Evaluación SEA

"MANEJO DE LA MORTALIDAD MEDIANTE UN SISTEMA DE ENSILAJE EN CES CANAL WILLIAMS, CALETA LA LUZ, XI REGION"

Rol 2128712827
SEA · DIA · Aprobado · 2013-10-24 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · SALMONES MULTIEXPORT S.A.

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE AYSÉN

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable el proyecto "Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”.

Resolución Exenta N* O (09)

Coyhaique, 0 4 FEB, 201%

VISTOS:

1.- Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N” 20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2? del Decreto Supremo N” 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N? 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N? 19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; Resolución (Tr) N 98, de fecha 02 de Septiembre de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra como Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén a la Sra. Paula Muñoz Zeller, y Resolución Exenta N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

2.- La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y su Adenda del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”, presentada por el Sr. Francisco Lobos Fuentes, en representación de Salmones Multiexport S.A., con fecha 24 de octubre de 2013.

3.- Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1.- Pronunciamientos a la DIA: + Ord. N* 1416 sobre la DIA, por Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén, de fecha 05/11/2013. + Ord. N” 12600/509 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 08/11/2013.

  • Ord. N* 131-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, de fecha 12/11/2013.

  • Ord. N” 2669, del Gobierno Regional de Aysén, de fecha 13/11/2013.

  • Ord. N” 569, de la Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén, de fecha 18/11/2013.

  • Ord. N* 12600/518 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 19/11/2013.

  • Ord. N” 4617, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén, de fecha 19/11/2013.

  • Ord. N* 556 sobre la DIA, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, de fecha 19/11/2013.

  • Ord. N” 2625 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 20/11/2013.

3.2.- Pronunciamiento al Adenda N' 1 de la DIA: e Ord. N 147-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, de fecha 30/12/2013. + Ord. N 12600/558 sobre la Adenda 1, por Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 31/12/2013. + Ord. N* 11 sobre la Adenda 1, por SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, de fecha 14/01/2014.

  • Ord. N* 111 sobre la Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, de fecha 15/01/2014.

4.- El Acta N” 09/2014 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 23 de enero de 2013.

5.- El Informe Consolidado de la Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”, de fecha 27 de enero de 2014.

6.- El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N* 03-01/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén, de fecha 28 de enero de 2014.

7.- Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región".

CONSIDERANDO:

1.- Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

2.- Que, el derecho de Salmones Multiexport S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental.

3.- Que, según los antecedentes señalados en la DIA y sus Adendas, el proyecto corresponde a la instalación de un sistema de tratamiento de mortalidad mediante ensilaje.

3.1.- TIPOLOGÍA DE PROYECTO

En atención al artículo 3 del D.S. 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEIA:

e 0.8. Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el proyecto corresponde a un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

e p. Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la

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naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquier otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. En cuanto el proyecto se emplaza dentro de los límites de la reserva nacional las Guaitecas.

3.2.- MONTO DE INVERSIÓN

La inversión estimada para la ejecución del proyecto es de US$ 90.000.- (noventa mil dólares)

3.3.- VIDA ÚTIL

Se considera una vida útil indefinida. En el numeral 1.6 de la DIA se presenta el cronograma del proyecto.

3.4.- MANO DE OBRA

La mano de obra máxima requerida para la etapa de construcción del proyecto, se estima en 2 personas, para las actividades de operación del proyecto, se estima en 2 personas y para la etapa de abandono del proyecto, se estima en 2 personas.

Ver numeral 1.12 de la DIA. 3.5.- LOCALIZACIÓN

El sistema de ensilaje se emplazará en Canal Williams, Caleta La Luz, Comuna de Aysén, Provincia de Aisén, XI? Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo, en una zona preferencial para la extracción de recursos bentónicos según el D.S. N” 153/2004, Ministerio de Defensa Nacional, del 20/05/2004.

3.5.1.- JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN

El proyecto corresponde a la instalación de un sistema de tratamiento de mortalidad mediante ensilaje, el que se emplazará al interior de una concesión de acuicultura de porción de agua y fondo de mar que cuenta con Resolución de Marina N” 147 del 02 de enero de 2004, modificada por Resolución (FFAA) N* 5424 del 03 de agosto de 2011.

