Evaluación SEA

Parque Fotovoltaico Capricornio

Rol 2128425490
SEA · DIA · Aprobado · 2013-08-08 · Región de Antofagasta · Engie Energía Chile S.A.

Servicio de Evaluación Ambiental

Gobierno de Chile

Der RESOLUCIÓN EXENTA el 3 b i 12014

ANTOFAGASTA, 19 JUN 2014

VISTOS ESTOS ANTECEDENTES:

  1. Lo dispuesto en la Ley N 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, publicada en el Diario Oficial el 9 de marzo de 1994; modificada por la Ley N 20.417 de fecha 26 de enero de 2010; el Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, publicado en el Diario Oficial el 7 de diciembre de 2002; la Ley N 19.880 sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la Resolución N* 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y en las demás normas jurídicas que rigen sobre la materia.

  2. La Declaración de Impacto Ambiental y sus Adenda, del proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”, presentada por el señor Ferrán Rius Porta, en representación de Solairedirect Generación Il SpA, con fecha 08 de agosto de 2013.

  3. Las observaciones y pronunciamientos de los Órganos de la Administración del Estado que, sobre la base de sus facultades legales y atribuciones, participaron en la evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental, las cuales se contienen en los siguientes documentos:

Oficio N%653 sobre la DIA, por Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta, con fecha 26/08/2013; Oficio N%70-EA/2013 sobre la DIA, por Corporación Nacional Forestal, Región de Antofagasta, con fecha 01/09/2013; Oficio N107 sobre la DIA, por SEREMI Energía Región Antofagasta, con fecha 03/09/2013; Oficio N335/2013 sobre la DIA, por Dirección Regional SERNATUR, Región de Antofagasta, con fecha 04/09/2013; Oficio N“846 sobre la DIA, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 05/09/2013; Acta de Evaluación N 51/2013 sobre la DIA, Reunión Comité Técnico de Evaluación con fecha 05/09/20130ficio N“373 sobre la DIA, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 06/09/2013; Oficio N538 sobre la DIA, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 06/09/2013; Oficio N438 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social, Región de Antofagasta, con fecha 09/09/2013; Oficio N%675 sobre la DIA, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 10/09/2013; Oficio N1114/2013 sobre la DIA, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 16/09/2013; Oficio N%0481 sobre la DIA, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 16/09/2013; Oficio N1585 sobre la DIA, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 17/09/2013; Oficio N3474 sobre la DIA, por Consejo de Monumentos Nacionales, con fecha 23/09/2013; Oficio N542 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 16/12/2013; Oficio N%0732 sobre la Adenda 1, por Secretaría Regional Ministerial del Medio Ambiente, Región de Antofagasta, con fecha 19/12/2013; Oficio N“%967 sobre la Adenda 1, por Superintendencia de Servicios Sanitarios, con fecha 23/12/2013; Oficio N“939 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional DGA , Región de Antofagasta, con fecha 30/12/2013; Oficio N%803 sobre la Adenda 1, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 31/12/2013; Oficio N“%005 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 02/01/2014; Oficio N%08/2014 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 03/01/2014; Oficio N% DT 018/2014 sobre la Adenda 1, por SEREMI de Transportes y Telecomunicaciones, Región de Antofagasta, con fecha 07/01/2014; Oficio N0047

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sobre la Adenda 1, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 08/01/2014; Oficio N257/2014 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Obras Públicas, Región de Antofagasta, con fecha 21/04/2014; Oficio N304 sobre la Adenda 2, por Dirección Regional SAG, Región de Antofagasta, con fecha 24/04/2014; Oficio N 158 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Agricultura, Región de Antofagasta, con fecha 29/04/2014; Oficio N0830 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 14/05/2014; Oficio N* 468/2014 sobre la Adenda 2, por SEREMI de Vivienda y Urbanismo, Región de Antofagasta, con fecha 06/05/2014 Oficio N%983 sobre la Adenda 3, por SEREMI de Salud, Región de Antofagasta, con fecha 04/06/2014.

  1. El Informe Consolidado de la Evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”.

  2. Los demás antecedentes que constan en el expediente de evaluación de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”.

  3. El acuerdo de la Sesión Ordinaria de la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, de fecha 12 de junio de 2014.

