soldada. Esto permitirá obtener información de las discontinuidades superficiales o internas presentes en las uniones. Lo anterior se realizará con el objetivo de reparar los defectos encontrados en las soldaduras. Adicionalmente, se considera alternativa de cañeria roscada. Las pruebas, utilizando radiografía Industrial, se realizarán con un equipo de radiación gamma, este equipo posee la Autorización de Operación entregada por la CCHEN NGI-003-115-178 y es de propiedad de ENAP, los operadores tienen sus autorizaciones de operación al día y este equipo es almacenado en la bóveda de isótopos radiactivos, autorizada por la CCHEN N DI-027-115-175, que la Empresa tiene en Cerro Sombrero. Todas estas actividades y las instalaciones radiactivas son auditadas en forma permanente por la Comisión de Energía Nuclear.
-
Prueba de Porosidad: Una vez efectuadas las pruebas de las uniones soldadas se efectuarán las pruebas de porosidad. Estas se realizarán antes de efectuar la protección anticorrosiva en las soldaduras circunferenciales.
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La Prueba de Porosidad consiste en la aplicación de presión en la tubería (100 psi con aire). Una vez que se ha realizado esto, se procederá a inspeccionar cada soldadura realizada con una solución de agua jabonosa, en muy bajas cantidades (jabón común biodegradable) La presión especificada deberá mantenerse durante el tiempo que sea necesario para inspeccionar el 100% de las uniones soldadas.
En caso de encontrarse defectos en las soldaduras durante esta prueba, se procederá a la reparación de éstas. Para la fácil localización de las soldaduras defectuosas, se marcarán, en el momento de ser detectadas, con pintura indeleble. Si el número de éstas fuese mayor a tres (3), el tramo deberá ser probado nuevamente, una vez efectuadas las reparaciones, Finalizada la prueba, los extremos de la linea deberán quedar cerrados con tapas herméticas (hasta el empalme con el resto de la obra).
- Prueba de Resistencia: Finalizadas todas las pruebas anteriores, se realizará la prueba de resistencia, la cual consiste en aplicar presión según lo indique cada proyecto. Los instrumentos exigidos para el control de la prueba son los siguientes:
a) Manómetro registrador con carta para registro de 24 6 48 horas.
b) Manómetro con grado de resolución de 50 psi, lectura en psi y kg/cm?,
€) Manómetro con grado de resolución de 10 psi, lectura en psi y kg/cm?,
d) Termómetro registrador con su elemento sensor colocado en contacto directo con
e) lalinea.
f Termómetro de lectura directa para la determinación de la temperatura ambiente,
3.3.2.1.4.- Tapado y Cierre de Zanjas
Una vez terminada la etapa de pruebas al ducto, se realizarán las siguientes
actividades:
- Restitución de la tierra más profunda (horizonte mineral)
Instalación de la cinta de advertencia
-
Relleno y Tapado de zanja que contendrá el ducto.
-
Restitución de la capa vegetal en los lugares que fue retirada,
3 Retiro de los elementos y materiales sobrantes de la construcción.
Una vez concluidas las acciones de construcción del ducto, se instalarán letreros
donde se indique el diámetro de la línea, la presión, la empresa a la cual
pertenece y el número de ubicación frente a una emergencia. Dichos letreros se localizarán a distancias prudentes, considerando además, como en todos los proyectos, su instalación en los sectores de pozos y límites prediales, entre otros.
Junto a lo anterior es importante señalar que la construcción se realizará de
acuerdo al proyecto de Ingenieria de Detalle desarrollado por EMAP, conteniendo
todas las exigencias legales y normativas técnicas vigentes en nuestro país.
Además, se utilizarán normas internas de ENAP contenidas en el documento
“Especificaciones Técnicas Generales para la Construcción de Gasoductos,
Oleoductos y Lineas de Producto", las que se anexan en cada contrato y cuyo
cumplimiento será supervisado por la Unidad de Logistica e Inspección de
proyectos de ENAP,
El detalle de la descripción hidrológica del área de emplazamiento del Proyecto,
se encuentra disponible en el Anexo VI de la DIA,
Durante la etapa de abandono del Proyecto, se procederá según lo indicado en el
Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal, de tal manera de restablecer el
escurrimiento natural de aguas lluvias y deshielos, evitando la formación de
cuerpos de aguas artificiales en los terrenos aledaños.
