Evaluación SEA

Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A

Rol 2128697864
SEA · DIA · Aprobado · 2013-10-16 · Región del Libertador General Bernardo O'Higgins · INDURA S.A

REPÚBLICA DE CHILE . COMISIÓN DE EVALUACIÓN VI REGIÓN DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Califica Ambientalmente el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”

Resolución Exenta N* 39/2014

Rancagua, 5 de marzo de 2014

VISTOS:

  1. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, presentada por el Señor René Armando Le Feuvre Aracena, en representación de Indura S.A., con fecha 16 de octubre de 2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

a) Referente a la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto

Oficio N%4113 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 25/10/2013;

Oficio N*%899 sobre la DIA, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 30/10/2013;

Oficio N%2250 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 05/11/2013;

Oficio N*%177 sobre la DIA, por SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 11/11/2013;

Oficio N*“904180 sobre la DIA, por SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 12/11/2013;

Oficio N*855 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 12/11/2013; Oficio N%436 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 12/11/2013;

Oficio N%2.151 sobre la DIA, por SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 12/11/2013;

Oficio N%489 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 13/11/2013;

Oficio N*118 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 13/11/2013; y,

Oficio N*%2012 sobre la DIA, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 13/11/2013.

b) Referente a la Adenda 1 de la DIA del Proyecto

Oficio N%31 sobre la Adenda N*1, por SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 09/01/2014;

Oficio N%132 sobre la Adenda N*1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 14/01/2014;

Oficio N%0 sobre la Adenda N*1, por SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 21/01/2014;

Oficio N%060 sobre la Adenda N1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, con fecha 22/01/2014; y

Oficio N%104 sobre la Adenda N*1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 22/01/2014.

c) Referente a la Adenda 2 de la DIA del Proyecto

Oficio N*213 sobre la Adenda N”2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 17/02/2014.

  1. El Oficio Ordinario N 90 de fecha 19 de febrero de 2014 de la SEREMI de Medio Ambiente, que cita a la sesión N 5 de 2014 del Comité Técnico del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”.

  2. La Sesión N* 5 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental, de fecha 26 de febrero de 2014.

  3. El Acta N 10 de la Sesión N 5 de 2014 del Comité Técnico de Evaluación Ambiental, que visa el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, de fecha 26 de febrero de 2014.

  4. El Informe Consolidado de Evaluación del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, de fecha 27 de febrero de 2014.

  5. Acuerdo y Acta de la Sesión N* 4 de la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, de fecha 5 de marzo de 2014.

  6. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”.

  7. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2” del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, presentada por el Señor René Armando Le Feuvre Aracena, en representación de Indura S.A., con fecha 16 de octubre de 2013.

  2. Que, el derecho de Indura S.A. a emprender actividades está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adendas, el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A” consiste en:

3.1. Antecedentes Generales del Proyecto

Titular 3 Indura S.A.

RUT : 91.335.000-6

Domicilio : Avenida Las Américas N” 585, Cerrillos, Santiago Representante Legal : René Armando Le Feuvre Aracena

RUT : 4.108.507-k

Domicilio : Avenida Las Américas N* 585, Cerrillos, Santiago Región : Libertador General Bernardo O'Higgins

Comuna : Graneros

Tipología de Proyecto : h.2.1) potencia instalada superior a 1.000 KVA

3.2. Monto de Inversión

El monto de inversión asciende a USD $9.000.000

3.3 Vida útil

Se considera una vida útil de 20 años, renovable de acuerdo a las necesidades del mercado. 3.4. Mano de Obra

En la materialización del proyecto se contempla la siguiente mano de obra según etapa del proyecto, como se muestra en la siguiente Tabla:

Tabla: Mano de Obra Utilizada en cada Etapa del Proyecto Etapa Mano de Obra Estimada como | Mano de Obra Estimada promedio como máximo Construcción 18 27 Operación 30 30 Abandono 0 0

El régimen de horario de trabajo para ambas etapas es la siguiente:

a) Construcción: horario diurno (7 a 21 horas.) de lunes a sábado para construcción propiamente tal y diurno y nocturno durante actividades de puesta en marcha.

b) Operación: turnos actuales (07:00 a 15:00 horas, 15:00 a 23:00 horas y 23:00 a 07:00 horas.)

3.5. Superficies del proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas

La superficie aproximada que comprende el proyecto en su etapa de construcción y operación se detalla en la siguiente tabla:

Tabla: Superficie estimada por etapa (m2) Construcción 700 Operación 45.600

3.6. Localización

El proyecto se encuentra ubicado en Ruta Panamericana Sur km 74,5 comuna de Graneros, Provincia de Cachapoal en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

De acuerdo al plan regulador comunal aprobado por Resolución N115/1985, el sector se ubica fuera del límite urbano de acuerdo a Uso de suelo otorgado por la Ilustre Municipalidad de Graneros. Sin perjuicio de lo anterior, se adjuntó en Anexo C de la DIA, el certificado de informaciones previas N 384/2013 que señala que el predio ROL SII N* 139-492 se ubica en zona ZEQ-11, lo que corresponde a zona rural, sin embargo, la zona se encuentra en proceso de aprobación para pasar a formar parte del área de equipamiento industrial. El layout de planta se presentó en el Anexo B de la DIA.

En las cercanías de la Planta Indura Graneros se identificaron 3 viviendas cercanas, de las cuales la más cercana se ubica a 175 metros. Respecto a los sectores poblados, la Villa Fiat de ciudad de Graneros se ubica a 885 metros de distancia.

El Proyecto se ubica en la cuenca Cachapoal Bajo, que posee varios esteros como el Codegua, El Saco, La Cadena, La Leonera y Machalí, sin embargo, ninguno de ellos se ubica cercano al Proyecto.

Por el frontis de la Planta Indura Graneros, en sentido oriente, pasa un canal de regadío que en el extremo sur de la planta se divide en dos, continuando uno de dichos brazos en sentido sur y el otro bordeando el costado sur de la planta. Sin embargo, el canal de regadío no se ubica en áreas donde se ejecuten obras de construcción o mantenimiento. Respecto al cruce de vehículos, el Canal se encuentra confinado en el área de acceso a la planta, por tanto no hay intervención al ingresar a la planta.

En Anexo 1 de la Adenda N*1, se entregó cartografía que muestra las distancias entre la planta Indura y la ubicación los receptores cercanos al proyecto. Se presenta además en Layout de Planta con las instalaciones actuales y las proyectadas (en rojo), así como la grilla en coordenadas UTM Datum WGS-84 Huso 19 Sur.

3.6.1. Justificación de la Localización

De acuerdo a lo indicado la planta Indura Graneros se encuentra operando hace más de 40 años, aprobada su ubicación de acuerdo al plan regulador comunal por Resolución N*115/1985, el sector corresponde a zona rural, sin embargo, la zona se encuentra en proceso de aprobación para pasar a formar parte del área de equipamiento industrial. Además, en el área aledaña no existen áreas protegidas, monumentos nacionales o centros de interés turístico que pudiesen verse afectados debido al emplazamiento seleccionado para la ejecución del Proyecto.

3.6.2. Coordenadas La siguiente tabla presenta las coordenadas de los vértices donde se emplazará el proyecto. Todas las referencias de coordenadas UTM que se exponen a continuación corresponden a

DATUM WGS 84 Huso 19S. Se señalan los polígonos de las dependencias de la planta, equipamiento e infraestructura del proyecto.

Tabla: Coordenadas del Proyecto (Coordenadas UTM Datum WGS84, Huso 19) Vértice Coordenada Norte Coordenada Este vi 6.227.669 341.576 v2 6.227.631 341.759 v3 6.227.409 341.712 V4 6.227.446 341.530

3.7. Descripción del proyecto 3.7.1. Antecedentes y Justificación del Proyecto

El proyecto consiste en la instalación de una planta Licuadora de Nitrógeno, su materia prima corresponde a Nitrógeno Gaseoso que actualmente se envía al ambiente desde la actual planta productora de gases del aire ASU (Oxígeno — Nitrógeno — Argón).

No se considera infraestructura complementaria para la operación de la planta (Bodega de Residuos, Sala de control y equipos auxiliares), ya que se utilizarán los mismos de la planta ASU existente. Sin embargo, se incorporan al proyecto nuevas torres de enfriamiento y nuevas subestaciones eléctricas.

Con la ejecución del proyecto se espera alcanzar una capacidad de producción de 150 ton/día de nitrógeno líquido.

El proceso de la actual planta productora de gases del aire INDURA Graneros considera el funcionamiento de una planta criogénica de separación de gases del aire, la cual opera bajo el principio de separación de gases por destilación, proceso que involucra básicamente la filtración, compresión, refrigeración, intercambio de calor y destilación, acompañado del enfriamiento del sistema, con el fin de controlar las condiciones termodinámicas de los flujos de aire en el proceso para así obtener finalmente la separación de los distintos gases deseados (Oxigeno, Nitrógeno y Argón). El Hidrógeno que se produce en planta respectiva, es utilizado en la purificación del Argón y una fracción menor es envasado en cilindros donde parte de la producción es comercializada, en cambio la utilizada en la planta ASU es enviada vía cañerías.

Una vez que se han obtenido los gases de interés estos son derivados a un sistema criogénico, en donde se almacenan para convertir una parte de ellos en insumos de la planta de llenado de gases, donde se realiza el llenado de cilindros con los gases de oxígeno, nitrógeno, argón, dióxido de carbono y aire, dependiendo de los requerimientos de los clientes. La otra parte de estos gases almacenados en estado líquido son distribuidos al mercado en camiones especialmente diseñados para el transporte de gases criogénicos.

Los sectores y sistemas de mayor relevancia para la operación de la actual planta de gases del aire son los siguientes:

a) Planta criogénica productora de gases del aire ASU, b) Planta de llenado de cilindros y termos,

c) Sistema de protección contra incendios,

d) Estanques de productos,

e) Taller Mantenimiento de tráiler criogénicos,

f) Planta Productora de Hidrógeno.

La actual planta no es capaz de procesar todo el nitrógeno que se obtiene del aire para una producción de oxígeno deseada, es por esto que se instala una nueva planta dedicada exclusivamente a la producción de nitrógeno líquido, capaz de producir 150 toneladas por día de este producto y funciona recuperando el nitrógeno gaseoso que actualmente se elimina al ambiente. El principio de operación de la nueva planta es licuefacción del nitrógeno gaseoso mediante procesos de compresión, descompresión y enfriamiento.

Con la ejecución de este proyecto se espera aumentar la actual producción de la planta, que es de 91 ton/día de oxígeno líquido (LOX) y nitrógeno líquido (LIN), y 4 ton/d de argón líquido (LAR) a 150 ton/d de nitrógeno adicionales con la nueva planta licuadora de nitrógeno que se instala.

En la descripción de la etapa de operación se detalla la relación y función de cada uno de los equipos que componen esta línea. En Anexo B de la DIA, se presentó el Layout de las nuevas instalaciones y en la siguiente Tabla de superficies actuales.

Tabla: Cuadro de superficies actuales Descripción [ m2 Planta ASU Estanques 705 Patio de carga 640 Sala de máquinas 683 Bodega de químicos 10 Grupo generador 11 Planta Llenado Estanques 160 Almacenamiento transitorio 246 Planta llenado 256 Planta Hz Planta llenado H2 122 Almacenamiento de cilindros 115 Taller Taller Mantenimiento de tráiler criogénicos | 380 Bodegas Bodega KOH 30 Bodega común 1 y 2 15,48 Bodega Pinturas 12,20

3.7.2. Objetivo del Proyecto

Como la actual planta en Graneros no es capaz de procesar todo el nitrógeno que se obtiene del aire para una producción de oxígeno deseada, es por esto que se instala una nueva unidad dedicada exclusivamente a la producción de nitrógeno líquido

3.7.3. Tipología de Proyecto

La pertinencia de ingreso del Proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), se produce al ser aplicables las disposiciones del artículo 3, letra h), de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente que establece que deben someterse a dicho Sistema los "Proyectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas”.

De igual forma, el D.S. N”* 95/01, MINSEGPRES, Reglamento del SEIA (RSEIA), define en su Artículo 3 los proyectos o actividades, o sus modificaciones, susceptibles de causar impacto ambiental, en cualquiera de sus fases, que deberán someterse al SEIA, dentro de cuyas letras sería aplicable la siguiente al proyecto:

h.2. Por su parte, para efectos del inciso segundo de este literal h), se entenderá por proyectos industriales aquellas urbanizaciones y/o loteos con destino industrial de una superficie igual o mayor a doscientos mil metros cuadrados (200.000 m?); o aquellas instalaciones fabriles que presenten alguna de las siguientes características:

h.2.1. respecto a la potencia instalada igual o superior a mil kilovoltios-ampere (1.000 KVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial.

Este último punto determina el ingreso al SEIA del proyecto ya que actualmente la planta cuenta con una potencia total instalada en la subestación eléctrica de 10 MVA, de los cuales están declarados al SEC para uso interno 7.750 KVA, por otra parte el consumo actual de la planta es de 4.500 KVA. El nuevo proyecto contempla un consumo de 4.000 KVA, lo que da un consumo total para la planta de 8.500 KVA. Para ello también se tiene contemplado reemplazar la actual subestación de 10 MVA por la instalación de 5 subestaciones eléctricas de capacidad máxima 2 MW cada una, 3 destinadas a la operación actual y 2 al futuro proyecto, las cuales son más pequeñas que la subestación existente. Por tanto la suma de las capacidades de los transformadores del establecimiento supera los 1000 KVA.

Asimismo, la modalidad de ingreso al SEIA se realiza mediante una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), pues el Proyecto no genera ni presenta los efectos, características O circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente -y sus modificaciones-, especificados en los Artículos 5 al 11 del D.S. N*95/2001, de MINSEGPRES, cuyo análisis se detalla en el desarrollo de la Declaración.

3.7.4, Etapas del Proyecto 3.7.4.1. Etapa de Construcción 3.7.4.1.1. Instalaciones Actuales

De acuerdo a lo indicado, el proyecto se encuentra actualmente operando, por tanto presenta estructuras físicas que serán complementadas con la planta licuadora de nitrógeno, así como otras estructuras necesarias para el adecuado funcionamiento.

Actualmente el proyecto cuenta con:

a) Planta productora de gases.

b) La planta corresponde a un galpón de estructura metálica revestido en planchas pre- pintadas, en su interior se encuentran las oficinas y sala de control estructuradas en albañilería confinada con radier de hormigón y revestido en cerámicas.

Sobre radier de hormigón armado en un espacio abierto, ubicado al norte del terreno, pero al sur de la planta productora, se encuentran los estanques criogénicos de almacenamiento. Estos estanques almacenan Nitrógeno, Argón y Oxígeno en estado líquido. Sobre todo el perímetro del radier antes mencionado, existe un pretil de hormigón de contención en caso de derrames.

Los estanques son de acero y se encuentran montados sobre fundaciones de hormigón armado que además forman parte del radier que abarca toda el área.

Planta llenado de cilindros.

Al sur de los estanques criogénicos y separados de estos por una explanada con carpeta de grava, se encuentra la planta de llenado de cilindros. La planta es un galpón con muros de albañilería y techumbre conformada por cerchas de acero con planchas onduladas de fibrocemento. En el sector Este de la planta y en un espacio abierto, se encuentra la zona de estanques. El sector está cerrado en todo su perímetro con malla de alambre Acmafor. Por el lado Este se construye una calzada con carpeta de grava para el acceso de los camiones criogénicos que alimentan los estanques.

Inmediatamente al poniente de la zona de Estanques Criogénicos, se encuentra la zona de almacenamiento transitorio de cilindros. Este espacio está compuesto de un radier de hormigón y cubierto por una estructura metálica con cubierta tipo zincalum. Ésta área es completamente abierta en sus costados y en el centro, una malla de alambre Acmafor separa los cilindros llenos de los vacíos.

