Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia Código Sernapesca 110645
REPÚBLICA DE CHILE COMISIÓN DE EVALUACIÓN REGIÓN DE AYSÉN
MAT.: Califica Ambientalmente Favorable el proyecto "Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645”.
Resolución Exenta N* 023
Coyhaique, — 4 / ENE. 201
VISTOS:
1.
3.1.
Lo dispuesto en la Ley N” 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2” del Decreto Supremo N? 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N” 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución Exenta N 30, de fecha 22 de octubre de 2010, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; Resolución (Tr) N” 98, de fecha 02 de Septiembre de 2013, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental que nombra como Directora del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén a la Sra. Paula Muñoz Zeller; y Resolución Exenta N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Tramite de Toma Razón.
La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y su Adenda del proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia Código Sernapesca 110645”, presentada por el Sr. Dionisio Ramos Salgado, en representación de Chile Seafood S.A., con fecha 06 de septiembre de 2013.
Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
Pronunciamientos a la DIA:
Oficio N* 4.155 del Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén, de fecha 26/09/2013;
Oficio N* 103-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, de fecha 04/10/2013;
Oficio N 495 del Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén, de fecha 07/10/2013; Oficio N 1.277 de la SEREMI de Salud, Región de Aysén, de fecha 08/10/2013;
Oficio N* 2.267 de la Subsecretaria de Pesca y Acuicultura, de fecha 09/10/2013;
Oficio N 12.600/421 de la Gobernación Marítima, Región de Aysén, de fecha 09/10/2013; Oficio N 12.600/427 de la Gobernación Marítima, Región de Aysén, de fecha 10/10/2013;
1
3.2.
Oficio N 509 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, de fecha 18/10/2013; Oficio N 2.284 del Gobierno Regional, Región de Aysén, de fecha 30/09/2013,
Pronunciamiento a la Adenda N' 1 de la DIA:
Oficio N 586 de la SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén, de fecha 10/12/2013; Oficio N 141-EA/2013 de la Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén, de fecha 11/12/2013;
Oficio N* 1.606 de la SEREMI de Salud, Región de Aysén, de fecha 18/12/2013.
El Acta N* 78/2013 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 19 de diciembre de 2013,
El Informe Consolidado de la Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645”, de fecha 07 de enero de 2014.
El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N* 01-01/2014 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén, de fecha 07 de enero de 2014.
Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la DIA “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645".
CONSIDERANDO:
3.1.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
Que, el derecho de Chile Seafood S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental.
Que, según los antecedentes señalados en la DIA y su Adenda, el proyecto consiste en la implementación de un sistema de ensilaje en el centro Italia.
TIPOLOGÍA DE PROYECTO
En atención al artículo 3 del D.S. 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla las siguientes actividades susceptibles de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEIA:
8: “Sistema de tratamiento y/o disposición de residuos industriales sólidos”. El titular presenta un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad.
p: “Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquier otra área colocada bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita”. El proyecto se emplazará dentro de los límites de la reserva nacional Las Guaitecas.
3.2. MONTO DE INVERSIÓN
La inversión estimada para la ejecución del proyecto es de $45.000.000.- (cuarenta y cinco millones de pesos chilenos).
3.3. VIDA ÚTIL
Se considera una vida útil indefinida. En el numeral 3.6 de la DIA se presenta el cronograma de actividades del proyecto.
3.4. MANO DE OBRA
La mano de obra máxima requerida para la etapa de construcción del proyecto, se estima en 5 personas, para las actividades de operación del proyecto, se estima en 3 personas y para las actividades de abandono del proyecto, se estima de 5 personas.
3.5. LOCALIZACIÓN
El sistema de ensilaje se emplazará en la concesión de acuicultura, de agua y fondo de mar, perteneciente al titular, la cual está ubicada en el sector de Isla Italia, Costa Sur Punta Scogliasa, en la Comuna de Aysén, Región de Aysén, en una zona preferencial para la extracción de recursos bentónicos según el D.S. N” 153/2004, Ministerio de Defensa Nacional, del 20/05/2004, ver numeral 2.1 de la DIA.
