Línea de Alta Tensión 1x220 kV, Tubul-Lagunillas
0] Documento Digital N”: 20220800135 - Fecha: 23/02/2022
Para validar las firmas de este documento usted debe ingresar a la siguiente url
Senicio REPÚBLICA DE CHILE de Evaluación COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental REGIÓN DEL BIOBÍO
Califica Ambientalmente el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Alta Tensión 1 x 220 ky Tubul- Lagunillas”
Región del Biobio
Resolución Exenta N* (N? digital en costado inferior
izquierdo) Concepción, VISTOS: 1. Lo dispuesto en la Ley N 19,300, Sobre Bases Generales del Medio Ambiente; el D.S. N 95, de 2001,
10.
11.
12.
del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (Reglamento del SETA); la Ley N 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Ley N 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Resolución N' 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la Resolución TRA 119046/47/2019 de fecha 25 de abril de 2019, del Servicio de Evaluación Ambiental. que nombra a la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío.
El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, y sus Adendas, presentada por el Señor Marco Antonio Escobar, en representación de Parque Eólico Arauco S.A., presentado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) con fecha 22 de agosto de 2013;
El Acta de Evaluación N? 46 de fecha 21 de octubre de 2013. del Comité Técnico de la región del Biobío;
Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado, que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación del ELA y sus Adendas, y que se detallan en el Capítulo XIV del Informe Consolidado de la Evaluación (ICE) del EIA del proyecto “Línea de Alta Tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”;
Las observaciones ciudadanas formuladas al EIA del proyecto “Línea de Alta Tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, por parte de la siguiente persona natural: Mauricio Leiva Chamorro
La evaluación técnica y consideración de las observaciones ciudadanas admisibles formuladas por la comunidad, de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la Ley N? 19,300 y en el artículo 53 del D.S N* 95/2001 del Minsegpres, Reglamento del SEIA.
La Resolución Exenta N? 391 de fecha del 15.10.2014, que resuelve el inicio del Proceso de Consulta a Pueblos Indígenas.
La Resolución Exenta N*146 de fecha 16 de abril del 2015. que resuelve dar inicio a una nueva etapa de participación ciudadana.
La Resolución Exenta N 060 de fecha 22 de agosto del 2017, que dispone aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880.
La Resolución Exenta N 081 de fecha 21 de noviembre del 2017, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 020 de fecha 15 de febrero del 2018, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N* 042 de fecha 09 de marzo del 2018. que se pronuncia respecto de solicitud de
1
13.
14,
16.
17,
13.
19.
20.
21.
23,
24.
26.
inclusión de la Asociación Indígena Coñaripe al proceso de consulta indígena. Dispuesta por la Resolución Exenta N391 de 2014, individualizada en el Vistos N7 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 041 de fecha 09 de marzo del 2018, que se pronuncia respecto de solicitud de inclusión de la asociación indígena Fotiin Mapú Pb Lafken al proceso de consulta indígena. Dispuesta por la Resolución Exenta N391 de 2014, individualizada en el Vistos N*7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 083 de fecha 09 de marzo del 2018, que resuelve poner término al proceso de consulta a Pueblos Indigenas, con sus acuerdos y desacuerdos, iniciado a través de la Resolución Exenta N?391 del año 2014, individualizada en el visto N7 de esta resolución.
. La Resolución Exenta N* 057 de fecha 20 de marzo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud
de inclusión de la asociación indígena Antitlaf Millarai al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N*391 del año 2014, individualizada en el visto N%7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 056 de fecha 20 de marzo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indigena Andalicán Che al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N%7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N? 058 de fecha 20 de marzo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indígena Antulaf al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 059 de fecha 20 de marzo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indígena Kinrún al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N*7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 054 de fecha 20 de marzo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indígena Lafken Mapu al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N*7 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 055 de fecha 20 de marzo del 2018. que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indígena Mapú Pú Raiko al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N97 de esta resolución.
La Resolución Exenta N* 064 de fecha 29 de marzo del 2018, que resuelve poner término al proceso de consulta a Pueblos Indigenas, con sus acuerdos y desacuerdos, iniciado a través de la Resolución Exenta N?391 del año 2014, individualizada en el visto N%7 de esta resolución.
. La Resolución Exenta N* 071 de fecha 19 de abril del 2018, que resuelve poner término al proceso de
consulta a Pueblos Indígenas. con sus acuerdos y desacuerdos, iniciado a través de la Resolución Exenta N9391 del año 2014, individualizada en el visto N*7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 130 de fecha 14 de mayo del 2018, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 086 de fecha 18 de mayo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indigena Nahuen al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N*7 de esta resolución.
. La Resolución Exenta N* 093 de fecha 24 de mayo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud
de inclusión del Lof María Isabel Antileo Huenumilla al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N%7 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 094 de fecha 24 de mayo del 2018, que se pronuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indigena Yal de Lihuen y Caleuche al proceso de consulta indígena. iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N*7 de esta resolución.
27.
28.
29,
30.
31,
32.
33,
34.
33.
36.
37.
38.
39,
40.
dl.
La Resolución Exenta N 095 de fecha 25 de mayo del 2018, que se promuncia al respecto de solicitud de inclusión de la asociación indigena Comunidad Juan Agustín Antileo Lincopi al proceso de consulta indígena, iniciado a través de la Resolución Exenta N391 del año 2014, individualizada en el visto N7 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 226 de fecha 09 de agosto del 2018, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N*060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N* 312 de fecha 12 de noviembre del 2018, que prorroga aplicación de medida
provisional según el artículo 32 de la ley N*19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 230 de fecha 21 de diciembre del 2018, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19,880 dispuesta por la Resolución Exenta N*060 de 2017, individualizada en el Vistos N99 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 036 de fecha 27 de febrero del 2019, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 088 de fecha 02 de mayo del 2019, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N*060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 099 de fecha 05 de julio del 2019, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N*060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 176 de fecha 11 de septiembre del 2019, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19,880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución,
La Resolución Exenta N* 1036 de fecha 21 de octubre del 2019, que dispone la suspensión de plazos en procedimientos que indica, suspendiéndose, los plazos asociados a la totalidad de los procedimientos de evaluación ambiental, de revisión de resoluciones de calificación ambiental y todo otro procedimiento administrativo.
La Resolución Exenta N 232 de fecha 20 de noviembre del 2019, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N"19,880 dispuesta por la Resolución Exenta N2060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N* 021 de fecha 24 de enero del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N”19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 088 de fecha 02 de abril del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N' 2020081014 de fecha 08 de junio del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 189 de fecha 11 de agosto del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 242 de fecha 15 de octubre del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19,880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 201 7, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
42.
43.
44.
46.
47.
48.
49,
50.
51.
La Resolución Exenta N* 297 de fecha 17 de diciembre del 2020, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N?19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 049 de fecha 22 de febrero del 2021, que prorroga aplicación de medida provisional según el articulo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N%060 de 2017, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 107 de fecha 26 de abril del 2021, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución.
. La Resolución Exenta N* 180 de fecha 30 de junio del 2021, que prorroga aplicación de medida
provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N*9 de esta resolución.
La Resolución Exenta N 20210800111 de fecha 23 de septiembre del 2021, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N*060 de 2017, individualizada en el Vistos N%9 de esta resolución,
La Resolución Exenta N 20210800161de fecha 10 de noviembre del 2021, que prorroga aplicación de medida provisional según el artículo 32 de la ley N19.880 dispuesta por la Resolución Exenta N060 de 2017, individualizada en el Vistos N9 de esta resolución,
El Informe Consolidado de la Evaluación (en adelante, ICE) del EIA del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, publicado el 28 de enero de 2022;
Las visaciones al contenido del ICE emitidas por los Órganos de la Administración del Estado que participaron en la evaluación y que se contienen en los siguientes documentos:
» ORD. N"3011 de fecha 03/02/2022 publicado por el SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío
ORD N? 123 de fecha 03/02/2022 publicado por el SAG de la Región del Biobío.
ORD N? 123 de fecha 03/02/2022, publicado por la DOH de la Región del Biobío.
ORD N? 38 de fecha 03/02/2022, publicado por la SEREMI de Agricultura, Región del Biobío. ORD N? 93 de fecha 04/02/2022, publicado por la DGA de la Región del Biobío.
ORD N? 171 de fecha 04/02/2022, publicado por la Dirección de Vialidad, Región del Biobío. ORD N? 14-EA/2022 de fecha 07/02/2022, publicado por CONAF, Región del Biobio
ORD N? 025 de fecha 07/02/2022, publicado por CONADI, Región del Biobío
ORDN? 0376 de fecha 08/02/2022, publicado por SERNAGEOMIN, Zona Sur, Región del Biobío ORD N? 12.600/39 de fecha 08/02/2022, publicado por Gobernación Maritima de Talcahuano, Región del Biobío
- ORDN? 667 de fecha 09/02/2022, publicado por Consejo de Monumentos Nacionales.
La sesión N* 05 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 07 de febrero de 2022, donde se calificó ambientalmente el proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”.
Los demás antecedentes que constan en el expediente público de la Evaluación del Impacto Ambiental del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”.
CONSIDERANDO:
Que, Parque Eólico Arauco S.A., (en adelante, el Titular), ha sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante SETA). el EIA del proyecto “Línea de Alta Tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas” (en adelante, el proyecto);
Que, conforme se indica en el ICE de fecha 28 de enero de 2022, la Directora Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío recomendó a la Comisión de Evaluación rechazar el EIA del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, por cuanto el proyecto:
El proyecto No se hace cargo los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N? 19.300 que dieron origen a la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental. Toda vez que las medidas de mitigación, compensación o reparación propuestas por el titular no se hacen cargo de los impactos identificados en especial hacia los grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas participantes de la PCPI (Artículos 8 y 9 del D.S 95/2001). Sin perjuicio de lo anterior, el proyecto cumple con la Normativa Ambiental Vigente aplicable al proyecto, en base a lo informado por los órganos del estado con competencia ambiental, que participaron de la evaluación del proyecto, así como también con los requisitos técnicos y formales de los Permisos Ambientales Sectoriales de los artículos No 93, 99 y 102, del D.S. N* 93/01.
Que, en sesión N* 05 de fecha 07 de febrero de 2022, la Comisión de Evaluación de la Región del Biobio acordó calificar desfavorablemente el proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, aprobando con ello, integramente el ICE de fecha 287 de enero de 2022, el que forma parte integrante de la presente resolución.
Que, a continuación, se expondrá y desarollará las distintas partes, obras y acciones del proyecto así como la evaluación de sus múltiples impactos y adecuación normativa, por lo que se mantiene la redacción contenida en el Informe Consolidado de Evaluación respecto de aquellos asuntos o partes sobre lo cuales hubo conformidad, lo cual es sin perjuicio de lo que se resolverá en definitiva, en virtud de los fundamentos se señalarán en los considerandos siguientes, en especial, el considerando N? 13,
Que, según lo señalado en el ICE (Capítulo 1: Antecedentes generales del proyecto y Capitulo 11: Descripción del proyecto), en el Ela y sus anexos, los cuales forman parte integrante de la presente
resolución, la descripción resumida del referido proyecto es la siguiente:
5.1. Localización y vías de accesos
El Proyecto se emplazará tanto en la comuna y provincia de Arauco, como en las comunas de Lota y Coronel de la provincia de Concepción, Región del Biobío; especificamente desde del borde costero de la cabecera sur del Golfo de Arauco (Tubul) hasta la localidad de Lagunillas, comuna de Coronel,
El trazado de la línea se inicía en la subestación eléctrica Tubul (punto NV1-S) ubicada dentro del proyecto “Parque Eólico Arauco”, y finaliza en la Subestación Lagunillas (punto NVR), de propiedad de Transelec S.A. Al respecto y para mayor detalle del trazado y la ubicación de las 192 estructuras, revisar el Anexo 2- H de la Adenda 1.
5.2. Inversión,
El Proyecto contemplará una inversión estimada de USD S 15.400.000. a la fecha de presentación del proyecto a evaluación ambiental (agosto del 2013)
5.3. Vida útil del proyecto. Se considera una vida útil de 30 años, en base a la evaluación económica del proyecto. A su vez, no se tiene contemplada una fase de abandono, sino una actualización y acondicionamiento de los equipos e
instalaciones, de forma de mantener la transmisión de la energía al SIC,
El cronograma de ejecución del Proyecto se presenta en la Tabla N* 1-3 del EIA.
Tabla N* 1-3. Cronograma de Actividades
MES
Actividad
Recepción de materiales y equipos Instalación de faenas
Revisión topográfica
Replanteo de estructuras Mejoramiento de caminos
Despeje de servidumbres Fundaciones
Montaje de estructuras
Tendido de conductores
Remates, terminaciones y energización Pruebas y puesta en servicio
Desmovilización, limpieza general y entrega final
Dicho cronograma se encuentra condicionado a la calificación ambiental del proyecto.
5.4. Mano de obra directa. La cantidad de personas necesarias para las fases de construcción, operación y abandono del tendido eléctrico. Cabe señalar que, para la fase de operación no se considerará necesario la presencia constante de
personal; sólo en forma esporádica para inspecciones y mantención.
Tabla: Mano de obra estimada requerida para el Proyecto
Fase Mano de obra promedio | Mano de obra máxima Construcción (personas/mes) 80 150
Operación (personas/mes) 4 10
Abandono (personas/mes) 0 0
Fuente: En base a lo señalado en la Tabla N” 1-2 del EIA. 5.5. Superficie. La línea de transmisión eléctrica contará con una franja de servidumbre variable a lo largo de los 58 km de trazado, con un ancho promedio de 40 m y un máximo de 76 m de ancho. La superficie total a afectar en
todo el trazado corresponde a 307,65 hectáreas.
5.6. Descripción del proyecto
El Proyecto consiste en la construcción y puesta en servicio de una línea aérea de transporte de energía eléctrica de circuito simple de 220 kV con una longitud aproximada de 58 km, considerando una faja de servidumbre. A su vez. el transporte de energía eléctrica se realizará desde la subestación eléctrica Tubul hasta las instalaciones de la subestación eléctrica Lagunillas, punto desde el cual se elevará e inyectará la energía eléctrica SIC.
4.6.1. ESPECIFICACIONES DEL PROYECTO. 4.6.1.1. Características de la línea.
Las principales características de la línea son:
Voltaje nominal ; 220 kV
Voltaje máximo : 242 kv
Frecuencia nominal : 50 Hz
Número de circuitos : 1
Número de fases ; 3
Cable de Guardia ; 1 (Tipo OPGW)
Longitud de la línea ; 58 km
T máxima operación conductor > 80 C
Disposición de conductores z Triangular (Delta)
Estructuras z Estructuras Metálicas Autosoportantes
4.6.1.2. Conductor de fase.
Las características específicas del conductor de fase son:
Tipo : AAAC (Conductot de aleación de aluminio) Código : Flint
Calibre : 740,8
Número de hebras : 37
Tensión de ruptura : 11.068 kg
Diámetro total del cable : 25,16 min
Peso unitario : 1,035 kg/m
Sección total : 375,4 mun?
Módulo de elasticidad final : 6,25E+9 kg/m?
Coeficiente de dilatación lineal : 2,3E-5 (1/90)
4.6.1.3. Cable de guardia.
El cable de guardia considera tiene las siguientes características:
Tipo h OPGW Número de hilos : 24 (máx. 48) Tensión de ruptura : 7.545 kg Diámetro total del cable : 11,8 mn
Peso unitario : 0,468 kg/m Sección total : 30,81 mum? Módulo de elasticidad final : 1,54E+10 kg/m? Coeficiente de dilatación lineal : 1,39E-05 (1/90)
4.6.1.4. Estructuras.
El tendido eléctrico contará con 192 estructuras metálicas autosoportadas y su ubicación definitiva se indica en el Anexo 2-H de la Adenda 1, con alturas según el tipo de ángulo que deban enfrentar con respecto a su ubicación dentro del trazado proyectado para la línea de alta tensión (torres de suspensión, anclaje y remate).
