Evaluación SEA

Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla

Rol 2128493807
SEA · DIA · Aprobado · 2013-08-23 · Región de Antofagasta · Engie Energía Chile S.A.

Servicio

de Evaluación Ambiental

'Sobierho de Chile

0427 RESOLUCIÓN EXENTA N? fe 8 12014 ANTOFAGASTA, 30 JUL 201 VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en la Ley N” 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda del proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla”, presentado por el Señor Pablo Espinosa Aguirre, en representación de E- CL S. A., con fecha 23 de agosto de 2013.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Acta de Evaluación N 50/2013 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación, con fecha 05/09/2013; Oficio N 670 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA, Región de Antofagasta, con fecha 05/09/2013; Oficio N” 115 sobre la DIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 13/09/2013; Oficio N 703 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 13/09/2013; Oficio N 72-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 13/09/2013; Oficio N 1077 sobre la DIA, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2013; Oficio N 12.600/191 sobre la DIA, por Gobernación Marítima de Antofagasta, con fecha 23/09/2013; Oficio N 7470 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2013; Oficio N” 561 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 23/09/2013; Oficio N 401 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2013; Oficio N 2156 sobre la DIA, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 24/09/2013; Oficio N 879 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 24/09/2013; Oficio N 1155/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 26/09/2013; Oficio N 0540 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 30/09/2013; Oficio N” 1682 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2013; Oficio N 460 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 01/10/2013; Oficio N 585/2013 sobre la DIA, por Ilustre Municipalidad de Tocopilla, con fecha 08/10/2013; Oficio N 02051 sobre la DIA, por Gobierno Regional, Región de Antofagasta, con fecha 24/10/2013; Oficio N” 097 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 03/02/2014: Oficio N 159 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 04/02/2014; Oficio N* 105 sobre el Adenda 1, por Dirección Regional DGA,

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 1/10

Servicio pde Evalliación

  • Ambiental

Gobiémo de Chite

Región de Antofagasta, con fecha 06/02/2014; Oficio N 0090 sobre el Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 10/02/2014; Oficio N” 198 sobre el Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 11/02/2014; Oficio N 165 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 12/02/2014; Oficio N 062 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 13/02/2014; Oficio N 131 sobre el Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 13/02/2014; Oficio N” 278 sobre el Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 14/02/2014; Oficio N (D.AC.) ORD. SEIA. N 9 sobre el Adenda 1, por Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, con fecha 14/02/2014; Oficio N 120 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 08/04/2014; Oficio N 0231/2014 sobre el Adenda 2, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 14/04/2014; Oficio N 275 sobre el Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 16/04/2014; Oficio N” 417/2014 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 21/04/2014; Oficio N 710 sobre el Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 28/04/2014, Oficio N 731/2014 sobre el Adenda 3, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 01/07/2014; Oficio N 470/2014 sobre el Adenda 3, por Ilustre Municipalidad de Tocopilla, con fecha 01/07/2014; Oficio N 0394 sobre el Adenda 3, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 01/07/2014; Oficio N 1159 sobre el Adenda 3, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 09/07/2014; Oficio N 532/2014 sobre el Adenda 3, por Ilustre Municipalidad de Tocopilla, con fecha 15/07/2014; Oficio N 02614 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 22/07/2014.

  1. El Informe Consolidado de Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla”.

  3. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 24 de julio de 2014.

  4. La Resolución Exenta N 01 de fecha 2 de enero de 2014, que nombra al Director Regional (S) del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el Decreto Supremo N 675 de fecha 11 de marzo de 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que nombra al Intendente de la Región de Antofagasta.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 2110

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobiemo de £hile

  1. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto consistirá en cambiar la localización del depósito de cenizas y escorias ubicado actualmente en Punta Paraguas, hacia el sector Barriles. Para lo cual, se considera la habilitación y operación de un nuevo depósito de cenizas y escoria de las unidades de generación eléctrica de la Central Termoeléctrica Tocopilla. Además, el nuevo depósito recibirá las cenizas y escoria producto de la combustión, yeso, cal, etc., resultantes del proceso de desulfurización por la implementación de nuevos equipos de abatimiento de emisiones de SO». Además, se considera el cierre del depósito Punta Paraguas, actualmente en operación.