El andén norte y sur, son de radier de hormigón y en ellos atracan los camiones que retiran o dejan cilindros en ésta zona. Toda la zona está delimitada con soleras de hormigón.

Planta de Hidrógeno

Al sur de la planta de llenado de cilindros y separada de ésta por una calzada con carpeta de grava, se encuentra la planta de Hidrógeno. El edificio cuenta con muros de hormigón en el extremo oeste, noroeste y suroeste. La cubierta está soportada en estructura de cerchas de acero y está conformada por planchas tipo zincalum.

La zona de almacenamiento de cilindros, está en el extremo oriente y cuenta con muros de estructura metálica revestida en zincalum. El sector está sobre un radier de hormigón y la techumbre es metálica con cubierta tipo zincalum. Los cilindros son almacenados en zonas delimitadas por barandas de sección tubular de acero.

Taller Mantenimiento de Tráiler

En el sector suroeste del terreno, se encuentra el edificio de mantenimiento de tráiler. El volumen es un galpón de estructura metálica revestido con planchas tipo zincalum. Toda la estructura está sobre un radier de hormigón armado con terminación afinado. En su interior las separaciones entre los diferentes espacios están confeccionadas en albañilería confinada.

3.7.4.1.2. Instalaciones Proyectadas De acuerdo a lo indicado, la planta licuadora de nitrógeno se proyecta en un sector que

actualmente presenta una estructura (galpón) donde se instalan los equipos necesarios para su funcionamiento, del mismo modo se incorporan las estructuras físicas complementarias para el

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adecuado funcionamiento. En la figura 11 de la DIA, se presentó la ubicación de las instalaciones proyectadas dentro de la planta, identificadas con color rojo.

Las superficies que son consideradas para la etapa de construcción corresponden a las siguientes:

Descripción Área (m2) Area de trabajo 155 Area de Acopio Materiales | 225 Áreas de intervención 220 Instalaciones de Faenas 100 Total 700

3.7.4.1.3 Actividades propias de la Etapa de Construcción

Para obras civiles: instalación de faenas, limpieza y despeje del terreno, demolición de parte del radier existente para instalación de equipos, excavaciones, moldaje y enfierraduras, rellenos, montaje estructural y retiro de excedentes.

e Obras eléctricas e instrumentales: transformadores y sub estación, entre otros. e Obras de Montaje y Pipping de licuador: Montaje de equipos e soportes y pipping. e Obras para la conexión a estanques.

La duración aproximada de esta etapa es de 7 meses.

Previo a lo indicado, cada empresa de construcción y montaje seleccionada debe ejecutar las instalaciones provisorias de faena que requiere para el desarrollo de las obras contratadas, tanto el personal como los equipos necesarios para la construcción será contratado a empresas constructoras especializadas.

A continuación se describen cada una de las actividades que son desarrolladas en esta etapa, con la finalidad de llevar a cabo la construcción del proyecto.

a) Instalación de Faenas

Considera la instalación de faenas al interior del predio considerado para la construcción del proyecto, para lo cual se habilita un sector para guardar la maquinaria y a su vez, se disponen instalaciones provisorias, constituidas por construcciones prefabricadas o containers. Se habilitan áreas de almacenamiento de materiales de construcción y sectores de acopio temporal para equipos, estructuras metálicas y otros materiales que requiera el proyecto. Podría haber más de una instalación de faenas dependiendo de la cantidad de contratistas que participen y de las actividades concretas que deban desarrollar, pero todas ellas dan cumplimiento a las exigencias establecidas en el D.S. N* 594/2000, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.

No se contempla realizar mantenciones de máquinas utilizadas en la construcción dentro del predio, tampoco la instalación de campamentos, por tanto los contratistas disponen de buses para el traslado del personal en cada turno. Debido a que el proyecto se encuentra a 2 km de la ciudad de Graneros y a 7 km de la ciudad de Rancagua se privilegia la contratación de personal perteneciente a las ciudades mencionadas así como sus alrededores.

El Titular se compromete a mantener orden y limpieza en la instalación de faenas en la etapa de construcción, para ello se instruye a los trabajadores en este procedimiento, mediante una inducción los primeros días. Lo anterior se realiza en cumplimiento de la Ley 16.744, artículo 67, que establece que, en otros, mantener Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad en el trabajo, y a los trabajadores cumplir con los derechos y obligaciones que dichos reglamentos les impongan.

b) Preparación del Terreno.

Para efecto de la instalación de las nuevas estructuras, se debe realizar la preparación correspondiente del terreno. Dentro de las actividades más relevantes para dicha actividad se pueden mencionar las siguientes:

Limpieza y despeje

Demolición de parte de radier existente Excavaciones

Rellenos

Retiros de excedentes

Respecto a la profundidad de las excavaciones, se ha considerado un máximo de 3 metros desde el nivel de piso terminado, por lo que no son intervenidas las aguas subterráneas ni existe riesgo de afloramiento, puesto que la napa freática se encuentra a 35 m de profundidad.

Tanto la disposición del material sobrante como el que se utiliza para el relleno del terreno, se hace con empresas debidamente autorizadas para ello. Sin perjuicio de lo anterior, el Titular implementa un registro en la obra, mediante la confección de una ficha, adjuntando la respectiva copia de la factura de la empresa que realice el manejo de escombros y material de relleno, para su debida disposición final. Este registro se mantiene a disposición de la autoridad pertinente.

Cc) Obras civiles El galpón donde va emplazada la planta está conformado por una estructura de acero con vigas y cerchas que va sobre un radier de hormigón armado y está revestido en planchas metálicas pre- pintadas. La cubierta está compuesta de planchas tipo zincalum onduladas, se reitera que este galpón es existente.

Los principales equipos que estaán presentes en el galpón son los señalados en la siguiente tabla:

Equipo Area (m2) Compresor Feed Gas 12 Compresor de Reciclo (2 unidades) 42 Turbinas 6 Coldbox 9 Torres enfriamiento 81 Total 160

Las torres de enfriamiento llegan armadas y solo requiere hormigón para la construcción de la piscina que se ubica bajo las torres de enfriamiento.

Actualmente la planta cuenta con torres de enfriamiento sin embargo se instalan nuevas torres a continuación de las existentes. El sistema de torres corresponde a un circuito de agua de enfriamiento impulsada por bombas centrifugas, su función es proporcionar la refrigeración necesaria a las maquinarias de proceso, las torres llegan armadas a la planta y solamente se instalan en el sector señalado en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de la DIA, es importante indicar que las torres que se instalan corresponden a estructuras de última generación que cuentan con equipos que disminuyen los costos de mantención por recambio de piezas, evitando la generación de residuos, asimismo cuenta con partes de polipropileno soldado por electrofusión, sin uso de pegamentos.

No se consideran obras subterráneas para aguas lluvias, debido a que en la actualidad Indura posee un sistema donde se infiltran las aguas lluvias en el mismo terreno gracias a las condiciones de arcilla arenosa del suelo. A su vez, el proyecto considera emplazar la mayoría de los equipos dentro de un galpón existente, por lo que el sistema de aguas lluvias no se verá afectado.

d) Obras eléctricas, montaje y pipping del Licuador de Nitrógeno

Los diferentes componentes son instalados en cada una de sus fundaciones de acuerdo a los planos de ingeniería, para luego comenzar su interconexión a través de cañerías y estructuras de soporte y unión, además de la conexión eléctrica de fuerza e instrumental entre ellos.

La tecnología de las cañerias está regida por diversos códigos y normas para Aire, Oxígeno, Nitrógeno y Argón, se ha considerado que la normativa que rige el diseño, fabricación, construcción, instalación y pruebas de estas cañerías corresponderá al DFL N 323/31 y el Decreto Supremo N 254/95, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y que adicionalmente obliga a cumplir con el Código ASME B31.8 (Estados Unidos) y con normas de seguridad adicionales. Para la operación y reporte de accidentes rigen las normas de “US Department of Transportation DOT Pipeline Safety Regulations” (Normas de Seguridad de Gasoductos del Departamento de Transportes de Estados Unidos), Partes 191 8 192.

e) Insumos para la instalación de faenas

Agua potable: Se cuenta con bidones de agua purificada proporcionados por algún proveedor local como aguas Millaray, Manantial u otra, los que llegan sellados y se ubican en distintos sectores de la faena para consumo de los trabajadores. El mismo proveedor hace retiro de los envases vacíos y su reposición. El agua potable tiene una dotación mínima por persona de 100 It/día.

Servicios higiénicos: Los servicios higiénicos a utilizar durante la etapa de construcción corresponderán a baños químicos en cantidad suficiente de acuerdo al número de personas que se encuentren en obras y de acuerdo a la normativa de ambiente laboral, DS N” 594/99. Estos son

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instalados y utilizados por las empresas a cargo de las faenas de construcción. Los residuos que generen son dispuestos por una empresa autorizada sanitaria y ambientalmente que se contrate para tal fin. En forma alternativa o complementaria, se habilitan contenedores como unidades especiales para servicios higiénicos (duchas, lavamanos, etc.).

Energía eléctrica: El abastecimiento de energía eléctrica se obtiene a partir de la red existente de la compañía proveedora de electricidad Endesa a través de una línea de media tensión de 66 kv que es administrada por CGED.

Del mismo modo se considera el uso de al menos un grupo electrógeno operado con diésel, cuyo combustible se almacena en los estanques con los que cuenta este tipo de equipo. Se ha considerado equipos electrógenos con una capacidad total 85 kw, a su vez, estos grupos son móviles y se van desplazando dentro del área en construcción según los requerimientos específicos de energía eléctrica. Estos equipos operaran un promedio de 7,5 h/d (45 horas/semanales) durante los 7 meses que dure la construcción. Estos equipos se mantienen sobre un pretil con material impermeabilizado.

El abastecimiento del diésel se hace con camión surtidor de alguna empresa autorizada, con la frecuencia necesaria para permitir la operación de estos equipos en forma normal. En el punto de carga se disponen de medidas específicas de control de derrames, tales como uso de material impermeabilizante en el punto de carga, kit para contención de derrames, extintores y los EPP necesarios para esta actividad. Se estima un consumo de diésel de 9.000 lt/mes, por tanto el consumo durante toda la etapa de construcción es de 63.000 lt.

El grupo electrógeno está provisto por la empresa constructora (pudiendo ser propio o arrendado) y es retirado una vez concluida la faena, dejando el lugar limpio y sin residuos, lo que será verificado por supervisores de Indura previo al retiro de cada empresa contratista.

Comedores: En lo que se refiere al servicio de alimentación del personal que trabaje en las obras de construcción, ésta se realiza fuera de la planta en comedores o en casinos que las empresas constructoras designen y que deben contar con todas las autorizaciones correspondientes, lo cual es tramitado oportunamente ante la Autoridad correspondiente.

f) Requerimientos de materiales e insumos para la construcción. Los principales insumos son:

  • Hormigón: con resistencias entre los 30 y 40 MPa a la compresión y un 90% de nivel de confianza.

  • Acero para hormigón: se utilizan aceros A440-28H y A630-42H, que cumplen con la Norma Chilena NCh 204 Of. 2006.

e Acero estructural, acero al carbono según norma ASTM A 6/A 6M o equivalente chilena.

  • Áridos, tanto gravas como arenas serán limpias y cumplen con los requisitos de NCh 163 Of.79.

  • Agua: es utilizada desde los mismos pozos existentes en la planta. Se cuenta con derechos de aprovechamiento de agua de acuerdo a lo establecido en la Resolución D.G.A. N*224 del 17 de Junio de 1991, en ella se otorgan derechos de aprovechamiento por un total de 66,47 l/s.

Las cantidades que se requieren se listan en la siguiente tabla:

Material o insumo referenciales | Cantidades Aproximadas Hormigón (m3) 64 Acero hormigón (ton) 8 Acero Estructural (ton) 16 Áridos (m3) 80 Agua (m3) 150

El consumo de agua corresponde a procesos de hormigonado, limpieza, aguas para pruebas y puesta en marcha y consumo del camión aljibe. El proyecto no considera el lavado de camiones mixer al interior de la planta.

Los áridos se obtienen de extracciones debidamente autorizadas, por ejemplo, Áridos Doñihue, ubicados en el sector del mismo nombre o Ricardo Leiva áridos del sector de Gultro, ambos ubicados en Rancagua. Del mismo modo, en el caso de los equipos contenidos en embalajes de madera que provengan de otros países, se solicitará a los proveedores el cumplimiento de la Res. Ex. N* 133/2005 del MINAGRI y sus modificaciones.

g) Requerimientos de maquinarias para la construcción

Las maquinarias susceptibles de utilizar en las etapas mencionadas anteriormente, pueden ser las siguientes:

Actividades de Construcción Maquinarias, Equipos Referenciales

Excavaciones Retroexcavadoras, cargadores frontales, equipos de compactación, bombas de agotamiento, camiones tolva para transporte de material

Colocación de hormigones Camiones mixer, grúas, vibradores de inmersión, equipos de terminación y curado. Rodillo liso.

Estructuras metálicas Grúas de diversas capacidades, soldadoras, compresores, llaves de torque y herramientas menores.

Cañerías Grúas, soldadoras, compresores, sopletes de

oxiacetilénicos, dobladoras de tubos tecles, tirfors y herramientas menores.

Pavimentos Cargadores frontales, camiones aljibes, plantas clasificadoras de materiales, equipo pavimentador, alisadora, sierra de corte junturas, equipos menores.

Montaje mecánico Grúas de diversas capacidades, tecles, soldadoras, compresoras, equipos de corte oxiacetilénico, herramientas variadas.

De acuerdo a las cantidades de material a utilizar y las distintas etapas consideradas en la Carta Gantt, se estima el siguiente número de maquinarias:

Descripción Cantidad Retroexcavadora

Cargador Frontal

Rodillo Liso

Camiones Mixer de Hormigón

Camiones Tolva para transporte de material Maquina cortes Dilatación

Maquinas Soldadoras y Oxicorte

Grúas

no [moja |=|-

h) Transporte en la etapa de construcción

Para caracterizar la demanda de transporte durante la fase de construcción del proyecto, se han considerado los insumos de construcción, el traslado del personal y equipos y maquinarias presentes en la faena.

Durante la construcción del proyecto se requieren en promedio 18 personas y 27 personas como máximo por dos meses para las distintas labores. Del mismo modo, se estima que este personal reside en la Comuna de Graneros, Rancagua o en sus alrededores, y que son transportados en bus o minibús de servicio especial con una capacidad adecuada para el número máximo de trabajadores. Para el cálculo de la demanda horaria se considera que se dispondrá de 1 turno de trabajo con un horario de 8 horas y en el caso del transporte de personal, el flujo se concentra en los períodos de entrada y salida de los turnos de trabajo. El flujo estimado se incluye en la siguiente Tabla:

Descripción Cantidad/ día | Días | Cantidad Total de viajes durante 7 meses

Retroexcavadora 1 12 12

Cargador Frontal 1 6 6

Rodillo Liso 1 3 3

Camiones Mixer de Hormigón 2 10 20

Camiones Tolva para transporte de material 2 15 30

Grúas 2 60 120

El transporte de los equipos se realiza en forma terrestre por Panamericana Ruta 5 Sur a través de camiones. Si algunos equipos exceden las medidas de diseño estándar (sobredimensión y/o sobrepeso) el transporte se realiza con empresas de transporte de carga especial, conforme a la normativa vigente y se solicitarán a los contratistas que gestionen oportunamente los permisos y autorizaciones que correspondan. Los camiones a utilizar se ajustan a los límites de pesos permitidos para circular por vías públicas indicados en el DS N” 158/1980 y conforme a éste, se solicitarán permisos especiales a la Dirección de Vialidad correspondiente si se diere el caso de cargas que excedan las 45 toneladas.

