"MODIFICACION PROYECTO TÉCNICO CENTRO DE CULTIVO DE SALMONES GALVARINO (110211), COMUNA CISNES, PROVINCIA DE AISÉN, DECIMA PRIMERA REGIÓN DE AYSEN, Nº DE SOLICITUD 211111316"
REPÚBLICA DE CHILE | COMISIÓN DE EVALUACIÓN
REGIÓN DE AYSÉN
MAT.: Califica Ambientalmente Desfavorable el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N* de Solicitud 211111316”.
Resolución Exenta NOA Coyhaique, 2 3 MAR 20%
VISTOS:
1.
Lo dispuesto en la Ley N 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial de 09 de marzo de 1994, modificada por la Ley N 20.417, publicada en el Diario Oficial de 26 de enero de 2010, que crea el Ministerio, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente; Artículo 2” del Decreto Supremo N 95/2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia (MINSEGPRES), que refunde, coordina y sistematiza el D.S. N 30, de 1997, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), publicado en Diario Oficial de 07 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880, publicada en el Diario Oficial de 29 de mayo de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; Resolución Exenta N 239, de 15 de julio de 2014, que ejecuta y formaliza acuerdo que aprueba Reglamento de Sala de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén; la Resolución Exenta N 001, de la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, de fecha 2 de enero de 2014, que nombra como Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental de la región de Aysén a don Sergio Sanhueza Triviño; y Resolución Exenta N 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma Razón.
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La Declaración de Impacto Ambiental, en adelante DIA, y las Adendas del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N* de Solicitud 211111316” presentada por el Sr. Ignacio Ochagavía Fuentes, en representación de Acuícola Puyuhuapi S.A., con fecha 08 de agosto de 2013.
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Las observaciones y pronunciamientos de los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la DIA, y sus Adendas, las cuales se contienen en los siguientes documentos:
3.1. Pronunciamientos a la DIA:
Institución ORD. N2 Fecha
Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén 81-EA/2013 | 22/08/2013
Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura, Región de Aysén 3974 26/08/2013
Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén | 313 29/08/2013
SEREMI de Salud, Región de Aysén 1112 30/08/2013 Subsecretaría de Pesca y Acuicultura 2053 02/09/2013 SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 374 02/09/2013 Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/369 | 09/09/2013 Servicio Nacional de Turismo, Región de Aysén 464 11/09/2013
Informes de compatibilidad territorial; políticas, planes y programas, Regional y Comunal.
Institución ORD. N2 Fecha
Gobierno Regional, Región de Aysén 1987 21/08/2013
Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén 12600/368 09/09/2013
3.2. Pronunciamientos al Adenda N? 1 de la DIA:
Institución ORD. N? Fecha
Gobernación Marítima de Aysén, Región de | 12600/115 08/04/2014
Aysén
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ORD. SEIA. N* 72 11/04/2014
SEREMI del Medio Ambiente, Región de Aysén 157 10/04/2014
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ORD. SEIA. N*85 | 21/0242014
3.3. Pronunciamientos al Adenda N? 2 de la DIA:
Institución ORD. N? Fecha
Gobernación Marítima de Aysén, Región de | 12600/4 08/01/2015
Aysén
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ORD. SEIA. N* 30 | 14/01/2015
3.4, Pronunciamientos al Adenda N? 3 de la DIA:
Institución ORD. N* Fecha
Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ORD. SEIA. N* 111 04/03/2015
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El Acta N* 001/2015 de la Sesión del Comité Técnico de la Región de Aysén, de fecha 12 de enero de 2015.
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El Informe Consolidado de la Evaluación, en adelante ICE, de la DIA del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N* de Solicitud 211111316” de fecha 16 de marzo de 2015.
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El Acuerdo de la Sesión Ordinaria N* 02-03/2015 de la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén, de fecha 17 de marzo de 2015.
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Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de impacto ambiental
de la DIA "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N? de Solicitud 211111316”.
CONSIDERANDO:
1.
Que, la Comisión de Evaluación de la Región Aysén debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto.
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Que, el derecho de Acuícola Puyuhuapi S.A., a emprender actividades, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los órganos de la administración del Estado con competencia ambiental.
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Que, según los antecedentes señalados en la DIA y sus Adendas, el proyecto consiste en:
3.1. TIPOLOGÍA DE PROYECTO
En atención al artículo 3 del D.S. N” 95/2001 MINSEGPRES, el proyecto contempla la siguiente actividad susceptible de causar impacto ambiental, como causal de ingreso al SEIA:
n3 - Producción anual igual o mayor a (35 t) tratándose de equinodermos, crustáceos y moluscos no filtradores, peces y otras especies, a través de un sistema de producción intensivo.
3.2. MONTO DE INVERSIÓN
La inversión estimada para la ejecución del proyecto es de USD $ 2.500.000.
3.3. VIDA ÚTIL Y CRONOGRAMA DEL PROYECTO.
La vida útil de la modificación de proyecto es indefinida.
La siguiente tabla presenta un cronograma estimado de las actividades.
Etapa Fecha Inicio Fecha Término Levantamiento Información Mayo 2013 Diciembre de 2013 Construcción Enero 2014 Enero 2014 Operación Enero 2014 Indefinida
3.4. MANO DE OBRA
En la siguiente tabla, se presenta la mano de obra asociada a las diferentes etapas del proyecto:
Etapa Mano de Obra Promedio | Mano de Obra Máxima Construcción 4 4
Operación 15 15
Abandono 2 2
3.5. LOCALIZACIÓN
El proyecto se encuentra emplazado en el Seno Ventisquero al sureste de paso Galvarino, Comuna de Cisnes, Provincia de Aisén, XI Región de Aysén.
