DESARROLLO Y MEJORAMIENTO TECNOLÓGICO PLANTELES DE CRIANZA DE AVES BROILER CODEGUA
REPÚBLICA DE CHILE. ) COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS
Califica Ambientalmente el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”
Resolución Exenta N* 85/2014
Rancagua, 29 de Abril de 2014
VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas N1 y N2 del proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, presentada por el Señor Luis Felipe Fuenzalida Bascuñán, en representación de Agrícola Súper Ltda, con fecha 3 de Diciembre de 2013.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto
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Oficio N*1016/2013 de la SEREMI de Agricultura;
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Oficio N*%2387/2013 del Servicio Agrícola y Ganadero;
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Oficio N*834/2013 de la llustre Municipalidad de Codegua;
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Oficio N%204/2013 del Servicio Nacional de Turismo;
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Oficio N*%581/2013 de la Dirección General de Aguas;
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Oficio N*1083/2013 de la Ilustre Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua;
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Oficio N%127/2013 de la SEREMI de Obras Públicas;
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Oficio N*%004/2014 de la SEREMI de Medio Ambiente;
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Oficio N*%04/2014 de la Ilustre Municipalidad de Doñihue;
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Oficio N*%001/2014 de la SEREMI de Salud;
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Oficio N%025/2014 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo;
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Oficio N*12/2014 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles;
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Oficio N*%88/2014 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones;
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Oficio N*190/2014 del Gobierno Regional.
Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
- Oficio N%4950/2013 del Consejo de Monumentos Nacionales; Oficio N*1/2014 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
b) Referente a la Adenda 1 de la DIA del Proyecto
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Oficio N%86/2014 de la SEREMI de Agricultura;
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Oficio N*%105/2014 de la Dirección General de Aguas;
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Oficio N*382/2014 del Servicio Agrícola y Ganadero;
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Oficio N%71/2014 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo;
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Oficio N*306/2014 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones;
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Oficio N*%37/2014 de la SEREMI de Obras Públicas;
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Oficio N%98/2014 de la SEREMI de Medio Ambiente;
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Oficio N*%368 de la SEREMI de Salud;
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Oficio N*159/2014 de la Ilustre Municipalidad de Codegua.
Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
c) Referente a la Adenda 2 de la DIA del Proyecto
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Oficio N*175/2014 de la SEREMI de Agricultura;
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Oficio N%135/2014 de la SEREMI de Medio Ambiente;
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Oficio N%778/2014 de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo;
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Oficio N*424/2014 de la SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones.
Todos de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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El Oficio Ordinario N*148 de fecha 16 de Abril de 2014 de la SEREMI de Medio Ambiente, que cita a la sesión N%8 de 2014 del Comité Técnico del proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”.
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La Sesión N* 8 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental, de fecha 22 de Abril del 2014.
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El Acta N? 15 de la Sesión N%8 de 2014 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental, que visa el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, de fecha 22 de Abril del 2014.
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El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, de fecha 24 de Abril del 2014.
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Acuerdo y Acta de la Sesión N%7 de la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 28 de Abril del 2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”.
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Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2” del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y las demás normas aplicables al proyecto.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, presentada por el Señor Luis Felipe Fuenzalida Bascuñán, en representación de Agrícola Súper Ltda., con fecha 3 de Diciembre de 2013.
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Que, el derecho de Agrícola Súper Ltda. a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adendas, el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua” consiste en:
3.1. Antecedentes Generales del Proyecto
Titular : Agrícola Súper Ltda.
RUT : 88.680.500-4.
Domicilio : Camino la Estrella N* 401, Oficina 24, Punta de Cortés. Representante Legal : Luis Felipe Fuenzalida Bascuñán.
RUT : 10.786.211-0
Domicilio : Camino la Estrella N* 401, Oficina 24, Punta de Cortés. Región : Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Comuna : Rancagua.
Tipología de Proyecto : l) planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales.
3.2. Monto de Inversión El monto de inversión asciende a USD $26.000.000.
3.3. Vida útil El proyecto tiene una vida útil de 50 años.
3.4. Mano de Obra La mano de obra que se requiere para las diversas etapas del proyecto es la siguiente:
Etapa Mano de Obra Aproximada
Levantamiento de información 30 personas (para los 3 planteles) Etapa de construcción 870 personas (para todos los planteles)
5 personas por plantel
(4 pabelloneros y 1 jefe de grupo)
Etapa de abandono —
Etapa de operación
La jornada laboral tiene 3 turnos de 7.5 horas diarias, 6 días a la semana con jornada 2 domingos al mes.
3.5 Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas Las obras que comprenden el mejoramiento de los tres planteles ocupan una superficie de 45.7 hectáreas, desglosadas de la siguiente forma:
Plantel Superficie (Há) Don Charles 19,2 La Leonera 18,7 El Carmen 7,8 Total 45,7
3.6 Localización
La ubicación político-administrativa del proyecto es la siguiente: - Región: Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Provincia: Cachapoal.
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Comuna: Codegua.
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Sectores: Don Charles, La Leonera y El Carmen.
El plantel más cercano a la localidad urbana de Codegua es Don Charles, ubicado a 750 m al sur del límite urbana. La existencia de las rutas H-181 y H-189 genera un efecto buffer sobre la población circundante, lo que se traduce en una segregación con respecto a la localidad de Codegua.
En la siguiente tabla se presentan los distanciamientos de cada uno de los planteles a las localidades más próximas, dentro de la comuna.
Plantel Distancia a Codegua (m) | Distancia a La Compañía (m) Don Charles 750 4.115 La Leonera 2.800 5.587 El Carmen 5.700 4.855
En el Anexo N 1 de la Adenda 1 se presenta la localización del proyecto sobre imagen satelital Google Earth georreferenciada (Datum WGS 84 UTM Huso 19 Sur), escala 1:10.000. En ese contexto, se presentan los polígonos de la infraestructura y equipamiento que contemplan los planteles de aves, el distanciamiento a las viviendas más cercanas, el distanciamiento a la localidad de Codegua, La Compañía y El Carmen; considerando además, la dirección predominante de los vientos, además del distanciamiento a los cursos naturales de aguas y canales de regadío, junto con la zonificación que establece el Plan Regulador Intercomunal de Rancagua y un plano en el que se establecen las zonas con humectación de caminos para la etapa de construcción del proyecto. Por último, en el Anexo 1 de la Adenda 1 se adjunta un plano georreferenciado, indicando la clase de capacidad de aptitud de suelo para cada uno de los planteles, según lo indicado en base a la información disponible en la Ortofoto N2219 de CIREN.
3.6.1 Justificación de la Localización
La localización se justifica en virtud de las ventajas asociadas a la existencia de unidades productivas del mismo tipo, sobre todo por el emplazamiento actual de los planteles en operación en el sector. En ese contexto, se cuenta como ventaja comparativa la estructuración de la red vial para el traslado de animales e insumos, la presencia de pozos de abastecimiento de agua y la cercanía que presenta frente a los diferentes sitios que favorecen el proceso productivo (planta faenadora, planta de rendering y otras instalaciones).
3.6.2 Coordenadas El área de emplazamiento del proyecto está definida por las coordenadas UTM que se presentan en las siguientes tablas. Los Planteles se encuentran a una altitud cercana a los 591 m.s.n.m.
Plantel Don Charles
ás UTM, DATUM WGS 84, HUSO 195 Vértices Este Norte NA] 347.545 6.231.190 V2 347.702 6.231.250 V3 347.620 6.231.455 V4 347.756 6.231.497 V5 348.063 6.230.871 V6 347.740 6.230.770 Plantel La Leonera dE UTM, DATUM WGS 84, HUSO 19S Vértices Este Norte ví 349.889 6.230.911 V2 350.099 6.230.983 v3 350.309 6.230.213 V4 350.182 6.230.171 V5 350.126 6.230.388 V6 349.962 6.230.356 v7 349.900 6.230.578 Plantel El Carmen 00 DATUM UTM WGS 84, HUSO 195 Vértices Este Norte vi 349.833 6.226.290 v2 350.005 6.226.304 V3 350.150 6.225.875 V4 350.005 6.225.862
3.7. Descripción del proyecto 3.7.1 Antecedentes y Justificación del Proyecto
El proyecto se emplaza en una zona rural, consistente en la reconstrucción de nuevos pabellones, que implican mejoras tecnológicas de 3 planteles de crianza de aves existentes, que se encuentran ubicados en la comuna de Codegua. Es importante señalar que el proyecto que actualmente opera data aproximadamente de 1975; por lo tanto, no ingresó al SEIA debido a que su construcción y operación se efectuó antes de la entrada en vigencia de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y su Reglamento.
El proyecto significa desarrollar mejoras a la infraestructura existente, avances tecnológicos y de carácter operativo que permitan tener una producción que mejora aspectos ambientales y productivos. En efecto, el reemplazo de las instalaciones existentes por pabellones nuevos y modernizados, permite tener un control de temperatura y humedad, lo que optimiza el consumo de combustible, mejora el desarrollo de los animales y disminuye los olores; así como, la potencial generación de vectores, lo que se traduce en una mejora ambiental respecto de las condiciones actuales.
Respecto a las mejoras de las instalaciones existentes, en el contexto ambiental y productivo, se indican las siguientes:
a) La construcción de nuevos pabellones cerrados (cierre lateral con cortinas herméticas) y con sistemas de ventilación automática. La instalación de sistemas de ventilación automatizados permite mantener temperatura y humedades homogéneas, que ayudan a optimizar consumos de agua de las aves y la energía necesaria para la calefacción de éstas.
b) El cierre hermético de pabellones permite un control de olores, vectores y manejo de guano eficaz.
c) La estructura de los nuevos pabellones tiene como finalidad un mayor control, tanto en el lavado como en el retiro del guano, que implica optimizar los consumos de agua y minimizar los olores generados al interior de cada pabellón.
d) Implementación de cielo aislado falso, que mantiene una temperatura homogénea al interior del pabellón, ahorrando energéticamente en climatizar.
e) Implementación de pabellones pavimentados con radier de hormigón, y en terminación lisa.
f) Implementación de techos con planchas metálicas; por consiguiente, se retirarán las planchas de fibrocemento con asbesto.
Las mejoras tecnológicas y de infraestructura, también permiten el alojamiento de una mayor cantidad aves por metro cuadrado, aumentando la densidad de alojamiento de 14,5 aves/m? a 18
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aves/m?. Dicha capacidad se logra con el desarrollo de pabellones con mayores dimensiones; y, con las mejoras en los estándares atmosféricos logrados al interior y exterior de las instalaciones.
La operación del proyecto actual se realiza durante 65 días aproximadamente, alcanzando en promedio 5,62 ciclos al año. De los 65 días de duración, 45 días corresponden a la engorda de las aves y 20 días corresponden al período de limpieza, mantención de pabellones y vacío sanitario de cada pabellón.
El funcionamiento de los pabellones de crianza considera la alimentación y consumo de agua para la bebida de las aves, y para el proceso de lavado de pabellones. El abastecimiento de agua se efectúa a través de las redes existentes, mediante pozos que poseen derechos de aprovechamiento de agua.
El proyecto se somete al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en conformidad a lo señalado en el Artículo 3% del D.S. 95/2001 del MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, literal 1.4) Planteles y establos de crianza, engorda, postura y/o reproducción de animales avícolas con capacidad para alojar diariamente una cantidad igual o superior a cien mil (100.000) aves o veinte mil (20.000) pavos; o una cantidad equivalente en peso vivo igual o superior a ciento cincuenta toneladas (150 t) de otras aves”, dado que el proyecto permitirá una capacidad total de alojamiento de 2.592.000 aves.
3.7.2 Objetivo del Proyecto
El proyecto tiene como objetivo principal el reemplazo y mejoramiento tecnológico de las instalaciones actuales que comprenden los planteles de crianza de aves Don Charles, La Leonera y El Carmen, ubicados en una zona rural de la comuna de Codegua. Además, la operación del proyecto contempla la engorda de aves para su posterior faenación. Este proceso, se ejecuta durante 65 días, alcanzando en promedio los 5,62 ciclos al año. De los 65 días de duración, 45 días corresponden a la engorda de las aves y 20 días corresponden al período de limpieza y mantención de pabellones y vacío sanitario de cada pabellón.
3.7.3 Acceso al Proyecto
Para acceder al área del proyecto, se debe tomar la ruta 5 Sur hasta el cruce con la ruta H-11 (enlace Codegua). Específicamente, para acceder a los planteles de crianza de aves Don Charles y La Leonera, se debe tomar la ruta H-15-G; y, luego la ruta H-185 hasta llegar a la ruta H-189, desde donde se puede acceder a ambos planteles. En tanto, el plantel de aves El Carmen se encuentra más distante a la zona urbana de Codegua, cuyo acceso se efectúa a través de la ruta H-15-G; y, luego la ruta H-193.
3.7.4 Descripción del Proyecto 3.7.4.1 Partes y Obras del Proyecto
Las obras buscan optimizar la superficie donde están emplazados los pabellones de crianza y engorda de aves broiler existentes. A continuación, se detalla la capacidad actual y futura de los planteles de crianza:
. , Superficie Capacidad Po | a, | Canaria | pabelones, | proyeciada | deves (m') proyectada (*) Don Charles 24 82150 348.000 22 52.800 950.400 Leonera 24 ta 348.000 26 62.400 1.123.200 El Carmen () 36 591809 622.968 12 28.800 518.400 Total 84 176.760 1.318.968 60 144.000 2.592.000
Nota:
(*) De los 36 pabellones existentes, 12 se demolerán para construir sobre ese mismo emplazamiento 14 nuevos pabellones, mientras que el resto, 24 pabellones, se mantendrán intactos.
(**) Valor estimado considerando una densidad de 18 aves/m?,
El proyecto contempla las siguientes obras principales por plantel:
Pabellones | Pabellones 4 Plantel existentes | proyectados Obras a realizar Don Charles 24 22 - Demolición de pabellones existentes. La Leonera 24 26 - Construcción de nuevos pabellones con mejoras tecnológicas. El Carmen 36 12 - Demolición y construcción de nueva portería.
A continuación se detallan las partes constitutivas del proyecto: Pabellones
Los pabellones que están destinados a la engorda de aves broiler, son estructuras rectangulares de 2.400 m?, con dimensiones de 16 m de ancho x 150 m de largo para los 3 planteles. Las obras de los pabellones nuevos consisten en:
-
Construcción de losa de hormigón que permite la limpieza y retiro en seco de la totalidad de la cama de viruta, y un lavado con bajo requerimiento de agua, cielo aislado, techumbre con planchas libres de asbesto, muro lateral estanco que impide la salida de guano al exterior en la etapa de crianza como en la etapa de retiro y lavado. Este tipo de construcción reduce los posibles impactos ambientales que puedan generarse; y, también, mantener temperaturas y humedades homogéneas, optimizando los consumos de agua y calefacción.
-
Instalación de sistemas de ventilación automatizados (temperatura y humedad). El sistema de
ventilación propuesto para los grupos de aves corresponde a una ventilación forzada, tipo túnel,
que permite controlar el ambiente interior de los pabellones. Este sistema está formado por extractores de gran caudal que realizan el movimiento necesario del aire, permitiendo controlar temperatura en ciertos rangos. Este sistema requiere tomas de aire que se materializan con ventilas (tomas de aire menores), ubicadas a lo largo del pabellón y filtros de luz ubicados en el extremo opuesto de los extractores (toma de aires mayores). El sistema se complementa con calefactores para controlar la temperatura en toda la curva de edad de las aves y en invierno.
Todo el sistema funciona automáticamente, regulado por un panel de control que recibe
información de los diferentes sensores ubicados a lo largo del pabellón.
Instalación de calefactores a gas de tecnología actualizada, estableciendo pabellones más secos
en invierno y mejores condiciones para los animales.
Se instalan líneas de bebederos anti goteo (humedad de la cama).
Se efectúa la instalación y montaje de elementos como la cubierta, techumbre y aislación. Los
materiales y elementos que se utilizan para el mejoramiento de los pabellones son trasladados y
acopiados de forma prefabricada (pilares, vigas, cerchas, entre otros).
- Se instalan cortinas fijas en los costados y cabecera de cada pabellón, con el objetivo de mejorar la presión para optimizar la ventilación forzada.
