Evaluación SEA

Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente

Rol 2128589256
SEA · DIA · Aprobado · 2013-10-04 · Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo · Salmones Antártica S.A

REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE AYSEN

MAT.: Califica Ambientalmente Favorable el proyecto "Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”.

Resolución Exenta N* 302

Coyhaique, 30 de septiembre de 2014

VISTOS:

%. Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2” del Decreto Supremo N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N” 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 239, de fecha 15 de julio de 2014, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 001, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 2 de enero de 2014, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Christian Betancourt Guerra; y Resolución Exenta N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.

  1. La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y las Adendas del proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”, presentada por el Sr. Rene Cárdenas González, en representación de SALMONES ANTÁRTICA S.A., con fecha 04 de octubre de 2013.

  2. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1. Pronunciamientos a la DIA:

Institución ORD. N? Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/484 04/11/2013 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 524 04/11/2013 Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén 4368 14/10/2013 Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de 390 18/10/2013 Aysén. SEREMI de Salud, Región de Aysén 1363 21/10/2013 Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén. 120-EA/2013 | 28/10/2013 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura 2463 29/10/2013 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén. 536 29/10/2013 Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal Institución ORD. N Fecha Gobierno Regional, Región de Aysén 2506 22/10/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/475 29/10/2013 3.2. Pronunciamientos al Adenda N' 1 de la DIA: Institución ORD. N Fecha Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/153 12/05/2014 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 203 13/05/2014 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ORD. N 15/05/2014 (D.AC.) ORD. SEIA. N 119

  1. El Acta N* 33/2014 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 29 de

mayo de 2014.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”, de fecha 29

de septiembre de 2014.

  1. El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N* 01-09/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región

de Aysén, de fecha 30 de septiembre de 2014.

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector

17". CONSIDERANDO: 1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de

todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.

  1. Que, el derecho de SALMONES ANTÁRTICA S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental.

  2. Que, según los antecedentes señalados en la DIA y sus Adendas, el proyecto consiste en:

3.1. TIPOLOGÍA DE PROYECTO En atención al artículo 3 del D.S. N* 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEIA:

n.3. - Producción anual igual o mayor a (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.

0.8.- Sistemas de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos. En cuanto el proyecto corresponde a un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.

p.- Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquier otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita. En cuanto el proyecto se emplaza dentro de los límites de la Reserva Nacional Las Guaitecas.

3.2. MONTO DE INVERSIÓN La inversión estimada para la ejecución del proyecto es de US$ 1.500.000.-

3.3. VIDA ÚTIL Y CRONOGRAMA DEL PROYECTO La vida útil del proyecto será de 25 años con derecho a renovación como lo estipula en el Artículo 2, numeral 12, de la Ley N” 20.434 que modifica Ley General de Pesca y Acuicultura,

La siguiente tabla presenta un cronograma estimado de las actividades.

| ACTIVIDAD FECHA DE INICIO FECHA DE TÉRMINO Levantamiento de la Enero 2010 Agosto 2013 Información Etapa de Construcción | Mayo 2014 Junio 2014 Etapa de Operación Julio 2014 Julio 2039 Etapa de Abandono - Ñ

3.4. MANO DE OBRA En la siguiente tabla, se presenta la mano de obra asociada a las diferentes etapas del proyecto:

ETAPAS MANO DE OBRA PROYECTADA

Levantamiento de la Información 5

Etapa de Construcción 8

Etapa de Operación 10

Etapa de Abandono o re

3.5. LOCALIZACIÓN

El proyecto se encuentra localizado en el Estero Clemente, al Noreste de Punta Gonzalo, Isla Clemente, en la Comuna y Provincia de Aysén, en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo.

La concesión de acuicultura solicitada para estos fines, se encuentra ubicado dentro de los límites de la Reserva Nacional de las Guaitecas, específicamente en el Estero Clemente, en una “Zona preferencial para la extracción de Recursos Bentónicos”, según el D.S. 153/04 (MINDEF) que declara las áreas de usos preferentes específicos en los espacios del borde costero del litoral de la región de Aysén. Por otra parte, el D.S. N* 201/2010 que fija las áreas aptas para la acuicultura (AAA), ubica al centro dentro de dichos límites.

3.5.1. Justificación de la localización

La zona de emplazamiento del centro de engorda de salmones cuenta con las características ideales para esta actividad y, específicamente para este centro de cultivo en particular, ya que posee una amplia disponibilidad de aguas, una gran calidad de las mismas en términos de oxigenación y un entorno libre de contaminación.

Además, la relocalización del proyecto justifica su localización considerando que se debe implementar donde existan sectores disponibles y sin sobreposición con otras concesiones de acuicultura considerando la distancia mínima entre ellas que debe ser de 1,5 millas náuticas. A su vez, se escoge este lugar debido a que las condiciones logísticas del sector y la cercanía con otros centros de la misma empresa lo convierten en un sector apropiado para el ejercicio de esta actividad.

3.5.2. Coordenadas geográficas

GEOGRÁFICAS UTM Referidas a la Carta SHOA N* 8720 - Dátum WGS - 1984 Dátum WGS - 1984

Punto Latitud (S) Longitud (W) Lado Distancia Este (E) Norte (N) A 45” 45' 31,88" | 74% 37' 29,26” A-B 485,3 529179,01 | 4932676,41 B 45" 45' 45,52" | 74” 37' 40,42” B-C 59,7 528935,91 | 4932256,45 10] 45" 45' 44,51" | 74% 37' 42,78” C-D 192,5 528885,09 | 4932287,77 D 45" 45' 38,73" | 74” 37' 39,43” D-A 305,0 528958,38 | 4932465,8

Superficie de la concesión 26.400 m?

3.5.3. Superficie La superficie involucrada, para la concesión de acuicultura corresponde a 2,64 hectáreas (ha).

3.5.4. Compatibilidad territorial del proyecto

El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. Para mayor detalle, ver Oficio Ord. N 2506 del Gobierno Regional, Región de Aysén, de fecha 22/10/2013; y el Oficio Ord. N 12600/475 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 29/10/2013.

3.6. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto corresponde a una solicitud de relocalización de una fracción de una concesión ya otorgada, que en este caso corresponde a Weste Ensenada Acantilada Sector 1, la que se identifica con el Código de Centro 110047, con Resolución SUBPESCA N15703/89 y Resolución de Subsecretaria de Marina N857/92.

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El proyecto corresponde a la instalación y operación de un centro de cultivo de salmones cuyo objetivo es obtener una producción máxima de 2.125 toneladas anuales con su correspondiente Sistema de Ensilaje para el tratamiento de la mortalidad que se genere en el mismo; en una concesión de acuicultura de 2,64 hectáreas.

El proyecto técnico considera la instalación de 10 balsas jaulas cuadradas de 30 metros x 30 metros con una profundidad de 15 metros. Asimismo, el proyecto contará con una plataforma con habitabilidad para 12 personas la cual además considera ser bodega de almacenamiento de insumos y materiales. Se contempla además la instalación de una plataforma de mortalidad diseñada para la implementación de un sistema de ensilaje de uso exclusivo del centro. De acuerdo a esto, el proyecto contempla instalaciones únicamente en el mar.

3.6.1. Cierre de la concesión de origen

Respecto del cierre de la concesión de origen, se indica que una vez que se hagan efectivas todas las relocalizaciones que se generan de la división de este centro, se procederá a su cierre, actualmente el centro se encuentra operando con una proyección de 6.000 toneladas para el año 2014, dada la siembra de 2.600.000 unidades de smolts realizada en septiembre de 2013, y siendo su producción máxima aprobada de 7.300 toneladas (RCA N*333 del año 2012).

El cierre se realizará ejecutando un plan que cumpla con todo lo establecido en la RCA mencionada anteriormente, es decir:

“La actividad tiene una vida útil indefinida, pero en el caso de que se encuentre pertinente el cierre del centro, se procederá a retirar a los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas. La duración del proyecto se verá sujeto a las condiciones oceanográficas del sector y a las características del fondo marino, las cuales deberán ser óptimas, ya que de esto depende una buena calidad del cultivo de peces, esto será corroborado mediante informes ambientales anuales (INFAs), los cuales determinarán si el centro sigue o no en operación, ya que de presentar resultados anaeróbicos el centro deberá dejar de funcionar inmediatamente. Si llegase a producirse alguna eventualidad que conlleve a realizar el abandono o cierre del centro, se realizará la venta de todos los materiales que posean un valor económico (balsas-jaulas, redes, muertos, entre otros) y todo lo que no posea un valor económico, será derivado a un Vertedero y/o Relleno sanitario autorizado o reciclado”.

Respecto a lo anterior se señala que, en la misma RCA, se entregan los antecedentes referidos a las INFAs realizadas en el centro, las cuales dan cuenta de un sector que ha mantenido los valores de sus parámetros (según 3612/09) dentro de los límites permisibles, es decir, cuenta con condiciones aeróbicas. Por lo tanto, se reitera que el cierre o abandono se realizará en los términos que señala la RCA N*333/12, una vez finalizado el proceso de división y relocalización en curso.

3.6.2. Etapa de construcción

Las instalaciones necesarias para la operación del centro comprenden un sistema de balsas-jaulas y bodega flotante. Las embarcaciones, naves y artefactos navales, incluidos aquellos donde se instalarán los sistemas de ensilaje, estarán inscritos ante la Autoridad Marítima y cumplirán con todas las exigencias técnicas y de seguridad pertinentes.

Durante la etapa de construcción se materializará la instalación de estructuras Flotantes y la realización de actividades necesarias para la correcta operación del centro, según el siguiente detalle:

3.6.2.1. Balsas Jaulas

Las balsas-jaulas serán compradas a empresas del rubro que cuenten con todas las autorizaciones y permisos vigentes y se trasladarán por remolque desde otras zonas en donde la compañía posee centros de cultivo cumpliendo para estos movimientos con toda la normativa vigente. Estas estructuras se fondearán a través de cables tensores de acero unidos a un sistema de anclaje de cemento (muertos).

Para su instalación se contratará los servicios de instalación y fondeo que cuenten con la experiencia requerida y que garanticen la seguridad tanto de las especies de cultivo como para el

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personal que operará en ésta. De acuerdo al D.S N*320/2001, se dispondrá de módulos de cultivo y fondeo que presenten condiciones de seguridad apropiadas a las características geográficas y oceanográficas del sitio concesionado, para prevenir el escape o pérdida masiva de recursos en sistemas de cultivo intensivo. Se verificará semestralmente el buen estado de los mencionados módulos, debiendo realizarse la mantención en caso necesario para el restablecimiento de las condiciones de seguridad, de lo cual se llevará registro en el centro.

Número de jaulas a instalar

TIPO DE ESTRUCTURA N? de estructuras a instalar y) 1% año Max. total Balsa jaula 10 10 Dimensiones estructuras (m) 30x30x15m Área de mar total a ocupar 9.000 m? Volumen máximo a ocupar 135.000 m*

3.6.2.2. Redes

En este centro se utilizarán tres tipos de redes, entre ellas son, redes de cultivo para la engorda de peces (redes peceras), de protección ante depredadores (redes loberas) y de protección contra aves y escape de peces (redes pajareras).

Las redes serán protegidas de la incrustación de algas, crustáceos y moluscos mediante el uso de una pintura de impregnación, en base a óxido cuproso y algicidas orgánicos no tóxicos, especialmente diseñada para la actividad de la salmonicultura. Bajo ninguna circunstancia se utilizará pintura en base a Tributil estaño.

Se dispondrá impregnar las redes en talleres debidamente autorizados por las entidades respectivas y que posean todos sus permisos ambientales vigentes. En este caso las redes se cambiarán para limpiarlas, lavarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante cada 6 meses o bien cuando la empresa estime conveniente. Las redes serán retiradas desde el Centro de Cultivo en estanques herméticos sin vías de evacuación, sellados y etiquetados. Por ningún motivo las redes removidas serán mantenidas en el centro de cultivo. Las redes serán despachadas al taller autorizado con su respectiva Guía de Despacho, track de navegación, certificado sanitario de movimiento, quedando copia de estos documentos en el Centro de Cultivo dando as! cumplimiento al RAMA.

a) Redes Peceras.