  4. Resolución Exenta N 01 de fecha 02 de enero del año 2014 que nombra Director Regional Subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental Región de Antofagasta y el D.S. N 675 de fecha 11 de marzo del año 2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública que me nombra Intendente de la Región de Antofagasta, se dicta lo siguiente:

CONSIDERANDO:

  1. Que, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”.

  2. Que, el derecho del titular del proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”, está sujeto al cumplimiento estricto de todas aquellas normas jurídicas vigentes, referidas a la protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza, a la conservación del patrimonio ambiental, y las condiciones bajo las cuales se satisfacen los requisitos aplicables a los permisos ambientales sectoriales que deben otorgar los Órganos de la Administración del Estado, cuando corresponda otorgar tales permisos.

  3. Que, según los antecedentes señalados en la Declaración de Impacto Ambiental respectiva y sus Adenda, el proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio” consistirá en lo siguiente:

3.1. Descripción del proyecto

El proyecto corresponderá a una planta solar de aproximadamente 79,92 MW de potencia instalada, divida en 3 etapas de potencias 25,92 MW, 28,08 MW y 25,92 MW, respectivamente. Además, se contempla una subestación elevadora y una línea de transmisión eléctrica de alta tensión, 110 kV, y longitud 6,5 km aproximadamente.

La energía generada por la planta solar será conducida por medio de la línea de

transmisión eléctrica hacia la Subestación Capricornio, de propiedad de E-CL, para inyectar la energía al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING).

3.1.1. Ubicación y mano de obra

El proyecto se ubicará en la comuna de Antofagasta, provincia de Antofagasta y región de Antofagasta, a una altura aproximada de 850 m.s.n.m.

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El proyecto se ubicará en una superficie aproximada de 180 ha. Las coordenadas del parque fotovoltaico y su línea de transmisión eléctrica se presentan en las Tablas 1 y 2

de la DIA.

Para acceder al área del proyecto, se debe avanzar por la Ruta 5 en dirección norte, hasta el km 43 para intersectar la ruta B-410; luego avanzado 5 km por esta ruta se ubicará el parque fotovoltaico. Para mayor detalle, ver el numeral 1.1 del Adenda 1 de

la DIA.

Para la fase de construcción, que se realizará en etapas, se requerirá de 128 trabajadores para la primera etapa, 108 trabajadores para la segunda etapa y 108 trabajadores para la tercera etapa.

Considerando que la planta será monitoreada a distancia, no se estima la contratación de mano de obra para la fase de operación, ya que sólo se requerirá de personal para las mantenciones (5 personas).

Durante la fase de cierre se requerirá de 20 personas. 3.1.2. Monto de inversión El monto estimado de inversión será de US$130.000.000.-

3.1.3. Vida útil

La duración total del proyecto será de 32 años. La fase de construcción se dividirá en 3 etapas, de acuerdo a lo señalado en la Tabla 2 del Adenda 1 de la DIA, y tendrá una duración total de 3 años. La fase de operación tendrá una duración de 30 años y la fase de cierre tendrá una duración de 1 año.

Cabe señalar que la planta entrará en operación desde la construcción de la primera etapa, por lo que existirá superposición de las fases de construcción y operación.

Mayores antecedentes se presentan en la Tabla 3 del Adenda 1 de la DIA. 3.1.4. Definición de partes, acciones y obras físicas del proyecto

El proyecto consistirá en la instalación y operación de 266.400 paneles solares del tipo silicio cristalino, montados en estructuras metálicas con seguidores. El parque solar estará dividido en 3 etapas de 25,92 MW, 28,08 MW y 25,92 MW de potencia cada

una.

Los paneles tendrán una potencia máxima de 330 Wp. Sus características se describen en la Figura 3 del Adenda 1 de la DIA.

3.1.4.1. Obras permanentes

a) Estructuras para paneles fotovoltaicos: Las estructuras metálicas sobre las cuales se instalarán los paneles fotovoltaicos se anclarán mediante tornillos. Mayor detalle se presenta en las Figuras 6 y 7 de la DIA.

b) Cajas agrupadoras: Las cajas de agrupación consisten en cuadros eléctricos que conectarán los grupos de paneles fotovoltaicos, conectados en serie, para formar un solo circuito de salida en corriente continua.

c) Módulos inversor/elevador: Los módulos transformarán la energía continua en corriente alterna, y luego se elevará por medio de transformadores de poder, a un nivel de distribución de media tensión (23 kV).

