Portal Alameda IV, Parral
REPÚBLICA DE CHILE. COMISIÓN DE EVALUACIÓN VII REGIÓN DEL MAULE
Califica Ambientalmente el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” Resolución Exenta N*42
Talca, 28 de Febrero del 2014 VISTOS:
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La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto “Portal Alameda IV, Parral”, presentada por Inmobiliaria e Inversiones MALPO Ltda. y representada por el Señor Ricardo Chamorro Otto.
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Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
2.1 Síntesis Cronológica de las Etapas de la Evaluación de Impacto Ambiental:
Declaración de impacto ambiental (DIA) S/N Por Inmobiliaria e Inversiones MALPO Limitada, con fecha 26/09/2013
Test de admisión S/N Por Servicio Evaluación Ambiental, VI! Región del Maule, con fecha 30/09/2013
Oficio solicitud de evaluación DIA N*793 Por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 30/09/2013
Informe consolidado de solicitud de aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones a la DIA (ICSARA) N2889 Por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 29/10/2013
Adenda S/N Por Inmobiliaria e Inversiones MALPO Limitada, con fecha 16/01/2014
Solicitud de evaluación de adenda N*63 Por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 16/01/2014
Adenda S/N Por Inmobiliaria e Inversiones MALPO Limitada, con fecha 14/02/2014
Solicitud de evaluación de adenda N*137 Por Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule, con fecha 14/02/2014
2.2. Referencia a los informes de los Organismos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental que participaron de la Evaluación Ambiental del Proyecto.
Oficio N2159 sobre la DIA, por Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule, con fecha 18/10/2013; Oficio N22358 sobre la DIA, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N2834 sobre la DIA, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N21401 sobre la DIA, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N21120 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N22090 sobre la DIA, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N22522 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Maule, con fecha 21/10/2013; Oficio N21950 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 22/10/2013; Oficio N1812 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 22/10/2013; Oficio N22892 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región del Maule, con fecha 23/10/2013; Oficio N292 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 23/10/2013; Oficio N25696 sobre la DIA, por SERVIU, Región del Maule, con fecha 24/10/2013; Oficio N39 sobre la Adenda 1, por Dirección General de Aguas, Región del Maule, con fecha 17/01/2014; Oficio N2116 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 17/01/2014; Oficio N82 sobre la Adenda 1, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 24/01/2014; Oficio N%277 sobre la Adenda 1, por Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule, con fecha 30/01/2014; Oficio N116 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 30/01/2014; Oficio N246 sobre la Adenda 1, por Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule, con fecha 30/01/2014; Oficio N161 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule, con fecha 31/01/2014; Oficio N220 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 31/01/2014; Oficio N2289 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule, con fecha 18/02/2014; Oficio N%154 sobre la Adenda 2, por SEREMI MOP, Región del Maule, con fecha 18/02/2014; Oficio N2202 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región del Maule, con fecha 21/02/2014 y Oficio N* 26 sobre la Adenda 2, por la SEREMI de Medio Ambiente, Región del Maule, con fecha 25/02/2014.
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El Acta del Comité Técnico de Evaluación de la VII Región del Maule, con fecha 13.11.2013.
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El Informe Consolidado de Evaluación (ICE) de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Portal Alameda IV, Parral”.
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El Acta de la Sesión N*3 de la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule, de fecha 27.02.2014.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Portal Alameda IV, Parral”.
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Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto; la Resolución Exenta N”844 de la Superintendencia del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, y las demás normas aplicables al proyecto.
8.- El Acta de la Sesión N*3 de la Comisión de Evaluación Región del Maule, de fecha 27/02/2014, donde el Sr. Rodrigo Galilea Vial Intendente de la Región del Maule y Presidente de la Comisión de Evaluación, se abstiene de participar en la calificación de este proyecto dado a conflictos de interés sobre todo tipo de proyecto inmobiliario.
CONSIDERANDO:
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Que, la Comisión de Evaluación de la Región del Maule debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto “Portal Alameda IV, Parral”.
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Que, el derecho de Inmobiliaria e Inversiones MALPO Ltda. a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado.
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Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” considera la construcción y habilitación de 199 viviendas pareadas e individuales, emplazadas en terrenos que van desde los 134 m?. El área considerada para desarrollar el proyecto será de 4,5 hectáreas considerando la construcción y urbanización del mismo, siendo realizado en 2 etapas con un promedio de 100 viviendas cada una. La fase de construcción total del proyecto durará aproximadamente 2 años, por lo que la construcción de cada etapa será durante 1 año. Adicionalmente el proyecto considerará la construcción áreas verdes y de equipamiento.
El monto de inversión estimado será US$ 955.200, considerando para la ejecución de los trabajos en la fase de construcción, una mano de obra promedio de 60 trabajadores y un máximo de 80, incluyendo los trabajos de obra gruesa, terminaciones, urbanizaciones, obras exteriores, instaladores, retiro de escombros, materiales de desechos etc. El horario de la jornada laboral será diurno, de lunes a viernes entre 8:00 y las 20:00 horas y los sábados de 8:00 a 14:00 horas. Sólo el sistema de guardia tendrá horario de trabajo continuado las 24 horas del día.