Las tres primeras mejoras están enfocadas para tener un control de temperatura y humedad en cada etapa de la crianza, condición que optimiza el consumo de combustibles, mejora el desarrollo de los animales; y, es la solución más efectiva para impedir la generación de condiciones propicias de humedad dentro de los pabellones; y, por consiguiente, se disminuyen los olores molestos y las condiciones para la generación de vectores.
Silos
Cada pabellón tiene 2 silos de 10 toneladas de capacidad cada uno, destinado al almacenamiento de alimento.
Unidades Aves Muertas
La unidad es una obra de hormigón armado que permite almacenar bins, donde se depositan las aves muertas para su posterior traslado.
Portería
Se proyecta una portería nueva, que sirve de oficina y caseta de cambio de vestuario. Su
estructura se construye en albañilería confinada, cerchas de madera y cubierta de teja asfáltica, de
una superficie aproximada 70 m.
3.7.5 Etapas del Proyecto
3.7.5.1 Etapa de Construcción
Actividades de construcción de nuevos pabellones (que reemplazan a los existentes)
La construcción se lleva a cabo mediante las siguientes fases:
a) Instalación de faenas: Etapa en la que se instalan obras provisorias como la caseta de habitación del cuidador, la oficina de obras, servicios sanitarios para el personal de la faena, bodega para herramientas y materiales; y, la habilitación de áreas de acopio de materiales. La instalación de faenas se ejecuta en un lugar despejado dentro del predio.
b) Retiro de planchas de fibrocemento con asbesto: Procedimiento en el que se efectúa el desmonte, acopio y traslado de las planchas a lugares autorizados.
c) Demolición: Una vez realizada la actividad anterior, se procede a reducir las estructuras existentes con la utilización de maquinaria, para transformarlo en escombro y posterior traslado a sitio autorizado.
d) Mejoramiento y limpieza del terreno: En esta etapa se ejecuta una limpieza o despeje del terreno. Posterior al despeje, se procede a realizar el escarpe, removiendo la capa vegetal del suelo.
e) Preparación y compactación del terreno: Considera la limpieza y construcción de relleno estructural para alcanzar niveles adecuados de sub-base, nivelación y compactación en las áreas donde se construyen los pabellones. Los trabajos se ejecutan con bulldozer, cargador frontal, camiones, motoniveladoras y rodillos compactadores.
f) Obras de edificación: Incluyen actividades de construcción de radieres, preparación de enfierradura, levantamiento de armaduras, moldajes, hormigonado, instalación y montaje de elementos para techumbres, cubierta y aislación. Los materiales y elementos constructivos son trasladados y acopiados prefabricados (pilares, vigas, cerchas, entre otros). Junto con lo anterior, se instalan forros en el área donde se edifican los pabellones.
9) Terminaciones: Se da cumplimiento a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en relación al diseño de las obras de edificación.
Se entregarán planos asbuilt una vez finalizada la etapa de construcción de las obras, con coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur, a lo menos un mes antes de la operación del proyecto, para efectos de facilitar el seguimiento del proyecto, la información será remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente.
Requerimientos durante la etapa de construcción
Insumos y materiales
Los principales materiales e insumos que se requieren para la construcción de los pabellones son los siguientes:
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Hormigón.
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Áridos.
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Equipos y maquinarias.
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Cubierta metálica.
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Cielo aislado.
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Madera.
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Combustible.
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Aceites.
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Otros (cables, herramientas).
El suministro de combustible, áridos, hormigón y otros insumos está a cargo de empresas autorizadas. No existe almacenamiento de combustibles en el área de emplazamiento del proyecto, debido a que son llevados a cada plantel, según requerimiento. Se utiliza petróleo diésel, el cual es suministrado y llevado en estanques móviles según requerimiento.
Requerimientos viales
Respecto a los requerimientos viales, el titular complementa la información entregada en la DIA con la respuesta N 6 del ICSARA 1, en cuanto a precisar las rutas a utilizar para el transporte de insumos, el ingreso de aves desde la incubadora, ingreso de viruta, salida de aves de engorda hacia la planta faenadora, ingreso de alimento, la salida del GAC y la salida de las mortalidades, dado que involucra el paso de camiones por comunas que pueden verse afectadas; así como también, con lo solicitado en la pregunta N1 del ICSARA 2 respecto de complementar e integrar la información de los flujos de vehículos declarados, la cilindrada, capacidad de carga, dimensiones y características relevantes en función de su uso, para los vehículos pesados. Dado lo anterior, se consolidan las siguientes tablas para la etapa de construcción de cada plantel:
Frecuencia > a a a aye " di das Tipo de | Cilindrada | Capacidad Dimensiones Plantel | Actividad | Rutas | Origen | Destino (viajes/año) Eo Vehículo (cm3) de Carga (mm) Tractocamión Distancia entre ejes: 3.560 ad Largo: 6.085 Don Traslado H181 dvicieldla Alto: 3.476 de 7 | Rutas | Plantel 6 e Cama 8.500 a Ancho: 2.507 Charles e. | H15G- por 6 días Baja Maquinas p maquinaria Cama baja H14- , R5 Largo: 15.270 Alto: 1.270 Ancho: 2.590
Distancia entre ejes:
dea Pi Camión %, 3.500 Ruta 5 | Plantel 60 Camión 4.500 8 -14 ton Largo: 6.000 materiales por 1 50 rampa Alto: 2.350 e insumos días Ancho: 1.900 Transporte 28 Camión Largo total: 5.820 de Plantel | Ruta 5 833 viajes/día tolva 10.000 8 ton Ancho total : 2.600 escombros por 30 días (8 ton) Altura total : 2.110 y residuos Distancia entre Transporte 7,4 o ejes:4.590 de Ruta 5 | Plantel 667 viajes/día med 12.000 6m? Largo: 8.325 hormigón por 90 días Alto: 3.360 Ancho: 2.040 s 125 amió Largo total : 5.820 Metenalidel Plantel | Rutas | 5.624 viajes/día E 10.000 eton | Ancho total: 2.800 ES por 45 días | (8 ton) Altura total : 2.110 s 67,5 Camión Largo total : 5.820 MN Plantel | Rutas | 1687 — | viajesidía | tolva 10.000 eton | Anchototal: 2.500 por 25 días (8 ton) Altura total : 2.110 67 Distancia entre ejes: Traslado viajes/día 8 3.080 de Ruta 5 | Plantel 880 Minibus 2.500 Largo: 5.075 por 132 personas Ñ personal días Alto: 1.970 Ancho: 1.820 Traslado e. pa de:equípos Ruta 5 | Plantel 48 por 132 Camioneta 2.500 1 ton 1.640 P Ancho: 1.460 días Tractocamión Distancia entre ejes: 3.560 Largo: 6.085 Traslado 4 viajeldía Alto: 3.476 de Ruta 5 | Plantel 6 A cama 8.500 el Ancho: 2.507 S por 6 días Baja Maquinas 4 maquinaria Cama baja Largo: 15.270 Alto: 1.270 Ancho: 2.590 Transporte 0,4 Distancia entre ejes: de viajes/día Camión Y, 2500 a Ruta 5 | Plantel 60 Camión 4.500 8-14 ton Largo: 6.000 materiales por 150 e insumos días rampa Alto: 2.350 Ancho: 1.900 la h160. 18 | Camión Largo total: 5.820 escombros | 4177. Plantel | Ruta 5 540 viajes/día tolva 10.000 8 ton Ancho total : 2.500 vá y residuos | H181- por 30 días (8 ton) Altura total : 2.110 Leonera H15G- Distancia entre Transporte | H11- 6,9 , ejes:4.590 de Rs | Ruta5 | Plantel 617 viajes/día pal 12.000 em? Largo: 8.325 hormigón por 90 días Alto: 3.360 Ancho: 2.040 i 87,8 Camión Largo total : 5.820 E Plantel | Rutas | 3.952 | viajesidia | toiva | 10.000 | 8ton | Anchototal: 2.600 por 45 días | (8 ton) Altura total : 2110 ii 47,4 Camión Largo total : 5.820 iia Plantel | Ruta 5 1.186 viajes/día tolva 10.000 8 ton Ancho total : 2.600 por 25 días | (8ton) Altura total : 2.110 67 Distancia entre ejes: Traslado Po 3.080 de Ruta 5 | Plantel 880 vesidla l nigus | 2.500 e Largo: 6.075 personal ue PRECIOS Alto: 1.970 E Ancho: 1.820 0,36 e Largo: 4.880 Alto: ad Ruta 5 | Plantel 48 Non Camioneta 2.500 1 ton 1.640 días Ancho: 1.460 Tractocamión Distancia entre ejes: 3.560 Largo: 6.085 Traslado | H193- 4 viajeldí. Alto: 3.476 El de H156- | Ruta 5 | Plantel 4 Mae | Sama 8.500 2 Ancho: 2.507 Carmen | maquinaria | H17- por 4 días Baja Megulnes Cama baja RS Largo: 15.270 Alto: 1.270 Ancho: 2.590 Transporte Ruta5 | Plantel 40 0,3 Camión Y, 4.500 8-14ton | Distancia entre ejes:
8
de viajes/día Camión 3.500 materiales por 120 rampa Largo: 6.000 e insumos días Alto: 2.350 Ancho: 1.900 Transpolte 12 Camión Largo total : 5.820 íS Plantel | Ruta 5 360 viajes/día tolva 10.000 8 ton Ancho total : 2.600 ESComMbIoS por 30 días (8 ton) Altura total : 2.110 y residuos Distancia entre Transporte 6,5 e ejes:4.590 de Ruta 5 | Plantel 583 viajes/día canon 12.000 em Largo: 8.325 hormigón por 90 días Alto: 3.360 Ancho: 2.040 s 47,3 Camión Largo total : 5.820 Mon Plantel | Rutas | 2128 | viajes/dia | tolva 10.000 8ton | Anchototal: 2.600 por 45 días (8 ton) Altura total : 2.110 ” 25,5 ión Largo total : 5.820 Matenal ds Plantel | Ruta 5 638 viajes/día Ns 10.000 8 ton Ancho total : 2.800 SASHIpO por 25 días | (8 ton) Altura total : 2.110 Distancia entre ejes: Traslado 8 viajes/día 3.080 de Ruta 5 | Plantel 880 por 110 Minibus 2.500 12 Largo: 5.075 personal días Perea Alto: 1.970 Ancho: 1.820 0,29 Traslado viajes/dia Large, 4:880'A180: de equipos Ruta 5 | Plantel 32 por 110 Camioneta 2.500 1 ton 1.640 días Ancho: 1.460
Durante la etapa de construcción, los flujos de transporte que se generen utilizan la vialidad del entorno, la evaluación de su efecto dentro de los flujos del sector pierde importancia debido a que es una situación temporal. Los datos presentados corresponden al peor escenario, asumiendo la construcción de los 3 planteles en paralelo, situación que en la práctica no ocurrirá dado que la construcción de los planteles de realiza en forma secuencial; y, no de forma paralela.
Requerimientos sanitarios durante la etapa de construcción
- Requerimientos insumos y materiales
Los principales materiales o insumos que se requieren para la construcción de los pabellones son hormigón, áridos, equipos y maquinarias, techumbre metálica, cubierta aislada, cielo aislado, albañilería reforzada, combustible, aceites, cables, herramientas, entre otros. El suministro de combustible, áridos, hormigón y otros insumos está a cargo de empresas locales que cumplan con certificación y permisos de los organismos gubernamentales pertinentes.
Cabe señalar que no existe almacenamiento de combustibles en el área de emplazamiento del proyecto. El combustible a utilizar es petróleo diesel, suministrado y llevado en estanques móviles según requerimiento, por lo que las cantidades a utilizar dependen de dicho requerimiento. En la respuesta 5 de la Adenda N*1, se señalan las acciones a implementar para evitar cualquier evento de derrame de combustibles.
- Requerimientos de agua potable
El agua para consumo humano cumple con los requerimientos establecidos en el artículo 14 del D.S. N” 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, que exige una dotación mínima de 100 litros diarios por trabajador; por lo tanto, para 870 trabajadores, el consumo es de 87 m?. El suministro de agua potable se efectúa a través de camiones aljibe o en dispensadores de agua purificada, cumpliendo con todos los requerimientos fisicoquímicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente correspondiente, definidos en la NCh N%409/1 Of.05 sobre requisitos del agua potable.
» Servicios sanitarios
El manejo de las aguas servidas se ejecuta mediante la instalación y operación de baños químicos portátiles y duchas. En términos de cantidad, se cumple con lo establecido en el D.S. N* 594/1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, del Ministerio de Salud, antes citado. El manejo de las aguas servidas generadas es ejecutado por una empresa autorizada, que se encarga del retiro y disposición en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitaria.
Requerimientos de energía eléctrica
La energía eléctrica se obtiene del sistema eléctrico existente en los planteles. No se contempla la utilización de generador de respaldo para la etapa de construcción del proyecto.
3.7.5.2 Etapa de Operación
Ciclo operativo
La operación del plantel tiene un ciclo completo de una duración de 65 días, produciéndose 5.62 ciclos al año. De los 65 días de duración de la etapa de operación, 45 días corresponden a la crianza y engorda de las aves, los 20 días próximos abarcan el período de limpieza, mantención, descanso sanitario y habilitación de pabellones.
Ciclo de crianza
La primera fase de operación dura 45 días, iniciándose con la llegada de los pollitos broiler de 1 día proveniente de las plantas incubadoras, cuyo peso promedio es de 45 gramos; luego, son dispuestos en forma separada (por sexo) en los pabellones de crianza, en donde permanecen hasta finalizar el ciclo productivo, a nivel de superficie sobre una cama de viruta de 4 cm de espesor, sobre el que efectúan sus deposiciones.
La cama de viruta o cama de broiler tiene por objeto controlar los residuos de las aves durante el proceso productivo, este producto se denomina “Guano de Ave de Carne - GAC”. El GAC acumulado en el piso durante el período de engorda, se transforma en un subproducto; por lo tanto, es retirado y comercializado como alimento animal, abono y mejorador de suelos agrícolas.
Durante el período de engorda, se mantienen condiciones controladas que consisten en:
- Suministrar las dietas y agua en cantidades adecuadas de acuerdo a la edad del ave.
- Manejar las condiciones interiores del pabellón como la temperatura, la cual es regulada por calefactores a gas, y la ventilación se efectúa a través de cortinas y extractores.
El ciclo de engorda finaliza cuando las aves cumplan alrededor de los 45 días de vida, y alcancen un peso promedio aproximado de 2,5 kg. Finalmente, son trasladadas en camiones a la planta faenadora, donde son procesadas para su posterior comercialización. Acabado el proceso anterior, los pabellones se desinfectan antes de recibir un nuevo grupo de aves.
Al respecto, en la respuesta 7 de la Adenda 1, el titular indica que la producción proveniente de los planteles del proyecto, no está considerada dentro de las capacidades actuales de la planta Faenadora Lo Miranda; y, menos aún después del siniestro que afectó a dicha instalación. Lo anterior, se debe básicamente a que la construcción y posterior operación del proyecto, sólo comenzará una vez que las plantas faenadoras se encuentren operativas y con las respectivas capacidades.
En la siguiente tabla se detalla el cronograma de las actividades de reconstrucción y operación de la Planta Faenadora Lo Miranda, junto a las etapas de construcción y operación del proyecto en evaluación.
Año 2014 Año 2015 Actividad meses meses 1[2[3[4[sf6|7j8efo 10 11[121/2|3|4/|5]|6]/7... Reconstrucción Faenadora Lo Miranda |X |X|X|[X|X|X|X|X|X|X|X|X
Operación Faenadora Lo Miranda XX [X|X|[X|X]| X Etapa de construcción del proyecto X|X|X|X|X|X Etapa de operación del proyecto XX
Del cronograma se puede desprender que la condición de destino de las aves a faenar, cuando el proyecto comience a operar (Junio 2015), es la Planta Faenadora Lo Miranda, debido a que está reconstruida y funcionando para esa fecha. Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de exceder la capacidad de dicha planta, se considera la posibilidad de utilizar la Faenadora San Vicente u otra, con el fin de cumplir con la totalidad de la producción.