Sin perjuicio de lo anterior se da cumplimiento a:

  • D.S. N* 300/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, establece requisitos de antigúiedad máxima a vehículos motorizados de carga que indica.

10

  • D.S. N* 80/04 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones que regula el servicio de transporte privado remunerado de pasajeros.

  • En materia de seguridad de tránsito se considerarán las recomendaciones de la Comisión Nacional de Seguridad de Tránsito, CONASET.

i) Prevención de Riesgos en la etapa de construcción

Sin perjuicio que la seguridad en los trabajos propios de la construcción es de responsabilidad de las empresas constructoras, es política de INDURA exigir a cada una de las empresas de construcción y montaje con las cuales se vincule, contar con la asesoría de expertos en prevención de riesgos calificado y con experiencia en un número suficiente para garantizar que la obra se ejecute en forma segura.

INDURA incluirá en sus contratos de construcción cláusulas que obligan a los contratistas y subcontratistas a cumplir con la normativa de seguridad y salud ocupacional que está actualmente vigente.

j) Principales Emisiones, Residuos y Descargas a generar en la Etapa de Construcción

Residuos domiciliarios y asimilables a domésticos (plásticos, papel, cartones, etc.): este tipo de residuos son recolectados en contenedores ubicados en los puntos de generación, los cuales son segregados de acuerdo a su naturaleza privilegiándose el reciclaje, para posteriormente ser trasladados a un contenedor cerrado para que puedan ser retirados por empresas de recolección autorizadas sanitariamente para su posterior disposición en lugares autorizados, por ejemplo relleno sanitario la Yesca de Rancagua.

Residuos industriales: Los residuos industriales no peligrosos resultantes de la etapa de construcción, tales como restos de madera, recortes de acero, etc., son segregados cuando sea factible y almacenados temporalmente en un sitio de acopio temporal para posteriormente ser vendidos o comercializados a terceros que cuenten con autorización sanitaria para el efecto, en función del tipo de residuo, o bien, dispuestos en lugares autorizados.

Residuos industriales peligrosos: son segregados y almacenados en contenedores especialmente habilitados para este tipo de residuos, y se tramitará ante la Autoridad Sanitaria la autorización de almacenamiento temporal para residuos, actividad que debe realizar cada contratista. Del mismo modo, se realiza esta actividad en conformidad con el Plan de Manejo y Despacho de Residuos (Anexo G de la DIA) en lo que le sea aplicable y del D.S. N* 148/03. Las bodegas cumplen con todas las exigencias constructivas de esta normativa según el tipo de residuo a almacenar, contando al menos con piso impermeabilizado con pretil y sistema de captación de derrames, techumbre en toda su extensión, ventilación adecuada y medidas de protección contra incendio (extintores portátiles). La cantidad específica de bodegas a instalar dependerá de la cantidad de contratistas que participen en esta etapa y de las tareas específicas que se les asignen, por lo que su número puede variar en el tiempo.

3.7.4,1.4. Comisionamiento y Puesta en Marcha

Una vez concluido el montaje de todos los equipos, y previamente a la entrada a operación normal de estos, los distintos equipos, sistemas y subsistemas del proceso son probados en forma individual y colectiva de modo de asegurar el correcto funcionamiento de cada uno de ellos.

Dentro de las medidas de control para evitar la contaminación durante la etapa de construcción que se adoptan en esta etapa están las siguientes:

Se instalan mallas tipo raschel en el área de faenas que se encuentren al aire libre, las cuales son mantenidas en buen estado para impedir la dispersión de polvo y caída de material al exterior del área de trabajo. El uso de las mallas tipo raschel son necesarias en época estival o cuando no haya lluvias que mantengan una humedad suficiente en las zonas de extracción de material. Se considera que el área exterior que esté siendo intervenida será rodeada por una malla raschel de al menos 2,4 m de altura y ubicada particularmente en el sentido del viento, para retener posibles partículas en resuspensión.

Por otra parte, en las zonas donde se deba excavar el terreno al aire libre, previo a esta faena y si el terreno está seco, se humecta la superficie con camiones aljibe para evitar el levantamiento de polvo fino en suspensión. La humectación se efectúa tantas veces como sea necesario, pero sin formar lodos o barros en la superficie de éste que dificulten su posterior manejo.

Se exige a las empresas contratistas el adecuado manejo de sus residuos peligrosos, tales como materiales y papeles contaminados con aceite y/o grasa, tarros y papeles o materiales

11

contaminados con pintura. Estos son depositados en contenedores metálicos de 200 It, que cuentan con un letrero adherido en su parte externa visible, que permite identificar y caracterizar cada residuo, y almacenarlos en la zona de almacenamiento para residuos peligrosos.

En el caso de residuos no peligrosos, también se exige a las empresas contratistas el adecuado manejo de sus residuos no peligrosos, tales como papeles, bolsas plásticas, cartón y residuos orgánicos (son depositados en un tambor metálico de 200 lt u otro tipo de contenedor según sea necesario); despuntes metálicos y tuberías de desechos son depositados en un contenedor metálico). Todos los residuos no peligrosos están almacenados en la zona de almacenamiento para residuos no peligrosos.

3.7.4.2 Etapa de Operación 3.7.4.2.1. Instalaciones Actuales

Tal como se explicó anteriormente, la actual planta ASU contempla la operación de los siguientes procesos productivos principales:

Planta Productora de Gases del Aire ASU (Oxígeno — Nitrógeno — Argón). Planta de Llenado de Cilindros y Termos Criogénicos

Áreas de almacenamiento de cilindros

Taller de mantenimiento de Tráiler

Planta productora de Hidrógeno

Bodegas, sala de control y oficinas administrativas

31420790

A continuación se describe cada uno de estos procesos. a) Planta Productora de Gases del Aire Asu

La planta productora de gases del aire ASU opera bajo el principio de separación de gases por destilación, para lo cual es necesario llevar el aire a condiciones termodinámicas de estado líquido (E 176 C y 5 barg de presión), en esta condición es conducido a una columna de destilación en la cual se separan los gases Oxígeno, Nitrógeno y Argón, según el punto de ebullición de éstos: Oxígeno (-183 C), Nitrógeno (-196 C) y (Argón -185 C), considerando una presión de 1 atm para cada caso. En la figura 12 de la DIA, se presentó el actual diagrama de bloques del proceso.

A continuación se describen las etapas del proceso por medio del cual es posible realizar la separación de los gases del aire:

Filtración Material Particulado y Contaminantes Azufrados:

Cumple la función de realizar la remoción de impurezas contenidas en el aire ambiental por condiciones naturales (material particulado) a través de filtros de telas capaces de retener material particulado con un diámetro de partículas de 20 micras y filtros químicos que atrapan los contaminantes azufrados.

Compresor Principal:

Toma la cantidad de aire de diseño 12.700 m3/hr y lo comprime hasta la presión de operación requeridas (5 barg), el compresor utilizado es del tipo centrífugo de 3 etapas con sus respectivos enfriadores y drenajes de condensado producidos por la humedad ambiental (H20). El agua de condensado que se genera en el compresor de aire es de aproximadamente 240 litros/día (sin diferencia estacional) y es utilizada como materia prima en la planta de Hidrógeno.

Unidad de Refrigeración Chiller:

En esta etapa se realiza el enfriamiento del aire hasta el punto de rocío (8 “C y 5 barg de presión) para sacar el 95 % de la humedad ambiental contenida en la corriente de aire, esta operación se realiza en un intercambiador de calor el cual es enfriado por un circuito cerrado de agua, el que a su vez, es enfriada por un sistema de refrigeración convencional.

Separador de condensado:

Esta unidad realiza la operación de atrapar las gotas de agua generadas en la unidad de refrigeración. El aire ingresa a esta unidad la cual separa las pequeñas gotas de condensado que a su vez decantan, siendo estas retiradas por trampas de condensado automáticas, retirándolas de esta forma del sistema y secando el flujo que se dirigirá a los siguientes pasos para la obtención de los productos de esta planta.

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Absorbedores — Secadores:

En esta etapa se realiza la purificación del aire a través de sistemas de filtros de Molecular Sieves, los cuales atrapan impurezas por adsorción, agua, dióxido de carbono e hidrocarburos, el ciclo de trabajo de cada uno de estos filtros es de 8 horas, cuando uno está en operación el otro se está regenerando por temperatura (150 *C) a través de una corriente de Nitrógeno de desecho enviado desde la columna de destilación. En esta etapa se realizan análisis en línea del contenido de CO2 en el aire el cual no debe superar las 3 ppm.

Compresor de Reciclo:

Esta unidad cumple la función de proporcionar la energía dinámica necesaria para el funcionamiento de la turbina de expansión, lo cual se consigue a través de una corriente de Nitrógeno gaseoso proveniente de la columna de destilación este equipo eleva la presión de 5 barg a 18 barg.

Turbina de Expansión:

Cumple la función de suministrar la capacidad de refrigeración necesaria para licuar el aire (-176 2C) a través del principio de expansión iso-entálpica, para lo cual se utiliza la energía dinámica del Nitrógeno generada en el compresor de reciclo para su rotación. Esta unidad está compuesta por un eje en el cual en un extremo se expande el aire y en el otro se comprime con la finalidad de quitar trabajo y así bajar temperatura al fluido.

Intercambiador Principal Multietapas:

Esta unidad está al interior de la columna de destilación, y cumple la función de enfriar el aire hasta la temperatura de licuefacción (-176 *C), para lo cual utiliza la corriente proveniente de la turbina de expansión y los gases frios de salida de la columna de destilación.

Columna de Destilación: Está compuesta de 2 etapas: columna de media presión y columna de baja presión.

Columna de media presión: A esta columna llega el aire liquido (- 176 *C y 5 barg de presión), el cual es recepcionado en un condensador y posteriormente enviado a la columna de baja presión a través de un lazo de control por nivel. En esta columna se produce la primera rectificación del aire, generando Nitrógeno en la parte superior y aire liquido enriquecido en Oxígeno en la parte inferior.

Columna de baja presión: A esta columna ingresa el aire liquido enriquecido en Oxígeno proveniente de la columna de media presión el cual es rectificado a través de bandejas, el aire liquido descendente se va enriqueciendo en Oxígeno y el gas ascendente se va enriqueciendo en Nitrógeno hasta llegar a producir gases del aire (O2 y N2) de alta pureza, los cuales son almacenados en tanques criogénicos y posteriormente distribuidos en trailers.

Un diagrama del proceso de destilación del aire se presentó en figura 14 de la DIA.

Unidades Deoxo:

Unidad utilizada para la purificadora de argón.

Torres de Enfriamiento:

Esta unidad es un circuito de agua de enfriamiento impulsada por bombas centrifugas, su función es proporcionar la refrigeración necesaria a las maquinarias de proceso, esta agua es enfriada en torres enfriamiento de tiro inducido a través de ventiladores. Se realizará un control del pH en línea de manera que en el caso que éste supere las 8 unidades, se inyecte CO2 en línea hasta su regularización. Las torres de enfriamiento generan una purga continua de 1,25 m3/h de agua, la cual es utilizada para riego de áreas verdes.

Actualmente la Planta Indura Graneros cuenta con 5 torres de enfriamiento, las que aumentarán a 10 torres con la implementación del proyecto Licuador de Nitrógeno, por cuanto el proyecto considera 5 torres adicionales a las existentes.

Torres de enfriamiento actuales y proyectadas

Torres de Enfriamiento Cantidad

Actual Proyectado

aja

13

[Total con proyecto [10 ]

Las actuales torres de enfriamiento no interactuan con las proyectadas por cuanto abastecen a distintos procesos. Las actuales torres abastecen a la planta ASU y las torres proyectadas al futuro Licuador de Nitrógeno; sólo comparten la piscina en la cual se acumula el agua enfriada, que luego es bombeada al interior de los equipos de cada una de las dos diferentes plantas. En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de la DIA, se mostró un esquema respecto a las torres actuales y las futuras, el sistema muestra la recirculación y la purga que se generará. Es importante destacar que las purgas resultantes corresponden a agua, esto se realiza con el fin de regular la concentración de minerales en el líquido y que no se van junto con el vapor de agua emanado al ambiente.

El consumo de agua de reposición (make-up) de cada grupo de torres corresponde a la suma de lo que se evapora y la purga.

Estanques Criogénicos:

Estas unidades cumplen la función de recepcionar y almacenar los productos finales Oxígeno Líquido — Nitrógeno Líquido - Argón Líquido para su posterior distribución.

La Planta ASU descarga su producción a los estanques LOX, LIN-A, LIN-B y LAR, ya que su producción abarca estos tres elementos. Los estanques son del tipo doble cámara en donde el casquete exterior está fabricado de Acero al carbono y el casquete interior está fabricado de Acero Inoxidable. Entre ambos casquetes se encuentra el aislante térmico compuesto de Perlita Criogénica y Nitrógeno Gaseoso. En su parte inferior se usa Aislación Foamglass. Estos estanques están soportados sobre una estructura fabricada de Hormigón Armado (Base y pilares). Cuentan con una cañería de acero inoxidable aislada para la carga y descarga del estanque.

El estanque que contiene el Argón que se produce por la planta ASU también es del tipo doble cámara con características similares a los estanques LIN-A, LIN-B y LOX, doble cámara, casquete exterior de acero al carbono y casquete interior de acero inoxidable con aislación al vacío entre casquetes.

Capacidades de almacenamiento de los productos generados en planta ASU

Producto Planta ASU Capacidad almacenamiento (Ton) Oxígeno líquido 315 Nitrógeno líquido (2 estanques) 570 Argón líquido 11

b) Planta de Llenado Cilindros y Termos Criogénicos

La planta de llenado de gases es una instalación adecuada para el fraccionamiento y llenado de cilindros con gases tales como Oxígeno, Nitrógeno, Dióxido de Carbono y Aire. En la figura 16 de la DIA, se presentó el diagrama de procesos de la planta de llenado de cilindros.

A su vez, el procedimiento general de operación de la planta de llenado de cilindros se describe a continuación:

Almacenamiento de líquidos criogénicos:

Los líquidos criogénicos son almacenados en tanques en promedio a menos de -22 C como es el caso de Anhídrido Carbónico, -183 C para el Oxígeno y a -196 *C, para el caso del Nitrógeno. Estos tanques son fabricados y acondicionados para mantener dichas temperaturas en el tiempo con un estándar promedio establecido de gasificación, técnicamente los tanques están construidos con un tanque interior de acero inoxidable y uno exterior de acero al carbono aislados entre sí por presión vacuométrica y productos aislantes como la perlita o papel aluminio para preservar las características iniciales de los líquidos criogénicos con el objetivo de evitar la trasferencia de calor. Para este proyecto particular los tanques de almacenamiento a utilizar serán los mismos de la planta productora de gases del aire.

Transferencia gases criogénicos:

Desde los tanques de almacenamiento comienza el proceso de transferencia por medio de bombas criogénicas que impulsa el líquido criogénico entre 2,2 a 2,6 galones por minuto.

Vaporización:

14

El cambio de estado comienza cuando el líquido pasa por el vaporizador que permite que se caliente y se realice el cambio de fase a gas, luego va directamente direccionado por las líneas de suministro fabricadas de bronce para alta presión (W-3.000 psi) hacia la etapa de llenado de cilindros.

Llenado de cilindros:

Desde los vaporizadores el gas va al manifold de llenado diseñado en promedio para el llenado de 32 cilindros simultáneamente en sus diferentes formatos tales como: 11 m? (2.900 psig), 9 m (2.400 m/), 6 m (2.015 psig) etc.

