Evaluación SEA

Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón

Rol 2128820862
SEA · DIA · Aprobado · 2013-11-27 · Región de Los Lagos · PuertoQuellon S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE LOS LAGOS

Califica Ambientalmente el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo

Multipropósito Puerto Quellón"

RESOLUCIÓN EXENTAN* (00701

Puerto Montt, 2 g p¡C 2015

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, del Proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón", presentada por el Señor Guillermo Vásquez Maldonado, en representación de Puerto Quellon S.A., con fecha 27 de Noviembre de 2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%624 sobre la DIA, por Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos, con fecha 11/12/2013; Oficio N%4895 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Los Lagos, con fecha 18/11/2013; Oficio N12.600/606 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Castro, con fecha 18/12/2013; Oficio N1877 sobre la DIA, por DGA, Región de Los Lagos, con fecha 19/12/2013; Oficio N2DF 14969 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos, con fecha 23/12/2013; Oficio N2902 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 23/12/2013; Oficio N1011 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región de Los Lagos, con fecha 26/12/2013; Oficio N%944 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Los Lagos, con fecha 27/12/2013; Oficio N“608 sobre la DIA, por CONADI, Región de Los Lagos, con fecha 26/12/2013; Oficio N%7 sobre la DIA, por SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos, con fecha 08/01/2014; Oficio N(D.AC.) ORD. SEIA. N* 420 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 12/11/2015.

  1. El Acta de la sesión de la Comisión de Evaluación de la X Región de Los Lagos, de fecha 24/12/2015.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón".

  3. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N”95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N* 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO

  1. Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón”.

  2. Que, el derecho de Puerto Quellon S.A. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón" consiste en:

El proyecto se ejecutará en la Región de Los Lagos, en la provincia de Chiloé, comuna de Quellón, específicamente en el Terminal Marítimo Puerto Quellón se localiza en un área rural y dentro de un sector calificado como industrial, en el Camino San Antonio, km 2.5.

Puerto Quellón S.A., a través de la presentación de la DIA, pretende regularizar los cambios realizados a la infraestructura e instalaciones y la situación ambiental del proyecto evaluado ambientalmente con RCA N*1176/2001. Estos cambios incluyen, fundamentalmente:

a) Incorporación de la explanada marítima existente

b) Redimensionamiento del muelle existente

c) Regularización de las Instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado de las obras existentes

d) Incorporación del almacenamiento de combustible

e) Incorporación del almacenamiento de RESPELs

f) Incorporación del bodegaje de alimento de peces, contenedores e insumos varios.

La superficie que ocupa la explanada marítima 3 (incluyendo rampa), es de 15.162,8 m?, mientras el muelle, en forma de “l”, es de 1.403,46 m?. La explanada terrestre 1 y 2 (con RCA favorable), tiene una superficie de 11.788 mí. El proyecto completo del terminal portuario multipropósito de Puerto Quellón tiene una superficie de 28.354,26 m'.

Objetivo del proyecto: Regularizar los cambios realizados al proyecto original evaluado ambientalmente y con RCA N*1176/2001, "Construcción,

Administración y Operación de un Muelle Transparente en el Sector de San Antonio, Quellón, Provincia de Chiloé — X? Región, Chile".

3.1. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

El proyecto consiste en la actualización y modificación de permisos ambientales del Puerto, es decir, no hay una etapa de construcción.

El Terminal Marítimo Puerto Quellón ya se encuentra construido y actualmente se encuentra en etapa de operación indefinida.

2 El proyecto original involucraba una superficie operacional de 14.168 m, distribuida:

_ Explanada 1 y 2: en 11.788 m? _Oficinas y baños personal (2 contenedores metálicos): 28,80 m? y

_ Muelle transparente: 2.380 m?

Este último ocupando 886,52 m de sector de fondo de mar y 1.493 m de sector de playa. El conjunto de explanada y muelle estarían destinados a prestar servicios de transferencias de carga para la industria del salmón y/o carga en general. La explanada se usará como sitio de espera para camiones, mientras que el muelle estará destinado a la transferencia de carga de alimento, cosecha, hielo y redes, desde y hacia el mar chileno.

El camino interior de acceso al muelle era ripiado, de 8 m de ancho por 154 m de largo aproximadamente y la zona de atraque del muelle estará comprendida por un cabezo y por la parte intermedia dependiendo de los niveles de marea.

La superficie que hoy día ocupa la explanada marítima 3 (incluyendo rampa), es de 15.162,8 m?, mientras que el muelle, en forma de “l”, es de 1.403,46 mí, para un total de 16.566,26 m?. La explanada terrestre (1 y 2), con RCA favorable, tiene una superficie de 11.788 m?.

El proyecto total del terminal marítimo multipropósito de Puerto Quellón ocupa

hoy día una superficie total de 28.354,26 m , equivalente a la sumatoria de las superficies de la explanada 3 y la rampa, el muelle y la explanada terrestre (1 y 2).

OBRAS FÍSICAS El terminal cuenta actualmente con las siguientes construcciones.

_ Oficinas y Administración:

Se encuentran en la explanada 2 en el sector Norte y corresponden a 4 bloques de oficinas en un piso, las cuales están construidas algunas de madera y otros tipos contenedores metálicos. La superficie total es aprox. de

2 1272m.

_Taller de Mantención de Equipos de SPQ (Servicios Portuarios Quellón) y Bodega de Insumos del Taller:

Este conjunto de obras se localizan en la explanada 3. Sus dimensiones son: taller de mantención 7.80 x 12.3 m y bodega de insumos del taller de mantención 2.5 x 6,05 m.

_ Bodega de Respels:

Se localiza en la explanada 3. Destinado para el almacenamiento temporal de aceites usados productos de las mantenciones de las maquinarias propias del puerto (SPQ) y de los generadores. Sus dimensiones son de 3 x 4 m.