Por otra parte, el proyecto se localiza en una Zona Preferencial para el Turismo, establecida en D.S. N” 153 del 20/05/2004 del Ministerio de Defensa Nacional - Subsecretaría de Marina.
3.5.1. Justificación de la localización El proyecto se ubica en una zona donde se desarrolla la actividad salmonera y dentro de las áreas
aptas para el ejercicio de la acuicultura. Dado su ubicación, existen buenas condiciones de puerto, 3
lo que facilita las actividades operacionales del centro. De acuerdo a la CPS realizada en Declaración de Impacto Ambiental original (RCA N* 267/2011), se establece que el sector presenta buenas condiciones oceanográficas, que permiten desarrollar un sistema de cultivo intensivo sustentable en el tiempo.
3.5.2. Coordenadas geográficas
Coordenadas geográficas de los vértices de la concesión de acuicultura, referidas a la carta SHOA N*8500, Datum WGS 84.
Vértice Latitud S Longitud W A 4423'37.73' 72%35'13.01” B 4423'37.54” 7235'04.04” e] 44%23'43.54” 7235'03.79" D 4423'43.72” 72%35'12.76”
3.5.3. Superficie
La superficie involucrada, para todas las etapas de la modificación de proyecto, corresponde a 3,67 hectáreas.
3.5.4. Compatibilidad territorial del proyecto
El proyecto en evaluación es compatible con los instrumentos de ordenamiento territorial vigentes en la región. Para mayor detalle, ver Oficio Ord. N 1987 del Gobierno Regional, Región de Aysén, de fecha 21/08/2013; y el Oficio Ord. N 12600/368 de la Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén, de fecha 09/09/2013.
3.6. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El proyecto corresponde a la modificación del proyecto técnico del centro de cultivo Galvarino, ubicado seno Ventisquero al sureste paso Galvarino. El proyecto pretende ampliar la producción máxima actualmente autorizada a 5.000 toneladas de salmónidos de 4,5 kg de peso final promedio; para ello se contempla el uso de 24 balsas jaulas cuadradas de 30 m de lado y 18 m de profundidad, para ejecutar la fase de engorda de salmones.
Cabe destacar que el centro de cultivo Galvarino, es una concesión de acuicultura que se somete al sistema de evaluación de impacto ambiental y que cuenta con las siguientes autorizaciones:
RCA N? 557 de 2004.
Resolución SUBPESCA N” 1384 de 1998. Resolución SUBPESCA N 1349 de 2005. Resolución de Marina N 732 de 1999. Resolución de Marina N* 151 de 2001. RCA N? 264 de 2011.
A continuación se presenta un cuadro comparativo con las Resoluciones de Calificación Ambiental que el proyecto tiene a la fecha:
N? Fecha N? Solicitud | Titular Cantidad de | Biomasa/ Categoría | Inversión | Otros RCA Balsas peso Cosecha 557 06/08/2004 201111968 Patagonia | 25 balsas de | 411,61/2,8 | 5 US$ Salmon 13x15x13 Kg 1,500,000 Farming
SA.
264 08/06/2011 210111055 Acuícola Puyuhuapi SA.
12 balsas de
30x03x15
2.200 t/ 4 Kg
3y5
US$ Pontón 2,000,000 | habitable con bodega para 12 personas. Incorpora sistema de ensilaje de mortalidad con capacidad de estanque de 21 m*
08/08/2013 211111316 Acuícola Puyuhuapi SA.
24 balsas de
30x03x18
5.000 14,5 Kg
Ton
3 y 5 de acuerdo a CPS año 2010
US$2,500, | Se mantiene 000 pontón flotante con capacidad de alimento
y habitabilidad para 15 personas. Se mantiene sistema de
ensilaje
aprobado por RCA 264/2011.
1.3.1 ETAPA DE CONSTRUCCIÓN
La etapa de construcción consta de la instalación de 24 balsas jaulas de 30 metros de lado y 18 metros de profundidad, pontón habitable con bodega para almacenamiento de insumos y alimento; y una plataforma de ensilaje de mortalidad.
1.3.1.1 Balsas Jaulas
N* de Estructuras | Balsa Jaulas Instaladas por Año a Evaluar Instaladas Año 1/12 |3 [4 |5 | Total | Superfici | Volumen e(m) | (m) (BJ/Año) 2 [0 [0 ¡0 [0 |24 21.600 345.600 4
Las 12 balsas jaulas existentes en el centro de cultivo serán reutilizadas y se agregarán 12 nuevas balsas al centro. Las balsas existentes se encuentran en buen estado estructural y son desinfectadas al final de cada ciclo de cultivo por lo que no hay razón para desecharlas.
1.3.1.2 Redes
Las redes serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo Las redes tendrán distinta apertura dependiendo de la etapa de desarrollo y talla de los peces. En este centro se utilizarán tres tipos de redes: de cultivo para la engorda de peces, redes loberas y redes pajareras.
El lavado de redes se realizará según necesidad, con la finalidad de limpiarlas, repararlas e impregnarlas con pintura anti-incrustante, para ello serán trasladadas a un taller de redes dedicado a la limpieza, reparación, pintura y desinfección de las mismas, el cual esté debidamente certificado por las autoridades competentes y con todos sus permisos ambientales vigentes.