El llenado de cilindros se basa en el principio presión v/s temperatura, en el que a medida que aumenta la presión por efecto de compresión de gas, aumenta la temperatura alcanzando en un momento el punto de equilibrio entre la T”/presión, en este instante el cilindro está en su capacidad máxima de llenado; durante este proceso se deben realizar procedimientos de seguridad y calidad para asegurar un producto que cumpla los estándares de calidad tales como: calidad de la pintura acorde con el gas a cargar, chequeo de filtraciones, estado de la válvula e hilos de conexión, etiquetado y finalmente el sello de garantía e ingreso de producción a sistema, cumpliendo de esa manera con estándares de calidad internacionales.

Capacidades de almacenamiento de la planta de llenado (TK y Cilindros)

Producto Planta Llenado Capacidad almacenamiento (Ton) Dióxido de Carbono 18 Oxigeno Liquido 13 Nitrógeno Liquido 9

c) Área de Almacenamiento de Cilindros.

Esta zona es abierta y en ella se acopian momentáneamente los cilindros llenos antes de su despacho al cliente. El almacenamiento de los cilindros se hace por tipo, y se separan unos de otros con sistemas de barreras o encadenamiento. Hay dos zonas: una para cilindros llenos y otra para cilindros vacíos.

Por otro lado, también existe una zona para el almacenamiento de termos, que también es en un sector abierto, con una superficie de 40 m2.

d) Taller de Mantenimiento de Trailer.

Existe una zona destinada al mantenimiento de los tráilers criogénicos, utilizados para el transporte de gases del aire en estado líquido, en esta instalación se realiza reparaciones en los tanques utilizados para transportar los gases en estado líquido. Según se presentó en la Figura N? 10 de la DIA “Taller de Mantenimiento de Tráiler”.

e) Planta Productora de Hidrógeno

El hidrógeno se utiliza en la planta ASU para la producción de Argón, no siendo utilizado en otros procesos. Se cuenta con dos plantas de 120 m”/día que funcionan alternadamente. El hidrógeno producido es envasado en cilindros donde parte de la producción es comercializada y la mayor parte es enviada vía cañerías a la planta ASU.

f) Bodegas, Sala de Control y Oficinas Administrativas

La planta cuenta actualmente con bodega de sustancias peligrosas, bodega de residuos peligrosos, Sala de control y equipos auxiliares. Asimismo la planta también posee torres de enfriamiento servicios higiénicos y comedores.

Actualmente la planta cuenta con una potencia total instalada en la subestación eléctrica de 10 MVA, de los cuales están declarados al SEC para uso interno 6,2 MW (7.750 KVA) , por otra parte el consumo actual de la planta es de 3,6 MW (4500 KVA).

En caso de corte del suministro de energía se utiliza un grupo electrógeno de respaldo, con el objetivo de abastecer de electricidad las oficinas administrativas del proyecto y sistemas de control. Este equipo utiliza petróleo con un consumo para el funcionamiento del grupo electrógeno, que se estima en 480 litros/año, los que serán almacenados en envases herméticos, como parte del equipo generador y se mantendrá dentro de un sistema de contención que evite derrames.

3.7.4,2.2. Instalaciones Proyectadas

15

A continuación se describe el funcionamiento de las instalaciones proyectadas. Es importante considerar que el proyecto no contempla la incorporación de otras estructuras adicionales a las que a continuación se describen.

a) Planta Licuadora de Nitrógeno

La forma en que la nueva planta Licuadora de Nitrógeno interactúa con la actual planta de gases del Aire es por una parte, utilizando los mismos estanque de almacenamiento de Nitrógeno Líquido, mediante el acople de las cañerías destinadas para este fin y además es conectada a la cañería por la que actualmente la planta ASU ventea el Nitrógeno Gaseoso al ambiente.

La planta Licuadora de Nitrógeno que se instala produce Nitrógeno Líquido, su suministro es el Nitrógeno gaseoso que actualmente se envía al ambiente desde la planta ASU (ver ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de la DIA). Esta utiliza un ciclo de refrigeración de media presión en el cual el Nitrógeno es comprimido por sobre la presión crítica y luego es expandido, mediante el uso de turbo expansores. Luego de esto la planta es capaz de transformar el nitrógeno a estado líquido.

En la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de la DIA se observa lo siguiente: (1) Nitrógeno gaseoso extraído desde la salida de la actual planta ASU que es combinado con nitrógeno gaseoso, proveniente del intercambiador de calor principal, luego el flujo es dirigido hacia el Compresor de reciclo el cual alimenta a dos compresores encargados de elevar la presión del flujo y que son impulsados por las turbinas de expansión. Luego de los compresores, el flujo va directo al intercambiador de calor en el cual es enfriado. Una porción de este chorro de alta presión es dirigido para alimentar el equipo caliente, cuando el chorro abandona este equipo caliente y retorna al intercambiador principal provee parte de la temperatura de refrigeración necesaria. Después que el flujo se ha enfriado ocurre una segunda desviación, en la que una parte del flujo enfría el equipo frío (Cold box), acá el flujo abandona el equipo frio y retorna al intercambiador de calor principal. La descarga desde el equipo frío (Cold box) es suficientemente fría como para licuar la parte remanente en el intercambiador y entonces se forma el Nitrógeno Líquido que se almacena en estanques. Cabe señalar que en la figura 17 de la DIA, se presentó el Diagrama de Bloques de proceso del futuro Licuador de Nitrógeno.

El Licuador de Nitrógeno que se instala descarga solo a los Estanques LIN-A y LIN-B ya que es capaz de producir solo Nitrógeno Líquido. Por tanto, los estanques LOX, LIN-A, LIN-B reciben la producción de la planta de gases del aire (ASU) y del nuevo Licuador de Nitrógeno.

b) Torres de Enfriamiento

Actualmente la planta cuenta con 5 torres de enfriamiento, sin embargo, se instalan 5 nuevas torres a continuación de las existentes. El sistema de torres corresponde a un circuito de agua de enfriamiento impulsada por bombas centrifugas, su función es proporcionar la refrigeración necesaria a las maquinarias de proceso, Las torres llegan armadas a la planta y solamente se instalan en el sector señalado en la ¡Error! No se encuentra el origen de la referencia. de la DIA. Es importante indicar que las torres que se instalan corresponden a estructuras de última generación que cuentan con equipos que disminuyen los costos de mantención por recambio de piezas, evitando la generación de residuos, asimismo cuenta con partes de polipropileno soldado por electrofusión, sin uso de pegamentos. La planta actualmente genera aguas de purga que corresponde a 1,25 mÍh, sin embargo, se estima que con el Licuador el caudal aumente a 3 m'/h, la cual es utilizada como agua de riego.

c) Modificación de Subestación Eléctrica

La planta actualmente cuenta con una potencia total instalada en la subestación eléctrica de 10 MVA, de los cuales están declarados al SEC para uso interno 6,2 MW (7.750 KVA), por otra parte el consumo actual de la planta es de 3,6 MW (4.500 KVA). El nuevo proyecto contempla un consumo de 3,2 MW (4.000 KVA), lo que da un consumo total para la planta de 6,8 MW (8.500 KVA), por tanto el aumento será de 0,6 MW (750 KVA), respecto a lo declarado ante la SEC. Para ello también se tiene contemplado reemplazar la actual subestación de 10 MVA por la instalación de 5 sub estaciones eléctricas de capacidad máxima 2 MW cada una, sin embargo esta modificación no contempla un aumento de la capacidad instalada. La factibilidad técnica, planos y memorias de cálculo se presentaron en Anexo D de la DIA.

3.7.4.2.3. Principales Materias Primas e Insumos de la Operación del Proyecto

La principal materia prima a utilizar corresponde a Aire atmosférico, además de los productos resultantes, cuyas cantidades se muestra en la siguiente Tabla:

Tabla: Materias Primas y Productos Estimados en Planta para el proceso actual y futuro.

16

Cantidad máxima almacenamiento

Forma de

Materia Prima y Productos Unidad Actual Futuro piracenamiento

MATERIA PRIMA Planta de Separación de Aire (Planta ASU)

No se almacena, sel lAire atmosférico INm3/h 112.700 112.700 Icapta directamente del _faire atmosférico

PRODUCTOS

Planta de Separación de Aire (Planta ASU)

¡Oxígeno líquido [Ton/año [17.274 17.274 Estanque Nitrógeno líquido [Ton/año 14.898 14.898 Estanque Nitrógeno gas [Ton/año [O ¡0 Estanque ¡Argón líquido [Ton/año 1.015 1.015 [Estanque [Consumos Planta de Llenado (año 2012)

¡Oxígeno líquido m3/año 229.370 229.370 Estanque Nitrógeno líquido m3/año 158.357 158.357 Estanque ¡Anhídrido carbónico Im3/año 141. 830 1141. 830 [Estanque Planta Hidrógeno

Hidrógeno Gas [Ton [o,12 J0,12 [Cilindros

Es importante señalar que la capacidad de almacenamiento total de la planta no se modifica a raíz de la implementación del proyecto, ya que se modificará la frecuencia de retiro del Nitrógeno líquido adicional que se genere en ella. De acuerdo a lo indicado los productos generados en la actualidad y con proyecto son almacenados de acuerdo al siguiente detalle:

Almacenamiento de Productos

  1. ZONA DE ESTANQUES PLANTA PRODUCTORA DE GASES DEL AIRE

Almacena

Nombr | Nombr Peligrosidad NCh , Almacenami á ”

6 6 382 Of. 2004 miento | onto Máximo Tipode | Tipode

a Máximo Estado Almacenami | Embalaj

Produc | Químic Clase — (Ton) (Ton) ento E

to o (1-9) División Actual Futuro Argón e. Estanqu Líquido Ar 2 2 11,00 11,00 líquido granel e Nitróge no N2 2 2 570,00 570,00 líquido granel ca Líquido Oxígen o 02 2 2 315,00 315,00 líquido granel EStangu Líquido

División 2.2: Gases no Inflamables, no 896,00 896,00 Ton Tóxicos

  1. ZONA DE ALMACENAMIENTO CILINDROS PATRÓN PLANTA PRODUCTORA DE GASES DEL AIRE

No Peligrosidad Nombi mbr a of. Almacenamient Almeccoel Tipo de Tipo de P e de Quí [CI o Máximo (Ton) (Ton) Estado Almacenami Embalaj rogucta a 25 | Divisió Actual ento e mic | e(1- n Futuro o 9) Mezcla CO02/N2 Mez (cilindro cla al patrón/ co2 2 2 0,02 0,02 gaseoso envasado Cilindro INDURAL /N2 4) Mezcla 02/N2 e (cilindro 02/ 2 2 0,09 0,09 gaseoso envasado Cilindro patrón/ N2 AIRE) Mezcla Mez O2/AR cla e (cilindro 02/ 2 2 0,02 0,02 gaseoso envasado Cilindro patrón) AR Mezcla Mez NZ/AR cla mE Cilind: (cilindro N2/ 2 2 0,02 0,02 gaseoso envasado ilindro patrón) AR Mezcla Mez H2/Ar cla e (cilindro H2/ 2 2 0,02 0,02 gaseoso envasado Cilindro patrón) Ar N2 (cilindro N2 2 2 0,01 0,01 gaseoso envasado Cilindro patrón)

17

02 (cilindro 02 2 2 0,01 0,01 gaseoso envasado Cilindro patrón) División 2.2: Gases no Inflamables, no Tóxicos 0,19 0,19 Ton 3. ZONA DE ESTANQUES PLANTA DE LLENADO DE CILINDROS No Peligrosidad Nombre mer oa cis Almacenamient | Almacenamiento Tipo de Tipo Producto | Quí | Clas o Máximo (Ton) Máximo (Ton) Estado Almacenami Emba A Divisió Actual Futuro ento A mic e ñ laje [o (1-9) Estan a que pogano N2 2 2 9,20 9,20 líquido granel de sd 3000 gl. Estan Dióxido de que Carbono CO2 2 2 17,94 17,94 líquido granel de Liquido 1400 O Kg. Estan , que ero 02 | 2 2 12,93 12,93 líquido granel de q 3000 gl. División 2.2: Gases no Inflamables, no Tóxicos 40,07 40,07 Ton 4. ZONA DE ALMACENAMIENTO TRANSITORIO DE CILINDROS PLANTA DE LLENADO DE CILINDROS No Peligrosidad Nombre mor DA of Almacenamient | Almacenamiento Tipo de res Producto | Quí | Clas o Máximo (Ton) Máximo (Ton) Estado Almacena Emba , al Divisió Actual Futuro miento E mic | e(1- h laje o 9) Cilind ros Oxigeno 02 2 2 0,95 0,95 gaseoso envasado EN 10 m3 Cilind Dióxido de ros 2 Carbono COo2 2 2 0,64 0,64 gaseoso envasado a 35 Kg. ps Cilind cla 02 ros Aire 2 2 0,50 0,50 gaseoso envasado | de1,5 Bala pis a8,5 N2 m3 Cilind ros Nitrógeno N2 2 2 0,42 0,42 gaseoso envasado de 8,5 m3 División 2.2: Gases no Inflamables, AO'TÓXICOS 2,51 2,51 Ton 5. ZONA DE ALMACENAMIENTO CILINDROS DE HIDRÓGENO No Peligrosidad mbr ACARe20n Almacenamient | Almacenamiento Es A Tipo Elida Quí cl q oMáxImo.(Ton) Máximo (Ton) tl po emba rogucto . aS | Divisió Actual Futuro do e mic | e(1- ñ laje o) 9) ga Hidrógeno se Cilind (Gas) H2 2 1 0,12 0,12 ES envasado 6 o División 2.1: Gases Inflamables 0,12 0,12 Ton

(*) Datos obtenidos de planilla de inventario Planta Graneros Noviembre 2012

Respecto a los suministros e insumos necesarios para la operación de la planta, estos se describen las siguientes tablas:

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Suministros Estimados en Planta.