Alimentación La cantidad de alimento y el tipo de dieta varía durante el período de crianza, existiendo una curva ascendente de consumo. Estimativamente, entre machos y hembras se considera un consumo
aproximado de 4,3 kg/ave/crianza, lo que significa un total de 130 toneladas de alimento para cada pabellón en los planteles Don Charles y La Leonera; y, de 162,5 toneladas para el caso del plantel
10
el Carmen (11.637 toneladas durante la crianza para la totalidad de pabellones de los 3 planteles). Para almacenar el alimento, cada pabellón posee 2 silos de 10 toneladas de capacidad cada uno.
El alimento de las aves consiste en raciones balanceadas, constituido en un 70% por maíz y un 30% distribuido en proteínas animales y vegetales, vitaminas, sales minerales, entre otros, que es sometido a un tratamiento térmico de esterilización.
La alimentación se efectúa de forma automática desde silos ubicados al exterior de los pabellones; desde donde, a través de un sistema de tuberías, cae el alimento sobre platos ubicados al interior del pabellón.
Agua de bebida para las aves y Consumo Humano (Balance Hídrico)
El agua para consumo de las aves se distribuye en bebederos niple, obtenida desde un pozo profundo existente en cada uno de los planteles. Los bebederos están diseñados para que las aves obtengan la dosis necesaria, sin que se desperdicie o caiga agua a la cama. A continuación se presenta un cuadro con balance hídrico por plantel, según los consumos de agua para el proceso productivo y consumo humano. Lo anterior, respecto de la capacidad de los pozos de agua (de acuerdo a Derechos de agua otorgado por la DGA, adjunto en el Anexo 4.2 de la DIA) para satisfacer la operación del proyecto.
- Plantel de aves Don Charles:
Consumo Proceso productivo
Lavado de pabellones 1,69 (mé/día) Consumo diario aves 190 (m/día) Consumo Portería Consumo diario operarios [05 | (mida) Consumo promedio Operación Plantel 24 (hora/día) Consumo promedio horario 2,22 (l/s) Derecho de agua otorgado YT ls
- Plantel de aves El Carmen:
Consumo Proceso Productivo
Lavado de pabellones 0,92 (m'/día) Consumo diario aves 103 (m"/día) Consumo Portería Consumo diario operarios [ 0,5 L (mía) Consumo promedio Operación Plantel 24 (hora/día) Consumo promedio horario 1,2 (Us) Derecho de agua otorgado 3,7 y 6,3 Vs
- Plantel de aves La Leonera:
Consumo Proceso productivo
Lavado de pabellones 2 (mé/día) Consumo diario aves 224 (m”/día) Consumo Portería Consumo diario operarios [05 | (mida) Consumo promedio Operación Plantel 24 (hora/día) Consumo promedio horario 2,62 (Us) Derecho de agua otorgado 4,7 Us
De lo anterior, se considera que las demandas requeridas para consumo productivo y para consumo humano (porterías) de cada plantel, son satisfechas por las capacidades actuales de las fuentes que operan en los planteles. En la actualidad, los planteles de aves poseen un sistema de registro de consumos de agua, asociado al sistema de bombas de agua. Con este sistema se obtiene un registro de la cantidad de agua que se extrae de los pozos, siendo el verificador de cumplimiento de los caudales autorizados por la DGA.
Existe un promedio de 100 litros diarios por trabajador, cumpliendo lo establecido en el Decreto N 594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Si se considera un total de 5 operarios que trabajan en la etapa de operación por plantel, la dotación de agua potable por sector es de 0.5 m/día; es decir, 1.5 m'/día para los 3 planteles. La calidad del agua potable cumple con los requerimientos establecidos en la NCh 409 Of. 05.
11
El sistema de abastecimiento particular de agua potable para 10 m/día que abastece a las porterías actuales, se encuentra aprobado por la SEREMI de Salud de la región, adjunto en el Anexo N4 de la DIA.
Medidas de bioseguridad
El control e implementación de normas de bioseguridad dentro de los planteles permite disminuir el riesgo de exposición de las aves a las enfermedades, por el ingreso de personas o vehículos a los distintos sectores de crianza broiler. Entre ellas se pueden mencionar:
- Control de pediluvios.
- Declaración jurada de bioseguridad a personal que ingresa.
- Uniforme en base a overol y zapatos de seguridad, entre otras.
Plan de emergencias
Se aplican planes de respuesta ante emergencias ambientales estandarizados, que consideran los diferentes tipos de instalaciones asociadas a la producción de aves. Estos planes son constantemente revisados y actualizados, como parte del sistema de gestión ambiental de los planteles. En el Anexo N%3 de la DIA se adjunta el plan de emergencias a aplicar. Complementando lo anterior, en términos de equipamiento se dispone de un grupo electrógeno que permite dar autonomía al plantel de aves.
Limpieza y mantención
Dentro del proceso de mantención y limpieza de los pabellones existen 3 fases: la primera está relacionada con el retiro del Guano de Ave de Carne (GAC), la segunda con el lavado y desinfección de pabellones; y, la tercera con la incorporación de viruta para comenzar un nuevo ciclo.
Control de roedores
El procedimiento preventivo posee acciones asociadas al monitoreo (mediante cebos), y a las acciones a seguir en caso de encontrarse frente a un episodio o plaga de vectores, que corresponde a solicitar la asesoría de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria, para el control de vectores. Las acciones preventivas son las siguientes:
-
Evitar la presencia de alimento en el sector de silos y perímetro exterior de los pabellones, producto de la descarga de alimento desde los camiones.
-
Manejo de aves muertas.
-
Se coloca veneno (cebos) instalados en tubos de PVC, ubicados en los perímetros de las porterías, pabellones y otros sectores. El control se ejecuta una semana después de cada aplicación; y, posteriormente cada dos semanas durante cada ciclo de crianza.
-
Se mantiene la vegetación rasada en el perímetro de los planteles.
-
Se mantienen las instalaciones libres de basura.
-
Las nuevas instalaciones incorporan un nuevo diseño en sus pabellones, eliminando el cielo que generaba condiciones que podían facilitar la anidación de roedores.
Control de moscas
Cabe señalar que las moscas oviponen en un sustrato de materia orgánica, siempre y cuando la humedad del sustrato sea superior al 80%. La larva en sus primeros estados también necesita una humedad del mismo orden. De acuerdo a lo anterior, la cama de broiler no es un medio viable para un huevo o larva de mosca, debido a que se deshidratan producto del bajo contenido de humedad de este subproducto. Sin perjuicio de la condición anterior, se implementan las siguientes acciones para el control de moscas:
-
Limpieza general de los alrededores del plantel.
-
Se evita la presencia de la cama de broiler fuera de los planteles. Se efectúa la limpieza y carga de la cama del GAC hacia los camiones, de la manera más rápida posible.
-
Las nuevas instalaciones y avances tecnológicos a incorporar, implican operar con sistemas de ventilación automática, la que mejora las condiciones de temperatura y humedad dentro de los pabellones, impidiendo que se generen condiciones ambientales que puedan generar ambientes favorables para la proliferación de moscas.
-
En casos puntuales en que pudiese ocurrir una proliferación desmedida de moscas, se aplican productos insecticidas a través de la asesoría de una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
12
Requerimientos sanitarios durante la etapa de operación
Actualmente, el plantel posee instalaciones higiénicas para los trabajadores, ubicadas al interior de las porterías de los planteles. Cabe señalar que actualmente, el proyecto tiene un sistema particular de alcantarillado, aprobado por la SEREMI de Salud de esta región, consistente en una fosa séptica y zanja de drenaje con capacidad suficiente para la cantidad de trabajadores de cada plantel (5), para la etapa de operación del proyecto. En anexo N“4 de la DIA se adjuntan los antecedentes respectivos. No se contempla una ampliación del sistema de alcantarillado particular; al respecto, las porterías son reubicadas dentro del mismo predio, las que tienen el mismo sistema de alcantarillado particular (fosa séptica y zanja de drenaje).
Requerimientos energéticos
La energía eléctrica requerida para la etapa de operación se obtiene del sistema existente en los planteles. No obstante, se considera la instalación de un equipo electrógeno de emergencia por plantel, con una potencia correspondiente a 500 KVA, cuyo uso se aplica en casos de emergencia (37 horas al año), ante el corte del suministro energético.
Las aves necesitan calefacción durante los primeros 20 días de vida, para ello se disponen calefactores a gas al interior de cada pabellón. Se requieren 25 gramos de gas licuado promedio por ave, lo que significa un consumo de 1.080 kg/ciclo/pabellón para todos los planteles. El gas se almacena en estanques certificados por la Superintendencia de Electricidad y Combustible de la región. Se contemplan 7 estanques de gas por plantel.
Requerimientos viales
Los viajes cumplen necesidades operativas elementales para el desarrollo del ciclo de engorda de las aves, desde el ingreso de ellas hasta el traslado hacia la faenadora, incluyendo el transporte del alimento, de los insumos necesarios para la etapa de limpieza y mantención de los pabellones, además de los viajes asociados a la supervisión técnico administrativa.
Transporte asociado al ciclo productivo
-
Transporte para el ingreso de aves: Se realiza en camiones acondicionados con una capacidad para 50.000 pollitos, por lo que en un ciclo se ejecutan 0.86 viajes por pabellón para los 3 planteles.
-
Ingreso de Alimento: El alimento es transportado en camiones de 31 toneladas de capacidad desde la planta de alimentos. Considerando que cada ave tiene un requerimiento de 4.3 kg/ciclo, cada pabellón requiere de 185.7 ton/ciclo; es decir, 6 viajes de camiones para abastecer cada pabellón durante un ciclo productivo, en el caso de los 3 planteles.
-
Salida de aves a planta faenadora: Se realiza en camiones con capacidad para 6.000 aves, estimándose que por pabellón son requeridos 6.9 viajes/ciclo en los 3 planteles.
-
Salida de GAC: La cantidad de GAC por pabellón es de 63,7 m*, en cada ciclo. Cada camión tiene una capacidad de 50 mí, por lo que se requiere de 1.3 viajes por pabellón/ciclo para los 3 planteles.
-
Ingreso de Viruta: Cada pabellón requiere de 45,5 mó de este material, que es transportado en camiones especiales. Se ejecutan 0.91 viajes por pabellón/ciclo en los 3 planteles.
-
Salida de Mortalidades: Las aves muertas son almacenadas en contenedores herméticos, y posteriormente transportadas en camiones estancos hacia la planta de rendering. En total, se efectúan 13 viajes por ciclo productivo por plantel.
La siguiente tabla resume los viajes por ciclo productivo (65 días), considerando que la fase de engorda es de 45 días y la fase de limpieza de 20 días. Cabe señalar que la estimación de viajes presenta un escenario que considera que todos los pabellones comienzan y terminan el ciclo el mismo día; hecho que no ocurre, debido a que para asegurar una dotación permanente del producto es fundamental tener producción durante todo el año.
Frecuencia A 5 xi 4 a A ” Se Tipo de Cilindrada | Capacidad | Dimensiones Plantel Actividad Rutas Origen Destino (viajes/año) pel Vehículo (cm) de Carga (mm) Dimensiones a carro H189- Camión
Largo 9.000 Ingreso de | H185- Plantas Semi 50.000 Don Aves H15G- | incubadoras psantól ps 19,0 remolque 6.000 pollos Ancho 2.450 Charles H11 Altura desde ES plataforma de carga 2.310 Ingreso de Ruta 5 Plantel 113 20,0 Camión 8.700 50m? Largo: 10.000
13
Plantel
Actividad
Rutas
Origen
Destino
(viajes/año)
Frecuencia (viajes! ciclo)
Tipo de Vehículo
Cilindrada (cm”)
Capacidad de Carga
Dimensiones (mm)
Viruta
remolque
Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Aves
Plantel
Faenadora
859
152,9
Camión Semi remolque
6.000
50.000 pollos
Dimensiones carro Largo 9.000 Ancho 2.450 Altura desde plataforma de carga 2.310
Ingreso de Alimento
Planta de Alimentos
Plantel
741
131,8
Camión doble carro
8.700
31 ton
Largo: 20.777 Alto: 3.700 Ancho: 2.355
Salida de GAC
Plantel
Productores agrícolas locales
158
Camión remolque
11.500
60m
remolque Largo: 9.000 Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Mortalidades
Plantel
Planta Rendering
72
13
Camión ampliroll
5.900- 8.000
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
Retiro de residuos domiciliarios
Plantel
Sitio de disposición final autorizado
72
Camión ampliroll
5.500
10m
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
La Leonera
Ingreso de Aves
Plantas incubadoras
Plantel
126
22,5
Camión Semi remolque
6.000
50.000 pollos
Dimensiones carro Largo 9.000 Ancho 2.450 Altura desde plataforma de carga 2.310
Ingreso de Viruta
Ruta 5
Plantel
133
23,7
Camión remolque
8.700
50 m*
Largo: 10.000 Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Aves
Plantel
Faenadora
1015
180,6
Camión Semi remolque
6.000
50.000 pollos
Dimensiones carro Largo 9.000 Ancho 2.450 Altura desde plataforma de carga 2.310
Ingreso de Alimento
H189- H177- H181-
Planta de Alimentos
Plantel
876
155,8
Camión doble carro
8.700
31 ton
Largo: 20.777 Alto: 3.700 Ancho: 2.355
Salida de GAC
H15G- H11- R5
Plantel
Productores agrícolas locales
186
33,1
Camión remolque
11.500
60m
remolque Largo: 9.000 Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Mortalidades
Plantel
Planta Rendering
72
13
Camión ampliroll
5.900- 8.000
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
Retiro de residuos domiciliarios
Plantel
Sitio de disposición final autorizado
72
13
Camión ampliroll
5.500
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
14
Plantel
Actividad Rutas
Origen
Destino
(viajes/año)
Frecuencia (viajes! ciclo)
Tipo de Vehículo
Cilindrada (cm”)
Capacidad de Carga
Dimensiones (mm)
Ingreso de Aves
Plantas incubadoras
Plantel
58
10,4
Camión Semi remolque
6.000
50.000 pollos
Dimensiones carro Largo 9.000 Ancho 2.450 Altura desde plataforma de carga 2.310
Ingreso de Viruta
Ruta 5
Plantel
61
10,9
Camión remolque
8.700
50 m*
Largo: 10.000 Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Aves
Plantel
Faenadora
469
83,4
Camión Semi remolque
6.000
50.000 pollos
Dimensiones carro Largo 9.000 Ancho 2.450 Altura desde plataforma de carga 2.310
El
Ingreso de
Alimento | 4199
H156-
Planta de Alimentos
Plantel
404
Camión doble carro
8.700
31 ton
Largo: 20.777 Alto: 3.700
Carmen
H17- Salida de R5 GAC
Plantel
Productores agrícolas locales
86
15,3
Camión remolque
11.500
60m
remolque Largo: 9.000 Alto: 1.300 Ancho: 2.600
Salida de Mortalidades
Plantel
Planta Rendering
72
Camión ampliroll
5.900- 8.000
10m?
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
Retiro de residuos domiciliarios
Plantel
Sitio de disposición final autorizado
72
13
Camión ampliroll
5.500
Largo contenedor: 5.300 Ancho Polines: 1.060 Altura gancho: 1.370
En la siguiente tabla se presenta el incremento sobre el flujo actual en el punto de control N*%1 en sus ramas 1 y 2, que corresponden al punto del TMDA 2012 que mejor representa las principales vías de circulación del proyecto:
Flujo promedio Mn 6 TMDA | TMDA | INCREMENTO reed O | INCREMENTO real 9 ETAPA | PLANTEL | aldía | P' del Período | 2012 2012 % RAMA 1 “Potiodo: * % RAMA 2 Periodo alamo (Proyecto) BApA RAMA 2 | (por plantel) (Proyecto) (por plantel) (Proyecto) v 15.423 | 19.032 1,5302 1,24 Don Charles | 2% l [12835 | 16.501 1,8387 ns 3,28 142 | Y 2,66 e P_ |14200| 17.418 1,6586 1,35 2 v 8 15.423 | 19.032 1,0925 0,89 =] La ZE | Leonera | 1985 509 l- | 12835 | 16.501 1,3128 ! 5:94 102 |! 2:05 Z P 3 14.229 | 17.418 1,1842 0,97 Y l15423 | 19.032 0,6542 0,53 El Carmen | 190,8 ll 128386| 16.501 0,7861 a 2155 o | P 290 P_ [14200 | 17.418 0,7091 0,58 VW |15423 | 19.032 0,0443 0,04 Don == 3 | charles | %%% !- | 12835 | 16.591 0,0533 MN 0,12 004 | Y 0,10 o É 18,8 P_ | 1420 | 17.418 0,0481 0,04 S v a ó 15.423 | 19.032 0,0519 dee 00% |, 01 l [12805 | 10.591 0,0623 0,05
14.220 | 17.418 0,0562 0,05 V |15423 | 19.032 0,0256 0,02
Carmen | 395 l- |12635 | 16.501 0,0308 E 0,13 o02 | P 014 P_ | 14200 | 17.418 0,0278 0,02
3.7.5.3 Etapa de Abandono
El proyecto no considera etapa de abandono, sólo existen trabajos de mantención de los pabellones y estructuras asociadas. En caso de terminar con la actividad de crianza de aves, se reutilizan las estructuras instaladas mediante obras de ingeniería.