Redes peceras:
Apertura 11a2" Titulación Rachell 210/48 y 210/72 Cabos verticales 14 mm Cabos horizontales 12 mm Cabos de esquinas 16 mm
Gasas (orejas)
En todas las direcciones de cabo
Embande 5% por año Hilo de costura Similar resistencia al tejido del paño Profundidad 18 metros
Redes loberas:
Apertura 14" Titulación Balded 210/180 Cabos verticales 16 mm
Gasas (orejas)
En todas las direcciones de cabo
Embande 7% por año
Profundidad 20 metros
Redes pajareras:
Apertura 2"
Titulación Rachell 210/200 10" claro de malla Cabos verticales 12 mm
Gasas (orejas)
En todas las direcciones de cabo
Embande
5% por año
Hilo costura
Similar resistencia al tejido del paño
Paño primer metro de tela
210/200 2" claro de malla
Altura
2-3 metros
Las redes serán impregnadas con pintura antifouling antes de su ingreso al centro de cultivo Las redes tendrán distinta apertura dependiendo de la etapa de desarrollo y talla de los peces. En este centro se utilizarán tres tipos de redes: de cultivo para la engorda de peces, redes loberas y redes
pajareras.
Por último, el Titular declara que la información aquí entregada es referencial y que el tipo, características y dimensiones de las distintas redes dependerá de la oferta disponible en el mercado al momento de materializar el proyecto y eventualmente de las exigencias que la
normativa pueda establecer al respecto.
1.3.1.3 Pontón- Bodega
El aumento en la producción del centro no contempla la instalación de infraestructura en tierra, por lo cual se instalará una plataforma, la cual corresponde a estructura de hormigón armado. Tomando como base un modelo referencial de la empresa, las principales caracteristicas son:
» Capacidad de carga de 160 toneladas.
- Superficie habitabilidad de 180 m”
-
Habitabilidad 15 personas.
-
Capacidad de combustible 10 m'. » Agua dulce 10 mí,
» Capacidad proceso aguas sucias 18 personas/día.
La plataforma flotante, cuenta además, con un equipo electrógeno ubicado en el área de almacenaje, el cual suministrará la energía eléctrica a los alimentadores automáticos, a la habitación y a la bodega. Dicho generador cuenta con un gabinete para el aislamiento acústico.
a) Requerimiento de agua potable: El circuito de agua de bebida consiste en lo siguiente: + Una capacidad de acopio de 10 m3 en estanque de acero estructural A-36.
Adicionalmente, tanto en la bodega como en la oficina y acomodaciones del pontón, existirán dispensadores de agua purificada que proveen empresas externas mediante bidones de 20 | cada Uno para el consumo de todos los trabajadores y visitas del centro. Los bidones son reemplazados de acuerdo a las necesidades del centro.
b) Servicios Higiénicos:
Para el tratamiento de las aguas servidas se cuenta con una planta de tratamiento cuyo efluente cumplirá con las normas destinadas a la evacuación, tratamiento y disposición final de desagúes y aguas servidas a cursos naturales, utilizando el proceso biológico o el de electrocoagulación dependiendo del costo de cada uno de estos sistemas al momento de ejecutar el proyecto.
Para mayor información ver anexo 2 de la DIA. 1.3.1.4. Plataforma Flotante para Ensilaje
El centro cuenta con un sistema de ensilaje de mortalidad aprobado mediante RCA N* 267 de 2011.
En el Anexo 3 de la DIA se adjuntan las características de un sistema de sistema de ensilaje referencial de la empresa y el plano de ubicación de la plataforma dentro del centro de cultivo.
1.3.1.5. Sistema de Alimentación
La tecnología a utilizar en el sistema de alimentación de cada Balsa Jaula, está compuesto por blowers.
Con la implementación de este sistema, los peces no serán alimentados en exceso, por lo que el alimento que se pierde y termina en el fondo marino será menor que con el sistema manual. Además, con las cámaras submarinas se monitoreará el comportamiento de los peces y las condiciones de las redes y anclajes.
Finalizada la etapa de construcción, el centro de cultivo contará con la siguiente infraestructura:
-
24 balsas jaulas.
-
01 Pontón habitable con bodega.
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01 Plataforma de ensilaje de mortalidad.
-
Botes o embarcaciones menores con motor para el traslado de insumos o personas fuera del área del centro de cultivo. Cabe destacar que todas las embarcaciones utilizadas en el centro son con motores de combustión a gas.
1.3.2. ETAPA DE OPERACIÓN
Durante la etapa de operación del centro de cultivo, trabajaran aproximadamente 15 personas en turnos; se incluye el Jefe de Centro además de técnicos (Asistente), operarios y buzos. Esta dotación incluye los relevos producto de los regímenes de salida.
En el desarrollo del ciclo productivo se podrán identificar dos etapas. La primera de ellas corresponde al ingreso de los smolts y posteriormente la etapa de engorda de los salmónidos.
1.3.2.1. Ingreso de smolts
Estos serán transportados cumpliendo con todas las exigencias sanitarias vigentes en conformidad al reglamento sanitario para la acuicultura.
Cada movimiento de smolts desde su centro de origen hasta el centro de cultivo será respaldado por guías visadas de Sernapesca.
1.3.2.2. Engorda
En esta etapa se busca que los peces incrementen su peso en forma homogénea en el menor tiempo posible hasta alcanzar un tamaño de cosecha de 4,5 kg., promedio, dependiendo de la especie en cultivo. Para esto se alimentarán en forma intensiva utilizando alimento especialmente preparado para cubrir las necesidades nutricionales específicas de estos. También se utilizarán alimentadores semi-automáticos tipo Blower (sopladores de aire dirigidos por operarios) y cámaras submarinas con las cuales se entregará el alimento según apetito. Un ciclo de engorda desde que llegan los smolts hasta que alcanzan un peso de cosecha demora aproximadamente entre 12 a 18 meses dependiendo de la especie.
