Evaluación SEA

Central Hidroeléctrica Santa Isabel (Reingreso)

Rol 2128474620
SEA · DIA · Aprobado · 2013-08-16 · Región del Biobío · Asociación de Canalistas del Laja

REPÚBLICA DE CHILE. dERELECÓr COMISIÓN DE EVALUACIÓN Ambiental REGIÓN DEL BIOBÍO

Servicio

Califica ambientalmente la DIA del proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel"

Resolución Exenta N% 1 5 Y

Región del Biobio c y O! , ES 2.8 ABR 204

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

1.

La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adendas, del Proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel", presentada por el Señor Patricio Guzmán Acuña, en representación de Asociación de Canalistas del Laja, con fecha 16 de Agosto de 2013.

Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%708 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 10/09/2013; Oficio N%1795 sobre la DIA, por SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío, con fecha 10/09/2013; Oficio N51 sobre la DIA, por SEREMI de Energía, Región del Bío Bío, con fecha 10/09/2013; Oficio N410 sobre la DIA, por Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío, con fecha 11/09/2013; Oficio N“%4552 DRMA sobre la DIA, por Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur, con fecha 11/09/2013; Oficio N%12510 sobre la DIA, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 11/09/2013; Oficio N29 sobre la DIA, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 11/09/2013; Oficio N%1212 sobre la DIA, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 12/09/2013; Oficio N1563 sobre la DIA, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 12/09/2013; Oficio N“88-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 12/09/2013; Oficio N“2274 sobre la DIA, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 12/09/2013; Oficio N%4609 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 13/09/2013; Oficio N%93 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 17/09/2013; Oficio N%2487 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 23/09/2013; Oficio N906 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región del Biobío, con fecha 24/09/2013; Oficio N%112-EA/2013 sobre la Adenda 1, por Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío, con fecha 21/11/2013; Oficio N“890 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 22/11/2013; Oficio N37 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional del SAG, Región del Biobío, con fecha 03/12/2013; Oficio N%1720 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío, con fecha 04/12/2013; Oficio N“2001 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío, con fecha 04/12/2013; Oficio N%120 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío, con fecha 04/12/2013; Oficio N%13764/E sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 04/12/2013; Oficio N“5368 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región del Biobío, con fecha 05/12/2013; Oficio N“2985 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío, con fecha 05/12/2013; Oficio N“2543 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región del Biobío, con fecha 10/12/2013; Oficio N“251 sobre la Adenda 2, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 17/03/2014; Oficio N 15583 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío, con fecha 17/03/2014

El Acta de la Sesión N* 03 de la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, de fecha 31 de marzo de 2014

  1. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel".

  2. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, el artículo 2% del D.S. N95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, aprueba el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; la Ley N” 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N 1.600, de 2008, que fija texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Resolución N 55/92, ambas de la Contraloría General de la República, y las demás normas aplicables al proyecto.

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región del Biobío debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel".

  2. Que, el derecho de Asociación de Canalistas del Laja a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Organos de la Administración del Estado.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva, el proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" consiste en:

  4. Localización: El proyecto se ejecutará en la Región del Biobío, en la provincia de Bío Bío, comuna de Los Angeles, específicamente en las proximidades de la zona de Sor Vicenta de la ciudad de Los Ángeles, comuna de Los Ángeles, Provincia de Biobío

+. Justificación de su localización: La Asociación de Canalistas del Laja transporta entre 6.0 y 9.0 m*/S por el canal Rarinco-Quilque. Actualmente, aguas abajo del cruce de este canal con la carretera Q-305, se inicia un rápido, generándose un desnivel de 18 m, el cual justifica la construcción de la central.

  • Coordenadas:

Las coordenadas UTM de captación y restitución según Datum WGS 84 H18, son las que se indican a continuación:

Captación 5.853.507,9 Norte; 739.291,7 Este Restitución 5.852.757,9 Norte; 739.157,2 Este

La distancia entre captación y restitución es de 800 m. + Descripción del proyecto

El proyecto corresponde a una central hidroeléctrica menor, la cual es parte de un sistema hídrico “artificial”, como lo son los canales de riego de la asociación de Canalistas del Laja, de propiedad privada. El proyecto contempla una potencia instalada de 1,4 MW, requiriendo de evaluación ambiental por transportar un caudal superior a los 2 m/s, que de acuerdo al artículo 3, literal a) de la ley 19.300, ameritan evaluación ambiental los “Acueductos que conduzcan más de dos metros cúbicos por segundo” según lo establece el artículo 294 el Código de Aguas. De lo anterior cabe señalar que si bien cumple con la condición, la red hídrica de captación no corresponde a un cauce natural y por tanto no se le aplican consideraciones ambientales atendiendo a su afectación a infraestructura privada, donde no aplicarían conceptos de biota o protección rivereña, como en el caso de un cauce natural, dado que por razones habituales de funcionamiento los canales de riego

pueden cerrar sus compuertas en periodo de mantención, o por otras causas y reducir a cero el caudal vinculado a riego.

El proyecto de la “Central Hidroeléctrica de Santa Isabel” tiene por objeto el aprovechamiento hidroeléctrico de las aguas circulantes por el canal Rarinco-Quilque en las proximidades del cruce del canal con la carretera Q-305. El canal Rarinco-Quilque transporta un caudal variable de entre 6.0 m/s y 9.0 m/s en función de la época del año y de las necesidades de riego.

La infraestructura que se proyecta es una central hidroeléctrica fluyente o de pasada, sin capacidad de regulación y con una potencia instalada estimada de 1.4 MW, con una capacidad de generación máxima de 12.27 GWh/año.

En términos generales el proyecto consiste en la construcción y operación de una mini central hidroeléctrica de pasada, que contará con una bocatoma desde un canal artificial, un acueducto subterráneo, de una cámara de carga, una casa de máquinas y una restitución a un canal artificial.

Actualmente se encuentran construidos y en operación los canales que forman parte de la red artificial de riego perteneciente a la Asociación de Canalistas del Laja. Las obras proyectadas que se detallan en el proyecto, captan las aguas en la red de canales de riego, conformándose en canales similares a los existentes en terreno privado. De lo anterior se establece que las obras no consideran efectos ambientales mayores, dado que corresponden a canales de características similares a los existentes (en cuanto a capacidades, pero con criterios constructivos de alto estándar), de igual forma las superficies de ocupación corresponden a terrenos privados de los socios, correspondiendo a áreas altamente antropizadas.

Por otra parte, si bien el tramo de captación corresponde a una sección en tierra tanto la sección anterior a aproximadamente 100 m aguas arriba, así como 80 m aguas abajo, se presentan secciones revestidas en hormigón, así como marcos partidores, por tanto él área no es propicia para el desarrollo de biota acuatica.

Cabe destacar que el proyecto encaja perfectamente en la nueva política energética del país y es a fin con cuatro de los ocho pilares básicos que la sostienen, no implicando la afectación de nuevos espacios, ni precisando de nuevos derechos. Esta central funcionará siempre respetando la actividad principal de riego, siendo por tanto una actividad subsidiaria a la función principal de las infraestructuras de la Asociación de Canalistas del Laja. Aprovechar el potencial energético de infraestructuras ya construidas, en situaciones de escasez energética como las actuales, puede considerarse casi una obligación.

Sabiendo que el principal efecto potencial asociado al proyecto, está representado por la construcción de la obra de conducción, éste se ve controlado por:

+. Área de ocupación reducida para una ocupación menor de terreno y requerimientos limitados de corta de vegetación.

e Obras ajustadas en tamaño para restitución con objeto de menor pérdida de vegetación.

Definición de sus Partes.

La Asociación de Canalistas del Laja deriva un total de 55 m*/s en la bocatoma Tucapel, los cuales son transportados por el canal matriz desde el cual se van repartiendo por la red de canales y esteros que conectan con todos los asociados.

El proyecto “Central Hidroeléctrica de Santa Isabel” tiene por objeto el aprovechamiento hidroeléctrico de las aguas circulantes por el canal Rarinco-Quilque en las proximidades del cruce del canal con la carretera Q-305. El canal Rarinco-Quilque transporta un caudal variable de entre 6.0 m?/s y 9.0 m/s en función de la época del año y de las necesidades de riego.

La infraestructura que se proyecta es una central hidroeléctrica fluyente o de pasada, sin capacidad de regulación y con una potencia instalada estimada de 1.4 MW, con una capacidad de generación máxima de 12.27 GWh/año.

Captación — Cámara de Carga.

Las coordenadas UTM del punto de captación y restitución según Datum WGS 84 H18, son las que se indican a continuación:

Punto Norte Este Captación 5.853.507.9 739.291.7 Restitución 5.852.757.9 739.157.2

La cámara de carga se proyecta con sección rectangular de 5,0 m de ancho por 47 m de longitud hasta la reja. Un tramo inicial de 20,0 m de longitud sirve de transición entre la sección trapecial del canal y la de la cámara. La profundidad varía entre los 2,10 y los 3,60 m, que considerando los 5.0 m de anchura en la zona de reja, implica una velocidad de 0.50 m/s.