3.3,2,2.- Sistema Contra Incendios y Condiciones de Seguridad 3.3.2.2.1.- Sistema Contra Incendios Debido al carácter de la operación, se contará con sistemas para la extinción de incendios similar a todos los utilizados en las diferentes instalaciones de ENAP - Magallanes (Anexo VIIl de la DIA: Plan de Prevención, Presupresión y Supresión de Incendios en Pastizales), adicionalmente en el Anexo IX de la DIA, se indica el procedimiento para la restauración de la pradera posterior a un incendio, En el periodo de construcción, la metodología de trabajo para el proceso de unión de los ductos es mediante soldadura e incluye una carpa protectora donde va el soldador para impedir que las chispas se dispersen al campo abierto, no obstante lo anterior, se cuenta con un equipo de extinción de incendio de forma permanente acompañando al tren de soldadura conforme se avanza en el track.
Condiciones de Seguridad A lo largo de toda la fase de construcción, y también durante la operación del Proyecto, ENAP - Magallanes cumplirá estrictamente con su normativa interna, la cual contiene la legislación vigente en materia laboral y de seguridad. El personal que participe en cualquier fase de la construcción, además de la legislación vigente, deberá cumplir con los estándares estipulados por ENAP en Magallanes en seguridad, contenidos en el documento "Reglamento de Seguridad y Salud para Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes". El Reglamento de Control de Riesgos Operacionales para Empresas Contratistas de ENAP en Magallanes, tiene como objetivo regular los procedimientos y
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obligaciones sobre el control de riesgos que rigen en los Contratos ENAP en Magallanes. Principalmente, cubre aspectos referentes a la legislación vigente sobre accidentes de trabajo, la seguridad minera, la prevención de riesgos profesionales, además de las condiciones ambientales básicas en los lugares de trabajo. También, como condición de seguridad vigente a través de toda la vida útil de la operación del ducto, cabe mencionar la instalación de una “cinta de advertencia” de material plástico, ubicada a 30 cm, bajo el terreno, a lo largo de todo el trazado de las cañerias, con la leyenda de “NO EXCAVAR NI ANCLAR ALTA PRESION GASODUCTO”. Este elemento tiene el objetivo de advertir a los operadores de "maquinaria pesada" que accidentalmente pudieran intervenir sobre la franja del ducto en operación. Durante la construcción, como se ha señalado, se usará como base las instalaciones de ENAP en Magallanes en Cerro Sombrero,
3.3.2.3.- Insumos, Servicios y Suministros
3.3.2.3.1.- Insumos y Materiales Los insumos y materiales a ser requeridos para la etapa de construcción del Proyecto serán transportados a las diferentes áreas de ENAP en Magallanes, a través de camiones, los cuales contarán con la rotulación y hojas de datos de seguridad según corresponda, los camiones a utilizar para el transporte de materiales serán de acuerdo a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. Es importante destacar que la empresa exigirá la obtención de las autorizaciones ambientales y sectoriales correspondientes a los transportistas que prestarán servicios.