_ Explanada Marítima:

Se ubica a lo largo y ancho de la concesión marítima. Está construida a partir de material de relleno sobre la superficie marina y sobre el material de relleno, se encuentra adocretado y en ella se localizan una serie de objetos de obra importantes.

_ Sector de acopio de contenedores Reefer:

Contenedores refrigerados y congelados que permiten el almacenamiento del producto fresco y congelado de los clientes. El sector de acopio de contenedores Reefer, sus dimensiones son 40.05 m x 30.00 m y equivalente a

2 una superficie de 1.201 m aprox.

_ Zona Staking temporal de insumos varios:

Existen dos (2) zonas de almacenamiento transitorio, delimitadas y demarcadas:

Zona Limpia: se almacenan de forma temporal las mercancías en tránsito hacia centros de cultivo y que no presentan riesgos de patógenos.

Zona Sucia: se descargan mercancías provenientes de los centros de cultivo y con destino final de acuerdo a lo establecido por el cliente. Generalmente, dichas mercancías son cargadas directamente desde nave a camión y en caso contrario su estadía en el recinto portuario es transitoria, por un corto período de tiempo.

_ Sala de Pasajeros

Se habilitó una Sala de Pasajeros en el límite Norte de la explanada 3 con vistas a disminuir los riesgos en los embarques y desembarques, así como entregarles a los usuarios una mejor atención y comodidad en su traslado. Dicha sala está provista de baños.

_ Grupos electrógenos

Se localizan en la explanada marítima, dentro de bodegas cerradas y

segregadas de los lugares de trabajo. Ocupan una superficie total de 120 m aprox.

_ Sectores de acopio temporal de alimento y carga general en la explanada del puerto:

Están definidas dos áreas en la explanada marítima para este fin. Una con dimensiones de 8,15 x 50,45 m (411 m ) y otra de 10,00 x 42,30 m (423 m ).

_ Otros sectores de Acopio temporal de Carga General en la explanada marítima:

2 Tienen dimensiones de 10,00 x 12,40 m (124 m ) y de 18,00 x 12,40 m (223 m).

_ Áreas limpias y sucias de la explanada marítima:

Áreas Limpias: se acopia o almacena temporalmente toda la mercancía que está en tránsito hacia los centros de cultivo y que no representa un riesgo sanitario de causar una contaminación cruzada.

Áreas Sucias: se descargan materiales provenientes de los centros de cultivo y tiene el destino que el cliente estime conveniente. Las transferencias en esta zona sucia se realizan generalmente desde nave a camión directamente y en caso contrario se mantiene almacenado durante un corto periodo de tiempo. Dicha área debe siempre contra con la infraestructura adecuada para impedir la diseminación, como son las barreras o filtros sanitarios y zonas demarcadas y separadas claramente.

_ Sector de acopio temporal de pallets y residuos inorgánicos:

2 Se localiza en el extremo Sur de la explana 2. Ocupa una superficie de 572 m aprox.

_ Rampa:

Este sistema está diseñado para la atención a embarcaciones roll on — roll off, para el embarque y desembarque de vehículos rodados y para pasajeros; sus

dimensiones son de 10,75 x 55,00 m (591 m A

_ Almacenamiento soterrado de petróleo diesel: Con una capacidad de almacenaje de 180 m y corresponde a 100 m de la

compañía Copec y 80 m a Enex, ambas en explanadas separadas. Está destinado a faenas de rancho de embarcaciones y para los generadores del puerto que funcionan en horario punta o ante cortes de energía.

_Captación de aguas subterráneas y almacenamiento para faenas de embarcaciones:

El suministro de agua a la instalación está dado por la captación de aguas subterráneas desde pozo profundo y además por la conexión a las redes públicas administradas por el comité de agua potable rural (APR) del sector. Se destaca que se realiza análisis al agua mensualmente. El pozo y los 3 estanques de almacenamiento se localizan a 50 m aprox. al norte del terminal,

en un terreno propiedad del titular, ocupando una superficie de 4.860 m.

3.2. ETAPA DE OPERACIÓN

El terminal marítimo multipropósito Puerto Quellón, administrado por su operador portuario SPQ S.A., está orientado hoy día a la industria salmonera, al turismo y al movimiento de carga en general.

La etapa de operación considera principalmente las operaciones y servicios que ofrece Puerto Quellón, a través de su administrador y operador portuario SsPQ.

OPERACIONES DE SPQ

Dentro de las Operaciones que ejecuta el puerto se destacan las siguientes:

_ Transferencias de Cargas

Esta actividad se ejecuta a partir de la infraestructura con la que cuenta el operador portuario SPQ; la transferencia de carga se realiza desde el puerto a la nave o viceversa, o desde vehículo (camiones, camionetas, etc.) a la nave o viceversa.

En Puerto Quellón se llevan a cabo las siguientes transferencias de carga: 1- Carga de Alimento

2- Descarga de Alimento

3- Extracción de Mortalidad Ensilada

(Este tipo de carga que se transfiere de nave a puerto e inmediatamente de puerto a camión, se realiza de forma rápida y no permanece en el puerto).

4- Carga de Bins con Hielo:

Se realiza desde los camiones a las naves. El peso estándar del bins con hielo es 1.000 kg. Estas transferencias también se realizan desde puerto a la nave a través del porteo de carga con los equipos movilizadores del puerto. Normalmente se realiza la operación de esta forma y en casos muy particulares podría darse la instancia de carga de camión a nave directamente.

