EDIFICIO INDEPENDENCIA PARK
REPÚBLICA DE CHILE
COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO
Califica Ambientalmente el proyecto “Edificio Indepedencia Park”
Resolución Exenta N*445/2014.
Santiago, 11 de agosto de 2014.
VISTOS:
1.
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, que crea el Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 26 de Enero de 2010 y en el D.S. N* 40/12, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 12 de Agosto de 2013; en la Resolución N” 1600/08 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón; en el Decreto Supremo N? 674, de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en la Resolución Afecta N? 69, de fecha 24 de Abril de 2014, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental y en las demás normas jurídicas que rigen la materia.
La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Edificio Indepedencia Park", presentada por el Señor Ariel Rappaport Leizerowicz, en representación de Inmobiliaria Ralei Independencia SpA, con fecha 18 de octubre de 2013.
Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Sobre la DIA
Oficio N*1594 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, de fecha 30 de octubre de 2013;
Oficio N*1614 de la Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM de fecha 11 de noviembre de 2013;
Oficio N1565 de la Dirección Regional de Aguas, RM de fecha 11 de noviembre de 2013; Oficio N'Ord SRM RMS 184/2013(sea-seia-dia) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas RM de fecha 11 de noviembre de 2013;
Oficio N860 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios de fecha 11 de noviembre de 2013; Oficio N785/ING.N*79/2013 de la Ilustre Municipalidad de Independencia de fecha 13 de noviembre de 2013; .
Oficio N*8436 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM de fecha 11 de noviembre de 2013;
Oficio N*5239 de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM de fecha 13 de noviembre de 2013;
e Oficio N*7976 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones RM de fecha 13 de noviembre de 2013; e Oficio N"4474 del Consejo de Monumentos Nacionales de fecha 25 de noviembre de 2013;
Respecto del Adenda N” 1
e Oficio N%306 de la Superintendencia de Servicios Sanitarios de fecha 25 de abril de 2014;
e Oficio N*545 de la Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM, con fecha 29 de abril de 2014;
e Oficio N%072/2014(sea-seia-adenda) de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM de fecha 06 de mayo de 2014;
e Oficio N*”3136 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM de fecha 07 de mayo 2014;
+. Oficio N"3196 de la Secretaría Regional Ministerial de Salud RM de fecha 06 de mayo de 2014; Oficio N1846 del Consejo de Monumentos Nacionales de fecha 08 de mayo de 2014; Oficio N327/INGn*79/2913 de la Ilustre Municipalidad de Independencia de fecha 14 de mayo de 2014;
Respecto del Adenda N” 2
e Oficio N“455 de la lustre Municipalidad de Independencia, con fecha 14 de julio de 2014; + Oficio N"2465 del Consejo de Monumentos Nacionales de fecha 15 de julio 2014;
-
Oficio N"4888 de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM de fecha 15 de julio de 2014.
-
El Acta de Comité Técnico de Evaluación, de fecha 22 de julio de 2014.
-
El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Indepedencia Park”.
-
Los demás antecedentes que constan en el expediente de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Edificio Indepedencia Park”.
-
El acuerdo de la sesión de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago, de fecha 29 de julio de 2014.
CONSIDERANDO:
-
Que, el Servicio de Evaluación Ambiental debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Edificio Indepedencia Park”, Titular Inmobiliaria Ralei Independencia SpA.
-
Que, el derecho de Inmobiliaria Ralei Independencia SpA a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
-
Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Edificio Indepedencia Park" consiste en:
3.1 Ubicación.
El proyecto “Edificio Independencia Park” en adelante “El Proyecto”, se ubicará en la calle Leonor Cepeda N* 952, comuna de Independencia, Región Metropolitana (RM). En el Anexo N93 de la DIA, se adjunta el plano georreferenciado de la ubicación del proyecto, junto a un archivo en formato digital KMZ.
Tabla N%1: Coordenadas geográficas área intervención del Proyecto. Coordenadas UTM Vértice WGS 84, Huso 198 Norte Este A 6300890 345725 B 6300872 345725 C 6300872 345728 D 6300864 345730 E 6300858 345701 F 6300844 345704 G 6300840 345684 H 6300853 345681 1 6300846 345653 J 6300872 345648 K 6300891 345647 L 6300892 345678 M 6300889 345678
Fuente: tabla 1 de la DIA.
De acuerdo al Certificado de Informaciones Previas N373 de fecha 10 de septiembre de 2007, el área donde estará emplazado el Proyecto, tiene permitido el uso Residencial. En el Anexo N1 de la DIA, se adjunta dicho Certificado.
El Proyecto cuenta con Permiso de Edificación vigente, entregado el 18 de enero de 2014 por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de Independencia, el cual se encuentra adjunto en el Anexo N*1 del Adenda N2. Y con un anteproyecto aprobado con fecha 02 de mayo de 2013, el cual se encuentra adjunto en el Anexo N?2 del Adenda N“2.
El Titulo de Dominio se encuentra en el Anexo N%3 del Adenda N2. Asimismo, el Titular señala en el Adenda N*2, que el Proyecto no cuenta con fusión de predios.
3.2 Justificación de la localización.
El proyecto se rige bajo los estándares establecidos por el PRMS de 1994, y por lo establecido por el PRC de Santiago de 1991 en particular por lo establecido en la Zona D, cuyos usos permitidos son “Vivienda, Equipamiento, Educación, Servicios Artesanales, Industria y Alimento Inofensivo, bombas de Bencina y Centros de Servicio Automotriz Vialidad y Transportes.
3.3 Superficie del proyecto.
El terreno donde se emplazará el proyecto, tiene una superficie total de 3.052,20 m?.
A continuación, se presenta una tabla con las superficies construidas para el sub-suelo y sobre el suelo.
Tabla N*2: Cuadro resumen de superficies.
Resumen de Superficies Sobre Suelo (m?) 20.368,66 Bajo Suelo (m?) 4.847,16 Total Construido 25.205,82
Fuente: tabla 8 de la DIA
3.4 Vida Útil y Cronograma. Se considera una vida útil indefinida.
La fase de construcción del Proyecto se desarrollará en forma consecutiva, teniendo una duración total de 19 meses, de acuerdo al siguiente cronograma:
Tabla N%3: Cronograma de la Fase de Construcción del Proyecto.
EDIFICIO INDEPENDENCIA PARK
Mes| Mes| Mes| Mes| Mes | Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes| Mes ACTIVIDAD 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10/11/12 (13/14 | 15 |16 17 | 18 | 19
Demolición
Inicio de
obras
Obras previas
Obra gruesa
Terminaciones subterráneo
Terminaciones gruesas deptos.
Terminaciones deptos.
Instalaciones
Término de
obra
Recepción
Fuente: tabla 2 de la DIA. 3.5 Mano de Obra. Durante la fase de construcción se utilizará como máximo 300 trabajadores. 3.6 Descripción de Proyecto. 3.6.1 Tipología de proyecto. El Artículo 10% Letra h) de la Ley N*19.300 señala que deberán someterse al SEIA los proyectos industriales o inmobiliarios que modifiquen los instrumentos de plan:ficación territorial o que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas. Así mismo el Artículo 3? letra h.1) del Reglamento del SEIA, señala que se entenderá por proyectos inmobiliarios aquellos conjuntos que contemplen obras de edificaciones y/o urbanización cuyo destino sea habitacional y/o de equipamiento, y que presenten alguna de las siguientes características: h.1.1) Que se emplacen en áreas urbanizables, de acuerdo al ixstrumento de planificación correspondiente, y requieran de sistemas propios de producción y distritución de agua potable y/o de
recolección, tratamiento y disposición de aguas servidas.
h.1.2) Que den lugar a la incorporación al dominio nacional de uso público de vías expresas, troncalzs, colectoras o de servicio.
h.1.3) Que se emplacen en una superficie igual o superior a 7 hectáreas o consulten la construcción de 300 o más viviendas.
h.1.4) Que consulten la construcción de edificios de uso público con una capacidad para cinco mil o más personas o con 1.000 o más estacionamientos.