3 Consumo Consumo Consumo SUMINsIrRoS Unidad Actual del Proyecto Total Agua (Balance de agua por medio de diagrama) m"/mes 2.160 2.160 4.320 Energía Eléctrica MW/hr 3,6 3,2 6,8 Combustible petróleo diésel (grupo electrógeno)() Litros/año 480 0 480 () Líquido inflamable Clase 3, envasado en tambor en estado líquido. INSUMOS BODEGA DE QUIMICOS Nom Peligrosidad Tipo Nombre bre NCh 382 Of. 2004 Almacenamiento Almacenamient Tipo de ne Product Quím Clase Divisi ld o pira 1 Estado a Emba ico | (1-9) ón laje Ácido Envas Clorhídri PA e co (Al HCL 8 0,42 0,42 líquido envasado Plásti 32%) co Hipoclor cavas ito de 8 0,44 0,44 líquido envasado EH E Plásti Sodio co Envas Nalco NaO dd e ST-70 Cl 8 0,48 1 líquido envasado Plásti co Envas Nalco 3 e e DT 265 8 0,41 1 líquido envasado Plásti co Envas Nalco fe e 7330 N/A 8 0,37 0,8 líquido envasado Plásti co Envas Nalco rat e 73550 N/A 8 0,39 0,8 líquido envasado Plásti co Clase 8: Sustancias Corrosivas Total 2,51 4,46 Ton BODEGA DE KOH Nom Peligrosidad Almacena Nombre pe NCh 382 Of. 2004 | Almacenamiento Máximo miento Tipo de Tipo de Product ne (Ton) Máximo Estado Almacena | Embalaj o cua en e Actual (Ton) miento e 6 Futuro Potasa cáustica En KOH 8 0,20 0,20 sólido envasado Saco escama sal 90% Clase 8: Sustancias Corrosivas 0,20 0,20 Ton Total BODEGA COMUN 2 Nom Peligrosidad Almacenam Tipo Nombre bra! NCh 382 Of. 2004 iento Almacenamiento Máximo Esta Tipo de la Product e is Máximo (Ton) Almacenamie A Quím E Divist (Ton) Fnturo do nto Empal po (1-9) Actual y Soda Caustic Nao líquid a(Al H 8 0,53 0,53 a envasado 50%) Clase 8: Sustancias Corrosivas 0,53 0,53 Ton Total SALA DE MAQUINAS Nombre Hom a Almacenamient Almacenamiento Esta Tipo de Tipo de Product Quím Clase Divisi o Máximo (Ton) Máximo (Ton) do Almacenamie | Embalaj o 160. (1-9) ón Actual Futuro nto e Aceite ffcuiid COREN N/A 3 0,18 0,40 poa envasado Tambor AP 100 Aceite quid Mobil N/A 3 0,40 0,80 pe envasado Tambor DT

19

Medium

Aceite Turbo OIL T- 46

N/A 3 0,40 0,80 lquia envasado Tambor

Clase 3: Líquidos Inflamables

Total 0,98 2,0 Ton

BODEGA DE PINTURAS

Nom Peligrosidad bre NCh 382 Of. 2004

Quím | Clase Divisi ico (1-9) ón

Nombre Product o

Almacenamient Almacenamiento Esta Tipo de Tipo de o Máximo (Ton) Máximo (Ton) do Almacenamie | Embalaj Actual Futuro nto e

Anticorr osivo Epoxico Industri N/A 3 0,01 0,01 al (EPM- 710)

tua envasado

Anticorr osivo Poliuret an NA 3 0,01 0,01 lud Industri o al (DPM- 710 1)

envasado

Econom ic (Tramos )- N/A N/A 0,10 0,10 Limpiez ade Oxigeno

líquid Envase o envasado: Plástico

Esmalte Poliuret N/A 3 0,10 0,10 ano

líquid

ó envasado Tarro

Limpiavi drios N/A N/A 0,01 0,01 multiuso

líquid Envase o envasado Plástico

Envase

envasado blas Plástico

Arom N/A 3 0,01 0,01

líquid Líquido [e)

Clase 3: Líquidos Inflamables Total 0,23 0,23 Ton

Las hojas de seguridad de estos productos anteriormente descritos se adjuntaron en Anexo E de la DIA.

La planta cuenta con una autorización a través del ordinario N*699/2013 en la que SEREMI de Salud Región de O'Higgins señala que no corresponde otorgar resolución sanitaria por las cantidades de sustancias químicas almacenadas (según presentó el titular en Anexo F de la DIA).

Desde el centro de cada uno de los estanques hasta los límites prediales más cercanos a estos se tiene las siguientes distancias:

Distancias desde los estanques a límites del predio

PLANTA ASU Distancia al Límite Norte (m) Distancia al Límite Oriente (m) ld LOX (oxígeno 89,5 54,13 LIN-A (nitrógeno líquido) 89,5 69,88 LIN-B (nitrógeno líquido) 89,5 85,43 LAR (argón líquido) 72,78 79,98 PLANTA LLENADO Distancia al Límite Sur (m) Distancia al Límite Oriente (m) Estanque CO2 44,65 42,13 Estanque LIN 50,85 42,13 Estanque LOX 57,05 42,13

Como sistema de contención para los estanques de la planta ASU se considera que sobre todo el perímetro del radier sobre el cual están posicionados los estanques, existe un pretil de hormigón que puede retener cualquier derrame, el cual en todo caso, sería prácticamente inexistente debido a que se trata de gases que rápidamente se vaporizarían y volverían a su estado gaseoso y a componer el aire circundante.

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Especificaciones de los lugares de carga/descarga de materias primas y productos:

Planta ASU: Sobre radier de hormigón armado en un espacio abierto, ubicado aproximadamente a 48 metros del límite predial Oriente y a 100 metros del límite predial Norte. En esta zona se cargan los camiones Criogénicos con Oxigeno Liquido y Nitrógeno Líquido, productos que se encuentran almacenados en los estanques LOX, LIN-A, LIN-B y LAR. Esta zona está provista de conexiones para mangueras de tres pulgadas de diámetro, estos puntos representan la interface disponible entre cada estanque con el camión criogénico.

Especificaciones de Zona de carga de cilindros de Planta de Llenado (insumos y productos)

Al norponiente del sector de estanques de esta planta, se encuentra la zona de carga y descarga de cilindros. Está sobre radier de hormigón armado en un espacio abierto. Esta zona se encuentra delimitada en su lado Oeste por el Muro de la planta de llenado.

Especificaciones de Zona de descarga de Tráiler y llenado de estanques de Planta de Llenado (Materias Primas)

Se encuentra ubicada al oriente de los estanques criogénicos de la planta de llenado. Esta zona está provista de conexiones para mangueras de tres pulgadas de diámetro, estos puntos representan la interface disponible entre cada estanque con el camión criogénico.

No se producen modificaciones en el sistema de carga y descarga de camiones producto del nuevo proyecto.

Servicios Básicos:

Debido a que no será necesario contratar personal adicional para la etapa de operación del proyecto, se utilizan las actuales instalaciones de agua potable y alcantarillado sin requerirse modificaciones de ningún tipo, igual situación respecto de la alimentación y el transporte.

Respecto a la utilización de agua industrial, la planta actualmente requiere 2.160 mÍ/mes de agua para sus procesos, los que aumenta al doble con la puesta en marcha del proyecto, lo que estima en un consumo general futuro de 4.320 m”/mes, los que son obtenidas de pozo, de acuerdo a los derechos de aprovechamiento de agua, antecedentes que fueron presentados en Anexo F de la DIA.

Transporte en la Etapa de Operación:

Para el transporte de las materias primas y productos generados en la planta se tiene los siguientes flujos vehiculares desde y hacia la planta:

Flujo estimado de vehículos para transporte de materias primas, cilindros y termos.

á Flujo actual | Flujo futuro Material Transportado (camiones/mes) (camiones/mes) Transporte de Materias Primas/insumos/suministros 20 20 Transporte de Cilindros, Termos y camiones criogénicos 300 520 Transporte de trabajadores 180 180 Total Camiones/mes 500 125

Se estima que en promedio el flujo actual de camiones es de 16 vehículos/día, y con la operación de proyecto es de 24 vehículos/día. Sin embargo, no se considera el funcionamiento de todos los vehículos al mismo tiempo, por tanto el tránsito de camiones no contribuye a la sobrecarga vial de la Ruta Panamericana Sur.

El cálculo estimado considera el incremento vial de la operación actual y la futura del proyecto, con el fin de demostrar el bajo incremento vial que el proyecto conlleva; sin embargo, es importante destacar que el transporte en la etapa de operación no forma parte del alcance del proyecto, por cuanto es efectuado por terceros, tanto para el transporte hacia la planta de los insumos necesarios, así como el producto final que es transportado en cilindros y tráiler criogénicos de propiedad de Indura, sin embargo, son transportados en camiones de terceros.

Sin perjuicio de lo anterior, las características de los camiones se describen en la tabla a continuación:

Camiones para transporte Capacidad 5 Ton 15 Ton Potencia 130 Hp 280 Hp

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N? de ejes 2 3 Peso 7.5 Ton 25 Ton

Los tráiler criogénicos tienen diferentes capacidades, según el gas que transportan, en general se puede considerar que los estanques de oxigeno líquido (LOX) tienen un peso promedio de 23 ton, los estanques de Nitrógeno líquido (LIN) a 22 ton y los estanques de Argón líquido (LAR) a 21 ton.

Respecto a las autorizaciones, de acuerdo a lo indicado en la Página 4-5 de la DIA, el proyecto da cumplimiento al D.S. N*298/95 que “Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”, y D.S. N” 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica". Todos los camiones de transporte de productos poseen un tacógrafo de acuerdo al requerimiento del D.S. N”298/95, que registra la velocidad y distancia recorrida. Los registros de estos dispositivos se almacenan por un periodo de 30 días de acuerdo a la normativa citada.

De acuerdo a lo indicado en la tabla anterior, el transporte de materias primas y productos no superan los pesos máximos establecidos para circular por la Ruta 5. Los camiones cuentan con las revisiones técnicas al día y están acondicionados en forma tal que su carga no pueda escurrir o caer al suelo.

En el Anexo 4 de la Adenda N*1 se presentó el Estudio vial que señala que el flujo promedio diario del Proyecto en el período de operación será de 18,3 veh/día.

Las instalaciones de destino o lugar de descarga dependerán de los requerimientos de los clientes actuales y futuros.

Tabla: Transporte de productos en la etapa de operación

Rutas a utilizar dE i Instalación a: debidamente E Instalación de E á a p Comunas || identificadas De? ed 9 [destino o lugar de did + (ej: Lllrsaiaia (rol, número y pon pd descarga 5ime: e viajes nombre) 9 Panamericana/ 1.700.000 m3 N2 Graneros Ruta 5 Planta Ruta 5 sur/ Resto 650.000 m3 O2 18,3 veq/día país 45.000 m3 Ar

Del resultado de los flujos de transporte, se aprecian bajos aumentos de flujo vehicular promedio diario respecto de la situación base, siendo los aumentos más relevantes los detectados para la etapa de construcción. No obstante ésta etapa tiene una duración acotada y se estima que el análisis realizado es altamente conservador. Lo anterior indica que no existirán impactos viales relevantes ni significativos en la infraestructura estudiada.

Prevención de Riesgos en la Etapa de Operación:

La política de INDURA es cuidar la integridad de sus trabajadores, por lo mismo cuenta con profesionales encargados de verificar la aplicación de los procedimientos y quienes realizan los controles necesarios para asegurar la implementación de los mismos. Dentro de los documentos que dispone actualmente la planta INDURA Graneros se tienen:

  • Plan de Emergencia

  • Matrices de identificación de peligros y riesgos para los cargos relacionados con la operación de la planta

e Plan de manejo de residuos

e Programa de prevención de riesgos

  • Sistema de detección y protección contra incendios Inventario de extintores

  • Evaluaciones realizadas por la ACHS, respecto a niveles de iluminación y cumplimiento del D.S. 594, en relativo a autorizaciones sanitarias, residuos industriales y ruido industrial

  • Informe Sanitario año 2013.

Sistema de control Delta V:

Es el cual controla todas las unidades de la planta (compresores, turbinas, bombas de cargas, estanques), y variables del proceso como temperatura, presión y flujos. Ante una desviación de las condiciones normales de operación el sistema emite alarmas sonoras y visuales para que el operador o supervisor tome las acciones que correspondan. Si por alguna eventualidad la variable excede los valores normales, el sistema puede detener las unidades. En el documento MP-GG- OPERCON-08 Procedimiento Trabajo Operación y Control Planta, se establece en el punto B las

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funciones de acuerdo al turno de operación y entre ellas se establece la función de realizar inspección en terreno a piscina, estanques y planta de Hidrógeno, se adjunta este procedimiento en Anexo 2 de la Adenda N*1.

Cuando se produce una emergencia en alguna de las áreas productivas se cuenta con instrucciones de trabajo que describen los mecanismos de detención de los mismos. Se adjuntan los siguientes procedimientos:

e Instrucción de Trabajo Detención de Planta Oxígeno por Emergencia, Código IT-GG- DETEMO-02 en Anexo 2 de la Adenda N?.

  • Instrucción de Trabajo Detención de Planta de Hidrógeno por Emergencia Código IT-GG- DETENH2-00 en Anexo 2 de la Adenda N*1.

En caso de producirse alguna emergencia por derrame, fugas o filtraciones, el Plan de Emergencia de la Planta estable la activación del Plan de Control de Emergencia de acuerdo al nivel de dicha emergencia. El plan se presentó en el documento MP-GG-EMERG-04, presentado en el Anexo H de la DIA.

Adicional a las medidas señaladas, es importante destacar que las zonas de almacenamiento de aceite, así como las bodegas de almacenamiento de insumos y residuos cuentan con pretiles de contención en caso de derrame.

Sin perjuicio de lo anterior, la planta cuenta con un sistema de detección y protección contra incendio el que considera:

Sistema Detección contra Incendio:

Diseñado de acuerdo a lo establecido por la NFPA 72, National Fire Alarm and Signaling Code en lo que corresponde. En términos generales, el sistema está compuesto por una Central de Alarma, Detectores de Incendio (humo), Palancas y Sirenas. Este sistema cubre Sala de Control, Sala Análisis de Gases y Sala Eléctrica de la Planta ASU. Además, cabe mencionar que la Planta ASU y sus alrededores están permanentemente monitoreados por un Operador (sistema de turnos) para lo que se cuenta con un sistema de Control View y un Circuito Cerrado de Televisión (CCTV), los Operadores además cuentan con sistema de radiocomunicación.

Sistema de Protección contra Incendio: El Sistema de Protección contra Incendios cuenta con cuatro subsistemas:

a) Sistema de Suministro: La red de suministro de agua está compuesta por dos estanque estanques de almacenamiento, estanque norte (113 m3) y estanque sur (94 m3), los que son abastecidos de agua desde pozos profundos independientes. Estos estanques se encuentran actualmente operativos y mantienen a la Planta Graneros con suministro constante de agua para sus procesos diarios, además de alimentar la red de suministro de agua de emergencia.

b) Sistema de Impulsión: El sistema de impulsión considera en el sector norte una bomba sumergida eléctrica y en el sector sur una bomba centrífuga

c) Red de distribución: Para el sector norte de las instalaciones considera una red de dos ramales enterrados, uno de ellos se extiende por el costado poniente de las instalaciones del recinto y tiene una longitud aproximada de 60 metros, el segundo ramal se extiende por el costado norte y oriente de las instalaciones y tiene una longitud aproximada de 140 metros. Para el sector sur, estanque sur, existe un ramal de corta extensión que alimenta un hidrante y una conexión unión storz

d) Dispositivos de descarga: Los sistemas de descarga considera hidrantes y gabinetes, en estos últimos se dispone las mangueras y pitones para la descarga del agua.

Adicionalmente, la instalación considera extintores contra incendios de acuerdo a lo establecido en el Decreto N” 594 del MINSAL.

Cabe destacar que la Planta de Producción de Hidrogeno (proceso electrolisis) cuenta con toda sus instalación eléctrica “explosión proof”.

Finalmente, cabe mencionar que la compañía mantiene procedimientos y personal entrenado para disminuir la posibilidad de que un evento como un incendio se pueda producir, y en caso de

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producirse cuenta con procedimientos y personal entrenado en emergencia, así como un contrato especial con una empresa dedicada al tema de emergencias.

Todos los antecedentes anteriormente expuestos fueron expuestos en Anexo H de la DIA. 3.7.4.2.4. Plan de Contingencia

Indura cuenta con un Sistema de Gestión de Salud, Seguridad y Medio Ambiente, orientado a gestionar los riesgos propios de la operación de la compañía, este sistema cuenta con una certificación externa ISO 14001 referente al medio ambiente y por el Sistema GPS de la ACHS en los ámbitos de Salud y Seguridad. Dentro de los documentos del sistema de gestión, se cuenta con un procedimiento que incluye acciones correctivas y preventivas (según Anexo 5 documento “Procedimiento sistema de acción correctiva y preventiva” MP-MACP-00), este documento tiene por objeto establecer un procedimiento para reportar y hacer seguimiento a todas las condiciones subestándar de seguridad y salud ocupacional, prácticas subestándar y fallas o deficiencias del sistema de administración, así como también registrar e implementar las acciones preventivas necesarias para evitar la ocurrencia de incidentes.