Para cumplir con el Art. 4 letra e) del “Reglamento Ambiental para la Acuicultura” se contará con sistemas de seguridad adecuados para prevenir el escape de recursos en cultivo.
En esta etapa se proyecta una mortalidad aproximada del 12%, dependiendo de la especie. 1.3.2.3. Tratamiento de patologías
Regularmente el equipo de salud del centro realizará necropsias de peces que se extraigan de la mortalidad.
La identificación de unidades de cultivo a tratar, serán rotuladas con un distintivo en la jaula y/o en programa de alimentación, de modo de asegurar la correcta administración del producto a utilizar.
Tratamientos Antibióticos: De acuerdo a evolución de mortalidades, datos de necropsias y/o resultado de muestras enviadas a laboratorios especializados, el departamento de salud a través del veterinario correspondiente al área determinará y diseñará la realización de tratamientos terapéuticos.
Se deja constancia que para el tratamiento de patologías comunes, sólo serán utilizados productos terapéuticos permitidos por el SAG y SERNAPESCA.
Respecto de sí se contempla un manejo especial del alimento medicado por parte del personal del centro y con qué elementos de seguridad contaran estos, el Titular indica lo siguiente:
Sólo en caso de que sea necesario administrar alimento medicado; el uso y control de su aplicación, será estrictamente documentado mediante el empleo de guías de despacho en el caso de la recepción del alimento. Además, mediante controles internos en el centro, se consignarán en
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bitácoras los datos del evento ocurrido, las dosis empleadas, información de la empresa que provee el alimento, copia de la receta médico veterinaria, informes de alimentación de las jaulas que se han tratado con el alimento medicado hasta su total consumo y una clara identificación tanto del alimento medicado almacenado en el pontón respecto del alimento normal, así como también la señalización clara de las jaulas a las que debe suministrarse alimento.
1.3.2.4. Insumos a) Alimento
Se realizará mediante blowers que permite alimentar en forma más eficiente a los peces. Para regular la pérdida del alimento y minimizar la generación de alimento no consumido, se contará con cámaras submarinas las que permitirán detectar cuando la alimentación sea mayor que el consumo, situación en que se deja de proveer alimento. Esta herramienta reporta diversos beneficios, ya que permite, desde un punto de vista económico, la reducción de los costos de producción y, ambientalmente, la mínima disposición final de alimentos en la columna de agua y en los sedimentos marinos. Por lo tanto, interesa doblemente a este titular proveer del alimento justo y necesario a los peces. El tipo de alimento será extruido, de alta digestibilidad y de alto valor nutricional.
A continuación se presenta el consumo de alimento correspondiente al término de los ciclos de producción:
[ Año de producción Cosecha (kg) Alimento (kg) (115 5.000.000 5.606.250
El abastecimiento de alimento al centro será dependiendo de las necesidades del centro, quedando almacenado en la bodega hasta su utilización.
b) Desinfectantes
Como desinfectante, el Titular utilizará productos autorizados para este fin de acuerdo a la normativa vigente. Las concentraciones serán aquellas que señale el fabricante según el producto elegido. Para la desinfección de botas y superficies se realizará por medio de aspersores. Los maniluvios, estarán en el pontón flotante, embarcaciones y al ingreso del módulo de cultivo y serán necesarios para el caso de manipulación de productos que requieran desinfección.
Para las manos se emplea alcohol gel, el que se encuentra envasado en bolsas que se disponen dentro de un dispensador. El gel se evapora al momento de utilizarlo.
Los desinfectantes se almacenan en una bodega destinada especialmente para estos fines.
c) Redes
Periódicamente se verificarán las condiciones de los módulos de cultivo, de acuerdo a ello se determinará el recambio de las redes de las jaulas y de las redes loberas. La limpieza se realizará con una empresa externa calificada ambientalmente.
d) Hidrocarburos
El centro de cultivo contará con un Plan de Contingencia de Control de Derrames de Hidrocarburos
para sus artefactos navales y que será presentado para su aprobación a la Gobernación Marítima de Aysén.
1.3.2.5. Actividades Operativas
a) Mortalidad:
A fin de evitar la propagación de enfermedades, y en la medida de que las condiciones de tiempo lo permitan, se retirará la mortalidad de las balsas diariamente, mediante quechas y buceo en profundidad, la mortalidad es depositada en tachos para su posterior ensilaje.
La mortalidad extraída diariamente deberá ser ensilada dentro de las próximas 24 horas.
Una vez cuantificados y clasificados por su causa de muerte, serán depositados en bins y trasladados a la plataforma de ensilaje del centro.
La siguiente tabla muestra la mortalidad del centro de acuerdo a las proyecciones de crecimiento y engorda, en período de máxima biomasa en cultivo.