Se contempla la reparación, reconstrucción, modificación y/o remodelación de instalaciones, cuando corresponda o según necesidades operacionales, con el propósito de incorporar nuevas alternativas tecnológicas que significan una mejora del proceso desde el punto de vista productivo y ambiental. En caso de abandono, se deja el entorno del proyecto en las mismas condiciones ambientales iniciales. Por lo anterior, la etapa de cierre y abandono no forma parte de la presente evaluación.
Cualquier obra y/o acción que desee ejecutar el titular en esta etapa deberá ser consultada el Servicio de Evaluación Ambiental de esta región, previo a su ejecución por medio de una consulta de pertinencia de ingreso.
3.7.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos
Emisiones Atmosféricas
Las emisiones más relevantes corresponden a material particulado, CO, NOx y HC, producto de los gases de escape de todos los vehículos que se utilizan; por lo tanto, el titular efectúa la mantención de la maquinaria de transporte para ambas etapas, construcción y operación.
La maquinaria que se utiliza para el transporte, tanto en etapa de construcción como de operación, posee revisión técnica al día cumpliendo con la “Norma de Emisión Aplicables a Vehículos Motorizados Pesados”, N*55/1994, la cual establece los valores máximos de gases y partículas, que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.
En lo que respecta al movimiento de vehículos, se levanta polvo producto del tránsito de vehículos por caminos de tierra. La cantidad de polvo resuspendido, tiene directa relación con el tipo de vehículo, las condiciones meteorológicas, el camino, el horario de tránsito, entre otras variables. Para disminuir el polvo en suspensión asociado al tránsito de vehículos por caminos de tierra en la etapa de construcción, los caminos no pavimentados se humectan 2 veces al día, a excepción de los días de lluvia y de los días posteriores a estas, en función de las condiciones meteorológicas que justifiquen esta acción.
El levantamiento de polvo fugitivo, asociado al acopio y transporte de material, se produce en el marco de las faenas de construcción. Si bien la cantidad de polvo resuspendido se considera despreciable, se aplican las siguientes acciones de control:
-
Humectación de los acopios de material o protección de acopios con algún material cobertor, en directa relación con las condiciones meteorológicas.
-
Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubre todo material transportado, cumpliendo con el Decreto N”75/1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga.
Emisiones (MP10) y gases para fuentes móviles en la Etapa de Construcción y Operación
Plantel AÑO 1 AÑO 2 Ño al 108 Semestre 1 Semestre 2 Semestre 3 | Semestre 4 anos Don Charles 4,318 (C) 3,482 (0) 6,965 (O) 6,965 (O) Leonera pa 4,163 (C) 11,845 (0) 11,845 (0) Carmen asa an 1,084 (C) | 0,097 (O) 0,097 (O) MP10 (ton/año) 11,96 19,99 18,91
Nota: (C): Construcción; (O): Operación
Cabe señalar que la etapa de construcción no considera el funcionamiento de fuentes fijas; no así en la etapa de operación, donde se utilizan equipos electrógenos y calefactores a gas. En este sentido, el total de MP10 a generar en los 3 años del proyecto presenta emisiones por sobre las 5 ton/año, límite establecido por el artículo 33 del D.S 15/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; por lo tanto, se deberá presentar un Plan de
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Compensación de Emisiones (PCE). En ese contexto, el proyecto debe compensar emisiones en un 120% del total generado de MP10. El cumplimiento de dicha obligación se ejecuta de acuerdo a las exigencias normativas del D.S. N*15/2013.
Emisiones (NOx) para fuentes móviles y fijas, Etapa de Construcción y Operación
Plantel AÑO Y AÑO 2 AÑO 3 Semestre 1 Semestre 2 Semestre 3 | Semestre 4 Don Charles 5,722 (C) 0,369 (O) 0,738 (O) 0,738 (0) Leonera al 4,941 (C) 0,869 (O) 0,869 (O) Carmen a. S 3,117 (C) [0,253 (O) 0,507 (O) NOXx (ton/año) 11,03 4,98 2,11
Nota: (C): Construcción; (O): Operación
Respecto a la cantidad de NOx que se genera en ambas etapas del proyecto varía de 2.11 a 11.03 Ton/año, valores que no sobrepasan las 15 ton/año para NOx, establecidos en el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; y, por consiguiente, no deberá presentarse un Plan de Compensación de Emisiones (PCE).
Emisiones generadas por calefactores a gas (operación)
Las emisiones generadas por los calefactores a gas son de baja relevancia, debido a que sólo se usan durante los 20 primeros días de crianza de las aves, con bajas cantidades de combustible.
Emisiones generadas por grupo electrógeno (operación)
Las emisiones atmosféricas generadas por el equipo electrógeno no son de relevancia, debido a que sólo funciona puntualmente como respaldo ante situaciones de emergencia; por consiguiente, su utilización es de 37 horas al año; por lo tanto, no se considera una fuente de emisión de relevancia durante la operación del proyecto, debido a su carácter temporal.
En el Anexo N*5 “Informe de estimación de emisiones atmosféricas” de la Adenda 1, se señalan mayores detalles sobre las emisiones atmosféricas para ambas etapas del proyecto.
Ruido y Vibraciones Etapa de Construcción
La fuente fundamental de ruido corresponde a motores de combustión de los vehículos pesados, utilizados en las faenas de construcción; por lo tanto, el horario de emisión tiene relación con el período en que se desarrollan las faenas. Cabe señalar que la localidad más cercana corresponde a Codegua, ubicada a una distancia que varía entre los 750 m y 5.700 m para los distintos planteles.
Los planteles de aves se emplazan en zona rural de acuerdo a la clasificación del D.S. 38 de 2011, que Establece la Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de impacto acústico para la etapa de construcción.
Etapa Construcción, Fase Movimiento de Tierras
Punto Pe Evaluación Prot do ee segun o Evaluación (Receptor) dB(A) .S.38/1 Diurno D.S.38/11
La Leonera-1 55,5 Rural 56,2 CONFORME La Leonera -2 51,8 Rural 55,5 CONFORME La Leonera -3 50,7 Rural 61,1 CONFORME La Leonera -4 52,9 Rural 56,0 CONFORME El Carmen-1 36,4 Rural 60,2 CONFORME El Carmen -2 43,7 Rural 53,9 CONFORME Don Charles-1 51,1 Rural 60,2 CONFORME Don Charles -2 54,4 Rural 56,3 CONFORME Don Charles -3 48,7 J 55 CONFORME
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Etapa Construcción, Fase Obras Civiles
Punto de Nivel n Límite Si Evaluación Proyectado ES A Permisible cer (Receptor) dB(A) E Diurno e
La Leonera -1 54,5 Rural 56,2 CONFORME La Leonera -2 50,8 Rural 55,5 CONFORME La Leonera -3 51,5 Rural 61,1 CONFORME La Leonera -4 49,7 Rural 56,0 CONFORME El Carmen -1 35,4 Rural 60,2 CONFORME El Carmen -2 42,7 Rural 53,9 CONFORME Don Charles -1 50,1 Rural 60,2 CONFORME Don Charles -2 53,4 Rural 56,3 CONFORME Don Charles -3 47,7 | 55 CONFORME Etapa Construcción, Fase Montaje : Nivel a Límite E Punto de Evaluación Zona según e Evaluación (Receptor) E p.s.sem1 | Permisible D.S.38/11
La Leonera -1 49,5 Rural 56,2 CONFORME La Leonera -2 45,8 Rural 55,5 CONFORME La Leonera -3 44,7 Rural 61,1 CONFORME La Leonera -4 46,5 Rural 56,0 CONFORME El Carmen -1 30,4 Rural 60,2 CONFORME El Carmen -2 37,7 Rural 53,9 CONFORME Don Charles -1 45,1 Rural 60,2 CONFORME Don Charles -2 48,4 Rural 56,3 CONFORME Don Charles -3 42,7 ! 55 CONFORME
De acuerdo a la evaluación del ruido para la etapa de construcción, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. 38/11), considerando niveles de ruido de referencia.
Etapa de Operación
El nivel de ruido emitido en la etapa de operación es originado por los motores de los vehículos que transitan dentro de los planteles, destinados a la carga y descarga de aves, limpieza y habilitación de pabellones al finalizar cada ciclo. Además el ruido generado por herramientas utilizadas para eventuales reparaciones en los pabellones. El ruido producido por las aves no representa una fuente importante a considerar. En la siguiente tabla se presentan los resultados obtenidos de la evaluación de impacto acústico para la etapa de operación.
Punto de Nivel . Límite e Evaluación Proyectado pat e Permisible e a (Receptor) dB(A) m Diurno | Nocturno cm
La Leonera-1 42,9 Rural 56,2 48,6 CONFORME La Leonera -2 37,5 Rural 55,5 47,9 CONFORME La Leonera -3 35,4 Rural 61,1 46,9 CONFORME La Leonera -4 35,6 Rural 56,0 49,1 CONFORME El Carmen -1 33,9 Rural 60,2 50,0 CONFORME El Carmen -2 444 Rural 53,9 49,1 CONFORME Don Charles -1 35,4 Rural 60,2 446 CONFORME Don Charles -2 37,6 Rural 56,3 43,1 CONFORME Don Charles -3 31,2 | 55 45 CONFORME
De acuerdo a la evaluación del agente físico ruido para la etapa de operación, se presentan niveles de ruido conformes con los límites permisibles establecidos en la legislación vigente (D.S. 38/11), considerando niveles de referencia.
Manejo de Olores
El proyecto no genera olores significativos en la etapa de construcción, y la generación no es significativa en el marco de su operación; en efecto, los gases que normalmente se producen dentro de un pabellón de engorda de aves, se asocian a vapores de amoníaco y carbono (entre otros), los que generan olores que se minimizan a través de las siguientes acciones:
-
Utilizar la última tecnología en bebederos y revisión periódica de estos, con el fin de evitar el escurrimiento de agua sobre la cama, lo que podría producir humedad aumentando la probabilidad de generación de olores.
-
Retiro del guano de ave de carne GAC desde el interior de los pabellones remodelados sin pilares internos, y con la utilización de maquinaria (cargador frontal), con el fin de realizar una
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labor más rápida y expedita al momento del retiro, lo que minimiza drásticamente la posibilidad de proliferación de olores hacia el exterior.
-
Cada camión que realiza el transporte de GAC, tiene características que evitan el derrame en todo momento; al cual una vez cargado, se coloca una carpa que cubra el 100% del GAC, evitando en todo momento los derrames y la generación de olores molestos durante el transporte.
-
Las aves muertas son retiradas en forma diaria desde cada pabellón y se disponen en contenedores herméticos, desde donde son retiradas con una frecuencia de día por medio, para posteriormente ser transportadas a una planta de rendering. El manejo de las aves muertas dentro de cada plantel considera lo siguiente:
a) Retiro diario de las aves muertas hacia las unidades de traspaso, ubicadas al interior del plantel. Se indica que las unidades de traspaso corresponden a módulos totalmente herméticos, ubicados al interior del predio, que permiten alojar de forma temporal las mortalidades generadas durante la crianza.
b) Retiro de aves muertas cada 2 días en camión acondicionado y autorizado, desde las unidades de traspaso hacia la planta de rendering. Las unidades de traspaso se mantienen cerradas con llave durante el tiempo entre retiros de mortalidades; sólo se abren para el retiro del contenedor, que es elevado al camión que retira la mortalidad. Se constata el efectivo retiro de la totalidad de la mortalidad, en donde el jefe de sector valida y entrega la guía de despacho hacia la planta respectiva.
c) Lavado de unidades de almacenaje (bins). En las unidades de traspaso, donde se depositan temporalmente las aves muertas, se efectúa una mantención al finalizar cada ciclo productivo, que considera el retiro del resto de las aves, desinfectar el lugar y una limpieza general para evitar la generación de olores molestos y atracción de vectores. Junto con lo anterior, se ejecuta una revisión en la cámara de inspección para corroborar que esté funcionando correctamente.
Con las acciones antes mencionadas, se evita cualquier emanación de olores molestos hacia el entorno inmediato de los planteles. En complemento a lo anterior, en las respuestas 12, 13, 14 y 15; y, en el Anexo 2 de la Adenda 1 se detalla especificamente el procedimiento de control de olores.
Residuos Líquidos Aguas servidas domésticas
Las aguas servidas domésticas que se producen en las faenas de construcción se manejan en baños químicos, y son retirados por una empresa autorizada, llevados a un sitio de disposición final autorizado.
Cabe señalar que actualmente, el proyecto posee un sistema particular de alcantarillado, aprobado por la SEREMI de Salud de esta región, consistente en una fosa séptica y zanja de drenaje con capacidad suficiente para la cantidad de trabajadores de cada plantel (5), para la etapa de operación del proyecto. En el Anexo N%4 de la DIA se adjuntan los antecedentes respectivos. No se contempla una ampliación del sistema de alcantarillado particular; al respecto, las porterías son reubicadas dentro del mismo predio, producto de la reconstrucción de los pabellones, las que tienen el mismo sistema de alcantarillado particular (fosa séptica y zanja de drenaje).
El sistema se diseña para una cantidad de 5 personas, las cuales trabajan durante la etapa de operación de cada plantel, cuyo caudal a tratar es de 0,6 m'/día por plantel.
Lavado de los pabellones (etapa de operación)
El proceso de limpieza se inicia con un proceso de lavado por aspersión, con un consumo de agua de 5 m de agua por pabellón, totalizando 300 m para todos los planteles por ciclo. El contenido de estas aguas tiene un bajo contenido de materia orgánica y sólidos en suspensión, produciéndose esporádica y discontinuamente por la limpieza en seco que se realiza previamente. El volumen de agua se evapora en un 100% al interior de cada pabellón, sobre losa de hormigón. En época de invierno, puede permanecer una cantidad marginal de agua que no alcanza a evaporarse, para ello se considera que cada pabellón posea un borde perimetral, el que evita cualquier probabilidad de escurrimiento de las aguas de lavado hacia los terrenos localizados en el exterior de los pabellones. Para el uso de agua se utilizan nuevas estructuras con procesos de nebulización, logrando la disminución del consumo de agua para el proceso de lavado.
La limpieza de un pabellón considera preliminarmente la remoción de la totalidad del GAC dispuesto en un pabellón; por lo tanto, el escaso residuo que puede quedar está compuesto por pequeñas fracciones de polvo del guano que arrastre el agua. Según lo anterior, y considerando información aportada por la “Guía para el control y prevención de la contaminación en el sector
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criadero de aves” (CONAMA, 1998), el efluente residual contiene una carga de 35 mg de DBO; por litro. Al considerar un consumo de aguas de lavado de 5 m*, que por efecto de la evaporación se traduce en 2,5 m?, el plantel Don Charles posee una carga de 1.914 y DBO,, el plantel La Leonera tiene una carga de 2.262 y DBOs y el plantel El Carmen posee una carga de 1.044 g DBO;. Un pabellón demora un día en lavarse; por lo tanto, la carga de DBO; corresponde a 70 g/día.
En un escenario comparativo con el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, que establece los parámetros o la carga contaminante media diaria de una descarga para calificar a un establecimiento como fuete emisora, en el caso de la DBOs se deben superar los 4.000 g/día para ser considerado un establecimiento emisor, que para el caso de los planteles de aves es menor a lo dispuesto en dicha norma; por lo tanto, no se considera fuente emisora de RlLes.