Asociados a este procedimiento se encuentras los siguientes componentes:

a) Programa SSO 2013 (DA-GG-PROGRIESGOS-01) Anexo 2 de la Adenda N*1.

b) Matriz de identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos 2013 (DA-GG- MIPEMERG-02) Anexo N2 de la Adenda N1.

c) Inspecciones Planeadas ( MP-INSP-XX)

d) Reuniones SHEQ (MP-REUSHEQ-XX)

e) Investigación Accidente/Incidente (MP-INVINC-XX)

f) Ejercicios de Emergencia (MP-PREEMEG-XX)

g) Procedimiento de Identificación de Peligros, Evaluación y Control de Riesgos (MP-MATPEL- XX)

h) Reportes de Peligro y Cuasi Accidentes (DA-REPPEL-XX)

i) Procedimiento de Identificación de Requisitos Legales (MP-REGLEG-XX)

j) Auditorías de Seguridad y Salud Ocupacional (MP-AUDIT-XX)

k) Documentos emitidos por Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

|) Cualquier otro asunto, deficiencia o mejora valiosa resultado de las iniciativas, tales como ejercicios HAZMAT, Inspecciones Externas o Reguladoras, etc.

m) Informes (Inspecciones, Mediciones Ambientales, Informes Ergonómicos, Otros.) de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

La Planta Indura Graneros también cuenta con un documento de apoyo denominado "Análisis de Peligros Planta ASU Graneros” (Anexo 2 de la Adenda N*1, el documento DA-GG-ANPN2-03).

3.7.4.2.5. Plan de Emergencia.

De acuerdo al Plan de Emergencia presentado en el Anexo H de la DIA, la planta cuenta con un procedimiento en caso de emergencias. El plan de acción detalla las responsabilidades de los distintos niveles de mando ante una emergencia, procedimientos relacionados con las comunicaciones, acciones antes, durante y después así como procedimientos específicos ante situaciones de emergencias.

Este plan debe ser de conocimiento general para todo el personal que labore en Planta ASU Graneros, contratistas y visitas de manera que conozcan la estructura de la organización frente a emergencias, los roles y responsabilidades de sus miembros, trabajadores en general y servicios de apoyo disponibles enfrentar con eficacia una eventual emergencia. El alcance corresponde a todo el personal que labore en Planta ASU Graneros y a personas ajenas a la misma tales como Clientes, Visitas, Asesores, Proveedores, Vendedores, etc., de manera que conozcan la estructura de la organización frente a emergencias, los roles y responsabilidades de sus miembros, trabajadores en general y servicios de apoyo disponibles enfrentar con eficacia ante una eventual emergencia.

De acuerdo a lo solicitado se incorpora en el Plan de Emergencia, el aviso a los Servicios Públicos en caso de emergencia, y en el Procedimiento “Comunicación con instituciones gubernamentales, custodia de documentación legal ambiental y modificación de autorizaciones” (según Anexo 2 de la Adenda N*1, IT-DOCLEGAL-02) se establecerá que en el caso de producirse alguna emergencia donde se vea afectado el medio ambiente o la población el Jefe de Sustentabilidad deberá dar aviso a la autoridad competente: Superintendencia de Medio Ambiente, Seremi de Medio Ambiente y/o Seremi de Salud, y remitir en un plazo de 10 días los informes que den cuenta del suceso, las acciones y medidas aplicadas.

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Se establecerá un programa de difusión para los operarios que incluyan las posibles emergencias, planes y medidas de respuesta. Sin perjuicio de lo anterior, la planta establece como primer principio la prevención, por tanto realiza capaciones periódicas a los trabajadores (según Anexo 7 de la Adenda N”1) y verifica sus programas de emergencia, por ejemplo en Anexo 2 de la Adenda N*1 presenta informes de simulacro de emergencias realizados en 2013, donde se simularon incendios y fugas de nitrógeno.

Indura S.A. cuenta además con el apoyo de la Empresa SUATRANS, orientada a dar respuesta ante emergencias viales a través de sus unidades operativas, las que están equipadas para las actividades de contención, confinamiento, transferencia de productos, levantamiento de vehículos siniestrados, remoción de residuos y descontaminación. El Plan de Atención a Emergencias (PAE), (presentado en Anexo 2) tiene como objetivo establecer los procedimientos operativos y administrativos que deben adoptarse ante situaciones de emergencias provocadas durante la manipulación o el transporte de sustancias y residuos peligrosos.

El Plan incluye los siguientes antecedentes:

Procedimiento del CECOE para la atención de emergencias Procedimiento de evaluación y acción de emergencias Información general según clase de riesgo

  • Postemergencia y Remediación del Medio Ambiente

e Productos transportados por Indura.

  • Procedimiento Operativo de Indura.

El PAE establece medidas de respuesta de acuerdo a la clasificación del producto considerado en la emergencia (fuga, derrame) y eventualmente medidas de remediación del medio ambiente.

De acuerdo a lo establecido en el PAE se generarán medidas rápidas de respuesta con el fin de contener a la brevedad la emergencia (derrame). En caso que la situación impida que las personas afectadas puedan utilizar agua para uso sanitario o de riego, se dispondrá de camiones aljibe con agua potable que abastecerá a los posibles afectados hasta que se restablezca la condición basal del curso de agua afectado.

El Titular se compromete a informar inmediatamente el incidente a la autoridad competente: Superintendencia de Medio Ambiente, Seremi de Medio Ambiente y/o Seremi de Salud, y remitir en un plazo de 10 días los informes que den cuenta del suceso, las acciones y medidas aplicadas.

El Titular enviará a la Autoridad competente un informe con la investigación detallada que incluya entre otros antecedentes: la descripción del accidente, lugar de ocurrencia, identificación de la sustancia vertida, el área de influencia del derrame, la duración y magnitud del evento y las acciones correctivas y preventivas para evitar la recurrencia del episodio.

En caso de que se produzca un derrame accidental el Titular se compromete a enviar una propuesta de monitoreo a la autoridad competente, para validación y seguimiento.

El Titular compromete a elaborar informes preliminares sobre las contingencias, que contenga, al menos: el nombre del Proyecto evaluado en el SEIA, Titular, el lugar (señalando las coordenadas UTM Datum WGS84 Huso 19 Sur), fecha, hora, tipo de accidente, causa de accidente, tipo y cantidad de sustancia o residuo, patente del vehículo, duración del evento, acciones de control preliminares, posibles acciones de rehabilitación, restauración o descontaminación de la zona, personas afectadas por el incidente, medidas de seguimiento posibles de adoptar, órganos que participaron del evento, acciones preliminares que el titular del proyecto tomará para corregir errores que originaron el accidente. Dichos informes deberán ser remitidos a la Superintendencia del Medio Ambiente, Secretaría Regional Ministerial de Salud respectiva, en un plazo inferior a 24 horas, contados desde la ocurrencia de la contingencia.

3.7.4.2.6. Programa de Mantención de las Obras Pertenecientes al Proyecto. En el documento Procedimiento Trabajo Operación y Control Planta presentado en Anexo 2 de la Adenda N”1, se establece que entre las actividades que deben ejecutar los operadores se

encuentran las labores de mantención a los equipos asociados al Proceso Productivo.

El manual de procedimiento “Mantención Planeada” (Documento MP-GG-MANTPTA-06 Anexo 3 de la Adenda N*1) señala que se distinguen 3 tipos de mantenciones:

a) Mantención Predictiva

b) Mantención Preventiva Cc) Mantención Correctiva

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% . : Identificar Temporalidad

Tipo: de Actividad o Cantidad a | Cantidad a forma de de a ro Cuerpo

emisión, LA generar generar A A Disposición descarga y acción que kg/día kgldía acopio y su almacenamient Final legal

Residuo lo genera ACTUAL FUTURA capacidad o aplicable

(kg/día) (día)

Residuo

Peligroso: Envases Tambor Relleno de DS envases de vacios de 0,03 0,1 metálico 200 180 Seguridad 148/2004 plástico con lubricantes kg para Respel

aceite

Residuos peligrosos: E Tambor Relleno de

Arena con Areco 0,1 0,13 metálico 200 180 Seguridad CET

residuos kg para Respel

químicos

Residuo Envases

peligroso: vacios de Tambor Relleno de DS

sacos de materia 0,07 0,07 metálico 200 180 Seguridad 148/2004

potasa prima Planta kg para Respel caustica Ha

En la etapa de operación se generan los residuos sólidos que se muestran en la siguiente Tabla:

Sobre las condiciones de generación almacenamiento y destino final de los residuos a generar por el proyecto, la siguiente Tabla muestra la gestión que estos tendrán durante la ejecución del proyecto:

Cantidad E á [Residuo jactual [entcas futura rasificación Almacenamiento Destino Final (kg/mes) g/mes) 'emporal Domésticos y asimilables al 60 60 No peligroso (Zona de acopio delRelleno Sanitario] domésticos residuos ¡Autorizado Papel 20 20 No peligroso (Zona de acopio delRelleno Sanitario] residuos ¡Autorizado Aceites usados 50 125 Peligroso iZona delRelleno Sanitario] almacenamiento de/Autorizado residuos peligrosos ¡Agua con aceite 45 100 Peligroso Zona delRelleno de Seguridad Huaipe con aceite 10 20 Peligroso ¡almacenamiento delpara Residuos] fTubos fluorescentes 2 3 Peligroso [residuos peligrosos [Peligrosos Envases de plástico con 1 2 Peligroso aceites ¡Arena con residuos] 3 4 Peligroso ¡químicos ¡Sacos de potasa caustica Z 2 Peligroso

3.7.5.6. Olores

De acuerdo a lo indicado en la DIA Planta Indura Graneros, en el punto 2.2.3 donde se describen las principales materias primas e insumos; los productos que genera la planta corresponden a Oxígeno líquido, Nitrógeno líquido, Nitrógeno gas y Argón líquido. Todos ellos corresponden a Gases no inflamables, no tóxicos (División 2.2 de acuerdo a NCh 382 Of 2004), por tanto inocuos para las personas y el medio ambiente. Del mismo modo, el punto 3.1.2 señala que el proyecto emite actualmente, y emitirá en la futura etapa de operación, Oz y N2, elementos que no son considerados contaminantes atmosféricos debido a que se encuentran de manera natural en el aire, por tanto no constituyen una fuente generadora de olores.

Del mismo modo, los residuos sólidos (domésticos, asimilables a domésticos y peligrosos) son almacenados en contenedores cerrados de acuerdo a lo informado en el Anexo G de la DIA, evitando la generación de malos olores y la proliferación de vectores.

Sin perjuicio de lo anterior, se presenta en Anexo 6 de la Adenda N*1, el procedimiento interno MP- SSOP06-09 Control de Plagas, que posee Indura S.A., con el objetivo de garantizar que se efectúen de manera eficiente las labores de Control de Plagas con el fin de controlar presencia de vectores. En el documento se especifica que el control se debe realizar con una empresa externa que cuente con la autorización correspondiente otorgada por la Autoridad Sanitaria.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A” cumple con:

4.1. Normas de Emisión y Otras Normas Ambientales

4.1.1. Legislación Ambiental de Carácter General Aplicable al Proyecto.

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e Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N* 20.417 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Materia Establece el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Cumplimiento

El proyecto se somete al SEIA, mediante una Declaración de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido en el Título Il, Artículo 4 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En consecuencia el proyecto ingresa al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de acuerdo a los descrito en el literal h.2.1) del reglamento del SEIA.

e Decreto Supremo N” 95/2001, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio Secretaría General de la Presidencia.

Materia

Establece los proyectos que deben someterse al SEIA, los criterios para determinar la pertinencia de un ElA o de una DIA y establece los requisitos asociados a su presentación, tramitación y aprobación.

Cumplimiento El Proyecto se somete al SEIA mediante una Declaración de Impacto Ambiental, conforme a los requisitos establecidos en el Artículo 15 del Reglamento del SEIA.

El proyecto se ajusta a lo señalado en esta Resolución de Calificación Ambiental, incluida la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, las cuales podrán ser sancionadas por la Comisión de Evaluación, o en su defecto por la Superintendencia del Medio Ambiente, a solicitud de los órganos de Administración del Estado con competencias fiscalizadoras en el marco de las leyes competentes.

4.1.2. Legislación Específica Aplicable al Proyecto

Texto Legal: Decreto Supremo N' 47/1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo, “Ordenanza General de la Ley General de Urbanismo y Construcciones”, y sus modificaciones.

Materia Regulada: Regula el procedimiento administrativo, el proceso de planificación urbana, el proceso de urbanización, el proceso de construcción, y los estándares técnicos de diseño y de construcción exigibles en los dos últimos.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación.

Relación del proyecto: Establece las normas de planificación, urbanización, arquitectura y construcción aplicable a todas las urbanizaciones y construcciones. Además, define la clasificación de las industrias en inofensiva, molesta o peligrosas por la Autoridad Sanitaria respectiva.

Forma de Cumplimiento: En Adenda N?1, se actualiza la información presentada en la DIA por cuanto actualmente la planta cuenta con calificación industrial de tipo molesta, de acuerdo la Zona de Equipamiento Industrial 1 (ZEQ-11) en la que se ubica. En el Anexo 8 de la Adenda N*1, se entregaron todos los antecedentes necesarios para incorporar en la calificación actual, las unidades proyectadas.

Texto Legal: Ley N 17.288/70 modificada por la ley N 20.021/05, Ministerio de Educación Pública, “Sobre Monumentos Nacionales”.

Materia Regulada: Regula, los lugares, ruinas, construcciones u objetos de carácter histórico o artístico; los enterratorios o cementerios u otros restos de los aborígenes, las piezas u objetos antropo-arqueológicos, paleontológicos o de formación natural, que existan bajo o sobre la superficie del territorio nacional o en la plataforma submarina de sus aguas jurisdiccionales y cuya conservación interesa a la historia, al arte o a la ciencia; los santuarios de la naturaleza; los monumentos, estatuas, columnas, pirámides, fuentes, placas, coronas, inscripciones y, en general, los objetos que estén destinados a permanecer en un sitio público, con carácter conmemorativo.

Ámbito de Aplicación: Nacional

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Fase del Proyecto: Construcción Relación del proyecto: Ejecución de obras y movimiento de tierra en la etapa de construcción.

Forma de Cumplimiento: En caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico, se procederá según lo establecido en los Artículos N” 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N? 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. De producirse la anterior situación, el titular paralizará las obras en el frente de trabajo del o de los hallazgos e informará de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo disponga los pasos a seguir. Su implementación será efectuada por INDURA S.A.

Texto Legal: Decreto con Fuerza de Ley N* 725/1967, Ministerio de Salud; Código Sanitario

Materia Regulada: El Código Sanitario rige todas las cuestiones relacionadas con el fomento, protección y recuperación de la salud de los habitantes de la República, salvo aquellas sometidas a otras leyes.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación.

Relación del proyecto: Establece la competencia del Servicio Nacional de Salud para velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes en conformidad a las disposiciones del presente Código y sus reglamentos.

Forma de Cumplimiento: El proyecto da cumplimiento a lo establecido en el Decreto con Fuerza de Ley N 725/1967, Ministerio de Salud, Código Sanitario considerando las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento, con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los trabajadores. Del mismo modo, se adoptan las medidas de protección sanitaria y de seguridad que deben considerarse en los lugares en que se efectúe trabajo humano. El uso de implementos de seguridad y protección personal son de carácter obligatorio. Además, se supervisa que los trabajadores del contratista en la etapa de construcción usen los elementos de protección que se requieran; como los trabajadores relacionados a la etapa de operación del proyecto deberán cumplir con las medidas de prevención de riesgos de acuerdo a lo presentado en Anexo H de la DIA, y complementado en antecedentes de la Adenda N1 y N?2.

Texto Legal: Decreto Supremo N"594/1999, Ministerio de Salud, “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo”.

