Evaluación SEA

Candelaria 2030 - Continuidad Operacional

Rol 2128574332
SEA · EIA · Aprobado · 2013-09-13 · Región de Atacama · Compañía Contractual Minera Candelaria

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REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN III REGIÓN DE ATACAMA

VISTOS:

  1. Lo dispuesto en el artículo 19 Nº 8, de la Constitución Política de la República de Chile, en la Ley Nº 19.300 Sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el artículo 2 del D.S. Nº 95, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental;

  2. El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional", y sus Adendas, presentada por el Señor Peter Michael Quinn, en representación de Compañía Contractual Minera Candelaria al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA);

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que en virtud de sus competencias, participaron en la evaluación del EIA y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

3.1 Con relación al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº078 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Energía, Región de Atacama, con fecha 30/10/2013; Oficio Nº12.600/124 sobre el EIA, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 12/12/2013; Oficio Nº113-EA/2013 sobre el EIA, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº324 sobre el EIA, publicado por Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº431 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Minería, Región de Atacama, con fecha 14/10/2013; Oficio Nº459 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 18/11/2013; Oficio Nº575 sobre el EIA, publicado por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 09/12/2013; Oficio Nº607 sobre el EIA, publicado por Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, con fecha 21/11/2013; Oficio Nº624 sobre el EIA, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 25/10/2013; Oficio Nº633 sobre el EIA, publicado por CONADI, Región de Atacama, con fecha 19/11/2013; Oficio Nº785 sobre el EIA, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº795 sobre el EIA, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº804 sobre el EIA, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº835 sobre el EIA, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 05/11/2013; Oficio Nº853 sobre el EIA, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº860 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 19/11/2013; Oficio Nº1047 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 21/11/2013; Oficio Nº1159 sobre el EIA, publicado por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 14/11/2013; Oficio Nº1248 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013; Oficio Nº2287 sobre el EIA, publicado por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 04/12/2013; Oficio Nº2547 sobre el EIA, publicado por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 12/11/2013; Oficio Nº4327 sobre el EIA, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 13/11/2013; Oficio Nº9958 sobre el EIA, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 07/11/2013;

3.2 Con relación al Informe de Respuestas al 1º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº105 sobre la Adenda 1, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº234 sobre la Adenda 1, publicado por Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama, con fecha 03/06/2014; Oficio Nº262 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 06/06/2014; Oficio Nº286 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº364 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº367 sobre la Adenda 1, publicado por Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, con fecha 16/06/2014; Oficio Nº371 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº385 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº390 sobre la Adenda 1, publicado por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 06/06/2014; Oficio Nº411 sobre la Adenda 1, publicado por DOH, Región de Atacama, con fecha 04/06/2014; Oficio Nº419 sobre la Adenda 1, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº425 sobre la Adenda 1, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 04/06/2014; Oficio Nº570 sobre la Adenda 1, publicado por Gobierno Regional, Región de Atacama, con fecha 12/06/2014; Oficio Nº581 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 12/06/2014; Oficio Nº603 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 24/06/2014; Oficio Nº1013 sobre la Adenda 1, publicado por SEREMI de Califica Ambientalmente el proyecto “Candelaria 2030 - Continuidad Operacional”

Resolución Exenta Nº 133

Copiapó, 23 de Julio del 2015 2

Salud, Región de Atacama, con fecha 06/06/2014; Oficio Nº2104 sobre la Adenda 1, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 05/06/2014; Oficio Nº5339 sobre la Adenda 1, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 03/06/2014; Oficio Nº9472 sobre la Adenda 1, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 04/06/2014; Oficio Nº12600/43 sobre la Adenda 1, publicado por Gobernación Marítima de Caldera, con fecha 05/06/2014;

3.3 Con relación al Informe de Respuestas al 2º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº239 sobre la Adenda 2, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº372 sobre la Adenda 2, publicado por Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama, con fecha 21/10/2014; Oficio Nº442 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 29/10/2014; Oficio Nº495 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 07/11/2014; Oficio Nº606 sobre la Adenda 2, publicado por Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº714 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº715 sobre la Adenda 2, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº716 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº811 sobre la Adenda 2, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº1055 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 28/10/2014; Oficio Nº2003 sobre la Adenda 2, publicado por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 03/11/2014; Oficio Nº3654 sobre la Adenda 2, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 07/10/2014; Oficio Nº11296 sobre la Adenda 2, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 22/10/2014; Oficio Nº16803 sobre la Adenda 2, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 21/10/2014;

3.4 Con relación al Informe de Respuestas al 3º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº59-EA/2015 sobre la Adenda 3, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 15/05/2015; Oficio Nº153 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, con fecha 15/05/2015; Oficio Nº172 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 28/05/2015; Oficio Nº244 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 15/05/2015; Oficio Nº267 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 15/05/2015; Oficio Nº275 sobre la Adenda 3, publicado por Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, con fecha 15/05/2015; Oficio Nº294 sobre la Adenda 3, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 18/05/2015; Oficio Nº331 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama, con fecha 13/05/2015; Oficio Nº342 sobre la Adenda 3, publicado por SAG, Región de Atacama, con fecha 14/05/2015; Oficio Nº725 sobre la Adenda 3, publicado por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 27/05/2015; Oficio Nº3028 sobre la Adenda 3, publicado por SERNAGEOMIN, Región de Atacama, con fecha 14/05/2015; Oficio Nº6495 sobre la Adenda 3, publicado por Ilustre Municipalidad de Copiapó, con fecha 15/05/2015;

3.5 Con relación al Informe de Respuestas al 4º Consolidado de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental: Oficio Nº82-EA/2015 sobre la Adenda 4, publicado por CONAF, Región de Atacama, con fecha 03/07/2015; Oficio Nº257 sobre la Adenda 4, publicado por SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama, con fecha 09/07/2015; Oficio Nº341 sobre la Adenda 4, publicado por SEREMI MOP, Región de Atacama, con fecha 30/06/2015; Oficio Nº373 sobre la Adenda 4, publicado por SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama, con fecha 01/07/2015; Oficio Nº394 sobre la Adenda 4, publicado por DGA, Región de Atacama, con fecha 03/07/2015; Oficio Nº395 sobre la Adenda 4, publicado por Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla, con fecha 08/07/2015; Oficio Nº1081 sobre la Adenda 4, publicado por SEREMI de Salud, Región de Atacama, con fecha 07/07/2015;

  1. Las observaciones formuladas al Estudio de Impacto Ambiental por parte de:  Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, 30 diciembre 2013  Junta de Vigilancia del Río Copiapó, 30 diciembre 2013  Claudio Guillermo Alfaro Aguilera, 30 diciembre 2013  Carlos Araya Ávalos, 30 diciembre 2013  Germán Palavicino P, 30 diciembre 2013  Timothy Taffe, 30 diciembre 2013

  2. El Informe Consolidado de Evaluación del EIA del proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional", de fecha 14 de Julio de 2015;

  3. Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional".

CONSIDERANDO:

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  1. Que, la Comisión de Evaluación III Región de Atacama debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional" cuyo titular es Compañía Contractual Minera Candelaria.

  2. Que el derecho del titular a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes referidas a la protección del medio ambiente.

  3. Que debe tenerse presente que el derecho a desarrollar actividades económicas, en conformidad a la Ley y sujeto a las restricciones que señale la propia legislación y la Constitución, está reconocido en la Carta Fundamental de la República. Asimismo, las limitaciones a dicha garantía y al derecho de propiedad, que la propia Constitución permite, jamás podrán vulnerar dichos derechos en su esencia.

  4. Que, según lo establecido en el EIA y sus Adendas, el proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional" posee las siguientes características:

4.1. Antecedentes del Proyecto

4.1.1 Antecedentes del Titular  Titular: Compañía Contractual Minera Candelaria  Domicilio: Interior Puente Ojancos s/n Tierra Amarilla  Representante Legal: Peter Michael Quinn

4.1.2 Antecedentes del Proyecto  Región: Región de Atacama  Comunas: Caldera-Copiapó-Tierra Amarilla  Tipología de Proyecto: i4-Proyecto de desarrollo minero sobre 5000 tons/mens.  Tipologías Secundarias: b1-Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y a) sobre embalses y acueductos  Monto de Inversión: US$460.000.000

4.1.3 Vida útil: hasta el año 2035.

El inicio de la fase de construcción del Proyecto se contempla una vez obtenida la aprobación ambiental y sectorial correspondiente. En tanto, la puesta en marcha, que considera continuar con la operación actual, está contemplada para el año 2018. Las fechas estimadas que representan un hito en la ejecución del Proyecto son las que se presentan en la siguiente Tabla:

Tabla: Cronograma estimado del Proyecto Fase Área Obras Inicio Término Construcción Área Mina  Depósito de relaves Los Diques  Reubicación tramos de líneas eléctricas  Reubicación tramo Ruta C- 397 2015 2017  Obras de Despeje, Nivelación y Compactación de la base del Muro de Contención fase 0 y Excavación del Sistema Colector de Filtraciones Despeje y Nivelación de terreno.  Construcción accesos y plataformas para postes.  Despeje y Nivelación de terreno. Área Obras Lineales Acueducto Bodega-Candelaria 2015 2016 Excavación de zanjas para instalación de tubería Operación Todas las Áreas (Mina, Obras Lineales y Puerto) Instalaciones actuales y nuevas 2017 2030 Continuidad de las operaciones Cierre Todas las Áreas (Mina, Obras Lineales y Instalaciones actuales y nuevas 2031 2035 Detención de la planta de procesos Fuente: Elaboración a partir de la Tabla 1.2-5 del EIA y la tabla 1-1 del Adenda 1.

4.1.4 Mano de Obra

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La mano de obra que demandará el Proyecto para cada fase se presenta en la tabla siguiente; cabe señalar que los máximos de dotación de personal no necesariamente son de manera simultánea, ya que se contará con sistemas de turnos para la fase de construcción y operación del Proyecto. Además, la cantidad de mano de obra utilizada en la operación actual del proyecto que actualmente se encuentra operando, se mantendrá durante la extensión de la vida útil de la faena minera.

Tabla: Mano de Obra Fase Áreas

Mano de Obra Promedio

Mano de Obra Máxima Construcción Área Mina 670 1200 Área Obras Lineales

300 500 Operación Todas las Áreas

2600 Cierre o abandono Todas las Áreas 200 300 Fuente: tabla 1.2-6 del EIA

4.1.5 Superficie

Actualmente, la propiedad superficial del titular, en la comuna de Tierra Amarilla comprende un área aproximada de 4.100 ha (Área Mina) y en la comuna de Caldera una superficie aproximada de 50 ha (Área Puerto). Las nuevas obras físicas que incluye el Proyecto contemplan una superficie total aproximada de 1.077,5 ha según se detalla en la Tabla siguiente:

Tabla: Superficie del proyecto

Fuente: Tabla 1-3 del Adenda 1.

4.1.6 Localización:

El proyecto se desarrolla actualmente en la Región de Atacama, en la provincia de Copiapó, comuna de Caldera, Copiapó y Tierra Amarilla; las modificaciones que comprende este proyecto se ejecutarán en las mismas comunas. El Proyecto se ha dividido en 3 áreas donde se desarrollarán las partes, acciones y obras físicas, las cuales se han agrupado de acuerdo a su ubicación geográfica: o Área Mina, comuna de Tierra Amarilla o Área Obras lineales, incluye comunas de Tierra Amarilla, Copiapó y Caldera o Área Puerto, en la comuna de Caldera.

a) Área Mina: El Área Mina de CCMC está ubicada 27 km al sureste de la ciudad de Copiapó, en la provincia de Copiapó, comuna de Tierra Amarilla, y a unos 4 km al suroeste de la ciudad de Tierra Amarilla, donde se encuentra el yacimiento minero y las instalaciones necesarias para el beneficio del mineral. En esta área se encuentran las instalaciones de minas subterránea y rajo abierto, depósitos de estériles, planta de procesos (chancado, molienda, flotación, espesamiento y filtrado), depósito de relaves, edificios e instalaciones auxiliares.

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b) Área Obras Lineales: El Área Obras Lineales del Proyecto, agrupa aquellas actividades y obras comprendidas entre el Área Mina y el Área Puerto, dentro de una longitud de 110 km aproximadamente, cuyo trazado forma parte de las comunas de Caldera, Copiapó y Tierra Amarilla. En esta área se ubican las obras lineales que conectan las instalaciones del titular entre Caldera y Tierra Amarilla. Estas obras corresponden al acueducto que conduce el agua desalinizada desde el Área Puerto hasta el Sector Bodega, en la ciudad de Copiapó, en la estación de bombeo que se encuentra emplazada en este sector, además del acueducto desde el Sector Bodega hasta el Área Mina. También en esta área se encuentran las líneas de transmisión eléctrica provenientes de la Subestación (S/E) Cardones hasta el Área Mina en Tierra Amarilla, y desde la S/E Cardones hasta el Área Puerto, la cual incluye una línea de distribución que alimenta la estación de bombas de impulsión en el Sector Bodega (comuna de Copiapó).

c) Área Puerto: El Área Puerto está ubicada en el Sector Punta Padrones en la comuna de Caldera, a 100 km aproximadamente del Área Mina y a unos 75 km de la ciudad de Copiapó. En esta área se encuentra el terminal portuario, donde se almacena y embarca el concentrado de cobre que es transportado en camiones desde la planta concentradora. Además, en esta área se encuentra la Planta Desalinizadora que permite el suministro de Agua Desalinizada de calidad industrial a la faena minera.

En la Tabla siguiente se presentan las coordenadas de referencia UTM (DATUM WGS84, huso 19) del área mina del Proyecto, no obstante en el Anexo 3 del adenda 1 se incluye un listado de las coordenadas que definen los polígonos del Proyecto, tanto para las etapas de construcción, operación y cierre, incluyendo los polígonos de forma independiente (áreas Mina, sector Bodega y acueducto), para cada una de las obras y áreas de intervención, actuales y proyectadas y adicionalmente en el Anexo 5 del Adenda 1, se adjunta la información en Archivos digitales formato shape (Arcview 3.x.) y kml (Google earth).

Tabla: coordenadas área Mina del Proyecto

Fuente: tabla 1.2-2 del EIA del proyecto.

4.1.7 Caminos de Acceso

El acceso principal al Área Mina se realiza a través de la Ruta C-39, este camino se encuentra actualmente mantenido con bischofita por el titular y permite la conexión con Tierra Amarilla y la Ruta 5 Norte. Respecto del Área Obras Lineales, el acceso principal corresponde a la Ruta 5 Norte, que une la ciudad de Caldera con la ciudad de Copiapó. En tanto los accesos principales a la línea eléctrica corresponden a la Ruta 5 y los caminos C-404, C-386, C-424, C- 370, C-364 y C-352. Por su parte, el acceso al Área Puerto, tanto desde el norte como desde el sur, se puede hacer a través de la Ruta 5 y empalmar con el camino C-352. En Anexo 1-A Lámina 1.2-6 del EIA, se presentan las rutas de acceso al área del Proyecto.

4.2 Descripción del proyecto o actividad

 Objetivo

El objetivo principal del Proyecto es extender la vida útil de las operaciones de Minera Candelaria por un período mayor al autorizado a la fecha, con el fin de continuar la explotación y procesamiento de las reservas de mineral, prolongando la operación en 13 años, es decir, al año 2030, inclusive. Para ello, el Proyecto contempla optimizar el proceso productivo con la ampliación e incorporación de obras, las cuales permitirán alcanzar una tasa de producción de 90.000 tpd con un promedio estimado durante la vida útil de 75.600 tpd, manteniendo en la mina el ritmo de extracción de material (estéril y mineral) aprobado de 320.000 tpd, aproximadamente. Los minerales extraídos corresponden a sulfuros de cobre, las cuales son beneficiadas en su planta concentradora donde se obtiene como producto final concentrado de cobre, el cual es embarcado en el Puerto Punta Padrones.

 Descripción del proyecto Obra Etiqueta Coordenadas WGS84 Este (m) Norte (m) ÁREA MINA PROPIEDAD SUPERFICIAL EN ÁREA MINA pm1 367.801 6.952.059 pm2 373.998 6.952.918 pm3 367.799 6.958.071 pm4 370.368 6.958.572 pm5 373.990 6.959.188 pm6 366.797 6.953.071 6

El Proyecto considera la extensión de la vida útil del proyecto minero que actualmente se encuentra en operación, y la optimización del proceso productivo. El proyecto contempla que la mayor parte de las instalaciones actuales no sufrirán modificaciones y continuarán utilizándose para la explotación, procesamiento y transporte del mineral. Las instalaciones de Minera Candelaria cuentan con las siguientes Resoluciones de Calificación Ambiental, las cuales serán modificadas por el presente proyecto:  Resolución S/N u ORD. N°817, del 9 de junio de 1992, de la Intendencia de la Región de Atacama, que aprobó el proyecto ―Proyecto Candelaria Fase I.  Resolución Exenta Nº001/1994 EIA proyecto ―Instalaciones Portuarias Punta Padrones Bahía de Caldera‖.  Resolución Exenta N°1/1997 EIA proyecto ―Segunda Fase del Proyecto Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº044/1997 DIA Proyecto ―Recepción y Almacenamiento de Relaves de Compañía Contractual Minera Ojos del Salado en Tranques de Relave de Cía Contractual Minera Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº006/1998 DIA proyecto ―Estación de Combustible Auxiliar Interior Mina Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº104/1998 DIA proyecto ―Planta Mezcladora Diesel/Aceite Usado Interior Mina Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº 26/2000 DIA proyecto: ―Transporte de Concentrado de Cobre a Nuevos Destinos (modificación al Proyecto Candelaria)".  Resolución Exenta Nº 084/2001 DIA Proyecto ―Rampa de Exploración Candelaria Norte‖.  Resolución Exenta Nº 094/2003 DIA Proyecto ―Proyecto Minero Subterránea Candelaria Norte‖.  Resolución Exenta Nº 095/2003 DIA Proyecto Tranque de Relaves Planta San Esteban N° 2.  Resolución Exenta Nº116/2005 DIA proyecto: ―Modificaciones al Sistema de Alimentación de Relaves al Tranque‖.  Resolución Exenta Nº012/2005 DIA proyecto ―Recepción y Beneficio de Minerales de Mina Alcaparrosa‖.  Resolución Exenta Nº04/2005 DIA Proyecto ―Proyecto Rampa de Exploración Minera Candelaria Sur‖.  Resolución Exenta Nº175/2007 DIA Proyecto ―Proyecto Expansión Minería Subterránea Candelaria Norte‖.  Resolución S/N 2005 DIA Proyecto ―Proyecto Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖.  Resolución Exenta Nº106/2007 DIA Proyecto ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖.  Resolución Exenta Nº273/2008 DIA Proyecto ―Proyecto Acueducto Chamonate-Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº129/2011EIA Proyecto ―Planta Desalinizadora Candelaria‖.  Resolución Exenta Nº74/2012 DIA Proyecto ―Peraltamiento Muros Depósito de Relaves La Candelaria‖.

El Proyecto considera la extensión de la vida útil del proyecto minero que actualmente se encuentra en operación, y la optimización del proceso productivo. Contempla que la mayor parte de las instalaciones actuales no sufrirán modificaciones y continuarán utilizándose para la explotación, procesamiento y transporte del mineral (situación denominada Caso Base).

4.2.1 Operación Actual o caso Base

A continuación se presenta una descripción de la operación actual de la faena minera Candelaria, en las 3 áreas descritas anteriormente, correspondientes a Área Mina, Área Obras Lineales y Área Puerto.

4.2.1.1 Área Mina

a) Minas a Rajo Abierto y Subterránea La explotación minera se realiza por métodos subterráneos y rajo abierto, con un movimiento de material (mineral y estéril) que alcanza en promedio las 320.000 tpd. Se estima que al año 2017 (fecha de término de la explotación según la aprobación actual) la mina a rajo abierto tendrá una profundidad que se encontrará en la cota -24 m.s.n.m., un largo aproximado de 2.700 m y un ancho de 1.700 m, ocupando una superficie aproximada de 411 ha. La explotación minera se realiza con operaciones subterráneas, cuyo acceso principal se realiza por el nivel 416 del rajo. Actualmente, las labores de extracción de la mina subterránea se realizan utilizando el método por subniveles o sublevel stoping, a una tasa promedio de 6.000 tpd. El material de alta ley de cobre que se obtiene del proceso de explotación subterránea de los cuerpos mineralizados, es conducido a la superficie en camiones de 30 toneladas donde se acopia temporalmente para luego ser cargado en camiones de alto tonelaje y llevados a la planta concentradora para su beneficio. Por su parte, el material estéril se deposita de la misma manera, para luego ser trasladado a los depósitos de estériles. De acuerdo a resultados preliminares del actual programa de exploraciones, los recursos mineros esperados se han evaluado en el orden de 700 millones de libras (320.000 toneladas). De ellos se estima que alrededor de la mitad de estos recursos son susceptibles de transformarse en reservas mineras. Por tanto, esos recursos se traducen en aproximadamente 8 años de vida adicionales, manteniendo la producción de la mina subterránea, hasta el año 2024. La mina subterránea consta de una rampa principal y una serie de galerías que extienden, en dirección general, hacia el norte del rajo Candelaria. Esto se muestra en la Figura 1-18 del Adenda 1. Su construcción comenzó en el año 2004. La planificación minera contempló el inicio de la mina subterránea, ubicada en el extremo norte del rajo, los detalles de la operación se encuentran descritos en Adenda 1. 7

Por su parte, las aguas mina de las operaciones subterráneas son recirculadas al interior de ésta o bien bombeadas hacia el rajo, desde donde son ingresadas al sistema general de recirculación de aguas del proceso.

b) Depósitos de Estériles El material estéril proveniente de las operaciones tanto del rajo como de la mina subterránea es conducido a los depósitos destinados para su acopio. Actualmente existen 3 áreas de depósitos de estériles que cuentan con una superficie aprobada de 811 ha y una capacidad total de 2.075 millones de toneladas. Estas áreas corresponden a los siguientes depósitos de estériles: • Norte • Nantoco • Sur (Auxiliar 1 y Auxiliar 2)

Tabla: Características depósitos de estériles Caso Base Depósitos de Estéril Capacidad Estimada (millones de toneladas) Elevación Final (cota) (m.s.n.m.) Norte 1.660 832 Nantoco 315 840 Sur Auxiliar 1 43 800 Sur Auxiliar 2 57 696 Total 2.075 Fuente: tabla 1.3-1 del EIA

El Titular indicó en Adenda 3 que, el depósito de estériles Norte es una instalación situada sobre propiedad de Minera Candelaria y respeta la distancia mínima establecida con alguna obra existente, como es el caso del Cementerio de Tierra Amarilla, distante a más de 60 m.

c) Planta de Procesos i. Chancado Primario y Pebbles Las instalaciones de chancado de mineral cuentan con un chancador primario conformado por una unidad giratoria, ubicado próximo al sector sur de la mina, más un circuito de chancado de pebbles. Los camiones provenientes del rajo descargan el mineral en una tolva de doble acceso con capacidad para 380 toneladas que alimenta al chancador primario, el cual reduce el mineral en aproximadamente un 90% a un tamaño menor a 204 mm. La capacidad promedio en la vida útil de esta instalación es de 65.800 tpd. El producto chancado se descarga en una segunda tolva de compensación que está ubicada en un edificio cerrado inmediatamente abajo del chancador. Un alimentador de correa, de velocidad variable, descarga en la correa transportadora principal que conduce el mineral grueso una distancia de 460 m con una diferencia de elevación de 110 m a un acopio (stockpile) de mineral grueso, el cual posee una capacidad de almacenamiento aproximado de 400.000 toneladas (60.000 toneladas de carga viva). A partir del año 2007 se agregó un circuito de chancado de pebbles, este circuito cerrado de chancado de pebbles introduce un sistema de harneo y un acopio con capacidad para 36.000 toneladas de carga viva. El sistema de harneo para la clasificación del material chancado corresponde a una instalación compuesta por un harnero vibratorio de doble cubierta con una capacidad para procesar 1.400 tph. La instalación del sistema de clasificación por harneros permite asegurar que el 100% del material pebbles chancado pase por el harnero de descarga SAG, mientras que el acopio garantiza una alimentación continua y la estabilidad en la operación de los molinos SAG. Posteriormente se incorporó una etapa de clasificación de pebbles mediante harneros vibratorios operando en circuito cerrado con los chancadores de pebbles, y un molino de bolas para procesar el bajo tamaño de los harneros vibratorios. Este molino opera en circuito cerrado con hidrociclones, cuyo producto es conducido hasta las cubas de los molinos SAG para incorporarlo al circuito de molienda-flotación normal de la concentradora.

ii. Molienda y Flotación La planta concentradora recibe y procesa el mineral proveniente de las extracciones mineras del rajo y subterránea, las cuales han pasado previamente por el proceso de chancado. Consta de procesos de molienda y flotación. El proceso de molienda empieza cuando el mineral chancado proveniente del acopio alimenta a las dos líneas de molienda SAG. Cada línea de molienda consiste de un molino SAG y dos molinos de bolas. La operación de los molinos de bolas se inicia en la circulación del bajo tamaño del harnero de descarga del molino SAG que va hacia la cuba de alimentación del ciclón, donde se combina con el caudal de descarga de los molinos de bolas. 8

Como gran parte del mineral descargado por los molinos SAG y de bolas es todavía demasiado grueso para los procesos subsiguientes de recuperación de cobre, debe ser separado de las partículas que sí cumplen con los requisitos de tamaño. Los ciclones sirven para lograr este objetivo. El flujo de descarga (underflow) cae por gravedad a la caja de alimentación de los molinos de bolas, donde se añade un colector primario de flotación y la adición de la lechada de cal para controlar el pH. La descarga de los molinos de bolas cae a la cuba de alimentación de ciclones para así volver a circular por los ciclones. En tanto, el flujo de rebalse (overflow) es conducido hacia el proceso de flotación. El concentrado de todas las celdas columnares circula a través de un sistema de muestreo y luego ingresa en la cuba de alimentación de los espesadores de concentrado. En tanto, los relaves de la flotación columnar son bombeados hacia sus respectivas celdas de flotación Scavenger para recuperar los minerales de cobre residuales, y los relaves de la flotación Scavenger circulan hacia la cuba de relaves para su disposición en el depósito de relaves.

iii. Instalaciones de Espesado, Filtrado y Almacenamiento de Concentrado El concentrado obtenido del proceso de flotación, se mezcla en la cuba de alimentación de 3 espesadores de concentrado, cada uno con un diámetro de 30 m. El espesado de concentrado se inicia como pulpa de alimentación con aproximadamente 18% de sólido saliendo de la descarga de los espesadores con un porcentaje de sólido del orden del 60%. El agua del rebalse del espesador circula hacia el sumidero del rebalse donde es recogida y bombeada de regreso hacia los circuitos del proceso. El caudal de la descarga del espesador es bombeado hacia ocho filtros cerámicos. El concentrado filtrado, en forma de torta y con aproximadamente 9% de humedad, es almacenado en un edificio y patio de almacenamiento de concentrado al interior de la planta industrial y transportado en camiones encarpados a un edificio de acopio de concentrado presurizado (presión negativa) y colectores de polvo, con una capacidad de 60.000 toneladas en las instalaciones portuarias en Caldera para posteriormente trasportarlos en barco a destinos internacionales. Adicionalmente, parte del concentrado producido es transportado a otros destinos en el país como las fundiciones de Paipote y Potrerillos en la Región de Atacama.

iv. Espesamiento de Relaves Las instalaciones consideran dos espesadores de relaves de 120 m de diámetro cada uno, ubicados contiguos a los espesadores de concentrado, lugar donde el relave (con contenido de sólidos de alrededor de 35%) es espesado hasta obtener un promedio de 52% de sólidos. El agua obtenida de la diferencia de concentración de sólidos es colectada y bombeada al circuito de agua del proceso, en tanto el relave espesado es conducido desde la estación de bombeo del concentrador hasta el cajón de enlace hidráulico.

d) Depósito de Relaves Candelaria Este depósito recibe y almacena los relaves provenientes del cajón de Enlace Hidráulico. El depósito de relaves Candelaria cuenta con 3 muros, un muro principal en su costado Este y 2 muros menores auxiliares en los sectores Norte y Sur, cuya cota media de elevación alcanza los 800 m.s.n.m., el volumen de disposición de relaves del depósito corresponde a 282 millones de m3, mientras que su superficie estimada al cese de las operaciones se estima en aproximadamente 465 ha. Respecto del Sistema de transporte y distribución de relaves, el sistema de transporte opera desde el cajón de Enlace Hidráulico hasta cada punto alto de los sectores Norponiente (LNP) y Suroriente (LSO) del depósito. En tanto, el sistema de distribución de relaves contempla su conducción desde aquellos puntos altos de cada sector (Norponiente y Suroriente) hasta los puntos de descarga a lo largo del depósito. Además, el sistema contempla la entrega de relaves a Compañía Minera Hierro Atacama (MHA) para la recuperación de hierro magnético de relaves frescos de la planta de procesos. Los relaves generados por MHA son conducidos mediante bombeo hasta el estanque gravimétrico del enlace hidráulico al cual arriban a compartimentos separados los relaves provenientes de las plantas de MHA y del titular, desde donde son dispuestos en el depósito de relaves Candelaria. Adicionalmente, desde Minera Ojos del Salado (MINOSAL), se conducen relaves a una tasa aproximada de 4.000 tpd a través de un relaveducto hasta el depósito de relaves Candelaria, el cual también forma parte del sistema de transporte y distribución del titular. Respecto a la infraestructura de monitoreo de variables criticas de operación del transporte de relaves y su seguimiento en el tiempo asociada al relaveducto de Minera Ojos del Salado, el Titular deberá extender las mismas consideraciones de infraestructura, equipamiento, logística y seguimiento expuestas en su Adenda N°3 para el trayecto completo que recorre el referido relaveducto.

El depósito de relaves cuenta con un sistema de captación y recirculación de aguas que está conformado por 2 subsistemas, los que logran recuperar un caudal aproximado de 550 L/s. Éstos son: Sistema de captación y recirculación de agua desde la laguna del depósito, y Sistema de captación y recirculación de agua de infiltración hacia el pique mina y retorno hacia el proceso. El primero está conformado por un sistema de bombas verticales dispuestas sobre balsas independientes, que permiten recuperar el agua de la laguna de clarificación a través de 2 líneas independientes hasta el estanque de agua de proceso en la planta (TK30), para su reutilización en el proceso. El segundo corresponde a un sistema que capta las filtraciones del depósito en 2 puntos. Uno de ellos se realiza en la zanja cortafuga y el otro en el pique mina. 9

Adicionalmente se construyó un túnel de drenaje en dirección Este, el cual canaliza dichas aguas desde la pantalla corta fugas hasta el pique donde, por intermedio de bombas sumergibles, son bombeadas a la superficie y reutilizadas en el proceso de la planta. El Titular incluyó en Adenda 1 una modificación a la tubería de relaves desde el cajón de recepción de relaves de CMOS, la irá desde el área de recepción de relaves de CMOS, sobre el muro principal del depósito de relaves existente de Candelaria hacia el enlace hidráulico. Paralelo a las tuberías de relaves existentes nor poniente del depósito de relaves existente.

e) Edificio e Instalaciones Auxiliares

i. Instalaciones de almacenamiento de combustibles y aceites (nuevos y usados) La operación actual cuenta con depósitos de combustibles y aceites nuevos y usados que satisfacen las necesidades de toda la faena. Entre ellos se cuenta con 17 estanques de almacenamiento superficial y 4 subterráneos. Además, el almacenamiento de aceites usados se realiza de acuerdo a lo indicado en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.

ii. Polvorín y preparación de explosivos Se cuenta con dos polvorines para el almacenamiento de explosivos ubicados cercano al rajo y el otro en la mina subterránea. Además, existen instalaciones para la preparación de explosivos que son operados por terceros, autorizados para tales efectos.

Tabla: Cuadro resumen de Tronaduras por fases del proyecto. Etapa Obra Actividad N° Tronaduras Construcción Reubicación Ruta C-397 Corte y Relleno 75 Operación Operación Minera (Rajo) Tronadura de Producción 1 a 2 por día Fuente: tabla 1-4 del Adenda 1

iii. Talleres de mantención El taller de mantención es una estructura de acero que cubre un área de 11.816 m2, de los cuales 3.924 m2 se utilizan como bodega y 7.892 m2 para la mantención de equipos (taller de camiones). Las aguas de lavados de talleres y equipos son enviados a un sistema de separación de aguas/aceites, el cual consiste en un cajón separador de aceites y agua. El aceite se recolecta en un recipiente de acero cerrado y posteriormente es almacenado en uno de los dos estanques de aceite usados, y el agua limpia vuelve al proceso.

iv. Oficinas y edificios de servicios - Edificio de servicios, operaciones y policlínico - Edificios de administración - Laboratorio químico - Garita de acceso y romana

La superficie total de estas instalaciones corresponde a 6.500 m2 aproximadamente.

v. Bodega El titular cuenta con una bodega principal que forma parte del edificio del taller de camiones, el cual se encuentra separado por una cubierta de acero.

vi. Patios de residuos industriales comerciables Se cuenta con un patio de neumáticos y un patio de salvataje descubierto y sin piso para el almacenamiento de piezas y partes de mayor envergadura. Cabe señalar que esta instalación no almacena ningún tipo de sustancia peligrosa.

vii. Planta de osmosis Esta instalación es parte del sistema de abastecimiento de agua potable particular de CCMC. La producción promedio de cada tren de filtrado de dicha planta es de 110 m3/día de agua potable, existiendo un estanque de almacenamiento cerrado y con capacidad útil aproximada de 90 m3.

viii. Planta de tratamiento de aguas servidas La planta de aguas servidas de CCMC recibe las aguas de diversas instalaciones de la planta de procesos y de otros edificios y está diseñada para un flujo máximo de 150.000 L/día, a través de un proceso de lodos activados. El agua clarificada pasa a un estanque de acumulación donde existe un filtro de arena con retrolavado automático, luego por rebalse natural el agua tratada ingresa a la cámara donde es clorada y declorada, obteniendo un agua tratada que va al estanque de sobre flujo de los espesadores de relaves, recirculándola así al proceso.

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ix. Líneas de distribución de energía eléctrica La energía eléctrica requerida para las instalaciones en el Área Mina es suministrada desde la Subestación Eléctrica Cardones hasta la planta industrial. Desde esa subestación existe una línea de transmisión de alta tensión de 220 kV de una longitud cercana a los 11 km, en sentido aproximadamente paralelo al camino de acceso principal. El sistema de distribución de energía eléctrica al interior de las instalaciones es de tipo radial, utilizando líneas aéreas de 23 kV para la mina y cables subterráneos para la planta concentradora. Posteriormente se instaló un transformador adicional de 80 MVA, el cual permite distribuir la potencia a las instalaciones de la planta de procesos. Además, existen 4 subestaciones para el campo de pozos que transforman la energía de 23 a 6,6 kV.

4.2.1.2 Área Obras Lineales

a) Sistema de Suministro y Distribución de Agua

i. Acueducto Sector Puerto- Bodega Para la conducción de agua desde la Planta Desalinizadora hacia las instalaciones en el Área Mina, se cuenta con un acueducto cuyo primer tramo tiene una extensión aproximada de 80 km. Posee una capacidad de transporte de 500 L/s, en una tubería de acero de carbono de diámetro exterior de aproximadamente 24 pulgadas. Esta tubería llega hasta el Sector Bodega, localizado en la salida norte de Copiapó, donde descarga en un estanque de acumulación de agua, en el sector Bodega, con capacidad de 1.800 m3. La instalación de este acueducto se encuentra de manera subterránea y está emplazado dentro de una zanja de 1,2 m de ancho basal, aproximadamente. Su trazado es paralelo a la Ruta C-364 y luego ocupa parte de la faja del ferrocarril de propiedad de FERRONOR. En caso de emergencia existen dos puntos de drenaje a lo largo del trazado del acueducto, con el fin de contener el agua en caso de falla o desagüe de la tubería.

ii. Acueducto Sector Bodega-Candelaria En el Sector Bodega, aledaño al estanque de acumulación, está localizado un sistema de bombeo, el cual permite conducir el agua desalinizada conjuntamente con las aguas servidas tratadas provenientes de la planta de la empresa Aguas Chañar (también ubicada en el Sector Bodega), a través de una tubería de 24 pulgadas de diámetro, con capacidad de 500 L/s por una longitud aproximada de 30 km, la cual descarga en el estanque de agua de proceso, localizado en la planta de procesos de la faena minera. En Adenda 1, se modifican aproximadamente 4 km del trazado del acueducto, presentado en el EIA, específicamente, en un tramo acotado se utilizará una plataforma existente cercana al área del tranque Las Cruces de PUCOBRE. Es importante señalar que no se cambian las características generales del acueducto (diámetro, materiales, capacidad), ni sus características constructivas. Las modificaciones se encuentran en la Pregunta 7 Sección Descripción de Proyecto del Adenda 1. Además, existen obras auxiliares que corresponden a una subestación eléctrica, sala eléctrica y línea eléctrica, caminos de acceso y de operación, equipos menores y equipos de servicio, entre otras.

iii. Suministro Aguas Chañar-Sector Bodega En el Sector Bodega, aledaño al estanque de acumulación de agua proveniente de la planta desalinizadora, se emplaza un sistema de bombeo que se compone de un grupo de bombas centrífugas horizontales multietapas conectadas en paralelo. Este sistema permite elevar el flujo de agua de 500 L/s desde la cota 365 m.s.n.m. hasta la cota 760 m.s.n.m. Desde el estanque de acumulación, el agua almacenada es conducida conjuntamente con hasta 175 L/s de las aguas servidas tratadas provenientes de la planta de la empresa Aguas Chañar S.A. (también ubicada en el Sector Bodega), a la faena minera a través del acueducto descrito en el punto anterior.

iv. Suministro de agua de pozos para el proceso Previo a la entrada en operación de la Planta Desalinizadora, suministraba agua fresca a su proceso productivo desde pozos ubicados en Tierra Amarilla y Paipote, Sector 4 del Acuífero del Valle del Río Copiapó, lugar donde la compañía posee derechos de agua otorgados por la DGA. A partir del primer semestre de 2011, el agua de estos pozos se utilizaba sólo en un 50% del volumen histórico usado, debido a la incorporación del agua servida tratada proveniente de la planta de aguas servidas de Copiapó, bombeadas desde el Sector Bodega al Área Mina y posteriormente al proceso. Luego, y gracias a la incorporación del agua desalinizada desde el segundo trimestre de 2013 (Mayo), el agua de pozo sólo se utiliza para la operación en caso de emergencias, contingencias operacionales o durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de agua. El suministro de agua de pozo se realiza en un tramo de tubería de 8 km desde Paipote a la estación de bombeo ubicada en Tierra Amarilla, la cual está compuesta por una piscina con capacidad de 1.800 m3 y 4 bombas de impulsión que permiten llevar el agua hacia la planta, donde se acumula en un estanque de agua fresca.

v. Suministro de agua potable 11

El suministro de agua potable se realiza mediante una línea de 5 km conectada a la red de pozos del Sector 4 del Acuífero del Valle del Río Copiapó, la cual abastece a la planta de osmosis, ubicada en el Área Mina, que produce del orden de 2,5 L/s de agua potable para consumo humano.

b) Sistema de Suministro y Distribución Eléctrica

El requerimiento energético máximo de la Planta Desalinizadora y el acueducto corresponde a 25 MW aproximadamente, en tanto que el funcionamiento de la estación de bombas de impulsión ubicada en el Sector Bodega requiere un máximo de 8 MW. Para dicho suministro energético se cuenta con las siguientes instalaciones:

i. Línea de transmisión de alta tensión 110 kV Esta línea de transmisión comienza en la Subestación Eléctrica Cardones en Copiapó y llega hasta la Subestación Planta Desalinizadora en Caldera, con una longitud aproximada de 110 km para alimentar eléctricamente a la planta desalinizadora. En el sector urbano de la comuna de Caldera se utiliza el mismo trazado y servidumbre de la línea eléctrica de 23 kV que entrega energía a las instalaciones del Puerto Punta Padrones.

ii. Línea de distribución de media tensión 23 kV y subestación Consiste en una derivación y una subestación eléctrica que suministra energía a la estación de bombeo del Sector Bodega en Copiapó, con aproximadamente 8 km de longitud.

4.2.1.3 Área Puerto

a) Instalaciones para Descarga, Almacenamiento y Embarque de Concentrado En las instalaciones del Puerto Punta Padrones se recibe el concentrado de cobre proveniente de la planta de procesos del Área Mina, durante las 24 horas al día, lugar donde se almacena para posteriormente embarcarlo. Entre las principales obras existentes se cuentan las siguientes: • Sistema de recepción (edificio totalmente cerrado) y descarga de camiones • Edificio de almacenamiento cerrado de 60.000 toneladas • Sistema de carguío mecánico de concentrado al barco • Equipos de supresión de polvo, pesaje y muestreo de concentrado • Edificio para oficinas administrativas y sala de cambio • Taller de mantenimiento y almacenamiento de materiales

El concentrado de cobre transportado en camiones desde el Área Mina es descargado en un buzón equipado con un sistema de captación de polvo ubicado en el edificio de recepción. El concentrado se transporta desde el buzón hasta un sistema de correas trasportadoras que alimenta a los acopios del edificio de almacenamiento. Luego, el concentrado es recuperado del acopio por cargadores frontales mediante operaciones realizadas totalmente dentro del edificio de almacenamiento. Dichos equipos descargan a un ritmo aproximado de 1.100 tph a dos buzones montados en forma permanente sobre la correa transportadora de recuperación. Finalmente, el concentrado es almacenado en las bodegas de la nave mediante un chute telescópico dispuesto sobre el cargador de barcos ubicado en el muelle. De esta forma, el concentrado es introducido por las escotillas hacia el interior de las bodegas.

b) Planta Desalinizadora Contiguo a las instalaciones del puerto se encuentra la Planta Desalinizadora Candelaria, la que fue incorporada durante Mayo de 2013 como una nueva fuente de suministro de agua para la operación de la faena minera a partir de la desalinización de agua de mar. La Planta Desalinizadora posee una capacidad total de diseño de 500 L/s de agua calidad industrial y los principales procesos que involucra se indican a continuación: • Captación de agua de mar: Sistema compuesto por un cajón que posee aberturas equipadas con un medio filtrante para impedir el paso de partículas de gran tamaño y/o especies acuáticas, alcanzando bajas velocidades de entrada (0,15 m/s como velocidad máxima). El punto de captación se ubica a una profundidad aproximada de 25 m bajo el nivel del mar y el caudal de captación es de 1.155 L/s. • Pre-tratamiento: Se eliminan los sólidos en suspensión mediante cribas de separación, inyección de productos químicos y sistema de filtrado. • Osmosis inversa: Reduce las sales del agua de mar proveniente del pre-tratamiento, generando agua desalinizada. El proceso se realiza mediante el paso de fluido sometido a una alta presión (800 - 850 psi) a través de trenes de membranas de osmosis inversa, donde se separa la mayor parte de las sales. • Retrolavado de los filtros: Etapa de limpieza del sistema de filtración de multilecho, correspondiente al sistema de pretratamiento, que se realiza utilizando agua de rechazo proveniente de la unidad de osmosis. • Descarga de agua salada: El agua salada de descarga generada en el sistema de osmosis inversa y mezclada con el efluente que corresponde a las aguas descartadas de la etapa de pretratamiento y de la limpieza de las membranas de osmosis, se almacena en un estanque desde donde se descarga al mar por gravedad mediante una tubería (emisario), la cual se 12

encuentra equipada con difusores para lograr su dispersión. El caudal de descarga de agua salada es de aproximadamente 655 L/s. • Sistema de impulsión agua desalinizada: Se cuenta con un sistema de bombeo, ubicado dentro de las instalaciones de la planta desalinizadora, el cual está constituido por bombas centrifugas multietapas.

4.2.1.4 Residuos Sólidos

Los residuos sólidos domésticos son recolectados desde las diferentes áreas de operación, a través de contenedores especialmente demarcados y habilitados. Luego los residuos son transportados en camiones cerrados hacia el relleno sanitario autorizado ―El Chulo‖, ubicado unos 30 kilómetros hacia el noreste de las instalaciones de CCMC. Respecto a los residuos sólidos peligrosos, el titular cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, aprobado por la SEREMI de Salud de Atacama. Dicho plan es aplicable para todos los residuos peligrosos generados en las instalaciones de CCMC, tanto en Tierra Amarilla (Área Mina) como en el Puerto Punta Padrones (Área Puerto). A su vez, en las instalaciones del titular existe un Patio de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos, proyecto autorizado por la Resolución Nº 0456 con fecha 2 de Abril de 2003, del Servicio de Salud de Atacama y su funcionamiento autorizado por la Resolución Nº 1063 con fecha 28 de Agosto de 2003, del Servicio de Salud de Atacama, dando cumplimiento al Art.29 del Reglamento de Residuos Peligrosos. Este sitio está concebido para almacenar los residuos peligrosos generados dentro de las instalaciones, por un periodo de tiempo determinado que no exceda los 6 meses establecido en el Reglamento, para su posterior traslado a una instalación de eliminación autorizada. Además, de acuerdo a lo indicado en el Plan de Manejo de Residuos Peligrosos, el almacenamiento de aceites usados se realiza en estanques de aceites usados, cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 1077 con fecha 27 de Agosto de 2003, del Servicio de Salud de Atacama, bajo el proyecto ―Mejoramiento Sector Aceites Nuevos y Usados y Microfiltrado de Lubricantes‖.

A continuación se presenta una tabla resumen de la clasificación, tipo y manejo actual de todos los residuos generados actualmente:

Tabla: Manejo de residuos Caso Base Descripción Clasificación residuos Tipo Residuos Manejo Residuos Domésticos Residuos sólidos como: basuras, desechos o desperdicios generados en procesos industriales u otras actividades, que no son considerados como residuos peligrosos. Residuos sólidos no peligrosos y no reciclables domiciliarios y asimilables. Los residuos no reciclables domiciliarios incluyen: residuos orgánicos (restos de comida), bolsas plásticas, polietilenos, envases metálicos (incluye tarros), frascos/botellas de vidrio, baldes plásticos, basura doméstica de oficinas. Los residuos no reciclables asimilables incluyen: desechos de cables eléctricos, filtros de aire, despuntes industriales no peligrosos, escombros menores, Elementos de Protección Personal (EPP) no impregnado con sustancias peligrosas, entre otros. En cuanto a la recolección y disposición, estos residuos son dispuestos en los contenedores instalados en las diferentes áreas de las instalaciones de la minera, los que deberán ser transportados a través de camiones recolectores al vertedero municipal autorizado, para su disposición final. 13

Residuos No Peligrosos Residuos Industriales Residuos No Peligrosos que son clasificados como recuperables o reciclables, dado que es posible técnica y económicamente su reutilización o reciclaje, por lo tanto deben ser destinados a los lugares habilitados y denominados patios de salvataje o cualquier bodega que sea adecuada para estos fines. Residuos No Peligrosos: recuperables o reciclables. Residuos como cartones, chatarras de acero, fierro, bronce, cobre, aluminio, plomo y otras; papel, cartón, botellas plásticas, latas de aluminio (bebidas), gomas – plásticos industriales, maderas, neumáticos u otros. Estos residuos son enviados diariamente a los patios de residuos del área Mina (patios de salvataje, de maderas, chatarras, metales, entre otros existentes), donde serán separados y clasificados como residuos recuperables o reciclables, determinando si es posible técnica y económicamente su reutilización o reciclaje, según lo establecido en el Manual de Buenas Prácticas Ambientales internas de CCMC y los sitios de tránsito o acumulación de los residuos peligrosos que se encuentran previstos en el marco del Plan Manejo Residuos Peligrosos, actualmente visado para CCMC. Residuos Peligrosos Residuos Peligrosos Corresponden principalmente a los residuos considerados de acuerdo al listado de residuos indicados en el Plan de Manejo de CCMC y residuos reciclables con características peligrosas, como: aceites usados, tambores en desuso, baterías de vehículos acido/plomo, entre otros. Residuos Peligrosos Residuos de hidrocarburos, residuos con resto de ácido, aceites y lubricantes usados, y equipos de construcción que se encuentren en mantención, tierra impregnada con aceites/grasas y/o hidrocarburos, restos de pintura, envases de solventes y baterías, entre otros. Son llevados diariamente al sitio de tránsito de residuos peligrosos y periódicamente enviados a los patios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos de la mina, a través de transportes autorizados para su disposición final a empresas autorizadas. Fuente: Tabla 1.3-2 del EIA

4.2.1.5 Residuos Líquidos

Los residuos líquidos corresponden a aguas servidas tratadas, aguas de lavado de camiones y residuos industriales líquidos, principalmente. • Aguas Servidas La cantidad de aguas servidas generadas en el Área Mina corresponden a aproximadamente 260 m3/día de acuerdo al número de trabajadores (considerando un consumo de 100 L/persona/día). Estas aguas servidas son conducidas hacia la planta de tratamiento de aguas servidas con las que actualmente cuenta dentro de sus instalaciones. Por otro lado, los lodos que se generan de las plantas de tratamiento son aproximadamente 2 ton/mes, los que son dispuestos de acuerdo a normativa vigente.

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Con respecto al Área Puerto, la cantidad de aguas servidas corresponde a aproximadamente 2 m3/día como promedio. Cabe mencionar que en esta área las aguas servidas son colectadas mediante fosas sépticas, retiradas posteriormente por un contratista autorizado y dispuestas en la planta de tratamiento de aguas de Caldera.

• Aguas de Lavado de Camiones y Equipos (Talleres de Mantención) El agua de lavado que se genera en el taller de mantenimiento ubicado en el Área Mina, es conducida a un decantador y separador de agua y aceites. La porción de agua recuperada es reutilizada en los procesos de lavado.

• Residuos Industriales Líquidos En el Área Puerto, debido al proceso de desalinización de agua de mar, se genera una salmuera de rechazo, la cual corresponde a una mezcla de aguas provenientes de distintos procesos de la Planta Desalinizadora que son acumuladas y mezcladas en un estanque de descarga, y luego devueltas al mar. La descarga se realiza a través del emisario submarino con un caudal de alrededor de 655 L/s. La descarga de agua salada cumple con los límites establecidos en la Tabla Nº5 del D.S. N°90/00 del MINSEGPRES, para descargas de residuos líquidos fuera de la Zona de Protección Litoral (ZPL).

4.2.2 Partes y obras físicas que componen el Proyecto

Para continuar la explotación y procesamiento de las reservas de mineral hasta ahora conocidas, las que ascienden a 200 millones de toneladas, el Proyecto considera la extensión de la vida útil de sus instalaciones actuales, la incorporación de nuevas obras y actividades. Las modificaciones que permitirán dar continuidad operacional a la actividad minera actualmente llevada a cabo, se ubicarán en el Área Mina y en el Área Obras Lineales. Respecto a las instalaciones ubicadas en el Área Puerto, estas no sufrirán ningún tipo de modificación respecto de lo aprobado ambientalmente mediante Res. Ex. N°001/1994 (Instalaciones Portuarias Punta Padrones Bahía de Caldera) y Res. Ex. N° 129/2011 (Planta Desalinizadora Candelaria) de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama. El presente Proyecto sólo contempla la extensión de la vida útil de dichas instalaciones para continuar con la operación actual. La Tabla siguiente muestra un resumen de las nuevas obras que se incorporan, aquellas que serán modificadas y las que solo requieren la extensión de vida útil como parte del presente Proyecto.

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Tabla 1.4-1: Resumen Partes, Acciones y Obras Físicas que componen el Proyecto Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas

Área Mina Mina (Rajo Abierto y Subterránea) Ampliación y profundización del rajo actual. Se mantiene el método de explotación subterránea. Tasa de extracción: se mantiene en 320.000 tpd Reservas: 200 millones de toneladas adicionales. Área adicional: aumento rajo aprox. de 9,5 ha. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030. RCA N°106/2007 ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖, el cual modificó a los siguientes proyectos: ―Proyecto Candelaria Fase I (proyecto original) RCA S/N de 1992, ―Segunda Fase Proyecto Candelaria‖ RCA N°1/1997 y ―Proyecto Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖, RCA S/N de 2005. DIA Proyecto Rampa de Exploración Minera Candelaria Sur, RCA N° 04/2005. DIA Rampa de Exploración Candelaria Norte, RCA N° 84/2001. RCA N° 175/2007 ―Proyecto Expansión Minería Subterránea Candelaria Norte‖, el cual modificó al ―Proyecto Minero Subterránea Candelaria Norte‖ RCA 94/2003 Depósitos de Estériles Norte Capacidad de almacenamiento: aumento de 610 millones de toneladas aproximadamente Área adicional: 232 ha Elevación: 880 m.s.n.m. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 Los parámetros geométricos se encuentran en la tabla 1.4-3 del EIA RCA N°106/2007 ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖, el cual modificó a los siguientes proyectos: ―Proyecto Candelaria Fase I (proyecto original) RCA S/N de 1992, ―Segunda Fase Proyecto Candelaria‖ RCA N°1/1997 y ―Proyecto 16

Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas Nantoco Capacidad de almacenamiento: aumento en 140 millones de toneladas aproximadamente Área adicional: 115 ha Elevación: 940 m.s.n.m. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030. Los parámetros geométricos se encuentran en la tabla 1.4-3 del EIA Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖, RCA S/N de 2005. Sur Auxiliar 1, de acuerdo a los planes de movimiento de material al interior de la mina y para mantener la continuidad operacional, se contempla la extracción parcial del orden del 30% del volumen en el caso del Depósito auxiliar 1, el cual será removido aproximadamente entre los años 2022 al 2028. Sur Auxiliar 2, de acuerdo a los planes de movimiento de material al interior de la mina y para mantener la continuidad operacional, se contempla la extracción parcial del orden del 30% del volumen en el caso del Depósito auxiliar 1, el cual será removido aproximadamente entre los años 2022 al 2028.

Planta de Procesos Planta de Chancado y Pebbles No se contemplan nuevas obras en esta área. Capacidad: 90.000 tpd, con promedio durante la vida útil de 75.600 tpd. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030. RCA 106/2007 ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖, el cual modificó a los siguientes proyectos: ―Proyecto Candelaria Fase I (proyecto original) RCA S/N de 1992, ―Segunda Fase Proyecto Candelaria‖ RCA N°1/1997 y ―Proyecto Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖, RCA S/N de 2005. RCA N° 12/2005 ―Recepción y Beneficio de Minerales de Mina Alcaparrosa‖ Planta Concentradora: Molienda y Flotación No se contemplan nuevas obras en esta área. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030. Instalaciones de Espesado, Filtrado y Almacenamiento de Concentrado Producción concentrado de cobre se mantiene y no se contemplan nuevas obras. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 17

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Depósitos de Relaves Depósito Candelaria (existente) Reducción revancha de cierre de 5 a 1,5 m, con lo que se aumenta la capacidad y extiende la operación hasta el año 2019. Extensión de vida útil: hasta el año 2030 RCA 106/2007 ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖, el cual modificó a los siguientes proyectos: ―Proyecto Candelaria Fase I (proyecto original) RCA S/N de 1992, ―Segunda Fase Proyecto Candelaria‖ RCA N°1/1997, ―Proyecto Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖, RCA S/N de 2005, ―Recepción y Almacenamiento de Relaves de Compañía Contractual Minera Ojos del Salado en Tranque de Relaves de Cía Contractual Minera Candelaria‖ RCA N°44/1997, ―Modificaciones al Sistema de Alimentación de Relaves al Tranque‖ RCA N°116/2005 y ―Peraltamiento Muros Depósito de Relaves La Candelaria‖ RCA N° 74/2012. Depósito Los Diques Nuevo Depósito ubicado en el sector surponiente de rajo y próximo a la planta concentradora. Los criterios de diseño se encuentran en la tabla 1.4-4 del EIA. Capacidad: 600 millones de toneladas aproximadamente Superficie: aproximadamente 690 ha Elevación muros: 873 m.s.n.m. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 Considera 3 muros de contención (principal, norte y sur), sistema de transporte y distribución de relaves, sistemas de captación y recirculación de aguas clarificadas, y sistema de recuperación (colector) de filtraciones. i)Muro de contención: Los 3 muros serán serán construidos de material de empréstito con el método de aguas abajo, los muros Norte y Sur serán construidos como estructuras de contención de filtraciones e incluirán una cortina de inyecciones de hormigón a través de su cimentación. Se considera que el talud aguas arriba esté cubierto por geomembrana, mientras que el muro Principal estará conformado por materiales permeables de manera que las infiltraciones que se generen sean captadas por el sistema de recuperación (colector) de filtraciones. no obstante lo anterior en Adenda 1 el Titular señaló que se incorporaran drenes basales al muro de contención principal del depósito de relaves, los cuales se conectarán con el sistema de recolección de infiltraciones. El propósito de esta optimización es mejorar la capacidad y eficiencia del sistema de recolección de infiltraciones desde la base del muro de contención, a través de la generación de vías controladas para la recolección y conducción de aguas fuera de los rellenos del muro. Investigaciones adicionales realizadas durante la etapa de ingeniería de diseño del proyecto han permitido contar con mayor información sobre la conductividad hidráulica de los materiales aluviales en la zona del proyecto, razón por la cual se ha considerado incluir un componente que otorgue mayor seguridad en la capacidad de captación y conducción de las aguas de infiltración en la base del muro de contención. Adicionalmente, el depósito de relaves contará con instrumentación geotécnica (acelerómetros, piezómetros, monolitos de inspección) que permita monitorear variaciones en los niveles de agua, eventuales desplazamientos del enrocado del muro de contención fase 0 del depósito de relaves y efectos por movimientos sísmicos. Las características de los muros de contención del depósito se resumen en la Tabla 1.4-5 del 18

Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas EIA. ii) Sistema de Transporte y Distribución de Relaves: Estará conformado por un sistema de tuberías que conducirán el relave (generado por Compañía Minera de Hierro Atacama – MHA) desde el enlace hidráulico hasta el depósito de relaves Los Diques. En Adenda 1 el Titular determinó la factibilidad de optimizar el sistema de bombeo existente en el sector Enlace Hidráulico para la continuidad operacional, minimizando la necesidad de incorporar más equipamiento. De este modo, sólo se adicionará una bomba a la estación de bombeo existente para la puesta en marcha del sistema de transporte de relaves al nuevo depósito de relaves Los Diques. Durante la vida útil del depósito de relaves Los Diques, se agregarán bombas en etapas sucesivas hasta completar una cantidad de 6 bombas por cada uno de los tres trenes de bombeo existentes. El sistema de transporte de relaves y según lo presentado en Adenda 1, con la finalidad de proporcionar mayor confiabilidad al sistema de transporte de relaves, se considerará la construcción de tres líneas para el inicio de la operación del depósito de relaves Los Diques, de las cuales normalmente operarán sólo dos y una tercera quedará disponible en standby. En general, las tuberías serán de acero revestido en HDPE en los tramos cercanos a la estación de bombeo y luego, el material será de acero o bien en HDPE, según las dimensiones de diámetro y espesor que sean necesarios para una operación segura y la presión de diseño requerida. El sistema de transporte y distribución de relaves según lo informado en Adenda 1, con el fin de proporcionar mayor seguridad en el control de potenciales derrames y de proveer suficiente capacidad para drenaje de las líneas de transporte según los requerimientos de operación del sistema de transporte y distribución de relaves, el Titular ha determinado la conveniencia de construir al inicio del Proyecto, una sola piscina de emergencia o drenaje, con una capacidad de almacenamiento de aproximadamente 5.000 m3, suficiente para almacenar tres veces el volumen contenido en las dos líneas de transporte de relave que operarán normalmente. Esto corresponde a una capacidad de almacenamiento mayor a la contemplada en el diseño original. La limpieza o vaciado de la piscina será posible con equipos mecánicos o mediante repulpeo. El material removido de la piscina, ya sea por medios mecánicos o por bombeo, será transportado a la cubeta del depósito de relaves Los Diques. Se suministrará agua a la piscina de drenaje desde el estanque TK-29 existente, mediante una conducción gravitacional de aproximadamente 10‖. El material del vaciado de la piscina de emergencia existente también será transportado al depósito de relaves Los Diques una vez que finalice la operación del depósito de relaves Candelaria. ii) Sistema de Captación y Recirculación de Aguas: Se contempla la instalación de 2 sistemas de captación de agua para recircularla a la planta concentradora de Candelaria, los que corresponden a: a) Sistema de captación y recirculación de aguas claras desde la laguna del depósito; este sistema estará conformado principalmente por bombas dispuestas en balsas (2 grupos de 3 bombas en paralelo, 2 operando y 1 stand by) y tuberías de diámetro nominal de 450 mm que conducirán el agua hasta un estanque intermedio de 19

Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas almacenamiento ubicado en un punto alto en el estribo izquierdo del muro del deposito (TK-Intermedio), con capacidad para almacenar un volumen de 100 m3. Desde este estanque, a través de una tubería HDPE de 560 mm de diámetro y de aproximadamente 3,7 km de largo, se conducirá el agua de forma gravitacional hasta el estanque TK 30 para ser incorporadas al proceso. b) Sistema de captación y recirculación de las filtraciones; El sistema colector de infiltraciones (SCS, por sus siglas en inglés) se ubicará aproximadamente 500 m aguas debajo de la configuración final del pie del muro principal del nuevo depósito de relaves Los Diques. Según lo presentado en Adenda 1, la profundización y avance de estudios geotécnicos determinó la conveniencia de mover la ubicación del eje de la pantalla cortafuga y obras asociadas en aproximadamente 200 m aguas arriba respecto de su ubicación original. Dicha optimización considera mantener el concepto de diseño en los elementos y obras de captación de aguas de infiltración, en relación a su diseño original. Sin embargo, se incorporarán algunas variaciones en su geometría, de manera de adecuarse a la nueva sección donde estará emplazada. Estas variaciones corresponden a las siguientes: El sistema de recolección de infiltraciones se ubicará aproximadamente 350 m aguas abajo del pie del muro de contención principal en su etapa final. El sistema consistirá principalmente en una zanja de aproximadamente 600 m de largo, 90 m de ancho y 20 m de profundidad, donde se implementará un muro tipo dren vertical con 5 pozos de extracción. El dren vertical será de aproximadamente 360 m de largo, 1 m de ancho con una profundidad máxima de aproximadamente 18 m. El dren vertical contendrá un material de relleno consistente en grava uniformemente gradada, con un tamaño de partícula de aproximadamente 20 cm de diámetro. En forma paralela y aguas abajo del dren vertical, se dispondrá de una pantalla cortafuga, la cual tendrá el mismo largo y profundidad que el dren vertical pero con un ancho de 0,6 m, cuya función será proporcionar una barrera de baja permeabilidad dentro del material aluvial, que facilite la recuperación de agua en el dren. A lo largo del muro del dren vertical se implementarán un total de 5 pozos de extracción, los que contarán con bombas sumergibles que permitan recuperar las filtraciones y devolver el agua al proceso. Además, se contempla la construcción de 3 pozos adicionales para extracción a mayor profundidad alcanzando el nivel de roca sana, los cuales estarán ubicados entre el muro del dren y el muro de CB, cuyo objetivo será interceptar las filtraciones que no fueron captadas por el dren vertical (Figura 1.4-5 y Figura 1.4-6 del EIA). Los pozos de extracción serán de un diámetro aproximado de 30 cm y las bombas sumergibles serán de aproximadamente 20 cm, las que estarán conectadas por medio de tuberías de HDPE con un diámetro aproximado de 450 mm a una estación de bombeo, la cual impulsará el agua al estanque existente TK-30. La estación de bombeo del sistema de captación y recirculación de filtraciones, estará conformada por 4 bombas dispuestas en paralelo, 3 en operación y 1 en stand by. Para monitorear la operación del sistema colector de filtraciones se contempla la implementación de 8 pozos de monitoreo 20

Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas operacional: 2 ubicados en el dren vertical, 3 aguas arriba del muro CB y 3 aguas abajo del sistema colector de filtraciones (ver Figura 1.4-5 del EIA)

Remoción del Relave San Esteban: El depósito San Esteban N°2 será removido y trasladado al actual Depósito de relaves de Candelaria, para dar paso a la implementación del depósito de estéril Norte. La RCA se modifica en aquella parte que señala que el fondo del tranque de relaves será compactado con una cubierta arcillosa de 50 cm. de profundidad, para evitar las infiltraciones, toda vez, que tal actividad hoy no se realizará. Resolución Exenta Nº 095/2003 DIA Proyecto Tranque de Relaves Planta San Esteban N° 2. 21

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Edificios, instalaciones auxiliares y caminos Se mantendrán los principales edificios e instalaciones existentes las que corresponden principalmente a instalaciones de almacenamiento de combustibles y aceites usados, taller de mantención, oficinas y edificios de servicio, bodegas y patios de materiales, planta de osmosis para agua potable, planta de tratamiento de aguas servidas y líneas internas de distribución de energía eléctrica. Se incorporan las siguientes obras:

―Estación de Combustible Auxiliar Interior Mina Candelaria‖ RCA N°06/1998, ―Transporte de Concentrado de Cobre a Nuevos Destinos (Modificación al Proyecto Candelaria)‖ RCA N°26/2000 y ―Planta Mezcladora Diesel/Aceite Usado Interior Mina Candelaria‖ RCA N°104/1998 22

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-Reubicación parcial tramos Ruta C-397 – Túneles: La ubicación del nuevo depósito de relaves Los Diques implica la reubicación de 2 tramos de la Ruta C-397, de aproximadamente 7,2 km. Los tramos que se reubicarán se han denominado según ell kilometraje demarcado de la ruta: Tramo km 7.150 – km 12.600 y Tramo km 13.600 – km 15.300, Adicionalmente, en el sector del depósito de estéril Norte se contempla la construcción de un túnel que permitirá la conectividad de los depósitos de estériles y la continuidad de la Ruta C-397. El túnel tendrá similares características al que actualmente se encuentra operativo en esta ruta. Estará conformado por dos ductos unidireccionales de acero corrugado de longitud aproximada de 40 m, separados unos 8 m entre sí, los que permitirán el tránsito de todo tipo de vehículos en ambos sentidos de la ruta. -Reubicación de patios de residuos industriales comerciables: Los residuos industriales comerciables corresponden a residuos no peligrosos reciclables conformados principalmente por materiales que pueden ser vendidos o reciclados, tales como estructuras metálicas, descartes, maderas, chatarras, gomas, neumáticos, chatarra y elementos similares. Actualmente estos materiales son acumulados en un sector donde se emplazará el nuevo depósito de relaves Los Diques, razón por la cual el Proyecto contempla la reubicación de estos sitios a un sector emplazado aguas abajo de la configuración final del muro principal. En este sentido, en el nuevo patio de residuos industriales comerciables se almacenarán los residuos industriales generados tanto en la fase de construcción del Proyecto, como los provenientes de la fase de operación (tal como se ha descrito en el Caso Base). Dicha área contará con un cierre perimetral. Cabe destacar que los residuos serán retirados de cada área y dispuestos en este patio, donde serán clasificados y segregado, según el tipo de residuos. Es así como los residuos que presenten algún valor comercial podrán ser comercializados o entregados a empresas de reciclaje de materiales autorizadas. Por su parte, los residuos no reutilizables o sin valor comercial serán almacenados temporalmente y finalmente retirados y dispuestos en lugares debidamente autorizados para dicho fin. La ubicación de este patio será en parte de la superficie denominada como ―Zona de Carguío‖ que se utilizará en la construcción de los muros del nuevo depósito de relaves Los Diques, la cual tiene una superficie estimada de 17 ha. Además se continuará la disposición de neumáticos mineros, en los depósitos de estériles Norte y Nantoco. La gestión de estos cuenta con aprobación de SERNAGEOMIN desde la presentación del Plan de Manejo y Disposición de Neumáticos Mineros Dados de Baja (NMDB), la cual fue otorgada a través de Resolución 445/1999 y sus posteriores actualizaciones, quedando autorizadas bajo los Ordinarios SNGMN N°860/2001, Ord. N° 4277/2004 y N°2883/2005 y N°751/2008. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030

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Área Obras Lineales

Sistema de Suministro y Distribución de Agua Acueducto Sector Puerto-Bodega Sin modificaciones Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ RCA N° 273/2008 y ―Planta Desalinizadora Minera Candelaria‖ RCA N° 129/2011. Acueducto Sector Bodega–Candelaria Se incorpora un nuevo acueducto de 500 L/s paralelo al existente con las mismas características (ver tabla 1.4-8 del EIA), el cual será de respaldo a la tubería actual que conduce agua desalinizada y/o aguas servidas tratadas provenientes de la planta de tratamiento de aguas servidas de Aguas Chañar. En el sector Bodega se incorporará de 2 trenes de bombas para aumentar capacidad de bombeo. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 Suministro Aguas Chañar- Sector Bodega Sin modificaciones Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 Suministro de agua potable El suministro se realizará mediante conexión a la red pública de distribución. Sin embargo, se mantendrán las instalaciones existentes en caso de mantención y/o emergencias. Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030

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Sistema de Suministro y Distribución Eléctrica - Reubicación parcial de 4 líneas eléctricas: i) Línea 220 kV Subestación Cardones – Candelaria; para satisfacer los requerimientos de crecida del depósito de relaves, se contempla reubicar parte de la línea de transmisión de alta tensión de 220 kV que se extiende por 11 km desde la Subestación Cardones hasta Candelaria, paralelo al camino de acceso principal. En específico, el tendido total contempla 39 estructuras, de las cuales 13 serán desconectadas (T23 a T36). La reubicación, que se realizará bordeando la zona norte del nuevo depósito de relaves Los Diques, considera un ancho de faja de 30 m, 5,5 km de longitud y 19 nuevas estructuras (altura de 15 m). Las características constructivas de la nueva línea serán las que muestran en la tabla 1.4-6 del EIA. ii) Línea 110 kV EMELAT Subestación Cardones - Tierra Amarilla: Se contempla reubicar 2 tramos de esta línea eléctrica debido a la interferencia que se produce con el crecimiento del nuevo depósito de relaves y con la extensión del depósito de estéril Norte. Para el primer tramo de la línea, se contempla el retiro de 2,4 km de línea correspondiente a 11 postes (P28 a la P39). La reubicación del trazado considera la instalación aproximada de 2 km de línea y 11 postes, la cual se realizará bordeando la zona norte del nuevo depósito de relaves. Asimismo, para el otro tramo que se verá afectado, se deberán retirar 2,6 km de línea que corresponden a 8 portales (P47 a la P55). El nuevo trazado contempla la instalación de 4,2 km de línea y 13 portales para este sector. iii) Línea 110 kV EMELAT Subestación Cardones – Copiapó: Para esta línea se contempla el desplazamiento de una parte del tendido eléctrico debido al crecimiento del nuevo depósito de relaves Los Diques y del depósito de estéril Nantoco. Para ello se deberán retirar aproximadamente 8 km correspondiente a 30 portales (P26 a P55). La reubicación del trazado se realizará bordeando la zona sur del nuevo depósito de relaves y contempla la instalación de 8,5 km de línea y 29 portales. iv) Línea 110 kV EMELAT - Minera Maricunga: Para esta línea, se deberán retirar aproximadamente 6 km de línea, correspondiente a 21 portales (PM41 a la PM61). La reubicación del trazado se realizará bordeando la zona sur del nuevo depósito de relaves y contempla la instalación de 7 km de línea y 24 portales. Todos los tramos que serán modificados de las líneas de 110 kV recién descritas, conservarán las características del tendido eléctrico original, siendo sus principales características las que se presentaron en la tabla 1.4-7 del EIA. Para cada una de las líneas anteriores se presentaron en Adenda 1 los caminos a utilizar para llevar a cabo las modificaciones. v) Línea 23 kV hacia Sector Bodega: sin modificaciones Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 No existen autorizaciones específicas para las líneas de transmisión eléctricas, sin embargo estas están contenidas en los distintos proyectos de la Minera, donde los principales son: RCA N°106/2007 ―Proyecto Optimización del Circuito Chancado de Pebbles‖, el cual modificó a los siguientes proyectos: ―Proyecto Candelaria Fase I (proyecto original) RCA S/N de 1992, ―Segunda Fase Proyecto Candelaria‖ RCA N°1/1997 y ―Proyecto Recirculación Circuito Chancado de Pebbles‖, RCA S/N de 2005. 25

Área del Proyecto Equipo/Instalación o Actividad Modificación al 2030 RCA y Autorizaciones involucradas

Área Puerto Instalaciones para Descarga, Almacenamiento y Embarque de Concentrado En esta área no se considera la construcción de ninguna obra adicional a las existentes, sólo se dará continuidad operacional al almacenamiento y embarque de concentrado de cobre. Capacidad de almacenamiento: se mantiene Equipos e instalaciones: se mantienen ―Instalaciones Portuarias Punta Padrones Bahía de Caldera‖ RCA N°01/1994

Planta Desalinizadora En esta área no se considera la construcción de ninguna obra adicional a las existentes, sólo se dará continuidad operacional al suministro de agua industrial hacia la operación minera. Capacidad de producción: se mantiene Equipos e instalaciones: se mantiene Extensión vida útil: Etapa Operación hasta al año 2030 ―Planta Desalinizadora Minera Candelaria‖ RCA N° 129/2011

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4.2.2.1 Etapa de Construcción

4.2.2.1.1 Área Mina

a) Mina Rajo Abierto y Subterránea

El Proyecto contempla la extensión del desarrollo normal de la operación actual descrita en el Caso Base, no considerando obras nuevas en la fase de construcción del Proyecto.

b) Depósitos de Estériles

El Proyecto considera la ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco existentes y la continuación de sus operaciones, no contemplándose actividades de construcción propiamente tal, ya que la construcción de los depósitos se materializa en la fase de operación, al momento de disponer el material estéril. Sin embargo, el programa de ampliación del depósito de estéril Norte considera abarcar una superficie en la cual actualmente se encuentra el depósito de relaves denominado Tranque N°2 San Esteban, actualmente en desuso. Así, durante la fase de construcción del presente Proyecto, se contempla la remoción del relave depositado, para lo cual se considera la construcción de una rampa de 1,4 km de largo, 40 m de ancho y una pendiente del 10% hasta llegar al piso del Tranque N°2 San Esteban. Esta rampa permitirá la remoción mediante equipos mineros que se utilizan en el desarrollo del rajo Candelaria, y luego su traslado por caminos internos recorriendo un trazado total aproximado de 5 km hasta el punto de vaciado en el sector Norte del actual depósito Candelaria. El tonelaje de relaves que se requiere reubicar es de aproximadamente 1.700 kton (950.000 m3). La rampa de acceso será construida como parte del depósito y se requerirán 2.660 kton de material relleno estéril de la mina y un corte de 15 kton con un tiempo de construcción de 4 a 6 meses. El traslado de los relaves tomará unos 3 a 4 meses utilizando 3 a 5 camiones y equipo de apoyo para su carguío. El tiempo total de la operación será de entre 7 a 10 meses.

c) Depósito de Relaves Los Diques

En la fase de construcción se considera la implementación de los elementos y obras necesarias para la puesta en marcha del proceso de operación, contemplando las siguientes obras: • Construcción del muro de contención fase 0 del depósito (parte integral del muro Principal) • Construcción del sistema de transporte y distribución de relaves • Construcción del sistema de captación y recirculación de aguas • Cierre anticipado del relleno sanitario • Implementación de instrumentación geotécnica

Para llevar a cabo la construcción del depósito de relaves se contará con 3 frentes de trabajo: un frente en la construcción del muro de contención fase 0 del depósito, uno para el sistema colector de infiltraciones, y un último frente para la construcción del sistema de transporte y distribución de relaves.

i) Construcción del muro de contención fase 0 del depósito de relaves El nuevo depósito de relaves Los Diques estará conformado por un muro Principal, muro Norte y muro Sur, los cuales presentarán un crecimiento sostenido de acuerdo al plan de operación del depósito. En la fase de construcción se contempla implementar sólo parte del muro Principal, la que corresponde al muro de muro de contención fase 0 del depósito, el cual será construido con el método aguas abajo, principalmente utilizando material de enrocado proveniente del estéril de las operaciones de la mina. No obstante lo anterior en Adenda 1, el Titular indicó que se adelantará la implementación de la primera etapa de la cortina de inyecciones (y obras asociadas) en el sector del Muro de Contención Sur como parte de la fase de construcción. Las coordenadas de ubicación del muro fase 0 se muestran en la Tabla 1.5-1 del EIA. El muro tendrá una cota de coronamiento de 773 m.s.n.m., altura aproximada de 56 m y un ancho mínimo de coronamiento de 61,5 m, el cual será utilizado como acceso para los requerimientos de construcción y posteriormente de operación. Los taludes aguas arriba y aguas abajo del muro serán de 2H:1V y 1,5H:1V, respectivamente (ver Figura 1.5-1 y Figura 1.5-2 del EIA). De acuerdo a sus características físico-químicas, los materiales estériles a utilizar poseen un bajo potencial de drenaje ácido (DAR). Mayor información se encuentra en Anexo 1-C del EIA ―Resultados Caracterización Geoquímica‖. La Figura 1.5-3 del EIA muestra un esquema de la sección transversal donde se identifican las zonas definidas para el muro de contención fase 0 del depósito de relaves Los Diques. La zona principal del muro fase 0 (zona 3) será construida por aproximadamente 5,3 Mm3 de material estéril proveniente de la extracción de la mina, el que será dispuesto en capas de 1 m que serán compactadas con rodillos vibratorios. Las otras zonas del muro corresponden a las zonas de transición y filtro (zona 1, 1A y 2) y se componen 27

principalmente por material aluvial/Gravas Atacama o estériles de la mina (aproximadamente 0,9 Mm3) con diferentes niveles de procesamiento extraídas dentro de los límites del depósito de relaves. Dichas zonas serán construidas en capas de 0,3 m y compactadas con rodillos vibratorios, a excepción del caso que el material estéril sea usado como Zona 1, el cual sería colocado de forma similar a la Zona 3.

ii) Sistema de Transporte y Distribución de Relaves El nuevo depósito de relaves Los Diques contempla la instalación de un sistema de transporte y distribución de relaves, cuyo límite de batería comienza aguas abajo del enlace hidráulico. En la fase de construcción de este sistema se contempla la disposición sobre el terreno de la tubería principal ―Línea de distribución de relaves Oriente‖, la cual conduce los relaves hacia el coronamiento del muro y sector sur de la cubeta de relaves, para lo cual se preparará una cama de arena para disponer las tuberías (ver Figura 1.5-4 del EIA). La instalación y montaje de las tuberías y los spigots sobre el muro principal se realizará utilizando el camino de servicio construido en el ancho de coronamiento del muro. Previo a la instalación propiamente tal de las tuberías, válvulas y fittings, estas serán descargadas desde un camión y serán dispuestas sobre el terreno natural para ser soldadas y realizar las pruebas necesarias para asegurar su hermeticidad. Por otra parte, la piscina de emergencia, localizada en el punto bajo de la línea oriente, serán excavadas y cubiertas con geomembrana para evitar las infiltraciones. De ser implementada, la piscina de emergencia correspondiente a la línea poniente seria construida de forma similar a la piscina de emergencia de la línea oriente.

iii) Sistema de Captación y Recirculación de Aguas Se contempla la construcción de 2 sistemas de captación para recircular las aguas a la planta concentradora de Candelaria, los que corresponden a:  Sistema de captación y recirculación de aguas claras desde la laguna del depósito El sistema se captación y recirculación de aguas claras será implementado en la fase de operación del Proyecto, y estará conformado principalmente por bombas centrífugas dispuestas en balsas que permitirán la recuperación de aguas claras de la laguna del depósito. La tubería se dispondrá por el perímetro norte del depósito de relaves desde las balsas a un estanque intermedio de almacenamiento, ubicado en un punto alto en el estribo izquierdo del muro, y desde ese punto serán conducidas hasta el estanque TK-30, utilizando una tubería de HDPE de 560 mm de diámetro y de aproximadamente 3,7 km de largo. Las tuberías, válvulas y fittings serán descargadas del camión y dispuestas sobre el terreno natural a un costado del camino de servicio. En tanto, el estanque intermedio de 100 m3 será prefabricado e instalado sobre radier.

 Sistema de captación y recirculación de las filtraciones La principal actividad que se contempla realizar en la construcción del sistema colector de filtraciones (SCS), que se ubicará aproximadamente 500 m aguas abajo del muro principal del depósito de relaves Los Diques, corresponde a la excavación de una zanja e implementación de un dren vertical y muro corta fugas, desarrollando las siguientes acciones: - Preparación y despeje del terreno: nivelación de la superficie para la plataforma de trabajo y preparación de acceso de excavadoras, equipos de transporte para el material común y montaje. - Excavaciones para la preparación y nivelación del fondo de la zanja hasta alcanzar una cota estimada de 668 m.s.n.m. - Excavación y relleno del dren vertical (desde el fondo de la zanja). - Instalación de pozos de extracción. - Construcción de muro corta fugas de cemento-bentonita (CB). - Instalación de revestimiento ―inicial‖ de geomembrana.

Dentro del dren vertical se instalarán un total de 5 pozos de extracción con sus tuberías de succión correspondientes, para lo cual se realizarán perforaciones que tendrán un diámetro aproximado de 50 cm, instalando un encamisado que poseerá una criba de acero inoxidable localizada en la parte inferior del pozo, la que se extenderá desde la parte superior de la criba hasta aproximadamente 1 m por encima de la superficie del terreno. Adicionalmente se construirán 3 pozos de extracción en roca y 8 pozos de monitoreo operacional. La instalación de la tubería de HDPE por donde se bombeará el agua desde los pozos será instalada en su mayor longitud sobre el terreno hasta el tanque existente TK-30. En forma paralela y aguas abajo del dren vertical, se construirá un muro de cemento- bentonita (CB). El muro CB será excavado en forma de zanja vertical y se extenderá desde la base de la zanja del SCS (a partir de la cota 668 m.s.n.m.) hasta la parte superior de la roca meteorizada/fracturada para una profundidad máxima aproximada de 17 m. El muro CB se construirá usando medios y métodos de construcción convencionales para este tipo de instalaciones.

iv) Cierre Anticipado Relleno Sanitario El titular cuenta con un área de disposición de residuos no peligrosos (domiciliarios e industriales), el cual posee una autorización sanitaria del año 1993 y un plan de adecuación del año 2009 que establece con precisión las condiciones para el cierre final. Estas actividades de cierre consisten básicamente en cobertura (60 cm de suelo de baja 28

permeabilidad), manejo de aguas lluvia y monitoreo posterior, las que responden a los requerimientos del Reglamento de Rellenos Sanitarios (D.S. 189/05). Como parte de la habilitación del nuevo depósito de relaves Los Diques, se contempla el cierre anticipado del relleno sanitario en cumplimiento con las condiciones establecidas en el D.S. 189/05 y autorizado mediante Resolución 2733 de la SEREMI de Salud de Atacama del año 2010.

• Actividades de Mejoramiento: Previo a las actividades de cierre propiamente tal, se realizará un levantamiento topográfico y se contará con un adecuado sistema de control de acceso al lugar. Se realizará un control de superficie, eliminando las grietas existentes en algunos sectores, para dar paso a las obras específicas del cierre.

• Nivelación y Perfilamiento de la Superficie: Para garantizar un drenaje de eventuales aguas e impedir su infiltración se realizará una nivelación o perfilamiento de la superficie de manera que la pendiente mínima sea aproximadamente del 2% en toda el área.

• Cobertura Superficial: El actual material de cobertura con el que cuenta el relleno sanitario es de aproximadamente 60 cm, con una permeabilidad baja de entre 10-4 y 10-5 cm/s. Para garantizar el cumplimiento de la normativa vigente, se contempla una cobertura final adicional a la ya señalada, la que tendrá las siguientes características: - Capa de 30 cm de espesor de un material con una permeabilidad inferior o igual a 10-5 cm/s, o su equivalente cumpliendo con los establecido en letra a) Art. 54 D.S. 189/08; - Pendiente mayor o igual a 2% en todos sus sectores, en cumplimiento con el Art.17 D.S. 189/08; - Capa de 10 cm de espesor adicionales, de material granular mayor que cumpla la función de drenaje, permitiendo el escurrimiento de las eventuales aguas lluvia hacia sectores aledaños al relleno (letra c) Art. 54 D.S. 189/08).

• Manejo de Aguas Se realizará un mejoramiento y mantención de los sistemas de desvío de aguas lluvia que permitan asegurar, durante el periodo de llenado del depósito de relaves Los Diques, que las escorrentías no ingresen al sector con depósitos de residuos. Posteriormente, cuando el relleno sanitario esté cubierto por el depósito de relaves, las potenciales infiltraciones serán captadas por el sistema de captación y recirculación de las filtraciones descrito en el punto anterior.

• Retiro de Infraestructura: Corresponde al retiro del patio de salvataje que se encuentra en el área, mientras que el cerco y señalética del Sector B se retirarán en el momento en que el depósito de relaves avance hacia los sectores intervenidos.

v) Implementación de Instrumentación Geotécnica En la fase de construcción se contempla la implementación de instrumentos geotécnicos que permitirán monitorear las variaciones en los niveles de agua, eventuales desplazamientos del enrocado del muro de contención fase 0 del depósito de relaves Los Diques y movimientos sísmicos. En el muro se instalarán los siguientes instrumentos: - 2 acelerómetros - 5 monolitos de inspección - 3 piezómetros tipo Casagrande - 6 piezómetros de cuerda vibrante

Además, aguas abajo de la configuración final del muro Principal se instalarán 2 acelerómetros (uno el basamento y el otro en terreno de material aluvial).

d) Edificios, Instalaciones Auxiliares y Caminos

Previo al inicio de la construcción de las obras del Proyecto en el Área Mina, se contempla la realización de actividades de instalación de faenas y la preparación de caminos de servicio. Además, se contempla la construcción de la reubicación de los tramos de las líneas eléctricas y de la Ruta C-397, los cuales son descritos a continuación.

i) Instalación de faenas Se contempla una instalación de faenas dentro de la propiedad del titular, en una zona ubicada aguas abajo del muro del depósito de relaves Los Diques. La instalación contará con baños, comedores y casa de cambio. Las aguas servidas serán dispuestas por empresas autorizadas.

ii) Caminos de servicio 29

El Proyecto contempla la habilitación de caminos de servicio alrededor del perímetro del depósito de relaves, los cuales permitirán el traslado e instalación de la tubería que será utilizada en la construcción de los sistemas de transporte y distribución de relaves, y del sistema de recuperación de aguas.

iii) Reubicación parcial líneas de distribución de energía eléctrica • Fundaciones para estructuras: Se procederá a la preparación y limpieza del terreno donde se emplazará cada poste, lo que consistirá principalmente en la remoción de terreno y material superficial (piedras u otros), en una superficie estimada de 12 m2. • Montaje de las estructuras: Una vez construidas las fundaciones de las estructuras se procederá su montaje considerando actividades como el almacenamiento, clasificación y transporte de las piezas y equipos necesarios. Los elementos y estructuras se transportarán en camiones a cada sitio de emplazamiento de los postes, donde se procederá a su montaje con la ayuda de equipo de izamiento. • Puesta a tierra de las estructuras: En cada estructura de alta tensión se instalará un electrodo de puesta a tierra consistente en una placa de acero incorporada a la estructura, la cual se suelda a un electrodo de puesta a tierra construido al pie de cada estructura. • Instalación de los conductores en las estructuras: Se considera la instalación de conductores, cuyo procedimiento de montaje corresponde al método estándar de líneas eléctricas. Terminado el montaje de las estructuras se dará inicio a la instalación y tendido de los conductores de fases, y una vez que el conductor se haya instalado entre dos estructuras de anclaje, se procederá a tensarlo hasta la tensión de diseño. Finalmente, se fijarán mecánicamente los conductores a las cadenas de suspensión y de anclaje. • Conexión y pruebas de energización: Se realizarán pruebas y actividades de puesta en marcha previas a la energización de la línea. Se verificará continuidad de fases, niveles de aislamiento de los cables de fases con respecto de tierra, secuencia de fases, etc.

iv) Reubicación y modificación Ruta C397 – Túneles La reubicación de la Ruta C-397 considera actividades de preparación del terreno y escarpe, nivelación de la superficie, movimientos de tierra (excavaciones en roca y material común), conformación de terraplenes, compactación de la superficie y la aplicación de un acondicionador por una longitud aproximada de 7,2 km, correspondientes a los 2 tramos de su trazado que se reubicará. La carpeta de rodado será granular con material de empréstito y estabilizada con bischofita u otro similar de aproximadamente 60 kg/m3. Los anchos de calzada y plataforma serán: • Ancho de calzada: 7 m, 2 pistas de 3,5 m cada una. • Bermas y borde traspasable: 2 m a cada lado, tanto para corte como para terraplenes. • Cunetas: 0,5 m en zonas de corte. • Ancho total de calzada: 11 m para plataforma en terraplén, 12 m para sectores de corte cerrado y 11,5 m para sectores mixtos.

Es importante mencionar que durante la construcción de la reubicación de los tramos de esta ruta no se realizarán cortes de tránsito, ya que se considera hacer un desvío para no interrumpir el tránsito de vehículos. Por su parte, la construcción del túnel en la Ruta C-397, se realizará con un terraplén de contención de suelo reforzado hasta alcanzar una altura estimada de 2,7 m por sobre la clave del túnel, sobre el cual se desplazarán los camiones mineros de un lado a otro del depósito de estériles Norte. Este paso sobre el terraplén contempla bermas de 6,4 m y una barrera de protección de 3 m de altura conformada por neumáticos, los cuales evitarán caídas de elementos que pudieran obstaculizar las entradas y salidas de los túneles. Finalmente, tanto en los tramos reubicados de la ruta como en el túnel, se instalará la señalética que corresponda de manera que su habilitación sea de un estándar igual o superior al trazado existente. En la siguiente Figura 1-44 del Adenda 1 se presentan los trazados de la reubicación y modificación de la Ruta C397. Por su parte, los excedentes del movimiento de tierra que se producirán producto de la construcción de la reubicación de esta ruta, serán reutilizados como rellenos de plataformas y nivelación de esta misma obra, por tanto, no se generarán excedentes que afecten nuevas superficies. v) Patios de residuos industriales comerciables Tal como se ha mencionado anteriormente, en la fase de construcción del Proyecto se contempla la reubicación de los patios de almacenamiento de residuos industriales comerciables, debido a la configuración del depósito de relaves Los Diques. En esta fase se deberá retirar la infraestructura existente, tales como cerco y señalética de manera de reinstalarla en la nueva ubicación de los patios. El área de almacenamiento de residuos industriales comerciables tendrá características similares a los actualmente en uso (descritas en Caso Base), entre ellas, un cierre perimetral de a lo menos 1,80 m de altura y un portón de acceso, con candando, para controlar el ingreso al mismo.

4.2.2.1.2 Área Obras Lineales

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a) Acueducto Sector Bodega – Candelaria

El Proyecto contempla la instalación de una tubería de conducción de agua paralela al acueducto Sector Bodega - Candelaria, además de la ampliación de la estación de bombeo del Sector Bodega de 500 L/s a 1.000 L/s, para lo cual se contemplan las siguientes actividades en fase de construcción: i) Instalación de faenas Se contempla una instalación de faenas en el Sector Bodega. Durante la construcción existirán 2 frentes de trabajo hasta donde serán transportados diariamente los trabajadores, no necesitando alojamiento en el lugar de la obra. Los frentes de trabajo serán desmantelados en conjunto con otras instalaciones de construcción, una vez finalizada esta fase. Cabe precisar que la instalación de faenas a utilizar por el proyecto consiste en un área intervenida, la cual corresponde al sector que fue utilizado como instalación de faenas del proyecto original Acueducto Bodega-Candelaria, aprobado mediante Res. Ex. N°273, de fecha 01/09/2013. Este sector, además, corresponde al mismo utilizado por el Proyecto Planta Desalinizadora Candelaria, aprobado mediante Res. Ex. N° 129, de fecha 17/06/2011. Conforme a lo anterior, cabe destacar que la instalación de faenas y frentes de trabajo no se ubicarán en áreas con presencia de especies en categoría de conservación, a saber: Pyrrhocactus confinis, Cumulopuntia sphaerica y Copiapoa megarhiza. Respecto al manejo de tierras en laderas con pendientes elevadas, en particular para excavaciones del acueducto, este manejo se ejecutará de acuerdo a los lineamientos constructivos y consideraciones de seguridad, cotas y topografía del área, considerando las pendientes, rasantes y dimensiones de la excavación, entre otros, considerados en el proyecto de ingeniería y en terreno con el inspector técnico de obra. El movimiento de tierra, solo considera corte de laderas en lugares que no exista espacio suficiente para la instalación de la tubería, ya que en gran parte del acueducto, este se ubicará al lado del acueducto actual, al igual que el camino de servicio, se utilizará el existente de manera de minimizar la afectación de nuevas superficies.

ii) Construcción Acueducto Sector Bodega – Candelaria La construcción de la tubería de conducción de agua desde el Sector Bodega hasta Candelaria, se realizará considerando la topografía y condiciones específicas definidas por la ingeniería del proyecto. Para ello se contempla una franja de trabajo de 5 m a cada lado del eje (10 m en total). La instalación de la tubería se realizará mayoritariamente de forma subterránea e irá emplazada dentro de una zanja. Para ello se considera la excavación de una zanja que permitirá montar la cañería a una profundidad de 1,5 m. Para la ejecución de los movimientos de tierra (acceso) se utilizarán los caminos existentes y en aquellos sectores que no se cuenta con acceso se construirá caminos provisorios. Además, se construirá una plataforma en la que se apoyará la tubería en forma paralela a los caminos existentes. El Proyecto considerará intervenir una franja de un ancho variable y suficiente, no superior a 7 m, para albergar el camino de construcción y el material extraído de la zanja.

De acuerdo a las prácticas realizadas por el Titular y como medida general del Proyecto, durante la fase de construcción se almacenará cuidadosamente los primeros 25-30 cm de suelo para volver a utilizarlo para cubrir la excavación. De esta manera no se perderá la riqueza de las semillas que normalmente forman parte del banco de semillas y bulbos de la formación del desierto florido. Una vez instalada la tubería es preciso realizar la unión o soldadura e inspección general del sistema. De esta manera será posible dar inicio a la fase de operación con los estándares de seguridad requeridos. Para esta fase de construcción se consideran principalmente las siguientes etapas: instalación de la tubería, soldadura y prueba de radiografía (rayos X). Por último se llevará a cabo el relleno de la zanja con el material que fue obtenido directamente de su excavación. La depositación del material debe ser tal que las capas finas sean agregadas primero para proteger el revestimiento externo de la tubería y luego completar con el relleno de la misma excavación. Antes de que la tubería y zanja queden completamente tapadas, se llevarán a cabo las pruebas de hermeticidad del ducto, dentro de las cuales se contempla: llenado de la tubería, presurización, localización y reparación de posibles fugas y desagüe de la tubería en los puntos de drenaje. Debido a lo anterior, las uniones quedarán descubiertas para poder realizar la inspección visual. Finalmente se procederá a cubrir completamente la zanja y posteriormente a la compactación. Se procurará la eliminación de los restos de materiales y tierra producto de las labores de instalación dejando la superficie con características similares al terreno circundante. Complementario a la tubería se ampliará la capacidad del sistema de impulsión existente, adicionando 2 trenes a la estación de bombas centrífugas horizontales multietapas conectadas en paralelo, en la misma área de la actual estación de bombeo ubicada en el Sector Bodega.

4.2.2.1.3 Área Puerto

El Área Puerto sólo contempla la extensión de la vida útil de sus operaciones, por lo tanto, no se contemplan obras en la fase de construcción del Proyecto tanto en el puerto de embarque como en la planta desalinizadora. La descripción de estas operaciones se mantiene de acuerdo a lo indicado precedentemente en el Caso Base. 31

De todas las actividades antes señaladas para la etapa de construcción, y según lo presentado por el Titular en Adenda N°3, estas serán desarrrolladas entre los años 2015 y 2017. La Tabla 1-27 del Adenda 3 muestra el cronograma de actividades para la fase de construcción del proyecto, donde se observa que durante el año 2016 existen actividades de construcción en paralelo en todas las áreas. La actividad de mayor duración corresponde a la construcción del Depósito de Relave Los Diques, que comienza el año 2016 y finaliza el año 2017.

4.2.2.1.4 Insumos

a) Agua Industrial y Potable

Los requerimientos de agua industrial que será utilizada para las actividades de construcción se han estimado en una cantidad de entre 200 y 300 m3/día, la que será utilizada para la preparación de hormigones, control de polvo, aseo, servicios sanitarios, entre otros. La principal fuente de abastecimiento de agua industrial proviene del mismo proceso de CCMC, derivadas de los sistemas de captación de infiltraciones del depósito de relaves, además del sistema de abastecimiento de la Planta Desalinizadora y de las aguas servidas tratadas de Aguas Chañar.

El agua potable para abastecer en esta fase a la instalación de faenas y frentes de trabajo, será adquirida desde fuentes que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes, y transportada en camiones aljibes autorizados para estos efectos. El agua potable será recepcionada en estanques y distribuida conforme a las autorizaciones sanitarias correspondientes. El agua para bebida en los frentes de trabajo se suministrará mediante dispensadores y botellas individuales. Se ha considerado que para la dotación máxima de aproximadamente 1.200 trabajadores por turno, con un consumo de 100 L/persona/día, los requerimientos de consumo de agua potable serán de alrededor de 120 m3/día. Se informará a la Superintendencia del Medio Ambiente la fuente de abastecimiento de agua potable, una vez obtenida la resolución de calificación ambiental.

La cantidad actual, caso base de agua tratada en la Planta de Osmosis Inversa de Candelaria es, en promedio, 5 L/s, para generar entre 2,5 a 3 L/s de agua potable para el consumo humano, y su fuente de abastecimiento son los pozos de agua subterránea ubicados en el sector 4 del Valle del Rio Copiapó. La situación de consumo de agua potable proyectada a futuro no varía, vale decir, continuará siendo la misma que la actual. La Planta de Tratamiento de Osmosis Inversa ubicada en Minera Candelaria se utiliza solo para obtener agua potable para consumo humano según indicado en el párrafo anterior. Esta Planta continuará en operación hasta que se produzca la conexión al sistema de suministro público de agua potable. Una vez conectados a la red pública de agua potable, esta Planta se operará solamente cuando se interrumpa el suministro de agua desde la red pública. El hito que marcará el inicio de uso de la nueva fuente será la conexión al sistema de distribución pública de agua potable, lo que será coordinado con la empresa de agua sanitaria respectiva.

En Adenda N°2, respecto de la construcción de las conexiones al sistema de distribución pública de agua potable local, el Titular indicó que esta línea de tubería para agua potable, comenzará desde una matriz de Aguas Chañar ubicada en la avenida Miguel Lemeur de Tierra Amarilla, con una tubería de 110 mm hasta estanque TK-036 ubicado en el sector Alcaparrosa de CCMC, será de HDPE Φ 110 mm, PE100, PN10, cuyo trazado completo se detalla en el plano planta 5M1115466-130-M-001 Rev.0 Plano Planta.pdf y en los perfiles longitudinales 5M1115466-130-M-002 rev.0 Perfil Tramo 1.pdf y 5M1115466-130-M-003 Rev.0 Perfil Tramo 2.pdf (se adjuntan en el Anexo 4 PAS 106 Obras Regularización cauces, Apéndice 1 Planos del adenda 2). Se incluye también archivo en kmz Tubería HDPE 110mm.kmz (se adjunta en el Apéndice 2 del Adenda Archivo kmz). El primer tramo de tubería, atraviesa el sector poblacional desde el terreno de Ojos del Salado en la Avenida Miguel Lemeur, hasta cruzar la avenida Margarita Rocco, por el interior de una tubería subterránea existente de PVC de Φ 10‖ (encamisado). Entre la calzada de la Avenida Margarita Rocco y la defensa fluvial del Río Copiapó, se construirá una cámara de válvula. Posteriormente la tubería de agua potable cruza el Río Copiapó en forma subterránea. En el sector del Río Copiapó se excavará una zanja para soterrar la tubería, cuyo trazado cruza la defensa fluvial existente y el lecho del Río Copiapó. Después del atravieso del río la tubería cruza el Canal Mal Paso en forma aérea, por el interior de una tubería existente de acero 10‖. Luego la tubería continúa enterrada a lo largo del camino de servicio del canal Mal Paso, para lo cual se está solicitando una Servidumbre. Finalmente al llegar a terrenos de Minera Candelaria, la tubería continúa enterrada hasta el estanque TK-036.

La empresa Aguas Chañar otorgó la factibilidad para conectarse en la avenida Miguel Lemeur, según Certificado de Factibilidad N°165/14 (se adjunta archivo Certif Factibilidad Nº 165-14.pdf, en el Apéndice 3 Certificado Factibilidad).

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Los tiempos asociados a las obras incluidas en el tramo comprendido entre la cámara de Margarita Rocco y el atravieso del Canal Mal Paso, se detallan en el Programa de Obras en atravieso soterrado Río Copiapó (se adjunta archivo Programa Atravieso.pdf en el Apéndice 4 del Adenda 2 Programa atravieso obras). El tiempo estimado para excavar y tapar la zanja del atravieso del río, es de aproximadamente una semana para el tramo de la defensa fluvial y una semana para el tramo del lecho del río, pudiendo haber un periodo de desfase sin obras de excavación entre ambos tramos. Antes y después de estas excavaciones habrá trabajos de preparación y de terminaciones en el sector del atravieso del río, extendiendo el tiempo de las obras a dos semanas. Las medidas de control asociadas a las emisiones de material particulado están relacionadas con humectación en el área a intervenir y movimiento de material.

b) Energía

La energía eléctrica requerida para la fase de construcción se ha estimado en 1 MW y será abastecida a través de la red eléctrica que actualmente posee el titular. Para aquellas actividades de construcción que se desarrollen en áreas en las que no sea posible este suministro se utilizarán equipos generadores portátiles.

Se estima que se utilizarían entre 10 y 20 generadores eléctricos durante la fase de construcción. Cabe mencionar que el lugar de instalación quedara dentro del área evaluada para el proyecto Candelaria 2030. La cantidad de combustible para la utilización de dichos generadores ha sido considerada como parte del EIA Candelaria 2030, y se estima en total dentro del rango de 1.400.000 a 1.600.000 litros para la etapa de obras de inversión inicial.

c) Combustible

En la fase de construcción, el combustible principal que se utilizará será petróleo diésel para la operación de camiones y maquinarias de construcción, así como para los grupos generadores, además de gasolina para los vehículos livianos. El consumo promedio estimado de combustible durante esta fase es de 2.000 m3/mes. Parte del abastecimiento de combustible en este sector será a través de las estaciones de servicio con las que ya cuenta el titular. Estas estaciones se encuentran inscritas como servicio externo de acuerdo a las regulaciones vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Para el funcionamiento de las maquinarias de movimiento de tierra y montaje, se contempla el abastecimiento de combustible en terreno vía camiones estanques debidamente autorizados. En el caso de algunos contratistas el abastecimiento será externo. El Proyecto ha considerado el consumo de combustible hacia los generadores eléctricos utilizados en la etapa de construcción y/o operación. El procedimiento a utilizar en terreno para el abastecimiento de combustible será mediante el transporte del mismo vía camiones estanques, los cuales descargaran el combustible en áreas designadas para este propósito, equipadas con estanques y sistemas de control de derrame.

d) Explosivos

Los explosivos se utilizarán para la fragmentación de la roca sólida de ser encontrada en las obras de reubicación de la Ruta C-397 y en posibles cortes y excavaciones masivas de plataformas, pista y/o zanjas del Proyecto, los cuales serán manipulados y utilizados por personal especializado y certificado. El transporte de este material será en cajas selladas, resistente a las deformaciones, indicando el tipo de explosivo y su peso neto. Su consumo para esta fase del Proyecto se ha estimado en 10 ton/mes. Los trabajos serán efectuados respetando lo señalado en la Ley N° 17.798 sobre el control de armas, explosivos y productos químicos, como también el Decreto Supremo Nº 807 del 02/11/73 sobre licencias especiales para personas que manejen explosivos. Se realizarán 75 tronaduras sólo en horarios diurnos, de acuerdo a la legislación vigente y sólo un evento diario. El proceso de construcción demorará 1 año, sólo se tendrán 75 días estimados en que se efectuarán tronaduras durante ese año (aproximadamente el 20 % del tiempo). Complementando lo anteriormente señalado, se indica que las etapas en las cuales se propone modificar la ruta C-397 son las siguientes:  Tramos 1 (km 7.150 – km 12.600) será construido después de la obtención de la RCA y que Vialidad apruebe el proyecto respectivo mediante resolución, estimado entre 2015 y 2016.  Tramo 2 (km 13.600 - km 15.300) será construido antes o durante el 2017, de acuerdo al desarrollo del plan minero. Además, Minera Candelaria transferirá en dominio al Fisco de Chile, la faja de terreno que siendo de propiedad de Minera Candelaria, comprenda u ocupe materialmente la Ruta C-397, en forma definitiva o final, esto es, una vez que concluyan las modificaciones del mismo necesarias para el pleno desarrollo del Proyecto., asegurando, a su vez, durante todo este proceso, el libre tránsito permanente del resto de los usuarios. 33

e) Materiales, Maquinaria y Equipos

Durante la fase de construcción se requerirá del suministro de materiales de construcción como acero estructural, cañerías de acero y de HDPE, equipos mecánicos, equipos eléctricos, materiales de instrumentación y hormigón, entre otros. El transporte de los materiales será en camiones de acuerdo a la normativa vigente. Por su parte, para la construcción de las líneas eléctricas los principales materiales requeridos son estructuras metálicas (torres), conductor de fase, cable guardia, aisladores, conjuntos de aislación y ferretería, anclaje para postes y puesta a tierra. Durante la fase de construcción se requerirá de equipos y maquinarias para las labores de movimientos de tierra, carga de materiales y montaje de la infraestructura. En la tabla 1.5-2 del EIA se indicó la maquinaria que se utilizará en esta fase y una estimación de su cantidad en los meses de máxima actividad.

f) Transporte

Durante la fase de construcción se requerirá transportar materiales de construcción, insumos y personal, entre otros. Como medios de transporte se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. El transporte del personal se realizará mediante buses a cargo de una empresa, la cual contará con todos los elementos de seguridad y cumplirá con las disposiciones sobre el transporte de pasajeros. Por otro lado, los camiones que se utilizarán para el transporte se ajustarán a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. En caso de que algunos equipos requieran transporte especial debido a que sus dimensiones y/o pesos excedan los límites permitidos, CCMC o el contratista responsable solicitarán a la Dirección de Vialidad las respectivas autorizaciones según Resolución 1/95 y Decreto Supremo 19/84. La Tabla 1.5-3 del EIA muestra el número máximo de vehículos asociados a la fase de construcción (viajes sólo de ida), en el área del Proyecto. En Adenda 1 en las tablas del Anexo 14 se indica el detalle de las rutas que se utilizarán para cada etapa del proyecto y según el uso de cada una de ellas en función de las actividades de transporte del proyecto. En complemento a lo anteriormente, en Anexo 4 del Adenda 1, se entregan las láminas 3945-1000-CA-LAM-007, 3945-1000-CA-LAM-008 y 3945-1000-CA-LAM-009 que muestra el conjunto de caminos utilizados por el proyecto.

4.2.2.1.5 Residuos Sólidos

En la siguiente tabla se presenta una estimación cualitativa y cuantitativa de los residuos peligrosos y no peligrosos a generarse durante la fase de construcción del Proyecto. Además, en la misma tabla se indica el manejo para cada tipo de residuos

Descripción Estimación Cuantitativa Manejo Residuos Domésticos Restos de comida, envases, y envoltorios de comidas, papeles, desechos de artículos de aseo personal, entre otros. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados durante la fase de construcción del Proyecto, será variable y dependerá principalmente del número de trabajadores presentes en la faena. Se estima un factor de generación de 0,8 kg/trabajador/día, considerando el momento de mayor actividad y ocupación durante esta fase. 40 ton/mes Para su manejo, los residuos sólidos domésticos serán recolectados desde las diferentes áreas de construcción a través de contenedores provistos de cubierta (tapa) especialmente demarcados y habilitados. Luego serán transportados en camiones cerrados hacia el relleno sanitario autorizado ―El Chulo‖, ubicado unos 30 kilómetros hacia el noreste de las instalaciones de CCMC para su disposición final. 34

Residuos No Residuos Industriales Los residuos industriales sólidos no peligrosos consistirán básicamente en estructuras

metálicas, descartes,

maderas, escombros, pallets, gomas, vidrios, chatarras y elementos similares.