3.1.1. Ubicación y mano de obra

El proyecto se emplazará en la comuna y Provincia de Tocopilla y Región de Antofagasta. La localización del depósito actualmente en uso (depósito Punta Paraguas) se encuentra ubicado a 7 km al norte de la ciudad de Tocopilla, por la Ruta 1, en el sector de Punta Paraguas. El nuevo depósito Barriles, se localizará aproximadamente a 20 km al noreste de la ciudad de Tocopilla. Para mayor detalle, ver figuras DP-1 y DP-3 de la DIA.

Las coordenadas UTM (Datum WGS84 y PSAD 56, Huso 19 S) del área del proyecto, se detallan en las tablas AD-14, AD-15 y AD-16 del Adenda N' 1 de la DIA.

Las instalaciones del proyecto se desarrollarán en una superficie aproximada de 23,3 ha. Para mayor detalle, ver numeral 1.2 del Adenda N” 1 de la DIA.

La mano de obra requerida en la fase de construcción será de aproximadamente 20 personas, en la fase de operación será de aproximadamente 3 personas y en la fase de cierre del depósito actual, será de aproximadamente 20 personas. Para mayor detalle, ver tabla 1G-1 de la DIA.

3.1.2. Monto de la inversión

El monto total estimado de la inversión será de US $ 5.000.000.

3.1.3. Vida útil

La duración de la fase de habilitación del depósito Barriles será de aproximadamente 8 meses y la duración del cierre del depósito Punta Paraguas será de aproximadamente 6 meses. A su vez, la duración de la fase de operación del depósito Barriles será de 30 añoss, por lo que la vida útil total del proyecto será de 30 años y 14 meses.

3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto

Los principales componentes del proyecto en el depósito Barriles serán los siguientes:

Accesos y control.

Cerco perimetral.

Canal de recolección de aguas lluvia. Piscina de acumulación de aguas lluvia. Plataforma de lavado de camiones.

e... o.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 3/10

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobierno de Chite

e Infraestructura de apoyo. Por otra parte, para el cierre del depósito Punta Paraguas se contemplará lo siguiente:

Cierre perimetral.

Canales de recolección de aguas lluvia.

Estabilización de taludes.

Cobertura del depósito con material coluvial proveniente de los excedentes de excavación y escarpe del depósito Barriles.

3.1.4.1. Fase de construcción a) Habilitación del depósito Barriles

La duración de esta fase será de aproximadamente 8 meses y contemplará las siguientes actividades:

Instalación de faenas. Movimientos de tierra, para preparar la superficie aterrazada donde se depositarán las cenizas.

  • Mejoramiento de camino de acceso al sector Barriles, desde empalme con Ruta CH-24.

. Cierre perimetral.

El cierre perimetral consistirá en un cerco tipo malla para evitar el daño y muerte de ejemplares de la fauna local y además, será enterrado al menos 20 cm bajo la superficie, para evitar que la fauna silvestre o asilvestrada (como zorros y perros) pudiese ingresar al recinto.

El depósito Barriles se construirá con base aterrazada y taludes 1:3 (V:H), con una capacidad para disponer un volumen de 3.600.000 m? y una altura total de 43,2 m. Se aplicará una cubierta de 0,1 m de materiales provenientes de las excavaciones sobre los taludes para proteger las pilas del viento y evitar emisiones fugitivas de residuos. Adicionalmente, se implementarán 2 colectores de aguas lluvias de canal trapezoidal, de hormigón armado para recibir las aguas de las quebradas y descargarlas en una zanja de desvío en torno a los depósitos de cenizas y escoria, excavada en tierra inmediatamente dentro del cerco perimetral, con una longitud de 1.765 m, ancho basal de 0,8 m y 1 m de alto, con talud de 1:1,5 (V:H) y una pendiente de 2%.