3.3,2:3.2.- Agua Potable Durante la construcción del Proyecto, toda el agua potable será distribuida a los lugares de trabajo en forma envasada por medio de bidones sellados, el vital elemento será suministrado por un proveedor desde Punta Árenas, el cual deberá contar con la autorización sanitaria correspondiente, en conformidad a la NCh N*
409. 3.3.2.3,3.- Campamentos de Faena
Para la etapa de construcción no se consideran campamentos de faena. 3.3.3.- Etapa de Operación 3331.- Descripción del Proceso
La línea de flujo se construirá mediante la utilización de cañerias de acero, enterradas con revestimiento tricapa, que asegurará una adecuada protección externa contra la corrosión y cuyos datos principales son: diámetro nominal de 3” a 14”, longitud máxima de 1.140 m y una profundidad de enterramiento mínimo de 1 m a lo largo de todo el trazado. El gas se conectará a la red gasifera existente, actualmente en operación. 33.3.2.- Tiempo de Operación de las Instalaciones Como todos los procesos relacionados con los hidrocarburos, el Proyecto en análisis requiere de operación continua, es decir, 365 días del año durante las 24 horas del día. La operación, control y labores de mantención, se harán con la misma infraestructura operacional existente para el manejo de las instalaciones de ENAP en Magallanes, anteriormente mencionadas. 3.3.3.3.- Mantenciones Programadas Durante la vida útil del Proyecto es posible que se tenga que cambiar parte del ducto, esto por la pérdida de espesor debido a la corrosión u otros factores normales de operación, Én el caso de ser necesario un cambio de tramo se aplicará el mismo procedimiento constructivo señalado en el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal. 3.3.3,4.- Plan de Emergencia Ambiental El control del proceso corresponde a una operación segura, lo que no implica que, por un eventual error operacional o por la acción de terceros, se produzcan contingencias durante la etapa de operación. En el Anexo X de la DIA, se presenta el Plan de Contingencia para Emergencias en Transporte de Gas Natural aplicable a este Proyecto. Las posibles contingencias han sido previamente analizadas y principalmente se traducen en roturas de algún tramo del ducto. Las acciones a seguir ante eventualidades o contingencias radican en dejar sin utilizar la línea hasta que sea evaluada y reparada. 3.3.4.- Etapa de Abandono El ducto permanecerá enterrado, ya que por sus características metálicas revestidas con POSSE? END polietileno tricapa los transforman en inertes y resulta ambientalmente inconveniente su Pa retiro al tener que intervenir nuevamente la capa de suelo vegetal recuperada. unto a lo anterior, es importante señalar que las cañerias metálicas que conforman los Nos están protegidas externamente con polietileno tricapa (HDPE) permitiendo un WEomportamiento inerte frente a la agresividad del subsuelo en que se encuentran | linstaladas y, por otro lado, estarán protegidas catódicamente mediante la instalación de -/ ánodos de sacrificio. De esta forma, el conjunto "cañería - revestimiento plástico exterior - protección £ catódica” superará largamente la vida útil de cualquier proyecto gasifero específico,
permitiendo la reutilización de la infraestructura industrial en otros proyectos dispuestos en la misma área geográfica, o bien en el peor de los casos, el abandono de las tuberías como conjunto inerte al interior del subsuelo. 34.- Principales Emisiones, Descargas y Residuos del Proyecto 34.1.- Residuos Industriales Líquidos El Proyecto no contempla, en ninguna de sus fases, la generación de residuos industriales líquidos. 3,4.2.- Residuos Líquidos Domésticos 3,4,2.1.- Construcción En esta faena se utilizarán baños químicos, cuyos desechos (aguas servidas) serán almacenadas en estanques de acumulación con una capacidad que varía entre 12 y
15m, por lo que su retiro se realizará con una periodicidad que varía entre 3 y 5 dias (Dependiendo del tamaño del camión que retirará y de la acumulación en los estanques). Estos desechos serán retirados por una empresa autorizada, especializada en la materia y contratada especialmente para dicho propósito, la cual se encargará además de realizar la disposición final en un lugar autorizado y donde le esté habilitado. La empresa prestadora del servicio, contará con la autorización correspondiente emanada de la Autoridad Sanitaria para realizar dichas funciones. 3,4.2,2.- Operación No habrá generación de residuos líquidos domésticos. - Residuos Sólidos, Domésticos e Industriales (No Peligrosos) 1.- Construcción Los residuos sólidos de origen domiciliario e industrial que se generarán en el Proyecto, serán almacenados momentáneamente en tambores correctamente rotulados e identificados de acuerdo a su clasificación y/o composición. Se estima que en la etapa de construcción se generarán restos de soldadura y despuntes metálicos, los cuales no superarán los 3,6m. Posteriormente, serán conducidos al vertedero municipal de Porvenir, manteniendo un registro de cada partida ingresada en caso de una eventual fiscalización. 3,4,3,.2.- Operación El Proyecto no contempla la generación de residuos sólidos, domésticos ni industriales (no peligrosos) en esta etapa. 3.4.4.- Residuos Peligrosos 3.4.4.1.- Construcción Se estima que el Proyecto generará 5 kg de residuos peligrosos los cuales corresponderán a guaipes, paños empetrolados, aceites y grasa. Dichos residuos serán rotulados y almacenados de forma temporal en la bodega de almacenamiento temporal con que cuenta ENAP - Magallanes en Cerro Sombrero destinada para dicho efecto, la cual se encuentra autorizada por la Resolución N 27/09, La mantención programada de equipos y maquinarias se realizará en las instalaciones Cerro Sombrero (cambio de aceites y otros), estas mantenciones no corresponden a etapas del Proyecto. 3.44.2.- Operación El Proyecto no contempla la generación de residuos peligrosos en esta etapa. 34.5.- Emisiones Atmosféricas 3.45.1.- Construcción Las emisiones atmosféricas estarán relacionadas con la generación de polvo en suspensión, debido al movimiento de tierra en la etapa de construcción. Las emisiones serán mínimas y de corta duración, las cuales no superarán los 2 meses de trabajo para el ducto debido a las dimensiones de la obra. Respecto a las emisiones asociadas a la maquinaria es importante señalar que todos los vehículos a utilizar durante la construcción y operación se encuentran con las respectivas revisiones técnicas al día.