Asi mismo, y con el objetivo de reforzar las estructuras para que sean capaces de recibir nuevos tendidos
eléctricos a futuro sin necesidad de intervenir nuevos sectores, se ha modificado la geometría de las torres,
para que tengan mayor soportación para cables eléctricos, las cuales se presentan en el Anexo 2-C de Adenda l.
Las estructuras consideradas para el Proyecto son las siguiente:
Tabla: Tipo de estructuras,
Tipo de Altura estructuras Cantidad aprox. (m) EA90,2-3 2 32 EA70.2 7 38 EA70.2+3 El 41 EA70,2-3 4 38 EA70.2+/-0 3 38 EA70.2+5 1 43 EA70.2-6 2 32 EA30.2 3 40 EA30.24+-3 14 43 EA30,2-3 32 40 EA30.2+/-0 4 40 EA30,2+8 8 48 EA30.2+16 2 56 ES1.2 8 36 ES1.2+/-0 19 36 ES1.24+3 28 39 ES1.2-3 17 33 ES1.2+8 28 44 PORTAL 4 10
MLINEA 1 | 10 TOTAL 192 Fuente: En base a lo señalado en la Tabla N* 7 de la Adenda 1.
4.6.1.5, Fundaciones.
Las fondaciones son individuales para cada apoyo de las estructuras y serán construidas de hormigón. Éstas permiten fijar al suelo las estructuras que soportan los conductores de la línea para mantener su estabilidad. Los tipos de suelos considerados para las fundaciones de las estructuras son tipos 2, 3, 4, 6 y 6A, estos últimos por tratarse de zonas inundadas en las cercanías de los cursos de aguas. El tipo de fundación que se utilizará dependerá del tipo de suelo que se presente en terreno para cada una de las estructuras, bajo las siguientes características:
-
— Hormigón estructural grado H30.
-
— Emplantillado grado H10,
-
Acero refuerzo calidad A630-420H.
-
— Recubrimientos acero refuerzo.
-
— Barra Stub calidad ASTM A572 Gr.50,
El área asociada a cada estructura es variable dependiendo del tipo de estructura y su altura. Estas superficies están en el rango de 15 m? a 144 1m”, con un total de 3.550 m? aproximadamente, Por otra parte, la superfície total que se requiere para el montaje de las estructuras se estima en 13 ha, aproximadamente,
4.6.1.6. Conjuntos de Aislación.
Los conjuntos de aislación para las estructuras de suspensión, anclaje y remate se determinan de acuerdo a las características eléctricas del sistema y al nivel de contaminación de la zona, considerando los criterios de Sobre Tensión de Maniobra, Sobre Tensión a Frecuencia Industrial y Nivel de contaminación.
Para determinar las características mecánicas de los aisladores se consideran las hipótesis de carga a las que estarán sometidos los cables a partir de las cuales se determinan sus respectivas cargas unitarias verticales, transversales y longitudinales. Una vez obtenidas las cargas mecánicas aplicadas a las cadenas (incluye factor de seguridad) se selecciona la capacidad mecánica requerida para los aisladores.
Las características de los aisladores son las siguientes:
-
— Material del Aislador : Vidrio templado
-
Tipo de Acoplamiento : Bola y rótula, según IEC 120 (ball and socket)
-
Tipo de Chaveta : Split pin
-
— Material de la Chaveta : Acero inoxidable
-
Protección contra la Corrosión : Golilla de zinc en al vástago
-
Tipo del Aislador : Antineblina de suspensión y anclaje
-
— Diámetro Nominal : 230 mm
-
— Espaciamiento Máximo : 146 mm
-
— Distancia de Fuga Mínimo : 445 mm
-
— Dimensión Acoplamientos : 16A (según TEC 120)
-
— Resistencia Electromecánica : 70 KN suspensión y 120 EN anclaje
4.6.1.7. Puesta a tierra.
En todas las estructuras con fundación de hormigón se instalará la malla de puesta a tierra básica, en una zanja excavada en terreno no removido y a una profundidad de 1 m + 0,05 m excepto en roca, donde la profundidad de la zanja será de 0,20 m + 0,05 m.
En terrenos irregulares las mallas de puesta a tierra tomarán la misma pendiente del terreno natural. En caso de efectuarse un relleno para la fundación de la estructura, la malla se instalará en la zanja excavada en terreno no removido y las mallas se podrán adaptar a la configuración de los obstáculos en terreno.
En las estructuras en que la resistencia de puesta a tierra resulte mayor que 25 (Q, se instalará la ampliación
de la malla. El material será de pietina de acero A37-24ES de 40x5 mm, galvanizada según normas ASTM A123 y A143.
4.6.1.8. Franja de servidumbre.
La franja de servidumbre para la línea eléctrica tendrá un ancho promedio de 40 metros y un máximo de 76 Imetros. Esta franja debe permanecer despejada de todo tipo de construcciones y de vegetación que sobrepase los 4 mm de altura.
4.6.1.9. Cruce de caminos.
El Proyecto presentará el cruce aéreo de 18 caminos públicos a través de su trazado, los cuales son detallados a continuación.
-
— RutaP-204
-
Ruta P-22
-
— RutaP-40
-
— RutaP-320
-
Camino Vecinal
-
— RutaP-322
-
— RutaP-300
-
Ruta P-30
-
— RutaP-216
-
— RutaP-160
-
— RutaP-240
-
Camino La Meseta
-
— RutaP-180-R
-
Ruta O-850
-
Ruta OQ-846
-
Ruta O-852
-
Camino Al Guayo
- Ruta O-830
4.6.1.10. Cruce con otras Líneas El trazado de la línea de transmisión del Proyecto cruza con las siguientes líneas:
-
Línea de Transmisión 220 ky Coronel — Charrúa (un cruce)
-
Línea de Transmisión 220 ky Charrúa — Lagunillas (ua cruce)
-
Línea de Media Tensión 23 ky (cuatro cruces)
-
Línea de Baja Tensión (un cruce)
-
Línea sin clasificar (dos cruces)
4.6.1.11 Cruce de cauces
Por otra parte, en aquellos cursos de agua que se cuente con caminos y puentes que permitan el tendido de cables de manera regular, el tendido se realiza con un cable guía que es llevado por tierra desde una torre a otra a través de la franja de servidumbre. En el Anexo 1 de la Adenda N? 1 se entrega el procedimiento general para la construcción de fundaciones, montaje de torres y tendido de conductores, que incluye las Ísenas que se desarrollarán en el Humedal Tubul-Raqui,
Los cauces no serán intervenidos por acción directa ya que el tendido de conductores se realizará en forma aérea con la utilización de helicóptero en las zonas de atraviesos de cursos de agua donde no existan puentes O caminos construidos. Además, en la Tabla N? 3 de la adenda N* 1 se indican las quebradas que no serán intervenidas por la construcción del proyecto por presentar especies de flora en categoría de conservación,
La afectación indirecta se podría provocar por el arrastre de sedimentos producto de los movimientos de tierra, despeje de vegetación, habilitación de caminos, tránsito de vehículos y inaquinaria, entre otros, Dentro de las medidas que se implementarán para evitar contaminación de cursos de agua es controlar la erosión que pudiese generarse por los movimientos de tierra. Para el control de la erosión se establecerán medidas de prevención, medidas de mitigación y medidas correctoras o de reparación en caso de ser requerido. Se le
exigirá al contratista que establezca los procedimientos correspondientes, teniendo en consideración los puntos que se indican a continuación:
Medidas de prevención
Dentro de las medidas de prevención que se abordarán en la etapa de diseño son las que se indican a continuación, sin embargo, el contratista podrá sugerir dentro de sus procedimientos otras medidas que complementen el objetivo de prevenir procesos erosivos:
-
Sedelimitarán las áreas de trabajo de tal forma de evitar la ocupación excesiva del suelo y la corta de vegetación innecesaria.
-
— Para minimizar la intensidad de la construcción se privilegiará la utilización de huellas de caminos existentes siempre y cuando no se evidencien procesos erosivos por Su USO
-
Se identificarán las zonas con riesgo de erosión previo a las actividades de construcción
-
Se diseñarán los sistemas de drenaje superficial de forma tal que no se activen procesos erosivos debido a las condiciones climáticas.
-
Los caminos que sean altamente susceptibles de erosionar serán compactados tratando de dejarlos los más estables posible.
-
Asegurar la estabilidad disminuyendo los ángulos de los taludes. En aquellos taludes en pendientes pronunciadas o inestables considerar la construcción de terrazas U Otro sistema que evite los deslizamientos de material.
-
Paralos acopios de material, se privilegiará zonas de menor pendiente y en caso de ser necesario y dependiendo de las condiciones climáticas los acopios serán tapados para evitar arrastre de material.
Medidas de Control
Dentro de las medidas de contro! que se implementarán para minimizar procesos erosivos son las que se indican a continuación. Sin embargo, el contratista podrá sugerir dentro de sus procedimientos otras medidas que complementen el objetivo de prevenir la erosión.
«Los caminos deberán ser habilitados de acuerdo a la topografía del terreno, tratando de minimizar los movimientos de tierra.
= El suelo superficial con contenido de materia orgánica será acopiado en forma separada del resto de material de excavación con el objetivo de favorecer la recuperación posterior
» Los taludes deberán quedar libres de tierra suelta, restos de vegetación o raíces colgando. En el caso que el suelo contenga material deleznable, deberá ser protegido con algún sistema que lo contenga, como por ejemplo mallas de sombra o algún otro que cumpla con el objetivo de evitar deslizamientos.
" Estabilizar los cortes de camino
= Evitar, el paso de camiones con sobrepeso por caminos no pavimentados susceptibles de ser erosionados con el objetivo de aumentar la vida útil de estos y evitar el derrumbe de taludes.
= Revisar semanalmente el estado de caminos y taludes para tomar acciones ante susceptibles procesos de erosión.
- Las estructuras de drenaje deben ser habilitadas e inspeccionadas semanales
Medidas de reparación
En caso de evidencia de procesos erosivos el contratista deberá implementar alguna medida tendiente a disminuir la erosión. Se deberá evaluar el avance de ésta y en caso de requerir algún control mecánico se deberá programar en el corto plazo.
En cuanto a las características del sitio, en el Capitulo 2 del EIA se entregó línea de base donde se detalló cada componente (suelo, meteorología, hidrología entre otros) en el área de influencia de la LAT. En la etapa de ingeniería de detalle, la cual aún no se encuentra desarrollada, se realizarán los estudios correspondientes de mecánica de suelos, topográficos, entre otros, para determinar las características específicas del suelo y determinar los métodos constructivos de forma tal de no alterar significativamente el entorno. En el Anexo 2-F de la Adenda N? 1 se entrega un plano de las distancias de cada torre respecto a los cursos de agua.
10
4.7. DESCRIPCION ETAPAS DEL PROYECTO
4.7.1 FASE DE CONSTRUCCIÓN.
Las principales actividades de la fase de construcción de la línea de transmisión eléctrica son las siguientes: 4.7.1,1 Instalación de faenas y frentes de trabajo,
El Proyecto contemplará una instalación de faenas de carácter temporal y tendrán como objetivo servir de base a los frentes de trabajo móviles que estarán dispuestos a lo largo del trazado, Se emplazará en un sitio intervenido, dentro del Parque Industrial Coronel Y que cuente con los servicios de agua potable, alcantarillado, accesos habilitados, electricidad, entre otros. En el Anexo 2-E de la Adenda 1 se acompaña el Layout de las instalaciones,
La instalación de faenas contará con las siguientes instalaciones:
Oficinas administrativas
Caseta para guardia de seguridad
Guardarropía y comedor
Bodega de materiales e insumos
Bodega de herramientas
Sitios de acopio temporal de residuos (peligrosos y no peligrosos)
Suministro de agua potable: Se provendrá de la conexión a la red de agua potable de la concesionaria correspondiente,
En los frentes de trabajo, el agua para bebida será provista en bidones de agua purificada, suministrados por empresas con autorización sanitaria y etiquetados, cumpliendo en calidad y cantidad con la legislación sanitaria.
Servicios higiénicos: Las aguas servidas serán conducidas y tratadas por la concesionaria correspondiente,
En los frentes de trabajo se utilizarán baños químicos, los cuales serán provistos por empresas autorizadas, las cuales también estarán a cargo del manejo y disposición de las aguas servidas, estimando un máximo de 20 personas en cada frente de trabajo (6 como maximo), por lo que se cumplirá con la cantidad de baños requeridos según el D.S, N* 594/1999 del Ministerio de Salud.
Alimentación y guardarropía: La alimentación del personal será en lugares autorizados. Por otra parte, en los frentes de trabajo, la alimentación podrá ser obtenida en lugares autorizados cercanos a las áreas de trabajo, o bien, colaciones frías si es que los Ingares de trabajo presentan problemas de lejanía a centros poblados, en cuyo caso se habilitarán conteíners como comedor, con mesas, sillas, y la limpieza necesaria para evitar vectores, También en las instalaciones de faenas se contará con guardartopía y duchas para el personal,
Suministro de áridos: Para las fundaciones (2.538 m') y habilitación de caminos (21.000 m*), así como en las obras que se requieren realizar en la subestación Lagunillas será necesaria la utilización de áridos, los cuales serán adquiridos a un tercero que cuente con la Resolución de Calificación Ambiental y el informe favorable de la Dirección de Obras Hidráulicas. El Titular se compromete antes de iniciar las faenas de construcción que requieran áridos informar a la SMA y a la Dirección de Obras Hidráulicas respecto al proveedor de áridos y los permisos que le permiten operar.
4.7,1.2 Caminos y huellas de acceso.
Para acceder a las áreas donde estarán emplazadas las estructuras, se privilegiará el uso de caminos existentes, ya sean públicos, prediales o forestales y por la franja de servidumbre a habilitar,
11
Para la habilitación de estos caminos, en primer lugar, se realizará el ahuyentamiento controlado y/o rescate de la fauna de baja movilidad, solicitándose oportunamente los permisos respectivos al Servicio Agrícola y Ganadero.
Luego se procederá con el roce y despeje de las zonas que serán intervenidas, privilegiando el paso por sectores sin vegetación o con plantaciones de especies exóticas.
Dependiendo de la calidad y tipo de suelo, se deberá realizar en el peor de los casos UN mejoramiento de terreno de 30 cm y se rellenará utilizando material de excavaciones de otras áreas cuando sea factible, se pondrá una capa de 20 cm de relleno estructural cuando el tipo de suelo lo requiera y finalmente una carpeta de rodado granular de 18 cm.
En cuanto a la mantención de los caminos no pavimentados, se dispondrá de camiones aljibe para la humectación de éstos en los momentos en que haya circulación de camiones y maquinaria y evitar así la polución por tránsito de vehículos que afecte a comunidades aledañas. La frecuencia de humectación será de 3 veces al día como mínimo. si las condiciones climáticas lo ameriten, en los lugares donde las faenas se ejecuten cerca de viviendas. El agua utilizada será comprada a terceros autorizados. Además, se mantendrá y/o reparará los caminos de penetración troncal existentes y los caminos particulares que utilice durante la construcción, de manera que al término de su uso se entreguen en perfecto estado de operación.
Para la habilitación de la línea y posteriormente para las actividades de mantención se requiere la habilitación de nuevos caminos de acceso. Dentro de estas rutas proyectadas se incluyen rutas existentes, en su mayoría caminos forestales, que requieren mejoramiento debido a su estado. Además, se consideran sistemas de fosos o canaletas según lo requerido, por tanto, se considera un ancho máximo para los caminos estimado en 10 m. Es importante señalar que la geometria definitiva de cada camino a habilitar se realiza durante la etapa de ingeniería de detalles, la cual aún no se desarrolla, y en el que se ven los detalles constructivos específicos asociados a la topografía del sector a intervenir.