Durante la etapa de puesta en marcha y operación del proyecto, se estima un número de 5 personas en promedio y un número máximo de 7 personas, las que desarrollaran funciones administrativas dentro del proyecto, además del sistema de vigilancia y recepción.
Las superficies involucradas en el proyecto, incluidas obras y/o acciones asociadas se presentan en la tabla N*1.
Tabla N*1: Superficies asociadas al proyecto.
Componente Superficie (Hectáreas) % Vialidad 1,09 25,01 Lotes 2,96 65,44 Área Verde 0,33 7,33 Equipamiento 0,10 2,23 Total del proyecto 4,5 100
La localización de proyecto “Portal Alameda IV, Parral” se encontrará en la Región del Maule, Provincia de Linares, sector noreste de la comuna de Parral.
Tabla N*2: Sus coordenadas UTM de ubicación serán:
Punto Este Norte 1 246757,71 5997693,78 2 246922,73 5997649,44 3 247021,91 5997825,37 4 246847,55 5997859,77
- Que, en la descripción del proyecto “Portal Alameda IV, Parral”, se considera: 4.1. Etapa de Construcción:
El proyecto Portal Alameda IV contempla las siguientes acciones y diseños previos a su construcción:
o Estudio topográfico del área de emplazamiento del proyecto.
o Diseño de lotes, áreas verdes y equipamiento (Ver Anexo 2 de la DIA).
o Proyecto y Factibilidad de agua potable y Alcantarillado (Ver Anexo 5 de la DIA). o Factibilidad eléctrica (Ver Anexo 6 de la DIA).
o Proyecto de pavimentación (Ver Anexo 7 de la DIA).
Para la construcción de cada una de las etapas se contempla la ejecución de las siguientes obras:
o Instalación de faenas.
o Preparación del terreno.
o Construcción de viviendas y urbanización. 4.1.1. Instalación de faenas:
En esta fase se contemplará la instalación de un cierre perimetral, que restringirá el acceso a la zona de construcción de personas ajenas a la obra, para lo cual se instalará una caseta de control de entrada con personal de guardia las 24 horas del día. Este cierre perimetral poseerá todas las medidas necesarias, para resguardar la seguridad del personal que transita por la zona de construcción del proyecto, lo cual implica habilitar un acceso controlado hacia la obra, variando su posición durante el periodo de construcción entre la etapa 1 y 2, siendo utilizada para la entrada y salida de camiones, vehículos de carga, personal, etc. El acceso estará habilitado por calle Camino a la Montaña, contando con la señalización de tránsito correspondiente según la normativa vigente.
La instalación de faenas, para la primera etapa de desarrollo del proyecto, consistirá principalmente en la habilitación del recinto de construcción liviana o contenedores reacondicionados y espacios definidos para acopio de materiales, excedentes y estacionamientos, los que a continuación se detallan:
o Módulos para oficinas.
o Bodegas para materiales, insumos y residuos.
o Comedor.
o Vestidores con duchas y servicios sanitarios.
o Baños químicos en los frentes de trabajo.
o Espacio para acopio transitorio de materiales.
o Espacio de acopio para escombros y excedentes.
La materialidad a utilizar para las instalaciones será de material liviano y de tipo container reacondicionados, sus características a continuación se detallan:
a) Caseta de guardia: Tipo container de 2,0 x 2,10 m2? con una altura de 2,60 m. b) Oficinas: Tipo container de 6,0 m x 2,4 m x 2,5 m (largo x ancho x alto).
c) Baños y duchas: 2 container de 6,0 m x 2,4 m x 2,5 m, los cuales incluyen 3 lavamanos, 3 excusados y 4 duchas cada uno.
d) Bodega residuos: Base sólida, techada, con cierre perimetral, además de puerta provista de cerradura.
e) Bodega de insumos: instalación de madera, con techo y base sólida de aproximadamente 30 m x 20 m.
f) Comedor: instalación de madera, con techo y base sólida, de aproximadamente 20 x 20 m.
Los servicios necesarios para esta etapa del proyecto se darán a conocer a continuación: 4.1.1.1. Agua potable:
El servicio de agua potable será contratado a una empresa que cuente con la autorización correspondiente, la cual será provista por dispensadores de agua, en la cantidad necesaria para el número de trabajadores que se encuentren en la obra, dando cumplimiento al D.S. 594/00 del Ministerio de Salud.
4.1.1.2. Baños químicos:
Para la etapa de construcción se hará uso del servicio de baños químicos, el cual será contratado a una empresa que cuente con autorizaciones correspondientes. El número de baños estará de acuerdo al número de trabajadores por etapa, dando cumplimiento al Art. 23 y 24 del D.S. 594/00 del Ministerio de Salud. Dicha información y las autorizaciones correspondientes de la empresa, deberán permanecer en faena para consulta de los organismos con competencia en fiscalización.
4.1.1.3. Suministro eléctrico:
El servicio de energía eléctrica será suministrado mediante un empalme provisorio, durante la etapa de construcción. Luego de finalizada la primera etapa de construcción, la conexión eléctrica corresponderá a la ya instalada.