Materia Regulada: Condiciones sanitarias básicas en los lugares de trabajo. Agua Potable, Servicios Higiénicos y Aguas Servidas.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación.

Relación del proyecto: Reglamenta los aspectos relacionados con la provisión de agua potable, servicios higiénicos, evacuación de aguas servidas, exposición al ruido y vibraciones. Establece que el transporte, tratamiento y disposición final de residuos sólidos industriales dentro o fuera del predio debe hacerse con empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria; además, se debe presentar a dicha Autoridad una declaración en la que conste la cantidad y calidad de estos residuos.

Forma de Cumplimiento: El proyecto se ajusta fielmente a las disposiciones contenidas en este reglamento, por cuanto se dispone de una dotación mínima de agua potable de 100 Lts/día por trabajador, proporcionada a través del sistema de agua potable que dispone la planta o a través de bidones de agua ubicados próximos a faenas. Para la etapa de construcción se considera la utilización de los baños de la planta y si se requiere la implementación baños químicos en cantidades señalada por el presente Decreto. Los residuos de los baños químicos serán retirados y dispuestos por empresas autorizadas. Debido a que no se prevé aumento de personal en la etapa de operación, tampoco se estima que las aguas servidas aumenten, siendo éstas descargadas al sistema particular de alcantarillado que actualmente funciona en la Planta (según consta en Anexo F de la DIA). Además, se supervisará que los residuos domiciliarios generados serán dispuestos por empresas especializadas en lugares autorizados (por ejemplo relleno sanitario La Yesca).

El proyecto se ajustará fielmente a las disposiciones contenidas en este reglamento. Se debe comentar que INDURA S.A. cuenta con la asesoría de la ACHS para la evaluación de agentes

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contaminantes físicos y químicos, evaluaciones de cumplimiento de las materias establecidas en el D.S. N* 594, además se cuenta con un Informe sanitario actualizado que señala que la Planta reúne las condiciones sanitarias y ambientales básicas de un lugar de trabajo. Éstos antecedentes se presentan según consta en Anexo H de la DIA, y complementado en antecedentes de la Adenda N?1 y N?2.

Todos los residuos industriales son transportados por empresas autorizadas por la Autoridad Sanitaria, lo mismo para su tratamiento y su disposición final, de la misma manera como se hace en la actualidad.

Texto Legal: Decreto Fuerza de Ley N”1/1998, Ministerio de Salud, “Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa”.

Materia Regulada: Agua Potable, Lugares de Almacenamiento de Residuos. Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación.

Relación del proyecto: Establece que toda Operación de instalaciones sanitarias y los lugares destinados al almacenamiento de residuos requieren autorización sanitaria expresa. Establece que toda instalación destinada a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, requiere autorización sanitaria expresa.

Forma de Cumplimiento: En Anexo F de la DIA, se presentó las autorizaciones correspondientes para las instalaciones de agua potable, sanitarias, sustancias peligrosas y los lugares de acopio de residuos. Complementado en antecedentes de la Adenda N1 y N2. Esta bodega no será modificada, aumentándose la frecuencia de retiro de los residuos alcanzando no más del 90% de la capacidad de almacenamiento.

Texto Legal: Decreto 50/03, Ministerio de Obras Públicas, donde se aprueba el Reglamento de instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado

Materia Regulada: Condiciones técnicas respecto a los proyectos, construcción y puesta en servicio de las instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado, aguas servidas en aquellos lugares que no exista una red de alcantarillado público.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación.

Relación del proyecto: Disposiciones técnicas respecto a proyectos de agua potable y alcantarillado.

Forma de Cumplimiento: La planta INDURA Graneros posee un sistema de agua potable particular y sistema particular de alcantarillado aprobado conforme a la normativa citada (según se presenta en Anexo F de la DIA, y complementada con lo indicado en Adenda N1 y N2).

Texto Legal: Decreto Supremo N” 298/94, Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, “Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos”, y Decreto Supremo N? 75/1987, Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, “Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica“.

Materia Regulada: Transporte de Sustancias Peligrosas y Productos Forestales

Ámbito de Aplicación: Nacional

Fase del Proyecto: Operación

Relación del proyecto: Establecen las condiciones, normas y procedimientos aplicables al transporte de carga, por calles y caminos, de sustancias o productos que por sus características, sean peligrosas o representen riesgos para la salud de las personas, para la seguridad pública o el medio ambiente.

Forma de Cumplimiento: Se exige el cumplimiento de estas normativas para los vehículos, equipamiento, circulación y estacionamiento en el transporte de cualquier materia prima, producto

terminado desde o hacia las instalaciones de la Planta INDURA Graneros, y además, lo indicado en Adenda N?1, sobre la materia.

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Texto Legal: Decreto Supremo N*158/1980, Ministerio de Obras Públicas, “Establece los pesos brutos máximos en carreteras y en vías urbanas”

Materia Regulada: Pesos máximos por eje para los camiones que circulan por las carreteras y calles del país.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Reglamenta los pesos máximos por ejes de los camiones involucrados en la etapa de construcción y en la etapa de operación del proyecto.

Forma de Cumplimiento: El proyecto se ajusta fielmente a las disposiciones contenidas en este reglamento. Además, los camiones que transportan tanto materias primas como productos en general no superarán los pesos máximos establecidos para circular por las vías involucradas hacia y desde las instalaciones del proyecto, sin embargo, en caso de requerirse, se solicitarán las autorizaciones correspondientes.

Texto Legal: D.S. N” 4/97 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control.

Materia Regulada: Establece las concentraciones máximas de monóxido de carbono (CO) e hidrocarburos (HC), así como el humo visible emitido a través del tubo de escape de los vehículos diesel.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Regulación de las emisiones asociadas al uso de vehículos motorizados encendidos por chispa de 2 y 4 tiempos y vehículos con motor diesel

Forma de Cumplimiento: Se exige a todos los contratistas que los vehículos que utilicen en faena cuenten con la revisión técnica vigente, solicitando previamente los documentos del vehículo para su constatación. Se prohíbe el ingreso y operación de vehículos que no cumplan con la revisión técnica y documentación aprobada y vigente.

Texto Legal: Decreto Supremo D.S N* 75/1987, Ministerio de Transporte, Subsecretaría de Transporte “Condiciones para el Transporte de Cargas”.

Materia Regulada: Condiciones de trabajo con vehículos de carga Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción

Relación del proyecto: Regula el transporte de desperdicios, arena, ripio, tierra u otros materiales susceptibles de escurrir, ya sean sólidos, o líquidos, utilizando vehículos de carga. Dispone que éstos deben estar acondicionados en forma tal que su carga no pueda escurrir o caer al suelo, y en las zonas urbanas, el transporte de materiales susceptibles de producir polvo, como escombros o material fino, deberá realizarse siempre con una cubierta de lona de PVC con dimensiones adecuadas u otro sistema para evitar totalmente su dispersión o esparcimiento al exterior.

Forma de Cumplimiento: Los camiones que transporten excedentes de excavaciones, material de relleno, áridos, etc., cubren el material con una lona. Para verificar el cumplimiento de esta medida se realizan inspecciones por parte del personal encargado; y/o del portal de control de accesos, en cada salida y entrada de éstos.

Texto Legal: Decreto Supremo N 38/2012, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del DS N 146/1997”.

Materia Regulada: Ruido

Ámbito de Aplicación: Nacional

Fase del Proyecto: Construcción y Operación

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Relación del proyecto: Regula la emisión de ruidos generados durante la construcción de la obra y operación de las instalaciones.

Forma de Cumplimiento: El proyecto en todas sus etapas cumple con la normativa y con los límites establecidos en este decreto, según consta en la Sección 3.7.5.3 de la presente Resolución de Calificación Ambiental.

Texto Legal: Decreto Supremo N* 236/1926 del ex Ministerio de Higiene, Asistencia y Previsión Social (Bienestar Social), modificado por el D.S. 833/95 Ministerio de Salud que sustituye el artículo 5 del Reglamento General de Alcantarillados Particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias.

Materia Regulada: Entrega forma de disponer las aguas servidas en aquellos lugares que no exista una red de alcantarillado público.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: En caso de infiltración en el terreno, las aguas servidas serán sometidas a un tratamiento de depuración que permita obtener un efluente libre de materia orgánica putrescible. Prohibición de infiltración de sustancias contaminantes sin als respectivas autorizaciones y sin tratamiento.

Forma de Cumplimiento: La planta INDURA Graneros posee un sistema particular de alcantarillado que comprende el tratamiento de la materia orgánica a través de fosa séptica, y que se encuentra aprobado conforme a la normativa citada, según se presenta en Anexo F de la DIA, y complementada en antecedentes presentados en Adenda N%1 y N?2.

Texto Legal: Decreto Supremo N* 148/2003, Ministerio de Salud, “Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos” y Resolución N” 292/2005, Ministerio de Salud, “Fija las Metodologías de Caracterización de Residuos Peligrosos”.

Materia Regulada: Residuos Peligrosos Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Operación

Relación del proyecto: Establece las condiciones sanitarias y de seguridad mínimas a que deberá someterse la generación, tenencia, almacenamiento, transporte, tratamiento, reúso, reciclaje, disposición final y otras formas de eliminación de los residuos peligrosos.

Forma de Cumplimiento: Todos los residuos sólidos generados tanto en la construcción como en la operación del proyecto, son gestionados, manejados y dispuestos finalmente según lo establece el decreto en análisis, tal como se hace en la actualidad.

Texto Legal: Decreto Supremo N?* 78/2010, Ministerio de Salud, “Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”.

Materia Regulada: Establece las condiciones de seguridad de las instalaciones de almacenamiento de sustancias peligrosas. Ámbito de Aplicación: Nacional

Fase del Proyecto: Operación

Relación del proyecto: El proyecto considera la utilización de distintas zonas de almacenamiento, dependiendo de las compatibilidades de las sustancias. Existirán zonas para el almacenamiento de gases a granel, gases envasados, así como una zona de almacenamiento de insumos.

Forma de Cumplimiento: La planta cuenta actualmente con bodegas de sustancias, de acuerdo a información presentada en Anexo F de la DIA, donde señala que no requiere autorización. Estas bodegas no serán modificadas, por lo que solo se regularán los stock mínimos en ellas para cumplir con los requerimientos de las nuevas instalaciones.

Texto Legal: Decreto Supremo N* 144/1961, Ministerio de Salud, “Normas para evitar emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza”.

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Materia Regulada: Emisiones a la Atmósfera de contaminantes Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Regula las emanaciones de gases, vapores, humos, polvo, emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo. Dispone que éstos deben ser captados o eliminados en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario.

Forma de Cumplimiento: Durante la etapa de construcción se adoptan las medidas necesarias para evitar el levantamiento de polvo durante las faenas de construcción, especialmente en la etapa de extracción de material.

En la etapa de operación las emisiones no son significativas, por cuanto solo se consideran las emisiones del tránsito de camiones distribuidores y del grupo electrógeno señaladas en Anexo | de la DIA, y complementada en antecedentes presentados en Adenda N1 y N2.

Texto Legal: Decreto Supremo N* 138/2005, Ministerio de Salud, “Establece obligación de declarar emisiones que indica” y D.S. N” 90/2010 que lo modifica.

Materia Regulada: Establece la obligación de declarar las emisiones de determinadas fuentes fijas, entre ellas, las calderas generadoras de vapor, grupos electrógenos y las centrales termoeléctricas, ante la Autoridad Sanitaria.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Operación

Relación del proyecto: El proyecto considera las emisiones generadas por el grupo electrógeno, de acuerdo a los antecedentes presentados en Anexo | de la DIA, y complementada en antecedentes presentados en Adenda N%1 y N2.

Forma de Cumplimiento: El proyecto da cumplimiento a lo establecido en esta normativa realizando la declaración de emisiones correspondientes cada año según lo estipulado en el cuerpo legal.

Texto Legal: Decreto 7/2009, Ministerio Secretaría General de la Presidencia, “Declara zona saturada por material particulado respirable MP10, como concentración anual y 24 hrs el Valle Central de la VI Región”

Materia Regulada: Emisiones a la Atmósfera de contaminantes Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Determina que los proyectos que se ubiquen en la VI Región deben compensar sus emisiones si exceden las emisiones máximas señaladas en Tabla 8 de la DIA, en los contaminantes material particulado (MP10), NOx y SOx con el fin que este aumento no cause daños o molestias a la población.

Forma de Cumplimiento: De acuerdo al cálculo de emisiones presentado en Anexo | de la DIA, en la etapa de construcción las emisiones no excederán los límites establecidos para los contaminantes MP10, NOx y SOx. En la etapa de operación las emisiones no serán significativas, toda vez que, las emisiones generadas por el grupo electrógeno son poco relevantes y no exceden los límites establecidos.

Texto Legal: Ley 19.473 de 1996, Ministerio de Agricultura, “Ley de Caza” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N' 5 de 1998, Ministerio de Agricultura.

Materia Regulada: Prohíbe en todo el territorio nacional la caza o captura de ejemplares de fauna silvestre catalogados como especies en peligro de extinción, vulnerable, raras y escasamente conocidas, así como las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten densidades poblacionales reducidas

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Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: El proyecto se ejecuta en un área rural, pudiendo encontrarse en las cercanías especies de flora, fauna o vegetación con alguna categoría de conservación

Forma de Cumplimiento: La empresa hará respetar a sus empleados, contratistas y subcontratistas involucrados en las obras, lo dispuesto en esta ley, prohibiendo la caza de cualquier tipo de flora, fauna y/o vegetación.

Texto Legal: D.S. N” 30/2013 de la Superintendencia de Medio Ambiente que Aprueba Reglamento sobre Programas de Cumplimiento, Autodenuncia y Planes de Reparación

Materia Regulada: Este reglamento regula, entre otras materias el contenido, criterios de aprobación y forma para determinar la ejecución satisfactoria, de los programas de cumplimiento; efectos, oportunidad y contenido, de las autodenuncias; oportunidad, contenido, procedimiento de aprobación y ejecución, de los planes de reparación. Asimismo, el reglamento establece que la Superintendencia del Medio Ambiente proporcionará asistencia a los sujetos regulados sobre los requisitos y criterios para la presentación y aprobación de programas de cumplimiento, autodenuncia y planes de reparación, así como en la comprensión de las obligaciones que emanan de estos instrumentos.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Se establece que el programa de cumplimento de la normativa ambiental y el plan de reparación del daño ambiental se regirán por los artículos 42 y 43 de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente y por el Reglamento

Forma de Cumplimiento: En caso de ser necesario, el Titular solicitará asistencia a la Superintendencia del Medio Ambiente sobre los requisitos y criterios para la presentación y aprobación de programas de cumplimiento, autodenuncia y programas de reparación, así como en la comprensión de las obligaciones que emanan de estos instrumentos.

3.1.22 Reglamento del Sistema Nacional de Información de fiscalización ambiental y de los registros públicos de Resoluciones de Calificación ambiental y de Sanciones

Materia Regulada: Este reglamento establece las disposiciones por las cuales se regirán la conformación, contenido, actualización, publicidad y forma en la cual operará el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental y los Registros Públicos de Resoluciones de Calificación Ambiental y de Sanciones, de conformidad con lo señalado por la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente y la Ley N”19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: En caso de ser aprobado el Proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros” y contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable se acogerá las indicaciones de esta ley en los casos que sea aplicable.

Forma de Cumplimiento: Para la etapa de Operación el titular proporcionará a la Superintendencia los antecedentes identificados en el Párrafo 2” del presente cuerpo normativo en conformidad con el artículo 8, 9 y 10 del mismo. Los plazos, forma y modo de proporcionar información se realizará de acuerdo con las instrucciones de carácter general de la Superintendencia, privilegiando los medios electrónicos.