Previa a la zona de entrada en presión se prevé la instalación de una reja con sistema de limpieza automático, aguas abajo de la cual se sitúa el emboquille de la tubería forzada. Para garantizar la no formación de vórtices se provoca el descenso de la zona de emboquille una profundidad de 1.1 m. El emboquille se conforma mediante la intersección de tres superficies regladas de directriz elíptica formando un abocinamiento hidrodinámico que concluye en una sección cuadrada de 2.2 m de lado. En este punto se sitúan una compuerta de cierre e inmediatamente después una pieza de transición cuadrado redondo con una tubería de aducción de aire, dando inicio a la tubería forzada.

En el lado derecho de la cámara se construye un vertedero de 45 m de longitud, que permite el alivio de los 9.0 m*/s con una carga de 23 cm.

Equipos

  • Compuerta de descarga de 1,50 x 4,00m? de accionamiento manual.

» Reja de 5,0 x 4,0 m?, equipada con el correspondiente limpiarrejas de funcionamiento automático

  • Compuerta de cierre origen tubería forzada. 2,30 x 2,40 m?. Funcionamiento automático con detector de sobrevelocidad.

Canal de Descarga.

Como canal de descarga se utilizará el actual circuito hidráulico existente, por lo que en caso de paro, el agua retornará a su cauce actual.

Tubería Forzada.

El caudal derivado se conducirá a la casa de máquinas mediante una única tubería en presión. Esta conducción se prevé en poliéster reforzado con fibra de vidrio (PREV), de presión nominal PNG, diámetro DN 2200 y rigidez SN2500. La unión entre piezas será mediante juntas campana-espiga.

La tubería quedará totalmente enterrada, por lo que una vez concluida la obra no quedará rastro de su presencia. El dimensionado de la conducción será tal que permita la circulación de vehículos sobre la misma.

Características:

  • Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio (PRFV).

  • Longitud: 727,8 m. y

  • Dimensión y características: DN 2600 / PN 6 / SN 2500. $

  • Disposición: enterrada.

  • Cota eje en origen: 180.5 m.
  • Cota eje en entrada a turbina: 166.0 m.

Casa de Máquinas.

La casa de máquinas se proyecta con dimensiones de 17,10 x 15,40 y una altura de 12 m. Dadas las características de caudal y salto de esta central, la turbina deberá ser muy lenta, lo que implica un alternador de grandes dimensiones.

En la central se proyectan espacios para la ubicación de los cuadros de baja tensión y automatismos, así como para los armarios de media y alta tensión. Se cuenta igualmente con una zona de despacho, una playa de montaje y acceso para un vehículo pesado que pueda cargar y descargar el alternador.

Desde un punto de vista arquitectónico se pretende plantear un edificio con módulos de diferentes niveles que genere un aspecto cambiante desde las diferentes perspectivas en que se aborde.

Dada la altura del edificio se proyecta un recubrimiento exterior a base de paneles de acero estructurales, generando por un lado un alto valor estético y por otro una gran ligereza. Estos paneles sin fijaciones vistas, son de acero de calidad estructural con recubrimiento de zinc aluminio. Se elegirá un tono azul cobalto, que generará un efecto de sombra en la zona arbolada en la que se situará la edificación. La base del edificio contará con un zócalo inferior de material cerámico, el cual evitará daños y abolladuras en el recubrimiento a la vez que generará un aspecto noble a la edificación desde la proximidad.

Un aspecto importante en este tipo de construcciones es la ventilación, dado que los equipos de generación producen calor que debe ser evacuado. En el diseño de esta construcción se tendrá en cuenta la circulación de aire a través del edificio, con el objeto de facilitar la ventilación natural del mismo. En este sentido se tendrá presente la orientación y las horas de insolación de cada fachada, disponiéndose de aperturas en fachada a distintos niveles de manera que se permita la entrada de aire fresco y la salida de aire caliente de manera natural, evitándose la instalación de equipos termoeléctricos y ahondando en la sostenibilidad de esta construcción.

En el interior de la casa de máquinas se contará con un gran espacio en el que se instalará el grupo de generación, en las proximidades del cual se encontrarán los cuadros y celdas de alta y media tensión. Se habilitará un espacio separado en el que se instalará una pequeña sala de control, en la que se instalará el ordenador con el scada y los elementos principales de control. Por último se contará con un baño en el que habrá un inodoro, lavamanos y ducha para el responsable de mantenimiento.

La zona limítrofe con el edificio se vallará para evitar intrusismo, urbanizándose el ámbito protegido con viales y zonas de aparcamiento de ripio, zonas verdes y árboles.

Equipos de Generación.

Dado el régimen de caudales, casi constante durante todo el año, se ha equipado con un único grupo generador.

TURBINA tipo KAPLAN de eje vertical y cámara espiral (1 ud.)

e Q diseño: 9.0 m*/s e Salto neto: 17.15 m e Potencia: 1362 kW

  • Velocidad de rotación: 500 rpm y
  • Rodete: 1200mm de diámetro N

e Palas: 5

e Cota implantación: 165.5 m

e Cota agua en restitución: 166.0 m

e Altura de aspiración (máxima ):-0.50 m

ALTERNADOR síncrono trifásico e Potencia: 1600kKVA e Velocidad de sincronismo:500 rpm e Tensión de generación: 6000 V e Frecuencia: 50 Hz e Protección: IP 23

EQUIPOS AUXILIARES: e Equipo de regulación: Central Hidráulica.

e Puente grúa de 22 Tn Compuerta salida aspiración. 3,20x3,00 m2. Motorizada.

Canal de Restitución. - Canal rectangular de 6,5 x 1,30 m.

  • Calado = 1,00m
  • Longitud: 6.60 m
  • Pendiente: 0,5%o

Se proyecta rebajar el cauce del estero en una longitud de 85 m. La sección del rebaje será trapecial con un ancho en la base de 8.25m, 1,0 de profundidad y pendiente 1V/1,5H en los taludes laterales. La pendiente del fondo en el tramo rebajado será del 0,1 %.

Línea de interconexión.

El proyecto no contempla la construcción e implementación de la línea de transmisión que llevará la energía al Sistema Interconectado Central, pues ella será proyectada, ejecutada y estará a cargo de una empresa del rubro de la transmisión de energía.

Etapa de Construcción.

El proyecto Central Hidroeléctrica de Santa Isabel considera la construcción de canales de conducción de flujo abierto, cámara de carga, tubería forzada, casa de máquina e instalaciones anexas.

En el Anexo 9 de la DIA, Planos, se adjuntan los planos de arquitectura de las instalaciones proyectadas.

EL proyecto considera para la dotación de áridos dos opciones:

e Contacto con empresas que cuenten con sus autorizaciones correspondientes y al día, para la venta de áridos, según establezca la autoridad competente y cuenten con patente municipal vigente.

e La dotación de material proveniente de los trabajos futuros de nivelación, existente en el sitio de ubicación del proyecto, previo a un debido análisis granulométrico, de optar por dicha opción, la empresa realizara las tramitaciones sectoriales para la extracción y selección de dicho material desde su predio.

En el caso que los áridos provistos sean extraídos desde cauces naturales (ríos o esteros), se exigirá a la Empresa Productoras de Áridos que cuenten con sus permisos de extracción vigentes (Proyecto de Extracción de Áridos aprobado por la Dirección de Obras Hidráulicas y vigente, y Permiso Municipal Vigente), se le solicitará copia de dichas autorizaciones.

+

En caso que los áridos se extraigan desde pozos lastreros, se exigirá a proveedor que cuenten con sus permisos de extracción vigentes (Municipalidad).

Por último, en caso que el titular requiera extraer ripio y arena del predio, no asociado a cauce, el titular compromete a tramitar sectorialmente las autorizaciones Municipales.

Principales instalaciones y actividades constructivas.

Instalaciones de faenas: Las actividades de construcción del proyecto considera la instalación de faenas en dos frentes de obras que corresponden a los sectores de construcción de la Bocatoma y de la Casa de Máquinas, y que a su vez, servirán de apoyo a los dos frentes de obras móviles correspondientes a la construcción de canales (aducción y descarga) y a la instalación de la tubería a presión.

En la instalación de faenas se ubicarán las oficinas de la empresa constructora, comedores, baños químicos y toda la infraestructura necesaria y exigida por normativa para el adecuado funcionamiento de la obra y cumplimiento de las condiciones requeridas por el personal en faenas.

Movimiento de tierras: Los principales movimientos de tierra se asocian a las siguientes actividades:

  • Construcción y acondicionamiento de los caminos de acceso / servicio.
  • Construcción de la Captación en el canal Rarinco-Quilque.
  • Construcción de la Cámara de Carga.

  • Construcción de la Casa de Máquinas y Obras Anexas. Instalación de la tubería enterrada, que requerirá excavaciones y rellenos a medida que se desarrolle el avance de la propia instalación.

Los movimientos de tierras considerados en la construcción del proyecto son los siguientes:

  • Despeje y limpieza de fajas: La limpieza y despeje de la faja comprenderá los trabajos de desmonte, tala y eliminación de la vegetación en las áreas de la bocatoma, cámara de carga, faja de instalación de la tubería, casa de máquinas, canal de descarga, caminos de acceso y zonas de instalaciones de faenas, parque de maquinaria, galpones, acopio y botadero.

