Terminal de Buses No Urbanos BUPESA
REPÚBLICA DE CHILE | _ COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”.
Resolución Exenta N* 563/2014
Santiago, 27 de octubre de 2014
VISTOS:
-
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. N 95/01, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de Diciembre de 2002; en la Resolución N 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el Decreto Supremo N* 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N? 69, de fecha 24 de Abril de 2014, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental.
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La Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”, presentada al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental por Cooperativa de Servicio de Transporte de Pasajeros Peñaflor — Santiago Limitada, con fecha 19 de noviembre de 2013.
-
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Respecto a la DIA
e Oficio N*%1754 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región
Metropolitana, de fecha 04/12/2013;
Oficio N*924 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 06/12/2013;
Oficio N*1777 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 09/12/2013;
Oficio N*1882 del Servicio Agrícola y Ganadero, RM, de fecha 09/12/2013;
Oficio NSSRM RMS N? 197/2013 (sea - seia - dia) de la Secretaría Regional Ministerial de
Obras Públicas, RM, de fecha 11/12/2013;
e Oficio N*%1718 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 11/12/2013;
e Oficio N*%5748 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM, de fecha 12/12/2013;
e Oficio N%794 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, de fecha 11/12/2013;
- Oficio N*8748 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 11/12/2013;
e Oficio N%9112 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, de fecha 11/12/2013;
e Oficio N*%4871 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 20/12/2013;
e Oficio N*14200 del Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM, de fecha 26/12/2013.
Respecto a la Adenda 1.
e Oficio N*452 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 27/06/2014;
1 ASAZMIAALEP
e Oficio N*%512 de la Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM, de fecha 30/06/2014;
e Oficio N*937 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas, de fecha 04/07/2014;
- Oficio N*1148 del Servicio Agrícola y Ganadero RM, de fecha 30/06/2014;
e Oficio N"SRM RMS N? 100/2014 (sea - seia -adenda) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM, de fecha 07/07/2014;
e Oficio N%704 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 08/07/2014;
- Oficio N*2434 del Consejo de Monumentos Nacionales, de fecha 08/07/2014;
e Oficio N%715 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 08/07/2014;
e Oficio N%3090 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo RM, de fecha 09/07/2014;
e Oficio N*4260 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana , de fecha 08/07/2014;
e Oficio N*%4850 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM, de fecha 14/07/2014.
Respecto a la Adenda 2.
e Oficio N*%5973 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM, de fecha 20/08/2014;
e Oficio N*%867 de la Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana, de fecha 25/08/2014;
e Oficio N"841 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 26/08/2014.
Respecto a la Adenda 3.
e Oficio N%910 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana, de fecha 26/09/2014.
El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 06 de octubre de 2014.
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”.
El acuerdo de la sesión extraordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 14 de octubre de 2014.
CONSIDERANDO:
1
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”.
Que, el derecho de Cooperativa de Servicio de Transporte de Pasajeros Peñaflor — Santiago Limitada a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado,
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Anexos, las Adendas y el respectivo Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de esta resolución, el proyecto consiste consiste en la construcción y operación de un terminal de buses no urbanos y un complejo de edificaciones que lo complementan, destinado a servicios de transporte público no urbano, proyectado en la comuna de Peñaflor, Región Metropolitana. El objetivo principal del Proyecto es agrupar en un solo espacio las actividades asociadas a los servicios de transporte de pasajeros.
El proyecto contempla un total de 149 estacionamientos, de los cuales 122 son para los microbuses, 23 para vehículos livianos y 4 estacionamientos para personas con movilidad reducida.
3.1 Tipología.
El Proyecto consiste en construir y operar infrestructura de transporte, perteneciente al rubro terminal de buses no urbanos. La Ley N 19.300, modificada por Ley N 20.417, indica en su artículo 10 letra e) explícitamente el ingreso de terminales de buses. En conjunto con lo anterior, el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (D.S. 95/2001) indica concretamente en su artículo 3 letra e) que:
“e) se entenderá por terminales de buses aquellos recintos que se destinen para la llegada y salida de buses que prestan servicios de transporte de pasajeros y cuya capacidad sea superior a diez (10) sitios para el estacionamiento de dichos vehículos”.
En virtud de lo anterior, el proyecto “Terminal de Buses No Urbanos BUPESA” debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) por cuanto consiste en un terminal de buses que tendrá 128 (ciento veintiocho) sitios de estacionamiento para dichos vehículos. El Proyecto es presentado por Cooperativa de Servicio de Transporte de Pasajeros Peñaflor — Santiago Limitada, al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante esta Declaración de Impacto Ambiental.
3.2 Localización.
El Terminal se localizará en la comuna de Peñaflor, Provincia de Talagante, Región Metropolitana de Santiago. La ubicación exacta es Avenida Peñaflor S/N subdivisión Parcela 2, Parcelas 1, 3, 5 y 7.
Las coordenadas UTM aproximadas de localización del terreno se indican en la tabla siguiente.
Tabla 1 Ubicación del Proyecto Coordenadas UTM (WGS-84 Huso 19).
Punto Norte Este
A 6.278.492 323.036 B 6.278.582 323.052 Cc 6.278.606 323.283 D 6.278.516 323.267
Fuente: Tabla 2 de la DIA.
3.3 Justificación de la Localización.
El área destinada al Terminal corresponde a un terreno que cuenta con una superficie de 21.344 m? y está emplazado en una zona rural. La disposición general de las instalaciones del Proyecto se
presenta en el Anexo 1 “Planos e Imágenes del Proyecto” de la DIA.
Tabla 2. Superficies involucradas en el Proyecto.
Tipo Superficie Descripción
(m/) Area de estacionamiento | 13.750 Corresponde al área total de estacionamiento, con 128 sitios para microbuses microbuses, de este general se desglosan: 110 unidades para
microbuses en descanso; 12 unidades para microbuses para servir a los andenes del terminal de buses no urbano; 6 unidades para microbuses en área de talleres.
Area de estacionamiento | 1.012 Corresponde al área total de estacionamiento, con 22 sitios para vehículos livianos vehículos livianos, de este general se desglosan: 18 unidades para oficinas de Administración General y Edificio de Operaciones; 3 unidades para oficinas de Terminal de Buses no urbano; 1 unidad para Portería. Además, de este total se dispondrán 4 estacionamientos para personas con movilidad reducida, en cumplimiento con la normativa vigente.
Área de mantenimiento 300 El Terminal contempla un cobertizo de mantención de buses, donde se habilitarán secciones para el recambio menor de aceites, neumáticos, ajustes, reparación de piezas y control del sistema eléctrico.
3
Tipo
Superficie
(m*)
Descripción
Además, en esta zona se habilitarán espacios con servicios para los trabajadores tales como: camarines, servicios higiénicos, duchas, comedores y primeros auxilios. Lo anterior separados e independientes por áreas de trabajo (talleres, limpieza exterior de microbuses y personal de las surtidores de combustibles).
Area de bodegas
80
El área destinada a bodegas considera espacios para el almacenamiento de insumos necesarios para proceso y espacios a ser utilizados como bodega de almacenamiento temporal de residuos.
Portería de Microbuses
40
Corresponde al acceso de los buses de transporte público, que tendrá la misión de resguardar la salida y entrada de estos desde el predio y la vía pública que enfrenta.
Terminal de pasajeros
175
Edificación que considera 4 andenes (2 de salida y 2 de llegada), que recibirá y acogerá a los pasajeros. Considera todas las instalaciones normadas y necesarias para este tipo de terminales: Andenes de Peatones y Maniobras separados, Área de espera, Cafetería, Servicios Higiénicos, Custodia, Control de Salida, Teléfonos Públicos, entre otros.
Edificio corporativo
820
Edificación destinada a la administración general de la Asociación Gremial, donde se albergarán las oficinas de los funcionarios administrativos y técnicos, como Dirección General, Contabilidad, Remuneraciones, Informática, Relaciones Públicas, Gestión Empresarial, Salas de Reuniones, Auditorio de Asambleas Multiuso, entre otros.
Edificio operaciones servicios conductores y asociados
<
Edificación destinada a las Operaciones de Flota y Servicios para los Conductores, donde se emplazarán las oficinas de recaudación, control de llegada y salida, control de GPS, Áreas de descanso para conductores, Servicios higiénicos, duchas y camarines; Comedores, Casino, Área de aseo y mantención, etc.
Area lavado exterior de microbuses
Edificación menor, tipo cobertizo liviano que considera espacio libre para el correcto lavado exterior de los microbuses.
Area surtidores de combustible
Edificación menor, tipo cobertizo que considera espacio libre para realizar la carga de combustible (diésel) a los microbuses, contempla dos surtidores independientes.