3.5.2.- COORDENADAS GEOGRÁFICAS

La ubicación en coordenadas geográficas del área del proyecto, corresponde a las siguientes: Vértice Latitud S Longitud W

45 39' 42.99” 74% 32' 45.61” 45 39' 42.95" 74% 32' 36.37" 45" 39 46.19” 74% 32' 36.34” 45" 39' 46.23" 74" 32' 45.58"

oo|m| >

3.5.3.- SUPERFICIE La superficie total de la concesión es de 2 ha.

3.5.4.- COMPATIBILIDAD TERRITORIAL DEL PROYECTO

El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. Para mayor detalle, ver numeral 7.1 y 7.2 de la DIA.

2N0

3.6.- DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO

3.6.1.- ETAPA DE CONSTRUCCIÓN

La construcción del sistema de ensilaje será llevada a cabo en tierra por parte de la empresa proveedora del equipo, dando cumplimiento a la normativa legal y bajo estrictas normas de seguridad y funcionalidad.

Las especificaciones técnicas del sistema de ensilaje, se presentan en el Anexo N' 3 de la DIA.

3.6.1.1.- Componentes del sistema de ensilaje

Los componentes del Sistema de Ensilaje se describen en la siguiente tabla:

Estanque Triturador Estructura de acero inoxidable, completamente hermético y cerrado con capacidad de 1,5 m3, con alta resistencia a bajos pH; actúa como triturador de la mortalidad.

Piping Para transferencia de carga desde estanque picador al estanque de acopio. Compuesto de HDPE 4”, que ofrece durabilidad especialmente ante la acción del bajo pH presente en los estanques. Uniones en electrofusión.

Dosificador de ácido | Bomba eléctrica Finish-Thompson, caudal: 15 l/min

electrónico

Estanque de acopio de la | Contenedor de 15 m3 compuesto de HDPE de alta densidad,

mortalidad ensilada atóxico y que resiste el almacenamiento de mortalidades a pH entre 3 y 4.

Pretil de contención Estructura de HDPE hermética, preparada para soportar el

estanque picador y contenedor de ácido fórmico. Impide escurrimientos de liquidos (ácidos y/o molienda de mortalidad), sin correr el riesgo de contaminar el ambiente circundante.

Fuente de energía Generador eléctrico de energla trifásica, capaz de alimentar el sistema de ensilaje. A base de petróleo (diesel) y que se encuentra en el Pontón de Alimentación del Centro de Cultivo.

Sistema Eléctrico Tablero de fuerza para bomba Flygt, y Tablero PLC para control automático de la adición de ácido.

Es importante considerar que el estanque triturador corresponderá a una estructura de acero inoxidable, completamente hermético y cerrado, lo cual impedirá cualquier tipo de derrames y/o filtraciones. Del mismo modo, la plataforma de ensilaje contará con una resistencia estructural y boyantes para soportar los esfuerzos a los que será sometida, producto de las condiciones oceanográficas existentes en el área de emplazamiento del proyecto.

3.6.1.2.- Plataforma de ensilaje

Se hará uso de una plataforma diseñada y construida por la empresa proveedora del servicio de ensilaje. De esta forma, el sistema de ensilaje se ubicará sobre la plataforma, la cual poseerá un área suficiente para la instalación de todos los componentes del sistema.

La estructura de la plataforma de ensilaje se detalla en la siguiente tabla:

Estructura de la Plataforma de ensilaje

Dimensiones 48 m” aproximadamente Capacidad de carga 20T Materiales de Elaboración Cubierta metálica + flotadores

pue

Sistema de Fondeo/amarre Por una cabecera: 1 muerto de 20 ton., unido con grillete, cadenas, cabos y boya de 2m',

Por otra cabecera: grilletes unidos a cadenas de pontón, mediante cabos”

Protección Cerco perimetral + barandas metálicas y pretil para asegurar estanque triturador e IBC de ácido fórmico. Elementos de seguridad Piso antideslizante, argollas salvavidas, balizas.

En general, la plataforma de ensilaje contará con las siguientes características:

  • Contará con resistencia estructural suficiente para soportar los esfuerzos a los que será sometido, entiéndase carga, condiciones de viento, mar, etc.

  • La cubierta mantendrá todos los elementos de protección y emergencia para la operación en la plataforma, (barandas, aro salvavidas, señales de fondeo, etc.).

  • Se dispondrá de un pretil de contención de HDPE para el adecuado mantenimiento del IBC de ácido fórmico.