3,4.5.2.- Operación
En esta etapa no habrá emisiones atmosféricas de ningún tipo. 3.4.6.- Emisiones de Ruido 3.4.6.1.- Construcción
Se generará ruido debido a los motores de la maquinaria a utilizar, sin embargo, éstas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar en esta etapa. El lugar donde se emplazará el Proyecto es un área de viento frecuente, lo cual facilitará la rápida disipación de las emisiones acústicas. Junto a lo anterior, es importante destacar que las emisiones tendrán un efecto puntual y transitorio, por cuanto se contempla un periodo no superior a los 2 meses para la fase de construcción del ducto.
34.6.2.- Operación
a En esta etapa no habrá emisiones de ruido,
Er Arqueología
AT analizó arqueológicamente el área de influencia del proyecto, considerando que la
Na dición de visibilidad en este tipo de vegetación es desfavorable, variando de baja a nula,
la*prospección arqueológica en referencia arrojó resultados negativos en cuanto a la | RETARIA Eb de restos arqueológicos en superficie, dejando en evidencia que el proyecto no co alterará este tipo de componente. Sin embargo, en caso de detectar algún elemento de
Eatácter patrimonial en las labores de construcción del ducto, el titular actuará como lo
o
es va
=p
3,.65,-
3.7.-
3.8.-
3.9.- 3.9.1.-
indica la Ley 17,288, dando inmediato aviso al Consejo de Monumentos,
Fauna
Considerando la evaluación de la fauna realizada para el proyecto “Perforación de Pozos Exploratorios y Producción Chañarcillo N*37", en el trazado de la extensión del Colector Arenal se identificaron un total de Y especies de fauna vertebrada (6 especies de aves y 1 de mamiferos), las que corresponden a parte de las descritas para el ambiente de Estepa Patagónica de la región de Magallanes, según la literatura. Las aves y mamiferos registrados tienen bastante movilidad, por lo que durante los trabajos para este Proyecto se alejarian del área. En las áreas descritas, no se encontraron especies de aves ni de mamiferos con problemas de conservación, de acuerdo al "Libro Rojo de Vertebrados Terrestre de Chile" (CONAF, 1993); a su vez, tampoco se encontraron especies de fauna incluidas en el “Listado de especies con alguna categoría de riesgo”, actualizado por el Ministerio del Medio Ambiente (2012).
Flora
Considerando la evaluación de la flora realizada para el proyecto "Perforación de Pozos Exploratorios y Producción Chañarcillo N*37", en el trazado de la extensión del Colector Arenal se identificaron las comunidades vegetacionales de Coironal de Festuca gracillima y el Brezal xérico de Empetrum rubrum. Las comunidades descritas corresponden a algunas de las asociaciones del ambiente de Estepa Patagónica de la Región de Magallanes. En estas comunidades no se encontraron especies de flora en alguna categoría de problemas de conservación, de acuerdo al "Libro Rojo de la Flora Terrestre de Chile" (CONAF, 1989), a su vez, tampoco se encontraron especies de flora incluidas en la Lista de Especies Nativas según estado de Conservación bajo alguna categoría de riesgo, clasificadas por el Ministerio del Medio Ambiente (2012).