Corresponden principalmente a residuos de la construcción. 18 ton/mes Para su manejo se dispondrán contenedores en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente y trasladados a un patio de salvataje, donde serán clasificados de acuerdo a la posibilidad de reutilización, según lo establecido en el Manual de Buenas Prácticas Ambientales internas de CCMC. Los residuos que presenten valor comercial podrán ser retirados por empresas de reciclaje de materiales, en tanto que aquellos residuos que no presenten valor comercial serán enviados directamente a un sitio de disposición final autorizado. Residuos Peligrosos Residuos Peligrosos Los residuos peligrosos que se generarán, consistirán principalmente en aceites y lubricantes usados, envases contaminados, restos de pinturas y solventes, baterías, entre otros. 2 ton/mes De acuerdo a su manejo, los residuos industriales peligrosos serán llevados diariamente al sitio de tránsito5, y periódicamente enviados a los patios6 de almacenamiento temporal para su disposición final por empresas autorizadas, todo lo anterior en concordancia con lo establecido en el D.S. N° 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Estos sitios están concebidos para almacenar los residuos peligrosos generados dentro de las instalaciones de CCMC por un periodo de tiempo determinado que no exceda los 6 meses establecido en el Reglamento, para su posterior traslado a una instalación de eliminación autorizada. Por otra parte, CCMC cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos cuyo propósito es regular el manejo de residuos peligrosos generados por las instalaciones de CCMC, basado en el cumplimiento de la normativa aplicable y los compromisos contraídos por la compañía ante el Servicio de Salud de Atacama. Adicionalmente, este Plan regula el almacenamiento de aceites usados el que se realiza en los Estanques de Aceites Usados cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 1077 con fecha 27 de Agosto de 2003, del Servicio de Salud de Atacama, bajo el proyecto ―Mejoramiento Sector Aceites Nuevos y usados y microfiltrado de Lubricantes‖, el que se describe en Adenda 3. Se presentará a la SEREMI de Salud Atacama, los antecedentes necesarios para la regularización del proyecto de acuerdo al D.S. 148/03.

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4.2.2.1.6 Residuos Líquidos

a) Aguas Servidas

Durante la fase de construcción en el Área Mina se generarán aproximadamente 54 m3/día de aguas servidas como promedio, y 96 m3/día como máximo, considerando una dotación promedio de 670 personas, un máximo de 1.200 trabajadores y una tasa de generación de 80 L/hab/día, que se obtiene al aplicar un factor de aguas servidas de 0,8 al consumo de agua potable7 (considerando un abastecimiento de 100 L/hab/día). Para el manejo de estos residuos se implementará un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo colector con estanque sellado y enterrado. Las aguas servidas (aguas y lodos) serán retiradas periódicamente por camiones autorizados al efecto desde las fosas y enviadas a las plantas de tratamiento de aguas servidas autorizadas más cercanas y los lodos a disposición final en plantas de tratamiento autorizadas por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. Una vez finalizada la fase de construcción, dichas instalaciones serán removidas. A su vez, para el manejo de las aguas servidas generadas en los frentes de trabajo del Área Obras Líneas, se utilizarán baños químicos cuya instalación, operación y limpieza será encargada a alguna empresa externa especializada y autorizada que preste este tipo de servicio, y que esté debidamente autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Atacama. La cantidad y localización de baños químicos en la faena estará conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 594/99 del Ministerio de Salud.

b) Residuos Industriales Líquidos

El Proyecto no generará residuos líquidos industriales asociados a las actividades de construcción.

4.2.3 Etapa de Operación

4.2.3.1 Área Mina

Tal como se mencionó anteriormente, en el Área Mina se contempla la continuación de las operaciones actuales, extendiendo la vida útil de todas sus instalaciones e incluyendo nuevas obras y actividades.

Las estimaciones de las reservas minerales realizadas con el modelo de recursos de la faena minera dan origen al Plan Minero a Largo Plazo, el cual se resume en la Tabla 1.6-1 del EIA. En adenda Tabla 1-26 se indicó que el año 2020 corresponde al de mayor movimiento de mineral llegando a 295.349 ktpd.

a) Mina a Rajo Abierto y Subterránea

El depósito cuprífero seguirá siendo explotado mediante el método convencional a rajo abierto y subterráneo de acuerdo a lo indicado en el Caso Base. Se contempla mantener la tasa de extracción ambientalmente aprobada de 320.000 tpd, de las cuales aproximadamente 75.600 tpd, como promedio, corresponderán a mineral sulfurado y el resto a material estéril.

Durante la operación se mantendrá la explotación minera actual, la que considera las siguientes actividades: • Perforación: la roca será perforada para colocar los explosivos que se emplearán en la tronadura. Los explosivos serán elaborados in situ, por un camión fábrica. • Tronadura: la detonación de los explosivos depositados fragmentará de manera instantánea la roca. Para este procedimiento se evacúa el personal y equipos, y se realiza la tronadura en secuencia, lo que tiene como objetivo disminuir las vibraciones generadas y la obtención de una granulometría adecuada para las etapas de carguío y transporte. Las tronaduras serán realizadas por una empresa especialista en la materia y en horario diurno. • Carguío: con las palas y cargadores frontales se extrae el material tronado y se carga en camiones. • Transporte: camiones mineros transportan el material tronado por caminos especialmente acondicionados, permitiendo el tránsito seguro y acorde a las dimensiones de éstos.

El material extraído será transportado mediante camiones mineros, de acuerdo a sus características, a los siguientes posibles destinos: 

El estéril se transportará hacia los depósitos de estériles. 

El mineral de baja ley será transportado hacia el acopio temporal de minerales de baja ley. 36

El mineral de alta ley será transportado hacia el acopio temporal de minerales de alta ley. 

El mineral sulfurado será transportado hacia el chancador primario.

Por otro lado, se continuará las labores de extracción de la mina subterránea del mismo modo en que fueron descritas en el Caso Base, donde el material será conducido a la superficie en camiones de 30 toneladas y transportados a la planta concentradora para su beneficio. Por su parte, el material estéril será depositado de manera provisoria en un acopio temporal a la salida de la mina subterránea, para luego ser trasladado a un depósito de estériles.

b) Depósitos de Estériles

El Proyecto contempla continuar con las operaciones de los actuales depósitos de estériles de acuerdo a lo establecido en el Caso Base. El material estéril obtenido en la explotación del rajo y la mina subterránea será transportado mediante camiones y dispuesto en los depósitos de estériles actualmente en operación. El Proyecto contempla la ampliación del depósito de estéril Norte y del depósito de estéril Nantoco, aumentando sus superficies en aproximadamente 347 ha respecto de la actual, satisfaciendo de esta manera los requerimientos adicionales del Proyecto, los que serán aproximadamente de 750 millones de toneladas de material estéril. La disposición de material se efectuará mediante el método de volteo de camiones. En este sistema, los materiales volteados al final de las plataformas se acomodarán sobre el talud a su ángulo de reposo. En relación al crecimiento de los depósitos de estériles, es importante mencionar que dado que a la fecha no se ha alcanzado la cota aprobada de 832 m.s.n.m. para el depósito de estéril Norte, CCMC ha realizado una serie de estudios que contemplan una readecuación de 60.000 kton del material a disponer de manera de disminuir la cota a aproximadamente 820 m.s.n.m. en ese sector, con el fin de minimizar los eventuales efectos de sombra que pudieran generarse. Siguiendo en esta línea, la ampliación del depósito de estéril Norte considera un crecimiento hacia el interior del área industrial de la faena minera, reduciendo el efecto de la sombra proyectada de ese sector sobre Tierra Amarilla. Asimismo, el crecimiento del depósito de estéril Nantoco contempla alcanzar una cota máxima de 940 m.s.n.m., la cual se alcanzará sólo en el sector sur de éste, de manera de que en el sector cercano a los viñedos se proyecta una distribución del crecimiento del depósito. Con esta configuración se disminuirá o mantendrá la proyección de la sombra sobre los viñedos de acuerdo a lo aprobado ambientalmente. 37

Tabla: Alturas y cotas de Depósitos Estériles Norte y Nantoco

Obra del Proyecto Altura actual (m.s.n.m.) Altura aprobada (m.s.n.m.) Diferencia de altura año 2030 (m) Rango Cota inicial aproximada (m.s.n.m.) (1) Rango Cota Final 2030 estimada (m.s.n.m.) (2) Comentario Ampliación Depósito de estériles Norte (sector Este) 820 832 48 m (cota final 880-cota aprobada 832 m.s.n.m) 832 (cota aprobada al año 2017) 820 (sector más cercano a Tierra Amarilla)-880 La cota inicial no corresponde al terreno natural dado que esta es una obra existente la cual será ampliada. La cota final de 880 solo se alcanza en la parte ubicada en el sector este del depósito, ya que en el sector más hacia el oeste la cota solo alcanzará 820 m.s.n.m., cota menor que la actualmente aprobada de 832 m.s.n.m. No tiene altura actual, dado que aún no se comienza el llenado del depósito en este sector. Ampliación Depósito de estériles Norte (sector Oeste) 820 832 128 m (cota final 880-cota aprobada 752 m.s.n.m) Cota media del depósito en el sector oeste, 752 880 La cota inicial corresponde al nivel del terreno natural en este sector del depósito de estériles Norte. Ampliación Depósito de estériles

Nantoco (sector norte sobre depósito

existente según Corte A Figura 3) 838 840 40 m (cota final 880 según Corte A-cota aprobada) 840 m.s.n.m) 840 (cota aprobada al año 2017) 880-920 La cota inicial no corresponde al terreno natural dado que esta es una obra existente la cual será ampliada. Ampliación Depósito de estériles

Nantoco (sector sur sobre terreno natural según Corte B Figura 3) 0 840 100 m (cota final 940 según Corte B-cota aprobada 840 m.s.n.m) Cota media del depósito en el sector sur, 836 940 No tiene altura actual, dado que aún no se comienza el llenado del depósito en este sector.

Fuente: Tabla 1-1 del Adenda 3. 38

Además se contempla obras de saneamiento en el área de ampliación del Depósito estéril Norte en la subcuenca El Buitre, las que han sido diseñadas y presentadas en detalle en Adenda N°1 y Adenda N°2. El diseño de las obras asociadas al saneamiento de aguas lluvias del Depósito estériles Norte se ha definido en dos etapas: durante la operación, (cuenca aportante al año 2020), y al cierre del depósito en el año 2030; en dichas etapas se construirá obras correspondientes a sistemas de desvío de aguas lluvias. Durante la operación se propone construir una obra de contención y desvío en el sector del depósito que dará control a estas aguas. Esto consiste en un canal construido en roca y suelo, con las características y pendientes necesarias para desviarlas y éstas sigan su ruta natural hacia el Valle del Río Copiapó (ver Figura 1-43 del Adenda 3).

En relación al sector Subcuenca El Bronce, donde se ubica el Depósito de estériles Nantoco y el nuevo Depósito de Relaves Los Diques, la evaluación de los canales de contorno, detalladas en Adenda 1 y 2, resultó en que las desventajas de desviar la escorrentía generada por la subcuenca sobre el depósito de estériles Nantoco son mayores a las ventajas generadas por el mismo proceso. Dado que la potencial escorrentía tendría que ser conducida hacia otra subcuenca ubicada al Este del área de la mina, la cual tendría como punto de descarga un viñedo de uvas de mesa de exportación existente en el valle Nantoco (ver Figura 1-44 del Adenda 3), con las consecuencias negativas que se indican a continuación: • Un canal en esta área descargaría a la subcuenca de drenaje Nantoco, lo cual aumentaría el área de drenaje natural de dicha subcuenca, lo que podría cambiar las condiciones hidrológicas de la subcuenca receptora, ocasionando problemas de erosión, inestabilidad del canal/cauce natural, entre otros. • Se incrementaría el potencial de riesgo en la subcuenca aguas abajo debido a las inundaciones poco frecuentes que serían imprevistas y podrían ocasionar daños a terceros (incluyendo vida humana). • Debido a la naturaleza efímera de los eventos de lluvia, así como el tamaño reducido de la subcuenca aportante, la respuesta lluvia-escorrentía seria de forma inmediata y de corta duración, lo que impide la posibilidad de aprovechamiento de estas aguas. Respecto del área asociada al depósito los Diques, la evaluación de los potenciales canales de contorno para el manejo de las aguas no contactadas también arrojó como resultado que existen desventajas que exceden el potencial beneficio correspondiente a minimizar las áreas de contacto, esto debido a que en los puntos donde es posible ubicar las descargas de dichos canales se producen dos situaciones: i) al realizar la descarga por el oeste del depósito, la potencial escorrentía drenaría hacia el sector del dique Norte, con lo cual el agua seguiría la trayectoria del canal existente hacia el Depósito de Estéril Norte y el rajo, y no habría un aprovechamiento del agua, tal como indican las flechas de color azul oscuro en la Figura 1-44 del Adenda 3; ii) por otro lado, si la descarga se realiza hacia el este del depósito se produce el mismo efecto que en el caso del Depósito Nantoco, es decir se descargaría a un viñedo de uvas de mesa de exportación existente en el valle Nantoco, con los efectos negativos ya indicados (ver flechas color celeste en la Figura 1-44 del Adenda 3).

Cabe señalar además que los eventos de precipitación en la zona son muy aislados y las áreas que potencialmente podrían ser saneadas son del orden de 0,4 km2 en el caso del Depósito estériles Nantoco y 1,8 km2 en el Depósito de Relaves Los Diques (Ver Figura 1-45 del Adenda 3, lo que representa un 0,9% y un 4% del área de la subcuenca Los Bronces, respectivamente, y un 0,004% y un 0,018% del área aportante al río Copiapó en la zona de Tierra Amarilla (Área aportante Río Copiapó en Tierra amarilla 10.000 km2), por lo que los volúmenes de agua a sanear son muy bajos respecto de los que se registrarían en la zona de Tierra Amarilla para los eventos para los cuales se diseñan las obras de saneamiento (100 años de periodo de retorno).

Con todo lo anterior se concluye que no es recomendable la inclusión de canales de contorno u otra obra de saneamiento en el Depósito estériles Nantoco y el depósito de relaves Los Diques dadas las dificultades técnicas para la implementación de dichas obras y la baja incidencia de las áreas que potencialmente podrían ser saneadas en ambos casos.

c) Planta de Procesos

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Chancado Primario y Pebbles

La operación de la Planta de Procesos, continuará siendo la misma que se realiza actualmente, considerando el chancado primario y pebbles, planta concentradora, espesado, filtrado y almacenamiento de concentrado; y espesamiento y conducción de relaves

d) Depósito de Relaves

En la fase de operación se considera el crecimiento del depósito de relaves Los Diques, la transición del depósito Candelaria, además de la operación del sistema de transporte y distribución de relaves, y del sistema de captación y recirculación de agua.

i) Depósitos de Relaves Candelaria

Se considera que en una primera etapa (de 6 a 24 meses) se opere de manera paralela el actual depósito Candelaria y el nuevo depósito de relaves Los Diques, disponiendo aproximadamente 50% del total de relaves producidos en cada uno de ellos. En Adenda 1 se infirmó que, la modificación a este depósito consiste en reducir la revancha de 5 m a 1,5m (Cota final de relaves 798.5m) en el actual Depósito de Relaves Candelaria, sin modificar las cotas de los muros de contención aprobados ambientalmente. Lo anterior implica un volumen total de almacenamiento de relaves en el depósito de 331 millones de metros cúbicos (331Mm3), es decir, 49 Mm3 adicionales, y prolonga la vida útil hasta el año 2019 como se indica originalmente en el EIA. De acuerdo a los análisis realizados se confirma que habrá suficiente revancha bajo condiciones de cargas sísmicas o en caso de inundaciones si ésta es reducida a 1.5 m (altura de relaves de 798.5 m).

ii) Depósito de Relaves Los Diques

El inicio de las operaciones del depósito de relaves Los Diques se contempla posterior a la construcción del muro de contención fase 0 del depósito, el cual tendrá una cota de coronamiento de 773 m.s.n.m. con 5 m de revancha operacional. La producción media de relaves que recibirán los depósitos será variable con tasas estimadas de entre 65.000 y 86.000 tpd, para lo cual se utilizará el método de depositación convencional, usando los spigots dispuestos en el perímetro del depósito, permitiendo el desarrollo de ―playas‖ con pendientes de entre 0,3 a 0,5%, con un promedio de 0,35%. Cabe mencionar que el sistema de transporte de relaves será operado de tal manera que la laguna de aguas claras se ubique en el sector norponiente de la cubeta de relaves. Durante la fase de operación se continuará con la implementación del muro Principal y se realizará la construcción de los muros Norte y Sur, los que se construirán con el método aguas abajo utilizando principalmente el material de enrocado proveniente del estéril de las operaciones de la mina Candelaria. El muro Principal será la continuación del muro fase 0, el cual será construido por fases durante la etapa de operación del depósito.  Sistema de Transporte y Distribución de Relaves: Tal como se mencionó anteriormente en el Caso Base, los relaves provenientes de los espesadores serán impulsados mediante un sistema de bombeo hacia el cajón distribuidor del enlace hidráulico. Desde este enlace un porcentaje de los relaves serán conducidos a la planta de MHA para la recuperación del hierro magnético y el material de descarte de este proceso será reenviado al enlace hidráulico para ser enviado al depósito de relaves Los Diques. Cabe señalar que durante la etapa de transición, al inicio de la operación del nuevo sistema, se contempla que desde el cajón distribuidor del enlace hidráulico, aproximadamente el 50% de los relaves sea dispuesto en el actual depósito de Candelaria en operación y el restante 50% en el nuevo depósito de relaves Los Diques, lo que equivale aproximadamente al relave de la producción nominal de 38.920 tpd en cada uno. Se contempla a partir del año 2019 disponer el 100% de los relaves provenientes del enlace hidráulico en el depósito Los Diques. Por su parte, el sistema de bombeo operará con una tubería principal ―Línea de distribución de Relaves Oriente‖ y 2 tuberías adicionales que podrían ser implementadas en base a consideraciones operacionales durante los primeros 5 años de operación. Las tuberías de distribución de relaves y spigots serán movidas desde un terraplén al subsecuente terraplén durante cada fase de crecimiento del muro. 40

Es del caso señalar que en la estación de bombeo entre los años 1 y 7 de operación, cada tren de bombas contará con 3 bombas, y a partir del año 7 se considera la adición de una bomba por tren, es decir, cada tren de bombas se configurará con 4 bombas centrífugas desde el séptimo año en adelante (ver Figura 1.6-10 y Figura 1.6-11 del EIA).  Sistema de captación y recirculación de aguas: El sistema de captación y recirculación de aguas operará bajo el concepto de Cero Descarga, de igual manera que como se realiza en el actual depósito. La captación y recirculación de agua del depósito de relaves Los Diques es un componente integral para el balance de agua del proceso en las operaciones de la Mina Candelaria. Los sistemas de recuperación de aguas: (i) aguas claras desde la laguna del depósito de relaves y (ii) filtraciones captadas por el sistema colector de filtraciones, son las principales fuentes de abastecimiento de agua industrial al proceso de la faena minera y operarán de la siguiente manera: El agua de la laguna será captada mediante un sistema de bombeo en balsas para su recirculación al proceso. Dicha laguna se ubicará en una zona alejada del muro de contención para asegurar su estabilidad estimando un volumen aproximado de 300.000 m3. Se estima que la recuperación será de entre 150 y 200 L/s desde la laguna de aguas claras, con un peak de 300 L/s durante los meses de invierno cuando la tasa de evaporación es menor. En el caso de las infiltraciones se espera que el sistema colector recupere aproximadamente 250 L/s durante la operación del muro de contención fase 0 del depósito, y se estima que la recuperación de infiltraciones continuará aumentando hasta un máximo aproximado de 340 L/s cuando el depósito haya alcanzado su configuración final. Para monitorear la efectividad del sistema de impermeabilización de los muros Norte y Sur, durante la operación se instalarán 6 pozos de monitoreo operacional: 3 pozos estarán ubicados aguas abajo del muro Sur y otros 3 pozos se instalarán aguas abajo del muro Norte. Estos pozos se utilizarán para monitorear las eventuales filtraciones a través o alrededor de la cortina de inyecciones y/o revestimiento de geomembrana. La Figura 1.6-12 del EIA muestra un esquema del sistema de recuperación de aguas y descarga de relaves en el depósito de relaves Los Diques.  Implementación de Instrumentación Geotécnica: Durante la fase de operación se implementarán instrumentos geotécnicos adicionales para controlar las variaciones en los niveles de agua, eventuales desplazamientos del enrocado del muro y efectos por movimientos sísmicos. Se contempla la implementación de 7 piezómetros de cuerda vibrante y 10 monolitos de inspección. La ubicación, disposición y número de piezómetros y monumentos de asentamientos podrían ser modificados de acuerdo a observaciones y monitoreo geotécnico durante la operación.

e) Balance de Aguas

En la siguiente tabla se muestran valores del balance de agua general. Asimismo, en la Figura 1-35 Balance de Agua mensual promedio se pormenorizan procesos actividades y obras para la fase de operación (caso actual) de Minera Candelaria:

Tabla: Valores balance general de agua durante fase operación normal (Caso Actual) Origen Obra Caudales promedio mes (m3) Tipo de Agua Porcentaje Agua de mar desalinizada Planta Desalinizadora 1.000.000 Industrial 16 % Agua Servida Tratada (PTAS Copiapó) Agua Servida Tratada 255.000 Industrial 4 % Agua Fresca Pozos para agua potable 8.000 Potable 0.1 % Rajo Mina Desagüe Mina 20.000 Recuperada y Recirculada 0.3 % Depósito de relaves Seepage 720.000 Recuperada y Recirculada 11 % 41

Depósito de relaves Laguna Aguas Claras 470.000 Recuperada y Recirculada 7 % Planta de Procesos Espesadores de Relaves 3.950.000 Recuperada y Recirculada 62 % Fuente: Tabla 1-59 del Adenda 1.

En referencia a la fase de construcción y proceso de transición de ambos depósitos de relaves, se estima que los valores relacionados con el Balance de Agua, se mantengan del mismo orden a los actuales (caso actual), cambiando el punto de recuperación de agua desde el actual depósito de relaves al depósito de relaves Los Diques. Complementariamente en Adenda 3 el Titular presentó el catastro de todos los pozos perforados en el sector norte, sur y fondo de mina para mejorar la estabilidad de los taludes y recircular el agua que se infiltra hacia el fondo del rajo se pueden visualizar en la tabla 3 del anexo 11 del adenda 3.

Tabla: Catastro de pozos y drenes que se encuentran recirculando agua en Mina Candelaria Sector Pozo Caudal Promedio (l/s) Falla Lar Norte DR044 (dren 576) 0.098 DR045 (dren 576) 0.294 DR046 (dren 576) 0.223 VW05 (Bomba 560) 0.132 VW06 (bomba 640) 0.081 DR040 (dren 560) 0.073 DR041 (dren 560) 0.003 DR042 (dren 560) 0.000 DR043 (dren 560) 0.093 DR035 (dren 448) 0.030 DR036 (dren 448) 0.000 DR037 (dren 448) 0.004 DR038 (dren 448) 0.021 DR039 (dren 448) 0.000 DR047 (dren 448) 0.007 TOTAL CAUDAL 1.059 Falla Lar Sur 272-320 DR031 0.182 DR032 0.245 DR033 0.281 DR034 0.000 Piscina Bomba 6.607 TOTAL CAUDAL 7.315 Bajo Chancado VW01 1.113 VW03 0.159 TOTAL CAUDAL 1.272 Fondo Mina 2014 Bomba Pozo (nivel 64) 4.1 TOTAL GENERAL CAUDAL 13.75 Fuente: tabla 3 anexo 11 del Adenda 3.

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f) Edificios e Instalaciones Auxiliares

 Instalaciones de almacenamiento de combustibles y aceites (nuevos y usados)  Polvorín y preparación de explosivos  Talleres de mantención  Oficinas y edificios de servicios  Bodega  Patios de residuos industriales comerciables  Planta de tratamiento de aguas servidas

Estas instalaciones continuarán su operación de acuerdo a lo descrito en el Caso Base, sin modificaciones, ya que sólo contemplan la extensión de su vida útil.

 Planta de osmosis: Esta instalación se usará sólo en caso de emergencias o mala calidad del agua, ya que durante la fase de operación del Proyecto, el suministro de agua potable vendrá de la red pública de distribución.  Ruta C-397: La reubicación de parte de esta ruta no afectará su operación normal, por lo que no se contemplan modificaciones respecto de lo descrito en el Caso Base.  Líneas de distribución de energía eléctrica: El tramo de los tendidos eléctricos trasladados requerirá mantenciones periódicas al igual que la totalidad de las líneas de distribución de energía eléctrica existentes, a objeto de asegurar el suministro eléctrico a las subestaciones eléctricas. Esta actividad de mantención corresponde básicamente al lavado de la aislación.

4.2.3.2 Área Obras Lineales

 Acueducto Sector Puerto - Bodega  Acueducto Sector Bodega – Mina: se implementará una línea adicional a la existente.  Suministro Aguas Chañar- Sector Bodega  Suministro de agua de pozos para el proceso: El agua de pozo sólo se utilizará en caso de emergencias, contingencias operacionales o durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de agua desalinizada.

Estas instalaciones continuarán su operación de acuerdo a lo descrito en el Caso Base, sin modificaciones, ya que sólo contemplan la extensión de su vida útil. Además, como parte de las actividades de operación se considera la inspección visual de las tuberías de forma periódica, junto con mantenciones mecánicas de equipos y control de la sala de bombas.

 Suministro de agua potable: Se contempla el suministro de agua potable desde la red pública de distribución, la cual se conectará a la actual red de distribución de CCMC desde el sector de pozos en Tierra Amarilla hasta el Área Mina. Este sistema podrá conectarse también a los pozos de agua fresca en caso de emergencia con la red pública de distribución. En el Puerto Punta Padrones continuará el suministro de agua potable conectado a la red pública de distribución.

4.2.3.3 Área Puerto

En las instalaciones del Área Puerto se recibe el concentrado de cobre proveniente del Área Mina, que es transportado mediante camiones, donde se almacena para posteriormente ser embarcado. Además, en esta área se capta y procesa el agua de mar para poder suministrar agua de calidad industrial a la operación minera a través de la desalinización por osmosis inversa. Se contempla que las actividades del puerto sólo extiendan su vida útil, sin presentar modificaciones respecto de la operación actual.

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En la Figura 1-1 del Adenda 3 se presentó un Diagrama de Flujo del Proceso Productivo de la Minera Candelaria.

4.2.3.4 Insumos

a) Agua Industrial y Potable Los requerimientos de agua industrial para las actividades productivas (etapa de operación) se han estimado en una cantidad aproximada de 400 L/s, las cuales continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de: • Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones promedio de 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3

En caso de la ocurrencia de algún evento de emergencia o mantención, se utilizará agua de pozos del Sector 4 Valle Copiapó, eventos que se estiman podrían ocurrir una 1 vez al año, con consumos del orden de 150 L/s en promedio, con máximo de 400 L/s (puntual), lo que equivale a 1 L/s año, aproximadamente por 3 dias.

Las contingencias que deriven en el uso de los pozos del Sector 4, podrán ser en el marco de: Emergencias naturales tales como maremotos, terremotos, altas precipitaciones o eventos naturales similares; cortes de energía o efectos o daños de terceros; contingencias operacionales y durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de aguas servidas tratadas y/o desalinizada; mantenciones de la planta concentradora, que aumenta sus requerimientos de agua en la partida para entrar en régimen de operación. Para control del suministro, los pozos cuentan con flujometros que miden el volumen instantáneo extraído, lo cual se registra en la sala de control de la planta concentradora. Asimismo existe control de extracción total, que no permite sobrepasar el volumen total aprobado. Lo anterior se respalda mediante la aplicación del proyecto de control de extracciones aprobado y reportado a la DGA.

Para esta fase, el agua potable se obtendrá de los sistemas de tratamiento y potabilización existentes en la actualidad. Considerando una dotación máxima de aproximadamente 2.600 trabajadores y un consumo de 100 L/persona/día, se estima un consumo de agua potable de alrededor de 260 m3/día. Para la fase de operación no está contemplada la compra de agua potable a terceros.

b) Energía La energía eléctrica requerida para las instalaciones en el Área Mina se ha estimado en un promedio de 70 MW/hora, la que será suministrada mediante el mismo sistema utilizado actualmente desde la Subestación Cardones hasta la planta industrial. Desde esa subestación existe una línea de transmisión de 220 kV, en sentido aproximadamente paralelo al camino de acceso principal. El sistema de suministro eléctrico contará con generadores de respaldo en caso de emergencias. En el Área Puerto, la energía eléctrica será suministrada de la misma forma que en la actualidad, esto es a través de un empalme con una línea de alta tensión en 110 kV. La operación de la Planta Desalinizadora y del 44

acueducto requerirán como máximo 25 MW, en tanto que el funcionamiento de la estación de bombas de impulsión ubicada en el Sector Bodega requerirá un máximo de 16 MW.

Referente a la mantención de las líneas de distribución eléctrica, y en particular la línea de 220 kV que se extiende desde la Subestación Cardones hasta el área Mina - Planta (12 km) y que perteneciente a Minera Candelaria, se realiza través de un servicio externo, que actualmente está a cargo de la empresa Transelec. Esta mantención contempla el lavado de aislación. La cantidad de agua para el lavado de estas aislaciones, es en promedio del orden de 60 m3 por mantención. Cabe mencionar que esta agua debe cumplir con características especiales para la actividad, por ello es adquirida directamente por el proveedor del servicio. Para esta actividad habitualmente se utilizan 2 vehículos. La Frecuencia de mantención es de 4 veces al año. Respecto al resto de las líneas eléctricas, la mantención de ellas está a cargo de la empresa responsable de las líneas, que actualmente es EMELAT. Estas líneas son: Línea 110 kV EMELAT que se extiende desde la Subestación Cardones hasta Tierra Amarilla, la Línea 110 kV EMELAT que se extiende desde la Subestación Cardones hasta Copiapó y la Línea 110 kV EMELAT - Minera Maricunga.

c) Combustible Durante esta fase del Proyecto se requerirá petróleo diésel para la operación de camiones y equipos, además de gasolina para los vehículos livianos. Dicho combustible será obtenido de proveedores regionales y será transportado mediante camiones hasta las estaciones de servicios. En el Área Mina, la distribución a los vehículos y maquinarias se hará a través de las estaciones que actualmente abastecen a la faena minera. En el Área Puerto se cuenta con una estación de suministro de combustible, la cual suministrará combustible diésel y gasolina, y tendrá un sistema de dispensación. Se estima un consumo promedio de diésel de aproximadamente 60.600 m3/año durante la operación del Proyecto, y de 530 m3/año de gasolina.

d) Explosivos Los explosivos se utilizarán principalmente en la operación de la mina, los cuales serán manipulados y utilizados por personal especializado y certificado. El transporte de este material será en cajas selladas, resistente a las deformaciones, indicando el tipo de explosivo y su peso neto. Su consumo para esta fase del Proyecto, considerando una tronadura diaria, se ha estimado en 90 ton/día. El almacenamiento, transporte y manejo de explosivos estará a cargo de una empresa especialista en la materia, quien operará de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

e) Otros insumos En la tabla 1.6-5 del EIA se presentaron los insumos y la cantidad estimada que se utilizará durante la fase de operación para el área mina, y en la tabla 1.6-5 del EIA los insumos y la cantidad estimada que se utilizará durante la fase de operación para el área puerto. El Titular utilizará para la construcción de las obras que se encuentran actualmente en evaluación dos tipos de materiales: 

Material de empréstito de aluvial/Gravas de Atacama: este material será adquirido a través de empresas externas que cuenten con las autorizaciones correspondientes. 

Material estéril: este material provendrá del área Mina, de propiedad de CCMC. En consideración a lo anterior, para este Proyecto CCMC no extraerá material en forma directa desde un cauce natural, por lo que no aplica el Permiso Sectorial N°89 del Reglamento del SEIA. En la eventualidad que exista material remanente, que se genere de este trabajo, éste será utilizado para mejorar el camino de acceso al trazado del acueducto o llevado a un botadero de estériles autorizado.

f) Maquinarias y Equipos

Durante la fase de operación del Proyecto se estima la utilización de las maquinarias y equipos que se presentaron en la tabla 1.6-7 del EIA.

g) Transporte

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Durante la fase de operación se requerirá transportar insumos, personal y concentrado de cobre, entre otros. Como medios de transporte para ellos se utilizarán vehículos livianos, buses y camiones. Respecto de los vehículos internos en el área mina: los camiones de 30 toneladas que provienen de la mina subterránea hacia la superficie, el flujo promedio es de aproximadamente 7 camiones por hora y el flujo de camiones de estériles de 240 toneladas y caminos y/o huellas que estos vehículos utilizarán, en la tabla 1-26 del Adenda 1 se entrega la información de camiones diarios y la distancia promedio del transporte de estériles a sus respectivos depósitos para ambos Depósitos de estériles (Norte y Nantoco), el transporte de camiones de estériles se iniciará desde la zona de minado (área de rajo y mina subterránea) continuando por caminos internos y existentes al interior del Área Mina de CCMC. En la siguiente figura se muestran los caminos y/o huellas que se utilizarán para esta actividad. Para la remoción del relave San Esteban N°2 se estima un flujo de 31 camiones tolva diarios desde el Tranque de Relaves San Esteban N°2 hasta el Depósito de Candelaria, con distancia promedio de 5 km. El proyecto contempla la utilización y mantención de 86 tramos de caminos existentes y 6 tramos de caminos proyectados, los que se resumen a continuación en la tabla 1-28 del Adenda 1 y se visualizan en la Lámina 3945-1000-CA-LAM-012 del Anexo 4 y en el archivo kmz adjunto en el Anexo 5 ―Archivos digitales‖ del Adenda 1. La Tabla 1.6-8 del EIA muestra la cantidad estimada de viajes (sólo ida) asociados al Proyecto durante esta fase en períodos de máxima actividad. Durante la operación futura se prevé un aumento del 1% del flujo vehicular respecto de las actuales condiciones operativas del Proyecto Candelaria. En Adenda 1 en las tablas del Anexo 14 se indica el detalle de las rutas que se utilizarán para cada etapa del proyecto y según el uso de cada una de ellas en función de las actividades de transporte del proyecto. En complemento a lo anteriormente, en Anexo 4 del Adenda 1, se entregan las láminas 3945-1000-CA-LAM-007, 3945-1000-CA-LAM-008 y 3945-1000-CA-LAM-009 que muestra el conjunto de caminos utilizados por el proyecto. En relación al transporte de concentrado de cobre a Fundición Paipote de ENAMI, se considera el uso de las rutas: C-397 y C-35, Avda. Juan Godoy (Paipote) y ruta C-379. El transporte de material, comenzará desde el Área Mina de la CCMC por la ruta C-397 con dirección hacia el Nor-Este hasta el cruce con la ruta C- 35, por esta última vía se continua el trayecto con dirección hacia el Norte hasta llegar a la Avenida Godoy la cual se dirige también con dirección hacia el Norte hasta la ruta C-379, la cual se recorre hasta la entrada de la Fundación Paipote. Para estos sectores se estima un flujo máximo de 29 camiones día, lo que equivale a 1 camión cada 50 minutos aproximadamente.

La siguiente tabla señala la planificación horaria de los vehículos del proyecto

Tabla: Planificación Horaria de transportes de Minera Candelaria Ítems Horario Promedio Garita Candelaria Rutas Medio de Verificación y Seguimiento Transporte de Personal (sistema de turnos actual, el cual podría variar de acuerdo a necesidades de operación) 07:30 – 00:30 Copiapó - Ruta 5 – C-397 – Mina– C-397- Ruta 5 – Copiapó Planilla de Control del Servicio de Movilización del Personal Copiapó – C-35 – Tierra Amarilla – C-397 – Mina - C-397 –Tierra Amarilla – C-35 - Copiapó Camionetas y Vehículos menores Administrativos (incluye contratistas) 05:30 – 18:00 Copiapó – Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Sistema Control Acceso – Protección Industrial 05:30 – 18:00 Copiapó – C-35 – C-397 – Mina – C-397 – C-35 – Copiapó Camionetas y 00:00 – 11:59 Copiapó – Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Sistema Control Acceso 46

Vehículos menores Operativos (incluye 00:00 – 11:59 Copiapó – C-35 – C-397 – Mina – C-397 – C-35 – Copiapó – Protección Industrial Transporte de Bolas de acero (Insumo) 09:00 – 17:30 Origen - Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte de Cal (Insumo) 07:30 – 17:00 Origen – C-35 – C-397 – Mina – C-397 – C-35 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte de Reactivos Planta Concentradora (Insumo) 09:00 – 17:30 Origen - Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte de Ácido Nítrico (Insumo) 09:00 – 17:30 Origen - Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte Combustibles (Insumos) 09:00 – 17:30 Origen – Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte Granza (Insumos) 08:00 – 16:00 Origen – C-35 – C-397 – Mina – C-397 – C-35 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte Lubricantes (Insumos) 08:00 – 16:00 Origen – Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte Chatarras 08:00 – 16:00 Mina – C-397 – C-35 – Copiapó – C-397 – C-35 – Copiapó Reporte de Pesajes – Protección Industrial Transporte Materiales Varios 08:00 – 16:00 Origen – Ruta 5 – C-397 – Mina – C-397 – Ruta 5 – Origen Reporte Orden de Transporte - Bodega Despacho Camiones con Concentrado de Cobre 00:00 – 11:59 Mina – C-397 – Ruta 5 – Puerto Punta Padrones – Ruta 5 – C397 - Mina Reporte Flujo de Camiones Concentrado de Cobre Mina – C-397 – C-391 – Av. Copayapú – Paipote / Potrerillos (Vía ruta C-17) – Av. Copayapu – C-391 – C-397 - Mina Fuente: Tabla 1-2 del adenda 1

4.2.3.5 Residuos Sólidos

En la siguiente tabla se presenta una estimación cualitativa y cuantitativa de los residuos peligrosos y no peligrosos a generarse durante la fase de operación del Proyecto. Además, en la misma tabla se indica el manejo para cada tipo de residuos

Descripción Estimación Cuantitativa Manejo 47

Residuos No Peligrosos Residuos Domésticos Durante la fase de operación se generarán residuos sólidos domésticos que provendrán principalmente de comedores y oficinas. Estos consistirán esencialmente en restos de comida, envases, envoltorios, papeles y elementos similares. Sin embargo y como se describió anteriormente, la fase de operación del presente Proyecto no considera la contratación de mano de obra adicional a la existente, por lo tanto, no existirá un incremento de la cantidad de los residuos sólidos domésticos respecto de la operación actual. La cantidad de residuos sólidos domésticos generados durante la fase de operación del Proyecto, será variable y dependerá principalmente del número de trabajadores presentes en los lugares de trabajo. Se considera un factor de generación de 0,49 kg/trabajador/día, y 1.200 trabajadores de CCMC y 1.400 subcontratistas en el momento de mayor actividad y ocupación durante esta fase. 25 ton/mes (Área Mina) 30 m3/mes (Área Puerto) Para su manejo, los residuos sólidos domésticos serán almacenados temporalmente en contenedores adecuados para luego ser transportados en camiones cerrados hacia el relleno sanitario autorizado ―El Chulo‖, ubicado unos 30 kilómetros hacia el noreste de las instalaciones de CCMC en Tierra Amarilla para su disposición final. Residuos Industriales Los residuos industriales sólidos no peligrosos consistirán básicamente en chatarras, descartes, maderas, escombros, pallets, gomas, vidrios y elementos similares. 245 ton/mes Para su manejo se dispondrán contenedores en las diversas áreas de generación, los cuales serán vaciados periódicamente y trasladados a un patio de salvataje, donde serán clasificados de acuerdo a la posibilidad de reutilización, según lo establecido en el Manual de Buenas Prácticas Ambientales internas de CCMC. Los residuos que presenten valor comercial podrán ser retirados por empresas de reciclaje de materiales, en tanto que aquellos residuos que no presenten valor comercial serán enviados directamente a disposición final en el relleno sanitario autorizado ―El Chulo‖. Residuos Residuos Peligrosos Los residuos peligrosos que se generarán, consistirán principalmente en aceites y lubricantes usados, envases contaminados, restos de 120 ton/mes Los residuos industriales peligrosos generados en la fase de operación serán manejados como fue descrito anteriormente, es decir, serán 48

Descripción Estimación Cuantitativa Manejo pinturas y solventes, baterías, entre otros. El 70% de la cantidad de residuos peligrosos que se generará corresponde a aceite usado. transportados diariamente al sitio de tránsito y periódicamente enviados a los patios de almacenamiento temporal para su disposición final por empresas autorizadas, todo lo anterior en concordancia con lo establecido en el D.S. N° 148/03, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. Estos sitios están concebidos para almacenar los residuos peligrosos generados dentro de las instalaciones de CCMC por un periodo de tiempo determinado que no exceda los 6 meses establecido en el Reglamento, para su posterior traslado a una instalación de eliminación autorizada. Por otra parte, CCMC cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos cuyo propósito es regular el manejo de residuos peligrosos generados por las instalaciones de CCMC, basado en el cumplimiento de la normativa aplicable y los compromisos contraídos por la compañía ante el Servicio de Salud de Atacama. Adicionalmente, este Plan regula el almacenamiento de aceites usados el que se realiza en los Estanques de Aceites Usados cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 1077 con fecha 27 de Agosto de 2003, del Servicio de Salud de Atacama, bajo el proyecto ―Mejoramiento Sector Aceites Nuevos y usados y microfiltrado de Lubricantes‖. Fuente: tabla 1.6.-14 del EIA

4.2.3.6 Residuos Líquidos

a) Aguas Servidas Durante la fase de operación, se mantendrá la dotación de personal actual, por lo que la generación y tratamiento de aguas servidas, tanto en el Área Mina como en el Área Puerto, corresponde a lo descrito en el Caso Base.

b) Agua Salada de Descarga El proceso de desalinización de agua de mar generará una salmuera de rechazo, la cual corresponde a una mezcla de aguas provenientes de distintos procesos de la Planta Desalinizadora que serán acumuladas y mezcladas en un estanque de descarga, y luego será devuelta al mar. La descarga se realizará a través del emisario submarino con un caudal de alrededor de 655 L/s y cumplirá con el D.S. N° 90.

c) Residuos Industriales Líquidos 49

El Proyecto no generará residuos líquidos industriales asociados a las actividades de operación.

4.2.4 Etapa de Cierre

Cabe señalar que Candelaria cuenta con un Plan de Cierre aprobado por SERNAGEOMIN en el año 2009, el cual considera el cese de las operaciones mineras el año 2017. Con el ingreso al SEA del presente EIA, que considera la extensión de la vida útil de la operación actual, se presentará una actualización de dicho plan una vez obtenida la RCA del Proyecto de acuerdo a la Ley N° 20.551 del Ministerio de Minería. En forma general, la fase de cierre tiene como propósito definir las medidas que permitan prevenir, minimizar y/o controlar los riesgos o efectos negativos sobre la salud y seguridad de las personas y el medio ambiente. Además, busca proporcionar estabilidad física y química en las áreas donde se encuentran las obras e instalaciones de la faena. En primer término se describen las medidas generales de cierre que se realizarán en plantas, edificios e instalaciones auxiliares, tanto del Área Mina como del Área Obras Lineales y Área Puerto.

Medidas Generales:

a) Área Mina

Las instalaciones donde se aplicarán medidas generales en el Área Mina son:  Chancado Primario y Circuito Pebbles  Planta Concentradora: Molienda y Flotación  Instalaciones de Espesadores, Filtrado y Almacenamiento de Concentrado  Instalaciones de Almacenamiento de Combustibles y Aceites  Talleres de Mantención y Laboratorio  Oficinas y Edificios de Servicios  Bodegas y Patios de Materiales  Planta de Osmosis y de Tratamiento de Aguas Servidas  Almacén de Explosivos

b) Área Obras Lineales

Las instalaciones donde se aplicarán medidas generales en el Área Obras Lineales son:  Estaciones de Bombas  Salas Eléctricas

c) Área Puerto

Las instalaciones donde se aplicarán medidas generales en el Área Puerto son:  Edificio Recepción de Concentrado  Edificio Almacenamiento de Concentrado  Oficinas y Edificios de Servicios  Bodegas y Patios de Materiales  Talleres de Mantención  Planta Desalinizadora

Las medidas generales de cierre corresponden a las siguientes: • Desenergización de las instalaciones, corte del suministro eléctrico y retiro de cables, generadores, transformadores y paneles. • Limpieza y remoción de residuos. • Desmontaje de estructuras metálicas. • Demolición de las estructuras restantes de hormigón. En caso de ser necesario, remoción de las fundaciones a nivel del suelo para luego cubrir con una capa de material estéril y re-nivelación para proveer un drenaje positivo y evitar la formación de pozas durante episodios de precipitaciones. • Los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos serán dispuestos adecuadamente en lugares autorizados. 50

• Se instalarán letreros y señales de advertencia para minimizar el potencial de acciones temerarias de ingreso de terceros. • Instalación de barricadas en caminos que restrinjan el acceso a las instalaciones.

Medidas Específicas de Cierre

a) Área Mina

i) Mina a Rajo Abierto y Subterránea • Cierre de los accesos al rajo por medio de barricadas, defensas u otros medios que limitarán el acceso a las personas. Dado que los bancos alcanzarán una configuración físicamente estable durante las operaciones, el cierre perimetral no requiere ser colocado a corta distancia del perímetro del rajo, ya que no se prevén fallas de taludes de bancos que alteren su perímetro. • El cierre perimetral se colocará sólo alrededor de las zonas del rajo que posean bancos expuestos. De acuerdo con el plan de mina, la zona situada al sur del rajo será cubierta con los depósitos de estériles (configurado en condiciones estables). Por lo tanto, en este sentido, la barrera de acceso al rajo será el depósito de estéril. • Construcción temporal de un portal en el camino de acceso al rajo, para permitir el acceso durante las actividades de monitoreo. • Las actividades de cierre del rajo no generarán efluentes líquidos. Se espera la formación de una laguna al interior del rajo en los primeros años del post cierre, la que a medida que se reducen los efluentes se irá minimizando. Los estudios hidrogeológicos y geoquímicos realizados indican que no habrá acidificación de esta agua y que el rajo actuará como un gran sumidero de las aguas subterráneas e infiltraciones en su entorno, lo que incluye el agua de escorrentía superficial proveniente de los botaderos de estériles contiguos, las infiltraciones provenientes del tranque de relaves y las infiltraciones que provengan de las actividades de minado subterráneas. Además, de acuerdo a los resultados del modelo hidrogeológico no existe conexión con el acuífero del Río Copiapó y la laguna se encuentra en una elevación menor con respecto a este. • Clausura de la entrada a las instalaciones subterráneas sellando las bocaminas con brocal de concreto, el cual será construido de hormigón armado. • Disposición de estéril para conformar una barricada contra el sello, de modo de permitir la escorrentía hacia el interior del rajo. • Sello de chimeneas y salidas auxiliares de la mina subterránea con losas de concreto. Cobertura de la losa con material estéril y re-perfilado de la superficie para dirigir las escorrentías hacia el rajo. • Habilitación de un sistema que permita desaguar la mina subterránea y descargar el agua de mina al rajo abierto, evitando el contacto con las paredes del rajo. Se estima que los flujos irán disminuyendo paulatinamente a medida que el aporte de la recarga artificial proveniente del depósito de relaves disminuya.

ii) Depósitos de Estériles En la fase de cierre de estas instalaciones, los aspectos relevantes desde el punto de vista de la seguridad minera incluyen la estabilidad física, la estabilidad química y el manejo de las aguas de contacto superficiales. • En cuanto a la estabilidad física, los depósitos de estériles de CCMC han sido diseñados para proporcionar condiciones estables al cierre de sus operaciones. • Respecto de la estabilidad química, se realizaron colectas de muestras de rocas para su caracterización y fueron sometidas a test estáticos y dinámicos, arrojando resultados que indican que no hay presencia de drenaje ácido. • Diseño de berma perimetral canalizadora para el manejo de escorrentías en el caso de ser necesario en los depósitos Norte y Nantoco. Los depósitos de estériles Sur Auxiliar 1 y Sur Auxiliar 2 no requieren canales perimetrales por estar localizados dentro del rajo.

iii) Depósito de Relaves Candelaria (Actual) • Construcción de un vertedero de abandono ubicado en el costado Este del muro auxiliar sur del depósito de relaves, el cual permitirá descargar las crecidas en dirección al rajo de la mina. Será diseñado para la precipitación máxima probable. • Construcción de una extensión del túnel de recolección de infiltraciones para descargar aguas de potenciales infiltraciones subterráneas hacia el rajo. 51

• Desarrollo de estudios que conduzcan a evaluar la necesidad de implementar medidas para controlar la erosión eólica desde la superficie y muros, considerando, entre otras variables, las características del relave seco y la consolidación de éste que se tendrá una vez evaporada el agua en la superficie del depósito y la granulometría del material del muro de empréstito. • Las infiltraciones remanentes desde el depósito de relaves serán conducidas por el sistema de drenes y piques hasta la laguna al interior del rajo; los estudios hidrogeológicos y geoquímicos realizados indican que no habrá acidificación de esta agua y que el rajo actuará como un gran sumidero de las aguas subterráneas e infiltraciones en su entorno, lo que incluye el agua de escorrentía superficial proveniente de los depósitos de estériles contiguos, las infiltraciones provenientes del depósito de relaves y las infiltraciones que provengan de las actividades de minado subterráneas. • La configuración estable de los muros del depósito para condiciones de cierre lograda durante la fase de operación, hace innecesaria la reconfiguración de éstos al cierre, por lo cual no se requerirá realizar reconfiguraciones o reforzamientos que produzcan emisiones de material particulado, ruido o vibraciones durante las actividades de cierre.

iv) Depósito de Relaves Los Diques (Nuevo) • Construcción de un vertedero en el estribo izquierdo del muro norte. • Construcción de un canal desde el vertedero al rajo abierto Candelaria. • Re-nivelación de la superficie de la cubeta del depósito de relaves, de modo que la ubicación más baja de la cubeta se encuentre en la ubicación del vertedero propuesto. • Colocar una cubierta en la superficie del depósito de relaves, la cual sería construida usando un material que no genere drenaje de roca ácido. • Las filtraciones serán recolectadas por bombeo en el sistema de recolección de filtraciones (SCS). Dependiendo de la calidad o cantidad del agua de filtraciones, esta podría ser transportada a una piscina de evaporación con revestimiento permanente o se permitiría que fluyera a través del material aluvial hasta el rajo abierto. Para garantizar que el depósito de relaves Los Diques sea cubierto con material que no posea potencial de generación de drenaje acido de roca, el Titular presentará en forma previa a la fase de cierre del depósito, los análisis que confirmen tal condición, los cuales serán emitidos por un laboratorio acreditado, de modo de ser visado por la Autoridad competente.

b) Área Obras Lineales

i) Sistema de Suministro y Distribución de Agua • Limpieza general de las instalaciones de superficie y remoción de los estanques superficiales de agua fresca. • Las tuberías se taparán en sus extremos y permanecerán enterradas. • Compactar y re-nivelar el sitio para proveer un drenaje positivo y evitar la formación de pozas durante episodios de precipitaciones. • Desmantelar las estructuras metálicas. • Demoler las fundaciones de hormigón de las instalaciones y en caso de ser requerido, cubrir con material de suelo adyacente al sector. • Sellado de los pozos con tapón de concreto, de acuerdo a procedimiento de la DGA.

ii) Sistema de Suministro y Distribución Eléctrica • Desenergizar y desmantelar las líneas eléctricas y estructuras soportantes que pueden ser reutilizables. • Remover y recuperar los transformadores y otros dispositivos reutilizables de las sub- estaciones eléctricas. • Demoler las fundaciones de hormigón de las instalaciones y en caso de ser requerido cubrir con material de suelo adyacente. • En las áreas de emplazamiento de torres se procederá a remover superficialmente las bases de las estructuras y a cubrir con una capa igual de suelo, de manera de restituir las condiciones en el área inmediata a ellas.

Medidas de Control y Seguimiento 52

Estas medidas de control a implementar tendrán por objetivo asegurar las estabilidades físicas y químicas comprometidas en el mediano y largo plazo. Para esto, las actividades de monitoreo e inspecciones se llevarán a cabo durante y a continuación de efectuado el proceso de cierre. Con ellas se buscará confirmar la efectividad de las medidas aplicadas en el cierre a las distintas instalaciones. En caso de que existan desviaciones importantes y por tal motivo las medidas aplicadas no logren el objetivo deseado, CCMC implementará acciones complementarias de tal manera que se cumpla lo comprometido en el Plan de Cierre. Dentro de los objetivos principales de estas actividades se puede mencionar: • Monitorear la estabilidad física de las instalaciones. • Monitorear la estabilidad química de las instalaciones. • Inspecciones y mantenimiento de condiciones las señaléticas, cercas, barreras, garitas etc.). El plan de monitoreo en la fase de cierre será diseñado sobre la base de una evaluación de la frecuencia y los parámetros monitoreados durante la fase de operación.

Se presentará a la Superintendencia de Medio Ambiente un reporte con obras, acciones y medidas directas o indirectas relacionadas con recursos hídricos en el área de influencia enmarcados en el Plan de Cierre de Faena Minera del Proyecto Candelaria 2030 Continuidad Operacional.

No obstante lo anterior el Titular complementa la información en Adenda 1 en Anexo 15, donde se presenta una tabla donde se detalla el tipo de instalación que se considera, el riesgo identificado para cada una, la medida propuesta extraída de la sección antes indicada y el monitoreo a realizarse en la etapa de post cierre. Sin perjuicio de lo anterior, estas medidas podrán ser reevaluadas, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.551, una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental favorable del Estudio de Impacto Ambiental Candelaria 2030.

5 Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento del SEIA se recibieron observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, a continuación se resumen el proceso de participación ciudadana.

5.1 Síntesis del proceso de participación ciudadana Antecedentes relacionados con los mecanismos implementados para asegurar la participación ciudadana: La publicación del extracto del Estudio de Impacto Ambiental, establecida en el artículo 27 de la Ley de Bases del Medio Ambiente Nº19.300, se efectuó el día 2/10/2013 en el diario Oficial y el día 30/9/2013 en el Diario Chañarcillo, iniciándose en consecuencia el proceso de Participación Ciudadana (PAC) el día 2/10/2013, para concluir al cabo de 60 días el 30/12/2013. Con el propósito de asegurar el acceso a la información oportuna por parte de la comunidad organizada, así como alternativas de consulta y discusión con el Titular, se realizaron talleres en la totalidad de las comunas involucradas con el proyecto de acuerdo al siguiente: Actividades Participación Ciudadana Actividad Lugar Fecha Asistentes Reunión Centro Cultural Estación Caldera 15/10/2013 No firmaron Reunión Salón de la Parroquia Nuestra Señora de Loreto, Tierra Amarilla. 16/10/2013 18 Reunión Centro Cultural Estación Caldera 29/10/2013 26 53

Reunión Salón Felipe Mercado de la Municipalidad de Copiapó 05/12/2013 13 Reunión Salón de la Parroquia Nuestra Señora de Loreto, Tierra Amarilla. 05/12/2013 24 5.2. Admisibilidad de las observaciones ciudadanas Todas las observaciones cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 5.3. Evaluación Técnica de las observaciones ciudadanas Las observaciones formuladas cumplen los requisitos establecidos en el artículo 29 de la Ley Nº 19.300 y en el artículo 53 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de todos los documentos recibidos se sistematizaron 59 observaciones ciudadanas, las cuales se evalúan técnicamente a continuación: 1. Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto del Área ―Mina‖, en el Proyecto no se ha descrito algún sistema de manejo de ―aguas de contacto‖ y de ―escorrentía‖, ni del drenaje ácido de roca (DAR). Lo anterior, a pesar y en especial atención a lo dicho, por el mismo Titular, en su Línea de Base de Recurso Hídrico, (páginas 6 y siguientes, especialmente en la Tabla 2.5-4), en la cual reconoce expresamente la existencia de precipitaciones en la zona. Es por ello que realiza un análisis de frecuencia de precipitaciones en la Tabla 2.5-5, 2.5-6, 2.5-7, 2.5-8. Cabe destacar que en la página 10, señala el Titular que: ―En función de los resultados obtenidos, se tiene que Elibor Campamento, considerada la estación más representativa de la zonas de estudio, presenta una de las más altas precipitaciones máximas en 24 horas en la cuenca del Río Copiapó, alcanzado los 150 mm para un periodo de retorno de 200 años‖. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto, respecto a lo indicado, se informa que el proyecto contempla un análisis de Hidrología presentado en este documento. En referencia a la frecuencia y estimación de precipitaciones máximas probables (PMP), probabilidades de excedencia y crecidas máximas probables (CMP). Respecto de la hidrología del área de influencia del proyecto, en la cuenca del río Copiapó, específicamente en las cercanías del área de estudio, se dispone de 9 estaciones pluviométricas vigentes administradas por la Dirección General de Aguas (DGA) (Ver Figura 2.5-2 del capítulo 2.5 del EIA), las que se utilizaron para caracterizar el régimen de precipitaciones en el área de estudio. La información general de las estaciones, incluyendo coordenadas de ubicación y periodo de registro se presentan en la Tabla 2.5-1 del mismo capítulo, además de las estaciones DGA recién mencionadas, se cuenta con una estación denominada Mina Candelaria, cuyas coordenadas se presentan en la Tabla 2.5-2 del capítulo mencionado. Se ha considerado que la estación más representativa de la zona de estudio corresponde a la estación pluviométrica DGA, Elibor Campamento, cuyas precipitaciones mensuales promedio y aquellas asociadas a años secos y húmedos se presentan en la Tabla 2.5-4 del capítulo 2.5 del EIA. Los registros de precipitación de las estaciones DGA indican que la mayor parte de las precipitaciones se produce entre los meses de mayo a agosto, y que existe un número considerable de años en que la precipitación es nula, o que la totalidad de la precipitación anual se concentra en uno o dos días del año. En función de los resultados obtenidos, se tiene que la estación pluviométrica, Elibor Campamento, considerada la estación más representativa de la zona de estudio, presenta una de las más altas precipitaciones máximas en 24 hrs en la cuenca del río Copiapó, alcanzado los 150 mm para un periodo de retorno de 200 años. 54

De acuerdo a los resultados del estudio y modelación hidrogeológica, se han identificado flujos menores de infiltraciones que se dirigen hacia el rajo, generándose un efecto sumidero. Esta condición permite establecer flujos preferenciales y estimar las futuras acciones que permitirán minimizar los impactos generados por el proyecto. Así, para la fase de cierre (post cierre) se ha considerado que las eventuales filtraciones que puedan generarse en el depósito serán recolectadas mediante bombeo en el sistema de recolección de filtraciones (SCS); y dependiendo de la calidad o cantidad del agua de filtraciones, ésta podría ser transportada a una piscina de evaporación con revestimiento permanente o se permitiría que fluyera a través del material aluvial hasta el rajo abierto, complementando lo anterior en el anexo 11 del Adenda 3, el titular presentó una actualización de la hidrogeología de la quebrada el Bronce y el Roro, evidenciando que no existe conexión con posibles infiltraciones hacia el río Copiapó; por lo anterior se determinó un impacto no significativo a la Alteración de la calidad del agua del acuífero del Valle del Río Copiapó en fase de operación y cierre del depósito de relaves Los Diques, considerando de igual manera la siguiente medida, interpuesta por la Autoridad y el Servicio Competente en el proceso de evaluación: En el caso que se detecte la presencia de agua en alguno de los sondajes perforados en la Quebrada el Bronce (sondajes P1 y PP2), esto en consideración a que la única fuente de aguas subterráneas de ese sector corresponde a las infiltraciones de aguas contactadas generadas a partir de las operaciones de la faena minera, de ocurrir la situación antes descrita, se asumirá por defecto un estado de ineficiencia de contención del actual Cutoff sobre los flujos de aguas subterráneas interceptados, y por lo tanto, el Titular deberá proceder en forma inmediata a consensuar con la SMA y la DGA Región de Atacama la mejor alternativa que garanticen la completa aislación hidrogeológica de la Quebrada El Bronce. 2. Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Para ninguno de los componentes ambientales se describe, de manera diferenciada, el área de influencia directa e indirecta, conforme se desprende de las exigencias del art. 12 letra f) del D.S 95, en habida consideración de lo establecido en el art. 2 letra a), y art. 18 letras d) y e) del D.S. 40. Lo anterior, es evidente en cuanto al componente de Edafología, pues el Titular no presenta antecedente alguno que justifique el nulo análisis que ha hecho del posible impacto sobre los suelos que existen alrededor del área de emplazamiento del Proyecto. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los antecedentes del proyecto en evaluación, en cuanto a lo consultado se indica, que en el capítulo de Línea Base de este documento se presenta una completa y detallada descripción de las Áreas de Influencia (AI) para cada componente ambiental. Se debe considerar que el Proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional‖ ingresó al Sistema de Evaluación Ambiental por el D.S 95/2001 y no por el D.S 40/2012. En cuanto al Área de Influencia del Proyecto, se entiende a todo espacio geográfico donde el Proyecto pueda generar impactos potenciales sobre los elementos o componentes naturales y socioambientales. Esta definición considera si el proyecto o actividad presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias. Con respecto, al componente de edafología, tal como se indica en el Capítulo de línea de base de este documento, todos los suelos descritos en el área de influencia del Proyecto se han clasificado con Capacidad de Uso VIII, es decir, son suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Éstos corresponden a suelos sin valor agrícola, ganadero o forestal, teniendo uso limitado únicamente para la vida silvestre, recreación o protección de hoyas hidrográficas. Las principales limitantes son la escasa materia orgánica, escasa retención de humedad y abundante pedregosidad. En complemento, cabe precisar que la mayor parte de las áreas en que se contemplan obras corresponden a sectores altamente intervenidos con un carácter predominantemente industrial y minero. Por lo anterior, se descarta la necesidad de desarrollar análisis o estudios complementarios sobre los suelos del área de influencia del proyecto. Sin embargo se presentan medidas para los componentes de Flora y Fauna, cuya vinculación con los suelos es su capacidad de sustentar este tipo de biodiversidad, junto a ellos en la agricultura cercana al área de emplazamiento del proyecto se evaluó el efecto sombra sobre la actividad 55

agrícola del sector de Nantoco así como la emisión de material particulado sedimentable, el cual se encuentra bajo la normativa de referencia. 3. Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: El Titular sólo reconoce ingresar, como Estudio de Impacto Ambiental (EIA), al SEIA por los literales i) y a) del art. 3 del D.S. 95, puesto que generaría o presentaría impactos significativos sobre la flora y fauna en categorías de conservación, conforme al art. 6 letra m) del D.S 95. Sin embargo, el Proyecto también debe ingresar al SEIA tanto por los literales a) e i) del art 3, así como también por la letra j), del mismo artículo, por contemplar dentro de sus obras ductos mineros (área obras lineales).

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que según lo indicado en la sección 3.2 del Estudio de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA como Estudio de Impacto Ambiental bajo las tipologías indicadas en las letras a) e i) del artículo 3 del D.S. N°95/2001 del MINSEGPRES. El detalle de las causales de ingreso se indica a continuación: Letra a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, dado que el Proyecto contempla la construcción y operación de un nuevo Depósito de Relaves emplazado en el sector Los Diques, cuya capacidad máxima aproximada de almacenamiento de relaves es de 600 MM, lo que corresponde a un volumen estimado de 350 MMm3, y cuyo muro de confinamiento presenta una altura superior al límite establecido en el citado artículo Además, el Proyecto contempla la construcción y operación de un acueducto paralelo al existente emplazado entre el Sector Bodega y el Área Mina. Letra i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, lo anterior por la extensión de la vida útil de la Mina (Rajo Abierto y Subterránea) en 13 años, manteniendo una tasa de extracción de aprox. 320.000 tpd, implica una extracción de mineral superior a cinco mil toneladas (5.000 ton) mensuales, de modo que esta modificación, por sí misma, constituye uno de aquellos proyectos que deben ingresar al SEIA. Respecto a la vía de ingreso por el cual debió ingresar como un Estudio de Impacto Ambiental, el Titular ingreso por los literales b) del artículo 11 de la Ley sobre bases generales del Medio Ambiente, dado que produce un impacto significativo en Flora y Vegetación como la pérdida de flora en categoría de conservación, Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis (Pintoa) y Krameria cistoidea (Pacul) tanto para la fase de construcción como para la fase de operación. Produce además impacto significativo en la Fauna por la pérdida de especies de individuos en categoría de conservación, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) clasificada en categoría Rara y Callopistes maculatus (Iguana Chilena) clasificada en categoría Vulnerable. Estos impactos están considerados tanto en la etapa de Construcción y Operación del proyecto específicamente en el área del depósito de relaves El Dique; para lo cual se presentaron medidas de mitigación, con el objetivo de hacerse cargo de los impactos significativos que se produce en el componente flora y fauna. Complementariamente este Servicio de Evaluación junto con los Servicios Competentes ha determinado impactos significativos en los literales: a) respecto al riesgo de la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes; emisiones o residuos; al literal b) por el impacto significativo generado por la continuidad de mantener los 175 L/s de aguas servidas tratadas por el acueducto Chamonate Candelaria, por lo cual este Servicio de Evaluación junto a los otros Servicios competentes han indicado la medida de mitigación y compensación para que el Titular se haga cargo de este impacto. Finalmente se ha determinado un impacto significativo al literal d) del artículo 11 de la Ley sobre la afectación del Sitios Prioritarios Desierto Florido. Para lo cual se han presentado las condiciones para hacerse cargo adecuadamente de este impacto. El detalle de estos impactos y sus correspondientes medidas se encuentran descritos en los diferentes capítulos de este documento. 4- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Dado que no se reconocen como significativos los impactos sobre el componente aire, recurso hídrico, ruido, ni suelo, no se contemplan por el Titular medidas de compensación, mitigación ni reparación adecuadas. A lo 56

anterior, se suma que la Línea de Base y área de Influencia se encuentra mal estructurada, según se ha dicho. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. Respecto a los antecedentes entregados durante la evaluación ambiental, se señala, que el Titular ingreso por los literales b) del artículo 11 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, dado que produce un impacto significativo en Flora y Vegetación por la pérdida de flora en categoría de conservación, Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis (Pintoa) y Krameria cistoidea (Pacul) tanto para la fase de construcción como para la fase de operación. Produce además impacto en la Fauna por la pérdida de especies de individuos en categoría de conservación, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) clasificada en categoría Rara y Callopistes maculatus (Iguana Chilena) clasificada en categoría Vulnerable. Estos impactos están considerados tanto en la etapa de Construcción y Operación del proyecto específicamente en el área del depósito de relaves El Dique. Por lo cual se presentaron las siguientes medidas de mitigación, con el objetivo de hacerse cargo del impacto significativo que se produce en el componente fauna, en la alteración a los reptiles, se realizara un plan de rescate y relocalización de reptiles (construcción) en las áreas donde se identificó la presencia de estos ejemplares. El objetivo de la medida es mitigar la pérdida de las especies en categoría de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto, tanto por las actividades deconstrucción como de operación. En cuanto a las medidas de la Flora y vegetación estas serán las siguientes: Rescate y relocalización de cactáceas-Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido-Limpieza sitio Prioritario Desierto florido Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis. Complementariamente este Servicio de Evaluación junto con los Servicios Competentes ha determinado impactos significativos en los literales: a) respecto al riesgo de la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes; emisiones o residuos y respecto al literal b) sobre los recursos naturales, especialmente el impacto significativo se generará por la continuidad de mantener los 175 L/s de aguas servidas tratadas por aumentar la vida útil de la RCA del Acueducto Chamonate Candelaria. Dado lo anterior, este Servicio de Evaluación junto a los otros Servicios competentes han indicado la medida de mitigación y compensación para que el Titular se haga cargo adecuadamente de este impacto. Las medidas de mitigación y compensación establecidas son: Medidas de Mitigación Calidad del aire:  Transporte de concentrado en camiones encarpados  Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble.  Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor).  El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie.  Humectación de actividades de carguío y transporte  Plan de humectación y bischofita de los caminos y evaluar supresores de polvo que garanticen una eficiencia mayor a la humectación.  El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción).  Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA y ser implementado al inicio de la ejecución. Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca.  La cancha de concentrado de emergencia, deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales. 57

 Controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto.

Medidas de Compensación:  Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa, alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos.  Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular.  Limpieza mensual en calle Margarita Rocco.  Mejoramiento del Parque Torreblanca: Mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación de este Parque.

Recursos hídricos:  El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

Finalmente se ha determinado un impacto significativo al literal d) del artículo 11 sobre la afectación al Sitio prioritario Desierto Florido, para lo cual se han presentado las condiciones para hacerse cargo adecuadamente de este impacto, las medidas son: El Titular deberá hacerse cargo, más allá del rescate y relocalización de las cactáceas afectadas y de los monitoreos de ocurrencia de Desierto Florido, entregando la información actualizada de la presencia de flora y vegetación dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido. Respecto al resto de los impactos señalados, estos no se han evaluado como impactos significativos, sin embargo, se han presentado medidas y compromisos y un monitoreo como por ejemplo para el caso de ruido y vibraciones, dichas medidas y el detalle de los monitoreos propuestos se puede encontrar en los diferentes capítulos de este documento. 5- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Aplicación del Artículo 15 bis de la Ley 19.300; o b) En su defecto, no otorgamiento de la respectiva RCA. a) Aplicación del Artículo 15 bis de la Ley 19.300. Conforme a Instructivo N° 131455 de 2014, dictado por el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, corresponde aplicar, en el presente caso, la facultad que el art. 15 bis de la Ley 19.300, le concede a esta Dirección Regional de Atacama, por las siguientes razones: , 1.- Falta de Información Relevante. El EIA, ―Candelaria 2030-Continuidad Operacional‖, no contiene información relevante, puesto que, entre otras cosas, no describe las obras consistentes en el sistema de manejo de ―aguas de contacto‖ y ―escorrentía‖, y sobre el drenaje ácido de roca, siendo el Anexo 1-C 58

totalmente insuficiente al respecto, ya que los antecedentes allí entregados no son válidos para evaluar el potencial de drenaje de ácido de roca y la lixiviación de metales. Lo anterior, conforme a lo sustentando por la SEREMI DE MEDIO AMBIENTE, en su ORD. 575 de fecha 7.11.2013. 2.- Falta de Información Esencial. Los Efectos, Características, o Circunstancias (ECC) del art. 11, no se encuentran debidamente identificados, conforme se indicó en el Capítulo 3 de esta presentación, especialmente, en torno a los componentes aire, ruido, agua, suelo y medio humano. Lo anterior, encuentra, además, pleno sustento en los pronunciamientos DGA (ORD. 785 de fecha 7.11.2013), SEREMI DE MEDIO AMBIENTE (ORD. 575 de fecha 7.11.2013), CONAF (ORD. 113-EA, de fecha 5.11.2013). Por lo mismo, las medidas de manejo entorno a los componentes señalados, no son adecuados para mitigar reparar y/o compensar los reales impactos. Todo lo anterior, atendiendo al vicio estructural de la Línea de Base y el Área de Influencia generado y definido por el Titular. Pues bien, de lo anterior se desprende que: i) El Titular no reconoce los ECC que generan la obligatoriedad de presentar un EIA, entorno a los componentes, ya señalados; ii) No identifica los ECC que son evidentes en su generación, por ejemplo los que se refieren al art. 5 del D.S 95; iii) Inexistencia de medidas de mitigación, reparación, compensación, y un Plan de Seguimiento, adecuados, especialmente, teniendo en consideración los pronunciamientos de los Organismos Públicos, con competencia ambiental, ya singularizados. Si bien los requisitos establecidos en los numerales 1 y 2 no son copulativos, claramente en el presente caso concurren ambos. 3.- Imposibilidad de subsanar la falta de información. Así las cosas, de lo dicho anteriormente, se desprende que dicha información no es subsanable mediante Adenda, ya que las solicitudes de aclaración, rectificación o ampliación, tiene por objeto, justamente, aclarar, rectificar, o ampliar la información presentada inicialmente. Sin embargo, ocurre, entre otras cosas que, respecto del suelo y medio humano, en su dimensión socioeconómica, no se presentó, absolutamente, ningún antecedente. Ahora bien, respecto del aire y agua, la información y análisis presentados son totalmente insuficiente, por lo que se encuentran subestimados los impactos reales, no reconociéndoseles como significativos, y por tanto, no permitiendo una adecuada evaluación. Lo anterior, debido a que la Línea de Base ha sido mal estructurada, y el Área de Influencia mal definida. b) No otorgamiento de la respectiva RCA. En subsidio, y para el caso que la Dirección Regional del SEA de Atacama, no procede a ejercer finalmente su facultad del art. 15 bis, y con los antecedentes que obran en el expediente de evaluación ambiental, a la fecha de presentación de éstas observaciones, corresponde, en virtud de los mismos argumentos de Hecho y Derecho, recientemente expuestos, el RECHAZO del Estudio de Impacto Ambiental ―Candelaria 2030 – Continuidad Operacional‖, al no cumplir con los requisitos básicos y elementales que requieren principalmente el art. 12 del D. 95, y art 11 ter de la Ley 19.300. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente ya hace referencia a los antecedentes de este proceso de evaluación ambiental, se aclara a la ciudadanía, que durante el proceso de evaluación se evaluaron correctamente los impactos de los distintos componentes del proyecto para los cuales se determinaron impactos significativos en los literales b) del artículo 11 de la Ley sobre bases generales del Medio Ambiente, dado que produce un impacto significativo en Flora y Vegetación como la pérdida de flora en categoría de conservación, Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis (Pintoa) y Krameria cistoidea (Pacul) tanto para la fase de construcción como para la fase de operación; produce además impacto significativo en la Fauna por la pérdida de especies de individuos en categoría de conservación, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) clasificada en categoría Rara y Callopistes maculatus (Iguana Chilena) clasificada en categoría Vulnerable. Estos impactos están considerados tanto en la etapa de Construcción y Operación del proyecto específicamente en el área del depósito de relaves El Dique; para lo cual se presentaron medidas de mitigación, con el objetivo de hacerse cargo de los impactos significativos que se produce en el componente flora y fauna. Complementariamente este Servicio de Evaluación junto con los Servicios Competentes ha determinado impactos significativos en los literales a) respecto al riesgo de la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes; emisiones o residuos. Respecto al literal b) el impacto significativo generado por la continuidad de mantener los 175 L/s de aguas servidas tratadas por el acueducto Chamonate Candelaria, por lo cual este Servicio de Evaluación junto a los otros Servicios competentes han indicado las medidas de mitigación y compensación para que el Titular se haga cargo de estos impactos. Finalmente se ha determinado un impacto significativo al literal d) del artículo 11 sobre la afectación de sitios prioritarios del Desierto Florido. Para lo cual se han presentado las condiciones para hacerse cargo adecuadamente de este impacto. El detalle de estos impactos y sus correspondientes medidas se encuentran descritos en los diferentes capítulos de este documento. 59

6- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Compañía Contractual Minera Candelaria, CCMC, se encuentra aprobada y en operación desde el año 1995, habiéndose sometido a evaluación una serie de proyectos tendientes a complementar y actualizar su operación. [Resumen ejecutivo. Página 2 de 25]. Sin embargo, como es de conocimiento público, ―Uno de los principales instrumentos para prevenir el deterioro ambiental es el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Este instrumento permite introducir la dimensión ambiental en el diseño y la ejecución de los proyectos y actividades que se realizan en el país; a través de él se evalúa y certifica que las iniciativas, tanto del sector público como del sector privado, se encuentran en condiciones de cumplir con los requisitos ambientales que les son aplicables. El SEIA entró en vigencia el 03 de abril de 1997. A 13 años de su aplicación, más de 10.000 proyectos o actividades se han aprobado en el SEIA, lo que ha permitido que el país haya logrado un cambio sustancial en la forma de construir el futuro, al poder prevenir los impactos que pueda generar las inversiones públicas y privadas, o hacer que, cuando se generan impactos adversos significativos, exista una mitigación‖. [2].Tal como lo señala el título del EIA presentado por CCMC, este corresponde a un proyecto de continuidad operacional, hasta el año 2030, por lo que no solo debiesen ser evaluados los potenciales impactos ambientales futuros, dado la ampliación de la vida útil del proyecto, además debieran ser consideradas por él SEA, las correspondientes medidas de compensación y mitigación por los impactos ambientales ocurridos desde el inicio de su hasta el año 2017, ya que esta fue autorizada por un ORD. N°817, del 9 de junio de 1992, de la Intendencia de la Región de Atacama, que aprobó el proyecto La Candelaria, autorización que al amparo de la actual legislación debieses ser reevaluada de forma íntegra. Evaluación técnica de la observación:Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción y medidas de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que el Proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional" ingreso de acuerdo a lo indicado en la sección 3.2 ―Análisis de Pertinencia de Ingreso del Proyecto al SEIA‖ del Capítulo 3 del EIA, el análisis para determinar la evaluación ambiental de la modificación del Proyecto se realizó conforme a lo dispuesto en el artículo 2° del RSEIA, el cual define por modificación de proyecto o actividad la ―realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad ya ejecutado, de modo tal que éste sufra cambios de consideración‖. Al respecto, si bien ni la Ley ni el Reglamento DS 95 RSEIA definen qué se entiende por cambio de consideración, el Director Ejecutivo de la Comisión Nacional de Medio Ambiente, mediante Oficio Ordinario N° 103.050 del 23 de septiembre de 2010, con el objeto de uniformar criterios respecto al tratamiento de las consultas de pertinencia de ingreso al SEIA y considerando las modificaciones introducidas por la Ley 20.417 a la Ley 19.300, impartió instrucciones sobre la materia las que se encuentran contenidas en la Guía de ―Criterios para decidir sobre la pertinencia de someter al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la introducción de ―cambios‖ a un proyecto o actividad‖, de junio de 2008.Conforme a dicho documento, se establecen tres criterios que son analizados caso a caso, cuándo los ―cambios‖ son ―de consideración‖. A continuación se indican dichos criterios y se analiza la aplicabilidad según la modificación del Proyecto: a) Las obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar el proyecto o actividad, constituyen por sí solas un proyecto o actividad listado en el artículo 3º del Reglamento del SEIA. El artículo 10 letra i) de la Ley y artículo 3 letra i) del Reglamento, indican que deben someterse al SEIA, los ―Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles‖. Se entenderá por proyectos de desarrollo minero aquellas acciones u obras cuyo fin es la extracción o beneficio de uno o más yacimientos mineros, y cuya capacidad de extracción de mineral es superior a cinco mil toneladas (5.000 ton) mensuales. En este caso, la extensión de la vida útil de la Mina (Rajo Abierto y Subterránea) en 13 años, manteniendo una tasa de extracción de aprox. 320.000 tpd, implica una extracción de mineral superior a cinco mil toneladas (5.000 ton) mensuales, de modo que esta modificación, por sí misma, constituye uno de aquellos proyectos que deben ingresar al SEIA. Además, el proyecto de desarrollo minero comprende la ampliación de los botaderos de estériles. 60

Adicionalmente, dado que la extensión de la vida útil del Caso Base conlleva la extracción de aproximadamente 200 millones de toneladas adicionales, el Proyecto contempla la construcción de un nuevo depósito de relaves, así como de un nuevo acueducto paralelo al existente; de este modo, corresponde igualmente su ingreso al SEIA en virtud del artículo 10, letra a), de la Ley 19.300 y literal a) del artículo 3 del RSEIA, que indican pertinente el ingreso al SEIA de acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. Estos corresponden, entre otros, a los embalses o tranques de capacidad superior a 50.000 m3 o cuyo muro tenga más de 5 m de altura. Además, el presente Proyecto contempla la construcción y operación de un nuevo Depósito de Relaves emplazado en el sector Los Diques, cuya capacidad máxima aproximada de almacenamiento de relaves es de 600 MMton, lo que corresponde a un volumen estimado de 350 MMm3, y cuyo muro de confinamiento presenta una altura superior al límite establecido en el citado artículo. También el Proyecto contempla la construcción y operación de un acueducto paralelo al existente emplazado entre el Sector Bodega y el Área Mina. b) Las obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad, que no haya sido previamente evaluado(a) en el SEIA, conducen a que en conjunto el proyecto o actividad en ejecución, sumado a los ―cambios‖, se alcance la magnitud o se reúnan los requisitos contenidos en alguno de los literales del artículo 3º del Reglamento del SEIA. Conforme a lo indicado, el Proyecto ―Candelaria 2030 – Continuidad Operacional‖ es una modificación del proyecto actual que se encuentra en operación y que posee diferentes RCA que hoy en día se modifican con el presente proyecto. c) Cuando las obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad son susceptibles de generar nuevos impactos ambientales adversos. De acuerdo a la evaluación realizada se puede concluir que el proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional genera nuevos impactos ambientales adversos en los componentes ambientales. En conformidad con los antecedentes expuestos precedentemente, queda de manifiesto que el proyecto sometido a tramitación ambiental se hace cargo de la totalidad de los efectos generados por las obras y actividades contempladas. Por último, el proyecto fue evaluado por el Comité Técnico de la Región de Atacama, en base a todos los impactos que genera, tal como lo indica el artículo 11 ter.: ―En caso de modificarse un proyecto o actividad, la calificación ambiental deberá recaer sobre dicha modificación y no sobre el proyecto o actividad existente, aunque la evaluación de impacto ambiental considerará la suma de los impactos, provocados por la modificación y el proyecto o actividad existente para todos los fines legales pertinentes.‖ 7- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: En el capítulo 2.1 obras caso base. Las actividades y obras del caso base son las que se describen a continuación: [resumen ejecutivo, página 3 de 25] ―La energía eléctrica requerida para las instalaciones es suministrada desde la Subestación Eléctrica Cardones hasta la planta industrial. El abastecimiento de agua es suministrado mediante cuatro fuentes: agua desalada proveniente de la Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera; agua servida tratada proveniente de la Empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; agua proveniente de pozos la cual es utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones‖. La información antes citada es difusa e incompleta, dado que solo menciona las cuatro posibles fuentes de abastecimiento pero no hace un detalle de la cuantificación de los volúmenes de cada uno de ellas, ni tampoco especifica en un diagrama de operación como va a hacer usada. Respecto de lo planteado, es importante destacar que en la sección 1.6.4.2 del EIA en evaluación, donde se describe el suministro de energía para la etapa de operación, se establece claramente que la energía eléctrica 61

requerida para las instalaciones en el Área Mina será suministrada mediante el mismo sistema utilizado actualmente desde la Subestación Cardones hasta la planta industrial. Asimismo, como se indicó en dicho numeral, se ha estimado en un promedio de 70 MW/hora. Para mayor detalle en el Capítulo 1 se menciona, además que desde esa subestación existe una línea de transmisión de 220 kV. Por otra parte, el Área Puerto, se abastecerá de energía eléctrica de la misma forma que en la actualidad. Como se menciona en la misma sección 1.6.4.2, el suministro se realizará a través de un empalme con una línea de alta tensión en 110 kV. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente ya hace referencia al abastecimiento de energía y agua industrial para el proyecto, se aclara a la ciudadanía que las fuentes de agua industrial a utilizar por el proyecto corresponden a aquellas mencionadas en el Estudio de Impacto Ambiental, donde se indica que se utilizará 400 L/s para su proceso minero, las cuales corresponde a: agua desalada de la Planta Desalinizadora posee una capacidad máxima para tratar 500 L/s; agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar con 175 L/s (los cuales fueron restringidos de manera paulatina a los largo del tiempo), como principales fuentes, y agua proveniente de pozos en casos excepcionales. En cuanto a lo consultado por el uso de los pozos es posible señalar, que estas contingencias se generarán en el marco de emergencias naturales tales como: maremotos, terremotos, altas precipitaciones o eventos naturales similares; cortes de energía o efectos o daños de terceros; contingencias operacionales y durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de aguas servidas tratadas y/o desalinizada; mantenciones de la planta concentradora, que aumenta sus requerimientos de agua en la partida para entrar en régimen de operación. Respecto de los escenarios, como los antes descritos, el consumo puntual de agua de pozos del Sector 4 podrá ser del orden de 150 L/s promedio (máximo instantáneo del orden de los 400 L/s) en máximo 3 días al año, lo que implica aproximadamente 1,2 L/s al año. Finalmente, para control del suministro, los pozos cuentan con flujómetros que miden el volumen instantáneo extraído, lo cual se registra en la sala de control de la planta concentradora. Asimismo existe control de extracción total, que no permite sobrepasar el volumen total aprobado. Lo anterior será respaldado mediante la aplicación de puntos de monitoreos. En cuanto a la energía eléctrica utilizada por el proyecto se señala lo siguiente para la etapa de Construcción: La energía eléctrica requerida para la fase de construcción se ha estimado en 1 MW y será abastecida a través de la red eléctrica que actualmente posee el titular. Para aquellas actividades de construcción que se desarrollen en áreas en las que no sea posible este suministro se utilizarán equipos generadores portátiles. Para la etapa operacional del proyecto se utilizara energía eléctrica requerida para las instalaciones en el Área Mina se ha estimado en un promedio de 70 MW/hora, la que será suministrada mediante el mismo sistema utilizado actualmente desde la Subestación Cardones hasta la planta industrial. Desde esa subestación existe una línea de transmisión de 220 kV, en sentido aproximadamente paralelo al camino de acceso principal. El sistema de suministro eléctrico contará con generadores de respaldo en caso de emergencias. En el Área Puerto, la energía eléctrica será suministrada de la misma forma que en la actualidad, esto es a través de un empalme con una línea de alta tensión en 110 kV. La operación de la Planta Desalinizadora y del acueducto requerirán como máximo 25 MW, en tanto que el funcionamiento de la estación de bombas de impulsión ubicada en el Sector Bodega requerirá un máximo de 16 MW. 8- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Tampoco menciona cual es el agua que va a usar el proyecto, solo hace mención a un: Sistema de captación y recirculación de aguas El depósito de relaves cuenta con un sistema de captación y recirculación de aguas que está conformado por 2 subsistemas, los que logran recuperar un caudal aproximado de 550 L/s. Éstos son: Sistema de captación y recirculación de agua desde la laguna del depósito, y Sistema de captación y recirculación de agua de infiltración hacia el pique mina y retorno hacia el proceso. En consecuencia, se desprende de lo anterior que CCMC, necesita por lo menos un caudal de 550 litros por segundos,( MAKE UP, aguas frescas) lo que es equivalente a un volumen de 17.344.800 [m3/año], volumen significativo si consideramos el lugar de emplazamiento del proyecto: esto es, El Valle de Copiapó, ubicado en la Capital de la región de Atacama, caracterizado por su clima árido, con escasas precipitaciones, y casi nula recarga al acuífero dado que se encuentra en pleno desierto, tal como lo reconoce el EIA de CCMC: ―La determinación de la recarga derivada de procesos naturales es muy compleja en zonas áridas, como es el caso de la región de Atacama, pues al realizar un balance de aguas a nivel anual, se obtiene que la evaporación potencial excede en forma considerable a la precipitación, haciendo que la recarga neta tienda a cero. La recarga de 62

agua subterránea se produce principalmente durante años húmedos y muy húmedos, registrándose una recarga mínima durante los años normales a secos.‖ Capítulo 2.0 – Línea de Base - Recursos Hídricos Página 110 de 126. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de:  Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s;  175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente.  Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año).  Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3

Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen 63

infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Complementando lo anterior se evaluó además el Impacto sobre Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se ha propuesto la medida siguiente de Compensación, a través de exigencia del Servicio competente a este significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

9- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: En cuanto a la fuente citada como: agua servida tratada proveniente de la Empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria, cabe señalar al respecto, que existe un pronunciamiento emitido por la Contraloría General de la Republica, Dictamen 034219N09, de fecha 30 de junio del 2009, el cual se acompaña a esta presentación, por lo que el agua en cuestión señalada, no está debidamente autorizada y por ende su uso podría no ser factible legalmente.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinentetoda vez que hace referencia a los insumos a utilizar por el proyecto. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, donde una de estas fuentes de abastecimiento son los 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos e información solicitada por la Autoridad para determinar el efecto que generaría en el acuífero, sector 5 y 6 y los humedales que se sustentan de estos sectores. 64

Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 10- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: En Cuanto a la fuente citada como: agua proveniente de pozos la cual es utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones, se debe tener presente que CCMC es dueña de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas, definitivos, consuntivos, permanentes y continuos del sector IV, por un caudal de 925 [l/s] equivalentes a 29.170.800 [m3/año] , esto significa que posee en derechos casi el doble de su requerimiento, derechos que hasta el año 2012, antes del inicio de la operación de la planta desalinizadora fueron usados de forma parcial conforme a la ley, por lo que si consideramos los periodos desde el año 1995 al 2012 (17 años) y consideramos que su requerimiento no fue superior a los 550 [l/s], implica que fueron bombeados del acuífero el sorprendente volumen de 121.413.600 [m3], impacto significativo, notorio en el comportamiento de la napa específicamente en el descenso del nivel freático del sector IV, lo anterior fue ratificado en el Estudio Hidrogeólogo, recursos hídricos superficiales y subterráneas del valle de Copiapó Sernageomin 2010.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de:

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• Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera.

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3.

Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el 66

río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

11- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Por tanto, y de acuerdo ha señalado por el titular en el punto 2.5 Recursos Hídricos. 2.5.5.3.1 Revisión de Antecedentes, el titular señala que Basado en los registros de pozos de la zona, los niveles de agua en el acuífero han disminuido a un máximo de 40 m bajo la superficie desde 1988 debido al bombeo en pozos de extracción, principalmente para uso agrícola. Al respecto solicitamos más información que avale la afirmación realizada por CCMC respecto de los niveles de los pozos por el uso agrícola, en consecuencia, solicitamos se aclare qué destino se les dará a los derechos de aprovechamientos de aguas subterráneas constituidos a su nombre, los cuales en total suman 925 l/s todos de uso permanente y continuo. Evaluación técnica de la observación:Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de: • Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera. 67

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3. Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río 68

y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 12- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: El impacto en la napa es reconocido por el EIA presentado por CCMC , en su capítulo 2.0 – Línea de Base - Recursos Hídricos, 3945-1000-MM-INF-001_0, PAGINA 98, sin embargo, en nuestra opinión, se falta gravemente a la verdad, dado que de acuerdo a los catastros públicos de aguas, en dicho sector, la mayor, por no decir la totalidad de los derechos de aguas subterráneas corresponden al sector Minero y a la empresa Sanitaria, siendo el sector agrícola el de menor relevancia. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de: • Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera. Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3. Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas 69

subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

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13- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto de la misma Línea de Base de Aire, no se entiende, ni es comprensible por qué el monitoreo, en la localidad de Nantoco solo mide, (y pretende que solo siga midiendo), MPS. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la Línea Base del Proyecto, en cuanto a lo consultado se aclara que el Titular actualizó la información proporcionada en el EIA, presentando la línea de base y la evaluación de impacto respectiva para la calidad del aire en el sector de Nantoco. A Continuación se indica que la línea de base de calidad del aire ha sido actualizada durante el proceso de evaluación a solicitud de la Autoridad, en la Tabla siguiente se presenta los valores de línea de base considerados en el área de influencia del Proyecto y que han sido exhibidos en el EIA y en las distintas adendas consideradas para evaluar el impacto posteriormente a la calidad del aire.

Tabla: Valores de LdB de Calidad del Aire TAMA y MPS para NANTOCO (µg/m³N) Parámetro Periodo Valor Norma MP10(ValoresAño2011) TAMA P98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA P98 54 50 Anual 26 20 MP10(Sep14a Ene15) Nantoco P98 94,9 150 Anual 48,3 50 NO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA PromedioPeriodo 35,4 100 Maxen24Hrs 119,5 400 SO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA Promedio 24,1 80 P9924Hrs 129,3 250 MPS(mg/m²/día) TAMA Mensual 317 333 MPS(mg/m²/día) NANTOCO Mensual 311 333 Fuente: Tabla 4-4 del apéndice 2, anexo 7 del Adenda 3. 71

Como la línea de base monitoreada incluye la operación actual de Candelaria, se debe descontar el aporte de este escenario a las concentraciones registradas, estimando una línea de base ajustada. Para determinar los niveles proyectados, se suma el aporte del escenario Futuro a la línea de base ajustada y posteriormente, en base a las concentraciones obtenidas se evaluó el impacto.Finalmente se puede expresar que el seguimiento a la calidad del aire será realizado como se expresa a continuación:

14- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No se describe Línea de Base de Edafología, atendiendo para ello sólo al área de emplazamiento de las diversas obras, sin considerar las definiciones legales de Área de Influencia que entregan el D.S 95, y el D.S 40. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los antecedentes del proyecto en evaluación, en cuanto a lo consultado se atiende y se indica, que en el capítulo de Línea Base de este documento se presenta una completa y detallada descripción del Área de Influencia (AI) para cada componente ambiental. Se debe considerar que el Proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional‖ ingreso al Sistema de Evaluación Ambiental por el D.S 95 y no por el D.S 40. En cuanto al Área de Influencia del Proyecto, se entiende a todo espacio geográfico donde el Proyecto pueda generar impactos potenciales sobre los elementos o componentes naturales y socioambientales. Esta definición considera si el proyecto o actividad presenta alguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, o bien para justificar la inexistencia de dichos efectos, características o circunstancias. Con respecto, al componente de edafología, tal como se indica en el Capítulo 2 de este Estudio de Impacto Ambiental, todos los suelos descritos en el área de influencia del Proyecto se han clasificado con Capacidad de Uso VIII, es decir, son suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Éstos corresponden a suelos sin valor agrícola, ganadero o forestal, teniendo uso limitado únicamente para la vida silvestre, recreación o protección de hoyas hidrográficas. Las principales limitantes son la escasa materia orgánica, escasa retención de humedad y abundante pedregosidad. En complemento, cabe precisar que la mayor parte de las áreas en que se contemplan obras corresponden a sectores altamente intervenidos con un carácter predominantemente industrial y minero. Por lo anterior, se descarta la necesidad de desarrollar análisis o estudios complementarios sobre los suelos del área de influencia del proyecto. Sin embargo se presentan medidas para los componentes de Flora, Fauna, Aire, Ruido y Vibraciones, Patrimonio cultural, Paisaje y Turismo, Medio Marino y Medio Humano.

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15- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Así también, llama la atención que en la Línea de Base del Recurso Hídrico, el Titular no haya considerado el estudio denominado: "EVALUACION HIDROGEOLOGICA DE LA CUENCA DEL RIO COPIAPO, CON ENFASIS EN LA CUANTIFICACION, DINAMICA Y CALIDAD Química DE LOS RECURSOS HIDRICOS SUPERFICIALES Y SUBTERRANEOS" (SERNAGEOMIN 2012), y "MODELO HIDROGEOLOGICO CUENCA DEL RIOP COPIAPO" (SERNAGEOMIN 2011). Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad, el cual incluye los antecedentes del Estudio señalado en la consulta, y para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector 73

hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 16- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: En la Línea de Base del Medio Humano, no se identifican ni se analizan las actividades agrícolas que existen alrededor o cercanas al área de emplazamiento del proyecto, y su posible afectación en los diversos componentes. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente ya que hace referencia a los antecedentes de este proceso de evaluación ambiental, se aclara a la ciudadanía, en cuanto a la caracterización de los sistemas de vida y actividades económicas asociadas a la agricultura en el AI, ésta se manifiesta tanto en parte del territorio de las comunas de Tierra Amarilla como de Copiapó. Específicamente en la comuna de Tierra Amarilla los asentamientos que forman parte del AI y desarrollan esta actividad económica son la localidad de Tierra Amarilla y muy especialmente la vecina localidad de Nantoco. La agricultura industrial de parronales para uva de exportación es la que presenta un marcado predominio en cuanto a uso del suelo, agua y generación de empleos a diferencia de la tradicional agricultura de hortalizas que se encuentra en franca reducción. De acuerdo a las primeras fuentes presentadas en el Capítulo 2.9 de la Línea de Base, en la actualidad la situación es similar a lo reportado en el Censo de 2002, en cuanto a que gran parte de la población residente en Nantoco se dedica a la actividad agrícola, trabajando como asalariados para la agroindustria, principalmente en el cultivos de uvas de exportación. Dado el volumen de demanda de trabajadores que requiere la agroindustria por temporadas, junto a la población local se suma una importante dotación de trabajadores foráneos proveniente de toda la región, del país e incluso de migrantes. Respecto del Proyecto en evaluación, el EIA no identifica un impacto en la dimensión Socioeconómica según el Artículo Nº 8 del RSEIA para los agricultores y trabajadores agrícolas.

17- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: De otro lado, conforme a lo que se indicará en el acápite referido a la Predicción y Evaluación de Impactos, el EIA, ―Candelaria 2030‖, debe ingresar al SEIA como EIA, por presentar o generar los impactos significativos, respecto de los efectos, características o circunstancias contenidas no solo el literal m) del art. 6, sino que también muy probablemente por los literales a), b), c), f) y g) del artículo 5, y letra d) del art. 8 de Ley 19.300. Evaluación técnica de la observación: Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que según lo indicado en la sección 3.2 del Estudio de Impacto Ambiental, el proyecto ingresa al SEIA como Estudio de Impacto Ambiental bajo las tipologías indicadas en las letras a) e i) del artículo 3 del D.S. N°95/2001 del MINSEGPRES. El detalle de las causales de ingreso se indica a continuación: Letra a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas. El Proyecto contempla la construcción y operación de un nuevo Depósito de Relaves emplazado en el sector Los Diques, cuya capacidad máxima aproximada de almacenamiento de 74

relaves es de 600 MM, lo que corresponde a un volumen estimado de 350 MMm3, y cuyo muro de confinamiento presenta una altura superior al límite establecido en el citado artículo Además, el Proyecto contempla la construcción y operación de un acueducto paralelo al existente emplazado entre el Sector Bodega y el Área Mina de CCMC. Letra i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles. La extensión de la vida útil de la Mina (Rajo Abierto y Subterránea) en 13 años, manteniendo una tasa de extracción de aprox. 320.000 tpd, implica una extracción de mineral superior a cinco mil toneladas (5.000 ton) mensuales, de modo que esta modificación, por sí misma, constituye uno de aquellos proyectos que deben ingresar al SEIA. Esto es, un proyecto de desarrollo minero que comprende la ampliación de los botaderos de estériles. Respecto a la vía de ingreso por el cual debió ingresar como un Estudio de Impacto Ambiental, el Titular ingreso por los literales b) del artículo 11 de la ley sobre bases generales del Medio Ambiente, dado que produce un impacto significativo en Flora y Vegetación como la pérdida de flora en categoría de conservación, Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis (Pintoa) y Krameria cistoidea (Pacul) tanto para la fase de construcción como para la fase de operación. Produce además impactos en la Fauna Pérdida de especies de individuos en categoría de conservación, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) clasificada en categoría Rara y Callopistes maculatus (Iguana Chilena) clasificada en categoría Vulnerable. Estos impactos están considerados tanto en la etapa de Construcción y Operación del proyecto específicamente en el área del depósito de relaves El Dique. Por lo cual serán presentadas las siguientes medidas de mitigación, con el objetivo de hacerse cargo del impacto significativo que se produce en el componente fauna, en la alteración a los reptiles, se realizara un plan de rescate y relocalización de reptiles (construcción) en las áreas donde se identificó la presencia de estos ejemplares. El objetivo de la medida es mitigar y/o compensar la pérdida de las especies en categoría de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto, tanto por las actividades deconstrucción como de operación. En cuanto a las medidas de la Flora y vegetación serán las siguientes: Rescate y relocalización de cactáceas-Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido-Limpieza sitio Prioritario Desierto florido Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis. Complementariamente este Servicio de Evaluación junto con los Servicios Competentes ha determinado impactos significativos en los literales a) respecto al riesgo de la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes; emisiones o residuos. Respecto al literal b) se ha determinado un impacto significativo por la continuidad de mantener los 175 L/s de aguas servidas tratadas por el acueducto Chamonate Candelaria. Por lo cual este Servicio de Evaluación junto a los otros Servicios competentes han indicado las medidas de mitigación y compensación para que el Titular se haga cargo de estos impactos. Finalmente se ha determinado un impacto significativo al literal d) del artículo 11 sobre la afectación de sitios prioritarios del Desierto Florido. Para lo cual se han presentado las condiciones para hacerse cargo adecuadamente de este impacto 1. El Titular deberá hacerse cargo, más allá del rescate y relocalización de las cactáceas afectadas y de los monitoreos de ocurrencia de Desierto Florido, entregando la información actualizada de la presencia de flora y vegetación dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido (sobre todo considerando el fenómeno de floración que los aluviones de marzo de 2015 ya generaron), en lo que corresponde al sector de obras lineales pero con un buffer equivalente a la cuenca de la quebrada por la que se sitúa el trazado (entre las coordenadas 364365 E; 6973450 N y, 363667 E; 6968192 N que corresponden a las parcelas de muestreo 1 y 11 respectivamente, de acuerdo a lo que señala en la página 11 de la Sección de Flora y Vegetación del Capítulo de Línea de Base del EIA); además debe configurar un buffer de al menos 200 metros a ambos lados del trazado para el resto de las obras lineales, hasta llegar al borde del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido, en la coordenada 371547 E; 6960679 N; esta información, además, debe permitir corroborar lo planteado por el Titular de que "Las dos especies restantes, ambas de la familia Cactáceas, presentan una distribución bastante más restringida, sin embargo presentan individuos tanto dentro como fuera del área de intervención directa". En este caso en particular interesa conocer si para la cuenca por la que transcurre el trazado al interior del Sitio Prioritario, se cumple la aseveración efectuada respecto de Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, en el sentido de que la proporción de individuos afectados es significativamente inferior a los que están fuera del área de afectación. 75

Respecto al Plan de Manejo Ambiental de flora vascular, antes de dar inicio a la etapa de construcción del proyecto, el titular deberá informar a la SMA, con copia a la CONAF y SEREMI del Medio Ambiente, la metodología general que implementará en el caso que no se logren los porcentajes mínimos de éxito de las especies Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, definidos durante el proceso de evaluación. En el mismo documento, deberá indicar el tiempo estimado para obtener los ejemplares adultos que plantará en terreno. 18- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto del artículo 5 de la Ley 19.300, cabe destacar que el criterio para juzgar si corresponde o no un EIA, en relación a dicho artículo, no es la significancia, si no que el riesgo. Por tanto, en primer lugar, el existir una subestimación de los impactos, dada la deficiente Línea de Base generada para el Proyecto, no cabe dudas que las emisiones atmosféricas sobrepasarán en importantes magnitudes las normas primarias de calidad. Asimismo, los efluentes líquidos, especialmente las infiltraciones y ―aguas de contacto‖ que se puedan generar, claramente constituyen un riesgo para la salud, especialmente, para las personas que se abastecen de agua potable del acuífero de Copiapó, sea en su sector 4 o 3, como lo es por ejemplo, el Comité de Agua Potable Rural de Nantoco. Lo anterior, tanto por la composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes, como por la frecuencia, duración y lugar de las posibles descargas. Por último, claramente los ruidos molestos que genera el Proyecto constituyen un riesgo, teniendo en consideración para ello, la reciente demanda, por Daño Ambiental, interpuesta por la Municipalidad de Tierra Amarilla contra el Titular del Proyecto, cuyo link directo es: http://consultas.tribunalambiental.cl/ambiental_portal/Web/Portal/LEX_POR_ExpedienteCausa.aspx?q=qwwv EXYDPdGeq/+h7eqnh9CW5DkqsxHdj82/ 4A0Nsa6k9ZFP1+HRYuLCaZfXxvA0/H/1haU/NwHjnBu3ExEUk9QVruHrSIJ pBMi7xgSIvrE=, en donde uno de los principales daños planteados por los demandantes, son los ruidos molestos y las vibraciones. Estas últimas habrían producido socavones en lugares cercanos al Proyecto, afectando viviendas, y constituyendo una constante molestia a la integridad física y psíquica de las personas que trabajan o viven en zonas cercanas al proyecto. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la Línea Base del Proyecto, en cuanto a lo consultado se atiende y se aclara que, el Titular ya cuenta con una estación de calidad de aire en Tierra Amarilla, mayor poblado de la zona, en la cual se registran los niveles de MP10 y MP2,5. A Continuación se indica que la línea de base de calidad del aire ha sido actualizada durante el proceso de evaluación a solicitud de la Autoridad, en la Tabla siguiente se presenta los valores de línea de base considerados en el área de influencia del Proyecto y que han sido exhibidos en el EIA y en las distintas adendas consideradas para evaluar el impacto posteriormente a la calidad del aire.

Tabla: Valores de LdB de Calidad del Aire TAMA y MPS para NANTOCO (µg/m³N)

Parámetro Periodo Valor Norma MP10(ValoresAño2011) TAMA P98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA P98 54 50 Anual 26 20 76

MP10(Sep14a Ene15) Nantoco P98 94,9 150 Anual 48,3 50 NO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA Promedio Periodo 35,4 100 Maxen24Hrs 119,5 400 SO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA Promedio 24,1 80 P9924Hrs 129,3 250 MPS(mg/m²/día) TAMA Mensual 317 333 MPS(mg/m²/día) NANTOCO Mensual 311 333 Fuente: Tabla 4-4 del apéndice 2, anexo 7 del Adenda 3. Como la línea de base monitoreada incluye la operación actual de Candelaria, se debe descontar el aporte de este escenario a las concentraciones registradas, estimando una línea de base ajustada. Para determinar los niveles proyectados, se suma el aporte del escenario Futuro a la línea de base ajustada y posteriormente, en base a las concentraciones obtenidas se evaluó el impacto. Finalmente se puede expresar que el seguimiento a la calidad del aire será realizado como se expresa a continuación: 77

Respecto sobre la Evolución de impactos la calidad del Aire se menciona lo siguiente: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por aumento en la concentración de material particulado (MP10 y MP2, 5) • El proyecto en evaluación ambiental se encuentra emplazado en una zona cuyo niveles de cada uno de las normas primarias de material particulado se encuentran sobrepasado, tanto para material particulado MP10 como MP 2,5, en la ciudad de Tierra Amarilla. • Cualquier aporte a mantener la situación de estado de saturación de la zona, se considera un impacto significativo debido a que mantiene el riesgo inherente de la población por 13 años más.