Al respecto, tras una lluvia de retorno 100 años, la hoya tiene un máximo de caudal pasante a la segunda hora de lluvia de 0,360 m/s. Por otra parte, el sistema de embudos que colectan las aguas de las quebradillas puede desviar hacia los canales de evacuación 2,35 m/s en el límite de su diseño, esto es, unas 6,5 veces este caudal máximo de retorno de 100 años. En tanto, los canales de evacuación tienen una capacidad en el límite de diseño de 3,69 m?/s, esto es, unas 10 veces el caudal máximo de retorno 100 años. Para mayor detalle, ver literales b), c), d) y e) del numeral 1.8 del Adenda N” 1 de la DIA.

Para mayor detalle de la fase de construcción del depósito Barriles, ver numeral 2.8 de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 1.9 del Adenda N? 1 de la DIA y para mayor detalle de las hojas de seguridad de los insumos, ver Anexo N” 4 del Adenda N” 1 de la DIA. Por otra parte, para mayor detalle de la maquinaria y equipos que se utilizarán, ver tabla DP-4 de la DIA.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 4/10

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobierno de Chile

b) Cierre del depósito Punta Paraguas

La duración de esta fase será de aproximadamente 6 meses y contemplará las siguientes actividades:

  • Remoción y traslado de basura generada por terceros en el área a depósito municipal operativo.

  • Colectores de captación de lluvias.

  • Cierre perimetral con portón (cerrado con candado).

  • Estabilización de taludes (V:H = 1:3).

Además, para la implementación de un sistema de lavado de ruedas de los camiones para el transporte de material durante el cierre del depósito Punta Paraguas, se reactivará el sector ya aprobado para el lavado de las ruedas de los camiones utilizado para el proyecto “Uso de Mezclas de Carbón con Coque de Petróleo”. El agua para el lavado se obtendrá a partir de un estanque (alimentado mediante camiones aljibe). El sector de lavado dispondrá de canaletas perimetrales excavadas en tierra y hormigonadas, que recogerán las aguas de lavado que escurrirán por el pavimento de hormigón, para ser conducidas al sistema de tratamiento del RIL, que contará con una piscina de evaporación, consistente en una excavación recubierta con polietileno de alta densidad para evitar la infiltración al suelo. La temperatura del sector evaporará el agua y las partículas sólidas serán cargadas e incorporadas al depósito.

Las superficies superiores y taludes de las pilas, se cubrirán con una carpeta de material coluvial de 0,1 m de espesor promedio y para su compactación, se realizará la humectación tres veces/día (100 m*/día) utilizando rodillo compactador y se realizará un mantenimiento una vez al año. Por otra parte, se debe considerar que los residuos almacenados en el depósito Punta Paraguas no constituyen peligrosidad, ya que se clasifican como no peligrosos por Resolución N? 3472/1 995 de la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

Para el manejo de aguas lluvia, en el depósito Punta Paraguas se implementarán 2 canales colectores de aguas lluvia de canal trapezoidal de 1.290 m de longitud, ancho basal de 0,8 m y 0,7 m de alto, con talud de 1:1,5 (V:H) y una pendiente de 1%. Durante la primera hora de lluvia más crítica (para un período de retorno de 100 años), se tiene para la superficie del depósito un caudal máximo de 0,09 m/s (90 l/s), siendo que el caudal de diseño de los canales será de 0,1779 m'/s. Para mayor detalle, ver literales a) y d) del numeral 1.8 del Adenda N? 1 de la DIA.

Para mayor detalle de la fase de cierre del actual depósito, ver numeral 2.10.1 de la DIA y numeral 1.6 del Adenda N? de la DIA.

3.1.4.2. Fase de operación

El trayecto para el transporte de los residuos desde la Central Térmica Tocopilla hasta el depósito Barriles, será desde la Av. Leonardo Guzmán, Av. Arturo Prat y Av. Teniente Merino hacia las afueras de Tocopilla hasta empalmar con la Ruta 24, por donde los camiones cargados seguirán hacia el oriente, hasta llegar al depósito. Se realizará un total de 65 viajes diarios, en caravanas de 6 camiones/hora, entre las 7:00 y 18:00 horas. Al respecto, en caso de haber algún siniestro se devolverán los insumos y equipos u otros elementos que bomberos hiciera uso en la contingencia. Asimismo, en el Anexo N* 3 del Adenda N' 1 de la DIA, se adjunta el plan de contingencias para el transporte.