La zona de intervención será delimitada y no se afectará la vegetación de las áreas donde no se emplacen obras. La limpieza incluirá la eliminación de ramaje aéreo y retiro de desechos, escombros u otros materiales en desuso que se encuentren en el área de intervención, cualquiera que sea su procedencia. En general, la tala total de árboles sólo se ejecutará en la faja de intervención directa de las obras y en los sectores en que ellos interfieran con las obras.

El material del despeje de la vegetación será dispuesto en las zonas de botadero. No obstante, las ramas y troncos utilizables serán puestos a disposición del propietario para su uso. Para los sectores de bosque intervenidos por el proyecto se considera la implementación de un Plan de Manejo Forestal. (Ver PAS 102).

  • Construcción y acondicionamiento de caminos: Se contempla tanto el acondicionamiento de los caminos de acceso a la zona de proyecto, como la construcción de nuevos caminos de servicio, paralelos a la traza de proyecto.

Los caminos se proyectan con un ancho de 6 metros y la extensión total de los mismos se prevé en 780 metros.

  • Escarpe: La excavación de escarpe consiste en la extracción y retiro de la capa superficial del suelo natural, constituido por terreno vegetal, la cual se implementará en aquellas áreas donde se realicen las obras del proyecto.

Este material de escarpe, se acopiará independientemente y posteriormente se utilizará para cubrir las áreas intervenidas después del cierre de faenas, lo que servirá como un

7

a.

—.

e

banco de semillas para ayudar a la recuperación de la cobertura vegetal. En el caso de la tubería, el escarpe se acopiará, en forma separada del resto del material de excavación, a un costado de la zanja para el posterior cubrimiento del sector intervenido.

  • Excavaciones y rellenos: Las excavaciones se prevén en material común, por lo que se realizarán con retroexcavadora, bulldozer o la maquinaria que estime el contratista adjudicado. En el supuesto de que se encuentren suelos cementados u horizontes de roca fragmentada, se empleará martillo demoledor.

Los rellenos se ejecutarán en las diferentes obras que componen el proyecto, las que consideran el uso del material extraído de las excavaciones vecinas o material del áridos provenientes de plantas de áridos existentes cercana al área del proyecto que cuenten con las autorizaciones correspondientes.

ACTIVIDAD VOLÚMENES DE MATERIAL (m3) Captación + | Casa de | Tubería TOTAL Cámara de | Máquinas + Carga Obras Anexas Excavaciones 2.899,70 6.983,35 86.143,58 96.026,63 Rellenos 1.553,40 186,46 79.855,10 81.594,96

  • Zonas de acopio de materiales, botaderos y otros: Los excedentes de los movimientos de tierras y el material de rechazo de las excavaciones, se estima en un volumen aproximado de 14.431,67 m3, tal como se presentan en la siguiente tabla

ACTIVIDAD VOLUMENES DE MATERIAL (m3) Captación + Casa de Tubería TOTAL Cámara de Máquinas + Carga Obras Anexas Disposición en 1.346,30 6.796,89 6.288,48 14.431,67 Botadero

Los sitios destinados a botadero corresponden a predios sin uso agrícola. Para habilitar el terreno se considera realizar un despeje previo de la vegetación existente y realizar un escarpe de unos 50cm. Este material será acopiado para ser usado en el recubrimiento del botadero luego del cierre. Se estima un acopio no mayor a 2 m de altura, ya que parte del material excedente de las excavaciones será usado en rellenos en la zona de obras y caminos.

Los excedentes de suelo serán dispuestos de forma de respetar la topografía actual del área del botadero, de modo de no agudizar las pendientes y de evitar posibles procesos de deslizamiento de materiales. Los materiales de menor granulometría y poca cohesión serán depositados en las zonas de pendientes bajas a nulas, la inestabilidad de estos materiales son los más susceptibles a procesos erosivos de gravedad y pluvial. Los materiales de granulometría media a alta podrán disponerse en pendientes medias. De ser necesario se implementarán sistemas de drenaje para evitar procesos erosivos y de arrastre de materiales.

En el caso de los residuos peligrosos provenientes del despeje o limpieza del área de construcción del proyecto, se depositarán en el Vertedero Municipal que la autoridad sanitaria crea conveniente.

El proyecto considera la habilitación de 2 zonas diferenciadas:

  • Zona 1: Se ubica próxima al inicio del Canal de Aducción, en la cual se destinará aproximadamente 5.700m? a la zona de acopio de materiales y 10.200m? a la zona de botadero.

  • Zona 2: Emplazada en la zona media del proyecto, próxima a la Cámara de Carga, y contará además con el parque de maquinaria de obra y la zona de galpones. En este caso, la zona de acopio se estima en 5.700m? y la zona de botaderos en 31.700m2.

La ubicación de las diferentes zonas, así como la delimitación de las ocupaciones permanentes y temporales se presentan en el apartado de planos de la DIA del presente proyecto.

Manejo de cauces: Esta actividad consiste en el desvío temporal del cauce para permitir la construcción de las obras que se encuentran en el lecho del río. Esta construcción se desarrollará de preferencia en estiaje, cuidando que el desvío de las aguas no perjudique el entorno y no provoque contaminación de las mismas. En el cauce intervenido, se realizarán pequeños desvíos de forma que posibilite las obras de construcción a través de ataguías.

Limpieza y restauración general de faenas: A medida que se terminen las obras de construcción, se realizará el cierre y limpieza de los terrenos ocupados por las instalaciones de faenas, zonas de acopio y botaderos.

Serán retirados todos los materiales de desecho remanentes de la fase de construcción, los cuales serán transportados y dispuestos finalmente en vertederos autorizados. Del mismo modo, se retirarán los equipos y las maquinarias de faenas.

Una vez que los terrenos hayan sido limpiados de construcciones temporales y desechos, se realizarán las actividades correspondientes a la restauración de suelos. Estas actividades implicarán la remoción o recubrimiento de las estructuras de hormigón, el arado de los suelos compactados y la reposición de los suelos orgánicos (acopiados desde el inicio de la construcción y provenientes de las faenas de escarpe).

Principales Insumos y servicios.

Energía eléctrica: El suministro de energía eléctrica para los diferentes frentes de trabajo y para las instalaciones de faenas provendrá de equipos electrógenos diesel. Se consideran en total el uso de 4 equipos electrógenos distribuidos en los diferentes frentes de trabajo.

Combustible: Durante la etapa de construcción, el combustible será suministrado por un tercero debidamente autorizado y almacenado en el área de la instalación de faenas, en un sector especialmente habilitado para esta actividad. Los estanques provisorios contarán con las medidas de seguridad apropiadas para prevenir accidentes, minimizar los efectos de eventuales derrames y minimizar la generación de residuos peligrosos. Para ello se considera la ejecución de una losa de concreto y un sistema contenedor de derrames. Además, se cumplirán con las normas de seguridad para el almacenamiento de combustibles (D.S N*160/2009 “Reglamento de Seguridad para las Instalaciones y Operaciones de Producción, Refinación, Transporte, Almacenamiento, Distribución y Abastecimiento de Combustibles Líquidos”).

Suministro de materiales: No se considera la instalación de una planta de áridos ni de hormigones. Los áridos requeridos serán obtenidos de plantas existentes en la zona que cuenten con los permisos correspondientes.

Por su parte, los hormigones requeridos para la construcción del proyecto serán obtenidos de plantas existentes en la zona, que cuenten con las autorizaciones correspondientes y se trasladará mediante camiones betoneros a los frentes de obra según requerimiento.

A continuación se presentan los principales insumos de la etapa de construcción:

SECTOR DE HORMIGONES ACERO EN | TUBERÍA PRFV OBRA ARMADO (m3) | EN MASA (m3) | ARMADURAS (m) (kg) Captación + | 623,92 50,70 66.642,34 0,00 Cámara de Carga Casa de | 152,65 15,90 15.265,00 0,00 Máquinas + Obras Anexas Tubería 0,00 611,40 0,00 727,85 TOTAL 776,57 678,00 81.907,34 727,85

Transporte de personal: El proyecto no contempla la instalación de campamentos, por lo tanto, será responsabilidad del Contratista el traslado diario del personal a la obra.

El transporte de personal se realizará mediante buses, minibuses, furgonetas o vehículos similares.

Transporte de materiales y equipos: Los principales materiales a transportar son excedentes de excavaciones, áridos, hormigones, aceros, materiales auxiliares de construcción y equipos especiales.

El transporte de los equipos cumplirá con lo establecido por la Dirección de Vialidad en relación al peso por eje permitido.

Servicios higiénicos: Las instalaciones de faenas incluirán servicios higiénicos que cumplirán con las disposiciones del D.S. N* 594/99 del Ministerio de Salud. Se considera la instalación de baños químicos portátiles y lavamanos en los frentes de obras durante todo el periodo de construcción en cantidad suficiente, según el número de trabajadores que laboren en dichos lugares. Este servicio será prestado por una empresa especializada que opere en la zona y que cuente con las autorizaciones correspondientes, la que será contratada por la Empresa Contratista a cargo de la obra, con la supervisión del Titular.

Dicha empresa autorizada contará con su respectiva resolución que establecerá el sitio de deposición final instruido por la autoridad sanitaria, el cual podría diferir de la PTAS de Los Ángeles, se menciona lo anterior ya que no puede ser condicionada disposición a una planta, si no a dar cumplimiento de la normativa atingente.