Proyección de mortalidad por ciclo de producción. Mortalidad proyectada 12% acumulada
Año | Cosecha (t) | Mortalidad (unidades) Biomasa (kg) 1-5 5.000 150.378 210,450
A continuación se presenta una tabla con la mortalidad del centro y la frecuencia de retiro: Mortalidad | Ensilaj | Capacidad silo al 80% | Frecuencia de (kilos) e (m?) | de ocupación retiro
4,928 4.93 16.8 Retiro
3,743 3.74 16.8
5,373 5.37 16.8
7,447 7.45 16.8 Mensual 10,062 10.06 | 16.8 Mensual 13,097 1310 | 16.8 Mensual
9,898 9.90 16.8 Mensual 10,134 10.13 | 16.8 Mensual 12,151 12:15 | 168 Mensual 14,246 1425 |16.8 Mensual 13,102 13.10 16.8 Mensual 14,817 14.82 16.8 Mensual 16,504 16.50 16.8 Mensual 13,603 1360 | 16.8 Mensual 14,647 14.65 16.8 Mensual 25,556 2556 | 16.8 Quincenal 13,487 13.49 | 16.8 Mensual
7,544 7.54 16.8 Mensual
De acuerdo a la tabla precedente, el sistema de ensilaje es capaz de soportar la mortalidad que generará este centro de cultivo de acuerdo a la biomasa máxima a producir de 5.000 toneladas con una frecuencia de retiro mensual a excepción del mes 16 en donde comienza en periodo de cosecha y que suele aumentar la mortalidad como consecuencia del ayuno de los peces.
b) Cambio de redes
Para realizar el cambio, limpieza y reparación de redes, este centro optará por contratar el servicio de empresas que cuenten con las autorizaciones pertinentes para el tratamiento y manejo de dichos materiales de cultivo.
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Las redes que sean reemplazadas, serán estibadas en una embarcación que las transportará por vía marítima para su mantención correspondiente.
Periódicamente se verificarán las condiciones de los módulos de cultivo, de acuerdo a ello se determinara el recambio de las redes de las jaulas y de las redes loberas.
Se estima que esta operación será realizada cada 6 meses para las redes de las jaulas, dependiendo de las condiciones ambientales y en forma anual para las redes loberas, no obstante, el cambio y lavado de redes puede ser adelantado o retrasado, dependiendo del estado y evaluación de las mismas.
c) Cosecha
Cuando los peces alcancen el peso de cosecha, entrarán en la etapa final de producción; en ésta se detendrá la alimentación de los peces y se procederá a la faena de cosecha. La cosecha se realizará sea mediante sistemas autorizados por la Autoridad según condición sanitaria del centro.
El método utilizado actualmente por el titular es el transporte de peces vivos mediante el empleo de naves tipo Wellboats, los cuales tienen la capacidad de succionar los peces desde las balsas jaulas, para luego expulsarlos por la parte superior de sus bodegas. Este tipo de naves tiene la particularidad de transportar los peces con un flujo de agua constante, con la modalidad de compuertas abiertas o cerradas, según se requiera, lo que sanitariamente es adecuado desde el punto de vista biológico.
Esta actividad será realizada por el titular y/o podrá ser subcontratada a terceros, para lo cual el titular se compromete a subcontratar este servicio a empresas que cuenten con embarcaciones que cumplan la legislación vigente, que cuenten con un protocolo de desinfección así como con certificados de las desinfecciones previas, para sí corroborar que cumplen con la normativa de tipo sanitaria y marítima vigente.
d) Período de descanso
Al término de cada ciclo productivo las instalaciones entraran en un período de descanso en el área de acuerdo al descanso sanitario establecido para la agrupación de concesiones, con el propósito de recuperar las condiciones sanitarias. Cabe señalar que este periodo corresponde al momento en el que el centro de cultivo se encuentra completamente desocupado y que en el intertanto, al inicio del proceso de la cosecha, las balsas jaulas son desocupadas de manera paulatina, producto de que las cosechas se inician con aquellas jaulas que contienen los peces que han alcanzado las mejores tallas.
1.3.2.6. Planes de Mitigación y Contingencia
Conforme a lo señalado en el Artículo 5” del D.S. N* 320, el centro de cultivo dispondrá de un Plan de acción antes Contingencias Ambientales, el que establecerá las acciones y responsabilidades Operativas en caso de ocurrir circunstancias susceptibles de provocar efectos ambientales negativos o adversos. Este plan considerará a lo menos: temporales, terremotos, el enmalle de mamíferos marinos, el choque de embarcaciones con los módulos de cultivo, las pérdidas accidentales de alimento, de estructuras de cultivo u otros materiales, florecimientos algales nocivos, los escapes, o los desprendimientos de ejemplares exóticos en cultivo.
Entre las actividades a seguir, el plan comprenderá acciones de recaptura de los individuos, recolección y disposición segura de desechos y la eliminación de los ejemplares muertos en la forma prevista en la letra a) del artículo 4 y en el Decreto Supremo N 319/2001, por el que se aprueba el reglamento de medidas de protección, control y erradicación de enfermedades de alto riesgo para las especies hidrobiológicas.
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Todas las contingencias que ocurran en el centro se informarán al Servicio y a la Autoridad Marítima dentro de un plazo de 24 horas desde que se detecte el hecho o contingencia.
El plan de contingencia detalla las acciones a seguir en los casos de ocurrencia de accidentes ambientales en los que las acciones de prevención no hayan tenido efecto. Se basa en las directrices entregadas por la normativa ambiental vigente ya sea a través de la Ley N? 19.300 y de los decretos y resoluciones relacionados a ella. Todas las acciones comenzarán con el aviso oportuno al encargado del centro de cultivo quien guiará las operaciones de contingencia y elaborará los respectivos informes. Sus acciones se definen para los siguientes eventos:
- Plan de contingencia de choque de embarcaciones en centros de cultivo.
- Plan de contingencia escape de peces en centros de cultivo.
Plan de contingencia florecimientos algales nocivos y bajas de oxígeno en centros de cultivo.
Plan de contingencia ante terremotos y temporales.
Plan de contingencia mortalidades masivas.
Plan de contingencia enmalle de mamíferos marinos.
Plan de contingencia ante pérdidas accidentales de alimento.
Plan de contingencia ante falla del sistema de ensilaje.