La longitud total de los caminos proyectados y los que se deben mejorar es de 35,29 km aproximadamente, por tanto, la superficie total a intervenir de bosque nativo por solo por el concepto de nuevos caminos es de 1.58 ha y de plantaciones forestales es de 12 ha. En el Anexo 2-A de la Adenda 1 se presentan los planos transversales de los caminos a proyectar y en el Anexo 3 se entregan los antecedentes del PAS 102 en el que se han incluido los nuevos caminos,
En la zona del humedal sobre el cual se contempla el emplazamiento de las torres 12A y 12B del Proyecto a la fecha de los estudios se encuentra con la napa subterránea deprimida pudiendo ser efecto de la situación post Terremoto del 27 de febrero de 2010, en la cual el terreno se elevó aproximadamente 1,6 m. Esta situación favorece los métodos constructivos debido a que la napa se encuentra bajo el nivel de terreno permitiendo que la construcción de caminos de acceso al lugar sea más fácil y se haga sobre terrenos secos. Para confeccionar los caminos de acceso en el área del humedal se generarán capas de relleno compactado para lograr una carpeta de 3,5 m de ancho perpendicular al camino, el Camino 12-A tendrá un largo aproximado 80 m y el largo del camino 12-B será de 87 m aproximadamente. Las especificaciones de granulometría de las bases de relleno del camino, sus espesores y grado de compactación se obtendrán del informe de mecánica de suelos el cual se desarrollará en una etapa posterior junto a la ingeniería de detalle. Cabe destacar que cualquier atravieso que haya que habilitar sobre cursos de agua serán diseñados tomando en cuenta los criterios de seguridad señalados en el Manual de Normas y Procedimientos para la Administración de Recursos Hídricos (DGA, 2008).
Para efectos de disminuir la afectación a los tiempos de desplazamiento de la comunidad producido por las obras de construcción del proyecto, el Titular asume como medidas de mitigación un programa de gestión y comunicación con las comunidades aledañas al Proyecto, con la finalidad de informar el desarrollo de las actividades constructivas y caminos a utilizar durante la fase de construcción del Proyecto.
4.7.1.3 Roce y despeje de la franja de servidumbre. Al igual que para la construcción de los accesos a las estructuras, previo al inicio del despeje de terreno, se realizará un levantamiento de la fauna y flora presente en el sector para realizar el proceso de ahtuyentamiento
y/o rescate de la fauna de baja movilidad.
Para esta fase del Proyecto se tomarán las siguientes medidas:
12
La franja de servidumbre no será cortada a tala rasa, si no que se extraerán y/o cortarán los individuos que pueden sobrepasar en estado adulto los 4 m de altura, a excepción de donde se ubiquen estructuras o caminos, en donde sí se deberán cortar a tala rasa,
En acuerdo con los propietarios de los predios por donde atraviesa la franja de servidumbre, se acopiarán los árboles cortados en sus propios terrenos a no más de 100 m del punto de roce, para que ellos dispongan de la madera cortada, o bien, serán retirados y vendidos a terceros, todo con acuerdo del propietario,
Los árboles serán cortados en forma biselada con motosierra, para evitar que queden astillas peligrosas para personas o animales.
No se realizará el roce en quebradas donde la distancia entre la copa de los árboles y los conductores inferiores de la línea sea mayor a 15 m.
Se evitará destroncar, a no ser que existan especies que produzcan renuevos o sea necesario para la circulación por la franja de servidumbre.
Los materiales de despunte de árboles, maleza y ramas serán reducidos en tamaño y acopiadas al borde de la servidumbre para su posterior degradación, o serán entregadas al dueño del predio si así queda estipulado en los contratos correspondientes.
Además de todas estas consideraciones, el proyecto contempla un Plan de Manejo de Obras Civiles,
De acuerdo al tipo de faena el criterio de corta será:
Tala rasa en los sectores en donde se habilitarán las fundaciones de las torres y los caminos nuevos a las mismas. Se extraerán los tocones de los árboles.
Con respecto a la faja de servidumbre, se cortará a tala rasa la vegetación nativa en zonas distintas a quebradas. En estas zonas no se extraerán los tocones privilegiando la regeneración vegetativa, esta regeneración se manejará de forma adecuada tanto para cumplir con la normativa eléctrica, esto es que la vegetación bajo la servidumbre no podrá superar los 4 m de altura, como también para mantener una cubierta protectora para los suelos durante la fase de operación. Para las zonas cubiertas por plantaciones, se realizará tala rasa. En estos últimos sectores se permitirá el desarrollo de pastizal y matorral bajo que permitan la protección de los suelos frente a la erosión en la fase de operación.
En el caso de las quebradas, solo se realizará un rebaje de vegetación nativa y en caso de existir árboles exóticos en dichas Zonas, estos se cortarán desde su base. A diferencia de lo anterior, los árboles intervenidos serán manejados procurando que la distancia entre las copas y el vano de la LAT sea de mínimo 15 m. Los individuos intervenidos mediante rebaje o cortados desde su base (exóticos), según corresponda, no serán extraídos del lugar, y en ningún caso quedarán colgados de otros árboles ni tampoco cruzados en los cursos de agua tanto permanentes como temporales, por lo que la circulación de las aguas se mantendrá siempre libre, El rebaje de la vegetación será
sectores. Para la determinación del área aledaña a zonas de quebradas y demás cursos de agua a las que se le aplicará el rebaje de vegetación, se considerarán los siguientes criterios, los cuales aseguran el cumplimiento del D.S, N* 82/2010 del Ministerio de Agricultura.
Tabla, Criterios para determinar rebaje de vegetación,
Tipo de Formación o Curso de Agua
Especificación de Zona en que se Aplicará Rebaje en Lugares Aledaños a Cauces”
Ríos y cuerpos de agua permanentes
25 m cuando la pendiente sea igual o menor a 45%, y 35 m cuando la pendiente sea mayor a 45%,
Esteros permanentes y temporales
15 m cuando la pendiente sea igual o menor a 45%, y 20 m, cuando la pendiente sea mayor a 45%,
Quebradas con cauces permanentes cuando la pendiente sea mayor a 30% y menor o igual a
10 m cuando la pendiente sea igual o menor a 30%, 15m,
45%, y 20 1, cuando la pendiente sea mayor a 43%,
Quebradas con cauce temporal o esporádico
10 im para todas las pendientes.
Fuente: En base Tabla N? 2 de la respuesta 1.4 de la Adenda 1.
*Las distancias se medirán en proyección horizontal en el plano a ambos lados del cauce,
Para determinar las quebradas que tendrá que intervenir en el Plan de Manejo, se tomó como referencia la altura máxima del Eucalyptus globulus (que corresponde a la especie arbórea más alta), ya que no se puede descartar la presencia y/o desarrollo de estos árboles en estas Zonas. Esto da como resultado un método que
13
asegura el máximo resguardo, proporcionando un criterio conservador frente a la superficie arbórea a afectar en las fases de construcción y operación del Proyecto. Según la bibliografía la especie puede alcanzar en Chile los 60 m, por tanto, intervendrá distancias entre el vano de la LAT y el suelo sean inferiores a 75 m (60 m de los Eucalyptus globulus más los 15 m de seguridad). De esta manera determinó que todas las quebradas se deberán intervenir a excepción de 6 de ellas, de las cuales en 3 el vano pasa por sobre los 75 m y otras 3 quebradas (que en rigor corresponden a una sola gran quebrada entre las estructuras N* 129 y 133) en donde encontraron individuos de la especie Pitao y Michay Rojo, los cuales se encuentran catalogados como en Peligro según categorías de especies en estado de conservación.
Las quebradas que no se intervendrán y cuya superficie corresponde a 6,18 ha, se muestran en la siguiente Tabla:
Tabla. Quebradas que no se intervendrán.
Ubicación Geográfica , Ubicación respecto | ., . (Coordenadas UTM WGS84, Quebrada estructuras Tipo forestal H18) Este Sur 1 Entre N 99 y 100 Esclerófilo 662.348 5.880.146 2 Entre N 111 y 112 | Ro-Ra-Co 664.248 5,883,207 3 Entre N 116 y 117 | Ro-Ra-Co 664.879 5.884.720 4 Entre N9 129 y 130 | Ro-Ra-Co 666.776 5.888.729 $ Entre N 131 y 132 | Ro-Ra-Co 667.035 5,889,398 Ro-Ra-Co (Bosque Jo 132 A . .389. 6 Entre N* 132 y 133 Preservación) 667.149 5.889.783
Fuente: En base Tabla N? 3 de la respuesta 1.4 de la Adenda 1.
Todas las demás quebradas por las que pasa la LAT deberán ser intervenidas. A continuación, se presenta un resumen de los criterios para establecer que estas quebradas no serán intervenidas:
-
Para la vegetación nativa y exótica presente en las quebradas y que está bajo la faja de servidumbre: la distancia mínima entre el vano de la LAT y la copa de dicha vegetación no podrá sobrepasar los 15 m.
-
La altura máxima que los árboles exóticos presentes €n el trazado de la LAT, corresponderá al del Eucalyptus globulus, los cuales alcanzan 60 m.
-
Laaitura máxima que los árboles nativos presentes en el trazado de la LAT, corresponderá al del Roble, los cuales alcanzan en esta zona los 35 m.
Debido a la presencia de los individuos de la especie Citronella mucronata 1, 2 y 3 (naranjillo) en los bosques nativos donde se construyeron los Puntos Muestrales PM10 (entre estructuras N* 37 38), y PM21 y PM22 (entre estructuras N? 77 a 81), se propondrán medidas de rescate y/o compensación para resguardar a los individuos de esta especie que sean intervenidos, estas medidas se presentan en el Anexo 11 de la Adenda 1. Cabe señalar que, no aplica el artículo 19 de la Ley 20,283, ya que dicha especie no está en las categorías a las que hace alusión el artículo 2 de la misma Ley.
Producto de los hallazgos en el PM36, cuya ubicación es 400 m al Oeste del trazado de la LAT, dentro de una zona de estudio perteneciente y protegida por Bosques Arauco S.A, y que corresponde a una gran quebrada que se ramifica en quebradas más pequeñas por donde cruza el trazado del Proyecto, el Titular decidió realizar recorridos dirigidos a los cursos de agua cercanos a la Faja de Servidumbre de la LAT (hábitat regular de las especies Pitavía punctata y Ganltheria renjifoana) y también la creación de nuevos Puntos Muestrales (PM) dentro de Bosque Nativo (PM51, PM52, PM53, PM54 y PMS55). Todo lo anterior correspondiente a la 2? exploración de Monitoreo. Dichos recorridos revelaron la presencia de 2 ejemplares adultos de Pitao (Pitavia punctata 2 y 3), 1 individuo de Michay Rojo en el PM34 (Berberidopsis corallina 2) y 2 individuos juntos de Michay Rojo (Berberidopsis corallina 3 y 4). Además, se incluyen 2 individuos de la especie Clinopodizn maltiflorian (menta de árbol 1 y 2) encontradas en los monitoreos realizados para la línea base de flora y fauna del Proyecto, y cuya clasificación es Casi Amenazado. La ubicación de los nuevos descubrimientos se muestra en la Tabla N* 5 de la Adenda 1.
Los individuos de la especie Pitao (Pitavia punctata 2 y 3) y de Michay rojo ubicada en el PM54 (Berberidopsis corallina 2) se encuentran insertos dentro de un bosque nativo, considerado según la Ley 20.283 como Bosque Nativo de Preservación por lo que no se van intervenir. Tomando en consideración la existencia de este bosque de preservación, la nula accesibilidad para realizar monitoreo a los bosques nativos ubicados entre las torres N? 129 y 132, es que se decidió no intervenirlos. Lo anterior se logró aumentando
14
la altura de las estructuras N*129 y 130 a 46,7 m, lo que permitió al vano de la línea pasar por sobre los mencionados bosques nativos (PM51 y PM32), sobrepasando incluso la distancia de seguridad entre el vano y la vegetación considerada para las quebradas (15m).
Respecto a los individuos de la especie Berberidopsis corallina 3 y 4 (Michay rojo), estos se encuentran
especie no está en las categorías a las que hace alusión el artículo 2. No obstante, se implementarán medidas
de rescate y/o compensación para esta especie, debido a que se interviene de forma directa (Anexo 11 de la Adenda 1).
4.7.1.3 Replanteo topográfico.
Se realizará un replanteo topográfico está orientado a establecer el centro de la fundación de acuerdo a los planos longitudinales y de planta correspondientes a cada estructura y a la marcación en terreno de la franja de servidumbre y caminos de acceso. Por lo anterior, las superficies afectas a corta que se entregan en el Anexo 3 de la Adenda 1. Así mismo, la ubicación de las torres se adjunta en el Anexo 2-H de la Adenda 1.
4.7.1.4 Construcción y montaje de estructuras. Excavaciones: Las excavaciones se realizarán por procedimientos mecánicos o manuales, con o sin
agotamiento de napa, y tendrán que ajustarse a las dimensiones indicadas en los planos generados en la Ingeniería de Detalle del Proyecto. Se estima que el total de material excavado será de aproximadamente
Los materiales sobrantes de las excavaciones de las fundaciones, se utilizarán para la habilitación de caminos de acceso (cuando la calidad del suelo lo permita) o podrán depositarse en las áreas vecinas a la estructura. De no ser posible lo anterior, deberá llevarse a un botadero autorizado.
Se contempla control de deslizamiento de suelo o excavaciones, con protecciones y/o entarimados que permitirá dejarlas con una pendiente igual o menor a la correspondiente al ángulo de reposo. Se dispondrá de escalas para el acceso a las excavaciones de las fundaciones.
la Zona.
Fundaciones: Las fundaciones serán construidas de acuerdo a especificaciones técnicas generales para este tipo de obras; serán de hormigón y permitirán fijar al suelo las estructuras que soportan los conductores de la línea, manteniendo su estabilidad. Tiene contemplado realizar excavaciones para luego rellenar con material compacto, El hormigón de las fundaciones será provisto por camiones mezcladores o betoneros, por lo que no se considera la preparación de hormigón en terreno ni tampoco el lavado de cestos de camiones en las zonas de faenas, lo que se ejecutará en las instalaciones del proveedor de este insumo. El material de escarpe que se deba retirar de la construcción de la fundación será esparcido dentro del mismo predio o retirado a lugares de acopio autorizados que se definirán durante la ejecución de las actividades de construcción, considerando la cercanía con el área de trabajo.
El trazado que cruza el Humedal Tubul-Raqui, se construirá en base a 9 estructuras metálicas de 40 y 35m de altura, dicho trazado se ubicará al suroeste del cerro de bosque nativo que existe en el humedal, denominado cerro Isla, cercano al área de la desembocadura de los ríos Tubul y Raqui. El objetivo de la ubicación del nuevo trazado es minimizar el impacto visual de las torres de alta tensión, en el tramo que cruza al Humedal Tubul-Raqui, cercano a comunidades indígenas, en específico a aquellas ubicadas en el sector de Tubul.
Agotamiento de napas: En aquellos lugares donde la hapa se encuentre a una profundidad menor a 70 cm (mínima profundidad considerada para la construcción de plataformas para las estructuras), será necesario realizar agotamiento de napas. La metodología de agotamiento de napa se determinará una vez que se cuente con los estudios de mecánica de suelos de forma tal de poder determinar los flujos, presencia y profundidad
15
de napa, permeabilidad etc., y elegir la mejor metodología para cada tipo de suelo, la cual puede ser: con el uso de punteras alrededor de la zona a deprimir, pozos excavados 0 canales colectores. A continuación se describe en forma general los métodos considerados, sin embargo el más utilizado es mediante punteras y bombas.
-
Pozos Profundos: Consiste en hacer mediante maquinaria pozos de una profundidad mayor o igual a 1,5 m de la cota del sello de fundación, de manera de colocar bombas que permitan el secado paulatino de los pozos. La cantidad mínima de estos es de dos pozos por cada fundacion.
-
Canal recolector a pozo; Se hace un solo pozo al cual se conduce el agua por medio de una canaleta, el agua es retirada de este con bomba.