5- Descarga de Cosecha:

La descarga de especies salmónidas se realiza desde las naves a los camiones en forma tradicional (bins) y también de forma Canadiense (vehículos especiales para dicho fin). Esta última se realiza con equipos que proporciona el propio cliente y directamente desde las naves a los camiones. Adicionalmente, en la medida que el cliente lo requiera y en base a las capacidades de transferencia del terminal marítimo, este puede realizar transferencias de cosecha a través de los denominados fish tank, que son recipientes de plásticos, metálicos o de fibra, que permiten mantener el control de la temperatura que requieren dichas cargas y que su contenido bordea las 40 toneladas.

6- Carga de Contenedores con Redes Limpias:

Se realiza desde el puerto a las naves o desde los camiones a las naves. También se realiza en forma de redes embolsadas como en contenedores. Ambos sistemas estancos.

7- Descarga de Contenedores con Redes Sucias:

Se realiza desde las naves a los camiones, tanto en forma de redes embolsadas como en contenedores estancos, además en descargas roll off que vienen en tracto camión y cuya operación se realiza en rampa. Ambos sistemas son debidamente estancos para evitar el escurrimiento de las redes sucias que vienen de los centros de cultivo. Estas descargas no tienen estadía en el puerto y salen en camión inmediatamente de la instalación rumbo a talleres de mantención de redes autorizados.

8- Carga y Descarga de Materiales Varios:

Estas operaciones son necesarios para la implementación de los centros de cultivo y/o provenientes de los mismos, como también el suministro de víveres, etc. Estos materiales comprenden boyas, paños de cadena, pajareras, sistemas de extracción de mortalidad, contrapesos, muertos de anclaje, cabos, generadores y todo aquello necesario para la implementación de los centros de cultivo en el mar.

9- Porteo y Carga de Mercancías Peligrosas:

Se realiza desde puerto a las naves o desde los camiones a las naves, de acuerdo a lo establecido en el Código IMDG, dispuesto por la Organización Marítima Internacional (siglas en inglés, IMO). Este tipo de faenas incluyen además de la carga, las faenas de descarga desde las naves a puerto, las cuales quedan en acopio temporal o directamente desde la nave al camión, que son retiradas del terminal marítimo en forma inmediata.

10- Transferencias de Smolt:

Se realiza desde camiones a los distintos estanques de las naves, mediante tubos corrugados y de acuerdo a indicaciones del cliente.

11- Transferencias varias:

Se realiza como terminal marítimo multipropósito y con vistas a apoyar al desarrollo de proyectos de inversión en las zonas cercanas de influencia que éste posee, de acuerdo a las necesidades de desarrollo de distintas industrias.

Todo aquello que es cargado desde puerto a las naves o desde vehículo a las naves, es realizado en “área limpia” con filtros sanitarios. Con relación a esto último están los arcos de desinfección para vehículos de todo tipo, las barreras sanitarias en donde la empresa prestadora de servicios de desinfección realiza la desinfección de los rodados de los vehículos a su ingreso a la zona limpia, pediluvios y maniluvios para el tránsito de personas. Por su parte, las descargas de todo lo que traen las naves desde los centros de cultivo se realizan en “área sucia” y que también posee filtros sanitarios. Estas se encuentran totalmente separadas de la primera, son áreas delimitadas acordonadas.

_Servicios de SPQ

Dentro de los Servicios que ofrece SPQ se destacan los siguientes:

1- Amarre a bitas del puerto o muellaje de embarcaciones:

Se realizan en sitios asignados según corresponda a la nave. Puerto Quellón dispone de 9 sitios de atraque además de una rampa, asignados de acuerdo a las características de las naves y condiciones de marea.

2- Porteo y stacking (almacenaje) de alimento de peces e insumos (temporal):

Comprende el alimento destinado para la engorda de especies salmonideas, como de materiales necesarios para la implementación de centros de cultivo y otros. Para ello se dispone de un Galpón o Bodega Techada y una Explanada

de 15.000 m para el acopio descubierto y en forma temporal para preparar la carga antes de la llegada de las embarcaciones. Esto no impide que se realicen transferencias directas desde camiones a las naves, como de faenas de clasificación de materiales en caso de que se requiera.

3- Faena de ranchos de combustible líquido COPEC y ENEX (petróleo diesel):

3 Con una capacidad de almacenamiento actual de 180 m de petróleo diesel, distribuidos en dos estanques subterráneos de 100 m (COPEC) y 80 m

(ENEX), se realiza la atención a las naves de faenas. Para este servicio se dispone de pits de carga con un caudal que permite transferencias entre 15.000 y 20.000 L/h, en condiciones normales de operación. Esto podría ser aumentado en caso de ser necesario dependiendo de los factores externos que estén implicados, por ejemplo tamaño de embarcación. Adicionalmente se efectúan servicios de cargas de combustible a través de otras empresas, desde camión a nave.

4- Faena de rancho de agua a las embarcaciones que lo requieran:

Puerto Quellón abastece de agua a las embarcaciones, ya sea potable (APR) como de pozo. Para ello dispone de pits de transferencia con un caudal aproximado entre 7 y 10 L/s. Puerto Quellón cuenta con los Certificados del Comité Agua Potable Rural (APR) y de análisis de agua de Pozo por el Laboratorio Cesmec.

5- Faena de rancho de Electricidad (energía) a las embarcaciones que lo requieran:

Puerto Quellón dispone de 3 grupos electrógenos que operan a base de petróleo diesel durante el horario punta o cuando hay cortes de energía. Exceptuando estas situaciones, el Terminal Marítimo se abastece del proveedor SAESA. Además dispone de enchufes trifásicos de 50 Amperes por fase más el neutro, con sus correspondientes medidores de control de consumo.

6- Faenas especiales:

Esto se refiere a la operación de redes, basura doméstica, carga no paletizada y en general, otras no medibles, materiales de fondeo (materiales que se utilizan para anclar el centro: cables, cadenas grilletes boyas etc.), muertos (bloques de cemento para anclaje de centros en el mar).