El proyecto inmobiliario que ingresa al SEIA se localiza en la Región Metropolitana, la cual ha sido declarada zona latente para dióxido de nitrógeno (NO2) y saturada para partículas totales en suspensión (PTS), material particulado respirable (PM10), monóxido de carbono (CO) y ozono (03).
De acuerdo a lo anterior, el proyecto debe ingresar al SEIA, ya que contempla la construcción de 458 departamentos o viviendas en total.
3.6.2 Descripción General del proyecto.
El Proyecto consiste en la construcción de un edificio de 22 pisos, el cual integrará un total de 458 departamentos, 2 niveles de subterráneos y 214 estacionamientos.
El proyecto considera la implementación de equipamiento complementario como: salas multiuso, salas de estudio, enfermería, bodegas, estacionamientos para bicicletas, piscina, patios comunes y privados, dependencias para el personal, pista de trote, gimnasio y 7 quinchos ubicados en la planta 23 del Edificio. Además, se implementará un sitio de precarga de basura a nivel de calle. En los Planos Anexo N93 de la DIA, se presentan los diferentes equipamientos a construir.
3.6.3 Pisos y Departamentos.
En la siguiente tabla se describen las características y cantidad de departamentos que serán construidos por piso. Se considera la construcción de 5 tipos de departamentos.
Tabla N%4, Características de los departamentos y número de departamentos a construir por
piso. Tipo Rango de superficies por Piso 1] Pisos | Piso| Pisos | Pisos Piso 21 | Piso TOTAL departament] departamento (m?) 2al5 6 7al18 |19a120 22
Estudio 27,43 - 33,05 - 4 1 12 4 2 2 25 1D+1B 29,64 — 47,03 5 40 7 84 10 4 3 153 2D+1B 30,75 — 44,85 4 44 8 96 12 6 3 173 2D+2B 43,02 - 47,19 - 20 2 24 6 3 3 58 3D+1B 48,77 — 59,53 - 8 3 36 2 0 0 49 TOTAL 9 116 21 252] 34 15 11 458
D: Dormitorio; B: Baño Fuente: tabla N93 de la DIA 3.6.4 Accesos y Estacionamientos.
Del total de 214 estacionamientos, 4 corresponderán a estacionamientos para personas con movilidad reducida ubicados en el primer nivel. Los estacionamientos se distribuirán de la siguiente forma:
Tabla N*5: Distribución de estacionamientos por nivel.
Tipo Piso 1 Subterráneo 1 Subterráneo 2 Total Estacionamientos Simples 13 84 88 185 Estacionamientos Visitas 10 - - 10 Estacionamientos Vehículos Livia - 9 10 19
Total 23 93 98 214
Fuente: tabla N9S de la DIA.
El proyecto considera que el acceso vehicular (por el que ingresarán y saldrán los automóviles) durante la fase de construcción y operación, se realizará por la calle Leonor Cepeda. Para el caso de los accesos al Edificio como también el acceso a subterráneos, el Titular señala en el Adenda N*2 que dichas vías serán de 5,0 metros de ancho.
3.6.5 Fase de construcción.
El Titular señala en el Adenda N*2, que el hito que dará inicio a la fase de construcción corresponde a la instalación de faenas. Se dará aviso del inicio de la fase de construcción a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Ilustre Municipalidad de Independencia. Además, en dicho Adenda, el Titular entrega un registro fotográfico actual (junio, 2014).
El Titular mantendrá una pizarra informativa en el acceso al proyecto, donde se indicarán las fuentes emisoras, medidas de control, plazos de las obras y horarios de faenas ruidosas. Se establecerá también un encargado de recibir y buscar solución a posibles quejas de la comunidad disponiendo los medios de comunicación pertinentes para estos temas.
Durante la fase de construcción, se realizarán las siguientes actividades: 3.6.5.1Servicios de personal. a) Servicios higiénicos.
El proyecto contempla la utilización de baños químicos en la fase de construcción en la cantidad que corresponda según la normativa vigente D.S. 594/99 del Ministerio de Salud (MINSAL) para los trabajadores, los que serán retirados por una empresa autorizada exigiendo al Contratista la documentación que acredite que el vertido se efectuará en un lugar autorizado por la Autoridad Sanitari, manteniendo dichos registros en la obra.. Esta implementación dará cumplimiento con las disposiciones establecidas en los arts. 24, 25 y 26 del D.S. N 594 de 1999 modificado por D.S. N 201 de 2001 ambos del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, en relación a:
. El número mínimo de artefactos se calculará en base a la tabla del art. 23 del citado Decreto.
. Los baños químicos no podrán estar instalados a más de 75 m del área de trabajo.
. Para acreditar el punto de descarga de las aguas servidas, se mantendrá en la obra copia
de la factura u otro documento que acredite la disposición adecuada de los mismos y/o copia del Convenio del Uso de Colectores suscrito con la respectiva empresa sanitaria, que autoriza dicha descarga, estableciéndose que el transporte, habilitación y limpieza de los baños químicos será responsabilidad del empleador.
3.6.5.2 Vialidad y flujos.
En el Anexo N%4 de la DIA, se describen las rutas estimadas que tendrán los camiones durante el período de construcción.
Tabla N%6: Rutas estimadas para el transporte de materiales y residuos.
MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN (Homecenter constructor, Avenida Vicuña Mackenna 1700)
Tipo de ruta | Ruta
Principal Vicuña Mackenna — Bellavista — Independencia — Carrión — Leonor Cepeda.
Vicuña Mackenna — Manuel Antonio Matta — Autopista Central — Aníbal Pinto — Fermín Vivaceta —
Secundaria . Carrión — Leonor Cepeda.
HORMIGÓN (Hormigones Melón, La Divisa 0400)
Tipo de ruta | Ruta
Principal La Divisa — Lo Espejo — Autopista Central — Fermín Vivaceta — Carrión - Leonor Cepeda.
La Divisa — Lo Espejo — Autopista Central — Costanera Norte — La Paz — Artesanos — Independencia —
Secundaria 2 Carrión — Leonor Cepeda.
ÁRIDOS (Áridos Guerreo, Enrique Matte 2497)
Tipo de ruta | Ruta
Enrique Matte — Clotario Blest — Alcalde Carlos Valdovinos — Autopista Central — Fermín Vivaceta —
Principal Carrión — Leonor Cepeda.
Enrique Matte — Clotario Blest — Alcalde Carlos Valdovinos — Autopista Central — Costanera Norte — La
Secundaria : 0 Paz — Artesanos — Independencia — Carrión — Leonor Cepeda.
ESCOMBROS (Nexo Residuos Ltda., Camino Campo Alegre S/N, Lote 2 b, Hijuelas IV)
Tipo de ruta | Ruta
Leonor Cepeda — Carrión — Fermín Vivaceta — Av. Domingo Santa María — Senador Jaime Guzmán —
Principal : : mnepa Costanera Norte — Camino Lo Boza — Camino Renca Lampa — Campo Alegre.
Leonor Cepeda — Carrión - Gamero — Independencia — Vespucio Express — Camino Lo Boza — Camino
Secundaria Renca Lampa — Campo Alegre.
Fuente: tabla 1 del Adenda N%2,
Tabla N97: Estimación del flujo de camiones para la fase de Construcción y las rutas principales asociadas a cada actividad.
Número de : camiones Frecuencia Frecuencia semanal Actividad Tipo de camión diaria de ——— (parque Cami de Camiones : amiones vehicular) Transporte de material de 4 Batea de 20 m 19 91 excavación (mes 2 y 3). Transporte de áridos para relleno estructural (mes 3) 1 Batea de 20 m' 2 10 Transporte de hormigón 4 Mixer de 8 m? 8 16 (mes 3 al 10) Transporte de fierros (mes 1 Camión plano de 1 3 3 al 10) 20m? Camión Transporte de escombros 1 mediano de 12 1 3 (mes 1 y del 3 al 19) m Transporte tabiquería (mes 1 Camión plano de 5 5 al 12) 20m? Transporte terminaciones 2 Camión pequeño 4 (mes 16 al 19) de 8 m?