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d) Cableado: Se requerirá de la instalación de cables para corriente continua y corriente alterna.

e) Subestación elevadora: La subestación transformará el voltaje desde el nivel de media tensión, hasta el nivel que se utilizará para la transmisión de la energía (110 kV). La subestación estará constituida por 3 secciones, una para cada etapa del proyecto. La subestación elevadora se ubicará al costado oeste de la primera etapa del parque.

f) Línea de transmisión aérea (LAT): La línea aérea inyectará la energía generada desde la subestación del parque hacia la S/E Capricornio existente. La LAT, en 110 kV, tendrá una longitud de 6,5 km y contará con 40 postes de hormigón armado. La construcción de la LAT se realizará con la construcción de la primera etapa de la planta. Para evitar el riesgo de colisión de las aves con los cables de la LAT, se instalarán estructuras disuasivas (antipercha tipo peineta de metal) en las torres de anclaje.

g) Caminos: Se implementará un camino de acceso (35 m, Tabla 6 del Adenda 1 de la DIA) y espacios intersticiales que se utilizarán para el tránsito de personas durante las labores de mantención. También se contempla un camino de servicio para la línea de transmisión eléctrica (existente), cuyas coordenadas se detallan en la Tabla 3 del Adenda 2 de la DIA.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.1 de la DIA. 3.1.5. Fase de construcción 3.1.5.1. Actividades

a) Etapas del parque fotovoltaico: La fase de construcción del proyecto se ejecutará en 3 etapas:

a.1) Primera etapa de 25,92 MW: En esta etapa se instalarán 86.400 paneles fotovoltaicos y la S/E Elevadora. La etapa comprenderá la construcción de la LAT de 110 kV y 6,5 km de longitud.

a.2) Segunda etapa de 28,08 MW: En esta etapa se instalarán 93.600 paneles fotovoltaicos, con un segundo transformador que se conectará a la barra de 110 kV de la S/E Elevadora. La energía que se genere será transmitida a la misma LAT.

a.3) Tercera etapa de 25,92 MW: En esta etapa se instalarán 86.400 paneles fotovoltaicos, con un tercer transformador que se conectará a la barra de 110 kV de la S/E Elevadora.

Mayores especificaciones se presentan en la Tabla 2 del Adenda 1 de la DIA.

b) Obras temporales: Se contempla la instalación de obras temporales a lo largo de la fase de construcción, las que serán habilitadas sobre contenedores.

c) Instalación de faenas: Consistirán en oficinas, comedores, servicios básicos (agua y luz), baños químicos y canchas de acopio de materiales. La instalaciones oficinas, bodega y baños químicos serán trasladadas a medida que el frente de trabajo vaya avanzando.

d) Habilitación de canchas de acopio y almacenamiento: Se considerarán áreas destinadas al almacenamiento y disposición de los materiales utilizados en la fase de construcción del parque.

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e) Instalación de tornillos estructurales para fijación de paneles: Se utilizarán tornillos estructurales para soportar las estructuras.

f) Transporte y montaje de paneles: Una vez montadas las mesas fotovoltaicas en los tornillos estructurales, se comenzará con el proceso de montaje de los paneles fotovoltaicos. El transporte de los paneles hacia la obra se realizará a través de camiones rampa.

g) Construcción de canalizaciones de la línea subterránea: La canalización entre el conjunto inversor/transformador y la subestación se realizará de forma subterránea.

h) Construcción del tendido aéreo y servidumbre: Se construirá la LAT en 110 kV, la cual inyectará la energía generada del parque al SING. La servidumbre tendrá un ancho total de 22 m, con 11 m a cada lado.

i) Construcción de subestación elevadora: Se instalará un cierre de seguridad exterior y luego se instalará la malla a tierra y los canales de comunicación. Una vez terminada la etapa de montaje e interconexión, se deberá pasar a la etapa de pruebas.

j) Salas de control: Se instalará una sala de equipos de control y monitoreo para variables eléctricas y equipos de protección de la S/E elevadora.

k) Cierre perimetral: Se considerará un cerco perimetral a fin de prevenir el vandalismo y el acceso de fauna silvestre (numeral 1.5 del Adenda 2 de la DIA).

l) Desarme y retiro de instalaciones temporales: Una vez finalizada cada etapa de construcción del parque fotovoltaico, se procederá al desarme y retiro de las instalaciones provisorias de la obra.

m) Insumos: Los insumos de la fase de construcción serán agua industrial, agua potable, agua para humectación de caminos, diésel, hormigón, estructuras metálicas, áridos, aceite dieléctrico (Tabla 7 del Adenda 2 de la DIA) y aceite lubricante. Los consumos estimados, el lugar de origen y la forma de almacenamiento se presentan en la Tabla 8 del Adenda 2 de la DIA. El proyecto no contemplará el almacenamiento de diésel, sólo se considerará el procedimiento de llenado del transformador con aceite dieléctrico el cual se suministrará en obra de acuerdo al requerimiento.