Sus dimensiones serán de 30x30x10 m para los primeros 4 meses del ciclo y de 30 x 30 x 15 m, para los meses restantes, con una titulación de 210/42, 210/70 y 210/100 y una apertura de 1 a 2”, dependiendo de la talla de los salmónidos; cabos verticales en 14 mm y horizontales en 12 mm, gasas (orejas) en todas las intersecciones de cabo, embande del 5% por cada paño, hilo de costura con similar resistencia al tejido del paño, el cabo de las esquinas será de 16 mm. La construcción de las redes garantiza una alta resistencia a la ruptura lo cual evitará el escape de peces.

b) Redes Loberas.

Para evitar los ataques por lobos marinos u otros depredadores, cada una de las unidades de cultivo será envuelta por una red lobera que protegerá las estructuras flotantes. Esta red tendrá una apertura de malla adecuada que evitará que el depredador se enmalle, enrede y muera asfixiado, además de evitar que rompa la red de cultivo y penetre a las balsas; cabos verticales y horizontales, gasas (orejas) en todas intersecciones de cabo y embande del 7% por cada paño. Se tiene contemplado una profundidad de 20 metros para el calado de las redes loberas, es decir 5 metros más que las redes peceras, que en este proyecto presentan una profundidad de 15 metros. Con estas dimensiones, se da cumplimiento al artículo 4 d) del D.S. N* 320 del 2001 y sus modificaciones (Reglamento Ambiental para la Acuicultura - RAMA).

c) Redes Pajareras.

Las redes pajareras corresponderán a mallas que cubrirán la totalidad de la superficie de las balsas, de 3 Y” de apertura, hechas en tela Rachell 210/200, cabos de 12 mm, embande del 5% por cada paño, hilo de costura de similar resistencia al tejido del paño. Su función será evitar la predación por aves y el escape de peces por acción del oleaje. Conjuntamente se implementará un plan de Contingencia para dar cumplimiento con el Art. 5 del RAMA (D.S, N* 320/2001, Reglamento Ambiental para la Acuicultura).

3.6.2.3. Plataforma Flotante Se utilizará una plataforma flotante que cumplirá funciones de habitabilidad, oficina y acopio de alimento, cuyas dimensiones son 23 m de eslora y 11 m de manga, y posee una habitabilidad para 12 personas. Otras características:

e Puntal moldeado: 3 m.

  • Carga total: 200 toneladas

e N* de Silos: 4

e Estanque de combustible: 10 m*

  • Estanque para agua dulce: 13 m?',

La plataforma flotante tendrá un compartimiento estanco, donde se encontrarán el sistema de tratamiento de residuos líquidos domiciliarios, estanques de almacenamiento de agua potable con su respectiva bomba de agua y el estanque de aguas residuales (negras y grises).

El circuito de agua tendrá una capacidad de acopio de 13 m* aproximadamente en un estanque de acero, ubicado bajo cubierta en estanco. El estanque será abastecido constantemente y para el caso de agua potable, ésta será suministrada en bidones por parte de una empresa autorizada y que cuente son su Resolución Sanitaria vigente. En ambos casos se asegura el abastecimiento de un mínimo de 100 L/día/hombre.

La plataforma flotante contará con un sistema de achique y combate contra incendios, que consiste en la instalación de una motobomba desmontable, la cual puede moverse por la cubierta, manguera de succión, manguera de bombero con pitón, picota de bombero y cuatro extintores de 6 Kg, a Ubicarse en el interior de la habitabilidad. La motobomba tiene como objetivo succionar el agua dulce desde los estancos en caso de inundación o succionar agua de mar para apagar eventuales incendios.

La estructura contará con los equipos de seguridad que exige la autoridad marítima, de acuerdo a la normativa vigente.

Previo al traslado desde el astillero a su fondeadero, la estructura deberá ser sometida a inspección final del Armador y de la Autoridad Marítima local. El astillero realizará pruebas completas a todos los equipos componentes de la estructura los cuales estarán a disposición del Armador para su revisión. La empresa constructora entregará la documentación que la Autoridad Marítima exige para la inscripción y obtención de matrícula, y garantizar la estructura por un período de un año.

El diseño de la bodega será una síntesis del lugar de emplazamiento, tomando como referencia elementos horizontales y curvos, los mismos que son representados por colores como verde oliva y gris grafito, entre otros evitando así un impacto visual en el área de emplazamiento.

Para mayor detalle de la plataforma flotante, ver Anexo ll, de la DIA.

a) Almacenamiento de combustible Contiguo al estanco del generador, se instalará un estanque de combustible con capacidad para 1000 litros. El estanque se alimenta desde cubierta por una cañerla de admisión de 2” de diámetro. El estanque se someterá a una inspección técnica previo a su puesta en marcha, además se presentará, ante la Autoridad Marítima correspondiente, un plan de contingencia para el control de derrames de hidrocarburos u otras sustancias susceptibles de contaminar, con todas las

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modificaciones correspondientes, en conformidad a la Circular de la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante Ordinario A-53/002.

b) Tratamiento de aguas sucias Las aguas sucias se dividen en aguas negras y grises. Las aguas grises son las aguas que resultan del uso doméstico, tales como el lavado de utensilios y de ropa así como el baño de las personas y se distinguen de las aguas cloacales contaminada con desechos del inodoro, llamadas aguas negras, porque no contienen bacterias Escherichia coli. Las aguas negras generadas durante la etapa de operación del proyecto, se tratarán mediante combustión en una planta destinada para ello, la cual será instalada en la Plataforma Flotante. Este método se realiza a través de un sistema de combustión de residuos higiénicos (A Toilet Waste Combustion System), marca ECOJOHN, modelo WC32-D12 o WC48-D12 y corresponden a sistemas completamente automáticos que incineran aguas residuales (negras y grises) a partir de un depósito de residuos. A través del proceso de incineración las aguas residuales se queman con uso de combustible diésel y los únicos residuos que se generan corresponden a pequeñas cantidades de ceniza estéril. El mantenimiento y vaciado de cenizas sólo se debe realizar 2 veces en el año. Una vez tratados de esta manera, los desechos se convierten en subproductos que son "ambientalmente" seguros, además de que ocupan menos espacio en un vertedero o relleno sanitario y por lo tanto, son capaces de extender la vida útil del activo. El peso de los productos de desecho después de la incineración se reduce hasta un 25% del peso original, mientras que el volumen se reduce al menos hasta un 10%.

Las especificaciones técnicas se encuentras detalladas en forma resumida en la tabla siguiente.

MODELO WC32 WC48

Fuel Diésel Fuel (no 1 o 2 Oil) Diésel (no 1 o 2 Oil) Voltaje de funcionamiento 12V DC 12V DC Dimensión 50 "x 24.5" x 35" 62"x 24.5" x 35" Peso 200 libras 300 libras Capacidad de incineración 2,5-3 galones / h. 5 - 6 galones / h. Consumo de combustible Diésel: O. gal / h. Diésel: 0.6 gal / h. Eléctrico 12V DC: 11-12 amp 12V DC: 11-12 amp Temperatura ambiente de 32F(0C)a115F (45 C) 32F(0C)a115F (45 C) funcionamiento

c) Agua potable La fuente de abastecimiento de agua potable provendrá de la red pública desde el centro urbano más próximo, Puerto Chacabuco o Puerto Aysén, la que será suministrada en una cantidad necesaria para cumplir con el requerimiento de la normativa. El agua potable será cargada en recipientes especialmente destinados para estos fines y transportada por embarcaciones de logística de la empresa al pontón. El titular se compromete a abastecer el centro con agua potable por parte de una empresa autorizada y que cuente con su respectiva resolución sanitaria para ello. El ingreso al centro será siempre en la frecuencia necesaria para dar cumplimiento a lo indicado en el Art, 14 del D.S. N? 594/99 sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Una vez operando el centro de cultivo el titular no descarta la opción de utilizar agua dulce cercana al emplazamiento del proyecto, en tal caso se solicitarán los permisos de aprovechamiento correspondientes a la Dirección General de Aguas para cumplir con la normativa correspondiente. Se señala expresamente que: en caso de utilizar como fuente de agua dulce una red de agua potable rural o alguna fuente natural, se presentarán todas las autorizaciones, permisos correspondientes y/o derechos comprometidos antes de utilizar dicha fuente de abastecimiento de agua.

3.6.2.4. Plataforma de Ensilaje

El centro contempla la utilización de una plataforma de ensilaje, de uso exclusivo del centro, la cual contará con una cubierta de fierro diamantado antideslizante de 5 mm de espesor, pretil periférico antiderrame con una capacidad de contención de la totalidad del producto de ensilaje y acumulación de ácido fórmico más el 10% superior al volumen máximo. La plataforma estará diseñada para soportar las condiciones hidrodinámicas del sector y para protección por ingreso de personas no autorizadas y o presencia de mamíferos y aves marinas.

El objetivo de la plataforma consiste en albergar un estanque triturador y otro agitador, en los cuales se tritura, mezcla, homogeniza y acidifica con ácido fórmico al 85% la mortalidad generada en el centro de cultivo de salmónidos, dicha mortalidad será extraída en forma diaria de un sistema de extracción lift-up o bien por medio de buceo. Esto en cumplimiento del Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas, el D.S. N* 319/01 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Estanque de acopio es el recipiente que funcionará como depósito temporal de mortalidades, este será de 20.000 litros, construido de polietileno. Esta estructura contará con tapa, paredes y fondo herméticos que impiden posibles derrames, además es de material resistente al ácido.

Ver las especificaciones técnicas en el Anexo ll letra d), de la DIA.

3.6.2.5. Sistema de Fondeo

Se adjunta en el Anexo | del Adenda N* 2, el plano con la disposición de la totalidad de las estructuras a utilizar por el proyecto, observándose que tanto las balsas jaulas así como el pontón habitable y plataforma de ensilaje se encuentran dentro del polígono solicitado en concesión.

El sistema de fondeo es una parte fundamental en toda instalación acuícola marina, ya que es el encargado de mantener la posición de las jaulas en su lugar, enfrentando las distintas condiciones ambientales a las que se ve expuesta la estructura. Su cálculo considera distintos factores, como el lugar de emplazamiento, la estructura a utilizar, la profundidad del lugar y la disposición de los módulos, entre otros aspectos.

Para los fondeos se debe hacer un estudio de la batimetría del sector, correntometrías y un estudio de fondeo externo, el cual será revisado y acordado con la Gerencia de Producción para su instalación. Los materiales de fondeo serán elegidos por su calidad evidenciada en pruebas y estudios de resistencia a la tracción, abrasión, golpes sucesivos y resistencia UV.

El sistema de fondeo deberá tener la resistencia adecuada, para no tensionar en exceso las redes y así no provocar la rotura de éstas por fatiga, ni daños en la biomasa por los roces. También se procurará que las redes de los módulos no queden demasiado sueltas, ya que esto puede reducir el volumen de cultivo, provocando stress en los peces. Es así como el sistema de fondeo estará bien dimensionado, y será capaz de resistir todas las fuerzas que deben soportar las balsas jaula a lo largo de su vida útil.

Resumiendo, se señala que el cálculo del sistema de fondeo está orientado a garantizar la seguridad de la infraestructura de cultivo minimizando la probabilidad de escapes de peces, en ese sentido, en Chile está disponible la más alta tecnología para fondeos, la que incluye modelaciones por software para efectos de cálculo de fondeo. Por lo que se contratarán los servicios a empresas del rubro que operan en la Región. Sin perjuicio de lo anterior, el centro de cultivo contará con un plan de contingencia ante escape de peces, y desprendimiento de infraestructura, los cuales fueron adjuntados en la DIA.

Una vez otorgada la Concesión de Acuicultura se realizará el respectivo estudio de ingeniería de acuerdo a lo señalado el Artículo 4, literal e, del D.S. N* 320/2001 Reglamento Ambiental para la Acuicultura: “La metodología para el levantamiento de información, procesamiento y cálculos del estudio de ingeniería, así como las especificaciones técnicas de las estructuras de cultivo, se establecerán por resolución de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con consulta previa al Ministerio del Medio Ambiente”.