Fuente: tabla 11 de la DIA.
3.6.5.3 Equipos y maquinarias.
A continuación, se presentan la cantidad, características y la potencia de los equipos que se utilizarán durante la fase de construcción.
Tabla N%8: Cantidad y descripción de equipos fase de construcción.
Equipos Número Cargan Potencia FEMP funcionamiento (o) (Kw) (g/KWh) total Retroexcavadora 1 1 170 1, 483,7 Cargador frontal 1 1 140 1, 483,7 Compactador 1 1 110 1,2 37,5 Grúa 1 1 19 2,2 892,4 Vibrador 3 1 47 1,5 365,0
Fuente: Página 2 del Adenda N%2,
Tabla N%9: camiones a utilizar fase de construcción.
Camión Tipo Número | Combustible Camiones pesados Camión mixer diésel tipo 3 4| Diesel (EURO III) Camiones pesados Camión batea diésel tipo 3 S| Diesel (EURO Camiones Camión Mediano | medianos 1 Diesel diésel tipo 3 (EURQ Camiones Camión plano medianos 2 Diesel diésel tipo 3 Camiones livianos Camión pequeño | diésel tipo 3 2| Diesel (EURO II) Fuente: Página 2 del Adenda N%2 del Proyecto.
3.6.5.4 Control de vectores.
Producto que durante la fase de construcción se contemplan movimientos de tierras y demolición de construcciones existentes en el terreno, donde se levantará el proyecto, el Titular implementará un Plan de Manejo de Vectores Sanitarios. Dicho Plan se llevará a cabo previo a la demolición de la propiedad, donde se efectuará la desratización del inmueble realizada por una empresa autorizada por la Autoridad Sanitaria.
3.6.5.5 Patrimonio Arqueológico.
En el Anexo N%4 del Adenda N?1, el Titular adjunta una inspección arqueológica del sector, donde se realizaron 8 pozos de sondeo con el propósito de caracterizar subsuperficialmente el área comprendida en el “Eje Independencia” de gran connotación histórica para la ciudad de Santiago. Se detectaron hallazgos, por lo que, el Titular continuará el estudio y análisis de los hallazgos culturales registrados en los pozos 2, 3, 4C, 7 y 8 en el marco de una etapa de “Rescate Arqueológico” durante la fase de construcción.
3.6.6 Fase de operación del proyecto. La fase de operación del proyecto corresponde al uso de las viviendas por sus nuevos propietarios. 3.6.6.1 Grupos electrógenos.
El proyecto considera como sistema de climatización la utilización de calefactores eléctricos, en cuanto a las fuentes de energía para la fase de operación, este estará conectado a la red local de suministro
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eléctrico, además el edificio contará con una fuente de energía STANDBY (grupo electrógeno) para los eventuales cortes de energía eléctrica, cuya capacidad será de 110 KVA.
Tabla N%10: características del grupo electrógeno de emergencia.
Grupo Electrógeno Capacidad 110 KVA ó 88 kw N? equipos 2 Funcionamiento (h/año) 24 c/u
Fuente: Adenda N9l.
Se ha considerado que estos generadores de emergencia funcionarán de forma máxima 24 horas al año y con combustible diésel (hasta 600 hp).
3.6.6.2 Agua Potable y Aguas lluvias.
En el Anexo N1 del Adenda N1, el Titular presenta un certificado de factibilidad, emitido por la empresa sanitaria.
Las aguas lluvias de las techumbres del edificio y de las instalaciones proyectadas en el primer piso, serán conducidas a través de tomas de agua y tuberías hacia el subterráneo, para ser incorporadas al terreno natural a través drenes. En el Anexo N2 del Adenda N1, se presenta el proyecto de aguas lluvias.
Una vez construido el edificio, la mantención del sistema de infiltración, se realizará de la siguiente forma:
» La limpieza de techos, canaletas y cubetas, se realizarán una vez terminado el otoño y una vez finalizado el invierno.
- Las Cámaras sifones de Aguas Lluvias, serán limpiadas por lo menos una vez cada tres meses. 3.6.7 Fase de abandono del proyecto.
Se considera una vida útil de indefinida, por lo que no se contempla fase de abandono del proyecto. 3.6.8 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de construcción son:
3.6.8.1 Emisiones Atmosféricas.
En el Anexo N%6 de la DIA, se presentan los cálculos de las emisiones atmosféricas que se producirán durante la fase de construcción.
Las emisiones atmosféricas de fase de construcción se generarán producto de las siguientes actividades: demolición; construcción de pilas; escarpe; excavaciones; carguío y volteo de material (transferencia discreta); tránsito de camiones por vías no pavimentadas; tránsito de camicnes por vías pavimentadas; tránsito de vehículos livianos durante la fase de construcción; acopios de materiales; emisiones de los motores de los camiones y emisiones de los motores de maquinarias.
Tabla N*11. Emisiones fase de construcción.
Emisiones Año 1 Año 2 (Ton/Año) MP10 0,8863 0,051 co 0,729 0,0811 HC 0,3058 0,0339 NOx 2,849 0,3158 SOx 0,0091 0,001
Fuente: tabla 29 del Anexo 6 de la DIA.
3.6.8.2 Ruido.
En el Anexo N*5 de la DIA, se presentan los cálculos de las emisiones sonoras que se producirán durante la fase de construcción. Debido a que la construcción del Proyecto, implica diversas actividades y por ende la utilización de
diferentes maquinarias y equipos, las fuentes de ruido que tendrá el Proyecto en dicha fase, corresponderán a las actividades de: demolición, excavación y preparación de terreno, hormigonado (construcción obra gruesa en altura) y terminaciones.
Tabla N*12: Distancias por actividad a puntos receptores.
Receptor Distancia suelo (m) Altura (m) | Uso efectivo | Zona según Demolición | Excavación | Obra Obra D.S.38/11 Gruesa Gruesa suelo Altura RI 4 4 4 4 1.5-4.5 Residencial | III R2 4 4 4 4 1.5-4.5 Residencial | HI R3 23 4 4 11 1.5 Residencial | HI Rá4 33 4 4 11 1.5 Residencial | II R5 31 6 6 8 1,5 Residencial | HI R6 4 4 4 4 1.5 Residencial | II R7 deslinde 4 4 4 4 1.5 Residencial | HI R7 altura | 16 13 13 14 50 Residencial | HI R3 4 4 4 9 1.5 Escuela HI
Fuente: tabla 2 del Anexo 5 de la DIA.
En la tabla 12 del Anexo N95 de la DIA, se presenta un resumen de los niveles de ruido proyectados en las diversas actividades de la fase de construcción del Proyecto, y el exceso de nivel respecto al límite normativo. Por lo cual, el Titular realiza un nuevo cálculo con las medidas de control que utilizará durante la fase de construcción, dando cumplimiento al D.S 38/2011. En el Anexo complementario al Anexo N'6 de la DIA, se presentan las Memorias de Calculo Minerva 5.2
Tabla N*%13: Evaluación normativa fase de construcción, con medidas de control.
Límite Nivel de ruido estimado por el proyecto (dBA) Evaluación Normativa según D.S.38/11
Receptor DI Obra Obra Obra Obra
Demolición | Excavacion | gruesa gruesa Demolición| Excavación| gruesa gruesa
suelo altura suelo altura
RI 65 63 62 61 62 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R2 65 63 62 61 62 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R3 65 48 61 60 38 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R4 65 45 60 60 39 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
RS 65 45 57 57 47 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R6 65 63 60 59 s0 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R7 65 63 60 59 53 Cumple Cumple | Cumple | Cumple deslinde
R7 altura 65 54 53 59 52 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
R38 65 63 61 60 41 Cumple Cumple | Cumple | Cumple
Fuente: tabla 13 del Anexo 5 de la DIA.