6.1- Retiro de Basura Doméstica e Industrial:

Puerto Quellón presta el servicio de retiro de basura desde las embarcaciones. Para ello cuenta con sistemas de disposición temporal (contenedores herméticos de 200 L de capacidad), los que son contratados a una empresa externa certificada en el manejo de este tipo de residuo, tanto doméstico como industrial no peligroso. El transporte se realiza en camiones especiales destinados para esta operación y propiedad de dicha empresa. Cada vez que la empresa externa retira la basura desde el recinto portuario, ésta emite un certificado con la cantidad de residuo retirada, el tipo y la disposición final en el correspondiente vertedero autorizado.

6.2- Operación de redes:

Carga y descarga de redes limpias y sucias, de puerto a naves y de naves a puerto, respectivamente, en sistemas estancos.

6.3- Carga no paletizada:

La carga no paletizada corresponde principalmente a mercancías que llegan al terminal portuario en disposición de granel, especificamente sucede esto con materiales de dimensiones tales que no permite su paletización, como lo son boyas, contrapesos, mangueras, paños de cadena, implementos de extracción de mortalidad, pajareras, etc...

7- Servicio de Conectividad:

La rampa construida en la explanada marítima ofrece servicios de embarque y desembarque de pasajeros y vehículos, lo que garantiza la conectividad por mar de los usuarios a distintos puntos de la Región de Aysén. Esto gracias al convenio existente entre ambas empresas.

8- Atención de embarcaciones Roll on — Roll off (Ro-Ro):

La infraestructura portuaria del terminal marítimo Puerto Quellón cuenta con una rampa de aprox. 55 m de largo x por 10 m de ancho que permite el atraque de naves ro-ro que transportan vehículos de todo tipo y pasajeros.

9- Arriendo y Acopio de Contenedores Reefer:

Tienen monitoreo diario y energía las 24 horas con respaldo de generadores. Contenedores refrigerados y congelados que permiten el almacenamiento de producto fresco de los clientes, cuyo acopio se realiza en una infraestructura de andenes que permite su conexión a la energía y el monitorio de las temperaturas de cada equipo. Los andenes permiten un acopio de más de 100 contenedores simultáneamente.

10- Arriendo y abastecimiento eléctrico de oficinas, bodegas y parqueo de vehículos.

11- Acopio temporal de pallets y maxi-sacos vacíos.

De las operaciones de descarga que se realizan en las instalaciones portuarias, en muchas ocasiones las embarcaciones recalan a puerto para descargar elementos provenientes desde los centros de cultivo. En este caso pallets y maxi sacos vacíos de alimento, los cuales son descargados y acopiados temporalmente, a la espera que el cliente respectivo realice el retiro de ellos desde las instalaciones. Para ello el puerto cuenta con una zona para mantener en forma temporal (no más de un par de días) este tipo de elementos.

3.3. EMISIONES GENERADAS POR EL PROYECTO

a) Residuos Líquidos _ Aguas Servidas

Las aguas servidas escurrirán hasta las cámaras de inspección para pasar, en el caso de la Garita de control y las Oficinas Administrativas, a una fosa séptica y dren de infiltración. En el caso de los servicios higiénicos correspondientes al sector de la explanada marítima, los residuos van hacia una Planta de

Tratamiento de aguas servidas en base a lodos activados, para luego ser dispuestos en un pozo absorbente.

_ Residuos líquidos provenientes de la desinfección y limpieza

Se implementará operación de bioseguridad y desinfección, la cual será realizada por empresas externas prestadoras de servicios, contratadas directamente por los usuarios de Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón S.A. Las empresas, cuentan con los correspondientes Manuales de Bioseguridad aprobados por la Gobernación Marítima de Castro. Cabe señalar que se dará cumplimiento a la Circular Marítima Externa N*12.600/452/2012 de la Gobernación Marítima de Castro, ya que esto es un requisito de entrada para poder realizar su operación y faenas dentro de las instalaciones del Puerto.

Asimismo, el titular señala que para las faenas de limpieza, lavado y desinfección (LLD) proyectadas, ya sean realizadas por personal del mismo Puerto Quellón o empresa prestadora de servicios, se dará cabal cumplimiento a la Circular señalada.

b) Emisiones a la atmósfera

Las principales emisiones que se generan en la operación del proyecto corresponderían a:

  • Gases de motores de combustión interna
  • Ruido.

_ Gases de motores de combustión interna y material particulado

Durante la operación del proyecto se pueden llegar a generar gases de motores de combustión interna, producto de la circulación de los camiones de carga que entran y salen del puerto, lo cual dependerá de la frecuencia del transporte de carga. No obstante, se deberá tener especial cuidado en la mantención y revisiones técnicas al día de los vehículos y los equipos de carga del puerto, con la finalidad de conservar la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima para producir la mínima cantidad de gases y/o residuos a la atmósfera.

Los gases generados por el funcionamiento de los generadores eléctricos (fuentes fijas) se consideran mínimos, atendiendo a que éstos operan en horario punta o cuando hay cortes de energía. El horario en punta comprende los meses de Abril a Septiembre en los horarios de 18:00 a 23:00 horas.

Finalmente, se destaca que el proyecto no generará material particulado, ya que todas sus áreas se encuentran con adocreto o pavimento.

c) Ruido El ruido que genera la operación del terminal marítimo se basa en el

movimiento vehicular, entrando y saliendo de la instalación y por la operación de los equipos de carga del operador portuario SPQ.