Para el suministro de los combustibles se contará con una zona de carga para las maquinarias, cuyas especificaciones se indican en el numeral 1.8 del Adenda 2 de la DIA.

n) Maquinaria y vehículos de apoyo: Para las actividades se usarán camiones tolva, camiones pluma, grúas, buldozer, grupo electrógeno y herramientas. Para mayor detalle, ver Tabla 9 del Adenda 1 de la DIA.

ñ) Requerimientos sanitarios: Se utilizarán baños químicos portátiles para el personal. La implementación de baños químicos y duchas se encargará a una empresa contratista. El manejo, retiro y disposición de las aguas servidas será realizado por una empresa autorizada. Además, se contará con un comedor para la fase de construcción, donde no se prepararán alimentos.

o) Energía: El suministro de energía eléctrica se efectuará a través de 1 grupo electrógeno de 50 kW de potencia.

p) Requerimientos viales: Los flujos de transporte estarán asociados al transporte de trabajadores, materiales de construcción y maquinaria. En las Tablas 8, 9 y 10 de la DIA, se presentan los viajes que se realizarán.

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Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.2 de la DIA, numerales 1.3, 1.4 y 1.5 del Adenda 1 de la DIA.

3.1.6. Fase de operación

El parque fotovoltaico operará plenamente una vez construidas las 3 etapas. La transmisión de energía se iniciará una vez terminada la primera etapa.

La S/E estará desatendida (telecomandada) y la presencia de personal estará asociada solo a actividades de mantenimiento.

3.1.6.1. Actividades

a) Monitorización de la planta: Se monitorearán las instalaciones solares fotovoltaicas mediante un sistema global. El sistema permitirá elaborar estadísticas de las producciones de los distintos inversores.

b) Mantenciones: Consistirá en mantenimiento de áreas, limpieza de paneles fotovoltaicos y mantenimiento de equipos eléctricos y de potencia. Se contemplan mantenimientos trimestrales, semestrales y anuales.

3.1.6.2. Insumos a) Agua: Cuando se realicen mantenciones, se proveerá al personal de agua potable (0,5 m*/día) almacenada en dispensadores, por el periodo que duren las actividades.

Se utilizará agua desmineralizada para la limpieza de paneles, estimándose un consumo de 72 m* por mantención.

b) Servicios sanitarios: Durante las mantenciones se implementarán baños químicos, localizados en o cerca del frente de trabajo.

c) Energía: La energía será auto-suministrada por el sistema de servicios auxiliares.

d) Requerimientos viales: Los viajes consistirán principalmente en traslado de personal para mantenciones, estimándose 45 viajes/año.

El detalle de los insumos se presenta en la Tabla 8 del Adenda 2 de la DIA.

Adicionalmente, se contará con un plan de prevención de riesgos y control de accidentes, el cual se adjunta en el Anexo N? 5 de la DIA.

Mayores antecedentes se presentan en el numeral 1.4.3 de la DIA.

3.1.7. Fase de cierre

La vida útil de las instalaciones se proyecta para un mínimo de 30 años. Sin perjuicio de lo anterior, el parque y todos sus componentes podrán ser mejorados con el fin de extender su vida útil. Eventualmente, si no fuera posible extender la vida útil de las

instalaciones se consideraría el desmantelamiento.

Se realizará el desmantelamiento de estructuras y traslado de piezas y componentes, con la ayuda de camiones pluma y grúa.

3.2. Emisiones, descargas y residuos del proyecto 3.2.1. Emisiones atmosféricas

a) Fase de construcción

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Las fuentes emisoras de material particulado y gases estarán asociadas a actividades de escarpe de terreno, excavaciones, transferencias de material, traslado de materiales, transporte de maquinaria, circulación de vehículos y combustión de

maquinaria y equipos.

Las medidas de control de emisiones incluirán humectación del terreno y humectación del camino de acceso de 35 m de longitud (Tabla 6 del Adenda 1 de la DIA). La humectación del camino se realizará 2 veces al día, durante las 3 etapas de

construcción.