Sin embargo, la resolución antes mencionada aún no ha sido publicada por lo que, de perpetuarse esta condición, al momento de ser otorgada la concesión, los cálculos para el fondeo se realizarán

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en base a las condiciones del medio y las medidas de seguridad requeridas descritas anteriormente, haciendo llegar una copia a los servicios que se estimen convenientes.

Las condiciones de seguridad de los módulos de cultivo y del fondeo de los centros de cultivo intensivo de peces, deberán ser certificadas anualmente, por un profesional o entidad debidamente calificada. Se elaborará y ejecutará un plan de mantención y reparación (en el caso ser necesario) de las estructuras de cultivo.

De igual forma y sólo de ser requerido, se iniciará el trámite de solicitud de concesión marítima, u otra figura que la autoridad señale como la adecuada, para que estas líneas de fondeo estén en concesión marina de la empresa.

Se deja de manifiesto que si bien parte de las líneas de fondeo no están dentro de la concesión, sí se consideran dentro del área de influencia, para ello realizó el análisis acerca de si esta fracción del proyecto (fondeos), presenta los efectos, características o circunstancias descritas en el Artículo 11 de la Ley 19.300. Ver Adenda N” 2,

Definición de Partes, acciones y obras físicas:

La infraestructura relacionada con el sistema de fondeo, corresponde a muertos de concreto y cables tensores que unirán estos muertos con las diferentes unidades, las que en este caso corresponden a 3:

1) Sistema de balsas-jaulas: es donde se realiza el cultivo en sí.

2) Plataforma de Habitabilidad y bodega: es donde residen los trabajadores del centro de cultivo y donde se almacenan los insumos y materiales para las faenas.

3) Plataforma de Mortalidad/Ensilaje: es donde se realiza el proceso de ensilaje de la mortalidad exclusivamente de este centro de cultivo.

Estas 3 estructuras se deberán fondear con el sistema antes descrito (muertos/tensores) y su disposición, puede observarse en el plano adjunto en el Anexo |, del Adenda N* 2. Cabe señalar que las dimensiones y pesos específicos de cada muerto, así como la resistencia y materialidad de los tensores serán calculadas antes del inicio de operación del centro, es decir una vez obtenida la RCA, por lo que el esquema presentado sólo tiene por finalidad estimar el área que se pudiera ver afectada por el proyecto a razón del análisis del Artículo 11 de la Ley 19.300.

3.6.3. Etapa de operación

3.6.3.1. Ingreso de smolts:

El número de smolts (salmónidos) ingresado en cada ciclo variará de acuerdo a la especie salmónida a cultivar no superando en ningún caso la máxima capacidad solicitada en el Proyecto Técnico. Los smolts ingresarán con un peso inicial promedio de 120 gramos provenientes de centros de smoltificación o pisciculturas que mantiene la compañía.

El traslado de los smolts se realizará por vía marltima, mediante embarcaciones o contenedores especialmente diseñados para este fin. El arribo de los smolts será registrado por el jefe del centro, quien revisará el estado de los peces y los requerimientos legales para su ingreso, posteriormente en el caso de mortalidad se procederá a retirar los peces que se encuentren muertos desde las balsas jaulas, actividad que se realizará mediante buceo en forma permanente. Cada movimiento de smolts hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos de la compañía, autorizaciones de traslado, track de navegación, certificados sanitarios de movimiento y guías visadas de SERNAPESCA entre otros.

Con el objeto de prevenir enfermedades, previo a cada traslado de peces se realizará una desinfección rutinaria de los estanques. El transportista deberá entregar un certificado que acredite la desinfección de los estanques.

El servicio de traslado de peces para ingreso podrá ser encargado a terceros. En caso de ser asi, el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como

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certificados de desinfección previos al minuto de prestar el servicio, para así corroborar que cumplan con la normativa de tipo sanitaria, ambiental y marítima.

Cada movimiento de smolts desde la piscicultura hasta el centro de cultivo será respaldado por registros internos del centro (bitácora) y guías visadas de SERNAPESCA.

Número y Biomasa de Smolt ingresados por ciclo productivo.

PRODUCCIÓN N* de smolts Biomasa de smolts Biomasa de smolts ingresados por ciclo | ingresados por ciclo | ingresados por ciclo (unidades) (kg.) (t) 500.000 60.000 60 500.000 60.000 60

3.6.3.2. Engorda:

En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha. Durante la etapa de engorda, los peces serán mantenidos a una densidad máxima de 15,74 Kg./m?*, la cual se encuentra dentro de la recomendada para reducir los riesgos de brotes de enfermedades y además permite mantener las condiciones de calidad de agua óptimas para los peces.

Durante todo el ciclo productivo se realizarán monitoreos mensuales de los peces, evaluando la calidad en las distintas balsas jaulas, y registrando parámetros como peso y talla.

Los peces se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente fabricado para cubrir las necesidades nutricionales especificas de éstos. El alimento será suministrado a través de alimentadores automáticos, se instalará en cada una de las balsas jaulas cámaras submarinas que monitorearán en cada momento el consumo de alimento por parte de los peces, de ésta manera, el operador podrá detener la entrega de alimento una vez que comience a visualizar que éste no es consumido.

Un ciclo de engorda, desde el término de la siembra hasta que alcanzan un peso de cosecha, demora aproximadamente entre 10 a 12 meses para el caso de las truchas y cohos, mientras que para el caso de los salares el periodo será de 17 a 21 meses.

Número y Biomasa de Salmones a producir

PRODUCCIÓN POR CICLO N? de Salmónidos omasa de Alimento Mortalidad CICLO producido por producido por Suministrado máxima ciclo (unidades) ciclo (Kg) (t) acumulada (t) 1 425.000 2.125.000 2.699,91 94,15 Máx. 425.000 2.125.000 2.699,91 94,15

La producción máxima solicitad será de 2.125 toneladas en caso de cultivarse Salmón Atlántico o 1.620 toneladas en el caso de cultivarse Trucha o 1.620 toneladas, en caso de cultivarse Salmón Coho y en ningún caso se superarán los 2.125 toneladas de producción, que para efectos de la Declaración de Impacto Ambiental, es considerado el peor escenario, y se realiza con esa proyección los cálculos de Alimento no Consumido, fecas y residuos asociados a un ciclo de 21 meses.

3.6.3.3. Cosecha

Cuando los peces alcancen un peso promedio de 3 Kg para Trucha y Coho y 5 Kg para Atlántico entrarán a la etapa final de producción. En esta etapa se detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha, la cual se realizará de la siguiente manera:

Una vez alcanzada la talla comercial de los peces, la empresa realizará la cosecha, para la cual contratará los servicios de embarcaciones tipo Wellboat, la que trasladará los peces vivos al centro

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de acopio (vivero). Luego los peces serán descargados desde los estancos del Wellboat por medio de una tubería directo a una jaula previamente coordinada. En este centro de acopio los peces no pasarán más de 5 días antes de su ingreso a Planta de Proceso. En el centro de acopio se le entregará al encargado toda la documentación de traslado desde el centro de cultivo. Una vez descargados los peces, los estanques del Wellboat serán lavados y desinfectados por parte de los prestadores del servicio. El proceso de lavado y desinfección se realizará por medio de equipos propios de ozonificación de agua (de la empresa contratada para tales fines). Salmones Antártica S.A., será el responsable de que los Residuos Líquidos (RILES) generados sean debidamente tratados, por parte de la empresa que preste el servicio traslado de peces, y se dé cumplimiento cabal a las normativas Sanitarias específicas.

Luego, desde el vivero, los peces son ingresados a planta de procesos a través de un salmoducto que llega directo a la sala de matanza comenzando as] el proceso.

Los traslados se realizarán en base a lo establecido en la Resolución N* 64 del año 2003 por el Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, "Programa Sanitario General de procedimientos de Transporte”, reglamento que tiene como objetivo establecer los requisitos mínimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a prevenir la diseminación. Se mantendrán registros de cosecha y traslado respectivamente.

3.6.3.4. Manejo de Peces

3.6.3,4.1. Alimentación

a) Métodos de alimentación

Para realizar la operación de alimentación, se utilizarán sistemas centralizados automáticos de alimentación, los cuales serán adquiridas a empresas del rubro, estos sistemas contemplan el suministro de alimento a las jaulas a través de tuberías, impulsado por aire desde un lugar centralizado, donde se ubican los silos de alimento, controlados de forma automática desde un computador a través de un software. El alimento será almacenado en la plataforma flotante en 4 silos de 30 toneladas c/u y su suministro estará controlado por cámaras de video.

Los distintos componentes del sistema (soplantes, válvulas dosificadoras y revólveres selectores, entre otros), están diseñados y fabricados para ofrecer la máxima fiabilidad y cuidado del alimento. Con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento diario de los peces y las condiciones de las redes y anclajes. El porcentaje de pérdida que presenta este sistema no debiera superar el 1%.

b) Composición y atributos del alimento

El alimento utilizado será de alta energía, extruido, compuesto por un 22-30% de lípidos y un 40-45 % de proteína principalmente, dependiendo de la etapa de crecimiento de los peces. Esta dieta produce una tasa de crecimiento considerablemente mayor que la dieta de baja energía y genera un Factor Relativo de Convección (FCR) menor.

Éste alimento es fabricado por la Planta de Alimento de Salmones Antártica S.A., ubicada en Los Ángeles. El cual será transportado hasta Puerto Montt en camiones y luego en barcos hasta los centros de cultivo, cumpliendo con toda la normativa vigente.

c) Factor de conversión estimado

Se estima que el factor de conversión dentro de un ciclo será de 1.0 a 1.25. Se espera que con la utilización de alimentadores automáticos y cámaras submarinas se pueda alcanzar un factor de conversión lo más cercano a 1.

3.6.3.4.2. Muestreos

Se realizará un muestreo mensual para constatar calidad, peso y talla de los peces, en cada una de las balsas-jaulas. Esta información permitirá proyectar crecimiento, suministro de alimento, condición sanitaria de los peces y cosecha.

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3.6.3.5. Manejo Sanitario

Existirá un trabajo preventivo y de control de enfermedades, de manera de minimizar al máximo el empleo de antibióticos en el centro. Entendiendo que los brotes de enfermedades están fuertemente ligados al estrés del confinamiento, a las condiciones biológicas de los peces, a las condiciones oceanográficas y a la presencia de depredadores.

Lo anterior, en virtud de lo establecido en el Título V, del D.S. N” 319 “Reglamento Sanitario de la Acuicultura” (RESA) del Ministerio de Economía.

Asimismo, se informará, en la forma que establezcan los programas sanitarios, los resultados de los tratamientos aplicados.

3.6.3.5.1. Medidas preventivas Se tratará que los peces lleguen a la etapa de mar en las mejores condiciones sanitarias posibles para lo cual se tomarán ciertas precauciones: + La composición del alimento estará calculada con los requerimientos ideales para el pez. Se incluirán vitaminas en la dieta, la cual otorga resistencia contra enfermedades. + Se mantendrá al mínimo la manipulación de los peces, para evitar el estrés fisiológico y los riesgos de una alteración en el sistema inmunológico. + Se realizará necropsia de mortalidades frescas al menos 3 veces por semana y si se requiere serán enviadas muestras al laboratorio. e Se contará con la visita de un médico veterinario regularmente. e Existirán barreras sanitarias en el Centro de Cultivo, como pediluvios y maniluvios. + Los utensilios serán individuales por balsas jaulas y luego de su uso quedarán en una solución desinfectante. + Elingreso de personas a los módulos de cultivo será con botas previo paso por pediluvios, + Los desinfectantes a utilizar serán los aprobados por la Autoridad Marítima. + Las soluciones desinfectantes serán inactivadas.

3.6.3.5.2. Tratamientos terapéuticos y uso de antibióticos.

El titular declara que cumplirá lo indicado en la D.S N” 319 “Reglamento Sanitario de la Acuicultura” (RESA) del Ministerio de Economía. La administración y dosificación de los medicamentos la realizarán profesionales calificados y se encontrará sujeta a las condiciones ictiosanitarias, que dependerán de factores como el tipo de patógeno, peso de los peces, densidad de cultivo y temperatura del agua. Se llevará un registro de los medicamentos aplicados.