A continuación se presentan la línea de base en la Ciudad de Tierra Amarilla, según los antecedentes del proceso de evaluación, donde se aprecia que existe saturación para cada una de las normas primarias: La modelación de dispersión atmosférica de cada una de las fases del Proyecto, fue realizada mediante el modelo CALPUFF con meteorología observada, dado que los archivos de meteorología a través de WRF (archivos que recomienda la guía de Calidad del Aire del SEIA utilizar), debido a que el sistema de modelación Parámetro Periodo Valor Norma MP10 (valores año 2011) TAMA P 98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5 (Valores Año 2013) TAMA P 98 54,0 50 Anual 26,0 20 78

WRF (archivo proporcionado por SEA) demostró una baja correlación entre la meteorología observada en superficie y la modelación numérica. Las condiciones del área demuestran un comportamiento de vientos Catabáticos, de pendiente; que llevan el polvo de la faena minera hacia el valle. A pesar de existir observaciones respecto de la modelación realizada, dado que el lugar de emplazamiento del proyecto se configura de manera distinta donde los modelos predictivos no correlacionan el impacto por sí solo, no obstante aquello si consideráramos el modelo de dispersión presentado por el Titular, el impacto del proyecto para su ampliación de vida útil , esto es considerando que el proyecto actualmente caduca en 2017 y que la operación por 13 años más conlleva a seguir manteniendo las concentraciones de material particulado MP10 y MP 2,5 por sobre la norma tal como se observa en las siguientes tablas, las cuales además consideran una línea de base ajustada, esto es, sin la operación del proyecto (restando la anterior línea de base a la concentración que el proyecto genera actualmente):

MP10 - 24 Hrs (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 167,6 69,5 163,6 175,2 Aporte Proyecto 6,2 21,9 10,3 0,9 Otros Proyectos 6,0 18,0 6,0 6,0 Total 179,8 109,4 179,9 182,1 Norma 150 150 150 150

MP10 – Annual (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 72,6 34,6 69,7 75,1 Aporte Proyecto 2,2 12,1 4,6 0,4 Otros Proyectos 2 8 2 2 Total 76,8 54,7 76,3 77,5 Norma 50 50 50 50

MP2,5 - 24 Hrs (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 51,8 47,2 50,7 53,7 79

Aporte Proyecto 1,9 6,4 3,1 0,3 Otros Proyectos 3 1 3 3 Total 56,7 54,6 56,8 57 Norma 50 50 50 50

MP2,5 – Annual (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 25,2 22,2 24,5 25,9 Aporte Proyecto 0,7 3,7 1,4 0,1 Otros Proyectos 1 0,2 1 1 Total 26,9 26,1 26,9 27 Norma 20 20 20 20 Dado lo anteriormente expuesto la Autoridad Sanitaria y esta secretaría técnica a configurado un impacto Significativo, señalando que las medidas interpuestas por el Titular como medidas voluntarias son parte de las medidas de mitigación y compensación para hacerse cargo adecuadamente del efecto. a) Medidas de mitigación y compensación: La implementación de todas estas medidas deberá ser posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental y previo al inicio de la etapa de ejecución del proyecto, considerando como ejecución el inicio de la etapa de construcción de este proyecto. Medidas de Mitigación: • Transporte de concentrado en camiones encarpados • Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble. • Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor). • El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie. • Humectación de actividades de carguío y transporte • Plan de humectación y bischofita de los caminos y evaluar supresores de polvo. • El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción). • Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA y ser implementado al inicio de la ejecución. Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca. • La cancha de concentrado de emergencia, deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m 80

por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales. • Controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto. Medidas de Compensación: • Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos. • Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular. • Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla. • Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación de este Parque. 19- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto del artículo 8 de la Ley 19.300, tanto la afectación sobre la disponibilidad de las aguas, como la calidad de las mismas, puede constituir una alteración significativa en los sistemas de vida o costumbres de grupos humanos, especialmente, en la agricultura, cuya competencia por el recurso hídrico con las Mineras es totalmente desigual, dada las capacidades económicas de uno y otro. Lo referido, en especial consideración al hecho que reconoce, el propio Titular, cual es que las profundidades de los pozos subterráneos, en el sector 4 del acuífero, han aumento 40 metros por año. Sin embargo, y dado dicha situación, el Titular no realiza análisis alguno sobre la posible alteración en la actividad agrícola, cuando éste relaciona su Proyecto con el art. 8 letra d) de la Ley 19.300 (Página 44, Capítulo 3, de su EIA) En dicho acápite sólo se, limita a señalar que el Proyecto no genera afectación, sin realizar análisis alguno tendiente a acreditar aquello. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que el proyecto no presenta una alteración significativa en los sistemas de vida y costumbre de grupos humanos esto es de carácter negativo, debido a que existe la percepción que hay un efecto en la agricultura de la zona por la potencial disminución de horas de luz natural por el efecto sombra del depósito Nantoco. La extensión es local debido a que se trata de un efecto acotado al área de influencia de la sombra que genera el depósito. Respecto a la duración, esta ha sido clasificada como de largo plazo, e irreversible ya que el depósito es una obra permanente. La intensidad adquiere un nivel bajo, ya que no hay efectos significativos entre la condición aprobada y la condición futura o con Proyecto. Es un impacto simple ya que se trata de un impacto particular asociado a una determinada obra. La certidumbre es alta, ya que el depósito irá creciendo en el tiempo y proyectará un cono de sombra en el valle. La relevancia es moderada, ya que corresponde a la percepción más que una afectación concreta en la vegetación, agricultura o actividades económicas de subsistencias. Las valorizaciones antes presentadas permiten señalar que este impacto se encuentra bajo un índice de 81

calificación de impacto negativo medio, es decir un impacto no significativo. Por otra parte, durante el proceso de evaluación se analiza el “Efecto sombra por la ampliación del depósito de estériles Norte” El Titular presenta en el Anexo 45 del Adenda N°1 “La Modelación Sombra Depósito De Estériles Norte”. En este documento se evaluó el efecto de la sombra en la zona de Tierra Amarilla del depósito de estériles Norte para el caso aprobado ambientalmente y para la situación futura con proyecto para el depósito de estériles Norte. El análisis considero la proyección de sombras en distintos horarios, para las fechas del año en las que se produce la mayor diferencia en las mismas: 21 de junio y 21 de diciembre. El resultado de la proyección de la sombra para la fecha 21 de junio demuestra que no existen diferencias significativas de la condición con proyecto versus el caso aprobado ambientalmente. Lo anterior se debe a que CCMC ha considerado como medida de mitigación en el diseño de la ampliación del depósito, la readecuación de 60.000.000 toneladas de material a disponer, de manera que se disminuirá la cota desde 832 m.s.n.m. (cota aprobada ambientalmente) a la cota 820 m.s.n.m. (cota con proyecto) en ese sector. Para la fecha del 21 de diciembre, no se identifican diferencias relevantes en términos de tiempo de desfase de la sombra entre el caso aprobado y el caso con proyecto o caso futuro.

Posteriormente, en Anexo 20 del Adenda N°2 se presenta se puna actualización y del Estudio ―Modelación Sombra Depósito de Estériles Norte”. En dicho estudio se considera una mayor resolución espacial de las líneas de sombra donde se puede distinguir la sombra producida en el valle por la topografía natural y la sombra producida por las obras del Proyecto, incorpora la evaluación en puntos representativos de la población y de las actividades agrícolas del valle y evaluación de la disminución o aumento de horas de luz natural en estos mismos puntos, producto de la proyección de las sombras de la ampliación de los depósitos de estériles del Proyecto. Sin embargo se evaluaron los impactos referidos a las emisiones del Material Particulado Sedimentables, que pudiesen impactar el desarrollo de la agricultura y análisis en el efecto sombra que pudiesen ocasionar la ampliación de los Botaderos de Estériles, especialmente el botadero de la localidad de Nantoco que se encuentra a la altura del valle de tierra amarilla. Estas normas fueron consideradas para comparar los valores de material sedimentable corresponden al D.S. N°4/92 del Ministerio de Agricultura que establece normas para material particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco en la III Región; el Decreto N°3395/96, Reglamento de la Ley N°5965 (*) y 4 normas europeas, definidas para Alemania, Argentina, Países Bajos y Suiza.

En la siguiente tabla se puede apreciar un resumen de los aspectos analizados: Tabla. Resultados de MPS – Punto de Máxima Depositación- Escenario Futuro Estadígrafo Futuro Normas Este (km) Norte (km) Depositación (mg/m²/día) D.S. N°4/92 Chile Alemania Argentina Países Bajos Suiza Promedio Mensual MPS 372,000 6954,000 32,3 150 - 333,3 - - Promedio Anual MPS 372,000 6954,000 25,3 100 350 - 350 200 %Cumplimiento Norma Mensual 21,53 - 9,69 - - %Cumplimiento Norma Anual 25,30 7,23 - 7,23 12,65 Fuente: Tabla 4-14 del apéndice 2, anexo 7 del Adenda 3.

(*) El valor indicado en el Decreto N°3395/96 corresponde a 1 mg/cm²/mes, el cual al ser transformado a la unidad señalada en el D.S. N°4/92, tomando como referencia un mes de 30 días, deriva en el valor propuesto en las Tablas 4-13 y Tabla 4-14. 82

20- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: La extracción de aguas por parte de CCMC, dado su consumo continuo durante los 365 días del año, genero un impacto ambiental directo, el cual puede ser cuantificado con mayor precisión si se contara con la información estadística de los reales consumos de CCMC efectuados durante su operación, y las respectivas correlaciones matemáticas que registran el descenso en los niveles freáticos de la napa en el sector IV. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad, el cual incluye los antecedentes del Estudio señalado en la consulta, y para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

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Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

21- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Un segundo impacto ambiental y social, el que podría ser medido de forma cualitativa, es el que se produjo con la eliminación de la vertiente del Pretil, cuyo caudal fue desapareciendo paulatinamente con el correr de los años 90 hasta quedar completamente seca, desapareciendo así la biodiversidad que se encontraba en el lugar y uno de los únicos lugares de esparcimiento de la población de Copiapó. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe destacar que dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad, el cual incluye los antecedentes del Estudio señalado en la consulta, y para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. 84

Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

22- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: La Cuarta Fuente de abastecimiento no está nombrada en el EIA, suponemos que se refiere a las denominadas aguas halladas o también conocidas como las aguas mineras, que si bien es cierto, la ley y especialmente el Código de Minería, faculta a quienes las hallen para que dispongan de ellas a su merced y no estén afectas al proceder del Código de Aguas, estas a lo menos debiesen ser informadas voluntariamente por parte de CCMC para que puedan ser conocidas por los estamento públicos (Dirección General de Aguas), para que cuando se realicen los denominados balances hídricos, se cuente con la mayor información posible con objeto de eliminar la mayor cantidad de incertidumbre en la toma de decisiones. Es de interés de esta organización, conocer el destino de las aguas captadas o halladas en la mina. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de: • Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera. Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278 85

Fuente: Anexo 11 del adenda 3. Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se ha propuesto la siguiente medida de Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente al significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 86

23-Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Con respecto al Área de influencia del Recurso Hídrico: el EIA cita lo siguiente: ―Área de Influencia: El Área de Influencia para el recurso hídrico se define según el componente que interacciona con el Proyecto. Para la componente Hidrológica y Calidad de las Aguas se ha definido como Área de Influencia las subcuencas de los Diques y el Buitre, que es el sector directo de emplazamiento de las obras. Para la componente Hidrogeológica se ha definido como área de influencia el sector 4 del acuífero de Copiapó definido en función del modelo hidrogeológico, que puede ser afectado por las actividades de construcción, operación y cierre del proyecto‖ 3945-1000-MM-INF-001_0 Septiembre, 2013, Capítulo 2.0 – Línea de Base - Recursos Hídricos Página 1 de 126. Sin embargo, tal como lo demuestra la ubicación de los pozos de CCMC, de acuerdo a sus coordenadas UTM, el área de Influencia va desde la localidad de Tierra Amarilla hasta el Pueblo de San Fernando, esto es, el Sector hidrogeológico IV, por ende y tal como lo describe el EIA de CCMC donde cita: ―2.5.3.3.2 Descripción de Cuencas Regionales. El Proyecto se emplaza en la parte media del valle del Copiapó, perteneciente a la cuenca del río del mismo nombre. El río Copiapó posee una hoya hidrográfica de 18.400 km2 y una longitud de 162 km. Nace en el sector de La Junta, a 1.230 m.s.n.m, a partir de la confluencia de sus dos tributarios más importantes, Río Jorquera, que viene del norte y cuya cuenca posee una superficie de aproximadamente 4.185 km2 y la cuenca del río Pulido, que viene del sureste, con una cuenca de alrededor de 2000 km2. Aguas abajo de La Junta se encuentra la confluencia con el río Manflas. Estos ríos son prácticamente los únicos que aportan caudales superficiales permanentemente, lo que implica que sólo aproximadamente un tercio de la hoya hidrográfica es activa (ARCADIS, 2010). La cuenca del río Copiapó tiene una condición de drenaje exorreica y se divide en 6 subcuencas, definidas por la DGA. El proyecto se emplaza en la parte baja de la subcuenca Río Copiapó Medio, cercano a su punto de salida.‖, se desprende claramente que el área de influencia de la utilización de los pozos de CCMC, afectó, afectará mayor y directamente el nivel freático del sector IV, y la escorrentía subterránea al sector V y VI, dado el tipo de Cuenca ―exorreica‖. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental. En cuanto a lo consultado, cabe informar que se realizó una evaluación de impacto en los sectores donde se emplazan las obras del proyecto, y las que posteriormente tendrán influencias aguas abajo, en el sector IV, V y VI, los impactos evaluados fueron: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a estos significativos impactos: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta 87

que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 24- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto a las medidas de manejo de los impactos no significativos sobre los componentes, ya señalados, estos no resultan suficientes y adecuados dado los impactos que generan sobre los componentes. Por ejemplo: a) Respecto del Impacto IRHOP-01, y el diseño ―cero descarga‖, es sólo una medida de diseño de ingeniería, y no una medida, propiamente tal, que pretenda hacerse cargo del impacto que se genera; y b)respecto del Impacto ICACO-01, el que sólo se refiere en la etapa de construcción, y el manejo de emisiones en empréstito (indicadas en la página 16 del Capítulo 5), son sólo para dar cumplimiento a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción, conforme se indica en el Capítulo 7 del EIA. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental. En cuanto a lo consultado, cabe informar que la etapa de construcción dura dos años, es por ello que se evaluaron los impactos para la calidad del aire tanto para la Etapa de Construcción como para la etapa de operación. Siendo esto determinado por la Autoridad y los Servicios Competentes, como un impacto significativo dado la magnitud de las emisiones por sobre la norma primaria de calidad del aire y la continuidad de la operación por trece años más. No obstante, como la etapa de construcción posee una duración de dos años, el titular lo denomina como un impacto no significativo, sin embargo se han puestos medidas para esto como las que se detallan a continuación:  Transporte de concentrado en camiones encarpados  Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble.  Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor).  El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie.  Humectación de actividades de carguío y transporte  Plan de humectación de los caminos mineros con agua industrial, donde no posible aplicar bischofita por un tema de seguridad. Este plan de humectación deberá ser detallado logrando diferenciar el proceso de humectación por época del año y horarios durante el día, tipo de caminos, cantidad de agua a aplicar; todo lo anterior se registrará en línea en la sala de control de la mina con el fin de verificar que estos estrictos estándares de control se están cumplimiento.  Sobre el resto de los caminos se aplicará bischofita para su mantención basado en un programa permanente.  El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción).  Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción). Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca, para abatir el polvo que se genera durante la descarga.  Almacenamiento en edificios cerrados, por lo tanto respecto a la medida del cierre de la cancha de concentrado de emergencia, ésta deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales de la cancha de acopio de concentrado de Cobre. Tal medida deberá ser implementada, después de un año a contar de la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto. 88

 El titular deberá implementar medidas de mitigación para controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1 y 2, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto.

Medidas de Compensación:  Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, consiste en la reforestación del actual Bosque Alcaparrosa, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos, con los beneficios que traen para la calidad del aire y paisaje en sector. Respecto al medio de verificación e indicadores de cumplimiento, se realizará un informe final, una vez terminada la actividad de reforestación con árboles nativos comprometida para las 7hectáreas, y posteriormente a ello, anualmente se generará un reporte a autoridades pertinentes que dé cuenta del estado fitosanitario de los ejemplares en esas 7 hectáreas. Esta medida prolongará por 5 años. Esta medida es complementaria a las 3 hectáreas que ya reforestó el Titular en virtud del Plan de Manejo Forestal para Obras Civiles enmarcado en el Proyecto Planta Desalinizadora Candelaria. Consolidando un bosque nativo de 10 hectáreas en el sector de Alcaparrosa en Tierra Amarilla. Se adjunta en Anexo 13 del adenda 3 Reforestación Bosque Alcaparrosa la cartografía en PDF y Kmz de las 7 hectáreas comprometidas.

 Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular.

 Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla.

 Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación del Parque Torreblanca.

En cuanto a las medidas y seguimientos del recurso hídrico, se indica lo siguiente  Los resultados de los estudios hidrogeológicos y la modelación (Anexo 4-E complementado en Adenda 1), identificaron que los flujos de las infiltraciones son menores desde el punto de vista de su caudal y se producen en dirección al rajo actual de la mina, actuando éste como sumidero, tal como lo demuestra la modelación en la figura 4.4-13: Trayectorias modeladas, Depósito de Relaves Los Diques del capítulo 4 del EIA. Los flujos preferenciales se dirigen hacia al rajo, por lo que las obras destinadas a captarlas y a contenerlas, se encuentran diseñadas para optimizar el caudal de aguas infiltradas en esa dirección, a profundidades mayores a los 500 metros bajo la superficie, profundidad mayor a la que posee el sector 4 del acuífero del Río 89

Copiapó, el que se encuentra a una profundidad entre los 40 a 120 metros bajo tierra y que posee una potencia de alrededor de 70 metros. Lo anterior permite inferir que la distancia mínima entre el acuífero superior y el flujo de las infiltraciones es mayor a los 400 metros. Complementariamente se presentaron diversas obras para el control de infiltraciones, como sistema captación y recirculación de filtraciones, con pozos de monitoreos.  Los flujos y direcciones de las infiltraciones estimadas en el modelo que van en dirección hacia el sector de Nantoco, se producen a una profundidad promedio de 500 metros bajo tierra (m.b.t), por lo que el caudal estimado (0,66 l/seg) no afectaría al acuífero del sector del Valle del Río Copiapó, dado que este se ubica a 70 m.b.t de forma tal que no se tendrá interacción entre las infiltraciones indicadas y el acuífero.  Para los efectos de evaluar el potencial impacto respecto del diseño del Depósito de Relaves, se consideró el concepto de diseño de ingeniería del nuevo depósito de relaves, con obras y acciones que optimizan la captación de aguas claras y aguas infiltradas desde el Depósito de Relaves y cuyo concepto replica la operación del actual Depósito de relaves que se encuentra diseñado bajo el concepto de cero descarga. A modo de resumen, las principales obras y acciones se refieren a: Plan de manejo y captación de aguas desde la laguna de aguas claras de la cubeta del Depósito de Relaves, Diseño y construcción de muro cortafugas, según los resultados del modelo hidrogeológico y Diseño y operación del plan de manejo de aguas infiltradas. En síntesis, es posible señalar que respecto a la potencial afectación de la calidad del agua del acuífero del valle del Río Copiapó producto de la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques, no se ha calificado como un impacto significativo dado que se ha evidenciado en el proceso de evaluación que no existe conexión con el río Copiapó de las obras e infiltraciones de la faena minera. 25- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: A nuestro juicio, al Plan de Seguimiento, propuesto en la Tabla 6.4-1 del Capítulo 6, por si solo da cuenta de la envergadura del Proyecto, y su impacto sobre los componentes hídricos, aire, ruido y vibraciones, por lo que es evidente que se tratan de impactos significativos, En razón de lo anterior, se debe volver a confeccionar una adecuada Línea de Base representativa del real impacto del Proyecto, y proponer medidas de mitigación, compensación, o reparación adecuadas, en conjunto con un Plan de Seguimiento ambiental conveniente en los puntos críticos, midiendo todos los parámetros correspondientes.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto, respecto a lo indicado, se informa que el proyecto contempla un plan de seguimientos para los componentes de Aire, Recurso Hídrico, Ruido y Vibraciones. A continuación se presentan el plan de seguimiento para estos aparatos.

En cuanto al componente de la calidad del Aire los impactos son significativos ya que existe un aumento en la concentración de material particulado (MP10 y MP2, 5)

• El proyecto en evaluación ambiental se encuentra emplazado en una zona en estado de saturación por material particulado MP10, donde existe un valor en concentración de material particulado MP10 anual de 44 % por sobre la normativa vigente, en la ciudad de Tierra Amarilla. • El modelo meteorológico con el propósito de realizar el análisis de incertidumbre del modelo de dispersión y ponderarla en la proyección final del resultado resuelto por el modelo, ha sido cuestionado durante el proceso de evaluación ambiental. • Cualquier aporte a mantener la situación de estado de saturación de la zona, se considera un impacto significativo debido a que mantiene el riesgo inherente de la población por 13 años más. Sin embargo el plan de medidas para este componente es el siguiente: Medidas de Compensación: • Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos. 90

• Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular. • Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla. • Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación de este Parque.

Otro impacto significativo para la componente del recurso hídrico es la reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La dirección General de Aguas y esta Autoridad considera que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios.

En cuanto a la componente de Ruido y Vibraciones, se evaluaron los siguientes impactos para ruido y vibraciones, sin embargo no fue considero como un impacto significativo. No obstante, y a continuación se nombran algunas condiciones al proyecto.

 Las tronaduras a utilizar en la reubicación del Tramo Ruta C-397 serán realizadas sólo en horario diurno con sólo un evento diario y cumplirán con las restricciones de carga máxima de explosivos, ya que estas no sobrepasarán los 1.476 kg, para las tronaduras superficiales, asegurando con ello la no superación de los valores establecidos en la norma. Cabe señalar, que las tronaduras se realizarán durante 75 días, lo que corresponde a un 20% aproximadamente de la duración del período de construcción de la modificación de la Ruta C-397.  Se cumplirá con las restricciones de carga de explosivos detalladas en la Tabla 8-4 y Tabla 8-7 del Anexo 22 del Adenda 1, lo anterior es en el punto 7 de las tronaduras superficiales y en el punto 5 de las tronaduras subterráneas. Lo anterior conlleva la aplicación de restricción de carga para ambos escenarios, limitando la carga de explosivos a valores máximos de 1476 Kg para las tronaduras superficiales y de 1347 Kg para las subterráneas.  Se implementarán medidas de control en los puntos 15, 17 y 18 puntos ubicados en el trazado del acueducto. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares.

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26- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: De la mera lectura del capítulo 4.2 sobre la metodología utilizada en la Evaluación de Impactos, se desprende claramente que el Titular no da absolutamente ninguna justificación sobre el por qué ha utilizado la metodología que ahí señala, y por qué valoriza y jerarquiza los impactos de la manera que lo hace. La forma correcta de hacerlo es demostrar, mediante un análisis de alternativas que la metodología utilizada es la más conservadora desde el punto de vista que ésta se ajusta, estrictamente, a los principios "Preventivo", "Precautorio", y "Responsabilidad", considerando siempre la situación más desfavorable. Por ejemplo, señalar por que no se sigue la metodología de los Criterios Relevantes Integrados de Buroz (1994). A fin de ilustrar, se solicita al Titular indicar por qué no se siguió la siguiente metodología: • Una vez realizada la evaluación cuantitativa o cualitativa de los impactos, se procede a calificar los impactos ambientales en términos de su significancia, basado en la combinación de la magnitud del impacto y la relevancia del componente ambiental afectado, empleándose la expresión siguiente: SIA = RC • MI Dónde: • SIA: corresponde a la significancia del impacto ambiental; • RC: corresponde a la relevancia del componente ambiental afectado; y • MI: corresponde a la magnitud del impacto. • La relevancia (RC) del componente ambiental afectado se valoriza en una escala de 1 a 10, dependiendo de su calidad, abundancia o escasez, representatividad, estado de conservación, entre otros aspectos. • La magnitud (MI) de cada impacto se califica a partir de la valoración de los criterios indicados en la Tabla que se adjunta a continuación: La magnitud MI del impacto queda determinada por la suma de la calificación de cada criterio, todo ello multiplicado por el carácter del impacto (C) y por su probabilidad de ocurrencia (P), de acuerdo a la siguiente expresión: MI= C • P • (E+I+D+R) • Calificación de Significancia de Impactos Ambientales Valor Significancia del Impacto Ambiental 0 – 20 No significativo 21 – 40 Poco significativo 41 – 60 Medianamente significativo 61 – 80 Significativo 81 – 100 Altamente significativo Tabla N° 1 Criterio - Id. - Definición - Escala de Calificación - Valor a) Carácter - C - Indica si el impacto mejora o deteriora la condición basal - Positivo: Impacto que implica un mejoramiento de la condición basal : -1; Neutro: Impacto que no mejora ni deteriora la condición basal: 0; Negativo: Impacto que implica un deterioro de la condición basal: 1 b) Probabilidad - P - Indica la probabilidad de que se manifieste un efecto en el componente ambiental a causa de una acción o fuente de impacto; Muy baja: Existe una muy baja probabilidad de que se manifieste el impacto: <0 1; Baja: Existe una baja probabilidad de que se manifieste el impacto: 0.1 - 0.3; Moderada: Es probable que se manifieste el impacto 0.31 - 0.6; Alta: Es altamente probable que se manifieste el impacto 0.61 - 0.9; Cierta: Probabilidad muy alta o certeza de que se manifieste el impacto 0.91 – 1.0 c) Extensión - E - Indica la distribución o cobertura espacial del impacto; Reducida: El impacto se manifiesta solo en el sitio donde se ubica la fuente y ésta es de pequeña extensión: 0; Media: El impacto se manifiesta en el sitio de la fuente y su entorno. Pero sin abarcar escalas de subcuenca, cuenca o comuna, según el caso: 1; Amplia: El impacto se extiende fuera del entorno de la fuente, pudiendo alcanzar escalas de subcuenca, cuenca o comuna: 2 Criterio - Id. - Definición - Escala de Calificación - Valor a) Intensidad - I - Refleja el grado de alteración del componente ambiental; Muy Baja: El grado de alteración del componente es marginal y puede considerarse que la condición basal se mantiene: 0; Baja: El grado de alteración implica cambios perceptibles del componente pero no significativos respecto de la condición basal: 1; Moderada: El grado de alteración ambiental implica cambios significativos del componente respecto a la condición basal, pero dentro de rangos aceptables: 2; Alta: La condición basal del componente experimenta un cambio drástico, perdiéndose todas o la mayoría de las propiedades o características naturales: 3. b) Duración - D - Indica por cuánto tiempo se manifestará el impacto; Temporal: Impacto que se manifiesta solo mientras dura la acción que lo genera y ésta es de corta duración (hasta 2 años): 0; Mediano Plazo: Impacto que se manifiesta mientras dura la acción que lo genera y luego de un tiempo de cesada ésta (en un rango de 5 años): 1; Largo Plazo: impacto que se manifiesta permanentemente luego de finalizada la acción que lo genera (por más de 5 años): 2. c) Reversibilidad - R - Indica la posibilidad que el componente ambiental recupere su condición de línea base; Naturalmente reversible: Al cabo de un cierto tiempo el impacto se revierte en forma natural después de cesar la acción que lo genera: 0; Reversible: El impacto no se revierte naturalmente después de cesar la acción que lo genera pero puede ser totalmente revertido con acciones correctivas: 1; Parcialmente reversible: Después de cesar la acción el impacto no se revierte naturalmente pero puede ser revertido parcialmente con acciones correctivas: 2; Irreversible: Impacto que no se revierte en forma natural después de finalizar la acción que lo genera ni puede ser revertido con acciones correctivas: 3. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la metodología del proyecto. Respecto a lo indicado, se informa que la identificación y la evaluación de los impactos, es parte de una metodología presentada por el Titular, dado que no se encuentran normadas dichas tecnológicas. Por lo tanto se puede utilizar cualquiera de ellas. Sin embargo, estas metodologías, 92

como la de predicción y la evaluación correcta de los impactos son parte de lo que el Comité Técnico realiza como la evaluación dentro del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. No obstante, la metodología proporcionada por el Titular fue utilizada para la mayoría de los componentes, identificándose los impactos de manera adecuada y haciéndose cargo de los impactos con las Medidas de Mitigación Compensación y/o Reparación. Ahora el único impacto evaluado que no consideró la metodología utilizada fue el impacto sobre la Calidad de Aire, pues la metodología que el Titular indicaba hacia solo referencia a indicadores con relación a un escenario base que no correspondía al contexto que se presenta hoy en día en la Ciudad de Tierra Amarilla. Ya que es un escenario donde existen superación de las concentraciones de la normativa primaria de calidad, por lo tanto esa metodología no es útil para evaluar el efecto y esta Autoridad evalúa la consecuencia considerando un análisis cualitativo como es la duración y la magnitud de las emisiones que se encuentran en la Ciudad de Tierra Amarilla, el área de influencia del proyecto ya se encuentra sobre pasada y cualquier aporte que aumente esa normativa primaria de calidad, es un aporte significativo. Lo anterior es lo indicado por Autoridad sanitaria competente en identificar y evaluar el riesgo de la salud de la población.

27- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Los impactos acumulativos en el sentido que señala el art. 11 ter de la Ley 19.300 no se encuentran ni identificados, ni evaluados, transgrediéndose abiertamente dicha norma. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la descripción del proyecto. Respecto a lo indicado, se señala que los impactos del proyecto han sido evaluados considerando, los impactos acumulativos que el Titular posee en su operación de la Minera actual. Todo esto se puede revisar en la matriz de impacto identificada por el Titular. El que incluye los impactos acumulativos como uno de sus indicadores y además posee la identificación de los impactos que se ha llevado a cabo por la Autoridad que el Titular no presento durante su Estudio de Impacto Ambiental ni en el Proceso de Evaluación. Es por ello que la Autoridad determino que eran acumulativos y significativos en la operación actual como son la calidad del Aire, Recuerdo Hídrico y Sitio Prioritario.

28- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Recursos Hídricos: En la página 25 (de 212,) del Capítulo 4, en la letra f), Recursos Hídricos, se indica que el Área de Influencia comprende dos sistemas de aguas subterráneas principales: a) el acuífero del valle de Copiapó; y b) el sistema de roca fracturada, que puede ser clasificado como acuitardo. Dicha distinción se concluye del modelo hidrogeológico de MHW, que se encuentra en el Anexo 4-E del EIA. Lo anterior nos parece contradictorio, puesto que en los acuitardos no se producen infiltraciones. En efecto, en la página 93, del mismo Capítulo, se indica que los flujos preferenciales de las infiltraciones se producen en dirección al rajo, a profundidades mayores a los 500 metros bajo la superficie, profundidad mayor a la que posee el sector 4 del acuífero del río Copiapó, el que se encuentra a una profundidad entre los 40 y 120 metros bajo tierra. Lo referido no se entiende, pues no queda claro dónde está o bajo que obra se encuentra el sistema de roca fracturada.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, se indica que el flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

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Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluó el siguiente impacto en cuanto al Recurso Hídrico, considerado como significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de este efecto, • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a este significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

29- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: El mismo Anexo 4-E señala, en sus conclusiones, que "el ingreso de agua subterránea al rajo está estimado en 14 l/s", por lo que "parece existir una limitada conexión hidráulica entre el rajo y el acuífero de Copiapó". Sin embargo, omite deliberadamente, indicar si estas aguas son lo que legalmente se entienden como "aguas del minero". Asimismo no indica si son las únicas "aguas del minero" o bien si existen otras más. Lo expresado se refrenda aún más por la inexistencia de un balance hídrico de las mismas. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, se indica que el flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluó el siguiente impacto en cuanto al Recurso Hídrico, considerado como significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de este efecto, • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada 94

es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a este significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

30- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: El Anexo 4-E no incluye como bibliografía revisada el estudio de "EVALUAGION HIDROGEOLOGICA DE LA CUENCA DEL RIO COPIAPO, CON ENFASIS EN LA CUANTIFICACION, DINAMICA Y CALIDAD QUIMICA DE LOS RECURSOS HIDRICOS SUPERFICIALES Y SUBTERRANEOS" (SERNAGEOMIN 2012), ni el "MODELO HIDROGEOLOGICO CUENCA DEL RIO COPIAPO" (SERNAGEOMIN 2011). Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, se indica que el flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue suspendido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluó el siguiente impacto en cuanto al Recurso Hídrico, considerado como significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de este efecto, • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. 95

Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a este significativo impacto: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 31-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: El EIA no evalúa los impactos del Proyecto teniendo a éste como una Unidad, sino solo parcialmente respecto de las obras aisladas que considera la modificación de Proyecto. Por ejemplo, respecto de la calidad de las aguas del acuífero del Copiapó, el impacto IRHOP-01 sólo contempla el nuevo depósito de relaves Los Diques, y no el Impacto que en conjunto puede ocasionar éste tranque con el tranque de relaves Candelaria. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, se señala que el flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue suspendido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluó el siguiente impacto en cuanto al Recurso Hídrico, considerado como significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de este efecto, • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a este significativo impacto: 96

• El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. Con respecto a las filtraciones que puedan generarse en el depósito serán recolectadas mediante bombeo en el sistema de recolección de filtraciones (SCS); y dependiendo de la calidad o cantidad del agua de filtraciones, ésta podría ser transportada a una piscina de evaporación con revestimiento permanente o se permitiría que fluyera a través del material aluvial hasta el rajo abierto. Complementariamente según estudios y pruebas de campo presentadas en adenda 3, anexo 11, se concluyó que no existe conexión de agua por la quebrada el Bronce hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas por las obras del proyecto. No obstante lo anterior, la DGA Región de Atacama ha indicado que, en el caso que se detecte la presencia de agua en alguno de los sondajes perforados en la citada Quebrada (sondajes P1 y PP2), esto en consideración a que la única fuente de aguas subterráneas de ese sector corresponde a las infiltraciones de aguas contactadas generadas a partir de las operaciones de la faena minera, de ocurrir la situación antes descrita, se asumirá por defecto un estado de ineficiencia de contención del actual Cutoff sobre los flujos de aguas subterráneas interceptados, y por lo tanto, el Titular deberá proceder en forma inmediata a consensuar con la SMA y la DGA Región de Atacama la mejor alternativa que garanticen la completa aislación hidrogeológica de la Quebrada El Bronce. 32-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No se identifica ni evalúa la alteración de los niveles freáticos, a propósito de las nuevas obras. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a alteración respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de: • Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s; • 175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente. • Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año). • Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 97

2013 278 Fuente: Anexo 11 del adenda 3

Dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce; Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluó el siguiente impacto en cuanto al Recurso Hídrico, considerado como significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de este efecto, • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a este significativo impacto: 98

• El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

33- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: En la página 40 (de 212) del Capítulo 4, el Titular indica que el Proyecto "Optimización Proyecto Minero Cerro Casale" tendría una potencial interacción con el Proyecto, "Candelaria 2030". En consecuencia, señala que dicho Proyecto (Casale), según su evaluación ambiental, generaría un aporte de 6 ug/m3n, percentil 98, de la concentración diaria y 2 ug/m3n valor anual de MP10, en la comuna de Tierra Amarilla. Sin embargo, no realiza análisis alguno para fundamentar sus dichos, pues el proyecto Casale se encuentra a 100 km, aproximadamente, del área de emplazamiento del Proyecto Candelaria, por lo que no se ve cómo podrían interactuar ambos proyectos, en la localidad de Tierra Amarilla desde el punto de vista del componente aire y emisión de MP10. Por tanto, el aportante único de emisiones atmosféricas en la localidad de Tierra Amarilla, es el Proyecto Candelaria, y no corresponde el deslindar responsabilidades en otros Proyectos. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la Línea Base del Proyecto, en cuanto a lo consultado se atiende y se aclara que el Titular ya cuenta con una estación de calidad de aire en Tierra Amarilla, mayor poblado de la zona, en la cual se registran los niveles de MP10 y MP2, 5. Cabe destacar que dicha estación, cuenta con aprobación sanitaria de representatividad poblacional del área de estudio, lo cual asegura un monitoreo que cumple con los estándares de control ambiental y el espíritu de la legislación aplicable. A Continuación se indica que la línea de base de calidad del aire ha sido actualizada durante el proceso de evaluación a solicitud de la Autoridad, en la Tabla siguiente se presenta los valores de línea de base considerados en el área de influencia del Proyecto y que han sido exhibidos en el EIA y en las distintas adendas consideradas para evaluar el impacto posteriormente a la calidad del aire.

Tabla: Valores de LdB de Calidad del Aire TAMA y MPS para NANTOCO (µg/m³N) Parámetro Periodo Valor Norma MP10(ValoresAño2011) TAMA P98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA P98 54 50 Anual 26 20 MP10(Sep14a Ene15) Nantoco P98 94,9 150 Anual 48,3 50 99

NO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA Promedio Periodo 35,4 100 Maxen24Hrs 119,5 400 SO2(µg/m³N)(ValoresAño2013) TAMA Promedio 24,1 80 P9924Hrs 129,3 250 MPS(mg/m²/día) TAMA Mensual 317 333 MPS(mg/m²/día) NANTOCO Mensual 311 333 Fuente: Tabla 4-4 del apéndice 2, anexo 7 del Adenda 3. Como la línea de base monitoreada incluye la operación actual de Candelaria, se debe descontar el aporte de este escenario a las concentraciones registradas, estimando una línea de base ajustada. Para determinar los niveles proyectados, se suma el aporte del escenario Futuro a la línea de base ajustada y posteriormente, en base a las concentraciones obtenidas se evaluó el impacto. Finalmente se puede expresar que el seguimiento a la calidad del aire será realizado como se expresa a continuación:

34- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: 100

Respecto del MPS, en la localidad de Nantoco, no se entiende por qué sólo se tomó en consideración una normativa chilena que no aplica a dicha localidad, como lo es el D.S. N° 4/1992 del Ministerio de Agricultura, y no alguna normativa de referencia, conforme al art. 7 del D.S 95, con aplicación en alguna localidad de similares características a Nantoco. Desde ya, podemos adelantar, que presentaremos al Servicio de Evaluación Ambiental, un monitoreo propio que contendrá datos recopilados durante, a lo menos, un mes, y que se instalará en la localidad de Nantoco, para los parámetros MP10; MP2,5; MPS; y S02; para así desvirtuar en parte, los antecedentes expuestos y entregados por el Titular en su EIA Candelaria 2030. Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, se señala Dada la pregunta y tal como lo indica el art. 7 del D.S.N°95 se solicitó al titular evaluar el efecto del material particulado sedimentable con normativa de referencia dado que no existe en el área de emplazamiento del proyecto, se realizaron con normativa de referencia y además con el D.S. N°4

Tabla: Valores de LdB de Calidad del Aire TAMA y MPS para NANTOCO (µg/m³N) Parámetro Periodo Valor Norma MP10 (Valores Año 2011) P98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5 (µg/m³N) (Valores Año 2013) P98 54 50 Anual 26 20 MP10 (Sep 14 a Ene 15) Nantoco P98 94,9 150 Anual 48,3 50 NO2 (µg/m³N) (Valores Año 2013) TAMA Promedio Periodo 35,4 100 Max en 24 Hrs 119,5 400 SO2 (µg/m³N) (Valores Año 2013) TAMA Promedio 24,1 80 P99 24 Hrs 129,3 250 MPS (mg/m²/día) Mensual 317 333 MPS (mg/m²/día) Mensual 311 333 Fuente: Tabla 4-4 del apéndice 2, anexo 7 del Adenda 3.

35- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Los Impactos ICAOP-01 e ICAOP-02 son de intensidad alta, lo que no es reconocido por el Titular, al haberse evaluado incorrectamente estos, pues se comparó el caso actual con el escenario futuro, lo que contradice el tenor literal del art. 11 ter de la Ley 19.300.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que tiene relación con posibles impactos sobre el componente Calidad del Aire del Proyecto. Al respecto cabe señalar que en relación a la Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por aumento en la concentración de material particulado (MP10 y MP2,5) por aumento en la concentración de material particulado (MP10 y MP2,5) el proyecto en evaluación ambiental se encuentra emplazado en una zona cuyos 101

niveles de cada una de las normas primarias de material particulado se encuentran sobrepasado, tanto para material particulado MP10 como MP 2,5, en la ciudad de Tierra Amarilla.

Por lo anterior Cualquier aporte a mantener la situación de estado de saturación de la zona, se considera un impacto significativo debido a que mantiene el riesgo inherente de la población por 13 años más.

A continuación se presentan la línea de base en la Ciudad de Tierra Amarilla, según los antecedentes del proceso de evaluación, donde se aprecia que existe saturación para cada una de las normas primarias:

La modelación de dispersión atmosférica de cada una de las fases del Proyecto, fue realizada mediante el modelo CALPUFF con meteorología observada, dado que los archivos de meteorología a través de WRF (archivos que recomienda la guía de Calidad del Aire del SEIA utilizar), el sistema de modelación WRF (archivo proporcionado por SEA) demostró una baja correlación entre la meteorología observada en superficie y la modelación numérica. Las condiciones del área del proyecto demuestran un comportamiento de vientos Catabáticos, de pendiente; que llevan el polvo de la faena minera hacia el valle.

A pesar de existir observaciones respecto de la modelación realizada, dado que el lugar de emplazamiento del proyecto se configura de manera distinta donde los modelos predictivos no correlacionan el impacto utilizando por sí solo el modelo predictivo presentado, no obstante aquello si consideráramos el modelo de dispersión presentado por el Titular, el impacto del proyecto para su ampliación de vida útil , esto es considerando que el proyecto actualmente caduca en 2017 y que la operación por 13 años más conlleva a seguir manteniendo las concentraciones de material particulado MP10 y MP 2,5 por sobre las normas tal como se observa en las siguientes tablas, las cuales además consideran una línea de base ajustada, esto es, sin la operación del proyecto (restando la anterior línea de base a la concentración que el proyecto genera actualmente):

MP10 - 24 Hrs (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 167,6 69,5 163,6 175,2 Aporte Proyecto 6,2 21,9 10,3 0,9 Otros Proyectos 6,0 18,0 6,0 6,0 Total 179,8 109,4 179,9 182,1 Norma 150 150 150 150

MP10 - 24 Hrs (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 167,6 69,5 163,6 175,2 Aporte Proyecto 6,2 21,9 10,3 0,9 Otros Proyectos 6,0 18,0 6,0 6,0 Parámetro Periodo Valor Norma MP10 (valores año 2011) TAMA P 98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5 (Valores Año 2013) TAMA P 98 54,0 50 Anual 26,0 20 102

Total 179,8 109,4 179,9 182,1 Norma 150 150 150 150

MP10 - 24 Hrs (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 167,6 69,5 163,6 175,2 Aporte Proyecto 6,2 21,9 10,3 0,9 Otros Proyectos 6,0 18,0 6,0 6,0 Total 179,8 109,4 179,9 182,1 Norma 150 150 150 150

MP2,5 – Annual (µg/m³N)

Tama

Nantoco

Tama Sur

Paipote LdB Ajustada 25,2 22,2 24,5 25,9 Aporte Proyecto 0,7 3,7 1,4 0,1 Otros Proyectos 1 0,2 1 1 Total 26,9 26,1 26,9 27 Norma 20 20 20 20

Dado lo anteriormente expuesto la Autoridad Sanitaria y esta secretaría técnica a configurado un impacto Significativo, señalando que las medidas interpuestas por el Titular como medidas voluntarias son parte de las medidas de mitigación y compensación para hacerse cargo adecuadamente del efecto.

36-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto al ruido y vibraciones: • La evaluación de impactos no indica en ningún momento las distancias existentes entre las fuentes y los receptores. • Lo indicado respecto de Vibraciones, no contempla el análisis de casos concretos de socavones y destrucción de viviendas, a causa de las primeras, conforme se indica en la demanda por daño ambiental, ya citada. • No se adjunta el Estudio Vial del Proyecto elaborado por el DICTUC, y que se cita en la página 65, último párrafo.

Evaluación técnica de la observación: Respecto a lo consultado se debe indicar que la evaluación de ruido y vibraciones abordó la fase de construcción y operación en el Área Mina; la fase de construcción de obra Obras Lineales; y la fase de operación del Área Puerto. En relación a la fase de cierre, se consideró que las obras y actividades de la fase presentan magnitud menor a las consideradas en la fase de construcción por lo que los impactos en la fase de cierre sobre este componente serán menores a los de la fase de construcción.

En la fase de construcción del área mina de contemplo el ruido provocado por el uso de maquinaria y de las instalaciones, ruido generado por las tronaduras, en 12 puntos de evaluación los cuales cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S N° 38/2011, tanto en el periodo diurno como en el nocturno. El ruido generado por el flujo vehicular en 8 puntos de evaluación y dichos registros encuentran por debajo de aquellos efectos que pudieran considerarse negativos hacia la comunidad de acuerdo a la Norma Chilena 1619.

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En la fase de construcción de las obras lineales se evaluó el ruido generado por maquinaria en 8 puntos de evaluación entre los cuales se encuentran 3 puntos (15-17-18) para los cuales deberán ser implementadas medidas de control. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares.

En la etapa de operación se mide el ruido por el uso de maquinaria y funcionamiento de las instalaciones en 12 puntos los cuales cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S N° 38/2011, tanto en el periodo diurno como nocturno, El ruido por tronaduras por operación en el rajo se midió en 12 puntos determinándose que no existen impactos significativos. No obstante lo anterior durante el presente proceso de evaluación ambiental se definió disminución de la cantidad de explosivos. Aplicando dichas restricciones es posible concluir que las vibraciones generadas por actividades de tronaduras no generarán daños a las edificaciones evaluadas. En caso de que estos compromisos no sean efectivos, se implementará a la brevedad nuevas medidas. Por lo anterior, el Titular enviará los reportes de monitoreo de ruido, presentando los resultados y conclusiones del mismo, e incorporará en caso que corresponda, la recomendación de nuevas medidas para que estas sean evaluadas por la Autoridad. Como conclusión se ha determinado que no existe impacto significativo por estas componentes.

Respecto al tercer punto señalado, se debe indicar que En el Anexo 4-B del Capítulo 4 del EIA se adjunta la Evaluación del Sistema de Transporte Vial, desarrollado por DICTUC.

37- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Simplemente no se identifica, predice, ni se evalúa, en lo absoluto, los impactos en el suelo.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que tiene relación con posibles impactos sobre el componente suelo. Al respecto cabe indicar que el presente proceso de evaluación se ha descartado los potenciales impactos sobre el componente suelo puesto que las obras del Proyecto se encuentran emplazadas en suelos clasificados con baja capacidad de uso dado su escaso valor edafológico. Adicionalmente cabe señalar que los suelos descritos en el Área de Influencia del Proyecto se han clasificado con Capacidad de Uso VIII, es decir, son suelos con limitaciones muy severas que los hacen inadecuados para los cultivos. Éstos corresponden a suelos sin valor agrícola, ganadero o forestal, teniendo uso limitado únicamente para la vida silvestre, recreación o protección de hoyas hidrográficas. Las principales limitantes son la escasa materia orgánica, escasa retención de humedad y abundante pedregosidad.

38- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: En relación a las líneas de trasmisión eléctricas de CCMC, se solicita al titular aclare si cuenta con los derechos de servidumbre a su favor para la ejecución de estas obras, para tal efecto, solicitamos presente croquis del área que será afectada con las líneas de trasmisión eléctrica y todos aquellos antecedentes legales que den cuenta de la Servidumbre constituida a su favor, puesto según nuestro entender, dichas líneas de transmisión gravaran el derecho de propiedad que esta Organización de Usuarios tiene respecto de algunos lotes aledaños al Canal Mal Paso, ubicado en la Comuna de Tierra Amarilla, Provincia de Copiapó, Región de Atacama.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental de analizaran las áreas de influencia respectivas para cada componente ambiental en relación a los impactos ambientales que las obras o actividades de un proyecto pueden provocar. Por lo tanto la consulta planteada en relación a Derechos de Servidumbre corresponde a una materia que escapa al Sistema de Evaluación Ambiental y debe ser resuelto por los organismos sectoriales competentes.

39-Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: El planteamiento en cuanto a la utilización del Recurso Hídrico, nos parece que es difuso y poco claro, puesto como se mencionó con anterioridad no están detallados los correspondientes volúmenes, ni definidos los 104

procesos para disponer por cada una de las fuentes citadas, debiendo además ser revisadas en detalle la factibilidad legal para hacer uso de cada una de ellas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la utilización del Recurso Hídrico por parte del proyecto. En relación a la consulta planteada, se aclara que Compañía Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de:

Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s;

175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente.

Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año).

Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278

Fuente: Anexo 11 del adenda 3

Complementariamente, en la siguiente tabla se muestran los Valores de balance general de agua durante fase operación normal (Caso Actual)

Origen Obra Caudales promedio mes (m3) Tipo de Agua Porcentaje Agua de mar desalinizada Planta Desalinizadora 1.000.000 Industrial 16 % Agua Servida Tratada (PTAS Copiapó) Agua Servida Tratada 255.000 Industrial 4 % Agua Fresca Pozos para agua potable 8.000 Potable 0.1 % Rajo Mina Desagüe Mina 20.000 Recuperada y Recirculada 0.3 % Depósito de relaves Seepage 720.000 Recuperada y Recirculada 11 % Depósito de relaves Laguna Aguas Claras 470.000 Recuperada y Recirculada 7 % Planta de Procesos Espesadores de Relaves 3.950.000 Recuperada y Recirculada 62 % Fuente: Adenda N°1

Respecto a la factibilidad legal, es dable aclarar que dicho aspecto debe ser resuelto por los organismos sectoriales competentes fuera del procedimiento de evaluación ambiental. 105

40-Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Respecto al área de afectación del Proyecto, consideramos que dado el gran número de pozos con sus correspondientes caudales otorgados y considerando los criterios reconocidos en el propio EIA de CCMC, tales como clima, tipo de cuenca, geomorfología de la cuenca y siendo que CCMC es el propietario mayoritario de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas del sector hidrogeológico IV, nos permiten afirmar que el proyecto sigue afectando de forma clara y notaria al sector Hidrogeológico IV del acuífero y por consiguiente causa un impacto relevante colateral hacia la cantidad y calidad de las aguas de los pozos que son usados para la ciudadanía, los cuales hoy están en poder de la concesionaria Aguas Chañar.

Evaluación técnica de la observación:

Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. Al respecto cabe señalar que durante el presente proceso se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

41- Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: La línea base proyectada en dicho estudio, presentado en septiembre del 2013, es a nuestro entender incompleta, ya que considera el estado del acuífero con información hasta el año 2008, esto puede inducir a graves errores en cuanto a las proyecciones elaboradas, dado que el acuífero comenzó a manifestar su mayor descenso freático a partir del 2010, por lo que si consideramos esta falta de información y pensando que el proyecto dará inicio a fines del 2017, la línea base dista bastante de la realidad.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la línea base del proyecto. Al respecto cabe mencionar que durante la presente evaluación el modelo para predecir los impactos en la variable hidrogeológica fue actualizado con información hasta el año 2014 e incluido por ejemplo un estudio del SERNAGEOMIN ―Evaluación Hidrogeológica de la Cuenca del Rio Copiapó, con Énfasis en la Cuantificación, Dinámica y Calidad Química de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos" (2012) de reciente publicación (2014) y DGA-HIDROMAS-CEF (2013) Actualización de la 106

modelación integrada y subterránea del Acuífero de la Cuenca del Río Copiapó. A partir de estos y otros antecedentes, la Autoridad Ambiental determino que se configuran impactos significativos sobre los recursos hídricos, motivo por el cual el Titular debe implementar las medidas de mitigación y compensación exigidas por la Autoridad que se detallan en el capítulo Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación del presente documento

42-Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: Es indudable y notorio el efecto de la operación de CCMC, en el comportamiento del acuífero, específicamente en el sector IV desde el inicio de su operación hasta el día de hoy dado el gran volumen de agua extraído del acuífero. A nuestro entender si CCMC utiliza en un cien por ciento para su ―MAKE UP‖ aguas frescas, esto es, agua desalada, sería una solución real y concreta para el abastecimiento de agua requerida por CCMC para su producción actual y futura puesto contribuye a no agravar la depresión por la cual atraviesa el acuífero, pero de ninguna manera resarce ni ayuda a compensar el gran impacto provocado al acuífero.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. Al respecto cabe señalar que durante el presente proceso se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

43-Nombre: Junta de Vigilancia del Rio Copiapó y sus afluentes Observación: ¿Sobre qué base puede la Compañía Contractual Minera Candelaria afirmar que no afectara el acuífero, ni la calidad del agua y qué medidas se están tomando para asegurar que esto no suceda?

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a posibles impactos y medidas de carácter ambiental del proyecto. En cuanto a lo consultado, cabe informar que durante el presente proceso de evaluación la Autoridad Ambiental Solicito los antecedentes que tienen relación con la consulta para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. De dichos antecedentes se concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las 107

aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce.

Complementariamente se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas. Por lo anterior mente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son: • Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación. • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

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44-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Flora y Fauna: Respecto del Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, no se indica el modo de cumplimiento de la Convención de Washington (Convención para la Protección de la Flora, Fauna y las Bellezas Escénicas Naturales de América, oficializado a través del Decreto Supremo N° 531 de 1967, Ministerio de Relaciones Exteriores), y al Convenio sobre la Diversidad Biológica (oficializado a través de Decreto Supremo N° 1963 de 1995, Ministerio de Relaciones Exteriores). No aplica no hay áreas protegidas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. Al respecto cabe señalar que se analizaron las áreas colocadas bajo protección oficial y áreas protegidas del área de influencia del proyecto. En las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó no se registran áreas protegidas, la más cercana es la Auto destinación Desierto Florido- Llanos de Travesía y Pajaritos (áreas bajo protección oficial de acuerdo al Decreto N° 732 del 6 de Octubre de 2009 del Ministerio de Bienes Nacionales), la cual se encuentra distante a 8,9 km del área de influencia del Proyecto (ver Figura 4-18 del tomo III del Adenda 1). Por otra lado, parte del emplazamiento del Nuevo Depósito de Relaves Los Diques, la Ampliación del Depósito de Estéril Norte, la zona Preparación de Carguío y el nuevo acueducto, se insertan en un sector de relevancia ambiental, correspondiente al Sitio Prioritario Desierto Florido, considerado como Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, definido en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad, el cual posee recursos naturales de relevancia. De acuerdo a los antecedentes de evaluación la intervención del Proyecto por la construcción del acueducto, el, Botadero Norte, caminos de la línea de transmisión eléctrica se configuro como un impacto sobre el Sitio Prioritario Desierto Florido y para ello se establecieron medidas de compensación para hacerse cargo del efecto.

45-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Aire. No se indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 115/2002 (MINSEPGRES), Norma Primaria de Calidad del Aire para Monóxido de Carbono, como consecuencia de la utilización de combustibles fósiles en motores de vehículos, maquinarias, y equipos.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 115/2002 (MINSEPGRES), Norma Primaria de Calidad del Aire para Monóxido de Carbono la estimación de emisiones para el escenario futuro corresponden a 1228,9 y dado este valor no se solicitó modelo de dispersión durante el presente proceso de evaluación por lo tanto no se considera un impacto significativo para el cual el Titular deba presentar medidas de mitigación, compensación o reparación. Para controlar estas emisiones, los vehículos y maquinarias serán sometidos a mantenciones periódicas y cumplirán con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica periódico, lo que asegurará que los motores operen en buenas condiciones.

46-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No se indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 114/2002 (MINSEGPRES), Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Nitrógeno, como consecuencia de la utilización de combustibles fósiles en motores de vehículos, maquinarias, y equipos.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 114/2002 (MINSEGPRES), Norma Primaria de Calidad del Aire para Dióxido de Nitrógeno el aporte de N02/1HR del Proyecto para la localidad de Tierra Amarilla corresponde a 59,7μg/m³N y de 1,6μg/m³N para NO2 Anual. Al respecto, cabe señalar que estos aportes considerados para el escenario futuro de 13 años más de operación no han sido considerados significativos durante la presente evaluación y por lo tanto al Titular no le corresponde adoptar medidas de mitigación, compensación u reparación para hacerse cargo de los mismos. Más detalles de otras estaciones evaluadas durante la presente evaluación se 109

encuentren en el capítulo de Predicción y evaluación de los impactos ambientales incluidas las eventuales situaciones de riesgo.

47-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No se indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 113/2002 (MINSEGPRES), Noma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Azufre, como consecuencia de la utilización de combustibles fósiles en motores de vehículos, maquinarias, y equipos.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 113/2002 (MINSEGPRES), Noma Primaria de Calidad de Aire para Dióxido de Azufre el aporte de S02/24 Horas del Proyecto para la localidad de Tierra Amarilla corresponde a 0,0 μg/m³N y de 1,27E-03 μg/m³N para SO2 Anual. Al respecto, cabe señalar que estos aportes considerados para el escenario futuro de 13 años más de operación no han sido considerados significativos durante la presente evaluación y por lo tanto al Titular no le corresponde adoptar medidas de mitigación, compensación u reparación para hacerse cargo de los mismos.

48-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No se indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 12/2011 (MMA), Norma Primaria de Calidad para Material Particulado Fino Respirable, MP2,5, a propósito de la etapa de construcción, de tronaduras, tránsito de camiones por tierra, combustión de motores, carga y descarga de materiales, erosión eólica y movimientos de tierra, en general. En la etapa de operación, respecto del chancado primario, operación de maquinaria y transporte de vehículos por caminos de tierra, combustión de motores, carga y descarga de materiales, erosión eólica.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 12/2011 (MMA) Norma Primaria de Calidad Ambiental para Material Particulado Fino Respirable MP2,5 el aporte de MP2,5/24 horas del proyecto en la localidad de Tierra Amarilla para el escenario futuro son 1,9 (µg/m³N) y 10, 3 (µg/m³N) para Tierra Amarilla Sur. En cuanto a MP2, 5 anual el aporte al escenario futuro corresponde a 0,7 (µg/m³N) para Tierra Amarilla y 1,4 (µg/m³N) para Tierra Amarilla Sur. Dichos aportes han sido considerados durante la presente evaluación ambiental como Impactos Significativos debido a que contribuyen a mantener la situación de estado de saturación de la zona el riesgo inherente de la población por 13 años más. Por esta razón, la autoridad le ha exigido al Titular medidas de mitigación y compensación que pueden ser revisadas en el capítulo Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación de este mismo documento. Más detalles de otras estaciones evaluadas durante la presente evaluación se encuentren en el capítulo de Predicción y evaluación de los impactos ambientales.

49-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 21/1991 (MINTRATEL), Norma sobre emisiones de vehículos motorizados livianos.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en que en relación al Decreto Supremo 21/1991 el Proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional considera la utilización de vehículos motorizados livianos durante las fases de construcción y operación., por tanto para su cumplimiento como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados livianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día.

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50-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 54/1994 (MINTRATEL), Norma sobre emisiones de vehículos motorizados medianos.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 54/1994, el Proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional considera el uso de vehículos motorizados medianos, durante sus etapas de construcción y operación por tanto para su cumplimiento, como medida de control de las emisiones de gases de combustión, se exigirá que todos los vehículos motorizados medianos sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día.

51-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 55/1994 (MINTRATEL), Norma sobre emisiones de vehículos motorizados pesados.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación al Decreto Supremo 55/1994 el Proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional considera el uso de vehículos motorizados pesados, durante sus etapas de construcción motivo por el cual como forma de cumplimiento se exigirá que todos los vehículos motorizados pesados sean sometidos a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, lo que se acreditará a través del Certificado de Revisión Técnica al día.

52-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo N°4/2009 (MMA), Reglamento para el Manejo de Lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En cuanto a lo observado cabe señalar que en relación del Decreto Supremo 4/2009 en el Proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional no se contempla Planta de Tratamiento de Aguas Servidas que necesite realizar manejo de lodos que se puedan generar, por lo tanto dicha normativa no les aplicable al Proyecto. Se considera en el área mina planta la conexión al alcantarillado público y el área puerto las aguas servidas son tratadas a través de fosas sépticas autorizadas las cuales solo contemplan una ampliación de la vida útil no produciendo otras modificaciones. Durante la etapa de construcción obras líneas se contemplan frentes de trabajo con baños químicos a través del manejo de los mismos por una empresa autorizada.

52-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Decreto Supremo 4363/1931 (Ministerio de Tierras y Colonización).

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a Normativa Ambiental Aplicable al proyecto. En relación con lo observado cabe señalar que al proyecto le son aplicables los siguientes PAS relativos al Decreto Supremo N° 4.363 de 1931 del Ministerio de Tierras y Colonización, denominado ―Ley de Bosques‖, toda vez que dicha norma no le resulta aplicable. En efecto, tal como se desprende de la Línea de Base de Flora y Vegetación presentada en el Capítulo 2 del EIA, en el área 111

del Proyecto no existen Bosques ni terrenos de aptitud preferentemente forestal, que son las materias abordadas por esta Ley. Tampoco se registró la presencia de formaciones xerofíticas.

54-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: No indica como normativa legal aplicable el Código de Aguas D.F.L. N° 1.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los permisos sectoriales asociados al proyecto. En relación con lo observado cabe señalar que al proyecto le son aplicables los siguientes PAS relativos al Decreto con Fuerza de Ley N° 1.122 de 1981

PAS 101

Permiso para la construcción de obras a que se refiere el artículo 294 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. El Proyecto contempla las siguientes obras:  Construcción de Canal de desvío de aguas lluvia sobre el Depósito de Estériles Norte. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Anexo 32 del Adenda 1.  Modificación de revancha del Depósito de Relaves Candelaria. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Anexo 32 del Adenda 1.  Construcción de un nuevo Depósito de relaves denominado Los Diques. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Capítulo 10 del EIA, complementados en el punto 30, sección 3, Tomo II del Adenda 1, como en el punto 10, sección 3, Tomo II del Adenda 2.

Al respecto, la DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°419, de fecha 05 de junio de 2014, Ord. N°294, de fecha 18 de mayo de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados para las diferentes obras que contempla el Proyecto.

PAS 106

Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas. El Proyecto contempla las siguientes obras:  Construcción de obras de regularización consideradas para desviar las aguas provenientes de la quebrada Del Buitre hacia el Depósito de Estéril Norte. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Anexo 32 incluido en el Adenda 1.  Intervención de defensa fluvial del cauce del río Copiapó para efectos de la instalación de tubería soterrada. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el punto 6, sección 1 del Adenda 3, como también en sección 3, PAS 106 y en Anexo 4 de la mismo Adenda.

Al respecto, la DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°419, de fecha 05 de junio de 2014, Ord. N°294, de fecha 18 de mayo de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados para las diferentes obras que contempla el Proyecto.

55-Nombre: Germán Palavicino P. Observación: En este proyecto no hay ningún análisis ni balance hídrico de las aguas que utilizará Candelaria en su continuidad Operacional si bien sabemos que en la última década los descensos del acuífero de rio Copiapó han aumentado potencialmente, los análisis hídricos originales de la empresa, ya no tienen relación a la situación actual, ya que se realizaron hace un par de décadas atrás.

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Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de:

Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s;

175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente.

Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año).

Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278

Fuente: Anexo 11 del adenda 3

Adicionalmente cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son:

• Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a estos significativos impactos:

• El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. 113

56- Nombre: Germán Palavicino P Observación: En lo concerniente a la DIA del Proyecto Acueducto Chamonate Candelaria, la empresa Candelaria, la SISS, la DGA, y la empresa Aguas Chañar, ingresaron documentación, contratos y justificaciones técnico legales que el agua tratada de la ciudad de Copiapó, correspondía a aguas subterráneas del sector hidrogeológico N°4, por lo tanto no influía en la recarga del acuífero del sector N° 5 y tampoco en el balance de este. Hoy en día más 80% del agua que abastece a la ciudad de Copiapó, proviene del sector hidrogeológico N°5. Por lo tanto los análisis de la época de los organismos antes mencionados no tendrían asidero, ya que la variable del recurso hídrico cambio de fuente del sector hidrogeológico N°4 al sector N°5. Por lo tanto solicitamos que se realice un estudio de los impactos que está afectando o podrían afectar al sector N°5 en las próximas décadas, por la no recarga de la aguas tratadas de la ciudad de Copiapó, lo cual en el último año los descensos del sector de Piedra Colgada (sector hidrogeológico N°5), donde se encuentran los pozos de Aguas Chañar, los niveles han llegado a 7 mts. promedio año.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. En cuanto a lo observado cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son:

• Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a estos significativos impactos: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

57- Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: Respecto de todas las áreas, no se realiza un balance hídrico con diagrama unifilar, que establezca claramente los requerimientos de agua fresca de todos los procesos existentes a la fecha; más los que se plantean a futuro; sus fuentes de abastecimiento; y la posible afectación a terceros. Lo anterior, en especial consideración de lo establecido en el art. 125 del D.S. 40.

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Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los insumos a utilizar respecto del recurso hídrico así como a sus impactos. Al respecto, se señala que la Minera Candelaria utilizara para las actividades productivas del proceso minero una cantidad aproximada de 400 L/s, los cuales ha informado que utiliza en su operación actual y continuará utilizando para esta ampliación de vida útil del proyecto operando 13 años más, dichos insumos se obtendrán de:

Planta Desalinizadora, que es transportada desde Puerto Punta Padrones hasta el Sector Bodega y de ahí hasta la faena minera, la cual se encuentra operando y en primera instancia procesaría 300 L/s, sin embargo está diseñada para 500 L/s;

175 L/s de Agua servida tratada proveniente de la empresa Aguas Chañar desde el Sector Bodega hasta Candelaria; los cuales fueron restringidos durante el proceso de evaluación a través de una condición por el Servicio competente.

Agua proveniente de pozos del sector 4, la cual será utilizada sólo en caso de emergencias y mantenciones 150 L/s por máximo 3 días (promedio 1 L/s año).

Agua del minero por recuperación por las obras de la faena minera e intercepción de flujos, los que según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación en su Adenda 3 fluctúan de la siguiente manera

Año Recuperación de Agua del Rajo (L/S) para uso en el proceso minero 1995 96 2008 311 2009 234 2013 278

Fuente: Anexo 11 del adenda 3

Complementariamente, en la siguiente tabla se muestran los Valores de balance general de agua durante fase operación normal (Caso Actual)

Origen Obra Caudales promedio mes (m3) Tipo de Agua Porcentaje Agua de mar desalinizada Planta Desalinizadora 1.000.000 Industrial 16 % Agua Servida Tratada (PTAS Copiapó) Agua Servida Tratada 255.000 Industrial 4 % Agua Fresca Pozos para agua potable 8.000 Potable 0.1 % Rajo Mina Desagüe Mina 20.000 Recuperada y Recirculada 0.3 % Depósito de relaves Seepage 720.000 Recuperada y Recirculada 11 % Depósito de relaves Laguna Aguas Claras 470.000 Recuperada y Recirculada 7 % Planta de Procesos Espesadores de Relaves 3.950.000 Recuperada y Recirculada 62 % Fuente: Adenda N°1

Adicionalmente cabe señalar que dado la información presentada por el Titular durante el presente proceso de evaluación así como los antecedentes del Anexo 11 del Adenda 3 que dicen relación con los estudios, modelos, información de campo del área de influencia del proyecto solicitada por la Autoridad, el cual incluye los antecedentes para determinar y describir los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro, lugar de emplazamiento de las obras mineras del proyecto. Se 115

concluyó que, en la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indicaron una dirección principal de las aguas hacia el norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. También el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el sur y por el norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde oeste a este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce;

Complementariamentese realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el sur y en el norte por la construcción del rajo, parte del agua que no se alcanza a bombear y recircular se infiltra y luego aflora en el sector sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s que son interceptados y no fluyen aguas abajo. Además se señaló que, en el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó, existiendo evidencias aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó, que pudiesen contaminar las aguas.

Por lo anteriormente expuesto, cabe señalar que se evaluaron los siguientes impactos en cuanto al Recurso Hídrico, cada uno de ellos se consideraron significativos por parte de la Autoridad, exigiendo condiciones al respecto para hacerse cargo adecuadamente de estos efectos, lo impactos son:

• Impacto: Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto de la continuidad del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Al respecto, La Dirección General de Aguas y esta Autoridad consideraron durante el proceso de evaluación que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada es un ―Impacto Significativo‖ sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de recarga del río y descensos reconocido por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 más bajo dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios presentados durante el proceso de evaluación.

Por lo tanto se han propuestos medidas de Compensación y Mitigación, a través de exigencias del Servicio competente a estos significativos impactos: • El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

Por otra parte, se aclara que dada la fecha de ingreso de este proyecto al SEIA no le es aplicable el DS N°40/2012, que corresponde al RSEIA, ya que en el marco de esta evaluación corresponde el cumplimiento del DS N°95/2001. 116

58-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada, Claudio Guillermo Alfaro Aguilera Observación: El Titular toma como ―Línea de Base‖ del Proyecto lo que él denomina ―Caso Actual‖, es decir, describe los elementos del Medio Ambiente que se encuentran en el área de emplazamiento del Proyecto al año 2011, que no es lo mismo que el Área de Influencia. Lo anterior, transgrede flagrantemente el artículo 11 ter de la Ley 19.300, ya que al ser el EIA, ―Candelaria 2030‖, una modificación de consideración al Proyecto ya existente (cuestión reconocida por el mismo Titular), corresponde no sólo evaluar los impactos que provocará la modificación del Proyecto, sino que también los efectos que ya provocó en el Medio Ambiente el Proyecto Original. Para ello, es necesario tener a la vista, al momento de predecir y evaluar los impactos, la Línea de Base existente en el Proyecto Original, para así evaluar adecuadamente lo que ordena la Ley, es decir, evaluar la suma de los impactos producidos por el Proyecto ya existente, y los impactos de la modificación o nuevo Proyecto que se pretende. Por tanto, toda la línea de base del Proyecto ―Candelaria 2030‖, adolece de un vicio estructural, cual es que no contiene y omite información relevante y esencial; Esta omisión no será jamás subsanable en el marco del procedimiento de evaluación ambiental. Sobre dicho punto ahondaremos más adelante. Un claro ejemplo de lo referido anteriormente, lo constituye la Línea de Base de Aire confeccionada por el Titular. En efecto, tal como señala el EIA, ―Candelaria 2030‖, en su Capítulo 2.2. página 1, el análisis de MP10 en Tierra Amarilla y MPS en Nantoco, se realizó por un periodo comprendido entre los años 2008 y 2012. La data de MPS en Tierra Amarilla proviene de información obtenida desde enero del 2011 a Diciembre de 2012, y por último, la data de MP 2,5 se realizó para un periodo comprendido entre el mes de septiembre de 2012 hasta marzo de 2013. Sin embargo, el Titular, en el mismo EIA, respecto de la Línea de Base de Recurso Hídrico, presenta monitoreos de las mismas características antedichas desde el año 1998 (Capitulo 2.5. página 1), lo que genera una enorme suspicacia, esto es, por qué el Titular no informa de sus monitoreos desde el año 1998 en adelante, La respuesta es clara, porque de hacerlo así el Titular deberá reconocer el impacto significativo. Prueba de la omisión grosera de esta información está en aquello que el mismo Titular reconoce, en el Capítulo 6, el que da cuenta de monitoreos o Plan de Seguimiento que se llevan a cabo desde el año 1995. Lo anterior, en virtud de Ordinario N° 00409 de fecha 6 de Agosto de 1997 de CONAMA, y Resoluciones N° 395 del 16 de Julio de 1998, y N° 453 del 12 de Julio de 1999, ambos del Servicio de Salud de Atacama. La forma correcta en que se debió entregar la información por el Titular, se refiere a aportar a la Evaluación los monitoreos más cércanos al estado del Medio Ambiente sin Proyecto original, así, a nuestro juicio, se hubiera cumplido el art. 11 ter de la Ley 19.300. Esto es de alguna manera sabido y tomado en consideración por el Titular en la Línea de Base del Recurso Hídrico, pero no para los demás componentes.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a la línea base del Proyecto. Respecto a lo observado cabe señalar que el área de Influencia del Proyecto se determinó a partir de la identificación de las obras existentes y las nuevas obras que consideran áreas de intervención adicionales, las cuales pueden generar un impacto. Las obras del proyecto involucradas corresponden a las siguientes: Área mina-obras aprobadas: Rajo Abierto y Subterránea, Depósitos de Estériles: Norte, Nantoco, Sur Auxiliar 1 y Sur Auxiliar 2, Planta de Proceso: Chancado, Molienda, Flotación, Espesamiento y Filtrado, Depósito de Relaves Candelaria, Edificios e Instalaciones Auxiliares. Área mina-obras nuevas: Ampliación Mina Rajo Abierto, Ampliación Depósitos de Estériles Norte y Nantoco, Nuevo Depósito de Relaves Los Diques, Nuevas Instalaciones Auxiliares y Caminos: modificación parcial de trazados de líneas eléctricas y modificación de parte del trazado de la Ruta C-397. Área Obras Lineales aprobadas: Sistema de Suministro y Distribución de Agua para el proceso, Acueducto Sector Puerto-Bodega, Acueducto Sector Bodega-Candelaria, Suministro Aguas Chañar-Sector Bodega y Suministro de agua de pozos sector Paipote y Tierra Amarilla, Línea de Transmisión Eléctrica (LE) de 220 kV desde Subestación Cardones hasta Área Mina. Área Obras Lineales nuevas: Nuevo Acueducto Sector Bodega – Candelaria. Área Puerto- Obras Existentes: Instalaciones para Descarga, Almacenamiento y Embarque de Concentrado, Planta Desalinizadora Minera Candelaria. Área Puerto- Obras Nuevas: No se consideran modificaciones, sólo continuidad operacional.

En particular, la línea base para la componente Calidad del Aire, se elaboró en función de los datos obtenidos de la estación de calidad del aire de Tierra Amarilla y una estación o punto de monitoreo de material particulado sedimentable en el sector de Nantoco, ambos ubicados en la comuna de Tierra Amarilla. De la 117

Estación Tierra Amarilla se han obtenido los datos de MP10, MP2,5 y Polvo Sedimentable, y del Sector de Nantoco, se han obtenido datos de Polvo Sedimentable. El análisis de MP10 en Tierra Amarilla y MPS en Nantoco, se realizó para un periodo comprendido entre los años 2008 a 2013, donde cada año corresponde a un (1) año calendario (el año calendario tiene inicio desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre del mismo año). La data de MPS en Tierra Amarilla, está conformada por registros de tres (3) años continuos, proveniente de una campaña específica, con la cual se contó con información de enero del 2011 a diciembre 2013. Mientras que el análisis del parámetro MP2,5, se realizó para un periodo de comprendido entre el mes de septiembre del año 2012 hasta el mes de diciembre del año 2013, realizando el análisis de la totalidad de información registrada a la fecha para el parámetro medido en la Estación Tierra Amarilla.

En cuanto a la línea base de la componente Hidrológica, se caracterizó el área de influencia del Proyecto, enfocada en la descripción del régimen de precipitaciones en la zona y en el análisis de los caudales máximos generados en las áreas aportantes a las subcuencas Los Diques y Los Buitres, considerando la información registrada por las estaciones fluviométricas y meteorológicas administradas por la Dirección General de Aguas (DGA) en las cercanías de la zona de estudio, además de la información meteorológica de la estación Mina de propiedad de la faena minera. Sobre la Línea de Base de calidad de aguas subterráneas, ésta se obtuvo a partir del análisis de información generada de la ejecución del programa de monitoreo de aguas subterráneas desarrollada en el área del Proyecto, con valores desde el año 1998 hasta la actualidad de la red de monitoreo de aguas subterráneas, lo que permitirá caracterizar adecuadamente el área del Proyecto. Respecto de la Línea de Base hidrogeológica, se utilizó principalmente la información proveniente del SERNAGEOMIN y estudio hidrogeológico para el Depósito de Relaves Los Diques.

Complementariamente, cabe indicar que la Línea de Base para el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto, fue elaborada de acuerdo a los requerimientos y estándares establecidos en el DS 95/01 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) (en adelante el Reglamento) así como también, sobre la base de la propia Ley Nº 19.300, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente (modificada mediante la Ley 20.417) y no sobre lo que en el Capítulo 1 se indica como ―Caso Base‖.

Respecto al artículo 11 de la Ley, el Proyecto presenta un cambio de consideración respecto del Caso Base, y es precisamente que conforme a ello se ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental con la presentación del Proyecto ―Candelaria 2030 – Continuidad Operacional‖ con lo cual el Titular da cumplimiento a lo establecido en la Ley, el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y al instructivo ―Criterios para decidir sobre la pertinencia de someter al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) la introducción de ―cambios‖ a un proyecto o actividad‖ de la Comisión Nacional del Medio Ambiente de julio de 2008.

Este último instructivo vigente a la fecha de presentación del Proyecto, respecto a la susceptibilidad de generar impactos se indica en el punto 2 letra c): ―Cuando las obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad son susceptibles de generar nuevos impactos ambientales adversos

Al respecto, la atención debe centrarse, por una parte, en obras, acciones o medidas que pudieren generar nuevas emisiones, efluentes o residuos, tanto desde la perspectiva del aumento en la cantidad, como en el cambio de sus características o calidad

Por otra parte, la atención debe ponerse en los efectos ambientales que pudieren presentarse o generarse por las obras, acciones o medidas que configuran los ―cambios‖ que pretenden introducirse al proyecto o actividad, en relación a la vulnerabilidad de los distintos componentes ambientales a sufrir impactos adversos producto de tales obras, acciones o medidas‖.

En cuanto a los periodos de medición de MP10, MP2,5 y MPS para la línea de base del Proyecto, se indica que cada uno de éstos cumple con el periodo de medición mínimo que recomienda la ―Guía para el Uso de Modelos de Calidad del Aire en el SEIA‖ del Servicio de Evaluación Ambiental, por lo tanto, los antecedentes presentados para la línea de base de calidad del aire da cumplimiento con las recomendaciones realizadas por la Autoridad Ambiental, por se considera que no ha existido omisión de información en este proceso y se 118

indica que de todas formas la información que se menciona se encuentra como información pública como parte de los monitoreos que actualmente realiza el titular para la fase de operación del Caso Base.

59-Nombre: Frutícola y Exportadora Atacama Limitada.

Observación: Para estos efectos, nos remitimos a los pronunciamientos que realicen los diversos organismos sectoriales con competencia ambiental. Es importante indicar en este acápite, la nula e inexistente justificación del Titular respecto de los PAS que no le aplicarían.

Evaluación técnica de la observación: Se considera la observación pertinente toda vez que hace referencia a los requisitos y contenidos de los permisos ambientales sectoriales no aplicables al proyecto. Respecto a lo observado cabe señalar que:

En relación al PAS del artículo 68: El proyecto no considera arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados, aguas de relaves u otras materias nocivas o peligrosas a aguas sometidas a jurisdicción nacional en puerto, por lo tanto no es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 69: Este proyecto corresponde a una continuidad operacional, y el presente PAS fue obtenido para la operación de la planta desalinizadora existente. En tal sentido, sólo se realiza una extensión de la vida útil, no contemplándose cambios en la actual operación de la instalación. En este contexto, no es aplicable una nueva obtención del PAS.

En relación al PAS del artículo 70: El proyecto no considera instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas en puertos, por lo tanto no es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 71: El proyecto no contempla descargar aguas que contengan mezclas oleosas, provenientes de una planta de tratamiento de instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas, por lo tanto no es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 72: El proyecto no considera instalar y operar un terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes por tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 73: El proyecto no contempla introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, de acuerdo al tenor del presente PAS, por lo tanto no le es aplicable éste al Proyecto

En relación al PAS del artículo 74: El proyecto no considera realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 75: El proyecto no afecta a monumentos históricos, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 77: El proyecto no realizara construcciones nuevas en zonas declaradas típicas o pintorescas, por tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto. En relación al PAS del artículo 78: El proyecto no se ubica cercano a algún Santuario de la Naturaleza, por tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 79: El Proyecto se emplaza en la región de Atacama, por lo tanto no le es aplica este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 80: El proyecto no realizará nuevas explotaciones o mayores extracciones de aguas subterráneas que las ya autorizadas, por lo tanto no le aplica este PAS al Proyecto.

119

En relación al PAS del artículo 81: El proyecto no considera el emplazamiento, construcción, puesta en servicio, operación, cierre y desmantelamiento de instalaciones, plantas, centros, laboratorios, establecimientos y equipos nucleares, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 82: El Proyecto no considera la construcción de centrales nucleares de potencia, plantas de enriquecimiento, plantas de reprocesamiento y depósitos de almacenamiento permanente de desechos calientes de larga vida, por lo tanto no le es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 83: El Proyecto no contempla realizar el transporte de materiales radioactivos, por tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 85: El proyecto corresponde a una continuidad operacional de una faena existente y por tanto no considera ejecutar labores mineras de acuerdo al tenor del presente PAS, y en tal sentido, no le es aplicable éste al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 86: El proyecto corresponde a una continuidad operacional de una faena existente y por tanto no considera ejecutar labores en lugares que describe el tenor del presente PAS, y por lo tanto no le es aplicable éste al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 87: El proyecto corresponde a una continuidad operacional de una faena existente y por tanto no considera ejecutar labores mineras en covaderas o en lugares que hayan sido declarados de interés histórico o científico, por lo tanto no le es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 89: El proyecto no considera la extracción de ripio o arena de cauces de ríos o esteros, por lo tanto, no le es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 92: El proyecto corresponde a una continuidad operacional de una faena existente y por tanto no ejecutara nuevas labores mineras en sitios donde se han alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua, por lo tanto no le es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 95: El proyecto no realizara pesca de investigación, por lo tanto no le es aplicable este PAS al proyecto.

En relación al PAS del artículo 96: El proyecto corresponde a una continuidad operacional de una faena existente, que no requerirá solicitar el cambio de uso de suelo para nuevas áreas, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 97: El proyecto no contempla la instalación de cementerio o crematorio, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 98: El proyecto no contempla la recolección de huevos y crías con fines científicos o de reproducción, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 100: El proyecto no contempla la introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de la fauna silvestre, semen, embriones, huevos para incubar y larvas, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 102: El proyecto no considera corta o explotación de bosque nativo, por tanto no es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 103: El proyecto no considera la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Alerce – Fitzroya cupressoides (Mol.) JOHNSTON, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

120

En relación al PAS del artículo 104: El proyecto no contempla la corta o explotación de la especie vegetal de carácter forestal denominada Pehuén –Araucaria araucana (Mol.) K. Koch-, por lo tanto no le es aplicable este PAS al Proyecto.

En relación al PAS del artículo 105: El proyecto no contempla la corta o explotación de las especies indicadas en este PAS, por lo tanto no le es aplicable éste al Proyecto.

Complementariamente cabe señalar que en cuanto a los PAS aplicables al proyecto, estos se pueden encontrar en el capítulo Permisos Ambientales Sectoriales de este mismo documento.

6 Que, la predicción y Evaluación de los Impactos ambientales incluidas las eventuales situaciones de riesgo han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, de conformidad a lo señalado en la Ley Nº 19.300:

6.1 Emisiones y Calidad del Aire

El estudio de estimación de emisiones del proyecto orientado a evaluar el impacto en la calidad del aire, debido a las nuevas obras y actividades asociadas al Proyecto, y la continuidad de su vida útil. Para esto, se estimaron de forma cuantitativa las emisiones de material particulado (TSP, MP10 y MP2,5) y gases (CO, NOx y SO2), tanto para la Etapa de Construcción, Etapa de Operación (Escenario Base y Futuro), como para la Etapa de Cierre. Para ello se caracterizó la línea de base de calidad del aire y meteorología de la zona y se realizó la modelación de dispersión atmosférica de cada una de las Etapas del Proyecto, con el objetivo de determinar el aporte en términos de concentraciones atmosféricas provenientes de ellas, a fin de evaluar el efecto que el Proyecto generará en su entorno, en términos de concentraciones de los parámetros evaluados. Se realizó inventarios de emisiones para cada una de las Etapas de Proyecto, determinando de manera cuantitativa el nivel de emisiones que el Proyecto entregará a la atmósfera en sus distintas Etapas. La metodología empleada por el Titular consideró tres (3) grandes Etapas, y de las cuales se pueden identificar los siguientes escenarios de inventarios de emisiones:  Etapa de Operación  Escenario Actual  Escenario Base  Escenario Futuro  Etapa de Construcción  Escenario de Construcción  Etapa de Cierre  Escenario de Cierre

Para la estimación de emisiones de la Etapa de Operación se realizaron los inventarios de los escenarios Actual, Base (ambientalmente aprobado) y, Futuro (con Proyecto), con el fin de analizar el delta o diferencia de emisiones que generará el Proyecto en su Operación Futura, respecto del Actual obteniéndose así el aporte del proyecto. Por otro lado para la estimación de emisiones de las Etapas de Construcción y Cierre, se realizaron los inventarios de emisiones respectivos a cada Etapa.

La determinación de cada uno de los escenarios, en los que se realizó inventario para los parámetros de TSP, MP10, MP2,5 y gases (CO, NOX y SO2), se realizaron con el fin de identificar el aporte de emisiones el Proyecto en sus diferentes Etapas. Las actividades consideradas en los inventarios de emisiones atmosféricas (material particulado respirable y gases) de los escenarios de la Etapa de Operación, corresponden a las identificadas en la actualidad y que se pueden resumir en las siguientes: • Perforaciones, sondajes y tronaduras. • Traslado de mineral hacia los distintos puntos de acopio. • Traslados de mineral desde los distintos puntos de acopia hacia el chancador. • Traslados de estériles hacia los botaderos Nantoco y Norte. • Planta de chancado y Pebble. 121

• Traslado de mineral hacia molienda, traspasos entre correas. • Transferencia de mineral y estéril por carguío y volteo de camiones. • Tránsito de vehículos livianos y minibús. • Combustión interna de vehículos y maquinaria. • Erosión eólica de la pila de acopio.

Los inventarios de emisiones generados para la Etapa de Operación, han considerado el año 2011 para determinar el Escenario Actual, dado que principalmente, fue ese año donde se produjeron los máximos niveles de concentración medidos (LdB) entre el periodo 2008-2012, en la estación de Tierra Amarilla y que además para ese año se contó con toda la meteorología necesaria para realizar los análisis.

El Escenario Base, definido por el Titular con el objetivo de estimar las emisiones ambientalmente aprobadas y evaluar bajo dichas condiciones el aporte a su entorno. Este escenario fue elaborado a partir del Escenario Actual extrayéndose la información de las actividades realizadas en el proyecto durante el año 2011, mientras que las toneladas de Mineral y Estéril que se identificaron para la estimación de las emisiones corresponden a las que el Titular en la actualidad tiene autorizado extraer. El escenario Base se ha desarrollado con el objetivo de estimar las emisiones ambientales aprobadas.

El escenario Futuro se ha definido para el año 2020, puesto que de acuerdo a lo establecido por el Plan Minero (Life of Mine 2011), dicho año es el que se proyecta con el mayor movimiento de mineral, lo que permite generar un escenario conservador (máximas emisiones) para la evaluación de la proyección de las concentraciones. Este escenario cuenta con medidas de control de emisiones adicionales a las que hoy se aplican.

Para definir el inventario asociado a la Etapa de Construcción, se ha considerado el año 2016, año en que se realiza dicha actividad con el máximo nivel de actividad. Para el inventario de emisiones del escenario de construcción, se han considerado las siguientes obras a ejecutar: • Construcción del Muro de Partida del Depósito de Relaves Los Diques • Construcción de Edificios e Instalaciones Auxiliares • Construcción del Acueducto (Obras Lineales) • Reubicación de los Relaves del Tranque San Esteban

El inventario de la Etapa de Cierre se ha definido para el periodo 2031 al 2033, donde se han considerado las siguientes actividades, las cuales han sido comprometidas en el Plan de Cierre, presentado el año 2009. • Desmantelación de Instalaciones Área Mina. • Cierre Perimetral del Rajo. • Cobertura del Tranque de Relaves Los Disques. • Desmantelación de las Instalaciones del Área Puerto.

Los inventarios de emisiones, se realizaron para los siguientes parámetros: TSP, MP10, MP2,5 y gases (CO, NOX y SO2), y la metodología aplicada para la obtención de los inventarios de emisiones del Proyecto, corresponde a la utilización de factores de emisión. Estos factores son definidos por la US-EPA en el AP 42, Fifth Edition, Compilation of Air Pollutant Emission Factors, por la Guía Metodológica ―Estimación de Emisiones Atmosféricas de Fuentes Fijas y Móviles, en el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes‖ de la CONAMA y la Guía para la Estimación de Emisiones Atmosféricas de Proyectos Inmobiliarios para la Región Metropolitana del Ministerio del Medio Ambiente.

Complementariamente en Adenda N°3, el Titular modificó dicha estimación de emisores señalando lo siguiente: La estimación de emisiones del proyecto considera material particulado (MP10, MP2,5 y MPS) y gases (CO, NOx y SO2), para los escenarios Actual y Futuro. Es importante señalar que las emisiones se mantienen con respecto a lo presentado en el Anexo 4-D del EIA, incluyendo las modificaciones solicitadas en el ICSARA N°3, las cuales se indican a continuación:  Incorporación de emisiones de material particulado y gases provenientes de las actividades desarrolladas en el edificio de almacenamiento y en la cancha exterior, considerando para esta última un escenario muy conservador, y solamente a modo de evaluación, en que el 30% del concentrado es acopiado en la cancha exterior. 122

 Actualización de estimación de emisiones para el transporte de concentrado desde faena hacia puerto, considerando tales caminos como caminos no pavimentados.  Actualización de estimación de emisiones para erosión eólica en el Banco 416, modificando su superficie de 0,3 ha a 0,7 ha. El detalle de las emisiones asociadas a estas actividades y del resto de las actividades del inventario se muestra en el Acápite 1 Estimación Emisiones, Apéndice 2 del Anexo 7 del Adenda N°3.

En la Tabla 5-5 del Anexo 4-D del EIA se presenta el resumen del inventario de emisiones que se ha desarrollado para la Etapa de Construcción del Proyecto. Para la Etapa de Construcción se ha estimado que se emitirán 2.152 kg/día de TSP, 566 kg/día de MP10, 241 kg/día de MP2,5, 208kg/día de CO, 955 kg/día de NOX, 0,2 kg/día de SO2. Se destaca que las emisiones estimadas para la actividad de la construcción del muro de partida del depósito de relaves Los Diques, representan sobre el 50% de las emisiones que se generarán en esta Etapa del Proyecto, y se puede identificar que las emisiones alcanzarán los 1.222,4 kg/día de TSP, 285 kg/día de MP10, 155 kg/día de MP2,5, 101 kg/día de CO, 473 kg/día de NOX, 0,1 kg/día de SO2.

De acuerdo a la estimación de emisiones presentada por cada operación unitaria de la faena minera, presentadas en la Tabla 5-2 del Anexo 4-D del EIA, se muestra que las emisiones estimadas para el Escenario Actual de la Etapa de Operación, en la tabla se identifica que para los parámetros TSP y MP10, el transporte tanto de Mineral como de Estériles, representa un 54% y 61%, respectivamente, del total de las emisiones generadas. Mientras que para el MP2,5, la actividad de mayor emisión corresponde a la Planta de Chancado y Pebble, actividad que representa un 40% del total de las emisiones de MP2,5.

Para el caso del escenario Base, en la Tabla 5-3 del Anexo 4-D del EIA, es posible identificar que para el contaminante TSP y MP10, el transporte tanto de Mineral como de Estériles, representa un 60% y 64%, respectivamente, del total de las emisiones generadas para ambos tamaños de partículas. Mientras que para el MP2,5, la actividad de mayor emisión corresponde a la Planta de Chancado y Pebble, actividad que representa un 32% del total de las emisiones de MP2,5.

En la Tabla 5-4 del Anexo 4-D del EIA se presentó un resumen del inventario de emisiones del Escenario Futuro para la Etapa de Operación del Proyecto, para este escenario se incorporaron según lo presentado por el Titular las medidas operacionales adicionales a las ya existentes, como: • Aumento en la Humectación de Caminos Mineros no Pavimentados. • Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble. • Incorporación de un Anillo Aspersor de la caída del Mineral al Stockpile.

Se identificó que para los contaminantes TSP y MP10, el transporte tanto de Mineral como de Estériles, representa un 48% y 51%, respectivamente, del total de las emisiones generadas. Mientras que para el MP2,5, la actividad de mayor emisión corresponde a la Planta de Chancado y Pebbles, actividad que representa un 32% del total de las emisiones de MP2,5.

En la Tabla 5-6 del Anexo 4-D del EIA se presenta la tabla resumen para la etapa de cierre del Proyecto, en la que se exhiben los resultados de la estimación de emisiones de material particulado (TSP, MP10, MP2,5) y gases (NOx, CO y SO2). De acuerdo a los resultados del inventario de emisiones, el cual consideró a los contaminantes material particulado respirable (MP10 y MP2,5), monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOX) e hidrocarburos (HC), se determina que las actividades que se desarrollaron durante la etapa de Cierre de la faena Minera Candelaria, se emitirán 263 kg/día de TSP, 195 kg/día de MP10, 168 kg/día de MP2,5, 19 kg/día de CO, 208 kg/día de NOx y 0,2 kg/día de SO2.

Finalmente la estimación de emisiones presentadas y actualizadas en Adenda N°3 para el proyecto son las siguientes:

Tabla: Resumen de Emisiones (kg/día) correspondiente a Escenario Actual y Futuro considerando modificaciones Escenario MPS MP10 MP2,5 CO NOx SO2 123

Actual 26836,6 7353,9 2155,3 1111,9 5319,3 3,7 Futuro 26401,6 6902,3 2368,0 1228,9 5817,0 3,4 Fuente: Tabla 3-1 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Para los escenarios planteados, fueron identificadas todas las fuentes emisoras de los parámetros inventariados, las que posteriormente fueron representadas a través de una modelación de calidad de aire, con el objetivo de determinar su aporte a las concentraciones en la calidad del aire en el área evaluada. Los parámetros evaluados cuentan con normativa de calidad ambiental primaria, correspondiendo a material particulado (MP10 y MP2,5) y gases (SO2, NOx y CO), de forma adicional se incluyó el MPS que cuenta con normativa ambiental de referencia.

Los escenarios modelados corresponden a las Etapas de Operación Actual, Base y Futura, además de las Etapas de Construcción y Cierre de Faena Minera.

La modelación de dispersión atmosférica de cada una de las fases del Proyecto, fue realizada mediante el modelo CALPUFF. Adicionalmente el Titular plantea que para el cumplimiento de una de las recomendaciones de la Guía de Uso de Modelos de Calidad de Aire en el SEIA, que dice relación con el uso de modelos meteorológicos para la alimentación del modelo de dispersión, se realizó a través de CALMET, debido a que el sistema de modelación WRF (archivo proporcionado por SEA) demostró una baja correlación entre la meteorología observada en superficie y la modelación numérica. Durante el proceso de evaluación el Titular, indica en lo medular la incapacidad que posee el modelo meteorológico WRF provisto por el SEA para la representar de los flujos de viento, básicamente en su dirección, razón que justifica la utilización de la configuración híbrida de CALMET (observación para superficie y pronóstico para la altura) la cual incorpora como principal fuente de datos meteorológicos los provenientes de las estaciones de monitoreo ubicadas en el entorno de la faena Minera.

Los receptores incluidos en la modelación son los que se presentan en la siguiente tabla:

Tabla: Coordenadas receptores puntuales incluidos en la modelación (WGS84, Huso 19S). N° Receptor Este (m) Norte (m) 1 Tama 374.932 6.960.243 2 Nantoco1 374.609 6.951.835 3 Tama Sur 375.076 6.957.695 4 Paipote 374.060 6.966.828 5 Vivienda Cercana a Cementerio 374.544 6.958.556 6 Sector Algarrobo 375.078 6.956.541 7 Campamento Las Compuertas2 374.877 6.955.521 8 Iglesia de Nantoco 375.545 6.953.134 9 Área Densamente Poblada 375.294 6.961.214 10 Área Densamente Poblada 2 374.765 6.958.818 11 Receptor Casa Nantoco3 374.712 6.954.308 12 Receptor Casa Nantoco 24 374.813 6.955.403 Fuente: Tabla 4-1 del Apéndice 2, Anexo 7, del Adenda N°3.

1: El punto modelado corresponde al punto de máxima concentración poblado para los estadígrafos diarios y anuales de los escenarios Cierre y Construcción, así como para los estadígrafos horarios de los escenarios Actual, Base y Futuro. 2: El punto modelado corresponde al punto de máxima depositación poblado para el estadígrafo mensual del escenario Construcción. 3: El punto modelado corresponde al punto de máxima concentración poblado para los estadígrafos diarios y anuales de los escenarios Actual, Base y Futuro, así como para los estadígrafos horarios de los escenarios Cierre y Construcción. 124

4: El punto modelado corresponde al punto de máxima depositación poblado para el estadígrafo anual del escenario Construcción.

En la Tabla 4-2 y Tabla 4-3 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3 se presentaron las concentraciones resultantes de la estimación de emisiones del escenario actual y futuro, respectivamente y en el Acápite 2 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3 se presentaron los archivos de entrada y salida de respaldo de estas modelaciones, respecto a la modelación meteorológica CALMET, esta se presenta en el Anexo 4-D del EIA.

Para proyectar los valores de concentración para el escenario futuro, se utilizó la misma metodología en donde se considera la línea de base ajustada. No obstante, para el caso de los receptores situados en el entorno de Nantoco (Iglesia de Nantoco, Receptor Casa de Natoco y Receptor Casa de Natoco 2) se utilizaron los valores medidos en la estación Nantoco para MP10.

Los valores otorgados por el modelo de dispersión presentados por el Titular para el escenario futuro se presentan a continuación: 125

Tabla. Proyección del Aporte de MP10 (24 horas) MP10 - 24 Hrs (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Área Densament e Poblada Área Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 167,6 69,5 163,6 175,2 160,2 159,7 155,7 78,3 171,1 162,6 64,1 70,2 Aporte Proyecto 6,2 21,9 10,3 0,9 11,9 13,6 17,7 14,3 3,8 10,6 27 21,1 Otros Proyectos 6,0 18,0 6,0 6,0 6,0 6,0 6,0 18,0 6,0 6,0 18,0 18,0 Total 179,8 109,4 179,9 182,1 178,1 179,3 179,4 110,6 180,9 179,2 109,1 109,3 Norma 150 150 150 150 150 150 150 150 150 150 150 150 Fuente: Tabla 4-5 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de MP10 (Anual) MP10 – Anual (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 72,6 34,6 69,7 75,1 69,5 67,0 63,1 38,3 73,6 70,2 32,0 34,7 Aporte Proyecto 2,2 12,1 4,6 0,4 4,9 6,7 10,2 8,6 1,5 4,3 14,0 11.4 Otros Proyectos 2 8 2 2 2 2 2 8 2 2 8 8 Total 76,8 54,7 76,3 77,5 76,4 75,7 75,3 54,9 77,1 76,5 54,0 54,1 Norma 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 Fuente: Tabla 4-6 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de MP2,5 (24 horas) MP2,5 - 24 Hrs (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 51,8 47,2 50,7 53,7 50,1 49,9 48,6 49,3 52,6 50,6 45,9 47,9 Aporte Proyecto 1,9 6,4 3,1 0,3 3,4 4 5,3 4,5 1,2 3 7,9 6,2 Otros Proyectos 3 1 3 3 3 3 3 1 3 3 1 1 126

Total 56,7 54,6 56,8 57 56,5 56,9 56,9 54,8 56,8 56,6 54,8 55,1 Norma 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 50 Fuente: Tabla 4-7 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3. Tabla. Proyección del Aporte de MP2,5 (Anual) MP2,5 – Anual (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 25,2 22,2 24,5 25,9 24,5 23,8 22,8 23,3 25,5 24,6 21,8 22,5 Aporte Proyecto 0,7 3,7 1,4 0,1 1,4 2 2,9 2,6 0,5 1,3 4,1 3,3 Otros Proyectos 1 0,2 1 1 1 1 1 0,2 1 1 0,2 0,2 Total 26,9 26,1 26,9 27 26,9 26,8 26,7 26,1 27 26,9 26,1 26 Norma 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 20 Fuente: Tabla 4-8 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de NO2 (Horario) NO2 - 1 Hr (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 59,0 0 64,5 115,9 53,2 40,4 23,6 42,2 77,7 57,1 0 7,1 Aporte Proyecto 59,7 158,4 56,7 3,5 69,8 72,0 89,6 62,7 39,6 58,2 133,6 91,6 Otros Proyectos s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i Total 118,7 158,4 121,2 119,4 123 112,4 113,2 104,9 117,3 115,3 136,6 98,7 Norma 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 400 Fuente: Tabla 4-9 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de NO2 (Anual) NO2 – Anual (µg/m³N) Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 127

LdB Ajustada 33,5 26,6 31,7 35,1 31,5 30,1 27,8 28,9 34,1 31,9 25,6 27,2 Aporte Proyecto 1,6 8,8 3,1 0,3 3,4 4,5 6,6 6,1 1,1 3 8,8 7,1 Otros Proyectos s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i Total 35,1 35,4 34,8 35,4 34,9 34,6 34,4 35 35,2 34,9 34,4 34,3 Norma 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 Fuente: Tabla 4-10 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de SO2 (24 Horas) SO2 - 24 Hrs Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 Aporte Proyecto 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 0,0 Otros Proyectos s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i Total 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 129,3 Norma 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 250 Fuente: Tabla 4-11 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Proyección del Aporte de SO2 (Anual) SO2 - Anual Tama Nantoco Tama Sur Paipote Vivienda Cercana a Cementerio Sector Algarrobo Campament o Las Compuertas Iglesia de Nantoco Area Densament e Poblada Area Densament e Poblada 2 Casa Cuidador 1 Casa Cuidador 2 LdB Ajustada 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 Aporte Proyecto 1,27E-03 6,83E-03 2,41E-03 2,10E-04 3,06E-03 3,43E-03 4,99E-03 4,76E-03 8,28E-04 3,11E-03 6,71E-03 5,40E-03 Otros Proyectos s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i s/i Total 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 24,1 Norma 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 80 Fuente: Tabla 4-12 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

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Las normas consideradas para comparar los valores de material sedimentable corresponden al D.S. N°4/92 del Ministerio de Agricultura que establece normas para material particulado sedimentable en la cuenca del río Huasco en la III Región; el Decreto N°3395/96, Reglamento de la Ley N°5965 (*) y 4 normas europeas, definidas para Alemania, Argentina, Países Bajos y Suiza.

Tabla. Resultados de MPS – Punto de Máxima Depositación- Escenario Actual Estadígrafo Actual Normas Este (km) Norte (km) Depositación (mg/m²/día) D.S. N°4/92 Chile Alemania Argentina Países Bajos Suiza Promedio Mensual MPS 372,000 6954,000 28,6 150 - 333,3 - - Promedio Anual MPS 372,000 6954,000 22,5 100 350 - 350 200 % Cumplimiento Norma Mensual 19.07 - 8.58 - - % Cumplimiento Norma Anual 22.50 6.43 - 6,43 11,25 Fuente: Tabla 4-13 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

Tabla. Resultados de MPS – Punto de Máxima Depositación- Escenario Futuro Estadígrafo Futuro Normas Este (km) Norte (km) Depositación (mg/m²/día) D.S. N°4/92 Chile Alemania Argentina Países Bajos Suiza Promedio Mensual MPS 372,000 6954,000 32,3 150 - 333,3 - - Promedio Anual MPS 372,000 6954,000 25,3 100 350 - 350 200 % Cumplimiento Norma Mensual 21,53 - 9,69 - - % Cumplimiento Norma Anual 25,30 7,23 - 7,23 12,65 Fuente: Tabla 4-14 del Apéndice 2, Anexo 7 del Adenda N°3.

(*) El valor indicado en el Decreto N°3395/96 corresponde a 1 mg/cm²/mes, el cual al ser transformado a la unidad señalada en el D.S. N°4/92, tomando como referencia un mes de 30 días, deriva en el valor propuesto en las Tablas 4- 13 y Tabla 4-14.

Complementariamente el Titular en Adenda 4 señaló que, el aporte del Proyecto a la calidad del aire de Tierra Amarilla (TAMA) se considera bajo, e inferior en relación a la operación actual. Específicamente, disminuye desde 8,6 μg/m3 de la operación actual a 6,2 μg/m3 con Proyecto para PM10-P98 y desde 2,9 μg/m3 de la operación actual a 2,2 μg/m3 con Proyecto para PM10-anual (Anexo 7 de la Adenda N°3). Es decir, el aporte del Proyecto corresponde al 4,1% de la norma de referencia diaria y 4,4% de la norma de referencia anual.

En base a la información presentada, a continuación se presenta la evaluación presentada por el Titular durante la evaluación para los impactos sobre la calidad del aire del entorno del Proyecto:

6.1.1 Etapa de Construcción:

a) Impacto: Alteración de la calidad del aire en la localidad de Tierra Amarilla, por aumento en la concentración de material particulado (MP10 y MP 2,5) y gases (CO, SO2, NO2).

El carácter del impacto es negativo por cuanto existe un aumento menor, del orden del 4% respecto al caso actual, en la concentración de contaminantes en el área de influencia del proyecto debido a las emisiones generadas en las distintas actividades de la fase de construcción del proyecto. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro 129

de los límites comunales de Tierra Amarilla. La etapa de construcción tiene una duración de 2 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de mediano plazo. Se considerada un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de contaminantes. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte es poco significativo (ver tablas anteriores). El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material particulado en la comuna de Tierra Amarilla. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del proyecto generará aportes a la concentración de contaminantes del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera una relevancia alta del componente, dado que los valores de Línea Base sin proyecto superan la norma de MP10 y los valores de la norma diaria se encontrarían en condición de latencia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio.

b) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla y Nantoco, por aumento en la concentración de material sedimentable (MPS).

El carácter del impacto es negativo por cuanto existe un aumento menor, del orden del 4% respecto al caso actual, en las concentraciones de MPS en el área de influencia del proyecto debido a las emisiones generadas en las distintas actividades del Proyecto. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Tierra Amarilla. La etapa de construcción tiene una duración de 2 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de mediano plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de material particulado. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte en la concentración MPS en Tierra Amarilla será un 0,002 µg/m3 N y en Nantoco un 0,016 ug/m3N. El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material sedimentable en el área del Proyecto. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del Proyecto generará aportes a la concentración de MPS del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera una relevancia moderada del componente, dado que los valores de Línea de Base sin Proyecto superan la norma de referencia de MPS. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo.

6.1.2 Etapa de Operación:

a) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por continuidad de las emisiones de material particulado (MP10 y MP 2,5) y gases (CO, SO2, NO2), generadas por el proceso.

El carácter del impacto es negativo, aunque existe una disminución en las concentraciones de emisiones, del orden de 25% respecto al caso actual, en el área de influencia del Proyecto, sin embargo estas se mantienen por 13 años más. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Tierra Amarilla. La fase de operación tiene una duración de 13 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de largo plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de contaminantes. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte en la concentración de MP10 es negativo, es decir se reducen en relación a la operación actual. Lo mismo sucede con el aporte de MP2,5, CO, NO2 y SO2 actual. El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material particulado en el área del Proyecto. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del Proyecto generará aportes a la concentración de contaminantes del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera una relevancia alta del componente, dado que los valores de Línea de Base sin Proyecto superan la norma de MP10 y los valores de la norma diaria se encontrarían en condición de latencia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio.

b) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla y Nantoco por continuidad de las emisiones de material sedimentable (MPS), generadas por el proceso

El carácter del impacto es negativo aunque existe una disminución en la concentración de MPS, del orden del 40% respecto al caso actual, en el área de influencia del Proyecto, sin embargo estas se mantienen por 13 años más. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Tierra Amarilla. La fase de operación tiene una duración de 13 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de largo plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de material particulado. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte es negativo, por tanto se reduce las emisiones con la operación del proyecto El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material particulado en el área del proyecto. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del Proyecto generará aportes a la concentración de MPS del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera 130

una relevancia moderada del componente, dado que los valores de Línea de Base sin Proyecto superan la norma de referencia de MPS. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo.

c) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en área Puerto, por continuidad de las emisiones de material particulado (MP10 y MPS), generadas por el proceso.

En el Área Puerto, las emisiones que se generarán en las actividades de operación del Proyecto corresponden a las emitidas actualmente. Las actividades que generan emisiones atmosféricas corresponden a las asociadas al carguío y transporte del material, además de la circulación de vehículos. Estas emisiones son controladas en todos los puntos de transferencia de concentrado de cobre, hasta su embarque. La operación del Puerto no se modificará con el Proyecto, luego el impacto en la calidad del aire será el mismo de la situación actual. De acuerdo a los resultados del programa de monitoreo los valores de MP10 y material sedimentable en el sector de Caldera, se encuentran dentro de norma. De acuerdo a lo anterior, el impacto del Proyecto se califica de la siguiente manera: El carácter del impacto es negativo por cuanto se mantienen los niveles de emisión actual por toda la vida útil del Proyecto. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Caldera. La fase de operación tiene una duración superior a 5 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de largo plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de contaminantes. Su intensidad es baja, por cuanto las mediciones en la estación Caldera muestran que las normas de MP10 y MPS se cumplen. Por las características del impacto, éste es acumulativo. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del Proyecto generará aportes a la concentración de contaminantes del área estudiada. Se considera una relevancia baja del componente, dado que las mediciones en la estación Caldera no indican condiciones ni de saturación ni de latencia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo bajo.