4.1.2. Preparación del terreno:
La preparación del terreno se iniciará con el cierre y la limpieza del predio, donde será construido el proyecto, labor que implica el retiro de la cobertura del terreno, la que será apartada y utilizada como relleno para áreas verdes dentro del mismo proyecto. Posteriormente se realizará la nivelación de la superficie a través de excavaciones y movimientos de tierra, con el objetivo de alcanzar el nivel para la adecuación y mejoramiento de la calidad del terreno, previo a la construcción de las viviendas y obras complementarias.
La superficie total a ser intervenida corresponderá a 45.245 m2, estimándose un volumen total de tierra a remover de 22.622,5 m?, considerando un escarpe de 50 cm. Estos trabajos serán realizados mediante retroexcavadora, con balde de capacidad aproximada de 1 m? y el transporte con camiones tolva de 14 m3 de capacidad.
4.1.3. Construcción de Viviendas y Urbanización:
Como se mencionó anteriormente, el proyecto se ejecutará en dos etapas, las cuales contemplan la construcción de 100 y 99 viviendas respectivamente. Su urbanización corresponderá a la construcción de la infraestructura básica para el desarrollo del proyecto conforme al Artículo N” 138 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
Todos los áridos que se utilicen en la construcción del proyecto inmobiliario, serán adquiridos desde empresas que cuenten con autorización Municipal e informe de factibilidad emitido por la Dirección de Obras Hidráulicas (DOH); y en caso que corresponda con Resolución de Calificación Ambiental favorable. Dicha información y las autorizaciones correspondientes de la empresa, deberán permanecer en faena para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
Los elementos de diseño urbano incorporados en el proyecto inmobiliario son los siguientes:
4.1.3.1. Abastecimiento de agua potable y alcantarillado:
Se realizará una conexión a la red pública de agua potable y alcantarillado, de acuerdo a las condiciones que establezca la empresa sanitaria que presenta la concesión del servicio.
Las instalaciones domiciliarias de agua potable y desagúe de aguas servidas se ajustarán a las disposiciones del Reglamento de Instalaciones Domiciliarias de Agua Potable y Alcantarillado, D.S. N”* 50/02 del Ministerio de Obras Públicas; D.S. 236/96 y D.S. N” 833/92 del Ministerio de Salud, que tienen por objeto entregar las normas e instrucciones básicas para la ejecución de proyectos y construcciones de instalaciones domiciliarias de agua potable y de alcantarillado.
4.1.3.2. Suministro eléctrico y de gas:
El proyecto cuenta con factibilidad de suministro de energia eléctrica. Esta se encontrará de acuerdo a las normas vigentes y disposiciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles. Las instalaciones eléctricas interiores y exteriores del proyecto, se ajustarán a la normativa técnica vigente. La correcta ejecución de dichas instalaciones se deberá acreditar ante la Dirección de Obras Municipales, acompañando a la solicitud de recepción de la obra, copia de la declaración de instalación, con la constancia de acuso de recibo en la Superintendencia de Electricidad y Combustible.
En cuanto a la instalación de suministro de gas, esta se deberá realizar a través de proveedores reconocidos y con las autorizaciones correspondientes, los cuales abastecerán de gas, de manera periódica, a los estanques que alimentarán a todas las viviendas del conjunto habitacional.
4.1.3.3. Proyecto de aguas lluvias:
El proyecto de pavimentación incluye la evacuación de aguas lluvias, en el cual se contempla el escurrimiento superficial de aguas y su evacuación por medio de sumideros que desaguarán a colectores, los cuales evacuaran a las redes de aguas lluvias del sector. Además se deberán disponer las medidas que correspondan para asegurar su normal funcionamiento en la época más desfavorable del año.
4.1.3.4. Proyecto de pavimentación:
El proyecto contempla la pavimentación de las vías a ser utilizadas por los usuarios de las viviendas del proyecto.
En el Anexo 7 de la DIA se adjunta el proyecto de pavimentación a presentar sectorialmente, el cual contemplará accesos y veredas para el tránsito peatonal.
4.1.3.5. Construcción de viviendas:
El titular iniciará la construcción de viviendas una vez que se tengan todos los permisos correspondientes, es decir, Permiso de edificación emitido por la Ilustre Municipalidad de Parral y Resolución de Calificación Ambiental, entre otros. Dicha información y las autorizaciones correspondientes, deberán permanecer en faena para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
En resumen y como ya se indicó previamente, el proyecto se construirá de conformidad a lo establecido en el D.S. N 458/96; Ley General de Urbanismo y Construcciones. D.S. N 47/92 y sus modificaciones posteriores. La construcción y sus instalaciones cumplirán las normas de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y la Ordenanza Local respectiva.
4.1.3.6. Áreas verdes: Se realizarán de acuerdo a las especificaciones de arquitectura, integrando un diseño
paisajístico con áreas verdes y arborización, y de acuerdo a lo señalado en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción. Abarcando un área de 0,33 hectáreas.
4.1.3.7. Seguridad e Higiene:
Se realizará el cierre perimetral de la zona donde se realizará la construcción del proyecto inmobiliario, el cual corresponderá a un cerco de polines 3-4 pulgadas de 2,40 de alto, con malla ursus más 2 hebras de alambre púas, para impedir el acceso de personas ajenas a las obras, como también a fauna proveniente de sectores aledaños en toda la extensión al proyecto.