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3.6.8.3 Residuos Líquidos.
Durante la fase de construcción sólo se generarán residuos líquidos de tipo domiciliario. No se realizarán en la obra, actividades de lavado de maquinarias, trasvasije de combustibles, aceites u otros, ni preparación de hormigón In Situ. Todas estas actividades serán realizadas por las empresas responsables de las maquinarias en lugares habilitados (externos al sitio de faena) para esta función, o serán adquiridas, en el caso del hormigón, a modo que el material sea fabricado por el proveedor y trasladado al lugar de faena.
No se realizará almacenamiento de combustibles. Sin embargo, en el caso de derrames accidentales que pudieran generarse producto de la falla de algún equipo u otra fuente, el Titular tendrá en consideración el procedimiento indicado a continuación:
Procedimiento a seguir en caso de derrames accidentales de combustibles y/o aceites
e El personal que detecte el derrame dará aviso al Responsable en Obra (Jefe de Obra o Prevencionista de Riesgo) Seguidamente el encargado dispondrá: detener (cuando corresponda), contener, recuperar el material del derrame y almacenar en un contenedor para disponerlo en algún lugar habilitado.
- El Responsable en Obra, hará una evaluación de sus causas y dispondrá con el operario encargado las acciones para recuperar el líquido derramado y el material contaminado, abarcando toda el área afectada.
e Se delimitará el área afectada. + Se utilizan implementos de absorción (arena) en caso de derrames.
- Cuando el derrame se produzca en algún suelo con riesgo de infiltración del combustible, se retirará el material del suelo, hasta una profundidad de 10 cm por debajo del nivel afectado por la contaminación.
e En los lugares donde el derrame se encuentre disperso en el terreno, el material absorbente se podrá esparcir, mezclar con el suelo y amontonar libremente para luego ser enviado a un lugar autorizado para su recepción final.
e El material recogido de un derrame será dispuesto adecuadamente en recipientes para su posterior traslado y disposición final a un lugar autorizado para su recepción final.
3.6.8.4 Residuos Sólidos.
Durante la fase de construcción, el proyecto generará residuos provenientes de los escombros y por las excavaciones. Estos residuos serán depositados en lugares de disposición final autorizados por la Autoridad Sanitaria. El Titular no considera habilitar un sector de acopio o patio de rescate de la fracción valorizable de los residuos.
A continuación, en la siguiente tabla se presentan los diferentes tipos de residuos sólidos que se generaran durante la fase de construcción, indicando cantidad, frecuencia de retiro, almacenamiento y forma de disposición.
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Tabla N*14: Caracterización cuantitativa y cualitativa de los residuos generados en la etapa de construcción y formas de disposición.
Cantidad en
Cantidad en peso y/o Cantidad en peso y/o volumen e peso y/o volumen e identificación volumen e identificación de las identificación de | de las características Tipo de residuo las características de Almacenamiento Forma de Pp características |de peligrosidad | peligrosidad disposición de peligrosidad | de los residuos de los de los residuos | que ingresen o residuos generados egresen del sitio | enviados a diariamente de terceros para almacenamiento |su eliminación. INERTES: Restos de: hormigón, Almacenamiento Traslado a sitios ladrillos, planchas de 78 ton/semana 78 ton/semana temporal en autorizados por fibra de cemento, . Residuo No Residuo No P la SEREMI de he 15,6 ton/día : , Ñ contenedores en cerámica, pastelones, : peligroso (Serán | peligroso Ñ Salud, por Residuo No Ñ A Ñ obra. Serán y madera, fierros, Ñ retirados con (serán retirados Ñ medio de a peligroso : Ñ retirados con una : metales, vidrios, frecuencia con frecuencia . camiones . frecuencia a cartón, papel. (se semanal) semanal). habilitados para semanal producen desde el estos fines. mes 1 al mes 19) DOMICILIARIOS: Guantes, despuntes Almacenamiento | Traslado a sitios de tela, restos de 3 m'/semana temporal en autorizados por papel, servilletas, . Residuo No 3 contenedores en | la SEREMI de . 0,6 m/día - A 3 m'/semana AN restos de comida, Ñ peligrosos (serán Ñ obra herméticos, | Salud, por Residuo No : Residuo No » - envases de elier retirados con Peligroso los que serán medio de comida/bebidas. peligroso frecuencia $ retirados con una | camiones (Máximo de semanal) frecuencia habilitados para trabajadores 19 semanal estos fines. meses). No se realiza almacenamiento | Traslado a sitios 3/dí: “0 177 725 m/día 723 m /día en obra, el autorizados por o . 3/04 : Residuo No material es la SEREMI de Excavacion: Material | 145 m/día Residuo No y . : : ¿n | Peligroso directamente Salud, por descartado del Residuo No Peligroso (Serán A - : : (Serán cargado sobre medio de terreno (mes 2 y 3) | peligrosos retirados . . - diariamente) retirados camiones y camiones diariamente) transportado a habilitados para sitio de estos fines. disposición final. Disposición en Almacenamiento algún lugar or la PELIGROSOS: de acuerdo a lo P Envases vacíos de - ” ke/ señalado por el a de diluyente, aceites, 5 Kg/día 100 kg/mes 100 kg/mes Art. 33 del D.S. alud RM de Ñ acuerdo a lo pinturas 148/2003 del señalado en la MINSAL.
página web www.asrm.cl
Fuente: tabla 13 de la DIA.
En el Anexo N93 del Adenda N?1, se adjuntan las hojas de seguridad de los productos peligrosos que se
utilizarán.
12
Para el manejo y gestión de residuos sólidos generados durante la fase de construcción, se tendrá en consideración el “Guía de Buenas Prácticas Ambientales para la construcción”. (Cámara Chilena de la Construcción. Comisión de Protección del Medio Ambiente, 2010).
3.6.9 Las principales descargas, emisiones y residuos de la fase de operación son:
3.6.9.1 Emisiones atmosféricas.
En el Anexo N%6 de la DIA, se presentan los cálculos de las emisiones atmosféricas que se producirán durante la fase de operación, producto del uso del grupo electrógeno de emergencia. El Titular señala en
el Adenda N*1 que no considera el uso de calderas.
Tabla N%15: emisiones grupo electrógeno durante la fase de operación.
FeCO| FeNOx | FeMP10| FeSOx | Emisión CO| Emisión NOx| Emisión Emisión SOx (kg/kKW-h) | (kg/kW-h) (kg/kW-h)] (kg/kW-h) (ton/año) (ton/año) MP10 (ton/año) (ton/año) 4,06x10-3| 0,0188 | 134x10-3| 1,25x10-3 0,0171 0,0794 0,0057 0,0053
Fuente: página 3 del Adenda N%l.
3.6.9.2 Ruido
En el Anexo N9S de la DIA, se presentan los cálculos de las emisiones sonoras que se producirán durante la fase de operación. Las fuentes de ruido corresponderán a la sala eléctrica, ubicada en la planta subterráneo del edificio y la sala multiuso, ubicada en el primer piso del edificio.
Del cálculo de las emisiones, se indica que para el caso de los equipos ubicados en el subterráneo, las emisiones de ruido se verán atenuadas por la propia obra gruesa del recinto. Considerando un nivel de ruido máximo de 77 dB(A) al interior de las salas, y que los muros serán de material sólido con una densidad superficial superior a 40 Kg/m?, la pérdida por transmisión sonora será superior a 45 dB(A), con lo cual el nivel exterior no superará 32 dB (A).
3.6.7.3 Residuos Líquidos.
Durante la operación del proyecto sólo se prevé la emisión de residuos líquidos de tipo domiciliario, los cuales serán evacuados por el sistema de alcantarillado. Al respecto, el proyecto cuenta con factibilidad de Aguas Andinas, para disponer las aguas servidas al alcantarillado, de acuerdo al certificado de factibilidad emitido por la empresa sanitaria respectiva, disponible en el Anexo 1 del Adenda N“1.