-
Punteras; Elementos de PVC o metálicos de 2” que se hinca perimetralmente cada +1 m de espaciamiento,
Es importante señalar que el agua extraida desde la napa no pasará por ningún proceso de reutilización, sino que será retirada del área de trabajo mediante bombas para dejar la zanja libre de agua y poder trabajar en terreno seco. En cualquier caso, se tomarán en consideración las siguientes medidas de manejo para evitar impactos en el suelo, independiente del método de agotamiento que se utilice:
-
El agua sacada por agotamiento será reincorporada de nuevo al área cercana por método de riego por infiltración. Se tendrá la precaución que la reincorporación se realice en suelos provistos de vegetación y en suelos donde no se prevea un escurrimiento superficial que pueda provocar erosión o que estén demasiado cerca de cursos de agua.
-
Cuando sea necesario y para evitar erosionar el suelo se colocarán filtros sedimentadores en líneas transversales al flujo proveniente de la bomba. Estos podrán estar elaborados de fardos de paja seca clavados al suelo, ramas, troncos, entre otros.
-
Las entradas de las mangueras utilizadas durante el desaguado se elevarán para minimizar la succión del sedimento depositado en ella.
-
En.caso de que la reincorporación del agua sacada de la napa se realice en la ribera de algún curso de agua se tendrá la precaución de que éste se encuentre a ula distancia mayor de 30 metros, la descarga será a través de un filtro y/o dentro de áreas contenidas por barreras para el control de la erosión.
-
— Bajo ninguna circunstancia se descargará el agua de las napas directamente sobre suelo desmudo.
Rellenos y compactación: Los materiales que se utilicen para ejecución de los rellenos deben provenir de las mismas excavaciones, en la medida que esto sea posible, Los materiales deberán ser homogéneos, estar exentos de materia orgánica, raíces, escombros o de cualquier elemento extraño al suelo natural. El tamaño máximo de piedra que se aceptará en los rellenos no podrá superar 3” (75 mm).
Los rellenos se colocarán en capas horizontales de 15 cm de espesor, las que se compactarán hasta alcanzar una densidad igual o superior al 95% del Proctor estándar o 75% de densidad relativa. La humedad de los materiales cohesivos antes de compactarse deberá adecuarse a la humedad óptima +2%, determinada para la fracción que pasa por el tamiz N* 4 US. Standard y de acuerdo al método ASTM-D698.
Se utilizará un hormigón pobre de 170 kg/m' para las fundaciones en que se requiera en los casos en que el suelo natural no es apropiado para efectuar rellenos.
Montaje: Los componentes de las estructuras serán transportados en camiones hacia los lugares destinados para su instalación. El montaje de las estructuras Se realizará con apoyo de plumas; además, durante el armado de la torre y hasta que esté completamente anclada a sus fundaciones se utilizarán vientos de cordel como medios auxiliares de soporte. Una vez acomodada la estructura, se ajustarán los pernos mediante usa llave dinamométrica hasta alcanzar los valores de torque especificados. Se estima que la superficie requerida para el montaje de cada estructura es de 50 m? en promedio.
Puesta a tierra: En cada estructura se instalará un sistema de puesta a tierra, considerando en cada caso el diseño particular de fundación de la estructura, la topografía y naturaleza del terreno. Para las estructuras metálicas, las mallas de puesta a tierra estarán formadas por dos cuadrados concéntricos unidos por dos conexiones entre sí, formada por pletinas de acero galvanizado. Las uniones de las pletinas, entre ellas y con otros elementos estructurales, se ejecutarán mediante soldadura eléctrica al arco. La resistencia a tierra de cada estructura, medida en época seca, no excederá el valor especificado de 25 Ohms. El método corresponderá, en términos generales, al descrito en la publicación ANSVIEEE Std. 80-1986.
16
4.7.1.5 Tendido de conductores y cable de guardia.
Transporte de materiales: Los carretes serán transportados desde la instalación de faenas hasta el lugar donde serán tendidos, sin sacarles la tapa protectora. Al destapar el carrete y al desenrollarlo, se limpiará la superficie del conductor y cable de guardia de todo polvo, grasa o cualquier sustancia contaminante, Por Otra parte, la ferretería (aisladores, conjuntos de suspensión y anclaje) se transportará hasta el pie de cada estructura sin sacarlos de su embalaje, y se procederá a su revisión y limpieza cuidadosamente, Las cajas, envoltorios y el material de limpieza utilizado serán colectados y transportados hasta el depósito temporal habilitado en la instalación de faenas.
Tratamiento de los cables: Durante todo el desenrollado de los carretes, los cables deberán estar sometidos 4 un permanente control visual, con el objeto de detectar eventuales defectos de fabricación, señales de corrosión o cualquier tipo de daños. En los extremos de un tramo que se ha tendido, las puntas de los cables que no puedan anelarse a una estructura de anclaje o de remate, deberán enrollarse cuidando que tengan un radio de curvatura suficientemente amplio, similar al de los Carretes, y se apoyarán sobre una superficie de inadera o similar, Los destorcedores que se usen para la instalación del cable, deberán tener una resistencia inecánica muy superior a la tensión de tendido,
Se evitará que durante el tendido, el conductor ni el cable de guardia sufran el efecto de rotación a causa de los cables de tracción o piloto, no se doblen en un radio de curvatura inferior al de las respectivas poleas y, en general, no se provoquen torceduras, cortes, canastillos, etc., en dicho cable.
tocen con cualquier superficie, se instalarán protecciones adecuadas de madera. Si el conductor sufre rozamiento con superficies que pueden dañarlo, se detendrá la faena para revisar los cables,
Anclajes provisionales: Se construirán plataformas y anclajes provisionales para instalar los equipos y rematar los extremos del conductor cuando la distancia entre estructuras de anclaje sea mayor que el tramo a tender. Cuando se requieran anclajes provisionales, deberán ubicarse alineados en la dirección del tramo a tender; el ángulo que se forme entre la horizontal y el cable tendido entre una estructura y el anclaje provisional, no deberá ser mayor de 259,
Empalmes: No se aceptará el paso de empalmes por las poleas. Los empalmes deberán ejecutarse después del tendido del cable y antes del tensado. Los empalmes del cable para proseguir el tendido se harán con medias de unión. Los empalmes definitivos, tanto normales como de reparación, deberán ejecutarse cumpliendo fielmente las instrucciones del fabricante de dichos empalmes, y cumpliendo las siguientes reglas:
-
Nose dejarán empalmes a menos de 25 metros de una grampa de anclaje o de un aislador de paso,
-
Nose colocarán empalmes definitivos en cruces de caminos principales, líneas férreas y líneas de transmisión.
-
Los empalmes de reparación se ejecutarán utilizando uniones de compresión.
-
Los empalmes entre conductores se ejecutarán con uniones de compresión de acuerdo al diámetro del conductor.
Tensado: El tensado del conductor en un tramo, deberá efectuarse una vez que se hayan ejecutado los empalmes definitivos y de tal forma que el cable alcance los valores de las flechas indicadas en las tablas de temple del Proyecto, No se podrá tensar el cable cuando la temperatura ambiente sea inferior a 3*C, o cuando exista un viento tal que provoque una desviación lateral de ellos mayor que el 10% de su flecha. Se deberá tensar a través de la medida de la flecha que corresponde al vano en función de la temperatura, según se indique en las tablas de tensado antes señaladas para tal efecto. El área a utilizar en cada zona de tensado es de aproximadamente 100 122, las cuales se distribuirán aproximadamente cada 3 ó 4 kilómetros,
Instalación de grampas: La instalación de grampas no deberá iniciarse antes de 24 hr y deberá terminarse antes de 72 hr a contar de la finalización del tensado del tramo correspondiente. Si se estima que esta faena no podrá terminarse dentro de las 72 horas indicadas, se deberá marcar el cable en el punto correspondiente al centro del aislador de paso a instalar. Las grampas de anclaje deberán instalarse de acuerdo con las instrucciones del fabricante.
17
En general, el método se establecerá dependiendo del tipo de ferreno, crtice de cuerpos de agua, cruce de caminos, vegetación etc. A continuación, se describen de forma general los principales lineamientos que se tendrán en consideración,
En terrenos forestales y particulares, en el Anexo 1 de la Adenda 1, se acompaña el procedimiento general, los procedimientos de seguridad, excavaciones, montaje de estructuras, comprobación de la verticalidad, tensado, entre otros.
En cruce de caminos públicos, así como en cruce con líneas de otras empresas será mediante la instalación de portales de andamios y portales de postes. Para los trabajos se debe asegurar en todo momento la seguridad de las personas y trabajadores. Se dará aviso a la autoridad pertinente, Dirección Provincial de Vialidad y carabineros, la fecha, hora y duración de los trabajos. Antes de iniciar las maniobras de colocación de Portales, se instalará la señalización correspondiente al camino.
Los portales de postes se instalarán mediante camión pluma, donde sea posible su ingreso, en caso contrario el montaje se realizará en forma manual. Los piederecho del portal se instalarán a una distancia de 5 m entre ellos, siendo necesario tres piederecho para cada portal. El piederecho deberá sobresalir 1 m sobre el travesaño, el cual se instalará en el lado exterior, fuera de la berma. El izamiento del travesaño se realizará mediante pastecas, en forma manual o camión pluma, hasta la altura indicada en el punto apoyándose en un fierro de 3/4, el cual atravesará el piederecho. La altura de los portales dependerá del tipo de atravieso donde se utilizará, sin embargo, se utilizará el siguiente criterio:
-
Atravieso de línea de transmisión: Como base se sobrepasará en 70 cm la línea a cruzar, medidos desde el conductor más alto o desde el cable de guardia y se aumentará en un 1 cm por cada Kv de la línea existente.
-
Atravieso de línea ferroviaria: La altura para estos Casos se regirá basándose en normativa para atravieso de líneas de transmisión antes mencionado.
-
Atravieso de carreteras y caminos públicos: La altura mínima del portal en este caso será de 7 m.
Para cruces de cursos de agua y quebradas, entre ellos, el Humedal Tubul-Raqui, se propone realizar el tendido de conductores de forma aérea con la utilización de un helicóptero con el objetivo de no intervenir las riberas y/o cauces de agua. Cabe destacar que, esta es una metodología ampliamente utilizada para no afectar los recursos naturales, Esta técnica se utilizará también en las quebradas que tengan especies de flora en categoría de conservación que no vayan a ser intervenidas por el Proyecto.
Por otra parte, en aquellos cursos de agua que se cuente con caminos y puentes que permitan el tendido de cables de manera regular, el tendido se realiza con un cable guía que es llevado por tierra desde una torre a otra a través de la franja de servidumbre. En el Ánexo 1 de la Adenda 1 se entrega el procedimiento general para la construcción de fundaciones, montaje de torres y tendido de conductores, que incluye las faenas que se desarrollarán en el Humedal Tubul-Raqui.
4.7.1.6 Ampliación subestación eléctrica lagunillas.
Para la conexión de la línea eléctrica a la subestación lagunillas se requiere ampliar el patio de 220 KV de la Subestación, en lo específico el paño Tubul, pero esto se hará dentro de los límites prediales, La ampliación considera la incorporación de una nueva diagonal con una única línea como salida. Esta diagonal contará con su propia caseta de control, donde se instalará el Sistema de Control y Protecciones. Las obras contemplan:
Fundaciones de equipos livianos y estructuras altas: Para cada marco de barra se construirá una fundación única, la cual constará de una zapata con dos pedestales, Para el pilar del marco de línea, la fundación será separada en dos, de esta manera una de las fundaciones trabaja a flexo-compresión y la otra a flexo-tracción. Para realizar estas fundaciones se requiere realizar un mejoramiento del suelo consistente en generar una
capa de 30 cm de espesor compactada. La altura de la fundación será de 2 m y para la sala de control será de 1,05 m.
Caseta de control: La sala de control corresponderá a una estructura sólida con losa de hormigón. La sala ocupará una superficie aproximada de 860 m,
Canaletas, cámaras y bancos de ductos.
En el Anexo 2-D de la Adenda 1 se presentan los planos de planta, plano de disposición general de la subestación y plano de planta de la caseta de control.
18
4.7.1.7 Terminaciones.
Las terminaciones corresponden a las siguientes tareas:
- Se instalarán placas de iumeración según numeración correlativa y placas de señalización de
peligro de muerte para cada estructura metálica,
-
Cuando sea requerido, se efectuarán movimientos de tierra con el fin de desviar y encauzar bajadas de aguas lluvias, con el objeto de no erosionar el terreno donde se sitúe una estructura determinada.
-
Si procede, aquellas estructuras expuestas a choques deberán llevar una defensa caminera construida de acuerdo al Manual de Carreteras del Ministerio de Obras Públicas, lo cual será
definido una vez que se haya topografiado completamente la ubicación de cada torre y se conozca su ubicación exacta,
- — Se instalarán letreros con aviso de presencia de línea de transmisión energizada,
- Entodos aquellos sectores donde el trabajo fue concluido, el terreno debe quedar con el menor
indicio posible de movimiento de tierras, como también no dejar ningún tipo de desecho que afecte el ecosistema.
4.7.1.8 Pruebas y puesta en servicio,
que las instalaciones se encuentran en condiciones de ser energizadas. Estas pruebas son resistencia de aislación, secuencia y correspondencia de fases, medida de resistencia y continuidad de los conductores de Íase y pruebas al cable de guardia. Previo a la energización se verificará visualmente mediante un recorrido terrestre a todas las estructuras, que no existen elementos que puedan impedir la energización o que puedan provocar cortocircuitos. Una vez realizadas estas tareas, se procederá a energizar la Linea de Transmisión de 1x220 KV con la tensión nominal,
4.7.2 REQUERIMIENTOS DE MAQUINARIAS PARA LA CONSTRUCCIÓN
A continuación, se presenta una estimación del tipo de maquinarias y equipos requeridos en las faenas de construcción:
4 Retroexcavadoras
4 Camiones tolva
3 Camión pluma Cargadores frontales
3 Equipos de compactación 4 Betoneras
2 Camión aljibe
2 Huinche hidráulico
2 Freno hidráulico
1 helicóptero
*>o. .... . oso
Las rutas propuestas para el desarrollo de la etapa de construcción se muestran desde la Figura N 26 a la Figura N 33 de la adenda 1, en amarillo se marcan los caminos existentes y en rojo los caminos por construir, mientras que las flechas azules y naranjas indican las rutas propuestas de circulación vehicular. Cabe destacar que estas rutas se deberán definir finalmente por el contratista, quien evaluará la mejor opción de circulación de vehículos y camiones de acuerdo a las condiciones viales, de tal forma de causar el menor impacto posible,
Cabe destacar que estas rutas se deberán definir finalmente por el contratista, quien evaluará la mejor opción de circulación de vehículos y camiones de acuerdo a las condiciones viales, de tal forma de causar el menor impacto posible.
Las flechas azules y naranjas muestran las rutas propuestas de circulación vehicular, En la Tabla No 16 de la adenda 1 se resume la cantidad de camiones y vehículos a utilizar en la etapa de construcción cuyo flujo de camiones es de aproximadamente de 6,6 viajes/d. Cabe destacar que estos flujos son los estimados para la construcción de la línea, sin embargo, es posible que estos puedan variar de acuerdo a las necesidades del contratista y traslado de materiales y equipos, por lo que se informará a la Autoridad respectiva las obras del proyecto.
19
4.7.3 REQUERIMIENTOS DE MATERIALES E IN Los principa
Tabla: Estimación de materiales requer
les materiales que serán utilizados para la construcción del tendido eléctr
SUMOS PARA LA CONSTRUCCIÓN. ico son los siguientes:
idos (incluye repuestos).
Materiales Cantidad Aproximada Conductor de Fase AAAC 198.600 (m) Cable de Guardia OPGW 66.200 (m) Estructura de Suspensión ES1,1 100 unidades Estructura de Anclaje EA30.1 68 unidades Estructura de Anclaje EA7-1 3 unidades Estructura de Anclaje EA70.1 16 unidades Estructura de Anclaje / Remate EA90.1 2 unidades Aisladores de vidrio 19.700 unidades Cable A37-24ES Puesta a Tierra 8.860 (m) Amortiguadores de vibración conductor de fase 1.200 unidades Amortiguadores de vibración cable de guardia 400 unidades Hormigón 2.200 (mó)
Fuente: En base a lo señalado en la Tabla N? 1-4 del EIA.