Areas verdes
3.287
Corresponde al total de áreas verdes del Proyecto, que se distribuyen por el perímetro general del predio, según normativa PRMS y un área entre los patios de estacionamientos de vehículos livianos y los microbuses, permitiendo su independencia y seguridad.
Fuente: Tabla 3 DIA,
3.4 Accesos.
El terminal contará con un acceso para vehículos livianos y uno para acceso peatonal. Para el acceso de microbuses se considera una marquesina de control para la entrada y salida señalizada. Todos los accesos serán por Avenida Peñaflor, de forma independiente.
3.5 Cronograma de actividades.
De acuerdo a lo señalado en el cronograma de actividades (figura 1 de la DIA), la fase de construcción del proyecto se llevará a cabo durante 10 meses.
3.6 Vida útil del proyecto.
La vida útil del proyecto se estima en indefinida.
3.7 Descripción General del proyecto
Este terminal, estará compuesto por las siguientes obras y acciones:
a) Estacionamientos:
i. 128 sitios para microbuses, de este general se desglosan: 110 unidades para microbuses en descanso; 12 unidades para microbuses para servir a los andenes del terminal de buses no urbano; 6 unidades para microbuses en área de talleres.
b)
d)
8)
ii. 22 sitios de estacionamiento para vehículos livianos, de los cuales 4 serán destinados a personas con discapacidad.
Accesos: El terminal contará con un acceso para vehículos livianos, uno para acceso peatonal. Para el acceso de microbuses se considera una marquesina de control para la entrada y salida señalizada, todos por Avenida Peñaflor, de forma independiente.
Terminal de Pasajeros: Corresponde a un edificio de un piso que considera básicamente cuatro andenes de arribo de microbuses, un andén separado para el tránsito de peatones, cafetería, boletería, custodia, teléfono público y servicios higiénicos.
Edificio de Administración General: Corresponde a un edificio de dos pisos para la administración del terminal, que contará con oficinas, sala de reuniones, baños, cocina y auditórium.
Edificio de Operaciones y Servicios: Corresponde a un edificio de dos pisos, que en su parte inferior considera dos áreas de descanso independiente para los conductores y conductoras, con sus duchas y servicios higiénicos respectivos. Se suma a ello un área de despacho y recaudación con sus oficinas administrativas correspondientes. Asimismo contará con un casino, con un comedor principal, área de cocina y patio de servicios. En el segundo de piso de emplazará la oficina de control de flota y un área de trabajo para asociados.
Punto surtidor de combustible: Se trata de una marquesina, que considera dos surtidores de combustibles (petróleo diésel) con estanque subterráneo de almacenamiento de 50 m' y cuyas características constructivas y de seguridad dan cumplimiento al D.S. N” 160/2009, del Ministerio Economía. En particular contará con:
Sensor intersticial que emite una señal en caso de existir alguna fuga. Sistema de telemedición que permite llevar un control exacto del contenido de los estanques, permitiendo llevar un correcto control del stock y de sus fluctuaciones.
Zona de Lavado: Existirá una zona delimitada del terminal que se destinará al lavado exterior de los microbuses, bajo un cobertizo de estructura metálica. Esta zona contará con cámaras de decantación subterráneas y vías de evacuación de los RILes generados hacia el alcantarillado público.
Zona de Mantención: Existirá una marquesina de mantención mecánica y eléctrica de los microbuses. Bajo esta estructura se emplazarán los respectivos comedores, camarines y servicios higiénicos para los operarios del punto de venta de combustible, para el personal del lavado exterior de microbuses y los operarios de los talleres de mantención, antes señalados. Esta estructura dispondrá de áreas delimitadas para el depósito temporal de insumos de baterías, neumáticos y aceites y de residuos generados los cuales serán segregados de acuerdo a su clasificación de peligrosidad.
Áreas verdes: Se considerarán áreas verdes y de arborización en todo el perímetro de la propiedad en un ancho mínimo de 5 m. Conjuntamente se extenderá un área verde que permitirá la segregación entre las áreas de tránsito y maniobras de vehículos mayores y vehículos livianos.
3.8 Fase de construcción.
La construcción de las instalaciones del proyecto contempla las siguientes actividades:
3.8.1 Instalaciones de faenas.
Previo al inicio de las actividades de construcción de la obra propiamente tal, se ejecutarán las instalaciones de faenas necesarias para el desarrollo de la construcción:
a)
Acceso y Cierre Provisorio: Se contempla el apropiado acceso y cierre de las áreas a intervenir, mediante la instalación de un cierre provisorio perimetral y se dejará una puerta de acceso peatonal y otra de acceso vehicular.
Durante la fase de construcción se habilitarán zonas de estacionamientos y áreas de carga y descarga al interior del terreno del Proyecto, de manera tal que no afecte la vialidad pública.
b) Letrero de la Obra: Se contempla la instalación de un letrero identificatorio de la obra. Se colocará a una altura adecuada con los refuerzos necesarios para su estabilidad, dimensiones y diseño.
c) Oficina y Caseta de Vigilancia: Se contempla la construcción de instalaciones provisorias de madera al interior del predio como oficina del jefe de obra y caseta de vigilancia.
d) Dependencias de trabajadores: Se considera la provisión e instalación de vestuarios, comedores y en general todas las dependencias que faciliten la buena ejecución de la obra (pudiendo ser módulos del tipo contenedores).
e) Bodegas y zona de acopio de residuos: Se implementarán bodegas para el almacenamiento transitorio de residuos asociados a la fase de construcción y áreas demarcadas donde serán acopiados residuos no peligrosos propios de la construcción que tengan gran volumen.
f) Bodegas de insumos: Se implementarán bodegas de almacenamiento de insumos de la construcción para las sustancias peligrosas y un área de acopio de materiales de construcción (pañol de herramientas y equipos).
g) Baños y Duchas Químicas: Se contempla la provisión e instalación de baños y duchas químicas móviles, de fácil traslado y en la cantidad suficiente con relación al número de usuarios de acuerdo a las normas técnicas, y distribuidos a no más 75 m de las áreas de trabajo. Se ubicarán próximos a las oficinas y a los frentes de trabajo, cumpliendo con los distanciamientos máximos que establece la normativa vigente. Para estos efectos, se contratará a una empresa que cuenta con autorización expresa para realizar estas tareas de mantención.
La instalación de faenas dará cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto Supremo N* 594/99 del Ministerio de Salud, que reglamenta las condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, en los artículos referidos a faenas temporales o de carácter transitorio.
3.8.2 Movimiento de Tierra y Materiales de Construcción.
Respecto de la habilitación del terreno, éste se encuentra despejado y nivelado previo a la construcción del Proyecto. Por lo anterior, la construcción considera excavaciones para llevar a cabo las fundaciones de las edificaciones, con sus respectivas cargas y descargas de material.
Es preciso diferenciar dos etapas en esta construcción. La primera de ellas es el área de tránsito vehicular y patio de maniobras, en la que se requieren material granular, material estructural (áridos), asfalto, soleras y cámaras de drenajes. En tanto para la construcción de los edificios, dada la tipología de diseño propuesta, se requerirán en un comienzo los materiales básicos, tales como áridos (arena, material chancado, etc.), cemento, enfierradura para obras civiles (fundaciones, vigas de fundaciones, radieres), y se incluirán las placas para los moldajes correspondientes.
En una segunda etapa, los trabajos en los edificios requerirán de grandes estructuras de perfiles metálicos, que se ejecutarán fuera del predio, las que considerarán las pinturas anticorrosivas y de seguridad correspondiente.
Cabe indicar que el hormigón requerido para la construcción de las obras civiles del Proyecto será suministrado en obra por terceros, mediante camiones betoneros (hormigón pre-mezclado). De esta forma, en la obra no se realizará la preparación de hormigón, prescindiéndose del manejo de áridos y cementos en faena, como también de equipos usados en este tipo de actividades. El asfalto y el material granular requerido por el Proyecto también serán suministrados en obra por terceros autorizados.
En la siguiente tabla se muestran los principales insumos y excedentes de la fase de construcción:
Tabla 3. Principales insumos y excedentes de construcción
Descripción Unidad Total Material de excavación m 3.480 Relleno mé 2.902 Excedentes de excavación a botadero m 578 Escombros a botadero m 250 Hormigón y Asfalto m 1.025
Descripción Unidad Total
Aridos m 110
Materiales misceláneos m 165
Fuente: Tabla 4 de la DIA. 3.8.3 Estructuras, obra gruesa y terminaciones.