Las emisiones para cada etapa de la fase de construcción, se presentan en la siguiente tabla resumen.

Tabla N* 1. Emisiones atmosféricas durante fase de construcción.

Etapa Contaminantes (ton/año)

MP10 co HC NOx SOx Etapa 1 14,014 3,141 1,414 14,600 0,001 Etapa 2 14,754 3,141 1,414 14,597 0,001 Etapa 3 11,583 3,141 1,414 14,597 0,001

Cabe señalar, que durante el segundo y tercer año de inicio de ejecución del proyecto, existirá sobreposición de las fases de construcción y operación, situación que fue considerada en el inventario de emisiones atmosféricas.

La construcción de cada una de las etapas tendrá una duración de un año; finalizada cada etapa comenzará inmediatamente la operación de ésta y la construcción de la siguiente. La superposición se generará sólo durante el segundo y tercer año del proyecto.

Tabla N* 2. Emisiones atmosféricas por año. Contaminantes (ton/año)

Actividad MP0 (elo) HC NOx SOx Año 1 (Construcción Etapa 1) 1004 | 34 Js Misal Año 2 (Operación Etapa 1+Construcción Etapa 2) A2IAñO A y 10 a Y

Año 3 (Operación Etapas 1 y 2+Construcción Etapa | 12,328 | 3,142 1,414 | 14,602 | 0,001 3)

Año 4 Operación de todas las etapas 0,745 | 0,001 [0,0003 | 0,005 | 0,0001

b) Fase de operación

Las emisiones de gases y material particulado durante la fase de operación estarán asociadas a emisiones de fuentes móviles, tales como traslado por mantenimiento e inspecciones, además de combustión de vehículos. Las emisiones de la fase de operación se presentan en la tabla a continuación.

Tabla N* 3. Emisiones atmosféricas durante fase de operación.

Q. Contaminantes (ton/año) alain MP10 ] CO | HC | NOx | SOx Operación de todas las etapas 0,745 | 0,001 | 0,0003 | 0,005 | 0,0001

Se debe tener presente que algunas de las etapas de construcción del parque estarán operativas de forma simultánea a la construcción de otras etapas, tal como se indicó anteriormente.

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Cc) Fase de cierre

Las emisiones en la fase de cierre corresponderán a gases y material particulado, por actividades asociadas al traslado de insumos, maquinaria y personal; retiro de equipos y combustión de vehículos y maquinaria. La tabla siguiente resume las emisiones de la fase.

Tabla N* 4. Emisiones atmosféricas durante la fase de cierre. Contaminantes (ton/año)

MP10 co HC NOx SOx

8,555 0,902 0,409 3,164 0,001

Mayores antecedentes sobre las emisiones atmosféricas del proyecto se presentan en el Anexo 2 del Adenda 2 de la DIA.

3.2.2. Emisión de ruido

Con la finalidad de evaluar los niveles de presión sonora, se realizaron mediciones en puntos cercanos al proyecto, denominados puntos receptores R1, R2, R3, R4 y R5. Posteriormente, se procedió a proyectar los niveles de ruido esperados, en función de las actividades que se realizarán en cada una de las fases del proyecto, por medio del software CADNA/A.

a) Fase de construcción

Con las actividades de la fase de construcción se estiman niveles sonoros de 113 Lw, dB (A) por movimiento de tierras y 115 Lw, dB (A) por las obras civiles.

De acuerdo a la proyección de niveles de ruido realizada (Tablas N* 7, 8 y 9 del Anexo 7 de la DIA), en la fase de construcción se dará cumplimiento a la normativa D.S. 38/11.

b) Fase de operación

Con las actividades de la fase de operación se estiman niveles sonoros de 108 Lw dB (A) por el uso de camiones para las mantenciones y 70 dB (A) en la LAT.

De acuerdo a la proyección de niveles de ruido realizada (Tabla N* 10 del Anexo 7 de la DIA), en la fase de operación se dará cumplimiento a la normativa D.S. 38/11.

3.2.3. Residuos líquidos

a) Fase de construcción

En la fase de construcción se generarán aguas servidas domésticas, estimadas en 10,2 m/día para la etapa 1, 8,6 m/día para la etapa 2 y 8,8 m*/día para la etapa 3. Las aguas servidas serán manejadas en baños químicos, mientras que el retiro y disposición final estará a cargo de una empresa autorizada.