  • Las instalaciones serán de estructura sólida, resistente a la acción del agua, incombustible.

  • La plataforma, tendrá la boyantes suficiente con un francobordo con carga y personal a bordo, que evite el embarque de agua en distintas condiciones de tiempo.

  • Las vías de ingreso, tránsito y evacuación estarán siempre despejadas, sin nada que las obstruya.

  • Los productos estarán segregados de acuerdo a sus compatibilidades.

  • Los equipos eléctricos, de iluminación y ventilación, que deba tener la instalación, serán resistentes a la corrosión.

  • Se contará con agentes de absorción y/o neutralización en lugares debidamente dispuestos y señalizados.

En la plataforma se instalará además, un pretil de contención anti derrames que contendrá el estanque triturador y contenedor de ácido fórmico, evitando de esta forma, posibles derrames. El pretil de HDPE será fijado a la plataforma.

Al respecto, el pretil de contención corresponderá a una estructura de HDPE hermética y que cumplirá con las condiciones de fabricación y seguridad necesarias para soportar el estanque triturador y el contenedor, así como para impedir escurrimientos de líquidos y producto derivado de la molienda de la mortalidad. A la vez, los contenedores tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán resistentes al producto almacenado y a prueba de filtraciones, serán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos producidos durante su manipulación, as! como durante la carga y descarga, además del traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados y que presentarán buenas condiciones, procediendo al reemplazo de aquel contenedor que muestre deterioro de su capacidad de contención.

Dadas las condiciones de manejo y las medidas de contención que se implementarán en el

proyecto, hacen muy poco probable que pudiera generarse fugas o derrame directo sobre el medio marino.

La cubierta principal de la plataforma podrá ser aligerada (con orificios), excepto en las zonas en que pueda caer “ácido fórmico” u otra sustancia nociva al agua, donde ésta debe ser corrida (continua) y no porosa, además de contar con un pretil de contención de un material resistente al ácido fórmico, con el objetivo de poder contener la totalidad del producto o sustancia derramada.

Por otra parte, es muy importante destacar que en la Plataforma de Ensilaje no habrá almacenamiento de ácido fórmico. De este modo, el abastecimiento de ácido fórmico, se hará en la medida que se requiera.

3.6,2.- ETAPA DE OPERACIÓN

El funcionamiento del equipo de ensilaje será de 12 horas en condiciones normales. Sin embargo, en aquellos casos en los cuales se produce un incremento de la mortalidad, la operación del equipo será de 24 horas, lo cual será cubierto por personal capacitado en su operación.

El manual de uso del sistema de ensilaje, se presentan en el Anexo N? 3 de la DIA. 3.6.2.1.- Traslado de la mortalidad hacia el sistema de ensilaje

El traslado de la mortalidad desde la jaula hasta el sistema de ensilaje se realizará en atención al siguiente procedimiento:

  • La mortalidad generada en las unidades de cultivo será extraida con una frecuencia diaria y en el caso que las condiciones climáticas no lo permitan, se realizará apenas se normalicen las funciones del centro.

  • La mortalidad se extraerá vía extractores automáticos o por medio de buceo, en tal caso, el buzo, luego cumplir con el protocolo de desinfección del centro, procederá a sumergirse en la unidad de cultivo, colectando la mortalidad del fondo, los peces orillados y revisará la malla pecera.

  • Posterior a ello la mortalidad en la superficie de la unidad de cultivo se dispondrá en contenedores de mortalidad sin vías de evacuación abiertas.

  • De esta forma, la mortalidad será transportada a la plataforma en la que se ubicará el sistema de ensilaje, al interior de contenedores

  • En lla plataforma, el sistema de ensilaje será cargado de acuerdo a su capacidad, hasta disponer toda la mortalidad extraída del día, desde las unidades de cultivo,

3.6.2.2.- Proceso de ensilaje de las mortalidades

El operador en forma previa y posterior al inicio del ensilaje, supervisará el ciclo del proceso y cautelará que ninguna persona sin la indumentaria de seguridad apropiada se acerque al equipo en funcionamiento.

Para más detalle, ver Anexo N” 4 de la DIA.