Texto Legal: Resolución Exenta N” 844 de 2012, de la Superintendencia de Medio Ambiente, respecto del reporte de compromisos ambientales.

Materia Regulada: Esta resolución señala que los titulares de Resoluciones de Calificación Ambiental, sujetos a un plan de seguimiento o monitoreo de las variables ambientales en base a las cuales fueron establecidas las normas, condiciones, compromisos o medidas de la Resolución de Calificación Ambiental, deberán remitir a la Superintendencia del Medio Ambiente la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorias, cumplimiento de las

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metas o plazos, y en general cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del Proyecto o actividad. La información deberá ser remitida dentro del plazo, en la forma, y con la frecuencia y periodicidad establecidas en la respectiva Resolución de Calificación Ambiental.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: En caso de ser aprobado el Proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros” y contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable se acogerá las indicaciones de esta ley en los casos que sea aplicable.

Forma de Cumplimiento: En caso de establecerse un Plan de Seguimiento o monitoreo de las variables ambientales en la Resolución de Calificación Ambiental, el Titular se compromete a remitir a la Superintendencia de Medio Ambiente los antecedentes comprometidos en la RCA, destinados al seguimiento ambiental.

Texto Legal: Resolución Exenta N* 876/2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente que establece el Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2013

Materia Regulada: Establece el Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2013, la presente resolución indica las funciones que debe ejecutar la Superintendencia del Medio Ambiente para dar cumplimiento al Programa de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad Ambiental para el año 2013 que debe realizar dentro de las competencias que le corresponden.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Debido a la ubicación del proyecto y a la naturaleza de sus actividades, así como a la generación de residuos líquidos y emisiones atmosféricas, el proyecto no tiene relación con el Programa de fiscalización del Medio ambiente 2013, por cuanto no aplica ninguno de los Decretos Supremos vinculados a las normas de calidad primaria y secundaria presentadas en el Artículo 11l del Título 11.

Forma de Cumplimiento: Aun cuando el proyecto no está vinculado directamente con las normas primarias y secundarias consideradas en el Programa de Fiscalización Ambiental 2013, el Titular facilitará todos los antecedentes que requiera la Autoridad para cumplir con las actividades de fiscalización conforme el programa contemplado en la presente Región.

Texto Legal: Resolución Exenta N* 276/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación

Materia Regulada: Hace referencia a la instrucción de normas para los procedimientos de Fiscalización Ambiental de Normas de Calidad, Normas de Emisión y Planes de Prevención y/o Descontaminación que debe realizar la Superintendencia del Medio Ambiente

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Las disposiciones referidas son aplicables a cualquier proyecto o modificación de una actividad existente, que se desarrolle dentro del territorio de la República.

Forma de Cumplimiento: Cuando el Titular sea notificado por parte del Ministerio del Medio Ambiente, se someterá a lo establecido en el presente cuerpo normativo cada vez que se lleve a cabo un procedimiento de fiscalización ambiental de normas de calidad, normas de emisión y planes de prevención y/o descontaminación.

Texto Legal: Resolución Exenta N*277/2013 SMA del Ministerio del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre el Procedimiento de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental y deja sin efecto Resolución 769 Exenta de 2012

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Materia Regulada: Dicta e instruye normas sobre los procedimientos de Fiscalización Ambiental de Resoluciones de Calificación Ambiental que debe realizar y deja sin efecto la Resolución Exenta N*769/2012.

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Las disposiciones referidas son aplicables a cualquier proyecto o modificación de una actividad existente, que se desarrolle dentro del territorio de la República.

Forma de Cumplimiento: Durante la etapa de Operación, el Titular se someterá al actuar de los funcionarios fiscalizadores del Ministerio del Medio Ambiente cada vez que se lleve a cabo un procedimiento de Fiscalización Ambiental de la Resolución.

Texto Legal: D.S. N*15/2013 del Ministerio del Medio Ambiente que Establece Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

Materia Regulada: Emisiones a la Atmósfera de contaminantes Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: Determina que los proyectos que se ubiquen en la VI Región deben compensar sus emisiones si exceden las emisiones máximas señaladas en la Tabla 12 de la DIA, en los contaminantes material particulado (MP10), NOx y SOx con el fin que este aumento no cause daños o molestias a la población.

Forma de Cumplimiento: De acuerdo al cálculo de emisiones presentado en Anexo 5 de la Adenda N“1, en la etapa de construcción las emisiones no exceden los límites establecidos para los contaminantes MP10, NOx y SOx

En la etapa de operación las emisiones no son significativas, toda vez que las emisiones generadas por el grupo electrógeno son poco relevantes y no exceden los límites establecidos. Respecto a los grupos electrógenos estos cuentan con un horómetro digital, sellado e inviolable, sin vuelta a cero, con el cual se medirán sus horas de funcionamiento, las que serán registradas e informadas anualmente a la Superintendencia del Medio Ambiente, de acuerdo al Artículo 27.

Texto Legal: Resolución Afecta N*203/2010 que Aprueba la actualización del Plan Regulador Intercomunal de Rancagua.

Materia Regulada: El Plan Regulador Intercomunal de Rancagua regula y orienta el proceso de desarrollo territorial de las áreas urbanas y rurales de las comunas de Rancagua, Graneros, Mostazal, Codegua, Machalí y Olivar

Ámbito de Aplicación: Nacional Fase del Proyecto: Construcción y Operación

Relación del proyecto: El Instrumento de Planificación Territorial entrega la expresión de las decisiones adoptadas respecto del territorio configurado por dos o más comunas que por sus relaciones espaciales y/o funcionales constituyen una unidad. En esa perspectiva, y sobre la base de los lineamientos de nivel regional, entrega normas para un desarrollo armónico del área de planificación. Constituye, al mismo tiempo, el marco de referencia para la formulación de los Planes Reguladores Comunales, toda vez que establece con precisión las reservas de espacio público para la vialidad estructurante, las condiciones y límites para el crecimiento de las áreas urbanas, las áreas susceptibles de urbanizarse de inmediato, las reservas de espacio para futuras extensiones urbanas; así como las áreas que por diversas causas, deben restringirse o excluirse para el desarrollo urbano.

Forma de Cumplimiento: El proyecto se encuentra fuera del límite urbano de la Comuna de Graneros, localizándose específicamente en la Zona de Equipamiento Industrial 1 (ZEQ-11) que corresponde a áreas para uso industrial. Por tanto no se contrapone con las disposiciones definidas en el presente Instrumento de Planificación Territorial.

4.2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, requiere del Permiso Ambiental Sectorial consagrado en el artículo 94 del D.S. N* 95/01 del

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Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto el titular en Anexo 8 de la Adenda N*1, entregó todos los antecedentes para la Calificación de Establecimiento Industriales y de Bodegaje, donde se consideran los antecedentes de la planta actual y del proyecto Licuador de Nitrógeno.

Por medio del Oficio Ord. 31/2014 emitido por la SEREMI de Salud de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, en virtud de los antecedentes presentados por el titular en Anexo 8 de la Adenda N*1, declara conforme, y otorga la calificación industrial como “Molesta”.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Literal a) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce”. (Artículo 5 del Reglamento del SEIA).

El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.5 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos de esta Resolución de Calificación Ambiental.

En consecuencia, no es necesario presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no genera o presenta riesgo para la salud de la población debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que generará o producirá, bastando la presentación de una Declaración de Impacto Ambiental.

Literal b) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe realizar estudio si el proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire”. (Artículo 6 del Reglamento del SEIA).

El cumplimiento de las materias señaladas en el Artículo 5 del Reglamento del SEIA, sobre efluentes, emisiones y residuos, se indicó anteriormente en el punto 3.7.5 Principales Emisiones, Efluentes y Desechos de esta Resolución de Calificación Ambiental.

El proyecto no genera formas de energía, radiación o vibraciones. De igual forma, no genera combinación o interacción de contaminantes.

De acuerdo al análisis efectuado, el Nivel de Presión Sonora estimado producto de la contribución exclusiva de la operación de la planta en las condiciones actuales fluctuó entre los 34 y 37 dB(A) lo que confirma lo apreciado en terreno en el sentido de que el ruido producido por la planta resulta imperceptible, completamente enmascarado por el ruido del tráfico vehicular por Ruta 5 Sur. Además se estimaron los niveles de emisión asociados a la construcción y operación de la planta en las condiciones más desfavorables, los que sumados energéticamente a los niveles de la operación actual, arrojan niveles entre 35 y 41 dB, proyectados a la ubicación de los receptores, dando cumplimiento a los límites máximos permisibles establecidos por la normativa, tanto para horario diurno como nocturno.

El proyecto no genera ningún tipo de energía, radiaciones y/o vibraciones que sean un riesgo para los hábitats cercanos.

El proyecto no genera combinaciones y/o interacciones conocidas entre los contaminantes emitidos o generados por el proyecto.

El proyecto no genera impactos significativos sobre la calidad ambiental de los recursos naturales renovables.

Las emisiones y efluentes producidos por el Proyecto, tanto en su fase de construcción como de operación, no afectarán la capacidad de dilución, dispersión, autodepuración y regeneración de los recursos naturales renovables presentes en el lugar donde se emplazará el Proyecto.

Si bien la planta se ubica en zona con uso de suelo categoría rural, el Proyecto no considera la intervención de vegetación nativa, en ninguna de sus etapas.

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El proyecto no contempla la intervención ni explotación de fauna silvestre.

El proyecto no contempla la extracción, explotación, alteración, ni manejo de especies de flora o de fauna que se encuentren en algún estado de conservación.

El proyecto no contempla la intervención ni la explotación de ningún tipo de recurso hídrico

El proyecto no contempla la introducción al territorio nacional de ninguna especie de flora o de fauna, ni la introducción o uso de organismos modificados genéticamente o mediante otras técnicas similares.

El Proyecto no se emplaza en un área que presente diversidad biológica.

Además de lo expresado en el punto 3.7.5. Principales Emisiones, Descargas y Residuos a generar por el Proyecto de la presente RCA.

En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua, aire.

Literal c) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos”. (Artículo 8 del Reglamento del SEIA).

Lo anterior se justifica al considerar que el proyecto se localiza dentro de una zona ya intervenida. Asimismo, a objeto justificar que el proyecto o actividad incluida las obras y/o acciones asociadas, en cualquiera de sus fases, no genera alteración significativa de los sistemas de vida y costumbre se considerarán:

Dentro de la superficie donde se realizará el proyecto no existe población que pudiera llegar a verse desplazada o reubicada por la ejecución de éste, dado que el predio en el cual se insertará y desarrollará el proyecto se ubica en un área rural, distante de centros poblados y cuyo uso de suelo está en proceso de aprobación para pasar a formar parte del área de equipamiento industrial.

El proyecto no genera cambios en la dimensión demográfica de la población. Lo anterior debido a que el proyecto contempla para la etapa de construcción la contratación de, como máximo, 27 personas y para la etapa de operación la dotación de personal será la misma que aquellas 30 personas que actualmente desempeñan funciones en la planta.

En el área no existe población, comunidades o grupos humanos protegidos por leyes especiales. De esta manera, el proyecto no genera cambios en la dimensión antropológica ya que no afectará lugares donde se realicen ceremonias religiosas, peregrinaciones, procesiones, celebraciones, festivales, torneos, ferias ni mercados.

El proyecto no modificará la dimensión socio-económica, ya que no afectará la ejecución de las actividades productivas que actualmente se desarrollan en los sectores cercanos al proyecto.

El proyecto no afectará el bienestar social básico determinado por el acceso a vivienda, transporte, energía, salud, educación y equipamiento sanitario.

Por todo lo anterior, se considera que el proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas ni alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos al proyecto.

En consecuencia, al cumplir con las normas establecidas en los instrumentos de planificación urbanos vigentes no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

Literal d) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad, se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar”. (Artículo 9 del Reglamento del SEIA).

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El proyecto no intervendrá ni se emplazará en áreas donde habite población protegida por leyes especiales.

El proyecto no interviene ninguna área donde existan recursos protegidos en forma oficial.

El proyecto no interviene ninguna área protegida o colocada bajo protección oficial debido a que éstas no se presentan en el lugar donde se emplazará el proyecto.

Por lo tanto, el proyecto no se localiza próximo a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, ni territorios con valor ambiental.

En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no se localiza próximo a población, recursos o áreas protegidas susceptibles de ser afectados.

Literal e) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe realizar un estudio de impacto ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteraciones significativas, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona”. (Artículo 10 del Reglamento del SE/A).

El área donde se emplaza el proyecto no afecta zonas con valor paisajístico o turístico. Lo anterior se justifica basado en lo siguiente:

El proyecto se emplaza en un área que no tiene valor paisajístico significativo, ni está cercano a zonas con valor paisajístico que pudieran verse obstruidos por el proyecto.

El proyecto no alterará recursos o elementos del medio ambiente que correspondan a zonas con valor paisajístico o turístico.

El proyecto no obstruye el acceso a los recursos o elementos del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

El proyecto no se emplaza dentro de un área que haya sido declarada zona o centro de interés turístico nacional.

En conclusión, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no genera alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico.

Literal f) del artículo 11 de la Ley 19.300

“Se debe presentar un Estudio de Impacto Ambiental si el proyecto o actividad genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico, y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural”. (Artículo 11 del Reglamento del SETA).

El proyecto no se emplaza cerca de algún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288.

En el área del proyecto no existe ningún Monumento Nacional de aquellos definidos por la Ley 17.288, por lo que el proyecto no genera ni presenta alteración de Monumentos Nacionales.

En el área donde se emplazará el proyecto no existen construcciones, lugares o sitios que por sus características constructivas pertenezcan al patrimonio cultural, por lo que tampoco se intervendrá ninguna construcción, lugar o sitio que pertenezca al patrimonio cultural.

El proyecto no se emplaza cercano a ningún lugar o sitio en el que se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folclore de algún pueblo, comunidad o grupo humano.

En consecuencia, no es pertinente presentar un Estudio de Impacto Ambiental para el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”, ya que este no genera o presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular del proyecto no contempla compromisos ambientales voluntarios

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  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, en el contexto del seguimiento del proyecto deberá entregar planos asbuilt una vez finalizada la etapa de construcción de las obras, en coordenadas UTM Datum WGS 84, huso 19 Sur, a lo menos un mes antes de la operación del proyecto. La información deberá ser remitida a la Superintendencia de Medio Ambiente.

  2. Que, el titular deberá enviar copia a la Superintendencia de Medio Ambiente de las resoluciones ambientales sectoriales una vez que sean obtenidos los permisos, para el expediente de seguimiento del proyecto.

  3. Que, para que el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, la individualización de cambios de titularidad, domicilio y/o representación, según lo establecido en el inciso final del artículo 119 del D.S. 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  6. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o a través de un tercero.

  7. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A”.

  2. CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A” cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable, considerando que requiere del Permiso Ambiental Sectorial consagrado en el artículo 94 del Título VIl del D.S. N* 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto y que no requiere de un Estudio de Impacto Ambiental para su evaluación.

  3. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

Notifíquese y Archívese

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Secretario (S) Cgmisión de Evaluación Región del Libertador General Bernardo O'Higgins

J/ | Distribución: e René Armando Le Feuvre Aracena + Dirección General de Aguas, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SAG, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEC, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI Agricultura, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI MOP, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI Salud, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI de Desarrollo Social, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI de Energía, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + SERNATUR, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + Consejo de Monumentos Nacionales + Superintendencia de Servicios Sanitarios + Gobierno Regional, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins + llustre Municipalidad de Graneros + Superintendencia del Medio Ambiente + nuevas.rcas(Msma.gob.cl C/c: + Encargado Participación Ciudadana + Expediente del Proyecto " Licuador de Nitrógeno Planta Indura Graneros de Indura S.A "

Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.

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