De lo requerido se establece que el procedimiento se compondrá de los siguientes puntos:

i. Contrato con empresa autorizada por la autoridad sanitaria (respaldo de autorización vigente en contratos).

li. Facturas mensuales de servicios detallando número de baños y número de mantenciones.

iii, Certificado de disposición por empresa sanitaria autorizada.

Abastecimiento de agua potable: Para el abastecimiento de agua potable destinado a los trabajadores, se dispondrán dispensadores de agua purificada a cargo de una empresa que cuente con las autorizaciones sanitarias correspondientes. La cantidad de agua potable a consumir variará según la dotación de personal requerido a lo largo de la etapa de construcción de la obra.

En el caso de la provisión de agua potable para los trabajadores en los frentes de trabajo, se realizará mediante botellones sellados. El suministro de agua potable se realizará de forma diaria y según las necesidades de la obra. El Titular se compromete a que las condiciones del agua no serán alteradas por condiciones climáticas y de temperatura.

El Titular, a través de una empresa contratista, garantizará la entrega del agua potable requerida y de que ésta cumpla con los requisitos físicos, químicos y bacteriológicos establecidos en el D.S N735 de 1969 “Reglamento de los Servicios de Agua Destinados al Consumo Humano” del Ministerio de Salud Pública, modificado por el D.S N%131 de 2006, según en lo establecido en los artículos 12, 13, 14 y 15 del D.S N594 de 1999 del MINSAL, sobre las “Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”.

Para el abastecimiento de agua durante las faenas de construcción se utilizarán camiones aljibes que llevarán el agua hasta estanques de acumulación, desde donde se distribuirá hasta los centros de consumo: casino, baños, oficinas, y talleres, cumpliendo con lo f dispuesto en el DFL 1/90 del MINSAL. ]

10

Etapa de operación.

Mantención de la Central: La mantención se realizará una vez al año, en los meses de invierno cuando los regantes del canal no utilicen el agua para riego. La mantención tiene una duración de aproximadamente 15 días. Esta mantención estará a cargo de personal especializado, que realizará la lubricación de los equipos y una revisión física de la turbina y sus partes.

La mantención del canal artificial Biobío Sur y su bocatoma, continuará a cargo de la Asociación de Canalistas del Laja.

Generación de Energía: í Generalidades sobre el proceso de generación.

Básicamente existen dos tipos de centrales hidroeléctricas, las que operan mediante la regulación del caudal del río (de embalse) y aquellas que generan con el caudal pasante (de pasada). Este proyecto corresponde al segundo tipo, sin embargo, el proceso es similar ya que la producción de electricidad consiste básicamente en la transformación de la energía que posee un curso de agua, que se encuentra determinado por su caudal y altura de caída (energía potencial), en energía eléctrica.

Este proceso al no consumir combustibles no produce ni emisiones ni residuos, tratándose de un proceso limpio de alto rendimiento (se aprovecha aproximadamente el 95% de la energía primaria del recurso hídrico), que no modifica ni la cantidad ni la calidad del insumo (agua).

Por lo tanto, debido a la naturaleza de la operación del proyecto, la que se caracteriza por no modificar ni la composición ni la concentración de ningún parámetro del agua, se puede asegurar que la calidad del agua no se verá afectada, manteniendo las condiciones actuales que permiten su uso para riego.

íí. Proceso de Generación Central Hidroeléctrica de Santa Isabel.

El proyecto requiere, para su proceso de generación, hacer uso de parte del caudal circulante por el Canal Matriz de la Asociación de Canalistas del Laja, derivadas del río Laja por la margen izquierda de la bocatoma Tucapel, para lo que se proyecta la construcción de una central hidroeléctrica fluyente o de pasada, sin capacidad de regulación y con una potencia instalada estimada de 1.4 MW, con una capacidad de generación de 12.27 GWh/año.

El diseño de las obras considera la evacuación segura de las aguas excedentes de la generación, por lo que no se requiere una operación mecanizada ante crecidas o rechazos de carga.

Operación del Canal Rarinco - Quilque

La implementación de la central hidroeléctrica en el canal Rarinco-Quilque no debe implicar afección alguna a otras captaciones, bocatomas u otras obras situadas aguas abajo o aguas arriba de la misma, dado que esta instalación no altera el caudal circulante por el canal. La central no tiene ninguna capacidad de regulación ni de almacenamiento de agua, por lo que en su funcionamiento se limitará a turbinar los caudales que circulen en cada momento por el canal, restituyéndolos 730 m aguas abajo de su captación, una vez han sido turbinados.

Es importante remarcar que esta obra está supeditada a las necesidades de riego de la Asociación de Canalistas del Laja, y por tanto su capacidad de generación energética es una actividad secundaria frente a la principal que es el riego.

El canal Rarinco-Quilque desagua de manera continua los caudales de riego al estero Quilque, el cual cruza la ciudad de Los Ángeles. El canal Rarinco-Quilque es una

11

derivación del estero Diuto, el cual también desagua en la ciudad de Los Ángeles y el cual es también alimentado desde los canales de la Asociación.

La Asociación de Canalistas del Laja, se preocupa cotidianamente de consultar los informes meteorológicos, reduciendo o cortando la aportación de agua a los esteros que pueden provocar inundaciones cuando las previsiones amenazan con lluvias. En particular, en situaciones de precipitación, la Asociación reduce o corta el caudal del canal Rarinco-Quilque, cuyo efecto tarda aproximadamente una hora en notarse en Los Ángeles.

En este sentido se reitera que la Construcción de la central no va a implicar cambios sensibles respecto a la dinámica habitual de gestión de los canales, estando previsto que en situaciones de precipitaciones importantes se reduzca o corte el caudal circulante por el canal Rarinco-Quilque, tal y como se viene haciendo hasta la fecha y del mismo modo que se está actuando con la central hidroeléctrica de Diuto desde su puesta en marcha, hace algo más de dos años, la cual también se encuentra dentro de la red de canales de la Asociación.

Etapa de cierre y abandono del proyecto.

El proyecto “Central Hidroeléctrica de Santa Isabel” no plantea una etapa de abandono propiamente tal, se estima una vida útil, de al menos, 50 años, la cual puede ser extendida sin dificultad mediante reparaciones a obras civiles y el recambio de piezas que así lo requieran.

En la eventualidad que existiera una etapa de abandono para el proyecto, el titular solicitará la aprobación del plan respectivo con a lo menos 3 meses de anticipación a su ejecución.

Se desmantelarán y retirarán todas aquellas estructuras en que sea factible hacerlo, Patio de Alta Tensión y Sala de máquinas, los lugares techados, etc., para su reciclaje o venta. Se retirarán todos los equipos, mobiliario y aparatos que fueron usados durante la operación de la central. Se clausurarán las áreas en desuso, para impedir el paso de terceros y se cerrará el acceso a la central, para evitar riesgos a visitantes no autorizados.

Todos los desechos que contengan residuos peligrosos, como aceites, lubricantes y combustibles, entre otros, así como las baterías de la sala de máquinas, serán almacenados según la legislación nacional vigente y podrán ser reciclados, ya sea para producir otros compuestos o como eventual combustible en tecnologías limpias, o enviados a disposición final en rellenos para residuos peligrosos. Las obras de hormigón se demolerán o se cubrirán, de manera que no produzca impacto visual.

PRINCIPALES EMISIONES DEL PROYECTO

Emisiones Atmosféricas.

Las emisiones a la atmosfera del proyecto serán las siguientes: Gases producto de la combustión de vehículos. Polvo fugitivo.

Gases producto del funcionamiento del equipo electrógeno. Ruido.

Emisiones de gases de combustión y polvo fugitivo.

Durante la etapa de construcción la generación de emisiones atmosféricas serán mínimas debido a que las obras serán menores, y constarán principalmente de hidrocarburos, producto de la combustión de vehículos pesados, tales como camiones y excavadoras, durante un tiempo estimado de 8 horas diarias por un periodo aproximado de 15 meses .

12

En cuanto al polvo que se generará producto del movimiento de tierra será mínimo por las características propias del suelo; cabe destacar que el terreno de emplazamiento del proyecto es de superficie bastante regular y pedregoso.

Durante la etapa de operación del proyecto, no se prevén generación de emisiones atmosféricas, se generarán gases producto del tránsito de vehículos de carga y livianos, lo cual dependerá de la frecuencia del transporte de carga y de vehículos particulares.

Se establecerán exigencias técnicas como medidas de control de emisiones, siendo fundamental la mantención de los vehículos y maquinarias, de modo que el consumo y combustión de combustible sea lo más eficiente posible, y de esta forma dar cumplimiento a lo señalado en el D.S. N” 55/94, que estable la Norma de emisión para vehículos pesados.

Adicionalmente se considera la generación de gases producto del funcionamiento de los equipos electrógenos.

Las emisiones serán declaradas según estipula el artículo 3% del D.S. N* 138/05 por el profesional idóneo para esta labor.

Durante la fase de Operación, no se generan emisiones atmosféricas. Emisiones de Ruido.