Los grupos electrógenos se encuentran en el interior de bodegas cerradas y segregadas de los lugares de trabajo.

d) Residuos Sólidos

En la etapa de operación se identifican los siguientes residuos sólidos: * Residuos sólidos domésticos

  • Residuos sólidos industriales No Peligrosos

  • Residuos peligrosos (RESPELs)

_ Residuos Sólidos Domésticos (RSU)

La instalación genera basura doméstica propiamente tal, ya sea papeles de oficinas y baños sanitarios, como también desperdicios orgánicos originados de las colaciones de los trabajadores en el comedor, ubicado en la explanada del puerto.

Considerando un total de 65 trabajadores operando en la instalación en época de alza (máximo), desglosados en 10 en el área de oficinas — administración y 55 en la explanada del puerto, se generan alrededor de 32,5 kg/día de basura doméstica.

Los residuos se acopian en contenedores cerrados y se colocan en diferentes áreas para su acopio temporal. En el área de Explanada de oficinas - administración cuenta con un contenedor plástico de más de 200 L de capacidad, que en su interior contiene un maxis para disposición y retiro de los sólidos. De igual manera, al noroeste de la explanada del puerto, también se localiza un área de contenedores para disponer la basura asimilable a doméstica generada en el área.

Posteriormente, la basura doméstica es retirada por una empresa dedicada a este rubro, la que cuenta con autorización sanitaria y cumple con la normativa vigente para la disposición de la basura doméstica.

_ Residuos Industriales No Peligrosos

Son aquellos originados por la basura proveniente de los centros de cultivos en el mar, que llegan a puerto desde naves. Esta basura está constituida por cabos plásticos, mangueras, bolsas plásticas (maxis) y otras.

Hay un área de contenedores, con maxis en su interior, para disponer temporalmente la basura doméstica originada en la explanada marítima, como la que llega de los centros de cultivos. También existe un contenedor metálico para la acumulación de maxis.

Esta basura en general es recogida por diversas empresas autorizadas en el retiro y transporte de estos residuos. Todo el movimiento de estos residuos tiene un seguimiento ambiental mediante registro de facturas y/o papeletas de retiro.

_ Residuos Peligrosos (RESPELs)

En la explanada 3 y de uso exclusivo del titular, existe uma bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPELs). Está destinada esencialmente al almacenamiento temporal de aceites usados de los generadores y como resultado del mantenimiento de los equipos de carga. Cabe destacar que estos residuos no se generan en forma periódica o mensual

en la instalación, debido al proceso de generación de los aceites usados que ocurren fundamentalmente por la mantención de los equipos de carga del puerto, los cuales entran a mantención mediante un procedimiento diseñado en

base a los horómetros de operación.

Una vez que se realiza la mantención, se retira el aceite usado de ellos y se

almacena en forma temporal.

Los RESPELs generados y retirados de Puerto Quellón, en el Anexo XII de la

DIA se ejemplifican.

Planes de Contingencia en el proyecto

En la DIA, en el Anexo XV se presentan los siguientes Planes de Contingencia:

_Ante derrame de CL Muelle COPEC _Control derrame CL Muelle ENEX _Derrame de Hidrocarburos

_Caída o pérdida de Alimento _Caída o pérdida de Cosecha _Caída o pérdida de peces

_Caída o pérdida Ensilaje

_Caída o Pérdida Mortalidad

_ Derrame RESPELs

Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo

Multipropósito Puerto Quellón" cumple con:

Tabla N*5: Normativa Aplicable y forma de cumplimiento

Normativa Etapa en que aplica | Forma de cumplimiento

Constitución Política de Cumplimiento de la normativa y respeto de Chile institucionalidad.

Ley N% 19.300 sobre | Construcción, Se presenta el proyecto a tramitación al Bases Operación y Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la

Generales del Medio | Cierre Ambiente. Ley N* 20.417 que

modifica la

Ley :19.300/1994 y que rediseña la Institucionalidad Ambiental Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Región de Los Lagos para someterlo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), de conformidad con las Letras e), f) y ñ) del Artículo 10 de la Ley 19300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, bajo la forma de la DIA.

D.S. N* 95, 2001, Construcción,

Se presenta a tramitación al Servicio de

“Reglamento del Sistema de

Evaluación de Ambiental”

Impacto

Operación y Cierre

Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Los Lagos, la DIA para su Calificación

Ambiental y obtener los Permisos Ambientales necesarios. La DIA incorpora los antecedentes que

acreditan el cumplimiento de la normativa ambiental vigente y los requisitos para el otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) requeridos.

Artículo N* 136 de la Ley

Etapa de operación

Se indica que no se generarán residuos en la

General de Pesca y|ycierre etapa de operación, por parte del tema Acuicultura sanitario se cuenta con tratamiento de aguas servidas. No obstante se destaca que la transferencia de carga, que podría ser una actividad riesgosa, cuenta con planes de emergencia que se adjuntaron a la DIA. D.S.N*38/2011 Establece niveles Las características de la operación del “Norma emisión Ruidos | máx.de presión proyecto permiten cumplir con los niveles por fuentes sonora generados máximos de presión sonora establecidos por

que indica”, MMA D.O. 12.06.2012 Emisión de Ruido

por las fuentes emisoras que esta norma regula.

esta norma.

D.S. N2 148/2004, | Construcción, El Titular se compromete a cumplir con lo Reglamento sanitario | Operación y dispuesto en este decreto, para ello tomará sobre manejo de residuos | Cierre medidas para el manejo de residuos peligrosos peligrosos en caso de generarse. En la explanada 3 y de uso exclusivo de este titular, existe una bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos (RESPELs), que cumple con el D.S. N148/03 y que cuenta con Resolución Sanitaria N 55/2013.- Decreto de Ley (M) que | Operación Para hacerse cargo del mandato legal, el

sustituye la Ley de Navegación N* 2.222, de fecha 28 de mayo de 1978

titular cuenta con planes de contingencia frente a derrames de combustibles líquidos aprobado por la Autoridad Marítima.