Posteriormente, mediante el uso de una cargador frontal, el material será esparcido uniformemente en el área del depósito, en capas de 0,8 m. Cada capa de 0,8 m será humectada por medio de un camión aljibe (3 veces/día) y compactada mediante un

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 5/10

Servicio 23% de Evalliación p 2> Ambiental

Gobierno de Chile

rodillo liso de 10 ton. La disposición de los residuos será en capas y en secuencia y alcanzará una elevación de 43 m sobre el nivel del terreno. Luego, se utilizará el material proveniente de las excavaciones para aplicar una cubierta de 0,1 m sobre los taludes que vayan quedando. Para mayor detalle de la maquinaria y equipos que se utilizarán, ver tabla DP-5 de la DIA.

De acuerdo a lo señalado en el Anexo DP-2 de la DIA, el depósito Barriles se ubicará sobre un cono de deyección de baja pendiente en el flanco oriental de las estribaciones de la Cordillera de la Costa. Los terrenos del vertedero estarán elevados por sobre el nivel de la quebrada Ancha unos 2 a 3 m. Además, debido a las pendientes moderadas que se observan en las estructuras geológicas, no se aprecia posibilidad de fenómenos de remoción de masas, tales como deslizamientos, avalanchas de rocas u otros que puedan provocar la acción de la gravedad o sismos de importancia. Por lo anterior, sumado a que los canales de desvío tendrán la capacidad de captar y desviar las aguas lluvias, se descarta la ocurrencia de aluviones y/o remociones de material del depósito, que pudieran afectar a la ciudad de Tocopilla.

Por otro lado, se implementará un sector para el lavado de las ruedas de los camiones, para lo cual se requerirá de un estanque de agua (alimentado mediante camiones aljibe), una hidrolavadora y un sector de pavimento de hormigón con canaletas perimetrales donde se estacionará el camión para realizar el lavado y una piscina para la acumulación de agua de lavado de camiones (de 0,3 m de profundidad), donde la temperatura del sector evaporará el agua y las partículas sólidas serán cargadas e incorporadas al depósito.

Ante eventuales emergencias y/o contingencias, se procederá de acuerdo a los sistemas de emergencia. Para mayor detalle, ver numeral 1.12 del Adenda N* 1 de la DIA y Anexo N? 6 del Adenda N? 1 de la DIA.

Para mayor detalle de la fase de operación del depósito Barriles, ver numeral 2.9 de la DIA. A su vez, para mayor detalle de los insumos que se utilizarán en esta fase, ver numeral 1.9 del Adenda N” 1 de la DIA y para mayor detalle de las hojas de seguridad de los insumos, ver Anexo N* 4 del Adenda N? 1 de la DIA. Respecto al agua industrial para el compactado de cenizas y el lavado de camiones, se utilizará agua de mar que se abastecerá desde la Central Termoeléctrica Tocopilla.

3.1.4.3. Fase de abandono

Se implementarán las mismas medidas que para el cierre del depósito Punta Paraguas: Para mayor detalle, ver numeral 2.10.2 de la DIA.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto

3.2.1. Emisiones a la atmósfera

Las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de construcción del proyecto, para la habilitación del depósito Barriles y del cierre del depósito Punta Paraguas, se generarán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados. Mientras que las emisiones de MP10 y MP2,5 en la fase de operación del depósito Barriles, se producirán principalmente por movimientos de tierra, transferencias y movimientos de material y el tránsito de vehículos por caminos no pavimentados.