6.1.3 Etapa de Cierre:

a) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por emisiones de material particulado (MP10 y MP 2,5) y gases (CO, SO2, NO2), generadas en fase de cierre.

El carácter del impacto es negativo por emisiones menores generadas en las distintas actividades de cierre del Proyecto, las que no superaran 1% respecto de las emisiones actuales. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Tierra Amarilla. La fase de cierre tiene una duración de 3 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de mediano plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de contaminantes. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte en la concentración de MP10 corresponderá a un 0,09% de la norma diaria y a un 0,1% de la norma anual; el aporte a la concentración de MP2,5 corresponderá a un 0,1% de la norma anual y diaria; el aporte a la concentración de CO será un 0,0005% de la norma horaria y a un 0,0001% de la norma de 8 horas; el aporte en la concentración de NO2 será un 0,02% de la norma anual y un 0,3% de la norma horaria; finalmente el aporte a la concentración de SO2 será un 0,00002% de la norma anual y horaria. El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material particulado en el área del Proyecto. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del Proyecto generará aportes a la concentración de contaminantes del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera una relevancia alta del componente, dado que los valores de Línea de Base sin Proyecto superan la norma de MP10 y los valores de la norma diaria se encontrarían en condición de latencia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio.

b) Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla y Nantoco, por emisiones de material sedimentable (MPS), generadas en fase de cierre.

El carácter del impacto es negativo por emisiones menores generadas en las distintas actividades de cierre del Proyecto, las que no superarán el 1% respecto de las emisiones actuales. El impacto es local por cuanto el impacto se evalúa dentro de los límites comunales de Tierra Amarilla. La fase de cierre tiene una duración de 3 años, por cuanto, dadas las características del impacto, la duración del impacto es de mediano plazo. Es considerado un impacto reversible, ya que el impacto se revierte en forma natural una vez finalizada la emisión de material particulado. Su intensidad es baja, por cuanto a través de la modelación de dispersión de emisiones se ha determinado que el aporte en la concentración MPS en Tierra Amarilla será un 0,001% del valor normado de referencia y en Nantoco un 0,003%. El impacto es acumulativo, por cuanto existen otras fuentes de emisión de material particulado en el área del Proyecto. La certidumbre es alta por cuanto existe total certeza que la emisión del proyecto generará aportes a la concentración de MPS del área estudiada, tal como se demostró en el estudio de dispersión de las emisiones. Se considera una relevancia moderada del componente, dado que los valores de Línea de Base sin Proyecto superan la norma de referencia de MPS. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio. 131

Dado lo anteriormente expuesto, lo cual corresponde a lo medular presentado por el Titular durante el proceso de evaluación, no concuerda con la predicción y evaluación de los impactos sobre la Calidad del Aire en la Ciudad de Tierra Amarilla, por la continuidad de las emisiones de material particulado MP10 y MP 2,5 que esta Autoridad ha identificado, lo anterior en base a:

Las diversas solicitudes realizadas durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar el riesgo hacia la salud de la población, tal como lo indica el artículo 5 del RSEIA, esta Autoridad en conjunto con los Servicios competentes, en lo medular corresponden a:

 En el Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se solicitó evaluar la calidad del aire en la ciudad de Tierra Amarilla considerando los niveles técnicos de saturación existentes, independiente de la declaración de zona que pueda existir, además, se solicitó proponer medidas adecuadas frente a los impactos generados, como también realizar una reevaluación de su impacto generado en la materia, considerando para ello la magnitud, duración y exposición de la población. Complementariamente, se indicó al Titular que debía seguir los lineamientos metodológicos de la Guía para el Uso de Modelos de Calidad de Aire en el SEIA (en adelante, la Guía), y no consignar impactos exclusivamente en base a la respuesta del modelo. Finalmente la Autoridad Sanitaria, consideró que, textual ―Las emisiones del Escenario Futuro son emisiones significativas, ya que estamos hablando de 29,6 Ton/día de TPS, 6,9 Ton/día de mp10 y 2,5 Ton/día mp2,5‖;

 En el Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró al Titular la solicitud de presentar una modelación de acuerdo a los lineamientos metodológicos estipulados en la Guía, justificando para este caso en particular, las ventajas comparativas que existen en el uso de modelos de diagnóstico meteorológico (como CALMET) por sobre el uso de modelos de pronóstico como WRF. Además, el Titular debía considerar el análisis de los parámetros de estimación de profundidad de capa límite y estabilidad atmosférica, como también, un estudio particular de vientos de pendientes (Catabáticos), que permitiera identificar la correlación de este evento con las holguras de norma primaria de calidad. Asimismo, se indicó que el proyecto no entregaba garantías para asegurar que no se producirán efectos significativos a la salud de la población, por lo que se le solicitó presentar medidas de mitigación y compensación que permitan demostrar impacto cero a la calidad del aire;

 En el Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró nuevamente al Titular, que NO correspondía definir o consignar un impacto a partir del valor absoluto resuelto a través de la aplicación del modelo de dispersión CALMET-CALPUFF el cual prescindía del correspondiente análisis de su incertidumbre, y se reiteró la solicitud de caracterización de vientos de pendiente, para lo cual el Titular debía realizar un nuevo monitoreo (unas 10 noches claras y calmas, o hasta completar un periodo de 45 días). Finalmente, se indicó que debía reconocer un impacto significativo a su proyecto, por lo que tendría que presentar medidas de mitigación reparación y/o compensación correspondientes para hacerse cargo adecuadamente del impacto identificado, donde las medidas voluntarias presentadas, debían ser compensatorias, una vez definidas las nuevas medidas de mitigación dentro del predio industrial.

 En el Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se indicó al Titular que se identificó un impacto significativo sobre la calidad del aire por el aumento y la continuidad de las emisiones de material particulado MP10 y MP 2,5, y debía indicar las medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos.

Al respecto y según la misma metodología de matriz de impacto empleada por el Titular durante el proceso de evaluación, para evaluar el impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por continuidad de las emisiones de material particulado (MP10 y MP 2,5) y gases (CO, SO2, NO2). Sí se considera sólo el material particulado (MP10 y MP 2,5), y cambiamos la Intensidad determinada por el Titular como intensidad baja, por una Intensidad Alta, por cuanto el aporte del proyecto no puede ser considerado como poco significativo, dado que las emisiones se mantienen por 13 años más, en donde además la concentración de MP10 y MP 2,5 como aporte del proyecto a una línea de base ajustada (línea de base que no considera el aporte actual del proyecto en operación, dado que fue restada a la línea de base medida en las estaciones de monitoreo consideradas en el proceso de evaluación) aumenta para cada uno de estos contaminantes, manteniendo así el Estado de Saturación de las normativas primarias de calidad, y con ello prolonga el riesgo inherente a la salud 132

de la población. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio alto, lo que se traduce en un IMPACTO SIGNIFICATIVO. Además se indica al Titular que respecto a los indicadores utilizados para la variable Intensidad, para evaluar el impacto a la calidad del aire en una zona en condiciones de Saturación, que posee los límites por sobre la norma, los presentados no corresponden por cuanto estos no pueden reflejar la condición de Saturación, y sólo pueden ser utilizados para el caso que no exista este tipo de condición, dado que una zona en condición de saturación, la situación base ya es de riesgo para la salud de la población, cualquier incremento a ésta, provocaría aumentar el riesgo inherente existente y por lo tanto de acuerdo a su magnitud y duración debe evaluarse la Intensidad, no haciendo caso omiso a que se continúe con la condición basal.

Al respecto en todas las Adendas, el Titular insiste en que no genera efectos a la salud de la población, asociadas a las emisiones generadas por su proyecto. Por lo tanto y según lo estipulado en el artículo 11 de la Ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, los proyectos que se sometan al SEIA, requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el referido artículo, para el presente caso, el literal a) del mencionado artículo indica que, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos (énfasis agregado).

Entendiéndose por Riesgo a la salud de la población, la probabilidad de ocurrencia del efecto adverso sobre el receptor, donde sea reconocible la existencia de una fuente contaminante, un receptor (población) y la exposición al riesgo.

En particular, lo señalado anteriormente se expresa en el artículo 5) del D.S. Nº95 del 2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), que en lo medular indica: ―El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará:

a. Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del presente Reglamento;

En concordancia con lo establecido en el literal anterior, la tabla siguiente corresponde a la información de línea de base de Material Particulado registrado en la ciudad de Tierra Amarilla, la cual formó parte de los antecedentes presentados por el Titular en el contexto de la evaluación ambiental del Proyecto de Continuidad Operacional Candelaria 2030.

Tabla Nº1: Valores de Línea de Base de Calidad del Aire en Tierra Amarilla (μg/m³N) Parámetro Periodo Valor Norma MP10 (valores año 2011) TAMA P 98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5 (Valores Año 2013) TAMA P 98 54,0 50 Anual 26,0 20 Fuente: Información extraída de la Tabla 4-4 del Apéndice 2, del Anexo 7 presentado en Adenda N°3.

De lo anterior, y tal como el Titular lo indica en el desarrollo de la evaluación de impacto ambiental del proyecto, existe condición técnica de saturación de material particulado (MP10 y MP2,5) para el valle de Tierra Amarilla, determinada por las holguras sobre las normas primarias de calidad (diaria y anual), situación que fue continuamente relevada por la Autoridad, durante el proceso de evaluación, en orden de modificar su calificación de impacto a carácter significativo y presentar las correspondientes medidas de mitigación, reparación y compensación que permitan hacerse cargo adecuadamente del impacto que genera en la localidad. Respecto de lo anterior, el Titular establece dentro de sus continuas argumentaciones, tomando como referencia lo indicado en las conclusiones del Anexo 4-D ―Evaluación de Impacto en la Calidad del Aire‖ del EIA, lo siguiente:

“…Aunque la línea base para material particulado en fracción 10 (MP10) presenta condiciones de saturación para los criterios en 24 horas y anual de acuerdo a los registros recopilados en la Estación Monitora de Tierra Amarilla, se debe establecer que la proyección de Calidad del aire, generada a partir del aporte del Proyecto, no produce aumentos 133

de los niveles sobre la Calidad del Aire en el sector, lo anterior debido principalmente a las medidas de control de emisiones adicionales que se consideran implementar.”

Adicionalmente el Titular en respuesta N° 18, Capítulo 4 del Adenda N°2 (tomo II) indicó:

“… el concepto de área técnicamente saturada es un concepto extralegal, que no tiene su sustento en la Ley ni en el Reglamento. Desde esa perspectiva, sólo un PPDA (cuya fuente sea un decreto que declare una zona como saturada), puede establecer medidas específicas para las actividades o proyectos que se emplacen en una zona saturada”.

De los referidos textos, es necesario indicar primeramente que la consideración formulada por el Titular respecto a que la proyección de impactos no produce aumentos de los niveles sobre la calidad del aire en el valle de Tierra Amarilla es desde toda perspectiva errada y carente de sustento, puesto que supone que la operación actual de minera Candelaria y su impacto actual (simulado) forman parte de la condición ambiental base la cual se verá mejorada producto de las medidas de control a implementar en el diseño del proyecto de continuidad operacional. Al respecto, el proyecto Minero Candelaria cuya vida útil caduca el año 2017, fue evaluado en otro contexto ambiental base no homologable a la situación actual, de tal manera que el proyecto de continuidad operacional que aumenta la operación por 13 años adicionales, mantiene la condición de saturación existente en la comuna de Tierra Amarilla, por lo tanto cualquier concentración adicional de material particulado en dicha localidad constituye un aporte relevante en magnitud y duración y genera un riesgo a la salud de la población, y por ende un impacto significativo. Para mayor abundamiento y según lo presentado por el Titular el aporte futuro de su proyecto a la calidad del aire será del orden de 6,2 y 2,2 ug/m3N de MP10 para la norma diaria y anual, y de 1,9 y 0,7 ug/m3N para las norma diaria y anual de MP2,5, y por lo tanto dicho aporte en ningún caso puede considerarse de carácter No significativo tomando en consideración que se aumenta la condición de riesgo pre-existente. Lo indicado precedentemente, también se agudiza cuando se tiene a la vista los cuestionamientos que se mantienen respecto de la metodología de proyección de impactos que no tiene la carga de la incertidumbre del modelo predictivo, tal como se muestra más adelante.

Por otra parte es necesario indicar, que la condición de área saturada sin declaratoria oficial por parte de la autoridad, No desvirtúa la generación del riesgo a la salud de las personas, aspecto relevante de considerar en el marco del SEIA. Entiéndase además, como estado de saturación el área en que las mediciones muestran que se supera el valor máximo establecido en una norma o un valor referencial (según lo señalado en la Guía de Evaluación de Impacto, Riesgo para la salud de la población, SEA 2012).

Por lo tanto, considerando la crítica condición de la comuna de Tierra Amarilla determinada por las holguras por sobre las normas primarias de MP10 y MP2,5 que derivaron en un proceso de gestión por parte de la Autoridad (Ministerio del Medio ambiente, a través de su Secretaría Regional Ministerial) para la Recuperación Ambiental de ciudad (PRA), con énfasis en la calidad del aire, y ante la evidente generación de efectos del proyecto hacia la salud de la población, señalado por la Autoridad Sanitaria, toda vez que el aporte presentado en el proceso en una zona que presenta niveles por sobre la norma, cualquier concentración adicional de material particulado en la localidad de Tierra Amarilla constituye un aporte relevante y significativo en cuanto a magnitud y duración por un periodo de 13 años, manteniendo los niveles de saturación en la ciudad de Tierra Amarilla determinándose un Impacto Significativo.

b. La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera;

En relación a los aspectos contemplados en el literal b) del artículo 5 del RSEIA, la peligrosidad de las emisiones que son liberados a la atmósfera producto de la intensiva actividad ejecutada en el área planta mina, tienen una singularidad relevante toda vez que el polvo generado (en toda su distribución de tamaño de partícula) corresponde básicamente a polvo en suspensión de los caminos internos tanto de Mineral como de Estériles, que según lo presentado por el propio Titular representa un 51% del total de las emisiones generadas para el escenario futuro; mientras que para el MP2,5, la actividad de mayor emisión corresponde a la Planta de Chancado y Pebbles, actividad que representa un 32% del total de las emisiones de MP2,5. En la línea de lo referido y lo indicado por la Autoridad Sanitaria, durante el actual proceso de evaluación, conforma un argumento de primaria relevancia, sosteniendo que existe evidencia científica que permite demostrar que la exposición a material particulado suspendido en el aire tiene efectos adversos en la salud de las personas, existiendo creciente evidencia de que las partículas más finas de material particulado (MP 2,5) tiene mayor impacto en la salud. Al respecto, la Agencia de Protección Medio Ambiental de Estados Unidos (USEPA), ha encargado hace años numerosas investigaciones que han permito establecer diferentes tipos de impacto, de las distintas fracciones de MP10, considerando exposiciones a corto y largo plazo. De este modo, los estudios epidemiológicos disponibles en la actualidad indican que existe evidencia suficiente para concluir una relación causal entre la exposición a MP 2,5, tanto de corto como largo plazo y la mortalidad. Esta asociación también se observa entre la fracción de MP10 y exposición a corto plazo. La exposición crónica a las partículas aumenta el riesgo de enfermedades cardiovasculares y respiratorias, así como de cáncer de pulmón. 134

Además respecto a los perfiles de morbimortalidad de las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla, se observa que, de acuerdo a los últimos datos validados, las principales categorías de defunciones para Copiapó (1997-2011) son ―tumor maligno de bronquios y pulmón‖, con una tasa para el trienio 2009-2011 superior a la región y país, e ―infarto agudo de miocardio‖. En el caso de comuna Tierra Amarilla (1997-2011), está la ―neumoconiosis debida a polvo de sílice‖ y ―otras enfermedades pulmonares obstructivas crónicas‖, con tasas para el trienio 2009-2011 mucho mayor a las observadas en la región y país. Por lo anteriormente señalado, es posible inferir que los aumentos en las emisiones de material particulado en la comuna Tierra Amarilla, tenderán a perjudicar la salud de la población, aún más, cuando ya presentan como principales causas de defunciones las enfermedades asociadas a causas circulatorias y respiratorias, considerando además, que el aporte de material particulado generado durante los 13 años de operación del proyecto, que constituyen 6,9 ton/día MP10 y 2,4 ton/día de MP 2,5 en un área que se encuentra expuesta a un riesgo, por las condiciones de saturación y ubicada a 4 km. del proyecto, es considerado como un impacto significativo, dada la configuración del riesgo a la salud de la población, donde la exposición de esta cantidad de contaminantes ha sido señalada por la Autoridad Sanitaria como significativa, indicando textual: ―Las emisiones del Escenario Futuro son emisiones significativas, ya que estamos hablando de 29,6 Ton/día de TPS, 6,9 Ton/día de mp10 y 2,4 Ton/día mp2,5‖, y que se conoce que el material particulado está relacionado a las enfermedades mencionadas, considerando además, que las emisiones de MP2,5 se verán incrementadas respecto al escenario actual presentado por el Titular, donde existirá un aumento de 2,1 ton/día a 2,4 Ton/día y según lo expuesto anteriormente, en concordancia con lo indicado durante el presente proceso de evaluación, la exposición a este contaminante tanto de corto como largo plazo, posee una relación causal con la mortalidad.

c. La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera; …”. Del presente literal, se destaca lo que tiene directa relación con exclusión del criterio de durabilidad del proyecto para la ponderación de su impacto en el recurso ambiental aire con su natural implicancia en la salud de la población habitante del entorno al área de influencia del proyecto. En efecto, toda la evaluación y la valoración de la significancia del impacto derivado de la materialización del Proyecto, se sustenta en el criterio de magnitud, sin considerar que la continuidad operacional del Proyecto Minera Candelaria otorga una vida útil adicional equivalente a una etapa operacional de 13 años, ostentando un volumen de emisiones significativas, las que se pueden extraer del proceso de evaluación en su última actualización en el Anexo 7, Apéndice 2, tabla 3-1 del Adenda N°3 donde señala que, la emisión de MP10 para el escenario futuro será 6902,3 Kg/día y la emisión de MP2.5 para el escenario futuro será equivalente a 2368 Kg/día por el periodo adicional de su desarrollo. Por lo anterior, la ejecución del proyecto, a través de la continuidad operacional por 13 años más, constituirán un efecto adverso significativo sobre la salud de la población, dicho aumento y duración es relevante, por cuanto si el proyecto no continuara su operación (desde el 2017 al 2030) en términos generales los valores de la emisión actual (7353,9 K/día de MP10 y 2155,3 Kg/día de MP2,5) no serían aporte a la ciudad de Tierra Amarilla; por lo tanto la emisión futura en la continuidad operacional de 13 años, constituirán un aporte relevante dada la duración del proyecto generando un riesgo a la salud de la población y por ende un impacto significativo.

Por todo lo anteriormente expuesto, y dada la existencia de un impacto significativo a la salud de la población producto de las emisiones a la atmósfera en la ciudad de Tierra Amarilla en este proceso se establecen las medias de mitigación, reparación y/o compensación que permiten hacerse cargo adecuadamente del impacto, considerando además lo expuesto por la Autoridad Sanitaria en donde indicó: ―resulta de la mayor importancia que TODAS las medidas señaladas para el Control de Emisiones, presentadas por el Titular como medidas de control y voluntarias a lo largo del proceso de evaluación, deban ser consideradas como medidas de mitigación y compensación. Además, deberán en su mayoría estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto “Candelaria 2030 Continuidad Operacional”.

A mayor abundamiento, respecto de la evaluación de impacto realizada anteriormente, se debe tener en consideración además que el artículo 12, en su literal g) indica: que los estudios de impacto ambiental deben contener “una predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto o actividad, incluidas las eventuales situaciones de riesgo. Para tales efectos, se contrastarán cada uno de los elementos del medio ambiente descritos, caracterizados y analizados en la línea de base con sus potenciales transformaciones derivadas de la ejecución o modificación del proyecto o actividad, considerando las fases de construcción, operación y cierre o abandono, si las hubiere. Sin perjuicio de lo anterior, la predicción y evaluación de los impactos ambientales se efectuará en base a modelos, simulaciones, mediciones o cálculos matemáticos. Cuando, por su naturaleza, un impacto no se pueda cuantificar, su evaluación sólo tendrá un carácter cualitativo. (énfasis agregado). Asimismo, cuando corresponda, la predicción y evaluación de los impactos ambientales se efectuará considerando el estado de los elementos del medio ambiente en su condición más desfavorable. El uso de procedimientos o metodologías necesarios para cumplir la exigencia señalada en el inciso anterior, deberá estar debidamente justificado. La predicción y evaluación de los impactos ambientales considerará los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, atingentes al proyecto o actividad, y considerará, según corresponda, los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos.” 135

En este sentido, el impacto a la Calidad del Aire, tal como se ha informado durante el proceso de evaluación, no debió fundarse solamente en el modelo de dispersión presentando, sino tal como lo expresa la legislación “…Cuando, por su naturaleza, un impacto no se pueda cuantificar, su evaluación sólo tendrá un carácter cualitativo”. Lo anterior, se funda en los siguientes términos:  El área de estudio configura condiciones particulares en la atmósfera nocturna, determinadas por el enfriamiento en las capas más cercanas al suelo y un decaimiento de la densidad con la altura lo que conlleva a una organización de la atmósfera muy estable. Esta peculiar condición, que es habitual en las noches claras y calmas (propias de la región norte), produce una estratificación de la atmósfera la cual permite la generación de los denominados ―vientos de pendiente‖ o ―vientos catabáticos‖ correspondiente a masas de aire frío y denso en los estratos bajos los cuales fluyen ladera abajo y que son capaces de transportar grandes proporciones de material particulado debido a la acción de gravedad.

De lo anterior es posible sostener que existe una situación particular asociada al sistema o expresión geográfica del área de influencia que requiere un tratamiento particular, puesto que la potencial generación de los eventos antes descritos pueden explicar ciertamente los ciclos diurnos de circulación de vientos que inducen las críticas condiciones ambientales de Tierra Amarilla. En efecto, a partir de los resultados del trabajo particular realizado con los datos de monitoreo adjunto en Adenda N°3, pueden establecerse conclusiones importantes que contravienen lo indicado por el Titular en el proceso de evaluación.

Los Gráficos 1 y 2 siguientes, muestran el ciclo diario de las concentraciones de MP10 y el régimen de vientos observados en estación TAMA, respectivamente. Gráfico 1

Gráfico 2 Perfil diario de la dirección del viento

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De la observación puede indicarse que existe una trayectoria bien marcada del ciclo con mínimos registrados en periodo nocturno y máximos en periodo diurno. A partir de las 21 horas, luego de la caída del sol comienza el enfriamiento nocturno que permite el desarrollo de los flujos catabáticos de acuerdo a lo señalado con antelación. Este sistema y organización de vientos se genera en toda la dimensión geográfica que compromete el área de influencia del proyecto, lo que se traduce en un sistema de drenaje con flujos de aire limpio que escurren desde las laderas del entorno (incluidos los flujos montaña-valle de Tierra Amarilla), así como escurren al interior del rajo. Estos flujos catabáticos limpios que entran al rajo expulsan de éste, un caudal igual pero cargado del polvo generado por la faena que se efectúa en el interior del rajo. Con el desarrollo del periodo nocturno, el aire expulsado del interior del rajo (aire contaminado) realiza su desbordamiento por los puntos bajos del brocal, conectándose con el esquema de Flujos catabáticos de la organización externa que transportan aire limpio, tal como se presenta en la figura N°1. Horas después se tiene al polvo proveniente del rajo, fluyendo siempre pendiente abajo y con velocidades que difícilmente superan 1 m/s (dependen de las pendientes) hacia los receptores ubicados en la localidad de Tierra Amarilla. Debe señalarse que estos flujos catabáticos tienen una altura sobre el suelo de pocos metros, inferior a los 10 metros de altura del anemómetro ubicado en TAMA, el cual tiene la incapacidad de registro de la fenomenología descrita y sobre la cual el Titular sienta la fundamentación del régimen de viento cuya componente Norte, descarta la posibilidad de transporte de material en el sentido Mina-Receptor. En tal sentido, la instrumentación TAMA es ciega para el registro de vientos de pendiente.

Figura N° 1. Régimen de vientos catabáticos

Fuente: Elaboración SEA, a partir del régimen de vientos presentados

Complementariamente, la interpretación del gráfico 1, permite sostener que en el monitor TAMA la concentración que a las 21:00 era de 50 ugr/m3 comienza un periodo de decaimiento de las concentraciones hasta un mínimo hasta unos 30 ugr/m3, para posteriormente comenzar un periodo de incremento sostenido en torno a las 3:30, que se asocia a los aportes de aire contaminado que es transportado a través de los drenes dispuestos en el entorno del área industrial Candelaria (básicamente el rajo) recorriendo entre 3 y 6 Km durante aprox. 6 horas de viaje. Este crecimiento de la concentración es muy importante pues llega a más de 90 ugr/m3. a las 9:00 am cuando el sol comienza a calentar la superficie del terreno y aún no comenzaron a soplar los vientos del N (ver gráfico 2). Este calentamiento, se produce en forma lenta. Entre tanto los flujos contaminados ya establecidos, siguen fluyendo y va aumentando la concentración medida en TAMA. Se estima que este sistema tiene un alcance territorial que supera el límite norte de Tierra Amarilla, transportando una significativa proporción de material particulado que reingresa al Valle una vez comienza el régimen de viento sinóptico de origen norte de gran intensidad y que quiebra el sistema de flujos catabáticos levantando nuevamente el polvo debido a su acción convectiva. Esta situación, sumada al polvo proveniente del valle de Copiapó explicarían las holguras de normas registradas en TAMA en el periodo diurno del ciclo diario. 137

Además, se indica que el monitoreo de vientos, debe contar con un periodo de registros equivalente a 1 año, particularmente recogiendo las situación invierno donde se configuran condiciones más favorables para la estratificación tal como fue solicitado en ICSARA 2; por lo que, a partir de los resultados de monitoreo discreto, 53 días en periodo estival, no pueden establecerse conclusiones generalizadas, respecto que el arrastre de masas de aire desde el área mina hacia el valle, dado que representan menos del 1,5%.

De acuerdo a la misma información presentada por el Titular (monitoreos discretos agosto-septiembre 2014 y entre diciembre de 2014 y enero de 2015), existe un componente Norte del régimen de vientos nocturno de origen sinóptico que se registran hacia el periodo nocturno, que no generan holguras sobre los valores referenciales de norma (150ug/m3) verificándose valores muy por debajo del señalado umbral en el orden de los 30 ug/m3 en régimen nocturno, de tal manera que los señalado por el Titular respecto de que las holguras de norma se originan exclusivamente en régimen de viento sinóptico del norte, pierde validez. De esta forma, el sistema de flujos catabáticos se constituye como una expresión argumentativa robusta la cual requiere de su especial ponderación y que condiciona fuertemente las proyecciones de impacto resueltas por el modelo, las cuales incluyen exclusivamente información meteorológica de carácter sinóptico.

• Respecto de la discusión alusiva a la capacidad predictiva del modelo de dispersión que se ha desarrollado durante la evaluación ambiental del proyecto, cuyos resultados sostienen la dimensión de impacto proyectada para escenario futuro de la continuidad operacional, se puede sostener que, referido a la capacidad de los equipos para la detección de umbrales de velocidad menores a 1 m/s, se hace presente que si bien el monitor tiene la capacidad de registro en rigor no significa que estos sean equivalentes a las reales magnitudes observadas en el campo de interés, de acuerdo al propio umbral de detección indicado en catálogo del equipo.

• Existe incertidumbre relativa a la idoneidad del modelo meteorológico CALMET para la representación de los complejos procesos atmosféricos que se desarrollan en el espacio de estudio las recomendaciones de uso exclusivamente de meteorología de pronóstico que la Autoridad reiterativamente indicó (de acuerdo a criterios de la guía), y que derivan de las discusiones del panel de expertos internacionales según referencias indicadas.

• Existe incertidumbre respecto a las medidas de control básicamente en lo que respecta a los teóricos valores de eficiencia que son considerados en el inventario de emisiones y que posteriormente se consolidan como dato de entrada en la modelación. Debido a lo indicado precedentemente, sumado a la incertidumbre respecto de las medidas correctivas y operaciones previstas para el control de emisiones (inconsistencias en lo presentado durante el proceso de evaluación y las estimaciones en las eficiencias en el control de emisiones) asociadas a la faena minera y la carencia de un monitoreo continuo de material particulado para periodo de 1 año, se constituye un argumento adicional que condiciona fuertemente lo aseverado por el Titular del proyecto respecto del aporte a la calidad del aire, en base sólo a las concentraciones futuras que el modelo de dispersión le indica. Es por tal razón, que la configuración del impacto significativo ha sido realizada por esta Autoridad no en función de las concentraciones emitidas por el modelo presentado, sino de manera cualitativa y en base a los establecidos en los literales del artículo 5 del RSEIA.

6.2 Ruido

Respecto a las obras y actividades que considera el proyecto en sus distintas áreas: mina, obras lineales y puerto, se indica que esta evaluación abordó la fase de construcción y operación en el Área Mina; la fase de construcción de obra Obras Lineales; y la fase de operación del Área Puerto. Lo anterior, dada las obras y acciones que para cada una de las áreas contempla el Proyecto. Respecto de la evaluación de la fase de cierre, se indicó que considera obras y actividades de magnitud menor a las consideradas en la fase de construcción por lo que los impactos en la fase de cierre sobre este componente serán menores a los de la fase de construcción.

6.2.1 Etapa de Construcción

6.2.1.1 Área Mina Planta

• Fuentes Fijas

 Ruido por el uso de maquinaria y de las instalaciones

Las emisiones de ruido generadas durante la fase de construcción del proyecto, producto del uso de maquinaria y del funcionamiento de las instalaciones, proyectadas en los 12 puntos de evaluación, cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S N° 38/2011, tanto en el periodo diurno como en el nocturno. 138

Tabla: Evaluación de ruido generado por maquinaria. Fase de construcción, período diurno. Área Mina. Punto NPSeq proyectado en dB(A). Aporte exclusivo NPC Operación Actual dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Suma energética dB(A) Nivel Máximo Permitido según Decreto Nº 38/2011 Evaluación Periodo Diurno 1 0 - 45 45 55 Cumple 2 0 - - 0 60 Cumple 3 0 - - 0 60 Cumple 4 15 44 - 44 52 Cumple 5 19 49 - 49 57 Cumple 6 11 48 - 48 57 Cumple 7 19 52 - 52 61 Cumple 8 22 52 - 52 59 Cumple 9 23 61 - 61 65 Cumple 10 20 51 - 51 59 Cumple 11 19 - 57 57 65 Cumple 12 7 47 - 47 55 Cumple Fuente: Tabla 4.4-34 del Capítulo 4 del EIA

Tabla: Evaluación de ruido generado por maquinaria. Fase de construcción, período nocturno. Área Mina. Punto NPSeq proyectado en dB(A). Aporte exclusivo NPC Operación Actual dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Suma energética en dB(A) Nivel Máximo Permitido según Decreto Nº 38/2011 Evaluación Periodo Nocturno 1 0 - 45 45 50 Cumple 2 0 - - 0 45 Cumple 3 0 - - 0 45 Cumple 4 15 38 - 38 49 Cumple 5 19 42 - 42 50 Cumple 6 11 44 - 44 50 Cumple 7 19 41 - 41 49 Cumple 8 22 36 - 36 46 Cumple 9 23 41 - 41 49 Cumple 10 20 39 - 39 48 Cumple 11 19 - 34 34 44 Cumple 12 7 35 - 35 44 Cumple Fuente: Tabla 4.4-35 del Capítulo 4 del EIA  Ruido generado por las tronaduras

Para el caso de las tronaduras efectuadas para la reubicación de la ruta C – 397, de acuerdo a los resultados del Estudio de Ruido, las emisiones generadas por esta actividad se encuentran por debajo de los límites recomendados por la normativa de referencia empleada en la totalidad de los puntos de evaluación (―Measurement Procedures For The Enforcement”). A continuación se presentan los resultados tabulados para cada punto o receptor.

Tabla: Periodo diurno. Reubicación Tramo Ruta C - 397. Punto Nivel SEL proyectado en dB(C) SEL máximo permitido dB(C). Periodo Diurno. Observación 1 69 104 Bajo Norma 2 76 104 Bajo Norma 3 65 104 Bajo Norma 4 77 104 Bajo Norma 5 69 104 Bajo Norma 6 63 104 Bajo Norma 139

7 63 104 Bajo Norma 8 69 104 Bajo Norma 9 68 104 Bajo Norma 10 68 104 Bajo Norma 11 80 104 Bajo Norma 12 65 104 Bajo Norma Fuente: Tabla 4.4-36 del Capítulo 4 del EIA

Cabe señalar que las actividades de tronadura por la reubicación de la Ruta C-397 sólo se realizarán en el periodo diurno.

• Fuentes Móviles

Conforme a los resultados del Estudio de Ruido, para medir los efectos de evaluación del ruido generado por el flujo vehicular, se calculó el descriptor acústico LME25 utilizando los actuales flujos detallados en el Estudio Vial del Proyecto elaborado por el DICTUC. A dicho nivel de ruido se le sumó el aporte exclusivo generado por el Proyecto y con dicho incremento se analizó cumplimiento de la Norma Chilena N° 1619/79, tal como se muestra en la siguiente tabla:

Tabla: Incrementos al ruido basal de fuentes móviles Tramo Situación basal LME25 en dB(A) LME25 en dB(A) (Situación Basal + Aporte del Proyecto) Incremento Tramo 1 67 67 1 dB Tramo 2 62 64 1 dB Tramo 3 63 64 1 dB Tramo 4 65 66 1 dB Tramo 5 64 65 1 dB Tramo 6 60 62 2 dB Tramo 7 62 64 1 dB Tramo 8 63 64 1 dB Fuente: Tabla 4.4-37 del Capítulo 4 del EIA

Respecto a las fuentes móviles: en los tramos asociados a las principales rutas consideradas por el proyecto se inyectará un flujo adicional al actual lo que aumentará los nivel de ruido en menos de 5dB, dicho valor en la Norma Chilena 1619, se encuentra por debajo de aquellos efectos que pudieran considerarse negativos hacia la comunidad.

6.2.1.2 Área Obras Lineales

Este impacto está dado por la concurrencia simultánea de ruidos provenientes de fuentes diversas asociadas a actividades necesarias para la construcción del acueducto sector Bodega – Candelaria y la eventual molestia que ello pudiera generar en receptores cercanos a las fuentes de emisión. Respecto a los receptores potencialmente afectados, estos corresponden a 7 puntos levantados en la Línea de Base, que dados su cercanía y representatividad fueron seleccionados para llevar adelante la evaluación. Dichos puntos son los que se indican en la siguiente Figura 4.4-11 del Capítulo 4 del EIA.

Las fuentes fijas consideradas en la construcción de ésta obra corresponderán a la maquinaria e instalaciones utilizadas en los distintos frentes de trabajo para llevar adelante la obra.

Cabe precisar que en éste caso y a diferencia del impacto descrito anteriormente (IRUCO-01) las fuentes móviles, no se consideran en el Área Obras Lineales puesto que la construcción del acueducto comprenderá dos frentes de trabajo uno de los cuales avanzará desde el Área Mina y por tanto se incorpora dentro de la evaluación de impacto de dicha área, y el otro frente avanzará por el poniente desde la ruta 5 y no implicará una cantidad significativa de flujos 140

vehiculares. Cabe señalar que este acueducto posee una extensión de aproximadamente 30 kilómetros y se dispondrá en gran parte de su trazado adyacente al actual acueducto.

A continuación se presentan los niveles de presión sonora; para los receptores asociados al Área Obras Lineales en la fase de construcción del Proyecto, en la tabla se puede observar que cumplirá con la normativa en todos los puntos monitoreados, debiendo ser implementadas medidas de control solo en los puntos 15, 17 y 18. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares.

Tabla: Evaluación de ruido generado por maquinaria. Fase de construcción, período diurno. Área Obras Lineales Punto NPSeq proyectado en dB(A). Aporte exclusivo Ruido de Fondo dB(A) Suma energética dB(A) Nivel Máximo Permitido según Decreto Nº 38/2011 Evaluación Periodo Diurno 13 35 35 38 45 Cumple 14 52 42 52 52 Cumple 15 63 51 12 54 Cumple () 16 44 47 49 57 Cumple 17 45 33 12 37 Cumple () 18 47 37 10 40 Cumple (*) 19 42 44 46 54 Cumple Fuente: Tabla 4.4-40 del capítulo 4 del EIA.

Los impactos evaluados fueron:

a) Impacto: Aumento de los niveles de ruido, por la construcción del muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques, Reubicación parcial de Líneas Eléctricas y Ruta C-397

Este impacto está dado por la concurrencia simultánea de ruidos provenientes de fuentes diversas asociadas a actividades necesarias para la construcción de obras en el Área Mina y la eventual molestia que ello pudiera generar en receptores cercanos a las fuentes de emisión.

Como fuentes generadoras de ruido se consideran principalmente: habilitación, operación y; realización de tronaduras puntuales para la reubicación parcial de la Ruta C-397; se requerirá de nivelación de superficie; circulación vehicular.

Las obras que serán ejecutadas durante la fase de construcción del Proyecto en el área mina corresponden a:  Muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques (más el sistema de transporte y distribución de relaves, captación y recirculación de aguas)  Reubicación parcial de cuatro líneas eléctricas emplazadas actualmente en el área donde se proyecta el nuevo depósito de relaves Los Diques  Reubicación parcial de la Ruta C-397.

Respecto a los receptores potenciales, estos corresponden a 12 puntos levantados en la Línea Base, que dados su cercanía y representatividad. Dados los antecedentes expuestos, para este impacto se identificaron dos tipos de fuentes; las fijas y móviles.

Las fuentes fijas corresponderán a la maquinaria e instalaciones utilizadas en los distintos frentes de trabajo para llevar adelante cada una de las obras anteriormente indicadas y al ruido proveniente de actividades de tronaduras puntuales necesarias para llevar a cabo la reubicación de la ruta C-397. Por su parte, las fuentes móviles, corresponderán al tránsito de camiones y buses necesarias para el traslado de personal, insumos y/o maquinaria, así como también el requerido para el traslado de los materiales provenientes de los movimientos de tierra. A cada una de estas fuentes, se le asignó una potencia acústica (generación de emisiones), que fueron los datos de entrada para la modelación de ruido. Para este proyecto, las potencias acústicas asignadas son las que se indican en Anexo 4-A del EIA.

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La calificación del impacto en fuentes fijas se elaboró sobre la base de los resultados de una modelación de las emisiones de ruido que generará el Proyecto, y que indica a través de mapas, como la propagación sonora los 12 puntos de evaluación, presentados en la figura Figura 4.4-10 del EIA.

Cabe señalar que dicha modelación, además de considerar las emisiones producto de las actividades que se someten a evaluación a través del proyecto, considera las emisiones generadas por la operación actual. Por lo tanto las fuentes de emisión total del Proyecto que se modelaron correspondieron a las emisiones de la operación actual (y que continuarán durante la fase de construcción del Proyecto) y las actividades propias de la construcción desarrolladas en la sección anterior.

El impacto es de carácter negativo ya que un aumento de las emisiones de ruido en la mayoría de los casos produce molestias a quienes lo perciben, los que de acuerdo a los estudios y modelaciones no afectará a la población de Tierra Amarilla. Es de extensión local ya que la propagación del ruido alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato de las fuentes generadoras, pero circunscribiéndose en un radio menor a la superficie de una comuna. Posee una duración de mediano plazo ya que en el escenario más conservador las actividades y/o fuentes de generación de ruido en fase de construcción tendrían un tiempo de duración de dos años. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera. Es de intensidad baja ya que conforme se pudo establecer su aporte a los niveles basales (receptores evaluados) es de baja significancia. Corresponde a un impacto simple ya que se manifiesta en un solo componente ambiental siendo su acción individualizada. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia media, dado que posee una capacidad de resiliencia aceptable que permite que las emisiones en los puntos evaluados, cumplan con la norma vigente y las de referencia utilizada. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

b) Impacto: Aumento de los niveles de ruido por la construcción del acueducto sector Bodega – Candelaria. Este impacto está dado por la concurrencia simultánea de ruidos provenientes de fuentes diversas asociadas a actividades necesarias para la construcción del acueducto sector Bodega – Candelaria y la eventual molestia que ello pudiera generar en receptores cercanos a las fuentes de emisión. Respecto a los receptores potencialmente afectados, estos corresponden a 7 puntos levantados en la Línea de Base, que dados su cercanía y representatividad fueron seleccionados para llevar adelante la evaluación. Las fuentes fijas consideradas en la construcción de ésta obra corresponderán a la maquinaria e instalaciones utilizadas en los distintos frentes de trabajo para llevar adelante la obra. Cabe precisar que en éste caso y a diferencia del impacto descrito anteriormente (IRUCO-01) las fuentes móviles, no se consideran en el Área Obras Lineales puesto que la construcción del acueducto comprenderá dos frentes de trabajo uno de los cuales avanzará desde el Área Mina y por tanto se incorpora dentro de la evaluación de impacto de dicha área, y el otro frente avanzará por el poniente desde la ruta 5 y no implicará una cantidad significativa de flujos vehiculares. Cabe señalar que este acueducto posee una extensión de aproximadamente 30 kilómetros y se dispondrá en gran parte de su trazado adyacente al actual acueducto Chamonate - Candelaria, aprobado ambientalmente según consta en la resolución N° 273/2008 de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la Región de Atacama.

Se presentan los niveles de presión sonora; para los receptores asociados al Área Obras Lineales en la fase de construcción del Proyecto, en donde se concluye que se cumplirá con la normativa en todos los puntos monitoreados, debiendo ser implementadas medidas de control solo en los puntos 15, 17 y 18. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares. El detalle de esta modelación, y los criterios empleados en ésta se indican en el Anexo 4-A del EIA.

El impacto es de carácter negativo ya que un aumento de las emisiones de ruido de esta naturaleza, en la mayoría de los casos produce molestias a quienes lo perciben, siendo este un efecto negativo. Es de extensión local ya que la propagación del ruido alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato de las fuentes generadoras, pero circunscribiéndose en un radio menor a la superficie de una comuna. Posee una duración de corto plazo ya que en el escenario más conservador las actividades y/o fuentes de generación de ruido en cada tramo del acueducto tendrán un tiempo de duración no mayor a un año. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera. Es de intensidad baja ya que conforme se pudo establecer su aporte a los niveles basales (receptores evaluados) es de baja significancia. Corresponde a un impacto simple ya que se manifiesta en un solo componente ambiental siendo su acción individualizada. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia moderada, dado que posee una capacidad de resiliencia aceptable que permite que las emisiones en los puntos evaluados, cumplan con la norma vigente y las de referencia utilizada. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

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6.2.2 Etapa de Operación

6.2.2.1 Área mina

Respecto a esta fase del proyecto se identifican fuentes de ruido fijas y móviles. Las fuentes fijas corresponden a las mismas emisiones provenientes de la operación actual de CCMC, a saber: explotación del rajo, depositación de material estéril en los depósitos de estéril Norte y Nantoco, lo cuales serán ampliados por el Proyecto. Además se incluye la operación del nuevo depósito de relaves, dado que el actual cesará su funcionamiento en el corto plazo, por tanto se mantiene la magnitud del efecto de las emisiones, pero cambia su ubicación y distribución. En cuanto a las fuentes móviles, la fase de operación del Proyecto no aumenta el flujo vehicular actual conforme a lo aprobado (ver situación base del Capítulo 1 de este EIA), por lo cual no es objeto de evaluación. Para la evaluación de impacto acústico de la fase de operación, se han considerado los mismos 12 puntos evaluados para la fase de construcción. Las potencias sonoras que se utilizaron como datos de entrada para la modelación de ruido se presentaron en el Anexo 4-A del EIA.

• Fuentes Fijas

 Ruido por el uso de maquinaria y funcionamiento de las instalaciones

Respecto a la explotación en el rajo, se consideran dos (2) frentes de actividades, uno que aborda las actividades de extracción a través de palas, cargadores y camiones, mientras que el otro frente contempla el uso de tronaduras. Las emisiones de ruido generadas durante la fase de operación del proyecto, producto del uso de maquinaria y del funcionamiento de las instalaciones mineras, medidas en los 12 puntos en evaluación, cumplen con los límites máximos establecidos por el D.S N° 38/2011, tanto en el periodo diurno como nocturno, tal como se aprecia en las tablas siguientes.

Tabla: Evaluación de ruido generado por maquinaria e instalaciones. Fase de operación, período diurno. Punto NPSeq proyectado en dB(A). Aporte exclusivo NPC Operación Actual dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Suma energética dB(A) Nivel Máximo Permitido según Decreto Nº 38/2011 Evaluación Periodo Diurno 1 24 - 45 45 55 Cumple 2 20 - - 20 60 Cumple 3 26 - - 26 60 Cumple 4 39 44 - 45 52 Cumple 5 34 49 - 49 57 Cumple 6 30 48 - 48 57 Cumple 7 25 52 - 52 61 Cumple 8 26 52 - 52 59 Cumple 9 31 61 - 61 65 Cumple 10 32 51 - 51 59 Cumple 11 29 - 57 57 65 Cumple 12 20 47 - 47 55 Cumple Fuente: Tabla 4.4-45 del capítulo 4 del EIA

Tabla: Evaluación de ruido generado por maquinaria e instalaciones. Fase de operación, período nocturno. Punto NPSeq proyectado en dB(A). Aporte exclusivo NPC Operación Actual dB(A) Ruido de Fondo dB(A) Suma energética dB(A) Nivel Máximo Permitido según Decreto Nº 38/2011 Evaluación Periodo Nocturno 1 24 - 45 45 50 Cumple 2 20 - - 20 45 Cumple 3 26 - - 26 45 Cumple 4 39 38 - 42 49 Cumple 5 34 42 - 43 50 Cumple 6 30 44 - 44 50 Cumple 7 25 41 - 41 49 Cumple 143

8 26 36 - 36 46 Cumple 9 31 41 - 41 49 Cumple 10 32 39 - 40 48 Cumple 11 29 - 34 35 44 Cumple 12 20 35 - 35 44 Cumple Fuente: Tabla 4.4-46 del capítulo 4 del EIA

 Ruido Tronaduras por operación en el rajo

La metodología de modelación de ruido para las faenas de tronaduras, se basa en la normativa ISO 9613-2:1996 ―Atenuación del sonido durante la propagación en exteriores‖ (Attenuation of sound during propagation outdoors), la que utiliza los principios de atenuación divergente junto a atenuación extra introducida por obstáculos y atenuación por aire. Las variables de entrada del modelo, son las potencias sonoras de las fuentes de ruido para cada etapa contemplada. Se modeló el aporte exclusivo generado por las fuentes del Proyecto en evaluación, en base a información de ubicación espacial de fuentes y sus respectivos niveles de potencia acústica (Lw). El software de simulación computacional utilizado corresponde a SoundPlan V 7.1, el cual incorpora variables físicas y características acústicas de las fuentes sonoras. La temperatura se fijó en 10º C y la humedad relativa en 70%. Si bien estos valores no representan necesariamente el promedio existente en el sector en el cual se ubica el Proyecto, estos valores constituyen un escenario desfavorable desde el punto de vista de la atenuación de la propagación de la onda sonora producto de efectos meteorológicos. Por otro lado, la norma de cálculo utilizada considera siempre la velocidad del viento entre 1 y 5 (m/s) según lo establecido en la ISO 9613 parte 2, y con dirección desde las fuentes de ruido hacia los receptores, es decir, a favor de la propagación. De acuerdo a lo anterior, el escenario modelado representa la peor condición posible respecto a estas variables, lo cual garantiza una modelación conservadora.

El ruido generado por tronaduras tiene características de temporalidad, intensidad y componentes espectrales que discrepan con las características del ruido generado por maquinaria. Las tronaduras poseen una temporalidad corta (1 segundo aprox.), una gran intensidad sonora, y una componente espectral con alta energía en frecuencias bajas. El oído humano tiende a responder de forma plana a niveles de gran intensidad sonora. En base a lo anterior surgen las curvas de ponderación en frecuencia, las cuales asignan correcciones en frecuencias a modo de representar el comportamiento del oído humano. Producto de lo anterior, las normativas asociadas a la evaluación de ruido generado por tronaduras tienden a evaluar los niveles ponderados en curva C, mientras que las normativas destinadas a evaluar niveles de ruido que presentan densidades espectrales con menor energía en frecuencia bajas e intensidad menor, tienden a evaluar los niveles ponderados en curva A.

De acuerdo a lo anterior, la evaluación se realizó de acuerdo a la siguiente normativa: Norma norteamericana ―Measurement Procedures For The Enforcement, Chapter I: Illinois Pollution Control Board, Part 910, Title 35: Environmental Protection, Subtitle H: Noise Of 35 Ill. Adm. Code 900 & 901‖. La cual establece en la sección 901.109 una metodología para el tipo de ruido específico Sonido Altamente Impulsivo de Explosiones de Tronaduras (Highly- Impulsive Sound From Explosive Blasting), niveles de SEL (nivel de expresión sonora en un segundo) máximos permitidos para voladuras en los receptores.

Tabla: SEL máximo permitido ponderado en dB(C) producto de tronaduras para receptores ubicados en zonas clase A y clase B. Receptores en zonas Clase A dB(C) Receptores en zonas Clase B dB(C) 107 112 Fuente: Tabla 5-1 del anexo 22 del Adenda 1

Los niveles SEL máximos permitidos en la tabla deben ser atenuados en 3 dB por cada vez que se doblan el número de explosiones durante el día o la noche. Por otro lado, para el periodo nocturno definido entre las 22:00 o la puesta de sol (lo que ocurra primero) y las 7:00 o el amanecer (lo que ocurra más tarde) los niveles límite de exposición sonora se reducirán en 10 dB, salvo en situaciones de emergencia donde por lluvia, rayos, condiciones atmosféricas, seguridad del operador o del público haya obligado a efectuar una detonación nocturna no programada. La clasificación de zonas, clase A o clase B, hace referencia al uso de suelo y las actividades que involucran según la norma Land-Based Classification Standards (LBCS) (Jeer, Sanjay. 2001. Land-Based Classification Standards), la cual establece que la zona clase A involucra principalmente el uso de suelo residencial y la zona clase B mayoritariamente actividades comerciales. Es por esta razón que para el caso de la evaluación del proyecto en estudio se utilizará el máximo permitido para zonas clase A ya que corresponde al límite más 144

restrictivo, por lo tanto no se deberán superar los 107 dB(C) diurnos y 97 dB(C) nocturnos de SEL para un único evento de tronadura en cada una de las jornadas. Como el Titular realizará como máximo dos (2) tronaduras diarias, el SEL máximo permitido será de 104 dB(C) para el periodo diurno y 94 dB(C) para el periodo nocturno.

La etapa de operación del Proyecto contempla faenas de tronaduras tanto superficiales como subterráneas. Para cada tipo de tronaduras, la modelación considero la ubicación más cercana a los receptores, representando así la condición más crítica posible. En la ilustración 6-1 del anexo 22 del EIA se detallan dichas ubicaciones. Para las tronaduras superficiales se considerará la energía acústica generada en actividades de este tipo cuyo SEL (descriptor acústico que concentra la energía en un segundo) se detalla en la siguiente tabla:

Tabla: SEL para actividades de tronaduras. Valores en dB(C). Fuente de ruido SEL en dB(C) en espectro de frecuencia SEL dB(C) 63 125 250 500 1k 2k 4k 8k Tronaduras en rajo 170 162 151 139 133 125 112 104 171 Fuente: Tabla 4.4-45 del capítulo 4 del EIA

En la tabla anterior se muestra un nivel de potencia con el descriptor SEL de una tronadura medida en terreno, arrojando como resultado 171 dB(C). Este dato es ingresado como dato de entrada al modelo predictivo, considerando también la carga de explosivos. Por otro lado, la modelación de ruido para tronaduras subterráneas no se realiza debido a que su emisión acústica es atenuada completamente por el terreno que obstaculiza su propagación hacia la superficie. A continuación se presentan los resultados en dB(C) de los niveles de ruido proyectados en cada uno de los puntos considerados.

Tabla: SEL proyectado en el receptor. Tronadura superficial. Punto SEL proyectado en dB(C). Aporte exclusivo, Rajo (Mina) 1 64 2 66 3 74 4 82 5 72 6 76 7 87 8 102 9 100 10 97 11 94 12 83 Fuente: Tabla 7-1 del Anexo 22 del Adenda 1.

Se realizó finalmente la comparación del descriptor SEL en dB(C), proyectado en cada receptor con los niveles máximos recomendados por la normativa norteamericana. La evaluación se realiza sólo en periodo diurno, debido a que el Proyecto no considera tronaduras durante el periodo nocturno.

Tabla 8-1: Evaluación del SEL proyectado en los receptores en dB(C). Tronaduras superficiales. Período diurno Punto Nivel SEL proyectado en dB(C) SEL máximo permitido dB(C). Periodo Diurno. Observación 1 64 104 Bajo Norma 2 66 104 Bajo Norma 3 74 104 Bajo Norma 4 82 104 Bajo Norma 5 72 104 Bajo Norma 6 76 104 Bajo Norma 7 87 104 Bajo Norma 8 102 104 Bajo Norma 9 100 104 Bajo Norma 10 97 104 Bajo Norma 145

11 94 104 Bajo Norma 12 83 104 Bajo Norma Fuente: Tabla 8-1 del Anexo 22 del Adenda 1.

Los impactos evaluados fueron.

a) Impacto: Continuidad de los niveles de ruido generados por la ampliación de la vida útil del Área Mina.

El impacto es de carácter negativo ya que se mantendrán los niveles de ruido de la operación actual cumpliendo con el Decreto 38/2011 y la normativa de referencia. Es de extensión local ya que la propagación del ruido alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato de las fuentes generadoras, pero se circunscriben a la faena minera actual. Posee una duración de largo plazo ya que estas emisiones se mantendrán durante toda la fase de operación del proyecto, es decir desde el año 2017 al año 2030. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera. Es de intensidad baja ya que conforme se pudo establecer su aporte a los niveles basales (receptores evaluados) es menor. Corresponde a un impacto simple ya que se manifiesta en un solo componente ambiental siendo su acción individualizada. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia media, dado que posee una capacidad de resiliencia aceptable que permite que las emisiones en los puntos evaluados, cumplan con la normativa vigente y de referencia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio-bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

6.2.2.2 Área Puerto

a) Impacto: Continuidad de los niveles de ruido generados por la ampliación de la vida útil del Área Puerto.

Si bien, las modificaciones o ampliaciones físicas del Proyecto se encuentran vinculadas solamente a las áreas Área Mina y Área Obras Lineales, para dar continuidad operacional a la faena minera de CCMC, se requerirá también ampliar la vida útil de las obras y actividades emplazadas en el Área Puerto. Cabe indicar que la continuidad operacional implica proseguir con las mismas actividades aprobadas ambiental y sectorialmente, así como también dar continuidad a las medidas de seguimiento ambiental que dan cuenta del cumplimiento de la normativa vigente o compromisos ambientales adquiridos, en éste sentido anualmente se envía un Programa de Monitoreo Ambiental de Tierra Amarilla y Caldera (Región de Atacama) el que incluye el seguimiento ambiental de ruido y vibraciones de la faena. En base a los resultados del plan de monitoreo oficial año 2012, para ruido en el área puerto, se señaló que los actuales niveles de ruido medidos entre 50 y 60 dBAdiurno y 50 dBA hasta 45 dBA nocturno, se encuentran bajo los niveles máximos establecidos por la normativa vigente (D.S. 146/98 el MINSEGPRES). Sin perjuicio de ello, el Proyecto cumplirá de igual modo con el D.S. 38/11, una vez que éste entre en vigencia, según el plazo establecido en el Artículo 23° del mismo cuerpo legal. Por lo que el impacto es de carácter negativo ya que se mantendrán los niveles de ruido de la operación actual cumpliendo con Decreto N°38/2011. Es de extensión local ya que la propagación del ruido alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato de las fuentes generadoras, pero circunscribiéndose a la faena. Posee una duración de largo plazo ya que estas emisiones se mantendrán durante toda la fase de operación del proyecto, es decir desde el año 2017 al año 2030. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera. Es de intensidad baja ya que como se puede apreciar en el resultado del plan de monitoreo se cumple con la normativa vigente. Corresponde a un impacto simple ya que se manifiesta en un solo componente ambiental siendo su acción individualizada. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que las actividades se circunscriben al área portuaria. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

6.4 Vibraciones

6.4.1 Etapa de Operación

Las tronaduras generan vibraciones terrestres importantes, las cuales dependiendo de su magnitud y de las distancias involucradas, eventualmente apoden tener un efecto sobre las estructuras e instalaciones. La detonación de la carga explosiva genera una onda de presión que desplaza las partículas que rodean la zona de detonación. La elasticidad de la onda transmitida es directamente proporcional a la velocidad de partícula. Las componentes verticales, longitudinales y transversales de una onda vibratoria causada por una detonación se miden mediante instrumentación especializada. Una misma cantidad de carga explosiva detonada y medida a una distancia 146

fija, no necesariamente produce la misma magnitud de vibración si se realiza en diferentes lugares. Lo anterior es producto de una serie de variables principalmente relacionadas con el tipo de suelo. Para predecir las vibraciones producida por las tronaduras se utilizó la fórmula propuesta por Duvall et al, para el US Bureau of Mines, cuya expresión se encuentra en el anexo 22 del Adenda 1. Además se considera un escenario conservador, y las constantes que representan la condición más desfavorable corresponden a K igual a 1400 y α de 1.6, siendo este el escenario más conservador. El detalle de la carga utilizada y la ubicación de las tronaduras se presentan en el Capítulo 6.2 del Anexo 22 del EIA.

Es importante desatacar que el Titular realizará una a dos tronaduras diarias. La norma utilizada para evaluar los niveles de vibración durante tronadura corresponde a la alemana DIN 4150-3:1999 del Instituto de Normalización Alemana (Deutsches Institut für Normung—DIN). Referente a evaluación de los efectos producidos por vibraciones sobre las estructuras, trata los efectos en edificios y sus elementos estructurales de vibraciones de carácter internas y externas. Los valores indicativos recomendados por la DIN 4150-3:1999 dependen del tipo de edificación. Los valores globales de velocidad peak de partícula (peak particle velocity – PPV), definidos en la norma DIN 4150 se detallan en la siguiente tabla:

Tabla: Valores recomendados de Velocidad Peak de Partícula (PPV) y Velocidad Vertical de Partícula (VVP) por la norma alemana DIN 4150:1979. Clase Descripción VVP [mm/s] PPV [mm/s] I Otras edificaciones y monumentos históricos. 4 2.4 — 4.4 II Residencias, oficinas y otras similares construidas de forma tradicional y en condiciones normales. 8 4.8 — 8.0 III Edificaciones estables en condiciones normales. 30 18.0 — 30.0 Fuente: Tabla 5-5 del anexo 22 del Adenda 1.

A partir de la tabla anterior, el valor PPV utilizado como máximo recomendado para este caso será 4.8 [mm/s] para el caso de la Velocidad Peak de Partícula (PPV), debido a que los receptores sensibles a evaluar corresponden a edificaciones normales y no se identifican edificaciones y monumentos históricos arqueológicos en el sector.

La etapa de operación del Proyecto contempla faenas de tronaduras tanto superficiales como subterráneas. Para cada tipo de tronaduras, la modelación considera la ubicación más cercana a los receptores, representando así la condición más crítica posible. Las cargas consideradas para las tronaduras serán principalmente de 1000 [Kg] y en algunos casos de un máximo de 1500 [Kg]. Debido a esto se realizaron dos proyecciones asociadas cada una de ellas a las distintas cargas de explosivos, de manera tal de observar el impacto de ambos escenarios. Es importante mencionar que para el cálculo efectivo de la distancia entre los receptores y la ubicación de la tronadura subterránea se debe considerar su profundidad, cuyo menor valor es 134 metros.

 Tronaduras superficiales

A continuación se presentan los resultados proyectados de vibraciones generadas por faenas de tronaduras superficiales. La proyecciones consideran la peor condición espacial, es decir, la menor distancia posible entre fuente – receptor, a fin de evaluar el escenario más desfavorable. Además se proyectan dos escenarios contemplando las dos distintas cargas de explosivos: 1000 Kg y 1500 Kg.

Tabla: Proyección PPV en cada receptor generada por tronaduras superficiales. Tronaduras superficiales Punto Distancia Fuente – Receptor [m] PPV en [mm/s] proyectado Carga de 1000 Kg PPV en [mm/s] proyectado Carga de 1500 Kg 1 5549 0.36 0.50 2 4973 0.43 0.59 3 4722 0.47 0.64 4 3724 0.68 0.94 5 2194 1.59 2.19 6 1701 2.38 3.30 7 1334 3.51 4.86 8 1428 3.15 4.36 147

9 1840 2.10 2.91 10 2398 1.38 1.90 11 3343 0.81 1.12 12 3415 0.78 1.08 Fuente: Tabla 7-2 del anexo 22 del Adenda 1.

A continuación se presentan los resultados proyectados de vibraciones generadas por faenas de tronaduras subterráneas. Al igual que para las tronaduras superficiales, las proyecciones consideran la peor condición espacial, es decir, la menor distancia posible entre fuente – receptor, a fin de evaluar el escenario más desfavorable. Para ello se toman en cuenta las distancias diagonales efectivas en función de la distancia en el plano y la profundidad de la tronadura.

Tabla: Proyección PPV en cada receptor generada por tronaduras subterráneas. Tronaduras subterráneas a una profundidad de 134 metros Punto Distancia Fuente – Receptor en el plano [m] Distancia Fuente – Receptor diagonal efectiva [m] PPV en [mm/s] proyectado Carga de 1000 Kg PPV en [mm/s] proyectado Carga de 1500 Kg 1 3180 3183 0.87 1.21 2 2677 2680 1.15 1.59 3 2476 2480 1.30 1.80 4 1372 1379 3.33 4.61 5 1267 1274 3.78 5.23 6 1847 1852 2.08 2.88 7 2483 2487 1.30 1.79 8 3028 3031 0.95 1.31 9 4033 4035 0.60 0.83 10 4660 4662 0.47 0.66 11 5585 5587 0.36 0.49 12 5801 5803 0.33 0.46 Fuente: Tabla 7-3 del anexo 22 del Adenda 1.

A continuación se comparan los indicadores de vibración proyectados en cada receptor producto de las tronaduras superficiales bajo las distintas cargas de explosivos consideradas.

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor. Vibraciones generadas por tronaduras superficiales. Carga de 1000 Kg. Tronaduras superficiales. Carga de 1000 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 1 0.36 4.8 Bajo norma 2 0.43 4.8 Bajo norma 3 0.47 4.8 Bajo norma 4 0.68 4.8 Bajo norma 5 1.59 4.8 Bajo norma 6 2.38 4.8 Bajo norma 7 3.51 4.8 Bajo norma 8 3.15 4.8 Bajo norma 9 2.10 4.8 Bajo norma 10 1.38 4.8 Bajo norma 11 0.81 4.8 Bajo norma 12 0.78 4.8 Bajo norma Fuente: Tabla 8-2 del anexo 22 del Adenda 1.

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor. Vibraciones generadas por tronaduras superficiales. Carga de 1500 Kg. Tronaduras superficiales. Carga de 1500 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 148

1 0.50 4.8 Bajo norma 2 0.59 4.8 Bajo norma 3 0.64 4.8 Bajo norma 4 0.94 4.8 Bajo norma 5 2.19 4.8 Bajo norma 6 3.30 4.8 Bajo norma 7 4.86 4.8 Supera norma 8 4.36 4.8 Bajo norma 9 2.91 4.8 Bajo norma 10 1.90 4.8 Bajo norma 11 1.12 4.8 Bajo norma 12 1.08 4.8 Bajo norma Fuente: Tabla 8-3 del anexo 22 del Adenda 1.

En las tablas anteriores se aprecia que los indicadores de vibraciones generadas por actividades de tronaduras superficiales, se encuentran por debajo de los valores recomendados por la normativa tanto para la carga de 1000 Kg como para la carga de 1500 Kg, excepto en el punto 7 para la carga de 1500 Kg, en el cual se presenta una superación al máximo recomendado. Debido a lo anterior se realizará una restricción a la carga de explosivos utilizados para las tronaduras superficiales, la cual no puede superar el valor de 1476 Kg. Con dicho valor límite se obtiene la proyección de vibraciones equivalente al máximo recomendado por la normativa en el punto 7, tal y como se aprecia en la siguiente tabla.

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor N°7. Vibraciones generadas por tronaduras superficiales. Carga de 1476 Kg. Tronaduras superficiales. Carga de 1476 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 7 4.8 4.8 Cumple norma Fuente: Tabla 8-4 del anexo 22 del EIA.

 Vibraciones generadas por tronaduras subterráneas

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor. Vibraciones generadas por tronaduras subterráneas. Carga de 1000 Kg. Tronaduras subterráneas. Carga de 1000 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 1 0.87 4.8 Bajo norma 2 1.15 4.8 Bajo norma 3 1.30 4.8 Bajo norma 4 3.33 4.8 Bajo norma 5 3.78 4.8 Bajo norma 6 2.08 4.8 Bajo norma 7 1.30 4.8 Bajo norma 8 0.95 4.8 Bajo norma 9 0.60 4.8 Bajo norma 10 0.47 4.8 Bajo norma 11 0.36 4.8 Bajo norma 12 0.33 4.8 Bajo norma Fuente: Tabla 8-5 del anexo 22 del Adenda 1.

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor. Vibraciones generadas por tronaduras subterráneas. Carga de 1500 Kg. Tronaduras subterráneas. Carga de 1500 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 1 1.21 4.8 Bajo norma 2 1.59 4.8 Bajo norma 149

3 1.80 4.8 Bajo norma 4 4.61 4.8 Bajo norma 5 5.23 4.8 Supera norma 6 2.88 4.8 Bajo norma 7 1.79 4.8 Bajo norma 8 1.31 4.8 Bajo norma 9 0.83 4.8 Bajo norma 10 0.66 4.8 Bajo norma 11 0.49 4.8 Bajo norma 12 0.46 4.8 Bajo norma Fuente: Tabla 8-6 del anexo 22 del Adenda 1.

En las tablas anteriores se aprecia que los indicadores de vibraciones generadas por actividades de tronaduras subterráneas, se encuentran por debajo de los valores recomendados por la normativa tanto para la carga de 1000 Kg como para la carga de 1500 Kg, excepto en el punto 5 para la carga de 1500 Kg, en el cual se presenta una superación al máximo recomendado. Debido a lo anterior, se realizará una restricción a la carga de explosivos utilizados para las tronaduras superficiales, la cual no puede superar el valor de 1347 Kg. Con dicho valor límite se obtiene la proyección de vibraciones equivalente al máximo recomendado por la normativa en el punto 5, tal y como se aprecia en la siguiente tabla.

Tabla: Evaluación de vibraciones proyectadas en el receptor N°5. Vibraciones generadas por tronaduras superficiales. Carga de 1347 Kg. Tronaduras superficiales. Carga de 1347 Kg Punto PPV en [mm/s] proyectado PPV recomendado [mm/s] Observación 5 4.8 4.8 Cumple norma Fuente: Tabla 8-7 del anexo 22 del Adenda 1.

Dado lo anteriormente expuesto se ha calificado este impacto como No Significativo.

6.5 Geomorfología

Conforme a las obras y actividades que considera el Proyecto, esta evaluación se focalizó en el Área Mina. Al respecto, no se considera una evaluación de impacto del Área Puerto, pues en dicho sector el Proyecto sólo comprende una extensión de la vida útil y no conlleva la realización de nuevas obras y/o actividades distintas a las que existen en la actualidad. Del mismo modo no se considera el Área Obras Lineales, ya que en este sector las actividades a realizar no implican un cambio a la morfología o relieve local (instalación de una tubería soterrada a 1,5 m del nivel del suelo) Respecto al Área Mina, la evaluación se acota a la fase de construcción y operación, ya que es justamente en dichas fases donde será posible percibir cambios en la geomorfología y relieve local, en este sentido la fase de cierre no conllevará fuentes de impacto susceptible de provocar estos sobre la componente geomorfológica

6.5.1 Fase de Construcción

a) Impacto: Modificación del relieve y morfología local por la construcción del muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques

La identificación del impacto queda determinada en primer lugar por el estado original del relieve y morfología (geomorfología) de los sectores del nuevo depósito de relaves Los Diques en una condición sin Proyecto, y en segundo lugar por los efectos derivados de las obras del Proyecto. Respecto a los antecedentes de Línea de Base, los resultados del estudio realizado para el Área Mina, sector Los Diques, indican que la zona donde se proyecta desarrollar el nuevo depósito de relaves, se localiza aproximadamente a 6 km al SW del Sector Quebrada El Buitre y a 4,4 km al WSW del Rajo de la Mina (Fotografía 4.4-1 y Fotografía 4.4-2 del capítulo 4 del EIA) La altitud máxima en el Cerro Las Pintadas es de 900 m.s.n.m y el sector más bajo corresponde a una serie de quebradas secundarias Santa Rosa que drenan principalmente el cordón de los cerros Las Pintadas. La diferencia entre la cota más baja y la más alta es cercana a los 250 m de altura. Las pendientes máximas en el área central del sector para el nuevo depósito de relaves Los Diques varían entre 2 a 5°, mientras que en las laderas de los cerros las pendientes van desde 20° a 45°. Por su parte, la fuente de impacto que se identifica es la construcción del muro de 150

partida que forma parte del muro principal del nuevo depósito de relaves Los Diques, el cual será construido con el método aguas abajo y principalmente utilizando material de enrocado proveniente del estéril de las operaciones de la mina Candelaria. Este muro de partida tendrá una cota de coronamiento de 773 m.s.n.m., altura aproximada de 56 m y un ancho de coronamiento de 61,5 m, el cual será utilizado como acceso para los requerimientos de construcción y posteriormente de operación.

El impacto es de carácter negativo ya que las alteraciones previstas en el relieve y morfología debido a la ejecución de la obra proyectada resultará en un cambio en la condición de línea base identificada para los sectores de interés. Es de extensión local ya que los cambios sobre la morfología o relieve se circunscribirán y acotarán a los sitios de intervención directa, es decir al área de construcción del muro, y no fuera de ellas. Cabe destacar sobre este punto que la percepción del cambio en paisaje por parte de los observadores, es evaluado en la componente Paisaje. Posee una duración de mediano plazo debido a que el impacto se evidenciará en las fases finales de construcción del muro y permanecerá hasta que se dé inicio a la fase de operación del Proyecto. En tal sentido, el efecto que ocurre una vez construido el muro se evalúa en la fase de operación del Proyecto. Es un impacto irreversible considerando que el muro formará parte de una obra de mayor envergadura y que una vez construida, la geomorfología alterada no podrá ser revertida en forma natural, como tampoco mediante medidas correctivas. Es de intensidad baja toda vez que la geomorfología local ya presenta intervención antrópica asociada a la actividad minera y que por tanto la modificación a la geomorfología no presenta un grado de alteración de cuantía mayor. Corresponde a un impacto acumulativo. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que la componente es altamente representado y posee una escasa valoración del grupo humano. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio-bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo.

6.5.2 Etapa de Operación

b) Impacto: Modificación del relieve y morfología local por la ampliación del rajo, operación del depósito de relaves Los Diques y ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco

La identificación del impacto, queda determinada en primer lugar, por el estado actual del relieve y morfología del Área Mina, descrito en el capítulo de Línea de Base y los efectos producidos por la ampliación del rajo, la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques y la ampliación de los depósitos de estériles Nantoco y Norte. El impacto identificado para la fase de operación del depósito de Estéril Norte y nuevo depósito de relave Los Diques, considera el crecimiento hasta sus máximas cotas según sus respectivos diseños conforme se vayan disponiendo los relaves generados por el funcionamiento de la planta de beneficio. El progresivo crecimiento de los depósitos de relaves previamente mencionados, ocasionará un impacto sobre el relieve y la topografía de su área de emplazamiento, cubriendo permanentemente el relieve actual existente. La zona donde se proyecta la ampliación del depósito de estéril Nantoco, se ubica aproximadamente a 1 km al Este del área donde se localizará el nuevo depósito de relaves y a 1,8 km al SSW del rajo de la mina. Se caracteriza por la presencia de cerros de baja altura en donde la mayor cota de altura corresponde al cerro Punta del Viento (860 m). Las pendientes máximas obtenidas para el sector de estudio varían entre 25° a 40° para las laderas de los cerros. El sector El Buitre, donde se ampliará el depósito de estéril Norte, se encuentra emplazado en la Pampa Transicional al oeste del valle del río Copiapó y de la localidad de Tierra Amarilla; las cotas de altitud promedio en el área son del orden de 700 m.s.n.m con una máxima de 850 m.s.n.m en la Serranía El Buitre. La diferencia entre la cota más baja y la más alta es de cerca de 200 m.

Desde el punto de vista geomorfológico una fuente de impacto es la ampliación del rajo de la mina, cuya operación implica mantener la tasa extracción ambientalmente aprobada de 320.000 tpd, de las cuales aproximadamente un promedio de 75.600 tpd toneladas corresponderán a mineral sulfurado que va a la planta de beneficio y el resto corresponde a material estéril, el cual será dispuesto en los depósitos de estéril. La explotación del rajo modificará adicionalmente el relieve, toda vez que se contempla la intervención de un área de 1,6 km de longitud a lo largo de la ladera NW de la Sierra El Bronce, produciendo cambios en la morfología y principalmente en las pendientes del terreno.

Otro efecto identificado tiene relación con el crecimiento en operación del nuevo depósito de relaves Los Diques y la ampliación de los actuales depósitos de estériles Norte y Nantoco, los cuales generarán la modificación adicional del relieve, en mayor grado o relevancia, dado que éstas obras implicarán la incorporación de materiales en superficie hasta alcanzar una altitud promedio de 850, 800 y 940 m.s.n.m., hasta el año 2030, lo cual cambiará permanentemente la fisiografía existente en esta área. Este impacto tiene un carácter permanente durante todo el periodo de vida del proyecto

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El impacto es de carácter negativo ya que se altera el relieve y morfología en el área de emplazamiento de las obras. Es de extensión local ya que la ampliación continua del rajo de la mina así como la ampliación de los depósitos de relaves y estériles ocasionará un impacto restringido a los sectores cercanos a éste, abarcando una superficie menor a una comuna. Posee una duración de largo plazo debido que los tiempos estimados de operación para el depósito de relaves Los Diques y depósitos de estériles Nantoco y Norte serán hasta el 2030 y que posterior a este plazo, si bien se iniciarán las obras y actividades de cierre de mina, éstas no conllevan la extracción del material depositado, manteniéndose el impacto en forma indefinida. Es un impacto irreversible considerando que durante el funcionamiento de las respectivas instalaciones no es posible revertir en forma natural y tampoco mediante acciones correctoras el estado actual identificado en el estudio de línea base (ver Capítulo 2 – Sección Geología, Geomorfología y Riesgos Naturales). Es de intensidad media por cuanto las obras evaluadas provocarán un cambio moderado de la condición inicial identificada en el estudio de línea base, puesto que el proyecto corresponde a la modificación de un proyecto existente. Corresponde a un impacto acumulativo respecto al efecto que se inició con la construcción del muro de partida y que al prolongarse en el tiempo la depositación de relaves y de estériles se incrementa progresivamente el efecto. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que los sectores de emplazamiento en su mayoría corresponden a áreas que ya presentan una intervención atribuida principalmente a la actividad minera y la morfología y relieve local no es único y está altamente representado en la región. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo medio-bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo.

6.6 Recursos Hídricos

6.6.1 Área Mina-Planta Respecto a los antecedentes presentados en el proceso de evaluación por el proyecto, se detalla en lo medular lo siguiente: El área de influencia comprende dos sistemas de aguas subterráneas principales: el acuífero del valle del Río Copiapó y el sistema de roca fracturada que puede ser clasificado como un acuitardo o acuicludo. Las instalaciones de CCMC se localizan sobre este último sistema. Los depósitos aluviales de Copiapó yacen sobre la formación Abundancia y poseen un espesor máximo de 200 m. La roca meteorizada que se localiza bajo el acuífero posee también una alta permeabilidad. El acuífero de Copiapó presenta una conductividad moderada a alta, lo que permite la extracción de las aguas para las distintas actividades productivas en la zona. La recarga de este acuífero se encuentra dada principalmente por el caudal en el río Copiapó, pues salvo en eventos de gran precipitación ocurridos en años húmedos, la recarga generada por eventos de lluvia es despreciable. Con relación a la obras del área mina –planta, tal como se ha descrito en el Capítulo de descripción de proyecto, el Proyecto considera la construcción de un nuevo Depósito de relaves en el sector Los Diques al interior del Área Mina, este nuevo depósito de relaves, se emplazará en el sector denominado Los Diques situado al Surponiente del rajo y próximo a la planta concentradora. El Titular indicó que, el Proyecto se enmarca dentro de regulaciones nacionales de construcción vigentes, siguiendo el concepto de Cero Descarga, el que actualmente es implementado con éxito por la faena minera y que será replicado para este nuevo depósito. El concepto Cero Descarga consiste en la realización de una ingeniería adecuada y uso de tecnologías apropiadas para el diseño, construcción, operación y cierre de las instalaciones, con el fin de reducir al mínimo las pérdidas de agua del depósito y maximizar el agua recirculada en el proceso. Asimismo, la operación de este depósito requiere de obras complementarias como la construcción de sistemas de captación y recirculación de aguas infiltradas y construcción de muro cortafugas. La evaluación sobre los recursos hídricos involucrados en el área del proyecto se realizó sobre la base de los resultados de un Estudio Hidrogeológico y otros antecedentes presentados durante el proceso de evaluación cuyo objetivo principal es predecir, a partir de las características geológicas e hidrogeológicas del área de estudio y de las características de las distintas obras del proyecto como por ejemplo: el depósito del relave, el comportamiento de eventuales infiltraciones desde dicho depósito y la reducción de la recarga al sistema acuífero por el emplazamiento del proyecto. Este estudio se adjuntó al Anexo 4-E de este EIA, complementado en Adenda N°1. A partir de los resultados del Estudio Hidrogeológico, con relación a las infiltraciones se presentaron los siguientes resultados:  Los resultados de los estudios hidrogeológicos y la modelación (Anexo 4-E complementado en Adenda N°1), identificaron que los flujos de las infiltraciones son menores desde el punto de vista de su caudal y se producen en 152

dirección al rajo actual de la mina, actuando éste como sumidero, tal como lo demuestra la modelación en la figura 4.4-13: Trayectorias modeladas, Depósito de Relaves Los Diques del Capítulo 4 del EIA. Los flujos preferenciales se dirigen hacia al rajo, por lo que las obras destinadas a captarlas y a contenerlas, se encuentran diseñadas para optimizar el caudal de aguas infiltradas en esa dirección, a profundidades mayores a los 500 metros bajo la superficie, profundidad mayor a la que posee el sector 4 del acuífero del Río Copiapó, el que se encuentra a una profundidad entre los 40 a 120 metros bajo tierra y que posee una potencia de alrededor de 70 metros. Lo anterior permite inferir que la distancia mínima entre el acuífero superior y el flujo de las infiltraciones es mayor a los 400 metros. Complementariamente se presentaron diversas obras para el control de infiltraciones, como sistema captación y recirculación de filtraciones, con pozos de monitoreos.  Los flujos y direcciones de las infiltraciones estimadas en el modelo que van en dirección hacia el sector de Nantoco, se producen a una profundidad promedio de 500 metros bajo tierra (m.b.t), por lo que el caudal estimado (0,66 l/seg) no afectaría al acuífero del sector del Valle del Río Copiapó, dado que este se ubica a 70 m.b.t de forma tal que no se tendrá interacción entre las infiltraciones indicadas y el acuífero.  Para los efectos de evaluar el potencial impacto respecto del diseño del Depósito de Relaves, se consideró el concepto de diseño de ingeniería del nuevo depósito de relaves, con obras y acciones que optimizan la captación de aguas claras y aguas infiltradas desde el Depósito de Relaves y cuyo concepto replica la operación del actual Depósito de relaves que se encuentra diseñado bajo el concepto de cero descarga. A modo de resumen, las principales obras y acciones se refieren a: Plan de manejo y captación de aguas desde la laguna de aguas claras de la cubeta del Depósito de Relaves, Diseño y construcción de muro cortafugas, según los resultados del modelo hidrogeológico y Diseño y operación del plan de manejo de aguas infiltradas. En síntesis, es posible señalar que respecto a la potencial afectación de la calidad del agua del acuífero del valle del Río Copiapó producto de la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques: a) Las estimaciones de los caudales infiltrados en dirección al sector de Nantoco y el Valle de Copiapó, son inferiores a los 0,66 l/s y se presentarán a una profundidad promedio de 500 metros bajo tierra (m.b.t). b) Dado lo anterior, existe una diferencia piezométrica entre las potenciales infiltraciones y el acuífero del valle de Copiapó que son mayores a los 400 metros de profundidad. Por lo anterior es improbable la posibilidad de contacto entre ellas. c) Por otra parte, la acción sumidero ejercida por el rajo condiciona fuertemente las direcciones de flujo de las aguas infiltradas d) El Depósito de Relaves Los Diques, cuenta con una ingeniería que permite reducir las infiltraciones y optimizar la captación y recirculación de las aguas al proceso. Conforme con lo anterior, la potencial afectación de la calidad del agua del acuífero del Valle del Rió Copiapó producto de la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques es altamente improbable. Además, respecto a la fase de cierre y post cierre del proyecto, podrían generarse eventuales infiltraciones provenientes del depósito de relaves Los Diques que se generen luego del cese de la operación del mismo, según los antecedentes presentados en el proceso de evaluación las infiltraciones serán menores desde el punto de vista de su caudal y se producen en dirección al rajo actual de la mina, actuando éste como sumidero. Este efecto se puede apreciar en la Figura 4.4-17 del Capítulo 4 del EIA donde el rajo sería la parte más baja en todo el dominio e hidráulicamente representa un sumidero. De acuerdo a los resultados del estudio y modelación hidrogeológica, se han identificado flujos menores de infiltraciones que se dirigen hacia el rajo, generándose un efecto sumidero. Esta condición permite establecer flujos preferenciales y estimar las futuras acciones para el periodo de cierre que permitan minimizar los impactos generados por el proyecto. Así, para la fase de cierre (post cierre) se ha considerado que las eventuales filtraciones que puedan generarse en el depósito serán recolectadas mediante bombeo en el sistema de recolección de filtraciones (SCS); y dependiendo de la calidad o cantidad del agua de filtraciones, ésta podría ser transportada a una piscina de evaporación con revestimiento permanente o se permitiría que fluyera a través del material aluvial hasta el rajo abierto. 153

No obstante lo anteriormente presentado, lo cual fue extraído del Estudio de Impacto Ambiental, durante el proceso de evaluación se actualizó la información proporcionada, debido a las diferentes solicitudes de los Servicios competentes, que dicen relación con evaluar el efecto sobre la hidrología e hidrogeología del área de influencia de su proyecto, y el grado de interacción que representa el complejo minero Candelaria sobre el sistema hídrico de la Cuenca del Río Copiapó, ya sea en términos hidrogeológicos como hidroquímicos, dado que la configuración geológica del sector podría tener rutas preferentes en el medio fracturado, solicitando un requerimiento específico de construir un segundo muro cortafugas al ya existente, solicitado por parte de la DGA, Región de Atacama, con el fin de establecer una solución definitiva que evite la migración de infiltraciones desde el depósito de relaves proyectado (Los Diques) hacia el medio fracturado que subyace el relleno aluvial donde se proyecta el emplazamiento de la referida obra minera, con motivo del transporte de aguas contactadas proveniente desde el citado depósito. A dichas solicitudes el Titular en Adenda N°3, complementó y actualizó los antecedentes presentados durante el proceso de evaluación, exponiendo lo siguiente: En Primer término, con relación a la habilitación y funcionamiento del Sistema de Recolección de Infiltraciones del Depósito de Relaves Los Diques que interceptará y recolectará todos los flujos de infiltraciones generados a partir del referido Depósito, se presentaron las siguientes justificaciones: • Los resultados de los estudios hidrogeológicos realizados en el sistema rocoso de Candelaria indicaron que este sistema tiene una permeabilidad baja o muy baja y una capacidad de almacenamiento despreciable. La caracterización del sistema rocoso de Candelaria, a nivel local, se realizó en base a estudios geofísicos (refracción sísmica, análisis multicanal de ondas superficiales, pruebas de resistividad y de polarización inducida), sondajes geotécnicos (perforación diamantina y circulación reversa) y ensayos de permeabilidad in-situ. El Titular hace referencia a la Sección 4 del Informe Actualizado Hidrogeología – Candelaria 2030 en el cual se presenta en detalle los resultados de los estudios hidrogeológicos que apoyan la caracterización del sistema rocoso de Mina Candelaria. • Estudios Históricos. Varios estudios previos sustentaron la conclusión de que el sistema aluvial del Valle del Río Copiapó tiene propiedades hidrogeológicas claramente distintas si se compara con el sistema rocoso subyacente y adyacente. Estos estudios hidrogeológicos previos realizados en el Valle del Río Copiapó consideran claramente al sistema aluvial del valle como un sistema independiente de las formaciones del sistema rocoso subyacente y adyacente, según se presentan a continuación:  DGA-Álamos y Peralta (1987) señalan: ―Las Formaciones Nantoco y Abundancia, compuestas por calizas y rocas clásticas, afloran gradiente arriba de Mal Paso hasta Tierra Amarilla [.] A todos los efectos de este estudio, estas rocas [basamento] se considerarán impermeables y consecuentemente constituirán los límites del reservorio subterráneo".  DGA-DICTUC (2010) menciona: ―…el basamento rocoso indiferenciado está compuesto por rocas que forman los laterales y el fondo del valle [del Copiapó]. Estos materiales [basamento] son prácticamente impermeables, con permeabilidad local secundaria ligada a la alteración y/o a fracturas superficiales, y [el basamento] poseen de baja a ninguna capacidad para almacenar y/o conducir agua subterránea‖.  DGA-H2 CUENCA (2012) señala: ―Dado que el interés de este estudio es caracterizar las unidades geológicas que sirven como acuíferos [.] Las unidades de interés consisten en depósitos sedimentarios no consolidados, que corresponden a depósitos fluviales y aluviales‖.  SERNAGEOMIN (2012), dice: ―Los acuicludos y acuitardos están compuestos por rocas con limitada o nula existencia de recursos subterráneos, debido a su escasa o despreciable capacidad para recargar, almacenar o conducir agua. Están compuestos por rocas intrusivas (F1), sedimentarias calcáreas (F2), sedimentarias clásticas (F3), volcánicas (F4), sedimentarias y volcánicas (F5), y rocas metamórficas (F6). Estas unidades se caracterizan por estar formadas mayormente por rocas densas y resistentes, con un bajo grado de alteración, débil a moderada fracturación y baja porosidad o impermeables. En el sistema rocoso, la porosidad y permeabilidad en general tienen valores muy bajos. La limitada conductividad hidráulica y la baja capacidad de almacenamiento del sistema rocoso, ocasionan que tenga bajo interés como medio para recargar, almacenar o transmitir agua subterránea‖. • Divisoria de Aguas Subterráneas. Los niveles piezométricos demuestran la existencia de una divisoria de aguas subterráneas entre el sistema aluvial del Valle del Río Copiapó y el sistema rocoso. La elevación de la divisoria de las aguas subterráneas del sistema rocoso es mayor que los niveles de agua en el sistema aluvial del Valle del Río Copiapó adyacente, por ende, no existe un flujo desde el sistema aluvial del Valle del Río Copiapó hacia el rajo. Se 154

ha verificado esta divisoria de aguas subterráneas mediante mediciones directas del nivel de agua en los piezómetros del sistema rocoso para el Pozo E-2 (414 m.s.n.m.), el Pozo D (497 m.s.n.m.), el S1-TH-10 (583 m.s.n.m.), el S1- TH-12 (869 m.s.n.m.), y el S1-TH-12A (789 m.s.n.m.). • Tendencias de los niveles de agua estacionarios vs dinámicos. Registros de monitoreo de niveles piezométricos cercanos al rajo muestran niveles casi estacionarios y nula respuesta a la profundización del rajo abierto, mientras que los registros de los pozos en el sistema Copiapó indican la existencia de un sistema dinámico con una rápida respuesta ante el bombeo desde el sistema aluvial. • Rajo ―Seco‖. Las elevaciones del agua subterránea del sistema rocoso subyacente al fondo del rajo probablemente se ubican apenas por debajo de los 100 m s.n.m. (según la elevación del fondo del rajo durante mediados de 2012). Tomando el promedio a largo plazo de las elevaciones del agua subterránea aluvial en la zona del Canal Mal Paso (aproximadamente a 525 m s.n.m.), la elevación del agua subterránea del sistema rocoso por debajo del rajo abierto se ubicaría alrededor de 425 m por debajo del agua subterránea aluvial. No obstante, la discontinuidad del aluvial entre Minera Candelaria y el Valle del Río Copiapó, la baja permeabilidad del sistema rocoso, combinados con las bajas tasas de desagüe del depósito y el talud Este seco del rajo abierto, respaldan la conclusión de que los dos sistemas no muestran conexión directa. A mayor abundamiento respecto a la posible existencia de vías preferenciales de flujos a través de singularidades geológicas, esencial resulta enfatizar que el sistema rocoso de Mina Candelaria no contiene estructuras geológicas relevantes en general, y por lo tanto no corresponde referirse, en rigor, a este sistema rocoso como un medio fracturado. Las únicas estructuras que parecen controlar la dirección de flujos de aguas subterráneas corresponden a las zonas de la falla Lar y la falla San Gregorio, las que tienen lineamiento NNW-SSE. No se observan zonas de fracturamiento con lineamiento E-W que puedan promover vías de flujo preferencial entre el rajo y el sistema rocoso subyacente al sistema aluvial del valle del Rio Copiapó, según se evidencia por las paredes secas en el sector Este del rajo. La falta de conexión directa entre el sistema aluvial del valle del Río Copiapó y el sistema rocoso Candelaria se corrobora adicionalmente por los resultados de los análisis de líneas de flujo llevados a cabo con el modelo FEFLOW calibrado, tal como se muestra en la Sección 8 del Informe Actualizado Hidrogeología - Candelaria 2030 del Adenda 1. Como se ha señalado anteriormente, el rajo se mantendrá como un gran sumidero durante las fases de operación, cierre y post- cierre. Toda eventual infiltración desde el depósito de relaves Los Diques al sistema rocoso subyacente profundo será captada finalmente por el rajo. Los resultados de los análisis de líneas de flujo realizados mediante el modelo FEFLOW calibrado confirman que cualquier flujo proveniente del depósito de relaves (no captado por el sistema de recolección de infiltraciones) será captado por el rajo durante la fase de operación, cierre y post- cierre, como se muestra en las Figuras 8-3 a 8-9 del Informe Actualizado Hidrogeología - Candelaria 2030. Los resultados de los controles de nivel de agua y calidad de agua que se llevan a cabo actualmente y que continuarán durante la operación y cierre de las instalaciones permitirán verificar las conclusiones presentadas. Además el Titular ha indicado que, realizará las siguientes acciones: • Luego de aprobada la RCA se construirán los pozos de monitoreo comprometidos (ver detalle en Anexo 16 de Adenda N°3), los cuales permitirán calibrar el modelo hidrogeológico (Anexo 16, Adenda N°1) después de al menos un año de mediciones. • Respecto a los resultados del monitoreo hidroquímico, si se detectan desviaciones a nivel de roca fracturada se investigará la fuente de la anomalía y se planteará una hipótesis de la potencial generación, efecto o impacto sobre el acuífero y las acciones necesarias a implementar, las cuales podrían ir por la línea de realización de nuevos sondajes, complementar la red de monitoreo del proyecto vía aumento de pozos o aumento de parámetros a monitorear, u otros estudios técnicos que permitan validar los resultados del modelo hidrogeológico del Proyecto. • Los resultados de las investigaciones, las acciones y/o medidas que se consideren aplicar serán compartidas oportunamente a la Autoridad competente. En Segundo término, con relación a la no existencia de canales perimetrales en torno al depósito de relaves los Diques, en la respuesta a la pregunta 32 del Tomo II del Adenda N°1, se entregó el análisis que indica que la habilitación de 155

canales perimetrales fue evaluada como parte del proceso de planificación del proyecto Los Diques. Sin embargo, la evaluación de dichos canales arrojó como resultado que existen desventajas que exceden el potencial beneficio. Al respecto, se identificaron dos trazados potenciales ―Canal Perimetral Norte‖ y ―Canal Perimetral Sur‖. El ―Canal Perimetral Norte‖ (ver flechas de color azul oscuro en la Figura 1-33 del Adenda N°3) conduciría la potencial escorrentía hacia el sector del dique Norte, con lo cual el agua seguiría la trayectoria del canal existente hacia el Depósito de Estéril Norte y al rajo, y no habría un aprovechamiento del agua. Considerando lo anterior, se concluye que el ―Canal Perimetral Norte‖ no aporta beneficio alguno. El ―Canal Perimetral Sur‖ (ver flechas de color celeste de la Figura 1- 33 del Adenda N°3) conduciría la potencial escorrentía hacia otra subcuenca ubicada al Este del depósito de relaves Los Diques, la cual tendría como punto de descarga un viñedo existente en el valle Nantoco. Durante la evaluación del ―Canal Perimetral Sur‖ se identificaron las siguientes desventajas: 1. El ―Canal Perimetral Sur‖ descargaría a la subcuenca de drenaje Nantoco, lo cual aumentaría el área de drenaje natural de dicha subcuenca en un 55% (de 3,2 km2 a 5,00 km2), lo que podría cambiar las condiciones hidrológicas de la subcuenca receptora, ocasionando problemas de erosión, inestabilidad del canal/cauce natural, entre otros. 2. El ―Canal Perimetral Sur‖ incrementaría el potencial de riesgo en la subcuenca aguas abajo debido a las inundaciones poco frecuentes que serían imprevistas y podrían ocasionar daños a terceros (incluyendo vida humana). Por otra parte, se mencionó que, el diseño de ingeniería del depósito de relaves Los Diques permite almacenar adecuadamente el volumen de la Crecida Máxima Probable (CMP) que consiste en la escorrentía producida por la Precipitación Máxima Probable (PMP)) en cada fase de la vida útil del depósito de relaves Los Diques, por lo que no es necesario plantear medidas adicionales para el manejo de aguas lluvias. Tomando en cuenta las consideraciones presentadas, la implementación de canales perimetrales para el depósito de relaves Los Diques presenta mayores desventajas que beneficios, y por lo tanto su habilitación no fue considerada en el diseño del Proyecto. En tercer y último término, en Adenda N°3 Anexo 11, el Titular presentó la Actualización de la hidrogeología del Depósito de Candelaria de la Quebrada el Bronce y el Rorro, en el documento se realizó una descripción de los flujos de aguas subterráneas que circulaban a través de las Quebrada el Bronce y Quebrada El Rorro. En la Quebrada El Bronce las condiciones naturales del flujo de agua subterránea, indican una dirección principal de las aguas hacia el Norte, según el eje de la quebrada para infiltrarse en el antiguo Rajo Sur bajo el botadero 636 y aflorar en el sector Sur del rajo actual, sector falla Lar nivel 272-320 e infiltrarse hacia el fondo de la mina. también el Estudio indicó que, el desarrollo de la mina desde el año 1994 hasta la actualidad ha interrumpido la quebrada El Bronce por el Sur y por el Norte del rajo actual provocando que las aguas se infiltren hacia el fondo del rajo Candelaria. En la Quebrada El Rorro el flujo de las aguas proviene del Depósito de Relaves circulando en una dirección desde Oeste a Este, a través del Dren Francés y por el contacto grava roca para ser recirculada por el sistema Pique Mina antes de desembocar a la quebrada El Bronce. También se realizó una descripción de la infraestructura minera construida en ambas quebradas que modificaron artificialmente el flujo de las aguas que desembocaba en el rio de Copiapó como el desarrollo del Rajo Candelaria sobre la Quebrada El Bronce y el depósito de Relave, Pique Mina y Muro Corta Fuga sobre la Quebrada El Rorro. Para dicho Estudio, según los antecedentes presentados por el Titular en el Anexo 11 del Adenda N°3 se utilizaron y revisaron diversos Informes; recopilación y revisión de toda la información disponible de hidrogeología realizada en el depósito de Candelaria que se presentó en el punto 4.1 de dicho Anexo . Además, se utilizó información sobre el catastro de Pozos de recirculación de Aguas, en donde existen dos pozos de recirculación de agua para la operación minera que se ubican en la quebrada El Bronce a la entrada del antiguo Rajo Sur, identificados también como pozo Viejo y pozo Nuevo, habilitados con bombas. La información de la recirculación de agua en este sector está disponible desde Abril 2007, con el inicio de la operación del pozo Viejo VW01 y desde Mayo 2012 está en operación el pozo Nuevo VW03 punto P2 (Figura 3 del Anexo 11 del Adenda N°3). Los pozos VW01 y VW03 presentan caudales medidos diarios relativamente estables con un promedio de extracción de 1.11 l/s y 0.159 l/s respectivamente. El total de recirculación de agua en el punto P2 es de 1.272 l/s y se encuentra ubicado en la entrada de la mina sobre la quebrada El Bronce (Figura 3 del Anexo 11 del Adenda N°3). El agua restante que circula por dicha quebrada se infiltra bajo el depósito de material estéril 636 que rellenó el antiguo rajo Sur y vuelve a aflorar en la coordenada E 373681 / N 6955745, donde es conducida y acopiada en una piscina de 156

decantación en el nivel 272-320, figura 3 del Anexo 11 del Adenda N°3, punto P1. En este sector existen cuatro drenes horizontales y un tercer pozo VW02 ubicado dentro de la piscina que acumula agua y que es evacuada mediante una bomba con el propósito de mantener la rampa de acceso en condiciones secas. El agua extraída de los drenes en este sector de falla Lar nivel 272-320 presentan una variabilidad diaria entre 0.182 l/s y 0.281 l/s y la bomba que se encuentra en la piscina al pie del talud de dicho nivel registra un caudal de 6.607 l/s. El total del caudal de agua registrado en este sector es de 7.315 l/s y desde este punto son integrados al circuito de recirculación de aguas de la mina (Figura 3 y 4 del Anexo 11 del Adenda N°3). Existen dos pozos de recirculación de aguas para la operación minera VW05 y VW06 que se ubican en los niveles 560 y 640 en el sector Norte del rajo sobre y cercano a la falla Lar. Estos pozos se encuentran operativos intermitentes desde marzo 2012, los cuales se encuentran equipados con bombas recirculando el agua al estanque Becker donde se cargan camiones aljibes. Los pozos se encuentran recirculando caudales de agua que varían entre de 0.081 l/s y 0.132 l/s respectivamente. El objetivo principal de estos pozos es despreSurizar los taludes de rajo, bajar el nivel freático y disminuir el flujo de agua hacia el fondo de mina que está afectando a la operación minera (Figura 5 del Anexo 11 del Adenda N°3). El Titular informó que, a partir del 18 de noviembre del año 2012, Operaciones Mina comenzó con el drenaje del agua acumulada en el fondo mina que se encontraba a los 110 m.s.n.m. y con una topografía base de 100 m.s.n.m. los caudales descargados en el año 2012 a la fecha fueron muy variables: el año 2012 el promedio fue de 27.4 l/s, el año 2013 el promedio fue 11.6 l/s y los primeros meses del año 2014 el caudal promedio fue de 4.1 l/s., debido a la continua operación que se desarrolló en los niveles inferiores (Figura 6 del Anexo 11, del Adenda N°3). Para realizar la descarga del fondo mina, se realiza una tronadura y posteriormente se habilita una piscina, donde se introduce una bomba sumergible que recircula el agua hacia los estanques que se encuentra en diferentes puntos de los niveles superiores de la mina, hasta llegar el estanque final que se ubica en la rampa principal. Además de los pozos de recirculación de aguas se consideraron los Pozos Horizontales de Drenajes Mina, respecto de ellos el Titular indicó que, entre julio y agosto del año 2013 se realizó la perforación de tres drenes horizontales de 120 metros en el nivel 576. Estos drenes registran rangos de descarga de agua que varían entre 0.098 l/s y 0.223 l/s que se canalizan a un estanque de agua que se ubica en el sector Los Espejos. En el nivel 560 se perforaron cuatro drenes horizontales que registran rangos entre 0.003 l/s y 0.093 l/s y finalmente en el nivel 448 también se perforaron seis drenes horizontales que se encuentran distribuidos entre el sector de falla Lar y sector Pique Mina, que registran rangos de 0.004 l/s y 0.03 l/s los cuales actualmente no se encuentran canalizados hacia un estanque en particular. El total de la descarga de este sector Norte por los drenes horizontales es aproximadamente de 1.059 l/s. El objetivo principal de estos drenes horizontales es disminuir la presión de poros en los taludes en el sector Noroeste y Norte del rajo actual para mejorar el factor de seguridad en los análisis geomecánicos y también disminuir el flujo de agua hacia el fondo mina (Figura 7 del Anexo 11, del Adenda N°3). El catastro de todos los pozos perforados en el sector Norte, Sur y fondo de mina para mejorar la estabilidad de los taludes y recircular el agua que se infiltra hacia el fondo del rajo se pueden visualizar en la tabla 3 del Anexo 11, del Adenda N°3. Con relación a los pozos de Recirculación del Pique Mina, se indicó que, el diseño del tranque de relaves existente contempla la recuperación de agua a través de un sistema de tubería instalada en el fondo del valle donde está emplazado el depósito de relave. El agua recuperada desde el fondo del tranque es enviada a través de un Dren Francés hacia el Pique Mina que se encuentra ubicado al Norte del rajo. El Pique posee una serie de bombas sumergibles que permiten la recirculación del agua recuperada hacia el proceso metalúrgico. Como se muestra en la Figura 8 del Anexo 11 del Adenda N°3, el registro de recirculación de agua desde el Pique Mina comenzó en enero de 1995 con un caudal de 96 l/s. De acuerdo a lo observado en el gráfico, la recirculación del Pique ha aumentado de manera continua su caudal hasta alcanzar su valor máximo de 311 l/s en febrero de 2008. Después de 2008 se observa un descenso en los caudales recirculados hasta un caudal mínimo de 234 l/s en octubre 2009. A partir de esta fecha los caudales nuevamente muestran un aumento general pero con fluctuaciones, alcanzando un caudal de 278 l/s registrado en diciembre de 2013. De acuerdo a lo observado en la Figura 8, desde 2007 existe una estrecha correlación entre el tamaño de la laguna del tranque y los caudales recirculados desde el Pique Mina. Periodo entre octubre de 2007 y abril de 2008, cuando la laguna aumentó su tamaño desde una superficie menor a 300.000 m² a un máximo de 993.000 m², en el mismo periodo se observa un incremento en el caudal de recirculación hasta un máximo de 311 l/s registrado en 157

febrero de 2008. En el periodo entre marzo de 2011 y septiembre de 2012, la superficie de la laguna excedió 300.000 m² con un área máxima de 600.500 m², durante este periodo el caudal de recirculación del Pique Mina aumentó hasta alcanzar un máximo de 306 l/s registrado en marzo de 2012. La implicancia de esta correlación está asociada a la relevancia que posee el Pique Mina para el control de las filtraciones desde el depósito de relaves, alcanzando actualmente un caudal cercano a los 300 l/s y en la capacidad de este para manejar mayores volúmenes de agua (mayor área de la laguna), en el caso que el diseño de la ampliación del depósito de relaves así lo contemple. En la faena minera, existen dos tipos de pozos piezométricos del tipo ―Casagrande‖ para el control mina que se encuentran midiendo niveles freáticos y pozos piezométricos de ―Cuerda Vibrantes‖ que miden presión poros en niveles superiores, intermedios y profundos de los diferentes tipos de rocas en las paredes NW, N y NE del rajo actual. Existe una red de monitoreo histórica y actual de pozos piezométricos Casagrande que se han perforado y habilitado a través del tiempo, con el objetivo de conocer los diferentes niveles freáticos de la mina y utilizarlos en los modelos de análisis de estabilidad de las diferentes fases. Algunos de estos pozos se encuentran inactivos producto del desarrollo del rajo (Figura 9 del Anexo 11, del Adenda N°3). Según estos antecedentes se interpreta que la recuperación del agua proveniente del depósito de relaves hacia el Pique Mina se encuentra circulando por la roca sedimentaria de la quebrada original y/o por la unidad de roca meteorizada y no directamente por el dren Francés. Complementando todos los pozos anteriormente mencionados el Titular realizó la perforación de un pozo piezométrico abierto de nombre ―P‖, aguas abajo del muro corta fugas en la quebrada El Bronce, con el objetivo de determinar si existe infiltración de agua de proceso que podría circular por la quebrada, principalmente por el contacto grava roca hacia el rio de Copiapó (Figura 13 del Anexo 11, del Adenda N°3). Este pozo ―P‖ fue habilitado como piezómetro en el mes de Agosto 2014 y fue perforado en diámetro de 6‖ pulgadas en la zona de botadero y 4‖ en la zona de aluvio, en la quebrada El Bronce. El mapeo de este pozo indica que la profundidad del botadero se detectó a los 82.0 metros y la profundidad del aluvio a los 114.45 metros y el pozo finalizó a los 117.60 metros en perforación de roca. Por lo tanto, el pozo cumplió el objetivo de traspasar el aluvial en la quebrada. La potencia perforada del botadero fue de 82.0 metros, la potencia del aluvio 32.5 metros y perforación de 3.1 metros en roca (Figura 14 del Anexo 11, del Adenda N°3). Los resultados obtenidos de varias mediciones que se han realizado en este Pozo ―P‖ ubicado aguas abajo el muro corta fugas, demuestran que el pozo se encuentra sin presencia de agua. Por lo tanto, existe evidencia determinística que el sistema de recirculación de aguas del Pique Mina y el muro corta fuga están cumpliendo para lo que fueron diseñados (Cero Descarga) y el agua de proceso no se infiltra hacia el río de Copiapó por el contacto grava roca de la quebrada El Bronce (Tabla 4 del Anexo 11, del Adenda N°3). Finalmente, se realizó la habilitación de un segundo pozo piezométrico abierto de nombre ―PP-2‖, que se perforó al noreste, más abajo que el pozo ―P‖ y en el centro de la quebrada El Bronce, con el objetivo de confirmar con una nueva evidencia, la existencia de agua de proceso que podría circular por la quebrada hacia el rio de Copiapó (Figura 15 del Anexo 11, del Adenda N°3). Este nuevo pozo ―PP-2‖ fue habilitado como piezómetro en el mes de Febrero 2015, con el fin de confirmar la no existencia de flujos de agua en las gravas y rocas respectivamente. Este Pozo fue perforado en diámetro de 10‖ hasta los 77.0 metros, luego se redujo el diámetro en 6‖ hasta los 92.0 metros, posteriormente se continuo en 4‖ hasta los 121.0 metros en botadero y la perforación hasta los 142.0 metros en aluvio y finalizó a los 146.0 metros en roca en el centro de la quebrada el Bronce. El mapeo de este pozo indica que la profundidad del botadero se detectó a los 121.0 metros y la profundidad del aluvio a los 142.0 metros y el pozo finalizó a los 146.0 metros en perforación de roca. Por lo tanto, el pozo cumplió el objetivo de traspasar la zona de botadero, la zona aluvial y cortar la roca en el centro de la quebrada. Los resultados obtenidos de varias mediciones que se han realizado en este Pozo ―PP-2‖ ubicado aguas abajo del muro corta fugas, demuestran que el pozo se encuentra sin presencia de agua. Por lo tanto, corresponde a una segunda evidencia determinística de pozos piezométricos perforados en la Quebrada El Bronce. Lo anterior demuestra que el sistema de recirculación de aguas del Pique Mina y el muro corta fuga están cumpliendo con su objetivo (Cero Descarga). El agua que se circula por el contacto grava roca por la quebrada El Rorro no se infiltra hacia la Quebrada El Bronce (Tabla 5 del Anexo 11, del Adenda N°3). Además, se perforaron y habilitaron 9 pozos en el año 2013 para monitoreo piezómetricos de cuerda vibrante, tres se encuentran en el sector del depósito de relaves (PW-7, PW-5 y PW-4), cuatro en el sector de Pique Mina (MNO-1, MPM-1, MPM- 2 y MPM-3) y dos dentro de la mina sector falla Lar (PW-8 y PW-10) (figura 17 del Anexo 11 del Adenda 158

N°3). Existe un drenaje natural de agua hacia el rajo a medida que se va profundizando por la gradiente hidráulica, también existe una despreSurización producto de los drenes horizontales perforados en el talud NW y las fallas de orientación NW que actúan como canales de drenaje de agua hacia el fondo del rajo y hacia las labores subterráneas de la mina Candelaria Norte. Otro factor relevante, que condiciona las direcciones de flujo de agua hacia el rajo de Candelaria es el patrón estructural de orientación principal NW (ver Figura N°18 del Anexo 11 del Adenda N°3), dando lugar a la canalización del agua a través de estructuras produciendo una compartimentalización entre los diferentes sectores a corta distancia. Como conclusión se expuso que: El flujo de agua que circula por la quebrada El Bronce fue interrumpido en el Sur y en el Norte por la construcción del rajo. En el Sur de la quebrada El Bronce se produce el efecto sumidero por la gradiente hidráulica natural producto de dicha excavación. Desde el año 2007 se comenzó a recircular el agua mediante un pozo y en el año 2012 se perforó y habilitó un segundo pozo que en conjunto recirculan un caudal con un promedio de 1.3 l/s. El agua que no se alcanza a bombear en dicho sector se infiltra hacia el antiguo rajo Sur, bajo el relleno del botadero 636 para aflorar en el sector Sur del actual rajo en producción rampa 272-320, donde existen cuatro drenes horizontales y un pozo vertical que canaliza el agua hacia un estanque con dos bombas que extraen 7.3 l/s. En el sector noreste de la Quebrada El Bronce donde se intercepta con el rajo, se puede observar el contacto de aluvio con la roca base totalmente seca, confirmando que no existe conexión de agua por dicha quebrada hacia el rio Copiapó. En la Quebrada El Rorro existe un acuífero artificial que fue creado para la recirculación de aguas del depósito de relaves a través de un Dren Francés y contenida por una muralla corta fuga donde existe un Pique Mina que genera una recirculación del agua para el proceso, antes de que se conecte con la quebrada El Bronce. El sistema descrito anteriormente está generando una descarga de agua de aproximadamente 300 l/s dependiendo del tamaño de la laguna de aguas claras en el depósito de relaves. Existen también estructuras principales de orientación NW que se encuentran atravesando el Dren Francés aguas arriba del muro corta fugas que producen canalización de agua a través de ellas hacia el rajo y desarrollos subterráneos. También se realizaron perforaciones horizontales de sondajes en los sectores norOeste y Norte del rajo, en los niveles 576, 560 y 448 para despresurizar el agua y bajar la presión de poros en los taludes. Esta agua es recirculada hacia los estanques de la mina. Otro factor relevante, que condiciona las direcciones de flujo de agua hacia el rajo de Candelaria es el patrón estructural de orientación principal NW, que da lugar a la canalización del agua a través de estructuras produciendo una compartimentalización entre los diferentes sectores a corta distancia. Existen desarrollos de labores subterráneas de mina Candelaria Norte bajo el sistema de recirculación de aguas, donde se observan estructuras que permiten la canalización de aguas hacia las galerías. Esto se puede demostrar porque en los piezómetros de cuerda vibrante MPM-1, MPM-2 y MPM-3 muestran baja presión de poros y los sensores muestran una descarga de agua a través de estructuras. Por otra parte, el agua subterránea que se infiltra en forma artificial del depósito de relaves por la Quebrada El Rorro entre el contacto del aluvio y el metasedimento se encuentra contenida por la muralla corta fuga y recirculada por el Pique Mina: Existen tres evidencias determinísticas aguas abajo del muro corta fuga que permiten probar que no existen infiltración de aguas por la quebrada El Bronce hacia el río de Copiapó. • La primera y segunda evidencia corresponden a 2 pozos piezométricos de nombre pozo P y PP-2 perforados al otro lado del muro corta fugas a diferentes distancias en el centro de la quebrada El Bronce. El primero perforado en Agosto 2014 y el segundo perforado en Febrero 2015, estos pozos prueban que las mediciones de aguas que se han 159

realizado se encuentran sin presencia de agua, confirmando que el sistema de recirculación de aguas del Pique Mina y el muro corta fuga están cumpliendo para lo que fueron diseñados y el agua de proceso no se infiltra hacia el río de Copiapó por el contacto grava roca. • La tercera evidencia de carácter geológico prueba que Fallas regionales existentes de orientación NW que se encuentran aguas abajo del muro corta fuga en la Quebrada El Bronce se conectan desde la superficie con galerías de exploración subterránea y estas no muestran canalización de agua a través de ellas, ejemplo la galería GE-170, esto indica que el agua no circula hacia el río de Copiapó.