Los camiones mixer serán lavados para eliminar los restos de hormigón desde la canoa. Este proceso se realizará de forma manual, utilizando una pala para los excesos y luego aplicando agua a presión (240 litros totales) para eliminar los residuos restantes. El agua de lavado se dispondrá directamente en un tambor estanco, donde luego se someterá a evaporación solar el líquido, razón por la que no se contempla evacuar las aguas de lavado. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que una parte del agua permanezca en dichos tambores, ésta será retirada por la misma empresa que realizará la limpieza de los baños químicos.

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Durante la fase de construcción de las tres etapas del proyecto, sólo se realizará el curado de hormigones, éste se ejecutará manualmente con agua industrial mediante tambores para mantener hidratado el hormigón, por lo que no se generarán RlLes (Residuos Industriales Líquidos) en esta operación.

Mayores detalles sobre la generación de residuos líquidos se presentan en el numeral 1.8.2 del Adenda 1 de la DIA y Anexo 6 del Adenda 2 de la DIA.

b) Fase de operación

Durante la operación del parque, se realizarán labores de limpieza de paneles, para lo cual se requerirá de 0,3 litros de agua por panel. Dada las altas temperaturas de la zona, el agua se evaporará por lo que no se generarán RlLes en esta operación.

Adicionalmente, se generarán aguas servidas, estimadas en 0,4 m'/día, las cuales serán manejadas en baños químicos. El retiro y disposición final de las aguas servidas estará a cargo de una empresa autorizada.

c) Fase de cierre

En la fase de cierre, se generarán aguas servidas domésticas, 0,16 m'/día, las cuales serán manejadas por medio de baños químicos. El retiro y disposición final de las aguas servidas estará a cargo de una empresa autorizada.

Mayores detalles sobre la generación de residuos líquidos se presentan en el numeral 1.8.2 del Adenda 1 de la DIA.

3.2.4, Residuos sólidos a) Fase de construcción

Los residuos sólidos que se generarán durante la fase de construcción se describen a continuación:

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Tabla N* 5. Residuos que se generarán durante la fase de construcción.

un sitio de

disposición final, no serán acopiados

temporalmente.

Tipo de Caracterización Cantidad Forma y lugar Forma de retiro y residuos almacenamiento lugar de temporal disposición final Papeles, 172 kg/día Contenedores Retiro por una Residuos plásticos y estancos en zona | empresa autorizada asimilables a | residuos de faenas. con frecuencia domésticos | orgánicos. mínima dos veces por semana. Cartones, 86,2 ton/año | Almacenados en | Retiro por empresa embalajes, contenedor en | autorizada según plásticos, zona de acopio de | requerimiento. maderas, residuos no zunchos peligrosos. metálicos, pallets, despuntes de cables, etc. Residuos no Paneles Menos de 100 | Almacenados en Los paneles serán peligrosos paneles para | contenedor, en retirados por todo el | zona de acopio de | empresas proyecto. residuos no | autorizadas y peligrosos. enviados de vuelta al fabricante. Hormigón 24 kg Acumulación en | Retiro por empresa lavado recipientes estanco | autorizada según camiones mixer en zona de | requerimiento. acumulación de residuos no peligrosos. Tarros vacíos de | Tarros sika: | Bodega de | Retiro por empresa productos, 18 unidades. residuos peligrosos | autorizada para aceite usado, | Tarros habilitada para el | transporte y pintura, huaipe, | pintura: 9 | proyecto. disposición de Unidades. residuos peligrosos. Gas SF6 3 galones. Huapes 15 kg. Envases Residuos vacios peligrosos lubricantes 0,5 (litros): 9 unidades. Tambores 255 unidades. | Los tambores se | Disposición final vacíos de aceite trasladarán autorizada. dieléctrico. inmediatamente a

El detalle de los residuos que se generarán por Slapas se presenta en el numeral 1.9 del Adenda 2 de la DIA.

Los residuos peligrosos se almacenarán temporalmente en una bodega para residuos peligrosos, en tanto, los residuos no peligrosos se almacenarán en una zona de acopio

de residuos no peligrosos.

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Los módulos no cuentan con elementos que puedan ser consideradas como residuos peligrosos, ya que estarán compuestos de vidrio (arena de sílice, carbonato de sodio y caliza), silicio cristalino y metales (aluminio y cobre).

b) Fase de operación

Tabla N” 6. Residuos que se generarán durante la fase de operación.