Residuos Sólidos Escombros y restos de materiales (Etapa de construcción)
Los residuos generados durante la etapa de construcción corresponden a restos de materiales de construcción (cemento, áridos, fierros, ladrillos, plásticos, cartones, maderas, trozos de cables o de metal y otros), aceites, combustibles de la maquinaria en general. Dichos residuos se almacenan provisionalmente en contenedores, para luego ser retirados a un lugar autorizado.
Residuos domésticos (etapa de construcción y operación)
Durante la fase de construcción se producen 0,5 kg/día de residuos por trabajador, totalizando una cantidad de 435 kg/día de basura por la construcción total de los planteles. Todos los residuos generados son acopiados en contenedores cerrados, clasificados y rotulados según tipo, luego son retirados y enviados a un sitio de disposición final autorizado.
Durante la fase de operación se producen 0,5 kg de residuos por persona, considerando que en los planteles trabajan un total de 15 personas, se obtiene una cantidad de 7,5 kg de residuos. Estos residuos son acumulados en contenedores herméticos, clasificados y rotulados según tipo; luego, son trasladados a un lugar autorizado, a través del sistema de transporte que ha implementado el titular para todas sus instalaciones que se encuentran en sectores rurales, fuera del recorrido municipal.
Residuos peligrosos (etapa de construcción y operación)
Los aceites provenientes del mantenimiento de las maquinarias y otros residuos peligrosos que se generan durante la realización de las obras, son retirados al momento de producirse, siendo transportados por una empresa autorizada y dispuestos en lugares autorizados; para acreditar la correcta disposición, se mantiene la documentación correspondiente.
Respecto de las planchas de fibrocemento con asbesto provenientes de las edificaciones existentes, se adoptan todas las acciones para su retiro, junto con la utilización de Elementos de Protección Personal (EPE). Solo una vez retirado de la construcción todos los materiales con asbesto, se procede a efectuar la demolición o desmantelamiento de los pabellones. En el Anexo N*4 de la Adenda 1 se presenta el Plan de Trabajo de Asbesto.
Los envases fitosanitarios de plaguicidas son considerados residuos peligrosos de acuerdo al D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos — MINSAL. Los envases son retirados por la misma empresa proveedora autorizada. En ningún caso se considera la reutilización de este tipo de envases dentro del plantel o venta para externos.
Guano de Ave de Carne (GAC) Al final del proceso de engorda, se retira el GAC, el cual está compuesto de viruta, plumas, restos
de alimento y las deposiciones de las aves. La siguiente Tabla presenta la composición de dicha mezcla.
Parámetro Cama de Broiler pH 7,5 Conductividad Eléctrica (Ds/m) 5,2 Humedad (%) 36,2 Materia Orgánica (%) 79,8 Fósforo Total (%) 2,20 Potasio Total (%) 1,79 Nitrógeno Total (%) 2,89
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El proyecto genera por cada pabellón durante un ciclo productivo, alrededor de 63,7 m? de GAC, lo que se traduce en un volumen aproximado de 3.822 m”/ciclo para los 60 pabellones que contempla el proyecto (3 planteles).
e Retiro de GAC de pabellones. Se aplicarán las siguientes acciones:
a) Se mantienen en buen estado los bebederos existentes en los pabellones.
b) El GAC es retirado del pabellón, como máximo, 15 días después de terminado el ciclo de crianza del sector.
c) Una vez terminado el proceso de crianza de las aves, el GAC generado se acopia de forma temporal sólo al interior de cada pabellón, donde se manejan las condiciones de temperatura y humedad que permitan una mejor condición de él. Lo anterior, debido a que existen condiciones manejadas de temperatura y de ventilación, gracias a la incorporación de sistemas de calefacción y extracción de aire automatizados, que permiten regular las condiciones meteorológicas al interior de los pabellones. Por lo tanto, el contenido de humedad no se ve afectado por cambios en las condiciones internas al no existir animales.
d) El GAC es retirado desde los pabellones al momento de finalizar cada ciclo productivo en su totalidad, de manera de poder completar la limpieza y vacío sanitario necesarios para la recepción del nuevo ciclo, para esto se utilizan mini cargadores del tipo Bobcat, ya que remueven la totalidad del GAC desde el centro hacia los costados del pabellón, cargando directamente el GAC a los camiones que se ubican en la entrada de éstos. Posteriormente, se realiza una limpieza manual en seco con escobillones y palas, con el fin de remover todo el material residual que pudiese quedar en los pabellones. Lo anterior, se traduce en la aplicación del sistema all in - all out, asegurando el retiro inmediato y de la totalidad del guano generado. El sistema consiste en que cuando se desocupa el plantel, éste debe ser lavado y preparado inmediatamente, antes del ingreso de las aves de un día para dar inicio a la crianza siguiente.
e Transporte de GAC. Se aplicarán las siguientes acciones:
a) En el caso de traslado del GAC fuera del predio, se emplean sistemas de transporte que eviten derrames, escurrimiento y olores desagradables. Los camiones están cubiertos con carpa.
b) Se implementa un registro con todas las salidas del GAC (ventas o entregas), que contiene la siguiente información: fecha de despacho, individualización del vehículo, cantidad transportada (m), ubicación de destino, nombre de destinatario, uso probable para el GAC, tipos de cultivos y N de hectáreas en la que es aplicado, siendo la entrega de estos dos últimos datos de carácter voluntario por parte del comprador.
Cc) Cada vez que se distribuya GAC fuera del predio, se entrega al comprador una copia del documento “Guía práctica de manejo y buenas prácticas de aplicación de guano de aves de carne (GAC) en el suelo”, realizando una explicación sobre las condiciones básicas para el correcto manejo del guano.
d) Los vehículos se ubican de manera próxima al pabellón y al lugar donde se encuentra operando el cargador frontal, reduciendo al mínimo el trayecto al camión de carga, y minimizando las posibles caídas de GAC en el suelo.
e) En el caso que por accidente pudiesen caer cantidades de GAC fuera de los pabellones, se efectúa limpieza y retiro de la totalidad del GAC de forma inmediata (barrido durante carguío y disposición en el camión).
f) Si el retiro se efectúa en días de lluvia, se evita que el material entre en contacto con el agua, cargando el camión y cubriéndolo inmediatamente con una lona impermeable, de modo de evitar un aumento en la humedad del GAC.
9) En cada retiro se mantiene en el plantel la “Guía de Despacho” que indica: fecha de retiro, patente del vehículo, nombre de conductor, cantidad de material que retira, pabellón de origen y sector.
- Usos de GAC. Las alternativas a considerar son las siguientes:
a) Alimentación directa para otras especies o ensilaje.
b) Aplicación al suelo en terrenos agrícolas, forestales y degradados, como enmienda orgánica, fertilizante, biorremediador, biofumigante o mejorador de suelos.
c) Compostaje y lombricultura.
d) Estabilización.
e) Generación de energía.
f) Sustrato para hongos comestibles.
g) Uso en agricultura orgánica.
h) Otras, autorizadas por los organismos competentes.
Toda empresa suscrita que aplique el GAC a suelos de su propiedad, debe cumplir con las siguientes acciones, a fin de evitar la generación de olores molestos y vectores:
a) Privilegiar la aplicación inmediata a través de la programación de ésta.
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b) Se controlan los posibles escurrimientos por ocurrencia de lluvias (canales perimetrales, coberturas plásticas, entre otros).
c) En el caso de no haber aplicación inmediata, el almacenamiento debe estar ubicado a más de 100 m de las viviendas extra prediales y 15 m de cursos de aguas superficiales.
d) El GAC se entrega a empresas contratistas que posean obligatoriamente con certificado APL; es decir, que cumplan con los requerimientos mínimos como trazabilidad, cartilla de operación de guano y transporte del GAC, de forma de asegurar un correcto manejo del GAC una vez retirado del plantel. La empresa contratista, una vez que retira el GAC del plantel, lo comercializa a otras empresas según las distintas aplicaciones que se le quiera dar.
En el Anexo N?2 de la Adenda 1 se adjunta el procedimiento para manejar el GAC. + Reutilización del GAC.
En el caso de no existir volúmenes necesarios de viruta, se realiza la reutilización de la cama de la crianza anterior (sólo en casos de emergencia). En ese contexto, se asegura que el material de la cama de crianza se encuentre seco para evitar focos de insalubridad. Si tal condición no se cumple, se procede a separar la fracción húmeda y se incorpora una nueva capa de viruta para la recepción de las aves del nuevo proceso de crianza. Se deja establecido que esta práctica, sólo se considera para casos de emergencia con el fin de no afectar el proceso productivo.
Aves muertas (etapa de operación)
El principal residuo sólido que se genera en el plantel son las aves muertas, que representan un 3,5% del total de la producción; es decir, 1.512 aves por pabellón durante cada ciclo productivo. Si bien el peso de las aves puede variar entre 45 gr y 2.5 Kg, dependiendo del momento de la mortalidad, el mayor porcentaje de mortalidad se produce durante los primeros días de vida. De acuerdo a dicha condición, en un ciclo se generan 90.720 aves muertas para los 3 planteles (Don Charles: 33.264 aves, La Leonera: 39.312 aves y El Carmen: 18.144 aves).
Las aves muertas son retiradas en forma diaria desde cada pabellón y se disponen en contenedores herméticos, desde donde son retiradas con una frecuencia de día por medio, para posteriormente ser transportadas a una planta de rendering. El manejo de las aves muertas dentro de cada plantel considera los siguientes aspectos:
a) Retiro diario de aves muertas hacia unidades de traspaso localizadas al interior del plantel. Se indica que las unidades de traspaso corresponden a módulos totalmente herméticos, ubicados al interior del predio, los cuales permiten alojar de forma temporal las mortalidades generadas durante la crianza.
b) Retiro de aves muertas cada 2 días en camión acondicionado y autorizado, desde las unidades de traspaso hacia la planta de rendering. Las unidades de traspaso se mantienen cerradas con llave todo el tiempo entre retiros de mortalidades, y sólo se abren para el retiro del contenedor el cual es elevado al camión que retira la mortalidad. Se constata el efectivo retiro de la totalidad de la mortalidad a través de la validación y entrega de la guía de despacho hacia la planta respectiva, visado por el jefe de sector. En la DIA Anexo N3 Procedimientos de la DIA, se adjunta copia de la Resolución N%778 de la SEREMI de Salud de esta región, en donde se autoriza la disposición en planta de rendering. No obstante lo anterior, cabe señalar que esta actividad no forma parte del proyecto; además, se deja abierta la posibilidad a operar con otros proveedores de rendering que posean autorizaciones pertinentes.
c) Lavado de unidades de almacenaje (bins).
Con las acciones antes mencionadas, se evita cualquier emanación de olores hacia los terrenos contiguos.
Residuos veterinarios (etapa de operación)
Los residuos se originan a raíz del manejo sanitario de la producción animal, siendo su aplicación muy escasa, debido a que su uso se debe a la necesidad de prevenir las posibles enfermedades que pudieran contraer las aves; y en menor medida, al tratamiento de patologías. De la misma manera, el tratamiento se realiza con medicación al agua de bebida de las aves, y sólo excepcionalmente se considera medicación directa. Considerando un caso desfavorable, se estima que la cantidad generada incluye un valor de 20 jeringas (con 20 agujas), 100 envases de vidrios de 10 ml durante toda una crianza. Debido a que su producción no supera 1 kg en términos de masa, los residuos veterinarios se almacenan en lugares especialmente dispuestos para ello, retirados y dispuestos de forma separada de los residuos sólidos domésticos y asimilables, cuya disposición final se efectúa en sitio autorizado y transportado por empresa autorizada.
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Los envases provenientes de desinfectantes utilizados en la limpieza y cumplimiento de las normas de bioseguridad de planteles y porterías, son despachados como residuos no asimilables a domésticos, y destinados finalmente a lugares autorizados o son enviados a empresas de reciclaje. Los residuos corto punzantes se almacenan en un contenedor separado, hermético y señalizado, para prevenir cortes o pinchazos a los manipuladores.
La generación de los envases químicos proviene de los sanitizantes o desinfectantes utilizados en la limpieza de los planteles y porterías, cuyos envases son identificados como productos no peligrosos y se acopian en un lugar señalizado como “Envases Vacíos” dentro del predio. Posteriormente, pueden ser reutilizados para guardar herramientas, basura, entre otros usos. En el Anexo N93 de la DIA se adjunta el Procedimiento para el manejo de envases químicos.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Regularización de Plantel Avícola El Toco” cumple con:
4.1. Normas de Emisión y Otras Normas Ambientales 4.1.1. Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto.
e Ley N19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Materia Establece el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Cumplimiento El proyecto se somete al SEIA, mediante una DIA, conforme a lo establecido en el Título !l, Artículo
4” del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
e D.S. N*95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.
Materia
Establece los proyectos que deben someterse al SEIA, los criterios para determinar la pertinencia de un ElA o de una DIA y establece los requisitos asociados a su presentación, tramitación y aprobación.
Cumplimiento El proyecto se somete al SEIA mediante una DIA, conforme a los requisitos establecidos en el
artículo 15 del Reglamento del SEIA. El proyecto se ajustará a lo señalado en este informe consolidado, incluida la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, las cuales pueden ser sancionadas por la Comisión de Evaluación, o en su defecto por la Superintendencia del Medio Ambiente, a solicitud de los órganos de Administración del Estado con competencias fiscalizadoras en el marco de las leyes competentes.
4.1.2. Legislación Específica Aplicable al Proyecto Aire
e D.S. N*”138/2005 del Ministerio de Salud. Establece obligación de declarar emisiones que índica.
Materia
Establece que todos los Titulares de fuentes fijas de emisión de contaminantes atmosféricos que se establecen en el presente Decreto, deberán entregar a la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicadas, los antecedentes necesarios para estimar las emisiones provenientes de cada una de sus fuentes.
Cumplimiento El titular contempla el uso de un equipo electrógeno sólo para casos de emergencia. Se declaran
las emisiones ante la SEREMI de Salud, generándose un registro disponible de la emisión de gases a la atmósfera.
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e Resolución N*1.215/1978 del Ministerio de Salud.
Materia
Fija las concentraciones máximas permisibles de los contaminantes atmosféricos. Prohíbe la quema de residuos sólidos, líquidos o de cualquier material combustible a cielo abierto en áreas rurales, radio urbano, vía pública y recintos privados, excepto cuando se efectúen con permiso de Servicio de Salud del Ambiente.
Cumplimiento No se efectúa quema de residuos sólidos, líquidos o de cualquier material combustible a cielo
abierto. Como complemento y con el objeto de dar cumplimiento a la presente normativa, se implementan las siguientes acciones:
-
Mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la etapa de construcción.
-
Revisión Técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte.
-
Humectación de caminos con camiones aljibe.
-
Humectación de lugares de acopio de materiales o la cubierta de éstos.
-
El transporte de carga se realiza utilizando camiones cubiertos con carpas, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N*75 del MINTRATEL, que establece condiciones para el transporte de carga.
-
Se prohíbe la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape, tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.
e D.S. N"144/61, Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza, MINSAL
Materia
Los gases, los vapores, los humos, el polvo, las emanaciones o los contaminantes en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deberán captarse o eliminarse en forma tal que no causen peligros, daños o molestias al vecindario.
Cumplimiento Con el objeto de dar cumplimiento a la presente normativa, se implementan las siguientes acciones:
-
Mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la etapa de construcción.
-
Revisión Técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte.
-
Humectación de caminos con camiones aljibe.
-
Humectación de lugares de acopio de materiales o la cubierta de éstos.
-
El transporte de carga se realiza utilizando camiones cubiertos con carpas, cumpliendo con lo dispuesto en el D.S. N%75 del MINTRATEL, que establece condiciones para el transporte de carga.
-
Se prohíbe la circulación de cualquier vehículo que arroje humo visible a través del tubo de escape, tanto en la etapa de construcción como de operación del proyecto.
En cuanto a las emisiones de olores, se aplican las siguientes acciones:
-
Adecuada ventilación de pabellones.
-
El proceso de lavado de pabellones se desarrolla inmediatamente después de haber efectuado el retiro del guano.