Considerando todos los antecedentes presentados, el Titular durante el proceso de evaluación no modificó su evaluación de impacto hacia los Recursos hídricos del área de influencia del Sector mina –Planta, evaluando el impacto como sigue: a) Impacto: Potencial deterioro de la calidad del agua del acuífero del Valle del Río Copiapó por la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques. El impacto es de carácter negativo, dado que un potencial contacto de las aguas infiltradas con el acuífero constituiría una situación de índole negativo. Es de extensión local, dado que el impacto se manifiesta abarcando una superficie menor a una cuenca o comuna. En este sentido, los resultados de los estudios hidrogeológicos y la modelación, identifican que los flujos de las infiltraciones son menores desde el punto de vista de su caudal y se producen en dirección al rajo del proyecto, actuando éste como sumidero. En cuanto a la duración, ésta se ha calificado como de largo plazo ya que de generarse una eventual alteración a la calidad de las aguas subterráneas, ésta se mantendrá por un largo periodo de tiempo antes de que dichas alteraciones se atenúen o desaparezcan. Cabe señalar, que los procesos de afectación de las aguas subterráneas producto de eventuales infiltraciones, se producen a muy bajas velocidades, y con una difusión de las infiltraciones que hace despreciable la posible alteración de la calidad de las aguas subterráneas. En cuanto a la reversibilidad esta se ha estimado como irreversible debido a que frente a una eventual contaminación del agua ella no podría ser revertida de forma natural en un corto plazo y tampoco podría ser revertida mediante acciones correctoras. Lo anterior teniendo presente que la remediación de procesos de alteraciones de la calidad de dichas aguas, no poseen tratamiento en lo inmediato y considerando su profundidad hacen que la ponderación de esta variable considere el valor más conservador. Por su parte la intensidad del impacto se ha valorado con un ponderador de 1, ya que por una parte el potencial impacto está condicionado por el diseño del Depósito de Relaves Los Diques el cual fue concebido bajo el concepto de Cero Descarga y por otra, a las estimaciones generadas en el modelo hidrogeológico, ambos elementos hacen que una vez que entre en operación el depósito, la calidad del agua del acuífero del Valle de Río Copiapó permanezca en las mismas condiciones que la situación basal. Por otra parte, se evaluó como acumulativo, ya que las aguas infiltradas no poseen posibilidad alguna de interactuar con otros elementos del medio ambiente, sin embargo conservadoramente los posibles efectos en la alteración de la calidad de aguas subterráneas son considerados como efectos que pueden incrementarse con la acción del tiempo. La relevancia por su parte, fue evaluada como alta dado que la componente hidrogeológica es considerada relevante en su actual estado de conservación, teniendo presente que el uso de las aguas subterráneas en el sector de emplazamiento del Proyecto, es intensiva para otras actividades como la agricultura. Junto con lo anterior, los niveles del acuífero han sufrido un constante descenso en los últimos años, razón por la cual CCMC ha procurado generar proyectos que consideren otras fuentes de abastecimiento de aguas (implementación de la planta desalinizadora), la optimización del uso y recirculación de las aguas al interior del proceso minero. La certidumbre por su parte es baja, ya que existe una justificada presunción que la manifestación del impacto es remota, por los antecedentes aportados anteriormente y que dicen relación con la diferencia piezométricas entre las infiltraciones y el acuífero del valle de Copiapó (mayores a los 400 metros de profundidad) el bajo caudal de infiltración estimado (0,66 L/seg), la acción de sumidero del rajo que condiciona fuertemente las direcciones de flujo de las aguas infiltradas y porque además, el depósito de relaves Los Diques, cuenta con una ingeniería que permite reducir las infiltraciones y optimiza la captación y recirculación de las aguas. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo.

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b) Impacto: Alteración de la calidad del agua del acuífero del Valle del Río Copiapó en fase cierre del depósito de relaves Los Diques La fuente de impacto que podría influenciar negativamente la calidad de aguas del acuífero del Río Copiapó en la fase de post cierre del proyecto, son las eventuales infiltraciones provenientes del depósito de relaves Los Diques que se generen luego del cese de la operación del mismo. El impacto es de carácter negativo, dado que un potencial contacto de las aguas infiltradas con el acuífero constituiría una situación de índole negativo. Es de extensión local, dado que el impacto se manifiesta abarcando una superficie menor a una cuenca o comuna. En este sentido, los resultados de los estudios hidrogeológicos y la modelación, identifican que los flujos de las infiltraciones son menores desde el punto de vista de su caudal y se producen en dirección al rajo del proyecto, actuando éste como sumidero. Se debe tener presente que además de las condiciones hidrogeológicas existirá un plan de recirculación de aguas que permitirá controlar las infiltraciones para el periodo del cierre del Proyecto. En cuanto a la duración, ésta se ha calificado como de largo plazo ya que de generarse una eventual alteración a la calidad de las aguas subterráneas, ésta se mantendrá por un largo periodo de tiempo antes que una eventual alteración se atenúe o desaparezca. Cabe señalar, que los procesos de afectación de las aguas subterráneas producto de eventuales infiltraciones, se producen a muy bajas velocidades, y con una difusión de las infiltraciones que hace despreciable la posible alteración de la calidad de las aguas subterráneas. En cuanto a la reversibilidad esta se ha estimado como irreversible debido a que frente a una eventual contaminación del agua ella no podría ser revertida de forma natural en un corto plazo y tampoco podría ser revertida mediante acciones correctoras. Lo anterior teniendo presente que la remediación de procesos de alteraciones de la calidad de dichas aguas, no poseen tratamiento en lo inmediato y considerando su profundidad hacen que la ponderación de esta variable considere el valor más conservador. Por su parte la intensidad del impacto se ha valorado con un ponderador de 2, ya que el potencial impacto está condicionado por el diseño del Depósito de Relaves y a las estimaciones generadas en el modelo hidrogeológico, ambos elementos hacen que una vez que cese la operación del depósito, la calidad del agua del acuífero del río Copiapó permanezca en las mismas condiciones que la situación basal. Por otra parte, se evaluó como acumulativo, ya que las aguas infiltradas no poseen posibilidad alguna de interactuar con otros elementos del medio ambiente, sin embargo conservadoramente los posibles efectos en la alteración de la calidad de aguas subterráneas son considerados como efectos que pueden incrementarse con la acción del tiempo. La relevancia por su parte, fue evaluada como alta dado que la componente hidrogeológica es considerada relevante en su actual estado de conservación, teniendo presente que el uso de las aguas subterráneas en el sector de emplazamiento del Proyecto, es intensiva para otras actividades como la agricultura. Junto con lo anterior, los niveles del acuífero han sufrido un constante descenso en los últimos años, razón por la cual CCMC ha procurado generar proyectos que consideren otras fuentes de abastecimiento de aguas (aguas servidas y la implementación de la planta desalinizadora), la optimización del uso y recirculación de las aguas al interior del proceso minero. La certidumbre por su parte es baja, ya que existe una justificada presunción que la manifestación del impacto es remota, por los antecedentes aportados anteriormente y que dicen relación con la diferencia piezométricas entre las infiltraciones y el acuífero del valle de Copiapó, el bajo caudal de infiltración, la acción de sumidero del rajo que condiciona fuertemente las direcciones de flujo de las aguas infiltradas y porque además, el depósito de relaves Los Diques, cuenta con diseño de ingeniería que permite reducir las infiltraciones y optimiza la captación y recirculación de las aguas. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo. No obstante la anterior evaluación de impacto presentada, y dado los antecedentes complementados y actualizados en Adenda N°3 por el Titular, se concuerda con dicha estimación del impacto referente a la alteración de la Calidad del Agua, sin embargo la Dirección General de Aguas ha indicado que, en el caso que se detecte la presencia de agua en alguno de los sondajes perforados en la citada Quebrada (sondajes P1 y PP2), esto en consideración a que la única fuente de aguas subterráneas de ese sector corresponde a las infiltraciones de aguas contactadas generadas a partir del actual Depósito de Relaves, de ocurrir la situación antes descrita, se asumirá por defecto un estado de ineficiencia de contención del actual Cutoff sobre los flujos de aguas subterráneas interceptados, y por lo tanto, el Titular deberá proceder en forma inmediata con la aislación hidrogeológica definitiva de la subcuenca El Bronce respecto de la zona acuífera del sistema Copiapó (el detalle de esta acción se encuentra en el Capítulo de Medidas de este Documento). 6.6.2 Área Obras lineales 161

c) Impacto: Potencial recuperación del nivel freático por no utilización de aguas del acuífero del Valle del Río Copiapó, y la continuidad del suministro de aguas servida tratadas provenientes de la PTAS Aguas Chañar La continuidad operacional de CCMC considera mantener el abastecimiento de agua desde dos fuentes principales, el agua de mar desalinizada y las aguas servidas tratadas provenientes de la planta de tratamiento de Aguas Chañar S.A. En este sentido, previo a estas opciones, el Titular abastecía su proceso productivo desde pozos ubicados en Tierra Amarilla y Paipote, localizados en el Sector 4 del Acuífero del Valle del Río Copiapó, lugar donde la empresa posee derechos de agua otorgados por la DGA. Es así que a partir del primer semestre de 2011, el agua de estos pozos se utilizaba sólo en un 50% del volumen histórico usado, debido a la incorporación del agua servida tratada proveniente de la planta de aguas servidas de Copiapó, bombeadas desde el Sector Bodega al Área Mina y posteriormente al proceso. Luego, y gracias a la incorporación del agua desalinizada desde el segundo trimestre de 2013 (Mayo), el agua de pozo sólo será utilizada para casos de emergencias, contingencias operacionales o durante las mantenciones requeridas por el sistema de producción y conducción de agua, situación que se mantendrá con este Proyecto. De acuerdo a lo anterior, y dadas las condiciones del acuífero del Valle de Río Copiapó, se identifica un impacto ambiental positivo debido a la disminución en el uso del agua del acuífero, toda vez que el proyecto implica la continuidad del suministro de aguas tratadas provenientes de la PTAS de propiedad de Aguas Chañar S.A. El uso de agua servida tratada fue autorizada ambientalmente a través de la Res. Ex. N° 273 del 01/09/2008 de la COREMA Región de Atacama que calificó favorablemente la Declaración de Impacto Ambiental ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria Conforme a lo señalado anteriormente el impacto se calificó por el Titular en el EIA de la siguiente manera: El impacto es de carácter positivo, dado que producto de esta acción no se afectará el acuífero Copiapó, al contrario, debería ayudar en la recarga de este. Es de extensión local, ya que el impacto se manifestará en el Sector 4 del acuífero del Valle del Río Copiapó, que está conectado con el resto de los sectores. Se ha considerado que la duración es de largo plazo, por cuanto, por las características del impacto, se produciría durante la etapa de operación del proyecto, esto es 13 años. Es un impacto reversible y de intensidad baja, ya que el acuífero del Valle del Río Copiapó, posee múltiples usuarios y si bien la disminución de la explotación del acuífero por parte de CCMC es importante, no revierte la condición general del acuífero ni del Sector 4. Por otra parte, se evaluó como acumulativo, ya que una evaluación conservadora debe considerar la explotación de otros usuarios en la cuenca. La certidumbre es media ya que en el sector de Tierra Amarilla si bien existía la explotación del acuífero por parte de CCMC y otros usuarios que en su conjunto provocan el descenso de niveles freáticos, se ha podido observar que existe algún nivel de recuperación del nivel del acuífero en algunos sectores de Tierra Amarilla. La relevancia por su parte, fue evaluada como alta dado que la componente hidrogeológica es considerada relevante en su actual estado de conservación, razón por la cual CCMC ha procurado generar proyectos que consideren otras fuentes de abastecimiento de aguas (implementación de la planta desalinizadora) y la optimización del uso y recirculación de las aguas al interior del proceso minero. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental positivo medio - bajo. No obstante lo anterior y de acuerdo a la diversas solicitudes de los Servicios competentes se solicitó al Titular evaluar el impacto de: disminuir la recarga del sistema hídrico del río Copiapó, debido a que el agua descargada desde la PTAS se usará en los procesos mineros de CCMC (lo que significa aumentar la vida útil del proyecto con RCA N° 273/2008) versus mantener la recarga del sistema hídrico del río Copiapó por el no uso del agua desde la PTAS. Para analizar el efecto asociado a la continuidad del uso del recurso hídrico autorizado por el proyecto denominado ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ (RCA N° 273 del 1 de septiembre del 2008), proyectado originalmente hasta el 2017, se consideró el uso de un modelo hidrogeológico desarrollado para la cuenca del rio Copiapó (SERNAGEOMIN, 2013), el cual permite evaluar el efecto de mantener el uso de una porción de esas aguas residuales de Copiapó hasta el año 2030. En ese contexto, el análisis de impacto consideró el efecto de la eventual recarga de estas aguas residuales hacia el acuífero del río Copiapó, sobre dos receptores sensibles: Humedal de Piedra Colgada, el que se localiza en el sector 5 del acuífero de Copiapó y Humedal de Desembocadura Río Copiapó, el que se localiza aguas abajo de la zona terminal del Sector 6. En este caso se evaluaron los siguientes escenarios, presentados y actualizados en el Adenda N°3: 162

• Escenario 1 Sin uso efluente PTAS: Considera que se descarga al cauce del río Copiapó todo el efluente de aguas servidas (presentado en Adenda N°2) • Escenario 2 Uso efluente PTAS: Considera que Candelaria usa 175 L/s del efluente de la PTAS y deja de explotar a partir del año 2012 desde el sector 4 del acuífero de Copiapó (presentado en Adenda N°2). • Escenario 3 Uso de agua desalinizada: Considera que se descarga al cauce del río Copiapó todo el efluente de aguas servidas y deja de explotar a partir del año 2012 desde el sector 4 del acuífero de Copiapó (presentado en Adenda N°3). Tal como se indica en la Figura 1-36 del Adenda N°3, en el área del Humedal de Piedra Colgada se localizan cinco pozos de bombeo de Aguas Chañar, los que se encuentran actualmente en operación: PC01, PC02, PC03, PC04 y PC05. En las Figuras Figura 1-37, Figura 1-38 y Figura 1-39 del Adenda N°3 se presenta una comparación entre los descensos esperados para los escenarios planteados en los pozos de observación de la red DGA 03451004-0, 03451011-3, 03451012-1, y 03451026-1, respectivamente. En la Figura 1-39 del Adenda N°3 se muestra que hacia el año 2011 ya se observa una baja pronunciada en los niveles de agua subterránea en el pozo 03451004-0, lo que se asocia a la operación de los pozos de bombeo de Aguas Chañar. En el período hasta el año 2018 prácticamente no hay diferencias entre los descensos de los tres escenarios modelados, dando cuenta que los cambios en el acuífero cercano al humedal de Piedra Colgada están controlados por el bombeo desde los pozos de producción de Agua Chañar. Hacia el año 2018 se produciría la detención de parte de los pozos de Aguas Chañar debido a la entrada en funcionamiento de una planta desaladora, la que complementaría la oferta de agua para consumo de la población de Copiapó y sus alrededores hasta el 2023, en que toda el agua de consumo se abastece a través de agua desalada. Lo anterior se observa en el hecho que los niveles de agua subterránea para los escenarios 1 y 3 se estabilizan en un valor superior al del escenario 2 (cerca de 10 m), dando cuenta del efecto de la reducción de la recarga debido al consumo de parte de las aguas residuales que de otra manera podrían infiltrar hacia el acuífero de Copiapó. Situaciones similares a las recién descritas se observan en los pozos de observación 03451011-3, 03451012-1, y 03451026-1 que se presentan en las Figura 1-39, Figura 1-40 y Figura 1- 41, respectivamente del Adenda N°3. Por otra parte, el Humedal del Río Copiapó se localiza entre el fin del Sector 6 y la desembocadura de este río en el mar. Su alimentación depende de manera directa de los excedentes de agua que permanecen en el río al final de su desarrollo y que son proporcionados por afloramientos que se asocian a las aguas subterráneas que alimenta al rio en esa sección. En los mismos análisis numéricos que se presentan para el caso del Humedal de Piedra Colgada se ha identificado el efecto del uso de estas aguas sobre los recursos hídricos en la estación fluviométrica localizada en la desembocadura del río Copiapó, lo que se muestra en la Figura 1-41 del Adenda N°3. Tal como se observa en esta figura, no existen diferencias apreciables en el caudal de salida hacia el sistema Humedal de Copiapó, lo que da cuenta de un sistema que no sería afectado por el uso de parte de las aguas residuales de Copiapó por parte de Candelaria. En relación al humedal de la desembocadura, la modelación evidencia que no hay efecto del uso de las aguas residuales sobre el aporte del río Copiapó hacia el humedal de la desembocadura. Por otra parte para el Humedal Piedra Colgada, la modelación registra una diferencia, del orden de 5 a 10 m, entre los niveles simulados sin y con el uso de parte de las aguas residuales para el proyecto, sobre el humedal de Piedra Colgada. Sin embargo, el mayor efecto en los últimos años (2010 en adelante) lo causa el movimiento de pozos de agua potable hacia el sector 5. Este efecto es del orden de 20 a 40 m. Finalmente el Titular plantea que, es posible indicar que el mayor efecto detectado en los últimos años (2010 en adelante) sobre los niveles de agua subterránea del Humedal Piedra Colgada, lo causa el movimiento de pozos de agua potable hacia el Sector 5, cuya operación produce un descenso del orden de 20 a 40 m. Por tanto, considera que no hay un efecto significativo por el uso por parte de CCMC sobre el humedal, incluso sin bombeo desde el sector 4 y descarga 163

completa de las aguas residuales de la PTAS al río Copiapó, lo cual no se requiere presentar una evaluación o estudio distinto de los antecedentes aportados, independiente del bombeo del Sector 4. Dado lo anteriormente expuesto, lo cual corresponde a lo medular presentado por el Titular durante el proceso de evaluación, no concuerda con la predicción y evaluación de los impactos que la Dirección General de Aguas, Región de Atacama, y esta Autoridad ha identificado sobre la continuidad del uso de aguas servidas tratadas como abastecimiento de agua fresca para su proceso minero; lo anterior en base a: Las diversas solicitudes realizadas durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar los efectos adversos significativos sobre la cantidad de los recursos hídricos que se dejan de disponer en el acuífero, tal como lo indica el artículo 6 del RSEIA, esta Autoridad en conjunto con los servicios competentes han realizado diversas solicitudes en la materia, donde en lo medular se puede exponer lo siguiente:  En el Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se solicitó realizar el análisis del impacto que significa extender la vida útil por 13 años más del ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ (RCA N°273/2008) lo que implica continuar abasteciéndose de las aguas servidas tratadas provenientes de la PTAS Aguas Chañar, la que contribuye a sostener las diversas áreas de relevancia ambiental (Humedal Piedra Colgada y Humedal Desembocadura río Copiapó).

 En el Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró la necesidad de que el Titular evaluará el impacto asociado a determinar las implicancias sobre el sistema hidrogeológico y ecosistémico del río Copiapó, dada la ausencia de recarga futura por mantener la utilización del agua en plazos mayores a los determinados en la RCA N°273/2008.

 En el Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró la necesidad de evaluar el impacto sobre el sistema hidrogeológico y eco sistémico, dada la sensibilidad y singularidad ambiental del Humedal de Piedra Colgada y que el análisis de impacto sobre el acuífero del río Copiapó debe considerar un escenario con descarga total del caudal efluente generado por la PTAS de Copiapó y otro escenario en donde ese caudal se reduce parcialmente (175 l/s) con motivo del envío de agua a los procesos mineros de Minera Candelaria.  El Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto indicó al Titular que se identificó un impacto significativo sobre la continuidad de utilización de los 175 l/s provenientes de la PTAS sobre la disponibilidad de los recursos hídricos superficiales y subterráneos en los sectores 5 y 6 del acuífero de la cuenca del río Copiapó y sobre los humedales existentes aguas abajo de la descarga del PTAS, y debía indicar las medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos. Al respecto y según lo dispone la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente que establece en su artículo 11, los proyectos que se sometan al SEIA requieren la elaboración de un EIA si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el referido artículo, su literal b) indica que deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta ―efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire‖ (énfasis agregado), de acuerdo a ello, la generación o presencia de uno de estos efectos, características o circunstancias hace necesario que el Titular del proyecto o actividad elabore un EIA, el cual debe considerar las materias contenidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.300. En particular lo indicado en artículo 6) del D.S 95 del 2001, que en lo medular indica: “El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará: n) el volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en: 164

n.2. áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales;…‖ Según los resultados de la modelación hidrogeológica presentada por el Titular en Adenda N°3, los descensos de los niveles freáticos en el área del Humedal de Piedra Colgada son mayores posterior al año 2011, reducciones de cerca de 5 metros del nivel freático, año que coincide con la entrada en funcionamiento del proyecto denominado ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ (RCA N°273/2008) con la que se dejan de descargar 175 l/s al río Copiapó y la extracción de agua desde pozos de la empresa Aguas Chañar para el abastecimiento de la ciudad de Copiapó. Dichos descensos se proyectaron en el tiempo para pozos cercanos al humedal de Piedra Colgada donde en el año de culminación del proyecto en evaluación (2030) la modelación informa que: • Si el proyecto utiliza el efluente de 175 l/s desde la PTAS de Aguas Chañar, en promedio el nivel freático de los pozos descendería en cerca de 25 metros desde la situación actual. • Si el proyecto no utiliza los mencionados 175 l/s, en promedio el nivel freático descenderían en cerca de 18 metros desde la situación actual. Al respecto, La dirección General de Aguas y esta Autoridad considera que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada constituye un “Impacto Significativo” sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de la recarga del río y descensos reconocidos por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 aguas bajo, dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios ―Evaluación Hidrogeológica de la Cuenca del Río Copiapó, con énfasis en la Cuantificación, Dinámica y Calidad Química de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos‖ (SERNAGEOMIN, 2012) y ―Análisis Integrado de Gestión en Cuenca del Río Copiapó, Informe Final – Tomo I‖ (DGA, 2010). Sobre la materia, se hace presente que la Dirección de General de Aguas, Región de Atacama en su oficio Ord. N° 419 de fecha 5 de junio de 2014 indicó lo siguiente: “…del análisis presentado por el Titular es posible indicar que, y tal como este Servicio lo ha planteado durante el presente proceso de evaluación ambiental, existe un efecto de reducción sobre la recarga del sistema hídrico del río Copiapó producto del uso de estos efluentes como fuente abastecimiento de agua fresca para el proyecto minero Candelaria”. A su vez en el oficio Ord. N° 394 de fecha 3 de Julio de 2015, afirmó nuevamente este impacto significativo señalando: “…sobre la base de la revisión de los antecedentes técnicos al efecto, a juicio de este Servicio, el aprovechamiento de las aguas servidas tratadas antes individualizadas, corresponde a una acción que genera directamente un impacto ambiental significativo sobre la componente de hidrogeología de la zona acuífera baja de la Cuenca del Río Copiapó, por cuanto la reducción del caudal efluente de la PTAS de la ciudad de Copiapó, cuya rebaja es equivalente al envío de agua servida tratada hacia el recinto minero Candelaria, genera en consecuencia también una disminución en la componente de recarga del sistema acuífero asociado a los sectores hidrogeológicos N°5/N°6 y por lo tanto, se entiende que la proposición de medidas debe responder a una relación directa a dicho impacto, en ningún caso un ofrecimiento de tipo voluntario”. Así entonces, respecto de las medidas exigidas en este proceso de evaluación para hacerse cargo adecuadamente del Impacto significativo señalado, se presenta una disminución a lo largo de la vida útil de la utilización de estás aguas servidas. El detalle de la medida se puede encontrar en el Capítulo de Medidas de este documento.

6.7 Flora y Vegetación

6.7.1 Etapa de Construcción

a) Impacto: Pérdida de individuos de una especie de flora en categoría de conservación por la construcción del muro de contención fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares.

El impacto de la pérdida de especies con problemas de conservación, se generará por la habilitación de las áreas que se ocuparán para la construcción del muro fase 0 del muro principal de este nuevo depósito, y además por la 165

reubicación de parte de la Ruta C-397. Toda ésta superficie sumará un total aproximado de 40 ha que en la fase de construcción serán ocupadas en forma permanente por el Proyecto.

Este impacto posee un carácter negativo ya que la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques, así como de sus obras auxiliares (habilitación de la zona de carguío, la reubicación de los tramos de la ruta C– 397 y línea eléctrica) implicará la pérdida de algunos ejemplares de una especie con problemas de conservación, a saber P. confinis (Quisco) clasificada como Vulnerable por el D.S. N° 33/2011 (MMA, 2012) y se circunscriben a las áreas donde se ejecutarán las obras y en donde a su vez se encuentran los individuos de la especie P. confinis. En cuanto a la duración, esta se considera de largo plazo por cuanto la pérdida de ejemplares es un efecto permanente, no obstante la manifestación del impacto se desarrollará durante la construcción de estas obras estimada en 18 meses. Este impacto se considera irreversible ya que una vez removido los ejemplares, no es posible su recuperación en el área o sitio de la extracción o destrucción, siendo ocupadas éstas por una instalación permanente en el tiempo. Se considera de intensidad alta dado que la construcción de estas obras significa una remoción completa de la superficie del área en la cual se insertarán, modificando significativamente la situación basal del componente. La relevancia del componente es considerada como alta ya que corresponden a especies con problemas de conservación protegidas por leyes especiales, y conforman poblaciones de bajas densidades. Asimismo, P. confinis posee una distribución muy restringida abarcando desde los cerros del Valle de Copiapó (III Región) hasta la Sierra Hornillos (III Región), especie endémica de la Región de Atacama (Hoffmann & Walter 2004), y las sub- poblaciones registradas al norte de Copiapó se encuentran extintas. De acuerdo a lo anterior este impacto se ha calificado como impacto significativo.

b) Impacto: Pérdida de individuos de especies de flora en categoría de conservación por la construcción del acueducto sector Bodega – Candelaria y Obras Lineales Entre el sector bodega y faena minera de Candelaria se construirá un nuevo acueducto el que estará conformado por una tubería con capacidad para conducir 500 L/s, el que se extenderá de forma paralela a la tubería existente, conformándose como un sistema de respaldo al sistema actual. Este nuevo acueducto ocupará una superficie total aproximada de 30 ha, considerando un ancho de faja de trabajo estimado de 10 metros. La instalación del acueducto involucra la construcción de una zanja de 1,5 m de ancho y 30 km de largo. Para llevar a cabo estas actividades es necesaria la utilización de maquinaria pesada por un período aproximado de 1 año. Por otro lado, respecto a la utilización de caminos para la construcción de Acueducto Bodega-Candelaria, se aclaró en Adenda 1 que el Proyecto utilizará los caminos de acceso ya existentes. Sin perjuicio de ello, en caso de requerir habilitar caminos adicionales a los existentes, se seleccionarán aquellas huellas o sectores que se encuentren evidentemente intervenidos, todos los cuales se encontrarán dentro de la franja de 80 m de ancho donde se realizó el levantamiento de vegetación y flora vascular terrestre el cual permitió registrar la localización de los individuos de especies en categoría de conservación.

Respecto a los individuos en categoría de conservación, presentes en el área de inserción de las obras del Proyecto, conforme a los registros de línea de base, se registró la presencia de las siguientes especies:

Tabla: Especies en categoría de conservación registradas en Obras Lineales del Proyecto

Fuente: Tabla 6-27 del Adenda 1

En el Anexo 23 de este Adenda N°1, se presenta la ubicación y abundancia de los hallazgos de las especies en categoría de conservación registrados en las Obras Lineales del Proyecto.

Dado lo anterior, es posible indicar que el impacto es de carácter negativo ya que la construcción de las obras lineales del Proyecto implicará pérdida de ejemplares de especies clasificados en categoría de conservación. La extensión se considera como puntual, ya que sus efectos son localizados y se circunscriben a las áreas donde sea necesaria la remoción de estos individuos. Cabe señalar que parte importante del acueducto se proyecta adyacente al actual acueducto de Candelaria, y por tanto corresponde a un área intervenida. En cuanto a la duración, ésta se considera un impacto de largo plazo ya que los individuos serán removidos y no podrán repoblar los tramos afectados. El impacto se Especie Acueducto Bodega- Candelaria Líneas de Transmisión Eléctrica Reubicación Ruta C-397 Cumulopuntia sphaerica x Pyrrhocactus confinis x x x Copiapoa megarhiza x Krameria cistoidea x 166

califica como parcialmente reversible dado que, la mayor afectación, en términos de superficie para las obras lineales, corresponde a la construcción del Acueducto Bodega-Candelaria, y sin embargo para esta obra, si bien se realizará una remoción de la superficie para la excavación de la tubería, se espera reponer la primera capa superficial del suelo y con ello, promover la colonización de las especies que originariamente habitaban, tal como se indica en el Anexo 14 del Adenda 3 -Actualización del Plan de Manejo Ambiental para Flora Terrestre del proyecto. En cuanto a la intensidad, esta se califica como media ya que la construcción de las obras lineales implicará la pérdida de individuos de especies en categoría de conservación (consignadas en la normativa vigente y citada por Squeo et al., 2008) lo que implica un cambio parcial en la condición basal del componente. Por otra parte, el impacto se considera como acumulativo ya que se suma a la pérdida de ejemplares de flora terrestre con problemas de conservación que se genera por la construcción y/u operación de otras obras del proyecto (Área Mina), disminuyendo la población de estas especies. En cuanto a la certidumbre, la pérdida de algunos ejemplares de especies en categoría de conservación presenta un nivel de certeza alto, pues será consecuencia directa de la ejecución de las obras. La relevancia de la componente es considerada alta por tratarse de especies clasificadas en alguna categoría de conservación. Por lo anterior este impacto posee calificación de impacto significativo.

c) Impacto: Disminución de actividad biológica de la flora por depositación de material particulado sedimentable (MPS) producto de la construcción de obras e instalaciones en Área Mina y Obras Lineales”

Este impacto corresponde a la disminución de la actividad biológica de la flora, producto de la depositación de material particulado sedimentable (MPS), el cual se generará cuando se desarrollen las actividades asociadas a la construcción de las obras en el Área Mina y Obras lineales, las cuales se detallan en el capítulo 1 del EIA. En general, las medias aritméticas mensuales de MPS de la estación Tierra Amarilla se encuentran por sobre el límite diario establecido por el D.S. N°4 Ministerio de Agricultura (normativa de referencia), como concentración media aritmética mensual. Por su parte, en el sector de Nantoco, esto sólo se produce durante los meses de primavera y verano, respecto de los meses de otoño e invierno, esto es posible atribuirlo a las mayores velocidades del viento que arrastran mayor número de partículas del suelo sin cohesión, además de los menores porcentajes de humedad que estas presentan. De este modo, tal como se indicó en la línea de base del presente EIA (ver Figura 1 del anexo 43 del Adenda 1), en ambos puntos de medición se obtienen referencialmente promedios anuales de concentración de sedimentable mayores a los establecidos por el D.S. Nº4/92 (Ministerio Agricultura), que establece un valor límite de 100 mg/m2/día como concentración media aritmética anual. Sin perjuicio de lo anterior, es importante señalar que, a juicio de experto, la flora de la región está adaptada a recibir depositaciones de material particulado sedimentable, ya que los vientos generan una frecuente dispersión de arena y polvo sobre esta, situación común en las zonas desérticas.

El impacto es de carácter negativo, con la construcción de las obras e instalaciones del Proyecto, se producirá una disminución de la actividad biológica de la flora, lo cual constituye un impacto adverso en el componente, tendrá una duración acotada en el tiempo, de entre 1 a 2 años; el grado de alteración que producirá la disminución de la actividad biológica en la flora, no afectará de manera importante a esta (no provocará la muerte de esta), y se revertirá una vez se produzcan precipitaciones, por tanto volverán a la condición normal del desarrollo de la flora. La ejecución de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como simples, ya que no hay consecuencia en la inducción de nuevos efectos. Posee una certidumbre alta, por cuanto la depositación de material particulado sedimentable sobre la vegetación disminuye la actividad fotosintética de los vegetales y por consiguiente, genera una disminución de la actividad biológica. Se considera que el componente posee una relevancia moderada, debido a que la flora del área evaluada corresponde a un recurso con baja proporción de especies amenazadas (clasificadas en alguna categoría de conservación). Además cabe señalar que, a juicio de experto, la flora que se desarrolla en el área de influencia está adaptada a recibir depositaciones de material particulado sedimentable, ya que los vientos generan una frecuente dispersión de arena y polvo sobre esta. Por lo anterior este impacto se ha calificado como impacto no significativo.

6.7.2 Fase de Operación

a) Impacto: Pérdida de individuos de especies de flora en categoría de conservación por la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques y ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco.

Las superficies totales de los depósitos se indican a continuación: • Nuevo Depósito de Relaves Los Diques : 630 ha • Ampliación Depósito de Estériles Norte y Nantoco: 347 ha

La Tabla siguiente muestra un resumen con la presencia de especies en categoría de conservación, tanto en el nuevo depósito de relaves como en los depósitos de estériles Norte y Nantoco.

167

Tabla: Especies con problemas de conservación en las distintos sectores Especie Nuevo depósito de relaves Los Diques Depósito de estéril Nantoco Depósito de estéril Norte Krameria cistoidea PM PM Pyrrhocactus confinis V V V Pintoa chilensis EP Argylia tomentosa FP(IC) FP(IC) Cistanthe amarantoides IC(V) Nardophyllum lanatum* IC(V) Fuente: Tabla 4.4-60 capítulo 4 del EIA. * Determinadas en alguna categoría de conservación en el documento referencial ―Libro Rojo de la Flora Nativa y Sitios Prioritarios para la Conservación: Región de Atacama (Squeo et al. 2008).

El impacto en evaluación es de carácter negativo ya que existe pérdida de ejemplares de flora terrestre clasificada en categoría de conservación de acuerdo a lo que establece la normativa vigente, como también a lo indicado en el Libro Rojo de la Flora Nativa y Sitios Prioritarios para la Conservación: Región de Atacama (Squeo et al. 2008), alcanzando un total de 6 especies. La duración por su parte se considera de largo plazo ya que una vez removidos los individuos, las áreas de intervención permanecerán indefinidamente ocupadas por las obras del proyecto, sin posibilidad de repoblamiento de la especie. Se considera un impacto irreversible dado que, como se indicó anteriormente, el emplazamiento permanente de las obras en los sitios de ocupación de estos individuos generará la pérdida de estos y no será posible repoblarlo con nuevos ejemplares. Se considera de intensidad media dado que la construcción de estas obras significa una intervención de la superficie del área en la cual se insertarán, modificando la situación basal del componente. Por otra parte, la operación de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como acumulativo, ya que se suma a la pérdida de ejemplares de flora terrestre con problemas de conservación que se genera por la construcción y/u operación de otras obras del proyecto, disminuyendo la población de estas especies. La pérdida de ejemplares de flora terrestre con problemas de conservación presenta un nivel de certeza alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la construcción y operación de las obras. Por último, la relevancia ambiental de este componente es considerada como alta dada la presencia de seis especies con problemas de conservación: Krameria cistoidea (Pacul), Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis, Argylia tomentosa, Cistanthe amarantoides y Nardophyllum lanatum. La primera está clasificada como ―Preocupación menor‖ por el D.S. 42/2011 del MMA, la segunda como ―Vulnerable‖ y la tercera ―En Peligro‖, ambas según el D.S. 33/2012 del MMA; la cuarta como ―Insuficientemente conocida (Fuera de Peligro?)‖ y la dos últimas como ―Insuficientemente Conocida (Vulnerable?)‖ de acuerdo al Libro Rojo de la Flora Nativa y Sitios Prioritarios para la Conservación: Región de Atacama (Squeo et al.2008).

Además la especie Nardophyllum lanatum es nativa, el resto son endémicas a nivel nacional. Especial relevancia tiene Pintoa chilensis, una especie catalogada ―En Peligro‖ cuya distribución se circunscribe solamente a la zona entre Copiapó y Huasco y sus escasas poblaciones tienen un Índice de Reducción Poblacional muy alto (74%). Lo anterior permite asignar a este impacto una calificación de impacto significativo.

b) Impacto: Disminución de actividad biológica de la flora por depositación de material sedimentable (MPS) producto de la operación del Proyecto.

Este impacto corresponde a la disminución de la actividad biológica de la flora, producto de la depositación de material particulado sedimentable (MPS), el cual se generará debido a la continuidad de las operaciones actuales en el Área Mina y extensión de la vida útil del rajo, depósito de estériles y planta de procesos, actividades descritas en el capítulo 1 del EIA. Los valores estimados de MPS a través de la modelación de dispersión de emisiones han determinado que el aporte de MPS por la continuidad operacional del Proyecto, es negativo, es decir, las emisiones de MPS durante la operación del proyecto, serán menores a la situación actual, y además, menores a las emitidas durante la fase de construcción del proyecto, No obstante lo anterior la continuidad de su proyecto, la cual operará hasta el 2030, producirán un impacto debido a la duración del proyecto, pues extiende su operación por 13 años más, aunque estas sean inferiores a las actuales. Sin embargo, también durante el proceso de evaluación el titular ha mencionado que la flora de la región está adaptada a recibir depositaciones de material particulado sedimentable, ya que las condiciones naturales de los ambientes desérticos están fuertemente influenciados por el factor viento el cual genera una frecuente dispersión de arena y polvo sobre la flora. El impacto es de carácter negativo, ya que la operación del Proyecto generará emisiones de MPS, lo cual provocará una disminución de la actividad biológica de la flora, lo cual constituye un impacto adverso en el componente. Se consideró 168

como un impacto a largo plazo, debido a que el impacto se manifestará durante la extensión de la vida útil del Proyecto. Posee una certidumbre alta, por cuanto la depositación de material particulado sedimentable sobre la vegetación disminuye la actividad fotosintética de los vegetales y por consiguiente, genera una disminución de la actividad biológica. Se considera que el componente posee una relevancia moderada, debido a que la flora del área evaluada corresponde a un recurso con baja proporción de especies amenazadas (clasificadas en alguna categoría de conservación). Además cabe señalar que, a juicio de experto, la flora que se desarrolla en el área de influencia está adaptada a recibir depositaciones de material particulado sedimentable, ya que el efecto que producen los vientos, generan una frecuente dispersión de arena y polvo sobre esta. Por todo lo anterior este impacto se ha calificado como no significativo.

6.7.3 Fase de Cierre

a) Impacto: Disminución de actividad biológica de la flora por depositación de material sedimentable (MPS) producto de las actividades de Cierre del Proyecto.

Este impacto corresponde a la disminución de la actividad biológica de la flora, producto de la depositación de material particulado sedimentable (MPS), el cual se generará cuando se realicen las actividades asociadas a la fase de cierre del Proyecto, descritas en el capítulo 1 del EIA. El impacto es de carácter negativo, ya que las actividades que se implementarán durante la fase de cierre del proyecto, generarán una disminución de la actividad biológica de la flora, lo cual constituye un impacto adverso en el componente y tendrá una duración aproximada de 4 años, el grado de alteración que producirá la disminución de la actividad biológica en la flora, no afectará de manera importante a esta (no provocará la muerte de esta), y se revertirá una vez se produzcan precipitaciones, por tanto volverán a la condición normal del desarrollo de la flora. Posee una certidumbre alta, por cuanto la depositación de material particulado sedimentable sobre la vegetación disminuye la actividad fotosintética de los vegetales y por consiguiente, genera una disminución de la actividad biológica. Se considera que el componente posee una relevancia moderada, debido a que la flora del área evaluada corresponde a un recurso con baja proporción de especies amenazadas (clasificadas en alguna categoría de conservación). Además cabe señalar que, a juicio de experto, la flora que se desarrolla en el área de influencia está adaptada a recibir depositaciones de material particulado sedimentable, ya que los vientos generan una frecuente dispersión de arena y polvo sobre esta. Lo anterior permite señalar que este impacto es calificado como no significativo.

6.8 Áreas Protegidas y Sitios Prioritarios

En el área de influencia del proyecto, en las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó no se registras áreas protegidas, la más cercana es la Autodestinación Desierto Florido-Llanos de Travesía y Pajaritos (áreas bajo protección oficial de acuerdo al DEX N° 732 del 6 de Octubre de 2009 del Ministerio de Bienes Nacionales), la cual se encuentra distante a 8,9 km del área de influencia del Proyecto (ver Figura 4-18 del tomo III del Adenda 1). Sin embargo se encuentra el Sitio Prioritario Desierto Florido, que corresponde a un ambiente terrestre, cuya superficie estimada es de 671.665 ha. La ubicación del Nuevo Depósito de Relaves denominado Los Diques, la ampliación del Depósito de Estéril Norte y la Zona de preparación de carguío en el Área Mina, se insertan dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido, además, de 30 Km. aprox. del nuevo acueducto y obras lineales. El Sitio Prioritario Desierto Florido, se ubica a 29 Km al sur de la ciudad de Copiapó, lo atraviesa de norte a sur la carretera panamericana y de ella salen varios caminos (C-451, C- 423, C-390, C-382). De acuerdo a la ―Estrategia Regional de Biodiversidad de la Región de Atacama 2010-2017‖, en esta área se encuentran presentes 241 especies nativas, de las cuales 9 se encuentran en categoría de Conservación, 2 en categoría de En Peligro y 7 en categoría de Vulnerable. El área de influencia del Proyecto y en específico parte de las obras del nuevo depósito de relaves denominado Los Diques y parte de la ampliación del Depósito de Estéril Norte, junto con el nuevo Acueducto (Bodega – Candelaria) y obras lineales, se encuentran dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido. Se afectará el sitio prioritario por la construcción del muro fase 0 del depósito de relaves Los Diques (14,4 ha); construcción del Acueducto Bodega-Candelaria (8,7 ha); construcción de Líneas de Transmisión Eléctrica (87,5 ha); construcción de la reubicación de la Ruta C-397 (26,2 ha); y la operación del Depósito de relaves Los Diques y ampliación del Depósito de Estéril Norte (476 ha).

Respecto de la predicción y evaluación de los impactos realizados por el titular durante todo el proceso de evaluación se tienen los siguientes antecedentes:

6.8.1 Etapa de Construcción

a) Impacto: Afectación del Sitio Prioritario Desierto Florido por construcción del muro de contención fase 0 del depósito de relaves Los Diques. 169

Parte de las áreas proyectadas para la construcción del muro fase 0 del depósito de relaves Los Diques que corresponden a 9,6 ha y para la habilitación de la zona de carguío y preparación de material que corresponden a 4,9 ha (Figura 4-14 del Adenda 1), afectarán una sección de la superficie del Sitio Prioritario Desierto Florido, específicamente el área total a intervenir corresponderán aproximadamente a un 0,0021% de la superficie total del Sitio Prioritario (que corresponde a 671.665 ha). El titular ha indicado además que la superficie de afectación se encuentra en el límite Este del área definida para este Sitio Prioritario, tal como se aprecia en la Figura 4-14, sector que presenta una alta intervención antrópica asociadas a la habilitación caminos (Ruta C-397) y huellas, presencia industria minera, tendidos eléctricos e infraestructura energética, entre otros. La Tabla siguiente muestra el detalle de la superficie de afectación que provocará la construcción del muro fase 0 y la habilitación de la zona preparación y carguío de materiales en el Sitio Prioritario Desierto Florido.

Tabla: Superficie y Porcentaje de afectación de Sitio Prioritario Desierto Florido muro fase 0 del Nuevo Depósito de Relaves Los Diques

Obra/Actividades Superficie en sitio prioritario (ha) Afectación Sitio Prioritario (%) Muro fase 0 9,5 0,0014 Zona de Preparación y Carga 4,9 0,0007 Total 14,4 0,0021 Fuente: Tabla 4-33 tomo III del Adenda 1.

El impacto identificado por el titular corresponde al siguiente: Impacto de carácter negativo dado que se afectará un porcentaje de la superficie destinada a Sitio de Prioritario para la conservación del Desierto Florido, de extensión local ya que la superficie a afectar por la ocupación permanente del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y la habilitación de zona preparación y carga, corresponde a 14,4 ha. Posee una duración de largo plazo debido a que el tiempo en que se prolongará el efecto es permanente, las obras permanecerán en el lugar. Es un impacto irreversible, dado que al término de la vida útil del Proyecto el sector afectado no se recuperará de forma natural, ni tampoco a través de acciones o medidas correctoras. Es de intensidad media debido a que el porcentaje de afectación es marginal y corresponde al 0,0021% de la superficie total del Sitio Prioritario. Corresponde a un impacto acumulativo, ya que la superficie de afectación se incrementa en la medida que aumentan los requerimientos respecto a los ya existentes; también se produce afectación de este sitio prioritario por otras obras del Proyecto, como de otros proyectos geográficamente próximos al área de influencia de éste (respecto a proyectos con RCA, existen 16 de ellos cercanos). Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia moderada dada la condición basal del componente altamente intervenido y porque no constituye un área bajo protección oficial como por ejemplo Reservas, Parques, otros. Lo anterior permite decir que el índice de calificación de impacto es negativo medio, lo que finalmente se traduce en un impacto no significativo.

b) Afectación Sitio Prioritario Desierto Florido por construcción del acueducto Bodega-Candelaria y obras lineales

Este impacto está dado por la construcción del nuevo acueducto Bodega – Candelaria, el que se emplazará mayoritariamente de forma subterránea y para lo cual se contempla la excavación de una zanja de aproximadamente 1,5 m de ancho por 1,5 m de profundidad en la extensión de aproximadamente 30 km. Parte de las áreas proyectadas para la construcción del nuevo acueducto, que corresponden a 8,7 ha afectarán una sección de la superficie del Sitio Prioritario Desierto Florido, específicamente las áreas a intervenir corresponderán aproximadamente a un 0,00019 % de la superficie total del Sitio (que corresponde a 671.665 ha).

El impacto es de carácter negativo dado que se afectará un porcentaje de la superficie destinada a Sitio de Prioritario para la conservación del Desierto Florido, de extensión local ya que la superficie a afectar abarca de 8,7 ha asociadas a la construcción del acueducto. Posee una duración de mediano plazo debido a que el tiempo en que durará la construcción es de más de 2 años y menos de 5 y porque una vez terminadas las actividades de construcción se procurará dejar el área de intervención en iguales o similares características que antes de iniciar las obras. Por lo anterior, es un impacto parcialmente reversible, ya que el nuevo acueducto estará enterrado y se realizarán acciones para reincorporar sobre la zanja, la cobertura de 50 cm de tierra con potenciales semillas, una vez finalizadas las obras de construcción; además, se contempla el rescate y relocalización de cactáceas. Es de intensidad media debido a que el porcentaje de afectación es el 0,0019% de la superficie total del sitio protegido. Corresponde a un impacto acumulativo, ya que la superficie de afectación se incrementa en la medida que aumentan los requerimientos respecto a los ya existentes; también se produce afectación de este sitio prioritario por otras obras del Proyecto, como de otros 170

proyectos geográficamente próximos al área de influencia de éste (respecto a proyectos con RCA, existen 16 de ellos cercanos). Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia moderada dada la condición basal del componente altamente intervenido y porque no constituye un área bajo protección oficial como por ejemplo Reservas, Parques, otros. Lo anterior permite decir que el índice de calificación de impacto es negativo medio-bajo, lo que finalmente se traduce en un impacto no significativo.

6.8.2 Etapa de Operación

a) Afectación Sitio Prioritario Desierto Florido por la operación del depósito de relaves Los Diques y ampliación del depósito de Estéril Norte”

Este impacto está dado por el crecimiento progresivo que tendrá el nuevo depósito de relaves Los Diques y la ampliación del depósito de estéril Norte, donde parte del nuevo depósito de relaves Los Diques (313,6 ha) y parte del depósito de estéril Norte (162,4 ha), se emplazarán dentro en el Sitio Prioritario Desierto Florido. Específicamente, las áreas a intervenir corresponderán aproximadamente 0,074 % de la superficie total del Sitio Prioritario (671.666 ha).

La Tabla siguiente muestra el detalle de la superficie de afectación que provocará el crecimiento operacional del depósito de relaves Los Diques y el depósito de Estériles Norte, en el Sitio Prioritario Desierto Florido, considerando la superficie total de éste.

Tabla: Superficie y Porcentaje de afectación de Sitio Prioritario Desierto Florido por Crecimiento Operacional de depósito de relaves Los Diques y depósito de estéril

Obra Superficie en sitio prioritario (ha) Afectación sitio prioritario (%) Nuevo Depósito de relaves Los Diques 313, 6 0,046 Ampliación del Depósito de Estéril Norte 162,4 0,024 TOTAL 476 0,074 Tabla 4-36 tomo III del Adenda 1

El impacto es de carácter negativo dado que se afectará un porcentaje de la superficie destinada a Sitio Prioritario para la conservación del Desierto Florido, de extensión local ya que la superficie estimada a afectar corresponde a 476 ha circunscritas en un sector menor. Posee una duración de largo plazo debido a que el tiempo en que se prolongará el efecto es permanente. Es un impacto irreversible, dado que al término de la vida útil del Proyecto el sector afectado no se recuperará de forma natural, ni tampoco a través de acciones o medidas correctoras. Es de intensidad baja debido a que el porcentaje de afectación es el 0,074% en relación con la superficie total del Sitio Prioritario. Corresponde a un impacto acumulativo, ya que la superficie de afectación se incrementa en la medida que aumentan los requerimientos respecto a los ya existentes; también se produce afectación de este sitio prioritario por otras obras del Proyecto, como de otros proyectos geográficamente próximos al área de influencia de éste (respecto a proyectos con RCA, existen 16 de ellos cercanos). Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia media dada la condición basal del componente altamente intervenido y porque no corresponde a un sitio protegido oficialmente, como por ejemplo Reservas, Parques, otros. Lo anterior permite decir que el índice de calificación de impacto es negativo medio, lo que finalmente se traduce en un impacto no significativo.

Complementariamente en Adenda 3 el titular presentó en el Anexo 12, un estudio específico sobre ―La Evaluación singularidad y vulnerabilidad ambiental Sitio Prioritario Desierto Florido‖, el cual tuvo por objetivo evaluar la singularidad florística y la vulnerabilidad ambiental del Sitio Prioritario Desierto Florido en las áreas que tiene relación con el Proyecto Candelaria 2030. En dicho informe, se compara el elenco de la flora del Proyecto, analizando, entre otros aspectos, los atributos relevantes de la flora y vegetación que se consideran en la ―Guía de Evaluación Ambiental. Respecto de ese informe, el titular concluye que no existen singularidades de especies de flora (exclusividades) presentes en el área del Proyecto que se inserta en el Sitio Prioritario Desierto Florido y que el Proyecto no contribuye tampoco a la vulnerabilidad del Sitio Prioritario Desierto Florido, señalando que la Vulnerabilidad ambiental evaluada para las áreas del Desierto Florido relacionadas con el Proyecto es baja por cuatro aspectos principales: 171

• La formaciones a afectar presentan bajos porcentajes de cubrimiento de la vegetación, por ende un bajo número de individuos a impactar, o bien porque corresponden a sectores previamente alterados • Baja singularidad de la flora respecto a los niveles superiores de agregación del territorio ya sea administrativo (Sitio Prioritario) como ambientales (subregión, incluso respecto a la formación de vegetación en la que se inserta) • No se afecta en términos poblacionales, a las especies actualmente clasificadas con problemas de conservación, y • El grado de alteración del área es relativamente alto, con un elevado nivel de obras actuales e históricas.

Además menciona que, ya considera medidas ambientales tales como el rescate y relocalización de los individuos a intervenir, además de propagación y plantación de especies en categoría de conservación con lo cual se puede asumir que la afectación de individuos de algunas especies tendrá baja relevancia en la fragilidad del Sitio Prioritario Desierto Florido. Finalmente afirma que, el desarrollo del Proyecto en las áreas en que se relaciona con el Sitio Prioritario, no afectan el nivel actual de funcionamiento del ecosistema Desierto Florido, en su componente Flora y Vegetación, por lo que no existen efectos adversos significativos sobre la biodiversidad biológica que deban ser evaluados según la letra p) del Artículo 6 del RSEIA (DS N° 95/2001).

Dado lo anteriormente expuesto, lo cual corresponde a lo medular presentado por el titular durante el proceso de evaluación, no concuerda con la predicción y evaluación de los impactos sobre el Sitio Prioritario que esta Autoridad ha identificado, lo anterior en base a:

Las diversas solicitudes durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar los efectos adversos significativos sobre la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración tal como lo indica literal p) el artículo 6 del RSEIA, y el literal d) del artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente sobre la ―localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar‖, esta Autoridad en conjunto con los servicios competentes han realizado diversas solicitudes en la materia, donde en lo medular se puede exponer lo siguiente:  El Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, solicitó realizar el análisis del sitio prioritario Desierto Florido considerando los impactos acumulativos y sinérgicos y no sólo las intervenciones de su proyecto, además de reevaluar la intensidad del impacto y la relevancia del mismo.  El Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró la necesidad de que el titular evaluará el impacto asociado a la contribución del proyecto a la vulnerabilidad del Sitio Prioritario con énfasis en la singularidad ambiental de las especies presentes en su catálogo y no sólo en la superficie de intervención.  El Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró entregar un análisis comparativo de singularidad ambiental para el elenco de especies que su proyecto afectará y que se encuentran dentro del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido; dado que la sola comparación de superficies resulta insuficiente para evaluar el impacto a dicha área de conservación; siendo fundamental considerar la riqueza florística comparada considerando la distribución geográfica y situación de amenaza de las especies.  El Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto indicó al titular que se identificó un impacto significativo sobre el ―Sitio Prioritario Desierto Florido‖ en su objeto de protección Flora, y debía indicar que los compromisos propuestos en el proceso de evaluación, corresponden a medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos.

Al respecto y según la misma metodología de matriz de impacto empleada por el titular durante el proceso de evaluación, el valor de Intensidad se configura como alto, en vez de medio lo anterior dado que si sumamos las superficies a intervenir en el Sitio Prioritario en todas las obras que interfieren el Sitio, corresponderían a 612,8 Ha.; valor que el titular ha configurado por separado a cada impacto, señalando que es marginal ante la superficie total del Sitio Prioritario, sin embargo cada nueva intervención -supuestamente marginal- sobre el Sitio prioritario en realidad lo que está determinando es incrementar la pérdida relativa de biodiversidad y cualquier nueva afectación al Sitio Prioritario debe considerar los efectos acumulativos y sinérgicos y no efectuar el análisis como si sólo este proyecto estuviera interviniendo, razón por la cual el titular debió considerar que el sitio Prioritario Desierto Florido ya no cuenta con la superficie original (671.665 ha.) identificando las intervenciones existentes y posteriormente evaluar el impacto.

Con relación a la Relevancia el titular mantuvo como moderado el valor del impacto en vez de alto, dada la condición basal del componente altamente intervenido, además de no constituir un área bajo protección oficial como por ejemplo Reservas, Parques u otros. Sin embargo el que debió haber utilizado el Titular según la evaluación de esta Autoridad corresponde a un valor alto, pues la relevancia del Sitio, es el fenómeno ―Desierto Florido‖ que se 172

manifiesta cada cierto tiempo bajo condiciones de precipitaciones y temperatura, generando la germinación de semillas y bulbos que han estado en periodos de latencia y que constituyen áreas de valor ambiental para la conservación de la biodiversidad por distinguir, entre otros aspectos, un hábitat de especies amenazadas, mismas especies que se encuentran en categoría de conservación Vulnerable y que la magnitud y duración del presente proyecto, por la construcción y operación de las obras durante 13 años más, sumando a la intervención de una superficie total de alrededor de 612,8 Ha., las que representan un aumento sobre la superficie a impactar al interior del Sitio Prioritario por toda la vida útil del proyecto poseen un alto valor. Complementariamente, en obras como los depósitos y muro, el tiempo en que se prolongará el efecto es permanente, lo que se traduce en una nueva intervención sobre el Sitio Prioritario, incrementando la pérdida relativa de biodiversidad. A su vez, en relación a las cactáceas, que son objeto de protección del Sitio Prioritario Desierto Florido, especies con singularidad ambiental, según lo establece la guía de evaluación de la CONAF 2012, dada su categoría de conservación y endémicas, y considerando la propia información presentada por el Titular durante el proceso de evaluación, en donde para la especie C. megarhiza se detectaron alrededor de 11 grupos de individuos, la mayoría de ellos asociados a la obra lineal acueducto y todos ellos dentro de los límites del Sitio prioritario, y para la especie P. confinis, de la cual se detectaron más de 30 grupos de individuos, de los cuales 17 están asociados a las obras lineales y obras areales del proyecto, se puede inferir que de los grupos identificados, el número de individuos asociados a las áreas en donde se desarrollarán obras del proyecto, al interior del Sitio Prioritario, corresponde a un total de 544 individuos de C. megarhizalos que fueron detectados a lo largo del acueducto y en el caso de P. confinis, se detectaron un total de 98 individuos correspondientes al Botadero Norte, caminos de la línea de transmisión eléctrica y acueducto. Se agrega además lo expresado por el Servicio Competente, CONAF, Región de Atacama en su oficio Ord N°82- EA/2015 del 2 de julio de 2015, en donde señaló en lo medular que, “la evaluación para el establecimiento de la singularidad ambiental, debió ser evaluada según los criterios que se establecen en la Guía de Evaluación Ambiental de CONAF del año 2012, dado que la Guía del Año 2014 utilizada por el Titular indica sólo 11 criterios, eliminando justamente los criterios de flora que debieron considerarse. Sin embargo si se revisan tan sólo los criterios 6º, 8º y 9º de la Guía de Evaluación Ambiental 2012, se podrá constatar que la sola presencia de individuos a ser afectados de las dos cactáceas (Copiapoa megarhiza y Pyrrhoccatus confinis) determina la existencia de singularidad ambiental. En esta perspectiva y habiendo aclarado nuevamente el error en que incurre el Proponente al confundir ambas Guías de Evaluación Ambiental de CONAF, esta institución reafirma que el proyecto genera impactos significativos al Sitio Prioritario Desierto Florido”,

Por lo anteriormente expuesto y dada las singularidades florísticas presentes, la categoría de conservación de ellas, y a la relevante distribución de las especies de flora en categoría de conservación vulnerable del Sector del Sitio Prioritario a intervenir, objeto de proyección del mismo, se logra configurar la existencia de impacto significativo sobre el Sitio Prioritario Desierto florido, dado el valor ambiental de este territorio. A mayor abundamiento el sitio prioritario para la conservación ―Sitio Prioritario Desierto Florido‖, está inserto en el listado de Sitios Prioritarios para la Conservación de Instructivo Of. Ord. D.E. N° 100143, de fecha 15 de noviembre de 2010, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental para la correcta aplicación del literal d) del artículo 11 de la Ley N°19.300, además, dado su valor ambiental se encuentra dentro de la ―Estrategia Nacional de Biodiversidad del año 2003‖ y la ―Estrategia y Plan de Acción Para la Conservación y uso Sustentable de la Biodiversidad de Atacama para el periodo 2010-2017‖, por lo que aunque no corresponde a un territorio como por ejemplo Reservas, Parques, u otros, sí debe ser considerado para evaluar los efectos significativos del literal d) del art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente.

6.9 Fauna

6.9.1 Etapa de Construcción

a) Impacto: Pérdida de hábitat de fauna terrestre por la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares. Este impacto corresponde a la pérdida permanente de ambientes para la fauna terrestre en las áreas afectadas por las actividades de carácter permanente del Proyecto. Las fuentes de impacto consideradas para esta etapa y sector son: la habilitación de las áreas para la construcción del muro fase 0 del depósito de relaves Los Diques y sus obras auxiliares, incluida la reubicación parcial de las líneas de transmisión; y la reubicación parcial de la Ruta C-397. Esta última considera actividades de preparación del terreno y escarpe, nivelación de la superficie, movimientos de tierra (excavaciones en roca y material común), conformación de terraplenes, compactación de la superficie y la aplicación de un acondicionador de la superficie. El carácter del impacto es negativo, ya que la construcción del muro y obras auxiliares significa una pérdida de ambientes que actualmente son hábitats para la fauna terrestre. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos son localizados y se circunscriben a las áreas donde se ejecutarán las obras y en donde se constituya hábitats 173

de fauna terrestre nativa. En cuanto a la duración, esta se considera de largo plazo por cuanto la pérdida de hábitat es un efecto permanente, no obstante la manifestación del impacto se desarrollará durante la construcción de estas obras estimada en 2 años. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que las consecuencias que se generan por la construcción de estas obras son permanentes, en términos de disponibilidad de hábitat para la fauna terrestre. La construcción de estas obras significa una alteración del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal y por lo tanto se considera de intensidad alta. Este impacto se considera simple ya que la afectacióin del hábitat se acota al área intervenir. La pérdida de hábitat para la fauna de vertebrados terrestres presenta un nivel de certeza alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la construcción de las obras. La relevancia de este componente es considerada como moderada, ya que si bien es cierto que la disponibilidad de hábitats es un factor importante en la mantención de las poblaciones, este recurso (hábitat) no es un factor limitante en esta zona, considerando además que le titular ha indicado en Adenda 1 que la superficie a impactar en esta fase de construcción sólo serán 30 ha. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio, lo que se traduce en un impacto no significativo.

b) Impacto: Pérdida de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares

Este impacto corresponde a la pérdida de ejemplares de fauna terrestre en categoría de conservación que se encuentra en las áreas afectadas por las actividades de carácter permanente del Proyecto, así como a su desplazamiento hacia zonas aledañas debido al aumento de actividades propias de la construcción. Específicamente, este impacto se genera por la habilitación de las áreas para la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves y obras auxiliares, incluida la reubicación parcial de las líneas de transmisión eléctrica; y la reubicación parcial de la Ruta C-397. La presencia de dos especies de reptiles, en categoría de conservación, en esta área es relevante ya que ambas son endémicas. Estas especies además presentan además una reducida capacidad de movilidad o desplazamiento, con períodos de actividad diurna de corta duración (ectotermia). La distribución geográfica de C. maculatus abarca desde Paposo a Cauquenes, mientras que L. velosoi tiene una distribución muy restringida en esta Región. Presentan un ámbito de hogar reducido que no supera las dos hectáreas. En esta zona, presentan bajas densidades, ocupan ambientes xéricos. Se detectaron evidencia de su presencia en toda el área del depósito de relaves. Respecto a L. griceus, es una especie de gran movilidad y con una distribución geográfica amplia en ambas laderas de la Cordillera de Los Andes desde el sur del Perú hasta Tierra del Fuego. El carácter del impacto es negativo, ya que la construcción del muro y de las obras auxiliares significa una pérdida y/o desplazamiento de ejemplares de especies con problemas de conservación, especialmente aquellas de baja movilidad como Callopistes maculatus y Liolaemus velosoi. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos se circunscriben a las áreas en las cuales se ejecutan las obras. Aunque los plazos de construcción alcanzan los 2 años, sus efectos serán permanentes, por lo que se considera como un impacto de largo plazo. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que implica la pérdida de ejemplares de fauna terrestre con problemas de conservación. La construcción de estas obras significa una alteración completa del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal, este impacto se considera de una intensidad alta sobre la fauna con problemas de conservación. La ejecución de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como simples, ya que la pérdida de ejemplares de fauna terrestre con problemas de conservación se acota al área a intervenir. La pérdida de ejemplares de fauna de vertebrados terrestres con problemas de conservación presenta un nivel de certeza alta, debido a que los individuos de fauna identificados tienen bajo nivel de desplazamiento y movilidad que no les permitirá huir de las áreas de afectación. La relevancia de este componente es considerada alta, por la presencia de tres especies con problemas de conservación, especialmente las dos especies de reptiles. Especial importancia reviste la presencia de C. palluma ya que es una especie endémica, catalogada como Vulnerable y se encuentra distribuida entre Paposo y Cauquenes, con abundancias muy bajas. Por su parte, L. velosoi presenta una distribución muy restringida en esta Región. La presencia de L. griceus no es tan relevante en la ponderación del impacto ya que es una especie de gran movilidad y su distribución geográfica es amplia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio alto, considerado un impacto significativo.

c) Impacto: Pérdida de individuos de especies de fauna terrestre nativas por la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares.

El carácter es negativo, ya que la construcción del muro y de las obras auxiliares significa una pérdida y/o desplazamiento de ejemplares de especies nativas indicadas en la línea de base de este documento. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos se circunscriben a las áreas en las cuales se ejecutan las obras. Aunque los plazos de construcción alcanzan los 2 años, sus efectos serán permanentes, por lo que se considera como un impacto de largo plazo. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que implica la pérdida de ejemplares de fauna terrestre nativa. La construcción de estas obras significa una alteración completa del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal, este impacto se considera de una intensidad alta sobre la fauna 174

nativa. La ejecución de estas obras presentan efectos que pueden ser considerados como simples, ya que la pérdida de ejemplares de fauna terrestre nativa se acota al área a intervenir. La pérdida de ejemplares de fauna de vertebrados terrestres nativa presenta un nivel de certeza moderada, debido a que son de alta movilidad y reaccionan rápidamente ante algún estimulo. Por otro lado, estará absolutamente prohibida la caza o dar muerte a cualquier tipo de fauna terrestre. Conforme a lo anterior, es probable que durante las obras no se genere la muerte de estos individuos. La relevancia de este componente es considerada media, por la presencia de especies nativas de alta distribución, baja abundancia encontrada en la línea base y que además no están en categoría de conservación. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que implica un impacto no significativo.

d) Impacto: Afectación de la fauna en categoría de conservación por el aumento de los niveles de ruido generadas durante la construcción de las obras del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares.

Este impacto corresponde a la perturbación temporal sobre la fauna terrestre provocada por el aumento en los niveles de ruido. Las fuentes de impacto consideradas para esta fase y sector son: el uso de maquinaria de las áreas para la construcción del muro fase 0 del depósito de relaves Los Diques y sus obras auxiliares, y la ejecución de tronaduras necesarias para la reubicación de dos tramos de la Ruta C-397.

El aumento hasta cierto nivel de los niveles de ruido, conforme a los registrados disponibles en la literatura especializada, produce daños en el órgano auditivo, cambios fisiológicos y alteraciones del comportamiento de los animales. No obstante la manifestación de estos efectos y su grado o magnitud dependerá del tipo y características de fauna de que se trata (especie, edad, sexo), entre otros factores externos (exposición previa del animal o grado de habituación, el nivel de ruido provocado por la fuente y el espectro de frecuencia).

Respecto al método empleado para evaluar la existencia de este impacto, se consideró lo señalado en la Guía de Evaluación Ambiental del Componente Fauna Silvestre publicada por el Servicio Agrícola y Ganadero en el año 2012 y que recomienda utilizar como referencia la norma ―Effects of Noise on Wildlife and Other Animals‖, de la EPA (United States Environmental Protection Agency). Al respecto esta norma establece como umbral máximo 85 (dB) bajo los cuales no se produciría o generarían efectos sobre la fauna silvestre. Por esta misma razón, no se consideró el ruido de las fuentes móviles debido a que sus niveles de emisión son bajos con respecto al máximo permitido que exige la norma de referencia y en ningún caso generarán niveles por sobre los 85 dB.

Para los efectos de la evaluación se identificaron 12 puntos o sitios de interés seleccionados (puntos del 1 al 11 y 19, Ver Figura 4.4-20 del capítulo 4 del EIA) porque en éstos se registran madrigueras de la especie iguana chilena (Callopistes maculatus) de acuerdo al estudio de fauna de la línea de base y además porque en dichos sectores son cercanos a las áreas de ejecución de aquellas obras con mayor presencia de fuentes de generación de ruido, como lo son la construcción del muro y la reubicación de la ruta C-397.

Ahora bien, para concluir respecto a si los niveles de ruido generados por el Proyecto se perciben en cada uno de los 12 puntos evaluados bajo el umbral de los 85 dB, se realizó una modelación cuyo resultado, a través de un mapa de preparación de ruido, arrojo que en todos los puntos los niveles percibidos serán menores al límite máximo referencial. Los datos de entrada del modelo correspondientes principalmente a las potencias acústicas de la maquinaría y tronadura son los mismos que los utilizados para la evaluación de cumplimiento del D.S 38/2011 para la fase de construcción en el Área Mina. Los resultados de esta modelación se indican en las tablas 4.4-67 y 4.4-68 del capítulo 4 del EIA.

Complementando lo anterior en Adenda 1 el titular presentó información recopilada a través de estudios científicos disponibles, donde se detalla los niveles de ruido, según especie, en los cuales los animales sufren daños de algún tipo que son; Mamíferos: 90 [dB], Roedores: 85 - 105 [dB], Aves : 85 [dB], Reptiles: 95 [dB] (para más detalle en las tablas 6-41, 6-42, 6-43 y 6-44 del Tomo V del Adenda 1 se muestran el tipo de daño que pueden sufrir estas especies).

Este impacto posee un carácter negativo ya que la afectación a la fauna implica un detrimento en la calidad de los recursos naturales que conforman el área. Posee una extensión local, ya que el ruido que genera la fuente generadora, se propaga más allá del entorno inmediato, pero en un radio menor a la superficie de una comuna o subcuenca. La duración se considera de mediano plazo, dado que conforme a los resultados del mapa de propagación de ruido, las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados (menor a 85 (dB)), por lo tanto cualquier afectación se considera que tendrá una magnitud menor y que permanecerá en un rango de tiempo menor de 5 años. Cabe señalar que la fuente de generación de ruido perdurará el tiempo de construcción de las obras, estimándose en 2 años y para el caso particular del traslado de la ruta, menor a 6 meses. En cuanto a la reversibilidad 175

el impacto se considera reversible, con intensidad baja. Ello puesto que como se mencionó las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados (menor a 85 (dB)) y por lo tanto no se prevé un cambio significativo en el nivel basal, siendo entonces la afectación, en la mayoría de los casos reversible una vez cesada las actividades de construcción. Se considera acumulativo puesto que la afectación sobre un individuo de fauna por ruido se adiciona a la afectación por actividades propias de construcción. Por otra parte este impacto tiene certidumbre media por cuanto no es posible establecer si la afectación sobre la fauna se manifestará, dado que los resultados del informe señalan que el Proyecto cumplirá con los niveles máximos de referencia. Por último, la relevancia se estima como alta, ya que se trata de individuos de especies en categoría de conservación. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, impacto no significativo.

e) Pérdida de hábitat de fauna terrestre por la construcción del acueducto sector Bodega - Candelaria

La instalación del acueducto involucra la construcción de una zanja de 1,5 m de ancho y 30 km de largo, más los caminos o accesos necesarios para su habilitación. Para llevar a cabo estas actividades será necesaria la utilización de maquinaria pesada por un período de 18 meses. Lo anterior significa la pérdida de la vegetación en todas las áreas definidas anteriormente, lo cual se traduce en una disminución de la disponibilidad de hábitats para la fauna de vertebrados terrestres.

El carácter es negativo, ya que la construcción del acueducto significa una pérdida ambientes que actualmente son hábitats potenciales para la fauna terrestre. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos se circunscriben a las áreas en las cuales se ejecutarán las obras. La destrucción del hábitats se considera de duración corta por cuanto una vez terminadas las obras de instalación de la tubería, se prevé que en un corto plazo estas áreas sean nuevamente ocupadas por la fauna. Los efectos de estas obras se consideran parcialmente reversibles ya que hay tramos del trazado en los cuales se restituirán gran parte de las condiciones originales del sistema, en términos de disponibilidad de hábitat para la fauna terrestre. Se considera una intensidad moderada, por cuanto gran parte de este trazado se desarrolla adyacente al actual acueducto Candelaria y por tanto en un área medianamente intervenida. La ejecución de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como simple, ya que la pérdida de hábitats se acota al área a intervenir directamente por las obras. La pérdida de hábitat para la fauna de vertebrados terrestres presenta un nivel de certeza alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la remoción y despeje de la superficie del suelo, previo a construcción de las obras. La relevancia de este componente es considerada como moderada, ya que si bien es cierto que la disponibilidad de hábitats es un factor importante en la mantención de las poblaciones, las formaciones vegetacionales afectadas por las obras ocupan grandes superficies en la zona, proporcionando disponibilidad de hábitat a la fauna terrestre. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un impacto no significativo.

f) Impacto: Pérdida o afectación de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por la construcción del acueducto sector Bodega - Candelaria

La instalación del acueducto involucra la construcción de una zanja de 1,5 m de ancho y 30 km de largo, más los caminos y accesos necesarios para ejecutarlos. Para llevar a cabo estas actividades es necesaria la utilización de maquinaria pesada, las cuales se extienden por un período de menos de 2 años. Este impacto corresponde a la pérdida de ejemplares de fauna terrestre en categoría de conservación que se encuentra en las áreas afectadas por las actividades de carácter permanente del Proyecto, así como al desplazamiento hacia zonas aledañas de los ejemplares debido a las actividades propias de la construcción.

De acuerdo a los resultados de la Línea de Base, en las zonas prospectadas se detectó la presencia de dos especies de vertebrados terrestres en algún estado de conservación, considerando la clasificación de especies del Reglamento de la Ley de Caza (D.S. N° 5/98 MINAGRI), correspondiendo éstas a Callopistes maculatus (Iguana Chilena) y Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso). Por otra parte, de acuerdo a D.S. 33/2011del Ministerio del Medio Ambiente, solo una especie, Lycalopex griseus (Zorro chilla), se encuentra incorporada en alguno de los listados correspondientes (D.S. 33/2011).

Este impacto posee un carácter negativo ya que la construcción del acueducto significa una pérdida de ejemplares de fauna terrestre en categoría de conservación. La extensión se considera como un impacto local, ya que sus efectos se circunscriben a las áreas en las cuales se ejecutan las obras. La duración de este impacto es de mediano plazo por cuanto, si bien habrá una pérdida de individuos, se espera que una vez terminada la fase de construcción, y repuesta la primera capa de suelo, se favorezca la colonización paulatina del área con nuevos individuos de fauna terrestre. Se considera que es irreversible por cuanto, se genera una pérdida de individuos, la que no es reversible. En cuanto a la intensidad, se considera como media, ya que la construcción de estas obras se llevará a cabo principalmente adyacente al actual acueducto Candelaria y por lo tanto en áreas ya intervenidas. La ejecución de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como simples. La pérdida de ejemplares de fauna de vertebrados terrestres con 176

problemas de conservación presenta un nivel de certeza alta, debido a que los individuos de fauna identificados tienen bajo nivel de movilidad y desplazamiento. Por otro lado, estará absolutamente prohibida la caza o dar muerte a cualquier tipo de fauna terrestre nativa. Conforme a lo anterior, es probable que durante las obras no se efectúe la muerte de estos individuos. La relevancia de este componente es considerada como alta por la presencia de tres especies con problemas de conservación, especialmente las dos especies de reptiles. Especial importancia reviste la presencia de las dos especies de reptiles. C. maculatus es una especie endémica, catalogada como Vulnerable y se encuentra distribuida entre Paposo y Cauquenes, con abundancias muy bajas. La especie L. velosoi es endémica, catalogada como Rara y tiene una distribución muy restringida en la Región. Por su parte, la presencia de L. griseus no es tan relevante en la ponderación del impacto ya que es una especie de gran movilidad y su distribución geográfica es amplia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio-alto, generándose un impacto significativo.

g) Impacto: Afectación de la fauna silvestre por el aumento de los niveles de ruido generadas durante la construcción del acueducto sector Bodega - Candelaria

Este impacto corresponde a la perturbación temporal sobre la fauna terrestre provocada por el aumento en los niveles de ruido. Las fuentes de impacto consideradas para esta fase y sector corresponden principalmente a las maquinarias e instalaciones utilizadas en los distintos frentes de trabajo que incluyen; retroexcavadora, cargador frontal, grúa y camión tolva. Respecto al Área Obras Lineales, área que incluye la nueva tubería de conducción de agua entre el sector denominado Bodega y el Área Mina, si bien corresponde a un sector altamente intervenido por la acción antrópica es posible indicar que los estudios de Línea Base realizado indica la presencia de 10 especies de vertebrados terrestres. La riqueza encontrada estuvo compuesta de dos (2) especies de reptiles, cuatro (4) de aves y cuatro (4) especies de mamíferos, donde sólo una especie es introducida el resto todas nativas y algunas endémicas. Respecto al método empleado para evaluar la existencia de este impacto, se consideró lo señalado en la Guía de Evaluación Ambiental del Componente Fauna Silvestre publicada por el Servicio Agrícola y Ganadero en el año 2012 y que recomienda utilizar como referencia la norma ―Effects of Noise on Wildlife and Other Animals‖, de la EPA (United States Environmental Protection Agency). Al respecto esta norma establece como umbral máximo 85 (dB) bajo los cuales no se produciría o generarían efectos sobre la fauna silvestre. Por esta misma razón, no se consideró el ruido de las fuentes móviles debido a que sus niveles de emisión son bajos con respecto al máximo permitido que exige la norma de referencia y en ningún caso generarán niveles por sobre los 85 dB. Complementando lo anterior en Adenda 1 el titular presentó información recopilada a través de estudios científicos disponibles, donde se detalla los niveles de ruido, según especie, en los cuales los animales sufren daños de algún tipo que son; Mamíferos: 90 [dB], Roedores: 85 - 105 [dB], Aves : 85 [dB], Reptiles: 95 [dB] (para más detalle en las tablas 6-41, 6-42, 6-43 y 6-44 del Tomo V del Adenda 1 se muestran el tipo de daño que pueden sufrir estas especies).

Para los efectos de la evaluación se identificó un (1) punto de interés a lo largo del trazado del acueducto (ver Figura 4.4-21 del capítulo 4 del EIA) donde se registró la existencia de una madriguera de la especie iguana chilena (Callopistes maculatus) de acuerdo al estudio de fauna de la línea de base, donde se consideró una potencia de 110,5 Lw que correponde a la maquinaria que emite mayor potencia acústica (Camión Tolva). Considerando esta potencia y una distancia de 30 m a la madriguera registrada se obtiene un valor de 73 dB, el cual se encuentra por debajo de la norma de referencia.

Este impacto posee un carácter negativo ya que la afectación a la fauna implica un detrimento en la calidad de los recursos naturales que conforman el área. Posee una extensión local, ya que el ruido que genera la fuente generadora, se propaga más allá del entorno inmediato, pero en un radio menor a la superficie de una comuna o subcuenca. La duración se considera de mediano plazo, dado que conforme a los resultados del mapa de propagación de ruido, las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados (menor a 85 dB), por lo tanto cualquier afectación se considera que tendrá una magnitud menor y que permanecerá en un rango de tiempo menor de 5 años. Cabe señalar que la fuente de generación de ruido perdurará el tiempo de construcción de las obras en particular del avance del frente constructivo. En cuanto a la reversibilidad el impacto se considera reversible, con intensidad baja. Ello puesto que como se mencionó las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados (menor a 85 (dB)) y por lo tanto no se prevé un cambio significativo en el nivel basal, siendo entonces la afectación, en la mayoría de los casos reversible una vez cesada las actividades de construcción. Se considera acumulativo. Por otra parte este impacto tiene certidumbre media por cuanto no es posible establecer si la afectación sobre la fauna se manifestará, dado que los resultados del informe señalan que el Proyecto cumplirá con los niveles máximos de referencia. Por último, la relevancia se estima como alta, ya que se trata de individuos de especies en categoría de conservación. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se califica como un impacto no significativo.

6.9.2 Etapa de Operación 177

a) Impacto: Pérdida de hábitat de fauna terrestre en categoría de conservación por nuevo depósito de relaves Los Diques y ampliación de los Depósitos de Estériles Norte y Nantoco

La pérdida de hábitat de fauna terrestre se generará producto de las actividades propias de la operación de la actividad minera, en las cuales se intervendrán de forma permanente superficies de terreno. La intervención del terreno se producirá debido a las siguientes actividades: • Explotación del rajo: para dar continuidad operacional a la operación minera se considera una ampliación de la superficie del rajo, lo cual involucra la intervención de 9,5 ha adicionales. • Disposición de estéril: se requiere aumentar la capacidad de almacenamiento de estéril, por lo cual se ampliará la capacidad de los depósitos Norte y Nantoco, abarcando una superficie adicional de aproximadamente 376 ha, entre ambos. • Depósito de relaves Los Diques: se considera un nuevo depósito de relaves, empleando una superficie de 690 ha.

El carácter es negativo, ya que las actividades de operación minera descritas significan una pérdida de ambientes que actualmente son hábitats para la fauna terrestre. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos se circunscriben a las áreas donde se ejecutarán las obras y en donde se constituya hábitats de fauna terrestre nativa. En cuanto a la duración, esta se considera de largo plazo por cuanto la pérdida de hábitats será de efecto permanente. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que las consecuencias que se generan son permanentes, en términos de disponibilidad de hábitat para la fauna terrestre. La construcción de estas obras significa una alteración del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal y por lo tanto se considera de intensidad alta. Este impacto se considera acumulativo ya que la ejecución de estas obras presenta efectos, correspondiente a la disminución de los hábitats de fauna nativa terrestre, que se incrementa en la medida que se ocupan permanentemente nuevas áreas que constituyen hábitats. La pérdida de hábitat para la fauna de vertebrados terrestres presenta un nivel de certidumbre alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la construcción de las obras. La relevancia ambiental de este componente es considerada como alta, ya que se pierde una superficie importante de hábitats para las especies en categoría de conservación de baja movilidad que se encuentran en la zona de impacto. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo alto, lo que se traduce en un impacto significativo.

b) Impacto: Pérdida de hábitat de fauna terrestre nativa por nuevo Depósito de Relaves Los Diques y ampliación de los Depósitos de Estériles Norte y Nantoco.

De las especies de fauna nativa, que no se encuentran en categoría de conservación, el titular indicó en Adenda 1 que, la riqueza es escasa, y que corresponden a aves y mamíferos nativos. En relación a las aves, generalmente este tipo de proyecto no genera impacto en ellas debido a que son de amplia distribución, por lo tanto tienen una alta oferta de hábitats. En relación a los mamíferos, el zorro chilla tiene un ámbito de hogar amplio y se moviliza continuamente en busca de alimento. El impacto para estas aves y mamífero podría producirse en la época de reproducción y cría, pero es importante señalar que este impacto se produce en la etapa de operación y que se caracteriza por una intervención gradual que genera un desplazamiento natural de este tipo de especies. El impacto podría producirse en los micromamíferos, en este caso Phyllotis darwini, por ser una especie de baja movilidad. El impacto es de carácter negativo, ya que las actividades de operación minera descritas significan una pérdida de ambientes que actualmente son hábitats para la fauna terrestre. Se considera como un impacto local, ya que sus efectos son localizados y se circunscriben a las áreas donde se ejecutarán las obras y en donde se constituya hábitats de fauna terrestre nativa. En cuanto a la duración, esta se considera de largo plazo por cuanto la pérdida de hábitats será de efecto permanente. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que las consecuencias que se generan son permanentes, en términos de disponibilidad de hábitat para la fauna terrestre. La construcción de estas obras significa una alteración del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal y por lo tanto se considera de intensidad alta. Este impacto se considera acumulativo ya que la ejecución de estas obras presenta efectos, correspondiente a la disminución de los hábitats de fauna nativa terrestre, que se incrementa en la medida que se ocupan permanentemente nuevas áreas que constituyen hábitats. La pérdida de hábitat para la fauna de vertebrados terrestres presenta un nivel de certeza alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la construcción de las obras. La relevancia de este componente es considerada como baja, ya que si bien es cierto se pierde una superficie importante de hábitats para las especies, el recurso (hábitat) no es un factor limitante. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio-bajo, lo que se traduce en un impacto no significativo.

c) Impacto: Pérdida de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por nuevo Depósito de Relaves Los Diques y ampliación de los Depósitos de Estériles Norte y Nantoco

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Este impacto corresponde a la eventual pérdida de algunos ejemplares de fauna terrestre en categoría de conservación que se encuentran en las áreas afectadas por las actividades permanentes del Proyecto, particularmente por el crecimiento progresivo del nuevo depósito de relaves Los Diques, y la ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco. Es importante tomar en consideración que el crecimiento en superficie de ambos tipos de depósitos es paulatino y por tanto, el incremento de la superficie intervenida se asocia al proceso lento de extensión de dichos depósitos. La baja velocidad en el incremento de la superficie ocupada, favorece que los ejemplares de fauna puedan desplazarse, alejándose de los frentes de trabajo. Para el caso de las aves y de L. griseus, el aumento en la superficie de los depósitos no constituye mayores problemas, dada su mayor capacidad de desplazamiento y/o movilidad. Las superficies totales que se ocuparán se indican a continuación: • Nuevo depósito de relaves Los Diques : 690 ha • Ampliación depósito de estériles Norte y Nantoco: 347 ha El carácter de este impacto es negativo, ya que la operación y crecimiento de los depósitos significa la pérdida de algunos ejemplares de vertebrados terrestres con problemas de conservación, especialmente aquellos que presentan una baja capacidad de desplazamiento. Se considera como un impacto local, ya que se circunscribe a las áreas sobre las cuales operarán los depósitos. La duración de la etapa de operación del depósito de relaves Los Diques, así como de los depósitos de estéril Norte y Nantoco es mayor a 5 años, por lo que se considera un impacto de largo plazo. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles pues involucra la muerte de algunos ejemplares sobre áreas que no podrán ser restituidas. La operación del depósito de relaves Los Diques, así como de los depósitos de estéril Norte y Nantoco significa una alteración completa del área en la cual se llevarán a cabo, debido a que modifica por completo su situación basal, siendo este impacto de intensidad alta. La operación de estas obras presenta efectos que pueden ser considerados como acumulativos, ya que se suma a la pérdida de ejemplares de fauna terrestre con problemas de conservación que se genera por la construcción y operación. La pérdida de ejemplares de fauna de vertebrados terrestres con problemas de conservación presenta un nivel de certeza alta debido a que los individuos de fauna identificados en esta obra areal tienen bajo nivel de desplazamiento y movilidad que no les permitirá huir de las áreas de afectación. Por otro lado, estará absolutamente prohibida la caza o dar muerte a cualquier tipo de fauna terrestre nativa. Conforme a lo anterior, es probable que durante las obras se pudiera producir la muerte de algún individuo. La relevancia de este componente es considerada alta por la presencia de tres especies con problemas de conservación, especialmente las dos especies de reptiles. Al respecto C. maculatus es una especie endémica, catalogada como Vulnerable y se encuentra distribuida entre Paposo y Cauquenes, con abundancias muy bajas. L. velosoi es también una especie endémica, catalogada como Rara y tiene una distribución muy restringida en la Región. El caso de L. griseus no es tan relevante en la ponderación del impacto ya que es una especie de gran movilidad y su distribución geográfica es amplia. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo alto, lo que se traduce en un impacto significativo. En cuanto a él impacto de todas las especies y no solo a las que se encuentran en categoría de conservación, el titular indicó en Adenda 1 que, la riqueza es escasa, y que corresponden a aves y mamíferos nativos. En relación a las aves, generalmente este tipo de proyecto no genera impacto en ellas ya que tienden a desplazarse en caso de advertir algún peligro. En relación a los mamíferos, el zorro chilla tiene un ámbito de hogar amplio y se moviliza continuamente en busca de alimento y se desplaza en caso de detectar peligro. Por lo tanto, no existirá impacto durante la operación en estas especies nativas.

d) Impacto: Potencial afectación de la fauna silvestre por continuidad de los niveles de ruido de la operación actual

Este impacto a la potencial afectación de la fauna en categoría de conservación por continuidad de los niveles de ruido de la operación del proyecto. Las fuentes de impacto consideradas para esta fase y sector son: el uso de maquinaria de la operación en general y la ejecución de tronaduras necesarias para la continuidad operacional del rajo. Para los efectos de la evaluación se tomaron en consideración los mismos 12 puntos o sitios de interés señalados en el impacto ―Afectación de la fauna en categoría de conservación por el aumento de los niveles de ruido generadas durante la construcción de las obras de construcción del muro del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares puesto que las fuentes generadoras de ruido se encuentran dentro de la faena actual de CCMC. Se realizó una modelación cuyo resultado, a través de un mapa de preparación de ruido, arrojo que en todos los puntos los niveles percibidos serán menores al límite máximo referencial, 85 dB. Los datos de entrada del modelo correspondientes principalmente a las potencias acústicas de la maquinaría y tronadura son los mismos que los utilizados para la evaluación de cumplimiento del D.S 38/2011 para la fase de operación en el Área Mina.

Este impacto posee un carácter negativo ya que la afectación a la fauna implica un detrimento en la calidad de los recursos naturales que conforman el área de influencia. Posee una extensión local, ya que el ruido que genera la fuente se propaga más allá del entorno inmediato, pero en un radio menor a la superficie de una comuna o subcuenca. La duración se considera de largo plazo, por cuanto aunque conforme a los resultados del mapa de propagación de ruido, las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados (menor a 85 (dB)), y en consecuencia 179

cualquier afectación se considera que tendrá una magnitud menor, ésta permanecerá mientras persista la fuente de generación de ruido, en este caso por toda la fase de operación del proyecto. En cuanto a la reversibilidad el impacto se considera reversible, con intensidad baja. Ello puesto que como se mencionó las emisiones cumplirán los máximos de referencia considerados - menor a 85 (dB) - y por lo tanto no se prevé un cambio significativo en el nivel basal, siendo entonces la afectación, en la mayoría de los casos reversible una vez cesada las actividades de construcción. Este impacto se considera simple puesto que la afectación de fauna, no cambiará a la actual condición. Por otra parte este impacto tiene certidumbre media por cuanto no es posible establecer si la afectación sobre la fauna se manifestará, dado que los resultados del informe señalan que el Proyecto cumplirá con los niveles máximos de referencia. Por último, la relevancia se estima como alta, ya que existe especies clasificados en algún estado de conservación. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio, lo que implica un impacto no significativo.

6.10 Patrimonio Cultural

De acuerdo a las actualizaciones de línea de base del proceso de evaluación, los sitios a intervenir corresponderán a un total de 30 (Ver Tabla 4-38 del Adenda 1). Además en Anexo 4 del Adenda 1, se presenta Lámina 3945-1000- CA-LAM-017 y 3945-1000-CA-LAM-018, donde se aprecian la ubicación de los sitios, adicionalmente, en el Anexo 5 del mismo Adenda 1 ―Archivos Digitales‖ se presenta cartografía digital en formato pdf, kmz y shape. La evaluación técnica indicó que la relevancia patrimonial de todos estos sitios es baja, debido a que se trata de testimonios materiales recientes, altamente representados en la Región de Atacama, con escaso depósito estratigráfico y muy bajo potencial educativo, turístico o cultural. Sólo se consideró como de valor patrimonial medio-bajo a aquellas faenas mineras históricas que pueden presentar depósito estratigráfico (p.e. basurales).

Tabla: Sitios arqueológicos que se verán impactados por las obras del proyecto N° Sigla Tipo Sitio Cronología Estimada Coordenadas WGS 84 Valor Patrimonial Este (m) Norte (m)

1 CA-5 Campamento Minero Subactual 368.697 6.952.228 Bajo 2 CA-6 Campamento Minero Subactual 369.960 6.952.512 Bajo 3 CA-7 Estructura pircada Indeterminado 370.505 6.951.886 Bajo 4 CA-8 Pique Minero Indeterminado 369.698 6.954.401 Bajo 5 CA-10 Faena Minera Subactual 367.603 6.954.086 Bajo 6 CA-13 Faena Minera ( Mina Andacollo) Subactual 366.473 6.953.260 Bajo 7 CA-25 Faena Minera Subactual 370.711 6.952.200 Bajo 8 CA-26 Faena Minera Subactual 369.847 6.958.388 Bajo 9 CA-28 Estructura pircada Indeterminado 373.142 6.954.820 Bajo 10 CA-31 Sendero Indeterminado 366.967 6.953.041 Bajo 11 CA-33 Estructura pircada Indeterminado 368.394 6.951.676 Bajo 12 LD-01 Faena Minera Indeterminado 369.133 6.953.430 Bajo 13 LD-02 Estructura pircada Histórico 368.495 6.953.429 Bajo 14 LD-03 Faena Minera Histórico 370.286 6.952.879 Bajo 15 LD-04 Plataforma-Aterrazado Indeterminado 369.394 6.952.791 Bajo 16 LD-05 Faena Minera Histórico 368.728 6.954.435 Bajo 17 LD-07 Plataforma-Aterrazado Histórico 368.927 6.953.565 Bajo 18 LD-08 Faena Minera Histórico 368.787 6.953.536 Medio-Bajo 19 LD-09 Faena Minera Histórico 369.110 6.953.298 Medio-Bajo 20 LD-10 Faena Minera Histórico 368.690 6.952.226 Bajo 21 LD-11 Estructura pircada Indeterminado 367.711 6.954.040 Bajo 180

22 LD-12 Faena Minera Histórico 367.636 6.954.100 Bajo 23 LD-13 Faena Minera Histórico 369.711 6.954.067 Medio-Bajo 24 LD-14 Faena Minera Histórico 369.076 6.953.796 Bajo 25 LD-15 Faena Minera Histórico 369.667 6.954.490 Bajo 26 LD-16 Faena Minera Histórico 369.135 6.953.379 Bajo 27 LD-17 Estructura pircada Indeterminado 367.446 6.953.097 Bajo 28 LD-18 Faena Minera Histórico 368.745 6.953.065 Bajo 29 LD-19 Faena Minera Histórico 370.192 6.953.111 Bajo 30 LD-22 Faena Minera Histórico 370.009 6.952.687 Bajo Fuente: Tabla 4-38 del Adenda 1.

6.10.1 Etapa de Construcción

a) Impacto: Alteración del patrimonio cultural producto de las actividades de construcción del muro fase 0 del Depósito de Relaves Los Diques y acueducto.

El impacto se encuentra dado por la construcción del muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques en el Área Mina y por la construcción del nuevo acueducto en el Área Obras Lineales.

El impacto es de carácter negativo ya que las actividades de operación minera indicadas significan una alteración al patrimonio cultural existente en el área del proyecto. Se ha considerado de extensión local, ya que sus efectos son localizados y se circunscriben a los sitios identificados, se ha considerado al impacto con una duración de largo plazo por cuanto la pérdida será de efecto permanente. Los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que las consecuencias que se generan son permanentes. Se valora como intensidad alta ya que la construcción de las obras genera una eliminación de los sitios identificados. Por sus características este impacto se considera simple y con una certeza alta dado que la afectación de los sitios identificados es una pérdida, consecuencia directa de la construcción de las obras. Por su parte la relevancia de este componente es considerada como media, ya que los sitios registrados: i) corresponden a sitios asociados a la extracción minera histórica (ss. XIX-XX) y subactual; ii) se encuentran ampliamente representados en la zona; iii) corresponden a un período para el cual se cuentan con otras fuentes de información complementarias; iv) tienen bajo potencial desde el punto de vista turístico o educativo; v) se encuentran en estados de conservación regular; y vi) la ocupación tuvo un uso reducido en el tiempo y vii) según antecedentes recogidos de la ampliación de la línea de base arqueológica se descarta la presencia de restos prehispánicos en todos los sitios identificados previamente. Lo anterior permite decir que el índice de calificación del impacto es negativo medio, por lo tanto el impacto fue evaluado como impacto no significativo

6.10.2 Etapa de Operación

a) Impacto: Alteración del patrimonio cultural producto de las actividades de crecimiento del depósito de relaves Los Diques, ampliación del rajo y los depósitos de estériles Norte y Nantoco.

Dentro de las fuentes de impacto, se encuentra el crecimiento del nuevo depósito de relaves Los Diques, el cual considera utilizar una superficie aproximada de 690 ha. la que será ocupada en forma progresiva y permanente de acuerdo a la etapas de crecimiento del depósito. Por otro lado, este impacto se encuentra dado por el crecimiento de los depósitos de estériles Norte y Nantoco, el cual se requiere para aumentar la capacidad de almacenamiento y abarcará una superficie adicional de aproximadamente 376 ha. considerando ambos depósitos. Por último, para dar continuidad operacional a la operación minera, se considera una ampliación de la superficie del rajo, lo cual involucra de 9,56 ha adicionales.

Este impacto es de carácter negativo ya que las actividades de operación minera descritas significan una alteración al patrimonio cultural existente en el área del proyecto. Se considera como un impacto de extensión local, ya que sus efectos son localizados y se circunscriben a los sitios identificados. En cuanto a la duración, esta se considera de largo plazo por cuanto la pérdida será de efecto permanente y los efectos de estas obras se consideran irreversibles ya que las consecuencias que se generan son permanentes. La intensidad se considera alta ya que la construcción de estas obras significa una eliminación de los sitios identificados. Por sus características este impacto se considera simple y la afectación de los sitios identificados presenta un nivel de certeza alto ya que la pérdida es consecuencia directa de la construcción de las obras. La relevancia de este componente es considerada como media, ya que los sitios registrados 181

poseen las siguientes características: i) corresponden a sitios asociados a la extracción minera histórica (ss. XIX-XX) y subactual; ii) se encuentran ampliamente representados en la zona; iii) corresponden a un período para el cual se cuentan con otras fuentes de información complementarias; iv) tienen bajo potencial desde el punto de vista turístico o educativo; v) se encuentran en estados de conservación regular; y vi) la ocupación tuvo un uso reducido en el tiempo y vii) según antecedentes recogidos de la ampliación de la línea de base arqueológica se descarta la presencia de restos prehispánicos en todos los sitios identificados previamente. Lo anterior permite decir que el índice de calificación de este impacto es negativo medio, por lo anterior corresponde a un impacto no significativo.

6.11 Medio Construido: Infraestructural Vial.

A continuación se presenta la evaluación de impacto sobre el componente Medio Construido y específicamente la evaluación que recae sobre el sistema de transporte vial asociado al Proyecto. En este sentido, cabe indicar que el Proyecto consideró el desarrollo de un Estudio de Impacto Vial el cual analizó toda la red vial relevante, la cual fue dividida en 9 tramos de estudio. Dicho estudio se presenta en detalle en el Anexo 4-B del EIA.

Al respecto y conforme a las obras y actividades que considera el Proyecto, esta evaluación abordará la fase de construcción del Área Mina. Por otra parte, tal como se ha señalado en el informe ―Evaluación del Sistema de Transporte Vial‖ (Anexo 4-B), durante la fase de operación en ésta área se prevé un aumento en el tráfico vehicular entorno al 1%, lo cual dada la cifra indicada, considerando el tráfico de vehículos livianos, caminones y buses, lo que no implica cambios significativos respecto a la operación actual. En este contexto, no se estiman aumentos en el nivel de accidentabilidad ni congestión vehicular del sector producto de la operación del Proyecto.

No se considera una evaluación de impacto en el Área Puerto, pues como se ha indicado en el Capítulo 1 de Descripción de Proyecto del EIA, en dicho sector sólo implica la extensión de la vida útil, no se requiere la ejecución de nuevas obras o actividades que impliquen un aumento en los flujos vehiculares actuales.

Por otra parte, no se considera el Área Obras Lineales puesto que la construcción del acueducto comprenderá dos frentes de trabajo uno de los cuales avanzará desde el Área Mina y por tanto se incorpora dentro de la evaluación de impacto de dicha área, y el otro frente avanzará por el poniente desde la ruta 5 y no implicará una cantidad significativa de flujos vehiculares. Cabe señalar que este acueducto posee una extensión de 30 kilómetros y se dispondrá en gran parte de su trazado adyacente al actual acueducto Chamonate - Candelaria, aprobado ambientalmente según consta en la resolución N° 273/2008.

En cuanto a la fase de cierre, ésta considera obras y actividades de magnitud menor a las consideradas en la fase de construcción del Proyecto (ver Capítulo 1 Descripción de Proyecto), y que implicarán flujos bajos que no afectarán las condiciones de servicio de la vialidad.

En resumen, la evaluación de impactos comprenderá al Área Mina en fase de construcción, donde se evidencia un grado de afectación sobre el sistema de transporte vial dado en primer lugar por la concurrencia de un aumento en el flujo vehicular sobre el Tramo 1 de aproximadamente 3 kilómetros, correspondiente a la Calle Costanera (Tierra Amarilla), entre enlace norte Ruta C-35 y Ruta C-397 y que actualmente ya presenta un flujo de tránsito importante y en segundo lugar, por las obras de reubicación parcial de la Ruta C-397.

Para estimar el efecto producido por el aumento en el flujo vehicular sobre la calle Costanera (Tramo 1), se realizó una caracterización de la situación futura de la oferta y demanda vial bajo el escenario con y sin Proyecto, definiéndose una situación actual (año 2012), una situación base al año 2016 sin Proyecto y por último una situación año 2016 con Proyecto (se consideró para la evaluación el año 2016 puesto que en dicho año se prevé el mayor número de tránsito vehicular atribuible al proyecto).

En cuanto a la afectación sobre los usuarios de la Ruta C-397 por los trabajos que implicará el traslado de la ruta, ésta se focalizó puntualmente en los potenciales efectos sobre el acceso a la Minera Hierro Atacama (MHA).

6.11.1 Fase de Construcción

a) Impacto: Aumento del flujo vehicular en horario punta en calle Costanera, entre enlace norte Ruta C-35 y Ruta C-397 por construcción de obras

Este impacto está dado por el incremento en el tránsito vehicular atribuido a las actividades de construcción del Proyecto en el área mina, sobre la Calle Costanera, entre el Enlace norte de la Ruta C-35 y Ruta C-397 (Tramo 1), el cual ya presenta en la actualidad (Situación Base año 2012) un flujo de tránsito importante. El incremento en el tránsito vehicular en el Área Mina se producirá por las actividades de construcción del muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques y los demás sistemas asociados, la reubicación parcial de las líneas 182

eléctricas y de la Ruta C-397 (ver Capítulo 1 Descripción de Proyectos). Todas estas actividades generarán un flujo vehicular atribuible al transporte de personal, maquinaria, insumos y residuos, no obstante sólo el tránsito de personal ocupará el Tramo 1 objeto de esta evaluación, por cuanto tanto camiones como camionetas utilizarán en fase de construcción vías de acceso alternativas a las obras (ver Anexo 4-B Estudio de Impacto Vial, en cuanto a los camiones y camionetas, ambos utilizarán la Ruta 5 y C-397 para acceder a las instalaciones del Área Mina desde el poniente. Algunos camiones usarán la Ruta C-391, particularmente aquellos que transportan cargas catalogadas como sustancias peligrosas). En consecuencia la fuente de impacto directa corresponderá sólo al flujo vehicular producto del transporte de trabajadores por medio de buses provenientes desde Copiapó y cuya estimación, en número de vehículos en el escenario más conservador, será de 25 viajes (solo de ida). Ahora bien, se entiende que el escenario más desfavorable se manifestará, durante el horario punta (7:00 a 8:00 horas) y de acuerdo a la planificación del Proyecto, sólo en el año 2016, fecha donde existirá simultaneidad de las actividades de construcción. Cabe señalar que conforme a las conclusiones del Estudio de Impacto, no se prevén impactos en el horario punta tarde.