El uso de antibióticos o quimioterapéuticos, será determinado y prescrito por un médico veterinario del Departamento Veterinario de Salmones Antártica S.A. Los principios activos a usar, serán los adecuados frente al patógeno diagnosticado, en lo posible respaldado por pruebas de sensibilidad antibiótica a fin de optimizar el uso de fármacos.

Salmones Antártica S.A., implementará el sistema PAC (Programa de Aseguramiento de Calidad) para los salmónidos en cultivo en la fase de engorda, para el control del uso de fármacos en peces, al igual que lo ha implementado en todos sus centros de cultivos de Mar. Con este Programa PAC, se llevará un claro registro de la prescripción, el uso y el control de los periodos de resguardo (carencias), de los diferentes fármacos que un grupo de peces recibe durante su permanencia en un centro. Los programas PAC, están basados en sistemas HACCP, lo que involucra registrar en planillas la recepción, entrega y devolución de cualquier alimento medicado, como así también el control de los periodos de carencia, identificación de jaulas en tratamiento, carencia, etc. El programa PAC es controlado semanalmente por el Departamento de Área Técnica y Departamento Veterinario, ordenando las acciones correctivas necesarias a fin de garantizar el correcto funcionamiento del mismo.

Los principios activos a utilizar dentro de los centros de engorda en Salmones Antártica S.A., están resumidos en la siguiente tabla, la que indica la posología, indicaciones de uso, vías de administración, periodos de resguardo y presentaciones comerciales.

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Principios activos a utilizar, posología, indicaciones generales

Dosis Terapéutica Período de Fármaco Utilización (mg/kg) Presentaciones resguardo (To/día) Mín. Máx. Ácido Oxolínico SRS 20 30 Oral 50% y 80% 900 UTA A : Oral 50% y 80%, Eritromicina BKD 85 110 Inyectable 20% 600 UTA 0, Florfenicol SRS 15 | 20 | oraiso% ayeciable | 300UTA Flumequina SRS 20 30 Oral 50% y 80% 900 UTA . co Oral 50% y 80%, Oxitetraciclina SRS, BKD 75 120 Inyectable 10% y 20% 900 UTA Emamectina Caligiasis 0,05 0,05 Oral 0,2% 600 UTA

a) Tratamiento Oral

Respecto de la inclusión de antibióticos y/o antiparasitarios en el alimento estos se indicarán guardando estrecha relación con la tasa de alimentación diaria que registre la balsa jaula o stock de peces que sea necesario tratar al momento de implementar la terapia, la cual dependerá en definitiva de una serie de factores tales como temperatura del medio acuático, estado de cultivo (fase del crecimiento) y que normalmente se representa como una tasa de consumo de alimento relacionada al peso corporal promedio de los peces. En la siguiente tabla se indican los detalles de inclusión de medicamentos según tasa de alimentación:

INGREDIENTE ACTIVO EN ALIMENTO mg/gr — gr/kg - kg/ton alimento Tasas de Alimentación Diaria (% Peso Cuerpo) Fármaco Tipo 0,5% | 0,7% | 0,9% | 1,3% | 1,8% | 2,1% | 2,5% | 3,0% | Ac. Oxolínico Antibiótico 5,6 4,0 3.1 2,2 1.6 1,3 1,1 0,9 Eritromicina Antibiótico 22,0 15,7 12,2 8,5 6,1 52 44 3,7 Florfenicol Antibiótico 3,6 2,6 2,0 1,4 10 0,9 0,7 0,6 Flumequina Antibiótico 5,6 4.0 3,1 22 1,6 1,3 1,1 0,9 Oxitetraciclina Antibiótico 220 | 157 | 12,2 8,5 6,1 5,2 4,4 3,7 Emamectina Antiparasitario | 0,010 | 0,007 | 0,006 | 0,004 | 0,003 | 0,002 | 0,002 | 0,002

En los centros de engorda de Salmones Antártica S.A., sólo se utiliza alimento medicado elaborado en una Planta de Alimento propia. El alimento ingresa al centro con guía de despacho a la bodega y es recepcionado por un responsable, que puede ser el jefe o asistente de centro, este a su vez hace el ingreso a una planilla de producción. El ingreso de alimento se registrará además en una planilla PAC de "recepción de alimento”. Cada partida de alimento medicado será respaldada por un informe de laboratorio que indicará los niveles intentados y logrados para cada fármaco.

El alimento medicado se mantendrá en la bodega del centro identificado como tal y en un sector claramente identificado para su acopio. Este se mantendrá por el tiempo que dure el tratamiento, generalmente 15 a 21 días. La cantidad de alimento medicado solicitado para los tratamientos y la duración de su prescripción serán determinadas por el médico veterinario, entregándose la ración completa destinada a las balsas jaulas a tratar.

b) Tratamiento inyectable Esta alternativa se desarrollará ante los siguientes factores: + Grupo de peces que han sido tratados mediante alimento medicado, no responde en forma satisfactoria, continuando la patología presente. + La mortalidad aumenta sobre el 1% semanal.

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e Selección de peces para reproducción

  • Los medicamentos inyectables serán prescritos por el Médico Veterinario. El periodo de carencia o resguardo comenzará una vez terminada la inyección del último de los peces involucrados en el tratamiento y las unidades térmicas estarán determinadas por el tipo de antibiótico a utilizar. El encargado del centro dejará un registro diario en bitácora del número de peces inyectados por día. El veterinario revisará la información y firmará la bitácora.

c) Terapias coordinadas para tratamiento contra Caligus

  • Semanalmente se realizarán muestreos de Caligus en 3 jaulas por módulo, considerando 10 unidades por jaula, lo que será enviado al Veterinario responsable para despacho de información consolidada de centros a SERNAPESCA y Salmon Chile.

  • Secontabilizarán Adultos (Hembras grávidas, Hembras y Adultos) y Juveniles.

  • Las terapias coordinadas serán de acuerdo a Norma Técnica de Salmon Chile aprobada por SERNAPESCA.

  • Estos tratamientos deben ser primero autorizados por SERNAPESCA para la posterior implementación.

En caso de requerir baños por inmersión para el tratamiento del Caligus sp., sólo se utilizará el producto Betamax (cipermetrina), el cual está permitido por parte de DIRECTEMAR, de acuerdo a lo especificado en su ficha técnica y sin generar concentraciones mayores a 0,00062 ppm del producto en el entorno marino inmediato. La aplicación de este producto se realizará previa autorización de la Autoridad Marítima local, cumpliendo lo establecido en la Resolución D.G.T.M. Y M.M. ORD. N* 12600/1251/VRS., del 07 de septiembre de 2010, para ello se adjuntarán los siguientes antecedentes:

  • Copia resolución que autoriza uso del producto en jurisdicción de la Autoridad Marítima. Lugar, ubicación y características del medio en donde se empleara dicho producto. Fecha o periodo de aplicación de éste, Conocimiento de las condiciones de dilución y concentración del producto. Lugar y periodo de almacenamiento del producto. Cumplimiento de las disposiciones sobre prevención de riesgos de los operarios.

d) Control para evitar la diseminación frente a brotes |SAv

En caso de producirse brote de ISA, se aplicarán las disposiciones establecidas en el programa a las actividades de cultivo de peces susceptibles a la enfermedad, medios de transporte, actividades de transformación (Res. N” 72 PSGLD - Res N” 66 PSMM) y demás actividades reguladas en el D.S. N” 319 de 2001. Se adjunta Norma Técnica de Limpieza y Desinfección para el control de la anemia infecciosa del salmón (Ver Anexo IV, letra q), de la DIA).

e) Otras En caso de aplicar cualquier tratamiento, ya sea este inyectable o vía administración oral de medicamentos cercanos a la cosecha, respetará rigurosamente los periodos de carencia según sea el caso para el uso de antibióticos, asegurándose mediante muestreo certificados por laboratorios acreditados que no existan trazas del medicamento en la musculatura del pez antes de iniciar cualquier proceso de cosecha. Se reitera que para el tratamiento de patologías comunes, sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (SERNAPESCA). La administración y dosificación de los medicamentos se encuentra sujeta a las condiciones ictiosanitarias, las cuales dependerán de factores como calidad genética, densidad máxima de cultivo, calidad y método de alimentación y temperatura de la columna de agua. Finalmente, la aplicación del proceder es de la siguiente forma:

  • Aparición de síntomas clínicos, detectados por el jefe de centro y certificado por el

veterinario de la empresa.

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  • Envío de muestras y contra muestras al laboratorio autorizado para confirmar dicho diagnóstico.

  • Una vez confirmado, el médico veterinario efectúa la prescripción del tipo de medicamento a usar y su dosis.

  • Se comprará el medicamento (vía receta médica).

  • Serealizará un programa de suministro del medicamento, en el que se especifica el tipo de antibiótico, la (s) jaula (s) a entregar, los kilos por jaula, etc.

  • Selleva a cabo dicho programa con la supervisión del Jefe de Centro y el veterinario.

  • Una vez entregada la totalidad de la dosis se efectúa un seguimiento a las jaulas tratadas con el objeto de constatar el resultado del tratamiento.

  • Enelcaso que los peces se encuentren próximos a su cosecha se llevará a efecto un período de carencia (apropiado para el medicamento suministrado) en el que se asegure que no quedarán trazas del medicamento en la musculatura del pez.

El personal será entrenado y capacitado para la correcta recepción del alimento medicado desde el embarque y distribución en la estructura flotante. Este alimento, será ubicado en un sector especial del pontón, claramente delimitado y separado del alimento normal.

Finalmente, y con el fin de minimizar la ocurrencia de errores en el suministro se tomarán medidas como la señalización destacada (con un banderín de color u otro método) de las jaulas tratadas, capacitación a los operarios en cuanto a observar e informar casos de un comportamiento anormal de los peces tratados, alimentación diferenciada, etc., en el marco de las disposiciones del Reglamento Sanitario para la Acuicultura.

Además, el proyecto considera la instalación de barreras sanitarias (pediluvios) para la desinfección de personas, tanto al ingreso y salida de cada módulo de engorda. Estas barreras estarán claramente señaladas y se mantendrá constante su calidad de desinfección.

3.6.3.5.3. Uso de Desinfectantes

Se utilizará alcohol gel para la sanitización de las manos del personal. El resumen de los desinfectantes que se utilizarán en el centro de engorda, su principio activo y su dosis, se detallan en la siguiente tabla:

Desinfectante Uso Principio Dosis Cantidad | Tiempo de Activo estimada | exposición Dupladin Pediluvios Amonio 1:200 500 L/año 5-10 8. Cuaternario Virkon Desinfección | Monopersulfato 1:100 500 L/año 5-10 s. utensilios de potasio, ácido sulfámico, sulfonato de sodio Alcohol Gel Manos Alcohol 2-4 ml/aplicación

El centro contará con 6 sectores de desinfección obligatoria. Estos estarán ubicados en el acceso de cada módulo de cultivo, y en el acceso de visitantes de la casa flotante. Cada pediluvio consistirá en una bandeja de plástico duro, de 10 L, de volumen. La solución desinfectante será de 4 L, y estará compuesta por agua y Dupladin, en una proporción de 1:200. Este desinfectante está compuesto mayoritariamente por amonios cuaternarios, es usado en todos los centros de la empresa para esta función. La frecuencia de cambio de la solución es de 2 veces por semana, Esta situación genera 10 L de residuos a la semana, y 60 L al mes.

Se señala expresamente, que sólo se utilizarán detergentes y desinfectantes autorizados por la DIRECTEMAR, de la misma forma, la aplicación de estos químicos será realizada por empresas autorizadas, cumpliendo lo establecido en la Circular Marítima Externa N” 12.600/391/2010 de la Gobernación Marítima de Aysén.