3.6.7.4 Residuos Sólidos. Considerando que el proyecto contempla la construcción de 458 departamentos, para un total aproximado de 1.832 habitantes, en la siguiente tabla, se presenta el cálculo de los residuos totales
producidos en el nuevo conjunto inmobiliario, teniendo en cuenta una generación de 4 L/hab/día.
Tabla 16: Generación total diaria de Residuos domiciliarios, (L/día).
Total de viviendas Población | Residuos domiciliarios
(habitantes) (L/día)
458 1.832 7.328 Fuente: tabla 14 de la DIA.
- Que, sobre la base de lo señalado por el Titular en la Declaración de Impacto Ambiental, Adenda N*1, Adenda N2, los informes emitidos por los servicios que participaron en el proceso de evaluación, y en el Informe Consolidado de Evaluación, se concluye que el proyecto genera impactos en los siguientes componentes ambientales: Aire (emisiones atmosféricas y ruido), Suelo (residuos sólidos, residuos peligrosos), Agua (efluentes líquidos, aguas lluvias), Patrimonio Arqueológico y Vialidad Adyacente.
13
5.
5.1.
5.1.1
5.1.2
5.1.3
5.1.4
5.1.5
Que, el Titular del proyecto deberá hacerse cargo de los impactos ambientales anteriormente señalados mediante la implementación de las siguientes medidas las cuales, junto con las precisiones establecidas por esta Comisión, son adecuadas para acreditar el cumplimiento de la normativa de carácter ambiental que es aplicable al proyecto:
Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidos a las Emisiones Atmosféricas:
Dar cumplimiento en todas las fases, al Decreto Supremo N*66/2009 del Ministerio Secretaria General de la Presidencia o el que lo reemplace, sobre Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de la Región Metropolitana. Al respecto, se hace presente que el proyecto no requiere compensar sus emisiones atmosféricas debido a que no supera los límites establecidos en el artículo 98 de la misma normativa.
Tabla N*17: Emisiones atmosféricas del proyecto.
TOTAL Fase de construcción Faso de operación LÍÑTTTE Ton/año ñ ñ ( ) Año 1 Año 2 OS MPI10 0,8863 0,051 0,0057 2,5 NOx 2,849 0,3158 0,0794 8 SOx 0,0091 0,001 0,0053 50
Fuente: tabla N%12 de la DIA.
Dar cumplimiento durante la fase de construcción, a lo establecido en el Decreto Supremo N*18/2001 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, en el sentido de que los camiones y vehículos de carga que trasladen residuos e insumos desde y hacia el proyecto, no circularán por las vías ubicadas al interior del Anillo Américo Vespucio.
Dar cumplimiento en todas sus fases, a lo señalado en el Decreto Supremo N*144/1961 Ministerio de Salud que “Establece Normas para Evitar Emanaciones o Contaminantes Atmosféricos de Cualquier Naturaleza”.
Dar cumplimiento durante la fase de construcción, a lo establecido en el Decreto. Supremo N* 75 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o el que lo reemplace, que “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica”.
Dar cumplimiento durante la fase de construcción, al Decreto Supremo N*47/1992 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sobre la “Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones”, o aquel que lo reemplace, especificamente a lo indicado en el artículo 5.8.3.1 sobre las medidas para mitigar el impacto de las emisiones de polvo y material.
a) Regar el terreno en forma oportuna, y suficiente durante el período en que se realicen las faenas de demolición, relleno y excavaciones.
b) Disponer de accesos a las faenas que cuenten con pavimentos estables, pudiendo optar por alguna de las alternativas contempladas en el artículo 3.2.6.
c) Transportar los materiales en camiones con la carga cubierta. d) Lavado del lodo de las ruedas de los vehículos que abandonen la faena.
e) Mantener la obra aseada y sin desperdicios mediante la colocación de recipientes recolectores, convenientemente identificados y ubicados.
f) Evacuar los escombros desde los pisos altos mediante un sistema que contemple las precauciones necesarias para evitar las emanaciones de polvo y los ruidos molestos.
g) La instalación de tela en la fachada de la obra, total o parcialmente, u otros revestimientos, para minimizar la dispersión del polvo e impedir la caída de material hacia el exterior.
14
h) Hacer uso de procesos húmedos en caso de requerir faenas de molienda y mezcla. El Titular se obliga durante toda la fase de construcción del proyecto a:
5.1.6 Se humectarán, como mínimo dos veces al día, las áreas de movimientos de tierra y vías de circulación interna. También se humectarán las pilas de tierra y escombros. El Titular señala que en días de alerta, preemergencia y emergencia ambiental, se reforzarán las medidas de control de emisiones atmosféricas aumentando el programa de humectación.
5.1.7 El transporte de materiales en la fase de construcción se realizará con carga cubierta y humedecida con una lona sujeta a la carrocería. Además se mantendrá una distancia mínima de 10 cm entre la superficie de la carga y la cubierta.
5.1.8 Se llevará a cabo la estabilización y compactación de la zona de tránsito de maquinaria y vehículos.
5.1.9 Se construirá un cierre perimetral en los deslindes de la obra, mediante la instalación de mallas tipo Raschel, el cual será mantenido en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de faenas.
5.1.10Se prohibirá la quema de maderas, basura u otros materiales combustibles al interior de la obra.
5.1.11Se humedecerán y cubrirán las pilas de tierra y escombros, con lona o malla Raschel en buen estado de conservación.
5.1.12Se mantendrá el área de la obra aseada y sin desperdicios. El Titular señala en el Adenda N*1 que se hará cargo de la limpieza diaria de aceras y calzadas perimetrales a la obra para evitar la re-suspensión de polvo durante la fase de construcción.
5.1.13Se limpiarán las ruedas de los vehículos, previo abandono de ellos de la zona de faenas.
5.1.14Al interior de la obra se controlará la velocidad de circulación de vehículos, la cual no deberá superar los 10 km/h.
5.1.15Se dispondrá de un comedor, separado de las áreas de trabajo y de cualquier fuente de contaminación, de acuerdo al artículo 28 del D.S. 594/99, del Ministerio de Salud.
5.1.16En cuanto a la emisión de gases, se exigirá a los contratistas mantener los vehículos con revisión técnica al día.
5.1.17Dar cumplimiento con lo establecido en el D.S. N” 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, o aquel que lo reemplace, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
El Titular deberá durante la fase de operación:
5.1.18Dar cumplimiento a lo señalado por el D.S. N? 4/92 del Ministerio de Salud, que Establece Norma de Emisión de Material Particulado a Fuentes Estacionarias Puntuales y Grupales.
5.1.19Realizar el procedimiento del subdepartamento de calidad del aire de la Seremi de Salud de Febrero de 2004, “Exigencia de medición de material particulado para grupos electrógenos”, los equipos instalados en cada edificio tienen la exigencia de acreditar sólo por una primera vez el cumplimiento de la norma de emisión de material particulado, mediante la realización de un muestreo isocinético de tres corridas con método CH-5.
15
5.2.
Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Aire, referidas a
Emisiones de Ruido, el Titular deberá:
5.2.1 Dar cumplimiento en todas las fases del proyecto, a los límites máximos permisibles de ruido,
de acuerdo a lo establecido en el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente, “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica”, o aquel que lo reemplace.
El Titular se obliga durante la fase de construcción del proyecto a:
5.2.2
5.2.3
5.2.4
5.2.5
5.2.6
5.2.7
5.2.8
5.2.9
5.2.10
5.2.11
5.2.12
5.2.13
Se construirá un cierre perimetral de altura fija de 6 m, cuyo material cumplirá con las condiciones de densidad superficial igual o superior a 660 kg/m.
Se prohibirá el uso de bocinas en el ingreso de camiones al frente al portón una señalética “No Tocar Bocina”.
Los camiones que se encuentren a la espera de ingresar al recinto lo efectuarán con el motor del camión apagado.