Se cumplen todas las medidas de almacenamiento y se tiene autorización de la SEC.

DS. (M) N* 1 que aprueba el Reglamento para el control de la contaminación acuática, de fecha 06 de enero de 1992.

Construcción, Operación y Cierre

El titular se compromete a cumplir con lo establecido en el Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática.

De manera de dar cumplimiento al Art. 126 del DS (M) N*1, la Gobernación Marítima de Castro indica en su último oficio que, el titular deberá tramitar, ante la Aut. Marítima, inspecciones de las instalaciones y correspondiente Certificado de Seguridad para la operación del Terminal Marítimo.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón"

requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en

los

artículos 72, 91 y 94, de los artículos 68 al 106 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación

de Impacto Ambiental.

5.1. En relación al Permiso Ambiental sectorial descrito en el Artículo 72 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

Es el permiso ambiental sectorial para instalar y operar un terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar, a que se refiere el artículo 117 del D.S. N*1/92 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.

En la Declaración de Impacto Ambiental, se deberán señalar las Medidas de seguridad para prevenir la contaminación, en conformidad a un estudio de seguridad que contenga un plan de emergencia o contingencia y que indique el equipamiento básico para controlar Derrames de hidrocarburos u otras sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar.

Se presenta en la DIA, en el anexo XV, los Planes de contingencia, autorizados por la Autoridad Marítima. También se adjuntan estas autorizaciones en anexo 3 del Adenda N*1, a saber:

  • D.G.T.M.Y M.M. N*12.600/05/1179 VRS. “aprueba plan de contingencia para el control de derrames en faenas de ranchos de hidrocarburos en el muelle CONTEX, Quellón, perteneciente a la empresa COPEC S. A.” de fecha 29 de agosto de 2011.

  • D.G.T.M. Y M.M. N” 12.600/05/39 VRS.” aprueba plan de contingencia para el control de derrames de hidrocarburos en el muelle CONTEX LTDA., perteneciente a la empresa SHELL CHILE S. A. E 1.” de fecha 6 de enero de 2012.

Se presenta en el Anexo 3 del Adenda N”1, el informe “Estudio de Seguridad de las Instalaciones y Operaciones de Terminal Marítimo Multipropósito, Puerto Quellón”. Dicho estudio, se efectuó Conforme al Art” 72 del D.S. MINSEGPRES N95 del 2001 Reglamento del Sistema de evaluación Ambiental, “en los permisos para instalar y operar un terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar, a que se refiere el artículo 117 del D. S. N 1/1992 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, lo requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo. En el Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, según sea el caso, se deberán señalar las medidas de seguridad para prevenir la contaminación, en conformidad a un estudio de seguridad que contenga un plan de emergencia o contingencia y que indique el equipamiento básico para controlar derrames de hidrocarburos u otras sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar”.

El objetivo de este estudio de seguridad consistió en conocer las condiciones que posee el Terminal Marítimo Puerto Quellón en materia de seguridad, tanto en la prevención de posibles derrames de hidrocarburos, como en el manejo de éstos, por medio de los distintos dispositivos, procedimientos y equipos destinados a minimizar los posibles derrames que pudiesen ocurrir y que eventualmente, puedan llegar a afectar la biota marina aledaña o circundante al puerto.

5.2. En relación al Permiso Ambiental sectorial descrito en el Artículo 91 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

“En el permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública O particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. N* 725/67, Código Sanitario, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo”.

El Titular del proyecto regulariza este PAS y señala las medidas adecuadas para el control de aquellos factores, elementos o agentes del medio ambiente que puedan afectar la salud de los habitantes, de acuerdo a:

a) En caso de disposición de las aguas por infiltración:

a.1. La profundidad de la napa en su nivel máximo de agua, desde el fondo del pozo filtrante.

a.2. La calidad del terreno para efectos de determinar el índice de absorción. a.3. La cantidad de terreno necesario para filtrar. a.4. La caracterización físico-química y microbiológica de las aguas.

En la DIA se señalan las características de los sistemas de tratamiento y disposición de aguas servidas domésticas que dispone el terminal, para con ello no afectar la salud de las personas.

Los antecedentes técnicos del proyecto de agua potable y alcantarillado fueron tramitados sectorialmente y aprobados posteriormente por la Autoridad Sanitaria. Los antecedentes (memorias y planos) de ambos proyectos se adjuntan en el Anexo VII de la DIA.

Todas las aguas servidas escurrirán hasta las cámaras de inspección para posteriormente pasar, en el caso de la Garita de Control y las Oficinas Administrativas, a una fosa séptica y dren de infiltración y en el de los SSHH del personal de la explanada marítima, a una Planta de Tratamiento de Aguas Servidas y posteriormente a un pozo absorbente.

Se obtuvo resolución sanitaria N*711 del 21.08.2013 (Anexo ll de la DIA), que aprueba el sistema de recolección y tratamiento de las aguas servidas domésticas correspondiente a las instalaciones sanitarias para el terminal marítimo.

5.3. En relación al Permiso Ambiental sectorial descrito en el Artículo 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

“En la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N“47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo”.

De acuerdo al artículo 94 del Reglamento del SEIA, la solicitud del PAS contenido en el artículo 94 del Reglamento del SEIA debe acompañar los siguientes antecedentes:

  • Memoria técnica de características de construcción y operación del establecimiento;

e Plano de planta del establecimiento;

  • Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma;

+. Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química;

e Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar;

  • Medidas de control de riesgos a la comunidad.

En la DIA se presentan las características constructivas de las instalaciones; plano de planta; operaciones del terminal y flujograma; control de contaminación; caracterización de las sustancias peligrosas a manejar; medidas de control de riesgos a la comunidad.