En cuanto a la situación actual del tramo en evaluación, la Ruta Costanera se extiende desde el enlace norte de Tierra Amarilla hasta el cruce con la Ruta C-397 y corresponde a una vía alternativa a la Ruta C-35 (al poniente de la ciudad de Tierra Amarilla) que evita el paso de buses y camiones por el sector urbano de Tierra Amarilla. Este tramo de ruta posee una longitud aproximada de 3 kilómetros y es bidireccional simple con una pista para cada sentido de tránsito y corre paralela a la Ruta C-35, funcionando como bypass al centro de Tierra Amarilla (ver Figura 4.4-22 del capítulo 4 del EIA). La incorporación de buses para el traslado de trabajadores hacia las obras del Proyecto en el horario punta generará un incremento del flujo vehicular de esta vía.

La siguiente tabla muestra la estimación de flujos vehiculares para las tres situaciones:

Tabla: Flujos vehiculares proyectados en tramos viales Tramo Escenario Liv (VL) Cam (C) Buses (B) Total %VL %C %B (veh/h) (veh/h) (veh/h) (veh/h) Tramo 1 7:15 - 8:15 horas Situación Actual 2012 551 80 70 701 79% 11% 10% Base 2016 (sin Proyecto) 680 99 78 857 79% 12% 9% Construcción 2016 680 99 103 882 77% 11% 12% Fuente: Tabla 4.4-83 del capítulo 4 del EIA.

Para el escenario Base 2016 sin Proyecto, se evidencia un incremento de un total de 701 a 857 veh/h atribuible a un aumento de vehículos livianos (129) y en menor grado de camiones (19) y buses (8) y manteniéndose en general los porcentajes por categoría de vehículo. En el escenario 2016 con proyecto, se mantiene la cantidad de vehículos livianos (680) y camiones (99), por cuanto como se señaló anteriormente, ambos tipos de vehículos no utilizarán esta ruta accediendo por vías alternativas y un aumento en 25 buses, aumentando a 103 veh/h de este tipo.

Conforme a lo anteriormente expuesto, el impacto vial asociado al Proyecto se calificó de la siguiente manera: El aumento del flujo vehicular en Calle Costanera, entre Enlace norte Ruta C-35 y Ruta C-397 en horario punta por la construcción de las obras en el Área Mina, es de carácter negativo ya que incrementará las molestias para los usuarios de esta ruta debido al aumento que experimentarán en los tiempos de espera, menor capacidad de maniobra, entre otros aspectos asociados a los indicadores de desempeño. Es de extensión puntual ya que el aumento de tránsito vehicular sólo tendrá repercusiones directas en el tramo de estudio, puesto el flujo vehicular una vez que se cambia de nivel de servicio, es absorbido sin alterar mayormente su condición. Posee una duración de mediano plazo ya que el tiempo de prolongación de este impacto se circunscribirá a la duración de la fase de construcción y particularmente a la época de superposición de todas las obras de construcción del Proyecto que en el escenario más desfavorable tendrían un tiempo de duración de aproximadamente 2 años. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera, en este caso el traslado de personal para la fase de construcción. Es de intensidad media ya que el aumento de 25 buses sobre la Costanera no provocará modificaciones significativas de los indicadores de desempeño, sin perjuicio que producto de la operación de la vía (sin proyecto) se puede producir una disminución de la calidad del servicio de la ruta. Corresponde a un impacto acumulativo ya que el flujo vehicular de la situación basal posee una incidencia ambiental que se ve deteriorada por la incidencia generada por el flujo vehicular del Proyecto. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia alta, dado que se trata de una ruta que posee un uso importante y actual por parte del grupo humano. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo Medio, por lo que se califica como Impacto No Significativo.

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b) Impacto: Interferencia al acceso de la Planta Minera Hierro Atacama (MHA) producto de las obras de traslado de la Ruta C-397.

El Proyecto dentro de sus actividades considera el traslado parcial de la Ruta C-397 en una extensión total que alcanzará 7,2 kilómetros. Al respecto y tal como se indicó en el Capítulo Descripción de Proyecto, durante la reubicación no se realizarán cortes de tránsito, ya que en aquellos puntos de intersección de las obras de los nuevos tramos y la actual ruta se proyecta hacer desvíos temporales permitiendo el tránsito continúo de vehículos. Asimismo, el Titular solicitará previo a dicho desvío las correspondientes autorizaciones a los servicios competentes. Es importante señalar que la Ruta C-397, es de uso público y actualmente es mantenido con supresores de polvo por CCMC. En la Figura 4.4- 23 del capítulo 4 del EIA se muestran los tramos a reubicar de la Ruta C-397. Parte de uno de los tramos (que va desde el kilómetro 7.150 al 12.600), interferirá el actual ingreso a Planta MHA tal como se indica en la figura 4.4-24 del capítulo 4 del EIA, en un tramo de aproximadamente 300 metros donde se prevé se realicen obras que potencialmente provocarán un retraso en el tiempo de desplazamiento de los usuarios de dicho acceso, dado por los angostamientos de pista que pudieran requerirse, no obstante en ningún caso habrá corte total de camino que impida el ingreso o salida de la Planta.

La calificación del impacto se evaluó de la siguiente manera: la interferencia al acceso de la Planta MHA producto de las obras de traslado de la ruta Ruta C-397, es de carácter negativo ya podría generará molestias a los trabajadores que acceden a esta Planta debido al potencial aumento de los tiempos de espera. Es de extensión puntual ya que sólo se acota a los tramos de acceso a Planta MHA donde se realizarán trabajos de traslado de la ruta. Posee una duración de corto plazo ya que el tiempo de prolongación de esta interferencia se prevé sea menor a un año (6 meses). Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera, en este caso las obras de construcción de los nuevos tramos de la ruta C-397. Es de intensidad baja ya que las obras generarán un grado de alteración menor. Por sus características corresponde a un impacto acumulativo. Posee una certidumbre alta por cuanto dicha actividad es parte de las obras contempladas por el proyecto y por lo tanto existe una seguridad razonable de su manifestación. Se considera que el componente posee una relevancia moderada, por cuanto es una vía usada por el grupo humano (trabajadores de Planta MHA) que posee alternativas de reemplazo, al identificarse en la zona, otras rutas de acceso a la Planta MHA. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio – bajo, lo que implica un Impacto No significativo.

6.12 Paisaje y Turismo

Para analizar la alteración del paisaje producto de las obras del proyecto el Titular entrego un estudio Paisajístico, el cual se adjunta en Anexo 4-C del EIA, en el cual se analizó el efecto paisajístico y visual de las obras en términos del acceso visual a ellas y del contraste visual que resulta de sus características y particularidades. Las obras evaluadas corresponden a: depósito de relaves Los Diques (nuevo), ampliación del rajo, depósito de estéril Nantoco (ampliación) y depósito de estéril Norte (ampliación). La evaluación del paisaje se centró en la fase de operación del Área Mina, complementariamente en Adenda 1 el Titular adjunto un nuevo análisis de Paisaje y Visibilidad a partir de una campaña realizada en enero de 2014, en el Área Mina y Obras lineales, el que se presenta en el Anexo 41 del Adenda 1, junto a la Lámina 3945-1000-CA-LAM-027, de los puntos de observación paisaje. Con éstos antecedentes se estimaron los eventuales efectos visuales que tendrían las obras en las distintas áreas donde se emplazará el Proyecto. Respecto de las áreas sensibles, las obras eventualmente generadoras de efectos paisajísticos y visuales son:  Depósito de estéril Nantoco: particularmente las áreas que crecen hacia la Quebrada de Nantoco visibles desde la Ruta C-411.  Rajo: especialmente la parte superior de Sierra El Bronce que será removida para la ampliación del rajo. Visible desde la Ruta C-35.  Depósito de estéril Norte en Quebrada El Buitre: para observadores situados en Tierra Amarilla, solo posicionados sobre el By Pass o al oeste del área urbana. Por otra parte, se debe mencionar que en Área Puerto no se consideran obras o modificaciones a las instalaciones existentes, por lo que no se considera estudios asociados a efectos paisajísticos, ya que sólo el proyecto aumenta la vida útil de las operaciones existentes.

En Adenda 1 para la visualización de los impactos de las obras en paisaje, es utilizada la técnica de infografía bidimensional o fotomontaje, el cual se basa en el uso y manipulación de fotografías mediante ordenador, a través del programa de edición fotográfico Adobe Photoshop. Este tratamiento fotográfico considera la superposición de imágenes de las obras del Proyecto sobre una imagen que contiene la vista del paisaje original, generando mediante el retoque de la fotografía, una imagen o ilustración final, que permitirá la comparación de situaciones ―con y sin proyecto‖, desde los puntos seleccionados como sensibles a través del análisis de incidencia visual.

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Cabe destacar que las obras proyectadas tienen dimensiones importantes, sin embargo desde las áreas sensibles indicadas (concentración de observadores) su efecto visual por contraste o por encontrarse en zonas de compacidad, es bajo. La única obra que presenta un efecto visual alto es el depósito de estéril Nantoco debido a que se encuentra una mayor cercanía con el área sensible y las dimensiones del depósito crecen hacia esta Unidad de Paisaje, acercándose a la Ruta C-411. Aun cuando la ampliación del nuevo depósito Nantoco incrementa significativamente la situación actual, es importante indicar que esta obra ya existe en el área, lo que constituye un factor atenuante respecto de sus efectos paisajísticos y visuales finales.

A continuación se describe cada uno de los impactos identificados y evaluados durante este proceso de evaluación:

6.12.1 Etapa de Operación

a) Impacto: Alteración del paisaje observado desde la Ruta C-411 producto de la ampliación del Depósito de Estéril Nantoco.

Las obras derivadas de la ampliación del depósito de estéril Nantoco durante la fase de operación del Proyecto, implican un aumento en su capacidad de almacenamiento en 140 millones de toneladas y, consecuentemente, se incrementa la altura del depósito que va desde los 840 m.s.n.m (altura del actual depósito) a 940 m.s.n.m., esta disposición se llevará a cabo paulatinamente hasta el año 2030. Respecto a las características de la Unidad de Paisaje donde se inserta esta obra, esta corresponde a la Unidad de Paisaje Quebrada Nantoco, sector con usos agrícolas (parronales) predominantes distribuidos en el fondo de valle de la Quebrada, y que conforme a la descripción de la Línea de Base posee una calidad y fragilidad altas. No obstante ello, el sector ya presenta rasgos asociados a depósitos existentes pertenecientes a la actual operación de Candelaria, y por tanto forman parte de la historia del paisaje de Nantoco y de los elementos que lo configuran. El impacto es de carácter negativo ya que esta obra de origen antrópico generará una alteración en el paisaje que como resultado disminuirá la calidad visual de la Unidad de Paisaje donde se inserta la ampliación del depósito (Unidad Quebrada de Nantoco en Fondo de Valle Río Copiapó). Es de extensión local ya que la alteración del paisaje observado desde la ruta C-411 alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato, pero circunscribiéndose en un radio menor a la superficie de una comuna. Posee una duración de largo plazo ya que si bien la disposición de estériles será en forma paulatina hasta el año 2030, a partir de dicha fecha la alteración permanecerá por un periodo indefinido. Es un impacto irreversible ya que el efecto no se revierte en forma natural al finalizar las actividades de deposición y tampoco puede ser revertido mediante acciones. Es de intensidad baja por cuanto la obra en evaluación corresponde a una ampliación de un depósito ya existente en el valle y por tanto existe un menor grado de alteración de la condición base. Corresponde a un impacto acumulativo ya que, si bien la alteración se produce respecto de un solo componente ambiental, la depositación al prolongarse incrementa la acción del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que si bien la Unidad de Paisaje donde se insertará la ampliación del depósito de Nantoco posee una fragilidad alta, el observador desde la ruta C-411 tendrá un campo visual con un grado de contraste medio por cuanto el área ya presenta rasgos asociados a depósitos existentes. Posee una certidumbre alta dado que existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que constituye un Impacto No Significativo.

b) Impacto: Alteración adicional del paisaje observado desde la ruta C-35 producto de la ampliación del rajo.

Las obras derivadas de la ampliación del rajo de mina durante la fase de operación del Proyecto, implican una modificación menor del paisaje que podrá ser percibida en rangos lejanos desde la ruta C-35. Al respecto la Unidad de Paisaje donde se inserta la ampliación (Unidad de Paisaje Faena Minera Candelaria Sector Rajo) posee como características paisajísticas generales elementos predominantes de carácter minero e industrial de baja diversidad de colores con una calidad visual baja y fragilidad media.

El impacto es de carácter negativo ya que esta obra de origen antrópico generará una alteración en el paisaje que como resultado disminuirá la calidad visual de la Unidad de Paisaje donde se inserta la ampliación del rajo (Unidad de Paisaje Faena Minera Candelaria Sector Rajo). Es de extensión local ya que la alteración del paisaje observado desde la ruta C- 35 alcanza una extensión mayor que el entorno inmediato, pero circunscribiéndose en un radio menor a la superficie de una comuna. Posee una duración de largo plazo ya que sus efectos serán permanentes en el tiempo más allá de la operación de Candelaria. Es un impacto irreversible ya que el efecto no se revierte en forma natural al finalizar las actividades de explotación del rajo y tampoco puede ser revertido con acciones. Es de intensidad baja ya que esta obra en evaluación corresponde a una ampliación de un rajo ya existente en la unidad y por tanto existe un menor grado de alteración de la condición base. Corresponde a un impacto acumulativo ya que, si bien la alteración se produce respecto de un solo componente ambiental, la ampliación al prolongarse en el tiempo se incrementa. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que la Unidad de Paisaje donde se insertará la ampliación del rajo posee 185

una fragilidad media (ver Capítulo 2 Línea de Base), el observador desde la ruta C-35 tendrá un grado de contraste y sensibilidad paisajística baja por cuanto el área ya presenta una alteración de significativa. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, por lo que se concluye un Impacto No Significativo.

c) Impacto: Alteración adicional del paisaje observado desde Tierra Amarilla producto de la ampliación del depósito de estéril Norte. Las obras derivadas de la ampliación del Depósito de Estéril Norte durante la fase de operación del Proyecto, implican una modificación menor del paisaje que podrá ser percibida en rangos lejanos y/o con escaso acceso visual desde la localidad de Tierra Amarilla

El impacto es de carácter negativo ya que esta obra de origen antrópico generará una alteración en el paisaje que como resultado disminuirá la calidad visual de la Unidad de Paisaje donde se inserta la ampliación del depósito (Unidad de Paisaje Unidad de Paisaje Quebrada El Buitre). Es de extensión local ya que la alteración del paisaje observado desde la Tierra Amarilla posee una extensión mayor que el entorno inmediato, pero circunscribiéndose en un radio menor a la superficie de una comuna. Posee una duración de largo plazo ya que sus efectos serán permanentes en tiempo más allá de la operación de Candelaria. Es un impacto irreversible ya que el efecto no se revierte en forma natural al finalizar las actividades de depositación y tampoco puede ser revertido mediante acciones. Es de intensidad baja ya que esta obra en evaluación corresponde a una ampliación de un depósito ya existente en la unidad y por tanto existe un grado de alteración mínimo de la condición base. Corresponde a un impacto acumulativo ya que, si bien la alteración se produce respecto de un solo componente ambiental, la ampliación al prolongarse en el tiempo se incrementa. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que la Unidad de Paisaje donde se insertará la ampliación del depósito si bien posee una fragilidad media, el observador desde la Tierra Amarilla tendrá un grado de contraste y sensibilidad paisajística baja por cuanto el área ya presenta un alto grado de antropización. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de la manifestación del impacto. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, por lo que se concluye como un Impacto No Significativo.

d) Impacto: Potencial interferencia del acceso al museo de sitio mina tránsito Dados los antecedentes analizados en los puntos anteriores de la línea de base y del anexo 27 del Adenda 2, el posible impacto ―Potencial interferencia del acceso al Museo de Sitio Mina Tránsito‖ se califica de la siguiente manera: Este impacto posee un carácter negativo, ya que la construcción de la modificación de la Ruta C-397 podría implicar una potencial interferencia al acceso de este atractivo turístico. Este impacto posee una extensión puntual de acuerdo a la metodología, no obstante las obras del Proyecto no interferirán o bloquearán el acceso a este sitio, ya que solo considera el tránsito de camiones de la fase de construcción por la misma ruta de acceso al Museo. Esta se considera de corto plazo, ya que para efectos de evaluación se considera el plazo o duración de la fase de construcción, el cual será menor a 18 meses. Este impacto se considera reversible, ya que la potencial interferencia sería durante la fase de construcción de la modificación de esta ruta. Se considera una intensidad baja, ya que la interferencia no cambiará la condición del componente. Con respecto a la sinergia este impacto se considera simple, ya que sólo afecta a un elemento del componente turismo. Esta potencial interferencia del acceso presenta un nivel de certeza baja, debido a que el Proyecto no implicará bloquear o interferir con el acceso a este sitio, puesto que el proyecto considera el tránsito de camiones de la fase de construcción es por la misma ruta que se utiliza para el museo. La relevancia del componente es considerada como baja, ya que el Proyecto no intervendrá el desarrollo turístico que actualmente genera este atractivo en Tierra Amarilla. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo bajo, considerado como impacto No Significativo.

e) Potencial Afectación A Áreas De Interés Turístico (Desierto Florido En Travesía) Ubicada Dentro Del Sitio Prioritario Desierto Florido En base a los antecedentes analizados anteriormente en la línea de base y en el anexo 27 del Adenda 2, a continuación se describe la evaluación de la ―Potencial interferencia en la ruta de acceso a las áreas de interés turístico (específicamente Desierto Florido en Travesía), ubicadas dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido, debido a la construcción del Depósito de relaves, Los Diques, ampliación del Depósito de Estéril Norte, Acueducto Bodega- Candelaria y uso de Rutas por el Proyecto‖. Este impacto posee un carácter negativo, ya que existe una potencial afectación a una de las áreas de interés turísticos denominada ―Desierto Florido en Travesía‖, producto de la utilización de las rutas utilizadas por el Proyecto (transporte de concentrado de la operación actual y futura) y cercanas al acceso que se encuentran a 3,9 km de dicho atractivo. Este impacto posee una extensión puntual por metodología, aun cuando las obras no generaran una afectación directa sobre la superficie del atractivo turístico ―Desierto Florido en Travesía‖, ya que las obras del Proyecto se encuentra a aproximadamente 9 km de este atractivo. Por otra parte, la única conexión entre el proyecto y este sitio de interés turísticos es compartir un tramo de la ruta utilizada para transporte de concentrado, actividad que se desarrolla en la operación actual y que seguirá desarrollándose en la operación futura, por tanto el proyecto no considera actividades que puedan interferir en el libre acceso al sitio denomina Travesía. En cuanto a la duración, esta se considera de largo 186

plazo por cuanto la afectación de las áreas a intervenir, que se encuentran fuera del sector del atractivo turístico y la utilización de las rutas cercanas al acceso del atractivo turístico, se realizará durante la operación del Proyecto. Este impacto se considera reversible, ya que no existe una intervención al atractivo turístico y la potencial intervención a evaluar es el compartir un tramo de la ruta de acceso al sitio, la cual será revertida una vez que el Proyecto deje de operar. Se considera una intensidad baja, ya que la intervención no cambia la condición del atractivo turístico, ni del componente, considerando que este atractivo no es afectado directamente, ya que se encuentra a 9,4 km de las obras y a 3,9 de rutas utilizadas por el Proyecto. Con respecto a la sinergia este impacto se considera simple, ya que la potencial afectación es sólo a este componente ambiental. La potencial afectación de las rutas en común presenta un nivel de certidumbre baja, debido a que no existe posibilidad de que el efecto ocurra. La relevancia del componente es considerada como baja, dada la lejanía de las obras del proyecto de las áreas de interés turístico, donde en general se ubican las obras del proyecto corresponde a un elemento del turismo altamente representado en la Región de Atacama, además el sector que se intervendrá por el Proyecto, presenta baja floración, es un sector que se encuentra intervenido por diferentes actividades relacionadas con la minería y posee bajas probabilidades de ser un foco de atracción turística, por lo anterior el Proyecto no intervendrá el desarrollo turístico que actualmente se genera en esta área. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo bajo, es considerado como Impacto No Significativo.

6.13 Medio Marino.

Cabe señalar que las modificaciones o ampliaciones físicas del Proyecto se encuentran vinculadas sólo a las áreas Mina y Obras Lineales, sin embargo también se requerirá ampliar la vida útil de las instalaciones del Área Puerto, dentro de las cuales se encuentra la planta desalinizadora que provee de agua industrial a la faena minera actual y el puerto de embarque de concentrado Punta Padrones.

La operación de la planta fue aprobada ambientalmente mediante Resolución Exenta N°129/2011, en particular en lo relativo a aquellos aspectos de interés para el medio marino, que corresponden, por una parte, a la actividad de captación de agua de mar, y por otra, a la actividad de descarga de agua salada. Estas actividades fueron evaluadas con impactos no significativos y en la actualidad solamente se mantiene un programa de monitoreo de variables relevantes.

La planta desalinizadora aprobada ambientalmente, consta de una primera etapa de producción de 300 L/s de agua desalinizada de calidad industrial, ya construida y operando, la cual podría expandirse hasta los 500 L/s. En un escenario conservador (500 L/s) se captará un total de 1.155 L/s de agua de mar y producto de la actividad de desalinización serán descargados vía emisario al medio marino un total de 655 L/s de agua salada, como caudal máximo.

El Puerto de Embarque Punta Padrones en Bahía de Caldera fue aprobado mediante Resolución Exenta N°001/1994), el cual consta de todas las instalaciones destinadas a la descarga y almacenamiento y manejo seguro de concentrado y su posterior embarque a las naves e instalaciones auxiliares, incluyendo los sistemas que minimizan las emisiones de polvo, condiciones que mantendrá durante la extensión de la vida útil.

6.13.1 Etapa de Operación

a) Impacto: Continuidad de la alteración en las comunidades marinas por la captación de agua de mar de la planta desalinizadora

El impacto dice relación con mantener la captación de agua de mar hasta el año 2030. Cabe reiterar que dicha continuidad se realizará en iguales condiciones a las aprobadas en el Proyecto Planta Desalinizadora mediante citada Res. Ex. N° 129/2011. A continuación se presentan argumentos técnicos que indican que no se tendrán efectos de características ni envergadura distintos o mayores que aquellos precisados en dicha RCA, que por su parte, comprobó la inexistencia de efectos significativos sobre comunidades marinas: • El diseño del sistema de captación considera velocidades de operación en torno a los 0,15 m/s, el emplazamiento del cajón de captación y la estructura submarina de éste, reducen notablemente el potencial efecto negativo sobre las comunidades móviles cercanas al fondo. En efecto, para minimizar los efectos en el medio marino, el diseño del sistema de captación consideró un cajón con aberturas laterales en vez de una tubería desnuda captando directamente el agua de mar. • El punto de captación de agua de mar en situación base presenta escasa presencia de especies consideradas como recursos hidrobiológicos de importancia comercial. • El área de influencia directa no corresponde al sitio de mayor abundancia de huevos y larvas distribuidas al interior de Bahía Caldera. 187

• Según conclusión de estudio específico (ver Anexo 4-F), la mortalidad de plancton por ésta actividad no es significativa, puesto que sobre el 90% de los casos, las mortalidades de individuos zooplanctónicos atribuibles a la operación de la Planta Desalinizadora presentan tasas de mortalidad en torno al 2,0%, considerando una situación de la Planta operando permanentemente a máxima capacidad (1.155 L/s de captación de agua de mar para producir 500 L/s de agua desalinizada). A partir de lo anterior, y si bien por medio del presente EIA se extenderá la vida útil de la desalinizadora hasta el año 2030; se mantienen las condiciones de la situación base, las características del diseño y operación, por lo que, la evaluación cambia solo en el aspecto de su vida útil extendida, tal como se expresa a continuación:

El impacto es de carácter negativo debido a la actividad de captación de agua de mar puede afectar a las comunidades marinas. extensión local puesto que el área donde se modifica la situación se restringe al punto de captación de agua de mar. Posee una duración de largo plazo porque el tiempo en que se prolongará el efecto es mayor a 5 años. Es un impacto reversible, dado que al término de la vida útil del Proyecto cesará de forma inmediata el efecto, sin necesidad que se implementen acciones o medidas correctoras. Es de intensidad media debido a que las características de diseño del sistema de captación que se realizará por un cajón con aberturas laterales y rejilla de aleación, con bajas velocidades de entrada , lo cual permite que no se produzca un impacto significativo sobre la biota marina, generándose un efecto menor sobre huevos, larvas, plancton y otros recursos hidrobiológicos que se encuentran altamente representados. Corresponde a un impacto simple ya que no posee consecuencias en la inducción de nuevos efectos, y tampoco se incrementa su condición por la permanencia de la acción. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad cierta de manifestarse impacto. Se considera que el componente posee una relevancia media pues si bien plancton, huevos y larvas se encuentran ampliamente distribuidos al interior de Bahía Caldera y que además existen escasa presencia de especies consideradas como recursos hidrobiológicos de importancia comercial, se ha considerado que ellos corresponden a un estado en la cadena del ciclo de vida marina por lo cual se les otorga relevancia Media. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo.

Complementariamente se destaca que, al igual que el impacto que a continuación se describe, el Proyecto considera la permanencia y continuidad de los compromisos y exigencias establecidos en Res. Ex. N° 129/2011.

b) Impacto: Continuidad de la alteración de la calidad de aguas en el entorno del emisario por la descarga de agua salada de la planta desalinizadora.

El impacto consiste básicamente en dar continuidad a la descarga al mar de efluentes salinos de la Planta Desalinizadora, en actual operación, debido a que requiere prolongar la vida útil de la faena minera hasta el año 2030. Se continuarán las mismas condiciones de descarga indicadas en la Resolución de calificación ambiental de la planta desalinizadora. En Anexo 4-F del EIA se presentan los informes de especialidad asociados a las características de la descarga y al modelamiento de su dilución, presentados en ocasión de la evaluación ambiental del proyecto Planta Desalinizadora Candelaria. A continuación detallan las principales conclusiones:  El diseño de la descarga considera un sistema de difusores en la útlima parte de la tubería (emisario) de modo de facilitar la dispersión de la pluma, alcanzando rápidamente la salinidad del medio.  El agua descargada al medio marino corresponde a agua de mar concentrada en sales con las siguientes condiciones:  Posee una temperatura similar al medio receptor, ya que la desalinización no considera procesos térmicos.  No es reactiva.  Exenta de agentes biológicos ajenos al medio en que se descarga.  No contiene sustancias tóxicas, ni producirá efectos nocivos.  No posee características de acumulación ni en materiales biológicos ni en sedimentos.  No se presenta transformaciones bioquímicas que produzcan compuestos nocivos en el medio marino.  No afecta el contenido de oxígeno del agua de mar, principalmente por no ser de tipo orgánico.  La descarga cumple con el D.S. 90/01 Tabla Nº 5 para los otros parámetros normados.  Respecto de las modelaciones efectuadas para el escenario más conservador se concluyó que:  El agua de mar ingresa a la Planta Desalinizadora con aproximadamente 34,6 psu (unidad práctica de salinidad) y la eficiencia del proceso es de alrededor un 43% (43,3%), se estima que la salinidad del agua salada de descarga alcanza aproximadamente 61 psu.  Esta descarga de sal se diluye casi instantáneamente a la salida del difusor, en la condición más desfavorable (descarga de 655 l/s, a la menor magnitud de corriente), el área de influencia máxima de la pluma tendrá aproximadamente 6 m de ancho por 18 m de longitud total, más un margen de 2 m a cada lado del difusor y 3 m sobre los extremos del difusor. Lo 188

anterior denota que el aumento de salinidad debido a la descarga se encuentra acotado a un área máxima estimada en 384 m2 (aprox. 0,04 ha).

Los antecedentes presentados dan cuenta de lo siguiente: El efecto se producirá en el entorno cercano del punto la descarga de agua salada, por lo que el Proyecto no tendrá un efecto significativo en el medio marino. El área de influencia de la pluma salina (área donde la salinidad sobrepasa el 10% del valor base) es acotada en términos de superficie, debido a que la mayor concentración de sales (≥ a 60 psu) que se genera sobre el cuerpo receptor, está circunscrita a la zona de vertimiento directo del emisario (cercana al difusor y menor a 1 metro), mientras que en el contorno del área de influencia del emisario (a 6 metros desde la descarga) tiende a igualarse a la salinidad natural. Lo anterior permite descartar la posibilidad de encontrar condiciones anóxicas y adversas para el desarrollo de las comunidades presentes en el sector de Punta Padrones. En elevación, las plumas no alcanzan la superficie libre y en todos los casos analizados, el nivel de dilución requerido se logra antes que la pluma tome contacto con el fondo marino. La eficiencia de la dilución en el campo cercano se logra tanto para corrientes de alta y baja magnitud, incluyendo magnitudes cercanas a la condición estanca. El área donde se ubica el Proyecto no corresponde a un área protegida, de manejo o de interés por su biodiversidad, y además posee una escasa presencia de especies consideradas como recursos hidrobiológicos de importancia comercial, y por ende no son objetivo de una explotación comercial sustentable en el tiempo. Por lo anterior y debido a que el sector de impacto es acotado (0,04 ha aproximadamente) no se espera que la operación de la planta cauce efectos adversos de importancia que puedan afectar la biodiversidad al interior de Bahía Caldera. Por otro lado, el área de cultivos marinos más cercana a la descarga del emisario de la Planta Desalinizadora, se encuentra ubicada al sur del sector Punta Caldera y a 2 km aproximadamente del emisario. Dado, como se ha indicado antes, que el área de influencia del emisario es menor y acotada (0,04 ha aproximadamente) es que la descarga de salmuera no afectará a centros de cultivo o área de manejo cercanas. En función de lo anteriormente expuesto, el efecto por el aumento de la salinidad que ha quedado expresado en la Res. Ex. N° 129/2011 es local para el parámetro salinidad ya que posee un área de influencia acotada a aproximadamente 0,04 ha y para otros parámetros normados la descarga cumple con el D.S. 90/01 del MINSEGPRES (Tabla N° 5 fuera de la ZPL). El impacto en dicha oportunidad fue clasificado como de baja intensidad o poco significativo. En términos de reversibilidad, se considera este impacto reversible, debido a que una vez se interrumpa la descarga, la columna de agua recuperará su condición basal.

Para calificar el impacto, con los antecedentes expuestos se reitera que las condiciones de operación de la Planta no presentarán modificaciones respecto de lo resuelto en la Res. Ex. N° 129/2011 y por tanto, el área de influencia del proceso de descarga y la magnitud del impacto sobre la biota acuática es reducida en ambos casos, dada la disolución alcanzada y las características del área de emplazamiento, respectivamente. Por lo anterior, no habrá un cambio en los valores de emisiones salinas indicados en ellas o su área de influencia y tampoco lo habrá en los efectos evaluados en esa ocasión.

Por lo indicado y considerando los resultados de los monitoreos realizado en el área y que se informan a la Autoridad (Anexo 4-F del EIA), es posible señalar que los efectos sobre la biota marina producto de la extensión en el tiempo de operación de la Planta Desalinizadora no se acumulan y una vez detenida la fuente de emisión el medio receptor volverá a la condición base. A continuación el impacto se calificó de la siguiente manera:

El impacto es de carácter negativo por continuar el efecto local en el medio receptor por la incorporación del efluente salino, de extensión local puesto que el área donde se modifica la situación basal se encuentra acotado a 384 m2 (aprox. 0,04 ha). Posee una duración de largo plazo porque el tiempo en que se prolongará el efecto es mayor a 5 años. Es un impacto reversible, por cuanto al término de la vida útil del Proyecto el sector afectado directamente se recuperará de manera natural, sin necesidad que se implementen acciones o medidas correctoras una vez cesada la operación. Es de intensidad baja debido a que la biota presente en la acotada área de influencia tiene condiciones de amplia distribución geográfica, estrategias reproductivas y tolerancia a condiciones ambientales adversas. Corresponde a un impacto simple ya que no posee consecuencias en la inducción de nuevos efectos, y tampoco se incrementa su condición por la permanencia de la acción en el tiempo, esto último sobre la base de las modelaciones que permitieron establecer que la descarga a partir de los 6 metros tiende a igualarse a la salinidad natural. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia moderada dada su condición basal (no corresponde a un área protegida, de manejo o de interés por su biodiversidad, y además posee una escasa presencia de especies consideradas como recursos hidrobiológicos de importancia comercial). Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

Además el Proyecto considera la permanencia y continuidad de los compromisos establecidos en Res. Ex. N° 129/2011 que incluyen el monitoreo que actualmente se lleva a cabo e informa a la Autoridad.

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c) Impacto: Continuidad de la alteración en las concentraciones de cobre en sedimentos y aguas en el área adyacente al muelle de embarque del puerto Punta Padrones.

La fuente de impacto corresponde a la continuidad operacional, dado que CCMC extiende su vida útil en aproximadamente 13 años, de las actividades asociadas al proceso de embarque del concentrado de cobre en el puerto Punta Padrones, y el efecto que esto pude tener en las concentraciones de cobre que son medidas en los sedimento marinos y columna de agua del área adyacente el muelle de embarque.

Cabe señalar que la continuidad operacional prolongará las actividades y operaciones de las instalaciones portuarias Punta Padrones en Bahía de Caldera, en iguales condiciones a las aprobadas ambientalmente (Res. Ex. N° 001/1994), no contemplando cambios respecto de la situación evaluada inicialmente, lo que queda de manifiesto en el Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) aprobado por la autoridad competente, en el cual se contempla la medición de parámetros químicos y físicos de la columna de agua y sedimentos marinos, además de macrofauna submareal. La figura 4.4-114 del EIA muestra la ubicación geográfica de las estaciones de monitoreo contempladas en el PVA.

Al respecto cabe señalar que en las instalaciones portuarias se seguirán manteniedno las medidas de control que actualmente se realizan y que contribuyen a disminuir los efectos del embarque de concentrado en el medio marino, dentro de estas medidas se destaca:  Instalaciones herméricas y completamente cerradas para las actividades realizadas en el sistema de recepción (descarga de camiones con concentrado de cobre), edificio de almacenamiento (60.000 toneladas) y sistema de carguío mecánico de concentrado al barco.  Implementación de equipos de supresión de polvo en edificio de recepción de camiones, edificio de almacenamiento y sistema cargador de barcos  Cargío de concentrado gradual y controlado mediante chute telescópico que cuenta con cuchara distibuidora de carga, que permite depositar el concentrado al interior de las bodegas., disminuyendo emisiones

Es del caso señalar que los monitoreos realizados desde 1999 hasta la fecha, indican que las condiciones y parámetros monitoreasdo no manifiestan cambios importantes en relación a las condiciones iniciales. De acuerdo a lo señalado anteriormente, el área de influencia del puerto de embarque y el efecto de su operación sobre el medio marino, es reducido dada las medidas de control implementadas (hermeticidad, y sistemas de supresión de polvo), por lo que no habrá un cambio en los valores de concentraciones de cobre en la biota marina y en particular en la columna de agua y sedimentos marinos medidos a la fecha en el sector. Por lo indicado y considerando los resultados de los monitoreos realizado, que se informan a la Autoridad es posible señalar que los efectos sobre la biota marina producto de la extensión en el tiempo de operación del Puerto Punta Padrones son reducidos

El impacto es de carácter negativo dado que se continuarán las actividades de embarque de concentrado con un potencial efecto sobre los sedimentos marinos y columna de agua. La extensión es local puesto que el área de influencia es mayor a una hectárea. Posee una duración de largo plazo porque el tiempo en que se prolongará el efecto es mayor a 5 años. Es un impacto reversible, dado que al término de la vida útil del Proyecto el sector afectado directamente se recuperará de manera natural, sin necesidad que se implementen acciones o medidas correctoras una vez cesada la operación, producto de la dinámica costera y corrientes marinas presentes en el sector. Es de intensidad baja debido a que la biota presente es acotada en el área de influencia y tiene condiciones de amplia distribución geográfica, estrategias reproductivas y tolerancia a condiciones ambientales adversas. Corresponde a un impacto simple ya que no posee consecuencias en la inducción de nuevos efectos, y tampoco se incrementa su condición por la permanencia de la acción en el tiempo, esto último sobre la base de las diferentes concentraciones de cobre en sedimentos establecidas por diferentes autores de estudios relacionados con el tema. Posee una certidumbre media por cuanto no es posible asegurar la manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia moderada dada su condición basal no ha mostradao mayores modificaciones y se encuentra altamente represenado. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

El Proyecto considera la permanencia y continuidad de los compromisos establecidos en Res. Ex. N° 001/1994 que incluyen el monitoreo que actualmente se lleva a cabo.

6.14 Medio Humano

En el EIA del proyecto, se analizaron 8 probables impactos al Medio Humano, concluyéndose que de estos, 6 eran calificados como impactos negativos medio bajo, No significativos y 2 como impactos positivos medio y alto. Los impactos identificados y su calificación se resumen a continuación: 190

 Incentivo a la economía local (Copiapó y Tierra Amarilla) por demanda de servicios de hospedaje/ alimentación de trabajadores foráneos y por la generación de empleo para trabajadores locales, Impacto positivo medio bajo.  Continuidad laboral local durante la operación por el aumento de la vida útil, Impacto positivo medio alto.  Interferencia en los hábitos de traslado de pirquineros producto de alteraciones temporales en las intersecciones de la Ruta C-397 con los caminos que conducen a cuatro minas y un pique minero, Impacto negativo medio bajo.  Percepción de riesgo en la población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud, Impacto negativo medio bajo.  Percepción de un potencial deterioro de las viviendas de Tierra Amarilla, por vibraciones generadas por las tronaduras provenientes de la operación de la mina, Impacto negativo medio bajo.  Aumento en la demanda de servicios en la ciudad de Copiapó debido a la contratación de trabajadores foráneos en fase de construcción, Impacto negativo medio bajo.  Pérdida de las plazas de empleo local que demandaba la operación por cierre de la misma, Impacto negativo medio bajo.  Aumento en la demanda de agua potable en la ciudad de Copiapó debido a la contratación de trabajadores, Impacto negativo medio bajo. Los detalles de impactos negativos se describen a continuación. Dimensión Geográfica, Fase de Construcción, Área Mina  Interferencia en los hábitos de traslado de pirquineros producto de alteraciones temporales en las intersecciones de la Ruta C-397 con los caminos que conducen a cuatro minas y un pique minero. Durante la etapa de construcción del Proyecto, se considera que se provocará afectación a algunos pirquineros, quienes forman parte de un grupo humano que explota faenas en el entorno del Área Mina, utilizando como vía troncal de acceso la Ruta C. El impacto se origina por las obras de reubicación de la Ruta C- 397, lo que considera actividades de preparación del terreno y escarpe, nivelación de la superficie, movimientos de tierra (excavaciones en roca y material común), conformación de terraplenes, compactación de la superficie y la aplicación de un acondicionador por una longitud aproximada de 5 km, correspondientes a los dos tramos de su trazado que se reubicarán. Durante la reubicación de los tramos de esta ruta no se realizarán cortes de tránsito, ya que se considera hacer un desvío para no interrumpir el tránsito de vehículos. En este contexto las obras provocarán en tres tramos, identificados como 23, 25 y 35 una interferencia temporal en las intersecciones con tres caminos perpendiculares que conducen a faenas de pirquineros que laboran en la zona. Se trata del camino que conduce hacia Mina Alicia, el camino que transporta a Mina Carmen Alto, Mina Oriente y un Pique Minero y finalmente el camino que se dirige a Mina La Escondida. El impacto es de carácter negativo, debido a las alteraciones temporales que provocará la reubicación de tramos de esta vía, en la habitualidad con que utilizan los pirquineros la Ruta C-397 como vía conectora con dos caminos que les permiten acceder a las faenas que explotan. La extensión es local, debido que se trata de la alteración de las conexiones a dos caminos de acceso a faenas puntuales que están en las inmediaciones del Área Mina del Proyecto, sin embargo los lugares de origen/destino de los pirquineros abarcan un área mayor de magnitud básicamente comunal correspondiente a Tierra Amarilla. Por otra parte, la duración ha sido clasificada como de corto plazo ya que las obras de reubicación se extenderán por un máximo de 12 meses. Es un impacto reversible, teniendo presente que una vez concluidas las obras los accesos a los caminos que conducen a las dos faenas volverán a su total normalidad. La intensidad es baja, ya que el impacto produce una alteración menor que hace posible que una vez concluidas las obras se retome la normalidad en materia de hábitos de uso de dichas vías por parte de los pirquineros. Es un impacto simple, ya que se trata de un impacto puntual sobre los pirquineros usuarios de los tres caminos de acceso a las faenas identificadas, quienes experimentarán una interferencia temporal, que si bien limitará sus flujos de ingreso y salida no los impedirá, porque el Proyecto está diseñado para convenir con cada afectado horarios en que se posibilite el tránsito en la intersección. La certidumbre es alta, dado que el impacto efectivamente se va a manifestar debido a la necesidad de ejecución de las obras de reubicación de la Ruta C-397. La relevancia moderada, dado que se trata de la alteración temporal de vías en uso por un grupo humano vulnerable, toda vez que comprende trabajadores de minería artesanal. Para dos de los caminos cuyo acceso se verá alterado existen caminos alternativos, en tanto existe uno que no cuenta con alternativa. No obstante este último caso, la relevancia del impacto no es mayor porque de acuerdo al diseño de las obras nunca se interrumpirá el acceso en el empalme de las rutas, solamente se verá alterado. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo. Dimensión Antropológica, Fase de Operación, Área Mina  Percepción de riesgo en la población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud 191

Debido a la extensión de la vida útil de CCMC, se requerirá aumentar la capacidad de almacenamiento del actual depósito de estériles Norte, en aproximadamente 610 millones de toneladas adicionales. La disposición de material estéril en dicho depósito se realizará mediante vaciado directo de camiones tolva en forma transversal al valle, alcanzando la obra a lo largo de su conformación, una elevación del piso superior de 880 m.s.n.m. Este Depósito se emplaza frente a la zona centro de la ciudad de Tierra Amarilla y su crecimiento será hacia el interior del área que utiliza CCMC. En consecuencia su emplazamiento actual y el tamaño que alcanzará durante la extensión de la vida útil, lo sitúan próximo y visible a las zonas pobladas. De acuerdo a lo indicado sobre esta obra y teniendo presente que durante la captura de primeras fuentes para la elaboración del componente de medio humano del EIA, así como en las actividades de participación ciudadana, se identificó una preocupación en integrantes de la comunidad local, ante la eventualidad de que dicho depósito experimente algún derrumbe o desprendimiento, por la acción de un evento de la naturaleza, ya sea de carácter climático o sísmico de gran magnitud, se ha incorporado esta percepción de riesgo como un impacto social que se evalúa en el presente proceso. El impacto es de carácter negativo, debido a que se ocasiona un impacto en la percepción que provoca intranquilidad a la población sobre la seguridad que le asignan a una obra inserta en el territorio que habitan. La extensión es local, debido que se trata de la alteración en la percepción de la seguridad que le asignan a la obra los habitantes de la localidad de Tierra Amarilla, en especial para quienes residen más próximos a la zona de la obra. Por otra parte, la duración ha sido clasificada como de mediano plazo, ya que si bien en la medida que crezca el depósito esta percepción podría incrementarse, se estima que también puede acotarse su temporalidad a los primeros años de la extensión de la vida útil, ya que se intervendrá realizando monitoreos participativos para incidir sobre la variable de incertidumbre asociada a las pérdidas, así como también sobre el locus de control que participa en el significado que se le otorga a la potencial pérdida. Es un impacto reversible, teniendo presente que se trata de una percepción, por tanto está en el campo de lo cognitivo, pudiendo ser transformado en la medida que las personas adquieran seguridad en la confiabilidad de la obra, para lo cual los resultados de los monitoreos participativos son claves. La intensidad es media, ya que el impacto produce una alteración moderada en la apreciación de la seguridad del territorio. Corresponde a un impacto simple, ya que se trata de un impacto particular asociado a una determinada obra y un determinado grupo humano. La certidumbre es alta, dado que el impacto se cree que se manifestará en atención a lo expresado en los relatos de las primeras fuentes y en la actividad de Casa Abierta. La relevancia ha sido considerada como moderada, dado que se trata de la alteración que afecta la tranquilidad y seguridad sobre el territorio que se habita, pero relacionada con un tipo de obra que ya existe y con una industria sobre la cual hay familiaridad en la población, lo que incide en la visión local sobre la posibilidad, significado y certidumbre que podría ocasionar la potencial pérdida en que se sustenta el riesgo percibido. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que implica un Impacto Significativo.  Percepción de un potencial deterioro de las viviendas de Tierra Amarilla, por vibraciones generadas por las tronaduras de la operación de la mina Debido a la extensión de la vida útil de CCMC, se requerirá aumentar la capacidad de almacenamiento del actual depósito de estériles Norte, en aproximadamente 610 millones de toneladas adicionales. De acuerdo a lo indicado sobre esta obra y teniendo presente que durante la captura de primeras fuentes para la elaboración del componente de medio humano del EIA, así como en las actividades de participación ciudadana se identificó una preocupación en la comunidad local, porque estiman que las tronaduras que ejecuta el Titular, así como las de otras compañías mineras emplazadas circundantes al poblado, provocan vibraciones que causan deterioro en sus viviendas, se recoge y evalúa este impacto como una percepción de riesgo que afecta la manera de valorar el territorio en que se reside. El impacto es de carácter negativo, debido a que se ocasiona un impacto en la percepción que provoca intranquilidad a la población, debido a que le asignan a una actividad del proyecto (tronaduras) una relación con las vibraciones que deteriorarían sus viviendas. La extensión es puntual, debido que se trata de la alteración en la percepción de los habitantes de la localidad de Tierra Amarilla. En tanto la duración ha sido clasificada como de mediano plazo, ya que se estima que puede reducirse su extensión temporal pues que se intervendrá realizando monitoreos participativos que pueden incidir sobre la variable de incertidumbre asociada a las pérdidas, así como también sobre el locus de control que participa en el significado que se le otorga a la potencial pérdida. El impacto es reversible, teniendo presente que se trata de una percepción, por tanto está en el campo de lo cognitivo, pudiendo ser transformado en la medida que las personas adquieran seguridad en la confiabilidad en que las tronaduras que realiza CCMC no ocasionan vibraciones que deterioren sus viviendas, para lo cual los resultados de los monitoreos participativos son claves. La intensidad se ha valorado como media, ya que el impacto produce una alteración moderada en la apreciación de la seguridad del territorio. Corresponde a un impacto acumulativo, ya que las tronaduras y sus consecuentes vibraciones obedecen a una actividad que realizan también las otras compañías mineras insertas en el entorno del área poblada, y por ello se 192

trata de un fenómeno captado por la población, sobre el cual en la actualidad no tienen la posibilidad de hacer distingos en cuanto a la procedencia de los mismos. La certidumbre es alta, dado que ya existe una percepción de riesgo en la población debido a esta actividad de la minería en el área y ante la extensión de la vida útil de CCMC se estima que se manifestará la preocupación, tal como ya lo han expresado. La relevancia es moderada, dado que se trata de la alteración que afecta la tranquilidad y seguridad sobre las viviendas, pero relacionada con un tipo de actividad que ya existe y con una industria sobre la cual hay familiaridad en la población, lo que incide en la visión local sobre la posibilidad, significado y certidumbre que podría ocasionar la potencial pérdida en que se sustenta el riesgo percibido. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que implica un Impacto no significativo. Dimensión Socioeconómica, Fase de Construcción, Área Mina y Obras Lineales  Aumento en la demanda de servicios en la ciudad de Copiapó debido a la contratación de trabajadores foráneos en fase de construcción. Para llevar a cabo las obras tanto del Área Mina y Obras lineales, el Proyecto requiere incorporar mano de obra durante la etapa de construcción, cuyas dotaciones máximas no necesariamente ocurren simultáneamente, ya que se contará con sistemas de turnos. Estos nuevos trabajadores se sumarán a la cantidad de mano de obra utilizada en la operación actual que corresponde a 1.200 personas, provenientes en un 95,83% de la Región de Atacama, dotación que se mantendrá durante la extensión de la vida útil de la faena minera, al igual que los más de 1400 contratistas. El impacto es de carácter negativo, debido a que la demanda de servicios de alojamiento y viviendas provoca un incentivo para que potencialmente se incrementen los precios de éstos, lo que puede afectar a familias no propietarias que requieren arrendar viviendas, viendo encarecido los valores. Así también se podría potencialmente provocar un incremento del precio de los servicios de alimentación, lo que puede incidir negativamente en usuarios locales de menos recursos que requieren estos servicios. La extensión es local, debido que se trata de un potencial incremento en los costos de vida de la población local, en el valor de los arriendo de viviendas y alimentos en la ciudad de Copiapó. La duración es de mediano plazo, ya que la etapa de construcción y por ende la presencia de trabajadores foráneos se estima en una duración que no excede los 36 meses. Por otra parte es un impacto reversible, teniendo presente que una vez concluidas las obras de la etapa de construcción, las plazas laborales dejan de estar disponibles y por ende los trabajadores ya no requerirán los servicios de hospedaje y alimentación con ocasión de sus tareas en este Proyecto. Así, la intensidad es baja, ya que el impacto produce una alteración moderada en los precios implicando cambios parciales en la condición basal de la dimensión socioeconómica para la población local. Es un impacto simple, ya que se trata de un impacto puntual sobre los precios en dos tipos de servicios, que debido a la suspensión que han sufrido una serie de Proyectos que se consideraban para la región, no se han visto particularmente exigidos en el presente año, ni tampoco se tiene certeza de que pudieran verse por esta misma situación sobre demandados durante los años venideros en que se proyecta la construcción de las obras del presente Proyecto. Por su parte, la relevancia es moderada, basándose en la premisa de que tanto el acceso a vivienda como alimentación constituyen dos satisfactores a necesidades básicas altamente valorados por los grupos humanos en general y que tratándose de grupos vulnerable no siempre están cubiertas, ya que si bien existirá una demanda de los trabajadores foráneos sobre estos servicios, de acuerdo a la predominancia de la población local en los Proyectos y operación de la Compañía (96% de los trabajadores de la operación actual provenían de la región el año 2012), el número de trabajadores que requerirán estos servicios es bajo y por tanto lo es también la demanda y sus respectivas consecuencias negativas sobre la población más carenciada. Finalmente el impacto tiene una certeza alta de ocurrencia, dado que el impacto se va a manifestar, toda vez que al incluir mano de obra foránea habrá de parte de ésta demanda de vivienda y alimentación. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que implica un impacto No significativo. Dimensión Socioeconómica, Fase de Cierre, Área Mina  Pérdida de las plazas de empleo local que demandaba la operación por cierre de la misma. El Proyecto considera la ampliación de la vida útil hasta el año 2030, y a partir de este año por ahora procedería el cierre de la operación y en consecuencia cesaría la necesidad de contar con las actuales plazas de empleo, que ascienden a la fecha a 1.200, de las cuales un 96 % provienen de región.

El carácter es negativo, debido a que se acabarán las plazas de empleos locales que posibilita la operación. Es un impacto extenso, debido que se trata del término de las plazas de empleo local que provee la operación al menos en las tres comunas del área de influencia (Copiapó, Caldera y Tierra Amarilla). La duración es de corto plazo, ya que se estima que se trata de población que debido a su desempeño en la operación de la Compañía adquirirá competencias y experiencia que le posibilitará postular a otros empleos dentro de la industria minera en la región, lo que se verá reforzado por los planes de la Compañía para favorecer la pronta reinserción laboral, por lo tanto su condición de desempleo no debiera extenderse significativamente. Esto se verá reforzado porque se trata de un cierre paulatino de las obras, que comenzará con la mina, la cual concentra la mayor parte de los trabajadores, para proseguir con la 193

planta, de modo que no implicará que de una vez todos los trabajadores ya no serán necesarios. Contar con estos desfases permitirá que los Planes de Reinserción se centren progresivamente en un conjunto de trabajadores. Es un impacto reversible, teniendo presente que una vez concluida la extensión de la vida útil las plazas laborales dejan de estar disponibles, pero debido a las competencias de la dotación, los planes de reinserción y la condición minera de la región, se estima que existen altas posibilidades de que su condición de desempleo se revierta. Es de intensidad moderada, ya que el impacto altera parcialmente la condición basal, toda vez se cierran las plazas laborales en la operación, pero se trata de trabajadores calificados que pueden ser competitivos para optar a otras plazas en la misma industria y región. Corresponde a un impacto simple, ya que se trata de un impacto puntual sobre la pérdida de empleos locales. El empleo es un componente valorado por los grupos humanos, toda vez que se refiere a mejores condiciones económicas, sin embargo la relevancia de la pérdida de empleo es calificada como de moderada, ya que se trata de una situación que será planificada y que contará con programas preventivos para estimular la reinserción. Es de certidumbre alta, dado que el impacto se va a manifestar, toda vez que de materializarse el Proyecto se ampliará la vida útil hasta el año 2030 y por ahora con posterioridad a este año procedería a su cierre. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No Significativo.

Dimensión Bienestar Social Básico, Fase Construcción, Área Mina y Obras Lineales.  Aumento en la demanda de agua potable en la ciudad de Copiapó debido a la contratación de trabajadores foráneos Para llevar a cabo en la etapa de construcción las obras tanto del Área Mina como de las Obras lineales, el Proyecto requiere incorporar mano de obra durante la etapa de construcción, cuyas dotación máxima ascendería a 1.700 personas, pero no necesariamente trabajando de manera simultáneamente, ya que se contará con sistemas de turnos.

Se estima que si bien se manifestará una demanda adicional por consumo de agua potable por parte de la dotación de trabajadores foráneos, ésta no será ejercida por la mayoría de los 1.700 trabajadores que se requieren, toda vez que la operación actual y los proyectos anteriores de la Compañía predomina la población local, fruto de sus políticas de incentivo a la contratación de este tipo de trabajadores.

El carácter es negativo, debido a que la demanda del servicio de agua potable ejercerá una presión adicional sobre un bien escaso en la ciudad de Copiapó, a causa de que la cuenca del mismo nombre, desde la cual se obtiene este recurso enfrenta una crisis hídrica, que condujo a que en marzo de 2013 el Ministerio de Obras Públicas (MOP) decretara como zona de Escasez Hídrica las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó por un período de 6 meses. La extensión es local, debido que se trata de un potencial incremento en la demanda de agua potable en la ciudad de Copiapó. La duración es de mediano plazo, ya que la etapa de construcción y por ende la demanda adicional de agua potable por parte de trabajadores foráneos se estima en una duración que no excede los 36 meses. Es un impacto reversible. Lo anterior teniendo presente que una vez concluidas las obras de la etapa de construcción, las plazas laborales dejan de estar disponibles y por ende los trabajadores ya no demandarán este servicio con ocasión de sus tareas en este Proyecto. Su intensidad es media, ya que el impacto produce una alteración moderada en la demanda de este recurso escaso en la ciudad, modificando de modo parcial y momentáneo la condición basal de un indicador de la dimensión de bienestar social básico para la población local.

Se trata de un componente que es valorado por los grupos humanos, toda vez que se refiere al acceso a agua potable, un servicio vital para el bienestar humano, no obstante ello, la relevancia es baja, ya que si bien existirá una demanda de los trabajadores foráneos por agua potable, de acuerdo a los valores que han marcado la predominancia de la población local en los Proyectos y operación de la Compañía (95, 83% de los trabajadores de la operación actual provenían de la Región), el número de trabajadores que requerirán estos servicios es bajo y por tanto lo es también la demanda. La certidumbre es alta, dado que el impacto se va a manifestar, toda vez que al incluir mano de obra foránea habrá de parte de ésta demanda de agua potable. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio bajo, lo que se traduce en un Impacto No significativo.

Adicionalmente, producto de las consultas de la Autoridad durante el presente proceso de evaluación, se analiza el impacto del componente Geomorfología “Modificación del relieve y morfología local por la ampliación del rajo, operación del depósito de relaves Los Diques y ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco” debido a su interacción con la dimensión socioeconómica del medio humano.

El impacto identificado para la fase de operación del depósito de Estéril Norte y nuevo depósito de relave Los Diques, considera el crecimiento hasta sus máximas cotas según sus respectivos diseños conforme se vayan disponiendo los relaves generados por el funcionamiento de la planta de beneficio. El progresivo crecimiento de los depósitos de relaves previamente mencionados, ocasionará un impacto sobre el relieve y la topografía de su área de emplazamiento, cubriendo permanentemente el relieve actual existente.

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Desde el punto de vista geomorfológico una fuente de impacto es la ampliación del rajo de la mina, cuya operación implica mantener la tasa extracción ambientalmente aprobada de 320.000 tpd, de las cuales aproximadamente un promedio de 75.600 tpd toneladas corresponderán a mineral sulfurado que va a la planta de beneficio y el resto corresponde a material estéril, el cual será dispuesto en los depósitos de estéril. La explotación del rajo modificará adicionalmente el relieve, toda vez que se contempla la intervención de un área de 1,6 km de longitud a lo largo de la ladera NW de la Sierra El Bronce, produciendo cambios en la morfología y principalmente en las pendientes del terreno.

Otro efecto identificado tiene relación con el crecimiento en operación del nuevo depósito de relaves Los Diques y la ampliación de los actuales depósitos de estériles Norte y Nantoco, los cuales generarán la modificación adicional del relieve, en mayor grado o relevancia, dado que éstas obras implicarán la incorporación de materiales en superficie hasta alcanzar una altitud promedio de 850, 800 y 940 m.s.n.m., hasta el año 2030, lo cual cambiará permanentemente la fisiografía existente en esta área. Este impacto tiene un carácter permanente durante todo el periodo de vida del proyecto.

El impacto fue calificado de carácter negativo ya que se altera el relieve y morfología en el área de emplazamiento de las obras. Es de extensión local ya que la ampliación continua del rajo de la mina así como la ampliación de los depósitos de relaves y estériles ocasionará un impacto restringido a los sectores cercanos a éste, abarcando una superficie menor a una comuna. Posee una duración de largo plazo debido que los tiempos estimados de operación para el depósito de relaves Los Diques y depósitos de estériles Nantoco y Norte serán hasta el 2030 y que posterior a este plazo, si bien se iniciarán las obras y actividades de cierre de mina, éstas no conllevan la extracción del material depositado, manteniéndose el impacto en forma indefinida. Es un impacto irreversible considerando que durante el funcionamiento de las respectivas instalaciones no es posible revertir en forma natural y tampoco mediante acciones correctoras el estado actual identificado en el estudio de línea base. Es de intensidad media por cuanto las obras evaluadas provocarán un cambio moderado de la condición inicial identificada en el estudio de línea base, puesto que el proyecto corresponde a la modificación de un proyecto existente. Corresponde a un impacto acumulativo respecto al efecto que se inició con la construcción del muro de partida y que al prolongarse en el tiempo la depositación de relaves y de estériles se incrementa progresivamente el efecto. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia baja, dado que los sectores de emplazamiento en su mayoría corresponden a áreas que ya presentan una intervención atribuida principalmente a la actividad minera y la morfología y relieve local no es único y está altamente representado en la región. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación ambiental negativo medio-bajo, considerándose un Impacto No Significativo.

El anterior impacto se encuentra asociado al medio humano debido a tiene vinculación con la Pérdida de horas de luz natural como resultado de la sombra producida por el aumento de la capacidad de almacenamiento del depósito de estériles Nantoco y la ampliación de depósito de estériles Norte y su efecto sobre la agricultura del área, y las actividades económicas de subsistencia de la población cercana, aspectos relacionados con la Dimensión Socioeconómica del Medio Humano.

A continuación se presentan los resultados del análisis del efecto sombra para cada uno de los depósitos de estériles señalados.

 Aumento de la capacidad de almacenamiento del depósito de estériles Nantoco por sus efectos sobre agricultura del área, y las actividades económicas de subsistencia de la población cercana” El Titular presenta en Anexo 45 del Adenda N°1 el estudio denominado ―Modelación y Evaluación del Efecto Sombra‖, en este documento se explica que de acuerdo a la proyección del depósito de estériles Nantoco, no se prevén cambios significativos, para el caso futuro o con Proyecto, en términos de horas totales de luz en los puntos de observación considerados durante la evaluación. Posteriormente, en el Anexo 5 del Adenda N°3, a partir de la consulta de la Autoridad, el titular complementa su análisis incorporando la evaluación de la proyección de sombra en zonas pobladas considerando 4 puntos de observación (A,B,C,D) horario en el cual llega la sombra en el Caso X (situación actual-situación futura), horario en el cual llega la sombra en el Caso Y (situación aprobada-situación futura), diferencia entre los horarios de los dos casos, porcentaje de luz en relación al total de horas de luz en el día. De modo de poder evaluar la condición más desfavorable, es que se modelan y evalúan dos escenarios opuestos de luz solar a través del año: 21 de junio y 21 de diciembre.

En la siguiente tabla se puede apreciar un resumen de los aspectos analizados:

Resumen proyección sombra depósito de estériles NANTOCO

Casos Fecha A B C D 195

Aprobado v/s Futuro 21 de junio Se mantiene la sombra del relieve natural. Se mantiene la sombra del relieve natural. El caso futuro no modifica la condición aprobada ambientalmente . El caso futuro no modifica la condición aprobada ambientalmente . Actual v/s Futuro 21 de junio No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural 6 min. Se adelanta la sombra respecto al caso actual. 0,9% de sombra sobre el caso actual. Aprobado v/s Futuro 21 diciembre El caso futuro no modifica la condición aprobada ambientalmente . Se mantiene la sombra del relieve natural. Se mantiene la sombra del relieve natural. Se mantiene la sombra del relieve natural. Actual v/s Futuro 21 diciembre 10 min. Se adelanta en el caso futuro. 1,2% de sombra sobre el caso actual No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural No hay diferencia, se mantiene la sombra del relieve natural Fuente, Anexo 5 Adenda N°3

De acuerdo a lo anterior, se concluye que no hay cambios significativos para el caso futuro o con proyecto en términos de horas totales de luz para el depósito Nantoco en relación al caso ambientalmente aprobado en ambas fechas.

Para el 21 de junio, no existen diferencias entre el caso actual y futuro para todos los puntos de observación, excepto para el punto de referencia de vegetación D, donde se adelanta la sombra en 6 minutos, lo que equivale a un 0,9% más de luz que en el caso Actual.

Para el 21 de diciembre, no existen diferencias entre el caso actual y futuro para todos los puntos de observación, excepto para el punto de referencia A, en el cual se adelanta en 10 minutos la llegada de la sombra en el caso futuro en relación al actual, es decir existe un 1,2% más de luz en el Caso Actual.

Del análisis efectuado se concluye que el impacto es de carácter negativo, debido a que existe la percepción que hay un efecto en la agricultura de la zona por la potencial disminución de horas de luz natural por el efecto sombra del depósito Nantoco. La extensión es local debido a que se trata de un efecto acotado al área de influencia de la sombra que genera el depósito. Respecto a la duración, esta ha sido clasificada como de largo plazo, e irreversible ya que el depósito es una obra permanente. La intensidad adquiere un nivel bajo, ya que no hay efectos significativos entre la condición aprobada y la condición futura o con Proyecto. Es un impacto simple ya que se trata de un impacto particular asociado a una determinada obra. La certidumbre es alta, ya que el depósito irá creciendo en el tiempo y proyectará un cono de sombra en el valle. La relevancia es moderada, ya que corresponde a la percepción más que una afectación concreta en la vegetación, agricultura o actividades económicas de subsistencias. Las valorizaciones antes presentadas permiten señalar que este impacto se encuentra bajo un índice de calificación de impacto negativo medio, es decir un impacto No Significativo.

Por otra parte, durante el proceso de evaluación se analiza el “Efecto sombra por la ampliación del depósito de estériles Norte”

El Titular presenta en el Anexo 45 del Adenda N°1 “La Modelación Sombra Depósito De Estériles Norte”. En este documento se evaluó el efecto de la sombra en la zona de Tierra Amarilla del depósito de estériles Norte para el caso aprobado ambientalmente y para la situación futura con proyecto para el depósito de estériles Norte. El análisis considero la proyección de sombras en distintos horarios, para las fechas del año en las que se produce la mayor diferencia en las mismas: 21 de junio y 21 de diciembre. El resultado de la proyección de la sombra para la fecha 21 de junio demuestra que no existen diferencias significativas de la condición con proyecto versus el caso aprobado ambientalmente. Lo anterior se debe a que CCMC ha considerado como medida de mitigación en el diseño de la ampliación del depósito, la readecuación de 60.000.000 toneladas de material a disponer, de manera que se disminuirá 196

la cota desde 832 m.s.n.m. (cota aprobada ambientalmente) a la cota 820 m.s.n.m. (cota con proyecto) en ese sector. Para la fecha del 21 de diciembre, no se identifican diferencias relevantes en términos de tiempo de desfase de la sombra entre el caso aprobado y el caso con proyecto o caso futuro.

Posteriormente, en Anexo 20 del Adenda N°2 se presenta se puna actualización y del Estudio ―Modelación Sombra Depósito de Estériles Norte”. En dicho estudio se considera una mayor resolución espacial de las líneas de sombra donde se puede distinguir la sombra producida en el valle por la topografía natural y la sombra producida por las obras del Proyecto, incorpora la evaluación en puntos representativos de la población y de las actividades agrícolas del valle y evaluación de la disminución o aumento de horas de luz natural en estos mismos puntos, producto de la proyección de las sombras de la ampliación de los depósitos de estériles del Proyecto.

En la siguiente tabla se puede apreciar un resumen de los aspectos analizados:

Resumen Proyección de Sombra Depósito NORTE Casos Fecha A B C Actual v/s Futuro 21 de junio Se mantiene la sombra del relieve natural. +2 min. Se adelanta la sombra en el caso futuro. 0,3% más de luz en el caso actual El caso futuro no modifica la condición actual. Aprobado v/s Futuro 21 de junio Se mantiene la sombra del relieve natural. El caso futuro no modifica la condición aprobada ambientalmente. Se mantiene la sombra del relieve natural. Actual v/s Futuro 21 diciembre El caso futuro no modifica la condición actual. Se mantiene la sombra del relieve natural. Se mantiene la sombra del relieve natural. Aprobado v/s Futuro 21 diciembre -10 min. Se atrasa la sombra en el caso futuro. 1,2% más de luz en el caso Futuro Se mantiene la sombra del relieve natural. Se mantiene la sombra del relieve natural. Fuente: Anexo 20 Adenda N°2

Las modelaciones del estudio de sombras adjunto en el Anexo 20, indican que no se generarán afectaciones significativas, ya que en el escenario más desfavorable analizado (21 de junio) la disminución de la luz equivale a 2 minutos al día en relación a la situación actual pero no hay diferencias entre el caso aprobado y el caso futuro o con Proyecto, lo que equivale a 0,3% más de luz en el caso actual. Es importante señalar que el diseño de la ampliación del depósito de estériles Norte contiene mejoras respecto del caso aprobado lo cual se puede visualizar en fecha 21 de diciembre, donde el caso futuro o con Proyecto genera menos sombra que el caso aprobado.

Respecto al impacto por pérdida de luz solar en la localidad de Tierra Amarilla, se entiende que la preocupación e incertidumbre de la población en relación a la esta obra, constituye una percepción de pérdida respecto a la luz solar, evento que puede ser catalogado como un impacto social perceptual a partir de las experiencias cotidianas en el territorio, situación que provoca observar el efecto de la sombra, y asociarlo como algo relevante y negativo. Por lo tanto, esta afectación adquiere un carácter emocional observable en la percepción, lo que corresponde a un impacto social.

Conforme a lo anteriormente expuesto, el impacto del Proyecto ―Percepción de pérdida de horas de luz como resultado de la sombra, producida por el aumento de la elevación del Depósito de Estériles Norte‖, es calificado de la siguiente manera:

El impacto es de carácter negativo, debido a que existe la percepción que hay un efecto en la agricultura de la zona por la potencial disminución de horas de luz natural por el efecto sombra del depósito Nantoco. La extensión es local debido a que se trata de un efecto acotado al área de influencia de la sombra que genera el depósito. Respecto a la duración, esta ha sido clasificada como de largo plazo, e irreversible ya que el depósito es una obra permanente. La intensidad es baja, ya que no hay efectos significativos entre la condición aprobada y la condición futura o con Proyecto. Es un impacto simple ya que se trata de un impacto particular asociado a una determinada obra. La certidumbre es alta, ya que el depósito irá creciendo en el tiempo y proyectará un cono de sombra en el valle. La relevancia es moderada, ya que corresponde a la percepción más que una afectación concreta en la vegetación, agricultura o actividades económicas de subsistencias. Las valorizaciones antes presentadas permiten señalar que este impacto se encuentra bajo un índice de calificación de impacto negativo medio. 197

Por lo anterior, corresponde a un impacto no significativo motivo por el que no se considera necesaria la implementación de medidas adicionales.

Finalmente, durante el proceso de evaluación se analiza el ―Aumento del flujo vehicular en horario punta en calle Costanera, entre enlace norte Ruta C-35 y Ruta C-397 por construcción de obras.

En este análisis se considera que dado el incremento en el tránsito vehicular en el Área Mina por las actividades de construcción del muro de partida del nuevo depósito de relaves Los Diques y los demás sistemas asociados, la reubicación parcial de las líneas eléctricas y de la Ruta C-397. Estás actividades generarán un flujo vehicular atribuible al transporte de personal, maquinaria, insumos y residuos, no obstante sólo el tránsito de personal ocupará el tramo objeto de esta evaluación, por cuanto tanto camiones como camionetas utilizarán en fase de construcción vías de acceso alternativas a las obras

En consecuencia la fuente de impacto directa corresponderá sólo al flujo vehicular producto del transporte de trabajadores por medio de buses provenientes desde Copiapó y cuya estimación, en número de vehículos en el escenario más conservador, será de 25 viajes (solo de ida). Ahora bien, se entiende que el escenario más desfavorable se manifestará, durante el horario punta (7:00 a 8:00 horas) y de acuerdo a la planificación del Proyecto, sólo en el año 2016, fecha donde existirá simultaneidad de las actividades de construcción. Cabe señalar que conforme a las conclusiones del Estudio de Impacto Vial, no se prevén impactos en el horario punta tarde.

De acuerdo a lo anterior el impacto Aumento del flujo vehicular en horario punta en calle Costanera, entre enlace norte Ruta C-35 y Ruta C-397 por construcción de obras se califica de la siguiente manera. El impacto es de carácter negativo ya que incrementará las molestias para los usuarios de esta ruta debido al aumento que experimentarán en los tiempos de espera, menor capacidad de maniobra, entre otros aspectos asociados a los indicadores de desempeño. Es de extensión puntual ya que el aumento de tránsito vehicular sólo tendrá repercusiones directas en el tramo de estudio, puesto el flujo vehicular una vez que se cambia de nivel de servicio, es absorbido sin alterar mayormente su condición. Posee una duración de mediano plazo ya que el tiempo de prolongación de este impacto se circunscribirá a la duración de la fase de construcción y particularmente a la época de superposición de todas las obras de construcción del Proyecto que en el escenario más desfavorable tendrían un tiempo de duración de aproximadamente 2 años. Es un impacto reversible ya que el efecto se revierte en forma natural una vez finalizada la acción o fuente que lo genera, en este caso el traslado de personal para la fase de construcción. Es de intensidad media ya que el aumento de 25 buses sobre la Costanera no provocará modificaciones significativas de los indicadores de desempeño, sin perjuicio que producto de la operación de la vía (sin proyecto) se puede producir una disminución de la calidad del servicio de la ruta. Corresponde a un impacto acumulativo ya que el flujo vehicular de la situación basal posee una incidencia ambiental que se ve deteriorada por la incidencia generada por el flujo vehicular del Proyecto. Posee una certidumbre alta por cuanto existe una seguridad razonable de manifestación del impacto. Se considera que el componente posee una relevancia alta, dado que se trata de una ruta que posee un uso importante y actual por parte del grupo humano. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio, se concluye un Impacto No significativo.

7 Que, los efectos, características y circunstancias del artículo 11 de la Ley Nº 19.300 han sido adecuadamente considerados, según se indica a continuación, definiéndose las medidas de mitigación, reparación o compensación apropiadas, de conformidad a lo señalado en el artículo 16 de la Ley Nº 19.300:

a) En relación al riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos;

Para el manejo de las aguas servidas en la etapa de construcción se implementará un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo colector con estanque sellado y enterrado, cuyas aguas servidas y lodos serán retirados periódicamente por camiones autorizados, y dispuestos, finalmente, en plantas de tratamiento debidamente autorizadas. Una vez finalizada esta etapa, dichas instalaciones serán removidas. A su vez, para el manejo de las aguas servidas generadas en los frentes de trabajo del Área Obras Lineales, se utilizarán baños químicos cuya instalación, operación y limpieza será encargada a alguna empresa externa especializada y autorizada. Durante la etapa de operación, se mantendrá la dotación actual de personal y por ende los sistemas existentes, previamente autorizados, para el tratamiento de las aguas servidas. En el Área Mina las aguas servidas son conducidas hacia la planta de tratamiento con la que actualmente cuenta el Titular dentro de sus instalaciones, mientras que en el Área Puerto son colectadas mediante fosas sépticas, retiradas posteriormente por un contratista autorizado y dispuestas en la planta de tratamiento de aguas de Caldera. Finalmente se ha determinado que no existe impacto significativo por estas componentes.

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Los niveles de ruido proyectados durante la etapa de construcción y operación del proyecto, no excederán el límite establecido por el D.S.38/11 del MMA para fuentes fijas y las normativas de referencias utilizadas en el proceso de evaluación con relación al ruido de tronaduras y fuentes móviles, así como las vibraciones generadas, por lo que se consideró un impacto no Significativo. De acuerdo a la información presentada durante el proceso de evaluación, se verifica el cumplimiento de la normativa vigente para fuentes fijas en las distintas localidades en las que se emplazan las obras del Proyecto. Sin embargo, en algunos puntos se ha definido la implementación de pantallas, así como también se definió disminución de la cantidad de explosivos. Aplicando dichas restricciones es posible concluir que las vibraciones generadas por actividades de tronaduras no generarán daños a las edificaciones evaluadas. En caso de que estos compromisos no sean efectivos, se implementará a la brevedad nuevas medidas. Por lo anterior, el Titular enviará los reportes de monitoreo de ruido, presentando los resultados y conclusiones del mismo, e incorporará en caso que corresponda, la recomendación de nuevas medidas para que estas sean evaluadas por la Autoridad. Como conclusión se ha determinado que no existe impacto significativo por estas componentes.

En relación al impacto sobre emisiones y calidad del aire se ha determinado que existe un Impacto significativo por la continuidad de las emisiones de material particulado MP10 y MP 2,5 por 13 años más de operación del proyecto.

Las diversas solicitudes realizadas durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar el riesgo hacia la salud de la población, tal como lo indica el artículo 5 del RSEIA, esta Autoridad en conjunto con los Servicios competentes, en lo medular corresponden a:

 En el Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se solicitó evaluar la calidad del aire en la ciudad de Tierra Amarilla considerando los niveles técnicos de saturación existentes, independiente de la declaración de zona que pueda existir, además, se solicitó proponer medidas adecuadas frente a los impactos generados, como también realizar una reevaluación de su impacto generado en la materia, considerando para ello la magnitud, duración y exposición de la población. Complementariamente, se indicó al Titular que debía seguir los lineamientos metodológicos de la Guía para el Uso de Modelos de Calidad de Aire en el SEIA (en adelante, la Guía), y no consignar impactos exclusivamente en base a la respuesta del modelo. Finalmente la Autoridad Sanitaria, consideró que, textual ―Las emisiones del Escenario Futuro son emisiones significativas, ya que estamos hablando de 29,6 Ton/día de TPS, 6,9 Ton/día de mp10 y 2,5 Ton/día mp2,5‖;

 En el Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró al Titular la solicitud de presentar una modelación de acuerdo a los lineamientos metodológicos estipulados en la Guía, justificando para este caso en particular, las ventajas comparativas que existen en el uso de modelos de diagnóstico meteorológico (como CALMET) por sobre el uso de modelos de pronóstico como WRF. Además, el Titular debía considerar el análisis de los parámetros de estimación de profundidad de capa límite y estabilidad atmosférica, como también, un estudio particular de vientos de pendientes (Catabáticos), que permitiera identificar la correlación de este evento con las holguras de norma primaria de calidad. Asimismo, se indicó que el proyecto no entregaba garantías para asegurar que no se producirán efectos significativos a la salud de la población, por lo que se le solicitó presentar medidas de mitigación y compensación que permitan demostrar impacto cero a la calidad del aire;

 En el Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró nuevamente al Titular, que NO correspondía definir o consignar un impacto a partir del valor absoluto resuelto a través de la aplicación del modelo de dispersión CALMET-CALPUFF el cual prescindía del correspondiente análisis de su incertidumbre, y se reiteró la solicitud de caracterización de vientos de pendiente, para lo cual el Titular debía realizar un nuevo monitoreo (unas 10 noches claras y calmas, o hasta completar un periodo de 45 días). Finalmente, se indicó que debía reconocer un impacto significativo a su proyecto, por lo que tendría que presentar medidas de mitigación reparación y/o compensación correspondientes para hacerse cargo adecuadamente del impacto identificado, donde las medidas voluntarias presentadas, debían ser compensatorias, una vez definidas las nuevas medidas de mitigación dentro del predio industrial.

 En el Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se indicó al Titular que se identificó un impacto significativo sobre la calidad del aire por el aumento y la continuidad de las emisiones de material particulado MP10 y MP 2,5, y debía indicar las medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos. 199

Al respecto y si se utiliza la misma metodología de matriz de impacto empleada por el Titular durante el proceso de evaluación, para evaluar el impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por continuidad de las emisiones de material particulado (MP10 y MP 2,5) y gases (CO, SO2, NO2). Sí se considera sólo el material particulado (MP10 y MP 2,5), y cambiamos la Intensidad determinada por el Titular como intensidad baja, por una Intensidad Alta, por cuanto el aporte del proyecto no puede ser considerado como poco significativo, dado que las emisiones se mantienen por 13 años más, en donde además la concentración de MP10 y MP 2,5 como aporte del proyecto a una línea de base ajustada (línea de base que no considera el aporte actual del proyecto en operación, dado que fue restada a la línea de base medida en las estaciones de monitoreo consideradas en el proceso de evaluación) aumenta para cada uno de estos contaminantes, manteniendo así el Estado de Saturación de las normativas primarias de calidad, y con ello prolonga el riesgo inherente a la salud de la población. Lo anterior permite asignar a este impacto un índice de calificación de impacto negativo medio alto, lo que se traduce en un IMPACTO SIGNIFICATIVO. Además se indica al Titular que respecto a los indicadores utilizados para la variable Intensidad, para evaluar el impacto a la calidad del aire en una zona en condiciones de Saturación, que posee los límites por sobre la norma, los presentados no corresponden por cuanto estos no pueden reflejar la condición de Saturación, y sólo pueden ser utilizados para el caso que no exista este tipo de condición, dado que una zona en condición de saturación, la situación base ya es de riesgo para la salud de la población, cualquier incremento a ésta, provocaría aumentar el riesgo inherente existente y por lo tanto de acuerdo a su magnitud y duración debe evaluarse la Intensidad, no haciendo caso omiso a que se continúe con la condición basal.

Al respecto en todas las Adendas, el Titular insiste en que no genera efectos a la salud de la población, asociadas a las emisiones generadas por su proyecto. Por lo tanto y según lo estipulado en el artículo 11 de la Ley N°19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, los proyectos que se sometan al SEIA, requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el referido artículo, para el presente caso, el literal a) del mencionado artículo indica que, deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos (énfasis agregado).

Entendiéndose por Riesgo a la salud de la población, la probabilidad de ocurrencia del efecto adverso sobre el receptor, donde sea reconocible la existencia de una fuente contaminante, un receptor (población) y la exposición al riesgo.

En particular, lo señalado anteriormente se expresa en el artículo 5) del D.S. Nº95 del 2001 Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), que en lo medular indica: ―El Titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará:

a. Lo establecido en las normas primarias de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que se señalan en el artículo 7 del presente Reglamento;

En concordancia con lo establecido en el literal anterior, la tabla siguiente corresponde a la información de línea de base de Material Particulado registrado en la ciudad de Tierra Amarilla, la cual formó parte de los antecedentes presentados por el Titular en el contexto de la evaluación ambiental del Proyecto de Continuidad Operacional Candelaria 2030.

Tabla: Valores de Línea de Base de Calidad del Aire en Tierra Amarilla (μg/m³N) Parámetro Periodo Valor Norma MP10 (valores año 2011) TAMA P 98 176,2 150 Anual 75,5 50 MP2.5 (Valores Año 2013) TAMA P 98 54,0 50 Anual 26,0 20 Fuente: Información extraída de la Tabla 4-4 del Apéndice 2, del Anexo 7 presentado en Adenda N°3.

De lo anterior, y tal como el Titular lo indica en el desarrollo de la evaluación de impacto ambiental del proyecto, existe condición técnica de saturación de material particulado (MP10 y MP2,5) para el valle de Tierra Amarilla, determinada por 200

las holguras sobre las normas primarias de calidad (diaria y anual), situación que fue continuamente relevada por la Autoridad, durante el proceso de evaluación, en orden de modificar su calificación de impacto a carácter significativo y presentar las correspondientes medidas de mitigación, reparación y compensación que permitan hacerse cargo adecuadamente del impacto que genera en la localidad. Respecto de lo anterior, el Titular establece dentro de sus continuas argumentaciones, tomando como referencia lo indicado en las conclusiones del Anexo 4-D ―Evaluación de Impacto en la Calidad del Aire‖ del EIA, lo siguiente:

“…Aunque la línea base para material particulado en fracción 10 (MP10) presenta condiciones de saturación para los criterios en 24 horas y anual de acuerdo a los registros recopilados en la Estación Monitora de Tierra Amarilla, se debe establecer que la proyección de Calidad del aire, generada a partir del aporte del Proyecto, no produce aumentos de los niveles sobre la Calidad del Aire en el sector, lo anterior debido principalmente a las medidas de control de emisiones adicionales que se consideran implementar.”

Adicionalmente el Titular en respuesta N° 18, Capítulo 4 del Adenda N°2 (tomo II) indicó:

“… el concepto de área técnicamente saturada es un concepto extralegal, que no tiene su sustento en la Ley ni en el Reglamento. Desde esa perspectiva, sólo un PPDA (cuya fuente sea un decreto que declare una zona como saturada), puede establecer medidas específicas para las actividades o proyectos que se emplacen en una zona saturada”.

De los referidos textos, es necesario indicar primeramente que la consideración formulada por el Titular respecto a que la proyección de impactos no produce aumentos de los niveles sobre la calidad del aire en el valle de Tierra Amarilla es desde toda perspectiva errada y carente de sustento, puesto que supone que la operación actual de minera Candelaria y su impacto actual (simulado) forman parte de la condición ambiental base la cual se verá mejorada producto de las medidas de control a implementar en el diseño del proyecto de continuidad operacional. Al respecto, el proyecto Minero Candelaria cuya vida útil caduca el año 2017, fue evaluado en otro contexto ambiental base no homologable a la situación actual, de tal manera que el proyecto de continuidad operacional que aumenta la operación por 13 años adicionales, mantiene la condición de saturación existente en la comuna de Tierra Amarilla, por lo tanto cualquier concentración adicional de material particulado en dicha localidad constituye un aporte relevante en magnitud y duración y genera un riesgo a la salud de la población, y por ende un impacto significativo. Para mayor abundamiento, y a pesar de existir observaciones respecto de la modelación realizada, dado que el lugar de emplazamiento del proyecto se configura de manera distinta donde los modelos predictivos no correlacionan el impacto por sí solo; si consideráramos el modelo de dispersión presentado por el Titular, el impacto del proyecto para su escenario futuro, esto es considerando que el proyecto actualmente caduca en 2017 y que la operación por 13 años más conlleva a seguir manteniendo las concentraciones de material particulado MP10 y MP 2,5 por sobre las normas tal como se observa en las tablas presentadas en el capítulo de evaluación de impacto, las cuales además consideran una línea de base ajustada, esto es, sin la operación del proyecto (restando la anterior línea de base a la concentración que el proyecto genera actualmente), según lo presentado por el Titular la cantidad en concentraciones serían para el aporte futuro de su proyecto a la calidad del aire del orden de 6,2 y 2,2 ug/m3N de MP10 para la norma diaria y anual, y de 1,9 y 0,7 ug/m3N para las norma diaria y anual de MP2,5, y por lo tanto dicho aporte en ningún caso puede considerarse de carácter No significativo tomando en consideración que se aumenta la condición de riesgo pre-existente. Lo indicado precedentemente, también se agudiza cuando se tiene a la vista los cuestionamientos que se mantienen respecto de la metodología de proyección de impactos que no tiene la carga de la incertidumbre del modelo predictivo, tal como se muestra más adelante.

Por otra parte es necesario indicar, que la condición de área saturada sin declaratoria oficial por parte de la autoridad, No desvirtúa la generación del riesgo a la salud de las personas, aspecto relevante de considerar en el marco del SEIA. Entiéndase además, como estado de saturación el área en que las mediciones muestran que se supera el valor máximo establecido en una norma o un valor referencial (según lo señalado en la Guía de Evaluación de Impacto, Riesgo para la salud de la población, SEA 2012).

Por lo tanto, considerando la crítica condición de la comuna de Tierra Amarilla determinada por las holguras por sobre las normas primarias de MP10 y MP2,5 que derivaron en un proceso de gestión por parte de la Autoridad (Ministerio del Medio ambiente, a través de su Secretaría Regional Ministerial) para la Recuperación Ambiental de ciudad (PRA), con énfasis en la calidad del aire, y ante la evidente generación de efectos del proyecto hacia la salud de la población, señalado por la Autoridad Sanitaria, toda vez que el aporte presentado en el proceso en una zona que presenta niveles por sobre la norma, cualquier concentración adicional de material particulado en la localidad de Tierra Amarilla constituye un aporte relevante y significativo en cuanto a magnitud y duración por un periodo de 13 años, manteniendo los niveles de saturación en la ciudad de Tierra Amarilla determinándose un Impacto Significativo.

b. La composición, peligrosidad, cantidad y concentración de los efluentes líquidos y de las emisiones a la atmósfera; 201

En relación a los aspectos contemplados en el literal b) del artículo 5 del RSEIA, la peligrosidad de las emisiones que son liberados a la atmósfera producto de la intensiva actividad ejecutada en el área planta mina, tienen una singularidad relevante toda vez que el polvo generado (en toda su distribución de tamaño de partícula) corresponde básicamente a polvo en suspensión de los caminos internos tanto de Mineral como de Estériles, que según lo presentado por el propio Titular representa un 51% del total de las emisiones generadas para el escenario futuro; mientras que para el MP2,5, la actividad de mayor emisión corresponde a la Planta de Chancado y Pebbles, actividad que representa un 32% del total de las emisiones de MP2,5. En la línea de lo referido y lo indicado por la Autoridad Sanitaria, durante el actual proceso de evaluación, conforma un argumento de primaria relevancia, sosteniendo que existe evidencia científica que permite demostrar que la exposición a material particulado suspendido en el aire tiene efectos adversos en la salud de las personas, existiendo creciente evidencia de que las partículas más finas de material particulado (MP 2,5) tiene mayor impacto en la salud. Al respecto, la Agencia de Protección Medio Ambiental de Estados Unidos (USEPA), ha encargado hace años numerosas investigaciones que han permito establecer diferentes tipos de impacto, de las distintas fracciones de MP10, considerando exposiciones a corto y largo plazo. De este modo, los estudios epidemiológicos disponibles en la actualidad indican que existe evidencia suficiente para concluir una relación causal entre la exposición a MP 2,5, tanto de corto como largo plazo y la mortalidad. Esta asociación también se observa entre la fracción de MP10 y exposición a corto plazo. La exposición crónica a las partículas aumenta el riesgo de enfermedades cardiovasculares y respiratorias, así como de cáncer de pulmón. Además respecto a los perfiles de morbimortalidad de las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla, se observa que, de acuerdo a los últimos datos validados, las principales categorías de defunciones para Copiapó (1997-2011) son ―tumor maligno de bronquios y pulmón‖, con una tasa para el trienio 2009-2011 superior a la región y país, e ―infarto agudo de miocardio‖. En el caso de comuna Tierra Amarilla (1997-2011), está la ―neumoconiosis debida a polvo de sílice‖ y ―otras enfermedades pulmonares obstructivas crónicas‖, con tasas para el trienio 2009-2011 mucho mayor a las observadas en la región y país. Por lo anteriormente señalado, es posible inferir que los aumentos en las emisiones de material particulado en la comuna Tierra Amarilla, tenderán a perjudicar la salud de la población, aún más, cuando ya presentan como principales causas de defunciones las enfermedades asociadas a causas circulatorias y respiratorias, considerando además, que el aporte de material particulado generado durante los 13 años de operación del proyecto, que constituyen 6,9 ton/día MP10 y 2,4 ton/día de MP 2,5 en un área que se encuentra expuesta a un riesgo, por las condiciones de saturación y ubicada a 4 km. del proyecto, es considerado como un impacto significativo, dada la configuración del riesgo a la salud de la población, donde la exposición de esta cantidad de contaminantes ha sido señalada por la Autoridad Sanitaria como significativa, indicando textual: ―Las emisiones del Escenario Futuro son emisiones significativas, ya que estamos hablando de 29,6 Ton/día de TPS, 6,9 Ton/día de mp10 y 2,4 Ton/día mp2,5‖, y que se conoce que el material particulado está relacionado a las enfermedades mencionadas, considerando además, que las emisiones de MP2,5 se verán incrementadas respecto al escenario actual presentado por el Titular, donde existirá un aumento de 2,1 ton/día a 2,4 Ton/día y según lo expuesto anteriormente, en concordancia con lo indicado durante el presente proceso de evaluación, la exposición a este contaminante tanto de corto como largo plazo, posee una relación causal con la mortalidad.

c. La frecuencia, duración y lugar de las descargas de efluentes líquidos y de emisiones a la atmósfera; …”. Del presente literal, se destaca lo que tiene directa relación con exclusión del criterio de durabilidad del proyecto para la ponderación de su impacto en el recurso ambiental aire con su natural implicancia en la salud de la población habitante del entorno al área de influencia del proyecto. En efecto, toda la evaluación y la valoración de la significancia del impacto derivado de la materialización del Proyecto, se sustenta en el criterio de magnitud, sin considerar que la continuidad operacional del Proyecto Minera Candelaria otorga una vida útil adicional equivalente a una etapa operacional de 13 años, ostentando un volumen de emisiones significativas, las que se pueden extraer del proceso de evaluación en su última actualización en el Anexo 7, Apéndice 2, tabla 3-1 del Adenda N°3 donde señala que, la emisión de MP10 para el escenario futuro será 6902,3 Kg/día y la emisión de MP2.5 para el escenario futuro será equivalente a 2368 Kg/día por el periodo adicional de su desarrollo. Por lo anterior, la ejecución del proyecto, a través de la continuidad operacional por 13 años más, constituirán un efecto adverso significativo sobre la salud de la población, dicho aumento y duración es relevante, por cuanto si el proyecto no continuara su operación (desde el 2017 al 2030) en términos generales los valores de la emisión actual (7353,9 K/día de MP10 y 2155,3 Kg/día de MP2,5) no serían aporte a la ciudad de Tierra Amarilla; por lo tanto la emisión futura en la continuidad operacional de 13 años, constituirán un aporte relevante dada la duración del proyecto generando un riesgo a la salud de la población y por ende un impacto significativo.

Por todo lo anteriormente expuesto, y dada la existencia de un impacto significativo a la salud de la población producto de las emisiones a la atmósfera en la ciudad de Tierra Amarilla en este proceso se establecen las medias de mitigación, reparación y/o compensación que permiten hacerse cargo adecuadamente del impacto, considerando además lo expuesto por la Autoridad Sanitaria en donde indicó: ―resulta de la mayor importancia que TODAS las medidas señaladas para el Control de Emisiones, presentadas por el Proponente como medidas de control y voluntarias a lo largo del proceso de evaluación, deban ser consideradas como medidas de mitigación y compensación. 202

Además, deberán en su mayoría estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto “Candelaria 2030 Continuidad Operacional”.

A mayor abundamiento, respecto de la evaluación de impacto realizada anteriormente, se debe tener en consideración además que el artículo 12, en su literal g) indica: que los estudios de impacto ambiental deben contener “una predicción y evaluación del impacto ambiental del proyecto o actividad, incluidas las eventuales situaciones de riesgo. Para tales efectos, se contrastarán cada uno de los elementos del medio ambiente descritos, caracterizados y analizados en la línea de base con sus potenciales transformaciones derivadas de la ejecución o modificación del proyecto o actividad, considerando las fases de construcción, operación y cierre o abandono, si las hubiere. Sin perjuicio de lo anterior, la predicción y evaluación de los impactos ambientales se efectuará en base a modelos, simulaciones, mediciones o cálculos matemáticos. Cuando, por su naturaleza, un impacto no se pueda cuantificar, su evaluación sólo tendrá un carácter cualitativo. (énfasis agregado). Asimismo, cuando corresponda, la predicción y evaluación de los impactos ambientales se efectuará considerando el estado de los elementos del medio ambiente en su condición más desfavorable. El uso de procedimientos o metodologías necesarios para cumplir la exigencia señalada en el inciso anterior, deberá estar debidamente justificado. La predicción y evaluación de los impactos ambientales considerará los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley, atingentes al proyecto o actividad, y considerará, según corresponda, los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos.”

En este sentido, el impacto a la Calidad del Aire, tal como se ha informado durante el proceso de evaluación, no debió fundarse solamente en el modelo de dispersión presentando, sino tal como lo expresa la legislación “…Cuando, por su naturaleza, un impacto no se pueda cuantificar, su evaluación sólo tendrá un carácter cualitativo”. Lo anterior, se funda en los siguientes términos:  El área de estudio configura condiciones particulares en la atmósfera nocturna, determinadas por el enfriamiento en las capas más cercanas al suelo y un decaimiento de la densidad con la altura lo que conlleva a una organización de la atmósfera muy estable. Esta peculiar condición, que es habitual en las noches claras y calmas (propias de la región norte), produce una estratificación de la atmósfera la cual permite la generación de los denominados ―vientos de pendiente‖ o ―vientos catabáticos‖ correspondiente a masas de aire frío y denso en los estratos bajos los cuales fluyen ladera abajo y que son capaces de transportar grandes proporciones de material particulado debido a la acción de gravedad.

De lo anterior es posible sostener que existe una situación particular asociada al sistema o expresión geográfica del área de influencia que requiere un tratamiento particular, puesto que la potencial generación de los eventos antes descritos pueden explicar ciertamente los ciclos diurnos de circulación de vientos que inducen las críticas condiciones ambientales de Tierra Amarilla. En efecto, a partir de los resultados del trabajo particular realizado con los datos de monitoreo adjunto en Adenda N°3, pueden establecerse conclusiones importantes que contravienen lo indicado por el Titular en el proceso de evaluación.

Los Gráficos 1 y 2 siguientes, muestran el ciclo diario de las concentraciones de MP10 y el régimen de vientos observados en estación TAMA, respectivamente. Gráfico 1

203

Gráfico 2 Perfil diario de la dirección del viento

De la observación puede indicarse que existe una trayectoria bien marcada del ciclo con mínimos registrados en periodo nocturno y máximos en periodo diurno. A partir de las 21 horas, luego de la caída del sol comienza el enfriamiento nocturno que permite el desarrollo de los flujos catabáticos de acuerdo a lo señalado con antelación. Este sistema y organización de vientos se genera en toda la dimensión geográfica que compromete el área de influencia del proyecto, lo que se traduce en un sistema de drenaje con flujos de aire limpio que escurren desde las laderas del entorno (incluidos los flujos montaña-valle de Tierra Amarilla), así como escurren al interior del rajo. Estos flujos catabáticos limpios que entran al rajo expulsan de éste, un caudal igual pero cargado del polvo generado por la faena que se efectúa en el interior del rajo. Con el desarrollo del periodo nocturno, el aire expulsado del interior del rajo (aire contaminado) realiza su desbordamiento por los puntos bajos del brocal, conectándose con el esquema de Flujos catabáticos de la organización externa que transportan aire limpio, tal como se presenta en la figura N°1. Horas después se tiene al polvo proveniente del rajo, fluyendo siempre pendiente abajo y con velocidades que difícilmente superan 1 m/s (dependen de las pendientes) hacia los receptores ubicados en la localidad de Tierra Amarilla. Debe señalarse que estos flujos catabáticos tienen una altura sobre el suelo de pocos metros, inferior a los 10 metros de altura del anemómetro ubicado en TAMA, el cual tiene la incapacidad de registro de la fenomenología descrita y sobre la cual el Titular sienta la fundamentación del régimen de viento cuya componente Norte, descarta la posibilidad de transporte de material en el sentido Mina-Receptor. En tal sentido, la instrumentación TAMA es ciega para el registro de vientos de pendiente.

Figura N° 1. Régimen de vientos catabáticos 204

Fuente: Elaboración SEA, a partir del régimen de vientos presentados

Complementariamente, la interpretación del gráfico 1, permite sostener que en el monitor TAMA la concentración que a las 21:00 era de 50 ugr/m3 comienza un periodo de decaimiento de las concentraciones hasta un mínimo hasta unos 30 ugr/m3, para posteriormente comenzar un periodo de incremento sostenido en torno a las 3:30, que se asocia a los aportes de aire contaminado que es transportado a través de los drenes dispuestos en el entorno del área industrial Candelaria (básicamente el rajo) recorriendo entre 3 y 6 Km durante aprox. 6 horas de viaje. Este crecimiento de la concentración es muy importante pues llega a más de 90 ugr/m3. a las 9:00 am cuando el sol comienza a calentar la superficie del terreno y aún no comenzaron a soplar los vientos del N (ver gráfico 2). Este calentamiento, se produce en forma lenta. Entre tanto los flujos contaminados ya establecidos, siguen fluyendo y va aumentando la concentración medida en TAMA. Se estima que este sistema tiene un alcance territorial que supera el límite norte de Tierra Amarilla, transportando una significativa proporción de material particulado que reingresa al Valle una vez comienza el régimen de viento sinóptico de origen norte de gran intensidad y que quiebra el sistema de flujos catabáticos levantando nuevamente el polvo debido a su acción convectiva. Esta situación, sumada al polvo proveniente del valle de Copiapó explicarían las holguras de normas registradas en TAMA en el periodo diurno del ciclo diario.

Además, se indica que el monitoreo de vientos, debe contar con un periodo de registros equivalente a 1 año, particularmente recogiendo las situación invierno donde se configuran condiciones más favorables para la estratificación tal como fue solicitado en ICSARA 2; por lo que, a partir de los resultados de monitoreo discreto, 53 días en periodo estival, no pueden establecerse conclusiones generalizadas, respecto que el arrastre de masas de aire desde el área mina hacia el valle, dado que representan menos del 1,5%.

De acuerdo a la misma información presentada por el Titular (monitoreos discretos agosto-septiembre 2014 y entre diciembre de 2014 y enero de 2015), existe un componente Norte del régimen de vientos nocturno de origen sinóptico que se registran hacia el periodo nocturno, que no generan holguras sobre los valores referenciales de norma (150ug/m3) verificándose valores muy por debajo del señalado umbral en el orden de los 30 ug/m3 en régimen nocturno, de tal manera que los señalado por el Titular respecto de que las holguras de norma se originan exclusivamente en régimen de viento sinóptico del norte, pierde validez. De esta forma, el sistema de flujos catabáticos se constituye como una expresión argumentativa robusta la cual requiere de su especial ponderación y que condiciona fuertemente las proyecciones de impacto resueltas por el modelo, las cuales incluyen exclusivamente información meteorológica de carácter sinóptico.

• Respecto de la discusión alusiva a la capacidad predictiva del modelo de dispersión que se ha desarrollado durante la evaluación ambiental del proyecto, cuyos resultados sostienen la dimensión de impacto proyectada para escenario futuro de la continuidad operacional, se puede sostener que, referido a la capacidad de los equipos para la detección de 205

umbrales de velocidad menores a 1 m/s, se hace presente que si bien el monitor tiene la capacidad de registro en rigor no significa que estos sean equivalentes a las reales magnitudes observadas en el campo de interés, de acuerdo al propio umbral de detección indicado en catálogo del equipo.

• Existe incertidumbre relativa a la idoneidad del modelo meteorológico CALMET para la representación de los complejos procesos atmosféricos que se desarrollan en el espacio de estudio las recomendaciones de uso exclusivamente de meteorología de pronóstico que la Autoridad reiterativamente indicó (de acuerdo a criterios de la guía), y que derivan de las discusiones del panel de expertos internacionales según referencias indicadas.

• Existe incertidumbre respecto a las medidas de control básicamente en lo que respecta a los teóricos valores de eficiencia que son considerados en el inventario de emisiones y que posteriormente se consolidan como dato de entrada en la modelación. Debido a lo indicado precedentemente, sumado a la incertidumbre respecto de las medidas correctivas y operaciones previstas para el control de emisiones (inconsistencias en lo presentado durante el proceso de evaluación y las estimaciones en las eficiencias en el control de emisiones) asociadas a la faena minera y la carencia de un monitoreo continuo de material particulado para periodo de 1 año, se constituye un argumento adicional que condiciona fuertemente lo aseverado por el Titular del proyecto respecto del aporte a la calidad del aire, en base sólo a las concentraciones futuras que el modelo de dispersión le indica. Es por tal razón, que la configuración del impacto significativo ha sido realizada por esta Autoridad no en función de las concentraciones emitidas por el modelo presentado, sino de manera cualitativa y en base a los establecidos en los literales del artículo 5 del RSEIA.

Como conclusión se estima que el Proyecto genera riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad de emisiones que genera o produce para la etapa de operación en el área mina planta y se hace cargo adecuadamente de este impacto con las medidas de mitigación y compensación establecidas para esta componente entre las cuales podemos señalar: Medidas de Mitigación: • Transporte de concentrado en camiones encarpados • Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble. • Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor). • El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie. • Humectación de actividades de carguío y transporte • Plan de humectación y bischofita de los caminos y evaluar supresores de polvo que garanticen una eficiencia mayor a la humectación. • El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción). • Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA y ser implementado al inicio de la ejecución. Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca. • La cancha de concentrado de emergencia, deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales. • Controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto.

Medidas de Compensación: • Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos. • Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular. • Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla. 206

• Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación de este Parque.

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire;

El Proyecto produce un impacto significativo en Flora y Vegetación por la pérdida de flora en categoría de conservación, de especies como Pyrrhocactus confinis (Quisco), Pintoa chilensis (Pintoa) y Krameria cistoidea (Pacul) tanto para la fase de construcción como para la fase de operación. Produce además impacto significativo en la Fauna por la pérdida de especies de individuos en categoría de conservación, Liolaemus velosoi (Lagartija de Veloso) clasificada en categoría Rara y Callopistes maculatus (Iguana Chilena) clasificada en categoría Vulnerable. Estos impactos están considerados tanto en la etapa de Construcción y Operación del proyecto específicamente en el área del depósito de relaves El Dique; para lo cual se presentaron medidas de mitigación y compensación, con el objetivo de hacerse cargo de los impactos significativos que se producen. Las cuales son: un plan de rescate y relocalización de reptiles (construcción) en las áreas donde se identificó la presencia de estos ejemplares. El objetivo de la medida es mitigar la pérdida de las especies en categoría de conservación identificadas en el área de influencia del Proyecto, tanto por las actividades de construcción como de operación. En cuanto a las medidas de la Flora y vegetación estas serán las siguientes: Rescate y relocalización de cactáceas-Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido-Limpieza sitio Prioritario Desierto florido Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis.

Por otra lado, parte del emplazamiento del Nuevo Depósito de Relaves Los Diques, la Ampliación del Depósito de Estéril Norte, la zona Preparación de Carguío y el nuevo acueducto, se insertan en un sector de relevancia ambiental, correspondiente al Sitio Prioritario Desierto Florido, considerado como Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, definido en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad, el cual posee recursos naturales de relevancia, identificándose un impacto Significativo en base a: Las diversas solicitudes durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar los efectos adversos significativos sobre la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración tal como lo indica literal p) el artículo 6 del RSEIA, y el literal d) del artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente sobre la ―localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar‖, esta Autoridad en conjunto con los servicios competentes han realizado diversas solicitudes en la materia, donde en lo medular se puede exponer lo siguiente:  El Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, solicitó realizar el análisis del sitio prioritario Desierto Florido considerando los impactos acumulativos y sinérgicos y no sólo las intervenciones de su proyecto, además de reevaluar la intensidad del impacto y la relevancia del mismo.  El Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró la necesidad de que el titular evaluará el impacto asociado a la contribución del proyecto a la vulnerabilidad del Sitio Prioritario con énfasis en la singularidad ambiental de las especies presentes en su catálogo y no sólo en la superficie de intervención.  El Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró entregar un análisis comparativo de singularidad ambiental para el elenco de especies que su proyecto afectará y que se encuentran dentro del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido; dado que la sola comparación de superficies resulta insuficiente para evaluar el impacto a dicha área de conservación; siendo fundamental considerar la riqueza florística comparada considerando la distribución geográfica y situación de amenaza de las especies.  El Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto indicó al titular que se identificó un impacto significativo sobre el ―Sitio Prioritario Desierto Florido‖ en su objeto de protección Flora, y debía indicar que los compromisos propuestos en el proceso de evaluación, corresponden a medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos.

Al respecto y según la misma metodología de matriz de impacto empleada por el titular durante el proceso de evaluación, el valor de Intensidad se configura como alto, en vez de medio lo anterior dado que si sumamos las superficies a intervenir en el Sitio Prioritario en todas las obras que interfieren el Sitio, corresponderían a 612,8 Ha.; valor que el titular ha configurado por separado a cada impacto, señalando que es marginal ante la superficie total del Sitio Prioritario, sin embargo cada nueva intervención -supuestamente marginal- sobre el Sitio prioritario en realidad lo que está determinando es incrementar la pérdida relativa de biodiversidad y cualquier nueva afectación al Sitio 207

Prioritario debe considerar los efectos acumulativos y sinérgicos y no efectuar el análisis como si sólo este proyecto estuviera interviniendo, razón por la cual el titular debió considerar que el sitio Prioritario Desierto Florido ya no cuenta con la superficie original (671.665 ha.) identificando las intervenciones existentes y posteriormente evaluar el impacto.