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3.6.3.5.4. Otros Manejos Sanitarios

El centro de engorda cumplirá con el principio “All in, all out”, luego de finalizado el ciclo de producción, se sacan todos los ejemplares que se ingresaron para un período de descanso y desinfección. En ese periodo todas las estructuras flotantes, la bodega de alimentos y estancos son limpiadas y desinfectadas, la plataforma de mortalidad es aseada con un proceso profundo de limpieza, las estructuras habitables son limpiadas, desinfectadas, desratizadas. Los equipos y accesorios en general, también son desinfectados. El aseo y desinfección estará a cargo de empresas prestadoras de servicios debidamente calificadas y certificadas, no se descarta la posibilidad de realizarlo con personal del mismo centro que cuente con la capacitación necesaria. Además durante el perlodo de producción, el centro de cultivo será limpiado y desinfectado en forma bimensual con detergente y desinfectante. Este proceso incluye:

Limpieza profunda y desinfección de la plataforma de mortalidad.

Limpieza profunda y desinfección de la bodega de alimentos.

Limpieza y desinfección de los baños.

Desinsectación en espacios habitables.

Desratización (aproximadamente 10 bases de cebos por centro).

En el caso de empresas externas que cuenten con sus propios procedimientos de trabajo, deben ser visados y revisados por la empresa, así como también deben cumplir con la normativa y utilizar productos debidamente aprobados por la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (D.G.T.M y M.M).

3.6.3.6. Transporte

Los traslados de peces vivos cualquiera sea su destino, material patológico o material de alto riesgo, alimentos, equipos y materiales que se utilicen directamente en las actividades de cultivo y transporte, se realizarán cumpliendo lo que indica la Resolución N* 64 de 2003, del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Programa Sanitario General de procedimientos de Transporte, reglamento que tiene como objetivo establecer los requisitos mínimos y procedimientos sanitarios aplicables al transporte, tendientes a prevenir la diseminación de agentes patógenos.

En cumplimiento de la normativa señalada, el titular se compromete a mantener un registro de los medios de transporte utilizados para el traslado de peces vivos, cosechas, mortalidades, equipos, alimentos, etc., sean estos propios o de terceros.

En caso de utilizar medios propios para los transportes, en el centro se mantendrá un registro o bitácora de todos los traslados de insumos que se realicen, en el que se indiquen al menos la identificación de los peces o productos, origen, destino, y procedimientos que se hubieren aplicado a estos.

Todo medio de transporte contará con un certificado de desinfección previo al transporte. El proceso de desinfección se deberá realizar en base a lo dispuesto en el Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección.

En caso de traslado de peces vivos, estos serán sometidos a un ayuno previo y se establecerán procedimientos estandarizados indicando características específicas como especie, temperaturas, distancias, entre otras. Siempre se realizará transporte de peces sanos, lo cual deberá estar certificado por un Médico Veterinario responsable del centro.

En caso de aplicación de medidas específicas ante control de brote de enfermedades se podrán realizar traslado de peces enfermos, sin embargo los procedimientos de transporte se ajustarán a los procedimientos descritos en los Programas Sanitarios Específicos (PSE).

El transporte de material patológico se realizará en condiciones que garanticen la integridad, irán embalados de tal manera de evitar contaminación exterior, en recipientes sólidos y sellados con material absorbente suficiente para que no escurran líquidos, y rotulados con "Material patológico o material de riesgo para Animales acuáticos — Peligro — No abrir durante el transporte”. Este tipo de material solo podrá ser trasladado previa autorización del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura. En caso de transporte de equipos y materiales estos serán lavados y correctamente desinfectados antes de ser utilizados, dejándose registro de esta acción. No se trasladarán redes entre centros

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mediante arrastre. Las embarcaciones que retiren redes de cultivo desde el centro deberán contar con sistemas de desinfección para realizar estas labores en las superficies de la cubierta antes y después del retiro de éstas.

3.6.3.7. Manejo de Mortalidad

El centro de cultivo contempla la implementación de un sistema de ensilaje el cual tiene como objetivo principal detener tempranamente la actividad biológica y posterior descomposición de la mortalidad.

Esto se realiza mediante la molienda y acidificación in situ con Acido Fórmico, el cual preserva la mortalidad producto de la inactivación de la desnaturalización de esta, impidiendo así la proliferación de patógenos y deteniendo con esto el proceso de descomposición de la mortalidad.

El modelo de sistema de ensilaje a implementar será Global Fluid 8. Landia (Ver Anexo IV, letra b), de la DIA), el cual preserva la mortalidad (o materia prima) por medio de la inhibición del desarrollo de microorganismos creando para esto un ambiente acidificado con un Ph < a 4.0, para esto se agrega Acido Fórmico al 85%, para posteriormente ser retirada según requerimiento, (dependiendo de la cantidad), del centro de cultivo por medio de barcaza a la planta de procesos reductora.

Esto tiene como finalidad la optimización de los programas de retiro de mortalidad desde los centros de cultivo, dado a que el material ensilado permanece por tiempo indefinido en una condición de estabilidad.

3.6,3.7,1. Descripción del sistema y sus componentes. + Materia Prima (Mortalidad de salmón de piscicultura, de mar o reproductores). Equipos. Estanques triturador. Estanque acumulador silo. Piping y sus componentes. Sistema de bombeo y dosificación del ácido fórmico. Sistemas de contención de derrames o pretiles. Acido Fórmico y antioxidante. Equipo de seguridad personal (Los que correspondan: gafas, careta facial, guantes de goma largos, casco, traje de goma). pHmetro manual y/o papel pH. Envases graduados para cuantificar el pescado, ácido fórmico y etoxiquina adicionados. Características Técnicas del Producto.

3.6.3.7.2. Procedimiento de Ensilaje

Las mortalidades de peces serán retiradas desde las jaulas de cultivo en forma diaria para posteriormente ser depositadas en el sistema de ensilaje implementado, y luego serán retiradas según programación, esto mediante un sistema automático desde el proceso de ensilaje por algunas empresas externas contratadas para ese servicio, además se informará semanalmente al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura el número de mortalidades clasificadas según su causa, El retiro de la mortalidad será a través de un sistema de extracción tipo lift-up o bien por medio de buceo. La extracción de mortalidad y el manejo de ésta, será de acuerdo a los procedimientos descritos y establecidos por el departamento veterinario de la compañía. En estos se describen el sistema de extracción, manejo y procedimientos de desinfección, además de establecer los métodos, equipos y materiales a utilizar y los procedimientos de necropsias. Estos documentos han sido elaborados a partir del Programa Sanitario General de Mortalidades PSGM.

Ver Anexo IV: P.VET-13, y letras j),a), c) e i), todos de la DIA

El Manual de Procedimiento adjunto (Ver Anexo IV, letra b), de la DIA), explica el uso de estanque picador y estanque de acopio, además da a conocer las formas de manipulación segura del medio acidificante para la reducción de pH a valores <4,0. Las precauciones directas están asociadas tanto en la operación de la bomba, como en la adición de sustancias químicas y la generación de

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agentes naturales. Ante lo cual se presenta un manual de manejo para sustancias químicas, que incluye el almacenamiento de ácido fórmico y un plan de contingencia contra derrames químicos. La Plataforma de Ensilaje contará con un Pretil de Contención que será capaz de contener, en el caso de un posible derrame, el 110% del volumen de almacenamiento del estanque de ácido y de la máquina de molienda. El estanque de acumulación del ensilado irá bajo cubierta, por lo que en el caso de un posible derrame, éste quedará contenido en el estanco que supera el 110% exigido. Adicionalmente, la plataforma contará con un pretil de acero inoxidable específico para el ácido, de manera de facilitar la neutralización y recuperación en el menor tiempo posible con los materiales y equipos dispuestos para esto. Para mayores antecedentes sobre las características del sistema de ensilaje ver documentos en Anexo ll, letra d) y Anexo IV, letra b), de la DIA.

El equipo de ensilaje contemplará el uso de ácido fórmico al 85 %, por lo cual el personal del centro de cultivo estará capacitado para el uso y manejo de este químico, informando los riesgos y medidas de seguridad recomendadas por el proveedor para un correcto uso de este químico. Se adjunta Ficha técnica y de seguridad del ácido fórmico en el documento Anexo V, de la DIA

De acuerdo a lo indicado en el D.S. N* 319 del año 2001 y sus modificaciones, Reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológica, se implementará el "Manual General de Manejo de Mortalidad Mediante Sistema de Ensilaje”, el cual será informado y aplicado por el personal del centro de cultivo, además serán capacitados para una óptima implementación de todos los procedimientos que el manual estipule, esto puede ser visualizado en el documento Anexo IV, letra a), de la DIA.

En el caso que por algún motivo oceanográfico o biológico se produzcan mortalidades masivas de peces, la empresa contará con una lista de contactos de proveedores de servicio de cosecha, retiro de mortalidad o de ensilado, y de personal para las maniobras requeridas. En la que se encuentra estipulada en el Plan de Contingencia Ante Mortalidades Masivas, adjunto en el documento Anexo IV, letra f), de la DIA.

En el caso que por algún motivo se produzca una falla en el equipo de ensilaje, se procederá de acuerdo al Plan de Contingencia Ante Falla de Equipo, adjuntado en el documento Anexo IV, letra e), de la DIA.

Se implementarán además los planes de contingencia ante eventuales, que incluirán vertimientos al medio marino de mortalidad cruda o tratada de peces, así como también en caso de no poder transportar el material de ensilaje en los días con mal tiempo. Estos Planes pueden ser visualizados en los Anexo IV, letras g) y h), de la DIA, respectivamente.

3.6.3.7.3. Capacidad Sistema de Plataforma de Ensilaje

La cantidad de mortalidad (kg.) que se generará en un ciclo productivo es del orden del 15% de la producción total por ciclo, considerando que en un ciclo productivo, la biomasa máxima generada para este centro es de 2.125 toneladas, la mortalidad máxima será de 94,15 toneladas. Para este cálculo se considera un ciclo productivo de 21 meses.

Estimación de la mortalidad generada en un ciclo de máxima producción.

MORTALIDADES KG. Mortalidades por ciclo (21 meses) 94.152,26 Mortalidades por mes (promedio) 4.483,44 Mortalidades por día (promedio) 149,45

Considerando que: e 1 kgde mortalidad + 3.5% acido = 1 litro de ensilado + Lacapacidad del estanque triturador es de 500 Kg. y + Que el silo de acopio posee una capacidad de 20 mí,

Se debe mencionar que al principio del ciclo productivo, el retiro se realizará cada 3 meses; ya que, los 17 m? de capacidad del silo (85% de los 20 m* de capacidad total) se alcanzarán aproximadamente al mes 12 del ciclo (de no realizarse ningún retiro anterior); a partir del segundo año (mes 12) los retiros se realizarán cada 2 meses, a partir del mes 16 los retiros serán

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mensuales; para terminar con retiros cada 20 6 15 días, con la posibilidad de que al término del ciclo (últimos 15 días) el material ensilado, sea retirado semanalmente.

Lo anterior se resume en la siguiente tabla en la que se estable la estimación mínima de retiros a realizar, considerando un ciclo de 21 meses (30 días c/u), es decir, 630 días.

Estimación de la frecuencia mínima de retiro de mortalidades durante un ciclo de máxima producción. Retiro Día 349 109 67 48 37 20 630

o (o aa |m|n|—=

3.6.3.8. Manejo de Insumos

3.6.3.8.1. Combustibles

Debido al volumen de combustible a mantener en los estanques de acopio, se dará cumplimiento a lo dispuesto en el decreto N” 379 del año 1986, de la Superintendencia de Electricidad y combustibles (SEC), que establece los requisitos mínimos para el almacenamiento y manipulación de combustibles líquidos derivados del petróleo, destinados a consumos propios.

Se cumplirá con los siguientes requisitos mínimos de seguridad:

  • El sector de almacenamiento del combustible será en una sección de la bodega especialmente habilitado, rotulado con: “producto inflamable”, “área restringida” y señales de "prohibido fumar”.

  • El sector de carga de combustible contará con bandejas anti-derrame bajo todas las válvulas y niveles del circuito.

  • Elingreso estará permitido solo a personal capacitado.

+. Se cumplirá con la normativa vigente referida volumen de acopio.

  • La persona responsable del material combustible se encargará de suministrar las cantidades requeridas por las distintas operaciones diarias del centro.