Los camiones y maquinaria pesada deberán transitar por los caminos demarcados en los sectores donde existe una mayor sensibilidad, en especial, donde están receptores que se encuentran en altura y muy próximos a la faena tanto en la etapa de excavación como de construcción.
Para el caso de generarse faenas ruidosas en los frentes de trabajo en altura, se cubrirán los vanos de la fachada del edificio. Se utilizará para tales efectos madera OSB de 15 mm de espesor a partir del segundo piso, con el objeto de minimizar los niveles de ruido generados al interior de la estructura que se propagan al exterior. Esta medida se irá desplazando por los pisos a medida que se construya el edificio.
Para las faenas desarrolladas a nivel de piso de la obra gruesa que enfrentan a receptores, se emplearán barreras acústicas modulares portátiles confeccionadas de madera OSB de 15mm de espesor o generar un encapsulamiento a dichas fuentes o en su defecto ubicarlas al centro de la obra gruesa. Estas pantallas tendrán una altura mínima de 2 metros y estarán conformadas por tres hojas de 1.5 metros de ancho cada una, con el objeto de rodear a la fuente de ruido.
Para las faenas de demolición, excavación y construcción, se deberá implementar un cierre perimetral de 6 m de altura, cuyo material deberá cumplir con condiciones de densidad superficial igual o superior a 10 kg/m? (por ejemplo: paneles de madera OSB de 15 mm de espesor o material equivalente, con una densidad volumétrica de 660 kg/m”).
Para faenas ruidosas a nivel de suelo, que enfrenten directamente a los potenciales receptores se deberá utilizar barreras acústicas portátiles, cuya materialidad posea una densidad superficial de al menos 10 kg/m2, estas barreras tendrán una altura mínima de 2 m y estarán conformadas por tres lados de 1.5 m de ancho cada uno. Estas pantallas se deberán montar lo más próximo a la actividad emisora de ruido en dirección a los receptores. La cara interna de las pantallas estará cubierta por una capa de espuma de poliuretano o fibra de vidrio de al menos 3 cm espesor y cubierta con tela tipo arpillera que impida su deterioro.
Evitar en todo momento el paso innecesario de maquinaria pesada y en general la instalación de cualquier fuente ruidosa próxima a inmuebles aledaños.
Mantención regular de equipos.
Tener en todo momento una correcta utilización de los equipos que tengan por defecto sistemas de control de ruido, como por ejemplo, insonorización. No abrir compuertas de maquinaria que tenga cabina de insonorización.
Limitar el número y duración del equipo que está ocioso en el sitio; especialmente el generado
por el motor de los camiones tolva y betoneros durante el período de espera; y el uso de herramientas manuales movidas por aire comprimido.
16
5.2.14
5.2.15
5.2.16
Todos los equipos utilizados en el sitio de la construcción, tendrán los sistemas de escape y silenciadores que hayan sido recomendados por el fabricante para mantener el ruido asociado más bajo.
Configurar la faena de construcción de una manera que mantenga el equipamiento y las actividades ruidosas tan lejos como sea posible de los receptores ubicados en el entorno del predio.
Las faenas constructivas sólo se podrán efectuar dentro del horario diurno de la normativa, es decir, entre 07:00 y 21:00 horas.
El Titular deberá durante la fase de operación:
5.2.17
5.3.
La aislación de los muros, puertas y ventanas de los recintos donde se ubicarán equipos hidráulicos, eléctricos o de climatización, deberá ser la adecuada para que se cumpla la normativa de ruido ambiental vigente en el lugar donde se ubiquen los potenciales receptores, ya sean éstos del propio edificio o externos, además se deberá utilizar elementos mecánicos que permitan desacoplar los equipos y ductos de la losa y muros de los recintos y compartimientos donde se encuentren instalados o donde atraviese la instalación.
Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Suelo, referidas a
Residuos Sólidos y Sustancias Peligrosas, el Titular se obliga:
5.3.1
5.3.2
5.3.3
5.3.4
5.3.5
Dar cumplimiento en todas sus fases al Decreto Supremo N*594 de 1999 del Ministerio de Salud, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, obligándose a eliminar los residuos sólidos en lugares autorizados por la Autoridad Sanitaria.
Dar cumplimiento en todas sus fases al D.F.L. N* 725 de 1967 Código Sanitario del Ministerio de Salud, respecto a Disposición Residuos Sólidos.
Dar cumplimiento en todas sus fases a lo establecido en Decreto Supremo N*148 de 2003 del MINSAL que “Aprueba Reglamento Sanitario Sobre Manejo de Residuos Peligrosos”, o el que lo reemplace.
Tramitará la autorización de las Salas de Basuras de acuerdo a lo dispuesto en el D.F.L. N* 1/90 del MINSAL, ante la Autoridad Sanitaria, considerando la Resolución N” 7328 de 1976 del MINSAL, que establece “Normas Sobre Eliminación de Basuras en Edificios Elevados”.
Dar cumplimiento en todas sus fases al Decreto. Supremo N* 298 de 1995, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, o aquel que lo reemplace.
El Titular se compromete en la fase de construcción.
5.3.6
5.3.7
5.3.8
5.3.9
Dar cumplimiento en todo momento, a lo establecido en la Resolución N*5081/93 que Establece Sistema de Declaración y Seguimiento de residuos Industriales Sólidos en la Región Metropolitana.
Dar cumplimiento a la O.G.U.C respecto a los cierres perimetrales y su resistencia al fuego para la bodega de almacenamiento de residuos peligrosos.
Dar cumplimiento con lo establecido en el Decreto.Supremo. N” 1/2013, “Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC)”, o aquel que lo reemplace, declarando los residuos recepcionados en su instalación, a través del sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl). Lo anterior, sin perjuicio de la obligación que pueda tener en la actualidad de reportar, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.
Se llevará un registro de la disposición final de escombro y todos los residuos, para lo cual se solicitarán los registros físicos (boleta, factura o recibos) mediante los cuales se acreditará la disposición final de los escombros generados en lugares autorizados por la autoridad sanitaria. Una vez concluida la fase de construcción se remitirá a la SEREMI del Medio
17
Ambiente RM, un informe consolidado a través del cual se certificará el envío de los citados desechos a empresas autorizadas.
5.3.10 Los residuos sólidos domésticos generados por el Proyecto, serán almacenados temporalmente en contenedores habilitados para este efecto especiales, para luego ser dispuestos en sitios autorizados por la Autoridad Sanitaria.
5.3.11 En el caso de identificar ASBESTO durante las actividades de demolición se tendrá en consideración lo señalado por las Guías de manejo de la SEREMI de Salud RM.
5.3.12 Para los desechos que deban ser acumulados transitoriamente, se contará con un patio de acopio que será previamente determinado, delimitado y cercado.
5.3.13 Los residuos sólidos de la construcción provenientes de las excavaciones y los residuos como escombros, generados en la fase de construcción del proyecto, los cuales serán enviados a un sitio autorizado para su disposición final, no tendrán sustancias o residuos peligrosos, tales como: pinturas, solventes, hidrocarburos, etc., debido a que tales elementos pueden causar un detrimento en la calidad de la napa por la lixiviación o lavado de suelo en el sitio de disposición final. Se mantendrá un registro en faena de la disposición final de materiales, los cuales no podrán ser dispuestos en cauces superficiales o áreas no definidas para ello.
5.3.14 Los residuos inertes serán acopiados en un sector acondicionado para este fin, el cual para este contará con piso de hormigón, paneles divisorios y cierre perimetral de malla Raschel para evitar emisiones de material particulado.
5.4. Respecto de los impactos ocasionados sobre el componente ambiental Agua, referidas a Residuos Líquidos, el Titular se obliga en todas las fases a:
5.4.1 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*594/1999 del Ministerio de Salud, sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo, o el que lo reemplace.
El Titular se compromete durante la fase de construcción:
5.4.2 Implementar una zona de lavado de ruedas, las cuales contarán con pavimento estable, las aguas serán conducidas a través de ductos a un tambor retenedor el cual almacenará las aguas de lavado. Estas serán retiradas por una empresa que cuente con los permisos necesarios para este tipo de actividades.