Durante la etapa de construcción del proyecto se generará ruido producto de labores a realizar para la construcción del trazado hidráulico y nivelación para casa de máquinas, esto requiere el empleo de retroexcavadora y camiones para el movimiento de tierra y para el traslado de la misma y del flujo de camiones por entrega de materiales y otros. Estos ruidos se generarán en horario diurno y en días hábiles y festivos de acuerdo a los requerimientos del proyecto.

Se establecerá un monitoreo semanal por parte de la supervisión ambiental, en los receptores más cercanos a los siguientes puntos:

  • Captación

  • Cámara de carga

  • Casa de máquinas
  • Restitución

Cabe señalar que las mediciones se realizarán siempre y cuando se encuentren abiertos los frentes de trabajo mencionados, de lo contrario solo serán monitoreados los frentes en construcción.

De lo anterior, en el caso de registrarse afección sobre algún receptor, se implementarán las medidas señaladas en la DIA correspondientes a barreras acústicas, de presentarse dicha situación se elaborará reporte ejecutivo que contenga los siguientes puntos:

  • Registro de medición en receptor afectado

  • Registro implementación de barrera acústica

  • Registro de medición con barrera acústica

  • Elaboración reporte y envío a la seremi de medio ambiente

Se mantendrá copia de dicho reporte en obra. En cuanto a los resultados obtenidos de terreno producto del levantamiento del ruido basal del sector de emplazamiento del proyecto, estos presentan en el informe llamado

Evaluación de Ruido en el Anexo 4 de la DIA correspondiente a la Caracterización Ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica de Santa Isabel.

13

La etapa de operación normal del proyecto, será caracterizada por la mínima generación de ruidos que es propio de este tipo de actividades, por tanto no se producirá un aumento por sobre el ruido basal de 10 dBA exigido en el D.S. N* 146/97 y D.S. 38/12 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República.

Resultados medición ruido Minicentral Hidroeléctrica El Diuto.

En concordancia con lo estipulado anteriormente, durante el levantamiento de línea de base de ruido del proyecto, se realizaron mediciones en la “Minicentral Hidroeléctrica El Diuto”, de propiedad de la Asociación de Canalistas del Laja, con una generación de 3,16 MW, por medio del aprovechamiento de un caudal de 20 m3/s, central que presenta características por sobre el proyecto en evaluación tanto en generación como caudales de diseño. Las mediciones se efectuaron en diferentes puntos desde la turbina hasta disminuir la presión sonora por debajo del ruido de fondo, lo cual se alcanzó a 40 metros desde la fuente emisora..

Residuos Líquidos.

Los residuos líquidos generados por el proyecto corresponden a las siguientes descargas de efluentes:

Aguas servidas domésticas.

Fase de Construcción: Las aguas servidas domésticas generadas durante la etapa de construcción del proyecto se manejarán en baños químicos instalados temporalmente en el área del proyecto. Se convendrá el servicio a empresas de arriendo de estos baños químicos, que efectúen la mantención y limpieza de los mismos, y que acrediten el retiro y disposición de los residuos de acuerdo a las normas vigentes. Dada la cercanía con la ciudad de Los Ángeles no existirán inconvenientes en la dotación del servicio.

En el momento peak de construcción, será necesario la instalación de 4 baños químicos portátiles, 4 lavamanos y 9 duchas.

El servicio de control y mantenimiento de los baños químicos será prestado por una empresa especializada que opere en la zona y que cuente con las autorizaciones correspondientes.

Se suministrarán champús y jabones 100 % biodegradables, de forma que el agua procedente de los lavabos y duchas pueda ser almacenada en depósitos y reutilizada para el riego de caminos de obra, evitando de esta manera la formación de polvo por la circulación de vehículos. Se estima como suficiente la instalación de 2 depósitos enterrados de PRFV (Poliéster Reforzado con Fibra de Vidrio) con una capacidad de 2000 l/ud.

Aguas de lavado de camiones en las instalaciones del proyecto, para lo cual se presenta en el Anexo 4 de la Adenda N” 1, el Procedimiento de Lavado de Canoas de Camiones Mixer, Carretillas y Betoneras. En cumplimiento con los requisitos ambientales, se indica que se destinará un sector que permita la acumulación del agua de lavado (piscina presentada en Anexo) de la canoa de descarga del camión mixer, posterior a esto, el camión aljibe extraerá esta agua de lavado, la cual será utilizada en el riego de caminos para evitar así la generación de material particulado.

Si por razones de aumento en el volumen no es posible manejar por medio de riego o reutilización, se enviará a planta autorizada para el tratamiento de RIL, que cuente con resolución sanitaria para estos fines, de lo cual se informará a la autoridad competente.

Fase de Operación La casa de máquinas contará con un lavabo completo, que incluirá un lavamanos, un retrete y una ducha. Dicho servicio tendrá un sistema de saneamiento consistente en una

Depuradora de Aguas Biológicas de Oxidación Total fabricada en Poliéster Reforzado en Fibra de Vidrio (PRFV).

14

DESCRIPCIÓN DE LA DEPURADORA DE AGUAS.

Se trata de una estación depuradora ecológica que emplea un sistema de depuración ideal para tratar las aguas fecales de pequeñas y medianas comunidades. Su funcionamiento es mediante la aireación prolongada de las aguas y presenta las siguientes ventajas:

  • Alta resistencia química y mecánica.

  • Alta resistencia a la corrosión.

  • Alta resistencia a la intemperie.

  • Agua reutilizable para riego.

  • Mínimo mantenimiento.

  • Sin olores.

  • Posibilidad de situarse de forma enterrada o en superficie.

  • Fácil instalación.

  • Material resistente a golpes.

En cuanto a lo normativo el proyecto considera dar cumplimiento a la tabla 1 del DS 90, de acuerdo a los siguientes parámetros:

Parámetro Valor Unidad DBO5 < 35,0 mg/l

SST < 80,0 mg/l Nitrógeno KT < 50,0 mg/l Fósforo Total < 10,0 mg/l Coliformes fecales |<1.000,0 NMP/100 mi

Detalles del diseño del sistema se presentan en el Anexo 8 de la DIA correspondiente a Permisos Ambientales Sectoriales (PAS 91). El punto de descarga de dichas aguas será por un sistema de infiltración mediante zanjas de infiltración.

Residuos Sólidos.

En la etapa de construcción la generación de residuos será considerablemente menor a lo generado por proyectos de similares características, debido a que gran parte de la infraestructura será prefabricada y montada en el sitio del proyecto. En la siguiente tabla, se detallan la identificación y manejo de los posibles residuos a generar en la etapa de construcción del proyecto.

dentificación del Residuo Tipo de Manejo de los Residuos Generados Residuos Sólidos Asimilables a ¡Se dispondrán temporalmente en recipientes adecuados (herméticos y Domiciliarios icon tapa) y se llevarán al lugar de disposición final autorizado quel

cuente con resolución sanitaria autorizada para este fin.

[Aceites y Combustibles No se realizará cambio de aceite en el sitio del proyecto, de ser necesario se realizaran en el área de instalación de faena, adoptandol todos los resguardos necesarios. En caso de producirse derrames accidentales, se usarán paños absorbentes que serán dispuestos en lugar de disposición autorizado para tal situación.

Respecto de la carga de combustibles, este se realizara en lal instalación de faenas por camión externo

Otros residuos sólidos inertes como [Deberán ser almacenados para su utilización y/o reciclaje por parte del plásticos, maderas y fierro en la empresa contratista, los materiales asimilables a urbanos serán] ¡general dispuestos en el lugar de disposición final autorizado y los restos del maderas se acopiarán temporalmente para su secado y posteriormente! iserán donados a los trabajadores.

Pinturas y solventes En caso de ser necesario el uso de estos productos, se utilizaránl pinturas en base a agua libre de solventes, los envases resultantes serán dispuestos en lugar de disposición final autorizado. Se iconcientizará al personal de la obra a ocupar al máximo la pintura en caso de utilizarse para así no generar residuos peligrosos.

Fase de Operación

Los residuos domiciliarios o asimilables sólo se generarán durante el período de mantención de la Central, una vez al año durante 15 días. En este mismo período se y generarán residuos sólidos no peligrosos, como también aquellos de naturaleza peligrosa. | d y 15

Residuos Sólidos Urbanos (RSU). Fase de Construcción

Corresponden a los desechos provenientes de las actividades de tipo domésticas. Para la etapa de construcción se estima una generación de 0,55 Kg/hab/día por persona (de acuerdo a OPS, 1988), con una densidad típica de 250,3 kg/m3 para RSU sin compactación.

Considerando una masa laboral de 90 trabajadores para la fase de construcción, se estima la generación global de 49.5 kg/día de RSU.

Respecto del manejo de los residuos domésticos, tanto aquellos generados en la etapa de construcción como aquellos generados en la etapa de operación, serán acumulados en contenedores herméticos los que contarán con identificación para finalmente ser dispuestos en el lugar de disposición final autorizado.

El control de vectores y plagas se realizará por una empresa externa acreditada para prestar este servicio. Además se establecerán medidas preventivas tales como mantener el orden e higiene en el área general del proyecto, de modo de evitar generación de olores y de condiciones para el ingreso de vectores.