3.5.1. Justificación de la localización
El sistema de ensilaje se emplazará en la concesión de acuicultura, ya que es allí donde se encuentra el centro de engorda de peces, en donde se produce la mortalidad que será ensilada.
3.5.2. Coordenadas geográficas
La ubicación geográfica está dada por las siguientes coordenadas, según Carta SHOA N 8630, 2 edición (datum WGS-84).
Vértice Latitud S Longitud W A 45” 23' 02,31" 74* 11' 23,06" B 45" 23' 00,25" 74% 11' 14,34" Cc 45" 23' 03,33" 74% 11' 12,89" D 45" 23' 05,38" 74 11'21,61"
3.5.3. Superficie
La concesión de acuicultura posee una superficie de 2 hectáreas, y la plataforma que contendrá el sistema de ensilaje se emplazará dentro de los límites interiores de la concesión, utilizando una superficie de 103,5 m?, El sistema de ensilaje poseerá las siguientes dimensiones: Eslora: 11.5 m, Manga: 9 m Puntal: 1.7 m., ver Lay Out Plataforma de Ensilaje, ubicado en el Anexo N” 2, de la DIA.
3.5.4. Compatibilidad territorial del proyecto
El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la Región. Para mayor detalle, ver Oficio N* 2.284 del Gobierno Regional, Región de Aysén, de
3
S
fecha 30/09/2013; y el Oficio N* 12.600/421 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 09/10/2013.
3.6. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El proyecto consiste en la instalación de un sistema de ensilaje para el tratamiento de la mortalidad generada al interior del centro de cultivo, código 110645, aprobado mediante Resolución
(SUBPESCA) N* 872 de 2005. El sistema de ensilaje se ubicará al interior de la concesión y será de uso exclusivo de ésta.
El proyecto está asociado a la operación del centro de cultivo “Modificación de Proyecto Técnico en Centro de Cultivo de Salmónidos 110645, XI Región”, calificado ambientalmente favorable mediante RCA N” 34 del 15 de Enero de 2009.
Para mayor detalle, ver numeral 2 de la DIA.
3.6.1. Etapa de construcción
El sistema de ensilaje se instalará en una plataforma flotante de acero galvanizado, cerrada y
techada. Los elementos que conformarán el sistema de ensilaje serán: a) Estanque triturador de acero inoxidable con capacidad de 715 1.
b) Sistema de adición de ácido fórmico automático mediante bomba, cuyo flujo es de 15 l/min. c) Piping del sistema de ensilaje: HDPE PN 6 de 3” electrofusionado. d) Bomba de recirculación de 3".
e) Estanque o silo de acopio de ensilado en HDPE virgen con protección UV, 10 mm de espesor con capacidad para 20 m',
f) Pretil de contención de concreto con uniones metálicas de 50 cm de alto por 10 cm de ancho. Acorde a D.S. N” 78/2010. g) Generador Diésel de 20 KVA.
Las instalaciones serán de color verde petróleo, u otro semejante a los colores del sector. 3.6.2. Etapa de operación
El tratamiento de la mortalidad mediante un sistema de ensilaje consiste en la transformación de la mortalidad mediante una molienda y adición de ácido fórmico hasta reducirla y mantener un pH igual o menor de 4, obteniendo una mezcla homogénea. Este sistema permite un manejo sanitario de la mortalidad, transformándola en una materia inocua libre de bacterias y virus, debido a que con la adición del ácido fórmico se baja el pH. Además, este sistema detiene el proceso natural de la descomposición, por lo que no produce olor.
A continuación se describen las etapas que considera la operación del sistema de ensilaje: 3.6.2.1. Recolección y tratamiento de mortalidad
La recolección de mortalidad se realizará diariamente mediante buceo semiautónomo jaula a jaula, utilizando un chinguillo de red con arco metálico.