En función de los requerimientos estructurales del Proyecto, se han especificado las siguientes modalidades constructivas:
a) Hormigón de Fundaciones y Obras Civiles: Considera el trazado, las excavaciones, las nivelaciones y la compactación que dará cabida a las estructuras de fundaciones y a su relleno con hormigón.
b) Estructuras metálicas: Este ítem se desarrollará fuera del predio del Proyecto, en una maestranza que cumple con los requerimientos para este tipo de estructuras; donde se limpiarán los perfiles, se cortarán y desbastarán los perfiles, se realizarán los empalmes, uniones y conectores, pudiendo ser soldados y/o apernados entre ellos. Conjuntamente se le aplicará el sellante anticorrosivo, pintura intumescente y pintura de terminación. Todo lo anterior será en base a los proyectos y cálculo estructural, emitido y visado por el profesional competente.
c) Ejecución de las obras civiles para los servicios de Agua Potable, Alcantarillado y Electricidad.
d) Montaje: Se entiende como el traslado y puesta en terreno de las estructuras ejecutadas en maestranza, sobre las obras civiles ejecutadas con su anclaje y unión correspondiente.
e) Revestimiento Exterior: Una vez ejecutado el punto anterior se comenzará a realizar el revestimiento exterior de los edificios. Paralelamente se dispondrán las redes eléctricas, de agua potable y alcantarillo, junto con la ejecución de losas, techumbres y pisos de los edificios.
f) Revestimiento Interior y Terminaciones: Una vez ejecutadas y verificadas las instalaciones de los servicios se dispondrán las aislaciones térmicas de cubierta, muros e instalaciones de ventanas del tipo termopanel. Posteriormente se comenzará con el revestimiento interior de muros y cielos, así como la instalación de puertas, cerraduras, luminarias, enchufes, interruptores, cerámicas, artefactos sanitarios, grifería, cornisas, guardapolvos, pinturas y terminaciones en general.
Una vez terminadas las obras de construcción se procederá a retirar las instalaciones de faena y realizar una limpieza total de la obra.
3.8.4 Maquinaria y Equipos. Respecto de las maquinarias que serán utilizadas durante la primera construcción (pavimento de patio de maniobras y estacionamientos), en la siguiente tabla se incluyen los principales equipos y
maquinarias:
Tabla 4. Maquinaria necesaria para el Proyecto.
Faena de movimiento de tierras Maquinaria Cantidad Excavaciones Retroexcavadora 1 Nivelación del terreno Rodillo Compactador 1 Carga/Descarga de material Cargador Frontal 1
Fuente: Tabla 5 de la DIA.
La maquinaria empleada en la obra estará con sus mantenciones al día y no se prevé desarrollar mantenciones en el sitio del Proyecto.
3.8.5 Flujos viales involucrados en la construcción.
La obra gruesa se llevará a cabo durante los tres primeros meses de la fase de construcción, por lo tanto el manejo del material excedente de excavaciones y escombros, hormigón, asfalto y áridos como insumo, se desglosa mensualmente como se observa en la siguiente tabla. Por otro lado, el
resto de los materiales serán necesarios cuando acabe la obra gruesa.
Tabla 5. Traslado de insumos y excedentes.
Especificación Unidades Mes1 | Mes2 | Mes3 | Total
Transporte Excedentes Excavación m”/mes 284 197 97 578
Especificación Unidades Mes1 | Mes2 | Mes3 | Total Transporte Escombros m”/mes 100 100 50 250 Transporte Hormigón y asfalto m'/mes 30 30 965 1.025 Transporte de Áridos m”/mes 30 30 50 110 Transporte Materiales Misceláneos m”/mes 45 60 60 165
Fuente: Tabla 6 de la DIA.
En cuanto al flujo de camiones derivados del transporte de insumos y excedentes de construcción, éste se determina según la cantidad de volumen a trasladar y la capacidad del camión utilizado para tales fines, dando como resultado lo presentado en la siguiente tabla:
Tabla 6. Flujo de camiones en fase de construcción
Transporte Origen Destino Camión Flujo de camiones | Total asociado (viajes/mes) (viajes/año) Mesl_| Mes2 | Mes3 Excedentes de | Proyecto | Sitio de | Tolva 15| 19 13 7 39 Excavaciones disposición m? autorizado Escombros Proyecto | Sitio de | Tolva 15|7 7 4 18 disposición mé autorizado Hormigón y | Proveedor | Proyecto Mixer8m” |4 4 121 129 asfalto Áridos Proveedor | Proyecto Tolva 15/|2 2 4 8 m Materiales Proveedor | Proyecto Tolva 15|3 4 4 11 Misceláneos mé
Fuente: Tabla 7 de la DIA.
Se retirarán todos los excedentes de tierra y escombros a botadero autorizado por la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana. Dada la ubicación del Proyecto, el sitio autorizado más cercano se encuentra en el sector de Fundo Los Pidenes, Camino a Rinconada, en la comuna de Maipú, distante aproximadamente a 21 Km de la obra. La procedencia de los hormigones premezclados y controlados será de plantas autorizadas.
En cuanto al origen de los áridos, los materiales a ocupar en la construcción de la obra referidos a los estabilizados y áridos serán de planta mecanizada de áridos Santa Laura, en camino Lonquén con Avenida Lo Espejo, a aproximadamente 20 km de la obra.
La estructura metálica principal, revestimientos, cerámicas, aislantes, pinturas, ventanales, perfiles de aluminio, tabiquería, artefactos sanitarios, griferías, cerraduras y otros en general serán provisionados por el contratista que se adjudique cada partida en forma independiente.
Los materiales misceláneos tales como perfiles menores, cementos, aditivos, maderas y placas para moldajes, serán de centros de abastecimiento especializados ubicados en la comuna de Maipú.
El origen de los insumos y los destinos de los excedentes se consideró sólo de manera referencial pues se deben realizar licitaciones para definir los proveedores definitivos del Proyecto. Las rutas referenciales a utilizar se pueden observar en el Anexo 4 de la DIA, de estimación de emisiones atmosféricas.
El tránsito de los camiones se ajustará a las restricciones horarias que exige la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, y en la medida de lo posible ocurrirá entre las horas fuera de punta de cualquier día de la semana. Además, se procederá acorde a lo indicado en el D.S. N” 18/2001 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que restringe la circulación de vehículos de carga por vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
3.8.6 Suministros y Servicios Básicos.
Durante la fase de construcción se proyecta la habilitación de los siguientes servicios y suministros. a) Electricidad.
El suministro eléctrico para las actividades de la construcción de todo el Proyecto será abastecido por un empalme trifásico proyectado de 80 Amperes, y una capacidad máxima de 8KVA, conectado a la red pública.
En el caso de no contar con la energía de la red pública se gestionará la instalación provisoria de un generador de energía eléctrica que satisfaga las necesidades de la obra.
b) Servicios Higiénicos (Agua y Alcantarillado).
La conexión de los servicios básicos se realizará a la red agua potable de la empresa sanitaria Aguas Andinas de acuerdo a las condiciones de factibilidad técnica establecidas por ésta.
c) Combustibles.
Para el movimiento de vehículos y equipos motorizados de construcción se requerirá de petróleo y gasolina. Su abastecimiento será a través de distribuidores autorizados quienes abastecerán las maquinarias en forma diaria. En caso de requerirse se instalará en forma provisoria un estanque al interior del Proyecto, cumpliendo con las disposiciones reglamentarias establecidas en el Decreto Supremo N* 160/2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que contiene el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos.
3.8.7 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de construcción son: a) Emisiones Atmosféricas
La fase de construcción comienza con el movimiento de tierras, el que contempla las actividades de excavación de fundaciones, carga y descarga del material excavado, generando principalmente levantamiento de polvo.
Posterior al movimiento de tierra, para efectos de este análisis, comienza la obra gruesa. Si bien la obra gruesa no produce emisiones en forma directa, genera emisiones por el transporte, principalmente de hormigón, áridos y otros materiales constructivos. Es importante señalar que únicamente parte del material extraído será utilizado en la obra, por lo que el restante deberá ser transportado hacia un sitio autorizado para su destino final.
A continuación se presenta el resumen de emisiones de gases y partículas generadas durante la fase de construcción, en base a todas las actividades consideradas.
Tabla 7. Emisiones fase de construcción.