Posteriormente con el cambio de trazado propuesto, se señala por el titular en la adenda 1, que en la siguiente tabla se entrega el detalle de las estructuras consideradas en el sector modificado y en la Figura N* 14 de la adenda 1, se muestra el trazado modificado.
Tabla: Detalle de estructuras en el sector modificado
Tipo de estructuras ¡Cantidad ¡Altara (m) 'EA90.2-3 p 32 EA70.2 7 38 [EA70,2+3 5 41 [EA70.2-3 a 38 [EA70.2+/-0 3 38 EA70.2+5 1 43 [EA70.2-6 ¡2 32 [EA30.2 3 40 EA30.2+3 14 l43 [EA30.2-3 32 40 lEA30.2+/-0 4 40 ¡EA30.2+8 S 43 JEA30.2+16 p [56 ES1.2 S 36 ES 1.2>/-0 19 36 ES1.2+3 28 39 [ES1.2-3 17 33 [ES1.2+8 128 44 [PORTAL 4 10 ¡MLINEA 1 10 TOTAL 192
4.8 Fase de operación
Durante la operación de la línea se realizarán visitas de inspección, mantención y limpieza, las cuales serán de muy baja frecuencia (una vez al año) y de corta duración (horas). Para ello, se desarrolló un Plan de Mantención (Anexo N* 1-6 de la adenda 2) de la linea con el fin de prevenir cualquier desperfecto en ésta, Dentro de las actividades que se contemplarán están las siguientes:
-
Mantención Preventiva. Son aquellas mantenciones básicas para este tipo de líneas eléctricas y considera, a lo menos:
-
Lavado de aisladores con línea energizada Inspección visual de estructuras y cadenas de aisladores
20
» Mediciones de Termografía » Mantenimiento de Pintura + Raleo franja de seguridad
-
Mantención Programada Correctiva. Son las anomalías que surgen de las inspecciones preventivas o espontáneos, pero que no pueden ser reparados en el mismo momento en que fueron detectados.
-
Mantención contra Fallas. Son aquellas reparaciones a las instalaciones en que la falla compromete la continuidad del servicio, en este tipo de casos la programación para la reparación es de corto plazo después de producida la falla.
-
Mantención de Emergencias. Son aquellas situaciones que involucran daños mayores, no predecibles, Este tipo de reparaciones son las menos deseables, ya que, debido a su imposibilidad de preverlas y planificar su reparación, son las más costosas.
-
Mantención de la franja de servidumbre: Se refiere a la corta de vegetación que alcancen alturas superiores a 4 m, para dar cumplimiento a lo establecido en la norma eléctrica vigente,
4,9 Fase de abandono
4.9.1. Instalación de faenas. Se procederá de la misma manera que lo presentado en la fase de construcción.
4.9,2. Desmantelamiento.
transportados a la instalación de faenas, para su posterior reciclaje o disposición en Ingares debidamente autorizados por la Autoridad Sanitaria y/o ambiental según corresponda.
4.9.3, Remoción de fundaciones.
Las fundaciones serán removidas y luego se llenarán los espacios utilizados por éstas con relleno de un material similar al original.
4.9.4. Restitución de geoformas y recomposición paisajística,
Una vez retiradas las fundaciones y rellenados los espacios, se cubrirá Ja superficie con una capa de suelo proveniente de los sectores aledaños, de manera de restituir las geoformas originales de la forma más similar posible, Luego se incorporará vegetación propia del sector.
4.10, ASPECTOS AMBIENTALES, PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO.
4.10.1 Emisiones a la atmósfera
Fase de construcción: Las principales emisiones a la atmósfera serán material particulado en suspensión producto de las excavaciones, movimientos de tierras, circulación de vehículos y maquinarias, instalación de postes y reposición del terreno excavado. Por otra parte, se emitirán gases de motores de combustión de los equipos y vehículos utilizados en las obras y transporte de materiales. Sin embargo, estas emisiones no son relevantes en cuanto a su calidad ni composición, ya que están limitadas al área de trabajo.
Igualmente, se adoptarán ciertas medidas para disminuir estas emisiones, las cuales se detallan a continuación:
- Se humectarán las áreas donde se extraiga material y los caminos de tierra por los que circularán los camiones, cuando las condiciones climáticas lo ameriten, y en los sectores donde existan viviendas durante los periodos secos se realizará iumectacioón a lo menos 3 veces por día.
21
-
Los camiones que transporten materiales o áridos, deberán cubrirse para evitar el derrame de éstos en los caminos o se disperse material particulado a la atmósfera, según corresponda.
-
Los contratistas deberán tener todas sus maquinarias y vehículos con las autorizaciones y revisiones al día, según corresponda.
-
La circulación de vehículos en caminos que no estén asfaltados o pavimentados, se realizará a velocidades inferiores a 40 knvh.
Fase de operación: Las emisiones a la atmósfera corresponden a las emisiones de vehículos menores destinados a la inspección y mantención de la línea.
4.10.2 Efluentes liquidos
Fase de construcción: El Proyecto no contemplará la descarga de efluentes líquidos, ya que el suministro de agua potable en los frentes de trabajo se realizará por medio de bidones y botellas. y se utilizarán baños químicos provisorios, los que deben ser mantenidos de acuerdo a la normativa vigente. Estos baños químicos se instalarán en sectores adecuados de manera de no afectar cauces superficiales ni permitir que exista riesgo de contaminación de aguas subterráneas y las aguas servidas serán dispuestas por empresas debidamente autorizadas. La cantidad máxima de residuos sanitarios a generar se ha estimado en 12 m'/día. Cabe señalar que, no existe generación de residuos líquidos industriales, ya que, no habrá lavado de cestas de los camiones de hormigón dentro del área de faenas, lo cual será efectuado en instalaciones del proveedor.
Fase de operación: Durante la fase de operación del Proyecto no se generarán residuos líquidos de ningún tipo.
4.10.3 Efluentes sólidos
Fase de construcción: Se generarán residuos sólidos producto de los materiales de construcción, desembalaje de las partes del proyecto, carretes del cable, etc., y desechos sólidos a raíz de la instalación de faenas, Estos residuos serán acumulados en tambores metálicos de 200 litros con tapa, debidamente rotulados, medida que será realizada en cada uno de los frentes de trabajo activos, para luego ser transportados periódicamente por empresas autorizadas, para Su reciclaje o. su disposición final en sitios autorizados. Por otra parte, la mantención de los vehículos será realizada en talleres debidamente autorizados.
Los principales residuos son los siguientes:
Tabla: Residuos diarios generados durante la fase de construcción Cantidades | Almacenamiento
Resumen de insumos Unidad ; Destino Final estimadas temporal : Disposición en Residuos sólidos domésticos kg/dia |75 Bodega de Residuos lugares
No Peligrosos : autorizados Residuos Industriales No Reciclaje o Peligrosos (papeles, cartones, . : o, maderas, plásticos, recortes de | kg/dia 160 po de Residuos po osición en cables eléctricos, carretes de o Peligrosos ugares
cables eléctricos) autorizados
Residuos Industriales Peligroso dera
(aceites y grasas, residuos como ke/di 100 Bodega de Residuos rl osición en
guaipes, pinturas, envases de sta Peligrosos lugares
aceites, solventes) autorizados Fuente: En base a la Tabla N? 1-5 del EIA.
Para el almacenafhiento temporal de residuos peligrosos, se considera que las bodegas darán cumplimiento a lo indicado en el D.S. N? 148/2003 del Ministerio de Salud. Para ello las bodegas de acopio temporal tendrán las siguientes características:
- Tendrá un sistema de contención de derrames mediante canaletas perimetrales o centrales, pretil de contención y foso estanco que sea capaz de retener más del 20% del volumen total de los
contenedores almacenados. Este sistema será diseñado de tal forma de asegurar la estanqueidad impidiendo la fuga al ambiente,
Serán techadas y protegidas de las condiciones climáticas (humedad, temperatura y radiación solar). Tendrán una base continua, impermeable y resistente estructural y quimicamente a los residuos.
22
- Contarán con un cierre perimetral de a lo menos 1,8 m de altura que impida el libre acceso de personas y animales,
e Garantizarán que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación.
-
Contarán con señalización de acuerdo a la NCh 2.190 Of 93.
-
Los residuos almacenados en la bodega contarán con la hoja de seguridad correspondiente,
La recolección se realizará en los frentes de trabajo (área generadora) y considera la separación de los residuos de acuerdo a sus características para ser almacenados en contenedores rotulados.
La manipulación de los residuos incluye el movimiento de los contenedores cargados desde el área generadora hasta la bodega de acopio temporal de residuos peligrosos en la instalación de faena. Los contenedores sólo podrán ser movidos manualmente si su peso total incluido el contenido, no excede de 30 kilogramos. Si dicho peso fuere superior, se moverán con equipamiento mecánico. Sólo se podrán reutilizar contenedores cuando no se trate de residuos incompatibles, a menos que hayan sido previamente descontaminados,
Se realizará el transporte desde los sitios de acumulación primaria hasta la bodega de almacenamiento temporal de residuos peligrosos mediante vehículos apropiados y la disposición final de los residuos peligrosos se realizarán sólo con empresas debidamente autorizadas.
Los residuos no peligrosos serán dispuestos en contenedores rotulados los cuales se dispondrán en las áreas de trabajo y trasladados periódicamente hasta la instalación de faenas, donde se habilitarán las áreas delimitadas y debidamente señalizadas para el almacenamiento de los contenedores.
En cada frente de trabajo e instalaciones de faenas se considerará la separación de los residuos dependiendo del tipo: industriales no peligrosos, industriales peligrosos, domésticos, escombros y material que se puede reutilizar o reciclar, En las áreas de trabajo se dispondrán de áreas o contenedores rotulados para cada tipo de residuo, los cuales serán retirados en forma periódica y trasladados hasta el sitio de almacenamiento temporal en la instalación de faenas. El traslado se realizará en vehículos habilitados para esta labor de forma segura.
La disposición temporal será según su clasificación, en áreas delimitadas para residuos como madera, escombro, fierros y otros inertes que no requieren contención específica, y en contenedores cerrados para aquellos de menor tamaño y que no pueden ser reutilizados o reciclados. Estos sectores estarán señalizados y serán de fácil acceso. Se procurará que el área se encuentre limpia y ordenada con el objetivo de evitar vectores,
El transporte y disposición final se realizará en vehículos apropiados se privilegiará el reciclaje, sin embargo, para los residuos en lo que esto no sea posible se analizará la posibilidad de comercialización o disposición final en lugares autorizados. Se llevará registro interno de los residuos en las instalaciones de faenas para conocer cantidades de residuos generados, de esta manera asegurar un mejor manejo interno y destino,
Fase de operación: Los residuos sólidos generados son esporádicos y corresponden al material sobrante de las tareas de mantención, Los residuos que no sean reutilizables serán enviados a lugares autorizados y aquellos reutilizables serán dispuestos por terceros para su reciclaje. Estos residuos serán retirados por el mismo contratista que realice las labores de mantención.
4.10.4 Generación de ruido En relación al Estudio de Impacto Acústico adjunto en el Anexo N? 1-4 del ELA, señala lo siguiente:
Fase de construcción: Se generarán midos esporádicos producto de la instalación de faenas, roce y despeje de la franja de servidumbre, implementación de vías de acceso, construcción y montaje de estructuras. Para determinar el aporte de emisión de midos de estas fuentes el Titular realizó un estudio de tuido que comprende modelaciones acústicas, cuyo objetivo es verificar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.
A continuación se muestran las principales fuentes de ruido con sus Niveles de Potencia Acústico (Lw), y las actividades asociadas a estas fuentes:
Tabla. Fuentes de ruido y niveles de potencia acústica (Ly). Fuente de Ruido Lw, dB(A) Retroexcavadora 104
23
Retroexcavadora mixta 108 Pala cargadora 100 Motovolquete (dumper) 110 Camión de transporte 100 Camión grúa 103 Grúas móviles autopropulsadas 112 Camión mixer 112 Grupo electrógeno SOkva 100 Esmeril angular (galletera) 106 Compactadora 104 Motoniveladora 111 Camión tolva 110 Grupo electrógeno insonorizado 85 Motosierra 106 Fuente: En base a la Tabla 1-6 del EIA. Tabla. Fases y fuentes de ruido. Actividades Fases Fuentes de Ruido Instalación de faenas (A) Instalación Camión Grúa Camión de Transporte Roce y Despeje (B1) Motosierra Roce y Despeje de Servidumbre, peca E e Implementación de Vias de 02 , Motoyolg e - Acceso (B) Implementación de Vías (B2) Motonivela ora Camión Tolva Pala Cargadora Pala Cargadora Motovolquete Construcción de Fundaciones | Compactadora (c1) Camión Mixer Construcción y Montaje de Esmeril Angular Fundaciones Grupo electrógeno (0) Camión Grúa Grúas Móviles Montaje Torres (C2) Autopropulsadas Camión de Transporte Grupo Electrógeno Camión Grúa Grúas Móviles Tendido de Conductores (D) Tendido Autopropulsadas Camión de Transporte Grupo electrógeno
Para determinar la incidencia de las actividades de construcción sobre los potenciales receptores observados, se tomaron en consideración tanto las distancias al frente de trabajo, como las condiciones de relieve y
Fuente: En base a la Tabla 1-7 del EIA.
forestal entre fuente-receptor; tomándose de esta forma, seis (6) puntos presentados.
A continuación, se presenta un análisis de las posiciones potencialmente afectadas por las diferentes
actividades realizadas.
Tabla. Receptores afectados debido a las diferentes actividades,
Incidencia de actividad Roce y Despeje de a . Posición Instalación de Servidumbre, e Constr "eción y Tendido de 24 Montaje de Conductores faenas (A) Implementación de Estructuras (C Vias de Acceso (B) 5 uras (C) (0) 3 NO afecta Sl afecta NO afecta NO afecta 5 NO afecta NO afecta SÍ afecta NO afecta 6 NO afecta Sl afecta NO afecta NO afecta
Fuente: En base a la Tabla 1-8 del EIA.
24
Teniendo en consideración lo anterior, las actividades de Roce y despeje de servidumbre, e implementación de vías de acceso (B) afecta a los receptores en la posición 3 y 6, y la actividad de construcción y montaje de estructuras (C) afecta al receptor 5. Al respecto, a continuación se muestran los niveles proyectados, los límites máximos permitidos por la Normativa Legal (D.S. N* 38/2011 del Ministerio del Medio Ambiente), y la superación obtenida.
Para complementar lo anterior, en el anexo 9 de la adenda 1 se presenta un nuevo estudio de ruidos donde se señala que:
De acuerdo a la proyección realizada para la etapa de construcción, se determinó que por la cercanía existente entre el lugar donde se desarrollarán las faenas y los receptores identificados en la línea base, los niveles de ruido proyectados en los puntos B, C, 4, 5 y 6, no se encuentran en cumplimiento con los niveles máximos permisibles según el D.S. N* 38/2011 del MMA para la jornada diurna.