5.4.3 El Titular exigirá y mantendrá en obra una copia del comprobante de retiro y disposición final del residuo, el cual quedará en obra para eventuales auditorías por parte de la Autoridad Ambiental.
5.4.4 Se instruirá a los trabajadores sobre los residuos líquidos, dejando un registro de capacitación, el cual se mantendrá en obra para la revisión de la Autoridad.
5.5. Respecto de los impactos ocasionados sobre la Vialidad Adyacente, el Titular se obliga en todas sus fases a:
5.5.1 Dar Cumplimiento al Decreto Supremo N*158/1980 del Ministerio de Obras Públicas, utilizando vehículos propios o de terceros que cumplan con el límite de pesos por eje y límites de peso bruto total de la norma citadas.
5.5.2. Dar cumplimiento al D.F.L N*850 de 25 de Febrero de 1998 que Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N” 15.840, de 1964 y del D.F.L N” 206, de 1960 del Ministerio de Obras Públicas (DFL 850/98).
5.5.3 Dar cumplimiento al Decreto Supremo N*200/93 Ministerio de Obras Publicas que establece pesos máximos a los vehículos para circular en las vías urbanas del país.
5.5.4 Se limitará la velocidad de circulación de los vehículos en la vialidad inmediata del proyecto a una velocidad menor a 20 km/h.
18
5.5.5
5.5.6
5.5.7
5.5.8
5.5.9
5.5.10
5.5.11
5.5.12
5.5,13
5.6.
Se implementará un registro, de carácter permanente durante la fase de construcción, de los camiones que entren y salgan del proyecto, en el cual se indicará la actividad y las frecuencias respectivas.
De realizar obras en la vía pública, se cumplirá lo dispuesto en Capítulo N* 5 "Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía" del Manual de Señalización de Tránsito y sus Anexos.
Se realizará un registro fotográfico de la vialidad colindante con el proyecto el cual será presentado como respaldo a la Ilustre Municipalidad de Independencia de forma previa al inicio de obras, de forma de realizar en caso de ser necesario, la correspondiente reparación de la vialidad adyacente.
El Titular presentará de manera sectorial los desvíos que resulten de la instalación de grúas en caso de hacer uso de la vía pública durante la fase de construcción.
Se instruirá a los transportistas de insumos y residuos, para que excluyan la circulación por Avenida Independencia y Av. La Paz.
El Titular programará la salida y entrada de camiones de manera tal de evitar problemas en el transito debido a demoras. En caso de ser necesario estacionar, se solicitarán y cancelarán los permisos correspondientes en la Dirección de Tránsito y Transporte Público de Independencia.
El Titular deberá entregar una copia del registro fotográfico previo del inicio de la fase de construcción del proyecto a la Ilustre Municipalidad de Independencia, a la Superintendencia de Medio Ambiente y a la Secretaría Regional Ministerial de Transporte y Telecomunicaciones de la Región Metropolitana.
Se deberá respetar las rutas planteadas en la tabla N%6 de la presente Resolución, priorizando la “Ruta principal”:
La circulación de camiones relacionados con el proyecto ocurrirá entre las horas fuera de punta de cualquier día de la semana.
Respecto de los impactos ocasionados sobre el Patrimonio Arqueológico, el Titular se
obliga a:
5.6.1
5.7
En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N*17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación será efectuada por el Titular del proyecto.
Respecto a la Electricidad y Combustible, el Titular dará cumplimiento en cada una de sus
fases a lo siguiente:
5.7.1
5.7.2
El abastecimiento de combustibles líquidos al grupo electrógeno de emergencia deberá cumplir con los requerimientos establecidos en el Decreto Supremo N* 160 de 2008, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, "Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción y Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”.
En el caso que los grupos electrógenos de emergencia tengan una potencia individual igual o inferior a 500 kW, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por esta Superintendencia, para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N? 298, de 2005, del Ministerio de Economía,
19
5.7.3
5.7.4
5.7.5
5.7.6
Fomento y Reconstrucción, que aprueba el “Reglamento para la Certificación de Productos Eléctricos y de Combustibles”.
Las instalaciones interiores de gas que se proyecten, deberán dar cumplimiento a los requisitos mínimos de seguridad establecidos en el Decreto Supremo N 66, de 2007, que aprueba el “Reglamento de Instalaciones Interiores y de Medidores de Gas” y a la Resolución SEC N 1250, de 2010, que establece el “Procedimiento de Certificación, Inspección y Verificación de Instalaciones Interiores de Gas del tipo Domiciliario y Comercial”.
Las instalaciones de gas que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deben ser declaradas a la Superintendencia de Electricidad Combustibles (SEC), mediante instaladores de gas de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S. 191, de 1996, “Aprueba Reglamento de Instaladores de Gas”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N” 1128, de 2006, “Establece Procedimientos y Plazos de Tramitación para la presentación de las Declaraciones que indica, deja sin efecto Resolución Exenta N 2082, del 15 de Diciembre de 2005, y Modifica Resolución Exenta N 796 del 02 de Junio de 2006, ambas de esta Superintendencia”, y el Trámite de Combustibles TC6 “Declaración de Instalaciones Interiores de Gas”.
Las calderas o quemador(es), según corresponda, deberán contar con su correspondiente Certificación de Aprobación emitida por un Organismo de Certificación autorizado por LA Superintendencia Electricidad Combustibles (SEC), para tal efecto, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N” 298, de 2005, citado precedentemente. Además, si dicha(s) caldera(s) es(son) de uso colectivo, previo a su puesta en servicio, según corresponda, deberá ser declarada ante esta Superintendencia, mediante Instaladores de Gas, de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el Decreto Supremo N? 191, de 1996, y en la Resolución Exenta SEC N* 1128, de 2006, citados en el numeral 2.2. precedente, y el Trámite de Combustibles TCS "Declaración de Instalaciones de Centrales Térmicas”.
Las instalaciones de electricidad que se proyecten, provisorias o permanentes, previo a su puesta en servicio, deben ser declaradas ante la Superintendencia Electricidad Combustibles (SEC), mediante instaladores eléctricos de la Clase correspondiente, autorizados por ésta, según lo establecido en el D.S 92, de 1983, “Reglamento de Instaladores Eléctricos y de Electricistas de recintos de espectáculos públicos”, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de acuerdo al procedimiento establecido en la Resolución Exenta SEC N* 1128, citada precedentemente, y el Trámite Eléctrico TE1 “Declaración de Instalación Eléctrica Interior”.
5.8 Otras consideraciones relacionadas con el Proceso de Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto.
5.8.1
5.8.2
5.8.3
El Titular tendrá presente que antes de comenzar cualquier trabajo en la vía pública deberá contar los Permisos Municipales y de la Secretaría Regional de Transportes y Telecomunicaciones RM.
El tratamiento de los espacios exteriores del proyecto deberá tener un estándar adecuado a la Guía de Diseño del Espacio Público de la IMunicipalidad de Independencia, que define características de pavimentos, arbolado, luminarias etc., debiendo obtener la aprobación de los diseños respectivos en la Dirección de Medio Ambiente, Aseo y Ornato de la Municipalidad.
En caso de extracción de árboles en la vía pública, el Titular solicitará un permiso previo a la
Dirección de Medio Ambiente Aseo y Ornato de la I. Municipalidad de Independencia, al igual que cualquier otra intervención como podas, cortes de ramas, tratamiento de raíces, etc.
20
5.8.4
5.8.5
6.1
En caso que el Titular adquiriese áridos de terceros, se debe considerar que los proyectos de abastecimiento del material cuenten con la aprobación respectiva del Organismo competente para la extracción de cauces superficiales (DOH) y/o Resolución de Calificación Ambiental favorable con el objetivo de evitar impactos ambientales a los cauces naturales y de esta manera, asegurar que el Titular se haga cargo de los posibles impactos originados de su actividad en todo el ciclo de vida del proyecto.