Durante el desarrollo del proyecto, los trabajadores usarán todos los elementos de seguridad necesarios para garantizar las condiciones laborales exigidas en la normativa legal vigente y dar cumplimiento a cabalidad de estas.
Alguno de los elementos a utilizar serán: zapatos de seguridad, guantes, antiparras, mascarillas, cascos, protector solar, entre otros.
4.2. Etapa de Operación:
La etapa de operación se iniciará al momento en que las primeras viviendas del complejo habitacional sean entregadas a sus propietarios.
Además durante esta etapa se considera contar con los siguientes servicios: 4.2.1 Agua potable
En la etapa de operación, el servicio de agua potable será suministrado al proyecto por la empresa suministradora de aguas de la zona.
4.2.2. Tratamiento de aguas servidas El tratamiento de las aguas servidas generadas del proyecto, será realizado por la empresa sanitaria de la zona, para lo cual se utilizará la red de alcantarillado proyectada
para el conjunto habitacional.
2.2.3. Residuos domiciliarios
Los residuos sólidos producidos por los habitantes del proyecto, serán retirados periódicamente por el servicio de recolección de la Ilustre Municipalidad de Parral, la cual dispondrá los residuos de acuerdo a la normativa vigente.
4.3. Cierre y abandono
El proyecto no contempla etapa de cierre y abandono, por corresponder a un proyecto habitacional.
4.4. Principales emisiones, descargas y residuos del Proyecto o actividad al ambiente.
4.4.1. Emisiones a la atmósfera 4.4.1.1. Etapa de construcción:
Las emisiones a generar durante esta etapa, se encuentran relacionadas principalmente al movimiento de tierra, tránsito de camiones, excavaciones y escarpe del terreno, así como otras actividades relacionadas con el acondicionamiento del terreno para la construcción.
La estimación de emisiones se desarrollará en dos etapas, cada una con una duración de un año para la construcción de 100 casas. Para estimar las emisiones atmosféricas se utilizó como base la guía para la estimación de emisiones atmosféricas de Proyectos inmobiliarios del Ministerio del Medio Ambiente (actualizada de Enero del 2012) y los estipulados por la US EPA.
Los valores obtenidos son comparados con las emisiones máximas propuestas en el Plan de Descontaminación Atmosférica para el Valle Central de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Las medidas adicionales consideradas para disminuir dichas emisiones son las siguientes:
o Se deberá contar con revisión técnica al día de todos los equipos y maquinarias a utilizar durante la etapa de construcción del proyecto. Dicha información permanecerá en faena en copia para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
o Se deberá realizar mantenciones programadas de equipos y maquinarias, como también en casos de ser requeridos, actividad que se llevará a cabo en un lugar externo. Sin embargo, existe la probabilidad que se genere alguna mantención de emergencia, es decir, si un equipo presenta una falla en terreno, esta será evaluada a modo de constatar si se requiere realizar su mantención externa o en su defecto una mantención de emergencia, la cual se realizará en las instalaciones de acuerdo al procedimiento que se presenta en Anexo 3 de la Adenda N”1.
o Durante la etapa de construcción, se deberá realizar la humectación de los caminos de acceso y los caminos interiores, se estabilizarán las zonas de tránsito de la maquinaria pesada, de camiones y de acopio de material. Lo anterior siempre y cuando las condiciones del tiempo no sean adversas. Al respecto se deberá mantener en faena un libro de registro interno, donde quede registrado el día y horario de dicha actividad con la firma del responsable, para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
o La frecuencia de humectación de los caminos de acceso e interiores, durante la temporada estival, deberá ser con una frecuencia de 2 a 3 veces en el día y en caso de ser necesario, dicha frecuencia se deberá aumentar, hasta verificar que la medida sea efectiva.
Los camiones deberán circular cubiertos por una lona o plástico, impidiendo la dispersión de polvo a la atmósfera, para lo cual se deberá asignar un responsable, quien llevará un registro interno firmado para mantener el control y cumplimiento de esta medida. Dicho registro deberá permanecer en faena para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización, considerando un registro fotográfico al ingreso o salida de los camiones.
La ejecución de movimientos de tierra y excavaciones, deberá ser realizada previa humectación de la superficie del suelo.
El acopio de pilas de tierra y/o escombros deberán ser humectados, durante el periodo de permanecía en el área del proyecto y deberán mantenerse cubiertas durante ese tiempo con una lona o malla raschel.
El límite de velocidad máximo para los camiones o maquinaria pesada deberá ser de 30 km/hora y para vehículos livianos 60 km/hora, para lo cual se deberá implementar la instalación de letreros, aludiendo el máximo de velocidad permitido al interior de la zona de emplazamiento del proyecto; además se deberán realizar mantenciones de las maquinarias utilizadas, para evitar una emisión excesiva de gases producto de la combustión incompleta, por otra parte los vehículos deberán contar con su revisión técnica vigente cuya información deberá estar disponible al momento de su fiscalización por el organismo del Estado con competencia. Al mismo tiempo se deberá capacitar a todos los trabajadores, respecto a las medidas a seguir y mantener en planta un registro con su firma de participación en dicha capacitación. La información deberá permanecer en planta para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
Se deberá realizar las actividades de corte con sierra en un recinto cerrado. Se deberá lavar las ruedas de los vehículos al abandonar la obra.