  • Los estanques de acopio estarán provistos con válvulas de desnivel para el llenado de los estanques de los motores fuera de borda; operación que será realizada solo por personal capacitado. Además, los estanques de acopio, serán certificados por empresas autorizada y registradas en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

e Se contará en cada centro con un extintor de 10 L., de dióxido de carbono, rejas de seguridad y los estanques se trincarán con cabos para evitar su volcamiento en caso de temporales.

  • Se indica además, que en caso de ocurrir un derrame, todos los elementos usados en la contención y limpieza, ya sea paños, arena, u otros elementos, serán dispuestos en bins herméticos, y trasladados al vertedero de seguridad para residuos peligrosos autorizados.

  • Se estima que los volúmenes semanales de petróleo diésel y gasolina a usar por el proyecto serán:

Volúmenes semanales de combustibles a utilizar.

COMBUSTIBLE CANTIDAD ESTIMADA ALMACENAMIENTO Petróleo 1500 L/semana Estancos del artefacto naval Gasolina 250 L/semana Contenedores y lugar designado

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  • Frecuencia: Se abastecerán los estanques de acopio según la demanda,

e Sistema de Abastecimiento: La barcaza de abastecimiento de los centros transportará los estanques desde Puerto Chacabuco.

  • Proveedores: Bombas de servicio autorizadas.

Se indica además que una vez iniciada la operación del centro se presentará a la autoridad correspondiente el Plan de Emergencia y Contingencias contra derrames de hidrocarburos y sustancias nocivas líquidas, según lo establecido en la circular DGTM. Y MM. A53/002 del 05 de febrero de 2003.

3.6.3.9. Medidas de contingencia, planes y manuales: Se presentan los siguientes planes de contingencia: e Plan de contingencias ante emergencias. Plan de contingencia ante pérdida de alimento, estructuras de cultivo. Plan de contingencia ante enmallamiento de Aves y Mamíferos. Plan de contingencia contra floraciones algales nocivas. Plan contingencia derrame hidrocarburos. Plan de contingencia ante derrame de Químicos. Plan contingencia contra derrame de ácido fórmico. Plan de Contingencia por no retiro de mortalidad a tiempo. Plan de contingencia ante derrame de mortalidad ensilada. Plan de Contingencia ante mortalidades masivas. Plan de contingencia ante falla de sistema de ensilaje. Plan de contingencia ante vertimientos en faenas de limpieza y desinfección.

Además cuenta con los siguientes manuales, planes y procedimientos: + Procedimiento Muestreo de Peces. Norma Virus ISA Centros de Cultivo. Plan de manejo de Sustancias Químicas. Manual manejo y almacenamiento ácido fórmico. Procedimiento necropsia y envío de muestras. Manual de Higiene y Desinfección. Manual Uso Sistema Ensilaje del Proveedor. Manual General de Manejo de mortalidad con Sistema de Ensilaje.

Para mayor detalle revisar Anexo IV de la DIA.

3.6.4. Etapa de abandono

Se consideran trabajos de mantención de las instalaciones, trabajos asociados a mejoras en la infraestructura y remodelación de instalaciones, con el propósito de incorporar nuevas tecnologías que signifiquen una mejora desde el punto de vista ambiental y de producción.

La actividad tiene una vida útil de 25 años renovables, pero en el caso de que se encuentre pertinente el cierre del centro se procederá a retirar los peces, desarmar las balsas-jaulas y trasladarlas al centro más cercano donde puedan ser reutilizadas.

El titular se compromete a cumplir con él artículo 4” letra c) del D.S. N* 320 del año 2001, “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”, en cuanto a que: se retirará al término de su vida útil o a la cesación de las actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables, o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistemas de anclaje al fondo, con excepción de las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje.

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Si llegase a producirse alguna eventualidad que conlleve a realizar el abandono o cierre del centro, se realizará la venta de todos los materiales que posean un valor económico (balsas jaula, Redes, Pontón, Muertos, entre otros) y todo lo que no posea un valor económico, será derivado a un relleno sanitario autorizado.

El procedimiento de abandono se detalla a continuación:

  • Todos los peces serán retirados de las jaulas de cultivo.

  • Lasjaulas serán desarmadas y trasladadas, vía marítima a una bodega de almacenaje en Puerto Chacabuco. Existe la alternativa de trasladar las jaulas a otra concesión para seguir siendo usadas, situación que deberá ser evaluada.

  • Lasredes serán retiradas y enviadas a mantención.

  • Todas las estructuras flotantes serán trasladadas a Puerto Chacabuco y se evaluará su reutilización o venta.

  • Todos los cabos de anclaje, cadenas, y boyas serán retiradas y trasladadas vía marítima a una bodega de almacenaje en Puerto Chacabuco, donde se evaluará su reutilización.

  • Finalmente, solo los muertos de anclaje quedarán ubicados en el fondo de la concesión.

  • Cualquier tipo de traslado de estructura se realizará según el Programa Sanitario general de Procedimiento de Trasporte (PSGT64) del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.

3.7. EMISIONES, DESCARGAS, Y RESIDUOS DEL PROYECTO 3.7.1. Emisiones atmosféricas

3.7.1.1. Generación de Ruido

La fuente de emisión corresponderá a los motores fuera de borda, los generadores y los blower de alimentación.

Los motores fuera de borda de 50 HP generarán un nivel de ruido del orden de los 85 dbA, los que se generarán durante la actividad diurna, en forma intermitente. Además éstos se suministran con (GPL) lo que hace que combustionan en forma más silenciosa, reduciendo significativamente el ruido, lo que no intervendría ni impactaría el componente paisaje y turismo

Los generadores de 80 Kva y 45 Kva, producirán un nivel de emisión del orden de los 100 dbA y 92 dbA respectivamente. Estos niveles de ruido se generarán en horario diurno y en forma constante, no obstante estas unidades se encontrarán ubicadas dentro de cámaras, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido que se percibirá.

Además es importante destacar que dichas emisiones de ruidos no pueden ser consideradas significativas dado que un generador y motor de las embarcaciones de traslado y del centro de cultivo se encuentran aislados para reducir el impacto sonoro. Los valores de emisión de ruido corresponden a mediciones realizadas a 3 m de distancia de la fuente emisora, distancia a la cual los operarios no se ubicarán en forma habitual, por lo que se dará cumplimiento a los Artículos 74 y 77 del D.S. N* 594/99. En todo caso, los trabajadores dispondrán de protectores auditivos en la sala donde se ubican.

A continuación se presenta un cuadro con una caracterización del ruido de un proyecto de similares características, el cual presenta los siguientes resultados:

Caracterización de Ruido respecto a motores fuera de borda.

PONTÓN SECTOR TIEMPO DE | NPS MAX. | NPS MÍN. LEQ. PERMANEN DB (A) DB (A) DB (A) CIA Zona de General 0.3-0.5 90,1 71,6 74,2 embarque Intermitente Cubierta General 0.3-0,4 90,1 107,1 101,9 Intermitente

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3.7.1.2. Gases

Producto de la combustión en los generadores y en los motores fuera de borda. La emisión de motores fuera de borda tendrá una duración de 8 hrs. diarias, pero de forma intermitente. En cambio la de los generadores será una fuente fija, pero en pequeñas dosis. Se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos para mantener la eficiencia de consumo y así permitir una combustión optima (minimizando la cantidad de gases emitidos).

Se utilizarán motores bencineros (sin plomo) y diésel, el fabricante Honda indica que un motor HNX-MSI-02-05 tiene una emisión de 41,78 g/kWh. y un motor HNX-MSI-02-06 es de 39.28 g/kWh. de HC + NOx, ambos cumplen con la norma de la Enviromental Protection Agency (EPA, 2006) para motores fuera de borda.

Es importante destacar que dichas emisiones no pueden ser consideradas significativas dado que un generador emite una mínima cantidad de gases y no en las cantidades considerados tóxicos, debiendo agregar otros factores como el clima reinante en la zona, cuya característica principal son las intensas precipitaciones que ocurren todo el año, alcanzando los 4.000 mm y sin ningún mes con humedad relativa inferior a 80% y vientos sobre los 20 km/h. la mayor parte del año.

3.7.2, Efluentes líquidos

Estimación de residuos líquidos en la etapa de operación, en un ciclo de máxima producción,

Identificación | Residuos | Residuos | Residuos Destino de Tipo de Manejo por por MES por AÑO Residuos de Residuos po | CICLO Residuos 630.000 30.000 360,000 Medio Marino Desgrasado en líquidos plataforma domiciliarios flotante plataforma flotante (L) Residuos de 1.260 60 720 Almacenamiento Inactivación de pediluvios y en envases los residuos maniluvios herméticos y (L) retirados para su disposición.

Ver numeral 3.3, de la DIA.

3.7.3. Residuos sólidos

Estimación de residuos sólidos en la etapa de operación en un ciclo de máxima producción.

CANTIDAD DE DESTINO DE LOS M RESIPAOS] RESIDUOS RESIDUOS TIPO DE MANEJO

Deposición en el fondo

marino bajo las balsas Disminución de la Alimento no 27.00 y alrededores por pérdida de alimento

consumido (Ton) ' sedimentación y utilizando dispersión por alimentadores corrientes automáticos y cámaras

Fecas (Ton) 213,83 Degradación por submarinas.

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Bolsas de alimento 2.172 Retiradas por empresa | Reciclaje por empresa (N? de bolsas) : autorizada autorizada ] Residuos 441 Retiro de la basura por | Depósito en vertedero domiciliarios (Ton) ! empresa autorizada autorizado : Retiro cada 6 meses, a mizas ME ) 90 Vertedero Autorizado. | través de una empresa g autorizada. : : Retiro de los residuos Planta de Reciclaje o A os 1 por empresa Instalación autorizada ñ autorizada de eliminación Mortalidad 94,15 Planta harina Ensilaje Ver numeral 3.2, de la DIA. 4. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base

de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17" cumple con:

NORMATIVA ETAPA FORMA DE CUMPLIMIENTO Constitución Política de Etapa de La realización de esta DIA y su sometimiento al la República de Chile construcción y | SEIA para su evaluación y aprobación, tienen operación. por objeto contribuir al cumplimiento de la

garantía constitucional: El Derecho a vivir en un ambiente libre de contaminación.

Ley N* 18.892 MINECON Etapa de Cumplimiento con las normas ambientales “Ley General de Pesca y | construcción y | indicadas en la ley, por la implementación de Acuicultura”. operación técnicas de manejo del centro y tecnologías

para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

Ley N* 19.300 Etapa de Cumplimiento con las normas ambientales MINSEGPRES construcción y | indicadas en la ley, por la implementación de “Ley de Bases del operación técnicas de manejo del centro y tecnologías Medio Ambiente”. para reducir y eliminar efectos negativos sobre el medio ambiente.

D.S. N* 290-93 Etapa de Las actividades de acuicultura requieren de MINECON “Reglamento | construcción y | autorización de acuicultura cuando cumplen de Concesiones y operación ciertas caracteristicas. La circunstancia de Autorizaciones de haberse sometido al Sistema de Evaluación de Acuicultura” Impacto Ambiental se acreditará mediante copia

de la solicitud de ingreso, timbrada o certificada por la Comisión Regional del Medio Ambiente que corresponda.

D.S. N* 319/01 MINECON Etapa de e Se realizará el retiro diario de las operación, mortalidades de peces de cada unidad de

“Reglamento Ambiental cultivo, y registrada diariamente, para la Acuicultura”. informándose al Servicio semanalmente,

con la periodicidad del retiro de mortalidades que se hubiera determinado. e Semanalmente deberá informarse _al

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Servicio el número de mortalidades clasificada según su causa.

Los registros deberán consignar las unidades en que no se registró mortalidad y los días en que por condiciones climáticas u otros eventos no se pudo extraer la mortalidad de las unidades de cultivo.

Todo centro deberá contar con equipos de uso exclusivo.

Antes de la utilización de un equipo en una jaula este deberá ser limpiado y desinfectado

Todos los desechos generados por los centros de cultivo serán ser dispuestos en contenedores que permitan un adecuado acopio y transporte.

Se realizará el traslado a lugares autorizados para el depósito, impidiendo derrames.