Plan de manejo ensilaje de mortalidad.
- Plan de emergencia derrame de hidrocarburos.
e... ..o
Para mayor información revisar el anexo N%3 de la DIA. 1.3.3. ETAPA DE ABANDONO
En caso de que el Titular considere pertinente el cierre del centro de cultivo, éste se compromete a cumplir con lo establecido en el Artículo 4, letra c) del D.S. (MINECON) N* 320 de 2001, en cuanto a retirar al término de su vida útil o a la cesación de actividades del centro, todo tipo de soportes no degradables o de degradación lenta que hubieren sido utilizados como sistema de anclaje al fondo, exceptuando las estructuras de concreto utilizadas para el anclaje. Esta tarea será ejecutada por 3 personas con apoyo de la balsa y embarcaciones, estimándose un plazo de 90 días para el total abandono del centro de cultivo,
1.3.4. PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO
1.3.4.1 Emisiones atmosféricas
Las principales emisiones a la atmósfera que se generarán durante la operación del proyecto ampliado del centro de engorda corresponden a ruido y gases producto de la combustión en motores fuera de borda y en los generadores de electricidad.
a) Ruido
Las fuentes de emisión de ruido durante la etapa de operación corresponderán a los motores fuera de borda, los generadores del pontón de alimentación. Cabe destacar que los motores de las embarcaciones son a gas, por lo que la emisión de ruido es menor, además la actividad será diurna y en forma intermitente.
En el interior del Artefacto Naval se producirá un promedio de emisión equivalente del orden de los 79 DBA, lo que da cumplimiento al Artículo 74 del D.S. N” 594/1999. Este nivel de ruido se generará en horario diurno y en forma constante. No obstante, las unidades generadoras de ruido se encontrarán ubicadas en zonas aisladas acústicamente dentro del artefacto naval, con lo que se logrará reducir la emisión de ruido en dichas salas. Por lo demás, los trabajadores contarán con protectores auditivos en la sala donde se ubican.
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b) Gases
Se generarán gases producto de la operación de los motores fuera de borda y de los generadores de electricidad. Se considera el uso de Gas Licuado de Petróleo (GLP), combustible que genera principalmente vapor de agua y reduce en un 90% las emisiones de CO2 en comparación con el uso de bencina. La emisión de los motores fuera de borda tendrán una duración de 8 horas diarias, pero su utilización será en forma intermitente.
Cabe indicar que se tendrá especial cuidado en la mantención de estos equipos, con la finalidad de mantener la eficiencia de consumo y permitir una combustión óptima en los motores para producir
la mínima cantidad de gases y residuos, tanto en los generadores como en los motores fuera de borda.
1.3.4.2 Efluentes líquidos
Si se generarán descargas de efluentes líquidos durante la etapa de operación del proyecto, que provendrán de:
a) Desinfección e higienización de manos
Como desinfectante, el Titular utilizará productos autorizados para este fin de acuerdo a la normativa vigente. Las concentraciones serán aquellas que señale el fabricante según el producto elegido. Para la desinfección de botas y superficies éste se realizará por medio de aspersores. Los maniluvios, estarán en el pontón flotante, embarcaciones y al ingreso del módulo de cultivo y serán necesarios para el caso de manipulación de productos que requieran desinfección.
Para las manos se emplea alcohol gel, el que se encuentra envasado en bolsas que se ubican dentro de un dispensador. El gel se evapora al momento de utilizarlo.
Adicionalmente, el Titular declara explícitamente que, en el marco de las medidas de prevención para controlar la diseminación del virus ISAV, utilizará como desinfectantes para estructuras, redes y artefactos mayores, solamente productos que cuenten con la debida autorización para su uso en el medio marino.
Los desinfectantes se almacenan en una bodega destinada especialmente para estos fines y aislados de otros insumos y/o productos a utilizar por el centro.
1.3.4.3 Residuos sólidos
Los residuos sólidos se generarán en las etapas de construcción, operación y abandono del centro de cultivo. A continuación se describen los tipos de residuos y su disposición:
- Etapa de Construcción No se generarán residuos en esta etapa ya que al centro las balsas llegarán armadas y equipadas.
- Etapa de Operación
En la etapa de operación se identifican los siguientes residuos sólidos:
a) Mortalidad a ensilaje.
b) Alimento no consumido. c) Fecas.
d) Bolsas de alimento.
e) Residuos lubricantes.
a) Mortalidad a ensilaje: la mortalidad será recuperada desde las jaulas mediante buceo en profundidad y quechas en superficie y dispuesta en bins, para el posterior ensilaje de esta. Si bien el ensilaje posee una consistencia de pasta y no de sólido, se catalogará como tal producto de su comportamiento y el formato de traslado (contenedor). La generación de ensilaje está ligada directamente a la etapa del ciclo productivo en la que se encuentre el centro de cultivo, se estima una producción de mortalidad de 168.36 ton/ciclo, que representa un 12% cumulado de la producción anual. La mortalidad generada se almacenará en el sistema de ensilaje, una vez ensilada se retirará requerimiento, por vía marítima o terrestre hacia empresas reductoras autorizadas.
b) Pérdida de alimento: El efecto producido por las corrientes en el área de las jaulas, llevará un margen de pérdida de este tipo de insumos. Del alimento entregado a los peces, un porcentaje no es consumido por éstos, representando el mayor aporte de residuos sólidos del proceso de engorda, que de acuerdo a Beveridge (1987) puede llegar a ser el 20% del alimento total suministrado; sin embargo, gracias a la alta tecnología aplicada a esta faena mediante la utilización del sistema de alimentación automático y el sistema de monitoreo mediante cámaras individuales, la perdida de alimento tiende a ser cercana al 1,5%, por tanto se tendría que del total suministrado en régimen (5.606,25 t) sólo 84,09 t/ciclo de producción, se perderían. Si consideramos que el alimento tiene un 7% de humedad en promedio, se puede establecer que la pérdida corresponde a 78,2 t alimento (peso seco)/ciclo.