Fuente de emisión Actividad Emisiones (t/año) MP_|CO HC NOx _ | NH; Movimiento de tierras Escarpe 0,35 | N/A N/A N/A N/A Excavación 0,04 | N/A N/A N/A N/A Carga y descarga 0,01 | N/A N/A N/A N/A Compactación 0,00 | N/A N/A N/A N/A Erosión pilas de acopio - 0,00 | N/A N/A N/A N/A Tránsito de vehículos Vías no pavimentadas 0,02 | NA N/A N/A N/A Vías pavimentadas 0,10 | N/A N/A N/A N/A Motores de combustión Maquinaria 0,03 | 0,09 0,04 0,27 N/A Camiones 0,00 | 0,02 0,00 0,07 0,00 TOTAL Fase de Construcción 0,55 | 0,10 0,04 0,34 0,00 Límite D.S. N* 66/2009 2,5 - - 8,5 - Cumple Normativa SI SI SI SI SI
Fuente: Tabla 8 de la Adenda 1.
Cabe destacar que durante el desarrollo de las obras, el transporte de excedentes, arena, ripio, tierra o cualquier material que pueda escurrirse y caer al suelo, se realizará en camiones que estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. Además, el transporte de materiales que produzcan polvo, se efectuará siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema, que impida su dispersión al aire, tal como lo establece el D.S. N? 75/1987 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
Además, el transporte de materiales y excedentes cumplirá con los pesos máximos indicados en el D.S. N* 158/1980 del Ministerio de Obras Públicas.
b) Residuos Sólidos
Respecto de residuos sólidos, se estima una producción menor asociada a restos de concreto de fundaciones, materiales de soldadura y de cañerías, todos los cuales no constituyen residuos peligrosos, de acuerdo al D.S. N*148/03 del Ministerio de Salud.
Los residuos sólidos industriales y misceláneos generados por el Proyecto en la fase de construcción corresponderán, principalmente, a escombros, despuntes, cajas de embalajes, maderas, restos de latas, fierro, etc. Los materiales de excavación serán almacenados temporalmente, previa clasificación, ya sea en comercializables, reutilizables o desechables. Estos residuos sólidos inertes serán acopiados en tambores debidamente rotulados en los casos de despuntes, para lo cual se contará con un área dentro de la faena destinada para ello. En el caso de restos de estructuras metálicas, se dispondrá de un área destinada para su acopio temporal la cual estará debidamente señalada. Los embalajes de madera serán tratados de acuerdo al Decreto Ley N*3.557/1981 del Ministerio de Agricultura, sobre Protección Agrícola.
Además una vez que se cuente con el contratista que realizará la construcción del Terminal, se le solicitará un layout de sus instalaciones en el cual se indicará los puntos de acopio de residuos. Este layout se enviará a la SEREMI de Medio Ambiente RM. En caso que no exista demanda por adquirir estos residuos durante la fase de construcción, estos deberán ser dispuestos en sitios debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria.
El retiro de los residuos sólidos asimilables a residuos domésticos será realizado por una empresa especializada la cual procederá a realizar el servicio a través de contenedores, donde los materiales orgánicos, papeles, cartones, plásticos, latas, etc., serán enviados a rellenos sanitarios autorizados por resolución de la Autoridad Sanitaria.
Los residuos industriales peligrosos que se generen, tales como envases de aceite y solventes, y elementos contaminados con dichos elementos, serán retirados y llevados a disposición final por medio de una empresa autorizada por la SEREMI de Salud.
Los residuos serán almacenados temporalmente antes de su disposición final. Los contenedores, incluyendo aquellos en los que se recepcionarán residuos domésticos siempre se encontrarán en óptimas condiciones. Esto se fiscalizará a través de inspecciones semanales, con el propósito de verificar la no-existencia de defectos estructurales. Todos los contenedores estarán debidamente rotulados en conformidad a lo señalado en la Norma Chilena NCh. 2.190 Of. 93.
En la siguiente tabla, se presenta la clasificación de los residuos de acuerdo a su fuente de generación, características, posibilidades de aprovechamiento, tipo de almacenamiento temporal y
sitio de disposición final.
Tabla 8. Clasificación de residuos sólidos, fase de construcción.
Tipo Cantidad | Característica | Posibilidad De Almacenamiento | Máxima Sitio De
Aprovechamiento | Temporal En Permanenci | Disposición Faena a Final
Trozos de 2m Orgánico Parte de los trozos | Contenedores de | 1 semana Reutilización
madera son posibles de trozos de madera. dentro de la emplear en otros faena. requerimientos de madera dentro de la misma faena.
Aserrín 1 m3 Orgánico Debido a la Bolsas plásticas 1 semana Serán mínima cantidad de 5 litros. dispuestos que se obtiene de como este residuo no se escombros considera en sitio aprovechable. autorizado
por SEREMI de Salud, como el Pozo Aeropuerto AMB.
Despuntes 150 kg Inerte (metal) | Este residuo puede | Contenedor de 1 mes Venta a
de fierro ser reutilizado en despuntes de labores labores externas fierro. externas.
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Tipo Cantidad | Característica | Posibilidad De Almacenamiento | Máxima Sitio De Aprovechamiento | Temporal En Permanenci | Disposición Faena a Final (ventas). Cartuchos 3 unidades | Peligroso Aunque se Contenedor de 1 semana Serán de tinta de considera un cartuchos para dispuestos impresoras residuo peligroso | tinta. en sitio y pueden ser autorizado fotocopiador reutilizados, si son por SEREMI a rellenados de Salud. previamente. Terreno lm Inerte Utilizado como Estos residuos 1 día Serán común material de relleno | serán dispuestos dispuestos en construcciones. | en forma en sitio temporal en un autorizado lugar definido, a por SEREMI la espera de ser de Salud. retirados durante el día por camiones con destino al sitio de disposición final. Escombros, |2m Inerte Las características | Estos residuos 1 día Serán Restos de de este residuo serán dispuestos dispuestos hormigón, impiden su en forma en sitio Restos de aprovechamiento | temporal en un autorizado Ladrillos en alguna de las lugar definido, a por SEREMI construcciones la espera de ser de Salud. retirados durante el día por camiones con destino al sitio de disposición final. Asimilables | 1,5m Inerte Sin posibilidades Contenedor 1 semana Sitio de a de plástico de basura disposición Domésticos aprovechamiento. del servicio recolector municipal.
Fuente: Tabla 10 de la DIA.
Durante la fase de construcción, el Titular mantendrá un registro en la obra que garantice que los residuos generados hayan sido correctamente enviados a destinatarios autorizados. Estos registros serán respaldados mediante facturas u otros documentos que emita el operador de dicha instalación.
Todas las mantenciones necesarias que se deban realizar a maquinarias o vehículos durante la fase de construcción, se llevarán a cabo fuera del sitio de emplazamiento del terminal y de las faenas constructivas. Por lo tanto, no se generarán residuos relacionados como tambores de aceites, grasas y lubricantes.
Otras consideraciones sobre la generación de residuos, su almacenamiento temporal y manejo se pueden observar en el Anexo 6 de la DIA, que contiene los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) contenido en el artículo 93 del D.S. N* 95/2002, correspondiente al permiso para el almacenamiento temporal de residuos.
Cabe destacar además, que el manejo y el almacenamiento temporal de los residuos sólidos de índole peligrosa se ajustarán a las disposiciones contenidas en el D.S. N*148/2003 del Ministerio de Salud.
c) Efluentes Líquidos
El Proyecto no contempla la generación de Residuos Industriales Líquidos (RIL) durante la construcción.
El Proyecto contará con conexión al sistema de agua potable y alcantarillado provisto por la empresa Aguas Andinas (Anexo 3 de la DIA), dando la posibilidad de utilizar las conexiones al alcantarillado público desde la fase de construcción del Proyecto para la evacuación de residuos líquidos de tipo domiciliario. Previo a la conexión al alcantarillado, el Proyecto estará dotado de baños químicos, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N” 594/99 del MINSAL. Este servicio será
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proporcionado por una empresa externa debidamente autorizada, quien se encargará de la disposición de los residuos en un lugar autorizado.
3.9 Fase de operación.
La existencia del terminal de buses tendrá asociada la generación de flujos de buses de transporte de pasajeros, además de las actividades necesarias para tener los vehículos en buen estado, tales como carga de combustible, lavado de carrocerías y mantenciones en taller mecánico.
A continuación se describen las diferentes actividades asociadas a la fase de operación del Terminal. 3.9.1 Operatividad del Terminal.
El Terminal operará con 240 taxibuses modelo LO 915 Mercedes Benz, de 8 metros de longitud, con 4,5 años de antigúedad y tecnología EURO III avanzada de motor de combustión. El flujo de buses será de 35 viajes/hora, considerando entradas y salidas del terminal.
El Proyecto albergará los servicios Troncal Peñaflor-Santiago y Peñaflor-Puente Alto y operará entre las 4:30 horas y las 24:00 horas, durante todos los días de la semana.