Se deberá considerar el cierre tipo panel (OSB o similar) en el deslinde del predio de las obras cuando está colinde con viviendas.
Durante la producción de hormigón u otras fuentes de emisión se deberá instalar malla raschel en el perímetro.
4.4.1.2. Etapa de operación:
Durante la operación del proyecto, las emisiones atmosféricas serán generadas por el flujo de vehículos asociados a los habitantes del presente proyecto, dichas emisiones se irán manifestando paulatinamente de acuerdo al proceso de ocupación de las viviendas y serán de responsabilidad de los propios particulares.
Sin embargo el titular presento la estimación de emisiones de MP10, CO y NOx, producto de la combustión de leña, considerando las 199 viviendas. En la Tabla N* 7 de la DIA, se presenta las Emisiones Atmosféricas totales producto de la combustión de leña, en la operación del proyecto inmobiliario.
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4.4.2. Residuos líquidos:
A continuación se describen los aspectos relacionados con las emisiones de residuos líquidos asociados al proyecto en las etapas de construcción y operación.
4.4.2.1. Etapa de construcción:
Para la etapa de construcción sólo se espera la generación de residuos líquidos correspondiente a las aguas servidas, como consecuencia del uso de los servicios higiénicos (baños químicos y duchas) por parte de los trabajadores. Estos residuos serán dispuestos por la empresa proveedora del servicio que cuente con autorización sanitaria y ambiental.
Frecuencia de retiro y disposición final
Forma y tiempo de
Cantidad de residuo ; almacenamiento
Tipo de Residuo
Una vez completada su capacidad será
aa solicitada su retiro Baños químicos
con cuya la empresa Aguas servidas 150 litros / día capacidad Pp proveedora corresponde a 180 e E del servicio, se Litros. E estima una frecuencia de 1 mantención semanal.
4.4.2.2. Etapa de operación: Las descargas de efluentes líquidos serán de tipo domésticos, para lo cual el proyecto considera las conexiones a la matriz de alcantarillado, se presentan durante el proceso
de evaluación los certificados de factibilidad de agua potable y alcantarillado.
4.4.3. Residuos sólidos:
A continuación se describen los aspectos relacionados con los residuos sólidos asociados al proyecto, en las etapas de construcción y operación.
4.4.3.1. Etapa de construcción
4.4.3.1.1. Residuos sólidos asimilables a domésticos:
Durante la fase construcción, se estima una generación aproximada de 0,7 ton/mes de residuos sólidos asimilables a domésticos, basado en una estimación que considera una
generación de residuos domésticos de 0,4 kg/persona/día contemplando un máximo de 80 trabajadores en la obra y 22 días hábiles de trabajo al mes.
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Los residuos sólidos asimilables a domésticos que se generen durante la etapa de construcción del proyecto, se almacenarán en recipientes con tapa, debidamente identificados y localizados en los sectores con mayor tránsito de personal. Estos residuos serán dispuestos en contenedores para luego ser transportados y dispuestos finalmente en un relleno sanitario con autorización sanitaria ambiental.
4.4.3.1.2. Residuos sólidos industriales no peligrosos:
Los residuos sólidos de construcción que se generarán en esta etapa, consistirán básicamente en desechos sólidos de madera, algunos moldajes usados en las obras civiles y algunos restos de hormigón, restos de madera y despuntes metálicos.
Estos residuos serán acopiados en un área dentro de la instalación de faenas, donde serán clasificados por tipo y calidad, para posteriormente ser vendidos y/o dispuestos en sitios de disposición con autorización sanitaria y ambiental.
Con respecto a la generación de material de escarpe y excavación, considerando el área de emplazamiento de una etapa (2,25 hectáreas) del proyecto y 0,5 m de profundidad de excavación, será aproximadamente 18.000 toneladas/etapa o por año. El material deberá ser dispuesto en sitios destinados al acopio transitorio donde será clasificado y su posterior uso podrá ser dentro del mismo proyecto, como por ejemplo en áreas verdes y el resto dispuesto en un lugar con autorización sanitaria y ambiental.
Los sitios de disposición transitoria de residuos sólidos no peligrosos, cumplirán con las características y exigencias establecidas en el D.S. N* 594/00 del Ministerio de Salud.
Los residuos sólidos de la construcción deberán ser almacenados en contenedores adecuados y su ubicación será delimitada y correctamente señalada.
Adicionalmente se utilizarán materiales a base de agua, que contienen en su formulación componentes libre de plomo, mercurio, cromo y metales pesados, los cuales cumplen con las normas de toxicidad (en el Anexo 9 de la DIA se adjuntan las fichas técnicas de los materiales).
La presentación física de los productos antes mencionados, es en bolsa contenida en un tambor metálico, desde la cual cada trabajador retirará la cantidad necesaria para ser utilizada, trasvasijándola a una tineta plástica, la que se ocupará de forma permanente. Una vez vaciada cada bolsa, estas serán eliminadas como parte de los residuos domiciliarios, puesto que se reduce al mínimo su volumen y no presentan contenido en su interior. En cuanto a los tambores sobrantes, estos serán reutilizados en trabajos de albañilería como contenedores para el agua utilizada en la humectación de ladrillos y cemento.