Tipo de Caracterización Cantidad Forma y lugar Forma de retiro y residuos almacenamiento lugar de temporal disposición final 2,5 kg/día Contenedores La empresa que Residuos Papeles, portátiles cerrados A la asimilables | plásticos y con tapa. a És a residuos DES Sus domésticos | orgánicos. dianamente a: su oficina central. 5 Almacenados en|La empresa que kg/día/mantención | contenedor realizará la Resldirosma Hua estanco ubicados mantención peligrosos Uaipes usados en zona de acopio llevará los temporal de | residuos residuos no | diariamente a su peligrosos. oficina central.

En la eventualidad que se generen residuos peligrosos, estos serán retirados por una empresa externa autorizada para el transporte de este tipo de residuos y enviados a un lugar autorizado para su disposición final, dando cumplimiento al D.S. 148/2003 del MINSAL, Reglamento de Residuos Peligrosos.

Para mayor detalle sobre la generación de residuos, ver numerales 1.9, 3.3.1, y Anexo 5 del Adenda 2 de la DIA, además de Adenda 3 de la DIA.

c) Fase de cierre

Tabla N? 7. Residuos que se generarán durante la fase de cierre.

Tipo de Caracterización Cantidad Forma y lugar Forma de retiro y residuos almacenamiento lugar de temporal disposición final Papeles, 10 kg/día Contenedores Retiro por una Residuos plásticos y estancos y | empresa autorizada asimilables a | residuos cerrados con tapa, | con frecuencia domésticos orgánicos. ubicados en zona | mínima de dos veces de faenas. por semana. Estructuras 30 ton. Almacenados en | Retiro por empresa metálicas y contenedor autorizada a lugar de Residuos no | paneles que no estanco, ubicados | disposición peligrosos puedan ser en zona de acopio | autorizado. reutilizados. de residuos no peligroso.

Para mayor detalle sobre la generación de residuos, ver el numeral 1.9 del Adenda 2 de la DIA y Adenda 3 de la DIA.

4, Que, el titular deberá ejecutar las siguientes medidas:

4.1. Se mantendrá un registro y control sobre el punto de abastecimiento de agua industrial a emplear por los camiones aljibes que la suministrarán al proyecto. Además, se remitirá a la Superintendencia del Medio Ambiente, con copia a la Dirección Regional de la DGA, un primer informe al inicio de la fase de construcción, y luego en

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forma trimestral una copia del citado registro, durante la fase de construcción del proyecto.

4.2. El proyecto contará con cierre perimetral en todo su contorno, lo que impedirá el acceso de fauna silvestre. Por otra parte, todo el personal será instruido acerca de los problemas asociados al acostumbramiento de animales, para asegurar que no se produzcan situaciones de esa indole.

4.3. Se mantendrá un registro, disponible para la autoridad sanitaria, del retiro (por empresas autorizadas) y disposición final (en sitios autorizados), de todos los residuos sólidos generados (domésticos, peligrosos y no peligrosos) durante todas las fases del proyecto (construcción y puesta en marcha, operación y cierre).

4.4. Durante las fases de construcción y abandono, el agua potable será comprada a empresas autorizadas por la Seremi de Salud de Antofagasta y se solicitará certificado de cumplimiento de la Norma Chilena de Agua Potable (NCh409). Además, se contará con un control de calidad de dicha agua y en particular con un programa de control del cloro libre.

Durante la fase de operación, considerando que solo se contara con personal en las actividades de mantención las que nos duran más de una semana, resultará adecuado el uso de agua purificada en bidones.

4.5. Ante cualquier eventualidad, se informará por escrito a la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en un plazo no superior a 24 horas de ocurrido el evento, especificando la razón por la cual se realizó dicha descarga, el tiempo de duración de la misma y el plazo en que se estima se dará solución definitiva al problema.

  1. Que, en relación con el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable al proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio” y sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto cumple con la normativa ambiental aplicable.

  2. Que, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que la ejecución del proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio” requiere de los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N 90, 93 y 96 del Decreto Supremo N 95/01 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Al respecto, se indica lo siguiente:

  3. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 90 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), para tratamiento de RlLes provenientes del lavado de camiones mixer durante la fase de construcción, el cual fue informado favorablemente por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

  4. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 93 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), para un sitio de almacenamiento temporal de residuos peligrosos durante la fase de construcción y una zona de acopio temporal de residuos sólidos no peligrosos en las fases de construcción, operación y cierre, el cual fue informado favorablemente por la SEREMI de Salud de la Región de Antofagasta.