Luego, una vez cuantificados y clasificados según la causa de muerte por apariencia y estado, se dispondrá la mortalidad en baldes de 60 |, los cuales en su interior poseerán doble bolsa plástica para evitar escurrimientos, y tapa hermética. Estos baldes serán derivados desde el centro de cultivo al pontón donde se ubicará el sistema de ensilaje.
Una vez que la mortalidad ha llegado a la zona de ensilado, se deben seguir las instrucciones detalladas en el “Manual Manejo de Mortalidades”, adjunto en el Anexo N? 2 de la DIA.
Las mortalidades diarias informadas se pueden procesar en el sistema de ensilaje a instalar, ya que el estanque triturador cuenta con una capacidad mínima de proceso de 100 kg y un máximo de 500 kg, no importando el tamaño de los peces.
Se indica que en caso de existir demora en el proceso de ensilaje por falta de tiempo, se implementarán 2 turnos de 5 horas cada uno, ya que existirán personas asignadas especificamente para estas labores,
3.6.2.2. Retiro de la mortalidad
La cantidad de mortalidad mensual a generar, dependerá de la etapa del ciclo productivo y de la especie en cultivo, por lo cual el retiro del ensilado se realizará de acuerdo a lo descrito en la siguiente tabla, o en su defecto cuando el silo alcance el 80% de su capacidad.
a) Situación proyectada sobre mortalidad mensual por ciclo productivo.
Biomasa : N? Retiros Mes Acumulativa Ey ensilado mes (Umes) 1 62,5 0,6 0 2 78,1 0,8 0 3 97,5 1 0 4 121,9 1,2 0 5 152,3 1,5 0 6 190,3 1,9 0 7 237,8 2,4 0 8 297,1 3 0 9 371,2 3,7 1 10 463,8 46 0 11 579,6 5,8 0 12 724,2 7,2 1 13 904,9 9 0 14 1.130,6 11,3 1 15 1.412,7 14,1 1 16 1.765,2 17,7 1 17 2.205,7 22,1 2 18 2.756 27,6 2 TOTAL CICLO (18 meses) 135,5 9
3.6.2.3. Almacenamiento de ácidos y sus características
El almacenamiento de los productos químicos se efectuará en bodegas especificas, conforme a la reglamentación vigente, es decir, con señaléticas, extintores, pisos con anticorrosivos y estancos, además de sistemas antiderrames.
Respecto al manejo de los químicos asociados al tratamiento de mortalidad, en "Manual de Higiene y Desinfección”, adjunto en el Anexo N' 4 de la DIA, se especifica que los productos quimicos utilizados se almacenarán en envases originales, adecuadamente rotulados y debidamente cerrados mientras no estén en uso, con su ficha técnica y hoja de seguridad, en la bodega exclusiva para su almacenamiento de acuerdo a recomendaciones del fabricante y/o normativa vigente. En la hoja de seguridad de cada producto se establece la identificación del producto, medidas de primeros auxilios, medidas para control de derrames y fugas, información toxicológica, entre otros.
El personal encargado del proceso de ensilaje será capacitado respecto del proceso de ensilaje, sus insumos y su correcta manipulación y almacenaje.
En el caso específico del ácido fórmico, la cantidad de producto a utilizar dependerá de la mortalidad generada diariamente. El almacenaje será según las disposiciones del D.S. N” 78/2010 que aprueba el "Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas”. Este producto se dispondrá en la plataforma de ensilaje, mediante estanques IBC, confeccionados con polietileno de alta densidad y metal, con una capacidad de 1000 |. La Rotulación de los estanques están efectuados de acuerdo a lo establecido en la Norma Chilena Oficial N 2190 Of.2003 y la Norma Chilena Oficial N 1411/4 Of.1978 y DS 78/2010.
Los estanques IBC se almacenarán dentro de un sistema de control de antiderrame que tiene una capacidad de contención igual a 1,1 veces el volumen del estanque. Cada estanque IBC contará con una placa instalada en la cual se describirán las principales características del producto y estanque contenedor.