Para la disposición de los residuos domiciliarios, escombros y material de escarpe se deberá mantener un registro en faena (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad correspondiente, dicha información deberá estar a disposición de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
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A continuación se presenta una tabla que muestra la generación de residuos sólidos durante la etapa de construcción y su forma de manejo:
po de Fuente Camticas e Almacenamiento Destino residuo volumen Basureros Eslleno Domiciliario Personal 8,4 ton/año sanitario rotulados Ñ autorizado Inertes y escombros: Relleno Ñ Moldajes, Z Zona de acopio e No peligrosos 10 ton/año a sanitario PVC, transitoria B 2 autorizado cerámicas, madera, etc. Material de s Relleno Zona de acopio Son escarpe y 2.240 ton/etapa a sanitario ES transitoria z excavación. autorizado Envases de Relleno Ñ 0,5 ton/año Contenedores sanitario pintura Ñ autorizado
4.4.3.1.3. Residuos sólidos peligrosos:
Los residuos peligrosos que se generarán en la etapa de construcción, consistirán principalmente a envases de aerosoles, pegamentos, tubos fluorescentes y aquellos generados por alguna mantención de emergencia que se suscite realizar en la zona de influencia del proyecto, como por ejemplo algún desperfecto puntual que pudiese tener alguna maquinaria y/o equipo. Para lo cual deberá existir una bodega para la mantención transitoria de residuos peligrosos, debidamente señalizada y con las características según la normativa vigente, la cual deberá contará con autorización sanitaria.
El retiro y disposición final de este tipo de residuos será realizado por una empresa autorizada, quien dispondrá los residuos en un depósito que cuente con la autorización para recibir dichos residuos.
Se deberá mantenerse un registro en obra (boleta, factura u otro documento), a través del cual, se acredite la disposición final de los residuos en lugares autorizados por la Autoridad correspondiente. Dicha información deberá estar disponible para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización.
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Los volúmenes, forma de manejo y disposición final se indican en la siguiente tabla:
Caracterización promedio de residuos sólidos peligrosos.
Tipo de residuos Cantidad Disposición final Huaipes, trapos y envases vacios de Sitio Autorizado Aceites, aerosoles y 0,18ton/mes (Depósito de Pegamentos. seguridad) PELIGROSOS Tubos fluorescentes Ñ 5 - unidades/año
El proyecto no deberá contemplar la realización mantenciones de camiones y de maquinaria al interior del área donde se realicen las faenas de construcción, dichas mantenciones deberán ser realizadas en talleres externos autorizados. Sólo se realizará algún tipo de mantención de emergencia, siempre y cuando sea de estricta necesidad, para lo cual en el Anexo N3 de la Adenda N1 se adjunta el procedimiento a seguir en caso de ocurrir esta eventualidad.
4.4.3.2. Etapa de operación:
Los residuos sólidos que se generen en la etapa de operación, consistirán en residuos sólidos domiciliarios como restos orgánicos de comidas, papeles, plásticos, vidrios, etc., producidos por los habitantes del proyecto.
De acuerdo a la cantidad de habitantes para las 199 viviendas y considerando la cantidad per cápita de residuos sólidos generado en la Región del Maule (aproximadamente 1 kg/habitantes/día), se puede estimar una generación total de residuos diarios de 796 Kg/día (este valor se calculó por 4 habitantes /vivienda).
Estos residuos serán retirados por la empresa que presta servicio a la Ilustre Municipalidad de Parral, de acuerdo a la programación municipal (mínimo tres veces a la semana). Queda sujeto a cada usuario la disposición de los residuos generados, para su correcta recolección evitando la generación de vectores e impacto visual.
4.4.3. Ruidos:
A continuación se describen los aspectos relacionados con la emisión de ruido en las etapas de construcción y operación.
4.4.3.1 Etapa de construcción: Los ruidos que se generarán en la etapa de construcción, corresponderán a movimientos de tierra y a la edificación de las viviendas, cuyas principales fuentes emisoras de ruido
son: retroexcavadora, cargador frontal, esmeril angular, taladro y martillo.
El horario de trabajo será diurno de lunes a viernes de 8:00 a 19:00 horas y sábados de 8:00 a 14:00 horas.
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Los resultados de la modelación de ruido, realizada durante el proceso de evaluación, contempla el tránsito de los 2 camiones tolva y considerando la peor condición posible en la etapa de construcción, es decir, el funcionamiento de todas las fuentes de ruido de manera simultánea, según fase de preparación de terreno y edificación de viviendas, considerando un frente de trabajo ubicado en la región del proyecto más cercana a los receptores. Contemplando el despliegue de las faenas según los planos de construcción para cada Etapa por separado.
De acuerdo al escenario planteado, las mediciones de ruido no estarían en cumplimiento para dos receptores (Ver estudio de ruidos presentado en el Anexo N1 de la Adenda N2), durante las actividades de edificación de las viviendas, por lo tanto, se plantea como medida de control la incorporación de una barrera, con el fin de mantener los niveles de ruido de los frentes de trabajo dentro de los niveles máximos permisibles por el D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente.