El traslado de la mortalidad hacia la plataforma de ensilaje se realizará usando contenedores herméticos con tapa. Los contenedores se usarán durante las faenas de buceo de retiro de mortalidad y luego serán trasladados hasta la plataforma de ensilaje.

Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se deben seguir los siguientes pasos:

+. Se cargará el estanque de triturador con peso conocido de pescado. Se debe impedir el ingreso de impurezas (piedras, cordeles, plásticos, etc.) y de caída de peces o fluidos fuera del estanque. Los desechos o impurezas serán desinfectados por aspersión y acopiados en otros contenedores herméticos, sin que se incorporen al sistema de ensilaje.

  • El ácido fórmico tamponado se utilizará de acuerdo a los kilos de mortalidad a ensilar según procedimiento a una concentración del 3% peso/volumen. La adición del ácido fórmico, se realiza en forma automática. De esta forma, el operador programa los litros a aplicar mediante bomba dosificadora según los kilos de mortalidad.

+» La medición del pH será realizada a través de papel pH o instrumento digital con una frecuencia diaria. Siempre se medirá el pH antes de trasvasijar al silo.

  • Luego de agregada la mortalidad y el ácido fórmico (u otro producto), se cierra la tapa y se inicia la molienda por un tiempo de 15 a 45 minutos. El tiempo de molienda varia en relación directa con el potencial del equipo y la consistencia de la materia prima (tamaño

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del pescado a procesar). Se continúa con la molienda hasta que toda la mortalidad es tratada.

  • El proceso termina, en el estanque de molienda, cuando se ha obtenido un producto de pH entre 3 y 3,8, de aspecto cremoso (color café rojizo) y en el que ya no se observan trozos de tamaño mayor a 1 cm. Este rango asegura que el ensilado quedó bien hecho y que, por lo tanto, eliminará todo tipo de patógenos (ISAv incluido) e impedirá también que haya procesos de descomposición posteriores.

  • Finalmente, mediante bombeo se evacua desde el triturador hasta un estanque o silo de acopio de mortalidad ensilada.

  • El abastecimiento de energía al sistema de ensilaje será mediante el generador de energía ubicado en el pontón del centro de cultivo.

  • Existirán Procedimientos de Operación del sistema de ensilaje, escrito y disponible para todo el personal. El personal que opera este sistema será debidamente capacitado.

En caso de ser superada la capacidad del silo, se procederá de acuerdo al Plan de Contingencia, ver Anexo N? 5 de la DIA.

3.6.2.3.- Traslado de la Mortalidad ensilada a Planta Reductora

Aun cuando el traslado del producto ensilado no forma parte de esta modificación, se deja expresa constancia que la empresa prestadora de este servicio deberá contar con las autorizaciones correspondientes.

La operación de retiro de producto desde el centro de cultivo, consistirá básicamente en coordinar el retiro del ensilado. El procedimiento implica trasladar el ensilado por medio de embarcaciones exclusivas de la empresa prestadora de servicios hasta la planta reductora para su disposición final.

La frecuencia de retiro estará relacionada exclusivamente a la generación de ensilado. En general, el producto ensilado será retirado por alguna de las empresas contratadas para este servicio, una vez que el silo del sistema de ensilaje alcance un volumen de un 75-80% de su capacidad.

Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.3 de la DIA.

3.6.2.4.- Manejo del ácido fórmico

En general, el Ácido Fórmico será mezclado en dosis específicas de acuerdo al peso de la mortalidad, por lo cual el equipo de ensilaje contará con un dosificador automático, el que adicionará el ácido fórmico, de acuerdo al volumen de mortalidad existente.

Cabe señalar que en el centro en el que se ubicará el proyecto de disposición de mortalidades no

existirá almacenamiento de ácido fórmico, ya que este insumo será abastecido en la medida que se requiera.

Mortalidad (kg) Acido (l) Mortalidad (kg) Acido (l) 10 0,3 190 5,7 20 0,6 200 6.0 30 0,9 210 6,3 40 1,2 220 6,6 50 15 230 6,9 60 1,8 240 7,2 70 21 250 7,5 80 214 260 7,8

90 2,7 270 8,1 100 3,0 280 8,4 110 3,3 290 8,7 120 3,6 300 9,0 130 3,9 310 9,3 140 4,2 320 9,6 150 45 330 9,9 160 4,8 340 10.2 170 51 350 10,5 180 5,4

Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.4 de la DIA. 3.6.2.5.- Procedimientos de lavado limpieza y desinfección del sistema de ensilaje

Esta actividad será desarrollada, con previa autorización, por una empresa externa de limpieza y desinfección que cumplirá con un riguroso procedimiento para el tratamiento y disposición final de los residuos líquidos provenientes de esta actividad, los que deberán ser dispuestos de acuerdo a la normativa ambiental vigente.