Respecto de los contenedores de ácido fórmico, sólo se trabajará con proveedores autorizados.
La siguiente tabla presenta un resumen de dosificación de ácido fórmico, acorde a los kilos de mortalidad generados por día.
Kg de mortalidad | Tiempo de aplicación 0-8 35 8-16 4s
16-24 5s 24-32 6s 32-40 YÍS 40-48 8s 48-56 9s 56-64 10s 64-72 ts 72-80 128 80-160 228 160-250 328 250-330 428 330-420 52 s 420-500 625
3.6.2.4. Medidas de contingencia
El titular presenta los siguientes planes de contingencia, manuales y programas de manejo para su proyecto.
Manual de recolección y manejo y disposición final de mortalidades mediante ensilaje. Manual de operación unidad de ensilaje.
Plan de contingencia operacional y ambiental ante mortalidades y eliminaciones masivas. Manual de operación sistema de inyección de ácido para sistema de ensilaje.
Manual de operación tablero control bomba Flygt de estanque triturador.
Manual de higiene y desinfección.
Plan contingencia ensilaje ante mortalidad masiva.
Plan contingencia ante vertimiento en faenas de limpieza y desinfección.
Hojas de seguridad de posibles inactivadores.
Hoja seguridad y especificaciones técnicas de ácido fórmico.
Para mayor detalle, ver Anexo N* 2 y N? 3 de la DIA.
3.7. ETAPA DE ABANDONO
El proyecto no considera una etapa de cierre o abandono, ya que se contempla realizar una permanente mantención y/o recambio de las estructuras cuando la situación lo amerite.
3.8. EMISIONES, DESCARGAS, Y RESIDUOS DEL PROYECTO 3.8.1. Emisiones atmosféricas
En la etapa de operación la principal fuente de emisiones serán los gases producto de la combustión de los generadores.
3.8.2. Residuos líquidos
Se generarán aguas provenientes del lavado de los distintos baldes y bolsas. La generación de estas aguas fluctuará entre los 5 y 10 l/día. El retiro de estas aguas será efectuado por una empresa debidamente autorizada, y se dejará un registro del retiro y despacho.
El detergente o desinfectante que será utilizado para lavar y desinfectar los baldes de mortalidad, si aplicase, será inactivado con sustancias quimicas permitidas por la respectiva autoridad, y serán almacenados en bins herméticos.
El titular evaluará la opción de desinfectar mediante aspersión reduciendo las aguas de lavado.
Se presenta la siguiente tabla resumen:
. Ñ ¡a | Destino de Identificación Etapa del Volumen Mi Pepi e efi los residuos proyecto |de residuos enerados residuos 9 generados tí jo as Operación | 5-10 l/día | Retiro empresa de Cada 2 Sitio final de lavado, aprox. servicios meses autorizado desinfectantes)
3.8.3. Residuos sólidos
Se generarán bolsas que se utilizarán para el transporte de la mortalidad, éstas serán acopiadas en un bins con doble bolsa y tapa. Cada vez que se dispongan las bolsas en el bins, se deberán desinfectar con una bomba aspersora. Una vez lleno el bins se despachará su contenido como residuo industrial sólido del centro, y se dejará un registro de este despacho, señalando la desinfección de estas bolsas.
Se presenta la siguiente tabla resumen:
Tipo de manejo de Destino de
Identificación Etapa del Volumen de : : n : los residuos los residuos residuos proyecto residuos generados generados - . - 3 rie AS Operación 1 m*/mes Retiro empresa de Se devolverán p servicios autorizada al proveedor
3.8.4, Residuos peligrosos
Los residuos peligrosos corresponderán a los estanques vacíos de ácido fórmico. A continuación se presenta tabla con el detalle:
RESPEL Cantidad Caracterización Disposición Final Estos serán reemplazados por
Envases Envases IBC con
vacíos de 2 alaño capacidad de 1 estanques llenos, por una
aproximadamente barcaza para finalmente ser entregados al proveedor,
quien los reutiliza.