Dado lo anterior, se presentan las siguientes medidas de control:
Debido a la naturaleza de las faenas, la medida más eficaz y eficiente, es la instalación de una barrera temporal a modo de cierres perimetrales de ambas etapas de construcción señaladas, entre las faenas del proyecto y los receptores representados en la línea base de mediciones.
La barrera como medida de control, estará construida de madera aglomerada tipo OSB de 18,3 mm de espesor y de 3 m de altura. Deberá estar ubicada frente a las faenas, bordeando el perímetro de las Etapas lI y II de construcción, con el objeto de lograr la mayor eficiencia de atenuación acústica posible. Esta barrera deberá estar presente hasta que finalicen las faenas de construcción del proyecto.
Con el objeto de evaluar la eficiencia de la medida de control propuesta, se realizó una nueva modelación en el software Minerva 6, pero esta vez considerando la implementación de la barrera señalada anteriormente. Los resultados de la nueva modelación acústica demuestran la evaluación de la medida de control propuesta para el desarrollo del proyecto en sus etapas l y II, durante las fases de preparación de terreno y edificación de viviendas, dando cumplimiento a la normativa vigente.
4.4.3.1 Etapa de operación:
En esta etapa, la generación de ruido corresponderá al que se genera en un sector residencial, por lo tanto el cumplimiento de las normas de emisión máxima de ruido, será de responsabilidad de los respectivos propietarios de las viviendas.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución de la del proyecto “Portal Alameda IV, Parral” cumple con:
5.1. Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente.
5.2.Resolución Exenta N*"844/2012 de la Superintendencia del Medio Ambiente que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental,
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5.3. D.S. N*'95/01: Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental del Ministerio Secretaría General de la República: Se establecen los criterios que rigen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, como también el contenido mínimo de las Declaración y Estudios de Impacto Ambiental.
5.4. D.S. N” 144 del Ministerio de Salud de 1961. Indica la responsabilidad en la eliminación en forma total de gases, vapores, humos, polvo emanaciones o contaminantes de cualquier naturaleza que causen peligros, daños o molestias al vecindario.
5.5. Decreto N*594 de 1999, Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales básicas en los lugares de Trabajo del Ministerio de Salud: Se establecen las condiciones ambientales y sanitarias básicas en los lugares de trabajo, como también la salud ocupacional.
5.6. D.S. N146/97 modificado por el D.S. N38 de fecha 11.11.2011, referido a la Norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas del Ministerio Secretaría General de la Presidencia: Establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la comunidad.
5.7. D.S. N*4/94 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones: Establece Normas de emisión de contaminantes aplicables a los vehículos Motorizados y fija los procedimientos para su control.
5.8. D.S. N”75/87 del Ministerio de Transporte y telecomunicaciones: Establece Condiciones para el Transporte de Cargas que Indica. Este texto reglamentario señala en su artículo 2 inciso 2”, que “en las zonas urbanas, el transporte de material que produzca polvo, tales como escombros, cemento, yeso, etc. deberá efectuarse siempre cubriendo total y eficazmente los materiales con lonas o plásticos de dimensiones adecuadas, u otro sistema que impida su dispersión al aire”.
5.9. D.S. N”'47/92 del Ministerio de Vivienda y urbanismo. Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
5.10. D.S. N”45/01 Modifica D.S. N”59/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Establece Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia.
5.11. Ley N*19.473 del Ministerio de Agricultura. Ley sobre Caza. Prohíbe en todo territorio nacional, la caza o captura de ejemplares de la fauna silvestre, catalogados como especies en peligros de extinción, vulnerables, raros y escasamente conocidas, así como la de las especies catalogadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria.
5.12. Decreto de Fuerza de Ley N* 327/99 del Ministerio de Minería. Ley General de Servicios Eléctricos.
5.13. D.S. N” 327/98 del Ministerio de Minería. Fija Reglamento de La Ley General De Servicios Eléctricos.
5.14. Decreto Supremo N* 458/76 Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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5.15. La Ley N17.288 de 1970 sobre Monumentos Nacionales y Decreto Supremo N484 de 1990 del Ministerio de Educación.
5.16. D.S. N*148 del 2005, Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario sobre manejo de Residuos Peligrosos.
5.17. Resolución Exenta N*844 del 2012, de la Superintendencia del Medio Ambiente, que Dicta e Instruye Normas de Carácter General sobre la Remisión de los antecedentes respecto de las Condiciones, compromisos y Medidas establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental, y las demás normas aplicables al proyecto.
5.18. Resolución Exenta N*133/2005, del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), que regula el ingreso de tránsito de madera de embalaje extranjera en el país y establece los mecanismos para acreditar su cumplimiento.
5.19. D.S. N”78/2010 del Ministerio de Salud. Reglamento de Almacenamiento de Sustancias Peligrosas.
5.20. D.L. 3.557 de 1980 sobre protección agrícola.
5.21. Decreto Supremo N 236, 1926, del ex Ministerio de Higiene, Asistencia, Previsión Social y Trabajo, que establece el Reglamento General de Alcantarillados Particulares, modificado por Decreto Supremo N 833 de 1992 del Ministerio de Salud.