__ Memoria técnica de características de construcción y operación del establecimiento;

En relación a este requerimiento se detalla en el punto 3.3.2.1, Obras Físicas y en los diferentes Anexos de la DIA.

_ Plano de planta del establecimiento; Se adjunta en el Anexo IV, plano actualizado de la instalación.

_ Memoria técnica de los procesos productivos y su respectivo flujograma; se detalla en el punto 3.3.3.1., Operaciones del Operador Portuario SPQ.

_ Anteproyecto de medidas de control de contaminación biológica, física y química;

El terminal marítimo cuenta con áreas limpias y sucias delimitadas. Junto con la aplicación de técnicas de manejo de los residuos sólidos, el proyecto garantiza condiciones de trabajo óptimas para los trabajadores y que incluyen: comedor, baños sanitarios, duchas y agua potable y otros, garantizando en todo momento el cumplimiento de la normativa vigente respecto a condiciones higiénicas de los trabajadores.

Por otro lado, el proyecto cuenta con diversos planes de contingencias particularmente aquellos frente a derrames de combustibles líquidos en el muelle (ENEX y COPEC), los que están aprobados por la autoridad marítima. Están los planes de contingencia frente a derrame de RESPELs, químicos, caída o pérdida de alimento, cosechas, peces, mortalidad y ensilaje, protegiendo con ello el medio marino.

_ Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar;

El proyecto comprende el almacenamiento de petróleo diésel en 2 estanques subterráneos que totalizan 180 m?, Este se utiliza para el funcionamiento de los generadores de la instalación, como también para la faena de rancho de las embarcaciones que lo requieran.

_ Medidas de control de riesgos a la comunidad.

El proyecto cuenta con planes de contingencia para la protección del medio ambiente y el medio humano. En la explanada portuaria existen los medios de extinción contra incendios como red húmeda y extintores tipos. Los planes de contingencia están documentados y entre ellos están el derrame de CL, de RESPEL, químicos, de caída o pérdida de alimento, peces, cosecha, ensilaje y mortalidades.

Se destaca que las instalaciones de petróleo y eléctricas internas fueron ejecutadas por instaladores autorizados de la SEC y cuentan con la certificación exigida por la normativa vigente.

El titular cuenta con Resolución de SERNAPESCA que reconoce al terminal marítimo como puerto bioseguro.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito

Puerto Quellón" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

En este capítulo se consideran las emisiones que generaría el proyecto, y que dicen relación con emisiones atmosféricas, residuos líquidos y sólidos, ruido, y se replica la información contenida en la descripción del proyecto.

Se entrega un análisis en base al art. 5 del Reglamento del SEIA, con el fin de evaluar este riesgo. Para ello se analizan las emisiones que genera el proyecto, lo establecido en las normas primarias de calidad, la composición, peligrosidad, cantidad, concentración, frecuencia, duración y lugar de descargas para emisiones atmosféricas, efluentes líquidos y residuos sólidos, así como los niveles de ruido y su efecto sobre la población.

En relación al tránsito vehicular y el levantamiento de polvo, la calzada de acceso a la explanada portuaria se encuentra pavimentada, así como la superficie de la explanada marítima, que es de adocretos. Se concluye, en relación a este tema, y las condiciones meteorológicas imperantes en la zona, que estas emisiones serían muy bajas.

Finalmente y en base a esta información se concluye que el proyecto no generará riesgos para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de las emisiones, efluentes o residuos que se generarán, al manejo ambiental adecuado de los residuos y a las condiciones ambientales del lugar de emplazamiento del proyecto.

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire.

Se analiza el art. 6 del Reglamento del SEIA.

Se destaca que este proyecto ya tiene una evaluación ambiental que data del año 2001, Resolución Exenta N*1176, donde se obtuvo calificación favorable del proyecto.

En la DIA se indica que en el lugar no existen especies de fauna, avifauna, anfibios o reptiles clasificadas como de conservación o protección, según normativa vigente. El lugar se indica está totalmente intervenido, y no se encuentra cercano, ni se relaciona en términos biológicos, con ninguno de los sitios prioritarios propuestos para la conservación de la biodiversidad de la Región.

Sobre el paisaje, el proyecto se ubica en el borde costero, en un sector que se caracteriza por la intervención antrópica, a través del desarrollo e instalación de proyectos industriales, en el denominado sector de San Antonio de Quellón.

Se consideró estudio presentado en Adenda sobre la ampliación y caracterización de la información entregada en la DIA respecto el área de influencia del proyecto, dando cuenta, en el Adenda, del estado de la biota acuática y su ambiente presente en el área de influencia marina del proyecto.

Que se ha considerado el informe “Caracterización línea base marina del área de emplazamiento del proyecto Puerto Quellón. Sector de San Antonio, Comuna de Quellón, Provincia de Chiloé, Región de Los Lagos.” (Anexo 2 del

Adenda N*1), que da cuenta de la no afectación sobre la biota acuática y su ambiente.

Que en el mismo Informe se concluye que en base a la baja densidad encontrada, incluidos sus límites de confianza, no se justifica la proyección de la estimación de Biomasa, dado que no se encontraron bancos de ninguna especie bentónica.

Que, ante la preocupación manifestada en la evaluación ambiental del proyecto sobre la presencia de bancos naturales, el titular, a partir del Informe del Anexo 2 del Adenda N*1, concluye que las densidades de biota encontradas son muy bajas y que “la diversidad de la biota marina prospectada en el área de emplazamiento del Puerto Quellón va de moderada a baja (N=13), por otro lado las densidades encontradas no constituyen banco, las densidades presentadas son extremadamente bajas”, por lo que no procede considerar la aplicación de un plan de rescate y relocalización.