ácido fórmico m?
Los contenedores de residuos peligrosos cumplirán con las siguientes disposiciones:
a) Tendrán un espesor adecuado y estarán construidos con materiales que serán resistentes al residuo almacenado y a prueba de filtraciones.
b) Estarán diseñados para ser capaces de resistir esfuerzos producidos durante su manipulación, as| como durante la carga y descarga, además del traslado de los residuos, garantizando en todo momento que no serán derramados.
c) Estarán en todo momento en buenas condiciones, y se reemplazarán los contenedores que muestren deterioro de su capacidad de contención.
d) Estarán rotulados indicando en forma clara y visible las caracterlsticas de su peligrosidad de acuerdo a la Norma Chilena NCH 2.190 Of 93, en el proceso en que se originó el residuo, el código de identificación y la fecha de su ubicación en el sitio de almacenamiento.
-
Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645" cumple con la normativa ambiental aplicable.
-
Que, para el proyecto pueda ejecutarse necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
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5.1. Generales . Constitución Política de la República de Chile. Forma de cumplimiento: La realización de la DIA y su sometimiento al SEÍA para su evaluación y
aprobación tienen por objeto contribuir al cumplimiento de la garantía constitucional: El derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
. Ley N” 19.300, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, modificada por la Ley N 20.417. . D. S. N95/01, del Ministerio Secretaria General de la Presidencia, Reglamento del Sistema
de Evaluación de Impacto Ambiental.
Forma de cumplimiento: El titular presenta al SEA Región de Aysén, una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), en la cual se expresa bajo juramento que se cumple con la normativa ambiental vigente, y que no se generan efectos, características o circunstancias de las contemplados en el artículo 11, de la Ley 19,300.
5.2. Pesqueras y Acuáticas
. D. S. N” 430/1991 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Ley General de Pesca y Acuicultura y sus Modificaciones, Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado. . Ley N* 20.434 Modifica la Ley General de Pesca y Acuicultura en materia de Acuicultura.
Forma de cumplimiento: El titular cumple con aquellos artículos del ámbito ambiental, regulatorios, especificamente los artículos 1, 67 al 90, 122 y 136 y sus modificaciones.
- D.S. N* 320/2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento Ambiental para la Acuicultura.
Forma de cumplimiento: El titular mantendrá la limpieza de las playas y terrenos de playa aledaños al centro de cultivo de todo residuo generado por la acuicultura. Se dispondrá de los residuos sólidos y líquidos en depósitos y condiciones que no resulten perjudiciales al medio circundante.
. D.S. N” 319/2001 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para las Especies Hidrobiológicas.
Forma de cumplimiento: El titular establecerá las medidas de protección y control para evitar la introducción de enfermedades de alto riesgo que afecten a las especies hidrobiológicas, sea que provengan de la actividad de cultivo con cualquier finalidad o en su estado silvestre, asilar su presencia, y en caso de que éstas ocurran, evitar su propagación. Para enfermedades de alto riesgo, se informará en los plazos establecidos al Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
- D.S. N* 345/2005 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, Reglamento de Plagas Hidrobiológicas.
Forma de cumplimiento: El titular adoptará todas las medidas de protección y control de plagas especificadas.
- DS. N* 1/1992 del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento Para el Control de la Contaminación Acuática.
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NS
Forma de cumplimiento: Durante el desarrollo del proyecto no se descargarán sustancias y/o elementos que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional.
. D.S. N* 777/1978 del Ministerio de Defensa Nacional, Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas.
Forma de cumplimiento: El transporte marítimo del ácido fórmico se realizará siguiendo los procedimientos de transporte y almacenamiento establecidos en el mencionado Código.
. Ley N* 2.222/1978 del Ministerio de Defensa Nacional, Ley de Navegación.
Forma de cumplimiento: El transporte marítimo de hidrocarburos, ácidos y sustancias químicas, se realizará previa aprobación y certificación de la Autoridad Marítima.