Con relación a la Relevancia el titular mantuvo como moderado el valor del impacto en vez de alto, dada la condición basal del componente altamente intervenido, además de no constituir un área bajo protección oficial como por ejemplo Reservas, Parques u otros. Sin embargo el que debió haber utilizado el Titular según la evaluación de esta Autoridad corresponde a un valor alto, pues la relevancia del Sitio, es el fenómeno ―Desierto Florido‖ que se manifiesta cada cierto tiempo bajo condiciones de precipitaciones y temperatura, generando la germinación de semillas y bulbos que han estado en periodos de latencia y que constituyen áreas de valor ambiental para la conservación de la biodiversidad por distinguir, entre otros aspectos, un hábitat de especies amenazadas, mismas especies que se encuentran en categoría de conservación Vulnerable y que la magnitud y duración del presente proyecto, por la construcción y operación de las obras durante 13 años más, sumando a la intervención de una superficie total de alrededor de 612,8 Ha., las que representan un aumento sobre la superficie a impactar al interior del Sitio Prioritario por toda la vida útil del proyecto poseen un alto valor. Complementariamente, en obras como los depósitos y muro, el tiempo en que se prolongará el efecto es permanente, lo que se traduce en una nueva intervención sobre el Sitio Prioritario, incrementando la pérdida relativa de biodiversidad. A su vez, en relación a las cactáceas, que son objeto de protección del Sitio Prioritario Desierto Florido, especies con singularidad ambiental, según lo establece la guía de evaluación de la CONAF 2012, dada su categoría de conservación y endémicas, y considerando la propia información presentada por el Titular durante el proceso de evaluación, en donde para la especie C. megarhiza se detectaron alrededor de 11 grupos de individuos, la mayoría de ellos asociados a la obra lineal acueducto y todos ellos dentro de los límites del Sitio prioritario, y para la especie P. confinis, de la cual se detectaron más de 30 grupos de individuos, de los cuales 17 están asociados a las obras lineales y obras areales del proyecto, se puede inferir que de los grupos identificados, el número de individuos asociados a las áreas en donde se desarrollarán obras del proyecto, al interior del Sitio Prioritario, corresponde a un total de 544 individuos de C. megarhizalos que fueron detectados a lo largo del acueducto y en el caso de P. confinis, se detectaron un total de 98 individuos correspondientes al Botadero Norte, caminos de la línea de transmisión eléctrica y acueducto. Se agrega además lo expresado por el Servicio Competente, CONAF, Región de Atacama en su oficio Ord N°82- EA/2015 del 2 de julio de 2015, en donde señaló en lo medular que, “la evaluación para el establecimiento de la singularidad ambiental, debió ser evaluada según los criterios que se establecen en la Guía de Evaluación Ambiental de CONAF del año 2012, dado que la Guía del Año 2014 utilizada por el Proponente indica sólo 11 criterios, eliminando justamente los criterios de flora que debieron considerarse. Sin embargo si se revisan tan sólo los criterios 6º, 8º y 9º de la Guía de Evaluación Ambiental 2012, se podrá constatar que la sola presencia de individuos a ser afectados de las dos cactáceas (Copiapoa megarhiza y Pyrrhoccatus confinis) determina la existencia de singularidad ambiental. En esta perspectiva y habiendo aclarado nuevamente el error en que incurre el Proponente al confundir ambas Guías de Evaluación Ambiental de CONAF, esta institución reafirma que el proyecto genera impactos significativos al Sitio Prioritario Desierto Florido”,

Por lo anteriormente expuesto y dada las singularidades florísticas presentes, la categoría de conservación de ellas, y a la relevante distribución de las especies de flora en categoría de conservación vulnerable del Sector del Sitio Prioritario a intervenir, objeto de proyección del mismo, se logra configurar la existencia de impacto significativo sobre el Sitio Prioritario Desierto florido constituyendo un efecto sobre el literal p) del artículo 5 del RSEIA sobre la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad y su capacidad de regeneración. Las medidas para hacerse cargo adecuadamente de este impacto son: • Rescate y relocalización de cactáceas • Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido. • Limpieza sitio Prioritario Desierto florido. • Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis). Cabe señalar que estas medidas de compensación parte de estas fueron presentadas por el Titular como medidas voluntarias, sin embargo dado el tenor del impacto estás y otras interpuestas por los Servicios competentes son establecidas como condición al proyecto para hacerse cargo adecuadamente del impacto significativo.

Complementariamente este Servicio de Evaluación junto con los Servicios Competentes ha determinado impacto significativo en el recurso hídrico sobre la continuidad del uso de aguas servidas tratadas por 13 años más como abastecimiento de agua fresca para su proceso minero; lo anterior en base a: Las diversas solicitudes realizadas durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar los efectos adversos significativos sobre la cantidad de los recursos hídricos que se dejan de disponer en el acuífero, tal como lo indica el artículo 6 del RSEIA, esta Autoridad en conjunto con los servicios competentes han realizado diversas solicitudes en la materia, donde en lo medular se puede exponer lo siguiente: 208

 En el Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se solicitó realizar el análisis del impacto que significa extender la vida útil por 13 años más del ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ (RCA N°273/2008) lo que implica continuar abasteciéndose de las aguas servidas tratadas provenientes de la PTAS Aguas Chañar, la que contribuye a sostener las diversas áreas de relevancia ambiental (Humedal Piedra Colgada y Humedal Desembocadura río Copiapó).

 En el Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró la necesidad de que el Titular evaluará el impacto asociado a determinar las implicancias sobre el sistema hidrogeológico y ecosistémico del río Copiapó, dada la ausencia de recarga futura por mantener la utilización del agua en plazos mayores a los determinados en la RCA N°273/2008.

 En el Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, se reiteró la necesidad de evaluar el impacto sobre el sistema hidrogeológico y eco sistémico, dada la sensibilidad y singularidad ambiental del Humedal de Piedra Colgada y que el análisis de impacto sobre el acuífero del río Copiapó debe considerar un escenario con descarga total del caudal efluente generado por la PTAS de Copiapó y otro escenario en donde ese caudal se reduce parcialmente (175 l/s) con motivo del envío de agua a los procesos mineros de Minera Candelaria.  El Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto indicó al Titular que se identificó un impacto significativo sobre la continuidad de utilización de los 175 l/s provenientes de la PTAS sobre la disponibilidad de los recursos hídricos superficiales y subterráneos en los sectores 5 y 6 del acuífero de la cuenca del río Copiapó y sobre los humedales existentes aguas abajo de la descarga del PTAS, y debía indicar las medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos. Al respecto y según lo dispone la Ley N° 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente que establece en su artículo 11, los proyectos que se sometan al SEIA requieren la elaboración de un EIA si generan o presentan a lo menos uno de los efectos, características o circunstancias señaladas en el referido artículo, su literal b) indica que deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta ―efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire‖ (énfasis agregado), de acuerdo a ello, la generación o presencia de uno de estos efectos, características o circunstancias hace necesario que el Titular del proyecto o actividad elabore un EIA, el cual debe considerar las materias contenidas en el artículo 12 de la Ley N° 19.300. En particular lo indicado en artículo 6) del D.S 95 del 2001, que en lo medular indica: “El titular deberá presentar un Estudio de Impacto Ambiental si su proyecto o actividad genera o presenta efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire. A objeto de evaluar si se genera o presenta el riesgo a que se refiere el inciso anterior, se considerará: n) el volumen, caudal y/o superficie, según corresponda, de recursos hídricos a intervenir y/o explotar en: n.2. áreas o zonas de humedales que pudieren ser afectadas por el ascenso o descenso de los niveles de aguas subterráneas o superficiales;…‖ Según los resultados de la modelación hidrogeológica presentada por el Titular en Adenda N°3, los descensos de los niveles freáticos en el área del Humedal de Piedra Colgada son mayores posterior al año 2011, reducciones de cerca de 5 metros del nivel freático, año que coincide con la entrada en funcionamiento del proyecto denominado ―Proyecto Acueducto Chamonate – Candelaria‖ (RCA N°273/2008) con la que se dejan de descargar 175 l/s al río Copiapó y la extracción de agua desde pozos de la empresa Aguas Chañar para el abastecimiento de la ciudad de Copiapó. Dichos descensos se proyectaron en el tiempo para pozos cercanos al humedal de Piedra Colgada donde en el año de culminación del proyecto en evaluación (2030) la modelación informa que: • Si el proyecto utiliza el efluente de 175 l/s desde la PTAS de Aguas Chañar, en promedio el nivel freático de los pozos descendería en cerca de 25 metros desde la situación actual. 209

• Si el proyecto no utiliza los mencionados 175 l/s, en promedio el nivel freático descenderían en cerca de 18 metros desde la situación actual. Al respecto, La dirección General de Aguas y esta Autoridad considera que dejar de descargar 175 l/s al sistema del río Copiapó durante 13 años, los que se traducen en una reconocida disminución del nivel freático en cerca de 7 metros en el sector del humedal de Piedra Colgada constituye un “Impacto Significativo” sobre la disponibilidad del recurso hídrico del acuífero del río Copiapó, en atención a la alta sensibilidad ambiental actual del sistema acuífero del río y los humedales que de él se sustentan en los sectores hidrogeológicos N°5 y N°6 (Humedal de Piedra Colgada y Humedal de la Desembocadura del río Copiapó) lo anterior en consideración a que cualquier disminución de la recarga del río y descensos reconocidos por el Titular en los niveles freáticos del sector hidrogeológico N°5 afectará el sector hidrogeológico N°6 aguas bajo, dada la conexión hidrogeológica que presentan entre ellos tal como se ha reconocido en los estudios ―Evaluación Hidrogeológica de la Cuenca del Río Copiapó, con énfasis en la Cuantificación, Dinámica y Calidad Química de los Recursos Hídricos Superficiales y Subterráneos‖ (SERNAGEOMIN, 2012) y ―Análisis Integrado de Gestión en Cuenca del Río Copiapó, Informe Final – Tomo I‖ (DGA, 2010). Sobre la materia, se hace presente que la Dirección de General de Aguas, Región de Atacama en su oficio Ord. N° 419 de fecha 5 de junio de 2014 indicó lo siguiente: “…del análisis presentado por el Titular es posible indicar que, y tal como este Servicio lo ha planteado durante el presente proceso de evaluación ambiental, existe un efecto de reducción sobre la recarga del sistema hídrico del río Copiapó producto del uso de estos efluentes como fuente abastecimiento de agua fresca para el proyecto minero Candelaria”. A su vez en el oficio Ord. N° 394 de fecha 3 de Julio de 2015, afirmó nuevamente este impacto significativo señalando: “…sobre la base de la revisión de los antecedentes técnicos al efecto, a juicio de este Servicio, el aprovechamiento de las aguas servidas tratadas antes individualizadas, corresponde a una acción que genera directamente un impacto ambiental significativo sobre la componente de hidrogeología de la zona acuífera baja de la Cuenca del Río Copiapó, por cuanto la reducción del caudal efluente de la PTAS de la ciudad de Copiapó, cuya rebaja es equivalente al envío de agua servida tratada hacia el recinto minero Candelaria, genera en consecuencia también una disminución en la componente de recarga del sistema acuífero asociado a los sectores hidrogeológicos N°5/N°6 y por lo tanto, se entiende que la proposición de medidas debe responder a una relación directa a dicho impacto, en ningún caso un ofrecimiento de tipo voluntario”. Así entonces, la medida de mitigación establecida en este proceso de evaluación para hacerse cargo adecuadamente del Impacto significativo señalado, será: Dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. Como conclusión las medidas de mitigación y compensación se hacen cargo adecuadamente de los efectos significativos que produce.

c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos

Durante la evaluación no se identificaron impactos ambientales significativos que pudiesen afectar directamente al Medio Humano en cuanto al artículo 11 literal c de la Ley 19.300 y articulo 8 del RSEIA, ya que el proyecto no genera intervención, uso o restricción al acceso de los recursos naturales utilizados como sustento económico de un grupo humano o para cualquier otro uso tradicional, tales como uso medicinal, espiritual o cultural. Tampoco genera la obstrucción o restricción a la libre circulación, conectividad o aumento significativo de los tiempos de desplazamiento, no genera alteración al acceso o la calidad de bienes, equipamientos, servicios o infraestructura básica. Ni dificultad o impedimento para el ejercicio o la manifestación de tradiciones, cultura o intereses comunitarios que puedan afectar los sentimientos de arraigo o la cohesión social de un grupo. Adicionalmente, el Proyecto no genera los efectos antes enunciados sobre Grupos Humanos Pertenecientes a Pueblos Indígenas.

Como conclusión el Proyecto no genera reasentamiento de comunidades humanas o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos.

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d) Localización en o próxima a la población, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar, contenido en el Art. N° 9 del Reglamento SEIA.

Durante la evaluación no se identificaron impactos ambientales significativos que pudiesen afectar directamente al Medio Humano, en cuanto al artículo 11 literal d de la Ley 19.300 y artículo 9 del RSEIA respecto a localización próxima a población protegida entendida esta como población perteneciente a Pueblos Indígenas.

Se analizaron las áreas colocadas bajo protección oficial y áreas protegidas del área de influencia del proyecto, en las comunas de Tierra Amarilla y Copiapó no se registran áreas protegidas, la más cercana es la Autodestinación Desierto Florido-Llanos de Travesía y Pajaritos (áreas bajo protección oficial de acuerdo al Decreto N° 732 del 6 de Octubre de 2009 del Ministerio de Bienes Nacionales), la cual se encuentra distante a 8,9 km del área de influencia del Proyecto (ver Figura 4-18 del tomo III del Adenda 1). Por otra lado, parte del emplazamiento del Nuevo Depósito de Relaves Los Diques, la Ampliación del Depósito de Estéril Norte, la zona Preparación de Carguío y el nuevo acueducto, se insertan en un sector de relevancia ambiental, correspondiente al Sitio Prioritario Desierto Florido, considerado como Sitio Prioritario para la Conservación de la Biodiversidad, en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, definido en el marco de la Estrategia Nacional de Biodiversidad, el cual posee recursos naturales de relevancia, identificándose un impacto Significativo en base a las diversas solicitudes durante el actual proceso de evaluación ambiental con miras a evaluar los efectos adversos significativos sobre la diversidad biológica presente en el área de influencia del proyecto o actividad, y su capacidad de regeneración tal como lo indica literal p) el artículo 6 del RSEIA, y el literal d) del artículo 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente sobre la ―localización en o próxima a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar‖, esta Autoridad en conjunto con los servicios competentes han realizado diversas solicitudes en la materia, donde en lo medular se puede exponer lo siguiente:  El Informe Consolidado Nº 1 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, solicitó realizar el análisis del sitio prioritario Desierto Florido considerando los impactos acumulativos y sinérgicos y no sólo las intervenciones de su proyecto, además de reevaluar la intensidad del impacto y la relevancia del mismo.  El Informe Consolidado Nº 2 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró la necesidad de que el titular evaluará el impacto asociado a la contribución del proyecto a la vulnerabilidad del Sitio Prioritario con énfasis en la singularidad ambiental de las especies presentes en su catálogo y no sólo en la superficie de intervención.  El Informe Consolidado Nº 3 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto, reiteró entregar un análisis comparativo de singularidad ambiental para el elenco de especies que su proyecto afectará y que se encuentran dentro del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido; dado que la sola comparación de superficies resulta insuficiente para evaluar el impacto a dicha área de conservación; siendo fundamental considerar la riqueza florística comparada considerando la distribución geográfica y situación de amenaza de las especies.  El Informe Consolidado Nº 4 de Solicitud de Aclaraciones, Rectificaciones y/o Ampliaciones al Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto indicó al titular que se identificó un impacto significativo sobre el ―Sitio Prioritario Desierto Florido‖ en su objeto de protección Flora, y debía indicar que los compromisos propuestos en el proceso de evaluación, corresponden a medidas de mitigación, reparación y/o compensación para hacerse cargo adecuadamente de sus efectos significativos.

Al respecto y según la misma metodología de matriz de impacto empleada por el titular durante el proceso de evaluación, el valor de Intensidad se configura como alto, en vez de medio lo anterior dado que si sumamos las superficies a intervenir en el Sitio Prioritario en todas las obras que interfieren el Sitio, corresponderían a 612,8 Ha.; valor que el titular ha configurado por separado a cada impacto, señalando que es marginal ante la superficie total del Sitio Prioritario, sin embargo cada nueva intervención -supuestamente marginal- sobre el Sitio prioritario en realidad lo que está determinando es incrementar la pérdida relativa de biodiversidad y cualquier nueva afectación al Sitio Prioritario debe considerar los efectos acumulativos y sinérgicos y no efectuar el análisis como si sólo este proyecto estuviera interviniendo, razón por la cual el titular debió considerar que el sitio Prioritario Desierto Florido ya no cuenta con la superficie original (671.665 ha.) identificando las intervenciones existentes y posteriormente evaluar el impacto.

Con relación a la Relevancia el titular mantuvo como moderado el valor del impacto en vez de alto, dada la condición basal del componente altamente intervenido, además de no constituir un área bajo protección oficial como por ejemplo Reservas, Parques u otros. Sin embargo el que debió haber utilizado el Titular según la evaluación de esta Autoridad corresponde a un valor alto, pues la relevancia del Sitio, es el fenómeno ―Desierto Florido‖ que se manifiesta cada cierto tiempo bajo condiciones de precipitaciones y temperatura, generando la germinación de semillas y bulbos que han estado en periodos de latencia y que constituyen áreas de valor ambiental para la conservación de la biodiversidad por distinguir, entre otros aspectos, un hábitat de especies amenazadas, mismas especies que se encuentran en categoría de conservación Vulnerable y que la magnitud y duración del presente proyecto, por la 211

construcción y operación de las obras durante 13 años más, sumando a la intervención de una superficie total de alrededor de 612,8 Ha., las que representan un aumento sobre la superficie a impactar al interior del Sitio Prioritario por toda la vida útil del proyecto poseen un alto valor. Complementariamente, en obras como los depósitos y muro, el tiempo en que se prolongará el efecto es permanente, lo que se traduce en una nueva intervención sobre el Sitio Prioritario, incrementando la pérdida relativa de biodiversidad. A su vez, en relación a las cactáceas, que son objeto de protección del Sitio Prioritario Desierto Florido, especies con singularidad ambiental, según lo establece la guía de evaluación de la CONAF 2012, dada su categoría de conservación y endémicas, y considerando la propia información presentada por el Titular durante el proceso de evaluación, en donde para la especie C. megarhiza se detectaron alrededor de 11 grupos de individuos, la mayoría de ellos asociados a la obra lineal acueducto y todos ellos dentro de los límites del Sitio prioritario, y para la especie P. confinis, de la cual se detectaron más de 30 grupos de individuos, de los cuales 17 están asociados a las obras lineales y obras areales del proyecto, se puede inferir que de los grupos identificados, el número de individuos asociados a las áreas en donde se desarrollarán obras del proyecto, al interior del Sitio Prioritario, corresponde a un total de 544 individuos de C. megarhizalos que fueron detectados a lo largo del acueducto y en el caso de P. confinis, se detectaron un total de 98 individuos correspondientes al Botadero Norte, caminos de la línea de transmisión eléctrica y acueducto. Se agrega además lo expresado por el Servicio Competente, CONAF, Región de Atacama en su oficio Ord N°82- EA/2015 del 2 de julio de 2015, en donde señaló en lo medular que, “la evaluación para el establecimiento de la singularidad ambiental, debió ser evaluada según los criterios que se establecen en la Guía de Evaluación Ambiental de CONAF del año 2012, dado que la Guía del Año 2014 utilizada por el Proponente indica sólo 11 criterios, eliminando justamente los criterios de flora que debieron considerarse. Sin embargo si se revisan tan sólo los criterios 6º, 8º y 9º de la Guía de Evaluación Ambiental 2012, se podrá constatar que la sola presencia de individuos a ser afectados de las dos cactáceas (Copiapoa megarhiza y Pyrrhoccatus confinis) determina la existencia de singularidad ambiental. En esta perspectiva y habiendo aclarado nuevamente el error en que incurre el Proponente al confundir ambas Guías de Evaluación Ambiental de CONAF, esta institución reafirma que el proyecto genera impactos significativos al Sitio Prioritario Desierto Florido”,

Por lo anteriormente expuesto y dada las singularidades florísticas presentes, la categoría de conservación de ellas, y a la relevante distribución de las especies de flora en categoría de conservación vulnerable del Sector del Sitio Prioritario a intervenir, objeto de proyección del mismo, se logra configurar la existencia de impacto significativo sobre el Sitio Prioritario Desierto florido, dado el valor ambiental de este territorio. A mayor abundamiento el sitio prioritario para la conservación ―Sitio Prioritario Desierto Florido‖, está inserto en el listado de Sitios Prioritarios para la Conservación de Instructivo Of. Ord. D.E. N° 100143, de fecha 15 de noviembre de 2010, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental para la correcta aplicación del literal d) del artículo 11 de la Ley N°19.300, además, dado su valor ambiental se encuentra dentro de la ―Estrategia Nacional de Biodiversidad del año 2003‖ y la ―Estrategia y Plan de Acción Para la Conservación y uso Sustentable de la Biodiversidad de Atacama para el periodo 2010-2017‖, por lo que aunque no corresponde a un territorio como por ejemplo Reservas, Parques, u otros, sí debe ser considerado para evaluar los efectos significativos del literal d) del art. 11 de la Ley de Bases del Medio Ambiente. Las medidas para hacerse cargo adecuadamente de este impacto son: • Rescate y relocalización de cactáceas • Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido. • Limpieza sitio Prioritario Desierto florido. • Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis). Cabe señalar que estas medidas de compensación parte de estas fueron presentadas por el Titular como medidas voluntarias, sin embargo dado el tenor del impacto estás y otras interpuestas por los Servicios competentes son establecidas como condición al proyecto para hacerse cargo adecuadamente del impacto significativo.

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajísticos o turístico de una zona

La evaluación de impacto en la componente paisaje en el EIA se desarrolló en el Anexo 4-C del EIA, en el cual se identificaron como puntos de observación los indicados desde las rutas C-35 y C-411 y para estos puntos, entre otros, se realizaron fotomontajes asociados a las obras del Proyecto. Las conclusiones de este impacto indicaron que, los puntos más sensibles para evaluar el efecto paisajístico del Proyecto se localizan en la Ruta C-35 y C-411. Por su parte, las obras evaluadas tienen dimensiones importantes, pero desde las áreas sensibles indicadas su efecto visual por contraste es bajo. La única obra que presenta un efecto visual alto es el depósito de estéril Nantoco debido a que presenta una mayor cercanía con el área sensible y las dimensiones del depósito crecen considerablemente hacia esta Unidad de Paisaje, acercándose a la Ruta C-411. Aun cuando la ampliación del nuevo depósito Nantoco incrementa la situación actual, es importante indicar que esta obra ya existe en el área, lo que constituye un factor atenuante respecto de sus efectos paisajísticos y visuales finales, por lo que no presentan impactos significativos asociados al paisaje y turismo del área de influencia del proyecto, sin embargo se han establecido compromisos ambientales como mejoramiento del Parque Torreblanca, implementación de señalética informativa con el objetivo de orientar al turista, para lo cual se instalará un letrero que indique la ubicación del museo de sitio Mina El Tránsito y entregue una breve 212

descripción del mismo, la ejecución de acciones tendientes a potenciar la actividad turística en el Sitio Prioritario Desierto Florido, y la implementación de un Proyecto denominado ―Puesta en valor del patrimonio histórico de Tierra Amarilla.

Como conclusión el Proyecto no presentará o generará una alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona.

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural es posible señalar que dentro del área de influencia del Proyecto ―Candelaria 2030-Continuidad Operacional‖ se registró un total de 76 monumentos arqueológicos según la definición otorgada por el Art.º21, Título V, de la ley 12.288 de Monumentos Nacionales. De la totalidad de los sitios registrados 74 sitios presentan una valoración patrimonial de Media a Baja debido a que corresponden en su totalidad a estructuras y faenas mineras históricas y subactuales; y sólo 2 sitios presentaron una valoración patrimonial mayor por presentar un componente prehispánico, sin embargo, éstos últimos se ubican a más de 700 m de las obras proyectadas y no se verán afectados por ellas. Finalmente, cabe señalar que de la totalidad de los sitios registrados dentro del Área de Influencia del Proyecto solo 11 podrían verse afectados por las obras proyectadas debido a que se emplazan a menos de 50 m del límite de las mismas.

Por todo lo anterior, el Proyecto no generará o presentará alteración significativa de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

8 Que, del proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto denominado "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional" puede concluirse que las siguientes medidas, propuestas por el titular y contenidas en el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas, complementadas, en su caso, por los Órganos con Competencia Ambiental, son apropiadas para hacerse cargo de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley Nº 19.300, las que deberán cumplirse para la ejecución del respectivo proyecto:

8.1 Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y/o Compensación de los impactos significativos del proyecto. 8.1.1 Flora, Vegetación y Sitios Prioritarios

Para los siguientes impactos identificados en las fases de construcción y operación del Proyecto: • Pérdida de individuos de una especie de flora en categoría de conservación por la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares. • Pérdida de individuos de especies de flora en categoría de conservación por la construcción del acueducto sector Bodega – Candelaria y Obras Lineales • Pérdida de individuos de especies de flora en categoría de conservación por la operación del nuevo depósito de relaves Los Diques y ampliación de los depósitos de estériles Norte y Nantoco. • Afectación del Sitio Prioritario Desierto Florido por construcción del muro de contención fase 0 del depósito de relaves Los Diques. • Afectación Sitio Prioritario Desierto Florido por construcción del acueducto Bodega-Candelaria y obras lineales. • Afectación Sitio Prioritario Desierto Florido por la operación del depósito de relaves Los Diques y ampliación del depósito de Estéril Norte.

Se implementarán las medidas de compensación, que se indican:

a) Rescate y relocalización de cactáceas El plan que se desarrolla a continuación, busca rescatar y relocalizar individuos de las especies de cactáceas en categoría de conservación presentes en el área de influencia del Proyecto, hacia áreas que no serán intervenidas y que presentan características similares a las de su ubicación original. Las especies corresponden a: Copiapoa megarhiza, Cumulopuntia sphaerica, Pyrrhocactus confinis. En la tabla 3-2 del anexo 14 del Adenda 3, se presenta el número de individuos presentes en el área de influencia del Proyecto segregadas por el tipo de obra. Sin embargo el rescate y relocalización de estas especies se hará en función 213

de los individuos que serán afectados por el emplazamiento del Proyecto, por lo que este número total de individuos a rescatar (afectar) es menor al total de individuos presentes en el área que se muestra en dicha tabla. Las actividades que se llevaran a cabo consistirán en: • Evaluación y registro de los ejemplares: previamente se realizará un microruteo de la totalidad de los ejemplares que serán afectados por las obras del Proyecto. El Titular deberá, previo a la construcción de cada una de las obras del proyecto informar a los servicios competentes sobre los resultados del microrruteo a realizar, detallando el número y la georreferenciación de las especies que serán afectadas por el proyecto. Asimismo, al iniciar la construcción, en cada una de las faenas se deberá mantener un registro fotográfico e informes semanales de las especies afectadas cuyos antecedentes puedan ser objeto de fiscalización. Lo anterior incluye para las obras que se encuentran en el interior del Sitio Prioritario como las que se encuentran en las diferentes áreas a intervenir. • Rescate, transporte y acondicionamiento • Relocalización: el trasplante se realizará en la quebrada El Buitre, y en zonas aledañas a los puntos de rescate asociados a las obras lineales del Proyecto, utilizando para ello las áreas de servidumbre principalmente. Las áreas seleccionadas para efectuar la relocalización se presentan en el Apéndice A del Anexo 14 del Adenda 3. • Plantación: los individuos a relocalizar serán marcados para así distinguirlos claramente de los individuos que podrían haber estado previamente en el lugar y de esta forma facilitar el monitoreo posterior. • Mantención y Monitoreo • Indicadores de cumplimiento: La medida se entenderá cumplida cuando se verifique en terreno una sobrevivencia igual o superior a lo establecido en la siguiente Tabla 3-3 para el número de los individuos de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica que deberán ser relocalizados, no antes de que dichos individuos cumplan dos años de vida, desde su trasplante.

Tabla: Indicador de éxito para el rescate y relocalización de cactáceas Fuente: Tabla 3-3 del anexo 14 del Adenda 3.

b) Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido.

Para la habilitación de obras asociadas a la construcción del Acueducto-Sector Bodega- Candelaria que se superpone con una parte del Sitio Prioritario Desierto Florido y que pueden albergar bulbos, se propone resguardar la capa de suelo correspondiente a los primeros 50 cm de profundidad, para posteriormente incorporarla como relleno en la zanja. Esta medida tiene como objetivo resguardar los bulbos de las especies geófitas que potencialmente se encuentren en dicha área, como también las semillas de especies de flora que se concentran en los primeros 10 a 15 cm de profundidad del suelo. El área donde se aplicará esta medida corresponde a aquellos sectores donde se identifique la presencia potencial de geófitas. Las geófitas que potencialmente pudieran encontrarse en este sector se encuentran listadas en el Capítulo 2 de Línea de Base del EIA y en el Anexo 25 ―Prospección de Geófitas en Sitio Prioritario Desierto Florido‖, adjunto en la Adenda N°1.

Las actividades asociadas a esta medida son: • Identificación de áreas donde se presentan geófitas • Resguardo de semillas y bulbos • Protocolo de recolección y mantención de plantas geófitas: Este Protocolo, se aplicará para aquellas actividades que se desarrollen en las áreas potenciales de presentar estas especies, según consta en la Línea de Base del EIA y en el Anexo 25 ―Prospección de geófitas en Sitio Prioritario Desierto Florido‖, adjunto en la Adenda N°1, en el sector del nuevo Acueducto. Además se definirá responsable de la observación del movimiento de tierras, donde corresponda, para que se supervise la aplicación del presente protocolo. Durante el trabajo se seguirán diferentes Especies Estado de conservación Indicador de cumplimiento (%) Objetivo Copiapoa megarhiza Vulnerable = ó mayor al 90% Minimizar el riesgo de extinción y rescatar la diversidad genética en las áreas a intervenir. Pyrrhocactus confinis Vulnerable = ó mayor al 90% Cumulopuntia sphaerica Preocupación Menor = ó mayor al 75% Evitar un aumento en su condición de amenaza y rescatar la diversidad genética en las áreas a intervenir. 214

directrices ya sea para Geófitas bulbosas y Geófitas de rizoma con raíces tuberosas (ver detalle en anexo 14 del Adenda 3) • Condiciones de Almacenamiento y relocalización: a través de cajas de madera que serán trasladadas al final de cada día a su lugar de almacenamiento, el que estará debidamente señalizado e identificado. El lugar se mantendrá fresco (baja temperatura), seco y oscuro. • Incorporación de bulbos y semillas: Una vez realizada la excavación e instalado el acueducto, se procederá a rellenar la zanja con el material excedente de excavación, posteriormente con la fracción de suelo que potencialmente contiene bulbos y finalmente con la fracción de suelo que eventualmente concentra las semillas. Las estructuras reservantes que se encontraban en resguardo serán incorporadas al suelo con la exclusiva dirección de un especialista en la materia a objeto de disponer de estas estructuras en sectores adecuados los cuales serán debidamente marcados a objeto de hacerles un posterior seguimiento.

c) Rescate de germoplasma de las especies arbustivas Pintoa chilensis y Krameria cistoidea.

El plan busca conservar germoplasma de las especies arbustivas con problemas de conservación en el área de influencia del Proyecto. Las especies que fueron identificadas corresponden a Pintoa chilensis y Krameria cistoidea, las que se encuentran catalogadas en categoría de En Peligro y Preocupación Menor por los Decretos Supremos N°33/12 y N°42/11 respectivamente, ambos del Ministerio de Medio Ambiente. En la tabla 3-4 del anexo 14 del Adenda 3 se presenta el número de individuos de Krameria cistoidea y Pintoa chilensis presentes en el área de influencia de las obras del Proyecto, por tanto el número de individuos a afectar por las obras del Proyecto pudiera ser menor. El rescate de germoplasma contempla 2 actividades fundamentales: • Realizar un microruteo con el fin de registrar y conocer el número exacto de especímenes que serán intervenidos. • Recolección de germoplasma: se adoptarán los lineamientos indicados en el Protocolo de Colecta propuesto por el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria. El número de semillas a colectar para el caso de Pintoa chilensis se estima entre 500 a 1.000 semillas viables y para K. cistoidea, se colectará hasta 2.000 semillas. Una vez identificadas las poblaciones potenciales, se realizará un monitoreo periódico del estado fenológico de estas (3 monitoreos por un año, entre el periodo de floración y maduración de las semillas), a objeto de determinar la época de producción de semillas y planificar la colecta de germoplasma cuando las especies se encuentren en la fase de dispersión de semillas. Esto último adquiere relevancia para contar con semillas maduras, viables y sanas, óptimas para la posterior reproducción. Del total de semillas colectadas por especie, el 50% será almacenada en el Banco de Semillas del INIA o el Banco de semillas de la Universidad de Chile, y el 50% restante será utilizada para viverización. Este último incluye las semillas necesarias a ocupar para desarrollar los ensayos de reproducción de las especies. Para cada colecta se utilizará la ficha que propone INIA. • Propagación y Producción de plantas: Parte de las semillas colectadas de acuerdo a la actividad anterior, serán utilizadas para propagación y producción de plantas en vivero. El objetivo de esta actividad es complementar la medida orientada a rescatar germoplasma de las especies Pintoa chilensis y Krameria cistoidea, plantando posteriormente individuos de estas especies en el área definida para tal efecto (quebrada El Buitre). Para esto, se implementará un vivero, o en su defecto, se realizará la producción de plantas en un vivero que tenga la capacidad de producir individuos de Pintoa chilensis y Krameria cistoidea. El número de plantas a producir en vivero será mayor en proporción al número de individuos a afectar, a objeto de reponer aquellos individuos que no sobrevivan a la plantación. El número de plantas a producir se estimará una vez se cuente con los resultados del microruteo comprometido y de la cantidad de semillas colectadas, según se indicó previamente. Las plantas serán cultivadas en el vivero, durante un período de al menos 2 años. Una vez que las plantas se encuentren en condiciones óptimas para su trasplante en terreno, serán trasladadas al lugar de plantación donde se aplicarán medidas culturales al suelo para favorecer el establecimiento de la planta. • Plantación: Las plantas provenientes del vivero serán establecidas en el área de compensación localizada en el sector Quebrada El Buitre, específicamente en el área presentada en la Lámina 6.3-9 del Anexo del Capítulo 6 del EIA. (Ver anexo 42 Caracterización Quebrada El Buitre, del Adenda N°1 y Anexo ―Áreas de relocalización de fauna El Buitre‖ del Adenda N°2). Se plantarán individuos de Pintoa chilensis y Krameria cistoidea, en una proporción mínima de 1:3, es decir, con los resultados del microruteo, por cada individuo afectado se plantarán, al menos 3 individuos.

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d) Limpieza sitio Prioritario Desierto florido. En relación a la implementación de la estrategia y plan de acción de la biodiversidad de Atacama 2010 – 2017, y en particular, alineado con el Sitio Prioritario Desierto Florido, se compromete a ejecutar un proyecto de limpieza y señalética en un sector de las obras lineales del acueducto, cuando esas obras lineales se ejecuten. Esta actividad será informada en detalle a la Autoridad, previo a la ejecución de la misma, consensuada además con la Municipalidad de Copiapó. Esto se ejecutará cuando se realice la fase de construcción del acueducto, en un área acotada en que haya presencia de basura. Se propone el sector ubicado en el km 5,9 de la ruta C-391, tal como se muestra en la Fotografía 1-8 del Adenda 3. Previo a la construcción del acueducto y la limpieza del sector, se recorrerá el lugar predefinido para acotar el área a limpiar e informar a la Autoridad pertinente. Posterior a la limpieza, se realizará un informe que será remitido a la Autoridad, el cual contendrá información detallada de la actividad, cantidad de residuos retirados y destino utilizado que esté autorizado.

e) Estudio orientado a la detección de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis) Se realizará un estudio orientados a la detección de estas especies (Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Pintoa chilensis) presente en el Sitio de Desierto Florido en otras cuencas fuera del área de intervención del proyecto (sector de serranías del sitio o ambientes similares), es decir, se reduce la escala de trabajo en un área mayor de estudio. Este estudio se realizará en base a imágenes satelitales disponibles y visitas de especialistas a terreno. Se aclara además que las medidas anteriormente propuestas por el Titular como compromiso voluntario por el Impacto en el Sitio Prioritario desierto Florido, dado el impacto significativo detectado por el Servicio competente y esta Autoridad, corresponden a medidas de compensación para hacerse cargo del efecto. Complementariamente y según el Significativo Impacto detectado al sitio Prioritario Desierto florido, la CONAF, Región de Atacama ha señalado que, el Titular deberá hacerse cargo, más allá del rescate y relocalización de las cactáceas afectadas y de los monitoreos de ocurrencia de Desierto Florido, entregando la información actualizada de la presencia de flora y vegetación dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido (sobre todo considerando el fenómeno de floración que los aluviones de marzo de 2015 ya generaron), en lo que corresponde al sector de obras lineales pero con un buffer equivalente a la cuenca de la quebrada por la que se sitúa el trazado (entre las coordenadas 364365 E; 6973450 N y, 363667 E; 6968192 N que corresponden a las parcelas de muestreo 1 y 11 respectivamente, de acuerdo a lo que señala en la página 11 de la Sección de Flora y Vegetación del Capítulo de Línea de Base del EIA); además debe configurar un buffer de al menos 200 metros a ambos lados del trazado para el resto de las obras lineales, hasta llegar al borde del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido, en la coordenada 371547 E; 6960679 N; esta información, además, debe permitir corroborar lo planteado por el Titular de que "Las dos especies restantes, ambas de la familia Cactaceae, presentan una distribución bastante más restringida, sin embargo presentan individuos tanto dentro como fuera del área de intervención directa". En este caso en particular interesa conocer si para la cuenca por la que transcurre el trazado al interior del Sitio Prioritario, se cumple la aseveración efectuada respecto de Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, en el sentido de que la proporción de individuos afectados es significativamente inferior a los que están fuera del área de afectación.

8.1.2 Fauna Terrestre

De acuerdo al análisis de la evaluación de impacto en fauna silvestre, se determinaron los siguientes impactos significativos:  Impacto: Pérdida de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por la construcción del muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares  Impacto: Pérdida o afectación de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por la construcción del acueducto sector Bodega - Candelaria  Impacto: Pérdida de hábitat de fauna terrestre en categoría de conservación por nuevo depósito de relaves Los Diques y ampliación de los Depósitos de Estériles Norte y Nantoco  Impacto: Pérdida de individuos de especies de fauna terrestre en categoría de conservación por nuevo Depósito de Relaves Los Diques y ampliación de los Depósitos de Estériles Norte y Nantoco 216

Es importante señalar que se determinó impacto en la etapa de operación de las zonas indicadas debido al crecimiento progresivo de dichas áreas que hacen improductivo la realización de un rescate en la etapa inicial dada la alta probabilidad de reintroducción de ejemplares en dichas áreas. Producto de estos impactos, se presentaron las medidas de mitigación que se detallan:  Rescate y relocalización para las especies Callopistes maculatus y Liolaemus velosoi.  Perturbación Controlada para Callopistes maculatus y Liolaemus velosoi en las obras lineales del proyecto, para la etapa de construcción.

a) Rescate y Relocalización de Reptiles La metodología utilizada para el rescate y relocalización de reptiles será la siguiente: • Captura o Rescate: Para la captura se solicitará al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) el permiso correspondiente. El método a utilizar corresponderá a una búsqueda mediante caminatas y el encuentro visual de individuos. La captura de reptiles se realizará en toda el área de influencia y se contempla para la etapa de construcción, focalizándose en los sectores de muro fase 0 del nuevo depósito de relaves Los Diques y obras auxiliares y para la fase de operación en la Ampliación del Depósito de Estéril Norte, Ampliación del Depósito de Estéril Nantoco y la zona del nuevo Depósito de Relaves Los Diques como se muestra en la Figura 1 del anexo 15 del Adenda 3. • Cautiverio: Para cada uno de los grupos capturados, los ejemplares serán mantenidos en recipientes plásticos acondicionados y bolsas de género con la adecuada. • Registro y Marcaje: Los animales capturados serán marcados con tinta para el posterior monitoreo, se realizará un registro que contendrá la información detallada en el anexo 15 del Adenda 3. • Liberación (relocalización): Los animales capturados serán liberados (se realizará a las 2 PM y la segunda a las 5 PM).

El área de liberación contendrá nuevos refugios utilizando matorrales y montículos de piedras, dispuestos previamente a la relocalización. La caracterización del área de relocalización se encuentra en el Anexo 42 del Adenda 1 ―Caracterización biótica del área de relocalización quebrada El Buitre‖.

b) Perturbación Controlada en Obras Lineales

En las obras lineales se realizará la Perturbación controlada de las especies de baja movilidad; es decir, para el Proyecto se contempla para la fase de construcción del Nuevo Acueducto del Proyecto Candelaria, Líneas de Transmisión Eléctrica (LTE), y la modificación de la Ruta C-397. La perturbación controlada consiste en realizar acciones para inducir el desplazamiento de los ejemplares ubicados en el área de impacto de la etapa de construcción, a zonas aledañas al proyecto. Las acciones consisten en ahuyentar a través de diferentes acciones: - Remoción manual de la vegetación y piedras que puedan servir de refugio. - Efectuar ruidos molestos para fomentar el ahuyentamiento. - Procurar la conducción de estos ahuyentamientos a las zonas más propicias. - Realizar inspecciones para verificar la eficacia de la medida.

8.1.3 Emisiones y Calidad del Aire De acuerdo al análisis de la evaluación de impacto en las emisiones y calidad del aire, se determinó el siguiente impacto significativo:  Impacto: Alteración de la Calidad del Aire en la localidad de Tierra Amarilla, por continuidad de la emisiones de material particulado (MP10 y MP2,5) generados por el proceso minero.

Producto de este impacto, se establecieron las medidas de mitigación que se detallan a continuación para el área Mina planta, cabe señalar que parte de estas fueron presentadas por el Titular como medidas voluntarias, sin embargo dado el tenor del impacto estás y otras interpuestas por los Servicios competentes son establecidas como condición al proyecto para hacerse cargo adecuadamente del impacto significativo: 217

La implementación de todas estas medidas deberá ser posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental y previo al inicio de la etapa de ejecución del proyecto ―Candelaria 2030 Continuidad Operacional‖, considerando como ejecución el inicio de la etapa de construcción de este proyecto. Medidas de Mitigación:  Transporte de concentrado en camiones encarpados  Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble.  Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor).  El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie.  Humectación de actividades de carguío y transporte  Plan de humectación de los caminos mineros con agua industrial, además de incorporar el uso de estabilizadores químicos en los caminos internos de la mina que permita por una parte reducir el consumo de agua de riego y fundamentalmente otorgar mayor eficiencia en el control de polvo fugitivo. En el caso que el titular descarte el uso de estabilizadores debido a la indicada imposibilidad técnica, deberá presentar previo a la ejecución del proyecto, un informe con las pruebas técnicas que justifiquen la NO ponderación de la medida. El mercado de los supresores considera un sinnúmero de establizadores de diverso género que trascienden exclusivamente a las sales de magnesio (bischofita). En efecto, se identifican productos No bituminosos, orgánicos bituminosos, Polímeros sintéticos, entre otros, para los cuales es válida su prueba técnica.  Sobre el resto de los caminos se aplicará bischofita para su mantención basado en un programa permanente.  El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción).  Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción). Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca, para abatir el polvo que se genera durante la descarga.  Almacenamiento en edificios cerrados, por lo tanto respecto a la medida del cierre de la cancha de concentrado de emergencia, ésta deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales de la cancha de acopio de concentrado de Cobre. Tal medida deberá ser implementada, después de un año a contar de la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto.  El titular deberá implementar medidas de mitigación para controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto.

Medidas de Compensación:  Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, consiste en la reforestación del actual Bosque Alcaparrosa, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos, con los beneficios que traen para la calidad del aire y paisaje en sector. Respecto al medio de verificación e indicadores de cumplimiento, se realizará un informe final, una vez terminada la actividad de reforestación con árboles nativos comprometida para las 7 hectáreas, y posteriormente a ello, anualmente se generará un reporte a autoridades pertinentes que dé cuenta del estado fitosanitario de los ejemplares en esas 7 hectáreas. Esta medida prolongará por 5 años. Esta medida es complementaria a las 3 hectáreas que ya reforestó el Titular en virtud del Plan de Manejo Forestal para Obras Civiles enmarcado en el Proyecto Planta Desalinizadora Candelaria. Consolidando un bosque nativo de 10 hectáreas en el sector de Alcaparrosa en Tierra Amarilla. Se adjunta en Anexo 13 del adenda 3 Reforestación Bosque Alcaparrosa la cartografía en PDF y Kmz de las 7 hectáreas comprometidas.

 Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión 218

aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular.

 Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla.

 Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación del Parque Torreblanca.

Otras medidas de las diferentes áreas del proyecto:  Para la etapa de construcción y el manejo de emisiones de material particulado en el material de empréstito:  Implementación de un sistema de control de emisiones en planta de procesamiento de empréstito.  Humectación frecuente de acopios de material de empréstito procesado.  Implementación de malla tipo raschel en los sectores que sea necesario para ayudar a la contención de emisiones en área de acopio de empréstito.  Para la etapa de operación, cuando se realice la remoción del relave San Esteban se implementarán las siguientes medidas de control en lo relativo a la remoción del relave de San Esteban N° 2:  Uso de aljibe de forma permanente en la obra, con preferencia a los frentes de trabajos y caminos a utilizar.  Instalación de malla en frentes de trabajo para control de emisiones.  Restricción y control de velocidades de vehículos de acuerdo al Reglamento de Tránsito interno de Minera Candelaria.  Respecto al material que puede quedar adherido a la tolva al momento de descargarlo, de quedar material remanente en la tolva, el que se extraerá manualmente. De esa forma, se asegurará que no quedará relave en la tolva, por ello, no se considera el lavado de la tolva.

 Respecto al cierre del Relleno Sanitario, contenido dentro de la fase de construcción del Depósito de relaves Los Diques, se utilizará malla raschell, en los sectores que se realicen labores relacionadas al movimiento de material para la cobertura y un sistema de humectación a través de camión aljibe.

8.1.4 Recursos hídricos Medidas de Impacto Significativos Respecto del Impacto significativo determinado en este proceso de evaluación:  Reducción sobre la Recarga del acuífero del Río Copiapó, en los sectores 5 y 6, producto del uso de 175 L/s de los efluentes de la planta de tratamiento, que se dejan de verter en el río e infiltrar en su acuífero, durante 13 años más de operación; en un área con escases hídrica superficial y subterránea reconocida. Respecto de las medidas propuestas en Adenda 4 por el Titular, la DGA, Región de Atacama ha señalado que, éstas no constituyen medidas suficientemente ciertas y equivalentes al impacto ambiental significativo identificado anteriormente. Lo anterior, por cuanto no se presentan antecedentes concretos y validados sobre cuál es el estado del ejercicio de las 292 acciones como derecho de aprovechamiento de aguas superficiales que el Titular pondría a disposición, y por lo tanto, mal podría el Titular proponer una medida sin ninguna evaluación de efectividad y eficiencia en términos de la magnitud del deterioro que involucra la componente ambiental objeto de evaluación; por lo demás, en la eventualidad que se acredite su ejercicio, la medida en cuestión viene simplemente a cambiar el destino de uso de un volumen proveniente de la misma fuente de abastecimiento que se pretende resguardar, no respondiendo por tanto a una independencia del suministro de recursos hídricos de la Cuenca del Río Copiapó. 219

Sobre la propuesta de reducción del uso de aguas servidas tratadas de 175 l/s a 125 l/s como consumo máximo, cabe mencionar que, el Titular no acompaña en la Adenda N°4 antecedente técnico alguno que evalúe el grado de eficacia y eficiencia de la medida, ni tampoco ningún elemento que explique por qué y cómo determinó ese nivel de reducción y no otro; por lo demás, afirma mantener el consumo máximo de 175 l/s de dichas aguas por un período de 2 años como período de transición entre la operación del actual depósito de relaves y el depósito de relaves Los Diques, cuando actualmente el Titular cuenta con una planta desaladora e infraestructura hidráulica de conducción con capacidad instalada suficiente para suplir su make–up de agua fresca. Por lo tanto, en sintonía con todo lo expuesto precedentemente, y al margen del actual abastecimiento de agua desalada por parte del referido proyecto minero, respecto de las aguas servidas tratadas que hoy consume, la medida de mitigación corresponderá a: 1. El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3 de iniciada la etapa de operación, un 50% desde el año 4 hasta el año 6 de iniciada la etapa de operación, un 75% desde el año 7 hasta el año 9 de iniciada la etapa de operación, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó.

8.2 Plan de Medidas o compromisos de los impactos no significativos del proyecto.

8.2.1 Flora y vegetación

b) Rescate de germoplasma de, Cisthante amanantoides, Nardophyllum lanatum, Tiquilia atacamensis y Malesherbia rugosa especies clasificadas por Squeo et al (2008) en categoría de conservación, además de Argylia tomentosa, especie endémica de la región de Atacama.

Se realizará un rescate de germoplasma de las especies Cistanthe amanantoides, Nardophyllum lanatum, Tiquilia atacamensis y Malesherbia rugosa. Estas especies se encuentran listadas en categoría de conservación en el Libro Rojo de la Flora Nativa y Sitios Prioritarios para la Conservación: Región de Atacama (Squeo et al., 2008). Además se considera realizar colecta de germoplasma de Argylia tomentosa, especie endémica de Chile con distribución restringida.

Para la recolección de germoplasma se adoptará el Protocolo de Colecta propuesto por el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria, ypara cada colecta se utilizará la ficha que propone INIA, cuya información se detalla a continuación: • Identificación de la planta (Familia, Género, Especie, subespecie, Nombre Común). • Datos de localización (nombre recolector, número, fecha y sitio de recolección, Región o Provincia, Coordenadas y altura geográficas, pendiente, exposición, topografía). • Información del hábitat (tipo de vegetación, especies asociadas y dominantes). • Cantidad de plantas muestreadas. • Área muestreada. • Humedad de las semillas al momento de la cosecha.

Además, se realizará el etiquetado con el número correlativo correspondiente y responsable de la colecta. Las semillas serán secadas y conservadas secas a bajas temperaturas. El germoplasma recolectado será almacenado en el Banco de Semillas del INIA o el Banco de semillas de la Universidad de Chile (Facultad de Ciencias Forestales). Para acreditar la implementación de esta medida, se enviará a la Autoridad Ambiental una copia del protocolo de Colecta recepcionado por el Banco de semillas donde se realice dicha actividad (INIA o Universidad de Chile).

c) Para evitar los derrames de tierra sobre la flora y vegetación del área observada y levantada para el proyecto. 220

Se contempla la implementación de las siguientes medidas de control durante la fase de construcción:  Se considera realizar la demarcación de la línea base en terreno, franja de ancho de 100 metros (50 metros para cada lado de la línea central). Además, de la demarcación de la línea proyectada del trazado de la tubería de agua, la cual, estará dentro de esta franja.  Se considera instalar protecciones provisorias (tablestaca, gaviones, etc.) en sectores donde el corte o talud este a límite de esa desmarcación, esto sucede aproximadamente en los km 1.600, 1.800, 2.050, 2.400, 3.000, 3.200, 3.550 y 3.800 del proyecto.  Durante la fase de construcción, se considerará supervisión en los sectores indicados en el punto 2 y en aquellos otros sectores, en donde, los taludes y cortes estén cercanos al límite demarcado.

8.2.2 Fauna

a) Se considerará un monitoreo en los tramos modificados de las Líneas de Transmisión Eléctrica verificando en forma mensual durante el primer año de operación la existencia potencial de aves afectadas. Este monitoreo debe extenderse por 3 años, y a partir del año 2 el monitoreo debe ser trimestral. Los informes serán remitidos, una vez realizado el monitoreo a los organismos competentes (SAG y SEREMI del Medio Ambiente) y se adoptarán los cambios en caso que se detecten aves muertas en el monitoreo, como la instalación de dispositivos anticolisiones.

8.2.3 Patrimonio Cultural

• En el caso de los sitios que no serán intervenidos y que se encuentran ubicados a una distancia menor a 50 m de las obras del proyecto, se aplicarán medidas de protección que corresponden al cercado perimetral de éstos, mediante un cerco visible simple (mallas y postes) de 1,20 m de altura como mínimo, y no se podrá realizar obras dentro de este cerco. Los cercos serán instalados considerando un buffer mínimo de 10 m desde el límite de dispersión superficial de los restos arqueológicos e históricos. La instalación de los cercos será supervisada por un arqueólogo o Licenciado en Arqueología, quien emitirá un informe a ser presentado ante el CMN, reportando su cumplimento a la Superintendencia del Medio Ambiente, el cual incluirá fotografías para cada uno de los sitios. Una vez finalizadas las actividades del proyecto, los cercos protectores serán retirados. • El Titular contará con un arqueólogo o licenciado en arqueología el cual estará encargado de realizar inducción arqueológica a todo el personal que ejecute las obras, incluyendo trabajadores de la empresa como subcontratistas, de acuerdo a la información indicada por la autoridad y una vez finalizada esta actividad se enviará al CMN el acta de asistencia y los contenidos de la presentación. • El Titular realizará un informe final de monitoreo el cual dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y en el caso de haber detectado sitios arqueológicos se incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se requiera ejecutar si esto correspondiese.

8.2.4 Medio construido: Infraestructura Vial.

A continuación se presentan las medidas ambientales para la vialidad y transporte en la etapa de construcción del proyecto:

En relación a las medidas de gestión de tránsito que permitan planificar de mejor forma la salida de camiones a destino, a fin de evitar la circulación de camiones en horarios punta, resguardando así la seguridad de sus trabajadores y los restantes usuarios de las vías, el Titular ha propuesto que se establecerán restricciones horarias de circulación en el sector de Ojancos, para los vehículos relacionados con la actividad de construcción y durante la fase de construcción del Proyecto, en el horario de máxima demanda que se extiende entre las 7:15 y las 8:15 (en el tramo correspondiente a esta vía). Además, las medidas de gestión de tránsito, para restringir la circulación de camiones, también se aplicará para al horario punta tarde (17:15-18:15), siempre y cuando esa condición no afecte las normales operaciones de CCMC. En relación a las medidas de gestión de tránsito que permitan planificar de mejor forma la salida de camiones a destino, a fin de evitar la circulación de camiones en horarios punta, resguardando así la seguridad de sus trabajadores y los restantes usuarios de las vías, el Titular ha propuesto una restricción de circulación de vehículos contratistas relacionados con la fase de construcción, privilegiando el uso de la Ruta C-397 hacia la Ruta 5 como vía de acceso y egreso al Proyecto. Esto no sólo para camiones de más de 2 ejes, sino también para otros tipos de vehículos (camiones de 2 ejes o eventualmente buses), evitando así el paso por los sectores urbanos. 221

Se realizará un mejoramiento de la Seguridad de Av. Copayapu, a través del reforzamiento de capacitaciones en el manejo a la defensiva que realizan las empresas de transporte a sus conductores, durante la fase de construcción del Proyecto y se definirán las velocidades máximas a lo largo de todo el recorrido (ida y regreso). Se realizará un mejoramiento de la Seguridad en la Ruta C- 397, a través de la implementación de Gestión de tránsito: las medidas de gestión de tránsito, para restringir la circulación de camiones, principalmente en hora punta mañana y tarde. (también se realizará en la etapa de operación) Se realizará Control de velocidades en la Ruta C-397 en algunos puntos de la Ruta a fin de garantizar una circulación vehicular que ofrezca seguridad para los restantes usuarios de la vía. (también se realizará en la etapa de operación) Durante la construcción del Proyecto, se considera el desarrollo de una medición de flujo vehicular en la Rotonda Ojanco, Enlace Paipote y en el ingreso a CCMC, a fin de analizar la demanda vehicular existente en los sectores urbanos de Tierra Amarilla y la incidencia que tendría el Proyecto en la red vial.

A continuación se presentan las medidas ambientales para la vialidad y transporte en la etapa de Operación del proyecto:

El Titular se compromete a transferir, en dominio al Estado de Chile, aquella franja de terreno que siendo de propiedad de Minera Candelaria, se sitúe y ocupe, en forma definitiva, la nueva Ruta C-397, esto es, una vez que se hayan realizado todas las modificaciones de la misma, necesarias para el total desarrollo de la operación de Minera Candelaria, asegurando en todo momento el libre tránsito de los usuarios y público en general por tal ruta y sus modificaciones. Se realizará un mejoramiento de la Seguridad en la Ruta C- 397, a través de la implementación de conservación de la ruta, manteniendo sus actividades de conservación de la Ruta C-397 ligado al convenio con MOP, esto considera mejorar la carpeta de rodado del camino. Se materializará un Plan de Mantención de intersección de la Ruta C-404 y la Ruta C-397. Se realizará un mejoramiento de la señalización de acceso a la ruta C-397 (como alternativa a la C-391), sector Viñita en Callejón Ricardo Vallejos. Continuará con el compromiso de mantención del camino C-397, el cual considera la mantención de la carpeta de rodado, humectación, además de la limpieza de señalética, particularmente en los tramos en que el tránsito es de preferencia del Proyecto, esto es desde el Km 0 al Km 18 del Camino C-397.

A continuación se presentan las medidas ambientales para la vialidad y transporte en la etapa de cierre del proyecto:

El Titular se compromete a transferir, en dominio al Estado de Chile, aquella franja de terreno que siendo de propiedad de Minera Candelaria, se sitúe y ocupe, en forma definitiva, la nueva Ruta C-397, esto es, una vez que se hayan realizado todas las modificaciones de la misma, necesarias para el total desarrollo de la operación de Minera Candelaria, asegurando en todo momento el libre tránsito de los usuarios y público en general por tal ruta y sus modificaciones.

8.2.5 Paisaje y Turismo

A continuación se presentan las medidas ambientales para el Paisaje y Turismo en la etapa de construcción del proyecto:

 Cuando se realice la fase de construcción del acueducto, se hará la limpieza de un área acotada en que haya presencia de basura. Se propone el sector ubicado en el km 5,9 de la Ruta C-391. No obstante, previo a la construcción del acueducto y la limpieza del sector, se recorrerá el lugar predefinido para acotar el área a limpiar e informar a la Autoridad pertinente. Posterior a la limpieza, se realizará un informe que será remitido a la Autoridad, el cual contendrá información detallada de la actividad, cantidad de residuos retirados y destino utilizado que esté autorizado.

A continuación se presentan las medidas ambientales para el Paisaje y Turismo en la etapa de Operación del proyecto:

 Optimización de diseño a través de la disposición de materiales  Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se tomará contacto con MINVU para coordinar posibles acciones asociadas a la remodelación del Parque Torreblanca.  Implementación de señalética informativa con el objetivo de orientar al turista, para lo cual se instalará un letrero que indique la ubicación del museo de sitio Mina El Tránsito y entregue una breve descripción del mismo. 222

 Ejecución de acciones tendientes a potenciar la actividad turística en el Sitio Prioritario Desierto Florido, medidas que buscan orientar al turista o posible observador de la presencia de atractivos turísticos dentro del Sitio Prioritario ―Desierto Florido‖, mediante la instalación de paneles informativos en los sectores cercanos a las obras del Proyecto que indiquen los accesos a rutas públicas que conduzcan a los sectores interés turístico dentro de este sitio prioritario.  Implementará un Proyecto denominado ―Puesta en valor del patrimonio histórico de Tierra Amarilla‖, que contempla el Diagnóstico Patrimonial, que consistirá en la identificación del patrimonio tangible e intangible y rescate de la Identidad de la Comuna de Tierra Amarilla a través de su Patrimonio Fotográfico. La empresa propondrá a SERNATUR participar en la difusión de los productos asociados a este Proyecto y propondrá a CORFO, estudiar el desarrollo de algún instrumento que promueva la innovación y desarrollo sustentable de nodos de turismo en Tierra Amarilla. Además una vez que sea recepcionado el producto final del proyecto ―Puesta en valor del patrimonio histórico de Tierra Amarilla‖, se presentará a la autoridad pertinente, y poder así evaluar en conjunto, la factibilidad de restauración patrimonial de algún monumento histórico de la comuna.

8.2.6 Ruido y Vibraciones

 Las tronaduras a utilizar en la reubicación del Tramo Ruta C-397 serán realizadas sólo en horario diurno con sólo un evento diario y cumplirán con las restricciones de carga máxima de explosivos, ya que estas no sobrepasarán los 1.476 kg, para las tronaduras superficiales, asegurando con ello la no superación de los valores establecidos en la norma. Cabe señalar, que las tronaduras se realizarán durante 75 días, lo que corresponde a un 20% aproximadamente de la duración del período de construcción de la modificación de la Ruta C-397.  Se cumplirá con las restricciones de carga de explosivos detalladas en la Tabla 8-4 y Tabla 8-7 del Anexo 22 del Adenda 1, lo anterior es en el punto 7 de las tronaduras superficiales y en el punto 5 de las tronaduras subterráneas. Lo anterior conlleva la aplicación de restricción de carga para ambos escenarios, limitando la carga de explosivos a valores máximos de 1476 Kg para las tronaduras superficiales y de 1347 Kg para las subterráneas.  Se implementarán medidas de control en los puntos 15, 17 y 18 puntos ubicados en el trazado del acueducto. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares de 2,4 m de altura para las faenas de construcción.

Respecto de la evaluación de los niveles de ruido incorporando estas medidas de control, a continuación se presentan los resultados para los 3 puntos que mostraron incumplimientos normativos (puntos 15, 17 y 18)

Tabla: Evaluación Área Obras Lineales. Etapa de construcción con medidas de control de ruido.

Punto Nivel proyectado [dB(A)]. Sin medidas de mitigación Nivel proyectado [dB(A)]. Con medidas de mitigación Atenuació n lograda en dB[dB] NPC Máximo Permitido [dB(A)]. Periodo Diurno (07:00 – 21:00) Evaluación según D.S. Nº 38 del MMA. 15 63 51 12 54 Cumple 17 45 33 12 37 Cumple 18 47 37 10 40 Cumple Fuente: Tabla 1-61 del Adenda 1

8.2.7 Geomorfología

 Plan de Comunicaciones para dar a conocer las características constructivas de la obra, así como también la magnitud del efecto en la disminución de luz solar como producto de la sombra provocada por ésta. La población interesada en la obra y sus características podrá informarse detalladamente respecto a los efectos de la obra y su incidencia en la disminución de la luminosidad natural.

8.2.8 Medio Humano

De acuerdo al análisis de impactos realizado y en base a los antecedentes de Línea de Base, no se identificaron impactos significativos sobre el componente Medio Humano. No obstante lo anterior, a continuación de presentan los compromisos adoptados por el Titular en el presente proceso de evaluación para abordar sus impactos no significativos. 223

Fase de construcción: Interferencia en los hábitos de traslado de pirquineros producto de alteraciones temporales en las intersecciones de la Ruta C-397 con los caminos que conducen a cuatro minas y un pique minero.  Medida: Plan de Medidas de carácter comunicacional, para mantener debidamente informados a los pirquineros que laboran en la zona de todas las obras y actividades que involucra la modificación de la Ruta C- 397. El plan de comunicaciones que contempla dos líneas de acción que actúan de manera complementaria, se trata de: - Reuniones: el titular compromete el desarrollo de reuniones con los pirquineros usuarios de la Ruta C-397, en las cuales por una parte se les informará de manera sistemática sobre las actividades que involucra la modificación de la Ruta C-397 y por otra se recibirán y responderán sus dudas, consultas y/o quejas. Estas reuniones comenzarán al menos 1 mes antes de que se dé inicio a la etapa de construcción del Proyecto y se mantendrán de manera regular durante los 12 meses efectivos que se estiman como el plazo total de esta obra. La periodicidad se convendrá con los pirquineros en la primera reunión que se realice. Como medio de verificación se generará una Minuta de cada reunión y una Lista de Asistencia.

- Mecanismo de comunicación: De acuerdo a los estándares Internacionales de la Corporación Financiera Internacional del Banco Mundial, concretamente en lo que corresponde a la Norma Nº 1, el titular compromete el diseño y aplicación de un Mecanismo de Comunicación a disposición de los pirquineros usuarios de la Ruta C- 397 (así como también de cualquier otra persona u organización interesada en comunicarse con la Compañía), para recibir las consultas y quejas que estas personas puedan tener y dar una respuesta oportuna. El mecanismo se comenzará a utilizar al menos un mes antes de que se inicie la etapa de construcción y su uso se realizará durante toda la etapa de construcción y toda la etapa de operación. Como medio de verificación de contará con un formulario de ingreso de cada retroalimentación, un seguimiento y cierre de cada respuesta. Específicamente en cuanto al funcionamiento del Mecanismo de Comunicación, a continuación se presentan las 5 etapas que lo integran:

Etapa 0 - Divulgación: Se presenta a los pirquineros en la primera reunión y se refuerza su difusión mediante avisos radiales

Etapa 1 - Recepción: casilla de correo-e corporativa; libro de consultas en oficina del compañía en Tierra Amarilla; Número de teléfono celular; ingreso a base de dato administrada por el responsable del mecanismo. (5 días)

Etapa 2 - Admisibilidad: Ingresa: aplica a los alcances y/o quehacer de la compañía y del Proyecto; no ingresa: no aplica a la compañía o al Proyecto, no está contenido o es contraria a la RCA del Proyecto o legislación vigente. (12 días)

Etapa 3 - Elaboración de respuesta: Ingresa: se desarrolla la respuesta internamente bajo coordinación del responsable del mecanismo y se responde formalmente al emisor por escrito; No ingresa; se responde indicando la razón de por qué no se puede dar respuesta al contenido. (30 días)

Etapa 4 - Implementación: Se resuelve el requerimiento, se toma nuevamente contacto formal con el emisor para informar la implementación de la respuesta.

Etapa 5 - Seguimiento y divulgación: Se verifica que la respuesta ejecutada se sigue aplicando (cuando corresponde). Se cierra el caso si la respuesta está totalmente ejecutada, Se realiza reporte trimestral de temas y nivel de solución. Se distribuye el reporte al Sindicato de Pirquineros y Municipio de Tierra Amarilla

Aumento en la demanda de servicios de alojamiento y alimentación en la ciudad de Copiapó debido a la contratación de trabajadores foráneos en fase de construcción.  Medida: Conjunto de medidas que estimulen la contratación de mano de obra local, para reducir la afluencia de trabajadores foráneos y en consecuencia la presión sobre los bienes y servicios antes indicados, con los consecuentes efectos en la población local, en especial la más vulnerable. En consecuencia, las medidas para el fomento de la contratación local se dirigen a: Solicitar a las empresas principales que se adjudiquen la licitación de la construcción, que fortalezcan la contratación local, para lo cual se les presentarán las bases de datos de las OMIL de cada uno de los tres municipios de la Provincia de Copiapó. 224

Implementar un Reporte de Contratistas de Impacto en empleo local, que incluye indicadores de: contratación local, uso de servicios de hospedaje y alimentación. Complementariamente, durante la etapa de construcción, y en el marco de la ejecución de sus proyectos de Desarrollo Comunitario, CCMC continuará con sus programas de Fomento Productivo para pequeños empresarios de Tierra Amarilla, especialmente para aquellos asociados a la entrega de servicios para la minería, con el propósito de estimular la generación de empleo local que permita aprovechar las oportunidades de este tipo que genera este proyecto de continuidad operacional. En la actualidad, del 100% de empleos que genera CCMC, un 96 % corresponde a personas que residen en la Región de Atacama. Por tanto, el presente Proyecto en evaluación, en el entendido que dará continuidad a la operación actual, debiera tender a mantener esta distribución del empleo al interior de su área de influencia. Por su parte, para la fase de construcción del presente Proyecto, se estima que aproximadamente el 50% de los trabajadores debieran provenir de otras regiones del país. En conclusión, el porcentaje de contratación de población local, que se consideraría exitoso durante la fase de construcción, debiera ser del orden del 50%. Fase de Operación: Percepción de riesgo en la población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud.  Medida: Plan de Comunicaciones para dar a conocer las características constructivas de la obra, así como también el comportamiento de la misma ante eventos como sismos y grandes lluvias, de modo de girar hacia un locus de control interno, vale decir donde la comunidad interesada sobre esta obra pueda acceder a información sobre la seguridad que reviste su diseño y sobre los procedimientos sistemáticos que se aplican en su manejo para que dicha seguridad se mantenga durante toda la operación del mismo. El plan contempla las siguientes líneas de acción que actúan de manera complementaria, se trata de: - Talleres: el Titular compromete módulos informativos dirigidos a Dirigentes de Juntas de Vecinos de Tierra Amarilla con personalidad jurídica vigente reconocida a través del Municipio, en los cuales por una parte se les informará sobre: historia de conformación del Depósito de Estériles Norte y poblamiento

del entorno; características constructivas del Depósito; sistemas de manejo que aplica la Compañía respecto del Depósito de Estériles Norte, junto a la entrega de esta información se recibirán y responderán sus dudas, consultas y/o quejas. - Estos módulos serán incorporados en actividades informativas dirigidos a los representantes comunitarios recién mencionados, antes de que se dé inicio a la etapa de expansión del botadero norte y se estima realizar al menos dos para facilitar la mayor participación de dirigentes. - Para facilitar la comprensión y disponibilidad de información por parte de los participantes, se les distribuirá un folleto con los antecedentes presentados en el taller. En cuanto al horario y lugar de realización, se buscará una alternativa que facilite la participación de los dirigentes mencionado. - Como medio de verificación se contará con: una copia de la invitación y del registro de recepción firmada por los dirigentes; copia de las presentaciones utilizadas para exponer la información; una minuta con el registro de las observaciones de los participantes y las respuestas recibidas; una lista de asistencia y copia del folleto de divulgación. - Mecanismo de recolección de sugerencias y quejas: la compañía pondrá a disposición de la comunidad un sistema de recolección de sugerencias y reclamos que pudiesen existir entre los vecinos/as, para recibir las consultas y quejas que estas personas puedan tener y dar una respuesta oportuna. - El mecanismo se comenzará a utilizar al menos un mes antes de que se inicie la expansión del Botadero Norte, y su uso continuará durante toda la fase de construcción y fase de operación. Como medio de verificación se contará con mecanismos de registro y seguimiento de aquellas sugerencias y reclamos. Percepción de un potencial deterioro de las viviendas de Tierra Amarilla, por vibraciones generadas por las tronaduras provenientes de la operación de la mina.

 Medida: Plan de Monitoreo Participativo Para Vibraciones, cuyo método específico será acordado con representantes de las organizaciones sociales existentes en la localidad de Tierra Amarilla. El plan de monitoreo participativo de vibraciones considera los siguientes componentes: - Conformación de un equipo de representantes la comunidad para liderar el monitoreo participativo al interior de las organizaciones sociales de la localidad de Tierra Amarilla. Para este propósito se efectuara una 225

convocatoria de conocimiento público que será concordada con los representantes de las organizaciones sociales (territoriales y funcionales) de la localidad de Tierra Amarilla. - La convocatoria será mediante una carta para que asistan a un Encuentro en que se conformará el Panel Comunitario, que será la instancia principal que se mantendrá informada de todo el proceso y con la cual se tomarán las definiciones centrales sobre la planificación del mismo. Se estima que el Panel Comunitario será conformado por alrededor de 15 a 20 personas. - Conformación de un equipo técnico de CCMC para que lidere el monitoreo participativo al interior de la compañía. - Capacitación al equipo de representantes de la comunidad sobre procedimientos, vibraciones, mediciones, niveles, normas, etc., con especial énfasis en las características y alcances del Monitoreo de Vibraciones actual. Esta capacitación será planificada y dictada por el equipo de especialistas del equipo de CMCC, no obstante se considera extender una invitación a participar de la instancia a las autoridades pertinentes para que colaboren con la comunidad en orientar la formulación de preguntas, así como el propio análisis de la información que reciban. Se estima que el taller tendrá una duración de al menos 2 jornadas laborales. No obstante los anterior, se podrán organizar nuevos talleres, en la eventualidad que se incorporaran nuevos integrantes. - Definición de manera conjunta entre el equipo comunitario y el equipo técnico de CCMC de las actividades y procedimientos que comprenderá el monitoreo participativo dentro del marco de las autorizaciones ambientales existentes. Lo anterior implica concordar tanto lo relativo a las actividades de ejecución misma del monitoreo en las cuales se incluirá a los representantes comunitarios, ya sea como observadores o directamente operando algunos de los instrumentos de medición con la debida asistencia de los técnicos a cargo, así como también contempla convenir la información tanto el proceso como los resultados, así como las vías a utilizar para divulgarla con la comunidad en general de la localidad de Tierra Amarilla. - Divulgación sistemática y planificada participativamente a través de un Programa de Divulgación, tanto del desarrollo del proceso como de los resultados al interior de la comunidad de la localidad de Tierra Amarilla. - Realización de un Estudio de Percepción en la comunidad de la localidad de Tierra Amarilla que permita establecer una línea de base sobre la percepción de riesgo asociada al efecto de las vibraciones relacionadas con CCMC, a realizar antes de comenzar a ejecutar el proyecto Candelaria 2030, para luego del primer año de ejecutado el monitoreo participativo volver a aplicar dicho estudio, con el fin de identificar la evolución y variación de dicha percepción. - Reportar los resultados del proceso de monitoreo participativo luego del primer año de realización y analizar a partir de estos las potenciales reformulaciones y/o ajustes en la perspectiva de la mejora continua del mismo. La información disponible para la comunidad corresponderá al informe anual de monitoreo de vibraciones, históricos y recientes que incluirán los datos del monitoreo, material de capacitación y calendario de talleres correspondientes. Adicionalmente cabe señalar lo siguiente:  Las tronaduras a utilizar en la reubicación del Tramo Ruta C-397 serán realizadas sólo en horario diurno con sólo un evento diario y cumplirán con las restricciones de carga máxima de explosivos, ya que estas no sobrepasarán los 1.476 kg, para las tronaduras superficiales, asegurando con ello la no superación de los valores establecidos en la norma.  Las tronaduras se realizarán durante 75 días, lo que corresponde a un 20% aproximadamente de la duración del período de construcción de la modificación de la Ruta C-397.  Se cumplirá con las restricciones de carga de explosivos detalladas en la Tabla 8-4 y Tabla 8-7 del Anexo 22 del Adenda N°1, lo anterior es en el punto 7 de las tronaduras superficiales y en el punto 5 de las tronaduras subterráneas. Lo anterior conlleva la aplicación de restricción de carga para ambos escenarios, limitando la carga de explosivos a valores máximos de 1476 Kg para las tronaduras superficiales y de 1347 Kg para las subterráneas.

 Se implementarán medidas de control en los puntos 15, 17 y 18 puntos ubicados en el trazado del acueducto. La medida asociada en ellos consiste en la instalación de barreras acústicas modulares

Pérdida de horas de luz natural como resultado de la sombra producida por el aumento de la capacidad de almacenamiento del depósito de estériles Nantoco sobre agricultura del área, y las actividades económicas de subsistencia de la población cercana.

 Medida: Plan de Comunicaciones para dar a conocer las características constructivas de la obra, así como también la magnitud del efecto en la disminución de luz solar como producto de la sombra provocada por ésta. La población interesada en la obra y sus características podrá informarse detalladamente respecto a los efectos de la obra y su incidencia en la disminución de la luminosidad natural.

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Esta iniciativa se considerará como participativa, respondiendo a las características del impacto asociado y su trasfondo sociocultural, ya que estas actividades enfocadas en el traspaso de conocimientos también permitirán recoger la opinión de la comunidad respecto a los escenarios de bienestar señalados por los propios habitantes de la localidad. De este modo, se podrán generar acciones y estrategias asociadas al impacto, colaborando a que los habitantes de Tierra Amarilla tengan decisión respecto a las medidas que propicien los escenarios que ellos significan como positivos.

Adicionalmente, en Adenda N°3 para la Fase de Operación del Proyecto, el titular propone como Medida la implementación de una capacitación general en gestion del riesgo en zonas áridas y en cultivos de bajo requerimiento hídrico para la comunidad de Tierra Amarilla.

Las características de esta actividad corresponden a las siguientes:

Nombre: Capacitación general en gestión del riego en zonas áridas y en cultivos de bajo requerimiento hídrico.

Público objetivo: Pequeños agricultores de Tierra Amarilla (Agricultura Familiar Campesina de acuerdo a registro del INDAP). - Programa: Se propone abordar dos talleres de capacitación con los respectivos capítulos: a) Gestión del riego en zonas áridas: Diferentes sistemas de riego. Estimación de los requerimientos de riego de los cultivos y frutales. Monitoreo del riego. Riego deficitario. Manejo de sales a través del riego. Práctico: monitoreo del riego. b) Eficiencia de uso del agua y cultivos de bajo requerimiento hídrico: Concepto de eficiencia de uso del agua en la agricultura. Manejos que permiten aumentar la eficiencia de uso del agua. Manejo de frutales en sequía. Cultivos de bajo requerimiento hídrico: por ejemplo: Tuna, Pitahaya, Granado, Jojoba, Alcaparra, Higuera, Salida a terreno (opcional). - Máximo asistentes por taller: 35. - Duración mínima: dos días completos. Complementariamente, el Titular informa que Minera Candelaria cuenta con proceso de atención de sugerencias y reclamos, el cual actualmente funciona en la oficina comunitaria de Tierra Amarilla, recientemente inaugurada por el Titular. En ese contexto, los formularios de sugerencias y reclamos de la empresa, se mantendrán también en la garita de acceso a las instalaciones de CCMC, dada su cercanía con distintos grupos de interés, tales como organizaciones territoriales y pirquineros de la zona. Respecto al componente VIALIDAD Y TRANSPORTE que tienen relación con el MEDIO HUMANO, el titular se compromete a adoptar las siguientes medidas. Etapa de Operación y Cierre del proyecto:  Transferir, en dominio al Estado de Chile, aquella franja de terreno que siendo de propiedad de Minera Candelaria, se sitúe y ocupe, en forma definitiva, la nueva Ruta C-397, esto es, una vez que se hayan realizado todas las modificaciones de la misma, necesarias para el total desarrollo de la operación de Minera Candelaria, asegurando en todo momento el libre tránsito de los usuarios y público en general por tal ruta y sus modificaciones. En relación al componente SEGURIDAD que tienen relación con el MEDIO HUMANO, se aplicarán las siguientes medidas. Etapa de operación:  Se realizara un mejoramiento de la Seguridad de Av. Copayapu, a través del reforzamiento de capacitaciones en el manejo a la defensiva que realizan las empresas de transporte a sus conductores, durante la fase de construcción del Proyecto y se definirán las velocidades máximas a lo largo de todo el recorrido (ida y regreso).  Se realizará un mejoramiento de la Seguridad en la Ruta C- 397, a través de la implementación del Control de velocidades. En la Ruta C-397 existe un de control de velocidad en algunos puntos de la Ruta a fin de garantizar una circulación vehicular que ofrezca seguridad para los restantes usuarios de la vía.  Se realizará un mejoramiento de la Seguridad en la Ruta C- 397, a través de la implementación de Conservación de la ruta. El Proyecto considera mantener sus actividades de conservación de la Ruta C-397 (al mediano-largo plazo), ligado al convenio con MOP, esto considera mejorar la carpeta de rodado del camino.  Durante la construcción del Proyecto, se considera el desarrollo de una medición de flujo vehicular en la Rotonda Ojanco, Enlace Paipote y en el ingreso a CCMC, a fin de analizar la demanda vehicular existente en los sectores urbanos de Tierra Amarilla y la incidencia que tendría el Proyecto en la red vial.  Se materializará un Plan de Mantención de la Intersección entre la Ruta C-404 y la Ruta C-397. 227

 Se realizará un mejoramiento de la señalización de acceso a la ruta C-397 (como alternativa a la C-391), sector Viñita en Callejón Ricardo Vallejos.  Se mantendrá del camino C-397, el cual considera la mantención de la carpeta de rodado, humectación, además de la limpieza de señalética, particularmente en los tramos en que el tránsito es de preferencia del Proyecto, esto es desde el Km 0 al Km 18 del Camino C-397.

Además según las condiciones interpuestas en la reunión de comité Técnico, además el Titular deberá:  El Titular deberá presentar posterior a la obtención de la RCA y previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto, de manera sectorial ante la Dirección de Vialidad Atacama, un estudio de impacto vial que analice los posibles impactos en las rutas 31 - Ch y C - 35, por el tránsito de buses y camionetas para el transporte de personal y contratistas, con el fin de determinar las obras o medidas necesarias de desarrollar por el Titular del proyecto, las cuales se deberán materializar a través de un convenio con la misma Dirección previo a la etapa de construcción del proyecto, tomando en cuenta que la Dirección de Vialidad Atacama, producto de la situación actual de seguridad vial y tránsito de vehículos pesados por Tierra Amarilla, tiene proyectado la construcción de una variante a la ruta C - 35 en el paso por dicha localidad. Complementariamente se aclara al Titular, que no podrá transitar ningún tipo de camión para el desarrollo del proyecto (propios, de insumos o de contratistas) por las rutas señaladas en los siguientes horarios: 07:00 -10:00 y entre las 18:00 - 20:00.  Se indica al Titular que a consecuencia del aumento de vida útil del proyecto hasta el 2030 para el sector de Punta Padrones, deberá proponer a la Dirección de Vialidad de Atacama una solución de infraestructura y seguridad vial que evite la accidentalidad y las externalidades negativas por las ruta C-314 y C- 354 (como por ejemplo percepción de peligro manifestadas por la Comunidad de Caldera) respecto al flujo de transporte del proyecto para las diferentes épocas del año, lo que deberá materializarse anterior a la caducidad de la RCA del Puerto Punta padrones.

8.2.9 Recursos Hídricos

Dado los impactos en la Alteración de la calidad del agua del acuífero del Valle del Río Copiapó en fase de operación y cierre del depósito de relaves Los Diques, se deberá considerar la siguiente medida: 1. En el caso que se detecte la presencia de agua en alguno de los sondajes perforados en la citada Quebrada (sondajes P1 y PP2), esto en consideración a que la única fuente de aguas subterráneas de ese sector corresponde a las infiltraciones de aguas contactadas generadas a partir de las operaciones de la faena minera, de ocurrir la situación antes descrita, se asumirá por defecto un estado de ineficiencia de contención del actual Cutoff sobre los flujos de aguas subterráneas interceptados, y por lo tanto, el Titular deberá proceder en forma inmediata a consensuar con la SMA y la DGA Región de Atacama la mejor alternativa que garanticen la completa aislación hidrogeológica de la Quebrada El Bronce.

Como compromiso voluntario, y en el tenor de lo propuesto por el Titular en Adenda 4, el Titular realizará:

1. Entrega en comodato por toda la vida útil del proyecto (hasta el año 2030), de la cantidad de 292 acciones de derechos de aprovechamiento de agua superficial, provenientes de los Distritos 6° y 7° de Tierra Amarilla, para la administración de la COMUNIDAD DE AGUAS SUBTERRÁNEAS COPIAPO-PIEDRA COLGADA- PIEDRA COLGADA DESEMBOCADURA, mediante convenio a celebrar con la misma.

2. La construcción, ya realizada de un pozo profundo en la localidad de Nantoco, con un costo aproximado de US$ 160.000 (ciento sesenta mil dólares) frente a la inexistencia de abastecimiento de agua para la población, el que a la fecha se encuentra operando y asistiendo del tal recurso a todos los habitantes de dicha localidad en la Comuna de Tierra Amarilla.

8.3 Medidas de prevención de riesgos y control de accidentes

8.3.1 Medidas de prevención de Riesgos

Los riesgos identificados en las distintas etapas del proyecto son similares a los actualmente detectados, debido a que se trata de una continuación de operaciones existentes, y por lo tanto, se encuentran contenidos dentro del plan de prevención de riesgos actual de la faena minera, en el cual se han realizado procedimientos para los aspectos y situaciones que podrían presentar riesgos para la salud de las personas y el medioambiente. Por lo anterior, los riesgos principales detectados son: 228

• Riesgos de incendio • Riesgos de explosión • Riesgos viales • Riesgos de derrame de sustancias peligrosas durante el transporte • Riesgo de derrames de concentrados durante el transporte • Riesgos de derrame de sustancias peligrosas por manipulación durante el proceso productivo • Riesgo de derrames de estanques y tuberías • Riesgo de vertimientos accidentales de concentrado durante el embarque • Riesgo de deslizamiento y/o fallas de manejo de material en el rajo • Riesgos de accidentes causados por eventos naturales • Riesgo de alteración de sitios de interés patrimonial

A continuación se realiza una descripción de cada uno de los riesgos detectados indicando las medidas para prevenir su ocurrencia:

a) Riesgo de Incendio

Durante todas las etapas del Proyecto y en todas sus obras, el riesgo de incendio está asociado principalmente a las áreas de emplazamiento y de almacenamiento de sustancias combustibles y polvorín.

Para esto se ha establecido el Reglamento de Prevención de Riesgos a Empresas Contratistas, en el cual se detalla las normas y procedimientos específicos que deberán cumplir con subcontratos para la prevención de incendios.

b) Riesgo de Explosión

A lo largo de todas las fases del Proyecto existe el riesgo de reacción de material explosivo durante su manejo y almacenamiento. Para prevenir su ocurrencia, se consideran las siguientes medidas que se indican en Reglamento de Uso y Manejo de Explosivos: • El almacenamiento, transporte y manejo de explosivos estará a cargo de una empresa contratista especialista en el uso y manejo de explosivos. • Se velará para que el uso y manejo de este insumo se realice de acuerdo a la legislación vigente y exigirá que la empresa contratista cuente con todas las autorizaciones requeridas. • Las actividades de manejo de explosivos se realizarán acorde lo dispuesto en la Ley 17.798 sobre Control de Armas y Explosivos y a las disposiciones respectivas contenidas en el D.S. N° 72/1985 Reglamento de Seguridad Minera y D.S. Nº 77/1982 sobre Control de Explosivos. • Todos los trabajadores que manipulen explosivos serán capacitados, para lo cual deberán portar una licencia de ―manipulador de explosivos‖, otorgado por la autoridad. • Los trabajadores contarán con todos sus elementos de protección personal. • Las tronaduras se realizarán de manera programada, tomando todas las precauciones al respecto. • Todo carguío de explosivos y posterior tronadura debe ser coordinado con el Departamento de Perforación y Tronadura de la Gerencia de Mina. • Se informa sobre horarios de ejecución de las tronaduras. • Antes de cada tronadura, el operador se cerciorará de evacuar todo el sector, para ello se utilizará una frecuencia radial exclusiva de la mina para coordinar esta tarea. • Durante la ejecución de las tronaduras se encuentra implementado el silencio radial y el uso de loros vivos (personal de punto fijo que impida a las personas o vehículos acercarse al área de trabajo). • Registro de entrada, almacenamiento y uso de explosivos. • Polvorín de alta seguridad para el almacenamiento de explosivos.

c) Riesgos Viales

Durante el transporte de personas, insumos y productos, existe el riesgo potencial de accidentes vehiculares en la ruta y/o en los trayectos en interior del sector mina. Para esto se ha elaborado el Reglamento de Tránsito que establece un marco regulatorio general y las medidas de seguridad que deben cumplir los trabajadores que transiten y que conduzcan vehículos motorizados en las instalaciones de propiedad del Titular e Instalaciones del Puerto Punta Padrones.

Para evitar su ocurrencia, se ha establecido las siguientes normas y procedimientos: • Reglamento de Tránsito de Candelaria • Reglamento de Prevención de Riesgos Empresas contratistas, en el cual detalla las normas y procedimientos específicos que deberán cumplir con subcontratos, en relación con: • Uso de Equipos y vehículos 229

• Conducción de Vehículos y Maquinarias • Señalización caminera • Transporte de Personal

d) Riesgo de Derrame de Concentrado Durante el Transporte

Para ello, se ha elaborado el Reglamento de Prevención de Riesgos Empresas contratistas, en el cual se detalla las normas y procedimientos específicos que deberán cumplir los contratistas y subcontratistas para el carguío, transporte de concentrado pues se trata de un trabajo de gran responsabilidad y riesgo por el largo trayecto que se debe recorrer entre el Área Mina y el Área Puerto. En este Reglamento se contempla la exigencia a los contratistas a cargo de los transportes de concentrado, contar con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, ajustado a la normativa vigente, para prevenir derrames, filtraciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte, y que se indican en el Procedimiento de Transporte de Concentrado.

e) Riesgo de Vertimiento Accidental de Concentrado Durante Embarque

Se ha establecido procedimientos para embarque en el puerto que específica trabajos de carga y estiba en el Área Puerto.

f) Riesgo de Derrame de Sustancias Peligrosas Durante el Transporte

Se contempla la exigencia a los contratistas a cargo de los transportes de combustibles, explosivos y sustancias peligrosas en general, contar con un Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, ajustado a la normativa vigente, para prevenir derrames, filtraciones o cualquier situación de riesgo durante el transporte.

Se adoptarán las siguientes medidas para evitar los riesgos de derrames de sustancias durante el transporte: • Se ha establecido el Reglamento sobre Transporte, Manipulación, Almacenamiento y Uso de Sustancias y Elementos Peligrosos • El transporte de combustibles se realizará en camiones especialmente diseñados para tal efecto y que cumplan con las disposiciones señaladas en el D.S. N° 160/2008 del Ministerio de Economía que establece el Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos. • A su vez, el transporte de sustancias peligrosas se realizará en camiones especialmente diseñados para tal efecto y que cumplan con las disposiciones señaladas en el D.S N° 298 que Reglamenta el Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos. • Los vehículos en que se transporten sustancias peligrosas deberán estar autorizados por la autoridad sanitaria. • Durante las operaciones de traslado, carga y descarga, los vehículos deberán portar sus rótulos según NCh 2190/2003, los cuales deberán ser visibles por las personas situadas al frente, atrás y a los costados, además deberán portar uno o más carteles con información mínima necesaria para otros usuarios (Nombre común de la carga; nombre y teléfono del destinatario; nombre del expendedor de la carga; nombre y teléfono del transportista). • El transportista llevará consigo la guía de despacho o factura con información mínima de o las sustancias que trasporta con sus respectiva clasificación y número de naciones unidas (NU). Además de las Hojas de Seguridad (HDS) para saber cómo actuar en caso de accidente. • El transportista contará con un plan ante contingencias y elementos mínimos para la contención o mitigación de los impactos ambientales que pudiesen presentarse. • Las válvulas de los camiones estanques estarán diseñadas para impedir las filtraciones ante la eventualidad de volcamientos. • Se exigirá el estricto cumplimiento de los límites de velocidad por parte de los conductores. • Los vehículos de transporte de sustancias peligrosas serán sometidos permanentemente a revisión y mantenimiento. • Los conductores serán capacitados en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como en procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales contingencias.

g) Riesgo de Derrame por Manipulación Durante Proceso Productivo

Durante el proceso productivo existe el riesgo de derrames de sustancias peligrosas por manipulación. Debido a esto, se ha elaborado una serie de procedimientos capaces de regular y estandarizar el accionar estableciendo el Reglamento sobre Transporte, Manipulación, Almacenamiento y Uso de Sustancias y Elementos Peligrosos, Procedimiento de Manejo de Residuos Peligrosos y Plan de Manejo de Residuos Peligrosos.

h) Riesgo de Derrame de Estanques y Tuberías 230

Se consideran las siguientes medidas para evitar el riesgo de derrames de líquidos desde estanques de proceso, así como desde tuberías debido a fisuras o roturas mayores: • Identificación y conocimiento de la composición química y peligrosidad del fluido. • Clasificar los envases, receptáculo, las zonas y lugares de riesgos ante derrames. • Preparar y capacitar al personal que integrará la brigada de Emergencia. • Disponer en el almacén industrial materiales absorbentes de derrames (decretos supremos 594/1999,148/2003). • Capacitar a la línea de mando y a las brigadas de emergencias en el manejo de derrames, uso de materiales para control de derrames y almacenamiento de desechos. • Implementar las instalaciones de duchas neutralizantes en torno a los depósitos como receptáculos, estanques, envases, contenedores de líquidos peligrosos (ácidos y bases u otros). • Implementar y dotar a la instalación, donde sea necesario de acuerdo a la magnitud del riesgo, de elementos extintores y sistemas de extinción de fuego. • Mantener actualizado y con disponibilidad rápida los elementos de protección personal especiales para los brigadistas de control de derrames. • Mantener debidamente señalizados y en forma permanente (de acuerdo a su composición química y peligrosidad) los estanques, los envases, los tambores, las cañerías de conducción ubicadas en el entorno o lugares cercanos a los receptáculos de líquidos peligrosos. • Mantener un contacto periódico con los servicios comunitarios (de la comuna) ante emergencias. • Contar con personal capacitado y especializado en materia para recoger el material residual derramado y depositarlo en recipientes especiales y avisar a la empresa de transporte para su traslado al exterior de la faena. • Descontaminar equipos, maquinaria, herramientas y lugares de trabajo donde se produjo el derrame. • Sellar y etiquetar recipientes con material residual y contactar a la empresa especialista en el transporte y manejo de este tipo de material (D.S.148/2003). • Realizar informe final, proponer plan de acción y responsables de las medidas correctivas y preventivas.

1. Riesgo de Deslizamiento y/o fallas de material en el Rajo • Los factores más importantes que influyen, genéricamente, en el riesgo de deslizamiento y/ o fallas de material en un rajo son: - Factores geométricos (altura e inclinación de un talud) - Factores geológicos (condicionan la presencia de planos de fallas y de Debilidades en el talud) - Factores hidrológicos (presencia de agua) - Factores geotécnicos o relacionados con el comportamiento geomecánico del Terreno (resistencia y deformabilidad del macizo rocoso) • Los riesgos más influyentes que afectan la seguridad de las frentes de trabajo y operaciones mineras, son: - Caídas o desplazamiento de rocas sueltas - Colapso parcial de un banco - Colapso general de un borde (berma) de la cantera • La acción de deslizamiento de material, sumado a los factores mencionados en el primer párrafo, en las operaciones de la mina rajo, está dado o causado generalmente por la acción de las tronaduras y/o por la superposición de actividades operativas de carguío en los niveles superiores respecto de otro banco en operación, y que puede provocar movimiento de material por las laderas de los bancos, con la posibilidad de rodar a bancos inferiores. Estas 2 actividades operativas (las más relevantes en las operaciones unitarias mineras). • Mantener actualizados los resultados de los estudios de geología y geotecnia respecto de la composición de la roca (estructura, textura, composición química para observar y estudiar si tuvo algún cambio físico – químico (meteorización) que la haga distinta a otros lugares de la mina o zona geográfica.

i) Riesgo de Accidentes Causados por Eventos Naturales

En todas las áreas del Proyecto existe alguna probabilidad de ocurrencia de eventos naturales que pongan en riesgo el normal funcionamiento de sus obras y/o actividades. Dado que se ha detectado como riesgo probable la ocurrencia de sismos en la región, se ha elaborado el Procedimiento de Contingencia por Inundaciones provocada por tsunami, en el Puerto Punta Padrones de Caldera. Este documento busca proteger las personas, medio ambiente y equipos, por lo que este procedimiento entrega normas y estandariza los pasos requeridos para controlar los riesgos críticos en la ―Respuesta en caso de Tsunami‖, para que no resulten lesionadas las personas expuestas, se minimice el daño a equipos o instalaciones y disminuya algún impacto ambiental. Si bien la Región presenta en general escasas precipitaciones, se ha elaborado el Procedimiento de Aviso en caso de Lluvias, de manera de estar preparados ante esta eventualidad. La ocurrencia de estos eventos puede poner en riesgo la seguridad de los trabajadores, para lo cual, se establecen simulacros y ejercicios de posibles emergencias.

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j) Riesgo de Alteración de Sitios de Interés Patrimonial

En el levantamiento de línea de base del Proyecto, se constató que no existen Monumentos Nacionales en el área de influencia del Proyecto declarados en las siguientes categorías: históricos, santuarios de la naturaleza y zonas típicas.

Los sitios identificados corresponden a sitios de bajo interés arqueológico sin interés Patrimonial. Sin embargo, durante el desarrollo del Proyecto, especialmente en su fase de construcción, podrían encontrase elementos patrimoniales, para lo cual se paralizarán los trabajos en esa área y se procederá a informar de inmediato y por escrito a la Gobernación Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales, quien determinará los pasos a seguir, lo cual será implementado por el Titular, dando así cumplimiento a la Ley 17.288/1970 de Monumentos Nacionales.

l) Riesgo de potencial atropello de fauna nativa En Adenda N°1, se informa que para el caso de zorros, se considera el siguiente plan de medidas de contingencias: - Se instruirá al personal cuyas actividades diarias estén relacionadas con el transporte del Proyecto, para la detección y reconocimiento de fauna silvestre posible de encontrar en las instalaciones de CCMC, y del procedimiento de aviso, en caso de atropello de algún animal. - En caso de atropello, el personal involucrado dará aviso inmediatamente a la Gerencia de Medio Ambiente, quien se contactará con un médico veterinario que dará la atención primaria al animal, en caso que se requiera y en paralelo dará el aviso a la autoridad competente. - Posteriormente a la atención primaria, el SAG, de acuerdo a sus facultades y al estado del animal herido, podrá definir las acciones a seguir que van desde la Eutanasia, traslado a centro de rescate y rehabilitación o la liberación. Al respecto, CCMC en caso que se requiera, podrá participar y apoyar al SAG para implementar las distintas medidas que impliquen el traslado y liberación del espécimen.

8.3.2 Plan de Emergencias y Control de Accidentes

Para todas las etapas del Proyecto, se contempla la implementación de planes y procedimientos que permitan controlar los accidentes e indiquen el accionar frente a contingencias ante situaciones de emergencia provocadas por fallas operacionales o eventos naturales.

Ante la ocurrencia de algún evento, se cuenta con el Procedimiento de reporte e investigación de Incidentes Ambientales. El alcance de este procedimiento cubrirá las actividades desarrolladas en las instalaciones mineras ubicadas en la comuna de Tierra Amarilla y las instalaciones portuarias ubicadas en la comuna de Caldera, incluyendo el transporte. Se incluye los incidentes de terceros que afectan la propiedad del Titular.

Las normas contenidas en este documento constituyen un complemento a las disposiciones legales vigentes sobre Seguridad e Higiene Industrial y forman parte integrantes de todos los contratos de obra y servicios suscritos entre el Titular y los contratistas.

Los procedimientos de preparación, respuesta y denuncias de emergencias, son detalladas a continuación:

Procedimiento de Preparación y Respuesta ante Emergencias Esta regulación tiene como objetivo, propender a proteger la vida de las personas que se vean envueltas en emergencias que requieran atención de terceros y salvaguardar el medio ambiente y los bienes materiales que puedan resultar dañados como resultado de una emergencia fuera de control. Aplicable a todas las personas que por cualquier motivo ingresen a las áreas definidas como industriales y que guarden relación con los procesos productivos de la empresa.

Denuncia en caso de Incidentes general para Puerto de Embarque en Caldera. Estos procedimientos entregan los lineamientos generales para proceder a la atención médica (con interacción de la ACHS) en caso de accidentes del trabajo con lesiones a las personas en las instalaciones del Puerto de embarque de concentrado en Caldera.

Procedimiento para Respuesta ante Emergencias Ambientales. El objetivo es entregar instrucciones a seguir para dar respuesta a incidentes ambientales mayores. Aplicable a las instalaciones de faena del Titular.

Procedimiento de Preparación y Respuesta ante emergencias a las personas.

Procedimiento de Comunicación de Incidentes al supervisor de Turno de Prevención De Riesgos, procedimiento de aviso en caso de emergencia

De manera específica, se ha implementado procedimientos de planes de emergencia y control de accidentes:

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Planes y Controles ante Incendio y Explosiones

En el caso de producirse un incendio se activará un plan de control y combate de incendios, según lo indicado en el Procedimiento de Control de Incendio en Planta Concentradora y el procedimiento Control de Incendios en Subestaciones y Salas Eléctricas y Control de Incendio en Puerto Punta Padrones, que se encuentran incluido en el Anexo 11- A del EIA.

También, en el Reglamento de Prevención de Riesgos Empresas contratistas, detalla las normas y procedimientos específicos para el combate de incendio que deberán cumplir los subcontratos.

Accidentes en Ruta

Ante la ocurrencia de un accidente en las rutas de acceso al Proyecto o en áreas del Proyecto, que afecte a vehículos de transporte de personas o camiones de carga de insumos y/o productos, se actuará según lo establecido en los procedimientos de Preparación y Respuesta ante emergencias a las personas y Procedimiento de Comunicación de Incidentes al supervisor de Turno de Prevención de Riesgos, procedimiento de aviso en caso de emergencia.

Derrames de Concentrado Durante el Transporte

Se ha establecido un Programa de capacitación para los conductores en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames. Ante esto, se ha elaborado un Plan de contingencias en caso de incidentes en transporte de concentrado.

Vertimientos Accidentales de Concentrado Durante su Embarque

Ante la eventualidad de un derrame accidental de concentrado al mar se procederá del siguiente modo: • Se actuará según lo establecido en el procedimiento de Derrames de Concentrado al interior del Puerto • Se interrumpirá de inmediato la carga de concentrado. • Se dará aviso a la Autoridad Marítima. • Se evaluará la magnitud y características del derrame a objeto de definir las acciones de control y limpieza más adecuadas al caso. • Paralelamente se hará un seguimiento de la calidad del agua de mar y sedimentos para establecer el grado del impacto, la evolución de la dispersión y la efectividad de las medidas de saneamiento que se apliquen. • Se efectuarán las reparaciones pertinentes en el sistema de embarque y se tomarán las medidas preventivas que resulten necesarias para evitar incidentes similares en el futuro. • Se dragará, aspirará y limpiará el fondo marino. Se elaborará un informe y fotografías del trabajo realizado, para su entrega posterior a la Autoridad Marítima.

Derrame de Sustancias Peligrosas Durante el Transporte

Se ha establecido un Programa de capacitación para los conductores en el manejo y manipulación de las sustancias que transportan, así como procedimientos de primeros auxilios y control de eventuales derrames.

Frente a la ocurrencia de un derrame durante el transporte, se procederá de la siguiente manera: • El conductor del vehículo estará capacitado para realizar las primeras medidas de control de la emergencia. En caso de que el conductor del vehículo no pudiera atender la emergencia, las primeras medidas serán aplicadas por otros conductores que se dirijan desde o hacia el área del Proyecto más cercano al lugar del accidente. • Inmediatamente se dispondrán los recursos necesarios para el aislamiento de la zona involucrada, lo anterior de acuerdo a la sustancia derramada. • El personal participante en las labores de sellado y /o encausamiento del líquido derramado contará con todo su equipo de protección personal para estos casos. • Se procederá al retiro de la sustancia derramada mediante palas, maquinaria pesada o bombas, según se requiera. La sustancia será almacenada temporalmente en estanques o recipientes seguros. Las sustancias recuperadas serán enviadas al área del Proyecto más cercana al accidente para definir el sitio y modo de tratamiento y/o disposición final. • Una vez contenida la emergencia, se deberá asegurar el área y proceder a entregar el sitio del derrame al personal del Departamento de Medio Ambiente, quien adoptará las medidas tendientes a mitigar los efectos del incidente e informar a las autoridades respectivas, de acuerdo a protocolo comunicacional. • Paralelamente, concurrirá personal de Salud y Seguridad, quienes recopilarán antecedentes para los correspondientes informes a Gerencia de Operaciones o Superintendente de turno. • El Jefe encargado procederá a informar de lo ocurrido a Carabineros de Chile. 233

• De ser necesario, se deberá coordinar con la empresa a cargo del mantenimiento del camino, el aislamiento permanente de la zona (hasta su limpieza definitiva) o la construcción de un camino alternativo para el tránsito. • Se dará por terminada la emergencia una vez que se haya determinado que el sitio del suceso reúne las condiciones para restablecer las operaciones.

Derrames Durante el Proceso Productivo

En caso de producirse derrames durante el proceso productivo, se ha establecido el Reglamento sobre transporte, manipulación, almacenamiento y Uso de Sustancias y Elementos Peligrosos. Además, se ha establecido Procedimiento de Control de Derrames y el Plan de Contingencia patio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos.

En caso de ocurrir un derrame de combustible se procederá de la siguiente forma: • El área afectada será inmediatamente aislada, restringiendo el acceso sólo a personal autorizado. • Evitar cualquier fuente de ignición dentro del área de seguridad: • Si los hubiese, se deberá desconectar la batería de los vehículos comprometidos • Confinamiento y contención de derrames por medio de bermas y zanjas: • Bermas para derrames en terrenos casi parejos • Zanjas en terrenos con pendientes o suelos permeables • Absorber el combustible con arena seca o tierra. • Si no hay fuego, se abstendrá de usar agua, para evitar que el combustible flote en el agua aumentando la superficie de contaminación. • Se impedirá en todo momento que el líquido derramado alcance cursos de agua, quebradas, bofedales y/o vegetación. • El material saturado con combustible deberá recogerse una vez absorbida y deberá disponerse en el lugar indicado por el Departamento de Medio Ambiente. • En caso de que el derrame ocurre fuera de la faena, el Departamento de Medio Ambiente encargará a una empresa externa un Análisis de Suelo del área afectada.

Derrame de Estanques y/o Tuberías

En el caso de la ocurrencia de derrame por rotura o filtración en estanques y/o tuberías e insumos en general, se deberán ejecutar las siguientes acciones y/o medidas: • Preparar y capacitar al personal que integrará la brigada de Emergencia. • Disponer en el almacenan industrial materiales absorbentes de derrames (decretos supremos 594/1999 y 148/ 2003). • Capacitar a la línea de mando y a las brigadas de emergencias en el manejo de derrames, uso de materiales para control de derrames y almacenamiento de desechos. • Implementar las instalaciones de duchas neutralizantes en torno a los depósitos como receptáculos, envases, contenedores de líquidos peligrosos (ácidos y bases, otro). • Implementar la construcción de elementos extintores y sistemas de extinción de fuego. • Mantener actualizado y con disponibilidad rápida los elementos de protección personal especiales para los brigadistas de control de derrames. • Mantener actualizado el inventario de líquidos peligrosos que pueden provocar pérdidas ante derrames y la cantidad circulante y la cantidad almacenada tanto en bodega como el líquido circulante en las operaciones unitarias. • Mantener debidamente señalizada y en forma permanente (de acuerdo a su composición química y peligrosidad) las tuberías y cañerías de conducción y las alcantarillas ubicadas en el entorno o lugares cercanos de mayor diámetro y de conducción de volumen importante de líquido.

Accidentes Causados por Deslizamiento y/o Fallas de Material en el Rajo

En el caso de la ocurrencia de estos accidentes, se deberán ejecutar las siguientes acciones y/o medidas: • Utilizar procedimiento de limpieza y acuñadura de bordes, rampa y de bancos después de la tronadura usando equipos auxiliares • Usar señales y letreros de advertencias en las rampas de accesos que presenten problemas de caídas de rocas • Capacitar permanentemente a la línea de mando y operadores en el procedimiento de control de rampas, talud de los bancos y bordes de laderas superiores a fin de evitar incidentes con daño a las personas y/o equipos, maquinarias y vehículos en general.

Accidentes Causados por Eventos Naturales

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En todas las áreas del Proyecto existe alguna probabilidad de ocurrencia de eventos naturales que pongan en riesgo el normal funcionamiento de sus obras y/o actividades. En caso de ocurrencia de un sismo, se instruirá a los trabajadores sobre las medidas que se deberán adoptar para hacer frente a un sismo, las cuales son las siguientes: • Ante un sismo, los trabajadores deberán resguardarse en un lugar seguro preestablecido. • En caso de no poder salir del lugar en el que se encuentran, los trabajadores deberán mantener la calma para así encontrar de manera segura la salida correcta. • Se deberá tener precaución en caso de posibles caídas de paredes, ladrillos, artefactos eléctricos, muebles y postes de líneas de energía eléctrica, y otros, manteniéndose alejado de ventanas y espejos, dirigiéndose a un lugar abierto, libre de riesgos. • En caso de existir heridos, se solicitará atención médica de emergencia. • Se suspenderá el suministro eléctrico, de gases licuados, de petróleo, llaves o válvulas de control de gases o líquidos peligrosos, como medida preventiva. • Una vez concluido el sismo, se verificará la estabilidad de las estructuras principales y restablecer los procesos y operaciones. Además se realizará un monitoreo a las obras lineales como tubería de agua desalinizada, conducción de relaves, etc. • De ser necesario, de activará el Procedimiento de Evacuación de Edificios.

En caso de ocurrencia de Tsunami en sector de Puerto Padrones, se seguirá con lo establecido en el Procedimiento de contingencia por inundaciones provocada por tsunami, en el Puerto Punta Padrones de Caldera.

Alteración de Sitios de Interés Patrimonial

Si durante la construcción de las obras u operación del Proyecto se alterarán elementos del patrimonio cultural existente o descubierto durante la remoción del terreno, se adoptarán las siguientes acciones: • Se dará la orden de que todas las actividades que se estén desarrollando en el área involucrada en el hallazgo sean detenidas inmediatamente. • Se contactará al Consejo de Monumentos Nacionales para que visite el área afectada, evalúen la intervención del sitio y definan acciones y medidas que se deberán tomar para rescatar y/o revalorizar el sitio.