-
Adecuado manejo del GAC, sobre todo en lo relativo a su retiro inmediato (olores y residuos sólidos, punto 3.7.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos de la presente resolución de calificación ambiental.
e D.S. N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Materia
El artículo 5.8.3 de la Ordenanza en análisis establece que, con el objeto de mitigar las emisiones de polvo, en toda obra de construcción, reparación, modificación, alteración, reconstrucción o demolición, se deben cumplir medidas que son aplicables la fase de construcción de este proyecto, las cuales son fiscalizadas por la Municipalidad del lugar donde se ejecutan las obras.
Cumplimiento
El levantamiento de polvo fugitivo, asociado al acopio y transporte de material, se produce en el marco de las faenas de construcción. Si bien la cantidad de polvo resuspendido se considera despreciable, se aplican las siguientes acciones de control:
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-
Humectación de los acopios de material o protección de acopios con algún material cobertor, en directa relación con las condiciones meteorológicas.
-
Para evitar el levantamiento de material particulado generado por transporte de material, se cubre todo material transportado, cumpliendo con el Decreto N*75 de 1987 del MINTRATEL, que establece las condiciones para el transporte de carga.
e D.S. N”7/2009 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Declara zona saturada por Material Particulado Respirable (MP10), a la Región del General Libertador Bernardo O'Higgins
Materia Declara Zona Saturada por material particulado respirable MP10 como concentración anual y de 24 Horas el valle central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Cumplimiento Con el objeto de dar cumplimiento a la presente normativa, se aplican las siguientes acciones de
control:
-
Mantención adecuada de la maquinaria de transporte en la etapa de construcción.
-
Revisión Técnica al día de la maquinaria utilizada para efectos de transporte.
-
Humectación de caminos no pavimentados con camiones aljibe en función de las condiciones meteorológicas.
-
Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
e D.S. N*15/2013 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
Materia Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central De La Región del
Libertador General Bernardo O'Higgins
Cumplimiento Se presenta un plan de compensación de emisiones, el cual es del orden de un 120% del total de
MP10 generado. El cumplimiento de dicha obligación se efectúa de acuerdo a las exigencias normativas del D.S. N*15/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, cuya descripción es la siguiente:
i) Las medidas de compensación que se proponen, y el cronograma que grafique el período de tiempo o plazo en que se hacen efectivas.
li) La base de cálculo de la reducción de emisiones asociadas a las medidas de compensación
iii) Una propuesta de programa de seguimiento que contemple un mecanismo de verificación.
Las medidas de compensación deben reunir las siguientes características:
1) Efectivas, de manera que la medida de compensación permita cuantificar la reducción de las emisiones que se produzca a consecuencia de ella.
li) Equivalentes en términos de emisiones de MP10, SOx y NOx, según el caso.
iii) Adicionales, es decir, que la medida propuesta no responda a otras obligaciones a que esté sujeto quien genera la rebaja, o bien, que no corresponda a una acción que conocidamente es llevada a efecto por la autoridad pública o por particulares.
iv) Permanentes, esto es, que la rebaja permanezca por el período en que el proyecto o actividad está obligado a reducir emisiones.
Emisiones (MP10) y gases para fuentes móviles en la Etapa de Construcción y Operación
AÑO 1 AÑO 2 5 Plantel Semestre 1 Semestre 2 Semestre 3 | Semestre 4 AÑO/3 Don Charles 4,318 (C) 3,482 (0) 6,965 (O) 6,965 (O) Leonera — 4,163 (C) 11,845 (O) 11,845 (O) Carmen — -- 1,084 (C) | 0,097 (O) 0,097 (O) MP10 (ton/año) 11,96 19,99 18,91
Nota: (C): Construcción; (O): Operación
Cabe señalar que la etapa de construcción no considera el funcionamiento de fuentes fijas; no así en la etapa de operación, donde se utilizan equipos electrógenos y calefactores a gas. En este sentido, el total de MP10 a generar en los 3 años del proyecto presenta emisiones por sobre las 5 ton/año, límite establecido por el artículo 33 del D.S 15/2013 del Ministerio de Medio Ambiente, que establece el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del
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El proyecto genera por cada pabellón durante un ciclo productivo, alrededor de 63,7 m* de guano de ave de carne GAC, lo que se traduce en un volumen aproximado de 3.822 m'/ciclo para los 60 pabellones que contempla el proyecto (3 planteles).
El GAC es retirado del pabellón como máximo, 15 días después de terminado el ciclo de crianza del sector. Una vez terminado el proceso de crianza de las aves, el GAC generado se acopia de forma temporal sólo al interior de cada pabellón, donde se manejan las condiciones de temperatura y humedad que permitan una mejor condición de él. Lo anterior, debido a que existen condiciones manejadas de temperatura y de ventilación, gracias a la incorporación de sistemas de calefacción y extracción de aire automatizados, que permiten regular las condiciones meteorológicas al interior de los pabellones. Por lo tanto, el contenido de humedad no se ve afectado por cambios en las condiciones internas al no existir animales.
El GAC es retirado desde los pabellones al momento de finalizar cada ciclo productivo en su totalidad, de manera de poder completar la limpieza y vacío sanitario necesarios para la recepción del nuevo ciclo, para esto se utilizan mini cargadores del tipo Bobcat, ya que remueven la totalidad del GAC desde el centro hacia los costados del pabellón, cargando directamente el GAC a los camiones que se ubican en la entrada de éstos. Posteriormente, se realiza una limpieza manual en seco con escobillones y palas, con el fin de remover todo el material residual que pudiese quedar en los pabellones.
En el caso de traslado del GAC fuera del predio, se emplean sistemas de transportes cubiertos con carpa, autorizados, que eviten derrames, escurrimiento y olores molestos. Los usos del GAC son los siguientes:
-
Alimentación directa para otras especies o ensilaje.
-
Aplicación al suelo en terrenos agrícolas, forestales y degradados.
-
Compostaje y lombricultura.
-
Estabilización.
-
Generación de energía.
-
Sustrato para hongos comestibles.
-
Uso en agricultura orgánica.
-
Otras, autorizadas por los organismos competentes.
En cada retiro se mantiene en cada plantel la “Guía de Despacho” (ventas o entregas), que indica: fecha de despacho, individualización del vehículo, cantidad transportada (m?), ubicación de destino, nombre de destinatario, uso probable para el GAC, tipos de cultivos y N de hectáreas en la que es aplicado, siendo la entrega de estos dos últimos datos de carácter voluntario por parte del comprador.
En los planteles se generan aves muertas, que representan un 3,5% del total de la producción; es decir, 1.512 aves por pabellón durante cada ciclo productivo. Si bien el peso de las aves puede variar entre 45 gr y 2.5 Kg, dependiendo del momento de la mortalidad, el mayor porcentaje de mortalidad se produce durante los primeros días de vida. De acuerdo a dicha condición, en un ciclo se generan 90.720 aves muertas para los 3 planteles (Don Charles: 33.264 aves, La Leonera: 39.312 aves y El Carmen: 18.144 aves). Las aves muertas son retiradas en forma diaria desde cada pabellón y se disponen en contenedores herméticos, desde donde son retiradas con una frecuencia de día por medio, para posteriormente ser transportadas a una planta de rendering.
La cantidad generada de residuos veterinarios incluye un valor de 20 jeringas (con 20 agujas) y 100 envases de vidrios de 10 ml, durante toda una crianza. Debido a que su producción no supera 1 kg en términos de masa, los residuos veterinarios se almacenan en lugares especialmente dispuestos para ello, retirados y dispuestos de forma separada de los residuos sólidos domésticos y asimilables, cuya disposición final se efectúa en sitio autorizado y transportado por empresa autorizada.
Los envases provenientes de desinfectantes utilizados en la limpieza y cumplimiento de las normas de bioseguridad de planteles y porterías, son despachados como residuos no asimilables a domésticos, y destinados finalmente a lugares autorizados o son enviados a empresas de reciclaje. Los residuos corto punzantes se almacenan en un contenedor separado, hermético y señalizado, para prevenir cortes o pinchazos a los manipuladores.
La generación de los envases químicos proviene de los sanitizantes o desinfectantes utilizados en la limpieza de los planteles y porterías, cuyos envases son identificados como productos no peligrosos, acopiándose en un lugar señalizado como “Envases Vacíos” dentro del predio. Posteriormente, pueden ser reutilizados para guardar herramientas, basura, entre otros usos. En el Anexo N93 de la DIA se adjunta el Procedimiento para el manejo de envases químicos.
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e D.S. 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, Ministerio de salud.
Materia Define los residuos peligrosos e impone obligaciones para quienes los generen, almacenen o transporten.
Cumplimiento Respecto a los aceites provenientes del mantenimiento de las maquinarias y otros residuos
peligrosos que se generen durante la realización de las obras, son retirados al momento de generarse, siendo dispuestos en lugares autorizados; para acreditar la correcta disposición, se mantiene la documentación correspondiente.
Respecto de las planchas fibrocemento con asbesto proveniente de las edificaciones existentes, se utilizan los Elementos de Protección Personal (EPE). Solo una vez retirado de la construcción todos los materiales con asbesto, recién entonces se procede a ejecutar la demolición o desmantelamiento de los pabellones.
Los envases fitosanitarios de plaguicidas son considerados residuos peligrosos de acuerdo al D.S. N*148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos — MINSAL. Los envases son retirados por la misma empresa proveedora autorizada. En ningún caso se considera la reutilización de este tipo de envases dentro del plantel o venta para externos.
Agua Potable y Residuos Líquidos
e D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario del MINSAL, artículos 71 b) y 73.
Materia
Establece la obligatoriedad de autorización sanitaria para los proyectos y la puesta en servicios de las obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes, aguas servidas de cualquier naturaleza y residuos industriales (artículo 71, letra b). Esta norma resulta aplicable al Proyecto, puesto que éste contempla sistemas de tratamiento de aguas servidas durante la etapa de operación.
Cumplimiento Las aguas servidas domésticas que se generan en las faenas de construcción, se manejan en
baños químicos y son retiradas por una empresa autorizada, llevados a un sitio de disposición final autorizado. Cabe señalar que actualmente, el proyecto posee un sistema particular de alcantarillado aprobado por la SEREMI de Salud de esta región, consistente en una fosa séptica y zanja de drenaje con capacidad suficiente para la cantidad de trabajadores de cada plantel (5), para la etapa de operación del proyecto. En el Anexo N% de la DIA se adjuntan los antecedentes respectivos. No se contempla una ampliación del sistema de alcantarillado particular; al respecto, las porterías son reubicadas dentro del mismo predio, producto de la reconstrucción de los pabellones, las que tienen el mismo sistema de alcantarillado particular (fosa séptica y zanja de drenaje).
El sistema se diseña para una cantidad de 5 personas, las cuales trabajan durante la etapa de operación de cada plantel, cuyo caudal a tratar corresponde a 0,6 m*día por plantel.
El proceso de limpieza y lavado de pabellones se inicia con un proceso de lavado por aspersión, con un consumo de agua de 5 m de agua por pabellón, totalizando 300 m para todos los planteles por ciclo. El contenido de estas aguas tiene un bajo contenido de materia orgánica y sólidos en suspensión, produciéndose esporádica y discontinuamente por la limpieza en seco que se realiza previamente. El volumen de agua se evapora en un 100% al interior de cada pabellón, sobre losa de hormigón. En época de invierno, puede permanecer una cantidad marginal de agua que no alcanza a evaporarse, para ello se considera que cada pabellón posea un borde perimetral, el que evita cualquier probabilidad de escurrimiento de las aguas de lavado hacia los terrenos localizados en el exterior de los pabellones.
La limpieza de un pabellón considera la remoción de la totalidad del GAC dispuesto en un pabellón; por lo tanto, el escaso residuo que puede quedar está compuesto por pequeñas fracciones de polvo del guano que arrastre el agua. El efluente residual contiene una carga de 35 mg de DBO; por litro. Al considerar un consumo de aguas de lavado de 5 m?*, que por efecto de la evaporación se traduce en 2,5 m';¡por lo tanto, el plantel Don Charles tiene una carga de 1.914 g DBO;, el plantel La Leonera posee una carga de 2.262 g DBO;s y el plantel El Carmen tiene una carga de 1.044 yg DBO;s. Un pabellón demora un día en lavarse; por lo tanto, la carga de DBO; corresponde a 70 g/día.
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En un escenario comparativo con el D.S. 90/00 del MINSEGPRES, que establece los parámetros o la carga contaminante media diaria de una descarga para calificar a un establecimiento como fuete emisora, en el caso de la DBO; se deben superar los 4.000 g/día para ser considerado un establecimiento emisor, que para el caso de los planteles de aves es menor a lo dispuesto en dicha norma; por lo tanto, no se considera fuente emisora de RlLes.
e D.S. N* 594/99, Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo del MINSAL, artículos 12 al 15.
Materia
Los artículos 12 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe contar con agua potable destinada al consumo humano, la que independiente de su fuente de abastecimiento, debe cumplir con los requisitos físicos, químicos, radioactivos y bacteriológicos establecidos en la reglamentación vigente sobre la materia, los que están definidos en la Norma Oficial Chilena N*409/101.05 sobre requisitos del agua potable. Además, se establecen normas relativas a las necesidades básicas de higiene y aseo personal, de uso individual y colectivo; disposiciones referidas a las faenas (artículo 15); y se prohíbe arrojar residuos líquidos a canales de regadío, acueductos, ríos, esteros, quebradas, lagos, lagunas y -en general- en cualquier masa o curso de agua.
El artículo 19 establece que las empresas que realicen el tratamiento o disposición final de sus residuos industriales fuera del predio deberán contar con autorización sanitaria.
Los artículos 21 y siguientes establecen que todo lugar de trabajo debe estar previsto de servicios higiénicos. El artículo 23 señala que en aquellas faenas temporales, donde no sea posible que los servicios higiénicos se instalen a una red de alcantarillado, se pueden utilizar baños químicos, siendo, el transporte, habilitación y limpieza de éstos de responsabilidad del empleador.
Cumplimiento Ídem al cumplimiento del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario del MINSAL, artículos 71 b) y 73.
e D.S. N*236/1926 del Ministerio de Salud. Reglamento general de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias.
Materia
Establece que los edificios públicos o privados, urbanos o rurales, de cualquier naturaleza, que no puedan ser conectados a alguna red cloacal pública existente, o que se encuentren ubicados en lugares en que no exista alcantarillado público, salvo que la construcción de dicho alcantarillado se encuentre en ejecución, deberán ser dotados, dentro del plazo de dos años, a contar desde esta fecha, del sistema de disposición o tratamiento de aguas servidas prescripto para cada caso en el presente reglamento. En el artículo 3? se establece que todo edificio público o particular, urbano o rural, que se construya en lo sucesivo y cuyas aguas servidas caseras no puedan, por cualquier causa, ser descargadas a alguna red cloacal pública, deberá dotarse de un alcantarillado particular destinado a disponer de dichas aguas servidas en tal forma que no constituyan una molestia o incomodidad, o un peligro para la salubridad pública.
Cumplimiento Actualmente, el proyecto posee un sistema particular de alcantarillado aprobado por la SEREMI de
Salud de esta región, consistente en una fosa séptica y zanja de drenaje con capacidad suficiente para la cantidad de trabajadores de cada plantel (5), para la etapa de operación del proyecto. En el Anexo N'%4 de la DIA se adjuntan los antecedentes respectivos. No se contempla una ampliación del sistema de alcantarillado particular; al respecto, las porterías se reubican dentro del mismo predio, producto de la reconstrucción de los pabellones, las que tienen el mismo sistema de alcantarillado particular (fosa séptica y zanja de drenaje).
e D.S. N*50/2002 del Ministerio de Obras Públicas. Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
Materia
El presente Reglamento regula los proyectos, la construcción y puesta en servicio de las instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado y establece las normas técnicas para este tipo de instalaciones en todo el territorio nacional. Esta norma resulta aplicable al proyecto, por cuanto éste considera la operación de sistemas de tratamiento de aguas servidas para la etapa de operación.
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Cumplimiento Las instalaciones de alcantarillado para la etapa de operación, cumplen con lo especificado en este
reglamento.
e D.F.L. N*1/1989 del Ministerio de Salud. Determina materias que requieren Autorización Sanitaria expresa.