Para cuantificar las emisiones de MP10 y MP2,5 asociadas a todas las fases del proyecto, se utilizaron los factores de emisión desarrollados por U.S. Agencia de Protección Ambiental (EPA) Factores de Emisión 8 AP 42, Quinta Edición, 1995,

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 6/10

Servicio de Evaluación Ambiental

'Gobiema de Chile

generándose un máximo de 45,3 kg/día de MP10 en el año 2016 en la fase de operación del depósito Barriles. Para mayor detalle de la estimación de emisiones y los resultados, ver numerales 3.1.1, 3.2.1 y 3.3.1 del Capítulo 3 de la DIA y Anexo ED-1 de la DIA.

Por otra parte, en la situación actual, al interior de la zona saturada, es decir sólo la operación de Punta Paraguas, la estimación de emisiones es de 39,77 kg/día de MP10 y 7,79 kg/día de MP2,5. Por lo tanto, para comparar con el nuevo escenario, es decir cuando se opere Barriles y simultáneamente se cierre Punta Paraguas, se estimaron las emisiones asociadas a estas actividades, pero solamente las que se encuentran dentro de la zona saturada, ya que el depósito Barriles se encuentra fuera de la zona saturada de Tocopilla. De acuerdo a lo señalado, para el peor escenario del proyecto, las emisiones que se localizan dentro de la zona saturada se han estimado en 38,34 kg/día de MP10, y 6,34 kg/día de MP2,5. Por lo tanto, las emisiones al interior de la zona saturada disminuyen con el desarrollo del presente proyecto. Para mayor detalle, ver literal b) del numeral 4.1 del Adenda N' 1 de la DIA.

Para el control de las emisiones del presente proyecto, se implementarán las siguientes medidas:

Humectación de los caminos no pavimentados y frentes de trabajo en todas las fases del proyecto, con una frecuencia de 3 veces/día.

Los camiones que transporten material circularán encarpados (para mayor detalle, ver Anexo N? 9 del Adenda N” 1 de la DIA).

La velocidad máxima permitida en la superficie será de 30 km/h.

Para mayor detalle de las medidas de control, ver literal a) del numeral 4.1 del Adenda N? 4 de la DIA, numeral 1.1 del Adenda N” 2 de la DIA y numeral 4.1 del Adenda N* 3 de la DIA.

3.2.2. Residuos líquidos

Los residuos líquidos de carácter doméstico en las fases de construcción y operación, corresponderán a las aguas servidas que se generarán por el uso de baños, totalizando 405 l/día en la fase de operación.

Para su tratamiento, en la etapa de construcción se instalarán baños químicos en los frentes de trabajo, los que serán operados por una empresa autorizada y que deberá contar con las autorizaciones pertinentes y deberá disponer los residuos líquidos generados en un lugar final autorizado. Mientras que en la fase de operación, para el manejo de las aguas servidas se utilizará una planta de tratamiento de aguas servidas

Para mayor detalle, ver numerales 3.1.3, 3.2.3 y 3.3.3 del Capítulo 3 de la DIA y numeral 1.10 del Adenda N? 1 de la DIA.

3.2.3. Residuos sólidos

a) Movimientos de tierra

Se generarán movimientos de tierra por la habilitación del depósito Barriles y el cierre del depósito Punta Paraguas, cuyos volúmenes se reutilizarán completamente como

relleno de terrazas, capas de cobertura de cenizas y capa final de sellado. Para mayor detalle, ver tabla AD-24 del Adenda N? 1 de la DIA.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 7/10

Servicio. de Evaluación %> Ambiental

Gobierná de Chile b) Residuos sólidos asimilables a domésticos

Los residuos corresponderán a desechos por el consumo de alimentos, envoltorios, papeles y envases de plástico, cartón, vidrio, etc., estimándose una generación aproximada de 10 kg/día en la fase de construcción del depósito Barriles y cierre del depósito Punta Paraguas y de 1,5 kg/día en la fase de operación del depósito Barriles. Los residuos serán dispuestos temporalmente en contenedores con tapa para ser depositados finalmente en un sitio autorizado.

c) Residuos sólidos industriales

Los residuos sólidos industriales generados corresponderán a restos de materiales de la construcción y montaje de equipos. Estos residuos se clasificarán en:

  • Residuos industriales sólidos no peligrosos: corresponderán a maderas, metales de construcción, etc.