Hidrología Luego de la correspondiente evaluación hidrológica y según lo informado en el Anexo WIl de la DIA, Informe de Hidrología, en el área de intervención directa de la linea de flujo, no atravesará ni intervendrá ningún cauce natural superficial permanente o intermitente.
Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal
Procedimiento de Apertura y Cierre de la Zanja
a) Sin quitar la vegetación de la superficie, retirar la tierra vegetal u horizonte superficial de suelo de color más oscuro y disponerlo lateralmente con las raices de la vegetación hacia abajo disminuyendo la deshidratación de la vegetación presente por efectos ambientales (viento y temperatura), la profundidad del horizonte orgánico será determinado por la construcción de una calicata, permitiendo identificar su espesor, el horizonte de suelo vegetal puede presentar variaciones en su espesor, por lo que se debe tener cuidado en retirar sólo esta primera capa de tierra en esta primera operación. El horizonte orgánico deberá disponerse a sotavento, de manera que se proteja por el horizonte mineral, material de color más claro y pedregoso, que será de mayor volumen y dispuesto a barlovento creando una cortina natural, disminuyendo la perdida por factores eólicos de la cubierta vegetal. Además con esta disposición el material arrastrado por el viento y el agua, quedara dentro de la zanja en el ordenamiento que corresponde, no permitiendo que la cubierta vegetal quede al fondo de la zanja en el horizonte que no corresponde. Continuar la excavación retirando el resto de suelo hasta llegar a la profundidad requerida para la instalación del ducto, La maniobra de apertura y cierre de zanja deberá realizarse en el menor tiempo posible, no más de 2 semanas, de ser así deberá realizarse por tramos. Por ningún motivo deben mezclarse los horizontes de suelo (el superficial con el profundo). pues sólo el horizonte superficial es fértil y capaz de sostener vida vegetal.
b) Una vez que el ducto es soldado y dispuesto en el fondo de la zanja, ésta debe taparse, restituyendo los horizontes extraidos siguiendo el mismo ordenamiento en que se encontraban los perfiles de suelo antes de la excavación. Por tanto, deberá ponerse primero la tierra del horizonte mineral más profundo, para luego agregar aquella que fue retirada inicialmente del sector más superficial (horizonte orgánico).
c) Dado que el suelo de la superficie quedará suelto y seguramente más elevado, éste deberá compactarse, esto evitará que el suelo se pierda por efecto del agua o el viento, se deberá dejar una sobremonta de 10 centímetros en el eje del ducto, debido a que este sector modificara su cota con el transcurso del tiempo debido a que el suelo removido se reestructurara. La compactación deberá realizarse con un rodillo o bien la oruga de la retroexcavadora.
d) | Debe minimizarse el tránsito de maquinarias y vehículos en el área a intervenir, dado que éstos usualmente generan una mayor destrucción de cubierta vegetal que la misma zanja. Especial cuidado deberá tenerse en los suelos que la mayor parte del año se encuentra saturados de agua ya sea por crecimiento y/o desborde de chorrillos, o por condiciones naturales del suelo. En estas áreas se deberá realizar la intervención en verano o en la época en que el suelo se encuentre lo suficientemente drenado.