  5. El Permiso Ambiental Sectorial contenido en el artículo 96, del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), fue informado favorablemente por la SEREMI de Agricultura de la Región de Antofagasta, condicionado a que se deberán precisar las coordenadas en donde se

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emplazarán las construcciones de carácter permanente, cuando el titular cuente con la ingeniería de detalle dentro del polígono que hoy suma 125,08 hectáreas.

  1. Que, en lo relativo a los efectos, características y circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19.300 y, sobre la base de los antecedentes que constan en el expediente de evaluación, debe indicarse que el proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio” no generará ni presentará ninguno de tales efectos, características y

circunstancias.

  1. Que, con el objeto de dar adecuado seguimiento a la ejecución del proyecto, el titular deberá informar a la Superintendencia del Medio Ambiente, al menos con una semana de anticipación, el inicio de cada una de las etapas o fases del proyecto, de acuerdo a lo indicado en la descripción del mismo. Además, deberá colaborar con el desarrollo de las actividades de fiscalización de la Superintendencia del Medio Ambiente en cada una de las etapas del proyecto, permitiendo su acceso a las diferentes partes y componentes cuando ésta lo solicite, y facilitando la información y documentación que ésta requiera para el buen desempeño de sus funciones.

  2. Que, la información respecto de las condiciones, compromisos o medidas, que ya sea por medio de monitoreos, mediciones, reportes, análisis, informes de emisiones, estudios, auditorías, cumplimiento de metas o plazos y, en general, cualquier otra información destinada al seguimiento ambiental del proyecto o actividad que el titular deba entregar, según las obligaciones establecidas en la presente Resolución de Calificación Ambiental, deberá ser remitida a la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a los procedimientos y normas establecidas por ésta.

  3. Que, para que el proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio” pueda ejecutarse, necesariamente deberá cumplir con todas las normas vigentes que le sean aplicables.

  4. Que, el titular del proyecto deberá informar, inmediatamente, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta y al organismo fiscalizador que corresponda, la ocurrencia de impactos ambientales no previstos en la Declaración de Impacto Ambiental, asumiendo acto seguido, las acciones necesarias para abordarlos.

  5. Que, el titular del proyecto deberá comunicar inmediatamente y por escrito, a la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta, con copia a la Superintendencia del Medio Ambiente, de los cambios de titularidad y/o representación legal, así como los cambios de domicilio.

  6. Que, todas las medidas y disposiciones establecidas en la presente Resolución son de responsabilidad del titular del proyecto y deberán ser implementadas por éste, directamente o a través de un tercero.

  7. Que, esta Comisión de Evaluación sólo está facultada para pronunciarse sobre los aspectos ambientales del proyecto, por lo cual su decisión no es vinculante con cualquier trámite posterior destinado a la obtención del terreno para que el proyecto se pueda ejecutar.

  8. Que, en razón de todo lo indicado precedentemente, la Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

RESUELVE:

  1. CALIFICAR AMBIENTALMENTE FAVORABLE el proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”, presentado por Solairedirect Generación II SpA.

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  1. DECLARAR que, para que el proyecto pueda ejecutarse, el titular deberá dar cabal cumplimiento a todas las medidas y disposiciones establecidas en los Considerandos de la presente Resolución, así como también a cada una de las exigencias y obligaciones ambientales contempladas en su DIA, en sus Adenda, y en el Informe Consolidado de Evaluación, documentos que forman parte integrante de la presente Resolución.

  2. CERTIFICAR, que se cumplen con todos los requisitos ambientales aplicables y que el proyecto “Parque Fotovoltaico Capricornio”, cumple con la normativa de carácter ambiental, incluido los Permisos Ambientales Sectoriales contemplados en los artículos N? 90, 93 y 96 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, y que no genera ni presenta ninguno de los efectos, características o circunstancias señalados en el artículo 11 de la Ley N* 19,300,

Anótese, Notifíquese al titular y Archívese.

Intendente Presidente Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

Secretario Comisión de Evaluación Región de Antofagasta

VVV / RM / CGV / EWC / CFB / cfb.

Distfibución:

Proponente.

Organos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental. Superintendencia del Medio Ambiente.

Expediente proyecto.

Archivo Comisión de Evaluación de la Región de Antofagasta.

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