3.9.2 Lavado de Buses.
En una primera etapa, el lavado de los microbuses se realizará por medio de una hidrolavadora con empleados encargados de la limpieza tanto exterior como interior de los microbuses. Se contempla la habilitación de una zona de lavado pavimentada para realizar el lavado de la carrocería de los buses. Los residuos líquidos generados ingresarán a cámaras de decantación de 10 mÉ' aproximadamente, en donde el efluente tiene un tiempo de permanencia estático que permite la separación de fases.
El efluente, en base al flujo generado y sus características físico-químicas, pasará por tres etapas antes de realizar una evacuación de agua limpia al sistema de alcantarillado público, para cumplir con los parámetros establecidos en el D.S. N* 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas.
Los residuos sólidos (lodos) concentrados corresponderán principalmente a aceites, grasas y sedimentos, los que permanecerán en la cámara de decantación a la espera de ser retirados por camiones limpia fosas de empresas autorizadas y especialistas en dar un manejo adecuado de los lodos como residuo peligroso.
Para el corto plazo se contempla la incorporación de maquinaria de lavado de estructura fija de cuatro cepillos horizontales y uno vertical en la zona de lavado.
3.9.3 Taller Mecánico.
El Terminal contará con un taller mecánico, que funcionará acorde a la operación del terminal entre 6:00 y 24:00 horas. Las funciones del taller serán las siguientes: mantenciones, soldadura, cambios de aceite, filtros y baterías, lubricación, revisiones técnicas, electricidad, frenos, suspensión, reparación de letreros, carrocería, cambio de vidrios, reparación de fuelles, entre otros.
No se desarrollarán en el taller ni tampoco dentro del área de emplazamiento del Proyecto funciones como pintura, desabolladuría ni reparaciones que utilicen plástico reforzado con fibra de vidrio.
El área de taller mecánico, al igual que todas las instalaciones del Proyecto, estará pavimentada, por lo tanto contará con un recubrimiento que generará una capa de protección del suelo que ayudará a evitar la dispersión de sustancias peligrosas (hidrocarburos) que eventualmente pudieran infiltrar en los acuíferos. Además, se establece que se realizarán mantenciones constantes de los vehículos pertenecientes a la empresa, todo esto para evitar fugas que pudiesen precipitar sobre la carpeta o pavimento.
3.9.4 Proceso de cambio de aceite a los buses. Cuando se realice cambio de aceite, se extraerá éste del bus a través de una manguera conectada a
una cañería, con la ayuda de una bomba se llevará el aceite quemado y será depositado en forma automática en contenedores plásticos (VIM) que tienen una capacidad de 1.000 litros.
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Por otro lado, al incorporar aceite nuevo, se utilizará el mismo sistema por otro ducto desde los tambores de aceite en la bodega de almacenaje.
Todos los recipientes, tanto los que almacenen aceite nuevo como los ya utilizados se dispondrán en una bodega con rejas ventilada.
3.9.5 Surtidor de Petróleo.
El Terminal contará con una isla con dos surtidores de petróleo, con 1 estanque subterráneo de capacidad 50.000 litros. Se estima que diariamente llegará un camión de 15.000 litros para reponer el estanque. El horario de funcionamiento será de 08:00 a 23:30 horas.
a) Tipo de Construcción de estanques.
El estanque será de plancha de acero, espesor 6 mm y recubrimiento asfáltico, fabricados de acuerdo a la normativa nacional y certificados según normas vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Además serán provistos con contenedores de derrame, indicador de nivel, válvulas de prevención de sobrellenado y sistema de ventilación.
Antes de realizar su puesta en servicio, la instalación será inscrita en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles en cumplimiento del Decreto Supremo N160/2009 del Ministerio de Economía (Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de combustibles líquidos) y de la Resolución Exenta N1.120 de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (sobre certificación periódica de los estanques). El cumplimiento de estas normativas asegura que existirán las obras necesarias para evitar la contaminación de las aguas subterráneas así como la efectiva fiscalización por el organismo competente.
Se contempla un sistema de control periódico de la hermeticidad del estanque en concordancia a lo establecido en la legislación vigente.
b) Sistema de supervisión.
Se contempla un sistema de Control Centralizado, para el estanque y surtidores. El sistema está compuesto por un servidor sobre el cual se aloja el software de supervisión, el cual es el centro de todo el sistema, los estanques contarán con un sistema de monitoreo en línea, el cual tendrá supervisión en régimen continúo de 7 x 24 todo del año, el sistema abarca las siguientes supervisiones:
i. Nivel de estanques, mediante un sistema de telemedición que permite llevar un control exacto del contenido del estanque, permitiendo llevar un control del stock y de sus
fluctuaciones. ii. Sobrellenado. iii Detección de fugas, por medio de un sensor intersticial que se ubica en los estanques de
doble pared y emita una señal en caso de fuga. iv. Condiciones de presión o vacío dentro de estanques. v. Sistema de detección de incendio. vi. Sistema de extinción de incendio.
c) Sistema de control en caso de derrames
Durante la recepción del combustible por parte de la empresa proveedora o al suministrar combustible a los buses pueden ocurrir derrames, los que deberán ser evitados mediante la instauración de mantenciones preventivas y correctivas de las instalaciones y equipos de expendio de combustibles, de manera periódica.
Dentro de las medidas de prevención de derrames de combustible y riesgos asociados, es fundamental que cada empleado conozca cuáles son sus obligaciones, en particular lo siguiente:
i. Prohibición de fumar. ii. Apagar el motor de los vehículos y los celulares.
iii. Evitar las obstrucciones y/o derrames de combustible líquido en las vías de circulación de la zona del surtidor de petróleo. iv. Extremar la seguridad en las zonas peligrosas mediante barreras y/o señalizaciones de
peligro colocadas de manera visible.
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v. — Contar con un balde de arena o material absorbente sólido, mineral o sintético para el caso de derrames.
Se deberá contar con un sistema de recolección de derrames en el perímetro que ocupe la isla de surtidores y bocas de descarga de combustible, o con impermeabilización del recinto para contener el goteo en la base de los surtidores de manera de evitar que las pérdidas penetren el suelo bajo las islas.
En el caso de ocurrir derrame durante la recepción de combustible en camión cisterna y la descarga a los estanques del Terminal, se deberá actuar de la siguiente manera:
i. Suspender inmediatamente la operación. ii. El expendedor adoptará las medidas necesarias para impedir que el combustible derramado fluya a la calle o al sistema de alcantarillado,
iii. El expendedor desalojará la zona afectada evitando el funcionamiento de motores o toda fuente de ignición cercana. iv. El personal del terminal ayudará, en caso de ser necesario, al transportista a controlar la
causa de pérdida de combustible.
Cuando el derrame se produzca al momento de suministrar petróleo a los buses, estos deberán retirarse del sitio de carga donde ocurrió el derrame (con el motor apagado) y luego se procederá a absorber el producto con arena o tierra seca. La arena o tierra que haya sido utilizada deberán ser inmediatamente retiradas después de terminada la operación.
Todo el material que sea utilizado para eliminar el derrame de combustible deberá ser colocado en recipientes adecuados con tapa, los que deberán mantenerse alejados de toda fuente de ignición. Estos deben ser almacenados como residuos peligrosos y destinados a lugares autorizados por las autoridades competentes para su disposición final o tratamiento.
3.9.6 Principales insumos de proceso y fuente de abastecimiento.
El principal insumo de proceso será el combustible petróleo diésel que se utilizará para el funcionamiento de los buses de transporte público. El combustible lo proveerá por una empresa autorizada, que suministrará diariamente un camión aljibe de 15.000 litros para rellenar el estanque
existente en el Terminal. Otros insumos necesarios son los siguientes:
Tabla 9. Insumos necesarios para la operación del Proyecto.
Zona Insumo Cantidad mensual
Lavado de buses Agua para lavado 150.000 L Detergentes 100 L
Taller de mantención Aceite lubricante nuevo 1.000 L Neumáticos nuevos 100 unidades Filtros de aceite nuevo 150 unidades Baterías nuevas 10 unidades
Fuente: Tabla 11 de la DIA.
Respecto de la tabla anterior, los valores indicados son referenciales, pues no todos los socios de Cooperativa de Servicio de Transporte de Pasajeros Peñaflor — Santiago Limitada, realizarán sus mantenciones en los talleres ubicados al interior del Terminal de Buses No Urbanos. Cabe precisar que cerca del 60% de los socios opta por servicios de lavado y mantención externos, autorizados y emplazados fuera del Terminal.