Etapa de Construcción:
El horario de funcionamiento de las obras de construcción está definido según la naturaleza de las obras a desarrollar, esto con el fin de mitigar el posible impacto ocasionado al entorno del proyecto. Para las obras de construcción Línea de Alta Tensión 1x220Kw Tubul Lagunillas, solo se contemplan trabajos en horario diurno con alguna posible eventualidad nocturna. En las siguientes tablas se muestra la evaluación de los niveles proyectados durante la construcción del proyecto,
Tabla. Evaluación de los niveles proyectados en la fase de construcción periodo diurno
Evaluación de Niveles Proyectados Periodo Diurno — Etapa de Construcción Nivel de Ruido Lámite | eración D.S.38/11 dB(A) Punto Proyectado dB(A) Diurno Actividad(B) Actividad(C) | D-5.38/2011 | acrividad(s) | Actividad (0) 601801 cl1a] % "elec e A 55 56 52 49 65 - - - - B 57 58 54 51 56 1 2 - - Cc 55 56 52 49 51 4 5 1 - 2 55 56 52 49 60 - - - - 3 60 61 57 54 61 - - - - 4 57 56 54 SS] 51 6 5 3 - 5 60 62 58 55 60 - 2 - - 6 58 60 56 53 55 3 5 1 -
Bl: Roce y despeje, B2: Implementación de vías, C1: Construcción de fundaciones, C2: Montaje de Torres
Como se observa en la Tabla anterior el nivel máximo permisible se ve superado en los puntos B,C,4,5y 6 de la línea base, por lo que se prevé un incumplimiento de acuerdo al D.S. N? 38/2011 del MMA durante las actividades de Roce y Despeje, Implementación de vías y construcción de fundaciones en estos puntos mencionados.
Respecto al ruido nocturno, como se observa en la Tabla siguiente el nivel máximo permisible se ve superado en todos los puntos de la línea base para este horario, por lo que se prevé un incumplimiento de acuerdo al D.S. N” 38/2011 del MMA durante todas las actividades. En este horario en nivel de ruido emitido es el mismo que durante el día, pero como los niveles máximos permisibles son Ímenores, se produce un mayor número de incumplimientos durante este horario.
Tabla. Evaluación de los niveles proyectados en fase construcción periodo nocturno.
Evaluación de Niveles Proyectados periodo Nocturno — Etapa de Construcción Nivel de Ruido Límite Nocturno | Superación D.S.38/11 dB(A) Punto | Proyectado dB(A) D.S.38/2011 Actividad(B) | Actividad(C) | dB(A) Actividad(B) | Actividad (C) (BD) | (82) | (C1) | (C>) (DD 182% |(cD | (c2) A 55 56 32 49 50 5 6 2 - B EY 58 54 51 50 7 E 4 1 e 55 56 52 49 46 9 10 6 3
25
hemos aportado al titular y planteado que los sentimientos de arraigo pueden ser mejor evaluados a través de tres ejes que son relevantes para las comunidades. Primero, el sentido de territorialidad. Segundo, la herencia cultural. Tercero, la relación con otras comunidades del territorio. Estos tres ejes pueden hacer variar en menor o mayor grado el sentimiento de arraigo que puede tener un Lof. Y por consiguiente sus medidas estarían asociadas de manera real con el impacto que se identifica y si magnitud.
En el programa cultural que se propone como medida de mitigación, se señala “implementar señalética tipo monolito para dar valor cultural a sitios de significación cercanos al trazado de la LAT, validados por las comunidades indígenas”. En este sentido creemos que es una medida completamente inapropiada ya que un monolito no tiene ningún valor cultural ni espirimual que repare, compense O mitigue el impacto sobre los sitios sagrados que tienen las comunidades.
Las manifestaciones de tradiciones y cultura son de
los elementos más importantes para establecer un
desacuerdo sobre los impactos y las medidas generadas por el titular ya que la línea base del medio humano y en particular de los grupos humanos pertenecientes a los pueblos indígenas carece de información relevante para la correcta identificación del impacto y su magnitud, en este sentido las medidas tienen una brecha
demasiado evidente respecto de encargarse de los impactos,
proyecto debería haber corregido O
proyecto en las condiciones actua adversos, sumando a esto situaciones
esto creemos que es alarmante ya que un
mejorado en todos los años de estudio estos elementos, de aprobarse el les conllevaría una irresponsabilidad publica que generaría efectos
de afectación que ya vienen sucediendo desde el ingreso del proyecto
y que son situaciones que nacen de la forma en la cual se aborda el estudio de impacto ambiental, la consulta
indígena y la forma de participación que
tienen las comunidades. Por mencionar algunos elementos
espirituales y culturales expondré una parte del “análisis proceso de deliberación interna Chilcoco” que se toma del informe antropológico desarrollado en la etapa de deliberación interna y que buscaba desde la perspectiva tradicional mapuche encontrar respuestas sobre elementos importantes que se verían afectados
en el área de afectación del proyecto, esto permitiría en
el nvtram propio de las comunidades tomar
decisiones importantes para entrar en el proceso de diálogo.
Comunidad Indígena Kuñul Terán
Para la Comunidad Indígena Kuñul Terán, Se identificaron los 3 impactos y se propusieron las siguientes medidas, que fueron acogidas por la comunidad:
manifestación de tradiciones y cultura que puedan afectar a las comunidades y su unión social
Impacto Medida IMPACTO-03: Afectación o | MEDIDA DE COMPENSACION: Fortalecimiento de las Impedimento para la | manifestaciones tradicionales de la cultura mapuche a través de
un plan de colaboración en la realización de actividades culturales de la comunidad de Kuñul Terán.
IMPACTO-04: Afectación a la libre circulación y aumento en los tiempos de desplazamiento. Afectación al acceso o a la calidad de bienes y servicios para las comunidades próximas a las obras
MEDIDA DE MITIGACIÓN: PROGRAMA DE GESTIÓN ASOCIADA AL TRÁNSITO. Presentación de programa a las comunidades aledañas al proyecto con la finalidad de informar el desarrollo de las actividades constructivas y caminos a utilizar durante la fase de construcción del proyecto.
IMPACTO-05: Posible afectación de sitios arqueológicos y patrimoniales
MEDIDA DE COMPENSACIÓN: Programa cultural, Notificación a la comunidad de Kuñul Terán de posibles hallazgos arqueológicos que se encuentren durante la fase de construcción del proyecto y las gestiones de resguardo asociadas.
Sin embargo, adicional a lo anterior, la comunidad manifiesta su desacuerdo señalando:
A continuación se incluyen las observaciones formuladas por la comunidad, respecto de las medidas propuestas por el Titular y dialogadas entre la Comunidad y el Servicio de Evaluación Ambiental, en las cuales no hubo acuerdo.
116
Medida propuesta por el titular: Programa turístico. Apoyo al desarrollo de la actividad turística en el humedal y/o con fines educacionales para su protección, uso y cuidado, a través del diseño e implementación de una Ruta Turística.
Observación de la Comunidad: La medida propuesta por el Titular es considerada como insuficiente por la comunidad, ya que señalan que una ruta turística no compensa el daño respecto de la dificultad de hacer uso del entorno natural del humedal. La comunidad realiza viajes guiados a distintos puntos del humedal, y esta actividad es un complemento importante del desarrollo del etnoturismo, el que es el rubro más importante de generación de ingresos económicos de la Comunidad.
Medida propuesta por el titular: Programa de Difusión medio ambiental. Tríptico con características principales del humedal.
Observación de la Comunidad: La comunidad señala que la medida propuesta no se hace cargo de lo que consideran una perturbación irreparable para los paisajes del territorio y una afectación directa para los atractivos turisticos donde la Comunidad trabaja este rubro.
Agregan además que la medida no compensará, no aportará ni potenciará las actividades económicas, sociales y el daño espiritual a la cultura mapuche,
Medida propuesta por el titular: Apoyo para la organización de ferias costumbristas, el fomento de actividades culturales y de conocimiento de las comunidades indígenas, así como también la elaboración de un libro con información histórica y cultural de las comunidades, para fortalecer la identidad indígena del sector.
Observación de la Comunidad: La medida propuesta se rechaza por la comunidad, argumentando que la cultura e historia o cosmovisión es propia del grupo y no objeto de difusión.
Medida propuesta por el titular: Mejoramiento y mantención de caminos en los sectores afectados durante la construcción de la línea de alta tensión.
Observación de la Comunidad: La comunidad indica que la medida propuesta no aborda directamente las demoras en los tiempos de viajes.
Medida propuesta por la Comunidad: Compra de la implementación y equipamiento para el salón cultural de eventos de la Comunidad, con la finalidad de que, con este aporte, la comunidad pueda tener las condiciones para desarrollar su emprendimiento,
La medida propuesta consiste en la adquisición de productos como Horno con Plancha, Comedores, Cooler, Congeladora, Freidora, Moledora de carne, Cortadora de cecinas, Lava plato doble, Mesones acero inoxidable, Mesón inoxidable, Calienta plato, Cocina industrial, Refrigerador industrial, Vitrina de carne, Vitrina de cocina.
Respuesta del Titular:
No se acoge la medida presentada dentro del Proceso de Consulta Indigena e indicó que no será abordada por RSE.
Observación del Servicio de Evaluación Ambiental: No se acoge la medida dado que aborda un aspecto económico productivo, el cual no es afectado significativamente por el proyecto.
Medida propuesta por la Comunidad: Fortalecimiento al desarrollo productivo económico de la Comunidad al través de la compra de un vehículo de transporte de pasajeros
Respuesta del Titular.
No se acoge la medida presentada dentro del Proceso de Consulta Indígena e indicó que no será abordada por RSE.
Observación del Servicio de Evaluación Ambiental: No se acoge la medida dado que aborda un aspecto económico productivo, el cual no es afectado significativamente por el proyecto.
117
Medida propuesta por la Comunidad: Respuesta del Titular.
Fortalecimiento al desarrollo productivo | No se acoge la medida presentada dentro del Proceso económico de la Comunidad a través de | de Consulta Indigena e indicó que no será abordada la inyección de recursos económicos para | por RSE.
emprendimientos turísticos Observación del Servicio de Evaluación Ambiental:
No se acoge la medida dado que aborda un aspecto económico productivo, el cual no es afectado significativamente por el proyecto.
Comunidad Indígena Regui Quillay
Para la Comunidad Indígena Regui Quillay, se identificaron los 6 impactos y se propusieron las mismas medidas que al resto de las comunidades.
Acuerdos Logrados
Se deja constancia que, tras el Proceso de consulta Indígena llevado a cabo, no se lograron acuerdos entre el Lof Regui Quillay y el Servicio de Evaluación Ambiental a propósito de las medidas propuestas por el titular en el presente ELA.
Luego de haber realizado las fases de entrega de información, deliberación interna y finalización del diálogo, la Comunidad Indígena había desarrollado eventuales acuerdos dentro del marco del Proceso de Consulta Indígena, sin embargo, el día 28 de septiembre de 2018 la Comunidad manifestó que están en desacuerdo con todas las medidas planteadas por el Titular del proyecto, Frente a ello el asesor de la Comunidad envió un correo electrónico el día 3 de octubre de 2013, en el cual indica que la Comunidad decidió suscribir un Protocolo de Acuerdo final, con desacuerdos. Ante ello se deja constancia que, de manera libre, la comunidad manifiesta su rechazo al proyecto y lo plasma en el presente documento como un protocolo de desacuerdo respecto a las medidas planteadas por el proyecto en el Proceso de Consulta Indígena.
Desacuerdos
Transourridas todas las etapas del Proceso de Consulta Indígena y abordado las instancias de diálogo entre el SEA, la Comunidad y el Titular. Se constata que existe un desacuerdo con todas medidas presentadas por el Titular del proyecto y las dialogadas en el marco del PCPI, por parte de la Comunidad.
Dentro del proceso de diálogo, se suscitaron otras propuestas de medidas presentadas por la Comunidad Regui Quillay como idóneas, pero se constatan como desacuerdos, dado que no se acogieron todas por el titular. A saber:
-
La Comunidad planteó la necesidad de evaluar un cambio de trazado de la línea de Alta Tensión cerca de donde se sitúa la Comunidad de Regui Quillay. Ello fue considerado por el titular, el cual planteó 5 opciones en el cambio de la cantidad de torres, exponiendo un fotomontaje de cada una de dichas alternativas. Sin embargo, la Comunidad solicitaba un trazado que alejara las torres del Humedal Carampangue, a lo que la empresa no accedió. Se presenta ello como un desacuerdo,
-
La comunidad había propuesto como medida que fuera considerado un programa de fomento productivo sustentable, con el fín de generar insumos y servicios para realizar actividades de ecoturismo de manera sustentable. El titular no acogió la propuesta de la Comunidad, sin embargo, indicó su voluntad de abordarlo dentro del marco de la Responsabilidad Social Empresarial. Para la Comunidad esta propuesta era una medida pertinente para hacerse cargo de uno de los impactos identificados en el PCPI, por ende, identificó que no podía ser abordada como responsabilidad Social Empresarial.
» En relación a la propuesta presentada en el PCPI por la Comunidad respecto a la implementación de un programa de fomento productivo sustentable, se propuso crear una
118
carpeta de micro proyectos, donde el cual el titular debía seleccionarlos y financiarlos. Sobre ello el tifular no acogió la propuesta de la Comunidad, sin embargo, indicó su voluntad de abordarlo dentro del marco de la Responsabilidad Socíal Empresarial. Para la Comunidad esta propuesta era una medida pertinente para hacerse cargo de los impactos identificados en el PCPL, por ende, no podía ser abordada como Responsabilidad Social Empresarial. Frente a ello se constata un desacuerdo.
- Una tercera medida presentada en el diálogo por la Comunidad fue un Programa de Desarrollo y Fomento de la Cultura Mapuche, que consideraba habilitar, construir e implementar dentro del Lof Regui- Quillay dos invernaderos para la producción y preservación de plantas medicinales y frutos silvestres, además de una Ruka forrada para las actividades culturales del Lof Regui-Quillay. Sobre ello el titular no acogió la propuesta de la Comunidad, sin embargo, indicó su voluntad de abordarlo dentro del marco de la Responsabilidad Social Empresarial, Para la Comunidad esta propuesta era una medida pertinente para hacerse cargo de uno de los impactos identificados, por ende, no podía ser abordada como Responsabilidad Social Empresarial
La Comunidad Regui Quillay solicitó dejar constancia en el presente Protocolo Final con desacuerdos, lo siguiente:
“El Lof Regui Quilay declara haber participado en el proceso de consulta indígena de buena fe y poniendo a disposición del SEA y del titular, toda la información necesaria para la identificación correcta de los impactos y la proposición de medidas pertinentes. Hay que destacar que el Lof Regui Quillayse encuentra en el Humedal Carampangue, donde cruzarán la menos 3 Torres de la Línea de Alta tensión proyectada (NG4, N65, N66) por el Humedal, cuyos impactos no fueron identificados de manera separada en el Estudio de Impacto Ambiental. De hecho, nuestra Comunidad alertó al SEA que no aparecía en este Estudio de Impacto Ambiental un impacto específico a la flora y fauna de este humedal, a su valor ambiental y todo se concentraba en el Humedal Tubul Raqui. La Comunidad incluso mostró un video al SEA que constata la presencia en el Humedal Carampangue del pudu, de una gran diversidad de aves, además de riqueza de flora, que no aparece caracterizada en detalle en el EIA y donde nunca se pronunciaron los servicios que evalúan este proyecto. Nuestra intención como Comunidad fue que la empresa se hiciera cargo de estos impactos y no dañara la biodiversidad del lugar, que hoy estamos tratando de proteger como Lof, incluso con un proyecto FPA del Ministerio del Medio Ambiente. Por eso, se propuso el cambio de trazado donde se evitaba cruzar el Humedal y todo lo que ello implica: en cuanto a construcción y levantamiento de las Torres, a sus fundaciones, ruido, campos electromagnéticos, choques de aves, etc. Esto no fue acogido por el titular y el SEA no se pronunció al respecto.
Por otro lado, el Lof Requi Quillay entregó toda la información al SEA y al titular, que demuestra la existencia de sitios sagrados y ancestrales del Lof, de carácter histórico y patrimonial en el área, como por ejemplo la cancha de palin que se encuentra a 225 metros de la Torre N*64, Existe un complejo cultural muy antiguo en la zona, que nuestra Comunidad espera proteger, además de los posibles hallazgos arqueológicos en el área. Todos estos antecedentes no existían en el Estudio de Impacto Ambiental y sólo se presentaron porque muestra Comunidad lo planteo. Ni el SEA ni las instituciones correspondientes, se pronunciaron sobre este impacto. El titular entonces, aplicó los mismos impactos reconocidos en el Humedal Tubul raqui a nosotros, Pero aquí la situación es distinta, hay un impacto evidente al patrimonio cultural e histórico del pueblo mapuche, dado que se encuentra una cancha de palin, un reni, el lugar de rogativa de la machi, etc. Y la medida propuesta para este tema es muy insuficiente. Nuestra Comunidad propuso medidas que se hicieran cargo de los impactos, pero fueron rechazadas por el titular.