Materia Determina las materias que, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.” del Código Sanitario requieren autorización sanitaria expresa.
Cumplimiento En la etapa de operación las aguas servidas generadas por el personal, corresponden a aguas
utilizadas en baños, duchas y uso de comedor, el cual posee autorización sanitaria. Recurso Hídrico e D.F.L. N” 1.122/81, artículo 42, Código de Aguas, Ministerio de justicia.
Materia
Si una instalación de cualquier naturaleza atravesare ríos, lagos, lagunas, tranques, represas o acueductos, deberán ejecutarse las obras de manera que no perjudiquen o entorpezcan la navegación ni el aprovechamiento de las aguas, como tampoco el ejercicio de las servidumbres constituidas sobre ellas.
Cumplimiento La ejecución del proyecto no perjudica ni entorpece el aprovechamiento de las aguas de ningún cauce, ni tampoco las servidumbres constituidas sobre ellas. Además, en el área de influencia del
proyecto no existen cauces navegables.
e Norma Chilena N* 409, Parte 1. Of. 2005 Norma Chilena de Agua Potable, Instituto Nacional de Normalización. Oficializada por D.E. N” 446/2006, Ministerio de Salud
Materia
Establece los requisitos químicos, físicos y bacteriológicos que debe cumplir el agua potable para ser apta para el consumo humano en todo el territorio nacional. Asimismo, señala los procedimientos de inspección y muestreo para verificar los requisitos microbiológicos, químicos, radiactivos organolépticos y de desinfección del agua potable. Esta norma resulta aplicable al proyecto, debido a que requiere de suministro de agua potable para los trabajadores, cuyos servicios se requerirán tanto en la etapa de construcción como en la de operación
Cumplimiento Se cumple con un promedio de 100 litros diarios por trabajador, establecidos en el Decreto N”
594/99 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre las Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Si se considera un total de 5 operarios que trabajan en la etapa de operación por plantel, la dotación de agua potable por plantel es de 0,5 m*/día; es decir, 1,5 m'/día para los 3 planteles. La calidad del agua potable cumple con los requerimientos establecidos en la NCh 409 Of. 05.
El sistema de abastecimiento particular de agua potable para 10 m/día que abastece a las porterías actuales, se encuentra aprobado por la SEREMI de Salud de la región, adjunto en el Anexo N4 de la DIA.
Vegetación y Flora e D.L. N* 3.557 del Ministerio de Agricultura y del Servicio Agrícola y Ganadero.
Materia Establece las disposiciones sobre la protección agrícola.
Cumplimiento Todos los residuos generados son acopiados convenientemente (clasificados según tipo), retirados
y enviados a un sitio de disposición final autorizado; por lo tanto, se protege los sitios de emplazamiento de los 3 planteles y el entorno agrícola aledaño.
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e Ley 20.283/2008 del Ministerio de Agricultura
Materia
Establece normas, procedimientos y recursos monetarios para la protección, la recuperación y el mejoramiento de los bosques nativos, con el fin de asegurar la sustentabilidad forestal y la política ambiental.
Cumplimiento Dentro del área de estudio se identificó una unidad homogénea de vegetación, correspondiente a
una pradera de especies exóticas con la presencia muy ocasional de individuos arbóreos y/o arbustivos. Del total de especies registradas, la gran mayoría de ellas corresponden a especies exóticas, dominantes y altamente competitivas. La anterior condición refleja el alto grado de intervención antrópica que se encuentra presente en el área, siendo ésta destinada actualmente al uso agroindustrial. Se identificaron 23 especies de flora vascular, las que se encuentran segregadas en 18 familias. Respecto a la forma de crecimiento de las especies de flora vascular identificadas, se identificó 4 especies arbóreas; 2 especies arbustivas; 17 especies de herbáceas y no se registraron especies de carácter suculenta.
En cuanto al origen fitogeográfico de las 23 especies de flora vascular identificadas, 4 de ellas son nativas de Chile, de las cuales ninguna de ellas es de carácter endémico. Respecto del estado de conservación, ninguna de las cuatro especies de carácter nativo se encuentra catalogada bajo las categorías de conservación, según los listados de los procesos de clasificación de especies según su estado de conservación (D.S. N151/2007, D.S. N50/2008a, D.S. N51/2008b, D.S. N23/2009 del MINSEGPRES; y D.S. N33/2011a, D.S. N41/2011b, D.S. N42/2011c, D.S N19/2012 y D.S. N*13/2013 del Ministerio del medio Ambiente).
Fauna e Ley N 19.473/1996 y D.S. N 5 de 1998 (Reglamento Ley de Caza), Ministerio de Agricultura
Materia
Sustituye el texto de la Ley N”4.601 sobre caza, estableciendo y regulando la crianza, conservación y utilización sustentable de animales de la fauna silvestre terrestre y de mamíferos anfibios. También establece la prohibición de la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raro y escasamente conocido; así como también, las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas.
Cumplimiento Cabe destacar la presencia de las siguientes especies de fauna nativa encontradas en los
planteles:
-
Plantel Don Charles: presencia de Liolaemus lemniscatus, que presenta categoría de conservación nacional de “Preocupación Menor”, según D.S. N*19/2012 Ministerio del Medio Ambiente. Respecto al origen, una de las especies nativas halladas en este plantel (Scelorchilus albicollis) es también considerada una especie endémica del país.
-
Plantel El Carmen: del total de especies identificadas durante la campaña en terreno, se detectó la presencia de Theristicus melanopis, ave considerada en categoría de conservación nacional “Vulnerable”, de acuerdo a lo indicado en el Reglamento de la Ley de Caza (SAG, 2012).
-
Plantel La Leonera: se observó la especie Liolaemus lemniscatus, que presenta categoría de conservación nacional de “Preocupación Menor”, según D.S. N*19/2012 Ministerio del Medio Ambiente.
De las especies registradas para el componente fauna, sólo Liolaemus lemniscatus presenta categoría de conservación nacional, catalogada como de “Preocupación menor” según D.S. N*19/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Debido a este hallazgo, se desarrolla un plan de perturbación controlada previo al inicio de las obras, consistente en la remoción de forma manual de los refugios conformados por vegetación, rocas y piedras de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012).
e Ley N*18.755 de 1989 Orgánica del SAG y sus modificaciones, Ministerio de Agricultura Materia Establece normas sobre el SAG. El Servicio tiene por objeto contribuir al desarrollo agropecuario
del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables que inciden en el ámbito de la
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producción agropecuaria del país y el control de insumos y productos agropecuarios, sujetos a regulación en normas legales y reglamentarias.
Cumplimiento Idem al cumplimiento de la Ley N19.473/1996 y Decreto Supremo N5 de 1998 (Reglamento de la
Ley de Caza) del Ministerio de Agricultura.
Patrimonio Arqueológico
e Ley N17.288 sobre Monumentos Nacionales y D.S. N484/90, Reglamento de la ley N* 17.288, Ministerio de Educación.
Materia
Artículo 9” de la Ley: Son Monumentos Históricos los lugares, ruinas, construcciones y objetos de propiedad fiscal, municipal o particular que por su calidad e interés histórico o artístico o por su antigiedad, sean declarados tales por decreto supremo, dictado a solicitud y previo acuerdo del Consejo.
Artículo 20? del Reglamento: Se entenderá por operaciones de salvataje, para los efectos de este reglamento, la recuperación urgente de datos o especies arqueológicas, antropológicas o paleontológicas amenazados de pérdida inminente.
Artículo 23” del Reglamento: Las personas naturales o jurídicas que al hacer prospecciones y/o excavaciones en cualquier punto del territorio nacional y con cualquiera finalidad encontraren ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter arqueológico, antropológico o paleontológico, están obligadas a denunciar de inmediato el de[s]cubrimiento al Gobernador Provincial, quien ordenará a Carabineros que se haga responsable de su vigilancia hasta que el Consejo de Monumentos Nacionales se haga cargo de él.
Cumplimiento El titular declara que de acuerdo a la inspección arqueológica realizada durante el día 16 de
octubre del 2013, se descarta la presencia en superficie de cualquier sitio arqueológico, y evidencias de otros elementos relevantes del patrimonio cultural en el área del proyecto, incluso no se registraron hallazgos aislados.
El proyecto se emplaza en una zona rural, consiste en mejorar tecnológicamente las instalaciones de alojamiento de aves Broiler dentro de la superficie existente, que data de mediados de la década del 70'; por lo tanto, no se ubica próximo a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288; así como, no afectará algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. De igual forma, no afecta construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.
En caso que durante las faenas de excavación para la ejecución de las obras del presente proyecto se encontrasen ruinas, yacimientos, piezas u objetos de carácter histórico, arqueológico o paleontológico, se informará el descubrimiento al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir; y se procederá según lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley N” 17.288 sobre Monumentos Nacionales, y los artículos 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas.
Ordenamiento Territorial
e Plan Regulador Comunal de Codegua.
Materia
El Plan Regulador de la comuna de Codegua contiene las disposiciones que norman el uso del suelo, condiciones de edificación y de urbanización que rigen dentro del área territorial definida por el mismo.
Cumplimiento El proyecto se encuentra fuera del límite urbano de la localidad de Codegua; por lo tanto, no se
contrapone con las disposiciones definidas en el presente Instrumento de Planificación Territorial.
e Resolución N52/2001, de la Intendencia Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, publicado en Diario Oficial del 25 de octubre del 2001, y actualizado mediante la Resolución afecta N203/2010, del Gobierno Regional de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Plan Regulador Intercomunal de Rancagua.
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Materia El Plan Regulador Intercomunal de Rancagua regula los usos de suelo para las comunas de Rancagua, Graneros, Mostazal, Codegua y Machalí.
Cumplimiento El proyecto se encuentra fuera del límite urbano de la comuna de Codegua, localizándose
específicamente en la Área Rural de Fondo de Valle (AR-1) que permite las actividades asociadas a la agroindustria; por lo tanto, no se contrapone con las disposiciones definidas en el presente Instrumento de Planificación Territorial.
e Ley General de Urbanismo y Construcciones y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
Materia
Establece normas generales respecto de los criterios que rigen el ordenamiento territorial, específicamente en su título II se refiere a la planificación urbana, la cual se desarrolla a escala nacional, regional, intercomunal, comunal y los límites urbanos. Específicamente el artículo 55 trata de las disposiciones sobre actividades que pueden desarrollarse en zonas con fuera de los límites urbanos.
Cumplimiento Las instalaciones asociadas al proceso productivo del proyecto no requieren de cambio de uso de
suelo.
Energía y Combustibles
e D.S. N*160/09, de la Subsecretaría de Economía, Fomento y Reconstrucción. Reglamento de Seguridad para instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos.
Materia
Establece los requisitos mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo y biocombustibles, y las operaciones asociadas a la producción, refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos que se realicen en las instalaciones..
Cumplimiento Se da cumplimiento a los requerimientos establecidos por la SEC, en relación a los requisitos
mínimos de seguridad que deben cumplir las instalaciones de combustibles líquidos derivados del petróleo.
Transporte
e D.S. N*75/87 Ministerio de transporte y telecomunicaciones, art. 2.
Materia
Los vehículos que transporten los desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales, ya sean sólidos, o líquidos, que puedan escurrirse y caer al suelo, estarán construidos en forma que ello no ocurra por causa alguna. Además, señala que “en zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo (escombros, cemento, yeso, etc.). deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire”.
Cumplimiento
Los vehículos que transporten sustancias que puedan escurrirse y caer al suelo, están cubiertos con carpa para evitar derrames, escurrimientos y olores molestos.
e D.S. N*158/80, Regula el peso máximo de los vehículos que circulan por caminos públicos. Ministerio de Obras Públicas.
Materia Fija el peso máximo de los vehículos que pueden circular por caminos públicos, según se desprende del artículo 2”.
Cumplimiento Se cumple con la prohibición de circular por caminos públicos a vehículos que sobrepasen los límites de peso máximo establecidos.
e D.S. N*54/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados medianos que indica.
Materia
Establece normas de emisión de contaminantes, aplicables a los vehículos motorizados medianos, y fija los procedimientos para su control. Esta norma resulta aplicable al proyecto pues éste considera, durante la etapa de construcción y operación, faenas que requieren del uso de vehículos motorizados para su ejecución, como es el caso del traslado de trabajadores y de transporte de materiales.
Cumplimiento El cumplimiento de esta normativa se desarrolla a través de las revisiones técnicas al día,
distintivos, rótulos, entre otras materias, realizándolas con la periodicidad exigida legalmente.
e D.S. N” 55/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece norma de emisión aplicable a vehículos motorizados pesados.
Materia Establece los valores máximos de gases que un vehículo o motor puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación.
Cumplimiento El proyecto contempla la utilización de vehículos pesados, los que cumplen con los valores
señalados en esta norma de emisión. En caso de subcontratar servicios de transporte, se señala expresamente en los contratos que se suscriban, la obligación de cumplir con las disposiciones de esta norma mediante el certificado de revisión técnica al día.
e D.S. N*4/1994 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.
Materia
Esta norma regula la emisión de contaminantes de vehículos motorizados de encendido por chispa de dos o cuatro tiempos, respecto de los cuales no se hayan establecido normas de emisión expresadas en gr/km, gr/kw.
Cumplimiento Se exige que los vehículos motorizados utilizados en la etapa de construcción y operación, posean
la revisión técnica al día.
e D.F.L. N850/1997 del Ministerio de Obras Públicas. Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N15.840, de 1964 (Orgánica del Ministerio de Obras Públicas) y del DFL. N*206, de 1960 sobre Construcción y conservación de caminos.
Materia
Establece las exigencias dirigidas a la protección y regulación de los caminos públicos. Tiene como objetivo proteger el estado de las rutas y caminos de tuición del MOP, estableciendo los pesos límites para los vehículos que circulan por ellos. Además, establece la exigencia de contar con la autorización de acceso a los proyectos que sean colindantes con rutas o caminos de tuición MOP.
Cumplimiento Para efectos de no sobrepasar los pesos establecidos y dar cumplimiento a lo establecido con
relación al peso de camiones, se lleva un estricto control de los vehículos, para no sobrepasar la capacidad de carga y no exceder el peso autorizado en el tránsito sobre vías de uso público. De esta manera, la carga total no excede la cantidad que de acuerdo a la Ley 19.171 de 1992, hace exigible un sistema de control de pesaje en el origen de carga. Cabe señalar además, que no se contempla verter algún tipo de material en las rutas MOP; y, en caso que sea necesario ocupar o romper algún camino, se solicita permiso a la Dirección de Vialidad.
Fiscalización
e D.S. 30/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación.
Materia
Se establece que el programa de cumplimento de la normativa ambiental y el plan de reparación del daño ambiental se regirán por los artículos 42 y 43 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente y por el Reglamento
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Cumplimiento El proyecto da cumplimiento a las disposiciones referentes a la Autodenuncia, en el caso
improbable de incurrir en alguna infracción de aquellas de la competencia de la Superintendencia del Medio Ambiente, y si el titular del proyecto decidiera optar por esta vía. Asimismo, se da cumplimiento a las disposiciones referidas a los programas de cumplimiento y planes de reparación en el evento improbable de haberse iniciado un procedimiento sancionatorio, y en caso de optar por una de estas vías de solución.
e D.S. 31/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones
Materia
Establece las funciones de la Superintendencia del Medio Ambiente, la cual administrará el sistema nacional de información de fiscalización ambiental (SNIFA) y los registros públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones. La Superintendencia deberá mantener actualizados los sitios electrónicos del sistema y de los Registros de acuerdo a la periodicidad establecida en la Ley, en el presente reglamento y en las instrucciones de carácter general que de ella emanen.
Cumplimiento El proyecto da cumplimiento a esta norma, proporcionando oportunamente los antecedentes, informaciones y datos requeridos, al ser un titular de una Resolución de Calificación Ambiental.
e Resolución Exenta 844 de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, respecto del reporte de compromisos ambientales.