  • Residuos industriales sólidos peligrosos: corresponderán a aceites usados, lubricantes, paños de limpieza, etc.

Respecto de los residuos sólidos industriales no peligrosos, se estima que se generará una cantidad de 5 kg/día en la fase de construcción del depósito Barriles y cierre del depósito Punta Paraguas y de 1 kg/día en la fase de operación del depósito Barriles y serán dispuestos temporalmente en el patio de almacenamiento y posteriormente, serán depositados finalmente en un sitio autorizado.

Se generarán residuos sólidos industriales peligrosos solamente en la fase de operación del depósito Barriles, en una cantidad de 0,15 kg/día y serán dispuestos temporalmente en el patio de almacenamiento temporal y trasladados mensualmente por una empresa autorizada por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta, para ser depositados finalmente en sitios autorizados.

Para mayor detalle, ver numeral 1.10 del Adenda N? 1 de la DIA. 3.2.4. Generación de ruido

En la fase de construcción y operación se generará ruido debido al funcionamiento de maquinaria y equipos.

Como las fuentes de emisión se encontrarán en una zona en la cual no existe presencia de centros poblados o eventuales receptores, no se excederán los niveles de emisión de ruido permitidos por el Decreto Supremo N* 38/2011 del Ministerio de Medio Ambiente. Para mayor detalle, ver Anexo N? 10 de la DIA.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” requiere los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N? 76, 91, 93, 94 y 96 del Decreto Supremo N” 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo N* 76, fue informado favorablemente por el Consejo de Monumentos Nacionales; los Permisos Ambientales Sectoriales contenidos en los

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 8/10

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobierno de Chile

artículos N 91, 93 y 94, fueron informados favorablemente por la Secretaría Regional Ministerial de Salud, calificando la actividad como molesta; el Permiso Ambiental Sectorial contemplado en al artículo N 96 fue informado favorable por la SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta y aplica para una superficie total de 2.788 m?,

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N? 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y circunstancias.

  2. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del Proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando éstos lo soliciten, y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  3. Que, se deberá entregar un plan de muestreo de suelo, en un plazo no superior a un mes de obtenida la resolución de calificación ambiental, a la SEREMI del Medio Ambiente de la Región de Antofagasta para su visación. Dicho plan deberá contener al menos lo siguiente: estaciones de monitoreo ubicadas en el perímetro exterior del recinto, para corroborar que en el entorno del proyecto no existe presencia de cenizas y escorias; la cantidad de estaciones se deberá establecer de acuerdo a las indicaciones de la Guía metodológica para la gestión de suelos con potencial presencia de contaminantes (Resolución N*406, del Ministerio del Medio Ambiente, 2013); una estación de control ubicada en un suelo de iguales o similares características, pero sin influencia evidente de fuentes antropogénicas de contaminación; los parámetros mínimos a medir deberían ser el níquel, vanadio y arsénico; la frecuencia de monitoreo debe ser anual mientras esté en operación el depósito; se deberá entregar un informe anual de monitoreo a la autoridad correspondiente.

  4. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.

  5. Que, para que el proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  6. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo fiscalizador que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  7. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA. 9/10

4 Servicio | deEvaltación FEE Ambieñtal

'Gobierna de Chile

  1. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un/a tercero/a.

14, Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla”.

  2. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  3. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Habilitación Depósito Barriles y Cierre Depósito Punta Paraguas de la Central Termoeléctrica Tocopilla” cumple con la normativa de carácter ambiental incluidos los requisitos de carácter ambiental contenidos en los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N” 76, 91, 93, 94 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

pie. A

VALENTÍN VOLTA VALENCIA Intendente Presidente

Comisión de Evaluación Región de Antofagasta.

VVWV/R 1E Distribuciéh: pl Proponénte.

Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta.

REGIÓN DE ANTOFAGASTA 10/10