Los contenedores utilizados para el acopio y traslado de desechos fuera del centro, serán desinfectados antes de reingresar a éste. Todos los centros de cultivo desarrollarán un programa de desinfección conforme con lo dispuesto en la letra b) del inciso 1” del artículo 24 bis. Este programa deberá cumplir con lo señalado en el Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección.

Los centros de cultivo contarán con un plan de contingencia que dará cuenta de las actividades a ser realizadas cronológicamente ante los siguientes eventos estipulados en el artículo 22 n).

El transporte y traslado dentro del territorio nacional de especies hidrobiológicas vivas o muertas, en cualquier estado de desarrollo, estará sujeta al cumplimiento de las condiciones establecidas en este artículo, sin perjuicio de lo establecido en los programas sanitarios.

Se desinfectarán los embalajes y todos los elementos empleados en el transporte.

D.S. N* 320/01 MINECON “Reglamento Ambiental para la Acuicultura”.

Etapa de operación.

Mantener la limpieza del área y terrenos aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por éste y residuos en general que se encuentren en el área. Disponer los desechos sólidos o liquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante.

Retirar todo tipo de soporte no degradable o degradable como sistema de fijación al

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fondo, al término de la vida útil del centro.

e Impedir que las redes tengan contacto con el fondo. En cada centro deberá existir un plan de contingencia, para casos de escapes, mortalidades y pérdidas de alimento.

  • Para pérdida o escape de peces, se deberá avisar al SERNAPESCA y capitanía de Puerto correspondiente, y presentar un informe.

e Sólo se podrán liberar ejemplares con la expresa autorización de la Subsecretaría

de Pesca. + No se podrán realizar cultivos de organismos vivos modificados sin la

expresa autorización de la Subsecretaría de Pesca.

  • Sólo se podrá realizar limpieza y lavado de redes con y sin anti-fouling en instalaciones que permitan el tratamiento de los efluentes.

Cumplimiento con los contenidos y

Res. 3612/09 MINECON Etapa de metodologías de análisis para la elaboración de “Resolución operación la Caracterización Preliminar del Sitio (CPS) y la Acompañante información ambiental (INFA) a que se refieren Reglamento Ambiental los artículos 2 letra p) y 15 del D.S. N 320 de para la Acuicultura” 2001. D.S. N 95/01 Etapa de Se ha ingresado este proyecto al sistema de MINSEGPRES construcción y | evaluación de impacto ambiental

“Reglamento del Sistema de Evaluación

operación de Evaluación de

para la evaluación de las etapas del proyecto, donde se demuestra cumplimiento debido a los manejos

de Impacto Ambiental”. Impacto de residuos producidos, medidas para reducir Ambiental. los impactos sobre el ambiente tales como implementación de tecnologías de alimentación, planes de contingencia en caso de emergencia, etc. Además CPS y se considera el emplazamiento del sitio respecto a grupos humanos, flora, fauna, etc. D.S. N” 1/92 Ministerio Todo el Dentro del desarrollo del proyecto se prohibirá de Defensa Nacional, Proyecto arrojar lastre, escombros o basuras y derramar Subsecretaria de petróleo o sus derivados o residuos u otras Marina, aguas nocivas O peligrosas, de cualquier “Reglamento para el especie, que puedan ocasionar daños a las Control de la aguas sometidas a la jurisdicción nacional. Contaminación Acuática”. Ley N 19.821 Todo el e La evacuación, tratamiento o disposición “Deroga la Ley N 3.133 Proyecto final de desagúes, aguas servidas de

y modifica la Ley N? 18.902 en Materia de

cualquier industriales.

naturaleza y O residuos

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Residuos Industriales Líquidos”.

D.S. N” 90/01 MINSEGPRES “Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales”.

Todo el

Proyecto

Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.

No se considera vertimiento de agua- sangre proveniente del corte de agallas durante la cosecha, ya que el sistema de cosecha será el traslado de peces vivos hasta la planta de proceso de X región, que cuenta con todas las autorizaciones ambientales vigentes y plantas de tratamientos de riles aprobadas, para la recepción y procesamiento de este tipo de residuos.

Las aguas negras serán tratadas en una planta de incineración, por lo que no se generará efluente.

Las aguas para consumo diario serán vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la plataforma flotante, previo paso por un desgrasador, cumpliendo la norma y se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionará la decoloración de las aguas circundantes.

DGTM y MM 12600/931

del 13 de Diciembre de

  1. Aprueba circular A-52/004

Todo el Proyecto

Las aguas para consumo diario serán tratadas mediante incineración, por lo que no se generará efluente.

Las aguas grises serán vertidas en las aguas sometidas a jurisdicción nacional desde la bodega, previo paso por un desgrasador, cumpliendo la norma y se tendrá especial cuidado que el efluente no contendrá sólidos flotantes visibles y no ocasionará la decoloración de las aguas circundantes.

Ley N* 20.096/06 “Ministerio Secretaría General de la Presidencia”, establece los Mecanismos de Control Aplicables a las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono

Todo el Proyecto

En la presente ley se establecen y regulan los mecanismos de control aplicables a las sustancias agotadoras de la capa de ozono estratosférico y a los productos cuyo funcionamiento requiera del uso de dichas sustancias (productos controlados), las medidas destinadas a la prevención, protección y evaluación de los efectos producidos por el deterioro de la capa de ozono, por la exposición a la radiación ultra violeta y las sanciones aplicables a quienes infrinjan dichas normas.

Las sustancias controladas son los clorofluorocarbonos, clorofluorocarbonos halogenados, halones, tetracloruro de carbono, 1,1, 1-tricloroetano, bromuro de metilo, hidrobromofluorocarburos y los

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hidroclorofluorocarburos, ya sea solos o en mezcla (Anexo A, B, C, D y E protocolo de Montreal).

  • De acuerdo a lo anterior, el titular estará al tanto de los productos controlados y sustancias controladas que eventualmente se pudiesen utilizar,

D.S. N* 146/97 Ministerio Secretaria General de la Presidencia. Norma de Emisión de Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas

Todo el Proyecto

e Los generadores de 80 Kva y 45 Kva, producirán un nivel de emisión del orden de los 100 dbA y 92 dbA respectivamente. Estos niveles de ruido se generarán en horario diurno y en forma constante, no obstante estas unidades se encontrarán ubicadas dentro de cámaras, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido que se percibirá.

. Además es importante destacar que dichas emisiones de ruidos no pueden ser consideradas significativas dado que un generador y motor de las embarcaciones de traslado y del centro de cultivo se encuentran aislados para reducir el impacto sonoro. Los valores de emisión de ruido corresponden a mediciones realizadas a 3 m de distancia de la fuente emisora, distancia a la cual los operarios no se ubicarán en forma habitual, por lo que se dará cumplimiento a los Artículos 74 y 77 del D.S. N” 594/99. En todo caso, los trabajadores dispondrán de protectores auditivos en la sala donde se ubican.

DFL 725/1967 MINSAL “Código Sanitario”.

Todo el Proyecto

  • La evacuación, tratamiento o disposición final de desages, aguas servidas de cualquier naturaleza y O residuos industriales.

e Eliminación de residuos sólidos en vertedero autorizado.

D.S. 201/01 MINSAL “Reglamento sobre Condiciones Ambientales y Sanitarias Básicas en los Lugares de Trabajo”

Todo el Proyecto

Eliminación de residuos sólidos en

vertedero autorizado.

e Niveles de ruidos compatibles con la salud de los trabajadores.

e Provisión de agua potable y servicios

higiénicos en el lugar de trabajo según lo

exigido por la autoridad competente.

D.S N? 594/1999, MINSAL (Pub. D.O. 29/04/2000, Modificado por D.S N*57/03)

Todo el Proyecto

Los lugares de trabajo, durante la instalación y construcción del proyecto, contarán con suministro de agua potable destinada, tanto para _el consumo personal, como para_las

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Reglamento sobre condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas

en los Lugares de

Trabajo.

necesidades básicas de higiene y aseo.

D.S. N 148/03 MINSAL Todo el Almacenaje diferenciado de residuos peligrosos, “Reglamento Sanitario Proyecto debidamente rotulados, en envases herméticos sobre manejo de y retirados por empresa autorizada. Residuos Peligrosos” D.S. N 138/05 MINSAL Todo el Estimación de emisión de contaminantes “Establece Obligación Proyecto provenientes de fuentes fijas. de declarar Emisiones que Indica”. D.S. N225/95 Todo el Medidas para prevenir enmalles y capacitación “Veda para Mamíferos, proyecto de trabajadores en preservación de animales. Aves y Reptiles Marinos”. D.S N379/86 MINECON Operación El almacenamiento y manipulación de “Reglamento seguridad combustibles líquidos derivados del petróleo almacenamiento y cumplirá con las medidas establecidas en este manipulación de decreto, realizándose el registro de las combustibles líquidos instalaciones ante la SEC. derivados del petróleo, destinado a consumos propios”. Res. N* 2.572/07, Operación Se tendrá en cuenta las enfermedades de alto Establece la riesgo, establecidas en esta resolución. Clasificación de Enfermedades de Alto Riesgo. NCh 409 Todo el Implementación de un sistema que cumpla con “Norma Chilena de proyecto la calidad de agua descrita en la norma. Agua Potable”. Monitoreo de la calidad en forma diaria. Res. 60/03 MINECON Operación + Se realizarán vacunaciones siguiendo los

(SERNAPESCA), Programa Sanitario General de Vacunaciones (PSGV).

procedimientos establecidos en el manual. Se utilizarán servicios autorizados, y solo aquellas vacunas que se encuentren registradas por el SAG. El uso de vacunas en especies hidrobiológicas, se realizará bajo prescripción médico veterinaria, extendida en conformidad a la ley.

e Las vacunaciones efectuadas en el centro de cultivo serán anotadas en los registros sanitarios del centro, los cuales deberán señalar, al menos, la enfermedad para la cual se vacunó, fecha de vacunación, lotes inmunizados, número de individuos vacunados, producto utilizado, el

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laboratorio que comercializa o ensaya el producto, peso promedio de los peces a los cuales se inmunizó y la empresa de vacunaciones que efectuó el manejo, si ésta fuera externa.

Res. N 62/03 MINECON Operación Se cumplirá el procedimiento descrito en el (SERNAPESCA) presente programa, en caso que ocurra alguna Programa Sanitario enfermedad o se produzca un hallazgo de General de agente causante de enfermedad. Investigación Oficial de Enfermedades (PSGI). Res. N 64/03 MINECON Operación + Mantener un registro de los medios de (SERNAPESCA), transporte utilizados para el traslado de Programa Sanitario peces vivos, cosechas, mortalidades, General de equipos, alimentos, etc., sean estos propios procedimientos de o de terceros. Transporte. e Registro o bitácora de todos los traslados de insumos que se realicen. + Transporte en embarcaciones previamente desinfectadas. Res. N” 66/03 MINECON Operación Resolución exige la confección de manuales (SERNAPESCA), para el manejo de mortalidad en un centro de Programa Sanitario cultivo de peces. Se adjunta a esta DIA el General de Manejo de Manual General de Manejo de Mortalidad Mortalidades. incluyendo el sistema de ensilaje que se implementará en el centro de cultivo una vez aprobado el proyecto. | Res. N? 67/03 MINECON Operación El centro contará con los procedimientos (SERNAPESCA), necesarios para el manejo de enfermedades, Programa Sanitario tales como, un equipo de salud, manual de General de Manejo de procedimientos, registros de tratamiento y los Enfermedades (PSGE). demás requerimientos del presente programa. Res. N 69/03 MINECON Operación Centro de cultivo contará con los (SERNAPESCA), procedimientos que describan los métodos de Programa Sanitario cosecha y anestesia. Así como, de desinfección General de asociados, manejo y disposición final de las Procedimiento de mortalidades. Cosecha (PSGC). Res. N 1.141/12 Operación El centro implementará un sistema de monitoreo MINECON de detección de Caligidosis. (SERNAPESCA) Programa Sanitario Específico de Vigilancia de Caligidosis. Res. N* 1.925/03 Operación Se implementarán los procedimientos de control MINECON, en los tratamientos terapéuticos y profilácticos. (SERNAPESCA)

Programa Sanitario General de Control de Residuos (PSGRES).