Fase de Operación

Considerando una masa laboral de 2 trabajadores, se estima la generación global de 1.1 kg/día de RSU, equivalentes 33 kg/mes (se considera un mes de 30 días), considerando una generación de 0,55 Kg diarios de residuos sólidos domésticos por persona (el personal no preparará alimentos, solo consumo).

Residuos Industriales Sólidos (RISes). Residuo Industrial Sólido No Peligroso (RIS). Fase de Construcción

Durante la etapa de construcción se generará una cantidad menor de residuos de construcción y montaje, principalmente restos de hormigón, embalajes, cartones, tambores.

Los residuos serán clasificados de acuerdo a su naturaleza y almacenados temporalmente en tambores cerrados y serán recolectados, transportados y depositados por terceros en un sitio de disposición autorizado. Los residuos no peligrosos producto del material de excavaciones provenientes de las obras civiles se dispondrán en un sector de acopio temporal, para posteriormente ser retirados por una empresa autorizada.

Fase de Operación

Durante la etapa de operación no se generarán residuos sólidos no peligrosos.

Residuo Industrial Sólido Peligroso (RIP).

Fase de Construcción

Las pequeñas cantidades de residuos peligrosos, como lubricantes, aceites, grasas, pinturas, diluyentes, así como los elementos que se utilicen en el manejo de estos (paños contaminados, elementos de protección personal, entre otros), provenientes de carguío de combustible y pinturas durante la construcción, serán almacenados temporalmente en las Bodegas de Acopio Temporal (BATs) especialmente habilitada para éstos residuos y que

cumplirá con los requisitos establecidos en el D.S 148/03 Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos, para lo cual se solicitará autorización sanitaria expresa

del Servicio de Salud local. +

16

Fase de Operación Durante la etapa de operación no se generarán residuos sólidos peligrosos. Otras Emisiones.

Emisiones de energía y radiación. Fase de Construcción

Durante la construcción de las obras no se generará forma alguna de energía o radiación.

Fase de Operación

Para el caso de la etapa de operación, cada minicentral generará energía eléctrica y se

producirán radiaciones eléctricas y magnéticas, las cuales serán de magnitudes típicas y

esperables para proyectos de este tipo y por tanto estarán muy por debajo de los niveles

máximos recomendados de exposición por la Organización Mundial de la Salud.

Combinación o interacción de contaminantes.

Fase de Construcción

El proyecto Central Hidroeléctrica de Santa Isabel no generará formas de energía, ni

tampoco generará efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.

Fase de Operación

El proyecto Central Hidroeléctrica de Santa Isabel no generará formas de energía, ni

tampoco generará efectos de la combinación y/o interacción de los contaminantes emitidos o generados por éste.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel (Reingreso)" cumple con:

4.1 Normas de emisión y otras normas ambientales:

Texto Legal: Establece: Forma de Cumplimiento:

DFL 725/67 Código | Estos articulos corresponden a la | El proyecto acatará dispuesto en el Código Sanitario Artículos | higiene y seguridad del ambiente en | sanitario, preservando los lugares de 67,82,83 y 89 los lugares de trabajo. | trabajo de construcción y operación en una Corresponden al Servicio Nacional | forma limpia y libre de riesgos.

de Salud, Controlar los siguientes | Los trabajadores recibirán el equipo de aspectos: protección personal (EPP) apropiado a las - Factores, elementos o agentes del | actividades que realicen.

medio ambiente que afecten la salud, seguridad y bienestar de las personas.

  • Las condiciones de higiene y seguridad que deben reunir los lugares de trabajo, los equipos, maquinarias, instalaciones, materiales y cualquier otro elemento con el fin de proteger eficazmente la vida, la salud y bienestar de los obreros y empleados de la población en general.

  • Las medidas de proyección sanitaria y de seguridad que deben adoptarse en la extracción elaboración y manipulación de sustancias producidas o utilizadas en los lugares en que se efectué trabajo humano.

  • Conservación y pureza del aire y evitar en la presencia de materias u

17

olores que amanecen la salud y seguridad de las personas.

D.S NO 594/00 Ministerio de Salud.

Saneamiento básico de los lugares de trabajo.

Este reglamento se refiere a emisiones y calidad del aire. Plantea los siguientes aspectos: Ventilaciones que contribuyan a proporcionar condiciones ambientales confortables, que no causen molestias o perjudiquen la salud del trabajador.

Límites permisibles de aquellos agentes químicos y físicos que puedan provocar efectos adversos en el trabajador.

Se cumplirán todas las disposiciones señaladas en el punto Principales Emisiones del Proyecto aludidas en el punto anterior de este informe, tanto para las etapas de construcción como operación.

D.S No 144/61 Ministerio de Salud.

Los gases, vapores, humos, polvo emanaciones o contaminantes atmosféricos de cualquier naturaleza, producidos en cualquier establecimiento fabril o lugar de trabajo, deben ser captados o eliminados en forma tal que no causen daños o molestias al vecindario.

Solo en la etapa de construcción se generarán emisiones fugitivas de material particulado, provenientes principalmente de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados y excavaciones. Estas emisiones serán controladas a través de la humectación de caminos estableciendo límites de velocidad al tránsito de los vehículos, además los camiones que transporten material lo harán con la sección de carga tapada con una lona.

Decreto Supremo N* 59. Modificado por Decreto N' 45.

Establece norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial, de los valores que definen situaciones de emergencia.

Solo en la etapa de construcción se generaran emisiones fugitivas de material particulado, provenientes principalmente de la circulación de vehículos por caminos no pavimentados y excavaciones. Estas emisiones serán controladas a través de la humectación de caminos estableciendo límites de velocidad al tránsito de los vehículos, además los camiones que transporten material lo harán con la sección de carga tapada con una lona. Cabe destacar la no existencia de centros poblados en un radio cercano, lo que nos indica que las emisiones fugitivas, en caso de existir no afectarían a personas ni a comunidades.

D.S No 594/00 Ministerio de Salud Titulo Il, Párrafo | al V. Artículos 21, 22,

Saneamiento básico de los lugares de trabajo. Reglamenta aspectos relacionados con las condiciones sanitarias, la provisión de aguas

Durante la construcción, el agua potable será suministrada mediante bidones con dispensadores. Este servicio será prestado por una empresa autorizada en la zona por

23,24, 25 y 26. potables, la disposición de residuos | la Autoridad Sanitaria. En los frentes de industriales líquidos y sólidos, los | trabajo, se contará con el apoyo de baños servicios higiénicos y la descarga de | químicos portátiles, los que serán agua servidas. manejados por una empresa externa

especializada debidamente autorizada.

En la etapa de operación no será necesaria, dada las condiciones de operación de las minicentrales telecomandadas y desatendidas.

D.S 236/1.926 | Establece la manera de disponer de | En la instalación de faena, debido a lo

Reglamento General de Alcantarillados Particulares.

las aguas servidas caseras, en las ciudades, aldeas, pueblos, caseríos u otros lugares poblados de la República, que no exista una red de alcantarillado público y/o que no puedan descargar sus aguas residuales en alguna red cloaca publica existente.

acotado de su duración (no superior a 6 meses) se considera el uso de baños químicos. Durante la operación no existirá personal dada las condiciones de operación de las centrares.

D.F.L Código Articulo 73.

No 725/67

Sanitario

Establece la prohibición de vaciar en acueductos, cauces artificiales O naturales que conduzcan aguas, residuos líquidos y materias solidas que emanen de faenas industriales y que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, sin la debida depuración o neutralización de tales residuos.

El proyecto no descargara a cuerpos o masas de agua, sean estas naturales o artificiales, sustancias que pudieran resultar nocivas para la bebida o al riego, pues el proyecto no genera RILES en ninguna de sus etapas.

D.FL— N*- 1.122/81 Código de Agua Ley

Este Código define la forma de Obtención __ de derechos de

El titular del proyecto cuenta con un convenio de arriendo con la Asociación de

18

20.017 Modificaciones Código de Aguas.

aprovechamiento. Establece las obras que deben ser objeto de autorización sectorial.

Canalistas del Laja, para el aprovechamiento de las aguas de este.

Ley N” 18.892, de 1989 y Sus Modificaciones, Ley General De Pesca y Acuicultura.

Artículo 1% A las disposiciones de esta Ley quedará sometida la preservación de los recursos hidrobiológicos, y toda actividad pesquera extractiva, de acuicultura y de investigación, que se realice en aguas terrestres, playa de mar, aguas interiores, mar territorial o zona económica exclusiva de la República y en las áreas adyacentes a esta última sobre las que exista o pueda llegar a existir jurisdicción nacional de acuerdo con las leyes y tratados internacionales. Quedarán también sometidas a ella las actividades pesqueras de procesamiento y transformación, y el almacenamiento, transporte o comercialización de recursos hidrobiológicos. Lo dispuesto en los dos incisos anteriores se entenderá sin perjuicio de las disposiciones legales vigentes o de los convenios internacionales suscritos por la República, respecto de las materias o especies hidrobiológicas a que ellos se refieren.