3.9.7 Servicios básicos.
A continuación se describe cómo se realizará el suministro de servicios básicos durante la fase de operación del Proyecto.
3.9.7.1 Energía.
El suministro eléctrico se realizará por medio de un empalme trifásico proyectado de 80 Amperes, y una capacidad máxima de 8KVA, conectado a la red pública.
3.9.7.2 Servicios higiénicos (Agua y Alcantarillado).
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Durante la operación, el Proyecto se abastecerá de agua potable para consumo humano y agua para proceso (lavado de buses, cocina, baños, etc.) a través de la red de agua potable de Aguas Andinas. De manera similar, el Proyecto contará con conexión al alcantarillado de esta misma empresa.
3.9.8 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de operación son:
a) Emisiones Atmosféricas. Las emisiones atmosféricas generadas durante la fase de operación serán aquellas producidas por el flujo vehicular asociado al Proyecto, considerando el tránsito de buses dentro del terminal pavimentado, y la operación de los motores de los buses tanto en frío como en caliente, según se
observa en la siguiente tabla.
Tabla 10. Resumen de emisiones de la fase de operación del Proyecto.
Fuente de Emisión Actividad Emisiones (t/año)
MP (90) HC NOx | NH3 Operación de buses fuera | Tránsito por vías pavimentadas 1,72 | N/A N/A N/A_ | N/A del Terminal Motores de combustión 0,02 0,20 0,04 0,84 | 0,00 Operación de buses dentro | Tránsito por vías pavimentadas 0,17 | N/A N/A N/A_ | N/A del Terminal Motores de combustión 0,01 0,08 0,01 0,29 | 0,00 Operación grupos electrógenos de emergencia 0,00 | 0,01 N/A 0,04 | N/A Total fase de operación 1,91 0,29 0,05 1,17 | 0,00 Límite D.S. N* 66/2009 2,5 - - 8,0 - Cumplimiento SÍ Si SÍ S S
Fuente: Tabla 1 Adenda 3. b) Residuos sólidos.
Durante la etapa de operación se generarán residuos sólidos industriales, provenientes de las actividades que se realizan al interior del taller mecánico, y residuos domésticos propios del consumo personal que realizan los trabajadores al interior del terminal.
Los residuos principales que se generarán son neumáticos, aceites y filtros usados, los cuales serán acopiados en las instalaciones del taller para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada, con destino final empresas del ramo autorizadas por la SEREMI de Salud RM.
Todos los residuos industriales extraídos del taller, tales como contenedores con grasas, filtros, guaipes con grasa, gomas, etc. se clasifican y se almacenan en tambores debidamente rotulados, según tipo de residuo, en forma ordenada en un lugar alejado del taller, en espera de su posterior retiro por parte de una empresa autorizada. Tanto el retiro de los contenedores con aceite usado, como el retiro de los filtros usados se realizarán de manera quincenal.
Por otro lado, los desechos de neumáticos y baterías son acumulados en una bodega cuyas características constructivas cumplirán con la normativa vigente en materia de residuos, realizándose el retiro en forma mensual por empresas autorizadas.
El titular mantendrá un registro en la administración de la empresa según sea el caso, para que de esta forma se garantice que los residuos generados hayan sido correctamente enviados a destinatarios autorizados. Estos registros serán respaldados mediante facturas u otros documentos que emita el operador de dicha instalación. Se licitará el retiro de los residuos entre empresas que se encuentren en el listado de empresas autorizadas disponible en www.asrm.cl.
Además de los residuos de índole peligrosos, existen también residuos domésticos que provienen principalmente del consumo personal que realizan los trabajadores durante su permanencia en el terminal, y la limpieza de los lugares destinados al personal y el de los buses. Estos residuos corresponden a envoltorios de alimentos, papeles, plásticos, y residuos menores de tipo orgánico, metales y vidrios, los que se almacenarán dentro del terminal en tambores alejados del tránsito de las personas y serán retirados por el servicio recolector municipal de Peñaflor.
Las cantidades que se generarán y su forma de almacenamiento se pueden observar en la siguiente tabla.
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Tabla 11. Residuos sólidos de la fase de operación.
Residuo Cantidad | Característica | Almacenamiento | Máxima Sitio de disposición mensual temporal en | Permanencia | final Terminal
Asimilables a | 1,5m3 No peligroso Tambores de | | semana Servicio recolector
domiciliarios basura rotulados municipal.
Lodo de | 1.300 Kg | Peligroso Por el modelo de A cargo de empresas
sedimentación de cámara autorizadas por la
la decantación de decantadora, los SEREMI de Salud agua de lavado lodos se RM. mantienen en ésta hasta alcanzar un nivel de seguridad determinado. Baterías usadas 10 Peligroso Acopio temporal | 1 semana A cargo de empresas unidades en sitio definido autorizadas por la para tal fin, SEREMI de Salud dentro de RM. terminal.
Aceite usado 1.100 L Peligroso Bidones VIM | 1 semana A cargo de empresas 1.000 litros autorizadas por la plásticos. SEREMI de Salud
RM.
Filtros de aceite | 7 Peligroso Tambores 1 semana A cargo de empresas
usado unidades metálicos autorizadas por la rotulados. SEREMI de Salud
RM.
Neumáticos 70 Peligroso Acopio temporal | 1 mes A cargo de empresas
usados unidades en sitio definido autorizadas por la para tal fin, SEREMI de Salud dentro de RM. terminal.
Guaipes y paños | 20 Kg Peligroso Tambores l semana A cargo de empresas
contaminados metálicos autorizadas por la
con grasas y rotulados. SEREMI de Salud aceites RM.
Tubos 30 Peligroso Tambores l semana A cargo de empresas
fluorescentes unidades metálicos autorizadas por la rotulados. SEREMI de Salud
RM.
Envases de | 10 Peligroso Tambores 1 semana A cargo de empresas
aerosoles, unidades metálicos y autorizadas por la
solventes, restos plásticos, SEREMI de Salud de líquidos rotulados RM.
refrigerantes, etc.
Fuente: Tabla 14 de la DIA.
Tabla 12. Residuos almacenados en bodega de residuos peligrosos generales
Residuo Peligroso Código RP D.S. | Cantidad Forma de
N? 148/03 almacenada Almacenamiento
Filtros de aceite usado A3020 7 unidades/semana | Tambores metálicos
rotulados y tapados.
Guaipes y paños contaminados con A3020 10 Kg/semana Tambores metálicos
grasas y aceites rotulados y tapados.
Tubos fluorescentes A1030 5 unidades/semana | Tambores metálicos
rotulados y tapados.
Envases de aerosoles, solventes, restos A3140 10 unidades/semana | Tambores metálicos
de líquidos refrigerantes, etc.
rotulados y tapados.
Fuente: Tabla 1 de la Adenda 1.
c) Efluentes Líquidos.
Durante la operación del Proyecto, se prevé la generación de residuos líquidos de tipo domiciliario, proveniente de los baños y cocina, los cuales serán evacuados por el sistema de alcantarillado que será suministrado por la empresa Aguas Andinas.
Por otro lado, durante la operación del terminal se contempla la utilización de una Zona de Lavado de Buses, para el lavado exterior de buses. El suelo o piso del área de lavado, contará con un
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recubrimiento que permita proteger el pavimento de grasas, aceites y combustibles y evitar así infiltración. Se implementará un radier con pendiente hacia una canaleta central para captar las aguas residuales que se conducen a una cámara decantadora a través de una tubería subterránea, segregando las aguas residuales generadas por el lavado de los buses, de las aguas lluvias. El área de lavado contará con un sistema de manejo de agua lluvia que impida que éstas se mezclen con las aguas de lavado. Las aguas residuales generadas por el lavado de buses, se descargarán en una cámara interceptora de sólidos y grasas, las que periódicamente serán retiradas por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria para cumplir tales funciones, con destino final a empresas autorizadas para la disposición de este tipo de residuos.
Se estima una generación de residuos líquidos producto del lavado de buses de 43 m'/mes y 1,44 m”/día.
La disposición final de los RILes generados por el Proyecto será el alcantarillado (Anexo 2 de la Adenda 1). Como se indicó en la DIA, estos RILes cumplirán con los límites establecidos en el D.S. N* 609/1998 del Ministerio de Obras Públicas para descargas al alcantarillado.
3.10 Fase de abandono del proyecto. El proyecto no considera fase de abandono.
-
Que, sobre la base de lo señalado por el titular en la Declaración de Impacto Ambiental, en sus Adendas, en los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (Emisiones Atmosféricas y ruido), Suelo (Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos), Agua (Residuos líquidos), Vialidad Adyacente y Patrimonio Arqueológico.