Además, se contará con la asesoría de un arqueólogo especialista, quien elaborará un informe de la situación, las acciones realizadas y los resultados alcanzados, el cual será entregado al Consejo de Monumentos Nacionales y al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Atacama.

Complementariamente a lo presentado en el Estudio de Impacto Ambiental, en Adenda N°3, se informa que en evento de emergencia sobre el nuevo trazado de tuberías del relaveducto, debido a eventuales drenaje de la conducción, por una detención No Programada – Una o más instalaciones no se encuentran operativas (Caída de suministro eléctrico de forma prolongada, falla en equipos de bombeo o agitadores, rotura de tuberías, etc.), se detendrá el sistema de transporte. La secuencia de detención es la siguiente:  Detención de operaciones de remoción y bombeos de estaciones que se en  Desplazamiento de personal a pu lvulas manuales.  Inicio de la apertura de drenajes de las  Apertura de Drenaje Principal  Apertura de By -Pass, que se abre 15 minutos después de la apertura del Drenaje Principal. o Punto Bajo 2 – Tramo Reimpulsión (Km 8+105) a Piscina de Emergencia. o Punto Bajo 1– Tramo Reimpulsión (Km 8+799) a Piscina de Emergencia que se abre 50 segundos después de la apertura del drenaje Punto Bajo 2 – Tramo Reimpulsión.  Inicio de apertura d e drenaje de Estanque Agitado a Piscina de Emergencia. Una vez concluida la detención no programada, el volumen de relave será removido mecánicamente, para luego ser trasladado hacia el Depósito de Relaves.

9. Plan de Seguimiento Ambiental Propuesto en el E.I.A. y sus Adendas

9.1 Plan de Seguimiento de las variables significativas

9.1.1 Flora, Vegetación y Sitio Prioritario a) Seguimiento del Rescate y relocalización de cactáceas Se realizará el monitoreo en un plazo total de 5 años; en el primer año, luego del trasplante se realizará monitoreo mensual sólo los primeros tres meses, para luego hacerlo trimestralmente; el segundo y tercer año semestral y, anual el 235

4º y 5º año. Se monitoreará la sobrevivencia, el estado fitosanitario, marcas de daño, entre otros aspectos. En el caso de ejemplares que deban reponerse para cumplir el porcentaje mínimo comprometido, su periodo de monitoreo también será de 5 años y se iniciará en el momento en que se dispongan estos ejemplares en el terreno. Las actividades de reposición de ejemplares deberán reportarse a las autoridades competentes. Los rasgos o signos de establecimiento de los ejemplares, corresponderán a: o Presencia o ausencia de los ejemplares relocalizados (sobrevivencia) o Altura y/o diámetro o Estado fitosanitario o Crecimiento de espinas, o Estado fenológico (floración, crecimiento, etc.) o Características propias de ejemplares de áreas no afectadas (color, turgencia).

La medida se entenderá cumplida cuando se verifique en terreno una sobrevivencia igual o superior a lo establecido en la siguiente Tabla para el número de los individuos de Copiapoa megarhiza, Pyrrhocactus confinis y Cumulopuntia sphaerica que deberán ser relocalizados, no antes de que dichos individuos cumplan dos años de vida, desde su trasplante. Tabla: Indicador de éxito para el rescate y relocalización de cactáceas

Fuente: Tabla 3-3 del anexo 14 del Adenda 3.

En el caso que el porcentaje de éxito sea inferior al indicado en la Tabla anterior al segundo año, se contempla el enriquecimiento del sector de relocalización, favoreciendo de esta manera un incremento de la población. Los ejemplares se obtendrán de reproducción por semillas y/o vegetativa (generación de individuos en vivero). En el caso de ejemplares que deban reponerse para cumplir el porcentaje mínimo comprometido, su periodo de monitoreo también será de 5 años y se iniciará en el momento en que se dispongan estos ejemplares en el terreno. Las actividades de reposición de ejemplares deberán reportarse a las autoridades competentes. Se entregarán informes por cada uno de los monitoreos a realizar según se estableció en Adenda 4.

Antes de dar inicio a la etapa de construcción del proyecto, el titular deberá informar a la SMA, con copia a la CONAF y SEREMI del Medio Ambiente, la metodología general que implementará en el caso que no se logren los porcentajes mínimos de éxito de las especies Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, definidos durante el proceso de evaluación. En el mismo documento, deberá indicar el tiempo estimado para obtener los ejemplares adultos que plantará en terreno.

b) Seguimiento del Resguardo de semillas y bulbos de especies de flora en Sitio Prioritario Desierto Florido.

Para evaluar el resultado de esta medida en condiciones naturales, se realizará monitoreo de la ocurrencia del fenómeno del desierto florido durante toda la vida útil del Proyecto, es decir, se realizarán monitoreos cuando se manifieste el fenómeno del desierto florido, teniendo como parámetro un umbral de precipitaciones de 15 mm anuales y temperaturas adecuadas que permitan una expresión del mismo; los cuales se repetirán cada vez que el fenómeno se manifieste hasta el año 2030 que dura la vida útil del Proyecto. Especies Estado de conservación Indicador de cumplimiento (%) Objetivo Copiapoa megarhiza Vulnerable = ó mayor al 90% Minimizar el riesgo de extinción y rescatar la diversidad genética en las áreas a intervenir. Pyrrhocactus confinis Vulnerable = ó mayor al 90% Cumulopuntia sphaerica Preocupación Menor = ó mayor al 75% Evitar un aumento en su condición de amenaza y rescatar la diversidad genética en las áreas a intervenir. 236

Cada informe de monitoreo será emitido a la Autoridad Ambiental 60 días después de realizado el tercer monitoreo en terreno (una vez ocurran las precipitaciones). Dicho informe incluirá registros fotográficos georeferenciados, cuando se evidencie germinación de semillas y/o bulbos, y tendrá por objetivo registrar los siguientes parámetros: - Especie. - Frecuencia por especie. - Estado fenológico. - Estado fitosanitario.

c) Seguimiento Rescate de germoplasma de las especies arbustivas Pintoa chilensis y Krameria cistoidea.

Aunque no se cuenta con experiencias prácticas sobre el establecimiento de estas especies en terreno, Esta medida se complementará con la realización de un Estudio de protocolos de reproducción de las especies Pintoa chilensis y Krameria cistoidea, el cual tendrá como finalidad evaluar distintas técnicas de reproducción en vivero a objeto de contar con experiencias prácticas sobre el desarrollo de estas especies, y de esta manera replicar en terreno los resultados para lograr el establecimiento de los individuos plantados. Dicho Estudio se extenderá por un período de, al menos, 3 años y los resultados de este serán presentados en un documento técnico, el cual será enviado a los servicios ambientales involucrados. El monitoreo de la plantación será anual durante un período de 5 años, independiente del número de ejemplares que será necesario plantar para lograr reponer la totalidad de los individuos afectados. Para este tipo de especies en particular, el titular se compromete a reponer en un 100% los individuos afectados, independiente de su estado de conservación.

El informe de cada monitoreo será emitido a la Autoridad Ambiental 60 días después de realizado el monitoreo en terreno (anual por 5 años). El informe incluirá registros fotográficos georeferenciados, y tendrá por objetivo registrar los siguientes parámetros: - Especie - Sobrevivencia - Estado fenológico - Estado fitosanitario

9.1.2 Fauna

d) Seguimiento Medida de Rescate y Relocalización de Reptiles

Se proyecta luego de la actividad de relocalización, realizar 2 monitoreos para determinar la efectividad de la medida a los 10 y 20 días posteriores a la relocalización. El objetivo es contabilizar los individuos marcados. De acuerdo a experiencias en estas medidas de relocalización, se debiera observar entre 8 a 10 % de los individuos relocalizados para considerar la efectividad de la medida que busca mantener el pool genético de estas especies. Para el caso de las capturas que se programen anualmente (fase de operación), los monitoreos permitirán evaluar la presencia de especies de las actividades de relocalización realizadas anteriormente. Cabe señalar que en la fase del Proyecto en la zonas denominadas: Ampliación del Depósito de Estéril Norte, Ampliación del Depósito de Estéril Nantoco y la zona del nuevo Depósito de Relaves Los Diques se presenta un crecimiento progresivo de las zonas intervenidas, por lo que se debe realizar rescates anuales, liberando áreas que serán ocupadas por el proyecto, lo que evita la reintroducción de ejemplares al realizar la labor de rescate en la etapa inicial. Cada uno de las labores de rescate considera la eliminación posterior de los refugios y hábitats de reptiles. Los rescates a realizar deben ser evaluados, por lo tanto requieren un monitoreo durante los primeros 30 días, utilizando marcaje de los ejemplares que permita diferenciar los individuos liberados en las diferentes campañas de rescate anuales realizadas. Luego de 40 días de cada campaña de monitoreo, se enviará un informe a las autoridades competentes. Al finalizar dicha labor, se enviará un informe consolidado.

e) Seguimiento Medida de Perturbación controlada 237

A la semana siguiente de la labor de ahuyentamiento, se realizará un chequeo de las zonas en busca de ejemplares o evidencias indirectas (huellas y fecas). De tener observaciones de presencia de ejemplares, se realizará nuevamente la perturbación controlada, chequeando luego de siete días (7), hasta que no exista actividad evidente. Todas estas labores se registrarán con planilla de terreno que indique, fecha, día, responsable, tipo de hallazgos (evidencias directas o indirectas) y acciones (reiterar perturbación controlada o liberación del área).

Se emitirá un informe a las autoridades competentes, 40 días posteriores a las labores realizadas.

9.1.3 Emisiones y Calidad del Aire  En relación a las eficiencias de las medidas respecto a la calidad del aire presentadas en este documento, así como en el EIA y adendas, tanto para la etapa de construcción, operación y cierre del proyecto, el Titular deberá presentar un informe técnico semestralmente a la SMA, del seguimiento de la eficiencia de dichas medidas, el cual deberá ser verificado por una empresa externa que cuente con la capacidad técnica y experiencia en su determinación. El Informe técnico antes mencionado deberá a lo menos presentar los resultados respectivos, las conclusiones y en caso de ser necesario, la recomendación de nuevas medidas para que estas sean evaluadas por la Autoridad.  Respecto a la frecuencia diaria de humectación de caminos no pavimentados al interior de la faena minera, el Titular deberá verificar la eficiencia del 80 % propuesta, mediante la medición en el sector de material particulado (con y sin medida), lo que deberá ser informado a la SMA justificando técnicamente su cumplimiento. En caso de no dar cumplimiento a la eficiencia establecida, se deberá aumentar las veces del día de humectación y contemplar el uso de maquinaria para mantener el camino compactado. El cumplimiento de la eficiencia deberá ser informada a la SMA semestralmente.  Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) el Titular deberá presentar un estudio de vientos de pendientes, para lo cual deberá, posterior a la obtención de la RCA y previo al inicio de la etapa de construcción, iniciar el monitoreo continuo de vientos, considerando como mínimo 1 año de registros que permita recoger toda la variabilidad estacional. considerando la instalación de 2 monitores de medición de velocidad, dirección de viento y material particulado (MP10 y MP2.5) a 1.5 m del terreno y sin obstáculos a su alrededor (radio de 10 m), cuya localización deberá ser correspondiente con la trayectoria de los vectores indicada en la Figura, considerando la localización de la primera estación en el esquema identificado como ―1, y la segunda estación en el esquema ―2‖. Adicionalmente deberá complementar el monitoreo indicado con mediciones en Estación Mina y Tama, las cuales fueron parte de la información presentada durante el desarrollo de la evaluación. La localización específica de las estaciones de vientos de pendiente deberá ser determinada a partir del trabajo en terreno por parte del especialista.

 Adicionalmente, se hace presente que previo al inicio del monitoreo deberá revisar con la SMA y la SEREMI del Medio Ambiente, las condiciones técnicas de su implementación. El estudio a presentar deberá contener análisis de los resultados, base de datos obtenidos en formato Excel y conclusiones de dicho estudio cruzando 238

la información de vientos y concentración de material particulado en fracción MP10 y MP2,5. Si del estudio, la SMA considera que la presencia de los vientos de pendientes en los sectores monitoreados influye en la calidad del aire de Tierra Amarilla, superiores a las definidas en el proceso de evaluación ambiental , el titular deberá presentar a la SMA con copia a la SEREMI del Medio Ambiente, un plan adicional que considere el aumento en cobertura de las medidas respecto a la calidad del aire, establecidas en el proceso de evaluación, justificando técnicamente el ajuste de emisiones.  El funcionamiento del monitoreo continuo de material particulado (MP10 y MP2,5) en la estación Tierra Amarilla (TAMA), y en la localidad de Nantoco, deberá iniciarse tres meses posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental. Deberá entregar informes mensuales con los resultados de los monitoreos de MP10 y MP2,5 a la Seremi del Medio Ambiente, en el formato indicado en el DS 61/2008 Reglamento de estaciones de medición de contaminantes atmosféricos.

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 A continuación se presentan el Seguimiento para la Calidad del Aire del proyecto:

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84, Huso 19 J Este (m) Norte (m) Calidad del Aire y Meteorología Mediciones de MP10 y MP2,53 Continuo c/3 días. Para la fase de cierre se mantendrá 2 años después del inicio de las obras de cierre. Trimestral Caso Base Estación TAMA Estación TAMA 374.932 6.960.241 Construcción, Operación y Cierre Estación 4 Caldera Estación Caldera de MP10 319.249 7.004.715 Continuo Cada 6 meses Año Calendario Nuevo Estación TAMA Estación TAMA 374.932 6.960.241 Operación Estación Nantoco Estación Nantoco Por definir con autoridad Polvo Sedimentable MPS (mg/cm2/30días) y composición (Fe, Cu, As y SiO2) Mensual Trimestral Caso Base PS4 Estación Mina 371.030 6.954.143 Construcción y Operación PS6 Puerto Punta Padrones 317.169 7.006.244 PS3 Estación Nantoco 374.609 6.951.835 Velocidad y dirección del viento Continuo Trimestral Caso Base Estación TAMA Estación TAMA 374.932 6.960.241 Construcción y Operación Estación Mina Estación Mina 371.850 6.955.299 Estación Punta Padrones Puerto Punta Padrones 317.169 7.006.244

9.1.4 Recursos Hídricos 240

A continuación se presentan el Seguimiento para la Calidad del Aire del proyecto:

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84, Huso 19 J Este (m) Norte (m) Recursos Hídricos Nivel freático de pozos Mensual Trimestral Caso Base WB1 Paipote 372.953 6.967.004 Construcción y Operación WB2 Alcaparrosa 374.529 6.961.292 WB3 Palermo 374.696 6.957.989 WB4 Río Copiapó 375.124 6.955.741 Pozo 29 Chamonate 359.022 6.979.571 Pozo 31 Piedra Colgada 353.962 6.980.063 Pozo EX1 Llano de la Isla 336.473 6.970.263 Pozo 36 Llano de la Isla 336.113 6.969.561 WB1 Paipote 372.953 6.967.004 Puntos Nuevos WM4 Los Diques Sur 369.604 6.951.080 Operación WM6 Los Diques Sur 369.268 6.951.610 WM7 Muro Sur depósito los Diques 371.033 6.952.838 WM8 Pantalla Cortafuga 370.741 6.954.327 WM9 Pantalla Cortafuga 370.828 6.954.327 WM11 Norte del Botadero Norte 371.417 6.959.810 WM12 Este del Botadero Nantoco 373.696 6.953.440 WM13 Sur del Botadero Nantoco 372.961 6.952.730 WM14 Sector Los Diques Oeste 367.827 6.952.210 WM15 Quebrada El Bronce 373.034 6.957.246 WM16 Quebrada El Bronce 373.095 6.957.322 Calidad de aguas subterráneas (NCh 1.333 y NCh 409 y 14 Parámetros: H, CE, Temp., OD, Anual (NCh 1.333 y NCh 409) y Trimestral (14 parámetros). Trimestral y Anual (Consolidado) Caso Base WB1 Paipote 372.953 6.967.004 Construcción, Operación y Cierre WB2 Alcaparrosa 374.529 6.961.292 WB3 Palermo 374.696 6.957.989 WB4 Río Copiapó 375.124 6.955.741 WM1 Rajo Mina 372.615 6.955.938 241

SDT, [SO4], [NO3] [M ] [B] WM2 Pique Mina 372.711 6.956.931

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84, Huso 19 J Este (m) Norte (m) Recursos hídricos [Cu], [Fe], [Pb], [Mn] y [Mo]. WM3 Laguna Depósito Relaves 370.784 6.955.824 Semestral (NCh 1.333 y NCh409) y Trimestral (14 parámetros). Trimestral y Anual (Consolidado) Puntos Nuevos WM4 Los Diques Sur 369.604 6.951.080 Construcción, Operación y Cierre WM5 Laguna Depósito Relaves Los diques 367.993 6.953.693 WM6 Los Diques Sur 369.268 6.951.610 WM7 Muro Sur depósito los Diques 371.033 6.952.838 WM10 Pantalla Cortafuga 370.902 6.954.323 WM11 Depósito de Estéril Norte 371.417 6.959.810 WM12 Este del Botadero Nantoco 373.696 6.953.440 WM13 Sur del Botadero Nantoco 372.961 6.952.730 WM14 Sector Los Diques Oeste 367.827 6.952.210 WM17 Nantoco 370.370 6.949.970 WM18 Nantoco 369.731 6.949.518 Cantidad de Agua Mensual Trimestral Caso Base Aducción común pozos Alcaparrosa 374.205 6.960.658 Construcción y Operación WM1 Rajo Mina 372.615 6.955.938 WM2 Pique Mina 372.711 6.956.931 WM3 Laguna Depósito Relaves 370.784 6.955.824 Puntos Nuevos WM5 Laguna Depósito Relaves Los diques 367.993 6.953.693 Operación WM10 Pantalla Cortafuga 370.902 6.954.323 242

Calidad de agua subterránea al cierre del relleno sanitario que incluirá los siguientes parámetros característicos asociados a la descomposición de residuos domésticos: - DBO5 - DQO - Nitrógeno Total

Semestral (los primeros 2 años de la fase de Cierre) Caso Base Cierre Monitoreo Humedal Atributos físicos, bióticos, paisajísticos e hidrobiológicos Semestral Semestral Caso Base D1 Desembocadura del Río Copiapó 309.439 6.976.627 Construcción y Operación

 Se implementará una placa en cada pozo de monitoreo y/o explotación de aguas subterráneas, que contenga información relativa a identificación del pozo, uso, profundidad y habilitación.

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Además del Seguimiento anteriormente presentado a continuación se indican aclaraciones u otros monitoreos que completaran dicho Plan de Seguimiento, las cuales fueron interpuestas por los Servicios Competentes como condiciones al Proyecto.

1. En relación a la intervención de una defensa fluvial del cauce del río Copiapó con motivo del atravieso soterrado de una tubería de HDPE DN de 110 mm, el Titular deberá incorporar en la instancia sectorial que corresponda, la componente de mecánica fluvial del referido atravieso, verificando si de acuerdo a los antecedentes de terreno recabados con posterioridad al evento hidrometeorológico del 25 de marzo 2015, la socavación mínima de 2,0 m propuesta para el lecho activo del cauce del río Copiapó es suficiente. Lo anterior, deberá ser acreditado con registros fotográficos y un análisis detallado sobre la materia. 2. Respecto del Plan de Monitoreo de Hidrogeológico e Hidroquímico por el depósito de Relaves Los Diques, el Titular deberá:  Realizar el balance de aguas a que se refiere la Respuesta 5.g de la Adenda N°3 contemplando todas las entradas y salidas, cada una de las cuales deberá ser cuantificada mediante la habilitación y operación permanente y confiable de un dispositivo de medición continua de flujos, de manera que ello permita contar con la completa contabilización de entradas, salidas y variaciones en el tiempo del sistema.  Respecto del certificado de impermeabilización asociado al muro cortafugas proyectado en el sector aguas abajo del Depósito de Relaves El Dique, el Titular deberá presentar a la SMA, el referido certificado, ello en cuanto al muro mismo, su fundación y sellado basal, asegurando que su habilitación se extienda completamente en la sección del relleno aluvial definida para su colocación, y el sello garantice el completo llenado del respectivo medio fracturado que subyace al relleno granular. Dicho certificado deberá ser presentado con ocasión del informe de construcción del Sistema de Recolección de Infiltraciones del Depósito de Relaves Los Diques que el titular menciona en la Respuesta 5.h de la Adenda N°3.  La profundidad de perforación de cada uno de los pozos contemplados en el Sistema de Recolección de Infiltraciones del Depósito de Relaves, deberá ser perforados atravesando la roca alterada, alcanzando la roca sana, y además, dicha condición deberá documentarse debidamente ante la SMA, acompañando el perfil estratigráfico obtenido de la respectiva recuperación de testigos durante la labor de perforación.  Respecto a acciones en el evento que se superen los umbrales de hidroquímica de aguas subterráneas definidos en el proceso de evaluación, El Titular deberá previo a la ejecución del proyecto, en un plazo no superior a 18 meses desde la fecha de una eventual aprobación ambiental, presentar un documento técnico que establezca la condición de umbrales de hidroquímica de aguas subterráneas asociada a su área de influencia, en el que también se propongan acciones concretas del tipo material, la que permitan hacerse cargo de manera suficiente de eventuales alteraciones en el estado hidroquímico natural de las aguas que constituyen la correspondiente zona acuífera objeto de seguimiento. Lo anterior, deberá ser validado por la SMA y el Servicio Competente, cuyo criterio de validación deberá apuntar a la adecuada determinación de umbrales máximos y la existencia de acciones materiales que se activen en virtud de la superación de dichos umbrales. Asimismo, cabe mencionar que, el establecimiento de estos umbrales deberá estar en sintonía con los resultados de modelación de transporte de contaminante presentados durante el presente proceso de calificación ambiental.  Respecto de las mediciones mensuales de nivel en los Pozos P y PP2, se indica al Titular que estos pozos deberán mantenerse operativos y debidamente resguardados para los efectos de asegurar en todo momento la realización de las labores de monitoreo piezométrico con miras a detectar o no, y de manera oportuna la presencia de agua. Asimismo, atendida la ubicación de los citados sondajes, el Titular deberá contar con la libre accesibilidad a estos puntos en cuanto a las vías de acceso vial, de tal modo de permitir que en el futuro puedan realizarse sin inconveniente alguno las tareas de fiscalización que se estimen pertinentes.  En relación al uso de los sondajes denominados WB3 y WB4 como pozos de monitoreo hidroquímico del medio fracturado que subyace al acuífero del río Copiapó, cabe señalar que, éstos deberán estar plenamente operativos en un periodo máximo de 3 meses desde la obtención de la correspondiente RCA. Del mismo modo, una vez iniciado los registros de calidad de agua subterráneas, el Titular deberá definir una etapa de toma de datos que permita establecer una línea base que represente efectivamente el estado hidroquímico previo a la depositación de material de relave, la cual será considerada como línea de base hidroquímica para los efectos evaluar posibles alteraciones en la calidad de aguas del acuífero del río Copiapó producto del desarrollo de las labores mineras que forman parte del presente proyecto en evaluación. 244

 Luego de aprobada la RCA se construirán los pozos de monitoreo comprometidos (ver detalle en Anexo 16 de Adenda N°3), los cuales permitirán calibrar el modelo hidrogeológico (Anexo 16, Adenda N°1) después de al menos un año de mediciones.  Sobre las tomas de muestra de calidad de agua comprendida en el Plan de Seguimiento Ambiental del proyecto en calificación, se precisa para suficiente claridad que, todas las tomas de muestras en terreno deberán ser realizadas única y exclusivamente por un ente externo debidamente certificado, lo cual deberá ser debidamente acreditado en los respectivos reportes que estén comprometidos con la Autoridad Ambiental.

3. En relación a las componentes ambientales de hidrogeología e hidroquímica, el Titular deberá contemplar la reportar a la SMA la modelación de flujos y transporte de contaminante presentada durante el presente proceso de calificación ambiental, con reportabilidad bianual ante, cuyo proceso se oriente a validar o no en el tiempo los supuestos y proyecciones establecidas por el Titular en relación a los potenciales efectos sobre las citadas componentes ambientales, atendida la operación del Rajo, el depósito de relaves Los Diques, el actual depósito de relaves y la extensión de botaderos de estériles.

Respecto al impacto sobre la continuidad de utilización de las aguas servidas tratadas que afectan al sector acuífero 5 y 6 y sustentan biodiversidad el Titular deberá:

4. Realizar un Plan de Monitoreo del Humedal de Piedra Colgada, que permita verificar la condición de salud y evolución de este ecosistema, por toda la operación del proyecto; tal medida será de exclusiva responsabilidad del Titular, tanto en su diseño como en su implementación, debiendo presentar al SAG, SEREMI del Medio Ambiente y CONAF las propuestas de diseño y monitoreo de dicho plan para ser visado y validado por los mencionados servicios competentes. El plan deberá estar implementado al inicio de la ejecución del proyecto, por lo que deberá ser presentado a los servicios con la debida anticipación.

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9.2 Monitoreo de Variables no significativas

9.2.1 Ruido y Vibraciones

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84, Huso 19 J Este (m) Norte (m) Ruido y Vibraciones NPS (Ruido) Anual Anual Caso Base, Tierra Amarilla Punto Base Estación Meteorológica de Candelaria Avda. Lemeur 374.932 6.960.241 Construcción y Operación Punto 1 - Área Verde Acera Norte de Avda. El Parque extremo Poniente 374.392 6.960.773 Punto 2 - Cementerio Costado Sur entrada cementerio 374.787 6.960.104 Punto 3 - Expansión Acera Norte de Avda. El Parque extremo Oriente 374.917 6.959.807 Punto 6 - Expansión Camino bordeando la ribera poniente del Río Copiapó 374.126 6.958.968 Punto 7 - Comercial Acera Poniente calle Manuel Montt frente al Liceo 374.853 6.955.512 Punto 11 - Rural Camino a Mina Candelaria 374.546 6.953.751 Punto 21 - Expansión Camino de acceso población Luis Uribe 374.526 6.953.106 Caso Base, Caldera Punto Base Avda. Canal Beagle, en Hotel Portal del Inca 318.836 7.004.298 Construcción y Operación

Coordenadas UTM 246

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Datum WGS 84, Huso 19 J Fase del Proyecto Este (m) Norte (m) Punto 12 - Baldío Camino Caldera - Bahía Inglesa (Avda. Carvallo) 318.295 7.003.883 Punto 13 - Hospital Cruce de la Avda. Canal Beagle con la Avda. Kennedy 319.031 7.004.094 Punto 14 - Baldío Camino Caldera - Calderilla, a 10 m. al Norponiente del eje 317.890 7.004.216 Punto 15 - Baldío Camino hacia el Faro y Puerto Jorquera 318.450 7.004.078 Punto 16 - Residencial Primera vivienda urbanización Calle Zwidester. 318.066 7.004.776 Punto 18 - Residencial Ultima vivienda urbanización Calle Zwidester. 318.655 7.004.278 Puntos Nuevos I Oficina cuidador Canil Municipal de Copiapó 365.968 6.964.990 Construcción J Sector campamento, Planta Asfalto Rio Cristal, ingreso sur a Copiapó desde ruta 5. 365.556 6.965.645 K Vivienda de Pirquinero un piso. 364.356 6.969.355 L Garita Guardia Minera SCM resources 363.708 6.971.028

Coordenadas UTM 247

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Datum WGS 84, Huso 19 J Fase del Proyecto Este (m) Norte (m) Aceleración vertical (Vibraciones) Anual Anual Caso Base, Tierra Amarilla Punto Base Estación Meteorológica de Candelaria Avda. Lemeur 374.932 6.960.241 Construcción y Operación Punto 1 - Área Verde Acera Norte de Avda. El Parque extremo Poniente 374.392 6.960.773 Punto 2 - Cementerio Costado Sur de entrada al cementerio 374.787 6.960.104 Punto 3 - Expansión Acera Norte de Avda. El Parque extremo Oriente 374.917 6.959.807 Punto 6 - Expansión Camino bordeando la ribera poniente del Río Copiapó 374.126 6.958.968 Punto 7 - Comercial Acera Poniente calle Manuel Montt frente al Liceo 374.853 6.955.512 Punto 11 - Rural Camino a Mina Candelaria 374.546 6.953.751 Punto 14 - Baldío Camino Caldera - Calderilla, a 10 m. al Norponiente del eje 317.890 7.004.216 Punto 21 - Expansión Camino de acceso población Luis Uribe 374.526 6.953.106

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9.2.2 Patrimonio cultural

Se realizará un monitoreo arqueológico permanente en la etapa de construcción. Esto se entiende como un monitoreo para chequear que en el subsuelo no aparezcan nuevos sitios no registrados en las prospecciones de Línea de Base (visual y superficial). El monitoreo continuo durante la fase de construcción consistirá en la presencia permanente de un profesional idóneo, con mayor énfasis en aquellos sectores en donde exista una alta probabilidad de registrar sitios sub- superficiales o con mejores condiciones de asentamiento.

A partir de esta actividad se remitirá al CMN un informe mensual de monitoreo elaborado por el profesional a cargo, el que incluirá: a) Descripción de las actividades en todos los frentes de excavación del mes, con fecha. b) Descripción de matriz y materialidad encontrada (con profundidad) en cada obra de excavación. c) Plan mensual de trabajo de la constructora, donde se especifique en libro de obras los días monitoreados por el arqueólogo. d) Planos y fotos (de alta resolución) de los distintos frentes de excavación y sus diferentes etapas de avances.

El Titular realizará un informe final de monitoreo el cual dará cuenta de las actividades de monitoreo realizadas, y en el caso de haber detectado sitios arqueológicos se incluirá la información correspondiente de los mismos, además del trabajo de salvataje o rescate arqueológico que se requiera ejecutar si esto correspondiese.

249

9.2.3 Medio Marino

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84 Huso 19 J Este (m) Norte (m) Medio Marino Puerto de Embarque Punta Padrones Columna de Agua (metales totales, disueltos y temperatura, salinidad y oxígeno disuelto) Semestral Semestral Caso Base C01 profundidad 23 m 317.333 7.006.610 Construcción y Operación C02 profundidad 19 m 317.532 7.006.514 C03 profundidad 13 m 317.591 7.006.367 C04 profundidad 35 m 317.759 7.006.455 Metales y granulometría en sedimentos C08 profundidad 28 m 318.813 7.005.355 Construcción, Operación y cierre C09 profundidad 8 m 320.253 7.005.948 C10 profundidad 7 m 319.703 7.006.817 C13 profundidad 17 m 318.173 7.006.286 Comunidad submareal fondos blandos (abundancia) T1 Transecto C01-C04 317.333 7.006.610 Construcción y Operación T2 Transecto C08-C09 318.813 7.005.355 T3 Transecto C09-C10 320.253 7.005.948 Medio Marino Planta Desalinizadora en Punta Padrones Columna de Agua (parámetros químicos y físicos) y comunidades planctónicas Semestral Semestral Caso Base D-1 Cercanía al difusor 317.655 7.006.407 Construcción y Operación D-2 Cercanía al difusor 317.686 7.006.390 D-3 Cercanía al difusor 317.712 7.006.376 D-4 Cercanía al difusor 317.743 7.006.359 D-5 Cercanía al difusor y al punto 317.771 7.006.453 C-02 de línea base D-6 (Punto de Control) Punto línea base (D- 01) 317.336 7.006.610 D-17 Cercanías de captación de agua 317.288 7.006.664 250

D-18 Cercanías de captación de agua 317.355 7.006.680

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84 Huso 19 J Este (m) Norte (m) Metales y granulometría en sedimentos Semestral Semestral Caso Base D-1 El mismo de columna de agua 317.655 7.006.407 Construcción, Operación y Cierre D-4 El mismo de columna de agua 317.743 7.006.359 D-7 Punto línea base (D- 03) 317.629 7.006.328 D-6 (punto de control) Punto línea base (D- 01) 317.336 7.006.610 Comunidad Bentónica submareal fondos blandos Semestral Semestral Caso Base D-1 El mismo de columna de agua 317.655 7.006.407 Construcción y Operación D-4 El mismo de columna de agua 317.743 7.006.359 D-7 Punto línea base (D- 03) 317.629 7.006.328 D-6 (punto de control) Punto línea base (D- 01) 317.336 7.006.610 Comunidad Bentónica intermareal fondos duros Semestral Semestral Caso Base D-8 Nuevo, cercano S-02 317.658 7.006.153 Construcción y Operación D-9 Nuevo, cercano S-02 317.354 7.006.484 D-10 (Punto de control) Punto línea base (S- 03) 316.236 7.006.460 D-11 (Punto de control) Transecto I de línea base (30 m longitud) 317.192 7.006.527 251

Comunidades fauna íctica Semestral Semestral Caso Base D-12 Transecto II de línea base (30 m longitud) 317.290 7.006.540 Construcción y Operación D-13 Transecto VI de línea base (30 m longitud) 317.497 7.006.364 D-14 Transecto VII de línea base (30 m longitud) 317.523 7.006.354

Componente ambiental Parámetros Frecuencia de Medición Frecuencia de informes Situación Puntos de Control Referencia de Ubicación Coordenadas UTM Fase del Proyecto Datum WGS 84 Huso 19 J Este (m) Norte (m) D-15 Transecto VIII de línea base (30 m longitud) 317.558 7.006.284 D-19 Transecto I del Monitoreo del Puerto (100 m longitud a 38 m captación) 317.333 7.006.610 Transecto I del Monitoreo del Puerto (100 m longitud a 94 m al difusor 317.759 7.006.455 Calidad de agua de descarga según D.S. N° 90 Tabla 5 (fuera ZPL) Según producción de agua desalinizada (a 300 L/s quincenal; a 500 L/s semanal aproximadamente) Según producción de agua desalinizada (a 300 L/s quincenal; a 500 L/s semanal aproximadamente) Caso Base D-16 Antes de descarga emisario 317.355 7.006.680 Construcción y Operación

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9.2.4 Medio humano

 Con respecto a la medida Plan de Comunicaciones con la población de Tierra Amarilla, relacionado al impacto “Percepción de riesgo en la población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud‖ se indica al titular que este deberá incluir en los reportes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida un acápite que dé cuenta de la disminución o aumento de la percepción de riesgo (impacto social perceptual) en la Población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud. Estos reportes deberán remitirse la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.  En relación con la medida Plan de comunicaciones para dar a conocer las características constructivas de la obra, relacionado al impacto ―Pérdida de horas de luz natural como resultado de la sombra producida por el aumento de la capacidad de almacenamiento del depósito de estériles Nantoco sobre agricultura del área, y las actividades económicas de subsistencia de la población cercana‖ se indica que el titular deberá incluir en los reportes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida, un acápite que dé cuenta respecto a la medición de la proyección de sombras. Este reporte deberá incluir las variables luz solar y ventilación y remitirse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.  En relación a la medida Plan de Monitoreo Participativo para Vibraciones se precisa que la implementación de este Plan deberá ser reportada mediante informes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida que deberán entregarse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.

  1. Otras Acciones Presentadas en el Proceso de Evaluación:

10.1. Relación del proyecto con las políticas, planes y programas de desarrollo regional y con los planes de desarrollo comunal

a) Estrategia Regional de Desarrollo de la Región de Atacama En el marco de la Estrategia Regional de Desarrollo de la Región de Atacama, una de sus principales preocupaciones dice relación con la promoción de un crecimiento económico basado en un modelo de desarrollo sustentable y el resguardo del equilibrio ambiental. Como resumen del análisis realizado por el Titular, se indicó que el Proyecto favorece directamente los siguiente lineamientos de la ERDA: N° 3 sobre Promoción de la Investigación e Innovación; N°4 sobre Protección Social, N°5 de Diversificación y Mayor Dinamismo de la Economía Regional en materia de uso eficiente de los recursos naturales; N°7 de Implementación y Consolidación de un Modelo de Desarrollo que Garantice el Uso Eficiente y Sustentable del Recurso Hídrico, y N°9 referente a un Medio Ambiente para el Desarrollo Sustentable. En relación a los demás lineamientos estratégicos, el Proyecto se presenta neutro, ya que si bien no se relaciona con ellos favoreciéndolos directamente, tampoco los perjudica ni se contrapone de manera alguna con sus correspondientes objetivos generales y específicos.

b) Plan de Desarrollo Comunal de Tierra Amarilla

El Proyecto se relaciona favorablemente de manera directa con los ámbitos de acción relativos a ―Organizaciones Comunitarias y Participación‖ y ―Medio Ambiente‖. Respecto de los demás ámbitos de acción del Plan de Desarrollo Comunal de Tierra Amarilla y sus respectivos objetivos y lineamientos estratégicos, el Proyecto si bien no los favorece directamente, tampoco se contrapone a ellos en modo alguno. Cabe señalar que CCMC ha estado presente históricamente en la comuna de Tierra Amarilla, a través de actividades de índole minera. Dicha presencia ha generado una relación directa entre la empresa y la comunidad, lo que se ha traducido en el desarrollo de importantes iniciativas sociales, como se ha indicado a lo largo del análisis de este Plan.

c) Plan de Desarrollo Comunal de Caldera

El Proyecto se relaciona favorablemente con el horizonte de desarrollo Nº 2 ―Compromiso con la Sustentabilidad‖, específicamente con sus líneas estratégicas ―Gestión de los residuos industriales generados por las empresas localizadas en la comuna‖, ―Gestión sustentable de los recursos naturales‖, ―Gestión de emisiones atmosféricas, ruidos y olores‖ y ―Seguridad y salud de la comunidad‖. Asimismo, se relaciona con el horizonte de desarrollo Nº 3 ―Actividad económica sustentada en el turismo, actividad portuaria y desarrollo de sus recursos‖, y en particular con sus líneas estratégicas ―Caldera participa del desarrollo regional‖ y ―Caldera optimiza sus recursos‖. 253

Respecto de los demás horizontes de desarrollo del Plan de Desarrollo Comunal de Caldera, sus líneas y objetivos estratégicos, y sus respectivos objetivos de desarrollo, el Proyecto no se relaciona directamente pero tampoco se contrapone con éstos. Cabe agregar que CCMC cuenta con un plan de desarrollo comunitario, a través del cual se realizan diversas iniciativas sociales, como es el caso del programa ―Dreambuilder: Creador de Negocios para la Mujer‖, programa de capacitación y certificación dirigido a emprendedoras de la provincia de Copiapó. Además, las organizaciones formales pueden postular proyectos directamente a la Gerencia de Asuntos Comunitarios de CCMC, para que puedan ser evaluados.

d) Plan de Desarrollo Comunal De Copiapó (2011-2014)

El Proyecto es susceptible de relacionarse favorablemente con el Lineamiento ―8) Protección del Medio Ambiente‖ del Plan de Desarrollo Comunal de Copiapó, específicamente en cuanto al objetivo de Proteger el Medio Ambiente de la Comuna de Copiapó, y al de Coordinar con las entidades competentes la elaboración de estudios y propuestas técnicas para solucionar la existencia de relaves mineros en la ciudad y sus alrededores, a todo lo cual se da cumplimiento precisamente mediante la presentación del presente Estudio de Impacto Ambiental, sumado a la obligación de presentar el correspondiente Plan de Cierre de Faenas Mineras. Respecto de los demás lineamientos estratégicos del Plan y sus respectivos objetivos generales y específicos, el Proyecto no se relaciona directamente ni se contrapone a ellos.

10.2 Compatibilidad territorial del proyecto

Comuna de Tierra Amarilla El Proyecto, su área mina planta se emplazará en la comuna de Tierra Amarilla, éste no se interna en el área urbana de dicha comuna, razón por la cual no se presentan incompatibilidades entre el Proyecto y este instrumento de planificación territorial, lo anterior según se dispone en el Decreto Supremo Nº 1952/1934. Fija Límites Urbanos de la ciudad de Tierra Amarilla.

Comuna de Copiapó Algunas obras del Proyecto (acueducto y obras lineales) se emplazarán dentro de la comuna de Copiapó, éstas no se internan en el área urbana de dicha comuna, razón por la cual no se presentan incompatibilidades entre el Proyecto y este instrumento de planificación territorial, lo anterior según lo establece el Decreto Supremo Nº 3.381/2002 sobre la Actualización Plan Regulador Comunal de Copiapó.

Comuna de Caldera Las obras del área Puerto del Proyecto (Puerto Punta Padrones y la Planta Desalinizadora) se emplazan dentro de la comuna de Caldera, sin embargo estas obras se encuentran actualmente operando y sólo se considera con ocasión del presente proyecto en evaluación la continuidad de su vida útil y no considera nuevas obras en la comuna, no se presentan incompatibilidades entre el Proyecto y este instrumento de planificación territorial, según el Decreto Supremo Nº 225/2010 sobre la Actualización Plan Regulador Comunal de Caldera.

Resolución N° 5. Plan Regulador Intercomunal de las Comunas Costeras de Atacama (PRICOST) Ordenamiento Territorial

10.3 Negociación con Interesados

El Titular informó durante el proceso de evaluación, en su carta ingresada a la Dirección Regional de SEA con fecha 06 de mayo de 2015 la siguiente información: ―…en atención a lo dispuesto en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.300, informo a usted que la Compañía Contractual Minera Candelaria, ha iniciado conversaciones o negociaciones con la I. MUNICIPALIDAD DE TIERRA AMARILLA y con la COMUNIDAD DE AGUAS SUBTERRÁNEAS COPIAPO-PIEDRA COLGADA-PIEDRA COLGADA-DESEMBOCADURA, respecto de posibles medidas de compensación o mitigación ambiental que dicen relación con el Proyecto‖. Dado lo anterior el Servicio de Evaluación a través de Carta N° 059 de fecha 08 de mayo de 2015 indicó al Titular lo siguiente: “Por este intermedio, y en relación a su Carta MA N°58, recepcionada con fecha 6 de mayo de 2015 en esta Dirección Regional, y una vez revisada la norma fundante de su solicitud, el artículo 13 Bis de la ley, por Ud. aludido, rige con el artículo 17 del RSEIA, el cual señala: “Artículo 17.- Información de negociaciones. Los proponentes deberán informar a la autoridad ambiental si han establecido, antes del ingreso al proceso de evaluación, negociaciones con los interesados con el objeto de acordar medidas de Compensación o mitigación ambiental), individualizando en tal caso a las personas con quienes se estableció la negociación, así como el contenido y resultado de la misma. 254

Igual obligación recaerá si dichas negociaciones se realizan durante el procedimiento de evaluación ambiental, caso en el cual el proponente informará directamente al Director Regional o al Director Ejecutivo del Servicio, según corresponda. En el evento de existir tales acuerdos, éstos no serán vinculantes para la calificación ambiental del proyecto o actividad”. En este contexto y según el tenor de su carta, esta no se ajusta a las exigencias de la norma, razón por la cual es necesario nos informe el contenido y resultados de las negociaciones con las organizaciones informadas, no obstante, dicho acto no tendrá efectos vinculantes para la calificación ambiental del proyecto”. Respecto a lo anterior, el Titular responde a dicha solicitud a través de Carta ingresada el 19 de mayo de 2015 a esta Dirección Regional, señalando lo siguiente: “Dando respuesta a vuestro requerimiento contenido en su Carta N° 059 de 8 de Mayo de 2015, en la cual nos solicita: “... nos informe el contenido y resultados de las negociaciones con las organizaciones informadas, no obstante, dicho acto no tendrá efectos vinculantes para la calificación ambiental del proyecto”. Todo ello, conforme lo establecido en el Artículo 17 del RSEIA, a Usted informo. 1. Las negociaciones con la COMUNIDAD DE AGUAS SUBTERRANEAS COPLAPO PIEDRA COLGADA-PIEDRA COLGADA-DESEMBOCADURA, que se han desarrollado durante el procedimiento de evaluación ambiental del EIA del Proyecto “Candelaria 2030-Continuidad Operacional”, han tenido como contraparte exclusivamente al Presidente y Gerente de dicha entidad, Sr. Marcelo Grossi y Sr. Carlos Araya, respectivamente, y a la fecha no se ha concretado formalmente acuerdo alguno. Las conversaciones con la referida entidad han tratado la posibilidad de entregar en comodato para el uso y administración de la COMUNIDAD DE AGUAS SUBTERRANEAS COPIAPO-PIEDRA COLGADA-PIEDRA COLGADA- DESEMBOCADURA, una cantidad de acciones de agua superficial de propiedad de Compañía Contractual Minera Candelaria, provenientes de los Distritos 6° y 7° de Tierra Amarilla, con el propósito de propender y favorecer la gestión integrada de recursos y eficiencia hídrica, lo que importa la explotación sustentable, la gestión conjunta esubterránea/superficial en cantidad y calidad y conservación de los ecosistemas de la cuenca del río Copiapó. En segundo lugar, las conversaciones que se han llevado a cabo con la I. Municipalidad de Copiapó, también se han desarrollado durante el procedimiento de evaluación ambiental del EIA del Proyecto “Candelaria 2030-Continuidad Operacional”, y éstas se han realizado con el Alcalde Sr. Osvaldo Delgado, su Secretario Municipal Sr. Jaime Bahamondes y sus abogados asesores Sres. Ramón Briones y Hernán Bosselin. Las conversaciones que se han llevado a cabo han consistido en acercar posiciones respecto del desarrollo sustentable de las actividades de Minera Candelaria, específicamente con el propósito de establecer criterios comunes para conciliar dicha actividad económica con las necesidades actuales y urgentes que requiere satisfacer la Comunidad de Tierra Amarilla, subrayadas hoy por los perjuicios ocasionados como consecuencia del fenómeno aluvional de Marzo último. A la fecha, tales conversaciones aún no concluyen”.

  1. Proposición de Condiciones o Exigencias Específicas que el Titular Debería Cumplir para Ejecutar el Proyecto o Actividad

En virtud de los pronunciamientos de los servicios participantes de la evaluación, de la Secretaría Técnica y del Acta del Comité Técnico N°23 de fecha 13 de julio de 2015, se establecieron finalmente las siguientes condiciones. Cabe señalar que durante la Comisión de Evaluación realizada el día 22 de julio de 2015, se estableció la eliminación de la medida de reposición de 7,315 L/s interceptados desde la Quebrada el Bronce, además se señaló que en caso de detectar agua en los pozos P1 y PP2, el Titular deberá proceder en forma inmediata a consensuar con la SMA y la DGA Región de Atacama la mejor alternativa que garanticen la completa aislación hidrogeológica de la Quebrada El Bronce.

Flora y Vegetación

1. El Titular deberá hacerse cargo, más allá del rescate y relocalización de las cactáceas afectadas y de los monitoreos de ocurrencia de Desierto Florido, entregando la información actualizada de la presencia de flora y vegetación dentro del Sitio Prioritario Desierto Florido (sobre todo considerando el fenómeno de floración que los aluviones de marzo de 2015 ya generaron), en lo que corresponde al sector de obras lineales pero con un buffer equivalente a la cuenca de la quebrada por la que se sitúa el trazado (entre las coordenadas 364365 E; 6973450 N y, 363667 E; 6968192 N que corresponden a las parcelas de muestreo 1 y 11 respectivamente, de acuerdo a lo que señala en la página 11 de la Sección de Flora y Vegetación del Capítulo de Línea de Base del EIA); además debe configurar un buffer de al menos 200 metros a ambos lados del trazado para el resto de las obras lineales, hasta llegar al borde del polígono del Sitio Prioritario Desierto Florido, en la coordenada 371547 E; 6960679 N; esta información, además, debe permitir corroborar lo planteado por el Titular de que "Las dos especies restantes, ambas de la familia Cactaceae, presentan una distribución bastante más restringida, sin embargo presentan 255

individuos tanto dentro como fuera del área de intervención directa". En este caso en particular interesa conocer si para la cuenca por la que transcurre el trazado al interior del Sitio Prioritario, se cumple la aseveración efectuada respecto de Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, en el sentido de que la proporción de individuos afectados es significativamente inferior a los que están fuera del área de afectación. 2. Respecto al Plan de Manejo Ambiental de flora vascular, antes de dar inicio a la etapa de construcción del proyecto, el titular deberá informar a la SMA, con copia a la CONAF y SEREMI del Medio Ambiente, la metodología general que implementará en el caso que no se logren los porcentajes mínimos de éxito de las especies Copiapoa megarhiza y Pyrrhocactus confinis, definidos durante el proceso de evaluación. En el mismo documento, deberá indicar el tiempo estimado para obtener los ejemplares adultos que plantará en terreno.

Emisiones y Calidad del Aire

Para las Emisiones y Calidad del Aire se establecieron las medidas de mitigación y compensación que se detallan a continuación para el área Mina planta, cabe señalar que parte de estas fueron presentadas por el Titular como medidas voluntarias, sin embargo dado el tenor del impacto estás y otras interpuestas por los Servicios competentes son establecidas como condición al proyecto para hacerse cargo adecuadamente del impacto significativo: La implementación de todas estas medidas deberán ser posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental y previo al inicio de la etapa de ejecución del proyecto ―Candelaria 2030 Continuidad Operacional‖, considerando como ejecución el inicio de la etapa de construcción de este proyecto. 3. Medidas de Mitigación:  Transporte de concentrado en camiones encarpados  Encapsulamiento de Puntos de Transferencia de Mineral, en la Planta de Chancado y Pebble.  Aplicación de medidas en la descarga del Stockpile (instalación de anillo aspersor).  El encapsulado total de todas las correas de transporte de material de proceso seco y proceso húmedo, y de todos los sectores ya sea en la planta de procesos y en superficie.  Humectación de actividades de carguío y transporte  Plan de humectación de los caminos mineros con agua industrial, además de incorporar el uso de estabilizadores químicos en los caminos internos de la mina que permita por una parte reducir el consumo de agua de riego y fundamentalmente otorgar mayor eficiencia en el control de polvo fugitivo. En el caso que el titular descarte el uso de estabilizadores debido a la indicada imposibilidad técnica, deberá presentar previo a la ejecución del proyecto, un informe con las pruebas técnicas que justifiquen la NO ponderación de la medida. El mercado de los supresores considera un sinnúmero de establizadores de diverso género que trascienden exclusivamente a las sales de magnesio (bischofita). En efecto, se identifican productos No bituminosos, orgánicos bituminosos, Polímeros sintéticos, entre otros, para los cuales es válida su prueba técnica.  Sobre el resto de los caminos se aplicará bischofita para su mantención basado en un programa permanente.  Estudio sobre la aplicabilidad de supresores de polvo que, posean una mayor eficiencia que la humectación.  El mejoramiento del Sistema de Nebulización en el sector de descarga de Camiones con mineral en el Chancado Primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción).  Cierre perimetral y techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario, dicho estudio debe ser realizado inmediatamente aprobada la RCA del presente proyecto, para estar implementado al inicio de la ejecución del mismo (entiéndase implementado desde etapa de construcción). Además, el interior de esta nave deberá estar provisto de aspersores de neblina seca, para abatir el polvo que se genera durante la descarga.  Almacenamiento en edificios cerrados, por lo tanto respecto a la medida del cierre de la cancha de concentrado de emergencia, ésta deberá seguir siendo una cancha para ser utilizada en caso de emergencia, con un sistema de cierre perimetral de una malla tipo netport, de altura de 2 m por sobre la altura de la pila. En caso de ser utilizada de manera regular, esta deberá contar con un cierre con los mismos estándares actuales de la cancha de acopio de concentrado de Cobre. Tal medida deberá ser implementada, después de un año a contar de la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto.  El Titular deberá implementar medidas de mitigación para controlar la erosión eólica y evitar las emisiones desde la superficie y muros de: Depósito de Relaves Candelaria (Actual) y Depósito Auxiliar 1 y 2, deberán estar operativas al momento del hito de inicio del proyecto.

4. Medidas de Compensación:  Reforestación completa con especies de árboles nativos del Bosque Alcaparrosa de la compañía, consiste en la reforestación del actual Bosque Alcaparrosa, reemplazando los árboles actuales de la especie Eucaliptus, por especies nativas de bajo consumo hídrico, como lo es el Pimiento, Chañar y Algarrobos. Alcanzando un área de 7 hectáreas con árboles nativos, con los beneficios que traen para la calidad del aire y paisaje en sector. Respecto al medio de verificación 256

e indicadores de cumplimiento, se realizará un informe final, una vez terminada la actividad de reforestación con árboles nativos comprometida para las 7 hectáreas, y posteriormente a ello, anualmente se generará un reporte a autoridades pertinentes que dé cuenta del estado fitosanitario de los ejemplares en esas 7 hectáreas. Esta medida prolongará por 5 años. Esta medida es complementaria a las 3 hectáreas que ya reforestó el Titular en virtud del Plan de Manejo Forestal para Obras Civiles enmarcado en el Proyecto Planta Desalinizadora Candelaria. Consolidando un bosque nativo de 10 hectáreas en el sector de Alcaparrosa en Tierra Amarilla. Se adjunta en Anexo 13 del adenda 3 Reforestación Bosque Alcaparrosa la cartografía en PDF y Kmz de las 7 hectáreas comprometidas.  Aporte a la I. Municipalidad de Tierra Amarilla de un camión aljibe para humectación de caminos no pavimentados. Esta actividad consiste en la adquisición, acondicionamiento y traspaso de un camión aljibe para la utilización de este, por parte de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, para trabajos relacionados con regadíos y control de emisiones, el cual será administrado y de responsabilidad total de la I. Municipalidad de Tierra Amarilla, los costos asociados deberán ser consensuados entre la I. Municipalidad y el Titular.  Limpieza mensual en calle Margarita Rocco: Este proyecto tiene por objetivo, contribuir a mejorar las condiciones sanitarias del sector, el embellecimiento del entorno y calidad del aire, a través de la realización de una limpieza mensual a lo largo de la extensión de la calle Margarita Rocco entre las calles Puente Ojancos y José Zamorano, a través de algún medio a definir en conjunto con la I. Municipalidad de Tierra Amarilla.  Mejoramiento del Parque Torreblanca: contempla el mejoramiento del Parque ubicado frente del remodelado Estadio Eladio Rojas, y consiste en el mejoramiento del cierre perimetral y senderos al interior del parque, ubicación de especies nativas de bajo consumo hídrico y mejoramiento de los quinchos existentes al interior del mismo. Adicionalmente se deberá consensuar con el MINVU para coordinar las acciones asociadas a la remodelación del Parque Torreblanca.

Respecto al Plan de Seguimiento que el Titular deberá realizar con ocasión del proyecto y dado el tenor del impacto (Impacto significativo) a continuación se presentan las condiciones interpuestas por los Servicios competentes:

5. En relación a las eficiencias de las medidas respecto a la calidad del aire presentadas en este documento, así como en el EIA y adendas, tanto para la etapa de construcción, operación y cierre del proyecto, el Titular deberá presentar un informe técnico semestralmente a la SMA, del seguimiento de la eficiencia de dichas medidas, el cual deberá ser verificado por una empresa externa que cuente con la capacidad técnica y experiencia en su determinación. El Informe técnico antes mencionado deberá a lo menos presentar los resultados respectivos, las conclusiones y en caso de ser necesario, la recomendación de nuevas medidas para que estas sean evaluadas por la Autoridad.

6. Respecto a la frecuencia diaria de humectación de caminos no pavimentados al interior de la faena minera, el Titular deberá verificar la eficiencia del 80 % propuesta, mediante la medición en el sector de material particulado (con y sin medida), lo que deberá ser informado a la SMA justificando técnicamente su cumplimiento. En caso de no dar cumplimiento a la eficiencia establecida, se deberá aumentar las veces del día de humectación y contemplar el uso de maquinaria para mantener el camino compactado. El cumplimiento de la eficiencia deberá ser informada a la SMA semestralmente.

7. Una vez obtenida la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) el Titular deberá presentar un estudio de vientos de pendientes, para lo cual deberá, posterior a la obtención de la RCA y previo al inicio de la etapa de construcción, iniciar el monitoreo continuo de vientos, considerando como mínimo 1 año de registros que permita recoger toda la variabilidad estacional. considerando la instalación de 2 monitores de medición de velocidad, dirección de viento y material particulado (MP10 y MP2.5) a 1.5 m del terreno y sin obstáculos a su alrededor (radio de 10 m), cuya localización deberá ser correspondiente con la trayectoria de los vectores indicada en la Figura, considerando la localización de la primera estación en el esquema identificado como ―1, y la segunda estación en el esquema ―2‖. Adicionalmente deberá complementar el monitoreo indicado con mediciones en Estación Mina y Tama, las cuales fueron parte de la información presentada durante el desarrollo de la evaluación. La localización específica de las estaciones de vientos de pendiente deberá ser determinada a partir del trabajo en terreno por parte del especialista.

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8. Adicionalmente, se hace presente que previo al inicio del monitoreo deberá revisar con la SMA y la SEREMI del Medio Ambiente, las condiciones técnicas de su implementación. El estudio a presentar deberá contener análisis de los resultados, base de datos obtenidos en formato Excel y conclusiones de dicho estudio cruzando la información de vientos y concentración de material particulado en fracción MP10 y MP2,5. Si del estudio, la SMA considera que la presencia de los vientos de pendientes en los sectores monitoreados influye en la calidad del aire de Tierra Amarilla, superiores a las definidas en el proceso de evaluación ambiental , el titular deberá presentar a la SMA con copia a la SEREMI del Medio Ambiente, un plan adicional que considere el aumento en cobertura de las medidas respecto a la calidad del aire, establecidas en el proceso de evaluación, justificando técnicamente el ajuste de emisiones.

9. El funcionamiento del monitoreo continuo de material particulado (MP10 y MP2,5) en la estación Tierra Amarilla (TAMA), y en la localidad de Nantoco, deberá iniciarse tres meses posterior a la obtención de la Resolución de Calificación Ambiental. Deberá entregar informes mensuales con los resultados de los monitoreos de MP10 y MP2,5 a la Seremi del Medio Ambiente, en el formato indicado en el DS 61/2008 Reglamento de estaciones de medición de contaminantes atmosféricos.

Recursos hídricos

Para el Impacto sobre los recursos hídricos se establecieron las medidas de mitigación y compensación que se detallan a continuación, cabe señalar que parte de estas fueron presentadas por el Titular como medidas voluntarias, sin embargo dado el tenor del impacto estás y otras interpuestas por los Servicios competentes son establecidas como condición al proyecto para hacerse cargo adecuadamente del impacto significativo: 10. El Titular deberá dejar de utilizar paulatinamente las aguas tratadas de la PTAS y suplir dicho suministro de recursos hídricos frescos a partir de su planta desaladora ubicada en el sector de Puerto Punta Padrones, en la comuna de Caldera, aprobada ambientalmente según consta en la RCA N°129/2011, cuya fórmula deberá concretarla gradualmente desde el inicio de la ejecución del proyecto en calificación hasta el año 2030 o hasta que culmina la etapa de operación del mismo, partiendo con un 25% hasta el año 3, un 50% desde el año 4 hasta el año 6, un 75% desde el año 7 hasta el año 9, y 100% desde el año 10 hasta que culmine la etapa de operación del proyecto. El agua que dejará de utilizarse deberá descargarse al Cauce Natural del Río Copiapó. Respecto al Plan de Seguimiento que el Titular deberá realizar con ocasión del proyecto y dado el tenor del impacto (Impacto significativo) a continuación se presentan las condiciones interpuestas por los Servicios competentes:

  1. En relación a la intervención de una defensa fluvial del cauce del río Copiapó con motivo del atravieso soterrado de una tubería de HDPE DN de 110 mm, el Titular deberá incorporar en la instancia sectorial que corresponda, la componente de mecánica fluvial del referido atravieso, verificando si de acuerdo a los antecedentes de terreno recabados con posterioridad al evento hidrometeorológico del 25 de marzo 2015, la socavación mínima de 2,0 m propuesta para el lecho activo del cauce del río Copiapó es suficiente. Lo anterior, deberá ser acreditado con registros fotográficos y un análisis detallado sobre la materia. 258

  2. Respecto del Plan de Monitoreo de Hidrogeológico e Hidroquímico por el depósito de Relaves Los Diques, el Titular deberá:  Realizar el balance de aguas a que se refiere la Respuesta 5.g de la Adenda N°3 contemplando todas las entradas y salidas, cada una de las cuales deberá ser cuantificada mediante la habilitación y operación permanente y confiable de un dispositivo de medición continua de flujos, de manera que ello permita contar con la completa contabilización de entradas, salidas y variaciones en el tiempo del sistema.  Respecto del certificado de impermeabilización asociado al muro cortafugas proyectado en el sector aguas abajo del Depósito de Relaves El Dique, el Titular deberá presentar a la SMA, el referido certificado, ello en cuanto al muro mismo, su fundación y sellado basal, asegurando que su habilitación se extienda completamente en la sección del relleno aluvial definida para su colocación, y el sello garantice el completo llenado del respectivo medio fracturado que subyace al relleno granular. Dicho certificado deberá ser presentado con ocasión del informe de construcción del Sistema de Recolección de Infiltraciones del Depósito de Relaves Los Diques que el titular menciona en la Respuesta 5.h de la Adenda N°3.  La profundidad de perforación de cada uno de los pozos contemplados en el Sistema de Recolección de Infiltraciones del Depósito de Relaves, deberá ser perforados atravesando la roca alterada, alcanzando la roca sana, y además, dicha condición deberá documentarse debidamente ante la SMA, acompañando el perfil estratigráfico obtenido de la respectiva recuperación de testigos durante la labor de perforación.  Respecto a acciones en el evento que se superen los umbrales de hidroquímica de aguas subterráneas definidos en el proceso de evaluación, El Titular deberá previo a la ejecución del proyecto, en un plazo no superior a 18 meses desde la fecha de una eventual aprobación ambiental, presentar un documento técnico que establezca la condición de umbrales de hidroquímica de aguas subterráneas asociada a su área de influencia, en el que también se propongan acciones concretas del tipo material, la que permitan hacerse cargo de manera suficiente de eventuales alteraciones en el estado hidroquímico natural de las aguas que constituyen la correspondiente zona acuífera objeto de seguimiento. Lo anterior, deberá ser validado por la SMA y el Servicio Competente, cuyo criterio de validación deberá apuntar a la adecuada determinación de umbrales máximos y la existencia de acciones materiales que se activen en virtud de la superación de dichos umbrales. Asimismo, cabe mencionar que, el establecimiento de estos umbrales deberá estar en sintonía con los resultados de modelación de transporte de contaminante presentados durante el presente proceso de calificación ambiental.  Respecto de las mediciones mensuales de nivel en los Pozos P y PP2, se indica al Titular que estos pozos deberán mantenerse operativos y debidamente resguardados para los efectos de asegurar en todo momento la realización de las labores de monitoreo piezométrico con miras a detectar o no, y de manera oportuna la presencia de agua. Asimismo, atendida la ubicación de los citados sondajes, el Titular deberá contar con la libre accesibilidad a estos puntos en cuanto a las vías de acceso vial, de tal modo de permitir que en el futuro puedan realizarse sin inconveniente alguno las tareas de fiscalización que se estimen pertinentes.  En relación al uso de los sondajes denominados WB3 y WB4 como pozos de monitoreo hidroquímico del medio fracturado que subyace al acuífero del río Copiapó, cabe señalar que, éstos deberán estar plenamente operativos en un periodo máximo de 3 meses desde la obtención de la correspondiente RCA. Del mismo modo, una vez iniciado los registros de calidad de agua subterráneas, el Titular deberá definir una etapa de toma de datos que permita establecer una línea base que represente efectivamente el estado hidroquímico previo a la depositación de material de relave, la cual será considerada como línea de base hidroquímica para los efectos evaluar posibles alteraciones en la calidad de aguas del acuífero del río Copiapó producto del desarrollo de las labores mineras que forman parte del presente proyecto en evaluación.  Luego de aprobada la RCA se construirán los pozos de monitoreo comprometidos (ver detalle en Anexo 16 de Adenda N°3), los cuales permitirán calibrar el modelo hidrogeológico (Anexo 16, Adenda N°1) después de al menos un año de mediciones.  Sobre las tomas de muestra de calidad de agua comprendida en el Plan de Seguimiento Ambiental del proyecto en calificación, se precisa para suficiente claridad que, todas las tomas de muestras en terreno deberán ser realizadas única y exclusivamente por un ente externo debidamente certificado, lo cual deberá ser debidamente acreditado en los respectivos reportes que estén comprometidos con la Autoridad Ambiental.

  3. En relación a las componentes ambientales de hidrogeología e hidroquímica, el Titular deberá contemplar la reportar a la SMA la modelación de flujos y transporte de contaminante presentada durante el presente proceso de calificación ambiental, con reportabilidad bianual ante, cuyo proceso se oriente a validar o no en el tiempo los supuestos y proyecciones establecidas por el Titular en relación a los potenciales efectos sobre las citadas componentes ambientales, atendida la operación del Rajo, el depósito de relaves Los Diques, el actual depósito de relaves y la extensión de botaderos de estériles. 259

Respecto al impacto sobre la continuidad de utilización de las aguas servidas tratadas que afectan al sector acuífero 5 y 6 y sustentan biodiversidad el Titular deberá:

  1. Realizar un Plan de Monitoreo del Humedal de Piedra Colgada, que permita verificar la condición de salud y evolución de este ecosistema, por toda la operación del proyecto; tal medida será de exclusiva responsabilidad del Titular, tanto en su diseño como en su implementación, debiendo presentar al SAG, SEREMI del Medio Ambiente y CONAF las propuestas de diseño y monitoreo de dicho plan para ser visado y validado por los mencionados servicios competentes. El plan deberá estar implementado al inicio de la ejecución del proyecto, por lo que deberá ser presentado a los servicios con la debida anticipación.

Finalmente con relación a la aislación hidrogeológica definitiva de la subcuenca El Bronce respecto de la zona acuífera del sistema Copiapó, y a las posibles infiltraciones el Titular deberá:

  1. En el caso que se detecte la presencia de agua en alguno de los sondajes perforados en la citada Quebrada (sondajes P1 y PP2), esto en consideración a que la única fuente de aguas subterráneas de ese sector corresponde a las infiltraciones de aguas contactadas generadas a partir de las operaciones de la faena minera, de ocurrir la situación antes descrita, se asumirá por defecto un estado de ineficiencia de contención del actual Cutoff sobre los flujos de aguas subterráneas interceptados, y por lo tanto, el Titular deberá proceder en forma inmediata a consensuar con la SMA y la DGA Región de Atacama la mejor alternativa que garanticen la completa aislación hidrogeológica de la Quebrada El Bronce.

Como compromiso voluntario, y en el tenor de lo propuesto por el Titular en Adenda 4, se deberá:

  1. Entrega en comodato por toda la vida útil del proyecto (hasta el año 2030), de la cantidad de 292 acciones de derechos de aprovechamiento de agua superficial, provenientes de los Distritos 6° y 7° de Tierra Amarilla, para la administración de la COMUNIDAD DE AGUAS SUBTERRÁNEAS COPIAPO-PIEDRA COLGADA-PIEDRA COLGADA DESEMBOCADURA, mediante convenio a celebrar con la misma.

Infraestructura vial

  1. El Titular deberá presentar posterior a la obtención de la RCA y previo al inicio de la etapa de construcción del proyecto, de manera sectorial ante la Dirección de Vialidad Atacama, un estudio de impacto vial que analice los posibles impactos en las rutas 31 - Ch y C - 35, por el tránsito de buses y camionetas para el transporte de personal y contratistas, con el fin de determinar las obras o medidas necesarias de desarrollar por el Titular del proyecto, las cuales se deberán materializar a través de un convenio con la misma Dirección previo a la etapa de construcción del proyecto, tomando en cuenta que la Dirección de Vialidad Atacama, producto de la situación actual de seguridad vial y tránsito de vehículos pesados por Tierra Amarilla, tiene proyectado la construcción de una variante a la ruta C - 35 en el paso por dicha localidad. Complementariamente se aclara al Titular, que no podrá transitar ningún tipo de camión para el desarrollo del proyecto (propios, de insumos o de contratistas) por las rutas señaladas en los siguientes horarios: 07:00 -10:00 y las 18:00 y las 20:00.

  2. Se indica al Titular que a consecuencia del aumento de vida útil del proyecto hasta el 2030 para el sector de Punta Padrones, deberá proponer a la Dirección de Vialidad de Atacama una solución de infraestructura y seguridad vial que evite la accidentalidad y las externalidades negativas por las ruta C-314 y C- 354 (como por ejemplo percepción de peligro manifestadas por la Comunidad de Caldera) respecto al flujo de transporte del proyecto para las diferentes épocas del año, lo que deberá materializarse anterior a la caducidad de la RCA del Puerto Punta padrones.

Medio humano

  1. Con respecto a la medida Plan de Comunicaciones con la población de Tierra Amarilla, relacionado al impacto ―Percepción de riesgo en la población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud‖ se indica al titular que este deberá incluir en los reportes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida un acápite que dé cuenta de la disminución o aumento de la percepción de riesgo (impacto social perceptual) en la Población de Tierra Amarilla por potencial derrumbe o desprendimientos del Depósito Norte, por evento climático o sísmico de gran magnitud. Estos reportes deberán remitirse la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.

260

  1. En relación con la medida Plan de comunicaciones para dar a conocer las características constructivas de la obra, relacionado al impacto ―Pérdida de horas de luz natural como resultado de la sombra producida por el aumento de la capacidad de almacenamiento del depósito de estériles Nantoco sobre agricultura del área, y las actividades económicas de subsistencia de la población cercana‖ se indica que el titular deberá incluir en los reportes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida, un acápite que dé cuenta respecto a la medición de la proyección de sombras. Este reporte deberá incluir las variables luz solar y ventilación y remitirse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.

  2. En relación a la medida Plan de Monitoreo Participativo para Vibraciones se precisa que la implementación de este Plan deberá ser reportada mediante informes trimestrales asociados al programa de monitoreo de esta medida que deberán entregarse a la Municipalidad de Tierra Amarilla y las organizaciones sociales de la comuna con la misma periodicidad.

  3. Que, con relación al cumplimiento de la legislación aplicable, el titular acredita el cumplimiento a dichas normas y que, según lo informado por los servicios públicos competentes, el proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable. Es del caso señalar que, para todos los efectos, el Estudio de Impacto Ambiental y sus Adendas son parte constitutiva de esta Resolución de Calificación Ambiental.

a) Aire

i. Decreto Supremo N°144, de 1961, Establece normas para evitar emisiones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, del Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Titular implementará, durante todas las etapas del Proyecto (construcción, operación y cierre) medidas para reducir la generación de material particulado, estas medidas fueron presentadas, por el Titular, en el EIA, como también fueron solicitadas y establecidas durante el proceso de evaluación. A continuación se presentas algunas de estas medidas:

 Aumento de humectación de caminos no pavimentados al interior de la faena minera.  Aplicación de bischofita en caminos externos.  Humectación en actividades de carguío y transporte.  Implementación de un sistema de control de emisiones en planta de procesamiento de empréstito.  Humectación frecuente de acopios de material de empréstito procesado.  Implementación de malla tipo raschel en sectores que sea necesario para ayudar a la contención de emisiones en área de acopio de empréstito.  Continuar con el compromiso de mantención del camino C-397, el cual considera la mantención de la carpeta de rodado, humectación, además de la limpieza de señalética, particularmente en los tramos en que el tránsito es de preferencia del Proyecto, esto es desde el Km 0 al Km 18 del Camino C-397.  Control de emisiones en Chancado mediante uso de nebulizadores.  Control de emisiones en correas transportadoras mediante uso de nebulizadores.  Almacenamiento en edificios cerrados.  Transporte de concentrado en camiones encarpados.  Encapsulamiento de puntos de transferencia de mineral, en la planta de chancado y pebbles.  Incorporación de un mejoramiento de la humectación en la caída del mineral al acopio (stockpile).  Encapsulamiento de las correas transportadoras en superficie.  Cierre de la cancha de concentrado (emergencia), la cual podrá ser usada de manera regular.  Cierre o techo de la parte superior de la estructura ubicada sobre el buzón de descarga en chancador primario.

ii. Decreto Supremo Nº138, de 2005, Establece obligación de declarar emisiones que indica, modificado por el D.S. N°90/2011, del Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: El Titular realizará anualmente la declaración de las emisiones provenientes de los equipos electrógenos que serán utilizados por el Proyecto, a través del Sistema de Ventanilla Única del RETC (www.retc.cl).

iii. Decreto Supremo Nº75, de 1987, Establece condiciones para el transporte de cargas que indica, modificado por el D.S. N°78/1997, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Forma de Cumplimiento: El Proyecto contempla la implementación de medidas para evitar el escurrimiento o caída de los materiales trasportados al suelo, el cual consiste en cubrir con lona los camiones que trasladen materiales, y 261

humectación de caminos, con el fin de minimizar la resuspensión de polvo debido al movimiento de vehículos, cuando sea necesario.

iv. Decreto Supremo Nº4, de 1994, Establece normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos motorizados y fija los procedimientos para su control, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Forma de Cumplimiento: Se exigirá a todos los vehículos motorizados pesados y livianos, se sometan a mantenciones periódicas y cumplan con las normas de emisión establecidas por el Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, fiscalizadas a través del Certificado de Revisión Técnica.

v. Decreto Supremo N°47, de 1992 y sus modificaciones, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

Forma de Cumplimiento: Se dará pleno cumplimiento a las disposiciones de esta norma, implementándose las medidas que ella establece durante la fase de construcción.

b) Ruido

i. Decreto Supremo N°38, de 2011, Establece norma de emisión de ruidos generados por fuentes que indica, elaborada a partir de la revisión del Decreto N° 146/97 del MINSEGPRES, del Ministerio del Medio Ambiente.

Forma de Cumplimiento: De acuerdo a la información presentada durante el proceso de evaluación, se verifica el cumplimiento de la normativa vigente para fuentes fijas en las distintas localidades en las que se emplazan las obras del Proyecto. Sin embargo, en algunos puntos se ha definido la implementación de pantallas. En caso de que esta no sea efectiva, se implementará a la brevedad nuevas medidas. Por lo anterior, el Titular enviará los reportes de monitoreo de ruido, presentando los resultados y conclusiones del mismo, e incorporará en caso que corresponda, la recomendación de nuevas medidas para que estas sean evaluadas por la Autoridad.

c) Minería

i. Ley N°20.551, de 2011, Ley de Cierre de Faenas e Instalaciones Mineras, y D.S. N° N°41, de 2012, Reglamento de la Ley de Cierre e Instalaciones Mineras, ambos del Ministerio de Minería.

Forma de Cumplimiento: El Titular presentará para su aprobación, en forma previa a su ejecución, un Plan de Cierre ante el Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN), de modo de asegurar la estabilidad física y química de la faena y sus instalaciones, de acuerdo a los contenidos exigidos en la ley 20.551 y su Reglamento.

ii. Decreto Supremo N° 248, de 2006, Reglamento para la aprobación de proyectos diseño, construcción, operación y cierre de los depósitos de relaves, del Ministerio de Minería. Forma de Cumplimiento: El Proyecto considera la construcción de un nuevo depósito de relaves, denominado Los Diques, y además, modificará y aumentará la vida útil del depósito de relaves Candelaria, por lo que presenta los antecedentes del PAS 84. iii. Decreto Supremo Nº 132, de 2002, que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Decreto Supremo Nº 72, de 1985, Reglamento de Seguridad Minera, ambos del Ministerio de Minería (Art. N°339). Forma de Cumplimiento: El Titular presenta los antecedentes del PAS 88 correspondiente al permiso para establecer apilamiento de mineral y residuos mineros. d) Aguas Servidas

i. Decreto con Fuerza de Ley N°725, de 1968, Código Sanitario, del Ministerio de Salud. 262

Forma de Cumplimiento: Para el manejo de las aguas servidas en la etapa de construcción se implementará un sistema de tratamiento de aguas servidas del tipo colector con estanque sellado y enterrado, cuyas aguas servidas y lodos serán retirados periódicamente por camiones autorizados, y dispuestos, finalmente, en plantas de tratamiento debidamente autorizadas. Una vez finalizada esta etapa, dichas instalaciones serán removidas. A su vez, para el manejo de las aguas servidas generadas en los frentes de trabajo del Área Obras Lineales, se utilizarán baños químicos cuya instalación, operación y limpieza será encargada a alguna empresa externa especializada y autorizada. Durante la etapa de operación, se mantendrá la dotación actual de personal y por ende los sistemas existentes, previamente autorizados, para el tratamiento de las aguas servidas. En el Área Mina las aguas servidas son conducidas hacia la planta de tratamiento con la que actualmente cuenta el Titular dentro de sus instalaciones, mientras que en el Área Puerto son colectadas mediante fosas sépticas, retiradas posteriormente por un contratista autorizado y dispuestas en la planta de tratamiento de aguas de Caldera.

e) Aguas Marítimas

i. Decreto Ley Nº2.222, de 1978, Sustituye Ley de Navegación, modificada por la Ley N° 20.070, de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional. Forma de Cumplimiento: Ni el Puerto ni el proceso de desalinización de agua de mar, contemplan arrojar al mar lastres, escombros o basuras o derramar petróleo o sus derivados o sustancias peligrosas o residuos de ninguna especie tal que ocasionen daños a las aguas de jurisdicción nacional. El efluente proveniente de la Planta Desalinizadora consiste en agua salada de descarga que dará cumplimiento a los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N° 90/2000, MINSEGPRES, Tabla Nº 5, que establece los límites máximos de concentración para descargas de residuos líquidos a cuerpos de aguas marinas fuera de la ZPL. Respecto a los lodos, éstos son de carácter preferentemente orgánico, no peligroso, por estar principalmente constituidos de materia orgánica.

ii. Decreto Supremo Nº1, de 1992, Reglamento para el Control de la Contaminación Acuática, del Ministerio de Defensa Nacional. Forma de Cumplimiento: El Puerto no contempla arrojar al mar lastres, escombros o basuras, o derramar petróleo o sus derivados o sustancias peligrosas o residuos de ninguna especie tal que ocasionen daños a las aguas de jurisdicción nacional. Por su parte, el proceso de desalinización de agua de mar contempla la descarga de un efluente a las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, que no ocasionará daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna. El efluente proveniente de la Planta Desalinizadora consiste en agua salada de descarga que dará cumplimiento a los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N° 90/2000, MINSEGPRES, Tabla Nº 5, que establece los límites máximos de concentración para descargas de residuos líquidos a cuerpos de aguas marinas fuera de la ZPL. Respecto a los lodos, éstos son de carácter preferentemente orgánico, no peligroso, por estar principalmente constituidos de materia orgánica.

iii. Decreto con Fuerza de Ley Nº 340, de 1960, Ley sobre Concesiones Marítimas, del Ministerio de Defensa Nacional. Forma de Cumplimiento: El Titular cuenta con una concesión marítima otorgada mediante Decreto Nº 608 de 1993 del Ministerio de Defensa Nacional hasta el año 2023, que ―Otorga concesión marítima sobre un sector de terreno de playa, playa, fondo de mar y porción de agua, en la Bahía de Caldera a Compañía Contractual Minera Candelaria‖, la cual ampara las obras del Puerto. Asimismo, mediante Decreto Nº 273 de 2012 se modificó dicha concesión en el sentido de incorporar en ella la Planta Desalinizadora y sus respectivos acueductos, de modo que ambas instalaciones cuentan con la concesión hasta el año 2023. Así, se obtendrá oportunamente la renovación de la concesión marítima necesaria para la extensión de la vida útil de este proyecto de desarrollo minero.

iv. Decreto Supremo Nº2, de 2006, Sustituye Reglamento sobre concesiones marítimas fijado por Decreto Supremo Nº 660, de 1988, Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Marina. Forma de Cumplimiento: El Titular cuenta con una concesión marítima otorgada mediante Decreto Nº 608 de 1993 del Ministerio de Defensa Nacional hasta el año 2023, que ―Otorga concesión marítima sobre un sector de terreno de playa, playa, fondo de mar y porción de agua, en la Bahía de Caldera a Compañía Contractual Minera Candelaria‖, la cual ampara las obras del Puerto. Asimismo, mediante Decreto Nº 273 de 2012 se modificó dicha concesión en el sentido de incorporar en ella la Planta Desalinizadora y sus respectivos acueductos, de modo que ambas instalaciones cuentan con la concesión hasta el año 2023. Así, se obtendrá oportunamente la renovación de la concesión marítima necesaria para la extensión de la vida útil de este proyecto de desarrollo minero.

v. Decreto Supremo N°90, de 2000, Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Forma de Cumplimiento: El efluente proveniente de la Planta Desalinizadora consiste en agua salada de descarga que dará cumplimiento a los límites máximos establecidos en el Decreto Supremo N° 90/2000, MINSEGPRES, Tabla Nº 5, que establece los límites máximos de concentración para descargas de residuos líquidos a cuerpos de aguas marinas 263

fuera de la ZPL. Respecto a los lodos, éstos son de carácter preferentemente orgánico, no peligroso, por estar principalmente constituidos materia orgánica.

vi. Decreto Supremo N°461, de 1995, Establece Requisitos que deben cumplir las solicitudes de pesca de investigación, del MINECON Forma de Cumplimiento: El Proyecto cuenta con la respectiva autorización para la realización de pesca de investigación en el contexto del Plan de Monitoreo contemplado en el Plan de Seguimiento del Proyecto ―Planta Desalinizadora Minera Candelaria‖. Dicho Plan de Monitoreo tiene como base algunos puntos considerados en el Monitoreo del Medio Marino del Puerto ―Punta Padrones‖. En este contexto, en el EIA del Proyecto ―Planta Desalinizadora Minera Candelaria‖ se entregaron los contenidos técnicos y formales requeridos para la obtención del permiso ambiental sectorial (PAS) a que se refiere el artículo 95 del Reglamento del SEIA, el cual fue otorgado en el procedimiento de evaluación ambiental.

f) Sustancias Peligrosas

i. Decreto Supremo N°594, de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud. Forma de Cumplimiento: Las sustancias peligrosas serán almacenadas en recintos destinados a tales efectos, para los cuales se contará con un plan detallado para enfrentar emergencias y una hoja de seguridad donde se incluirán los antecedentes requeridos por el reglamento respectivo de las sustancias peligrosas almacenadas.

ii. Decreto Supremo N°78, de 2009, Aprueba Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas, del Ministerio de Salud. Forma de Cumplimiento: El diseño y seguridad del sistema de almacenamiento (instalaciones, segregación de sustancias, capacidades y tipo de almacenamiento, entre otros) continuará dando estricto cumplimiento a la normativa vigente, tal como ocurre en la actualidad, durante toda la extensión de vida útil del Proyecto.

iii. Decreto Supremo N°298, de 1995, Reglamenta Transporte de Cargas Peligrosas por Calles y Caminos, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Forma de Cumplimiento: En caso de requerirse el transporte de este tipo de sustancias, se realizará a través de empresas que cumplirán con las normas de seguridad de este Decreto. El Titular exigirá contractualmente a las empresas encargadas, que esta actividad se realice conforme a la normativa vigente, cumpliendo con todos los requisitos contemplados por esta norma respecto del transporte de sustancias peligrosas.

iv. Decreto Supremo N°400, de 1978, Fija Texto refundido de la Ley 17.798 Sobre Control de Armas y Explosivos y Decreto Supremo N°83, de 2007, Reglamento de Ley sobre Control de Armas y Elementos Similares, ambos del Ministerio de Defensa Nacional.

Forma de Cumplimiento: Respecto del uso de explosivos, los trabajos serán efectuados respetando lo señalado en la Ley N° 17.798 sobre el control de armas, explosivos y productos químicos, como también el Decreto Supremo Nº 807 del 02/11/73 sobre licencias especiales para personas que manejen explosivos.

g) Electricidad y Combustibles.

i. Decreto Supremo Nº160, de 2008, Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte y Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos, del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción. Forma de Cumplimiento: Las estaciones y tanques de almacenamiento de combustible existentes se encuentran inscritos de acuerdo a las regulaciones vigentes de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Todos los estanques superficiales existentes cuentan con sistemas de contención secundaria con capacidad del 110% del volumen del estanque mayor. Asimismo, los camiones estanques que se utilizarán, tanto para la operación como para la construcción, se encontrarán debidamente autorizados cumpliendo con las especificaciones técnicas que indica este Reglamento.

ii. Decreto con Fuerza de Ley Nº4/20.018 de 2006, texto refundido, coordinado y sistematizado del D.F.L. Nº 1, de 1982, modificado por la Ley N° 20.402.

Forma de Cumplimiento: Las instalaciones eléctricas existentes se ajustan y se ajustarán a las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico, y su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustan y ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes, y se realizará por personal calificado y autorizado, de acuerdo a los reglamentos y normas vigentes. Todos los materiales utilizados en la construcción de las instalaciones eléctricas cuentan con la requerida certificación de aprobación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones eléctricas interiores del Proyecto, fue oportunamente comunicada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de acuerdo al Oficio 264

Circular SEC Nº 1.128 de 2006, acompañando además los antecedentes requeridos, según lo establecido en los reglamentos. Para la utilización de los equipos generadores que sean necesarios durante la etapa de construcción se cumplirá de la misma forma con todas las especificaciones técnicas y requerimientos contemplados en la normativa vigente. Las líneas que serán reubicadas a consecuencia del presente Proyecto, así como las instalaciones nuevas que sean necesarias construir u operar, con conexión a líneas eléctricas existentes o en base a generadores, serán previamente declaradas e inscritas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en su oportunidad.

iii. Decreto Supremo Nº 327, de 1998, Reglamento General de Servicios Eléctricos, del Ministerio de Minería.

Forma de Cumplimiento: Las instalaciones eléctricas existentes se ajustan y se ajustarán a las especificaciones técnicas de todo proyecto eléctrico, y su ejecución, operación y mantenimiento, se ajustan y ajustarán a las normas técnicas y reglamentos vigentes, y se realizará por personal calificado y autorizado, de acuerdo a los reglamentos y normas vigentes. Todos los materiales utilizados en la construcción de las instalaciones eléctricas cuentan con la requerida certificación de aprobación. La puesta en funcionamiento de las instalaciones eléctricas interiores del Proyecto, fue oportunamente comunicada a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles de acuerdo al Oficio Circular SEC Nº 1.128 de 2006, acompañando además los antecedentes requeridos, según lo establecido en los reglamentos. Para la utilización de los equipos generadores que sean necesarios durante la etapa de construcción se cumplirá de la misma forma con todas las especificaciones técnicas y requerimientos contemplados en la normativa vigente. Las líneas que serán reubicadas a consecuencia del presente Proyecto, así como las instalaciones nuevas que sean necesarias construir u operar, con conexión a líneas eléctricas existentes o en base a generadores, serán previamente declaradas e inscritas ante la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en su oportunidad.

iv. Norma Oficial NSEG 5 E.n.71., Reglamento de Instalaciones Eléctricas de Corrientes Fuertes., De la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Forma de Cumplimiento: Los materiales, aparatos y accesorios empleados en la construcción o reubicación de las instalaciones eléctricas, así como los materiales que se utilizan en su mantención, cumplen con la legislación vigente, en particular con la normativa propia de la SEC y poseen todos los elementos de seguridad adecuados. Para la utilización de los equipos generadores que sean necesarios durante la etapa de construcción se cumplirá de la misma forma con todas las especificaciones técnicas y requerimientos contemplados en la normativa vigente.

v. Resolución N°610, de 1982, Fomento y Reconstrucción, Prohíbe el Uso de Bifenilos Policlorinados (PCB) en Equipos Eléctricos, del Ministerio de Economía. Forma de Cumplimiento: Los equipos eléctricos que serán instalados y utilizados en el Proyecto no utilizarán como fluido dieléctrico bifenilos policlorados (PCB).

h) Residuos

i. Decreto Con Fuerza de Ley N° 725, de 1967, Código Sanitario y Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1990, Determina Materias que Requieren Autorización Sanitaria Expresa, del Ministerio de Salud. Forma de Cumplimiento: Los residuos sólidos domésticos son y serán recolectados desde las diferentes áreas de operación, a través de contenedores especialmente demarcados y habilitados, para luego ser transportados en camiones cerrados hacia un relleno sanitario autorizado. Para el caso de los residuos industriales no peligrosos, estos son y serán enviados diariamente a los patios de residuos que mantiene el Titular (patios de salvataje, de maderas, chatarras, metales, entre otros existentes), donde serán separados y clasificados como residuos recuperables o reciclables, determinando si es posible técnica y económicamente su reutilización o reciclaje, según lo establecido en el Manual de Buenas Prácticas Ambientales internas que mantiene el Titular. Los residuos peligrosos generados, son y serán llevados diariamente al sitio de tránsito de residuos peligrosos y periódicamente enviados a los patios de almacenamiento temporal de residuos peligrosos, a través de transportes autorizados para su disposición final a empresas autorizadas.

ii. Decreto Supremo Nº 594, de 1999, Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, del Ministerio de Salud.

Forma de Cumplimiento: Todos los residuos, ya sean peligrosos, no peligrosos o domiciliarios, serán almacenados temporalmente en sitios de almacenamiento transitorio, para luego ser transportados por empresas autorizadas hacia destinatarios de disposición final que cuenten con autorización para dicho fin.

iii. Decreto Supremo Nº 148, de 2003, Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, del Ministerio de Salud. Forma de Cumplimiento: Los residuos sólidos peligrosos serán transportados diariamente al sitio de tránsito y periódicamente enviados a los patios de almacenamiento temporal para su disposición final por empresas autorizadas, todo lo anterior en concordancia con lo establecido en el D.S. N° 148/03. Estos sitios están concebidos para almacenar los residuos peligrosos generados dentro de las instalaciones del Proyecto por un periodo de tiempo determinado que 265

no exceda los 6 meses, para su posterior traslado a una instalación de eliminación autorizada. Por otra parte, el Proyecto cuenta con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos cuyo propósito es regular el manejo de residuos peligrosos generados por las instalaciones, basado en el cumplimiento de la normativa aplicable y los compromisos contraídos por la compañía ante el Servicio de Salud de Atacama. Adicionalmente, este Plan regula el almacenamiento de aceites usados el que se realiza en los Estanques de Aceites Usados cuyo funcionamiento está autorizado por la Resolución Nº 1077 con fecha 27 de Agosto de 2003, del Servicio de Salud de Atacama, bajo el proyecto ―Mejoramiento Sector Aceites Nuevos y usados y microfiltrado de Lubricantes‖. Complementariamente se mantendrá control y respaldo de evidencias de cumplimiento del D.S.148/03 para empresas que realicen las mantenciones y lavado de vehículos, y para la Planta Mezcladora de Diesel-Aceite usado, se presentará el proyecto sectorialmente para su autorización como lugar de reciclaje y eliminación de un RESPEL.

i) Recursos Naturales

i. Ley Nº 19.473, de 1996, sustituye texto de la Ley N° 4.601, sobre caza, y su Reglamento, contenido en el Decreto Supremo Nº 5, de 1998, modificado por el Decreto Supremo Nº 53, de 2003, ambos del Ministerio de Agricultura. Forma de Cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a este reglamento adoptando las medidas de mitigación establecidas en este documento, referidas a la captura y relocalización de especies de reptiles con problemas de conservación.

ii. Decreto 29, de 2012, Reglamento para la Clasificación de Especies Silvestres según Estado de Conservación Forma de Cumplimiento: El Titular dará cumplimiento a este reglamento implementando las medidas de mitigación, reparación y/o compensación que se presentan en este documento, para minimizar los efectos que pudieran generarse sobre las especies detectadas.

iii. Resolución Exenta Nº 133, Establece Regulaciones Cuarentenarias para el Ingreso de Embalajes de Madera y sus modificaciones, Ministerio de Agricultura. Forma de Cumplimiento: El Titular exigirá contractualmente a todos sus proveedores, que la internación de equipos o maquinarias en embalajes de madera sea realizada bajo estrictas medidas de tratamiento fitosanitario en origen. Asimismo, en caso de sospecha de transmisión de plagas (según procedencia), el contratista solicitará inspección del SAG, o bien aplicará tratamientos fitosanitarios complementarios. j) Patrimonio Arqueológico y Cultural.

i. Ley Nº17.288, de 1970, Legisla sobre Monumentos Nacionales; Modifica las Leyes 16.617 y 16.719, Deroga el Decreto Ley 651, de 17 de octubre de 1925, del Ministerio de Educación. Forma de Cumplimiento: El Titular solicitará el permiso de los artículos 22 y 23 de la Ley 17.288 y su Reglamento, requerido para la intervención y rescate de los sitios arqueológicos y de valor patrimonial identificados, el que constituye el PAS 76 del Reglamento del SEIA. Además, si durante las etapas de construcción y operación del Proyecto se descubre algún nuevo sitio arqueológico, paleontológico o del patrimonio cultural, el Titular interrumpirá los trabajos que dieron lugar al hallazgo e informará al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales, a fin de adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación y/o rescate del sitio. ii. Decreto Supremo N° 484, de 1990, Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, del Ministerio de Educación. Forma de Cumplimiento: Para resguardar el patrimonio cultural y arqueológico involucrado en las áreas a intervenir por el Proyecto, el Titular presenta medidas ambientales para los componentes Arqueología y Paleontología, las que se presentan en este documento. Además, si durante las etapas de construcción y operación del Proyecto se descubre algún nuevo sitio arqueológico, paleontológico o de patrimonio culturar, el Titular interrumpirá los trabajos que dieron lugar al hallazgo e informará al Gobernador Provincial y al Consejo de Monumentos Nacionales, a fin de adoptar las medidas que sean necesarias para la conservación y/o rescate del sitio. k) Vialidad y Transporte

i. Decreto Con Fuerza de Ley Nº1, de 2009, Fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley de Tránsito, del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Forma de Cumplimiento: El Titular continuará exigiendo la obtención de las autorizaciones sectoriales correspondientes a los transportistas contratados. Los camiones utilizados para el transporte se ajustarán a las dimensiones establecidas por la normativa vigente. En caso de que algunos equipos requieran transporte especial debido a que sus dimensiones y/o pesos excedan los límites permitidos, el Titular solicitará a la Dirección de Vialidad las respectivas autorizaciones según Resolución N°1/95 y D.S.N°19/84 o en áreas urbanas, a la municipalidad respectiva de acuerdo al D.S. 200/93 del Ministerio de Obras

  1. Que, de acuerdo a los antecedentes contenidos en el proceso de evaluación de impacto ambiental del proyecto 266

"Candelaria 2030 - Continuidad Operacional", éste requiere para su ejecución los permisos de carácter ambiental de los siguientes artículos Nº 73, 84, 88, 93, 94, 99, 101y 106 contemplados en el Título VII del artículo 2 del D.S. Nº 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. A continuación, se presentan los requisitos y contenidos de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos del Título VII del Reglamento del SEIA.

i. PAS 73.

Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna.

En la etapa de operación, el Proyecto contempla la descarga de salmuera en los espacios marítimos del Área Puerto. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-A incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.1 del Adenda 1.

Al respecto, la Gobernación Marítima de Caldera, mediante Ord. N°12.600/132, de fecha 30 de diciembre de 2014, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

ii. PAS 76

Permisos para hacer excavaciones de carácter arqueológico, antropológico, paleontológico o antropoarqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales y su Reglamento.

El Proyecto considera la implementación de medidas de mitigación que consideran el rescate de sitios arqueológico que se encuentran en el área de influencia directa de las obras a ejecutar en los sectores Mina-Planta, Tuberías y Puerto. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-B incluido en el EIA, complementado en los puntos 2.3.5 y 3.11.1 del Adenda 1.

Al respecto, el Consejo de Monumentos Nacionales, mediante Ord. N°2740, de fecha 29 de julio de 2014, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

iii. PAS 84.

Permiso para emprender la construcción de tranques de relave, a que se refiere el artículo 47 del D.S. Nº 86/70 del Ministerio de Minería, Reglamento de Construcción y Operación de Tranques de Relaves.

El Proyecto contempla el diseño, construcción, operación y cierre de un depósito de relaves espesados que se generarán en el proceso en el Área Mina – Planta. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-C incluido en el EIA.

Al respecto, el SERNAGEOMIN, Región de Atacama, mediante Ord. N°3677, de fecha 09 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

iv. PAS 85

En el permiso para ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, en cementerios, en playas de puertos habilitados y en sitios destinados a la captación de las aguas necesarias para un pueblo; a menor distancia de cincuenta metros (50 m), medidos horizontalmente, de edificios, caminos públicos, ferrocarriles, líneas eléctricas de alta tensión, andariveles, conductos, defensas fluviales, cursos de agua y lagos de uso público, y a menor distancia de doscientos metros (200 m), medidos horizontalmente, de obras de embalse, estaciones de radiocomunicaciones, antenas e instalaciones de telecomunicaciones, a que se refiere el artículo 17 Nº 1 de la Ley Nº 18.248, Código de Minería.

El Proyecto contempla obras mineras a menos de 50 m de un camino público (proyectado y existente), criterio de distancia a que se refiere el artículo 17 Nº 1 de la Ley Nº 18.248. La obra que se encuentran a menos de 50 m corresponde al rajo iris norte. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-D incluido en el EIA, complementado en el Apéndice AD 3.5 del Adenda 1.

Al respecto, la Gobernación Provincial de Chañaral, Región de Atacama, mediante Ord. N°246, de fecha 03 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

v. PAS 88

Permiso para establecer un apilamiento de residuos mineros a que se refiere el inciso 2° del artículo 233 y botaderos de 267

estériles a que se refiere el artículo 318, ambos del D.S. Nº 72/85 del Ministerio de Minería, Reglamento de Seguridad Minera.

El Proyecto contempla establecer apilamiento de residuos mineros en tres botaderos, denominados botaderos Norte, Sur/Este y Sur/Oeste. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-E incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.3 del Adenda 1, en el Apéndice H-2 del Adenda 3 y en Apéndice E- 4 del Adenda 3.

Al respecto, el SERNAGEOMIN, Región de Atacama, mediante Ord. N°3677, de fecha 09 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

vi. PAS 89

Permiso para la extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros, a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 11.402.

El Proyecto contempla la extracción de áridos, en 6 sitios de empréstitos que se ubican en el Sector de Quebrada Chañaral Alto. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-O incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.4 del Adenda 1.

Al respecto, el DOH, Región de Atacama, mediante Ord. N°593, de fecha 08 de agosto de 2014, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

vii. PAS 90

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto considera obras destinadas a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales, tales como; área de lavados de camiones, maquinarias y equipos en taller de mantención, planta desalinizadora en área Mina-Planta, planta desalinizadora en área Puerto y laboratorio metalúrgico área Mina Planta y área Puerto. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en los Apéndices 13-Fa, 13-Fb, 13-Fc y 13- Fd incluidos en el EIA, complementado tanto en los Apéndices AD 1.15, AD 1.30 y AD 1.31 del Adenda 1, como en los puntos 3.3 al 3.6 del Adenda 2.

Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, en reunión de comité técnico realizada el 26 de junio de 2015, y según consta en Acta N°20 de fecha 26 de junio de 2015, ha confirmado la aplicabilidad y conformidad del referido permiso.

viii. PAS 91

Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario.

El Proyecto contempla en el sector campamento, en etapa de construcción, y en área Mina-Planta (Planta de Procesos) y Puerto, para las etapas de construcción y operación, la construcción de plantas para el tratamiento de aguas servidas (PTAS). Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en los Apéndices 13-Ga, 13-Gb y 13-Gc incluidos en el EIA, complementado en el punto 2.3.7 del Adenda 1, en los puntos 3.7 al 3.9 del Adenda 2 y en el Apéndice al E-1 del Adenda 3.

Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°884, de fecha 12 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

ix. PAS 93

Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. Nº 725/67, Código Sanitario 268

El Proyecto, durante la etapa de construcción, operación y cierre, contempla la construcción y habilitación de las siguientes obras para el manejo/disposición de sus residuos: Para Área Mina- Planta: Botaderos de Estériles (3), Tranque de Relaves, Patio de construcción para almacenamiento de residuos no peligrosos (etapa de construcción), bodega de residuos peligrosos Mina-Planta (etapa de construcción, operación y cierre), instalación de manejo de residuos para almacenamiento de residuos industriales asimilables a domiciliarios, no peligrosos y peligrosos (etapa de operación y cierre), patio de salvataje Mina-Planta para residuos industriales no peligrosos (etapa de operación y cierre), y Relleno Sanitario. Para Área Puerto: bodega de residuos peligrosos (etapa de construcción), patio de residuos no peligrosos (etapa de construcción) e instalación manejo de residuos puerto para residuos asimilables a domiciliarios, no peligrosos y peligrosos (etapas de operación y cierre). Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en los Apéndices 13-Ha, 13-Hb, 13-Hc y 13 Hd incluidos en el EIA, complementado en el punto 2.3.9 y Apéndice AD 3.26 del Adenda 1, en los puntos 3.13 al 3.29 y Apéndice H-1 del Adenda 2 y en el punto 1.7-1.8 y Apéndice E-2 del Adenda 3.

Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°884, de fecha 12 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

x. PAS 94

Permiso para la calificación de los establecimientos industriales o de bodegaje a que se refiere el artículo 4.14.2. del D.S. Nº47/92, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

El Proyecto contempla la construcción y operación de 2 plantas desalinizadora de agua de mar en el área Mina -Planta y en el área Puerto, 1 planta concentradora en área Mina-Planta y 2 Plantas de Filtros en área Mina-Planta y 1 en área Puerto, en la etapa de operación del Proyecto, y 2 Plantas de Hormigón para la etapa de construcción del mismo. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-I incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.10 y Apéndice AD 3.45 del Adenda 1.

Al respecto, la SEREMI de Salud, Región de Atacama, mediante Ord. N°884, de fecha 12 de junio de 2015, califica la actividad como ―Molesta‖, tanto el área Mina-Planta como el área Puerto.

xi. PAS 95

En los permisos para realizar pesca de investigación que sea necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del primer año del plan de seguimiento ambiental a que se refiere el Título VII de la Ley Nº 18.892, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se contiene en el D.S. Nº 430, de 1992, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

El Proyecto contempla la pesca de investigación necesaria para el seguimiento de la condición de poblaciones de especies hidrobiológicas en la aplicación del Plan de Seguimiento Ambiental, asociada a las obras de succión de agua de mar y descarga de salmuera. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentan en el Apéndice 13-J incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.11 del Adenda 1.

Al respecto, la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, mediante Ord. N° (D.AC) Ord. SEIA N°16, de fecha 08 de enero de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

xii. PAS 96

Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

El Proyecto contempla la construcción de obras, equipamiento e infraestructura en las áreas Mina- Planta y Puerto, las que se ubican en terrenos rurales. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Apéndice 13-K incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.12 del Adenda 1.

Al respecto, la SEREMI de Agricultura, Región de Atacama, mediante Ord. N°366, de fecha 27 de agosto de 2014, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

xiii. PAS 99

269

Permiso para la caza o captura de los ejemplares de animales de las especies protegidas, a que se refiere el artículo 9º de la Ley Nº 4.601, sobre Caza.

El Proyecto considera el rescate y relocalización de especies con problemas de conservación que se encuentran en el área a intervenir, tales como sector Mina-Planta y sector Puerto. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Apéndice 13-L incluido en el EIA, complementado en el punto 3.30 y en Apéndice H-7 del Adenda 2.

Al respecto, el SAG, Región de Atacama, en reunión de comité técnico realizada el 26 de junio de 2015, y según consta en Acta N°20 de fecha 26 de junio de 2015, ha confirmado la aplicabilidad y conformidad del referido permiso. xiv. PAS 101

Permiso para la construcción de obras a que se refiere el artículo 294 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

El Proyecto contempla la construcción de las siguientes obras: Depósito de relaves y Canal de contorno de aguas no contactadas del depósito de relaves. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Apéndice 13-M incluido en el EIA, complementado en el punto 2.3.13 del Adenda 1, en los puntos 3.31-3-32 y Apéndice H-3 del Adenda 2 y en los puntos 3.27 al 3.30 y Apéndice E-3 del Adenda 3.

Al respecto, la DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°346, de fecha 09 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados.

xv. PAS 106

Permiso para las obras de regularización y defensa de cauces naturales a que se refiere el segundo inciso del artículo 171 del D.F.L. Nº 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

El Proyecto contempla la construcción de las siguientes obras: Canal de Contorno Rajo Iris Norte, Sistema de Impulsión de Agua de Mar (SIAM), Sistema de Transporte de Concentrado (STC), construcción camino minero, construcción Bypass Ruta C-17 y Diego de Almagro. Los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios, se presentaron en el Apéndice 13-N incluido en el EIA, complementado en los Apéndices AD 3.58, AD 3.59, AD 3.60 y AD 3.61 del Adenda 1, en los Apéndices H-4, H-5 y H-6 del Adenda 2 y en los punto 3.31 del Adenda 3.

Al respecto, la DGA, Región de Atacama, mediante Ord. N°641, de fecha 27 de Agosto de 2015, Ord. N°007, de fecha 07 de enero de 2015 y Ord. N°346, de fecha 09 de junio de 2015, se pronuncia conforme a los antecedentes presentados para las diferentes obras que contempla el Proyecto.

  1. Que, para el adecuado seguimiento y fiscalización de las condiciones y obligaciones sobre la base de las cuáles se aprobó la resolución de calificación ambiental (RCA), el Titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, y el término de la etapa de cierre, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes, acciones y obras físicas del Proyecto, cuando ésta lo solicite y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
  2. Que, el Titular deberá proporcionar a la Superintendencia todos los antecedentes de la Resolución de Calificación Ambiental, sus modificaciones y aclaraciones, así como, la información sobre las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreo, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información asociada al seguimiento de las variables ambientales proyectadas en el proyecto o actividad, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N°844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013.
  3. Que, para el debido y adecuado seguimiento de las condiciones, compromisos o medidas y, permisos ambientales sectoriales aplicables, cuyos requisitos técnicos y formales deban ser aprobados o visados por los organismos del Estado competentes, el Titular deberá remitir los antecedentes al servicio respectivo y, de igual forma reportar su efectivo cumplimiento a la Superintendencia del Medio Ambiente. 270

  4. Que, el Titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el Titular del proyecto deberá comunicar cualquier modificación en el domicilio, individualización del Titular y de representación, al Servicio de Evaluación Ambiental y, a la Superintendencia dentro de un plazo de 7 días hábiles contados desde la realización de la respectiva modificación.
  6. Que, la Comisión de Evaluación III Región de Atacama sólo está facultada para pronunciarse respecto de la calificación ambiental del proyecto, por lo cual, para que éste pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las demás normas vigentes que le sean aplicables.
  7. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del Titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, a través de un tercero.
  8. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la III Región de Atacama.

RESUELVE:

1. CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional", presentado por el Señor Peter Michael Quinn ., en representación de Compañía Contractual Minera Candelaria, condicionándolo al cumplimiento de los requisitos, exigencias y obligaciones establecidas en la presente Resolución.

 Peter Michael Quinn  Observantes de la Participación Ciudadana  Superintendencia de Medio Ambiente 271

 CONADI, Región de Atacama  CONAF, Región de Atacama  DGA, Región de Atacama  DOH, Región de Atacama  Gobernación Marítima de Caldera  Gobierno Regional, Región de Atacama  Ilustre Municipalidad de Caldera  Ilustre Municipalidad de Copiapó  Ilustre Municipalidad de Tierra Amarilla  SAG, Región de Atacama  SEREMI de Agricultura, Región de Atacama  SEREMI de Bienes Nacionales, Región de Atacama  SEREMI de Desarrollo Social, Región de Atacama  SEREMI de Energía, Región de Atacama  SEREMI de Minería, Región de Atacama  SEREMI de Salud, Región de Atacama  SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Atacama  SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Atacama  SEREMI Medio Ambiente, Región de Atacama  SEREMI MOP, Región de Atacama  SERNAGEOMIN, Región de Atacama  Servicio Nacional de Pesca, Región de Atacama  Servicio Nacional Turismo, Región de Atacama  Consejo de Monumentos Nacionales  Subsecretaría de Pesca y Acuicultura  Superintendencia de Servicios Sanitarios C/c:

 Encargada de Participación Ciudadana  Expediente del Proyecto "Candelaria 2030 - Continuidad Operacional"  Archivo Servicio Evaluación Ambiental, III Región Atacama