Para mayor detalle, ver numeral 2.4.2.5 de la DIA. 3.6.2.6.- Estimación de las mortalidades generadas en el centro de cultivo

La cantidad de mortalidad (kg.) que se generará en un ciclo productivo en el centro de cultivo será del orden del 10% de la producción máxima por ciclo. En este sentido, y considerando que en un ciclo productivo, la biomasa máxima autorizada para este centro es de 3.440 toneladas, la mortalidad total aproximada que será generada en un ciclo productivo bajo esta condición será de 344 toneladas. Cabe señalar que para este centro se considera un ciclo productivo de 18 meses, dentro de los cuales, el retiro de la pasta ensilada se coordinará cuando el estanque alcance entre un 75-80 % de su capacidad.

3.6.3.- MEDIDAS DE CONTINGENCIA:

El titular presenta los siguientes planes de contingencia, manuales y programas de manejo para su proyecto.

Plan Contingencias Asociadas al Sistema de Ensilaje de Mortalidad

Procedimiento de Contingencia ante Mortalidad Masiva

Instructivo Aplicación de Necropsias

Instructivo para Ensilaje de Mortalidad

Procedimiento de Manejo de Mortalidad

Manual de Buenas Prácticas Productivas

Procedimiento para Manejo, Transporte y Almacenamiento de Residuos Procedimiento para Manejo, Transporte y Almacenamiento de Sustancias Peligrosas Plan Contingencias Asociadas al Sistema de Ensilaje de Mortalidad

Para mayor detalle, ver Anexo N” 4 y 5 de la DIA y Anexo 1 de la Adenda N* 1

exe.

3.7.- ETAPA DE ABANDONO:

El proyecto tendrá una vida útil indefinida. Una vez concluida la vida útil del proyecto, o si bien se requiere reemplazar el sistema por otro que pudiera estar autorizado por la autoridad, se procederá a desmantelar las instalaciones que no presten utilidad. En este sentido, las estructuras desmanteladas serán preferentemente reutilizadas en otras instalaciones del titular. Aquellos materiales que no puedan ser reutilizados, serán dispuestos en algún sitio de disposición final autorizado, de lo cual se dará cuenta a la autoridad ambiental y sanitaria competente.

3.8.- EMISIONES, DESCARGAS, Y RESIDUOS DEL PROYECTO

3.8.1.- EMISIONES ATMOSFÉRICAS

Durante la etapa de construcción el proyecto no generará emisiones a la atmósfera. En tanto, durante la etapa de operación, las emisiones generadas estarán restringidas al empleo de un generador, que estará instalado en el pontón de alimentación del centro de cultivo, por lo que estas serán de baja escala y no significativas.

Emisiones de Ruido

Las emisiones de ruido provendrán fundamentalmente del generador con que contará el centro de cultivo y que no tendrán algún efecto dañino. Además, en ningún caso se exceden los valores permitidos de permanecía de exposición. Sin embargo, se dará pleno cumplimiento al D.S. N* 594/99, respecto de las emisiones de ruido y los trabajadores contarán con protecciones auditivas.

Emisiones de formas de energía

Por la naturaleza del Proyecto y las medidas que se tomarán para asegurar el tratamiento y manejo adecuado de sus residuos sólidos, no se prevé la generación de efectos adversos de esta naturaleza.