-
Que, el titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas, las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
5.1 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas, el titular no requiere presentar un Plan de Compensación de Emisiones, según la estimación de emisiones presentada en la Declaración de Impacto Ambiental y corregida en las Adendas 1, 2 y 3.
El titular se obliga a lo siguiente en todas las fases del proyecto:
5.1.1 Dar cumplimiento a lo normado por el D.S. N* 66/2009, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que Reformula y Actualiza el Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), o aquel que lo reemplace.
5.1.2 Dar cumplimiento a lo señalado en el Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace, que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.
5.1.3 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que “Prohíbe la Circulación de Vehículos de Carga en Vías que Indica”.
5.1.4 Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N* 75/1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”, o aquel que lo reemplace, en lo referido a que los vehículos que transporten desperdicios, arenas, tierra, ripio u otros materiales, ya sean sólidos o líquidos, que puedan escurrirse o caerse al suelo, estarán construidos de forma que ello no ocurra por causa alguna. En zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc., deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas de plásticos de dimensiones adecuadas u otro sistema que impida su dispersión al aire.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:
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h)
Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, específicamente a lo indicado en el artículo 5.8.3 y 5.8.5 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material, en lo referente a las siguientes medidas, según corresponda:
Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables.
Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta.
Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
Evacuar, según corresponda, los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior. Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla.
5.2 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a Emisiones de ruido, el titular se obliga a lo siguiente:
5.2.1
5.2.2
5.2.3
5.2.4
5.2.5
5.2.6
5.2.7
Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido, de acuerdo a lo establecido en el D.S. N 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, “Establece Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto Supremo N146, de 1997, MINSEGPRES”, o aquel que lo reemplace; es decir, los medidos en el lugar donde se encuentra el receptor sensible del ruido (comunidad vecina).
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:
Las faenas de construcción deberán efectuarse exclusivamente durante el periodo diurno (07:00 — 21:00 hrs.).
Construir un cierre acústico en los deslindes norte y poniente del proyecto (tal como se indica en la figura 16 “Ubicación medidas etapa de Construcción” del Anexo 5 “Estudio de Impacto Acústico” de la DIA) con materiales cuya densidad superficial sea igual o superior 660 [kg/m']. El cierre deberá tener una altura mínima de 4 [m], y la materialidad con la que este se componga deberá cumplir con las exigencias establecidas en la norma ISO 9613-2 a fin de que se comporte como barrera acústica.
En el sector Nor-poniente, los portones de acceso deberán construirse con un material equivalente al mencionado anteriormente y mantenerlos cerrados mientras no sea requerida su apertura.
Destinar un sector exclusivo para la operación del camión mixer, especificamente en la esquina del sector sur-oriente del predio del proyecto (tal como se indica en la figura 16 “Ubicación medidas etapa de Construcción” del Anexo 5 “Estudio de Impacto Acústico” de la DIA), a fin de alejarlo de los receptores del sector norte.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de operación:
Construir un cierre en el deslinde norte del proyecto (tal como se indica en la figura 17 “Ubicación medidas etapa de Operación” del Anexo 5 “Estudio de Impacto Acústico” de la DIA), con material con una densidad superficial igual o superior a 660 [Kg/m!], el cual podrá estar conformado por hormigón de 25 [mm] de espesor u otro material similar procurando mantener el hermetismo en las uniones de sus placas. La altura de dicha barrera deberá ser de 4 [m] como mínimo.
La labores de lavado, además de la visita del camión aljibe (abastecimiento de combustible), deberán desarrollarse exclusivamente durante el horario diurno (07:00 a 21:00 hrs).
5.3 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Agua, por generación de Residuos líquidos y respecto del abastecimiento de Agua potable.
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5.3.1
5.3.2
5.3.3
b)
c)
d)
Dar cumplimiento, en todo momento, al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Dar cumplimiento, en todo momento, a lo establecido en Decreto Fuerza de Ley N*725/68, Código Sanitario, del Ministerio de Salud.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de construcción:
Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, o aquel que lo reemplace, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, en lo referido a la responsabilidad del titular respecto de la instalación, mantenimiento y limpieza de los servicios higiénicos provisorios (baños químicos) y abastecimiento de agua potable para la totalidad de los trabajadores durante la fase de construcción del proyecto. Lo anterior, principalmente relacionado a:
Que el número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del artículo 23 del citado D.S.
Que los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
Que el punto de la descarga de las aguas servidas debe ser acreditado, manteniendo en las obras copia de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del Titular del proyecto.
Que el Titular del proyecto debe cumplir con los artículos del Párrafo IV, “De los Servicios Higiénicos y Evacuación de Aguas Servidas”, contenidos en el D.S. N” 594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de trabajo”.
El titular se obliga a lo siguiente en la fase de operación:
Dar cumplimiento a lo indicado en la tabla 3 del D.S N*609/98 del MOP, que establece “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Industriales Líquidos a Sistemas de Alcantarillado”, en lo que respecta a los residuos líquidos generados en la zona de lavado de microbuses.
5.4 Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, por generación de Residuos Sólidos y Residuos Sólidos Peligrosos, el titular se obliga en todo momento a implementar las siguientes medidas:
5.4.1.
5.4.2.
5.4.3.
5.4.4.
5.4.5.
5.4.6.
Dar cumplimiento a lo establecido en Decreto Supremo N? 594 de 1999 del MINSAL, que aprueba Reglamento Sobre "Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de Trabajo", o el que lo reemplace.
Dar cumplimiento al Decreto con Fuerza de Ley N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.
Dar cumplimiento a la Resolución N*5.081/93 del MINSAL que establece el “Sistema de Declaración y Seguimiento de Desechos Sólidos Industriales”.
Dar cumplimiento al Decreto Supremo N? 148 del 2003 “Reglamento Sanitario para el Manejo de Residuos Peligrosos”, en lo relativo a su almacenamiento, transporte y su eliminación en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N? 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Mantener un registro en obra y en planta de la documentación (guías de despacho) que acredite que los residuos generados durante la fase de operación del proyecto sean dispuestos en destinatarios autorizados por el organismo competente y que estarán a disposición de la autoridad en caso de requerirlo.
19
5.4.7.
5.4.8.
5.4.9.
5.4,10.
5.4,11.
5.4.12.
5.4.13.
5.4.14.
5.4.15.
5.4.16.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Los escombros de la construcción serán destinados a sitios de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Los residuos sólidos asimilables a domiciliarios derivados de la construcción operación del proyecto, deberán ser dispuestos en rellenos sanitarios autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Mantener en los lugares de trabajo, buenas condiciones de orden y limpieza, disponiendo en puntos estratégicos recipientes para la disposición temporal de los residuos domiciliarios, adoptando las medidas más efectivas para evitar la entrada o para eliminar la presencia de vectores sanitarios.
Los residuos sólidos inertes generados por excavaciones, los de materiales empleados en la construcción (hormigón, enfierraduras, etc.), los excedentes de movimiento de tierra y los de materiales empleados en la construcción, deberán ser eliminados en lugares autorizados por la Secretaría Regional Ministerial de Salud del lugar de destino final. Un listado de los lugares autorizados aparecen en www.asrm.cl. En caso de optar por esta alternativa el titular informará, a través de un oficio dirigido a la Seremi de Salud, Región Metropolitana, previo al inicio de las faenas, específicamente del lugar seleccionado para la disposición de dichos residuos.
Considerar, que en su generalidad, el manejo de estos residuos es de exclusiva responsabilidad del generador de los mismos, debiendo éste implementar una gestión de sus residuos sobre la base de un manejo diferenciado entre los tipos de residuos generados, los que son peligrosos de los que no lo son, privilegiando las alternativas de prevención, reúso y reciclaje por sobre las alternativas de control como el tratamiento y/o la disposición final de los residuos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria Regional.
Instalación de contenedores con tapa hermética, distribuidos uniformemente en la planta, a fin de que los trabajadores dispongan los residuos domiciliarios en bolsas de basura herméticas. Estos residuos deben ser retirados por el servicio municipal de recolección. Si no está disponible en el sector, deberá contactar a la Municipalidad correspondiente o en su defecto a una empresa de residuos autorizada, con el propósito de que dichos residuos se retiren regularmente, evitando la generación de focos de insalubridad.
Para el caso de residuos industriales no peligrosos y asimilables a domiciliarios, solicitará la autorización sanitaria para disponer estos residuos en un sitio de disposición final, el cual debe estar debidamente autorizado por la Autoridad Sanitaria Regional. Lo anterior, de acuerdo a lo establecido en los artículos 18 y 19 del D.S. N 594/99 del Minsal, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”. Para el caso específico de la eliminación de los residuos peligrosos, el titular deberá dar cumplimiento a lo indicado en el D.S. N 148/03 del Minsal, que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, enviando cada uno de estos materiales a lugares autorizados.