Artículo 136. El que introdujere o mandare introducir en el mar, ríos, lagos o cualquier otro cuerpo de aguas, agentes contaminantes químicos, biológicos o físicos que causen daño a los recursos hidrobiológicos, sin que previamente hayan sido neutralizados para evitar tales daños, será sancionado con multa de 50 a 3.000 unidades tributarias mensuales. Si procediere con dolo, además de la multa, la pena a aplicar será la de presidio menor en su grado mínimo

No se introducirán agentes contaminantes al canal Rarinco - Quilque producto de la operación y funcionamiento normal de la Central Hidroeléctrica de Santa Isabel, ya que la forma de trabajo de la central no altera la calidad del agua. No obstante el titular considera establecer un monitoreo permanente de la calidad de las aguas, en los parámetros a indicar por el organismo competente en la evaluación ambiental.

Ley N* del Ministerio Agricultura.

19.283/1994 de

En su artículo 2, la ley define que: “El Servicio tendrá por objeto contribuir al desarrollo agropecuario del país, mediante la protección, mantención e incremento de la salud animal y vegetal; la protección y conservación de los recursos naturales renovables”.

En su artículo 46, establece “Para autorizar un cambio de uso de suelos en el sector rural de acuerdo al artículo 55 del Decreto Supremo N* 458, de 1976, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU), se requerirá informe previo del Servicio. Dicho informe deberá ser fundado y público, y expedido por el Servicio dentro del plazo de 30 días, contados desde que haya sido requerido. Asimismo, para proceder a la subdivisión de predios rústicos,

el Servicio certificará el cumplimiento de la normativa vigente”.

El titular del proyecto solicita el permiso, para urbanizar terrenos rurales para las construcciones industriales, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3" y 4? del artículo 55 del D.F.L. N? 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Ver capítulo 8 correspondiente a Permisos Ambientales Sectoriales, PAS 96).

Es por ello que se consideró la pérdida y degradación del recurso natural suelo, para lo cual se requerirá de este permiso para las áreas destinadas a casa de máquinas y obras complementarias de esta. Como se señala en la descripción, no generará nuevos núcleos urbanos al margen de la planificación urbana regional.

D.L. N? 3.557/1981

Que faculta al Servicio Agrícola y Ganadero —SAG- del Ministerio de Agricultura a fijar “...Normas sobre protección de aguas en pro de la agricultura y la salud de los habitantes...”

Los planteles que descarguen sus residuos líquidos a cursos de aguas

En la etapa de construcción se tendrá especial cuidado en cruces de ríos, evitando el vertido de cualquier sustancia en los mismos, incluidos los aceites, lubricantes y combustibles. Además, se resguardará evitar la contaminación de terrenos destinados a la agricultura, se adoptarán las medidas técnicas de diseño-+

19

de cualquier tipo, deberán demostrar el cumplimiento de aquellas normas que establecen límites máximos para la descarga de residuos líquidos a cursos de aguas. Por lo anterior, acreditado el cumplimiento de las normas, se entenderá cumplida la presente disposición.

que eviten la contaminación o perjuicios en la agricultura de la zona.

D.F.L. N% 725/67 Código Sanitario Artículo 73.

D.S 38/2012

Establece la prohibición de vaciar en acueductos, cauces artificiales o naturales que conduzcan aguas, residuos líquidos y materias solidas que emanen de faenas industriales y que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, sin la debida depuración o neutralización de tales residuos.

El proyecto no descargara a cuerpos o masas de agua, sean estas naturales o artificiales, sustancias que pudieran resultar nocivas para la bebida o al riego, pues el proyecto no genera RILES en ninguna de sus etapas.

Ministerio del Medio Ambiente.

La norma establece los niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos y los criterios técnicos para evaluar y calificar la emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas hacia la

comunidad, tales como las actividades industriales, comerciales, recreacionales,

artísticas u otras.

El proyecto dará cumplimiento pleno a este decreto. Las emisiones sonoras debidas a las actividades de construcción y operación no afectaran a los receptores identificados en el levantamiento de la línea base de acuerdo a los límites establecidos en este. Se establecerá un monitoreo continuo del ruido generado en la etapa de construcción por parte de la Supervisión Ambiental (SA) propuesta para la etapa de construcción.

D.S 594/00 Ministerio de Salud.

Saneamiento básico de los lugares de trabajo. Regula aspectos relacionados con la exposición de los trabajadores al ruido.

Los trabajadores expuestos a ruido utilizaran protectores auditivos adecuados a las actividades que realizaran, y sus trabajos serán previamente planificados

con el fin de procurar una mínima exposición a los niveles de ruido producidos.

Disposiciones sobre Protección Agrícola. Establece la normativa legal aplicable para cualquier entidad, industrial o empresa que manipule productos susceptibles de contaminar áreas agrícolas.

El Proyecto contempla la generación de residuos industriales sólidos sólo en su fase de construcción, en tanto que en la de operación los únicos residuos relevantes se refieren a los domiciliarios.

Los residuos industriales sólidos generados en la fase de construcción y operación se reubicarán en un sector para su disposición transitoria, para su posterior envío a un Relleno Sanitario autorizado.

D.F.L.— N* 3.557/81 Ministerio de Agricultura.

Ley N* 19.473 de

Caza Reglamento N* 5/98 Modifica a la Ley 4.601/1929.

Se refiere a la protección de la fauna silvestre; además establece procedimientos en caso de implementar un plan de rescate con relocalización.

A través de cláusulas contractuales el proyecto prohibirá a sus empleados, así como a los contratistas de la construcción de las obras, toda forma de caza. Además de esto, se instalará señalética alusiva a esta prohibición, resguardando así esta componente. En la etapa de construcción, se considera la realización de charlas inductivas respecto de Fauna Silvestre a todo el personal que esté involucrado en el proyecto, lo que estará a cargo de la Supervisión Ambiental propuesta (SA).

Res. Ex N* 1.826/1994 del SAG.

Las maderas de embalajes utilizados en el transporte de cualquier clase de mercadería que ingrese al país, deberán encontrarse libres de cortezas, de insectos y de daños producidos por reducir el riesgo de plagas cuarentenarias al bosque nativo, plantaciones forestales y frutales.

Se procederá a dar los avisos correspondientes al SAG. Se exigirá a los proveedores que los embalajes de equipos materiales que eventualmente provengan del extranjero no tengan cortezas y que estas estén fumigadas a fin de evitar el ingreso de plagas al país.

D.E. N*878/2011 del MINECOM.

Establece veda extractiva para 16 especies de peces de agua dulce nativos por un período de cinco años en todo el territorio nacional.

El Proyecto Central Hidroeléctrica de Santa Isabel no considera la extracción de especies ícticas.

D.S 594/99 Ministerio de Salud.

Saneamiento básico de los lugares de trabajo. [En materia de Autorización, le compete al Servicio de Salud, aprobar la acumulación, tratamiento y disposición final de residuos.

El proyecto contratara los servicios de una empresa del rubro, autorizada para la extracción, transporte y disposición final de residuos domésticos y de construcción que se generen en esta etapa del proyecto.

20

El servicio de Salud debe autorizar la instalación y funcionamiento de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

El proyecto contratara los servicios de una empresa del rubro, autorizada para la extracción, transporte y disposición final de residuos domésticos y de construcción que se generen en esta etapa del proyecto.

Resolución Extensa N2 619/82 de la Superintendencia de Electricidad y Combustible.

Prohíbe, en todo el territorio nacional, el uso de los Bifenilos Policrorados (PCB's), comercialmente conocidos como askerales (Pyranol, Aroclor, Piralene y otros), como fluido dieléctrico en transformadores, condensadores y cualquier otro equipo eléctrico.

El proyecto se ajustara a las disposiciones contenidas en esta resolución.

D.S 148/04 Ministerio de Salud Reglamento Residuos Peligrosos.

Define residuos peligrosos y sus formas de etiquetado, manejo, transporte y disposición final.

Durante la construcción la mantención de los equipos y maquinarias se realizara en los Servicios Técnicos de localidades Cercanas. En la eventualidad de generarse Residuos peligrosos ya sea para su manejo como para el almacenamiento y disposición se cumplirá con lo indicado en el citado

Telecomunicaciones.

determinen los reglamentos y en vehículos que reúnan los requisitos apropiados para dichas faenas.

reglamento. Ley N? 18.290 | Impone la obligación de efectuar el | Los camiones de transporte de materiales y Ministerio de | transporte de carga en las|carga del proyecto cumplirán las Transporte y | condiciones de seguridad que | disposiciones establecidas en este decreto.

D.S. 75/87 Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.

Regula los procedimientos para el transporte de cargas, por calles y caminos que indica, estableciendo normas de señalización y otras.

Los camiones de transporte de materiales y carga del proyecto cumplirán las disposiciones establecidas en este decreto.

D.F.L. N* 850/97 del Ministerio de Obras Públicas.

Regula el transporte de equilibrios con sobredimensiones y/o sobrepesos.

El Titular solicitara a la dirección regional de vialidad las autorizaciones correspondientes en el caso de transportar equipos con sobredimensión y/o sobrepeso. Cuando esto sea necesario, se gestionará ante la autoridad pertinente los permisos necesarios, pagándose oportunamente, en la Tesorería respectiva, los derechos aplicables.

D.S. N” 158. Decreto publicado en el diario Oficial del 07 de Julio de 1980.

Fija el Peso Máximo de los vehículos que pueden circular por los Caminos Públicos.