5.3. Emisiones y Residuos
- D.S. N” 138/2005 del Ministerio de Salud. Establece Obligación de Declarar Fuentes de Emisión de Contaminantes Atmosféricos.
Forma de cumplimiento: El titular declarará a través del sistema de declaración de emisiones electrónico: www.declaracionemision.cl, las emisiones generadas por el generador del pontón flotante utilizado por el proyecto.
e Ley N” 19.821 deroga Ley N” 3,133 y modifica la Ley N” 18.902 en materia de Residuos Industriales Líquidos,
Forma de cumplimiento: los residuos industriales líquidos generados por el proyecto serán dispuestos en un sitio final autorizado.
e DS. N* 594/1999 del Ministerio de Salud. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo.
Forma de cumplimiento: Los residuos serán almacenados y devueltos a su proveedor. En Anexo 2 de la DIA se presenta en detalle la descripción de la operación de ensilaje y registros asociados, tales como los procedimientos de limpieza y desinfección, planilla de control de ensilado, registro de abastecimiento de ácido fórmico y procedimientos y equipamientos de seguridad para el personal a cargo del proceso de ensilado.
5.4, Residuos y Sustancias Peligrosas . D. S. N” 148/2003 del Ministerio de Salud. Manejo y Disposición de Residuos Peligrosos.
Forma de cumplimiento: El titular cumplirá con todas las condiciones sanitarias y de seguridad referentes a la generación, tenencia, almacenamiento, transporte y disposición final de residuos peligrosos.
. D.S. N* 78/2010 del Ministerio de Salud. Aprueba reglamento de almacenamiento de sustancias peligrosas.
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Forma de cumplimiento: El almacenamiento de sustancias peligrosas se hará acorde a este reglamento.
- D.S. N” 298/1994. Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones Reglamento de Transporte de Carga Peligrosa por Calles y Caminos.
Forma de cumplimiento: En el caso que el transporte del ácido fórmico se realice por vía terrestre, el titular del proyecto declarará que el transporte lo realizará un tercero autorizado.
- Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia Código Sernapesca 110645”, no requiere de permisos ambientales sectoriales.
-
Que en lo relativo a los efectos características y circunstancias señalados en los literales “a”, “b”, “e”, “d”, “e” y “f' del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que el proyecto no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, en el proceso de evaluación del proyecto " Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645”, el titular adquirió el siguiente compromiso ambiental voluntario:
Seleccionar y adoptar procesos productivos y tecnologlas que contribuyan a la política de producción limpia adoptada por el pals, para alcanzar estándares internacionales de desempeño ambiental.
-
Que, con objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto "Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645”, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con Competencia Ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
-
Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas en la Resolución Exenta N* 844 de la Superintendencia del Medio Ambiente, de fecha 14 de diciembre de 2012, publicada en el Diario Oficial el 2 de enero de 2013, o aquella que la reemplace.
-
Que, el proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645" cumple con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia de
Medio Ambiente, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental y su Adenda, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
11
Ay
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén, la individualización de cambios de titularidad, de su representante legal y de domicilio.
-
Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por este directamente o, a través de un tercero,
-
Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.
RESUELVE:
1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645”.
2.- CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia, Código Sernapesca 110645" cumple con la normativa de carácter ambiental.
3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N* 20 de la Ley N” 19.300 proceden en contra de la presente Resolución, los recursos de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de 30 dlas contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otro recurso que estime oportuno.
Notifíquese y Archívese
Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental Secretaria Comisión de Evaluación Región de Aysén
cof RRi
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Distribución:
Luis Andrés Saint Jean Hernández
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén
Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén.
Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén
Gobierno Regional, Región de Aysén
llustre Municipalidad de Aysén, Región de Aysén
Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Clc:
e Encargada Participación Ciudadana
- Expediente del Proyecto "Manejo de Mortalidad Usando Sistema de Ensilaje Centro Italia Código Sernapesca 110645"
e Archivo Servicio Evaluación Ambiental, XI Región de Aysén
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