Para el caso de las mantenciones de equipos y maquinaria a utilizar en la obra, éstas se realizarán con empresas externas, fuera del área del proyecto. Sin embargo se implementará un registro en obra de los talleres autorizados donde se realizarán las mantenciones de maquinarias utilizados por la constructora.
Se deberá contar con una empresa que tenga autorización sanitaria vigente emitida por la SEREMI de Salud, para el traslado y disposición final de residuos peligrosos.
5.5 Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el titular se obliga a implementar las siguientes medidas en todas las fases del proyecto:
5.5.1
En relación a las obras que se realicen en la vía pública, se debe considerar lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.
20
5.5.2
5.5.3
5.5.4
5.5.5
5.5.6
5.5.7
5.5.8
El titular deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
Cualquier iniciativa y/o acción que producto de este proyecto implique alguna intervención en y/o sobre la infraestructura vial de tuición MOP en el Área de Influencia Directa del mismo, tendrá que ser previamente revisada y aprobada por la Dirección Regional de Vialidad del MOP RMS (DFL MOP 850/97).
Dar cumplimiento a lo establecido en el D.S. N* 200/93 del Ministerio de Transportes Telecomunicaciones, el cual “Establece pesos máximos a los vehículos que circulan por vías urbanas del país”, o aquel que lo reemplace.
Dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
El Titular deberá ingresar a la Seremi de Transporte y Telecomunicaciones RM, un Análisis de Accesibilidad.
El Titular deberá hacer efectivas todas y cada una de las medidas que deriven de las conclusiones de dicho Análisis de Accesibilidad.
El Titular deberá mantener en el proyecto un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de dichos camiones, durante la fase de construcción.
5.6 Respecto del manejo de Sustancias Peligrosas, el titular se obliga a implementar lo siguiente:
5.6.1
5.6.2
Dar cumplimiento al Decreto Supremo N? 78 de 2009 del Ministerio de Salud, Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, que regula las condiciones básicas de seguridad que deben adoptarse para el almacenamiento de sustancias peligrosas, de manera de evitar el riesgo que ellas puedan generar a las personas, a las instalaciones de la empresa y la comunidad en general.
Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*298 de 1995, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, el cual regula los procedimientos para el transporte de cargas por calles y caminos, de sustancias que por sus características sean peligrosas o representen riesgos para la salud, la seguridad y el medio ambiente.
5.7 Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el titular se obliga a implementar lo siguiente:
57.1
Dar cumplimiento a la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales del Ministerio de Educación. En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
5.8 Respecto del manejo de Combustibles y Electricidad, el titular se obliga a implementar lo siguiente:
5.8.1
5.8.2
El abastecimiento de combustible (petróleo diésel) para el equipo electrógeno de emergencia, deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N* 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para las instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.
En el caso que el grupo electrógeno de emergencia tenga una potencia igual o inferior a 500 kW, deberá contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de
21
acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N* 298, de 2005, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.
5.8.3 Las instalaciones interiores de gas que se proyecten, deberán dar cumplimiento a los
requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N 66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”.
5.8.4 Las instalaciones de gas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en
servicio, deberán ser declaradas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), mediante instaladores de gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N* 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de la SEC”, y el Trámite de Combustibles TC6 “Declaración Instalaciones Interiores de Gas”.
5.8.5 Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su
5.9
5.9.
puesta en servicio, deberán ser declaradas ante la SEC, mediante instaladores eléctricos, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N* 1128, de 2006, citada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TEl “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
Respecto de Otras Consideraciones, el titular se obliga a lo siguiente:
1 El titular deberá incorporar un sistema de control de vectores (insectos, roedores y otras plagas de interés sanitario), a través de la implementación de un cordón sanitario tanto alrededor de la planta de Riles como en el Tranque de Acumulación, que incluya tanto la desratización, y desinsectación, estableciendo un plan periódico de trabajo (programa de control de vectores sanitarios) efectuado por una empresa debidamente autorizada por la autoridad sanitaria.
5.92 El titular deberá mantener un registro de las aplicaciones efectuadas para el control de
5.9
vectores sanitarios, incluyendo los sitios de aplicación, productos utilizados, dosis y fecha de aplicación. Dicho registro debe estar siempre disponible, en el lugar de las oficinas dentro de la Planta, para la fiscalización de los organismos competentes.
.3 El titular deberá mantener un registro de carácter permanente sobre los camiones que entran
y salen del proyecto, en el que se indique la actividad y las frecuencias de éstos.
5.9.4 Se deberá considerar las restricciones horarias que exige la correspondiente Municipalidad
6.1
por la circulación de los vehículos.
En relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del Decreto Supremo N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA” requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales (PAS) establecidos en dicho Reglamento:
Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que aplica a la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase o la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del DFL 725 de 1967, Código Sanitario, se informa lo siguiente:
22
6.1.
Il. Dado que durante la construcción y operación del proyecto se habilitarán sitios de almacenamiento transitorio de residuos peligrosos y no peligrosos, se pronuncia conforme con los antecedentes presentados la Seremi de Salud RM a través del Oficio N*4260 de fecha 08 de julio de 2014, condicionado a:
- Respecto a las características constructivas de la bodega de residuos peligrosos, se informa al titular que deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción de acuerdo a la carga de combustible almacenada al interior del recinto, por lo tanto la malla tipo acma propuesta para la puerta, solo podrá ser utilizada como una alternativa de ventilación, en la parte superior de la sala y no debe superar el 5% del muro, a modo de proteger los residuos de las condiciones climáticas y ambientales.
6.2 Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 94 del Reglamento del
Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que corresponde a la denominada calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. N*47/92, del MINVU. se informa lo siguiente:
6.2.1 El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y Adenda respectiva,
6.3
6.3.
10.
pronunciándose conforme la Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana, a través Oficio Ord. N* 4260 de fecha 08 de julio de 2014, calificando la actividad proyectada como INOFENSIVA, de acuerdo al flujo vehicular informado por el titular.
Respecto del Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 94 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que se refiere al permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3% y 4? del artículo 55 del D.F.L. N* 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, se informa lo siguiente:
1 El titular presentó los antecedentes técnicos y formales en la DIA y sus Adendas, pronunciándose conforme la Seremi de Agricultura RM, mediante Oficio ORD N512 de fecha 30 de junio de 2014, y el Servicio Agrícola y Ganadero RM, mediante Oficio ORD N1148 de fecha 30 de junio de 2014.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
Que, el titular del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”, deberá cumplir con lo establecido en el D.S. N” 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Que, el titular del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA” deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago,
23
13.
14.
15.
la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
. Que, el titular del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA” deberá comunicar
inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de titularidad, domicilio o del representante legal.
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental aplicable vigente, y a aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.
Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago,
RESUELVE:
L
4 £ Bros geda
Calificar ambientalmente favorable el proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”, cuyo titular es COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS PEÑAFLOR - SANTIAGO LIMITADA
Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las medidas, compromisos y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
Certificar que el proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA”, cumple con la normativa de carácter ambiental vigente; que requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales señalados en los artículo 93, 94 y 96 del Título VII del D.S. N? 95/2001, del MINSEGPRES, los que se otorgan, y que no genera ni presenta alguno de los efectos, características O circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.
Se hace presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio
yd he “Intendente Prestdente-Cómisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago
. Andre Directora Regional (PT) del Sefvicio de Evaluación Ambiental Secretaria Configión de Evaluación
A Región Metropólitana de Santiago
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Distribución:
Cc:
Intendencia de la Región Metropolitana.
Representante legal COOPERATIVA DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE
PASAJEROS PEÑAFLOR -— SANTIAGO LIMITADA Dirección Regional de Aguas, Región Metropolitana.
Dirección Regional de Obras Hidráulicas.
Gobierno Regional, Región Metropolitana.
Ilustre Municipalidad de Peñaflor.
Secretaría Regional Ministerial de Agricultura RM.
Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social RM. Secretaría Regional Ministerial de Minería RM.
Secretaría Regional Ministerial de Energía RM.
Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM. Secretaría Regional Ministerial de Salud, Región Metropolitana. Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM. Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM.
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente Región Metropolitana.
Secretaría Regional Ministerial de Economía, Fomento y Turismo RM. Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM.
Consejo de Monumentos Nacionales.
Superintendencia de Servicios Sanitarios.
Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente del proyecto “Terminal de Buses no Urbanos BUPESA” Archivo Servicio Evaluación Ambiental Región Metropolitana.
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