Los camiones de transporte de materiales y carga del proyecto cumplirán las disposiciones establecidas en este decreto.

Ley 17.288 Monumentos Nacionales Artículo 23% del Reglamento de Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas

Durante la realización de las obras el titular deberá informar al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado, en cuyo caso se deberá actuar de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo

26% de la Ley 17.288 de Monumentos Nacionales y al Artículo 23% del Reglamento de

Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas.

La Línea Base desarrollada permitió establecer que no existen elementos del Patrimonio Cultural. Se debe señalar que el titular informara al Consejo de Monumentos Nacionales de cualquier hallazgo realizado. En los anexos que complementan la presente DIA (Anexo 3, Medio Sociocultural, se presenta el estudio de Inspección Arqueológica realizado).

4.2 Permisos ambientales sectoriales:

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 91, 93, 96 y 101 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Los que fueron informados de acuerdo a lo

siguiente:

Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagúes y aguas servidas de cualquier naturaleza.

21

Artículo 93: Permisos para la construcción, modificación y Ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase.

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la SEREMI de Salud, quien mediante su Oficio ORD N* 5368 de fecha 03 de diciembre de 2013 se pronuncia conforme sobre el proyecto.

Artículo 96 Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos.

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la SEREMI de Agricultura, quien mediante su Oficio ORD N* 2543 de fecha 10 de diciembre de 2013 se pronuncia conforme sobre el proyecto.

Artículo 101 Permiso para la construcción de las obras a que se refiere el artículo 294 del D.F.L. N* 1.122 de 1981, del Ministerio de Justicia, Código de Aguas.

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la Dirección Regional de Aguas, quien mediante su Oficio ORD N* 0426 de fecha 17 de marzo de 2014 se pronuncia conforme sobre el proyecto.

Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" no requiere del permiso ambiental sectorial contemplado en el artículo 102 del D.S. N*95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Lo anterior, de acuerdo a lo siguiente:

Artículo 102 Permiso Para corta o explotación de bosque nativo, en cualquier tipo de terrenos, o plantaciones ubicadas en terrenos de aptitud preferentemente forestal.

Los antecedentes técnicos de estos permisos los visa la CONAF, quien mediante su Oficio ORD N? 88-EA/2013 de fecha 12 de septiembre de 2013, señala que de acuerdo a lo observado en terreno, este permiso ambiental sectorial no le es aplicable al proyecto.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" no genera ni presenta ninguno de tales efectos, características y circunstancias, dadas las siguientes consideraciones:

5.1.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra a) del artículo 11, de la Ley 19.300: Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuos que genera o produce, es posible indicar que:

Atendiendo a las características y naturaleza de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generaría efluentes, emisiones o residuos que presenten riesgo para la salud de la población, por lo que no resulta aplicable la letra “a” del artículo 11 de la Ley 19.300. Las emisiones al aire son controladas adecuadamente en el área de influencia del proyecto y no se generarán residuos líquidos industriales durante la operación.

5.2.- Con relación a los efectos, características o circunstancias señalados en la letra b)

del artículo 11, de la Ley 19.300: Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire, es posibl

e indicar que: h .

22

Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que el proyecto no generará o presentará dichos efectos, características o circunstancias, según lo señalado en el número anterior, por lo que no le resultan aplicables ninguna de las letras del Artículo 6 del Reglamento del SEIA.

5.3.- Atendiendo a las características, naturaleza y ubicación de proyecto, el Comité Técnico Evaluador estima que al proyecto no le resultan aplicables los efectos, características o circunstancias señalados en las letras “c” a la “f” del artículo 11, de la Ley 19.300, puesto que:

. Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto este no implica el reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos; ya que se emplaza en un área rural, alejado de toda vivienda.

. El proyecto no presenta alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de la zona donde se emplaza. . Atendidas las características, naturaleza y localización del proyecto, este no

presenta alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

  1. Que, en el proceso de evaluación del proyecto, el cual consta en el expediente respectivo, el titular se ha comprometido voluntariamente a lo siguiente:

El titular implementará una Supervisión Ambiental durante la fase de construcción a cargo de la empresa IG Ambiental, dado su conocimiento del proyecto, así como de las características base del sitio de emplazamiento y que estará en el proceso de evaluación ambiental, siendo idónea para su continuidad, las variables a cubrir serán las siguientes:

e Flora y Vegetación. e Arqueología.

e Gestión Ambiental.

De lo anterior se pretende implementar lo siguiente:

Variable/ Acciones/Control Frecuencia Duración Componente Gestión Ambiental Control Ruido Semanal Construcción Control gestión de residuos Semanal Construcción Control MP Semanal Periodo Estival Forestal Despeje de fajas para obras_ | Semanal Durante despeje Seguimiento Forestación Semanal Durante plantación Semanal hasta el año 2 o 75% de prendimiento Arqueología Movimiento Tierra Semanal Durante escarpe y fundaciones (hasta suelo inerte) Cercado Semanal Durante Hoyaduras

Con esto se pretende resguardar que el proyecto no presenta los efectos, caracteristicas o circunstancias señaladas en el artículo 11, de la Ley 19.300 y sus modificaciones.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia de Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de los Órganos del Estado con competencia ambiental en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes, cuando éstos lo soliciten y facilitando la información y documentación que éstos requieran para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, para que el proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

23

  1. Que, el titular del proyecto deberá informar inmediatamente a la Superintendencia del Medio Ambiente con copia a esta Comisión, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  2. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente y a esta Comisión, la individualización de cambios de titularidad, representación legal y/o domicilio.

  3. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución, son de responsabilidad del titular del proyecto, sean implementadas por éste directamente o, através de un tercero.

  4. Que en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación Región del Biobío.

RESUELVE:

1.- CALIFICAR FAVORABLEMENTE la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" presentado por la Asociación de Canalistas del Laja, rut N* 82009400-k, con fecha 16 de agosto de 2013, representada legalmente por el Sr. Patricio Guzmán Acuña, rut N” 5966505-7, cuyo domicilio es Av. Alemania 245, comuna de Los Angeles, Región del Biobío.

2.- CERTIFICAR que el Proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel" cuyo titular es la Asociación de Canalistas del Laja, rut N” 82009400-k, cumple con todos los requisitos ambientales aplicables, con la normativa de carácter ambiental y que no amerita presentar un Estudio de Impacto Ambiental, en virtud que no se generan los efectos, características y circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N* 19.300.

3.- Hacer presente que la autorización otorgada por este acto administrativo, no exime a la Asociación de Canalistas del Laja o quien le suceda legalmente en sus derechos, de la obligación de solicitar las autorizaciones o permisos ambientales que, de acuerdo con la legislación vigente, deben emitir los organismos del Estado competentes. Debiendo enviar copia de ellas, a la Comisión de Evaluación de la Región del Biobío, dentro de un plazo de 10 días, desde su obtención.

4.- Hacer presente que una vez emitida esta Resolución, ningún organismo podrá negar las autorizaciones de su competencia aduciendo razones ambientales, como tampoco incluir exigencias adicionales de carácter ambiental a lo ya resuelto por esta Comisión, como requisito de aprobación.

5.- Disponer que la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas por ella establecidas.

6.- Disponer que el titular del proyecto deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de las normas, condiciones y medidas establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental y que correspondan a cada una de las etapas o fases del proyecto, permitiendo para ello su acceso a las diferentes partes y componentes del mismo, cuando ello le sea solicitado y facilitando la información y documentación que para ello se requiera, por él o los órganos de la Administración del Estado competente en la materia, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan en la materia a la Ilustre Municipalidad de Los Angeles.

7.- Hacer presente que procede en contra de la presente Resolución, el recurso de

reclamación, ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental. El plazo para interponer este recurso es de treinta días contados desde la notificación del presente

24

acto. Lo anterior, sin perjuicio de que el titular pueda ejercer cualquier otra acción legal que estime oportuna.

Anótese, Notifíquess ¡Quese y Archívese

JS isión de Evaluación // Región del Biobío

/ ASI =A $ Distribución:

Sr. Patricio Guzmán Acuña, Representante legal del proyecto. Corporación Nacional Forestal, Región del Biobío

Dirección Regional Cañete, Corporación Nacional de Desarrollo Indígena Dirección Regional SEC, Región del Biobío

Dirección Regional SERNAGEOMIN Zona Sur

Dirección Regional de Aguas, Región del Biobío

Dirección Regional de Obras Hidráulicas, Región del Biobío Dirección Regional de Pesca, Región del Biobío

Dirección Regional de Turismo, Región del Biobío

Dirección Regional de Vialidad, Región del Biobío

Dirección Regional del SAG, Región del Biobío

Gobierno Regional, Región de Biobio

Ilustre Municipalidad de Los Angeles

SEREMI MOP, Región del Biobío

SEREMI de Agricultura, Región del Biobío

SEREMI de Energía, Región del Bío Bío

SEREMI de Salud, Región del Biobío

SEREMI de Transporte y Telecomunicaciones, Región del Biobío SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región del Biobío SEREMI del Medio Ambiente, Región del Biobío

Consejo de Monumentos Nacionales

Superintendencia de Servicios Sanitarios

Clc: - Expediente del Proyecto "Central Hidroeléctrica Santa Isabel". - Archivo SEA, Región del Biobío.

25