3.8.2.- RESIDUOS LÍQUIDOS

Etapa Tipo de residuo Lugar de descarga o | Manejo y disposición almacenamiento final Construcción Ninguno o EEE Operación Aguas residuales de pediluvios | Almacenamiento en | Retiro por empresa y procedimientos de LLD del | contenedores prestadora de servicios sistema de ensilaje herméticos hacia planta de tratamiento o lugar autorizado. Abandono Ninguno o nn Para mayor detalle, ver numeral 3.4 de la DIA. 3.8.3.- RESIDUOS SÓLIDOS Etapa Tipo de | Tipo de manejo Cantidad Disposición residuo generada Construcción | Ninguno | -—--—- e o Operación Mortalidad Almacenamiento 344 Ton/ciclo Retiro por empresa ensilada temporal en silo de contratista y acopio disposición en planta de reducción

qN

3.8.4.- Residuos Peligrosos

Residuo Cantidad Forma de manejo Disposición final generada

Material absorbente Variable Almacenamiento temporal, Empresa

producto de contingencias hasta retiro por empresa externa

LLD. encargada de LLD autorizada

Material absorbente Variable Almacenamiento temporal, Empresa

producto de contingencias al hasta retiro por empresa externa

proceso de ensilaje encargada de retiro de autorizada

material ensilado.

Para mayor detalle, ver numeral 3.5.1 de la DIA.

4.- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región" cumple con la normativa ambiental aplicable.

5.- Que, para el proyecto pueda ejecutarse necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

5.1.- Pesqueras y acuáticas

  • Ley N” 18.892. Ley General de Pesca y Acuicultura. Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción. Forma de cumplimiento: El Titular se compromete a mantener la limpieza y equilibrio ecológico de la zona concedida y en la que se emplazará el proyecto.

  • Ley N” 2.222/78. Ley de Navegación. Título IX D.S. N” 1/92 Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática Forma de cumplimiento: Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.

e D.S. N* 320/2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento Ambiental para la Acuicultura.

Forma de cumplimiento: El Titular se compromete a adoptar medidas para impedir el vertimiento de residuos y desechos sólidos y liquidos, además de cumplir con lo estipulado para el almacenamiento, transporte y disposición final de residuos. En el mismo sentido, se mantendrá la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste. De la misma forma, el centro de cultivo contará con manuales y procedimientos en caso de fallas en el sistema de ensilaje y eventos de mortalidades masivas. Finalmente, todas las contingencias serán informadas al Servicio y a la Autoridad Marltima dentro de un plazo de 24 horas desde detectado el hecho.

e DS. N* 1/1992 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática. Forma de cumplimiento: El Titular se compromete a NO arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos u otras aguas nocivas o peligrosas, de cualquier especie, que puedan ocasionar daños a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional sin tratamiento previo.

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5.2.- Emisiones y residuos

  • D.S. N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Forma de cumplimiento: Respecto de las emisiones de ruido, los trabajadores contarán con protecciones auditivas. Además en Anexo 4 de la DIA se presenta en detalle la descripción de los procedimientos asociados a la operación del Sistema de Ensilaje.

5.3.- Residuos y sustancias peligrosas

  • D.S.N” 148/2003 del Ministerio de Salud. Manejo y Disposición de Residuos Peligrosos. Forma de cumplimiento: Esta normativa está referida a los residuos peligrosos que serán generados en el proceso de ensilaje. Para ello se cumplirá con lo establecido en este decreto de acuerdo a la rotulación, almacenaje diferenciado en envases herméticos, manejo, acopio y retiro por empresa autorizada de este tipo de residuos.

6.- Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región", no requiere contar con Permiso Ambiental Sectorial de acuerdo a lo indicado en el Título VIl del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

7.- Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales "a”, “bp”, “e”, “q”, “e” y "f” del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

8.- Que, en el proceso de evaluación del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”, el titular no contempla compromiso ambiental voluntario.

9.- Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

10.- Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

11.- Que, para que el proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

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12.- Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

13.- Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

14.- Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por este directamente o, a través de un tercero.

15.- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región”.

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región" cumple con la normativa de carácter ambiental.

3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N* 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.

Notifíquese y Archívese.

Pe NEÓN eñdente (S) nfe;Comisión de Evaluación Ambiental de la Ñ 3 Región de Aysén

wr /

QU AMI 147.

Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Aysén

SST/sst Distribución:

e Salmones Multiexport S.A., e Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén.

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Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.

Gobernación Marltima de Aysén, Región de Aysén.

Gobierno Regional, Región de Aysén.

Ilustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén.

Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén,

Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén, Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén. Subsecretaría de Pesca y Acuicultura.

Clio: e Encargada Participación Ciudadana Superintendencia del Medio Ambiente

Expediente del Proyecto "Manejo de la Mortalidad Mediante un Sistema de Ensilaje en CES Canal Williams, Caleta La Luz, XI Región"

e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Aysén.

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