Siempre debe tenerse presente que los esquemas indicados en el presente procedimiento de apertura y cierre de zanja, son sólo referenciales, pudiendo sufrir variaciones en torno a la disposición de los perfiles de suelo, dependiendo del área especifica que se intervenga. Sin embargo, siempre debe tenerse presente que dichos horizontes de suelo no importando donde se dispongan transitoriamente
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nunca deben mezclarse. Esta ductilidad debe considerarse en el diseño del proyecto, para estar preparados para una disposición distinta de los horizontes, acorde con el cuadrante de viento predominante. fñ Se deberá realizar un Plan de Seguimiento Ambiental el cual tiene como objeto evaluar y verificar in situ el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Este plan propone realizar dos muestreos, el primero se llevara a cabo luego de finalizar la primera temporada de crecimiento, el segundo muestreo se realizará luego de finalizar la segunda temporada de crecimiento del pastizal. Este monitoreo será complementado con un informe final donde se reporte el crecimiento de la vegetación, vinculando el comportamiento de la temporada anterior, En cada monitoreo se evaluará la cobertura vegetacional general alcanzada en porcentaje, utilizando el método de estimación ocular por cuadrante de Parker, es importante lograr una cuantificación del estado del pastizal sin intervención por tal motivo se realizaran muestreos de parcelas testigos de la cubierta vegetal en el mismo lugar, bajo los mismos parámetros, de manera de estimar los porcentajes de cubierta vegetal existentes. De no presentar una recuperación superior al 60% del porcentaje original de cobertura vegetacional después del segundo muestreo, se procederá a la práctica agronómica del establecimiento artificial de una mezcla forrajera compuesta, acorde a la unidad vegetacional intervenida. La siembra de estas especies deberá realizarse en los meses de septiembre a noviembre cuando la pradera presenta un nivel adecuado de humedad. 3.9.2.- Plan de Seguimiento Ambiental El plan de seguimiento ambiental consiste en evaluar y verificar in situ durante los primeros estadios el nivel de recuperación de la cubierta vegetal en las áreas intervenidas, proporcionando a la vez la información cualitativa y cuantitativa necesaria para prevenir la iniciación de posibles focos de erosión. Dicho plan de seguimiento se realizará durante las obras y posterior a ellas, el cual consiste en la selección de áreas específicas para la medición y control de la recuperación de formaciones vegetales, considerando el éxito de restablecimiento de sus especies dominantes. Los seguimientos se harán inicialmente con una frecuencia estacional, por un periodo de dos temporadas de crecimiento del pastizal. En este caso, la herbivoría por ovejas será considerada como un elemento constituyente del sistema natural. En cada monitoreo se recomienda evaluar la cobertura vegetacional general alcanzada (%), utilizando la estimación por cuadrante mediante el método de Parker. Si durante el periodo de seguimiento ambiental, dos temporadas de crecimiento, no se logre el 60% de la cobertura basal cuantificada o se detectasen focos erosivos, se realizará y ejecutará un plan de manejo agronómico mediante la siembra de especies forrajeras comerciales, de manera de establecer una cobertura vegetal temporal con estas especies, debido principalmente a las exigencias nutricionales e hídricas que presentan, a esto se debe sumar la alta herbivoría de estos pastos por la fauna debido a su mayor calidad y palatabilidad 4- Otras Consideraciones 4.1.- Como parte del proyecto y, consecuentemente, del plan de abandono, se debe considerar el pleno restablecimiento del escurrimiento natural, en su condición original, de aguas lluvias y deshielos. Asimismo se debe abordar la obligatoriedad de que no se formen cuerpos de aguas artificiales en los terrenos abandonados.
4.2.- Con respecto al hallazgo arqueológico aislado que se registró exhaustivamente, solo es necesario que quede in situ. 43.- Considerando que la superficie del área a intervenir presenta escasa visibilidad por la
cubierta vegetal y debido a que en sectores cercanos al proyecto existen restos arqueológicos, el titular deberá:
43.1.- Implementar una inducción arqueológica, por un arqueólogo o licenciado en arqueología, a todo el personal involucrado en la construcción del proyecto, con el fin de asegurar la protección del patrimonio arqueológico protegido por Ley.
4.3.2.- Desarrollar un monitoreo arqueológico permanente (por un arqueólogo o licenciado en
arqueología) durante las etapas del proyecto que involucren movimientos de tierra y/o
excavaciones (instalación de linea de flujo-ducto). A partir del monitoreo se deberá
remitir al Consejo de Monumentos Nacionales y a la Superintendencia del Medio
Ambiente, los informes elaborados por el arqueólogo de forma mensual, con las
actividades realizadas en ese periodo. El informe de monitoreo deberá contener los
siguientes antecedentes:
a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes y con
fecha.
b) Descripción de la estratigrafía y/o matriz, asociada a la materialidad encontrada
(con profundidad) en cada excavación.
c) Plan mensual de trabajo de la constructora con respecto a las obras y acciones del
proyecto.
d) Información sobre las charlas de inducción a los trabajadores del proyecto.
e) Registro fotográfico de alta resolución de los distintos frentes de excavación y sus
diferentes etapas.
f Elinforme final de monitoreo deberá integrar además de una revisión bibliográfica
exhaustiva (arqueológica e histórica), el análisis de materiales arqueológicos, (por
tipo de materialidad) y la conservación de todos los materiales arqueológicos que se encuentren motivo de esta actividad.
a) De recuperarse materiales arqueológicos, el informe final del monitoreo deberá contener una propuesta de destinación definitiva, y adjuntar un documento oficial de la institución museográfica aceptando la eventual destinación. Se deben solventar los gastos de análisis, conservación y embalaje del material arqueológico, así como su traslado a la institución receptora.