c) Fecas: El presente proyecto hace uso de alimento extruido de alta digestibilidad, por lo que se espera que el porcentaje eliminado por concepto de fecas no supere el 10% del total ingerido (90% de digestibilidad). Por tanto, siguiendo con el ejercicio anterior, se tiene que del total suministrado, 5.606,25 t, (equivalente a 5.213,8 t base peso seco), el 1.5% es eliminado como alimento no consumido y por tanto 5.135,86 t peso seco es ingerido; luego, el 10% del total ingerido es eliminado al ambiente por concepto de fecas, es decir, será eliminado una cantidad equivalente a 513,56 t fecas/ciclo, considerado a partir del peso del alimento.
d) Bolsas de alimento: las bolsas de alimento serán ordenadas, acopiadas y retiradas por la embarcación que transporta el alimento mensualmente.
e) Residuos de Aceites Lubricantes Usados (RESPELs): Producto de la utilización de aceites lubricantes en los motores del centro, se generarán residuos que serán almacenados en recipientes cerrados y debidamente etiquetados e identificados. Se tomarán todas las precauciones necesarias para prevenir su inflamación o reacción, entre ellas, la separación y protección frente a cualquier fuente de riesgo, según lo establece el Artículo 4 y 6 del D.S. N*148/04, del Ministerio de Salud.
A partir del uso de GLP como combustible, los cambios de aceite se realizarán con menor frecuencia y habrá una reducción significativa en la generación de éste residuo. El proyecto en sí dará cumplimiento a las exigencias estipuladas por la Autoridad Sanitaria y la normativa asociada.
Los residuos sólidos domiciliarios generados en la etapa de operación, serán dispuestos en el vertedero municipal de Puerto Aysén, para lo cual serán retirados por un servicio de transporte autorizado, el que traslada esta basura domiciliaria hasta el vertedero, el que cuenta con las respectiva resolución sanitaria. La frecuencia de retiro de estos residuos es de 1 vez por semana. El centro genera aproximadamente 0,5 m' cada 15 días.
La siguiente tabla detalla los residuos sólidos generados por el proyecto, con sus respectivos volúmenes, tipo de manejo y disposición final:
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Residuo Cantidad Peligrosidad | Tipo de Manejo Destino Mortalidad a | 210,45 t/ciclo | Baja Retiro en bins Sistema de ensilaje de ensilaje mortalidad Alimento no | 78,2 t/ciclo Baja Uso de blowerSDisposición en el consumido, a cámaras submarifusslo marino bajo las partir del peso Autodepuración | balyas y alrededores seco degradación ppor sedimentación y bentos. dispersión por Fecas, a partir | 513,56 Baja Autodepuración y | corrientes. del peso seco | t/ciclo degradación por bentos. Bolsas de | 1,9t ciclo-1 Nula Ensiladas en | Devueltas al alimento fardos, para | proveedor. posteriormente vía marítima ser entregadas a un externo para reciclaje. Lubricantes 190 l/año Baja Almacenamiento Disposición en lugar de en recipientes | industrial autorizado. mantención sellados y de equipos debidamente identificados.
- Etapa de Abandono
Restos de materiales que serán llevados a reutilización, vertedero autorizado o, en caso de
organismos, a planta de proceso.
- Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, y, en especial, de lo señalado en el Informe Consolidado de Evaluación, y no habiendo respondido el titular las diversas aclaraciones y consultas realizadas debe indicarse que en la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de
Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N? de Solicitud 211111316” no es posible determinar
si el proyecto cumple con la normativa aplicable.
- PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES
Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N* de Solicitud 211111316” requiere de los permisos ambientales sectoriales contemplados en los artículos 68 y 74 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
5.1. PAS establecido en el artículo 68 del RSEIA.
Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación.
Mediante Ordinario N 12600/369 de fecha 09 de septiembre de 2013, la Gobernación Marítima de Aysén, mantiene el PAS indicado en el Articulo N 68, del RSEIA y que fue entregado durante la evaluación ambiental del proyecto “Ampliación Centro de Engorda de Salmónidos, Sureste Paso Galvarino Seno Ventisqueros, XI Región, Pert. 210111055”.
5.2. PAS establecido en el artículo 74 del RSEIA.
Permiso para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos, a que se refiere el Título VI de la Ley N*18.892, Ley general de Pesca y Acuicultura y sus modificaciones.
Mediante ORD. N (D.AC.) ORD. SEIA. N 111 de fecha 04 de marzo de 2015 la Subsecretaria de Pesca presenta observaciones a la Adenda N*3, por lo cual no es posible efectuar un pronunciamiento sobre dicho PAS.
El no comprobarse, a lo largo de la evaluación ambiental, la no generación de la condición anaeróbica durante toda la vida útil del proyecto, hace imposible el otorgamiento del PAS 74 el que tiene por finalidad última evitar dicha condición desventajosa para el medio ambiente.
- Que en lo relativo a la no generación de los efectos caracteristicas y circunstancias señalados en los literales "a”, “b”, “c”, “ad”, “e” y f” del artículo 11 de la Ley 19.300, y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de la evaluación, debe indicarse que en el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N de Solicitud 211111316”, no es posible concluir al respecto, dado que en el transcurso de la evaluación no se ha podido acredita la no generación de dichos efectos.