De obtener calificación favorable, el Titular deberá obtener las aprobaciones de los proyectos de Acceso y Aguas lluvias ante en SERVIU RM, previo a la Recepción Definitiva del proyecto.
Que, en relación al análisis de los artículos 68 al 106 del Título VII del D.S. N” 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se indica que el Proyecto, requiere la obtención de los siguientes Permisos Ambientales Sectoriales establecidos en dicho Reglamento:
Respecto al Permiso Ambiental Sectorial (PAS) del Artículo 76, del D.S. N* 95 de 2001 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental sobre hacer excavaciones de carácter oO tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley N” 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en el presente artículo.
El Proyecto, requiere el otorgamiento del PAS, ya que, considera trabajos de excavación, sobre los hallazgos superficiales detectados en la caracterización arqueológica, adjunta en el Anexo 4 del Adenda N*1.
Todos los antecedentes para la solicitud del presente PAS, se encuentran en el Adenda N*1. Asimismo, el Titular señala en el Adenda N2, que la excavación considerará un 20% del sitio arqueológico, a través de la ejecución de una red de 153 unidades de excavación, cada una de 200 x 200 cm., con la finalidad de caracterizar y comprender de una manera más representativa el contexto patrimonial identificado en el área del proyecto y la exposición de todo el piso de huevillo. Para dicho procedimiento, el Titular realizará lo siguiente:
a) Realizar ampliaciones espaciales en torno a los pozos 2 y 3 debido a la alta densidad de material cultural y las características cronoculturales de los fragmentos cerámicos prehispánicos registrados, pues este tipo de contextos se encuentra poco estudiado, y además se cuenta con escasas evidencias de este tipo en la urbe de Santiago, y particularmente en la comuna de Independencia. Se realizarán 82 unidades de 2 x 2 metros adyacentes a cada pozo (41 unidades en total adyacentes a cada pozo de sondeo).
b) Realizar trabajos de despeje de la totalidad del rasgo arquitectónico conocido como “Piso de huevillo” con el propósito de establecer su extensión espacial en el predio junto con entregar información útil para la comprensión historiográfica del lugar. Se realizarán 71 unidades de 2 x 2 metros en el sector donde se ubican los pozos 4C, 7 y 8, junto con la realización de un levantamiento topográfico, arquitectónico y fotográfico de dichos hallazgos.
Tabla N*18: Coordenadas UTM WGS 84, Huso 198 de las áreas propuesta para el rescate.
Áreas propuestos para rescate o despeje
Sector Coordenada Este | Coordenada Norte Pozo 2 345.712 6.300.880
Pozo 3 345.687 6.300.866
Pozo 4C 345.699 6.300.854
Pozo 7 345.696 6.300.851
Pozo 8 345.706 6.300.848
Fuente: tabla N%2 del Adenda N%2,
Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales mediante Oficio N"2465, de fecha 15 de julio de 2014, se ha manifestado conforme con los antecedentes presentados en la evaluación.
21
6.2
10.
Respecto al Permiso Ambiental Sectorial del Artículo (PAS) 93, del D.S. N 95 de 2001 de MINSEGPRES, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sobre la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basura y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. N 725 de 1967, Código Sanitario.
El Proyecto, requiere el otorgamiento del PAS, ya que, para la fase de construcción se habilitarán contenedores para el almacenamiento temporal y su retiro a sitios de disposición autorizados por la Autoridad Sanitaria.
En la fase de operación, se habilitarán 3 salas de basura especialmente acondicionada para la acumulación de los desechos domiciliarios, una por cada edificio o torre. Estas salas de basura se ubicarán en el primer subterráneo de cada edificio, y serán estructuras de muros lavables, lisos con pintura óleo blanco brillante y todos los vértices serán redondeados, mientras que los pisos serán revestidos con baldosas o cerámicas con 1% de pendiente hacia la pileta de desagúe y guardapolvo de cerámica en todo su contorno, los vértices serán redondeados.
Por lo que se presentaron los siguientes antecedentes:
En el Adenda N?1, se presentan los antecedentes para la solicitud de dicho PAS. En la Figura 2 del Adenda N?1, se presenta la distribución de la instalación de faenas y lugares de disposición de residuos.
Al respecto, la SEREMI de Salud de la Región Metropolitana, mediante Ord. 3196 de fecha 06 de mayo de 2014, señala que el Titular del proyecto ha entregado la documentación necesaria, por lo anterior se pronuncia conforme.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las fases del proyecto, permitiendo el acceso a sus diferentes partes y componentes, cuando se lo soliciten y facilitando la información y documentación que se requiera para el buen desempeño de dichas actividades.
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el Titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N*844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
Que, el Titular del proyecto “Edificio Indepedencia Park”, deberá cumplir con lo establecido en la Resolución N*1.518, publicada en el Diario Oficial el 06 de enero de 2014, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Resolución Exenta N%574 de 2012, o aquella que la reemplace.
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el Titular deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Exenta N* 233, de la Superintendencia del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 21 de marzo de 2013, que instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en planes de prevención y/o descontaminación respecto de fuentes emisoras estacionarias, o aquella que la reemplace.
22
11.
12.
13.
14,
15.
16.
17.
Que, el Titular del proyecto “Edificio Indepedencia Park”, deberá cumplir con lo establecido en la Resolución Exenta N*234 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 21 de marzo de 2013, la cual instruye normas de carácter general sobre deberes de remisión de información establecidos en norma de emisión de contaminantes a la atmósfera que indica aplicables a fuentes estacionarias.
Que, el Titular del proyecto “Edificio Indepedencia Park” deberá comunicar inmediatamente y por escrito, al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, los cambios de Titularidad, domicilio o del Representante Legal.
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas directamente por éste o a través de un tercero.
Que, el proyecto deberá dar cumplimiento a toda la normativa ambiental vigente, y aquella que la modifique, reemplace o derogue, en los casos que corresponda.
Que, el Titular del proyecto “Edificio Indepedencia Park”, deberá informar inmediatamente al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para controlarlos y hacerse cargo de ellos.
Que, en atención a todo lo señalado con anterioridad, puede concluirse que los impactos ambientales del proyecto “Edificio Indepedencia Park”, se ajustan a la normativa de carácter ambiental vigente, y que el proyecto no genera, ni presenta los efectos, características O circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente.
Que, en razón de lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana de Santiago.
RESUELVE:
-
Calificar Favorablemente el proyecto "Edificio Indepedencia Park".
-
Declarar que para que el proyecto pueda ejecutarse, deberá darse cabal cumplimiento a todas las exigencias, compromisos, medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución.
-
Certificar que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto "Edificio Indepedencia Park" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los permisos ambientales sectoriales que se señalan en los artículos 76 y 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, que no se producen los efectos, características y circunstancias del Art 11 de la Ley.
23
- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
|
Ni ese/y Archívese
laudio Ortego raín %, Añendente Presidente.CoMisión de Evaluación Ambiental de la
Región Metropolitana de Santiago
“Andrea Paredes/Llach
¿gioffalgel Servieig de Evaluación Ambiental NaComisión de Evaluación
etropolitana de Santiago
Distribución:
C/c:
...n0..o.o.—2.í....£*.b0e .. 1.192/2>££.£.-0 0. 0. 0. €.
Ariel Rappaport Leizerowicz
Dirección Regional de Aguas, RM
Dirección Regional de Obras Hidráulicas RM
Gobierno Regional, RM
Intendente Regional
Dustre Municipalidad de Independencia
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente RM Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, RM Secretaría Regional Ministerial de Salud, RM
Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, RM Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, RM Superintendencia de Electricidad y Combustible SEC, RM Servicio de Vivienda y Urbanización SERVIU, RM
Consejo de Monumentos Nacionales
Superintendencia de Servicios Sanitarios
Superintendencia de Medio Ambiente
Expediente del Proyecto "Edificio Indepedencia Park" Archivo Servicio Evaluación Ambiental RM
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