5.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo" cumple con:
5.1.- Normas de emisión y otras normas ambientales
5.1.1.- D.F.L. N* 728, Código Sanitario
Artículos 67 y 68: Se cumplirá la normativa a partir de reglamentos internos y procedimientos internacionales. Artículos 70 y 71: El agua potable y de consumo será proporcionada por un contratista y provendrá desde Punta Arenas en bidones. Para la etapa de construcción se dispondrá de baños químicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación que cuente con la autorización de la autoridad para tal efecto. Artículos 72 y 73: Se dispondrá de baños quimicos proporcionados por un contratista con autorización sanitaria. Las aguas servidas serán retiradas por medio de camión aljibe a una instalación con permiso de la autoridad para tal efecto. El Proyecto no descargará aguas servidas y residuos industriales o mineros en rios o lagunas, o en cualquier otra fuente o masa de agua que sirva para proporcionar agua potable a alguna población.
Articulo 77: El Proyecto no contempla la habilitación de campamentos para personal.
Articulo 78: El retiro de los desechos corresponde a un contratista, el cual contará con
las autorizaciones pertinentes emanadas de la Autoridad para ejecutar las labores.
5.1.2.- D.S. N*594/99, Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de
Trabajo
Articulo 16: El Proyecto no contempla el vaciado a la red de alcantarillado público.
Artículo 18: ENAP - Magallanes posee un contrato para la eliminación de todos sus
residuos, así como también una autorización de la municipalidad de Porvenir que le
permite depositar en sus vertederos residuos industriales no peligrosos y asimilables a
domiciliarios.
Artículo 19: ENAP - Magallanes exige a sus contratistas que dispongan de todas las
autorizaciones que la ley exige, de otra forma no podrian formar contrato con la
empresa.
Artículo 20: ENAP - Magallanes cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos
autorizados por la autoridad sanitaria que está vigente y a la vez con contratos que
garantiza su disposición final. Los residuos industriales no peligrosos serán retirados y
transportados al vertedero de Porvenir por una empresa autorizada.
Artículos 24 y 26: Para la etapa de construcción, se utilizarán baños químicos, donde las
aguas servidas serán retiradas por una empresa con autorización sanitaria, la cual se
encargará de realizar la disposición final en un lugar donde le esté habilitado. Para la
etapa de construcción, las aguas servidas serán acumuladas en estanques y,
posteriormente, serán transportadas a la planta de tratamiento de Porvenir de Aguas
Magallanes para su disposición final.
5.1.3.- D.S. N*148/03, Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos
Los RESPEL serán manejados de acuerdo a los procedimientos establecidos en el Plan
de Manejo de RESPEL y transportados a la Bodega de almacenamiento temporal en
Cerro Sombrero autorizada por la Resolución Exenta N*27 del 16 de Septiembre de
2009.
5.1.4.- D.S. N*132/2004, Reglamento de Seguridad Minera
Artículo 67: De acuerdo a lo señalado, en forma previa a la fase de construcción, ENAP
enviará a SERNAGEOMIN la Resolución de Calificación Ambiental que califica
favorablemente al Proyecto,
El Artículo 68: Será cumplido, ya que forman parte de la Política Ambiental
El Artículo 69: Será cumplido debido a que forman parte de la Política Ambiental de la
Empresa, donde se destaca que para cada etapa descrita en la Declaración de Impacto
Ambiental, ENAP — Magallanes realiza actividades de inducción donde hace extensivos
los compromisos ambientales a las empresas contratistas y subcontratistas. Además el
Titular cuenta con planes y programas para dar cumplimiento a los compromisos
ambientales asociados a la tramitación de la presente DIA.