Materia
Esta resolución, señala la forma en la que aquellos titulares sujetos a un plan de seguimiento o monitoreo de las variables ambientales, deben remitir los antecedentes respecto de las condiciones, compromisos y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental. Esta Resolución dicta e instruye a los titulares de resoluciones de Calificación Ambiental la obligación de remitir información, las normas de carácter general sobre remisión de los antecedentes respecto de las condiciones, compromisos, medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental.
Cumplimiento El proyecto da cumplimiento a esta norma, proporcionando la información requerida con la
periodicidad y en la forma establecida en la RCA, ingresándola en el Sistema de Seguimiento Ambiental.
e Resolución Exenta N* 276/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación.
Materia
Esta Resolución establece las disposiciones que regulan el procedimiento de fiscalización de normas de calidad, emisión y planes de prevención y/o descontaminación, tanto para los fiscalizadores, como para los sujetos fiscalizados.
Cumplimiento El proyecto da cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida.
e Resolución Exenta N*277/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y deja sin efecto Resolución 769 Exenta de 2012
Materia
Esta Resolución establece las disposiciones que regulan el procedimiento de fiscalización de resoluciones de calificación ambiental, tanto para los fiscalizadores, como para los sujetos fiscalizados.
Cumplimiento El proyecto da cumplimiento a esta norma dando facilidades para las actividades de fiscalización ambiental, en caso de producirse, y proporcionando la información requerida.
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4.1.3 Otras Normas e Decreto N*157/2005, Reglamento de Pesticidas de uso Sanitario y Domestico.
Materia
Regula las condiciones de registro, autorización, fabricación, importación, almacenamiento, envase, expendio, tenencia, transporte, distribución, promoción, publicidad, aplicación y eliminación de pesticidas de uso sanitario y doméstico, así como la manipulación de todos aquellos que puedan afectar la salud de las personas.
Cumplimiento El titular cumple con lo especificado en el Reglamento de Pesticidas, en cuanto al uso y
manipulación de pesticidas de carácter sanitario y doméstico.
4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, requiere del Permiso Ambiental Sectorial consagrado en el artículo 91 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
El titular presentó los antecedentes para el otorgamiento del permiso ambiental sectorial, de acuerdo a lo expuesto en el capítulo 4 y en el Anexo 4 de la Declaración de Impacto Ambiental.
El proyecto contempla la reubicación de la portería de cada plantel, destinada a la administración, las cuales están equipadas con duchas, baños y servicios sanitarios para el personal. Para cada una de las porterías, se considera la modificación del proyecto de alcantarillado; por lo tanto, es solicitado el Permiso Ambiental Sectorial 91. Los aspectos más relevantes del permiso ambiental sectorial 91 son los que se detallan a continuación:
Planta de tratamiento de aguas servidas Se utiliza un sistema de tratamiento mediante una fosa séptica para las porterías de cada plantel.
La caracterización físico-química y microbiológica del caudal a tratar
Parámetro Valor DBO;5 220 mg/L SST 220 mg/L Nitrógeno Total 40 mg/L Fósforo 8 mg/L Grasa 100 mg/L
El caudal a tratar El sistema se diseña para una cantidad de 5 personas, las cuales trabajan durante la etapa de operación de cada plantel, cuyo caudal a tratar corresponde a 0,6 m/día por plantel.
Caracterización físico-química y bacteriológica del efluente tratado a descargar al cuerpo o curso receptor
Las descargas no se disponen en cursos superficiales de agua; si no, en una zanja de drenaje. Para este tipo de tratamiento; y, de acuerdo a la cantidad de personas, se estiman valores promedio de salida menores o iguales a 35 mg/L de DBO;, menores o iguales a 80 mg/l en SST, NTK menor o igual a 50 mg/L, menor o igual a 1000 NMP/100 ml en coliformes fecales.
Caracterización y forma de manejo y disposición de los lodos generados por la planta
Los lodos generados se caracterizan por poseer un alto contenido de materia orgánica y nutriente. A medida que se acumulan, los lodos son retirados por empresas limpia fosas, autorizadas para el traslado de lodos y disposición en sitios autorizados.
- Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”. (Artículo 5* del Reglamento del SEIA).
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El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 5* del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos de la presente resolución de calificación ambiental.
En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, ya que este no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.
Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar estudio si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”. (Artículo 6” del Reglamento del SETA).
Emisiones, Efluentes y Residuos
El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 6” del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.6 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos de la presente resolución de calificación ambiental.
Agua
El funcionamiento de los pabellones de crianza considera la alimentación y consumo de agua, tanto para la bebida de las aves como para el proceso de lavado de pabellones. El abastecimiento de agua se materializa a través de pozos profundos existentes en los planteles, y que cuenta con los respectivos derechos de aprovechamiento de agua, los cuales se adjuntan en el Anexo N*4.2 de la DIA.
Suelo
Es importante señalar que el proyecto actualmente opera desde mediados de la década del 70”; por lo tanto, el reemplazo y mejoramiento tecnológico de las instalaciones actuales que comprenden los planteles de crianza de aves Don Charles, La Leonera y El Carmen no implican la intervención de nuevos suelos agrícolas, debido a que las nuevas instalaciones se construyen en aquellos terrenos intervenidos.
Flora, Vegetación, Estado de Conservación y Endemismo
Dentro del área de estudio se identificó una unidad homogénea de vegetación, correspondiente a una pradera de especies exóticas con la presencia muy ocasional de individuos arbóreos y/o arbustivos. Del total de especies registradas, la gran mayoría de ellas corresponden a especies exóticas, dominantes y altamente competitivas. La anterior condición refleja el alto grado de intervención antrópica que se encuentra presente en el área, siendo ésta destinada actualmente al uso agroindustrial.
En las prospecciones realizadas en el área de estudio, se identificaron 23 especies de flora vascular, las que se encuentran segregadas en 18 familias. Respecto a la forma de crecimiento de las especies de flora vascular, se identificaron 4 especies arbóreas; 2 especies arbustivas; 17 especies de herbáceas y no se registraron especies de carácter suculenta.
En cuanto al origen fitogeográfico de las 23 especies de flora vascular identificadas, 4 de ellas son nativas de Chile, de las cuales ninguna de ellas es de carácter endémico. De esta manera, el registro de especies introducidas alcanza a 18 especies, lo que representa un 78.3% del total, condición que evidencia el alto grado de intervención antrópica que posee el territorio. Finalmente, en un solo caso no fue posible determinar su origen, debido a que sólo fue posible identificar el individuo hasta el nivel de género, debido a la ausencia de caracteres diagnósticos.
Respecto del estado de conservación, ninguna de las 4 especies de carácter nativo se encuentra catalogada bajo las categorías de conservación, según los listados de los procesos de clasificación de especies según su estado de conservación (D.S. N151/2007, D.S. N50/2008a, D.S. N51/2008b, D.S. N23/2009 del MINSEGPRES; y D.S. N33/2011a, D.S. N41/2011b, D.S. N42/2011c, D.S N19/2012 y D.S. N*13/2013 del Ministerio del medio Ambiente).
No existe corta de árboles situados a 100 m de los caminos públicos y de las orillas de ríos y lagos que sean bienes nacionales de uso público, como tampoco en quebradas u otras áreas no susceptibles de aprovechamiento agrícola o ganadero.
Fauna, Estado de Conservación y Endemismo
Respecto a la fauna de vertebrados terrestres, las especies registradas en terreno corresponden a hallazgos frecuentes en los ambientes de Chile central, la mayoría de las especies registradas corresponden a especies nativas. Cabe destacar la presencia de las siguientes especies nativas encontradas en los planteles:
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-
Plantel Don Charles: presencia de Liolaemus lemniscatus, que presenta categoría de conservación nacional de “Preocupación Menor”, según D.S. N*19/2012 Ministerio del Medio Ambiente. Respecto al origen, una de las especies nativas halladas en este plantel (Scelorchilus albicollis) es también considerada una especie endémica del país.
-
Plantel El Carmen: del total de especies identificadas durante la campaña en terreno, se detectó la presencia de Theristicus melanopis, ave considerada en categoría de conservación nacional “Vulnerable”, de acuerdo a lo indicado en el Reglamento de la Ley de Caza (SAG, 2012).
-
Plantel La Leonera: se observó la especie Liolaemus lemniscatus, que presenta categoría de conservación nacional de “Preocupación Menor”, según D.S. N*19/2012 Ministerio del Medio Ambiente.
De las especies registradas para el componente fauna, sólo Liolaemus lemniscatus presenta categoría de conservación nacional, catalogada como de “Preocupación menor” según D.S. N*19/2012 del Ministerio del Medio Ambiente. Debido a este hallazgo, se desarrolla un plan de perturbación controlada previo al inicio de las obras, consistente en la remoción de forma manual de los refugios conformados por vegetación, rocas y piedras de las especies de interés previo al inicio de las actividades de despeje de vegetación o de movimiento de tierras (SAG, 2012). Esta acción también contempla el retiro de los restos de vegetación y piedras para evitar una futura recolonización de las especies. La perturbación controlada es implementada lo más cerca posible al inicio de las obras. El detalle de la fauna silvestre en el área del proyecto se presenta en el Anexo N” 2 "Caracterización de Área de Influencia” de la DIA.
Si por causas atribuibles al proyecto, se produjera algún accidente que afecte los recursos naturales en el área de influencia directa como en los alrededores de la zona de emplazamiento, se restauran ambientalmente dichos sectores, presentando para ello un Plan de Restauración de área, a lo menos 2 meses de ocurrido el evento, señalando las condiciones a adoptar, esta información será remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente, según corresponda.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, ya que este no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.
Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”. (Artículo 8* del Reglamento del SEIA).
El proyecto se emplaza al interior de predios de propiedad del titular, por lo que no contempla programas de desplazamiento y reubicación de personas. Asimismo, no afecta la distribución de los grupos humanos en el territorio y la estructura espacial de sus relaciones. Además, no afecta la estructura de la población local por edades, sexo, rama de actividad, categoría ocupacional y status migratorio.
En el área del proyecto no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. De igual modo, en él no se realizan ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias o mercados. Por lo anterior, no afecta características étnicas y manifestaciones de la cultura, tales como ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias y mercados.
La ejecución del proyecto no afecta la dimensión de bienestar social básico determinado por el acceso a vivienda, transporte, energía, salud, educación y equipamiento sanitario, dado que éste involucra la entrega de bienes, equipamiento y servicios para el personal que trabaja en la ejecución del proyecto. No obstante, los trabajadores viajan diariamente desde sus hogares para cumplir con sus actividades laborales, no generándose campamentos permanentes ni requiriéndose que el trabajador viva en los sectores contiguos al proyecto, debido a que cumplan con su turno y se retiren a los lugares donde actualmente habitan. Los trabajadores no requieren salir de las instalaciones en el horario de colación, dado a que pueden hacerlo dentro de las dependencias del plantel; de esta manera, no se genera afluencia masiva de trabajadores en las localidades más próximas.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, ya que este no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.
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Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar. (Artículo 9? del Reglamento del SEIA).
El proyecto no se emplaza próximo a áreas donde habite población protegida por leyes especiales, y en áreas próximas a recursos protegidos en forma oficial, dado que se ubica en una zona rural, dentro de la cual se mejoran las instalaciones de alojamiento de aves Broiler, que data de mediados de la década del 70".
El proyecto no afecta a ninguna población o comunidad, dado que se considera emplazarlo en un sector ubicado fuera del área urbana, descartándose la presencia de localidades importantes en términos demográficos, adyacente al proyecto. Por otra parte, el área prospectada no se encuentra cercana, ni es considerada como un sitio prioritario para la conservación biológica, humedales protegidos ni glaciares. Asimismo, no se localiza en un área protegida declarada por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres del Estado (SNASPE), creado mediante la Ley 18.362 de 1984.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, debido a que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados.
Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteraciones significativas, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”. (Artículo 10 del Reglamento del SEIA).
El proyecto se emplaza en una zona rural, consiste en mejorar y ampliar las instalaciones de alojamiento de aves Broiler dentro de la superficie existente, que data de mediados de la década del 70'; por lo tanto, no se ubica en zonas con valor paisajístico o turístico; por consiguiente, no se obstruye la visibilidad a zonas de este tipo.
De acuerdo a la caracterización ambiental del área del proyecto (Anexo 2 de la DIA), se señala que las características que presenta el paisaje son comunes a la situación que se observa en gran parte del paisaje regional. El recurso paisaje se encuentra altamente perturbado por actividades humanas, dominado por una matriz agrícola y agroindustrial en las zonas bajas; y, a medida que se asciende en altura hacia el oriente, se observa la presencia de pequeños remanentes de la vegetación original descrita para esta zona, condición que se traduce en una elevada disminución en su calidad ambiental y visual. En efecto, su calidad visual es baja, lo que se explica por las condiciones que presentan los elementos del paisaje como: pendientes moderadas, paisaje circundante o fondo escénico, la singularidad o rareza del paisaje (común a otros en la región); y, por las modificaciones producto de actuaciones humanas, principalmente por el uso de suelo para actividades agropecuarias y agroindustriales.
De acuerdo a las regulaciones que hoy norman el uso del suelo (instrumentos de planificación territorial), las implicancias que tiene la materialización del proyecto (tipo de instalaciones, características constructivas, entre otras) y su objetivo final, se concluye que no se establecen restricciones en cuanto a su materialización, en lo que al componente paisaje se refiere.
Finalmente, cabe señalar que los planteles no se ubican en una zona de valor paisajístico y/o turístico; y, menos en un área declarada zona o centro de interés turístico nacional, según lo dispuesto en el D.L. N*1.224 de 1975. De acuerdo a lo indicado, el proyecto no obstruye la visibilidad, no altera recursos, no obstruye el acceso, ni interviene en ninguna de sus etapas zonas con dicho valor.
En conclusión, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.
Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300
“Se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”. (Artículo 11 del Reglamento del SETA).
El titular declara que de acuerdo a la inspección arqueológica realizada durante el día 16 de octubre del 2013, se descarta la presencia en superficie de cualquier sitio arqueológico, y
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evidencias de otros elementos relevantes del patrimonio cultural en el área de intervención, incluso no se registraron hallazgos aislados.
El proyecto se emplaza en una zona rural, consistente en mejorar tecnológicamente las instalaciones de alojamiento de aves Broiler dentro de una superficie existente, que data de mediados de la década del 70'; por lo tanto, no se ubica próximo a algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288; así como, no afecta algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288. De igual forma, no afecta construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, por su valor científico, por su contexto histórico o por su singularidad, pertenecen al patrimonio cultural.
En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”, debido a que este no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el término de la regularización implementada de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, en el contexto del seguimiento del proyecto se entregarán planos asbuilt; una vez finalizada la etapa de construcción de las obras, en coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur, a lo menos un mes antes de la operación del proyecto, para efectos de facilitar el seguimiento del proyecto, cuya información será remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente.
-
Que, el titular deberá enviar copia a la Superintendencia de Medio Ambiente de las resoluciones ambientales sectoriales; una vez que sean obtenidos los permisos, para el expediente de seguimiento del proyecto.
-
Que, para que el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad, domicilio y/o representación, según lo establecido en el inciso final del artículo 119 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
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Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.
-
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
RESUELVE:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua”.
-
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves Broiler Codegua” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, considerando que requiere del Permiso Ambiental Sectorial consagrado en el artículo 91 del Título VII del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto y que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las
41
diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y
documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
Distribución:
Notifíquese y Archívese
Intendenta (S) Presidenta (S) Comisión de Evaluación Ambiental
Regiórrdel Libertador General Bernardo O'Higgins
-
Sr. Luis Felipe Fuenzalida Bascuñán, Camino La Estrella N* 401, Oficina 24, Punta de Cortés. Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
Corporación Nacional Forestal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-
llustre Municipalidad de Codegua.
-
llustre Municipalidad de Doñihue.
-
llustre Municipalidad de Mostazal.
-
llustre Municipalidad de San Vicente.
-
SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo
O'Higgins.
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SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
-SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo
O'Higgins.
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SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
- SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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Consejo de Monumentos Nacionales.
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Superintendencia de Servicios Sanitarios.
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nuevas.rcas(AWsma.gob.cl
Clc:
- Encargado Participación Ciudadana.
- Expediente del Proyecto “Desarrollo y Mejoramiento Tecnológico Planteles de crianza de aves
Broiler Codegua”.
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Superintendencia de Medio Ambiente.
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Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
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