- Permisos ambientales sectoriales:
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto requiere el permisos ambiental sectorial contemplado en los artículo N“93 y N”96, contemplados en el título VII del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Que, el titular se compromete a:
7.1. Colocará un cerco de protección en el canal de regadío, que bordea el límite Este del predio, consistente en un cerco de hormigón vibrado de 1,8 m de altura, que limitarán las viviendas de la zanja existente. Además deberá gestionar la implementación de señalética alusiva a No Botar Basura en el sector, solicitando la autorización al organismo pertinente, como también, facilitar el acceso al canal de manera de coordinar con el organismo competente su limpieza.
7.2. Ingresar las exigencias ambientales que se establezcan en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), al sistema de cargas de compromisos ambientales de la Superintendencia del Medio Ambiente (www.compromisos-ambientales.cl). Dicho ingreso deberá materializarse en un plazo no superior a los seis meses contado desde la fecha de notificación de la RCA.
7.3. A dar aviso por medios escritos, a la Oficina del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), al momento del ingreso de materiales, equipos y maquinaria, procedentes del extranjero, embalados en madera para su inspección y mantener registro de las notificaciones remitidas al SAG.
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7.4. Que en caso de efectuarse un hallazgo arqueológico o paleontológico deberá proceder según lo establecido en los Artículos N 26 y 27 de la Ley N” 17.288 de Monumentos Nacionales y los artículos N 20 y 23 del Reglamento de la Ley N* 17.288, sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas, paralizando las obras en el sector afectado e informando de inmediato y por escrito al Consejo de Monumentos Nacionales para que este organismo determine los procedimientos a seguir, cuya implementación deberá ser efectuada por el titular del proyecto.
7.5.- Presentar sectorialmente el certificado de avalúo con clasificación de suelo, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos para la propiedad Lote 1-E.
7.6.- Presentar ante la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras públicas, un informe de impacto vial.
7.7.- Construir en el sector oriente del proyecto parte de la vía Flor de Palermo, una calzada de 7 metros y vereda de 3 metros, con el fin de garantizar la materialización de la vialidad estructurante planificada en el Plan Regulador Comunal.
7.8.- Mantener en faena y dar a conocer a la comunidad, la existencia de un libro de reclamos por ruidos molestos. Dicho libro deberá permanecer en obra para consulta de los organismos del Estado con competencia en fiscalización. En caso de existir un reclamo por ruidos molestos, el titular tendrá un plazo de 24 horas para solucionar el problema y solicitar la firma del denunciante como constancia de que su problema fue resuelto.
7.9.- Instalar barreras de control de emisiones, en caso de no dar cumplimiento con la normativa vigente de ruidos en la fuente generadora y en el receptor, en caso de ser necesaria esta última medida, su verificación deberá ser realizada mediante la medición diaria de los niveles de emisión sonora, hasta comprobar la efectividad de la medida. En caso de no ser suficiente, el emisor no podrá ser utilizado, hasta no ser verificado el cumplimiento de la normativa vigente. El registro de las mediciones realizadas deberá permanecer en faena, para consulta de los organismos del Estado con competencias en fiscalización.
-
Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N” 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias.
-
Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VII Región del Maule, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.
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-
Que, para que el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.
-
Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente y a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la VII Región del Maule, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.
-
Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Comisión de Evaluación de la Región del Maule, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y domicilio.
-
Que todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente
o, a través de un tercero.
- Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la VII Región del Maule.
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RESUELVE:
-
CALIFICAR FAVORABLEMENTE el proyecto “Portal Alameda IV, Parral”, presentado por Inmobiliaria e Inversiones MALPO Ltda.
-
CERTIFICAR que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables, y que el proyecto “Portal Alameda IV, Parral” cumple con la normativa de carácter ambiental, incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en el Permiso Ambiental Sectorial que se señalan en el artículo 93 y artículo 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
Notifiquese y Archívese
OD
Presidente Comisión(de Evaluación Ambiental de la Región del Maule
lernán Giustinianovich Pérez Re iofial del Servicio de Evaluación Ambiental “etario Comisión de Evaluación
Región del Maule
ONM/AAC
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Distribución:
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C/e:
Señor Ricardo Chamorro Otto
Corporación Nacional Forestal, Región del Maule
Dirección General de Aguas, Región del Maule
Dirección Regional de Vialidad, Región del Maule
Dirección de Obras Hidráulicas DOH, Región del Maule Gobierno Regional, Región del Maule
Ilustre Municipalidad de Parral
SEREMI MOP, Región del Maule
SEREMI de Agricultura, Región del Maule
SEREMI de Salud, Región del Maule
SEREMI de Transporte y Telecomunicación, Región del Maule SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Maule SERVIU, Región del Maule
Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Maule Servicio Agrícola Ganadero SAG, Región del Maule
Servicio Nacional de Turismo, SERNATUR, Región del Maule Superintendencia de Servicios Sanitarios
Encargada Participación Ciudadana Expediente del Proyecto “Portal Alameda IV, Parral” Archivo Servicio Evaluación Ambiental, VII Región del Maule
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