De acuerdo a lo expuesto latamente en el Informe Consolidado de Evaluación de fecha 16 de marzo de 2015, es posible concluir que, a pesar de haber sido consultado el titular y, solicitadas las aclaraciones, ampliación y rectificaciones del caso, durante el transcurso de toda la evaluación ambiental, no ha aportado los antecedentes necesarios que permitan comprobar que no producirá los efectos, características o circunstancias señaladas en el artículo 11 de la ley 19.300, ello en atención a que no ha dado respuesta a las diversas preguntas formuladas con dicho fin, lo que en consecuencia configura la causal de rechazo señalada en el inciso 3” del Art. 19” de la Ley 19.300.
El fundamento del rechazo es no haber subsanado los errores, omisiones e inexactitudes en la DIA que permitan descartar la producción de los efectos, características o circunstancias del artículo 16
11, en especial la letra b) puesto que el titular durante la evaluación ambiental no ha podido comprobar la no producción de la condición anaeróbica en el centro para la vida útil del proyecto, cuestión que afecta directamente a dicho literal, así como también lo relativo al PAS 74 (directamente relacionado) y que busca precisamente evitar dicha condición desventajosa para el medio ambiente, el que en consecuencia no puede ser otorgado.
Lo anterior se desprende directamente de la información aportada por el propio titular en la DIA original en la cual se comprueba la existencia de dos INFAs anaeróbicas, correspondientes a los años 2012 y 2013, así como en la CPS del año 2014, en la cual se evidencia que el sitio posee condiciones vulnerables desde el punto de vista ambiental, ya que los resultados del parámetro pH en dos estaciones (E1 y Vb) presentan valores por debajo de la norma (7,07 y 7,01 respectivamente), así como la estación E2 presenta valores de materia orgánica altos (6,39%), el porcentaje de fango promedio en la concesión es de 71,33%, el parámetro oxígeno en todas las estaciones se encuentra por debajo de los 3,8 mg/l y la velocidad de corrientes para el sector presenta un 70,7% de valores de corrientes bajo los 3,0 cm/s., lo cual evidencia una baja circulación y por ende una baja ventilación. De lo anterior se desprende que, en la actualidad, el sitio presenta una condición vulnerable desde el punto de vista ambiental, en consecuencia, no habiendo el proponente justificado la no generación de lo condición anaeróbica durante toda la vida útil del proyecto, al no dar respuesta a las diversas consultas formuladas durante toda la evaluación ambiental, no es posible calificarlo ambientalmente, debiendo en consecuencia rechazarse.
En conclusión, la Declaración de Impacto Ambiental y sus adendas no han aportado los antecedentes necesarios que permitan a los órganos competentes garantizar la no generación de efectos sobre el artículo 6 del DS N95/2001, especificamente en sus literales ¡), j), l) y p), configurándose la causal de rechazo dispuesta en el inciso 3 del Art. 19” de la Ley 19.300.
- Que, sin perjuicio de la decisión final, en el proceso de evaluación del proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N* de Solicitud 211111316”, el titular adquirió el siguiente compromiso ambiental voluntario:
e El titular enviará a la SEREMI de Medio Ambiente un registro fotográfico del antes y después de la limpieza de los sectores aledaños al centro con una frecuencia semestral; esto con el objeto de resguardar los recursos naturales, la biodiversidad, ecosistemas y especies presentes, y de esta forma reducir o minimizar los impactos negativos y compatibilizar con esto el desarrollo de las demás actividades presentes.
- Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Aysén.
RESUELVE:
1.- CALIFICAR DESFAVORABLEMENTE el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N” de Solicitud 211111316”.
2.- En consecuencia el proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región
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de Aysén, N* de Solicitud 211111316”, presentado por el Sr. Ignacio Ochagavía Fuentes, en representación de Acuícola Puyuhuapi S.A., no se podrá ejecutar. Así mismo, los órganos de la Administración del Estado con competencia Ambiental, en las materias relativas al proyecto concreto, quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales, en tanto no se notifique de pronunciamiento en contrario.
3.- Hacer presente que de conformidad al Artículo N” 20 de la Ley N” 19.300 procede en contra de la presente Resolución, el recurso de reclamación, ante el Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación del presente acto. Lo anterior, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que el titular estime pertinente.
Notifíquese y Archívese.
AA
XIMENA ORDENES NEIRA %. Inftendenta Presidenta Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Aysén
Director Re rvicio de Evaluación Ambiental
tlisión de Evaluación
- SGPVMS/ms
Distribución: e Ignacio José Ochagavía Fuentes e Corporación Nacional Forestal, Región de Aysén e Dirección Regional de Dirección General de Aguas, Región de Aysén. Dirección Regional de SERNATUR, Región de Aysén. Gobernación Marítima de Aysén, Región de Aysén Gobierno Regional, Región de Aysén llustre Municipalidad de Cisnes, Región de Aysén. Secretaria Ministerial de Salud, Región de Aysén Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Aysén Servicio Nacional de Pesca, Región de Aysén
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Cle:
- Subsecretaría de Pesca y Acuicultura
Encargada Participación Ciudadana.
Superintendencia del Medio Ambiente.
Expediente del Proyecto "Modificación Proyecto Técnico Centro de Cultivo de Salmones Galvarino (110211), Comuna Cisnes, Provincia de Aisén, Décima Primera Región de Aysén, N” de Solicitud 211111316".
Archivo Servicio Evaluación Ambiental, Región de Aysén.
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