Finalmente, queremos destacar la mala fe de parte de la empresa, al señalar que ya había conversado con todos los vecinos del sector la meseta para la instalación de las torres de alta tensión. Esto la comunidad lo vio como una aprobación por parte de los vecinos del sector la meseta, despueés de un tiempo se encontró que había varios vecinos molestos con la empresa y con nuestra comunidad Regui quillay, porque no habían sido informados y no había dado ninguna aprobación. Esto generó una mala percepción de los vecinos de la Comunidad, que se vio como aprobando el
119
proyecto, lo que hemos ido logrando revertir poco a poco. La comunidad siente que se le mintió en un contexto donde se supone existe un trato de buena fe.
En resumen, el Lof Regui Quillay se declara en completo desacuerdo con este proyecto y habiendo conocido las medidas propuestas por el titular, reconoce que en particular para su localización y características (Humedal carampangue), los impactos no están bien definidos, no hay antecedentes ni estudios completos para identificar los impactos y las medidas están pensadas para el Humedal Tubul raqui y no para su sector y su comunidad. Por ende, las medidas no se hacen cargo del importante daño que se generará en el sector. Además, el proceso de consulta estuvo marcado por la mala f6 de la empresa, donde se ocupó la mentira para apresurar a la comunidad en sus decisiones.”
Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu
Para la Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu, se identificaron los 6 impactos y se propusieron las mismas medidas que al resto de los grupos. Se debe señalar que La etapa de Deliberación fue realizada en conjunto por la Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu y la Asociación de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores Lafkenche, presentando ambos grupos las mismas observaciones.
Acuerdos Logrados
Luego de haber realizado las fases de entrega de información, deliberación interna y finalización del diálogo, la Comunidad y la Asociación Indigena manifestaron que están en desacuerdo con las medidas planteadas por el Titular del proyecto y la intervención al humedal. Ante ello se deja constancia que, de manera libre, la comunidad y Asociación manifiesta su rechazo al proyecto y lo plasma en el presente documento como un protocolo de desacuerdo respecto a las medidas planteadas por el proyecto en el Proceso de Consulta indigena del proyecto.
Desacuerdos
La etapa de Deliberación fue realizada en conjunto por la Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu y la Asociación de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores Lafkenche, quienes revisaron las materias del estudio de impacto ambiental desde la perspectiva de la cosmovisión y cultura del pueblo mapuche en el territorio del Humedal Tubul Ragqui, esto es: el análisis de medidas que afectan la componente “material” de la cultura, entiendo como tal el territorio y su naturaleza (estructura y función de la componente ecológica) o medio biótico; y la componente inmaterial, entendiendo como tal el medio humano, sus aspectos antropológicos y socio-ambientales. Entendiendo finalmente que en la cosmovisión lafquenche lo inmaterial y material forman parte de un todo indivisible,
En este contexto, ambos grupos manifestaron estar en desacuerdo con las medidas presentadas por el Titular del proyecto, que no cumplen con la definición y propósito estipulado en él D.S N* 95/2001 RSEIA, en sus artículos N? 57, 58, 59 y 60.
Lof María Isabel Antileo Huenumilla
Para el Lof María Isabel Antileo Huerumilla, se identificaron los 3 impactos y se propusieron las siguientes medidas, que fueron acogidas por la comunidad:
Impacto Medida
IMPACTO-02: Localización | MEDIDA DE MITIGACIÓN: Cambio de trazado de la Linea próxima del proyecto en áreas | de Alta Tensión en el tramo sobre el Humedal Tubul-Raqui donde habitan comunidades, alterando la visual del paisaje | MEDIDA DE COMPENSACION: PROGRAMA. TURISTICO. Incorporación de senderos, miradores y señalética en el sector del Humedal, como complemento a la
120
Ruta Turística, de manera de potenciar el valor paisajístico del Humedal Tubul-Raqui y con fines educativos.
IMPACTO-03: Afectación o Impedimento para la manifestación de tradiciones y cultura que puedan afectar a las comunidades y su unión social
MEDIDA — DE COMPENSACION: PROGRAMA CULTURAL. Organización de ferias costumbristas, el fomento de actividades culturales y de conocimiento de las comunidades indígenas a través de la implementación de talleres, así como también la elaboración de un libro con información histórica y cultural de las comunidades, para fortalecer la identidad indígena del sector.
MEDIDA DE GCOMPENSACION: PROGRAMA CULTURAL. Complementar señalética con estatuas tipo monolito, imagen o figura antropomorfa de pertinencia mapuche, para dar valor a sitios de significación y rescatar la historia oral/escrita identificados por el Lof María Isabel Antileo Huenumilla, cercanos al trazado de la LAT que cruza el Humedal Tubul-Raqui.
IMPACTO-05: Posible afectación de sitios arqueológicos y patrimoniales
MEDIDA DE MITIGACIÓN / COMPENSACIÓN PROGRAMA CULTURAL: Notificación a las comunidades de posibles hallazgos arqueológicos en la fase de construcción
del proyecto.
13,5 Análisis del SEA Biobío Evaluación del Biobío
al proceso de consulta indigena, acogido por la Comisión de
Respecto al análisis general del proceso de consulta indígena llevado a cabo en el marco del Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “Línea de Alta Tensión 1x220 ky Tubul-Lagunillas, se indica lo siguiente:
-
La consulta indígena llevada a cabo es probablemente uno de los procesos más extensos desarrollados en el marco del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, en términos de cantidad de grupos humanos pertenecientes a pueblos indígenas en consulta y duración de esta. Considerando además que su inicio se lleva a cabo en un contexto de reciente implementación del D.S. N*66/2013.
-
La diversidad de grupos humanos y la temporalidad de su incorporación a la consulta indígena condicionó la extensión de la consulta. Lo anterior sumado a que en respuesta a las observaciones realizadas por la autoridad ambiental, el titular informa a partir de la Adenda 1 los impactos y los GHPPI que se verían afectados por las partes, obras o acciones del proyecto,
-
En promedio las consultas se extendieron durante 3 años con cada uno de los grupos, existiendo cuatro comunidades/asociaciones que se mantuvieron más de 4 años en consulta. No obstante, de estas últimas, con todas ellas se logró firmar protocolo de acuerdo final, y dos de ellas manifestaron su rechazo tanto al proceso como a las medidas y rechazo al proyecto, en lo que se denominó protocolo de desacuerdo.
-
Dada la extensión de las consultas, se fueron generando cambios tanto en las contrapartes de los GHPPI, cómo en las del Servicio de Evaluación Ambiental, repercutiendo en la generación de confianzas entre los actores involucrados, que debieron ser trabajadas y establecidas cada vez que se produjeron los cambios.
e La extensión de la consulta estuvo marcada asimismo con la contingencia nacional, principalmente por la pandemia global Covid-19, lo que afectó el desarrollo del PCPI con los últimos 3 grupos, que se sumaron en 2018 a la consulta, Esos hechos provocó que sus procesos de consulta se desarrollaran por un tiempo cercano a 3 años.
Finalmente se señala que, el Proceso de Consulta a los pueblos indígenas se realizó a través de un proceso de buena fe, que contempló mecanismos apropiados según las características socioculturales particulares de cada pueblo y a través de sus instituciones representativas, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento, de modo tal que éstos pudieron
121
participar de manera informada y tuvieron la posibilidad cierta de influir durante el proceso de evaluación ambiental. Esto, según consta en actas y documentos asociados al PCPI del expediente de evaluación del proyecto, asi como en el presente.
13.6 Análisis del SEA Biobío, acogido por la Comisión de Evaluación del Biobío, a las medidas respecto al plan de medidas presentado por el titular y discutidos durante el proceso de consulta indigena.
. En lo que se refiere a las medidas de mitigación, reparación y/o compensación, como se señaló anteriormente, estas fueron informadas por el titular a través de Adenda N1, las cuales fueron observadas por el SEA a través de ICSARA N2, indicando que estas debían ser reformuladas en pos de cumplir con la finalidad que persiguen dentro de la evaluación ambiental en atención a hacerse cargo de los impactos. Agregando que las medidas propuestas por el titular (..) no se hacen cargo de los impactos generados (...) y que, (...) las medidas de mitigación, compensación y reparación deberán ser consensuadas con las comunidades directamente afectadas, durante el proceso de consulta indígena,
. A través de Adenda N22 el titular precisa las medidas presentadas en el Plan de Medidas socioambientales, agregando que, (..) las medidas de mitigación, compensación y reparación deberán ser consensuadas con las comunidades directamente afectadas, durante el proceso de consulta indígena.
. Siguiendo con el proceso de evaluación, a través de ICSARA N3 se le indica al titular que, el SEA considera que (...) la calificación como “negativo medio” en relación al impacto del sentimiento de arraigo de las comunidades indígenas pertenecientes al inunedal Tubul-Raqui sigue siendo diseutible, tanto en la fase de construcción como en la de operación, (...). Que los argumentos para la calificación de dicho impacto utilizados por el titular responden a condiciones presentes en el Humedal Tubul-Raqui, donde se manifiesta en la Adenda N%2 que “ya habría una desconexión con la naturaleza” por parte de algunos grupos Mapuche Lafkenche colindantes al Inmedal. Esta desconexión es explicada por la falta de agua en el sector, la pérdida de acceso a sectores con significación cultural por situarse en terrenos privados v uma importante presencia de especies exóticas como pinos y encaliptis. Agregando que, En base a estos antecedentes, es de opinión del Servicio de Evaluación Ambiental que dicho impacto tiene una valoración negativa alta, por lo cual se considera un efecto del artículo 11 que da origen al EIA. En este marco, el titular deberá proponer las medidas de mitigación, compensación y/o reparación según corresponda para hacerse cargo apropiadamente de este impacto, las que a su vez deberán ser consultadas con las comunidades indígenas afectadas, en el marco del proceso de consulta indígena.
. A través de Adenda N93 el titular señala que, el impacto ya tiene una calificación de significativo, y por ende (...) no supone el requerimiento de medidas de mitigación, restauración o compensación adicionales a las va entregadas en el marco de evaluación del provecto, dado que el impacto es significativo v ya cuenta con estas medidas, las cuales se detallaron en el Anexo 12 del Adenda N* 1, Plan de Medidas Socio ambientales. No obstante, complementa la medida identificada como Incorporación de señalética sectorial, ampliando la señalética a los sitios de significación cultural reconocidos por las comunidades indígenas del sector.
. En ICSARA N4, desde el SEA se indica que (...) sobre la consideración negativa alta del impacto alteración de la calidad visual del paisaje, se reitera la necesidad de proponer medidas de compensación pertinentes por cada uma de las comunidades que se encuentran en el proceso de consulta indígena, entendiendo que las mismas surgirán del proceso y en concordancia con lo trabajado con las comunidades, junto con ello se señala (...) Igualmente se solicita segrtir avanzando en la identificación de los sitios de significancia cultural, tal como fue presentado en la Adenda N%3, con el resto de las comunidades y realizar el análisis de la susceptibilidad de afectación de los mismos, proponiendo medidas pertinentes para ello.
. Finalmente, a través de Adenda N%4 el titular presenta una versión actualizada del conjunto de medidas que están siendo discutidas con los GHPPI en el PCPI, las cuales se caracterizan por ser homogéneas para todos los grupos. Junto con ello, presenta los resultados del levantamiento de
122
información respecto a los sitios de significación cultural para las comunidades que se encuentran en consulta.
. De acuerdo con lo expuesto en los párrafos anteriores, el Servicio de Evaluación Ambiental indicó durante la evaluación del proyecto que la pertinencia de las medidas debería ser evaluada en conjunto con los GHPPI sujetos de consulta y que además debían hacerse cargo en forma adecuada de los impactos asociados. Desde la generación del ICSARA 2 se generaron las primeras observaciones a las medidas propuestas por el titular, las cuales no fueron del todo subsanadas durante el proceso de evaluación, tal como se indicó en el ICSARA N%4 respecto al impacto a la alteración de la calidad visual del paisaje y la necesidad de considerar medidas pertinentes para cada una de las comunidades.
. En ese marco, del análisis de las medidas propuestas por el titular, y discutidas durante el PCPI se indica lo siguiente:
Impacto IMPACTO-01: Intervención del uso o dificultad del acceso hacia los recursos naturales del humedal Tubul-Raqui. Medida MEDIDA DE COMPENSACIÓN:
PROGRAMA TURÍSTICO: Diseñar e implementar una Ruta Turística para propiciar las actividades socioculturales y económicas de las Comunidades Indígenas aledañas al Humedal Tubul Raqui y promover la protección del mismo. Observaciones SEA | e En atención a los antecedentes existentes, la autoridad ambiental indica que esta medida no es apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular,
» Lo anterior, toda vez que el impacto según la caracterización realizada por el títular está asociado al cambio de paisaje, debido a la incorporación de elementos artificiales desde la etapa de construcción y manteniéndose durante toda la vida útil del proyecto (50 años), por lo que su impacto es irreversible. En ese sentido, no queda claro de qué manera se compensa ese impacto a través de Un programa turístico, apoyado con material de difusión cuyos beneficiarios serían principalmente los receptores de la información generada (visitantes o turistas) y no necesariamente las comunidades. Sumado a que la transformación del paisaje del humedal contribuye a disminuir su valor naniral en tanto su grado de antropización se ve agravado como consecuencia de las partes, obras y acciones del proyecto, durante toda su vida útil.
. Los cuestionamientos a la pertinencia de la medida fueron indicados durante el proceso de PCPI por todas las comunidades que firmaron un Protocolo de Desacuerdo Final, así lo señaló explícitamente por ejemplo la Asociación de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores Lafkenche y La Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu, al indicar que (...) La medida NO PRODUCE O GENERA UN EFECTO POSITIVO ALTERNATIVO Y EQUIVALENTE AL EFECTO ADVERSO IDENT. TFICADO y no reemplaza o Sustituye el elemento del medio ambiente afectado. Por cuatro yazones: 1 ) Tubul y el Humedal no tienen hasta ahora vocación T, wrística; 2) La medida estaría destinada a visitantes yHmo a los habitantes del lugar; 3) No se explica el impacto económico hacia las comunidades (No se incluye ni modelo mi plan de negocio); y 4) Te ampoco se indica como esta medida ayudaría a promover la protección del Humedal.
. Finalmente, la medida propuesta no recoge los planteamientos presentados durante el PCPI por los GHPPI respecto a sus preocupaciones por la avifauna presente en el humedal y que podría verse afectada principalmente durante la fase de operación del proyecto. Así lo plasmó la Comunidad Indígena Chilcoco en el PAF, (...) Los efectos adversos sobre la Alora y fauna silvestre que existe en el sector del humedal Tubul Raqui y por consiguiente el equilibrio natural de un ecosistema que custodia la cominidad como así también otras comunidades, es un impacto significativo que no (ha) sido relacionado con los aspectos culturales de las comunidades indigenas que habitan el sector del humedal Tubul Raquí
Impacto IMPACTO-02: Localización próxima del proyecto en áreas donde habitan comunidades, alterando la visual del paisaje Medida MEDIDA DE MITIGACIÓN:
123
Cambio de trazado de la Linea de Alta Tensión en el tramo sobre el Humedal Tubul-Raqui, para minimizar la alteración visual del paisaje hacia las comunidades cercanas al Humedal.
Observaciones SEA
. En atención a los antecedentes existentes, no €s posible establecer que esta medida sea apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular.