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Resolución N* 72 de 2003, (SERNAPESCA) Programa Sanitario General de Limpieza y Desinfección.

Operación

La Resolución establece las bases para la generación de manuales de limpieza, lavado y desinfección en centros de cultivos. Se adjunta a esta DIA el Manual General de Limpieza y Desinfección incluyendo el sistema de ensilaje que se implementará en el centro de cultivo una vez aprobado el proyecto.

Resolución (SERNAPESCA) N* 2638 de 2008, Programa Sanitario Específico de Vigilancia y Control del ISA.

Operación

En caso de producirse brote de ISA, se aplicarán las disposiciones establecidas en el programa a las actividades de cultivo de peces susceptibles a la enfermedad, medios de transporte, actividades de transformación y demás actividades reguladas en el D.S. (E) N? 319 de 2001.

Ley de Navegación, D.L

N? 2.222 de 1978. Título

IX. De la Contaminación Nacional.

Operación

En caso de transporte de ácido fórmico por vía marítima, el titular del proyecto presentará los antecedentes establecidos en Circular O- 31/015, para obtener la aprobación de la Autoridad. Si el transporte lo efectuara un tercero autorizado, el titular lo informará.

Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, Decreto Supremo (M) N? 777 de 1978.

Todo el Proyecto

El titular se regirá de acuerdo al código Marítimo internacional de mercancias peligrosas, ante cualquier traslado o uso de este tipo de sustancias de acuerdo al decreto estipulado.

D.S (MINECOM) N* 345/2005, Reglamento sobre Plagas hidrobiológicas.

Todo el proyecto

El Titular notificará a la Autoridad competente ante cualquier brote epidemiológico.

D.S. N*225/95 “Veda para Mamíferos, Aves y Reptiles Marinos.

Todo el proyecto

Medidas para prevenir enmalles y capacitación de trabajadores en preservación de animales.

D.Ex. (MINECOM) N 1892/2009, modificado por el D.Ex. N 115/2012. Establece veda extractiva para recurso lobo marino común en área y período que indica.

Todo el proyecto

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional respecto del cumplimiento de la normativa y de las medidas a aplicar en caso de enmalle o muerte de un ejemplar.

Circular Marítima DGTM y MM O-32/011, del 14 de Enero de 2000.

Todo el proyecto

El titular establecerá los procedimientos necesarios para el control de mercancias peligrosas en los recintos portuarios que posea, así como también en sus artefactos navales.

Circular Marítima DGTM y MM 0-31/015, del 20 de Mayo de 1992.

Todo el proyecto

El titular establecerá los procedimientos para obtener la aprobación y certificación de embalajes / envases y recipientes intermedios para graneles que se utilicen en el transporte marítimo de mercancías peligrosas.

Decreto Supremo (M) N* 146, del 6 de Febrero de 1987.

Todo el proyecto

El Titular instruirá a su personal técnico y profesional respecto del cumplimiento del Reglamento para la construcción, reparaciones

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y conservación de las naves mercantes y especiales mayores y de artefactos navales, sus inspecciones y reconocimiento.

Circular Marítima DGTM Todo el El Titular aplicará en todo momento la normativa proyecto de señalización marítima para balsas-jaulas de MM O-63/002, del 15 de cultivos marinos e instalaciones relacionadas. Enero de 2008. Circular Marítima DGTM Todo el El titular establecerá los procedimientos que Y MM 0-71/010, del 5 de proyecto establece normas sobre construcción, Diciembre de 2006. equipamiento, inspecciones y otras exigencias

de seguridad que deben cumplir las naves y artefactos navales menores.

D.S. N* 153/04 Todo el El titular indica que el área solicitada se

Subsecretaría de Proyecto encuentra en una zona apta para la acuicultura

Marina. Declara áreas según la información contenida en la carta de usos preferentes OTAISEN-001.

específicos del borde costero del litoral de la

Xl región.

Resolución MSC.205 Operación Se establecerán y dispondrán los diferentes (81) del 18 de Mayo de tópicos de esta resolución que amplían la 2006, vigente en todo el identificación del Ácido Fórmico como mundo a contar del 1 de mercancía peligrosa en sus diferentes formas.

Enero de 2008

Además se señala que si se detecta algún Florecimiento Algal Nocivo (FAN) con presencia de Alexandrium catenella, el centro no realizará ningún tipo de traslado, hasta que no haya presencia de en el cuerpo de agua de la especie mencionada, así dando cumplimiento a la Resolución Exenta (SUBPESCA) N*177/2009.

Además el titular se compromete a tomar las siguientes medidas necesarias en caso de plagas hidrobiológicas siguiente lo expuesto en el D.S N* 345/2005 REPLA.

+. Prohibición o restricción de traslado de todo o parte de organismos hidrobiológicos vivos o frescos enfriados, destinados a su uso como carnada.

  • Restricciones al traslado de ejemplares hidrobiológicos y de su medio acuoso en sistema hermético.

+. Restricciones al traslado de elementos, artefactos o estructuras de cultivo, y de artes o aparejos de pesca.

e Identificación del agente causal.

  • Seguimiento y vigilancia. Esta medida será ejecutada a través del instituto de Fomento Pesquero, mediante el “Programa de Manejo y Monitoreo de las mareas rojas en las regiones de los Lagos, Aysén y Magallanes”.

  • Muestreos puntuales o esporádicos.

Contención de Recursos hidrobiológicos.

e Entrega oportuna de información.

  1. PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”, requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

5.1. PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA. 32

Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.

Se otorga el permiso ambiental sectorial en consideración a que la Subsecretarla de Pesca y Acuicultura, mediante ORD. N (D.AC.) ORD. SEIA. N 119 de fecha 15 de mayo de 2014, informó favorablemente, indicando que:

  • Laproducción máxima autorizada es de 2.125 toneladas de salmónidos.

e El titular deberá dar cumplimiento al Reglamento Ambiental para la Acuicultura, D.S. (MINECON) N? 320 de 2001.

  • El titular deberá cumplir con el cronograma de actividades y programa de producción señalado en el respectivo Proyecto Técnico, asociado a la solicitud de concesión en comento.

  • En conformidad a lo señalado en el numeral 5 de la Resolución (SUBPESCA) N* 3.612 de 2009 y a las caracteristicas del proyecto, éste se clasifica en categoría 4.

  • En caso que el titular decida modificar su proyecto, deberá determinarse si dicha modificación genera cambios de consideración a objeto de evaluar la pertinencia de que dicha modificación deba someterse nuevamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

  • Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales “a”, “p”, “e”, "d”, “e” y “P” del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

Para mayor detalle ver numeral 4 de la DIA, Anexo IV, del Adenda N” 1, numeral |, del Adenda N* 2 y numeral 3.2 del Informe Consolidado de Evaluación ICE.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto "Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”, el titular adquirió los siguientes compromisos ambientales voluntarios:

e El titular instalará toberas en las hélices de los motores para evitar daños a los mamiferos

marinos. e Además: COMPROMISO DETALLES — DEL | LUGAR DE MOMENTO DE | INDICADOR DE VOLUNTARIO COMPROMISO EJECUCIÓN | EJECUCIÓN CUMPLIMIENTO 1) Tomar las 1) Inspección medidas 1) El proyecto Visual. propuestas para | contempla utilizar minimizar el | materiales y efecto sobre el | colores lo más paisaje, armónicos posible Fase de con el Paisaje. Se Pd de Construcción 2) Registros 2) mantener las | utilizará verde oliva, " y/u operación. asociados: -Gulas condiciones de | grafito, entre otros de recepción de aseo del sector | colores, éstos insumos, registros de serán elegidos a fin de emplazamiento, de no generar altos almacenamiento, protección de | contrastes respecto guías de

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fauna silvestre, | de la composición despacho de especialmente al | cromática del residuos y Huillín (Lontra | entorno. Registros de Provocax), y Capacitación.

2) Manejar los 3) el no uso de | insumos y residuos tierra para ningún | de acuerdo a los efecto durante la | protocolos y planes operación del | del centro y 3) Inspección proyecto. Capacitación en la Visual.

diferenciación de

especies (huillin) y

preservación de

animales.

3) Utilización

exclusiva de

artefactos navales

para el apoyo de la

operación del

centro de cultivo

(plataforma flotante

y de ensilaje).

] Registro

Enviar Ñ A

Tomar registro Fotográfico A fotográfico antes y Obtención de | respaldado en Medio Ambiente después de cada los registros: centros de un Registro vez que se realiza Mensual (fin de cultivos y en las Fotográfico — del (mensual) la cada mes). Oficinas antes y después limpieza de playas. Centro de Centrales de de la limpieza de . Cultivo Envío de los Salmones las playas Enviar registros: Antártica y aledañas al semestralmente Semestral (fin | enviado Centro e esta información al de cada | semestralmente instalaciones SEREMI de Medio semestre). al SEREMI de

: Ambiente. Medio Ambiente.

Instrucción de todo

el personal que

trabajará en el

centro en las Capacitación de Prol los operarios en Alas tod nando da 1) manejo sanitario Centro de | Fase de | Registro de peces y su E los apo a Cultivo Operación Capacitación ' : prevención de interacción con el riesgos.

ambiente.

3) prevención de impacto ambiental, 4) como evitar la sobrealimentación. 5) como evitar la

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caída de alimento i al mar. 6) como evitar el derrame de combustibles. Implementación de métodos de 1) Durante toda | 1) Registros de manejo de los | 1) Mantener la la etapa de | Producción peces donde sea | densidad bajo los operación. (biomasa) posible para | 17Kg/m'. o de reducir estrés y 2) según el|2) Registros de por ende lo que | 2) Vacunación. programa vacunaciones de éste se veterinario. realizadas. genera. -En el centro se mantendrán los Siguiendo siguientes expresamente | documentos en las caso de ser Realizar Se realizará do ir dede SS mantención mantención según : cnalización: frecuentemente un programa pecado Mscallzación; de los equipos de | elaborado Centro de Ñ : ini tratamiento para | estrictamente bajo | Cultivo Sn Dir do opor de asegurar un | las Ñ . funcionamiento recomendaciones o alaien cada equipo, óptimo. del fabricante. a partir del | -Programa de inicio de | mantención. operación de cada equipo. -Registro de mantención. Implementar tecnologías aptas | Utilización de para minimizar al | Alimentadores centro de e ón de Inspección Visual máximo los | Automáticos p : impactos del proyecto.

  1. Que, la Gobernación Marítima de Aysén, mediante Ord N” 12600/153, de fecha 12 de mayo de 2014, indica al titular que:

  2. Que todo uso por actividad, elemento o estructura fuera del área de la concesión acuícola será causal de infracción al Art. 59 del DS (M) N” 02/05 "Reglamento de Concesiones Marítimas". Debiendo proceder a su inmediato retiro o reubicación, por encontrarse en ocupación ilegal, no pudiendo hacerse efectiva la excepción mencionada en el Art. 4, letra c) del RAMA, por no encontrarse bajo el régimen de Concesión Acuícola.

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  1. Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.

  3. Que, para que el proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17" pueda ejecutarse, necesariamente debe cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.

  6. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por este directamente o, a través de un tercero.

  7. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17”.

2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17" cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental

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contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial que se señala en el artículo 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad con lo dispuesto en los considerandos de esta Resolución.

3.-

Hacer presente que de conformidad al Artículo N* 20 de la Ley N” 19.300 procede en contra

de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el titular estime pertinente. N

/

Notifíquese y Archívese.

D L ny

XIMEÑA ORDENES NED intendenta Pl iómide Evaluación Ambiental de la

7 ES

'/ Ñ NTE A) h | CHRISTIAN BETÁNCOURT GUERRA Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Secretario Comisión de Evaluación Región de Aysén

Ea

SST/GGP/JDLIdl

Distribución:

C/c:

Rene Cárdenas González

Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén

Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén

Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén

Gobierno Regional, Región de Aysén

llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén

Secretaria Regional Ministerial de Salud, Región de Aysén Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén Subsecretaría de Pesca y Acuicultura

Encargada Participación Ciudadana. Superintendencia del Medio Ambiente,

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Expediente del Proyecto "Centro de Engorda de Salmones, Estero Clemente. Pert 210110054, Sector 17". Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Aysén.

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