Artículo 70: Será cumplido, ya que forman parte de la Política Ambiental de la Empresa.
Artículo 312 y 313: Los reglamentos antes señalados corresponden a procedimientos
que la empresa ha ido realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando
nueva normativa. En los entes fiscalizadores según corresponda, obran los | procedimientos adoptados por la empresa.
| Artículos 493, 497, 498 y 499: Corresponde a procedimientos que la empresa ha ido
realizado a lo largo de los años actualizándolo e incorporando nueva normativa. En los
entes fiscalizadores según corresponda, obran los procedimientos adoptados por la empresa.
5.1.5.- Decreto 280, Reglamento de Seguridad para el Transporte y Distribución de Gas de Red En el caso puntual del Proyecto y de acuerdo al Artículo 12”, las normas internacionales serán cumplidas de forma óptima, ya que corresponde al estándar de la industria y se actualizan a medida que son perfeccionadas, además se han aplicado por ENAP en 60 años de experiencia, 5.1.6.- Ley 20.551, Regula el Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras El Titular cumplirá con lo señalado en la Ley 20.551 y presentará el respectivo plan de cierre de forma sectorial al Servicio para su aprobación de acuerdo a lo señalado en el Artículo 4%.
5.1.7.- Ley 17.288, Ley sobre Monumentos Nacionales En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Artículos N”26 y 27 de la Ley N*17.288.
5.1.8.- D.S. N484, Reglamento de la Ley N 17.288, Sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico durante la etapa constructiva, el titular informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales como se establece en los Articulos N26 y 27 de la Ley N17.288
5.1.9.- D.S.N* 146/97, Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuente Fijas De acuerdo a lo señalado en el Capítulo Il, las emisiones de ruido para la etapa de construcción serán debido a los motores de la maquinaria, sin embargo, estas serán puntuales y de baja magnitud debido a las dimensiones del Proyecto y al tipo de máquinas a utilizar en cada etapa.
B.- Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo no requiere de ninguno de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Titulo VIl del D.S. N%95/01 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
T- Que, en lo relativo a los efectos, caracteristicas y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N"19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
8.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: 8.1.- El Titular se compromete a llevar a cabo el Plan de Intervención de la Cubierta Vegetal
(PICV) durante el desarrollo del Proyecto, tanto para la apertura como así también en el cierre de la zanja.
9.- Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
10.- Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013,
11- Que, la Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse respecto de la factibilidad ambiental del proyecto “Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo”, por lo cual, para que este proyecto pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
12.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales previstos y no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
13.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de
Evaluación de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, la individualización de cambios de
titularidad.
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través +. de un tercero.
- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región . de Magallanes y Antártica Chilena
Cie:
.. o . ..
Central 4 Chañarcillo”.
2.- CERTIFICAR que el proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, no requiere de permisos ambientales sectoriales y no genera ni presenta los etecies” caracteristicas o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N*19.300.
3.- Hacer presente que procede en contra de la presel ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluació
'é Resolución, él recurso de reclamación, Ambiental. Ef plazo para interponer este
Distribución:
José Luis Jainaga Mallagaray
Superintendencia del Medio Ambiente
Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur
Corporación Nacional de Desarrollo Indigena, Magallanes y Antártica Chilena Corporación Nacional Forestal, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección de Vialidad, Magallanes y Antártica Chilena
Dirección General de Aguas, Magallanes y Antártica Chilena
Gobierno Regional, Región de Magallanes y Antártica Chilena
llustre Municipalidad de Porvenir
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Bienes Nacionales, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Energía, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Mineria, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Obras Públicas, Magallanes y Antártica Chilena Secretaria Regional Ministerial de Salud, Magallanes y Antártica Chilena
Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, Magallanes y Antártica Chilena Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Magallanes y Antártica Chilena Servicio Agricola y Ganadero, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Pesca, Magallanes y Antártica Chilena
Servicio Nacional de Turismo, Magallanes y Antártica Chilena
Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Magallanes y Antártica Chilena Comisión Chilena de Energía Nuclear
Consejo de Monumentos Nacionales
Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto "Extensión del Colector Arenal, Chañarcillo 37 - Central 4 Chañarcillo" Archivo Servicio de Evaluación Ambiental, Magallanes y Antártica Chilena
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