. Lo anterior en atención a que en el caso particular de la Comunidad Regni Quillay, se le solicitó al titular a través del ICSARA N94 que la caracterizara, y analizara si se generará alguno de los efectos, características O circunstancias del art. 11 de la Ley 19.300, puesto que de acuerdo con los antecedentes proporcionados por CONADI la comunidad se ubica en el sector de Carampagne y se vería eventualmente afectada en su patrimonio cultural por el trazado de la línea. Al respecto, el titular indicó en Adenda N%4 que no se generaban nuevos impactos a los ya identificados, estableciendo el mismo conjunto de medidas predefinido para todas las comunidades participantes del PCPI.
. Por lo anterior, la comunidad manifestó su disconformidad con la identificación de los impactos, las medidas propuestas y el proceso de PPCI, señalando en el Protocolo de Acuerdo Final que, (.. .) hay un impacto evidente al patrimonio cultural e histórico del pueblo mapuche, dado que se encuentra ima concha de palin, un reni, el lugar de rogativa de la machi, etc. Y la medida propuesta para este tema es muy insuficiente. Nuestra Comunidad propuso medidas que se hicieran cargo de los impactos, pero fueron rechazadas por el titular.
. Por lo anterior, a juicio de esta dirección regional la estandarización de las medidas no logra hacerse cargo de las particularidades de las comunidades, repercutiendo en la falta de idoneidad de estas, dada las singularidades de los grupos.
Impacto IMPACTO-02: Localización próxima del proyecto en áreas donde habitan comunidades, alterando la visual del paisaje Medida MEDIDA DE COMPENSACIÓN:
PROGRAMA TURÍSTICO. Incorporación de senderos, miradores y señalética en el sector del Humedal, como complemento a la Ruta Turística, de manera de potenciar el valor paisajístico del humedal Tubul-Raqui y con fines educativos.
Observaciones SEA
- En atención a los antecedentes existentes, la autoridad ambiental indica que esta medida no es apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular,
. Al igual como se señalará respecto a la ruta turística no queda claro de que forma la habilitación de senderos, miradores y señalética en el sector del humedal compensa el impacto generado por la presencia de elementos artificiales en el frumedal. Considerando, además, y tal como lo indica la Comunidad Newentuaiñ Pu Peñi que. (...) El proyecto será construido sobre umos de los sitios de alto interés cultural como lo es el Humedal Tubul-Ragui que, para las conninidades reviste de Sagrado estos espacios, ya que aquí convergen los Kiume newen (equilibrio espiritual) que mantienen el equilibrio para los mapuche lavkenche. Esto se vereflejado para el mundo occidental en que en los humedales existen una amplia gama de biodiversidad de seres vivientes manteniendo un perfecto equilibrio.
. Es cuestionable entonces que la medida propuesta pueda contribuir a compensar el daño que generará el proyecto, cuando podría generar el efecto contrario, al introducir nuevos elementos artificiales en el espacio del humedal, Junto con ello, al igual que las rutas turísticas los beneficiarios de esta medida serían principalmente los turistas O visitantes, personas no necesariamente pertenecientes a las comunidades afectadas,
Impacto IMPACTO-03: Afectación o Impedimento para la manifestación de tradiciones y cultura que puedan afectar a las comunidades y su unión social Medida MEDIDA DE COMPENSACION
PROGRAMA CULTURAL. Organización de ferias costumbristas, el fomento de
actividades culturales y de conocimiento de las comunidades indigenas a través de la implementación de talleres, así como también la elaboración de un libro con
124
información histórica y cultural de las comunidades, para fortalecer la identidad indígena de las comunidades cercanas a la Línea de Alta Tensión.
Observaciones SEA.
» En atención a los antecedentes existentes, la autoridad ambiental indica que esta medida no es apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular.
. Los principales cuestionamientos a esta medida están dados por la territorialidad, entendiendo que la realización de las ferias no se emplazaría en los mismos espacios donde habitan las comunidades, sino que, de preferencia en el sector de Las Peñas, específicamente en terrenos del centro turístico Antulafquén. Entonces no hay coherencia entre el objetivo de la medida, respecto a compensar el daño causado en pos de fortalecer la identidad indígena y los efectos de la misma medida.
. 4. lo anterior, se agrega que, considerando los resultados del proceso de consulta respecto a que no todos los GHPPI estuvieron de acuerdo con la propuesta de medidas, la implementación del proyecto, y de las medidas pueda contribuir a aumentar la desunión de la comunidad. Asi lo plasmó la Comunidad Indígena Chilcoco, quien señaló que, (...) Otro elemento que tiene que ver con la unión social es que este proyecto al existir comunidades que están en desacuerdo, otras en acuerdo y comunidades que se les ha cerrado el proceso de consulta resulta evidente que la unión social tendrá un retroceso sustancial,
Impacto IMPACTO-04: Afectación a la libre circulación y aumento en los tiempos de desplazamiento. . Afectación al acceso o a la calidad de bienes y servicios para las comunidades próximas a las obras
Medida MEDIDA DE MITIGACIÓN
PROGRAMA DE COORDINACIÓN E INFORMACIÓN. Presentación de programa a las comunidades aledañas al proyecto con la finalidad de informar el desarrollo de las actividades constructivas y caminos a utilizar durante la fase de construcción del proyecto
Observaciones SEA
. En atención a los antecedentes existentes, es posible establecer que esta medida en general es apropiada para mitigar el impacto generado, según lo propone el titular,
Impacto
IMPACTO-05: Posible afectación de sitios arqueológicos y patrimoniales
Medida
MEDIDA DE MITIGACION/COMPENSACION
PROGRAMA CULTURAL. Notificación escrita a las comunidades cercanas, de posibles hallazgos arqueológicos que se encuentren durante la fase de construcción del proyecto, para resguardar el patrimonio arqueológico de las comunidades.
Observaciones SEA
. En atención a los antecedentes existentes, no es posible establecer que esta medida sea apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular.
Durante la evaluación del proyecto, el titular ha señalado que “es muy esperable” que, mediante las labores de excavación para la construcción de las fundaciones de las torres de alta tensión, se pueda presentar hallazgos de sitios o restos arqueológicos de descendencia mapuche. Por lo anterior, se reconoce el impacto denominado “Posible afectación de sitios arqueológicos y patrimoniales” y se propone como una medida un programa cultural, consistente en notificación a las comunidades de posibles hallazgos arqueológicos en la fase de construcción del proyecto, para que actúen como ministros de fé, ante los hallazgos arqueológicos encontrados y realicen las supervisiones permanentes de las obras constructivas relacionadas con movimientos de tierra.
Al respecto, de acuerdo con el análisis realizado por el titular existiría certeza de la existencia de restos arqueológicos en el lugar de emplazamiento del proyecto, los que se verían afectados por las partes, obras y acciones del proyecto, principalmente durante la fase de construcción. Por lo anterior, la sola notificación a las comunidades es insuficiente para mitigar y/o compensar dicho impacto, pues no impide o evita el efecto adverso que se generará,
Durante el proceso de PCPI la Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu y la Asociación De Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores Lafkenche cuestionaron esta medida, señalando: La Ley de Monumentos Nacionales señala
125
claramente las acciones a seguir en el Artículo 23 del Reglamento de la Ley 17.288 sobre excavaciones y/o prospecciones arqueológicas, antropológicas y paleontológicas. Este Artículo no contempla la comunicación a las Comunidades. Las comunidades poco o nada pueden hacer al respecto. Entonces, esta medida no puede ser considerada como una Medida de Mitigación.
En efecto, lo que propone el titular, es el cumplimiento de la ley 17.288 ante hallazgos no previstos durante el proceso de evaluación ambiental, agregando solo el acompañamiento de un ministro de fe durante las acciones que podrían afectar sitios patrimoniales, lo cual de alguna forma refleja que el titular, ante el reconocimiento de este impacto, no caracterizó de manera más profunda el área de influencia en base a la información entregadas por lo grupos humanos indígenas, y con ello habe: propuesto medidas preventivas ante la alteración del patrimonio, en el marco de la PCPL
Impacto IMPACTO-06: Alteración de los sentimientos de arraigo a las comunidades indígenas. Medida MEDIDA DE COMPENSACION
PROGRAMA CULTURAL. Implementar señalética tipo monolito para dar valor cultural a sitios de significación cercanos al trazado de la LAT, validados por las comunidades indígenas.
Observaciones SEA
. En atención a los antecedentes existentes, la autoridad ambiental indica que esta medida no es apropiada para compensar el impacto generado, según lo propone el titular.
Lo anterior, en virtud que durante el proceso de evaluación el mismo titular reconoce que, la información recopilada respecto a los más de 90 sitios de significación cultural obedece a una entrega voluntaria de valiosa información, de la cual las comunidades no están dispuestos a divulgar mucho más, debido a que han optado por mantener cierta reserva y, producto de la histórica consecuencia de desencuentros y desvalorizaciones que su pueblo ha sufrido, lo cual los ha llevado a mantener de manera oculta y privada gran parte de su cultura, para que esta no sea dañada.
Por lo anterior, pareciera ser contradictorio proponer una estrategia de divulgación, cuyos beneficiarios serían principalmente población no indígena, rompiendo con la reserva que han decidido mantener las mismas comunidades respecto de su cultura y los sitios de significación cultural.
. Así lo señalaron la Asociación de Pescadores Artesanales y Buzos Mariscadores Lafkenche y La Comunidad Indigena Newen Lafken Mapu e el Protocolo de Desacuerdo Final, (...). El sentimiento de arraigo se refiere al sentido de pertenencia a un lugar; en este caso a un territorio, Especificamente los participantes en los Talleres (incluido un Intermediador cultural perteneciente a esta comunidad), señalan al Humedal como su entorno propio, tanto física, emocional y espiritualmente..Es la cosmovisión del entorno, diferente a la percepción por parte de poblaciones 'na indigenas. Entonces, la señalética no se entiende del punto de vista de la cosmovisión del pueblo lafkenche, sino más bien destinada al servicio de la población no indígena, o que no es del lugar como visitantes o inciertos turistas, La medida no compensa al GHPPI quienes son afectados por este Impacto. A . :
. Por otro lado, el titular no justifica porque la duración de la medida será sólo por 25 años, y no por toda la vida útil del proyecto, que son 50 años, aun cuando reconoce que el impacto sobre los sentimientos de arraigo se asocia a la fase de construcción y operación del proyecto, es decir toda su vida útil.
. Se conchuye que, es cuestionable que un monolito tenga valor cultural o espiritual para las comunidades, en el sentido de compensar o mitigar el impacto que generará el proyecto, considerando que el impacto se relaciona con prácticas colectivas que se realizan en el territorio que les es común, en este caso, el humedal, y que tienen un componente histórico asociado. Estas prácticas tienen relación con actividades socioeconómicas, tales como la ganadería y agricultura y también algunas que forman parte de su concepción del mundo.
Finalmente, se concluye que en general las medidas propuestas por el titular no son pertinentes para mitigar, reparar o compensar el impacto generado, toda vez que, al establecerse de manera estandarizada y genérica para todos los grupos, no dan cuenta de las particularidades de estos. Lo anterior, fue advertido desde la
126
presentación de la primera Adenda, no logrando ser totalmente subsanado durante la evaluación del proyecto.
14.
16.
17.
Que en la sesión ordinaria N* 05 de 07 de febrero de 2022, se concedió el derecho a voz a la alcaldesa de la I. Municipalidad de Arauco, Sra. Elizabeth Maricán; a la Sra. Lilian Flores; a la Sra. Nicole Fritz, concejal de la I. Municpalidad de Arauco; al Sr. Alex Huenchuñir y al Sr. Marco Antonio Escobar.
Que la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, en sesión ordinaria N* 05 de 07 de febrero de 2022, y de acuerdo a sus facultades legales establecidas en el artículo 99 bis y 86 de la Ley 19.300; y teniendo en consideración lo expresado en el Informe Consolidado de la Evaluación; se pronunció de manera unánime sobre la calificación ambiental del proyecto “Línea de Alta Tensión 1x220 kV, Tubul-Lagunillas”, de manera desfavorable.
Que, en armonía con lo expuesto, esta Comisión de Evaluación no puede certificar que el titular se hace cargo de los efectos, características o circunstancias establecidas en el Art. 11 de la Ley 19.300. Lo anterior, por las razones expuestas en los Considerandos N? 2%, 5%, 6%, 7% y 139 de la presente resolución.
Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la región del Biobio;
RESUELVE:
1597
Anótese, notifíquese, comuníquese y archívese
CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto “LÍNEA DE ALTA TENSIÓN 1X220 KV, TUBUL-LAGUNILLAS”, presentado por el Señor Marco Antonio Escobar, en representación de Parque Eólico Arauco S.A., RUT N 76.138.305-1, por las razones expuestas en los considerandos N 22, 5%, 6%, 7%, 139 y 14” de la presente resolución.
Hacer presente, que el proyecto “Linea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”, no se podrá ejecutar y que los organismos del Estado quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se les notifique de pronunciamiento en contrario.
Dejar constancia que contra la presente Resolución procede el Recurso de Reclamación establecido en la Ley N* 19.300 en el Art. 20 y 29, cuyo plazo para interponerlo es de 30 días hábiles respectivamente, contados desde la notificación de la presente resolución, ante el Comité de Ministros.
/
1
Región del Biobío
ARS/MNR/MECS/RMM/rmm
127
Distribución: + Titular del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”
-
Personas naturales y jurídicas que efectuaron observaciones al EIA del proyecto “Línea de alta tensión 1 x 220 kv Tubul- Lagunillas”.
-
Miembros de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío
- CONADI, Región del Biobío
e CONAF, Región del Biobío
-
DGA, Región del Biobío
-
DORH, Región del Biobío
e Dirección de Vialidad, Región del Biobío
-
Gobernación Marítima de Talcahuano
-
Gobernación Provincial de Arauco
-
Gobierno Regional, Región de Biobío
e Ilustre Municipalidad de Arauco
e Ilustre Municipalidad de Lota
-
Tlustre Municipalidad de Coronel
-
SAG, Región del Biobío
-
SEC, Región del Biobío
-
SEREMI MOP, Región del Biobio
e SEREMI de Agricultura, Región del Biobío
e SEREMI de Energía, Región del Biobío
-
SEREMI de Salud, Región del Biobío
-
SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región del Biobío
-
SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío e SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío e SERNAGEOMIN, Zona Sur
-
Servicio Nacional Turismo, Región del Biobío
-
Servicio Nacional de Pesca, Región del Biobío
-
Servicio de Salud Arauco
-
Consejo de Monumentos Nacionales
*e Ministerio de Bienes Nacionales
- Comunidades y Asociaciones Indígenas: Comunidad Indígena Raqui Chico
Comunidad Indígena Raqui Willi Mapu Comunidad Indígena Llico
Comunidad Indígena Juan de Dios Necuñir Millacura Comunidad Indígena Lorenzo Lincopi Comunidad Indígena Nahuel Konkull Comunidad Indígena Lenco
Comunidad Indígena Merilupo
Comunidad Indígena Nine
Asociación Indígena de pescadores y buzos mariscadores lafkenches Comunidad Indígena Newen tu tain pu peñi Comunidad Indígena Tropen
Comunidad Indigena Chilcoco
Comunidad Indígena Carmela Ancán Comunidad Indígena Llak Wapi Lafken Comunidad Indígena Las Puentes
Comunidad Indígena Los Ñancos
Comunidad Indígena Menalkenun
Comunidad Indígena Kuñul Terán
Asociación Indigena Ngen Kiúrtf
Comunidad Indígena Regui Quillay Comunidad Indígena Newen Lafken Mapu LOF María Isabel Antileo Huenumilla Asociación Indígena Yal de Lihuen y Caleuche
128
- Comunidad Indígena Juan Agustín Antileo Lincopi
Firmado Digitalmente por Silvana Alejandra Suanes Araneda
Fecha: 23-02-2022 18:49:32:728 UTC -03:00 Razón: Firma Electrónica Avanzada
Lugar: SGC
129
[OCR parcial: primeras 25 y últimas 15 páginas de 130]