Que, durante la evaluación se solicitó realizar interrelación entre las emisiones del proyecto y la afectación en los recursos naturales renovables, así como también se solicita considerar la capacidad de dilución, dispersión, asimilación de dichos recursos naturales, concluyéndose que no habrá relación entre las emisiones de los contaminantes generados por el proyecto o actividad y la calidad ambiental de los recursos naturales renovables, principalmente debido aque el proyecto prácticamente no genera emisiones.

Que, por otra parte, se indica que en el Terminal Marítimo Multipropósito Puerjo Quellón S.A., se están realizando actividades constante y activamente, en cahjunto con Bomberos y la Autoridad Marítima, a fin de estar prevenido ante una eventual contingencia. Se evidencia además, en un esquema los 3 sistemgg fe seguridad en las válvulas de corte en las líneas de hidrocarburo (Corte Manual, General y Emergencia).

Que, sae ha considerado la información obtenida en el Estudio de Seguridad efectuada por el titular y presentado en Anexo 3 del Adenda N*1, así como también, ge hace referencia a lo establecido en la Ley 19.300/94 y sus modificacignes. Cabe señalar que, de la información obtenida en el informe “Caracterización linea base marina del área de emplazamiento del proyecto Puerto Quellán. Sector de San Antonio, Comuna de Quellón, Provincia de Chiloé, Región da Los Lagos.” (Anexo 2), no se observó ninguna anomalía, lo anterior evidencia un fondo en buenas condiciones.

Que, se indica que en la DIA y Adenda se presenta Plan de Contingencias ante derrames de hidrocarburos en los muelles de COPEC y ENEX aprobados por la Autoridad Marítima (Anexo XIV de la DIA), así como los Planes establecidos ante derrame de combustibles líquidos y RESPELs, y ante caída y pérdida de alimento, peces, cosecha, ensilaje y mortalidad. (Anexo XIV DIA).

Se añade que el terminal portuario del Puerto Quellón cuenta con Resolución de SERNAPESCA (N*288/2013) que lo reconoce como punto de embarque bioseguro, para ser utilizado en las actividades de acuicultura.

Finalmente se concluye que el proyecto no genera efectos adversos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. Se informa que se consideró los tópicos y criterios de los artículos 6 y 10 del Título ll del Reglamento del SEIA (D.S. 95/01 del MINSEGPRES).

c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos;

El proyecto no considera modificaciones o ampliaciones de las instalaciones existentes en tierra, en relación al proyecto original aprobado en el año 2001.

Este proyecto no generará cambios en el índice de población, distribución urbana rural, como tampoco en la distribución por edades y sexo. Las poblaciones más cercanas al proyecto son del sector San Antonio, la ciudad de Quellón y Chaiguao,

Cabe señalar que no hay concentraciones poblacionales en el entorno de la instalación, sólo cinco viviendas al norte del acceso al terminal, las más cercanas a unos 25 m.

Se destaca además que en la operación del proyecto se dará preferencia a la contratación de personas que habiten en las cercanías del proyecto.

En el entorno del terminal marítimo no existen comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales, ni tampoco se desarrollan ceremonias religiosas u otras manifestaciones propias de la cultura o del folklore que se vean alteradas por la presencia del hombre y operación del proyecto. Por lo tanto no se generaría alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar;

El proyecto se ubica en un área rural, dentro de un sector calificado como industrial, en el sector de San Antonio.

En relación a las áreas protegidas, de acuerdo al catastro de CONAF, las áreas silvestres protegidas más próximas al área del proyecto son : Parque Nacional de Chiloé, a 65 km.; Parque Nacional Corcovado, a 48 km; Parque Tantauco a 22 Km. y el Parque Tepuhueico, a 42 km aprox.

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona;

Este proyecto no obstruye la visibilidad, no se ubica en zona con valor paisajístico, no altera recursos o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico y no obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con este valor.

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

El proyecto no se emplaza cercano, ni considera la remoción, destrucción, excavación, traslado, deterioro o modificación de algún Monumento Nacional de aquellos definidos en la Ley N*17.288; o la modificación o deterioro en construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas, por su antigúedad, valor científico, contexto histórico o por su singularidad pertenecen al patrimonio cultural.

Se concluye entonces que el proyecto no genera o presenta alteraciones de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en los literales "a", "b" y "d", del artículo 11 de la Ley N* 19,300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente: El titular señala como compromiso ambiental voluntario, el realizar la Capacitación de los operarios del Puerto, en todos los aspectos de la actividad que digan relación con posible interacción con el medio ambiente.

Este Plan de Capacitación deberá tener como objetivo la disminución de los riegos de contaminación, abarcando planes que sean acordes con la operación del Terminal, sus contingencias y el cumplimiento de la normativa vigente.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas O fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

10.Que, para que el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón" - pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

11.Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

12.Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la X Región de Los Lagos, la individualización de cambios de titularidad.

13.Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.

14,Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación

de la X Región de Los Lagos.

RESUELVO

1.

Distribución:

CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón".

CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 72, 91 y 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no requiere la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anteri in perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que esfime opoftuno.

Sr. Guillermo Vásquez Maldonado

CONADI, Región de Los Lagos

DGA, Región de Los Lagos

Gobernación Marítima de Castro

Gobierno Regional, Región de Los Lagos

llustre Municipalidad de Quellón

SEREMI Medio Ambiente, Región de Los Lagos SEREMI de Salud, Región de Los Lagos Servicio Nacional Turismo, Región de Los Lagos

Servicio Nacional de Pesca, Región de Los Lagos Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Clc: -Encargada Participación Ciudadana

  • Expediente del Proyecto "Regularización y Actualización Ambiental del Terminal Marítimo Multipropósito Puerto Quellón"

  • Archivo Servicio Evaluación Ambiental, X Región de Los Lagos.